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DS. Senado, Comisiones, núm. 286, de 10/03/2014
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COMISIÓN DE JUSTICIA


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JOAQUÍN LUIS RAMÍREZ
RODRÍGUEZ


Sesión celebrada el lunes, 10 de marzo de 2014


ORDEN DEL DÍA


Designar Ponencia


– Proposición de Ley Orgánica de modificación de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la
justicia universal.


(Núm. exp. 624/000002)


Autor: GOBIERNO


Dictaminar


– Proposición de Ley Orgánica de modificación de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la
justicia universal.


(Núm. exp. 624/000002)


Autor: GOBIERNO










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Se abre la sesión a las doce horas y cinco minutos.


El señor VICEPRESIDENTE (Represa Fernández): Buenos días,
señorías. Se abre la sesión.


Me toca a mí, de momento, presidir esta comisión a la
espera de que el presidente se incorpore en cualquier momento.


– MINUTO DE SILENCIO EN RECUERDO DE LAS VÍCTIMAS DE
LOS ATENTADOS TERRORISTAS OCURRIDOS EN MADRID EL DÍA 11 DE MARZO DE 2004
EN SU DÉCIMO ANIVERSARIO.


(Núm. exp. 542/000026)


Les ruego a sus señorías, en primer lugar, que guardemos de
pie un minuto de silencio por el décimo aniversario de las víctimas del
atentado de Atocha. (Pausa.)


Muchas gracias.


En segundo lugar, sometemos a la aprobación de los miembros
de la comisión el acta de la sesión anterior, celebrada el día 18 de
febrero de 2014. Si hubiera algún reparo u objeción, les ruego a sus
señorías que lo comuniquen. (Denegaciones.)


Se aprueba.


DESIGNAR PONENCIA


– PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA
LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL, RELATIVA A LA
JUSTICIA UNIVERSAL.


(Núm. exp. 624/000002)


AUTOR: GOBIERNO


El señor VICEPRESIDENTE (Represa Fernández): Procedemos, a
continuación, a designar la ponencia en relación con la Proposición de
Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, relativa a la justicia universal.


Les ruego a los portavoces de los distintos grupos
parlamentarios que propongan los miembros que formarán parte de dicha
ponencia.


¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


El señor ALTAVA LAVALL: Gracias, señor presidente.


Por el Grupo Parlamentario Popular, la senadora Silvia
Franco y yo mismo, Manuel Altava.


El señor VICEPRESIDENTE (Represa Fernández): ¿Por el Grupo
Parlamentario Socialista?


El señor DÍAZ TEJERA: Por el Grupo Socialista, un servidor
de usted y de todos los miembros de la comisión, señor presidente.


El señor VICEPRESIDENTE (Represa Fernández): Perdone, señor
Díaz Tejera, repítalo, si es tan amable, que no lo hemos oído.


El señor DÍAZ TEJERA: Decía que, por el Grupo Socialista,
un servidor de usted y de todos los miembros de la comisión.


El señor VICEPRESIDENTE (Represa Fernández): Muchas
gracias.


Por favor, ¿por el resto de los grupos parlamentarios?


La señora RIERADEVALL TARRÉS: Por el Grupo Parlamentario
Catalán de Convergència i Unió, María Rieradevall.


El señor VICEPRESIDENTE (Represa Fernández): ¿El
representante de cada grupo en la comisión? (Asentimiento.)


Bien, muchas gracias. (El señor presidente ocupa la
Presidencia.)









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DICTAMINAR


– PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA
LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL, RELATIVA A LA
JUSTICIA UNIVERSAL.


(Núm. exp. 624/000002)


AUTOR: GOBIERNO


El señor PRESIDENTE: A este proyecto de ley se han
presentado 7 propuestas de veto y 22 enmiendas.


Vamos a pasar a la defensa de las propuestas de veto. En
primer lugar, propuesta de veto número 2. Tiene la palabra la senadora
Capella i Farré.


La señora CAPELLA I FARRÉ: Gracias, presidente.


Sin entrar a valorar ni a cuestionar la fórmula utilizada
—en este caso, por el partido que da apoyo parlamentario al
Gobierno— para eludir informes preceptivos en otras formas de
presentación de proyectos o de proposiciones de ley, defendemos el veto
en el sentido de que Esquerra Republicana entiende que el principio de
justicia universal es una conquista irrenunciable de toda sociedad
democrática y un avance decisivo en la defensa de los derechos humanos
universalmente reconocidos en una sociedad global, que forma parte del
sistema de justicia internacional, que defiende los intereses y valores
de la comunidad en su conjunto, más allá de los puramente estatales o
particulares, y que posibilita que los crímenes considerados
internacionales no queden impunes.


El derecho internacional vigente obliga a todos los Estados
a perseguir —por su especial gravedad— ciertos crímenes
internacionales, se produzcan donde se produzcan, y con independencia de
la nacionalidad o residencia de las personas agresoras y de sus víctimas.
Son conductas odiosas que, además, han quedado en la impunidad en algunos
momentos de la historia, trascienden a las víctimas, ofenden a toda la
humanidad y ponen en peligro los principios generales de civilización
consagrados por las normas protectoras de los derechos humanos
fundamentales; derechos estos que han sido ratificados por el Estado
español a través de los pactos internacionales de derechos civiles y
políticos —la Convención de la ONU contra la tortura y otros tratos
o penas crueles, inhumanas o degradantes, entre otros convenios
internacionales—.


El Estado español tiene el deber de hacer comparecer ante
la justicia a los autores de delitos propios del derecho internacional,
lo que supone la obligación de promulgar y hacer aplicar una legislación
estatal que disponga que estos delitos de derecho internacional son
también delitos en el ámbito del derecho interno donde se hayan cometido,
independientemente de quién los haya cometido o quién haya sido la
víctima. La existencia de una legislación sobre la aplicación efectiva
del principio de justicia universal supone garantizar que se rinden
cuentas por todos los crímenes de derecho internacional, asegurando, en
consecuencia, que los tribunales españoles realizan dicha tarea.


Se abrió la veda o la puerta cuando en noviembre de 2009 la
jurisdicción universal fue objeto de una importante reforma que limitó
considerablemente su ámbito de actuación. La reforma supuso restringir la
competencia de la jurisdicción española al introducir la exigencia de un
necesario vínculo de conexión relevante con España. Esquerra Republicana
se opuso a dicha reforma, pactada en ese momento por el Partido
Socialista Obrero Español, el Partido Popular, Convergència i Unió y el
Partido Nacionalista Vasco, porque suponía restringir la jurisdicción
universal, distanciándose de lo que se viene desarrollando en el resto de
países de nuestra órbita, y además, alejarse de la consolidada doctrina
del Tribunal Constitucional, destacándose la Sentencia 237/2005, de 26 de
septiembre.


Son muchos los países de nuestro ámbito que incorporan un
principio de jurisdicción universal sin límites, es decir, sin
vinculación e intereses estatales o particulares: Bélgica, Dinamarca,
Suecia, Italia o Alemania. Y cuando pensábamos que las cosas no podían ir
peor, nos encontramos con que el partido que da apoyo al Gobierno del
Estado español propone la modificación de la justicia universal, que está
a punto de aprobarse y van más allá al liquidar, según criterio de
Esquerra Republicana, el principio de jurisdicción universal, tras ya
haberse limitado su alcance, como decía, en el año 2009. Así, la reforma
implica que solo puedan ser investigados delitos de genocidio, crímenes
de guerra y crímenes contra la humanidad cuando el procedimiento se
dirija contra un ciudadano español o un ciudadano extranjero que resida
habitualmente en España o se encuentre en España y su extradición haya
sido denegada por las autoridades españolas, y cuando concurran otros
requisitos que restrinjan aún más la acción de los jueces y tribunales. E
incluso van más allá al suprimir las acusaciones populares del ejercicio
de la jurisdicción









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universal, dejando exclusivamente la acción penal en manos
de particulares o del Ministerio Fiscal. Y ello pese a que la experiencia
nos ha demostrado el importante papel desarrollado por las acusaciones
populares en el enjuiciamiento de crímenes bajo el principio de justicia
universal. Y por si esto fuera poco, no se les ha ocurrido otra cosa que
incorporar el sobreseimiento retroactivo de las causas que estén en
tramitación en el momento de la entrada en vigor de la ley, una
intromisión, a criterio de Esquerra Republicana, intolerable en el Poder
Judicial, vulnerando de forma flagrante el principio de seguridad
jurídica, que, de hecho, impone la solución contraria, vulnerándose con
ello el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos y
ciudadanas.


Esperamos que, si no es el Tribunal Constitucional, sean
los tribunales internacionales los que enmienden la plana al Estado
español en relación con esta nueva reforma. Y digo esto porque, a
criterio de Esquerra Republicana, esta nueva reforma significa un
atentado a la defensa de bienes jurídicos esenciales para la comunidad
internacional, que no son otros que los derechos fundamentales.


Por ello, solicito el voto favorable al veto que acabo de
defender.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Capella.


Pasamos a la siguiente propuesta de veto, la número 3,
presentada por los señores Iglesias Fernández y Mariscal Cifuentes, ambos
del Grupo Parlamentario Mixto.


La señora CAPELLA I FARRÉ: Como portavoz del Grupo
Parlamentario Mixto, doy por defendido el veto presentado por los
senadores de Izquierda Unida.


En todo caso, en el Pleno ya lo defenderán ellos
exhaustivamente.


El señor PRESIDENTE: De acuerdo. Muchas gracias, señora
Capella.


Propuesta de veto número 6, presentada por el señor Guillot
Miravet y el señor Saura Laporta, ambos del Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya.


Señor Saura, tiene la palabra.


El señor SAURA LAPORTA: Muchas gracias, señor
presidente.


Doy por defendido el veto presentado por el resto de
componentes del Grupo Parlamentario Entesa, del PSC.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Saura.


Propuesta de veto número 1...


El señor SAURA LAPORTA: Quiero intervenir, aunque sea de
forma breve.


El señor PRESIDENTE: Adelante, señor Saura.


El señor SAURA LAPORTA: Quería decir por qué presentamos
este veto: porque este veto, en definitiva, significa la derogación de la
justicia universal en España.


¿Qué es la justicia universal? Es un principio que atribuye
a los tribunales nacionales la potestad de perseguir y de juzgar crímenes
contra la humanidad, genocidios, actos terroristas; que permite perseguir
y enjuiciar a personas, independientemente del lugar donde se produzca el
delito y de la nacionalidad. Eso es la justicia universal y, como ha
dicho antes la señora Capella, significó un paso adelante importantísimo
en la defensa de los derechos humanos.


¿Qué ocurre? Que la proposición de ley que nos propone el
Partido Popular introduce una serie de requisitos que, de hecho,
inutilizan, imposibilitan y derogan los principios de la justicia
universal. Los requisitos son —y los cito muy rápidamente—:
ser español; si se es extranjero, tener residencia habitual en España, o
haberle sido denegada la extradición. Por tanto, insisto, en España no
existe la justicia universal, un derecho alcanzado hace mucho tiempo y
ratificado por diversos convenios y tratados internacionales.


En definitiva, nos oponemos a la derogación de la justicia
universal y lo hacemos, sobre todo, porque tenemos la sensación de que se
han cambiado derechos humanos por dinero, derechos humanos por relaciones
comerciales, derechos humanos por relaciones diplomáticas. Eso es lo que
ha significado: cambiar impunidad por derechos.


Esto ya sería suficiente para decidir presentar el veto.
Pero, además, hay otra cuestión de procedimiento importantísima que nos
conduce a ello. Creo que es al Gobierno del Partido Popular a quien le
correspondería haber presentado esta iniciativa —y reconozco la
legitimidad de que sea el Grupo Parlamentario Popular el que lo
presente—. Como digo, nos presenta una iniciativa con un contenido









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importantísimo en materia de derechos humanos y con el
procedimiento seguido se eluden los informes de diversas instituciones:
del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado. Se hace
además con mucha rapidez, a la velocidad de la luz. Es decir, se despacha
en muy poco tiempo un hito de los derechos humanos conseguido hace poco
tiempo y que además tiene efectos retroactivos. No sé cómo se puede
explicar que unos asesinos que tienen orden de busca y captura por la
causa, por ejemplo, de ocho personas —seis jesuitas e Ignacio
Ellacuría— queden impunes. No sé cómo se puede explicar que tres
militares estadounidenses que la justicia española reclama sean impunes.
Y así sucesivamente podríamos referirnos a doce casos de la justicia
española.


Estamos en contra de todo esto. Verdaderamente pensamos
que, además de todo esto, existe una cuestión importantísima, y es que se
lanza un mensaje de impunidad a potenciales tiranos, terroristas,
torturadores o secuestradores.


Acabo diciendo lo siguiente. Estoy seguro de que esta
decisión va a contentar a mucha gente, a la gente que puede ser
encausada, pero va a entristecer a otra mucha, entre ellos a los
familiares y amigos de las víctimas que llevan tiempo luchando por la
justicia que ven cómo ahora se frustran sus justas demandas de reparación
y de reconocimiento mediante una proposición de ley que no ha tenido
tiempo ni de ser discutida.


Ahora sí termino diciendo lo siguiente. Las mayorías
absolutas tienen un peligro —la perversión de legislar contra
todos—, y esta proposición de ley no tiene ningún soporte, ni
político ni social. Todos los grupos parlamentarios han presentado veto y
también todas las ONG y colegios profesionales, por lo tanto, es una
decisión solitaria del Partido Popular, que estoy seguro que en la
próxima legislatura, en cuanto pierda la mayoría absoluta, se va a
rectificar.


Nada más y muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Saura.


Propuesta de veto número 1, presentada por el señor Aiartza
Azurtza, el señor Goioaga Llano, la señora Mendizabal Azurmendi y el
señor Unamunzaga Osoro, todos ellos del Grupo Parlamentario Mixto.


¿La damos por defendida, señora Capella?


La señora CAPELLA I FARRÉ: Sí. Doy por defendido el veto
presentado por los senadores de Amaiur.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Capella.


Propuesta de veto número 7, presentada conjuntamente por la
señora Almiñana Riqué, el señor Boya Alós, el señor Bruguera Batalla, el
señor Martí Jufresa, el señor Montilla Aguilera, el señor Sabaté Borràs y
la señora Sequera García, todos ellos del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya.


Señor Saura, como ha dicho antes, ¿la damos por
defendida?


El señor SAURA LAPORTA: La damos por defendida.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Propuesta de veto número 4, del Grupo Parlamentario
Vasco.


Para su defensa, tiene la palabra el senador
Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: Muchas gracias, señor
presidente.


Quisiera intervenir, en primer lugar, por una cuestión de
procedimiento. Antes hemos constituido la ponencia. ¿En qué fase del
procedimiento estamos en estos momentos?


El señor PRESIDENTE: Estamos en la defensa de los vetos
presentados.


El señor BILDARRATZ SORRON: Sí, señor presidente, pero
antes hemos constituido la ponencia. ¿No es así?


El señor PRESIDENTE: Sí, señoría.


El señor BILDARRATZ SORRON: ¿Y en qué estamos ahora: en
ponencia...?


El señor PRESIDENTE: Estamos dictaminando directamente,
señor Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: ¿Y para qué hemos constituido
la ponencia?


El señor PRESIDENTE: Para que se sepa quiénes son los
ponentes, quienes serán los portavoces de cada grupo de cara al debate de
esta proposición de ley.









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El señor BILDARRATZ SORRON: Gracias, señor presidente. Pero
preferiría que me respondiera el letrado, porque, al final, se trata de
un aspecto técnico, y es que no acabo de entender para qué se ha
constituido la ponencia si no hacemos uso de ella.


El señor PRESIDENTE: Por favor, señor letrado, explíqueselo
usted al senador don Jokin.


El señor LETRADO: Señoría, la ponencia se designa, y hay
ocasiones —y en esta comisión es frecuente que suceda— en las
que no emite informe pero sí aparecen los nombres de los ponentes al
objeto de saber quiénes van a intervenir en el debate por parte de cada
grupo. En otras ocasiones la ponencia puede reunirse independientemente y
emitir un informe. Son las dos posibilidades que existen y se practican
habitualmente.


El señor BILDARRATZ SORRON: De acuerdo, pero en una
proposición de ley como la que estamos debatiendo, en la que el
Reglamento se está estirando tanto —y ahora hablaremos de
ello—, no sé si esto es lo habitual. Quiero decir que es posible
que la comisión no constituya una ponencia —eso sí es
posible—, pero, una vez constituida, esta evidentemente necesitará
reunirse, y si estoy bien informado, y sobre la base del artículo 135,
tiene cuatro días para hacerlo. Y aquí es donde no acabo de situarme.


El señor LETRADO: Señoría, en la ponencia —y esto ha
sido una práctica habitual en la comisión— se puede designar, para
que consten, el nombre de los ponentes. Evidentemente la designación es
potestativa por parte de la comisión, pero, como le he dicho, en esta
comisión habitualmente, y a efectos de cortesía, se determina que, aunque
no vaya a haber un informe formal, la ponencia se designe para que
consten los nombres de los ponentes.


El señor BILDARRATZ SORRON: Yo no voy a hacer más sangre
respecto de este tema, pero le reitero que en el procedimiento sobre una
proposición de ley como esta, donde el Reglamento ha sido tan utilizado,
no nos estamos ateniendo a él, como usted mismo sabe, porque es
potestativo de la propia comisión designar o no ponencia, pero, una vez
designada, esta también tiene su propio procedimiento y su propio
reglamento.


En cualquier caso, y si el señor presidente me lo permite,
y una vez habiendo dejado constancia de mi opinión con respecto al
procedimiento, abordo en este momento la defensa del veto.


El señor PRESIDENTE: Abórdela usted, señor Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: Voy a comenzar con unas
palabras de la honorable Mary Robinson que, como ustedes sabrán, es la
alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que,
refiriéndose a la justicia universal, decía que esta se basa en la idea
de que determinados crímenes son tan perjudiciales para los intereses
internacionales, que los Estados están autorizados, e incluso obligados,
a entablar una acción judicial contra el perpetrador, con independencia
del lugar donde se haya cometido el crimen y de la nacionalidad del autor
o de la víctima. Mary Robinson, alta comisionada, como saben, de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos. En ese sentido mi grupo
parlamentario entiende que esta proposición de ley y el grupo que la está
llevando adelante van en contra del derecho internacional, en contra de
las bases sentadas en Núremberg y en contra de la propia Constitución
española.


Tal como he comentado anteriormente, para llevar adelante
esta proposición de ley ha habido una serie de procedimientos nada
habituales, como, por ejemplo, la denegación de una serie de reflexiones
intelectuales de debate, de reflexión, de diálogo, como son las
comparecencias pedidas por todos los grupos de la oposición, que han sido
denegadas por el partido mayoritario, tal y como se nos transmitió en la
última reunión de Mesa y portavoces, donde se nos trasladó, como digo, la
voluntad contraria del grupo mayoritario hacia la comparecencia de
determinados expertos en estos ámbitos. Evidentemente entendemos que eso
no ayuda a que todos creamos en lo que podría ser la profundización en la
democracia, en el trabajo conjunto y de verdad en esa obligación de
representar a la ciudadanía.


Esto sí que ha sido la marca del Partido Popular: con una
lectura única en el Congreso, con una urgencia en la tramitación, con una
falta de debate, con una no discusión. Podemos entender que otro tipo de
debates como, por ejemplo, el que se refiere a la modificación de los
artículos 112 y 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que en su
momento se llevó a cabo, se tramitara en lectura única —así se
acordó en Pleno con la unanimidad de todos los grupos parlamentarios que
se tramitase, aunque no









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estuviésemos de acuerdo, mediante un procedimiento de
lectura única—, pero evidentemente en este caso creo que esta no es
la forma de hacerlo, porque no caracteriza ni a la simpleza ni a la
naturaleza del tema la forma en la que se gestionó en el Congreso de los
Diputados. Y esa urgencia es la que nosotros, además, hemos heredado en
el Senado.


Ha sido y está siendo una reforma a la carta de una serie
de Estados, actuando, por tanto, en el más absurdo de los clientelismos
para con algunos —Estados Unidos, Israel, China, etcétera—,
que evidentemente nos están condicionando —su manera de entender
los derechos humanos y de llevarlos adelante—, y son quienes nos
están dictando el texto de la proposición de ley que se está debatiendo y
que se va a aprobar esta misma semana.


En cualquier caso hoy voy a hacer una única pregunta a la
que me gustaría encontrar respuesta. La pregunta sería: ¿dónde se van a
encontrar hoy más cómodos los asesinos, los corruptos, los mafiosos y los
genocidas? ¿Con este principio de justicia universal o sin él? Es
evidente que todos estos colectivos que acabo de citar tienen muchos más
espacios de impunidad que los que pudieran tener antes de este debate. Y
siendo conscientes de que el principio de justicia universal puede
incluso tener problemas y siendo conscientes de que es un principio a
desarrollar y en el que trabajar, pero evidentemente siendo conscientes
también que ese principio fue uno de los grandes avances para toda la
judicatura, tanto en el siglo XX como en el XXI, retrotraernos en estos
momentos a épocas anteriores al año 1985 supone evidentemente dar un paso
de gigante hacia atrás, es ir en el sentido contrario al que todos
deberíamos ir.


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado seguirá
trabajando. Somos conscientes de que esta proposición de ley se va a
aprobar este mismo miércoles e irá al boletín y además, como antes han
comentado las senadoras y senadores que me han precedido en el uso de la
palabra, lo hará con carácter retroactivo, incumpliendo lo que recoge el
artículo 9.3 y el 24.1 de la Constitución. Así pues, no va a haber manera
de evitar que se publique en el Boletín Oficial, no va a haber manera de
evitar un escándalo, pero, como decía, el Grupo Parlamentario Vasco
trabajará para echar por tierra este bodrio jurídico. Apoyaremos ir al
Constitucional, aunque, evidentemente, no tengamos mucha confianza en él;
pero trabajaremos también con la sociedad organizada y acudiremos a
debates; o sea, continuaremos trabajando para recuperar lo que en estos
momentos el grupo mayoritario va a tumbar de una manera tan
significativa.


El modo, el procedimiento que se ha seguido y que se está
continuando con esta proposición recuerda comportamientos y tics que
entendemos que en una democracia ya deberían estar olvidados, porque en
un tema tan sensible, en un tema tan conflictivo, en un tema que tiene
tanta consecuencia y tan negativa, que se haya gestionado de esta manera
y además con estas conclusiones, evidentemente lo único, —y termino
ya— lo único que ha conseguido esta proposición de ley ha sido
aplaudir a los criminales insultando a las víctimas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Bildarratz.


Respecto a su intervención previa sobre si estamos
cumpliendo o no el Reglamento, diré que estamos cumpliéndolo
estrictamente. En el orden del día de la convocatoria de esta comisión
figuraba en primer lugar designar ponencia, y en segundo lugar dictaminar
la proposición de ley orgánica; en ningún momento se habla de emitir o
elaborar informe, y por tanto, se podría haber prescindido del trámite de
designar ponencia. Decidimos hacerlo así para saber quiénes eran los
ponentes, pero eso no obliga a emitir informe y, por lo tanto, no obliga
a que haya una reunión de esa ponencia. O sea, que estamos cumpliendo el
Reglamento, le guste a usted más o menos la celeridad, el procedimiento
de urgencia..., Todo eso me parece absolutamente respetable, pero, desde
luego, estamos cumpliendo absolutamente el Reglamento con la celebración
de esta comisión.


Dicho esto, propuesta de veto número 5, del Grupo
Parlamentario Socialista. Tiene la palabra don Arcadio Díaz Tejera.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, señor presidente, con su
venia.


Yo no tengo duda alguna de que estamos cumpliendo
formalmente el Reglamento, esto lo hemos hecho hoy y en otras ocasiones.
Pero convendrá conmigo, señor presidente, que en ocasiones cumplir con la
forma supone un vacío de contenido del espíritu del Reglamento, porque el
espíritu del Reglamento pretende que los asuntos más simples se puedan
hacer así y que los asuntos más complejos y con más contenido requieran
un mínimo de sosiego y un mínimo de reflexión con respecto a la
trascendencia de lo que se va a aprobar. Fíjese usted hasta qué punto es
así que el propio grupo proponente en el Congreso, mientras lo estaba
tramitando, acogió propuestas técnicas —no todas las que propuso la
Fiscalía, todas









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ellas de la Audiencia Nacional, sino solo una parte—
respecto a la requisa de droga en los barcos cuando están en alta mar;
acogió esa parte, no otras, pero sí acogió estas porque se dieron cuenta
en la redacción de que iban a dejar impunes esas actividades delictivas.
Pues bien, la esperanza era que en la tramitación aquí se pudiese
incorporar alguna otra propuesta para ir reduciendo en la medida de lo
posible el ámbito de la impunidad, que es malo para todos, para todos y
para todas sin excepción. Por esa razón, compartimos la preocupación que
han manifestado los portavoces anteriores.


En segundo lugar, voy a hacer un mínimo comentario en torno
a la reforma del año 2009, porque nosotros vamos a apoyar todos los vetos
y también vamos a apoyar las enmiendas excepto dos, la 1, del Grupo
Mixto, y la 19, de la Entesa, que plantean retrotraernos a la situación
anterior a la reforma del año 2009. ¿Por qué razón hago esto? Porque lo
que hicimos el Grupo Socialista en el año 2009 —y un servidor fue
ponente en ese momento— fue tratar de que lo que era un luchador de
sumo fuera un ser humano de proporciones normales. Comparado con esta
reforma, esto es simplemente hacer desaparecer la existencia de esa
jurisdicción, y les propongo la siguiente regla para verificarlo: fíjense
ustedes si las críticas que nos hicieron en 2009 eran profundamente
injustas que todavía se está tramitando la causa del genocidio de
Ruanda-Burundi, la acusación de genocidio de los saharauis en Tinduf, el
asunto de los jesuitas en El Salvador, la dictadura militar chilena, la
dictadura militar argentina, una docena de casos siguen instruyéndose y
ha habido una condena a un torturador argentino.


Es verdad que se arguye —lo leí en el Diario de
Sesiones del Congreso— que, dada la no efectividad, mejor la
quitamos, pero con ese argumento, dada la instrucción de algunas causas
en el Poder Judicial de España, hacemos desaparecer el Poder Judicial de
España. Puedo recordar muchas causas que han tenido hasta catorce años de
instrucción; les pongo el caso de Carmelo Padrón, que estaba imputado,
nunca llegó a ser acusado, y la instrucción por parte de la Sala de lo
Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias —donde
no hay derecho foral, excepto en un aspecto: en las aguas en el ámbito
administrativo— duró catorce años; o sea, un destino con tan poco
trabajo duró catorce años. Por lo tanto, en mi opinión, ese argumento no
es de recibo.


¿Cuál es el conflicto en el que se sitúa ahora el Gobierno?
Yo entiendo las razones, lo que ocurre es que no las comparto. Se plantea
la razón en el siguiente sentido: Si yo soy Gobierno de España y
represento a cuarenta y seis millones, lo que es malo para los cuarenta y
seis millones yo tengo que intentar quitarlo de encima, y si esto puede
traer consecuencias en algunos ámbitos comerciales, intento solventarlo.
Lo que ocurre es que ha habido un exceso a la hora de plantear esta
posibilidad; entiendo que se pueda modelar, entiendo que se pueda
racionalizar, pero llegar hasta el punto de hacer desaparecer a ese ser
humano de 1,70 y que deje de existir, me parece que es excesivo, sobre
todo por una cosa, porque España en el mundo tiene intereses y tiene
amigos, las dos cosas, intereses y amigos —a veces coinciden las
dos cualidades y en ocasiones solo una de ellas—, y sinceramente,
vamos a perder muchos amigos de seguir en esta dinámica. Yo mantengo la
esperanza de que pueda haber cierta capacidad de encajar algunas
enmiendas para dar mayor racionalidad a esto y que los campos de
impunidad no se sigan ampliando.


¿Qué piden los tratados y convenios internacionales
suscritos por España en este ámbito? Distinguen dos cosas: hay un
principio de territorialidad, cuando el hecho acontece en el territorio
nacional, en España; cuando acontece aquí hay una responsabilidad
—es un concepto clásico de Derecho penal—; y cuando no
acontece aquí hay un principio de personalidad, en términos activos
—sujeto— o en términos pasivos —víctima—. ¿Qué
ocurre? Que la Corte Penal, lo que es el derecho internacional
humanitario, se plantea no de una forma subsidiaria —como dice la
exposición de motivos erróneamente—, sino de una forma
complementaria. Es decir, estos tratados internacionales —cuatro
tratados y cuatro protocolos del año 1949, de Ginebra— lo que
pretenden es, en la medida de lo posible, que la comunidad internacional
se sienta concernida cuando acontece un delito, y si no se persigue por
razón de territorio y si no se persigue por la personalidad activa o por
la pasiva, que la comunidad internacional, sintiéndose concernida, lo
persiga, porque es malo para el derecho que los criminales piensen que
pueden cometer tales hechos delictivos sin ninguna consecuencia. Por esa
razón se planteó en el año 2009 la conexión con España en términos de
hecho, en términos de víctima, en términos de sujeto, o que en cualquier
caso hubiese una conexión con los intereses españoles, repito, una
conexión con España.


Siguen estas causas abiertas porque la reforma no anuló la
jurisdicción universal, lo que hizo fue ponerle límites, pero no la
anuló, la embridó pero no la anuló. ¿Qué ocurre con esta reforma? Que sí
la anula; esta es la conclusión, que sí la anula, que sí la hace
desaparecer. Y si no, apliquen ustedes los criterios que se plantean a
los casos que ahora están abiertos para ver cuál de ellos podría quedar









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abierto. Ninguno. Pero es que encima se establece una
especie de disposición transitoria única que es una especie de cláusula
de cierre: ante la posibilidad de que aplicando los criterios de
conexión, aun así estuviese viva una de estas causas, se plantea esta
aplicación retroactiva.


Y claro, a mí se me descuajaringan un conjunto de valores
constitucionales que uno explica a los alumnos y alumnas en la Facultad
de Derecho. Y es que el artículo 9.3 de la Constitución habla de la
irretroactividad de las normas sancionadoras o limitativas de derechos
individuales. La irretroactividad. Entonces, ¿qué van a decir a los
magistrados de la Audiencia Nacional que están instruyendo estas causas?
Que limita derechos. Por ejemplo, en el supuesto de la causa del Tíbet,
algunos de ustedes me han hecho una pregunta en el ámbito privado: ¿qué
tenemos que ver nosotros con el Tíbet? Que la causa del Tíbet la ha
presentado una persona que tiene nacionalidad española. Podría haber
respondido con aquello de Erich Fromm de: nada del ser humano me es
ajeno, pero, sin llegar a ese punto, la cita es que la presentó un señor
que tiene nacionalidad española. Si estos casos se están tramitando en la
actualidad —algunos llevan años—, se ha dictado incluso orden
contra ocho genocidas del genocidio de Ruanda—Burundi, y ahora se
les dice: Sepan que todo lo que ustedes han estado haciendo con arreglo
al ordenamiento jurídico vigente, todo eso se sobresee, y la orden de
busca y captura de ocho genocidas simplemente se anula. La pregunta es
¿Esto es motivo de alegría o motivo de tristeza? Yo no tengo afán alguno
de usar calificativos que lo que hacen es descalificar a personas y
grupos. Me aburre; me aburre porque no sirve para nada. Lo que pretendo
es tratar de convencer, tratar de convencer diciendo: si la preocupación
es el conflicto entre intereses nacionales-derechos humanos, busquen la
manera de conciliarlos. ¿Por qué razón? Porque necesitamos las dos
causas. Necesitamos defender los intereses nacionales y necesitamos decir
al mundo que España sigue trabajando por los derechos humanos, que sigue
en la vanguardia de la lucha por los derechos humanos, y que en algún
país donde no hay Poder Judicial, en algún país donde no se persiguen los
hechos delictivos, en algún país que tiene algún tipo de conexión, como
la vigente, con España, nuestros tribunales no van a dejar desamparados a
esos españoles. ¿Por qué razón? Porque es nuestra obligación, ya no por
el artículo 9.3, sino en aplicación del artículo 24.1 en relación con el
derecho a la tutela judicial efectiva.


El razonamiento es que se han excedido al tratar de limitar
y reducen al máximo esta posibilidad. Y vuelvo, cariñosamente, a desafiar
a los portavoces del Grupo Popular a que me digan a cuál de las causas
abiertas se pueden aplicar los criterios que quieren plantear ahora
—residencia habitual, que se hubiese negado la extradición,
etcétera—, y me gustaría que me respondieran por aquello de debatir
entre nosotros, no de leer lo que se trae escrito, sino de debatir entre
nosotros, porque esto es un Parlamento, no una sala de lectura.


El siguiente argumento no está tanto en relación con la
reducción, sino con el concepto de lo que es subsidiario y lo que es
complementario —que ya expliqué antes— en relación con los
tratados y convenios que han sido firmados por España en esta
materia.


Otro argumento a añadir es la verificación de la Sala
Segunda. Yo comprendo que el ministro de Justicia confíe muchísimo en el
que fue director general del Gobierno de Aznar y que ahora presidió la
delegación que fue a no sé qué acto en Roma. Lo entiendo, forma parte de
la confianza personal; lo entiendo. Pero ¿qué ocurre? ¿Es que ahora
desconfía de los 5234 jueces, desconfía de los jueces de la Audiencia
Nacional, y ahora la Sala Segunda tiene que verificar si lo que han
estado haciendo esos otros integrantes de la carrera judicial está mal,
por una vía ajena a los recursos? Si algo está mal, está la vía de los
recursos, pero no esta vía excepcional de que la Sala Segunda
verifique.


Y si no se quiere la acusación popular, dígase. Si se
quiere vaciar de contenido la acusación popular, hágase con aquello de:
pudo, quiso y lo hizo. Pero no tienen sentido estas fórmulas indirectas
de hacer desaparecer; porque en España, es verdad, ha habido abusos de la
acusación popular; es cierto. Pero también es verdad que ha habido hechos
muy relevantes en la vida pública española que si no hubiese sido por la
acción popular no habrían existido. Así pues, todo tiene su anverso y su
reverso, y me parece que es un retroceso en términos jurídicos, ya no
solo en términos democráticos sino en términos jurídicos, hacer
desaparecer esto, porque si no impide cualquier otra posibilidad de
abordar algunas materias, ¿por qué, visto lo visto con la última decisión
del fiscal general del Estado de ordenar a la Fiscalía del Tribunal
Constitucional que retire el recurso interpuesto en relación con la Ley
de reparación de las víctimas de la guerra civil y el franquismo, no se
quiere abordar algunas materias, se quiere imponer el silencio en algunas
materias, mientras que allí lo que había era un recurso para que el
Tribunal Constitucional se pronunciase en torno a decisiones de diversos
órganos jurisdiccionales y había diversidad de criterios, que es como se
arreglan las cosas en derecho? Pues bien, visto ese criterio, ¿por qué
reducir esa









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posibilidad? ¿Qué ganamos con eso? Es verdad que en
ocasiones yo leo en la prensa algunas iniciativas en el ámbito de la
acusación popular bastante extravagantes. Pero ahí está el juez para no
admitir a trámite lo que considere extravagante. Pero en este caso en
particular no creo que se gane nada, al contrario, se cierran
posibilidades de acusación popular, se establece en la Sala Segunda, se
plantea la reducción en el ámbito de las materias susceptibles de ser
abordadas con esta jurisdicción y, de alguna manera se pone el
—engó, esa especie de caramelo para los que no han estudiado esto,
de que se amplían determinadas materias. ¿Qué ocurre, que ustedes no
quieren que se amplíen determinadas materias? Por supuesto, que se
amplíen esas y muchísimas más, porque cada vez hay más hechos delictivos,
sobre todo los cometidos por la gente que usa cuello blanco —no los
de cuello azul, que distingue la criminología, los trabajadores
manuales—, o los de una mayor elaboración intelectual; cada vez
más, la criminalidad, la delincuencia organizada, no tiene en cuenta las
fronteras, no tiene en cuenta los límites. Y no estamos hablando solo de
criminalidad transfronteriza en el ámbito del crimen organizado, de
medioambiente, de trata de blancas, etcétera, estamos hablando de
supuestos que desbordan por completo los conceptos de lo transfronterizo
y que requieren unos ámbitos de cooperación mucho más intensos que los de
una soberanía con otra soberanía, estamos hablando de instancias
internacionales que lo aborden con rigor.


El problema está en que animándoles a una pulsión que yo no
considero innoble, que es tratar de evitar perjuicios a cuarenta y seis
millones en el ámbito comercial, aceptando que esa es una pulsión noble,
me parece excesivo hacer desaparecer, anular, lapidar, la jurisdicción
universal. Creo que ahí perdemos prestigio, perdemos amigos, perdemos
sensibilidad, y es una forma de decir a tanta gente que se mueve en el
ámbito de la criminalidad: mire, depende, busque usted la forma de
canalizarlo por ahí, que seguro que tendrá una cobertura muy
superior.


Todas estas razones nos parecen suficientes argumentos,
razonables y sensatos para plantear el veto.


Gustosamente escucharé la intervención del Grupo Popular,
que, supongo yo, habrá recogido algunas preguntas y desafíos que he
planteado, y espero que me convenzan con su argumentación de que con este
texto, en general los derechos humanos van a estar más protegidos, de que
con este texto hoy es un día de alegría en la lucha por los derechos
fundamentales y de que con este texto, en general los españoles vamos a
estar mucho más relajados respecto a lo que vivamos en cualquier lugar
del mundo. Yo creo que todo lo contrario y de ahí las razones para
presentar este veto.


Nada más, señor presidente, por ahora.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Díaz Tejera.


Para el turno en contra, en nombre del Grupo Parlamentario
Popular, tiene la palabra la señora Franco González.


La señora FRANCO GÓNZALEZ: Muchas gracias, señor
presidente.


Después de escuchar a los portavoces de los distintos
grupos ha quedado en evidencia que, sin duda, en esta comisión de hoy y
en el Pleno subsiguiente de estos días vamos a abordar un asunto
importante y que además es controvertido. Está claro que existen
diferentes opiniones —y no solo las que vamos a tener aquí, que van
a ser distintas, por supuesto, sino también en el ámbito jurídico, en el
ámbito académico y a nivel internacional— sobre cuál debe ser la
extensión o la amplitud del principio de jurisdicción universal.


Yo quisiera comenzar contestando a una pregunta que ha
formulado el senador Saura al inicio de su intervención, en la que
precisamente se cuestionaba qué es la justicia universal. El senador
Bildarratz también hacía referencia a una parte del prefacio de la
declaración de los principios de Princeton, donde la comisionada de
Naciones Unidas hablaba del principio de jurisdicción universal.


Voy a elucubrar un poco, ¿vale? Quisiera precisamente
hablar de qué significa ese principio de jurisdicción universal. En
artículos y libros se puede leer que el principio de jurisdicción
universal deriva del derecho internacional. Sin embargo, cuando uno acude
a los tratados internacionales comprueba que ninguno recoge el principio
de jurisdicción universal en ese sentido tan amplio, sino que todos
exigen criterios de conexión para habilitar, autorizar o amparar la
competencia extraterritorial de los jueces. Todos exigen algún criterio
de conexión, absolutamente todos.


Me parece —esa es mi humilde opinión— que el
principio de jurisdicción universal podría considerarse como un principio
orientador o una especie de principio general del derecho, pero no tiene
aplicabilidad directa, una especie de valor ético al que es cierto que
deberían tender todas las normativas, pero también









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la normativa internacional, los tratados internacionales.
Realmente, el principio de jurisdicción universal es directamente
aplicable sobre una base legal, sobre una legislación, en este caso una
legislación nacional, que determine cuál es ese alcance y extensión que
debe tener el principio de jurisdicción universal.


El documento de los principios de Princeton es
académicamente estupendo. El principio de jurisdicción universal en el
sentido más amplio posible sí es un valor hacia al que hay que tender,
pero hacia al que debe tender todo el derecho internacional. Se trata de
un valor que deberían recoger todos los tratados internacionales y a
partir de ahí incorporarse a la legislación nacional de cada Estado.


Dicho esto, corresponde a la legislación nacional de cada
Estado —en este caso, a la nuestra— determinar cuál es la
extensión o amplitud de este principio de jurisdicción universal. El
criterio de mi grupo —desde luego, ni el senador Altava ni yo vamos
a eludir el debate jurídico al respecto— es precisamente que este
principio se debe regular en concordancia con lo dispuesto en los
tratados internacionales, y respecto al principio de jurisdicción
universal, extender la competencia extraterritorial de nuestros jueces y
tribunales más allá de nuestro ámbito de soberanía se debe sujetar a los
mismos criterios que establecen los tratados internacionales para los
diferentes tipos de delitos. Este es el objetivo de la reforma:
simplemente establecer en nuestra legislación interna una delimitación
del principio de jurisdicción universal de acuerdo con lo previsto en los
tratados internacionales, ni más ni menos.


Sus señorías han señalado, por una parte, que esto es
contrario al derecho internacional. Nosotros, por supuesto, consideramos
que no es contrario al derecho internacional por lo que acabo de exponer,
pues lo que hacemos realmente es adaptar la amplitud de este principio a
lo dispuesto en los tratados internacionales. También han señalado que es
contrario a nuestra Constitución, al derecho de tutela judicial efectiva,
y tampoco estamos de acuerdo con eso, pues consideramos que es
perfectamente compatible la regulación que contiene esta proposición de
ley con lo que recoge nuestro derecho constitucional.


Muchas de sus señorías han dicho que a partir de ahora
España va a ser un lugar donde se va a garantizar la impunidad. A este
respecto sí quisiera decir que España en su territorio jamás va a
garantizar la impunidad a ningún responsable de delitos tan graves como
los que se van a enjuiciar a través de este principio de jurisdicción
universal por este artículo 23 de nuestra Ley Orgánica del Poder
Judicial.


Tampoco debemos olvidar la existencia de una Corte Penal
Internacional, que cada vez tiene más adhesiones, cada vez son más los
Estados que se adhieren al tratado internacional que la regula.


Con esto creo haber expuesto, brevemente al menos, las
razones de nuestra reforma. No sé si con ello voy a conseguir que ustedes
las compartan —creo que no—, pero al menos sí he intentado
explicar, sobre todo con motivaciones jurídicas, qué es lo que nosotros
perseguimos, cuál es el fundamento de esta reforma que nosotros
proponemos.


Respecto a la pregunta del senador Díaz Tejera sobre qué
causas van a continuar a partir de la entrada en vigor de esta ley, habrá
que esperar a que se vea si realmente se cumplen los requisitos previstos
en ella, pero yo diría que posiblemente las mismas que puedan continuar o
que se puedan investigar en cualquier país de nuestro entorno, porque la
evolución de la delimitación del principio de jurisdicción universal en
nuestro país no es muy diferente a la de los países de nuestro entorno,
que han ido introduciendo limitaciones o restricciones. De todos modos,
tengo que decir que la regulación que nosotros proponemos no solamente
introduce limitaciones o restricciones, sino que las introduce en algún
momento, mientras que en otros supuestos queda exactamente igual a como
está ahora configurada, y en otros, se amplía.


Esta es brevemente la opinión de nuestro grupo. Por
supuesto, vamos a rechazar los diferentes vetos que se han formulado a
esta proposición de ley.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Franco.


Corresponde ahora un turno de portavoces de menor a
mayor.


Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la
senadora Capella.


La señora CAPELLA I FARRÉ: Intervengo brevemente para
contestar a la portavoz del Grupo Parlamentario Popular.


La defensa de nuestro veto se basa en postulados ya
planteados por el propio Tribunal Constitucional, al que el Partido
Popular tiene en mucha consideración. El propio Tribunal Constitucional,
en distintas ocasiones establecía esa vis expansiva del principio de
jurisdicción universal y exponía que no era necesario que existiese
vinculación a intereses estatales o particulares. Existen países de
nuestro









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ámbito territorial que reconocen esta vis expansiva del
principio de jurisdicción universal, por ejemplo Bélgica —artículo
7 de la Ley 16 de julio de 1993, reformada por la Ley de 10 de febrero de
1999, que extiende la jurisdicción universal al genocidio—,
Dinamarca —artículo 8.6— o Suecia, Estados que incorporan con
mayor o menor amplitud la represión de distintos crímenes contra la
comunidad internacional sin restricciones motivadas por vínculos
nacionales, por ejemplo; además de otros países que aplican esta vis
expansiva del propio principio de justicia universal.


En consecuencia, creo que el Estado español quedaría en el
ámbito de los países sin referencias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senadora Capella.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el
senador Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: Buenos días.


Senadora Franco, quiero comenzar mostrando mi acuerdo con
lo que usted ha planteado en esta comisión: que se trata de un asunto
importante y controvertido. La pregunta que nos debemos hacer, y ser
capaces de responder con lealtad, sinceridad y rigor, es si una cuestión
tan importante, con tantas consecuencias y tan controvertida se puede
tramitar como se está tramitando esta proposición de ley. ¿Se corresponde
esta tramitación con esos criterios que usted ha marcado?


Cuando habla de la amplitud del concepto de jurisdicción
universal nos dice, y es así, que todos los Estados —o al menos los
que rodean al nuestro— se mueven por el criterio de que haya una
conexión a la hora de aplicar este concepto. De acuerdo, eso es lo que
también estableció el Tribunal Constitucional en el caso Guatemala. Sus
señorías recordarán que en ese toma y daca que mantuvo con el Tribunal
Supremo en el caso Guatemala, le gustase más o menos al Tribunal Supremo,
el Tribunal Constitucional estableció una serie de criterios precisamente
estableciendo lo que usted demanda: la conectividad o la conexión dentro
de cada una de las situaciones que se generen.


A su vez, y sobre la base de los principios de Princeton,
nos comenta que el concepto de jurisdicción universal es un valor hacia
el cual hay que tender. Mi pregunta es si con esta eliminación de la
jurisdicción universal vamos en la buena línea o justo en la contraria a
la que marcan los principios que tanto usted como yo hemos citado.


Nos dice que es una proposición que va en concordancia con
los tratados internacionales. Podemos hablar de muchos tratados
internacionales, pero hay algo que todos ellos recogen bajo el paraguas
del principio de su fundamento, que es que jamás haya crímenes o
genocidios que puedan quedar impunes; que no haya crímenes de lesa
humanidad, genocidio, etcétera, que queden impunes.


Y yo pregunto, ¿con esta proposición de ley vamos en la
línea que están desarrollando estos tratados internacionales?


Nos ha puesto como ejemplo la Corte Penal Internacional. Es
verdad y sería bueno lo que usted ha afirmado en el sentido de que cada
vez haya más adhesiones a él. De acuerdo. ¿Pero qué hacemos con el
artículo 16? ¿O que hacemos cuando, por ejemplo, el Consejo de Seguridad
limita la posible investigación o judicialización de determinados actos
criminales? ¿O qué hacemos con el artículo 11.1 por el cual únicamente se
va a juzgar a partir de que un Estado reafirme o confirme su adhesión al
Estatuto de Roma? ¿O qué vamos a hacer con los casos de terrorismo? Es
decir, nos deja una serie de incógnitas y preguntas que, evidentemente,
no encuentran respuesta.


Y finalizo, tal y como usted ha comenzado, diciendo que es
un tema muy importante y entiendo que haya visiones diferentes. Ahora
bien, no creo que el grupo al que usted representa haya puesto las bases
para que este debate, este análisis, esta materia que dice ser tan
importante no se haya ni trabajado ni debatido como se merece, porque
incluso ni han accedido a que pudieran venir comparecientes a
reflexionar, debatir, discutir sobre una materia que, como decimos, es
tan importante y controvertida.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Bildarratz.


Por el Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya,
tiene la palabra su portavoz, el señor Saura.


El señor SAURA LAPORTA: Gracias, señor presidente.


Quiero agradecer el tono de la intervención de la portavoz
del Grupo Popular, y me adhiero a la intervención del portavoz del Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado en el sentido de que si esto es tan
importante no podemos aceptar los argumentos que se nos han dado de que
no tenemos tiempo.









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Y quiero añadir dos cosas. Yo no comparto el análisis que
se hace en relación con las obligaciones que se derivan como mínimo de
las seis convenciones o de los seis convenios internacionales, empezando
por el de Ginebra. Pero tengo dos preguntas importantes. La primera es
¿cómo es posible que esta iniciativa no tenga el soporte de nadie, ni de
los fiscales ni de los jueces ni de las ONG? ¿Cómo es posible? La segunda
pregunta es: independientemente del debate jurídico, ¿qué consecuencias
tiene? Pues las consecuencias son las siguientes: la muerte de un
periodista, José Couso, en Iraq; la orden de detención de tres militares
de Estados Unidos. Cuando se apruebe esta ley esto se archivará.


Usted hablaba de puntos de conexión. ¿Por qué no han
encontrado un punto de conexión? Por ejemplo, el procedimiento abierto a
siete o nueve responsables de la Dina chilena en relación con el
secuestro y asesinato del diplomático español Carmelo Soria. Esto se va a
archivar. Por lo tanto, al hacer una ley es importante saber qué
consecuencias se derivan, y las consecuencias que se derivan es que hay
impunidad para personas que en estos momentos tienen procedimientos
abiertos por hipótesis de crímenes terribles y horribles de torturas.
Habría sido importante, en la línea de la portavoz del Partido Popular,
que se hubieran encontrado líneas de conectividad que no permitan la
impunidad. Y, fíjese, los doce o trece casos que están en fase de
procedimiento van a ser todos archivados y difícilmente se va a abrir
otro con los requisitos que la proposición de ley contempla.


Por consiguiente, mantenemos el veto. Lamentamos no haber
podido discutir con tiempo y con calma un tema de esta importancia, y
tengo que decir que la justicia universal es una cuestión temporalmente
reciente, que tiene contradicciones, que tiene aplicaciones distintas,
pero lo importante es que se ha abierto una dinámica para no permitir que
en cualquier lugar una persona pueda realizar actos delictivos
importantes en contra de la humanidad.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Saura.


Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
Convergència i Unió, tiene la palabra su portavoz, la señora Rieradevall
Tarrés.


La señora RIERADEVALL TARRÉS: Gracias, señor
presidente.


En primer lugar, debo suscribir lo manifestado por el
portavoz del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado por lo que al
procedimiento se refiere. Consideramos que de constituirse la ponencia,
como es el caso, debería emitir informe, y el artículo 110 del Reglamento
que nos rige, define claramente que la función de la ponencia no es otra
que emitir informe sobre el proyecto o proposición de ley de que se
trate. Entiendo que en derecho todo es interpretable y que la praxis
puede superar la literalidad del Reglamento que nos rige, pero la función
de la ponencia es emitir su informe para ser entregado al presidente de
la comisión; de otro modo no tiene ningún sentido la designación de
ponencia. Aun así, aunque ya se han dado las interpretaciones, quería
dejar constancia de la postura de mi grupo respecto a este asunto.


Por lo que se refiere a las propuestas de veto, nosotros no
hemos presentado ninguna, pues valoramos positivamente que, dando
cumplimiento a las obligaciones impuestas por los tratados
internacionales que España ha ratificado, se haya procedido a ampliar la
lista de los delitos que cometidos fuera del territorio español son
susceptibles de ser perseguidos por la jurisdicción española. Aun así,
esto no significa que no compartamos muchos de los argumentos y motivos
que han llevado a presentar las siete propuestas de veto de otros
grupos.


Compartimos en general las críticas al fondo y a las formas
de la tramitación de este proyecto de reforma. Consideramos que el
procedimiento legislativo seguido con esta proposición de ley es
totalmente inadecuado por no ajustarse a derecho en su tramitación en el
Congreso de los Diputados y por carecer de rigor democrático, pues una
modificación tan importante de una ley orgánica requiere de una
reflexión, de un debate y de un análisis mucho más profundo.


También lamentamos que la mayoría del grupo que da apoyo al
Gobierno haya imposibilitado las comparecencias solicitadas por el resto
de los grupos parlamentarios.


Respecto al fondo, estamos en contra de las limitaciones a
la justicia universal que se plantean en la proposición de ley.
Consideramos inadmisible la vulneración del artículo 125 de la
Constitución que regula la acción popular como mecanismo de defensa de
los intereses colectivos legítimos. El apartado 4º de la proposición de
ley restringe el uso de la acción popular al establecer que solamente
serán perseguibles en España los delitos cometidos fuera del Estado
español cuando existe una interposición de querella por el agraviado o
por el ministerio fiscal.









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Nos preocupa también la grave vulneración del artículo 9.3
de la Constitución Española por lo que al principio de seguridad jurídica
y al principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no
favorables o restrictivas de derechos individuales se refiere. La
disposición transitoria única, la cual establece el sobreseimiento de
todas aquellas causas que se encuentren en tramitación por los delitos a
que hacen referencia hasta tanto no se acredite el cumplimiento de los
requisitos que se exigen, implica no solo ignorar que en el derecho penal
rige el principio de irretroactividad de las normas sancionadoras o
limitadoras de derechos sino que, además, vulnera el derecho fundamental
a la tutela judicial efectiva de las víctimas. Así, mediante esta
disposición transitoria van a ser sobreseídos de forma automática
procedimientos como los que se han mencionado: la muerte del periodista
José Couso, de la guerra de Iraq, los supervivientes españoles en campos
de concentración nazis y otros. No obstante, consideramos imprescindible
la ampliación de la lista de delitos que, aunque cometidos fuera del
territorio español, puedan ser perseguidos por la jurisdicción
española.


Por todo ello, nos vamos a abstener en la votación de las
propuestas de veto.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora
Rieradevall.


Respecto a la cuestión que usted rescata, quiero decirle,
señoría, que, cuando se designa ponencia y en el orden del día figura
también dictaminar, es tradición en el Senado, una tradición inveterada,
no emitir informe. No es una tradición que inauguro yo, sino que es una
costumbre y un uso de esta Cámara del Reino de España.


En segundo lugar, quiero decirle que el artículo 71.1 del
Reglamento dice que el orden del día del Pleno lo fija el presidente del
Senado, oída la Mesa y la Junta de Portavoces, y usted sabe que este
asunto figura en el orden del día de este Pleno. Por lo tanto, nosotros,
de acuerdo con el artículo 135.6, dado que ese punto estaba fijado en el
orden del día del Pleno, no tenemos más remedio que actuar de la manera
que lo hemos hecho. Y el hecho de designar ponencia es casi a efecto
curricular, es decir, queremos saber quiénes son los ponentes, y nada
más. Eso no exige ni obliga a que se emita informe. (La señora
Rieradevall Tarrés pide la palabra.)


Dígame, señoría.


La señora RIERADEVALL TARRÉS: Entiendo que estamos en
trámite de urgencia y por eso aplicamos el artículo 135. Pero me refería
a que hay otro artículo que define el porqué de una ponencia. Supongo
—ya lo he dicho— que en la práctica se interpreta para que
figuren los nombres de los ponentes, pero, de hecho, se constituye una
ponencia para que emita informe. Por ejemplo, en la Comisión de Empleo y
Seguridad Social he puesto sobre la mesa muchas veces que se saltan la
ponencia y pasan directamente a comisión. Esto es optativo, pero, una vez
que se convoca y se constituye, entendemos que lo lógico sería emitir
informe.


Entiendo la interpretación, entiendo que puede ser una
práctica habitual, pero quería poner sobre la mesa, máxime con la
identidad de esta reforma, que hubiera sido positivo que, por unos
minutos —además considero que hubiera sido posible llevarlo a
cabo—, se hubiese emitido informe. Solo quería ponerlo sobre la
mesa. He entendido los argumentos que se han dado, pero quería que
constara.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Por supuesto, señoría, esta Mesa
valora su opinión de que hubiera sido conveniente, según su parecer y el
parecer de otros portavoces, haberlo debatido más tiempo, haber emitido
un informe, haber reunido a la comisión solamente para constituir la
ponencia y que esta emitiera el informe, pero lo cierto es que en el
orden del día con el que hemos convocado la comisión figura designar
ponencia y dictaminar y, al ser en el mismo día y en el mismo lugar, no
tiene sentido emitir informe si vamos a dictaminar sobre la ley.


Dicho esto, señorías —creo que está completamente
debatido—, tiene la palabra el senador Díaz Tejera, por el Grupo
Parlamentario Socialista.


El señor DÍAZ TEJERA: Muchas gracias, señor presidente.


Señora portavoz de Convergència i Unió, no pida perdón por
hacer un discurso; es su obligación. El que lo comparta, bien; el que no
quiera compartirlo, que no lo haga, pero aquí no se pide perdón por
existir. ¡Faltaría más! Usted hace el análisis que estima oportuno. Y yo
le añado más información, porque no estuvo usted en la última reunión de
la Mesa. Sepa usted que en los últimos ocho años siempre ha









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sido tradición de la Mesa de esta comisión aprobar todas
las peticiones de comparecencias de todos los grupos, y luego el
presidente gestionaba con el ministro cuándo venía, según su agenda. Aquí
se ha pedido comparecencia de ministro para dos asuntos y se ha dicho que
no. ¿Lo quieren esconder? Ya lo tienen amortizado; está creando muchos
problemas, ya tienen enmendado el proyecto; por tanto, no quieren que
aparezca. Es aquello de que la propia Mesa niega la función del
Parlamento, que es controlar al Gobierno. Luego, no se extrañe usted, con
ese precedente, de que en este momento la ponencia no haga ponencia; la
ponencia está aquí para saber el currículum de sus miembros.


En este contexto, señora Franco, siempre le agradezco mucho
que se prepare los asuntos, porque me parece que es una manera de
dignificar el Senado. No soporto la gente que se pone a hablar sin
estudiar un asunto. Es una falta de respeto al propio trabajo del
Parlamento. Por tanto, empiezo por decirle eso. El senador Saura le decía
que le agradecía el tono. Yo siempre le agradezco que se lo prepare y el
tono del análisis. Lo que ocurre es que entiendo la función que usted
está haciendo. Porque la lealtad a un grupo no se acredita cuando se
piensa igual; la lealtad se acredita cuando se discrepa. Y no sé si usted
discrepa o no; eso es irrelevante a efectos de este debate parlamentario,
eso es absolutamente irrelevante. Pero entiendo la función, y es que a
usted le llega un texto y tiene que defenderlo. Entonces, hay que buscar
argumentos debajo de las piedras, incluso diciendo cosas que usted sabe
que no son. Y llegó usted a comparar esto de la jurisdicción universal
—por usar una expresión acuñada— con un valor ético y con un
principio general del derecho.


Señoría, la ley, la costumbre y los principios generales
del derecho son fuentes de derecho, pero ahora no estamos hablando de
fuentes de derecho ni de principios informadores del conjunto del
ordenamiento para su interpretación. Desde el año 1949, hay cuatro
tratados y cuatro protocolos, más la declaración a la que usted se
refiere y toda la doctrina acuñada después de los tribunales de
Núremberg, y ya hay ciento cincuenta Estados desde el año 1999 que
aceptan la Corte Penal Internacional y ese Estatuto de Roma, a cuya
redacción, por cierto, un español dedicó gran parte de su trabajo. Por
tanto, no estamos con principios generales del derecho; estamos con
derecho internacional que obliga a los Estados parte. Y aquí hay una
confusión entre los principios en el ámbito penal de aplicación de la
jurisdicción penal con las normas sobre resolución de conflictos acerca
de qué ordenamiento se aplica. Alguno incluso plantea que la propia
conexión del año 2009 ya se incorpora en esta senda.


La pregunta es si la reforma del año 2009 la impulsó el
Grupo Socialista y solo tenía el apoyo del Grupo Socialista. Y no, lo
tenía de otros muchos grupos. Sin embargo, en esta ocasión no tiene el
apoyo de ningún grupo, que yo sepa. Es una diferencia importante a la
hora de cómo concebir el Parlamento, porque solo desprecian el Parlamento
las ideologías totalitarias. Son los únicos que desprecian el Parlamento,
son los únicos que no quieren que los ministros comparezcan en el ámbito
parlamentario, para que el Parlamento haga su trabajo, que no es solo
hacer leyes y elaborar el presupuesto; también es controlar al Gobierno,
porque la inquietud de la ciudadanía por el asunto que fuese, en una
democracia parlamentaria se canaliza a través de los representantes. Y
los cambios de Gobierno se hacen con el voto, no por pura vía fáctica;
porque se usa la pura vía fáctica, sin ninguna cobertura parlamentaria,
cuando se carece de argumentos.


Por tanto, señoría, entiendo que acuda a los principios
generales del derecho, pero no estamos en un principio general del
derecho; estamos hablando de derecho internacional que se tiene que
aplicar. Pero fíjese de qué manera está redactada, porque es verdad que
en la exposición de motivos confunde complementariedad con
subsidiariedad. Esta última se refiere a la Corte Penal Internacional
respecto a los tribunales españoles, pero en este caso los tribunales
españoles, la jurisdicción española respecto a la jurisdicción universal
es complementaria; no es subsidiaria, como en el caso que describía
antes. Pero fíjese usted, está redactado de tal manera que para cada
figura delictiva el cuándo adquirió la nacionalidad es importante en
relación con las doce causas que están en la Audiencia Nacional. Y según
cada hecho delictivo, se prevé un tipo de conectores para que, en su
aplicación, estas causas desaparezcan. Y por si acaso hubiese alguna
interpretación distinta, uno tiene la garantía de la Sala Segunda,
verificadora; y por si acaso no es suficiente la interpretación de la
norma ni la Sala Segunda, tengo otra cosa más, que es la disposición
transitoria única, que es una cláusula de cierre: hacia atrás en el
tiempo, la aplicación del ordenamiento jurídico en este ámbito no cuenta;
ha de ser esta otra interpretación. Entonces, la pregunta sigue en el
aire. Dígame cómo se hace con la aplicación de estos conectores nuevos
que han hecho ad hoc. Es como cuando se hace un concurso de méritos y se
dice que el arquitecto tiene que ser rubio, con bigote pelirrojo y calzar
el número 46. ¡Uy! Me da la impresión de que están dibujando a
alguien.









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Pues bien, está redactado de tal manera que estas causas se
van a tener que sobreseer con la cláusula automática que figura en la
disposición transitoria única y con el redactado del texto. Por eso, le
vuelvo a invitar a que me diga cuál de estas causas se va a mantener en
vigor con su aplicación.


No los emplazo en términos humanos porque cada uno es libre
de hacer lo que estime; lo estoy haciendo en términos dialécticos porque
es una manera de indicar al Grupo Popular que, sinceramente, están
liquidando, finiquitando y anulando todo vestigio de lucha por los
derechos humanos y de lucha contra esta criminalidad. Es así.


Si me equivocase, estas causas seguirían vivas; y, si me
equivocase, dentro de algunos años se plantearía alguna otra reforma para
incorporar más conectores. En este sentido, insisto en emplazarlos para
que lo evaluemos porque desde el año 2009 hasta ahora, cinco años más
tarde, es lo menos que se despacha en botica. Ustedes presentan un
proyecto de ley para corregir la anterior. ¿En qué? ¿En qué aspecto se ha
acreditado que es mala? En que sigue habiendo doce causas de esta
naturaleza abiertas en la Audiencia Nacional y, como están abiertas, hay
que sobreseerlas de forma automática.


Sinceramente, ese me parece un mensaje cruel y, sobre todo,
innecesario, porque para cuidar los intereses comerciales de los
españoles las cosas se podrían haber hecho de otra manera muchísimo más
inteligente, combinando las responsabilidades nacionales con el
compromiso internacional que nos obliga a todos y se recoge en el propio
artículo 10, relativo a las declaraciones de derechos humanos.


Creo que hay suficiente capacidad intelectual en los
juristas del Grupo Popular para haber hecho esto bien. Nunca desprecio la
capacidad intelectual de un adversario —me parece un profundo error
hacerlo— e insisto en que hay magníficos juristas en su grupo, ¿por
qué no han hecho esto bien? Han tenido que enmendarlo en el propio
Congreso de los Diputados porque, de otro modo, la requisa de la droga en
los barcos en alta mar se quedaba impune. Por eso, no digo que hayan
hecho el ridículo, tan solo planteo que sigamos perfeccionando el
proyecto para reducir, en la medida de lo posible, los agujeros negros
por donde se cuela la impunidad y, en este caso, es un agujero negro
inmenso y será un día glorioso para toda esta criminalidad.


Gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Díaz Tejera.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra su
portavoz, el señor Altava.


El señor ALTAVA LAVALL: Muchas gracias, señor
presidente.


Me gustaría abordar varias cuestiones previas antes de
tratar el tema que es objeto de esta comisión. En primer lugar, he de
decir que llama la atención de este portavoz cómo cambian las cosas de
estar en el Gobierno a estar en la oposición. Varios portavoces han
reclamado a esta mesa, que gobierna el Grupo Parlamentario Popular, sobre
cuestiones que para nada se tuvieron en cuenta en la pasada legislatura,
en la que fui senador. Tengo aquí la relación de comisiones de justicia
que se celebraron en la pasada legislatura, en la IX Legislatura, en la
que gobernaba el Partido Socialista, y fueron veintitrés; se celebraron
veintitrés comisiones de justicia en cuatro años de Gobierno y, en esta
llevamos ya más de veinte con dos años de Gobierno; es decir, que si
seguimos esta marcha, se va a duplicar el trabajo parlamentario que se
hizo la pasada legislatura. Y no solo eso, sino que el 2 de junio de 2010
se celebró una, y la siguiente, el 10 de febrero de 2011. En este
sentido, recuerdo ir persiguiendo por escrito y de palabra al presidente
de la Comisión de Justicia de entonces —y si hoy fuera senador no
tendría más remedio que reconocerlo— pidiéndole que nos pudiéramos
reunir en comisión, porque no lo hacíamos. Insisto, estuvimos sin
reunirnos ocho meses y medio. Además, el senador Díaz Tejera también lo
sabe porque yo se lo decía a él, como portavoz de la Comisión de Justicia
del Grupo Parlamentario Socialista. Por tanto, lecciones, las justas y
por quien pueda darlas.


Se ha dicho también que se ha hurtado que venga el ministro
de Justicia a esta comisión, pero el ministro de Justicia ha venido en no
sé cuántas ocasiones al control del Gobierno; si no ha venido todos los
martes de Pleno, ha venido casi todos, y muchos portavoces de los que
están aquí presentes le han podido formular las preguntas que han
querido, lo han tenido a su disposición y el señor ministro de Justicia
ha respondido. Por tanto, se ha realizado el control al Gobierno.


Ustedes han mencionado que no hemos querido que aquí
vinieran a debatir algunas personas que creían que deberían haberlo
hecho. ¿Cuatro? Quizá cuatro o cinco hubieran sido pocas; habríamos
aprendido más si hubieran venido cuarenta o cincuenta. Sin embargo,
¿saben qué pasa? Que la iniciativa legislativa, junto con estas Cámaras,
la tiene el Gobierno y el Gobierno tiene que gobernar, y precisamente eso
es lo que hace con la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.









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Señor presidente, en asuntos como el que tratamos y que da
contenido a esta legislación es fácil utilizar magníficas palabras,
vacías de contenido, aludir al recorte de derechos, a los espacios de
impunidad, a que se están cambiando derechos humanos por dinero
—planteamiento que han defendido dos portavoces y que debería
ofenderlos a ellos mismos— porque parece que España va a dejar de
ejercer sus derechos internacionales en relación con la justicia
universal, cuando ocurre todo lo contrario. Cabría plantearse por qué se
lleva a cabo ahora la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
por qué la modificación del artículo 23; lo ha comentado la senadora
Franco: para el cumplimiento de los tratados internacionales que España
tiene suscritos. Es verdad que esos tratados internacionales no reconocen
la justicia universal como derecho de persecución del delito donde quiera
que se comete, lo único que reconocen los tratados, porque no pueden
hacer otra cosa, son criterios de competencia jurisdiccional propia de
cada Estado para permitir, precisamente, que cada Estado, cada país, cure
sus heridas como crea que debe hacerlo, sin que ningún otro tribunal, a
muchísimos kilómetros de distancia, venga a entrometerse en lo que es
propio de la política interior de ese Estado.


A sensu contrario, si con la reforma que estamos planteando
ahora incumplimos los tratados internacionales, como ustedes han
comentado, y lo único que estamos haciendo es igualarnos al derecho
comparado, a la legislación europea y mundial, ¿qué pasa con el resto de
Estados? ¿Están incumpliendo esos tratados? Nosotros éramos el único país
que regulaba la justicia universal y si ahora dejamos de hacerlo así
¿todos los Estados miembros de la comunidad internacional van a incumplir
los tratados? En absoluto. Están cumpliendo los tratados y nosotros,
exactamente igual, los vamos a tener que cumplir, tanto esos cuatro
tratados como esos cuatro protocolos.


También se ha dicho, pero lo dejo ya para el debate en el
Plenario, que desde luego se amplía el artículo 57 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, dando esa posibilidad de casación ante el Tribunal
Supremo.


Pediría lealtad y coherencia. Es verdad que la reforma de
2009 de alguna manera moduló la justicia universal, pero esta no es una
reforma ad hóminem. No estamos cambiando derechos por dinero; es como si
nosotros, en 2009, hubiéramos recordado al Partido Socialista que con su
modificación estaban contentando a Israel ante las investigaciones a sus
militares. Nosotros fuimos leales con el Gobierno de la nación del
Partido Socialista y su deslealtad queda en evidencia cuando nos
recuerdan a nosotros, como también han hecho otros portavoces, que
estamos evitando que se pueda perseguir a China por lo que está
ocurriendo en el Tíbet. Eso es una afrenta a todos.


¿Saben qué ocurre? Que íbamos solos. No hemos sido pioneros
con la justicia universal porque, si nos girábamos, no nos seguía nadie.
No hemos sido pioneros porque no nos seguía nadie, estábamos solos.
¿Saben qué dicen los procesalistas al respecto? Que íbamos de quijotes
por el mundo. Nos señalaban todos, pero lo hacían porque éramos los
únicos que habían regulado esa justicia universal tal y como estaba. Y,
precisamente, lo que se pretende ahora es unificar criterios con la
doctrina del derecho comparado, con la legislación europea y mundial.


¿Papel de liderazgo? En absoluto. España no lo tenía porque
estaba sola. Además, como después explicaré, ahora ocurrirá exactamente
igual porque se pueden seguir persiguiendo esos delitos.


Como el senador socialista ha puesto de manifiesto, se
consiguió una condena; y es verdad, un militar de la dictadura argentina
fue condenado, pero ¿saben por qué? Porque voluntariamente se personó
ante la Audiencia Nacional y pudo ser juzgado. La actual regulación de la
justicia universal ha sido un fracaso y eso lo sabemos todos. Es verdad
que se ha comentado que no se puede eliminar por el mero hecho de que sea
un fracaso, pero habrá que regularlo bien y, además, acorde con el
derecho comparado. Repito, solamente en una ocasión se ha podido condenar
a una persona y, además, porque voluntariamente se personó en la
causa.


Cuando por real decreto en el año 1977 se crea la Audiencia
Nacional, se piensa que es para otras cosas, no para suplir ni al
tribunal de Núremberg ni al tribunal para la ex-Yugoslavia ni para el
tribunal de Ruanda, sino para otras cuestiones distintas. La Corte Penal
Internacional es la que tiene esas competencias que nosotros hemos
cedido. Así pues, señores portavoces, no hay liquidación de la justicia
universal, porque no hay liquidación de la justicia universal en ningún
otro país de nuestro entorno, ni europeo ni mundial. Lo que hacemos es
asemejar nuestra legislación a esa precisamente.


Se ha criticado el procedimiento que se ha llevado; se ha
criticado el efecto retroactivo. Me gustaría hacer dos comentarios: la
única vez que se ha reunido el Consejo de Ministros en domingo fue en la
pasada legislatura con el Gobierno socialista. En toda la historia de
nuestra democracia, de nuestra reciente democracia, la única vez que un
Consejo de Ministros se ha reunido en domingo, repito, fue en









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la pasada legislatura, con el Gobierno del señor Rodríguez
Zapatero. ¿Eso no es urgencia? ¿Saben por qué? Porque había que modificar
—precisamente también por el trámite de urgencia— la Ley
Orgánica del Poder Judicial sobre el sistema de nombramientos de la Sala
Segunda del Tribunal Supremo. Urgía tanto que hasta en domingo se celebró
un Consejo de Ministros. Rara avis; nunca visto en nuestra historia
parlamentaria.


¿Qué decirles en cuanto a los efectos retroactivos? Hay que
entender de lo que se está hablando. Aquí no se está aplicando una norma
penal en la que sí entraría en juego el principio de la norma más
favorable o el principio de intervención misma. Esta es una norma
procesal que está incluida en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es una
norma procesal, repito, y como ley procesal, todos sabemos que cumple en
espacio y tiempo; es decir, en espacio, lo que es territorio nacional, y
en cuanto al tiempo, desde el momento que entre en vigor. Es verdad que
desde el momento en que entra en vigor se sobreseerán —porque así
lo establece la norma— todas las causas hasta entonces.


Por último, con independencia de que en su momento hagamos
otras muchas manifestaciones en el plenario, señor presidente, quiero
decir que para nada se sustrae la posibilidad de persecución para todo el
mundo, aunque no se recoja la acusación particular. ¿Por qué? Porque la
Corte Penal Internacional va a seguir, y cualquier senador de los que
estamos en esta comisión podemos presentar una denuncia ante las
autoridades mundiales de la ONU o ante el fiscal de la Corte Penal
Internacional para que se persiga cualquier causa, que se hará
precisamente ante la Corte Penal Internacional pero no ante un tribunal
de un Estado.


Nada más, señor presidente. Creo que con esto queda claro
que vamos a votar en contra de todos los vetos presentados a esta
proposición de ley.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Altava.


Finalizado el debate de los vetos, vamos a proceder a su
votación.


Para aprobar cada veto, harán falta 14 votos favorables,
que constituirían la mayoría absoluta de los miembros de la comisión.


Vamos a votar, en primer lugar, la propuesta de veto número
2, presentada por la señora Capella i Farré, del Grupo Parlamentario
Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 14; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta de veto número 3, presentada conjuntamente por el
señor Iglesias Fernández y el señor Mariscal Cifuentes, ambos del Grupo
Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 14; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta de veto número 6, presentada conjuntamente por el
señor Guillot Miravet y el señor Saura Laporta, ambos del Grupo
Parlamentario Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 14; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta de veto presentada conjuntamente por el señor
Aiartza Azurtza, el señor Goioaga Llano, la señora Mendizábal Azurmendi y
el señor Unamunzaga Osoro, todos ellos del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 15; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta de veto número 7, presentada conjuntamente por la
señora Almiñana Riqué, el señor Boya Alós, el señor Bruguera Batalla, el
señor Martí Jufresa, el señor Montilla Aguilera, el señor Sabaté Borrás y
la señora Sequera García, todos ellos del Grupo Parlamentario Entesa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 15; abstenciones, 1.


Señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta de veto número 4, del Grupo Parlamentario
Vasco.









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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 15; abstenciones, 1


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Por último, propuesta de veto número 5, del Grupo
Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 15; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Finalizado el debate y la votación de estas propuestas de
veto, vamos a pasar al debate de las enmiendas.


En primer lugar, las enmiendas 1 y 2, presentadas
conjuntamente por el señor Iglesias Fernández y el señor Mariscal
Cifuentes, ambos del Grupo Parlamentario Mixto.


Señora Capella, tiene la palabra.


La señora CAPELLA I FARRÉ: Las doy por defendidas, sin
perjuicio de que sus proponentes las defiendan en el Pleno.


El señor PRESIDENTE: Se lo agradezco, señora Capella.


Enmiendas 8 a 11, del Grupo Parlamentario Vasco.


Señor Bildarratz, tiene la palabra.


El señor BILDARRATZ SORRON: Las doy también por defendidas.
Las defenderé en el Pleno.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Jokin.


Enmiendas 17 a 22, del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya.


Señor Saura, tiene la palabra.


El señor SAURA LAPORTA: La doy por defendidas.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Saura.


Enmiendas 3 a 7, del Grupo Parlamentario Convergència i
Unió.


Señora Rieradevall, tiene la palabra.


La señora RIERADEVALL TARRÉS: Mi grupo se reserva la
defensa de las mismas para el Pleno.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Enmiendas 12 a 16, del Grupo Parlamentario Socialista.


Señor Díaz Tejera, tiene la palabra.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, presidente.


Las doy todas ellas por defendidas, no sin antes subrayar
que la razón de ser del fondo de todas estas enmiendas es el
mantenimiento de un texto —el texto del año 2009— que tuvo el
apoyo de todos los grupos de la Cámara, o al menos, de la inmensa mayoría
de los grupos —de CiU, del PNV, del PP—, creo que, en
general, de la mayoría de la Cámara —de 339 votos, solo tuvo 8
abstenciones y 2 votos en contra, según creo recordar—.


Es un texto que se ha mantenido de 2009 hasta el presente y
que ha generado esas doce causas en la actualidad. Francamente, no
planteamos retrotraernos a la situación anterior al año 2009
—pensamos que es como lo del luchador de sumo, que les decía antes,
excesivamente elefancíaca—, cuando a España la obligaban a tener el
globo terráqueo encima del cogote, y eso era excesivo. Sin embargo, la
reforma del año 2009 nos parece una reforma razonable y sensata. De ahí
el apoyo parlamentario que tuvo, de ahí el análisis que ha tenido en el
ámbito de la Academia y por parte de los profesionales, tanto de la
judicatura y de la fiscalía como el propio Consejo General de la
Abogacía; no hubo una oposición a esta reforma —la que se propone
en la actualidad— sino, en todo caso, comentarios críticos, donde
todos, desde la Fiscalía de la Audiencia Nacional, Consejo Nacional de la
Abogacía —esta mañana me daban su informe— a las asociaciones
de jueces, todos plantean el mismo criterio de aumento de la impunidad y
reducción del instrumental que tiene el Estado de derecho para luchar
contra el crimen organizado.


Estas son las razones que fundamentan nuestras enmiendas,
señor presidente, y las doy por defendidas.









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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Díaz
Tejera.


Para el turno en contra, tiene la palabra la señora
Franco.


La señora FRANCO GONZÁLEZ: Gracias, señor presidente.


Intervendré brevemente. Quería referirme —porque en
el anterior turno de portavoces varios senadores, tanto la senadora
Capella como el senador Bildarratz, la mencionaron— a la Sentencia
237/2005 del Tribunal Constitucional. A la vez también se lo he escuchado
al senador Díaz Tejera, por lo que quería hacer una breve y pequeña
referencia a esta sentencia, que es verdad que vino a derogar una
doctrina que había establecido el Tribunal Supremo y daba unos criterios
de conexión para que entrase en juego el principio de jurisdicción
universal. Esta sentencia se dictó precisamente sobre la base del tenor
literal del artículo 23 con la redacción de 1985. Si aplicásemos ese
filtro, incluso con la redacción actual del artículo 23, la modificada en
el 2009, posiblemente tampoco superase ese filtro. A mayores quería
señalar que esta sentencia realmente lo que pretendía era interpretar la
voluntad del legislador de 1985. Esa voluntad cambió en el 2009 y ha
vuelto modificarse con esta proposición de ley que nosotros traemos a la
Cámara.


Quiero señalar que esta proposición de ley para nada es
inconstitucional y respeta perfectamente el artículo 24 de la
Constitución, que recoge el derecho a la tutela judicial efectiva, porque
además este es un derecho de configuración legal. Es lo que estamos
haciendo ahora, configurar este derecho a la tutela judicial efectiva en
relación con el principio de jurisdicción universal.


Nada más y muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Franco.


Corresponde un turno para aquel que lo quiera ejercer.
¿Grupo Parlamentario Mixto, señora Capella? (Denegaciones.) No lo va a
ejercer.


¿Grupo Parlamentario Vasco? (Denegaciones.)


¿Grupo Parlamentario de Entesa? (Denegaciones.)


¿Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i
Unió? Tiene la palabra la senadora Rieradevall.


La señora RIERADEVALL TARRÉS: Gracias, señor
presidente.


Convergència i Unió siempre ha estado a favor de la defensa
de los derechos humanos, a favor de una actitud positiva y activa en el
ámbito internacional, y nos creemos los valores que propugna la
Constitución.


Señor Altava, es cierto que existe una Corte Penal
Internacional y que sería deseable que muchos de estos delitos fueran
conocidos por ella, pero desgraciadamente también lo es que muchos de los
países y Estados transgresores de los derechos humanos no han firmado los
tratados internacionales y no son parte de dicha corte, por lo tanto,
quedan fuera de ella y quedan espacios de impunidad. Mediante la presente
propuesta de ley las situaciones de impunidad y la indefensión de las
víctimas, lamentablemente van a verse incrementadas. Exigiendo que la
persona a la que se imputa el delito se encuentre en España, cerrando la
puerta a la acusación popular y declarando el sobreseimiento automático
de las causas en trámite, se está asestando un golpe mortal a la justicia
universal.


Entendemos que nos encontramos emplazados a trabajar
conjuntamente para que el texto de este proyecto de ley contenga las
aportaciones y las mejoras de todos los grupos parlamentarios,
emplazamiento difícil de llevar a cabo teniendo en cuenta que los grupos
parlamentarios estamos ya desgraciadamente acostumbrados a padecer el
rodillo parlamentario del Grupo Parlamentario del Partido Popular, un
rodillo que permite aplanar las enmiendas que presentamos los grupos. Es
un error político creer que la mayoría absoluta implica no alcanzar
acuerdos importantes en cuestiones tan trascendentales como las que hoy
estamos debatiendo. Aun así, mi grupo parlamentario insiste en la
presentación y aprobación de las cinco enmiendas que consideramos que
aportan una mejora sustancial al texto, que vuelven sobre todo al
espíritu de 2009, por lo que pedimos la votación favorable a dichas
enmiendas.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Rieradevall.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
senador Díaz Tejera.









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El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, señor presidente.


¿Alguien aquí, en esta Cámara o en esta comisión, se
imagina que en año 1978, los ponentes de la Constitución, algunos de
estos padres de la Constitución, por ejemplo, el fundador del Partido
Popular, don Manuel Fraga, que en paz descanse, al redactar el artículo
32 que dice que el hombre y la mujer tienen derecho a contraer
matrimonio, pensaban ya entonces en el matrimonio entre personas del
mismo sexo? No, imposible, ninguno de ellos lo pensaba. Sin embargo, ¿por
qué razón el Tribunal Constitucional ha decidido por siete votos contra
cuatro que ese matrimonio es ajustado a la Constitución? Porque establece
la teoría de que la Constitución es un árbol vivo y, por tanto, sus
principios —España se constituye como Estado social y democrático
de derecho, que propugna como valores superiores la libertad, la
igualdad, la justicia y el pluralismo político—, los principios que
inspiran nuestro Estado social y democrático de derecho, se van aplicando
a las diversas circunstancias por las que pasa la sociedad española. Y
treinta y tantos años más tarde, el Tribunal Constitucional, por siete
votos contra cuatro, decide reformar el artículo 44 del Código Civil, y
establece que el matrimonio tiene la misma naturaleza, requisitos y
efectos, sean los cónyuges del mismo o de distinto sexo. ¿Y alguien
pensaba que en el año 1978 eso lo contemplaron sus redactores? En
absoluto, pero son principios que se van adaptando a la realidad que va
cambiando. Entonces, el Tribunal Constitucional permanentemente va
diciendo qué cosa está dentro del ámbito constitucional y qué cosa va en
contra de los principios constitucionales. El intérprete supremo, que no
el único —porque intérpretes de la Constitución son los 5234
jueces, magistrados y magistrados del Tribunal Supremo—, establece
si eso es aceptable dentro del marco de valores y el marco de principios
de la Constitución.


Esto en relación a la reforma que se ha ido operando en
torno al artículo 23, apartados 3 y 4, de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. Pues esto es lo mismo: durante estos cinco años esa reforma ha
estado en vigor, no se ha cuestionado y ha estado aplicándose. Luego no
se busquen subterfugios de esta naturaleza para defender lo
indefendible.


Nada más, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Díaz Tejera.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el
señor Altava.


El señor ALTAVA LAVALL: Muchas gracias, señor
presidente.


Quiero mostrar mi acuerdo con don Arcadio Díaz Tejera, el
senador del Grupo Parlamentario Socialista, haciendo referencia a
nuestros queridos antepasados políticos, al menos para mí. Efectivamente,
yo tampoco me imagino a don Pablo Iglesias pensando en un matrimonio
entre personas del mismo sexo. Puede que tenga razón, pero han cambiado
mucho las cosas. En el 2009 se aprobó lo que se aprobó, lo sabemos, la
reforma del artículo 23, que ha estado cinco años en vigor y no ha
servido para nada, ha resultado totalmente inoperativa, solamente ha
podido ser condenada una persona que voluntariamente quiso personarse
ante la Audiencia Nacional. Esta es la realidad de la jurisdicción
universal que hemos tenido en nuestro país.


Mi contestación a la señora portavoz de Convergència i Unió
va en el mismo sentido en el que estamos todos, es decir, la defensa de
los derechos humanos. ¿Quién no los defiende en esta comisión, máxime
cuando se trata de la Comisión de Justicia? Pero la vulneración de esos
derechos humanos se tiene que juzgar por los tribunales aptos, la Corte
Penal Internacional a la que hemos cedido esa soberanía para juzgar, o
para aquellos casos en que haya países que no lo hayan firmado, los
propios Estados, lo demás es meternos donde no nos llaman.


Ahora con esta reforma de la Ley Orgánica del Poder
Judicial adquiriremos un protagonismo, solicitado precisamente por esa
comunidad internacional.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Díaz Tejera. (El señor
Diaz Tejera: El último en hablar ha sido él. Usted acaba de decir:
Gracias, señor Díaz Tejera.)


Lleva usted razón, en qué estaría yo pensando en ese
momento. Gracias, señor Altava.


Seguidamente vamos a pasar a votar las enmiendas. Empezamos
por las enmiendas números 1 y 2, presentadas conjuntamente por los
señores Iglesias Fernández y Mariscal Cifuentes, ambos del Grupo
Parlamentario Mixto, que votaremos separadamente.









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Por tanto, votamos la enmienda número 1, presentada
conjuntamente por los señores Iglesias Fernández y Mariscal Cifuentes,
ambos del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 21; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda número 2, presentada por los mismos
senadores del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 15; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Ha sido rechazada.


Pasamos a votar las enmiendas 8 a 11, del Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Como hay votación separada, empezamos por votar la enmienda
19, del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 4; en contra, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos el resto de enmiendas, 17, 18, 20, 21 y 22, del
Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado Convergència i Unió, 3 a 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Finalmente, votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario
Socialista, enmiendas 12 a 16.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 10; en contra, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Seguidamente, vamos a someter a votación el texto remitido
por el Congreso de los Diputados.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 15; en contra, 9; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Ha sido aprobado.


Finalizada la votación, se proclama, lógicamente, que ha
sido dictaminada, por le Comisión de Justicia, la Proposición de Ley
Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial, relativa a la justicia universal.


Acto seguido, procede designar al miembro de la comisión
que llevará a cabo la presentación del dictamen ante el Pleno del Senado.
(El señor Altava Lavall, pide la palabra.)


Tiene la palabra el señor Altava.


El señor ALTAVA LAVALL: Por parte del Grupo Parlamentario
Popular en el Senado, presentamos al señor presidente de la comisión.


El señor PRESIDENTE: ¿Algún portavoz quiere hacer uso de la
palabra? (Denegaciones.)


Entiendo que, por asentimiento, yo presentaré la ley ante
el Pleno.


Muchas gracias.


Señorías, se levanta la sesión.


Eran las catorce horas.