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I. Iniciativas legislativas
Proyecto de Ley por la que se conceden créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por importe de 856.440.673,35 euros en el presupuesto del Ministerio de Defensa, para atender al pago de obligaciones
correspondientes a Programas Especiales de Armamento y a la realización de otras actuaciones del Departamento (procedente del Real Decreto-Ley 7/2015, de 14 de mayo). Enmiendas 621/000156 (Congreso de los Diputados, Serie A, Num.159,
Núm.exp. 121/000159)
El Senador Jesús Enrique Iglesias Fernández, IU (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento Palacio del Senado, 18 de agosto de 2015.—Jesús Enrique Iglesias ENMIENDA NÚM. 1 De don Jesús Enrique Iglesias Fernández (GPMX) El Senador Jesús Enrique Iglesias Fernández, IU (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De supresión. De los puntos 1 y 2. JUSTIFICACIÓN La aprobación de Créditos extraordinarios a finales de legislatura para afrontar los pagos de los Programas Especiales de Armamentos ENMIENDA NÚM. 2 De don Jesús Enrique Iglesias Fernández (GPMX) El Senador Jesús Enrique Iglesias Fernández, IU (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al ENMIENDA De supresión. Suprimir el artículo 1. JUSTIFICACIÓN Los programas PEAS deben ser revisados, y en la medida de lo posible, anulados, aunque esto represente el pago de compensaciones a las ENMIENDA NÚM. 3 De El Senador Jesús Enrique Iglesias Fernández, IU (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 1. ENMIENDA De «Artículo 1 (nuevo). Los Programas Especiales (PEA,s) son aquellos derivados del Acuerdo entre los Ministerios de Defensa y de Industria, Energía y Turismo, destinados al desarrollo y fabricación de equipos y sistemas de armas El gobierno considera necesario revisar en profundidad la política de defensa que justifica estos programas. Del mismo modo y en términos industriales considera necesario apostar decididamente por el I+D+I civil, propiciando y Por lo tanto resulta necesario estudiar en profundidad el estado de estos programas, para lo cual se propone realizar un exhaustivo análisis del estado en el que se encuentran desde todas las En este sentido la realización de una auditoría de los Programas Especiales de Armamento parece la mejor herramienta para determinar qué medidas debe llevar a cabo Auditoría de los Programas Especiales de Armamento. En el plazo de seis meses se realizará una auditoría independiente de Los PEAS en el que se estudie Auditoría de los créditos En el plazo de tres meses se realizará una auditoría independiente sobre el estado de los créditos concedidos por el Ministerio JUSTIFICACIÓN Mejora técnica. ENMIENDA NÚM. 4 De don Jesús Enrique Iglesias Fernández (GPMX) El Senador Jesús Enrique Iglesias Fernández, IU (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. Texto propuesto: «En el plazo de 10 meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno remitirá al Congreso de los JUSTIFICACIÓN Mejora técnica. ENMIENDA NÚM. 5 De don Jesús Enrique El Senador Jesús Enrique Iglesias Fernández, IU (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De Texto propuesto: «Tras la entrada en vigor de esta ley y hasta el desarrollo de lo contenido en la disposición adicional quedan suspendidos los pagos de los Programas Especiales de Armamento.» JUSTIFICACIÓN En El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 2 enmiendas al Proyecto de Ley por la que se conceden Palacio del Senado, 24 de agosto de 2015.—El Portavoz, José Montilla Aguilera. ENMIENDA NÚM. 6 Del Grupo Parlamentario Entesa pel RETIRADA ENMIENDA NÚM. 7 Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC) El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De adición. «Disposición adicional segunda (nueva). El Gobierno enviará al Congreso de los Diputados, antes JUSTIFICACIÓN Es necesario, por un lado un El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto Palacio del Senado, 24 de agosto ENMIENDA NÚM. 8 Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC) El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo ENMIENDA De supresión. Supresión de los puntos 1 y 2. JUSTIFICACIÓN La aprobación de Créditos ENMIENDA NÚM. 9 Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC) El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés ENMIENDA De supresión. De supresión del artículo 1. JUSTIFICACIÓN Los ENMIENDA NÚM. 10 Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC) El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya ENMIENDA De adición. De adición de un nuevo artículo, después del «Nuevo Artículo. Los Programas Especiales (PEA,s) son aquellos derivados del Acuerdo entre los Ministerios de Defensa y de Industria, Energía y Turismo, destinados al desarrollo y fabricación de equipos y sistemas de armas El gobierno considera necesario revisar en profundidad la política de defensa que justifica estos programas. Del mismo modo y en términos industriales considera necesario apostar decididamente por el I+D+I civil, propiciando y Por lo tanto resulta necesario estudiar en profundidad el estado de estos programas, para lo cual se propone realizar un exhaustivo análisis del estado en el que se encuentran desde todas las En este sentido la realización de una auditoría de los Programas Especiales de Armamento parece la mejor herramienta para determinar qué medidas debe llevar a cabo Auditoría de los Programas Especiales de Armamento. En el plazo de seis meses se realizará una auditoría independiente de los PEAS en el que se estudie Auditoría de los créditos En el plazo de tres meses se realizará una auditoría independiente sobre el estado de los créditos concedidos por el Ministerio JUSTIFICACIÓN Mejora técnica. ENMIENDA NÚM. 11 Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC) El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De supresión. De supresión del artículo 2. JUSTIFICACIÓN En coherencia con la enmienda anterior. ENMIENDA Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC) El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De adición. De adición de una nueva Disposición adicional. «En el plazo de 10 meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno remitirá al Congreso de los JUSTIFICACIÓN Mejora técnica. ENMIENDA NÚM. 13 Del Grupo El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición ENMIENDA De adición. De adición de una nueva Disposición adicional. «Tras la entrada en vigor de esta ley y hasta el desarrollo de lo contenido en la disposición adicional quedan suspendidos los pagos de JUSTIFICACIÓN En coherencia con la enmienda anterior. El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU), al amparo de lo previsto en el Palacio del Senado, 24 de agosto de 2015.—El ENMIENDA NÚM. 14 Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU) El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: Título: Proyecto de Ley por el que se conceden créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por importe de 856.440.673,35 euros en el presupuesto del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, El Real Decreto-ley 7/2015, de 14 de mayo, convalidado por el Congreso de los Diputados, preveía una partida A pesar de esta anomalía y de la magnitud de las partidas Con el fin de corregir este desequilibrio La presente Ley tiene como finalidad conceder varios créditos extraordinarios y un suplemento de crédito en el Por Real Decreto-ley 14/2014, de 7 de noviembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito para financiar actuaciones de distintos Aunque los signos macroeconómicos denotan cierta mejora en la economía, la realidad es que los ciudadanos no lo perciben y siguen siendo más necesarias que nunca las políticas sociales gestionadas por las Comunidades JUSTIFICACIÓN Ajuste del Título y de la exposición de motivos del proyecto de ley, en concordancia con las enmiendas presentadas al mismo. ENMIENDA NÚM. 15 Del Grupo Parlamentario Catalán en el El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: Título: Proyecto de Ley por el que se conceden créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por importe de 856.440.673,35 euros en el El Real A pesar de esta anomalía y de la magnitud de las partidas presupuestarias que cada año se destinan a inversiones en los Programas Especiales de Armamento, anualmente el Gobierno aprueba un Decreto Ley de crédito Con el fin de corregir este desequilibrio sistemático, este grupo parlamentario presenta una enmienda a la totalidad con texto alternativo al presente proyecto de ley. La presente Ley tiene como Por Real Decreto-ley 14/2014, de 7 de noviembre, por el que se conceden créditos Aunque los signos macroeconómicos denotan cierta mejora en la economía, la realidad es que los ciudadanos no lo perciben y siguen JUSTIFICACIÓN Ajuste del Título y de la exposición de motivos del proyecto de ley, en concordancia con las ENMIENDA NÚM. 16 Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU) El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU), al amparo ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: Artículo 1. Concesión de créditos extraordinarios en el Se autoriza un crédito extraordinario en el presupuesto de la sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, JUSTIFICACIÓN Aunque los signos macroeconómicos denotan cierta mejora en la economía, la realidad es que los ciudadanos no lo perciben y ENMIENDA NÚM. 17 Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación ENMIENDA De adición. Redacción que se propone: Artículo 4. Concesión de créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales destinados a dotar el nivel Se autoriza un crédito extraordinario en el presupuesto de la sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, servicio 15, Secretaria de Estado de Servicios Sociales e JUSTIFICACIÓN Aunque los signos macroeconómicos denotan cierta mejora en la economía, la realidad es que los ciudadanos no lo perciben y siguen siendo más necesarias que nunca las políticas sociales gestionadas por las Comunidades ENMIENDA NÚM. 18 Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU) El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i ENMIENDA De adición. Redacción que se propone: Artículo 5. Concesión de créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte destinado a impulsar el fomento de Guarderías Municipales. Se autoriza un crédito extraordinario en el presupuesto de JUSTIFICACIÓN Aunque los signos macroeconómicos denotan cierta mejora en la economía, la realidad es que los ciudadanos no lo perciben y siguen siendo ENMIENDA NÚM. 19 Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación del ENMIENDA De adición. Redacción que se propone: Artículo 6. Concesión de créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte destinado a Becas y Ayudas a Se autoriza un crédito extraordinario en el presupuesto de la sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, servicio 7, Dirección General de Política Universitaria, programa 323M, Becas y Ayudas a Estudiantes, JUSTIFICACIÓN Aunque los signos macroeconómicos denotan cierta mejora en la economía, la realidad es que los ciudadanos no lo perciben y siguen siendo más necesarias que nunca las políticas sociales gestionadas por las Comunidades ENMIENDA NÚM. 20 Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU) El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió ENMIENDA De adición. Redacción que se propone: Artículo 7. Concesión de créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales destinados al Fondo de Cohesión Sanitaria. Se autoriza un crédito extraordinario en el presupuesto de la sección 26. JUSTIFICACIÓN Aunque los signos macroeconómicos denotan cierta mejora en la economía, la realidad ENMIENDA NÚM. 21 Del Grupo Parlamentario Catalán en el El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al ENMIENDA De adición. Redacción que se propone: Artículo 8. Financiación de los créditos extraordinarios y del suplemento de crédito. Los créditos JUSTIFICACIÓN Nueva correlación del orden de los artículos. El Grupo Palacio del Senado, 24 de agosto de 2015.—El Portavoz, José Montilla Aguilera. ENMIENDA NÚM. 22 Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC) El Grupo ENMIENDA De adición. Se propone la adición de una disposición adicional nueva con la siguiente redacción: «Disposición adicional primera. 1. Los Presupuestos Generales del Estado para 2016 deberán contemplar, en su texto definitivo, en el 2. El Gobierno no aprobará modificaciones MOTIVACIÓN Es El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto Palacio del Senado, 24 de agosto ENMIENDA NÚM. 23 Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De adición. Se propone la adición de una disposición adicional nueva con la siguiente redacción: «Disposición adicional primera. 1. Los Presupuestos Generales del Estado para 2016 deberán contemplar, en su texto definitivo, en el correspondiente apartado, los créditos que se correspondan con la previsión de obligaciones derivadas de los programas especiales de 2. El Gobierno no aprobará modificaciones presupuestarias relativas a los créditos destinados a los programas especiales de armamento previstos en los Presupuestos Generales del Estado MOTIVACIÓN Es necesario, por un lado un debate sosegado y en profundidad sobre los programas de armamento, y por otro, que la financiación de los mismos, ENMIENDA NÚM. 24 Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De adición. Se propone la adición de una disposición adicional nueva con la siguiente redacción: «Disposición adicional segunda. El Gobierno enviará al Congreso de los MOTIVACIÓN Es necesario,
del Senado, formula 5 enmiendas al Proyecto de Ley por la que se conceden créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por importe de 856.440.673,35 euros en el presupuesto del Ministerio de Defensa, para atender al pago de obligaciones
correspondientes a Programas Especiales de Armamento y a la realización de otras actuaciones del Departamento (procedente del Real Decreto-Ley 7/2015, de 14 de mayo).
Fernández.
enmienda al Preámbulo.
(PEAS) es un fraude a la Ley presupuestaria, pues estos pagos provienen de compromisos adquiridos con las empresas militares, y por tanto deben estar previstos en el Presupuesto inicial del Ministerio de Defensa. Su no inclusión obedece al objetivo
del Gobierno de minimizar el Presupuesto real de Defensa y de la adquisición de armas y evitar que la oposición política y la opinión pública observen que el Presupuesto de Defensa aumenta entre un 15 % o un 30 % respecto del año anterior.
Artículo 1.
empresas. Son programas que tienen un elevado coste, sin saber a ciencia cierta su coste final, entre 25.000 y 35.000 millones. Programas que se alargaran durante los próximos 15 años. Eso sin contar los que puedan aparecer nuevos PEAS. Por
tanto es importante, revisar los contratos, reprogramarlos y si es posible anular el número de adquisiciones de esas armas. Es decir, reducir los programas de aviones F-2000, A400M, los helicópteros Tigre y NH-90.
don Jesús Enrique Iglesias Fernández (GPMX)
adición.
en los que convergen dos características claves: estar pre-financiados en todo o en parte con créditos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y efectuar los pagos desde el Ministerio de Defensa a partir del momento de su recepción y puesta
en servicio.
apoyando la reconversión de la industria militar.
perspectivas: político-estratégicas, económicas, industriales y tecnológicas.
el estado español tales como moratoria, quita o rescisión de contratos oportuna.
con detalle la idoneidad de cada uno de los equipos y sistemas de armas que los integran, su coste total y el detalle del estado financiero en el que se encuentran, los calendarios de entrega entre otras cuestiones.
concedidos por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el marco de los Programas Especiales de Armamento.
de Industria, Energía y Turismo a las empresas responsables del desarrollo y fabricación de equipos y sistemas de armas con detalle pormenorizado de créditos concedidos, créditos devueltos, finalidad, importe y fechas de devolución.»
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Diputados un proyecto de ley para la reducción de la deuda militar. A estos efectos, la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados emitirá un dictamen con carácter previo, que aborde las necesidades de la defensa española dentro de una nueva
política de prioridades presupuestarias que pivote entre otras cuestiones sobre el gasto social y la reconversión del gasto en I+D+I militar en civil.»
Iglesias Fernández (GPMX)
adición.
coherencia con la enmienda anterior.
créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por importe de 856.440.673,35 euros en el presupuesto del Ministerio de Defensa, para atender al pago de obligaciones correspondientes a Programas Especiales de Armamento y a la realización de
otras actuaciones del Departamento (procedente del Real Decreto-Ley 7/2015, de 14 de mayo).
Progrés de Catalunya (GPEPC)
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
del 31 de marzo de 2016, para su debate, una comunicación sobre el contenido detallado de la financiación de los programas de armamento, a la vista de las necesidades militares prioritarias.»
debate sosegado y en profundidad sobre los programas de armamento, y por otro, que la financiación de los mismos, además de ser sostenible, se refleje de manera adecuada en los Presupuestos Generales del Estado y no sea objeto de modificaciones
anuales mediante créditos extraordinarios exorbitantes que desvirtúan totalmente las cuentas del departamento remitidas a las Cortes Generales.
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 6 enmiendas al Proyecto de Ley por la que se conceden créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por importe de 856.440.673,35 euros en el presupuesto del Ministerio de Defensa, para
atender al pago de obligaciones correspondientes a Programas Especiales de Armamento y a la realización de otras actuaciones del Departamento (procedente del Real Decreto-Ley 7/2015, de 14 de mayo).
de 2015.—El Portavoz Adjunto, Jordi Guillot Miravet.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Preámbulo.
extraordinarios a finales de legislatura para afrontar los pagos de los Programas Especiales de Armamentos (PEAS) es un fraude a la Ley presupuestaria, pues estos pagos provienen de compromisos adquiridos con las empresas militares, y por tanto
deben estar previstos en el Presupuesto inicial del Ministerio de Defensa. Su no inclusión obedece al objetivo del Gobierno de minimizar el Presupuesto real de Defensa y de la adquisición de armas y evitar que la oposición política y la opinión
pública observen que el Presupuesto de Defensa aumenta entre un 15 % o un 30 % respecto del año anterior.
de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 1.
programas PEAS deben ser revisados, y en la medida de lo posible, anulados, aunque esto represente el pago de compensaciones a las empresas. Son programas que tienen un elevado coste, sin saber a ciencia cierta su coste final, entre 25.000 y 35.000
millones. Programas que se alargaran durante los próximos 15 años. Eso sin contar los que puedan aparecer nuevos PEAS. Por tanto es importante, revisar los contratos, reprogramarlos y si es posible anular el número de adquisiciones de esas armas.
Es decir, reducir los programas de aviones F-2000, A400M, los helicópteros Tigre y NH-90.
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación del Artículo 1.
artículo 1.
en los que convergen dos características claves: estar pre-financiados en todo o en parte con créditos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y efectuar los pagos desde el Ministerio de Defensa a partir del momento de su recepción y puesta
en servicio.
apoyando la reconversión de la industria militar.
perspectivas: político-estratégicas, económicas, industriales y tecnológicas.
el estado español tales como moratoria, quita o rescisión de contratos oportuna.
con detalle la idoneidad de cada uno de los equipos y sistemas de armas que los integran, su coste total y el detalle del estado financiero en el que se encuentran, los calendarios de entrega entre otras cuestiones.
concedidos por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el marco de los Programas Especiales de Armamento.
de Industria, Energía y Turismo a las empresas responsables del desarrollo y fabricación de equipos y sistemas de armas con detalle pormenorizado de créditos concedidos, créditos devueltos, finalidad, importe y fechas de devolución.»
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 2.
NÚM. 12
enmienda a la Disposición adicional nueva.
Diputados un proyecto de ley para la reducción de la deuda militar. A estos efectos, la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados emitirá un dictamen con carácter previo, que aborde las necesidades de la defensa española dentro de una nueva
política de prioridades presupuestarias que pivote entre otras cuestiones sobre el gasto social y la reconversión del gasto en I+D+I militar en civil.»
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)
adicional nueva.
los Programas Especiales de Armamento.»
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 8 enmiendas al Proyecto de Ley por la que se conceden créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por importe de 856.440.673,35 euros en el presupuesto del Ministerio de Defensa, para atender
al pago de obligaciones correspondientes a Programas Especiales de Armamento y a la realización de otras actuaciones del Departamento (procedente del Real Decreto-Ley 7/2015, de 14 de mayo).
Portavoz, Josep Lluís Cleries i Gonzàlez.
(GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Título del Proyecto de Ley.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Ministerio de Defensa (procedente del Real Decreto-ley 7/2015, de 14 de mayo).
de 856.440.673,35 euros destinado a la concesión de créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Defensa destinado a inversiones militares en infraestructuras y otros bienes. En todos y cada uno de los Presupuestos Generales del
Estado aprobados en esta legislatura, el Gobierno no ha contemplado, en su previsión inicial los recursos destinados a la financiación de estos programas, a pesar de lo establecido en la ley general presupuestaria y en las leyes de estabilidad
presupuestaria relativos a la obligación de que los proyectos de presupuestos presentados por el Gobierno incorporen todas aquellos gastos que sea previsible contemplar.
presupuestarias que cada año se destinan a inversiones en los Programas Especiales de Armamento, anualmente el Gobierno aprueba un Decreto Ley de crédito extraordinario para cubrir este vacío legal. Esta facilidad y ordinariedad que el Gobierno
aplica a los programas de armamento al Ministerio de Defensa, lo niega sistemáticamente a las políticas sociales destinadas a combatir la pobreza infantil, a mejorar la financiación de la sanidad, de la educación o de las políticas de dependencia
gestionadas por las Comunidades Autónomas y sometidas por el Gobierno del Estado a una estricta austeridad presupuestaria en aras de dar cumplimiento al principio de estabilidad presupuestaria.
sistemático, este grupo parlamentario presenta una enmienda a la totalidad con texto alternativo al presente proyecto de ley.
presupuesto del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Ministerio de Defensa para ampliar programas de ayudas sociales previstos en los
Presupuestos Generales del Estado y gestionados por las Comunidades Autónomas.
Departamentos ministeriales, se aprobaron créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Defensa por importe de 7.472.003,38 euros para atender necesidades derivadas del brote de Ébola en España. En dicho importe se incluye la
cantidad de 2.500.000 de euros para llevar a cabo la remodelación de la planta 22 del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», en los ejercicios 2014-2015. Según se recoge en el preámbulo del indicado Real Decreto-ley, el coste de las medidas
no cubiertas por los créditos extraordinarios se atenderían en ejecución en el presupuesto para 2015. El importe de la remodelación del Hospital Central de la Defensa para el año 2015 asciende a 4.000.000 de euros, importe por el que se tramita el
suplemento de crédito.
Autónomas, sean para ser destinadas a combatir la pobreza infantil, al impulso de las guarderías, sea para incrementar las políticas de becas, sea para dar respuesta al nivel convenido en dependencia, previsto en la ley e incumplido sistemáticamente
en esta legislatura, sea para destinar al fondo de cohesión sanitaria o para destinar a las políticas activas de empleo que gestionan las Comunidades Autónomas con el fin de facilitar la ocupabilidad de las persona que han perdido el empleo o que
buscan su primer empleo.
Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU)
Preámbulo.
presupuesto del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Ministerio de Defensa (procedente del Real Decreto-ley 7/2015, de 14 de mayo).
Decreto-ley 7/2015, de 14 de mayo, convalidado por el Congreso de los Diputados, preveía una partida de 856.440.673,35 euros destinado a la concesión de créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Defensa destinado a inversiones
militares en infraestructuras y otros bienes. En todos y cada uno de los Presupuestos Generales del Estado aprobados en esta legislatura, el Gobierno no ha contemplado, en su previsión inicial los recursos destinados a la financiación de estos
programas, a pesar de lo establecido en la ley general presupuestaria y en las leyes de estabilidad presupuestaria relativos a la obligación de que los proyectos de presupuestos presentados por el Gobierno incorporen todas aquellos gastos que sea
previsible contemplar.
extraordinario para cubrir este vacío legal. Esta facilidad y ordinariedad que el Gobierno aplica a los programas de armamento al Ministerio de Defensa, lo niega sistemáticamente a las políticas sociales destinadas a combatir la pobreza infantil, a
mejorar la financiación de la sanidad, de la educación o de las políticas de dependencia gestionadas por las Comunidades Autónomas y sometidas por el Gobierno del Estado a una estricta austeridad presupuestaria en aras de dar cumplimiento al
principio de estabilidad presupuestaria.
finalidad conceder varios créditos extraordinarios y un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al
Ministerio de Defensa para ampliar programas de ayudas sociales previstos en los Presupuestos Generales del Estado y gestionados por las Comunidades Autónomas.
extraordinarios y suplementos de crédito para financiar actuaciones de distintos Departamentos ministeriales, se aprobaron créditos extraordinarios en el presupuesto del Ministerio de Defensa por importe de 7.472.003,38 euros para atender
necesidades derivadas del brote de Ébola en España. En dicho importe se incluye la cantidad de 2.500.000 de euros para llevar a cabo la remodelación de la planta 22 del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», en los ejercicios 2014-2015.
Según se recoge en el preámbulo del indicado Real Decreto-ley, el coste de las medidas no cubiertas por los créditos extraordinarios se atenderían en ejecución en el presupuesto para 2015. El importe de la remodelación del Hospital Central de la
Defensa para el año 2015 asciende a 4.000.000 de euros, importe por el que se tramita el suplemento de crédito.
siendo más necesarias que nunca las políticas sociales gestionadas por las Comunidades Autónomas, sean para ser destinadas a combatir la pobreza infantil, al impulso de las guarderías, sea para incrementar las políticas de becas, sea para dar
respuesta al nivel convenido en dependencia, previsto en la ley e incumplido sistemáticamente en esta legislatura, sea para destinar al fondo de cohesión sanitaria o para destinar a las políticas activas de empleo que gestionan las Comunidades
Autónomas con el fin de facilitar la ocupabilidad de las persona que han perdido el empleo o que buscan su primer empleo.
enmiendas presentadas al mismo.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 1.
presupuesto del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales destinados a combatir la pobreza infantil.
servicio 16, Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, programa 231F otros servicios sociales del Estado, capítulo 4 transferencias corrientes, artículo 45 transferencias a las Comunidades Autónomas para atender Programas de
servicios sociales destinados a combatir la pobreza Infantil, por un importe de 250.000.000 euros.
siguen siendo más necesarias que nunca las políticas sociales gestionadas por las Comunidades Autónomas para ser destinadas a combatir la pobreza infantil.
d’Unió (GPCIU)
del Artículo 3.
convenido con las Comunidades Autónomas en Dependencia.
Igualdad, programa 00X transferencias internas, capítulo 4 transferencias corrientes, artículo 426 al IMSERSO, para financiar el nivel convenido con las Comunidades Autónomas en Dependencia, por un importe de 282.440.673,35 euros.
Autónomas para dar respuesta al nivel convenido en dependencia.
d’Unió (GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación del Artículo 3.
la sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, servicio 4, Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, programa 322A, Educación infantil y Primaria, artículo 451, programa de impulso del primer ciclo de educación infantil
a través del fomento de guarderías municipales, por un importe de 50.000.000 euros.
más necesarias que nunca las políticas sociales gestionadas por las Comunidades Autónomas para el impulso de las guarderías municipales.
(GPCIU)
Artículo 3.
estudiantes.
artículo 483, Becas y Ayudas, por un importe de 120.000.000,00 euros.
Autónomas para incrementar las políticas de becas.
(GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación del Artículo 3.
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, servicio 9, Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, programa 313.ª presentaciones sanitarias y farmacia, capítulo 4 transferencias corrientes,
artículo 453 transferencias a las Comunidades Autónomas destinadas al fondo de cohesión sanitaria, por un importe de 150.000.000 euros.
es que los ciudadanos no lo perciben y siguen siendo más necesarias que nunca las políticas sociales gestionadas por las Comunidades Autónomas para destinar al fondo de cohesión.
Senado de Convergència i d’Unió (GPCIU)
Artículo Nuevo a continuación del Artículo 3.
extraordinarios que se conceden en el artículo 1 y el suplemento de crédito que se concede en el artículo 2 se financiarán con Deuda Pública.
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula una enmienda al Proyecto de Ley por la que se conceden créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por
importe de 856.440.673,35 euros en el presupuesto del Ministerio de Defensa, para atender al pago de obligaciones correspondientes a Programas Especiales de Armamento y a la realización de otras actuaciones del Departamento (procedente del Real
Decreto-Ley 7/2015, de 14 de mayo).
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
correspondiente apartado, los créditos que se correspondan con la previsión de obligaciones derivadas de los programas especiales de armamento que realmente vayan a ser satisfechas.
presupuestarias relativas a los créditos destinados a los programas especiales de armamento previstos en los Presupuestos Generales del Estado en una proporción mayor al 20 % de la cantidad inicialmente presupuestada.»
necesario, por un lado un debate sosegado y en profundidad sobre los programas de armamento, y por otro, que la financiación de los mismos, además de ser sostenible, se refleje de manera adecuada en los Presupuestos Generales del Estado y no sea
objeto de modificaciones anuales mediante créditos extraordinario exorbitantes que desvirtúan totalmente las cuentas del departamento remitidas a las Cortes Generales.
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 2 enmiendas al Proyecto de Ley por la que se conceden créditos extraordinarios y un suplemento de crédito por importe de 856.440.673,35 euros en el presupuesto del Ministerio de Defensa, para
atender al pago de obligaciones correspondientes a Programas Especiales de Armamento y a la realización de otras actuaciones del Departamento (procedente del Real Decreto-Ley 7/2015, de 14 de mayo).
de 2015.—El Portavoz, Óscar López Águeda.
formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
armamento que realmente vayan a ser satisfechas.
en una proporción mayor al 20 % de la cantidad inicialmente presupuestada.»
además de ser sostenible, se refleje de manera adecuada en los Presupuestos Generales del Estado y no sea objeto de modificaciones anuales mediante créditos extraordinario exorbitantes que desvirtúan totalmente las cuentas del departamento remitidas
a las Cortes Generales.
Disposición adicional nueva.
Diputados, antes del 31 de marzo de 2016, para su debate, una comunicación sobre el contenido detallado de la financiación de los programas de armamento, a la vista de las necesidades militares prioritarias.»
por un lado un debate sosegado y en profundidad sobre los programas de armamento, y por otro, que la financiación de los mismos, además de ser sostenible, se refleje de manera adecuada en los Presupuestos Generales del Estado y no sea objeto de
modificaciones anuales mediante créditos extraordinario exorbitantes que desvirtúan totalmente las cuentas del departamento remitidas a las Cortes Generales.