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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 184, de 27/02/2014
cve: DSCD-10-PL-184 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2014 X LEGISLATURA Núm. 184

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JESÚS POSADA MORENO

Sesión plenaria núm. 172

celebrada el jueves,

27 de febrero de 2014



ORDEN DEL DÍA:


Tramitación directa y en lectura única de iniciativas legislativas:


- Proposición de ley orgánica de modificación de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 157-1, de 24 de enero de 2014. 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie B, número 157-2, de 14 de febrero de 2014. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 157-3, de 19 de febrero de 2014. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 157-4, de 21 de febrero de 2014.
(Número de expediente 122/000136) ... (Página2)



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SUMARIO


Se abre la sesión a la una y treinta y cinco minutos de la tarde.


Tramitación directa y en lectura única de iniciativas legislativas ... (Página2)


Proposición de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal ... (Página2)


La Presidencia comunica a la Cámara que al tener esta iniciativa carácter de orgánica ha de ser sometida a una votación final que no será antes de las dos y media de la tarde. Asimismo explica el procedimiento de desarrollo del debate.


En defensa de las enmiendas a la totalidad de texto alternativo y al articulado, y para posicionamiento sobre las enmiendas de los otros grupos parlamentarios, intervienen los señores Tardà i Coma y Baldoví Roda, la señora Fernández Davila y
el señor Larreina Valderrama, del Grupo Parlamentario Mixto; el señor Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Lozano Domingo, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; y los señores Llamazares Trigo, del
Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Villarrubia Mediavilla, del Grupo Parlamentario Socialista, y Castillo Calvín, del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


Sometidas a votación las enmiendas a la totalidad de texto alternativo, son rechazadas.


Se procede a la votación de las enmiendas al articulado.


Sometida a votación de conjunto la proposición de ley orgánica de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal, se aprueba por 178 votos a favor, más 2 votos telemáticos, 180; y 136 en contra,
más 1 voto telemático, 137.


Se levanta la sesión a las tres y treinta y cinco minutos de la tarde.


Se abre la sesión a la una y treinta y cinco minutos de la tarde.


TRAMITACIÓN DIRECTA Y EN LECTURA ÚNICA DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL, RELATIVA A LA JUSTICIA UNIVERSAL. (Número de expediente 122/000136).


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.


Debate y aprobación en tramitación directa y en lectura única de la proposición de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal. Esta iniciativa tiene carácter
de orgánica y debe ser sometida a una votación final de la que, de conformidad con el artículo 131.2 del Reglamento, debo anunciar la hora. Anuncio que no será antes de las dos y media, aunque va a ser probablemente bastante después; antes de las
dos y media desde luego no va a ser. Lo digo para que los diputados que tengan que hacer alguna gestión, sepan que pueden hacerla hasta esa hora.


Se han presentado tres enmiendas a la totalidad y treinta y una enmiendas al articulado. El acuerdo de la Junta de Portavoces fue que para su defensa intervinieran los grupos parlamentarios de menor a mayor y que en cada intervención de
quince minutos defendieran sus enmiendas y se posicionaran sobre las enmiendas de los demás grupos de la forma que creyeran oportuna. Vamos a comenzar con el Grupo Mixto y les anuncio que tienen la palabra cuatro oradores. En primer lugar, tiene
la palabra el señor Tardà.



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El señor TARDÀ I COMA: Gracias, señor presidente.


Señorías, ¿se imaginan una ley que obligara a cerrar el caso Bárcenas? ¿Se imaginan una ley que obligara a cerrar el caso Urdangarín? Eso es lo que ustedes, señorías del Partido Popular, habrán aprobado con esta ley que obliga al
sobreseimiento de las causas abiertas contra genocidas en la justicia española. ¿Acaso se creen jueces? ¿O quizás dioses? Su mayoría absoluta, señorías del Partido Popular, no está por encima de la ley ni por encima de la división de poderes.
Queda claro, pues, que ha hablado el dinero y que ha enmudecido la justicia, y queda claro también que entre el ciudadano Couso y su asesino ustedes optarán por la impunidad, porque con esta ley entierran la justicia universal e internacionalizan el
modelo español de impunidad; un modelo que ha negado la reparación jurídica de las víctimas del franquismo y ha convertido el Estado español en refugio de torturadores. Y todo rápido, muy rápido, mediante una proposición de ley y no a través de un
proyecto de ley, porque sabían que los preceptivos dictámenes del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado hubiesen cuestionado la barbaridad de su iniciativa. No les importa dinamitar el parlamentarismo porque han recibido
órdenes de China, como las recibió el Partido Socialista de la señora Merkel en el año 2011 para modificar la Constitución también mediante el mismo procedimiento, a fin y efecto de supeditar los derechos sociales al pago de la deuda pública. Si
entonces Partido Popular y Partido Socialista fueron juntos y abrieron el camino del procedimiento de urgencia y lectura única dejando tocada la democracia, ¿qué no iba a hacer hoy un Partido Popular con mayoría absoluta, desmadrado y subido al
monte de la intolerancia?


Señorías, sentimos vergüenza, pena e indignación por su proceder; vergüenza por vender a precio de saldo la impunidad frente a los crímenes internacionales, pena por enterrar un valor de civilización conseguido gracias al sacrificio de
generaciones que lucharon en pro de los derechos humanos e indignación al comprobar cómo destruyen un mensaje grabado en el frontispicio de nuestra sociedad dirigido a genocidas y torturadores que reza: Estéis donde estéis, tarde o temprano vais a
ser conducidos ante un tribunal. Si ustedes, y no nosotros, siempre han hecho bandera de la sabiduría y de la imparcialidad del Tribunal Constitucional, ¿por qué no respetan sus sentencias? Porque en el año 2005 el Tribunal Constitucional
sentenció que el alcance de la jurisdicción universal española no debía limitarse a la vinculación de las víctimas a los intereses españoles y, sin embargo, tanto la reforma del Partido Socialista del año 2009 como la actual se apartan de la
jurisprudencia constitucional. Señorías, el principio de justicia universal representa un avance decisivo en la defensa de los derechos humanos universalmente reconocidos en una sociedad global y por ello no deberían ofendernos a todos echando por
la borda un sistema de justicia internacional que defiende a la comunidad en su conjunto, más allá de los intereses de los Estados y de los particulares. Y porque esto es así, hemos presentado una enmienda de texto alternativo, porque pretendemos,
primero, engrandecer la calidad democrática del sistema judicial en la defensa de los derechos humanos; segundo, superar el paso atrás que ya consumó el Partido Socialista en el año 2009 al ignorar el compromiso de la comunidad internacional en la
persecución de los crímenes cuya naturaleza obliga a una persecución universal y, tercero, posibilitar que jueces y tribunales españoles puedan ejercer su jurisdicción independientemente de la nacionalidad de las víctimas o del lugar en el que
fueron cometidos los presuntos delitos. Y nos preguntamos: ¿Dónde está, señorías del Partido Popular, su modernidad? ¿Dónde está su compromiso con los derechos humanos? ¿Por qué nos alejan de Bélgica, de Dinamarca, de Suecia, de Italia o de
Alemania? Estados, todos ellos, que incorporan la represión de crímenes contra la comunidad internacional a su ámbito de jurisdicción, sin restricciones motivadas por vínculos nacionales, razón por la cual aprobar hoy nuestra propuesta, la de los
republicanos catalanes, significaría sumarse a las democracias avanzadas de nuestro entorno.


Señorías, si las víctimas son universales, discriminarlas por su nacionalidad limita sus posibilidades de exigir justicia e impide poner coto a la impunidad. Con su hachazo solo se podrán investigar delitos de genocidio, crímenes de guerra
y crímenes contra la humanidad cuando el procedimiento se dirija contra un ciudadano español o un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España; con su hachazo suprimen la acusación popular, dejando la acción penal exclusivamente en manos
de la fiscalía; con su hachazo, en definitiva, ustedes establecen víctimas de primera y víctimas de segunda. Por favor, no nos hablen más de Estado de derecho, al menos tengan algo de decencia y no vuelvan a mencionarlo. No somos los catalanes
los que quebrantamos el Estado de derecho reclamando ejercer el derecho a decidir, sino ustedes, que han hecho callar a la justicia para que prevaleciera el dinero. Y que sepa el mundo, repito, que sepa el mundo que la república catalana que
haremos nacer consagrará en su misma constitución la preeminencia de la justicia universal. Que nadie lo dude.


Muchas gracias.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Tardà.


Señor Baldoví.


El señor BALDOVÍ RODA: Muchas gracias, señor presidente.


Hoy, muchas personas inocentes se revolverán en sus tumbas; personas anónimas en tumbas ignoradas, en el Sáhara, en el Tíbet, en Guantánamo, en Ruanda. Hoy, personas con nombre se revolverán en sus tumbas: José Couso, Ignacio Ellacuría.
Hoy, muchos criminales suspirarán aliviados en sus guaridas. Hoy, muchas personas decentes sentiremos vergüenza; vergüenza de ver cómo esta infamia se aprueba con los únicos votos del Grupo Popular; vergüenza de constatar que van a contribuir a
fortificar los paraísos de la impunidad; vergüenza de constatar que con esta reforma obscena se aplasta la jurisdicción universal, se mutila la posibilidad de perseguir crímenes contra los derechos humanos. Señor ministro, señores del Grupo
Popular, no lo digo yo, no lo decimos solo todos los diputados de los grupos de la oposición excepto el suyo, se lo dice hoy la Junta de Fiscales de la Audiencia Nacional, que advierte también de la posible inconstitucionalidad de esta reforma.


Acabo. En la era de la globalización, donde el dinero es global, donde las mercancías son globales, el Partido Popular quiere que la justicia sea local, ciega, sorda, muda, manca y coja con los crímenes cometidos en esos paraísos penales.
Por tanto, Compromís-Equo anunciamos nuestro voto contra el despropósito que ha supuesto la tramitación y el procedimiento seguido en esta reforma y contra la infamia que supone lo que en ella se dice.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Baldoví.


Señora Fernández.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Gracias, señor presidente.


En primer lugar, quiero decir, en nombre del Bloque Nacionalista Galego, que vamos a votar en contra de esta proposición de ley y, por lo tanto, a favor de todas las enmiendas a la totalidad de texto alternativo. Y, señorías, un par de
apuntes por nuestra parte en este breve tiempo que tenemos, para dar algunas razones de por qué votamos en contra de esta proposición de ley. Por un lado, porque las restricciones que se hacen en esta proposición contravienen al menos más de seis
tratados internacionales que consagran el principio de enjuiciar o extraditar. Por otro lado, señorías, el hecho de paralizar todos los procesos actualmente incursos, como han dicho expertos juristas, contraviene la obligación de España de llevar a
cabo investigaciones efectivas, incluso esta disposición podría interferir con la independencia del sistema judicial. Casos como el de José Couso quedarían en este momento sobreseídos, y digo en este momento porque se va a aprobar la proposición de
ley que estamos debatiendo. Con esta ley España rompe con muchos de los tratados firmados, violando, por lo tanto, sus obligaciones internacionales. Esta propuesta es un despropósito tan grande que hasta el grupo proponente tiene que enmendarla
para poder seguir investigando y persiguiendo al narcotráfico en altamar, es decir, es un despropósito tan enorme el que hace el Grupo Popular en nombre del Gobierno que, desde luego, no es que nos obligue a no votar, es que nos obliga a echarnos
las manos a la cabeza ante unas decisiones tan graves como las que hoy se van a aprobar aquí.


Señorías, no es de extrañar que algo así se haga por la puerta trasera, como en este momento ha decidido el Gobierno trasladar a este hemiciclo la proposición de ley que estamos debatiendo, porque se evitan de esa manera, como ya se ha dicho
en otras ocasiones, los necesarios e imprescindibles informes tanto del Consejo de Estado como del Consejo General del Poder Judicial. Por lo tanto, el Gobierno no ha estado ni siquiera dispuesto a presentar ante esta Cámara un proyecto de ley que
contara justamente con unos informes jurídicos que desde nuestro punto de vista son imprescindibles, sobre todo cuando se trata de una legislación que, como esta, tiene por delante algo importante, como es la responsabilidad en relación con la
defensa de los derechos humanos. Señor Gallardón, esta vez no ha querido ser usted el centro de la polémica de sus polémicas -valga la redundancia- propuestas de ley, pero evidentemente es el Grupo Popular por mandato del Gobierno, por mandato de
usted.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Fernández.


Señor Larreina.



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El señor LARREINA VALDERRAMA: Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, nosotros siempre hemos señalado que su Constitución española era una Constitución muy avanzada en lo que se refiere a los derechos individuales, a la promoción y al respeto y protección de los derechos individuales, y que el fallo
que tenía era que no contemplaba el reconocimiento, la protección, el apoyo a los derechos colectivos y, en concreto, al derecho que tiene, en su caso, mi país, Euskal Herria, a decidir su propio futuro y su derecho a la autodeterminación. Pero
precisamente en ese ámbito tan positivo que tenía la Constitución española, que era una Constitución puntera en el ámbito internacional seguramente por ser de las últimas que se han aprobado, a lo largo de los años han ido ustedes devaluando ese
compromiso con los derechos individuales, con las libertades. Lo han ido devaluando cuando a lo largo de estos años han ido, por ejemplo, promoviendo el cierre de periódicos; dando impunidad, cuando no ocultamiento, a la tortura; y exaltando a
los torturadores. Recientemente se cumplía el aniversario del asesinato de José Arregui y quien estuvo condenado por esa tortura y ese asesinato, cuando murió, fue reconocido con todo tipo de honores policiales. Ustedes han ido avanzando en ese
ámbito, también han ido reduciendo ese compromiso con los derechos individuales con la ilegalización de partidos políticos, con la ley que ahora promueven de seguridad ciudadana, que también es una ley de recorte de libertades individuales. A lo
largo de estos casi 40 años ustedes han ido devaluando, degradando ese compromiso constitucional con los derechos individuales. Y ahora precisamente lo que hacen ustedes es ir hacia la anulación práctica de la justicia universal; un ámbito en el
que ustedes van a pasar de estar en cabeza a nivel internacional a estar en la cola; de ser modelo por la persecución de gravísimas violaciones de derechos humanos mediante la aplicación de un principio de justicia universal puro a estar a la cola,
a dejar de ser modelo, a ser algo de lo que avergonzarse. De la devaluación ya importante que se produjo con la reforma de la Ley del Poder Judicial en el año 2009 se ha pasado ahora a su práctica anulación con esta modificación, en la que lo que
están haciendo es primar los intereses económicos y comerciales por encima de la dignidad de las personas. Al final, priman los intereses y las presiones de Estados Unidos, de China, de Israel, de Marruecos por encima de los derechos individuales
de las personas. Al final, lo que ustedes están haciendo es promover espacios de impunidad para las vulneraciones graves de derechos humanos.


Esta reforma -voy acabando, señor presidente- es contraria al derecho a la tutela judicial efectiva. Es una reforma que es claramente inconstitucional; es una reforma que atenta contra el derecho internacional, que va en contra del
Convenio de Ginebra, que al final está dando cobertura a genocidios como los del Tíbet, Guatemala, Sáhara, Ruanda, etcétera. Señoras y señores del Partido Popular, lo que ustedes están haciendo con su texto constitucional es devaluarlo y anularlo
en uno de los elementos en los que era ejemplar para el ámbito internacional, que era el compromiso con la defensa activa de los derechos humanos y de las libertades individuales. Yo tengo que decirles simplemente una cosa y es que en materia de
derechos humanos no caben excepciones; no se pueden anteponer los intereses económicos y geoestratégicos a los derechos y la dignidad de las personas. Por eso vamos a votar en contra de esta ley.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Larreina.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, PNV, tiene la palabra el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, señorías, señor ministro de Justicia, nosotros hemos presentado varias enmiendas que son de muy fácil justificación. La primera pide la supresión de la exposición de motivos, la siguiente
solicita la supresión del texto articulado y la última pide la supresión de la disposición transitoria única. Queda claro que nuestra opinión es renuente, que tenemos severas reservas intelectuales, jurídicas y democráticas respecto a esta
iniciativa.


Señor ministro, yo no sé cómo usted ha presentado una iniciativa de estas características porque, en primer lugar, tenemos que intentar evitar una verdadera felonía parlamentaria, que es la que se va a perpetrar en este momento, entre otras
cosas por el procedimiento utilizado para la aprobación de la proposición de ley; iniciativa parlamentaria que adolece de inconstitucionalidad en un doble ámbito. La doctrina científica, la doctrina constitucional, lo ha comentado de forma muy
enfática. Si estuviéramos ante la teoría del acto político, si estuviéramos ante un acto político, sería un acto nulo de pleno derecho por haber incumplido manifiesta y absolutamente el procedimiento para su aprobación. Estaríamos ante un acto
nulo, con efectos ex tunc. Si estamos ante un acto parlamentario -porque ya no sé ni cómo definir lo que estamos perpetrando hoy-, estaríamos ante un acto parlamentario producido o realizado en fraude



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de ley por no cumplir los requerimientos del Reglamento de la Cámara y de la Constitución. En cuanto a la Constitución, en su capítulo segundo, relativo a la elaboración de las leyes -que se vulnera absolutamente-, y en cuanto al
Reglamento, en su artículo 150, respecto de las causas que legitiman para utilizar este peculiar procedimiento de lectura única, que son dos, fundamentalmente; en primer lugar, que la causa sea de tal simplicidad que aconseje que se pueda producir
o acometer a través del procedimiento de lectura única. Nadie podrá defender, señor ministro, que estamos ante un problema simple respecto del acto que estamos aquí regulando; estamos hablando de la justicia universal, estamos hablando de la
protección en el ámbito universal de los derechos humanos y también de la competencia en el ámbito de la jurisdicción de nuestros tribunales y de los tribunales extranjeros en aquellos crímenes que tienen la dimensión de crímenes de lesa humanidad,
de crímenes contra la humanidad. Por tanto, el elemento de la simplicidad para justificar el procedimiento de lectura única lo vamos a descartar. Queda el otro -que a mí me produce terrible confusión y no me gustaría aludirle para provocar, señor
ministro, un turno de alusiones; no crea que es una trampa dialéctica-, que la materia aconseje la utilización de este procedimiento. Cuando estamos hablando de una expresión como que la materia aconseje, etimológicamente, uno se pregunta qué
aconseja, o mejor dicho, quién aconseja la utilización de este procedimiento, que es el otro elemento de legitimación de utilización del procedimiento de lectura única. ¿Los derechos humanos? No, quedan terriblemente quebrantados desde la
perspectiva de su protección jurisdiccional. ¿La justicia? No, también terriblemente quebrantada desde la perspectiva de su protección universal. ¿La democracia? No, esto es un quebranto de los principios democráticos que constituyen uno de los
pilares del crecimiento de las libertades democráticas y de la consolidación y la fórmula de tutelar y proteger los derechos humanos en el siglo XX y en lo que llevamos del siglo XXI. Por tanto, ¿quién aconseja? Quizá tenga nombre quien aconseja
la utilización de este procedimiento en nombre de algún país o en nombre de alguna potencia de las que no han suscrito el Estatuto de la Corte Penal Internacional en el año 1998. Hay tres muy poderosas, una de las cuales ya está judicializada en
nuestros tribunales, en la Audiencia Nacional en concreto, que es la República China en relación con el genocidio del Tíbet, causa que va a ser inmediatamente archivada en cuanto se apruebe y se convierta en ley esta proposición de ley que hoy
iniciamos.


Desde esa perspectiva, quiero evitar la perpetración de un acto manifiestamente inconstitucional y un precedente parlamentario peligrosísimo, una verdadera fechoría -estoy reproduciendo las palabras textuales de ilustres catedráticos de
Derecho Constitucional del Estado español- que tendría que ser puesta en conocimiento del Tribunal Constitucional para ver si este procedimiento y el contenido de la proposición de ley de la reforma parcial de la Ley Orgánica del Poder Judicial
pueden sortear el filtro de constitucionalidad que provee el Tribunal Constitucional. Ojalá que se pudiera, y yo invito a que se intente. Yo invito a los grupos parlamentarios a que se utilice este procedimiento para regenerar la legalidad
brutalmente quebrantada desde la perspectiva procedimental y desde la perspectiva material. Invito a los diputados, mediante los elementos de legitimación procesal, a acudir al Tribunal Constitucional, lo que pasa es que lo hago sin demasiado
entusiasmo, señor ministro, para qué le voy a engañar. Aquí se produce una coincidencia curiosa entre las propuestas y resoluciones del Tribunal Constitucional y las mayorías parlamentarias o las correlaciones de fuerzas que suelen existir en este
Congreso de los Diputados, en las Cortes Generales del Estado, en definitiva. Pero a veces hay sorpresas, a veces la vida nos da sorpresas y podríamos conseguir regenerar lo que se está en este momento prostituyendo absolutamente, que es la propia
noción de justicia internacional, que consiste en la atribución a los tribunales nacionales de la capacidad de perseguir y enjuiciar una serie de graves crímenes -independientemente del lugar de su comisión, de la nacionalidad de los autores o
víctimas- que atenten contra la comunidad internacional en su conjunto; crímenes como el genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra, crímenes de tortura, desaparición forzada, en relación con los cuales el consenso de la comunidad
internacional es muy claro. Si estos crímenes golpean indubitadamente la conciencia de la humanidad han de ser castigados, pero han de serlo no de cualquier manera; en cualquier país; por cualquier órgano judicial de cualquier país, cualquiera
que sea la nacionalidad del comitente de estos crímenes, cualquiera que sea la legitimación del agraviado, de la víctima de estos crímenes, cualquiera, en definitiva, que sea el lugar de comisión de estos crímenes; en cualquier lugar del mundo que
denominamos eufemísticamente democrático. Este Estado empieza a serlo un poco menos con esta proposición de ley, señor ministro.


¿Cuáles son estos crímenes que deben ser enjuiciados? Ustedes extienden precisamente el único que no debían extender. Son los previstos en los seis grandes tratados internacionales que regulan los



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crímenes contra la humanidad, al que hay que añadir el estatuto que crea el Convenio de la Corte Penal Internacional del año 1968, el Estatuto de Roma. Estamos hablando de la Convención de Ginebra del año 1949; de la Convención contra la
tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes; de la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzada; el Convenio para la represión de los actos ilícitos contra la navegación
marítima; el Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil y la Convención sobre protección física de materiales nucleares e instalaciones nucleares. Estos son los seis tratados que determinan cuáles son los
crímenes que han de ser perseguidos. Pero aquí se van a encontrar con un problema respecto a la restricción del ámbito de enjuiciamiento o de posibilidad de enjuiciamiento de los tribunales españoles. En ninguno de los tratados que les he citado
están los crímenes de terrorismo. La identificación como crímenes contra la humanidad de los delitos de terrorismo es algo propio de la legislación española, de la última reforma del Código Penal y de la anteúltima, de las reformas de 2002 y de
2010. Ningún tratado internacional prevé que los crímenes de terrorismo, que son los que ustedes amplifican más que cualesquiera otros las posibilidades de entendimiento de los tribunales españoles, están configurados más que por el Código Penal
español como crímenes de lesa humanidad o crímenes contra la humanidad. Mire cuál es la paradoja. Ustedes vinculan la capacidad de entendimiento de los tribunales españoles a la existencia de tratados internacionales que identifiquen los crímenes
como crímenes contra la humanidad. ¿Qué va a pasar ahora con los delitos de terrorismo, señor ministro, cuando ninguno de los tratados que le he citado establece que los crímenes de terrorismo son crímenes contra la humanidad? Son crímenes
gravísimos, son los más graves del ordenamiento jurídico, pero son crímenes de naturaleza ordinaria, no son de lesa humanidad, a pesar de las reformas del Código Penal, en donde se produce una cuestión discutible, por lo menos jurídicamente; la
posibilidad de que el ordenamiento jurídico de un Estado pueda elevar a rango de crímenes de lesa humanidad determinados e injustos penales o figuras delictivas. Lo que vamos a conseguir es la subordinación en los tribunales del Estado español a
los tribunales extranjeros cuando estén entendiendo, incluida la Corte Penal Internacional, la subordinación, o problemas de legitimación activa y de legitimación pasiva y de postulación para acudir a la justicia universal para la protección de las
vulneraciones de derechos humanos, vinculando la nacionalidad. Tiene que ser de nacionalidad española quien ostente legitimación para acudir a los tribunales, o tiene que residir habitualmente en España, o si es un extranjero tiene que ser un
extranjero al que se le ha denegado la extradición. Limitaciones en materia de subordinación, como decíamos, y no concurrencia de los tribunales españoles a otros tribunales extranjeros que puedan entender o que estén entendiendo. Vulneración o
vinculación de los tipos penales que pueden ser perseguidos en el ámbito de la justicia universal a tratados internacionales suscritos por España, que son solo los que he citado. En definitiva, una serie de limitaciones que hacen referencia a la
nacionalidad, a la legitimación activa, en tanto en cuanto la legitimación activa se vincula a la posesión de la nacionalidad española exclusivamente, o si es extranjera, a la negativa de extradición, supuesto improbable -no conozco ninguno- y a la
legitimación pasiva, que las víctimas en el extranjero sean víctimas de nacionalidad española. Esto es como nada, esto no es jurisdicción universal. Esto es antijurisdicción universal. Esto es la negación absoluta de la justicia universal. Y con
esto nos vamos a quedar.


No sé si todavía existe tiempo para una reflexión ex post y podemos evitar que a través de esta iniciativa, si se aprueba, queden impunes y se tenga que archivar por la Audiencia Nacional el genocidio producido en el Tíbet por las
autoridades chinas. Se habla mucho de China. Yo también tengo sospechas de esa naturaleza. O el genocidio contra el pueblo maya. O los crímenes de la dictadura argentina, que todavía no han prescrito y no prescribirán porque esto sí son crímenes
contra la humanidad. O los crímenes cometidos en Guantánamo por la potencia que gobierna el mundo, la que mantiene la batuta del orden y del concierto mundial, por lo que se ve también en el ámbito de las libertades y derechos democráticos. O el
genocidio de Ruanda. O el asesinato de los jesuitas de El Salvador. Yo conocí personalmente al profesor Ellacuría, tuve la suerte y la honra de conocerle, y en este momento quedaría impune el enjuiciamiento de los autores de tan salvaje crimen. O
el del cámara Couso y el de tantos otros que les podría citar. ¿Por qué hacen esto? ¿Por qué utilizan una proposición de ley? ¿Se trata de evitar los informes preceptivos del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado? Sé que
usted tiene la convicción de que no pasaría el filtro de ninguno de estos informes preceptivos. Están trampeando, están utilizando fraudulentamente mecanismos parlamentarios, como el previsto en el artículo 150 del Reglamento de la Cámara, mediante
la pretensión de la simpleza de la iniciativa o de la conveniencia. Sí, es eso, señor ministro, es la conveniencia. Ayer, en el debate sobre el estado de la Nación, en su primera intervención,



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el señor Rajoy hizo una invocación a la necesidad de transparencia y lo consideró una asignatura pendiente. ¿Sabe cómo podríamos empezar a ser transparentes en estas materias, señor ministro? Diciendo la verdad. Solo les pediría que
reconozcan públicamente qué intereses espurios -por no usar otra expresión seguramente más pertinente- están intentando ocultar mediante la presentación de una iniciativa tan vergonzante como la que estamos analizando.


Gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra la señora Lozano.


La señora LOZANO DOMINGO: Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, señoras y señores diputados del Grupo Popular, en la tramitación fraudulenta de esta proposición de ley, con este trámite de urgencia y lectura única que ustedes han impuesto, lo más significativo, a nuestro juicio, es que no han
sido capaces de dar un solo argumento para defender esta reforma legal que proponen de manera fraudulenta y por la vía rápida. No han dado ni un solo argumento, frente a los que hemos dado desde distintos grupos de la oposición -con los distintos
enfoques y discrepancias que podamos tener, tanto en esta materia como en otras-, el acuerdo unánime de que esta reforma legal desampara a muchos ciudadanos españoles y desampara a la sociedad internacional, que encontraba en la jurisdicción
universal en España el lugar desde donde al menos conservar la esperanza de hacer justicia en numerosas injusticias que perviven desde hace décadas en el mundo. También les hemos argumentado desde la oposición cómo esta reforma legal favorece la
impunidad, no de pequeños crímenes o de pequeños criminales, favorece la impunidad de los genocidas, de los tiranos, de los mafiosos y de los corruptos. Casualmente sus amigos los jerarcas chinos reúnen ellos mismos estas cuatro cualidades al mismo
tiempo -genocidas, tiranos, mafiosos y corruptos-, tal y como ha quedado demostrado en las últimas publicaciones de WikiLeaks. Estarán mucho más tranquilos por que no se puedan investigar sus cuentas en paraísos fiscales utilizando hombres de paja,
cosa que se podría hacer mediante esta jurisdicción universal. Si toda la oposición estamos de acuerdo, y con distintos tipos de argumentos lo hemos defendido, es muy raro, es muy difícil que todos estemos equivocados, frente a un Grupo Popular que
no ha sido capaz de poner un solo argumento sobre la mesa.


Ustedes entierran hoy la jurisdicción universal y con ello las esperanzas de las víctimas. También las víctimas han dado sus razones y sus argumentos. Ustedes han recibido a algunas de ellas, porque ha habido peticiones de reuniones -no
solo han sido a nuestro grupo, sino que nos consta que al suyo también se han dirigido- para venir a clamar por la no aprobación de esta reforma, para poder seguir manteniendo esa esperanza de que se haga justicia respecto a los gravísimos crímenes
que padecieron. Tampoco han atendido las razones de las víctimas, que también tenían las suyas. Se entierran sus esperanzas, se entierra la jurisdicción universal. Tampoco han atendido ustedes los argumentos de los profesionales del derecho, los
argumentos de los fiscales de la Audiencia Nacional y de las asociaciones profesionales, los argumentos de los jueces a través de sus asociaciones profesionales, y los argumentos en suma de la sociedad civil relacionada con el mundo jurídico, que es
muy sensible al gran papel que España estaba desempeñando en el mundo gracias a la jurisdicción universal. No han aportado ni un solo argumento no ya que sea un buen argumento sino que sea veraz; lo único que han dicho desde esta tribuna los
distintos portavoces del Grupo Popular que han defendido esta reforma ha sido que ampliaba la jurisdicción universal, cuando todo el mundo coincide en que la liquida; es decir, nos han intentado engañar una vez más. Cuando dicen que amplían
derechos o amplían garantías, una vez más los recortan y los reducen; o sea, artimañas, no argumentos; artimañas falaces.


Uno de los portavoces dijo que, a tenor de las consecuencias de la jurisdicción universal y de que realmente solamente había habido un caso que se hubiera juzgado, no era tan eficaz -se refería al caso de Scilingo- y tampoco valía mucho la
pena mantenerla, cosa que es falsa, como han vuelto a recordar a nuestro grupo las víctimas del genocidio de Guatemala. Gracias a que se empezó a investigar ese genocidio en España, se consiguió que se abriera el juicio y se investigara en su
propio país, que es como deben ser las cosas; pero hay muchos regímenes que no están dispuestos a investigar sus propios crímenes si no reciben presiones internacionales. (La señora vicepresidenta, Villalobos Talero, ocupa la Presidencia).


Su enmienda, la enmienda que se presentan ustedes a sí mismos, más que mejorar en algo, con todos los argumentos que nosotros les hemos dado, lo que hace es demostrar una vez más la carga de incompetencia y de arbitrariedad que había en el
primer planteamiento que hacían de reforma legal.



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Introducen nuevas cuestiones que habían dejado fuera, como la cuestión de la captura de alijos de droga en alta mar, introducen cuestiones relativas a la violencia contra la mujer, a la mutilación genital, pero no se explica por qué esas sí
y otras no; es tan arbitrario como lo es toda la propuesta desde el principio. Tampoco han dado ni una sola razón que justifique la urgencia del procedimiento, la lectura única y, por lo tanto, el atropello del funcionamiento parlamentario normal,
la excepcionalidad, que es el régimen en el que cada vez más les gusta vivir y el que cada vez más les gusta imponer en este Congreso, la excepción. No han dado ni una sola razón para explicarnos por qué, mediante el proyecto en sí mismo y la
manera de tramitarlo, han conseguido liquidar todos los principios de la democracia. Vulneran la separación de poderes porque en esa disposición final se arroga la facultad un Poder Legislativo de sobreseer causas que están abiertas en la Audiencia
Nacional, algo que es absolutamente aberrante. Sobreseer es un verbo cuyo sujeto solamente puede ser un juez o un tribunal, no puede ser un Poder Legislativo. Vulneran también los controles y equilibrios existentes entre poderes, vulneran el Poder
Judicial por un lado y el Legislativo por otro, porque el Gobierno ni siquiera ha tenido el valor de preguntar al Consejo General del Poder Judicial o al Consejo de Estado qué les parece esta reforma y han utilizado al Grupo Popular para
presentarla. Por supuesto, el Grupo Popular se ha ofrecido gustosamente a ser alfombra del Gobierno.


No han aportado, repito, ni un solo argumento frente a los de la oposición, la sociedad civil, los profesionales y las víctimas. ¿Saben por qué? Porque no lo hay, porque no hay ni un solo argumento, no hay ni una sola razón que justifique
que se entierre la jurisdicción universal en España, solo hay presiones de una potencia como es China, a las que se cede por pura debilidad gubernamental. Hay un chantaje de una tiranía, que ha pedido que no se toque a sus hombres, que no se toque
a los cinco jerarcas chinos que tienen una orden de detención internacional en la Audiencia Nacional. Yo recuerdo muy bien el día en que Pinochet, cuando estaba empezando a permitir cierta apertura democrática en Chile, dijo aquella frase que se ha
convertido en un axioma de la impunidad: en el momento en que toquen a uno de mis hombres, se acaba el Estado de derecho. Esa frase ha pasado a la historia como síntesis de lo que significa la impunidad de los genocidas, los tiranos y los
dictadores. Y hoy, en este día que es triste para la justicia y es triste para la política, lo que ustedes vienen a decir es: si tocan a uno de nuestros siniestros amigos chinos, también se cercena el Estado de derecho en España; así hacen suyo
el axioma de la impunidad absoluta, de la impunidad internacional. Pero ustedes no pueden hacer lo que quieran, no pueden hacer lo que quieran en una democracia. Hoy mismo la Audiencia Nacional da un varapalo muy severo al Ministerio del Interior
por la forma en que tramitó el proceso de asilo del opositor kazajo Alexander Pavlov. Por suerte, nos quedan los jueces; por suerte, en algún momento algún juez parará esto, como paran la extradición de Pavlov y como paran las cosas que pueden
parar; por suerte, aún quedan poderes democráticos para frenar la corriente de excepcionalidad que ustedes imponen permanentemente.


Con esta reforma hoy están mucho más satisfechos los grandes corruptos, los jerifaltes chinos, cuyas cuentas en paraísos fiscales será más difícil investigar -comprendo cierta solidaridad de grupo-, los corruptos, los mafiosos, los genocidas
y los tiranos, pero están mucho más desamparadas las víctimas de graves vulneraciones de los derechos humanos. Los demócratas españoles estamos avergonzados, porque los demócratas españoles tenemos una responsabilidad con el mundo. Ser demócrata
es una gran exigencia dentro de nuestro propio país y con el resto del mundo, con todas las personas que padecen la falta de democracia y padecen la vulneración de derechos humanos. Los españoles, en general, somos compasivos con las víctimas, y
más con las víctimas de derechos humanos, y sobre todo creemos que una de las funciones principales de un Gobierno es preservar algo intangible, pero tan importante, que es la dignidad de un país. Ustedes hoy, con la jurisdicción universal,
entierran también la dignidad de España.


Muchas gracias, presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señora Lozano.


Por el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural, señor Llamazares.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señora presidenta.


Terminamos hoy con este debate de doña Cuaresma el carnaval que inició el presidente del Gobierno, trasladando a los ciudadanos que nos encontrábamos ya en la puerta de salida de la crisis; uno de los carnavales más breves que se han vivido
en política y, por supuesto, inapelable en relación con la jurisdicción penal internacional. Terminamos de la peor manera con doña Cuaresma, que nos dice que en condiciones de guerra civil -se decía en el siglo XIX- se suspenden todos los derechos;
en condiciones de guerra se suspenden los derechos y aparece el estado de excepción. Hoy asistimos, no a la reforma



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de la jurisdicción penal internacional, no es cierto, asistimos a la derogación de la jurisdicción penal internacional; asistimos a una derogación por una vía espuria, por una vía sumarísima, y en nuestra tradición legal lo sumario es lo
contrario a las garantías, lo contrario a la justicia y lo contrario a la democracia. Por otra parte, también lo hacemos con una casi tradición de la derecha en nuestro país, que es el carácter retroactivo de las leyes, con una aplicación
retroactiva sobre los sumarios abiertos, proponiendo el archivo de todos y cada uno de ellos hasta tanto se sepa si esta ley afecta a esos sumarios o no.


Señorías, el papel del Gobierno no puede ser más humillante. Un Gobierno que se pliega a las presiones internacionales, que paga con esta ley la foto con el señor Obama, que paga con esta ley la presión de los empresarios chinos, que se han
negado a reunirse con los empresarios españoles en tanto en cuanto no esté aprobada esta ley. Hay una reunión pendiente por esa presión, por ese chantaje, que el Gobierno acepta. El Gobierno, pues, pone a los pies de los que nos presionan nuestra
soberanía, nuestra justicia y nuestra democracia. Eso es lo real en relación con esta derogación de la jurisdicción penal internacional. Decía derogación de la jurisdicción penal internacional y, por si no lo tuviéramos claro, la enmienda del
Grupo del Partido Popular es clarísima en esa materia. El Grupo Popular presenta una enmienda para solamente reconocer la coordinación penal internacional en la lucha contra los delitos comunes y no contra los delitos contra los derechos humanos.
Está clarísimo. El resto, todos y cada uno de los graves delitos contra los derechos humanos (el crimen de lesa humanidad, las torturas, las desapariciones), todos los que tienen que ver con convenios internacionales, con compromisos
internacionales de nuestro país quedan claramente derogados. Los requisitos que establece la ley para poder investigar uno de estos crímenes contra los derechos humanos son de imposible cumplimiento. Una víctima española, un victimario español o
residente en España que además no haya sido objeto de petición de extradición, ¿qué es? No es jurisdicción penal internacional; si acaso es justicia penal española, nada más y nada menos. Señorías, además, por si hubiera pocos mecanismos de
cierre el Gobierno establece que quien solamente puede denunciar es la víctima o la fiscalía. Es muy improbable que sea la víctima porque en la mayor parte de los casos ya no está y la fiscalía no va a actuar contra sus propios actos; la fiscalía
va a seguir la orientación del Gobierno y va a intentar molestar lo menos posible a otros Estados, sobre todo a Estados imperiales cuando la política del Gobierno es una política de colonia, que es la que estamos viendo con respecto a la
jurisdicción penal internacional.


A nuestro grupo le preocupa el procedimiento parlamentario seguido, porque deja en muy mal lugar al Parlamento. En la tradición del estado de excepción se dice que en el periodo de entreguerras se estableció una especie de continuum entre
el real decreto y la ley de excepción. En nuestro caso el continuum es el real decreto, es decir, el estado de decreto que ha establecido el Gobierno en nuestro país con la excusa de la crisis -prácticamente una cuarentena de decretos en estos
momento- y a continuación el estado de excepción parcial -en esta caso de la jurisdicción penal internacional-; nuestro país se constituye en un Estado de excepción para la jurisdicción penal internacional. Antes, después de la reforma de 2009,
era una luz tenue, pero ahora se convierte en un agujero negro para la persecución de los delitos contra los derechos humanos. Y luego el Gobierno adopta una iniciativa parcial que de alguna manera anuncia otras de políticas de excepción, por
ejemplo, en materia de derechos fundamentales; está encima de la mesa el Código Penal, anunciada la ley de seguridad ciudadana, y todas ellas van también en el sentido de restringir los derechos fundamentales. Por tanto, no es hablar de manera
exagerada si digo que vamos del estado de decreto hacia el estado de excepción de manera acelerada, y en este caso el Gobierno utiliza precisamente la jurisdicción penal internacional para probar ese avance -yo diría ese retroceso- hacia el estado
de excepción, y lo hace dejando en un muy mal lugar al Parlamento de una manera fraudulenta.


Lo ha dicho el señor Olabarría en su explicación -yo no lo voy a decir mejor que él-, es el método fraudulento del Grupo Popular y del Gobierno. Cuando se habla del real decreto, se habla de la transmutación de la democracia parlamentaria
en democracia gubernamental; pero en este caso pasamos de la democracia parlamentaria a la democracia gubernamental y de la democracia gubernamental a la democracia de partido, porque es un partido político quien presenta una iniciativa para
saltarse todas las garantías que tiene una iniciativa del Gobierno, para saltarse todos los órganos consultivos. Ahora ese mismo partido político en el Congreso de los Diputados es quien utiliza una vía espuria, que no tiene nada que ver con el
contenido de la norma, para evitar el debate parlamentario, las enmiendas, la negociación y finalmente la deliberación, dejando en mal lugar al Parlamento, utilizándolo únicamente como un trámite a seguir para aprobar una norma que está
prácticamente preestablecida. Decía, señorías, que a pesar de



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ello el Gobierno ha mostrado sus cartas en sus enmiendas. Creo que es muy llamativa la chapuza de esta iniciativa que no ha pasado por los órganos consultivos. La chapuza se ha visto en una enmienda de totalidad del grupo proponente, que
se presenta a sí mismo como consecuencia de esa falta de participación de los órganos consultivos. Además el Gobierno, en esa enmienda de totalidad, demuestra que por otra parte se había pasado de frenada, que no solamente habían derogado la
jurisdicción penal internacional sino que habían derogado la cooperación penal internacional. Han tenido que presentar una enmienda para decir: hay determinados delitos comunes que vamos a perseguir pero hay otros, contra los derechos humanos, que
no. Señorías, ¿qué razón hay para luchar juntos contra los grupos que hacen negocio de la droga y para no luchar contra aquellos regímenes que vulneran los derechos humanos más fundamentales? Ustedes me dirán, porque en su enmienda aparece eso.
Muestran que recuperan la lucha cooperativa contra los delitos comunes, como el tráfico de drogas, que son delitos que nos escandalizan, pero a un nivel diferente de los delitos contra los derechos humanos, de los delitos de lesa humanidad. Ustedes
deciden en esa enmienda que se lucha contra lo menor y no se lucha contra lo mayor; que se suspende o se deroga la legislación penal internacional en todo lo que tiene que ver con la lucha en defensa de los derechos humanos, con la lucha para
garantizar que no exista impunidad de los que han vulnerado y vulnerarán en un futuro los derechos humanos. Ese es el resumen, en nuestra opinión, de un procedimiento espurio, que utiliza de mala manera al Parlamento, primero en la proposición de
ley y ahora través de la lectura única, que parece también toda una representación de lo que quiere el Grupo Popular en este debate parlamentario, una lectura directa y única en la que los demás sobran; de hecho, la única enmienda es su propia
enmienda de totalidad.


Termino, señorías, refiriéndome a otro de los aspectos de esta norma que es su carácter retroatractivo, que espero que junto a las demás vulneraciones suponga el reconocimiento por parte del Tribunal Constitucional del carácter
inconstitucional de una norma que deroga de manera unilateral convenios internacionales en materia de derechos humanos firmados, que modifica la Constitución española en relación con la tutela judicial efectiva, que interviene en el Poder Judicial
desde el Poder Ejecutivo, que en definitiva vulnera prácticamente nuestras normas básicas de la Constitución. Esto del efecto retroactivo es un escarnio para las víctimas. Si en esta ley dejamos desprotegidas a las víctimas de vulneración de los
derechos humanos -a todas las víctimas, porque los mecanismos de cierre son totales- el carácter retroactivo de la norma ofende a aquellas víctimas que han iniciado un proceso y que tenían expectativas sobre el proceso judicial; las ofende, las
deja inermes. Eso es lo que hace el Gobierno con este carácter retroactivo de la norma: cierra la investigación sobre el caso del cámara Couso, cierra la investigación sobre Ellacuría, cierra la investigación sobre el Sáhara, cierra la
investigación sobre el Tíbet, cierra la investigación sobre Ruanda; cierra investigaciones importantísimas que tienen efectos desde el punto de vista de la persecución penal internacional contra los que vulneran los derechos humanos, y, como se ha
dicho aquí, todos nos han dicho que tienen efectos.


Señorías, hoy es un día vergonzoso y vergonzante. Me gustaría que el ministro, que es tan gallardo para defender algunas normas y para atribuirse la responsabilidad de ellas, de la misma manera lo fuera en esta iniciativa legislativa; que
la hubiera propuesto a través del cauce normal como proyecto de ley, que hubiera permitido la participación de los órganos consultivos del Estado -que seguramente le hubieran enmendado la plana- y que por otra parte hubiera permitido un debate
parlamentario a fondo. No ha hecho nada de esto; en ese sentido, es una ley taimada, una ley que se hace a sabiendas de que vulnera no solamente aspectos fundamentales de nuestra Constitución y de los convenios internacionales, sino las formas
democráticas más básicas. Por eso, es una ley taimada, en la que el Gobierno y el ministro no dan la cara, en la que quien da la cara es el Grupo Popular a través de una proposición de ley y ahora de la decisión de una lectura directa y
prácticamente sumarísima. Por todas estas razones, mi grupo parlamentario va a rechazar esta reforma o esta derogación de la jurisdicción penal internacional.


Empecé hablando del carnaval, pero no quisiera terminar sin dar un dato con respecto al cabo de Hornos. Quiero recordarles, señorías, que al doblar el cabo de Hornos había más de doscientos tripulantes y finalmente la tripulación quedó
diezmada y Magallanes pereció en el intento. Vamos a ver. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Llamazares.


Por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Señora presidenta, señoras y señores diputados, hoy es un mal día para la justicia. Hoy es un mal día para la justicia en mayúscula, hoy es un mal día para la justicia como valor superior de nuestro ordenamiento
jurídico que proclama el artículo 1 de la Constitución. Proclama que los



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valores superiores son la justicia, la libertad, la igualdad y el pluralismo político. ¿Por qué hoy es un mal día para la justicia? Porque hoy de manera clara se limita la protección internacional de los derechos humanos. Hoy aquí, con la
votación de esta proposición de ley orgánica, damos un evidente paso atrás en lo que es y ha sido siempre una regulación difícil; un difícil equilibrio entre la voluntad por todos compartida de que no haya espacios de impunidad -es una voluntad por
todos compartida- y los límites que en la extraterritorialidad deben tener todos los países -hay límites a la extraterritorialidad-. Buscar ese equilibrio no es fácil. Ya supuso un paso atrás la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que se
acometió en la pasada legislatura con la Ley Orgánica 1/2009, que, por cierto, también fue por la puerta de atrás, vía una enmienda. Esa reforma, que también fue apresurada, supuso un equilibrio, repito, siempre difícil pero que intentaba en todo
caso que los tribunales españoles pudieran conocer si se daban tres circunstancias, que no eran acumulativas sino alternativas. Se decía entonces, señor ministro, que se podía conocer cuando su responsable se encontrara en España o bien existieran
víctimas de nacionalidad española. Se añadía otra posibilidad alternativa y no acumulativa; se decía: cuando se constate algún vínculo de conexión relevante con España. Por tanto, había un límite ya entonces, en 2009. No podían conocer nuestros
tribunales de cualquier agresión a los derechos humanos fuera de nuestro territorio. Había un límite, pero estaba acotado a unas circunstancias que se modificaron en 2009 y que fueron objeto de un mínimo consenso en esta Cámara.


Hoy lamentablemente no se dan esas circunstancias de consenso. Hoy asistimos por la vía de la aprobación con lectura única de esta proposición de ley orgánica a un paso atrás que debería remediarse. Tengo aún esperanzas, porque hemos visto
cómo se han introducido enmiendas por el grupo proponente en el trámite de hoy ante el Pleno del Congreso, de que en el trámite en el Senado se aprovechen aquellos mensajes que nos están llegando no ya desde el conjunto de grupos parlamentarios que
no forman parte de la mayoría del Gobierno, sino desde la propia Fiscalía de la Audiencia Nacional el pasado día 19. Entonces se reunieron los fiscales de la Audiencia Nacional en junta extraordinaria y expresaron por unanimidad su preocupación;
leo textualmente: Ante las consecuencias negativas que tendrá la restricción legislativa al ejercicio de la justicia universal... Nos decían los fiscales de la Audiencia Nacional: de qué forma se va a limitar la investigación y enjuiciamiento de
graves delitos cometidos fuera de España. Se ha remitido ese escrito aprobado por unanimidad a la propia Fiscalía General del Estado denunciando que van a existir espacios de impunidad, que incluso puede quedar perjudicada la entrega de
delincuentes por el mecanismo de extradición. Nosotros no podemos ser cómplices de esos espacios de impunidad ante lesiones de los derechos humanos que afectan directamente a víctimas españolas, bien porque su presunto autor se encuentra en
territorio español o bien porque podamos entender que existe ese vínculo de conexión relevante. Por tanto, podrían actuar los jueces y tribunales tal y como se está haciendo ahora. De ahí que nosotros no podemos hoy dar apoyo a esta proposición de
ley.


Vamos a votar en contra de la misma y hemos presentado enmiendas, señor ministro, señorías, para desandar lo que se pretende hoy andar. No vamos a hacer enmiendas para recuperar aquello que no estaba vigente antes de 2009. Vamos a buscar
ese equilibrio que ya fue difícil en 2009; vamos a intentarlo por la vía de la supresión y la incorporación de nuevas figuras y nuevos delitos que hoy se incorporan, pero manteniendo ese equilibrio de 2009. Es la mejor contribución que hoy
podríamos hacer a ese respeto a los derechos humanos, la mejor contribución que podíamos hacer a ese equilibrio que se nos pide en el ámbito del derecho internacional. Tenemos aquí a nuestro portavoz en la Comisión Internacional, al diputado Jordi
Xuclà. Él conoce bien, y nos lo ha explicado en más de una ocasión, cómo deben existir esos límites, pero cómo y de qué forma se ha apreciado de manera positiva la labor y el equilibrio que tras la reforma de 2009 habíamos sido capaces de encontrar
y defender. Hoy ese equilibrio, esas reformas y ese consenso dan un paso atrás y aún estamos a tiempo de remediarlo. Por tanto, pedimos al grupo mayoritario esa voluntad de desandar el camino que hoy se pretende andar, de intentar -vía tramitación
en el Senado- que esta amputación que hoy vamos a protagonizar de esa justicia universal no acabe produciéndose.


Se ha dicho por otros portavoces -lo comparte Convergència i Unió- que en este tipo de delitos no debe despreciarse la acción popular. Finalmente las consecuencias de la tramitación de esta proposición de ley van a alejar esa acción
popular; se deja a una intervención bien de la fiscalía o bien de las propias víctimas, que en la mayoría de ocasiones ya no van a poder actuar para realizar esa acción de justicia. Por tanto, no compartimos esa limitación, esa acotación a la
acción popular, como tampoco la disposición transitoria de esta proposición de ley. La disposición transitoria es un sobreseimiento automático. Que conste que ya existía un sobreseimiento provisional en la normativa aprobada en 2009, pero hoy ese



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sobreseimiento provisional se convierte en un sobreseimiento automático. No hace falta analizar nada: de entrada pim, pam, fuera. Estoy conociendo de un delito de justicia universal que se ha cometido fuera de nuestras fronteras, si hay
una víctima española o el presunto delincuente está aquí o bien hay ese vínculo de conexión, y de repente dejo de conocerlo, porque automáticamente esa causa queda sobreseída y vamos a analizar después si se dan o no las nuevas circunstancias que la
nueva normativa va a establecer. Así queda de entrada cerrada esa defensa de la justicia universal. Por tanto, tampoco podemos compartir esa disposición transitoria que es de dudosa constitucionalidad. El artículo 9.3 de la Constitución establece
la irretroactividad de aquellas disposiciones sancionadoras o bien de aquellas que pueda entenderse que limitan derechos. Esta es una norma retroactiva; ese sobreseimiento automático tiene efectos retroactivos y limita derechos. Es evidente que
limita derechos, entre ellos uno fundamental en el artículo 24 de la Constitución, el derecho a la tutela judicial efectiva. Por tanto, también entendemos desde Convergència i Unió que no podemos actuar con ese sobreseimiento automático, con esa
voluntad de dejar fuera esa lucha que se había realizado en ocasiones de una manera muy amplia -y se acotó-, pero que se seguía realizando y que era apreciada por la comunidad internacional. Hoy estamos dando un mensaje negativo hacia esa comunidad
internacional. Convergència i Unió siempre ha estado a favor de los derechos humanos, de una actitud positiva y activa en aquello que pueda suponer en el ámbito internacional que somos protagonistas y nos creemos esos valores que propugnamos en
nuestra Constitución y que queremos preservar. Es cierto que existe una Corte Penal Internacional y que sería deseable que muchos de estos delitos fueran conocidos por ella, pero también que muchos de los países y Estados transgresores de los
derechos humanos no han firmado los tratados internacionales y no son parte de dicha corte Por tanto, quedan fuera de ella y quedan esos espacios de impunidad que los propios fiscales de la Audiencia Nacional nos denuncian que van a existir si no
remediamos hoy la aprobación de esta proposición de ley.


Hemos recibido muchísimas cartas y propuestas. Quiero recordar hoy aquí al diputado Carles Campuzano, que de manera muy directa ha tenido siempre una vinculación con Amnistía Internacional, con grupos a favor de los derechos humanos. No
está en la Comisión de Justicia, pero es el primero que llama al portavoz de Justicia para decirle: se acaba de aprobar una proposición de ley que cuando llegue a tramitarse tenemos que vigilar muy de cerca, porque va a limitar los derechos humanos
y la persecución internacional de los derechos humanos. Me lo decía mi compañero Carles Campuzano al día siguiente de haberse registrado. Nunca hubiera pensado este diputado ni Convergència i Unió que, con tanta prontitud, con tanta celeridad, sin
tan siquiera hacer una ponencia legislativa, sin tan siquiera hacer una Comisión de Justicia para poder tratar las distintas enmiendas planteadas, de manera directa, con lectura única, en este Pleno, incluso en horas de almuerzo -para entendernos,
en las que quizá vamos a pasar desapercibidos-, fuera a tratarse esta situación, porque eso no es bueno.


Repito lo que decía al iniciar mi intervención: hoy no es un buen día para el valor superior justicia que proclama el artículo 1 de nuestra Constitución; hoy no es un buen día para el valor justicia, en mayúscula, que defendemos y estamos
convencidos que todos queremos defender en esta Cámara. Por tanto, como hoy no es un buen día para el valor superior de la justicia, hoy votaremos en contra de esta proposición de ley, aunque todavía -así lo esperamos desde Convergència- estamos a
tiempo de rectificar, de no cerrar hoy la puerta a ese valor de la justicia universal que entre todos queremos defender.


Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Jané.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Villarrubia.


El señor VILLARRUBIA MEDIAVILLA: Señora presidenta, señorías, hoy se consuma por el Grupo Popular la aprobación de su proposición de ley en lectura única y por trámite de urgencia, contra todos y contra el artículo 150 del Reglamento de la
Cámara, para liquidar la justicia universal en nuestro país y la posibilidad de perseguir graves ataques a los derechos humanos por parte de los tribunales españoles. Este recorte de derechos y libertades es uno más de los muchos realizados en esta
legislatura, lo que está produciendo una enorme pérdida de calidad democrática en nuestro país. La agenda económica, una vez más, prevalece sobre los derechos humanos que solo son vistos por este Gobierno como fuente innecesaria de problemas.
Desde 1999, señorías, más de 150 miembros de la ONU asumen la doctrina de la responsabilidad de proteger, que proclama el derecho de la comunidad internacional a intervenir en un Estado si sus dirigentes cometen atrocidades contra la población o no
están dispuestos a evitarlas.


Estos avances en la defensa de los derechos humanos, que España apoya, no son compatibles con normas como la que hoy trae el Grupo Popular. La renuncia a la persecución de gravísimos delitos manda



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un mensaje de impunidad a los responsables de los mismos, a la vez que afianza la convicción de otros potenciales autores -que todos tenemos en la cabeza- de que estas conductas es muy posible que queden sin castigo. Sirve de excusa para la
reforma el que la misma amplía los supuestos de extraterritorialidad, da cumplimiento a los tratados internacionales y nos equipara a los países de nuestro entorno. La pretendida ampliación no es tal. Señorías, la justicia universal es universal o
no es; la extraterritorialidad es otra cosa. Además, dicha supuesta ampliación, una vez más, se hace con un marcado carácter restrictivo al excluir la competencia de la jurisdicción española en los delitos más graves, aunque la víctima sea
española, o en otros delitos al vincular incluso, para los supuestos de que la víctima sea española, la necesidad de que el autor del delito se encuentre en España. Respecto al argumento de que esta reforma nos equipara con países de nuestro
entorno tampoco es cierto, ya que existe una diversidad de regulaciones en los distintos países europeos y la regulación española estaba sirviendo de modelo a reformas emprendidas -como en Francia- actualmente. Nuestra legislación ha sido
referencia para países latinoamericanos que han introducido este principio en sus legislaciones. También se invoca la excusa de que esto afecta a nuestras relaciones internacionales. Les recuerdo que las relaciones internacionales tienen que
mantenerse desde un principio de igualdad y de defensa de los derechos humanos y no desde imposiciones de terceros países; como signatarios que somos de los más importantes convenios sobre la materia, no es una opción, es una obligación. Mi grupo
aspira a que la marca España también sea unida a la de un país que respeta, defiende y promueve los derechos humanos. Sabemos que Estados como China son tenedores de una importante cantidad de deuda española, pero si por tener deuda española pueden
someter al Estado español estamos perdidos, ya que, con los niveles de deuda a los que nos está llevando su Gobierno, ¿cuántos más se van a considerar con derecho a hacernos exigencias contrarias incluso a nuestros principios y valores
constitucionales? Y lo que es más, ¿dónde está el límite?, ¿dónde ponemos el límite, señores de la derecha? Sentimos envidia en mi grupo de los nacionales chinos o los estadounidenses, a quienes sus Estados protegen contra todo y contra todos,
incluso siendo culpables de grandes crímenes. Cierto es que la aplicación práctica del principio de jurisdicción universal no está exenta de problemas, pero esos riesgos no pueden servir de pretexto para liquidar sin más un principio tutelador de
derechos humanos, para impedir la impunidad de los autores de esos crímenes y contribuir con ello a la disuasión de la comisión de otros nuevos crímenes.


Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado enmienda de totalidad con texto alternativo y otra serie de enmiendas parciales, fundamentalmente de supresión, para volver a la regulación de 2009. Nuestras enmiendas propugnan esa
vuelta en vigor adoptada por un acuerdo mayoritario del Partido Socialista, Partido Popular, Convergència i Unió, PNV; reforma que acomodó la misma a las exigencias que la jurisprudencia había venido recogiendo al considerar aconsejable la
concurrencia de víctima o intereses españoles afectados. Nuestras enmiendas recogen aquellos supuestos cuya enunciación específica parece aconsejable. Si bien estaban ya incluidos en la reforma, en el artículo 23.4, pero hablamos en concreto de
delitos, señores del PP, regulados en el Convenio del Consejo de Europa de 11 de mayo de 2011 sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, que se refiere a delitos de violencia psicológica, acoso, mutilación
genital femenina, violencia física, sexual, matrimonios forzosos, abortos, esterilizaciones forzosas, y lo hacemos manteniendo la posibilidad de su persecución en los términos actuales, sin introducir nuevas limitaciones que consideramos
inadmisibles. Suprimimos la grave restricción que supone la aceptación como requisito de perseguibilidad -gravísimo- que tenga que ser mediante querella del agraviado o del ministerio fiscal y rehabilitamos la posibilidad de hacerlo por denuncia,
lo que no exige para su interposición ni abogado ni procurador, ni concreción de los hechos ni de los responsables que se pide que sean investigados.


La proposición de ley, puesta en relación con la disposición transitoria única, plantea el sobreseimiento -atención-, sobreseimiento de plano por mandato legal, obviando cualquier intervención judicial, de todas aquellas causas que se
encuentran en tramitación por los delitos recogidos en el artículo 23. Esto dará lugar, señorías, a que aquellas causas que se hubieran iniciado -casi todas- por denuncia queden sobreseídas hasta tanto en cuanto se presente la preceptiva querella,
paralizando las actuaciones en curso y obligando a las partes a iniciar de nuevo todo, con los costes en todos los órdenes que ello conlleva. Esto supone, además, una intromisión intolerable en la potestad jurisdiccional que el artículo 117 de
nuestra Constitución reserva en exclusiva a los juzgados y tribunales. Entendemos, además, que una aplicación retroactiva -estamos convencidos, no solo entendemos- de una norma de carácter procesal vinculada al ejercicio de un derecho fundamental,
cual es la tutela judicial efectiva, vulnera los derechos constitucionales de las víctimas. A ustedes que se les llena la boca continuamente de proteger a las



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víctimas, ¿dónde están las declaraciones continuas y demagógicas? La proposición de ley exige el requisito de querella no solamente para los supuestos del artículo 23.4, sino lo que es más sorprendente, señorías, para los del propio 23.3,
que son delitos que afectan intereses esenciales del Estado español -patriotas, ¿qué hacen ustedes?-, como pueden ser, por ejemplo, los delitos de traición, contra la paz o la independencia del Estado, o falsificaciones que perjudiquen directamente
al crédito o intereses del Estado español e introducción o expedición de lo falsificado.


Enmendamos también la exposición de motivos ante la falacia de los argumentos con que justifican la reforma, ya que entre ellos citan la ratificación por parte de nuestro país del Estatuto de la Corte Penal Internacional. Señorías, la
aceptación de la competencia de la Corte por España no es requisito suficiente para que la misma pueda intervenir, ya que es necesario que para que esta pueda enjuiciar los hechos la aceptación de la competencia de la Corte por los distintos países,
y muchos de ellos, como China, Israel y Estados Unidos, no han ratificado este convenio. Defendemos mantener el sistema vigente que exige para la competencia de la jurisdicción de los tribunales españoles la acreditación de que los presuntos
responsables de los delitos se encuentran en España, o que existen víctimas de nacionalidad española, o que se constate algún otro vínculo de conexión relevante con España y, en todo caso, que en otro país competente, o en el seno de un tribunal
internacional, no se haya iniciado procedimiento que suponga una investigación y una persecución efectiva -entrecomillado persecución efectiva-, lo que ya limita, cierto es, la jurisdicción a la salvaguarda de los intereses de España o a la
persecución o protección de sus propios ciudadanos.


Señorías, para la persecución por los tribunales españoles de delitos de genocidio, lesa humanidad y contra las personas y bienes en caso de conflicto armado no basta la existencia de un vínculo de la entidad de que la víctima fuera
española, elemento hasta ahora suficiente y que ignora la proposición, sino que exigen, ustedes, la concurrencia de condiciones tales como la residencia habitual en España de los criminalmente responsables o impone exigencias que no están
exclusivamente en la esfera de actuación de España, como que incluso encontrándose en España el delincuente, las autoridades españolas, fíjense, hubieran denegado su extradición; denegación que no será posible si ni siquiera no se le hubiere
pedido. A estos absurdos nos conduce el Partido Popular. En definitiva, se dificulta hasta su práctica inviabilidad la competencia de la jurisdicción española, dejando sin tutela a españoles víctimas de graves violaciones de sus derechos.
(Rumores).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Un segundo, señor Villarrubia. Por favor, ruego silencio. Si necesitan mantener conversaciones abandonen el Pleno, porque estamos escuchando al orador.


Adelante, señor Villarrubia.


El señor VILLARRUBIA MEDIAVILLA: Gracias, señora presidenta.


Sin entrar al detalle en el catálogo de delitos, es preciso referirse a lo que es denominador común en todos ellos: la restricción que la propuesta contiene sobre la regulación acordada por amplia mayoría en 2009, al establecer
condicionantes a los que se subordina la competencia de los tribunales españoles caso por caso. Señorías, la búsqueda de la exclusión de determinados supuestos y el archivo de sus respectivas causas conduce a una falta absoluta de seguridad
jurídica y a resultados indeseables, en tanto puede dejar fuera la posibilidad de persecución de determinados delitos que no es aconsejable excluir y que, en definitiva, desborda hasta la propia finalidad perseguida con la iniciativa. De otra
parte, invocar, como hace la exposición de motivos, la necesidad de definir con claridad el principio de subsidiariedad para justificar la impresentable proposición de ley, constituye, cuando menos, una burla cuando ya la ley vigente desde 2009 lo
deja claro al someter la competencia al requisito de que un tribunal internacional u otro país competente no haya iniciado procedimiento que constituya una persecución efectiva de estos delitos. Subrayamos persecución efectiva, porque la
proposición más allá de fijar el principio de subsidiariedad, lo que hace es introducir un nuevo elemento añadido delimitador en sentido negativo de la competencia y con vocación restrictiva, al eliminar márgenes a la interpretación de los
tribunales, ya que recoge lo que debe entenderse entrecomillado por disposición o posibilidad de actuar en un asunto determinado. Además, para apreciar esta disposición o posibilidad de actuar ya no será la Audiencia Nacional la competente para la
instrucción y enjuiciamiento de estos delitos, quien valorará, o no, la concurrencia de esta disposición a actuar o posibilidad a hacerlos, será la Sala segunda del Tribunal Supremo.



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Señorías, mi grupo votará en contra de la aprobación de la proposición de ley ya que supondrá un retroceso en el combate contra las violaciones de los derechos humanos y una quiebra de la jurisdicción universal, cuyos principios inspiradores
no son otros que el castigo de los culpables de crímenes que atentan contra la propia condición y dignidad humana y evitar, hasta donde sea posible al menos, la impunidad. Confiamos que nuestros propios ciudadanos españoles, sí, los españoles,
señor Gallardón, puedan ver tutelados sus derechos y satisfechas sus expectativas de justicia que este Gobierno les niega por otros Estados, que no bajen la guardia en la defensa de los derechos humanos, al igual que hizo España durante años, que ha
contribuido a la expansión y defensa de la justicia universal. Su propia autoenmienda denota la improvisación, la falta de rigor, la falta de seriedad, la manera de legislar, el desprecio al Parlamento. Señorías, concluyo. Hoy es un día muy
triste para los que de verdad creemos en las libertades, en los derechos esenciales, en los derechos humanos. Hoy es un día triste, uno más a los que ya nos va acostumbrando, lamentablemente, este Gobierno de la derecha, este Gobierno del Partido
Popular, que no hace más que recortar derechos y libertades en nuestro país y ahora también fuera de nuestro país.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Villarrubia.


Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Castillo.


El señor CASTILLO CALVÍN: Con la venia, señora presidenta.


Señorías, intentaré no apartarme mucho del objeto de este debate, pero por las críticas que desde algunos grupos se han realizado, voy a abordar, en primer lugar, el aspecto puramente procedimental de la tramitación. Por un lado, nos han
acusado de no presentar esta iniciativa como proyecto de ley para evitar precisamente los informes preceptivos que deben emitir los órganos consultivos del Estado. Por otro lado, insisten también en criticar que una proposición de ley se apruebe
por lectura única y en procedimiento de urgencia con el apoyo de un solo grupo parlamentario y sin el consenso de la mayoría de la Cámara. A pesar de ello, y por mucha atención que he puesto, lo cierto es que solo he podido escuchar quejas pero no
argumentos jurídicos. No han sabido explicarnos en qué artículo del Reglamento se limita o impide la posibilidad de que los grupos presenten proposiciones de leyes orgánicas, o dónde se excluye que estas se tramiten de modo directo y en lectura
única. Ustedes no nos lo han dicho, salvo la valoración subjetiva del señor Olabarría sobre la supuesta complejidad de modificar un solo artículo. Y es que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la sentencia de 13 de diciembre de 2012,
recientemente ha reconocido que la lectura única es una figura atípica del derecho parlamentario sin que existan materias vedadas a su tramitación.


Si hablamos de precedentes, no creo necesario recordarles que en la anterior legislatura el Grupo Parlamentario Socialista presentó trece proposiciones de ley, tres tramitadas por lectura única y cinco presentadas en solitario. Tampoco creo
necesario explicar cómo se gestó la anterior reforma del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial mediante la Ley 1/2009, que se tramitó como proyecto de ley pero que no contó con informes ni del Consejo General del Poder Judicial, ni del
Consejo Fiscal, ni del Consejo de Estado. La realidad es que, a pesar de lo previsto en el artículo 88 de la Constitución, este proyecto de ley nunca fue aprobado en Consejo de Ministros, ni fue remitido a las Cortes Generales, sino que surgió de
forma espontánea, realmente atípica, desde el propio Congreso de los Diputados vía enmienda y durante el transcurso de la tramitación de otro proyecto de ley sobre la implantación de la nueva oficina judicial, y dicen los señores socialistas,
lógicamente, que lo hicieron con nuestra colaboración. Efectivamente, se hizo con nuestro acuerdo y con la de otros muchos grupos de esta Cámara por sentido de Estado y de responsabilidad, precisamente ese sentido de Estado y de responsabilidad que
le falta absolutamente a su grupo en el día de hoy. (Aplausos.-El señor presidente ocupa la Presidencia). Así que hoy, por hacer exactamente aquello que prevé nuestra legislación, aquello que está previsto en el Reglamento y en la doctrina del
Tribunal Constitucional, por hacer aquello que ustedes han hecho docenas de veces, sin embargo nos atacan y hablan de desprecio al Parlamento, de no respetar los procedimientos establecidos, de felonías, de fechorías, con muchas efes, señor
Olabarría.


Señores socialistas, podemos recordar tramitaciones realizadas con celeridad y urgencia. En esto sí que son ustedes todos unos campeones. En el año 2004, fueron protagonistas de un insólito caso digno de ser incluido en el libro de los
récords extravagantes. Como Gobierno, como grupo mayoritario y con el apoyo de todos los grupos parlamentarios de la Cámara en aquel momento consumaron el mayor atropello procedimental que se ha perpetrado en esta Cámara desde el inicio de la
transición. ¿Recuerdan como



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tramitaron en el año 2004 el proyecto de ley por el que modificaron la Ley Orgánica del Poder Judicial, para cambiar aquellos preceptos relativos a la designación de los magistrados del Tribunal Supremo, se acuerdan? Deben recordarlo,
porque fue la tramitación más irregular de toda la historia del parlamentarismo español. Como su proyecto de ley, tramitado -qué casualidad- por vía de urgencia en lectura única, fue rechazado por el único motivo de que muchos de los diputados no
vinieron aquel día a votar, y por ello no se alcanzaron los tres quintos que necesitaban, decidieron resolverlo a las bravas, convocar un Consejo de Ministros extraordinario el domingo para aprobar ese mismo proyecto de ley sin cambiar ni una sola
coma, y vuelta a las Cortes para que, sin publicar ni nada, se votara otra vez a la semana siguiente. Deben recordarlo, porque algunos portavoces que hoy han intervenido participaron en aquella tramitación. Algunos de ustedes fueron protagonistas
de la semana más trepidante de la historia parlamentaria desde las Cortes de León de 1188, una semana con cinco Mesas, cuatro Juntas de Portavoces, dos procedimientos de urgencia, dos lecturas únicas, un cambio del orden del día del Pleno, dos
Plenos extraordinarios más, treinta y seis horas de plazo de enmiendas y un Consejo de Ministros extraordinario, en definitiva, un proyecto de ley tramitado en cuatro días hábiles. De estas, señores socialistas, ustedes nos han hecho docenas.
Ustedes, que tanto nos critican ahora y que tantas lecciones nos dan, es así como entienden que deben ser las buenas prácticas democráticas, la promoción del consenso y el talante a toneladas.


Algunos portavoces nos han traído hoy a colación un documento elaborado por la Junta de Fiscales de la Audiencia Nacional, que se hizo público ayer por la tarde. Hablando de fiscales, me viene a la cabeza aquella frase de quien fue fiscal
general del Estado, don Cándido Conde-Pumpido -recuerden, señores socialistas, fiscal general del Estado que ustedes nombraron-, que en el año 2009 recordó: la justicia universal no puede convertirse en un juguete en manos de personas que buscan
protagonismo. (Aplausos). En todo caso, resulta que estas consideraciones que nos ofrecen los señores fiscales se han elaborado sobre el texto inicial de nuestra iniciativa, sin tener en cuenta las modificaciones que se han incorporado con nuestra
enmienda. Sin embargo, el Grupo Parlamentario Popular sí que ha tenido en cuenta las valoraciones que hacen en su comunicado, sugerencias que en gran medida han quedado incorporadas a nuestra enmienda. Por tanto, siento decirles que por ello se
trata de un documento que nace desfasado.


Señorías, en sus enmiendas y en sus intervenciones han traído también a colación numerosas referencias a tratados internacionales. La realidad es que todos esos tratados que establecen la necesidad de protección de los derechos humanos
plasman criterios de atribución jurisdiccional que están basados no en el principio universal, sino en el territorio del delito o en la personalidad activa o pasiva, y contemplan, con el fin de evitar la posible impunidad, el compromiso de perseguir
los hechos, con independencia del lugar de comisión, cuando el autor se encuentre en su territorio y no pretenda conceder la extradición; es decir, ninguno de los convenios citados por ustedes -ninguno, ni siquiera el resto de los suscritos por
España-, por mucho que ustedes digan lo contrario, reconoce el principio de jurisdicción universal, entendido como el derecho de cada Estado a perseguir sin limitación alguna y acogiéndose solamente a su legislación interna, los hecho ocurridos en
territorio de otro Estado, ni siquiera cuando este no proceda a su persecución. Estos convenios lo que hacen es establecer criterios de atribución jurisdiccional en cada caso, marcando límites y previsiones, que no son los mismos en cada supuesto.
Coherentemente con esta necesidad, que el principio de jurisdicción universal se contemple y se interprete en modo armónico con los principios del derecho internacional público, y especialmente con lo dispuesto en los tratados internacionales, en
los países de nuestro entorno se han ido introduciendo ciertas limitaciones al principio. Ha señalado el señor Tardà el caso alemán, el caso italiano, el Código Penal danés o el caso belga. Pues muy bien, le voy a hacer algunas precisiones. El
derecho alemán se ha racionalizado, introduciendo un nuevo supuesto especial del principio de oportunidad y vinculando su aplicación a determinados criterios de conexión, entre los que se valora especialmente el hecho de que el autor del delito se
encuentre en su territorio. El Código Penal italiano en su artículo 7 establece el principio de universalidad pero con una extensión reducida. Lo mismo ocurre con el Código Penal danés, y más claro aún con el caso belga, el amplio reconocimiento
de la jurisdicción universal en Bélgica llevó a la presentación de querellas criminales en este país contra ciudadanos de numerosos países y también contra jefes y ex jefes de Gobierno, como el primer ministro israelí Ariel Sharon, Arafat, Fidel
Castro e incluso el mismo presidente de los Estados Unidos, Bush, y otros altos cargos de esta Administración. Ello puso de manifiesto la necesidad de introducir filtros que racionalizaran la aplicación de la jurisdicción universal y ello se hizo
en el año 2003 con la reforma de su Código procesal.



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En España, señorías, no podemos seguir siendo diferentes. Debemos partir de que la extensión de la jurisdicción penal más allá de los límites de nuestra soberanía tiene un carácter excepcional, y solamente cabe atribuirse esa jurisdicción
ampliada en los supuestos en los que exista la base de un tratado internacional. La razón, como señaló el pleno del Tribunal Supremo en la sentencia del caso del genocidio de Guatemala, es que no le corresponde a ningún Estado en particular
ocuparse literalmente de estabilizar el orden recurriendo al derecho penal contra todos y en todo el mundo, sino que más bien hace falta un punto de conexión que legitime la extensión extraterritorial de su jurisdicción. Otra solución llevaría,
como parece que se ha pretendido durante muchos años, a transformar la Audiencia Nacional española en la práctica en una especie de tribunal penal internacional, algo que nunca ha estado en la letra ni en la finalidad de la norma. Ni la Audiencia
Nacional tiene la legitimidad internacional con la que cuentan los tribunales penales internacionales, como la Corte Penal Internacional creada por el Estatuto de Roma en 1998, ni tampoco tiene los medios económicos y personales necesarios que
permitan generar una expectativa real de justicia universal en todos los supuestos, como el tiempo y los hechos se han encargado de demostrar. Es por ello por lo que dieciocho años después de aquel 28 de marzo de 1996, fecha en que se interpuso en
España la primera denuncia por crímenes cometidos por los responsables de la dictadura militar argentina y tras tramitarse en la Audiencia Nacional numerosos procedimientos por gravísimos delitos internacionales, tan solo se haya podido condenar a
un criminal que se presentó voluntariamente para ser procesado por la Audiencia Nacional. Esta es una realidad que no podemos seguir ocultando. Que sirvamos de estímulo a otros países, que sirvamos de ejemplo o inspiración o ser referencia para
otros tribunales creo que no es un argumento serio.


A pesar de ello, ustedes insisten en que España por su papel de liderazgo se ha convertido en un referente mundial que está a la vanguardia de la justicia universal. En todo caso, sin negar el enorme esfuerzo dedicado por jueces y fiscales
y muy especialmente por nuestra Audiencia Nacional, lo cierto es que la actual regulación, en cuanto no se ve recompensada por los resultados positivos, no cumple con las expectativas de las víctimas. Si la actual regulación nos coloca a la cabeza
de algo es en cuanto al número de archivos y sobreseimientos. Esta es la realidad aunque a todos nos gustaría que fuera de otro modo. Miren ustedes, no se puede seguir creando falsas expectativas ni defraudando a quienes víctimas de atrocidades
acuden a nuestros tribunales haciéndoles creer que por el hecho de poner en marcha la maquinaria de la justicia van a poder obtener una tutela eficaz de sus derechos. Así que, tras escuchar atentamente sus intervenciones, me da la impresión de que
lo único que les importa es mantener un sistema que ofrece mucho ruido y pocas nueces para presentar así a los ciudadanos su particular mundo estético en el que tan solo cuenta la puesta en escena. Parece que tan solo les preocupa justificar un
puñado de pomposos titulares para salir en los periódicos y de paso confundir a la opinión pública, que es más fácil que dar sólidos argumentos jurídicos. Por eso, hoy hablan de que con esta reforma buscamos la impunidad de los asesinos, de los
torturadores, de los genocidas; que con esta proposición queremos liquidar la justicia universal en violaciones gravísimas de los derechos humanos. Sinceramente, creo que a nadie en esta Cámara se le debería ocurrir reprochar a ningún grupo
político, mucho menos al Grupo Popular, que no esté frontalmente en contra de delitos tan execrables como el genocidio, las torturas, los crímenes de lesa humanidad, el terrorismo, ni de cualquier otro que suponga una violación de los derechos
humanos, esté previsto o no en el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ningún diputado, ningún grupo, tiene derecho a reprochar a ningún otro, ni siquiera a insinuar semejante barbaridad, porque ninguno defiende los derechos humanos
con más intensidad que los demás. Todos defendemos con la misma convicción estos valores.


Además, no era este el objeto del debate. El debate, como el objeto de esta iniciativa, es precisar la competencia extraterritorial de los tribunales españoles en base al principio de jurisdicción universal. Una cuestión que por su
complejidad, pero también por su sensibilidad, debería ser tratada con equilibrio y sensatez y también sin negar la realidad; la realidad de una reforma, la que proponemos, que no solo trata de mejorar nuestra regulación para garantizar que la
teoría y la práctica sean realmente efectivas, sino que además amplía la lista de delitos que cometidos fuera del territorio nacional son susceptibles de ser perseguidos por la jurisdicción española. Ustedes lo niegan también. Dicen que no
ofrecemos soluciones, critican todo y critican que con esta reforma se da un paso hacia atrás en la persecución de delitos como los previstos en el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la
violencia doméstica, la Convención de Estambul. Nada más lejos de la realidad, en este momento y con la redacción actual no se incluye ni protege la forma de violencia incluidas en el convenio, salvo la mutilación genital femenina, único supuesto
de este convenio previsto en el vigente artículo 23.



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Ustedes, señores socialistas, no incluyeron estos otros gravísimos delitos, como la violencia doméstica, la violencia psicológica, el acoso, la violencia física, la violencia sexual, incluida la violación, matrimonios forzosos, aborto y
esterilización forzosa en su reforma de 2009. Nosotros...


El señor PRESIDENTE: Señor diputado, tiene usted que acabar.


El señor CASTILLO CALVÍN: Nosotros, sí. ¿No les gusta que ampliemos la competencia de la jurisdicción española para conocer de estos delitos? Pero además si se hubieran leído la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular antes
de este debate, lo que no es mucho pedir, se habrían dado cuenta de que para estos casos no se añaden más exigencias que la actualmente prevista y autorizada por el convenio para la mutilación genital femenina, es decir, que la persona que se impute
la comisión del hecho delictivo se encuentre en España. Si no les gusta este requisito, les recuerdo que fueron ustedes quienes lo incluyeron en la reforma del año 2009 y la inmensa mayoría de la Cámara así lo aprobó. (Aplausos). Este mismo
criterio amplio se aplica también a los delitos de trata de seres humanos, de los que son víctimas habituales las mujeres objeto de explotación sexual. En este caso, además, se prevé la extensión de la jurisdicción española a los supuestos en los
que el delito se impute a una persona jurídica domiciliada en España. Les recuerdo que incluir esta referencia expresa a la persecución del delito de trata de seres humanos, cuando los hechos hayan sido cometidos fuera del territorio nacional,
resuelven el vacío legal que existe en la actual regulación para la persecución de estos delitos. ¿Tampoco les parece adecuada esta modificación?


El señor PRESIDENTE: Señor diputado, tiene usted que terminar.


El señor CASTILLO CALVÍN: Termino.


No puedo extenderme más. (Rumores). Así que para terminar les diré, señorías... (La señora Lozano Domingo pronuncia palabras que no se perciben). No se preocupe, señora Lozano, que ya estoy terminando. Les diré que con la actual
regulación se instruye lo que no se puede juzgar. Con nuestra proposición a partir de ahora se instruirá todo aquello que se pueda juzgar. Esa es la diferencia y esa es nuestra propuesta, con realismo y con sentido común, sin demagogia y sin
cuentos chinos.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Castillo.


Como se ha llamado durante el tiempo suficiente, vamos a proceder ya a las votaciones.


Proposición de ley orgánica de modificación de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal. En primer lugar, votamos la enmienda a la totalidad de texto alternativo número 18 presentada por el
Grupo Parlamentario Mixto, señor Tardà. Han sido emitidos tres votos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311, más 3 votos telemáticos, 314; a favor, 24; en contra, 179, más 2 votos telemáticos, 181; abstenciones, 108, más 1 voto telemático, 109.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda a la totalidad de texto alternativo número 19, presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Hay tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312, más 3 votos telemáticos, 315; a favor, 133, más 1 voto telemático, 134; en contra, 179, más 2 votos telemáticos, 181.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda a la totalidad de texto alternativo número 24, presentada por el Grupo Socialista. Hay tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312, más 3 votos telemáticos, 315; a favor, 133, más 1 voto telemático, 134; en contra, 179, más 2 votos telemáticos, 181.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, enmiendas al articulado. Empezamos con las del señor Tardà. Votamos las enmiendas 11, 12 y 15.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 24; en contra, 179; abstenciones, 109.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del señor Tardà.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 38; en contra, 178; abstenciones, 96.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación en bloque de las enmiendas del Grupo Vasco, (EAJ-PNV).


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 131; en contra, 179; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación en bloque de las enmiendas de Unión Progreso y Democracia.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 311; a favor, 132; en contra, 179.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de Izquierda Plural. Votamos en primer lugar la enmienda 35.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 37; en contra, 179; abstenciones, 97.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas de Izquierda Plural.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 314; a favor, 24; en contra, 179; abstenciones, 111.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación en bloque de las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 314; a favor, 134; en contra, 178; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación en bloque de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 134; en contra, 179.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda número 32 presentada por el Grupo Popular.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 314; a favor, 181; en contra, 132; abstenciones, 1.



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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Vamos a hacer ahora la votación de conjunto de la Proposición de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Hay tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 314, más 3 votos telemáticos, 317; a favor, 178, más 2 votos telemáticos, 180; en contra, 136, más 1 voto telemático, 137.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el texto de la proposición de ley orgánica que se debate.


Se levanta la sesión.


Eran las tres y treinta y cinco minutos de la tarde.