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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 71, de 12/05/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1994 Núm. 71 V Legislatura
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 70
celebrada el jueves, 12 de mayo de 1994



Página



ORDEN DEL DIA:



Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados. (Sesión
secreta):



--Dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados sobre
declaraciones de actividades de Excmos. Sres. Diputados
(números de expedientes 004/000210; 004/000241; 004/000114 y
004/000033)



Convalidación o derogación de Reales Decretos-Leyes:



--Real Decreto-Ley 4/1994, de 8 de abril, de medidas
transitorias y urgentes de carácter fiscal para la renovación
del parque de vehículos de turismo. («Boletín Oficial del
Estado», número 87, de 12 de abril de 1994) (número de
expediente 130/000015) (Página 3522)



Enmiendas del Senado:



--Proyecto de Ley de modificación de la Ley 5/1984, de 26 de
marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de
refugiado. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A,
número 16.1, de 30 de julio de 1993 (número de expediente
121/000002) (Página 3522)



Página 3516




--Proyecto de Ley de Medidas Urgentes de Fomento de la
Ocupación. (Procedente del Real Decreto-Ley 18/1993, de 3 de
diciembre). «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie
A, número 41.1, de 4 de enero de 1994 (número de expediente
121/000030) (Página 3537)
--Proyecto de Ley por la que se modifican determinados
artículos del Estatuto de los Trabajadores y del texto
articulado de la Ley de Procedimiento Laboral. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número 42.1, de 4
de enero de 1994 (número de expediente 121/000032)
(Página 3537)
--Proyecto de Ley Orgánica por la que se incluye una
Disposición Adicional Cuarta en la Ley Orgánica 11/1985, de 2
de agosto, de Libertad Sindical. «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Serie A, número 57.1, de 29 de marzo de
1994 (número de expediente 121/000044) (Página 3537)



Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre
Convenios Internacionales:



--Segundo Protocolo por el que se atribuyen al Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas determinadas competencias
en materia de interpretación del Convenio sobre la Ley
aplicable a las obligaciones contractuales, abierto a la firma
en Roma el 19 de junio de 1980, hecho en Bruselas el 19 de
diciembre de 1988. «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Serie C, número 76.1, de 14 de febrero de 1994 (número de
expediente 110/000068) (Página 3553)
--Convenio relativo a la competencia judicial y a la ejecución
de Resoluciones judiciales en materia civil y mercantil y de
los Protocolos y Declaraciones anejos, hecho en Lugano el 16
de septiembre de 1988. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie C, número 77.1, de 14 de febrero de 1994
(número de expediente 110/000069) (Página 3553)
--Convenio Europeo sobre Coproducción Cinematográfica (número
147 del Consejo de Europa), hecho en Estrasburgo el 2 de
octubre de 1992 y Declaración formulada por el Gobierno
español. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie C,
número 78.1, de 14 de febrero de 1994 (número de expediente
110/000070) (Página 3553)
--Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno
de los Estados Unidos de América sobre Asistencia Técnica en
materia de Aviación Civil, hecho en Madrid el 30 de diciembre
de 1993. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie C,
número 79.1, de 14 de febrero de 1994 (número de expediente
110/000072) (Página 3553)
--Acuerdo entre el Reino de España y la Organización Marítima
Internacional relativo a la celebración en Torremolinos
(Málaga) de la Conferencia Internacional para la Adopción del
Protocolo al Convenio de Torremolinos de 1977 sobre seguridad
de los buques pesqueros, hecho en Londres el 12 de enero de
1993. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie C,
número 80.1, de 14 de febrero de 1994 (número de expediente
110/000073) (Página 3553)
--Acuerdo para la Promoción y Protección recíprocas de
Inversiones entre el Reino de España y la República del
Paraguay, firmado «ad referendum» en Asunción el 11 de octubre
de 1993. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie C,
número 84.1, de 21 de febrero de 1994 (número de expediente
110/000076) (Página 3553)
--Convenio entre el Reino de España e Irlanda para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de
impuestos sobre la renta y las ganancias de capital, hecho en
Madrid el 10 de febrero de 1994. «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Serie C, número 91.1, de 15 de marzo de
1994 (número de expediente 110/000081) (Página 3553)
--Canje de Notas por el que se prorroga el Acuerdo entre
España y los Estados Unidos de América sobre Cooperación
Científica y Técnica en materia de apoyo a los programas de
exploración lunar y planetaria, y de vuelos espaciales
tripulados y no tripulados, firmado en Madrid el 29 de enero
de 1964. «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie C,
número 92.1, de 15 de marzo de 1994 (número de expediente
110/000082) (Página 3553)
--Canje de Notas de 9 de noviembre de 1993 constitutivo de
Acuerdo, entre el Reino de España y el Estado de Israel, sobre
supresión de visados. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie C, número 93.1, de 15 de marzo de 1994
(número de expediente 110/000084) (Página 3553)



Página 3517




--Convenio Internacional del Cacao, 1993, hecho en Ginebra el
16 de julio de 1993. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie C, número 94.1, de 15 de marzo de 1994
(número de expediente 110/000086) (Página 3553)



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley de transposición de la Directiva 89/552/CEE,
sobre la coordinación de disposiciones legales, reglamentarias
y administrativas de los Estados miembros relativas al
ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número 47.1, de 25
de enero de 1994 (número de expediente 121/000029) (Página 3554)



Debates de totalidad de iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley de Arrendamientos Urbanos. «Boletín Oficial
de las Cortes Generales», Serie A, número 54.1, de 21 de
febrero de 1994 (número de expediente 121/000041) (Página 3570)



SUMARIO



Se reanuda la sesión, con carácter secreto, a las nueve y
cinco minutos de la mañana, para debatir el dictamen de la
Comisión del Estatuto de los Diputados, que es aprobado.

Se reanuda la sesión, con carácter público.




Convalidación o derogación de Reales Decretos-Leyes (Página 3522)



Real Decreto-ley 4/1994, de 8 de abril, de medidas
transitorias y urgentes de carácter fiscal para la renovación
del parque de vehículos de turismo (Página 3522)



En nombre del Gobierno explica las razones que han llevado a
la promulgación del Real Decreto-ley el señor Ministro de
Industria y Energía (Eguiagaray Ucelay). Comienza señalando
que la industria del automóvil, como gran parte de los señores
Diputados conocen, ha venido atravesando un período de
recesión particularmente intenso desde mediados de 1993, algo
que ha afectado de manera general a los diferentes sectores y
subsectores de la industria de este país y, en general, de los
países europeos vecinos, aunque de manera más acusada a la
industria del automóvil que, por el peso que tiene en nuestra
economía, ha dado lugar a una importante repercusión sobre el
resto de la actividad económica y, en consecuencia, sobre el
empleo. Alude a la caída en la demanda y la matriculación de
vehículos automóviles, hasta el punto de que en 1993 la
matriculación de turismos desciende en España un 24,1 por
ciento, lo que obliga a las empresas productoras a la
aplicación de diferentes mecanismos de regulación de empleo
para ajustar sus plantillas a los niveles de producción
reales. Al mismo tiempo, muchas de estas empresas fabricantes
de vehículos y de la industria de componentes derivados han
tenido acceso de manera prioritaria a todos los programas de
apoyo económico mediante subvenciones de los distintos
organismos de la Administración, a fin de facilitar los
procesos de ajuste y, sobre todo, de adaptación a las
condiciones de futuro. Informa que nuestro país se ha empeñado
a fondo también en la regulación de las importaciones de
vehículos procedentes de otros países, y fundamentalmente de
Japón.

Señala a continuación el señor Ministro que a través del Real
Decreto-Ley se pretende reforzar los signos de recuperación de
la demanda de turismos, que empieza a manifestarse en los
últimos meses de 1993 y primeros de 1994. Expone que las
medidas de apoyo a la renovación del parque de vehículos
servirán para una recuperación más firme e importante de la
demanda que se apunta y permitirá sobre todo enlazar, al cabo
de los seis meses improrrogables de su vigencia, con un
período en el que ya se prevé un aumento sostenido de la
demanda, acorde con la mejora del ciclo económico que se está
experimentando en todos los indicadores económicos.

Considera que, en la actual coyuntura de inicio de la
recuperación económica, una medida como la adoptada puede
suponer un aliciente importante, puesto que no se trata sólo
de la variable precio para influir en la demanda de vehículos
sino de otros elementos como aquellos que tienen que ver con
el ambiente general de recuperación de la economía



Página 3518




nomía y con las expectativas de renta y empleo. Afirma que la
medida venía siendo estudiada hace bastantes meses, no
poniéndose en práctica hasta este momento porque es ahora
justamente cuando piensan que puede tener una indudable
efectividad. Sin embargo, no puede señalar con precisión
matemática su incidencia en el incremento de ventas, aunque el
Gobierno considera que su impacto será bastante positivo, y
así lo demuestra la experiencia de los primeros días de su
aplicación. Informa también que la medida se aplica solamente
a los vehículos turismo y todo-terreno porque su peso relativo
en el total de vehículos es muy elevado y porque, por razones
financieras y de agilidad en la matriculación, la medida se ha
articulado a través de una deducción lineal en el impuesto
sobre determinados medios de transporte, impuesto que
solamente se aplica a las matriculaciones de turismos y todo-
terreno, con las precisiones que se recogen en la normativa.

Respecto al mercado de vehículos industriales señala que está
siendo objeto de un análisis detallado, en colaboración con
los fabricantes, para ver qué posibilidades existen de
realizar algún tipo de actuación para alentar la demanda.

Concluye el señor Ministro manifestando que el objeto de la
medida adoptada no consiste sólo en favorecer la recuperación
de la demanda y, por tanto, la producción de vehículos, sino
que debe también contribuir a la mejora del medio ambiente y a
incrementar el nivel de seguridad de los vehículos en
circulación, junto a un ahorro energético que tiene lugar con
los nuevos vehículos que sustituyen a aquellos con más de diez
años. Solicita, por tanto, la convalidación del Real Decreto-
ley presentado a la Cámara.

Para fijación de posición intervienen los señores Albistur
Marín, del Grupo Mixto; Mardones Sevilla, de Coalición
Canaria; Sánchez i Llibre, del Grupo Catalán (Convergència i
Unió); Espasa Oliver, de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya; Gamir Casares, del Grupo Popular, y Marsal i
Muntala, del Grupo Socialista.

Sometida a votación, se aprueba la convalidación del Real
Decreto-ley por 307 votos a favor. Se rechaza su tramitación
como proyecto de ley por 127 votos a favor, 161 en contra y 19
abstenciones.




Enmiendas del Senado (Página 3532)



Al Proyecto de ley de modificación de la Ley 5/1984, de 26 de
marzo, reguladoradel derecho de asilo y de la condición de
refugiado (Página 3532)



En turno de fijación de posiciones hacen uso de la palabra los
señores Olarte Cullen, del Grupo de Coalición Canaria;
González de Txabarri Miranda, del Grupo Vasco (PNV); Recoder i
Miralles, del Grupo Catalán (Convergència i Unió); López
Garrido, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya; Jordano Salinas, del Grupo Popular, y Valls García,
del Grupo Socialista.

Se procede a las votaciones de las enmiendas del Senado al
proyecto de ley, que son aprobadas.




Proyecto de ley de Medidas Urgentes de Fomento de la ocupación
(procedente del Real Decreto-ley 18/1993, de 3 de diciembre)
(Página 3537)



Proyecto de ley por la que se modifican determinados artículos
del Estatuto de los Trabajadores y del texto articulado de la
Ley de Procedimiento Laboral (Página 3537)



Proyecto de ley orgánica por la que se incluye una Disposición
Adicional Cuarta en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto,
de Libertad Sindical (Página 3537)



Para fijación de posiciones intervienen la señora Rahola i
Martínez y el señor Albistur Marín, del Grupo Mixto; los
señores Olabarría Muñoz, del Grupo Vasco (PNV); Hinojosa i
Lucena, del Grupo Catalán (Convergència i Unió), y Peralta
Ortega, del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya;
la señora Villalobos Talero, del Grupo Popular, y el señor
Arnau Navarro, del Grupo Socialista.

Se procede a las votaciones de las enmiendas del Senado a
estos proyectos de leyes.




Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre
Convenios Internacionales (Página 3553)



Sometido a votación el dictamen relativo al Segundo Protocolo
por el que se atribuyen al Tribunal de Justicia de las
Comunidades Europeas determinadas competencias en materia de
interpretación del Convenio sobre la Ley aplicable a las
obligaciones contractuales, abierto a la firma en Roma el 19
de junio de 1980, hecho en Bruselas el 19 de diciembre de
1988, se aprueba por 316 votos a favor.




Página 3519




Sometido a votación el dictamen del Convenio relativo a la
competencia judicial y a la ejecución de Resoluciones
judiciales en materia civil y mercantil y de los Protocolos y
Declaraciones anejos, hecho en Lugano el 16 de septiembre de
1988, se aprueba por 320 votos a favor.

Sometido a votación el dictamen relativo al Convenio Europeo
sobre Coproducción Cinematográfica (número 147 del Consejo de
Europa), hecho en Estrasburgo el 2 de octubre de 1992 y
Declaración formulada por el Gobierno español, se aprueba por
320 votos a favor y una abstención.

Sometido a votación el dictamen relativo al Acuerdo entre el
Gobierno del Reino de España y el Gobierno de los Estados
Unidos de América sobre Asistencia Técnica en materia de
Aviación Civil, hecho en Madrid el 30 de diciembre de 1993, se
aprueba por 317 votos a favor.

Sometido a votación el dictamen relativo al Acuerdo entre el
Reino de España y la Organización Marítima Internacional
relativo a la celebración en Torremolinos (Málaga) de la
Conferencia Internacional para la Adopción del Protocolo al
Convenio de Torremolinos de 1977 sobre seguridad de los buques
pesqueros, hecho en Londres el 12 de enero de 1993, se aprueba
por 317 votos a favor y una abstención.

Sometido a votación el dictamen relativo al Acuerdo para la
Promoción y Protección recíprocas de Inversiones entre el
Reino de España y la República del Paraguay, firmado «ad
referendum» en Asunción el 11 de octubre de 1993, se aprueba
por 319 votos a favor y dos abstenciones.

Sometido a votación el dictamen relativo al Convenio entre el
Reino de España e Irlanda para evitar la doble imposición y
prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la
renta y las ganancias de capital, hecho en Madrid el 10 de
febrero de 1994, se aprueba por 318 votos a favor.

Sometido a votación el dictamen relativo al Canje de Notas por
el que se prorroga el Acuerdo entre España y los Estados
Unidos de América sobre cooperación Científica y Técnica en
materia de apoyo a los programas de exploración lunar y
planetaria, y de vuelos espaciales tripulados y no tripulados,
firmado en Madrid el 29 de enero de 1964, se aprueba por 319
votos a favor. Sometido a votación el dictamen relativo al
Canje de Notas de 9 de noviembre de 1993 constitutivo de
Acuerdo, entre el Reino de España y el Estado de Israel, sobre
supresión de visados, se aprueba por 317 votos a favor.

Sometido a votación el dictamen relativo al Convenio
Internacional del Cacao, 1993, hecho en Ginebra el 16 de julio
de 1993, se aprueba por 316 votos a favor y una abstención.




Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas
(Página 3554)



Proyecto de ley de transposición de la Directiva 89/552/CEE,
sobre la coordinación de disposiciones legales, reglamentarias
y administrativas de los Estados miembros relativas al
ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (Página 3554)
La señora Mato Adrover defiende las enmiendas del Grupo
Popular. Comienza aludiendo al retraso con el que llega este
proyecto de ley a la Cámara, de lo que es buena prueba el que
cuando se proceda a su votación final ya estará abierta en la
Comunidad Europea la revisión de la Directiva que estamos
incorporando a nuestro Derecho. Recuerda que cuando se
aprobaron en Europa estas directrices, en el año 1989, el
Gobierno español estaba concediendo canales de televisión
privada, en cuyas concesiones se planteaban unas condiciones
abiertamente contradictorias con la normativa de la Unión
Europea. Aun así, el Grupo Popular se congratula de la
remisión del proyecto de ley por parte del Gobierno, sobre el
que han trabajado con todo afán para mejorarlo. En trámites
precedentes han sido proclives a la presentación de enmiendas
transaccionales y, lo que es más, a apoyar las propuestas de
otros grupos cuando han coincidido en la voluntad integradora
de las mismas.

Agradece a la mayoría parlamentaria la aceptación de algunas
enmiendas del Grupo Popular en trámites anteriores y concluye
exponiendo el contenido de las enmiendas que mantienen, cuyas
finalidades principales consisten en una mayor garantía de
cumplimiento de lo que significan los derechos de la infancia
y del menor, fomentar todo lo que represente programación de
índole cultural y formativa, que las televisiones privadas no
sean inviables en España y que se mantenga el pluralismo
informativo y la consideración de la televisión como servicio
público esencial.

La señora Rahola i Martínez, del Grupo Mixto, expone el
contenido de las tres enmiendas que plantea a este proyecto de
ley.

El señor Mardones Sevilla procede asimismo a dar cuenta del
contenido de las numerosas enmiendas que el Grupo de Coalición
Canaria mantiene vivas a este proyecto de ley.




Página 3520




El señor Alcaraz Masats defiende las enmiendas del Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, exponiendo diversas
consideraciones en torno a la transcripción de la Directiva de
la Unión Europea, que a su juicio se ha realizado tarde y mal
y no se corresponde con el debate que actualmente tiene lugar
en la propia Unión Europea, donde en la actualidad se está
procediendo, efectivamente, a la revisión de esta Directiva en
unos términos que van muy por delante de esa transposición.

Afirma que el límite de mínimos aceptables se ha bajado, con
mucho, hasta hacerlo en buena parte inaceptable, no
recogiéndose en el proyecto lo que en su día se prometió, lo
que les obliga al absoluto rechazo a la transposición
realizada.

El señor Recoder i Miralles defiende las siete enmiendas que
el Grupo Catalán (Convergència i Unió) mantiene vivas al
proyecto de ley, buena parte de las cuales pretende unas
mejores garantías de los derechos del espectador, así como la
protección de los menores y todo lo inherente a la identidad
cultural de los pueblos. Expone el contenido concretode
algunas de esas enmiendas y termina afirmando que, de
mantenerse la actual redacción del proyecto, su Grupo se verá
obligado a promover el correspondiente recurso de
inconstitucionalidad contra algunos aspectos regulados en el
mismo.

El señor González de Txabarri Miranda defiende las cinco
enmiendas que mantiene al proyecto de ley el Grupo Vasco
(PNV), coincidiendo con algunos portavoces que le han
precedido en que se realiza una trasposición de la Directiva
europea tardía, descafeinada en sus contenidos y que no está
estructurada para un Estado autonómico, con televisiones
públicas de titularidad estatal y autonómica. Considera que se
ha dado prioridad al pacto con las televisiones privadas, que
son las auténticas artífices del descafeinamiento del proyecto
de ley. Cree que aún están a tiempo de evitar el tener que
recurrir a actuaciones posteriores ante el Tribunal
Constitucional, como anunciaba el portavoz del Grupo Catalán,
y sería deseable que así lo entendiera el Grupo Socialista.

En turno en contra de las enmiendas al proyecto de ley
interviene, en nombre del Grupo Socialista, el señor Aguiriano
Forniés, afirmando en relación con la trasposición de esta
Directiva de la Comunidad Europea que no va a destacar la
importancia de la misma porque ya lo han hecho otros
portavoces, limitándose, por tanto, a fijar la posición de su
Grupo en relación con las enmiendas que se mantienen al
dictamen.

Replican la señora Mato Adrover y los señores AlcarazMasats,
Recoder i Miralles y González de Txabarri Miranda, duplicando
el señor Aguiriano Forniés.

Se procede a las votaciones de las enmiendas debatidas
anteriormente, así como al texto del dictamen, que es
aprobado. Se suspende la sesión a las dos y cincuenta minutos
de la tarde. Se reanuda la sesión a las cuatro y quince
minutos de la tarde.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas (Página 3570)



Proyecto de ley de Arrendamientos Urbanos (Página 3570)



En nombre del Gobierno presenta el proyecto de ley el señor
Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
(Borrell Fontelles), manifestando que presenta de nuevo este
proyecto de ley ante la Cámara, siendo una gran ocasión para
que los señores Diputados demuestren a la sociedad española
para qué sirven las instituciones democráticasy de qué manera
pueden enfrentarse a problemas complejos que afectan de manera
profunda y difusa a la sociedad y que requieren una solución
lo más equilibrada posible entre un conjunto de intereses
contrapuestos. Recuerda que en diciembre de 1992 el Gobierno
aprobó un primer proyecto de ley para reformar el régimen de
los arrendamientos urbanos, proyecto que decayó por la
convocatoria de elecciones generales y disolución de las
Cortes en abril de 1993. Con esta nueva presentación, el
Gobierno da cumplimiento, por una parte, al compromiso
electoral del Partido Socialista y, por otra, afronta uno de
los retos más importantes de cualquier política de vivienda.

Existe, sin embargo, la diferencia entre esta ocasión y la
anterior de que el Partido Socialista no tiene ahora
mayoríaparlamentaria suficiente para aprobar el proyecto de
ley y de ahí que el mismo haya sido concebido desde la
voluntad de encontrar un equilibrio y se presente con el
propósito de construir el consenso más amplio posible para su
aprobación. Desea que pueda alcanzar el mayor consenso, a ser
posible de toda la Cámara, al afectar a un problema
socialmente complejo y difícil, por lo que cuanto mayor apoyo
encuentre mucho mejor. Agrega que el Gobierno está convencido
de la conveniencia de potenciar una política de vivienda que
fomente el arrendamiento como solución alternativa a la
vivienda en propiedad, para lo que necesitamos urgente e
imprescindiblemente una legislación de arrendamientos urbanos
que permita desarrollar



Página 3521




un mercado raquítico, como es el del alquiler, que presenta en
nuestro país unos rasgos claramente distintos de los de otros
países europeos.

Afirma que la vivienda es un bien constitucionalmente
protegido y que constituye un mercado imperfecto donde los
haya, siendo un claro ejemplo de la intervención pública en
todo el mundo occidental, con el riesgo, como ante cualquier
obra humana, de que las regulaciones no siempre sean
acertadas, pero en la certeza de que son imprescindibles, no
para sustituir al mercado sino para hacerlo más eficiente y
contribuir al adecuado encuentro de la oferta y la demanda.

Afirma que hoy la vivienda en alquiler no es una solución
efectiva a los problemas de la vivienda en España, al
destinarse uno de los más bajos porcentajes de todos los
países de la Unión Europea, en una situación que es
consecuencia de una normativa excesivamente proteccionista que
mató la oferta e impidió la satisfacción de la demanda. Son
normas, heredadas de 1964, que establecían unas condiciones
que prácticamente equivalían al abandono de parte del
propietario, con lo que poco a poco fueron desanimando la
oferta, obligando en 1985 a la promulgación del denominado
Decreto-ley Boyer, norma también extrema al establecer la
libertad absoluta de las partes para contratar. Es cierto que
esta norma permitió reducir el ritmo de disminución de los
alquileres, pero también lo es que no ha conseguido invertir
la anterior tendencia descendente, dado su carácter
provisional. Parece, por último, obligado abordar la reforma
definitiva de la vigente legislación, reforma que por sí sola
no bastará para resolver el problema, pero que es pieza
fundamental e imprescindible para afrontarla. Añade que se
trata de una reforma que se estructura en torno a dos ideas
fundamentales, como son, en primer lugar, equilibrar las
prestaciones entre propietarios e inquilinos y el legítimo
deseo del inquilino de conocer, en un horizonte temporal
estable, cuáles son sus condiciones de permanencia en términos
de duración y costo. La segunda idea básica es diferenciar el
trato entre los arrendamientos de vivienda habitual y los
demás tipos de arrendamientos de bienes inmuebles, en cuanto
el primero constituye un bien constitucionalmente protegido,
equilibrando las condiciones de propietarios e inquilinos para
devolver la credibilidad a la institución arrendaticia.

Añade que el proyecto sigue las líneas básicas que el Gobierno
presentó en la anterior legislatura, incorporando a la vez la
mayor parte de las reflexiones que se hicieron por una parte
de los grupos parlamentarios en la tramitación del proyecto y
reiterando que están dispuestos a modificar el mismodespués de
escuchar lo que los portavoces parlamentarios puedan decir hoy
y en el trabajo de Comisión para mejorar el equilibrio que
proponen.

Saben, en todo caso, que ninguna ley será suficientemente
equilibrada para satisfacer a todas las partes a la vez ni a
todas las opiniones en presencia, pero es creencia del
Gobierno que es necesario introducir elementos condicionantes
de la voluntad de las partes en el régimen que vayan a definir
hacia el futuro. Asimismo es necesario contemplar el problema
del pasado, sin lo que no cabe ninguna solución de futuro,
porque es conocido que existen más de un millón quinientas mil
viviendas sometidas a normas anteriores a 1985 respecto de las
que si no se efectúa algún desbloqueo se condicionará el
comportamiento global del mercado.

Termina señalando que el Gobierno es consciente de que sobre
la situación heredada propone una solución que no satisface a
nadie, ya que a unos les parece demasiado y los otros
quisieran más, y sobre el particular los señores Diputados
tendrán la oportunidad de mejorarla o de adherirse a la
solución propuesta.

El señor Andreu Andreu defiende la enmienda de totalidad
presentada por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Afirma que respecto al proyecto presentado en la
anterior legislaturaen el ahora enviado a la Cámara hay un
sustancial giro a la derecha que ha obligado a su Grupo
Parlamentario a formular esta enmienda a la totalidad. Si ya
con ocasión del anterior proyecto su Grupo consideraba que no
se abordaba el auténtico problema de fomentar el alquiler de
la viviendaen España, ahora piensan que con mayor gravedad se
sigue incurriendo en el mismo error. El hecho fundamental de
que en esta ocasión haya un mayor consenso se debe
exclusivamente al apoyo de los grupos conservadores al
plantearse mayores incrementos de renta para los alquileres
antiguos, lo que obliga a Izquierda Unida a un rechazo aún
mayor del proyecto.

Califica de error profundo el planteamiento del Gobierno, ya
que no cree que la cuestión fundamental para aumentar el
mercado de alquileres de viviendas consista únicamente en
modificar la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos. Cree, por
el contrario, que el marco de ayuda a la vivienda por parte de
las diversas administraciones públicas no favorece de ninguna
manera el que se acceda a la vivienda en alquiler. En
definitiva, la solución es más compleja de lo que plantea el
señor Ministro y consiste fundamentalmente en cambiar el
conjunto de la política de vivienda en España. Añade que el
proyecto no asegura la estabilidad del inquilino y éste es, a
su juicio, el problema fundamentalque plantea el proyecto y
que por sí mismo justifica su petición de devolución al
Gobierno.




Página 3522




También se produce una falta de estabilidad para las rentas
antiguas, lo que les parece enormemente injusto al interferir
en rentas pactadas conforme a una Ley anterior por parte de
los inquilinos. Igualmente injusta les parece la solución que
se propone en el tema de las subrogaciones de los contratos
anteriores, todo lo cual en absoluto favorece a las clases más
desfavorecidas de nuestro país, lo que le lleva a calificar el
proyecto en su actual redacción como muy desafortunado.

En turno en contra de la enmienda de totalidad interviene, en
nombre del Grupo Socialista, el señor García-Arreciado
Batanero. Rechaza la recriminación que les hace el señor
Andreu de un supuesto giro a la derecha en este proyecto de
ley por el hecho de permitir un incremento de las rentas a
través de una intervención del Estado en lo libremente pactado
por las partes, preguntando al enmendante si cree de verdad
que los contratos pactados antes de 1964 o después con
sujeción a la norma de ese año han sido libremente pactados,
así como las prórrogas forzosas previstas en aquella
legislación. Tacha de demagógica la intervención del señor
Andreu al apuntarla en una serie de falsedades y acusarles de
derechistas por permitir un incremento de las rentas. Afirma
que personalmente quiere el progreso de este país y el del
mercado, y tratar de forma desigual a los desiguales y
proteger a quien lo necesita y a quien lo merece es justo, sin
que exista ninguna razón legal ni situación de necesidad que
justifique el mantenimiento de una legislación que hasta el
Decreto-ley de 1985 ha constreñido el mercado de alquileres.

Agrega que el Grupo del señor Andreu continúa con el reloj
parado, planteando una oposición a un proyecto de ley sobre el
que la mayoría de los grupos de la Cámara han cambiado sus
opiniones en el plazo de un año, quedando el enmendante en una
posición de minoría absoluta en la Cámara. Ello se ha debido a
que el proyecto del Gobierno recoge muchas de las sugerencias
que entonces, se hicieron, recorriéndose un camino de
acercamiento entre los diversos grupos que ha permitido una
expectativa razonable para alcanzar acuerdos y encontrar
soluciones compartidas entre todos aquellos que han mostrado
un mínimo interés en llegar a esos acuerdos. Agrega el
portavoz socialista que todos quieren dinamizar este mercado,
que es el objetivo último de la Ley, para lo que no conoce
otra manera de dar confianza a los agentes que operan en el
mismo. Esto es justamente lo que se propone el proyecto y a lo
que se opone el señor Andreu.

Expone, por último, consideraciones en torno a la cuestión de
las subrogaciones y respecto a la estabilidad de los
inquilinos, para lo que se establece un contrato por cuatro
años, afirmando que el señor Andreu no quiere comprender la
realidad, lo que le ha llevado a no prestar hasta ahora su
apoyo al esfuerzo de aproximación y de consenso hecho por los
demás grupos de la Cámara.

Replica el señor Andreu Andreu, replicando el señor García-
Arreciado Batanero.

En turno de fijación de posiciones intervienen los señores
Albistur Marín, del Grupo Mixto; Martín Menis, del Grupo de
Coalición Canaria; Olabarría Muñoz, del Grupo Vasco (PNV);
Recoder i Miralles del Grupo Catalán (Convergència i Unió), y
Ortiz González, del Grupo Popular.

Interviene de nuevo el señor Ministro de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente (Borrell Fontelles) para
agradecer a todos los grupos parlamentarios el talante con que
han abordado el debate y comprometerse con ellos a trabajar
para construir el consenso que permita mejorar el proyecto de
ley, tal como ellos han manifestado.

Sometida a votación, se rechaza la enmienda de totalidad
debatida por 15 votos a favor y 265 en contra.

Se levanta la sesión a las seis y cincuenta minutos de la
tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana,
con carácter secreto.




DICTAMEN DE LA COMISION DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS (Sesión
secreta):



--DICTAMEN DE LA COMISION DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS SOBRE
DECLARACIONES DE ACTIVIDADES DE EXCMOS. SRES. DIPUTADOS
(Número de expediente 004/000210; 004/000241; 004/000114 y
004/000033)



Se somete a votación el dictamen de la Comisión del Estatuto
de los Diputados, que es aprobado.




Se reanuda la sesión con carácter público.




CONVALIDACION O DEROGACION DE REALES DECRETOS-LEYES:



--REAL DECRETO-LEY 4/1994, DE 8 DE ABRIL, DE MEDIDAS
TRANSITORIAS Y URGENTES DE CARACTER FISCAL PARA LA RENOVACION
DEL PARQUE DE VEHICULOS DE TURISMO (Número de expediente
130/000015)



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El señor PRESIDENTE: Punto VI del orden del día: Real Decreto-
ley 4/1994, de 8 de abril, de medidas transitorias y urgentes
de carácter fiscal para la renovación del parque de vehículos
de turismo.

Para explicar, en nombre del Gobierno, las razones que han
llevado a la promulgación de este Real Decreto-ley, tiene la
palabra el señor Ministro de Industria.




El señor MINISTRO DE INDUSTRIA Y ENERGIA (Eguiagaray Ucelay):
Muchas gracias, señor Presidente.

Me gustaría, señorías, en este turno de presentación del
Decreto-ley 4/1994, de 8 de abril, de medidas transitorias y
urgentes de carácter fiscal para la renovación del parque de
vehículos de turismo, tener la ocasión de explicarles, aunque
sea con brevedad, cuáles son las motivaciones por las cuales
el Gobierno se sintió en la obligación de poner en marcha una
medida como la aquí establecida y cuáles son los efectos
previsibles que pueden alcanzarse de la adopción de estas
medidas.

Empezaré por decirles que la industria del automóvil, como,
sin duda alguna, gran parte de ustedes conocen, ha venido
atravesando un período de recesión particularmente intenso
desde mediados de 1992.

Es verdad que este no es un período específico de la industria
del automóvil, es verdad que ha afectado de una manera general
a los diferentes sectores y subsectores de la industria de
este país, como también a los diferentes sectores y
subsectores de la industria en general de nuestros socios y de
los países europeos vecinos.

No es menos cierto, sin embargo, que esta recesión ha afectado
a la industria del automóvil de una manera más acusada y que,
dado el peso que tiene en nuestra economía --no se olvide que
España es el tercer fabricante europeo de automóviles y el
quinto fabricante mundial de automóviles--, ha tenido también
una importante repercusión sobre el resto de la actividad
económica y, en consecuencia, sobre el empleo.

La demanda de automóviles, como, en general, la demanda de los
diferentes bienes de consumo duradero, es una demanda
especialmente sensible a la evolución del ritmo de la
actividad económica general, de forma que, en los períodos en
los que dicho ritmo desciende, incluso hasta alcanzar valores
negativos, como ocurriera en el año 1993, disminuye, casi
siempre, con más intensidad que la demanda de otros bienes,
mientras que también es de esperar que, cuando la actividad
económica empieza a conocer ritmos de crecimiento superiores,
esta recuperación se produce con más rapidez, con más
intensidad que en otros sectores de la actividad económica
general.

En todo caso, no quisiera minusvalorar la importancia que ha
tenido la caída en la demanda y en la matriculación de
vehículos automóviles, fundamentalmente en nuestro país.

En el año 1993, las matriculaciones de turismo en España
descendieron en un 24,1 por ciento, lo que, sin duda alguna,
tuvo una importante repercusión en la fabricación «in situ»,
en nuestro país, de vehículos automóviles y tuvo una serie de
efectos, tanto de carácter coyuntural sobre el empleo como de
acrecentamiento de los efectos estructurales que ya sobre el
empleo se venían generando, como consecuencia de los cambios
también en la forma de producción de automóviles derivada de
cambios organizativos y tecnológicos experimentados por esta
industria en España y en el conjunto del mundo.

Ante esta situación se han venido aplicando diferentes
mecanismos, por parte de las empresas de regulación de empleo,
aquellos que la normativa laboral admite, para facilitar el
ajuste del empleo a los niveles de producción reales.

Prácticamente todas las empresas fabricantes de vehículos y
numerosas empresas fabricantes de componentes de automoción
han hecho uso de estos mecanismos. A la vez, muchas de estas
empresas, tanto de fabricantes de vehículos como de la
industria de componentes derivada de la primera, han tenido
acceso de una manera prioritaria a todos los programas de
apoyo mediante subvenciones, de apoyo económico, de los
distintos organismos de la Administración, notablemente del
Ministerio de Industria y Energía, como consecuencia de la
declaración prioritaria de su acceso a estos fondos, a fin de
facilitar los procesos de ajuste y, sobre todo, los procesos
de adaptación a las condiciones de futuro.

Debo decirles que nuestro país se ha empeñado, y se ha
empeñado a fondo, con motivo de esta recesión económica, en la
regulación también de las importaciones de vehículos
procedentes de otros países y notablemente en hacer aplicable
en el marco de la Unión Europea restricciones cuantitativas a
la importación de vehículos procedentes fundamentalmente de
Japón. Así ocurrió en el año 1992, en el que conseguimos una
reducción de la cuota
inicialmente aprobada de entrada de vehículos japoneses en
nuestro país respecto de los inicialmente previstos, en una
renegociación, realizada por la Unión Europea a insistencia de
España, con Japón.

No obstante estas medidas de adaptación, no obstante estas
medidas de ajuste, no obstante los esfuerzos que se vienen
haciendo, es obvio que la recuperación de la demanda del
sector de automoción es una demanda, como les decía, ligada
fundamentalmente a la evolución de la economía, especialmente
en aquella parte del sector de vehículos que se refiere a
vehículos de turismo que pueden considerarse no tanto como un
bien de inversión, sino como un bien de consumo duradero,
ligado, en consecuencia, a las expectativas de renta y de
empleo.

A través del Real Decreto-ley se pretende reforzar los signos
de recuperación de la demanda de turismos que empiezan a
manifestarse en los últimos meses, tanto en



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los últimos meses de 1993 como especialmente en los primeros
de 1994.

Las previsiones para este año, antes de la puesta en marcha de
la medida que se contempla en el Real Decreto-Ley, apuntaban
una tasa de crecimiento positiva, aunque pequeña, lo que
significaba el fin de la etapa de descenso, pero no permitía
recuperar más que en una pequeña parte la caída que se venía
arrastrando desde mediados de 1992. He enfatizado
anteriormente la importancia que tiene el que nuestro país sea
el tercer país europeo en producción de vehículos, de
automóviles fundamentalmente, y el quinto país fabricante en
el mundo, y quiero enfatizar igualmente el hecho, que en el
año 1993 se ha producido por primera vez, de que las
matriculaciones de vehículos llevadas a caboen España proceden
en más del 50 por ciento de vehículos importados en relación a
los vehículos producidos nacionalmente, dato que se da por
primera vez, como digo, en nuestra historia económica. La
medida de apoyo a la renovación del parque de vehículos
servirá de catalizador, en consecuencia, de una recuperación
más firme e importante de esta demanda que ya se apunta y
permitirá, sobre todo, enlazar, al cabo de los seis meses
improrrogables de su vigencia, con un período en el que ya se
prevé un aumento autónomo y sostenido de la demanda,
concomitante con la mejora del ciclo económico que estamos
experimentando en todos los indicadores económicos, como hemos
tenido ocasión de debatir en diferentes momentos. Mientras que
en el período más bajo del ciclo una medida como la propuesta
hubiera tenido, sin duda alguna, muy escasa incidencia, sin
embargo, en esta coyuntura de inicio de la recuperación, puede
suponer un aliciente importante. Señorías, la variable precio,
de la que pende todo el efecto que haya de tener esta medida,
no es ciertamente el único factor determinante de la demanda
de vehículos de turismo; no lo es; son otros elementos,
fundamentalmente aquellos que tienen que ver con el ambiente
general, con la recuperación económica en general de la
economía, con las expectativas de renta y empleo, unos
determinantes incluso a veces más importantes que los
meramente de precio. Estamos hablando, en consecuencia, de
problemas que técnicamente son problemas de sensibilidad a la
variación en el precio de la demanda, sensibilidad que es
presumible que sea notablemente superior en una fase de
recuperación que en un período en el que, como ocurriera a lo
largo de 1993, estábamos todavía instalados en la fase baja
del ciclo, sin indicios ostensibles de recuperación económica.

La medida, por tanto, que había venido siendo estudiada hace
bastantes meses, incluso antes de que el Gobierno francés
adoptara las medidas que después adoptó, no se ha puesto en
marcha hasta el momento actual, precisamente porque es ahora
cuando creemos que puede ser una medida de indudable
efectividad, detectados los indicios, como les digo, de
recuperación
económica, y cuando la sensibilidad al precio puede ser más
acusada de lo que lo era anteriormente.

No es posible en este momento, con una precisión matemática,
establecer cuál puede ser el incremento de ventas que se
ocasionará con una medida como la contemplada en el Real
Decreto-Ley. Depende, desde luego, de las hipótesis de
elasticidad, precio que se considere, y las estimaciones
disponibles sobre ésta no ofrecen un único resultado, aunque
sí quiero decirles que el Ministerio de Industria y el
Gobierno en general contemplan que el impacto será bastante
positivo, de acuerdo, por otro lado, con las propias
sensibilidades expresadas y la propia experiencia de los
primeros días de aplicación por parte de los fabricantes de
vehículos.

Esta ha sido también la experiencia en Francia, la experiencia
de la aplicación de las medidas que dieron en llamarse
«Medidas Balladur», medidas que tuvieron un efecto
fundamentalmente en el primer período de aplicación, aunque,
como es razonable pensar, con una cierta tendencia a la
dilución en el tiempo del impacto. De ahí que la medida haya
contemplado no un plazopermanente o indefinido, sino un
esfuerzo por concentrar una fase en la que todavía la
recuperación económica pulsa por expresarse con una fase en la
que, sin duda alguna, habrá un ritmo de actividad económica
más alto, tratando de adelantar en unos meses ese mayor ritmo
que es necesario para que la industria del automóvil, los
procesos de regulación de empleo y tantos otros factores, que
indirectamente están dependiendo del ritmo de actividad
económica en el sector de automóviles, puedan conocer una
modificación positiva.

La medida se aplica a la adquisición de vehículos de turismo y
todo terreno por dos motivos fundamentales y solamente a estos
dos tipos de vehículos: en primerlugar, porque su peso
relativo en el total de vehículos es muy elevado, en
particular en el caso de los turismos, cualquiera que sea el
parámetro que se utilice --la facturación, el empleo directo o
indirecto ligado a su producción, las unidades producidas,
etcétera--; en segundo término, porque, por razones
financieras y de agilidad en la tramitación, la medida se ha
articulado a través de una deducción lineal en el impuesto
sobre determinados medios de transporte, y este impuesto, como
saben SS.SS., no se aplica a todas las gamas de vehículos,
sino solamente a las matriculaciones de turismo y todo
terreno, con las precisiones que se recogen en la normativa
propia del mismo.

Por otra parte, debo decirles que la situación del mercado de
vehículos industriales, que tiene unos determinantes distintos
a los del mercado de turismo, está siendo, en este momento,
objeto de un análisis detalladoen colaboración con los propios
fabricantes, viendo qué posibilidades existen de hacer algún
tipo de actuaciones, que, naturalmente, no podrán ser
fiscales, que puedan



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también contribuir a alentar la demanda de unos bienes que han
de considerarse bienes de inversión en una fase en la que la
recuperación de la inversión es un factor también fundamental
de consolidación de la recuperación de nuestra economía.

La medida para la renovación del parque de vehículos de
turismo parte de una deducción lineal en la cuota del
impuesto, de tal forma que el peso de la deducción es mayor
cuanto más reducido es el precio del vehículo. Eso significa,
por tanto, un efecto redistributivo de la carga fiscal y
significa, en consecuencia, un apoyo tanto más intenso cuanto
la demanda se dirija a
vehículos de menor cilindrada, o de media y baja, existentes
en nuestro país y fabricados prioritariamente en nuestro país.

Un doble efecto redistributivo, si quieren: por tanto,
redistribución hacia los demandantes con menor poder
adquisitivo y, en segundo lugar, un efecto también de
dirección de la demanda tendente a favorecer la industria
nacional o la fabricación nacional de vehículos automóviles,
que, como saben, está
básicamente concentrada en los vehículos de la gama media y la
gama baja.

Pero el objetivo de la medida, señorías, no es sólo el de
favorecer la recuperación de la demanda y, en definitiva, la
producción de vehículos. La medida pretende también al menos
otros dos objetivos básicos, si no tres: contribuir a la
mejora del medio ambiente e incrementar el nivel de seguridad
de los vehículos en circulación. Habría que añadir incluso un
efecto también desde el punto de vista del ahorro energético.

Los vehículos que hoy se producen, todos ellos y sin
excepción, son mucho más ahorradores de energía que los que se
producían hace diez años, pero, además, son mucho más limpios
que los que se producían hace diez años y son mucho más
seguros que los que se producían hace diez años. El parque
español de vehículos de turismo tiene todavía una antigüedad
elevada, más del 30 por ciento de los turismos tienen más de
diez años, a pesar del rejuvenecimiento que se registró en los
últimos años y que se ha visto frenado como consecuencia de la
caída en las ventas en los dos últimos años y medio. Las
exigencias en materia de emisiones se han ido endureciendo en
los últimos años, de tal forma que los vehículos fabricados
hoy son cinco veces menos contaminantes por término medio,
tanto en materia de óxidos de nitrógeno como en materia de
otros elementos de polución, fundamentalmente
atmosférica, de los que depende la vida y la calidad de vida,
sobre todo en las ciudades. La medida repercutirá, por tanto,
en una reducción notable de las emisiones de vehículos en
circulación.

Complementariamente, les quiero decir que éste es un buen
momento para que, conjuntamente, el Ministerio de Industria y
Energía y el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y del
Medio
Ambiente, junto con la industria incipiente, aunque ya
existente en nuestro país, en materia medioambiental, y
fundamentalmente aquella dedicada al reciclado de determinados
residuos, en este caso industriales, puedan conocer una
actividad más articulada, más eficaz, desde el punto de vista
de la protección del medio, como en este momento se está
llevando a cabo para hacer factibles todas las consecuencias
previstas en el Decreto-Ley sobre la retirada de los vehículos
antiguos.

Finalmente, los motivos para la tramitación de la medida a
través de un real decreto-ley seguramente no necesitan
demasiadas explicaciones. No necesita demasiada explicación
que sólo de la noche a la mañana, si me permiten la expresión,
se puede adoptar este tipo de medidas, si no se quiere someter
a una paralización temporal de las ventas de los fabricantes
en tanto el Gobierno, o eventualmente las Cámaras, contemplan
modificaciones fiscales como las que contiene este Real
Decreto-ley. De ahí que el Real Decreto-ley se adoptara en el
momento oportuno, en el momento en que parecía que podía tener
una mayor efectividad, tratando de enlazar una fase del ciclo
con la siguiente, de mayor
recuperación, tratando de que incida en un momento en el que
ya hay síntomas claros de recuperación de la demanda de
vehículos y tratando de contribuir, por un lado, a la
situación de nuestra industria de vehículos automóviles, a la
defensa del medio ambiente, a la defensa de la seguridad en
las carreteras y, al mismo tiempo, a hacer factible un proceso
que incida, teniendo en cuenta la intensidad y la importancia
de la industria del automóvil en el conjunto de nuestra
industria, en otros sectores económicos, aguas arriba y aguas
abajo, del de ensamblaje de automóviles.

Por todos estos motivos es por lo que, señorías, en nombre del
Gobierno, deseo solicitar la convalidación de este Real
Decreto-ley.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ministro.

Turno en contra de la convalidación. ¿Grupos que deseen fijar
su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente.

Muy brevemente, para felicitar la iniciativa del señor
Ministro y del Gobierno en este caso. Considero que es una
medida que puede ser positiva para impulsar un sector que es
clave dentro de la economía española y clave dentro de la
economía regional, no solamente por la producción de
vehículos, sino también por todo lo que acompaña en cuanto a
piezas y partes del automóvil. Quiero pedir que la política
iniciada por el Gobierno sea más valiente y que, dentro de lo
que pueden ser medidas fiscales, se estudie de una forma
decidida la posibilidad de incentivar también la producción en
el sector.

Muchas gracias.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Albistur.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías,
Coalición Canaria va a dar su voto de apoyo y, por tanto,
favorable, a la convalidación de este Real Decreto-ley que el
señor Ministro de Industria nos ha presentado.

Estamos plenamente de acuerdo con toda la exposición de
motivos o su preámbulo y compartimos plenamente la finalidad
de estímulo al sector de la industria del automóvil en España.

Quiero advertir a SS.SS. que lo desconocieran que en órdenes
del día anteriores del Pleno de la Cámara figuró la
convalidación de este Real Decreto-ley, que no se trajo en
aquel momento
precisamente, y esto justifica la intervención aquí, junto a
la de otros Diputados, pero fundamentalmente la que hago en
nombre de Coalición Canaria, porque había que dar cumplimiento
a la disposición adicional tercera de la Constitución Española
y al artículo 45.3 del Estatuto de Autonomía de Canarias, que
dice que toda disposición, de rango fiscal o económico, de
ámbito estatal, que afecte al territorio insular,
administrativamente hablando, en los aspectos económicos y
fiscales de Canarias, deberá escuchar previamente y recabar el
dictamen del Parlamento Autónomo de Canarias.

Se ha cumplido este trámite y por eso viene hoy aquí la
convalidación de este Real Decreto-ley, una vez que la Cámara
ha recibido el dictamen enviado por el Parlamento de Canarias,
que, además, ha sido un dictamen unánime que cumple el
«quorum» señalado precisamente en el artículo 45.3 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, es decir, viene con una
mayoría de «quorum» cualificada para que tenga que considerar
esta Cámara, igual que el Gobierno, este acuerdo del
Parlamento.

¿Qué ocurre? Que discutimos aquí en su día la Ley de los
Impuestos Especiales y el artículo 74 era muy controvertido
porque señalaba que el rendimiento derivado de este impuesto
de la tasa de matriculación de vehículos era para el ámbito
económico de la Comunidad Autónoma de Canarias, añadiendo: sin
perjuicio de la gestión, liquidación, recaudación, inspección
y revisión por los órganos de la Administración Central del
Estado, competencias que Coalición Canaria sigue recabando
también para la Consejería de Economía y Hacienda o para el
Gobierno Autónomo de Canarias. Queremos señalar
fundamentalmente el pronunciamiento del Parlamento, que acepta
plenamente la convalidación de este Real Decreto-ley, pero
hace la siguiente observación. Si en el territorio peninsular
y de Baleares la aplicación del impuesto es del 13 por ciento,
en Canarias es del 11, pero lo que ocurre en Canarias es que
entre el 11 y el 13 por ciento, ese tramo corresponde a una
recaudación por el denominado arbitrio a la producción e
importación de mercancías en Canarias, arbitrio que administra
plenamente y recauda por sus competencias
legislativas, la Comunidad Autónoma de Canarias.

Al dar nuestro voto favorable a la convalidación de este Real
Decreto-ley, solicitamos la comprensión de la Cámara y de los
grupos que apoyen también esta iniciativa --porque en el
Parlamento de Canarias fue apoyada tanto por el Grupo
Socialista como por los Grupos Popular y Coalición Canaria--,
a los efectos de que se pueda tramitar como proyecto de ley
porque, si no, se produciría un agravio comparativo con los
ciudadanos, tan españoles como los de la otra parte del
territorio nacional y tan adquisidores como consumidores de
vehículos automóviles. Nos veríamos discriminados por una
distinta reducción: 100.000 pesetas que van a disfrutar en
todo el territorio peninsular y Balear frente a las 84.600 del
territorio canario.

Esto no nos parece en este momento de recibo y, por tanto,
solicitaríamos la tramitación como proyecto de ley a los
efectos de que se recoja la propuesta unánime del Parlamento
de Canarias que, dando su conformidad a este Real Decreto-ley,
señala la necesidad de modificar en el artículo 1.º el
apartado 1, para que se contemple la horquilla entre el 11 y
el 13 por ciento, y no solamente la del 13 por ciento que se
recoge en el Real
Decreto-ley que convalidamos y que, congruentemente, se pueda
suprimir el apartado 2 de este artículo 1.º, que es el que se
refiere al 11 por ciento, pero aplicando una deducción
practicable de solamente 84.600 pesetas.

Si esto no se hace así, nos veríamos en la necesidad de ir a
una modificación de los aspectos fiscales de la Ley de Régimen
Económico y Fiscal de Canarias, para que la diferencia que se
recauda allí por el arbitrio a la producción e importación de
mercancías tuviera también que verse modificada para adaptarla
a este Real Decreto-ley.

Señores, aprovechemos, por lo que llamaría propiamente
economía procesal, la vía de este Real Decreto-ley y su
tramitación, para el que yo, en nombre del Parlamento de
Canarias junto a otras fuerzas políticas coparticipantes,
solicitamos la convalidación de la Cámara y el respeto al
pronunciamiento constitucional de un Parlamento autónomo en
nuestro país.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Sánchez i Llibre.




El señor SANCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) va a apoyar la convalidación del Real
Decreto-ley de medidas transitorias



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y urgentes de carácter fiscal para la renovación del parque de
vehículos de turismo.

Convergència i Unió ya había mostrado en anteriores
iniciativas parlamentarias que había presentado nuestro Grupo
su satisfacción por las medidas adoptadas por el Gobierno en
dar luz verde a este Real Decreto-ley para la dinamización y
la venta de los vehículos de turismo. Asimismo, consideramos
que a partir del 12 de abril, día en que se puso en marcha el
presente Real Decreto-ley, los usuarios podrán beneficiarse de
una deducción especial de un máximo de cien mil pesetas,
oscilando a la baja en función del tipo impositivo, a cuenta
el impuesto especial para los usuarios que renueven su
vehículo con una antigüedad igual o superior a los 10 años.

Las primeras reacciones del sector del automóvil frente a este
plan que ha presentado el Gobierno son bastante
satisfactorias. Es verdad que hay algunos sectores que
consideran estas medidas correctas, pero insuficientes en su
cuantía, ámbito y plazo, pero también es cierto que diferentes
fabricantes de automóviles, desde la Seat, Opel, Peugeot,
Volkswagen, Audi, Ford, Nissan y Motor Ibérica, han calificado
dicha acción como de mensaje de esperanza, de iniciativas
interesantes, de gestos de sensibilidad por parte del
Gobierno, de medidas oportunas y de importante impulso al
sector.

Las expectativas del Plan Renove, que se ha generado en un
breve plazo de tiempo, desde su puesta en marcha no pueden ser
más satisfactorias. En primer lugar, se va a producir un
incremento de ventas de cien mil vehículos más de los
previstos, alcanzando las matriculaciones, para el año 1994,
la cantidad de 900.000 unidades. En menos de tres meses, tres
fabricantes de automóviles han anunciado la suspensión de
expedientes de regulación de empleo, ya que están mejorando
las expectativas de venta, lo cual contribuye a una mejora del
empleo.

No cabe duda de que si se materializan dichos incrementos de
venta se volverán a crear puestos de trabajo en la industria
que directamente se dedica a la fabricación de automóviles y
en todos los diversos ámbitos de influencia de ésta, eso sí,
de una manera más moderada que en ocasiones anteriores, pero
también desde Convergència i Unió valoramos positivamente esta
medida, ya que tendrá efectos muy importantes en tres ámbitos
que consideramos muy positivos. En primer lugar, en el campo
de la seguridad vial. Teniendo en cuenta que los coches de más
de 10 años dan lugar al 32,25 por ciento de los accidentes con
víctimas que se producen en España, la seguridad es otro de
los aspectos que mejorará en forma importante con este Plan,
ya que los nuevos vehículos frenan más, se sujetan mejor al
suelo y han mejorado, sobre todo, en seguridad pasiva, lo que
supone que los riesgos corporales por accidente se reducirán
en torno al 18 por ciento.

En segundo lugar, en el campo medioambiental, la sustitución
de los viejos vehículos por otros nuevos supondrá un menor
impacto contaminante, pues la normativa actual de emisión
respecto de la vigente hace 10 años tan sólo permite vehículos
cinco veces menos contaminantes que entonces. Otro punto
directamente relacionado con éste es que ahora los consumos
son en torno al 30 por ciento menores, lo que produce un menor
gasto de energía.

En tercer lugar, el achatarramiento de los vehículos de más de
10 años, que es condición indispensable del Plan Renove, nos
llevará al fomento y creación de la industria de reciclaje
para los materiales de vehículos, hasta ahora no presente en
nuestro país, lo que supondrá la creación de nuevos puestos de
trabajo. La automoción es un sector que constituye una pieza
fundamental del engranaje económico de un país y es reflejo
claro de la situación de éste. Por ello, el apoyo al automóvil
es una clara ayuda a la recuperación económica. La situación
del sector del automóvil en España no es buena. En el año 1993
se matricularon 236.000 unidades menos que en el año 1992. En
el primer trimestre de este año las ventas han experimentado
ligeras alzas respecto a 1993, pero sólo se matricularon
200.000 unidades, lo que llevó al Gobierno a tomar medidas,
como las del Plan Renove, que esperamos puedan incrementar las
matriculaciones de coches de nuestro país, llegando a las
900.000 unidades de ventas, que son las expectativas
previstas.

Se han tardado 20 años para poner en marcha mecanismos desde
la Administración para la renovación del parque
automovilístico; decisión que nosotros apoyamos y en su
momento felicitamos al Gobierno por dicha iniciativa. Pero
también pedimos desde Convergència i Unió que no hayan de
pasar tantos años para que el Gobierno apoye a un sector tan
importante como es el sector de la automoción. Pedimos al
Gobierno imaginación, objetividad y agilidad, pues siguiendo
esta dirección existen muchas
posibilidades de actuación tanto en el campo fiscal, como en
el campo laboral, como en el campo de vehículos industriales
sobre el que el señor Ministro ya nos ha dicho que estaba
estudiando medidas al respecto.

Creemos que existe un margen de maniobra suficiente que
permitirá actuar con posibilidades de éxito ya que está
demostrado que existe sensibilidad en estas actuaciones por
parte de los usuarios consumidores del Estado español. Por
eso, vamos a apoyar la convalidación de este Real Decreto-ley
porque entendemos que posibilitará que el sector de la
automoción, que es un motor generador de la economía de los
más importantes de nuestro país, pueda dar lugar a la
reactivacion económica esperada.

Muchas gracias, señoras y señores Diputados, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sánchez i Llibre.




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Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
tiene la palabra el señor Espasa.




El señor ESPASA OLIVER: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados. Nuestro Grupo Parlamentario va a apoyar este Real
Decreto ley, pero quiere aprovechar esta ocasión de su
convalidación para señalar algunas importantes insuficiencias
en lo que es la política industrial que practica el Gobierno y
el actual Ministro de Industria, porque vienen a significar el
reconocimiento de errores que este Grupo Parlamentario ha
venido señalando.

Nos recordaba el señor Ministro que España es el tercer
fabricante europeo y el quinto mundial de automóviles, por
tanto, se trata de una industria importante en el conjunto del
sector industrial español, por su situación internacional y
por el peso que tiene en la propia industria española. Nos
recordaba también que el año pasado ha sido el primero en el
que las matriculaciones de vehículos importados se han
igualado a las de producción nacional. Esto tiene mucho que
ver con la --aunque firme-- tibia actitud con que el Gobierno
abordó, y se discutió ampliamente en esta Cámara, tanto las
negociaciones del GATT, como la introducción de la cláusula
social en la futura Organización Mundial de Comercio.

Señor Ministro, se pueden hacer incentivos fiscales, pero es
tanto más importante plantear desde el Gobierno español y en
el peso que el Gobierno español pueda tener en la futura
Organización Mundial de Comercio, el tema tan relevante de
discutir el entorno social de la producción industrial en todo
el mundo. Porque no es de recibo --y usted lo sabe tan bien
como yo-- comparar en el mercado español la producción de
vehículos de países del sudeste asiático con entornos sociales
y democráticos de producción totalmente distintos a los de la
industria española o europea en general y pretender, después,
que estamos ante una situación de puro y mero libre comercio.

Usted sabe que esto es una falacia, la falacia del liberalismo
aplicado a la globalización mundial de la economía sin tener
en cuenta el entorno social de la producción. Después, con
algunas medidas fiscales se pueden arreglar las cosas y con
las que ustedes proponen algo se va a arreglar, porque son
pequeñísimos parches a problemas mucho más profundos. No digo
que usted o el Gobierno español en solitario pueda solucionar
este enorme problema, pero nos hubiese gustado mucho más ver
cuando se discutió el GATT y cuando se firmó en Marrakech, una
actitud mucho más decidida y activa --y casi diría de
liderazgo-- desde los presupuestos que teóricamente conforman
su Gobierno en introducir el tema de la cláusula social en la
futura Organización Mundial de Comercio. Tiempo tendremos de
hablar de esta cuestión, pero es una cuestión central. Es una
cuestión central el que los productos puedan circular
libremente por todo el mundo, por supuesto que sí, pero que
estos productos tengan unos entornos sociales de producción
similares y comparables. Nosotros decíamos en referencia a la
discusión del GATT: GATT sí, OIT también.

Algunos otros países, Francia, por ejemplo --no el Gobierno
español, y de esto nos quejamos--, se han puesto a la cabeza
de la revisión de las cláusulas sociales de la producción en
todo el mundo para igualar la verdad no sólo el comercio de
mercancías, sino la interrelación de la producción en todo el
mundo, que ha de ser similar en algunos aspectos. Tengan en
cuenta también esta cuestión más profunda que explica el
descenso importante en la producción industrial de vehículos
en Europa y explica el descenso importante en la producción
industrial de vehículos en España.

Otra cosa que hemos criticado repetidamente es la no
presencia, ni siquiera en porcentajes minoritarios, del sector
público español en los fabricantes de vehículos. Criticamos en
su día --y ahora recogemos tristes experiencias--, cuando se
vendió por ejemplo Seat a Volkswagen, el no mantener una
presencia
minoritaria del INI en aquella industria. Si hubiese una
presencia activa y directa, aunque minoritaria, del sector
público español, sea el INI, sea la Generalitat de Cataluña, y
se hubiese planteado también desde aquella instancia,
estaríamos hoy en mejores condiciones para conocer desde
dentro, desde el consejo de administración, las cuentas
teóricamente tan terribles y tan imposibles que prácticamente
ponen en duda la viabilidad de la propia factoría, me refiero
a la de la Zona Franca, por ejemplo. Cuando llegó el momeno de
aquellas enajenaciones la filosofía política que imperaba en
su gobierno era la de que no había por qué mantener una
presencia minoritaria, que era indistinto a quién perteneciese
la mayoría accionarial o del capital, y que esto no iba a
afectar en absoluto a la seguridad y a la viabilidad de
aquellas factorías.

El tiempo nos ha dado también en eso la razón cuando se
demuestra que cuando vienen las vacas flacas los centros de
decisión de las grandes compañías trasnacionales tienden a
dejar lastre en la periferia y no en el centro. Esto es lo que
está pasando, por ejemplo, en Seat o en Santana. Es otro
ejemplo de insuficiencias en su política industrial.

Respecto a la medida en concreto, usted nos ha presentado tres
ventajas: aumentará la seguridad del parque automovilístico
español --esto es cierto--, disminuirá la contaminación en la
medida en que renovará los vehículos --quiero recordar que
nuestro Grupo Parlamentario en repetidos ejercicios
presupuestarios ha presentado propuestas fiscales para reducir
la contaminación por otras vías, por ejemplo, por la de la
tasa ecológica-- y va a mejorar la capacidad de producción de
la industria nacional y, por tanto, en cascada, la capacidad
del empleo.




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Es indudable que es una medida que está siendo positiva, pero
es muy parcial, muy periférica. La vamos a apoyar, pero
queríamos señalar este entorno más general que explica la
situación difícil por la que está pasando la industria
automovilística española y de la Unión Europea en general, que
tiene estos marcos de referencia. Evidentemente, no es éste el
momento ni el decreto que puede cambiarlos o arreglarlos, por
supuesto que no --supongo que se habrá entendido--, pero sí he
querido señalar otros aspectos del entorno de la política
industrial que deberían ser tenidos en cuenta por este
Gobierno para prever, con más capacidad y perspicacia, los
problemas que tiene la industria española y que se le pueden
continuar planteando de no modificarse esta cuestión.

La deducción lineal del impuesto, repito, nos parece positiva
y anuncio a la Cámara que nuestro Grupo Parlamentario tiene
presentada una proposición no de ley para solicitar que en
este impuesto especial sobre la matriculación de vehículos,
este 13 por ciento que grava el 15 por ciento básico del IVA
(es un impuesto nuevo, como sabe el señor Ministro, pues no
tiene más de un año de vida) pueda ser transferida su gestión
y recaudación a las comunidades autónomas para que éstas a su
vez lo
redistribuyan entre los municipios. Sería una forma de
asegurar una financiación más directa a las arcas municipales,
sería una forma de aumentar y avanzar en la descentralización
del gasto de las administraciones públicas del Estado. Sé que
alcaldes que son Diputados de los Grupos Parlamentarios
Catalán (Convergència i Unió) y Socialista ven con mucha
simpatía esta propuesta. Esperemos que, cuando esta propuesta
se discuta en la Cámara, pueda tener una mayoría suficiente
como para que, si la Cámara lo decide, podamos contemplar la
transferencia de la gestión de este impuesto a las comunidades
autónomas --como, por cierto, ya lo tiene la Comunidad
Autónoma de Canarias-- y que la cuantía de la recaudación del
impuesto por estas comunidades autónomas sea distribuido de
forma proporcional a los municipios, puesto que uno de los
consumos más importantes de los automóviles se produce en el
ámbito de la circulación urbana. Si hay acuerdo en ello, esta
medida podría mejorar la situación de las arcas municipales,
se redistribuiría la gestión del gasto de las administraciones
públicas del Estado y nos acercaríamos a aquel desiderátum que
tanto repetimos todos del 50-25-25.

Insisto en que hay voluntad, al menos en los Diputados-
alcaldes del Grupo Catalán (Convergència i Unió) y del Partido
Socialista de que esto pueda ser realidad. Esperemos que los
grupos
parlamentarios, cuando estudien este tema, lo vean factible.

Nosotros creemos que es perfectamente factible. Es un impuesto
joven, es un impuesto que tiene un año y medio de vida y sería
perfectamente transferible a las comunidades autónomas para
cumplir estos beneficios.

Termino, señor Presidente, señoras y señores Diputados. La
medida, aunque pequeña y parcial, es positiva, y en este
sentido la vamos a apoyar.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Espasa.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Gamir.




El señor GAMIR CASARES: Señor Presidente, señorías, el Grupo
Parlamentario Popular va a apoyar la convalidación de este
Real Decreto-ley por una razón obvia: porque es una medida que
había defendido antes de que el Gobierno la tomara. Incluso
más, la defendía cuando el Gobierno se oponía a ella.

Aquí la tozudez de los hechos y de las fechas es muy clara. El
22 de marzo de este año el Ministro recibía al secretario
general de FASA-Renault, quien, en su nombre y en el de Anfac,
la patronal del sector, le pedía una medida de este tipo, de
achatarramiento, con una prima para la compra de nuevos
vehículos.

El secretario general de FASA-Renault declaraba a la salida de
la entrevista lo siguiente, y cito literalmente: «Obtuvimos
una respuesta negativa. En opinión de Eguiagaray, ahora no es
el momento para aplicar estas medidas en España»; 22 de marzo.

El 25 de marzo, el Grupo Parlamentario Popular presentaba una
moción con diversas medidas de política industrial, entre
ellas
precisamente ésta, que, además, fue ampliada y tuvo alguna
mayor resonancia en una rueda de prensa después de Semana
Santa. Y el propio 5 de abril aparecía en la prensa la postura
del Grupo Parlamentario Popular con el siguiente titular: «El
Partido Popular pide medidas a la francesa para recuperar la
demanda del automóvil» y señalaba que entre estas medidas se
incluía el pago en metálico por parte del Estado para
achatarramiento de
vehículos; día 5 de abril.

Curiosamente, cuando el tema se iba a discutir el día 12,
cuando la moción aún no había sido analizada por este Pleno,
el día 8 el Gobierno cambia de postura y acepta la medida. Hay
que felicitar al Gobierno por su capacidad de contradicción;
hay que felicitar al Grupo Parlamentario Popular por su
capacidad de influir en la realidad aun antes de que una
moción se discuta en el Parlamento.

Vamos a votar a favor pero pidiendo que se tramite como
proyecto de ley. Ello por tres razones: primero, por defectos
técnicos de esta medida; segundo, porque no se está viendo una
reacción de las compras con esta medida; y, en tercer lugar,
porque nos parece que la capacidad reglamentaria que se le
deja a un Gobierno que se está contradiciendo a sí mismo con
frecuencia con esta medida, habría que asegurarla más dentro
del propio proyecto de ley.

Primera razón. Esta medida está técnicamente mal redactada
desde un punto de vista jurídico. Por ejemplo, excluye a los
emigrantes. Dice que la antigüedad de los diez años se contará
desde la fecha en que hubiera



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sido objeto de su primera matriculación definitiva en España.

Pues bien, a un emigrante que hubiera tenido su coche durante
ocho años en Alemania, luego lo trajera a España y lo tuviera
otros siete años, no se le podría aplicar esta medida. Yo me
dirijo a los grupos de la Cámara: ¿Es que queremos realmente
discriminar a los emigrantes? ¿Es que no es mucho más lógico
tramitarlo como proyecto de ley, cambiando esta redacción para
que no se excluya a este grupo? Segundo. Con sinceridad,
creemos que esta medida no está dando los efectos importantes.

Lo decimos sintiendo que no los haya dado. En el mes de abril,
que es el mes en que ha regido esta medida se han incrementado
las matriculaciones en el 7,2 por ciento. En el primer
trimestre de este año, cuando no existía esta medida, se
incrementaron en el 15 por ciento. Me dirán ustedes: Pero hay
incremento. Sí, hay incremento, pero después de una caída del
24 por ciento el año pasado, hay incremento después de que las
cifras que estamos dando para este año implican un descenso
del 17 por ciento con respecto a la media de los últimos cinco
años.

El Director General de Anfac decía recientemente que estas
medidas estaban dando poco resultado, y recordaba que si
restábamos lo que están comprando las flotas de vehículos de
alquiler por otras razones --por razones de turismo--, el
crecimiento real de particulares había sido nulo en el mes de
abril. Repito, mes en el que rige esta medida y que, sin
embargo, tiene efectos de un menor incremento que en meses
pasados. Haría falta revisar esta medida, porque todos creemos
que tiene auténtica eficacia. El Grupo Popular ha presentado
unas
propuestas para la industria de la automoción, con nueve
medidas más de bajo coste fiscal. Hay una serie de temas a
tratar como, por ejemplo, que el impuesto de circulación de
estos vehículos antiguos está planteando unos problemas
especiales y quizá habría que llegar a algunos acuerdos con
las autoridades municipales. Habría que revisar también los
problemas de la propia tasa de matriculación y ver cómo
hacemos realmente eficaz esta medida para este sector, lo cual
exige su tramitación como proyecto de ley para perfeccionarla.

Hay una tercera razón más importante para que pidamos que se
tramite como proyecto de ley: en este Real Decreto-ley la
facultad reglamentaria pasa a los Ministerios de Industria, de
Economía y de Interior. Aquí nos encontramos con un problema.

Todos sabemos que en la Administración se suele decir: Haga
quien haga la ley, déjenme a mí hacer el reglamento. Ahora no
sabemos qué reglamento va a salir, porque las declaraciones de
los Ministros de Industria y de Economía son tan continuamente
contradictorias sobre esta materia de la fiscalidad del
automóvil, que no sabemos, el día que hagan el reglamento, en
qué dirección les tocaráinclinarse, hacia dónde soplará el
viento por decirlo en otra expresión.

Señor Ministro, permítame una pequeña ironía, Si hubiera que
hacer una caricatura de usted con relación a este tema, creo
que sería una caricatura a lo Hamlet, dado el sentido dudoso
de la figura, y es posible que con una gran margarita, en la
que un día usted deshoja una hoja de la margarita y ese día
toca decir sí a que se reduzca la fiscalidad del automóvil y
al día siguiente deshoja otra hoja y ese día toca decir no a
la reducción de la fiscalidad del automóvil. Además, entre
usted y el señor Solbes, la propia margarita está realmente
desconcertada. Veámoslo con hechos y datos.

El día 16 de octubre del año pasado, el señor Eguiagaray
declara: «El Gobierno bajará los impuestos de los
automóviles.» El mismo día el señor Solbes declara: «Se
descarta que pueda adoptarse una rebaja fiscal para los
automóviles a corto o medio plazo». Dos hojas de margarita en
dirección contraria. Día siguiente, el 17 de octubre, ahora es
el señor Eguiagaray el que dice que «se niega una bajada de
los impuestos que gravan el automóvil.» Pero luego, el día 25,
el señor Eguiagaray afirma que se tomarán medidas contra la
crisis del automóvil esa misma semana, y el señor Espinosa,
Presidente de Anfac, le recuerda que las medidas a tomar
tienen que ver con la tasa de matriculación. El lenguaje de
las palabras y el lenguaje de los hechos se contradicen porque
esa misma semana no se toma ninguna medida.

Día 28 de octubre, la radio, desde las siete de la mañana,
anuncia hora tras hora que se reducirá la tasa de
matriculación. No tuvo usted reflejos. Hasta las tres de la
tarde no lo
desmintió, creando una clara confusión en el sector. ¿A qué
hora se entera, señor Ministro, de lo que dicen los medios de
comunicación sobre su Departamento? ¿Seis horas más tarde?
Seis de noviembre, nuevo anuncio del señor Eguiagaray: no
habrá medidas. Ahora toca la hoja del no en este caso. Ya
hemos mencionado las diversas declaraciones contradictorias
sobre esta medida que afecta a la tasa de matriculación en el
tema del achatarramiento.

Si pasamos ahora al Grupo Parlamentario, hace un par de
semanas ha aprobado que se estudie la adopción de nuevos
mecanismos fiscales para incrementar la competitividad en el
sector de la automoción. Lo ha aprobado el Grupo Parlamentario
Socialista después de aprobarse este Decreto-ley. Luego pide
otras medidas fiscales, además de la reducción de la tasa de
matriculación, que es lo que se nos ocurre que está pidiendo
el Grupo Parlamentario Socialista.

Aún más, el Grupo Parlamentario Socialista plantea al Ministro
que se establezcan las líneas de una política industrial
adecuada para ayudar a la industria automovilística, ya que
estima que no existen las líneas



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adecuadas para realizar ese apoyo a la industria y pide que se
establezcan.

Para finalizar, ayer el señor Serra recibió a la patronal del
automóvil, y en este caso dijo que no se tomarán medidas
extras sobre fiscalidad del automovil. ¿Habrá que darles la
misma credibilidad que a la negativa del señor Eguiagaray
cuando se le planteó la medida del achatarramaiento, que al
Secretario General de Fasa-Renault dijo que la respuesta era
no? ¿Hay que dar la misma credibilidad a lo que ocurrió ayer
con el señor Serra? En resumen, nos encontramos con que vamos
a votar a favor de la convalidación de este Decreto-ley, pero
parece obvio que tiene que presentarse como proyecto de ley a
la Cámara.

Aparte de los argumentos que ya ha planteado otro grupo,
recordemos los importantes defectos técnicos y legales; por
ejemplo, el tema de los emigrantes; recordemos que no está
teniendo impacto real en la recuperación de la demanda, y
recordemos que las contradicciones continuas de este deshojar
de la margarita, de un día sí y otro día, plantean que no es
bueno dejarlo a la discrecionalidad de dos ministros, que cada
uno dice lo contrario del otro, por lo que creemos que el
Decreto-ley debe dejar más fijada cual es la postura al
respecto.

Señor Ministro, de verdad, yo creo que sus continuas
declaraciones han creado una falta de credibilidad en usted
mismo, como Ministro de un Gobierno al que no le sobra
precisamente credibilidad.

Muchas gracias, señor Ministro.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Gamir.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Marsal.




El señor MARSAL I MUNTALA: Gracias señor Presidente.

Señorías, en este trámite de convalidación del Real Decreto-
ley, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista quiero
expresar nuestra triple satisfacción. Satisfacción, en primer
lugar, por el propio contenido del Decreto-ley; satisfacción
por el informe positivo a la convalidación de este Decreto-ley
por parte del Parlamento de Canarias, y satisfacción también
por la unanimidad que la votación va a expresar, a pesar de
las frivolidades en la exposición de los representantes de
algún grupo parlamentario, que en cualquier caso comprendemos,
porque de alguna manera deben compensar, en su exposición de
motivos, su voto favorable al contenido del Decreto-ley, que
es lo importante y lo que nos satisface.

Nuestro Grupo Parlamentario va a votar favorablemente la
convalidación de este Decreto-ley por los tresaspectos
positivos que contiene y que han sido señalados en la
presentación por el Ministro de Industria.

En primer lugar, y fundamentalmente, por la incidencia que el
Decreto tiene sobre la industria del automóvil, sobre las
posibilidades de venta y de apoyo a la reactivación en este
sector, y también, como es lógico, por la incidencia que esto
va a tener sobre los lugares de trabajo en las empresas de
nuestro país en este sector que, como todos sabemos, están
pasando por un momento extremadamente delicado.

Se ha dicho que en un mes, que es el plazo de vigencia de este
Decreto, aún no ha tenido consecuencia. La experiencia
francesa --y lo señalaba el Ministro-- ha demostrado que la
incidencia se produce a partir del segundo o tercer mes, por
tanto, es
seguramente algo frívolo en este momento afirmar que no tiene
consecuencias este Decreto en el mercado.

En segundo lugar, también por la incidencia que va a tener
sobre el medio ambiente en cuanto a ayuda a la renovación del
parque móvil que en nuestro país tiene un nivel de edad muy
elevado, por encima de la media de los demás países europeos,
y la incidencia que va a tener en el ahorro de energía.

En tercer lugar, como se ha señalado, está la incidencia
favorable que la renovación del parque de automóviles va a
tener sobre la seguridad vial.

Creemos, además, que este Decreto-ley fue aprobado por el
Gobierno en el momento oportuno. Aprobar un decreto de
incentivos fiscales en este sector cuando se produce una
recesión en la venta de automóviles, señalan los expertos que
difícilmente iba a tener consecuencias positivas, o que, en
todo caso, iba a tener consecuencias positivas sólo en
determinadas gamas de la
producción y especialmente en las gamas elevadas, no en las
medias y bajas de la industria automovilística. ¿Por qué?
Porque una incidencia fiscal de unas cien mil pesetas puede
ser un elemento que acabe de decidir al comprador de unas
posibilidades económicas determinadas, pero difícilmente es un
elemento fundamental en un momento de recesión para el
comprador del sector bajo y medio de la producción del
automóvil, que
precisamente es el sector en el que se produce en la industria
automovilística española.

Por tanto, el momento de aprobar el Decreto era aquel en que
empezaba a producirse una renovación, un cierto movimiento en
este sector, tal como sucede en el primer trimestre de este
año, en el cual en nuestro país hubo un aumento de un 15,6 por
ciento de las ventas, algo por debajo de Gran Bretaña y algo
por encima de Francia, y en el cuarto trimestre, en que sí ha
empezado a tener incidencia este Real Decreto, observamos que
España, con un 15,7 por ciento, es el país que sufre un
aumento más elevado por encima de Gran Bretaña y Francia, que
también tiene un decreto aprobado en este sentido. Por eso nos
parece que el momento elegido



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por el Gobierno para aprobar el Decreto-ley fue el oportuno.

Por otra parte, también --y otros grupos lo han señalado-- la
aprobación de este Decreto ha supuesto una satisfacción
importante para el sector, más allá de críticas concretas del
sector, como es lógico, que siempre querrá un poco más, pero
ha mostrado su satisfacción, hasta el punto de que, como SS.SS
deben saber, el Presidente de Volskwagen, el señor Ferdinand
Piëch en Alemania ha propuesto a su Gobierno que se aplique un
Decreto como el español, no como el francés. Creo que este
también es un indicio que debe satisfacernos a todos, el que
los alemanes, Volskwagen, pongan como ejemplo un decreto que
ha sido hecho por el Gobierno español.

Algún grupo ha solicitado la tramitación como proyecto de ley
de este Decreto-ley. Nuestro Grupo cree que este Decreto
estará en vigor durante seis meses y su tramitación como
proyecto de ley supondría que la ley saldría aprobada en el
momento en que el propio Decreto ya no estuviera en vigor, lo
cual seguramente no es una buena técnica desde el punto de
visto parlamentario. Además, creemos que mantener abierto, a
partir de este Decreto-ley, el debate sobre aspectos
colaterales, que pueden ser importantes pero que son, repito,
colaterales al propio Decreto-ley, probablemente podría tener
incluso consecuencias negativas para el propio sector.

Por otro lado, si algún Grupo considera que hay otros aspectos
que deben ser debatidos, existen otros mecanismos (algún grupo
ha presentado ya una proposición no de ley en la línea de
manifestar aspectos que consideran que se deberían tener
también en cuenta), y parece más lógico que se utilicen estos
otros mecanismos parlamentarios y no tramitarlo como proyecto
de ley. Finalmente, también en este sentido debemos tener en
cuenta que este Decreto-ley actúa sobre los aspectos de
fiscalidad que son competencia del Gobierno central, y que, no
tiene sentido aquí debatir sobre aquellos tramos que no se
refieren a una competencia fiscal del Gobierno central, sino a
aspectos concretos de alguna comunidad autónoma. Por tanto, la
tramitación de este Decreto-ley como proyecto de ley tampoco
creemos que sea la forma más adecuada para solucionar algún
posible problema que hubiese en este sector.

Señor Ministro, sepa que sigue contando con el apoyo de este
Grupo Parlamentario Socialista (que con su voto permitió ya en
el debate del estado de la nación la aprobación del estudio de
algunas medidas sobre este sector, tanto en aspectos de
fiscalidad como en aspectos de política industrial), para
tirar adelante, con todas aquellas medidas que puedan
beneficiar a un sector tan importante para la economía
española.

Por todo ello, a la satisfacción inicial que nuestro Grupo ha
manifestado sumamos el voto favorable a la convalidación de
este Decreto-ley.

Muchas gracias.El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Marsal.

Vamos a proceder a la votación.

Votación para la convalidación o derogación del Real Decreto-
ley 4/1994, de 8 de abril, de medidas transitorias urgentes de
carácter fiscal para la renovación del parque de vehículos de
turismo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 307.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la convalidación.

Votación para la tramitación como proyecto de ley del Real
Decreto-ley convalidado.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 127; en contra, 161; abstenciones, 19.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la tramitación como
proyecto de ley del Real Decreto-ley convalidado.




ENMIENDAS DEL SENADO:



--PROYECTO DE LEY DE MODIFICACION DE LA LEY 5/1984, DE 26 DE
MARZO, REGULADORA DEL DERECHO DE ASILO Y DE LA CONDICION DE
REFUGIADO (Número de expediente 121/000002)



El señor PRESIDENTE: Punto VII del orden del día, enmiendas
del Senado. Enmiendas al proyecto de ley de modificación de la
Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y
de la condición de refugiado.

¿Desea algún grupo fijar su posición en relación con estas
enmiendas? (Pausa.)
Ruego a los grupos que deseen hacer uso del turno de fijación
de posición que lo señalen claramente, sin timidez. (Risas.)
Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Olarte. (El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la
Presidencia.)



El señor OLARTE CULLEN: Señor Presidente, comparezco aquí sin
la menor timidez, obviamente, para expresar nuestra
conformidad con el resultado que viene desde el Senado en
orden a una normativa respecto de la cual en su día Coalición
Canaria ya expresó, de manera contundente, su posición al
respecto. (Rumores.)



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El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Por favor, guarden
silencio, señorías.




El señor OLARTE CULLEN: Decía que nosotros, en su día,
expresamos nuestra conformidad con la preocupación explicitada
por Izquierda Unida, cosa que no nos resultaba precisamente
difícil habida cuenta de nuestro talante acaso conformado por
una ubicación geográfica especial en la cual estas cuestiones
merecen una atención especial por parte de la ciudadanía.

Expresamos en su día --repito que compartiendo la preocupación
de Izquierda Unida que le llevaba a la formulación de una
enmienda a la totalidad--nuestra discrepancia en cuanto a lo
drástico de tal decisión de devolución, porque creíamos que
con la presentación y la
aceptación de un número importante de enmiendas, como fue
nuestro caso, podían corregirse una serie de disfunciones que
traían causa de un acuerdo entre el Grupo Socialista y el
Grupo Popular, que se había plasmado en las postrimerías de la
pasada
legislatura
Vimos siempre cómo prevalecía en el Grupo Socialista un
criterio riguroso, que acaso había hecho mella profunda en
dicho Grupo tras la posición del Ministro Corcuera sobre el
particular. Pero esa cuestión creemos que fue aliviada
posteriormente desde que el Ministro señor Asunción tomó
posesión, aunque ha sido preciso llegar al Senado para
establecer la cuestión en sus justos límites.

Nosotros, habida cuenta de que razones cualitativas
importantes de nuestra posición se han encauzado de una manera
positiva, expresamos nuestra satisfacción por la forma en que
viene el proyecto desde el Senado, donde se han introducido
correcciones técnicas no despreciables. Además, se corrige
algo que para nosotros, acaso porque en muchas ocasiones
actuamos con una cierta deformación producto del ejercicio
durante muchos años de la profesión togada, cercenaba,
limitaba, imposibilitaba la libre decisión de los tribunales
de Justicia, en lo
contencioso-administrativo concretamente, en orden a la
imposibilidad en que se encontraban de decretar la suspensión
del acto administrativo en perjuicio de quien solicitaba el
derecho al asilo; tan sólo podían hacerlo en aquellos casos en
que hubiese una conformidad, un informe favorable respecto a
la pretensión del mismo, sustrayendo la posibilidad de que los
tribunales tuviesen su soberanía al respecto.

Hoy en día, cuando se ha eliminado el adverbio «sólo» y los
tribunales recuperan la posibilidad, que estaba un tanto
puesta en peligro, de decretar la suspensión del acto
administrativo por otras razones que consideren aceptables, en
uso de su soberanía, se despeja aquella preocupación. Por
tanto, ante la posibilidad que se brinda, y que se amplía
enormemente, de que tal suspensión se produzca, consideramos
que, sin llegar al máximo de lo deseable, sin embargo se ha
realizado un avance significativo, que por lo que respecta a
Coalición Canaria se traduce en un cambio de su posición a
positiva respecto a la resultancia del Senado.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Olarte.

Para fijar la posición del Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra
el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente. Deseo mostrar la satisfacción del Grupo Vasco por
la redacción de este proyecto de ley, tras los sucesivos
trámites en esta Cámara y en el Senado. Después de arduas
discusiones,
deliberaciones y propuestas diversas, entendemos que se ha
llegado a un punto de equilibrio razonable, que garantiza
suficientemente los derechos de los refugiados en este
contexto europeo. Somos conscientes y rigurosos, ante los
flujos
inmigratorios que se están produciendo en nuestro entorno, de
que se hace distinguiendo claramente la figura de asilado,
refugiado y del inmigrante económico, poniendo en vigor --que
era uno de los aspectos sustanciales de esta discusión--
procedimientos administrativos y judiciales suficientes para
garantizar un derecho constitucionalmente reconocido. Además,
esta reforma se hace integrando en dichos procedimientos a
organismos
internacionales de reconocido prestigio, como Acnur, que
coadyuven con las administraciones en la consecución de estos
objetivos.

Por ello, señor Presidente, manifestamos que el Grupo Vasco va
a votar afirmativamente este proyecto de ley, y mostramos
nuestra satisfacción por la forma de trabajo que se ha llevado
en este caso.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
González de Txabarri.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Muchas gracias, señor Presidente.

También quiero manifestar nuestro votor favorable a las
enmiendas del Senado a este proyecto de ley y sumarme a lo
manifestado por los anteriores portavoces en el sentido de
expresar nuestra satisfacción por cómo ha quedado finalmente
este proyecto de ley. Como es sabido, en el debate de
totalidad nuestro Grupo expresó sus serias reticencias al
mismo, y manifestamos también nuestro deseo de contribuir,
durante trámites sucesivos, a conseguir un consenso en la
Cámara.

A nuestro entender, este consenso mayoritariamente se ha
conseguido, sobre todo desde la perspectiva de nuestro Grupo
Parlamentario, puesto que se han incorporado



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mayores garantías a los solicitantes del derecho de asilo,
pero muy especialmente desde el momento en que en Comisión se
acuerda votar y aprobar nuestra enmienda al artículo 21,
enmienda que, de hecho, recogía también el espíritu de algunas
similares presentadas por otros grupos parlamentarios, que
impedían la suspensión de la expulsión en frontera y de la
salida obligatoria del solicitante cuando mediara la
interposición del recurso contencioso-administrativo, y
además, cuando el representante en España del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Refugiados hubiera emitido
informe favorable.

Creo que con ello hemos dado un paso importante, por lo que,
repito, quiero manifestar la satisfacción de nuestro Grupo
Parlamentario.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Recoder. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el señor López
Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, señorías, el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya no
va a votar a favor de las enmiendas del Senado. Admitimos que
se han producido algunos avances, pero se trata de mejoras
técnicas, aunque en algún caso de cierta importancia, como la
supresión de la palabra «sólo» en el artículo probablemente
más significativo del proyecto. Y además destacamos también
que en el Senado se va a evitar que la inadmisión a trámite
que aparece en este proyecto de ley sea aplicada a los casos
planteados con anterioridad a la vigencia de la futura ley.

Sin embargo, mantenemos objeciones de fondo a este proyecto de
ley que no han sido disipadas del todo en el trámite del
Senado, y por eso es por lo que nuestro voto va a ser de
abstención respecto de estas enmiendas.

En relación con el tema nuclear relativo a suspender, la
ejecución de la expulsión en el momento en que se interpone un
recurso contencioso-administrativo, sigue existiendo aún la
necesiddad de que se preste el apoyo por el Acnur, el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas, que supone, sin duda, un
avance respecto de la inaceptable redacción con que venía el
proyecto de ley (y por eso nosotros nos abstuvimos en la
Comisión), pero consideramos que hay serias dudas sobre la
constitucionalidad de este precepto. Es decir, la garantía, el
goce de un derecho fundamental, la tutela judicial, va a
depender, en última instancia --se quiera o no se quiera--, de
que así lo considere un organismo como el Acnur, muy
respetable, pero no un organismo que esté dentro del sistema
constitucional español, un organismo sobre el cual el Estado
español, el Gobierno, el Parlamento tengan algún tipo de
control, y, por tanto, en el que es difícil saber si la tutela
judicial podrá ser aceptada o no y si podrá o no ser
controlada.

Tampoco se ha resuelto en el Senado la ausencia del asilo por
razones humanitarias, que es uno de los elementos básicos que
nosotros planteábamos en nuestra enmienda a la totalidad que
defendimos hace algunos meses en esta Cámara. No se ha
resuelto; el asilo por razones humanitarias ha desaparecido, y
creemos que eso no es bueno, dadas las circunstancias en las
que hoy día se está moviendo, social y políticamente, el tema
del asilo. Ni tampoco se ha incluido el asilo para los
refugiados, algo que está a la orden del día también en los
medios de comunicación y en la realidad.

Por otra parte, tenemos que señalar que no están clarificadas
suficientemente la situación y las garantías que tiene quien
en la frontera pide asilo y sufre un internamiento hasta que
se resuelva la admisión a trámite de su solicitud. No está
claramente expresada la tutela judicial en ese momento del
internamiento, que es una privación de libertad, y tampoco
está establecido con claridad que en ese momento --aunque
nosotros defenderemos siempre que hay que interpretarlo así,
pero no está establecido en el proyecto de ley-- tenga derecho
a intérprete y asistencia letrada; sí está establecido para
los que piden asilo cuando están ya en el territorio español,
pero no está establecido expresamente para los que piden el
asilo en frontera, que es cuando están en la máxima situación
de indefensión. Todo ello nos hace pensar que este proyecto de
ley no está rodeado de suficientes garantías. Desde luego, ha
sido mejorado desde el momento en que llegó aquí hasta el
momento en el que va a salir de esta Cámara. Admitimos que ha
sido mejorado y se han dado unos ciertos pasos no sin un
trabajo ímprobo, hay que decirlo también, con una encomiable
capacidad de los grupos parlamentarios para ir avanzando y
consensuando algunas cosas, y después de que en el sillón en
que está usted ahora mismo estaba el señor Corcuera, y luego
el señor Asunción, y hubo un debate crispado con el señor
Corcuera --recuerdo-- en la defensa de la enmienda de
totalidad, defendiendo cosas que luego
afortunadamente algo se han cambiado, aunque a nuestro juicio
no suficientemente. Este es un proyecto de ley que
objetivamente --hay que reconocerlo así-- restringe el derecho
de asilo tal como en este momento se está gozando de él; eso
es una realidad. Habría que haberlo rodeado de todas las
garantías
constitucionales, absolutamente todas las garantías
constitucionales, y creemos que subsisten dudas sobre la
constitucionalidad de determinados artículos, lo que
condiciona nuestra posición.

Aprovecho la ocasión para señalar que este proyecto de ley se
inscribe en una estela de proyectos y de textos legislativos
que han restringido sistemáticamente, en los últimos años,
derechos de colectivos como es el caso de los extranjeros. Hay
que decir que este proyecto



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de ley está en la línea de un planteamiento político de
restricción de derechos que se inicia en la Ley de
Extranjería, que sigue con la Ley de Protección de Datos que,
en conexión con el Tratado Schengen, puede suponer importantes
restricciones, que sigue con la Ley de Seguridad Ciudadana
enmendada, en este caso, por el Tribunal Constitucional y que
culmina en este proyecto de ley de asilo. Por tanto, obedece a
un planteamiento político presidido por la figura del señor
Corcuera en el Gobierno y que evidentemente ha restringido
derechos importantes para
colectivos, en concreto para los extranjeros, tema en el cual
no hay ningún tipo de problema con la derecha social o
política (la derecha social de fuera de este Parlamento y la
derecha política de este Parlamento) que ha aplaudido
sistemáticamente cuando se producían estas restricciones a
estos colectivos. Prueba de ello son las posiciones adoptadas
en relación con este proyecto de ley de asilo.

Creemos que es el momento de revisar esta política en un
sentio garantista. Lo mismo que se ha dicho en estos días que
estos casos de corrupción --motivo de debates en este
Parlamento-- han estado condicionados y explicados seguramente
por el clima político y económico que se ha vivido en los
últimos años en nuestro país, también hay que instalar la
redacción de este proyecto de ley que venía a esta Cámara, que
luego ha sido modificada ciertamente en alguna medida, en un
planteamiento político en relación con restricción de derechos
que debe ser absolutamente revisado. Por tanto, ese espíritu
de enmienda que ustedes planteaban respecto del tema de la
corrupción creemos que debería extenderse también a los
planteamientos sobre libertades y derechos que se han
mantenido aquí en los últimos años y que creemos que no son
propios de una fuerza progresista. Por eso aprovechamos la
presencia del flamante señor Ministro de Justicia e Interior -
-que me imagino que al tiempo que habla con un distinguido
miembro de la oposición estará también atento a lo que decimos
desde esta tribuna-- y le recordamos esta petición, encomiable
por nuestra parte, de que se revise esta línea política que se
inicia en un punto de inflexión en la reforma de este proyecto
de ley, y que debe ser seguida por otras
iniciativas, que esperamos de usted y de su credibilidad en
cuanto a la reforma de determinadas leyes que no deberían
existir en su redacción inicial en la actualidad y que
deberían revisarse en el futuro para que se vuelva a la senda
de una verdadera garantía de derechos y libertades de
ciudadanos y, sobre todo, de colectivos especialmente
desprotegidos como son los
extranjeros.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor López
Garrido.

Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Jordano.

El señor JORDANO SALINAS: Gracias, señor Presidente.

El Grupo Parlamentario Popular va a votar favorablemente parte
de las enmiendas que se han introducidoen el texto por el
Senado, salvo la relativa al apartado31, en que nos
abstendremos pura y simplemente por entender que el adverbio
«solo» colocado en el texto del artículo no tiene la
trascendencia que se le ha atribuido de limitar las
posibilidades de actuación del juez. De todas formas, si se
podía prestar a confusión el hecho de que apareciera en el
artículo, de acuerdo con su eliminación, pero nos vamos a
reservar la opinión en esta materia.

Nuestro Grupo valora favorablemente el marco legal y la forma
en que queda regulada la concesión del derecho de asilo.

Evidentemente se ha producido un cambio en la legislación de
extranjería, se ha producido también un cambio en la
legislación de asilo, porque las circunstancias actuales no
son las mismas que cuando se establecieron este tipo de leyes.

La figura del asilo ha sido contaminada en la práctica por una
serie de solicitantes que, aprovechando la vía del asilo más
favorable para ellos, realmente no reunían ninguna condición,
no reunían ningún derecho para ser solicitantes de este asilo.

En este aspecto, creemos que la ley cumple adecuadamente la
Constitución y permite que los esfuerzos de la Administración
se centren exclusivamente en aquellos auténticos perseguidos
políticos, en personas que necesitan la protección de la
sociedad española. No apreciamos ninguna reserva en la
regulación de la suspensión y, a fin de cuentas, aunque el
Acnur informe negativamente una solicitud, la tutela judicial
efectiva va a depender no del marco legal, va a depender de la
eficacia de la jurisdicción
contencioso-administrativa en atender el recurso en que se
plantee esa solicitud. Por tanto, no es un problema de la ley,
puede ser un problema de funcionamiento de la jurisdicción
contencioso-administrativa.

Desde que empezó la tramitación de este proyecto de ley
distinguimos dos ámbitos de actuación: el marco legal que se
le facilitaba al Gobierno y la actividad de la Administración
en esta materia. Mantuvimos una serie de dudas sobre la
eficacia de la Administración en esta materia y, hoy, cuando
acaba la tramitación parlamentaria de la ley reguladora del
derecho de asilo, hay que hacer una llamada de atención al
Ministro de Justicia e Interior para que resuelva los
problemas materiales que están produciéndose en relación a la
acogida de solicitantes de asilo. Si queremos tener una
legislación moderna en esta materia, si queremos tener una
Administración eficaz,
evidentemente no se pueden mantener circunstancias físicas
como la situación del centro de acogida de Málaga; centro de
acogida que abarca toda Andalucía, abarca realmente una zona
que va a producir un número importante de solicitudes,



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y que está en unas condiciones de habitabilidad que no son
dignas. Evidentemente, ahí falla el Ministro del Interior,
falla el Ministro de Justicia en no tener un centro de acogida
digno para solicitantes de asilo en toda Andalucía. Esa es la
eficacia que nosotros pedimos a la Administración y dudábamos
si la Administración iba a ser capaz, contando con un marco
legal adecuado, de ser eficaz en el desarrollo de esta
materia. En el primer punto en que hemos hecho el análisis de
esa eficacia, este centro de acogida de Málaga, evidentemente
ha fallado la Administración. Esperamos que en lo sucesivo la
Administración sepa utilizar el marco legal que le ha
facilitado el Congreso de los Diputados y sea más eficaz en el
tratamiento de los solicitantes del derecho de asilo.

Nada más, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Jordano.

Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Valls.




El señor VALLS GARCIA: Señor Presidente, señorías, es la
quinta vez que subo a esta tribuna para, en distintos actos
parlamentarios, referirme a la tramitación de este proyecto de
ley. Por ello, y dado lo apretado del orden del día de hoy,
hago gracia a SS.SS. de todas aquellas argumentaciones de
fondo que nos llevaron a defender el proyecto de ley enviado
por el Gobierno,
a plantear la enmienda de nuestro Grupo y, fundamentalmente, a
ofrecer desde el primer momento una actitud de diálogo, de
pacto, una actitud abierta a las sugerencias de los demás
grupos parlamentarios. Mi Grupo estima, sinceramente, que
hemos cumplido la palabra. Como han tenido a bien reconocer
los representantes de otros grupos, ha sido constante la labor
de diálogo, de aceptación de enmiendas, de tratar de pulir el
texto para conseguir una buena redacción de la ley de asilo a
fin de lograr una buena protección de aquellos ciudadanos que
son merecedores de este derecho. Con ello creemos que damos un
paso a favor de los solicitantes, de los sujetos del derecho
de asilo, y
conseguimos potenciar igualmente una figura de gran arraigo
internacional, de gran prestigio dentro de la sociedad y,
fundamentalmente, de aquellos campos de la solidaridad.

Respecto a las enmiendas del Senado, me voy a centrar en dos
que son las que tienen más calado. En primer lugar, como se ha
dicho por parte de otros grupos, la eliminación de la palabra
«solo» en el artículo 21.2, que creó una cierta preocupación,
fundamentalmente en el Grupo de Coalición Canaria, en la
tramitación en el Congreso. Evidentemente, nos sumamos a esa
postura, que además fue compartida con los Senadores del Grupo
Popular en el Senado. Por tanto, creemos que conseguimos,
conquistamos o reconquistamos un nuevoapoyo a esta ley que --
digo-- fruto de aquella postura de pacto y de diálogo mi Grupo
ve positiva.

Según anuncié en mi primera intervención de una manera velada,
mi Grupo estaba decidido a aceptar desde el primer momento y
lo saben los grupos de la Cámara, la actual redacción de la
transitoria primera. Eramos conscientes de que se podían crear
algunos perjuicios a aquellos solicitantes que habían mostrado
su deseo de acogerse al derecho de asilo en las actuales
circunstancias, por lo que consideramos --y así lo hablamos
con algunos grupos-- aceptar esta enmienda en el último
momento del trámite del Senado y conseguir con ello no
perturbar algunas solicitudes espurias.

Señor Presidente, de acuerdo con los servicios de la Cámara y
con el resto de los grupos, el Grupo Parlamentario Socialista
pide votación separada de la disposición transitoria primera,
a partir de la palabra «asilo». Quedaría redactada esta
transitoria, de acuerdo con los demás grupos, insisto, de la
siguiente forma: «La tramitación de las solicitudes de asilo
presentadas con
anterioridad a la entrada en vigor de esta ley se regirá por
lo dispuesto en la Ley 5/1984 en cuanto a competencia,
procedimiento y efectos de la denegación de asilo». Pedimos
votación separada del resto, señor Presidente, para votarlo en
contra, no por ningún argumento de fondo sino únicamente por
motivos de técnica legislativa.

Para terminar, señor Presidente, doy las gracias a todos los
grupos que han querido transigir, ceder y mejorar este
proyecto de ley, ya que hoy podemos decir que hemos cumplido
aquel mandamiento del Congreso de los Diputados cuando instó
al Gobierno a traer este proyecto de ley; proyecto de ley que,
como dije el primer día y sigo manteniendo, es fruto, insisto,
de la petición de este Parlamento, es concorde con nuestra
Constitución y está de acuerdo con la doctrina internacional
al respecto. Nada más, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Se entiende que lo que
hay que separar en la votación es, dentro de la disposición
transitoria primera, sólo en el apartado 1, hasta la palabra
«asilo». La votación separada es de la expresión: «previstos
en el artículo 20 del Reglamento para la aplicación de la
citada Ley.» Nada más que eso. ¿El apartado 2 sigue siendo
válido? (Asentimiento.) De acuerdo. Gracias.

Pasamos a la votación, señorías. (El señor Presidente ocupa la
presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley
de modificación de la Ley reguladora del derecho de asilo y de
la condición de refugiado. (El señor Fernández-Miranda y
Lozana pide la palabra.)
Señor Fernández-Miranda.




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El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Solicito votación
separada de la enmienda al apartado 31. (El señor Valls García
pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Valls.




El señor VALLS GARCIA: Señor Presidente, nuestro Grupo pide
votación separada, en la disposición transitoria primera,
apartado 1, de la penúltima línea a partir de la palabra
«previstos».




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Valls.

Señor Fernández-Miranda, ¿la solicitud de su Grupo se refiere
a la enmienda al apartado 31 del texto del Congreso?



El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Señor Presidente, es el
anterior número 30, que resulta 31 después de las enmiendas
del Senado.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández-Miranda.

Enmienda al apartado 30 del texto del Congreso, 31 en el texto
del Senado.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 310; a favor, 170; en contra, uno; abstenciones,
139.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Votación relativa a la enmienda a la disposición transitoria
primera, apartado 1, excepto la expresión «previstos en el
artículo 20 del Reglamento para la aplicación de la citada
Ley». Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 310; a favor, 170; en contra, 120; abstenciones, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Restante texto de esta disposición transitoria primera,
apartado 1. La votación se refiere a la parte que ha quedado
excluida en la anterior votación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 309; a favor, 119; en contra, 170; abstenciones, 20.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Restantes enmiendas a este proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 310; a favor, 292; abstenciones, 18.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Emiendas a la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 310; a favor, 292; abstenciones, 18.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.




--PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS URGENTES DE FOMENTO DE LA
OCUPACION (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 18/1993, DE 3 DE
DICIEMBRE) (Número de expediente 121/000030)



--PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICAN DETERMINADOS
ARTICULOS DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Y DEL TEXTO
ARTICULADO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO LABORAL (Número
expediente 121/000032)



--PROYECTO DE LEY ORGANICA POR LA QUE SE INCLUYE UNA
DISPOSICION ADICIONAL CUARTA EN LA LEY ORGANICA 11/1985, DE 2
DE AGOSTO, DE LIBERTAD SINDICAL (Número de expediente
121/000044)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Sesnado al proyecto de ley
de medidas urgentes de fomento de la ocupación (procedente del
Real Decreto-ley 18/1993, de 3 de diciembre) y al proyecto de
ley por la que se modifican determinados artículos del
Estatuto de los Trabajadores y del texto articulado de la Ley
de Procedimiento Laboral.

Figura en el orden del día, como habrán advertido SS.SS., en
este mismo apartado el proyecto de ley orgánica por la que se
incluye una disposición adicional cuarta en la Ley Orgánica
11/1985, de Libertad Sindical, pero este proyecto de ley
orgánica no ha sido objeto de enmienda alguna en el Senado y,
por tanto, no va a ser objeto de este debate.

¿Grupos que desean fijar su posición en relación con los dos
proyectos de ley? (Pausa.) Por el Grupo Mixto tiene la palabra
la señora Rahola.




La señora RAHOLA I MARTINEZ: Gracias, señor Presidente.

Sólo quiero reiterar lo que ya hemos dicho en los debates
anteriores sobre la reforma del mercado laboral.




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En este sentido, entendemos que continúa siendo una reforma,
desde un punto de vista de izquierdas, muy impresentable,
discriminatoria y que va a llevar a una situación en el
mercado laboral aún más discriminatoria de la que hay en estos
momentos. Quiero recordar sólo que hoy incluso el Arquebisbe
Carles, el Arquebisbe de Cataluña, dice que algunos puntos de
la reforma del mercado laboral son profundamente
discriminatorios. Por tanto, nos ratificamos en la posición
que hemo tenido siempre en este tema.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Rahola.

Por el Grupo Mixto tiene la palabra el señor Albistur. (El
señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la Presidencia.)



El señor ALBISTUR MARIN: Muchas gracias, señor Presidente. Voy
a ser breve porque creo que queda mucha materia, pero con la
intención de destacar algunos aspectos de la importancia de la
reforma del Estatuto de los Trabajadores. Me fijaré en
aquellos positivos, porque creo que serán subrayados, y por lo
menos en las dudas que esta reforma deja para los
trabajadores, con una mentalidad quizás excesivamente
intervencionista que todavía sigue primando en las relaciones
laborales dentro del Estado español como herencia de tiempos
pasados que quizás fueron buenos para las soluciones
individuales, pero no para el reconocimiento que una
democracia debe tener en las instituciones, como son las
asociaciones sindicales y las asociaciones empresariales que,
en definitiva, son los verdaderos protagonistas de esta
reforma laboral y de las relaciones laborales.

En el Estatuto de los Trabajadores se debería hacer --y creo
que se está haciendo-- una acomodación a los tiempos de la
reforma laboral. Los tiempos han cambiado desde el año 1982,
en que prácticamente se puso en vigor el Estatuto de los
Trabajadores, y nada hay mejor que una ley que se vaya
incorporando
precisamente a lo que los tiempos van demandando; y los
tiempos demandan mayor flexibilidad, favorecer la
representación y la negociación libre entre las partes,
evitando la intervención y el peligro de continuar con una
reglamentación que puede ser más cómoda incluso para las
partes, para trabajadores y
representantes empresariales, pero que, en definitiva, resulta
menos eficaz y no hace más que introducir distorsiones en lo
que debe ser una relación fluida, una relación negociada y lo
que deben ser precisamente los resultados de esa negociación.

Este Parlamento debe tener como fin último garantizar y
fomentar la libertad de asociación sindical y empresarial.

Corren tiempos difíciles para una representación de ambos
casos, la crisis política, que a todos nos afecta, afecta
también en este caso a las asociaciones sidicales y a las
asociaciones empresariales, queda mucho por hacer, pero creo
que estamos en el camino precisamente de introducir la
flexibilidad y la negociación como elementos de dinamización
de las relaciones laborales en el nivel de empresa, en el
nivel de la representación regional y también en el nivel de
la representación estatal.

Quiero referirme fundamentalmente a la modificación
introducida en el artículo 84, en el Senado, como fruto de una
larga
negociación iniciada en este Congreso. Se trataba de una larga
reivindicación que nosotros, como representantes de una
comunidad autónoma, hemos llamado durante mucho tiempo «el
establecimiento del marco autónomo de relaciones laborales».

Esta frase viene a reconocer la posibilidad de una negociación
libre entre las parte, de unas partes reconocidas como
representantes de
sindicatos y de empresarios en un área determinada y en una
región donde han sido tradicionales las negociaciones libres
entre las partes. Hoy debemos felicitarnos todos por conseguir
que este artículo haya sido introducido en la ley, en el
Senado. Este artículo va a introducir ventajas económicas
claras y puede ser comparado a otros instrumentos económicos
que en el País Vasco existen, como puede ser el concierto
económico; ventajas económicas que pueden ser llevadas a las
situaciones de crisis, como las que actualmente pasamos,
dejando que la solución de esa crisis quede en manos de la
representación sindical y
empresarial.

Quisiera hacer una llamada positiva frente a las voces que
están viendo únicamente, en este dejar a las partes la
negociación, una desventaja para la parte empresarial. Todo
dependerá precisamente de la capacidad de negociación que la
parte empresarial como tal presente y de la capacidad que
tenga de mantener una negociación libre, verdaderamente
representativa, con la parte sindical, llamando también a lo
que considero que ya existe: a un sentido común en la
aplicación de la negociación por parte de la
representación sindical.

Quisiera finalizar animando a aquellos grupos políticos que
todavía experimentan presiones desde otros sindicatos y desde
otras organizaciones sindicales de ámbito superior al
puramente regional, diciéndoles que lo que ha resultado de
esta negociación es tremendamente positivo. Esto va a ayudar a
no desmembrar la negociación colectiva en el Estado y a
potenciar algo que es absolutamente necesario y acomodado a
las situaciones específicas de cada sector y de cada
territorio.

Desearía felicitarnos a todos, felicitar a la representación
del Partido Socialista que ha accedido, después de largas
conversaciones, a introducir este artículo, a la
representación del Grupo Vasco, al Sindicato vasco ELA-STV,
que ha hecho posible que este artículo pudiera llegar aquí, y
aunque no produzca la satisfacción que todos hubiéramos
buscado, significa un paso muy importante



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de reconocimiento de las partes, sindicatos y empresarios, que
están coprometidos con sacar adelante una región en crisis,
que en su momento fue próspera y que esperamos que en el
futuro, mediante esta negociación, vuelva a serlo.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Albistur. Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la
palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Señor Presidente, no quiero iniciar
un turno de alusiones personales, pero el señor Anguita hizo
una manifestación curiosa en la tarde de ayer. Solicitó la
dimisión nada menos que del Presidente del Gobierno, Felipe
González, por una razón, entre otras que él argumentó, que se
nos antoja imaginativa, utilizando una expresión eufemística,
señor
Presidente. Dijo el señor Anguita que el señor González
debería dimitir porque estos proyectos que configuran la
reforma laboral han hecho nada menos que palidecer a todos los
gobiernos
europeos. Me parece reproducir textualmente las
manifestaciones del señor Anguita.

Resulta poco comprensible que se hagan manifestaciones de este
tenor y, desde luego, desde cualquier punto de vista
exageradas. Poco comprensibles, en primer lugar, porque
seguramente ninguno de los gobiernos europeos haya reparado
particularmente en el contenido de estos proyectos de ley de
reforma del mercado de trabajo. En segundo lugar, porque el
sector laboral del
ordenamiento jurídico español, incluso después de esta reforma
--que más flexibiliza, o potencialmente puede flexibilizar,
que desregula, que es otro concepto jurídico diferente--,
sigue siendo más rígido que el de la mayoría de los
ordenamientos jurídicos, por lo menos de los países que
constituyen la Unión Europea. En tercer lugar, señor
Presidente, porque hay países de la Unión Europea y de otros
contextos, de otros ámbitos
geográficos, donde el derecho del trabajo prácticamente ni
existe. Por ejemplo, esto ocurre en casi todos los países
anglosajones.

Por tanto, esta referencia del señor Anguita, respetable y
legítima, de la que yo no quiero, desde luego, realizar ningún
tipo de descalificación, sí nos parece exagerada porque --y
esta es la reflexión que a mi Grupo Parlamentario le parece
pertinente hacer--, consideramos que esta reforma del mercado
de trabajo es fundamentalmente discreta. Este es el
calificativo que se nos ocurre más pertinente, más adecuado al
propio contenido de esta reforma del mercado de trabajo.

¿Por qué decimos, señor Presidente, que entendemos que es una
reforma del mercado de trabajo discreta y bien concebida? Lo
decimos por una razón fundamental: para acometer la
flexibilización de aquellas regulaciones que todavía son
rígidas en nuestro ordenamiento laboral se endosa, se atribuye
la responsabilidad a los interlocutores sociales potenciando
la negociación colectiva. Esta es la esencia --yo creo que la
describo bien-- cuando menos del proyecto de ley que reforma
el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Procedimiento
Laboral. Este endoso de la responsabilidad a los
interlocutores sociales, a los legitimados para negociar a
tenor de los requerimientos de los artículos 87 y 88 del
Estatuto de los Trabajadores, no puede asustar a nadie y,
desde luego, no puede asustar a los
interlocutores sociales. Aquí no se predeterminan los límites
de la flexibilización --y la flexibilización es estrictamente
necesaria desde una perspectiva de competitividad--, sino que
se atribuye la negociación colectiva a los interlocutores
sociales legitimados para negociar convenios colectivos; en
definitiva, el ajuste de la flexibilización necesaria en una
negociación colectiva desagregada al ámbito de la empresa, a
ámbitos
territoriales inferiores al del Estado o incluso a ámbito
territorial del Estado.

Se potencia la negociación colectiva, incluyendo 23 nuevas
materias que van a formar parte del contenido mínimo de los
convenios colectivos a través de las cuales se procederá no a
la desregulación, porque la negociación colectiva no es
desregular, puesto que los convenios colectivos son genuino
ordenamiento jurídico estatal, pero sí a la flexibilización
que los
interlocutores quieran. Por esto, las críticas sindicales y
las empresariales sorprenden sobremanera a mi Grupo
Parlamentario. Se flexibilizará lo que quieran los
interlocutores y lo que consideren pertinente en una
negociación colectiva cuya
estructura territorial ya está pertinentemente desagregada
fundamentalmente a través de la enmienda que se ha logrado
pactar en el Senado al artículo 84 del Estatuto de los
Trabajadores en relación a la concurrencia de convenios
colectivos de diferente ámbito territorial o de diferente
ámbito funcional.

De esta manera y por este procedimiento se flexibilizará,
seguramente de forma pertinente y adecuada, la jornada máxima,
las vacaciones, los descansos semanales y de fin de semana, la
estructura de las vacaciones, la estructura del salario y
todas estas 23 materias cuya regulación, no sólo la contenida
en las normas que constituyen el derecho del trabajo, de
origen estatal, sino también contenidas en las ordenanzas
laborales, todavía gravita de forma negativa sobre este
concepto un tanto abstracto y de uso e interpretación en
ocasiones arbitraria que se denomina la competitividad de
nuestras empresas.

Nos parece, señor Presidente, por esta razón, que está bien
concebida. Tenemos algunas dudas, teníamos algunas
expectativas de que algunas enmiendas de nuestro Grupo fueran
aceptadas en materia de flexibilización, que no de
desregulación, puesto que nada se desregula. Nos interesa
matizar mucho este concepto,



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no se desregula el derecho del trabajo, porque los convenios
colectivos son ordenamiento jurídico --extraestatal, pero
ordenamiento jurídico--, pero sí se flexibiliza.

Nos parece que algunos límites sí se podían haber introducido
a estos elementos de flexibilización. ¿Qué límites? Por
ejemplo, pautar el número de horas máximo que se puede
trabajar cada día, no sólo con referencia a la semana, o
limitar el porcentaje del salario que se puede pagar en
especie o limitar la forma de fraccionar las vacaciones. Pero,
en definitiva, este Título I del Estatuto de los Trabajadores
lo consideramos globalmente bien concebido y bien reformado.

El Título II era el que generaba mayores recelos a mi Grupo
Parlamentario. En el Título II se regulan las elecciones
sindicales, el procedimiento por el cual van a discurrir las
elecciones sindicales. Tal como se presentó este proyecto de
ley a estas Cámaras, a las Cortes Generales del Estado, este
Título II, el único que había sido consensuado con dos
sindicatos (la Unión General de Trabajadores y Comisiones
Obreras), entendíamos que beneficiaba de forma no neutra, no
equitativa, a los
intereses estratégico-electorales de estos dos sindicatos, a
través de un procedimiento electoral ajustado exactamente a
sus estrategias electorales, y de forma simétrica o paralela
lesionaba las expectativas electorales de todos los demás
sindicatos del Estado español.

Esto, desde luego, no ha sido objeto de una corrección
suficientemente satisfactoria en el debate del Senado de este
Título II en opinión de mi Grupo Parlamentario. Algo se ha
mejorado en materia de calendario electoral, posibilitando la
existencia de calendarios electorales diferentes en empresas o
centros de trabajo, donde la mayoría de los miembros del
comité de empresa sean de otros sindicatos que puedan plantear
allí, en este ámbito de empresas o centros de trabajo, un
calendario electoral diferente. Algo se ha mejorado en materia
de
programación de resultados electorales y algo se ha mejorado
en materia de competencias autonómicas de las oficinas
públicas en aquellas comunidades autónomas donde existan, pero
todavía este Título II de la reforma del Estatuto de los
Trabajadores
beneficia de forma no neutra, quizás de forma contradictoria
con las proclamaciones constitucionales de la libertad
sindical en los artículos 7 y 24 de la Constitución, los
intereses
estratégico-electorales de dos de las organizaciones
sindicales del Estado español. En esto todavía es mejorable
este Título II. El Título III ha quedado prácticamente
perfecto tras su debate en el Senado. En el Título III, el
relativo a la negociación colectiva laboral, se ha llegado a
una transacción política, parlamentaria, por la cual nosotros,
como ha hecho el portavoz que me ha precedido en el uso de la
palabra, queremos felicitar al Partido Socialista, en primer
lugar, al Grupo de Coalición Canaria, en segundo lugar, y al
Grupo Catalán (Convergència i Unió), en tercer lugar. Esta
transacción ha permitido articular territorialmente la
negociación colectiva de forma perfectamente ajustada a los
requerimientos de la crisis económica y a las estructuras
económicas sustancialmente diferentes en los
distintos territorios del Estado español.

Uno de los presupuestos teóricos de la reforma del Estatuto de
los Trabajadores --y así lo explicitó cuando se presentó este
proyecto de ley el propio Ministro de Trabajo-- era
desagregar, atomizar la negociación colectiva, ajustando los
convenios colectivos en los ámbitos territoriales a diferentes
realidades económicas, a diferentes estructuras económicas y a
diferentes requerimientos de la crisis económica en los
distintos
territorios del Estado español. Sin embargo, la regulación que
se contenía originariamente en el Título III en materia de
negociación colectiva no era congruente cuando se empezó a
debatir esta ley con esas manifestaciones del Ministro y con
esas manifestaciones contenidas también en la Exposición de
Motivos de este proyecto de ley.

Sin embargo, en el Senado se ha permitido articular
perfectamente a través de una enmienda transaccional
presentada al artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores en
relación a la concurrencia de convenios, en virtud de la cual,
a partir de ahora --y esto es algo terriblemente relevante
desde una perspectiva económica y también lo es desde una
perspectiva ideológica y sindical--, convenios colectivos de
ámbito de comunidad autónoma, convenios colectivos de ámbito
inferior a la comunidad autónoma, convenios colectivos, en
definitiva, de ámbito estatal podrán disponer y podrán
desplazar el contenido de los convenios colectivos de ámbito
superior, el contenido de los convenios colectivos de ámbito
estatal en definitiva, siempre que estos convenios colectivos
de ámbito inferior,que estos convenios colectivos de ámbito de
comunidad autónoma o de ámbito, incluso, inferior a la
comunidad autónoma, sean negociados y aprobados por los
sindicatos y las asociaciones empresariales con legitimidad
para negociar y aprobar convenios según los requerimientos de
los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores.

De esta manera, la negociación colectiva en este momento va a
quedar regulada de forma prácticamente perfecta.

Los requerimientos de la crisis económica son territorialmente
diferentes, las estructuras económicas del Estado español son
territorialmente diferentes y esto requiere también convenios
colectivos diferentes para estos ámbitos territoriales si se
pretende, como se pretende --y este es el presupuesto teórico
fundamental de esta reforma--, utilizar la negociación
colectiva y los convenios colectivos como un instrumento de
flexibilización, como un instrumento de competitividad, como
un instrumentos de remoción de las rigideces estructurales



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que todavía gravitan negativamente sobre la competitividad de
nuestras empresas.

Quiero felicitar a los ya citados, y quiero felicitar el
talante de consenso que en el Senado, por lo menos, ha
presidido el debate parlamentario de este proyecto de ley.

Por último, quería acabar hablando sobre algunas enmiendas
importantes y algunas otras materias. En relación a la materia
anterior, la negociación colectiva, esta transacción se ajusta
a la realidad sindical del Estado español. La realidad
sindical del Estado español no es una realidad homogénea. En
los distintos territorios hay hegemonías sindicales diferentes
y el Título III, hasta el momento presente, beneficiaba de
forma no neutral y de forma contradictoria con la libertad
sindical los intereses negociadores de determinados sindicatos
--los de ámbito estatal--contra los intereses sindicales de
los demás sindicatos --los de ámbito diferente al estatal--.

Las normas, sobre todo las que sirven para llegar a la
condición de sindicato más representativo y ejercer las
facultades «ultra vires» que esta moción jurídica confiere a
estos sindicatos, tienen que ser estrictamente neutrales,
tanto las normas atinentes a la negociación colectiva como las
normas atinentes a las elecciones sindicales. No pueden ser
sindicatos más representativos aquellos que consigan llegar a
esta condición jurídica privilegiada a través de una normativa
propiciadora o tuteladora de sus intereses en detrimento de
los demás. Algunos sindicatos han tenido ya nada menos que
catorce años de ventajas jurídicas de un ordenamiento laboral
propiciador, y ya basta de ventajas de esta naturaleza. Vamos
a hacer un ordenamiento jurídico en estas materias equilibrado
y neutral, para que sea más representativo el que lo tenga que
ser y se consolide por esta razón el que se tenga que
consolidar. El otro proyecto de ley --y acabo con estas
palabras, señor Presidente--, relativo al fomento de la
ocupación, nos parece mucho más deficiente que el que hemos
comentado hasta este momento. Nos parece que la técnica
legislativa utilizada en el proyecto de ley relativo al
fomento de la ocupación es una técnica legislativa deficiente.

Hay problemas técnico-jurídicos muy graves, algunos de los
cuales ya los hemos citado en debates anteriores. Por ejemplo,
ya resulta chocante que para privar al Derecho del Trabajo de
unos de sus aspectos esenciales
tradicionales, cual es el monopolio de la autoridad laboral --
el Instituto Nacional de Empleo-- en materia de contratación,
y regulando por ello las agencias privadas de colocación se
prevea esta regulación nada menos que mediante una
prohibición, lo cual es antiestético y contradice los
requerimientos de la técnica legislativa más elemental.

Señor Presidente, el artículo 1.º de este proyecto de ley
empieza con una prohibición. Empieza prohibiendo el
funcionamiento de las agencias privadas de colocación con
ánimo de lucro. Luego, para pensar que existen las agencias
privadas de colocación, hay que recurrir nada menos que a una
interpretación «contrario sensu» e interpretar «sensu
contrario» que existen entonces las agencias privadas de
colocación sin ánimo de lucro.

Es la primera vez en mi vida que veo, señor Presidente --y he
tenido la oportunidad de analizar cientos de leyes--, que para
regular un instituto jurídico se recurra al procedimiento de
prohibir su antitético. Esto es de lo más antiestético
jurídicamente y contradice los requerimientos más elementales.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Olabarría, vaya
concluyendo.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Acabo con esto.

En definitiva, en este proyecto de ley lo que sí nos preocupa
es la degradación de determinadas prestaciones: de la
prestación salarial para los contratos de aprendizaje y para
los contratos en prácticas, degradación que va mucho más allá
de uno de los principios generales del derecho de los
contratos con carácter general, cual es el de la equivalencia
de prestaciones, y nos parece también preocupante que se haya
degradado la protección de la Seguridad Social para el
contrato en prácticas, para el contrato de aprendizaje y para
el contrato a tiempo parcial cuando se trabaje menos de doce
horas a la semana o cuarenta y ocho al mes.

Nos parece que esto puede tener problemas de irregresividad,
nos parece que, en definitiva, se tiene que buscar por otro
procedimiento la forma para que la protección de estos
contratados vaya más allá de lo que se prevé en el proyecto de
ley, que es la protección por accidentes de trabajo, la
protección por enfermedad profesional, la protección por
asistencia sanitaria por contingencias comunes y Fondo de
Garantía Salarial.

Gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Por el Grupo Catalán
(Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Hinojosa.




El señor HINOJOSA I LUCENA: Señor Presidente, señoras y
señores Diputados, culmina hoy aquí, en esta sesión, todo un
proceso de debate respecto a la necesaria reforma de la
legislación laboral en nuestro país. Este debate nos ha dado
ocasión y oportunidad de poder escuchar las distintas
opiniones de las centrales sindicales mayoritarias y
minoritarias y de las asociaciones empresariales. No siempre
hemos coincidido en los planteamientos de unos y de otros y,
por el contrario, en algunos casos hemos tenido discrepancias
profundas con algunas de las partes, pero siempre hemos
tratado de explicar la postura de nuestra coalición para
intentar ver el aspecto absolutamente necesario de



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afrontar esta reforma, tal como ya se ha hecho con otras,
además de las que habrá que afrontar en el futuro.

Estamos convencidos de que sólo la reforma de la legislación
laboral no resuelve el problema de fondo que queremos
solucionar, que no es otro que el de crear actividad para dar
empleo a la mayoría de los parados que tenemos en nuestro
país. Nuestro Grupo, junto con otros grupos de esta Cámara,
hemos hecho un acto de responsabilidad política al afrontar,
debatir y llegar a acuerdos, a consensuar aspectos y también a
discrepar en otros de los proyectos de ley que hoy se nos
presentan aquí.

Una legislación laboral como la que teníamos hasta la reforma
que hoy, previsiblemente, se aprobará en esta Cámara, que
matenía rigideces que hacían difícil la competitividad de
nuestras empresas con sus homólogas de la Unión Europea,
evidentemente era una legislación que requería una reforma.

Una legislación que ha permitido la situación en la que
estamos, con más de tres millones de parados; que hacía que
nuestros productos fuesen, en muchos casos no competitivos con
otros de la Comunidad Económica Europea que hacía que los
empresarios retuviesen sus
posibilidades de inversión por la inseguridad que les daba la
posibilidad de éxito en el proyecto empresarial, nos parecía
que requería una reforma y eso es lo que hemos hecho,
señorías. A nadie se le oculta que en nuestro país tenemos,
según datos del Ministerio de Trabajo del último trimestre del
año pasado, 749.400 personas que no han encontrado todavía su
primer trabajo. A nadie se le oculta que la mayoría de este
colectivo son jóvenes. Era evidente que había que facilitar la
entrada de estos jóvenes en el mundo del trabajo y era
evidente que sólo se podía hacer mediante un importante
contrato como es el de aprendizaje; contrato del que nuestra
coalición se siente especialmente satisfecha, sabiendo que no
resuelve el problema económico de estos jóvenes, pero sí el
problema fundamental, que es el de poner en contacto a estos
jóvenes con el mundo del trabajo, el mundo en el que se
tendrán que mover. Los 749.400 jóvenes de ambos sexos que no
han encontrado trabajo hasta ahora, a partir de hoy y durante
estos meses en que ha estado en vigor el Real Decreto 18/93
han empezado a tener una oportunidad para ingresar en el mundo
del trabajo.

También nos parece que esta reforma beneficiará --de hecho lo
está haciendo-- especialmente a los mayores de 45 años,
personas con las que se podrá seguir utilizando determinado
tipo de contrato que permitirá que parte de esos 1.080.000
parados de larguísima duración, de más de dos años en
expectativa de localizar un nuevo empleo, que el Ministerio de
Trabajo nos dice en sus informes que tenemos en el colectivo
de parados, la mayoría de los cuales también son mayores de 45
años, puedan ir encontrando nuevas vías de introducción en la
actividad económica y su realización en el mundo del trabajo.

El contrato a tiempo parcial ha empezado a dar resultados en
otro colectivo importante que estaba demandando masivamente su
incorporación al mundo del trabajo, que es la mujer. A nadie
se le oculta ya, porque ya hay un número suficiente de
contratos hechos con este sistema, el 60 por ciento de los
cuales está hecho por mujeres, la eficacia de ese contrato.

Los datos, pues, que se nos van facilitando en este mes, en
estos últimos días, indican que la reforma no solamente era
necesaria, sino imprescindible y que si seguimos por este
camino de una buena aplicación de la reforma estaremos
resolviendo el problema básico que a todos nos preocupa, que
es el paro.

Como sus señorías saben, de enero a marzo del 93 sólo hubo
29.824 contrataciones de contratos de formación y prácticas.

Contrariamente, en el mismo espacio de tiempo en el 94 ha
habido 64.174 contrataciones y 205.956 contrataciones de
contratos a tiempo parcial. Es el segundo mes, como se dijo
ayer en esta Cámara, en que se está frenando el desempleo, que
está
retrocediendo el desempleo. Estamos, pues, en el buen camino.

Para que ese buen camino fuera bien aprovechado, era necesaria
la reforma. Eso es lo que hemos hecho, eso es lo que vamos a
culminar hoy aquí.

Pero no toda la reforma es buena, el Título II que se va a
modificar, la reforma de la legislación de las elecciones
sindicales es una mala reforma, ha entrado de hurtadillas en
la reforma global que teníamos prevista. Tendremos
consecuencias negativas por aprobar ese aspecto de la reforma.

Se ha hecho una reforma a medida de los dos sindicatos
mayoritarios, a petición y con los textos escritos y firmados
por ellos y aceptados, creo que en un gesto de debilidad por
parte del Ministerio de Trabajo. Se han violado los derechos
de la minoría sindical, se han violado los derechos de los
sindicatos minoritarios, algunos con un valor histórico tan
importante como cualquier otro de los dos mayoritarios. Hemos
dicho a los sindicatos mayoritarios que estaban violando
insolidariamente los derechos de sus compañeros. Les hemos
dicho también a los minoritarios que para evitar esto la única
solución que tienen en este momento es crecer y crecer más que
los demás, pero ello no evita que hoy tengamos que lamentar
aquí que se vaya a consolidar la violación de los derechos
sindicales de unas minorías tan importantes histórica y
simbólicamente como otros sindicatos, minorías sindicales,
algunas de ellas, anteriores a la guerra, que siguen todavía
siendo útiles a la clase trabajadora. No es bueno ese aspecto
de la reforma, lo hemos dicho en esta tribuna y se lo hemos
dicho a las partes implicadas en la reforma; lamentamos que se
apruebe ese aspecto de la reforma.

Ponemos, pues, de todas formas en manos de la sociedad --a
pesar de estas críticas que hago a este



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Título-- un instrumento útil para luchar contra el paro, para
favorecer el buen funcionamiento de las empresas, para que
lleguen a ser más competitivas y, por tanto, puedan crear más
empleo, la única fórmula para luchar contra el paro es la
incentivación de la creación de puestos de trabajo. Del uso
que hagan las partes, la magistratura, la sociedad de este
buen instrumento dependerá el éxito del mismo. Nosotros
estaremos vigilantes para que el uso que se haga sea el
adecuado, de manera que podamos culminar realmente la reforma
con el éxito de su puesta en práctica.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Hinojosa.

Para fijar la posición del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor Presidente.

Con esta sesión de hoy ponemos, señorías, punto final a la
tramitación parlamentaria de los proyectos de ley de reforma
laboral, reforma que en una reciente comparecencia pública del
Presidente del Gobierno era destacada entre la labor del
Ejecutivo en esta legislatura. Es, pues, oportuno que
brevemente hagamos una valoración de esa tramitación.

Quisiera comenzar diciéndole al portavoz parlamentario del
Grupo Vasco (PNV), que en Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya hemos abordado el análisis de esta reforma con una
visión amplia, cuando menos de Estado, incluso más allá, desde
una visión de lo que es la Unión Europea. Es lógico que esta
perspectiva nuestra no sea la misma que la perspectiva más
estrecha, permítame que le diga que quizá provinciana, desde
la que la mera existencia de los Pirineos impide constatar,
por ejemplo, lo que hace el Gobierno francés en relación con
el aprendizaje, pero esa es la realidad europea, señor
Olabarría, vista desde una perspectiva, insisto, más amplia
que seguramente la perspectiva con la que usted ha juzgado.

Desde esa perspectiva, en Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya queremos, en primer lugar, constatar que el eje
fundamental de la labor política de este Gobierno hasta la
fecha ha consistido más en una reforma en profundidad en
sentido conservador en los terrenos económico y social que en
el
desarrollo de un modelo avanzado de Estado de las autonomías.

Por tanto, en primer lugar, quede de manifiesto esa
constatación por parte de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

En segundo lugar, queremos poner de manifiesto cómo la
ausencia de consenso social, que desde su origen ha
caracterizado esta reforma laboral, de ningún modo, insisto,
de ningún modo, se ha visto compensada con ese diálogo
parlamentario que como
sustitutivo se anunció en su momento; y quiero creer que el
diálogo parlamentario no es, como en épocas de mayoría
absoluta, un diálogo de sordos. Buena prueba de que no ha
existido ese diálogo parlamentario es que no se ha aceptado
prácticamente ninguna enmienda de importancia que no fuera
presentada por el Grupo Socialista o por el Grupo de
Convergència i Unió, que eran precisamente los autores de los
proyectos iniciales.

En tercer lugar, señorías, desde Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, queremos destacar con firmeza la dinámica de
creciente derechización que impone la opción gubernamental, la
actual alianza y la política consecuente con ella. Esto,
señorías, es algo de pura lógica. Esta política, personificada
en esta reforma, que resulta del acuerdo con un grupo
conservador, golpea a la base social y electoral del PSOE; y
ante la debilidad que ello produce al Gobierno, éste se ve
obligado a ceder más para obtener cada día un apoyo que en
ocasiones no resulta completo, como ocurre precisamente en
este proyecto de ley y precisamente en relación con la parte
que fue en su día acordada con los sindicatos.

Permítame en este punto, señor Hinojosa, representante de
Convergència i Unió, que le diga que no me parece adecuado que
su Grupo hable de que al pactar el Gobierno con los sindicatos
cede ante ellos y acepta sus imposiciones. Le recordaría
simplemente lo que ayer tenía que decir aquí su portavoz
parlamentario, cuando se hace ese tipo de reproches al
Gobierno en la relación con ustedes: no es muy democrático ese
tipo de afirmaciones. Lo mismo que dijo ayer su portavoz
parlamentario creo que es bueno que se lo apliquen ustedes
cuando el Gobierno llega a acuerdos con las organizaciones
sociales, que sería una buena senda y que es la que nosotros
apoyamos y que, al parecer, su Grupo no apoya.

Pues bien, señorías, buena prueba de esa dinámica de creciente
derechización del Gobierno son las enmiendas introducidas por
el Senado y que han reforzado las líneas básicas del proyecto
inicial. Intentaré convencer a los Diputados presentes del
Grupo Socialista. Permítanme que les dé ejemplos, señorías. Se
ha prescindidode la opinión, no sólo de los sindicatos,
reiteradamente descalificados, no, de la opinión de la inmensa
mayoría de los trabajadores, manifestada clamorosamente en la
huelga general del 27 de enero. Se ha proseguido reduciendo
derechos de los trabajadores, llegando incluso en algunos
casos a negarles la condición de tal, en contra del criterio
establecido por los tribunales sociales. Se ha continuado
ampliando abusivamente los límites de la actuación
empresarial, para lo cual se ha definido de una forma
excepcionalmente restrictiva su conducta en fraude de ley. Se
mantiene una regulación de la contratación temporal en unos
términos tan generosos que, sin lugar a dudas, sólo cabe
esperar su ya sistemático incremento de los últimos años. Se
debilita la capacidad de los sindicatos fuertes al consagrar



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la posibilidad de descuelgues en unos términos excesivos.

Finalmente, se persiste en la voluntad de excluir a un número
creciente de parados, no sólo de las prestaciones económicas
de desempleo sino, incluso, de los incentivos a la
contratación, condenándolos claramente a su marginación.

Por todo ello, señorías, esta reforma laboral no ha servido ni
sirve para fomentar el objetivo fundamental que deberíamos
perseguir, el necesario esfuerzo solidario para la salida de
la crisis, sino que, por el contrario, ha dividido a la
sociedad y ha promovido la conflictividad. El actual bloqueo
de la negociación colectiva es la prueba más palpable de que
esta reforma laboral no facilita el acuerdo sino todo lo
contrario, el disenso.

Señorías, como la opción de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya es el acuerdo social para el empleo y la
solidaridad, nosotros vamos a votar en contra de toda la
reforma, salvo el apartado relativo a las elecciones
sindicales, en el que se alcanzó precisamente acuerdo con los
sindicatos, acuerdo que desgraciadamente las alianzas
políticas decididas por este Gobierno han frustrado en todas
las demás materias.

Nada más y gracias. (Varios señores Diputados del Grupo
Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya: ¡Muy
bien! ¡Muy bien!)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Peralta. Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora
Villalobos.




La señora VILLALOBOS TALERO: Gracias, señor Presidente.

Efectivamente, es el último tramo de la llamada reforma
laboral que durante estos últimos cinco meses se ha convertido
en el debate de nuestro país en lo que se refiere a la
situación de nuestra economía.

Comparto algunas de las cosas que se han dicho aquí por los
diferentes portavoces de los distintos grupos. Efectivamente,
es una pieza más, no la fundamental, pero sí una pieza
importante para incrementar el empleo en nuestro país; es una
pieza
fundamental en nuestra estructura económica. Todo eso lo puedo
compartir con todos los grupos parlamentarios de la Cámara. Me
imagino que la intención del Gobierno y la del Grupo
Socialista habrá sido la misma, diferente, como es lógico,
desde el punto de vista de cada uno de los grupos, en función
de lo que
representan en esta Cámara, en los que las opiniones ya
divergen. Respecto a esta reforma laboral hay dos problemas
que no se han superado. En primer lugar, es una reforma
laboral elaborada desde la crispación, es una reforma laboral
que no cuenta con el apoyo de los agentes sociales, en cada
uno de ellos por causas
diferentes. En ningún momento ha tenido un consenso, como en
principio tenía el Estatuto de los Trabajadores al que este
nuevo estatuto va a sustituir, con un agravante más. En un
momento de crisis económica como la que vive nuestro país, en
un momento de cierre continuado de empresas, de expediente de
regulación de empleo, de conflictividad laboral, esta reforma
va a introducir una nueva conflictividad. Los anuncios hechos
por las diferente organizaciones sindicales, incluso por la
organización patronal, están paralizando la negociación
colectiva en nuestro país. Esa conflictividad que antes se
situaba en el ámbito del Gobierno con los agentes sociales, en
este momento se ha trasladado al seno de las propias empresas,
y desde mi punto de vista es una conflictividad más grave y
más peligrosa que aquella de la que se partía. Esto no se ha
resuelto, ni en su trámite en esta Cámara ni en el trámite en
el Senado. Ahora les hemos situado a los empresarios ante las
dificultades de la adaptación de esta reforma. (El señor
Vicepresidente, López de Lerma i López, ocupa la Presidencia.)
Pero es que, además, esta reforma plantea otra dificultad
mayor. Si lo que intentamos es adaptar nuestro modelo de
relaciones laborales, si lo que intentamos es adaptar la
situación de nuestras empresas cara a la competitividad con el
resto de las empresas, no sólo comunitarias sino mundiales,
qué duda cabe que eso se basa fundamentalmente en la
flexibilidad interna de las empresas. Aquí, los representantes
de Convergència i Unió y del PNV se han mostrado profundamente
satisfechos con esta reforma. La realidad es que si hubieran
tenido unas miras más amplias que las de sus propias
comunidades autónomas, verían cómo si las relaciones laborales
se basan en la negociación colectiva, el mantenimiento de la
ultraactividad de los convenios no favorece para nada la
aplicación de esa flexibilidad interna en torno a la movilidad
geográfica y funcional, sobre todo la funcional, que es la más
importante. La estructura salarial y todas aquellas medidas
que el Título I del Estatuto de los Trabajadores da a los
agentes sociales en la negociación colectiva quedan totalmente
frenadas por la ultraactividad de los convenios.

A mí me llama muchísimo la atención que portavoces
parlamentarios del PNV, fundamentalmente, y de Convergència i
Unió, que hicieron causa común con este Grupo Parlamentario
para intentar introducir una transaccional con el Gobierno en
lo que significa esa maravillosa negociación colectiva, esa
corresponsabilidad de los agentes sociales, esa búsqueda,
frente al modelo de
confrontación, de un modelo de cooperación que los tres grupos
hemos defendido aquí al mismo tiempo, hayan sufrido una
transformación radical en el Senado, sólo y exclusivamente
porque se ha transado una enmienda del PNV, por la
concurrencia de convenios, cuando el señor Olabarría sabe
exactamente igual que yo que en la práctica real ya se estaba
produciendo este fenómeno del descuelgue de convenios y que de
hecho,



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sin necesidad de que estuviera reflejado en el Estatuto de los
Trabajadores, se iba a producir, desde el momento en que
existe la capacidad de descuelgue, cuando las dos partes, los
dos agentes sociales representativos del sector o de la
comunidad autónoma puedan llevar a cabo estos diferentes
convenios no de ámbito estatal.

Por lo tanto, desde mi punto de vista, han hecho un flaco
favor para el objetivo común que todos los grupos
parlamentarios de esta Cámara tenemos, que debía haber sido
conseguir el mejor estatuto para el conjunto de la sociedad
española, para el conjunto de nuestras empresas y de nuestros
trabajadores. Creo que ese objetivo no se ha conseguido y
entiendo que esas palabras de felicitación del señor Olabarría
podrían ser ampliables a toda la Cámara. Es una enmienda que
no ha encontrado oposición por parte de ningún grupo, señor
Olabarría. Lo que ocurre es que usted y yo sabemos que esto no
resuelve el grave problema que, en lo que se refiere a la
negociación colectiva, Título III, deberíamos haber
solucionado entre todos. Yo espero que a lo largo de esta
legislatura podamos remediar, de una forma pactada entre
todos, este problema que sigue manteniéndose en lo que, desde
mi punto de vista, es la auténtica reforma de las
relaciones laborales en nuestro país, es decir, la negociación
colectiva. Lo demás es intentar abaratar despidos, introducir
contrataciones que no van a cubrir los objetivos que se habían
marcado, señor representante de Convergència, porque este país
necesitaba un buen contrato de aprendizaje, pero no éste. Esta
es una fórmula de contratación laboral; que la llamen así, que
no la llamen contrato de aprendizaje. No tiene las condiciones
mínimas que un contrato de aprendizaje requiere, y usted y yo
lo sabemos. Los contratos de aprendizaje que se están
realizando en este momento, en lo que se refiere a la
formación teórica, simplemente dicen: a determinar.

Difícilmente puede haber un contrato de aprendizaje cuando no
hay una vinculación a una formación teórica y no hay una
obligación, por parte del
empresario, para que ese trabajador en prácticas, ese joven
que tiene un contrato de aprendizaje, que ni siquiera es un
trabajador sino un estudiante de formación profesional, reciba
algún tipo de cualificación profesional que le habilite para
el resto de su vida profesional. No es un contrato de
aprendizaje. Por lo tanto, no cuenta con el apoyo de este
Grupo Parlamentario. (El señor Vicepresidente, Beviá Pastor,
ocupa la Presidencia.) Hay unas enmiendas introducidas en el
Senado que, por supuesto, van a contar con el apoyo del Grupo
Popular, por una razón muy simple. Son las enmiendas que el
Grupo Popular planteó en el Congreso sobre el fomento de la
ocupación. Resulta curioso analizar los argumentos de los
representantes del Grupo
mayoritario en la Cámara, el Grupo Socialista, de por qué no
aceptaban aquellas modalidades de contratación para
desempleados que perciben la prestación por desempleo y para
mayores de 45 años. El argumento del Grupo Socialista era,
cuando menos, incomprensible, por no llamarlo peregrino. El
argumento era que no habíamos hecho el estudio de costes de
esas modalidades de contratación que planteaba el Grupo
Popular. Por lo visto, en los quince días que han pasado desde
la negativa aquí, en esta Cámara, a votar esas propuestas del
Grupo Popular, a cuando las presenta el Grupo Socialista y
Convergència i Unió, parece que sí ha dado tiempo a analizar
lo que va a costar. El señor representante de la mayoría sabe
que esa no era la razón. La razón simplemente era que eran del
Grupo Popular. No obstante, nos alegramos muchísimo de que
ustedes hayan sido capaces de recoger esas propuestas del
Grupo Popular y plantearlas en el Senado, y como a nosotros
nos parecen adecuadas, las vamos a apoyar; no nos importa para
nada que hayan sido ustedes los que hayan planteado esta
modificación en el Senado. De todas formas, aconsejo a sus
representantes que la próxima vez que tengan que tomar
posición en esta Cámara sean un poco más imaginativos, pongan
un mínimo de esfuerzo más en trabajar y que no salgan con
respuestas como la que oímos hace quince días en esta Cámara.

Y, para terminar, señor Presidente, en lo que se refiere a las
enmiendas introducidas en el Senado, hay una que sí me
preocupa de una forma importante, y es a la disposición final
sexta, relativa al texto de refundición de todas las
diferentes leyes en un nuevo estatuto. Aquí hemos vivido la
discusión de lo que era la Ley de Fomento de la Ocupación con
el propio Estatuto. El representante del Grupo Socialista en
esta Cámara en aquel momento anunció que iba a proponer en el
Senado la refundición de los dos textos. No se ha hecho así,
posiblemente porque hubiera quedado al descubierto que aquel
Decreto-ley de fomento de la ocupación sinceramente no era
nada, porque lo que estaba reformando eran artículos concretos
del Estatuto de los
Trabajadores y no realmente una serie de medidas para el
fomento de la ocupación que, sin embargo, han podido ser
propuestas, muy limitadamente, en el Senado. Sin embargo, la
disposición final sexta, desde mi punto de vista, le da una
excesiva arbitrariedad al Gobierno, aunque, como es lógico, el
artículo 82.5 de nuestra Constitución habilita al Gobierno
para refundir determinados textos. Pero si ustedes fuesen
capaces de leer la cantidad de leyes que ustedes van a
intentar refundir en un Estatuto de los Trabajadores, verían
que no han introducido ustedes, tal como contempla también el
artículo 82.6 de nuestra propia
Constitución, otras formas de control de esta refundición,
como por ejemplo sería volver a remitir a esta Cámara ese
último texto, porque no sé si usted habrá observado, señor
representante del Grupo mayoritario, que entre las leyes que
ustedes van a refundir en el Estatuto de los Trabajadores
están la Ley de infracciones y sanciones en el orden



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social, de Presupuestos Generales del Estado, órdenes
ministeriales... Yo no sé si la capacidad que pueda tener el
Gobierno, los diferentes funcionarios que vayan a hacer esta
refundición, va a ser la misma que tuvieron en el Estatuto del
año 1980, del que, como ustedes recordarán, jamás se produjo
el texto refundido. Y, por ejemplo, se les ha olvidado
introducir la Ley Básica de Empleo, algunos de cuyos artículos
siguen vigentes como usted sabe y, sin embargo, no aparece en
esta refundición de toda la normativa laboral en un solo texto
articulado del Estatuto. Ustedes introducen la Ley de
Integración Social de los Minusválidos, la de Presupuestos
Generales del Estado, la Ley de Fomento de la Ocupación, como
no podía ser menos, y es paradójico que en una ley que estamos
aprobando en este mismo acto ustedes ya estén dando al
Gobierno la capacidad de refundir textos que, desde mi punto
de vista, teníamos que haber hecho en esta Cámara.

El señor Olabarría hablaba antes de las dificultades de las
fórmulas legislativas que ustedes habían elegido en estas
leyes. Yo creo que han completado los gravísimos defectos de
técnica legislativa que tiene esta ley en esta disposición
final sexta. Nosotros creemos que tiene que venir a esta
Cámara ese texto refundido, es necesario que el Poder
Legislativo que representa esta Cámara controle realmente ese
conglomerado de quince leyes que ustedes van a refundir en uno
solo...,



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señora Villalobos,
vaya concluyendo.




La señora VILLALOBOS TALERO: Acabo con esto, señor Presidente.

... debe ser vigilado y controlado por esta Cámara.

Por tanto, quiero decirles que siguen existiendo esas enormes
dificultades y, finalmente, que hemos perdido una gran
oportunidad; hemos perdido la gran oportunidad de hacer ese
Estatuto de los Trabajadores que pudiera seguir vigente en
este país por más de tres o cuatro años, y creo que no hemos
tomado las medidas adecuadas para introducir en nuestro país
la
adaptación a ese mercado internacional, que no hemos sido
capaces (el Gobierno o los grupos que les sustentan no han
sido capaces) de transmitir a la sociedad que este es un buen
Estatuto de los Trabajadores, porque tiene gravísimos defectos
y, sobre todo, porque no han sido capaces de plasmar en él esa
cultura de la cooperación que, desde mi punto de vista, es la
única forma de conseguir la creación de empleo y las nuevas
modalidades de relaciones laborales que necesita nuestro país.

Creo que ha sido un intento fallido y lo siento por todo el
conjunto de esta Cámara y por el conjunto de la sociedad
española.

Gracias, señor Presidente. (Los señores Hinojosa i Lucena y
Olabarría Muñoz piden la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): ¿Qué desea, señor
Hinojosa?



El señor HINOJOSA I LUCENA: Querría darle una información a la
anterior interviniente respecto a una inexactitud que ha dicho
y que afectaba a mi Grupo. (Pausa.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): El señor
Vicepresidente López de Lerma me indica que ha habido
alusiones. Tiene usted la palabra durante un minuto. (Un señor
Diputado pronuncia palabras que no se perciben.--La señora
Villalobos Talero: ¡No sabes ni de lo que hablas.)



El señor HINOJOSA I LUCENA: Mi admirada compañera señora
Villalobos se ha preguntado qué ocurrió con la ultraactividad
en el Senado. Yo tengo que manifestarle, señora Villalobos,
que la enmienda del Grupo Popular sobre la ultraactividad en
el Senado fue votadafavorablemente por mi Grupo y se perdió
por la ausencia de once Senadores del Grupo Popular en el
Senado en la larga noche del debate. (Risas.--Rumores.--El
señor Neira León
pronuncia palabras que no se perciben.)
Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Silencio, señorías.

Gracias, señor Hinojosa.

Tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: También agotar un turno de alusiones
al amparo del precepto reglamentario que lo prevea.

Señor Presidente, la señora Villalobos, también mi admirada
compañera, ha hecho una imputación inexacta respecto a la
posición de mi Grupo Parlamentario con relación a la llamada
ultraactividad, y por ser inexacta es ilegítima, señor
Presidente. Mi Grupo Parlamentario, efectivamente, votó la
enmienda del Partido Popular con relación a la ultraactividad,
defendió y expuso claramente los problemas que iba a plantear
la ultraactividad en el texto del proyecto de ley de reforma
del Estatuto de los Trabajadores con mucho énfasisel debate en
esta Cámara del precepto, del artículo 86 del Estatuto de los
Trabajadores, y retiró la enmienda en virtud de la transacción
política a que se llegó en el Senado, retiró su enmienda a
través del compromiso asumido expresamente por el Grupo
Socialista, por el propio Gobierno del Estado español, y
consignado así en el «Diario de Sesiones» del Senado, de
regular los problemas derivados de la ultraactividad de
convenios colectivos a través de una proposición de ley que,
consensuada por todos los grupos, pueda resolver los problemas
de algo que sí es grave, señor Presidente.




Página 3547




Efectivamente la ultraactividad, la no negociación dolosa,
malintencionada, de nuevos convenios colectivos en un sistema
de negociación colectiva como el del Estado español, que es un
sistema de derecho-deber a negociar, no es un sistema de
libertad de negociación --nos acusaba de aldeanos el señor
Peralta en su intervención; ésta es una imputación que nos
agrada siempre, no la consideramos indecorosa, pero somos
aldeanos a veces ilustrados, nos da por estudiar, señor
Presidente-- y el sistema de derecho-deber a negociar sólo
tiene implantación en el Estado español, en los demás países
tienen un sistema de libertad de negociación...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Olabarría, S.S.

tenía la palabra, tal como me indica el señor Vicepresidente
que en ese momento presidía la sesión, por una alusión de la
señora Villalobos. Por tanto, cíñase a ella.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Esta es la alusión. Lo que estoy
explicando es puntualmente la alusión de la señora Villalobos
a la que usted hace referencia.

Decíamos que en un sistema de derecho-deber a negociar la no
negociación de nuevos convenios colectivos efectivamente
provoca perturbaciones y sobre todo impide que sea eficaz esta
reforma del derecho del trabajo que se basa en la potenciación
de la negociación colectiva, esto es así, y en un sistema de
derecho-deber a negociar, si ejercida válidamente la
iniciativa a negociar, señora Villalobos, la otra parte, la
receptora, sólo puede negarse a negociar o por causa
convencional o por causa legal o cuando no se trate de revisar
un convenio ya vencido, nos parece bien, tal como proponen las
asociaciones de empresarios, que algún tipo de cláusula
punitiva se establezca a la negativa a negociar nuevos
convenios colectivos. No diga, porque entonces usted falta a
la verdad, señora Villalobos, que nosotros no hemos defendido
esto. Lo hemos defendido y hemos retirado nuestra enmienda
previo compromiso expresamente asumido por la
Administración, por el Grupo Parlamentario Socialista, de
consensuar una proposición de ley donde este problema se
resuelva.

Señor Peralta, nos ha acusado, como antes le decía, de
aldeanos y de estar un poco perdidos del contexto europeo, a
través de la interposición de los Pirineos entre nuestro país
y Europa, de lo que pasa en Europa. Señor Peralta, esto no es
así...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Olabarría, ése
es otro turno.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: De acuerdo. Gracias, señor
Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señora Villalobos,
efectivamente, más que una alusión ha sido una contradicción
y, por tanto, tiene usted también la palabra por un tiempo de
dos minutos.




La señora VILLALOBOS TALERO: Gracias, señor Presidente. A mí
me da la sensación de que estamos viviendo en estos momentos
la segunda parte del debate de ayer. Yo noto excesivamente
suspicaces y susceptibles a mis dos grandes compañeros de
escaño, que son el señor representante de Convergència i Unió
y el del PNV.

Lo que he dicho exactamente es que me ha parecido llamativo
que el señor Olabarría defendiera con tanto calor y se
felicitara a sí mismo por el resultado final en el tema de la
negociación colectiva, al Título III del Estatuto de los
Trabajadores, cuando el principal defecto que le veíamos todos
hace exactamente 15 días era precisamente el que era
reconocido ahora aquí. Yo recojo la oferta que ha hecho
públicamente --me la había hecho en privado, pero me alegro
que la haya hecho usted aquí--, y si el señor representante de
la mayoría socialista no dice lo
contrario, plantearemos esa proposición de ley para resolver
ese problema que, como usted bien ha reconocido, es el
problema de la aplicación de la negociación colectiva. Luego
me da la sensación que llevábamos razón los tres; simplemente
ocurre que ustedes son ligeramente suspicaces.

Gracias, señor Presidente. (El señor Peralta Ortega pide la
palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Peralta,
realmente el señor Olabarría, en la contestación a la señora
Villalobos, ha hecho una refutación de una calificación que
S.S. había hecho. No es propiamente un turno de contradicción
con lo que usted ha dicho, pero en cualquier caso, por si se
pudiera entender así, tiene usted un minuto, señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor Presidente, por su
generosidad. Voy a ser muy breve, señor Presidente.

En estas últimas intervenciones hemos asistido a una fricción
entre los distintos grupos de la derecha a ver quién destaca
más haciendo daño a los trabajadores. Que le quede claro al
señor Presidente que en relación con esas fricciones nosotros
no tenemos qué decir porque estamos enfrentados a todos ellos.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Por parte del Grupo
Socialista, para fijar su posición, tiene la palabra el señor
Arnau.




El señor ARNAU NAVARRO: Gracias, señor Presidente.




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Señorías, en primer lugar, en relación con el proyecto de ley
de Medidas Urgentes de Fomento de la Ocupación, propongo una
corrección gramatical al artículo 1.2, de forma que donde
dice: «se limiten», diga: «se limite». También en relación con
las disposiciones adicionales, propongo a SS.SS. que las
disposiciones adicionales cuarta, quinta y séptima tengan un
título como tienen las restantes disposiciones adicionales, de
forma que la disposición adicional cuarta tenga el título de
Repertorio de certificaciones profesionales; la quinta,
Cómputo de los aprendices a efectos fiscales; y la séptima,
Supresión de los registros especiales de trabajadores
portuarios. De todo ello tiene constancia el señor Letrado de
la Comisión.

Las enmiendas del Senado, señorías, sobre los proyectos de ley
de Medidas Urgentes de Fomento de la Ocupación y de
modificación del Estatuto de los Trabajadores se sitúan, como
no podía ser de otro modo, en la línea de la reforma laboral,
es decir, en la protección del empleo existente, en la
promoción de nuevos empleos, en evitar que la respuesta a las
crisis por parte de las empresas sea casi siempre el despido
de trabajadores, utilizándose otros medios, otros aspectos de
la relación laboral, como es la movilidad funcional, el cambio
de condiciones, la contratación a tiempo parcial, etcétera, y
todo ello que se produzca siempre mediante la consulta y el
diálogo permanente con las partes, con los interlocutores
sociales. Por ello, en esta reforma se impulsa la negociación
colectiva --como hemos dicho reiteradamente en la Cámara--, la
libertad sindical y la protección social, y se flexibiliza la
relación laboral, no desregulándola, como muy bien ha acertado
en decir aquí el señor Olabarría, sino atribuyendo el
protagonismo adecuado al acuerdo entre las partes.

En primer lugar, en relación con el proyecto de ley de Medidas
Urgentes de Fomento de la Ocupación, las enmiendas del Senado
inciden en impulsar la contratación de aquellos colectivos que
mayores dificultades tienen por encontrar trabajo. Nuestro
mercado de trabajo está siendo hostil con los jóvenes, con los
mayores de 45 años y con las mujeres fundamentalmente, porque
entre otras razones, la capacidad de adaptación de las
relaciones laborales a las circunstancias de la empresa y del
ciclo económico es totalmente insuficiente. De ahí que una de
las enmiendas más importantes presentada al proyecto de ley de
medidas urgentes de fomento de la ocupación se refiera a un
completo plan de empleo para 1994, plan que ha sido dialogado
y consensuado con el Grupo Catalán (Convergència i Unió), y
hay que decirlo así --aunque está claro que esto levanta
algunos celos por parte del Partido Popular--, plan que ya
digo que es
completísimo y del cual se van a beneficiar los mayores de 45
años, los minusválidos y, en general, los beneficiarios de
prestaciones por desempleo. A ellos se les va a poder
contratar temporalmente para la realización de actividades,
cualquiera que fuera la naturaleza, temporal o no, de las
mismas. Al mismo tiempo, a las empresas se les concede
importantes reducciones de las cuotas empresariales a la
Seguridad Social, que van del 50 al 100 por cien, por un
período de tres años, en el caso de contrataciones de
beneficiarios de las prestaciones de desempleo por jornada
completa, y, además, se va a impulsar la conversión en
indefinidos de estos contratos temporales, en particular los
de los jóvenes menores de 25 años, de los mayores de 45 años,
de las mujeres contratadas en profesiones en las que están
subrepresentadas y de los minusválidos.

Se trata, como he dicho, de un importantísimo plan de empleo,
que se une a la regulación de los contratos de aprendizaje,
que está ya dando sus frutos. Está claro que el mercado por sí
solo no favorece a determinados colectivos; de ahí la
necesidad de normas jurídicas como promotoras de conductas
sociales, en este caso como promotoras de contrataciones; de
ahí la necesidad de impulsar por ley las nuevas
contrataciones.

Frente a la descalificación que supuso que se denominaran
«contratos basura» algunos de estos contratos, la realidad nos
demuestra su gran aceptación. A 30 de abril se habían
celebrado 74.162 contratos de aprendizaje, 12.400 contratos en
prácticas y 275.164 contratos a tiempo parcial. Y en relación
con los aprendices, se detecta que casi el 40 por ciento de
los jóvenes contratados en aprendizaje, es decir, unos 30.000,
carecen de título de graduado escolar, lo que demuestra la
necesidad de que este contrato formativo rompiera el círculo
vicioso en el que estos jóvenes se encuentran, círculo de no
trabajar por carecer de formación y de carecer de formación
por haber trabajado. Incluso quienes siguen manteniendo su
posición en contra de la reforma, como es el Grupo de
Izquierda Unida, utilizan estos instrumentos contractuales
contratando trabajadores; es el caso del gobierno municipal de
Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Córdoba, denunciado por
la sección sindical de UGT por no estar de acuerdo,
erróneamente, con estas contrataciones.

Señorías, las enmiendas del Senado en relación con el contrato
de aprendizaje mejoran el texto. Así, en primer lugar, en
relación con la retribución de los aprendices menores de 18
años, ésta no podrá ser inferior al 85 por ciento del salario
mínimo interprofesional. Además, para fijar la retribución del
aprendiz se computará la duración del contrato anterior de
formación que hubiere podido tener, y, en tercer lugar, los
minusválidos contratados como aprendices podrán recuperar su
pensión no contributiva de invalidez una vez que se extinga su
contrato. En el segundo proyecto de ley, el de modificación
del Estatuto de los Trabajadores, de la Ley de Procedimiento
Laboral y de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden
social, dejando aparte las modificaciones



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que introducen una mayor claridad en la redacción o que
suponen correcciones de estilo, es de considerar, por ejemplo,
la enmienda relativa al despido colectivo. Como conocen
SS.SS., en el despido colectivo, el empresario puede aducir
causas o razones económicas, técnica, organizativas o de
producción. Pueden aducirse causas económicas cuando se
intente, con el despido, superar una situación negativa de la
empresa; pueden aducirse, por otra parte, causas técnicas,
organizativas o de producción --y aquí viene la importante
modificación del Senado-- cuando se persiga garantizar la
viabilidad futura de la empresa y del empleo a través de una
más adecuada organización de los recursos. Se hace una expresa
referencia a la viabilidad del empleo, junto a la viabilidad
futura de la empresa, por lo que queda claro que el despido
por causas técnicas organizativas o de producción sólo puede
autorizarse si con él se garantiza el empleo futuro. Se
cumple, una vez más, el objetivo de la reforma consistente en
promover el empleo. El despido reviste el carácter de solución
para el empleo futuro.

En materia de representación colectiva, es decir, en las
indebidamente llamadas elecciones sindicales, porque debieran
denominarse elecciones a representantes de los trabajadores,
las modificaciones introducidas por el Senado no alteran, en
absoluto, el acuerdo alcanzado por las centrales más
representativa, Comisiones Obreras y UGT, que ha sido
respetado por ambas Cámaras. Es el único punto importante en
el que discrepamos el Grupo Catalán (Convergència i Unió) y el
Grupo Socialista.

No voy a aludir a todas las modificaciones, pero se refieren
al caso de concurrencia de promotores, coaliciones de
sindicatos, notificaciones por la empresa a los representantes
de los trabajadores, plazos, delegaciones... Especialmente
debo
significar la enmienda relativa a la expedición de
certificaciones de resultados electorales, copias auténticas
de actas electorales y certificaciones de la capacidad
representativa de los sindicatos. Quiero hacer especial
hincapié en esta enmienda porque refuerza el carácter público
de la oficina de registro y añade transparencia al proceso
electoral.

Votaremos en contra de una enmienda del Grupo Popular,
introducida por el Senado, porque se refiere al artículo 34.7
del Estatuto de los Trabajadores y su texto es contradictorio
con la disposición final tercera, antes cuarta. En la enmienda
se obliga al Gobierno a regular en plazo de seis meses las
jornadas especiales en sectores que, por sus especiales
características, lo requieran, mientras que la disposición
final tercera mantiene vigentes durante el plazo de un año las
normas sobre jornadas especiales del decreto 2001/1983.

Para terminar, señorías, he de referirme a la adición al
proyecto de un nuevo capítulo tercero que adapta las reformas
efectuadas a la Ley de infracciones y sanciones en el orden
social; la salida negociada de los conflictos laborales,
mediante soluciones arbitrales, mediante sus correspondientes
laudos, se ve reforzada con enmiendas importantes del Senado.

Esta reforma, señorías, se inspira en la cultura de la
colaboración, del consenso y del diálogo. De ahí la
importancia del convenio y la trascendencia de las soluciones
arbitrales.

Por carecer de tiempo, no haré referencia a otras enmiendas
relativas al Fondo de Garantía Salarial, al fraude de ley en
traslados, modificaciones de condiciones y despido objetivo,
movilidad funcional, etcétera.

Esta reforma, en definitiva, debe servir para impulsar la
reactivación económica, es condición necesaria para la
reactivación, y a la misma deben unírsele, como se le están
uniendo, políticas adecuadas, otras políticas, así como, por
parte de los agentes sociales, pactos salariales adecuados a
los niveles de inflación y de productividad.

Con esta reforma estamos dando respuesta al primer problema de
nuestra sociedad: la creación de empleo como elemento básico
de integración social. Esta reforma, por lo demás, será,
evidente e indiscutiblemente, lo que los sindicatos y los
empresarios decidan que sea. Si los sindicatos quieren acabar
con las horas extraordinarias, aquí tienen los medios; si los
sindicatos quieren un horario flexible, vacaciones repartidas
y adaptadas a los deseos de los trabajadores, aquí tienen los
instrumentos; si los empresarios y trabajadores quieren una
estructura del salario más vinculada a la productividad, estas
normas lo permiten. Así podríamos ir analizando cada uno de
los aspectos de la relación laboral.

Quiero, finalmente, en este último trámite parlamentario,
agradecer la colaboración de todos los grupos. Se han
incorporado muchas y destacadas enmiendas a los proyectos de
ley y si el acuerdo con los interlocutores sociales no ha sido
posible, excepto en la materia importante de representación
colectiva, el diálogo con los distintos grupos políticos se ha
producido y el resultado es una mejora notable de los textos.

Señorías, termino. Hace 63 años el Ministro de Trabajo y
Previsión de entonces, Largo Caballero, presentaba ante las
Cortes constituyentes un importante proyecto de ley de
contrato de trabajo y, entre otras cosas, introducía en el
ordenamiento laboral el poder de dirección del empresario. El
proyecto no llegaba donde el Ministro hubiera querido y de ahí
que el propio Largo Caballero dijera en esta Cámara que el
proyecto era la obra de un socialista pero no una obra
socialista. Sin embargo --añadía--, el proyecto no ha perdido
de vista ni por un momento los antecedentes nacionales ni las
necesidades reales de este país.

Tampoco en estos proyectos de reforma laboral se han perdido
de vista esas necesidades. De ahí su trascendencia, de ahí su
pleno carácter progresista, como también lo tenía el proyecto
de ley de Contrato de Trabajo,



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ya derogado, del año 1931, del Ministro de Trabajo y Previsión
Largo Caballero.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Vamos a pasar a la
votación de ambos proyectos de ley. (El señor Presidente ocupa
la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley
de Medidas Urgentes de Fomento de la Ocupación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 315; a favor, 292; en contra, 23.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Enmiendas del Senado al proyecto de ley por la que se
modifican determinados artículos del Estatuto de los
Trabajadores y del texto articulado de la Ley de Procedimiento
Laboral.

Tiene la palabra el señor Fernández-Miranda.




El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Solicito votación
separada de las enmiendas a los artículos 11, 16 apartado 2,
artículo 25, disposición transitoria segunda y disposición
final primera. Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Señor Presidente,
solicitamos votación separada de la enmienda del Senado al
artículo 4.1, que tiene que ver con el punto 7 del artículo 34
del Estatuto de los Trabajadores.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Hinojosa.




El señor HINOJOSA I LUCENA: Gracias, señor Presidente.

Pedimos votación separada de las cuatro enmiendas al artículo
7 y de la disposición adicional novena. Por lo que afecta al
proyecto de ley de procedimiento laboral, capítulo II, del
artículo decimoprimero, la letra n), del artículo 2 del texto
articulado, la adición al artículo 65, apartado 3, al artículo
133, apartados 1 y 2, al artículo 136, primer párrafo, y,
finalmente, de las disposiciones transitorias, la segunda, en
sus puntos 1, 2 y 3.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Señor Presidente, no entiendo
exactamente la petición de votación separada hecha por parte
del Grupo de Convergència i Unió, porque no encuentro la
disposición adicional novena en el proyecto de ley. Según mis
datos, hay enmiendas sólo hasta la tercera. Quizás es que no
tengo el texto completo y, en ese caso, me gustaría que se me
proporcionara. Desde luego, ni el artículo 65 ni el 133 ni el
136 aparecen en el proyecto de ley que maneja el Grupo de
Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.




El señor PRESIDENTE: Señor Peralta, la enmienda consiste en la
introducción de una disposición adicional novena e incluso de
una décima. Son enmiendas introducidas por el Senado con esa
numeración.




El señor PERALTA ORTEGA: Señor Presidente, deduzco que, cuando
me habla de una disposición adicional novena, debe ser que el
artículo 11 introduce una disposición adicional novena en el
Estatuto de los Trabajadores, pero no lo sé. ¿Es así?
Simplemente por claridad, señor Presidente, porque entonces
desearíamos las votaciones separadas que yo le indico a
continuación, que a lo mejor son las mismas que las del Grupo
de Convergència i Unió. Desearía, señor Presidente, votación
separada de las enmiendas a los artículos 7, decimoprimero,
decimotercero, decimosexto, a la transitoria segunda y a la
final primera, todo ello del proyecto de ley que votamos.




El señor PRESIDENTE: Efectivamente, conviene que SS.SS.

precisen con claridad las solicitudes de votación separada,
por cuanto el proyecto de ley modifica dos leyes y las
referencias son a los artículos que estas leyes tienen.

Señor Hinojosa, entiendo que, al hablar de la disposición
adicional novena, se refiere al artículo decimoprimero
incluido por el Senado, que añade una disposición adicional
novena al Estatuto de los Trabajadores, con una redacción
nueva introducida por el Senado, que no es el artículo
decimoprimero del Estatuto de los Trabajadores, sino el
artículo decimoprimero del proyecto de ley al que nos estamos
refiriendo.

Señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente.

Para solicitar con precisión. Votación separada del actual
artículo octavo del presente proyecto de ley, referido a los
nuevos párrafo tres, que se refiere al artículo 84 del
Estatuto de los Trabajadores, y al apartado cuatro, que se
refiere al artículo 85 del Estatuto de los Trabajadores. Creo
que queda suficientemente claro.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Albistur.

Señor Peralta.




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El señor PERALTA ORTEGA: Señor Presidente, perdone mi
insistencia. Efectivamente coincidía usted conmigo en que no
tenía disposición adicional novena el proyecto de ley que hoy
votamos; pero no sé, cuando el Grupo Catalán pedía el artículo
65, el artículo 133 y el 136, convendría que dijera
exactamente qué artículos de este proyecto de ley son, a
efectos de que sepamos qué se vota, porque podemos tener una
cierta confusión. Gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Peralta.

Comparto su preocupación respecto a la máxima claridad en lo
que se va a someter a votación. Por tanto, vamos a repasar las
solicitudes que han sido formuladas. (Pausa.)
Señorías, creo que sería del máximo interés para la claridad
de la votación y para que todos los señores Diputados tengan
conocimiento exacto de aquello sobre lo que deben emitir su
voto, que las solicitudes de votación separada se refieran, en
cuanto sea posible --y creo que es posible en la mayor medida-
-, a los artículos de los proyectos de ley que son objeto de
modificación, a los artículos del Estatuto de los Trabajadores
y de la Ley de Procedimiento Laboral. Creo que sería lo que
daría mayor
claridad.

Hago esta observación a efectos de unificar los criterios con
los que están SS.SS. haciendo sus solicitudes, porque me temo
que se están mezclando referencias a lo que son artículos de
los textos que se han de modificar con artículos del proyecto
de ley remitido por el Gobierno. Y eso es una heterogeneidad
que creo que no facilita la votación.

Señor Hinojosa.




El señor HINOJOSA I LUCENA: Señor Presidente, no creo que haya
duda respecto al artículo séptimo del proyecto. Izquierda
Unida empieza a tener dudas a partir del momento en que hablo
de la disposición adicional novena.

Rectifico y digo: Artículo decimoprimero, que crea una
adicional novena, página 48 del pegote. (Risas.)
Coloquialmente lo llamamos el pegote, ¿no? (Risas.)
Sigo. De la Ley de Procedimiento Laboral, en la misma página,
al final, artículo decimotercero y dice: Uno. La letra n).

Esta letra n) y esta enmienda mi Grupo quiere que se vote por
separado.

49 del mismo documento. La enmienda que ahí consta y que se
refiere al artículo ya citado.

54, al artículo 133, decimosexto. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señor Hinojosa, estamos ya utilizando dos
criterios. El artículo once, al que usted se ha referido, y el
trece son artículos del proyecto de ley. El artículo 133 no es
el 133 del proyecto de ley.El señor HINOJOSA I LUCENA: Estoy
hablando de la Ley de Procedimiento Laboral.

Estas enmiendas están concretadas por una petición que va a
hacer el señor Fernández-Miranda. Quizás tiene exactamente la
ubicación de cada uno de los artículos. Sería conveniente que
oyéramos su definición, con la que seguro que coincidiremos.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

Señor Fernández-Miranda.




El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Gracias, señor
Presidente. La propuesta del Grupo parlamentario Popular es
efectuar la votación y la solicitud de distintos bloques sobre
los artículos del proyecto de ley que se ha debatido. Por
tanto, repito los que nosotros proponíamos que se votaran
independientemente del proyecto de ley que se ha debatido y
que viene del Senado: el artículo once, artículo dieciséis,
apartado dos, artículo veinticinco, disposición transitoria
segunda y disposición final primera del proyecto de ley.

Pensamos que coincide sustancialmente con la propuesta que ha
hecho el Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Señor Presidente, nuestro Grupo
ordenaba su petición de votación separada de acuerdo con el
criterio tradicional utilizado, que era el de los proyectos de
ley que tramitábamos. Si cambiamos, lo cambiamos, pero era el
criterio que habíamos utilizado.

De acuerdo con eso, yo creo entender, y me gustaría que el
Grupo Catalán (Convergència i Unió) viera si coinciden sus
datos, lo siguiente: artículo séptimo del proyecto, artículo
decimoprimero, artículo decimotercero, artículo decimosexto,
transitoria segunda.

Señor Presidente, no veo que el artículo veinticinco del
proyecto, como decía el Grupo Popular, haga referencia a una
transitoria segunda. Creo que no es así.

Por nuestro Grupo en concreto serían los artículos siete,
decimoprimero, decimotercero, decimosexto, transitoria
segunda.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Peralta. (El señor Roca i
Junyent pide la palabra.)
El señor Roca tiene la palabra.




El señor ROCA I JUNYENT: Señor Presidente, no sé si entorpece
la función de la Presidencia una sugerencia. Sin movernos del
escaño, se puede quizá suspender la sesión durante un minuto y
que los distintos portavoces de los grupos se pongan de
acuerdo con la



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Presidencia sobre la forma en cómo hay que proceder a la
votación.




El señor PRESIDENTE: No me atrevía a sugerirlo, pero si ésta
es una posibilidad que puede agilizar el trámite, la
Presidencia y la Mesa agradecerán esta ayuda de los
portavoces.

Ruego que, sin abandonar el hemiciclo, con suspensión formal
de la sesión por unos minutos, los portavoces interesados en
las votaciones separadas se acerquen a la Presidencia para
ordenarlas debidamente.




Se reanuda la sesión.




El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.

Votaciones relativas a las enmiendas del Senado al proyecto de
ley por la que se modifican determinados artículos del
Estatuto de los Trabajadores y del texto articulado de la Ley
de
Procedimiento Laboral.

Las enmiendas que se van a someter a votación son las que se
refieren a los artículos del proyecto de ley remitido por el
Gobierno y no a los artículos de los proyectos de ley
modificados por este proyecto de ley, y la numeración se
refiere a la que queda en el texto remitido por el Senado.

Enmiendas al artículo 4.º, apartado 1.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 135; en contra, 185; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas al artículo 7.º
Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 189; en contra, 129; abstenciones,
tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas al artículo 11.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 172; en contra, 145; abstenciones,
cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas al artículo 13, apartado 1.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 301; en contra, 17; abstenciones,
tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas al artículo 16, apartado 1.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 319; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas al artículo 16, apartado 2.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 320; a favor, 173; en contra, 147.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas al artículo 25.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 318; a favor, 194; en contra, 124.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas a la disposición transitoria segunda.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 171; en contra, 18; abstenciones, 132.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Enmiendas a la disposición final primera.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 189; en contra, 126; abstenciones,
seis.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Senado a este proyecto de ley.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 298; en contra, 23.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.




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DICTAMENES DE LA COMISION DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE
CONVENIOS INTERNACIONALES:



--Segundo Protocolo por el que se atribuyen al Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas determinadas competencias
en materia de interpretación del Convenio sobre la Ley
aplicable a las obligaciones contractuales, abierto a la firma
en Roma el 19 de junio de 1980, hecho en Bruselas el 19 de
diciembre de 1988 (Número de expediente 110/000068)



--Convenio relativo a la competencia judicial y a la ejecución
de Resoluciones judiciales en materia civil y mercantil y de
los Protocolos y Declaraciones anejos, hecho en Lugano el 16
de septiembre de 1988 (Número de expediente 110/000069)



--Convenio Europeo sobre Coproducción Cinematográfica (número
147 del Consejo de Europa), hecho en Estrasburgo el 2 de
octubre de 1992 y Declaración formulada por el Gobierno
español (Número de expediente 110/000070)



--Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno
de los Estados Unidos de América sobre Asistencia Técnica en
materia de Aviación Civil, hecho en Madrid el 30 de diciembre
de 1993 (Número de expediente 110/000072)



--Acuerdo entre el Reino de España y la Organización Marítima
Internacional relativo a la celebración en Torremolinos
(Málaga) de la Conferencia Internacional para la Adopción del
Protocolo al Convenio de Torremolinos de 1977 sobre seguridad
de los buques pesqueros, hecho en Londres el 12 de enero de
1993 (Número de expediente 110/000073)



--Acuerdo para la Promoción y Protección recíprocas de
Inversiones entre el Reino de España y la República del
Paraguay, firmado «ad referendum» en Asunción el 11 de octubre
de 1993 (Número de expediente 110/000076)



--Convenio entre el Reino de España e Irlanda para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de
impuestos sobre la renta y las ganancias de capital, hecho en
Madrid el 10 de febrero de 1994 (Número de expediente
110/000081)



--Canje de notas por el que se prorroga el Acuerdo entre
España y los Estados Unidos de América sobre Cooperación
Científica y Técnica en materia de apoyo a los programas de
exploración lunar y planetaria, y de vuelos espaciales
tripulados y no tripulados, firmado en Madrid el 29 de enero
de 1964 (Número de expediente 110/000082)



--Canje de notas de 9 de noviembre de 1993 constitutivo de
Acuerdo, entre el Reino de España y el Estado de Israel, sobre
supresión de visados (Número de expediente 110/000084)



--Convenio Internacional del Cacao, 1993, hecho en Ginebra el
16 de julio de 1993 (Número de expediente 110/000086)



El señor PRESIDENTE: Punto octavo del orden del día:
dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre
Convenios
Internacionales. ¿Algún grupo desea intervenir en relación con
alguno de estos apartados? (Pausa.)
Vamos a proceder a las votaciones.

Segundo Protocolo por el que se atribuyen al Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas determinadas competencias
en materia de interpretación del Convenio sobre la Ley
aplicable a las obligaciones contractuales.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 316; a favor, 316.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Convenio relativo a la competencia judicial y a la ejecución
de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil y de
los protocolos y declaraciones anejos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 320; a favor, 320.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Convenio europeo sobre coproducción cinematográfica y
Declaración formulada por el Gobierno español.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 320; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Señorías, me permito recordar la conveniencia, por no utilizar
una expresión más contundente, de que se abstengan de utilizar
teléfonos inalámbricos y aparatos denominados vulgarmente
buscas en el hemiciclo, no sólo por la perturbación sonora que
provocan, sino por la perturbación que provocan en toda la
megafonía del hemiciclo, dando lugar a circunstancias tan
curiosas



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como que algunas conversaciones telefónicas efectuadas a
través de los teléfonos de los portavoces sean oídas en todo
el hemiciclo. (Risas.--Varios señores Diputados del Grupo
Popular: ¡Serra, Serra!)
Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de
los Estados Unidos de América sobre Asistencia Técnica en
materia de Aviación Civil.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 317; a favor, 317.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Acuerdo entre el Reino de España y la Organización Marítima
Internacional relativo a la celebración en Torremolinos de la
Conferencia internacional para la adopción del Protocolo al
Convenio de Torremolinos de 1977, sobre seguridad de los
buques pesqueros.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 318; a favor, 317; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Acuerdo para la promoción y protección recíprocas de
inversiones entre el Reino de España y la República de
Paraguay.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, 319; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Convenio entre el Reino de España e Irlanda para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de
impuestos sobre la renta y las ganancias de capital.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 318; a favor, 318.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Canje de notas por el que se prorroga el acuerdo entre España
y los Estados Unidos de América sobre cooperación científica y
técnica en materia de apoyo a los programas de exploración
lunar y planetaria y de vuelos espaciales tripulados y no
tripulados. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 319; a favor, 319.El señor PRESIDENTE: Queda
aprobado el dictamen.

Canje de notas, de 9 de noviembre de 1993, constitutivo de
Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Israel, sobre
supresión de visados.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 317; a favor, 317.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Convenio internacional del cacao.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 317; a favor, 316; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DE TRANSPOSICION DE LA DIRECTIVA 89/552/CEE,
SOBRE LA COORDINACION DE DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMENTARIAS
Y ADMINISTRATIVAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS RELATIVAS AL
EJERCICIO DE ACTIVIDADES DE RADIODIFUSION TELEVISIVA (Número
de expediente 121/000029)



El señor PRESIDENTE: Punto noveno del orden del día:
dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas.

Dictamen del proyecto de ley de transposición de la Directiva
89/552/CEE, sobre la coordinación de disposiciones legales,
reglamentarias y administrativas de los Estados miembros
relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión
televisiva.

Enmiendas del Grupo Popular. Tiene la palabra la señora Mato.

(Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, si van a abandonar el hemiciclo
les ruego lo hagan con diligencia.

Cuando quiera, señora Mato.




La señora MATO ADROVER: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, por fin llega a este Pleno el proyecto de ley por
el que se incorpora la Directiva conocida como televisión sin
fronteras al Derecho positivo español. Y decimos por fin,
señorías, porque, desgraciadamente, el Gobierno nos tiene
acostumbrados a la menor prisa, yo diría a la menor
diligencia, en lo que significa la aplicacaión de las normas
comunitarias en España.




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Podríamos dedicar horas y horas a analizar parcelas de nuestro
Derecho en las que sencillamente se puede decir que, a nivel
de legislación, no somos europeos, que vamos con retraso. Pero
como el señor Presidente no me va a permitir este exceso de
tiempo, me referiré sólo a las cuestiones fundamentales que
nos afectan en este debate.

El asunto más grave --no por ello inusual y que también ha
ocurrido en esta ocasión-- es que a la vez que en Europa hay
debates abiertos o, lo que es peor, se dictan resoluciones que
afectan a España, en el ámbito interno de nuestro país se
toman decisiones abiertamente contradictorias con la opinión y
los acuerdos que se producen en los foros comunitarios.

Permítanme dos ejemplos contundentes que evidencian mis
argumentos. El primero de ellos es que cuando en el Congreso
de los Diputados --sin olvidarnos del trámite en el Senado y
de la vuelta de este texto a esta Cámara-- vayan a votar
finalmente este proyecto, ya está abierta en la Comunidad la
revisión de la Directiva que estamos incorporando. Es decir,
después de varios años de retraso, el Gobierno ha decidido
ahora la incorporación de esta Directiva, justo cuando se está
procediendo a su
revisión.

El segundo dato, señorías, es que cuando en Europa se aprueban
estas directrices, en el año 1989, el Gobierno español --y
cuidado, porque de ahí nacen responsabilidades no solo
políticas, tan discutidas hoy, sino también jurídicas--: el
Gobierno español, les decía, en 1989 estaba concediendo
canales a las televisiones privadas, en cuyas concesiones se
planteaban unas condiciones abiertamente contradictorias con
la normativa de la Unión Europea. Fíjense ustedes que el mismo
día en que se aprobaba la Directiva se firmaban las
concesiones con las cadenas privadas de televisión.

Dicho esto, y aunque sea tarde y mal, mi Grupo se congratula
de la remisión de este texto por parte del Gobierno; además,
hemos trabajado con todo afán para mejorarlo. De ello hemos
dado pruebas, tanto en la Ponencia como en la Comisión, y lo
haremos hoy en esta sesión plenaria.

Quiero señalar, como hemos dicho y seguimos diciendo, que el
hablar de cualquier tipo de legislación que afecte a los
medios de comunicación, en democracia siempre es hablar de
reglas del juego, y estamos convencidos de que tanto el
establecimiento como la revisión de estas normas requieren del
intento de máximo consenso, en la mejor acepción de este
término. (El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la
Presidencia.)
Por ello hemos sido proclives a la presentación de enmiendas
transaccionales y, lo que es más, a apoyar las propuestas de
otros grupos cuando hemos coincidido en la voluntad
integradora de las mismas.

En resumen, proyecto tardío y proyecto malo, pero afán, desde
el Grupo Popular, de mejora de este texto. Esto nos llevó en
su momento a no presentar una enmienda a la totalidad, porque,
como les digo y les reitero, no estamos ante un debate
ideológico, no estamos ante una confrontación de modelo, sino,
sobre todo y ante todo, estamos hablando de comunicación, de
libertades y de reglas de juego democrático.

Entremos en el fondo, y aquí, en primer lugar, quiero
agradecer a la mayoría parlamentaria la aceptación de algunas
de nuestras enmiendas en los trámites anteriores, si bien no
les perdonamos (y entiéndanme bien) la pantomima que a dúo
protagonizaron el portavoz socialista y el de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya en la presentación de este proyecto
ante la Cámara que, sin duda, ha marcado el devenir
parlamentario de esta norma. En primer lugar, y respecto al
título de esta ley, atendiendo a lo apuntado por el letrado en
su informe ofrezco una
transaccional sobre nuestra propia enmienda a todos los
grupos, que con el permiso de la Presidencia paso a leer. El
título del proyecto dice: proyecto de ley de trasposición de
la Directiva sobre la coordinación de disposiciones legales,
reglamentarias y administrativas de los Estados miembros
relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión
televisiva. La enmienda
transaccional que presentamos en este momento propone el
siguiente título: Proyecto de ley reguladora de las
condiciones para la libre prestación de la actividad de
televisión en los Estados comunitarios.

Permítanme que les diga que hay cinco finalidades en el resto
de las enmiendas que mantenemos, y también, por qué no
decirlo, en el voto positivo que otorgaremos a algunas de
otros grupos parlamentarios. La primera finalidad es que nos
hemos empeñado en que la incorporación del Derecho comunitario
suponga una mayor protección, y sobre todo una mayor garantía
de cumplimiento de lo que significan los derechos de la
infancia o del menor. Fíjense que les digo garantía legal y de
cumplimiento, porque mi Grupo cree, ha sostenido y sostiene,
que legalmente, empezando por la ley de leyes que es la
Constitución, se garantizan plenamente esos derechos. El
problema, señorías, es de
cumplimiento. Y aquí alzo mi voz ante el débil Gobierno y
también, cómo no, ante el Poder Judicial.

Positivo será que en los distintos poderes del Estado influya
la consciente y creciente alarma que se demuestra en la
sociedad ante programaciones televisivas, públicas y privadas,
en absoluto respetuosas con valores en los que hay unanimidad
en la sociedad respecto a su defensa. En este sentido,
apoyamos la enmienda de Convergència i Unió, número 66, que
creemos completa nuestro texto, proponiéndoles la ampliación
de la prohibición de emitir espacios que puedan perjudicar al
menor en horario familiar, entre las seis de la mañana y las
diez de la noche, a los espacios publicitarios.

La segunda finalidad de nuestras enmiendas es fomentar (y
reconozco que aquí aprovecho que el Pisuerga



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pasa por Valladolid) todo lo que significa programación de
índole cultural y formativo, y me estoy refiriendo a todas las
televisiones, pero muy especialmente a las televisiones
públicas. Varias de nuestras enmiendas pretenden que la
televisión pública, la que pagamos todos los españoles, emita
una programación de verdadera calidad, y por ello, entre otras
cosas, hemos propuesto la reserva del 15 por ciento del tiempo
de emisión para programas educativos, culturales e infantiles
de producción propia. Asimismo, somos partidarios, como medida
de apoyo y fomento a la industria cinematográfica, de que las
televisiones públicas coproduzcan anualmente un determinado
número de obras
audiovisuales.

La tercera finalidad, señorías (y les hablo desde el Grupo
Parlamentario que hoy no es mayoría en la Cámara, pero que
pronto puede serlo), es que, a partir de esta norma, las
televisiones privadas no sean inviables en España; que se
mantenga el
pluralismo informativo; que los españoles no vean mermada su
posibilidad de elegir entre varias cadenas. La esencia de la
democracia todos sabemos que está en la posibilidad de optar y
en la posibilidad de elegir. En este sentido, como futuro
Gobierno hemos estudiado las posibles responsabilidades que se
pudieran derivar de la conducta inadmisible del actual
Gabinete, que, insisto, firmó concesiones a las televisiones
privadas abiertamente contradictorias con la legislación que
hoy
debatimos.

Creemos que es necesario buscar un punto de equilibrio entre
la defensa que nosotros ejercitamos de los derechos del
telespectador y la necesaria viabilidad de las empresas de
radiodifusión; empresas que, por supuesto, garantizan un
pluralismo televisivo e informativo. Por ello, no podemos
aceptar algunas enmiendas de los grupos que intentan para
España un régimen más restrictivo que para el conjunto de
Europa, porque ello sin duda nos llevaría a perjudicar al
sector audiovisual español.

Cuarta finalidad. Mantenemos la filosofía que con vehemencia
hemos defendido siempre que se aborda el tema audiovisual.

Señorías, no estamos hablando, en nuestra concepción
ideológica, de un servicio público esencial. Muchos españoles
se sonreirían incluso si mantenemos que la programación de las
televisiones públicas constituye un servicio público.

Quitémonos la careta y reconozcamos que estamos hablando de
una actividad de interés público y que el Gobierno ha
utilizado las concesiones para controlar el panorama de la
comunicación. Ya saben que no digo nada nuevo, pero en todas
las leyes que afectan a lo audiovisual, independientemente de
su ámbito, reiteraremos este concepto. Señorías, estas cuatro
finalidades se engloban en una, la quinta: la necesidad de una
ley general de lo audiovisual que recoja y racionalice toda la
legislación que existe sobre la materia, creando, además, un
organismo independiente que actúe de árbitro en esta materia.

Suponemos que no se ha pretendido enloquecer a los españoles,
pero estarán de acuerdo conmigo en que cualquier oferta
privada o pública que se introduzca en este medio ha de
trabajar con siete leyes distintas, a veces escandalosamente
contradictorias entre sí. Muy pronto, ante la pasividad de la
mayoría y el incumplimiento por parte del Gobierno de las
resoluciones que se aprueban en esta Cámara, presentaremos un
texto de ley general de lo audiovisual, y yo les anticipo que
no sólo contendrá las disposiciones básicas de esta Directiva,
sino que pretenderá, por una vez, que este Congreso de los
Diputados no esté detrás de Europa, sino a la vez y a la par
que ella.

En este espíritu también hemos presentado dos enmiendas
transaccionales que paso a comentar brevemente.

La primera de ellas está relacionada con la enmienda 115, de
Coalición Canaria, al artículo 1. Proponemos que se eliminen
de la enmienda las palabras «la calificación y promoción»,
porque en realidad creemos que la directiva regula la
difusión, pero no la calificación y promoción de los espacios
y programas
televisivos.

Otra enmienda transaccional presentamos a la número 60, de
Convergència i Unió, que es relativa a la adición de tres
nuevos puntos sobre la prohibición de publicidad. Creemos que
se pueden refundir los tres puntos en uno solo, que quedaría
de la
siguiente manera: La publicidad que incita a la violencia o a
la crueldad y maltrato a personas y animales o a la
destrucción de bienes culturales o naturales.

Señor Presidente --y finalizo--, creo que nuestra posición es
clara. Se trata de conjugar intereses, y los hay en este caso
y todos legítimos aunque no comparables: los derechos del
menor, los derechos del telespectador, el ansia de seguir
teniendo pluralismo televisivo y, por supuesto, en materia de
comunicación, no sólo la necesidad europea, sino también en
este caso la pasión europea. En materia de telecomunicaciones
Europa siempre va por delante.

Señorías, uno de los retos de nuestro futuro gobierno es
desarrollar un gran proyecto español, y eso pasa por nuestra
iniciativa y por ir por delante de los acontecimientos.

En materia de comunicación siempre que no quieran ponerle
puertas al campo, siempre que no intenten, con la técnica,
condicionar políticamente, y siempre, en resumen, que apuesten
por la libertad, nos tendrán a su favor. Si no es así,
recibirán nuestra más firme oposición.

Mantenemos la esperanza de que en el Senado, y en la vuelta al
Congreso, se mejorará este texto, aunque tengo mis dudas,
porque la eventual mayoría socialista, en materia de
comunicación --y esto provoca una triste sonrisa-- parece
pensar que mantiene su mayoría absoluta, o sea, que ustedes en
esta materia, de impulso poco y de democrático menos.




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Muchas gracias. (Aplausos en los bancos del Grupo
Popular.--Algunos señores Diputados del Grupo Popular: ¡Muy
bien!)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Para la defensa de las
enmiendas del Grupo Mixto, tiene la palabra la señora Rahola.




La señora RAHOLA I MARTINEZ: Gracias, señor Presidente.

Nuestro Grupo plantea tres enmiendas. La primera enmienda pide
que se garantice la recepción de aquellas emisiones
procedentes de alguna de las comunidades autónomas del Estado
en otras comunidades con la misma lengua propia. Con esta
enmienda lo que pedimos es que se evite toda posibilidad de
que se obstaculice la retransmisión de televisiones en catalán
en el ámbito del País Valenciá o en el ámbito de Cataluña.

Entendemos que tanto Canal 9 como TV3 tienen que ser vistas en
todo el territorio donde se habla la lengua catalana y, por
tanto, con esta enmienda queremos garantizar esta reciprocidad
que parte de la libertad informativa y que parte, sobre todo
también, de la voluntad de consolidar en todo el ámbito
territorial la lengua propia que nos es común. Es decir, que
queremos justificar, por la vía de la consolidación legal, lo
que es una realidad lingüística, cultural e histórica. En la
segunda enmienda que planteamos decimos que «en expresión
originaria española», tal como dice la ley, pero planteamos la
siguiente adición: «... en cualquiera de sus lenguas
oficiales. Las entidades públicas o privadas que emitan para
el conjunto del Estado español deberán respetar las lenguas
propias, distintas de la castellana, en las emisiones
realizadas en las comunidades que las tengan».

Esta enmienda lo que plantea es que las televisiones de las
comunidades autónomas que emiten en lengua oficial distinta
del castellano, puedan emitir dobladas a dicha lengua oficial
obras realizadas originariamente en castellano. La adición del
último punto se refiere a la necesidad de protección que
tienen, tal como reconoce de hecho la Directiva comunitaria,
las lenguas minoritarias, que ven gravemente comprometido su
futuro al estar los ciudadanos que tienen como propia una de
esas lenguas sometidos a un aluvión de emisiones televisivas
en lengua o lenguas distintas a la suya, y que la importancia
mediática de la televisión, indiscutible en estos momentos,
dificulta no ya la expansión, sino la conservación de la
lengua propia.

Finalmente, la tercera enmienda --que es muy sencilla en la
forma e importante en el fondo-- es de adición, y plantea
fundamentalmente proteger a los menores de aquellos
espectáculos televisivos, tales como películas pornográficas,
películas violentas, corridas de toros y combates de boxeo,
que por su naturaleza puede agredir la sensibilidad de los
menores y, por tanto, hieren también la necesaria protección
de esos menores que se tiene que ejercer desde la televisión,
un ámbito de influencia tan importante como éste. Ponemos
especial hincapié en el hecho de que nosotros consideramos que
dentro de los espectáculos que pueden herir y que van en
contra de la protección indiscutible a los menores, están las
corridas de toros, porque entendemos que éste es un
espectáculo violento, un espectáculo en el que hay sangre,
muerte y tortura, y consideramos que de ninguna manera en la
franja horaria infantil estos espectáculos pueden ser
programados. Por tanto, apelando a la protección a los
derechos de los niños y apelando a la propia naturaleza de la
normativa sobre televisión, entendemos que esta enmienda de
adición acaba de completar la protección de los niños.

Por consiguiente, pedimos el apoyo para estas tres enmiendas.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora
Rahola. Para la defensa de las enmiendas del Grupo de
Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías, voy a
defender las enmiendas que se mantienen vivas después de los
trámites en la Comisión.

La primera de nuestras enmiendas es la 115, al artículo 1, y
la mantenemos desde un punto de vista de sintaxis gramatical y
de especificidad de lo que quiere decir el contenido y el
objeto de esta ley. Se nos ha presentado por el Grupo
Parlamentario Popular una enmienda transaccional, y adelanto
ya que aceptamos
plenamente la supresión que pide de la expresión «calificación
y promoción».

En cuanto a la enmienda 117, es de modificación, y propone que
donde dice «50 por ciento» diga «51 por ciento». Esta enmienda
se mantiene.

Por lo que se refiere a la enmienda número 119, al artículo 8,
nosotros proponemos que en vez del plazo de dos años que se
plantea en el artículo 8, en la difusión de las obras
cinematográficas entendemos que por un sentido de racionalidad
y de práctica es preferible dejar el plazo en un año. No tiene
mayor trascendencia que adaptarnos a lo que creemos que va a
ser la realidad práctica en estos aspectos.

Respecto a la enmienda 120, al artículo 9.1, nosotros queremos
introducir algo que es concordante con el espíritu que hubo en
los trámites en la Comisión, tanto por parte del representante
del Grupo Catalán de Convergència i Unió como por parte del
Grupo Popular, en la defensa del menor. Después del sentido de
la dignidad humana queremos significar ahí la protección al
menor, y nosotros proponemos que se añada sencillamente, en la
séptima línea, después de la expresión «la dignidad humana»,
la frase «y en especial a los niños»,



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porque está dentro del concepto de protección del menor y
coincide con tomas de posición que se han efectuado por los
grupos que he citado.

Por otro lado, señor Presidente, retiramos la enmienda 121, al
artículo 10.

La enmienda 122 la mantenemos. Aquí pedimos la supresión del
artículo 12.3, porque entendemos que es un brindis al sol.

Decir ahí que no se perjudique la unidad de la película ni
desmerezca el valor o calidad son apreciaciones subjetivas de
un jurado. Por tanto, no sabemos, dentro del marco normativo
de una ley, si no hay un jurado para calificar esto, cómo se
puede introducir el imperativo categórico de que no se puede
meter la publicidad cuando perjudique su unidad, valor o
calidad. La realidad nos viene diciendo que una emisora de
televisión, que se nutre en sus ingresos precisamente de la
publicidad, tendrá que tener alguna norma para introducirla.

Quiero significar al Grupo Socialista algo que ha dicho, y
comparto, la portavoz del Grupo Popular, y es que cuando
aprobemos esto, la Unión Europea estará ya a otro nivel de
directivas de radio y televisión, o sea que vamos a empezar a
aplicar dentro de poco en nuestro país una norma que va a
quedar obsoleta por lo que está ocurriendo en Europa, donde se
han dado cuenta, como bien ha dicho la señora Amato, de la
realidad de todo el sistema audiovisual en la trasposición que
estamos haciendo. Es decir, Europa ha empezado con unas
normas, pero se ha visto la realidad de lo que viene
sucediendo en estos años con su aplicación; por tanto, hay que
tener en cuenta el curso del tiempo y el calendario de lo que
está ocurriendo, y resulta que con esta norma una televisión
pública o privada va a tener la inseguridad jurídica de en qué
momento puede meter una cuña publicitaria si a alguien se le
ocurre decir que no se perjudique su unidad ni desmerezca el
valor o calidad. La unidad temática de una película, como de
una novela, es todo el argumento en sí mismo, pero en algún
momento habrá que introducir la cuña publicitaria. No
generemos una inseguridad jurídica con estos aspectos.

Precisamente esta materia, la introducción de
publicidad en una película que se dé por televisión, está
siendo objeto de los mayores debates; véanse, para ello, actas
del Parlamento Europeo al respecto y por dónde van los aires
en la realidad europea, que ya actúa con más sentido común que
nosotros.

La enmienda número 123, señor Presidente, al artículo 15.c),
referido al patrocinio televisivo, propone la supresión de
dicho apartado, porque no entendemos que el patrocinador
comercial, lo que llamamos hoy con el anglicismo «sponsor», no
persiga el fin legítimo de publicitar su producto o servicio.

¿Se va a dejar lo que se dice aquí, en el artículo 15.c),
sobre patrocinio
televisivo, que no deberán incitar a la compra o contratación
de los productos o servicios del patrocinador o de un tercero,
especialmente mediante referencias de promoción concretas a
dichos productos o servicios? Si a un patrocinador de un
equipo de fútbol no se le prohíbe que en las camisetas del
equipo vaya anunciando su producto, a un patrocinador de
cualquier programa, ¿cómo se le va a prohibir que intente
incentivar legítimamente la compra de su producto, si ese
producto es legítimo y no es dañino para la salud pública?
Otra cosa sería que se dijera que se prohíbe la publicidad del
tabaco, y, por tanto, no habrá ningún patrocinador de marcas
de tabaco o de bebidas alcohólicas, si también estuvieran
prohibidas, pero a un patrocinador de otro producto comercial
legítimamente registrado y legítimamente comercializable no sé
por qué se le va a decir: «usted no publicite, ni haga
propaganda de sus productos, ni diga que se compren». Yo no me
explico entoncespara qué es la propaganda en una sociedad de
consumo. Eso no es una religión o un sistema político para
adoptar una idea y no comercializar; el que venda cualquier
producto comercial tendrá derecho a poner la
publicidad. No se nos ha entendido este tema.

Quiero decir que, con respecto al patrocinio televisivo, en la
normativa que está haciendo la Unión Europea veremos como esto
va a cambiar. No hagamos el ridículo de que en un mercado
único de televisión, cuando salga la normativa española,
resulte que las marcas comerciales de cualquier producto que
se comercialice en todo el espacio económico europeo digan:
esto se puede patrocinar en cualquier televisión pública
europea con sentido común menos en la española, que lo han
prohibido. Miren ustedes los programas televisivos en este
momento en las televisiones públicas o privadas españolas, el
tema del patrocinador
comercialo del «sponsor», está presente permanentemente, o
bien de telón de fondo o bien en el mensaje con la voz en
«off» o directa de los propios presentadores del programa.

La enmienda número 124, señor Presidente, la damos por
defendida en los propios términos, porque a este respecto he
visto también una enmienda del Grupo Parlamentario Socialista
al artículo 18 que en su primer párrafo deja las cosas como
están. Precisamente nosotros, por un principio de seguridad
jurídica, entendíamos que el régimen de sanción que contempla
esta ley debe referirse a las entidades que están en el
artículo 2.1. Porque resulta que dicho artículo 2.1 de este
proyecto de ley habla de un tipo de
televisiones públicas y privadas y aquí aparece otra cosa. No
es lo mismo entidades públicas o privadas contempladas en el
artículo 2.1, que lo que pretende el texto del proyecto del
Gobierno y que la enmienda socialista sigue manteniendo en su
primer párrafo (aunque mejora por lo que respecta a las
comunidades autónomas en los párrafos 2 y 3, que eso sí, no
nos merece ninguna objeción, sino el apoyo), en el que el
régimen sancionar establecido será de aplicación a las
empresas
concesionarias de televisión privada y a las entidades
públicas de televisión.




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Señores del partido mayoritario, esta ley no se puede aplicar
nada más que a lo que dice exactamente, y hemos apoyado, en el
artículo 2 del mismo proyecto: «Ambito territorial: La
presente ley se aplica a las emisiones que se realicen desde
el territorio español por las entidades públicas o privadas
que presten, directa o indirectamente, el servicio público de
televisión.» A eso es a lo que se aplica la ley. Aparecer aquí
con que será de aplicación a empresas concesionarias de
televisión privada y a las entidades públicas de televisión,
no sé en qué territorio será, pero desde luego esto a las
televisiones privadas las puede dejar en una inseguridad
jurídica verdaderamente preocupante. En cuanto a la enmienda
125, señor Presidente, anuncio que la retiro, en razón a que
ha desaparecido el artículo 20 que estaba en el proyecto. Por
el mismo motivo, la enmienda 126 se retira también, porque
estaba referida a la exposición de motivos que habla del
capítulo del derecho de rectificación, y al desaparecer el
artículo 20 desaparece esa referencia.

Respecto a la enmienda 127, nosotros la mantenemos por la
especial referencia que se hace a las comunidades autónomas,
diciendo que aquí estamos de acuerdo con los párrafos segundo
y tercero y con la enmienda transaccional del Grupo Socialista
al artículo 18. Es decir, estamos de acuerdo con dicho
artículo 18 y con los dos párrafos citados. Nuestras
observaciones son al primero, ya que no tiene que ver nada con
el segundo y tercero, que se refieren a las competencias de
las comunidades autónomas. Por tanto, mantenemos la enmienda
127, porque ahí se reafirma la competencia de coordinación con
las comunidades autónomas en la aplicación de la presente ley.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Mardones. Para la defensa de las enmiendas presentadas por
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra el
señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ MASATS: Señor Presidente, señorías, el Grupo
Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya presentó,
a la trasposición de esta Directiva, una enmienda de totalidad
en función de que, a nuestro juicio, no recogía bien la
mayoría de cine europeo que había que reservar o proteger; no
recogía bien el tema de la reducción y ordenación de la
publicidad en un servicio público esencial, como es la
televisión, sea pública o privada; tampoco trasponía bien el
tema de la protección a la infancia y a la juventud, y nos
parecía escandaloso que una ley que se trasponía dos años y
medio tarde, después de octubre de 1991, interpusiera una
serie de plazos para la protección del cine europeo de hasta
seis años.

En el debate de totalidad, al que la señora Mato ha llamado
pantomima, el Portavoz del partido Socialista Obrero Español
dijo que estos cuatro temas se iban a solucionar, que si eran
el eje de una enmienda de totalidad no había ningún problema,
e incluso hizo referencia explícita al tema de las
transparencias de publicidad en los partidos de fútbol, cosa
que está absolutamente prohibido en Europa, y ahora diré en
qué términos. Naturalmente, en función del debate, yo me lo
tengo que creer cuando se hace con luz y taquígrafos, señora
Mato, lo cual no quiere decir que ustedes, si tanta oposición
tenían a esta ley, no debieran haber pasado sin presentar la
enmienda de totalidad. A esas alturas nosotros pedíamos la
avocación para no dejar las espaldas al descubierto si no se
cumplía ese compromiso; ese compromiso no se ha cumplido en
los términos en que aquí se dijo y que figuran negro sobre
blanco, y no con tinta de calamar, en el «Diario de Sesiones».

Nosotros hemos presentado una alternativa completa a la
trasposición que se hace en función de cómo este tema se ha
recogido en los distintos países de la Unión Europea, lo que
no ha hecho el Partido Popular. Es más, el Partido Popular ha
hecho aquí hoy una intervención que es de totalidad y que se
debe corresponder con un voto negativo, cosa que no se hizo en
la Comisión: se abstuvieron en la votación. Nosotros sí
votamos en contra cuando comprobamos que no se habían recogido
los términos del debate de totalidad.

El primer problema que se plantea es el de la trasposición a
los dos años y medio después del límite que marcó la Directiva
de la Unión Europea, dando como fecha --la he dicho
anteriormente--octubre de 1991, y se ha traspuesto tarde y muy
mal. Es la trasposición --me van a permitir SS.SS. el término
castizo-- más cateta de la Unión Europea. No se corresponde
con el debate actual en la Unión Europea, que ya está
revisando esta Directiva y va muy por delante de los términos
de esta trasposición. Además, como se dijo en los debates de
la resolución previa, desde 1988 hasta 1989, en que se aprueba
la Directiva,
fundamentalmente en las ponencias del señor Barzanti, era una
directiva de mínimos que cada país tendría que adaptar
ampliando, puesto que se trataba simplemente de una referencia
mínima a la hora de homologar todo el mercado televisivo, todo
el mercado publicitario, todo el tema de la protección de la
infancia y el de la protección del cine en la Unión Europea.

Pues bien, ese límite de mínimos aquí se ha bajado con mucho -
-y ahora lo demostraré con números-- en el sentido de que ni
siquiera se cumple la protección de la mayoría del cine
europeo, y mucho menos en los plazos previstos, ya que se da
un margen de cinco años para la aplicación de esa protección,
que no se cumple en la mitad de las 13 cadenas existentes en
nuestro país en el momento actual.

La Unión Europea adoptó un punto de vista limitado pero no
pacato, un punto de vista serio, un punto de vista contra el
liberalismo, la selva del mercado liberal



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en la publicidad en todas las televisiones europeas y,
naturalmente, con respecto a la limitación de la telebasura.

Hubo un debate muy serio, muy fuerte, que aquí no se ha tenido
en los mismos términos por la coincidencia que ha habido entre
el Partido Socialista --en el tono no, pero sí en el fondo--,
el Partido Popular y otros grupos conservadores de ciertas
comunidades autónomas. En el proyecto de resolución de la
Unión Europea, que entonces se llamaba Comunidad Económica --
han cambiado tanto las cosas a la hora de transcribir la
Directiva que hasta ha cambiado el nombre de la entidad
política europea--, se decía que era simplemente una etapa
inicial, una etapa previa e incompleta pero indispensable y
urgente; se utilizaba el término urgente para incidir cada vez
más profundamente en las costumbres, en las estructuras
económicas, en las características mismas de la sociedad del
futuro. Se hablaba de que la publicidad era un tema clave a la
hora de estudiar lo que es la emisión de un servicio público
esencial, cual es la televisión, sea pública o privada. La
publicidad no es un término secundario de un mercado que no
debe desarrollarse desde la lógica del beneficio inmediato. Se
hablaba de que había que hacer las cosas sin dirigismo pero
sin fanatismo de mercado, y en este sentido había que ir a una
televisión sin fronteras que no tuviera una
publicidad salvaje y sin control. Aquí se han roto todos los
términos, numéricos y éticos, de esta resolución de la Unión
Europea, y lo vamos a demostrar incluso con el informe
prescriptivo que hemos recibido en la Ponencia y en la
Comisión. Se excluye, primero, del tiempo de emisión el tiempo
dedicado a ofertas directas, combinándolo con un patrocinio
que se parece mucho a la publicidad encubierta y que en ningún
caso es
homologable a cómo se recogen estas figuras publicitarias en
toda la legislación europea. Las ofertas directas no están
previstas en la Directiva. Esto supone que, pese a respetarse
formalmente los mínimos de producciones europeas
independientes --hay que llegar al 51 por ciento como mínimo
de producciones europeas, que nosotros subimos al 60 por
ciento por razones que ahora
explicaré--, en realidad no se cumplen. Es un 50 por ciento en
bruto, de donde hay que excluir el tiempo dedicado a
información, deportes, concursos, juegos, publicidad y
servicios de teletexto. Además, se añade aquí una serie de
cuestiones, que no figuran en la Directiva de la Unión
Europea, con lo cual obtenemos un tiempo bruto muy superior
sobre el que se calcula el 50 por ciento, que ya no es
realmente el 50 por ciento puro, es mucho menos y, por lo
tanto, no se respeta la Directiva europea. En este sentido no
aceptamos ese 51 por ciento que ustedes han corregido, pues,
en principio, sólo recogían el 50 por ciento, porque no se
llega ni siquiera al 50 por ciento en función de cómo se
establece el tiempo bruto de emisión.

En el mismo sentido, señorías, las transparencias no se han
recogido de manera adecuada, de manera legal, entre comillas,
atendiendo a la Directiva europea. Las transparencias no
existen en la forma como se han recogido en ningún país de
Europa. Se recogen cuando se pueden insertar durante los
intervalos, en el sentido de que el tiempo se encuentre
detenido como un tiempo estructural, como un intervalo, no
como una pausa cuando se lesiona un jugador, cuando hay un
parón, una detención
inesperada, que tampoco se sabe cuándo va a terminar, por
ejemplo, en un partido de fútbol. Lo que recoge la Unión
Europea, lo que realizan todas las televisiones europeas es un
parón estructural, es un tiempo entre dos etapas del partido,
el tiempo de descanso o de una prórroga, no otra cosa. Sin
embargo, aquí se recoge de manera torticera, de manera
absolutamente
inaceptable.

En otro lugar, señorías, el proyecto de ley define el concepto
de duración programada de manera inadecuada, la base sobre la
que se debe computar la posibilidad de interrupciones como la
duración total de la hora, incluidos los espacios
publicitarios existentes dentro de la misma. Se computa
también la duración de los espacios publicitarios, lo que
supone una ampliación que no parece correcta a la hora de
incluir el tanto por ciento de publicidad. Ese tiempo está
también muy mal pero legalmente calculado respecto a lo que
prescribe la Unión Europea.

Señorías, la nueva ley --intento ser lo más breve posible,
señor Presidente--, consecuentemente, supone un aumento del
tiempo bruto que las cadenas pueden dedicar a la publicidad,
muy por encima del de cualquier cadena pública o privada de
cualquier país de la Unión Europea, ya que se pasa de un tope
del 10 por ciento del total de horas de programación anual, y
de 10 minutos dentro de cada hora de programación, a un tope
del 15 por ciento del tiempo diario de emisión y de 12 minutos
cada hora. Se sube el tope nítido, pero teniendo en cuenta el
tiempo bruto y cómo se calcula, desde luego, traspasamos todos
los límites de esta publicidad que se había denunciado en
todos los debates previos a la resolución de la Directiva de
1989 como algo a ordenar, como algo a reducir, como algo a
tener en cuenta dentro de lo que es un servicio público
esencial.

Termino, señor Presidente, diciendo que los plazos que se dan
a una directiva que ha tardado dos años y medio largos en
trasponerse son, en el caso de protección a la obra europea,
cinco años más, y otros plazos también largos respecto a la
reducción de publicidad que pensamos que deben entrar a regir
a partir de principios del próximo año.

Por todas estas causas pensamos que el debate de totalidad no
es que fuese una pantomima; es que se nos prometió que esto se
iba a recoger y no se ha recogido. Para cubrirnos las
espaldas, pedimos la avocación del debate que terminase en
Pleno. Una vez terminado en



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Pleno, decimos que rechazamos absolutamente la trasposición
que se ha hecho de esta Directiva europea.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Para la defensa de las
enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Señor Presidente, señorías,
nuestro Grupo Parlamentario mantiene vivas un total de siete
enmiendas a este importante proyecto de ley de trasposición de
la Directiva europea de televisión. Digo que es importante por
cuanto va a incidir en algo tan popular e influyente en
nuestra sociedad como es el mundo de la televisión, cuyo
contenido hay que regular al existir unos intereses superiores
que los poderes públicos deben defender y que son,
principalmente, los derechos del espectador, la protección de
los menores y todo lo inherente a la identidad cultural de los
pueblos. Algunos de estos aspectos o venían ya
convenientemente regulados en el proyecto de ley o, desde
nuestro punto de vista, han sido considerablemente mejorados
en el precedente debate en Comisión. En otros aspectos no es
así: aquellos que es obvio que son objeto de enmiendas vivas
por parte de este Grupo y que a continuación voy a repasar.

Las enmiendas números 60, 61, 63 y 68 pretenden, todas ellas,
una mejor garantía de los derechos del espectador. Así, la
primera de ellas, la número 60, propone la inclusión en el
artículo 10, relativo a la publicidad prohibida, de aquella
que incite a la violencia y a comportamientos antisociales,
que apele al miedo o a la superstición o que pueda fomentar
abusos imprudencias, negligencias o conductas agresivas;
también aquella que incite a la crueldad o maltrato de
personas o animales o a la
destrucción de bienes culturales o naturales. Entendemos
nosotros, y nos parece muy importante, que debería
incorporarse en este precepto que regula la publicidad
prohibida a la
publicidad de tipo político, inclusión que entendemos que no
puede ser más que beneficiosa, puesto que además de necesaria
para garantizar la igualdad y el pluralismo político
contribuiría a evitar un incremento innecesario de los gastos
electorales. En ese sentido debo decir también que no podemos
admitir, por tanto, la transacción que nos propone el Partido
Popular en cuanto recoge sólo una parte de la enmienda número
60 y, en cambio, excluye la publicidad de tipo político.

En cuanto a la enmienda número 61, queda suficientemente
explicitada en sus propios términos al incluir el necesario
respeto a la legislación en materia de protección de la salud
en la publicidad de bebidas alcohólicas.

Por lo que se refiere a la enmienda número 68, tiene relación
con algo que reiteradamente se ha venido denunciando en la
Cámara, especialmente por nuestro Grupo Parlamentario, como es
la situación de saturación publicitaria en televisión. Creemos
que en este tema ante todo debe exisitir un serio compromiso
por parte del Gobierno de hacer cumplir la legislación
vigente, cosa que aunque parezca sorprendente no ha sucedido
hasta el momento. Si no es así, si esto no sucede, si no hay
un cambio de actitud por parte del Gobierno, continuaremos con
el desordenado panorama actual, donde cada cadena hace lo que
quiere y, al final, el gran perjudicado no es otro que el
telespectador. Hay que hacer respetar la prohibición en la
emisión de publicidad de
determinados productos, los lapsus entre cortes publicitarios
o los cómputos de publicidad. Pero mal vamos, cree este Grupo
Parlamentario, si de entrada ya estamos fijando un plazo de
dieciocho meses para empezar a aplicar las normas relativas a
estas cuestiones. Entendemos que no existe ninguna razón de
tipo técnico o publicitario que justifique esta demora, ya que
estableciendo como proponemos nosotros, y también otros grupos
como el Grupo Parlamentario Vasco (PNV) y el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
como digo,
estableciendo un plazo único del primero de enero de 1995 se
garantiza el cumplimiento de los compromisos publicitarios
contraídos por las televisiones, además de la homogeneidad y
coherencia en el cumplimiento de la ley.

En cuanto a la enmienda 66, se refiere a un aspecto que
también nos parece fundamental del proyecto, que es la
protección de los menores frente a la programación. Incide
sobre este importante aspecto que a nuestro parecer no se
trata con suficiente rigor en el proyecto de ley en su
redactado actual. Ya nos sorprendió, en el momento en que se
presentó el proyecto a la Cámara para su aprobación por el
Consejo de Ministros, que un proyecto de ley aprobado el
pasado mes de diciembre, si no recuerdo mal, no tuviera en
cuenta la proposición no de ley que el día 30 de noviembre
había votado el Pleno de la Cámara, precisamente sobre el
mismo asunto. De hecho, nuestra enmienda rescata y adapta ese
texto al establecer la prohibición entre las 6 y las 22 horas
de programas susceptibles de perjudicar el desarrollo físico,
mental o moral de los menores y en especial de películas no
recomendables para menores de 18 años; prohibición que creemos
que debería extenderse a la autopromoción de las cadenas y
completarse con la advertencia de la franja de edad para la
que está indicada cada emisión durante el citado horario. Nada
más y nada menos que lo mismo que aprobó la Cámara, si no
recuerdo mal, por unanimidad el pasado día 30 de noviembre.

Estoy de acuerdo con la propuesta que efectúa la portavoz del
Grupo Popular en el sentido de incluir también la publicidad
dentro de estas limitaciones.

Por último, sólo me restan las enmiendas números 59 y 67, la
primera de ellas con el objeto de posibilitar, de acuerdo
concretamente con el artículo 8 de la Directiva



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de cuya trasposición se trata, que las comunidades autónomas
con régimen de cooficialidad lingüística puedan distribuir
entre dichas lenguas el tiempo de reserva para obras europeas
a que se refiere el artículo 5. La segunda, la número 67,
pretende corregir lo que desde nuestro punto de vista
constituye un grave despropósito del proyecto cuando,
efectuando un malabarismo interpretativo del bloque de
constitucionalidad, reserva en exclusiva para el Ministerio de
Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente las funciones de
control, inspección e imposición de sanciones derivadas del
incumplimiento de esta ley, en base a las competencias que
atribuye en materia de telecomunicaciones y
radiocomunicaciones. Existe en la base de este proyecto de ley
el convencimiento, por parte del Ministerio, de que se
fundamenta exclusivamente en los títulos competenciales que
establecen la competencia exclusiva por parte de la
Administración del Estado en materia de telecomunicaciones y
radiocomunicaciones. Eso no es así, porque si ustedes examinan
el proyecto de ley verán que está entrando de una forma
directísima en toda una serie de aspectos que afectan a las
competencias de las comunidades autónomas en materias tan
importantes como son el régimen de radio y televisión, medios
de comunicación social, infancia, juventud, etcétera, que
corresponden, como les decía, a las comunidades autónomas,
como ha sido corroborado por el propio Tribunal
Constitucional. Ya anuncié en Comisión que si el proyecto se
aprobaba en su redacción actual nuestro Grupo Parlamentario no
iba a tener ninguna duda a la hora de promover el
correspondiente recurso de inconstitucionalidad contra estos
aspectos del proyecto.

Afirmación que mantengo en este momento, pero permítanme
añadir que este aspecto del proyecto, fundamental para
nosotros, que incluso ha sido criticado por el informe que
emitió en su día el letrado de la Comisión, trasluce una
voluntad reductora de competencias autonómicas que lamentamos
francamente.

Y termino, señor Presidente, pidiendo que, por favor, nadie
esgrima las exigencias de este Grupo Parlamentario como
coartada para justificar determinadas modificaciones en el
texto original del proyecto, porque está visto que hasta el
momento el Grupo Socialista sólo ha cedido en aquello que le
ha convenido. Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Recoder. Para la defensa de las enmiendas presentadas
conjuntamente por el Grupo Vasco (PNV) y el señor Albistur,
tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente. Señorías, el Grupo Vasco, el Partido Nacionalista
Vasco y el señor Albistur, en nombre de Euskal Ezkerra,
mantenemos vivas cinco enmiendas para este debate de la
trasposición de la Directiva de Televisión sin fronteras. Es
una trasposición que entendemos que se hace tarde, que está
descafeinada en sus contenidos y que no está estructurada para
un Estado autonómico con televisiones públicas de titularidad
estatal y autonómica. Entendemos, señor Presidente, que se
está desaprovechando una buena oportunidad para consolidar el
Estado democrático de las autonomías también desde la
perspectiva y desde el mundo de la televisión y de lo
audiovisual.

En lo que respecta a los contenidos, resulta ciertamente
interesante realizar la labor de comparación de la propia
Directiva en su original con los contenidos que se presentan
en esta trasposición, en este proyecto de ley. No era mucho el
trabajo, señor Aguiriano, ni siquiera complicado. Usted puede
sacar las conclusiones.

Desde el Grupo Vasco, desde el Partido Nacionalista Vasco y de
Euskal Ezquerra entendemos que se ha priorizado el pacto con
las televisiones privadas, que son las auténticas artífices
del descafeinamiento de este proyecto de ley. Ustedes, que son
tan defensores de la televisión pública, están atrapados en la
maraña de las televisiones privadas, señor Aguiriano --¡quién
lo iba a decir!--, cuando la televisión en toda Europa está
siendo objeto de reflexión cultural y de actuación política
decidida. De su desarrollo depende no sólo la actuación
coherente y eficaz de la política cultural, sino incluso la
orientación estratégica de la propia economía. Se ha llegado a
afirmar, señorías, que los acontecimientos en el campo
audiovisual pueden convertirse en la prueba de fuego decisiva
para el futuro europeo, tanto
tecnológico como económico y cultural. Ciertamente el paisaje
audiovisual vive un proceso acelerado de cambio, debido a la
permanente innovación tecnológica que ha propiciado una
creciente penetración de intereses privados en la esfera de la
comunicación, una pérdida de control gubernamental sobre las
frecuencias, una consideración de la cultura audiovisual como
industria sometida a las leyes de la competencia y abierta a
mercados europeos y mundiales. Cada vez es más libre la
circulación de capitales y programas. Ante todas estas
circunstancias, señor portavoz del Grupo Socialista, ¿no tiene
usted la impresión de que estamos un tanto estáticos, en la
higuera, como mirando a la luna?
El párrafo tercero del artículo 189 del Tratado de la
Comunidad Europea indica que las directivas obligan a todo
Estado miembro al que van dirigidas en cuanto a los resultados
que debe
alcanzar, si bien será de la competencia de cada Estado la
forma y los medios. En estas materias en que las comunidades
autónomas tienen competencia legislativa se entiende por la
doctrina del Tribunal Constitucional que es el Estado el único



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competente para la integración en el Derecho interno, siendo
preciso, por tanto, como título previo, para que las
comunidades autónomas traspongan una directiva, que el Estado
recepcione estas normas mediante una norma de integración,
siendo sólo a partir de la misma cuando las comunidades
autónomas puedan adoptar a su vez normas de trasposición.

Nosotros no vamos a discutir eso hasta ahí, pero junto con
ello debemos indicar que existen otras formas y otras maneras
de realizar estas
trasposiciones. Incluso la propia memoria del proyecto de ley
recoge cómo se han hecho trasposiciones de esta misma
Directiva en otros Estados europeos con estructuras federales
o
autonómicas. En Alemania, por ejemplo --y se recoge en la
memoria que trae el propio proyecto--, esta trasposición ha
sido la efectuada de acuerdo con su estructura federal --leo
textualmente la memoria remitida por el Ministerio--
habiéndose firmado un acuerdo entre el Gobierno federal y los
16 länder en enero de 1992, que ha determinado una aplicación
rigurosa y homogénea de la Directiva en todo el territorio de
la República Federal. ¿Por qué no se siguen los ejemplos
europeos, señor Aguiriano? Porque el proyecto de ley que se
presenta desconoce absolutamente las competencias de las
comunidades autónomas para trasponer y ejecutar una directiva
comunitaria.

Entendemos que no sería razonable tener que recurrir al
Tribunal Constitucional en materias como ésta que deberían
conducir a acuerdos y consensos básicos en el respeto de las
competencias de cada una de las instituciones. Señor
Aguiriano, recoja el guante que le ha lanzado el portavoz del
Grupo Catalán en la intervención anterior y haga lo posible,
lo que esté en su mano, cosa que no dudo que realizará, para
que esas actuaciones posteriores ante los tribunales puedan
ser evitadas, porque las funciones de control, de inspección e
imposición de sanciones, como meras funciones ejecutivas,
deben corresponder sin cortapisa alguna a las comunidades
autónomas. Nos parece grave ya que el propio Ministerio sea
capaz de remitir un proyecto de ley a esta Cámara sin tener en
cuenta estas consideraciones. Creemos que entre el debate de
hoy y el que se produzca en el Senado, antes de que este
proyecto de ley vuelva a esta Cámara, va a haber oportunidad
para enmendar estos aspectos que ya no son
discutibles, sino que entran dentro del marco competencial que
nosotros mismos nos hemos dado en esto que se llama Estado
autonómico.

Este Grupo Parlamentario considera que la materia incidida por
esta Directiva se encuentra dentro del haz competencial de
aquellas comunidades autónomas que, como la vasca, ostentan
competencias en materia de medios de comunicación social,
junto a las de cultura, juventud y menores, y defensa de los
consumidores y usuarios, por citar las materias más
relevantes. En definitiva, en nuestra opinión, señor
Presidente, ha de corresponder a aquellas comunidades
autónomas con facultades normativas en las materias referidas
la trasposición de esta normativa comunitaria respecto de su
ámbito territorial y para aquellas emisiones de televisión que
se realicen desde su ámbito territorial y que se circunscriban
exclusivamente a esto. Este criterio debe entenderse sin
perjuicio de que el Estado trasponga inicialmente la normativa
europea citada y que dicha trasposición tenga un valor
supletorio para los ordenamientos autonómicos en tanto éstos
no pasen tal trasferencia normativa a sus respectivos
ordenamientos jurídicos.

Entendemos, en consecuencia, señorías, que esta Directiva debe
dar pie para pasar del eurolenguaje a los hechos. Es muy fácil
ser europeos en teoría, pero todos constatamos las
dificultades que se experimentan a la hora de trasladar estas
normativas al Derecho del Estado. Entendemos que desde el
Estado se aplica la Directiva a las televisiones autonómicas,
pero que a éstas se les impide circular por Europa en los
propios circuitos audiovisuales. No estaría aquí mal, señor
Presidente, recordar las circunstancias en las que todavía se
encuentra el tema de la participación de las televisiones
autonómicas en la UER. Si, como parece, el proyecto de ley
puede entrar en vigor dentro de unos meses seguimos sin
entender --y compartimos los criterios manifestados por el
portavoz del Grupo Catalán en su intervención anterior-- cómo
los plazos para la aplicación de esta normativa son tan
extensos en el tiempo. Entendemos que la contratación de la
publicidad para las televisiones no se vería afectada, en la
medida en que su planificación se hace a medio plazo, si esta
Directiva entrase en vigor el 1.º de enero de 1995 y así lo
proponemos.

En conclusión, señor Presidente, desde el Grupo Vasco, el
Partido Nacionalista Vasco y Euskal Ezkerra, entendemos que el
marco legislativo en materia de radiotelevisión ha quedado
obsoleto. Es una apreciación compartida por todos los grupos
en la Ponencia de actualización del Estatuto de
Radiotelevisión Española que sigue, señor Aguiriano, en el
invernadero. Mientras tanto se sigue parcheando en el mundo
audiovisual, acometiendo reformas y trasposiciones urgidos y
apremiados por instancias distintas a esta Cámara.

En relación a las enmiendas que mantiene vivas el Grupo Vasco
a esta trasposición, señor Presidente, creo que son tres las
razones básicas que las sustentan. Una primera solicitando,
como he intentado describir en esta intervención, la correcta
trasposición de una directiva europea al Estado autonómico que
hemos vertebrado. Una segunda, que la directiva comience a
aplicarse el 1 de enero de 1995, y una tercera, que las
funciones de control, inspección e imposición de sanciones,
como meras funciones ejecutivas que son, sean competencia de
las comunidades autónomas para aquellas emisiones de
televisión que se realicen desde su ámbito



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territorial y que se circunscriben exclusivamente a éste.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
González de Txabarri.

Para turno en contra, tiene la palabra el señor Aguiriano.




El señor AGUIRIANO FORNIES: Señor Presidente, la presente ley
incorpora al derecho español una Directiva europea, la 89/552,
que pretende coordinar las actividades de la radiodifusión
televisiva de los países comunitarios. Yo no voy a hacer una
alabanza de la importancia del presente proyecto de ley porque
ya ha sido hecha por otros portavoces que me han precedido, y
en aras de la brevedad les ahorro a SS.SS. esas valoraciones,
pasando directamente a contestar a las enmiendas que nosotros
consideramos más importantes que se mantienen vivas en este
debate.

Se plantea desde el Grupo Mixto la necesidad de que el 50 por
cien de las emisiones de la propia Televisión Española, por
poner un ejemplo, dirigida a Cataluña, se haga en la propia
lengua de la comunidad autónoma, y se refieren también, a
pesar de que he citado a la televisión pública, tanto a las
públicas como a las privadas. Como los terceros canales, que
dedican un canal de televisión en aquellas comunidades
autónomas que tienen lengua propia, ya dedican el cien por
cien del tiempo a la lengua de su propia comunidad, y pienso
que las otras televisiones deben ser ellas las que decidan
cuánto tiempo dedican a un idioma o a otro (en cualquier caso,
según la información que yo tengo, en las desconexiones que
Televisión Española hace, por lo menos de cara a Cataluña, el
cien por cien del tiempo lo hacen en catalán), no podemos
aprobar esta enmienda.

Coalición Canaria tiene una enmienda en la que pretende que el
plazo en el que una película puede ser exhibida o difundida
por la televisión sea de un año después de su estreno en
cualquier sala cinematográfica cuando el proyecto de ley habla
de dos años como plazo mínimo. Pensamos que para proteger la
industria cinematográfica y que no aumente la crisis, lo que
hay que hacer es mantener el texto original.

También tiene, igual que otros grupos, una propuesta de
mantener la posibilidad de extinción de la concesión
administrativa de las televisiones privadas como propuesta de
sanción en determinados casos, que la contestaremos al hacerlo
a otros grupos
parlamentarios.

El Grupo de Izquierda Unida tiene una serie de enmiendas. Una
de ellas, por ejemplo, habla del problema de las
transparencias que no está contenido en la Directiva. Nuestro
Grupo piensa que lo fundamental no es copiar al pie de la
letra lo que dice la Directiva, sino que se trata, sobre todo,
de adaptar la realidad española manteniendo el espíritu de esa
Directiva y,
fundamentalmente, no yendo claramente contra la misma.

Pensamos que con las limitaciones de espacio y de tiempo del
uso de las transparencias que pretende la trasposición de la
Directiva cumplimos firmemente esa idea inicial de no ir
directamente en contra del mantenimiento del espíritu.

Propone una serie de enmiendas que lo que pretenden es
modificar tiempos y plazos de lo que dice la Directiva. Donde
la Directiva dice que la publicidad... (Los rumores no dejan
oír al orador.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Un momento, señor
Aguiriano.

Por favor, señorías, ocupen sus escaños y guarden silencio. Es
imposible poder atender lo que indica el Diputado que está
interviniendo. (Pausa.) Cuando quiera.




El señor AGUIRIANO FORNIES: Como iba diciendo, hay
determinadas enmiendas que lo que pretenden es modificaciones
de tiempos o de plazos de lo que dice la Directiva. Así, por
ejemplo, la
publicidad dentro de programas determinados, donde la Directia
dice que como mínimo cada veinte minutos, ustedes dicen cada
treinta minutos; la publicidad dentro de cada película, cuando
la Directiva dice cada cuarenta y cinco minutos, ustedes dicen
como mínimo cada sesenta minutos. Cuando se habla de que en la
publicidad diaria dentro de las veinticuatro horas lo dedicado
a publicidad sea un 15 por ciento, ustedes proponen un 10 por
ciento. Cuando se habla de que la publicidad en cada hora sea
de, como máximo, doce minutos, ustedes se refieren a diez
minutos. Cuando se dice que la oferta de venta directa al
público a través de la televisión sea como máximo de sesenta
minutos al día, ustedes ponen cuarenta y cinco minutos al día.

Me van a permitir que les diga que razonablemente se podía
aprobar y la propuesta de la trasposición que nosotros
hubiésemos traído a esta Cámara podía poner la cifra que
ustedes dicen, pero me van a permitir que opine, posiblemente
equivocado, que si hubiésemos propuesto lo que ustedes nos
proponen hubiesen seguido rebajando la cifra y que la
posibilidad de llegar a acuerdo con ustedes en este tema
hubiese sido prácticamente imposible. En cualquier caso, las
cifras sobre estos temas que aparecen en la trasposición son
las que vienen en la Directiva y estamos absolutamente de
acuerdo con ella.

Además, estamos legislando para la sociedad actual y con los
problemas actuales y no estamos legislando para un mundo
hipotético. En este momento, todas las televisiones públicas y
privadas están pasando por crisis económicas graves y se
acercan nuevas situaciones que pueden agravar su posición. La
aparición de la televisión por cable o las apariciones de las
televisiones



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locales, que se van a discutir dentro de muy poco en esta
Cámara, van a plantear situaciones económicas que conviene, de
alguna manera, tener también en cuenta.

Ustedes hablan, igual que otros grupos parlamentarios, del
mantenimiento de la sanción de extinción de la concesión en el
caso de determinados supuestos. En el capítulo de sanciones se
estudian diversas acciones posibles y se está exceptuando por
aplicación de esta ley la posibilidad de la extinción en la
concesión. Por ahora, podemos seguir hablando del tema, queda
el trámite del Senado, pero pensamos que difícilmente las
televisiones públicas pueden ser sancionadas por la concesión;
difícilmente el Estado va a sancionar con la extinción de la
concesión a la Televisión Española: difícilmente comunidades
autónomas van a sancionar a sus propias televisiones, a las
televisiones de los terceros canales, con la extinción de la
concesión y, en aras del mantenimiento de una igualdad de
trato, por ahora no se contempla, aunque intentaremos buscar
una solución de cara al trámite del Senado.

La enmienda número 29 pretende añadir una nueva disposición
adicional segunda, que trate sobre la protección de obras
audiovisuales. Podíamos estar de acuerdo, pero pensamos que no
es este el lugar donde se debe discutir, aparte de que el
texto puede ser bastante conflictivo, porque ustedes hablan de
tratar de defender la duración íntegra, por ejemplo de las
películas, y el problema que hay es qué es la duración
íntegra, ¿la duración de la película que realizó el director?
¿La duración con la que el director la saca al mercado en el
país de Europa o en el país del mundo en la que se presente?
¿La duración comercial con la que se presenta? Podríamos
seguir hablando. Quizás, como digo, no sea este el proyecto de
ley en el que deberíamos discutir ese tema, pero puede ser
digno de discusión.

En las disposiciones transitorias también hay modificaciones
de los plazos que contiene el proyecto de ley. El porcentaje
debe ser de obra europea cuando se dice alcanzar el
porcentaje, lo cual no quiere decir que haya que esperar cinco
años para alcanzar el porcentaje del 51 por ciento, sino que
en cinco años hay que alcanzarlo, pero hay que ir alcanzándolo
progresivamente. Donde el proyecto dice cinco años ustedes
hablan de tres. En el plazo de reserva de producción
independiente, donde habla de seis años, ustedes hablan de
cuatro. El período transitorio de interrupciones
publicitarias, de acuerdo con otros grupos políticos, ustedes
proponen que se inicie el día 1 de enero de 1995. Por las
razones económicas, de plazo, de adaptación de las
televisiones públicas y privadas a esa nueva situación, el
proyecto de ley prevé plazos de seis, doce y dieciocho meses.

Podemos seguir hablando en el trámite del Senado.

El Partido Nacionalista Vasco --y le agradezco que haya
personificado en mí prácticamente todas las maldades de este
proyecto de ley que se le ocurren al portavoz nacionalista--
hace referencia a tres tipos de enmiendas importantes: la
sanción de extinción de la concesión, a la que acabo de
contestar; las funciones de control, inspección y sanción, que
posteriormente leeré una enmienda transaccional que
presentamos a la enmienda número 67 de Minoría Catalana; y el
período transitorio para interrupciones publicitarias, a lo
que también acabo de
contestar.

Ustedes me dicen que sigamos el ejemplo europeo. Podemos
seguirlo, pero siempre, no sólo cuando a ustedes les interesa.

Cuando hay algún tipo de competencia, de respeto a las
competencias que puedan tener en algún Länder en Alemania o en
algún cantón en Suiza, ustedes ponen siempre el ejempleo
europeo; cuando ese ejemplo resulta que no es tan interesante
para sus opiniones políticas, entonces no hablan de ello.

Cojamos
cualquier ejemplo europeo y hablemos de todo lo que haga
falta, pero no creo que sea tampoco éste ni el momento ni el
lugar. Utilicemos todos los ejemplos y no solamente los que
nos
convienen. Comprendo que políticamente es interesante, pero
todos tenemos derecho a tener también nuestra opinión, y la
mía, por ahora, es ésa. Hay muchos ejemplos en Europa y cada
uno puede tirar de los que más le convienen.

Convergència i Unió, entre sus diversas enmiendas, tiene
alguna importante. A la número 60 presentamos una enmienda
transaccional, que paso en este momento al Presidente de la
Cámara. La enmienda número 60 consta de tres apartados. El
apartado c), que hace referencia a lo que el portavoz de
Minoría Catalana ha citado sobre publicidad política, y los
apartados d) y e), sobre publicidad que incita a la violencia,
publicidad que incita a la crueldad, etcétera. Nuestra
enmienda transaccional pretende que los puntos d) y e) de esta
enmienda, es decir, el segundo y el tercer punto de esta
enmienda, pasen al artículo 9.º, que sean un nuevo párrafo del
apartado primero del artículo 9.º, que se refiere a la
publicidad ilícita; y el apartado c), referido a la publicidad
política, quede como apartado c) del artículo 10. Es decir,
los apartados d) y e) estamos dispuestos a votarlos a favor
como un nuevo apartado del artículo 9.º y el apartado c), que
es lo que quedaría vivo de la enmienda número 60, estamos
dispuestos a votarlo a favor para que se incorpore al artículo
10 del proyecto.

La enmienda 61 hace referencia a tener en cuenta en la
publicidad de bebidas alcohólicas la legislación en materia de
protección de la salud. Creemos que aprobar esta enmienda no
dice
absolutamente nada, porque la Ley de Protección de la Salud no
dice nada referente a la publicidad de bebidas alcohólicas.

Consideramos que aprobar esto no significa absolutamente nada.

A la enmienda 66, sobre la protección de menores, presentamos
una enmienda transaccional en la Comisión, y no hubo
posibilidad de acuerdo en ese momento. En esa enmienda
hacíamos también
referencia a la



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publicidad de ese tipo de espacios. No hubo posibilidad de
acuerdo en la discusión en Comisión; esperemos encontrar ese
acuerdo necesario en el posterior trámite del Senado.

Su enmienda nos crea problemas porque habla de películas no
recomendables para menores de 17 años o películas consideradas
«X». ¿Quién califica qué película es para un menor de 17 años?
Para ese tema tendremos que buscar una solución que nos
permita llegar a algún acuerdo.

La enmienda 67 se refiere a las competencias en los temas de
inspección, control y sanción. Tenemos una enmienda
transaccional que supone que sean las comunidades autónomas
las que ejerzan las funciones de control e inspección, así
como imposición de sanciones, respecto a los contenidos de la
programación de los terceros canales propios y de los
servicios de televisión sobre los que les corresponde otorgar
el título habilitante. Creo que con ello solucionamos un
problema importante en cuanto a la enmienda que presenta
Minoría Catalana y en cuanto a lo que ha dicho en su
intervención el portavoz del Grupo Nacionalista Vasco.

En cuanto al tema del período transitorio con las
interrupciones publicitarias, me atengo a lo dicho
anteriormente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Aguiriano, vaya
concluyendo.




El señor AGUIRIANO FORNIES: Voy concluyendo en muy breves
minutos, señor Presidente.

Con respecto al Partido Popular, independientemente de que la
enmienda transaccional al título en estos momentos no podemos
aceptarla, pero podemos seguir discutiendo posibles acuerdos
de cara al Senado, voy a referirme fundamentalmente a dos
tipos de enmiendas que SS.SS. presentan.

En casi todas las enmiendas que presentan a casi todos los
artículos pretenden un trato diferenciado entre televisiones
públicas y televisiones privadas, con un nivel de exigencia
muy superior para las televisiones públicas que para las
televisiones privadas, y no estamos dispuestos a ello. Si el
día de mañana se varían las condiciones de financiación,
podremos hablar de todo lo que usted quiera, pero en este
momento en el que las
condiciones son prácticamente las mismas, no estamos
dispuestos a que exista un trato diferenciado, y su trato es
extraordinariamente gravoso para las públicas y beneficioso
para las privadas. Eso no vamos a aceptarlo.

En otras enmiendas pretenden sustituir el servicio público de
la televisión por un servicio de interés público. Ni es el
momento, ni es la ley. Aprobarlo aquí sería ir en contra de
todas las leyes que se han aprobado sobre televisión que hacen
referencia a servicio de interés público. Modificarlo aquí
supondría modificarlo en todas las leyes, y no estamos por la
labor. A parte de que el Tribunal Constitucional ha vuelto a
decir, una vez más, que es perfectamente constitucional.

Seguimos
defendiendo el servicio público de la televisión.

No es este tampoco el lugar adecuado para instar al Gobierno a
que presente un proyecto de ley audiovisual. Lo discutiremos
cuando ustedes quieran. Y no puedo terminar...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Aguiriano,
termine por favor.




El señor AGUIRIANO FORNIES: Termino, señor Presidente.

No puedo terminar sin hacer referencia a esa voluntad y a ese
proyecto de gobierno que ustedes dicen que tienen, proyecto de
gobierno que me supongo que será más tarde que temprano y que,
en cualquier caso, será primero pasando por las urnas.

Proyecto de gobierno y proyecto de futuro que no sé si servirá
a los intereses generales del país, pero que por las enmiendas
que presentan en este proyecto de ley defienden claramente los
intereses de las televisiones privadas y los intereses
privados en general. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Turno de réplica.

(Pausa.)
Tiene la palabra la señora Mato.




La señora MATO ADROVER: Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, quería preguntar al portavoz del Grupo
Socialista, porque no le he oído, en relación con la enmienda
transaccional al título de la ley, sobre la que tampoco se han
pronunciado el resto de los grupos.

En cuanto a algunos comentarios del portavoz de Izquierda
Unida, señor Alcaraz, quisiera decirle que tenemos presentadas
vivas en este momento 34 enmiendas a este proyecto de ley. Le
pido que las vote y entonces verá los cambios radicales que se
producen en el proyecto del Gobierno con las enmiendas
incorporadas del Grupo Popular.

Al portavoz del Grupo Socialista quisiera decirle que nosotros
lo que defendemos es el pluralismo informativo y el pluralismo
televisivo en España. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señora Rahola.

(Pausa.). Señor Mardones. (Pausa.)
Señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ MASATS: Para decir, brevísimamente, señor
Presidente, que sentimos mucho que las propuestas hechas por
el Partido Socialista Obrero Español, a través de su portavoz
en aquella ocasión, señor García-Arreciado, no se hayan
mantenido ni en



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Comisión ni luego en Pleno y si ha girado en alguna dirección
ha sido a la derecha, afortunadamente no tan a la derecha como
las enmiendas que plantea el Partido Popular, eliminando la
televisión como servicio público esencial. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Tiene la palabra el
señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Señor Presidente, quisiera
manifestarme sobre las transacciones ofertadas por los
distintos grupos.

En cuanto a la transacción del Grupo Socialista a nuestra
enmienda número 60, la aceptamos. Se dividiría en dos partes,
una que afectaría al artículo 9.º y otra al artículo 10, según
ha explicado el señor Aguiriano. Es una enmienda que se
refiere a la publicidad prohibida. Por tanto según queda
entendido, el aspecto relativo a la publicidad política
quedaría incluido entre el artículo 10 y el resto de nuestro
texto con su transaccional dentro del artículo 9.º como
publicidad ilícita. Aceptamos la transacción y además nos
parece un paso importante que ha dado esta Cámara en el día de
hoy.

En cuanto a la propuesta que efectuaba la portavoz del Grupo
Popular, señora Mato, también he manifestado que estábamos de
acuerdo con la misma. Se refería a nuestra enmienda número 66,
en la que si no entiendo mal, dentro del primer párrafo, la
última frase diría exactamente: Esta prohibición será también
aplicable a los espacios publicitarios --esta es su propuesta-
-y a los dedicados a la promoción de la propia programación.

¿Es así? (Asentimiento.) Pues también nos parece bien.

Lo que lamentamos es que, con independencia de si esta
enmienda va a ser aprobada o no hoy por el Pleno de la Cámara,
hayamos sido incapaces de ponernos de acuerdo la totalidad de
los grupos acerca de un tema tan importante como es el de la
protección de los menores frente a la programación de
televisión, algo que sí que conseguimos el día 30 de
noviembre, pero hoy no. Espero que en los sucesivos trámites,
es decir, en el Senado podamos hacerlo.

Asimismo, hay una enmienda transaccional del Grupo Socialista
a la nuestra número 67, que vamos a aceptar porque creemos que
supone un paso adelante con nuestra propuesta. Sin embargo, le
debo decir que no estamos de acuerdo en la globalidad de su
propuesta transaccional, en cuanto ustedes obvian todo lo que
hace referencia al régimen de inspección, control y sanción de
las desconexiones de otras televisiones que no sean las
autonómicas.

Si el motivo de su enmienda es que rectifican, en su
concepción anterior, el título habilitante para dictar este
proyecto de ley, lógicamente entendemos que esa rectificación
debería afectar también a estos aspectos que,en definitiva,
inciden
exclusivamente en una comunidad autónoma.

Por último, simplemente quiero lamentar que no se acepte
nuestra enmienda número 59, por parte del Grupo Socialista y
supongo que tampoco por parte del Grupo Popular, dentro de lo
que es el espíritu de la Directiva y de su trasposición al
proyecto de ley, que pretende establecer unas normas más
rígidas de protección de las lenguas minoritarias. Está
perfectamente de acuerdo con el proyecto de ley y está
perfectamente de acuerdo con lo que es la Directiva, es más,
se desarrolla amplia y acertadamente en el proyecto de ley; en
cambio, ustedes no están de acuerdo, y parece ser que van a
votar en contra, con el hecho de que sean las comunidades
autónomas las que también puedan adoptar y aprobar normas para
proteger su lengua propia.

Espero que esto también pueda ser corregido de alguna forma en
el Senado.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): El señor González de
Txabarri tiene la palabra.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente. Agradezco en primer lugar, en nombre del Grupo
Vasco, el tono de la intervención del señor Aguiriano al
referirse a las enmiendas que este Grupo presenta y, sobre
todo, el cariño y el
detenimiento que le han merecido en el análisis que ha
realizado, sobre todo por la transacción ofrecida en relación
con las funciones de control, inspección y disposición de
sanciones, como funciones ejecutivas que son en el ejercicio
de estas
competencias.

Constato de la intervención del señor Aguiriano que comparte
gran parte de las preocupaciones que tiene este Grupo en
relación con la televisión pública y leo entre líneas que el
Grupo Socialista va a estar en disposición, en un período
corto de tiempo, de poder presentar estos proyectos de ley a
la Cámara.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
González de Txabarri.

El señor Aguiriano tiene la palabra.




El señor AGUIRIANO FORNIES: Voy a ser muy breve.

Compartiendo las preocupaciones de la mayor parte de la
Cámara, por lo que veo, sobre lo que es la defensa de la
televisión pública, estoy seguro de que en debates posteriores
sobre estos temas podremos llegar fácilmente a acuerdos, como
digo, en defensa de esa televisión pública.

En cualquier caso, quería contestar a un tema que posiblemente
en mi intervención no había aludido. En



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la enmienda número 59, Convergència i Unió hace una llamada a
la defensa de las lenguas propias de comunidades autónomas,
por parte de las televisiones. No habíamos hecho referencia a
la misma porque pensábamos que de alguna manera la habíamos
contestado en la respuesta de la enmienda del Grupo Mixto.

Nuestra oposición no está basada en que no estemos de acuerdo
en que las comunidades autónomas puedan utilizar los medios de
que disponen para la defensa de su lengua propia, porque
pensamos que en los terceros canales de las tres comunidades
con lengua propia se utiliza el cien por cien de su horario en
lengua propia (hay una defensa clarísima de la lengua propia
en esas comunidades autónomas) y, al menos por lo que yo sé
que ocurre en Cataluña (no tengo conocimiento directo porque
no vivo allí), las propias desconexiones de Televisión
Española se hacen también en lengua catalana. Por ello, no
comprendemos limitarlo al cincuenta por cien cuando en la
mayor parte de los casos lo que se está haciendo es el cien
por cien. Pensamos que aprobar esta enmienda iba en contra de
lo que usted dice que está defendiendo en este momento.

Creemos que es mucho mejor el texto que lo que usted dice, que
sería limitar a la mitad la utilización de la lengua propia.

Precisamente por eso no la hemos aprobado.

En cualquier caso, yo creo que el debate ha sido fructífero,
el Grupo Socialista aprobó bastantes enmiendas en la Comisión
y presentó bastantes transacciones, muchas de las cuales
fueron aprobadas. Esperamos que las divergencias que existan
se estudien en el tiempo de discusión en el Senado para poder
llegar al mayor acuerdo posible, con el fin de que en esta
ley, que al fin y al cabo no es más que una ley técnica (no
hay ningún tipo de discusión política) podamos llegar al mayor
acuerdo y al mayor consenso posible.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Finalizado el debate,
pasamos a la votación de las enmiendas y del proyecto de ley.

(El señor Presidente ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votaciones correspondientes a las
enmiendas a este proyecto de ley.

Enmiendas del Grupo Popular, excepto la número 69, afectada
por una enmienda transaccional. (El señor Recoder i Miralles
pide la palabra.)
Señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Gracias, señor Presidente.

Quisiéramos votación separada de las enmiendas 79, 86 y 93,
que se pueden votar conjuntamente.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Grupo Popular 79, 86 y 93.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 303; a favor, 148; en contra, 153; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Restantes enmiendas del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 125; en contra, 176; abstenciones,
cinco.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda transaccional en relación con la número 69, del Grupo
Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 149; en contra, 155; abstenciones,
dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria, excepto la 115,
retirada para propiciar la votación de una transaccional. (El
señor Recoder i Miralles pide la palabra.)
Señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Gracias, señor Presidente.

Quisiéramos votación separada de las enmiendas 120, 124 y 127.




El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria
números 120, 124 y 127.

Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 26; en contra, 281.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Restantes enmiendas del Grupo de Coalición Canaria. (El señor
Fernández-Miranda y Lozana pide la palabra.)
Señor Fernández-Miranda.

El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Gracias, señor
Presidente. Pedimos votación separada de la enmienda 119.

El señor PRESIDENTE: Enmienda número 119 del Grupo de
Coalición Canaria.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, diez; en contra, 172; abstenciones,
125.




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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Restantes enmiendas del Grupo de Coalición Canaria, excepto
las que han sido retiradas en el curso del debate y la ya
referida número 115 objeto de transacción.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 12; en contra, 295.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda transaccional presentada por el Grupo Popular en
relación con la enmienda número 115 del Grupo de Coalición
Canaria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 135; en contra, 171; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas de la señora Rahola, del Grupo Mixto.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 29; en contra, 263; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. (El señor Fernández-Miranda y Lozana pide la
palabra.)
Señor Fernández-Miranda.




El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Gracias, señor
Presidente. Le solicito la votación separada de las enmiendas
11 y 14 del resto. (El señor Recoder i Miralles pide la
palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Señor Presidente, solicito
votación separada de las enmiendas 11, 17, 22, 28 y 32.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 11 del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 167; en contra, 139.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada. (Rumores.)
Enmienda número 14 del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 153; en contra, 152; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada. (Aplausos.--Rumores.)
Silencio, señorías.

Enmiendas número 17, 22, 28 y 32.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 43; en contra, 260; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 22; en contra, 282; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió), excepto las
números 60, 66 y 67, que han sido retiradas al objeto del
poder votar las transaccionales referidas a las mismas. (El
señor Fernández-Miranda y Lozana pide la palabra.)
Señor Fernández-Miranda.




El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Gracias, señor
Presidente. Le solicito votación separada de la enmienda
número 61.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández-Miranda. (El
señor Caldera Sánchez-Capitán pide la palabra.)
Señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Señor Presidente, en la
enmienda número 60 queda vivo el primer párrafo, no afectado
por la transaccional ofrecida por el Grupo Socialista. Por
tanto, pido que se vote separadamente. (El señor Fernández-
Miranda y Lozana pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Fernández-Miranda.




El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Solicito que las tres
transaccionales sean votadas por separado.




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El señor PRESIDENTE: Enmienda número 61 del Grupo Catalán
(Convergència i Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 25; en contra, 158; abstenciones, 123.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Enmienda del Grupo Catalán (Convergència i Unió) número 60
relativa al artículo 10, apartado c), no los apartados d) y
e), que son objeto de una transaccional.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 183; en contra, 122; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Restantes enmiendas, excepto, insisto, la número 60, relativa
al artículo 10, apartados d) y e), y las números 66 y 67.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 43; en contra, 263.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda transaccional relativa a la enmienda número 60,
apartados d) y e).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 305; a favor, 162; en contra, 142; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmienda transaccional del Grupo Popular, relativa a la
enmienda 66 del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 152; en contra, 154.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda. (Rumores.)
Enmienda transaccional del Grupo Socialista en relación con la
enmienda número 67 del Grupo Catalán.

Comienza la votación (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 158; en contra, 22; abstenciones, 126.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda. (Rumores.)
Enmiendas del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 43; en contra, 263.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Votaciones correspondientes al dictamen de la comisión.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 143; en contra, 20; abstenciones, 143.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación relativa a la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 304; a favor, 278; en contra, uno; abstenciones, 25.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

El Pleno se reanudará a las cuatro y cuarto.

Se suspende la sesión.




Eran las dos y cincuenta minutos de la tarde.




Se reanuda la sesión a las cuatro y quince minutos de la
tarde.




DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS (Número de
expediente 121/000095)



El señor PRESIDENTE: Señorías, se reanuda la sesión.

Punto IX del orden del día: Debates de totalidad de
iniciativas legislativas. Debate relativo al proyecto de ley
de
arrendamientos urbanos, subsiguiente de enmienda de totalidad
que postula la devolución al Gobierno, presentada por el Grupo
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Para la presentación del proyecto en nombre del Gobierno,
tiene la palabra el Ministro de Obras Públicas.




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El señor MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO
AMBIENTE (Borrell Fontelles): Señor Presidente, señoras y
señores Diputados, el Gobierno comparece hoy en esta Cámara
para presentar de nuevo el proyecto de ley de arrendamientos
urbanos. Esta es, sin duda, una gran ocasión para el
Parlamento, una gran ocasión para que los Diputados y
Senadores demuestren a la sociedad española para qué sirven
las instituciones democráticas y de qué manera pueden
enfrentarse a problemas complejos que afectan de manera
profunda y difusa a la sociedad y que requieren una solución
lo más equilibrada posible entre un conjunto de intereses
contrapuestos.

Como saben SS.SS., en diciembre de 1992 el Gobierno aprobó un
primer proyecto de ley para reformar el régimen de los
arrendamientos urbanos, que fue presentado en esta Cámara, que
decayó con la convocatoria de elecciones y la disolución de
las Cortes, en abril de 1993, cuando estaban a punto ya de
iniciarse los trabajos en la Comisión correspondiente.

Con esta nueva presentación el Gobierno da cumplimiento, por
una parte, al compromiso electoral del Partido Socialista y,
por otra parte, afronta uno de los retos más importantes de
cualquier política de vivienda. Hay una diferencia fundamental
entre esta ocasión y la anterior; en esta ocasión el Partido
Socialista no tiene mayoría parlamentaria suficiente para
aprobar con sus solos votos este proyecto de ley. Eso quiere
decir que el proyecto, que ha sido concebido desde la voluntad
de encontrar un equilibrio, se presenta con la voluntad de
construir el consenso necesario para su aprobación y con la
intención de que este consenso sea lo más amplio posible.

Ojalá sea capaz de reunir a todala Cámara, porque, siendo como
es un problema difícil, siendo como es un problema socialmente
complejo, por no decir conflictivo, cuanto más apoyo político
encuentre, mucho mejor.

El Gobierno está convencido de que una política de vivienda
que persiga conseguir el mandato contenido en el artículo 47
de nuestra Constitución debe potenciar el arrendamiento como
solución alternativa a la vivienda en propiedad, de que
necesitamos esta ley, de que es urgente, imprescindible,
disponer de una legislación de arrendamientos urbanos que
permita
desarrollarse a un mercado raquítico, como es el mercado del
alquiler, un mercado que no se ha desarrollado como debería y
que presenta en nuestro país unos rasgos claramente distintos
a los de otros países europeos. Cuando se inicia una relfexión
política o un trámite parlamentario sobre la reforma de
cualquier sector de la actividad económica siempre surge una
cuestión inicial: ¿debe el legislador, o el Poder Ejecutivo,
en su caso, intervenir en la organización de las relaciones
entre las partes de un acuerdo económico o más bien debe
dejarse que las fuerzas del mercado configuren esta relación?
En otras palabras; si
llegásemos a una isla desierta, sin historia detrás, sin
realidades heredadas, y nos propusiésemos regular el mercado
del alquiler, ¿haríamos una ley para regularlo o dejaríamos,
como algunos proponen y creen, que fueran las fuerzas del
mercado las que determinaran de qué manera se conforman las
relaciones entre propietarios e inquilinos?
Para contestar esta cuestión inicial conviene recordar, aunque
sólo sea de cuando en cuando, que el MERCADO--en singular y
con mayúsculas-- es una abstracción y como tal no existe, que
lo que existen son los mercados --en plural y con minúsculas--
, cada uno con sus imperfecciones, sus rigideces o sus
inercias,
imperfecciones, rigideces e inercias que requieren políticas
de regulación adecuadas. El de la vivienda, un bien
constitucionalmente protegido, es un mercado imperfecto donde
los haya y es un claro ejemplo de la intervención pública en
todo el mundo occidental; intervención pública a veces para
sostener el mercado y a veces para impulsarlo, con el riesgo,
como ante cualquier obra humana, de que las regulaciones sean
o no
acertadas, peroque son imprescindibles, no para sustituir al
mercado, sino para hacerlo más eficiente y contribuir al
adecuado encuentro de la oferta y la demanda, encuentro
imprescindible tanto para evitar demandas insatisfechas como
para prevenirse contra los «crashes» inmobiliarios que de
cuando en cuando se producen como consecuencia de la ruptura
de las expectativas acumuladas. Al mercado inmobiliario en
España le ha pasado, como en otros países, lo que le ha pasado
como consecuencia de regulaciones inadecuadas y de
expectativas especulativas
frustradas que han acabado con grandes tensiones en los
precios y con desmoronamientos de los mismos frente al cambio
de estas expectativas y las incertidumbres generadas por
regulaciones que tardan en venir u otras que se han producido
de forma apresurada y que no han sido suficientes para
contestar a los problemas que tenemos planteados.

Hoy, la vivienda en alquiler no es una solución efectiva a los
problemas de la vivienda en España. Tenemos el 15 por ciento
del total del parque de viviendas en alquiler, sólo el 15 por
ciento, el porcentaje más bajo de todos los países de la Unión
Europea, que se sitúa en un promedio del 35 por ciento, con
algunos casos, como es el alemán, que se acerca al 60 por
ciento. Esta situación es consecuencia de unas normativas
excesivamente proteccionistas que mataron la oferta y, al así
hacerlo, impidieron la
satisfacción de la demanda; normas heredadas de 1964, que
establecieron unas condiciones que prácticamente equivalían al
abandono de la propiedad por parte del propietario y que poco
a poco fueron desanimando y desincentivando la oferta por
parte de quienes podían poner en el mercado bienes buscando
una lógica rentabilidad, lo que obligó en la primavera de 1985
al denominado «Decreto-ley Boyer», más propiamente llamado
Real Decreto-Ley 2/1985, que propuso una norma, también
extrema, situándose en



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el otro límite del espectro de las posibles regulaciones,
generando una desregulación de las condiciones del alquiler,
estableciendo la libertad absoluta de las partes para
contratar, sin fijar duraciones mínimas ni ninguna clase de
prevención que significara para el demandante de alquiler una
protección frente a la inestabilidad que se podría derivar de
unos contratos sin horizonte definido.

Es verdad que esta norma permitió reducir el ritmo de
disminución de los alquileres, pero no ha conseguido invertir
esta tendencia descendente, entre otras razones por su
carácter provisional y seguramente también porque muchas
veces, enfrentados con el riesgo de no poder hacer frente al
incremento de alquiler o la suspensión del mismo, mucha gente
ha preferido correr el riesgo de no poder pagar la letra de su
piso y se ha embarcado en operaciones de adquisición que sin
duda hubieran sido sustituidas por operaciones de alquiler si
la norma hubiera regulado con equilibrio y mesura las
relaciones entre las partes. En 1970 teníamos el 30 por ciento
del parque inmobiliario en alquiler, en 1980 teníamos el 20
por ciento y en 1991 tenemos el 15 por ciento. Hemos perdido
tres puntos desde la primavera de 1985. Parece, pues,
imprescindible abordar la reforma de una normativa legal de
los alquileres, una reforma que por sí sola no bastará para
resolver el problema, y somos conscientes de que será
necesario intervenir también desde la política fiscal, desde
la política financiera o incluso desde la acción pública más
inteligente y diligente, administrada desde ayuntamientos y
comunidades autónomas, pero que tiene como pieza fundamental e
imprescindible la Ley que el Gobierno trae hoy a consideración
de SS.SS.

La reforma de esta Ley se estructura en torno a dos ideas
fundamentales. En primer lugar, reequilibrar las prestaciones
entre propietario e inquilino, buscar un punto de equilibrio
entre el legítimo deseo del propietario de rentabilizar su
inversión y poder disponer de ella en plazos razonables, y el
legítimo deseo del inquilino de conocer, en un horizonte
temporal estable, cuáles son sus condiciones de permanencia,
en términos de duración y de costo; reequilibrar, entre dos
normas extremas, situadas cada una al final del espectro, una
excesivamente intervencionista, que ha matado la oferta, y
otra excesivamente desreguladora, que ha matado la demanda o
que por lo menos ha impedido un encuentro eficiente de ambas:
es necesario encontrar un punto de equilibrio para conseguir
que una y otra se
encuentren y resuelvan mutuamente.

La segunda idea básica es diferenciar el trato entre los
arrendamientos de vivienda habitual y los demás tipos de
arrendamiento de bienes inmuebles; la vivienda habitual, bien
constitucionalmente protegido, y los otros bienes inmuebles
destinados a la vivienda no habitual o a la actividad
empresarial o comercial. Reequilibrar las condiciones y las
expectativas de propietarios e inquilinos en una condición
imprescindible para devolver credibilidad, esa credibilidad
perdida, a la institución arrendaticia, puesto que ha sido
precisamente la sucesión de situaciones de desequilibrio
extremo, de leyes sucesivas
profundamente desequilibradas lo que ha motivado esa pérdida
de interés social para utilizar el alquiler como forma
eficiente de resolver los problemas de la vivienda. Esta es
una idea central en el proyecto de ley y estamos dispuestos a
revisarla en todo aquello que SS.SS. puedan aportar para
conseguir que este equilibrio sea más eficiente.

Por otra parte, creemos que debemos distinguir el alquiler de
la vivienda habitual y el de otros activos inmobiliarios. En
un caso estamos ante algo que la Constitución mandata que
protejamos, y en otro caso estamos ante un factor de
producción que debe estar más dependiente de las relaciones
contractuales entre las partes y que necesita mayor libertad.

Pero tampoco podemos olvidar que un local de negocio
representa para el negociante un elemento estructural muy
característico de su actividad y que no se puede asimilar al
suministro en flujo continuo de otros factores de producción
cuyo mantenimiento o interrupción no tiene las mismas
consecuencias estructurales que el local donde la actividad se
desarrolla, y que aumenta de valor, entre otras cosas, como
consecuencia de la actividad que en él se efectúa. Es evidente
que no podemos equiparar el suministro del local con el
suministro de la corriente eléctrica que se consume en el
mismo; por tanto, aunque la idea debe ser la libertad de las
partes, hay también un conjunto de precauciones a tomar que
muchos grupos políticos nos han señalado en los numerosos
contactos que hemos mantenido antes de este momento.

El proyecto sigue las líneas básicas del que el Gobierno
presentó en la anterior legislatura, pero hemos incorporado,
creemos, la mayor parte de las reflexiones que se hicieron por
parte de los Grupos Parlamentarios en la tramitación del
anterior proyecto, y vuelvo a reiterar, señorías, que estamos
dispuestos a modificar este compromiso, después de escuchar lo
que los portavoces parlamentarios puedan decir hoy en el
trabajo de la Comisión para conseguir mejorar el equilibrio
que proponemos.

También sabemos que ninguna ley será suficientemente
equilibrada para satisfacer a todas las partes a la vez, ni
todas las opiniones en presencia. Con respecto al futuro, unos
querrán más libertad y más autonomía para las partes --incluso
en mi Partido hay quienes creen que no tiene que haber ninguna
clase de norma que condicione la relación entre propietario e
inquilino y que lo mejor es dejar que las fuerzas del mercado
decidan--, otros querrán más intervención y más protección
para la parte más débil de la relación; es algo subjetivo.

Podemos estar más o menos de acuerdo sobre



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la necesidad de dejar que haya intervenciones reguladoras o
que el mercado decida en su sabiduría, pero es opinión del
Gobierno que es necesario introducir elementos condicionantes
de la voluntad de las partes en el régimen que vayamos a
definir hacia el futuro.

Por otra parte, unos querrán mantener inalterado el «statu
quo» que hemos heredado y otros querrán transformarlo
radicalmente; es un «statu quo» que se ha acumulado a lo largo
de mucho tiempo, demasiado, casi medio siglo, y es difícil
imaginar que los problemas que se han acumulado y generado a
lo largo de 50 años puedan resolverse en poco tiempo o que la
solución sea perfecta y a gusto de todos. Tendremos aquí
opiniones que defenderán que se mantenga el «statu quo», otros
que querrán su erradicación absoluta, y tendremos que buscar
un punto de equilibrio que combine la eficacia y la equidad,
que evite situaciones de necesidad, pero que, al mismo tiempo,
desbloquee situaciones que ni la equidad ni la eficacia
justifican ya.

El proyecto de ley distingue claramente entre la norma de
presente y la norma de futuro, pero creemos que ninguna ley
que solamente regule los alquileres en su perspectiva futura y
se olvide del problema acumulado en el pasado podrá ser
considerada por la sociedad española como una ley
suficientemente estable y duradera. Mientras no abordemos el
problema del pasado, ninguna solución del futuro tendrá
futuro, porque todo el mundo creerá que, tarde o temprano, nos
veremos obligados a reconsiderar lo que fue para definir lo
que debe de ser. Por otra parte,
señorías, piensen que hay más de un millón y medio de
viviendas sometidas a normas anteriores a la primavera de 1985
y que, si no se efectúa ningún desbloqueo de estas situaciones
heredadas, las modificaciones que establezcamos para el futuro
no tendrán más que un efecto marginal de escasa importancia
para condicionar el comportamiento global del mercado.

Voy a pasar brevemente revista a los aspectos de la ley que
hacen referencia al futuro y los que pretendemos utilizar para
desbloquear el pasado.

Cara al futuro, la primera pregunta que tenemos que hacernos,
en lo que a alquileres de vivienda se refiere, es si tenemos
que establecer o no una duración mínima a los contratos de
vivienda habitual. La respuesta que da el Gobierno a esta
pregunta clave es que sí, ciertamente sí, en función de la
experiencia adquirida en nuestro país y en otros países.

Reconsiderando lo que
establecimos por Decreto-ley en la primavera del 85, hay que
establecer, creemos, una duración mínima a los contratos de
alquiler, que proponemos sea de cuatro años, que, obviamente,
puede ser de mayor duración si las parten lo desean o incluso
de menos, pero siempre que quede perfectamente claro que el
inquilino tiene el derecho a una prórroga del pacto
inicialmente firmado hasta alcanzar esta duración mínima de
cuatro años. Lo podemos decir como queramos, pero lo que el
proyecto propone a la Cámara es que se establezca el derecho
al inquilino a
permanecer un mínimo de cuatro años en el alquiler de la
vivienda que contrata para salvaguardar su interés y evitarle
los costes de transacción y la incertidumbre que representa
tener que enfrentarse a una inestabilidad excesiva.

En segundo lugar, establecemos que el inquilino puede desistir
libremente del contrato, pero una vez transcurrido un año del
mismo, y que si desiste de él antes de un año, tendrá que
pagar la correspondiente indemnización al propietario.

La segunda gran cuestión es: ¿hay que prever subrogaciones? La
respuesta es no por encima del plazo mínimo que la Ley
establece; una vez pasado este plazo mínimo, estamos en
condiciones de fin de juego y las partes recuperan su
libertad, pero hay que establecer mecanismos de protección de
los cónyuges en supuesto de abandono de familia o en
situaciones de nulidad, divorcio o separación del matrimonio,
de forma que el contrato original revierta en beneficio del
cónyuge hasta la expiración del mismo. La tercera gran
pregunta es cómo debe determinarse la renta, la inicial y su
evolución. La respuesta que da el proyecto de ley es que la
renta debe determinarse inicialmente en función del libre
pacto entre las partes, pero que su revisión durante el plazo
mínimo de vigencia del contrato debe evolucionar con arreglo a
las variaciones que experimente el IPC general. Finalmente, el
arrendador deberá conservar la finca en
condiciones que sirva de forma adecuada como vivienda del
arrendatario.

Parece que no hay grandes discrepancias sobre este
planteamiento en los contactos que hemos mantenido y, por otra
parte, se ajusta perfectamente al informe que ha emitido al
respecto el Consejo Económico y Social.

La existencia de un plazo mínimo ha sido valorado
positivamente por el Consejo Económico y Social, que incluso
considera que cuatro años podía ser excesivamente corto, y
también estamos dispuestos a considerar cualquier sugerencia
que se haga al respecto. Pero para nosotros es fundamental que
quede claro que este plazo mínimo es una característica que
deseamos permanezca como elemento sustantivo de una regulación
estable del futuro. No debemos dejar creer a la opinión que no
se puede pactar por menos de cuatro años; el plazo mínimo de
cuatro años es un derecho del inquilino, es un derecho que
asiste al inquilino, pero, naturalmente, se puede pactar por
menos si el inquilino no desea, por las razones que sea,
permanecer durante tanto tiempo, y puede renunciar incluso al
derecho contractual que al respecto haya formulado, sin coste
para él, pasado el primer año de contrato.

En los arrendamientos de uso distinto de vivienda --estamos
hablando fundamentalmente de locales comerciales y de
oficinas--creemos que corresponde a las partes determinar
libremente el régimen de su relación,



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y sólo en caso de defecto de pacto expreso en el contrato se
aplicarán las previsiones previstas en la Ley.

Pero, cuidado, señorías, estamos también convencidos de que un
local de negocios, como le decía antes, tiene unas
características como factor de producción distintas de otros
factores de producción, que puede un profesional, comerciante,
empresario, dar a un local un valor que no tenía antes como
consecuencia de la actividad que en él desarrolla, y hay que
proteger ese valor añadido para evitar que al final de la
relación contractual pudiese quedar totalmente absorbida por
el propietario la plusvalía generada por la actividad del
inquilino. ¿Dónde ponemos el punto de equilibrio entre esta
preocupación y la preocupación por respetar la voluntad de las
partes en un libre mercado? Eso es algo que también queda
abierto, sin duda alguna, al debate y en lo que el Gobierno
manifiesta desde ahora su voluntad de analizar con extremo
cuidado cualquier sugerencia que se le haga y que permita
garantizar relaciones más
eficientes, desde el punto de vista económico, y más
equitativas en relación entre las partes.

Eso con respecto al futuro, señorías. Con respecto al pasado,
quiero volverles a insistir en que la tentación de legislar
olvidando la situación heredada no debería ser acogida por la
Cámara. El problema es complejo y no va a tener soluciones
sencillas, y por eso mismo la tentación de obviar el problema,
dejando que el tiempo lo resuelva, es importante. El propio
Gobierno la ha sentido en numerosas ocasiones y cada vez que
hemos intentado el diálogo con las partes afectadas y hemos
observado cuán difícil es encontrar una solución que a todo el
mundo satisfaga, que pueda ser aplicada sin excesiva
complejidad y que no represente un coste inasumible para la
Hacienda pública, hemos estado tentandos de dejar las cosas
como están y sucumbir, como decía Galbraith, a la tiranía del
«statu quo». Pero creo que debemos resistirnos a sucumbir a la
tiranía de lo heredado para modificarlo, si creemos que somos
capaces de definir entre todos soluciones que aporten más
eficacia y más equidad a unas
relaciones viciadas, cuyo mantenimiento está teniendo un
altísimo coste para los centros urbanos de nuestras ciudades,
para muchas relaciones personales y para el bloqueo de no
pocos mercados y actividades.

Por todo ello, el Gobierno ha propuesto una solución, que
pretende resolver los problemas del pasado, sabiendo que a
nadie satisface, que unos quisieran más y otros temen porque
creen que ya es demasiado, que podría haber causado más alarma
social de la que afortunadamente hemos sido capaces de evitar,
gracias a una profunda e intensa explicación del proyecto y
que ahora tienen SS.SS. la oportunidad de mejorarlo, si ello
es posible, o de adherirse a la solución propuesta si no somos
capaces de encontrar otra mejor.

Permítanme unas breves pinceladas sobre la solución que
proponemos. En primer lugar, sobre la vivienda y después
también, de forma distinta, sobre los locales comerciales.

Pero antes debemos reconocer que sólo hay dos maneras de
actuar sobre el pasado: una es actuar sobre la duración de los
contratos vigentes y la otra es actuar sobre las condiciones
de renta de los mismos. Queremos desbloquear la situación, que
se caracteriza por subrogaciones que se prolongan en el tiempo
de una forma sin duda injustificada, o por lo menos muy
prolongada, y condiciones de renta bloqueadas que crean
también situaciones difíciles de justificar, como les decía,
ni por la equidad ni por la eficacia. Podemos reducir los
plazos, acortando el plazo temporal de los arrendamientos y
sus subrogaciones o podemos articular algún sistema que
permita a los propietarios recuperar en todo o en parte la
rentabilidad de su inversión o podemos trasladar de unos a
otros las cargas fiscales que implica la propiedad de una
vivienda de la que no se puede disponer con libertad y con
eficacia; o podemos actuar sobre las dos cosas a la vez: sobre
plazos y sobre renta, y, en cualquier caso, tenemos servido un
conflicto de intereses que conviene analizar sin pasión y con
la máxima objetividad posible.

Sobre los plazos, señorías. En los arrendamientos de
viviendas, el proyecto propone que la duración se reduzca
mediante la supresión gradual de los derechos de subrogación
mortis causa, que el texto refundido del 64 reconocía, y por
la supresión casi total de las subrogaciones inter vivos, si
bien queda en todo caso garantizada la permanencia en la
vivienda arrendada del arrendatario actual y de su cónyuge,
mientras vivan, así como la de los hijos, hasta los 25 años.

Con eso evitamos cualquier situación de necesidad; con eso
evitamos que nadie, durante su vida o la vida de las personas
a él más allegadas, se encuentre en una situación a la que no
podría hacer frente o que podría implicar un cambio brusco de
sus condiciones materiales de vida. Pero no dejamos que las
subrogaciones sucesivas en tres generaciones puedan conducir
los contratos a durar, a veces, hasta más de cien años con
respecto a la fecha actual. Creemos que es una medida prudente
y equilibrada, que recorta duraciones, evitando situaciones de
necesidad, y que permite la recuperación, por parte de los
propietarios, en un horizonte finito, de la disponibilidad de
su vivienda.

Sobre rentas. El proyecto que presentó el Gobierno en la
anterior legislatura no preveía actualizaciones de las rentas
para recuperar la erosión monetaria del pasado, simplemente,
se limitaba a decir que a partir de la aprobación del proyecto
de ley se incorporaría la inflación futura. En eso
respetábamos el «statu quo», no modificábamos situaciones de
renta que, en algunos casos, pueden plantear problemas que hay
que evitar, pero en otros casos es difícilmente justificable
que se mantenga; en algunos casos es difícilmente justificable
que



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se mantenga, porque de todo hay en la viña del Señor. Hay
situaciones en las que el propietario necesita tanta
protección como el inquilino. Puede que sean las menos, o las
más. La ignorancia estadística sobre el problema, la falta de
información completa sobre el fenómeno, nos debería impedir
valorar lo que se propone en base a casos particulares, que
puedan inducir a visiones caricaturales del problema y su
solución. Hay que analizarlo en categorías estadísticas y
considerar que el mantenimiento de la actual situación, sin
modificar en absoluto las condiciones de renta, fue
cuestionado en el trámite anterior y que la mayoría de los
grupos parlamentarios plantearon la conveniencia de que se
efectuasen revisiones de las rentas, con exquisito cuidado
para no crear situaciones de necesidad, pero que impidiesen el
mantenimiento de situaciones que ni la lógica económica ni la
preocupación por la protección social
justificaban.

Atendiendo este planteamiento de los grupos parlamentarios, el
nuevo proyecto llega modificando, en este aspecto, lo que el
Gobierno propuso en la anterior legislatura. Aquí se propone
una modificación de las condiciones de renta congelada, con un
conjunto de precauciones, que SS.SS. conocen bien, porque
estoy seguro que habrán tenido tiempo y voluntad de estudiar
en profundidad el proyecto, pero que voy a resumir brevemente.

Se trata de recuperar la inflación pasada desde el momento en
que se produjo el contrato, a través de un índice de precios
acumulado, que mediante un coeficiente multiplicador actualice
el valor al que era, añadiéndole la evolución de la moneda; no
recuperando el valor de mercado actual sino, simplemente,
recuperando el valor perdido por la unidad de cuenta utilizada
y ello no de forma inmediata sino a lo largo de un período
gradual, que el proyecto plantea que sea de 10 años pero que
también está a disposición de SS.SS. modificar y tampoco para
todo el mundo sino solamente para aquellos inquilinos cuyos
niveles de renta les permitan afrontar esta modificación en
las condiciones del alquiler. El proyecto propone una barrera
por encima de la cual se exceptuaría esta actualización y por
debajo de la cual no, que se sitúa en 3,5 veces el salario
mínimo interprofesional, porque también es este parámetro el
que utilizamos en las políticas activas de vivienda para
distinguir aquellos que tienen derecho a una ayuda y aquellos
que, por su nivel de renta, quedan excluidos de la misma.

Este proceso de revisión de renta puede efectuarse o no en
función de lo que decida el inquilino, que puede no revisar su
renta pero que, en este caso, debe ver limitada su permanencia
a un plazo de 10 años. No para todo el mundo, con una cláusula
de opción alternativa; no de forma inmediata, sino a lo largo
de un período dilatado, que permita una adaptación gradual; y
tampoco recuperando los valores de mercado, que se-rían
difíciles de determinar, sino simplemente la erosión monetaria
de la peseta.

Esto es lo que el proyecto propone, pero somos conscientes de
que esta solución plantea problemas. Plantea problemas de
equilibrio, que en algunos casos son más graves que en otros,
y distintos grupos nos han hecho saber su intención de
proponer soluciones alternativas, que estamos --insisto una
vez más-- absolutamente dispuestos a considerar si la solución
que resurge del consenso parlamentario nos permite mejorar el
equilibrio que nos hemos esforzado en definir y que, sin duda
alguna, puede ser mejorable en función de las opiniones que la
Cámara tenga.

En materia de locales comerciales hemos establecido también
unas condiciones de fin de juego que no pueden ir asociadas a
la muerte del titular, porque en la mayor parte de los casos
nos encontramos con que el titular es una persona jurídica que
no está sometida al avatar biológico de la muerte y, por
tanto, no puede ser éste el criterio para determinar el fin de
las
condiciones actuales. En esos casos establecemos unas
condiciones que distinguen entre grandes y pequeñas
actividades con un criterio, el de cinco o más trabajadores,
que puede ser
sustituido por otro, pero que debe ser bien entendido. No
estamos hablando de cinco o más trabajadores en el futuro, lo
cual sin duda alguna podría interpretarse como una
penalización al empleo, sino de cinco o más trabajadores en un
momento ya pasado que constituye un punto de referencia
inamovible y, por tanto, es neutral respecto a la evolución
futura del empleo que se negocia o actividad que pueda
determinar. A unos y a otros se les da un trato distinto en
función del número de años que se les concede de permanencia
en la actividad, que puede llegar a ser de hasta veintitrés
años --entre dieciséis y veintitrés años--, según el origen
del contrato, según que haya habido o no traspasos en los
cinco años anteriores, según la dimensión del negocio y, al
mismo tiempo, con una actualización de renta que también
oscila entre diez y cinco años en función de la dimensión de
la actividad. Es un proyecto, entendemos, prudente, que fija
plazos muy largos, que por la propia cuantificación de los
mismos pueden ser incluso excesivos en algunos casos en el
sentido de que el titular no necesita tanto porque su ciclo
biológico va a agotarse antes de que se agote el plazo que se
le concede, y que en otros casos quizá pudiera ser de alguna
manera excesivamente corto por poco tiempo, y podría ser
objeto de reconsideración dentro de esta voluntad de consenso
que nos anima.

En cualquier caso, señorías, estamos ante un compromiso entre
los intereses contrapuestos en presencia, que necesita, como
les decía, de la voluntad política de mejorarlo, que va a
exigir a todos los grupos definirse respecto a si ese
equilibrio favorece o perjudica demasiado o demasiado poco a
unos o a otros, teniendo siempre bien presente que estamos
ante un juego de suma duda,



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donde lo que concedamos de más al propietario, tendrá que ser
detraído de los derechos del inquilino y viceversa, que todo
aumento de los derechos del inquilino exigirá una
reconsideración a la baja de las condiciones que benefician al
propietario, y que es imposible en este caso, como en tantos
otros, predicar mejoras para todo el mundo a la vez, porque
ésta es una relación entre partes cuyo equilibrio se salda en
beneficio o en contra de una u otra de ellas. Naturalmente,
podríamos hacer jugar en contra de la Hacienda pública, y
podríamos establecer mecanismos de intervención financiera o
fiscal de forma que allí donde uno gane lo que el otro pierda
no repercuta sobre su particular situación sino sobre el
colectivo de los ciudadanos que acudan con los recursos
presupuestarios o con las políticas fiscales a
equilibrar los desequilibrios que la ley produzca. El Gobierno
no se cierra a considerar esta posibilidad; no la ha planteado
porque entendemos que en estos momentos de restricción del
gasto público y de lucha contra el déficit cualquier norma
debe ser extremadamente cuidadosa a la hora de aumentar las
obligaciones fiscales de los presupuestos, pero tampoco sería
imposible concebir soluciones que exigieran una aportación de
los
Presupuestos del Estado que, dentro de los límites posibles
para los actuales equilibrios, permitiesen resolver con mayor
eficacia de una forma consensuada, sin detrimento de la
permanente preocupación por la equidad y por evitar
situaciones sociales de necesidad.

En todo caso, señorías, quiero dejarles bien claro a todos
ustedes que el ánimo que nos guía al presentar esta ley es
cumplir primero con nuestra obligación electoral, nos
comprometimos a ello en los programas electorales de dos
elecciones ya; después cumplir con nuestra obligación de
gobierno, porque creemos que es imprescindible abordar la
reforma del mercado de alquiler; y, finalmente, para hacer de
esta ley un campo privilegiado del consenso político en esta
Cámara. Esta es, señorías, y con esto termino, una gran
ocasión para el Parlamento, para que el Parlamento, desde el
debate y el análisis de las distintas soluciones en presencia,
pueda construir aquella que entienda más acorde con el interés
general que conjugue los intereses particulares en presencia.

Estoy convencido de que en la sociedad española los millones
de personas afectadas por esta normativa centran en este
momento su atención en nosotros y esperan de nuestra
diligencia e
inteligencia una solución equilibrada y eficiente a los
problemas del alquiler, del que depende en buena medida la
solución a los problemas de la vivienda en España.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ministro.

Enmienda de totalidad del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, que postula la devolución al Gobierno del
proyecto de ley. Para su defena, tiene la palabra el señor
Andreu.




El señor ANDREU ANDREU: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, en contraste con la anterior legislatura, a este
proyecto de ley sólo se presenta una enmienda a la totalidad
del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Este hecho puede ser bastante expresivo de lo que
ha pasado en el período que dista entre la anterior
legislatura y la actual. Creo, además, que de la explicación,
del correlato parlamentario que ha dado el señor Borrell, el
señor Ministro, lo real es que de forma objetiva podemos
entender que de ese proyecto al actual ha habido un sustancial
giro a la derecha.

Ya consideramos nosotros en su momento, que el anterior
proyecto de ley no abordaba el auténtico problema de fomentar
el alquiler de la vivienda en España y ahora pensamos que con
mayor gravedad se sigue incurriendo en el mismo error. El
hecho fundamental por el que estimo --ya lo dirán los
diferentes portavoces-- hay un mayor consenso parlamentario,
fundamentalmente con los Grupos conservadores, es porque, como
ha dicho el ministro
anteriormente, en este proyecto de ley sí se plantean
incrementos de renta para los alquileres de renta antigua.

Aparte de que consideramos que jurídicamente este elemento es
difícilmente defendible, porque significa una intromisión en
contratos libremente realizados entre partes en función de una
legislación anterior, además de que nos parece jurídicamente
de difícil defensa, creemos que es profundamente injusto
interferirse en contratos realizados por inquilinos conforme a
una legislación anterior. Mi grupo entiende que éste es el
hecho fundamental por el cual ha aumentado el consenso hacia
la derecha sobre el proyecto de ley que nos trae el Gobierno.

Aparte de eso, por lo cual el rechazo de mi grupo
parlamentario es aún mayor si cabe, aunque dicho sea esto con
la mayor de las serenidades, nosotros consideramos que nos
encontramos ante un debate extraordinariamente complicado
porque no sabemos, en última instancia, la sustancia final de
lo que estamos
debatiendo. Hoy mismo, aparece en la prensa que el proyecto va
a ser sustancialmente modificado y, por lo que se deduce de la
prensa, aún más hacia la derecha, aún más hacia el
mantenimiento y el incremento de alquileres, solamente que, en
contraste con lo que plantea aquí el Ministro de Obras
Públicas, costándole el dinero a la Hacienda pública, es
decir, permitiendo que se suban los alquileres antiguos de
forma importante y, además,
participando la Hacienda pública en el pago de esos aumentos
de alquiler. Por tanto, nuestra preocupación es aún más grave
si cabe, porque no solamente estamos discutiendo un proyecto
que ha girado hacia la derecha conforme la anterior
legislatura, sino que se anuncia que aún puede girar bastante
más.




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Asistimos profundamente preocupados a este debate y creemos
que nuestra enmienda a la totalidad tiene aún mayor
consistencia, si cabe pensamos que es un error profundo el
planteamiento que se hace el Gobierno, por boca del señor
Ministro, de que lo primero que hay que hacer, si se quiere
aumentar el mercado de alquiler de vivienda en España, es
modificar el régimen jurídico,
modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos. Nosotros pensamos
que el problema de que exista poca vivienda de alquiler en
España no es sustancialmente ese, también lo es, pero no
sustancialmente. Entre otras cosas, llamo la atención de que
en la exposición de motivos de la Ley del Suelo se habla de un
18 por ciento del parque de vivienda en alquiler; hoy el
Ministro ya ha hablado del 15 por ciento. Lo que
fundamentalmente ha hecho que el parque de vivienda en
alquiler en España no sea ni de lejos comparable con el del
resto de los países europeos es una actuación pública que
durante muchísimo tiempo no ha protegido la construcción ni el
acceso de los inquilinos a vivienda en alquiler.

Ese, repito, es el problema fundamental, y ese problema
fundamental no se arregla con una modificación legal.

Nosotros llamamos la atención de cómo administraciones
públicas continuamente se están deshaciendo de su parque de
vivienda en alquiler. Hace poco la Junta de Extremadura,
mediante un proyecto de ley, se deshacía de su parque de
viviendas públicas. Las diferentes administraciones, los
diferentes gobiernos
autonómicos, los diferentes ayuntamientos, poco a poco se han
ido deshaciendo de sus parques de viviendas públicas en
alquiler. Está hecha de tal manera la protección a la vivienda
en este país, que ni siquiera las centrales sindicales, por
mor de la legislación vigente de vivienda de protección
oficial, se dedican a potenciar la vivienda en alquiler,
porque el marco de ayuda a la vivienda por parte de la
Administración central y de las administraciones autonómicas
no favorece, de ninguna manera que se acceda a la vivienda en
alquiler. Por ello, creo que la solución es más compleja de la
que nos plantea el señor Ministro; la solución está,
fundamentalmente, en cambiar el conjunto de la política de
viviendas en España; que la política de inversión
fundamentalmente se destine a la vivienda en alquiler, y que
haya diferentes organismos de consumidores, de centrales
sindicales, etcétera, que se acojan a esas ayudas para
fomentar la vivienda en alquiler.

Creo que es un arbitrismo pensar que con una modificación
legal, por la cual se liberalice el mercado de la vivienda en
alquiler, se van a obtener mayores porcentajes de vivienda en
alquiler en España. Si esto se considera que es pura
ideología, me remito a las consecuencias del Decreto Boyer.

Las consecuencias del Decreto Boyer, que es el súmmun de la
liberalidad en el mercado de alquileres, a lo que ha llevado,
como dice la propia
exposición de motivos, es a que apenas el 20 por ciento del
mercado de vivienda en alquiler en España esté en función de
contratos elaborados por el Decreto Boyer, y a que el
porcentaje de vivienda en alquiler en España, desde el momento
de la redacción y aprobación de ese decreto hasta ahora, haya
bajado sustancialmente. Por tanto, de ninguna manera nosotros
podemos considerar que un proceso de liberalización de los
alquileres vaya a llevar a conseguir que haya más viviendas en
alquiler en España, sino más bien todo lo contrario.

Señor ministro, considero que, al igual que el señor González
hablaba ayer de la necesidad de estabilidad en el país, hay
servicios, como es la vivienda, para los cuales los
ciudadanos, sobre todo los más débiles económicamente, lo
primero que quieren es estabilidad; creo que la estabilidad,
en un tema como el de la vivienda, es un valor sustancial. El
problema fundamental, tanto para el futuro como para las
operaciones que vienen del pasado, es que este proyecto de ley
cercena la estabilidad de los posibles inquilinos o de los
inquilinos existentes. Ustedes, en este proyecto de ley, no
dan garantía de estabilidad.

Para nosotros, el problema fundamental en lo que se refiere a
los alquileres futuros, no está en que sean 4, 5 o 10 años la
posibilidad que tenga un inquilino de estar en la vivienda, el
problema fundamental es que, acabados esos 4, esos 5 o 10
años, sin causa justa, un inquilino puede ser obligado a
desalojar la vivienda. Ese es el problema fundamental, el de
esa falta de estabilidad, esa falta de una causa justa para
que un inquilino pueda ser expulsado de la vivienda, o el
arrendador considere que puede obtener un contrato por mucho
más dinero y entonces piense que debe ser expulsado de la
vivienda.

No hay ningún mecanismo en la ley que se plantee asegurar la
estabilidad, si es justa esa estabilidad por parte del
inquilino. No hay ningún mecanismo. A pesar de que en la
exposición de motivos ustedes hacen una mención al arbitraje,
por ejemplo, luego no hay ninguna fórmula similar al
arbitraje, ni a ninguna otra, que garantice que si un
inquilino está dispuesto a pagar lo que sería justo ese
inquilino pueda continuar en una vivienda. Por tanto, para
nosotros el problema fundamental para los contratos de futuro
es la falta de estabilidad y sin estabilidad, yo le aseguro a
usted, señor ministro, que después de muchísimos años de
tradición en la propiedad de la vivienda que ha habido en este
país, las rentas medias y las rentas bajas van a
continuar luchando por acceder a una vivienda en propiedad,
con los enormes sacrificios que significa para estas rentas
medias y bajas, y la disminución en su propia calidad de vida,
porque en muchas ocasiones hasta el 60 por ciento, o más, del
salario que entra en cada unidad familiar



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en España está destinado a pagar el crédito hipotecario que se
está pagando para la vivienda.

La falta de estabilidad nos parece un elemento gravísimo que
se plantea en esta ley y nosotros consideramos que ya en sí
mismo justifica el que aquí se presente esta enmienda a la
totalidad por mi Grupo Parlamentario; pero también falta de
estabilidad para las rentas antiguas. Dije al principio de mi
intervención que, aparte de constitucionalidad, aparte de
legalidad, nos parece enormemente injusto que se interfiera en
rentas pactadas conforme a una ley anterior por parte de
inquilinos. Nos parece enormemente injusto; como también nos
parece enormemente injusto que se incida en las subrogaciones
anteriores. Si usted considera oportuno que cara el futuro
planteemos unas subrogaciones diferentes, me parece bien, pero
no las planteemos hacia el pasado, y más sabiendo cuál es el
tipo de rentas que están ocupando las viviendas antiguas.

Tiene encuestas del Ministerio de Obras Públicas, como las
tiene el conjunto de la Cámara, en las que se comprueba que
quienes están ocupando viviendas de renta antigua no son
precisamente los sectores más favorecidos de este país. Sin
ningún tipo de dramatismo, pero es la realidad. Son
precisamente las rentas más bajas de este país las que están
viviendo en casas de renta antigua. Y aparte de todo tipo de
equilibrio, que nos parece muy bien que se planteen políticas
de equilibrio, creemos que el Estado tiene una obligación
especial con sus sectores más desfavorecidos, y a esos
sectores más desfavorecidos creemos que de ninguna manera se
les pueden plantear situaciones tan desestabilizadoras como
las que se les plantea en este proyecto de ley que nosotros,
en su actual redacción, consideramos muy desafortunado.

Otro aspecto de estabilidad que también nos parece importante
es el que se refiere a los locales de negocios. No hay que
olvidar que en ellos se está dando actividad productiva, se
está dando empleo y, desde luego, el mecanismo que se plantea
tanto a los futuros como a los pasados por parte de esta ley,
es un mecanismo que también desestabiliza esa situación. Por
ejemplo, el hecho de que en un período que, como mínimo,
comienza dentro de cinco años, pueda empezar a expulsarse de
locales de negocios que están ahora mismo siendo ocupados por
actividades productivas, en una situación económica, además,
como la que estamos viviendo, no creemos que sea la mejor
forma de incentivar la producción, ni de incentivar el
mantenimiento del empleo.

Algunas medidas nos parecen francamente irónicas, si no se
quiere decir sarcásticas, como decir que va a haber una
indemnización por clientela para aquellos casos que, habiendo
ocupado con una actividad productiva un local, venga el
arrendador y la ocupe con una actividad productiva similar, y
se le dé a cambio año y medio de alquiler. Sinceramente, eso
nos parece un sarcasmo; nos parece un sarcasmo que después de
haber ganado un crédito, una fama por un local, se le
indemnice únicamente con año y medio de renta. Señor Ministro,
tal como se ha planteado aquí el debate
parlamentario, tal como aparecen las informaciones de prensa,
nosotros creemos que el auténtico debate sobre la ley de
arrendamientos urbanos no se va a dar precisamente hoy; se va
a dar en el momento que venga el proyecto de ley de la
Comisión, con el conjunto de enmiendas aprobadas o no
aceptadas. En ese momento será cuando podremos ver la realidad
de los pactos a los que usted ha llegado con el conjunto de
grupos conservadores a los que usted mismo ha hecho alusión en
su intervención. Con quien no ha llegado usted a ningún tipo
de acuerdo ha sido con el Grupo Parlamentariode Izquierda
Unida-Iniciativa per
Catalunya, ni siquiera lo ha intentado, y si no lo ha
intentado será porque usted considera que hacia donde debe
girar la ley es, fundamentalmente, hacia la derecha. Señor
Ministro, con esta ley, tal como viene ahora mismo y, peor
aún, tal como los designios nos anuncian, usted no va a
arreglar el problema de la vivienda en España, no lo va a
arreglar. Probablemente, conseguirá que determinados
arrendadores consigan unas rentas mayores, que ellos
consideran más justas, que es enormemente discutible aunque
ellos las consideren más justas, pero el problema de la
vivienda usted no lo va a arreglar con esta ley de
arrendamientos urbanos. Usted va a tener que modificar sus
políticas de protección a la vivienda y al igual que usted
protege la vivienda en propiedad y, cuando usted protege la
vivienda en propiedad, dice que tiene que haber un precio
máximo y, además, usted plantea una serie de ayudas a los que
van a ser propietarios, pero en función de ese precio máximo,
si usted quiere realmente conseguir que accedan a la vivienda
en alquiler rentas medias y rentas bajas en este país, tendrá
que plantearse políticas intervencionistas de ese tenor.

Desde luego, a nosotros no nos duelen prendas al decir que
somos intervencionistas en el tema de la vivienda, no nos
duele ningún tipo de prendas y somos coherentes, no decimos en
la tribuna que somos intervencionistas y hacemos una ley
absolutamente de mercado libre cuando se trae un proyecto al
Congreso de los Diputados. No nos duele decir todo esto y le
manifestamos que, con esta ley de arrendamientos urbanos,
conseguir una vivienda en España va a seguir siendo un enorme
sacrificio para los que tienen estas rentas, fundamentalmente
para los trabajadores, y que nosotros, en cualquier caso,
estaremos dispuestos a discutir, a consensuar, a plantear
enmiendas en esta Cámara para conseguir que esta ley se
modifique sustancialmente y que, por lo menos, se mitiguen los
tremendos aspectos y las tremendas consecuencias que puede
tener en muchísimas rentas medias y bajas en nuestro país.




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Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Andreu.

¿Turno en contra? (Pausa.)
Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor García-
Arreciado.




El señor GARCIA-ARRECIADO BATANERO: Muchas gracias, señor
Presidente.

Señoras y señores diputados, la última vez que intervine en el
Pleno de esta Cámara recibí de un componente del mismo grupo
del señor Andreu la acusación de estar haciendo una política
de derechas porque estaba defendiendo un Real decreto, y eso
son cosas que no debe hacer la izquierda. La izquierda, me
decía en esa ocasión el portavoz de su grupo, debe hacer sus
actuaciones a través de los proyectos de ley. Hoy, en la misma
línea de estos argumentos, nos recrimina el señor Andreu un
supuesto giro a la derecha en este proyecto de ley porque
incrementamos la renta, dice, a través de una intervención del
Estado --no le debería ser tan repugnante la intervención del
Estado-- en lo libremente pactado entre las partes. ¿Sostiene
usted eso, señor Andreu? ¿Sostiene usted que los contratos
pactados antes del año 1964 o, después de ese año, hasta el
Decreto 2/1985 son contratos que han sido libremente pactados
por las partes? ¿Sí? ¿Le parece a usted que la prórroga
forzosa establecida en el artículo 57 de la Ley del año 1964
daba opción a las partes a establecer la duración del
contrato? Las limitaciones a la revisión de rentas,
establecidas en el artículo 100 de la Ley de 1964, con una
falsa promesa de actualización por Real Decreto --en aquellos
tiempos, por Decreto-ley-- cada dos años, imposibilitando el
establecimiento de cláusulas libremente pactadas, ¿le parece a
usted que era un pacto entre iguales, entre agentes libres que
discutían las condiciones en las que se iba a desarrollar su
relación contractual? Porque si le parece a usted eso, debería
de estar encantado con que el fundamento básico, o uno de los
apoyos básicos de esta ley, sea remitir al Código Civil y a la
libertad de las partes la posibilidad de establecer de mutuo
acuerdo las cláusulas que rijan los contratos de ahora en
adelante.

Usted ha estado demagógico, señor Andreu. Hemos hablado antes
de subir a esta tribuna que, dado el aceptable grado de
conformidad social y las buenas relaciones entre los Grupos,
íbamos a tener otro tipo de intervenciones; pero no lo pueden
ustedes remediar. Usted ha estado aquí demagógico, ha
apuntalado su intervención en falsedades.

Nos acusa usted de derechistas porque incrementamos las
rentas. ¿Defiende usted a un Abogado del Estado, Jefe del
Servicio Jurídico de un Ministerio y Catedrático de
Universidad que está pagando 426 pesetas por un piso de 168
metros cuadrados? ¿Le parece a usted que es de derechas decir
a ese señor que se ha terminado esa protección excesiva, que
se tiene que poner en igualdad de condiciones con los
centenares de miles de personas que viven en alquiler en
rentas sometidas al mercado? ¿Le parece a usted que ingresos
familiares superiores a cinco veces el salario mínimo
interprofesional --su retribución, señor Andreu, y la mía, en
nombre además de la izquierda-- deben de estar protegidos a
perpetuidad, con prórrogas forzosas, subrogaciones
indefinidas, congelación de rentas? ¿Es ésa su izquierda,
señor Andreu? Porque no es la mía.

Yo quiero el progreso de este país y el del mercado, tratar
desigual a los desiguales y proteger a quien lo necesita y a
quien lo merece. No hay ninguna razón legal ni situación de
necesidad ni nada que justifique el mantenimiento de una
legislación que, hasta el Decreto 2/1985, ha constreñido el
mercado de alquileres.

A partir del Real Decreto, aunque tiene consecuencias
perversas que estamos dispuestos a cambiar con este proyecto
de ley, se produce un repunte del alquiler en España, mire
usted qué casualidad; pero se produce en unas condiciones de
duración tan breve de los contratos y de actuaciones tan
compulsivas de rentas, que es preciso actuar sobre esos
efectos nocivos del Real Decreto. Lo comparta S.S. y su Grupo
o no lo comparta, el Decreto 2/1985 sacó 600.000 viviendas de
alquiler en este país. (El señor Frutos Gras se da palmadas en
la cara.)
No se dé tan fuerte, señor Frutos, porque la tiene usted
realmente dura y se la puede quebrar.




El señor PRESIDENTE: Señor Frutos, no tiene la palabra. Le
ruego se atenga a la cortesía parlamentaria. (Rumores.)



El señor GARCIA-ARRECIADO BATANERO: ¿Cercenamos los pactos de
renta? No. Las cláusulas de revisión de renta que se hayan
firmado van a seguir operando, no vamos a intervenir ahí,
vamos a limitar la subrogación, porque es un uso desmedido, es
un abuso. ¿Sabe usted que se están subrogando «inter vivos»,
de padres a hijos de 7, 8 y 9 años para tener una subrogación
más y, después, las dos, «mortis causa»? ¿Cree usted que se
puede desposeer, en nombre de la izquierda, a los ciudadanos
de una expectativa razonable del pleno dominio sobre sus
bienes? ¿Usted cree, sinceramente, que eso es posible? ¿Cree
usted que se puede atacar este proyecto de ley en nombre de no
sé qué rancia bandera de una izquierda minoritaria y
escuálida? (Risas y rumores.) Son ustedes, señor Andreu, el
perro del hortelano; ni comen ni quieren que coman los demás.

Varios Grupos de esta Cámara llevamos meses debatiendo con el
Ministerio, interesándonos por la ley, no preparando el
discurso demagógico de oposición. Como recordará S.S., hace no
más de una semana le reiteré personalmente que tenía interés
en saber sus



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opiniones sobre el proyecto de ley. Hasta ahora no me he
podido enterar de cuál era su postura, a pesar de que esta ley
lleva en el Parlamento cuatro meses. Hemos hablado con mucha
gente y hay expectativas razonables de acuerdos muy sólidos en
torno a este proyecto de ley; proyecto de ley en el que
ustedes se han situado voluntariamente en la orgullosa
oposición de izquierda. Todos hemos cambiado. Hace poco más de
un año teníamos en esta sala el mismo debate sobre un proyecto
de ley bastante parecido, por no decir sustancialmente
parecido. Todos los Grupos de esta Cámara, menos el mío,
intervinieron en contra de ese proyecto de ley. Ha pasado un
año y ustedes, que se les paró el reloj en el 17, continúan
con él parado. Para ustedes no ha pasado un año, siguen igual,
planteando una oposición a un proyecto de ley sobre el que la
mayoría de los grupos de esta Cámara hemos cambiado nuestras
opiniones en el plazo de un año. Hoy está usted en minoría
absoluta en esta Cámara; hace un año lo estaba yo.

¿Por qué se produce ese cambio, señor Andreu? Porque el
proyecto del Gobierno incluye ya muchas de las sugerencias,
muchas de las enmiendas que acertamos a ver en Ponencia en el
anterior proyecto de ley; y se produce ese cambio, no porque
el resto de los grupos haya abandonado sus motivos de
discrepancia con la ley, sino porque han sabido encontrar a lo
largo de estos meses un camino que S.S. ni se ha preocupado en
buscar: el camino de acercamiento entre nosotros; el camino
mediante el cual, como digo, hay una expectativa razonable de
alcanzar acuerdos. El diálogo, señor Andreu, ha sido
pluridireccional. Se ha entablado con todo aquel que ha
mostrado un atisbo de deseo de encontrar soluciones
compartidas, con todo aquel que ha mostrado el más mínimo
interés por establecer ese acuerdo, con todo aquel que se ha
introducido en un proceso en el que todos los que hemos
intervenido hemos sido conscientes de que tendríamos que
movernos de nuestros posicionamientos iniciales para encontrar
fórmulas más eficaces, más justas, más capaces de dar
dinamismo a un mercado que está, como todos sabemos,
extraordinariamente constreñido,
fundamentalmente por la disparatada normativa, bien
excesivamente liberal del Decreto 2/1985, bien excesivamente
proteccionista de las leyes anteriores.

Todos queremos dinamizar ese mercado. Ese es el objetivo
último de la ley. No conozco otra manera de dar dinamismo a un
mercado que otorgar confianza a los agentes que operan en ese
mercado. Si no tienen confianza los agentes de la oferta y los
agentes de esta demanda, es imposible dinamizar el mercado, y
nos
quedaríamos con una bellísima legislación protectora de los
derechos de los ciudadanos, de la prórroga forzosa, de la
congelación de rentas suspendida en el firmamento del mercado,
sin iluminar en absoluto lasrelaciones, porque estarían
completamente paralizadas dentro de ese mercado.

Eso es lo que queremos, señor Andreu, y a eso es a lo que
usted se opone. Cuando usted interviene en contra de este
proyecto de ley, en el fondo lo que está diciendo es que las
cosas se queden como están, que las desmesuras y los excesos
del Decreto 2/1985 continúen operando y que las
arbitrariedades y los excesos de la legislación de 1964
continúen también operando. Nosotros queremos cambiar esa
realidad, señor Andreu, y queremos darles confianza a unos y a
otros. ¿Y qué confianza le damos al arrendador, al casero, por
entendernos?
En primer lugar, señor Andreu, dicho desde la izquierda seria,
la garantía de una renta económica. ¿O le cuento también el
caso del ciudadano que cobra 320.000 pesetas por el alquiler
de su piso durante un año y le cuesta 900.000 pesetas
mantenerlo? Le cuesta 600.000 pesetas mantener su política de
izquierda, señor Andreu. Queremos, por tanto, establecer la
garantía de una renta económica, así como un régimen de
subrogaciones más equilibrado. No se suprime el régimen de
subrogaciones, señor Andreu. Se mantiene en el régimen
transitorio para el titular, para su cónyuge, para sus hijos
menores de 25 años, hasta que los cumplan y hasta la muerte
del hijo si tuviese una minusvalía superior al 65 por ciento.

¿Más subrogaciones, señor Andreu? ¿Por qué? ¿Y el que no tiene
el privilegio de vivir en un piso de renta antigua y
congelada? ¿Con ese ciudadano qué hacemos? ¿Cómo mantenemos el
mercado segmentado de esa manera? Un montón de españoles
aprendiendo a vivir en la libertad del mercado y otro montón
de españoles protegidos por una legislación obsoleta, cuyo
resultado final, de la brillantez de toda esa legislación de
protección, es que tenemos el 15 por ciento de viviendas en
alquiler en este país, y en el resto de los países, sin tanta
protección, sin tanto discurso de protección, han conseguido
que tener una vivienda en alquiler --en propiedad el que la
tenga-- no sea un reto imposible de asumir por muchas
economías del país.

Les damos un régimen transitorio a los caseros, como he dicho
antes, al mejorar razonablemente sus expectativas de poder y
volver a disponer algún día del bien del que fueron
expropiados, del dominio del que fueron expropiados por una
legislación que ya no sirve. Es como la legislación del
mercado laboral: es tan perfecta, tan protectora que tiene
blindado el mercado, y ni se puede entrar, ni salir. Aquí pasa
igual. Es tan protectora que blinda el mercado, hace un
mercado hundido, cautivo, porque no hay manera de entrar y
salir de él.

Le damos también confianza al inquilino. Le damos una
estabilidad en el contrato por cuatro años. A los cuatro años,
cuando se acaba sin causa justa es que el casero... Mire
usted, las relaciones entre caseros e inquilinos



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no tienen por qué ser como entre lobos, en que está esperando
uno a que se descuide el otro para morderle en la yugular.

¿Por qué no van a renovar el contrato? ¿Por qué no van a
firmar más de cuatro años en muchos casos? ¿Por qué hay que
instalarse en la perversión de los agentes sociales que
intervienen en este mercado y partimos del prejuicio de que si
la ley no les obliga a un acuerdo son niños chicos que no van
a ser capaces de llegar a un pacto? Naturalmente que llegarán
a un acuerdo. Naturalmente que ese acuerdo tendrá que
producirse en el entorno del punto donde se encuentren demanda
y oferta en cada momento. Se le ofrece esa garantía y durante
esos cuatro años de duración de la relación de alquiler se le
blinda, además, contra cualquier actualización de renta o de
cantidades que tengan que pagar por cualquier servicio, que no
sea la que esté por debajo de la inflación, como límite máximo
la inflacción. Se ofrece, señor Andreu, a estos inquilinos un
régimen, también, transitorio suave. Naturalmente que les va a
costar un esfuerzo importante pasar de una situación de
absoluta protección a otra situación en la que se van a tener
que valer de sus medios en un mercado donde ya no van a estar
protegidos, aunque hay un cierto carácter tuitivo de la ley en
el uso de viviendas. Naturalmente que van a tener que hacer un
esfuerzo.

¿Sabe usted cuánto pagará dentro de diez años, cuando operen
las actualizaciones de renta, un señor que tenga un contrato
de 1940 y que ahora satisface 420 pesetas al mes? Pues dentro
de 10 años, cuando opere esta política destructora de
derechas, no llegará a las 3.000 pesetas, señor Andreu. Pisos
de más de cien metro cuadrados en barrios residenciales de
Madrid, de los que hablo por ser la zona más cara. De ahí para
abajo se puede usted imaginar. Cuando opere esta barbaridad
que vamos a hacer con los pobres que viven en las viviendas de
renta congelada, alquileres de 400 pesetas no llegarán a las
3.000.




El señor PRESIDENTE: Señor García-Arreciado, le ruego que
concluya.




El señor GARCIA-ARRECIADO BATANERO: Concluyo, señor
Presidente. El Ministro decía, y con razón, que no se puede
juzgar la generalidad del segmento sobre el que vamos a actuar
por casos concretos. Con carácter general, naturalmente que
van a tener que hacer un esfuerzo, el esfuerzo que está
haciendo el conjunto del aparato productivo español por
aprender a sobrevivir en unas condiciones que, nos gusten o
no, son las que nos vienen dadas y sobre las que tenemos
limitadas --no ninguna, pero limitadas--, posibilidades de
influir.

¿Pero eso lo hacemos compulsivamente, con nocturnidad, de hoy
para mañana? No, señor Andreu. Eso se hace, en principio, en
10 años. Algunos grupos, preocupados porque todavía nos
parecía eso poco, estamos hilvanando una serie de acuerdos con
los sectores más débiles de la sociedad para que, a lo mejor,
en vez de en 10 años sea en más.

Usted no se ha querido incorporar a ese proceso de
negociación, al que le he requerido yo formalmente en varios
ocasiones. No ha querido hacerlo, por eso hoy ha hecho el
mismo discurso que hace un año. Y si por cualquier
circunstancia el proyecto volviera al Gobierno, dentro de un
año volvería a hacer el discurso de este año y del año
anterior, porque usted, señor Andreu, en esto no quiere
comprender la realidad y no ha querido hasta ahora prestar su
apoyo al esfuerzo de aproximación y de consenso que hemos
hecho el resto de los grupos de la Cámara.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor García-Arreciado.

Tiene la palabra el señor Andreu.




El señor ANDREU ANDREU: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, señor García-Arreciado, oyéndole a usted he
comprendido por qué el Ministro ha dicho en algún momento que
en su Partido había personas que estaban por posiciones de
mucho más libre mercado. Yo creo que usted ha efectuado una
exposición a la derecha de la que ha hecho el propio Ministro.

Ha hecho usted una exposición descalificadora que en ningún
caso creo haber planteado yo desde la tribuna, en ningún caso.

Y si usted tiene la paciencia de leer el «Diario de Sesiones»,
verá que incluso hay un ofrecimiento a la discusión y al
consenso por parte de mi Grupo parlamentario. Pero, por favor,
no tenga usted el estilo parlamentario de hacer lo
extraoficial oficial, porque le tendré que recordar que aquí
se ha traído un texto pactado con el conjunto de los grupos
parlamentarios, excepto con Izquierda Unida. Y cuando se trae
a esta Cámara un texto pactado con el conjunto de los grupos
conservadores, no le moleste a usted que se lo diga. Sea usted
consecuente con sus propios actos. Esté orgulloso de sus
actos, no tenga mala conciencia, que es lo peor que se puede
tener en esta vida. No pretenda usted ocupar todo el arco
parlamentario desde la derecha hasta la izquierda. No tenga
usted ese punto totalitario. Si usted quiere ocupar espectros
de centro-derecha y de derecha, comprenda que hay otros
espectros de izquierda. No pretenda usted ocupar todo el arco
parlamentario, porque eso solamente pasa en los regímenes de
partido único. Solamente pasa ahí. Por tanto, sea consecuente
con este texto que usted ha traído pactado con las fuerzas
conservadoras. Defiéndalo. Me parece muy bien, pero por favor,
no haga usted descalificaciones cuando se indique que desde la
izquierda el texto es indefendible.




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Me permito decirle que hay un profundo intervencionismo sobre
las rentas pactadas con libertad, porque ni en la Ley del año
1964 ni en la de 1956 se imponía que las rentas tuvieran que
tener una determinada cantidad, sino que el pacto de rentas
era libre. Incluso en el artículo 100 de la antigua Ley de
1964 se permitía al Estado incrementar porcentualmente las
rentas cada año, potestad a la que ha renunciado hace
muchísimo tiempo, pero sí había libertad de pacto en cuanto a
las rentas. En la disposición transitoria segunda, apartado
10, del proyecto de ley que debatimos se incrementa la renta
con retroactividad; por lo tanto, no me diga usted que no hay
una injerencia en contratos libremente pactados. Yo creo que
puede usted quedar muy bien diciendo ese tipo de baladronadas
del 17, del 34, 48, cuando a las fuerzas políticas lo que las
distinguen son sus discursos y sus programas electorales. Esas
posiciones descalificatorias no nos van a llevar a ningún
lado.

Si usted lo que quiere es consolidar ese pacto con las fuerzas
conservadoras, no tiene más que seguir por ese camino. Siga
usted por ese camino y llevará a esa nave con buen éxito en el
rumbo que usted ha marcado, pero un rumbo en el que usted
expulsa a Izquierda Unida. Aténgase a las consecuencias, que
para usted son nimias, porque es una izquierda escuálida y
pequeña. Cuando aquí en la Cámara pide estabilidad y cuando no
se suma de una forma demagógica a los ataques de corrupción,
ahí sí vale, ¿no? Pues también vale para decidir sobre el
futuro social de este país. Me parece que quien ha hecho aquí
un acto, no de demagogia, sino de profunda irresponsabilidad,
ha sido usted, aunque ya es conocido su estilo parlamentario.

Quiero reiterar en la Cámara que mantengo, en nombre de mi
Grupo parlamentario, el conjunto de la intervención que hemos
hecho, así como nuestra posición de diálogo en defensa de los
más débiles, porque es una defensa que ha olvidado este
proyecto de ley en su actual redacción. Pero no nos pidan
ustedes nunca un consenso en el que el supuesto equilibrio es
únicamente hacia una parte.

Aquí estamos tratando algo más que un problema de mercado;
estamos tratando algo más que un problema del justo precio
entre las partes que obtengan la renta necesaria --
arrendatario y arrendador--; estamos tratando de un problema
social y
constitucional. Estos son los aspectos que, a nuestro juicio,
se olvidan fundamentalmente en este proyecto de ley.

Nosotros planteamos una oferta de diálogo para recordarlo
continuamente.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Andreu.

Tiene la palabra el señor García-Arreciado.




El señor GARCIA-ARRECIADO BATANERO: Gracias, señor Presidente.

Señor Andreu, el texto de este proyecto de ley no ha entrado
aquí pactado con nadie. Tan es así que ni siquiera lo ha sido
con el Grupo Parlamentario Socialista, que ha tenido
conocimiento del texto que ha enviado el Gobierno cuando hemos
tenido la
curiosidad de leerlo y actuar sobre él.

Se ha producido un trabajo y un acuerdo posterior de varios
grupos parlamentarios, como consecuencia del cual hay
hilvanada una serie de propuestas que pueden hacernos mantener
una posición bastante mayoritaria en torno al texto del
proyecto de ley tal y como quede. Pero el texto actualmente no
está pactado con nadie. Ha habido --insisto-- varios meses de
diálogo al que usted no se ha querido incorporar, por las
razones que sean, salvo que haya que ir a recogerlo
personalmente a su casa cada vez que queramos hablar con
usted. Quien ha mostrado interés en hablar con nosotros puede
dar fe de que en el Grupo parlamentario Socialista y en el
Gobierno ha encontrado siempre un
interlocutor. Ustedes no lo han encontrado --como le he dicho
en mi anterior intervención-- porque no han querido buscar ese
camino.

No quiero copar todo el arco parlamentario. Sí me gustaría
copar todo el arco social en este problema por su
extraordinario carácter horizontal, porque está extendido por
igual en todas las capas sociales, porque no está claro en qué
parte --en la oferta o en la demanda-- están unos u otros
segmentos sociales, porque todo está tremendamente imbricado
entre sí, por todo ello sí quiero abarcar todo el arco social.

A ese esfuerzo es al que me he unido con el resto de los
grupos de esta Cámara, los que usted llama conservadores. Me
he unido a esos grupos porque queremos abarcar todo el arco
social; no queremos tener su vocación, señor Andreu, y
quedarnos en la defensa de un colectivo por entender que es el
que social y electoralmente me interesa, porque ni siquiera
eso está claro en este proyecto de ley, señor Andreu; ni
siquiera eso está claro en el mercado que vamos a intentar
regular con este proyecto de ley en los términos finales en
los que salga de esta Cámara.

La izquierda, naturalmente, vale siempre, señor Andreu, y
buena prueba es que milito en ella desde hace 19 años. Le
agradezco su oferta de diálogo, que se ha producido hoy aquí,
no antes. Antes usted se ha negado a hablar conmigo en
concreto. He pretendido hablar con usted varias veces de este
proyecto de ley y siempre se ha negado. De ahora en adelante
el problema es que se tiene usted que incorporar a un proceso
que ya está en marcha; va a tener que correr mucho, porque hay
quienes llevamos meses hablando de este proyecto y, como digo,
apuntando soluciones que puedan tener --quiera Dios que sea
así-- el amplio respaldo de esta Cámara y de la sociedad. El
esfuerzo por incorporarse a ese trabajo le corresponde a
usted; a mí, darle la bienvenida si llega a alcanzarnos.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor García-Arreciado.

¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, cualquier reforma en materia de arrendamientos
urbanos debe tener presente, a mi modo de entender, tres
objetivos: primero, que a los inversores y a los propietarios
les resulte rentable construir viviendas y locales para
alquilarlos; segundo, poner en arrendamiento las viviendas
deshabitadas y los locales cerrados que poseen y, tercero,
abordar una política de
restauración de edificios ya arrendados.

Hasta ahora, en el Estado, desde el Real Decreto de 21 de
junio de 1920, con la única excepción del Real Decreto-ley
2/1985, de 30 de abril, que fue convalidado por el Congreso de
los Diputados el 16 de mayo siguiente, las disposiciones en
materia de
arrendamientos urbanos han resuelto ser, además de leyes
injustas, verdaderas normas contra los arrendamientos, aunque
con otras palabras el señor Ministro, en su presentación, ha
abundado precisamente en este tema. A mí me gustaría
destacarlo en tanto en cuanto puede ser una política
alternativa a la vivienda de protección oficial.

La situación actual es que existe un número elevado de
arrendamientos celebrados con anterioridad el 9 de mayo de
1985, todos ellos con la llamada prórroga forzosa y en su
mayor parte con rentas congeladas. Sin duda, son esos
arrendamientos
concertados antes del 9 de mayo de 1985 los que precisan con
urgencia una reforma justa.

En la exposición de motivos de la ley de 11 de junio de 1964
se indica que las reformas de la presente ley afectan
primordialmente a la renta y que la nueva ley debe atender el
problema --y decían que lo atendía-- de la desvalorización de
las rentas. A este propósito señalaba también la misma ley que
las rentas y cantidades asimiladas a ella se adaptarían cada
dos años a las variaciones del coste de la vida, mediante
decreto, de acuerdo con el índice ponderado que fijara la
Dirección General de Estadística, salvo que las partes
hubieran convenido otro sistema de actualización.

Pues bien, todo aquello que tan bien aparecía redactado en el
artículo 100 del vigente texto refundido de la Ley de
Arrendamientos Urbanos, aprobado por Decreto de 24 de
diciembre del año 1964, allí sigue, y transcurridos 29 años
desde su entrada en vigor ni se ha cumplido ni se ha dado
ninguna
explicación por el incumplimiento del mandato imperativo
contenido en este artículo, lo que ha producido unos
desajustes entre las diferentes rentas verdaderamente
abismales y un enorme desequilibrio, a su vez, entre las
contraprestaciones de ambas partes contractuales. Hoy día
resultaría difícil idear política más eficaz para reducir e
incluso eliminar la cantidad de viviendas y locales privados
en alquiler que esta congelación de alquileres.

A corto plazo, se ha transferido renta de los propietarios a
los inquilinos. Esto podría parecer, de alguna forma,
ventajoso para algunas ideas que ya han sido expuestas en esta
Cámara. A largo plazo, sin embargo, elimina los incentivos
para construir nuevas viviendas y locales en alquiler y
espanta a la iniciativa privada, al contener las rentas y
también los beneficios por debajo de los niveles de mercado.

El mantenimiento de lo que se llama y se puede llamar, yo
creo, el esperpento de arrendamientos con renta antigua y
prórroga forzosa justifica la desconfianza de los inversores,
de todos los inversores, cualquiera que sea su ideología,
respecto a los alquileres.

Es evidente que, si lo que se persigue es un aumento en
calidad y cantidad del patrimonio inmobiliario en alquier,
tema este que debería ser precisamente uno de los objetivos de
la política inmobiliaria, lo que hay que hacer es alcanzar un
adecuado equilibrio en las prestaciones entre las partes. La
renta ha de mantener en todo caso el incentivo suficiente para
estimular las inversiones de capital privado en la edificación
de nuevas viviendas y locales y para abordar la conservación
en estado de ornato y habitabilidad de los antiguos locales y
viviendas arrendados. No cabe la menor duda de que ninguna
renta debe ser tal que lo que interese al arrendador, como ha
sucedido hasta ahora, sea el derribo de la casa, con el
consiguiente
envejecimiento y deterioro de barrios enteros.

Conjuntamente con el Grupo Vasco, no hemos presentado una
enmienda a la totalidad porque el trabajo en común en Ponencia
puede y debe mejorar el proyecto de ley. Y quiero subrayar
este hecho --a pesar de que no esté aquí el señor Andreu, que
nos ha calificado a todos como pactistas con la derecha--
porque considero que esta ley debe ser trabajada y debe ser,
de alguna forma, consensuada de forma intensiva en la Ponencia
que a continuación va a comenzar. Representamos, pese a lo que
aquí se ha dicho, a todas las partes interesadas en el
litigio, y aquí no hay derecha que no tenga inquilinos y
propietarios y no hay izquierda que no tenga propietarios e
inquilinos; incluso representamos a las instituciones que
representan a los
propietarios y a los inquilinos. Por eso, busquemos en común
un consenso que mejore esta ley; todos los ciudadanos nos lo
agradecerán o nos acusarán por no haberlo logrado.

Para el trabajo en Ponencia, existen una serie de temas que
voy a destacar a continuación. Se debe evitar que esta ley
adolezca de un espíritu excesivamente proteccionista hacia una
de las partes, sean inquilinos o arrendatarios. En la
actualidad se establece un régimen transitorio particularmente
tímido y poco equitativo al perpetuar prácticamente
situaciones arrendaticias claramente injustas, sobre todo las
nacidas de los contratos celebrados antes de 1964.




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La Ponencia, de acuerdo con un principio de equidad y
solidaridad pero sin obstaculizar el desarrollo de un sector
económico, necesita y debe consensuar estas partes. Si,
además, como parece que se pretende, van a coexistir en el
mercado contratos amparados en la nueva ley y contratos
regidos por leyes anteriores obsoletas, que se pueden
calificar incluso de injustas, se debe buscar como objetivo
restaurar la confianza de la sociedad en el mercado
inmobiliario de alquileres, porque ello sólo beneficiará a
algunos de los actuales inquilinos y arrendatarios, pero
perjudicará --y esto quiero subrayarlo--a todos los que vayan
a serlo en el futuro, además de a los arrendadores.

Finalmente, destacaré que, para lograr la confianza, en un
correcto funcionamiento del mercado, de los arrendatarios
urbanos, es urgente establecer procedimientos rápidos,
sencillos y económicos que mantengan el equilibrio entre las
partes intervinientes en el contrato. En ese sentido, sin
duda, es preciso un sistema judicial que garantice, con
uniformidad de criterio y suficiente rapidez, el absoluto
respeto de las partes contratantes a las obligaciones
contractuales libremente asumidas después de una larga
negociación.

Yo quisiera invitar a todos los grupos a trabajar en la
Ponencia, no con fines partidistas o ideológicos puros que,
definitivamente, en esta ley no nos llevan a ningún sitio, nos
llevan a un callejón sin salida y a una confrontación inútil
entre los grupos, como el señor Andreu nos ha querido
plantear, sino que, con un afán de servicio a los propietarios
actuales, a los inquilinos actuales y a los que puedan ser
propietarios y voluntariamente inquilinos en el futuro,
podamos encontrar una ley que, por lo menos, satisfaga a la
mayoría.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Albistur.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Martín.




El señor MARTIN MENIS: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, por encima de todo, es preciso ser realistas, y el
realismo nos obliga a reconocer la existencia de un acuerdo
social muy amplio y a que es imprescindible aprobar una nueva
regulación de arrendamientos urbanos, una ley reclamada por la
sociedad, absolutamente imprescindible para poder dar
satisfacción al precepto constitucional que garantiza a todos
los españoles el acceso a una vivienda digna.

Al final de la pasada legislatura, el Gobierno remitió al
Congreso de los Diputados un proyecto de ley muy semejante al
actual que recibió numerosas enmiendas parciales y a la
totalidad. El nuevo proyecto ha asumido algunas de las
correcciones sugeridas por diversos grupos. Ello explica que
hoy sólo subsista una enmienda a la totalidad.

En honor a la verdad es preciso reconocer que, desde un punto
de vista técnico, es indudable que el nuevo proyecto es mejor
que el anterior y que la nueva ley puede contribuir a superar
la actual dispersión legislativa que, en ocasiones, provoca
conflictos jurídicos difíciles de resolver.

Destaquemos, en primer término, un objetivo fundamental de la
ley, con el que es imposible no estar de acuerdo: la situación
del mercado de viviendas en alquiler en España es una
auténtica aberración, en términos comparativos, y yo diría que
en
absolutos, con los países de nuestro entorno. Como se ha dicho
hoy, tan sólo un 15 por ciento de las viviendas españolas
están en alquiler; además, sabemos que el 80 por ciento de
ellas se rigen por una legislación obsoleta, en teoría
protectora de los inquilinos y, en la práctica, conducente a
una desaparición de ese mercado, a la vez que conducente a la
desaparición de los cascos históricos de todas las ciudades
españolas.

Es indudable que, por su propia naturaleza, existe una
evidente contradicción de intereses entre inquilinos y
propietarios. Corresponde al Estado la protección de las capas
más
desfavorecidas de la sociedad, pero esa tarea no puede
realizarse mediante mecanismos que conduzcan a efectos
contradictorios. Una ley como la que nos ocupa debe fijarse
como objetivo la creación de un marco estable para las
relaciones futuras que estimule la construcción y puesta en el
mercado de numerosas viviendas en alquiler. Es imprescindible
generar un equilibrio razonable, como, a nuestro juicio,
ocurre en el actual proyecto de ley, entre los derechos y
obligaciones de los arrendadores y de los arrendatarios. Las
ayudas imprescindibles dirigidas hacia los jóvenes y hacia las
personas de rentas bajas para que puedan acceder a la vivienda
en alquiler no se pueden hacer más
intentando cargar su coste sobre los propietarios, como se
hizo en el pasado. Esa política sólo consiguió reducir
drásticamente el número de viviendas en alquiler y, como
decía, arruinar antes el patrimonio histórico urbano de
nuestra sociedad.

Tampoco se puede confiar en medidas precipitadas, como fue el
Decreto Boyer, que también provocó efectos perniciosos. Por
ello, pensamos que este proyecto de ley, que es la segunda vez
que se discute en esta Cámara y que ha recibido numerosos
retoques en su elaboración, puede, finalmente, conseguir su
objetivo
esencial.

En lo que atañe a la solución de las situaciones anteriores,
que se pretenden resolver con las disposiciones transitorias,
creemos que el proyecto es mejorable, sobre todo en lo que se
refiere a los mecanismos para comprobar las situaciones de
estado de necesidad de algunos de los inquilinos de renta
antigua, así como a los mecanismos de compensación para
algunos propietarios del mismo régimen que están sufriendo
situaciones radicalmente injustas mediante las cuales se les
ha



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convertido en colaboradores forzosos del Ministerio de Asuntos
Sociales.

La polémica básica en relación al nuevo proyecto se ha
centrado en torno a sus efectos para los pequeños comerciantes
y empresarios, en lo que se refiere a la regulación
transitoria de los locales de negocio. La situación parece
fácil de despejar desde una perspectiva teórica; la activida
comercial o empresarial en una sociedad de mercado debe
ajustarse al máximo a una estructura racional de costes, en
los que debe incluirse la amortización o el alquiler de los
inmuebles donde se desarrolla la actividad comercial,
profesional o empresarial. Los principios de libre competencia
y transparencia de costes que se exigen dentro de la Unión
Europea parecen pedir del Estado una actitud de neutralidad en
las relaciones entre propietarios e inquilinos de locales de
negocio.

Es indudable que estos principios teóricos se ven hoy
condicionados por la grave crisis económica, las enormes
cifras de paro y la conciencia política generalizada de que
hay que incentivar a las pequeñas empresas como motor de la
creación de empleo. Pero ello no debe llevarnos a pretender
sostener a largo plazo actividades improductivas sobre un
falseamiento de los costes empresariales implícitos. Ello no
haría sino alargar la situación de crisis latente.

Es imposible pretender mantener la ficción de que existen
actividades y empleos duraderos y productivos, cuya
remuneración o beneficio se base simplemente en la existencia
de un alquiler muy pequeño absolutamente alejado de los
precios razonables y no especulativos en las mismas zonas.

Hay que solucionar las situaciones del pasado con prudencia,
con extremada prudencia, para no causar daños graves a
determinados pequeños industriales y comerciantes de rentas
modestas, pero evitando la perpetuación de situaciones
antieconómicas en el largo plazo. Por ello, podremos discutir
en las enmiendas parciales si las disposiciones transitorias
previstas por el Gobierno son mejorables, como nosotros
creemos, de cara a la adecuación, con los menores costos
posibles, a un nuevo marco de competencia y modernización que
favorezca la creación de nuevos empleos.

Pero esa necesidad de discutir, perfeccionar y mejorar el
actual proyecto no puede distraernos del objetivo esencial del
actual debate; es preferible apoyar el actual proyecto de ley,
aunque subsistan dudas sobre los efectos que puede
desencadenar en la actual situación de crisis económica en
algunos colectivos, que mantener la situación actual que ya ha
demostrado hasta la saciedad que es perjudicial para los
intereses del conjunto de la sociedad.

Se trata, en definitiva, de reformar la normativa precedente,
la primera, de 1964, y la segunda, que tiene hoy casi dos
lustros de vigencia. Perseguimos los siguientes objetivos,
para nosotros fundamentales: modernizar la sociedad,
revitalizando el mercado inmobiliario, agilizando el mercado
de alquiler de vivienda y locales comerciales. Variar el
régimen de subrogaciones de alquileres considerados
prácticamente a perpetuidad en los contratos acogidos antes
del Decreto-ley de 1964, optando por la supresión gradual de
los derechos de subrogación. La duración de los alquileres no
puede seguir siendo indefinida. La nueva LAU establece un
mínimo de cuatro años. Se mantiene el contrato de subrogación
en el ámbito «mortis causa» a favor de personas con
vinculación directa con el arrendatario y se prohíbe la
subrogación «inter vivos», excepto con la autorización del
arrendador. En los locales comerciales, el derecho de traspaso
sólo se podrá ejercer cuando subsista la misma actividad. El
traspaso no puede considerarse un derecho del arrendatario. La
actualización de alquileres según el IPC. Conservaciones de la
finca imputables a los arrendatarios y un calendario de
actualización de rentas para locales comerciales. Plazo de
duración superior para aquellos arrendamientos de locales en
los que se desarrolle una pequeña explotación.

En resumen, señorías, podemos terminar diciendo que, con base
al artículo 47 de la Constitución Española, la existencia de
una ley especial de arrendamientos urbanos se justifica por la
necesidad de satisfacer el derecho de todos los españoles a
disfrutar de una vivienda digna y adecuada; la vivienda
familiar ha de considerarse bien de primera necesidad y, por
ello, no puede someterse a las normas del libre mercado. Muy
al contrario, el arrendamiento de viviendas familiares deberá
gozar de mecanismos correctores que atemperen el movimiento
liberalizador de la propiedad urbana a las circunstancias
económicas del país y a las exigencias de la justicia.

Una vez más es preciso señalar que la nueva ley supone un
considerable avance en la delimitación de los casos concretos,
que deben ser especialmente tutelados mediante su sustracción
al Código Civil e incluso en una ley especial, como es la de
arrendamientos urbanos. La ley gravita sobre el principio de
que sólo la primera vivienda familiar debe ser objeto de
tratamiento privilegiado, rompiéndose así con situaciones
abusivas de todos conocidas.

Parece encomiable el propósito de que los arrendamientos de
segundas viviendas y locales de negocios pasen gradualmente al
ámbito del Código Civil, señalando el respeto de la ley al
fondo de comercio como único justificante del derecho de
traspaso. No se contemplan situaciones nuevas, como las
suscitadas por la Ley de Divorcio, y, además, integra
especificidades respecto a personas discapacitadas.

Consideramos verdaderamente adecuada la reforma procesal que
contiene, destacando la creación de un recurso de casación
limitado a aquellos casos en los que la doctrina del Tribunal
Supremo pueda ser verdaderamente



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necesaria, sin que por ello se auspicie la litigiosidad
dilatoria.

La devolución del presente proyecto de ley sería frustrante
para amplios segmentos de la ciudadanía y, por el contrario,
las discrepancias con el texto remitido por el Gobierno,
precisamente por puntuales, por su concreción, permiten una
amplia discusión en el seno del debate que se produzca como
consecuencia de la formulación de las enmiendas que se
presenten. Ese es el único debate aconsejable para Coalición
Canaria, hoy imposible. Lo contrario sería frustrante y
supondría una parada en el tiempo, que a nadie, a medio plazo,
beneficiaría.

Nada más, muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martín.

Por el Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Señor Presidente, señorías, señor
Andreu, no le quiero interrumpir en su conversación
telefónica, pero lo que le voy a decir se lo voy a decir con
todo el respeto y con el cariño, incluso, que, personalmente,
le profeso. Ustedes, con una frecuencia me da la impresión que
ya excesiva, están discurriendo por la senda del maniqueísmo
haciendo
reflexiones e imputaciones de carácter político, ya no al
Grupo que sustenta al partido gobernante, sino a todos los
demás. A mí me ha preocupado mucho lo que usted ha dicho: el
pacto --pacto inexistente, como el señor García-Arreciado le
ha comentado--entre las fuerzas conservadoras y el Gobierno, y
el Partido Socialista, como sustento o fundamentación de esta
ley.

Primero, el pacto no existe. Usted no puede pretender
biológicamente que en este Parlamento existan en este momento
dos segmentos, institucional e ideológicamente relevantes: el
de las fuerzas progresistas, representadas en exclusiva por
ustedes, y todos los demás, a los que ustedes califican de
fuerzas
conservadoras, ustedes y la señora Rahola, si quiere, como si
tuviesen una representación institucional y política
simétrica, idéntica. Y la homologación político-ideológica
fuera del progresismo, es decir, ustedes, y del
conservadurismo todos los demás. Esa es una reflexión que,
desde una perspectiva de análisis intelectual, no se puede
tolerar. En primer lugar, el pacto no existe; en segundo
lugar, hay acuerdos y consensos parciales entre los distintos
grupos que tenemos representación en esta Cámara. Y
discrepancias. Nosotros, señor Ministro, consideramos que el
proyecto es notablemente mejorable en algunos aspectos. Usted
ha esbozado, en la presentación del proyecto de ley, dos
posibilidades, la de la mejora --y la ha complementado con
esta reflexión: si ello es posible, que es muy
significativa-- o la de la adhesión. Yo creo que la de la
mejora es la pertinente, señor Ministro, que es mejorable.

Pero no haga usted descalificaciones o calificaciones
políticas de esta naturaleza, señor Andreu, porque aquí hay
grupos parlamentarios y hay Diputados, y es el número, la
cuantía. No hay ningún tipo de reflexión cualitativa
ideológica aquí, es la cuantía, es el número de grupos los que
homologan, los que proveen o los que privan de legitimidad los
proyectos de ley. Ese es el único criterio razonable que cabe
inducir. Y hablar de progresismo y conservadurismo, en los
tiempo que corren, sobre todo, es hablar ya de conceptos que,
por lo menos, requieren relativizaciones y matizaciones
ulteriores, desgraciadamente muy prolijas.

Sin más reflexiones preambulares, señor Presidente, nosotros
le tenemos que decir --y ya lo hemos adelantado-- que
entendemos que este proyecto de ley se puede mejorar. Y,
además, tenemos la seguridad de que se va a mejorar, por el
talante de consenso, el talante receptivo a las propuestas de
otros grupos
parlamentarios. Yo no sé qué le ha pasado a usted, señor
Andreu, pero el talante receptivo que nosotros hemos percibido
--por lo menos con las propuestas de mi Grupo parlamentario, y
nos consta que ha existido con las propuestas de otros grupos
parlamentarios-- en trámite prelegislativo, augura que también
en el trámite parlamentario va a mantenerse esta flexibilidad
intelectual, este talante receptivo y que entre todos vamos a
poder llegar a los consensos políticos y jurídicos que una ley
de esta magnitud, de esta dimensión, requiere.

Le tengo que felicitar, señor Ministro, porque usted ha
demostrado --por segunda vez, porque este proyecto de ley ya
lo presentó en las postrimerías de la Legislatura anterior--
coraje. No todo el mundo se atreve, no todo gobierno se
atreve, a regular esta materia jurídicamente, a presentar un
proyecto de ley sobre los arrendamientos urbanos. Estos
proyectos de ley son
conflictivos y en ellos es terriblemente complicado conciliar
los intereses en contraste, los intereses en contradicción,
ambos legítimos. Incluso son intereses o derechos en colisión
de rango constitucional. Y nada menos que los siguientes: el
derecho a la propiedad, una de cuyas manifestaciones
especiales, según jurisprudencia del Tribunal Constitucional,
es el derecho a cobrar determinadas rentas, sentencias de mayo
y junio de 1987, del Tribunal Constitucional. Lo mismo que
también es una
manifestación especial del derecho de propiedad, que proclama
el artículo 33 de la Constitución, el derecho al cobro de las
pensiones de la Seguridad Social y al cobro de otras rentas de
naturaleza diferente, esto es derecho de propiedad, esto
figura en el artículo 33 de la Constitución, el derecho al
cobro de renta justas, de rentas equitativas, de rentas
contractualmente equilibradas. Y esto lo tenemos que
contrastar con el derecho a disfrutar de una vivienda digna
que proclama otro precepto de la Constitución, el artículo 47.




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Tenemos que conciliar, relativizando ambos derechos
constitucionales, que es lo que ocurre y lo que el
ordenamiento jurídico tiene que hacer siempre que colisionan
derechos constitucionales de signo contrario. Y nosotros
entendemos que esta conciliación de los intereses en contraste
--el derecho a cobrar una renta justa, que es una
manifestación especial del derecho de propiedad, y el derecho
al disfrute de una vivienda digna en alquiler, en alquiler,
que también así se manifiesta el derecho al disfrute de una
vivienda digna, el artículo 47 de la Constitución-- esta ley
no termina de equilibrarlo, no termina de conciliar
razonablemente estos derechos o no lo termina de hacer desde
la perspectiva de los valores superiores del ordenamiento
jurídico que proclama el artículo 1.º de la Constitución: la
justicia, la igualdad, la libertad. ¿Por qué no lo hace?
Porque todavía, señor Ministro, esta ley adolece de un exceso
de proteccionismo a favor de los inquilinos y
particularmente --como ya ha sido comentado por otros
portavoces que me han precedido en el uso de la palabra-- de
los inquilinos sujetos a régimen de prórroga forzosa, todos
los anteriores al Real Decreto-ley de 30 de abril de 1985,
además de los inquilinos cuyas rentas están congeladas, que
son todos los arrendatarios o inquilinos cuyos contratos de
arrendamiento se celebraron antes del año 1964. Estos
inquilinos todavía se benefician de unas rentas congeladas muy
pequeñas, unas rentas congeladas de dimensión ridícula en un
mercado de la vivienda que en los últimos tiempos ha sufrido
una carestía demasiado intensa, desgraciadamente. En nuestra
opinión, esto supone, señor Ministro y señor García-
Arreciado --perdonen, espero que no consideren excesivas estas
reflexiones o estas argumentaciones--, una auténtica
expropiación a los propietarios lesionados con una regulación
jurídica de rentas de esta naturaleza, de esta pequeñez, una
auténtica expropiación, sin los requisitos que se prevén para
la expropiación en el artículo 33 de la Constitución, también:
la existencia de una causa de utilidad pública o interés
social, y la correspondiente indemnización. Y esto no es
mantenible. Pero esto no sólo no es mantenible por las razones
de constitucionalidad que le estoy argumentando y que son
discutibles, señor Ministro; esto no es mantenible por la
razón que usted ha expuesto, en tono tan enfático, además,
cosa por la que nos felicitamos, porque esto desanima a la
cesión de
viviendas en alquiler; esto desanima a la inversión privada
para la construcción de viviendas en alquiler, o para la
construcción de locales de negocio en alquiler y, en
consecuencia, esto está impidiendo no los alquileres actuales,
sino los alquileres futuros. En definitiva, está perturbando,
esto está
obstaculizando el derecho de acceso a la vivienda que proclama
el artículo 47 de la Constitución a través del alquiler para
los inquilinos que hoy no lo pueden ser y lo quieren ser, para
los inquilinos futuros.

Esta es la reflexión ideológica pertinente. Esta es la que nos
tenemos que plantear todos los grupos parlamentarios. Y,
¿cómo? Haciendo lo que dice la exposición de motivos del
proyecto de ley: buscando el equilibrio de prestaciones
contractuales en el contrato de arrendamiento. Y este
equilibrio no existe hoy, porque el régimen transitorio de
este proyecto de ley todavía es tímido, proteccionista, es
todavía insuficiente y probablemente es inconstitucional,
desgraciadamente. ¿Por qué? Porque se excluye de los sistemas
de actualización de las rentas, que usted ha explicado con
lucidez, a aquellos contratos de arrendamiento que afecten a
arrendatarios en los cuales los rendimientos íntegros de la
unidad familiar no superen el 3,5 por ciento del salario
mínimo interprofesional. Esto, en primer lugar, supone un
elemento discriminatorio de dudosa constitucionalidad, de
dudoso ajuste a los requerimientos jurisprudenciales del
principio de igualdad ante la ley, del principio de igualdad
con carácter general que proclaman los artículos 1, 9 y 14 de
la Constitución. Hay muy prolija jurisprudencia del Tribunal
Constitucional que exige que las desigualdades o son objetivas
y razonables o son inconstitucionales, y esta discriminación,
basada en un dato estrictamente económico, basado en la renta
familiar disponible, se nos antoja de más que dudosa
constitucionalidad. Tenemos que buscar otro procedimiento y
nosotros le proponemos uno: la existencia de un fondo público
de protección a la vivienda que permita a aquellos
arrendatarios que no puedan absorber la actualización de sus
rentas, o que permita a los arrendadores, mejor dicho, a
través de los mecanismos de subvención que se prevea en el
ordenamiento jurídico, una compensación por la imposibilidad
del arrendatario de absorber esa renta actualizada. Eso es lo
que nosotros le proponemos, o, si no, vamos a incurrir en una
clara inconstitucionalidad. Tampoco el sistema de
actualización de estas rentas se nos antoja que es el mejor,
señor Ministro. Es muy prolijo, está
técnicamente muy bien concebido, como última «ratio» lo
aceptaríamos, pero nosotros le vamos a proponer en forma de
enmienda uno que consideramos mejor, utilizando los criterios
de la Orden de actuaciones protegibles del año 1993,
utilizando los índices ponderados como sustrato, como
fundamento de este criterio de actualización de rentas de las
actuaciones
protegibles, de los índices ponderados de naturaleza
geográfica, de ámbito geográfico.

Yo le aconsejo que reflexionen de forma ponderada y
cuidadosamente sobre esta enmienda que nosotros le proponemos.

También tenemos dudas, como algún otro grupo parlamentario le
manifestará con toda seguridad, señor Ministro, señor
representante del Grupo Socialista, sobre la previsión de
extinción en materia de locales de negocios de la disposición
transitoria tercera, la previsión de extinción de aquellos
contratos que estén en situación



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de prórroga legal en el momento de entrada en vigor de esta
ley. Las consideraciones en materia de empleo --que las ha
hecho usted, las ha hecho el señor Andreu de forma
contradictoria, las han hecho también los demás portavoces que
han intervenido-- son consideraciones que, en este momento,
tienen una relevancia coyuntural de la máxima trascendencia y
deben ser objeto de la debida ponderación. Yo le aconsejo que
pondere, que todavía reflexione un poco más sobre los efectos
que esta extinción contractual que se prevé en la disposición
transitoria tercera puede tener sobre la estabilidad de
determinados comercios o industrias artesanales, de
determinadas pequeñas industrias que están en régimen de
alquiler, y también sobre determinado tipo de
establecimientos, como son las oficinas de farmacia, que están
sujetos a un régimen de no libre implantación, o son negocios
de no libre creación, y también podemos provocar problemas de
naturaleza incluso sanitaria, de salud pública, de
desabastecimiento en determinados ámbitos geográficos, en
determinados barrios, de los medicamentos que dispensan estas
oficinas de farmacia.

En definitiva, todavía...




El señor PRESIDENTE: Señor Olabarría, le ruego concluya.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Acabo ya con estas reflexiones y
algunas otras, señor Presidente, que hago con suma brevedad.

El régimen procesal que se prevé, que ha sido muy ponderado
por algún otro portavoz, lo consideramos absolutamente
insuficiente. El juicio por desahucio no puede durar todavía
dos años. Esto nos permite hacer dudar de la efectiva
implantación y vigencia del derecho a la tutela efectiva de
jueces y tribunales, que consagra el artículo 24 de la
Constitución. No puede tardar dos años un juicio por
desahucio, bien por falta de pago de la renta o bien por
expiración del plazo contractualmente convenido. Tenemos que
buscar --y nosotros se lo proponemos en forma de enmienda de
adición-- un artículo 36 bis nuevo, un juicio rápido, un
juicio verbal breve para los desahucios. Tenemos que recurrir,
como ha dicho bien el señor Andreu, a procedimientos
arbitrales que reduzcan la litigiosidad en esta materia.

Tenemos que fortalecer los aspectos contractuales y de materia
disponible, por ejemplo, de duración de los contratos.

En definitiva, y ésta es mi última reflexión, señor
Presidente, tenemos que continuar, señor Ministro, señor
García-Arreciado, con el espíritu de consenso que ha
caracterizado al trámite prelegislativo. Si continuamos así,
seguro que entre todos podremos hacer una ley que funcione
eficientemente, que nos cree un buen mercado de
arrendamientos, como proclama la exposición de motivos de la
ley, y que nos haga abandonar definitivamente esa poco honrosa
posición de ser la auténtica cola en Europa en materia de
arrendamientos, de locales y de viviendas en alquiler.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Olabarría.

Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra
el señor Recoder.




El señor RECODER I MIRALLES: Señor Presidente, señorías, de
nuevo inicia la Cámara el debate de la ley de arrendamientos
urbanos, un debate que es bienvenido porque la reforma de la
popular LAU es importante y urgente.

Estamos ante un proyecto de ley que, por necesario, ha sido
reiteradamente reclamado por múltiples voces en este
Parlamento, entre ellas por el Grupo Parlamentario al que
represento a través de diversas iniciativas o de la línea que
coherentemente hemos mantenido en los debates sobre política
de vivienda. A pesar de ello y lamentablemente, el Gobierno,
hasta la anterior
legislatura, en el año 1993, no aprobó el tan esperado
proyecto, remitiendo a las Cortes una propuesta que, a la
tardanza con la que llegaba, debían sumársele notables
defectos técnicos en sus disposiciones y el demérito de no
resolver los problemas
generados al amparo de la Ley vigente y, en cambio, crear
nuevos. Terminó la III Legislatura, decayó aquel proyecto y,
con esta nueva legislatura en marcha, el Gobierno ha remitido
a la Cámara uno nuevo que, aun siguiendo el esquema anterior,
desde nuestro punto de vista supone en su conjunto un paso
adelante básicamente por cuanto mejora aspectos del citado
proyecto anterior que entendíamos --coincidían en ello todos
los sectores afectados--que, de no corregirse y modificarse,
iban a generar un sinnúmero de conflictos judiciales, lo que
constituiría un fracaso y una burla para los que legítimamente
esperaban de la nueva regulación un marco de mayor seguridad
jurídica. A pesar de todo ello, todavía contiene propuestas y
soluciones con las que discrepamos profundamente. Este
proyecto de ley, desde nuestra perspectiva, es francamente
mejorable. Es más, habrá de ser sustancialmente mejorado para
que pueda contar con el apoyo que se reclama de este Grupo
Parlamentario.

La solución al acuciante problema de la vivienda de alquiler
está en conseguir un importante aumento de la oferta, de
manera que se elimine la posición dominante en el mercado del
escaso número de viviendas de arrendamento y se equilibren las
contraprestaciones de propietarios e inqulinos. Para ello, es
preciso que la nueva ley constituya un marco estable con
voluntad de durar años, lo que, combinado con otras medidas,
fundamentalmente de tipo fiscal, y de la garantía de un
período de estabilidad, habría de favorecer que el alquiler
sea una alternativa real a la compra. Ello obliga



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a la Cámara, pero sobre todo al Grupo mayoritario, a realizar
un importante esfuerzo de mejora y consenso en los trámites
sucesivos del debate.

El proyecto de ley, como decía antes, supone un paso adelante
respecto del anterior, pero en su primera parte, es decir, la
que regula el régimen que se aplicará a los nuevos contratos,
aún incorpora aspectos que no nos parecen acertados. En este
sentido, nos parece conveniente, por ejemplo, clarificar el
concepto de temporalidad para no hacer imposible el acceso al
alquiler de quien necesite una vivienda para un período
inferior a cuatro años, sea por motivo de estudios, trabajo o
cualquier otro. También habrá que delimitar mejor, en los
casos en que se produzca un uso dual de la finca, es decir,
vivienda y negocio, cuándo se aplicará el régimen de
arrendamiento de viviendas y cuándo el relativo a usos
distintos.

En determinados supuestos de comunicaciones entre las partes,
arrendatarios-arrendadores, el proyecto continúa sin exigir la
forma escrita o, en algunos casos, fehaciente. Ello nos parece
especialmente importante para evitar conflictos que, al final,
van a tener que resolver los tribunales, lo que también podría
suceder de no clarificarse los mecanismos de actualización de
la renta que, a mi criterio, quedan confusos en el proyecto de
ley. El capítulo relativo a la conservación de la vivienda o a
las distintas clases de obras y a la procedencia o no de la
repercusión de su coste, a pesar de haberse simplificado
considerablemente, continúa siendo francamente mejorable, como
lo son también los artículos relativos a las causas de
resolución y extinción del arrendamiento.

Por lo que se refiere a los arrendamientos de uso distinto del
de vivienda, soy de la opinión de que conviene corregir
algunos aspectos del régimen que con tanta simplicidad dibuja
el
proyecto, incorporando, por ejemplo, tal como se prevé para el
caso de la vivienda, un derecho de adquisición preferente por
el arrandatario en caso de venta del local, configurando la
cesión del contrato que establece el artículo 33 como un
derecho similar al traspaso actual, previendo los cambios que
se puedan producir en el futuro en la personalidad jurídico-
empresarial por
imperativo legal, la continuidad de la empresa a favor de los
herederos del arrendatario cuando éste muera, y los requisitos
para poder acceder a la denominada indemnización por
clientela, que consideramos excesivamente gravosos en la
redacción actual. Otra de las indispensables condiciones por
las que pasa la reactivación del alquiler es la seguridad
jurídica, como ha sido ya puesto de manifiesto por algunos de
los intervinientes anteriores. Creemos que es preciso
restaurar la credibilidad en un sistema judicial quegarantice,
con más celeridad y unidad de criterio, el cumplimiento de las
obligaciones de ambas partes. El capítulo relativo a los
procesos arrendaticios y las
disposiciones adicionales que modifican la Ley de
Enjuiciamiento Civil intentan conseguir ese objetivo e
introduce mejoras en el régimen actual. Pero entendemos que
hay que andarse con cuidado para evitar que, persiguiendo ese
objetivo tan loable, se menoscaben los derechos y garantías de
la parte más desfavorecida o, incluso, se pueda llegar a caer
en la indefensión.

No podemos caer en el error de pensar que, visto que la
justicia a menudo es muy lenta, hay que acortar los plazos de
los
procedimientos, porque ello va en detrimento de los ciudadanos
juzgados pero no va a resolver el problema de fondo, ya que el
tribunal que no resuelve en los plazos que marca la ley aún
respetará menos estos plazos si son más cortos.

Nos parece también muy conveniente limitar, de una vez, el
mecanismo de las enervaciones en el desahucio por falta de
pago, que quiebran la seguridad jurídica y supone, sin lugar a
dudas, una pérdida de tiempo y dinero para los arrendadores;
pero, sobre todo, para los pequeños propietarios, que, al
carecer de una estructura organizada para perseguir a los
morosos, han de hacer frente a los cuantiosos gastos que les
suponen estos procesos. Dicho esto, pienso también que se
deberían introducir garantías para el posible desahuciado de
buena fe o realmente necesitado, garantías consistentes, por
ejemplo, en la indicación en el escrito de interposición de la
demanda y en la notificación de la procedencia o no de la
enervación, en la comunicación a la administración competente
en asuntos sociales, para que pague cuando proceda o deposite
las rentas pendientes, o en una clara diferenciación entre los
supuestos de desahucio por falta de pago y aquellos casos
donde se discuta la disconformidad del
arrendatario por un incremento o una repercusión.

La segunda parte del proyecto es, quizá, menos relevante de
cara a dinamizar el mercado de alquiler, pero, en cambio, es
trascendental por cuanto su objeto lo constituyen los
arrendamientos vigentes en la actualidad y realizados
amparándose, en la mayoría de los casos, en unas normas muy
proteccionistas bajo las cuales se han generado y perviven
auténticas situaciones de injusticia.

Nuestro Grupo coincide con la premisa de que parte el proyecto
de que hay que afrontar estas situaciones. Es más, hace años
que lo venimos reclamando.

También debo decir, con la claridad y rotundidad que convenga,
que si hoy existen rentas congeladas, o rentas que están a
años luz de lo que podríamos considerar como una renta justa,
se debe, en gran parte, a la pasividad de éste y de los
anteriores Gobiernos que, reiteradamente, han omitido utilizar
la facultad de actualización que les confería el artículo 100
de la Ley de



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Arrendamientos Urbanos vigente, tal como ya ha puesto de
manifiesto el propio portavoz del Grupo Socialista.

Sin embargo, ese problema no lo resuelve el proyecto, e
incluso pensamos que crea otros nuevos. Tan malo es pasarse
como no llegar al punto justo de equilibrio, y el proyecto de
ley precisamente peca en ambos sentidos. El Gobierno ha optado
por cargar la supuesta solución del problema práctica y
exclusivamente en los arrendatarios de locales de negocios, a
quienes se les incrementa el alquiler y se les fija un plazo
en relación con la antigüedad del contrato, transcurrido el
cual éste quedará extinguido. Solución esta última que, como
es sabido, nos parece un grave error, puesto que, como decía
antes, no resolverá el problema de fondo, que no es otro que
un problema de renta, pero creará otros nuevos al situar en el
horizonte del comerciante la extinción de su arrendamiento y
la pérdida, en la práctica, de su derecho al traspaso.

Aun cuando debo reconocer que la propuesta actual mejora la
del anterior proyecto de ley, me parece todavía claramente
insuficiente. Pero, además, me pregunto: ¿qué va a suceder,
por ejemplo, con el propietario que tiene viviendas, pero no
tiene ningún local arrendado?, porque el mecanismo de
actualización que se propone para la vivienda, además de
afectar a un pequeño porcentaje del parque de viviendas en
alquiler, es muy radical cuando fija que por encima de un
determinado nivel de renta, hay actualización y por debajo de
ese nivel, no hay actualización. Incluso, ese mismo
radicalismo se reproduce al determinar el momento en el que
hay que computar los ingresos del inquilino, así como de su
familia, para saber si habrá o no actualización. No se tiene
en cuenta que las circunstancias económicas de las familias
son cambiantes, que quien hoy no tiene empleo quizá de aquí a
un año lo va a tener, o que aquella pareja de jubilados que
conviven con dos hijos en casa, que se están ganando la vida
en este momento, puede ser que de aquí a un año y medio se
vayan de casa, se lleven el sueldo, pero dejen el incremento
en el hogar de los padres jubilados. Es evidente que con la
propuesta del Gobierno no van a terminar las rentas
congeladas,
precisamente por lo tajante de la misma.

Somos de la opinión de que también hay que mejorar, y mucho,
ese aspecto del proyecto de ley, introduciendo una mayor
elasticidad, tanto en las cuantías de actualización, como en
los plazos en que ésta debe producirse, y también (y ello nos
parece fundamental) excluyendo de la actualización todos
aquellos casos donde la carga sobre los ingresos del inquilino
vaya a ser demasiado fuerte. En estos casos, debería ser la
Administración la que, a través de medidas fiscales indirectas
o subvenciones directas, satisfaciera las rentas que la
propiedad deje de percibir, o al menos una parte de las
mismas.

Evidentemente, éstos no son los únicos aspectos que nos
preocupan del régimen aplicable a los contratos vigentes,
aunque sí son los más importantes, candentes y, por tanto, los
que van a exigir un mayor esfuerzo de imaginación y consenso
de los grupos
parlamentarios.




El señor PRESIDENTE: Señor Recoder, le ruego concluya.




El señor RECODER I MIRALLES: Termino enseguida, señor
Presidente. En cualquier caso, quiero que quede claro nuestro
planteamiento. Hay que resolver el problema de las viviendas
de renta antigua mediante actualizaciones, cuando sea posible
y cuando no, a través de mecanismos fiscales y subvenciones; y
el problema de los locales comerciales con renta antigua es
precisamente un problema de renta, no de prórroga forzosa, por
lo que no debemos confundir el camino de su resolución.

Dentro de este apartado del proyecto, habrá también que
mejorar otros aspectos, como son los de obras de conservación
y mejora, que entiendo que estaban mal tratados en la Ley de
1964, y continúa mal enfocada su solución en este proyecto de
ley, y algunos otros.

Señor Presidente, señorías, quiero terminar esta intervención
manifestando que, a pesar de las profundas discrepancias que
todavía mantenemos con el proyecto del Gobierno, esperamos y
deseamos que en los sucesivos trámites parlamentarios podamos
acercar posiciones, de forma que nos permitan sumarnos al
consenso final sobre el mismo. Sin lugar a dudas que ello es
responsabilidad de todos, pero fundamentalmente del Grupo
mayoritario, del que esperamos un ejercicio de diálogo
evidentemente y consenso, que incluso nos ha sido brindado por
el señor Ministro en su primera intervención y reiterado por
el portavoz socialista. Asumimos el reto por la parte de
responsabilidad que nos comporta, pero no quisiera terminar
esta intervención sin decir antes, señor Ministro, que
celebramos su oferta de consenso y diálogo, pero esperamos que
su actitud de esta tarde sea sólo el inicio de una actitud que
se va a
reproducir, no sólo en este proyecto de ley, sino en todas
aquellas iniciativas parlamentarias que, a partir de ahora,
usted vaya trayendo a la Cámara.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Recoder.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Ortiz.




El señor ORTIZ GONZALEZ: Señor Presidente, señorías, este
turno de fijación de posición que voy a consumir en nombre de
mi Grupo, en relación con este al fin llegado proyecto de ley
de
arrendamientos urbanos, comporta, por su propia naturaleza,
una doble valoración. De una parte, la valoración de la
enmienda de totalidad de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya y,



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de otra, del proyecto de ley objeto de este debate. En
relación con lo primero, con la valoración de la enmienda de
totalidad de Izquierda Unida, quiero decir que, sin perjuicio
de que en el curso del trámite parlamentario ulterior haya
puntos parciales de coincidencia en enmiendas concretas, no
vamos a apoyar la enmienda a la totalidad.

No pocos maximalismos, esquemas a nuestro juicio excesivamente
radicales, nos parecen incompatibles con la necesidad de que
nuestro ordenamiento jurídico y nuestra política de vivienda
cuenten cuanto antes con una nueva ley de arrendamientos
urbanos. Y si me permite el portavoz de Izquierda Unida --en
su conversación al teléfono--, quiero decirle que, en muchos
años de ejercicio de la abogacía, en ningún manual de Derecho
civil, a la hora de buscar clasificaciones de los
arrendamientos, he encontrado la que él ha propuesto:
arrendamientos de derechas y arrendamientos de izquierdas. Y
quiero decirle más. Quiero decirle que seguramente en aquellos
países donde los arrendamientos se supone que serían de
izquierdas, es donde, justamente, lo que no había era
viviendas.

Dicho esto, insisto en que es fundamentalmente que, cuanto
antes, nuestro ordenamiento jurídico cuente con una nueva
normativa que restablezca el mercado de alquileres, que
paulatinamente los sitúe en niveles europeos y que garantice o
propicie la movilidad geográfica del trabajo. En otras
palabras, y recordando una frase de Manuel Azaña con motivo
del debate de la Ley de Arrendamientos Rústicos, allá por el
año 1933: Mejor este proyecto de ley que ninguno, señorías.

Por eso no vamos a apoyar la enmienda de devolución, que
reabriría un paréntesis análogo al que se produjo con ocasión
de la disolución de las Cámaras y que comportaría la
continuidad de los efectos perniciosos o perversos --y hay que
decir que no todos los efectos fueron perversos-- del Decreto-
ley de 2 de abril de 1985, mejor conocido como decreto-ley
Boyer. Quiero decir, señor Ministro, recordando aquella vieja
frase de que Dios escribe derecho con renglones torcidos, que
seguramente la disolución anticipada de las Cámaras es la que
ha propiciado varias cosas. Un nuevo talante del señor
Ministro, que le agradezco, con respecto al que recuerdo que
tuvo en la pasada legislatura; una mejora importante del
proyecto y un tono de sosiego y de acuerdo --no me atrevo a
decir de consenso-- en todos los bancos de este hemiciclo.

En cuanto a la valoración del proyecto, correlativa a la
anterior, yo sintetizaría con unos pocos adjetivos la que nos
merece el proyecto mismo. El proyecto nos parece, aunque sea
una obviedad, importante, pero con la importancia de las cosas
de cada día, de aquellas cosas que importan a los ciudadanos y
ciudadanas españoles de cada día, al margen de los debates en
los que estamos enfrascados los políticos. El proyecto nos
parece tardío; el proyecto nos parece urgente; y con la
oportunidad de lo que se debió hacer ayer, se hace hoy pero al
menos al fin llega, nos parece oportuno; y el proyecto, en
fin, nos parece perfectible. Pero, más allá de esa condición
que merece toda obra humana, el proyecto nos parece claramente
mejorable, manifiesta, inexcusablemente mejorable; tan
manifiesta y tan inexcusablemente mejorable que tenemos
preparadas 60 o 70 enmiendas parciales, es decir, más de dos
por cada precepto del proyecto, singularmente en materia de
Derecho transitorio.

De la trascendencia del proyecto hablan los hechos y las
reacciones ciudadanas de cada día ante la imposibilidad o
enorme dificultad de acceso a la vivienda, acentuada en esta
etapa de crisis doble: de crisis económica y de crisis
política. De la trascendencia del proyecto en términos de hoy
da la medida la expectación con que la ciudadanía espera ese
proyecto y la frustración o decepción que experimentaría si
quedara «ad kalendas graecas» y si no se superara ese texto
refundido de 1964, que ya tiene una vigencia de 30 años, que
ha cambiado los hábitos sociales y que ha hecho que se pase de
la fórmula --quizás ustedes dirían la cultura; yo digo
fórmula-- del alquiler, del arrendamiento, a la fórmula de la
propiedad: Pero también son conocidos los datos del descenso
del peso de las viviendas en régimen de alquiler en el
conjunto del parque de viviendas. Sólo en la década socialista
--y lamento contradecir al señor Ministro en las cifras que ha
manejado-- se ha
descendido del 20,8 que representaban las viviendas en
alquiler en 1983, a apenas el 15 por ciento en 1993; es decir,
seis puntos, señor Ministro. En la actualidad, España cuenta
con el parque de viviendas más reducido de Europa, como es
bien
conocido, y nuestro 15 por ciento se compara mal con el casi
61 por ciento de la República Federal Alemana, con el 56 por
ciento de Holanda, con el 43 por ciento de Dinamarca, el 37
por ciento de Francia, el 32 por ciento del Reino Unido,
incluso con el 27 por ciento de Italia.

Todos los grupos de la Cámara están de acuerdo en la enorme
trascendencia actual, coyuntural y permanente de este
proyecto, y en lo que concierne a mi Grupo, no quiero
mencionar las veces incontables en las que hemos solicitado un
nuevo proyecto de ley de arrendamientos urbanos.

En su misma trascendencia, sin embargo, el proyecto es --como
he dicho-- tardío. Data de hace 10 años el informe de una
Comisión especial creada en esta Cámara, a la que tuve el
honor de pertenecer entonces, para la revisión de la normativa
sobre arrendamientos urbanos, cuyo informe se publicó en el
Boletín del Congreso el 18 de mayo de 1983; lleva, por tanto,
diez años durmiendo el sueño de los justos en las páginas del
Boletín. Y en estos diez años, no es ocioso recordar que el
compromiso de una nueva regulación de alquileres ha figurado
sistemáticamente en todos los programas electorales del PSOE,
aunque en duro contraste con las



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realidades efectivas posteriores. Recientemente, tanto el
señor Ministro como la Secretaria de Estado, ahora de Medio
Ambiente y Vivienda, no han tenido más remedio que reconocer
que la promoción de viviendas en alquiler constituye una de
las asignaturas pendientes de todos, sin excepción, los
Gobiernos socialistas.

Pues bien, en el marco de esta tardanza indudable, el proyecto
es oportuno, como todo lo que llega tarde, pero al fin llega;
y llega en la triste oportunidad de la crisis económica,
cuando todavía se hace más difícil, si cabe, el acceso a una
vivienda. Ello dada --siento contradecir el triunfalismo del
Gobierno en la materia-- la marcha no plenamente satisfactoria
--yo diría más bien insatisfactoria-- del Plan de vivienda
1992-1995 que, según los datos disponibles, recién llegados
por cierto, de viviendas iniciadas en 1993, se ha descendido
un 7 por ciento con respecto a 1992, cualquiera que sea el
número de viviendas financiadas, que es el punto de referencia
que se utiliza ahora por el Gobierno a la hora de las
estadísticas en materia de política de vivienda.

Con todas estas matizacionees, el proyecto es oportuno, porque
es difícil llegar más abajo, a los niveles de insatisfacción
por la práctica imposibilidad de acceso a una vivienda.

El proyecto, en definitiva, es la pieza que faltaba para poder
hacer una política de vivienda. Es difícil entender cómo se ha
pretendido hacer política de vivienda en estos diez años sin
una Ley de Arrendamientos Urbanos. Será lo que dé sentido a
iniciativas tan loables pero tan inviables como la de los
Fondos de Inversión Inmobiliaria, creados hace poco más de un
año, por cierto, a espaldas de esta Cámara y a través de un
trámite de enmienda en el Senado, de los cuales no se ha
creado ni uno solo. En reciente comparecencia de la Secretaria
de Estado tuve la oportunidad de preguntarle cuántos Fondos de
Inversión Inmobiliaria se han creado. Me respondió: Ninguno en
este momento. Con un proyecto de ley de arrendamientos urbanos
convertido en ley serán viables los Fondos de Inversión
Inmobiliaria, siempre que también se arregle la cicatería
fiscal en la materia.

Entrando en los objetivos que, a nuestro juicio, debe tener un
proyecto de ley de arrendamientos urbanos en el marco de una
política global de vivienda, señalaría tres: en primer lugar,
el restablecimiento progresivo pero acelerado del mercado de
alquileres; en segundo lugar, el equilibrio entre los
intereses encontrados de arrendadores y arrendatarios, pero
con una clara distinción de ámbitos, porque cuando hablamos de
arrendamiento de vivienda estamos en presencia de una
normativa forzosamente tuitiva y protectora, mientras que
cuando hablamos de arrendamientos de local de negocio, no
debemos olvidar que estamos pisando el ámbito del Derecho
mercantil y, consiguientemente, el principio de autonomía de
la voluntad de las partes, que si merece respeto en el régimen
de arrendamiento de vivienda, merece mucho más respeto y mucho
más atención en el arrendamiento de local de negocio.

Pues bien, el proyecto el perfectible, es claramente
mejorable, es necesariamente mejorable, y a estas mejoras,
señorías, señor Ministro, está condicionado nuestro apoyo al
proyecto.

Aprovecho para decirle al portavoz de Izquierda Unida que,
desde luego, en lo que concierne a mi Grupo no hay pacto, no
hay consenso. No dudo de que pueda haberlo aceptando la
invitación del Ministro.




El señor PRESIDENTE: Señor Ortiz, le ruego concluya.




El señor ORTIZ GONZALEZ: Voy acabando, señor Presidente.

Nos parecen importantes aspectos de insatisfacción, en primer
lugar, el problema de la duración de los contratos de
arrendamiento de vivienda «ex novo», que estimamos rígida con
el establecimiento de un mínimo de cuatro años y de prórrogas
por bloques de cuatro años. Nosotros vamos a una fórmula de
duración un poco más larga, con prórrogas por períodos
anuales, que nos parece más flexible, naturalmente después de
proclamar el principio de autonomía de las partes para fijar
la duración del contrato que tengan por conveniente.

En el arrendamiento de local de negocio, en particular en los
futuros contratos, la regulación debe ser más realista y más
acomodada a las exigencias del comercio y de la industria,
previendo fórmulas de valoración de la clientela y del fondo
de comercio en la extinción de los contratos en determinados
supuestos.

Es claramente mejorable, como se ha dicho por algunos otros
portavoces, el tratamiento procesal de los juicios
arrendaticios en la línea de una mayor acumulación de actos
procesales. En cuanto a la regulación de las situaciones
transitorias, y, en particular, a los arrendamientos de
vivienda, un tema que ha tocado el portavoz del Grupo Vasco
(PNV), nos parece absolutamente esencial: no se puede hacer
gravitar sobre los arrendadores la imposibilidad de no
revisar, de no actualizar las rentas, cuando se trate de
unidades familiares cuyos rendimientos sean menores de tres
veces y media el salario mínimo interprofesional. Entendemos
que debe ser la colectividad la que, de alguna manera, soporte
esta carga, bien por la vía de una deducción como gasto del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, o bien
complementando esta fórmula por la vía de la subvención.

También en la regulación del derecho transitorio en
arrendamientos de locales de negocios nos parece poco
satisfactoria la ley y no operativa, además de contraria al
fomento del empleo la distinción entre empresas con más y con
menos de cinco trabajadores a la hora de fijar la duración de
los contratos. (Rumores.)



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El señor PRESIDENTE: Señorías, ruego guarden silencio. Señor
Ortiz, le ruego concluya.




El señor ORTIZ GONZALEZ: Termino, señor Presidente.

Nosotros nos movemos en una propuesta de un plazo
razonablemente más largo, y entendemos que debe establecerse
un período adicional de cinco años para aquellos arrendatarios
que acepten la actualización de la renta con carácter
inmediato o al menos en el año de vigencia desde la
promulgación de la ley.

Acabo, señor Presidente, insistiendo en que hacen falta,
además, en este proyecto de ley, o al margen de él, medidas de
fomento del alquiler; medidas fiscales y financieras. En esta
línea proponemos la revisión de la regulación de los fondos de
inversión inmobiliaria y el establecimiento de coeficientes
reductores del rendimiento fiscal neto cuando se produzcan
elevaciones de alquileres en los empresarios sujetos a
regímenes de estimación objetiva de sus rendimientos.

Esta es nuestra valoración de la totalidad del proyecto.

Creemos en sus imperfecciones, y por eso el proyecto debe ser
inexcusablemente mejorado; a estas mejoras condicionamos
nuestro apoyo, siempre sobre la base de la voluntad política
de acuerdo, que parece que ha expresado el señor Ministro y
que es forzoso que mantenga en las conversaciones que será
necesario iniciar. En nuestro caso, y ahora sí acabo, señor
Presidente, lo que nos importa es que este país cuente cuanto
antes con una nueva ordenación de los arrendamientos urbanos
que nos sitúe a niveles europeos y que de verdad sea la
expresión de que hay una opción para el ciudadano y la
ciudadana que buscan una vivienda, en propiedad o en alquiler,
y que nos sitúe con presencia efectiva en niveles europeos.

Muchas gracias, señor Presidente. (El señor Andreu Andreu pide
la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Andreu, ¿qué desea?



El señor ANDREU ANDREU: Señor Presidente, deseo intervenir
porque he sido aludido prácticamente por todos los grupos
parlamentarios.




El señor PRESIDENTE: Señor Andreu, no ha habido alusiones. Ha
habido fijación de posiciones sobre la enmienda que está en
debate, que es la defendida por su señoría. (El señor Ministro
de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente, Borrell
Fontelles, pide la palabra.)
Señor Ministro, tiene la palabra.




El señor MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTE Y MEDIO
AMBIENTE (Borrell Fontelles): Señorías, sin ningún ánimo de
reabrir el debate, simplemente para agradecer a todos los
grupos parlamentarios el talante con el que han abordado la
discusión de esta tarde y comprometerme con ellos a trabajar
para construir el consenso que permita mejorar el proyecto de
ley, tal como ellos han manifestado.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ministro.

Votación relativa a la enmienda de totalidad que postula la
devolución al Gobierno, por parte de Izquierda Unida, del
proyecto de ley de arrendamientos urbanos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 280; a favor, 15; en contra, 265.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda de totalidad.

Se levanta la sesión.




Eran las seis y cincuenta minutos de la tarde.