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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 102, de 03/11/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1994 V Legislatura Núm. 102
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 101
celebrada el jueves, 3 de noviembre de 1994



Página



ORDEN DEL DIA:



Enmiendas del Senado (Página 5252)



--Proyecto de Ley de fundaciones y de incentivos fiscales a la
participación privada en actividades de interés general.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
39.1, de 7 de diciembre de 1993 (número de expediente
121/000025) (Página 5252)
--Proyecto de Ley de Arrendamientos Urbanos. «Boletín Oficial
de las Cortes Generales», Serie A, número 54.1, de 21 de
febrero de 1994 (número de expediente 121/000041) (Página 5252)



Propuesta de nombramiento de cuatro Vocales del Consejo
General del Poder Judicial, presentada por los Grupos
Parlamentarios Socialista del Congreso, Popular en el
Congreso, Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
Catalán (Convergència i Unió) y Vasco (PNV) (número de
expediente 244/000003) (Página 5269)



Página 5250




Elección de seis miembros del Consejo de Administración del
Ente Público RTVE, formulada por los Grupos Parlamentarios
Socialista del Congreso, Popular en el Congreso, Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, Catalán
(Convergència i Unió) y Vasco (PNV) (número de expediente
276/000005) (Página 5270)



Convalidación o derogación de Reales Decretos-Leyes:



--Real Decreto-Ley 10/1994, de 30 de septiembre, de incentivos
fiscales de carácter temporal para la renovación del parque de
vehículos de turismo (número de expediente 130/000021)
(«Boletín Oficial del Estado», número 244, de 12 de octubre de
1994) (Página 5270)



Dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios
Internacionales:



--Canje de notas constitutivo de Acuerdo para modificar parte
de los artículos 6, 13 y 23 del Convenio entre el Reino de
España y el Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para
evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en
materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,
hecho en Londres el 21 de octubre de 1975. «Boletín Oficial de
las Cortes Generales», Serie C, número 142.1, de 17 de
septiembre de 1994 (número de expediente 110/000119) (Página 5278)



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario
por importe de 1.430.541.000 pesetas, a la empresa pública
Prerreducidos Integrados del Suroeste de España, S.A.

(PRESUR), para completar el pago de las liquidaciones
definitivas de la subvención de explotación de los ejercicios
1988, 1989, 1990 y 1991. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie A, número 72.1, de 26 de julio de 1994
(número de expediente 121/000058) (Página 5278)
--Proposición de Ley sobre modificación del artículo 9.1 de la
Ley 29/1990, de 26 de diciembre, del Fondo de Compensación
Interterritorial. «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Serie B, número 76.1, de 13 de junio de 1994 (número de
expediente 124/000004) (Página 5280)



SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




Enmiendas del Senado (Página 5252)



Proyecto de ley de fundaciones y de incentivos fiscales a la
participación privada en actividades de interés general
(Página 5252)



Proyecto de Ley de Arrendamientos Urbanos (Página 5252)



Para fijar la posición de sus respectivos grupos
parlamentarios en relación con las enmiendas del Senado al
proyecto de Ley de Fundaciones y de incentivos fiscales a la
participación privada en actividades de interés general
intervinen los señores González de Txábarri Miranda, del Grupo
Vasco (PNV); Baltá i Llopart, del Grupo Catalán (Convergència
i Unió); Alcarz Masats, del Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya; Cortés Marín, del Grupo Popular, y
Nieto González, en nombre del Grupo Socialista.

Para fijación de posiciones sobre las enmiendas del Senado al
proyecto de Ley de Arrendamientos Urbanos hacen uso de la
palabra los señores Olabarría Muñoz, del Grupo Vasco (PNV);
Molins i Amat, del Grupo Catalán (Convergència i Unió); Andreu
Andreu, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya;
Ortiz González, del Grupo Popular, y Morlán Gracia, por el
Grupo Socialista. Sometidas a votación, quedan aprobadas las
enmiendas del Senado relativas al proyecto de Ley de
Fundaciones.

Puestas a votación las enmiendas al proyecto de Ley de
Arrendamientos Urbanos, se rechazan las correspondientes al
artículo 9.3 y, de la disposición transitoria tercera, las
relativas al apartado 4, reglas 3.ª y 4.ª, y al apartado 5,
siendo aprobadas todas las restantes.




Página 5251




Propuesta de nombramiento de cuatro Vocales del Consejo
General del Poder Judicial, presentada por los Grupos
Parlamentarios Socialista del Congreso, Popular en el
Congreso, Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
Catalán (Convergencia i Unió) y Vasco (PNV) (Página 5269)



El señor Presidente informa que la votación para la propuesta
de nombramiento de cuatro Vocales del Consejo General del
Poder Judicial se realizará en un mismo llamamiento y con dos
urnas, una para los candidatos al grupo de juristas y otra
para el grupo de magistrados.




Realizada la votación y verificado el escrutinio, el señor
Presidente da cuenta de que para la propuesta que el Congreso
debe hacer a efectos del nombramiento por Su Majestad el Rey
de cuatro Vocales del Consejo General del Poder Judicial, han
resultado elegidos, al haber obtenido tres quintos de los
votos de los diputados que componen la Cámara: don Rafael
Saraza Padilla y don Antonio Robles Acera, entre abogados y
otros juristas de reconocida competencia, y doña Ana Pérez
Tórtola y don Antonio García Caridad, entre juristas y
magistrados.




Elección de seis miembros del Consejo de Administración del
Ente Público RTVE, formulada por los Grupos Parlamentarios
Socialista del Congreso, Popular en el Congreso, Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, Catalán
(Convergència i Unió) y Vasco (PNV) (Página 5270)



Realizada la votación correspondiente y verificado el
escrutinio, el señor Presidente manifiesta que, habiendo
obtenido los dos tercios de los votos de los diputados de la
Cámara, han resultado elegidos miembros del Consejo de
Administración del Ente Público RTVE don Amando de Miguel, don
Eugenio Nasarre, don José Miguel Abad Silvestre, don Antonio
Santillana del Barrio, don Josep María Trías de Bes i Serra y
don Manuel Martín Medem.




Convalidación o derogación de reales decretos-leyes (Página 5270)



Real Decreto-Ley 10/1994, de 30 de septiembre, de incentivos
fiscales de carácter temporal para la renovación del parque
de vehículos de turismo (Página 5270)



En nombre del Gobierno, el señor Ministro de Industria y
Energía (Eguiagaray Ucelay) explica las razones que han
aconsejado someter a la ratificación de la Cámara este real
decreto sobre la renovación del parque de vehículos de
turismo, conocido popularmente como Plan Renove II.

Señala que mientras en los tres primeros meses del año el
incremento interanual de matriculación de vehículos fue del
15,4 por ciento, desde que entró en vigor el llamado Plan
Renove I hasta septiembre el aumento medio anual se elevó al
23,6 por ciento. A su juicio, ello es expresivo, en primer
lugar, de la superación del periodo de crisis del sector de
los últimos ejercicios y, en segundo término, de la eficacia
de las medidas articuladas por el Real Decreto 4/1994, por el
que se estableció dicho Plan Renove. Como razones que
justifican la puesta en aplicación de nuevas medidas
incentivadoras de la renovación del parque de turismos
destaca, por una parte, que la intensidad del aumento de la
demanda no es todavía suficientemente fiel y, por otra, que
los resultados del Plan Renove I constituyen un argumento más
para continuar con las medidas de apoyo a la renovación de
esos vehículos.

Se refiere a continuación el señor Ministro a los favorables
efectos del citado Plan Renove I sobre la demanda de vehículos
de fabricación nacional, así como a su impacto recaudatorio,
del que dice que ha sido neutro o sólo algo positivo, pero
lejos de las estimaciones triunfalistas que se han difundido
como igualmente del impacto negativo. Enumera la serie de
modificaciones y medidas que se han introducido en el Plan
Renove II con relación al anterior en este Decreto-ley y
termina subrayando el carácter de estrictamente coyunturales
que tienen tales medidas.




En turno de fijación de posiciones hacen uso de la palabra los
señores Albistur Marín, del Grupo Mixto; Mardones Sevilla, del
Grupo de Coalición Canaria; Molins i Amat, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió); Espasa Oliver, del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya; Gamir Casares, del Grupo
Popular, y Marsal i Muntala, en nombre del Grupo Socialista.




Sometida a votación, se aprueba la convalidación del Real
Decreto-ley por 306 votos a favor.




Puesta a votación la tramitación del Real Decreto-ley como
proyecto de ley es rechazada por 142 votos a favor, 164 en
contra y una abstención.




Dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios
Internacionales (Página 5278)



Página 5252




Canje de notas constitutivo de Acuerdo para modificar parte de
los artículos 6.13 y 23 del Convenio entre el Reino de España
y el Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de
impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en
Londres el 21 de octubre de 1975 (Página 5278)



No habiendo ninguna intervención sobre este dictamen, se
somete directamente a votación, siendo aprobado por 306 votos
a favor.




Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas
(Página 5278)



Proyecto de ley sobre concesión de un crédito extraordinario,
por importe de 1.430.541.000 pesetas, a la empresa pública
Prerreducidos Integrados del Suroeste de España, S. A.

(Presur), para completar el pago de las liquidaciones
definitivas de la subvención de explotación de los ejercicios
1988, 1989, 1990 y 1991 (Página 5278)



En defensa de la enmienda presentada por el Grupo Popular a
este dictamen interviene el señor Hernández Sito, manifestando
que lo que pretende con su enmienda es, en primer lugar,
resaltar, para que de ello quede constancia en el «Diario de
Sesiones», la falta de sensibilidad del Gobierno para con
Extremadura, una de las zonas más desfavorecidas de España,
aunque de las más importantes, donde se creó una expectativa
que nunca se cumplió. En segundo lugar, que en el texto de la
Ley de Presupuestos Generales del Estado sea donde se
establezca una autorización, con los límites correspondientes,
para emitir la deuda pública. Se trata de una enmienda
técnica, pero su objeto es dejar constancia de la falta de
respeto al pueblo extremeño.




En turno en contra de la enmienda hace uso de la palabra el
señor Hernández Moltó, señalando que la enmienda del Grupo
Popular hace de imposible cumplimiento la ejecución del
crédito extraordinario, como era deseo del señor Hernández
Sito. Consecuentemente invita a éste a retirarla, porque haría
técnicamente imposible que la subvención llegase a su
destinataria, la empresa Presur.




Replica el señor Hernández Sito.




El señor Martínez Ríos, del Grupo de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, interviene para apoyar el proyecto
de ley de crédito extraordinario y anuncia que su Grupo votará
en contra de la enmienda del Grupo Popular.




Sometida a votación, se rechaza la enmienda por 125 votos a
favor, 160 en contra y una abstención.




Sometido a votación el dictamen de la Comisión, se aprueba por
285 votos a favor y una abstención.




Proposición de ley sobre modificación del artículo 9.1 de la
Ley 29/1990, de 26 de diciembre, del Fondo de Compensación
Interterritorial (Página 5280)



No manteniéndose ninguna enmienda a este dictamen, se somete
directamente a votación, siendo aprobado con 285 votos a
favor.




Se levanta la sesión a las dos y treinta minutos de la tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




ENMIENDAS DEL SENADO



-- AL PROYECTO DE LEY DE FUNDACIONES Y DE INCENTIVOS FISCALES
A LA PARTICIPACION PRIVADA EN ACTIVIDADES DE INTERES GENERAL.

(Número de expediente 121/000025.)



-- AL PROYECTO DE LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS.

(Número de expediente 121/000041.)



El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.

Punto cuarto del orden del día: Enmiendas del Senado.

Enmiendas al proyecto de ley de fundaciones y de incentivos
fiscales a la participación privada en actividades de interés
general.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor González
de Txábarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente.

Señoras y señores Diputados, con las enmiendas aprobadas en el
Senado a este proyecto de ley de fundaciones y de mecenazgo
quedan satisfechos algunos aspectos importantes que se
debatieron larga y profundamente en el trámite en esta Cámara.

Con la incorporación de estas enmiendas, el Grupo Vasco
entiende que la ley queda notablemente mejorada.




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En el punto 1 del artículo 69 se añade una referencia al
Instituto de España y a las reales academias integradas en el
mismo, a las instituciones con fines análogos a esta Academia
en las comunidades autónomas con lengua oficial propia, a fin
de establecer una situación legal para estas entidades
dedicadas a un fin social sin ningún ánimo de lucro.

La disposición adicional undécima es objeto de una mejora en
su redacción que hace más preciso su contenido en relación con
las facultades de las comunidades autónomas sobre su
patrimonio histórico y el artículo 59.1 amplía los beneficios
fiscales a la adquisición, para su fomento y difusión, de las
obras de arte contemporáneas de calidad garantizada con una
serie de requisitos.

Con estas enmiendas aprobadas, señor Presidente, entiende el
Grupo Vasco que se garantiza que el régimen de protección e
incentivos, que recogía la redacción remitida por el Congreso
de los Diputados al Senado para los bienes del patrimonio
histórico español, quede expresamente contemplado en el caso
de aquellos bienes que hayan sido declarados inscritos por las
comunidades autónomas de acuerdo con lo establecido en sus
propias normas reguladoras.

Se da satisfacción a las demandas de los artistas
contemporáneos; vehiculiza la donación en obras de arte
contemporáneas de calidad garantizada en favor de entidades
que persigan entre sus fines la realización de actividades
museísticas y el fomento de difusión del patrimonio histórico;
y se da luz verde a que estas entidades se beneficien de lo
dispuesto en esta ley. Se amplían también los sujetos que
puedan acogerse a los beneficios de esta ley; se toma en
consideración a las reales academias e instituciones análogas
en las comunidades autónomas con lengua oficial propia, para
que estas entidades se puedan acoger a la posibilidad de la
oferta de donación de obras previstas en el artículo 69.

En consecuencia, estas reales academias tendrán igual
consideración que la Real Academia de la Lengua Española de
cara a la tributación fiscal que les corresponda, quedando
exentas del Impuesto de Sociedades por la disposición
adicional novena, artículo 5, 2.b). Desde esta perspectiva de
ampliación de los sujetos que se pueden acoger a la ley, se ha
incluido a la ONCE y se ha recogido la problemática planteada
por las fundaciones laborales. El Grupo Vasco estima que el
trámite en el Senado ha sido favorable desde el punto de vista
de ampliación de los sujetos que puedan acogerse a esta ley,
tal y como venía solicitando nuestro Grupo en los trámites que
se han realizado en esta Cámara.

Lamentamos que la ampliación de sujetos que se solicitaba en
las enmiendas del Grupo Vasco no se haya tomado en
consideración desde todas las perspectivas.

Han quedado fuera de ella las universidades privadas y las
ONG, circunstancia que lamentamos. Quisiéramos decir que
lamentamos que un proyecto de ley que ha sido ampliamente
consensuado, que ha sido muy trabajado, que ha sido muy
elaborado, tanto en esta Cámara como en el Senado, haya podido
quedar, al final, a falta de un hervor, quizá por un poco de
sal, quizá porque haya faltado en el último minuto esa
valentía para que todos los agentes de la sociedad civil que
estaban interesados en formar parte de los sujetos
beneficiarios de una ley tan importante como ésta hayan podido
tener la consideración que merecían.

El Grupo Vasco lamenta que le falte este hervor a la ley, aun
valorando mucho, señor Presidente, el gran trabajo de consenso
que se ha realizado en esta Cámara sobre el análisis de las
necesidades jurídicas que tenían las fundaciones, de las
necesidades fiscales que venían reclamando, con todo el
derecho, desde una situación excesivamente larga y obsoleta.

Se planteaba la actualización jurídica de las fundaciones y la
adecuación fiscal que permita que estos agentes sociales
puedan trabajar con libertad dentro de la construcción de una
comunidad, de una sociedad como la nuestra.

Tenemos que felicitar, señor Presidente, al Gobierno y al
Grupo Socialista por el trabajo que se ha realizado en esta
Comisión. Dentro de los trámites de un proyecto de ley,
creemos que se considerará una labor encomiable por el
esfuerzo de consenso, de aproximación y de interlocución
social que se ha realizado con los propios agentes interesados
en la puesta en vigor de este proyecto de ley. Estimamos,
pues, que este trabajo ha sido importante, que las respuestas
que se han encontrado van a ser válidas para que la sociedad
civil pueda encontrar, a partir de hoy, un proyecto de ley que
pueda vehiculizar tantas fuerzas que quieren trabajar en la
sociedad en actividades de interés general en bien de la
propia comunidad. Nos felicitamos por ello, señor Presidente,
a la vez que felicitamos a los demás grupos por el gran
trabajo de interlocución que se ha realizado con rigor en esta
Cámara.

Como última consideración, quisiera manifestar, señor
Presidente, que una actualización de una legislación tan
antigua como la que hoy vamos a derogar poniendo en vigor una
nueva ley que responda a las necesidades de la sociedad,
dentro del clima de consenso que se ha establecido en esta
Cámara, bien merecía, en opinión del Grupo Vasco, que el
proyecto de ley pudiera salir adelante con la unanimidad de la
Cámara.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor González de Txábarri.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Baltá.




El señor BALTA I LLOPART: Señor Presidente, señorías, el
trámite de las enmiendas del Senado al proyecto de ley ya
conocido como la Ley del Mecenazgo, constituye, sin duda, el
final del proceso parlamentario



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que va a dotar a la sociedad española de un texto legal capaz
de incentivar la participación privada en actividades de
interés público en el ámbito de la cultura y el arte, la
educación, el civismo, el deporte, el bienestar social, a
través de las fundaciones y las asociaciones de utilidad
pública.

La predisposición al mecenazgo puede que sea tan antigua como
la predisposición a la generosidad, más antigua que frecuente,
conviene precisar. La legislación al respecto, la vieja Ley de
Beneficencia, las referencias incluidas en el Código Civil, la
Instrucción de 1899 o los distintos decretos que fueron
promulgados durante las dos últimas dictaduras militares,
están muy lejos de la realidad que ha impulsado la presente
Ley de Mecenazgo. Realidad a la que se habían adaptado
diversas autonomías, siguiendo el ejemplo del Parlamento de
Cataluña, que llenó el vacío promulgando en 1982 su propia Ley
de Fundaciones y, más recientemente, la Ley de promoción de la
cultura popular, creando la figura jurídica de asociación de
interés general que, si bien no tiene efectos en cuanto a la
deseada desgravación fiscal, sí obtiene la atención de la
administración autonómica en el momento de atender sus
programas de actuación.

La Ley de Asociaciones de 1964, que recogía la declaración de
asociaciones de interés público, sin apenas beneficios
específicos para las entidades que lo habían solicitado, es un
texto anclado en el pasado predemocrático, más al servicio de
la represión que del fomento del asociacionismo cultural.

Llega a tiempo el texto que hoy debatimos. Recuerdo, en este
sentido, la proposición no de ley aprobada al finalizar la
anterior legislatura, instando al Gobierno a la presentación
de un nuevo proyecto de ley de asociaciones, cuya promulgación
apartaría para siempre en los archivos de la historia aquella
ley de la autarquía.

Permítanme, señorías, recordar la insistencia con que mi Grupo
Parlamentario ha venido planteando, desde hace más de un
decenio, la necesidad de una ley como la que hoy desaríamos se
aprobara por unanimidad, insistiendo en el planteamiento hecho
por el portavoz del Grupo Vasco.

Hemos insistido, una y otra vez en el pasado, presentando
proyectos de ley en cada una de las legislaturas de esta
Cámara. Yo mismo subí a esta tribuna por primera vez en apoyo
del proyecto de ley que nos llegó del Parlamento de Cataluña.

Y más tarde, cuando otros grupos presentaron sus propios
proyectos, les dimos nuestro apoyo desde la convicción de que
algo importante estaba sucediendo. El impacto del debate de
esta ley en los medios de comunicación lo ha venido
confirmando.

Probablemente, el conjunto de la sociedad acabe entendiendo
que detrás del proyecto, entre las líneas del texto, gravita
otro proyecto que supera el propio texto legal: la voluntad de
devolver a la sociedad civil el protagonismo y la capacidad de
iniciativa que les fueron sustraídos en los momentos de
exaltación, desde la derecha y desde la izquierda no
democráticas, del papel de un modelo de Estado omnipresente
como única posibilidad de dar solución a los problemas de
nuestro tiempo.

La convicción compartida por cuantos han participado en el
proceso parlamentario, señorías, ha chocado a lo largo de este
último decenio con la obstrucción obstinada de quienes desde
la Hacienda pública han venido creyendo que una ley de este
tipo podía favorecer ciertas posibilidades de descontrol y de
evasión.

La desconfianza ha frenado el proceso impulsado por cuantos
pretenden la dinamización de un mundo asociativo que, desde
las sociedades y las fundaciones, pretende fomentar una
sociedad culta e integrada por ciudadanos comprometidos con su
tiempo. Entre todos hemos vencido la desconfianza del propio
Estado. Al fin y al cabo, quienes manejan sus presupuestos
simbolizan como nadie el concepto de Estado que ponemos en
crisis con esta ley. Su celo ha sido vencido por el pacto y la
negociación; negociación hacia el consenso por su peculiaridad
y por su complejidad en torno a cifras concretas que en cada
grupo han asumido los respectivos fiscalistas, como ha
sucedido en mi Grupo con mi compañero Francés Homs que ha
aportado a la negociación sus cualidades de magnífico
economista en este largo proceso que ha superado en el espacio
temporal la dedicación al debate y a la negociación, en el
ámbito de la Comisión de Educación y Cultura que se ha ocupado
del proyecto de ley.

Tratándose de aprobar las enmiendas del Senado, nos parece
oportuno resaltar la introducción en el articulado de dos
apartados que se refieren a la aplicación del mecenazgo, a la
protección de la creatividad artística, cuestión que sin duda
será bien acogida por un sector que viene sufriendo de modo
preocupante la desinversión en obras de arte, a causa de la
crisis económica.

Acabo, señor Presidente, señorías, insistiendo en la
trascendencia del proyecto de ley. Si bien es cierto, como
decía al iniciar mi turno, que finalizamos hoy el
procedimiento parlamentario, no es menos cierto que hoy
también se inicia el proceso de aplicación de una ley que
viene a llenar un vacío y a incentivar las iniciativas del
mundo asociativo que en la sociedad del tiempo libre que se
nos viene encima, van a tener una gran importancia, la misma
que han tenido las fundaciones y las asociaciones que durante
tantos años se han ocupado de actividades desatendidas por las
instituciones, desde la instrucción pública y la cultura, al
bienestar y la justicia social. Deseamos que la ley le sea de
una gran utilidad a este conjunto de instituciones que como
nadie representan el esfuerzo de la sociedad civil.

Nada más, señorías.

Muchas gracias, señor Presidente.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Baltá.

Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra el señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ MASATS: Gracias, señor Presidente.

De una manera brevísima, quiero referirme a este trámite final
de la llamada ley de fundaciones y mecenazgos.

Como se ha dicho aquí, se llena un gran vacío a través de un
auténtico pacto entre la sociedad civil y el Estado, gestado
en esta Cámara a lo largo de un debate muy elaborado de cara a
la promoción cultural en un marco, sin duda, de escasísima
dedicación presupuestaria a la cultura.

Se ha alcanzado un consenso muy interesante en una ley
fundamental que merecería, a nuestro juicio, como han dicho
otros portavoces, el voto unánime de la Cámara. En nuestro
caso, vamos a votar favorablemente a todas las enmiendas
procedentes del Senado.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Alcaraz.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Cortés.




El señor CORTES MARTIN: Señor Presidente, ha hecho falta que
el Partido Socialista pierda la mayoría absoluta, que no tenga
la capacidad parlamentaria de impedirlo, para que en España
haya una ley de fundaciones y de incentivos fiscales a las
actividades de interés general (Rumores.) Estos son los
hechos.

Durante doce años, cuatro legislaturas, todos los grupos han
intentado que haya en España una ley de fundaciones en
cumplimiento de un mandato constitucional, pero no la ha
habido porque lo ha impedido tenazmente la mayoría socialista
cuando podía hacerlo. Casi todo lo que se hace a
regañadientes, señor Presidente, sale mal. Lo que nos llega
del Senado es una mala ley y me interesa mucho, desde el
primer momento, dejar bien claro que ésta no es la ley que el
Partido Popular considera que necesita la sociedad española.

No nos sumamos al acuerdo y al apoyo a este proyecto de ley
que hoy parece que pasará a ser ley.

Podría haber sido de otra forma, señor Presidente. Tengo que
reconocer, admitiendo también un pecado de ingenuidad, que
hubo un momento en el que pensamos que se haría una buena ley.

Una ley que atendiese las necesidades del tercer sector en
España y que, contando con el apoyo de las principales fuerzas
de la Cámara, pudiese durar, proporcionando un marco estable a
unas entidades que, en principio, tienen vocación de
permanencia. Incluso, para facilitar que se lograse ese
acuerdo deseable, retiramos las dos proposiciones de ley que
habíamos presentado; una, sobre fundaciones y, otra, sobre
incentivos fiscales.

Insisto en que se ha tratado de una ingenuidad por nuestra
parte, pero probablemente SS. SS. coincidirán conmigo en que
nuestra esperanza tenía algún fundamento.

Nunca creímos que viniese del Grupo Socialista el impulso que
necesitan las fundaciones y asociaciones para poder actuar con
libertad y estímulo dentro de la sociedad. Quienes han
impedido tenazmente, durante doce años, que en España haya una
ley de fundaciones en coherencia con los principios más
arraigados del socialismo, no iban a ser los que alentasen a
la sociedad actual. Sin embargo, el grupo que condiciona la
supervivencia del Gobierno, podía merecer nuestra confianza.

Estamos lejos de creer que el nacionalismo esté en la
vanguardia de la defensa de las libertades, pero tanto en las
anteriores legislaturas como en esta misma, el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió)
había presentado iniciativas que coincidían sustancialmente
con las nuestras. Hay algo más que ha destacado el portavoz de
Convergencia i Unió en la tribuna:
que la ley de fundaciones del Parlamento de Cataluña reconoce
y garantiza el derecho de fundación en la misma línea en que
lo entendemos nosotros. Ya se sabe que los más cualificados
portavoces de esta coalición dicen que lo que es bueno para
Cataluña es bueno para toda España.

Por si fuera poco, para que nuestras esperanzas tuvieran algún
fundamento, las enmiendas al articulado presentadas por
Convergencia i Unió coincidían sustancialmente con las
nuestras, en algunos casos incluso literalmente. Sin embargo,
después del trámite del Senado, donde tanto el Grupo Popular
como el de Convergència i Unió reiteraron las enmiendas que no
se habían incorporado en el Congreso, tenemos que decir que
esta ley no nos satisface y anunciar que adquirimos hoy el
compromiso político de intentar su modificación tan pronto
como unas nuevas circunstancias parlamentarias nos lo
permitan.

¿Cuáles son, señor Presidente, después de las enmiendas
aprobadas por el Senado, los puntos en los que no hay acuerdo
por parte de nuestro Grupo? En cuanto a la constitución de las
fundaciones, pensamos que se deben constituir válidamente
desde el momento en que se crean por un negocio jurídico y no
desde la inscripción, que sólo se exige a efectos de
publicidad. Esto es exactamente lo que dice la Ley del
Parlamento de Cataluña, no lo que exige la ley que se va a
aprobar hoy.

En cuanto al domicilio, se tiene que poder elegir libremente
en los estatutos y no con normas más complejas que para las
sociedades anónimas. Esta es la misma posición que tiene la
Ley del Parlamento de Cataluña para las fundaciones. Creemos
que las fundaciones deben tener un carácter privado, y la Ley
del Parlamento de Cataluña prohíbe taxativamente las
fundaciones públicas. Había enmiendas del Grupo de
Convergencia i Unió coincidentes con enmiendas nuestras en
este sentido, pero no es así como queda el texto que viene del
Senado. Pedíamos un protectorado único; así ocurre en la
Comunidad Autónoma de Cataluña, pero no sucede lo mismo en el
proyecto que nos envía el Senado y que,



Página 5256




presumiblemente, va a aprobar la Cámara ahora. Estábamos en
contra de los programas prioritarios que no contempla la Ley
del Parlamento de Cataluña porque consideramos que pueden ser
una vía para el dirigismo por parte del gobierno de turno.

Dijimos que debían figurar en la ley una serie de entidades
que fuesen acreedoras de unos mayores beneficios o ventajas
fiscales, y esto no ha sido recogido.

Había otro punto que, ciertamente, no se plantea en la
legislación catalana porque no tiene competencias fiscales.

Nosotros pedíamos que las fundaciones tuviesen que destinar a
las actividades de interés general no el 70 por ciento de sus
rentas, sino el dos por ciento de su patrimonio. Estamos
viendo muchos casos, señor Presidente, de fundaciones que se
utilizan para aparcar en ellas o bien activos que al final son
la autocartera de determinadas instituciones, de determinadas
sociedades anónimas, o bien casos más raros todavía donde se
colocan en fundaciones bienes que en modo alguno pueden
producir rentas ni pueden estar afectos a actividades de
interés general sino al beneficio, al disfrute o a la mayor
gloria de quienes son sus propietarios, que los colocan en la
fundación, que es una personalidad jurídica que se puede
obtener de forma muy fácil y barata en España, y luego esos
bienes ya tienen la condición, por ejemplo, de inembargables.

Nosotros queremos que los que hagan esto sepan que, por lo
menos, el dos por ciento de ese patrimonio lo tendrán que
destinar a actividades de interés general, porque si no se
está cometiendo un fraude a la sociedad y se está permitiendo
que se vuelva a aquello que llevó a que se aboliesen las
fundaciones en España: el peligro de las manos muertas. Pues
bien, nada de esto se recoge. Y hay más cuestiones.

Aquí llegamos al punto de por qué se ha hecho todo esto.

¿Por qué quienes dicen que lo que es bueno para Cataluña debe
serlo para España retiraron sus enmiendas en el Congreso en el
trámite de Comisión y en el Senado las retiraron en la
Ponencia, para que ni siquiera hubiera un debate en Comisión
con luz y taquígrafos, apoyando un modelo de fundaciones que
nada tiene que ver con lo que dicen en sus declaraciones
públicas y en los textos legales que apoyan cuando se trata
sólo de un ámbito territorial más limitado?
Ya sabemos que sus relaciones son secretas y que ni la opinión
pública ni la Cámara pueden saber a qué obedecen.

Tal falta de transparencia es la que nos obliga a aventurar
hipótesis. Dos de los puntos que para nosotros eran
esenciales, sin los cuales no es posible el acuerdo por
nuestra parte, creo que están en la base de lo que ha pasado.

Estos dos puntos, señor Presidente y con ello termino, son,
por un lado, la posibilidad para las fundaciones de optar por
el régimen general de las sociedades anónimas o el de los
beneficios fiscales que concede la ley. En definitiva, a las
fundaciones que por las razones que sea no quieran acogerse a
los beneficios que la ley les concede se les obliga, en el
texto que nos llega del Senado, a un régimen de exención
parcial que es peor que el régimen de las sociedades anónimas.

Esta es una petición de todas las fundaciones, ésta es una
petición que ha formulado a todos los grupos parlamentarios el
centro de fundaciones; éste es un planteamiento que
consideraba esencial Convergència i Unió, que planteó en
enmienda en el Congreso, que planteó en enmienda en el Senado
y que retiró en Comisión en el Congreso y en Ponencia en el
Senado. No ha sido aceptado.

Esto contaba, sí, es verdad, con la enemiga del Grupo
Socialista y muy particularmente del Ministerio de Hacienda.

La otra cuestión que para nosotros es esencial es que las
fundaciones tengan la posibilidad de elegir en sus propios
estatutos tanto el ámbito de actuación como el protectorado al
que quieren someterse y que esto no venga condicionado por el
domicilio que tengan o por un ámbito preferente. En este punto
el apoyo del Grupo Socialista parecía lógico; ellos lo dijeron
además, que estaban de acuerdo en que las fundaciones pudiesen
tener, si querían, un ámbito en toda la nación, aunque
tuviesen el domicilio en alguno de los territorios autónomos,
y en ese sentido iba nuestra enmienda, pero a esto se oponía
el Grupo de Convergència i Unió, que quería que las
fundaciones quedasen condicionadas por su domicilio, y aquí es
donde ha venido el acuerdo, el acuerdo contra naturam, ha ido
lo uno por lo otro: a las fundaciones se les dice que si no se
acogen al régimen que concede la ley de beneficio fiscal se
les condena al infierno fiscal, en contra de lo que pedía
Convergència i Unió, de lo que pedía nuestro Grupo y pedían
todas las fundaciones, y, al mismo tiempo, como contrapartida
el Partido Socialista acepta que las fundaciones vengan
condicionadas por su domicilio y su ámbito de actuación y que
no sean libres para elegir y poder tener un ámbito nacional
fundaciones que tengan su domicilio o incluso su actuación
preferente en cualquiera de los territorios de España.

Nosotros queríamos, señor Presidente, que las fundaciones
pudiesen elegir. No prejuzgamos ninguna opinión en favor ni de
un protectorado ni de otro. No creemos que sea mejor el
protectorado que pueda ejercer el Ministerio de Justicia o los
distintos ministerios, puesto que no se establece el
protectorado único en el proyecto de ley que hoy estamos
tratando, ni creemos que sean mejores los protectorados de las
comunidades autónomas. Creemos que los protectorados también
deben competir entre sí para ver quién ofrece a las
fundaciones unas mejores atenciones y, por supuesto, vigilando
que todos ellos exigen el cumplimiento de la ley, cuya
garantía y control último corresponde a la justicia. Tenían
que ser las fundaciones las que pudiesen elegir, que fuesen
libres para optar por su ámbito de actuación y por el
protectorado que querían.

Esto se les dificulta enormemente.




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Todos estos puntos, tanto en los que he anunciado antes que
había una coincidencia plena, en algunos casos con enmiendas
literales compartidas por Convergència i Unió y nosotros, como
éstos de las exenciones o del ámbito territorial, en que había
coincidencia con Convergència y con el Grupo Socialista
respectivamente, son los que nos impiden que apoyemos esta
ley. Esta no es nuestra ley. Es mejor esta ley que ninguna,
como ha ocurrido hasta ahora, y es mejor este texto que el que
salió del Gobierno, incluso el que nos llega del Senado es
mejor que el que salió del Congreso. Ha habido mejoras y,
ciertamente, algunas tienen su importancia, por ejemplo, que
las reales academias también se puedan ver afectadas por
beneficios fiscales en las donaciones que reciban por
ejemplo,...




El señor PRESIDENTE: Señor Cortés, le ruego concluya.




El señor CORTES MARTIN: Termino ya, señor Presidente.

... por ejemplo, que las donaciones de arte contemporáneo
también puedan ser objeto de desgravación. Esto va a ser de
enorme utilidad a la hora de pedir que no sea el Estado el que
gaste directamente en obras de arte, por ejemplo, para el
Centro Reina Sofía, pero la abstención de nuestro Grupo se
mantiene y nuestro propósito de modificar la normativa de
fundaciones también.

Ese es nuestro compromiso político y serán los electores los
que tengan la última palabra.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cortés.

Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el
señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Señor Presidente, señorías, subo a
esta tribuna, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista y
con la máxima brevedad, para anunciar nuestro voto favorable a
todas y cada una de las enmiendas que el Senado ha incorporado
al texto que esta Cámara aprobó en su día en relación con el
proyecto de ley de fundaciones e incentivos fiscales a la
participación privada en actividades de interés general.

Lo hago, señor Cortés, señores del Grupo Popular, sin la más
mínima crispación, sin afectación, lo hago con gran
satisfacción, porque son enmiendas fruto de amplios acuerdos
entre los grupos parlamentarios en el Senado, son enmiendas
fruto del acuerdo con los colectivos sociales afectados y son
enmiendas que, desde el punto de vista del Grupo Parlamentario
Socialista, sirven para mejorar el contenido del proyecto de
ley, y lo son y lo han sido en el trámite del Senado, en el
mismo sentido en que lo fueron en el trámite del Congreso.

Hubo amplios acuerdos con los grupos políticos en esta Cámara,
con los colectivos sociales afectados en las propuestas que se
introdujeron en esta Cámara y también se mejoró
sustancialmente el texto en el trámite del Congreso. Por lo
tanto, las enmiendas que se han incorporado en el Senado,
insisto, han venido, en la misma línea que se había seguido en
el Congreso, a modificar de forma positiva el contenido del
proyecto de ley que en su día envió el Gobierno a esta Cámara.

Permítanme que haga referencia a tres enmiendas de las muchas
introducidas por el Senado. Sirvan como ejemplo aquellas
donaciones puras y simples de las obras de arte contemporáneo,
de calidad garantizada, donadas a entidades sin fines de
lucro, que quedan sometidas en la ley a un régimen tributario
reducido, aplicable en dos supuestos: cuando las donaciones se
realizan por una persona física quedan afectadas las
deducciones en la cuota del IRPF, y cuando el donante es una
persona jurídica afectan a las deducciones en la base
imponible del Impuesto sobre Sociedades. Creemos, señorías,
que estas modificaciones introducidas en el Senado vendrán a
favorecer, sin duda, la creación artística. Como segundo grupo
de enmiendas, permítanme que haga referencia a los beneficios
fiscales que la ley va a dar a las reales academias, a las
instituciones equivalentes en las comunidades autónomas y a la
Organización Nacional de Ciegos. Como tercer grupo de
enmiendas introducidas en el Senado, quisiera hacer referencia
a aquella que mandata al Gobierno para regular el régimen
económico, la organización y el régimen fundacional de
aquellas entidades constituidas en virtud de convenio
colectivo firmado entre empresarios y sindicatos y que, a la
entrada en vigor de la presente ley, hayan adoptado la figura
de fundación laboral.

Señorías, al iniciar el debate de este proyecto de ley en el
Pleno de esta Cámara, les decía, en nombre del Grupo
Parlamentario Socialista, que nuestro objetivo era muy simple.

En primer lugar, era aprobar una ley de fundaciones lo más
consensuada posible; en segundo lugar, aprobar una ley que no
limitara ninguna iniciativa social en este campo y aprobar una
ley que estimulara las iniciativas que la sociedad civil fuera
capaz de poner en marcha al servicio del interés general.

Creo, señorías, poder afirmar, en este acto final del trámite
parlamentario, que aquel objetivo que anunciábamos cuando la
ley se estaba tramitando en esta Cámara está plenamente
conseguido. Es un objetivo plenamente conseguido no solamente
por la voluntad del Grupo Socialista sino gracias a la
voluntad de todos los grupos políticos, que han posibilitado
este amplio acuerdo en las dos cámaras, en el Congreso y en el
Senado. Ello, señorías, se ha traducido en la incorporación de
numerosas propuestas de los diferentes grupos parlamentarios y
en el voto favorable de todos los grupos, con la única
excepción del Popular, que ha optado por la abstención;
abstención que, en la humilde opinión de este portavoz que les
habla, se ha producido no por razones



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de fondo, no por diferencias sustanciales con el contenido del
proyecto de ley que hoy se convertirá en ley sino por razones
puramente estratégicas, por razones de pura estrategia
política del Grupo Parlamentario Popular, por razones de pura
estrategia del Partido Popular. Les invito, señores del Grupo
Popular, le invito, señor Cortés, a salir de su error, a
abandonar su dogmatismo y sus posiciones doctrinarias en este
tema y a hacer un esfuerzo de aproximación al resto de los
grupos políticos y al conjunto de los grupos sociales que se
van a ver afectados por el contenido de esta ley. Yo creo que
si salen de ese error, señores del Grupo Popular, sería bueno
para la ley, sería bueno para los colectivos que están
afectados por ella. Yo les pediría en ese acto que cambiaran
su abstención por un voto favorable a las propuestas de
modificación que han sido introducidas por el Senado, que en
el fondo significarían por extensión la aceptación o el apoyo
al conjunto de la ley, porque, señorías, este proyecto de ley
que hoy vamos a probar, que hoy vamos a convertir en ley, es
un texto que favorece --y eso ha sido manifestado
continuamente por las diversas fundaciones afectadas-- a estas
instituciones; y las favorece en un doble sentido, por el
marco jurídico flexible que la ley crea y por los generosos
incentivos fiscales que la ley establece. Evidentemente la ley
no es una ley que elimine, como quería el Grupo Popular, la
fiscalidad con respecto a las fundaciones y asociaciones sin
ánimo de lucro, pero sí crea un marco legal tremendamente
generoso, tremendamente limitativo con los compromisos
fiscales, con las obligaciones fiscales que estas entidades
tienen. Por tanto, por toda esta serie de razones y por otras
muchas que han sido dadas en los diversos trámites
parlamentarios, creemos, señorías, que hoy vamos a aprobar una
buena ley.

Para terminar, creo que el Grupo Popular, la derecha de la
Cámara, debería salir de su error cambiando la abstención,
estrategia que ha venido mantenido respecto al proyecto de
ley, por un apoyo positivo a la misma.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Nieto. (El Señor Baltà i
Llopart Pide la palabra.) Señor Baltà.




El señor BALTA I LLOPART: Quería pedir la palabra por cuanto
la intervención del portavoz del Grupo Popular ha superado
ampliamente el cometido de una fijación de posición en las
referencias que ha hecho a mi Grupo.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra.




El señor BALTA I LLOPART: Gracias, señor Presidente, seré
breve.

Para mi Grupo es motivo de alegría observar que desde los
bancos del Grupo Popular, concretamente en la persona del
señor Cortés, se defiende con más interés que nosotros mismos
los aspectos autonómicos de la ley.

Hemos de decir que desde la perspectiva de esta Ley de
fundaciones no sentimos recortadas nuestras competencias y
observamos que otros grupos que también son sensibles a este
tema tampoco han sentido recortadas las suyas.

En cuanto al tema concreto de las asociaciones, creo que debo
justificar simplemente nuestro apoyo a la ley por cuanto es
producto de una buena negociación y por cuanto la ley que
contemplaba la figura de las asociaciones de interés público
era una ley represora, mientras que esta ley de mecenazgo,
como se ha venido llamando, es una ley de promoción de las
asociaciones.

Como comprenderán, señorías, para nosotros la negociación ha
sido positiva y bajo ningún concepto hemos querido caer en la
trampa de las coincidencias del Partido Popular en cuanto a
nuestras propuestas, por cuanto caeríamos en algo que
significaba un trabajo de desgaste del Gobierno, en el que no
estábamos interesados, y no seríamos fieles a la defensa del
modelo de sociedad civil que desde nuestro Grupo se han venido
planteando desde siempre.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Balta.

Vamos a pasar al debate correspondiente a las enmiendas del
Senado al proyecto de ley de arrendamientos urbanos.

¿Qué Grupos desean fijar su posición en relación con estas
enmiendas? (Pausa.)
Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Señor Presidente, señorías, acaba ya
el largo periplo del debate de esta importante ley que regula
los arrendamientos urbanos. Queremos empezar con una
felicitación al Gobierno y al Ministro o Ministerio autor del
proyecto de ley por haber tenido entre otras cosas, al margen
de las valoraciones sobre el contenido material del proyecto
cuyo debate acaba en este momento, el coraje, y ésta no es una
cuestión baladí ni irrelevante, de haber regulado
jurídicamente una materia tan compleja en la que es tan
difícil conciliar los legítimos intereses en conflicto, los
legítimos intereses constitucionales o derechos
constitucionales en juego; conciliación difícil, conciliación
políticamente compleja y proyecto de ley no proclive a obtener
grandes rendimientos o grandes rentabilidades de naturaleza
político-electoral, porque no es fácil realizar conciliaciones
tan equidistantes como para que todos los sectores implicados,
protagonistas, sujetos activos o pasivos del mundo de los
pisos o de los locales en alquiler, se consideren satisfechos
plenamente.




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La ley ha logrado razonables equilibrios, razonables armonías
entre los derechos que se deben conciliar necesariamente, que
fundamentalmente son dos, proclamados por dos importantes
preceptos de la Constitución. En primer lugar, el artículo 47,
tantas veces citado en estos debates, que consagra no un
derecho subjetivo sino un derecho para los ciudadanos a la
obtención de una vivienda digna, una vivienda que se puede
obtener mediante la adquisición de su propiedad o mediante el
acceso al alquiler, al arrendamiento de una vivienda digna. Me
interesa hacer la exégesis de este precepto.

La Constitución, lo mismo que cuando habla del empleo o de
otros derechos constitucionales, no está confiriendo a todos
los ciudadanos un derecho subjetivo reclamable ante nadie a
obtener una vivienda, sino que está ordenando a los poderes
del Estado a realizar una orientación de las políticas
sectoriales, en este caso de la política de vivienda, para la
universalización del acceso a la vivienda, para la
universalización del eventual ejercicio del derecho. Ya la
propia exposición de motivos del proyecto de ley de
arrendamientos urbanos expresa que una política de viviendas
de forma muy relevante, de forma muy importante, debe pivotar,
debe gravitar sobre el alquiler, sobre los arrendamientos, y
nosotros estamos de acuerdo con esta aseveración.

Este derecho, el consagrado por el artículo 47, se debe
conciliar, y es una conciliación difícil jurídicamente, es una
conciliación difícil sociológica y económicamente, con otro
derecho del mismo rango jurídicoformal que también consagra la
Constitución en su artículo 33, cual es el derecho a la
propiedad privada, una de cuyas manifestaciones es el derecho
a cobrar rentas dignas cuando se conciertan contratos de
alquiler, rentas ajustadas a lo que prevé el mercado en esta
materia. El Tribunal Constitucional en dos sentencias del año
1987, de mayo y junio respectivamente, ha considerado el
derecho al cobro de la renta como una especial manifestación
del derecho de propiedad privada. Si nosotros o la ley no
remueve las dificultades, que todavía desgraciadamente es una
de las cuestiones no bien resueltas por esta ley, si la ley
impide u obstaculiza la posibilidad de que todos los
propietarios, todos los arrendadores cobren una renta ajustada
a los valores medios del mercado, se está relativizando, se
está obstaculizando el derecho a la propiedad privada que
consagra el artículo 33 de la Constitución y, además, sin
atender a los requerimientos que la propia Constitución impone
a la limitación del derecho de propiedad privada, cual es la
expropiación, cual es la razón de utilidad pública o interés
social, el correspondiente expediente administrativo y la
correspondiente indemnización. Y, desgraciadamente --luego
hablaremos de las dos disposiciones transitorias, las más
relevantes de esta ley, la segunda y la tercera--, no se
resuelve de forma definitiva, de forma perfectamente ajustada
a los requerimientos de la constitucionalidad el problema de
la actualización de las rentas, particularmente de las rentas
anteriores a 1964, de las rentas congeladas sujetas a un
régimen hasta el momento de prórroga forzosa.

Sin embargo, la ley ha mejorado notablemente en otros
aspectos, y nosotros tenemos que felicitar colectivamente a
los representantes de la Cámara, porque ha habido una gran
flexibilidad intelectual, un gran espíritu de convergencia
hacia posiciones de equilibrio y de armonía, un gran espíritu
de consolidación de puntos de consenso que sirvan para regular
una materia tan vidriosa como esta. Nosotros hemos contribuido
parcial y modestamente también a estos consensos y a estas
mejoras. Se ha conseguido, por ejemplo (y nos debemos
felicitar por ello), que en el caso del subarriendo sea
preciso o concurra necesariamente como requisito de validez
del subarriendo el permiso escrito del arrendador. Nos parece
una mejora notable, que facilita la eficiencia y que provee de
mayor seguridad al tráfico en este ámbito.

Nos parece que se ha mejorado también en algo que para
nosotros es un argumento muy dilecto, y es algo por lo que
también tenemos que felicitarnos colectivamente y hay que
felicitar también al Gobierno, porque redactó originariamente,
primigeniamente bien, esta materia. El contrato de
arrendamientos urbanos, como algunos otros contratos de
naturaleza privada que regula nuestro ordenamiento jurídico,
es uno de estos contratos que se llaman dictados o
reglamentados, que son aquellos en los que la autonomía de las
partes tiene muy poco que decir, tiene muy poca relevancia
como fuente, porque se lo encuentran todo o casi todo
predeterminado por lo que dispone la ley. Así pasa con el
contrato de trabajo, por ejemplo, así pasa también con el
contrato de seguro y así pasa con el contrato de
arrendamientos rústicos; estos son los contratos dictados o
reglamentados que prevé nuestro ordenamiento jurídico. Lo que
pasa es que estamos asistiendo, en todos los países de nuestro
contexto socioeconómico, a unos principios, a unos elementos
de desregulación, de mayor incorporación de elementos
civilistas a estos contratos y de mayor potenciación de la
autonomía de las partes como fuente productiva de estos
contratos, y todavía nos da la impresión de que esta ley sigue
siendo demasiado tuitiva, sigue siendo demasiado
proteccionista y sigue siendo todavía el contrato de
arrendamientos urbanos demasiado dictado, demasiado
reglamentado, y hay que incorporar elementos de mayor
liberalización, y esto es algo paradigmático en el ámbito de
la duración del contrato. La duración de facto de los
contratos de arrendamientos urbanos va a ser de cinco años. Se
prevé una duración de un año, pero mediante un sistema de
prórroga, de tracto sucesivo, el arrendatario, de forma libre,
podrá ir prorrogando la duración del contrato de
arrendamientos urbanos



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hasta cinco años. Eso, de alguna forma, desajusta, separa el
contrato de arrendamientos urbanos todavía demasiado de los
principios de bilateralidad, de conmutatividad de prestaciones
que prevé el Código Civil en materia contractual. Nosotros
hubiésemos buscado una convergencia más hacia las previsiones
del Código Civil, más civilista y menos protectora, menos
reglada y menos dictaminada.

Desgraciadamente, nuestras tesis no han sido objeto de la
debida acogida en este ámbito.

Se ha mejorado la ley en los trámites de esta Cámara, tanto en
la Comisión de Infraestructuras como en los debates del
plenario del Congreso, y en los del Senado, en relación a los
aspectos procesales de la ley, que son muy relevantes en este
caso. Aquí no sólo se regulan previsiones de naturaleza
sustantiva, sino también de naturaleza procesal. Sin embargo,
nosotros también hubiésemos aspirado a una doble mejora, y
hubiese sido posible si se hubiesen aceptado algunas de
nuestras enmiendas. Se lo digo sin ninguna petulancia, señor
Ministro: nuestras enmiendas, casi aceptadas colectivamente,
hubiesen mejorado notablemente el texto de la ley y hubiesen
compensado mejor los difíciles equilibrios que una ley de esta
naturaleza debe considerar, debe compensar.

En materia procesal, comento, se deberían haber fortalecido
más las posibilidades de acceso a vías arbitrales que reduzcan
la importante litigiosidad que existe en esta materia. ¿Y cómo
nosotros pretendíamos la potenciación de la vía arbitral como
fórmula de resolución de los conflictos, de los litigios?
Haciendo que en el clausulado del propio contrato de
arrendamiento exista la posibilidad de sometimiento a pactos o
a sistemas arbitrales de solución de los conflictos. Se debía
haber reflexionado más sobre esta materia y se debía haber
reflexionado más también sobre modificaciones de los juicios
de cognición y juicio verbal que nosotros proponíamos,
mediante la reducción de los plazos de dichos juicios,
mediante la corrección, en definitiva, de los artículos 1579 y
1580 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Todavía señor Ministro (y esto lo tenemos que decir con un
tono de lamentación y tristeza inevitable) los juicios por
desahucio son excesivamente largos, los tribunales no
funcionan bien, se demoran mucho los juicios por desahucio y
especialmente se demoran dos tipos de juicios por desahucio:
aquellos que derivan de falta de pago de la renta o de la
expiración del plazo del contrato. No hay derecho (hay que
proclamarlo con este énfasis) que todavía existan juicios por
desahucio que duran dos años o incluso más en los casos de
impago de la renta o en los casos de expiración del plazo de
contrato, fortaleciendo ilegítimamente y ex lege desde la ley
la posición procesal del inquilino incumplidor, del inquilino
que no paga la renta o de la expiración, prolongando
artificialmente la duración de los contratos de arrendamiento.

Nosotros propugnábamos la reforma de los artículos 1579 y 1580
de la Ley de Enjuiciamiento Civil mediante la reducción de los
plazos del juicio verbal que se consignan en estos dos
preceptos procesales.

¿Cómo? Estableciendo un plazo de seis días para el juicio
verbal desde el momento de la presentación de la papeleta de
demanda, y confiriendo al juez que ha de resolver un plazo de
tres días para sentenciar, salvo en los supuestos de
allanamiento por el arrendador o reconocimiento de los hechos
por el mismo. Esto hubiese no sólo reducido la litigiosidad,
sino que también hubiese provocado el no fortalecimiento
ilegítimo de la posición procesal de quien incumple, y éste es
uno de los requerimientos elementales de toda norma procesal.

En materia de subrogación --y con esto voy acabando ya, señor
Presidente-- se ha mejorado el texto de la ley a su paso por
el Congreso y se ha mejorado todavía más a su paso por el
Senado, mediante la aceptación de uno de los criterios que
sustentaban o que servían de presupuesto teórico a las
enmiendas de mi Grupo Parlamentario, cual es la exigencia de
un plazo de convivencia tanto para la primera como para la
segunda subrogación que se prevé en el proyecto de ley. Para
la primera subrogación están legitimados los que lo están por
el proyecto de forma correcta: el cónyuge, si no el cónyuge,
quien está vinculado al inquilino por análoga relación de
afectividad; los descendientes y los ascendientes. Nos parece
correcto que la primera subrogación tenga estos elementos de
legitimación procesal activa, pero también nos parece
pertinente lo que se ha hecho aceptando enmiendas de mi Grupo
Parlamentario, que es la exigencia de plazos de convivencia
previos, cortos en nuestra opinión --nosotros propugnábamos
plazos más largos, de tres y cinco años, respectivamente,
según se tratara del cónyuge o de los ascendientes y
descendientes--, cortas, pero en definitiva la exigencia de un
plazo previo de convivencia antes de que se produzca la
primera subrogación --y desde luego, de forma mucho más
pertinente, antes de que se produzca la segunda-- era un
elemento de corrección importante y que ha sido objeto de la
debida consideración, con lo que se mejora el proyecto de ley.

Por último, en materia de actualización de rentas, las
debatidas y polémicas disposiciones transitorias segunda y
tercera, nosotros proponíamos otro sistema, que todavía
defendemos porque la consideramos mejor que el que se ha
incorporado al final al texto del proyecto de ley. En materia
de rentas congeladas, de rentas anteriores al año 1964,
pretendíamos la actualización de todas ellas, no sólo las de
las unidades familiares que superaban 3,5 veces el salario
mínimo interprofesional como señalaba el texto del proyecto,
sino todas. Pretendíamos un sistema que resultaba de la
aplicación de los módulos de la Orden del 14 de enero de 1993
sobre actuaciones protegibles. Se consideraba el área
geográfica,



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se consideraba la superficie útil de las viviendas,se aplicaba
el módulo de la Orden de actuaciones protegibles, obteniendo
un valor de tasación al que se aplicaba el 6 por ciento y
luego una actualización en 12 años, aplicando el índice de
precios al consumo, por una parte, y un coeficiente
decreciente, por otra, que partía del 1,11 en el primer año y
en el 12.ø sería del 1,01. Este era el mejor sistema y además
afectaba a todas las rentas sin ninguna excepción. A nosotros
nos parece complejo el sistema de actualización de las rentas,
no sólo las que superan en este momento 3,5 veces el salario
mínimo interprofesional, sino, a su vez, el otro complicado
baremo que se ha incorporado en el Senado, según el cual para
unidades familiares de una o dos personas hay que superar 2,5
veces el salario mínimo interprofesional, para unidades
familiares de tres/cuatro personas hay que superarlo 3 veces,
y para unidades familiares más numerosas hay que superarlo 3,5
veces; nos parece complejo y discriminatorio, porque unas
rentas congeladas se van a actualizar y otras rentas
congeladas no se van a actualizar, y esta es una
discriminación no objetiva y razonable, es una discriminación
que puede vulnerar el principio de igualdad ante la Ley que
consagra tres importantes preceptos de la Constitución, el 1,
el 9 y el 14. No se ha optado por esta fórmula y no se ha
optado sobre todo por la fórmula de corrección que nosotros
propugnábamos.

Realmente, hay inquilinos cuyas rentas, anteriores al año
1964, están congeladas, que no pueden pagar las
actualizaciones y, para solucionar este vidrioso problema,
nosotros proponíamos la creación de un fondo público que
atendiese y se subrogara en la posición del inquilino que
fehacientemente pudiera probar que no puede pagar las rentas
actualizadas. No se ha optado por esta fórmula y se incorpora
un elemento de incertidumbre respecto a la constitucionalidad
de la ley, porque unas rentas sí van a ser objeto de
actualización y otras rentas no van a ser objeto de
actualización.




El señor PRESIDENTE: Señor Olabarría, le ruego concluya.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Acabo ya con estas palabras, señor
Presidente.

También se debía haber corregido de forma más razonable el
problema de las rentas comprendidas entre los tramos
temporales del año 1965 y el año 1985, por una razón.

Respecto a éstas no se prevé ningún criterio de actualización.

Sin embargo, no se ha considerado --y sedebía haber hecho--
que muchos contratos celebrados entre los años 1965 y 1985 no
incorporaron cláusulas de actualización de la renta pensando
que los gobiernos sucesivos iban a tener el coraje, el valor o
iban a cumplir la obligación del requerimiento contenido en el
artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos
Urbanos, que preveía obligatoriamente un mandato para los
poderes públicos, para el Gobierno, de actualización de las
rentas. Por tanto, no se incorporaron a estos contratos,
celebrados en este tramo temporal, cláusulas de actualización
de la renta y en este momento esos contratos no han podido ser
actualizados. ¿Por qué? Por una expectativa generada por la
propia ley, ex lege. ¿Qué ocurre? Que si por una expectativa
generada ex lege no se actualiza la renta de estos contratos,
se está provocando un auténtico vicio en la voluntad de los
contratantes; es una expectativa derivada de la propia ley, y
no se incorporan a ella criterios de actualización de las
rentas comprendidas entre 1965 y 1985.

En definitiva, señor Presidente, la ley, en términos
generales, es buena; la ley ha encontrado puntos de
convergencia entre las posiciones, antitéticas en muchas
ocasiones, de los grupos parlamentarios que han participado en
el debate; la ley tiene elementos de corrección, es
notablemente mejorable en otros aspectos y la posición global
de nuestro Grupo respecto a la totalidad del articulado, sin
perjuicio de algunas puntuales oposiciones o discrepancias, va
a ser favorable al texto de la ley. Sin embargo, nos gustaría
que se recupere el consenso, el gran consenso que en trámite
prelegislativo y en trámite legislativo ha existido en este
debate, para realizar algunas correcciones que lleguen a
colmar algunos de los vacíos, algunas de las insuficiencias,
algunas de las inadecuaciones que todavía se contienen en este
próximo texto jurídico.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Olabarría.

Por el Grupo Catalán (Convergencia i Unió), tiene la palabra
el señor Molins.




El señor MOLINS I AMAT: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, con toda brevedad, estamos entrando por fin en la
última fase de la larga tramitación parlamentaria de la
reforma de la legislación sobre arrendamientos urbanos. El
trámite de hoy, más allá de consistir en la pura y simple
ratificación o desestimación de las enmiendas introducidas por
el Senado, supone poner punto y final a largos meses de arduo
trabajo y diluye el escepticismo de quienes, cargados de razón
histórica, creían que esta reforma no se produciría nunca.

El trabajo realizado por las Cámaras ha sido intenso y desde
nuestro punto de vista fructífero. No podía ser de otra
manera, puesto que un proyecto de esta envergadura debe
concitar a su alrededor la mayor unanimidad parlamentaria
posible. Plantear el debate de otra forma habría supuesto un
grave error. Ya lo decía el propio Ministro en la presentación
del proyecto de ley: Es ésta una gran oportunidad para el
Parlamento. Y pienso que el Parlamento no la ha
desaprovechado. El Senado ha introducido importantes cambios
en el texto que salió de esta Cámara. En algunos aspectos, y
siempre



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hablando desde nuestra perspectiva, el proyecto incluso ha
mejorado sustancialmente; en otros, a nuestro entender, ha
empeorado, pero, a pesar de ello, el balance final del texto
que nos remite la Cámara Alta es positivo.

Decíamos en esta tribuna desde nuestro Grupo Parlamentario,
hace escasamente cuatro meses, que el proyecto tenía que
sufrir importantes cambios para que pudiera merecer nuestro
apoyo, y nos referíamos muy especialmente a la disposición
transitoria tercera, que regula el régimen de los locales de
negocio con contrato anterior al célebre Decreto Boyer. Estos
cambios se han producido, si quieren ustedes in extremis, pero
ahí están, desvaneciendo las sombras que planeaban en el
horizonte y amenazaban la continuidad de tantos y tantos
comercios a lo largo y ancho del país y locales de negocios en
general. Todo ello nos parece especialmente importante porque,
además, se ha corregido manteniendo el necesario equilibrio
entre los derechos de ambas partes que debe presidir toda
relación arrendaticia: el comerciante o empresario mantiene un
horizonte de duración del contrato y el propietario podrá
actualizar su renta en términos de justicia.

La disposición transitoria segunda también ha cambiado
sustancialmente tras su paso por el Senado, fundamentalmente
en lo que se refiere al régimen de actualización de los
contratos de alquileres de viviendas anteriores al Decreto
Boyer.(El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la
presidencia.) Es conocida la posición de nuestro Grupo
Parlamentario, que se impuso mayoritariamente en el Congreso,
según parece, gracias a un error en las votaciones y que
defendía la actualización en exclusiva para los contratos
anteriores al texto refundido de la Ley de 1964, que se podría
extender a los posteriores a dicha fecha, carentes de cláusula
válida de actualización. El Senado, como decía, ha cambiado
sustancialmente el proyecto en este aspecto, alejándose así de
nuestras posiciones. Sin embargo, es difícil que ningún grupo
político se sienta totalmente identificado con el contenido
del proyecto de ley.

Nosotros no vamos a ser menos, pero nuestra discrepancia con
el redactado final de la disposición transitoria segunda no va
a cuestionar nuestro acuerdo global con el texto del proyecto.

Nos preocupa la complejidad del texto, especialmente de las
disposiciones transitorias, como nos preocupan los múltiples
problemas y controversias que su puesta en práctica va a
suscitar. Pienso que en este aspecto, el de la claridad, el de
dejar cuantos menos aspectos sea posible a la posterior
interpretación, el proyecto ha mejorado mucho en su paso por
el Parlamento. Creemos sinceramente que se podría haber dado
un paso más en este sentido. Esperamos y deseamos, sin
embargo, que el tiempo no nos dé la razón y que la aplicación
de la nueva ley se realice con las menores controversias
posibles.

Nos sentimos, en cambio, especialmente satisfechos del
resultado final de las disposiciones y preceptos relativos al
régimen procedimental, al que las aportaciones de nuestro
Grupo han sido, creemos, especialmente importantes. Desde el
principio no nos hemos cansado de repetir que el desarrollo
del mercado de alquileres requería, entre otras
circunstancias, un régimen procedimental que garantizara a las
partes el respeto a sus derechos y el cumplimiento de las
obligaciones recíprocas y que dotara de seguridad jurídica a
la relación arrendataria. Pensamos que con el texto del
proyecto ello se consigue, lo que supone un paso importante.

Finalmente, y en nombre particularmente de nuestro ponente,
Lluis Recoder, hoy ausente por causa de fuerza mayor de este
debate, quiero agradecer a los ponentes de todos los grupos su
disposición al diálogo. Se ha producido un importante debate
político en el que cada grupo ha defendido sus posiciones, y
ello ha sido fructífero y enriquecedor, y, desde nuestra
perspectiva, se ha conseguido que un texto que inicialmente
era inaceptable para nuestro Grupo Parlamentario hoy lo
podamos asumir, con las reservas y discrepancias que ya hemos
expuesto.

Nada más, señor Presidente, señorías. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Molins.

Por el Grupo Parlamentario de Izquierda UnidaIniciativa per
Catalunya, tiene la palabra el señor Andreu.




El señor ANDREU ANDREU: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, yo lamento, en nombre de mi Grupo Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, que no podamos sumarnos a este
consenso que por lo visto concita, al final, el texto
redactado por el Senado con las enmiendas que ha planteado al
texto elaborado por el Congreso de los Diputados. No podemos
entrar en este consenso porque, según nuestro criterio, no
estamos ante un texto equilibrado, de ninguna de las maneras.

Ha planteado aquí el señor Olabarría premisas ideológicas, que
yo creo que son profundas, de defensa de la propiedad privada,
del derecho a la propiedad privada, diciendo que esta ley de
alguna manera ha recuperado elementos de este derecho a la
propiedad privada. Pues bien, nosotros pensamos que no está
equilibrado el derecho a la propiedad privada con el derecho a
la vivienda digna que se plantea en la Constitución Española y
que, de alguna manera, queda lesionado por la redacción final
de esta ley de arrendamientos urbanos.

Para Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya el gran problema
de este debate final en el Congreso de los Diputados de las
enmiendas del Senado no es, tal y como se está arguyendo en
muchos medios de comunicación,



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la discusión sobre farmacias sí o farmacias no, es decir,
sobre la disposición transitoria tercera, apartado quinto; ese
no es el gran debate. Para nosotros el gran debate que se
plantea en este trámite parlamentario del Congreso de los
Diputados es la eliminación que se ha hecho en el Senado, por
un pacto en el que han participado fundamentalmente el Partido
Socialista y el Partido Popular y al que se han unido los
restantes grupos, de una enmienda que Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya había conseguido incluir en el texto
aprobado en el Congreso de los Diputados, según la cual no se
actualizaban los contratos de arrendamiento elaborados entre
los años 1965 y 1985. Pensábamos que no era una enmienda
gratuita ni ideológica, sino que estaba claramente sustentada
en Derecho y en que la Ley de Arrendamientos de 1964 permitía
el libre contrato entre las partes y su actualización.

Consideramos que ahora sí que estamos en riesgo de
inconstitucionalidad cuando recortamos derechos no
obligatoriamente adquiridos por imposición alguna, sino
libremente adquiridos por contratos entre arrendatarios e
inquilinos. Cuando el texto que proviene del Senado revisa
esos derechos adquiridos, Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya se baja de la parte de consenso que hubiera tenido
el texto del Congreso de los Diputados y no asume
corresponsabilidad alguna en su redacción. Este hecho es
contradictorio con la redacción de la ley. Cuando la
disposición transitoria segunda, apartado 11, regla 4.ª, por
ejemplo, plantea cómo se actualizan los contratos que
provienen de 1964, dice que, una vez actualizado el contrato,
las siguientes anualidades se controlan conforme al inicial
elaborado en 1964, lo cual es absolutamente contradictorio. Es
decir, si reconocemos que la forma de revisión del contrato a
partir de la actualización es la que proviene del contrato
elaborado en virtud de la ley de 1964, no entendemos de
ninguna manera por qué se actualiza, cuando estamos
reconociendo virtualidad al contrato elaborado el año 1964.

Pensamos que incluso su redacción final es contradictoria en
este aspecto.

Este es el problema fundamental por el que Izquierda Unida no
acepta ninguna corresponsabilidad respecto a la ley. Ello no
significa que estemos de acuerdo con el articulado definitivo
a la misma, ni siquiera estábamos de acuerdo con el inicial;
simplemente estábamos en esa labor de acercamiento para
intentar sacar la ley menos mala posible. Reconocemos que el
hecho de que los contratos ya no sean meramente de un año o
incluso por tiempo inferior, como se planteaba en el decreto
Boyer, es un hecho positivo pero no lo suficiente. El hecho de
que no se haya recogido ninguna forma de arbitraje efectiva a
la hora de determinar cómo son los contratos entre
arrendadores y arrendatarios es un deber importante que tiene
esta ley y al mismo tiempo una contradicción. La ley recoge de
una forma absolutamente vacía de contenido, según nuestro
criterio, la cuestión del arbitraje, y cuando la recoge para
los locales comerciales dice que arbitre alguien que sea de la
confianza de las partes, lo cual es algo contradictorio con la
figura del arbitraje, porque si dos partes no se ponen de
acuerdo para litigar sobre un asunto, difícilmente se van a
poner de acuerdo para determinar quién va a ser el que dicte
el acuerdo. Es realmente contradictorio. Ese planteamiento de
que el arbitraje está recogido en esta ley no es real; lo hace
de una forma nominal pero no efectiva. En una ley como ésta,
en la que yo creo que hay que tener cuidado con lo que se dice
en esta tribuna porque estoy convencido de que luego va a ser
usado en los tribunales, ya que va a dar lugar a cantidad de
litigios en los que los jueces van a tener que seguir a veces
pautas difíciles y seguramente los debates parlamentarios van
a ser un argumento importante que van a utilizar para saber
qué es lo que quería decir el legislador, en una situación
como ésta en la que vamos a tener innumerables pleitos, como
digo, yo creo que es un deber importantísimo, un aspecto muy
negativo que la figura del arbitraje no haya sido recogida por
la ley, tal y como planteaba Izquierda Unida-lniciativa per
Catalunya en sus enmiendas.

En lo que se refiere a los locales comerciales, consideramos
que el texto del Senado mejora en algo lo que ha salido del
Congreso, pero no suficientemente. Nosotros no hemos tenido
ninguna posición de defensa a ultranza y proteccionista a
ultranza en estos aspectos de la ley.

Lo negamos por si los planteamientos de Izquierda Unida se
quieren utilizar en contra. Nosotros no hemos defendido la
prórroga indefinida tal y como se planteaba en la Ley de 1964,
ni muchísimo menos; no hemos tenido esa posición
ultraproteccionista. Respecto a los locales de negocios
consideramos lógico que se actualicen las rentas. Estamos de
acuerdo con ello. Hay muchas situaciones injustas. No todos
los arrendadores son ricos ni todos los arrendatarios pobres.

Como digo, estamos de acuerdo en que se actualicen las rentas.

Pero lo que nos parece un auténtico dislate es que se ponga en
cuestión la ubicación de las actividades productivas.

El que se recojan las prórrogas, el que tengan un plazo fijo
muchas actividades productivas sabiendo que a partir de ello
esté en la voluntad del arrendador que sigan o no en esa
ubicación, creemos que plantea elementos de inseguridad que no
son, en absoluto, positivos para ningún tipo de actividad
productiva, ni del sector industrial ni del sector servicios.

En ese aspecto recogemos tanto las grandes actividades
industriales como los locales de negocios y las actividades
profesionales. Nosotros creemos que es un error profundo de
esta ley y un elemento más de hasta qué punto es
desequilibrada. Creemos --y lo vemos en los discursos-- que el
inconsciente traiciona a los propios oradores cuando parece
como si en esta ley, o en la voluntad de muchos legisladores,
se plantea la persecución del inquilino como si fuera un
elemento que ha



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tenido unos derechos excesivos y que hay que perseguir hasta
el final para equilibrarlos, según su criterio, en aras de los
derechos de la propiedad privada. Nosotros no podemos
compartir de ninguna manera esa actitud.

Pensamos que la situación de equilibrio parte siempre del
derecho que los inquilinos tienen a una vivienda, tal y como
se les reconoce en los preceptos constitucionales, en lo bueno
que es para el país que por lo menos la ubicación en la
actividad productiva tenga una seguridad. En ese sentido
creemos que hay un enfoque distorsionado y profundamente
equivocado en los grupos que han llegado a un consenso
definitivo sobre esta ley.

Por tanto, independientemente de algún aspecto puntual en el
que mi Grupo Parlamentario no colaborará a que empeore la ley
y votará afirmativa o negativamente, la posición del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya va a
ser de abstención generalizada porque ni le gusta el texto que
viene del Senado, ni le gustaba el texto que se planteó en el
Congreso. Decimos esto queriendo dejar claro que no ha sido
voluntad de mi Grupo quedarse marginado, sino intentar apoyar
aspectos determinados de la ley y defender que quede lo más
equilibrada posible, pero ni en los aspectos que he planteado,
ni en las subrogaciones, el texto merece para mi Grupo
Parlamentario ningún apoyo ni ningún tipo de compromiso.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Andreu.

Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Ortiz.




El señor ORTIZ GONZALEZ: Señor Presidente, señorías, me
corresponde, en nombre de mi Grupo, fijar posición en esta
etapa final de la larga tramitación de la ley de
arrendamientos urbanos, en la que debatimos y sometemos a
votación las enmiendas del Senado. Permítanme, señorías, que
en este último acto parlamentario de una ley tan importante
haga unas consideraciones previas que tienen que ver con el
curso de los debates, con la valoración global del proyecto,
con el grado de consenso alcanzado y con las discrepancias que
mi Grupo todavía mantiene con la letra y el espíritu del
proyecto.

La primera de estas consideraciones no es otra que la de
afirmar --no es ocioso sino necesario hacerlo-- que en este
prolongado proceso que se inicia en la pasada legislatura, a
finales de 1992, lo que mi Grupo ha perseguido --quiero creer
que como todos-- ha sido conseguir la mejor ley de
arrendamientos urbanos posible para la sociedad española en
esta difícil encrucijada de nuestra historia económica y
política. Desde esa perspectiva, la mejor ley, lejos de
utopías y radicalismos y con el realismo necesario, es aquella
que cumpliera los tres objetivos irrenunciables que hemos
destacado a lo largo del debate y que figuran en nuestro
programa político. En primer lugar, el restablecimiento
progresivo del mercado de alquileres, distorsionado y
empequeñecido por la anacrónica ley de 1964, situándolo en
niveles europeos y garantizando la movilidad geográfica del
trabajo, factor fundamental de la competitividad. En segundo
lugar, proteger a los segmentos más débiles de nuestra
sociedad, en su aspiración y derecho constitucional a una
vivienda digna y adecuada, así como a los pequeños y medianos
empresarios, verdaderos y auténticos generadores de empleo.

Finalmente, lograr el equilibrio necesario entre los
intereses, normalmente encontrados, de arrendadores y
arrendatarios, y en especial en el establecimiento de las
normas de derecho transitorio. En definitiva, señorías, se
trataba de completar la pieza que faltaba para una auténtica
política de vivienda.

Como decíamos en el debate en este hemiciclo, el pasado mes de
junio, no se comprende cómo en estos 12 años de Gobierno
socialista se ha pretendido hacer --y por eso se ha hecho mal-
- verdadera política de vivienda sin esta pieza básica de la
ley de arrendamientos urbanos.

Faltarán otras piezas, sin duda, fundamentalmente una nueva
política de suelo, que para nosotros está vinculada a la
revisión y derogación de la Ley 8/90 de Régimen del Suelo y de
Valoraciones o su Texto Refundido de 1992, pero esta pieza
(nueva ley de arrendamientos urbanos) tenía carácter esencial.

Pues bien, señorías, desde esa perspectiva de objetivos a
alcanzar hay que decir --y ya entramos en la valoración del
proyecto-- que el proyecto cumple tales objetivos de una
manera casi completa en lo que concierne a la nueva normativa,
y de modo incompleto en lo que se refiere al régimen
transitorio. No obstante, quiero subrayar que mi Grupo se
siente más identificado con la normativa transitoria de
viviendas que con la normativa transitoria que se refiere a
locales de negocio. En todo caso, habrá que esperar a que se
cumplan los plazos que establece el proyecto, cuando sea ley
dentro de unos días, para ver en qué medida facilita o
propicia una real y efectiva recuperación del mercado de
alquileres.

La segunda consideración, conexa con la anterior, es que la
orientación de nuestras enmiendas y de nuestras actuaciones
parlamentarias, e incluso extraparlamentarias, no ha sido otra
que la de lograr el consenso posible, al margen de intereses
partidarios o de coyunturas electoralistas, pero sin abandonar
nuestros objetivos y criterios fundamentales.

Nuestra valoración del proyecto que llega del Senado es
análoga, a pesar de las mejoras que en el mismo se han
introducido, a la que formulamos el pasado mes de junio cuando
discutíamos el texto que salió de esta Cámara. El proyecto nos
sigue pareciendo perfectible y mejorable.

Sin embargo, he de añadir, a renglón seguido, que el proyecto,
sin ser el óptimo posible, sin ser



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tampoco el que mi Grupo hubiera traído a esta Cámara en el
caso de que tuviera responsabilidades de gobierno para
hacerlo, es un texto aceptable, dada la situación de partida
sobre todo, que mejora sustancialmente el régimen de los
arrendamientos, después de 30 años de vigencia de la
anacrónica y obsoleta ley de 1964. Mi Grupo, que más allá de
las mejoras logradas no se siente plenamente coautor de la
ley, no puede renunciar a dejar constancia de los cambios
introducidos en el trámite del Senado, casi todos o muchos a
propuesta nuestra, y en particular de los siguientes que
quiero destacar.

En primer lugar, la actualización de las rentas de contratos
de arrendamientos de vivienda y local de negocios posteriores
a 1965, como postulábamos en el último debate en este
hemiciclo. Tal actualización (en este punto lamento discrepar
del portavoz de Izquierda Unida)
era una exigencia de justicia después de treinta años de
congelación de rentas, sin que se pudiera seriamente
argumentar que en este largo lapso de tiempo se pudieran
introducir cláusulas de revisión. Esta actualización ha tenido
finalmente acogida en el texto que nos viene del Senado.

En segundo lugar, el establecimiento de un nivel de ingresos
familiares en los arrendatarios, por debajo del cual no tendrá
lugar la actualización de rentas. Modular este dintel en
función de las cargas familiares nos parece un elemento
positivo y, consiguientemente, lo vamos a votar
favorablemente.

En tercer lugar, conexa con la anterior, la incorporación del
compromiso de compensar fiscalmente a los arrendadores que no
puedan actualizar sus rentas en función del bajo nivel de
ingresos familiares de los arrendatarios. Como se dijo en este
hemiciclo en el debate análogo a éste, el pasado mes de junio,
es injusto trasladar al arrendador el coste de una política
social; las políticas sociales han de financiarse con los
presupuestos generales del Estado y no con los patrimonios
particulares. Nuestras enmiendas tanto en el Congreso como en
el Senado postulaban una compensación inmediata a los
arrendadores y no sólo un compromiso futuro de compensación
transcurrido un año desde la fecha de entrada en vigor, como
establece la disposición final cuarta del texto del Senado.

Ello no obstante, una vez sancionado y consagrado el principio
de compensación a los arrendadores, lo vamos a votar
favorablemente.

En cuarto lugar, la mejora de la regulación de los procesos
arrendaticios para dotarles de mayor agilidad y rapidez. En
este punto hemos visto acogidas algunas de nuestras enmiendas
en el Senado, singularmente la que permite la aplicación de la
nueva normativa arrendaticia a los pleitos o litigios que se
generen después de la entrada en vigor de la ley y no sólo a
los relativos a contratos posteriores a la entrada en vigor de
la ley, así como la enmienda que suprime el discutido,
discutible y complejísimo recurso de casación por uniformidad
de doctrina, que acabaría traduciéndose en nueva dilación en
la obtención de sentencia en los procesos arrendaticios.

Finalmente, en quinto lugar, el establecimiento de un censo de
los arrendamientos existentes, que permitirá un conocimiento
realista y serio de la realidad arrendaticia española y
servirá de guía para orientar la política de vivienda y para
poder cuantificar las compensaciones que se prometen para el
futuro a los arrendadores.

Estos cinco aspectos se corresponden con otros tantos
capítulos objeto de nuestras insistencias tanto en esta Cámara
como en el trámite en el Senado a lo largo de los dos últimos
años. Hay que añadir algunos otros que ya se incorporaron al
proyecto aprobado en este hemiciclo, fundamentalmente a
instancias nuestras, como la regulación de la duración de los
nuevos contratos, hasta cinco años por prórrogas anuales
sucesivas, así como el tratamiento del fondo de comercio, en
el que, no obstante no aceptarse nuestra enmienda en su
sentido literal, en el artículo 34 se produce una aproximación
importante a nuestros postulados y a nuestros planteamientos.

En la misma línea de merecernos un juicio favorable,
finalmente positivo, hay que referirse a la disposición
transitoria tercera, en lo que concierne a los arrendamientos
cuyo titular sea una persona física, sobre lo que se ha
llegado a una aproximación importante con la enmienda que
nosotros planteábamos. Por ello merecerá nuestro voto
favorable.

Menos favorable, por no decir negativa, será nuestra posición
en algunos puntos concretos: en primer lugar, la no aceptación
plena de la obligatoriedad de la forma escrita para los nuevos
contratos. Difícilmente se puede hacer un censo sin tener una
constatación escrita de la existencia de los contratos. En
segundo lugar, la discriminación entre actividades comerciales
y no comerciales en el tratamiento de los arrendamientos de
locales de negocio, en términos de derecho transitorio, cuando
el arrendatario sea una persona jurídica. Con independencia
del origen político y de los propósitos que inspiran tal
discriminación, que no dudamos en calificar de electoralista,
quiero subrayar ahora que no se me alcanzan las razones
objetivas, con la perspectiva global de la Ley, que puedan
justificar tal diferencia de trato. ¿Por qué, si se me permite
un ejemplo muy elemental,...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Ortiz, vaya
terminando.




El señor ORTIZ GONZALEZ: Voy acabando, señor Presidente.

... se conceden 20 años de duración a los contratos,



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por ejemplo, de una joyería o de una tienda de confección de
alta costura y se le regatean y se le dan plazos distintos a
un taller de carpintería o a una peluquería?
Realmente, no lo entendemos. Nuestra posición, por tanto, no
puede ser positiva en el texto correspondiente, y no por no
haber dejado de tener en cuenta los intereses, los postulados
y los planteamientos de los pequeños comerciantes, como ha
quedado acreditado en nuestras numerosas enmiendas, sino
porque creemos, señorías, que en esta discriminación se ha
sucumbido al electoralismo y al clientelismo, lo que ha hecho
decir al Ministro del ramo, aquí presente, no estar dispuesto
a ser taquígrafo de ningún Grupo Parlamentario, aunque luego
con sus hechos haya desmentido tan contundente afirmación.

Tampoco nos parece positiva la pervivencia de la
obligatoriedad de las fianzas en metálico, que no dudé en
calificar de medieval en el debate en este hemiciclo. No tiene
sentido que en 1995, cuando la Ley entre en vigor, se siga
exigiendo la fianza en monedas o en billetes de curso legal,
sin aceptar otro tipo ni otras fórmulas de garantía.

Discrepancia importante por parte de nuestro Grupo --y voy
acabando, señor Presidente-- es la que concierne a la
negativa, tanto en el Congreso como en el Senado, de los demás
grupos, y fundamentalmente del grupo mayoritario, a incorporar
medidas fiscales y financieras de fomento del alquiler, con el
argumento de que estamos en presencia de una ley sustantiva
civil y tal tipo de disposiciones son impropias de un proyecto
de este carácter. En el proyecto de ley que llega del Senado
hay preceptos que no tienen un carácter sustantivo civil, sino
incluso fiscal o administrativo. Creemos que medidas de esta
naturaleza se deberían haber incorporado al texto si de verdad
se pretende una recuperación efectiva del mercado de alquiler.

Creemos que es una ocasión perdida no haber incorporado al
proyecto medidas o preceptos de esta naturaleza. Hemos
defendido, entre otras medidas, por no citar todas ni mucho
menos, la de revisar el tratamiento fiscal de las sociedades y
fondos de inversión inmobiliaria, que son claramente
discriminados, en términos de tipo tributario, con los fondos
y sociedades de inversión mobiliaria.

Difícilmente la inversión se va a orientar al mundo
inmobiliario con este tipo de discriminación.

En resumen, el texto que debatimos, señor Presidente, sin ser
el mejor posible, constituye una importante aproximación.

Alguien, creo que fue Sören Kierkegaard, dijo que el hombre
llega a la posesión de la verdad por aproximaciones sucesivas.

Este es el caso del proyecto.

Cuando se promulgue, tras el previsible debate de hoy, será
una pieza, si se completa con otras --para nosotros es vital
la revisión del régimen del suelo y también medidas fiscales y
financieras de fomento del alquiler--, será un paso, una
primera aproximación importante a la recuperación efectiva del
mercado de alquiler, sin perjuicio de reformas ulteriores, que
serán otras tantas aproximaciones al óptimo posible.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Ortiz.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Morlán.




El señor MORLAN GRACIA: Muchas gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, finalizamos hoy el debate de una
ley que entrará en vigor el 1 de enero de 1995, cuya reflexión
por parte de mi Grupo le lleva a considerar que ha sido un
acierto importante, por parte del Gobierno, la presentación de
este proyecto de ley, con todos los inconvenientes que
planteaba su debate posterior, como así ha sido, y, desde
luego, una valoración positiva del consenso logrado en esta
Cámara y en el Senado respecto a las enmiendas introducidas en
el Senado que hoy vamos a aprobar.

Nos tenemos que congratular de que va a existir una ley de
arrendamientos urbanos que, sin lugar a dudas, va a propiciar
el que el mercado del alquiler, que en estos momentos se sitúa
en unas cuotas muy bajas (18 por ciento), pueda experimentar
una subida importante, porque junto a esta ley, que es un
elemento imprescindible para ello, existe otro tipo de medidas
por parte del Gobierno y de las administraciones públicas
encaminadas a que la política de alquiler de vivienda sea una
política que se vaya consolidando poco a poco en el transcurso
de los próximos meses.

Pero, señorías, sí me gustaría que después de hoy, después de
aprobar un texto como el que vamos a aprobar, los Diputados y
Diputadas de esta Cámara, los Senadores y las Senadoras
planteemos a la sociedad una información correcta de lo que en
realidad supone esta ley para el conjunto de los sectores
afectados por la misma. Creo que es nuestra obligación, creo
que es nuestro deber el transmitir a la sociedad que se ha
dado un paso muy importante con la aprobación de este proyecto
de ley para que se vaya recuperando un desequilibrio muy
fuerte que existía en las relaciones arrendaticias y para que
esa inseguridad jurídica que planteaban la Ley de 1964 y el
Decreto Boyer sobre medidas de política económica, en cuanto
que protegían de forma muy clara, por un lado, a los
arrendadores y, por otro lado, a los arrendatarios,
desaparezca. Por eso, desde mi Grupo planteamos que es
conveniente decir a los arrendadores y arrendatarios que a
partir del momento en que entre en vigor esta ley, el régimen
jurídico que va a regular los arrendamientos urbanos en España
está normalizado, que puede tener --porque sí que es cierto
que en este debate se ha intentado buscar el mayor consenso
posible y, por lo tanto, todos hemos



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tenido que dejar algo de nuestras pretensiones fuera de lo que
viene recogido en la ley-- una aceptación importante en cuanto
que sepamos transmitir qué es lo que en la misma se dice.

Nosotros votamos hoy unas enmiendas del Senado que vienen a
engrosar un texto legal que viene a decir a los nuevos
arrendadores, a partir del 1 de enero de 1995, que van a tener
una estabilidad en sus contratos y que van a tener la
posibilidad de fijar en los mismos rentas de mercado, rentas
actuales, con unas revisiones anuales con arreglo al IPC. Y, a
su vez, a los arrendatarios les vamos a decir y les estamos
diciendo que van a tener la posibilidad de estabilizar su
contrato a su voluntad:
cinco años como mínimo, con prórrogas de tres años, en función
de que exista acuerdo entre ambas partes.

También decimos a los arrendadores y a los arrendatarios que
pueden perfectamente llegar a un acuerdo sobre la repercusión
de los costes y de los gastos que existan en esa vivienda.

También decimos a los arrendatarios que tienen un derecho de
adquisición preferente de esa vivienda, caso de que el
arrendador se decida a venderla. Y, desde luego, introducimos
una novedad importante en el texto de la ley, que no ha sido
mencionada, cuando hablamos de los convivientes: recogemos y
regulamos en esta ley lo que en la misma figura como
convivientes de forma permanente, en análoga relación de
afectividad, cualquiera que sea su orientación sexual. Creo
que son pasos, elementos importantes, que tienen que ser
estimados y valorados positivamente en lo que ha de ser el
futuro de los arrendamientos urbanos en este país, a partir
del primero de enero de 1995.

Junto a estos futuros arrendamientos de vivienda, establecemos
los arrendamientos de uso distinto al de vivienda, porque la
distinción que se plantea entre vivienda y uso distinto de
vivienda es bastante más clarificadora que la que venía
recogida hasta ahora. En estos últimos recogemos una libertad
de pacto entre las partes, en cuanto a la duración del
contrato, la renta que tienen que percibir y su régimen de
revisión. Recogemos la indemnización al arrendatario, el uso
distinto al de vivienda, la repercusión de los costes y de los
gastos. Es decir, establecemos unas condiciones mínimas que
son perfectamente asumibles por las partes y que marcan un
campo de actuación más abierto en lo que ha de ser la relación
contractual entre arrendadores y arrendatarios.

Antes, aquí se ha dicho en cuanto a los procesos
arrendaticios, que también se regulaban en esta ley y se les
daba una importancia bastante considerable. Alguien ha dicho,
y no en esta Cámara en el día de hoy, pero sí se ha dicho, que
con esta ley se facilitaban los desahucios. Eso no es cierto.

Se mantienen las mismas garantías jurídicas que tenían los
arrendatarios hasta este momento. Se produce una agilización
en los trámites procesales, pero en modo alguno se desvirtúan
las garantías y los derechos que los arrendatarios tenían
reconocidos hasta estos momentos.

Respecto a lo que es el régimen transitorio de la ley, ¿qué es
lo que sucede con los contratos vigentes hasta 1994? En la ley
se hacen tres distinciones que creo que también hay que
evaluar positivamente porque supone haber llegado a un
esfuerzo importante de consenso entre todos los grupos, a
excepción de Izquierda Unida, que ha mantenido sus posiciones
nítidas en algunos aspectos y que ha expuesto en su
intervención. Sin lugar a dudas, supone un esfuerzo importante
de todos los grupos para conseguir unos textos que permitan
mantener unos niveles de equilibrio entre las relaciones de
arrendador y arrendatario bastante superiores al que
actualmente tienen ambas partes.

Decimos: los contratos del 9 de mayo de 1985 a 1994 se rigen
por las mismas cláusulas por las que venían rigiéndose hasta
este momento y, en su prórroga, se acogen a la nueva ley que
va a entrar en vigor a partir del primero de enero de 1995. En
los contratos anteriores a 1985, se distingue en la propia
ley, en las disposiciones transitorias segunda y tercera,
entre contratos de vivienda y contratos de locales de
negocios. En los contratos de vivienda nos hemos preocupado
muy mucho de que los arrendatarios con rentas bajas no
tuvieran actualización de renta--sí de revisión, con arreglo
al IPC, a partir del primero de enero de 1995--. Pero calculen
ustedes lo que puede suponer el IPC del 3,5 por ciento sobre
rentas bajas. No creo que la repercusión sea importante a esos
efectos y, por supuesto, esos arrendatarios, familias de tres
o cuatro miembros pero que tengan rentas inferiores a dos
veces y media o tres veces el salario mínimo interprofesional,
van a ver cómo sus rentas no se actualizan. Sí se actualizan
los de aquellos arrendatarios que tengan hasta cinco veces y
media y superior a cinco veces y media, en función de los
plazos de actualización que se plantean en la propia ley.

Se recogen en este tipo de contratos, como es lógico, las
subrogaciones. Si bien es cierto que se limita el número de
las mismas a cónyuges y a hijos, con las características que
se enumeran en la propia disposición transitoria segunda. Y
desde luego, se actualizan las rentas de aquellos contratos a
los que he hecho referencia en cinco o diez años, de acuerdo
con las previsiones que contempla la propia disposición
transitoria segunda.

Si nos vamos a los locales de negocio, también con la
colaboración y con la aportación de todos los grupos, hemos
llegado a un consenso, en virtud del cual se distingue entre
personas físicas y jurídicas. Las personas físicas tienen un
tratamiento independizado, consecuente con lo que tiene que
ser la continuidad de una actividad, desde el momento en que
se contempla la vigencia del contrato hasta el fallecimiento
del arrendatario y la subrogación en su cónyuge o hijo. Es
cierto



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que distinguimos en los locales de negocio con arreglo al
Impuesto de Actividades Económicas porque había que buscar
alguna fórmula que distinguiera de qué manera se podían
calcular y actualizar las rentas, de qué manera se podía ir a
la extinción de los contratos, porque no había fórmula alguna
que satisficiera las necesidades o las pretensiones de todos
los grupos y de los sectores afectados. Se buscó la fórmula
del Impuesto de Actividades Económicas porque, dentro de todas
esas fórmulas, era la menos mala, la más objetivable y, por
tanto, la que mejor se podía aplicar para que ese tipo de
actualización de rentas y ese tipo de extinción de contratos
se llevara a cabo.

Por consiguiente, hemos establecido en este proyecto de ley,
de acuerdo con la mayor parte de los grupos, que los
arrendatarios que sean personas jurídicas, despachos
profesionales, oficinas, grandes superficies, de más de 2.500
metros cuadrados...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Un momento, señor
Morlán.

¡Por favor, señorías, guarden silencio! Vaya terminando, señor
Morlán.




El señor MORLAN GRACIA: En las enmiendas a este proyecto de
ley, en esos casos concretos que he mencionado de los cinco
años, se plantea la extinción del contrato tal y como viene
recogido en los mismos. También hemos propugnado una serie de
escalas para el resto de las actividades que no son
comerciales y hemos llevado el arrendamiento de los locales
comerciales a 20 años, con la finalidad de prorrogar lo que
tiene que ser el desarrollo de una actividad comercial.

En definitiva, señoras y señores Diputados, creo que se ha
hecho un esfuerzo importante en lo que ha de ser el consenso
sobre una ley con perspectiva de futuro, que recoge
actualizaciones de contratos hasta 1985 y que, efectivamente,
no distingue respecto a los anteriores a 1964 y posteriores a
1964, porque hemos entendido, después de arduas reflexiones,
que era conveniente que no se produjera distinción alguna
respecto a aquellos contratos que no pueden ser actualizados.

Creo que ésa es una fórmula que va a permitir que los
contratos que estén actualizados no se actualicen y que los
que no estén actualizados se actualicen. No creo que aquí
hubiera que establecer ninguna discriminación de otras
características y pienso que la fórmula que se ha adoptado es
la más correcta y la más adecuada, en justicia.

También es cierto que no hemos planteado un tribunal de
arbitraje, pero sí es cierto que recogemos explícitamente que
se puede acudir al arbitraje privado, a la Ley de Arbitraje,
para resolver aquellos contenciosos entre las partes que no
tengan ningún interés en acudir a los tribunales.

Creo, señoras y señores Diputados, que, tras este esfuerzo de
todos los grupos políticos, se ha conseguido una ley
equilibrada, una ley que va a permitir mejorar nuestro mercado
de alquiler y que, indudablemente, va a contribuir a que
exista una mayor tranquilidad y serenidad en las relaciones
arrendaticias, que exista una mejor relación entre las partes
y que, por supuesto, suponga el apostar por unos alquileres de
futuro, como vienen reflejados en el propio texto de la ley.

Por último, señor Presidente, quisiera indicar que en el
propio texto de la ley, en el texto remitido por el Congreso,
se han plasmado dos errores que consideramos técnicos. El
primero tiene que ver con la disposición transitoria segunda,
apartado 10, número 3, en su regla 1.ª Se propone cambiar la
palabra «conservación» por la de «reparación», en concordancia
con el término usado en la segunda línea de dicho apartado
10.3. Después, en la disposición transitoria tercera, apartado
6, en su regla 4.ª, en el epígrafe actualización de renta», la
remisión que se hace a los porcentajes y plazos previstos en
la regla 9.ª del apartado 11 de la disposición transitoria
segunda ha de referirse a los porcentajes y plazos previstos
en la letra a) de la regla 9.ª del apartado 11, de la citada
disposición transitoria segunda.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Morlán.

Finalizado el debate, vamos a pasar a la votación de las
enmiendas del Senado a los dos proyectos de ley que se han
debatido en el curso de esta mañana. (El señor Presidente
ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley
de fundaciones y de incentivos fiscales a la participación
privada en actividades de interés ge neral. Vamos a proceder a
la votación de estas enmiendas.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 186; en contra, dos; abstenciones,
133.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas del Senado al proyecto de ley de Arrendamientos
Urbanos.

Enmienda al artículo 9.ø 3. Se somete a votación la frase:
«... o para cualquiera de sus hijos», de la enmienda al
artículo 9.ø 3.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 156; en contra, 165; abstenciones,
dos.




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El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda rechazada la
enmienda. Sometemos a votación la enmienda a la disposición
transitoria tercera, apartado 4, reglas 3.ª y 4.ª Comienza la
votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, siete; en contra, 304; abstenciones,
12.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda a la disposición transitoria tercera, apartado 5.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 322; a favor, ocho; en contra, 154; abstenciones,
160.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Se someten a votación las modificaciones introducidas por el
Senado a los párrafos primero a tercero del apartado 11 de la
disposición transitoria segunda.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 309; en contra, 11; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmienda a la disposición transitoria segunda, apartado 11,
regla 3.ª.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 322; a favor, 174; en contra, 11; abstenciones, 137.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmienda a la disposición transitoria segunda, apartado 11,
regla 5.ª.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 175; abstenciones, 148.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmiendas a los artículos 20.2, 24.1 y 36; disposición
adicional tercera, disposición transitoria tercera, resto del
apartado, apartado 4, y disposición transitoria tercera,
apartado 7, regla 5.ª.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 326; a favor, 174; en contra, dos; abstenciones,
150.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas a los artículos 12.4 y 16.1.b) y disposición
transitoria segunda, apartado 7.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 326; a favor, 189; abstenciones, 137.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Enmiendas a la disposición transitoria cuarta, apartado 4, y
enmienda por la que se suprime el apartado 13 de la
disposición transitoria tercera.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 326; a favor, 174; en contra, 134; abstenciones, 1
8.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Senado a este proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: vo tos
emitidos, 326; a favor, 309; abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan arrobadas las enmiendas.




-- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DE CUATRO VOCALES DEL CONSEJO
GENERAL DEL PODER JUDICIAL, PRESENTADA POR LOS GRUPOS PAR
LAMENTARIOS SOCIALISTA DEL CONGRESO, POPULAR EN EL CONGRESO,
FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA, CATALAN
(CONVERGENCIA I UNIO) Y VASCO (PNV) (Número de expediente
244/000003)



El señor PRESIDENTE: El siguiente punto del orden del día
corresponde a los puntos introducidos por el acuerdo del
Pleno. En primer lugar, propuesta de nombramiento de cuatro
Vocales del Consejo General del Poder Judicial.

Se va a proceder a la votación con dos urnas y, por tanto, dos
papeletas, una para los candidatos correspondientes al grupo
de juristas y la otra para el grupo de magistrados. En un
mismo llamamiento, SS. SS. procederán a depositar
sucesivamente los votos en cada una de las urnas.




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Posteriormente, una vez realizado el escrutinio, se procederá
a la votación correspondiente a la elección de los seis
miembros del Consejo de Administración del Ente Público RTVE.

Comienza la votación.




(Por los señores Secretarios se procede al llamamiento de los
señores Diputados.)
Efectuada la votación, dijo.




El señor PRESIDENTE: Concluida la votación, vamos a proceder
al escrutinio.

Verificado el escrutinio, dijo.




El señor PRESIDENTE: El resultado de la votación es el
siguiente: votos emitidos, 326; don Rafael Saraza Padilla,
303; don Antonio Robles Acera, 309; votos nulos, nueve; en
blanco, ocho.

Al haber obtenido los tres quintos de los votos de los
Diputados que componen la Cámara, han resultado elegidos para
la propuesta que el Congreso de los Diputados debe hacer para
el nombramiento por Su Majestad el Rey de dos vocales del
Consejo General del Poder Judicial entre abogados y otros
juristas de reconocida competencia, con más de 15 años en el
ejercicio de la profesión, don Rafael Saraza Padilla y don
Antonio Robles Acera.

Pasamos al escrutinio para jueces y magistrados.




Verificado el escrutinio, dijo.




El señor PRESIDENTE: El resultado de la votación es el
siguiente: votos emitidos, 326; doña Ana Pérez Tórtola, 307;
don Antonio García Caridad, 312; nulos, nueve; en blanco,
cinco.

Al haber obtenido los tres quintos de los votos de los
Diputados que componen la Cámara, han resultado elegidos para
la propuesta que el Congreso de los Diputados debe hacer para
el nombramiento por Su Majestad el Rey de dos vocales del
Consejo General del Poder Judicial, entre jueces y magistrados
de todas las categorías judiciales que se hallen en servicio
activo, doña Ana Pérez Tórtola y don Antonio García Caridad.




-- ELECCION DE SEIS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION
DEL ENTE PUBLICO RTVE, FORMULADA POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS
SOCIALISTA, POPULAR, FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER
CATALUNYA, CATALAN (CONVERGENCIA I UNIO) Y VASCO (PNV) (Número
de expediente 276/000005)



El señor PRESIDENTE: Concluidos la votación y el escrutinio de
este punto del orden del día, vamos a pasar a la votación para
la elección de los vocales del Consejo de Administración de
Radiotelevisión Española.

Votación para la elección de los miembros del Consejo de
Administración del Ente Público Radiotelevisión Española.

Comienza la votación.

(Por los señores secretarios se procede al llamamiento de los
señores Diputados.)



Terminada la votación, dijo.




El señor PRESIDENTE: Concluida la votación, vamos a proceder
al escrutinio.

Verificado el escrutinio, dijo.




El señor PRESIDENTE: El resultado de la votación es el
siguiente: votos emitidos, 322; don Amando de Miguel, 252; don
Eugenio Nasarre, 305; don José Miguel Abad, 304; don Antonio
Santillana, 303; don Josep María Trías de Bes, 303; don José
Manuel Martín Medem, 302; nulos, cinco; en blanco, nueve. Al
haber obtenido los dos tercios de los votos de los Diputados
que componen la Cámara, han resultado elegidos miembros del
Consejo de Administración del Ente Público Radiotelevisión
Española don Amando de Miguel, don Eugenio Nasarre, don José
Miguel Abad Silvestre, don Antonio Santillana del Barrio, don
Josep María Trías de Bes i Serra y don José Manuel Martín
Medem.




CONVALIDACION O DEROGACION DE REALES DECRETOS-LEYES:
-- REAL DECRETO-LEY 10/1994, DE 30 DE SEPTIEMBRE, DE
INCENTIVOS FISCALES DE CARACTER TEMPORAL PARA LA RENOVACION
DEL PARQUE DE VEHICULOS DE TURISMO (Número de expediente
130/000021)



El señor PRESIDENTE: El siguiente punto del orden del día es
la convalidación o derogación de reales decretos-leyes. Real
Decreto-ley 10/1994, de 30 de septiembre, de incentivos
fiscales de carácter temporal para la renovación del parque de
vehículos de turismo.

Para explicar, en nombre del Gobierno, las razones que han
motivado la publicación de este Real Decreto-ley, tiene la
palabra el señor Ministro de Industria y Energía. (El señor
Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor MINISTRO DE INDUSTRIA Y ENERGIA (Eguiagaray Ucelay):
Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, en breves palabras trataré de explicar las razones
que aconsejaron al Gobierno someter a la consideración de SS.

SS. la ratificación de este Real



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Decreto-ley 10/1994, de 30 de septiembre, de incentivos
fiscales de carácter temporal para la renovación del parque de
vehículos de turismo o, en lenguaje más popular y también más
conocido, el plan Renove II.

A lo largo de los últimos meses, señorías, las matriculaciones
de vehículos de turismo han venido registrando unas tasas de
variación interanual elevadas.

Mientras que en los tres primeros meses del año el incremento
interanual medio fue del 15,4 por ciento, desde abril --el día
12 de dicho mes entró en vigor el llamado plan Renove I--
hasta septiembre, último mes del que se dispone de datos, el
aumento interanual medio ha sido del 23,6 por ciento. A pesar
de que estas variaciones se calculan en relación con los datos
del año 1993, que fueron particularmente bajos, creo que son
expresivas de dos cuestiones que me interesa dejar claro. En
primer lugar, de la superación del período de crisis de
demanda que ha afectado al sector en los últimos ejercicios;
en segundo término, de la eficacia de las medidas articuladas
por el Real Decreto-ley 4/1994, por el que se estableció el
plan Renove I.

Las razones que justifican la puesta en aplicación de nuevas
medidas de incentivos a la renovación del parque de vehículos
de turismo son, sin embargo, dos. Por una parte, y sin
perjuicio de lo que acabo de decir, la intensidad del aumento
autónomo de la demanda de turismos probablemente no es todavía
suficientemente fiel.

Si de los incrementos en el número de matriculaciones
registradas en los últimos meses, descontamos las ocasionadas
por la aplicación del plan Renove I y los aumentos que han
tenido lugar en las matriculaciones de turismos por empresas
de alquiler de vehículos, justificadas a su vez por el buen
año turístico, el resultado es que el incremento autónomo de
la demanda de turismos es todavía poco intenso, por lo menos
poco intenso en relación con las aspiraciones no sólo del
sector, sino con las necesidades también de la economía.

Por otra parte, los resultados favorables de la aplicación del
plan Renove I constituyen también un argumento para la
continuidad de medidas de apoyo a la renovación de estos
vehículos. En los seis meses de aplicación del plan Renove I,
esto es, hasta el 12 de octubre del año 1994, se dieron de
baja 170.811 vehículos para acogerse a dicho plan. Las
matriculaciones de turismos acogidos al plan Renove I,
prácticamente iguales a las bajas citadas, representaron, nada
más y nada menos, que el 35,4 por ciento del total de las
matriculaciones de turismos en los meses de abril a
septiembre, lo que es, en ese sentido, bien indicativo del
efecto dinamizador que ha tenido dicho plan en la demanda.

El plan Renove I ha tenido un efecto particularmente
favorable, que me interesa destacar, sobre la demanda de
vehículos de fabricación nacional. Mientras en los últimos
años la matriculación de turismos de fabricación nacional
venía, como saben SS. SS., disminuyendo su participación en el
total de matriculaciones, debido entre otros factores al
progresivo desarme arancelario por la aplicación del Mercado
Unico, en los meses de abril a septiembre el aumento en la
matriculación de turismos de fabricación nacional, esto es, de
aquellos producidos en factorías situadas en nuestro país y,
en consecuencia, con un efecto más directo, más inmediato
también sobre el empleo, ha sido del 29,8 por ciento, lo que
ha significado superar claramente el aumento registrado en la
matriculación de turismos de importación, que se cifra en un
18,6 por ciento. Por tanto, hay once puntos de diferencia
entre la matriculación de vehículos fabricados en España en
relación con los importados, en contradicción con lo que venía
ocurriendo en los meses y años anteriores.

Quiero hacer alguna estimación también sobre el impacto
recaudatorio. Desde el punto de vista recaudatorio, las
estimaciones disponibles sobre el impacto del plan Renove I
apuntan un resultado bien distinto, desde el punto de vista
del Gobierno y de los cálculos hechos, del que a veces se ha
difundido. No quiero entrar en este momento en una
disquisición demasiado técnica, pero sí decirles que el
impacto, de acuerdo con nuestras estimaciones, es o neutro o
algo positivo, más bien algo positivo, pero, desde luego, bien
lejos de algunas estimaciones excesivamente triunfalistas que
se han difundido. Hay que tener en cuenta, por un lado, que no
es fácil estimar el impacto recaudatorio de una medida como la
contemplada, ya que el resultado depende, entre otras
cuestiones, de los supuestos, siempre discutibles, que se
realicen sobre el número de vehículos que habiéndose acogido
al plan se hubieran adquirido en todo caso y también del
horizonte temporal que se considere, ya que un incremento de
la recaudación a corto plazo puede, sin embargo, compensarse
en cierta medida con una reducción en la recaudación que en
ausencia del plan se hubiese producido a medio plazo debido al
adelanto de algunas compras para acogerse al plan. Por tanto,
es verdad que frente a una previsión de impacto negativo
recaudatorio en este momento puedo decirles con alguna
seguridad que el impacto no ha sido negativo, desde el punto
de vista presupuestario, aunque está bien lejos de algunas de
las cifras multimillonarias que se han difundido.

El nuevo plan que se articula con el Real Decreto-ley
incorpora, no obstante, una serie de modificaciones respecto
al plan vigente. En primer lugar, se amplía el parque de
vehículos que potencialmente pueden darse de baja para
acogerse al plan. La reducción de diez a siete años de la
antigüedad mínima del vehículo que debe darse de baja supone
que el parque de vehículos potencialmente beneficiario se
incrementa en un 35 por ciento, 1,7 millones de unidades,
respecto al plan Renove I. Y aunque la medida tiende a ser más
eficaz conforme aumenta la edad de los vehículos, debido a la
diferencia de cotización en el mercado de segunda mano de los
vehículos de más edad, la ampliación de 1,7 millones



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de unidades en el parque de potenciales beneficiarios no
dejará, sin duda, de tener eficacia. En segundo término, el
nuevo plan reduce de 100.000 a 80.000 pesetas la deducción en
la cuota del impuesto especial sobre determinados medios de
transporte que se concede para acogerse al mismo. Finalmente,
el Real Decreto-ley, que ahora se somete a su consideración,
contempla una medida específica de apoyo a la renovación del
parque de turismos de las empresas de alquiler de vehículos al
reducirse, durante la vigencia del plan, de cuatro a dos años
el número de los necesarios para que los vehículos de turismo
adquiridos por estas empresas, dedicadas a este específico
negocio, que se desafecten de la actividad del alquiler se
puedan beneficiar de la aplicación de un tipo impositivo cero
en la autoliquidación del mencionado impuesto especial.

Por tanto, en primer lugar, extensión del ámbito de
aplicación, en segundo lugar, medidas específicas en relación
con las empresas de alquiler, teniendo en cuenta la importante
contribución de estas empresas a las nuevas matriculaciones en
el período inmediatamente anterior y el efecto negativo que
pudiera derivarse de una insuficiente atención a su incidencia
en la demanda; y en tercer lugar, como corresponde, por otro
lado, al hecho de que hay ya una recuperación, bien que
insuficiente en todo caso innegable, en la demanda autónoma
producida en el sector de vehículos, una reducción de la
ventaja individual para acogerse al plan compensada --más que
compensada, diría yo-- con la extensión del ámbito.

Este es en esencia, señorías, el conjunto de medidas que
integran el Real Decreto-ley. Yo espero que su configuración
pueda contribuir a los efectos que se presumen va a producir:
un mantenimiento de la demanda, una renovación, un aumento en
la seguridad, una mejora en el medio ambiente y, al mismo
tiempo, efectos indirectos sobre la producción y efectos sobre
el empleo como parte de una política, que no puede
generalizarse, de sostenimiento de la demanda de carácter
coyuntural y que debe ser, naturalmente, ralentizada --o, si
quieren ustedes, suavizada-- en la medida en que el estímulo
general o la recuperación autónoma de la economía vaya
ejerciendo sus efectos. Las motivaciones de llevar a cabo
estas medidas por Real decreto-ley son, naturalmente, las
mismas que inspiraron el anterior: el efecto sin duda perverso
que en las expectativas y en el mercado tendría un proceso de
debate como el que se podría configurar alrededor de una ley
ordinaria y, sobre todo, el carácter de medidas estrictamente
coyunturales que tienen las que ahora se someten a su
consideración.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): ¿Algún grupo quiere
consumir un turno en contra de la convalidación del Real
Decreto-ley? (Pausa.)
¿Grupos que deseen fijar su posición? (Pausa.) Por el Grupo
Mixto tiene la palabra el señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente.

Quiero anunciar nuestro voto positivo a la convalidación de
este Real Decreto-ley y, además, quiero utilizar la palabra
felicitación o por lo menos reconocimiento por el éxito que ha
tenido la iniciativa que nos ha contado el señor Ministro. Muy
pocas veces podemos tener tan a corto plazo resultados tan
importantes de una acción política que verdaderamente ha
tenido una incidencia en el consumo, así como en diferentes
facetas de la producción: no sólo en el producto final que es
el automóvil, sino también en todo el sector que
indirectamente colabora con la producción del automóvil.

Consideramos muy importante, y también de ahí nuestro voto
positivo a esta convalidación del Real Decreto, la necesidad
de continuar la aplicación de medidas similares, quizá un poco
regateadoras; tal vez esas 80.000 pesetas podrían haber sido
un poco más generosas.

Por eso le vamos a pedir al señor Ministro, y también al
Gobierno, que estudie la posibilidad de poder tramitar este
Decreto como proyecto de ley, porque consideramos que con un
consenso general y con una posibilidad de acuerdo de todos los
grupos políticos podría ser mejorado precisamente para volver
a reconocer en este mismo hemiciclo dentro de muy pocos meses
la influencia que vaya a tener la nueva medida no solamente en
una parte del sector del automóvil sino, yo diría, en todo el
sector, que puede extenderse a camiones, camionetas,
furgonetas, sector industrial e incluso el mismo de las
motocicletas. Yo pediría este reconocimiento para la
tramitación como proyecto de ley dado que esta medida llega a
ser tan importante en el contexto del Estado que supone la
participación del Parlamento como reconocimiento a una medida
incentivadora de un sector que hasta ahora ha estado
deprimido.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Albistur. Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria
tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías,
Coalición Canaria valora la necesaria oportunidad y valora
positivamente la iniciativa que ha tomado el Gobierno con este
Real Decreto-ley al que nosotros, como digo, vamos a dar
nuestro apoyo para su convalidación ante el Parlamento, y
quisiera hacerle al señor Ministro, aquí presente, las
siguientes observaciones al respecto, hechas desde la óptica
del marco legislativo fiscal e industrial de la Comunidad
Autónoma de Canarias.




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Ya cuando debatimos aquí la famosa Ley de Impuestos Especiales
de 1992 defendí una enmienda a los efectos del Impuesto de
Matriculación de Vehículos, que allí tiene un carácter
finalista y es ingresable en las arcas no de la Hacienda
pública del Estado sino de la comunidad autónoma, aunque el
órgano gestor de la recaudación del impuesto es la propia
Administración de Hacienda del Estado. Y digo esto, señor
Ministro, porque la disposición adicional única de este Real
Decreto-ley hace referencia al famoso modelo 567 de la Orden
Ministerial (no es de su Departamento, pero se lo digo para
que se lo haga saber a su colega, el señor Solbes)
del Ministerio de Economía y Hacienda, de 20 de abril, que es
la que regula el modelo 526, y ese modelo 526, tal como se
publica en el Boletín Oficial de Estado de 22 de abril, cuando
habla de los tipos impositivos se refiere al tipo general
península-Baleares del 13 por ciento, el 0 de Ceuta y Melilla,
que no hace cuestión, y el 11 por ciento de Canarias. Aunque
hay una advertencia, afortunadamente recogida en el Real
Decreto-ley, en la disposición segunda del artículo 1.ø cuando
dice que el impuesto que sea exigible a un tipo diferente se
hará con la multiplicación de un módulo de 6.153, que será el
aplicable a Canarias en este caso. Que se modifique por los
servicios del Boletín Oficial del Estado, por la orden
correspondiente del Ministerio de Hacienda, señor Ministro, la
circular 567 que, de paso, debería corregir también las
primeras páginas que hablan de la Comunidad Económica Europea
cuando nos debemos referir a la Unión Europea. Salvado esto,
para no introducir un confusionismo fiscal y de liquidación en
el ámbito del Archipiélago canario cuando se tenga que hacer
la liquidación, se deben hacer las correcciones pertinentes en
la última hoja del modelo 567 de instrucciones, porque se ha
modificado esa Orden Ministerial con este Real Decreto, señor
Ministro, porque el modelo 567 hace referencia a las 100.000
pesetas y a las 84.600 pesetas que entonces estaban en el
Archipiélago canario, cuando ahora pasan a ser 80.000, por un
lado, y lo que resulte de multiplicar por la cifra que trae el
Real Decreto-ley, que se transforma en el área de Canarias en
67.683. Se debe corregir para que esto quede aclarado a todos
los efectos fiscales.

Dos observaciones más, señor Ministro, por este diferencial
que existe con Canarias. Que se mantenga la mejor relación,
como se viene manteniendo, con la Consejería de Economía y
Hacienda, ya que hay un detrimento de la recaudación fiscal
canaria, que le viene impuesta por la propia Ley de 1992,
porque la caja de ingresos de la Comunidad Autónoma de
Canarias se va a encontrar con que la Delegación Territorial
de Hacienda le pasa la liquidación de un impuesto de
matriculación de vehículos a la baja.

También nos parece oportuno, señor Ministro, que se haya
introducido un trato de consideración a las empresas de
alquiler de automóviles de turismo. Esto es importante,
fundamentalmente en áreas turísticas españolas como son los
dos archipiélagos, Baleares y en este caso Canarias, o algunas
otras zonas de la costa mediterránea.

Sí quisiéramos que, al desafectarse vehículos con dos años de
las empresas de alquiler (que se las beneficia porque ellas
son, como bien ha dicho el señor Ministro, las que están
tirando, en un componente de la demanda de adquisición, de
nuevos vehículos en renovación del parque), el Ministerio de
Industria, junto a las exigencias que trae el artículo 3.ø, en
su punto 3, del visado de la Administración Tributaria, por el
tratamiento a que habitualmente son sometidos estos vehículos
por los usuarios, que no son sus propietarios, exija, señor
Ministro, la inspección rigurosa de la ITV. Nos podríamos
encontrar con que, al dejarlo sólo en dos años, esos vehículos
no están dentro de la obligatoriedad de la Inspección Técnica
de Vehículos, porque ni siquiera tienen los cuatro años de
matriculación, que es cuando la pasan ahora.

¿Qué garantías damos ahora a un adquiriente de un coche
desafectado de una empresa de alquiler de coches de turismo?
Estos coches en su mayoría padecen un mal trato, dado por los
propios usuarios y lo reconocen las compañías de alquiler de
coches, a las que este Real Decreto va a beneficiar. Señor
Ministro, que sea muy rigurosa la Inspección Técnica de
Vehículos, mediante una disposición que dicte el Ministerio de
Ha cienda, de acuerdo con las consejerías de Industria de los
gobiernos autónomos, sobre todo donde hay muchas agencias de
coches de alquiler, como ocurre en el Ar chipiélago canario,
para que un usuario que se benefi cie de esto no vaya a tener
un vehículo con alto riesgo en sus componentes mecánicos.

Nada más, señor Ministro, que colaborar a que se ha ya
reducido a siete años y que se pueda hacer de una manera que
no cree a comunidades autónomas como la canaria un problema
que ya se está detectando, se ñor Ministro, y es qué se hace
con el desguace, con el achatarramiento.

En el Archipiélago canario, al ser beneficiado por este
Decreto, los cabildos insulares se van a encontrar con que van
a tener que preparar zonas donde llevar los vehículos para
chatarra, porque como no hay industria siderúrgica --supongo
que esto le pasará también al Archipiélago balear--, tendrán
que pagar unos fletes extra para desprenderse de un material
contaminante del medio ambiente, para llevar los vehículos
destinados a chatarra cuyos usuarios son fundamentalmente las
fundiciones de la industria siderúrgica. Que se estudie, con
la mayor inteligencia y generosidad por parte del Gobierno de
la nación, cómo solucionan este problema las comunidades
autónomas insulares periféricas, que se van a encontrar con un
montón de chatarra que hay que sacar de allí porque no hay
industria siderúrgica para su transformación.




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Dichas estas observaciones, considerando positivo este Real
Decreto-ley, damos nuestro voto de apoyo para su
convalidación.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Mardones.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Molins.




El señor MOLINS I AMAT: Muchas gracias, señor Presidente, con
toda brevedad.

El Grupo Parlamentario de Convergència i Unió apoyará la
convalidación de este Real Decreto-ley sobre incentivos
fiscales de carácter temporal para la renovación del parque de
vehículos de turismo; Real Decreto-ley que es consecuencia de
las medidas iniciadas en mayo de 1994 que tan buenos
resultados han dado en el sector del automóvil, y no sólo en
el sector del automóvil. De hecho, este sector, a través de
dichos incentivos de mayo de 1994, ha podido incrementar las
ventas de vehículos, pero además, por su parte, la Hacienda
pública, gracias a ese incremento de las ventas provocadas por
estos incentivos, ha dispuesto de unos ingresos marginales muy
superiores a los presupuestados, por lo que puede afirmarse
que esa medida fiscal fue extraordinariamente acertada. Por
una parte, incentivó la actividad económica y, por otra, su
aplicación ha supuesto un incremento de ingresos fiscales para
el Estado.

Desde nuestro Grupo Parlamentario estamos convencidos de que
los incentivos que hoy se presentan a nuestra convalidación y
contemplados en ese Real Decreto (esas 80.000 pesetas para
vehículos de más de siete años de antigüedad) permitirán, en
primer lugar, al incrementar las ventas del sector, crear
nuevos puestos de trabajo o, como mínimo, consolidar los
puestos de trabajo existentes que estaban en peligro de
extinción con la crisis del sector; en segundo lugar, esta
medida puede mejorar la seguridad vial, pues la renovación del
parque de automóviles permite, con las nuevas tecnologías de
los nuevos vehículos, reducir el número de accidentes; en
tercer lugar, pensamos que esta modernización del parque de
automóviles puede mejorar también el medio ambiente, ya que la
sustitución de los viejos vehículos por otros nuevos supondrá
un menor impacto contaminante.

Por otra parte, el achatarramiento de los vehículos de más de
siete años, condición indispensable en este plan Renove,
llevará al fomento de una industria de reciclaje para los
materiales del sector del automóvil, que nos parece también
una buena consecuencia de estos incentivos.

Desearíamos hacer notar también, en la consideración a la hora
de convalidar este Real Decreto, el beneficio fiscal a que
pueden acceder las empresas dedicadas a la actividad de
alquiler de vehículos si desafectan dicho vehículo de dicha
actividad, siempre y cuando lleven más de dos años en la
misma.

En resumen, señor Presidente, señorías, nuestro Grupo
Parlamentario con su voto afirmativo va a procurar la
convalidación de este Decreto ley.

Podríamos plantearnos también la tramitación como proyecto de
ley de este Real Decreto. Nuestro Grupo in siste en este
momento en que no nos parece conveniente esa tramitación,
respetando obviamente cualquier otra idea al respecto, porque,
en primer lugar, de tramitarse como proyecto de ley, una
consecuencia inmediata podría ser el efecto no deseado de que
el usuario a quien van dirigidos estos incentivos no se acoja
a los mismos a la espera de que en la posible tramitación como
proyecto de ley pudieran mejorarse las condiciones que el Real
Decreto contempla; por otra parte, si creyéramos que medidas
similares a las que en este momento se van a tomar en el
sector del automóvil de turismo pudieran ser necesarias para
otro tipo de vehículos, nuestra propuesta sería incitar a la
voluntad del Gobierno a través de otros mecanismos parlamen
tarios--mociones o proposiciones no de ley-- pero no a través
de la discusión como proyecto de ley de este Real Decreto, ya
que, insistimos, estamos absolutamente convencidos de que para
que su entrada en vigor sea eficaz y produzca los efectos que
todos deseamos no debe ser tramitado como proyecto de ley.

En definitiva, señor Presidente, convalidaremos con nuestro
voto este Real Decreto y con nuestro voto tam bién nos
opondremos a su tramitación como proyecto de ley.

Muchas gracias, señor Presidente, señoras y señores Diputados.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Molins.

Para fijar la posición del Grupo de Izquierda Unida Iniciativa
per Catalunya, tiene la palabra el señor Espasa.




El señor ESPASA OLIVER: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, votamos favorablemente el llamado plan Renove I y
mantuvimos iniciativas legislativas en forma de preguntas
orales en Comisión para proponer al Gobierno que prolongase el
plan Renove I. Por lo tanto, es lógico que hoy anunciemos que
vamos a votar favorablemente este Real Decreto-ley que viene a
representar una prolongación, con algunas modificaciones que
el señor Ministro ya ha detallado, de lo que fue buena
iniciativa plasmada en el Real Decreto conocido popularmente
como Renove I.

Fue una iniciativa buena porque incentivaba la demanda.

Era buena porque aseguraba una renovación de un parque
automovilístico muy envejecido en nuestro país. No en vano
nuestro país, comparado con la media de la Unión Europea,
tiene un nivel de renta de un



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20 o 25 por debajo. Eso se traduce en muchos aspectos, también
en que el parque automovilístico español sea proporcionalmente
bastante más viejo que el europeo, y esto nos ha permitido
renovarlo; renovación que ha mejorado el nivel medio de
seguridad vial y que ha mejorado, sobre todo, el nivel medio
de combustión de los motores de explosión y, por lo tanto, yo
diría que ha mejorado el impacto medioambiental de una forma
importante.

También ha servido, como el propio Ministro subrayaba, y
quiero referirme especialmente a este aspecto, para que la
mayoría de los vehículos comprados al amparo de este Real
Decreto-ley, que ahora prolongamos con el que vamos a
convalidar, hayan sido fundamentalmente vehículos producidos
en España; me gustaría mucho más decir producidos por
industria española, pero gracias a unas determinadas políticas
que ha practicado este Gobierno ya sólo podemos hablar de
vehículos producidos en España. El Ministro decía, fíjense
ustedes como esto ha ido bien, el 28 por ciento del total, del
35 por ciento de renovación de vehículos, es de producción en
España.

Nos felicitamos también con el Ministro de este extremo.

Esto ha permitido perder menos puestos de trabajo en el
sector.

Pero yo quisiera subrayar a la Cámara y al señor Ministro que
estamos de acuerdo con él en que una medida de incentivación
de la demanda sólo puede ser coyuntural, sobre todo cuando se
trata de una rebaja en la imposición fiscal. No estaríamos de
acuerdo con otras fuerzas de la derecha que ven toda la
solución de los problemas de la industria española y de la
economía española en la rebaja sistemática de la recaudación
fiscal. No compartimos este criterio; lo podemos compartir
sólo como una medida concreta y coyuntural para unos meses.

Pero quisiera dar la vuelta al argumento señalándole al
Ministro, al Grupo Socialista y a toda la Cámara que la
demanda se activa, en este caso, por rebaja fiscal o --como
nuestro Grupo diría-- por incremento de la capacidad de
compra, es decir, por no congelar las rentas públicas y
privadas, como este Gobierno hace sistemáticamente; ahora, por
primera vez, ha pactado una elevación de rentas públicas y de
pensiones en los Presupuestos de este año, pero ha tenido
congeladas las rentas dos años. Aquellos polvos traen estos
lodos, señor Ministro, y después usted tiene que hacer un
decreto que rebaja la presión fiscal en un determinado
segmento, el de los vehículos de automóviles, y enseguida la
demanda se eleva; cuando aumenta todo va mejor, incluso el
impacto fiscal es neutro o positivo, como usted decía. Yo le
digo que todo esto lo podríamos hacer aumentando más la
capacidad de demanda en general en España, es decir, no
haciendo una política tan contraria a las rentas del trabajo,
a las rentas públicas de todo tipo que este Gobierno directa o
indirectamente puede controlar.

Los argumentos de los que usted se felicitaba, y que comparto,
se deben utilizar, con mayor razón, en otra linea.

Por esto, nosotros vamos a votar favorablemente y por esto
también no vamos a votar afirmativamente el que se pueda
tramitar como proyecto de ley este Decreto, porque creemos que
la medida para ser efectiva ha de ser claramente circunscrita
en el tiempo y, por lo tanto, nos hubiese gustado cualquier
debate sobre incorporación de otros vehículos, por ejemplo,
las motocicletas. Hay una enmienda en los Presupuestos que
podría servir de soporte a esta idea que compartimos. Variar
la cantidad que se pueda recibir, las 80.000 pesetas, o
cambiar el plazo fijado ahora en 7 años introduciría incerteza
en la demanda y, por lo tanto, el efecto buscado por el
Decreto se iría a pique. Por esta razón única, pero creemos
que importante, fundamental, no vamos a votar favorablemente
la posible tramitación como proyecto de ley de este Decreto.

En conjunto, pues, es una medida positiva por todas las
razones que hemos dicho. Aceptamos la rebaja de recaudación
fiscal porque es temporal y subrayamos que el incremento de la
demanda producida por esta rebaja de recaudación fiscal
tendría un efecto mucho más sostenido y continuado si el
incremento de la capacidad de demanda fuera debido a que,
desde el Gobierno, se impulsasen políticas económicas en el
sector industrial y política de rentas que asegurasen una
mayor capacidad de compra de todos los españoles.

Entonces no harían falta planes sectoriales tipo Renove I o
Renove II, que han estado bien, y porque han estado bien los
vamos a votar.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Espasa.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Gámir.




El señor GAMIR CASARES: Señor Presidente, señorías, el Grupo
Parlamentario Popular va a apoyar la convalidación de este
Real Decreto-Ley y simultáneamente va a solicitar que se
tramite como proyecto de ley.

Nuestro voto favorable es lógico; los hechos son tozudos y los
hechos son que esto proviene de una propuesta del Grupo
Popular. Marzo de este año: el Ministro de Industria rechaza
expresamente la opción de primas de achatarramiento para los
propietarios de vehículos viejos que adquieran vehículos
nuevos. Al mismo tiempo, el Partido Popular presenta una
opción con esta medida exactamente, a la vista del éxito que
estaba teniendo en Francia. Abril del mismo año: el Grupo
Parlamentario Socialista vota en contra de esa moción en esta
Cámara simultáneamente a las fechas en que el Gobierno
presenta un Decreto-ley con el plan Renove. De forma que,
coherentes con nosotros mismos, vamos a votar algo que
proviene de nuestro Grupo Parlamentario y respecto al cual ha
sido, cuando menos, contradictoria la postura del Ministro de
Industria.




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El plan Renove ha tenido éxito, y si ha tenido éxito lo que no
entendemos es por qué no se renueva --entre comillas-- el plan
Renove en su totalidad. Parece que ello se debe, según
declaraciones del Ministro de Industria, a que no podía
renovarlo íntegramente. Aquella frase de que cuando acierta
mejor el Gobierno socialista es cuando rectifica, no se ha
cumplido aquí, porque, habiéndolo mantenido, sin duda hubiera
favorecido a los consumidores, hubiera favorecido a los
productores en la más amplia gama, que va desde los
concesionarios hasta las fábricas, y hubiera favorecido, como
se ha visto, a la Hacienda pública.

Este caso, además, es importante y simbólico porque muestra
cómo muchas veces reducciones de impuestos, para calcular la
merma en la recaudación, no se pueden hacer de la manera
simplista en que lo hace a veces el Gobierno socialista, y que
lo hizo ayer en unas declaraciones del Ministro Solbes que
salen hoy, porque igual que en este caso una reducción de
impuestos ha llevado a un incremento de recaudación, en otros
una reducción de impuestos lleva a una merma de recaudación
mucho menor, por el juego conocido de las elasticidades y por
sus efectos sobre la economía real productiva y el incremento
de las bases, tema muy pocas veces tomado en cuenta por el
Gobierno socialista.

De otro lado, nos encontramos con que no está funcionando el
plan Renove para camiones, y esto es claro (lo dicen tanto los
fabricantes de camiones como las entidades financieras), como
indudablemente tampoco van a funcionar las medidas
relacionadas con tractores. Y es cierto que es fuertemente
criticable que a un sector, que en este momento tiene la grave
crisis por la que está pasando el sector de las motocicletas,
se le haya introducido (para aquellas entre 75 y 125
centímetros cúbicos y a pesar de la reducción del IVA para las
de menos de 50 centímetros cúbicos) la tasa de matriculación,
que es casi dar la puntilla a un sector que está cayendo
radicalmente en sus ventas. Por otra parte, lo que al final es
necesario es reducir el impuesto de matriculación, porque sin
esa reducción discriminamos todo nuestro sector de automoción
en relación a otros países que cuentan en sus mercados
nacionales con una imposición menor, lo cual les permite una
mayor base en sus mercados nacionales y economías de escala en
su exportación.

Nosotros defendemos convalidar este Real Decreto-ley y que
pase a tramitarse como proyecto de ley, y lo hacemos con el
siguiente compromiso, que es no tocar aquellas medidas que
podrían retraer la demanda. No estamos de acuerdo con la
rebaja de las 80.000 pesetas, pero proponemos no tocarlo. No
estamos de acuerdo con la tasa de matriculación, pero
proponemos no tocarla. Ahora bien, hay cuestiones, como
introducir en una misma ley el tema de los coches y el tema de
las motocicletas, que esta Cámara piense en sistemas más
eficaces para camiones y para tractores, el tiempo de
duración, el problema del achatarramiento antes mencionado,
que no detraen en absoluto la demanda y que serían un
instrumento mucho más eficaz para la eco nomía real productiva
en este país.

Hace seis meses, el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista se declaraba en contra de que se tramitara como
proyecto de ley el entonces Decreto-ley con las siguientes
palabras: Este Decreto estará en vigor durante seis meses y su
tramitación como proyecto de ley supondría que la ley saldrá
aprobada en el momento en que el propio Decreto ya no estaría
en vigor. Hemos visto que esto no ha sido cierto, esto ha sido
profundamente inexacto, por la renovación que hoy se plantea.

Lo que proponemos es que, sin tomar medidas que retraigan la
demanda, podamos tener una ley --porque no sabemos si dentro
de seis meses se nos va a proponer otra nueva renovación y
otro Renove-- que encauce todas las medidas que necesita el
sector.

Como nota final, señor Ministro, una vez más y sin acritud, yo
le rogaría que cesara en sus contradictorias manifestaciones
sobre la tasa de matriculación en nuestro país. La verdad es
que son amplias. Tengo aquí continuas declaraciones suyas --
nada menos que desde octubre pasado hasta la actualidad; las
últimas son de hace unos días-- en las que dice que hay que
bajar la tasa de matriculación, y a veces rectificaciones.

Señor Ministro, con sus declaraciones, usted lo que hace es
crear un efecto anuncio negativo sobre el sector, porque en el
grado en que sus declaraciones tienen credibilidad, es cuando
realmente, entonces sí, se detraen las ventas. Señor Ministro,
sus continuas declaraciones contradictorias sobre la tasa de
matriculación han creado una falta de credibilidad en usted
mismo, como Ministro de un Gobierno al que no le sobra
precisamente credibilidad. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Marsal.




El señor MARSAL I MUNTALA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, nuestro Grupo Parlamentario, como el resto de los
grupos, va a votar afirmativamente la convalidación de este
Real Decreto-ley, que tiene un antecedente llamado
popularmente el Renove I, que fue presentado por el Gobierno
también a través de un Decreto-ley, que es la única manera de
presentar medidad de estas características, en el momento
oportuno; ni antes ni después, sino en el momento más oportuno
para la situación del sector. Los efectos del Renove I, tal
como se exponía en el momento en que fue convalidado por todos
los grupos, han sido positivos. Por lo tanto, el carácter
positivo de este anterior Real Decreto-ley es el que hoy lleva
también, seguramente a todos los grupos, a convalidar este
nuevo Real Decreto-ley. Han sido efectos



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positivos para el conjunto del sector, para el mantenimiento
de lugares de trabajo e incluso para cierta creación de algún
lugar de trabajo. Algunos datos proporcionados por la propia
patronal del sector sitúan en cerca de unos tres millones de
horas adicionales --no sé si los datos pueden estimarse
correctos, pero como tendencia, valen--, que han evitado
reestructuraciones en el sector; esto también es importante.

Ha sido también beneficioso para los usuarios, para la mejora
de su seguridad y para la mejora del medio ambiente. Ha tenido
aspectos positivos para la economía y también, aunque en una
medida que puede ser discutible su nivel, para la Hacienda
pública; en cualquier caso, lo que es evidente es que ha
tenido consecuencias neutras o mínimamente positivas, según
indicaba el Ministro, pero de esto no nos parece válido abrir
un debate globalizador sobre la bondad intrínseca, en todos
los casos, de una rebaja de impuestos. Estamos hablando de una
medida, que no podría calificarse exactamente como una rebaja
de impuestos, en un sector determinado, en un momento
determinado y, por lo tanto, sacar de ello conclusiones más
generales nos parece un poco imprudente. En todo caso, es otro
debate.

Además, después del Renove-1, por parte del Ministerio ha
habido otras acciones que nos parecen también positivas en la
línea de ampliar el Renove, en este sentido, las iniciativas
en el llamado Renove industrial, a través de otros mecanismos,
a través de mecanismos de líneas de crédito, tampoco nos
parecen improcedentes. Al mismo tiempo, se han producido otras
medidas que afectaban no directamente a los aspectos
económicos, sino también a aspectos de tipo ecológico y de
seguridad. En este sentido, todas las medidas de modificación
y de mejora de la Inspección Técnica de Vehículos nos parecen
un elemento importante a considerar por parte de esta Cámara.

Finalmente, nosotros votamos, aparte de los antecedentes,
porque creemos que este Real Decreto-ley también propone unos
objetivos y sigue unas líneas que en este momento nos parecen
adecuadas para un nuevo período determinado de tiempo y para
un sector más amplio. El paso de 10 a 7 años nos parece que es
significativo, como también nos parece que es correcto que la
cantidad a deducir sea distinta en el caso anterior y en este
caso.

De cualquier forma, para nosotros, los objetivos de seguir
estimulando la demanda de automóviles, de seguir estimulando
la renovación del parque automovilístico, ampliándolo a
1.700.000 vehículos nuevos potenciales para estos cambios, así
como la medida concreta de facilitar la renovación del parque
de vehículos de alquiler, nos parecen objetivos adecuados en
este momento.

Respecto al trámite como Real Decreto-ley, nosotros nos
ratificamos en que ésta es una medida de tipo coyuntural, que
no tiene exactamente las mismas características concretas que
el anterior y, por tanto, en una parte es continuidad, pero en
otra parte es renovación, y, en consecuencia, algunas
reflexiones que se han hecho sobre afirmaciones del debate
anterior no nos parecen correctas.

Por mucho compromiso que hubiese por parte de los Grupos
parlamentarios para no retocar alguna de las medidas y,
concretamente, la medida de las 80.000 pesetas, a nosotros nos
parece que podría seguir teniendo, y tendría, efectos
negativos y crearía disfunciones en el mercado de nueva
demanda.

Para las cuestiones que han sido planteadas por algunos Grupos
parlamentarios, el debate de un Real Decreto-ley o su
tramitación como proyecto de ley no creemos que sea
necesariamente la fórmula más adecuada y más positiva.

Nosotros creemos que elegir este mecanismo crearía
disfunciones y, por tanto, no podremos apoyar su tramitación
como proyecto de ley.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Marsal.

Finalizado el debate, vamos a pasar a la votación
correspondiente a la convalidación o derogación del Real
Decreto-ley debatido. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votación para la convalidación o
derogación del Real Decreto-Ley 10/1994, de 30 de septiembre,
de incentivos fiscales de carácter temporal para la renovación
del parque de vehículos de turismo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 306.




El señor PRESIDENTE: Queda convalidado el Real Decreto-Ley.

Votación para la tramitación como proyecto de ley por el
procedimiento de urgencia del Real Decreto-Ley convalidado.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 140; en contra, 164; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE. Queda rechazada la tramitación como
proyecto de ley.




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DICTAMEN DE LA COMISION DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS
INTERNACIONALES:



- CANJE DE NOTAS CONSTITUTIVO DE ACUERDO PARA MODIFICAR PARTE
DE LOS ARTICULOS 6, 13 y 23 del CONVENIO ENTRE EL REINO DE
ESPAÑA Y EL REINO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE PARA
EVITAR LA DOBLE IMPOSICION Y PREVENIR LA EVASION FISCAL EN
MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO,
HECHO EN LONDRES EL 21 DE OCTUBRE DE 1975 (Número de
expediente 110/000119)



El señor PRESIDENTE: Punto sexto del orden del día:
dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores relativo al
canje de notas constitutivo de acuerdo para modificar parte de
los artículos 6, 13 y 23 del Convenio entre el Reino de España
y el Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de
impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.

¿Desea algún Grupo fijar la posición en relación con este
dictamen? (Pausa.)
Vamos a proceder a la votación. Comienza la votación.

(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: vo tos
emitidos, 306; a favor, 306.

El Señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



- PROYECTO DE LEY SOBRE CONCESION DE UN CREDITO EXTRAORDINARIO
POR IMPORTE DE 1.430.541.000 PESETAS, A LA EMPRESA PUBLICA
PRERREDUCIDOS INTEGRADOS DEL SUROESTE DE ESPAÑA, S. A.

(PRESUR), PARA COMPLETAR EL PAGO DE LAS LIQUIDACIONES
DEFINITIVAS DE LA SUBVENCION DE EXPLOTACION DE LOS EJERCICIOS
1988, 1989, 1990 Y 1991 (Número de expediente 1211000058)



El señor PRESIDENTE: Punto séptimo del orden del día:
dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas.

Dictamen relativo al proyecto de ley sobre concesión de un
crédito extraordinario a la empresa pública Prerreducidos
Integrados del Suroeste de España, S. A.

(Presur), para completar el pago de las liquidaciones
definitivas de la subvención de explotación de los ejercicios
1988, 1989, 1990 y 1991.

Para defender la enmienda del Grupo Popular, tiene la palabra
el señor Hernández-Sito.




El señor HERNANDEZ-SITO GARCIA-BLANCO: Muchas gracias, señor
Presidente.

El Partido Popular presenta una enmienda al proyecto de ley
sobre la concesión de un crédito extraordinario para la
empresa pública de Prerreducidos, PRESUR. Vamos a intervenir
porque queremos que conste en el «Diario de Sesiones» la falta
de concesión a un proyecto y a unas promesas del Partido
Socialista del año 1983.

En aquel momento y antes de las elecciones, por una amenaza
que hicieron los mineros de que iban a soltar la mina, el
Presidente del Gobierno entró en la mina y ofreció claramente
que en el momento en que llegara al Gobierno, como luego
ocurrió en 1983, se iba a llevar a efecto la famosa planta de
pellets en Extremadura. Esto suponía una inversión de más de
28.000 millones de pesetas, de lo que, como verán por los
datos que les voy a dar, no se ha hecho nada.

No sólo el Presidente del Gobierno, que se retrató vestido de
minero para vender a los extremeños y engañarlos, una vez más,
con una oferta que luego no ha cumplido, sino que el entonces
Ministro de Industria, el señor Solchaga, dijo que la
rentabilidad de la planta la van a ver ustedes. He estudiado
varios informes --decía-- y no tengo datos que digan que es
irrentable.

Vamos a demostrar a España entera que esto es posible, por
muchos impedimentos que ponga la técnica. Pido que nos
comprometamos todos para tirar para adelante. Yo no vengo aquí
a hacer promesas sin posibilidad de realidad.

Os vengo a explicar la situación de un proyecto vital para los
hombres y mujeres de esta zona. Hay una voluntad política del
Gobierno--continuaba-- de que se lleve a cabo cuanto antes sin
ningún retraso. Estamos hablando del año 1982. El entonces
Presidente de la Junta dijo que en el año 1983 se pondría en
marcha la famosa planta de pellets.

Esta empresa no funciona. No se ha hecho absolutamente nada de
lo que se dijo. Y cuando desde los bancos socialistas se nos
acusa de demagogia, en ningún momento hemos hecho nosotros la
demagogia que hicieron ustedes para llegar al poder.

(Rumores.--Aplausos en los bancos del Grupo Popular.) Al
Presidente del Gobierno lo mismo le da bajar a la mina que
subirse en globo con tal de coger votos. (Aplausos en los
bancos del Grupo Popular.--Rumores.)
Cuando intervine el otro día en la Comisión, el representante
del Partido Socialista me dijo que yo venía a atacar al
Presidente y a las instituciones. Resulta que cualquier ataque
es a las instituciones. Hoy día son instituciones ya hasta el
cuñado del Presidente del Gobierno. (Aplausos en los bancos
del Grupo Popular.)
Yo fui uno de los que tuve que soportar la famosa huelga
cuando ustedes formaron un verdadero alboroto con 3.000
personas, diciendo que iban a hacer, y luego



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no hicieron nada, porque ustedes nunca hacen nada. El señor
Presidente se comprometió, una vez más. Ha faltado a su
palabra y ha engañado al pueblo extremeño, y ahora dice el INI
que no hay dinero. Las 56 personas que todavía siguen en
Presur, no en la fábrica, que ya no existe, sino en una nave
que han hecho de estudio, se ponen en huelga. No digo la frase
que dicen los 56 señores que quedan porque es una vergüenza,
pero no han cumplido nada. Y fíjense qué curioso: resulta que
hay 56 obreros y tres altos cargos de la Administración que
pertenecen al consejo de administración. De modo que lo
importante de esta empresa, como se ha demostrado por parte de
mis compañeros, es que lo que ustedes quieren tener son cargos
de administración en empresas, a pesar de que no cumplen lo
que han dicho.

Por tanto, nosotros lo que queremos aquí es resaltar y que
quede en el «Diario de Sesiones» la falta de sensibilidad del
Gobierno, después de tantos años, de ser una de las regiones
más desfavorecidas de España y una de las zonas importantes, y
se creó una expectativa que nunca se cumple. Nosotros lo que
queremos con esta enmienda es precisamente que en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado sea donde se establezca una
autorización con los límites correspondientes para emitir la
deuda pública.

Esta es la enmienda técnica, pero de lo que hay que dejar aquí
constancia es de la falta de respeto al pueblo extremeño. El
pueblo de Extremadura ha aguantado mucho y sigue aguantando.

Fíjense ustedes si aguanta todavía que después de 12 años les
seguimos aguantando a ustedes allí, cuando somos la última
provincia de España en renta y la que tiene todavía más paro
de España.

Por tanto, esto, que fue una gran expectativa, que le dio
muchos votos a don Felipe González y al Partido Socialista, se
ha convertido en una estafa más de las muchas que ustedes han
hecho al pueblo español.

Muchas gracias. (Aplausos en los bancos del Grupo Popular.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Hernández Sito.

¿Turno en contra? (Pausa.)
Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Hernández
Moltó.




El señor HERNANDEZ MOLTO: Muchas gracias, señor Presidente.

Desde el escaño, simplemente para manifiestar nuestra posición
en contra a la enmienda que ha presentado el Grupo Popular, en
la que yo no voy a insistir mucho. Le tengo más respeto al
Diputado que ha subido a la tribuna que las sonrisas a veces
irónicas de su propio Grupo para venir a entretenerse a esta
Cámara.

En ese sentido, creo que los argumentos que el señor Hernández
ha manifestado en la tribuna son recurrentes y reiterativos
cada vez que hay una oportunidad política de poderlos
manifestar.

Es evidente que aquella zona, junto con la zona de la
provincia de Huelva, desde el momento en que surgieron las
expectativas de un proyecto como el de PRESUR --por cierto,
promocionado por partido distinto del Partido Socialista
Obrero Español--, encontró después la responsabilidad de un
Gobierno de la Nación, y de un Gobierno regional, como el de
la Junta de Extremadura, que, de una forma directa o
indirecta, encontró en aquella zona el amparo, los estímulos,
la generación de actividad económica y de empleo, que desde
luego hace que en este momento el argumento de ataque y de
denuncia de PRESUR sea tan sólo una estrategia electoral,
porque la declaración de zona industrial en declive, así como
las actuaciones que la propia Junta de Extremadura ha hecho
para declarar aquella zona de acción especial, sin duda alguna
hace que los ciudadanos --y así lo vienen manifestando
elección tras elección-- hayan sentido el amparo, la ayuda y
la solidaridad de los Gobiernos extremeños y de España.

Dejando al margen esta reflexión, que nada tiene que ver ni
con el proyecto de ley ni con la enmienda que se ha
presentado, ya tuve ocasión de decirle al señor Hernández-Sito
que si su voluntad real era la de que se pagara el crédito
extraordinario, la enmienda que el Partido Popular presenta
hace de imposible cumplimiento su realización. En este
sentido, en la Comisión y hoy mismo le invito a retirar esa
enmienda, porque técnicamente hace imposible que la subvención
llegue a su destinatario.

Por tanto, el Grupo Parlamentario Socialista, que de verdad
quiere que se paguen las subvenciones a PRESUR, mantiene el
texto del proyecto de ley, porque simplemente con la
iniciativa del Grupo Popular, que ya sé que no era una
iniciativa mediada, sino simplemente la excusa para tener la
oportunidad de subir a la tribuna y reiterar lo que tantas
veces se reitera en Extremadura, con su iniciativa sería
inviable e imposible la ejecución de ese crédito.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Hernández Moltó.

El señor Hernández-Sito tiene la palabra. (Rumores.)
Silencio, señorías.




El señor HERNANDEZ-SITO GARCIA-BLANCO: No me animen ustedes,
porque me encanta que me chillen.

Señor Hernández Moltó, yo le tengo una simpatía --y usted lo
sabe-- personal y un gran respeto, pero en estos debates yo
voy al degüello, políticamente hablando.

(Rumores.--Risas.)



El señor PRESIDENTE: ¡Silencio, señorías!



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El señor HERNANDEZ-SITO GARCIA-BLANCO: Señor Presidente, si no
me chillan, no me animo.

Yo no voy a emplear las expresiones que usted ha utilizado,
porque usted es un gran parlamentario, un parlamentario duro
que no deja dar la salida a nadie; usted, cuando coge bien un
toro, lo machaca. (Risas.)
Usted, que llevó a los altares al Gobernador del Banco de
España y que después, al poco tiempo, lo degolló y lo mandó a
los infiernos... Yo no voy a hacer lo mismo que usted. Pero
usando las mismas palabras que usted utilizó: Míreme fijamente
a los ojos, señor Hernández Moltó. (Rumores y risas.--Aplausos
en los bancos del Grupo Popular.) A ver si ahora es capaz de
decirme usted que el Presidente del Gobierno no nos engañó a
los extremeños. Dígamelo usted. Porque si usted dice aquí, en
este momento, que no nos engañó, entonces no le hablaría de
cinismo político, sino que le hablaría de otras cosas más
graves que no es el momento ni el sitio para expresarlas.

Fíjese usted bien en mí y dígame si ha engañado el Presidente
al pueblo extremeño.

Muchas gracias. (Aplausos en los bancos del Grupo Popular.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Hernández-Sito.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

El Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya va a apoyar el proyecto de crédito
extraordinario y a votar en contra de la enmienda del Grupo
Parlamentario Popular.

Lo que viene aquí a la Cámara es un crédito extraordinario
para hacer frente a un contrato-programa del año 1988 a 1991;
por tanto, no entra a discutir el fondo de la actuación de la
propia empresa. Pero es que el problema que para Izquierda
Unida trae este crédito extraordinario --que a pesar de ello
lo vamos a votar-- es una deuda contraída por el Gobierno
durante los años 1988 a 1991, que tiene un informe de la
Intervención General del Estado del año 1992 y que, sin
embargo, el crédito extraordinario ha tardado año y pico en
venir aquí. Este crédito extraordinario tendría que haber
venido el año pasado, junto con todos los otros créditos
extraordinarios que vinieron en el año 1993, pero, como eso
hubiera disparado los números, se ha preferido traerlo más
tarde. Es más, este crédito extraordinario que vamos a votar
favorablemente, porque es un déficit que tenemos con la
empresa, no ha servido para que el contrato-programa se
cumpla. Las inversiones del contrato-programa solamente se han
cumplido en un 60 por ciento. Y no sólo no se han creado los
200 puestos de trabajo que se anunciaban sino que se han
creado puestos de trabajos eventuales. En suma, el contrato-
programa que hoy finiquitamos con este crédito extraordinario
no ha servido para dar cumplimiento a lo que se comprometió el
propio Estado con la empresa PRESUR. No hemos cumplido los
objetivos de inversión en la actividad económica ni de puestos
de trabajo que se habían anunciado en el mismo.

A pesar de todo ello, nosotros apoyamos la concesión de ese
crédito porque es una deuda que tenemos contraída y que no
podemos evadir. Sea quien sea quien gobierne, a esto hay que
hacerlo frente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ríos.

Vamos a proceder a la votación.

Enmienda del Grupo Popular a este proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 286; a favor, 125; en contra, 160; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Votación correspondiente al dictamen de la Comisión.

Comienza la votación (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 286; a favor, 285; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




-- PROPOSICION DE LEY SOBRE MODIFICACION DEL ARTICULO 9.1 DE
LA LEY 29/1990, DE 26 DE DICIEMBRE, DEL FONDO DE COMPENSACION
INTERTERRITORIAL (Número de expediente 124/000004)



El señor PRESIDENTE: Dictamen relativo a la proposición de Ley
sobre modificación del artículo 9.1 de la Ley 29/1990, de 26
de diciembre, del Fondo de Compensación Interterritorial.

Como no se han mantenido enmiendas a esta proposición de ley,
vamos a proceder a la votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos emitidos, 285; a favor, 285.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Se levanta la sesión.




Eran las dos y treinta minutos de la tarde.