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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 166, de 14/09/1995
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1995 V Legislatura Núm. 166
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 164
celebrada el jueves, 14 de septiembre de 1995



ORDEN DEL DIA:



Dictámen de la Comisión del Estatuto de los Diputados. (Sesión
secreta.):



-- Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados
sobre declaraciones de actividades de Excmos. Sres. Diputados
(número de registro 39930 y 40545) (Página 8879)



Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre
Convenios Internacionales:



-- Acuerdo entre España y Rumanía para la Promoción y
Protección Recíproca de Inversiones, hecho en Bucarest el 25
de enero de 1995. «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Serie C, número 193.1, de 29 de abril de 1995 (número de
expediente 110/000156) (Página 8879)



-- Acuerdo sobre protección de información clasificada entre
el Reino de España y el Estado de Israel, hecho en Madrid el
13 de febrero de 1995. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie C, número 191.1, de 27 de abril de 1995
(número de expediente 110/000157) (Página 8879)



Página 8876




-- Protocolo relativo a las consecuencias de la entrada en
vigor del Convenio de Dublín sobre ciertas disposiciones del
Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen, hecho en Bonn
el 26 de abril de 1994. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie C, número 192.1, de 27 de abril de 1995
(número de expediente 110/000158) (Página 8879)



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



-- Proyecto de Ley Orgánica de contrabando. «Boletín Oficial
de las Cortes Generales», Serie A, número 93.1, de 5 de
diciembre de 1994 (número de expediente 121/000078) (Página 8880)



-- Proyecto de Ley Orgánica de la participación, la
evaluación y el gobierno de los centros docentes. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número 108.1, de 28
de marzo de 1995 (número de expediente 121/000092) (Página 8893)



-- Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito
extraordinario, por importe de 3.020.942.990 pesetas, para
compensar el déficit de la Compañía Trasmediterránea, S. A.,
correspondiente al ejercicio de 1993, por la explotación de
los servicios de comunicaciones marítimas de interés nacional.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
116.1, de 12 de mayo de 1995 (número de expediente 121/000101)
(Página 8910)



Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas:



-- Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley
Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie B, número
134.1, de 8 de junio de 1995 (número de expediente 122/000112)
(Página 8910)



Votaciones de conjunto:



-- Del proyecto de Ley Orgánica de contrabando (Página 8919)



-- Del proyecto de Ley Orgánica de la participación, la
evaluación y el gobierno de los centros docentes (Página 8919)



Debates de totalidad de iniciativas legislativas:



-- Proyecto de Ley sobre el derecho de acceso a la información
en materia de medio ambiente. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie A, número 115.1, de 12 de mayo de 1995
(número de expediente 121/000100) (Página 8919)



SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana,
con carácter secreto, para tratar sobre el dictamen de la
Comisión del Estatuto de los Diputados sobre declaración de
actividades de señores Diputados.

Se reanuda la sesión con carácter público.




Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre
convenios internacionales (Página 8879)



Acuerdo entre España y Rumanía para la promoción y protección
recíproca de inversiones, hecho en Bucarest el 25 de enero de
1995 (Página 8879)



Acuerdo sobre protección de información clasificada entre el
Reino de España y el Estado de Israel, hecho en Madrid el 13
de febrero de 1995 (Página 8879)



Protocolo relativo a las consecuencias de la entrada en vigor
del Convenio de Dublín sobre ciertas disposiciones del
Convenio de Aplicación del acuerdo de Schengen, hecho en Bonn
el 26 de abril de 1994 (Página 8879)



En relación con el punto 37 del orden del día, sobre el
Protocolo relativo a las consecuencias de la entrada en vigor
del Convenio de Dublín, intervienen para fijación de
posiciones los señores Robles Fraga, en nombre del Grupo
Popular; Vázquez Romero, en nombre del Grupo Izquierda Unida-
Iniciativa



Página 8877




per Catalunya, y Martínez Martínez (don Miguel Angel), en
representación del Grupo Socialista.

Sometido a votación el dictamen relativo al Acuerdo entre
España y Rumanía para la promoción y protección recíproca de
inversiones, es aprobado por 254 votos a favor, uno en contra
y dos abstenciones.

Sometido a votación el dictamen relativo al Acuerdo sobre
protección de información clasificada entre el Reino de España
y el Estado de Israel, es aprobado por 256 votos a favor y dos
abstenciones.

Asimismo es aprobado el dictamen de la Comisión de Asuntos
Exteriores sobre el Protocolo relativo a las consecuencias de
la entrada en vigor del Convenio de Dublín sobre ciertas
disposiciones del Convenio de Aplicación del Acuerdo de
Schengen por 149 votos a favor y 111 abstenciones.




Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas
(Página 8880)



Proyecto de ley orgánica de contrabando (Página 8880)



La señora Cava de Llano y Carrió defiende las enmiendas del
Grupo Popular. Comienza reconociendo la necesidad de revisar
la Ley Orgánica 7/1982, de 13 de julio, sobre contrabando, no
sólo por sus trece años de vigencia sino también por la
realización del mercado interior comunitario el 1 de enero de
1993, que supuso la supresión de los controles fronterizos
entre los Estados miembros. Esa libertad de circulación de
mercancías exige compatibilizar las facilidades para su libre
movimiento con la necesidad de mantener la represión del
contrabando. En este sentido, considera correcta la ley que se
va a aprobar por la Cámara.

Mantienen, sin embargo, diversas enmiendas al dictamen de la
Comisión con el deseo de mejorarlo, exponiendo seguidamente el
contenido de tales enmiendas.

El señor Vázquez Romero defiende las enmiendas del Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, congratulándose, en
primer lugar, del alto grado de consenso que acabó
produciéndose en los debates en Comisión en relación con este
proyecto de ley y que en buena medida resuelve problemas
importantes, actualizando una legislación, ya que el cambio de
circunstancias políticas, como la entrada en vigor del Acta
Unica de la Unión Europea, había dejado obsoleta la anterior
Ley Orgánica 7/1982, de 13 de julio.

Añade que, a la vista del difícil equilibrio que ha sido
necesario conseguir, es preciso actuar con cautela a la hora
de tratar las enmiendas mantenidas para este Pleno, precisando
la postura del Grupo Izquierda Unida sobre el particular. El
señor González de Txabarri Miranda defiende la única
enmienda que su Grupo mantiene al proyecto de ley, insistiendo
en las palabras de los anteriores enmendantes en relación con
el alto grado de acuerdo alcanzado sobre el mismo, aunque
sería lamentable que no fuesen capaces de establecer un
consenso aún mayor sobre algunos de los temas objeto de la
ley.

El señor Mardones Sevilla, en nombre del Grupo de Coalición
Canaria, defiende la enmienda número 18 a la disposición
adicional única del proyecto del Gobierno, por considerarla
insuficiente pese a los avances habidos en el trámite de
Comisión.

En turno en contra de las enmiendas al proyecto de ley
interviene el señor Rodríguez Zapatero, en nombre del Grupo
Socialista, expresando su esperanza de que, si no todas las
enmiendas que se mantienen para este trámite, sí algunas de
ellas puedan ser retiradas y fortalecer así el consenso ya
alcanzado en gran medida por la flexibilidad de buena parte de
los Grupos Parlamentarios y, desde luego, por la flexibilidad
del Grupo Socialista, al intentar aunar el máximo de
voluntades para llegar al mejor texto global posible, incluso
desde el punto de vista técnico y desde la perspectiva de la
eficacia social a la que está llamada una ley orgánica de
contrabando, ley que, como han dicho algunos intervinientes
anteriores, era necesario actualizar tanto por la
trascendencia social y económica de esta materia para algunas
zonas de nuestro país como por la eliminación de las fronteras
interiores de la Unión Europea.

A continuación procede a fijar la posición del Grupo
Socialista en relación con las enmiendas objeto de debate.

Replican la señora Cava de Llano y Carrió y los señores
Vázquez Romero, González de Txabarri Miranda y Mardones
Sevilla, duplicando el señor Rodríguez Zapatero.

Se procede a las votaciones de las enmiendas debatidas, así
como del texto del dictamen, que es aprobado.




Proyecto de ley orgánica de la participación, la evaluación y
el gobierno de los centros docentes (Página 8893)



Página 8878




En defensa de las numerosas enmiendas al texto del dictamen
intervienen los señores Ollero Tassara, del Grupo Popular, y
Cruz Orive, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya; la señora Monzón Suárez, del Grupo de Coalición
Canaria, y el señor González de Txabarri Miranda, del Grupo
Vasco (PNV).

En turno en contra de las enmiendas interviene, en
representación del Grupo Socialista, el señor Nieto González.

Se procede a las votaciones de las enmiendas debatidas
anteriormente, así como del texto del dictamen correspondiente
al proyecto de ley orgánica, que es aprobado.




Proyecto de ley sobre concesión de un crédito extraordinario,
por importe de 3.020.942.990 pesetas, para compensar el
déficit de la Compañía Trasmediterránea, S. A.,
correspondiente al ejercicio de 1993, por la explotación de
los servicios de comunicaciones marítimas de interés nacional
(Página 8910)



Sometido directamente a votación al no haber sido objeto de
enmiendas, se aprueba el dictamen por 312 votos a favor y una
abstención.




Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas (Página 8910)



Proyecto de ley orgánica por la que se modifica la Ley
Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado
(Página 8910)



El señor Valls García defiende las enmiendas del Grupo
Socialista. Expone que deberían considerar este trámite como
una continuación del debate celebrado el 11 de mayo último. El
Grupo Socialista, en unión de otros Grupos como el de
Izquierda Unida y Convergència i Unió, consideró oportuno
presentar una proposición de ley con el fin de poder plasmar
en lo que espera que sea texto definitivo de la Ley Orgánica
del Tribunal del Jurado todas las enmiendas que se aprobaron
en el Senado, y así consta en la exposición de motivos de la
misma proposición de ley. Piensa que deben ser fieles con lo
que acordaron en el Senado y respetar las decisiones que allí
se tomaron. Sin embargo, aunque en un principio se ciñeron a
reproducir sólo aquellos aspectos que consideraron más
relevantes de las enmiendas del Senado, el Grupo Socialista ha
reconsiderado su postura y no sólo hace suyas aquellas
enmiendas sino que ha incrementado el número de las mismas con
el fin de reproducir literalmente el dictamen aprobado en la
Cámara Alta y ser totalmente fieles a lo allí pactado y
acordado. Consiguientemente, va a pedir a todos los Grupos que
respeten las votaciones celebradas en esta Cámara el citado
día 11 de mayo.

La señora Alemany i Roca defiende las enmiendas del Grupo
Catalán (Convergència i Unió), expresando una vez más su
posición favorable al proyecto de ley y valorando asimismo de
forma positiva el texto de esta proposición de ley orgánica
por considerar conveniente asumir las enmiendas aprobadas en
su momento por el Senado y que no fueron recogidas en la Ley
Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado. Ello no obstante, su
Grupo, por razones de oportunidad legislativa, formula ahora
nuevas enmiendas con objeto de mejorar al máximo el contenido
de la Ley 5/1995, actualmente en vigor.

Expone finalmente el contenido de estas enmiendas.

El señor Padilla Carballada defiende las enmiendas del Grupo
Popular. Señala que no va a reproducir las objeciones que
tenían a la vigente Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, ya
que son perfectamente conocidas las posiciones de todos los
Grupos de la Cámara en relación con esa Ley, añadiendo
respecto a las enmiendas del Senado que es bueno que se
incorporen a la misma.

Termina explicando el contenido de las enmiendas de su Grupo.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Mardones
Sevilla, del Grupo de Coalición Canaria; Olabarría Muñoz, del
Grupo Vasco (PNV), y López Garrido, de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya.

Se procede a las votaciones de las enmiendas relativas a la
proposición de ley orgánica.

Se somete a votar el texto de la proposición y a la votación
simultánea de conjunto, siendo aprobada por 193 votos a favor,
uno en contra y 127 abstenciones.

Asimismo, en votación de conjunto, es aprobado el proyecto de
ley orgánica de contrabando por 321 votos a favor.

Igualmente se aprueba en votación de conjunto el proyecto de
ley orgánica de la participación, la evaluación y el gobierno
de los centros docentes por 177 votos a favor, 138 en contra y
seis abstenciones.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas (Página 8919)



Página 8879




Proyecto de ley sobre el derecho de acceso a la información en
materia de medio ambiente (Página 8919)



El señor Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio
Ambiente (Borrell Fontelles) presenta el proyecto de ley,
manifestando que el mismo responde a la necesidad de
adaptación del derecho español a las directivas comunitarias,
en particular a la 90/303. Señala que hoy en día la regulación
del derecho de acceso a la información medioambiental está
recogida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas, pero la necesidad
de una nueva ley indica que la ley vigente es más restrictiva
de lo que establece la directiva comunitaria antes mencionada
y que desean trasponer. Esa directiva reconoce el derecho de
cualquier persona física o jurídica a acceder a la información
sobre medio ambiente, sin que para ello sea obligatorio que
demuestre un interés determinado.

En defensa de la enmienda de totalidad de texto alternativo
presentada por el Grupo Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, interviene el señor Alcaraz Massats.

En turno en contra interviene, en nombre del Grupo Popular, el
señor Gortázar Echeverría.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Martín
Menis, del Grupo de Coalición Canaria; Recoder i Miralles, del
Grupo Catalán (Convergència i Unió), y Dávila Sánchez, del
Grupo Socialista.

Sometida a votación, se rechaza la enmienda de totalidad
debatida por diez votos a favor y 285 en contra.

Se suspende la sesión a las dos y treinta y cinco minutos de
la tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




DICTAMENES DE LA COMISION DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS.

(Sesión secreta):



DICTAMEN DE LA COMISION DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS SOBRE
DECLARACIONES DE ACTIVIDADES DE SEéORES DIPUTADOS (Número de
registro 39930 y 40545)



Se somete a votación el dictamen de la Comisión del Estatuto
de los Diputados, que es aprobado.




Se reanuda la sesión con carácter público.




DICTAMENES DE LA COMISION DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE
CONVENIOS INTERNACIONALES:



-- ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y RUMANIA PARA LA PROMOCION Y
PROTECCION RECIPROCA DE INVERSIONES, HECHO EN BUCAREST EL 25
DE ENERO DE 1995 (Número de expediente 110/000156)
-- ACUERDO SOBRE PROTECCION DE INFORMACION CLASIFICADA ENTRE
EL REINO DE ESPAÑA Y EL ESTADO DE ISRAEL, HECHO EN MADRID EL
13 DE FEBRERO DE 1995 (Número de expediente 110/000157)
-- PROTOCOLO RELATIVO A LAS CONSECUENCIAS DE LA ENTRADA EN
VIGOR DEL CONVENIO DE DUBLIN SOBRE CIERTAS DISPOSICIONES DEL
CONVENIO DE APLICACION DEL ACUERDO DE SCHENGEN, HECHO EN BONN
EL 26 DE ABRIL DE 1994 (Número de expediente 110/000158)



El señor PRESIDENTE: Dictámenes de la Comisión de Asuntos
Exteriores sobre convenios internacionales.

¿Desea intervenir algún grupo en relación con los puntos de
este apartado del orden del día? (Pausa.)
Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Robles Fraga.




El señor ROBLES FRAGA: Gracias, señor Presidente.

El Grupo Popular se abstendrá en el Protocolo relativo a las
consecuencias de la entrada en vigor del Convenio de Dublín,
por cuanto que en él, no habiendo sido enmendado como solicitó
el Grupo Popular, aparece la posibilidad de que Gran Bretaña
pueda, unilateral y automáticamente, extender las
disposiciones de este Tratado a Gibraltar y que por tanto
Gibraltar sea declarado tierra de asilo, lo que nos parece
contrario a los intereses españoles, sin entrar a discutir y
sin poner en cuestión --repito e insisto-- la cuestión de la
soberanía, el Tratado de Schengen, ni el Convenio de Dublín.

Se trata de una posibilidad que afecta gravemente a los
intereses nacionales de España y es lo que motiva la
abstención del Grupo Popular.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Robles Fraga.

Por el Grupo de Izquierda Unida, el señor Vázquez tiene la
palabra.




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El señor VAZQUEZ ROMERO: Por razones distintas a las
expresadas por el portavoz del Grupo Popular, mi grupo también
se va a abstener en la votación de ese Protocolo referido al
Convenio de Schengen. Son razones que hemos explicitado en
otras ocasiones, cada vez que se ha tratado el mismo tema.

Pensamos que Schengen es un acuerdo no comunitario, que regula
materias de alta sensibilidad, a pesar de la opinión
recientemente expresada por algunos Estados haciendo
responsable a Schengen de la entrada de emigrantes que han
generado problemas en sus países. Pensamos que es un acuerdo
que restringe gravemente los derechos de las personas; repito
que es un acuerdo no comunitario, como en otras ocasiones
hemos referido y somos contrarios a la aplicación del mismo.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Vázquez.

Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Martínez.




El señor MARTINEZ MARTINEZ (don Miguel Angel): Señor
Presidente, nosotros sí estamos a favor del Acuerdo de
Schengen y además lo estamos responsablemente; por tanto vamos
a votar a favor de este protocolo que es un protocolo de
profundización del mismo.

Estamos a favor porque el Acuerdo de Schengen es uno de los
que realmente está contribuyendo a la construcción de Europa y
no sólo eso sino a la evidencia, por parte de los ciudadanos,
de que Europa es una unidad que no reconoce fronteras
interiores, uno de los elementos que de verdad y palpablemente
permite ver al ciudadano europeo y al no europeo que esta
realidad se va construyendo. Por eso estamos a favor y como
estamos a favor votamos responsablemente lo que aquí se nos
ofrece; así lo dijimos en Comisión.

El tema de Gibraltar se ha planteado reiteradamente. En el
Grupo Socialista pensamos que por parte del Gobierno se hacen
las salvedades absolutamente suficientes, yo diría que en
algunos casos sobradamente suficientes para cubrir aquellas
preocupaciones que indica el Grupo Popular. Quiero poner de
manifiesto una posición que afortunadamente se salva con la
actitud de nuestro grupo y es que abstenciones en temas como
éste sólo tienen sentido porque hay otros grupos que
mayoritariamente votan a favor; si todos nos abstuviéramos
estaríamos contribuyendo a que la posición minoritaria de
Izquierda Unida fuera la que se llevara el gato al agua con 10
o 15 votos que son los que ese grupo aporta.

Por tanto responsablemente y por estar de acuerdo con el
protocolo que aquí se nos presenta, el Grupo Socialista va a
votar a favor.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martínez.

Vamos a proceder a la votación.

Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores. Acuerdo entre
España y Rumanía para la promoción y protección recíproca de
inversiones.

Comienza la votación. (Pausa.

)Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 257; a favor, 254; en contra, uno; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Acuerdo sobre protección de información clasificada entre el
Reino de España y el Estado de Israel.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 258; a favor, 256; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Protocolo relativo a las consecuencias de la entrada en vigor
del Convenio de Dublín sobre ciertas disposiciones del
Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 260; a favor, 149; abstenciones, 111.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la
Comisión.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



-- PROYECTO DE LEY ORGANICA DE CONTRABANDO (Número de
expediente 121/000078)



El señor PRESIDENTE: Punto décimo del orden del día:
dictámenes sobre comisiones legislativas. Proyecto de Ley
Orgánica de contrabando.

Antes de iniciar el dabate de este punto del orden del día
comunico al Pleno que las votaciones correspondientes al
proyecto de Ley Orgánica de Contrabando, al Proyecto de Ley
Orgánica de la participación, la evaluación y el gobierno de
los centros docentes y de la Ley Orgánica por la que se
modifica la Ley del Tribunal del Jurado, tendrán lugar a la
una de la tarde o en el momento posterior en que el estado del
debate lo permita, en el bien entendido de que se efectuarán
las votaciones correspondientes de conjunto a todas las leyes
orgánicas que hayan sido debatidas. Si quedase alguna



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ley orgánica por debatir, se efectuará la votación de conjunto
por la tarde, anunciándola oportunamente.

Enmiendas del Grupo Popular. Tiene la palabra la señora Cava
de Llano (Varios señores Diputados abandonan el salón de
sesiones. Rumores.)
Señorías, guarden silencio y ocupen sus escaños (Pausa.)
Cuado quiera, señora Cava.




La señora CAVA DE LLANO Y CARRIO: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores diputados, hoy por hoy nadie puede dudar de
la necesidad de revisar la Ley Orgánica 7/1982, de 13 de
julio, sobre contrabando, no sólo por sus trece años de
vigencia sino también por la realización del mercado interior
comunitario el 1.º de enero de 1993, que significó la
supresión de los controles fronterizos entre los Estados
miembros.

Esa libertad de circulación de mercancías sin que se sometan
a control en el cruce de fronteras interiores exige
compatibilizar las facilidades al libre movimiento de esas
mercancías con la necesidad de mantener la represión del
contrabando.

Es común a la amplia mayoría de los países de nuestro entorno
y ámbito social que en sus ordenamientos se incluyan normas
especiales que penalicen el contrabando y los delitos conexos
a través de leyes especiales no incluidas en los respectivos
códigos penales. Así se ha hecho también con esta ley que, a
nuestro parecer, es correcta.

La nueva ley que hoy debatimos podíamos considerarla como una
ley mixta que regula y tipifica a la vez no sólo los delitos
de contrabando, sino también las infracciones administrativas,
tal y como se hizo con las leyes de 1830, 1904, 1929 y 1982,
incriminando las conductas más graves y dando la consideración
de infracciones administrtivas a aquellas otras que suponen un
ataque de menor entidad al bien jurídico protegido. La
distinción entre estos delitos e infracciones viene marcada,
en principio, por las cuantías de los géneros o mercancías
objeto de contrabando, pero existen también otras
circunstancias que excluyen la tipificación como infracción y
se tipifican directamente como delito, no por razón de su
cuantía sino por el objeto sobre el que recae en el
contrabando o por el modo de llevarlo a cabo. La competencia
para conocer de estos delitos e infracciones viene determinada
por la naturaleza de la infracción, de tal forma que los
tribunales ordinarios conocerán de la comisión de los delitos
y la Administración aduanera de las infracciones
administrativas, todo ello en función de su propia competencia
territorial.

Señorías, el grado de consenso obtenido por los distintos
grupos parlamentarios es importante, puesto que, como he dicho
al comienzo de mi intervención, nadie puede dudar de la bondad
y oportunidad de la presentación de esta modificación de la
ley; sin embargo, han quedado vivas unas enmiendas por parte
del grupo que represento, que se refieren, primero, a la
cuantía de determinados géneros; segundo, al concepto de
organización y, tercero, a la competencia funcional del
Servicio de Vigilancia Aduanera.

Frente al criterio del proyecto de ley de no considerar delito
de contrabando el de productos estancados --me estoy
refiriendo básicamente al tabaco--, más que cuando el valor de
las mercancías sea igual o superior a tres millones de
pesetas, nosotros, mediante la creación de un nuevo apartado,
el 1 bis en el artículo 2, pretendemos que se considere delito
de contrabando el de tabaco y otros productos estancados,
siempre que el valor de las mercancías objeto de contrabando
sea igual o superior a un millón de pesetas. ¿Por qué esta
postura, señorías? Porque en la realidad es muy frecuente el
contrabando de pequeños alijos de tabaco en cuantías cuyo
valor es inferior a tres millones de pesetas, por lo que de
ponerse el límite de delito en esta cantidad se estará
rebajando a mera infracción administrativa una conducta que en
la práctica no sólo supone una gran merma de ingresos para la
Hacienda pública, sino también un enorme problema social que
debemos resolver entre todos.

¿Qué está sucediendo en la actualidad? El límite actual de un
millón de pesetas entre infracción administrativa y delito de
contrabando ha creado una red de contrabandistas que, con
pequeñas furgonetas, se desplazan a diario a los puntos de
venta cargados de alijos que no sobrepasan las 990.000
pesetas, para no incurrir en delito de contrabando. Estas
personas están suficientemente preparadas en cuanto a
insolvencia y titularidad de los medios de transporte que
utilizan para eludir cualquier responsabilidad administrativa.

Señorías, consideramos que las ganacias de los
contrabandistas, llamémosles furgoneteros, llamémosles
vendedores directos, así como las pérdidas de la Hacienda
pública, son suficientemente importantes como para no
pretender elevar la cuantía del límite entre el delito y la
infracción, ya que si no estaríamos multiplicando por tres las
ganancias de los contrabandistas y, a la vez, multiplicando
por tres las pérdidas de la recaudación del Estado.

La enorme carga fiscal que sufren los cigarrilos es
precisamente el motor que pone en marcha y mantiene su
contrabando ya que su elusión permite grandes márgenes, y
conste que estamos de acuerdo con esa carga fiscal como
elemento disuasorio para el consumo de tabaco. El detalle de
la carga fiscal que les voy a explicar puede darnos la medida
del fraude que se comete con el contrabando. El primer
impuesto que se elude es el impuesto comunitario arancelario
sobre la importación. Este fraude viene a resultar de 50
pesetas por cajetilla. El segundo impuesto eludido es español
y se trata del impuesto especial sobre tabaco, que representa
unas 139 pesestas por cajetilla. El tercero es el IVA, del 15
por ciento, más el recargo de equivalencia del 4 por ciento,
que supone 47 pesetas. Totalizando estos impuestos, el fraude
fiscal alcanza el valor de



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236 pesetas por cajetilla, que se convierten íntegramente en
beneficio de los contrabandistas por el efecto de su evasión.

Estos números, aplicados a fundadas estimaciones de venta de
150 millones de cajetillas al año, suponen una defraudación en
España de cerca de 200.000 millones de pesetas anuales,
pérdidas nada despreciables para el Tesoro público.

También queremos destacar que se espera una intensa
reactivación del mercado de contrabando de tabaco debido al
incremento de la fiscalidad por las exigencias de la Unión
Europea, que dio a España un período de cinco años para
adaptarse al nivel mínimo de imposición exigido por la Unión,
y ese nivel mínimo se alcanzó el día 1.º de enero de 1995.

Hemos dicho con anterioridad que el hecho de que nuestro grupo
intente que no se modifique el límite de un millón de pesetas,
actualmene existente para la deferenciación entre delito e
infracción administrativa, no tenía por objeto únicamente
penalizar la vulneración de las normas que rigen el tráfico
transfronterizo, con consiguientes pérdidas para la economía
nacional. Hay otro aspecto, señoría, de igual o mayor
importancia para nosotros, que es el problema social que el
contrabando implica, que supone la transgresión de unos
valores en una sociedadd y la apología de un sistema de vida
que genera ingresos rápidos y cómodos que incitan a no buscar
otras formas de trabajo más dignas. Me explicaban hace unos
días que en determinados puntos de la geografía española, en
los que el modus vivendi viene a ser la venta de cigarrillos
de contrabando, cuando se preguntaba a los niños del lugar qué
querían ser cuando fueran mayores, con todo orgullo
respondían: yo winstonero como mi padre. La entrada de dinero
fácil en una familia hace que se respete y admire una
profesión tan poco edificante como la de contrabandista.

El mismo criterio, señorías, referente a la cuantía aplica
nuestro grupo al contrabando de especímenes de fauna y flora,
¿por qué?, porque prolifera cada día en nuestro país la
importación ilegal de especies protegidas, como ha sido
denunciado reiteradamente por organizaciones ecologistas. De
ahí, la adhesión de España al Convenio de Washington, que
recalca la importancia de preservación de la fauna y flora
silvestre desde los puntos de vista estético, científico,
cultural, recreativo y económico, exigiendo la cooperación
internacional para la protección de ciertas especies, contra
su explotación excesiva mediante el comercio internacional. El
daño que se causa con este comercio ilícito tiene un valor
antiecológico que es independiente de la cuantía de los
especímenes introducidos de contrabando, por lo que el Grupo
Parlamentario Popular propone que esta práctica sea delito a
partir no de los tres millones que se habla en el proyecto de
ley sino a partir del valor de un millón de pesetas.

Hasta aquí, la explicación de las enmiendas 30, 31, 32 y 34.

La siguiente explicación se refiere a la determinación de qué
entendemos por organización. Nuestra enmienda pretende
determinar qué se entiende a efectos de esta ley por
organización, ya que el artículo 2.º, apartado 3, letra b),
agrava el tipo penal cuando el contrabando se realiza a través
precisamente de una organización. Entendemos que es preciso
acotar el concepto dado su carácter definitorio del tipo penal
agravado. Para ello, proponemos la adición a continuación del
texto del proyecto de lo siguiente: A estos efectos, se
entenderá por organización la conjunción de medios materiales
y personales bajo una dirección unificada con cierto carácter
de permanencia en el tiempo y con la finalidad, exclusiva o
no, de cometer delito de contrabando.

Fíjense ustedes que el proyecto de ley establece que cuando el
contrabando se realiza a través de una organización
constituirá siempre delito, con independencia totalmente de su
cuantía, lo que supone evidentemente una modalidad
agravatoria, con independencia, como digo, de su cuantía. El
término organización constituye en este proyecto de ley lo que
podíamos llamar como un concepto jurídico indeterminado, por
lo que quien deba aplicar la ley deberá constituirse poco
menos que en legislador ad hoc para solucionar los casos que
le plantee.

Creo que el contenido de la enmienda se explica prácticamente
por sí solo y que la agravación del tipo debe quedar
determinada de tal forma que no admita interpretaciones
distintas de la literal.

En cuanto a nuestra última enmienda que viene numerada con el
36, relativa a la Disposicion Adicional =nica, se refiere a la
competencia funcional del Servicio de Vigilancia Aduanera.

Esta enmienda, señorías, constituyó desde el principio el
punto de fricción entre la práctica totalidad de los grupos
parlamentarios, por un lado, y el Grupo Parlamentario
Socialista, por otro. Me estoy refiriendo concretamente a la
disposición que regula la organización funcional.

Mi grupo ha pretendido, mediante la presentación de la
enmienda, otorgar carácter de policía judicial y de cuerpo y
fuerza de Seguridad del Estado a los funcionarios de Aduanas
que tienen encomendadas funciones de persecución y
descubrimiento de los delitos de contrabando, blanqueo de
capitales y contra la Hacienda pública.

¿Cuál es la razón de ser de esta enmienda? La razón de ser es
evitar la situación que se está produciendo en España de que
estos funcionarios --me estoy refiriendo al Servicio de
Vigilancia Aduanera-- que realizan una valiosa función de
represión del contrabando, paralela a la que realizan las
fuerzas policiales y la Guardia Civil, carezcan de los
instrumentos legales necesarios para realizar con eficacia su
trabajo. El Servicio de Vigilancia Aduanera, señorías, ha
demosrado en los últimos años tres condiciones que son
fundamentales para la lucha contra el contrabando: honestidad,
claridad y eficacia en sus actuaciones. Ahora, con esta nueva



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ley es el momento de reclamar que el Servicio de Vigilancia
Aduanera se considere como policía judicial y como cuerpo y
fuerza de Seguridad del Estado.

Quede claro que nuestro grupo parlamentario no pretende restar
en este terreno competencias a la Guardia Civil ni a nadie.

Nuestro Grupo quiere simplemente apoyar a quienes se han
mostrado eficaces, sin que esto quiera decir que otros no lo
sean ni mucho menos. Queremos que se refuercen y que no
disminuyan los medios existentes en un nuevo marco de
cooperación internacional, tal y como se recoge en el Título
VI de la Unión Europea. Se trata, pues, señorías, de sumar, no
de restar ni de dividir. Queremos aprovechar todos los medios
humanos y materiales existentes para afrontar la lucha contra
el contrabando en aras a conseguir la optimización de los
resultados.

En el texto...




El señor PRESIDENTE: Señora Cava de Llano, le ruego concluya.




La señora CAVA DE LLANO Y CARRIO: Sí, señor Presidente.

En el texto del proyecto que el Gobierno envió a esta Cámara,
lejos de clarificar y ratificar de una vez por todas la
competencia del Departamento de Aduanas, y más concretamente
de su dirección operativa y policial, como es el caso de
Vigilancia Aduanera, se omitió, repito, se omitió totalmente
este servicio.

Es decir, que, a pesar de la evolución siempre creciente de
los resultados cuantitativos de la lucha contra el
contrabando, el Gobierno estaba frenando el desarrollo de un
marco jurídico adecuado para los funcionarios de este
servicio, y todo ello a pesar de que el Pleno del Consejo
General del Poder Judicial había informado con respecto a esta
Ley el 21 de septiembre de 1994, que la prevención de dotar a
los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera con el
carácter de cuerpo y fuerza de Seguridad del Estado y a la
postre de policía judicial, entraba estrictamente en su ámbito
competencial, era necesario y, concretamente decía,
justificado.

Pues bien, dada la posición contraria del resto de los grupos
parlamentarios, el Grupo Parlamentario Socialista presentó una
enmienda en la que por lo menos ya se aludía al Servicio de
Vigilancia Aduanera y decía que desenpeñarían funciones de
policía judicial siempre que fueran requeridos para ello por
los juzgados, pero fíjense que quedaba siempre al arbitrio de
los juzgados, de los tribunales o del ministerio fiscal el
apelar o no a este Cuerpo.

Posteriormente, en Comisión y de forma sorprendente,
Convergència i Unió cambió inesperadamente de postura
alineándose con el Grupo Socialista y presentado de forma
conjunta una enmienda transaccional que si bien --es justo
reconocerlo-- mejoraba muchísimo la anterior enmienda, no lo
hacía de forma totalmente satisfactoria para mi Grupo; y no
era satisfactoria porque no otorgaba el carácter de policía
judicial, sino que establecía que actuaría según señala la Ley
Orgánica del Poder Judicial, porque no se recogía tampoco el
carácter y atribuciones de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado en el cumplimiento de sus funciones de persecución de
los delitos y porque, inexplicablemente --no lo llegamos a
entender--, en el último párrafo se establece que el Servicio
de Vigilancia Aduanera y el resto de Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado actuarán coordinadamente ¡Ya nos lo
imaginamos! ¡No faltaría más! Todo el mundo actuará
coordinadamente.

En definitiva, señorías, el Servicio de Vigilancia Aduanera
está actualmente viviendo una gran indefinición jurídica desde
el aspecto competencial. El proyecto de ley que hoy debatimos,
tal y como quedó en Comisión, deja nuevamente a los
componentes de este colectivo de 1.800 funcionarios en el
mismo grado de precariedad jurídica en el que prácticamente
estabancon la Ley de Contrabando anterior de 1982. No
perdamos, pues, señorías, esta ocasión histórica, regulemos
nítidamente su campo competencial y otorguemos el carácter de
polícia judicial y cuerpo y fuerza de Seguridad del Estado a
un colectivo, como el Servicio de Vigilancia Aduanera, que
tanto por su eficacia como por su operatividad como por sus
buenos resultados bien lo merece.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Cava de Llano.Enmienda
del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.Tiene la
palabra el señor Vázquez.




El señor VAZQUEZ ROMERO: Gracias, señor Presidente.Mi Grupo
quiere empezar por congratularse del alto grado de consenso
que acabó produciéndose en el debate en Comsiión de este
proyecto de ley, que en buena medida resuelve problemas
importantes para el presente y para el futuro de este tema en
nuestro país y que consigue, además, actualizar una
legislación que obviamente con el cambio de circunstancia
política, la entrada en vigor del Acta Unica de la Unión
Europea, había quedado obsoleta, que es la anterior Ley
Orgánica 7/1982, de 13 de julio.

Fueron muchos los debates que se produjeron, tanto en Ponencia
como posteriormente en Comisión, alrededor de este proyecto.

Las posiciones de cada uno de los grupos, en algunos temas,
eran concordantes y en otros había una discrepancia de base
sobre un tema al que después me referiré, en concreto a las
funciones del Servicio de Vigilancia Aduanera. Creo que el
nivel de acuerdo alcanzado finalmente puede satisfacer las
legítimas aspiraciones, tanto de la funcionalidad de la ley
como de los funcionarios de ese Cuerpo que, con el contenido
final de ese dictamen de la Comisión, ven



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satisfechas su reivindicaciones y la operatividad de su
función. Por lo tanto, teniendo en cuenta los difíciles
equilibrios que ha habido que conseguir en este tema, nos
parece que sería útil mirarlos con otra óptica.

Entrando en la defensa de las enmiendas de mi grupo que
quedaban vivas, que son la número 6, 9, 11 y 14, la primera de
ellas, la número 6, al artículo 2, apartado 2.º, pretendía
introducir la
modificación respecto a un tema similar al anteriormente
explicado por la portavoz del Partido Popular en cuanto al
valor acumulado de los bienes, mercancías o géneros
considerados como delito de contrabando. En el texto del
proyecto de ley, la cuantía para ser considerado delito es a
partir de tres millones y mi grupo, en su día, defendió esta
enmienda en la misma dirección, pero, recapacitando y teniendo
en cuenta las modificaciones que hemos establecido en el --
espero-- próximo Código Penal, nos parece que podríamos entrar
en alguna que otra contradicción si disminuimos el dintel
económico para considerar delito y no sanción administrativa
lo que son delitos de contrabando, fundamentalmente ligados a
tabaco. Por tanto, en este trámite retiro la enmienda número 6
de mi Grupo.

La enmienda siguiente, la número 9, al artículo 8, pretendía
introducir un párrafo en el que se hiciera posible que las
labores de tabaco aprehendidas por una acción de los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado, del Servicio de Vigilancia
Aduanera o de la Polícia Judicial fueran lo más pronto posible
destruidas para evitar lo que en algunos casos ocurre, como es
la reintroducción ilegal; es decir, la vuelta de ese mismo
producto, desde el país en que ha sido vendida la mercancía
decomisada, pensando en la calidad del producto que finalmente
se oferta a los ciudadanos. Es decir, si el tabaco decomisado
es reintroducido por otras vías en los circuitos de consumo
habitual, se está ofreciendo a los ciudadanos de este país un
producto de baja calidad a un precio similar, o no similar,
pero en cualquier caso de baja calidad. Nos parece que es una
enmienda de tono menor que también en este trámite vamos a
retirar. Por tanto, queda retirada la enmienda número 9.

La enmienda más importante que todos los grupos presentamos es
la que hacía referencia al principio de mi intervención, que
intentaba enmendar la Disposición Adicional Unica,
primera, por la que pretendíamos satisfacer la funcionalidad
del Servicio de Vigilancia Aduanera, que antes de la discusión
en Comisión quedaba malparado en el proyecto de ley, no se
atendía sus peticiones, incluso menospreciadas sus funciones y
desconocida la gran operatividad que había desarrollado en el
pasado reciente de este país, lo cual nos parecía
absolutamente intolerable que quedara así en el proyecto de
ley.

Después del debate en la Comisión, el texto final al que se
llegó, como decía al principio, nos parece que es
suficientemente adecuado a las necesidades y a las
reivindicaciones del Servicio de Vigilancia Aduanera y que su
papel casa correctamente dentro del mundo de la represión, de
investigación y persecución del contrabando, dentro de lo que
es polícia judicial y que al estar amparado en artículos de la
Ley Orgánica del Poder Judicial permite su perfecta
incardinación en dicho Servicio. Por tanto, si la voluntad de
todos los grupos fuera la de mantener el texto de esta
Disposición Adicional =nica del proyecto de ley tal como está
después del paso por la Comisión, y sólo en esa circunstancia,
nosotros retiraríamos nuestra enmienda. En el caso de que cada
grupo mantuviera la suya, probablemente mantendríamos también
la nuestra, aunque, repito, la redacción actual nos parece
suficientemente satisfactoria.

La última enmienda de mi Grupo, la número 14, pretendía
introducir una nueva disposición
adicional con la intención de evitar la reiteración en el
contrabando, en el fraude y en la evasión fiscal por parte de
empresas, estableciendo que aquellas empresas a las que les
fuera decomisada anualmente una cantidad superior al 5 por
ciento de la que realmente declaraba como exportada, fuera
sancionada, de forma que tuviera que limitar su nivel de
exportación y, por esa vía, acabar con un agujero importente
de fraude fiscal actualmente existente. Por parte del Grupo
Socialista se nos decía que este tema está regulado, y es
cierto, por los tratados del GATT y por directivas de la Unión
Europea. No es bueno, en técnica legislativa, ser
excesivamente reiterativos, pero quizá, en temas que no están
contemplados específicamente en nuestra legislación, pueda ser
útil introducir este tipo de preceptos que impidan una
práctica que actualmente es bastante habitual. Por tanto, a
expensas de oír la intervención de los demás grupos, voy a
mantener viva la enmienda número 14, aun siendo consciente de
que, al menos parcialmente, este tema está regulado por el
GATT y por directivas de la Unión Europea.

Acabo, señor
Presidente, señalando, como decía al principio, que nos
podemos congratular del grado de consenso conseguido en el
seno de la Comisión y, más allá de lo que son legítimas
aspiraciones de cada uno de los grupos, creo que deberíamos
respetar el equilibrio que en ella se consiguió, facilitando
de esta manera que el trámite de esta ley fuera lo más rápido
posible para poder conseguir que este período de sesiones no
concluyera sin que esta ley fuera aprobada. Creemos que
debería ser interés de todos los grupos de esta Cámara que en
este período de sesiones, dure lo que dure la legislatura, se
consiga que la ley orgánica de contrabando entre en vigor.

Y una última cuestión, señor Presidente, dirigida quizá a los
servicios de la Cámara. En el texto del dictamen de la
Comisión que se ha editado hay un error, que espero que haya
sido ya comunicado a los servicios de la misma, y es que, al
haberse introducido un segundo punto en la disposición
adicional primera, que es el que regula las funciones del
servicio de vigilancia, se han deslizado los números
consecutivos y se



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establece, si no se subsana este error, que este punto no
sería ley orgánica, lo que sería
inconstitucional. Por tanto, como corrección de errores, hay
que excluir el apartado 2 de la disposición adicional de la
disposición final segunda en la que se establece el carácter
de la ley.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Vázquez.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV). Tiene la palabra el señor
González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente.Señoras y señores Diputados, el Grupo Vasco
mantiene una única enmienda a este proyecto de ley, que
curiosamente se llama de contrabando. Uno diría que más bien
habría que referise a la represión del contrabando. Se dice en
la literatura que el título de la novela es sustancial para lo
que luego la novela contrae, y quizá los puntos que los
anteriores portavoces han estado exponiendo desde esta tribuna
podrían referirse precisamente al origen, a la etiología que
tiene el propio título de este proyecto de ley de ser un
proyecto de ley de contrabando, sin más.

Entendemos, como han indicado tanto la portavoz del Grupo
Popular como el de
Izquierda Unida, que ha sido un debate interesante, tanto en
ponencia como en comisión, que hemos sido capaces de
establecer los puntos centrales del debate en relación a la
situación que el contrabando genera en este país y que
también hemos sido capaces de ir, de alguna forma, poniéndonos
de acuerdo en los puntos principales que en relación a este
proyecto de ley se iban sustanciando.

Desde nuestra perspectiva exiten dos temas que, por su
consideración económica, fiscal y por la situación social que
generan, tienen todavía que
madurarse más en este trámite del Pleno del Congreso o, en su
caso, después, en el Senado, porque sería lamentable que no
fuésemos capaces de establecer un consenso todavía más general
en relación a estos dos temas. ¿Y cuáles son estos dos temas?
El primero que el portavoz de Izquierda Unida explicaba con
rigor, en relación a quién o a quiénes se debe encomendar la
represión --pues de esto estamos hablando y no de otra cosa--
de las actividades de contrabando, las funciones que la
Guardia Civil debe tener en relación a esta materia, al
seguimiento del propio contrabando, y las funciones que se
deben asignar y establecer en la ley al Servicio de Vigilancia
Aduanera, cuerpo de gran prestigio y adscrito al Ministerio de
Economía y Hacienda. Creo que éste es uno de los puntos
nucleares en que aunque se ha avanzado en los trámites de
Comisión --ya que hubo una enmienda transaccional entre el
Grupo Socialista y el Grupo Catalán de aproximación entre las
posturas--, desde la perspectiva del Grupo Vasco, todavía no
se ha llegado a sustanciar suficientemente o a acercarse en un
proceso de catarsis entre las posturas que mantenían los
distintos grupos. Porque hay que hacer notar, señor
Presidente, que al inicio del debate partíamos de una postura
mayoritaria en la Cámara, de todos los grupos salvo el
Socialista, donde se intentaba de alguna forma subrayar y
elevar a la categoría de esta ley las funciones del Servicio
de Vigilancia Aduanera en detrimento de las que la Guardia
Civil ejerce en relación a esta materia. Postura mayoritaria
en los inicios y en los trámites de los trabajos de la
Ponencia, que llegó hasta los trabajos de la Comisión, y que
esta enmienda transaccional entre los Grupos Socilista y
Catalán (Convegència i Unió) hacía avanzar en la línea que
todos los grupos llevábamos manteniendo desde el inicio del
debate. Entendemos que el contenido de esa enmienda
transaccional supone un avance, pero que no es suficiente por
lo que después haré notar.Entendemos que existe también un
segundo problema en relación a los contenidos de las enmiendas
que se recogían por parte de todos los grupos, con excepción
del Grupo Socialista, respecto de los equilibrios que deben
existir entre los distintos agentes que operan en relación a
las materias que son objeto de contrabando. Estoy hablando de
los expendedores de las tabacalerías, de la venta del propia
tabaco, etcétera. Entendemos que el equilibrio que se busca y
que está recogido en este momento en el dictamen de la
Comisión tampoco es suficiente.

Es verdad que el Grupo Vasco presentó una enmienda de alguna
forma «provocadora» --enre comillas-- con objeto de suscitar
el debate en la Comisión, indicando que debería considerarse
delito el propio
contrabando de tabaco, en cualquier caso. Era, en cierto modo,
una enmienda provocadora, señor Presidente, porque entendemos
que éste es un problema social grave. Los que vivimos en zona
de costa observamos con estupor cómo las viviendas suben de
precio, cómo se genera una economía sumergida, que no
sorprende a los que intentamos ser legales, como dicen ahora
los jóvenes, y observamos una serie de movimientos económicos
y fiscales que ciertamente son de sorprender. Los que además
de vivir en costa tenemos un problema terrorista fuerte allí
donde vivimos, observamos también con estupor cómo la lucha
contra el contrabando se convierte precisamente en una excusa,
en una serie de caminos obscuros que convierten nuestras
sociedades en auténticos quesos gruyer, ciudades saturadas,
obturadas, donde las Fuerzas de Seguridad encuentran canales
obscuros por debajo de la ciudad a través de los canales de
contrabando para poder traficar con droga, para poder entrar
en el tráfico internacional de armas y para de algna forma
entrar también en el mundo terrorista. Anteponiendo el mundo
terrorista desde una lógica ciertamente entendible pero
también discutible, nos encontramos con que el contrabando
puede ser hasta una labor heroica, patriótica, muy
significativa pero que, al fin y a la postre, está rompiendo
los cimientos de la propia sociedad. Y no se trata, señor
Presidente, de hacer moralina. Se trata



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de traer a esta casa, de exponer ante el Pleno del Congreso de
los Diputados
aquellos aspectos que están en la sociedad y que están en la
calle. El ciudadano que vive en San Sebastián, el ciudadano
que vive en la costa en nuestras ciudades observa con estupor
todos estos movimientos sociales, observa con estupor esta
economía sumergida que mueve miles de millones de pesetas,
observa con estupor que no se reprime con la suficiente
serenidad toda esta serie de actividades y observa que los
ciudadanos que intentan vivir a tenor de lo que las leyes y la
convivencia pacífica y ciudadana indican y denotan son al
final los segundones, los parias de la sociedad, y yo creo,
señor Presidente, que éste es el debate que se debe suscitar:
cómo el legislador ataca esta serie de situaciones que están
ahí, que son de dominio público. Es muy fácil venir aquí y
hacer un discurso teórico sobre lo que el contrabando es, debe
ser, debe generar, pero en este Estado el contrabando mueve
miles de millones de pesetas. Es verdad que con las cantidades
y parámetros que se recogen en este proyecto de ley estamos en
sintonía con lo que en el Código Penal, con lo que en las
leyes fiscales más modernas, más actualizadas se está
recogiendo. Eso es cierto y es así, no lo vamos a discutir,
pero resulta que esas leyes, esos parámetros están en
referencia a otras situaciones que no generan este conflicto
social, son situaciones que no conllevan una degradación casi
hasta el extremo, diría yo, en la convivencia social.

Por ello, entendemos desde el Grupo Vasco, señor Presidente,
que la actual redación en relación con los parámetros
económicos para considerar la actividad de contrabando como
infracción
administrativa o como delito de contrabando debería de
revisarse en los trámites que todavía quedan en el Pleno de
esta Cámara o en el Senado. Retiramos la enmienda provocadora
que presentaba el Grupo Vasco, entendiendo que existían otras
enmiendas que podían abordar de alguna forma, por indicar
otros parámetros distintos al recogido al iniciar el proyecto
de ley, este tema y recoger la problemática que estábamos
exponiendo. Hacemos un llamamiento al Grupo Socialista
particularmente, para que sea consciente de esta situación,
para que no se mueva sólo con parámetros económicos, con
parámetors fiscales, siendo conscientes de la degradación
social que al fin y al cabo la pagamos todos los ciudadanos
que como yo intentamos vivir dentro del marco de la
legalidad.

Finalmente, señor Presidente, quisiera hacer una reseña
especial sobre quiénes deben intervenir en esta labor de
represión del contrabando, me refiero a la enmienda que el
Grupo Vasco mantiene viva para este Pleno. Comparto la
exposición que han hecho tanto la portavoz del Grupo Popular
como el portavoz de Izquierda Unida en sus propios términios,
y sí quisiera hace notar que desde nuestra pespectiva las
funciones del Servivio de Vigilancia Aduanera deberían
considerarse con mayor cualificación, con mayor rango de ley
desde la observación de lo que ha pasado en los últimos años.

Se nos acusa sistemáticamente de actuar contra las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado. Señor Presidente, debo decir
que desde la experiencia del Grupo Vasco y del Partido
Nacionalista Vasco aquí existe un cuerpo de seguridad que ha
actuado con rigor, que ha actuado con profesionalidad en lo
que es la represión del contrabando como es el Servicio de
Vigilancia Aduanera. Quede dicho, señorías, y tenga el mismo
valor que decir que, según nuestra opinión, las Fuerzas de
Seguridad del Estado encuadradas en la Guardia Civil no
merecen esa misma consideración. Asúmase con el mismo valor,
dése el mismo valor a lo uno que a lo otro, pues suponemos,
señor Presidente, que todos son funcionarios del Estado,
profesionales. A un diputado, portavoz de una serie de
ciudadanos, le corresponde la tarea de explicar ante el Pleno
del Congreso de los Diputados lo que esa opinión mayoritaria
recoge; opinión que, como hemos podido ver en Comisión y en
Ponencia, es muy compartida entre los grupos de esta
Cámara.

Desde esa perspectiva, entendemos que la actual
redacción que se recoge en el proyecto de ley en relación a
los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera no es
suficiente porque en la enmienda que se aprobó no se recoge el
carácter de resguardo fiscal del Estado para este Servicio de
Vigilancia Aduanera, lo que es fundamental; tampoco aparece en
la enmienda el carácter que ostentan sus medios aéreos y
navales de auxiliares de la Armada Española, lo cual, de
recogerse, elevaría a rango de ley orgánica el simple decreto
ministerial, que en la práctica no hace más que generar
problemas; no se otorga expresamente sino indirectamente, lo
que constituye un problema; por intentar un acercamiento, por
querer generar consenso, podemos provocar al final un problema
de interpretación al no otorgar expresamente el carácter de
policía judicial y hacerlo indirectamente; además, no se
recogen el carácter y las atribuciones de Cuerpo de Seguridad
del Estado para el cumplimiento de sus funciones.




El señor PRESIDENTE: Señor González de Txabarri, le ruego
concluya.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Termino, señor
Presidente.Por ello, haremos un llamamiento a los grupos de la
Cámara para que, en relación a estos dos temas, se señale
quién debe reprimir estas actividades de contrabando y en qué
parámetros se debe considerar delito de contrabando; que en
relación a estos dos temas, el Pleno de esta Cámara sería
capaz de suscitar un consenso mayor que el que hemos
encontrado en el trámite de Comisión.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor González de
Txabarri.




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Enmienda del Grupo de Coalición Canaria. Tiene la palabra el
señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías, para
este trámite de Pleno, Coalición Canaria mantiene viva una
enmienda, la número 18, dirigida a la disposición adicional
única entonces en el proyecto de ley que remitió el Gobierno,
que hoy queremos mantener porque nos parece insuficiente, pese
al avance, como ya han reconocido los otros portavoces que me
han precedido en el uso de la palabra, tanto del Grupo Popular
como del Grupo Federal Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya como del Grupo Vasco (PNV).

Señorías, aunque se ha hecho un evidente avance de
perfeccionamiento, dicho
perfeccionamiento es malo; es malo porque deja una inseguridad
jurídica fundamental y en una inseguridad, yo diría que
física, al Servicio de Vigilancia Aduanera. Se ha querido
hacer una componenda y las componendas son malas. Cuando a un
servicio se le encomienda lo que viene a decir la disposición
adicional primera del dictamen que nos viene de la Comisión y
se le quiere dar estas potestades, hay que reconocer lo que
verdaderamente tiene que ser su naturaleza administrativa en
el Estado. Para nosotros, el Servicio de Vigilancia Aduanera
tiene que tener el carácter de cuerpo de Seguridad del Estado
y de policía judicial. Por esta razón, vamos a apoyar las
enmiendas concordantes con los otros grupos porque ésta es la
filosofía de fondo. Aquí no cabe hacer planteamientos de celos
de la Guardia Civil o del Cuerpo Nacional de Policía con
respecto a otro cuerpo del Estado.

Señorías, aunque hay una mejora en cuanto a la designación de
las funciones, se dice, por ejemplo, en el apartado 2 de la
disposición adicional primera, ahora de organización
funcional, que los funcionarios integrados en el Servicio de
Vigilancia Aduanera procederán a la investigación,
identificación, detención y puesta a
disposición judicial de los autores. Y en el apartado 3 se
vuelve a decir que actuarán coordinadamente en la
investigación, persecución y represión. ¿Ustedes saben qué
tipo de catadura personal tienen los delincuentes que se
dedican a estas actividades reprimidas aquí o es que pensamos
que van con un ramo de flores en la mano? Van armados. El
Servicio de Vigilancia Aduanera tiene que tener una
protección. No se trata solamente de disuadir al delincuente o
al que haga la infracción administrativa del contrabando del
delito de contrabando por el mero hecho de presentarse un
señor con un carné de funcionario del Estado. Tiene que tener
unos medios disuasorios y para su propia defensa personal.

Aquí no estamos hablando solamente de medios físicos
materiales, de que en función de las lanchas rápidas que
puedan emplear los contrabandistas haya que dotar al Servicio
de Vigilancia Aduanera de lanchas rápidas del mismo número de
caballos o que hagan el mismo o superior número de nudos para
poder aprehender a la embarcación sobre la que se hace el
contrabando. No se trata sólo de eso. Estamos hablando aquí de
las personas físicas que tienen que cumplir lo que se está
diciendo en la disposición adicional primera. Yo no entiendo
cómo se puede decir en la tercera, habiéndose perfeccionado,
que actuarán coordinadamente en la investigación el Servicio
de Vigilancia Aduanera y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado. ¿Quién los coordina? Porque veo muy difícil que si
no tienen todos una consideración de policía judicial y de
funcionarios de la seguridad del Estado, alguien se llame a
coordinarlos, alguien que tenga capacidad administrativa
suficiente para hacer esta coordinación. Si estamos viendo
problemas de coordinación en cuerpos de la seguridad del
Estado como la Guardia Civil o el Cuerpo Nacional de Policía,
¿qué va a pasar ahora cuando damos estas funciones a los
funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera y no les
protegemos? Yo no me explico cómo el Servicio de Vigilancia
Aduanera, por sí mismo, podrá acceder a la detención y puesta
a disposición judicial de los presuntos delincuentes cogidos
en delito de contrabando por el propio Servicio de Vigilancia
Aduanera. Supongo que al menos llevarán grilletes o esposas
para podérselos poner a estos presuntos que van a ser
entregados al juez, pero habrá que ver con qué medios se van a
tratar de defender los delincuentes del acoso de este cuerpo
de vigilancia fiscal del Estado.

Nuestra enmienda quiere dar estas garantías jurídicas plenas
para que el funcionario del Servicio de Vigilancia Aduanera,
cumpliendo lo que dice la disposición adicional primera, lo
que va a tener que cumplir por imperativo legal de los
apartados 2 y 3, fundamentalmente, organización funcional,
tenga esa protección máxima que da el ordenamiento jurídico
del Estado. Y esa protección de las personas físicas
funcionarios del Estado, no la protección puramente jurídica
de las instituciones jurídicas del Estado, se da en la
consideración de seguridad de policía judicial y de cuerpos de
seguridad del Estado, y para eso tratamos de recuperar con
nuestra enmienda la figura citada aquí explícita y
expresamente del resguardo fiscal del Estado, porque están
defendiendo un bien común del Estado frente al delito.

Nosotros también queremos decir, en apoyo de lo que se ha
dicho aquí en relación con las otras enmiendas, que estamos
plenamente de acuerdo porque desde Canarias este tema nos
preocupa
muchísimo. Esta ley tiene que tener en la represión del
contrabando una lectura específica desde Canarias porque son
específicas nuestras leyes fiscales. Se da la circunstancia de
que con este proyecto de ley se trata de pasar de uno a tres
millones de pesetas la cantidad que señalaba la Ley orgánica
de 1982 de represión del contrabando. Ahora se pasa a tres
millones de pesetas para que pierda la consideración de delito
y pase a ser infracción administrativa. Como bien ha señalado
la portavoz del Grupo Popular, en el sector del tabaco esto no
se debería



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hacer, porque el contrabandista de tabaco segrega y reparte
sus alijos. Va a meter la mercancía en lanchas, en furgonetas
o en el medio de transporte que emplee en alijos inferiores a
un millón de pesetas en su valor estimado para que no sea
delito, con lo cual no se está haciendo la
disuasión fundamental, sobre todo en el sector del tabaco. Y
esto en Canarias nos preocupa enormemente.

Nuestro grupo
parlamentario ha traído aquí iniciativas y ha hecho preguntas
a los señores ministros sobre el contrabando de tabaco, y más
en este momento con la crisis en que se encuentra por
imposición de la compañía estatal Tabacalera sobre la
industria de tabaco canario, que la está desmontando y
anulando puestos de trabajo. El pasar de uno a tres millones
de pesetas para que sea considerado de ahí para abajo
infracción administrativa y de ahí para arriba delito en
Canarias nos perjudica y no estamos dispuestos a votar a favor
esta disposición del proyecto que llega hoy a la Cámara. De
ahí que nosotros tengamos que apoyar las enmiendas que vienen
a mantener en un millón de pesetas lo relativo al contrabando.

Porque hay otras cuestiones que no se cuantifican, aunque se
invoque el Tratado de Washington, para evitar el contrabando
de especies vegetales y animales que están sujetas al citado
Tratado de Washington. Aquí no hay una cuantificación y
debería hacerse, mediante desarrollo reglamentario, en cuanto
a los aspectos textuales que tiene esta ley.

Por todas esas razones, señorías, nosotros, señor Presidente,
mantenemos nuestra enmienda y apoyaremos las concordantes con
lo dicho de los otros grupos parlamentarios de la oposición.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

¿Turno en contra? (Pausa.)
Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Rodríguez
Zapatero.




El señor RODRIGUEZ ZAPATERO: Gracias, señor Presidente.

Señorías, tomo la palabra para consumir un turno en contra de
las enmiendas que quedan vivas al proyecto de ley orgánica de
contrabando; no de todas ellas, porque tengo la esperanza de
que algunas sean retiradas en este trámite y podamos
fortalecer el consenso que creo que venía, en alguna medida,
condicionado favorablemente por el hecho de que en su día no
hubiera ninguna enmienda a la totalidad al proyecto de ley
orgánica de contrabando. Pienso que ello marcaba un poco la
buena orientación global de la ley que remitió el Gobierno a
esta Cámara y ha marcado también, en cierta forma, lo que ha
sido el propio debate en Ponencia y en Comisión, que ha estado
seguramente caracterizado por la flexibilidad de buena parte
de los grupos parlamentarios y, desde luego, por la
flexibilidad del Grupo Socialista, al intentar aunar el máximo
de voluntades para llegar a un texto que globalmente fuera
incluso mejor desde el punto de vista técnico y desde la
perspectiva de la eficacia social a la que está llamada una
ley orgánica de contrabando; ley que, como han señalado
algunos grupos parlamentarios, aparecía como necesaria en
tanto en cuanto era menester hacer una actualización de las
previsiones en relación con la lucha contra este fenómeno, que
tiene una importancia históricamente vinculada a los problemas
de Hacienda y fiscales, también hoy lógicamente, pero que hoy
también tiene una trascendencia social y económica importante
para algunas zonas de nuestro país. Creo que esa actualización
era además imprescindible, en tanto en cuanto el mercado único
en el seno de la Unión Europea, la eliminación de las
fronteras interiores abogaba una configuración distinta de
nuestro país que tiene, desde esa perspectiva, una importancia
singular. Asimismo conviene recordar que la regulación del
ámbito penal y administrativo venía establecido ya desde hace
bastantes años. Por último, era evidente que había que
introducir algunas nuevas figuras en relación con el
contrabando y abordar toda la problemática relacionada con el
Servicio de Vigilancia Aduanera y con su respaldo jurídico en
la función pública que desarrolla de persecución del
contrabando.

Por tanto, el Grupo Socialista está globalmente satisfecho del
contenido del proyecto de ley, pero tiene que discrepar de los
puntos que quedan en cuestión y va a intentar aclarar algún
elemento que preocupa aún a algún grupo
parlamentario, procurando apelar a la razonabilidad y a lo que
parece más positivo para el contenido de la propia
ley.

Seguramente, en relación con la cuantía para la distinción
entre infracción administrativa y delito que, como el proyecto
recoge y el Grupo Socialista sostiene, ha de pasar de un
millón a tres millones en la práctica totalidad, salvo alguna
excepción como la droga y algún otro producto, para la
consideración de delito de contrabando, algún grupo tiene la
legítima tentación de pensar que el mantenimiento de un millón
en el tabaco podría ser una medida disuasoria, una medida
incluso preventiva. Lamentablemente, la experiencia constata
que eso no se produce en la realidad, que simplemente hacer un
mayor esfuerzo represivo, o tener una mayor tentación
represiva, en unos delitos de esta naturaleza que como antes
hemos comentado, y los grupos también han sostenido, tienen
una vertiente sociológica, cultural, muy distinta a la que se
puede analizar en otro tipo de contrabando, yo creo que no se
logra impedir con que mantuviéramos la cuantía en un millón.

Hay que tener en cuenta que una política criminal adecuada es
aquella que toma distancia, que permite la objetividad, que
intenta que no haya una incriminación excesiva en un país con
una Constitución que proclama el Estado social y democrático
de derecho. Desde luego, el orden penal no puede estar
sobresaturado de una infinidad de hechos delictivos. Además,



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en muchos de estos casos, como antes señalaba, esa política
represiva no juega un papel disuasorio. Yo creo que el papel
disuasorio debe estar orientado fundamentalmente a medidas de
naturaleza económica, social, de integración, cultural, en
buena medida, y no a ir incrementando la política represiva
penal. Esa es una política, en términos penales, que no
siempre produce efectos disuasorios y, desde luego, sería
equiparar el producto, el tabaco como tal, a nada más y nada
menos que las sustancias estupefacientes que están fuera del
comercio lícito, compararlas en cuanto a la naturaleza del
contrabando.

Se ha abordado por el Grupo Popular la cuestión de definir lo
que es una organización. Yo creo que el legislador en esto
tiene que tener cautela. Ha habido ya problemas en otros
ámbitos legislativos, en otros terrenos penales, cuando se ha
intentado definir lo que es una organización. Hay una línea
jurisprudencial interpretativa, explicativa de lo que es
organización a efectos criminales. Creo que es más correcto,
desde un punto de vista estrictamente de técnica legislativa,
no hay una cuestión de fondo. Incluso si entráramos en una
cuestión de fondo creo que la posición del Grupo Popular sería
poco coherente con lo que expresa en relación con el debate
del punto anterior, puesto que tengo la impresión de que la
enmienda que defiende el Grupo Popular, al definir
organización, es restrictiva en cuanto a que un tribunal
pudiera entender en pocos casos que hay una organización y,
por consiguiente, llegaríamos a que en pocas ocasiones se
podría aplicar el tipo agravado. Yo creo que es más correcto,
que da más posibilidades, e insisto en que el Tribunal Supremo
ha ido definiendo qué es una organización desde el punto de
vista criminal.

En relación con la cuestión del Servicio de Vigilancia
Aduanera y, por tanto, en relación con los
servicios del Estado, los funcionarios públicos del Estado que
realizan la tarea de la lucha contra el contrabando, yo
comprendo que resulte bastante fácil halagarlos desde esta
tribuna, porque son notorios los éxitos que en la lucha contra
todo tipo de contrabando ha tenido en nuestro país el Servicio
de Vigilancia Aduanera en los últimos años, y por ello los
halagos fáciles es seguramente necesario hacerlos cuando se
está debatiendo concretamente esta ley. Seguramente si
estuviéramos debatiendo una ley que pudiera rozar el campo de
algún otro servicio del Estado, o de alguna otra fuerza del
Estado, los escuharíamos igual desde esta tribuna. Yo creo que
hay que mantener, al menos cuando se pretende ser grupo
mayoritario, una posición equilibrada, constatando por lo
menos los éxitos, el buen hacer, la profesionalidad del
Servicio de Vigilancia Aduanera que, por cierto, se ha
producido, también con Gobiernos socialistas. Ha sido el
Ministerio de Economía y Hacienda el que ha ido dotando de
medios materiales, de alta tecnología, de recursos al conjunto
del servicio para que haya podido desarrollar una función. En
esa dirección, el Grupo de Coalición Canaria debería tener
tranquilidad. Pero aquí se han aportado algunos argumentos
para la configuración del Servicio de Vigilancia Aduanera que
no son correctos, desde el punto de vista de lo que se quiere
buscar.

Yo creo que en ningún momento el Servicio de Vigilancia
Aduanera ha reclamado ni pretendido ser fuerza y cuerpo de
seguridad del Estado. El problema que ha tenido en el
desarrollo de su función no ha sido que haya dependido del
Ministerio de Economía y Hacienda, ni que no haya sido cuerpo
o fuerza de seguridad del Estado, porque medios ha tenido. El
problema quizá es de interpretación jurídica sobre la
naturaleza y la posición ante el Poder Judicial en relación
con el desarrollo de sus actividades y, sobre todo, con la
investigación previa y la persecución de los delitos de
contrabando. Deberíamos ser serios y objetivos a la hora de
plantear la cuestión en sus justos términos y deberíamos, por
tanto, tener presente que la preocupación estaba situada en el
terreno de su status jurídico y el reconocimiento del mismo.

Señorías, con el texto aprobado en la comisión, fruto de la
enmienda transaccional que el Grupo Socialista y el Grupo
Catalán (Convergència i Unió) han recalcado, parece evidente
que esa posición jurídica queda perfectamente definida en los
térmios en que la Ley orgánica del Poder Judicial define lo
que es la policía judicial. Por tanto, sólo alguien que no
sepa leer o interpretar un texto legal podría discutir la
calidad que les atribuye esa disposición. Por cierto, supongo
que los servicios de la Cámara habrán tomado nota del error
que existe en el texto porque ha de tener, sin duda, el
carácter de ley orgánica.

Y señorías, habría una disfunción tremenda, aparte de que no
respondería a ninguna lógica, ni siquiera a la lógica de cómo
es la organización de los
servicios de vigilancia aduanera en la mayoría de los países,
lo que pasa es que hay grupos parlamentarios que a la hora de
intentar superar cualquier tipo de barreras, sin reflexionar
mucho, ni ideológicamente ni estratégicamente son capaces de
ponerse en cualquier posición. Ni es así en la mayoría de los
países europeos ni encaja con el modelo de fuerzas y cuerpos
de seguridad del Estado que nos hemos dotado en este país, que
está en la Ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado. Seguramente si ese camino fuera el que tuviera la
tentación de seguir el grupo parlamentario, haríamos un
servicio de vigilancia aduanera menos ágil y posiblemetne
menos eficaz para el tipo de lucha que realiza contra el
contrabando, con un estatuto radicalmente distinto que como es
obvio le separaría enormemente de un funcionario normal de la
Administración del Estado, con unas circunstancias yo creo que
muy negativas para su función. Obviamente sería una
disfuncionalidad notable que hubiera un cuerpo y fuerza de
seguridad del Estado en un ministerio como el de Economía y
Hacienda, estando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado en el Ministerio del Interior. Tanto es así, señora
portavoz del Grupo Popular, que el informe del Consejo del
Poder Judicial, que obra en mi



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poder, al anteproyecto de ley, precisametne lo que decía es lo
contrario de lo que usted ha manifestado aquí, que era bueno
que fueran fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Decía
literalmente el texto del
informe: La equiparación que se contiene en esta disposición
final podría originar en la práctica ciertas disfunciones
derivadas de la dependencia orgánica de dicho servicio de un
departamenteo ministerial distinto del Ministerio de Justicia
e Interior.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez Zapatero, le ruego
concluya.




El señor RODRIGUEZ ZAPATERO: Concluyo ya, señorías, con este
tema que me ha parecido que ha sido en el desarrollo de la ley
orgánica de contrabando el más importante.

Yo haría una
reflexión al Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, que ha mantenido esa posición, y al Grupo
Parlamentario Popular. Creo que con la ley de contrabando se
da un avance importante en la definición de la lucha contra
este problema, que se mejora, que se modernizan los
instrumentos, que se da el respaldo jurídico adecuado y,
además, que se deja en su punto de equilibrio, porque quiero
recordar que la Ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado, aprobada por unanimidad prácticamente en esta
Cámara, atribuyó la lucha contra el contrabando también a al
Guardia Civil. Por tanto, es bueno que esta ley haga una
llamada a la coordinación. Por cierto, señor portavoz de
Coalición Canaria, sí hay instrumentos de coordinación entre
ambos cuerpos e incluso están regulados en el ámbito del Plan
Nacional para la Lucha contra la Droga.

En definitiva, el Grupo Socialista, después de haber tenido
una posición ampliamente razonable, comprensiva y abierta en
el trámite de Ponencia y Comisión, no va a respaldar las
enmiendas que han defendido los diferentes grupos
parlamentarios.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Rodríguez Zapatero.

La señora Cava de Llano tiene la palabra.




La señora CAVA DE LLANO Y CARRIO: Señor Presidente, el
representante del Grupo Socialista, señor Rodríguez Zapatero,
dice que el informe del Consejo General del Poder Judicial no
dice lo que yo he dicho que dice. Aquí lo tengo a disposición
de la Presidencia y de la Cámara.

Este informe, en su epígrafe noveno, cuando se refiere a la
disposición final primera del anteproyecto, dice: Por último,
el número 2 de la disposición final primera del anteproyecto
establece que el Servicio de Vigilancia Aduanera tendrá la
consideración de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Y
sigue diciendo que la inclusión de este apartado 2 en la
disposición final primera se hace necesaria, que son las
palabras que ha utilizado esta Diputada.

Por último, no
entiendo cómo puede hablar de disfunción cuando el Servicio de
Vigilancia Aduanera está adscrito al Ministerio de Hacienda y
la policía judicial y los cuerpos y fuerzas de seguridad del
Estado lo están al Ministerio del Interior, porque eso es
tanto como que el señor Rodríguez Zapatero reconozca la
incapacidad de los dos departamentos ministeriales para
coordinarse. Puede haber perfectamente una dependencia
orgánica de un Ministerio y funcional de otro, que es lo que
ocurrió, pongo por ejemplo, cuando se creó el Plan Nacional
contra la Droga, que se atribuyó la coordinación y la
dirección de los distintos departamentos ministeriales e
incluso de los demás órganos que tenían algo que decir en este
tema. Por tanto, pido al señor Rodríguez Zapatero que no
reconozca públicamente una falta de coordinación que estoy
segura de que con buena voluntad podría haber.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Cava de Llano.

El señor Vázquez tiene la palabra.




El señor VAZQUEZ ROMERO: Gracias, señor Presidente.De las
cuatro enmiendas que mi grupo mantenía vivas para debate en
este Pleno, en el trámite anterior hemos retirado las números
6 y 9 y hemos dejado pendiente la número 11, que forma parte
de la sustancia fundamental de esta ley, la situación del
Servicio de Vigilancia Aduanera. Finalmente, retiramos la
enmienda número 11 de mi Grupo y aceptamos como positiva la
redacción del punto 2 de la disposición adicional primera
porque, como decíamos en la tribuna después de oír a los demás
portavoces, nos parece que resuelve suficientemente el
problema funcional del Servicio de Vigilancia Aduanera,
considerándolo de facto como policía judicial con arreglo a
los artículos 443 y 446 de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
lo que satisface la funcionalidad y las legítimas
reivindicaciones de sus componentes.

Retiramos también la
enmienda número 14, en función de que, como referíamos
anteriormente, la regulación de los temas de contrabando por
parte de empresas extranjeras lo está ya tanto por el GATT
como por directivas de la Unión Europea. Por tanto, no hay
enmiendas de mi Grupo que someter a votación.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Vázquez.El señor González
de Txabarri tiene la palabra.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente.Comparto con el señor Rodríguez Zapatero que el
orden penal no deba estar sobresaturado, pero compartirá



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con nosotros, señor portavoz del Grupo Socialista, que tampoco
esto puede ser un cachondeo. El ciudadano normal, que asiste a
actuaciones en relación con materias de contrabando, tiene
muchas veces la sensación de que el conjunto de componentes
que inciden en esta materia está más cerca del cachondeo que
de un país serio. Da la impresión a veces, señor Rodríguez
Zapatero, de que el concepto barojiano del contrabandista
sigue vigente todavía en este país; ese concepto idealizando
del contrabandista que pasaba el Pirineo, que generaba trabajo
a su alrededor, y que además era mecenas de muchas actividades
sociales en su propio entorno. Entendemos, señor Presidente,
que hay que superar ese concepto decimonónico que llevaba
también a decir a Baroja: ¡Qué país, Mikel Arena! Oyendo
algunos argumentos da muchas veces la impresión de que Baroja
sigue todavía vivo entre nosotros y que los estereotipos
literarios por él prefigurados sirven incluso de base a
algunos discursos.

Exactamente lo mismo sucede en relación al segundo punto que
manteníamos nosotros como enmienda viva para este Pleno. Usted
se ha puesto todas las medallas en relación al Servicio de
Vigilancia Aduanera. Seguro que legítimamente, no le voy a
poner ninguna cortapisa en ese sentido, pero
reconocerá conmigo también, señor Rodríguez Zapatero, que no
ha hecho ninguna referencia a la segunda parte del tema. ¿Nos
quiere decir algo de la Guardia Civil? También eso se ha
denotado en el debate y se ha expuesto una situación real,
porque el conflicto no se da por poner más medallas al
Servicio de Vigilancia Aduanera, sino porque las funciones
represoras en relación a las materias de contrabando, en
nuestra opinión, no se ejercen con suficiente diligencia. En
relación con esa materia el silencio ha sido su única
contestación. Evidentemente, existe una posición muy maniquea
en relación con este tema. Usted hablaba de que sus posiciones
son equilibradas, responsables. Supongo que no querrá dar a
entender que los que manifestamos posiciones no concordantes
con las suyas seamos unos desquilibrados y unos
irresponsables.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias señor González de Txabarri.

Tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor Presidente.

Con gran brevedad he de decir que, oídos estos argumentos, nos
ratificamos en el mantenimiento de nuestra enmienda y
votaremos las que son concordantes con la
nuestra.

Quiero dejar aclarado, porque en las palabras del portavoz
socialista ha habido un silencio o un falsa
interpretación, que Coalición Canaria a través de su enmienda
de lo que está en contra es del contrabando. Todos contra él,
con todos los instrumentos físicos y jurídicos de la
Administración del Estado, empezando por el soporte de esta
nueva ley orgánica que vamos a votar hoy en el Parlamento. El
planteamiento de nuestra enmienda, hecha a favor de la
Administración del Estado, incluye con todas sus prerrogativas
a los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera y no va
contra nadie. Bienvenidos sean todos los alijos capturados por
las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, de la Guardia
Civil y del Cuerpo Nacional de Polícia, que tienen
encomendados funciones de represión del contrabando, y del
servicio de resguardo aduanero con la tradición que se ha
mantenido. Nosotros apoyaremos el apartado número 1 de la
disposición adicional primera y su pleno mantenimiento.

Nosotros no vamos en contra de ningún otro cuerpo ni
administración jurisdiccional ni competencial que tenga que
ver en la lucha contra el contrabando. Lo que decimos es que
se dé el pleno reconocimiento jurídico en esa misma igualdad.

Estamos a favor, no en contra de nadie ni de ningún cuerpo,
por supuesto, y nos alegramos y felicitamos por la tradición
que tiene el resguardo fiscal y el viejo Cuerpo de Carabineros
que hereda la Guardia Civil para que esto se mantenga con
claridad. Esto es lo que quería hacer constar para el «Diario
de Sesiones» al mantener nuestra enmienda.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Tiene la palabra el señor Rodríguez Zapatero.




El señor RODRIGUEZ ZAPATERO: Seré breve, pero no quiero no
dejar en el aire algunas de las cuestiones que se han
planteado.

Quiero decir a la representante del Grupo Popular, señora
Cava, que no podemos tener dos textos distintos del informe
del Consejo General del Poder Judicial. El penúltimo párrafo
de ese informe dice textualmente que la equiparación que se
contiene en esta disposición final --equiparación a fuerzas y
cuerpos de seguridad del Estado, que era la materia a la que
yo me refería-- podría originar, en la práctica, ciertas
disfunciones derivadas de la dependencia orgánica de dicho
servicio de un departamento ministerial distinto del
Ministerio de Justicia e Interior. Lo dice el Consejo General
del Poder Judicial. Evidentemente yo no había entrado en el
análisis en relación con la consideración de policía judicial,
que es lo que el informe del Consejo ampara de modo
inequívoco, porque considera que es necesario. Por tanto,
situemos las cosas en sus justos términos.

Quiero agradecer al Grupo de Izquierda Unida la retirada de la
enmienda en
relación con ese tema y la actitud constructiva que ha
mantenido en todo el debate.No sé por qué el Partido
Nacionalista Vasco se empeña en que hablemos y hagamos un
debate sobre la Guardia Civil, porque no estamos debatiendo
una ley que hable en ningún momento de la Guardia Civil ni en
la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.




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Yo creo que tendríamos que tener al menos esa prudencia. Yo he
querido decir en el debate que el Servicio de Vigilancia
Aduanera ha desarrollado una gran labor, que tiene que estar
en primera línea de fuego en la lucha contra el contrabando --
como está--, que el Gobierno, señor portavoz de Coalición
Canaria, señor Mardones, en estos años ha ido dotándolo de
medios materiales muy adecuados y muy potentes que han sabido
ser bien
utilizados por la profesionalidad del Servicio de Vigilancia
Aduanera, pero en dotación de medios están --a nuestro juicio-
- razonablemente bien.¿Cuál era el problema pendiente ante
esta ley? Que era la oportunidad de dotar también de un
respaldo jurídico que venía complejo por la legislación y que
sinceramente con el texto de la ley queda más que
razonablemente bien. Creo que así es la opinión del propio
Servicio de Vigilancia Aduanera, al menos de muchos de sus
representantes. Su consideración de policía judicial y su
respaldo con un carácter de ley orgánica creo que es un avance
importantísimo.

¿Y es tan extraño que el Grupo Socialista
considere razonable que tiene que haber coordinación en la
lucha contra el contrabando entre el Servicio de Vigilancia
Aduanera y la Guardia Civil? No. Es sencillamente lo deseable
y es necesaria esa coordinación. Es coherente con la posición
del Grupo Socialista y de esta Cámara, que en su día, cuando
aprobó la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
atribuyó a la Guardia Civil también la lucha contra el
contrabando, y SS. SS. y los grupos parlamentarios, la mayoría
de los que hoy están haciendo ese discurso sobre alguna fuerza
o cuerpo de seguridad del Estado, han reclamado en esta
Cámara, presupuesto tras presupuesto, más dotaciones para la
Guardia Civil del Mar, cuya misión fundamental es la lucha
contra el contrabando. Y si viniera ahora aquí una ley que
abordara las competencias de la Guardia Civil, seguramente
estaríamos oyendo ese discurso de loa, de aplauso a la Guardia
Civil, solicitando más competencias y más respaldo. De ahí,
señor represnetante del PNV, que el Grupo Socialista intente -
-porque es su responsabilidad de gobernar y su vocación de
grupo mayoritario-- una posición equilibrada y no esté en
ninguna tendencia de parroquia, como he querido interpretar en
su exposición, que desde luego está lejos de las intenciones
del Grupo Socialista.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Rodríguez Zapatero.

Vamos a proceder a las votaciones.

Ya saben, señorías, que en ese debate de los dictámenes se
debaten las enmiendas que se han mantenido vivas. Los grupos
que no tienen enmiendas no tienen voz en el debate.

Votaciones relativas al proyecto de ley orgánica de
contrabando.

Enmiendas del Grupo Popular. (El señor López Garrido pide la
palabra.)
El señor López Garrido tiene la palabra.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, solicitamos votación
separada de la enmienda número 36.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Grupo Popular, excepto la
número 36.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 131; en contra, 174.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda número 36, del Grupo Popular.Comienza la votación.

(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 130; en contra, 165; abstenciones, 10.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 1, del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación.

(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, ocho; en contra, 164; abstenciones,
134.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 18, de Coalición Canaria.

Comienza la votación.

(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 133; en contra, 164; abstenciones,
ocho.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Votaciones relativas al dictamen de este proyecto de ley.

Votación correspondiente al artículo 2 del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 182; en contra, 125.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación relativa a la disposición adicional primera del
dictamen.Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 176; en contra, 129; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación relativa al resto del dictamen, excepto la exposición
de motivos.




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Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 307.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación correspondiente a la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 307.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




--PROYECTO DE LEY ORGANICA DE LA PARTICIPACION, LA EVALUACION
Y EL GOBIERNO DE LOS CENTROS DOCENTES (número de expediente
121/000092)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate del dictamen de la
Comisión relativo al proyecto de Ley Orgánica de la
participación, la evaluación y el gobierno de los centros
docentes.

Enmiendas del Grupo Popular. Tiene la palabra el señor Ollero.

(El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor OLLERO TASSARA: Señor Presidente, señorías, el debate
de este proyecto ofrecía una interesante oportunidad para ver
realmente cómo iba a utilizar su campo de juego el nuevo
Ministro, ese reducidísimo campo de juego de proporciones
indefinidas que se le ha concedido. No sé, de entrada, si
interpretar su ausencia de hoy como un apoyo
entusiasta al proyecto de su predecesor. Quizá sea ésa la
lectura que debamos hacer. En todo caso, el señor Ministro,
que no tendrá ocasión de hacer grandes cosas por la educación,
sí tenía la oportunidad por lo menos de impedir que se
consumaran algunas que, a juicio de nuestro Grupo, no van a
ser especialmente positivas, entre otras este mismo proyeco de
ley.

Se ha convertido en algo enormemente difundido ya la
convicción de que la LOGSE está fracasando; y está fracasando
fundamentalmente por la falta de apoyo del profesorado, y muy
especialmente del profesorado de los centros públicos, cuyo
entusiasmo por el proyecto es incluso notablemente inferior al
de los centros privados, que en su día lo criticaron de manera
bastante acerba. Pues bien, este proyecto de ley no sólo no
rectifica las causas de esa falta de motivación del
profesorado, que son fudamentalmente haberse visto marginados
en la gestión de los centros y haberse visto faltos
absolutamente del respaldo de la Administración cuando han
asumido en esos centros cargos de gobierno, sino tampoco el
hastío y el desánimo ante la política clientelar y de
instrumentalización política que el Partido Socialista ha
venido llevando a cabo en los últimos años. Este proyecto no
sólo no rectifica eso, sino que tiene prácticamente como
finalidad fundamental consolidar todo lo que se ha hecho en
ese aspecto.

En ocasiones se nos ha hecho notar desde el Grupo Socialista
que estas previsiones anteriores, y ahora
consolidadas en el proyecto, afectan a todas las
administraciones públicas. Precisamente por eso, el Grupo
Popular vota en contra, porque en aquellas administraciones
públicas donde tiene responsabilidades de gobierno no le
interesa en absoluto hacer política clientelar ni
instrumentalizarla. Por tanto, esto no le sirve para nada. Yo
no sé si al decir eso el Grupo Socialista está implícitamente
explicando el voto positivo que recibe de otros grupos
distintos del nuestro. En todo caso, para nosotros el
argumento no es válido. Lo que es evidente es que el fracaso
de la LOGSE, que se explica por esa desmotivación del
profesorado, se va a ver consolidado y reforzado con esta ley,
si llega a aprobarse, ya que su único objetivo, como he dicho,
es perpetuar las causas de esa falta de motivación.

El Grupo Popular, por el contrario, propone una serie de
enmiendas que, entre otras cosas, apuntan a devolver el
protagonismo al
profesorado y, en concreto, promover la función del claustro
en los centros, que ha sido recortada de una manera poco
razonable. En concreto, nuestras enmiendas proponen que el
claustro de profesores elabore una terna para la elección de
director y que el consejo escolar elija a alguno de los
miembros de esa terna. Pensamos que los únicos que están en
condiciones de acreditar a un candidato a director son los
profesionales de la enseñanza, que son los que están en
condiciones de evaluar méritos, como dice esta ley, porque
quien no es profesional no está en condiciones de evaluar
mérito alguno. Podrá evaluar la confianza política o la
confianza personal que le pueda merecer la gestión del
candidato, pero nunca sus méritos, porque de eso no sabe nada,
y no es bueno mezclar unas cosas con otras.

Proponemos también que sea el claustro el que elabore la
propuesta de directrices del proyecto ecucativo del centro,
que debe elaborarlo el claustro con el equipo directivo y no
el equipo directivo por su cuenta; que el director tenga que
oír al claustro para designar los cargos que a él le competen
o para proponer su cese.Aprovecho, de cara más bien a los
servicios técnicos, para advertir que se ha deslizado una
errata en la redacción



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del dictamen de la Comisión en el artículo 11.1.a), donde se
ha escapado una preposición, en, que no es fruto de una
enmienda, sino simplemente de un lapsus y convendría
corregirlo.

Para el Grupo Popular, el sistema de participación --que, al
fin y al cabo, deriva implícitamente de la
Constitución y en su día ya fue desarrollado parcialmente por
el Gobierno de la UCD, y que luego fue plasmado en la LODE--ha
sido, sin duda, la víctima principal de esta política a la
que antes me he referido. Pero, para nosotros, realmente el
fallo no ha sido del sistema en sí, sino un fallo del uso que
se ha hecho de él. Por tanto, ante esta situación, lo que
pretendemos es dar una nueva oportunidad, mediante una mejora,
al funcionamiento de ese sistema de participación.

El Gobierno se ha empeñado en los últimos años, a través de
sus
disposiciones, en considerar al director de los centros, por
ejemplo, más como un representante de la Administración que
como un representante de la comunidad educativa. En la misma
memoria del proyecto se registra esa especie de contradicción
que surge al verse una misma persona obligada a desempeñar dos
funciones que a veces entran en conflicto, pero el proyecto,
inequívocamente, opta por que el director aparezca como
representante de la Administración antes que como
representante de la comunidad escolar. Eso explica que sólo
pueda ser candidato quien la Administración estime oportuno,
quien esté acreditado por la Administración. Por tanto, se
rompe la contradición, pero precisamente desvinculando aún más
al director de la comunidad escolar, en vez de, por el
contrario, vincularlo a ella.

El Grupo Popular se opone a este planteamiento y quiere poner
fin a esta política socialista, que ha llevado, como
consecuencia, a la designación a dedo de la mayoría de los
directores escolares, tras conseguir que el malestar de los
profesores se traduzca en una negativa casi generalizeda a
ocupar dicho cargo. Pensamos que si se
replantea esta participación, precisamente reconociendo al
profesorado el protagonismo que merece, no se procudirá esa
actitud de inhibición a la hora de asumir esas
responsabilidades.

Ante esta crisis de la utilización del
sistema de participación, saben dos actitudes: una, por la que
opta el proyecto, que es consolidar lo ya hecho; otra, la que
propone el Grupo Popular, que es recuperar el sistema que
creemos que es válido, creemos que al menos cabe intentar una
vez más que funcione, y aquí es donde surgen, lógicamente,
nuestras enmiendas.

El proyecto opta claramente por consolidar lo hecho. La
Administración, como ya he señalado, es la que va a acreditar
a los candidatos, y no la comunidad escolar.

Además los va a acreditar retroactivamente. Serán precisamente
aquellos profesores que se han prestado a colaborar, más con
el Ministerio, como excepción, dentro del general desánimo de
sus compañeros, los que se van a ver acreditados de manera
retroactiva por las disposiciones de esta misma ley. Es
curioso que un problema reconocido como es el de la ausencia o
escasez de candidatos se resuelva --entre comillas--,
paradójicamente, en este proyecto dificultando aún más el ser
candidato. Antes faltaban canditatos y ahora habrá profesores
que puedan querer ser canditados y no podrán serlo. Por otro
lado --no quiero olvidar un matiz--, a la hora de aplicar
retroactivamente esta ley, el proyecto no distingue, por
ejemplo, entre aquellos profesores que han sido directores de
un centro elegidos por la comunidad escolar, a los que tendría
sentido reconocerles esa acreditaión que ya tienen, de
aquellos que han sido, pura y simplemene, designados a dedo, a
los cuales lo único que hay que reconocerles es, quizá, su
buena voluntad o su grado de identificación con las
autoridades ministeriales, en algún caso. Pensamos que es la
confianza del centro la que debe acreditar al candidato, y es
absurdo que un candidato que podría contar con la mayoría
absoluta de la comunidad escolar no pueda ni siquiera
presentarse si no le da un certificado de adecuada conducta,
una acreditación, la Administración de turno. No estamos, en
modo alguno, a favor de esta pintoresca situación, que lo
único que hace es complicar todavía más la presentación como
candidato en un momento, insisto, en que la mayoría acaban
siendo designados a dedo porque no hay candidato alguno.

Parece poco disimulable, en ese contexto, que a lo que se
aspira es a colocar a los leales antes de un inminente
abandono del poder. Por eso, rechazamos de manera drástica ese
sistema de acreditación.

Queremos, sin embargo, recuperar el sistema de participación,
intentar, en un nueva oportunidad, que llegue a cobrar vida,
evitando, entre otras cosas, toda posibilidad de designación
directa por la Administración. Nosotros entendemos,
lógicamente, que un director de un centro necesita una
formación específica y un apoyo, más que nada, pero pensamos
que esa formación debe recibirla a la vez que desarrolla sus
funciones. Al fin y al cabo, para ser director provincial --
que en algunos casos es quizás más que ser
direcor de un centro escolar-- no se exige acreditación
alguna. Por tanto, me parece que esta es una exigencia
excesiva. Lo que hace falta es apoyo, no solamente formativo,
sino también, fundamentalmente, para que el director se
sienta, a la hora de defender los intereses de su comunidad
escolar, respaldado por la Administración.

Curiosamente hay una coincidencia gracias a una enmienda que
introdujo el Grupo Socialista, equivalente a una del Grupo
Popular, en la que se prevé una segunda vuelta en la elección.

La diferencia es que en nuestro caso proponemos que en la
segunda vuelta se elija entre los dos que hayan sacado más
votos en la primera,
mientras que el Grupo Socialista sigue exigiendo mayoría
absoluta en segunda vuelta, con lo cual, de no conseguirse,
habrá designación a dedo y a la mejor será director un
profesor que está en minoría absoluta, porque incluso puede
ser ajeno al centro, si está



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acreditado por la Administración, lo cual nos parece que es un
despropósito. Nosotros proponemos dos cosas, como ya he dicho.

Primera: que haya una terna que propone el claustro, con lo
cual no hay formalización
específica de candidatura; segunda: que, en defecto de esa
terna, cualquier profesor que sea miembro del consejo escolar
podrá ser votado, puesto que, si ya está participando en el
consejo escolar, hay que entender que está en condiciones de
asumir esa responsabilidad.

Este es nuesto planteamiento, y quiero recordar aquí una cosa,
haciendo una llamada a la
sensatez al Grupo Socialista, insistiendo en un detalle que es
puramente técnico. En el momento actual, en el dictamen de la
Comisión, en ningún artículo --a no ser que haya cometido un
error al revisarlo; error que admitiré con sumo gusto-- se
especifica de manera directa cuál es la duración del mandato
del diretor. Se especifica cuál es la duración del mandato del
director designado a dedo, se especifica cuál es la duración
del mandato de los órganos unipersonales que designa --porque
se habla de designación-- el director, pero en ningún momento
se dice cuánto va a durar el mandato del director. Además, hay
una disposición adicional que señala que en los centros
privados durará el director lo mismo que en los públicos, y no
se dice cuánto dura. Creo que, por lo menos, hasta ahí debería
llegar el sentido común y aceptar alguna enmienda que subsane
ese absoluto dislate.

Cuado defendimos la enmienda a la
totalidad en el Pleno, resaltamos la curiosa circunstancia de
que se señalara un período de mandato a los directores,
incluso a los designados a dedo, de cinco años, cuando el
presidente González se había referido humorísticamente, días
antes, a que hablar de cinco años era hablar de más de un
legislatura. Parece que el argumento ha hecho mella, porque el
Grupo Socialista ha cambiado el plazo y lo ha dejado en cuatro
años. Es decir, en una legislatura de un grupo que tenga
suficiente apoyo, no de las del Grupo Socialista que ya vemos
en estos días que no llegan a cuatro años.

Hay otra previsión introducida vía enmienda, y es que haya un
máximo de tres períodos para el director. La verdad es que no
entendemos muy bien esta previsión y nos hemos puesto a ella.

Si lo que se quiere insinuar es que no es bueno que el
director esté mucho tiempo, tres períodos nos parece
demasiado. Si, por el
contrario, puede estar tres períodos no sé por qué no puede
estar cuatro. Tal vez lo que haya sea un cierto miedo a que el
director de una comunidad escolar cobre tal liderazgo que
pueda crear problemas a la Administración, pero insisto en que
al Grupo Popular eso no le preocupa lo más mínimo y está
gobernando ya en muchas administraciones. Por tanto, no
apoyamos esa medida restrictiva.

Insistimos en otro aspecto. Hay una disposición transitoria
que puede originar problemas graves, a la que proponemos una
enmienda en la que se dice que en la duración de los mandatos
se tendrá en cuenta el momento de la elección. Y ahí debería
cortarse esa disposición. Ha habido comunidades autónomas con
competencia plena, varias, que han hecho elecciones cuando
estaba en trámite esta ley y esos directores ya están
elegidos. No tiene sentido alguno que a esos directores se les
impida permanecer en su cargo los tres años a los que les daba
derecho a permanecer la normativa entonces aplicable y
jurídicamente ganarían, sin duda alguna, ese recurso, si lo
plantean. Creo que eso supondría aumentar la conflictividad.

Suficientes recursos tiene ya el
Ministerio, que tarda años en resolverlos, para meterse en
nuevos problemas. Hace falta respetar esas autonomías donde
libremente han optado por hacer elecciones, porque no estaban
vinculados por una norma que aún no se había aprobado aquí.

El Grupo Popular rechaza las previsiones un tanto humillantes
de consolidación parcial de complementos para los directores
escolares. Parece que es una visión un poco mercenaria del
cargo. Parece insinuarse que si no hay candidatos es porque no
hay dinero, lo cual creo que es realmente ofensivo para los
profesionales de la enseñanza, a los que no viene mal el
dinero --de eso tengo experiencia personal porque he actuado
como tal--, pero no creo que tiendan a condicionar su
ejercicio de cargos docentes por ese motivo. Y es curiosa la
coincidencia de otros grupos en ese rechazo. Por otra parte,
no se les reconoce esos complementos a quiene asumen otros
cargos directivos...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Ollero, vaya
terminando, por favor.




El señor OLLERO TASSARA: Sí, señor Presidente.

No se les reconoce, decía, a quienes asumen otros cargos
directivos con no menos esfuerzos.

Nos oponemos también a la desvirtuación de la
representatividad en la participación que supone el que algo
que no estaba en el anteproyecto se haya incluido aquí y es
que se le regala un miembro en el consejo escolar,
sustrayéndolo a la elección en este caso de los padres, a la
asociación de padres más representativos, lo cual está hecho
claramente para consolidar las situaciones de hegemonía que
puede haber en la actualidad.

Pasando a otros temas, consideramos fundamental, ya lo dijimos
aquí, que se pueda con claridad garantizar la libertad de
elección de centros a los ciudadanos escolarizados en centros
estatales. La elección de centros no es sólo entre centro
estatal y centro privado. Tiene que existir el derecho a
elegir entre los centros
estatales, lo cual vendrá muy bien para los profesionales de
la docencia. Por ejemplo, no tiene sentido que el Ministro --
que hoy no está aquí-- haya anunciado enseñanza bilingŸe en
determinados centros estatales y que el acceso a esos centros
públicos acabe dependiendo más de la zona de residencia que de
la voluntad de los padres y de la capacidad de los alumnos.

Hay que



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revisar eso. Y quiero recordar que el Grupo
Socialista, vía enmienda, ha eliminado del texto de la ley la
elección de centros y la ha sustituido por la implicación en
el entorno. Tiene que haber derecho a elegir.

Por último, señor Presidente, quiero pasar a referirme a un
aspecto arquetípico de la política clientelar del Partido
Socialista en estos años, que es la inspección educativa, algo
que repercute
enormemente en la calidad de la enseñanza y algo que ha sido
un ejemplo de maniobra poco presentable, consistente en
desmantelar un cuerpo de claro prestigio pero presuntamente
deficitario en adhesión política, poner como excusa que hay
que pasar a un nuevo modelo no especializado y de carácter
temporal, nombrar sin concurso-oposición a centenares de
funcionarios, para luego, cuando ya están nombrados, descubrir
que era mejor lo de antes, proponer que se vuelva a lo de
antes, integrar de una manera directa a todos ellos con la
ayuda de las enmiendas de Minoría Catalana --porque
curiosamente ha habido un reparto de enmiendas, y el Grupo
Socialista ha enmendado unos títulos y el Grupo Catalán otros-
- y pasar a un sistema en el que todo el mundo queda
integrado, porque incluso aquellos que por no hacer un
concurso-oposición que subsane su falta de titulación, o
simplemente por no haberlo superado, son admitidos como
inspectores extracorpóreos, no quedan integrados en el cuerpo
pero se les mantiene en sus funciones hasta que se jubilen.

El Grupo Popular propone una oposición-concurso, porque
realmente primero hay una oposición y los que la superan
entran en una fase de concurso, y un turno especial para los
que han estado desarrollando esa función, porque respeta
enormemente a esas personas, muchas de las cuales dicen, con
razón, que están ahí por ese sistema porque es el que había,
no porque ellos lo hubieran pedido. Por tanto, una persona que
está ahí y que, además, ya tiene una experiencia no tendría
ningún problema en demostrarla en algo que, al fin y al cabo
no va a tener mayor trascendencia. Solamente aquel que
estuviera convencido de que no está en condiciones de superar
un mínimo contraste, ni siquiera contando con su experiencia,
podría verse afectado por esta prohibición del Grupo Popular,
que, por otra parte, admite que completen su plazo el resto de
los inspectores.

También hemos insistido en que se desarrolle la alta
inspección, algo que nos parece fundamental en un Estado de
las autonomías. Tan absurdo es negar, como ya hemos
denunciado aquí, las competencias de las comunidades autónomas
como pretender que un Estado de las autonomías funcione sin
Estado...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Ollero, termine,
por favor.




El señor OLLERO TASSARA: Concluyo, señor Presidente.Por tanto,
es lógico que se asuma esa previsión recogida incluso en los
estatutos que tienen mayores competencias, y se regule el
funcionamiento de la alta inspección.

Concluyo. Este proyecto, por un lado, pone a prueba la
credibilidad del nuevo Ministro que en estos días intenta
convencer a los ciudadanos de que van a ser un objetivo
preferente de su gestión los idiomas, cuando este proyecto,
que él no ha retirado, prácticamente deja fuera de combate al
cuerpo de profesores de escuelas de idiomas creado por la
LOGSE hace muy pocos años, y lo
desdibuja hasta hacerlo desaparecer.Creemos que en el fondo
este proyecto rebosa oportunismo poco disimulado, con una
fórmula nuevamente discutible para llevarlo a la práctica, y,
eso sí, reconoce la necesidad inaplazable de admitir fracasos
como que la participación está atascada y que la inspección
que se desmanteló hay que volverla a plantear.Nada más. Muchas
gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Ollero.Para la defensa de las enmiendas del Grupo Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el
señor Cruz Orive.




El señor CRUZ ORIVE: Gracias, señor Presidente.Señoras
Diputadas y señores Diputados, cuando se presentó a esta
Cámara el proyecto de ley orgánica de la participación,
evaluación y gobierno de los centros docentes ya el Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya presentó una enmienda a la totalidad solicitando la
devolución al Gobierno de dicho proyecto de ley aduciendo una
serie de motivos que voy a recordar hoy aquí, puesto que
dichas motivaciones son las que han alimentado el conjunto de
enmiendas que hemos presentado y que tras el paso por Comisión
en su gran mayoría permanecen vivas, de noventa y siete
enmiendas aún no hemos retirado setenta y siete. Quiero
significar que no seguimos manteniendo las enmiendas por el
talante que hayan podido ofrecer los representantes del Grupo
Socialista que sustenta la acción del Gobierno, sino que,
desgraciadamente --creo que es más grave--, continuamos
manteniéndolas por la lejanía política que hemos tenido en las
concepciones de este proyecto de ley.

Nosotros afirmábamos y afirmamos que el porvenir de la reforma
educativa requiere legislar sobre el desarrollo del Título IV
de la LOGSE, sobre el Título V, sobre compensación de las
desigualdades en la educación, y sobre la financiación que
haga posible el
cumplimiento de los objetivos planteados en ella.Respecto a
este último aspecto, he conocido con estupefacción (agradezco
aquí la presencia del señor Ministro porque iba a meter un
breve paréntesis sorprendido de que no estuviera presente en
este debate, que considero muy interesante), después de la
reunión de la Mesa del Congreso que, en el actual período de
sesiones,



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este Congreso de los Diputados no va a tramitar la proposición
de ley marco reguladora de la financiación del sistema
educativo, promovida por la Federación de Enseñanza de
Comisiones Obreras y primera iniciativa legislativa popular
que ha llegado al Parlamento avalada por quinientas mil
firmas.Así pues, ante las graves carencias que observamos a
diario, ante las dificultades producto de los recortes
económicos que embargan a la implantación de la reforma, esta
ley es una cortina de humo, pues no recoge los aspectos que
debería recoger y los que recoge lo hace de manera deficiente,
como luego expondré.En segundo lugar, el proyecto modifica la
Ley Orgánica de 3 de julio de 1985, reguladora del Derecho a
la Educación, LODE, la propia LOGSE y la Ley 30/1984, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, lo que lleva a
regular múltiples y variados temas inconexos unos con otros,
originando una gran dispersión temática sin hilo conductor y
regulándolos, además, de forma parcial, permaneciendo el
cuerpo legislativo principal en las leyes que se modifican.

Flaco favor hacemos a la sociedad legislando de manera tan
enrevesada; de 56 artículos, 16 son disposiciones adicionales,
transitorias, derogatorias y finales.En tercer lugar, y quizás
desde el punto de vista político sea lo que más nos preocupe,
quiero significar, porque para nuestro Grupo tiene una gran
importancia este aspecto, que en un momento de crispación de
la vida política y de crisis, no en sentido peyorativo, crisis
producto del cambio, de lógica desorientación en la comunidad
educativa por lo que supone la implantación de la reforma,
esta ley pretende nacer sin el consenso que obtuvieron las
leyes que pretende modificar. ¿Por qué añadir un grado más de
crispación? Este proyecto tuvo un precedente cuando, en enero
de 1994, el Ministerio de Educación y Ciencia presentaba el
documento titulado «Centros educativos y calidad de la
enseñanza», concretado en 77 medidas. Aquellas medidas fueron
contestadas en su momento desde el campo sindical, con lo que
se fue deteriorando el diálogo, llegándose en enero de este
año 1995 a darse a conocer el anteproyecto del actual proyecto
que estamos debatiendo, donde se recoge parte de las 77
medidas y al que desde un primer momento se oponen todos los
sectores educativos, fundamentalmente el estamento docente.

En este triste capítulo de falta de diálogo, de consenso,
incluyo la felinidad con la que se ha llevado el debate de
este
proyecto y las fechas tan inoportunas, período vacacional, o
con las aulas recientemente abiertas, como si se buscara la
nocturnidad y pasar de puntillas, no sea que la comunidad
educativa se entere, discuta y se confronte con las medidas
que se proponen.

Por entrar directamente a los contenidos, dado la brevedad del
tiempo de que dispongo ¿cuáles son estas
medidas y qué propone este proyecto de ley? En el Título
preliminar, artículo 1, se sigue interpretando
restrictivamente el artículo 55 de la LOGSE, aunque se haya
modificado aumentando alguna de las responsabilidades de la
Administración para garantizar la calidad de la enseñanza. En
nuestra enmienda 113 salvamos la totalidad del referido
artículo 55 y añadimos medidas presupuestarias para garantizar
la aplicación de las acciones señaladas. Hay que significar
que esta especie de coletilla que hemos introducido en
numerosos artículos de que se garantice presupuestariamente el
conjunto de medidas ha sido desechada artículo por artículo.

El Título I, de la participación de la comunidad educativa en
la organización y gobierno de los centros docentes sostenidos
con fondos públicos y en la definición de su proyecto
educativo, casi es más extenso que los siete artículos que lo
desarrollan, divididos en dos capítulos, de la participación,
por un lado, y la autonomía pedagógica, organizativa y de
gestión de los recursos de los centros educativos, por otro.

No supone, a pesar de las mejoras realizadas en la Comisión,
un avance significativo en el fomento de la participación; no
se abordan los problemas que se han detectado desde la
aplicación de la LODE en lo referente a la participación de
alumnos, padres y el personal auxiliar y al propio
funcionamiento de los consejos escolares. Nuestra enmienda
número 114 trata de reconocer en pie de igualdad las
asociaciones de alumnos y alumnas y las APA para participar en
el funcionamiento de los centros docentes. Con la enmienda 116
pretendemos garantizar la dotación de recursos que haga viable
la realización del proyecto educativo del centro.Lo más
novedoso de este título está, sin duda, en el artículo 7.3, en
el que, en el marco de la autonomía en la gestión de los
recursos económicos en los centros públicos, se posibilita la
obtención de ingresos económicos complementarios a través de
la utilización de su infraestructura y demás medios de los que
se disponga fuera del horario escolar.

Coincidiendo y apoyando la utilización de los centros
escolares por el conjunto de la sociedad, consideramos que no
se limita suficientemente lo que podría convertirse en una
abusiva explotación, donde la
obtención fácil de recursos económicos primara sobre una
necesaria jerarquización de prioridades en las actividades,
como establecemos en nuestra enmienda 120: prioridad para
actividades de las APA y asociaciones de alumnos, actividades
que fomenten la participación juvenil, actividades de las
asociaciones de profesores, todo ello controlado por el
consejo escolar, y rechazo expreso a la realización de
actividades de tipo industrial o comercial lucrativas.

Del análisis del Título II se desprende, a través de 19
artículos, que el acceso a la dirección de los centros es uno
de los ejes básicos y de las motivaciones principales que han
impulsado este proyecto.

La novedad también está en que figura como requisito para ser
candidato a director el haber sido acreditado por la
Administración. No se agotan los mecanismos



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para que el director salga elegido entre los propios docentes
del centro y a la menor dificultad se faculta a la
Administración para que lo nombre a dedo y desde fuera del
centro.Se debilita el concepto de equipo directivo, se
consolidan complementos retributivos con posterioridad a la
duración del mandato, pudiendo dar lugar a la creación de una
casta de ex directores con los subsiguientes agravios
comparativos para otras funciones.Es verdad que en la Comisión
se nos recogieron aspectos no desdeñables, hecho que también
quiero resaltar: Se redujo el mandato del director de cinco a
cuatro años, aunque me entra la duda de que esté recogido en
el artículo específico, pero en el espíritu del debate en
Comisión sí que se habló de reducirlo de cinco a cuatro años;
que el consejo escolar se renueve por mitades cada dos años y
que su mandato sea de cuatro; o que los alumnos puedan ser
elegidos miembros del consejo escolar a partir del primer
ciclo, es decir, a partir de los 12 años. Pero las 29
enmiendas que mantenemos van en el sentido de apoyar el
espíritu de la LODE y de la LOGSE, no transgredirle planteando
soluciones a las lagunas y deficiencias que se observan a
diario en la aplicación de la reforma educativa.

Si hay
problemas de participación, potenciemos la misma reconociendo
la asistencia a las reuniones del consejo escolar, el carácter
de deber público ineludible a efectos de tramitación del
permiso laboral. Pedimos menos intervencionismo de la
Administración y más participación del consejo escolar. Las
soluciones existen dentro de los centros y del claustro de
profesores. Evitemos la profesionalización rutinaria de la
función directiva. Apoyemos y formemos a los futuros
directores, a los equipos directivos. Favorezcamos la
convocatoria de proyecto de innovación. Experimentemos con
diferentes modelos de dirección. Todos estos apectos que han
quedado en la cuneta y eran parte sustancial de esas 29
enmiendas a este capítulo.

El Título III, de la evaluación, consta de un solo capítulo y
tiene ocho artículos. La evaluación del sistema educativo
arrastra en España carencias históricas. Es uno de los
instrumentos más importantes al servicio de la mejora de la
calidad de la enseñanza, pero se recoge de forma superficial,
breve (ocho artículos nada más) y sin aportar nada
interesante.

Los dos aspectos más novedosos y a la vez peligrosos del
articulado son la publicidad de los resultados de la
evaluación de los centros docentes y unir los resultados de la
valoración de la función docente con el
futuro desarrollo profesional del profesorado, pues pueden
fomentar el individualismo y la insolidaridad entre los
propios enseñantes, rompiendo el criterio de trabajo en equipo
e incluso puede favorecer el engaño entre éstos y los padres y
madres posibles electores del centro.

Nuestras enmiendas, desde la 170 que plantea la supresión del
Título III, van orientadas a lograr una evaluación interna y
externa, formativa, continua y correctiva, evitando que se
convierta la evaluación en una amenaza para nadie o que se
posibilite una clasificación de centros según sus
resultados.En el Título IV el proyecto de ley plantea la
creación del Cuerpo de Inspectores de Educación con carácter
estable, acceso mediante concurso-oposición, exigiendo a los
aspirantes el título de doctor, licenciado, ingeniero o
arquitecto, asignándole la función de control y sancionadora.

Este título, tal como ha quedado configurado, es otro de los
aspectos básicos que nos alejan de un posible acuerdo y que
nos inducen, junto al Título II, a valorar
negativamente el conjunto del proyecto de ley.

Nuestro Grupo, dejando clara la importancia que tiene para las
administraciones educativas y para el conjunto de la sociedad
la supervisión del sistema y coincidiendo con las funciones
definidas para la inspección educativa, porque estamos de
acuerdo con el artículo que las define --incluso poníamos
alguna más, como la de asesoramiento al consejo escolar del
Estado, etcétera--, apuesta, por tanto, por la vuelta a los
orígenes de la Ley 30/1984, de la Función Pública,
estableciendo la función inspectora como un destino temporal,
al que se accede desde los cuerpos docentes establecidos en
las disposiciones adicionales décima y decimocuarta de la
LOGSE, sin la exigencia de titulación superior. Nuestras
enmiendas definen un modelo diferente de concurso público,
concurso de especialización y prácticas tuteladas. También
defendemos el equipo de inspección y el programa de
actuación.Del conjunto de enmiendas a las disposiciones
adicionales, transitorias y finales, destaco las que tienden a
que el personal docente de los centros privados concertados
sea equiparado de una vez al de los centros públicos, tanto en
condiciones de trabajo como salariales, y que la composición,
funciones, etcétera, de los órganos colegiados de los centros
concertados se rijan por los mismos criterios que los
públicos; que se asegure la no discriminación de alumnos y
alumnas por razones económicas; que se controle el cobro de
cuotas, para que no existan abusos, etcétera. Hago un breve
resumen de lo que pueden ser los aspectos más importantes de
estas enmiendas a las disposiciones citadas.

En definitiva, y concluyo, lo más novedoso y mejor
desarrollado en este
proyecto de ley orgánica no va precisamente en la línea de la
orientación progresista de la reforma. Más bien parece
gestarse un contrarreforma. Se revisa, a peor, la LODE, al
romperse el concepto de equipo directivo y potenciar la figura
del director jerárquicamente y más vinculada a la
Administración. Parece que se apuesta por modelos de
inspección obsoletos o, cuando menos, antiguos, anteriores a
nuestra Constitución; se incentiva el alquiler de locales de
los centros públicos con afanes mercantilistas; se vincula la
evaluación del profesorado a su promoción profesional y, lo
que es más grave, parece que, en lugar de construir y
articular un compromiso



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con los sectores afectados, se ha optado por la vía del
cumplimiento burocrático.Este proyecto de ley dice cosas que
pueden conectar muy bien con una parte cuantitativamente
importante de la sociedad: gestión,
eficacia, control del sistema educativo, evaluación de
profesores, calidad, elección de centros... No cuesta un duro;
es una ley barata. Los mayores costes estarían en los
complementos retributivos de los directores, y pasa la
responsabilidad de la calidad de la enseñanza a los centros y
a los profesores. Allí parece ser que se ventila la calidad de
la enseñanza en este país.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Cruz, vaya
concluyendo, por favor.




El señor CRUZ ORIVE: Termino, señor Presidente, en estos
mismos momentos.

Como campaña de imagen de un Gobierno en
dificultades políticas puede valer, pero flaco servicio se
hace a la aplicación de la reforma educativa y a sus
postulados progresistas.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Cruz.

Para la defensa de las enmiendas del Grupo de Coalición
Canaria, tiene la palabra la señora Monzón.




La señora MONZON SUAREZ: Señor Presidente, señorías, subo a
esta tribuna para defender las enmiendas que Coalición Canaria
mantiene vivas al proyecto de ley orgánica de la
participación, la evaluación y el gobierno de los centros
docentes. Concretamente, al Título I mantenemos vivas las
enmiendas números 74, 75 y 77.

El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria en su enmienda
número 74, considera que el alumnado y el personal docente de
la
administración y servicios, como sectores de la comunidad
educativa genéricamente incluidos en la redacción actual,
deben ser citados de forma explícita, de tal modo que se
destaque la necesidad de su participación, de una parte y, de
otra, la consideración que esa misma participación merece a la
administración educativa.

En el mismo sentido, nuestra enmienda número 75 hace hincapié
en la participación de las
corporaciones locales en la gestión y funcionamiento de los
centros, que no debe limitarse, a nuestro entender, al
reconocimiento de un derecho, tal como se establece en este
artículo 3, apartado 1, del proyecto de ley, sino que debe ir
más allá, exigiéndoseles la obligación de su colaboración en
el desarrollo de actividades concretas, de carácter
extraescolar, de modo que se impliquen de forma directa en la
labor educativa que los centros docentes desarrollan.

En cuanto a la enmienda número 77, a este Título I, la damos
por defendida en sus propios términos.

Por lo que se refiere al Título II, y a la enmienda número 80,
Coalición Canaria entiende que las enseñanzas artísticas
tienen unas características que las hacen de hecho
equivalentes a las de rango universitario. Por ello,
defendemos que el proyecto de ley que discutimos excluya de su
aplicación en el artículo 9.º a esos centros superiores, para
los que debe diseñarse un modelo organizativo y de gobierno
específico.

En cuanto a la enmienda número 81, en el artículo 10, apartado
4, creo que hay un error de transcripción, puesto que en el
dictamen de la Comisión se repite el mismo texto en los puntos
4 y 5,
desapareciendo el que originalmente era el punto 4, que hacía
referencia a la representación de los padres en el consejo
escolar. Si estoy en lo cierto, la citada enmienda que
presentamos al proyecto se justifica por considerar que sería
un trato discriminatorio el que las asociaciones de padres
puedan designar a un miembro en el consejo escolar y no dar la
misma potestad a las asociaciones y sindicatos de
estudiantes.

Con respecto a las enmiendas números 86, 87, 88, 89, 90 y 92,
consideramos un lamentable retroceso respecto a la actual
normativa la pretensión de que sólo pueda acceder a la función
directiva el profesorado acredictado por la
Administración, como se ha dicho aquí por los grupos que me
han precedido en el uso de la palabra. Defendemos que
desaparezca del proyecto el requisito de previa acreditación
exigido para poder ser candidato a la dirección de un centro
docente, manteniendo al menos la vigencia de los términos en
que se expresa la LODE.

A este mismo título doy por defendidas en sus propios términos
las enmiendas números 83, 85 y 95, y retiramos las enmiendas
números 82, 94 y 96, así como la 91 y 97, estas últimas por
entender que el texto del dictamen de la Comisión se acerca a
nuestra propuesta.En el Título III
Coalición Canaria mantiene vivas cinco enmiendas, las números
98, 99, 100, 102 y 103. En lo que se refiere a las enmiendas
números 100 y 103, se mantienen en sus propios términos.

Respecto a las otras tres enmiendas a este título sobre la
evaluación, las números 98, 99 y 102, entendemos que el
desarrollo de las competencias asumidas en materia de
educación, que incluye por supuesto la evaluación del sistema
en el ámbito de gestión de las respectivas administraciones,
tiene que permitir que la intervención en esa evaluación sea
de participación plena y no de mera pasividad, de tal modo que
el análisis de la evolución del sistema se realice en
colaboración directa con los órganos autónomos encargados de
la evaluación de todos y cada uno de los elementos que lo
integran y, en todo caso, con la intervención de la inspección
educativa.

En cuanto a las enmiendas números 104 a 110, ambas inclusive,
que este Grupo Parlamentario mantiene al Título IV, creemos
que la admisión del término «categoría de inspector» supone
aceptar la creación del cuerpo de inspectores, lo que a
nuestro juicio implica



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un grave y peligroso retroceso respecto a normas legales
anteriores, y se nos plantea un modelo de inspección educativa
absolutamente burocratizado, inmovilista y contradictorio con
los principios educativos propugnados por la LOGSE.

Por lo que se refiere a las diposiciones adicionales, doy por
defendidas en sus propios términos las enmiendas que
presentamos.

En conclusión, el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria,
con las enmiendas presentadas a este proyecto de ley, pretende
la consecución de una norma coherente con el modelo educativo
que, iniciado en 1985 con la Ley Orgánica Reguladora del
Derecho a la Educación, se perfeccionó con la de
Ordenación del Sistema Educativo en 1990.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora
Monzón.

Para la defensa de las enmiendas presentadas
conjuntamente por el Grupo Vasco, PNV, y por el Grupo Mixto,
señor Albístur, tiene la palabra el señor González de
Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente.Señorías, el Grupo Vasco mantiene vivas para este
debate 36 enmiendas. Voy a intentar defenerlas en este turno,
así como fijar la posición de nuestro Grupo en torno al propio
proyecto de ley.

El Grupo Vasco entiende que ha sido un debate enriquecedor y
sosegado, porque hemos tenido tiempo y
disponibilidad para poder hacerlo tanto en el trámite de
Ponencia como en Comisión, máxime cuando este debate devenía
de uno previo suscitado por el propio Ministerio de Educación,
que ha estado abierto a los propios sectores educativos y a la
participación de las administraciones educativas.

Entendemos, señor Presidente, que estamos hablando, en el tema
de educación, de la reforma de la reforma. La LODE del año
1982 y la LOGSE posterior, de alguna forma, han ido adaptando
las reformas en el sector educativo y este proyecto referido a
la participación, a la valoración, al gobierno de los centros
docentes, evidentemente indica la capacidad de corrección de
aspectos sustanciales de la LODE y de la LOGSE que necesitan
actualización, lo que, en nuestra opinión, demuestra que se
está cerca de la realidad educativa y que además existe
cintura suficiente para poder abordar un debate clarificador
en el tema educativo tendente a la corrección de las
deficiencias que se detectan y a la potenciación de aquellos
aspectos positivos del proceso educativo. Desde el punto de
vista del Grupo Vasco, es una reforma adecuada y correcta en
la dirección que hemos venido reiterando significativa y
reiteradamente durante muchas de nuestras tomas de posición en
el tema educativo. Es una apuesta por la profesionalidad de
todos los que participan en el ámbito educativo, por que los
agentes educativos, cada cual en su nivel, pueda desarrollar
sus funciones con competencia y disponibilidad. Es evidente
que las reformas educativas difícilmente se pueden hacer en el
marco legislativo, pero también es indicutible que sin marco
legislativo es imposible realizar reformas en el ámbito
educativo, y como este proyecto de ley está en la línea de una
apuesta por la calidad en la educación, por la autonomía de
gestión de los centros educativos y por la participación de
los agentes sociales en los programas educativos está en la
misma línea que el Partido Nacionalista Vasco en este
tema.

Como he indicado anteriormente, mantenemos 36 enmiendas vivas
a este proyecto de ley, que clasificamos en seis
apartados y que voy a intentar defender.En primer lugar,
entendemos que esta reforma es tímida en relación con la
autonomía de los centros docentes. Se hace mucha referencia a
ese concepto de autonomía de centros docentes y, sin embargo,
nos parece que el texto que recoge el proyecto de ley es
todavía excesivamente prudente, excesivamente pudoroso,
diríamos nosotros, de cara a que ciertamente los centros
educativos, tanto los públicos como los privados sostenidos
con fondos públicos, puedan de verdad ser autónomos en su
gestión económica, en su gestión pedagógica y que los propios
profesionales del sector puedan, de alguna forma, tener las
riendas reales de los centros educativos en materia curricular
o en materia de gestión. Entendemos que el Grupo Socialista y
el Ministerio están todavía excesivamente anclados en
conceptos que en el mundo educativo están quedando obsoletos.

Por ejemplo, el concepto de titularidad de los centros creemos
que no es un criterio de calidad, y seguimos sin entender por
qué los proyectos del Ministerio de Educación se vertebran en
función de la titularidad de los centros, como si el ser
titular de un centro público o de un centro de iniciativa
social fuese per se un criterio de calidad. En un proyecto de
ley en el que estamos hablando de participación, de calidad de
la educación, resulta sorpresivo que la vertebración del
propio proyecto de ley venga vehiculizada desde esta
perspectiva. Se hace una normativa, una legislación para los
centros públicos y allí, como un apéndice, como una coletilla
al final, se indica que aquellos centros de iniciativa social,
aquellos centros sostenidos con fondos públicos también
deberán cumplir esta normativa.

Entendemos que éste es uno de los conceptos que el propio
tiempo irá corrigiendo y un buen conjunto de enmiendas que
presenta el Grupo Vasco (PNV) a este proyecto de ley, que
mantiene vivas para este trámite del Pleno, van en esta
dirección.

La autonomía de los centros no es un concepto etéreo, es la
consideración y la consecuencia de una práctica que en los
centros educativos se puede
desarrollar. La autonomía pedagógica, o de organización, o de
gestión debe concluirse de una práctica en la que el claustro
de profesores, el consejo escolar, los propios padres



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que están en los centros educativos puedan disponer de una
serie de herramientas económicas, de una serie de herramientas
pedagógicas que permitan concluir que el centro es autónomo en
su gestión y en su diseño curricular. Da la impresión muchas
veces de que el debate se hace al revés; se dice que los
centros tienen que ser autónomos, pero luego las herramientas
reales para que esos centros puedan ser autónomos son
ciertamente cortas y no posibilitan esa participación.Como
modelo en este sentido entendemos que los objetivos que están
recogidos en este proyecto de ley son básicamente los mismos
que se recogen en el proyecto de la ley 1/1993, de la Escuela
Pública Vasca. Nos parece que, sobre la autonomía de los
centros, el proyecto de ley que actualmente estamos
discutiendo es tímido y queda corto en relación a las
previsiones recogidas en la ley del Parlamento Vasco. En
nuestra opinión, la ley del Parlamento Vasco es más rigurosa
en lo académico y más moderna, más progresista, más solidaria
incluso, en lo social.

Entendemos también, en la referencia a la autonomía de gestión
y económica de los centros educativos, que los centros de
titularidad pública debían poder obtener ingresos en su propia
gestión, evidentemente con las
limitaciones que determinan las administraciones educativas,
pero sin limitar su propia capacidad. ¿De qué autonomía
estamos hablando si con lo único que se cuenta es con unos
recursos muy limitados que las administraciones públicas ponen
en manos de estos centros y no existe ninguna posibilidad más
de obtener ingresos ni de poder adscribirlos a gastos del
propio centro? Exactamente igual, si, en relación a las
plantillas y a la gestión del personal de los centros
educativos, la legislación es excesivamente intervencionista,
como es en este caso, ¿de qué autonomía de gestión estamos
hablando?
En un segundo bloque, en relación a la participación en los
órganos de gobierno, pensamos que se fomenta con esta ley la
participación del mayor número de sectores con
incidencia en los centros, integrando a los agentes reales,
pero nos parece que esta participación puede todavía
vehiculizarse de una forma más ágil y más integradora
imbricando, por ejemplo, a los agentes laborales que se mueven
en relación a un centro educativo, a fin de lograr una mayor
eficacia, e insertando la educación en el mundo real en el que
debe vivir.

En tercer lugar, en relación al debate que se ha suscitado
sobre las funciones del director del centro
educativo, el Grupo Vasco (PNV) quisiera un director de centro
educativo más profesional, con autoridad académica y ética y,
por decirlo con claridad, aquí también con mando en plaza. El
mando en plaza se reclama en otros sectores con toda claridad
y parece que en el mundo educativo esto queda más diluido.

Digámoslo con claridad. Mientras en los centros educativos no
existan directores con autoridad académica, con autoridad
ética y con mando en plaza, difícilmente podremos estar
hablando de que los centros educativos puedan asumir las
reformas ni en lo ético ni en lo académico. De un mando no
jerárquico, sino académico y ético, es de lo que estamos
hablando, evidentemente para que su actuación se rija por
criterios académicos de gestión y por criterios pedagógicos de
participación. Nosotros entendemos que estas funciones podrían
haberse detallado de una manera más rigurosa en lo académico y
más transparente en lo ético.

Quisiera hacer notar también, en cuarto lugar, un aspecto que,
desde el punto de vista de la calidad de la educación, no se
ha recogido, ni siquiera se mienta, en el propio proyecto de
ley en referencia a la
normalización lingŸística de aquellas comunidades autónomas,
como la vasca, con una lengua oficial distinta del castellano.

Seguimos, señor Presidente, sin conseguir que este tema de la
normalización lingŸística entre en nuestros proyectos de ley.

Si en el debate anterior decía que la Guardia Civil es un tabú
en este país, tema del que no se puede discutir, aquí tenemos
un segundo tema tabú: los medios de comunicación
editorializan, hablan, creamos grandes conflictos sociales y
aquí nosotros somos incapaces ni siquiera de hablar del propio
tema de normalización de las lenguas oficiales de este país.

Vivimos en un país plurilingŸe, pero no queremos ni mentar el
tema plurilingŸe en nuestros proyectos legislativos. Yo creo
que esto nos tendría que llamar a la reflexión, por qué el
melón lingŸístico está en la sociedad, genera grandes
conflictos entre nosotros y los legisladores preferimos obviar
el tema, como si obviándolo diéramos alguna solución al
mismo.

En nuestra opinión, existen fundamentos suficientes para
abordar este tema y alguna enmienda del Grupo Vasco va en ese
sentido, en la consideración de que en un tema educativo en el
que se habla de calidad, la normalización lingŸística debe
estar incluida. El mero hecho de constatar que no hay ni una
sola referencia a esta cuestión, en nuestra consideración es
un hecho digno de ser notado.

La calidad, señorías, en este país, es bilingŸe o trilingŸe.

El monolingŸismo es un concepto de no calidad y, si no, nos
estamos engañando en temas
educativos. Agradezco que asienta el señor Ministro.

Señor Presidente, quisiera hacer notar un tema que nos
preocupa: los ámbitos competenciales en educación. Yo quisiera
agradecer al Ministerio de Educación y al Grupo Socialista el
esfuerzo que se ha hecho durante el trámite de este proyecto
de ley para acomodar sus ámbitos competenciales a la actual
situación competencial en materia de educación en aquellas
comunidades autónomas, como la vasca, que tenemos materia
exclusiva tanto en lo que respecta a función pública como a
educación.

A lo largo del proyecto de ley, en las materias de inspección,
de dirección y de participación de centros se ha conseguido,
título por título, establecer, en nuestra opinión
correctamente, los títulos competenciales. Existen algunos
matices, en algunos temas, que se han



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ido introduciendo vía enmiendas transaccionales o vía
enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió) respecto a
los que el Grupo Vasco
entiende que en el Senado, dado que cumple una función como
Cámara territorial, deberían ser vistos, en el sentido de que
el actual dictamen de la Comisión de Educación en relación a
este proyecto de ley indica que los reglamentos que debe
desarrollar el Gobierno podrían tener carácter básico,
asignando al Gobierno una serie de funciones vía
reglamentaria.

Existen dos referencias en el tema de inspección y otra en el
de módulos educativos, que esperamos que sean subsanadas.

Solicitamos al Grupo Socialista su análisis, dado que han sido
introducidos en el trámite de Comisión.

Para
terminar, señor Presidente, nosotros entendemos que hay que
felicitar al Gobierno por haber suscitado este debate, que
creemos que es muy interesante, incluso está recogido en
libros y publicaciones que ha realizado el Ministerio.

Pensamos que el debate en esta Cámara ha podido fijar las
posiciones de cada uno de los grupos en relación a los temas
que no se abordan. A nosotros nos parece que el futuro en
educación avanza en la línea de lo que recoge este proyecto de
ley, con más autonomía de los centros y con menos
intervencionismo, con más respeto a la pluralidad y menos
uniformismo, con más profesionalidad y más vocación de los
educadores, y menos burocratización y menos funcionarización
de los mismos.

En esa línea estamos y esperamos que estos
toques finales en el tema competencial puedan ser recogidos en
los sucesivos trámites que tenga esta ley en esta Cámara y en
el Senado.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
González de Txabarri.Para un turno en contra y por el Grupo
Socialista, tiene la palabra el señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Señor Presidente, señorías, estamos
hoy debatiendo en Pleno el dictamen de la Comisión de
Educación, recientemente aprobado en la misma, sobre el
proyecto de ley orgánica de participación, evaluación y
gobierno de los centros docentes. Por cierto, dictamen que fue
aprobado por la Comisión de Educación y Cultura sin ningún
voto en contra, por lo cual me ha provocado alguna sorpresa
esta mañana oír alguna de las intervenciones que se han
producido; supongo que habrá sido solamente el tono, no el
fondo.

La verdad es que el proyecto de ley ha arrojado al
final, en la Comisión, un dictamen aprobado sin votos
negativos, a pesar de ser un proyecto que había aparecido como
polémico en algunos sectores educativos, que había sido
también inicialmente criticado por algunos grupos
parlamentarios, fuertemente criticado. Yo creo que ha sido
posible esta votación en la Comisión porque al dictamen se han
incorporado, desde mi punto de vista, gran cantidad de
propuestas, que han ido recogiendo los diversos grupos
parlamentarios, de aquellos colectivos sociales que tenían
algún interés en que se incorporasen a este proyecto de ley
para mejorar la calidad de la educación de nuestro país;
procedentes del profesorado, de los padres, de los alumnos, en
general de la sociedad. Y también porque se han producido
incorporaciones importantes y abundantes de muchas de las
enmiendas presentadas por los diversos grupos
parlamentarios.

El proyecto de ley que estamos hoy debatiendo ha sido bastante
diferente del que fue presentado inicialmente en esta Cámara
hace unos meses, aunque mantiene las líneas maestras de aquel
texto. Evidentemente, es un proyecto que ha sido, desde mi
punto de vista, bastante enriquecido con todas estas
aportaciones que, sin lugar a dudas, han venido a
contribuir, a reforzar el gran objetivo que persigue, que no
es otro que mejorar la calidad de nuestro sistema educativo,
mejorar la calidad de la enseñanza en nuestro país, incidiendo
en la mejora del funcionamiento de nuestros centros escolares,
especialmente de nuestros centros escolares públicos. En ese
sentido, el proyecto de ley, señorías, fomenta la
participación en el centro escolar, se incrementa de una forma
importante el papel que tiene asignado el consejo escolar en
cada uno de los centros, se incrementa el papel del claustro
de profesores y también se da más protagonismo a las
asociaciones de padres que funcionan en los centros
escolares.En segundo lugar, el proyecto de ley dota de mayor
autonomía a los centros escolares, tanto en la definición del
proyecto educativo como en la gestión de los recursos
económicos. Este proyecto de ley, cuando sea ley, va a
posibilitar, sin lugar a dudas, que todos los centros
educativos públicos puedan tener los recursos suficientes para
garantizar una enseñanza de calidad y, desde nuestro punto de
vista, en condiciones de igualdad a todos los alumnos que
asistan a los centros, utilizando estos recursos con autonomía
suficiente.

Este proyecto de ley desde luego va a evitar que los centros
públicos sean centros clónicos, permítanme la expresión, sino
más bien todo lo contrario, que los centros sean centros
singulares, que realicen su propia oferta
educativa y que hagan público su proyecto educativo para que,
puesto en conocimiento de la sociedad, de los padres, de los
profesores o de los alumnos, puedan optar por uno u otro
centro, teniendo siempre garantizada una enseñanza de calidad
en todos y cada uno de los centros que conforman el sistema
educativo público; eso sí, insisto, como centros con
características singulares.

En tercer lugar, el proyecto de ley pretende aumentar la
eficacia de la dirección de los centros escolares, pieza
clave, pensamos nosotros, para la buena
marcha de cualquier centro educativo.

En cuarto lugar, fomenta la formación del profesorado. En
quinto, facilita la evaluación del sistema educativo,



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tanto en lo referente a la evaluación de centros, a la evaluación
del profesorado, como a la de las propias administraciones
educativas.

En sexto lugar, se refuerza el papel de la inspección y, finalmente,
desde nuestro punto de vista, este proyecto de ley pretende --y
creo que ello será posible, será más fácil, cuando se publique--
la escolarización de alumnos con necesidades educativas
especiales.

Repito que se han incorporado enmiendas de todos
los grupos. Es verdad también que muchas han quedado sin
incorporar, como han puesto en evidencia los portavoces de los
diversos grupos que han intervenido a lo largo de la mañana de
hoy, enmiendas algunas importantes.

Voy a intentar contestar a todas las intervenciones, no haciendo
referencia a cada una de las enmiendas, porque sería un debate
excesivamente largo y tendría poco sentido, pero sí remitiéndome
a las respuestas que los portavoces socialistas han ido dando en la
Comisión de Educación de forma puntual a todas y cada una de las
enmiendas presentadas por todos los grupos parlamentarios. Me referiré
a aquellas enmiendas o grupos de enmiendas que SS. SS. han
considerado que tienen mayor calado. Si me lo permite, las
agruparé en dos o tres bloques. Aquellas enmiendas referentes
a la dirección de los centros públicos, referentes a la
inspección educativa, y aquellas enmiendas --si el tiempo lo
permite-- referidas a la evaluación en su conjunto.

El texto del dictamen, en lo que se refiere a los equipos
directivos de los centros públicos, como saben SS. SS., opta
por un modelo muy sencillo que consiste en mantener como
principio básico la elección del director del centro, tal y
como está establecido por la LODE, que fue la Ley Orgánica que
reguló esta materia. Por lo tanto, el director será elegido
por el consejo escolar, de acuerdo con la normativa marcada
por la LODE. Será elegido entre profesores del centro; será
nombrado por cuatro años. A este repecto quisiera aclarar una
duda que ha planteado el portavoz del Grupo Popular, donde es
posbile que tenga parte de razón, puesto que hay que
interpretar el texto. Nosotros quisiéramos que esto quedara
claro. El proyecto del Gobierno planteaba la duración del
mandato de los directores por un tiempo de cinco años. La
situación actual es que los
directores son elegidos y posteriormente nombrados por un
período de tres años. La mayoría de los grupos parlamentarios
que han presentado enmiendas planteaba un mandato de cuatro
años. El Grupo Socialista, en el trámite de Comisión, presentó
una enmienda transaccional, que afectaba a varias enmiendas --
creo recordar a enmiendas de los Grupos Parlamentarios Vasco e
Izquierda Unida-- que decía que la duración del mandato fuese
de cuatro años. Nos parece que eso está recogido en el
artículo 24.1, duración del mandato de los órganos de
gobierno; dice que la duración del madato de los órganos
unipersonales de gobierno que corresponde designar en el
centro será de cuatro años. Creemos que es una redacción
genérica que sirve para todos los órganos unipersonales de los
centros, pero si SS. SS. entienden que debe quedar más claro y
explícito que la duración del mandato de los directores
elegidos sea de cuatro años, el Grupo Parlamentario Socialista
se sumará al resto de los grupos, para, en el trámite del
Senado, formular una enmienda conjunta con el fin de aclarar
esto, puesto que la voluntad política del Grupo cuando
presentó la enmienda transaccional en base a enmiendas del PNV
e Izquierda Unida era ésta y no otra. Por tanto, queremos que
quede claro en el trámite que ustedes consideren oportuno.

En el texto del dictamen, para ser director, decimos que el
profesor debe ser previamente acreditado para poder ejercer
esa función, para poder ser elegido para esa funicón. La
acreditación, tal y como se regula en el proyecto de ley,
puede ser adquirida por cualquier profesor; no es una
acreditación que vaya a limitar las posibilidades del
profesorado para poder acreditar esa condición de candiato a
director. Lo que se pretende con esta acreditación es una
mayor profesionalización, una mayor capacidad y mayor
formación de aquellos canditatos, que una vez que sean
elegidos directores puedan ejercer mejor su función; esto, sin
lugar a duda --a nadie se le escapa--, va a redundar en el
mejor funcionamiento de los centros docentes. Este es el
esquema, el espíritu y la letra de la propuesta que se
contempla en el dictamen en lo que se refiere al modelo de
dirección: director elegido, acreditación previa para
garantizar su formación, para que de esta forma sea posible
una dirección más eficaz en los centros escolares.En este
senttido se han incorporado algunas enmiendas, pero es verdad
que hay otras que, de ser incorporadas, desvirtuarían
totalmente el sentido del dictamen aprobado por la Comisión.

Si se incorporasen las enmiendas al respecto de Izquierda
Unida y del Grupo Popular que quedan vivas, estaríamos
desvirtuando lo que acabo de decir. Porque, ¿qué plantea
Izquierda Unida? Izquierda Unida plantea que la eleccón del
director sea por el consejo escolar. Así figura en el texto
que hemos aprobado en Comisión. Nosotros pedimos que exista
una acreditación que demuestre la capacidad y la formación de
los cadidatos a director y que esa acreditación la realice la
Administración. Izquierda Unida también está planteando una
acreditación, pero que se realice por el consejo escolar.

Creemos que es muy complicado, que sería tremendamente difícil
para los consejos escolares llevar a cabo esa «acreditación» -
-entre comillas si usted quiere, señor Cruz-- que pide el
Grupo de Izquierda Unida.

En cuanto al modelo del Grupo Popular --el señor Ollero se ha
detenido en él--, tengo que decir que es bastante diferente.

El Grupo Popular propone un modelo de dirección que podríamos
llamar «pre-Lode». Es un modelo de dirección que pretende que
la elección del director se realice quitando parte de las
competencias



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que actualmente tiene el consejo escolar. El Grupo Popular
pretende que sea el claustro el que elija en terna y que,
posteriormente, de esa terna, el consejo escolar elija a la
persona que va a dirigir el centro. Consideramos que eso es
restar competencias al consejo escolar, que es el órgano
encargado del control social de los centros escolares. Eso,
por un lado.Por otro lado, aunque critica la acreditación que
deben tener los candidatos a la dirección, está planteando de
una forma indirecta que la
acreditación la dé el propio claustro de profesores. Nosotros
pensamos lo mismo que decía de Izquierda Unida: que, en el
primer caso, estamos llevando la acreditación de los méritos
de un candidato a director a un órgano que no ha de cumplir
esa función y en el caso que ustedes plantean, estaríamos
corporativizando en exceso la acreditación de los méritos de
la persona que opte al cargo de dirección.Por tanto, las
enmiendas en este sentido, tanto de Izquierda Unida como del
Grupo Popular, van a contar con nuestro voto en contra,
porque, insisto, el modelo de dirección que se plantea en el
proyecto tiene dos ejes básicos claros, desde nuestro punto de
vista, ejes que no deberían romperse: uno, que se mantenga la
elección por parte del consejo escolar con todas sus
consecuencias y, en segundo lugar, que a los candidatos a
directores se les exija una formación previa, para, de esta
forma, garantizar una dirección más eficaz cuando sean
elegidos para desempañar estas funciones.En lo que se refiere
a las enmiendas a la inspección, tengo que decir que el modelo
de inspección que se dibuja en el proyecto de ley desde
nuestro punto de vista viene a culminar --y ha sido muy
criticado por el Grupo Popular; yo entiendo la crítica que
hacen, aunque, evidentemente, no la comparto-- el proceso de
reforma de la inspección educativa que se inició hace más de
diez años a través de la Ley 30/1984, de Reforma de la Función
Pública, reforma que en aquel entonces significó la
integración en un solo cuerpo de los tres cuerpos de inspeción
existentes; que significó definir claramente cuál era la
función inspectora, y que significó el acceso a la función
inspectora desde los cuerpos de funcionarios docentes. Ese es
un modelo que ha venido funcionando bien en algunos aspectos y
en otros no tan bien. Renococía en Comisión y quiero reconocer
en este Pleno que este modelo de inspección que se crea con la
ley 30/1984 lo que hace es que no establece la función
inspectora con carácter de permanente, que, a lo largo de
estos años de funcionamiento, se ha demostrado que es algo
fundamental para un perfecto desenvolvimiento de la función
inspectora; es fundamental dar carácter permanente a la
función inspectora y a las personas que ocupan esta función.

Por tanto, la nueva regulación desde nuestro punto de vista
debe dar, creemos que lo da con la redacción que tiene en el
proyecto, da consistencia a la inspección como un servicio
integrado y da estabilidad a la función inspectora.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Nieto, vaya
terminado.




El señor NIETO GONZALEZ: Voy terminando, señor Presidente.En
ese sentido, el proyecto crea un Cuerpo de Inspectores de
Educación, que será un cuerpo docente, al que se deberá
acceder después de hacer ejercido al menos diez años la
docencia en cualquiera de los cuerpos docentes no
universitarios en que está ordenada nuestra función pública
docente, se deberá ser licenciado universitario y realizar un
concurso-oposición para acceder a la misma.

Estas son las características del Cuerpo de Inspectores de
Educación que se crea con este proyecto de ley --insisto--
recogiendo esencialmente las características que en estos
momentos tiene la función inspectora, acceso desde los cuerpos
de funcionarios docentes, una experiencia previa a la docencia
de al menos diez años, un concurso-oposición para acceder y
tener la licenciatura universitaria.Además, en el proyecto de
ley se dice cuáles deben ser las funciones esenciales del
Cuerpo de Inspección que, por resumir, desde nuestro punto de
vista quedarían englobadas en dos palabras: deben ser
funciones de supervisión y funciones de orientación y apoyo a
los centros escolares.En ese sentido, no podemos aceptar las
enmiendas que realizan por un lado, Izquierda Unida, y, por
otro, el Grupo Popular, por razones muy diversas. En el caso
de Izquierda Unida, porque se pretende que se mantenga el
sistema que se creó en el año 1984, sin tener en cuenta las
modificaciones que se han ido introduciendo posteriormente.

Creemos que fue un buen modelo por aquel entonces, pero que en
la fase en que nos encontramos hay que dar un paso más en el
sentido que lo da el presente proyecto de ley.En lo que se
refiere al
planteamiento del Grupo Popular, el Grupo Popular quiere que
el Cuerpo sea un Cuerpo Superior de Inspección de Educación no
docente, un cuerpo formado por funcionarios no docentes al que
se acceda, no desde los cuerpos de funcionarios docentes, sino
que se acceda habiendo sido al menos seis años docente en la
enseñanza pública o en la enseñanza privada; al mismo tiempo,
pretende que las funciones o la función esencial que debe
cumplir la inspección en el modelo del Grupo Popular es el de
la supervisión, el del control, no hace ninguna incidencia en
otro tipo de funciones.

Por tanto, señor Presidente --con esto termino--, nos
opondremos a estos dos bloques de enmiendas, porque
consideramos que el modelo que se diseña con la
creación del Cuerpo de Inspectores de Educación en el proyecto
de ley viene a cubrir estos objetivos claves que persigue el
proyecto, que es crear un cuerpo de estas



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características --insisto docente--, procedente o reclutado
entre los profesores de los cuerpos docentes públicos, que
cumpla una doble función o un doble papel, por un lado de
supervisión del sistema
escolar, y de orientación, por otro.Para terminar, haciendo
referencia a lo que planteaba el señor González de Txabarri en
su última intervención, decirle que es verdad que durane el
trámite de Ponencia y Comisión los aspectos competenciales
creo que han quedado bastante bien resueltos en el proyecto de
ley que hoy estamos debatiendo y analizando. Sin embargo, hay
algún fleco que resolver, flecos consecuencia de la
incorporación de enmiendas que se han ido produciendo a lo
largo del trámite de Comisión especialmente, que han dejado
sin resolver un par de flecos que a nuestro juicio, como decía
el señor González de Txábarri deben ser resueltos, y desde
luego, nosotros estaremos en esa dinámica en el trámite del
Senado.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Nieto.

Para un turno de réplica, tiene la palabara el señor Ollero.




El señor OLLERO TASSARA: Señor Presidente, señorías, el
portavoz socialista no ha podido evitar la tentación de
consumir medio turno no en contra, sino a favor del proyecto,
lo que ya se hizo en su día aquí. Por un momento he entendido
que daba por contrariadas las enmiendas, al igual que a veces
se dan por defendidas, y que se acabaría el debate.

Vuelvo a plantear algo que antes afirmé, y es que la LOGSE
está sufriendo una crisis grave, de la que tiene noticia todo
el mundo, supongo que también el Grupo Socialista, y que se
atribuye a la falta de motivación del profesorado. Entendemos
que promover la función del claustro mejorará esa situación.

Dice el portavoz socialista que nuestra propuesta es pre-LODE.

Claro, aquí he aludido a la Constitución, que es anterior a la
LODE. La historia de la humanidad no empieza con la LODE. Por
supuesto que sí, hay que partir de la Constitución, de ahí
partimos; y partiendo de ahí no es cierto que con nuestra
propuesta se limiten más las competencias del consejo escolar,
en absoluto.

Señor Nieto, creo que es bueno elaborar leyes haciendo
previamente algunos ejercicios de simulación de sus
resultados. Con este texto que usted trae aquí, ¿está seguro
de que no se va a dar el caso de que en más de un centro haya
un solo profesor acreditado, sobre todo al principio? Por
tanto, no va a haber una terna para elegir. Va a haber «lo
toma o lo deja»; o eligen a éste o nombramos a dedo a otro,
que puede ser ajeno al centro, porque al anterior ya lo han
rechazado. ¿Cuántos directores ajenos al centro va a haber con
esta ley? Eso es lo que tiene que plantearse cuando hace la
ley: cuáles son sus resultados. No me diga que dar a elegir
entre tres limita más la competencia que dar a elegir entre
uno, y eso esta ley no lo evita; es más, puede que al
principio sobre todo lo facilite.El director que diseña esta
ley representa a la Administración, lo dice claramente, y eso
es algo que va a tener un reflejo y va a afectar incluso a la
reforma. La escasez de candidatos se complica en la medida que
se dificulta la condición de candidato.

Pasando a aspectos de detalle, en efecto, como ha dicho el
portavoz socialista, sería muy oportuno que en el Senado se
introdujera una
enmienda, porque el artículo 24.1 habla de la duración del
mandato de los órganos unipersonales que corresponde designar
en el centro. En ese capítulo se habla de dos tipos de
órganos: el director, que se elige (a no ser que den por hecho
que van a designar a todos, cosa que es posible) y los órganos
unipersonales que designa el director. Lógicamente, en ese
contexto, se presta a confusión. Debemos tener un cierto
orgullo, si se quiere, de trabajo bien hecho. Somos
legisladores, hagamos buenas leyes, pongamos cosas que
gramaticalmente digan lo que tienen que decir; no hablemos de
designación cuando estamos hablando de elección. Por tanto,
esa enmienda sería muy oportuna.

En cuanto a la duración, el Grupo Popular sostenía tres años
para mantener una simetría con la duración del plazo del
consejo escolar; enmienda cuyo espíritu ha acogido el Grupo
Socialista en la medida que no solamente ha cambiado la
duración del mandato del director de cinco a cuatro, sino que
cambia también la del consejo escolar a cuatro, con lo cual se
consigue lo que proponíamos, y es que no haya una asimetría
forzada que redundaba también en falta de representatividad,
puesto que el director se desligaba del mandato propio del
Consejo Escolar. Insistimos en que habría que respetar los
directores elegidos por comunidades
autónomas.

En cuanto a su alusión a que con esta ley los
centros se convierten en centros singulares, no hace sino
resaltar una enmienda a la que no ha aludido. Si los centros
son singulares, ¿cómo no se eligen? ¿Cómo se va a
compatibilizar que los centros tengan singularidades y obligar
a un alumno, por vivir donde vive, a tener que ser educado con
esas singularidades? Eso es algo que no cuadra y que, además,
remite también a la Constitución. Por tanto, habría que
tenerlo en cuenta.

Siguiendo con detalles concretos, nuestro grupo retira la
enmienda 306, porque aunque formalmente no ha sido aprobada en
ningún momento, sin embargo, está asumida en el texto.

Ignoramos cómo, pero así es. Por tanto, entendemos que de
facto ha sido asumida y la retiramos.

Su señoría ha aludido a la inspección. Bueno, pues puestos a
contar la historia, ¿por qué no la cuenta entera? ¿Por qué el
proyecto habla de categoría y no de cuerpo? Somos nosotros los
que hemos pedido un cuerpo. ¿Por qué hace nada no se atrevían
a proponer un cuerpo y sí una categoría? Algo pasaba, porque
desmantelar



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un cuerpo, nombrar sin concurso-oposición a centenares de
funcionarios, volver a formar el cuerpo y
meterlos dentro es algo realmente que, por utilizar un término
castizo, canta enormemente. Esa es la cuestión. Ustedes no se
atrevieron a ponerlo en el proyecto. Lo han asumido vía
enmienda. Dice que en aquella época eso iba bien. ¿Por qué?
¿Porque los inspectores no eran adictos o sospechosos de
serlo? Ahora sí viene bien. ¿Por qué?
Fíjese lo que dice la Memoria del proyecto. La Memoria del
proyecto se refiere expresamente a esa circunstancia para
decir que una vez que se ha adoptado la permanencia indefinida
en los servicios de inspección de los funcionarios, resulta
necesario revisar el sistema de acceso, ya que fue concebido
para una situación muy distinta, con el fin de hacerlo más
acorde con las nuevas necesidades de la inspección. Estamos
totalmente de acuerdo; en lo que no estamos de acuerdo es que
se mantenga a unas personas que han entrado con unos
requisitos que se consideran insuficientes. Estamos tan de
acuerdo que pedimos lo que
pedimos: que también ellos pasen por ese concurso-oposición, a
lo cual no tienen por qué oponerse --y me consta-- muchos de
ellos, puesto que con la experiencia adquirida y su formación,
porque muchos de ellos son ajenos a cualquier tipo de
marejada, pueden perfectamente superar esa situación.

Su señoría no ha aludido para nada a la alta inspección, a la
que se han presentado enmiendas de bastante calado, y sería
interesante pronunciarse sobre el particular porque también
tiene que ver con la Constitución. El artículo que proponemos
dice: La alta inspección garantizará los derechos y deberes de
los ciudadanos en materia de enseñanza, el respeto de las
facultades atribuidas al Estado, la observancia de los
principios y normas constitucionales aplicables y de las leyes
que desarrollan el artículo 27 de la Constitución, que se han
hecho aquí, y en los últimos años siempre a propuesta del
Grupo Socialista. No sé qué inconveniente tienen ustedes en
que se hable de la alta inspección.Para terminar, he de decir
que S. S. se ha sentido movido a explicar un voto del Grupo
Popular. Voy a explicárselo yo, ya que al fin y al cabo soy el
portavoz. En efecto, el Grupo Popular presentó una enmienda a
la totalidad del proyecto, con lo que dejaba clara su absoluta
discrepancia con su contenido. Presentó luego 96 enmiendas
parciales, que se han debatido artículo por artículo en
Comisión. Dado que en Comisión fueron aceptadas algunas --bien
es verdad que de una entidad relativa-- y todas ellas han
contribuido a mejorar notablemente el texto, por adoptar una
actitud de espera abierta, optamos por abstenernos, a la
espera de lo que pasara en el trámite del Pleno. Le anticipo
que si en la votación que se producirá a continuación (usted
sale aquí ahora para tomar postura al respecto, por eso se lo
quiero facilitar), si de su intervención se deduce que
nuestras enmiendas relativas al Capítulo III del Título II, al
Título IV en su integridad, a la disposición adicional primera
y a las transitorias segunda y tercera no van ser aprobadas,
votaremos en contra de esos aspectos del texto, para así
dejarle aclarada cualquier duda sobre el particular.Nada mas,
muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Ollero.




El señor Cruz tiene la palabra también para un turno de
réplica.




El señor CRUZ ORIVE: Gracias, señor Presidente.En realidad,
quería empezar este turno por lo que ha finalizado el señor
Ollero. Nuestro grupo también se abstuvo al finalizar los
trabajos en la Comisión, en la medida que considerábamos esa
abstención como un paréntesis abierto hasta la realización de
este Pleno. Estaba el verano por medio, había negociaciones
con los sindicatos, había posibilidades de mejoras
sustanciales en los que han sido puntos vitales de desacuerdo,
de distanciamiento, como además el señor Nieto bien ha
recogido: el Título II, el Título IV, el tema de la
acreditación del director, el de la inspección, en los que
quizás podríamos haber avanzado. No era ninguna posición
maximalista, hubo una abstención, pero lo que sí estaba claro
es que no hubo votación a favor.

Aunque también da poco lugar en estos momentos al debate
(quizás lo agotamos en aquella Comisión y tengamos que
retomarlo a continuación de este mismo Pleno, antes de su
tramitación en el Senado), me referiré a los puntos que
podrían ser de confrontación o de más
distanciamiento, como he dicho anteriormente. Uno es el
relativo a la acreditación del director. No sé por qué la
Administración está haciendo tal caballo de batalla en estos
momentos. Si no entraña ninguna concepción diferenciada de lo
que la LOGSE podría determinar en este sentido, así como
reglamentaciones anteriores, ¿a qué introducir un elemento de
distorsión y, como he dicho anteriormente, de crispación?
Podríamos, incluso, considerar que lo que la Administración
puede hacer es acreditar o certificar los méritos de los
candidatos. Muy bien. Si se han realizado evaluaciones, si se
conocen sus currícula, si se conoce su experiencia
profesional, no cabe duda que la Administración podría
acreditar, o certificar incluso, ciertos méritos para, a la
hora de la candidatura, poder ser examinada con rigor por el
conjunto del consejo escolar. Mantener y no enmendar el tema
de la acreditación sólo tiene una lectura posible, que lejos
de la susodicha autonomía de centros y de lo que se está
hablando, es una dependencia, una subsidiariedad del director
así elegido respecto a la Administración, que es quien le
acredita o quien le puede quitar la acreditación. Es decir, es
dispendio de la Administración otorgar o retirar esa
acreditación. Este es uno de los temas, al margen de otros,
que no entendemos porque creemos



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que la elección del director va muy unida a la presentación de
un programa y a la presentación de un equipo, porque se elige
al director y a un equipo y a éste no se le elige a dedo con
el director, sino que al equipo directivo lo elige el consejo
escolar, que es bastante diferente. En fin, ahí hay un largo
camino, que espero sea de encuentro, y creo que la comunidad
educativa también nos tendrá que decir muchas cosas en este
sentido.

Respecto a la inspección, sí recogemos lo que ha
podido ser la experiencia del modelo que estamos viviendo en
estos momentos. En lo que no tenemos confianza es en volver a
modelos ya obsoletos, a modelos que, se quiera o no, ya están
determinados. Ahí sí que se puede decir que no hay ningún tipo
de innovación. Es evidente que hay que crear un cuerpo de
inspectores para controlar, pero cuando ya no tienen que
volver a su cuerpos de origen, lógicamente --la función crea
el órgano--, se van separando del cuerpo de origen y se
especializan en unas funciones que, por mucho que digamos que
son de ayuda al colectivo que están evaluando, no cabe duda
que controladora y sancionadora serán los adjetivos que mejor
definirán, en el transcurso del tiempo, en el devenir de la
propia función, a este cuerpo de inspectores. Nosotros ahí sí
tenemos en cuenta la experiencia que ha habido para evitar los
fallos. No hay que cambiar el modelo, sino evaluar qué hace
falta. A ver si el INCE realiza documentalmente la evaluación
del conjunto del sistema educativo y, a partir de esa
evaluación y de estudiar los fallos que hayan podido cometerse
y las lagunas que se conocen, vamos mejorando y preparando
mejor a nuestros inspectores, dotándoles de más medios, que
trabajen en equipo, que tengan programas de actuación más
colectivos, que estén más metidos en la vida diaria de los
docentes y de los centros, etcétera, y mejoraremos su
funcionamiento. Ahí hay también un largo camino de encuentro.

En las funciones inspectoras, ahí no se nos puede decir que
tenemos una visión simplista. He reconocido que en antiguo
artículo 34, actual 35 --creo-- del proyecto, se señalan las
funciones de la inspección, con las que estamos completamente
de acuerdo. Es decir, en ese sentido no se nos puede acusar de
superficialidad o de estar torpedeando la función inspectora,
ni mucho menos.

Estas son las cuestiones fundamentales que quería aclarar. Por
ello y por lo que he señalado en mi
intervención inicial respecto al conjunto de los capítulos, la
posición de nuestro Grupo va a ser contraria a este proyecto
de ley.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Cruz.

Señora Monzón, ¿quiere consumir un turno de réplica?
(Denegaciones.)
Señor González de Txabarri, tiene la palabra.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente.

En primer lugar, quisiera agradecer al señor Nieto la oferta
de transacción realizada, que evidentemente, por razones
técnicas, debe quedar para el trámite en el Senado porque
reglamentariamente no podríamos hacerlo ahora.

Endendemos que es un gesto de voluntad que hace que el
proyecto de ley en su conjunto, desde nuestra perspectiva, sea
respetuoso con los ámbitos competenciales de las comunidades
autónomas que tienen competencias exclusivas en materia de
función pública y de educación.

En relación al debate general, quisiéramos hacer constar que
el Grupo Vasco va a apoyar este proyecto de ley, con todas las
deficiencias que se quiera. Muchas veces da la impresión de
que se está buscando la
perfección y uno tiene la convicción de que, por mucho que se
busca, la perfección no existe. El mero hecho de constatar que
los contenidos de la reforma que se pretende con este proyecto
de ley van en la dirección correcta y ayudan a que la
educación en este Estado sea de mayor calidad, creo que hace
un buen servicio al conjunto del Estado y pone en su sitio
muchas de las discusiones que están en la sociedad.

A veces sorprende oír decir en esta Cámara, en la propia
Comisión, que la educación en este país está incluso peor que
en Albania. Como persona proveniente de este sector, creo que
hay que reivindicarlo y cuando desde el propio sector se
quiere decir en esta Cámara que todo está muy mal creo que se
tiene muy poco contacto con la realidad educativa y, sobre
todo, se tiene muy poco contacto con la realidad educativa en
el ámbito internacional. Creo que si en este Estado podemos
estar muy orgullosos de alguna materia es precisamente en el
ámbito educativo y en el de la investigación. Por ello pienso
que todos los grupos, en eso que se llaman temas de Estado,
debemos considerar con más cariño el tema educativo, que es,
al final y en el fondo, la mejor inversión de cara al futuro,
y ser capaces de aunar más fuerzas. Entiendo, señor
Presidente, que es muy doloroso oír algunas afirmaciones que
se hacen desde la tribuna. Creo que hay que reivindicar el
sector de la educación, hay que reivindicar a los
profesionales de la educación y hay que reivindicar la labor
de un ministerio que demuestra, día a día, estar intentado la
sintonía con la realidad educativa, siendo capaz de corregir
incluso aquello que se sostuvo en su momento. Creo que esa
demostración de cintura política es lo mejor que puede
realizar un político y la propia clase política.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
González de Txabarri.

Señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Con toda brevedad, señor
Presidente.

Las últimas intervenciones de los señores Cruz y Ollero nos
demuestran que han veraneado juntos o



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próximos, porque han pasado de la abstención, en la Comisión,
al voto negativo en el Pleno. En cualquier caso, han dado unas
explicaciones no muy convincentes, pero es una decisión de
cada grupo que libremente adopta en cada momento.

Voy a contestar con toda brevedad a dos o tres cuestiones que
han sido planteadas tanto por el señor Ollero como por el
señor Cruz. Dice que quitamos competencias o no queremos que
tengan competencias los profesores. En el proyecto de ley que
estamos debatiendo quedan reforzadas --y simplemente hay que
leer el texto-- las competencias del consejo escolar pero
también las del claustro de profesores, especialmente en lo
que se refiere a la elaboración del proyecto educativo del
centro. No es que haya una rebaja en las competencias del
claustro y, por tanto, en las del profesorado, sino justamente
lo contrario.

Es verdad que en el tema de la elección del director usted
plantea la propuesta de una terna que salga del claustro y eso
puede interpretarlo, si quiere, como un reforzamiento de las
competencias del profesorado. Sin embargo debería poner en esa
misma balanza, para ver de qué lado se inclina, señor Ollero,
lo que ustede pretende en relación con el acceso a la
inspección. El acceso a la inspección, en el texto aprobado
por la Comisión y apoyado por este grupo, es muy claro: el
acceso debe ser desde los cuerpos de funcionarios docentes.

Por tanto, está claramente apoyando al profesorado de los
centros públicos, está claramente reforzando la posición y el
papel del profesorado de los centros públicos, para que puedan
acceder a la inspección como una culminación lógica y natural
de la carrera docente, mientras que usted está planteando que
se acceda desde fuera de los colectivos docentes públicos.

Ponga eso también en la balanza para ver quién apoya al
profesorado de la enseñanza pública en este proyecto de ley y
quien intenta no apoyarlo a través de diversas vías como puede
ser ésta.

Dice usted que el director no puede ser otra cosa que el
representante del centro. Desde nuestro punto de vista, y así
consta en el dictamen, el director debe ser el
representante del centro, pero también debe representar a la
Administración educativa. Un centro no es un ente que está
colgado en el vacío y que no tiene conexión alguna o no está
inmerso en un sistema educativo. Un centro debe funcionar con
autonomía en la gestión, en la elaboración del proyecto, en la
utilización de los recursos económicos, en todo lo que usted
quiera, y en ese sentido el director debe ser el representante
del centro, pero también el director debe ser el representante
de la Administración educativa a la que pertenece ese centro
escolar.

Voy a aclararle otra cuestión que usted planteaba: Pregunta
por qué hemos pasado de la categoría a Cuerpo de Inspección.

La Ley 30/1984 contempla entre otras situaciones
administrativas posibles la existencia de categorías o de
Cuerpos. El redactor del proyecto, en este caso el ministerio,
optó por la primera, por la categoría y a lo largo de la
tramitación del proyecto de ley, teniendo en cuenta las
enmiendas planteadas por diversos grupos, entre otros el suyo,
se ha ido a un modelo diferente que es el de un Cuerpo de
Inspectores, eso si, diferente al que usted plantea, puesto
que el Cuerpo que aparece contemplado en el dictamen es un
cuerpo docente, pero un cuerpo docente con unas
características muy determinadas, como explicaba antes.

Finalmente, usted dice por qué razón rechazamos las enmiendas
a través de las cuales pretenden que se regule el
funcionamiento, las competencias, la organización y qué tipo
de funcionarios deben ejercer la alta inspección. Nosotros
dijimos en Comisión --y quiero repetírselo también en el
Pleno-- que creemos que la alta inspección tiene una enorme
importancia, pero pensamos que su regulación no debe hacerse
en este proyecto de ley. Este proyecto de ley regula
cuestiones que se refieren al ámbito de los centros escolares
y pensamos que la alta inspección debe ser regulada en una
norma de otro carácter, en una norma de carácter más general
en la que se regule el funcionamiento de la Administración,
por poner un ejemplo.

Termino. He de decir al señor Cruz que usted critica la
necesidad de acreditación para ser candidato a director y, sin
embargo, en las enmiendas que usted plantea propone una serie
de requisitos, toda una serie de méritos que deban ser tenidos
en cuenta para ser candidato a director. Desde mi punto de
vista está planteando mal la cuestión. No está planteando que
no exista acreditación, lo que quiere es que la acreditación
la valore el consejo escolar, de la misma forma que el Grupo
Popular pretende que la lleve a cabo el claustro.

Nosotros consideramos (y no solamente nosotros como Grupo
Socialista sino otros grupos que han apoyado este
proyecto de ley en los diversos trámites), que esa
acreditación de los méritos, de la formación se lleve a cabo
por la Administración educativa. Nos parece más lógico y más
racional. Por eso votaremos en contra de las enmiendas de su
grupo que lo plantean en esos términos.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Nieto.

¿Algún grupo parlamentario que no haya participado en este
debate quiere fijar su posición? (Pausa.)
Vamos a pasar a la votación de las enmiendas y del dictamen de
este proyecto de ley. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.--El señor González de Txabarri Miranda pide la
palabra.)



El señor PRESIDENTE: ¿Señor González de Txabarri?



El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias señor
Presidente.




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Para anunciar que el Grupo Vasco, a la vista de cómo ha ido el
debate y las posiciones que se han mantenido, retira todas sus
enmiendas... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Un momento, señor González de Txabarri.

Señorías, ruego guarden silencio.

Señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: El Grupo Vasco retira
las enmiendas que ha defendido a este proyecto a la vista del
debate que se ha producido.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor González de
Txabarri.

Vamos a proceder a las votaciones correspondientes a este
proyecto de ley.

Enmiendas del Grupo Popular números 247, 248, 268, 275, 276,
280, 282, 284, 285, 286, 289, 290, 292, 297, 305, 324, 326,
327, 330, 334, 335 y 338.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, 143; en contra, 169.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas 252, 253, 258, 259, 325, 329, 331 y 333.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 126; en contra, 170;
abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, 124; en contra, 180; abstenciones,
ocho.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

Enmiendas 114, 116, 125, 127, 131, 137, 142, 143, 157, 158,
166, 167, 196, 209.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 142; en contra, 170; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas 139, 140, 144, 170, 175, 183, 184 y 187.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 14; en contra, 294; abstenciones,
cinco.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, 13; en contra, 166; abstenciones, 133.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria.

Enmiendas 75, 88, 89 y 100.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, 143; en contra, 168; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda número 91.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 131; en contra, 170; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda número 97.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 312; a favor, 130; en contra, 182.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmiendas 81, 90, 104, 105, 106, 107, 108 y 109.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 314; a favor, 17; en contra, 296;
abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.




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Enmienda número 92.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 314; a favor, cinco; en contra, 297; abstenciones,
12.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmiendas 82, 85, 86, 87, 94, 95, 96, 98, 99, 102, 103 y 110.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 19; en contra, 171; abstenciones, 123.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas 80 y 83.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 309; a favor, cinco; en contra, 178; abstenciones,
126.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo de Coalición Canaria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, cinco; en contra, 169;
abstenciones, 139.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Votaciones correspondientes al dictamen.

Votación relativa al Capítulo III del Título II; Título IV;
disposición adicional primera y disposiciones transitorias
segunda y tercera.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 168; en contra, 140; abstenciones,
cinco.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación relativa al resto del dictamen, excepto la exposición
de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 169; en contra, 14; abstenciones, 130.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación relativa a la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 315; a favor, 170; en contra, 12; abstenciones, 133.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




--PROYECTO DE LEY SOBRE CONCESION DE UN CREDITO
EXTRAORDINARIO, POR IMPORTE DE 3.020.942.990 PESETAS, PARA
COMPENSAR EL DEFICIT DE LA COMPAéIA TRANSMEDITERRANEA, S. A.,
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 1993, POR LA EXPLOTACION DE
LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES MARITIMAS DE INTERES NACIONAL
(número de expediente 121/000101)



El señor PRESIDENTE: Dictamen correspondiente al proyecto de
ley sobre concesión de un crédito extraordinario para
compensar el déficit de la Compañía Trasmediterránea,
correspondiente al ejercicio de 1993, por la explotación de
los servicios de comunicaciones marítimas de interés nacional.

No se han mantenido enmiendas al dictamen de este proyecto de
ley.

¿Desea algún Grupo intervenir en relación con el mismo?
(Denegaciones.)
Vamos a proceder a la votación relativa al dictamen del
proyecto de concesión de un crédito extraordinario para
compensar el déficit de la Compañía Trasmediterránea.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 312; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




TRAMITACION DIRECTA Y EN LECTURA UNICA DE INICIATIVAS
LEGISLATIVAS:



--PROPOSICION DE LEY ORGANICA POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY
ORGANICA 5/1995, DE 22 DE MAYO, DEL TRIBUNAL DEL JURADO.

(Número de expediente 122/000112).




El señor PRESIDENTE: Punto XI del orden del día: Tramitación
directa y en lectura única de iniciativas legislativas.

Tramitación directa y en lectura única del proyecto de ley
orgánica por el que se modifica la Ley orgánica 5/1995, de 22
de mayo, del Tribunal del Jurado.

Debo señalar a SS. SS. que existe un error en el orden del día
impreso: no es proyecto de ley, sino proposición de ley
orgánica.




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Enmiendas del Grupo Socialista. Tiene la palabra el señor
Valls.




El señor VALLS GARCIA: Señor Presidente, señorías, quisiera
llevar al ánimo de todos ustedes que este trámite que
empezamos hoy deberíamos considerarlo como la continuación del
debate que celebramos en este hemiciclo el día 11 de mayo de
este mismo año.

Nuestro Grupo Parlamentario, en unión de otros grupos, como
Izquierda Unida y Convergencia i Unió, consideró oportuno
presentar una proposición de ley con el fin de poder plasmar,
en el que esperemos que sea definitivo texto de la ley
orgánica del Tribunal del Jurado... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, guarden silencio.




El señor VALLS GARCIA: ...todas y cuantas enmiendas se
aprobaron en el Senado. Así consta en la exposición de
motivos de la proposición de ley que estamos debatiendo, y
quiero empezar la defensa de las enmiendas del Grupo
Parlamentario Socialista haciendo mías las palabras con que mi
compañero, el señor Cuesta Martínez, defendió la toma en
consideración de la proposición.Creemos que debemos ser fieles
a lo que acordamos, transamos y pactamos en el Senado. Creemos
que debemos ser respetuosos con las decisiones que allí se
tomaron. Por ello, aunque en un principio el Grupo
Parlamentario Socialista y los demás grupos proponentes se
ciñeron sólo a reproducir aquellos aspectos de las enmiendas
del Senado que nos parecieron más relevantes, el Grupo
Parlamentario Socialista ha reconsiderado su postura y no sólo
hace suyas todas aquellas enmiendas presentadas, sino que ha
incrementado el número de ellas con el fin de reproducir
literalmente el dictamen aprobado en el Pleno de la Cámara
Alta, con el fin, como decía al principio de mi intervención,
de ser fieles a lo que pactamos, cedimos y acordamos, para ser
respetuosos con lo acordado por aquella Cámara.

Por ello, anticipo que mi Grupo va a pedir a todos los grupos
que respetemos las votaciones que celebramos en esta Cámara el
citado 11 de mayo. Creemos que no existen motivos para que los
grupos que votamos en un sentido determinado cambiemos hoy
nuestro voto. Por ello anuncio ya, señor Presidente, la
retirada de las enmiendas número 30 y 33 del Grupo
Parlamentario Socialista, que difieren, aunque muy poco, de lo
acordado por el Senado.

Sin embargo, señorías, si se toman ustedes la molestia de
mirar las enmiendas que presenta hoy el Grupo Socialista,
podrán comprobar que no son más que
enmiendas técnicas. Por ejemplo, la primera de ellas propone
que donde dice «corresponda» se sustituya por «correspondan».

En la segunda suprimimos una reiteración. En la cuarta, donde
dice «catedráticos y profesores titulares de disciplina
jurídica», en concordancia con lo aprobado por el Senado, lo
extendemos a «profesores universitarios de disciplina
jurídica». Por ello les decía que el primer bloque de
enmiendas mantenía lo sustancial de esta proposición de ley, y
en el segundo bloque lo único que hemos hecho es rastrear --
creemos que con fidelidad y exactitud-- las enmiendas del
Senado.

Sin embargo, señorías, permítanme que haga una especial
referencia a la enmienda número 31 de mi Grupo. Por un error
tipográfico que no hemos podido encontrar en el basamento
jurídico a lo largo de todo el debate, en el texto que se nos
remite se alude a «audiencias provinciales», y puesto que a lo
que se refiere la citada enmienda no es estrictamente al
mecanismo del jurado sino a un precepto de la ley de
Enjuiciamiento Criminal, a la ley procesal que va a tener
vigencia para todos los juicios y no sólo para el jurado,
pedimos el apoyo de los grupos a esta enmienda para suprimir
el término «provinciales», con el fin de que se pueda hacer
una segunda apelación cuando corresponda a otros tribunales
además de las audiencias provinciales. Creemos que la
supresión del adjetivo «provinciales» está más en consonancia
con ello.Este es, señorías, brevemente, el sentido de nuestras
enmiendas. No quisiera tener que repetir que lo que
pretendemos es respetar el espíritu y la letra de lo que
aprobaron nuestros colegas del Senado.

Haciendo nuestras todas las palabras vertidas tanto en la
defensa del primitivo proyecto como después en la proposición
de ley, únicamente me queda por recordar que espero que hoy ya
demos ese paso importante para instaurar la participación de
los ciudadanos en la Administración de Justicia, para
implantar los principios de oralidad y de celeridad, para
apartar, por lo menos en una parte de nuestro ordenamiento
jurídico, el principio inquisitivo.

Por último, he de decir con satisfacción, señor Presidente,
señorías, que la ley vigente, con las enmiendas del Senado que
hoy tratamos de introducir definitivamente en ella,
afortunadamente está ya siendo objeto de estudio y de crítica
por parte de estudiosos del tema, y afortunadamente también la
mayoría de los comentarios a que he tenido acceso van
encaminados a entenderla como una ley
positiva, como una ley necesaria, como una ley
buena.

Permítanme que haga una cita del primer libro que
conozco sobre esta ley. En ella, un catedrático de Derecho
Procesal de la Universidad del País Vasco, de la Facultad de
Derecho de San Sebastián, profesor Antonio Lorca, dice
textualmente: «Me aventuro a indicar que la mejor opción
legislativa sobre el jurado es la española, la opción que
hunde sus raíces en nuestro Derecho histórico. La vigente ley
es en gran medida fiel a nuestro derecho sobre el jurado. No
es desde esta perspectiva ni una ley sorpresiva ni fuera de
contexto. No se copia ningún ordenamiento jurídico foráneo.

Simplemente, la opción legislativa que adopta la vigente ley
del jurado refleja o, mejor, apuesta por un modelo



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de jurado que es patrimonio ante todo de nuestra historia
jurídica.»
Resulta halagador oír estas palabras sobre un
proyecto de ley, hoy ya ley, en el cual --repito mis palabras
del debate anterior-- creo que al menos seis grupos de la
Cámara pusimos el mayor esfuerzo en el diálogo para sacar la
ley del jurado de todos. Por lo tanto, estas alabanzas son
alabanzas para todos los que trabajamos en ella; lejos, estas
reflexiones de la cátedra, de aquellos que trataron de mofarse
de la ley vigente llamándolo jurado cañí.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Valls.

Enmmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Tiene la palabra la señora Alemany.




La señora ALEMANY I ROCA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, en nombre del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) intervengo para manifestar una vez más
nuestra posición favorable a este proyecto de ley.

Nuestro Grupo Parlamentario valora positivamente el texto de
la presente proposición de ley orgánica, toda vez que ha
resultado del todo conveniente asumir aquellas enmiendas
aprobadas en su momento por el Senado y que no fueron
recogidas en la Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado.

Sin embargo, ello no obsta para que nuestro Grupo
Parlamentario por razones de oportunidad legislativa formule
ahora unas cuantas enmiendas con objeto de mejorar al máximo
el contenido de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del
Tribunal del Jurado, actualmente en vigor.

En este sentido, señorías, y mediante las enmiendas números 1
y 2, en consonancia con lo que se aprobó en el Senado, hemos
considerado oportuno concretar qué delitos se atribuirán al
conocimiento y fallo del tribunal del jurado, suprimiendo los
delitos de omisión del deber del socorro, los delitos contra
la intimidad y el domicilio, así como los delitos contra el
medio ambiente por considerar, en general, que la valoración
de los mismos requiere un grado de conocimiento específico,
dada la naturaleza técnica y también jurídica.Asimismo,
mediante la enmienda número 2 consideramos más oportuno citar
tipos concretos de los delitos contra el honor y suprimir el
delito de amenazas debido a la consideración demasiado técnica
del mismo.

Mediante la enmienda número 3 se pretende una
refundición del artículo 3.4, actualmente en vigor, con la
modificación propuesta en el texto de la proposición de ley
orgánica, toda vez que el mismo no es incompatible con el
hecho de que deba ofrecerse una solución ante el supuesto de
que los jurados puedan verse perturbados por el propio
magistrado-presidente.Con la enmienda número 4 debe
contemplarse la posibilidad de que un miembro del jurado pueda
tener un vínculo de parentesco con el imputado y, en
consecuencia, incurrir en una causa de prohibición para formar
parte del mismo.

Mediante la enmienda número 5 se considera que basta con
especificar en el texto actualmente en vigor que las partes a
quien debe darse nuevo traslado son las acusadoras. Y mediante
la enmienda número 6 se pretende que algo tan
fundamental como es la determinación de los delitos que se
imputan al acusado figuren en el auto que dictará el
magistrado que vaya a presidir el tribunal del jurado.

Con las enmiendas números 7, 8 y 9 se pretende dar
cumplimiento a las expectativas del colectivo profesional de
los secretarios judiciales, adaptando el texto de la
proposición de ley
orgánica a la legislación concordante en vigor, respetando la
independencia orgánica y funcional del secretario respecto del
juez y teniendo en cuenta sus competencias, sobre todo en
relación a la práctica de notificaciones, en general, y
citaciones, en particular.

Finalmente, las enmiendas 10 y 11 proponen la supresión del
artículo 49 de la Ley Orgánica
5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, y del artículo
846 bis, c) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, toda vez que
dirimir sobre la existencia o no de la prueba de cargo puede
condicionar el fallo del jurado.Señorías, se ha recordado
insistentemente que la elaboración y aprobación de esta Ley
del Tribunal del Jurado responde a un mandato constitucional
que ha tardado casi diecisiete años en hacerse efectivo, pero
finalmente hoy esta Cámara va a dar cumplimiento a dicho
mandato. Este hecho debería ser motivo de gran satisfacción
para todos y cada uno de nosotros, señoras Diputadas y señores
Diputados, porque, como muy bien se ha dicho, y ha dicho un
prestigioso profesor de Derecho, todo buen demócrata ha de
aplaudir que la Constitución se cumpla íntegramente, pues el
primer gesto democrático consiste, para todos, en respetar la
norma fundamental como regla esencial de convivencia. Es
sabido que el jurado ha existido siempre en los períodos de
democracia, en los períodos de libertad. La democracia debe
procurar la articulación de todos los instrumentos que
permitan la participación de los ciudadanos en los asuntos
públicos. Precisamente, señorías, el jurado es uno de estos
instrumentos; un instrumento decisivo para la democratización
y el acercamiento de la Administración de justicia a los
ciudadanos. La instauración del jurado supone un paso más en
la consolidación del sistema democrático. Es preciso hacer un
esfuerzo para que esta institución no fracase. Es preciso
romper con la mala historia que de esta institución había en
este país. Hay que aprender de la historia para seguir
avanzando en la reafirmación de un sistema democrático, de un
sistema sólido



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y moderno. Hay que avanzar de manera eficaz. Para todo ello es
imprescindible, como bien se dice en la exposición de motivos
del proyecto de ley, una elemental
prudencia que aconseja la graduación en el proceso de
instauración de esta institución. El Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió) se ha manifestado a lo largo del
debate partidario de esta graduación. Hemos dicho en otras
ocasiones que apostábamos por una ley del jurado moderna,
ambiciosa en sus objetivos y mesurada en su puesta en
práctica. Los procesos de modernización son, señorías, como
una larga escalera en la que hay que avanzar peldaño a
peldaño. La ley que hoy aprobamos es uno de estos peldaños; un
peldaño básico, fundamental, pero que sin duda alguna no agota
este camino. Habrá que dar otros pasos, habrá que continuar
con acciones concretas, precisas y parciales para conseguir un
resultado global: la modernización de nuestras instituciones y
de todo nuestro sistema político. La Ley del Jurado deja
abierto este camino. Lo deja abierto de una manera explícita
cuando en la exposición de motivos se hace referencia a que el
legislador, en el futuro, a la vista de la experiencia,
valorará la ampliación progresiva de todos los delitos que han
de ser objeto de enjuiciamiento. A lo largo del debate
parlamentario, como también ya ha mencionado el portavoz que
me ha precedido en el uso de la palabra, se ha producido un
enriquecimiento y una mayor concreción del proyecto inicial.

Consideramos que entre todos los grupos hemos hecho un buen
trabajo y que debemos alegrarnos de haber conseguido
finalmente dar cumplimiento, señorías, a este mandato
constitucional.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Alemany.




El señor Valls tiene la palabra.




El señor VALLS GARCIA: Señor Presiente, yo me he referido a la
enmienda número 33, pero los servicios de la Cámara me acaban
de aclarar que se trata de la enmienda número 18. Es decir, mi
Grupo retiraría las enmiendas números 18 y 30. En mi
exposición dije que eran las números 30 y 33, pero la 33 es un
error. Ahora mantengo que retiro las números 18 y 30.

uchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Valls.Enmiendas del Grupo
Popular. Tiene la palabra el señor Padilla.




El señor PADILLA CARBALLADA: Señor Presidente, señoras y
señores Diputados, el Grupo Popular ha presenteado pocas
enmiendas a este proyecto de ley que responde, sin duda, a un
trámite desordenado y azaroso de la actualmente vigente Ley
Orgánica del Tribunal del Jurado y que ha exigido el presentar
esta iniciativa legislativa a causa de que, como recordarán
SS. SS. la votación de conjunto de la Ley Orgánica del
Tribunal del Jurado, tan esperada y deseada por muchos
ciudadanos y, desde luego, por muchas de SS. SS., no contó en
su momento con las asistencias parlamentarias necesarias para
su aprobación. Esa es la razón de que aquí nos encontremos.

Naturalmente nosotros no vamos a hacer un ejercicio de exceso
parlamentario ni reproducir todas las objeciones que teníamos
al texto de la vigente Ley Orgánica del Tribunal del Jurado,
porque suponemos que ni las vacaciones ni ninguna otra
circunstancia habrán variado el criterio de SS. SS. en
relación con esa ley y con la postura que los distintos grupos
parlamentarios y los Diputados integrantes de esta Cámara
habían mantenido en relación con la misma. Entendemos también
que es bueno que se incorporen las aportaciones del otro
cuerpo colegislador, el Senado, aunque sea con esta fórmula,
por llamarla de algún modo y sin ningún ánimo irónico, un
tanto ortopédica, y naturalmente con mucha más razón en
relación con aquellas iniciativas de enmienda que contaron con
el apoyo del Grupo Popular del Senado. En definitiva, como ha
dicho muy bien el portavoz del Grupo Socialista y, aunque
ésete no lo ha dicho, como ha sucedido con el Grupo de
Convergència i Unió, lo cierto es que ambos grupos han
presentado enmiendas al margen de aquéllos que el Senado había
incorporado. Poco he de decir en relación con las del Senado
más que mantener aquí, como es natural, la misma postura que
expresamos en relación con la votación de las propias enmiedas
del Senado. Eso ha sido y poco más lo que han constituido
nuestras enmiendas, es decir aquella parte en que discrepamos
de las enmiendas del Senado, algunas de ellas, porque a su vez
eran enmiendas en relación con preceptos que nosotros aquí
también habíamos enmendado, fundamentalmente de supresión.

En este trámite tranquilo, en el que parece que hay pocas
circunstancias de sentimiento mayor, quisiera hacer una
apelación a todos los grupos parlamentarios. En una de
nuestras enmiendas, la número 12, proponemos de nuevo lo que
fue el contenido de la enmienda que determinó la incorporación
al texto de la ley de la previsión contenida en el apartado
cuarto del artículo 3.º de la Ley del Jurado. Esa previsión
legislativa nace de una enmienda del Grupo Popular. En ella
nosotros interesábamos, en la tramitación parlamentaria en
esta Cámara, el que se contemplara el hecho de que los jurados
que en el ejercicio de su función se consideraran inquietados
o perturbados en su independencia, en los términos del
artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pudieran
dirigirse a su Consejo General para que les amparara en el
desempeño de su cargo. De esta Cámara salió este precepto, con
la modificación introducida por el Grupo Socilista de que en
vez de dirigirse al Consejo General se pudieran dirigir a la
sala de gobierno, y del Senado volvió el texto con la
modificación, consistente en que esas pretensiones de amparo
se dirigieran al magistrado presidente. En primer lugar,
cuando una enmienda se formula



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por un grupo hay que entender que tiene su coherencia. Yo les
pido aquí que ya que tenemos esta posibilidad de recapacitar,
contemplen ustedes la
coherencia de nuestra enmienda y no la dejen descoyuntada, por
decirlo de alguna manera. En segundo lugar, hay dos razones
tan claras como éstas. Las salas de gobierno de los tribunales
superiores de justicia son órganos de gobierno interno de los
tribunales y no tienen encomendada por la Ley Orgánica del
Poder Judicial la función de velar por la independencia de los
tribunales. El magistrado presidente no es que carezca de esa
función, es que es parte del tribunal. Por consiguiente, ¿cómo
vamos a pedir al presidente que ejercite una función que ya le
viene exigida como integrante mismo del tribunal? El
presidente del tribunal del jurado es integrante del tribunal.

Por tanto, yo entiendo que las dos fórmulas, la que aquí se
adoptó en el sentido de encargar esta función a la sala de
gobierno --porque no tiene dicha sala esas funciones-- y la
que el Senado introdujo de encargárselo al magistrado
presidente, dejan sin ningún contenido real este precepto. Por
ello, les ruego que lo reconsideren y que vuelvan ustedes a la
idea de la enmienda que consiste en encargárselo al órgano que
tiene encomendado por la Ley Orgánica y por la Constitución
velar por la independencia de los tribunales y todavía más.

(Pausa.) No haga gestos, señor Valls, porque S. S. no se lo ha
leído. Léaselo. No me pregunte dónde lo dice, lo dice ahí. Yo
les ruego que atiendan a la idea de la enmienda y que después
sean consecuentes. Si ustedes consideran a los jurados
integrantes de aquellos que administran la justicia, denles el
trato que tienen aquellos que administran la justicia. Y si
los jueces y magistrados --sólo ellos y sólo cuando ellos se
sienten inquietados o perturbados-- pueden acudir al Consejo
General del Poder Judicial, no den ustedes un trato distinto a
los jurados.

La enmienda número 13 pretende volver a mantener el texto que
salió de esta Cámara en relación con que la
competencia del tribunal del jurado se habrá de determinar por
la pena en abstracto. Razones doctrinales, que no es momento
de enumerar, hacen más aconsejable esa solución --que es la
que figuraba en el proyecto de ley-- que la que se intenta
introducir con esta modificación, coherente y armónica con la
que pretendió el Senado, entre otras cosas porque para el
momento de la determinación de la competencia, naturalmente,
sólo la pena en abstracto podrá ser un criterio seguro y,
desde luego, será un criterio muchísimo más rápido.

Voy terminando, señor Presidente. Haré solamente dos pequeñas
alusiones. En primer lugar, la enmienda número 15 al artículo
37 tiene una absoluta sintonía con otra enmienda del Grupo de
Convergència i Unió. En los términos en los que la ley lo
dice, parece que el magistrado está prejuzgando el delito que
integran los hechos. Lo que se está haciendo es una relación,
y a la relación parece mejor la idea de señalar a continuación
el delito o delitos que a su juicio pudieran constituir los
hechos que decir solamente los delitos que constituyen los
hechos. Esta enmienda es pareja a la de Convergència i Unió y
nosotros la apoyaremos. Si SS. SS. desean presentar una
enmienda transaccional, nosotros no tenemos inconveniente en
que quede incorporada como una síntesis.Nuestra enmienda 16
tiene un error. Hay que entender que no se pretende la
supresión --como en ella se dice-- del artículo 2.1 de esta
proposición de ley, sino del artículo 504 bis 2, tal y como
figura ya en la ley vigente. Hago esta matización afirmando
que ése es el contenido de nuestra enmienda, atendiendo a que
nos encontramos en un debate de lectura única ante el Pleno de
esta proposición de ley.

Termino diciendo que estaban ustedes muy seguros. Nosotros --
como saben-- votamos en contra de la modificación de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal. Ha sido una de las razones
fundamentales de nuestra postura ante el
proyecto y lo va a seguir siendo en cuanto a la votación de
conjunto y a la proposición que hoy se debate, en la que
también nos vamos a abstener. Era tan sorprendente esa
regulación de la prisión provisional o preventiva que han
necesitado ustedes volver a redactar el precepto. Las razones
que se han dado una y otra vez para justificar la introducción
de la Ley orgánica del Tribunal del Jurado de una tan
importantísima reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
eran que, ante el jurado, el principio acusatorio había que
llevarlo a sus últimos extremos. No es momento, no vamos a
entrar ahora en un debate de lo que debe ser y cómo tiene que
ser el principio acusatorio, pero sí les he de decir,
naturalmente, una cosa es un principio que informa el proceso
penal de acuerdo con la Constitución, y eso ha determinado que
se operaran importantes reformas en la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, y otra cosa es un sistema. Nosotros lo que hemos
dicho y reiteramos una vez más en este acto es que, desde
luego, lo que no consideramos oportuno es modificar una
institución como la prisión provisional sin modificar el
sistema. El Tribunal Constitucional, en una serie de
sentencias en las que ha examinado reiteradamente las
facultades del juez de instrucción en la tramitación de los
procesos penales, ha recordado el rigor constitucional de
estas facultades de los jueces de instrucción, y yo les digo
que en la tramitación del proceso de jurado y en la
tramitación de los demás procesos penales también.

Naturalmente lo que no pueden hacer es mezclar, en la voluntad
de llevar aquí el principio acusatorio a sus últimas
consecuencias, un sistema acusatorio formal, que es el que
sigue vigente en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y es el que
sigue encomendando al juez de instrucción la investigación y
su dirección, con una especie de voluntad utópica de empezar a
instaurar la instrucción por el Ministerio Fiscal.




El señor PRESIDENTE: Señor Padilla, le ruego concluya.




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El señor PADILLA CARBALLADA: Termino, señor
Presidente.Volvemos a decir que modifiquen ustedes --como es
natural, a esos efectos se modificará cuando tenga que ser
modificado y si se llega a esa conclusión-- el estatuto
orgánico del Ministerio Fiscal; hagan ustedes un fiscal que
además de imparcial sea independiente, y entonces nosotros
entenderemos que se pueda llegar no a una, digamos,
interpretación absolutamente ingenua del principio acusatorio,
sino a un sistema acusatorio distinto. Mientras tanto, esto,
además de sospechoso, es jurídicamente un disparate. Por
tanto, mantenemos esta enmienda con todo vigor, con toda
energía.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Padilla.¿Grupos que deseen
fijar su posición en relación con este proyecto de ley?
(Pausa.)Por el Grupo de Coalición Canaria tiene la palabra el
señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Gracias, Señor Presidente.Señorías,
Coalición Canaria está en la misma línea de apoyo a esta
proposición de ley que nos trae la iniciativa de los grupos
parlamentarios Socialista y Federal de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, como lo hicimos en su momento
procesal en el Pleno de esta Cámara la pasada primavera al dar
nuestro apoyo a las enmiendas que venían del Senado y que, por
el Reglamento de la Cámara --el quórum ante las leyes
orgánicas--, no pudieron ser incorporadas al texto
final.

Coalición Canaria se felicita de que, después de tres lustros
de estar apareciendo esto en la letra aparcada de nuestra
Constitución, en el artículo 125, veamos hecha una realidad
completa y democrática la institución del jurado. Esto viene a
significar nada más y nada menos que el
reconocimiento de la mayoría de edad judicial de los
ciudadanos de nuestro país para actuar en la responsabilidad
de administración de justicia como pueblo soberano.

Precisamente en abril de este año, en el debate sobre el
estado de la nación, cuando se señalaba unánimemente por la
Cámara esta prioridad, estábamos consagrando ese principio.

Pero también queremos decir que, compartiendo este optimismo,
al que hoy se suma Coalición Canaria, de un amplio sector de
la ciudadanía española por poder tomar parte del jurado, es
necesario e imprescindible actuar con prudencia. Ya en los
hechos previos que se vienen dando desde el mes de junio para
preparar la selección de los diversos colectivos de los miles
de ciudadanos españoles que extraídos de los censos como marca
la ley, vayan a formar parte, con una cuidadosa selección de
idoneidad en todos los órganos y en todos los requisitos
constituciones, es necesario y también imprescindible actuar
con prudencia para su implantación gradual y paulativa. Habrá
que hacer una pedagogía con esta institución prácticamente
inédita en la democracia española de este siglo, salvo la
experiencia de la época republicana, dado que históricamente
la existencia del tribunal del jurado ha sido compatible con
regímenes democráticos y liberales y ha sido incompatible y
suprimida de la legislación en los regímenes absolutistas,
dictatoriales o autoritarios. A juicio de Coalición Canaria,
un tribunal no va a ser ni mejor ni peor, sino distinto de los
que actualmente tenemos, pero precisamente por estar basado en
esta democracia parlamentaria y en la Constitución misma va a
tener aquí su indiscutible legitimidad. Digo esto porque no
han faltado voces a veces procedentes del sector de la
judicatura, o de personas respetables en su parecer del
ordenamiento jurídico español procesal, haciendo críticas
negativas y contrarias a la institución del tribunal del
jurado. Por consiguiente, no quepa duda de esta indiscutible
legalidad constitucional y parlamentaria.

Señor Presidente, nosotros entendemos que con las enmiendas
del Senado y las que se han recogido ahora a iniciativa de
esta proposición no de ley, se ha dado entrada a unas mejoras
que posibilitan un perfeccionamiento total de todo el concepto
de la ley. En términos generales, Coalición Canaria se muestra
de acuerdo con la determinación de la competencia del tribunal
del jurado para el enjuiciamiento de los delitos que atribuye
para su conocimiento y fallo en el artículo 1 y el hecho de
excluir --esto es importante-- algunos delitos que podían
exigir
determinados conocimientos técnicos o científicos por parte
del juzgador que no se encuentran en la media ciudadana. Nos
parece positivo, al igual que ocurre con las enmiendas que hoy
traen diversos grupos parlamentarios a este trámite de
aceptación de la proposición no de ley, como es la redacción
de la discapacidad que imposibilita para ser jurado, que aquí
queda mucho más precisa hoy en día. Por otra parte, la
conformación actual de la apelación en la forma que queda
regulada esta figura --cuestión importante--, que introduce
con un recurso de apelación sui generis, verdaderamente dicho,
la imposibilidad de revisar el veredicto del jurado stricto
sensu, tan sólo por infracciones que en garantía del procesado
se establezcan. Es posible, por tanto fundamentar dicho
recurso destacando las garantías que precisamente están
fundadas en nuestra Constitución.

Las enmiendas que han
presentado los demás grupos nosotros las vamos a apoyar.

Aceptada ya la retirada que ha hecho el portavoz socialista de
su enmienda, que vamos a votar, al igual que las de otros
grupos, queremos singnificar el apoyo que vamos a dar a la
enmienda número 12, presentada por el Grupo Parlamentario
Popular, por entender y aceptar sus razones de que cuando se
solicita el derecho de amparo, cuando los jurados se sientan
inquietados o perturbados en su independencia en los términos
del artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, puedan
dirigirse al Consejo General del Poder Judicial para que les
ampare



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en el desempeño de su cargo. Nos parecen muy convincentes las
razones que ha expuesto el portavoz del Grupo Parlamentario
Popular. Por tanto, vamos a apoyar esta enmienda número 12,
porque no nos parece sufiente garantía que se
remita a la sala de gobierno del órgano jurisdiccional
competente pues carece de sentido, como bien ha señalado el
portavoz del Grupo Parlamentario Popular.Por todo lo demás,
Coalición Canaria va a votar favorablemente, tanto en su
articuldo como en su consideración de ley orgánica, esta
proposición de ley del jurado que viene a la Cámara.Nada más.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.Por el Grupo
Vasco (PNV), tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUéOZ: Gracias, señor Presidente.Voy a
hacer una intervención breve desde el escaño --promesa que voy
a cumplir de forma estricta-- para comentar en primer lugar al
señor Valls, y sin que esto constituya una alusión de
naturaleza parlamentaria, que ni yo mi grupo nos sentimos
aludidos por esas reflexiones apologéticas del ilustrísimo
catedrático de la Universidad del País Vasco, al que usted ha
hecho referencia, cuyas expresiones ha reproducido
literalmente desde la tribuna. No es una buena ley. Nosotros
seguimos manteniendo la ley del jurado ya vigente, que
pretende cumplir el mandato contenido en el artículo 125 de la
Constitución española. Tenemos reparos no sobre este proyecto
de ley que en este momento estamos debatiendo, que lo único
que pretende es corregir una disfuncionalidad que en su día se
produjo en esta Cámara, cual es el rechazo por el Pleno del
Congreso de una serie de enmiendas que venían del Senado con
un amplio grado de consenso político --paradoja que se produjo
y que en este momento estamos intentando corregir
reglamentariamente--, sino sobre la Ley del jurado, la ley
matriz, que contiene deficiencias que, desgraciadamente, no
han sido objeto de corrección en esta segunda oportunidad que
en el debate parlamentario de la ya definitiva Ley del jurado
se nos planteaba; deficiencias que --las voy a decir de forma
breve y obiter dicta, muy palmaria y muy concretamente, señor
Presidente-- hacen referencia al objeto del veredicto, en
definitiva, a las competencias del jurado.

Entendemos todavía perturbadoras las importantes competencias
que se confieren a un jurado constituido no por profesionales
del Derecho, a un jurado absolutamente lego por su propio
régimen de
incompatibilidades; competencias que hacen referencia a la
determinación de la culpabilidad. La determinación de la
culpabilidad requiere la predeterminación de algo desde una
perspectiva dogmática jurídica muy compleja, como es la
determinación de la antijuridicidad de las conductas que se
someten al jurado para su enjuiciamiento. Seguimos discrepando
de unas competencias tan amplias para un jurado lego. Seguimos
discrepando de algunas cuestiones quizás de menor relevancia
jurídica, pero que para nosotros son importantes, como una
cuestión que no se corrige en este proyecto de ley que estamos
debatiendo en este momento, a pesar de que hay una alusión
expresa al mismo, que es la extensión de las competencias del
jurado cuando hay delitos conexos y el delito principal es el
de prevaricación. Seguimos sin entender que el delito de
prevaricación no extienda sus competencias a los delitos
conexos cuando es el delito principal y cuando el jurado sea
competente. El jurado siempre es competente en relación al
delito de prevaricación y éste no tiene una normativa más
compleja que algunos de los delitos que ya se atribuyen como
competencia expresa del jurado.

Seguimos sin comprender, señor Valls, por qué todavía en el
jurado se incumple posiblemente uno de los requerimientos más
relevantes del artículo 24 de la Constitución, que es que en
el supuesto de que el magistrado presidente aprecie defectos
subsanables y el jurado en tres ocasiones o por tres veces
consecutivas se niegue a corregir estos defectos subsanables,
la consecuencia derivada de esta negativa del jurado a
corregir defectos subsanables apreciados por el magistrado
presidente no sea la absolución del
encausado, que es un requerimiento expreso nada menos que del
artículo 24 de la Constitución. Seguimos sin entender también,
a pesar de esas reflexiones apologéticas de ese catedrático
que usted citaba de la Universidad del País Vasco, por qué el
magistrado presidente, no advierte, no provee de un auténtica
admonición a los miembros del jurado, de que las únicas
pruebas que deben valorar son las válidamente practicadas en
la fase de instrucción o las practicadas durante el juicio
oral y tantas deficiencias que en su día no fueron objeto de
corrección y que este proyecto de ley, que sólo
instrumentalmente pretende corregir una disfunción
parlamentaria, tampoco ha intentado corregir.

En definitiva, señor Presidente, poco que decir sobre este
proyecto de ley; sí muchas cosas que decir, importantes
discrepancias todavía sobre el proyecto de ley matriz, el
proyecto de ley que
desarrolla el artículo 125 de la Constitución, y, desde esa
perspectiva, anunciamos que vamos a apoyar el proyecto de ley
en su configuración literal. Tenemos renuncias sobre la
mayoría de las enmiendas presentadas por los demás grupos
parlamentarios y sólo me resta comentar que con esto
contribuimos a corregir aquel paradójico rechazo de enmiendas
que vinieron del Senado al Pleno de esta Cámara con un
importante consenso parlamentario, al que en su día nuestro
Grupo contribuyó.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Olabarría.Por el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el
señor López Garrido.




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El señor LOPEZ GARRIDO: Gracias, señor Presidente.Nuestro
Grupo Parlamentario es uno de los firmantes de la proposición
de ley orgánica por la que se modifica la ya vigente Ley
Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado. Por tanto, estamos
de acuerdo con el contenido de esa proposición de ley, que en
su día firmamos y presentamos con otros grupos parlamentarios.

En consecuencia, nosotros no presentamos ninguna enmienda a
esta proposición de ley.El Grupo Socialista ha presentado
diversas enmiendas que lo que hacen exclusivamente es añadir
enmiendas que el Senado aprobó en su momento, que vinieron a
esta Cámara y que, como consecuencia de que no se pudo reunir
la mayoría absoluta requerida para la aprobación de leyes
orgánicas, no puede salir adelante. Por tanto, nuestro Grupo
va a limitarse a apoyar esas enmiendas del Grupo Socialista,
que lo que hacen es reproducir exactamente aquellas enmiendas
que el Senado aprobó en su momento.

Nuestro Grupo, en este trámite sobre esta proposición de ley,
no ha querido
reproducir un debate más político y más de fondo sobre el
conjunto del proyecto de ley del Tribunal del Jurado, que en
su momento fue aprobado y que en su conjunto consideramos que
es un buen proyecto de ley, aunque podamos discrepar en
cuestiones concretas, como consecuencia de nuestras enmiendas
no aceptadas en su momento. Pero no hemos querido reproducir
de nuevo aquí --repito-- un debate político sobre el conjunto
de la Ley del Jurado. Por tanto, vamos a limitarnos a apoyar
la proposición de ley, a apoyar las enmiendas del Grupo
Socialista, que reproducen exactamente las enmiendas del
Senado, e intentar que en la sesión de hoy salga adelante esta
proposición de ley, que no pudo hacerlo en su momento por
falta de esa mayoría absoluta que requieren las leyes
orgánicas.

De todas formas, sí queremos referirnos a la
enmienda del Grupo Popular que propone una modificación en el
apartado 4 del artículo 3, sobre la posibilidad de los jurados
de dirigirse al magistrado-presidente para que les ampare en
el desempeño de su cargo si se ven inquietados o perturbados,
ya que el Grupo Popular ha hecho un especial hincapié en esta
enmienda. El Grupo Popular propone que la queja vaya dirigida
al Consejo General del Poder Judicial. Nuestro Grupo --repito-
- no quiere salirse del campo que se ha fijado, que son las
enmiendas del Senado. Pero, en cuanto a esto, sí queremos
decir que, a nuestro juicio, siempre es posible, cuando haya
un no amparo de la independencia, referido al cargo de jurado
por el magistrado-presidente, y después de ese trámite,
oportuno, porque puede ser un filtro que evite que vayan
constantes quejas al Consejo General del Poder Judicial, sí
que cabe --entendemos-- una queja ante el Consejo General del
Poder Judicial, como consecuencia de las funciones que tiene
atribuidas por otras normas ese alto órgano
constitucional.Creo que es el momento de reiterar aquí, en
este trámite, nuestro apoyo a que en España vuelva a funcionar
el jurado, que haya una ley del jurado, que se aplique lo
previsto en la Constitución y que ese jurado, que coincidió en
nuestra historia constitucional y política con épocas
progresistas, vuelva a funcionar, como consecuencia de la
aplicación de nuestra Constitución de 1978.

Queremos decir que, en un futuro, como consecuencia de la
aprobación de la Ley del Jurado, un Gobierno no podrá proponer
y un Parlamento no podrá aprobar, si no es contradiciendo la
Constitución, una
derogación de la Ley del Jurado. Lo digo porque se ha
comentado estos días si un futuro Gobierno podría plantear una
derogación de la Ley del Jurado. Entendemos que será posible
modificar la Ley del Jurado, será posible mejorarla, pero
desde luego no derogarla, no hacer desaparecer ese
funcionamiento del jurado, porque eso sí que sería
frontalmente contrario a la Constitución. Hasta ahora lo que
ha habido ha sido una especie de inconstitucionalidad por
omisión, imposible de solucionar; pero una vez que está
vigente una Ley del Jurado, una ley que derogase esa ley sería
una ley claramente inconstitucional, porque iría frontalmente
contra el texto constitucional, que prevé la existencia de un
jurado en nuestro país.

Por último, queremos destacar también que, a propuesta de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, esta Ley del Jurado
contiene una reforma en embrión, ya que hay un encargo a que
el Gobierno que sea, el Gobierno de
nuestro país en el plazo de un año, envíe un proyecto de ley
de reforma del proceso penal. Nos parece de la máxima
importancia y, por eso, consideramos que será en su momento
una revolución procesal, como ya en parte lo es el cambio que
hay en la Ley del Jurado, para ir a un auténtico procedimiento
acusatorio y no con los aspectos inquisitoriales que tiene
todavía el proceso penal en España. Un adelanto de ello es la
prisión preventiva, que realmente sí que es un cierto adelanto
de una reforma que debería ser mucho más amplia. Hace algunos
años, nosotros estuvimos en contra de la regulación de la
prisión preventiva y por eso no nos podemos oponer a que haya
una acción mucho más intensa del Ministerio Fiscal y que no
pueda concederse la prisión preventiva con la facilidad que se
puede conceder en estos momentos en nuestro país. Por ello,
nosotros no nos hemos opuesto a ese cambio que, si no se
diera, además podría ofrecer problemas de
inconstitucionalidad, ya que la prisión preventiva funcionaría
de una forma para los procesos de jurado y de otra forma para
los procesos que no van al jurado. Eso podría dar lugar a
problemas de inconstitucionalidad y, por tanto, creemos
oportuno que se haga ahora esa reforma en esta ley, pero desde
luego como parte de una gran reforma procesal, introduciendo
elementos acusatorios y como parte --que también



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aparece en la Ley del Jurado-- de una reforma del estatuto
orgánico del Ministerio Fiscal, porque es evidente que ir a un
procedimiento claramente acusatorio en la instrucción penal
tiene que ir en conjunto con una reforma del estatuto del
Ministerio Fiscal, que tiene que ser un estatuto de clara
imparcialidad y autonomía, y también con un nuevo estatuto del
propio Fiscal General del Estado, que en estos momentos
depende en su nombramiento y en su cese, exclusivamente, de
las decisiones gubernamentales, lo que no nos parece que sea
congruente con un Ministerio Fiscal que tendrá que actuar en
el futuro con mucha mayor autonomía e imparcialidad, en un
proceso penal que debe ser mucho más acusatorio, más
constitucional por tanto de lo que es ahora mismo.

Recordemos que en esta ley ha habido otra reforma importante,
que es la desaparición de ese privilegio procesal del
antejuicio para los jueces, y que debería ir unida, en un
futuro --esa es nuestra intención--, a la desaparición, en la
medida en que no choque con la Constitución, de todos los
privilegios
procesales que tienen en estos momentos otros órganos
constitucionales, como es el Gobierno o esta Cámara, desde el
punto de vista de los llamados fueros procesales.Por todas
estas razones, nuestro Grupo va a votar favorablemente el
dictamen de esta proposición de ley y aquellas enmiendas
presentadas, en este caso exclusivamente por el Grupo
Socialista, que lo que hacen es, simplemente, restituir
aquellas que en su momento aprobó el Senado, que nosotros
votamos a favor en esta Cámara y que, por ausencia de mayoría
suficiente, no pudieron prosperar por ser ésta una ley
orgánica.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López Garrido.

Vamos a proceder a las votaciones.

Votaciones correspondientes a la proposición de ley orgánica
por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo,
del Tribunal del Jurado.

Enmiendas del Grupo Socialista.

Enmiendas números 17, 19, 20, 21, 26, 28, 29, 32, 33, 34, 35,
36 y 37.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 320; a favor, 317; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 320; a favor, 191; en contra, 127; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Catalán de Convergència i Unió. Enmiendas
números 1, 2, 6, 7 y 8.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 150; en contra, 164; abstenciones,
siete.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Restantes enmiendas del Grupo Catalán de Convergència i Unió.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 21; en contra, 293; abstenciones,
siete.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Popular. Enmienda número 12.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 320; a favor, 133; en contra, 181; abstenciones,
seis.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Restantes enmiendas del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 129; en contra, 181; abstenciones, 11.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votación correspondiente al texto de la proposición de ley. No
habiéndose solicitado votación separada de ninguna de las
partes del texto de la proposición de ley, la votación
relativa al contenido de la proposición será simultáneamente
votación de conjunto correspondiente al carácter de ley
orgánica de esta proposición.Votación del texto de la
proposición y votación simultáneamente de conjunto de esta
iniciativa por su carácter de proposición de ley orgánica.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 193; en contra, uno; abstenciones,
127.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la proposición.

Como es habitual en la tramitación de iniciativas por el
procedimiento de lectura única, los servicios de



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la Cámara procederán a los reajustes técnicos resultantes de
las enmiendas aprobadas.




VOTACIONES DE CONJUNTO:



-- DEL PROYECTO DE LEY ORGANICA DE CONTRABANDO.




El señor PRESIDENTE: Votación de conjunto correspondiente al
proyecto de Ley Orgánica de Contrabando.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 321.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado en votación de conjunto el
proyecto de Ley Orgánica de Contrabando.




-- DEL PROYECTO DE LEY ORGANICA DE LA PARTICIPACION, LA
EVALUACION Y EL GOBIERNO DE LOS CENTROS DOCENTES.




El señor PRESIDENTE: Votación de conjunto correspondiente al
proyecto de Ley Orgánica de la participación, la evaluación y
el gobierno de los centros docentes.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 177; en contra, 138; abstenciones,
seis.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada en votación de conjunto el
proyecto de ley orgánica. (Aplausos.)



DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



-- PROYECTO DE LEY SOBRE EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION
EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE. (Número de expediente
121/000100)



El señor PRESIDENTE: Punto duodécimo del orden del día:
Debates de totalidad de iniciativas legislativas. Debate
correspondiente al proyecto de ley sobre el derecho de acceso
a la información en materia de medio ambiente.Enmienda de
totalidad de texto alternativo a este proyecto de ley,
presentada por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

Tiene la palabara el señor Alcaraz. (El señor Vicepresidente,
Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.) (Pausa.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señorías, ocupen sus
escaños.

Para la presentación del proyecto de ley, previamente tiene la
palabra el señor Ministro de Obras Públicas, Transportes y
Medio Ambiente. (Rumores.)
Ruego a SS. SS. que ocupen sus escaños y guarden
silencio.Cuando quiera, señor Ministro.




El señor MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO
AMBIENTE (Borrell Fontelles): Muchas gracias, señor
Presidente.

Señorías, el proyecto de ley sobre el derecho de acceso a la
información en materia de medio ambiente que el Gobierno
presenta a la Cámara responde a la necesidad de
adaptar el derecho español a las directivas comunitarias, en
particular a la 90/313. Hoy, en nuestro marco jurídico, la
regulación del derecho de acceso a la información
medioambiental está recogida en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas, pero la necesidad de una nueva ley radica en que
ésta, la vigente, es más restrictiva que lo que establece la
directiva comunitaria antes mencionada y que queremos
trasponer.

En efecto, el derecho del acceso a la información en materia
de medio ambiente no ha sido reconocido en la Unión Europea de
forma expresa y con carácter general hasta la
reciente aprobación de esta directiva, que hay que enmarcarla
en el IV programa comunitario de acción medioambiental. Esa
directiva reconoce el derecho de cualquier persona física o
jurídica que lo solicite a acceder a la información sobre
medio ambiente, sin que para ello sea obligatorio que
demuestre un interés determinado. Esta es, pues, una directiva
ampliamente innovadora que abre nuevas expectativas jurídicas
en el campo de acceso a la información ambiental, en la línea
de lo establecido en la cumbre de Río, que consagra este
derecho como un elemento clave al decir que la mejor manera de
tratar las cuestiones ambientales es con la participación de
los ciudadanos a todos los niveles y que en el plano nacional
toda persona debería tener acceso adecuado a la información
sobre el medio ambiente de la que dispongan las autoridades
públicas incluida la información sobre los materiales y las
actividades que ofrecen peligro y las oportunidades de
participar en los procesos de adopción de decisiones, para lo
cual los Estados deberán facilitar y fomentar esta
sensibilidad y esta participación poniendo la información a
disposición de todos y promocionando su acceso efectivo en los
procedimientos judiciales y administrativos y, entre éstos, el
resarcimiento de daños y los recursos pertinentes. Por otra
parte, la necesidad de regular este derecho a la información
sobre el medio ambiente también proviene de la Constitución
Española cuando en su artículo 105.b) reconoce este derecho al
establecer que la ley regulará



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el acceso de los ciudadanos a los registros y archivos
administrativos de todo tipo.¿Cómo regulamos, pues, este
derecho a la información hoy? Lo
regulamos en la legislación vigente porque en ese momento, en
1992, la Administración entendió que los madatos de la
directiva figuraban ya en sus artículos y, en consecuencia,
notificamos a la Comisión de la Unión Europea, como norma de
incorporación de esta directiva, la citada Ley 30/1992. Pero
no obstante esta creencia del Gobierno español, la Comisión de
la Unión Europea inició un procedimiento de infracción por
incorrecta transposición de esta directiva al considerar que
nuestra legislación era más restrictiva que la comunitaria,
por un serie de razones que nos fueron comunicadas con los
correspondientes dictámenes motivados.

Esta denuncia por incorrecta trasposición de la directiva hizo
necesario elaborar una nueva disposición que superase las
limitaciones de la Ley 30. Las novedades que con respecto a
dicha ley incorpora el proyecto que hoy someto en nombre del
Gobierno a debate de una enmienda a la totalidad, que será
presentada después por el Grupo proponente, son las
siguientes. Primero, reconocer el derecho no sólo a los
ciudadanos españoles sino incluso a aquellos de países
terceros en casos tasados. En segundo lugar, reconocer el
derecho no sólo en lo que se
refiere a documentos que consten en archivos o registros, sino
también respecto de los procedimientos no terminados, cuando
sea posible separar información que no vaya a experimentar
modificaciones hasta que el proceso se termine. En tercer
lugar, no tener la condición de interesado para acceder a la
información. En cuarto lugar, que el plazo máximo de
resolución de las solicitudes sea de dos meses y, finalmente,
también establece la exigencia para la Administración de
entregar la información que tenga, cualesquiera que sean las
Administraciones competentes y el origen de los datos.

Por lo tanto, el proyecto de ley cumple con los objetivos
fundamentales de trasponer al derecho interno la normativa
comunitaria sin restricción alguna, desarrollar el artículo
105.b) de la Constitución y modificar y complementar algunos
aspectos de la legislación vigente. Creemos, por todo ello,
que es necesaria y conveniente la aprobación de este proyecto
de ley, en contraposición, y por lo tanto rechazándola, a la
enmienda a la totalidad del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, que será debatida a
continuación.

En conclusión, señorías, el objetivo básico de incorporar a
nuestras normas internas las directivas
comunitarias, la equiparación de nuestra legislación a la
comunitaria está plenamente conseguido con la norma que el
Gobierno ha aprobado, y el texto alternativo, en opinión del
Gobierno, no consigue mejorar ni ampliar el acceso a la
información medioambiental. Frente a la posición que sustenta
el Grupo autor de dicha enmienda a la totalidad, cree el
Gobierno, y somete a la consideración y debate de los grupos
parlamentarios, que el proyecto crea el marco jurídico
adaptado a la norma comunitaria con formas similares y
contenidos parecidos de la directiva, que incluso la supera en
algún supuesto, y que establece medidas suficientes como para
suprimir barreras y regular con garantías suficientes el
derecho del acceso a la información en materia
medioambiental.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Ministro.Para la defensa y como turno a favor de la enmienda a
la totalidad de texto alternativo presentada por el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el
señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ MASATS: Con la venia, señor Presidente,
señorías, desde el principio de su andadura, la Comunidad
Europea, ahora Unión Europea, ha tenido una inquietud seria
por el tema medioambiental, que ha protegido no sólo desde su
propia cultura, la cultura de los distintos países miembros,
sino también desde la necesidad de que se establezca la
protección del medio ambiente de manera fundamental a través
de la participación de los ciudadanos y de las asociaciones no
gubernamentales de todo tipo constituidas por éstos. Cultura,
y ahora incentivación, con respecto a las cuales España, como
país miembro, va muy atrás, muy retrasada, no se ha
incorporado de pleno derecho a la cultura medioambiental,
quizás porque el Gobierno español estaba obsesionado por el
asunto de las convergencias nominales y no por las
convergencias culturales, las convergencias reales en temas
tan importantes como la protección del medio ambiente.

La
Conferencia de Río, en 1992, a través de su declaración sobre
medio ambiente y desarrollo, dio un impulso prácticamente
definitivo a esta necesidad de proteger el medio ambiente, no
sólo a través de la actuación de las administraciones, sino de
la incentivación, de la motivación de los ciudadanos y de las
organizaciones no gubernamentales por medio de la
participación. En su punto 10 establece lo siguiente la
resolución: El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales
a través de la participación de todos los ciudadanos
interesados en el nivel que corresponda. En el plano nacional,
toda persona deberá tener acceso adecuado a la información
sobre medio ambiente de que dispongan las autoridades
públicas, incluida la información sobre materiales y
actividades que ofrezcan peligro a las comunidades. En este
marco se desarrolla, partiendo de una etapa anterior, la
directiva de la Unión Europea, que se elabora sobre la base
del convencimiento de que el acceso a la información en
materia de medio ambiente será un medio sólido para garantizar
su protección, la participación ciudadana de las personas
físicas y de las organizaciones no gubernamentales



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y de todo tipo que puedan promover esta protección
participativa y democrática.Pues bien, la Directiva 90/313, de
7 de junio, sobre libertad de acceso a la información en
materia de medio ambiente, que no se recoge en España de
manera adecuada, sino a través de una normativa de mínimos,
que no se recoge tampoco en tiempo y forma, deja ver la falta
de sensibilidad, la falta de cultura medioambiental de la
Administración española, la falta de concordancia con respecto
al ritmo que lleva la
cultura medioambiental en el resto de los países miembros de
la Unión Europea y en las mismas administraciones de la Unión
Europea.

El Gobierno español justificó en su tiempo que la aprobación
de la Ley 30/1992, del mes de abril, ya nombrada por el señor
Ministro, justificaba la necesidad de no
trasponer la directiva de la que estamos hablando. Sin
embargo, la Comisión Europea se dirigió al Gobierno español
indicando que se trataba realmente de un incumplimiento e
iniciando un expediente de infracción. Hay que recordar que
este expediente de infracción se inicia también a partir de un
recurso que presenta la organización ecologísta Greenpeace
ante la Comisión de las Comunidades Europeas el 2 de febrero
de 1993, a través del cual denuncia el incumplimiento por
parte del Gobierno español de la no trasposición de la
directiva europea al ordenamiento jurídico español.

Sin
embargo, el señor Borrell, que tiene un discurso bastante
interesante (como interesante es señalar que ese discurso no
siempre coincide con los hechos, fundamentalmente en el tema
ecologística y medioambiental), en su comparecencia ante la
Comisión de Infraestructuras y Medio Ambiente, a petición
propia, el 24 de noviembre de 1993, había trazado los ejes
fundamentales de su actuación posterior al frente del
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.

Por cierto que siempre que hacen ustedes declaraciones
públicas dicen Ministerio de Obras Pubicas o, cuando más
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, nunca dicen
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente. Es
el país que menos sensibilidad tiene al medio ambiente y uno
de los poquísimos países de la Unión Europea que no tiene
Ministerio de Medio Ambiente; Ministerio que, de manera
exclusiva, hemos defendido los miembros de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya en esta Cámara, al que se opuso
incluso el Partido Popular, que después, sin embargo, cuando
enumeró algunas de las cuestiones fundamentales que pondría en
funcionamiento a partir del gobierno del Partido Popular, y
que se publicó en el diario «El Mundo», decía que sí, que
constituiría el Ministerio del Medio Ambiente, porque aquí,
efectivamente, no había tenido los reflejos suficientes para
estudiar la situación y el ritmo de la cultura medioambiental
en el resto de los países de la Unión Europea.

Pues bien, el señor Borrell decía que los tres ejes
fundamentales del
funcionamiento de su Ministerio (Ministerio que no ha sido
nunca del Medio Ambiente) eran, primero, la coordinación
interadministrativa en la integración de la política ambiental
en las políticas sectoriales. En segundo lugar, establecer el
circuito externo de la Administración central, es decir, la
relación del Ministerio con comunidades autónomas y entidades
locales; y, en tercer lugar, la participación ciudadana (¡casi
nada, señor Borrell!, la participación ciudadana) en el tema
general del Ministerio y como aquí se decía, específicamente
en el tema de la protección, a través de la movilización
ciudadana, en sentido amplio, de la estructura ecológica de
España.

Siendo consciente de que la responsabilidad de no
trasporner la directiva era fundamentalmente del Gobierno (por
cierto, que es paralela esta responsabilidad, en el mismo
Ministerio a la no trasposición de la directiva de televisión
sin fronteras, aquellos argumentos que en su día utilizamos
para el retraso sirven para denunciar el retraso que ha tenido
en la trasposición de la directiva actual), nosotros
presentamos en esta Cámara una proposición no de ley para
intentar explicar ese retraso. El portavoz del Grupo
Socialista entonces, señor Dávila Sánchez, nos explicaba que
había habido un retraso, pero que era plenamente justificable,
cosa que nosotros en absoluto compartimos, porque la Ley de
Procedimiento Administrativo no da ningún cauce real, excepto
una mínima información, pero nunca a la dinámica de una
participación ciudadana, que es lo que persigue la directiva,
no de mínimos, que nosotros trasponemos a través de nuestra
enmienda alternativa con respecto a la estructura ecológica.El
contenido de la proposición de ley alternativa que el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya presenta, se basa en
la necesidad de que no sea una norma legal escasa y de
mínimos, como el proyecto de ley que presenta hoy aquí el
Gobierno a través de su Ministro, señor Borrell.

Queremos
lograr que los ciudadanos autogeneren una dinámica de
protección del medio ambiente; es decir se trata de garantizar
que todo habitante del territorio español, ya sea ciudadano o
residente, tenga acceso a esa información. Y aquí, en
principio, el texto del Gobierno establece ya una reducción.

El proyecto de ley lo restringe a ciudadanos comunitarios,
fijando para el resto el principio de reciprocidad.

Nosotros también creemos que hay que establecer una diferencia
entre la consulta de archivos y registros --única posibilidad
que
establecía la Ley 30/1992, con respecto a la cual dijo la
Unión Europea que era muy corta e inició el procedimiento de
infracción-- y que hay que ir a la solicitud de información
que contiene el artículo 4.º de nuestro texto alternativo. Al
mismo tiempo pensamos que el solicitante no tiene por qué
saber cuál es la Administración competente



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con respecto a determinada materia. Tiene que ser la
Administración la que guíe la solicitud de el/la solicitante y
por eso recogemos esa facilidad a través del artículo 4.º,
párrafo cuarto. No debe haber la posibilidad de que rija el
silencio administrativo positivo, por ello se obliga a la
Administración a resolver, en el plazo de diez días, de forma
estimatoria o denegatoria, incluyendo una protecicción
judicial para el/la solitante de manera que haya que
establecer un mecanismo de protección para que el/la
solicitante pueda exigir responsabilidades
disciplinarias al titular del órgano responsable.

Establecemos también muchas menos excepciones como causas de
denegación de la solicitud, dejando menos margen de
arbitrariedad a la Administración, es decir, restringimos las
excepciones a favor de el/la solicitante.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Alcaraz, vaya
terminando, por favor.




El señor ALCARAZ MASATS: Termino, señor Presidente.En cuanto
al costo del servicio, pensamos que la consulta de archivos y
resgistros debe ser absolutamente gratuita. El derecho de
acceso a la información también lleva inherente el derecho a
la obtención del soporte material que la contenga, aunque en
ciertos casos se pueda cobrar el soporte pero nunca el
servicio a través del cual éste se obtiene.Las organizaciones
no gubernamentales y asociaciones sin ánimo de lucro, cuya
actividad tenga por objeto la protección de la naturaleza,
deben tener un trato de favor, tal y como se establece en
nuestro texto alternativo.

En definitiva, señor Presidente, señor Ministro, teniendo en
cuenta la trayectoria del
Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente --
esta vez sí-- con repecto a la tardanza (27 meses) en la
trasposición de esta directiva, así como el texto escaso y de
mínimos que se nos presenta hoy aquí, pensamos que no hay una
dinámica de participación real, que no se ha cultivado ese
tercer eje fundamental al que aludió el señor Ministro en su
comparecencia ya citada y que sería muy conveniente aprobar
nuestro texto alternativo o, en todo caso, tener en cuenta
las enmiendas que a partir de este texto se pueden incorporar
al proyecto del Gobierno, lo que, en nuestra opinión,
supondría mejorarlo bastante.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Alcaraz.

¿Turno en contra de la enmienda de totalidad?
(Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor
Gortázar.




El señor GORTAZAR ECHEVERRIA: Señor Presidente, señorías, es
un motivo de satisfacción debatir este proyecto de ley,
después de las reiteradas peticiones que el Grupo Popular y
otros grupos de la Cámara hemos hecho al Gobierno para la
trasposición de la directiva de acceso de información de los
ciudadanos a los temas medioambientales.

El contenido esencial de esta directiva tenía que haber sido
traspuesto el 1 de enero del año 1993, es decir, han pasado
casi tres años del plazo establecido por la Unión Europea a
los efectos de
facilitar este derecho de los ciudadanos españoles.Hay que
decir que este retraso se nos antoja excesivo. No hay motivos
técnicos ni jurídicos para haber demorado tres años la
trasposición de la directiva redactada en el año 1990 y por
eso nos parece que las excusas presentadas por el señor
Ministro no son en absoluto suficientes. Más bien nos parece
que, por ineficacia o por miedo a la transparencia
informativa, se ha demorado en exceso este proyecto de ley.

También es cierto que parece que se hace con la intención y
con la vista puesta en que la oposición obtenga en los
próximos meses una información que no ha querido dar el
Gobierno. En cualquier caso, la importancia del tema que nos
ocupa es evidente.

Los temas medioambientales tienen
perjudicados, con nombres y apellidos, y éstos tienen el
derecho y la capacidad de reclamar en la medida en que tienen
acceso a la información, de tal manera que la información es
el elemento esencial para el establecimiento de un medio
ambiente de calidad en nuestra nación. Ahora bien, ¿qué
información es la que se propone que se facilite a los
ciudadanos? Básicamente debe ser accesible, tal como refleja
el proyecto de ley, toda aquélla en poder de las
administraciones públicas o que éstas soliciten a los
empresarios que gestionen servicios relacionados con el medio
ambiente. Sin embargo, es importante preservar los legítimos
intereses industriales y comerciales de peticiones de
información que, lejos de dedicarse a la mejora de la
protección del medio ambiente, se podrían destinar a
introducir una competencia desleal por uso de información
sensible en relación a los competidores en el mercado, e
incluso se podrían beneficiar de planes y proyectos elaborados
por terceros. Este es un tema no pequeño y sobre el que llamo
la atención de SS. SS. porque es muy sensible y no está
suficientemente protegido en el proyecto de ley del Gobierno.

Por ese motivo el Grupo Popular propondrá las correspondientes
enmiendas en el artículo 3.º del texto legal.

Hay otras objeciones al proyecto de ley, fundamentalmente
referidas a conceptos, garantías, etcétera. Por ejemplo, el
concepto de precio público es de muy difícil asidero. Hay algo
que se llama tasa, que es mucho más preciso, porque el precio
público no parece sometido a una competencia de mercado. No
nos parece indicado este planteamiento, pero, en cualquier



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caso, haremos las debidas enmiendas --ya las hemos presentado-
- en relación a este proyecto de ley.

Por lo que se refiere a la enmienda a la totalidad, presentada
por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, no
nos parece oportuna ni justificada, en primer lugar, porque no
es radicalmente distinta del proyecto que presenta el Gobierno
y, en segundo lugar, por una razón todavía más importante,
porque dilata el procedimiento de aprobación de una ley que es
ugente para la ciudadanía. En función de estas dos razones,
nos oponemos al texto alternativo que ha presentado Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.Además, hay razones de
contenido, de fondo, por cuanto nos parece que este proyecto
tiene una ampliación en la dirección no adecuada de sus
contenidos. En primer lugar amplía el derecho a la información
a las actividades que afecten o puedan afectar a la salud de
las personas. Excede por tanto, el ámbito usual del medio
ambiente para afectar a temas sanitarios, de consumo,
etcétera. Eso hay que acotarlo mucho más con claridad a lo que
son temas medioambientales y no abrir un abanico
extraordinario de competencias o de posibilidades.

El proyecto del Gobierno nos parece más equilibrado, más
cuidadoso entre el derecho a la información de los ciudadanos
y las garantías esenciales de esos derechos de propiedad
industrial y de
propiedad intelectual que tienen las industrias. Quiere esto
decir que en el momento en que haya un interés perjudicado y
una información de la Administración Pública, por supuesto, se
tiene acceso a esa información. En el momento en que haya un
interés directamente afectado y una empresa o industria
vinculada a un procedimiento industrial, etcétera, también
habrá por parte de los afectados un derecho a la información.

Pero no es indiscriminado y, sobre todo, no está abierto a
cualquier información procedente de terceros.En conclusión,
señorías, nos oponemos a la proposición de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya por cuanto perjudica la agilización
del proyecto del Gobierno que recoge básicamente los
contenidos de la directiva y porque es más positivo presentar
enmiendas al citado proyecto que dar una alteración absoluta a
sus contenidos.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Gortázar.




El señor Alcaraz, para un turno de réplica, tiene la palabra.




El señor ALCARAZ MASATS: Veo con sorpresa que el señor
Gortázar ha pedido la palabra para defender un turno en contra
del texto alternativo al proyecto del Gobierno, pero se ha
sumado a él de manera total e idílica diciendo que es mucho
más equilibrado. En función de esta asunción del texto del
Gobierno, ha explayado muy pocos argumentos que, de otra
parte, a nuestro juicio no se tienen de pie.

Manifiesta que nuestro texto amplía las competencias de medio
ambiente,
puesto que habla de que cualquier materia contaminante o que
afecte a la salud pública debe ser comunicada a los
ciudadanos, pero S. S. no recuerda --ha hecho manifestaciones
de tipo retórico apoyando la Cumbre de Río y sus declaraciones
consecuentes--que uno de los puntos fundamentales de la
Declaración de Río de Janeiro, específicamente el número10, se
refiere a la protección del medio ambiente.La primera
contradicción que surge en el discurso del señor Gortázar es
ésta: que, por una parte, apoya las resoluciones de la Cumbre
de Río, pero, por otra, se contradice rotundamente desde la
tribuna, porque en esta resolución fundamental el punto nodal,
no nuevo con respecto a ciertos países de la Unión Europea,
pero sí nodal, es la necesidad de informar, y ahora que están
en mal uso las pruebas nucleares se ve la necesidad urgente de
informar de cualquier tipo de contaminación que afecte a la
salud humana, a los ciudadanos y a las asociaciones
medioambientales de todo tipo. Repito que este texto se
recoge, a la hora de ampliar la primera redacción de la
directiva de la Unión Europea, en varios países de nuestro
contexto europeo.

El señor Gortázar, sin mayor esfuerzo, dice que el texto del
Gobierno es más equilibrado, pero no nos aclara en qué
sentido. Más equilibrado porque supedita la protección y la
información medioambientales a los intereses industriales y
comerciales, según hemos creído entender de su exposición
desde su tribuna, lo cual nos parece una aberración desde el
punto de vista de todo lo que actualmente se está aprobando en
la Unión Europea.

En consecuencia, señor Gortázar, para mí resulta un sarcasmo
que ustedes hablen de la creación, en el supuesto próximo
Gobierno del Partido Polular, de un
Ministerio de Medio Ambiente. Me parece que no se justifica,
como no se ha justificado la eficacia y la función del señor
Borrell al frente de un Ministerio que nunca han denominado de
Medio Ambiente y que no ha tendido a la protección del medio
ambiente, ni tan siquiera a través de la participación
ciudadana, como estamos pidiendo en nuestra exposición, tal
como se recoge en nuestro texto alternativo.Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Alcaraz.

El señor Gortázar tiene la palabra.




El señor GORTAZAR ECHEVERRIA: Señor Presidente, señorías, en
la referencia a la que hace usted mención, ustedes eliminan en
el proyecto la denegación de datos proporcionados por un
tercero sin que éste esté jurídicamente obligado a hacerlo.

Nos parece



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una precaución del presente proyecto de ley y estimamos más
adecuado que no se elimine.

Por eso decimos que es más equilibrado que su proyecto y, en
consecuencia, nos hemos opuesto a su texto alternativo.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Gortázar.

¿Grupos alternativos que deseen fijar su posición en este
debate? (Pausa.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Martín.




El señor MARTIN MENIS: Coalición Canaria considera
indudablemente que esta ley es necesaria porque permite
garantizar el derecho a la información e implica a todos los
ciudadanos en los problemas medioambientales tanto si están
directamente implicados como si no lo estuvieran. Sin embargo,
Coalición Canaria lamenta el retraso de esta ley, aunque nos
hubiera gustado decir que es oportuna.El propio retraso de
cinco años desde que se promulgó la directiva comunitaria nos
demuestra una falta de voluntad de haberla traído a este
Parlamento y quizá no habría estado aquí este proyecto de ley
si se hubiera traspuesto la citada directiva comunitaria de
cumplimiento obligatorio. ¿Cuántos planes, proyectos y obras
erróneas se hubieran ahorrado en este país? Probablemente,
muchas. Consideramos que lo importante en este momento es
tramitar la ley con la mayor celeridad.

En cuanto al texto alternativo de Izquierda Unida, que
renococemos que en muchos puntos es más preciso, estimamos que
puede ser incluido en una buena parte por la vía de enmiendas
que Coalición Canaria estudiará con todo cariño y apoyará en
una buena parte si Izquierda Unida se decide a enmendar el
proyecto en su tramitación.

Anunciamos que no vamos a apoyar la enmienda a la totalidad de
Izquierda Unida. Pretendemos que el proyecto se tramite con la
mayor celeridad. Presentaremos nuestras enmiendas y apoyaremos
las de Izquierda Unida y las de aquellos grupos que vayan a
garantizar esa información para que el medio ambiente en
nuestro país pase a ser un tema preferente sobre otras
prioridades que hasta ahora se han establecido, sobre todo
cuando hablamos de las grandes empresas eléctricas, de la
grandes industrias y de la contaminación de nuestro medio
ambiente.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias señor
Martín.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Gracias, señor Presidente.

Nuestro Grupo Parlamentario considera que con este proyecto de
ley van a quedar resueltos los problemas que se plantearon en
la trasposición de la Directiva 90/313 de 7 de junio, sobre
libertad de acceso a la información en materia de medio
ambiente.Creemos que van a quedar definitivamente resueltos
estos problemas puesto que el proyecto de ley que el Gobierno
ha traído a la Cámara es prácticamente una transcripción
literal del contenido de la directiva comunitaria y el derecho
que la misma pretende salvaguardar quedará plenamente
garantizado en el ámbito español.

Hemos de lamentar el retraso con el que se produce la
trasposición de esta directiva puesto que, según se establecía
en la propia norma comunitaria, la fecha límite era la de 31
de diciembre del año 1992, así como el intento fallido que
supuso contemplar el artículo 35 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común como el precepto que daba pleno
cumplimiento a las exigencias de la directiva, como se nos
había dicho repetidamente en esta Cámara por parte del propio
Ministro Borrell o de altos cargos de su Ministerio.

Con este trámite se va a superar el procedimiento de queja
establecido por la propia Comisión en contra de ese intento
fallido, como decíamos, de trasposición. Respecto de la
enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, aun valorando el esfuerzo que
ha supuesto su elaboración y su presentación, creemos
sinceramente que poco aporta al proyecto de ley del Gobierno y
que, en ningún caso supone un planteamiento excesivamente
alejado del mismo.

Algunas de las propuestas que se incluyen dentro de la
enmienda de texto alternativo del grupo
proponente podrían ser incorporadas como enmiendas, así como
esperamos que sean incorporadas las cinco que nosotros hemos
presentado al articulado. Nada más, señor Presidente, y muchas
gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias señor
Recoder.

Finalmente, por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor
Dávila.




El señor DAVILA SANCHEZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías dos palabras, como la hora y el momento del debate en
que nos encontramos aconsejan y la sencillez de la posición
del Grupo Parlamentario Socialista permiten.

Señorías, hay muchas formas de contar una historia. Algunas
parciales e incluso algunas sectarias, pero las hay también
más próximas a la objetividad de la situación. Yo quisiera
restaurar, respecto de algunas que hemos oído, cuál es la real
historia de este proceso de trasposición de la Directiva
90/313. Señorías, esta Directiva, que es de final del año
1990, entra en proceso



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de trasposición en nuestra normativa interna en momentos en
los que se está procediendo a la elaboración de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y Procedimiento de Administración Común. En esos momentos el
Gobierno cree que en esa Ley, donde se da traslación al
derecho que reconoce la Constitución de 1978, en su artículo
105 b), del acceso de los ciudadanos a la información
existente en registros y archivos públicos, en ese momento,
considera que lo que se está
haciendo en la Ley 30/1992 es suficiente como trasposición de
la normativa 90/313. Sin embargo, iniciativas que se nos han
relatado hacen que desde la Comunidad, en el año 1994, se
considere que la trasposición es insuficiente y, a los pocos
meses, el Gobierno reflexiona y el Ministro de Medio Ambiente
del Gobierno español --lo acaba de reconocer en su
intervención-- evalúa que es adecuado reconocer que la
trasposición es insuficiente y, por lo tanto, procede remitir
a la Cámara un proyecto de ley que subsane esa
insuficiencia.

Señorías, sobre ese reconocimiento que ha hecho el Ministro,
mi Grupo parlamentario, por mí mismo, que
dialécticamente, he contrastado con el señor Alcaraz y el
Grupo al que representa durante bastante tiempo diferencias en
este sentido, ese Grupo reconoce que el señor Alcaraz tenía no
la razón --que es atributo que no le suele adornar--, sino más
razón que nosotros cuando decíamos que la trasposición en esa
Ley 30/1992 era suficiente. Es cierto que era insuficiente.

Ese reconocimiento lo hacemos y no se me caen los anillos en
hacerlo paladinamente. Sin embargo, señorías, ese
reconocimiento explícito no puede llevarnos como Grupo a
aceptar que el texto alternativo que presenta no está plagado
--y lo haremos en trámites posteriores-- de imprecisiones
jurídicas y técnicas, no ya sólo en la múltiple reiteración
que hace de párrafos que proceden de la otra Ley, sino incluso
de contradicciones con la legislación vigente, que han sido
precisadas por otros intervinientes. La enumeración que hace
de administraciones públicas no se corresponde con la Ley que
realmente las rige. El fundamento inconstitucional que se
invoca no es el correcto; incluso el debate que ha tenido
lugar sobre si tasa o precio público no se corresponde con lo
que la Ley de tasas y Precios Públicos establece. Pero sobre
todo --y más importante-- hay inadecuaciones con la propia
Directiva que pretende trasponer, puesto que hay
extralimitación en la asignación de los temas a los que hace
competencia.

Se ha citado por otro portavoz la inclusión de la incidencia
sobre la salud y en las causas de denegación hay matices
extralimitados que veremos en su momento.Señorías, hecha la
aclaración de que el Gobierno,y mi Grupo
Parlamentario con él, hace reconocimiento de la conveniencia y
necesidad de una trasposición más precisa de la Directiva a la
normativa interna, este Grupo Parlamentario no va a votar a
favor de un texto alternativo que no tiene las calidades que
le permitirían competir con el que el Gobierno ha presentado a
tramitación en esta Cámara.

Gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor):Gracias, señor
Dávila.

Pasamos a la votación de la enmienda de totalidad
presentada por el Grupo Parlamentario Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente a la enmienda de
totalidad de texto alternativo del Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya presentada al
proyecto de ley sobre el derecho de acceso a la información en
materia de medio ambiente. Comienza la votación.

(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 295; a favor, 10; en contra, 285.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda. Se levanta
la sesión.




Eran las dos y treinta y cinco minutos de la tarde.