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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 758, de 03/03/2015
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 758

INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. PABLO MATOS MASCAREÑO

Sesión núm. 52

celebrada el martes,

3 de marzo de 2015



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencias en relación con el proyecto de ley de patentes. Por acuerdo de la Comisión de Industria, Energía y Turismo. (Número de expediente 121/000122):


— Del doctor en Derecho, abogado, profesor de la Universidad Antonio Nebrija y acádemico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación (Davara Fernández de Marcos). (Número de expediente 219/000745) ... href='#(Página2)'>(Página2)


— Del señor decano del Colegio de Ingenieros de Telecomunicaciones de la Región de Murcia, vicerrector de la Universidad Politécnica de Cartagena (Pedreño Molina). (Número de expediente 219/000746) ... (Página11)


— Del señor presidente de la comisión de gestión empresarial, Asociación/Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña (Ribechini Creus). (Número de expediente 219/000747) ... (Página21)


— Del señor ingeniero industrial, experto en patentes y miembros de licensing excecutive society, consultor partner Tynax (Technology Trading Exchange) Tynax, Inc (Batalla Farré). (Número de expediente 219/000748) ... href='#(Página28)'>(Página28)


— Del señor presidente del comité de propiedad intelectual de la CEOE (Durán Moya). (Número de expediente 219/000749) ... (Página36)


— Del señor presidente de la Asociación de Parques Científicos y Tecnológicos de España (Romera Lubias). (Número de expediente 219/000750) ... (Página46)


— Del señor director general de Aeseg (Rodríguez de la Cuerda). (Número de expediente 219/000752) ... (Página55)


Corrección de error ... (Página64)



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Se abre la sesión a las diez de la mañana.


COMPARECENCIAS EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE LEY DE PATENTES. POR ACUERDO DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO. (Número de expediente 121/000122).


— DEL DOCTOR EN DERECHO, ABOGADO, PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD ANTONIO NEBRIJA Y ACADÉMICO CORRESPONDIENTE DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN (DAVARA FERNÁNDEZ DE MARCOS). (Número de expediente 219/000745).


El señor PRESIDENTE: Vamos a dar comienzo a la sesión número 52 de la Comisión de Industria, Energía y Turismo de este Congreso de los Diputados. Como todos conocen, el orden del día está dedicado íntegramente a comparecencias de expertos
externos al Congreso de los Diputados en relación con el proyecto de ley de patentes que estamos tramitando en este Congreso. En primer lugar va a intervenir don Miguel Ángel Davara Fernández de Marcos, doctor en derecho, abogado, profesor de la
Universidad Antonio Nebrija y académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, a quien damos cordialmente la bienvenida en esta casa, que es de todos.


El trámite va a ser el habitual, los intervinientes consumirán aproximadamente quince minutos y luego intervendrán los portavoces de los grupos parlamentarios de mayor a menor, cerrando el grupo mayoritario, el Grupo Popular. En dicho turno
plantearán las preguntas y cuestiones que sean necesarias y luego habrá una segunda intervención para que el interviniente pueda contestarlas. Dispondrán de un tiempo aproximado de cinco minutos, pero como no se espera la asistencia de todos los
portavoces, seré flexible en los tiempos. En todo caso, no pasará de una hora cada una de las comparecencias.


Tiene la palabra el señor Davara.


El señor DOCTOR EN DERECHO, ABOGADO, PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD ANTONIO NEBRIJA Y ACADÉMICO CORRESPONDIENTE DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN (Davara Fernández de Marcos): Muchas gracias, señor presidente, y muchas gracias
a la Comisión por haberme hecho esta invitación, puesto que considero un honor tener la posibilidad de presentar mis reflexiones ante ustedes y espero que, al menos en parte, les pueda servir para la tramitación parlamentaria de la ley de patentes.


En primer lugar, quiero mencionar que las leyes a las que me voy a referir aquí, aparte de la Ley 11/1986, de Patentes, va a ser también a la Ley 2/2011, de Economía Sostenible, y a la Ley 14/2011, de la ciencia, la tecnología y la
innovación, puesto que un apartado lo dedicaré a las patentes universitarias, que considero bastante importantes dada la relevancia que tienen estos organismos en la investigación en nuestro país.


En primer lugar, me gustaría felicitarles por la tramitación de una ley como esta que resulta básica para una cuestión tan esencial para todos los ciudadanos, incluso todos los grupos parlamentarios se han centrado en ella muchas veces, como
es la de la investigación y el desarrollo, el conocido como I+D o incluso el conocido como I+D+i, investigación, desarrollo e innovación. Todos los grupos parlamentarios sin excepción dicen siempre que hay que intentar invertir más en ello, y no
podemos olvidar por este motivo que la protección de las invenciones es una de las cuestiones básicas para que los científicos puedan seguir con su labor investigadora y para que las entidades privadas decidan seguir apostando por las aportaciones
para el desarrollo de nuevos productos. La protección de aquella investigación que se ha conseguido no deja de ser el fin con el que a partir de entonces se podrán explotar dichos productos.


La protección de la propiedad tanto intelectual como industrial supone, más que una posibilidad, una necesidad para el desarrollo de la sociedad y de las novedades creativas e inventivas. Más allá de la protección de determinados productos,
como pueden ser los programas de ordenador, mediante un sistema u otro, que puede ser propiedad intelectual o industrial —como todos ustedes saben, en concreto los programas de ordenador han sido objeto de duda e incluso de alguna interpretación de
patentabilidad, a pesar de que nuestra legislación los protege mediante la propiedad intelectual y los derechos de autor—, lo que resulta innegable es que es necesaria una protección tanto para las personas físicas y jurídicas que investigan
cualquier cosa como para aquellos que quieren explotar sus propias investigaciones.


En primer lugar, debemos reseñar que el proyecto de ley sigue manteniendo los requisitos de patentabilidad de una invención, que podríamos resumir en tres, que claramente son: que la invención sea nueva, que haya una actividad inventiva y
que sea susceptible de aplicación industrial. Sin embargo, estos tres requisitos que tenía que cumplir cualquier invención para poder se susceptible de patente quedaban



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un poco cojos en algunos casos si se producían lo que se pueden llamar patentes débiles o patentes que luego provocaban una gran litigiosidad, y esto era debido a que, a pesar de que existía ya el examen previo por parte de la Oficina
Española de Patentes y Marcas, sin embargo, este era potestativo. En este proyecto de ley se ha integrado un sistema único de concesión de patentes, adoptando como obligatorio el examen previo de la investigación. Ese examen previo de la
investigación o de la invención como garantía adicional del cumplimiento de los nuevos requisitos me parece uno de los mayores aciertos de la ley, que además nos acerca al resto de países de nuestro entorno. Hasta la fecha, como estaba diciendo, el
examen previo es simplemente una posibilidad del inventor y la práctica demostró que realmente los inventores no utilizaban dicho trámite y se limitaban a intentar patentarlo directamente. El hecho de que no se solicitase dicho examen provocó un
aumento de litigiosidad que ha colapsado en parte también tanto los juzgados mercantiles como los tribunales superiores de Justicia de las comunidades autónomas, porque las personas que se consideraban afectadas por una patente anterior que hubieran
realizado no les quedaba más remedio que acudir a la vía jurisdiccional para protegerse. Esta protección les hacía cargar a estas personas que ya habían realizado una patente anterior con la carga de la prueba y con los costes y el tiempo que
llevaba un procedimiento judicial.


Con el examen previo se trata de conseguir una patente más sólida en el mercado y que pueda resultar defendible a lo largo de todos los sistemas de patentes del mundo. No debemos olvidar que cada vez más las patentes que se registran
incluso en España se hacen a través de la Oficina Europea de Patentes, no es ya solo a través de la Oficina Española de Patentes y Marcas, sino a través de la Oficina Europea de Patentes, a pesar de que los efectos los pueda tener en nuestro país.


El PCT, por otro lado, que es el sistema de protección de las patentes a nivel mundial a través de la Oficina Mundial de la Propiedad Intelectual, también tenía cinco etapas, y de las cinco etapas tres eran obligatorias. De las tres etapas
obligatorias la primera era la solicitud, pero la segunda era la elaboración del informe de búsqueda internacional y una opinión escrita, es decir, ya había un examen previo que, en este caso, sí era obligatorio, mientras que nosotros en España no
lo teníamos como obligatorio, lo que nos dejaba en una situación de inferioridad en cuanto a la posibilidad de que la patente fuera defendible. Con la obligatoriedad se consigue que las patentes hayan sido examinadas previamente por un organismo
independiente y que se pueda analizar de una manera más evidente la solidez de la invención que se pretende patentar.


En la actualidad, si una patente no debía haber sido concedida, el coste del litigio posterior, como he dicho antes, se trasladaba al denunciante, con el consiguiente perjuicio para este y para la propia Administración de justicia. Además,
esta cuestión tiene la ventaja adicional de permitir al solicitante tomar una decisión sobre la ampliación de la patente al extranjero durante el plazo de prioridad de la misma, es decir, si el examen previo es positivo, ya puedo decidir yo si la
patento en España o incluso si extiendo los efectos al extranjero, mientras que antes sin el examen previo tenía que decidir directamente si me lanzaba a patentar la invención en algún país extranjero, sin tener ningún dato de éxito de la propia
patente.


No podemos obviar el hecho de que más del 90 % de las patentes con efectos en España se registran a través de la Oficina Europea de Patentes y que la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI o WIPO, por sus siglas en inglés,
que es la encargada del PCT y de las patentes a nivel mundial, tiene sus efectos en ciento cuarenta y ocho países, con lo cual realmente la patentabilidad de una invención a nivel internacional resulta bastante ventajosa y en muchos casos esencial.
De hecho, el problema principal que se puede tener con las patentes, es decir las protecciones por propiedad industrial frente a las protecciones por propiedad intelectual, es que mediante la propiedad intelectual teóricamente se está protegido en
todo el mundo, sin embargo, con la propiedad industrial solamente se está protegido en aquel país o en aquella oficina en la que se me ha registrado la propiedad industrial, en la que se me ha registrado la patente. No podemos olvidar que el
registro de patentes es constitutivo de derecho. Mientras no se haya registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas, en la Oficina Europea de Patentes o en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual una patente, no tendré derechos
sobre esa patente, los tendré temporalmente, pero si luego se me deniega, perderé esos derechos. Sin embargo, como todos sabemos, en el caso de la propiedad intelectual se tienen los derechos desde el mismo momento de la creación de la obra, no es
necesario el registro. El registro, el Registro General de la Propiedad Intelectual en nuestro caso, es un registro meramente declarativo de derechos, no es constitutivo, con lo cual la utilización de la Oficina Española de Patentes y Marcas o la
utilización de las patentes resulta de una importancia innegable.



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Por otro lado, el hecho del examen previo incide también en la seguridad jurídica. No podemos olvidar que la seguridad jurídica es un principio básico en nuestro Estado de derecho recogido en la Constitución, y el hecho de que se realice un
examen previo por un organismo que no tenga nada que ver con la investigación supone una garantía para todas las partes, tanto para la propia Administración de que la patente que se va a registrar sea ya una patente sólida, como para la parte que lo
registra, que sabe que hay un tercero que ya ha hecho un examen de la misma, como también para aquellos que ya hayan registrado patentes con anterioridad, a los que se les dota de un análisis imparcial de la patente posterior para asegurarse en la
medida de lo posible de que no conculcan ningún derecho ya protegido por otra patente.


Querría hacer una breve mención a la patentabilidad del software, puesto que el artículo 4.4 del proyecto de ley indica que no se considerarán invenciones, en el sentido de los apartados anteriores —apartado c)— los programas de ordenadores.
Yo sustituiría lo de programas de ordenadores por programas de ordenador; de hecho, la expresión correcta sería los programas de ordenador. Bien es cierto que la Ley de 1986 ya recogía los programas de ordenadores y ha sido trasladada a esta
redacción. En este caso, aparte del tema de los programas de ordenador o de ordenadores, el punto 5 del artículo 4 del proyecto señala que lo dispuesto en el apartado anterior excluye la patentabilidad de las materias o actividades mencionadas en
el mismo solamente en la medida en que la solicitud de la patente o la patente se refiera exclusivamente a una de ellas considerada como tal. La redacción de este punto mediante técnica legislativa me parece mucho mejor que la que existía en la Ley
de 1986, puesto que esta ley decía que excluía la patentabilidad de las invenciones mencionadas solamente en la medida en que el objeto para el que la patente se solicita comprenda una de ellas. Si tomamos en sentido estricto este «comprenda una de
ellas», quiere decir que se tendría que impedir la patentabilidad de cualquier invención que tuviera un software, puesto que el software o el programa de ordenador no es patentable. Si prohibimos la patentabilidad de cualquier invención que tenga
un programa de ordenador, nos cargamos el 99 % de las patentes. La redacción actual, en la que se dice que la patente se refiera exclusivamente a una de ellas, me parece mucho más acertada porque nos está diciendo que el software que va incorporado
a un determinado invento para su funcionamiento está protegido por la propiedad industrial, a pesar de que los programas de ordenador estén excluidos de la Ley de Patentes. De todas maneras, no podemos olvidar que la patentabilidad del software es
una cuestión que ha estado encima de la mesa de la Unión Europea en múltiples ocasiones, llegando incluso a haber una propuesta de directiva de patentabilidad del software en el año 2002. Luego no se llevó a cabo, pero es cierto que la dualidad de
protección de los programas de ordenador entre Estados Unidos y Japón, que utilizan el sistema de patentes, y la Unión Europea, que usa el sistema de propiedad intelectual, resulta cuando menos distorsionadora de algunos puntos del mercado.


Por otra parte, debo felicitarles por la redacción del proyecto de ley en lo que respecta a la simplificación y claridad normativa. Sinceramente, han obtenido de una materia complicada de simplificar una redacción bastante clara en la forma
en que se regulan las patentes en la actualidad. No podemos olvidar que la Ley de Patentes es del año 1986 y desde entonces hasta ahora ha cambiado prácticamente todo. No se puede decir que haya habido muchos cambios, sino que ha cambiado
prácticamente todo y más en lo que se refiere a patentes. Los inventos que había en el año 1986 no tienen nada que ver con los que hay ahora. Sin embargo, se ha conseguido simplificar de una manera, a mi modo de ver, bastante eficaz toda la
regulación sobre patentes.


Por otro lado, el artículo 20 de la actual Ley de Patentes se refiere a las universidades como titulares de derecho y a los profesores como participantes de los beneficios, mientras que el proyecto de ley se refiere en su artículo 21 a los
organismos públicos de investigación y de otras administraciones públicas: universidades públicas, fundaciones del sector público estatal, sociedades mercantiles estatales y centros de investigación de la Administración General del Estado, y el
término profesores se ha sustituido por el más acertado de investigadores, lo cual, evidentemente, protege a muchas más personas que antes, puesto que el término profesor es restrictivo con respecto a la gente que actualmente investiga. ¿Que el
personal docente e investigador de las universidades investiga? Por supuesto, está dentro de sus obligaciones, pero no solo dicho personal investiga. Esto, por otra parte, ha sido continuación de lo que la Ley de la Ciencia llevó a cabo, que fue
la extensión de la participación en los beneficios de explotación a los entes públicos de investigación de competencias de las comunidades autónomas. Se trata de intentar ampliar todo lo que se pueda los beneficios o la explotación de los
beneficios.



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La simplificación de las licencias obligatorias eliminando muchos artículos, especialmente anteriores al acuerdo de los derechos de propiedad industrial para el comercio, los conocidos como Adpic, parece otro de los grandes aciertos de esta
norma, incluyendo dos nuevos supuestos de licencias obligatorias, como el de poner término a prácticas que una decisión administrativa firme o una sentencia hubiera eliminado y las licencias obligatorias para la fabricación de medicamentos
destinados a la exportación a países con problemas de salud pública. Este hecho, unido a la reducción del plazo de interrupción de las patentes de tres años a uno —no se permite una reducción mayor—, también parece otro de los grandes aciertos de
esta ley, junto con la modificación de los recursos administrativos y de los plazos, una modificación en la impugnación de la vía administrativa a instancia de parte introduciendo la figura de las oposiciones con posterioridad a la concesión de la
patente. Debemos recordar que hasta ahora existían oposiciones con anterioridad a la concesión de la patente; ahora se permite que las oposiciones sean con posterioridad a dicha concesión. Este sistema está recogido en otras legislaciones de
derecho comparado, con lo cual parece bastante razonable que se incluya en nuestra legislación.


En cuanto a la legitimación para el ejercicio de las acciones, además de a los titulares de derecho se amplía a quienes acrediten haber solicitado debidamente la inscripción del acto o negocio jurídico del que traiga causa el derecho, lo que
lógicamente hace que la protección sea mayor para todos aquellos que puedan verse afectados. Y en cuanto a la jurisdicción, finalmente se hacen desaparecer las referencias al juez de Primera Instancia que hasta ahora seguían existiendo,
sustituyéndolo ya por los juzgados de lo Mercantil, en el ámbito de lo civil, porque lógicamente en el ámbito de lo Penal y de lo Contencioso siguen estando los mismos juzgados que había hasta ahora. Otras modificaciones relevantes son la supresión
de la prohibición de anular parcialmente la reivindicación y también que el titular de la patente podrá limitarla en el marco de un procedimiento de nulidad.


No quiero terminar —y tampoco me quiero pasar del tiempo que se me ha concedido— sin hablar de las patentes universitarias. ¿Por qué quiero hablar de las patentes universitarias? Llegados a este punto, me gustaría hacer mención a las
patentes porque en este punto existe una dispersión normativa. Aquí entran la Ley de la Ciencia, la Ley de Economía Sostenible y la Ley de Patentes; el propio proyecto de ley de patentes así lo menciona. Esta técnica legislativa parece apropiada,
puesto que intentar hacer confluir las tres leyes solo por una parte de las patentes parece complicado. Sin embargo, no podemos olvidar que las universidades son y deben ser en el futuro el centro fundamental de investigación en nuestro país, con
lo cual debemos estudiar cómo defender las patentes universitarias o protegerlas de otra manera. La Constitución en el artículo 27 ya consagró la autonomía de las universidades con la libertad de cátedra y la libertad de investigación. Por este
motivo, todo el personal docente e investigador de las universidades, el conocido como PDI, tienen la obligación de investigar. Según datos de la Fundación Conocimiento y Desarrollo, la universidad española aporta 1 de cada 4 euros al gasto total
por español en I+D, aporta más de la mitad del total de investigadores en nuestro país y entre 2000 y 2012 duplicó el número de solicitudes de patentes. Más allá de las patentes curriculares o débiles solo para intentar hacer méritos, la mayoría de
las patentes importantes han surgido de nuestras universidades. De hecho, si en el apartado de expedientes digitalizados de la página web de la Oficina Española de Patentes y Marcas introducimos el término universidad en el campo solicitante o
titular, nos ofrece un resultado de 12.180 solicitudes de patentes, lo cual lógicamente es un porcentaje elevadísimo respecto al total de patentes solicitadas en España. Si vamos a los datos de la Fundación Conocimiento y Desarrollo del año 2012,
el porcentaje de solicitudes de patentes nacionales realizadas por universidades sobre el total español es del 18,36 %; es decir, casi una de cada cinco patentes se realizan en o son titulares las universidades. Por este motivo entiendo que son
necesarias medidas que mejoren el rendimiento de los procesos de transferencia de conocimiento desde el ámbito investigador universitario hasta el sector productivo, con el correspondiente crecimiento de las patentes y el impulso de las creaciones
de las startup. El proyecto de ley de patentes fomenta una iniciativa mediante la reducción del 50 % de la tasa para la obtención de una patente, pero entiendo que se deberían implementar más medidas para conseguir que las patentes universitarias
fueran un motor de nuestra economía.


Finalmente, me van a permitir que hable de la explotación de las patentes con fondos públicos, aunque esto no tendría que formar parte de la Ley de Patentes, sino de un desarrollo posterior. Los fondos públicos sirven para realizar
numerosas patentes en muchos centros de investigación. Los fondos privados ya tienen su forma de actuar con las universidades, pero los fondos públicos se obtienen a través de múltiples planes de ayudas y subvenciones, tanto autonómicos como
estatales o europeos, y pretenden fortalecer la investigación y la concesión de la patente. Sin embargo, después de la investigación viene la



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patente, y después de la patente queda el resultado de la misma. Es precisamente en este resultado donde existe una cuestión que se debe abordar, aunque no en la Ley de Patentes, sino en su desarrollo posterior. Los fondos públicos para la
investigación son cuantiosos y, más allá de la opinión de cada grupo político en cuanto a si se deberían ampliar dichos fondos o no, resulta incuestionable que si tuviéramos más dinero para investigar habría más investigaciones. En este punto el
origen del dinero no tiene por qué ser siempre nuevo dinero que se detraiga de otras cuentas de fondos públicos, se podría intentar explotar más las patentes que producimos en España. En España las universidades se encargan hasta que se hace la
patente, pero los investigadores se dedican a investigar, no a explotarlas. Con lo cual, esa explotación de las patentes para reinvertir el propio dinero de explotación en más patentes o en más I+D podría ser una solución, no sé si a través de un
ente público, no sé si obligando a las universidades a que lo explotaran, eso ya habría que perfeccionarlo, pero seguramente produciría más dinero para el I+D y permitiría que a su vez se desarrollasen más patentes. En cualquier caso, se trata de
cerrar el círculo de las invenciones, de manera que no solo se invente sino que posteriormente se registre la patente y finalmente se introduzca el invento en la industria, que a fin de cuentas es el tercero de los elementos que debe cumplir una
invención para poder ser patentada.


Muchas gracias por su atención, estoy dispuesto a contestarles a cualquier pregunta que quieran realizarme.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra doña Helena Castellano.


La señora CASTELLANO RAMÓN: Señor Davara, bienvenido a esta su casa y muchísimas gracias por sus explicaciones; tenemos que agradecer que en tan breve espacio de tiempo nos haya esclarecido tanto.


Hoy nos ocupa la Ley de Patentes y tenemos un largo día por delante, van a venir muchos comparecientes a darnos su opinión y esperamos que disipen nuestras dudas. Creemos que en la valoración general de la ley hay un alto nivel de acuerdo
entre los grupos, los expertos, la doctrina y los agentes implicados, todos coincidimos en que era una ley muy necesaria puesto que la anterior, la Ley de 1986, a la que usted ya ha hecho referencia, estaba obsoleta, fallaban muchos aspectos y no
era susceptible de ser arreglada con parches sino que necesitaba una renovación total e íntegra. Por lo tanto, a priori nuestra valoración es positiva en cuanto a los aspectos generales, son positivos, pero nos surgen muchísimas dudas en los
matices y en algunas de las cuestiones que esperamos resolver hoy aquí y que puedan contribuir a que la ley salga mejorada en este trámite parlamentario.


En primer lugar, y en términos generales, en lo que se refiere a la I+D+i, la innovación y la actividad investigadora en nuestro país, desde el grupo que represento siempre hemos defendido que es una pieza clave de la que depende nuestro
futuro como país. En un sistema productivo moderno, la innovación es algo básico, debe ser el pilar de un modelo cada vez más competitivo para los países de nuestro entorno y además garantizar un empleo cualificado y de calidad. En este sentido,
la valoración de España en los ránquines internacionales nunca ha sido la deseable, por lo menos por todos nosotros. Por ello queríamos preguntarle qué opinión le merece la valoración de España hasta ahora y si cree que esta ley va a poder mejorar
esa posición de España en la investigación y en el ranquin de patentes mundial. ¿Cree que además esta ley puede fomentar la innovación con otras medidas adicionales? ¿Qué mejoras propondría usted para contribuir a impulsar la innovación en nuestro
país, además de las puramente legislativas, no solamente las que ven esta ley? Por ejemplo, la que ha señalado usted, la de hacer una especie de activo circulante entre los beneficios de la explotación de la patente, puede ser un camino, pero si se
le ocurre alguna más, bienvenida sea; cuantas más ideas y contribuciones tengamos en este asunto, mejor.


Una de las quejas más habituales entre la gente que patenta y los investigadores e innovadores en nuestro país, que además se ha esgrimido como una de las razones que podrían contribuir al bajo número de patentes que se registraban, no es
solamente la consideración del compromiso con la innovación, sino que los plazos de concesión de las patentes son largos y costosos. ¿Cree usted que esta ley mejora sustancialmente el tema de los plazos y los costes es de la concesión de patentes?
Además la ley, en su disposición adicional séptima, plantea la coordinación con los órganos competentes de las comunidades autónomas con respecto al registro de solicitudes y seguimiento de las mismas. Esto es algo que nosotros valoramos
positivamente, puesto que acercar la Administración y los trámites al ciudadano siempre es beneficioso, sobre todo para los pequeños inventores, para los autónomos, para las pymes, para lo que no son las grandes empresas. ¿Cree que podríamos ser
más ambiciosos, ir un poco más allá? Es decir,



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que esas oficina no solamente se ocupasen del registro, sino de la información y la formación para mejorar la innovación, sobre todo como digo de quienes más dificultades puedan tener para acceder a ello, como son las pymes y los autónomos
—que son quienes forman el verdadero tejido industrial de este país—, cuya actividad investigadora e innovadora está ahora mismo en mínimos. Además desde mi grupo siempre hemos defendido que para fomentar esa I+D+i, la innovación, y para poder ser
ese pilar que está llamado a ser en una industria competitiva, moderna, para poder competir con países de nuestro entorno, hay que tejer una red necesaria entre empresas, investigadores, universidades y organismos públicos de investigación; tiene
que haber en este sentido una comunicación y una colaboración desde nuestro punto de vista, para que no solamente las patentes, sino todo el fomento de la investigación pueda seguir desarrollándose. ¿Cree usted que existe en general una cooperación
permanente entre los agentes públicos y privados? ¿Cómo se podría sensibilizar, en su opinión de experto, a las empresas sobre la creación de patentes que les permitan abordar mercados desde una posición más competitiva? ¿Cómo funciona una
RedOTRI? ¿Cree usted que es un elemento necesario y que tiene que desarrollarse para impulsar esta red de la que hablo que tendríamos que tejer? ¿Qué medidas considera usted que habría que adoptar para favorecer un mayor respaldo a los
investigadores a la hora de valorizar y patentar sus descubrimientos? ¿Considera que tiene que haber un equilibrio entre la titularidad de los resultados de la investigación y el derecho y la obligación de los investigadores e investigadoras a
divulgarlos? En su opinión, ¿resuelve el proyecto de ley de patentes adecuadamente esta cuestión?


En otro orden de cosas —usted ya lo ha mencionado y nosotros compartimos esa opinión— esta es una ley ambiciosa, una ley que establece un sistema de patentes fuertes. Estamos a favor de un examen previo y de que exista un sistema que haga
que nuestras patentes sean fuertes, porque contribuirá a su mayor valor económico y a que no se echen por tierra en los tribunales ni a colapsar los tribunales, pero nos surge una duda, y esa duda es si usted cree que existen realmente los medios
humanos y económicos para llevar a cabo este proyecto tan ambicioso, como que haya un examen previo de todas las patentes, sobre todo si fomentamos el número de patentes y cada vez hay un mayor número de ellas, como esperamos que así sea. Realmente
la Oficina Española de Patentes y Marcas, de cuyo prestigio y de la gran labor que está haciendo nadie duda, ¿dispone realmente de los medios económicos y humanos para hacer frente a este desafío?


Otra de las cuestiones que ha suscitado mucha polémica en la ley es la cuestión del reglamento. De hecho hay algunos informes de varios organismos que ponen de manifiesto que sería conveniente hacer una moratoria de la ley hasta la entrada
en vigor del reglamento. Por supuesto esto no lo compartimos, pero en su opinión, como jurista, ¿qué valor le ofrece el reglamento en esta ley? ¿Cree que se deja muchas cosas a reserva de reglamento? ¿Sería deseable una mayor concreción por parte
de la ley en este sentido?


Otro aspecto muy importante de la ley —para nosotros prioritario— y de los que también han suscitado mucha polémica se refiere a la relación entre el empleador y el trabajador, así como los organismos públicos de investigación que tienen una
relación similar o asimilada, pero que desde luego no es la misma. Ambas cuestiones —iré primero con una y después con la otra— han suscitado también bastante polémica. En primer lugar, en el artículo 15 se mantiene que el empleado autor de la
invención tendrá derecho a una remuneración suplementaria por su realización. ¿Considera que debería contemplarse, como hacen otras legislaciones, el derecho de compensación por las invenciones laborales? ¿Cree que esto fomentaría la innovación?
De hecho se argumenta que en otros países esto funciona así y fomenta la innovación. ¿Cree que sería deseable que nosotros adoptáramos ese mismo sistema? En cuanto a los plazos establecidos hay una disparidad de plazos en el artículo 18. ¿Cree
usted que deberían equipararse todos los plazos y que son suficientes? Se da un mes, se dan tres meses, ¿cree que deberían equipararse esos plazos para dar una mayor seguridad jurídica?


El artículo 19 establece una presunción en la que incorpora, como novedad, que las invenciones para las que se asocia una patente al año de la extinción de la relación laboral se presumen realizadas durante la vigencia de esta. Desde
nuestro punto de vista esto favorece en exceso al empleador, por una cuestión, y es que deja la carga de la prueba de la presunción a la parte más débil de la relación contractual, la que siempre va a tener más problemas para acceder a los
tribunales, que es el empleado; es una presunción que consideramos que puede mejorarse o puede modificarse.



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El señor PRESIDENTE: Debe ir concluyendo, señora Castellano.


La señora CASTELLANO RAMÓN: Acabo, señor presidente.


Es muy importante el tema de las universidades y de los organismos públicos de investigación. Para nosotros es básico. La patente es el mejor medio para proteger los resultados de la investigación desarrollada por los investigadores en las
universidades y en los organismos públicos de investigación, ya que se podría, previa protección de la divulgación de los mismos, hacer por los procedimientos tradicionales. ¿Piensa que con la ley el procedimiento tradicional puede cambiar?
¿Considera que el artículo 21.3 podría estar privando a los investigadores de un derecho fundamental de los recogidos en el artículo 20.1 la Constitución, que es que la entidad pueda tomar la decisión de no solicitar la patente —la rentabilidad
pública— y dejarla como secreto industrial? ¿No cree que esto pueda ir en contra del derecho del investigador de divulgar su propia investigación y sus conocimientos científicos? ¿Le parece justificado esto? Creemos que puede ser demasiada
asimilación a la figura del empleado de una empresa, cuando un investigador público de una universidad no tiene ese mismo carácter. ¿Cree que la ley debería matizar más sobre esta cuestión?


Por último, hasta ahora las universidades habían estado exentas del pago de tasas. ¿Qué le parece que la ley no contemple esta exención a priori? Sé que hemos sido muy exhaustivos en nuestras preguntas y le agradeceré todas sus respuestas.
Por supuesto quedamos a su disposición para que, si no le diera tiempo a comunicar algo aquí, nos los haga llegar por escrito.


El señor PRESIDENTE: Les voy a recordar al resto de los portavoces que intenten ceñirse a los cinco minutos, y por lo tanto no hacer valoraciones de la ley, que para eso vamos a tener otros intervinientes, sobre todo por el tiempo, para
poder aprovecharlo en hacer las preguntas que crean convenientes, y luego, si da tiempo, hay más comparecientes para aclarar algunas de las cuestiones que queden, porque si no vamos a tener que hacer esperar a los comparecientes muchísimo tiempo.


Por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió tiene la palabra su portavoz, doña Inmaculada Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: Quiero dar la bienvenida al compareciente, a quien agradecemos su intervención y su amplia exposición. Seré muy breve porque comparto con el señor presidente que no es el momento de hacer las valoraciones sobre la
ley, sino de plantear algunas cuestiones a las que el compareciente pueda responder. A nosotros nos preocupa y nos ocupa sobre todo que esta ley pueda promover más y mejores patentes en España. Por tanto incidimos en dos aspectos: en la formación
y en la calidad. Son dos aspectos a los que directa o indirectamente también el compareciente ha hecho referencia. Mis preguntas son muy breves. En relación con la calidad, ¿cómo cree que se puede reforzar y garantizar la calidad de nuestras
patentes? ¿Cómo cree que esta ley puede reforzar y garantizar esta estricta y necesaria calidad de nuestras patentes?


El compareciente también ha hecho referencia al papel de las universidades como generadores de patentes, y ha incidido y —si no me equivoco— ha dicho que serían necesarias más medidas para que las patentes universitarias crezcan más, haya
más patentes universitarias. ¿A qué medidas hace referencia el compareciente cuando se refiere a las mismas?


Con relación a la formación, ¿qué medidas se deberían tomar para corregir los sesgos formativos que existen actualmente, tanto cuando hablamos de las universidades para mejorar la formación en patentes, también desde el grado universitario,
como cuando nos referimos sobre todo a las empresas? De las empresas han de surgir más y mejores patentes, tenemos un gap muy importante respecto a Europa, y creo que también este es uno de los principales factores que inciden en la baja generación
de patentes, sobre todo respecto a nuestro modelo productivo, a nuestro tipo de crecimiento y a la apuesta que hacemos por la I+D+i. ¿Cómo incide o cómo ha de incidir la formación, desde el punto de vista empresarial, en mejorar la calidad de las
patentes y en mejorar también el número de patentes?


Por último me gustaría saber su opinión respecto a la patente única europea, aunque no está dentro del marco de esta ley.


El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra su portavoz el señor Puente.



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El señor PUENTE REDONDO: En primer lugar, quiero darle la bienvenida al señor Davara y agradecerle su intervención, porque con aportaciones como las suyas estoy seguro de que entre todos podremos hacer una mejor ley de patentes.


Con relación a la ley de patentes —voy a ser breve y en tres o cuatro minutos realizaré mi intervención— toca varios puntos de los que se habla mucho en esta Comisión, como son la tecnología, la innovación y la internacionalización, todos
estos temas de los que ha hablado el señor Davara en su intervención. Como digo, tanto la tecnología y la innovación como la internacionalización son palancas de crecimiento para nuestro país, y esta ley de patentes toca todas esas áreas, como bien
ha dicho. Efectivamente es una ley que está obsoleta y es totalmente necesario modificarla, ya que viene de 1986. Hay varios puntos que también ha comentado y que valoramos positivamente como son la reducción administrativa y la limitación de los
plazos. Efectivamente el mundo ha cambiado totalmente desde 1986 y va en esa línea. Pero sin entrar en hacer valoraciones de la ley, y agradeciendo su intervención, tenía varias cuestiones relacionadas además con el tema de las universidades,
donde ha hecho bastante hincapié, y que me parecen muy interesante. Me quedo con una frase que ha dicho: que no es necesario invertir más, sino invertir mejor y hacer una mejor gestión de los recursos que ya tenemos a nivel económico.


En cuanto a lo que comentaba mi compañera Inmaculada Riera, ¿cómo cree que se podrían hacer patentes de mayor calidad? No me refiero a las patentes que salen de las empresas, ya que lógicamente esta va buscando una rentabilidad ya de por
sí, porque es el porqué de la empresa, el ser productiva, sino desde las universidades. ¿Qué se podría hacer o cuál sería la posible solución para hacer que esas patentes que salen de la universidad sean más productivas? A lo largo de su
intervención ha comentado también algo sobre esa mayor relación que tendría que haber entre las universidades, y ese volumen elevado de patentes que salen de la universidad, pero que luego muchas veces ese trabajo y ese esfuerzo que hay detrás de la
elaboración de esa patente por parte de los investigadores de la universidad no se transforma en un incremento de la productividad, ni aporta un granito de arena a la productividad de nuestro país, es decir, cómo podríamos hacer rentables esas
patentes que se registran en la universidad, y detrás de las cuales como bien ha dicho hay mucho trabajo y mucho esfuerzo. Esta era la principal cuestión que le quería plantear.


Por último quisiera indicarle dos breves cuestiones: la primera, si considera que este proyecto de ley realmente protege la innovación o esa propiedad intelectual industrial que comentaba en nuestro país, y la segunda, si considera que está
acorde a esos tiempos. El mundo ha cambiado totalmente y quisiera saber si este texto es acorde a los tiempos que nos toca vivir y a los avances que estamos viviendo. Además ayer pudimos comprobar —estuve con mi compañera Inma Riera y con mi
compañero Félix Lavilla— en el Mobil World Congreso, en Barcelona, los cambios que se están produciendo en la tecnología y en el mundo. La verdad es que allí había muchísima gente, muchísima innovación, y seguro que detrás de todo lo que estuvimos
viendo ayer había patentes.


El señor PRESIDENTE: Para contestar las cuestiones que se le han planteado, tiene la palabra de nuevo el señor Davara.


El señor DOCTOR EN DERECHO, ABOGADO, PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD ANTONIO NEBRIJA Y ACADÉMICO CORRESPONDIENTE DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN (Davara Fernández de Marcos): Contestar a todas las preguntas en diez minutos va
a ser complicado, pero voy a intentar hacer un breve apunte por lo menos de todas las que he ido tomando nota.


La valoración de España en los ránquines no puede dejar contento a nadie: ni a mí ni a ninguno de los que estamos aquí. Si la pregunta es si creo que España puede subir en los ránquines con esta ley, la respuesta es sí, y claramente por el
examen previo; el examen previo va a hacer que se patenten en principio mejores invenciones o que nos hagan subir en los ránquines. El problema son esas invenciones débiles o esas patentes con fines curriculares de las que hablaba antes, los casos
en los que sencillamente se otorga a alguien una subvención y tiene que hacer un proyecto. Ese es un problema que tenemos; no se investiga poco, en España se investiga mucho, pero el problema es que seguramente haya que investigar en otras líneas
o quizá los poderes públicos tuvieran que ceñir más las líneas de actuación en aquello que estuviera financiado con fondos públicos. La empresa privada puede hacer lo que quiera y financiar la patente que quiera, pero probablemente si lo que vamos
buscando es una determinada línea de desarrollo tendrían que ser los poderes públicos los que buscasen esas líneas de desarrollo, a través de las líneas de subvenciones. Todos los programas marco que hay para el otorgamiento de subvenciones son
genéricos, pero luego se pueden ir ciñendo a una serie de cosas.



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¿Creo que puede fomentar la innovación esta ley? Claramente sí, esta ley puede y debe fomentar la innovación, es positiva en ese sentido, y además permitirá una serie de patentes mejores. ¿Los plazos de concesión de las patentes mejoran?
Sí, se han adaptado mejor los plazos y los costes, de hecho se podría considerar que hay un incremento del coste al tener que hacer el examen previo, pero desde mi punto de vista es una inversión, no es un coste, puesto que ese examen previo ya me
va a garantizar que yo puedo patentarlo en otros países. Como he mencionado antes el problema que tienen las invenciones industriales —o las patentes en este caso— que están limitadas al territorio en el que se patenta hace que siempre se plantee
uno la duda de en cuántos registros se patenta, porque como cada uno cuesta lo suyo, se plantea en cuántos va a tener que patentarlo para poder protegerlo. Eso dependerá de en cuántos lo vaya a explotar. No debemos olvidar que la Ley 19/2007, de
acceso electrónico de los ciudadanos a las administraciones públicas, reguló una serie de derechos de los ciudadanos para comunicarse electrónicamente con la Administración que puede hacer que mejore otro de los aspectos que usted decía, que era el
tema de la red. Es decir, por qué tiene que haber un centro en cada sitio que informe, si probablemente mediante la utilización de las nuevas tecnologías lo que nos podemos estar ahorrando es precisamente eso. Yo no digo que esté centralizado, a
lo mejor tiene que estar en otro sitio, pero no es necesario que haya en cada sitio pequeñito alguien informando si lo que fomentamos es la utilización de las nuevas tecnologías, y en eso debemos reconocer que la Oficina Española de Patentes y
Marcas ha sido siempre pionera y puntera en la utilización de las nuevas tecnologías para todas las gestiones.


¿Cómo funciona una RedOTRI? Si me pongo a hablar de la RedOTRI se acaba el tiempo. Pero a la pregunta de si la RedOTRI es fundamental, la respuesta es que es básica, y todas las universidades la tienen. Las redes OTRI de todas las
universidades están muy bien comunicadas entre ellas, hacen relaciones entre ellas, saben lo que tienen, los investigadores van mezclándose de unas universidades a otras. Sinceramente es uno de los grandes activos que tenemos.


Sobre si hay suficientes medios humanos y económicos para hacer frente al desafío, supongo que siempre serían necesarios más. Pero en este tema mi opinión es que se debe intentar empezar a andar, vamos a ver cuántos exámenes previos hay, y
vamos a ver si no hay suficientes medios técnicos y humanos, porque a lo mejor sí los hay; cuando empiece se verá.


Me preguntaba si sería necesaria mayor concreción por parte de la ley. Creo que una de las grandes ventajas de esta ley es que no ha concretado más, que se ha quedado en ser una ley, no ha querido ser ley y reglamento a la vez. Hay otras
leyes que tienen tres veces la longitud de esta ley sencillamente porque hacen a la vez la ley y el reglamento. Y ese es un problema, porque cuando viene el reglamento es mucho más difícil de desarrollar.


En cuanto a lo que me decía de la divulgación de los trabajos en las universidades, de si la universidad podía hacer un secreto industrial y no patentarlo, creo que el problema que tienen las universidades —y lo sé por experiencia— es justo
el contrario. El investigador, durante el tiempo que está realizando la investigación y antes de patentarlo, intenta publicarlo en cualquier revista de impacto —porque todo el mundo está muy contento de los pasos o desarrollos temporales o internos
que va consiguiendo—, lo que muchas veces conlleva que se haga público algo antes de que se haya patentado, con lo cual si la universidad no llega a patentarlo realmente quien sale perjudicada es la universidad, no el investigador, que ya habrá
notificado su investigación.


En cuanto a la carga de la prueba del empleado podríamos hablar de muchas cosas, pero ahora mismo es al contrario: es del empleador, porque es el empresario el que tiene que demostrar que le mandó esa función al empleado. Además hay varias
sentencias ya, más en propiedad intelectual, porque el software es más fácil de desarrollar. Cuando uno hace algo en el trabajo si se pone a programar en un ordenador puede que no se note; si está fabricando algo con las manos es más difícil que
no se vea. Ya hay sentencias que han favorecido incluso a funcionarios que, en su lugar de trabajo y con medios públicos, desarrollaron un programa que nada tenía que ver con su función. La propiedad de ese sistema o de ese bien es del empleado.
Así pues en principio no veo problema en el tema de la carga de la prueba.


En cuanto a las preguntas que me planteaba el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió no puedo estar más de acuerdo con lo que ha dicho sobre la formación y la calidad. Precisamente la calidad es lo que se ha intentado con este examen
previo y con todo el desarrollo de la nueva ley. Respecto a formación me ha hablado de formación empresarial, pero debe ser formación de cualquier ámbito. La formación es esencial, es lo básico y lo que puede hacer que se desarrolle. Me pregunta
sobre cómo se puede reforzar la calidad de las patentes. Como primera medida el examen previo es una buena piedra de toque para ver cómo se puede reforzar esa calidad. Me comentaba que yo había dicho que tenía que haber más patentes



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universitarias. No, lo que he dicho es que tenían que ser más sólidas. Precisamente la Universidad Politécnica de Cataluña es la universidad de España que más patentes tenía registradas hace un año. No es una cuestión de números, es una
cuestión de calidad; es una cuestión de que esas patentes sirvan de verdad para el desarrollo de la sociedad en su conjunto, y para que podamos ver cómo se avanza en las cuestiones sociales.


Respecto a las preguntas del Grupo Popular las patentes universitarias desde luego incrementan la productividad de nuestro país y son esenciales; es esencial protegerlas, desarrollarlas, y posiblemente dotarlas de más medios, pero repito
que probablemente no sea necesario dar más medios, sino sencillamente cerrar el círculo de esas patentes. A sus dos preguntas sobre si este texto protege la innovación y si es acorde a nuestros tiempos, la respuesta es sí. Este texto protege la
innovación, lo protege bastante más que la ley de 1986; es más acorde con las legislaciones que tenemos en los países de nuestro entorno, y además con un sistema claro que tenemos de patentes que ya no es solo a nivel nacional, ni siquiera a nivel
europeo, sino que a través del PCT, de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, es casi a nivel mundial. Como el transporte hoy en día es mucho más barato que hace años, casi todo el mundo que hace una patente va a intentar explotarla
en cualquier país del mundo, con lo cual le puede interesar registrarla no solo en España o en Europa, sino en muchos países de todo el mundo, para lo que es necesario que esa patente sea buena de verdad porque a priori desconocemos cómo está el
estado de la técnica en esos países. Es muy importante que esa patente sea capaz de defenderse ante cualquier invento o invención ya realizada en esos países. Respecto a si es acorde con nuestros tiempos, yo creo que sí, que utiliza bastante las
nuevas tecnologías, permite el acceso e implementa todo lo relativo a la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a las administraciones públicas. En principio habrá que ver el reglamento, pero parece que esta ley apuesta de verdad por la
innovación de patentes de calidad en España.


El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias de nuevo, señor Davara, por su brillante intervención.


Ahora haremos un receso de un par de minutos, suficientes para despedir al señor Davara y dar la bienvenida al siguiente compareciente. (Pausa).


— DEL SEÑOR DECANO DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DE MURCIA, VICERRECTOR DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA (PEDREÑO MOLINA). (Número de expediente 219/000746).


El señor PRESIDENTE: Vamos a dar comienzo a la segunda comparecencia en relación con el proyecto de ley de patentes. En esta ocasión comparece don Juan Luis Pedreño Molina, decano del Colegio de Ingenieros de Telecomunicaciones de la
Región de Murcia y vicerrector de la Universidad Politécnica de Cartagena.


Le recuerdo el procedimiento. Va a haber un primer turno que no tiene límite de tiempo, pero que suele estar en torno a los quince minutos; luego intervendrán los portavoces de los grupos parlamentarios, que le plantearán las cuestiones o
preguntas que consideren convenientes, y para finalizar habrá un último turno para contestarles.


Le damos la bienvenida otra vez. Tiene la palabra el señor Pedreño.


El señor DECANO DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DE MURCIA Y VICERRECTOR DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA (Pedreño Molina): En primer lugar, expreso mi agradecimiento por invitarme a comparecer hoy
aquí, lo que a pesar del madrugón hago encantado. Antes de nada me gustaría acomodar mi perfil a lo que me trae hoy aquí, que es ver en qué partes de esta ley mi experiencia puede aportar algo de base a las reflexiones que puedan derivarse del
texto del borrador, tal y como está escrito en la actualidad. Soy doctor ingeniero en telecomunicaciones, profesor titular de universidad, acreditado para catedrático de universidad por la Aneca, decano del Colegio Oficial del Ingenieros de
Telecomunicación en la Región de Murcia, he sido vicepresidente nacional de la Asociación Española de Ingenieros de Telecomunicación, desde hace unos años soy vicerrector en el equipo de gobierno de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en
la Universidad Politécnica de Cartagena, investigador de un grupo de I+D en Electromagnetismo y Materia, tengo algunas patentes en explotación y un currículum de investigador al uso de los que nos dedicamos a este tipo de cosas. En cuanto a mi
faceta investigadora, me han sido otorgados algunos premios; algunos de ellos relacionados más directamente con las patentes son el premio en 2008 sobre patentes,



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a nivel de comunidad autónoma, que destaca al investigador con una excelencia mayor en las patentes, y en 2011 el premio Isaac Peral y Caballero al grupo de investigación por su producción científica en el ámbito de las patentes.


Dicho esto y siguiendo con lo que comentaba al principio de enmarcar mi comparecencia en el ámbito en el que puedo tener más experiencia, aquí tengo algunas de las diapositivas de las patentes de las que soy autor. He trabajado en varias
líneas de investigación y la última en la que he desarrollado las principales patentes es en el ámbito del procesado de materiales con tecnología de calentamiento por microondas. Lo interesante de estas patentes —he escuchado a mi predecesor en la
comparecencia que ha ilustrado todo lo que tiene que ver con las patentes de examen previo y su calidad— es que todas son con examen previo y en explotación. La primera de ellas ha dado origen a que se hayan creado startup o empresas de base
tecnológica, en este caso en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; son empresas que han crecido adquiriendo esta patente y han desarrollado su negocio. Este es uno de los aspectos —luego lo abordaré— que la ley siempre debería
contemplar, apoyar este tipo de actuaciones. Otras patentes que he desarrollado son las siguientes que les estoy mostrando, que son patentes con una licencia de explotación de una empresa de fabricación de la Comunidad Valenciana y una patente en
explotación en el sector del mármol, en el tema de abrasivos. Por último, la patente más reciente es del año pasado cuyo origen está en una empresa con la que trabajamos en Bélgica y que tiene una extensión a otros países. Está relacionada con la
industria del catering y son equipos de calentamiento selectivo de alimentos por microondas, sobre todo para grandes corporaciones, hospitales, etcétera. Lo que quería destacar con esto antes de entrar en mis reflexiones sobre la ley y ceñirme a un
tiempo breve, siendo concreto e ilustrativo, es que mi experiencia en el ámbito de las patentes va desde buscar el estado final de una determinada tecnología como puede ser esta, hacer un diseño, el desarrollo, las simulaciones correspondientes
hasta dar con un invento, con una innovación tecnológica, pero también —sobre todo en el ámbito de la universidad— escribir la patente, elaborar el informe de estado de la técnica e incluso escribir las reivindicaciones. Y una vez que está
concedida la patente por la Oficina Española de Patentes y Marcas, dedicarse a venderla, explotar la patente, buscar las empresas y ocuparse de llegar a un acuerdo con ellas para hacer una licencia de explotación o bien una cesión de la patente.
Eso respecto al ámbito de lo que es la parte más técnica y más de base de mi relación con las patentes. Como decano del colegio y los puestos de representación que he tenido en el sector de las telecomunicaciones, hoy por hoy las empresas que más
patentan en el mundo son empresas de este sector, del sector de las TIC, y mi relación con ellas me permite también reflexionar un poco sobre lo que se ha escrito en el texto y ver cómo realmente se apoya esa industria desde el punto de vista de las
patentes. Finalmente, en mi faceta de miembro de un equipo rectoral de gobierno de una universidad pública, tengo alguna visión —es mi día a día— de todo aquello que tiene que ver con lo que es la financiación porque, al fin y al cabo, cuando uno
elabora una ley normalmente, sobre todo una ley tan amplia y tan compleja como esta, evidentemente toca aspectos de financiación.


Básicamente, como preámbulo de todo esto, lo que nos trae hoy aquí es La Ley 11/1986 de Patentes, porque aunque después ha habido algunos convenios europeos sobre actuaciones de patentes en cuanto al derecho europeo de patentes, lo que sí es
cierto es que por esto y por algunos aspectos que realmente están bastante desfasados, era necesario abordar o bien una reforma del texto que hay, la Ley de 1986, o bien crear uno nuevo. El hecho de crear un texto normativo nuevo, que es lo que se
ha adoptado hoy aquí, me parece un acierto, aunque solo sea por la cantidad de tiempo que ha pasado desde la normativa anterior, vigente ahora mismo, y, sobre todo, porque hay algunos aspectos claves que había que cambiar. Dicho esto, desde mi
punto de vista la Ley de Patentes es una ley muy compleja, porque aborda aspectos tales como la legislación internacional, temas relacionados con la financiación, la homologación de los textos en muchos de los países en los que se quiere explotar,
los recursos disponibles que pone el Gobierno y el coste de determinadas entidades para poder patentar. Eso, junto con algunos aspectos que incorpora la ley que tienen que ver con ámbitos más bioquímicos, farmacológicos, etcétera, realmente hace
que sea una ley bastante complicada. Es una ley muy compleja donde algunos de los aspectos de la anterior ley se resuelven en todo o en parte, pero habrá otros que no se van a poder resolver por la propia definición de patentes. Lo voy a explicar
con un ejemplo. Voy a analizar cuál es la situación ahora mismo. Realmente una ley de patentes que esté bien hecha y fundada tiene que dirigirse a tres aspectos: a las universidades, a las empresas y a las pymes y micropymes, startup, etcétera,
lo que llamamos el sector del emprendimiento. Voy a analizar esos tres apartados, cuál es la situación que hay ahora mismo,



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cómo se encuentran conforme a la normativa vigente y cómo se encontrarán con el texto de la nueva ley de patentes tal y como está escrito.


Antes de eso, me gustaría que vieran una diapositiva de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Ahí tienen un cuadro del número de patentes españolas que se han patentado en España, y lo primero que vemos es que el número de patentes ha
bajado. Otro de los cuadros que hay que tener en cuenta es que, dentro del ámbito de las patentes en España, las que más patentan no son las universidades, son las empresas. ¿Cuál es el objetivo de una patente? El objetivo de una patente para una
empresa obviamente es ganar dinero. Cuando una empresa protege una invención lo hace con el propósito de poder competir y poder ingresar, que es lo que al final le da el nivel y la solvencia económica a un país. Esa es la realidad, pero ¿cuál es
la percepción de las empresas? La percepción de las empresas, sobre todo la de las grandes compañías, no es patentar para que no me copien, sino patentar para que cuando me copien, y ya se da por hecho, tenga unos argumentos legales para poder
demandar. Por ejemplo, hoy ha salido una noticia más sobre la guerra de Apple y Samsung. ¿Cómo es posible que Apple saque una carcasa de una determinada forma, que son patentes protegidas durante veinte años, y al día siguiente Samsung tenga la
misma o parecida? Y lo mismo ocurre con el conector de doble funcionalidad o con una cámara de determinadas características, por poner un ejemplo que todos llevamos en el bolsillo. Por eso digo que ese tipo de aspectos —que en este caso lo han
solucionado llegando a un acuerdo amistoso entre ellos— no creo que ninguna ley los pueda solucionar, porque el concepto de patente en sí lleva una parte implícita casi psicológica, porque cuando Apple patenta, por ejemplo, la pantalla táctil que
abre la imagen, realmente qué está patentando. Al final es fácil encontrar que alguien pueda tener una patente que en principio es la misma y, sin embargo, de cara a la legalidad es distinta. Por eso digo que hay cosas que esta ley seguramente va
a solventar y habrá otras cosas que por el propio concepto de proteger una inversión será difícil, máxime cuando metemos legislaciones de otros países no ya de la Unión Europea, sino a nivel mundial.


En cuanto a las patentes con origen en España y con extensión a países en el extranjero, que es la tabla que tienen a su izquierda —este es un estudio de la Escuela de Negocios—, lo primero que se observa es que se vuelve a reducir el número
de patentes. Traigo algunos datos porque me gustaría sustentar mis reflexiones en las informaciones que existen y cuyas fuentes cito. Podemos ver que en esta tabla aparecen el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, la Universidad
Politécnica de Cataluña, Servicio Andaluz de Salud, Universidad de Sevilla, UPV, UPM, Universidad de Granada, etcétera. Nos podemos dar cuenta de que la mayoría de las empresas o instituciones que patentan en el extranjero son universidades
públicas, centros de investigación y similares. Eso quiere decir que falta potencial de internacionalización de las empresas para que patenten en el extranjero. En cuanto a las empresas que tienen más patentes a nivel mundial, que es la tabla de
la derecha, nos damos cuenta de que todas las empresas, si incluimos Toyota, son del sector de las TIC. Eso quiere decir lo que ya decía al principio, que este es un sector que un nuevo texto que quiera regular el tema de las patentes debería tener
claro, porque al final el número de patentes —esto se refleja muy claramente en esta tabla— es un indicador de la riqueza de un país. De hecho, los países que aparecen en la tabla de la derecha son los que más patentan en el mundo y realmente son
los países más ricos del mundo. Por tanto, también necesitamos un texto que ayude a que estos cuadros que he presentado ahora, donde de 2012 a 2013 hay un descenso de patentes tanto nacionales como internacionales, cambien de sentido, porque al
final es lo que nos va a garantizar el crecimiento, el poderío económico que puede generar un país.


En cuanto a la situación actual en la empresa, lo que ya he comentado, hay una baja conciencia de internacionalización de las patentes. Las universidades tienen más fácil patentar en el extranjero porque al fin y al cabo no tienen esa
ambición de gestionar ingresos que pueda tener una empresa. Con todo y con eso, España está muy por debajo, comparada con el resto de países de la Unión Europea, en cuanto a patentes en el extranjero; tenemos más una tradición de registro de
marcas, que supone la protección de una identidad que tampoco lleva a ningún beneficio económico claro. Asimismo, hay ausencia de mecanismos de acceso al derecho de propiedad industrial. Con este panorama, como la actual Ley de Patentes aplica los
mismos conceptos o las mismas normativas a empresas grandes que a pequeñas, las pymes lo tienen muy difícil para entrar en este proceso. Por eso, la nueva ley debería intentar ayudar a que las pymes se vean de alguna forma beneficiadas con respecto
a las multinacionales.


¿Qué ocurre en las universidades? La CRUE, la Conferencia de rectores de las universidades españolas, ha hecho un estudio según el cual en 2010 el número de patentes solicitadas por universidades fue de 805 mientras que el número de
patentes en explotación fue de 256. Esa diferencia es muy negativa



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porque las patentes, si no se solicitan para que tengan una explotación, no tienen ni un retorno económico ni productivo ni una transferencia tecnológica real. Vuelvo, pues, a recalcar otro de los aspectos que debería considerar la ley
—ahora diré cuáles desde mi punto de vista se resuelven y cuáles no—, que es acortar esa distancia, es decir, que el número de patentes solicitadas sea muy parecido al número de patentes solicitadas en explotación. El objetivo de desarrollar
patentes en las universidades no es tan mercantilista, sino que está más dirigido a proteger invenciones de cara a que sea una transferencia tecnológica a la sociedad clara. La realidad —supongo que es conocido, pero en cualquier caso lo resumo
brevemente— es que con la ley actual hay tres modelos de protección de tecnología. Uno, los modelos de utilidad, que, como todos sabemos, son aquellos inventos que antes tenían un uso y ahora se les da otro. A eso se le llama modelo de utilidad.
Dos, las patentes sin examen previo. Se hace la solicitud y, aunque haya empresas que declaren que ya poseen esa tecnología, se patenta igualmente. Y tres, las patentes con examen previo, como las mías que he mostrado anteriormente, en las que
figuro como inventor. Son patentes en las que se llega a una situación de protección de una tecnología en relación con la cual no hay ninguna empresa que la reivindique. Entonces, ¿qué ocurre? Que las patentes sin examen previo en realidad no
tienen ninguna utilidad. Cambiar eso era fundamental y la nueva ley lo hace. Es decir, desde mi punto de vista no tiene ningún sentido una patente sin examen previo, una patente en relación con la cual hay empresas que dicen que eso ya lo tienen.
¿Por qué? Porque ninguna empresa va a comprar esa patente; ninguna empresa compraría una patente que ya sabe que otra posee esa tecnología. A día de hoy eso es lo que ocurre y por eso el cambio de la ley es crucial. Solo con que se haya cambiado
eso de forma profunda —he escuchado la última parte del compareciente anterior y estoy de acuerdo con él—, muchos de los indicadores que he dicho que habría que cambiar seguro que se van a cambiar. Con eso también se cambiarán otras cosas como los
ránquines de las universidades, que al fin y al cabo no diferencian patentes con examen previo o sin examen previo.


La otra pata que hay que proteger es la que tiene que ver con los emprendedores. ¿Para qué patentan los emprendedores? Para empezar a competir y a generar ingresos. Hay una parte del emprendimiento que está relacionada con las TIC; por
ejemplo, Israel —que está ahora muy de moda— tiene importantes políticas de desarrollo de startup tecnológicas. Aquí hace falta patentar muy rápido, estar muy bien asesorado y tener un apoyo casi personalizado. ¿Por qué? Porque el que quiere
desarrollar una tecnología tipo WhatsApp tiene que hacerlo rápido, porque luego salen competidores; tiene que hacerlo rápido y hay que apoyar eso. ¿Cuál es la situación actual para los emprendedores? Hay bajos incentivos; es decir, pagan igual
que en cualquier multinacional. En España hay una tendencia a monetizar el talento. Habría que ponérselo fácil a la gente que tiene talento y que quiere desarrollar y patentar para que no tuviera trabas. Además, las empresas pequeñas tienen
difícil la vigilancia para que no les copien las patentes.


He intentado exponer de forma muy resumida pero suficientemente clara la situación que había antes y los aspectos que he considerado claves en los indicadores que he mostrado. Con la ley vigente los modelos de utilidad se convierten más o
menos en el equivalente a patentes sin examen previo —es decir, se les da un rango mayor a los modelos de utilidad— y las patentes sin examen previo desaparecen. El hecho de que se pueda patentar una tecnología aun cuando una empresa diga que ya la
tiene, lo único que permite es que las universidades que quieran subir el ranquin se gasten el dinero para patentar. Ese tipo de patentes no ayudan nada y habría que hacer el esfuerzo para apoyar otro tipo de actuaciones como intentar patentar con
examen previo para que sea una tecnología reconocida que se pueda exportar y vender. Con el modelo anterior —aunque no viene expresamente en la Ley de Patentes, sí lo marca la LOU, la Ley Orgánica de Universidades— las universidades estaban exentas
de tasas de solicitud y mantenimiento. Ahora con la nueva ley las universidades no están exentas de tasas, pero tienen una reducción importante del 50 % o del cien por cien siempre y cuando las patentes se exploten. Eso me parece un acierto,
porque hay que poner a competir a las universidades. Cuando se anunció la nueva ley de patentes el rumor que me llegó como gestor en la universidad es que las universidades dejarían de estar exentas del pago de las tasas. Sin embargo, me parece un
acierto absoluto tal y como está escrito ahora. Los emprendedores y pymes también tienen una reducción en las tasas, con lo cual los ponemos en una situación más ventajosa y, sobre todo, hay un apoyo personalizado por parte de la Oficina Española
de Patentes y Marcas. Los trámites administrativos que antes eran lentos ahora se simplifican bastante, aunque esto es normal dado el actual uso de la sociedad de la información. Otro aspecto importante es que antes el proceso de oposición era
previo a la concesión; es decir, cuando iba a patentar y había tres empresas que decían que ya tenían esa tecnología, se establecía un proceso de oposición una a una y la patente todavía no se concedía. Ahora la patente se concede y luego se
litigan las oposiciones, con lo cual



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todo se agiliza más en el caso de que las oposiciones no lleguen a nada. Por último, el enfoque de la internacionalización que da este nuevo texto me parece muy interesante, sobre todo porque deja un tiempo de doce meses, un año, para que a
aquel que quiera patentar con una extensión internacional le dé tiempo a buscar una empresa a la que realmente le interese la patente, negocie, la compre, la ceda y la pueda explotar.


Termino con el ámbito que más conozco, que es el de las universidades. Como he comentado antes, las universidades tienen un papel fundamental en el ámbito de las patentes. La nueva ley introduce un gasto a las universidades, pero es
mínimo. Si miramos las tasas —podría poner cualquier ejemplo si alguien me pregunta por ello—, cualquier reducción de las tasas de solicitud de mantenimiento no deja de ser muy pequeña comparándolo con el ingreso que puede tener una universidad si
genera realmente una patente de verdad, una patente real, una patente que se pueda explotar. Por tanto, las patentes sin explotación o examen previo se van a abandonar. Lo que vamos a ver ahora es que muchas de las universidades que tenían 220
patentes pasarán a tener la mitad, porque el hecho de tener que pagar un mantenimiento de patentes que no están en uso ni explotación hará que simplemente las abandonen. Al hilo de todo esto, con la nueva baremación, en las acreditaciones de la
Aneca para promocionar las figuras de profesor universitario solo se tienen en cuenta en los curriculums aquellas patentes que estén en explotación o que hayan tenido examen previo, ya no valen las solicitudes de patentes como anteriormente; esto
también es importante. Por último —esto ya es una reflexión—, creo que muchas de las cosas que resuelve esta ley eran necesarias para poder cambiar algunos indicadores. Lo que a mí sí me gusta en el ámbito de las universidades, por ejemplo, es que
el hecho de que las universidades estén exentas si realmente consiguen explotar las patentes o el hecho de que las patentes deban tener una calidad para ser explotadas, permite que al final las universidades se pongan a competir. Creo que con todas
las universidades que tenemos y las capacidades que estas tienen es fundamental que las leyes ayuden a que las universidades no se conformen, sino que tengan un estímulo para que puedan competir.


Espero haberme ajustado al tiempo establecido y no haberles cansado mucho.


El señor PRESIDENTE: Recuerdo que en esta ocasión voy a ser riguroso con el uso de los tiempos para que el señor Pedreño pueda contestar a las preguntas que se le planteen.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su portavoz, doña Lourdes Muñoz.


La señora MUÑOZ SANTAMARÍA: Muchas gracias por su comparecencia. Intentaré centrarme en una serie de cuestiones que le queríamos formular para hacer lo más efectiva posible esta jornada de hoy y conocer sus opiniones.


Los dos cambios más importantes que en principio nos parece que supone la ley son la suma del examen previo y el pago de tasas, que puede generar patentes más fuertes y, por tanto, más efectivas. Creo que usted ya ha valorado que este
cambio de modelo es positivo, pero me gustaría preguntarle si es así y si cree que el proyecto de ley puede contribuir en concreto a fomentar la innovación en nuestro país y qué medidas adicionales cree usted que han de incorporarse para fomentar la
innovación. Respecto al análisis, una de sus afirmaciones es la importancia de incentivar el papel investigador. Queríamos preguntarle qué relación considera que debe existir entre las políticas de fomento de investigación básica y el impulso de
la innovación, así como si considera que ha habido una cierta reducción del compromiso con las instituciones y si la ley en cambio puede ayudar a fomentar esta investigación pública. Por otra parte, nos gustaría saber si usted piensa que es
acertado en la ley el equilibrio que considera que debe haber entre la titularidad de los resultados de la investigación y el derecho y obligación de los investigadores e investigadoras a divulgarlos. ¿Cómo considera esta cuestión en la ley?
Consideramos que es una ley ambiciosa, que hay un cambio de concepto, un examen previo, una serie de novedades, pero nos preocupa la viabilidad de la ley y la consideración de cada uno. ¿Cree usted que actualmente existen los medios humanos y
económicos suficientes para llevar a cabo esta ley y aplicarla? Depende de lo que me responda, tengo que hacerle ya el cuestionario entero. La ley incluye una disposición final octava que establece una salvaguarda en la que dice que las medidas
incluidas en esta ley serán atendidas con las dotaciones presupuestarias ordinarias del organismo y no podrán suponer un incremento de donaciones, de retribuciones ni de otros gastos de personal al servicio del sector público. ¿Cree usted que
actualmente existen donaciones suficientes para llevar a cabo las medidas que contempla la ley?


Otra cuestión importante es el equilibrio entre el investigador, la empresa, lo público, el país o la universidad. En este sentido, el artículo 15 mantiene que el autor de la incentivación no tiene derecho a una remuneración extraordinaria
y quería preguntarle si usted cree que esto es adecuado, si es justo, si



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fomenta la innovación y si se considera más acertado un modelo en el que se incentiva, vía Ley de Patentes, la posible compensación a las empresas y no a las personas que son las que aportan individualmente el talento. El artículo 19
incorpora como novedad que las invenciones para las que se solicite una patente, al año siguiente de la extinción de la relación entre el empleo y los servicios se presumen como realizadas durante la vigencia de esta. ¿No cree usted que puede ser
una cuestión un poco desequilibrada, sobre todo el tema de la carga de la prueba, que sea el investigador, que en general individualmente puede ser más débil o tener menos medios, quien tenga que demostrarlo? Por ejemplo, en la ley francesa ocurre
al revés y quería saber qué opina usted de esto.


Otro tema a resaltar es el equilibrio entre el derecho a la divulgación de la investigación propia y la patente y queríamos saber también su opinión, qué considera del artículo 21.3 que podría estar privando a los investigadores de su
derecho fundamental que recoge el artículo 21 de la Constitución, ya que la entidad puede tomar la decisión de no solicitar la patente y considerarla como un secreto industrial sin necesidad de dar explicación al investigador proponente. ¿Se está
sustrayendo al investigador su capacidad de decisión sobre el resultado? ¿Le parece justificado? ¿Puede perjudicar a la obligación principal de los investigadores de la divulgación? ¿Cómo puede afectar esto a la universidad?


Para acabar, dos cuestiones que usted ha comentado en concreto. En primer lugar, ha puesto énfasis en la importancia de que el actual proyecto de ley contenga la reducción del 50 % de tasas a las universidades y el cien por cien en el caso
de que se exploten y que es acertado —cuestión que compartimos— ya que se incentiva la competencia. Entiendo que usted ha dicho que la inclusión de estas tasas no afecta a la universidad, no es un costo importante para la universidad o que este no
será el resultado. En segundo lugar —otra cuestión que usted ha comentado y que para nosotros también es muy importante—, el tema de los emprendedores y las pymes. Dado que son la mayoría de empresas —todas no lo hacen—, creemos que el grado de
patentes e innovación en estas empresas tiene poco resultado o no está patentado y se debería incrementar. Recoge el 50 % de tasas. He entendido que usted propone un soporte más allá de las tasas a las pymes. Nosotros creemos que en la ley no
está contemplado explícitamente y queríamos saber si su propuesta es que la ley debería incluir un soporte personalizado a las pymes, o cualquier otro tipo de soporte que nos pueda explicar, para fomentar esta línea de patentes en las pequeñas
empresas.


Muchísimas gracias por su comparecencia.


El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió tiene la palabra doña Inmaculada Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: Quiero agradecer al compareciente la intervención y la presentación que nos ha realizado, de la que compartimos muchos aspectos a los que ha hecho referencia. Quisiera, en esta breve intervención, plantearle al
compareciente una serie de cuestiones más relacionadas con la problemática que, en términos de patentes, afecta a las pequeñas y medianas empresas. En la comparecencia anterior he hecho más énfasis en los aspectos más relacionados con las
universidades, pero aquí sí quisiera incidir en aquellos relacionados con las pymes. Creo que la realidad de nuestro tejido productivo, que está formado mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas, influye claramente que en los ranquines y en
la situación de las patentes en España, sobre todo cuando nos comparamos con otros países europeos y condiciona el número de patentes que se solicitan nuestro país. Por eso, creo que hay que potenciarlo siempre sobre la base de la calidad, porque
—insisto— en que mi grupo parlamentario está y estará sumamente comprometido con una ley de patentes que apueste, sobre todo, por la calidad de las patentes más que por la cantidad. Como decía en mi anterior intervención, esto para nosotros va muy
vinculado a los aspectos relacionados con la formación.


Volviendo a las pymes, ante la realidad que sitúa a nuestro país en una situación inferior, en términos del número de patentes generadas por las pequeñas y medianas empresas, ¿cómo se puede favorecer que las pymes patenten más y, sobre todo,
mejor? También quisiera su valoración sobre la utilidad del modelo de utilidad, que está muy orientado a las pequeñas y medianas empresas y, sobre todo, muy orientado al tejido industrial y, por lo tanto, a una parte muy importante de nuestro
tejido productivo. ¿Ve útil este modelo de utilidad con características distintas pero que continúa teniendo un papel en el proyecto de ley de patentes? ¿Tendría sentido, a fin de incrementar el número de patentes de las pequeñas y medianas
empresas, hablar de algún tipo de subvención en las tasas? Ha hecho referencia a la reducción impositiva que habrá, pero ¿habrá algún tipo adicional de subvención en las tasas o facilitación de los



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trámites administrativos, que es uno de los frenos a la generación de patentes por parte de las pequeñas y medianas empresas?


Con respecto a la fiscalidad, vemos, como en un benchmarking, cómo países como Suiza, Austria u otros tienen o directamente rebajas de precios o una fiscalidad más atractiva vía el impuesto sobre sociedades. Comparto que esta ley ha de
proyectar la internacionalización también de nuestro tejido productivo cuando se generan patentes y, por tanto, también ha de ser una ley facilitadora para que las pymes generen no solo patentes nacionales sino también internacionales, cosa que, en
términos burocráticos y de coste, es un factor que frena esta generación. De aquí mi planteamiento, de aquí mi pregunta sobre cómo podríamos facilitar que las pymes generasen más patentes tanto nacionales como internacionales.


También quisiera conocer su opinión sobre la patente unitaria, que no entra dentro de la ley directamente pero sí que está dentro del marco de la ley, y quisiera su opinión sobre la posición actual de España y del Gobierno español con
respecto a la patente unitaria.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra don Teodoro García Egea.


El señor GARCÍA EGEA: Antes de comenzar quisiera agradecer a Juan Luis Pedreño su presencia aquí hoy porque le conozco desde hace mucho tiempo, aproximadamente desde hace doce años cuando yo entré en la universidad y me dio la primera clase
de Sistemas Lineales. La verdad es que desde entonces ha sido un referente para mí tanto dentro de la universidad como fuera y hoy no nos ha defraudado con la exposición que ha hecho respecto de esta Ley de Patentes.


Me gustaría también llamar la atención sobre la ausencia de cierta parte de la oposición, porque hoy estamos debatiendo algo muy importante para la innovación. En muchas ocasiones se acusa al Gobierno y al Grupo Popular de hacer una
política contraria a los intereses de innovación de nuestro país y hoy que estamos debatiendo esta ley, que es tan necesaria para pymes, para universidades y para empresas, quisiera llamar la atención sobre que parte de los grupos de la oposición
—no el Grupo Socialista que ha estado trabajando durante todo este tiempo— está ausente. Supongo que tendrán cosas mucho más importantes que hacer, aunque esta ley también lo sea.


Voy a ser muy breve. Me gustaría hacer una serie de consideraciones y preguntas al ponente. En primer lugar, ¿por qué hemos propuesto desde el Grupo Popular la presencia de don Juan Luis Pedreño? Porque reúne unos perfiles que nos parece
que debían ser tenidos en cuenta a la hora de elaborar las enmiendas al articulado, ya que es un investigador cuya trayectoria está internacionalmente reconocida, representa también al sector TIC, como decano del Colegio de Ingenieros de
Telecomunicaciones de la Región de Murcia y además pertenece a la universidades como gestor de la misma en su faceta de vicerrector.


En segundo lugar, para impulsar la innovación —y ahí me dirijo al ponente— no es solo necesario disponer de fondos, de programas de innovación, sino que también —a mí me gustaría que usted argumentara con nosotros esta afirmación— es muy
imprescindible tener una buena Ley de Patentes que proteja la innovación, puesto que esa interacción entre universidad y empresa —me gustaría que si puede hiciese alguna referencia a lo que usted cree que debe ser la interacción entre universidad y
empresa y en qué aspectos mejora esta ley esta interacción— será la que genere la mayor riqueza y el mayor avance en materia de innovación. Pregunto esto debido a que muchas veces en esta Cámara se trata de enfrentar un extremo contra otro: lo
público contra lo privado, el acreedor contra el deudor y, en muchas ocasiones, la universidad contra la empresa. Desde mi punto de vista —y así lo he defendido en todas las responsabilidades que me han atribuido desde mi grupo parlamentario
durante esta legislatura— es muy importante que la universidad y la empresa colaboren. Es preciso que la universidad esté cerca de la empresa pero no solo en contenido, sino también para recoger las necesidades que desde la empresa se pide a la
sociedad que se desarrolle. Es útil que cada empresa tenga su departamento de I+D+i desde el cual abordar nuevos productos, nuevos desarrollos y nuevas patentes. Sin embargo, en muchas ocasiones —hacia eso vamos con las estrategias para la
especialización inteligente y con las políticas que nos están llegando de la Comisión Europea— es muy importante que la empresa encargue sus trabajos de investigación a aquellos que mejor saben hacerlo y a aquellos que están acostumbrados a hacerlo.
Por eso, creo que esta ley va a ser muy buena para favorecer esa interacción entre universidad y empresa. Me gustaría también conocer en ese sentido su opinión.



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En tercer lugar, quería llamar la atención sobre la cultura de patentes. ¿Cree que está suficientemente instalada en España la cultura de patentes, en nuestras pymes, en nuestras universidades? ¿Cree que las personas que desarrollan nuevos
productos, nuevos servicios, nuevos modelos de utilidad son conscientes de la importancia de patentarlas y de sacarlas a explotación?


En cuarto lugar, me gustaría también hablar de la carrera docente, que la ha mencionado en una de las últimas transparencias, ya que la Aneca está reconociendo en la carrera docente e investigadora a esos investigadores que desarrollan
patentes. ¿Cree que es necesario primar la actividad de desarrollo de patentes mediante una valoración como méritos académicos, más allá de las que están establecidas actualmente a efectos de avanzar en la carrera docente? ¿Cree que es suficiente
con lo que tenemos actualmente? Desde mi punto de vista también es una buena oportunidad para que en esa interacción entre universidades y empresa los docentes e investigadores puedan reenfocar su actividad y utilicen el tiempo de su carrera
docente también para tratar de impulsar nuevos desarrollos que hagan crecer nuestra productividad y nos hagan crecer como país.


Es de agradecer que desde el ámbito universitario podamos escuchar esa argumentación que usted ha puesto hoy sobre la mesa y también agradezco al Grupo Socialista y a Inma Riera que hayan mencionado esa necesidad de que las universidades
compitan no solo entre sí sino también para mejorar, porque desde mi punto de vista lo que no se evalúa se devalúa y en lo que no tratemos de ir mejorando al final se producirá un estancamiento. Con lo cual creo que esta nueva ley, con esta
reducción de tasas y con esta apuesta importante que ha hecho el Gobierno para proteger la innovación va a ser un avance importante, y me gustaría que comentara un poco todas estas líneas que ha lanzado.


Por último también me gustaría agradecer a los grupos el buen trato que se ha tenido hasta el día de hoy, y espero que durante los próximos días y semanas mantengamos el mismo trato y podamos aprobar esta ley por unanimidad.


El señor PRESIDENTE: Para contestar las preguntas que se le han planteado tiene la palabra de nuevo el señor Pedreño.


El señor DECANO DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DE MURCIA Y VICERRECTOR DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA (Pedreño Molina): Muchas gracias por las cuestiones planteadas. La verdad es que en diez
minutos me toca contestar todo esto, lo cual creo que es una actividad de innovación docente que seguramente intente patentar. (Risas).


Lo primero que tengo que decir de forma general es que, tal y como estoy recibiendo las inquietudes, van todas por el mismo camino, lo cual me parece bien porque al final veo ciertas similitudes. De hecho, estaba apuntando preguntas y
algunas de las que voy a empezar a contestar a la señora Muñoz servirán para dar respuesta al resto. Teniendo en cuenta lo que decía al principio, es imposible —y es una opinión personal evidentemente— redactar una ley que sea un algoritmo que deje
satisfechas a empresas, a pymes, a universidades, a investigadores, a la parte financiera, a todo lo que tiene que ver con la legalidad. Es imposible por lo que he dicho, yo he sufrido el tener que hacer patentes y tener que desarrollarlas y
realmente no es un método que se pueda calcular, definir y prever. Por ello desde mi punto de vista lo mejor es hacer cuatro o cinco grandes cambios —que creo que esta ley los contempla— y luego ir matizando algunas cosas, que es lo que voy a
intentar hacer respondiendo rápidamente a las preguntas que se me han formulado. Creo que me ha dado tiempo a apuntarlas todas, de todas formas si me salto alguna, pido disculpas.


Respecto a lo que comentaba la señora Muñoz del examen previo, el examen previo es fundamental. Solicitar una patente, a día de hoy, sin examen previo es cuestión de unos poquitos meses. En el momento que entra la solicitud en la Oficina
Española de Patentes y Marcas, las solicitudes de examen previo pueden ser de un año, año y medio o dos años. ¿Por qué? Porque en ese momento lo que se hace es un tú a tú con todas las empresas nacionales y extranjeras que tienen extensión en
España, que dicen que tienen esa tecnología. El examen previo es demostrar que esa tecnología es diferente, y cuando digo diferente, créanme que a veces es algo un poco subjetivo, psicológico o filosófico. Creo sinceramente que presentar una
solicitud en la Oficina de Patentes y Marcas que no tenga un examen o —como decía el señor García Egea— que no tenga una evaluación, no tiene mucho sentido, y si lo hacemos para aumentar los ránquines, creo que nos estamos equivocando porque al
final de qué sirven los ránquines de las universidades. Si nosotros estamos en la posición 8 y el año que viene en el nuevo informe estamos en la posición 7 es porque alguien lo ha hecho peor pero no porque se haya avanzado en algo realmente



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innovador. Por tanto, el examen previo es una de las claves de esta ley y además no tiene muchas más opciones. Es un examen previo y el cómo se hace es algo que está bastante asumido por todos los investigadores y, quitando algunos
aspectos que contempla la ley que podrían ser matizables desde el punto de vista legal, me parece fundamental.


El fomento de la innovación, es implícito a la ley. Lo que debemos tener claro es una cosa, y es que la cultura de innovación tiene que ir de la mano de cualquier propuesta que ustedes vayan a hacer, de cualquier ley que quieran aprobar,
porque al final vivimos en un país de la Unión Europea y tenemos que competir a ese nivel y en temas de innovación debemos tener como referencia lo que hacen nuestros vecinos. Esta ley ha avanzado en ese sentido; no es una ley que permita crear
instrumentos de innovación, pero desde luego los favorece.


En cuanto a qué tiene que ver esta ley con la investigación básica o la investigación aplicada, la investigación básica es la esencia misma de la universidad, pues significa crecer en la ciencia, mejorar, y la investigación aplicada es la
que desarrollan fundamentalmente las empresas. Hay determinados programas que ayudan a mantener las convocatorias —supongo que de esto habrá que hablar en otros foros— en innovación. Tengo muchos proyectos en convocatorias nacionales y en algunos
europeos, y estos programas, como decía al principio, van de la mano de la financiación. Ojalá tuviéramos mucho dinero para poder hacer todo aquello de lo que somos capaces, pero no más del necesario para que nos obligara a competir porque, si no
tuviéramos límite en las cantidades que tenemos para desarrollar el talento, no entraríamos en competencia y no se desarrollaría ese talento.


En cuanto al equilibrio que puede haber entre la titularidad de una patente y el derecho a divulgarla, se trata del tema de siempre. Créanme que para un investigador es muchísimo más fácil hacer una publicación, un paper, que hacer una
patente. ¿Ese equilibrio existe? No, no existe, y creo que me lo han preguntado ustedes dos también. O se incentiva a los investigadores —perdónenme que me vaya mucho al ámbito de la universidad, pero es el que más conozco— para que patenten,
porque las universidades son las instituciones que más capacidad tienen para hacerlo, o es muy complicado, y máxime ahora con la nueva ley, porque las patentes, al ser de más calidad, son más difíciles de conseguir. Realmente, eso no está
contemplado. ¿Qué hace la Aneca? Cuando una persona quiere promocionarse de titular de universidad a catedrático de universidad, para la valoración de méritos la Aneca cuenta las patentes en explotación o con examen previo; no es lo mismo una
patente que no tenga examen previo y que esté en explotación o que sí lo tenga. Yo, por ejemplo, soy catedrático y, como yo, muchísima gente en España quiere dedicarse más a la docencia, pero ese incentivo no existe. ¿Cuál es el foro para abordar
esto? No lo sé; imagino que es en el propio Consejo de Universidades donde se debe abordar esto. Desde luego, a día de hoy, los profesores no tienen ese incentivo para que puedan dedicar un año a desarrollar una patente y les cuente lo suficiente
como para tener el mismo mérito que otros compañeros que han estado un año haciendo seis papers internacionales. Me parece muy importante que las universidades patenten. Si resulta que esta ley va a frenar, por darles más calidad o por ser más
rigurosos, la capacidad de conseguir patentes, creo que nos equivocamos. De todas formas, esto mismo pasó con los proyectos europeos. Conseguir un proyecto europeo es muy complicado, pero las universidades cada vez los piden más. Es decir, la
exigencia es buena, y esta ley la contempla, pero es cierto que en el ámbito interno de las universidades habría que incentivar la titularidad para enfocar la actividad por las patentes y no por otra cosa.


En cuanto a la viabilidad de la ley, los recursos que pone la ley a disposición de las empresas e instituciones que quieran patentar —con esto voy a responder a preguntas de todos los que han intervenido—, lo más caro a la hora de patentar
una patente nacional es la agencia de propiedad industrial. Las tasas son muy baratas. El pago a una agencia, que es la que deposita la patente, es el importe más elevado. Por eso digo que, si hacemos números y miramos las tasas que hay al final
de la ley, el que se reduzca el 50 %, el 75 % o el cien por cien tampoco tiene mayor repercusión. Además las tasas son progresivas, se empieza pagando uno el primer año y se termina pagando tanto el año veinte. Si una universidad quiere explotar
treinta o cuarenta patentes reales, el mantenimiento de las patentes al cabo del año le puede suponer 15.000 o 20.000 euros, si son patentes reales y de calidad. Lo más costoso es la tramitación a través de las agencias y las secesiones
internacionales, es decir, patentar en Bélgica, en Holanda o en Finlandia. Esa es la parte más compleja. En cuanto a lo segundo que acabo de comentar, es difícil evitarlo y llegar a un acuerdo con Finlandia para que allí estemos exentos o haya una
reducción, mientras que lo primero quizá sea más fácilmente evitable.



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Un tema importante. En cuanto a que el empleador no tenga derecho a una retribución cuando patenta en el ámbito de una empresa —yo no soy jurista y creo que lo interpreto bien—, la ley no dice exactamente eso. Lo que dice es que el
empleador en principio no tiene retribución, pero lo puede negociar con la empresa. Al final esto se entiende como un ámbito donde una empresa patenta con gente de confianza. Ese acuerdo es perfectamente alcanzable.


En cuanto a los aspectos que tienen que ver con la carga de la prueba, este es uno de los aspectos más complejos que tiene esta ley o cualquiera que sustituya a esta, y es cómo demostrar que una patente está siendo copiada o plagiada en
parte o en gran medida en las reivindicaciones. Esto es algo que tiene más que ver con la parte del derecho. Se intenta atar tanto que al final se modifica ligeramente con respecto a lo que había anteriormente y no creo que cambie mucho la
situación. Esa es la realidad.


El derecho de la divulgación de la patente, es otro tema de toda la vida. Yo hago una invención y mañana lo puedo publicar en una revista internacional científica, pero si lo publico ya no lo puedo patentar. Yo ahí siempre he echado en
falta que, si yo soy el autor de una patente y la publico en una revista científica, yo pueda patentarla, aunque ya sea pública, cinco meses después, siempre y cuando sea yo el autor de la patente. Eso siempre lo he echado en falta. La ley no lo
contempla. Lo que dice la ley es que si cualquier innovación ha sido pública con anterioridad a la solicitud en la Oficina de Patentes y Marcas se considera que estamos vulnerando. Yo no lo interpreto así. A nosotros nos ha pasado muchas veces.
Lo que ocurre es que si el proceso a la hora de patentar una innovación que es susceptible de ser publicada —y ahora con examen previo— va a durar mucho, resulta que si dos años después no lo puedo patentar, ni tengo la publicación ni tengo la
patente. Eso es algo que siempre he echado en falta.


En cuanto a la reducción del 50 % para las universidades o del cien por cien si está en explotación, me preguntaba antes la señora Muñoz sobre un análisis de costes. Son mínimos, como comentaba antes. Cuando hablamos de tasas, que no
parezca que estamos hablando de una cosa inabordable. Es algo casi de gestión. Repito que yo echo en falta que yo pueda tramitar una patente en la Oficina Española de Patentes y Marcas y no tenga que hacerlo vía una agencia de propiedad
industrial, que me den esa opción para que tenga un poco más de credibilidad y pueda seguir hacia delante. Me preguntaba sobre los emprendedores. Para mí los emprendedores son clave porque tienen que patentar rápido para poder ganar dinero con la
tecnología inmediatamente, ese es el objetivo del emprendedor. Un emprendedor no monta una multinacional sino una empresa con un producto que quiere vender –por ejemplo, una impresora 3D— en tres meses. Tienen que patentar suficientemente rápido y
hay que incentivarlo. Creo que a algunas de las preguntas que me han hecho ya he contestado.


La señora Riera me preguntaba sobre los modelos de utilidad. El modelo de utilidad se mantiene con el nuevo texto, pero se equipara a las patentes sin examen previo, como he explicado antes; tiene una cierta agilidad pero un grado de
calidad importante. Es decir, un emprendedor que haya desarrollado una aplicación para móvil de libros —vía lo que sea— necesita que tenga una calidad patentable pero sin pasar un examen previo. El modelo de utilidad tal y como está redactado es
muy acertado.


En cuanto a la intervención de Antonio García, quiero expresar en primer lugar mi agradecimiento por la reseña que me ha hecho. Prácticamente he contestado a todas las preguntas sobre qué es la carrera docente, la Aneca, la incentivación de
los investigadores. Solamente hay dos que creo que no he contestado, una es sobre la cultura de patentes. Cuando trabajábamos en I+D (investigación y desarrollo), hubo un momento en España en el que se añadió la i minúscula, pasando a ser I+D+i.
Esa i —minúscula— estaba hecha con la idea de fomentar la cultura de patentes, supone innovación, transferencia tecnológica. Realmente, llegó un momento en que la I+D+i se asumía y no se diferenciaba de la I+D. Creo que hay que aumentar la cultura
de las patentes, y esta ley va a ayudar. Finalmente, en cuanto a la relación entre la universidad y la empresa, precisamente el que las patentes de las universidades pueda comprarlas —ya sí—, adquirirlas o explotarlas una empresa tranquilamente,
sabiendo que ha pasado por una fase previa de análisis, estrecha mucho la relación universidad-empresa, porque las empresas van a encargar directamente a las universidades que hagan un diseño y que lo patenten. Tendrán la tranquilidad de que es una
patente con examen previo y la empresa se va a poder gastar el dinero porque no va a entrar en litigios con otras a la hora de explotarlas.


El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias, señor Pedreño.


Vamos a suspender durante un minuto la Comisión para despedir al señor Pedreño, al cual le volvemos a dar las gracias por su intervención y su presencia en la Comisión, y para recibir al siguiente compareciente. (Pausa).



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— DEL SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE GESTIÓN EMPRESARIAL DE LA ASOCIACIÓN/COLEGIO DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE CATALUÑA (RIBECHINI CREUS). (Número de expediente 219/000747).


El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión pidiendo disculpas por el fallo técnico que hemos tenido.


Pasamos al punto 3º del orden del día, que es la comparecencia de don Giovanni-Luigi Ribechini Creus, presidente de la Comisión de Gestión Empresarial de la Asociación/Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña. Le damos la bienvenida y
tiene la palabra.


El señor PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE GESTIÓN EMPRESARIAL DE LA ASOCIACIÓN/COLEGIO DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE CATALUÑA (Ribechini Creus): Muchas gracias, por la invitación, señor presidente y señoras y señores diputados.


Mi exposición versará sobre que considero que la futura ley de patentes supone un avance respecto a la situación de la ley actual, sin embargo mi aportación lo que pretende es dar un paso más sobre lo que podría suponer un cambio incremental
en el actual proyecto de ley. Les voy a hacer una pequeña presentación sobre los aspectos que considero relevantes al respecto. La primera parte es un análisis del sistema de patentes —un informe que el anterior ponente ya ha citado— que realicé
el año pasado, para darles una visión de cuál es la actual situación de las patentes a nivel de España y mundial, con lo que supone de implicación para el tejido empresarial español. En primer lugar les muestro una evolución de las patentes
nacionales. Hasta 2008 había un crecimiento y a partir de ahí, debido a la crisis, empieza a decrecer el número de solicitudes de patente nacional. Es un gráfico en el que cada uno de los colores indica quién es el solicitante. Hay un cambio
importante en el que discrepo con el ponente anterior, puesto que en 2013 por primera vez después de muchos años las solicitudes de particulares superan a las de las empresas. Considero que es un dato preocupante. Que sean más las personas,
individualmente, que patentan que las empresas a nivel nacional me produce al menos una cierta preocupación. Estamos hablando de que en 2013 hubo 1.254 solicitudes de particulares y 1.202 de empresas. Luego están los organismos públicos, el CSIC y
las universidades. De estas patentes en 2013, el líder en España fue el Grupo Bosch, la filial de una empresa alemana, con 111; es decir, casi el 10 % corresponde a una empresa que es filial de una empresa multinacional. Después está el CSIC, con
88, y luego dos particulares; es decir, que en tercera y cuarta posición del ranquin están dos particulares que superan incluso a la primera universidad, que es la Politécnica de Madrid.


Evolución de las patentes que se realizan ante la Oficina Europea, patentes que se denominan EPO. Hay una evolución creciente que baja debido a la crisis, pero luego tienen una cierta tendencia a recuperarse. Son solicitudes que se hacen
en Europa por todos los países. El ranquin muestra que el líder de solicitudes es Estados Unidos. Este país es el que más solicitudes hace en Europa y luego están Alemania, Japón y Francia. España está en la posición 17, con solo 1.504
solicitudes de patente a nivel europeo, lo cual, en mi opinión, indica una situación preocupante. Si España fuera una empresa estaría en la posición 7. Por delante de España hay empresas como Samsung —con 2.800 solicitudes a nivel europeo—,
Siemens, Philips, LG y BASF. Es decir, todo un país, si fuera una empresa, representaría la posición 7 a nivel europeo. En el plano internacional —solicitudes que se hacen a nivel de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, que está en
Suiza—, la tendencia es creciente hasta 2008 y después baja debido a la crisis, pero luego vuelve a recuperarse; indica que las empresas, que cada vez se internacionalizan más, protegen sus invenciones o productos con patentes. En este caso ocurre
lo mismo: Estados Unidos es el líder mundial, con más de 57.000 patentes, y luego están Japón, China, Alemania y Corea. España estaría en la posición 14, con 1.700 solicitudes internacionales de patentes, lo cual nuevamente indica que tenemos un
nivel de internacionalización de patentes relativamente bajo para el potencial que tenemos como país. En cuanto a la estadística de las empresas que más patentan, España, si fuera una empresa, estaría en la posición 8. El liderazgo a nivel
internacional es la empresa japonesa Panasonic y luego están la china ZTE y Huawei —es decir, China, Estados Unidos y Japón— con 2.800 y 2.000.


Tenemos una estadística de cuántas solicitudes internacionales de patentes españolas hacen. El liderazgo en 2013 fue del CSIC y a continuación Telefónica, con 56 solicitudes internacionales. Para que se hagan una idea, Telefónica factura
cuatro veces más que la empresa ZTE, que es la segunda mundial. Esta empresa hizo 2.800 solicitudes y Telefónica solo 56. (El señor vicepresidente, Flores Lanuza, ocupa la Presidencia). A continuación, viene la Universidad Politécnica. En esta
estadística de empresas



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y universidades que realizan más de diez solicitudes internacionales de patentes, España no consigue tener veinticinco; solo tiene dieciséis. La mayoría de países importantes tienen más de dieciséis empresas. Para que se hagan una idea,
Estados Unidos tienen 646 empresas u organizaciones que realizan más de diez patentes; Japón 425, Alemania 203, China 140 y Corea 113.


Ahora voy a poner un gráfico comparando España y los cinco principales países que hacen solicitudes internacionales para ver la evolución de las solicitudes, tanto a nivel europeo como internacional. En España a raíz de la crisis a nivel
internacional hay una tendencia —el azul— a la baja, mientras que en solicitudes europeas hay un mantenimiento y un crecimiento; es decir, las empresas y organizaciones tienden a mantener sus patentes europeas y a reducir las internacionales fuera
de la Unión Europea. El siguiente país es Estados Unidos, donde también se ve la influencia de la crisis. Una vez pasado el efecto de la crisis en 2009 las solicitudes internacionales volvieron a crecer y a nivel europeo hay últimamente una
tendencia a la estabilización. El siguiente país es Alemania, que solicita más patentes a nivel europeo porque es el mercado natural en el que ellos tienen más expansión; si bien tiene también solicitudes internacionales, se detecta últimamente un
leve decrecimiento, aunque estamos hablando de 17.000 solicitudes. El siguiente país es Japón, en el que se observa una cierta tendencia a la estabilización en las solicitudes en Europa —es la línea marrón—; en cambio, a nivel internacional hay un
tendencia creciente que en 2013 parece que tiende a estabilizarse, aunque estamos hablando de casi 44.000 solicitudes. La crisis también afectó a Corea en solicitudes a nivel europeo, aunque no tanto en las internacionales, que ven —es la línea
azul— que es creciente y en Europa, tras el efecto de 2008 y 2009; vuelve a recuperarse con una tendencia creciente. Finalmente, China está haciendo un cambio. Si hasta ahora se consideraba que era un país que se dedicaba a la copia, ha hecho un
cambio en su paradigma y está protegiendo sus innovaciones de forma exponencial en lo que se refiere a solicitudes internacionales.


¿Cuál es el elemento que considero que puede ser un incentivo para la tendencia creciente en estos países? Expondré ahora cómo las leyes de patentes legislan la remuneración del empleado inventor en empresa. Como ustedes saben, en España
no hay derecho a remuneración excepto cuando la invención supone un importante beneficio para la empresa y hay muy pocas personas que demanden a su empresa para conseguir este derecho. En Estados Unidos es un derecho constitucional. El Congreso
americano reconoce el derecho del inventor a la propiedad y a los beneficios de la patente, pero puede perderlo cuando entra a trabajar en una empresa, porque se le hace firmar un contrato en el que renuncia a su derecho; no es un derecho
irrenunciable. El siguiente país es Alemania, que tiene una ley específica de patentes de empleado de 1957 —se considera que es la más avanzada del mundo—, que reconoce el derecho a retribución del empleado —además incluye cómo se debe calcular esa
remuneración— e incorpora un elemento que considero interesante, que también tiene derecho a remuneración por las mejoras técnicas no patentables. Hemos de tener en cuenta que Alemania es un país muy industrial y es consciente de que mucha mejora,
mucha innovación se genera en las líneas de producción. Las personas que no son técnicos cualificados suelen ser los que en su día a día piensan, innovan y plantean mejores técnicas que no alcanzan a ser una patente, pero suponen una mejora
importante en la innovación de la empresa. En esta ley se dice que, aunque no sea patente, como supone una mejora y una competitividad elevada para su empresa, se le reconoce el derecho a remuneración. Japón en 1959 elabora una ley de patentes en
la que también se reconoce el derecho a retribución, y tiene una modificación en 2004 a raíz de la cual la oficina japonesa de patentes crea un documento en el que expone formas de calcular esta remuneración. Asimismo Corea desde 1961 tiene una ley
de patentes que reconoce el derecho a retribución del empleado que consta como inventor de patentes. El último país es para mí el caso más pragmático, China, que tenía una ley de 1984, que no reconocía el derecho a retribución del empleado, a
finales de los noventa incorporó este derecho y en 2010 explicitó que la remuneración debe ser anual, como mínimo un 2 % de los beneficios que supone para la empresa, además de un mínimo del 10 % de las licencias. La licencia consiste en que
nosotros cedemos a un tercero que pueda utilizar nuestra patente para fabricar y comercializar el producto que queda bajo de esta patente. En el sector farmacéutico esta puede ser una cifra muy importante.


Esta es una carta de un investigador francés. Francia tiene una legislación similar a la española, se reconoce el derecho pero no de una forma muy clara. Este investigador, que desarrollaba patentes en Francia, demanda a su empresa porque
considera que no le reconocen lo que la ley le permite y decide marcharse a Alemania porque allí le reconocen ese derecho. Escribe al presidente de la Asociación de Inventores Asalariados y le dice: No volveré de Alemania mientras no tengamos en
Francia una ley equivalente a la alemana. Hemos de considerar que eso supone que tanto el salario como los impuestos



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que paga esta persona son para Alemania, así como todos los beneficios que se lleva la empresa e impuestos por royalties. Ese mismo año hay un cambio a nivel judicial; los jueces franceses empiezan a cambiar su opinión y pasan del derecho
a no retribución al derecho a retribución, y consideran en sus sentencias que el empleado debe tener derecho a retribución. Este es un cambio significativo; lamentablemente esa persona ya había marchado a Alemania. Como país, nos ha de preocupar
esto porque, dada la crisis actual, muchos de nuestros profesionales se tienen que marchar a países como Alemania. Al encontrarse con esta situación, en el momento que queramos recuperarles pueden preguntar cómo estamos en este asunto.


Por último, quería exponerles el tema de fiscalidad de patentes. Como ustedes saben, en la Ley del impuesto sobre sociedades existe el artículo 23, sobre la reducción de los ingresos de activos intangibles, y uno de los aspectos es los
royalties de patentes. En este caso, de los ingresos procedentes de royalties solo entran en base imponible el 40 %, el 60 % queda exento. Para que se hagan una idea, este es un gráfico de los ingresos por royalties en propiedad intelectual que
incluye patentes, derechos sobre marcas, derechos sobre propiedad intelectual, Las cifras de las que se está hablando son: Estados Unidos ingresó en 2012 —es el último año disponible— casi 128.000 millones de dólares; Japón, 30.000 millones de
dólares; y España, que está en la cuarta posición, 1.275 millones de dólares en ingresos por royalties, que incluyen los de las patentes, que es una cifra relativamente baja.


Lo último que les quería exponer es que si hiciéramos que los ingresos por royalties entraran directamente a la empresa, de acuerdo con la ley, en base imponible sería el 40 %, 400.000, y, con el tipo impositivo medio que tienen las empresas
del 28 %, 112.000 euros de impuestos. En cambio, si esos mismos royalties se dan al trabajador, lo que ocurriría sería: base imponible del cien por cien —tenemos un millón de euros de base imponible—, el tipo aplicable es del 45 % —serían 450.000
euros—, con lo que la diferencia a favor del Estado sería de 338.000 euros. Es una consideración que les hago al respecto de la propuesta que les he expuesto.


Por mi parte, he acabado. Muchas gracias por su atención y estoy a disposición de lo que quieran preguntar.


El señor VICEPRESIDENTE (Flores Lanuza): Ahora van a poder intervenir los grupos para plantear al compareciente las dudas o preguntas que tengan. Les recuerdo que hemos empezado con un poco de retraso por esos problemas técnicos, a ver si
se pueden ajustar a esos cinco minutos. En primer lugar, por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra Joan Rangel.


El señor RANGEL TARRÉS: Señor Ribechini, bienvenido y muchísimas gracias por su exposición, que creo que ha sido muy clara y nos debería hacer reflexionar para intentar mejorar el proyecto de ley que está en trámite. No sé si es un
problema cultural el de las pocas patentes que tenemos en España, pero seguramente todo influye; influye la cultura de la patente, también nuestro modelo económico y probablemente también la normativa que puede facilitar o no que existan más
patentes. De hecho, a veces se ha hablado de copia y cuando estaba viendo su exposición pensaba que seguramente nos vendría muy bien copiar lo bueno que tienen en otros países que son líderes en patentes y deberíamos aprovechar esta magnífica
oportunidad que nos brinda el trámite de este proyecto de ley para incorporar todas las mejoras que hagan posible que la patente sea una norma, que cada vez tengamos más patentes y que eso pueda reforzar nuestro modelo económico basado en la
incorporación del talento y del conocimiento al proceso productivo para ser más competitivos, y no precisamente por devaluaciones salariales en un mundo global que nos está llevando a una desigualdad cada vez mayor. En este sentido, me gustaría
conocer más en detalle su opinión con respecto al título IV del proyecto de ley en trámite y concretamente a partir del artículo 15, que se refiere a las invenciones pertenecientes al empresario. Posiblemente haya demasiada inercia del pasado y
poca voluntad de cambio a fondo del reconocimiento de las invenciones realizadas por el empleado durante la vigencia del contrato, ya sea como trabajador por cuenta ajena o con un contrato de servicios. Además, curiosamente, esta referencia a la
posibilidad de una remuneración variable en función de la importancia que tenga su invención para la empresa usted mismo ha dicho que se ha traducido en muy pocos casos. Por tanto, es un tema abierto y no ayuda a que con una regulación mucho más
concreta la persona que haga una invención tenga la certeza de que va a recibir una retribución variable que le incentive a llevar a cabo esa actividad. Sería bueno para él, sería bueno para la empresa y sería bueno para la economía.


Además, me gustaría que nos hablase de otro aspecto que no ha citado en su intervención y que es todo lo que hace referencia a las invenciones que se puedan patentar por trabajadores que han dejado su



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relación laboral con la empresa. Usted sabe que a veces la relación laboral se rompe por voluntad del trabajador y otras por voluntad del empresario. Tratar situaciones diversas de la misma manera es injusto y en este caso podría ser
injusto para el trabajador. Me gustaría también, si puede, que diera alguna opinión sobre la actividad de invención en el sector público y en las universidades, que también está regulada en el mismo título IV del proyecto de ley. Repito, me parece
que tenemos delante de nosotros una magnífica oportunidad para intentar corregir aquellos defectos que han impedido o no han incentivado lo bastante que se puedan registrar más patentes en nuestro país, porque ello sería bueno —repito— para nuestra
economía. El último ejemplo que usted ha puesto de fiscalidad espero que también llegue al ministro Montoro, porque si ve que con ese cambio de modelo puede haber más ingresos en las arcas públicas, quizá ayude a que las cosas puedan mejorar.


Antes un portavoz ha dicho que parecía que por parte de los diputados que pertenecen a esta Comisión había poca audiencia para escuchar las intervenciones de los comparecientes. Seguramente es importante estar presente cuando hay
intervenciones tan interesantes como la suya, pero posiblemente es más importante modificar aquello que es mejorable y no aplicar el rodillo parlamentario, como estamos acostumbrados demasiado a menudo a vivir en esta legislatura. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Flores Lanuza): Por parte del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, tiene la palabra doña Inmaculada Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: Quiero dar la bienvenida al compareciente y agradecerle la exposición que nos ha hecho. Compartimos gran parte de las consideraciones que ha hecho, pero al grupo parlamentario al que represento le preocupan muchas
de las cifras que hemos podido ver en pantalla. Nos preocupa porque nos sitúa muy por debajo de nuestro potencial y muy por debajo de la apuesta que por la I+D+i debe hacer nuestra economía, que es una apuesta por un cambio de modelo productivo
hacia más investigación, más desarrollo, pero sobre todo más innovación. Es aquí donde el gap es más profundo, sobre todo con los países europeos, y estamos obligados a reconducirlo.


A Convergència i Unió, grupo parlamentario al que represento, nos preocupa la apuesta por la calidad de las patentes. Es cierto que la cantidad nos preocupa; nos preocupan los ránquines, pero sobre todo nos preocupa y nos ocupa la apuesta
por la calidad de las patentes. Por ello, en primer lugar quisiera pedirle al compareciente su valoración sobre el examen previo que introduce esta ley. En segundo lugar quisiera conocer su opinión respecto al modelo de utilidad que, aun con otras
características respecto a la ley vigente, se mantiene muy orientado a la industria y, sobre todo, muy orientado a una parte determinante de nuestro tejido productivo como son las pequeñas y medianas empresas. Quisiera conocer su opinión con
respecto al examen previo que introduce la ley y al mantenimiento, aun con otras características, del modelo de utilidad.


Hemos hecho referencia a los diversos actores generadores de patentes, desde las universidades, donde se hacía hincapié en la necesidad de patentar más —yo añadiría de patentar más y mejor—, también por parte de las empresas, pero en los
ránquines, obviamente, aparecen las grandes empresas. Pongo encima de la mesa la cuestión de cómo ayudar a las pequeñas y medianas empresas que están en proceso de necesaria apuesta por la internacionalización y la innovación a patentar más, cómo
resolver o superar las trabas administrativas o cómo estimular también, desde un punto de vista fiscal, a las pequeñas y medianas empresas para que puedan generar más patentes sobre todo a nivel internacional, entendiendo que el éxito de los
procesos de internacionalización de las pequeñas y medianas empresas está estrechamente vinculado a la innovación. No hay internacionalización sin innovación, si queremos que la primera sea un éxito. Por tanto, ¿qué factores han de ser los
determinantes para que las pymes puedan patentar más?, ¿qué elementos adicionales de carácter administrativo o de carácter fiscal hay que introducir?, sobre todo teniendo en cuenta que esta ley también intenta recoger una nueva cultura de la
innovación. (El señor presidente ocupa la Presidencia).


Con respecto a los trabajadores, el compareciente ha planteado una cuestión también muy relevante que no recoge la ley, porque la recoge con otro enfoque. Mi gran pregunta es: en términos de más cultura innovadora, ¿qué aporta a la
generación cualitativa de patentes este reconocimiento a los derechos del trabajador? Y si no lo hacemos, ¿esto nos aleja de Europa o no? Aquí también quisiera plantear esta cuestión.


La última cuestión que quisiera plantearle se refiere a la patente unitaria. Quisiera conocer también su opinión sobre la actual situación y el posicionamiento que tienen España y el Gobierno con respecto a la



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patente unitaria, si puede o no considerarse un factor de freno en la generación de más patentes pero, sobre todo, en la generación de patentes cualitativas.


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra su portavoz, doña Concepción Veray.


La señora VERAY CAMA: En primer lugar, quiero agradecer al señor Ribechini su intervención porque creo que ha sido muy clara, muy pedagógica, con relación a aquello que él considera que se tiene que mejorar de la ley. El señor Ribechini
empezaba su intervención diciendo que la ley que se ha presentado es una buena ley y que él venía a exponer la necesidad de dar un paso más. La sesión que estamos celebrando hoy de la Comisión de Industria, donde van a comparecer especialistas en
el tema de patentes y con visiones de los distintos ámbitos a los que afecta esta ley, es precisamente para esto, para saber qué piensan en cada uno de estos ámbitos los responsables de los mismos, quienes más entienden del tema de patentes, y a
partir de aquí poder plantear que la ley pueda dar algún paso más.


El señor Rangel decía —refiriéndose a mi portavoz— que era importante escuchar. Efectivamente, mi portavoz ya lo ha dicho y a nosotros nos hubiera gustado que estuvieran representados todos los grupos parlamentarios en estas comparecencias.
Sin embargo, no solo es importante escuchar hoy, sino también escuchar antes. De ahí la voluntad política del Gobierno del Partido Popular de presentar esta nueva ley. Es innegable que el Gobierno ha escuchado al sector afectado por el tema de las
patentes antes de plantear esta nueva ley. El primer día que yo me reuní con personas del sector y me dijeron que la Ley de Patentes actual era de 1986 me sorprendió. Ningún país que crea en la competitividad y en la internacionalización de sus
empresas puede permitirse el lujo de tener una ley que regule todo este sector del año 1986, cuando estamos hoy en el año 2015. No porque la ley fuera mejor o peor, sino porque la ley queda antigua, caduca. Es evidente que la sociedad ha cambiado
mucho, ha evolucionado mucho, al igual que nuestro modelo económico y productivo, que también ha cambiado y evolucionado mucho, con sus altibajos, desde el año 1986 a 2015. Por tanto, lo primero que hacía falta es tener la voluntad política de
modificarla, como creo que queda más que demostrado que ha tenido el Gobierno del Partido Popular.


A raíz de su intervención le quería preguntar cuatro cosas muy concretas. La primera —usted ha hecho referencia a ello en más de una ocasión— es que atribuye a la crisis el hecho de que haya bajado el número de patentes tanto a nivel
nacional como a nivel internacional e incluso a nivel europeo, porque aunque se haya mantenido es cierto que durante los años de crisis más fuerte ha bajado. Le quería preguntar si considera que la ley que ha planteado el Gobierno y que hoy es
motivo de estas comparecencias va a influir, una vez superada definitivamente la crisis aquí en España, para que podamos recuperar otra vez el ritmo de patentes registradas que teníamos antes de los años de crisis.


Cuando hablaba de Estados Unidos usted hacía referencia al año 2009. Es que en España en 2009 estábamos en plena crisis económica. Si estamos hablando de que en el año 2015 estamos en el camino de la recuperación pero aún no la hemos
superado, es normal que en estos años aquí haya descendido más el número de patentes registradas. Con lo cual me gustaría saber si, tal cual está hoy la ley, usted cree que nos ayudará a incrementar el número de registro de patentes una vez
superada definitivamente la crisis económica.


Usted hablaba del incentivo que representa el derecho de retribución de los empleados que patentan, y nosotros lo compartimos. ¿Pero realmente este tema solucionaría el bajo registro de patentes que tenemos en nuestro país? Usted ha
hablado de Japón, de Alemania y de Estados Unidos, y efectivamente la diferencia es grande. Por lo tanto, me gustaría saber si realmente solo con este tema podríamos solucionar el bajo número de patentes registradas. Cuando ha hecho referencia a
Estados Unidos ha dicho que es un derecho constitucional pero que las empresas les obligan a renunciar. Sinceramente, me preocupa más que sea un derecho constitucional al que les obligan a renunciar que el que nosotros no hayamos regulado aún este
derecho, más que nada porque Estados Unidos, con las cifras que ha dado usted, tiene un número elevadísimo de patentes, es el país más potente en número de patentes, y en cambio usted mismo ha dicho que les obligan a renunciar. Por lo tanto,
seguramente hay otros elementos que son los que realmente hacen que Estados Unidos tenga esta diferencia con nuestro país.


Para terminar, me gustaría saber —como también le ha preguntado la portavoz de Convergència i Unió, la señora Riera— cuál es su valoración en un tema que no ha comentado pero que para nosotros es importante en relación con la calidad de las
patentes. Queremos saber cuál es su opinión en relación con el examen previo para que las patentes sean de más calidad que actualmente.



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El señor PRESIDENTE: Para contestar las cuestiones que se le han planteado, tiene la palabra de nuevo el señor Ribechini.


El señor PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE GESTIÓN EMPRESARIAL DE LA ASOCIACIÓN/COLEGIO DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE CATALUÑA (Ribechini Creus): Contestaré en primer lugar al señor Rangel, del Grupo Socialista, siguiendo el orden en que me han
preguntado. Realmente el tema de las patentes forma parte de la cultura del país. Considero que la ley actual es buena pero, aparte de la ley, es necesario que haya un fomento de la cultura de las patentes en las empresas y para los empleados. La
ley actual no reconoce el derecho. El hecho de no reconocer lo que provoca hoy en día es que no haya ningún incentivo por parte de los que están trabajando en las empresas para ver si aquello es patentable o no y tampoco hay ningún incentivo para
verificar si lo que está desarrollando tiene patentes que va a infringir. Lo que ocurre entonces es que se pueden desarrollar productos que en el mercado español no están patentados y en consecuencia se pueden vender, pero que a la hora de
internacionalizarse se vaya a un país en que ese producto infringe una patente. Como la patente es un derecho de exclusión, lo que ocurriría a las empresas españolas es que ese producto no podría comercializarlo en esos mercados. Entiendo que es
necesaria una cultura y, hablando de cultura, es necesario dar a conocer, por ejemplo en las escuelas de negocios y en las universidades, la importancia que tiene una patente como un derecho de exclusión. Es decir, se fomenta la emprendeduría, se
fomenta que las personas hagan proyectos, pero no hay conciencia de que una persona que tiene una patente sobre lo que otro está desarrollando puede impedirle que continúe. A veces ocurre que hay gente que invierte mucho dinero en algo que cree que
es un gran negocio y en el momento que lo saca al mercado viene otro que dice que hay una patente y no puede salir al mercado. Esta falta de conocimiento, de cultura empresarial, es algo que se debería divulgar incluso en la escuela secundaria o en
cursos superiores de formación profesional porque si así la gente sabe lo que es la patente, lo que supone, estaremos creando una cultura para que la patente se vea como algo importante. Una patente concede a una empresa o al propietario un derecho
de exclusión durante su vigencia de veinte años; durante esos veinte años nadie puede hacer lo que esa persona ha patentado, lo que evidentemente es como un monopolio legal. Eso es un incentivo para hacer patentes.


Con respecto a las indemnizaciones para las personas que se marchen de la empresa, entiendo que si una persona se va de la empresa porque ha descubierto algo y, aprovechando ese conocimiento que ha hecho la empresa, decide patentarlo en su
propio beneficio, eso no es razonable; ahora bien, si una persona es despedida por la situación de crisis y al ser de una cierta edad ya no puede incorporarse a otra empresa en la actual situación —esperemos que en el futuro sí—, lo que puede hacer
con lo que sabe de la empresa es buscar soluciones para tener unos ingresos. ¿Y qué haría? Patentar. Pero si durante un año no patenta porque si no se lo queda su anterior empleador, lo que hará es esperar un año para patentar. Durante este año
puede ocurrir que alguien en alguna parte del mundo patente lo que a él se le ocurrió. Yo creo que debería ponerse a este respecto una coletilla y decir: en el caso de que el despido sea por causa ajena al empleado, no habrá esta casuística. Esta
es mi opinión para fomentar el emprendimiento, porque si no tendríamos durante un año a los emprendedores sin patentar.


Por último, me han hablado del tema de los investigadores en el sector público. En cuanto a lo que exponía el anterior ponente sobre las publicaciones y la patente, discrepo, en el sentido de que se puede hacer la solicitud de patente y que
ya exista en ese momento y, a continuación, llevarla a publicar. Lo que cuenta es el momento en que la persona presenta ante la oficina española o ante cualquier oficina de patentes la solicitud. Ese momento es el punto cero. Todo lo que hubiera
anteriormente impide el derecho a patente, pero si presenta la solicitud y al cabo de una hora se va a una revista a presentar la publicación, no pierde el derecho de la patente. Esta es la diferencia fundamental.


Sobre los incentivos a los investigadores, es cierto que el sexenio curricular que fomenta más la publicación que la patente hace que muchos investigadores universitarios publiquen y no patenten. Lo que yo haría es, dado que las
universidades públicas son un sector público, hacer obligatorio analizar si su investigación es patentable, como hace, por ejemplo, el Massachussets Institute. Allí un investigador cuando tiene algo presenta la publicación, pero previamente debe
haber un informe y, si aquello es patentable, se para la publicación, se hace la patente y en el momento en que se ha hecho la solicitud el investigador puede patentar. ¿Por qué? Porque con esa patente la universidad puede recuperar, vía
royalties, lo que ha costado esa investigación. Si hacemos la publicación, lamentablemente lo que tenemos es una publicación y no hay ingresos. Un detalle es, por ejemplo, que muchas publicaciones españolas de nivel son utilizadas, según me
comentaron, por investigadores israelitas que lo que hacen es coger el



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conocimiento desarrollado aquí, que es gratuito, desarrollar una patente y licenciarla. Lo que tendríamos que hacer aquí es hacer la patente y licenciarla, y no dejar que con nuestro conocimiento, que nos ha costado tanto, otros hagan las
patentes.


Quiero decirle a la señora Riera, del Grupo de Convergència i Unió, que realmente es importante el tema de la calidad de las patentes y en las pymes. Un ejemplo que les quiero poner es el de la empresa española Fractus. Es una pyme ubicada
en Cataluña que facturó 15 millones de euros en el año 2014 y en un pleito contra la multinacional Samsung, en Estados Unidos, le ganó por infracción de sus patentes y la indemnización que le correspondió fue de 40 millones de dólares, es decir, dos
veces la facturación de esa empresa en una sentencia en Estados Unidos como indemnización por infringir patente de calidad. Las pymes españolas pueden hacer patentes de calidad y como consecuencia ir por el mundo, internacionalizar esas patentes y
sobre ellas conseguir royalties o ir contra grandes multinacionales que frente a ese derecho no pueden hacer nada teniendo en cuenta su gran dimensión. La calidad es importante y en España tenemos ejemplos. Cuando hablábamos de cultura de
patentes, dar a conocer que una empresa con solo 15 millones de euros de facturación se enfrenta a un gigante como Samsung ayudaría a la moral del país a ver que aquí se hacen cosas bien y se pueden defender.


Considero que el examen previo es importante, pero teniendo en cuenta la actual situación de patentes, en el año 2013 más del 90 % de las solicitudes fueron sin examen previo. Hemos de ser conscientes de que en el momento en que entre el
examen previo la estadística bajará por una inercia. Ahora bien, creo que luego remontaremos con patentes de calidad, que realmente es lo importante.


Con respecto al modelo de utilidad, es solo para el Estado español, por lo cual es solo para aquellas empresas cuyo mercado sea únicamente el Estado español. Empresas que se quieren internacionalizar, que quieren vender sus productos
afuera, no utilizarán el modelo de utilidad porque no tiene ningún sentido, irán a patente. El modelo de utilidad puede ser una vía para que las pequeñas empresas empiecen a darse cuenta de la importancia que tiene proteger sus invenciones y,
cuando quieran dar el salto a internacionalizarse, pasen a hacer patentes. Yo no lo quitaría, simplemente como incentivo, como primer paso para una pyme que está empezando a proteger sus innovaciones.


¿Cómo ayudar a las pymes? El gran problema de las pymes es que tienen una incertidumbre sobre todo a nivel internacional. Cuando salen afuera lo que les preocupa es el hecho de tener que ir a juicio. Es algo que se debería estudiar, pero
yo creo que sería oportuno que las empresas pudieran tener un seguro para que cuando están exportando se les cubran todos los gastos que puedan tener para defender patentes sobre las cuales ellas tienen la propiedad, entendiendo que lo que hace esta
defensa es proteger los ingresos por royalties de este país. Es decir, si las patentes que se defienden fuera suponen que se comercializan productos fuera y sus beneficios vienen al país, esto supone un beneficio para el país. Otro tema es la
educación. Considero que formar en patentes hace que cuando las personas entren a trabajar en las pymes vayan ya con una cultura de patentes.


¿Qué aporta el tema del reconocimiento? En mi opinión, el hecho de que no se reconozca el derecho a remuneración supone una discriminación con respecto a otros ámbitos de la empresa que sí están remunerados. Hoy en día nadie discute que
los vendedores tengan un variable sobre las ventas, que los directivos tengan un variable sobre los objetivos. En cambio, cuando hablamos de innovación, resulta que el innovador con el sueldo ya cubre. Me parece que, si queremos incentivar la
innovación y de alguna manera reconocer su importancia, hay que reconocer que lo que tú has aportado genera un beneficio y te llevas una parte. Esa es mi opinión. Creo que sería un salto importante.


Con respecto a la patente unitaria, en mi opinión el gran problema que tendrán las empresas si España no se incorpora a la patente unitaria es que tendrán que hacer dos trámites. La empresa que se quiera internacionalizar hará la patente
unitaria porque su mercado va a ser el mercado europeo. Como ustedes han visto en las estadísticas, el problema es que la posición de España en patentes europeas es muy baja y la fuerza que se puede hacer con solo mil cuatrocientas patentes cuando
hay países mucho más pequeños que están por delante es algo que incide en lo que se quería que se reconociera. Si hubiera sido otra casuística, probablemente el hecho de incorporar la lengua española en el ámbito de la patente unitaria se hubiera
conseguido, pero cuando tú tienes solo mil cuatrocientas y países más pequeños tienen más que tú, no te da la fuerza moral para exigir esto. Creo que deberíamos incorporarnos de alguna manera, sencillamente porque las empresas si queremos que se
internacionalicen tendrán que entrar por esta línea.


La señora Veray, del Grupo Popular, me pregunta si la ley actual influirá, y creo que sí. Con una ley que incide en aumentar la calidad al principio habrá menos patentes. ¿Por qué? Porque muchas de las



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que hay ahora no tienen la calidad suficiente. ¿Pero qué es lo importante, cantidad o calidad? Evidentemente calidad, porque una patente mala no te permite enfrentarte a Samsung; una patente buena sí. Estoy de acuerdo en que sí, puede
ayudar. ¿Solo el incentivo ayuda? No por supuesto, en Estados Unidos no. Pero de alguna manera reconocer ese derecho a la remuneración sobre lo que se está haciendo es reconocer que tiene valor. Si algo no se reconoce la gente no lo valora. Mi
planteamiento es que es algo más que se podría hacer que sea equivalente a lo existente en los países de nuestro entorno. Estados Unidos tiene una legislación especial, es un entorno empresarial diferente, pero lo que me preocupa es que los que se
van a Alemania ese derecho lo tienen, y cómo les hacemos volver. Conozco un caso de una multinacional farmacéutica española que compró una empresa alemana que tenía un centro de I+D. Investigadores españoles fueron a conocer las tecnologías que se
desarrollaban en ese centro, y al volver le dicen al director de I+D que querrían ir a trabajar a Alemania, en la filial, pero con contrato alemán. Es evidente que iban porque allí tenían reconocido un derecho que aquí no. Así, para evitar la fuga
de talentos a estos países deberíamos tener algo que desincentive que se vayan.


El examen previo para mí es muy importante, porque tenemos que tener patentes de calidad para podernos enfrentar a las grandes empresas. Una pyme con una buena patente de calidad se enfrenta a cualquier, si la patente no es buena no se
puede enfrentar. Entonces creo que es un tema relevante. Ahora bien hemos de ser conscientes de que al principio bajarán las patentes. Mejor que bajen para que luego tengamos patentes de calidad.


Muchas gracias por su atención.


El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias a usted, señor Ribechini; quiero felicitarle por su intervención.


Suspendemos durante un minuto para despedir al señor Ribechini y dar la bienvenida al siguiente compareciente. (Pausa).


— DEL SEÑOR INGENIERO INDUSTRIAL, EXPERTO EN PATENTES Y MIEMBRO DE LICENSING EXCECUTIVE SOCIETY, CONSULTOR PARTNER TYNAX (TECHNOLOGY TRADING EXCHANGE) TYNAX, INC (BATALLA FARRÉ). (Número de expediente 219/000748).


El señor PRESIDENTE: Comparecencia de don Enrique Batalla Farré, abogado e ingeniero industrial y experto en patentes.


Tiene la palabra, luego intervendrán los portavoces y después contestará a sus preguntas.


El señor INGENIERO INDUSTRIAL, EXPERTO EN PATENTES Y MIEMBRO DE LICENSING EXCECUTIVE SOCIETY, CONSULTOR PARTNER TYNAX (TECHNOLOGY TRADING EXCHANGE) TYNAX, INC (Batalla Farré): Señoras y señores diputados, es un placer, una honra, y un gran
honor intentar colaborar en la mejor realización de una ley de patentes, puesto que las patentes —con lo que me gano la vida— son una pasión para mí.


Señor presidente, hay una incorrección en el currículum que se ha repartido, porque no soy abogado, sino ingeniero industrial, y quizá añadiría el hecho de ser profesor de la Universidad Ramón Llull y de la Universidad de San Francisco, en
California, donde doy todo este tipo de clases. Mi intención hoy es no darles lecciones, sino hablar de mi experiencia y aportar algo de luz para conseguir más y mejores patentes en cantidad y calidad. Este es mi objetivo.


Empiezo con una frase —ya que estamos en un lugar político— de un político, Abraham Lincoln, que fue presidente de un país que todo el mundo conoce, y que dijo: Tres han sido los grandes inventos de la humanidad: la escritura, la imprenta,
y las leyes de patentes. Esto es muy significativo y lo ilustro con una imagen de las tablets de Apple y de Samsung que han competido en un tribunal americano, y ha ganado el titular de varias patentes contra lo que muchos podían haber opinado en
relación con qué es patentable y no patentable. El contenido es este y lo vamos a ir viendo. ¿Qué es una patente? Lo voy a explicar desde mi experiencia de haber trabajado diez años en una oficina de la propiedad industrial, una agencia de
patentes y marcas bastante conocida en Barcelona, y de haber trabajado en los últimos diez años —en total mi experiencia con las patentes es de unos veinticinco años quizᗠen una empresa americana que tiene su sede europea en Barcelona, España. Ha
sido para mí la manera de conocer las patentes en el entorno bélico, por así decirlo; para qué sirve una patente, cuáles son las buenas patentes, por qué unas patentes se usan, se compran o no se compran, es decir, el ruedo del mercado de patentes.



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Aquí hay una frase que parece escrita al revés de lo que normalmente se dice, pero está muy bien pensada. ¿Por qué el nivel de innovación o competitividad —van directamente implicados— de un país es un indicador de las patentes? Lo digo al
revés y luego lo explico. Patentes, cantidad y calidad, ambas cosas son importantes. Creo que esta ley mejora lo segundo y lo primero podrá ser. ¿Cómo tiene que ser una ley de patentes? Análisis del actual proyecto. No soy jurista, pero sí me
he metido en cuestiones muy prácticas, y creo que para esto me han llamado. En concreto el examen de fondo, que es la gran novedad de la ley, y el fomento y el incentivo de invenciones de los trabajadores. El tema de las tasas, también
fundamental, y luego un tema que me permito añadir, que es el examen de calidad. Luego hablaremos de las mejoras.


En el derecho constitucional americano del año mil setecientos setenta y tantos está reconocido el derecho a la patente en el artículo 1, sección 8, de la Constitución americana. La tarea del Congreso es promocionar el progreso de la
ciencia y las artes útiles, es decir, la técnica, garantizando durante tiempos limitados a los autores e inventores el derecho exclusivo a sus respectivos descubrimientos y escrituras. Una patente —hay que recalcarlo una y otra vez hasta la
saciedad y ver el artículo correspondiente de la presente ley— lo que da es el derecho a excluir. El que tiene la patente tiene el derecho a impedir que terceros lleven a la práctica o intenten lucrarse de una u otra manera con aquello que está
descrito en las reivindicaciones, y esta es la palabra clave en toda la ley: reivindicaciones. El artículo 59 dice: Prohibición de explotación directa de la invención. La patente confiere a su titular el derecho a impedir a cualquier tercero que
no cuente con su consentimiento la fabricación, ofrecimiento para la venta, la introducción en el comercio, la utilización de un producto objeto de la patente, o la importación o posesión del mismo para alguno de los fines mencionados.


Ahora voy a mencionar algunas frases de autores célebres que nos pueden servir para ilustrar bastante qué es una patente, y cómo los países que nos llevan la delantera desde sus inicios lo han tenido muy en cuenta. En el libro de Mark Twain
—autor de Tom Sawyer, etcétera— que se titula Un yanqui en la corte del rey Arturo, lo primero que le pregunta el yanqui al rey es: ¿Ya tenéis una oficina de patentes y leyes de patentes? El rey contesta: No, ¿qué es eso? El yanqui le dice:
Pues tenéis que hacerlo, porque un país sin una oficina de patentes y buenas leyes de patentes es como un cangrejo, que solo puede ir de un lado al otro y hacia atrás. Abraham Lincoln cita las patentes en un artículo de la Constitución americana
como una de las fuentes de innovación y de progreso de su país. Decía: el sistema de patentes, la ley, ha cambiado esto, ha garantizado al inventor —este es el quid, lo más importante— durante un tiempo ilimitado el uso exclusivo de su invención,
y ha añadido —esta es la frase célebre—: el fuel del interés al fuego del genio, el descubrimiento y producción de nuevas y útiles cosas, que es lo que ahora en lenguaje moderno llamamos innovación y competitividad. A Bill Gates, uno de los
hombres más ricos del mundo —hasta poco el más rico del mundo— en una rueda de prensa le preguntaron: ¿Por qué es usted el hombre más rico del mundo? Él contestó: Porque en Microsoft lo patentamos todo. El periodista le dijo: No, no me ha
entendido usted bien. Le contestó: Sí, le he entendido perfectamente, en Microsoft lo patentamos todo. En el año 1991, cuando había recibido algún varapalo por parte de sus competidores, porque Microsoft había copiado, dijo: una futura starups
sin patentes de propiedad puede ser obligada a pagar el precio que los gigantes decidan imponerle. Este precio puede ser muy alto. Las compañías establecidas tienen un interés en excluir a futuros competidores, y la única manera en que estos
futuros competidores podrán introducirse es con patentes fuertes. Volvamos un poco hacia atrás. Normalmente la nación o el país más potente en el mundo ha sido el que ha tenido la tecnología más potente. Si bien las primeras leyes de patentes son
de reinos de la Italia del siglo XV, la nación más potente en el siglo de Oro fue España, y España es el país donde más se patentaba en el siglo XVI. Les recomiendo un libro editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas, el libro Patentes de
Invención Española en el siglo de Oro, en el que Nicolás García Tapia hace un repaso impresionante a las patentes españolas. La primera de ella es la de Guillem Cabier, en 1522, que inventó y llevó a la práctica el famoso barco de ruedas de
paletas. Hay motivos para creer y documentos que lo justifican que Jerónimo de Ayanz es el inventor de la máquina de vapor, por delante de los ingleses, lo que pasa es que la leyenda negra ha hecho su papel. Juan Roget es el inventor del
telescopio, pero igualmente la leyenda negra le ha relegado detrás de un holandés. De esto hay pruebas documentales, y los historiadores, por cierto ingleses, han llegado a esta conclusión.


¿Qué es una patente? Podríamos decir que una patente son unas hojas de papel que incluyen un título, la descripción del estado del arte y qué problemas hay presentes en este estado del arte, una explicación de cómo la invención soluciona
uno de estos problemas planteados —un problema, una



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invención, una patente—, y esta contribución a la sociedad será premiada por la sociedad con un derecho de exclusiva. Esto es lo que la ley tiene que reflejar muy claramente. Tiene que tener dibujos cuando es necesario —todo esto se
encuentra en los artículos 4, 5, 6 y 7—, una descripción que permita que un experto en la técnica copie esta patente, y —esto es muy importante— hay que tener en cuenta que el derecho de exclusiva lo da el Estado a cambio de hacer patente el
invento. Por tanto la palabra patente hace alusión a la obligación más que al derecho, a la obligación de hacer patente el invento.


Reivindicaciones. Lo pongo en mayúscula y en negrita porque definen el alcance de la protección. Les voy a poner un ejemplo muy simple y paradigmático: el del chupa chups. Tiene una reivindicación excelente, que dice: masa de caramelo
unida al extremo de un mango, por cuyo extremo contrario ejerce de asa. Es brillante, porque en realidad lo que está protegiendo no es la bola de caramelo con un palo de madera, sino la solución del problema. La redacción de la reivindicación mal
hecha hubiera dicho: bola de caramelo unida a un mango cilíndrico de madera, porque en aquel momento eran de madera. Y dicen los ingleses que claim is the name of the game. Claim significa reivindicación en inglés.


Proceso de concesión de una patente que refleja la nueva ley. En primer lugar, se presenta una solicitud ante una oficina de patentes: la americana Uspto, la japonesa JPO, la alemana DPTA, la coreana, la china o la española OEPM, o un
modelo de utilidad en el caso de Rusia, Alemania y España. Alemania tiene también la figura del modelo de utilidad. Esta solicitud se publica transcurridos dieciocho meses desde su presentación, y es examinada. Antes no se hacía en España, pero
ahora se va a hacer, y es una mejora radical, un paso adelante de gigante, porque el proceso de examen lleva consigo la depuración de la patente y se concederá o no conforme al cumplimiento de los artículos 4 y sucesivos, relativos a la novedad y a
la actividad inventiva. En el proceso de examen se discutirá con los examinadores. Si se hacen procesos de examen similares a los que se hacen en la oficina europea o en la americana, que son los que más conozco, vamos a conseguir exámenes muy
bien realizados y patentes muy buenas, de mucha calidad. Ahora España va a pasar a hacer este examen, de cuyo resultado la solicitud puede tener dos caminos diferentes: que se conceda la patente porque ha superado el examen o que sea rechazada.
¿Razones? Que no sea novedosa, que no sea inventiva, que se trate de materia no patentable, como por ejemplo la presentación de información o por alguna de las causas de exclusión de patentabilidad, o que la descripción no sea suficiente para
permitir llevarla a la práctica.


Patentes. He traído la patente de un solicitante español que sufrió este proceso, y que me ha dado permiso para que lo comente. La patente se pidió primero en España, y en la parte de arriba a la derecha, junto a patente de invención,
aparece B1, que significa que ha sido concedida sin examen, pero ahora en las patentes pondrá B2, que significa que son concedidas con examen. Insisto en que una patente no es un derecho de uso, sino el derecho de excluir. Es una barrera de
entrada al negocio en terminología de Michael Porter. No otorga el derecho de uso de la propia tecnología patentada, puesto que puede estar patentada por otros. A esto también se refiere el proyecto de ley de patentes, y soluciona bien la cuestión
mediante las licencias cruzadas. Por ejemplo, yo puedo tener la patente de la bicicleta, ser nueva e inventiva, pero puede que no pueda fabricar la bicicleta que tengo patentada porque otra empresa tiene la patente, por ejemplo, del manillar o de
los frenos. O sea, que es un derecho de exclusión.


¿Cómo tiene que ser una ley de patentes? He leído muy bien el preámbulo y los artículos correspondientes, y en la página 1 del preámbulo se dice cuál es el objeto: facilitar la obtención rápida de títulos sólidos para los innovadores
españoles. La ley cumple con esto en un 90 %. La ley ha de favorecer, potenciar y asegurar la innovación y el avance técnico y social, así como la competitividad, otorgando derechos de exclusiva que para el ciudadano sean seguros, con garantía
jurídica y con un coste adecuado a las circunstancias. Además a nivel global de país debe tener una cantidad y calidad suficiente para permitirnos competir en igualdad de condiciones con nuestros competidores alemanes, americanos, japoneses,
chinos, coreanos, etcétera.


Se suele dar el número de patentes como indicador del nivel de innovación. Esto simplemente lo he querido adjuntar aquí para que vean cómo se califican las zonas en un estudio de la competitividad y la innovación que hizo la Unión Europea.
Estados Unidos y Japón son las correspondientes al violeta y rojo, y Europa es la azul de abajo. El nivel de innovación de Estados Unidos es el doble e incluso un 80 % superior. En estudios de análisis de varianzas estadísticos muy profundos la
Unión Europea llegó a la conclusión de que la diferencia en capacidad de innovación —y por tanto en competitividad— de un país y de sus empresas se debe en un 50 % a las patentes. Es decir, las patentes explican un 50 % de la diferencia que hay
entre los niveles de innovación americano o japonés y el europeo. En nuestra experiencia en el ruedo de compraventa de patentes, licenciamiento y juicios, hemos visto que un 50 %



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de las patentes son anuladas en juicio. Otra cosa que hemos detectado es que la tasa de venta de patentes americanas de origen español —es decir, con solicitante español— es muy bajo por su falta de calidad en las reivindicaciones, y por lo
general por la falta de inteligibilidad de las reivindicaciones para un juez y un jurado. En Tynax después de doce años hemos visto que las patentes españolas tienen poca capacidad litigiosa —por así decirlo—, y este debería ser uno de los
objetivos para poder competir.


Análisis del actual proyecto. Seré muy breve. Se elimina el certificado de adición y esto me parece muy correcto. Habría que profundizar en el título VII —lo ha comentado antes el señor Ribechini y no añadiré ni una coma a lo que ha
dicho— a fin de mejorar y clarificar los derechos de los inventores trabajadores. En cuanto a la eliminación de monopolios profesionales que se refiere a los agentes de la propiedad industrial, cita muy acertadamente la ley que se mantienen, pero
se remite al artículo correspondiente de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; no soy jurista, pero ahí dice quién tiene capacidad de obrar. El examen es el absoluto acierto de esta
ley. Tanto en la exposición de motivos como en el contenido del título V el pago de la tasa inicial de búsqueda me parece fantástico. No está aquí, pero creo que habría que copiar un poco más a las oficinas americana y europea para ver cómo se
puede hacer la solicitud de la patente, y qué documentación podría ser entendida como básica para dar una fecha de presentación. Este podría ser el contenido de un artículo científico. En el título IX, respecto a la obligación de explotar,
propongo un cambio para añadir la comercialización o venta de la patente a la licencia. El título X es un gran acierto y copia, entre comillas, lo que dice la legislación europea. En el título XII está muy bien lo del juez de lo mercantil en lugar
de primera instancia. Esto va a obligar a la especialización de jueces, lo cual incluso tendría que considerarse en alguna cláusula adicional. Me parece correcto el mantenimiento de los modelos de utilidad, aunque no haría exclusiones en cuanto a
la materia protegible. Por ejemplo, los procedimientos de fabricación de objetos los mantendría dentro del modelo de utilidad, como sucede en Alemania. En lo referente a las tasas, el 50 % para emprendedores y pymes es un gran acierto, era una de
las demandas.


Las mejoras ya las he comentado un poco. En el examen de fondo las opiniones son contrastadas en cuanto a si va a haber más o menos patentes. En principio la opinión parece que van a ser menos, con lo cual va a exigir menos trabajo, pero
en un futuro, cuando aumente la calidad, va a haber más. Por tanto cuando aumente la carga de trabajo en la OEPM, los examinadores ven la posibilidad de delegar la posibilidad del examen en distintas comunidades autónomas, con una formación y
capacitación a los examinadores mediante cursos a nivel europeo —en España los hay muy buenos también—. Asimismo en el fomento del incentivo, democratización de las invenciones, me remito a lo que ha dicho el señor Ribechini. Hay otra cosa —esto
es corrección mía— que en definitiva he visto que pide el mercado, y no sé si le corresponde a una ley de patentes, pero al menos debe citarse como una disposición adicional; se trata de las patentes de calidad. Un procedimiento de examen puede
ser de calidad, pero eso no garantiza una patente de calidad, porque se puede haber otorgado una patente que cumple con la ley, con los artículos 4 y 5 de actividad inventiva y novedad, pero ser tan restrictivo que luego sea muy fácil saltársela por
cuestión de una deficiente redacción de las reivindicaciones. Creo que una disposición adicional en esta nueva ley debería anunciar la realización de un examen de calidad que dé a la patente una capacidad litigiosa, y de ser vendida, para lo cual
hay profesionales, metodologías, etcétera, y una gran actividad a nivel comercial, por lo menos en Estados Unidos e incluso en Alemania. Por ejemplo, un elemento de calificación de la calidad de la patente podría ser la pertenencia de una patente o
de la invención a un sector técnico RIS-3 —lo tiene cada comunidad autónoma—, y dentro del objetivo 2020 de acuerdo con la comunidad autónoma.


Esta es mi exposición. Disculpen si me he excedido en el tiempo.


El señor PRESIDENTE: Pasamos al turno de los grupos parlamentarios. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su portavoz, don Félix Lavilla.


El señor LAVILLA MARTÍNEZ: Muchas gracias, don Enrique Batalla Farré, por su comparecencia, que ha sido muy pedagógica, muy precisa; ha estado muy bien organizada desde el inicio —qué es una patente, qué es lo que se tiene que patentar— al
posterior análisis que desde su punto de vista ha hecho del actual proyecto de ley, con lo cual me evita la primera pregunta que yo debería hacerle: qué aportaciones considera que se deben hacer al actual proyecto de ley. No obstante sí me
gustaría que detallara lo siguiente. Cuando usted se ha referido al título XIII no le he terminado de entender bien, así que me gustaría que precisara con carácter previo a la exposición que haré. En segundo lugar, quisiera que



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profundizara un poco más, porque patentar cosas implica un conocimiento previo, y me gustaría saber si desde su punto de vista la ley puede profundizar un poco más sobre qué debe hacer la educación o qué podemos fomentar para que desde el
campo intelectual, desde el campo de la universidad o incluso previo podamos tener una cultura más emprendedora para patentar, que simplemente van unidas. Usted hablaba de que la competitividad de un país va ligada al número de patentes. Asimismo,
en cuanto a las microempresas, si cree que se debe cambiar, potenciar más o modificar algo para que esas microempresas, que muchas veces no patentan pero tienen buenas ideas, no estén en desigualdad de condiciones frente a las grandes
multinacionales o grandes empresas, que ese aspecto lo tienen cubierto, no tienen ningún problema, ya que tienen departamentos de I+D+i que se dedican exclusivamente a eso, y cumplen rigurosamente con su función. Es decir, que la burocracia no sea
un freno para patentar una buena idea. ese es el objetivo de este proyecto de ley, que tiene dieciséis títulos, diez disposiciones adicionales, seis disposiciones transitorias, una derogatoria, nueve disposiciones finales y un anexo de tasas y
tarifas.


También me gustaría que me diera su punto de vista sobre algo que por lo menos al Grupo Parlamentario Socialista nos preocupa. En el título IV, que va desde el artículo 15 al 21, en todo lo que tiene que ver con las invenciones
pertenecientes al empresario y al trabajador, entendemos que hay un desequilibrio claro. Se ha referido ya a ello el anterior compareciente. Es importante fomentar dentro de la empresa la cultura innovadora y patentar ideas, y para que eso se
consiga cualquier empresario lo que tiene que hacer es potenciar que sus trabajadores lo hagan. Yo no termino de entender —no lo he visto en su exposición y por eso le pregunto— por qué la ley es tan restrictiva en cuanto al derecho del trabajador.
Entiendo que si se hace con medios y formación de la empresa, lógicamente el trabajador tiene una obligación de lealtad y de ponerlo en conocimiento, pero no termino de entender cómo este proyecto de ley no incentiva esta filosofía que para nosotros
es clave y algunos sectores nos lo han hecho llegar en las redes sociales. He visto su currículum, también muy comprometido con causas sociales de voluntariado. Quería preguntarle lo siguiente: usted ha hablado del derecho de patente como un
derecho de quien realiza una invención a disfrutar de la misma, pero va unido también —incluso cuando ha citado a Abraham Lincoln— a un tiempo limitado. ¿Cómo conseguir una armonización de los tiempos en esa patente única con el marco europeo?
Cómo está en Europa, cómo está en el mundo y si esta ley encaja en esos plazos y en esos tiempos, porque cuanto más nos armonicemos con el conjunto de países es probablemente mejor. También me gustaría preguntarle sobre el examen previo. Usted se
ha referido a ello —voy terminando ya—, porque hay que apostar, como ha dicho, por patentes de calidad. ¿Usted cree que el texto del proyecto de ley, en cuanto a la patentabilidad en la universidad, las patentes que se regulan de la universidad,
tiene que tener cambios o está bien regulado en el texto actual?


Quiero agradecer su comparecencia, que ha sido muy precisa, muy pedagógica y sin lugar a dudas nos aportará mucha luz para las enmiendas que lógicamente tratarán de enriquecer el proyecto de ley.


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, tiene la palabra doña Inmaculada Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: Quiero agradecer también al compareciente su exposición, que nos ha aportado puntos adicionales de interés a los que ya han sido comentados esta mañana a lo largo de las otras comparecencias. Una vez más quiero
poner de manifiesto el compromiso de mi grupo parlamentario, en este marco de trabajo y de negociación de la ley de patentes, por la calidad, por la apuesta por la I+D+i, por la innovación y porque creemos que no debemos infravalorar dicha ley. Es
una ley que tiene una estrecha, una estrechísima conexión con el valor de la I+D+i, con la apuesta que hemos de hacer a nivel de crecimiento y de competitividad económica y social por la innovación, por la investigación y por el desarrollo y esto
obliga a elementos muy tangibles, como pueden ser los recursos que estimulen la I+D+i, las leyes que favorezcan una mejor y mayor innovación, pero también nos obliga a algo intangible, que es generar más y mejor cultura de la I+D+i. Por la parte de
la investigación básica estamos mucho mejor posicionados, pero en la parte que afecta a la innovación tenemos aún mucho camino por recorrer, y así lo he manifestado en la anterior intervención. Hemos de aunar esfuerzos en poner mejores bases para
que nuestras empresas innoven más y, por lo tanto, para que detrás haya una mayor cultura de la innovación y que todos los agentes del sistema de la I+D+i trabajen de manera más coordinada, lo que redundará a favor de una mejor innovación y, sobre
todo, recuperar este gap que nos separa de Europa, más allá de los esfuerzos que se están haciendo y de la competitividad que se está ganando; pero ha de ser una competitividad que se gane por esta vía de la innovación. Aquí me gustaría incidir en
el tema de este intangible que es la cultura; más cultura innovadora por parte de la sociedad y de las empresas, sobre



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todo por parte de las pymes, que les es más difícil asumir esta cultura de más y mejor innovación, implica, por una parte, formación —como decía también el anterior compareciente— desde la escuela —sobre esto tenemos que incidir y la ley
también debe hacerlo porque es básico—; una formación que ha de iniciarse antes de la universidad. Se necesitan también instrumentos que, desde la competitividad, ayuden a las empresas y, sobre todo, a las pymes. Las grandes empresas innovan, y
han de innovar más y mejor, y esta ley pone instrumentos para que esto sea así. Pero uno de los problemas que tenemos —y que ha de afrontar esta ley— está en las pequeñas y medianas empresas, cuyo crecimiento, cuya internacionalización, va
estrechamente vinculada a esta capacidad de innovar y, por lo tanto, a la capacidad también de generar patentes, entendiendo la patente como este derecho a excluir y proteger. Desde este punto de vista, los instrumentos de estímulo a las pymes que
se pongan para que puedan generar y producir más patentes son necesarios. Me gustaría que nos diera su valoración sobre si la ley marca suficientes pasos a favor de las pymes para que estas puedan innovar más y mejor; y esto significa fiscalidad,
mejora de los procesos administrativos, facilitar a las pequeñas y medianas empresas que puedan generar más patentes, no solo nacionales sino sobre todo europeas e internacionales, muy vinculadas a estos procesos de internacionalización. Quisiera
su valoración sobre si la ley responde de manera suficiente a estos objetivos.


Se ha puesto de manifiesto también la problemática de los seguros, no en su intervención pero sí en intervenciones anteriores. Existen sistemas de seguro de la protección de la patente, de defensa de la patente delante de futuros litigios,
etcétera, pero están muy enfocados a las patentes de las grandes compañías. No sé si sería oportuno y necesario establecer un modelo de seguro para proteger también a las pequeñas y medianas empresas, lo que podría constituir un elemento de
estímulo a las pymes para poder patentar más. Por otro lado, se ha hecho referencia —y usted también lo ha hecho en su intervención— a la especialización de los jueces. Yo creo que es fundamental. Existe esta especialización, pero debería ser más
transversal y más amplia. Me gustaría conocer su opinión con respecto a este aspecto en el marco de la ley y si lo cumple de manera debida. También veo muy positivo el examen previo. Compartimos este punto crítico de la ley, que creo que juega
muy a favor de la calidad de las patentes.


Termino ya, señor presidente. Me gustaría hacer un inciso sobre una última consideración que hacía el compareciente en relación con el seguimiento de la calidad de las patentes, la auditoría. No me gustaría que esto, que tiene sus bondades
y aspectos positivos, se tradujese en un elemento de freno o burocratización de los mismos procedimientos o sistemas. Es cierto, como decía el compareciente, que un elemento de certificación de la calidad de la patente podría ser su incorporación
dentro de programas europeos como es el RIS-3, pero sabemos también que no todas las empresas ni todas las invenciones o patentes pueden estar dentro. Si hay que establecer sistemas de seguimiento de la calidad, deben ser sistemas ágiles, sistemas
flexibles, sistemas rigurosos obviamente, pero que no entorpezca o no burocraticen un modelo que debe ser lo más flexible posible, sobre todo cuando pensamos en las pequeñas y medianas empresas.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña Concepció Veray.


La señora VERAY CAMA: En primer lugar, quiero agradecer al señor Batalla su exposición. Él es un gran experto en el tema de patentes y, por tanto, yo no repetiré algunos de mis argumentos, ya que el señor Batalla estaba presente en la
comparecencia anterior y también ha oído mi intervención. Voy a ir directa al grano, a ver si recuperamos un poco el tiempo y porque además es más interesante que el compareciente tenga más tiempo para contestarnos, que no que hablemos nosotros
intentando adornar nuestras intervenciones. Antes de hacer las preguntas quisiera matizar dos cuestiones. La señora Riera hacía referencia —y mi grupo parlamentario lo comparte— a la importancia de esta ley de patentes y que no debemos
infravalorarla. Al contrario, nosotros creemos que disponer de una buena ley de patentes es casi tan importante como tener financiación para la innovación en las empresas. Por tanto, no solo no la infravaloramos sino que la valoramos de manera
positiva, así como el Gobierno del Partido Popular, que es el redactor y el que presenta este proyecto de ley con la voluntad política de mejorar la situación. El señor Batalla ha dicho en más de una ocasión en su intervención que esta propuesta le
parece muy bien, que es un paso adelante, un paso de gigante. Son frases que ha utilizado el señor Batalla y que a mí, como portavoz del Grupo Popular que apoya al Gobierno, que es quien presenta la ley, me ha hecho sentir orgullosa. Además, aún
yo no he oído a ningún compareciente decir que esta ley —aunque aquí en algún momento se haya podido calificar como restrictiva— sea mala, sino al contrario, es buena. Es verdad que



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puede ir más lejos y en eso estamos todos de acuerdo, pero es una buena ley y, además, mejora la que tenemos del 1986, porque, como he dicho en mi intervención anterior, estamos en el año 2015.


Voy a las preguntas concretas. Señor Batalla, usted ha hecho referencia, y a mí me ha impactado mucho, a que el 50 % de las patentes se anulan, porque no están bien hechas o son ininteligibles. A mí me gustaría que nos hablara un poco más
de este tema, de por qué pasa esto y qué podríamos hacer. Yo no sé si la solución pasa por algo que se tiene que incluir en esta ley o por una cultura o por una formación que tiene que ir en paralelo, pero creo que es tan importante como la propia
ley el tener claro el porqué en estos momentos el 50 % de las patentes llegan a anularse, porque al final estamos todo el rato hablando de calidad, es verdad y es muy importante, más que la cantidad, pero si además de poca calidad o menos calidad la
cantidad también se nos anula, el problema es doble. Por tanto, me gustaría conocer su opinión en relación con este tema que nos ha planteado.


La señora Riera ha insistido en su intervención —nosotros también creemos que es muy importante— en la especialización de los jueces y decía que era un acierto lo del juez de lo Mercantil. Si esto lo relacionamos con lo que le acabo de
decir de que se anulan patentes, a lo mejor lo que falta es formación en diferentes ámbitos que tienen que ver con el tema de las patentes. En ese sentido, me gustaría que nos diera su opinión sobre si hace falta que en paralelo a la aprobación de
esta nueva ley, su desarrollo y su aplicación como tal, se tengan que reforzar en este sentido temas tan importantes como es el de la formación de todos los actores que participan en el registro de una patente.


Para acabar me gustaría aclarar alguna duda que me ha surgido —la señora Riera también se lo decía— en su intervención en relación con el seguimiento de la calidad de la patente que usted manifestaba —y es una de las cosas más novedosas que
usted ha planteado—. Si una cosa positiva tiene esta ley que hemos puesto en valor es que reduce las cargas burocráticas, no pone tantas trabas y por lo tanto se agiliza todo el trámite de las patentes, pero si para hacer este seguimiento de
calidad lo que conseguimos es volver a poner más carga burocrática o que se ralentice todo el proyecto, nos estaremos contradiciendo a nosotros mismos. Por eso, nos gustaría conocer cuál sería la manera que usted nos plantea para hacer este
seguimiento de calidad o si haría falta hacer un estudio para más adelante, si es necesario, modificar puntualmente la ley aprobada para incluir estas cuestiones.


El señor PRESIDENTE: Para contestar a las cuestiones que le han planteado, tiene la palabra el señor Batalla.


El señor INGENIERO INDUSTRIAL, EXPERTO EN PATENTES Y MIEMBRO DE LICENSING EXECUTIVE SOCIETY, CONSULTOR PARTNER TYNAX (TECHNOLOGY TRADING EXCHANGE) TYNAX, INC (Batalla Farré): El representante del Grupo Socialista me ha planteado muchas
preguntas por lo que intentaré ser lo más breve posible y agruparlas. Las aportaciones adicionales del título XIII son las referentes, si no me equivoco, al contenido del derecho. ¿A qué observación se refería usted?


El señor LAVILLA MARTÍNEZ: He creído entender en la presentación —pero no me ha dado tiempo a anotarlo— que en el título XIII hablaba de los modelos de utilidad, de objetos, requisitos de protección y todo esto.


El señor INGENIERO INDUSTRIAL, EXPERTO EN PATENTES Y MIEMBRO DE LICENSING EXECUTIVE SOCIETY, CONSULTOR PARTNER TYNAX (TECHNOLOGY TRADING EXCHANGE) TYNAX, INC (Batalla Farré): Sí, sí, entendido. Lo que yo quería comentar con respecto al
modelo de utilidad es que es un título que es interesante porque el pequeño inventor, de una forma barata y rápida, puede tener un título de propiedad industrial, es decir, para un pequeño invento creo que la tasa son 100 euros, 50 con las nuevas
disposiciones. Yo creo que es interesante que persista, y la modificación la haría más similar al modelo alemán, que también permite que lo haya en procedimientos industriales, una pequeña mejora en un proceso. Actualmente esto no está permitido y
yo haría que fuera así.


Me habla usted de si creo que la ley debe profundizar en el aspecto de cultura del emprendedor y en la microempresa, que no se creen desigualdades con respecto a las grandes empresas. En realidad no puedo pronunciarme mucho sobre esto, sé
que hay aspectos de la ley que tienen que mejorarse con respecto a este tema, pero a lo mejor no es la función de una ley de patentes estrictamente profundizar en aspectos para favorecer a la microempresa. No lo sé. Lo que sí las favorece son las
tasas más bajas, que son una gran ventaja. Comparativamente no es equitativo que sea la misma carga económica o el doble para una gran empresa que para una pequeña o microempresa. Quizá no lo es, pero con estas



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disposiciones que hay en la ley creo que nos equiparamos bastante a lo que es el objeto de la ley de patentes, que es conceder patentes. Por ejemplo, en cuanto al tema de igualdad lo que se tiene que favorecer es la innovación dentro de la
empresa. La microempresa o el trabajador de la empresa va a estar más motivado si comparte con la empresa la repercusión económica que esta tenga del uso, venta o licenciamiento de esta patente. Esto lo encuentro a faltar en la ley y creo que
sería muy importante considerarlo.


En cuanto al tema de la universidad, no soy jurista y no tengo mucha experiencia en la universidad, simplemente doy clases, por lo que en cuanto a la gestión de las patentes en la universidad no conozco mucho. Lo que creo es que por ahí
podíamos habernos copiado la legislación de la patente europea, que permite introducir un texto, incluso en otro idioma que no sea el inglés, el francés o el alemán —en nuestro caso, el español—, y otorgar una fecha de entrega de la patente. A
partir de este texto se podrá redactar la patente, de manera que se cumplan los requisitos de patentabilidad, lógicamente, sin que se exceda de lo inventado en ese texto que se ha incluido. ¿Eso que permite? Permite al investigador de la
universidad una gran libertad de publicar. Lo que decía antes el señor Ribechini, se hace una due diligence de la innovación para ver si merece una patente o no, y en caso de que sí, pasa directamente a patentarse antes de publicarse. Esto también
se hace en Stanford, en el otro lado de Estados Unidos. Yo no digo que sea esto lo que tengamos que hacer aquí, pero sí algo que se parezca un poco; quizá debería parecerse más a lo que sucede con la patente europea, que es muy ágil. Se puede
presentar un texto cualquiera, el mismo de la publicación, y si esa publicación o la innovación que lleva implicada merece una patente, pues ya se verá. En este caso, en la universidad las tasas que pagas por introducir este texto son cero.


A la señora Riera me gustaría decirle que estoy de acuerdo con sus observaciones relativas a la formación. La formación es muy importante, quizás no desde la más tierna infancia, pero sí desde la escuela secundaria. En esta etapa sería
importante que supieran con qué se van a encontrar cuando salgan por Europa, China, Estados Unidos, etcétera, las personas que luego van a tener que tratar en el mundo profesional, en el mundo de la empresa, ya sean trabajadores o empresarios. En
estos países se van a encontrar con sus propias legislaciones, a las cuales se va a parecer cada vez más la nuestra, y se les va a exigir que conozcan a fondo estos asuntos y que haya un estímulo a la cultura de la innovación. Esto es algo que
habría que citar en una disposición adicional en la Ley de Patentes, y si no se reglamenta ahora el tema, sí se debería dejar claro que se hablará de ello, que se legislará o se harán reglamentos sobre formación secundaria en universidades, en los
ciclos académicos, sobre todo para jueces. El sentido de una patente —tiene más sentidos, como el prestigio que supone—, la esencia de una patente, de un título de propiedad industrial o intelectual, es ser esgrimida delante de un juez. Si el juez
no entiende de patentes, no sabe entender lo que ponen las reivindicaciones o no hay quien se lo sepa hacer entender, vamos mal. Son los jueces los que tienen que entender más de patentes, junto con los que redactan las reivindicaciones, que están
en muy estrecha conexión con el inventor.


En cuanto a estímulos, creo que sí los da la ley de patentes. La bajada de las tasas y el examen, en principio son un buen estímulo. En principio, el estímulo de las tasas es económico y el del examen puede suponer una buena ocasión para
conceder patentes de prestigio, sin que esto signifique que sean de calidad —lo suyo es que sea de calidad el procedimiento— y, por lo tanto, esto aumenta el prestigio del sistema de patentes español.


En cuanto al tema de los seguros, hubo un estudio de la Fundación Maphre sobre si se implantaba un seguro de patentes o no, y quedó aparcado porque la valoración del riesgo tiene un precio excesivo. Para valorar la prima, el coste de la
valoración del riesgo en una patente se estimaba en 3.000 o 5.000 euros; por lo tanto, las compañías de seguros lo desestimaron. Lo que sí puede ser interesante —insisto, es una opinión que antes he vertido y que ahora quizá repito mínimamente más
elaborada— es que se diga que se hablará de cualificar las patentes en cuanto a la calidad de las reivindicaciones, si son capaces de competir y de ser entendidas por un juez, por un jurado, y si definen y protegen bien el negocio que va a ser del
inventor y posiblemente de la empresa. Del estudio de la calidad de la patente puede implicarse ya una cualificación de la misma para calificar la prima del seguro más o menos alta. ¿Es interesante? Sí. ¿Se ha profundizado? No, pero habría que
estudiarlo. La especialización de los jueces, que sean jueces de lo Mercantil los que atienden ahora los asuntos de patentes, entiendo que es muy positivo. La continuación —¿cómo lo ha dicho usted?— de este perfeccionamiento de la calidad de las
patentes debería mencionarse en un lugar u otro la ley de patentes, coordinadamente con los RIS-3 de las comunidades autónomas, porque ha de tener sentido aquello que dice el RIS-3 y los sectores técnicos que potencia cada comunidad autónoma deben
ir soportados por buenas patentes.



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En cuanto a la señora Veray, sobre si es buena la ley de patentes, sí, yo creo que lo es. ¿Se podría ir más lejos? Ya he comentado en lo que se podría ir más allá: en el tema de las invenciones laborales, por así decirlo, y la posibilidad
de agilizar el proceso de presentación de las solicitudes de patente. Son dos temas en los que creo que se podría mejorar, así como el propio redactado, aparte de estas citas al seguro de patentes, a la formación y al perfeccionamiento de las
patentes.


Preguntaba sobre el motivo y las consecuencias de que el 50 % de patentes se anularan. Estoy hablando de patentes a nivel mundial, en Estados Unidos y en Alemania, que es donde hay mercado y donde competimos. Cuando vas con una patente a
decir al juez que te han infringido la patente y que declare daños y perjuicios o que seas compensado por infracción de patente, la probabilidad de que anulen, mediante un juicio de reconvención o de anulación de la patente en Estados Unidos y en
todo el mundo es del 50 % más o menos. De ahí que vayas a los juicios con carteras de patentes, con lo que la probabilidad de que no se anule alguna, por pura estadística, sube de un modo exponencial.


Para acabar —creo que con esto más o menos he recuperado el tiempo perdido—, hacía usted mención a que las patentes no están bien hechas y son ininteligibles. Sí. Este es el motivo por el cual en Tynax nos estamos dando cuenta de por qué
no se compran las patentes: porque el comprador de patente lo que va a comprar es el derecho a esgrimir esta patente contra un competidor o a hacerla valer ante un juez o amenazar con hacerla valer. Si las reivindicaciones no son inteligibles por
un juez o definen un producto más que una invención, el comprador no compra este caballo porque le faltan dientes y no irá muy lejos. De hecho, en los mercados de patentes de Estados Unidos se han vendido muy pocas patentes españolas y las causas
han sido estas. Se ha visto que no han pasado la due diligence, lo que se llama claim chart, que es ver si la patente se lee sobre el producto, y no han pasado estas pruebas. De ahí mi insistencia en este examen de calidad de las patentes. Como
decían todos los grupos, es realmente una falta de cultura que no se subsanará a golpe de ley, pero la ley nos va a permitir acercarnos un poco más. En cuanto a si el seguimiento de la calidad de la patente no supone más carga burocrática, pues sí
puede ser, pero ha de haber algún camino que nos lleve a tener patentes de calidad, no bien concedidas, que es lo que permite el proceso. Es un proceso potente, serio, seguro, de calidad, pero esto no implica que la patente sea de calidad a nivel
comercial, que es uno de los puntos en los que insisto.


El señor PRESIDENTE: Reiteramos nuestro agradecimiento al señor Batalla y suspendemos un momento la sesión para despedirle y recibir al siguiente compareciente. (Pausa).


— DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL COMITÉ DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA CEOE (DURÁN MOYA). (Número de expediente 219/000749).


El señor PRESIDENTE: Empezamos la última comparecencia de la mañana de hoy, la de Luis Alfonso Durán Moya, presidente del Comité de Propiedad Intelectual de la CEOE. El trámite consta de una intervención inicial aproximada de quince
minutos, luego intervendrán los portavoces de los grupos parlamentarios y después contestará usted las cuestiones que se le planteen. Le damos la bienvenida a esta Comisión de Industria y le cedemos la palabra.


El señor PRESIDENTE DEL COMITÉ DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA CEOE (Durán Moya): Muchas gracias.


En primer lugar, quiero agradecer en nombre de CEOE que hayan tenido en cuenta nuestra organización para esta comparecencia. Nosotros hemos hecho llegar a todos ustedes unos textos de veintinueve enmiendas por escrito, que supongo que deben
tener ya que los mandamos el 28 de enero. Me propongo, porque el tiempo es limitado, explicar un poco desde la perspectiva empresarial la importancia que tiene esta ley para crear un marco favorable a la protección de la innovación en España que
permita a las empresas utilizar la innovación como un elemento vital para el desarrollo económico en las circunstancias en las que España se encuentra en estos momentos. Simplemente recordaré, porque sus señorías conocen perfectamente esta
cuestión, que en un país como España, que está en una economía de mercado global en la que las empresas tienen que competir a nivel global, la innovación es una herramienta fundamental de la cual no se puede prescindir. No se puede prescindir
porque, como sus señorías saben, nuestra competencia no está en el pueblo o en la ciudad de al lado, sino en el continente europeo, en el continente americano y en el continente asiático. Por tanto, una empresa hoy en día no tiene razón de ser si
no tiene un mercado global. En este mercado global la competencia fundamentalmente en precios es muy feroz. España es un país que tiene unas estructuras socioeconómicas que requieren



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que todos los ciudadanos españoles contribuyan a sostener este sistema y, por tanto, nunca vamos a ser un país excesivamente barato y nunca vamos a poder competir en precios exclusivamente. La innovación es la herramienta que nos permite a
las empresas españolas poder entrar en competencia con empresas de nuestro entorno para poder crear riqueza, crear valor añadido y generar empleo de calidad, porque no hay que olvidar que el empleo que genera la innovación es un empleo de calidad y,
por tanto, permite sostener el Estado del bienestar que todos queremos y tanto deseamos.


Como decía, las patentes y las empresas tienen una relación muy intensa y en realidad la Ley de Patentes no crea la innovación, sino que la Ley de Patentes lo que hace es crear un marco legal que permite proteger esta innovación. Porque si
la innovación no se protege, en realidad lo que estamos haciendo es un esfuerzo que no hacen nuestros competidores a cambio de que estos competidores puedan copiar lo que a la empresa que ha generado esta innovación le ha costado tanto crear. Por
tanto, lo que la Ley de Patentes hace es, a través del mecanismo de la protección, permitir que las empresas que invierten en innovación puedan recuperar la inversión realizada y ser más competitivas. En esta materia en España estamos en un entorno
también global, es decir, España no puede legislar en materia de patentes lo que quiera, tiene solamente una parte de libertad porque estamos en la Unión Europea y estamos vinculados por las directivas europeas en materia de patentes y ha firmado
una serie de tratados internacionales que lo que hacen es condicionar lo que podemos o no podemos hacer. Por tanto, lo que España puede legislar en su Ley de Patentes es limitado, no podemos regularlo todo. Este proyecto de ley de patentes
incorpora en su texto una serie de disposiciones que no tenemos más remedio que introducir porque los tratados internacionales o las directivas europeas nos obligan. Donde tenemos el margen de maniobra es en aquello en lo que tenemos que ver si
estas áreas las dimensionamos de manera que creemos un marco favorable para que las empresas españolas puedan utilizar la protección a través de las patentes de forma más competitiva. ¿Dónde tenemos libertad para legislar? Tenemos libertad en las
modalidades de protección. Podemos escoger si ponemos solo patentes o ponemos patentes y modelos de utilidad, si mantenemos los certificados de adición o no los mantenemos, etcétera. Patentes tenemos que tener, porque los tratados internacionales
que España ha firmado la obligan a tener la figura de la patente; el modelo de utilidad es opcional. Procedimiento de concesión, también tenemos libertad, porque los tratados no obligan a imponer uno u otro. Invenciones laborales, es típicamente
legislación nacional. Normas procesales para resolver litigios en España, también tenemos libertad para regularlo. Representación profesional ante la oficina y el régimen de tasas y anualidades.


Para que sus señorías se familiaricen un poco con esta interrelación que hay entre el sistema nacional y los sistemas internacionales me ha parecido útil presentar este esquema, en el cual pretendo reflejar cómo funciona no solamente la
protección de una invención en España —que esto es el principio—, sino cómo se extiende esta protección en el extranjero, porque el derecho de patente es un derecho territorial y, como tal, si uno protege su invención en España, solamente tiene
protección en España. Dentro del contexto global que decía al principio, es evidente que una empresa española, aunque sea una pyme, hoy en día no se puede limitar en general a proteger su invención en España. Por tanto, no podemos perder de vista
esta interrelación. Cuando uno tiene una invención lo primero que tiene que hacer, si la quiere proteger, es solicitar una patente y puede escoger solicitarla donde quiera. Lo lógico sería empezar por su país de origen, pero no necesariamente.
Supongamos que una empresa decide empezar con una solicitud española de patente o de modelo de utilidad, esta solicitud le da un plazo de doce meses para decidir si la quiere extender. Si la quiere extender, tiene dos mecanismos: el que está
indicado como PCT, que es un mecanismo que permite prolongar el plazo para decidir dónde la extiende dieciocho meses más; o la vía normal, que es pedir patentes nacionales en otros países —Estados Unidos, Japón, China, etcétera— o patente europea,
que es un mecanismo, del cual forma parte España, para conseguir la concesión de una patente, que se convierte en un haz de patentes en una pluralidad de países que forman parte de este sistema, que no es exclusivamente de la Unión Europea, sino que
incluye otros países no de la Unión Europea, como Suiza, Noruega, Turquía, etcétera. Una vez concedidas, estas patentes europeas surten efectos en cada uno de estos países, incluyendo España. Por tanto, una empresa española puede decidir proteger
su invención en España vía patente española o vía patente europea. Esto lo tenemos que tener en cuenta cuando analicemos qué régimen nos damos para otorgar patentes españolas, porque este régimen competirá con el europeo y tenemos que ver que este
régimen que compite con el europeo dé alguna ventaja a las empresas españolas que opten por iniciar su protección a través de una patente española.



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Actualmente tenemos un sistema de tramitación que es opcional, es decir, una empresa puede escoger entre un trámite con un examen que puede acabar con la denegación de la patente o su concesión, o bien otro sistema en el cual la patente se
le va a otorgar con independencia del examen preliminar que haga la oficina. En todos los casos la oficina hace lo que se llama un informe sobre el estado de la técnica, un IET, que consiste en una búsqueda en las bases documentales a las que tiene
acceso de las patentes u otros documentos técnicos que puedan anticipar aquella invención y da su opinión, lo que en tecnología de patentes se llama su opinión escrita. Esto existe en todas las patentes. A partir de este documento el solicitante
tiene dos opciones: ir por la vía del examen opcional, en cuyo caso paga una tasa de examen y la oficina le concede o deniega la patente —en general, lo que va a hacer es confirmar lo que ya había dicho en su opinión escrita sobre el informe sobre
el estado de la técnica—, o bien ir por la otra opción, que es voluntariamente modificar la patente limitándola a lo que dice el informe sobre el estado de la técnica. Esta solicitud de patente va a acabar igualmente siendo concedida pase lo que
pase. A primer vista, uno puede decir que es evidente que el sistema con examen es mejor que el sin examen y esto es lo que propone el proyecto de ley, suprimir el sistema opcional y poner el sistema exclusivamente con examen. Esto es así, pero no
es absolutamente así. ¿Por qué? En primer lugar, el examen que hace la oficina no tiene en cuenta todas las patentes que se han solicitado antes de la fecha de presentación de la patente y que todavía están en secreto. Para que sus señorías
tengan una noción de qué quiere decir esto, esto quiere decir que todas las patentes que se han presentado durante el último año y medio desde hoy en todo el mundo no las puede tener en cuenta la oficina simplemente porque no las conoce. Esto
significa que los exámenes que hacen la oficina española y el resto son unos exámenes en los que se dejan fuera muchas cosas. Por tanto, el examen no garantiza que la patente sea válida. He escuchado lo que ha comentado el anterior compareciente
relativo a que a nivel mundial el 50 % de las patentes de las que se pide la nulidad se anulan. Pues bien, muchas de las patentes incluidas en este 50 % son examinadas por la oficina norteamericana, por la oficina europea, etcétera. Yo tengo una
estadística que me ha facilitado Alemania y no es el 50 %, sino el 90 %, pero, claro, es el 90 % de las que se solicita la nulidad, que esto no quiere decir que se anule el 50 % de las patentes que se piden. En España, según datos de la Oficina
Española de Patentes y Marcas, en el año 2011 de 3.528 solicitudes se anuló una; en 2012, de 3.361, ninguna; en 2013, una y en 2014, cuatro. Es decir, también tenemos que poner en dimensión qué es esto de que se están concediendo muchas patentes
que se anulan. No es cierto. Se podrían anular muchas, pero estos datos son sobre las que se pide la nulidad. Esto es, alguien tiene que ir a un tribunal y pedir que se anule una patente.


Volviendo al examen, esta es una cuestión en relación con la cual no podemos decir que haya posiciones que sean muy absolutas. Lo que hay que hacer es analizar —es el esfuerzo que a ustedes les toca, analizar desde la perspectiva de su
Poder Legislativo— qué les interesa a las empresas españolas en esta materia. ¿Interesa el examen opcional? ¿Interesa suprimirlo? ¿Interesa mantenerlo? Hay unos datos de partida: el sistema de la Ley de Patentes se usa en un 95 % por
solicitantes españoles. Por tanto, pensemos que esta ley será utilizada en su mayoría por empresas españolas y no por empresas de otro país. ¿Por qué? Porque el 90 % de las patentes que se conceden en España a nombre de extranjeros vienen por la
vía europea. Así, pues, el sistema español se va a utilizar muy poco por empresas extranjeras. El 99 % de estas empresas son pymes, por lo que tiene una dimensión pequeña. El 90 % de los que piden hoy en día patentes en España —son datos que ha
cedido la Oficina Española de Patentes y Marcas— no optan por el examen, por lo que partimos de la base de que, si cambia la ley, el sistema lo cambiaremos contra lo que interesa al 90 % de las empresas que utilicen el sistema de patentes en España.
Cuando una empresa desea extender una patente a otros países, España puede ser un simple primer paso. Si le ponemos un sistema muy complicado, es posible que en vez de pedir una patente española pida una europea directamente y se olvide de la
española. Si pide una patente española y luego una europea, cuando se conceda la europea será la parte europea para España la que valdrá y la española desparecerá porque no puede haber duplicidad. Por tanto, ¿qué es lo que conviene a las empresas
españolas en materia de procedimiento? Les conviene que la solicitud de partida con la ley española puedan hacerla de la manera más económica posible, porque —como decíamos— la mayoría son pymes; que la puedan hacer en español —es evidente que
esto es una ventaja; la vía europea exige presentarla en inglés, francés o alemán y, por tanto, la española tiene la ventaja de que lo pueden hacer en español—; y que las tasas sean bajas. También les interesa tener lo antes posible un texto que
las proteja frente a la divulgación. Como la patente se tiene que presentar antes de hacer cualquier acto de divulgación, interesa presentar una patente lo antes posible. No se puede demorar la presentación. También les interesa no tener que



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duplicar los trámites si solicitan luego una patente europea. Si el sistema español pone el examen obligatorio, tendrán que pasar un examen en España y luego un examen en la oficina europea. Esto implica duplicidad de costes en todos los
sentidos, no solamente de tasas, sino de esfuerzo. El procedimiento de examen es muy costoso desde el punto de vista de la intervención del solicitante. Tiene que analizar muchos documentos. Muchos de estos documentos están en otros idiomas y los
tiene que traducir. Tiene que analizarlos, valorarlos, compararlos con su patente, modificar la patente, etcétera. Es un trabajo muy costoso. Como el procedimiento de examen es largo, si ponemos examen obligatorio en España, el tiempo de
concesión de la patente se alargará. Si piden a la vez una patente europea, el examen europeo también es largo. Por tanto, la desventaja que tiene poner el examen obligatorio es que mientras dure el examen europeo en España no tendrán una patente
concedida y, si hay una infracción, no podrán actuar. Si el IET es desfavorable, constará en el expediente, porque la oficina lo cita y esto es público. El examen normalmente solo viene a certificar lo que ya ha dicho la oficina en el informe.
Por estas razones es muy probable que no haya un cambio, porque la valoración de la oficina ya está en el sistema opcional.


Hay otro tema que también preocupa mucho a las empresas. Actualmente en España tenemos unos tribunales especializados en materia de patentes, que son los tribunales de lo mercantil. Han mejorado muchísimo y entienden mucho mejor. Si la
disputa sobre la validez de la patente se hace en este tribunal, estamos ante un tribunal experto. Si se impone el examen obligatorio, cuando la oficina deniegue una patente, el solicitante solo tendrá la posibilidad de ir a los tribunales de lo
contencioso-administrativo. Los tribunales de lo contencioso-administrativo no pueden ni podrán ser nunca expertos en patentes, con lo cual la calidad de las resoluciones judiciales o del control judicial también sufrirá. Con todo esto, también
les quiero decir que en la CEOE no hay ningún acuerdo sobre esta materia; no nos hemos puesto de acuerdo. Tenemos un grupo de empresas que están a favor del examen obligatorio, en general, grandes empresas, y tenemos otro grupo de empresas que
están a favor de mantener el examen opcional y, en general, los que apoyan esta tesis son las pymes. Ya ven que no es todo tan absoluto y les traslado simplemente esta cuestión para que ustedes reflexionen sobre ella, porque mi obligación aquí es
informarles.


Otra cuestión preocupante es el análisis del impacto que este cambio puede tener en la propia oficina. Ustedes tendrán estos datos —no me voy a extender, porque no tengo mucho tiempo—, pero aquí he reflejado los volúmenes de solicitudes de
patentes que hay, las tasas que se recaudan y lo que sucede actualmente. A través del sistema actual —si no se modifica— la oficina viene a recaudar al año unos 5.800.000 euros en tasas —de solicitud, examen, informes, etcétera— y tiene un trabajo
aproximado de 4.800 informes sobre el estado de la técnica y 313 exámenes. ¿Por qué tan pocos? Porque solo un 10 % pide examen. Este trabajo lo hacen funcionarios de la oficina que tienen cualificación técnica; es gente preparada y con una masa
crítica para trabajar bastante importante. ¿Qué puede pasar? Si se impone el examen obligatorio, es posible que los solicitantes que no piden el examen actualmente sigan sin pedirlo y se desvíen. Si para pedir una patente española tienen que
pasar examen obligatorio, pueden decidir ir a otras vías.


¿Qué otras vías tengo? Pedir patente europea directa y saltarme la patente española; pedir una patente PCT directa y saltarme la oficina española. ¿Con lo cual, qué puede pasar? Si esto sucediera y tuviéramos en cuenta un poco estos
números, podríamos pasar a que la oficina recaudara 652.000 euros en concepto de tasas, que si tenemos en cuenta que muchas de estas empresas son pymes y tendrán una reducción del 50 %, se convertirían en 326.000 euros de tasas por todo el trabajo
que harían. Pero es que el volumen de trabajo disminuiría considerablemente, podrían pasar a hacer 313 informes y 313 exámenes. Es decir, aquí tienen la comparación: podría haber un déficit de recaudación de tasas importante, si las empresas se
van por otra vía, y un exceso de examinadores, porque es evidente que para hacer 313 informes y exámenes no necesitan el cuerpo de examinadores que tienen. Esto tendría otra consecuencia muy negativa, y es que en materia de examen los examinadores
están especialidados en áreas técnicas; cuando uno tiene mucho volumen de trabajo puede tener un examinador dedicado a patentes químicas de un polímero determinado porque hay muchas y puede pasarse el día haciendo aquello, pero cuando tiene poco
tiene que hacer de todo. Con lo cual, al tener que hacer de todo disminuye su nivel de especificación y disminuye la calidad del trabajo de examen que hace. Por esto las oficinas grandes —oficina americana, oficina europea, oficina japonesa—
tienen mayor prestigio en la calidad del examen que hacen que las oficinas muy pequeñas, que tienen poco volumen de trabajo. Por lo tanto, podríamos correr el riesgo de que la especialización que tenemos ahora perdiera y, por tanto, en vez de



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conseguir que hubiera más trabajo para la oficina, pasara a haber menos. Esto podría ser un problema de cara al futuro.


No sé si me he excedido en el tiempo que me han otorgado. Tenía pensado hablarles de alguna de las enmiendas que les he trasladado, pero el presidente me dirá si quiere que siga o quiere que me pare aquí.


El señor PRESIDENTE: Como a todos los grupos les han llegado esas propuestas de enmiendas, le harán las preguntas que consideren y si usted se quiere detener en alguna de ellas en su segunda intervención lo podrá hacer. Si ha terminado con
esta parte, yo creo que es mejor pasar a las preguntas y luego ya se extiende en la segunda parte.


Pasamos al turno de los grupos parlamentarios. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Román Ruiz.


El señor RUIZ LLAMAS: Quiero darle la bienvenida y agradecerle a don Luis Alfonso Durán las explicaciones y los datos que nos ha dado sobre el tema de la Ley de Patentes.


Nosotros coincidimos en que esta reforma responde a una necesidad evidente de actualización de normativa y que al mismo tiempo puede ir hacia un nuevo modelo más actual, hacia un modelo económico más globalizado. Creemos que eso dará mayor
flexibilidad en relación con los países de nuestro entorno en cuanto a la competitividad y, sobre todo, coincidimos en que es un modelo que tiene que estar basado en la innovación, tiene que ir hacia un modelo europeo de patentes. Es decir,
formamos parte de la Comunidad Europea y, por tanto, hacia ahí deberíamos ir. Por otra parte, me ha gustado que usted nos diga que hay que apostar por el empleo de calidad, porque la innovación lleva a calidad y nosotros no podemos competir a base
de bajos salarios sino intentando dar un mayor valor añadido a todo lo que representan nuestras empresas.


Las empresas que innovan, las empresas que patentan —usted lo sabe— son competitivas, exportan y nos llevan futuro a nuestro país. Por tanto, nosotros creemos que esta ley puede contribuir a un impulso hacia la innovación en nuestro país,
aunque también dependerá de la voluntad política y de los medios. En este sentido, no ha sido una buena noticia que en los últimos años la aportación de las administraciones públicas a la innovación haya disminuido. Se ha dicho antes en otras
comparecencias que esto forma parte de una cultura; una cultura innovadora que tiene que llevar adelante el conjunto de la sociedad española de que competimos en un mundo global, que tenemos que crecer en tamaño de esas empresas, que eso nos puede
ayudar. Por tanto consideramos que esta ley es importante. En este sentido, he estado leyendo bastante sobre la calidad y la cantidad. Creemos que la cantidad es importante si tienen buena calidad y ayudan a nuestras empresas a competir, pero el
requisito previo es mejorar la calidad de esas patentes. Estamos a favor del examen previo porque creemos que nos puede ayudar precisamente a competir y vamos a ir hacia delante en ese modelo.


Hay una cosa que le quería preguntar sobre el modelo de utilidad. Me ha extrañado que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia tenga una posición muy crítica sobre el mantenimiento del modelo de utilidad. Manifiesta que no
sería útil y que muchas empresas —sin examen previo o que no supere ese examen previo— pueden utilizarlo automáticamente en modelos de utilidad que nos lleva a pequeñas cosas y que no ayudaría a esa internacionalización, a esa mejoría de la calidad
de las patentes. Querría conocer también su opinión. Algunos manifiestan que esta ley fija el marco general, como usted ha dicho, para llevar adelante nuestro potencial, pero que no entra excesivamente en la ley y el reglamento. Eso sería una
buena noticia porque muchos aspectos se deberían desarrollar en el reglamento; esas pequeñas cosas que a veces la ley encorseta demasiado cuando en realidad muchos temas podrían ser solucionados de este modo. En otras comparecencias y atendiendo
al derecho comparado se ha manifestado la necesaria coordinación entre la formación —las universidades— y la empresa como un factor primordial —creo yo— para que esto tenga futuro. Tiene que haber una formación muy importante desde nuestras
escuelas y también desde la propia empresa —la formación permanente—, al mismo tiempo que desde las universidades. Se ha hablado mucho a lo largo de la mañana de este reto de que dentro de una empresa se reconoce que cualquier tipo de mejora,
invención o patente de la persona que trabaja para ella le corresponde a la empresa sin ninguna contrapartida para aquella, para entendernos. Creo que sería importante que la ley introdujera este aspecto, la colaboración necesaria. La mejora que
para la empresa puede suponer una aportación ayudaría a incentivar de alguna manera esa relación entre empresa, trabajador e inventor, con el beneficio que esto pueda producir. Exactamente igual sucede con los investigadores en la universidad.



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Sobre las tasas usted ha dado unas cifras, pero según el propio Ministerio de Industria en 2013 las tasas percibidas por los distintos servicios para la concesión y mantenimiento de los títulos de propiedad industrial fueron de 46 millones
de euros, de los cuales 29 correspondieron a patentes nacionales. Lo digo porque me ha chocado la cifra que usted ha dado refiriéndose a las cifras del ministerio. Este ha dicho que, aunque disminuya el número de peticiones de patentes, lo podrían
conjugar con los informes que se tendrían que elaborar, a los que usted hacía referencia. Por tanto, estamos por el examen obligatorio y también entendemos el examen opcional. Nuestro tejido industrial, como usted sabe, es de pymes y micropymes, y
me preocupa que no tenga la dimensión o la potencia para no quedarnos atrás. Es muy necesario que crezcan en tamaño, que sean innovadoras y exportadoras. Querría preguntarle cómo podríamos hacer que esto llegara a todo el mundo; que realmente no
fuera un impedimento, como usted ha dicho en su intervención, y que, pese a que las grandes empresas estén absolutamente a favor de un tema, las pequeñas, como no tienen la capacidad económica o medios, no quedaran apartadas. Eso nos preocupa.
Evidentemente nos preocupa el tema del interés general y la mejora —en lo que han puesto muchos el énfasis y nosotros lo defendemos— del incentivo, en cuanto a la inversión, hacia el sector de los trabajadores, de la gente que colabora con la
empresa, que es capaz de ayudar a la empresa y que forma parte de ella. Estas serían las cuestiones que le planteo.


Es verdad que la directiva europea y los tratados internacionales nos obligan. Este es un marco legal, en el cual nos amparamos precisamente para hacer de nuestras empresas cada vez más competitivas, para actualizarlas en un marco
comunitario y para llegar a una homologación con Europa y los países de nuestro entorno que compiten directamente con nosotros —y no solo de nuestro entorno—; para eso era necesario dar este paso adelante. Por lo tanto, lo estudiaremos
conjuntamente con sus enmiendas y las de otras entidades y asociaciones. Ustedes han venido a instruirnos sobre esto. Al menos nuestro grupo ha venido a estas comparecencias con la voluntad de escuchar más que de hablar, porque de lo que se trata
en definitiva es de que se logre, con la aportación y la mejora de todos, una ley más potente, unas patentes más robustas dentro de la industria española que nos ayuden a competir en un mercado globalizado.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, tiene la palabra doña Inmaculada Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: Quiero agradecer al compareciente su intervención, su exposición, que ha estado muy focalizada en la problemática que representa el examen, que es uno de los puntos críticos de la ley de patentes. Antes de entrar en
detalle en las consideraciones y en las preguntas que queremos dirigir al señor Durán, quisiera comentar dos temas más de base pero que son fundamentales.


En primer lugar, los grupos que estamos aquí representados compartimos todos la preocupación y la ocupación por la innovación y por la competitividad de nuestro tejido económico e industrial. Podríamos discutir sobre la intensidad de las
medidas y sobre otros temas, pero es indiscutible el compromiso que tenemos por la competitividad de nuestras empresas y la convicción de que una parte muy importante de nuestro tejido económico, que es aquel formado por pequeñas y medianas
empresas, necesita herramientas de competitividad específicas. Cuando hablamos de innovación hablamos de patentes; desde nuestra perspectiva esta ley ha de ser un instrumento al servicio de la competitividad, vía innovación de nuestras empresas y
de nuestro tejido productivo. Desde el grupo que represento, uno de los objetivos que perseguimos con nuestras aportaciones y enmiendas a esta ley —creo que todos compartimos— es la apuesta por la calidad. Aquí tenemos una problemática de
cantidad. Tenemos un importante gap con Europa —así lo he comentado en otras intervenciones— que hemos de reconducir; pero creo que, por encima de todo, está la gran apuesta por que nuestras empresas ganen competitividad, vía innovación, en los
mercados y en la economía nacional e internacional. Por otro lado, las patentes han de ser de calidad, cuando hablamos de patentes como instrumento al servicio de la innovación.


En este contexto, y con este objetivo de calidad, creemos que la propuesta de un examen que hace el Gobierno en el proyecto de ley puede constituir un elemento de calidad y competitividad también para las pequeñas y medianas empresas. Hay
un tema cultural también que hemos de cambiar en el tejido económico. Hemos de ayudar a nuestras empresas, sobre todo a las pequeñas, a incorporar más esta cultura de la innovación, del esfuerzo por la innovación, por la calidad versus la cantidad.
Creemos que el examen puede ser un buen instrumento al servicio de esta apuesta por la calidad. Es cierto que presenta algunos problemas a priori, a los que usted ha hecho referencia. Por encima de estas problemáticas que el examen pueda
presentar, creo que hay una gran apuesta por la calidad de la patente como instrumento.



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Eso está por encima de todo. Respecto a que se puedan continuar concediendo patentes sin examen, nuestras empresas defenderán más el negocio frente a la competitividad y competirán con mayores dificultades frente a las empresas
internacionales que tienen una calidad mayor. Por tanto, el examen se convierte en un instrumento para que puedan competir más y mejor también en los mercados internacionales. Repito, cuando hago estas reflexiones me refiero también a las pequeñas
y medianas empresas. El examen permitiría mejorar la competitividad, que las pymes pudieran competir en igualdad de condiciones con las otras patentes que vienen de la oficina europea. Aunque la manera de afrontar algunos apartados es mejorable y
puede haber algunos aspectos más críticos, el examen puede ser desde nuestro punto de vista un instrumento muy válido y ha de servir para ganar esta calidad en las patentes españolas y para ayudar también a las pymes a superar determinados hándicaps
que hasta ahora han tenido. Mi reflexión termina aquí.


Más que hacer preguntas, quisiera insistir en estos aspectos. Quisiera que el compareciente incidiera aún más en los aspectos que desde su punto de vista defienden su tesis más contraria al examen, por los efectos perjudiciales que puede
tener sobre las pequeñas y medianas empresas, según me han parecido entender. Repito, me gustaría que incidiese en ello. Asimismo, me gustaría conocer su opinión sobre la posición actual del Gobierno respecto a la patente unitaria y sus efectos en
términos de competitividad de nuestras empresas y de mayor o menor impacto en la generación de patentes, sobre todo en la internacionalización de nuestro sistema y de las patentes internacionales.


El señor PRESIDENTE: Para finalizar, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Javier Puente.


El señor PUENTE REDONDO: Quiero agradecer al señor Durán su intervención, así como las propuestas y los comentarios que nos ha hecho con relación a la futura ley de patentes. Estoy seguro de que recogeremos parte de su intervención y entre
todos los grupos intentaremos mejorar la propuesta de ley que se ha realizado.


Entraré en detalle en las enmiendas que nos presentaba y haré una breve valoración. Usted y mis compañeros han comentado en las intervenciones varias palabras, como son innovación, tecnología, internacionalización. Todas ellas son palancas
que consideramos necesarias para avanzar en el crecimiento de nuestra economía y en la creación de empleo; esto es algo en lo que todos los grupos políticos estamos de acuerdo, así como el sector empresarial. Creo que la futura ley de patentes va
a afectar a esas tres palancas de crecimiento para nuestro país.


Dicho esto, quisiera hacer dos valoraciones personales respecto a su intervención sobre el proyecto de ley de patentes y después plantearé dos cuestiones relativas a lo que hemos estado viendo esta mañana. Por un lado, con este proyecto de
ley se avanza hacia la consecución de patentes de calidad, que nos permitan ser más productivos, que las empresas puedan ser más competitivas cara al futuro y al desarrollo. Todos estamos de acuerdo en que esa investigación, ese desarrollo, esa
colaboración y esos estudios hacen a las empresas más fuertes. Igualmente estoy a favor de esos exámenes que permitan un mayor análisis a la hora de conceder las patentes. Es una valoración personal, pero es un tema en el que usted también ha
entrado bastante. Considero que el que se realicen exámenes provocaría que el esfuerzo fuese mayor; no sé si habrá un filtrado, ya que según cómo veamos que va a avanzando la ley o la creación de nuevas patentes se comprobará si hay empresas que
se echan hacia atrás o no. Tendríamos que esperar a ver cómo se desarrolla, pero soy partidario de la elaboración de esos exámenes cara a un mayor esfuerzo.


Hechas estas reflexiones quería plantearle dos cuestiones. Una es bastante genérica, y es si cree que esta ley es acorde a los tiempos que estamos viviendo y a todos los cambios que se han producido, aparte de si recoge la necesidad que
tiene este país de una nueva ley de patentes, porque la anterior viene de 1986 y creo que está bastante obsoleta. La otra cuestión es, por las intervenciones que ha habido esta mañana, sobre la colaboración empresa-universidad. Se hablaba de que
en las universidades había mucho esfuerzo detrás de las patentes que se han elaborado; una de cada cinco patentes más o menos salen de la universidad. La conclusión a la que se llegaba es que luego no se alcanzaba un valor productivo a esa
investigación que se estaba haciendo en la propia universidad. Quería conocer su impresión sobre si esa colaboración se está realizando y cómo cree que se podría incrementar esa interrelación universidad-empresa para aprovechar más todos los
esfuerzos y estudios que se hacen en la universidad, para sacarlo a la empresa y darle un mayor valor a las patentes que se desarrollan en la universidad.



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El señor PRESIDENTE: Para finalizar y responder a las cuestiones que se le han planteado, tiene la palabra de nuevo el señor Durán.


El señor PRESIDENTE DEL COMITÉ DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA CEOE (Durán Moya): Muchas de las intervenciones están muy relacionadas, por eso, aunque voy a intentar contestar uno a uno, quizá juntaré algunas cuestiones porque están muy
vinculadas.


En relación con la calidad, que las tres señorías han citado, creo que es importante que tengamos en cuenta qué pretendemos decir con calidad de las patentes. Este es un tema que están discutiendo en la Oficina Europea de Patentes hace
muchos años; hay un proyecto en marcha desde hace mucho tiempo. ¿Qué es la calidad en materia de patentes? Los que nos dedicamos a este mundo entendemos por calidad las patentes que están redactadas de tal manera que le dan la máxima protección
al inventor y que no son vulnerables porque no existe estado de la técnica anterior que las pueda anular. ¿Por qué pide la gente patentes? No las pide porque quiere; lo hace porque, si no la pide antes de divulgarlo, no tiene protección. Por lo
tanto el que quiere proteger algo tiene que pedir una patente. ¿Qué hace para pedirla? Intenta reflejar lo que ha inventado y buscar en las bases de datos lo que ya existe para poder pedir una patente que sea fuerte, sólida. Esto ya lo hace el
propio solicitante antes de pedirla, pero tiene una serie de dificultades. La primera es que el estado de la técnica que es oponible es mundial. Por lo tanto, tendríamos que ver toda la literatura y todas las divulgaciones orales —que también
sirven— que se han producido en el mundo antes de que se pida la patente y compararlo todo. Como pueden comprender esta es una labor imposible. ¿Qué hace el solicitante? En función de sus medios —los solicitantes modestos tienen menos, porque
hacer una búsqueda de ellas es muy costosa— realizan una búsqueda más simple; las empresas más importantes hacen una búsqueda más intensa y con esto piden una patente, ignorando lo que se ha presentado y existe —por lo tanto, le es oponible—
durante año y medio en todo el mundo. En Estados Unidos solamente se piden 500.000 patentes al año, en China un millón, etcétera; comprendan todo lo que nos dejamos. Cuando esto se ha presentado, las oficinas lo examinan, pero tienen la misma
dificultad. ¿Cómo van a hacer un examen de todo el estado de la técnica que existe en el mundo —unas bases de datos, etcétera-? A quienes hacen este tipo de trabajo, cuando hacen la primera búsqueda –lo hacen con palabras claves, con unos códigos
de clasificación, etcétera—, les salen dos o tres millones de documentos para mirar. Es evidente que por cada patente un examinador no se puede mirar los tres millones de documentos que ha encontrado, más los que se ha dejado. Empieza a eliminar,
a hacer cruces. No sé si ustedes se acuerdan, cuando estudiaban el bachillerato, de la teoría de los conjuntos. Los examinadores cogen un conjunto, lo mezclan y de los tres millones se queda con uno, y después reduce más. Al final se queda con
cien patentes, de las cuales se mira el título solamente –evidentemente el título no comprende todo—; de estas cien selecciona cincuenta; de las cincuenta se mira los dibujos; elimina y llega a veinticinco; de estas se mira las reivindicaciones
y le quedan siete. Por lo tanto, seamos conscientes de que conseguir la calidad en una patente es muy difícil y de que la vamos a conseguir a medias. Lo que hay que pensar es lo siguiente: como vamos a conseguir una calidad mediocre, porque no la
podemos conseguir buena, ¿qué nos cuesta conseguirla? Esto lo tiene que pagar el solicitante. El objetivo debería ser este, pero conviene que no nos engañemos. No vamos a conseguir mejorar enormemente la calidad porque haya examen. Las cosas van
a seguir igual y la oficina europea, que tiene examen, tiene una calidad muy mediocre.


Innovación y patente son dos cosas que se complementan, y ustedes lo han explicado; pero la innovación es la que realmente tiene que ser buena. Lo que hace que una patente sea buena es la innovación que hay detrás, y la nueva ley de
patentes no va a provocar por sí misma una mayor innovación. Lo que va a provocar una mayor innovación es que haya más inversión por las empresas, que cambie la cultura, que las empresas vean que si no innovan no van a competir bien, que el marco
de la innovación sea favorable, que las inversiones en innovación reciban unas compensaciones de algún tipo —fiscales, etcétera— para que las empresas estén más estimuladas para innovar. Repito, la futura ley de patentes por sí sola no va a generar
mayor innovación.


En cuanto a la calidad de las patentes, es evidente que una patente examinada puede tener más garantías que otra no examinada, pero —¡ojo!— actualmente todas se examinan porque todas tienen un informe, una búsqueda —que no va a cambiar si
ponemos el examen obligatorio— y una opinión escrita de la oficina —que tampoco va a cambiar—. La oficina manifiesta la opinión y luego lo único que hace es decir: En el informe te he dicho que esta patente no es válida y ahora, cuando tenga el
examen, te la deniego; o, si ha dado una opinión favorable, se la concede. El paso más allá que va a producir este



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cambio solo va a consistir en esto. No quiero convencerles —no creo que sea capaz de ello ni que sea mi papel— de si es mejor el examen o no; simplemente he querido informarles porque en la organización, a la cual represento, tenemos
puntos de vista contrapuestos y no puedo sugerirles que apoyen el examen o no. Lo único que pretendo es informarles para que ustedes tomen las decisiones que consideren más apropiadas, pero sobre todo conviene que no confundamos los conceptos: la
calidad no la mejoraremos con el examen, seguirá siendo la misma.


Luego tenemos, como decía el señor Ruiz, los modelos de utilidad, que son un mecanismo para proteger invenciones sin examen. Por lo tanto, no deja de existir una cierta contradicción en que digamos que solamente tenemos que conceder
patentes con examen y mantengamos los modelos de utilidad, que se conceden sin examen; no tiene mucho sentido. Los modelos de utilidad están de moda. Muchos países los están introduciendo. Países como Japón, China y Alemania tienen modelo de
utilidad, porque es una herramienta de protección inmejorable sobre todo para proteger las innovaciones de las empresas que tienen un alcance nacional o más reducido, fundamentalmente pymes. Una invención muy sólida y muy buena se puede proteger a
través de un modelo de utilidad, el hábito no hace al monje. Una invención es buena o es mala. Luego la podremos proteger como patente o como modelo de utilidad. ¿Porque esté concedida como modelo de utilidad quiere decir que es más débil que
como patente? No. Lo que da consistencia y validez a una patente es la propia invención que hay detrás. El modelo de utilidad se ha puesto muy de moda y hay más países que lo están introduciendo precisamente porque es una herramienta que está muy
adaptada.


Además, como no existe armonización en el modelo de utilidad, da al legislador de cada país más libertad para adaptarla en función de lo que interesa. El modelo de utilidad que se propone mantener aquí —España tiene modelo de utilidad no
desde la ley de 1986, sino mucho antes, desde la ley de 1902— es una herramienta que se utiliza mucho por las pymes, que se mantiene y se generaliza para más tipos de invenciones —hasta ahora estaba limitada, se excluían productos químicos y ahora
se podrán mantener—; por tanto, es una herramienta muy atractiva para las pymes: permite un arranque bueno; da una protección más limitada, pero muchas veces una empresa tiene más que suficiente con diez años de protección, porque en ese tiempo
la tecnología evoluciona de tal manera —excepto en el sector químico-farmacéutico, sobre todo en el farmacéutico, en el que los trabajos de poner un producto en el mercado son muy largos— que diez años es mucho tiempo. Por tanto, ya va bien y
funciona.


Creo que es una buena herramienta, que España debería mantenerla y que la propuesta que hay en el anteproyecto es positiva. Además en el anteproyecto —esto fue una sugerencia que hizo CEOE a la Oficina Española de Patentes y Marcas cuando
estaba elaborando el anteproyecto— se introduce esta salvaguarda, que consiste en que, cuando el titular de un modelo de utilidad que no ha sido examinado quiere perseguir a un tercero, antes tiene que pedir un informe sobre el estado de la técnica,
de manera que el tercero, cuando se le ataque con este modelo de utilidad, tenga un documento hecho por la Oficina Española de Patentes y Marcas en el que se ponga qué antecedentes ha encontrado que puedan poner en discusión la validez del modelo, y
una opinión escrita. Esto, que no existía y se ha introducido en el proyecto, creo que es una salvaguarda muy buena para intentar que no haya demandas inadecuadas. En este sentido, contestando a la pregunta del señor Ruiz, creo que el modelo de
utilidad es una buena propuesta.


Usted me hablaba de las tasas. Los datos que usted tiene corresponden a todas las que cobra la oficina. Aparte de estas tasas que he explicado, la oficina cobra muchas por las patentes europeas que se validan en España. Esto seguirá
existiendo. Según los datos del año pasado, en España se validaron 57.000 patentes europeas. Esto da un montón de dinero a la oficina en concepto de tasas. Estas son las que dan este gran pastel. Las otras de las que yo he hablado son de las
tres mil y pico patentes españolas que dan juego a todo esto. El sistema tiene que ser sostenible. En las validaciones no intervienen los examinadores. Por tanto, si vamos a mantener un cuerpo de examinadores allí será porque el usuario tiene que
pagar. Es evidente que no tiene sentido que unos paguen por otros, aparte de que podría haber objeciones por la Unión Europea de que estemos subvencionando con el dinero de los de fuera las patentes de los de dentro. Hay que ir con un poco de
cuidado.


En cuanto al tema de las invenciones laborales, que el señor Ruiz ha comentado, hay que ir con mucha atención, porque, cuando una empresa contrata a un investigador y pacta unas condiciones, estas ya contemplan toda esta serie de
circunstancias. Hay acuerdos en los que el investigador pacta un sueldo fijo, otros pueden pactar un sueldo fijo y uno variable. Es evidente que con la ley actual las empresas y los trabajadores tienen libertad de pactar y regular sus condiciones
retributivas en función de los resultados,



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por ejemplo, en innovación, pero imponer unas condiciones que a la empresa le puedan condicionar posteriormente en función de lo que haga el investigador puede frenar la contratación de investigadores asalariados y reconducir todo el trabajo
de investigación a gente externa, lo cual, desde mi punto de vista, no sería positivo porque es muy importante que haya al menos una gran parte del personal investigador que esté contratado en la empresa porque es mucho más eficiente. En países
donde se ha producido esto, se ha producido esta desviación. Es decir, yo no me quiero condicionar y la manera es yo no lo tengo asalariado, lo contrato por proyectos, le pago por proyectos y así yo me aseguro que los resultados de la innovación
son para la empresa.


Me da un poco de miedo, aunque actualmente ya funciona. De hecho, cuando una empresa tiene un buen equipo investigador ya se preocupa de retribuirlo porque evidentemente esta gente está muy buscada y, por tanto, las empresas de la
competencia también se los rifan y esto es así. Ya existe una autorregulación en este sentido. Por tanto, condicionar en la ley creo que podría crear algún problema.


La señora Riera me ha preguntado sobre nuestra visión de la patente unitaria. En CEOE hemos estudiado este tema, lo estudiamos hace ya tiempo, lo hemos seguido estudiando y en CEOE pensamos que el sistema de la patente unitaria no es el
ideal. Es decir, CEOE estuvo apoyando que España propusiera que en el sistema de patente unitaria se adoptara una única lengua que es el inglés; actualmente están también el francés y el alemán. Esto genera unas discriminaciones para las empresas
españolas brutales, porque si una empresa española pide una patente europea y le obligan a escoger entre uno de estos tres idiomas y escoge el inglés, cuando recibe una oposición de una empresa alemana, la empresa alemana tiene derecho a oponerse a
la patente de la empresa española, que está en inglés, en alemán y la empresa española se tiene que defender en alemán de una patente que le han obligado a presentar en inglés. En CEOE entendimos que o renunciábamos todos o no renunciaba nadie,
pero que es evidente que lo lógico hubiera sido que se hubiera adoptado como lengua de tramitación única el inglés y así todo el mundo hubiera estado, menos los anglosajones, en igualdad de oportunidades. Nos pareció inadecuado que los que hablan
francés o hablan alemán tengan unas ventajas respecto a las empresas españolas.


Dicho esto, el sistema de tribunal que se ha creado es un sistema que puede encarecer muchísimo los procedimientos porque se está creando un sistema muy complejo en el cual habrá unos tribunales multinacionales que habrá que pagar, formados
por unos expertos que también habrá que pagar y con unas reglas de procedimiento muy complejas. Esto va fácilmente a cuadruplicar lo que cuesta un pleito de patentes actualmente en España.


La posición actual de España de que las empresas españolas podrán usar este sistema si al final se adopta para protegerse en los países que lo adopten, pero dejan a buen recaudo su situación en España, de manera que si en una sentencia les
condenan por infracción esto no afectará a sus actividades empresariales españolas, que podrán continuar ejerciendo para el mercado español y el mercado no afectado por estos países, que será el mercado asiático, el mercado latinoamericano,
etcétera. Esto es mejor que no estar sometidos a que a una empresa española la demanden por infracción en Finlandia, que se tenga que defender en finlandés frente a un tribunal finlandés sobre la validez o la infracción de la patente y que esta
sentencia afecte a una empresa de Alcobendas y le prohíban la fabricación y la exportación a todo el mundo. Si quieren demandar a esta empresa, la tendrán que demandar ante los tribunales de lo Mercantil en Madrid, se podrá defender, tendrá un juez
español que le entenderá, tendrá un abogado español que podrá transmitir sus puntos de vista, etcétera. Por tanto, en el tema de la patente unitaria la posición actual, que ya fue tomada por el Partido Socialista en su momento y que ahora ha
confirmado el Partido Popular, es una posición que tiene el apoyo del empresariado español y de la CEOE.


El señor Puente me ha preguntado si considero que la ley está de acuerdo con los tiempos que vivimos. Esta es una ley correcta, es una ley que introduce mejoras en muchas áreas, está bien hecha, incorpora todas las obligaciones que España
tenía con la firma de tratados internacionales, por tanto, puede constituir un marco positivo para el empresariado español. Con las salvedades que he indicado —esto nadie lo sabe, porque hasta que no se ponga en marcha no sabremos lo que puede
acabar pasando—, creo que sí es un marco adecuado. Pero, insisto, no esperemos que esto mejore la innovación. Si sus señorías creen en ello, y creo que sería bueno que lo hicieran, han de pensar en impulsar la innovación por otras vías, porque la
ley de patentes no es la vía. Todos los países tienen leyes de patentes y la ley de patentes por sí sola no genera innovación. Si la ley de patentes es mala, puede perjudicarla, pero lo que no puede hacer es impulsarla. Podemos tener muchos
coches, pero si no tenemos gasolina los coches no corren. La innovación es la gasolina. Si nosotros tenemos una buena ley de patentes,



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tendremos un buen coche, muy bien, pero si no le inyectamos gasolina no podrá funcionar. Necesitamos que la sociedad española en su conjunto invierta más en innovación y para esto hay muchos aspectos a tener en cuenta: hay que convencer a
las empresas para que innoven, hay que convencer a los órganos gubernamentales para que entiendan este problema y que ayuden, hay que mejorar la formación y la educación. Yo siempre digo lo mismo: la innovación la hacen los más listos y
normalmente los más listos son los más educados. Un país que cuida su formación, cuida su innovación. Si no tenemos ingenieros, no podremos innovar, si no tenemos químicos, no podremos innovar, y tienen que ser de los mejores, porque los que se
limitan a seguir lo que hacen los demás no innovan, innova el que da un paso más. Por tanto, buscar la excelencia en la formación tendría que ser una prioridad. Siempre recuerdo —y me gustaría volver a recordarlo— que cuando se celebraron los cien
años de la Asociación de Profesionales de Agentes de Patentes en Japón hicieron una gran celebración. En aquel momento yo ocupaba un cargo en una organización internacional y me invitaron. En este acto estaban el emperador de Japón, el presidente
del Gobierno y seis ministros del Gobierno. El emperador dijo: tenemos que cuidar la profesión de agentes de patentes, porque sois los que os ocupáis de proteger la innovación de Japón en el mundo. Por tanto, estos gestores de la protección de la
innovación para ellos eran vitales. Decía que eran un país que no tenían riqueza natural, que no tenían más que sus mentes y con eso tenían que competir. Yo pensé: chapó, porque realmente tenía entendido que es un país en el que la innovación es
algo importante. Esto es lo que tendríamos que procurar hacer. En CEOE hace un tiempo organizamos una cumbre de la innovación a la que asistió el actual rey y siempre estamos pensando qué podemos hacer. Nos ponemos a su disposición; si ustedes
tienen ideas, pueden contar con la colaboración de CEOE, ya que querríamos intentar cambiar esta cultura, pues entendemos que la innovación hay que estimularla y cuidarla.


Colaboración empresa-universidad. Esto en España no funciona, se lo digo sinceramente, no funciona. Hemos vivido muchos casos y lo sabemos, no funciona. Sin embargo, en otros países sí; funciona en Canadá, en Estados Unidos y en Japón y
funciona regular en Alemania. Yo no estoy en poder de la piedra filosofal porque si no ya lo habría explicado y lo habría hecho; como comprenderán, no tengo esta varita mágica, pero mi impresión es que son dos mundos distintos, dos culturas muy
diferentes y hasta que no consigamos que en la universidad piensen desde un punto de vista más empresarial, esto no mejorará. Son mundos herméticos y las universidades tienen que entender que una empresa no va a invertir en innovación hecha por la
universidad si esta no acepta correr los mismos riesgos que va a correr la empresa al poner en marcha aquel proyecto, porque la innovación, como cualquier actividad empresarial, es incierta, es difícil. La mejor invención a veces no prospera y no
se materializa en algo útil y la cosa más tonta a veces funciona. ¿Por qué unas sí y otras no? Depende de muchos factores, de suerte, de dedicación, de empeño, etcétera. Estos dos mundos tendrían que compenetrarse un poco mejor. Hay mucho
talento, muchísimo, en las universidades españolas y no se aprovecha. Es una lástima y coincido con ustedes en que habría que buscar una solución, pero esta tampoco nos la dará la Ley de Patentes. Quizá una fórmula legislativa podría ayudar, pero
sobre todo habría que trabajar un poco más en ello, buscar foros de diálogo, cambiar la cultura y buscar fórmulas que permitan que estos dos mundos, que son tan complementarios y que podrían producir una sinergia importante, funcionen algo mejor.


No sé si he dejado de contestar a alguna cuestión; si es así, por favor díganmelo y con mucho gusto intentaré responder.


El señor PRESIDENTE: Reiterando nuestra gratitud al señor Durán y felicitándole por su intervención, suspendemos la sesión hasta las cuatro y media de la tarde.


Eran las tres y quince minutos de la tarde.


Se reanuda la sesión a las cuatro y treinta minutos de la tarde.


— DEL SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE PARQUES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DE ESPAÑA (ROMERA LUBIAS). (Número de expediente 219/000750).


El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión con el punto 6º del orden del día, que es la comparecencia de don Felipe Romera Lubias, presidente de la Asociación de Parques Científicos y Tecnológicos de España, al cual agradecemos sinceramente
su comparecencia en el Congreso, que es la casa de todos y, por lo tanto, la suya. Todas las comparecencias de hoy han estado relacionadas con un único tema: la ley de patentes y, por lo tanto, para nosotros es importantísimo saber su opinión. El
procedimiento consiste en una intervención de aproximadamente quince o dieciocho minutos, para luego



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dar la palabra a los portavoces de los grupos parlamentarios para que puedan plantearle las preguntas que estimen convenientes, y un segundo turno para que usted les pueda aclarar todas aquellas cuestiones que se le hayan planteado.


Tiene la palabra don Felipe Romera.


El señor PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE PARQUES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DE ESPAÑA (Romera Lubias): Mis primeras palabras no pueden ser más que de agradecimiento a esta Comisión de Industria, Energía y Turismo por haberme invitado a dar
mi opinión como presidente y como representante de los parques científicos y tecnológicos españoles acerca de la futura ley de patentes. Les he traído una presentación, que tengo aquí a su disposición, y que les mandé ayer. Es una presentación muy
general, pero que permite poner en contexto lo que represento y el entorno desde el cual voy a opinar. Los parques científicos y tecnológicos de España surgen en los años ochenta, fundamentalmente con la creación de las comunidades autónomas. Cada
comunidad autónoma quería tener sus propias políticas de innovación, aunque la innovación en aquella época era un tema muy menor, en los años ochenta prácticamente no se hablaba de innovación, pero así surgieron los parques tecnológicos en España.
Años después de que cada comunidad creara su parque, las universidades intentaron también desarrollar esta idea a través de los llamados parques científicos y a día de hoy la asociación que represento tiene cuarenta y ocho socios, que son parques
científicos y tecnológicos que están operando; diecisiete afiliados, que son parques que están en proceso de ser parques científicos y tecnológicos, y dos colaboradores. De estos cuarenta y ocho, justamente la mitad son parques promovidos por
universidades; tenemos cuarenta y seis universidades que colaboran con los parques. El elemento fundamental de un parque tecnológico —para darles una información muy sencilla— son las empresas. En todos los parques españoles tenemos 6.286
empresas, que son empresas innovadoras. Un estudio del Instituto Nacional de Estadística en relación a la estadística sobre innovación, en la que en los últimos años se ha incluido una pregunta sobre si la empresa está o no en un parque, ha
permitido que investigadores —en este caso de la Universidad Carlos III— hayan podido analizar la tipología de las empresas que están en los parques con respecto a las empresas que están fuera, siempre en relación a empresas innovadoras. La
conclusión que se extrae de este estudio es que las empresas que están en los parques son más innovadoras que las que están fuera. Con ello quiero expresar que estas 6.286 empresas representan la avanzadilla de las empresas más innovadoras de este
país. En este contexto es en el que quiero expresar la opinión respecto a la ley. Estas empresas facturan 21.000 millones de euros y dan empleo a cerca de 150.000 personas, de las cuales 31.000 se dedican a acciones directas de I+D, con 320
empresas extranjeras.


Los parques también son un ecosistema donde se crean emprendedores. Tenemos 800 empresas en incubación. Y la referencia —y este es el peor dato de todos los que estoy dando— es que el número de patentes es de 300 al año, aproximadamente.
Por centrar el escenario, si las empresas más innovadoras de este país registran 300 patentes, la conclusión que puede sacar cualquiera es que son muy pocas patentes para tantas empresas. Además, 300 patentes sería un 2 % de las empresas que hacen
patentes, pero todavía es peor, porque las empresas que hacen patentes suelen hacer más de una. Lo que nos dice este dato es que entre el 1 y el 2 % de las empresas más innovadoras de este país registran patentes, lo cual no deja de ser un dato
bastante pobre que intentaré ir desgranando. La evolución de las patentes de los parques es más o menos estable, entre 400 y 300, y antes de 2010 las empresas en los parques tenían 1.800 patentes registradas. Por decirlo de una forma comprensible,
la mitad pertenecen a empresas y la otra mitad a organismos públicos de investigación. Cuando nos referimos a infraestructuras de I+D suelen ser universidades, centros públicos de I+D, es decir, públicos y privados. Este número también es pequeño
porque es el 5 % del total nacional. Las comunidades que registran más patentes son el País Vasco, Andalucía, Navarra, Valencia y Madrid. En el sistema de innovación español las patentes no han sido nunca un tema interesante. Es un tema cultural.
Podemos cualificar el sistema de innovación español de diversas formas. Yo no creo que el sistema de innovación español esté entre los primeros del mundo; está en un nivel medio que no está mal, aunque cuando dan los datos nos ponen el 40 o para
abajo. Eso es debido a parámetros que no forman parte de nuestra cultura, y uno son las patentes. El sistema de innovación español es mediano, pero si se hace una relación con las patentes es mucho peor. Si analizamos el sistema de innovación
español solo por las patentes nos da un resultado peor que lo que realmente representa respecto a las empresas que lo cualifican.


En los parques estamos preocupados por este tema, porque realmente la pregunta es por qué no se patenta más; tenemos un sistema que podría patentar mucho más y no patenta, y la pregunta es por qué



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no se patenta más. Los resultados no dejan de ser muy curiosos, muy curiosos, por lo menos para mí: El coste de registrar una patente no es rentable a corto o a largo plazo —eso dice un 20 %—; la patente solo es válida en España y una
patente internacional es muy costosa, aunque en esta ley que se está discutiendo esto se intenta unificar; la patente no tiene muchas opciones de financiarse, también en referencia al coste; la dificultad ante la tramitación; otras, 21 %.
Analizando esto, se pueden sacar muchas conclusiones pero si el coste de la patente es un elemento importante yo saco una conclusión, y es que el valor de la patente es también pequeño. Si patentara y de eso sacara mucho rendimiento, mucho dinero,
el coste no sería un elemento de valor, pero si yo patento y de la patente no saco nada el coste puede ser un elemento de mucho valor. En el fondo lo que nos está diciendo este dato es que los españoles no sabemos sacar excesivo valor de las
patentes. De ahí la excusa de para qué voy a patentar si encima es caro y no le saco valor.


En 2011 intentamos saber cómo podíamos favorecer o facilitar que las empresas patentaran más. Y volvemos a lo mismo: Un 20 % dice que lo hagamos más barato; otros que la patente fuera válida dentro y fuera de España, que ya hemos dicho
anteriormente que es un elemento que la nueva ley está intentando homogeneizar; asesoramiento antes de patentar para conocer la rentabilidad de la patente; asesoramiento sobre cómo realizar los trámites de solicitud; mayor agilidad en los
trámites. Analizando estas alternativas, que tienen muchos elementos de reflexión, independientemente de que nuestra cultura no es patentar, parece, en función de esta respuesta, que el ecosistema que hay alrededor de las patentes no funciona bien.
El ecosistema no es solo que alguien tenga una idea patentable sino cómo se relaciona con la Oficina de Patentes, con los abogados, con la defensa de sus derechos. A nivel particular, aunque no esté aquí reflejado, aprovechando esta comparecencia,
he intentado traer la opinión de grandes empresas españolas que no patentan. En el fondo la respuesta también es bastante sencilla. Por un lado, no ven la necesidad, y esto también hay que entenderlo en un contexto; y por otro lado, en el
ecosistema que tenemos alrededor, para defender una patente a nivel internacional se necesita bastante dinero y tiempo, y muchas veces en esa relación entre que no ven la necesidad y que además les va a costar bastante dinero defender una patente a
nivel internacional, que no nacional –ya estamos viendo aquí por las respuestas de los empresarios que todo el mundo quiere tener patentes internacionales más que nacionales, homogeneizadas, que esta nueva ley sí lo hace bastante bien— surgen estas
discrepancias.


La conclusión que saco —y llevo toda mi vida dedicándome a la innovación y a la transferencia de conocimiento— es que hay un déficit cultural en las empresas innovadoras con respecto a patentar. Este es un dato y posiblemente la nueva ley,
en el sentido de que homogeniza en un entorno más europeo y que por tanto va a costar algo más, no va a favorecer que haya más patentes. Yo incluso creo que puede haber menos, porque va a ser más difícil, va a costar más dinero, y dentro de este
contexto que hemos visto por las encuestas que hemos realizado nosotros, la conclusión es que habrá menos. El valor de la ley es innegable. Tenemos que tener una homogeneización mucho mayor con los entornos internacionales y creo que en este
sentido la ley lo hace bastante bien, ya que intenta armonizar la legislación española con la legislación fundamentalmente europea.


Desde los parques también hemos estado estudiando algunas consideraciones que hace la ley. Muchas de las empresas más innovadoras de este país están ligadas a las tecnologías de la información, y yo no sé si se puede patentar o no el
software, pero lo cierto es que no se patenta, lo cual es un déficit que va en contra de que la gente patente. Si las innovaciones que hacen las empresas de este país están relacionadas con desarrollo de software y este tiene dificultades o no se
puede patentar es una de las razones de que no se patente. Si las empresas dicen que la patente es cara y ahora va a costar un poco más, haciendo una correlación, se ve que aumentarán los costes y por tanto habrá menos empresas que se animen a
ello, aunque a mí personalmente me parece fundamental el examen previo. Parece que es obvio que se patente algo que realmente tenga sentido, y en esto la nueva ley sí aporta un elemento muy positivo. En el fondo estamos creando una dualidad. Las
empresas innovadoras cada vez tienen que ser más globales. Este es un elemento clave que vemos en los parques. Uno no puede ser una empresa innovadora si no es una empresa por lo menos internacionalizada —no diría global pero sí
internacionalizada—, con lo cual si uno quiere hacer una patente no le sirve solo la patente nacional, tiene que ir a la patente europea, y ahí puede haber un conflicto y al final decidir ir directamente a patentar en Europa y no en España. Es
también una reflexión general en este sentido. Muchas de las patentes que se generan en este país son de las universidades, para las que hasta ahora era gratis, pero ahora tienen que pagar. Es verdad que si se explota la patente no se paga, pero
también es verdad que muchas de las patentes que se hacen en este país no se explotan. Por lo tanto, el tema de las universidades es un



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elemento a considerar, es decir, que para ellas es peor. Sobre este tema me ha llegado alguna referencia de un profesor universitario sobre que de alguna forma puedan publicar y tengan un margen para patentar. Ahí hay una miscelánea
curiosa, y parece que en Estados Unidos es así pero que en la Unión Europea esto tiene alguna complejidad, que es lo del periodo de gracia de doce meses desde que se publican las patentes sin perder la novedad. Ya sé que a nivel europeo esto es
complicado pero los americanos lo hacen. Si tuviéramos que analizar el sistema globalmente, el negocio de las patentes es un negocio americano, dicho de una forma general. Ellos tienen organizado un excelente ecosistema alrededor de las patentes
para defenderse y para trabajar, y en España en particular, como he dicho anteriormente, eso es bastante débil. Por último, habría que reforzar el papel de la Oficina Española de Patentes y Marcas, a la que se le está ofreciendo una cualificación
mayor. Es verdad que en este sentido choca con la EPO, con la oficina europea, pero es una contradicción que habrá que ver cómo se armoniza, aunque creo que la ley también lo tiene en cuenta.


En cuanto al análisis positivo, la nueva ley es necesaria —eso lo he dicho ya varias veces—, independientemente de que no va a transformar el sistema de innovación español; creo que no tiene nada que ver. El sistema de innovación español
no va a mejorar con la nueva ley, pero sí es verdad que tenemos que tener una ley mucho más homogeneizada con las directivas europeas que la que tenemos en este momento. Este es el punto número dos, que es un elemento positivo: esa homogeneización
con Europa. Tramitar una solicitud ahora es más difícil que antes, porque hay que hacer un examen previo. También el objetivo es simplificar y agilizar la protección. Si esto se consigue, excelente. También quiero hacer alguna referencia a los
modelos de utilidad —este es un tema menor— que la nueva ley permite a los productos químicos.


El resumen de toda mi intervención es que nos falta una cultura de patentes en este país, que es muy relevante —esto es obvio— y que esta nueva ley no va a mejorar esa cultura. Tienen que ser otros elementos de acompañamiento, porque la ley
no lo va a favorecer. La ley es buena porque permite tener una ley en condiciones, referenciada a la Unión Europea, pero todo esto incluso puede hacer que se patente menos, no más. Serán patentes mejores, más cualificadas pero el sistema de
innovación español no va a mejorar cuantitativamente. Cualitativamente, una buena ley es mucho mejor que no tenerla, pero cuantitativamente el tema de las patentes en este país siempre ha sido menor. Yo he conocido casos de empresas, por ejemplo,
que utilizan no las patentes sino la protección de su sistema de conocimiento como una defensa y no van siquiera a la Oficina de Patentes sino a un notario para decir que a día de hoy tienen ese conocimiento. Y lo guardan ahí, por si alguien los
ataca sacar esa referencia del notario. Es decir, no es un elemento para defender tus derechos sino para que no te ataquen, porque uno de los problemas que a mí me parece relevantísimo es qué capacidad tiene para defender sus derechos una empresa
mediana, una empresa pequeña, un emprendedor —que son las empresas que tenemos en este país y que realmente componen el sistema de innovación—, para defender sus derechos en un contexto global, porque cada vez son más globales. Yo eso no lo veo y
al empresario le pasa como a mí: ve que eso es muy complejo, que va a emplear mucho tiempo y dinero, y a lo mejor no le interesa.


Para finalizar mi intervención diré que hay sectores en donde el tema de la patente es obvio. En el sector de la biotecnología, de la farmacia, del medicamento no hay la menor duda de que es un elemento clave. Pero en otros sectores,
muchos empresarios —o el sistema en general— no ven la necesidad de meterse en ese lío, por decirlo así. Porque en el fondo, para conseguir su dinero da igual que le copien; la tecnología va tan rápida, sobre todo la de la información, que aunque
le copien es más sencillo para él seguir produciendo y seguir con productos en la línea del mercado que intentar que nadie haga uso de su conocimiento y se tenga que defender de esa copia de la patente.


Esto es un resumen de toda mi intervención. No tengo nada más que decir en esta primera fase.


El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al turno de los grupos parlamentarios. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su portavoz doña Patricia Blanquer.


La señora BLANQUER ALCARAZ: Señor Romera, en primer lugar, desde el Grupo Socialista, queremos darle la bienvenida al Congreso de los Diputados —a su casa— y, como no podía ser de otra manera, agradecer su comparecencia con motivo de la
tramitación del proyecto de ley de patentes y, sobre todo, agradecer su buena predisposición a estar hoy aquí para indicarnos su opinión. Sin lugar a dudas, la asociación a la que representa es un referente de la innovación en España y por ello sus
impresiones sobre este proyecto de ley son importantes para nuestro grupo y para la Comisión. Realizan una importante labor para el progreso y el crecimiento económico de nuestro país que, desde luego, con



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su presencia queremos poner en valor y mostrarle nuestro reconocimiento en esta Comisión. Su asociación, como bien nos ha indicado, cuenta con un abanico diverso de entidades ubicadas en distintos lugares geográficos que basan su actividad
en la ciencia, la tecnología y su aplicación al mundo empresarial, y cuenta con un número de titulares de patentes que hace que su testimonio sea de gran utilidad para poder analizar la influencia de esta ley en la promoción o no de nuevas patentes
provenientes del resultado de la investigación. Nos hace una fotografía, creo que bien ajustada, sobre cuál es la realidad de la innovación y cuál es la realidad de las empresas y de los centros de investigación.


Por ir a las cuestiones que ha planteado sobre la ley, compartimos con usted que es positiva la incorporación del examen previo porque hay que apostar, como se ha dicho también a lo largo de la mañana, por la calidad de las patentes. Ahora
bien, nosotros pensamos que también es importante apostar por la cantidad, porque calidad y cantidad no son elementos excluyentes, o por lo menos no lo deberían ser a priori. Es cierto que el número de patentes no nos indica el nivel de innovación
de un país, pero se utiliza la cantidad de patentes como un indicador internacional de innovación. Por tanto, no podemos huir de este tipo de indicadores porque es cierto también que los países más innovadores son los que más patentes tienen, por
lo que si queremos competir si, como bien dice, no existe un ecosistema favorable en estos términos, tendremos que crear un ecosistema que sí lo sea. Para nosotros son importantes las dos cuestiones.


Ha dicho en su intervención que este proyecto de ley, tal y como está establecido, va a suponer una reducción de las patentes, por lo que considero que debería incorporarse alguna medida para evitar esa inercia de reducir el número de
patentes ante la generalización del modo de solicitud del examen previo. Me gustaría conocer su opinión al respecto. Además, estoy con usted en que pueden reducirse porque suponen una introducción de nuevas barreras a la patentatibilidad; es
decir, habrá gente que antes patentaba y que ahora tendrá que hacer un examen previo y quizá no entra en sus costes, como bien indicaba usted, por el valor de la patente o porque no es capaz de ver la rentabilidad que puede obtener con la protección
de esa innovación que realiza.


Una pregunta muy clara que quiero formularle es si usted cree que con este proyecto de ley no solo se puede contribuir a reforzar los derechos de propiedad industrial, sino también a estimular la innovación. Analizando la ley de patentes,
haciendo cronología podemos ver cómo para los años 2010 y 2012 se aprobó un Plan de promoción de propiedad industrial que ayudó a mejorar momentáneamente nuestra posición a nivel mundial. Por tanto, ¿cree usted que pueda ser una buena idear retomar
estos planes de promoción de la propiedad industrial en colaboración con las administraciones y entes de investigación? Es decir, ¿cree que deberían adoptarse medidas adicionales a las puramente legislativas contempladas en esta ley para impulsar
la innovación en nuestro país y fomentar la generación de patentes? Hablo de medidas encaminadas a fomentar esa cultura de la innovación a la que usted hacía referencia, formación, motivación a patentar, así como una mejor y adecuada política de
I+D. Por otra parte, quisiera resaltar que, atendiendo a los datos que nos ha ofrecido sobre cuáles eran las alternativas o las cuestiones que se podían mejorar para favorecer el registro de patentes, he observado que un porcentaje bastante
importante de los encuestados aludía a la necesidad de establecer asesoramiento en cuanto a trámites y en cuanto al análisis de rentabilidades reales a patentar previo el registro. La ley se ciñe a las particularidades del registro y no estipula
nada en cuanto a asesoramiento e información. ¿Cree que debería incorporarse algo al respecto? ¿Cree que el asesoramiento debería llevarse a cabo a través de la potenciación de centros regionales de información de propiedad industrial de las
comunidades autónomas, dotándolas de los medios necesarios para que puedan realizar de forma eficaz labores de difusión y soporte en propiedad industrial?


Hay otra cuestión que me preocupa, que posiblemente escape a sus cuestiones en el sentido de que puede ser algo más jurídico pero sí quisiera ponerla en evidencia porque me parece importante. Se trata de que el proyecto de ley incorpora
novedades en cuanto a la relación entre el investigador y el centro público de investigación de tal forma que la entidad puede tomar la decisión de no solicitar patente y considerarla como secreto industrial sin necesidad de dar explicación al
investigador proponente. Claro, esto parece contradictorio porque incorpora la figura del secreto industrial, que es más propio del sector privado, y parece incompatible con un centro público que al fin y al cabo lo que persigue es la difusión del
conocimiento y la patente le permitiría poder publicar y poder difundir el conocimiento.


¿Qué equilibrio considera que debe haber entre la titularidad de los resultados de la investigación y el derecho y obligación de los investigadores e investigadoras a divulgarlos? ¿Considera que el proyecto de ley resuelve adecuadamente
esta cuestión? En definitiva, ¿cree que el proyecto de ley atiende



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adecuadamente las singularidades de los centros de investigación públicos y contribuirá a impulsar su participación en el fomento de las patentes provenientes de resultados de investigación? ¿Qué medidas considera que habría que adoptar
para ofrecer mayor respaldo a los investigadores a la hora de valorizar y patentar sus descubrimientos? Otra de las cuestiones —no sé si es de asesoramiento o no— es cómo conseguir que se exploten más las patentes. La ley no contempla instrumentos
que así lo potencien. ¿Cómo aprovechar todo el talento de que dispone nuestro país?


Estas son las cuestiones que quería aclarar, así como si considera que la posición de España en cuanto a la innovación ha mejorado a lo largo de los últimos años o no. Y para terminar, agradecerle todas las consideraciones que tenga a bien
darnos porque nos van a servir para realizar futuras enmiendas a este proyecto de ley que seguro que enriquecerán y mejorarán la propuesta. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra doña Inmaculada Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: En primer lugar, dar la bienvenida al presidente de la Asociación de Parques Científicos y Tecnológicos de España —APTE— y agradecerle no solo su exposición, sino también el enfoque, sobre todo los que apostamos por
la innovación como vehículo de crecimiento, de competitividad y que somos conscientes de los retos que tenemos y de los deberes que también tenemos para mejorar la innovación de nuestras empresas y del sistema de innovación en su conjunto. Nos ha
alegrado mucho y ha sido sumamente interesante la exposición que nos ha hecho. Estoy convencida de que las patentes quizás no son generadoras directas de innovación, pero forman parte del sistema de innovación y una parte muy importante. Y quizás
no directamente, pero sí indirectamente mejorar la cultura de la patente es mejorar la cultura de la innovación y viceversa. Por lo tanto hay una retroalimentación tremendamente positiva entre ambas. Creo que tenemos aún una asignatura pendiente
que es insistir, insistir e insistir en mejorar la cultura de la innovación en nuestro tejido productivo y en el conjunto de nuestra economía y de nuestra sociedad porque no solo es un tema económico sino también social. Y creo que los centros
tecnológicos están haciendo un gran papel en el impulso de esta más y mejor innovación y mejora del funcionamiento del sistema de I+D+i, y sobre todo provocando esta mejor coordinación y colaboración entre todos los agentes que intervienen en el
sistema de I+D+i, aquí el efecto tractor que tienen los centros es innegable.


Pero creo también que cuando queremos mejorar el sistema —y ahora abordamos la ley de patentes, que forma parte de este sistema de I+D+i— no podemos engañarnos y hemos de ser conscientes de la situación que tenemos y de las mejoras que
estamos llamados a llevar adelante. Hemos de ser conscientes de que así como en investigación nuestra posición a nivel internacional es buena —siempre todo es mejorable, pero es muy buena—, en innovación, si bien hemos mejorado y el tejido
económico y el tejido productivo han mejorado, aún estamos lejos de la media europea y hemos de hacer un esfuerzo para recuperar este gap que nos separa de Europa. Creo que cuando se habla aquí de calidad y cantidad, la apuesta debe ser por la
calidad, siendo conscientes de que ello puede conllevar a corto plazo una disminución cuantitativa en el número de patentes. Creo que la ley ha de apostar por la calidad de las patentes, porque aquí es donde nos jugamos la credibilidad y la
competitividad de nuestro sistema, aun cuando esto pueda implicar una reducción cuantitativa en el número de patentes.


Entre los distintos temas que usted ha abordado en su exposición, hay uno que puede suponer también un freno a las patentes, el de los costes, y más cuando hablamos de la necesidad de patentar por parte de las pequeñas y medianas empresas.
Eso es cierto, pero hemos de intentar hacer ver a esta parte tan importante de nuestro tejido productivo —hablamos del cambio cultural— que no es coste, que es inversión. Esto es muy importante. Es una inversión en su crecimiento y una inversión
en la competitividad. Y debemos compensar estos mayores costes que pueden tener las empresas a corto plazo con mejoras en los procedimientos, agilizando los trámites administrativos, con mejoras en el asesoramiento. Toda esta serie de
problemáticas deben resolverse para ayudar a las empresas a patentar más y mejor. Otras medidas que pueden compensar este posible incremento de costes a corto plazo que puede comportar la ley serían una serie de facilidades de tipo fiscal, sobre
todo para esta parte del tejido productivo a la que le cuesta más patentar. Y usted ha hecho referencia a que se cuestionaba la capacidad por parte de las pequeñas y medianas empresas de defender sus derechos. Pues establezcamos unos modelos de
seguro para las pymes para dar cobertura a estas capacidades en la defensa de sus derechos.


Termino, señor presidente. El presidente de la APTE hacía una afirmación muy interesante al inicio de su intervención. Decía: Las empresas —seguramente refiriéndose a las pequeñas y medianas empresas—



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no ven la necesidad de patentar. Yo me pregunto: ¿Existe la necesidad de patentar? Yo creo que sí, que existe la necesidad de patentar y de establecer un modelo favorable a las patentes, pero me gustaría que me diera su opinión y que me
diera su opinión sobre estos instrumentos, sobre todo mirando a las pequeñas y medianas empresas, que puedan compensar, al menos a corto plazo, posibles incrementos de costes, que al final no son costes, sino que las empresas han de ver que son
inversiones en competitividad, en un futuro y en crecimiento.


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Alberto Herrero.


El señor HERRERO BONO: Señorías, en primer lugar quiero agradecer en nombre del Grupo Parlamentario Popular y en el mío propio la presencia hoy aquí de don Felipe Romera Lubias como presidente de la Asociación de Parques Científicos y
Tecnológicos de España. Además de ser un profundo conocedor del mundo de la tecnología, ha formado parte de importantes empresas con reconocida presencia en el mercado laboral, tanto nacional como internacional, y ha tenido la amabilidad de
comparecer en esta Cámara para mostrarnos y valorar desde el punto de vista técnico y científico la importancia de la tramitación de esta ley de patentes. Por tanto, por ser esta mi primera intervención en esta Cámara, tengo el orgullo y la
responsabilidad de poder dirigirme a tan ilustre persona.


Señor Romera, como bien nos ha explicado, este nuevo proyecto de ley —que reforma de manera completa la anterior Ley 11/1986 de Patentes— regula la explotación de patentes y pone especial cuidado en la regulación de transmisiones de patentes
y de licencias contractuales, evitando de este modo desventajas comparativas a quienes protegen sus invenciones en España. Desde el Grupo Parlamentario Popular queremos poner en valor la adecuación del marco legislativo para defender y proteger
nuestra industria, el desarrollo de la I+D+i como eje fundamental para el desarrollo de nuestra economía, de la cual podemos confirmar que el 88 % de los productos que son importados desde empresas españolas hacia el exterior proceden de empresas
que han invertido en patentes. De ahí, la importancia de esta nueva ley.


Señor presidente de la Asociación de Parques Científicos y Tecnológicos, con la responsabilidad que tiene usted de estimular y gestionar la transferencia tecnológica y de conocimientos entre universidades, empresas y mercados, con la
creación de este nuevo proyecto de ley se fomenta y se adquiere por parte de las empresas un gran valor añadido. Queremos incentivar que prime en ellas la actividad inventiva, innovadora y novedosa.


Sobre la base de lo expuesto anteriormente, de este nuevo proyecto de ley destacaríamos varios aspectos. Por un lado, entendemos que se simplifica y clarifica el procedimiento de concesión de patentes, el cual siempre conllevará el examen
obligatorio previo del que hemos estado hablando, que la invención es nueva y tiene aplicación industrial, y desde el punto de vista de tramitación se produce un acercamiento a los sistemas de patentes prestigiosos, como el Convenio de patentes
europeo. La modificación más evidente sería la superación de la división presente en el sistema actual entre patentes fuertes y débiles. Además, con este anteproyecto se adapta la normativa española al ámbito comunitario y a otras normas y
tratados internacionales.


A mi entender, señor Romera —me gustaría que esto me lo corroborara—, a fecha de hoy las solicitudes de patentes tramitadas sin examen superan ampliamente a las examinadas. Por ello, con la entrada en vigor de este nuevo proyecto de ley
entendemos que habrá una disminución de solicitudes, del número de patentes, pero, por otro lado, consideramos que aumentará la calidad de las mismas. Esto también implicará desde el punto de vista profesional, a través, claro está, de las agencias
de propiedad industrial, un esfuerzo adicional, ya que cobrará toda la importancia el trabajo previo en la presentación de las patentes, por lo que creo que aquí existe un grave problema: que las tramitaciones de las patentes de la Oficina Española
de Patentes y Marcas no estén digitalizadas para su consulta. Otros sistemas, como el de la Oficina Europea de Patentes o el de la Oficina Norteamericana —la Uspto—, sí que permiten revisar de forma digitalizada hasta la más mínima incidencia en la
tramitación de estas.


Otro aspecto, muy ventajoso a nuestro entender, es la ayuda que se les da a los emprendedores mediante la reducción de un 50 % de las tasas. Creemos que esto facilitará que nuestra pequeña industria, en la cual se sustenta gran parte de
nuestra economía, pueda disponer de ese valor añadido que le concede el producto patentado. Hasta la fecha, sinceramente creo que serían solo las grandes industrias las que pudieran hacerlo. Por ello, también le quería preguntar cuál sería la
estimación tanto en número



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de patentes como de pequeñas empresas que van a poder acceder a tener un producto patentado y la incidencia que ello podría suponer desde un punto de vista económico.


Para terminar, señor Romera, creo que compartirá conmigo una novedad objetivamente ventajosa, la que se dará con la impugnación ante la jurisdicción civil de una patente concedida. Aquí se abre la posibilidad de que el titular modifique las
reivindicaciones de su patente permitiendo la subsistencia de la patente con independencia del calado de la objeción o porque simplemente los jueces improvisen mecanismos de adaptación no previstos en la ley. En ese sentido entendemos que se gana
flexibilidad y se potencia la seguridad jurídica al regularse el marco y las condiciones de limitación posterior a la concesión.


Señor Romera, vuelvo a darle las gracias en nombre del Grupo Parlamentario Popular por su presencia y por darnos a conocer desde el punto de vista técnico y científico el valor de este nuevo proyecto de ley.


El señor PRESIDENTE: Para responder las cuestiones que se le han planteado, tiene de nuevo la palabra el señor Romera.


El señor PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE PARQUES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DE ESPAÑA (Romera Lubias): En primer lugar quiero agradecer a todas sus señorías los comentarios que han hecho y las preguntas que me han formulado. Voy a hacer una
exposición general reiterándome en lo que anteriormente he dicho en algunos aspectos y quizás aclarándolos, y alguna matización particular.


Esta ley hay que hacerla, no hay duda; esta ley va en la buena dirección y, repito, hay que hacerla, porque lo que tenemos es peor. Por tanto, esta ley es necesaria y nadie debe tener la menor duda de que esta ley es buena. La segunda
consideración es lo que llamo el ecosistema de innovación español con respecto a las patentes; este es un elemento un poquito diferente. Es decir, de una forma cultural, de una forma de percepción de los empresarios el sistema de innovación en
general está alejado de los procesos de patentabilidad. Este es un dato. ¿Esta ley puede ser un buen instrumento para mejorar este hábitat, este sistema de innovación de las patentes? Puede serlo, y a lo mejor no tanto en estas ochenta páginas
que tiene el proyecto de ley y en las que hay aspectos muy concretos, sino intentando mejorar la cultura hacia este elemento —la señora Blanquer hacía algunas referencias a ese tema—. Es decir, si sabemos que en España el nivel de realización de
patentes es bajo y tiene barreras al margen de los procedimientos que estipula la ley —creo que este es el elemento clave—, a lo mejor intentar hacer una cultura favorable a las patentes es un elemento de valor para el sistema de innovación. En ese
sentido, podría ser interesante introducir en la ley elementos de acompañamiento para cambiar la cultura que tiene nuestro entorno respecto a las patentes.


En la encuesta que he expuesto se ve claro lo que dicen los empresarios. Para mí el tema de los costes es irrelevante, porque los costes dedicados a hacer una patente no son excesivos, lo que pasa es que para el empresario son excesivos
respecto a las ventajas, es decir, no espera mucho que esa propiedad, esa protección de su conocimiento, le retorne ventajas. Yo sí insistiría en cómo podríamos ser capaces de cambiar esa cultura y quizás esta ley podría favorecer algunas
iniciativas al respecto. Se habla de asesoramiento y de cosas variopintas que en el fondo son bastante sencillas y detectables. ¿Esta ley nos puede servir en relación con el descenso que todos somos conscientes que vamos a tener? Si queremos
homologar nuestro sistema de innovación hay que tener más patentes. Es lógico; yo he dicho que hay una gran diferencia entre la calidad de nuestro sistema de innovación y la calidad que nos da si analizamos solo las patentes. Evidentemente la ley
como tal no nos va a cambiar el sistema de innovación, porque además las patentes están residualmente dentro del sistema de innovación, pero es una excelente oportunidad para intentar cualificar nuestro sistema de innovación en un elemento de
referencia internacional como es el número de patentes. Por eso creo que con esta ley se puede tener un papel relevante a la hora de intentar cambiar la cultura, de que los emprendedores y las empresas medianas y pequeñas empiecen a cambiar su
cultura. Un ejemplo es lo que le pasó a Kodak, que era una empresa que no patentaba. Hasta que apareció Polaroid y Polaroid se cargó el negocio de Kodak simplemente con una patente que tenían. A partir de ese momento se instauró en Kodak una
furia desatada por patentar todo lo que aparecía. No pretendo trasladar este ejemplo al sistema de innovación español, pero sí pretendo señalar que si acompañamos a nuestros emprendedores en el sistema de innovación rebajando las barreras que
tienen, haciéndoles tomar conciencia y somos capaces de mejorar el entorno o el ecosistema alredor de las patentes, la ley tendrá elementos mucho más positivos que los que ya tiene en su hecho de adaptación a la normativa europea. Ya he dicho antes
que la ley es necesaria y esta ley está bien estructurada. El señor Herrero ha hecho una serie de consideraciones y todas me parecen bien. El



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matiz que señalo es que, además de que la ley está bien, no nos debemos contentar porque tengamos una ley más homogeneizada, las patentes sean mejores y tengamos un sistema mejor si luego nuestros empresarios por lo que sea no las utilizan.
Eso es difícil de matizar en la ley; el cambio de cultura es el elemento clave y deberíamos intentar aprovechar la ley en ese sentido, porque esta es una ley que se puede aprovechar, esto se hace una vez y Dios sabe cuándo vendrá la próxima ley
alrededor de las patentes. Si somos capaces de introducir elementos que faciliten la incorporación de nuestros empresarios, que faciliten la creación de una cultura de la patente, habremos matado dos pájaros de un tiro: por un lado, tener una ley
mucho más homologada y, por otro lado, facilitar a nuestros empresarios que patenten más. Evidentemente la ley matiza una serie de medidas, como disminuir costes, etcétera, pero el elemento clave es cultural, y lo cultural es fácil de decir pero
realmente es lo más difícil; la cultura está en el entorno.


No soy capaz de hablar sobre la cuantificación económica, tema por el que se me ha preguntado. Lo que sí es verdad es que si queremos tener un sistema de innovación homologable a nivel internacional tenemos que avanzar en las patentes, de
eso no nos cabe duda a ninguno de los que estamos aquí. Mientras tengamos las patentes que tenemos, seguiremos estando del puesto 40 para abajo, porque el resto de los países tienen políticas por las que patentan mucho más. En esto deberíamos
estar muy abiertos a cualquier insinuación de cómo patentar más. En este sentido no hay un elemento ni siquiera ideológico, sí un elemento de percepción. A todos nos parece bien homologar nuestro sistema de innovación con respecto al número de
patentes, que es bajo y que puede subir. Todo lo que hagamos para aumentar ese número de patentes —la señora Blanquer hacía referencia a ese tema— es fundamental.


En cuanto a los centros regionales de información, no tengo una idea clara sobre cómo se hace esto que estoy diciendo, no me atrevería a expresarlo. No sé si son centros regionales de información o si hay que hacer propaganda en la
televisión, pero sí es cierto que se debería definir una política o varias políticas de apoyo a patentar el conocimiento y que fueran políticas de Estado. Este no es un tema ni del Gobierno central ni de las comunidades autónomas, sino que deben
ser políticas de Estado, en las que todo el mundo se ponga de acuerdo para que enfocando esta política el sistema de innovación mejore. ¿Significa eso que llevando a cabo esa política nuestro sistema de innovación va a ir mucho mejor? Tampoco,
pero hay que hacerlo, igual que la ley; es decir, se trata de elaborar la ley, después las políticas para cambiar el tema cultural y a continuación, que es el tercer elemento importante, intentar que nuestro sistema de innovación progrese. Estos
son otros elementos que no tienen nada que ver con la ley y no es este el espacio ni el lugar para que me pronuncie sobre este tema, pero sí quiero señalar que tenemos un sistema de innovación suficientemente débil y en el que hay cuestiones clave.
Yo, como presidente de los parques, lo tengo muy claro. Hay tres vectores en este país en los que hay que poner un rumbo. Solo son tres, no nos podemos confundir, y las patentes no están en ninguno de ellos, sino que son instrumentos de
acompañamiento. Uno es la innovación, la capacidad de convertir el conocimiento en dinero, en productos y servicios. Este es un vector clave y a su alrededor hay dos que le acompañan. Uno es la internacionalización. Esta ley debería contemplar
—lo hace de alguna forma— que las patentes locales ya no sirven. En un proceso en el que el mundo se está moviendo eso no es suficiente, pero es verdad que necesitamos unos procesos de internacionalización en los que esta ley de patentes debe
posicionarse adecuadamente. El otro es más conocimiento, que también va ligado de una manera indirecta a las patentes, es decir, más conocimiento por parte de nuestras empresas, pero ¿quién nos puede ofrecer en este país, que es el que tenemos,
mejor o peor, ese conocimiento? Tienen que ser los organismos públicos de investigación, las universidades, el consejo. Pero ese conocimiento —esa es la clave— debemos llevarlo al sistema productivo porque si no no hay innovación. La innovación
es productiva, es decir, supone ser capaces de generar dinero, riqueza, del conocimiento. En este sentido, la señora Blanquer hacía referencia —y yo tampoco soy capaz de matizar— a cómo se establece el tema de los derechos en el sistema público.
Ahí puede haber contradicciones: si es el centro, si es el investigador, si es la empresa. Ese elemento, si lo afinamos bien, puede ser clave y afinarlo bien significa oír a todos y que todos puedan participar, es decir, el centro, el investigador
y la empresa tienen que salir favorecidos. Esto significa que hay que repartir para que todos tengan elementos de valor. Analizando estos temas conseguiremos un mejor sistema de innovación, pero los vectores son: la innovación en general, la
internacionalización y utilizar mucho más a nuestro sistema público de I+D para poder tener empresas mucho más innovadoras. Esta ley —estoy finalizando mi exposición sobre este tema— de una forma indirecta puede aportar elementos de valor para que
al estar terminada favorezca no solo el elemento de patentabilidad y la protección del conocimiento, sino también el sistema de innovación, que yo ahora mismo no lo sé expresar más allá del propio contenido de la ley, que me parece fundamental.



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Esto es todo lo que tenía que decir. No sé si he contestado a todo el mundo, pero, evidentemente, doña Inmaculada, siempre hay que ir a la calidad, siempre, pero la cantidad es un elemento de referencia a la hora de posicionar nuestro
sistema de innovación en el papel que nos corresponde. Hay que intentar alrededor de la ley favorecer que esa cantidad se pueda desarrollar, algo que está muy ligado a lo que he expresado de la cultura. Evidentemente, todo lo que significa este
elemento de cultura, medidas para cambiar esa cultura, medidas fiscales, todo lo que ha explicado usted, de alguna forma debería contemplarse en ese proceso de cambio de cultura hacia la patentabilidad, porque cuando eso ocurra aumentará el número
de patentes. Lo que yo digo es que solo con la ley va a disminuir, lo tengo claro. Posiblemente todas sus señorías más o menos lo intuyen; como lo estamos endureciendo, ocurrirá que muchos que van ahora no irán, pero la ley también es —y con esto
termino— la gran oportunidad, ya que se hace, para intentar modificar esa cultura y establecer instrumentos, quizá marginales a la ley pero de cambio de esa cultura hacia la patentabilidad, que nos permitan posicionarnos. Yo estaría satisfecho con
que en estos momentos las patentes estuvieran a ese mismo nivel de innovación. No pretendo mucho más, porque en estos momentos hay un gran desequilibrio entre ambas cosas. Creo que ha sido una respuesta bastante general y amplia. A no ser que
tengan algo más que preguntar, la doy por concluida.


El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias, señor Romera. Le reiteramos que agradecemos su presencia y le felicitamos por su intervención, que sin duda será útil a los grupos parlamentarios.


Suspendemos un minuto la sesión para despedir al señor Romera y recibir al próximo compareciente. (Pausa).


— DEL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE AESEG (RODRÍGUEZ DE LA CUERDA). (Número de expediente 219/000752).


El señor PRESIDENTE: Les pido disculpas por este retraso, pero sorprendentemente ha habido que convertir el archivo que traía el director de la Aeseg en un formato más antiguo para poder verlo en el ordenador de la Comisión.


Reanudamos la sesión dándole la bienvenida a don Ángel Luis Rodríguez de la Cuerda, que es el director de la Aeseg, que es la patronal del medicamento genérico, la asociación de todas las empresas dedicadas al medicamento genérico, que es la
última intervención que vamos a tener hoy en relación con las comparecencias que hemos tenido sobre el proyecto de ley de patentes. El formato es una intervención de más o menos quince o veinte minutos por parte de los comparecientes y luego habrá
una intervención de los grupos, que les pueden plantear las preguntas que estimen convenientes.


Al señor Rodríguez de la Cuerda le acompaña un asesor de la propia asociación, don Miguel Vidal-Quadras, que también intervendrá en una parte de la presentación que nos va a hacer.


Tiene ahora la palabra el señor Rodríguez de la Cuerda.


El señor DIRECTOR GENERAL DE AESEG (Rodríguez de la Cuerda): Señor presidente, señorías, en primer lugar, y en representación de Aeseg, la asociación española de la industria farmacéutica de medicamentos genéricos, quiero agradecer la
amable invitación a comparecer ante esta Comisión para exponer nuestra visión de algunos puntos que consideramos importantes en relación con el proyecto de la nueva ley de patentes, actualmente en trámite parlamentario.


Permítannos, señorías, a modo de introducción, trasladarles lo que representa el medicamento genérico y unas breves pinceladas del compromiso de nuestro sector al desarrollo industrial de nuestro país a través de la contribución positiva en
áreas tan importantes como el empleo, la producción, la productividad, la inversión en innovación y desarrollo o la balanza comercial, incluso en el periodo de crisis económica e industrial que atravesamos y que, afortunadamente, parece que
remontamos de acuerdo con los indicadores que estamos conociendo últimamente. Esta realidad es la que permite constituirnos en un sector industrial especialmente sensible a que la concesión de derechos de exclusiva, como las patentes, sea un
instrumento realmente eficaz de la promoción de la innovación y no un obstáculo a la producción industrial.


Entendemos por genéricos un medicamento de igual calidad, eficacia y seguridad que su homólogo de marca cuya patente de exclusividad ha finalizado o no se infringe y que permite su comercialización a un precio más económico. Es, por tanto,
una excelente herramienta que actúa como regulador del precio del medicamento en el mercado y que proporciona el ahorro al Sistema Nacional de Salud y un mayor acceso de los pacientes al medicamento. Permítanme, señorías, unas pinceladas como
sector industrial.



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Somos un sector comprometido con el empleo; estamos dando empleo de manera directa a 9.000 personas, con un perfil altamente cualificado ya que 5 de cada 10 son universitarios y 4 de cada 10 son licenciados; pero también damos empleo de
manera indirecta a 26.000 personas. Somos un sector comprometido con la producción. Solamente les daré un dato: de cada 10 genéricos que se consumen en nuestro país, 7 se fabrican en España. Somos un sector comprometido con la innovación y el
desarrollo en donde invertimos el 3,5 % de nuestra facturación. Para nosotros la innovación es un tema muy importante. Y somos un sector comprometido con la exportación, contribuyendo positivamente al equilibrio de la balanza comercial. Aquí,
permítanme que les dé solamente dos datos: las exportaciones de genéricos en los últimos años han superado las importaciones en un 18 % y han obtenido un crecimiento de alrededor del 35 % entre los años 2010 y 2014.


Brevemente quiero decir —pueden verlo en la pantalla— que somos un sector comprometido, como decíamos, con el empleo, con la producción, con la inversión en innovación y desarrollo y con la balanza comercial exterior. Por otra parte, los
genéricos estimulan la innovación. Al contrario de lo que en ocasiones pudiera parecer, los genéricos constituyen una pieza clave en el sistema nacional de investigación y desarrollo; la competencia de los genéricos, señorías, estimula a las
compañías innovadoras a seguir investigando y a desarrollar nuevos productos. Además, el genérico libera recursos económicos y financieros que se pueden aplicar en otras áreas de la salud, incluida la I+D, o contribuir al Sistema Nacional de Salud
en la financiación de nuevos medicamentos. En resumen, se trata de un sector comprometido positivamente con el incremento del producto interior bruto dada la fuerte implementación de las compañías de genéricos que tenemos en nuestro país. De hecho
—y creo que gráficamente lo podemos analizar—, en el ranquin del top-10 de las compañías elaborado por IMS en unidades, en las cinco primeras posiciones nos encontramos a compañías de genéricos. Concretamente, en la primera, la segunda y en la
cuarta y quinta posición; posiciones que ocupan compañías que conocen todos ustedes, señorías, como Cinfa, Normon, Kern Pharma o incluso multinacionales como el Grupo Teva, con plantas de producción y fabricación en Zaragoza.


Hechas estas consideraciones, y abordando el tema principal de la comparecencia que hoy nos ocupa, ¿cuáles son, desde el punto de vista de Aeseg, los principales aspectos a revisar en el proyecto de ley de patentes? La concesión de una
patente se justifica en el fomento de la innovación, pero la patente constituye un derecho de exclusiva que condiciona la actuación de los competidores y que limita la oferta en el mercado en perjuicio de los consumidores. Por ello, el
procedimiento para su otorgamiento y los mecanismos que lo regulan deben tener en cuenta todos los intereses en juego. Si uno analiza el anteproyecto inicial que la Oficina Española de Patentes y Marcas presentó en octubre de 2013, y que finalmente
se remitió al Consejo de Ministros en noviembre de 2014, se observa que su tramitación no ha estado exenta de presiones por parte de quienes hacen uso asiduo de los derechos de patente como instrumentos de una política empresarial. Sus señorías
tienen la oportunidad de corregir algunos de los excesos introducidos durante la tramitación del anteproyecto que perjudican y pueden retrasar, e incluso paralizar, el desarrollo industrial de nuestro país y una oferta diversa y competitiva en el
mercado, en particular en el ámbito farmacéutico a la entrada de los medicamentos genéricos.


Permítanme que nos refiramos a continuación a algunos de estos factores que consideramos fundamentales. El primero de ellos —y como ven en pantalla— es la cláusula bolar, que es un elemento fundamental para que se produzca la entrada de
medicamentos genéricos en el mercado tan pronto como termine la patente que lo bloquea y que permita llevar a cabo los trabajos relativos a su autorización administrativa como medicamentos antes de que caduque la patente, tanto si es para España
como para el extranjero. Sin una cláusula bolar amplia los fabricantes españoles no tendrían nada que hacer frente a los fabricantes de terceros países; a estos les basta con hacer entrar sus productos por nuestras fronteras el día en que caduca
la patente. Muy recientemente, en octubre de 2014, el Reino Unido amplió su ley de patentes para alinearse en la posición de la actual legislación de Italia o España y para favorecer lógicamente a su industria. Desde luego, en España no podemos ir
a contracorriente y eliminar elementos que están en la norma vigente desde el año 2006, por lo que consideramos que la supresión de elementos que están en la ley actual y también en la directiva europea de la que procede no ayudan a dar seguridad al
sector.


Por otro lado, señorías, también queremos referirnos a la propuesta de cláusula de exportación. Estamos convencidos de que una propuesta fundamental para poder tener una industria competitiva en el mercado global actual es la aprobación de
una cláusula de exportación —que el proyecto de ley de patentes no contempla— que permita fabricar en España para exportar a países donde ya no exista la



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patente o donde no se les haya concedido, independientemente de que tal patente se aplique y se respete aun en nuestro país. Parece lógico que si queremos potenciar una política industrial nacional que contribuya de manera positiva y
decidida a impulsar la inversión y el producto interior bruto de nuestro país a través, entre otros factores, del incremento de las exportaciones, sería deseable que a las empresas implantadas en España se les permitiera fabricar aquellos
medicamentos destinados única y exclusivamente a la exportación a segundos países en donde la patente de exclusividad ya haya expirado o por otros motivos no aplique. Señorías, de no existir la cláusula que habilite la producción y posterior
exportación desde nuestro territorio nos encontraríamos con que las compañías productoras implementadas o implantadas en España se verían en la obligación de invertir y desarrollar nuevas plantas de producción en otros países distintos al nuestro
con el objetivo de no renunciar, lógicamente, a una oportunidad de mercado.


En el mercado farmacéutico las patentes y sus extensiones duran más en Europa que en cualquier lugar del mundo. En Estados Unidos, por ejemplo, la extensión de patente para medicamentos es de cuatro años y en Europa es de cinco; es decir,
podemos llegar a un total de hasta veinticuatro o veinticinco años de vigencia total de la patente. La mayoría de los países del mundo, por el contrario, no prevén ninguna extensión legal más allá de los veinte años de exclusividad de dicha
patente. Así, por ejemplo y a modo ilustrativo, permítanme indicarles, señorías, que poder entrar a tiempo, o no, en los Estados Unidos de América, es crucial para que seamos capaces de competir en el mercado internacional. Les señalo el ejemplo
que aparece en pantalla. Solamente en Estados Unidos y respecto de catorce medicamentos ese diferencial representado con las cifras de 2013 indica un mercado potencial de más de 37.000 millones de dólares. Es decir, como pueden ver en pantalla de
manera resumida, son los productos que próximamente van a terminar su patente en los próximos años y a qué molécula corresponden, siendo lo más importante para ilustrar la importancia de la cláusula de exportación en nuestro país y no perder esa
oportunidad comercial en otros países y que los fabricantes españoles vayan a instalar sus fábricas en otros lugares. Fíjense ustedes en que aquí vemos la facturación de estos productos y vemos la fecha de caducidad en Estados Unidos —que
lógicamente se produce con anterioridad a la terminación de patente en los países europeos—, e igualmente vemos en la penúltima columna cuál es la diferencia en periodo de tiempo, en meses, de dicha diferencia, calculando así las ventas que se
producirían en los plazos correspondientes. En definitiva, como pueden ver ustedes, tan solo con estos productos, con estos catorce medicamentos que finalizarán su patente en el próximo año, hablaríamos de un mercado potencial en Estados Unidos de
37.000 millones de dólares.


Como comprenderán, señorías, que empresas españolas implantadas pudieran fabricar única y exclusivamente para exportar a estos países como el que ponemos de ejemplo, Estados Unidos, sería una magnífica oportunidad; oportunidad para nuestro
sector industrial y oportunidad como país de un sector contribuyendo también al producto interior bruto. Si se aprueba esta cláusula, la industria española podría ampliar su mercado de exportación de manera exponencial y en sectores de tecnología
punta. Nuestra investigación se beneficiará de estas necesidades y se incrementarán las inversiones industriales en nuestro país, así como la contribución al producto interior bruto. Por tanto, nuestra posición es mantener la cláusula bolar en los
mismos términos y condiciones que recoge actualmente el texto legal. Y una solicitud que queremos transmitir en esta Comisión a sus señorías es la inclusión de la cláusula de exportación en el texto del anteproyecto de ley de patentes que
actualmente se está tramitando en el Congreso.


Por otro lado, y aprovechando la magnífica oportunidad que nos dan sus señorías de compartir con ustedes esta Comisión, me gustaría presentarles a Miguel Vidal-Quadras, que es un experto jurista en patentes y asesor legal de Aeseg en esta
materia, quien a continuación, también de manera resumida, nos expondrá otras propuestas al proyecto de ley que hoy nos ocupa.


El señor ASESOR LEGAL DE AESEG (Vidal-Quadras Trias de Bes): Señor presidente, señorías, expondré a continuación algunas cuestiones relativas al proyecto de ley de patentes que pueden afectar a las variables coste/beneficio de toda ley con
repercusión en la actividad económica, en la competitividad de nuestras empresas y especialmente sensible si se trata de producción industrial.


Debemos ser conscientes de que la tentación del solicitante de una patente es siempre pedir más de lo que merece, pues con ello sabe que obstaculizará las posibilidades de los competidores. Podemos entender fácilmente, desde la perspectiva
del beneficio empresarial, que si con una patente un empresario pudiera impedir que los demás utilizaran ruedas, intentarían protegerlas antes que limitarse a proteger un



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determinado tipo de automóvil; de esa manera impediría cualquier competencia de vehículos terrestres. Las pequeñas y medianas empresas, ante el riesgo y los costes inherentes que tienen que asumir por la eventualidad de un posible pleito,
prefieren abandonar sus proyectos por innovadores y beneficiosos que puedan parecer para la sociedad. Esa es la cruda consecuencia de un sistema que favorezca el número de patentes y no la exigencia en su concesión. Y ese es parte del problema de
la Oficina Europea de Patentes. El 90 % de las patentes que están vigentes en España son patentes concedidas por la Oficina Europea de Patentes, que mide su efectividad más por el número de patentes que concede que por la solidez de estas patentes.
Después, la aplicación de esas patentes, el sistema judicial sobre todo y cómo se implementan en España, es una cuestión que depende del derecho nacional y por eso nos encontramos en la decisiva tesitura de qué ley y qué normativas queremos respecto
de la aplicación de estas patentes que se conceden por un órgano ajeno a los organismos españoles, pero que acaba teniendo consecuencias en nuestra sociedad.


El remedio a los excesos y a los abusos está tanto en el examen de la patente, por una parte, es decir que nunca es infalible ni exhaustivo, pero que siempre es bueno que haya un examen a fondo para intentar servir de filtro para que no se
introduzcan patentes o invenciones que no se debieran conceder, como, por otra parte, también en la posibilidad de revocar o anular patentes en un pleito de nulidad. En estos casos no debe valer todo, desde luego, de lo contrario, bajo la
incertidumbre de derechos existentes, demasiado amplios, es muy difícil invertir económicamente con las garantías que exige una actividad industrial o comercial en cualquier país del mundo. De hecho, los cambios propuestos en el último borrador de
anteproyecto que se remitió al Consejo de Ministros en materia de nulidad, en particular la posibilidad de limitar la protección de las patentes durante un procedimiento judicial o en la propia Oficina Española de Patentes y Marcas, implica una
incertidumbre muy grande. Es una incertidumbre muy grande para la industria de genéricos, ya que facilita las modificaciones de las reivindicaciones en un pleito, por ejemplo de infracción de patentes, en cualquier momento de la vida de la patente
y también incrementa la duración de los pleitos de nulidad, comportando así un potencial retraso en la entrada de los genéricos al mercado; y quien habla de genéricos habla también de cualquier otro tipo de invención, señorías, ya sea un móvil de
última generación o ya sea un desarrollo en la construcción de trenes de alta velocidad. Lo ideal sería que se recogiera en la ley —ya se propuso inicialmente en el primer borrador de la ley de patentes que salió de la Oficina Española de Patentes
y Marcas— que pudiera hacerse una sola propuesta de limitación de la patente que sustituya a la patente concedida por una parte, no que el titular de la patente que protege en exceso pueda defender la validez de lo que ha protegido en exceso y
sucesivas limitaciones; y, además, en una sola ocasión y con la contestación a una demanda, por ejemplo, de infracción o de nulidad de una patente, no que se alarguen indebidamente los pleitos de nulidad de patente mediante posibles nuevas
peticiones durante la tramitación del procedimiento.


Un aspecto puntual, pero muy relevante desde el punto de vista de la reclamación de daños y perjuicios por medidas cautelares concedidas sin que debieran haberse concedido, y que está en el proyecto de ley que se ha remitido a las Cortes, es
la inclusión de una restricción excesiva, que no existe en nuestro derecho, respecto de la reclamación de daños y perjuicios por parte de quienes hayan sufrido unas medidas cautelares indebidamente concedidas. Se limita la posibilidad de reclamar
esos daños en un plazo de un mes. Hemos de pensar que el derecho general en nuestra legislación procesal es de cinco años para reclamar los daños y perjuicios. El plazo que la ley procesal reconoce en general para estas situaciones, por tanto, es
mucho más amplio que el de un mes; es de cinco años. No figura en nuestro derecho haberse recompensado en el daño sufrido por la actuación de un tercero con un plazo de reclamación tan corto. Incluso en la propia Ley de Patentes si se quiere
demandar por infracción de patente hay un plazo de hasta cinco años para poder solicitar una indemnización de daños y perjuicios, y en los últimos años, señorías, no son pocos los casos de medidas cautelares que han retrasado indebidamente la
concesión de medidas cautelares y que después se han visto revocadas por los tribunales.


Por otra parte, se ha introducido el artículo 132, en el que se prevé una nueva figura insólita en nuestro derecho, y es que el posible demandado por infracción de patentes solicite el inicio del procedimiento de medidas cautelares; expone
sus argumentos de defensa antes de que el demandante alegue por qué considera que puede infringir su patente y provoca un pleito contra él. ¿A quién se le ocurre que un posible afectado vaya a provocar unas medidas cautelares en su contra,
exponiendo además los argumentos de defensa sin saber si va a ser atacado y cómo va a ser atacado por parte del titular de una patente? Esta figura, señorías, no tiene sentido. Lo que sí existe en otros países es la posibilidad de que aquel que
tema



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unas posibles medidas cautelares dirija un escrito de protección a los tribunales para que estos tengan en cuenta su situación, la situación de hecho, y que pueda evitarse la concesión de unas medidas cautelares inaudita parte, sin oír al
demandado. Esa es la razón, en todo caso lo que se conoce como protective letters en el derecho alemán u holandés, por ejemplo.


En penúltimo lugar, los modelos de utilidad. Ha sido siempre orientado en España de forma diferente a como lo ha sido en otros países. Se recogen de forma muy laxa los requisitos de patentabilidad. La novedad se pretende corregir con el
proyecto de ley actual que está en las Cortes, pero no se ha modificado el requisito de actividad inventiva, de manera que para poder registrar un modelo de utilidad basta con que prácticamente no haya actividad inventiva. La propuesta por parte de
Aeseg, porque se pretende también que se extienda la protección de los modelos de utilidad, que hasta ahora nunca había afectado al sector farmacéutico, a los productos químicos, es que se elimine el adverbio «muy» del artículo 140 de la Ley de
Patentes, de manera que los modelos de utilidad, que además se conceden sin examen previo, se puedan conceder con los mismos requisitos que tiene el derecho de patentes.


Para terminar, señorías, y ya en materia de daños y perjuicios, estos se amplían en el último anteproyecto que se remitió al Consejo de Ministros y que ha llegado en forma de proyecto de ley a esta Cortes; se amplían y se introducen
posibles elementos de daños punitivos. En este caso, los daños punitivos están expresamente prohibidos por la normativa europea, por las directivas correspondientes, sobre todo la 48/2004. Esta propuesta que ustedes tienen en pantalla comporta un
incremento de los riesgos inherentes a la propia actividad empresarial en detrimento de la competencia del mercado y de los consumidores. Habría muchas cosas que decir sobre este nuevo proyecto de ley de patentes que, quizá, no era necesario en
toda su amplitud; algunas cosas sí era necesario modificarlas. Tenemos que tener en cuenta que la Ley de Patentes británica es del año 1977; la alemana del año 1980; la francesa es de 1992; y la estadounidense es de 1952. En cualquier caso,
sirva lo anterior para llamar la atención a sus señorías sobre lo mucho que nos jugamos con una norma que proteja en exceso a los titulares de patentes. De lo contrario, en lugar de fomentar la innovación y el crecimiento industrial se corre el
peligro de estar frenando, precisamente, la innovación. Unos derechos concedidos de forma excesiva frenan las posibles innovaciones reales sobre lo que entra dentro de este exceso.


El señor DIRECTOR GENERAL DE AESEG (Rodríguez de la Cuerda): Para concluir, presidente, señorías, queremos agradecer su interés en conocer el punto de vista de la Aeseg acerca del proyecto de la nueva ley de patentes, que hemos intentado
trasladar a través de la exposición anterior. En particular, queremos solicitar su colaboración y ayuda en tres aspectos concretos que son fundamentales para el crecimiento y el futuro de esta industria en España.


En primer lugar, como decíamos antes, garantizar que la cláusula bolar permita a los laboratorios de genéricos llevar a cabo todos aquellos requisitos prácticos necesarios para preparar, tramitar y obtener las autorizaciones de
comercialización administrativas previas y salir al mercado tan pronto como caduque la patente. En segundo lugar, permitir una cláusula de exportación que permita fabricar en España para vender en países en los que la patente no existe, ya ha
caducado o, incluso, se ha revocado, y que nos permita competir desde España con los demás fabricantes de otros países. Y, en tercer lugar, restringir la posible limitación de la patente en juicio, de manera que el titular de la patente pueda
plantear una única limitación de la misma y que esto se pueda hacer solo en la contestación a la demanda; nunca más tarde.


Señorías, en nombre de Aeseg queremos agradecer muy sinceramente la atención dispensada y su amable invitación a comparecer ante esta Comisión para hablar del medicamento genérico y su implicación en el proyecto de la actual ley de patentes.


El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias por su intervención.


Pasamos ahora al turno de los grupos parlamentarios. En primer término, por parte del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Martínez Olmos.


El señor MARTÍNEZ OLMOS: Bienvenidos a los representantes de la Asociación de Medicamentos Genéricos y muchas gracias por su información, que nos resulta de enorme utilidad para los trabajos que tiene que hacer esta Comisión en el
desarrollo del debate parlamentario de esta ley. Teníamos mucho interés en su presencia, porque sabemos que en este ámbito de afectación de la ley en lo que tiene que ver con el sector sanitario y, fundamentalmente, los productos farmacéuticos que
suponen una importante cuantía en términos presupuestarios, el hecho de que España pueda tener una industria potente —independientemente de que la propiedad de las compañías sea española o de otros países— que



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permita aprovechar en el minuto en el que ya se pueda utilizar fuera de patente un producto, supone un potencial de ahorro muy importante para las administraciones públicas que, a su vez, genera la posibilidad de dedicar los recursos que se
ahorran a innovaciones o a otras prioridades sanitarias que también son importantes. Por eso, nuestro país tiene que mirar con mucha atención y prioridad la manera de articular la legislación más adecuada para hacer posible este objetivo. Quiero
señalar y agradecer el trabajo que hace la Asociación de Fabricantes de Medicamentos Genéricos desde hace muchísimo tiempo ya que las aportaciones que nos han hecho son muy útiles para la toma de decisiones.


En cuanto al planteamiento que han hecho, y que recogeremos en la parte que corresponda en las enmiendas que mi grupo parlamentario presente, si es posible, me gustaría que precisaran un poco más en qué medida una modificación, en la línea
que ustedes plantean, en la normativa que estamos tramitando podría conseguir ahorros y cuántos se podrían conseguir en los próximos, dado que sí se conoce cuándo van expirando las patentes de productos que tienen volúmenes de venta importantes en
nuestro sistema sanitario. Si es que se puede cuantificar, nos gustaría saberlo, porque eso ayudaría a los grupos parlamentarios —si no lo tienen ahora calculado, me gustaría que nos lo hicieran llegar, y me refiero en el caso de España, porque ahí
había impacto en términos globales en Europa o en Estados Unidos—, nos podría ayudar a precisar la importancia de su reivindicación. Si es posible, sería bueno tener esto. En cualquier caso, el volumen que ustedes ya han planteado es bien
importante.


Tengo que señalar además que el hecho de que cuanto antes pueda estar a disposición de los pacientes un medicamento genérico, una vez que cumplen la patente y se cumplen todos los requisitos, influye en que los propios fabricantes,
propietarios de la patente, bajen los precios, influye a efectos de ahorro. Lo quiero señalar porque muchas veces el Gobierno tiende a decir que se venden no sé cuántos genéricos, y sí, el porcentaje de genéricos que se vende es muy importante,
pero también de medicamentos que sin ser genéricos eran la marca original pero que tienen precio de genérico, porque eso también está muy condicionado por la aparición del genérico. En ese sentido, me parece importante señalar esto. Esta
comparecencia es enormemente importante por esto que estamos comentando, porque eso haría —y en la medida en que vayamos armonizados con Europa puede ser mucho más potente el ahorro, teniendo en cuenta además que la industria de genéricos es una
industria de calidad que garantiza la eficacia, la efectividad, la seguridad que tienen que tener los productos farmacéuticos—, que el ahorro posible fuera importante, muy necesario para la sostenibilidad de las arcas públicas. Estoy seguro de que
en ese sentido coincidiremos con otros grupos parlamentarios.


Termino mi intervención pidiéndoles que, si es posible, concreten previsiones de ahorro —si no es ahora en el futuro—, porque me parece importante para la toma de decisiones que tenemos que hacer los grupos parlamentarios. Asimismo, si es
posible, aunque no esté exactamente vinculado a esta Comisión, quisiera saber en qué medida habría alguna otra cosa que hacer para hacer posible que los medicamentos genéricos tengan más presencia en el mercado español.


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, tiene la palabra doña Inmaculada Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: Seré breve.


Agradezco a los comparecientes su exposición. En relación con la segunda intervención, quisiera comenzar diciendo que el grupo parlamentario que represento es muy sensible al sector farma en su sentido más amplio por el peso que tiene esta
industria en Cataluña y en el conjunto de la economía española. Hechas estas consideraciones, este proyecto de ley era y es necesario, porque más allá de que otros países no hayan adaptado sus legislaciones durante años, son realidades distintas,
son mercados distintos y, por tanto, son necesidades distintas. Dada la economía española, la evolución de la industria española y el posicionamiento que aún tenemos en España en términos de innovación, donde no obstante hemos ido recuperando bien
—aunque tenemos aún mucho que recuperar en términos de avanzar hacia la media europea—, además de otros factores que también existen, sí era y es necesario este proyecto de ley.


Dicho esto, ha de ser un proyecto de ley que mire al sistema de I+D+i, del que las patentes son un instrumento en su conjunto. Ustedes han expuesto sus legítimas reivindicaciones como sector, que aprecio mucho y que he escuchado
atentamente, pero la ley ha de mirar al conjunto de la economía, al conjunto del sector y también al conjunto de las reivindicaciones, y encontrar el reequilibrio y ser capaces entre todos —ojalᗠde aprobar una ley que dé estabilidad, una ley que
permita generar más patentes, sobre todo, de calidad, aunque esto en el corto plazo represente una cierta bajada. Tenemos que apostar por la



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calidad de nuestras patentes, apostar por que las pequeñas y medianas empresas puedan patentar más y mejor, ayudar a esta parte tan importante del tejido productivo a patentar más y a incorporar la necesidad de patentar en su ADN, cosa que
también implica un cambio cultural muy importante. Sobre todo, ha de ser una ley de equilibrios que responda a las distintas necesidades del conjunto de sectores que conforman nuestro tejido económico e industrial. Agradezco mucho las
consideraciones más sectoriales que ustedes han hecho, que en mi grupo sin duda analizaremos detalladamente, pero quiero decirles que es un conjunto de equilibrios y que la ley ha de dar estabilidad y mirar al conjunto de sectores que conforman
nuestra economía y nuestro tejido industrial.


Más allá de las consideraciones que afectan más a su sector, me interesa que en su sector analicen y hagan una valoración más general de lo que entienden ustedes que representa esta ley, de los activos que puede suponer la misma y, más allá
de los temas más puntuales que he apuntado detalladamente, quisiera que me dieran su valoración sobre la introducción del examen que el proyecto de ley incorpora, que para nuestro grupo es positivo, y que nos dijera qué otras medidas deberían
incorporarse más allá, repito, de los aspectos que más afectan directamente a su sector. Por último, quisiera solicitarles una opinión sobre la patente unitaria, sobre la actual situación, sobre los pros y contras y cómo afecta la generación de
patentes al conjunto del sistema.


El señor PRESIDENTE: En este turno de intervención de los grupos parlamentarios, por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra doña Celia Alberto.


La señora ALBERTO PÉREZ: En primer lugar, como no puede ser de otra forma, quisiera agradecer la comparecencia de los comparecientes hoy aquí para hablarnos desde el punto de vista del sector farmacéutico, de su imagen sobre el proyecto de
ley de patentes. Del currículum de los comparecientes, especialmente del señor Rodríguez, se extrae que posee una dilatada experiencia en el sector farmacéutico, habiendo desempeñado cargos de gran responsabilidad en distintas compañías
especializadas en el desarrollo y comercialización de medicamentos genéricos. Por ello nos complace mucho contar con su presencia y agradecemos que nos trasladen la visión de este sector.


Es evidente que el sector farmacéutico da especial importancia a las patentes relativas a sus productos, ya que, como todos sabemos, la investigación farmacéutica requiere una importantísima inversión y, tras la aprobación de la patente,
todavía tendrá que pasar bastante tiempo para su comercialización, ya que la autorización de los mismos conlleva rigurosos y necesarios procedimientos llevados a cabo por los organismos correspondientes, que alargan considerablemente el tiempo
necesario para que las empresas de este ramo vean sus productos en el mercado. Es por ello que quería pedirle al señor Rodríguez su valoración sobre la inclusión expresa entre los títulos de protección de los certificados complementarios de
protección o CCP, que extienden por un plazo máximo de cinco años la protección otorgada a una patente de un producto farmacéutico o fitosanitario, para compensar el mayor plazo de tiempo que transcurre para estos productos desde que se concede la
patente hasta que se autoriza su comercialización. Además quería recabar su opinión sobre la incorporación de las modificaciones adoptadas para las patentes europeas al hacer explícita la posibilidad de patentar sustancias o composiciones ya
conocidas para su uso como medicamento o para nuevas aplicaciones terapéuticas. Por otro lado, los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico y de diagnóstico que incluyen medicamentos seguirán excluidos de la protección por patente en los
mismos supuestos en los que estaban antes, pero sin necesidad de recurrir a la ficción de su falta de aplicación industrial. Me gustaría saber qué le parece esto.


No me voy a extender mucho más. Quiero reiterar las gracias, en nombre de mi grupo parlamentario, y trasladar a los comparecientes que estudiaremos, como no puede ser de otra manera, las principales propuestas resumidas hoy aquí por el
señor Rodríguez, especialmente la cláusula bolar, la cláusula de exportación y la relativa a la restricción de la posible limitación de la patente en juicio.


El señor PRESIDENTE: Para contestar a las cuestiones que se han planteado, tienen de nuevo la palabra los representantes de la Aeseg.


El señor DIRECTOR GENERAL DE AESEG (Rodríguez de la Cuerda): Me gustaría contestar a la intervención del doctor Martínez Olmos acerca de cuál es el valor del genérico y qué ahorro es el que puede producir, sobre todo, potenciado por algunas
de las propuestas que hicimos aquí anteriormente. Es verdad —estamos de acuerdo— que el objetivo del genérico para ejercer su valor es llegar lo antes posible al mercado. Decimos que es un medicamento igual a su homólogo de marca; la única
diferencia



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es que cuando llega al límite de la patente las administraciones sanitarias consideran que la inversión que han hecho para mantener este producto de marca, por tanto su patente, está ya amortizada. Entendemos, pues, que es el momento del
genérico. También entendemos, desde nuestro sector industrial, que esa inversión ya ha sido realizada y que tenemos que ofrecer a la sociedad medicamentos más económicos, con igual calidad, eficacia y seguridad, por supuesto, pero más económicos.
Eso revierte en dos aspectos fundamentales: en ahorro para el Sistema Nacional de Salud y las comunidades autónomas, que en definitiva son las últimas pagadoras, y en acceso del ciudadano al medicamento, como se ha venido demostrando en los últimos
años, lo que es muy importante. Ahora mismo tenemos unos cálculos estimados de que el medicamento genérico ha venido ahorrando alrededor de 1.000 millones de euros al año durante los catorce años que llevamos en España. Estamos hablando de 14.000
millones de euros. Esos son los valores que produce el genérico, pero también muchas veces se ha puesto en discusión cuál es nuestro papel frente a la industria que llamamos de marcas o innovadora. Nosotros decimos siempre que nos consideramos un
sector industrial farmacéutico complementario a la industria innovadora. Somos unos defensores de la industria innovadora, creemos que es un motor de desarrollo para la sociedad. Aporta algo tan importante como son medicamentos para la salud
—digamos— de última generación y el tratamiento de patologías muy, muy innovadoras, pero, eso sí, consideramos que el límite está justamente cuando termina la patente y que es el momento del medicamento genérico.


Qué duda cabe —con esto me gustaría puntualizar tres aspectos importantes— que no solamente producimos ahorro, que lo hacemos, que no solamente producimos incremento o mejor acceso al medicamento, que lo hacemos, sino que también
introducimos una tercera variante que expresaba el doctor Martínez Olmos: la competencia. Es decir, si el genérico no existiera como regulador del precio en el marcado a corto, a medio y a largo plazo difícilmente una marca bajaría voluntariamente
su precio. Luego lo que estamos haciendo con el genérico en el mercado es obligar de alguna manera a que las marcas bajen su precio y contribuir a este ahorro. Como digo, en definitiva, y por tener una cifra redonda, podemos calcular un ahorro de
1.000 millones de euros, lo que produce el genérico, al año en este país.


El doctor Martínez Olmos interpelaba sobre unos aspectos importantes: ¿Qué se podría hacer precisamente para incrementar la presencia de los medicamentos genéricos en nuestro país? Por resumir, las administraciones sanitarias y el
medicamento genérico todavía tienen un amplio recorrido. Permítanme, señorías, darles solamente una cifra. En España los medicamentos genéricos en unidades ahora mismo representan un 38 % del mercado; es una cifra alejada del 55 % de media que
hay en los países europeos. Si lo miramos en valores, el mercado de los medicamentos genéricos tan solo representa un 18 % en valores, lejos también del 25 % que se manifiesta en los países europeos. Hay una buena noticia: todavía tenemos
recorrido para desarrollar un sector de medicamentos muy útiles para el Sistema Nacional de Salud; y una noticia no tan buena: después de catorce años, aún seguimos lejos de la media de los países europeos. Cuando se nos pregunta por las
administraciones qué más podríamos hacer, nosotros reclamamos una propuesta muy objetiva que se viene desarrollando en todos los países de Europa y que España no aplica. Es simplemente una normativa que establezca una diferencia de precios entre el
genérico y la marca o, dicho de otra forma, una normativa como la que ya había antes pero que ahora mismo no existe en la ley, en la que no se obligue a un producto de marca a ponerse a precio de genérico desde el minuto uno. ¿Por qué? Porque la
diferencia de precios es nuestra razón de ser. Nosotros somos un sector cuyo objetivo es aportar a la sociedad millones de unidades, cuanto mayor sea el volumen de unidades que podamos aportar, más bajo va a ser el precio que también daremos al
sistema. —Creo que esto es importante—.


Por último, también en cuanto a la normativa, estamos reclamando algo interesante que antes venía en la normativa, pero que se ha perdido. Cuando un genérico salía al mercado hace años, cuando cogíamos cuota de mercado, estábamos en un
plazo razonable de tiempo un 40 % más baratos que la marca, con el objetivo y la noble intención de captar cuota de mercado y que fuera una inversión de incentivo y motivante para seguir sacando nuevas versiones genéricas en el futuro. Lo que
ocurre hoy en día, señorías, es que la normativa actual obliga desde el minuto uno a una marca a ponerse al precio de genérico cuando una versión genérica nueva sale al mercado. ¿Me pueden decir ustedes entonces cuál es la capacidad de captar cuota
de mercado de un nuevo genérico? Prácticamente nula, hemos perdido todo nuestro potencial de coger cuota de penetración en un sector que industrialmente está comprometido con el producto interior bruto, un sector industrial muy implementado en
España, que ha sido motor en los últimos años y está comprometido con los objetivos industriales y económicos de este país, pero que por desgracia últimamente está sufriendo un parón importante porque no existe diferencia con las marcas que



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ya terminaron su patente, que ya amortizaron su inversión y que por eso entendemos que es el momento de los genéricos. Por tanto, necesitamos diferencia de precios frente a las marcas y necesitamos recuperar ese plazo razonable de tiempo
desde que sale un genérico al mercado para coger cuota de mercado. Hoy por hoy no existe. Mientras no tengamos normativas de este tipo difícilmente el genérico va a ejercer realmente su valor y su potencia al 100 %, que es seguir produciendo
ahorro y sobre todo acceso al medicamento. Por mi parte, esta sería mi contestación al doctor Martínez Olmos.


El señor ASESOR LEGAL DE AESEG (Vidal-Quadras Trías de Bes): Voy a contestar a una cuestión que ha planteado la señora Riera sobre los activos que aportaba la ley. Entiendo que ha habido suficientes ponencias durante hoy sobre los activos
que se aportan a la ley. En cualquier caso, comentaba la introducción de examen que la ley incorpora. Tanto desde la industria de genéricos y también como profesional y profesor que hace veinte años se dedica a enseñar e ilustrar sobre el sistema
de patentes a las empresas, a las compañías, a los centros de investigación de este país y a la Oficina Española de Patentes y Marcas, en las propias empresas, se considera que la introducción de un examen garantiza una mayor fortaleza por parte de
las patentes. El hecho de que no se concedan patentes sin examen es beneficioso para la sociedad porque no se conceden patentes sin haber pasado un primer filtro. Esas quedan fuera y, por lo tanto, no se conceden. No se puede actuar contra los
competidores con esas patentes que podríamos llamar débiles. Ese es un activo muy importante de la nueva ley. También es bueno que se conviertan los reales decretos de adaptación, tanto del convenio de la patente europeo como de la patente
internacional, en artículos de la nueva ley. Eso también es bueno porque se había cuestionado la legitimación de esos reales decretos y su aplicabilidad por ser unos meros reales decretos. Eso pasa a constituir una parte nueva en el articulado de
la ley, lo que es importante para conferir una mayor seguridad jurídica sobre lo que el Estado español decide aprobar respecto a la adaptación de estas normas de carácter internacional en la legislación española.


¿Qué más medidas se pueden adoptar? La primera sería otorgar más medios a los tribunales para que puedan conocer de estos temas que son complejos, que puedan tener un cuerpo técnico al que consultar —existe en otros países—, y exigir más a
la Oficina Europea de Patentes en la concesión de patentes. Hace poco tiempo se aprobó una política que se denominaba, racing the bar, es decir, incrementar o subir el listón. Si uno dice: si se ha de subir el listón es porque el listón está
bajo. ¿Qué significa que esté bajo? ¿Cómo es que una oficina tenga necesidad de decir: es cierto, tenemos que subir el listón a la hora de valorar y exigir el requisito de actividad inventiva de las patentes?


En cuanto a la opinión de la asociación sobre la patente unitaria, siempre que eso comporte facilitar los resortes de la justicia a los administrados será una buena medida. Ahora bien, tal y como se ha configurado el sistema de la patente
unitaria con unos tribunales específicos en Reino Unido, en Alemania, tribunales que no se sabe todavía qué coste van a tener para el administrado, es algo que requiere la mayor de las prudencias. En cuanto a marcas y diseños comunitarios se han
creado tribunales en cada uno de los países. Tribunal de marca comunitaria o de diseño comunitario en Alicante, en el caso de España, y eso no ha supuesto ningún problema. ¿Por qué no tendría que ser así también para la patente? Que haya
tribunales especializados en cada uno de los países ya, de buenas a primeras, desde un principio. Sobre los certificados complementarios de protección que duran cinco años, es competencia de la Unión Europea y poco se puede decir en la ley de
patentes más que aprobar la normativa que permita adaptar la aprobación de esos certificados complementarios de protección para el territorio de España para los medicamentos españoles. Quizás sea un período muy amplio el de cinco años. No existe
en otros países. En Estados Unidos es de cuatro años y en la mayoría de los países no existe un certificado complementario de protección. Por eso Aeseg plantea la idoneidad de la cláusula de exportación para tener unos territorios a los que puedan
acudir las empresas españolas y no tener que instalar fábricas de países ajenos en nuestro territorio.


Hay una cuestión relativa a las composiciones ya conocidas para nuevas aplicaciones terapéuticas. Es cierto que hay muchas patentes que se solicitan cada vez más sobre combinaciones, cócteles de medicamentos, antivirales, cócteles de
medicamentos anticancerígenos. Son muy caros, tiene que soportarlos el Sistema Nacional de Salud y muchas de esas patentes son patentes débiles que se conceden, a pesar de haber pasado un primer filtro en la Oficina Europea de Patentes y se tiene
que luchar contra ellas ante los tribunales correspondientes de los Estados. Muchas veces las sentencias de nulidad de las patentes no se inscriben en el registro porque a la parte que solicita la nulidad de una patente no le interesa que después
se inscriba en el registro para no beneficiar a los competidores, en



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cuanto a la declaración de nulidad de esa patente. Ahí sí que puede haber un corazón partido entre la compañía de genéricos, que está interesada en solicitar la nulidad de una patente, y las demás compañías que se beneficiarían de esa
nulidad que inicia una de las compañías. Pero esa es una cuestión que en la práctica se lograría superar, sobre todo, en los tribunales, teniendo la obligación de comunicar la declaración de nulidad de una patente a la Oficina Española de Patentes
y Marcas. Con esto creo que se da respuesta a las preguntas que se han planteado.


El señor DIRECTOR GENERAL DE AESEG (Rodríguez de la Cuerda): Si me permite, señor presidente, por matizar al hilo de lo que planteaba la señoría del Grupo Parlamentario Popular en la valoración de los certificados complementarios de
protección, como decíamos ahora mismo es un término que se desarrolla en todos los países europeos. Es verdad que en Europa son cinco años, es mayor que en otros países e incluso hay países en los que no existe. Pero quería llamar la atención de
sus señorías en relación a la cláusula de exportación de la que estamos hablando, sobre la magnífica oportunidad que tenemos ahora mismo en España con la apertura de esta ley de patentes. Es una oportunidad única que difícilmente se da,
independientemente de las normativas europeas que se puedan estar desarrollando, como puede ser la de los certificados complementarios de protección. Es cierto que se está trabajando a nivel europeo y en España también estamos conectados con esta
corriente, pero única y exclusivamente es una especie de cláusula de exportación para los certificados complementarios de protección.


A mí me gustaría, aprovechando la oportunidad que me brinda esta comparecencia, llamar la atención sobre que ahora mismo en España la presentación de este proyecto de ley de patentes constituye una magnífica oportunidad para incluir
normativas de este tipo, algo tan racional como que en España se pueda fabricar para exportar única y exclusivamente a terceros países donde aplicar una patente, independientemente de que esa patente se aplique en nuestro país y, por supuesto, se
respete escrupulosamente. Realmente es una oportunidad, y no solamente para las empresas que están implantadas en España. También entendemos que es una magnífica oportunidad como efecto llamada para que potenciales inversores vengan a nuestro país
a invertir: invertir en empleo, invertir en producción, invertir en productividad, invertir en innovación y desarrollo; en definitiva, incrementar el producto interior bruto, que es uno de los objetivos del actual Gobierno y de los que tenemos
planteados. Por eso creemos que es razonable, ante esta oportunidad de la ley de patentes, incluir una normativa tan sencilla y racional como es la cláusula de exportación, que no solamente contribuiría a un incremento razonable y responsable del
producto interior bruto, sino, lo que es más importante, que evitaría que estas mismas empresas que están en España o que tenían pensado venir a nuestro país emigren a otros países, que lo van a hacer con seguridad, señorías, porque no van a perder
la oportunidad comercial que se abre en nuestros mercados.


Agradezco sus intervenciones y sus preguntas.


El señor PRESIDENTE: Con nuestro agradecimiento de nuevo a la Aeseg, al señor Rodríguez de la Cuerda y al señor Vidal-Quadras, y no habiendo más asuntos que tratar —porque, como saben ustedes, no ha podido tener lugar la comparecencia de
don Antonio Esteve Cruella, presidente de Farmaindustria, que se ha disculpado por haber tenido dificultades de última hora—, se levanta la sesión.


Eran las seis y cuarenta y cinco minutos de la tarde.


Corrección de error.


Advertido error en el Diario de Sesiones número 756, correspondiente a la sesión número 51 de la Comisión de Industria, Energía y Turismo, se subsana a continuación:


En la página 1, donde dice: «celebrada el miércoles 19 de febrero de 2015», debe decir: «celebrada el miércoles 18 de febrero de 2015».