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BOCG. Senado, apartado I, núm. 230-1730, de 09/09/2013
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I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS


PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización.


(621/000045)


(Cong. Diputados, Serie A, núm. 52



Núm. exp. 121/000052)


ENMIENDAS NO ADMITIDAS A TRÁMITE


La Presidencia del Senado, en ejercicio de la delegación
conferida por la Mesa de la Cámara en su reunión del día 17 de abril de
2012, al amparo del artículo 36.1.c) del Reglamento del Senado y de
conformidad con la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ha
acordado, en relación con el Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores
y su internacionalización, no admitir a trámite las enmiendas que a
continuación se relacionan, por considerar que lo que en ellas se plantea
carece de manera evidente y manifiesta de conexión con el objeto del
Proyecto de Ley que se tramita (apoyo mediante diversas medidas a los
emprendedores y a su actividad), tal y como se desprende de la
descripción de las mismas:


a) Enmienda número 131, del Grupo Parlamentario Socialista,
puesto que introduce una nueva disposición adicional, cuya formulación se
ajusta más a una moción que a una enmienda a un proyecto de ley, y que
pretende con carácter genérico la apertura de un proceso de diálogo
social para acordar un nuevo modelo de relaciones laborales y un nuevo
marco de negociación colectiva.


b) Enmienda número 191, del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado Convergència i Unió, en la medida que somete ciertas
operaciones al tipo reducido del IVA.


c) Enmiendas números 198, 200, 201, 215, 216, 217, 218,
222, 278 y 282 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència
i Unió, pues introducen nuevas normas que modifican los regímenes de
protección de las personas con discapacidad: contratos del sector
público, centros especiales de empleo, actividades de mecenazgo,
financiación estatal, relación laboral, aspectos todos ellos extraños al
ámbito del Proyecto de ley.


d) Enmienda número 199, del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado Convergència i Unió, que persigue añadir con carácter general
nuevas normas a la Ley general de subvenciones, excluyendo del acceso a
las subvenciones o ayudas de cualquier tipo a las personas físicas o
jurídicas incumplidoras de las normas que favorezcan a las personas con
discapacidad o que realicen actos discriminatorios o contrarios a la
dignidad de las personas.


e) Enmiendas números 219, 220 y 221, del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió, ya que modifican,
respectivamente, el Estatuto Básico del Empleado Público en las
siguientes materias: la adaptación del tiempo de trabajo de las personas
con discapacidad, los permisos de los funcionarios con discapacidad y la
movilidad por razón de discapacidad.









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f) Enmienda número 223, del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado Convergència i Unió, que propone reformar la participación de
las Comunidades Autónomas en los ingresos de ciertos impuestos
estatales.


g) Enmienda número 400, de Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya, puesto que introduce una nueva disposición
adicional, cuya formulación se ajusta más a una moción que a una enmienda
a un proyecto de ley, y que pretende con carácter genérico la apertura de
un proceso de diálogo social para acordar un nuevo modelo de relaciones
laborales y un nuevo marco de negociación colectiva.


Palacio del Senado, 5 de septiembre de 2013.—P.D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.