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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 125, de 11/12/1997
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE



Año 1997 VI Legislatura Núm. 125



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FEDERICO TRILLO-FIGUEROA MARTINEZ-CONDE



Sesión Plenaria núm. 121



celebrada el jueves, 11 de diciembre de 1997



ORDEN DEL DIA:



Dictámenes de la Comisión del Estatuto de los Diputados:



--Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre
declaraciones de actividades de Excmos. Sres. Diputados (núm. reg.

037714) (Página 6535)



Convalidación o derogación de Reales Decretos-Leyes:



--Real Decreto-Ley 19/1997, de 14 de noviembre, por el que se autorizan
compromisos presupuestarios plurianuales derivados de contratos de
navegación de interés público («BOE» núm. 274, de 15 de noviembre de
1997) (número de expediente 130/000032) (Página 6536)
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--Real Decreto-Ley 20/1997, de 20 de noviembre, por el que se conceden
créditos extraordinarios y suplementos de crédito por importe total de
54.618.760.084 pesetas, para inversiones y otros gastos del Ministerio de
Fomento. («BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 1997) (Corrección de
error en «BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 1997) (número de
expediente 130/000033) (Página 6542)



--Real Decreto-Ley 21/1997, de 20 de noviembre, por el que se conceden
suplementos de crédito y créditos extraordinarios por importe total de
42.865.474.201 pesetas, para inversiones y otros gastos del Ministerio de
Medio Ambiente. («BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 1997) (Corrección
de error en «BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 1997) (número de
expediente 130/000034) (Página 6546)



Enmiendas del Senado:



--Proyecto de Ley de modificación de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre,
de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, número 37.1, de 24 de marzo de 1997 (número de
expediente 121/000035) (Página 6551)



--Proyecto de Ley de medidas urgentes para la mejora del mercado de
trabajo y el fomento de la contratación indefinida (procedente del Real
Decreto-Ley 8/1997, de 16 de mayo). «BOCG. Congreso de los Diputados»,
serie A, número 68.1, de 17 de junio de 1997 (número de expediente
121/000066) (Página 6557)



--Proyecto de Ley por la que se regulan incentivos en materia de
Seguridad Social y de carácter fiscal para el fomento de la contratación
indefinida y la estabilidad en el empleo (procedente del
Real Decreto-Ley 9/1997, de 16 de mayo). «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie A, número 69.1, de 17 de junio de 1997 (número de
expediente 121/000067) (Página 6557)



Dictámenes en la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios
Internacionales:



--Acuerdo entre el Reino de España y la República de Croacia para la
promoción y protección recíproca de inversiones, hecho en Madrid el 21 de
julio de 1997. «BOCG. Sección Cortes Generales», serie A, número 141, de
20 de octubre de 1997 (número de expediente 110/000144) (Página 6565)



--Canje de Notas constitutuvo de Acuerdo entre el Reino de España y el
Reino de Marruecos sobre supresión de visados en pasaportes diplomáticos,
hecho en Madrid el 15 y el 16 de julio de 1997. «BOCG. Sección Cortes
Generales», serie A, número 142, de 20 de octubre de 1997 (número de
expediente 110/000145) (Página 6565)



Debates de totalidad de iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes
inmuebles. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, número 80.1, de 16
de septiembre de 1997 (número de expediente 121/000076) (Página 6566)



SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y diez minutos de la mañana, con
carácter secreto, para debatir sobre el dictamen de la Comisión del
Estatuto de los Diputados sobre declaraciones de actividades de los
señores Diputados, que es aprobado.

Se reanuda la sesión con carácter público.




Convalidación o derogación de Reales Decretos-leyes (Página 6536)



Real Decreto-ley 19/1997, de 14 de noviembre, por el que se autorizan
compromisos presupuestarios plurianuales derivados de contratos de
navegación de interés público (Página 6536)



Interviene el señor Ministro de Fomento (Arias-Salgado y Montalvo), que
solicita de la Cámara la convalidación del Rel Decreto-ley 19/1997, de 14
de noviembre, por el que se autorizan compromisos presupuestarios
plurianuales derivados de contratos de navegación de interés público.

Expone que aunque tanto la legislación comunitaria como la nacional



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parten de considerar libre la prestación de los servicios de transporte
marítimo, se han mantenido algunas excepciones a dicha libertad bajo la
posibilidad de que los Estados puedan recurrir al establecimiento y
formalización de contratos de servicio público. Añade que la regulación
de los contratos de servicio público está incluida en el Reglamento
3577/1992, del Consejo Europeo, de 7 de diciembre, por el que se aplica
la libre prestación de servicios a los transportes marítimos a partir del
primero de enero de 1993, y también las dos excepciones, según las cuales
los Estados miembros podrán celebrar contratos de servicio público o
podrán imponer obligaciones de servicio público como condición para la
prestación de los servicios de cabotaje a las compañías marítimas que
efectúen servicios regulares con destino u origen en islas y entre islas,
siempre que ello no suponga ninguna discriminación respecto de los
armadores comunitarios. A continuación explica que el Real Decreto-ley
tiene como objetivo determinar las navegaciones de interés público y las
condiciones en las que se han de prestar dichos servicios, así como
establecer los requisitos de prestación del servicio en las restantes
líneas regulares de cabotaje, resaltando que más importante que el
concepto de obligaciones de servicio público es el concepto de contrato
de navegaciones de interés público o contrato de servicio público en
terminología de la legislación comunitaria.

Por otra parte, expone las dos líneas de actuación seguidas por el
Gobierno español: la primera se produce en relación con la Comisión
Europea, tratando de obtener el visto bueno de dicha Comisión sobre el
pliego de cláusulas que debe regir el concurso para adjudicar el contrato
de servicio público, y la segunda es conseguir la viabilidad
presupuestaria del contrato de servicio público, que se pretende
adjudicar mediante concurso libre, siendo esta segunda línea de actuación
la que hoy se somete a debate de la Cámara.

En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Rivero Baute,
del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Ríos Martínez, del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Segura Clavell, del Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, y Carreño Rodríguez-Maribona, del
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Real Decreto-ley 20/1997, de 20 de noviembre, por el que se conceden
créditos extraordinarios y suplementos de crédito por importe total de
54.618.760.084 pesetas, para inversiones y otros gastos del Ministerio de
Fomento (Página 6542)



En nombre del Gobierno, el señor Ministro de Fomento (Arias-Salgado y
Montalvo) presenta ante la Cámara el Real Decreto-ley 20/1997, de 20 de
noviembre, para su convalidación y expone que el grueso del crédito cubre
gastos de inversión de la Dirección General de Carreteras
correspondientes al presente ejercicio, inversión que ha sido necesaria
para mantener el ritmo de las obras en curso y para abordar la
tramitación admnistratia y el pago de un elevado número de incidencias,
modificados, complementarios y liquidaciones, siendo el resto de créditos
destinados a hacer frente a pagos procedentes de ejercicios anteriores.

Por otra parte, aprovecha la oportunidad que le ofrece la presentación
del Real Decreto-ley ante la Cámara para llamar la atención sobre algunos
aspectos de naturaleza política y económica como, por ejemplo, el que por
primera vez el Gobierno presente ante el Parlamento un conjunto de
decisiones presupuestarias en el marco de la Ley de Disciplina
Presupuestaria aprobada hace un año, y el que, también por primera vez
desde hace muchos años, el Gobierno no se vea obligado a recortar el
gasto público, aprobado en su momento por el Parlamento, mediante
acuerdos de no disponibilidad.

En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Fernández
Sánchez, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida;
García-Arreciado Batanero, del Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, y Jiménez Suárez, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.




Real Decreto-ley 21/1997, de 20 de noviembre, por el que se conceden
suplementos de crédito y créditos extraordinarios por importe total de
42.865.474.201 pesetas, para inversiones y otros gastos del Ministerio de
Medio Ambiente (Página 6546)



Para la presentación del Real Decreto-ley, en nombre del Gobierno,
interviene el señor Ministro de Fomento (Arias-Salgado y Montalvo), que
sustituye a la señora Ministra de Medio Ambiente. Expone que se trata de
un crédito extraordinario para satisfacer las indemnizaciones derivadas
de la sentencia de 14 de mayo de 1996, de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso
contencioso-administrativo 382/94, y de un suplemento de crédito para
atender los gastos de inversión generados en el presente ejercicio
económico asociados a expedientes de expropiación forzosa,
indemnizaciones, emergencias, práctica de liquidaciones



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definitivas de obras afectadas por el cumplimiento de los plazos que
establece la vigente Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de
Administraciones Públicas, modificados y obras complementarias que
afectan a contratos en ejecución, asistencias técnicas urgentes y
liquidaciones de intereses de demora. A continuación pasa a hacer una
exposición detallada y justificada del gasto que se pretende realizar.

En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Mardones Sevilla,
del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; y las señoras Urán
González, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Narbona
Ruiz, del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, y De Lara Carbó,
del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.

Sometida a votación, en primer lugar, la convalidación o derogación del
Real Decreto-ley 19/1997, de 14 de noviembre, por el que se autorizan
compromisos presupuestarios plurianuales derivados de contratos de
navegación de interés público, se aprueba la convalidación por
unanimidad.

Sometida a votación su tramitación ulterior como proyecto de ley, a
petición de dos grupos parlamentarios, se rechaza por 151 votos a favor,
165 en contra y una abstención.

Sometida a votación, en segundo lugar, la convalidación o derogación del
Real Decreto-ley 20/1997, de 20 de noviembre, por el que se conceden
créditos extraordinarios y suplementos de crédito para inversiones y
otros gastos del Ministerio de Fomento, se aprueba la convalidación por
304 votos a favor y 14 abstenciones.

Sometida a votación su tramitación ulterior como proyecto de ley, a
petición de al menos un grupo parlamentario, se rechaza por 151 votos a
favor, 166 en contra y una abstención.

Sometida a votación, en tercer lugar, la convalidación o derogación del
Real Decreto-ley 21/1997, de 20 de noviembre, por el que se conceden
suplementos de crédito y créditos extraordinarios para inversiones y
otros gastos del Ministerio de Medio Ambiente, se aprueba la
convalidación por 302 votos a favor, 14 en contra y una abstención.

Sometida a votación su tramitación ulterior como proyecto de ley, a
solicitud de dos grupos parlamentarios, se rechaza por 151 votos a favor,
166 en contra y una abstención.




Enmiendas del Senado (Página 6651)



Proyecto de ley de modificación de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Página 6651)



Intervienen en el debate sobre las enmiendas del Senado los señores
Sabaté Ibarz, del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso; Ríos
Martínez, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Rodríguez
Sánchez, del Grupo Parlamentario Mixto; Rivero Baute, del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria; Sedo i Marsal, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); y la señora Fernández
González, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.




Proyecto de ley de medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo
y el fomento de la contratación indefinida (procedente del Real
Decreto-ley 8/1997, de 16 de mayo.) (Página 6557)



Proyecto de ley por la que se regulan incentivos en materia de Seguridad
Social y de carácter fiscal para el fomento de la contratación indefinida
y la estabilidad en el empleo (procedente del Real Decreto-ley 9/1997, de
16 de mayo.) (Página 6557)



En relación con las enmiendas del Senado a los dos proyectos de ley
intervienen el señor Vaquero del Pozo, del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida; la señora Lasagabaster Olazábal, los señores Peralta
Ortega y Vázquez Vázquez (don Guillerme), del Grupo Parlamentario Mixto;
Campuzano i Canadés, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió); Rivero Baute, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria;
Barrionuevo Peña, del Grupo Parlamentario Socialista, y Ballestero de
Diego, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.

Se procede a las votaciones de las enmiendas del Senado a los tres
proyectos de ley.




Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios
internacionales (Página 6565)



Acuerdo entre el Reino de España y la República de Croacia para la
promoción y protección recíproca de inversiones, hecho en Madrid el 21 de
julio de 1997 (Página 6565)



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Sometido a votación, se aprueba por 323 votos a favor y dos abstenciones.




Canje de notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y el
Reino de Marruecos sobre supresión de visados en pasaportes diplomáticos,
hecho en Madrid el 15 y el 16 de julio de 1997 (Página 6565)



Sometido a votación, se aprueba por 304 votos a favor y 21 abstenciones.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas (Página 6565)



Proyecto de ley sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes
inmuebles. (Página 6566)



Comparece ante la Cámara la señora Ministra de Justicia (Mariscal de
Gante y Mirón) para exponer el proyecto de ley de aprovechamiento por
turno de bienes inmuebles, que establece la regulación jurídica de la
ocupación estacional de viviendas durante períodos de ocio. Manifiesta
que los problemas que sufren los turistas afectan a la imagen de España y
a sus compromisos internacionales en mayor medida que a casi ningún otro
país del mundo y la falta de transparencia de este mercado puede lesionar
los derechos de los consumidores. Añade, por otra parte, que la tutela
judicial efectiva no ampara las situaciones donde la transmisión se
realiza fuera de las fronteras de España, en un Estado de la Unión
Europea, y el fuero se fija en otro extracomunitario, porque en España
sólo se sitúa el inmueble y la prestación de servicios. Esta situación ha
provocado una fuerte reacción en el Parlamento y Comisión europeos que da
lugar a la Directiva 94/47, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26
de octubre de 1994, sobre la protección de los adquirentes en lo relativo
a determinados aspectos de los contratos de adquisición de un derecho de
utilización de inmuebles en régimen de tiempo compartido, directiva que
integra el proyecto de ley que hoy se somete a la Cámara.

A continuación expone que el proyecto de ley se compone de la exposición
de motivos y veinticuatro artículos divididos en dos títulos, normas
civiles y mercantiles y normas tributarias, tres disposiciones
transitorias y tres finales, que pasa a explicar detalladamente.

Considera, por último, que con este proyecto de ley el Gobierno cumple,
no sólo con la integración de la directiva, sino, lo que es más
importante, con una mejor y mayor protección de los consumidores, y
espera que en el trámite parlamentario el proyecto de ley saldrá
mejorado.

En defensa de las enmiendas de totalidad de texto alternativo presentadas
al proyecto de ley intervienen los señores Saenz Cosculluela, del Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, y Gómez Rodríguez, del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria.

En turno de fijación de posiciones intervienen la señora Uría Echevarría,
del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); los señores Guardans i Cambó,
del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Centella Gómez,
del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, y la señora Barrios
Curbelo, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.

Replican los señores Saenz Cosculluela y Gómez Rodríguez, duplicando la
señora Barrios Curbelo.

Sometida a votación, en primer lugar, la enmienda de totalidad de texto
alternativo del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso sobre
derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles, se rechaza por
131 votos a favor, 165 en contra y 13 abstenciones.

Sometida a votación, en segundo lugar, la enmienda de totalidad de texto
alternativo del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) al
mismo proyecto de ley, se rechaza por 131 votos a favor, 166 en contra y
12 abstenciones.

Se levanta la sesión a las dos y treinta minutos de la tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y diez minutos de la mañana, con
carácter secreto.




El señor PRESIDENTE: Vamos a continuar la sesión.




DICTAMENES DE LA COMISION DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS:



--DICTAMEN DE LA COMISION DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS SOBRE
DECLARACIONES DE ACTIVIDADES DE EXCELENTISIMOS SEÑORES DIPUTADOS (Número
de registro 937714)



Se somete a votación el dictamen de la Comisión del Estatuto de los
Diputados, que es aprobado.




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Continúa la sesión con carácter público.




CONVALIDACION O DEROGACION DE REALES DECRETOS-LEYES:



--REAL DECRETO-LEY 19/1997, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE AUTORIZAN
COMPROMISOS PRESUPUESTARIOS PLURIANUALES DERIVADOS DE CONTRATOS DE
NAVEGACION DE INTERES PUBLICO (Número de expediente 130/000032)



El señor PRESIDENTE: Punto IX del orden del día, convalidación o
derogación de reales decretos-leyes.

Quiero anunciar al Pleno que la votación de los tres reales
decretos-leyes se producirá al final de la presentación y debate de las
tres disposiciones, por tanto, al final del punto IX del orden del día.

Real Decreto-ley 19/1997, de 14 de noviembre, por el que se autorizan
compromisos presupuestarios plurianuales derivados de contratos de
navegación de interés público.

Para su presentación, en nombre del Gobierno, tiene la palabra, el
ministro de Fomento. (El señor vicepresidente, Fernández-Miranda y
Lozana, ocupa la Presidencia.)



El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Muchas gracias,
señor presidente.

Señorías, subo a la tribuna para solicitar de la Cámara la convalidación
del Real Decreto-ley 19/1997, de 14 de noviembre, por el que se autorizan
compromisos presupuestarios plurianuales derivados de contratos de
navegación de interés público.

Tanto la legislación comunitaria como la nacional parten de considerar
libre la prestación de los servicios de transporte marítimo. Se han
mantenido, no obstante, algunas excepciones a dicha libertad de
prestación normalmente bajo la posibilidad de que los Estados puedan
recurrir al establecimiento y formalización de contratos de servicio
público. El marco legal por el que se rige este supuesto tiene tanto
dimensión comunitaria como dimensión nacional.

La regulación de los contratos de servicio público está incluida en el
Reglamento 3.577/1992, del Consejo europeo, de 7 de diciembre, por el que
se aplica la libre prestación de servicios a los transportes marítimos a
partir del primero de enero de 1993. Este reglamento establece una
primera excepción con dos modalidades a dicho principio de libertad de
prestación del servicio en su artículo 4º, a cuyo tenor los Estados
miembros podrán celebrar contratos de servicio público o podrán imponer
obligaciones de servicio público, como condición para la prestación de
los servicios de cabotaje, a las compañías marítimas que efectúen
servicios regulares con destino u origen en islas y entre islas, siempre
que ello no suponga ninguna discriminación respecto de los armadores
comunitarios.

Hay dos supuestos. De un lado, el contrato de servicio público, definido
en el artículo 2.3 del reglamento como el celebrado entre autoridades
competentes de un Estado miembro y un armador comunitario a fin de
ofrecer al público servicios de transporte suficientes. Puede comprender
las siguientes variedades: definición de servicios que cumplan normas
establecidas de continuidad, regularidad, capacidad y calidad;
establecimiento de servicios de transporte complementarios de los
existentes; servicios de transporte a precios y condiciones específicos
para determinadas categorías de viajeros o para determinadas conexiones,
y adaptación de los servicios a las necesidades reales.

La segunda modalidad que recoge el artículo 4º, en relación con el
artículo 2.4 del reglamento, prevé el establecimiento de obligaciones de
servicio público, entendiendo por tales aquellas que un armador
comunitario no asumiría o no lo haría en la misma medida ni en las mismas
condiciones si considerara exclusivamente su propio interés comercial.

Los Estados, en estos casos, se deben limitar a fijar los requisitos
relativos a los puertos entre los que se debe prestar servicio, las
condiciones de regularidad, continuidad y frecuencia, la capacidad de
prestación del servicio, las tarifas aplicadas y la tripulación del
buque, debiendo ser accesible a cualquier armador comunitario cuando su
aplicación implique compensaciones económicas.

Finalmente, aun cuando el Reglamento declara su aplicabilidad a los
archipiélagos españoles y a Ceuta y Melilla, ello no se producirá hasta
el primero de enero de 1999.

Este reglamento comunitario suscitó determinadas cuestiones de
interpretación, y para despejar cualquier tipo de duda la propia Comisión
europea, en mayo de 1997 --y hago especial mención de esta fecha, mayo de
1997--, dictó unas directrices sobre ayudas de los Estados al transporte
marítimo. Estas directrices constituyen un cuerpo interpretativo
comunitario respecto a los criterios con que ha de aplicarse el
reglamento anteriormente citado.

En lo que afecta a los contratos y a las obligaciones de servicio
público, se autoriza la concesión directa de subvenciones en los
supuestos de obligaciones de servicio público, y no se considera una
ayuda de Estado --de las contempladas en el apartado 1 del artículo 92--
el reembolso de las pérdidas de explotación directamente derivadas del
cumplimiento de los contratos. Para que los contratos de servicio público
se consideren acordes con la normativa comunitaria, de acuerdo con estas
directrices de interpretación dictadas en mayo de 1997 --y no antes--,
deben cumplir, en síntesis, los siguientes requisitos: primero, deberán
adjudicarse mediante licitación pública, a fin de garantizar la
transparencia y la competencia; segundo, la licitación debe ser objeto de
publicidad adecuada y deberán especificarse



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de forma clara los requisitos sobre nivel y frecuencia del servicio,
capacidad, precios y normas de obligado cumplimiento, a fin de garantizar
la igualdad de oportunidades en la explotación del servicio; tercero,
salvo excepciones justificadas, el adjudicatario deberá ser quien
solicite la menor compensación financiera, y, cuarto, para evitar
situaciones de monopolio, los contratos deben limitarse a un plazo
razonable, no superior en principio a cinco años.

El Derecho nacional utiliza una terminología similar a la comunitaria,
aunque no idéntica. La norma con rango de ley formal se encuentra en la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que dispone que
tendrán el carácter de navegaciones de interés público las que se
consideren precisas para asegurar las comunicaciones marítimas esenciales
de la Península, de ésta con los territorios españoles no peninsulares y
de éstos entre sí, correspondiendo su determinación al Gobierno. Y el
artículo 83.1 de la ley permite establecer obligaciones de servicio
público en los servicios regulares de navegación de cabotaje, en atención
a sus especiales características, con la finalidad de garantizar su
prestación bajo condiciones de continuidad y regularidad, pudiendo dar
lugar a compensaciones económicas.

En desarrollo de esta ley, y en el ejercicio de su potestad
reglamentaria, que no es una potestad delegable --y he de referirme a
ello como consecuencia de la existencia de una moción aprobada por esta
Cámara--, el Gobierno dicta, en septiembre de 1997 --es decir, tres meses
después de la aprobación de las directrices interpretativas de la
Comisión europea--, el reglamento por el que se determina el régimen
jurídico de las líneas regulares de cabotaje y de las navegaciones de
interés público. Este real decreto tiene como objetivo determinar las
navegaciones de interés público y las condiciones en las que se han de
prestar dichos servicios y, por otro lado, establecer los requisitos de
prestación del servicio en las restantes líneas regulares de cabotaje.

El artículo 4 del real decreto distingue las navegaciones de interés
público de los contratos de interés público. Las navegaciones de interés
público son las que pueden afectar a servicios de línea regular de
cabotaje insular, y se entienden por tales los servicios de transporte de
pasajeros o de mercancías entre puertos situados en la Península y los
territorios no peninsulares, así como de éstos entre sí. Dichos servicios
se podrán prestar mediante el otorgamiento de una autorización
administrativa, sujeta al cumplimiento de obligaciones de servicio
público que puedan imponerse o, excepcionalmente, mediante contratos de
interés público para garantizar la existencia de servicios suficientes en
las comunicaciones marítimas.

Las obligaciones de servicio público están recogidas en el artículo 8 del
real decreto, y sólo podrán considerarse como tales las condiciones de la
autorización atinentes a los requisitos de regularidad, continuidad,
capacidad de prestación del servicio, tripulación y, eventualmente, a los
puertos a cubrir, a las frecuencias y, en su caso, a las tarifas.

En nuestro caso, en el caso que nos ocupa en relación con la
convalidación del real decreto ley, más importante que el concepto de
obligaciones del servicio público es el concepto de contrato de
navegaciones de interés público o contrato de servicio público en la
terminología de la legislación comunitaria. Los contratos, tal y como
están regulados por el real decreto, deberán celebrarse por el secretario
de Estado de Infraestructuras y Transportes y el pliego de cláusulas
individualizado para cada contrato determinará el plazo de duración del
mismo, que no podrá ser superior a quince años; determinará también las
condiciones de continuidad, frecuencia y regularidad de los servicios, el
cuadro básico de itinerarios y líneas, las características de los buques
precisos para prestar el servicio y las pruebas y reconocimientos a que
deberán someterse, la posibilidad de subcontratación, el régimen
tarifario máximo y el procedimiento de actualización de las cuantías, así
como los derechos y obligaciones del licitador, a los que no me voy a
referir en detalle.

Lo importante, señorías, es resaltar que a partir de este real decreto el
Gobierno realiza dos órdenes de actuaciones. La primera actuación se
produce en relación con la Comisión europea, y se trata de obtener el
visto bueno de dicha Comisión sobre el pliego de cláusulas que debe regir
el concurso para adjudicar el contrato de servicio público. A tal fin se
realizan consultas con el comisario Kinnock; la última carta que yo le
dirijo sobre las condiciones del pliego tiene fecha de 9 de diciembre y
al día de hoy estoy a la espera de una pronta contestación, que ha de
llegar en el transcurso de esta semana o a principios de la próxima.

Todavía hay tres puntos que requieren el visto bueno de la Comisión
europea para que el pliego de condiciones pueda ser remitido al «Boletín
Oficial del Estado».

La otra línea de actuación es, señorías, la viabilidad presupuestaria del
contrato de servicio público que se pretende adjudicar mediante concurso
libre. La viabilidad presupuestaria es, justamente, la línea de actuación
que hoy se somete a debate en esta Cámara mediante un real decreto ley
que permite la periodificación de la subvención anual que recibirá la
compañía adjudicataria del contrato de servicio público durante un plazo
de seis años. Ya hay un acuerdo del Consejo de Ministros que cuantifica
la subvención periodificada durante los próximos seis años en 1.100
millones de pesetas anuales para la compañía que resulte adjudicataria de
ese contrato de servicio público.

Esta forma de actuar en el ámbito presupuestario es consecuencia de la
Ley de Disciplina Presupuestaria y, por tanto, es una línea rigurosa que
permite el control de la Cámara con el fin de que esa periodificación
anual, esos compromisos de gasto anuales durante



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años sucesivos no puedan realizarse sin el control directo del Congreso
de los Diputados; por ello se exige una norma con rango de ley formal
que, por razones de urgencia, tiene hoy la forma de real decreto-ley.

Esta limitación a la forma de actuar desde una perspectiva presupuestaria
está contenida en el artículo 61.2.b) de la Ley General Presupuestaria,
que limita la posibilidad de adquirir compromisos de gasto que deban
extenderse a ejercicios posteriores en el caso de las transferencias
corrientes que se deriven de normas con rango de ley.

Para cubrir los gastos plurianuales con rango de ley se promulga, por
tanto, el real decreto-ley que hoy se somete a la convalidación de la
Cámara, a tenor de cuyo artículo único pueden adquirirse compromisos
plurianuales de gasto en los términos generales establecidos en el
artículo 61 de la Ley General Presupuestaria y hacer, por tanto, las
transferencias corrientes que constituyan la aportación presupuestaria
del Estado que, en su caso, se incluya en los contratos de navegación de
interés público regulados por el Real Decreto de 1997.

Con la promulgación del real decreto-ley se cubre, pues, el requisito
formal de autorización de una norma con rango de ley en las condiciones
de urgencia y necesidad exigidas a nivel constitucional para la
promulgación de un real decreto-ley.

En conclusión, señorías, el último trámite que queda por realizar, y que
está pendiente del visto bueno del comisario de Transportes de la Unión
Europea, es la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del pliego
de cláusulas que ha de presidir el concurso de adjudicación del contrato
del servicio público.

Es claro que hay un cierto retraso como consecuencia de dos hechos: el
primero hace referencia a las dudas de interpretación que había suscitado
el reglamento del año 1993 y que ha sido objeto de unas directrices
interpretativas, como he tenido ocasión de referir, que han sido
publicadas en mayo del año 1997, y el segundo hecho es que ha sido
imprescindible, porque España rompe el fuego --es el primer país que va a
adjudicar un contrato de servicio público en los términos previstos en la
legislación comunitaria--, negociar el pliego de condiciones, el pliego
de cláusulas del concurso, con la Comisión Europea. Nos quedan en estos
momentos dos puntos por acordar con la Comisión Europea, pero tan pronto
como reciba el visto bueno del comisario Kinnock, el pliego de cláusulas
será enviado al «Boletín Oficial del Estado».

Esto es todo, señorías. Muchas gracias por su atención. Muchas gracias,
señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor ministro.

¿Algún grupo parlamentario desea utilizar un turno en contra de la
convalidación? (Pausa.)
¿Turno a favor? (Pausa.) ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el
señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, para Coalición Canaria el debate de la convalidación de este
Real Decreto-ley 19/1997 no es un debate presupuestario. Compartimos
lógicamente la necesidad de dar cobertura legal, la que es exigible por
la Ley General Presupuestaria, a la autorización para adquirir
compromisos de gastos plurianuales que atiendan las transferencias
corrientes que constituirán la aportación estatal a los contratos de
navegación de interés público. Compartimos la extraordinaria y urgente
necesidad, además, porque el próximo 31 de diciembre termina la vigencia
del contrato-programa del Estado con Trasmediterránea suscrito hace
veinte años y es preciso mantener las líneas regulares de cabotaje que
tengan la consideración de navegación de interés público. Desde Coalición
Canaria esta ha sido una demanda constante. Ante la liberalización del
tráfico aéreo primero y la liberalización del tráfico marítimo después,
hay que afrontar las obligaciones de servicio público como condición
indispensable de la cohesión territorial del Estado.

El reglamento 3.577/1992, del Consejo de la Unión Europea, prevé en su
artículo 4º que los Estados miembros podrán celebrar contratos de
servicio público o imponer obligaciones de servicio como condición para
la prestación de servicios de cabotaje a las compañías marítimas que
efectúen servicios regulares con destino y origen en islas y entre islas.

La aplicabilidad del reglamento al cabotaje insular se fija para el 1 de
enero de 1999, pero el vencimiento del contrato-programa con
Trasmediterránea impone un tránsito necesario que justifica la aprobación
por el Gobierno del real decreto de septiembre pasado y del real
decreto-ley que hoy se trae a convalidación.

Señor ministro, conoce usted la insistencia que desde el Gobierno de
Canarias y desde este grupo parlamentario hemos tenido que afrontar para
las políticas de transporte. Desde esa insistencia, el real decreto de
cabotaje marítimo incorporó varias sugerencias de la Administración
canaria y el proyecto de ley de modificación de la Ley de Puertos, que
hoy aprobaremos definitivamente, incorpora una enmienda de este grupo
parlamentario estableciendo la navegación interinsular y de las islas con
la península, además de Ceuta y Melilla, como navegación de interés
público. Con esos antecedentes no nos explicamos cómo es posible que se
esté planteando que las comunidades autónomas de Canarias y Baleares
asuman el coste financiero de los contratos y obligaciones de servicio
público en los tráficos interinsulares. Sabe usted que en 1995 se produce
el traspaso a esas dos comunidades de las funciones y servicios en
materia de transporte marítimo interinsular



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y que el importe de los créditos transferidos concretamente a Canarias
fue de nueve millones de pesetas. Las transferencias son a foto fija, y
la foto fija en ese año fue de ese importe, pero estaba vigente un
contrato del Estado con la naviera pública Trasmediterránea. Si el
contrato vence próximamente, hay que cuantificar el costo que esas
obligaciones tienen para el tráfico interinsular y transferirlas a las
comunidades canaria y balear.

Señor ministro, una ley estatal, la Ley de Puertos del Estado y la
Marina Mercante, es la que va a establecer las navegaciones
interinsulares como de interés público. ¿Cree el Gobierno del Estado que
el Estado puede sustraerse a las obligaciones financieras que derivan de
esa declaración? Coalición Canaria mantiene en el Senado una enmienda a
la ley de presupuestos en ese sentido. Alcanzar un acuerdo sobre la misma
es una necesidad perentoria.

Muchas gracias, presidente, muchas gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rivero.

En nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor presidente, la verdad es que nos
encontramos ante un buen objetivo o ante un objetivo interesante y una
mala técnica del Gobierno hacia este Parlamento. Esta Cámara ha discutido
estos temas. Que yo recuerde, por una proposición del Grupo Socialista,
que fue aprobada por unanimidad por este Pleno hace aproximadamente un
año, se marcó que el Gobierno elaboraría, en el plazo más breve posible,
esta regulación y la presentaría ante esta Cámara. Pues bien, el Gobierno
no presentó esa regulación ante esta Cámara. A primeros de septiembre, a
través de un real decreto ley, se regulaba la fórmula y se determinaba el
régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de
navegación de interés público, pero no se recogía esta previsión. El
Gobierno cuando presenta en la Cámara los Presupuestos y la forma de
financiar todos las actividades y sus servicios públicos tampoco recoge
esta previsión, y ahora nos encontramos ante la necesidad de acometerlo
por un real decreto.

A nosotros no nos gusta, como teoría, abrir una línea de actuaciones
plurianuales para gasto corriente. Esto significa que los servicios
públicos no están bien evaluados, que los servicios públicos y la
prestación de interés público no está fijada por un plan regular en cada
uno de ellos y que se proyecta a los presupuestos en cada una de sus
secciones, sino que se va improvisando conformen van llegando.

Nosotros creemos que este real decreto es una mala técnica presupuestaria
y que no es la forma de acometer algo que sí que debe de hacerse, que es
mantener el interés público en las líneas que van a Canarias y Baleares,
así como en las de Ceuta y Melilla que también deberían estar recogidas.

Por tanto, señor presidente, nosotros --que no podemos oponernos a hacer
frente a esta obligación, puesto que hay un sinfín de ciudadanos
españoles que viven y que tienen que acometer esta actividad, tanto para
sus mercancías como para ellos mismos porque necesitan salir y la única
forma de trasladarse es el transporte marítimo o el aéreo, que todavía es
más caro-- vamos a solicitar que se tramite como ley. ¿Para qué? Para
poder acometer todas las previsiones que el Real Decreto-ley de 19 de
septiembre tenía establecidas y que se puedan regular. No nos gusta,
insisto, señor presidente esta técnica de pagos plurianuales establecida
en los presupuestos como si fueran inversiones, como si fuera una
actuación, máxime cuando las concesiones en este real decreto son a 15
años y los pagos plurianuales que se pueden establecer son a cuatro años.

Aquí hay una especie de vidas paralelas que, al final, deben de confluir.

La demanda de Izquierda Unida sería exigir mayor rigor al Gobierno en su
técnica legislativa, mayor compromiso en sus actuaciones para garantizar
la prestación de los servicios públicos, como es éste de interés definido
y marcado por la propia ley, y una mayor relación con esta Cámara sin que
el trámite legislativo sea a través del real decreto. Con esto, si la
Cámara lo aprobase, nosotros estaríamos en condición de aportar nuestras
enmiendas en el trámite de esa ley sin entorpecer la necesidad de
acometer esta medida que establece el Gobierno, puesto que el decreto
entraría en vigor desde ahora mismo.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Ríos.

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor
Segura.




El señor SEGURA CLAVELL: Muchas gracias, señor presidente.

Señoras y señores diputados, nosotros vamos a dar nuestro apoyo a la
convalidación de este real decreto-ley, que tiene precisamente su origen
en otro real decreto de hace dos meses y en toda una normativa que se ha
venido elaborando a lo largo de la presente década, por cuanto se trata
de tener una actitud absolutamente coherente con los posicionamientos
políticos del Grupo Parlamentario Socialista.

En el preámbulo del real decreto-ley se hace claramente referencia a
preceptos, contenidos y artículos de la ley 27/1992, de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante, que hoy precisamente sufrirá una
modificación propuesta por el Gobierno actual. En el artículo 7.4 de
dicha ley se dice claramente que las navegaciones de interés público son
aquellas que se consideran precisas para asegurar las comunicaciones
marítimas esenciales de la Península, de ésta con los territorios
españoles no peninsulares y de estos entre sí.




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Se trata de una iniciativa que surgió del Grupo Parlamentario Socialista
en el año 1992, surgió del Gobierno, y que éste, a su vez, apoyó en los
consejos comunitarios europeos que dieron origen al Reglamento
comunitario 3.577, del año 1992, en el que se aplicaba el principio de
libre prestación de servicios a los transportes marítimos dentro de los
Estados miembros y en el que se establecieron análogas previsiones
permitiendo expresamente la celebración de contratos públicos con las
compañías que efectúan servicios regulares con destino y origen en las
islas y entre las islas y tratando a Ceuta y Melilla de forma análoga a
las islas. En consecuencia, la posición del Grupo Parlamentario
Socialista, la posición de los socialistas españoles ha sido la de
mantener en el Consejo Europeo el concepto que ya se recogió en la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante del año 1992.

Señorías, el señor ministro, naturalmente informado por el portavoz del
Grupo Parlamentario Popular acerca de la posición del Grupo Parlamentario
Socialista en este debate, ha hecho referencia, curándose en salud, a una
proposición no de ley que en el mes de octubre del año 1996 se debatió en
este Congreso de los Diputados y que dio origen a una resolución plenaria
adoptada por unanimidad; resolución política que no pretendía en modo
alguno hurtar su normativa competencial o el ejercicio de sus funciones
al Gobierno, pero que políticamente quería ofrecer, y ese fue el sentir
político de esta Cámara, la colaboración con el Gobierno en lo que tiene
que ser un gran debate sobre una estructuración nueva de las líneas
marítimas de interés público en el Estado español.

La resolución que se aprobó por unanimidad decía: El Congreso de los
Diputados insta al Gobierno para que en el plazo más breve posible
presente ante la Cámara la norma mediante la cual se definan las líneas
marítimas de interés social y de interés del Estado, con especial
atención al tráfico interinsular en las comunidades archipielágicas, así
como los criterios que impregnarán los pertinentes concursos públicos
mediante los cuales se garantice por parte del Estado la prestación de
los servicios que hasta el momento vienen siendo atendidos por la
Compañía Trasmediterránea y que, teniendo en cuenta las políticas de
liberalización del tráfico marítimo, permitan el mantenimiento de
servicios públicos del Estado con el necesario nivel que exige la norma
comunitaria.

En consecuencia, la resolución unánime de todos los grupos
parlamentarios, el voto unánime de todos los miembros de esta Cámara,
instaba políticamente. Era un envite político al Gobierno, que el
Gobierno no ha querido aceptar en una evidente actitud de falta de
respeto a las Cortes Generales. En una actitud de totalitarismo
democrático el Gobierno no ha querido cumplir lo que en el mes de octubre
del año 1996 aprobó esta Cámara. El Gobierno no ha querido traer en el
plazo más breve posible una norma, no la ha querido traer. Es decir,
transcurrido prácticamente un año, nos trae la convalidación de un real
decreto-ley con un solo artículo para modificar el artículo 61 de la Ley
General Presupuestaria al que nosotros vamos a dar nuestro voto
favorable, aunque creemos que es un enfoque absolutamente cicatero,
absolutamente carente de planteamientos democráticos, rehuyendo el debate
político ante un momento crucial de las comunicaciones marítimas en
nuestro país y en un momento también crucial en la vida de una compañía
que durante 20 años ha prestado su servicio casi en situación de
monopolio en determinadas rutas, esencialmente entre Canarias y la
Península, no así con el Estrecho ni con Baleares, como es la Compañía
Trasmediterránea, que el pasado viernes comenzó una huelga indefinida a
la que el Gobierno no está prestando la suficiente atención, con unos
servicios mínimos discutibles y generando problemas de comunicación
fundamentales en diferentes lugares del Estado español.

A pesar de ello el Gobierno no solamente no ha traído en el plazo más
breve posible una norma en la que se definan las líneas marítimas de
interés social y de interés del Estado, sino que se ha metido en un
mecanismo procedimental que el Grupo Parlamentario Socialista considera
absolutamente equivocado y con graves riesgos como consecuencia de los
pertinentes recursos que los interesados puedan en un futuro promover. El
Gobierno ha hecho lo siguiente. En primer lugar, ha publicado, un año
después del mes de octubre de 1996, el Real Decreto 1.466, de 20 de
septiembre de este año, al que el señor ministro ha hecho referencia y
que contiene tres capítulos con más de 20 artículos y varias
disposiciones adicionales. Entendemos que concretamente el capítulo
tercero en su artículo 21, navegaciones de interés público garantizadas
por contrato, y en el artículo 22, contratos de navegación de interés
público, requiere un tratamiento de rango de ley, tal y como el Gobierno
quiere dar a ese capítulo tercero del Real Decreto 1.466 de este año.

¿Cómo? En primer lugar, mediante la segunda norma que publica en el
Boletín Oficial del Estado, el real decreto-ley que hoy nos trae para su
convalidación. En segundo lugar, porque el Gobierno ya lo ha hecho
circular así a la Asociación de Navieros Españoles y ha elaborado un
documento que no vendrá aquí obviamente, un proyecto de orden ministerial
que dirá algo parecido a lo siguiente: Orden del Ministerio de Fomento
por la que se regulan determinados aspectos de las autorizaciones de
línea regular de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés
público. En tercer lugar, tendrá que aprobar el pliego de condiciones que
regulará el contrato público. En último lugar, tendrá que producir las
adjudicaciones correspondientes. Y no dude el señor ministro, porque
tendrá la información pertinente de los órganos de su Ministerio, que le
van a venir encima, porque están en marcha, y así lo han anunciado
diferentes empresas navieras españolas,



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una serie de recursos que pueden dar al traste con este erróneo
mecanismo.

Yo le pregunto, señor ministro: ¿Cómo es posible que estén mezclando
varios acontecimientos? Uno de nivel de Estado, la Compañía
Trasmediterránea, que está detrás de esto, compañía que para este
interviniente y para el Grupo Parlamentario Socialista tiene el notable
interés de lo que ha sido al menos hasta ahora, una compañía de
titularidad pública que en los últimos 20 años ha disfrutado de un
contrato-- programa con el Estado para financiar las líneas marítimas con
Canarias, con Baleares, con Ceuta y Melilla. En un Estado ribereño como
el nuestro, con numerosos puertos, el ochenta u ochenta y tantos por
ciento de las mercancías que entran y salen de ellos son transportadas
por barcos de la Compañía Trasmediterránea, cifra que en Canarias alcanza
el 90 por ciento. Esta compañía ha tenido en los últimos cinco años un
incremento patrimonial de 30.000 millones de pesetas, ha modernizado la
flota con nuevos barcos, los barcos tipo Ro-Pax o los barcos
exclusivamente de pasaje, los jet-foil, que tan importante papel están
haciendo en la comunidad autónoma. Señor ministro, ¿no era posible, a lo
largo del año 1998, buscar una fórmula transitoria, dado que el 30 de
diciembre de este año termina el contrato-programa y dado que el 1 de
enero de 1999 entra en vigor en plenitud toda la normativa comunitaria
que regula la liberalización de cabotaje del tráfico marítimo?



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Seguro, le
ruego concluya.




El señor SEGURA CLAVELL: Termino, señor presidente.

¿No era posible que a lo largo del año 1998 se llegara por consenso a una
norma interna del Estado español que, casi entrecomilladamente,
prorrogara la situación de la Compañía Trasmediterránea hasta el 1 de
enero de 1999, y que previo debate en esta Cámara se produzca una
tramitación legislativa que lo regule mediante una ley que no pueda ser
sometida a análisis críticos por parte de la Comisión Europea, respetando
los ámbitos competenciales de las comunidades autónomas canaria y balear,
y que las dos Cámaras, Congreso y Senado, ratifiquen un texto legislativo
de una norma nueva, sin precedentes en el Estado español, como es la que
se pretende regular mediante cuatro actuaciones erróneas consecutivas?
Termino, señor presidente. Tengo en mis manos, señor ministro, como dato,
un documento recogido en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas
del 20 de noviembre pasado. El órgano de vigilancia de la Asociación
Europea de Libre Comercio dicta unas directrices que, previsiblemente, se
incorporarán a mandatos comunitarios: ayuda al transporte marítimo,
directrices previas sobre ayudas a compañías navieras y el acuerdo
comunitario.

El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Segura, le
ruego concluya.




El señor SEGURA CLAVEL: Son quince segundos, señor presidente.

Una de las normativas más singulares recogidas en este órgano de
vigilancia dice: La duración de los contratos de servicio público debe
limitarse a un plazo razonable, en principio, que no deberá superar los
cinco años, ya que con contratos mucho más largos existe el peligro de
crear un monopolio privado. ¿Cómo es posible que con todo este conjunto
de normativa comunitaria, que ante la invitación de los grupos de esta
Cámara de dar rango de ley a la situación de todo el transporte marítimo
en España, el Gobierno no nos traiga un proyecto de ley novedoso y acorde
con toda la normativa comunitaria europea y no un simple real decreto,
con un solo artículo, que votaremos a favor, pero respecto al que en
estos momentos solicitamos la tramitación y su reconversión a proyecto de
ley?
Nada más, señor presidente. (Aplausos.) El señor VICEPRESIDENTE
(Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias, señor Segura.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
Carreño.




El señor CARREÑO RODRIGUEZ-MARIBONA: Muchas gracias, señor presidente.

La denuncia en 1995 por parte del Estado del contrato entre él y la
Compañía Trasmediterránea, regulador de los servicios de comunicación
marítima de interés nacional, hizo y hace que a partir del 1 de enero de
1998 dichos servicios entre la Península, Baleares, Canarias, entre las
islas y con Ceuta y Melilla, deban llevarse a cabo a través de
autorizaciones administrativas y concursos.

Ya este Parlamento, plenamente consciente de ello, aprobó por unanimidad
una proposición no de ley el 11 de octubre de 1996, ya comentada por el
portavoz del Grupo Socialista, y yo también quiero comentarla. Esa
proposición no de ley no define que lo que tenga que traer el Gobierno a
este Congreso de los Diputados sea algo con rango de ley, sino que no
estaba seguro el propio Congreso y dice: El Congreso de los Diputados
insta al Gobierno para que presente la norma mediante la cual... No dice
proyecto de ley; primera puntualización. En mayo de 1997, ya lo ha
indicado el señor ministro, la Comisión Europea estableció unas
directrices sobre ayudas al transporte marítimo, que está actualizando y
complementando, como ahora acaba de decir el señor Segura, y que nada
menos que en una fecha tan reciente como noviembre pasado, también ha
ampliado esas directrices o esas recomendaciones. (El señor presidente
ocupa la Presidencia.)
Quiero recordar que el ministro de Fomento compareció ante la Comisión
Mixta de la Unión Europea el



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16 de junio de 1997, y al referirse al transporte marítimo decía: Sí es
en cambio necesario, antes del 1 de enero de 1999, dejar bien definidas
las obligaciones del servicio público en relación con el transporte
marítimo; probablemente después del verano de 1997, el Consejo de
Ministros aprobará un decreto por el que se regularán específicamente las
obligaciones de servicio público del transporte marítimo, justamente para
garantizar las comunicaciones marítimas entre la Península y los
archipiélagos, entre las islas de los distintos archipiélagos entre sí,
valga la redundancia, y, naturalmente, con Ceuta y Melilla. La
intervención del señor ministro explicando la solución que iba a proponer
el Gobierno después del verano de 1997, vía decreto, fue aceptada por el
Grupo Parlamentario Socialista, peticionario de la comparecencia, y el
interviniente en aquella Comisión felicitó al señor ministro, diciéndole:
Señor ministro, en primer lugar, quisiera agradecerle la información
suministrada que, como antiguo componente y portavoz de su grupo en esta
Comisión, no esperábamos que fuera ni menos extensa ni menos generosa.

Consecuente con aquella fecha, 1 de enero de 1998, del contrato
Estado-Compañía Trasmediterránea y consecuente con el compromiso
adquirido por el ministro de Fomento en su comparecencia el pasado mes de
junio, se ha publicado el 19 de septiembre, como ya se ha citado por los
distintos intervinientes, el decreto que establece el régimen jurídico de
las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de
interés público, y el 14 de noviembre el real decreto-ley, hoy objeto de
convalidación, por el que se autorizan compromisos presupuestarios
plurianuales derivados de contratos de navegación de interés público. Esa
exigencia y este trámite son consecuencia de las medidas de disciplina
presupuestaria que para el ejercicio actual 1997 fueron aprobadas por
este Congreso de los Diputados para las transferencias corrientes
derivadas de normas con rango de ley.

Finalmente, en el proyecto de ley de presupuestos del Estado de 1998 --no
podía ser antes-- aprobado reciente e inicialmente por este Parlamento,
como ha indicado el señor Arias-Salgado, se incluye una subvención por
parte del Estado de 1.100 millones de pesetas para atender los servicios
de transporte marítimo de interés público. Ha sido, pues, necesario
durante este período establecer la solución jurídica y económica acorde
con la legislación comunitaria y la plena liberalización del transporte
marítimo que entrará en vigor el 1 de enero de 1999. Es evidente, que en
el ánimo del Gobierno está el convocar un concurso público, ya lo dice el
real decreto-ley, y ya dice también que es de extremada urgencia promover
un concurso público para que la Administración general del Estado, en el
ámbito de su competencia, proceda a contratar la prestación del servicio
de las líneas marítimas de interés público.

Salvados todos los trámites administrativos --no hay que olvidar los
obstáculos por parte de la Intervención General de la Administración del
Estado, celosa vigilante de la disciplina y del control presupuestario
que aquí hemos aprobado--, queda pendiente la aprobación por la Comisión
Europea del pliego de condiciones del concurso público. El concurso, como
he dicho, tendrá urgente convocatoria y adjucación. Entre tanto, es
lógico que haya de garantizarse el servicio público entre las islas, con
las islas desde la Península y con Ceuta y Melilla, a partir del 1de
enero de 1998. Hasta la puesta en marcha de los servicios por su
adjudicatario, el propio Real Decreto 1.446/1997, de septiembre último,
da una solución a la prestación provisional de todos los servicios de
interés público. ¿Cómo? Con las autorizaciones que dicho decreto permite
a solicitud de la compañía que hoy presta dichos servicios.

Naturalmente, nuestro grupo, consciente de la extremada urgencia,
consciente de que se cumple perfectamente el compromiso de traer una
norma que solucione el tema de definir, tanto jurídica como
económicamente, la solución al transporte marítimo como servicio público,
apoya plenamente al Gobierno y da su voto favorable a la ratificación del
Real Decreto-ley 19/1997.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Carreño.




--REAL DECRETO-LEY 20/1997, DE 20 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE CONCEDEN
CREDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTOS DE CREDITO POR IMPORTE TOTAL DE
54.618.760.084 PESETAS PARA INVERSIONES Y OTROS GASTOS DEL MINISTERIO DE
FOMENTO (Número de expediente 130/000033)



El señor PRESIDENTE: Concluido el debate sobre la convalidación o
derogación del Real Decreto-ley 19/1997, pasamos al debate sobre el Real
Decreto-ley 20/1997, de fecha 20 de noviembre, por el que se conceden
créditos extraordinarios y suplementos de crédito por un importe total de
54.618.760.084 pesetas para inversiones y otros gastos del Ministerio de
Fomento. Para la presentación de la disposición, tiene la palabra el
ministro del ramo, señor Arias-Salgado.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Señor
presidente, señorías, presento ante esta Cámara para su convalidación el
Real Decreto-ley 20/1997, de 20 de noviembre, por el que se conceden
créditos extraordinarios y suplementos de crédito por un importe total de
54.618.760.084 pesetas para inversiones y otros gastos del Ministerio de
Fomento. Este



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decreto-ley incrementa la cuantía de los créditos del Ministerio de
Fomento en un 6 por ciento. Los créditos adicionales previstos en este
real decreto-ley servirán para cubrir actuaciones de distinta índole que
paso a comentar brevemente.

El grueso del crédito cubre gastos de inversión de la Dirección General
de Carreteras, correspondientes al ejercicio en curso, por un importe de
40.938 millones de pesetas. De estos, 9.158 millones de pesetas permiten
hacer frente a pagos por obras de emergencia que se han debido acometer a
lo largo del año en distintas partes de España. Las cuantías más
importantes corresponden a las siguientes comunidades autónomas:
Andalucía, 4.600 millones; Asturias, 609; Ceuta, 484; Extremadura, 600;
Galicia, 2.263; Valencia, 600. El resto del crédito, 32.000 millones de
pesetas, está destinado a inversiones y permitirá realizar pagos de
expropiaciones por una cuantía de 19.000 millones de pesetas y de
liquidaciones de obras por un importe de 12.781 millones de pesetas. Este
aumento del crédito destinado a carreteras se ha hecho necesario por la
confluencia de dos factores: el mantenimiento de un ritmo ágil de
ejecución en las obras en curso, y la necesidad de abordar la tramitación
administrativa y el pago de un elevado número de incidencias,
modificados, complementarios y liquidaciones. En efecto, este año nos
hemos encontrado ante la necesidad de hacer frente a incidencias en la
construcción por un total de 88.000 millones de pesetas, lo que
representa el 40 por ciento del crédito inicial sin expropiaciones. Para
hacer frente a estos pagos, el Gobierno hubiese tenido que ralentizar el
ritmo de ejecución de las inversiones. Frente a ello, ha optado por
mantener el ritmo inversor y dotar de mayores recursos a la inversión.

Esto ha sido posible gracias al buen comportamiento de los ingresos y,
por tanto, al buen comportamiento del déficit público en el transcurso
del presente ejercicio. En concreto, el presupuesto inicial del año 1996
para inversión nueva en carreteras ascendía a 347.000 millones de
pesetas, que fue minorado en 42.000 millones por el Gobierno anterior, en
virtud de un acuerdo de no disponibilidad, por lo que el crédito de que
se disponía efectivamente para gastar en marzo de 1996 era de 305.000
millones de pesetas. El crédito inicial del año 1997, de 241.000 millones
de pesetas, era un 21 por ciento más bajo. Sin embargo, el crédito final
ascenderá este año a 279.000 millones de pesetas, que supone una
reducción del 9 por ciento. Esta operación presupuestaria permite, pues,
cubrir suficientemente el gasto de inversión en carreteras
correspondiente al ejercicio y es el máximo compatible con el objetivo de
reducción del déficit público.

El resto de los créditos están destinados a hacer frente a pagos
procedentes de ejercicio anteriores. De ellos, los más importantes
corresponden al pago de intereses de préstamos subsidiados en el ámbito
de vivienda, que ascienden a un total de 11.500 millones de pesetas. La
partida prevista para este concepto en el presupuesto del año 1996
ascendía a 61.000 millones de pesetas y ha resultado insuficiente para
atender el importante volumen de liquidaciones presentadas en el
ejercicio.

Por último, el real decreto-ley contempla pagos para gastos corrientes en
varios programas, correspondientes a ejercicios anteriores, por un
importe de 2.169 millones de pesetas. De estos, los más importantes son
los destinados a conservación de carreteras, 1.600 millones, y, en
particular, a pagos atrasados de energía eléctrica para la iluminación de
carreteras. También se incluyen cantidades destinadas a hacer frente a
pagos derivados de sentencias firmes relativas a subvenciones para el
tráfico marítimo.

No quiero dejar pasar la oportunidad que me ofrece la presentación de
este real decreto-ley ante la Cámara para llamar la atención sobre
algunos aspectos de naturaleza política y económica que el mismo suscita.

Es la primera vez que el Gobierno presenta ante el Parlamento un conjunto
de decisiones presupuestarias en el marco de la Ley de Disciplina
Presupuestaria aprobada por esta Cámara hace ahora un año. De acuerdo con
esta ley, esta comparecencia constituye un ejercicio de rigor y, sobre
todo, de transparencia. En el pasado, y ante una coyuntura presupuestaria
como la presente, el Poder Ejecutivo hubiese traspasado el pago de esas
obligaciones a ejercicios futuros en los que hubieran quedado subsumidas
junto con los gastos de esas anualidades. El resultado de esa práctica
era que no se podía saber con certeza qué se pagaba realmente con los
créditos aprobados cada año. En cambio, gracias a este decreto-ley, el
Parlamento conoce exactamente y por primera vez cuáles son las
necesidades presupuestarias reales de este ejercicio, así como el gasto
efectivo de ejercicios anteriores. El Parlamento recupera así su
soberanía presupuestaria de manera efectiva, y esto es bueno para la
democracia y para la economía española.

Por último, quiero destacar que este aumento del presupuesto del
Ministerio de Fomento, aunque modesto por su volumen, es indicativo de la
nueva senda por la que discurre la economía española. En efecto, por
primer vez en muchos años, el Gobierno no se ve obligado a recortar el
gasto público aprobado en su momento por el Parlamento mediante acuerdos
de no disponibilidad. Antes al contrario, la buena marcha de la economía
española permite plantear un mayor gasto en inversión y en vivienda,
aunque sea moderado, sin poner con ello en peligro el objetivo del
déficit público. Es esto algo de lo que todos, esta Cámara incluida,
podemos congratularnos.

Muchas gracias, señor presidente. Muchas gracias, señorías.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor ministro.

¿Algún grupo desea consumir un turno en contra de la convalidación?
(Pausa.)



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¿Turno a favor? (Pausa.)
¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra
el señor Fernández.




El señor FERNANDEZ SANCHEZ: Gracias, señor presidente.

Voy a fijar la posición de mi grupo ante el Real Decreto-ley 20/1997, que
hace referencia a la necesidad que tiene el Ministerio de Fomento de
habilitar créditos extraordinarios suplementarios por un importe superior
a los 54.000 millones de pesetas.

El expediente está constituido por un conjunto de once expedientes de
diversa índole, algunos de ellos entendemos que totalmente justificados,
al tratar de causas sobrevenidas, y otros no tan justificados. En
principio, hay varios expedientes que se destinan para el cumplimiento de
sentencias judiciales que se han producido. Nosotros entendemos que esta
es una causa sobrevenida, pero hay otros, como por ejemplo las
obligaciones generadas en 1996 en concepto de subsidiación de intereses
de préstamos de viviendas, cuya previsión se tenía que haber hecho
oportunamente a través de los Presupuestos Generales del Estado y no a
través de este real decreto-ley. También hay algunas otras partidas que
son curiosas, como por ejemplo el intentar ahora pagar convenios
establecidos con algunas autonomías después de tres años de haberse
realizado, y pensamos que esta es una mala técnica presupuestaria. Parece
ser que esta mala técnica presupuestaria que está utilizando el Gobierno
puede incluso llevarnos a que nos corten la luz y el agua de edificios
públicos, porque es chocante que en este real decreto-ley se habiliten
partidas para pagar facturas de luz y agua del año 1996. Señor ministro,
no sé si nos cortará la luz, usted nos lo dirá seguramente en su réplica.

Hay también aspectos que son importantes, porque para expropiaciones de
terrenos destinan una cantidad importantísima, 17.500 millones de
pesetas. Desconocemos, porque no tiene detalle este real decreto-ley, si
se trata de liquidar expropiaciones después de haber ejecutado obras o
si, al contrario, se trata de partidas destinadas a expropiaciones para
obras futuras.

Entendemos que están mal justificadas las cantidades que ustedes piden
convalidar, porque incluso para modificados de obras destinan cantidades
importantísimas, 10.000 millones de pesetas, eso quiere decir que está
habiendo desviaciones presupuestarias importantes.

Por último, debo decir que la técnica que ustedes intentan hacer para
convalidar el real decreto-ley no nos parece apropiada; por tanto,
nuestro grupo pide que se tramite como proyecto de ley para que podamos
hablar con más detenimiento de todos estos asuntos.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor García-Arreciado.

El señor GARCIA-ARRECIADO BATANERO: Muchas gracias, señor presidente.

Señoras y señores diputados, terminaba el señor ministro haciendo de la
necesidad virtud y apuntando en el haber de su gestión democrática y
transparente de los presupuestos la traída a esta Cámara de este real
decreto-ley de ampliación de los créditos de presupuestos.

La verdad es que es de aplicación el viejo dicho de que ahorcan a la
fuerza, y el señor ministro se ha visto obligado por el Gobierno a traer
este real decreto-ley aquí, porque su intención inicial era tramitarlo
por otro procedimiento, señor ministro. A usted le han forzado a traer el
real decreto-ley al Parlamento, dada la cuantía de las ampliaciones
presupuestarias que se nos proponen.

Hace un año les decíamos, señor ministro, que ustedes habían traspasado,
en su auténtico fanatismo de control del déficit, los límites que la
prudencia imponía al necesario ajuste en el presupuesto y a la necesaria
austeridad. Nos referíamos en términos concretos a ferrocarriles, a
carreteras y a vivienda. Les decíamos también que los recortes de los
gastos corrientes eran una misión, por llamarla de alguna manera,
imposible en una Administración que entonces como ahora, señor ministro,
no está precisamente sobrada ni de medios ni de recursos.

Nos respondieron ustedes entonces que era posible hacer lo mismo con
menos dinero, que se habían acabado los tiempos del despilfarro en ese
ministerio y que era llegada la hora de cumplir exactamente con los
presupuestos del ministerio sin trasladar a otras generaciones futuras,
vía deuda pública, la factura de las desmesuras en el gasto público. Esto
nos lo decían ustedes hace nada más que un año.

Hoy, señor ministro, lo que hacen ustedes --y para nosotros es una razón
de auténtica satisfacción-- es aceptar, un año después del debate de los
presupuestos, las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, en
términos además en algunos supuestos extraordinariamente coincidentes.

Pedíamos justamente 42.800 millones más para carreteras; nos traen
ustedes hoy 41.000 millones. Les decíamos que eran insuficientes los
créditos para vivienda; hoy lo reconocen ustedes. De esta rectificación
presupuestaria se salva la política del ferrocarril, por la razón que
todos conocemos: la creación del órgano gestor, GIF, ha desviado hacia
otros ámbitos de debate la discusión de la política ferroviaria; pero si
no fuera así, tendrían que haber traído también a esta Cámara una
modificación de esos gastos.

Esta es la cuarta caída del señor ministro en el vía crucis --y le
recuerdo que son catorce-- que usted va a tener que recorrer en su cura
de humildad ante este Parlamento. La primera fue Torrejón; lo presentó
usted como el descubrimiento del Mare Nostrum, haciendo prácticamente el
discurso de que cómo es posible



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que mis ignorantes antecesores no se hayan dado cuenta de que en Torrejón
está la solución a los problemas de Barajas en Madrid. Nos costó algo más
de 2.000 millones, lo utilizaron 10.000 pasajeros, 200.000 pesetas por
pasajero. Eso fue lo que nos costó esa visión revolucionaria del
transporte aéreo de Madrid.

El segundo fue Aena. Les faltó tiempo para modificar la estructura
organizativa de Aena; dada la calamitosa gestión de Aena, tuvieron
ustedes que cesar al presidente y volver a la organización que tenía ya
el anterior Gobierno socialista.

La tercera, es el fracaso de los mecanismos de colaboración de la
inversión privada en la financiación de obra pública, especialmente
puesta de relieve estos días, porque las cinco grandes empresas de este
país, las que quedan en la Ceopan, están pidiendo algunas explicaciones.

Usted comprometió con ellos la financiación de la inversión privada a
cambio de que las obras que se adjudicaran por el método alemán les iban
a ser concedidas a ellas; pero, mire usted por dónde, las pequeñas
empresas se han unido, han mejorado las ofertas y las cinco grandes
constructoras de este país se han quedado sin un duro de los ciento y
pico mil millones de obras por el método alemán. Son cosas que están aquí
en los periódicos, ¡qué le vamos a hacer! Ustedes prometieron que se lo
iban a dar a ellos, les dijeron que fueran al tipo, ellos, confiados en
eso, fueron al tipo, los pequeños fueron a menos el 20 por ciento, y les
han soplado todas las obras, y así los tienen ustedes contentitos.

La cuarta caída en el vía crucis es esta que nos trae hoy, señor
ministro. La deuda pública ya no es mala, ya es una política razonable
financiar las inversiones en inmovilizado con cargo a los períodos de
amortización y no con cargo a los presupuestos anuales estrictos del
ministerio. La quinta me atrevo a decir que va a ser el real decreto-ley
que nos acaba de explicar, que es una auténtica escandalera. En Bruselas,
en la Dirección General de la Marina Mercante, con los navieros que
ustedes quieran hablar, una auténtica escandalera. Y las demás estarán
por venir en un futuro más o menos inmediato.

Nosotros vamos a votar a favor ¡no faltaba más!; se trata de nuestras
enmiendas, un año después, a los Presupuestos Generales del Estado; pero
queremos que se tramite como un proyecto de ley. ¿Por qué? Porque ustedes
van a querer pagar con este dinero las expropiaciones del año 1997, que
son las que ustedes han hecho de una manera directa, pero no tienen
pensamiento de pagar las de los años 1995 y 1996. ¿Por qué, señor
ministro? ¿Son de menor condición jurídica? Le aseguro a usted, y estoy
en condiciones de demostrarlo --y cuando se pague lo veremos--, que usted
con este dinero va a pagar las expropiaciones de 1997, no las de 1996 y
1995. Y comprometo mi honor ante esta Cámara al decirlo. Si usted está en
condiciones de decir lo contrario, acepte la tramitación de esta norma
como un proyecto de ley. Y, lo segundo, es porque no terminan ustedes de
aprender. En los presupuestos que hemos visto este año, para los próximos
cuatro ejercicios vuelven ustedes a quitar 56.000 millones de pesetas
precisamente de los artículos presupuestarios que hoy incrementan ustedes
con este real decreto-ley, en un continuo hacer y deshacer. Le anticipo,
señor ministro: le pasará exactamente lo mismo este año; le volverán a
faltar 56.000 millones de pesetas y el próximo año tendremos que vernos
con otro real decreto de estas características, que volveremos a votar
con satisfacción y que será, espero, la última de las catorce caídas del
vía crucis que le queda, señor ministro.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor García-Arreciado.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Jiménez Suárez.




El señor JIMENEZ SUAREZ: Gracias, señor presidente.

Señorías, desde el Grupo Socialista se nos ha querido hacer una
demostración de intuición presupuestaria. (El señor García-Arreciado
Batanero: De experiencia.) Creo que debemos celebrar, desde el Grupo
Popular, que se esté entendiendo que la política de infraestructuras es
parte fundamental de la política económica, lo que se veía en la cultura
socialista como una forma de generar deudas.

El Grupo Popular ve positivamente la tramitación de este decreto ley por
tres razones. La primera, por coherencia con la política presupuestaria y
con la de infraestructuras; la segunda, por estricto cumplimiento de la
ley, y, la tercera, por la imbricación entre la política de
infraestructuras y la política presupuestaria.

El real decreto, en su parte fundamental, cerca del 75 por ciento de los
54.000 millones de pesetas, viene a cumplir un precepto de la Ley de
Medidas de Disciplina Presupuestaria, que es retener el crédito al
momento de iniciar el expediente de expropiación, caso que no se daba en
otro momento y en otra forma de hacer política presupuestaria y política
de infraestructura. En relación con lo que exponía S. S. sobre lo que se
iba a pagar con esto, es una aplicación estricta de la Ley de Medidas de
Disciplina Presupuestaria. El 25 por ciento restante es para pagar deudas
de ejercicios anteriores. Hemos de recordar que el escenario es el
presupuesto de 1996 prorrogado y el 25 por ciento corresponde a créditos
generados en ese presupuesto, los capítulos 2, 4 y 7. Luego no hay mayor
coherencia que imputar presupuestariamente los gastos al año que se
generan, y me parece que recriminar al Gobierno que haga lo que tiene que
hacer y de acuerdo con la ley es hacer una escenificación dramática de
una comedia irreal.




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Se ha hecho mención de la disminución de la licitación en 1997. Conviene
que se revisen los datos, estamos al mismo nivel que en 1995. Por tanto,
aclarado el fin último de los 54.618 millones, de alguna forma enmarcados
en una cifra que ya dijo el ministro, que es algo menos del 6 por ciento
del presupuesto total, aclarado lo que se dedica a pagar gastos generados
en 1997 por motivos de expropiaciones y lo que se dedica a créditos
extraordinarios para pagar deudas de ejercicios anteriores, desde el
Partido Popular entendemos que nos debemos felicitar por este tipo de
comportamientos del Gobierno hacia la Cámara y por su transparencia. En
ese sentido, desde el Partido Popular apoyamos, como no podía ser menos,
la convalidación del real decreto que hoy se nos presenta en la Cámara.

Muchas gracias, señorías.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Jiménez.




--REAL DECRETO-LEY 21/1997, DE 2O DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE CONCEDEN
SUPLEMENTOS DE CREDITO Y CREDITOS EXTRAORDINARIOS POR IMPORTE TOTAL DE
42.865.474.201 PESETAS PARA INVERSIONES Y OTROS GASTOS DEL MINISTERIO DE
MEDIO AMBIENTE (Número de expediente 130/000034)



El señor PRESIDENTE: Concluido el debate sobre la convalidación o
derogación de Real Decreto-ley número 20, de 1997, pasamos al debate del
tercer Real Decreto-ley que se somete a la convalidación o derogación de
la Cámara, el número 21, de 1997, de fecha 20 de noviembre, por el que se
conceden suplementos de crédito y créditos extraordinarios por importe de
42.865.474.201 pesetas para inversiones y otros gastos del Ministerio de
Medio Ambiente.

Para la presentación del proyecto, en nombre del Gobierno, tiene la
palabra de nuevo el ministro de Fomento, señor Arias-Salgado.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Muchas gracias,
señor presidente.

Sustituyo en la presentación de este real decreto-ley a mi compañera la
ministra de Medio Ambiente, que se encuentra, como saben SS. SS., en la
conferencia de Kioto.

Se trata, como ha expuesto el señor presidente en la lectura del orden
del día, de convalidar el Real Decreto-ley 21/1997, de 20 de noviembre,
por el que se conceden suplementos de crédito y créditos extraordinarios
por importe total de 42.865.474.201 pesetas para inversiones y otros
gastos del Ministerio de Medio Ambiente. Se trata de un crédito
extraordinario de 151 millones, y redondeo cifras, que se concede para
satisfacer a la empresa EDES, Sociedad Anónima, las indemnizaciones
derivadas de la sentencia de 14 de mayo de 1996 de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso
contencioso-administrativo 382/94. Y el suplemento de crédito se concede
para atender gastos de inversión generados en el presente ejercicio
económico asociados a expedientes de expropiación forzosa,
indemnizaciones, emergencias, práctica de liquidaciones definitivas de
obras afectadas por el cumplimiento de los plazos que establece la
vigente Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de Administraciones
Públicas, modificados y obras complementarias, que afectan a contratos en
ejecución, asistencias técnicas urgentes y liquidaciones de intereses de
demora.

En ambos casos, se trata de dotaciones crediticias adicionales para
cubrir actuaciones generadas en el presente ejercicio económico que no se
pueden trasladar a ejercicios futuros y para las que no se dispone de
dotación en el ejercicio corriente, resultando por tanto amparadas en los
artículos 63 y 64.1 del Real Decreto legislativo de 23 de septiembre de
1988 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General
Presupuestaria.

En efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63, en la
redacción dada por la Ley de Medidas de Disciplina Presupuestaria, con
cargo a los créditos de cada presupuesto sólo podrán contraerse
obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás
prestaciones o gastos, en general, que se realicen en el año natural del
propio ejercicio presupuestario.

El artículo 64.1 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria
permite, sin embargo, a través de una norma con rango de ley formal, en
este caso el real decreto-ley, la concesión de créditos extraordinarios o
de suplementos de crédito en los que se especifiquen los recursos con que
se haya de financiar el mayor gasto público.

Por ello, teniendo en cuenta que la Dirección General de Obras
Hidráulicas, del Ministerio de Medio Ambiente, en el ejercicio de su
actividad, ha generado, de una parte, la obligación de abonar
indemnizaciones reconocidas por la referida sentencia del 14 de mayo de
1996 y, de otra, necesita atender determinados gastos de inversión para
los que no existe crédito y cuya práctica no puede demorarse en
ejercicios futuros, ya que causarían un perjuicio económico a los
terceros acreedores, desvirtuando además la liquidación del presupuesto
del ejercicio, se tramita el real decreto-ley que se presenta hoy a la
convalidación de la Cámara.

Permítanme proceder a una explicación detallada y justificada del gasto
que se pretende realizar. En primer lugar, la Dirección General de Obras
Hidráulicas ha afrontado, durante el ejercicio de 1997, una serie de
obligaciones surgidas en el ejercicio anterior por el procedimiento de
imputación regulado en el artículo 63 de la Ley General Presupuestaria,
tal y como quedó redactado por la Ley de Medidas de Disciplina
Presupuestaria.




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Las obligaciones de 1996 que ha sido necesario atender se refieren a los
siguientes conceptos: modificaciones técnicas, obras complementarias o
excesos de medición que determinan adicionales de gastos en contratos en
curso de ejecución o liquidación; obras de emergencia contratadas sin
retención de crédito en los primeros meses del año 1996 por un importe
cercano a los 22.000 millones de pesetas y que carecían de cobertura
presupuestaria en los presupuestos del citado año; justiprecios e
intereses de demora de expropiaciones. El conjunto de estas obligaciones,
objeto de imputación con cargo al presupuesto de 1997, asciende a la
cantidad de 34.000 millones de pesetas.

De otra parte, y dado que se ha atendido al pago de toda esta deuda con
cargo a créditos de 1997, para atender con el mismo presupuesto las
obligaciones surgidas en este mismo año resulta imprescindible habilitar
un suplemento de crédito que permita a la Dirección General de Obras
Hidráulicas atender a las obligaciones ordinarias devengadas durante el
presente ejercicio en el seno del programa 512.A, de gestión e
infraestructura de recursos hidráulicos. El suplemento de crédito
concedido a través del real decreto-ley permitirá el abono durante este
ejercicio de todas las obligaciones surgidas en 1997 y cuyo pago no puede
demorarse hasta el ejercicio siguiente.

La deuda de 1997, que se va a atender con cargo al suplemento de crédito,
incluye fundamentalmente los adicionales de contratos en ejecución,
modificados y complementarios, que han debido realizarse para la buena
marcha de las actuaciones comprometidas, así como el pago de algunas
emergencias que ha sido obligado atender, ante soluciones de riesgo para
personas y bienes, como consecuencia de las distintas situaciones de
catástrofe generadas en el año 1997 por tormentas e inundaciones. Y, por
último, liquidaciones, expropiaciones e intereses de demora de obras ya
ejecutadas.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 49 y 63.1 de la Ley General
Presupuestaria, el suplemento de crédito es el mecanismo adecuado para
cubrir una situación como la descrita sin trasladar obligaciones
económicas a ejercicios futuros, dado que existe una financiera en el
Estado en el presente ejercicio para hacer frente al pago de estas
obligaciones sin merma del objetivo de déficit público que se ha marcado
el Gobierno.

La concesión del suplemento de crédito viene aconsejada, además de
atender las obligaciones referidas, por el alto grado de ejecución del
presupuesto ordinario del programa 512.A, de obras hidráulicas, que en el
presente ejercicio ascendía, en el capítulo de inversiones, a la cantidad
de 99.880 millones de pesetas. De este presupuesto, 34.000 millones se
han destinado a imputación de obligaciones de 1996 y se ha certificado ya
obra por un importe de 52.287 millones de pesetas, lo que permite prever
razonablemente que el saldo vivo será ejecutado plenamente a 31 de
diciembre de 1997 con la obra ordinaria en curso.

En síntesis, señorías, y con ello concluyo, el grueso del crédito
extraordinario y suplemento de crédito que se trata de convalidar a
través de este real decreto-ley asciende a una cantidad de 34.000
millones de pesetas, que quedaron sin pagar en el ejercicio de 1996. De
esos 34.000 millones de pesetas, 22.000 millones son para obras de
emergencia contratadas a principios de 1996 sin dotación presupuestaria y
los otros 12.000 millones corresponden a incidencias surgidas durante el
ejercicio 1996. La desviación imputable al ejercicio de 1997 asciende,
aproximadamente, a 8.000 millones de pesetas.

Este es el conjunto de cantidades a las que se trata de hacer frente con
el real decreto-ley.

Muchas gracias, señor presidente. Muchas gracias, señorías.




El señor PRESIDENTE: ¿Algún grupo desea consumir un turno en contra o a
favor? (Pausa.)
¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el
señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Gracias, señor presidente.

El Grupo de Coalición Canaria va a votar favorablemente la convalidación
de este Real Decreto-ley 21/1997, para conceder un suplemento de crédito
y créditos extraordinarios por el importe total que ha mencionado el
señor ministro en inversiones y otros gastos del Ministerio de Medio
Ambiente.

Hay dos partidas. La segunda, como consecuencia de una sentencia de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo a la empresa
Edes, S. A., es de menor cuantía con respecto al crédito global que trae
el real decreto-ley y, como es de obligado cumplimiento por esta
sentencia, nada diré. Me referiré seguidamente a lo que es el compromiso
crediticio de este real decreto-ley, suplementos de crédito en la
Dirección General de Obras Hidráulicas del Ministerio del Medio Ambiente.

No sé si va quedando, señor presidente, una secuela de la segregación de
esta importante Dirección General de Obras Hidráulicas inversora en el
antiguo Ministerio de Obras Públicas, hoy Ministerio de Fomento, y todas
las segregaciones un poco o un mucho forzadas, hechas con fórceps
administrativos, generan un coste de eficacia funcionarial cuyas secuelas
estamos pagando todavía. Mi grupo siempre fue crítico en aquel momento de
la decisión del Gobierno de estructurar un nuevo Ministerio, el de Medio
Ambiente, tomando de un Ministerio inversor, como era el de Obras
Públicas o de Fomento, estas actuaciones.

Lo cierto es que, al tenerse que someter el Gobierno, como no era menos
lógico, a sus propias medidas de



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disciplina presupuestaria, nos encontramos con que hay una realidad de
cumplimiento, por tanto legal, y que todas aquellas consecuencias que
traen las expropiaciones, las liquidaciones de obra, las asistencias
técnicas, los modificados e incidencias, que se dan en una obra de
envergadura como son las que se ejecutan precisamente en obras
hidráulicas, al estar sometido por esta disciplina presupuestaria a no
poder trasladar a ejercicios posteriores estos incrementos de gasto, hace
necesario incluirlos en el propio ejercicio.

No sé si hubiera sido mucho más lógico y factible haber aprovechado la
ley de medidas de acompañamiento, como la llamamos nosotros,
recientemente debatida en esta Cámara y ahora en el Senado, para haber
incluido estas previsiones, previsiones que pueden repetirse en los
próximos años si los servicios técnicos del departamento no están muy
bien sincronizados y sintonizados con la evaluación de los proyectos de
obra que está ejecutando el departamento. Porque podría parecer muy
paradójico y muy poco favorable para un juicio de valor de la eficacia de
unos servicios técnicos del departamento que se estuvieran evaluando
obras de inversión de proyectos hidráulicos sin tener en cuenta la
constelación de circunstancias de financiación que conllevan todos
directamente, lo que es el pago al contratista para la obra real a
ejecutar. También están las liquidaciones de obras junto a las
expropiaciones o a cualquier otro proceso que pudiera venir después.

Nosotros entendemos que es positivo lo que se pretende con este real
decreto-ley por las razones que se aducen, tratándose a veces de lo que
está ocurriendo en obras hidráulicas con motivo de pasadas catástrofes
meteorológicas, para que se puedan atender rápidamente los compromisos de
pago, porque una demora podría suponer, para los contratistas que se han
hecho cargo de la ejecución de estas obras en los concursos pertinentes,
un impresentable retraso en el pago y en la recepción de los créditos de
satisfacción, a lo que tienen derecho por ley.

Por estas razones, señor presidente, y haciendo esta observación al
Ministerio de Medio Ambiente, para que tenga sincronía y sea diligente en
la evaluación y en el pago de los proyectos por la cuantía que trae,
vamos a votar favorablemente la convalidación de este real decreto-ley.

Nada más y muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra
la señora Urán.




La señora URAN GONZALEZ: Gracias, señor presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida va a votar en
contra de la convalidación de este real decreto-ley y, además, solicita
su tramitación como proyecto de ley.

Lo que hoy se nos trae es una falta de previsión en la presupuestación
del Ministerio de Medio Ambiente. Todas las partidas que hoy pretenden
convalidarse a través de real decreto-ley debían haberse previsto en los
presupuestos de 1997. Se está hurtando el debate presupuestario a esta
Cámara y, por otra parte, este Gobierno ya nos tiene acostumbrados a
gobernar a través de decretazo, y existen, tanto en la Ley General
Presupuestaria, como en la Ley de Disciplina Presupuestaria y en la de
Contratos de las Administraciones Públicas, mecanismos suficientes para
que el Gobierno pueda atender las emergencias y para que pueda presentar,
no un real decreto-ley, sino un proyecto de ley de concesión de crédito
extraordinario. No quedaría sin atender ninguna emergencia por catástrofe
si se utilizara la legislación correspondiente y se permitiera que el
debate aquí se hiciera de manera serena y tranquila, lo cual no impediría
que se pudiera estar actuando.

Y lo más grave de este real decreto-ley es que el grueso va dedicado a
inversión, a algo que se tendría que haber contemplado en el presupuesto
de 1997. Señorías, nosotros nos preguntamos: ¿Qué es lo que va a ocurrir
con el presupuesto de 1998? Si para 1997, terminado casi el año y todavía
discutiéndose el presupuesto para 1998, tenemos que aumentar 42.000
pesetas en inversión en obras hidráulicas para el Ministerio de Medio
Ambiente --cuando ya se criticó el año pasado que este Ministerio tenía
una falta de presupuestación en inversión, y en el año 1998 estamos
diciendo exactamente lo mismo--, podemos prever que, a través de su forma
de gobernar, que es por decretazo, nos encontraremos con 35.000, 42.000,
45.000, ó a saber qué cantidad de miles de millones de pesetas, pues esta
Cámara no puede discutir, ni tan siquiera priorizar, con el concurso de
los grupos parlamentarios, las inversiones del Ministerio de Medio
Ambiente.

Señorías, es una mala técnica presupuestaria, eso no lleva a la claridad,
sigue en la opacidad, que es lo que se ha venido denunciando por nuestro
grupo parlamentario desde hace ya tiempo. Ministerio de Medio Ambiente,
opacidad en las inversiones, falta de previsión presupuestaria para poder
atender las necesidades de un Ministerio como el de Medio Ambiente.

Por lo tanto, nuestro grupo parlamentario va a votar en contra de la
convalidación del real decreto-ley y vuelve a repetir que quiere que se
tramite como proyecto de ley.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Urán.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora
Narbona.




La señora NARBONA RUIZ: Señor presidente, señoras y señores diputados, en
primer lugar, tenemos



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que lamentar la ausencia de la ministra al ver el decreto-ley cuya
convalidación vamos a proceder a votar, ministra a la que suponemos
agotada por los esfuerzos realizados en la cumbre de Kioto, para
contribuir desde luego a los pobres resultados de esa conferencia de
Naciones Unidas, pobres resultados gracias, entre otras cosas, a la
actitud de ausencia de voluntad política en materia ambiental de algunos
gobiernos occidentales, entre otros, el Gobierno del señor Aznar.

Nos ocupamos esta mañana de la convalidación de un decreto-ley por
importe de más de 42.000 millones de pesetas, es decir por un importe
equivalente nada menos que a la mitad del presupuesto de este año de la
Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas; 42.000
millones de pesetas, frente a un presupuesto de inversión --aprobado para
1997-- de 90.000 millones de pesetas. La cifra es escandalosa. Esto no es
un ajuste presupuestario normal, en absoluto. Nuestro grupo ha decidido
apoyar su convalidación porque sabemos el daño que se está causando a las
empresas del sector de la construcción y a las empresas consultoras, y lo
sabemos, entre otras cosas, porque, al final del pasado verano, Seopan
--la patronal del sector de la obra civil-- emitió un informe muy
documentado sobre el dinero que el Ministerio de Medio Ambiente le debía
en ese momento y que ascendía a la hermosa cifra de 140.000 millones de
pesetas, por obra ejecutada y no pagada, informe que se hizo
suficientemente público, incluso en esta Cámara.

El ministro de Fomento, que ha defendido la convalidación de este real
decreto-ley, ha contado parte de la historia, pero no toda, porque no he
creído escuchar, en esta Cámara, esta mañana, que, en 1996, una de las
primeras actuaciones del Gobierno Aznar fue aprobar un crédito
extraordinario del entorno de 600.000 millones de pesetas, precisamente
para, en 1996, atender gastos que entendían no suficientemente bien
presupuestados. Pues bien, de esos 600.000 millones de pesetas, una
cuantía muy significativa fue precisamente a parar a la Dirección General
de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas. ¿Y saben SS. SS. lo que
pasó? Que terminó el año 1996 y, de acuerdo con datos oficiales remitidos
a esta portavoz por el secretario de Estado de Aguas y Costas, la
dirección general dejó sin ejecutar 50.000 millones de pesetas, en 1996,
dejó sin ejecutar una cuantía parecida a la que hoy se nos pide que
convalidemos en este decreto-ley.

Luego no es sólo que ustedes no sepan hacer los presupuestos, que
Maastricht les ciegue y hagan unos presupuestos tan austeros, tan
austeros, que ni siquiera se pueda pagar la obra en curso. Es que ni
siquiera se gastan los escasos recursos que dotan en sus presupuestos. El
año pasado, el Ministerio de Medio Ambiente concluyó el ejercicio
presupuestario habiendo desaprovechado 50.000 millones de pesetas y este
año, cuando hizo el presupuesto de 1998, situó el crédito de inversión en
la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas por
debajo, en una cuantía superior a los 50.000 millones de pesetas, al
crédito inicial de 1996; es decir, incidió en una rebaja, que no
entendemos cómo podían justificar, a la vista de lo que se encontraron,
según ustedes, en 1996. Por lo tanto, el año comenzó con una diferencia,
respecto a lo que, en efecto, han sido después los gastos generados en
este ejercicio, que es de lo que nos estamos ocupando esta mañana.

A lo largo de 1997, la ejecución del gasto, en materia de inversión, en
el Ministerio de Medio Ambiente ha sido la más lenta de todos los
departamentos del Gobierno Aznar. A 1 de octubre de este año, el
Ministerio de Medio Ambiente tenía obligaciones reconocidas en los
capítulos de inversión y de transferencias de capital sólo en un 30 por
ciento de los créditos iniciales, el porcentaje más bajo de ejecución de
todos los ministerios, y existía --como he señalado antes-- un informe
documentado por parte de Seopan que señalaba la deuda que en ese momento
alcanzaba ya el Ministerio de Medio Ambiente con el conjunto de las
empresas del sector. Fíjense que no somos sólo los grupos de la oposición
los que decimos que la gestión presupuestaria del Ministerio de Medio
Ambiente es pésima; lo dice el Ministerio de Economía y Hacienda en sus
informes internos, informes a través de los que hemos sabido que este año
el Ministerio de Hacienda se negó a incorporar recursos no ejecutados del
presupuesto del año pasado por la mala gestión presupuestaria del
Ministerio de Medio Ambiente. No lo dice sólo el Ministerio de Hacienda,
lo dice la Comisión Europea, que, a estas alturas del año, todavía no
tiene en su conocimiento suficientes proyectos de inversión en Medio
Ambiente con cargo al presupuesto de la Administración central del
Estado, porque el grueso de los proyectos presentados por la
Administración central son, o por la vía del método concesional, que sí
ha sido aceptado por la Unión Europea, o en su mayoría a través del
método alemán, que todavía, a estas alturas del año, la Unión Europea
está considerando cómo encajarlo en las técnicas de aplicación de los
recursos del Fondo de Cohesión.

Por lo tanto, no saben ustedes hacer el presupuesto, por lo menos no lo
sabe hacer el Ministerio de Medio Ambiente, tampoco se lo sabe gastar y
ahora vienen aquí a pedirnos que aprobemos una cifra que es casi la mitad
de la que se presupuestó para 1997 en la Dirección General de Obras
Hidráulicas y Calidad de las Aguas. En el Senado están ustedes todavía a
tiempo de corregir, cara al año que viene, esta forma de hacer los
cálculos; admitan ustedes enmiendas de la oposición en el Senado y no
tendremos que repetir la vergüenza de traer a la Cámara un decreto-ley
convalidando un crédito extraordinario equivalente a la mitad del crédito
de inversión de una dirección general como la de Obras Hidráulicas y
Calidad de las Aguas.

Nuestro grupo parlamentario, por supuesto, quiere que se tramite este
decreto-ley como proyecto de ley



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porque, entre otras cosas, así sabremos de verdad qué es lo que se va a
pagar. Del discurso del ministro de Fomento parece deducirse que lo que
se va a pagar son, sobre todo, obras de 1996. Y nos consta que en 1997
hay un volumen elevadísimo de obra ejecutada y no pagada. Por tanto,
sería bueno saber si tenemos que convalidar un decreto-ley para un
crédito extraordinario de 42.000 millones de pesetas o por el mismo
esfuerzo convalidamos uno de 80.000 o de 90.000 millones de pesetas,
porque a lo mejor con eso dejábamos a las empresas del sector de la
construcción y de las consultoras en una situación mucho más favorable
desde el punto de vista de su actividad, que ciertamente se está viendo
afectada por la forma de trabajar del Ministerio de Medio Ambiente.

Como digo, nuestro grupo aceptará hoy esta convalidación, pero pedirá su
tramitación como proyecto de ley, y sugiere de nuevo que el Grupo Popular
acepte en el Senado enmiendas que aumenten el presupuesto del gasto de
inversión del Ministerio de Medio Ambiente, que no les vuelva a coger
desprevenidos y que el señor Ministro de Hacienda no vuelva a darnos
lecciones de eficacia presupuestaria en esta Cámara, porque bien
demuestra que todavía no ha aprendido a hacerlo.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Narbona.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora De Lara.




La señora DE LARA CARBO: Gracias, señor presidente.

Señorías, pensaba iniciar mi intervención de forma distinta, pero, dado
que la señora Narbona tiene lo que se llama una fijación con la ministra
de Medio Ambiente, tengo que decirla que efectivamente la ministra está
regresando de la cumbre de Kioto, donde ha representado brillantemente la
postura española, postura española que diría yo que se enmarca dentro de
la propuesta de la Unión Europea. Parece que la señora Narbona, después
de todos estos días, todavía no se ha enterado de que no es una postura
solamente de España; es una propuesta conjunta de la Unión Europea. Y, en
esta propuesta conjunta de la Unión Europea, nuestra ministra ha
representado brillantemente la necesidad, la conveniencia de que la Unión
Europea reduzca las emisiones de dióxido de carbono. Tal vez le interese,
señora Narbona, enterarse un poco más.

A raíz de uno de los datos que ha dado la señora Narbona --y lamento que
no esté escuchando en este momento--, quiero indicarle que el Tribunal de
Cuentas detectó, al finalizar la gestión socialista, un agujero de un
billón de pesetas, muy por encima de lo que había detectado el Gobierno
del Partido Popular. Finalmente, porque lo indica de forma muy repetida,
el estado de ejecución de un presupuesto, en este caso del de Medio
Ambiente, hay que verlo, como le he dicho otras veces, a fecha de 31 de
diciembre, señora Narbona, no en otro momento.

El Grupo Parlamentario Popular votará afirmativamente la convalidación
del real decreto-ley de 20 de noviembre de 1997 por el que se conceden
suplementos de crédito y crédito extraordinario para inversiones del
Ministerio de Medio Ambiente. El programa 512.A, gestión e
infraestructura de recursos hidráulicos, ha contado en el capítulo 6, de
inversiones, en 1997, con una dotación de 99.000 millones de pesetas,
aproximadamente un 35 por ciento menos que la dotación media de los años
anteriores, debido a la austeridad presupuestaria que se impuso en el
ejercicio de 1997. Pese a ello, la Dirección General de Obras Hidráulicas
y Calidad de las Aguas, que gestiona ese programa 512.A del Ministerio de
Medio Ambiente, ha debido hacer frente durante este ejercicio a una serie
de obligaciones aquí expuestas surgidas en el transcurso del año 1996,
entre otras y principalmente obras de emergencia contratadas sin
retención de crédito en los primeros meses del año 1996, justo cuando se
estaba efectuando la campaña electoral, por un importe cercano a 22.000
millones de pesetas, y que carecían de cobertura presupuestaria en los
presupuestos del citado año. Esta era su forma de hacer las cosas, señora
Narbona. A ello hay que añadir justiprecios e intereses de demora de
expropiaciones y adicionales de gasto en contratos en curso de ejecución
o de liquidación. Todo este conjunto de obligaciones con cargo al
presupuesto de 1997 asciende a la cantidad de 34.000 millones de pesetas,
a los que hay que atender para pagar todo lo que ustedes dejaron
pendiente, al menos que sepamos hasta ahora.

El Grupo Popular entiende que el suplemento de crédito es el mecanismo
adecuado para no trasladar obligaciones económicas a ejercicios futuros,
si ello no va en detrimento del objetivo de déficit público que se ha
marcado el Gobierno. Consideramos asimismo que ese suplemento de crédito
es necesario, teniendo en cuenta el alto grado de ejecución del
presupuesto del programa 512.A y la necesidad de efectuar el pago de
algunas emergencias que ha sido preciso atender ante situaciones de
catástrofe generalizada en el año 1997, por tormentas e inundaciones, así
como liquidaciones, expropiaciones e intereses de demora de obras ya
ejecutadas Entendemos, señorías, necesario ese suplemento de crédito
para que el Ministerio de Medio Ambiente pueda continuar con su buen
hacer, y en el caso que nos ocupa, a través de la Dirección General de
Obras Hidráulicas.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora De Lara.

Concluido el debate sobre el tercer decreto-ley sometido a convalidación,
vamos a proceder a la votación de los tres decretos-leyes debatidos.




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Señorías, la Presidencia ha escuchado directamente la petición de
tramitación como proyecto de ley del último de los reales decretos-leyes
debatido, pero no tiene garantía de que lo hayan solicitado también algún
grupo del primero y del segundo.




Un señor DIPUTADO: Del primero, sí.




El señor PRESIDENTE: Del primero.

¿Del segundo no se ha solicitado? (Pausa.) Se ha solicitado de los tres.

Muchas gracias. (Rumores.) Señorías, les ruego que ocupen sus escaños.

Vamos a proceder a las votaciones. (Rumores.) Les agradecería que no
demoren la votación, porque hemos de continuar con el orden del día y
procurar completar el mismo antes del mediodía.

Votaciones correspondientes a la convalidación o derogación de los tres
Reales Decretos-ley debatidos.

Se somete a votación, en primer lugar, el Real Decreto-ley número
19/1997, de 14 de noviembre, por el que se autorizan compromisos
presupuestarios plurianuales derivados de contratos de navegación de
interés público.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 316; a
favor, 316.




El señor PRESIDENTE: Queda convalidado por unanimidad del Pleno el Real
Decreto-ley.

Se ha pedido por dos grupos parlamentarios la tramitación del Real
Decreto-ley como proyecto de ley y se somete, por tanto, a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 317; a
favor, 151; en contra, 165; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la tramitación como proyecto de ley.

Votación sobre la convalidación o derogación del Real Decreto-ley número
20/1997, de 20 de noviembre, por el que se conceden créditos
extraordinarios y suplementos de crédito para inversiones y otros gastos
del Ministerio de Fomento.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a
favor, 304; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la convalidación del Real
Decreto-ley, cuya tramitación como proyecto de ley también se ha pedido
por al menos un grupo parlamentario. Por tanto, se somete a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a
favor, 151; en contra, 166; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la tramitación como proyecto de ley.

Votación sobre convalidación o derogación del Real Decreto-ley número
21/1997, de fecha 20 de noviembre, por el que se conceden créditos
suplementarios y extraordinarios para inversiones y otros gastos del
Ministerio de Medio Ambiente.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 317; a
favor, 302; en contra, 14; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la convalidación del Real
Decreto-ley.

Se somete a votación su tramitación como proyecto de ley al haberse
solicitado por dos grupos parlamentarios.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a
favor, 151; en contra, 166; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la tramitación como proyecto de ley
del Real Decreto-ley convalidado.




ENMIENDAS DEL SENADO:



--PROYECTO DE LEY DE MODIFICACION DE LA LEY 27/1992, DE 24 DE NOVIEMBRE,
DE PUERTOS DEL ESTADO Y DE LA MARINA MERCANTE (Número de expediente
121/000035)



El señor PRESIDENTE: Punto X del orden del día: Enmiendas del Senado.

Debo anunciar a la Cámara que las votaciones correspondientes a los
proyectos de ley que se han enmendado por el Senado y que vamos a debatir
se realizarán al final del punto décimo y, por tanto, después del debate
de las enmiendas a los tres proyectos de ley.

En primer lugar, proyecto de ley de modificación de la Ley número
27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante. (El señor Vicepresidente, Fernández-Miranda y Lozana, ocupa la
Presidencia.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): ¿Algún grupo
parlamentario desea intervenir en un turno a favor de las enmiendas?
(Pausa.) ¿Turno en contra? (Pausa.)



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Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Sabaté.




El señor SABATE IBARZ: Muchas gracias, señor presidente.

Intervengo desde el escaño, puesto que voy a ser muy breve, dado que las
enmiendas que se nos plantean hoy aquí son muy pocas. De bien poco ha
servido el trámite en el Senado; no para mejorar el proyecto de ley, sino
más bien para empeorarlo. Aparte de algún punto, alguna coma y algún
enumerado diferente del articulado del proyecto de ley, en realidad ha
habido muy pocas enmiendas.

Nuestro grupo va a votar en contra de dos de ellas. La primera se refiere
a la regulación que hace el proyecto de ley respecto a las instalaciones
hoteleras en el ámbito portuario. Lo que apareció en algún medio de
comunicación, después del trámite en el Senado, respecto a que era una
novedad la prohibición de la participación de las autoridades porturarias
en la gestión de los hoteles que se puedan instalar en los ámbitos
portuarios no es tal. En todo caso lo que sí ha sido una novedad y a lo
que nos oponemos es precisamente a que las autoridades portuarias puedan
participar en la propiedad de esos hoteles, lo cual, para nosotros,
significa además una contradicción con lo que establece el propio
proyecto de ley cuando dice que la participación de las autoridades
portuarias en sociedades mercantiles está prevista, pero siempre y cuando
el objeto social esté ligado al desarrollo de actividades vinculadas a la
explotación portuaria. Desconocíamos que las actividades hoteleras
tuvieran algún tipo de relación con la explotación portuaria.

¿Las autoridades portuarias, a partir de ahora, van a dedicarse a los
negocios hoteleros? Creemos que no es su cometido, lo cual además se
compadece poco con las teorías respecto a lo que tiene que ser el sector
público por parte del partido que da apoyo al actual Gobierno. No
entendemos cómo esta modificación hecha por el Senado deba contar con su
aprobación.

Por cierto, en este ámbito quisiéramos clarificar que en el debate que se
celebró en esta Cámara, al hablar de este proyecto de ley se nos atribuyó
una posible contradicción entre lo que nosotros habíamos practicado
durante nuestra época de responsabilidad en el Gobierno y la postura que
mantenemos ahora. En aquel momento se nos dijo con grandes aspavientos
que nosotros habíamos previsto la construcción de hoteles. En 13 años se
construyó un sólo hotel, en Puerto Sherry, y además todo el mundo sabe
que ese puerto tiene un cometido casi exclusivamente turístico. Nuestra
opinión entonces, nuestra práctica de Gobierno entonces y nuestra opinión
ahora continúa siendo la misma y es coherente.

La otra enmienda que vamos a votar negativamente es la que se refiere al
nuevo apartado 30, que regula de forma diferente la figura de los
consignatarios, a los que, a partir de ahora, se exime de algunas
responsabilidades. Nosotros estaríamos de acuerdo siempre y cuando
estuviera claro a quién corresponden estas responsabilidades a partir de
ahora. Desde nuestro punto de vista, se abre una gran incertidumbre con
este redactado. Creemos que se van a producir gran número de conflictos,
que tendrán que dirimirse en el ámbito de la justicia, lo que va a ir en
perjuicio de la gestión de las autoridades portuarias y del interés
público.

Las demás enmiendas las vamos a votar afirmativamente porque, desde
nuestro de vista, no tienen trascendencia prácticamente. Queríamos decir
que la otra enmienda que se refiere a la figura de los consignatarios, el
nuevo apartado 32, creemos que estaba mejor regulada en la ley de 1992,
en la ley anterior. Sin embargo, la vamos a votar afirmativamente porque
tampoco creemos que tenga mayor trascendencia.

Creemos que en el mes de abril va a entrar en vigor este nuevo proyecto
de ley. Para nosotros responde
--lo hemos dicho en otras ocasiones-- más a un pacto político, como
fue el de investidura, que no a razones de eficacia en la gestión o a
mejora de la regulación legal actual. Creemos, también, que los propios
padres de la criatura no acaban de reconocerla, no están contentos con su
redactado, aunque externamente lo manifiesten así. Prueba de ello es
cómo, en esta ocasión, no se han cantado las excelencias de esta nueva
regulación. No es una ley que vaya a ir en la dirección de la mejora de
la gestión de las autoridades portuarias. Es una ley que va a crear
confusión en la toma de decisiones --insistimos en ello una vez más--, en
la gestión y en los nombramientos de los presidentes de las autoridades
portuarias y de los miembros de los consejos de administración, en la
coordinación y en la atribución de responsabilidades. Véase, si no, cómo
hoy se va a introducir, aunque sea con nuestro voto en contra, una nueva
confusión en el momento de regular la figura de los consignatarios.

Finalmente, quiero significar de nuevo que se abre por primera vez en la
historia de nuestro país la posibilidad de que la gestión de las
autoridades portuarias y los puertos, en definitiva, se vayan a
privatizar. Esto se ha colado de rondón. Se ha hecho poca referencia
pública de ello. Queremos denunciar de nuevo lo que va a significar la
ampliación de las concesiones hasta 60 años en un futuro no muy lejano.

El día que esto ocurra --lo dijimos en el trámite anterior-- va a sobrar
esta ley. A pesar de que hemos hecho esta reflexión a lo largo de los
trámites, tanto aquí como en el Senado no hemos oído un pronunciamiento
claro y nos hubiera gustado que se hubiera precisado. Volvemos a dar la
oportunidad hoy para que haya un pronunciamiento al respecto. Creemos que
se avecinan malos tiempos para la gestión de los puertos. A partir de
ahora la responsabilidad de ello será de ustedes, señores de la derecha.

La eficacia de la ley de 1992 quedó demostrada, los números cantan; la
que se vaya



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a producir a partir de ahora es responsabilidad de ustedes.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Sabaté.

En nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Muchas gracias, señor presidente.

Para el Grupo Federal de Izquierda Unida los tres grandes elementos que
componían la reforma de la ley de puertos anterior --toda ley es
perceptible de ser mejorada--, y que nosotros creíamos que en el Senado
podían tener alguna corrección, no han sido resueltos. Fundamentalmente,
el tema de la competencia tarifaria que se puede abrir a través de esta
ley, la competencia entre los distintos puertos a la hora de fijar sus
propias tarifas, que puede llevar a concentrar en puertos con competencia
la actividad portuaria y, por tanto, el declive de otros puertos que se
han puesto en marcha a raíz de los compromisos que recogía la ley
anterior, va a generar una actuación que consideramos muy negativa. La
segunda cuestión se refiere a los compromisos solidarios que recogía el
anterior sistema, que reconocía que todos los puertos participaban en un
fondo para conseguir las infraestructuras necesarias para hacer
competitivos los puertos de segundo nivel, en cuanto al volumen de
mercancías que captan, entendiendo que algunos de los poderosos tienen
tráficos cautivos que obligatoriamente tienen que salir por esos puertos.

Entendemos que esa solidaridad también queda reducida. Y, por último,
tampoco queda resuelta la no participación de los que utilizan los
puertos y la política de privatización que puede surgir de aquí, para
establecer dentro de los puertos actividades que no son las
tradicionales.

¿Cuáles son las enmiendas del Senado, que es sobre lo que tenemos que
pronunciarnos? Voy a hacer referencia a cinco de estas enmiendas por
entender que el trámite del Senado ha sido muy exhaustivo en algunas de
ellas. Lógicamente, ha mejorado la ley, puesto que la precisión que
establecen es importante. Por ejemplo, cuando el punto 2 dice: El
artículo 7.4 tendrá la siguiente redacción.Y el Senado dice: El apartado
4 del artículo 7 tendrá la siguiente redacción. Como puede verse, es una
enmienda importante que precisa el texto. Luego hay otra serie de
enmiendas de carácter similar que también precisan y profundizan en lo
que es una mejor ordenación del texto de la ley, como en el artículo 22
cuando dice: Se agrega un nuevo apartado 6 al artículo 54, con la
siguiente redacción. Como se ve, son enmiendas para una mejor ordenación.

Nosotros no compartimos la filosofía de tres de las enmiendas y creemos
que perjudican a otras dos enmiendas. La primera se refiere al apartado
23 del artículo único, cuando da una nueva redacción al artículo 55. En
la ley anterior tenía una redacción muy precisa, pero en el Congreso
modificamos esa redacción y pusimos: Las autoridades portuarias no podrán
participar en las sociedades propietarias y en las gestoras de las
instalaciones hoteleras que se pongan en marcha. La redacción del Senado
dice: En ningún caso las autoridades portuarias... ¡Ya decía yo que en el
trámite anterior había una manera de legislar un tanto sorprendente! Se
decía entonces: De ninguna manera las concesiones podrán ampliarse, salvo
que... Y se concedían 60 años de concesión. Aquí ocurre lo mismo. En
ningún caso las autoridades portuarias podrán... pero en lo que es
gestión directa o indirecta de la explotación. ¿Qué quiere decir? Que
puede ser propietario y conceder la explotación a otro, con lo que
nosotros no estamos de acuerdo. Es más, pónganse de acuerdo en lo que
proponen. Porque antes de que el proyecto fuera al Senado, nos dijeron en
el Congreso que esta era la filosofía. Ahora la modifican y las
autoridades portuarias van a participar en los negocios que se pongan en
marcha.

Quiero decir algo sin que se me malinterprete. Esta ley está hecha de
forma general para lo que hemos aprobado en el Congreso y no se ha
modificado, pero con una obsesión: lo que se puede poner en marcha como
oferta de centro hotelero, ocio, etcétera, en el puerto de Barcelona. Una
ley general no puede tener esta obsesión, este condicionamiento de
partida, y esta enmienda lo recoge. Primero dijeron que no y ahora dicen:
quitamos lo de propietarios, por si acaso son los propietarios, y luego
los otros pueden participar. Existe una contradicción entre la exposición
de motivos que no han arreglado, y que nos razonaron en el proyecto, y lo
que viene ahora. Es lo que pudiéramos llamar lobby de presión que
condiciona el voto en esta Cámara para condicionar, a su vez, el
ejercicio del poder. Lo cual considero mala técnica. Eso significa no
tener un criterio ordenador de la actividad territorial, económica y
mercantil que está muy condicionado por una manera de verlo.

Las otras dos enmiendas ya ni siquiera son de grupos parlamentarios, son
de una comunidad autónoma, de un Gobierno autónomo, son de lobby de
poder, son de los consignatarios. Ustedes introducen aquí dos enmiendas
que tienen sello, que dejan la huella. Cuando se filtra una cosa a la
prensa se dice que ha dejado huella. Pues esto deja la huella.

Señores diputados, con la enmienda que se introduce en el apartado 30 al
artículo 73 se cambia lo que ponía el texto originario, que era: serán
responsables ante las autoridades portuarias y marítimas de las
liquidaciones por tarifas y otros servicios prestados --esto último es lo
que pone el texto que viene del Senado-. La ley anterior se refería a
conceptos originados por la estancia de los buques, y ahora se pone: por
servicios prestados. Lo han reducido. Los consignatarios con esta
enmienda



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van a verse beneficiados, porque el concepto anterior era más amplio, se
refería al conjunto de servicios originados por la estancia de los buques
que un puerto les presta y por los cuales tienen que pagar, desde el
servicio que se les presta de enganche hasta una actividad de desestiba o
cualquier otra actividad que incide en esa actuación. Pues desaparece esa
definición y ahora son servicios prestados a los buques. Nosotros creemos
que estaba mejor la ley del año 1992, sin sacralizarla.

En cuanto a la otra enmienda, que el Grupo Socialista va a apoyar, que es
la que hace referencia al punto 32, al artículo 118, lo que suprime es la
obligación del consignatario de responder solidariamente con el naviero
ante las infracciones que pueda tener el buque. El texto conforme queda
después de venir del Senado dice lo siguiente: En otros casos de
infracciones relacionadas con el buque, el naviero --y decía antes: y
solidariamente el consignatario-- y en su defecto el capitán del buque...

Se quita el consignatario, que no responderá solidariamente con el
naviero. Eso sí, el capitán del buque sí. ¿Se imaginan ustedes a las
autoridades portuarias corriendo detrás de los capitanes del buque porque
no ha respondido el naviero? ¿Por qué el consignatario, que es el que
gestiona, el que administra, el que tiene la concesión, no va a responder
solidariamente de esto? Yo no lo entiendo. Si ustedes me dan un
razonamiento, a lo mejor lo puedo entender. Es verdad que en la parte
final introducen un apartado, que dice textualmente: Cuando las
infracciones estén relacionadas con la estancia de los buques en el
puerto, el consignatario será el responsable solidario. ¿La estancia de
los buques supone todas las maniobras dentro del puerto o no? Esta
redacción lo que añade es inseguridad y vamos a tener un sinfín de
conflictos para interpretar cuándo la autoridad portuaria entiende que el
daño, la actuación, la acción o la infracción cometida es por la estancia
del buque dentro del puerto o por otras actuaciones, como pueden ser los
movimientos dentro del puerto, el acceso al puerto, la salida, etcétera,
pueden ser un sinfín de actuaciones. Yo no entiendo en qué beneficia
esto. Sí entiendo que se benefician los consignatarios, que se lavan las
manos y después hay que buscarlos y les damos armas para que puedan
recurrir. Por eso decíamos que estas dos enmiendas tienen huella, dicen
de quién provienen, pues ya sabemos que ha habido presión de los
consignatarios y los grupos que apoyan esta ley la han aceptado. Nosotros
no vemos bien que se funcione así en la legislación. En otros países
donde los lobbies están legalizados, me parece bien, aquí no.

Hay dos enmiendas que las vamos a votar a favor, aunque son poco
precisas. El punto 36, cuando dice: en Canarias y Baleares participarán
los cabildos y consejos. Nosotros estamos de acuerdo que participen y que
se regule dentro de la participación de las comunidades autónomas, pero
Ceuta y Melilla, que son ciudades autónomas, ¿participan o no? (Un señor
diputado: Sí.) Sí, pero no está puesto aquí. Si participan, póngase aquí,
porque no lo pone. Yo creo que igual que participan Canarias y Baleares,
como cabildos y consejos, que son comunidades autónomas, deberían
participar Ceuta y Melilla, que son ciudades autónomas.

Por otro lado, la entrada en vigor, a la que ha hecho referencia el
portavoz del Grupo Socialista, también es una joya de la improvisación.

Permítanme que les lea cómo queda la enmienda sobre la entrada en vigor.

Dice: En el plazo máximo de tres meses --antes decía lo mismo--, pero
luego añade: en tanto no se proceda al nombramiento de la totalidad de
los vocales, estarán y funcionarán los elegidos anteriormente. ¿Todos?
Puede haber una parte que elija uno, otro que tarde un mes, otro que
tarde un año. ¿Qué quiere decir esto? Que el mismo consejo que hay ahora
va a seguir funcionando hasta que no se sustituya a todos los vocales. En
suma, las enmiendas a las que hecho referencia las vamos a votar en
contra, y las que vamos a votar a favor vemos que añaden controversia al
proyecto de ley.

No ha sido esta ley una resolución positiva para las necesidades del país
y para la actuación portuaria, ligada por una acción intermodal con las
demás actividades de transporte que ahora mismo funcionan en el país.

Tenemos, por tanto, dudas razonables sobre la eficacia de esta ley, pero,
arrieros somos y en el camino nos encontraremos. La historia nos dará la
explicación de si esto ha sido potable o no o dentro de un año ustedes
nos proponen una reforma. Hemos visto antes cómo han propuesto ustedes
pagos plurianuales para gastos corrientes cuando tenían los presupuestos
y han traído un decreto-ley. En fin, son fórmulas de funcionar que
nosotros no compartimos y que creemos manifiestamente mejorables.

Nada más, señor presidente. Nada más, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Gracias, señor
Ríos.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
En primer lugar, en nombre Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el
señor Rodríguez.




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Gracias, señor presidente.

Como es sabido, el Bloque Nacionalista Galego mantuvo una posición de
rechazo precisamente porque creía que no se trataba de un proyecto de ley
que concediese ni siquiera la gestión a las comunidades autónomas.

Pensamos que el proyecto de ley tal como viene del Senado, curiosamente
una Cámara que podría tener una sensibilidad territorial distinta, sigue
adoleciendo del carácter fundamental de mantener el Ente Público Puertos
del Estado como el gran centro de poder, de planificación y de control de
todo el sistema. Por tanto, pensamos que este Ente Público Puertos del
Estado sigue teniendo un carácter antidemocrático



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y no plural en cuanto a que no recoge el parecer, el sentir, de todas las
autoridades portuarias y, mucho menos, de los sistemas que potencialmente
se podrían haber creado en las costas del Estado español.

Centrándonos en el debate de las enmiendas del Senado, hay tres que vamos
a apoyar porque tienen un carácter meramente técnico o de tipo sintáctico
o gramatical, que son las tres primeras. Hay otras tres que mantienen un
carácter más problemático. Una de ellas --ya fue debatida a fondo--, al
apartado 23 del artículo único, donde de una vez por todas tendría que
quedar claro que el dominio público portuario no puede ser objeto de
instalaciones hoteleras, ni excepcional ni normalmente, tanto si son las
autoridades portuarias propietarias, como gestoras o cesionarias de la
explotación o la gestión a otras empresas o entidades.

En cuanto a las otras dos, a los nuevos apartados 30 y 32 del artículo
único, nos vamos a abstener porque, desgraciadamente, consideramos que se
deben a un afán de competitividad entre los puertos, no del Estado
español, sino en relación con los puertos europeos. Estamos por asegurar
que esto está copiado literalmente de otras legislaciones europeas y,
como no sabemos calibrar muy bien qué efectos provocaría, en concreto en
los consignatarios, que se legislase de otra manera, nos vamos a abstener
prudentemente.

Vamos a votar favorablemente también a las dos últimas porque una no
supone ni más ni menos que posibilitar el ejercicio de la democracia en
los territorios insulares y, la otra, un mínimo de cautela para que
puedan funcionar las autoridades portuarias a su debido tiempo, antes de
tres meses de la entrada en vigor de la ley, y, además, posibilitar, en
todo caso, que todas las funciones estén desempeñadas por los miembros
que tienen que tener los consejos de administración.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rodríguez.

En nombre del Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, este debate sobre las enmiendas del Senado al proyecto de la
ley de modificación de la Ley de Puertos del Estado constituye para
nuestro grupo un motivo de satisfacción. Satisfacción porque, tratándose
de un proyecto de ley que tuvo entrada en esta Cámara el pasado mes de
marzo, se produjeron a lo largo de su tramitación acuerdos sustantivos
que nos permiten valorar que estamos ante un gran resultado. Esta ley va
a hacer posible la integración de los puertos con la realidad física,
política y económica de las comunidades autónomas en las que se integran.

Respetando la relación entre Puertos del Estado y las autoridades
portuarias que el proyecto había definido sustancialmente, las enmiendas
que esta Cámara introdujo significaron el reforzamiento de las funciones
del presidente de la autoridad portuaria, la mejora en la regulación de
los plazos para las concesiones, la mejora en la fijación de los cánones
y, lo que es especialmente significativo para los canarios, la
conformación de normas específicas en el tratamiento de los puertos
insulares y, en particular, de los puertos canarios alejados del
territorio peninsular y en permanente competencia con los puertos del
continente africano.

En relación con las enmiendas que el Senado ha introducido valoramos, en
primer lugar, el respeto de los acuerdos que en el Congreso habíamos
alcanzado, aunque se hayan introducido algunas mejoras técnicas y un
régimen de responsabilidad para los consignatarios más acorde con su
vinculación a la estancia del buque en el puerto. Asimismo, se ha
introducido una nueva disposición adicional por la que se garantiza la
presencia de los cabildos y consejos insulares en la representación que
en la comunidad autónoma corresponde a las autoridades portuarias.

Hubiéramos deseado que esta presencia se garantizara a cada cabildo en la
respectiva autoridad portuaria, tal como propuso Coalición Canaria en el
Senado. Sin embargo, valoramos positivamente la enmienda introducida en
el entendido de que el texto permite que el Consejo de gobierno
autonómico garantice en su propuesta la presencia de todos los cabildos.

En consecuencia, señorías, votaremos a favor las enmiendas del Senado.

Quiero agradecer, cuando hay voluntad de encontrar acuerdos, la
disposición que ha habido por parte del Ministerio de Fomento, del
secretario de Estado y de la portavoz, en este caso, del Partido Popular
en el Congreso, la señora Fernández González, que han posibilitado lo que
nosotros entendemos un gran resultado y una muy buena ley de puertos.

Muchas gracias, señor presidente. Muchas gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rivero.

En nombre del Grupo Catalán (Convergència i Unió), el señor Sedó tiene la
palabra.




El señor SEDO I MARSAL: Gracias, señor presidente.

Respecto a las enmiendas del Senado, como se ha dicho, las hay de
distinto tipo. Hay unas, las técnicas, que muchas veces aparecen al dar
una segunda lectura a un proyecto de ley. De estas características nos
encontramos varias que en el Senado han corregido alguna disfunción
simplemente técnica.

Por lo que se refiere a que esta ley es motivo de pacto político o de
acuerdos, hemos de decir que, efectivamente, son acuerdos que no tienen
equivalencia en el año 1992 porque no hubo posibilidad de lograr consenso
alguno en la ley que se tramitó entonces. Por



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ello nuestro grupo fue uno de los impulsores de la modificación que hoy
terminamos de discutir. Creemos que las excelencias que todavía se cantan
de la antigua ley no son tales y, por tanto, estamos satisfechos de como
ha quedado la ley, aunque quizás hubiésemos querido llegar más lejos.

Se nos dice que ésta es una ley motivada por presiones de lobbies.

Estimamos, francamente, que no, y estamos verdaderamente convencidos de
lo que estamos defendiendo. Se dice que la enmienda al apartado 23 del
artículo 1, relativa a instalaciones hoteleras sitas en dominio público
comunitario dentro de los puertos, defiende situaciones del puerto de
Barcelona. Tenemos que decir que si fuese así, que no lo es, la
posibilidad de que dentro del puerto de Barcelona existan instalaciones
de este tipo proviene de una administración anterior. Viendo sus orígenes
se puede comprobar que no es única y exclusivamente éste nuestro deseo al
defender este asunto. Estimamos que con el impulso turístico que están
adquiriendo los puertos son necesarias las instalaciones hoteleras. No
nos parece mal que las autoridad portuarias puedan participar en la
propiedad, nos parece incluso muy positivo, aun cuando no creemos que sea
correcto explotar estas instalaciones.

La otra enmienda importante es la que defendimos en el Congreso respecto
a los consignatarios en la discusión de la Ley de 1992. Esa ley
perjudicaba a los consignatorios, cuando no son los principales
responsables de todos los problemas navieros del puerto. En los puertos
hay armadores, fletadores, porteadores, los navieros y, después, los
consignatarios a los que se hacía responsables máximos de todo en la
anterior ley. Lo que queríamos con nuestra enmienda era dejar que los
consignatarios tuviesen la función que verdaderamente tienen y que
quedase así reflejado en la ley. No prosperó el primer texto ni el
segundo, pero en el Senado, a través de unas transacciones con las que
nosotros estamos de acuerdo, por lo que las votaremos afirmativamente, se
ha podido definir mejor la figura de los agentes consignatarios.

Se hace la transacción a través de dos enmiendas, una directamente en el
nuevo apartado 30, que modifica el artículo 73, y la otra en el apartado
32 del artículo 1, respecto a las infracciones relacionadas con el buque.

Creemos que cuando el buque no está recalado el consignatario no tiene la
responsabilidad, que debe recaer en el naviero.

El proyecto de ley establece, en definitiva, unos criterios cuya
finalidad es dotar a los puertos de interés general de una organización
capaz de competir en un sistema económico cada día más abierto y libre.

Con el debate, estudio y transacción de las enmiendas creemos que la ley
ha quedado en unas condiciones suficientemente buenas para que el sistema
portuario obtenga altas cotas de eficacia en la gestión. De ello nos
congratulamos y agradecemos a todos los grupos la atención prestada al
debate, lo que ha permitido poder trabajar en esta materia, incluso, como
decía otro interviniente, con el Ministerio, lo que nos ha permitido
llegar a acuerdos, difíciles en algunos momentos, lo que demuestra que,
verdaderamente, cuando hay voluntad se logran, cosa que nunca habíamos
obtenido en la anterior legislatura respecto a la Ley de 1992.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Sedó.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora
Fernández.




La señora FERNANDEZ GONZALEZ: Gracias, señor presidente.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, voy a fijar la posición
respecto a las enmiendas del Senado. Asimismo, realizaré alguna
consideración general en este último momento de tramitación parlamentaria
a la modificación de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
de 1992.

Como decía el portavoz de Izquierda Unida, se producen en el Senado una
serie de enmiendas que podríamos clasificar doblemente. Por un lado,
señor Ríos, es una técnica parlamentaria habitual; en el Senado así se
realiza, incluso en ocasiones lo hacemos en el Congreso de los Diputados,
y creo que tenemos que agradecer cualquier modificación, aunque sea desde
el punto de vista gramatical, porque, sin duda, las personas a las que
corresponde la interpretación y aplicación de las leyes en ocasiones
censuran la oscuridad en la redacción gramatical de las mismas. El Grupo
Parlamentario Popular da la bienvenida a las innovaciones, aunque sean de
redacción, que introduce el Senado al proyecto de ley de modificación de
la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Existen algunas modificaciones a las que también hacía referencia el
portavoz socialista y reabría un debate. Señoría, la enmienda aprobada en
el Senado no justifica que aquí se reabra un debate que
parlamentariamente, a nuestro juicio, estaba debatido, aunque
políticamente usted puede darlo por cerrado. Como decía el portavoz de
Izquierda Unida, la enmienda efectúa una mejor redacción del artículo
relativo a la posibilidad de instalación de usos hoteleros en los
recintos portuarios, pero no pone en cuestión el tema de fondo que se
había pactado entre no pocos grupos parlamentarios en el debate que se
produce en el seno del Congreso de los Diputados.

Decía el señor Ríos algo que yo quisiera rebatir con toda energía. En la
modificación del artículo 73 y en la enmienda que se introduce en el
Senado respecto a la nueva regulación de los agentes consignatarios de
buques, decía el señor Ríos, tratando --al menos yo así lo quise
entender-- de dar lecciones de objetividad a los demás, que ellos
quedaban al margen de determinados



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grupos de presión o de interés, que habían actuado para que el artículo
73 de la Ley de 1992 se modificase en el trámite del Senado. Quiero
tranquilizarle. Es una ley --lo hemos dicho en tantas ocasiones como
hemos podido-- que trataba de vencer varios obstáculos de la Ley de 1992.

Uno de los obstáculos principales era la soledad en la que se gestó la
Ley de 1992, de espaldas a los grupos de la Cámara y de espaldas a los
intereses sociales y sectoriales que tenían mucho que decir sobre la Ley
de Puertos y Marina Mercante.

Por lo que se refiere al Grupo Parlamentario Popular y a otros grupos
parlamentarios, el señor Ríos recordará --porque recuerda, sin duda, el
debate parlamentario que se produjo con diez enmiendas de totalidad que
presentaron los grupos parlamentarios al proyecto de ley que entonces
remitió el Gobierno socialista-- que, desde el Grupo Parlamentario
Popular y desde el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, se estimó
la necesidad de una modificación más sensata porque, a nuestro juicio, el
artículo 73 concebido en la Ley de 1992 desvirtuaba innecesariamente el
contrato de mandato y, de forma exorbitante, se trasladaba una
responsabilidad a los agentes consignatarios de buques que no tenía que
ver con la realidad y que atentaba contra la lógica jurídica y el más
estricto sentido común.

La nueva redacción del artículo 73, señor Ríos, no es que deje huellas es
que, en el seno de mi grupo parlamentario y de otros grupos
parlamentarios había antecedentes, no huellas, que justificaban la
modificación en el nuevo trámite de las enmiendas del Senado, que hoy
estamos finalizando.

Algún otro portavoz también hacía referencia a otras enmiendas que se
introducen en el Senado que, a nuestro juicio, aportan claridad para la
aplicación de la ley. Dificultades habrá en su aplicación porque hay
innovaciones importantes en la nueva organización y el funcionamiento de
los órganos de gobierno de las autoridades portuarias. El Gobierno y
muchos grupos parlamentarios hicimos una apuesta con la modificación de
esta ley por implicar a las autonomías, a través de una mayor presencia,
en una realidad que les es muy próxima, los puertos y sus órganos de
gobierno. En el proyecto que se remitió al Senado se hablaba de un plazo
de tres meses para la puesta en funcionamiento de esas autoridades
portuarias y ahora se establece una limitación temporal: hasta un máximo
de tres meses. A su vez, se introduce otro aspecto que apuesta por la
seguridad jurídica. Yo creía que era así, pero es bueno que diga la ley
que, en tanto en cuanto no se proceda a la nueva renovación de los
órganos de gobierno de las distintas autoridades portuarias, se entiende
que seguirán funcionando con todas sus facultades y competencias las
actuales autoridades portuarias.

Creo --lo decía el portavoz de Coalición Canaria-- que ha se ha hecho un
esfuerzo de consenso, de acuerdo, que hemos tratado de propiciar desde el
Grupo Parlamentario Popular, de buscar una ley apoyada por la inmensa
mayoría de los grupos parlamentarios que componen esta Cámara y el
Senado. Hoy vemos --lo digo con satisfacción-- que en el trámite último,
la aprobación de las enmiendas del Senado, se puede ver culminada una
labor parlamentaria llena de trabajo, de consenso y de acuerdos. En
definitiva, señorías, podemos decir que hemos mejorado sustancialmente
una ley que no era buena, pues la inmensa mayoría de los sectores
demandaba la modificación de la Ley de Puertos y Marina Mercante del año
1992. A partir de hoy, será una realidad que celebramos desde el Grupo
Parlamentario Popular. Celebramos los apoyos y el consenso parlamentario
que se ha producido en su tramitación.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Fernández.




--PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA MEJORA DEL MERCADO DE
TRABAJO Y EL FOMENTO DE LA CONTRATACION INDEFINIDA (PROCEDENTE DEL REAL
DECRETO-LEY 8/1997, DE 16 DE MAYO) (Número de expediente 121/000066)



--PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REGULAN INCENTIVOS EN MATERIA DE
SEGURIDAD SOCIAL Y DE CARACTER FISCAL PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACION
INDEFINIDA Y LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY
9/1997, DE 16 DE MAYO) (Número de expediente 121/000067)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Vamos a proceder a
continuación al debate de las enmiendas del Senado de los dos proyectos
de ley próximos, de forma acumulada, al ser materias similares.

Corresponden a los proyectos de ley de medidas urgentes para la mejora
del mercado de trabajo y el fomento de la contratación indefinida,
procedente del Real Decreto-Ley 8/1997, de 16 de mayo, y a la enmienda
del proyecto de ley por la que se regulan incentivos en materia de
Seguridad Social y de carácter fiscal para el fomento de la contratación
indefinida y la estabilidad en el empleo, procedente del Real Decreto-Ley
9/1997, de 16 de mayo.

¿Algún grupo parlamentario desea utilizar un turno en contra de las
enmiendas? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra el
señor Vaquero. El señor VAQUERO DEL POZO:
Gracias, señor presidente.

Dado que mi intervención va a ser corta, la voy a hacer desde el escaño.

No obstante, no quisiera dejar pasar



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esta ocasión para decir que no comprendemos la necesidad de introducir
algunas enmiendas en el Senado.

Respecto a la primera ley que nos ocupa, de mejora del mercado de trabajo
y el fomento de la contratación indefinida, hay una que hace alusión al
artículo 11.2.c. Es una mejora técnica en la que estamos absolutamente de
acuerdo y, por tanto, no tenemos ningún problema con ella. Pero respecto
a la que se refiere a la exposición de motivos y que pretende que no se
mencione a los sindicatos y a los empresarios que se hacen eco de la
preocupación social por el problema del empleo, consideramos que no
aporta nada hurtar la referencia a los agentes sociales. Es verdad
--entendemos las razones del enmendante-- que la realidad sindical es
compleja, sobre todo en determinadas áreas geográficas del Estado
español, por lo que hacer mención a aquellos que han estado de acuerdo
con la reforma, pero no a aquellos que, siendo mayoritarios en los
ámbitos geográficos correspondientes, no han estado de acuerdo y se han
opuesto a la reforma, puede resultar desajustado. En cualquier caso,
tendrían que estar reflejados como padres de la criatura aquellos que han
estado de acuerdo con la reforma, para que se vea quién tiene
responsabilidades y quién no. Por tanto, la alusión que hacía el texto
originario me parece más adecuada que la enmienda del Senado.

Respecto a otra enmienda del proyecto de ley por la que se regulan
incentivos, estimamos que es innecesario añadir la disposición adicional
cuarta, a fin de que la aplicación de esta ley se haga sin perjuicio de
los regímenes tributarios forales vigentes en el País Vasco y en la
Comunidad Foral de Navarra, toda vez que el ordenamiento jurídico prevé,
de manera general, la no contradicción entre las normas. Por tanto, la
aplicación en este sentido se sobreentiende sin necesidad de la
explicitación de una disposición adicional como la añadida por el Senado.

En cualquier caso, ratificamos la posición que Izquierda Unida ha tenido
respecto a esta reforma del mercado de trabajo del año 1997, en el
sentido de que el empleo en España no va bien. Señorías, no estamos de
acuerdo con la reforma porque no está dando resultados positivos ni desde
el punto de vista de la creación de empleo ni desde el punto de vista del
incremento de la estabilidad en él. Por el contrario, sí ha conseguido
empeorar las garantías de los trabajadores frente al despido y, además,
ha dado al Gobierno la excusa para no redistribuir los incrementos de
productividad y de beneficios en el recorte de la jornada de trabajo a 35
horas, como están haciendo otros países de la Unión Europea y como sería
imprescindible en nuestro país.

Por otra parte, no es que no estemos de acuerdo con la reforma, sino que
el Gobierno mismo tampoco parecer estar muy satisfecho pues ya se anuncia
otra nueva reforma del mercado de trabajo. Yo quiero felicitar al
Gobierno pues la derecha y la patronal de este país lo tienen
perfectamente claro: van a un recorte de las cotizaciones sociales; van
por la discriminación de la mujer, asignándoles contratos de media
jornada frente a los de la jornada entera para los hombres; van a acabar
definitivamente con las indemnizaciones por despido y a introducir los
salarios basura, para acumular más basura en el mercado de trabajo.

Efectivamente, lo tienen muy claro. Esperemos que en esta ocasión, con
motivo de esta nueva reforma del mercado de trabajo que se anuncia, la
oposición, toda la oposición y los sindicatos, también los mayoritarios,
lo tengan tan claro al menos como lo tienen la derecha y la patronal.

Esta nueva reforma del mercado de trabajo puede ser el punto final de la
buena estrella popular en el ámbito social. ¡Ojo al dato!, porque llamar
dos veces a la misma puerta sólo lo hace el cartero y eso, a veces, no
les sale a los grupos políticos y a los gobiernos. Izquierda Unida va a
seguir teniéndolo muy claro. Lo mismo que nos hemos opuesto a esta
reforma que hoy termina nos vamos a oponer a la reforma con que nos
amenazan hoy los señores Aznar y Rato.

Señorías, Gobierno, si el empleo no va bien, y no va bien, el Gobierno
tampoco va bien.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Vaquero.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra, en primer
lugar, la señora Lasagabaster.




La señora LASAGABASTER OLAZABAL: Gracias, señor presidente.

Muy brevemente quiero manifestar que votaremos a favor de las enmiendas
del Senado, y en especial la referida a la segunda ley que se nos
presenta, la de incentivos en materia de Seguridad Social, en la medida
en que se corresponde absolutamente con una enmienda presentada por Eusko
Alkartasuna en esta Cámara cuyo objetivo era el mismo, salvaguardar la
aplicación de los regímenes forales vigentes en los tres territorios
históricos y en Navarra. Por tanto, no podemos sino congratularnos por el
hecho de que, a pesar de que en el Congreso no se aprobara, sí se haya
hecho en el Senado.

Respecto a esta reforma, deseamos señalar lo que mantuvimos en los
primeros debates en el Congreso y lamentar especialmente que se haya
seguido manteniendo la expresión y alusión a los convenios colectivos de
ámbito sectorial estatal, en la medida en que esta interpretación podría
llevar a una centralización de la negociación colectiva, algo que no es
ni conveniente ni necesario.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señora Lasagabaster.

En segundo lugar, tiene la palabra el señor Peralta.




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El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor presidente.

En nombre de Nueva Izquierda, tengo que decir que son muy pocas las
enmiendas introducidas por el Senado a estos dos proyectos de ley
dimanantes de los reales decretos-leyes que daban aplicación a los
acuerdos sobre reforma laboral entre empresarios y sindicatos de nuestro
país. Desde ese punto de vista, la primera constatación es la de que se
ha respetado esa voluntad de los agentes sociales, cosa que a nosotros
nos parece importante. Los acuerdos, efectivamente, son para cumplirlos y
un acuerdo importante, como el que hacía referencia a la reforma del
mercado laboral, obviamente tenía que ser respetado. Por tanto, en primer
lugar, nuestra satisfacción por constatar que se ha producido ese respeto
a la voluntad de los agentes sociales.

En segundo lugar, tengo que manifestar que nos parecen enmiendas técnicas
y, por lo tanto, vamos a apoyar las que se han introducido al primer
proyecto de ley. Sin embargo, la relativa al segundo proyecto de ley
tiene un contenido político serio. En la medida en que se voten
separadamente, al tratarse de dos proyectos de ley, votaremos en contra
de la única enmienda al segundo proyecto de ley sobre incentivos en
materia de Seguridad Social.

En definitiva, señorías, con esto termina la tramitación parlamentaria de
una reforma laboral de cuyos resultados, en la medida en que ya está
vigente pues hubo de ser tramitada inicialmente como real decreto-ley, se
puede hacer una valoración. Tenemos que decir que, atendiendo a lo que se
pretendía, que era la mejora del mercado laboral, se han producido unos
resultados razonablemente satisfactorios.

En nuestro país hay un grave problema, que es la creación de empleo. Ayer
se conocían datos sobre el paro, los cuales apuntaban a que en noviembre
crecía en 21.000 personas, siendo así que entre enero y septiembre de
este año los beneficios empresariales han crecido un 20 por ciento. Esto
pone de manifiesto que el mercado por sí mismo, incluso en los momentos
de bonanza económica, no resuelve el problema del paro en nuestro país.

Nosotros creemos que hay que introducir medidas adicionales, pero la
dirección correcta, obviamente, es la que en estos momentos se está
aplicando en Europa.

Nosotros no somos partidarios de anunciar catástrofes. Pura y simplemente
estimamos que lo que hay que hacer es situar a nuestro país en la onda
europea, lo mismo que han hecho los gobiernos de Francia, de Inglaterra,
etcétera, en definitiva, toda Europa, con la exclusión del Gobierno
Aznar. Medidas que avancen en una política de reparto del tiempo del
trabajo y también de creación de empleo. Eso es lo que el Gobierno de
nuestro país no está haciendo. Desde ese punto de vista, esta reforma
laboral que hoy concluye es, sin lugar a dudas, un éxito para los que la
firmaron --los agentes sociales y económicos-- y es, desde luego, un
motivo más de crítica para la inactividad y la paralización en materia de
empleo del Gobierno Aznar.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Peralta.

Tiene la palabra el señor Vázquez.




El señor VAZQUEZ VAZQUEZ (don Guillerme): Muchas gracias, señor
presidente.

Las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley para la
mejora del mercado de trabajo y el fomento en la contratación indefinida
no modifican nada sustancial respecto a lo discutido y aprobado en su día
en este Congreso. A esta reforma, como es sabido, se opuso el Bloque
Nacionalista Galego y, por cierto, se va a seguir oponiendo. Ya tuvimos
ocasión, a lo largo de los debates a que nos referimos, de esgrimir las
razones por las que nos oponíamos.

Quisiéramos aprovechar esta ocasión para insistir en que el problema del
paro no reside en lo que algunos denominan rigidez del mercado laboral,
sino en una política económica que beneficia cada vez más a los intereses
de unos pocos, una política económica donde el máximo beneficio es el
único norte y los problemas de los trabajadores no se tienen en cuenta.

La base esencial para conseguir más y mejor trabajo pasa por el cambio de
esta política económica, lo demás es seguir dándole vueltas a una especie
de molino sin fin para no llegar nunca a ninguna conclusión clara. A
estas alturas es evidente que la reforma lleva aplicándose varios meses y
los resultados, a pesar de la propaganda, no pueden ser más escasos.

La inmensa mayoría de los nuevos contratos sigue siendo de carácter
temporal. Apenas se ha contratado en el último mes el 9,8 por ciento y no
todos al amparo de este proyecto de ley. A pesar de los incentivos, a
pesar de la propaganda del Gobierno, a pesar del esfuerzo que los
sindicatos firmantes hacen para convencer a algunos empresarios de que
apliquen lo que propone esta reforma, la reforma laboral ni consigue
incrementar el empleo ni tampoco mejora las condiciones laborales de los
trabajadores. Por consiguiente, no vamos a votar a favor de las enmiendas
que provienen del Senado porque no modifican nada de lo que se aprobó por
el Congreso.

En cuanto al proyecto de ley de incentivos a la contratación, tampoco lo
apoyamos en su día, entre otras cuestiones porque no se puede desvincular
de la reforma laboral de la que estamos hablando pues forman un todo y,
además, estábamos convencidos --y ahora parece que el tiempo nos da la
razón-- de que estos incentivos no iban a modificar sustancialmente el
problema laboral existente en cuanto a los contratos de trabajo se
refiere.




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El Senado introduce una disposición adicional cuarta que hace referencia
a la aplicación de los incentivos a la contratación respetando lo
dispuesto en los regímenes tributarios forales. Esta es una enmienda que
sí vamos a votar favorablemente, aunque mantenemos el rechazo al conjunto
de la ley.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Vázquez.

En nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Campuzano.




El señor CAMPUZANO I CANADéS: Gracias, señor presidente.

Cerramos el año 1997, a punto de concluir este período de sesiones,
terminando el trámite parlamentario de la reforma laboral. Ya hemos
tenido en multitud de ocasiones, en el Pleno y en las comisiones de esta
Cámara, de discutir estos elementos. Hoy, haciendo un primer balance,
discrepamos de las valoraciones negativas que se hacen de los efectos de
la reforma. A pesar de todo, la reforma ha roto tendencias y el Estado
español está viviendo un crecimiento importante en cuanto a ocupación.

Eso es bueno y va ligado a la reforma laboral.

Está claro que el año 1998 continuaremos discutiendo en esta Cámara de
estas cuestiones. El Gobierno, cumpliendo aquello acordado en Luxemburgo
hace escasos días, deberá presentar un plan de empleo que va a ser motivo
de diversas iniciativas políticas y discusiones en el seno de la Cámara.

Hace días se anunciaron nuevas negociaciones entre los agentes sociales
para continuar desarrollando reformas en el terreno de la legislación
laboral. La potenciación de la contratación laboral a tiempo parcial, la
reducción de las horas extraordinarias, etcétera, son cuestiones que
vamos a poder discutir en 1998. Desde esa perspectiva, este trámite de
hoy es positivo y necesario y vamos a votar a favor de las enmiendas que
ha introducido el Senado.

En la línea de lo que decía la señora Lasagabaster, quiero destacar que
la enmienda que se aceptó en el Senado --que nuestro grupo parlamentario
ya la había votado favorablemente en el seno de la Comisión de Política
Social-- refuerza la capacidad de autogobierno de la Comunidad Autónoma
de Euskadi y, por tanto, desde la perspectiva del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió), esta enmienda refuerza en sentido positivo
el texto del proyecto de ley.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Gracias, señor
Campuzano.

En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra
el señor Rivero.

El señor RIVERO BAUTE: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, la ventaja de un debate final sobre proyectos de ley que tienen
su origen en decretos-leyes vigentes es que ya conocemos los primeros
resultados de su aplicación: según el señor ministro de Trabajo y
Seguridad Social, 289.000 contratos indefinidos hasta finales del pasado
mes de octubre. En la tramitación de estos proyectos --que conforman la
reforma laboral de 1997--, Coalición Canaria ha insistido en el hecho de
que los decretos-leyes de los que provienen fueron precedidos de un gran
acuerdo social. Desde el reconocimiento del pluralismo y desde el respeto
al papel de los agentes económicos y sociales en la generación de empleo,
hemos aplaudido que el Gobierno haya sido capaz de propiciarlo y de
plasmarlo normativamente.

Partiendo de esa posición, queremos subrayar que el debate por el empleo
es y será un debate permanente en esta Cámara. La reciente cumbre de
Luxemburgo y distintas iniciativas sobre la reducción del tiempo de
trabajo han concentrado últimamente nuestra atención. España registra una
tasa de desempleo del 19,9 por ciento --la más alta, con diferencia, de
Europa-- y el porcentaje de paro juvenil se sitúa en el 22,1 por ciento,
frente a la media comunitaria del 10,9. La nueva regulación de los
contratos formativos de duración determinada y de los contratos a tiempo
parcial contribuirán a paliar esa situación, pero todo ello no es
suficiente.

Estamos mejorando la calidad del empleo, pues los datos sobre
contratación indefinida son claros, pero hay que estimular la generación
de empleo reduciendo los costes no salariales de contratación, apostando
por la formación y reduciendo la jornada sin afectar a la productividad;
hay que establecer medidas para el buen uso de los recursos públicos que
se destinan al empleo y a la formación; hay que estudiar la permanencia o
temporalidad de lo que se ha denominado nuevo yacimiento de empleo y
establecer medidas de fomento para su desarrollo, y hay que seguir
apostando por el diálogo social desde una promoción activa, por el
Gobierno, en la búsqueda de soluciones.

Decía la señora ministra francesa de Empleo que Europa tenía que imprimir
la misma pasión al empleo que al euro. Compartimos ese objetivo. Tenemos
que ser capaces de rentabilizar el crecimiento en términos de empleo y
ello requiere un gran pacto de Estado, un pacto entre los agentes
económicos y sociales y un pacto entre todas las administraciones
públicas, para que la liberalización que se impone del mercado único y la
globalización de la economía se hagan desde el respeto a una tradición
cultural europea, que tiene en el Estado del bienestar su mayor
conquista.

Señorías, Coalición Canaria votará a favor de las enmiendas introducidas
por el Senado --casi de carácter técnico-- y colaborará en el futuro
--que esperamos sea próximo-- en la implantación de nuevas medidas



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para afrontar el mayor problema que tiene hoy el Estado: el paro.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Rivero.

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor
Barrionuevo.




El señor BARRIONUEVO PEÑA: Muchas gracias, señor presidente.

Señorías, en este debate, en el que hemos acumulado la discusión sobre
las enmiendas a dos proyectos de ley, nuestra posición es distinta
respecto a cada uno de ellos. Hemos apoyado en todos sus trámites, y
seguimos apoyando, el de medidas urgentes para la mejora del mercado de
trabajo y el fomento de la contratación indefinida, y ello por dos
razones. En primer lugar, porque se trata de un proyecto en el que se
transcribe literalmente un acuerdo previo entre sindicatos y patronal.

Nosotros hemos patrocinado estos acuerdos, los hemos fomentado y, aunque
en otras ocasiones no hemos tenido la fortuna de asistir a su
realización, dado que forman parte de nuestra política de siempre
mantenemos nuestro apoyo a los mismos.

La segunda razón para apoyar este proyecto es que el contenido del
acuerdo entre patronal y sindicatos supone una continuidad y un
reforzamiento de los objetivos que establecimos en las leyes de 19 de
mayo de 1994, de reforma laboral, bajo el impulso de un ministro de
Trabajo socialista. Recuerdo los objetivos que se trazaban en aquellas
leyes. Primero, luchar contra el paro y potenciar nuestra capacidad
generadora de empleo; segundo, mejorar los servicios públicos de empleo;
tercero, facilitar la inserción laboral de jóvenes; cuarto, convertir el
trabajo a tiempo parcial en factor que favorezca el incremento de las
tasas de ocupación, y, finalmente, orientar los programas de fomento de
esa ocupación favoreciendo la contratación indefinida. Estos eran los
objetivos de las leyes de 19 de mayo de 1994. Con la que hoy debatimos, y
pienso que finalmente aprobaremos, se mantienen la estructura, las líneas
generales y la mayor parte del contenido de las leyes de mayo de 1994,
con algunos retoques y perfeccionamientos que están en la buena línea, y
por eso merece nuestro apoyo.

Finalmente, y en lo que se refiere a esta ley, se continúa el esfuerzo
que ya se había iniciado para simplificar las modalidades de la
contratación laboral. Este esfuerzo de simplificación de los modos del
contrato de trabajo nos parece meritorio, incluso, si se mantiene con
constancia, es posible que lleguemos a la simplificación de considerar
que sólo debe haber tres tipos de contratos de trabajo: los de tiempo
indefinido, los de tiempo cierto y los contratos para obra o servicio
determinado, con lo que llegaremos a la simplificación, insisto, que ya
se había establecido en la Ley de Contratos de Trabajo de 1931 con otro
ministro de Trabajo socialista, Francisco Largo Caballero.

En cuanto al segundo proyecto de ley, nuestra posición es otra. Es otra
porque, aun estando de acuerdo con que deben de ser incentivados los
esfuerzos para lograr una mayor contratación, un mayor nivel y una mayor
estabilidad en el empleo, nosotros hemos presentado una serie de
enmiendas a este proyecto de ley que han sido rechazadas sin ningún tipo
de explicaciones, y esto último es lo peor, a nuestro modo de ver.

Nuestras enmiendas perseguían fundamentalmente tres objetivos. El primero
es que los beneficios que se establecen en este segundo proyecto de ley,
denominado de incentivos en materia de Seguridad Social y de carácter
fiscal para el fomento de la contratación indefinida y la estabilidad en
el empleo, están previstos en la mayor parte de los casos para 24 meses y
tratan --como dice su título-- de favorecer la contratación indefinida.

Nosotros seguimos pensando --como decía nuestra enmienda-- que, si se
produce el despido de un trabajador en los dos primeros años, esto
comporte una pérdida de los beneficios para las empresas, porque si no se
recoge esta sanción de forma expresa se producirá algo que nos parece que
es anómalo, y es que el coste de estos despidos resulta que es menor que
el de las bonificaciones que han obtenido las empresas, con lo que
quedaría adulterado uno de los objetivos que persigue el proyecto de ley.

La segunda de nuestras enmiendas es que los beneficios deben estar
ligados a incrementos netos de las plantillas y no a incrementos
teóricos, resultando que, por ejemplo, la sustitución de un trabajador de
edad madura con contrato indefinido por un trabajador más joven con
contrato indefinido también, daría lugar a los beneficios, y eso no es,
obviamente, un incremento neto del empleo y de los contratos indefinidos.

La tercera de las enmiendas es que preferimos que los beneficios sean
cantidades fijas por trabajador empleado y no porcentajes de la cuota de
la Seguridad Social, porque con este segundo procedimiento obviamente
tienen mayores beneficios las contrataciones de trabajadores con
retribuciones más altas, que parece también claro que son los que en el
denominado mercado de trabajo tienen menos dificultades para encontrar
empleo o colocación.

Estas tres enmiendas eran razonables y han sido rechazadas sin ninguna
explicación. Creemos, señores del Grupo Parlamentario Popular, que con
esto han cometido una equivocación, porque, si bien es cierto que, en
términos globales, son buenas las cifras resultantes de la aplicación de
estas leyes, no es menos cierto que esas cifras también permiten lecturas
en las que no todos los datos son positivos, aunque, repito, globalmente
lo sean. Les recordaré algunos de ellos, a pesar de que ya hayan sido
mencionados por señores diputados de otros grupos que han intervenido
anteriormente.




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En primer lugar, nos dice el Banco de España, en su encuesta relativa a
la central de balances, que los beneficios de las principales empresas
del país han crecido en torno a un 20 por ciento, y estas principales
empresas del país han reducido sus plantillas en torno a un uno por
ciento; un dato. Otro dato: este verano, según la encuesta de la EPA, se
han creado 30.000 empleos menos que el verano del año pasado. Un tercer
dato en cuanto al paro registrado y las últimas cifras publicadas
relativas a noviembre de este mismo año: el aumento del paro registrado
que se ha producido en noviembre de este año es el mayor
--consecuentemente las peores cifras-- de los cuatro últimos años. Otro
dato: las cifras globales del paro registrado, las bajadas, el descenso
del paro que se ha producido en los once meses que tenemos contabilizados
de este año ha sido menor que la bajada que se produjo en los once meses
del año anterior, y también menor que la de los once primeros meses del
año 1995; además, debemos tener en cuenta que el crecimiento de la
población activa ha sido inferior también en porcentajes en este año
respecto al anterior.

Otro dato más respecto a las cifras que se manejan con un sentimiento,
pensamos, de propaganda y de un cierto triunfalismo que no es nada
aconsejable. Es cierto lo que nos dicen de que se incrementa el número de
contratos por tiempo indefinido; lo que sucede es que no se nos informa
de los contratos de esta calificación que se pierden, eso no está
registrado y no se exhibe, algunos habrá que se pierdan, y lo importante
sería conocer la cifra del saldo resultante, no sólo de los nuevos
contratos. Por ejemplo, en octubre y noviembre de este año se ha
incrementado la cifra que nos facilitan de contratos indefinidos
registrados, pero el paro ha aumentado en 100.000 personas; hay alguna
contradicción en esas cifras.

Finalmente, para la EPA, para la encuesta de la población activa, la tasa
de temporalidad ha sido mayor en el tercer trimestre que en el segundo, y
los contratos temporales han aumentado extraordinariamente, se habla de
30.000 contratos temporales diarios. Son cifras importantes en cuanto a
la temporalidad de la contratación.

Por eso, nosotros, en el Senado, nos abstuvimos en lo que a este proyecto
de ley se refiere; por eso también nos vamos a abstener en este caso y no
vamos a apoyar la enmienda del Senado, no tanto por ella, aunque tampoco
la enmienda nos entusiasme, porque nos parece que estas cláusulas de «sin
perjuicio» se están convirtiendo en una cláusula de estilo que no es lo
más aconsejable en la redacción de las leyes ...




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Barrionuevo,
le ruego concluya.




El señor BARRIONUEVO PEÑA: Muchas gracias, señor presidente.

Estas cláusulas, vuelvo a decir, se están convirtiendo en fórmula de
estilo. Pero no es eso lo peor. Lo peor es que nuestras enmiendas han
sido tratadas de forma innecesariamente arrogante, cuando pretendíamos,
de buena fe, mejorar este proyecto de ley, porque está claro que para que
se incremente el empleo y para que se incremente la contratación
indefinida no basta con que la economía crezca, es también necesario que
haya una postura más activa, no tan pasiva, por parte de las autoridades
y por parte del Gobierno.

Nada más y muchas gracias. (Aplausos.) El señor VICEPRESIDENTE
(Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias, señor Barrionuevo.

En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
Ballestero de Diego.




El señor BALLESTERO DE DIEGO: Gracias, señor presidente.

Me van a permitir, señorías, que no evite una tentación, y es la de decir
que es para mí un honor subir por primera vez a esta tribuna. (Aplausos.)
Concluimos hoy, señorías, la tramitación parlamentaria como proyecto de
ley de los dos reales decretos, 8 y 9, que se han dado en llamar la
reforma laboral, y lo hacemos cumplidos ya los seis primeros meses desde
su entrada en vigor, con lo que creo que podemos hacer un cierto balance.

Durante este período, los reales decretos 8 y 9 se han visto enriquecidos
por las aportaciones, a modo de enmiendas, de los diferentes grupos
parlamentarios, respetando siempre la voluntad y la letra que, en su
momento, nos dictaron los agentes sociales. Aportaciones entre las que yo
destacaría, señorías, la preocupación mostrada por todos los grupos
parlamentarios por un colectivo y su inserción laboral tan olvidado otras
veces como es el de los minusválidos. Y para realizar este análisis son,
desde luego, los datos la mejor manera posible de hacerlo. Basta con
echar una simple ojeada para comprobar que esta reforma laborar ha
superado las previsiones de los que, en su momento, éramos muy
optimistas, como así lo han refrendado últimamente los agentes sociales.

Entre los años 1984 y 1995 en Europa se crearon, señorías, cinco
millones de nuevos empleos, mientras que en España se destruyeron
1.700.000 empleos. Pues bien, en los años 1996 y 1997 en España se va a
crear la mitad de todo el empleo de la Unión Europea. Por tanto, lejos de
ser triunfalista, porque nuestras cifras de desempleo y precariedad no
nos lo permitirían, creo que podemos afirmar que ha habido un cambio
fundamental en la política de empleo y que hemos pasado de la política de
las cifras prometidas y de las promesas incumplidas a la política de las
cifras cumplidas. (Varios señores Diputados: ¡Muy bien!)
El Objetivo prioritario de la reforma laboral es la búsqueda de la
calidad del empleo, apostando por el



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empleo estable. En este sentido conviene señalar que la media diaria
hasta la entrada en vigor de la reforma de contratos fijos era de 1.517
contratos. Pues bien, desde mayo, señorías, esta media ha aumentado hasta
los 3.443 contratos al día. Durante el año 1997 se va a doblar el número
de contratos indefinidos realizados con respecto al año anterior, y se va
a estar por encima de los 700.000 contratos indefinidos. Pero es que, de
ellos, 500.000 se han firmado desde que entró en vigor la reforma
laboral.

Estas cifras, junto con el hecho de que el 70 por ciento de la
contratación se esté registrando en empresas de menos de 25 trabajadores,
son más que suficientes para confirmar el éxito de una reforma que,
además, ha ido especialmente dirigida a los sectores cuya inserción
laboral es más dificultosa, como son los parados de larga duración, los
mayores de 45 años o los minusválidos.

Señorías, éste es un acuerdo que ha marcado un punto de inflexión en las
relaciones entre los agentes sociales, impulsado por el valor que, desde
su llegada al Gobierno, el Partido Popular dio al diálogo social como
enfoque idóneo e imprescindible para atajar el que constituye el primer
problema de nuestra sociedad y, por tanto, de los españoles. Es la mano
tendida y dialogante que ya reconoció y anunció el presidente del
Gobierno en su discurso de investidura la que está impulsando a la
consecución de estos numerosos acuerdos y cuyo máximo exponente es esta
reforma laboral.

La labor de negociación realizada en este país por los sindicatos y por
los empresarios fue generosa y responsable, y está sirviendo de ejemplo
en muchos países como medio de lucha contra el desempleo y contra la
precariedad, y tiene, sin duda, que seguir así. Ahora bien, no podemos
olvidar en este momento que el mayor defecto que tuvo la reforma del año
1994 fue precisamente su aplicación. Por ello queremos instar desde el
Grupo Parlamentario Popular a los agentes sociales a que utilicen ese
nuevo instrumento, que esta vez sí se prevé en la reforma, de la Comisión
Mixta para revisar y corregir los posibles defectos que en el futuro se
puedan producir y que ya se están produciendo. Una política de máximo
protagonismo de los agentes sociales es, en nuestra opinión, y así lo ha
recomendado recientemente la cumbre de Luxemburgo, la mejor para afrontar
cualquier futura reforma de nuestro mercado laboral, pues ya contamos,
señorías, con antecedentes negativos --llámense las huelgas generales que
se hicieron a la anterior reforma-- y con antecedentes positivos --como
lo están siendo los que trae esta reforma--, que nos señalan el camino
seguido actualmente como la clave de aciertos venideros.

En la tramitación de la reforma ha sido importante, y a nuestro grupo
particularmente le ha sorprendido, el cambio de postura del Grupo
Parlamentario Socialista o, mejor dicho, del Partido Socialista. En un
principio dijo que la mejor tramitación posible era realizar esta reforma
como proyecto de ley, para luego subirse al carro de la urgencia. Pues
bien, los resultados de hoy nos confirman que esa urgencia que tenían el
Gobierno y los agentes sociales para que entrase en vigor inmediatamente
se ha traducido en un cualitativo y cuantitativo beneficio para toda la
sociedad española.

Pero aquella duda en un tema tan importante como el empleo no fue sino el
antecedente de la política que viene reiteradamente realizando el Partido
Socialista, y es una doble política: por un lado, la que mantienen en los
medios de comunicación y, por otro, la que vienen a mantener en el
Parlamento. El último ejemplo lo tenemos en su secretario general, el
señor Almunia, que no dudó en calificar de lamentable la actuación de
España en la cumbre de Luxemburgo para luego venir aquí, eso sí, a
felicitarse de todos los éxitos conseguidos. Entiendo, señorías del PSOE,
que sería conveniente, en un tema tan preocupante como éste, mantener una
postura algo más responsable y mucho más coherente y seria con toda la
sociedad española, en vez de crear alarmas ficticias en los medios de
comunicación para luego venir al Parlamento a plegar velas.

Además, la postura del Gobierno del Partido Popular en Luxemburgo parte,
sin duda, del rigor y del conocimiento y reconocimiento de cuál es
nuestra propia situación. Es evidente que la cifra de desempleo y
precariedad, que tanto colaboraron esos ministros socialistas que el
señor Barrionuevo señalaba anteriormente a alcanzar, requiere, desde
luego, un tratamiento especial como el que este Gobierno está dando en
estos momentos. Es ese rigor político el que no nos permite, señorías,
hacer brindis al sol, lo cual a lo mejor a otros no les costaría mucho,
pero nosotros no creemos que ese sea el camino para enfrentarse a este
problema. El camino, como les dije anteriormente, es el de las cifras
cumplidas y de los datos objetivos, y no de esas promesas que nadie
cumplió como los 800.000 puestos de trabajo. (Varios señores diputados:
¡Muy bien, muy bien!)
En este sentido, Luxemburgo no ha hecho sino confirmar que España venía
con los deberes hechos, que veníamos con la tarea cumplida, refrendando y
señalando la política que se viene haciendo aquí en materia de empleo
desde hace un año y medio como la política idónea para solucionar el
problema del paro.Y esta será, señorías, la política que va a seguir
desarrollando el Gobierno del Partido Popular y que los presupuestos
avalan como una política orientada, encaminada y casi obsesionada con la
creación de empleo. Así lo confirma el incremento del 33,6 por ciento del
gasto en políticas activas de empleo, cifra que constituye el mayor
incremento de todos los países de la Unión Europea; o el cambio desde las
políticas pasivas hacia las políticas activas de empleo; o los 112.000
millones de pesetas que van destinados a bonificar las contrataciones
indefinidas que se formalicen bajo el manto de la reforma,



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y ojalá, señorías, como se ha comentado en días pasados, haga falta más
dinero, porque estoy convencido de que el Gobierno estará dispuesto a
ponerlo.

Permiten, además, los presupuestos la penalización de las horas
extraordinarias y la contratación temporal, eliminando los incentivos a
dicha contratación y cambiando una tendencia que habían marcado ustedes
en el año 1984. Y, junto a esta política presupuestaria, durante 1998 se
va a seguir desarrollando una política económica favorecedora de la
creación de empleo, basada, como también se indica en Luxemburgo, en la
incentivación del ahorro en la inversión, en el control del déficit y del
gasto y en el apoyo a la creación de empleo por parte de la pequeña y
mediana empresa.

Son todos estos datos los que nos llevan a decir, sin euforia por cual es
nuestra situación, como comentaba antes, pero con la tranquilidad del
deber cumplido, que éste es, como vaticinó el presidente del Gobierno,
que éste va a ser, el año 1997 sin duda, un año del empleo. Pero nos
lleva a decir aún más, y es que 1998 también va a ser un año del empleo.

Ahora bien, señorías, eso no nos debe permitir a ninguno de nosotros, y
por supuesto menos al Gobierno, descuidarnos ni un minuto, sino que hay
que continuar con iniciativas como las ya anunciadas por el Gobierno de
desarrollar la contratación a tiempo parcial o del nuevo Plan de empleo,
o tantas otras, puesto que aún nos queda mucho trabajo por hacer.

He dejado para el final, señorías, y lo he hecho a propósito, el hacer
una muy buena valoración, desde el punto de vista de los jóvenes, de la
juventud española, de los resultados que ha tenido esta reforma laboral,
porque creo que son demasiado pocas las ocasiones en las que se habla de
los problemas reales de la juventud española en este Parlamento, pero han
sido menos aún, por desgracia, las soluciones que se han dado a esos
problemas de los jóvenes.

Si para los parados en general, para los parados de larga duración o
mayores de 45 años, esta reforma laboral ha sido muy positiva, desde el
Grupo Parlamentario Popular pensamos que esta reforma laboral, para la
juventud española, ha sido la mejor noticia que se ha podido producir en
materia de empleo probablemente desde el año 1979 con la aprobación del
estatuto.

Como botón de muestra les daré dos ejemplos. Desde la entrada en vigor de
la reforma, el 65 por ciento de los contratos indefinidos bonificados han
sido firmados por personas menores de 30 años. Y otro más, un dato
espectacular, en los tres primeros meses desde la entrada en vigor de la
reforma ya se habían firmado más contratos indefinidos bonificados que
sumando todos los realizados en los cinco años anteriores.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Señor Ballestero,
le ruego concluya.

El señor BALLESTERO DE DIEGO: Sí, señor presidente.

Señorías, siendo los datos excelentes, lo más importante es la puerta que
se abre a la esperanza de los jóvenes de tener un futuro con empleo como
el que tuvieron la mayoría de SS. SS. que hoy ocupan estos escaños.

Porque aunque durante muchos años no se ha notado, no hace falta que
insista en la importancia que para un país tiene su juventud, y en éste
hay cerca de nueve millones de jóvenes, con confianza e ilusión en un
mañana con trabajo estable, importancia crucial para la realización del
joven tanto a nivel individual, a nivel personal, como para crear una
sociedad estable y una sociedad próspera en el futuro. Ojalá que el señor
ministro de Trabajo de este Gobierno sea recordado como el ministro de
Trabajo, Asuntos Sociales y juventud. Si sigue por esa línea, desde luego
yo creo que va en buen camino, aunque no hay que dudar que el trabajo es
arduo y que los jóvenes somos generalmente muy críticos con el entorno
que nos rodea.

Termino, señor presidente, animando a los agentes sociales, y
especialmente, muy especialmente a los empresarios, para que hagan una
buena utilización de los vehículos que hoy habilitamos, agradeciendo al
resto de los grupos parlamentarios la preocupación que han mostrado por
el empleo, las aportaciones que han hecho a través de las enmiendas, e
instando a todos, desde el Grupo Parlamentario Popular, a que,
continuando en este clima junto con los agentes sociales y el Gobierno,
luchemos en esa cruzada que constituye el paro y la precariedad laboral.

Nada más. Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Fernández-Miranda y Lozana): Muchas gracias,
señor Ballestero. (El señor presidente ocupa la Presidencia.) El señor
PRESIDENTE: Señorías, vamos a proceder a las votaciones correspondientes
a las enmiendas del Senado a los tres proyectos de ley que se han
debatido formando parte del punto X del orden del día.

En primer lugar, enmiendas del Senado al proyecto de ley de modificación
de la ley 27/ 1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante. A efectos de votación, las enmiendas se van a agrupar en
cuatro bloques.

En primer lugar, votamos el artículo único, apartado 23.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 324; a
favor, 168; en contra, 153; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.




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En segundo lugar, votamos la enmienda al artículo único, apartado 30
nuevo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 325; a
favor, 170; en contra, 151; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmienda al artículo único, apartado 32 nuevo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 323; a
favor, 303; abstenciones, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Restantes enmiendas del Senado al proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 326; a
favor, 326.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad del Pleno del
Congreso.

Enmiendas del Senado al proyecto de ley de medidas urgentes para la
mejora del mercado de trabajo y el fomento de la contratación indefinida,
procedente del Real Decreto-Ley 8/1997, de 16 de mayo .

Vamos a votar dos bloques de enmiendas. En primer lugar el párrafo sexto
de la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 326; a
favor, 309; en contra, dos; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda al párrafo sexto.

Enmienda al artículo 1º.2.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 326; a
favor, 318; en contra, cinco; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada también la enmienda al artículo 1º.2.

Pasamos a las enmiendas del Senado sobre el proyecto de ley por el que se
regulan incentivos en materia de Seguridad Social y de carácter fiscal
para el fomento de la contratación indefinida y la estabilidad en el
empleo, procedente a su vez también del Real Decreto-Ley 9/1997, de 16 de
mayo.

Existe una única enmienda del Senado, que se somete a votación.

Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 326; a
favor, 175; en contra, 20; abstenciones, 131.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda única al referido
proyecto de ley.




DICTAMENES DE LA COMISION DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS
INTERNACIONALES:



--ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE CROACIA PARA LA
PROMOCION Y PROTECCION RECIPROCA DE INVERSIONES, HECHO EN MADRID EL 21 DE
JULIO DE 1997 (Número de expediente 110/000144)



El señor PRESIDENTE: Punto XI del orden del día, dictámenes de la
Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales.

En primer lugar, sometemos a votación el dictamen de la Comisión de
Asuntos Exteriores al acuerdo entre el Reino de España y la República de
Croacia para la promoción y protección recíproca de inversiones, hecho en
Madrid el 21 de julio de 1997.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 325; a
favor, 323; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda, por tanto, aprobado el dictamen de la
Comisión al acuerdo citado.




--CANJE DE NOTAS CONSTITUTIVO DE ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL
REINO DE MARRUECOS SOBRE SUPRESION DE VISADOS EN PASAPORTES DIPLOMATICOS,
HECHO EN MADRID EL 15 Y EL 16 DE JULIO DE 1997 (Número de expediente
110/000145)



El señor PRESIDENTE: Dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores al
Canje de Notas constitutivo de acuerdo entre el Reino de España y el
Reino de Marruecos sobre supresión de visados en pasaportes diplomáticos,
hecho en Madrid el 15 y el 16 de julio de 1997.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 325, a
favor, 304; abstenciones, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda probado el dictamen de la Comisión al referido
acuerdo.




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DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY SOBRE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO POR TURNO DE BIENES
INMUEBLES (Número de expediente 121/000076)



El señor PRESIDENTE: Punto XII y último del orden del día, debates de
totalidad de iniciativas legislativas.

Debate de totalidad al proyecto de ley sobre derechos de aprovechamiento
por turno de bienes inmuebles, al que se han presentado dos enmiendas de
totalidad, ambas con texto alternativo, una por el Grupo Parlamentario
Socialista, otra por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.

Para la presentación del proyecto, en nombre del Gobierno, tiene la
palabra la ministra de Justicia, señora Mariscal de Gante.




La señora MINISTRA DE JUSTICIA (Mariscal de Gante y Mirón): Gracias,
señor presidente.

Señorías, comparezco ante la Cámara para exponer brevemente el proyecto
de ley de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles, que establece la
regulación jurídica de un fenómeno propio de nuestro tiempo: la ocupación
estacional de viviendas durante períodos de ocio. Regula, en
consecuencia, aspectos de un sector estrechamente ligado a uno de los
fenómenos contemporáneos de mayor importancia, no sólo económica, sino
también social: el turismo.

De igual forma, los problemas que sufren los turistas afectan a nuestra
imagen y a nuestros compromisos internacionales en mayor medida que a
casi ningún otro país del mundo. Esto ha ocurrido en el caso del
aprovechamiento por turno de bienes inmuebles. La falta de transparencia
de este mercado lesiona o puede lesionar los derechos de los
consumidores. Por las técnica agresivas de venta, por la indefinición del
derecho transmitido y por la sujeción a fueros extracomunitarios,
singularmente paraísos fiscales, unidas a la carencia de normas jurídicas
concretas, la indefensión en que quedan los adquirentes enerva sus
derechos de carácter patrimonial. La seguridad jurídica, la tutela
judicial efectiva, no amparan esas situaciones donde la transmisión se
realiza fuera de nuestras fronteras, en un Estado de la Unión Europea, y
el fuero se fija en otro extracomunitario. En España sólo se sitúa el
inmueble y la prestación de servicios.

Esta situación ha provocado una fuerte reacción del Parlamento y la
Comisión europeos. Así llega el informe Mac Millan contra España, por
fraude inmobiliario, ante el Parlamento Europeo, en 1977. Más tarde, se
dictan las Resoluciones de 13 de octubre de 1988 y 11 de junio de 1991.

Finalmente, la Comisión Europea, en virtud de su política de defensa de
los consumidores, tras el Tratado de Maastrich de 1992, pudo habilitar un
título de intervención, ante la imposibilidad de la mayor parte de los
Estados emisores de turismo de resolver el problema, y a su instancia.

Era necesario el concurso de España. En 1994, utilizando al máximo su
limitada competencia sobre la materia, establece un mínimo común
denominador para toda la Unión Europea sobre información contractual
previa, desistimiento del contrato, resolución y lengua. La Directiva
94/47, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 1994,
sobre la protección de los adquirentes en lo relativo a determinados
aspectos de los contratos de adquisición de un derecho de utilización de
inmuebles en régimen de tiempo compartido, es la directiva que integra el
proyecto de ley que en este momento expongo ante SS. SS.

Aun hoy día, es frecuente constatar en los medios de comunicación
denuncias, quejas y reclamaciones sobre la materia. En el último mes de
abril, sobre una estafa de 100 accidentes ante los juzgados de Madrid.

Hace un mes, la noticia de que, en los últimos cinco años, se han
presentado 50.000 reclamaciones. En estos días, la nota de una asociación
de consumidores denunciando a España ante la Comisión Europea.

La solución que ofrece el proyecto de ley se basa en los precedentes del
Derecho comparado, en la imposibilidad física de la formación de una
verdadera comunidad de propietarios o titulares, la reunión de cinco mil
consumidores residentes en distintos Estados que sólo viajan por turno
para ocupar la semana; en la liberalización del mercado dotándolo de
transparencia, requisito básico de la libre competencia y en la
correspondencia entre la oferta y la demanda que restablezca el
equilibrio contractual sin perpetuar la amenaza de resolución.

Por lo que se refiere a la estructura del proyecto de ley, se compone de
la exposición de motivos y veinticuatro artículos divididos en dos
títulos, normas civiles y mercantiles y normas tributarias, tres
disposiciones transitorias y tres finales. El capítulo primero se destina
a las disposiciones generales, ámbito objetivo, límites y consecuencias
del incumplimiento y duración del régimen. El capítulo segundo, sobre el
régimen jurídico, se ocupa de la constitución, de la escritura
reguladora, de la inscripción de regímenes y modificación y del seguro.

Sobre condiciones de promoción y venta se regula la información general,
el contenido mínimo del contrato, el desistimiento y resolución, la
prohibición de anticipos, el régimen de préstamos a la adquisición, la
condición resolutoria por falta de pago de las cuotas, la publicidad
registral y las facultades del titular del derecho de aprovechamiento por
turno.

La solución jurídica amparada en la competencia exclusiva del Estado,
disposición final primera, se circunscribe al establecimiento de un único
régimen jurídico y dos derechos típicos: un derecho ordinario de



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naturaleza real y otro personal, el arrendamiento de temporada. En ambos
supuestos el régimen único requiere del cumplimiento previo de una serie
de obligaciones que garanticen la realidad de la oferta, uso de una o
varias semanas sobre un inmueble y la prestación de servicios inherentes.

El régimen será público a través del medio de publicidad de nuestro
ordenamiento, la inscripción registral, y de cualquier otro. Se prevé el
depósito de los contratos conexos al mismo efecto y se sigue el principio
informal de libertad civil para la transmisión del derecho ofreciendo la
posibilidad de otorgar escritura pública y de inscribir voluntariamente
dicho derecho.

Asimismo, como no podía ser de otra forma, se integra la directiva
constando en el articulado los derechos de desistimiento y de resolución
que garantiza la información jurídica previa, se prohíben los pagos
anticipados, se regulan las obligaciones y requisitos mercantiles de la
sociedad de servicios y se respetan en las disposiciones transitorias los
derechos adquiridos de los regímenes preexistentes. También se establece
un sistema de seguros, muchos de ellos ordinarios, pero exigiendo su
concreta suscripción previa, sin que quede al voluntarismo, sobre todo si
la obra está en construcción.

Igual que ocurre con la garantía de entregadas a cuenta en la compraventa
de viviendas sobre plano, la plena efectividad de la Ley de 1968 y del
cumplimiento del Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, evitaría toda
posibilidad de fraude inmobiliario, y esa plena efectividad depende de la
realidad o exigencia previa de su cumplimiento.

La reducción de costos de transacción preside el texto. Así se excluye la
necesidad de exigir la división horizontal de los departamentos que
integran el régimen y la del tratamiento registral de las semanas como
fincas independientes. Por otro lado, en esta línea se prevé la
subsistencia del préstamo con garantía hipotecaria en caso de
desistimiento para evitar sucesivas constituciones de la garantía
respectiva.

Se dispone, finalmente, en el título II, un tratamiento tributario
específico articulado bajo el prisma de la reducción de impuestos para
fomentar la difusión y desarrollo de esta figura jurídica. Se fija su
ámbito de aplicación y se dictan normas en materia de los impuestos sobre
la renta, el patrimonio, el valor añadido y transmisiones patrimoniales y
actos jurídicos documentados.

En definitiva, excluida la publicidad engañosa en la oferta, restablecida
la vinculación eficiente del transmitente a la efectividad y realidad del
derecho objeto del contrato, integrado por ambos elementos, usos y
servicios, declarada por el Tribunal Supremo la nulidad de los fueros
extraterritoriales, cualesquiera fórmulas de promoción y venta, o se
realiza en fraude ley y se aplica ésta o se trata de contratos ordinarios
de hospedaje o de arrendamiento de servicios, incluso formativos de una
comunidad funcional pro diviso pero nunca sustentados en la confusión o
en la publicidad engañosa.

Con este proyecto de ley el Gobierno cumple no sólo con la integración de
la directiva, sino, lo que es importante, con una mejor y mayor
protección de los consumidores. De la tramitación parlamentaria estoy
segura de que puedo esperar una muy sustancial mejora del proyecto.

Muchísimas gracias, señorías. Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora ministra.

Como anunciamos, al proyecto se han presentado dos enmiendas de totalidad
con texto alternativo. La primera, presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista, para cuya defensa y presentación tiene la palabra el señor
Sáenz Cosculluela.




El señor SAENZ COSCULLUELA: Con la venia, señor presidente.

Señorías, la verdad es que muchas de las iniciativas de la señora
ministra de Justicia que han entrado en esta Cámara hasta la fecha han
estado vinculadas a opciones o muy polémicas o, a veces, muy poco
necesarias. Sin embargo, tenemos que reconocer que la iniciativa que hoy
nos ha presentado está ciertamente conectada con problemas reales, con
exigencias sociales contrastadas, con demandas de la sociedad y de las
propias instituciones comunitarias a las que pertenecemos. Ha recordado,
con razón, que la Comunidad Europea aprobó en el año 1994 la Directiva
número 47, para regular el aprovechamiento por turno de bienes inmuebles.

Hasta ahí estamos en una coincidencia clara. Nosotros creemos que es
oportuno el proyecto y no tendría razón de ser la exigencia de la
devolución, característica de una enmienda de totalidad de esta
naturaleza.

Pero tendrán que convenir conmigo, señorías, que también en esta materia
se han producido, a pesar de esa demanda social, errores importantes en
la redacción del anteproyecto de ley. La iniciativa está preñada de
errores, señorías, de errores de orientación jurídica, aunque puedan
tener teorías de sustento absolutamente aceptables y respetables, pero la
opción jurídica por la que se ha decantado el Gobierno es claramente
discutible. A esto podemos añadir que este proyecto de ley va a suponer
un auténtico colapso para la actividad económica del sector, porque no se
trata solamente, señora ministra, de cortar con los abusos, cosa en la
que coincidiremos siempre, sino que se trata también de hacer una norma
que bajo la excusa de cortar con los abusos no genere tal dinámica que
colapse el sector económico.

Hay unas opciones realmente incomprensibles. Comencemos por la memoria,
que no existe; no hay una



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memoria que justifique la presentación del proyecto. Ayer nos llegaron
por fax unas breves notas que no merecen el calificativo de memoria
económica. El proyecto introduce unas disposiciones transitorias que
ciertamente van a producir una convulsión formidable en el sector;
además, introduce unos criterios de rigidez claramente incompatibles con
las expectativas de la sociedad y con la propia demanda de los
consumidores.

El Ministerio de Justicia podía haber optado --y le hubiéramos apoyado
incondicionalmente en esta línea-- por desarrollar los derechos de los
consumidores, de acuerdo con la directiva. En eso coincidimos. En cortar
los abusos, en ordenar jurídicamente el sector, también coincidiríamos en
este objetivo. Pero la forma en que el Gobierno ha abordado esta
iniciativa suscita muy graves discrepancias, señora ministra, muy serias
discrepancias en el sector económico, porque introduce una polémica
innecesaria, porque complica y altera el fenómeno económico subyacente,
porque complica los propios derechos de los consumidores, y luego le
contaré algún detalle sobre esta materia. Que ello es así lo manifiesta
no solamente el Grupo Parlamentario Socialista, lo han manifestado los
agentes económicos del sector, que algo tienen que decir, y es razonable
que sean escuchados; lo dicen militantes de su propio partido, que
sustentan al Gobierno y que públicamente no se han recatado en decir que
no comparten en absoluto la concepción de este proyecto de ley. Supongo
que no es universal ese concepto, pero, ciertamente, en las filas de su
propio partido, en las filas parlamentarias, se han sostenido teorías
absolutamente virulentas contra el proyecto de ley. Lo dicen las propias
comunidades autónomas, que ven con inquietud cómo se está definiendo un
panorama jurídico en el que nuevamente aparece la sensación de que en
este viaje pueden perder algunas plumas en lo que son sus competencias o
los contenidos competenciales en materia turística; los propios
operadores turísticos, que discrepan fuertemente, al menos muchos de
ellos, y el propio Consejo de Estado. El Consejo de Estado, señora
ministra, alto órgano consultivo que todos respetamos, ha emitido un
dictamen absolutamente demoledor contra el proyecto de ley, demoledor. A
ello se suma, como ya he dicho, la falta de memoria económica, que no
entra en las cuestiones fiscales y que complica los derechos de los
consumidores.

Y luego hay un problema especialmente significativo: este proyecto
proclama su opción jurídica de declarar la naturaleza de derecho real en
lo que se refiere a los derechos que compran estos consumidores que
utilizan inmuebles en régimen de tiempo compartido, y esa naturaleza de
derecho real adquiere en su proyecto de ley carácter exclusivo y
excluyente, con todo lo que eso significa de trámites registrales, de
rigidez formal, etcétera. (El señor vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa
la Presidencia.) ¿Por qué, señora ministra, hay que excluir la base
jurídica o la modalidad del derecho personal, de darle a la obligación
que se contrae en este tipo de contratos el carácter de un derecho
personal? ¿Cuál es la razón, que no se explica ni en la memoria ni en la
exposición de motivos ni en ninguna parte, de la exclusión de esta
modalidad jurídica del proyecto de ley? ¿Por qué romper con la tradición
jurídica española de nuestro ordenamiento de la libertad de pactos y de
contratos? ¿Por qué introducir una auténtica limitación a esa libertad de
pactos? ¿Por qué no pueden tener también estos derechos a tiempo
compartido la naturaleza de un derecho personal? ¿Por qué ignorar la
experiencia, señora ministra, la realidad? La mayor parte de los
contratos que se firman en España, y éste es el segundo país del mundo
que opera en este tipo de negocios, se suscriben con la modalidad de un
derecho personal.

Le decía antes que le iba a contar una anécdota. Ha habido unas pocas
empresas en España que han optado por la naturaleza real de estos
contratos. No consiguen que sus clientes vayan a la notaría ni al
Registro de la Propiedad, se niegan, para comprar una semana de
vacaciones durante dos, tres, cuatro años, a pasar por las horcas
caudinas de semejante multitud de trámites judiciales. ¡Si es que este
proyecto introduce más dificultades de tramitación que la propia compra
de una vivienda! Es un contrato de naturaleza más compleja que el de
comprar un chalet o una vivienda. No tiene mucha razón de ser, señora
ministra. Aprecio una sonrisa irónica. Si repasa el conjunto de trámites,
el conjunto de documentos y el conjunto de requisitos que hay detrás de
este tipo de contratos, el proceso es jurídica y administrativamente más
complejo que el de comprar una vivienda. Esto para quien compra una
semana de vacaciones y que reside en el extranjero. Esta no es la forma
de proteger a los consumidores, señora ministra.

Les decía que el Consejo de Estado ha sido bastante demoledor. Sobre este
particular, el Consejo de Estado dice cosas absolutamente sorprendentes,
supongo que para S. S.: El anteproyecto es una regulación estatal
autónoma y desligada de compromiso normativo alguno --compromiso
normativo europeo--; la omisión de los antecedentes es especialmente
sorprendente; estima el Consejo de Estado que la regulación ex novo de un
régimen especial de aprovechamiento de bienes inmuebles por turno debería
incluir la doble posibilidad de seguir esquemas jurídicos reales o
fórmulas jurídico-personales. Este Consejo estima que la comentada doble
opción del principio del anteproyecto sólo debería efectivamente
prosperar después de comprobarse detenidamente que es la única forma de
abordar la materia a que aquél se refiere. Estas son unas pocas
manifestaciones de las muchas que he resumido del dictamen del Consejo de
Estado.

Además, el proyecto prescinde de las conclusiones de esa comisión estatal
que se creó para regular el ordenamiento



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jurídico económico español. Parece de sentido común tener en cuenta las
conclusiones de esa comisión, por otra parte creada por los poderes
públicos. Y esa comisión recomendaba la doble opción: la del derecho real
y la del derecho personal. También tenemos problemas de adaptación. He
aludido antes, señoría, a las disposiciones transitorias. Los problemas
de adaptación de los actuales regímenes va a ser un proceso (permítame la
expresión, que puede parecer exagerada) apocalíptico, porque hay cientos
de miles de contratos que van a tener que replantearse con contratantes
extranjeros a lo largo de los próximos años. Y encima con acceso a un
sistema tan rígido y formal como es el del derecho real.

Hay cosas un poco más peregrinas. ¿Por qué tiene que ser un mínimo de
diez apartamentos el que es sometido a este tipo de explotación? ¿Por qué
regular la duración del régimen con un mínimo de quince años y un máximo
de treinta?; u otros detalles que hacen que realmente el proyecto incurra
en aspectos que no parecen propios de un proyecto de ley, insisto,
compartiendo la necesidad social de regular esta materia, señoría.

Hay otros problemas más, y voy terminando. La vinculación entre el
propietario y el promotor. ¿Por qué tiene que identificarse la figura del
propietario y del promotor? ¿Por qué no puede haber un propietario y un
promotor? ¿Hay alguna razón jurídica, económica, política, que obligue a
esta identificación? ¿Por qué no puede haber un propietario que transmite
a un promotor los derechos de uso turístico de un conjunto de
apartamentos? Solamente por una razón, señoría, porque la opción del
derecho real les lleva inexorablemente a sacar todas las consecuencias
jurídicas de esa previa opción no justificada. Hay que constituir el
régimen por inscripción en el Registro de la Propiedad, por cierto con
una mención jurídica bastante discutible. Y luego la inscripción
complejísima del contrato de servicios, en el que hay que detallar todos
los servicios que va a incluir la explotación turística de unos
apartamentos.

Entro en la fase final de las objeciones, señorías. Lo relativo a los
avales y a los seguros, sean seguros generales o de caución. Yo,
francamente, no comprendo cómo se puede regular un contrato de seguro o
de caución que no existe en el mercado de los seguros españoles. La
propia Unespa, patronal de los seguros, remite a los grupos
parlamentarios un informe que es igualmente fuerte. Dice: Este seguro de
caución sería sumamente conflictivo, de muy difícil colocación en el
mercado. Y, a partir de este concepto, desarrolla una serie de
afirmaciones que compartimos muchos. ¿Cómo podemos crear un seguro que no
existe, un seguro que, además, establece como beneficiarios, en el caso
del seguro de caución, a los adquirentes del tiempo compartido, con unas
expectativas que no se corresponden con lo asegurado? Es verdad que hay
que asegurar estas actividades, es verdad que hay que cubrir las
necesidades de los consumidores, es cierto que hay que establecer
cautelas y garantías, pero no aquellas que están fuera de las
posibilidades del ordenamiento jurídico y que además no tienen razón de
ser.

Por fin, yo quisiera referirme a las exigencias de las organizaciones de
consumidores. Todas las organizaciones reclaman el desarrollo de la
directiva. La parte del proyecto que es desarrollo de la directiva la
compartimos, señora ministra. ¿Por qué no dejar para un momento
legislativo posterior el análisis de las demás opciones jurídicas, en un
proyecto independiente, previo estudio, sensato, de los problemas que se
están poniendo de manifiesto por tantos y tantos ámbitos políticos,
económicos y jurídicos? Hagamos el desarrollo del derecho de los
consumidores concienzudamente, para cortar con los abusos, que es verdad
que los ha habido, y después, con más pausa y con más tranquilidad,
abordemos estos hondos problemas jurídicos a los que he hecho alusión en
mi intervención.

Lo relativo a los registros, por otra parte, es un poco sorprendente,
señoría. Hay una opción en favor de la inscripción registral y de los
conceptos a los que he aludido antes que nos llevan a comparar este
proyecto de ley con el proyecto de condiciones generales de contratación,
abriendo casi un mercado registral, para el que no vemos razón de ser. No
quiero emitir juicios de valor y hacer afirmaciones categóricas, señora
ministra; no quiero entrar en ese tipo de debate, pero es verdad que no
tiene mucha explicación, porque da la impresión de que se va a crear un
mercado registral; está bien ir evolucionando en función de las
necesidades, pero tomar decisiones tan artificiales no parece lo
razonable.

Voy terminando, señor presidente. Esta situación la hemos contrastado con
otras visiones de partidos políticos, incluido el Partido Popular. No le
quiero decir lo que manifiesta algún diputado del Partido Popular porque
no quiero que mi intervención parezca que tiende a la desautorización,
porque compartimos la necesidad básica de este proyecto de ley; no quiero
entrar en ese terreno.

Pero es que el propio Consejo de Estado dice las cosas que le he
recordado y algunas otras muy importantes: importantes lagunas dentro del
muy parco material incorporado al expediente examinado; se echan
especialmente en falta datos que acrediten tales eventuales problemas,
que sólo pueden solucionarse, según el proyecto, diseñando un nuevo
régimen jurídico real. En todo caso, termina el Consejo de Estado, la
reconsideración de la actual orientación del anteproyecto tiene carácter
de observación esencial. ¡Menuda andanada lanza el Consejo de Estado!
Yo creo, señorías, y particularmente usted, señora ministra, que tiene la
oportunidad de rehacer políticamente esta iniciativa de manera que sea
útil, que sea compartida por los grupos y que sea razonable. Volvamos
otra vez al desarrollo de la Directiva comunitaria



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47/1994, es lo procedente y lo prudente. Si este concepto de prudente les
dice algo, circunscribamos el proyecto al ámbito de la directiva,
excluyamos el resto, tomémonos tiempo para analizar el resto de las
opciones, oigamos a alguien más que a los teóricos defensores del derecho
real, que los hay en el mundo de los operadores jurídicos, no solamente
los registradores de la propiedad, que tienen todo nuestro respeto, pero
no es esa opinión la única que hay que escuchar.

Señora ministra, este proyecto tiene remedio. Ahora, si ustedes prefieren
mantener con osadía y con imprudencia esta línea argumental, el problema
no lo van a tener con el Grupo Socialista. El Grupo Socialista puede
perder la votación en este debate de totalidad y aquí paz y después
gloria; sin embargo, el problema lo van a tener con cientos de miles de
usuarios, con todo el sector económico, y ese problema, en un país que es
eminentemente turístico, va a ser muy serio; y ese problema ya no lo
podrán resolver con una votación, porque va a ser un problema de orden
social y económico muy serio. Si por lo menos sirviera para proteger más
a los consumidores, daríamos por bien empleado este viaje.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Sáenz Cosculluela, termine
ya, por favor.




El señor SAENZ COSCULLUELA: Termino ya, señor presidente.

Tal como conciben el proyecto, la protección de los consumidores no
mejora y colapsa la actividad económica.

En fin, señorías, creo que les he dado razones y argumentos para que, sin
devolución del proyecto de ley, optemos por una vía alternativa más
razonable, más circunscrita a los problemas reales y en la que haya más
coincidencia. Yo confío en oír una respuesta positiva de los portavoces
del Grupo Popular o de la señora ministra y quedo a la expectativa de lo
que seguramente oiré dentro de un momento.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Sáenz Cosculluela.

El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria ha presentado también una
enmienda de texto alternativo a este proyecto de ley. Para su defensa,
tiene la palabra el señor Gómez.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: Muchas gracias, señor presidente.

Intervengo en este proyecto de ley del Gobierno que, por fin, va a
regular el time-sharing en nuestro país, modalidad turística en la que
España ocupa el segundo lugar del mundo, ocupando el primero nuestro
archipiélago canario. Señorías, ya comprenderán ustedes la importancia
que tiene para Coalición Canaria y para todos los grupos políticos que
están presentes en el Archipiélago que se regule debidamente, con la
máxima armonía posible, esta modernísima institución, que es la del
tiempo compartido o por turnos, como la denomina el proyecto de ley
gubernamental.

Nosotros lo vamos a enmendar. Partimos de la base, y la aceptamos, de que
tiene una buena construcción jurídica desde la óptica de su consideración
como derecho real exclusivo, que nosotros no compartimos. También tenemos
que hacer constar que no se nos acompañó la memoria económica. Y es que,
señorías, nos da la sensación de que este proyecto de ley ha sido
construido a espaldas de la realidad, porque la realidad, tanto en
Andalucía, como en Baleares, como en toda la costa española donde exista
el time-sharing, y en la propia Canarias, lo que predomina es el sistema
de derecho personal y la excepción, que también se admite, es la del
derecho real.

¿Por qué el legislador se olvida de la realidad, si la misión de la ley
es encauzar la realidad en una actuación tuitiva, necesaria del
consumidor, pero también protectora de los puestos de trabajo que se
crean a través de las construcciones, magníficas y de altísima calidad,
que caracterizan al time-sharing en nuestro país?
Respetamos tanto el proyecto de ley gubernamental que aceptamos en su
totalidad su sistemática, su orden, su articulado, sus enunciados, sus
epígrafes, aunque --repito-- no estamos de acuerdo en el fondo de la
naturaleza jurídica. Tampoco estamos de acuerdo en muchos aspectos que
pudiéramos titular de forma o nominalistas. Me refiero a que, para ser
congruentes, por ejemplo, con la norma que se acaba de aprobar en el
Congreso de los Diputados, el Estatuto del Contribuyente, en su
titulación hay que hacer referencia a que contiene normas fiscales. Es el
artículo 3 del Estatuto del Contribuyente aprobado en este Parlamento.

Tampoco estamos de acuerdo en que se deje a un lado la titulación
comercial universal, la de time-sharing o tiempo compartido. Si el propio
Congreso, a través de iniciativas legislativas --me parece recordar que
fueron cuatro o cinco-- desde los tiempos de la UCD, viene hablando de
tiempo compartido, si la directiva europea sigue llamándole tiempo
compartido, ¿por qué ahora en España nosotros le vamos a cambiar el
nombre? Reconozco que quizá sea jurídicamente más aceptable, pero para un
conocimiento universal de lo que se va a adquirir o de lo que se va a
defender debemos aceptar el criterio y la denominación más común.

Asimismo, rechazamos la utilización inmobiliaria de la palabra
departamento. Estamos ante una actividad turística. Llamémoslos como se
llaman, apartamentos, unidades alojativas. Sustituimos la expresión
«sociedades de servicios» por la de «entidades de servicios». Pero
hubiera sido conveniente, sobre todo en los aspectos de fondo, como se ha
señalado aquí por el portavoz del Grupo Socialista, que España hubiese
hecho ya la



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trasposición de la directiva europea, porque el plazo ya se acabo en
abril de este año. Sin embargo, si ahora lo vamos a regular, no nos vamos
a limitar a una trasposición casi literal, como propone el Grupo
Socialista; ya que lo hemos hecho tarde, vamos a hacerlo bien, más
completo, pero recogiendo no solamente el derecho real, sino lo que es
una tradición jurídica del ordenamiento jurídico español, el derecho
personal.

Aquí se ha hablado ya del dictamen del Consejo de Estado y se ha citado
la cantidad enorme de conferencias que defienden la conveniencia de los
dos sistemas. Nosotros vamos a tomar del texto gubernamental todo lo que
pueda referirse a una reglamentación común y, por ello, vamos a enumerar
algunas variaciones. En el artículo 3 señalamos un plazo mínimo de tres
años y no fijamos uno de máxima duración para estar de acuerdo con la
realidad de muchos contratos vigentes. En el artículo 4 suprimimos el
aval bancario para las promociones en construcción porque está vigente la
ley de 1968. No es necesario redundar, aparte de lo que señala dicha ley,
con nuevas cauciones.

En cuanto a los seguros --ya se ha dicho--, nosotros defendemos el
seguro de incendios y el de responsabilidad civil --eso es lógico y los
incluimos--, pero los otros seguros que todavía no se conocen en el mundo
asegurador, los rechazamos. También eliminamos del articulado todo lo que
suponga una onerosa o innecesaria carga que haga posible que el
inversionista se aleje de esta actividad. Eliminamos la obligación de
depósito, para las situaciones de facultad resolutoria, a favor del
propietario o promotor, en los casos de impago de cuotas por parte del
adquirente. Suprimimos todos los artículos sobre el régimen de las
sociedades de servicios porque, señorías, ¡nos hemos olvidado de que
existen comunidades autónomas con competencia! Si esto es una competencia
de las comunidades autónomas (y precisamente mi comunidad autónoma, la de
Canarias, incluso tiene regulado el time-sharing; se acaba de aprobar,
está regulado), ¿por qué se invade la competencia de las comunidades
autónomas, que están respetadas en la propia Constitución española?
En las normas tributarias --cosa extraña-- no se alude para nada al
impuesto estatal que se llama Impuesto general indirecto canario, que es
el IVA nuestro, que existe, y que los contratos que se hagan allá tienen
que estar afectados, no por el IVA, sino por el IGIC. Perdonen que estoy
hablando muy deprisa y abreviando mucho, por razones de tiempo.

En las disposiciones adicionales, suprimimos las excesivas competencias
que se dan a numerosas organizaciones de consumidores, porque la
legislación actual, tanto autonómica como estatal, es muy perfecta y
consagra los derechos protegidos de los usuarios; usuarios que han sido
maltratados, fundamentalmente por estos vendedores del time-sharing.

Nosotros estamos a favor, plenamente, del consumidor o del usuario, pero
lo que no queremos es que el usuario se encuentre con una serie de trabas
administrativas para adquirir su derecho al tiempo compartido.

En la disposición adicional, sobre imperatividad de la ley, hacemos
referencia al Convenio de Roma de 1980, al que España está obligada en
cuanto a los posibles casos de sometimiento a la legislación de otro
Estado. En las tres disposiciones finales, proponemos que se habilite al
Gobierno no solamente para ampliar las cantidades, sino para ampliar lo
que considere conveniente para lograr una mayor eficacia en el
cumplimiento de esta ley, y proponemos que el plazo para la entrada en
vigor de esta ley pase de 20 días a tres meses.

En resumen, señorías, abogamos --y lo reitero-- por la protección máxima
del adquirente de los derechos, sean de naturaleza real o personal.

Abogamos por el máximo respeto del principio de autonomía de la voluntad,
que se viene recogiendo en nuestra legislación desde el ordenamiento de
Alcalá. Asumimos plenamente los preceptos tuitivos de la Directiva
europea 47/1994. Respetamos tanto la competencia del Estado como la de
las comunidades autónomas y proponemos un texto alternativo, no de
espaldas a la realidad de nuestro país, sino otro, que la regula y que la
encauzamos para proteger adecuadamente a todas las partes intervinientes,
tanto al titular del derecho de tiempo compartido --por ser un usuario
turístico--, como al que invierte en esta importante actividad turística,
que nivela los defectos de la estacionalidad y hace una oferta de
muchísima calidad.

Me da la sensación de que nuestra enmienda de totalidad no va a salir
adelante, pero tenemos fe en que, ante la importancia que este sector
está adquiriendo en la actividad turística, y como conozco los criterios
de muchos parlamentarios de todos los grupos políticos, en Comisión,
podamos llegar a la máxima armonía posible para que, así como España
ocupa un lugar preeminente en el mundo de la oferta y demanda del sector,
también ocupe un lugar preeminente a la hora de tener una legislación más
completa y más comprensiva.

Muchas gracias, señor presidente. Gracias, señorías. El señor
VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Gómez.

¿Turno en contra? (Pausa.)
¿Grupos que deseen fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra la señora Uría.

La señora URIA ECHEVARRIA: Gracias, señor presidente.

Señorías, adelanto ya que el proyecto y las dos enmiendas de totalidad
nos ponen, como grupo, en situación no fácil al examinar los tres textos
sobre los que debe optarse en este debate de totalidad.




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Partimos de un dato cierto, que es necesaria la normativa por así
exigirlo la directiva 1994/47 CE, del Parlamento Europeo y de su Consejo,
relativa a la protección de los adquirentes, en cuanto a determinados
aspectos de los contratos de adquisición de un derecho de utilización de
inmuebles en régimen de tiempo compartido. En principio, parece que el
problema se circunscribe, por tanto, a introducir elementos de garantía y
control en un sector donde el consumidor está especialmente desprotegido;
es decir, trasponer las concretas medias adoptadas por la directiva, y,
desde esta óptica, la enmienda a la totalidad del Grupo Socialista es
extraordinariamente correcta.

El proyecto del Gobierno y también la enmienda a la totalidad canaria
optan por aprovechar la ocasión para dotar a la institución de una
regulación completa; institución que, en principio, no es más que una
división temporal del derecho a disfrutar de un bien, lo que en sí mismo
permite una configuración a partir del respeto a la autonomía de la
voluntad con libertad de opción en la fórmula jurídico-real o personal,
sobre todo si tenemos en cuenta que la realidad ya existente --la que el
proyecto de norma pretende regular-- se articula en la Comunidad Autónoma
de Canarias, según se expresa en la exposición de motivos de su enmienda
a la totalidad, en más de un 90 por ciento bajo la forma
jurídico-personal, y quizá es aquí donde radica el mayor problema. El
texto que se presenta como proyecto de ley del Gobierno puede tener una
buena construcción jurídica, puede ser técnicamente correcto desde la
asepsia de los despachos o de una plasmación teórica en el papel, pero
quiebra cuando se confronta con la realidad que pretende normar. Es
cierto que desde el grupo que apoya al Gobierno y desde el propio
ministerio, visto el poco éxito de la fórmula del derecho real propuesta,
ya se han hecho gestos y adelantado redacciones alternativas que dan
cabida a la opción personal.

Un segundo aspecto problemático, además de éste crucial de la
configuración del instituto (cuyo propio nombre está discutido, porque
unos le denominan aprovechamiento por turnos mientras que la denominación
consagrada en el uso europeo es la de tiempo compartido), es que no cabe
olvidar --y el texto del Gobierno en ocasiones lo hace-- que se trata de
regular una actividad eminentemente turística, materia respecto de la
cual están generalizadas las competencias autonómicas que se rozan, e
incluso posiblemente se invaden, al regular las sociedades de servicios
so pretexto de ejecutar títulos mercantiles como el 149.1.6 o el 149.1.8.

Dan uniformidad en el tratamiento a unas relaciones de derecho privado,
olvidando su carácter y configuración a lo largo del tiempo como
instituciones turísticas. En la normativa propia canaria no se les llama
tampoco sociedades, para evitar esta connotación mercantil, sino que se
llaman entidades de servicios. Los requisitos de constitución del
régimen, la escritura reguladora y la inscripción registral tienen una
dualidad y pretenden ser, de un lado, un refuerzo de las garantías y una
protección para el usuario, pero, de otro lado, encarecen notablemente y
complican un sector que hasta ahora estaba dotado de una importante
fluidez. No debe olvidarse que estamos hablando de turismo, sector
fuertemente competitivo; si aquí, en España, existen trabas o requisitos
costosos, el cliente buscará otras posibilidades en Italia, en Túnez o en
Turquía, y estamos hablando de un sector en el que España es el segundo
país del mundo en oferta.

Tanto el texto del Gobierno como la enmienda a la totalidad canaria
regulan, además, aspectos tributarios; pero también en esto el proyecto
del Gobierno tiene un problema ya señalado en la enmienda a la totalidad
del grupo canario, y es que incumple lo que se establece con carácter
general en el proyecto de Estatuto del Contribuyente --que está en este
momento en la Cámara-- de que toda norma que introduzca preceptos
tributarios lo indique en su título. Es una exigencia de seguridad
jurídica, en defensa de los contribuyentes, que el Gobierno incumple.

No seguiré desgranando aspectos porque, señorías, creo que es obvio que
el proyecto no nos entusiasma. Sea consciente el Gobierno de que nuestro
rechazo a las enmiendas de totalidad tiene mucho de voluntarismo y de
confianza en que, tal y como se nos ha manifestado desde el grupo
mayoritario en la Cámara, se va a aceptar, a través de enmiendas
parciales, el efectuar importantísimas y sustanciales modificaciones en
el texto inicial. Esto es una condición de nuestro apoyo actual y será
sobre todo condición en los trámites sucesivos, en los que seremos
especialmente sensibles a las posturas sostenidas desde el Grupo Canario,
ya que la mitad del mercado español radica en esta comunidad autónoma, en
cuya economía incide de forma muy significativa, puesto que la industria
de tiempo compartido crea 17.000 puestos de trabajo, 27.000, si contamos
los inducidos.

El rechazo de las enmiendas de totalidad no es, por tanto, apoyo al
proyecto del Gobierno, sino un voto de confianza en nosotros mismos, en
los diputados, que vamos a tener que trabajar en el seno de la Comisión
de Interior y Justicia, además de en los trámites sucesivos, para
conseguir un texto que de una vez trasponga la directiva en defensa de
los derechos de los consumidores, que sea además correcto técnicamente y
que resulte protector del sector que se pretende regular.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Uría.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Guardans.




El señor GUARDANS I CAMBO: Muchas gracias, señor presidente.




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Señorías, finalmente comienza el debate y la tramitación de un texto para
regular lo que hasta ahora, y mientras la ley no lo prohíba, se conocía
como multipropiedad o tiempo compartido. Por tanto, aunque sea en el
marco de un debate de totalidad, de una impugnación global de la propia
norma que se trae a esta Cámara, sí es bueno empezar felicitándonos
porque, por fin, a partir de hoy, empiece auténticamente la tramitación
parlamentaria de una norma sobre este tema.

Mi grupo parlamentario, Convergència i Unió, desde hace muchos años ha
entendido y ha venido manifestando en distintos foros, muy
particularmente en el foro parlamentario, que el tiempo compartido es un
producto turístico de primerísima importancia y que precisaba de una
regulación. Sin duda, es muy importante en Canarias --la portavoz del
Grupo Vasco acaba de dar unas cifras sobre los empleos que están en
juego--, pero también lo es en todas las demás áreas turísticas y muy
concretamente en la catalana. Turismo de mar y turismo de montaña forman
parte del objeto de los productos de tiempo compartido, y es sobre todo,
y eso hay que tenerlo muy presente, un producto con un espectacular
potencial de crecimiento. Es muy significativo que las principales
cadenas hoteleras de todo el mundo hayan constituido ya filiales o
divisiones dedicadas a explotar la multipropiedad. Es algo que nos tiene
que hacer reflexionar, no mirando sólo cuál es la situación de los
productos de tiempo compartido hoy, sino a qué objeto, a qué ámbito de la
economía, a qué ámbito del turismo se va a aplicar este marco legal cuya
tramitación empieza hoy en la Cámara.

Quede claro, pues, que mi grupo da la bienvenida al hecho en sí de que la
multipropiedad empiece a tener o vaya a tener un determinado marco legal
estable, lo cual sería bueno aunque no existiera una directiva que así lo
impusiera. Además, resulta que existe tal directiva y que estamos
absolutamente fuera de plazo para su implementación, que es sin duda un
argumento más para instigar nuestra diligencia en la tramitación de este
proyecto de ley.

Es un hecho que ha habido muchos abusos por la falta de tal normativa. Ha
habido engaños a consumidores, ha habido contratos confusos y
fraudulentos, ha habido sumisiones hechas en fraude de ley a tribunales
extranjeros y a paraísos fiscales o a determinados ordenamientos donde no
existía ninguna norma protectora y donde tal sumisión era estrictamente
en el beneficio puro de la empresa que la planteaba en el contrato. Hubo
en ese sentido algunas resoluciones del Parlamento Europeo, protestando
por la falta de seguridad jurídica de este sector en España, que no
dejaban en buen lugar a nuestro país. Todo eso es cierto y es
absolutamente innegable, pero, señora ministra, nada de todo eso
justifica una cierta impresión de que aquí se ha legislado prácticamente
contra un determinado sector. Es muy peligroso que el hecho de que exista
y haya existido una larga lista de abusos suponga presumir que todo el
sector es un sector de fraude, es un sector que tiene que ser limitado,
que tiene que ser más vigilado que ningún otro, un sector lleno de
piratas. El sector del tiempo compartido no es un sector de piratas,
aunque pueda tener, como otros sectores de la economía, piratas en su
seno.

Y siempre que se elabora un texto legal, un proyecto de ley, siempre que
se trae a la Cámara un texto normativo, redactado contra alguien,
redactado con la prevención de que lo que hay que hacer es protegerse
porque todo es malo, lo cual no es un proyecto positivo de simple
ordenación, sino de simple limitación de riesgos, acaba siendo un
proyecto de ley cargado de defectos. Eso es lo que nos encontramos hoy y
ese texto es ante el cual nos tenemos que posicionar.

El Gobierno ha traído a esta Cámara un proyecto de ley rígido, en nuestra
opinión excesivamente rígido, muy complejo, muy intervencionista y, sobre
todo, lo cual es la acusación más grave, hecho absolutamente al margen de
la realidad económica que se pretende legislar, precisamente, quizá, por
entender, en relación con lo que decía hace un momento, que ese sector no
merecía que sus observaciones fueran tenidas en cuenta, porque se
consideraban ya teñidas de una cierta inseguridad, de un cierto
oscurantismo, de una falta de transparencia, por parte de cualquier
comentario que viniera del sector.

Es cierto, y nos consta, que la Administración se ha reunido con los
representantes de las empresas que trabajan en este ámbito, pero, a
partir de ahí, después de reunirse, todo lo que son las observaciones
procedentes de aquellas personas que invierten su dinero en este ámbito
no han sido escuchadas ni se han traducido en la regulación legal. El
resultado ha sido un texto que funciona absolutamente al margen, que
podría ser objeto de estudio en las facultades de derecho y producir
tesis doctorales interesantísimas sobre cómo puede funcionar un derecho
real en cosa ajena y como se puede estructurar. Jurídicamente es una
pieza valiosa, muy bien elaborada y rigurosa, pero no tiene nada que ver
con el sector al cual pretende aplicarse.

Este texto pretende crear un derecho real nuevo, nuevo en nuestro
Derecho, nuevo en el Derecho comparado, aunque se le han buscado algunos
precedentes que tienen un cierto interés, desde el punto de vista
académico, sobre la distribución en los pastos, por ejemplo --no lo
ridiculizo--, y que, sin duda, acredita que estamos ante algo bastante
novedoso. Un derecho real en cosa ajena, ignorando totalmente la realidad
de que existen y la mayoría de los sistemas de tiempo compartido
actualmente se basan en derechos personales.

Esta vía es verdad que tiene como consecuencia, consecuencia positiva, la
limitación de las posibilidades de fraude en la sumisión a tribunales
extranjeros. El convenio de Bruselas establece la libertad de sumisión,



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salvo en una serie de supuestos que prevé su artículo 16, artículo 16 que
sólo prevé en este ámbito los casos de contratos que versen sobre bienes
inmuebles. Por tanto, al constituirlo como derecho real, indirectamente
se está impidiendo la posibilidad de sumisión a un tribunal extranjero.

Por eso, nosotros, y adelanto ya una de nuestras enmiendas, en este caso,
después de haberlo hablado con el Grupo Popular, planteamos que se admita
y se flexibilice la posibilidad de introducir un derecho personal,
aunque, eso sí, un derecho personal fundamentado en el llamado
arrendamiento de temporada, que fue la vía que ya en su momento los
negociadores españoles consiguieron introducir en el convenio de Bruselas
como vía de excepción a la sumisión de los tribunales extranjeros.

En todo caso, la directiva, que tenía que ser implementada, lo ha sido de
forma muy rígida, al margen de la realidad económica estricta, y plantea
una regulación innecesaria en alguno de sus aspectos, sobre todo,
contraproducente. Contraproducente porque, con la excusa de protección al
consumidor, al usuario, muchas veces acaba creando tal rigidez que
perjudica al propio consumidor al que se pretende proteger. No cualquier
protección es buena; cuando la protección es excesiva acaba haciendo que
desaparezca el producto que teóricamente interesa al usuario a quien se
quiere tutelar. Determinados requisitos que se imponen, absolutamente
excesivos --y han sido mencionadas ya determinadas pólizas de seguro que
son imposibles por completo, que no hay empresa aseguradora en España que
esté dispuesta a asumirlas--, toda una serie de condiciones formales,
teóricamente con la excusa de la protección, llevarían a una congelación,
a una petrificación de la evolución de este producto y a una retracción
de las inversiones en este sector de la economía, que tiene muchísima
importancia, no sólo en Canarias, sino en todo lo que son zonas
turísticas españolas .

Asimismo, a esta ley, a base de pretender hacer una regulación absoluta,
que llegue a detallar todos los contenidos del derecho sin dejarse
ninguno fuera, también se le ha ido un poco la mano en el ámbito
turístico, y, a nuestro juicio, y entiendo que también a juicio del Grupo
de Coalición Canaria y del Partido Nacionalista Vasco, ha invadido
claramente competencias autonómicas en materia de turismo. La regulación
que se contiene en este proyecto de ley relativo a las sociedades de
servicios invade competencias de las comunidades autónomas en materia de
turismo y, por tanto, nosotros pedimos que sea suprimido.

A eso se suma --y que exista esa laguna en el proyecto no es
excesivamente grave, siempre y cuando se corrija-- el hecho de que, de
acuerdo con la Constitución, con el Estatuto de Autonomía catalán y
algunos otros, no todos, Cataluña y alguna otra comunidad autónoma tiene
competencias en el ámbito de la modificación y el desarrollo de los
derechos civiles propios. Por ello, Cataluña, el Parlamento catalán se
quiere reservar --y nosotros defendemos eso en su nombre-- la facultad de
entrar a regular esta materia, en la medida en que afecta también al
Derecho civil catalán, o le puede afectar. Y podría existir en el ámbito
catalán una modificación sustancial de lo que aquí se dispone.

En el momento de establecer exactamente cuál es nuestra posición como
grupo parlamentario ante este proyecto de ley, nosotros entendemos la
perentoriedad de que se implemente la directiva y de que exista un
determinado marco legal estable y nos resistimos a votar favorablemente
alguna de las enmiendas a la totalidad que hoy se plantean. Sin embargo,
consideramos, como grupo parlamentario, absolutamente necesaria una
reforma en profundidad del proyecto de ley tal cual ha entrado en esta
Cámara, hasta el punto de que condicionamos, en este preciso momento en
que se debate la enmienda a la totalidad, nuestro voto a la misma a la
aceptación de determinados planteamientos muy básicos, muy esenciales,
sin perjuicio de que la literalidad de los textos en los cuales se
formulan esos planteamientos pueda ser negociada o debatida en ponencia.

Pedimos, para establecer finalmente lo que es nuestro voto a las
enmiendas a la totalidad, el compromiso firme y publico, aquí, ante la
Cámara, por parte del Grupo Parlamentario Popular de los tres siguientes
ejes de reforma del presente proyecto de ley. En primer lugar, el
reconocimiento expreso de la existencia de la posibilidad de establecer
un derecho personal junto con el derecho real, un derecho personal, quizá
inscrito en el Registro de la Propiedad a efectos de seguridad, y con
algunos matices; no un simple arrendamiento, de acuerdo, con una cierta
seguridad, pero un derecho personal expreso junto con el derecho real.

En segundo lugar, la supresión de todos los artículos que se contienen en
el capítulo III del proyecto de ley relativos a la sociedad de servicios,
porque consideramos que invaden frontalmente competencias autonómicas en
materia de turismo. Este proyecto de ley debe salir de esta Cámara,
cuando se apruebe definitivamente, sin contener regulación alguna acerca
de cómo debe funcionar y cómo debe operar la sociedad de servicios. Eso
será establecido por cada una de las comunidades autónomas en el
ejercicio de las competencias que sus estatutos y la Constitución les
reconocen.

En tercer lugar, pedimos al Grupo Popular un compromiso de aceptación de
una revisión de todo el conjunto del proyecto de ley en la línea que
comentaba anteriormente, de flexibilización del conjunto de obligaciones
y regulaciones que se establecen, tanto desde el punto de vista formal
como desde el punto de vista de fondo. No voy a entrar ahora en la
literalidad de las enmiendas, e insisto, eso no impide que después...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Concluya, señor Guardans.




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El señor GUARDANS I CAMBO: Termino ahora mismo, señor presidente.

Evidentemente eso no impide que en Ponencia podamos darle forma en un
sentido o en otro, no pretendemos que nuestra forma sea la mejor, pero
creo que se entiende este tercer compromiso que también pido, que es la
flexibilización en el ámbito de los seguros; en el ámbito de determinados
requisitos formales; en la forma en que pueden relacionarse los titulares
de los distintos derechos; en la duración del propio derecho
excesivamente breve, tal cual está planteada en este momento; en la
propia flexibilidad del nombre a utilizar, sin perjuicio de que se limite
la utilización de la palabra propiedad en cuanto pueda inducir a
confusión, pues nos parece que hay otras terminologías que, cuanto menos
a efectos de comercialización del producto, están consolidadas y deberían
mantenerse.

Entendemos que todo ello flexibiliza y se adecua mucho más a la realidad
económica en el ámbito del tiempo compartido y no causa perjuicio alguno
a los consumidores, antes bien, garantiza que los consumidores españoles
y los consumidores extranjeros, que son mayoría, en la medida en que
quieren acudir a un producto español, tendrán sus intereses protegidos y,
a la vez, desde un punto de vista industrial, de la industria del
turismo, como le gusta decir a este Gobierno, que constantemente habla
del turismo como la principal industria española, será una vía para que
la industria del turismo se desarrolle también en este sector y no le
cortemos las alas.

En estos términos y esperando el compromiso formal del Grupo Popular
desde esta tribuna respecto de estos puntos, daremos nuestro voto
negativo a las enmiendas de totalidad y confiamos en que se pueda iniciar
a partir de hoy la tramitación de este proyecto de ley, que esperamos que
pueda introducir un marco estable para un producto deseable para todos.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Guardans.

Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra
el señor Centella.




El señor CENTELLA GOMEZ: Señor presidente, señorías, quisiera empezar
destacando que estamos en un debate sobre turismo y que, con todos los
condicionantes que se quiera, deben primar fundamentalmente los intereses
de la industria turística. Digo esto porque, después de oír al Gobierno,
nos quedan muchas dudas sobre ello.

Parece ser que para el Gobierno el turismo sigue siendo un fenómeno. La
señora ministra debe saber que su Gobierno ha organizado hace pocos días
un congreso nacional sobre turismo, uno de cuyos objetivos fundamentales
era convencer a la sociedad de que el turismo no era un fenómeno, sino
que era una industria; parece ser que ese objetivo, que se ha podido
conseguir involucrando a miles de profesionales, no se ha conseguido ni
siquiera en el interior del Gobierno. Pero es que también, en su
intervención, usted se ha olvidado prácticamente de la industria
turística. Se ha referido a los consumidores, pero para nada ha hablado
del interés de la industria turística, que para nosotros es lo que debe
primar en todo este debate y en todo el proceso de elaboración de la ley
que hoy vamos a empezar.

Debemos partir del reconocimiento de que hoy es un día importante para el
turismo español, porque hoy, la principal industria de nuestro país ve
que, por fin, llega al Congreso una propuesta para regular un segmento
importante, como es el de la modalidad de uso compartido, producto
turístico que lleva, como ya se ha dicho, muchos años, demasiados,
esperando esta regulación. Ha habido sucesivos gobiernos que, por dejadez
y por abandono, han causado serios problemas, no solamente económicos,
sino también sociales, al sector. Porque el time-sharing, tenemos que
recordarlo, ha generado problemas económicos y también un clima de
violencia, que incluso ha llegado a perjudicar, a quemar algunas zonas
turísticas.

La regulación de este segmento turístico ha permitido que, junto a una
mayoría de profesionales, haya existido un núcleo pequeño de
desaprensivos, de especuladores, de desalmados que han generado una
imagen negativa por sus actuaciones, que en muchos casos han llegado a
rozar lo delictivo. Para nosotros ya es positiva la simple tramitación
del proyecto que hoy nos ocupa, porque es importante que hoy ya se
empiece a caminar en este sentido, pero también queremos recordar que
tuvo que ser una proposición no de ley de nuestro grupo, a última hora
también aceptada por el Partido Popular, la que obligase al Gobierno a
traer a esta Cámara este proyecto de ley.

Entrando ya en la valoración del proyecto de ley, como decía
anteriormente, tenemos que dejar muy claro que estamos en un debate sobre
un producto turístico, no estamos ante un debate sobre un producto
inmobiliario, como parece ser que ha querido defender con bastante
vehemencia algún portavoz de otro grupo parlamentario. No estamos tampoco
ante la posibilidad de abrir una puerta para desarrollar el sector de la
construcción, como ha declarado algún miembro del Gobierno; quien así lo
entendiese demostraría no saber nada de lo que está ocurriendo en este
país, pero también demostraría querer hacer un grave daño al sector y
dañar seriamente la propia industria turística.

Desde Izquierda Unida reclamamos que en toda la tramitación de este
proyecto de ley se tenga fundamentalmente en cuenta a la principal
industria de nuestro país, que es el turismo. Recuerdo que estamos ante
la primera prueba del Gobierno para demostrar que el pasado congreso
nacional de turismo, al que me he referido antes, no fue sólo una puesta
en escena



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con carácter propagandístico; que el Gobierno, a pesar de lo manifestado
hoy aquí por su representante, por la ministra de Justicia, asume ese
carácter de interés general que tiene el turismo para toda la economía
del país. Eso es lo que debe hacer el Gobierno, prueba que hoy no ha
superado y que espero que en el futuro se esmere en superar.

Señorías, nosotros queremos reconocer que no es fácil la regulación de un
sistema de uso de inmuebles que no es propio de nuestra tradición
turística ni incluso de nuestra cultura. En cierto modo, es un producto
turístico que se nos ha impuesto desde el exterior; es un producto que ha
entrado en algunos aspectos incluso enfrentándose con la industria
turística clásica; es un producto de origen británico, de ahí incluso su
propia denominación, que tanto éxito ha tenido, time-sharing, para
definir el uso compartido de un inmueble de forma plena; un producto que
empezó a tener una plasmación industrial en los Alpes franceses y que en
España penetró con espectacular éxito en los años ochenta, aunque hay que
reconocer que en estos momentos está estancado, fundamentalmente por la
malísima imagen que ha causado su falta de regulación
Dicho esto, queremos dejar claro que este producto turístico tampoco
puede utilizarse como un instrumento para propiciar una reconversión
encubierta del sector hotelero. No puede servir para que hoteles que
actualmente tienen plantillas consolidadas se transformen en otro tipo de
instrumento turístico, con la consiguiente reducción de plantilla,
porque, evidentemente, una instalación de uso compartido necesita mucha
menos plantilla y mucho menos servicio que un hotel. Por tanto, queremos
advertir que hay elementos en esta ley que pueden hacer que se propicie
una reconversión encubierta de la hostelería y que nosotros vamos a
combatir porque, repito, que entendemos que, hoy por hoy, no se puede
permitir que plantillas de hoteles consolidadas se destruyan para poner
en marcha promociones de uso compartido.

Entendemos también que el desarrollo de este producto debe entenderse
como una recuperación a medio plazo de su competitividad, desde una
normalización de su situación, de forma que los consumidores pierdan las
prevenciones creadas por los sonoros fraudes a los que se ha dado lugar.

Su desarrollo creemos que debe entenderse como una regulación que deje de
confrontar este producto con el resto del turismo tradicional, segmento
de turismo tradicional que, como decía antes, lo ha visto en muchos casos
como un producto que se enfrentaba a él, que venía a ocupar un espacio
del turismo hotelero que nuestro país ha desarrollado. Esto ha provocado
un amplio rechazo para el sector de la multipropiedad, del time-sharing,
en gran parte del sector turístico, fundamentalmente, en el sector
laboral.

Por eso no entendemos la postura del Grupo Socialista de querer regular
nuestro mercado turístico únicamente desde el punto de vista del
consumidor, postura muy cara para España. Porque no hay que olvidar que
ésa es la postura que interesa a la Unión Europea, donde priman los
intereses de los alemanes, de Gran Bretaña, que son países emisores de
turistas y que siempre han pretendido que el turismo no sea considerado
como una industria, sino como un fenómeno. Evidentemente, los gobiernos
del Partido Socialista han ayudado mucho a esa idea, que todavía estamos
pagando; todavía estamos pagando el hecho de que el turismo no sea para
la Unión Europea una industria y, por tanto, no reciba el mismo
tratamiento que otros sectores industriales. Por eso, nosotros nos
oponemos a que hoy solamente se intente regular este producto turístico
desde el punto de vista del consumidor. A nosotros nos interesa mucho más
regularlo desde el punto de vista de la industria turística.

Creemos que es necesario que la ley crease un marco legal, para intentar
impedir que este sector siga propiciando una evasión nata de la
imposición en destino, que se cree una normativa que permita que nuestro
país se quede importantes cifras de dinero que en este momento quedan
fuera de él.

A nosotros nos parece que no es correcta la propuesta de Coalición
Canaria, porque hace una ley que lo que intenta es, en lugar de proyectar
este producto turístico hacia el futuro, dar una respuesta a los
intereses de grupos de presión que existen en este momento y que nosotros
creemos que, al amparo de la regulación, han convertido el uso compartido
en un producto bastante desprestigiado en este momento.

Tampoco nos gusta, ni mucho menos, la propuesta que presenta el Gobierno.

No nos gusta porque es una propuesta para nosotros confusa, burocrática y
que encarece el producto. El proyecto del Gobierno presenta elementos que
permitirían, como decía antes, avanzar en el sentido antes señalado de
que esta modalidad se convierta en un instrumento para la reconversión
hotelera, que se pueda permitir con ella cambiar actuales hoteles con
plantilla amplia y consolidada en complejos de uso compartido con mucho
menos plantilla y con mucho menos servicio.

Nosotros defendemos que el derecho de uso compartido debe ser regulado en
positivo, debe ser regulado como un factor que sirva para romper la
excepcionalidad de nuestro turismo, que complemente la oferta tradicional
de lanzamiento, ya que puede abrir el mercado al abaratar costes y
también posibilitar el ofrecimiento de mercados exóticos y de cambios de
destino. Entiendo que esto a la señora ministra le suene raro, pero no
tenemos nosotros la culpa de que sea la ministra de Justicia quien tenga
que intervenir en un debate sobre el turismo. Eso es culpa de que el
Gobierno todavía no sabe muy bien dónde encajar el turismo. Repito que
nuestra obligación es seguir defendiendo aquí la necesidad de que el
turismo sea tenido en cuenta, y siento la cara de extrañeza que pone la
señora ministra.




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Nosotros queremos regular este producto en un sentido positivo y por eso
estamos en contra de abrir la posibilidad, como hace su proyecto de ley,
de que en un mismo complejo pueda compatibilizarse el uso hotelero y el
uso de aprovechamiento compartido. Estamos radicalmente en contra de que
no se señale la obligatoriedad de cumplir la legislación turística según
el marco competencial que tenemos en nuestro Estado de las autonomías.

Nos oponemos a que sean las empresas de servicio, la entidad encargada de
asegurar los servicios comunes, la que tenga la responsabilidad de
resolver las situaciones en las que el usuario se encuentre el
apartamento ocupado, no estando esta sociedad ni siquiera obligada a
buscarle un apartamento en el mismo centro, pues se recoge la obligación
de buscárselo en la misma zona. La señora ministra o aquellos que
conozcan algo de turismo deben saber que esta es una de las bases de los
problemas que está causando, no sólo en este producto, sino en otros
muchos sectores de la hostelería.

Por todo ello, creemos imprescindible que la Ponencia reelabore el texto
definitivo, para conseguir una ley que sea un instrumento útil a la
industria turística y que también sea un freno a los especuladores que
han campado a sus anchas durante demasiados años. Estamos convencidos de
que para la industria turística es mucho más importante optar por la
regulación del uso, configurando un derecho por el que el titular no
adquiere la propiedad sobre el inmueble. En este sentido, los titulares
no son los propietarios, sino que son cotitulares de derechos de uso
sobre el apartamento, cuya propiedad conserva el promotor o quien lo haya
adquirido, siendo el propietario quien tiene la obligación de mantener al
usuario en el pacífico uso y derecho del disfrute del apartamento,
asegurando, a través de una empresa, la existencia de los servicios
propios de cualquier instalación hotelera. Pero esto para nosotros no es
lo fundamental, que es la propia regulación del producto.

Por otra parte, si bien la condición del inmueble se convierte a la vez
en objeto y garantía del contrato y, por tanto, se puede reforzar en el
Registro de la Propiedad, la distribución del tiempo para nosotros no
requiere tal requisito. Por tratarse de una actividad turística,
entendemos que bastaría, que sería mucho más ágil y sobre todo mucho más
barato, un registro de la administración autonómica.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Centella, vaya concluyendo.




El señor CENTELLA GOMEZ: Voy concluyendo, señor presidente.

La garantía del pago del derecho debe revestir para nosotros la
tradicional cláusula resolutoria en la garantía de servicio. Sin embargo,
esta novedosa forma de acercamiento de derecho a unas vacaciones seguras
en cuanto a lugar y fecha el proyecto lo burocratiza, lo encarece con
trámites registrales y lo alarga, no dando ninguna garantía. Lo
importante para nosotros es el derecho a la utilización de forma
permanente y en período vacacional determinado, lo importante para
nosotros es que éste sea un producto que tenga éxito en el mercado
turístico. Es importante la regulación de la empresa de servicios, la
existencia de un número de apartamentos, no inferior al tres por ciento
del total que se ha reservado, para alojar a los usuarios cuando su
apartamento esté ocupado. Para nosotros es importante, no sólo el precio,
sino sobre todo competir en el mercado turístico, ofreciendo calidad.

También es necesario que la ley haga frente a las situaciones de
indefensión del consumidor frente a técnicas comerciales demasiado
agresivas, como ha venido ocurriendo hasta el momento. Es necesario para
ello fortalecer los derechos de los consumidores, como viene recogido en
el proyecto y en la normativa europea y es imprescindible recoger que la
venta puede ser resuelta por el comprador en un plazo de diez días,
quedando prohibido cualquier pago antes de ese tiempo.

En definitiva, se ha dado un paso importante con la simple presentación
de este proyecto, proyecto que llevaba ya demasiados años esperando el
sector turístico. Ahora se abre un debate interesante en el ámbito
parlamentario, en el que espero que, además de la ministra de Justicia,
puedan intervenir algunos diputados del Partido Popular que entienden
algo de turismo, para que entre todos podamos conseguir un texto que, no
sólo sirva para contentar a la Unión Europea, como parece que quiere
hacer el Partido Socialista Obrero Español, sino, sobre todo, que dé
respuesta a las necesidades del sector turístico; que sirva para que esta
modalidad no siga enfrentándose con el turismo tradicional, sino que la
complemente y dé cabida a una importante demanda que existe en todo el
mundo. Este es nuestro compromiso.

Nos vamos a abstener en las enmiendas presentadas, aunque no estamos de
acuerdo con ellas, y lo vamos a hacer porque entendemos que lo importante
es iniciar el trámite. No estamos de acuerdo ni con la enmienda, ni con
el texto del Gobierno, pero entendemos que lo importante en este momento
es empezar a andar, lo importante es que la industria turística salga hoy
sabiendo que el Congreso empieza a tramitar un proyecto de ley tantos
años esperado. También debe conseguirse el compromiso de todos los grupos
de que, asumiendo las conclusiones de ese congreso nacional de turismo,
vamos a poner todos el interés del turismo español por encima de otros
intereses.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Centella.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Barrios. (Rumores)



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Silencio, señorías. La relatividad del tiempo ya saben que es grande, en
cualquier caso siempre es una hora menos en Canarias.

Cuando quiera, señora Barrios.




La señora BARRIOS CURBELO: Gracias, señor presidente.

Señorías, me parece muy bien la mención que ha hecho la Presidencia
respecto a la hora que tenemos en Canarias de diferencia, pero
ciertamente mi intervención va a ser muy breve en todos los sentidos.

En primer lugar, respecto a la intervención de la señora ministra, que
defiende un proyecto de ley regulador de derechos de aprovechamiento por
turno de bienes inmuebles, quiero decirle que desde el Grupo
Parlamentario Popular vamos a apoyar su texto --y por eso voy a explanar
ahora nuestra posición--, debido a que consideramos que es necesario,
completo y coherente. Con la exposición de la señora ministra se
comprueba perfectamente cómo lo que se intenta regular en este proyecto
de ley es una nueva modalidad turística que surge a raíz del
replanteamiento que se hace en la sociedad del régimen vacacional. Ello
da lugar a una modalidad turística que se conoce coloquialmente como
time-sharing o multipropiedad, y que ciertamente el Gobierno ha preferido
darle la denominación de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles,
puesto que regula más coherentemente todo su contenido. Esta nueva
modalidad turística que surge en los años sesenta, si bien ha sido
desarrollada por empresarios fiables y serios, no es menos cierto --y la
señora ministra incluso habló de más de 50.000 reclamaciones-- que sufre
una serie de denuncias y de quejas de usuarios y consumidores que hacen
reaccionar al Parlamento Europeo, quien aprueba una propuesta de
resolución en el año 1986 instando a cubrir esta laguna existente por la
falta de regulación y, por tanto, por las múltiples quejas presentadas
por publicidad engañosa, por la captación de clientes de forma agresiva,
etcétera. Incluso en la Directiva 47 de 1994 se insta a los Estados
miembros a que en el plazo de treinta meses regulen esta normativa,
teniendo como contenido mínimo los diferentes artículos que tiene la
directiva, pero sin limitar la posibilidad a los distintos Estados a una
regulación más amplia, y eso lo recogen los artículos 1, 4, 10 y 11 de
dicha directiva. Eso es lo que ha hecho el Gobierno del Partido Popular.

El proyecto de ley regula no sólo lo que se contiene en los artículos de
la directiva, sino que va mucho más allá; regula más coherente, más
completa y más rigurosamente el texto, y es por eso que desde el Grupo
Popular vamos a apoyar este proyecto de ley y a rechazar las dos
enmiendas alternativas --ahora daré las razones--, no sin antes decir que
hemos presentado una serie de enmiendas parciales que mejoran el texto.

Tal como se nos ha pedido, desde aquí nos comprometemos no sólo a
considerar estos derechos de aprovechamiento como un derecho real, sino
también como un derecho personal, y vamos a eliminar los artículos del
capítulo tercero que regulan las sociedades de servicio y tendremos en
cuenta específicamente las regulaciones civiles de las diferentes
comunidades autónomas.

En cuanto a la enmienda del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, le
tengo que hacer las siguientes observaciones. Lo primero, el nombre. El
portavoz señor Gómez alegaba que la expresión adecuada era la de tiempo
compartido. En el Grupo Popular consideramos que no, que es necesario
seguir manteniendo la de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles,
puesto que si nos fundamentamos en nombres conocidos podríamos utilizar
también la de time-sharing o multipropiedad. Nosotros consideramos que la
expresión que ustedes utilizan puede dar lugar a confusión. Da la
impresión de que lo que se comparte es el tiempo. Aquí lo que se comparte
es el apartamento y lo que verdaderamente es excluyente y diferente es el
tiempo. También nos ha parecido que el texto de Coalición Canaria hace
una radical labor de zapa dentro del texto del Gobierno, extrayendo
aquellos elementos que dan lugar a un orden jurídico. Estamos hablando,
por ejemplo, del artículo 3, donde sorprendentemente, y usted además así
lo ha recogido, señor Gómez, en su exposición, eliminan la duración
máxima del régimen. Sin embargo, en el segundo apartado del artículo 3 sí
recogen la necesidad de una duración. Incluso en el artículo 5.1.8º
recogen la necesidad de poner la duración en la escritura reguladora, lo
que significa que debe tener un plazo ¿Pero cuál? ¿Cientos? ¿Miles de
años? ¿O a lo mejor aplicamos por analogía el plazo de las concesiones
administrativas o de la prescripción?
También nos llama la atención el artículo 6 de su texto, en el que se
refieren a la necesidad de la escritura reguladora, aunque no lo dicen
claro; la necesidad, según el artículo 5.1.2º, de recoger además la
afección de la finca descrita a la modalidad alojativa turística; pero
sólo recogen, según ese artículo 6, que podrá estar inscrita en el
Registro de la Propiedad cuando fuera un derecho real. Por tanto, la
publicidad sólo se va a dar, en tal caso, cuando es un derecho real y,
además, no recogen ustedes la exigencia clara y razonada de la escritura
reguladora.

Eliminan, como también usted ha recogido, el artículo 7, que regula la
obligación del propietario del inmueble de concertar una serie de
contratos de seguro, incluido el de incendios, que creo que se justifica
por sí sólo y que, desde luego, las compañías de seguros no parece que
vayan a poner ningún inconveniente a ello. Y respecto a los contratos de
seguros que debe concertar el propietario del inmueble para responder de
las responsabilidades civiles de sus empleados y de sus ocupantes, nos
parece que son necesarios, debido a que si surgen esas responsabilidades,
señores de Coalición Canaria, alguien tendrá que responder de ellas y, si
no existiera quien responda, puede quebrar el sistema.




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Nos ha dado la impresión de que, seguramente con el loable resultado de
flexibilizar el texto, ustedes eliminan una serie de párrafos en el
proyecto del Gobierno, contraviniendo los contenidos de la Directiva 47
de 1994. Me explicaré. El artículo 9,2 del texto de Coalición Canaria
exactamente calca el artículo 10.2, pero quita el párrafo último en donde
se regulan los diez días para poder desistir si no hay una información
adecuada. Eso no nos parece adecuado sobre todo porque, si fuésemos a
aplicar su texto, quedaría sin transponer debidamente la directiva
citada.

También en el artículo 12, que copia exactamente el artículo 13 del
proyecto del Gobierno, es sorprendente cómo ustedes recogen perfectamente
la condición resolutoria, que llaman facultad resolutoria, pero eliminan
reintegrar el precio al adquiriente. No sé que es lo que han querido
hacer con ello, pero nosotros lo hemos recogido como una cláusula penal
que creemos que es muy interesante porque, si no, tendríamos que ir a las
normas generales y tendría que restituirse todo el precio al adquirente.

Nos da la impresión de que, al final, ustedes han querido regular una
especie de pacto comisorio, que está prohibido en España y que incluso se
puede considerar en todo momento irregular e inconstitucional.

Con la modificación de la disposición adicional segunda, ustedes intentan
romper lo que recoge el Gobierno en los artículos 1.7 y 15.2, 3 y 4, así
como en la disposición adicional segunda, respecto a privar que exista
fraude de ley o fraude de ley internacional. Me explicaré. Esa
disposición adicional segunda, señor Gómez, regula la imperatividad de la
ley. Sin embargo, ustedes con la nueva regulación que le dan a esa
disposición adicional segunda permiten que esté vigente el artículo 5 del
Convenio de Roma y que, por tanto, las partes, cuando es un derecho
obligacional, puedan en todo momento someterse expresamente a un fuero
diferente al del lugar donde está el inmueble. Eso nos parece una puerta
abierta al fraude. Podría decirse que, en lugar de imperatividad de la
ley, con la nueva regulación que ustedes hacen lo que quieren es quitarle
a la ley su imperatividad y que, si se aplicara el texto de su grupo, en
todo momento en España, aun radicando el inmueble en la misma, se podría,
si se somete expresamente a él, aplicar un ordenamiento, no de un país
europeo, sino de otro mucho más lejano, por ejemplo el de la isla de
Mann. Por tanto, nosotros consideramos que nunca habíamos visto una norma
que evitara ella misma su aplicación y, desde luego, siempre va a quebrar
la doctrina legal del Tribunal Supremo respecto a que se considera nula
toda cláusula en la cual se someta a un determinado fuero que perjudique
al consumidor.

Tal como usted ha recogido, señor Gómez, el texto alternativo que han
presentado calca la estructura y el contenido de los artículos y del
proyecto del Gobierno. Desde ahora le decimos que todas esas propuestas
concretas, artículos en enmiendas parciales, que nos han parecido
interesantes, las vamos a aceptar en ponencia y podríamos llegar a
acuerdos, pero en todo momento vamos a rechazar este texto alternativo
por una serie de inconvenientes, no sólo de índole jurídica, sino de
filosofía legislativa e, incluso, de orden constitucional.

Respecto al texto del Grupo Socialista, tenemos que decir que también lo
vamos a rechazar debido a que, ya de entrada, parte de una filosofía
equivocada, y aquí lo expuso el señor Sáenz Cosculluela cuando hablaba.

Recogía la necesidad de sólo transponer la directiva, limitando así la
actividad legislativa del Estado y al mismo tiempo, tal como recogen en
su exposición de motivos, habla de la necesidad de elaborar otros
instrumentos normativos pero que requieren mayor reflexión. Le recuerdo
al Grupo Socialista que llevamos diez años reflexionando, desde 1987, y
que de esos diez años de reflexión nueve les ha correspondido
especialmente la responsabilidad de reflexionar al Grupo Socialista
cuando gobernaba. Sin embargo, en ningún momento trajo no sólo un texto
completo y amplio, como ha hecho el Gobierno del Partido Popular que lo
ha elaborado en casi un año, sino que, además, fueron incapaces de enviar
un texto como el que han traído ahora, que es una copia exacta y calcada
de la Directiva 47.

Ni siquiera, señor Sáenz Cosculluela, se permitieron esa valentía y ese
arrojo de haber traído aquel borrador del año 1994 que ustedes elaboraron
estando en el Gobierno y que, aunque tenía deficiencias técnicas, está
clarísimo que por lo menos protegía al consumidor, lo que no hace en este
momento su texto.

Respecto a la técnica legislativa, consideramos que es errónea porque, si
bien la Directiva 47 recoge perfectamente una serie de criterios mínimos,
no prohíbe que los Estados miembros regulen más perfectamente esta
cuestión. Así lo han hecho la mayoría de los países miembros de la Unión
Europea. Lo que está claro es que la directiva no podía entrar en
regularla porque no debía, no es su competencia. Ya han dicho otros
intervinientes cómo el artículo 149.1. 6ª y 8ª de nuestra Constitución
recoge esta competencia respecto a nuestro Estado.

Nos ha llamado mucho la atención lo que ustedes regulan en el artículo 3.

El artículo 3 del texto del Grupo Socialista, que calca el artículo 8 del
proyecto sel Gobierno, es sorprendente porque recoge el archivo del
documento informativo para darle publicidad y dice que se archivará ese
documento en el registro de condiciones generales de contratación, que se
regula, como saben ustedes, en otro proyecto de ley, y no en el Registro
de la Propiedad, tal como el Gobierno recoge en el proyecto de ley. Nos
llama mucho la atención porque creemos que los redactores del Grupo
Socialista no han entendido perfectamente este texto que estamos
debatiendo, pero que tampoco han entendido el



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proyecto de ley de condiciones generales de contratación porque un
registro no tiene nada que ver con el otro. Si encima leemos la enmienda
30, que presentó el Grupo Socialista al proyecto de ley de condiciones
generales de contratación, donde regula qué sectores se van a archivar en
dicho registro, nos sorprendería ver cómo habla del sector energético,
del sector del seguro, del sector de telecomunicaciones, pero nunca de
este sector. Por tanto, no hay un coordinación y al final pienso que esto
ha sido una ocurrencia que el Grupo Socialista ni se la ha creído.

Respecto a otros inconvenientes que encontramos, me referiré a la
escritura reguladora. En la escritura reguladora tampoco se recoge la
exigencia de la misma; sólo exigen la necesidad, en el artículo 4.1, de
recoger determinados datos, pero en el borrador de 1994, en el artículo
6, sí recogían esta exigencia.

También nos ha llamado la atención, y queremos hacer esa observación, que
en el fondo lo que subyace, el gran problema que subyace en el texto
socialista, es de orden social. Me explicaré.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señora Barrios, vaya concluyendo.




La señora BARRIOS CURBELO: Concluyo, señor Presidente.

El gran problema que subyace es el desconocimiento del adquirente. El
adquirente, en un momento dado, sabe que tiene una semana, pero no sabe
si es de titularidad, de propiedad o de uso de un apartamento. Ustedes
mismos en la exposición de motivos del borrador de 1994 se hacían esta
pregunta, ¿qué es lo que adquiría el adquirente? Esa es la mayor
responsabilidad que tiene la ley, explicar al adquirente lo que adquiere.

Por eso es necesario que se recoja perfectamente la naturaleza jurídica,
el contenido, el concepto, las facultades, las responsabilidades y las
obligaciones del adquirente. Sin embargo, ustedes se permiten el lujo,
hasta en el artículo primero, de decir que se considera derecho de
aprovechamiento por tuno de bienes inmuebles un contrato o un grupo de
contratos. ¿Pero cómo va a ser un derecho un contrato o un grupo de
contratos? Ustedes quieren regular una materia sin regularla y eso es lo
que verdaderamente les ha sucedido. Por eso nosotros vamos a rechazar
este texto alternativo diciéndoles que otros países de nuestro entorno,
como Gran Bretaña con el club tust, Francia con el régimen societario,
Grecia con el multiinquilinato, como Portugal con el derecho de
habitación periódica lo regulan. Este texto del proyecto de ley del
Gobierno ha sido aprobado no sólo por todos los consumidores, sino además
por el Consejo de Estado, que ha destacado determinados aspectos que
sería posible mejorar. Sin lugar a dudas, señores diputados, el texto del
Gobierno, y así lo han reconocido la mayoría de los intervinientes, es
completo, coherente con el que vamos a apoyar y esperamos que solucione
los problemas que surgen en este sector no sólo el de los consumidores,
sino también el de los empresarios.

Creemos que es posible enhebrar todos los intereses y es por lo que vamos
a apoyar en todo momento el texto del Gobierno.

Gracias. (Aplausos.--El señor Sáenz Cosculluela pide la palabra.) El
señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Barrios
Señor Sáenz Cosculluela, ¿con qué motivo pide la palabra?



El señor SAENZ COSCULLUELA: Para establecer preceptivamente, señor
presidente, desde el propio escaño, la respuesta a la contradictoria
intervención que ha tenido la señora diputada.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Tiene tres minutos.




El señor SAENZ COSCULLUELA: Brevemente, señor presidente.

La señora diputada manifiesta que no hemos entendido el proyecto. Sólo
quiero señalar a SS. SS. que en esa ignorancia compartimos la misma
suerte que el Consejo de Estado, que rechaza el proyecto de ley; que
aquellos comentaristas que denuncian la ignorancia de la comisión
estatal, creada para estudiar el ordenamiento jurídico-económico español;
y que, al parecer, compartimos también la misma ignorancia del proyecto
con los grupos nacionalistas, que han hecho una intervención de oposición
de plano al fondo del proyecto, aunque por razones coyunturales han dicho
que plasmarán esa oposición en el trámite de ponencia.

Segunda precisión. Nosotros no hemos presentado el proyecto alternativo
que se formuló por el Gobierno socialista en el año 1994 precisamente
para favorecer una salida digna a la señora ministra de Justicia y al
propio Partido Popular al presentar el texto de la directiva como texto
alternativo. Ha sido una facilidad que hemos querido ofrecer y que, al
parecer, no ha sido comprendida.

Tercera precisión, señora diputada. No llevamos siete años esperando esta
directiva o el desarrollo de la misma; la directiva es del año 1994,
fecha en la que el Gobierno anterior preparó un anteproyecto. Ustedes
traen el desarrollo de esta directiva con meses de retraso, pero es
absolutamente incierto que se haya producido un retraso de siete años,
dado que el elemento que determina la aparición de esta iniciativa
legislativa es una directiva del año 1994.

Señorías, lamento que la respuesta haya sido tan categórica por parte del
Grupo Popular, pero también estamos convencidos de que esta enmienda de
texto alternativo ha triunfado moralmente por las razones que



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sin duda en ponencia esgrimirán la mayor parte de los grupos que han
manifestado discrepancia con el contenido del proyecto, aunque por
razones tácticas, políticas, no sea posible plasmar esa oposición en este
trámite de enmienda a la totalidad.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Sáenz Cosculluela.

Tiene la palabra el señor Gómez, también para réplica, por tres minutos.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: Con toda brevedad, señor presidente, quisiera
contestar a mi estimada María Bernarda, sobre diferentes puntos que ha
señalado.

En primer lugar, dice que prefiere el título: por turno en lugar de
tiempo compartido. Tendría que recordarle que la directiva europea le
llama tiempo compartido; que en esta Cámara se han aprobado muchas
proposiciones no de ley en las que se habla de tiempo compartido. ¿Por
qué tenemos que ser nosotros la excepción del mundo?
En segundo lugar, dice que nosotros no admitimos completamente la
escritura reguladora. Quizá no lo haya leído bien. La aceptamos
previamente, así como el documento informativo vinculante. También dice
que nosotros hemos excluido los seguros. No se ha leído bien la propuesta
que hacemos, porque nosotros decimos que excluimos los seguros
irrealizables, pero admitimos como necesarios el seguro de incendios y el
seguro de responsabilidad civil que tiene que pagar el promotor o
propietario.

En cuanto a lo de los diez días, le doy la razón. Es una omisión en la
redacción.

Respecto a que la Conferencia de Roma no tenga aplicación en la
legislación interna española, habrá que pensar en salir de la Unión
Europea, porque tampoco entiendo por qué habla de la isla de Mann, que
está dentro de Europa.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias.

Tiene la palabra la señora Barrios.




La señora BARRIOS CURBELO: Gracias, señor presidente.

Intervengo brevemente sólo para hacer determinadas precisiones. El
Consejo de Estado aprueba y da el visto bueno al proyecto de ley del
Gobierno, igual que la mayoría de las asociaciones de consumidores.

Respecto a la intervención del señor Gómez, quiero decirle que nos
alegramos muchísimo de que se haya dado cuenta del problema de los diez
días. Podemos llegar, por supuesto, a acuerdos respecto a regular
determinados aspectos de la ley, con modificaciones, pero tienen que
reconocer ustedes que porque la Unión Europea recoja el término tiempo
compartido no vamos a incorporar en nuestra legislación dicho título,
puesto que nos parece mucho más adecuado el del turno.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora Barrios.

Vamos a someter a votación las dos enmiendas de totalidad presentadas al
proyecto de ley. (El señor presidente ocupa la Presidencia.) El señor
PRESIDENTE: Señorías, vamos a someter a votación las dos enmiendas de
totalidad, con texto alternativo, presentadas por los Grupos Socialista y
de Coalición Canaria.

Se somete a votación, en primer lugar, la enmienda de totalidad del Grupo
Socialista, con texto alternativo, al proyecto de ley sobre derechos de
aprovechamiento por turno de bienes inmuebles.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a
favor, 131; en contra, 165; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado el texto alternativo.

Enmienda de texto alternativo al mismo proyecto de ley presentada por
Coalición Canaria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a
favor, 131; en contra, 166; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda también rechazada la enmienda de totalidad del
Grupo de Coalición Canaria.

Se levanta la sesión.




Eran las dos y treinta minutos de la tarde.