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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 63, de 14/04/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE
Año 1994 Núm. 63 V Legislatura
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FELIX PONS IRAZAZABAL
Sesión Plenaria núm. 62
celebrada el jueves, 14 de abril de 1994



Página



ORDEN DEL DIA:



Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre
Convenios Internacionales:



--Canje de Notas Constitutivo de Acuerdo entre el Reino de
España y la República de San Marino sobre la supresión de
exigencia de pasaportes. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie C, número 55.1, de 20 de diciembre de 1993
(número de expediente 110/000049) (Página 3091)
--Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino
de España y la República de Colombia, firmado en Madrid el 28
de abril de 1993. «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Serie C, número 56.1, de 20 de diciembre de 1993 (número de
expediente 110/000050) (Página 3091)
--Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa
relativo a la readmisión de personas en situación irregular,
firmado en Granada el 15 de febrero de 1993. «Boletín Oficial
de las Cortes Generales», Serie C, número 57.1, de 20 de
diciembre de 1993 (número de expediente 110/000051) (Página 3092)
--Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno del Reino
de España y el Gobierno de la República de Indonesia, relativo
a los servicios aéreos regulares. «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Serie C, número 58.1, de 21 de diciembre de
1993 (número de expediente 110/000052) (Página 3092)



Página 3086




--Acuerdo para la promoción y protección recíproca de
inversiones entre el Reino de España y la República Tunecina,
firmado en Madrid el 28 de mayo de 1991 y Canje de Notas de 10
de mayo de 1993 y de 13 de septiembre de 1993. «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Serie C, número 59.1, de 21
de diciembre de 1993 (número de expediente 110/000053) (Página 3092)
--Denuncia del Acuerdo de supresión de Visados entre España y
la República de Gambia constituido por Canje de Notas de 9 y
10 de junio de 1966. «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Serie C, número 60.1, de 21 de diciembre de 1993
(número de expediente 110/000054) (Página 3092)
--Canje de Notas Constitutivo de Acuerdo entre el Reino de
España y la República de Turquía sobre exención de visado para
pasaportes diplomáticos y de servicio, realizado en Madrid el
9 de agosto y 25 de octubre de 1993. «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Serie C, número 61.1, de 21 de diciembre de
1993 (número de expediente 110/000055) (Página 3092)
--Convenio sobre Arreglo de Diferencias relativas a
Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados, hecho
en Washington el 18 de marzo de 1965. «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Serie C, número 83.1, de 21 de febrero de
1994 (número de expediente 110/000075) (Página 3092)



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley de medidas urgentes para la cinematografía.

(Procedente del Real Decreto-Ley 19/1993, de 10 de diciembre.)
«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
44.1, de 4 de enero de 1994 (número de expediente 121/000027)
(Página 3093)
--Proyecto de Ley por la que se regulan las empresas de
trabajo temporal. «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Serie A, número 43.1, de 4 de enero de 1994 (número de
expediente 121/000033) (Página 3102)



Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas:



--Proyecto de Ley de creación de la Universidad de Burgos.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
55.1, de 2 de marzo de 1994 (número de expediente 121/000037)
(Página 3120)



Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley Orgánica para la cooperación con el Tribunal
Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos
responsables de violaciones graves del derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia.

«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Serie A, número
46.1, de 4 de enero de 1994 (número de expediente 121/000028.)
(Corrección de error en «B.O.C.G.», Serie A, número 46.2, de
26 de enero de 1994) (Página 3128)



SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco de la mañana.




Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre
Convenios Internacionales (Página 3091)



Canje de notas constitutivo de acuerdo entre el Reino de
España y la República de San Marino sobre la supresión de
exigencias de pasaportes (Página 3091)



Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino
de España y la República de Colombia, firmado en Madrid el 28
de abril de 1993 (Página 3091)



Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa
relativo a la readmisión de personas en situación irregular,
firmado en Granada el 15 de febrero de 1993 (Página )
Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno del Reino de
España y el Gobierno



Página 3087




de la República de Indonesia, relativo a los servicios aéreos
regulares (Página 3092)



Acuerdo para la promoción y protección recíproca de
inversiones entre el Reino de España y la República Tunecina,
firmado en Madrid el 28 de mayo de 1991, y Canje de Notas de
10 de mayo de 1993 y 13 de septiembre de 1993 (Página 3092)



Denuncia del Acuerdo de supresión de visados entre España y la
República de Gambia constituido por Canje de Notas de 9 y 10
de junio de 1966 (Página 3092)



Canje de Notas constitutivo de acuerdo entre el Reino de
España y la República de Turquía sobre exención de visado para
pasaportes diplomáticos y de servicio, realizado en Madrid el
9 de agosto y 25 de octubre de 1993 (Página 3092)



Convenio sobre Arreglo de Diferencias relativas a inversiones
entre Estados y nacionales de otros Estados, hecho en
Washington el 18 de marzo de 1965 (Página 3092)



No interviniendo ningún Grupo de la Cámara para fijar su
posición en relación con estos convenios, se procede a la
votación de los mismos. Sometido a votación el dictamen
relativo al Canje de Notas constitutivo de acuerdo entre el
Reino de España y la República de San Marino sobre la
supresión de exigencia de pasaportes, se aprueba por 258 votos
a favor y una abstención. Sometido a votación el dictamen
relativo al Tratado sobre traslado de personas condenadas
entre el Reino de España y la República de Colombia, firmado
en Madrid el 28 de abril de 1993, fue aprobado por 262 votos a
favor, uno en contra y una abstención.

Sometido a votación el dictamen relativo al Convenio entre el
Reino de España y la República Portuguesa relativo a la
readmisión de personas en situación irregular, firmado en
Granada el 15 de febrero de 1993, se aprueba por 267 votos a
favor. Sometido a votación el dictamen relativo al Acuerdo
sobre Transporte aéreo entre el Gobierno del Reino de España y
el Gobierno de la República de Indonesia, relativo a los
servicios aéreos regulares, se aprueba por 271 votos a
favor.Sometido a votación el dictamen relativo al Acuerdo para
la promoción y protección recíproca de inversiones entre el
Reino de España y la República Tunecina, firmado en Madrid el
28 de mayo de 1991, y Canje de Notas de 10 de mayo de 1993 y
de 13 de septiembre de 1993, se aprueba por 273 votos a favor.




Sometido a votación el dictamen relativo a la Denuncia del
Acuerdo de supresión de visados entre España y la República de
Gambia, constituido por Canje de Notas de 9 y 10 de junio de
1966, se aprueba por 276 votos a favor y una abstención.

Sometido a votación el dictamen relativo al Canje de Notas
constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la
República de Turquía sobre exención de visado para pasaportes
diplomáticos y de servicio, realizado en Madrid el 9 de agosto
y 25 de octubre de 1993, de aprueba por 277 votos a favor y
uno en contra.

Sometido a votación el Convenio sobre Arreglo de Diferencias
relativas a inversiones entre Estados y nacionales de otros
Estados, hecho en Washington el 18 de marzo de 1965, se
aprueba por 279 votos a favor.




Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas
(Página 3093)



Proyecto de ley de medidas urgentes para la cinematografía
(Página 3093)



El señor Cortés Martín defiende las enmiendas del Grupo
Popular. Comienza afirmando que el Grupo Popular quiere un
marco estable para nuestra cinematografía que sea, por un
lado, con rango el legal de la norma y, por otro, derivado de
un acuerdo parlamentario amplio. Es ese marco estable la única
posibilidad de que en España se pueda crear una industria
cinematográfica, que es una de nuestras grandes carencias, si
no la principal, que tiene nuestro cine. Ese marco tiene que
ser, sin embargo, claramente distinto del que en los últimos
años ha hundido al cine español en una crisis sobre cuya
gravedad sí existe acuerdo por parte de todo el mundo, aunque
se pueda discrepar en cuanto a las causas. De ahí que el Grupo
Popular presentase en el debate de totalidad un texto
alternativo que suponía una auténtica ley de fomento del cine
español con una serie de medidas que, al haber sido rechazadas
en Comisión, mantienen en este momento en el Pleno.

Sabido es, además, que en el debate en Comisión, en lugar de
incorporarse mejoras al texto del proyecto éste ha sido
empeorado, hasta el punto de que



Página 3088




si no se introducen algunas correcciones será muy difícil
poder establecer ninguna discriminación en favor de las
películas españolas, ya que cualquier película comunitaria
podrá acceder en condiciones de igualdad a las ayudas
previstas para las películas españolas, algo que, con buen
sentido, no se decía en el texto del Gobierno. Tampoco
considera acertadas las modificaciones introducidas en
Comisión en relación con los plazos de vigencia de las
licencias de doblaje. Respecto a las ayudas a las películas,
defiende la enmienda 44 de su Grupo, según la cual un 80 por
ciento de esas ayudas se conceden de manera automática sin
necesidad de que decidan jurados, reservándose el 20 por
ciento restante para el cine de primeros realizadores o de
especial calidad.

Alude, por último, al control de taquilla, que considera
imprescindible para un sistema basado principalmente en las
subvenciones automáticas, como el contenido en su proyecto
alternativo, lamentando que el dictamen no otorgue rango legal
a dicho control, ya que es la única forma de que el sistema de
sanciones e infracciones que contempla el proyecto pueda
llevarse a cabo con un mínimo de seguridad jurídica.

El señor Mardones Sevilla defiende las enmiendas del Grupo de
Coalición Canaria, manifestando que en muchos aspectos
coinciden con la línea de fondo expuesta por el portavoz del
Grupo Popular. Insiste en los argumentos expuestos en Comisión
en torno a los problemas que rodean a la industria del cine y
que son tanto de orden financiero como de distribución, y
fundamentalmente de exhibición, ante los cuales se encuentra
desprotegida con este proyecto de ley. Seguidamente expone el
contenido concreto de sus enmiendas números 17 a 36, afirmando
que van en una línea de cooperación y colaboración por
entender que no se trata de un campo de discusión partidista
sino de seguir una política de Estado en favor de nuestra
industria cinematográfica, en su vertiente cultural, y
también, por supuesto, en sus aspectos económicos y laborales.

El señor González de Txabarri Miranda defiende las enmiendas
del Grupo Vasco (PNV), señalando que la posición expresada por
el señor Mardones en relación con este proyecto de ley
coincide básicamente con la que mantiene el Grupo Vasco. Pide,
consiguientemente, a la señora Ministra de Cultura que
reflexione sobre estas coincidencias de dos grupos de la
Cámara en torno a este proyecto, que desde su punto de vista
no responde a las necesidades de los ciudadanos. Recuerda que
en el debate de totalidad se opusieron a las enmiendas del
Grupo Popular en la esperanza de que en los trámites
parlamentarios posteriores fueran capaces de introducir
mejoras en el proyecto, lo que lamentablemente no se ha
conseguido ante el rechazo sistemático de todas y cada una de
las enmiendas presentadas por los distintos grupos de la
Cámara. Agrega que los argumentos sobre la necesidad de
modificar el proyecto están dados hasta la saciedad, mostrando
su extrañeza al encontrar todas las puertas cerradas en
relación con los mismos. Por consiguiente, da por defendidas
sus enmiendas y solicita que se sometan a votación. El señor
Alcaraz Masats defiende las enmiendas del Grupo Izquierda
Unida-Iniciativa per Cataluña. Señala que, a su juicio, habría
que apostar fuertemente por la industria nacional del cine
basada en nuestra especificidad cultural, en la dirección que
marca el proyecto de ley, aunque, a su parecer, con excesiva
timidez. No se trata de vetar al buen cine norteamericano sino
de proteger los intereses nacionales y que aquel cine no ocupe
el cien por cien de nuestras pantallas, independientemente de
la dudosa calidad de muchas de sus películas. Sobre este
particular, entiende que el dictamen de la Comisión ha
empeorado en alguna medida el contenido del proyecto,
fundamentalmente como consecuencia de la aceptación de algunas
enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió). En todo
caso, anuncia que, aun sin compartir tales enmiendas, seguirán
apoyando un proyecto de ley que califica de mínimos, pero
absolutamente necesario para la protección de nuestra
industria cinematográfica y la expresión cultural española sin
complejos.

En turno en contra de las enmiendas interviene, en nombre del
Grupo Socialista, el señor Clotas i Cierco, manifestando que
España es uno de los pocos países que puede enorgullecerse de
tener un cine que sigue adelante y que recientemente ha
obtenido un Oscar, a pesar de la situación de crisis por la
que atraviesa, al igual que la cinematografía europea en
general. Precisamente la obtención del Oscar en cuestión
significa, a su juicio, que la política que se está llevando a
cabo no es tan equivocada como pretenden algunos Grupos.

A continuación alude a las enmiendas que se mantienen vivas al
proyecto de ley, agrupándolas por razón de su contenido y
resaltando la gran coincidencia de todos los grupos de la
Cámara en la voluntad de que exista un cine español y en la
creencia de que éste no existirá sin medidas de protección.

Cree que es en estas dos afirmaciones en las que se basa el
consenso que, a pesar de las enmiendas que se mantienen, está
detrás del proyecto de ley del Gobierno socialista.




Página 3089




Expone la postura del Grupo Socialista en relación con las
enmiendas mantenidas al proyecto de ley, destacando que no se
trata de discrepancias fundamentales, por lo que el Grupo
Socialista mantiene su apoyo al texto del dictamen tal como ha
salido de la Comisión.

Se procede a las votaciones de las enmiendas al proyecto de
ley de medidas urgentes para la cinematografía, así como del
texto del dictamen, que es aprobado por 177 votos a favor, 128
en contra y ocho abstenciones.




Proyecto de ley por la que se regulan las empresas de trabajo
temporal (Página 3102)



El señor Fernández Díaz defiende las enmiendas del Grupo
Popular. Afirma que su Grupo coincide básicamente con la
conveniencia de regular este tipo de empresas en coherencia
con lo que está siendo el comportamiento de los países que
componen la Unión Europea, conscientes de que es bueno para la
economía nacional y es bueno para un mejor funcionamiento del
mercado de trabajo homologar nuestras instituciones con las de
los países que conforman la Unión Política y Económica. Desde
la básica aceptación de la regulación que se da en el proyecto
de ley, se les han aceptado algunas enmiendas en Comisión,
manteniendo, no obstante, siete enmiendas vivas desde la
convicción absoluta de que con su aceptación se contribuiría a
una mejor regulación de este tipo de empresas que están
operando en nuestro país, por lo que será bueno que podamos
adecuar la realidad legal a la realidad social.

Expone el contenido de las siete enmiendas en cuestión,
reiterando que con su aceptación se mejoraría, en su opinión,
el proyecto de ley. El señor Olabarría Muñoz defiende las
enmiendas del Grupo Vasco (PNV). Comienza formulando una serie
de consideraciones en torno al Estado del bienestar y las
profundas mutaciones a las que estamos asistiendo en torno a
nuestras estructuras económicas y sociales y de producción, a
las que no es ajena la reforma del mercado de trabajo y del
propio Derecho del trabajo dentro de la revolución silenciosa
general a la que asistimos. Respecto al proyecto de ley objeto
de debate, entiende que el mismo es perfectible desde tres
ámbitos o puntos de vista y a ellos se dirigen las enmiendas
que ahora defiende. Expone el contenido de estas enmiendas,
agrupándolas en un primer apartado de tema competencial y otro
bloque de enmiendas de carácter heterogéneo y referente a
mejoras técnico-jurídicas de un proyecto de ley que,estando
bien concebido en su conjunto, cree que admite correcciones de
estricta técnica legislativa.

El señor Olarte Cullen defiende las 27 enmiendas del Grupo de
Coalición Canaria, algunas relativas a correcciones técnico-
jurídicas, mientras que otras abordan cuestiones más
esenciales y requieren una lectura política evidente. Expresa
su coincidencia con las manifestaciones formuladas en esta
tribuna en torno a algunas cuestiones de tema competencial, a
la vez que procuran aportar mejoras en la protección que, a su
juicio, deben tener las sociedades cooperativas.

Seguidamente expone a la Cámara el contenido de las numerosas
enmiendas mantenidas por su Grupo a este proyecto de ley. El
señor Ríos Martínez defiende las enmiendas de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya. Expone que el Gobierno, desde su
punto de vista, no ha abordado la reforma del Inem facilitando
de verdad su capacidad de intermediación en el mercado
laboral, dando lugar a que aparecieran una serie de empresas
que no sabe si definir como alegales o ilegales, sin que
actuara la Inspección de Trabajo. En esta situación se
encuentran hoy con que la iniciativa privada les presiona para
legalizar lo que ya funciona, dar cobertura legal a unas
empresas que, en algunos casos, vienen facturando cientos de
millones de pesetas.

Izquierda Unida no critica el que se aborde la regulación de
estas empresas sino el que no se aborde en su conjunto la
incidencia de las mismas sobre la intermediación del mercado
laboral. Añade que la incorporación de estas empresas al
mercado laboral sin abordar otro tipo de actuaciones va a
generar cuatro grandes defectos en ese mercado, como son, en
primer lugar, incrementar la flexibilidad; segundo, introducir
un elemento privatizador que ya existe, pero al que se va a
dar el beneplácito; tercero, descentralizar la actividad
laboral y flexibilizar las relaciones de trabajo y, cuarto y
más grave, fortalecer las relacionesempresariales y
relativizar el peso y la presencia de los sindicatos en la
intermediación laboral. La situación descrita ha llevado a su
Grupo Parlamentario a presentar numerosas enmiendas al
proyecto de ley, exponiendo acto seguido el contenido de las
mismas.

El señor Mur Bernad, del Grupo Mixto, defiende las enmiendas
presentadas, aclarando que las mismas van dirigidas a mejorar
parcialmente aspectos muy puntuales de un proyecto de ley con
el que está básicamente de acuerdo. Da lectura al contenido de
esas enmiendas y concluye reiterando su apoyo al conjunto del
proyecto de ley, que llega tarde a la Cámara, aunque más vale
tarde que nunca.




Página 3090




El señor Albistur Marín, del Grupo Mixto, pide que se den por
defendidas las enmiendas de sus compañeros de Grupo señora
Rahola i Martínez y señor González Lizondo. Respecto a sus
enmiendas personales, procede a su retirada a la vista de la
nueva redacción dada en Comisión al artículo 11.a) En turno en
contra de las enmiendas al proyecto de ley interviene, en
nombre del Grupo Socialista, el señor Barrionuevo Peña, que
comienza agradeciendo el espíritu de cooperación que ha
presidido los trabajos en torno a esta ley, tanto en Comisión
como en Pleno. Dicho espíritu de cooperación se ha puesto
también de manifiesto en la aceptación de un importante número
de enmiendas de prácticamente todos los Grupos de la Cámara,
permitiendo mejorar un proyecto de ley que ya tenía una
factura técnica apreciable tal como había sido remitido por el
Gobierno. En esa línea de mejora técnica del proyecto tienen
el propósito de seguir avanzando.

Al pronunciarse seguidamente sobre las enmiendas defendidas
por los distintos Grupos Parlamentarios expone la posición del
Grupo Socialista en relación con dichas enmiendas, presentando
sobre algunas de ellas textos transaccionales.

Replican los señores Olabarría Muñoz, Olarte Cullen y Ríos
Martínez, duplicando el señor Barrionuevo Peña.

Para fijar su posición interviene el señor Hinojosa i Lucena,
en nombre del Grupo Catalán (Convergència i Unió).

Se procede a las votaciones de las enmiendas mantenidas al
proyecto de ley, así como del texto del dictamen, que es
aprobado.




Tramitación directa y en lectura única de iniciativas
legislativas (Página 3120)



Proyecto de ley de creación de la Universidad de Burgos
(Página 3120)



Presenta el proyecto de ley, en nombre del Gobierno, el señor
Ministro de Educación y Ciencia (Suárez Pertierra), que
expresa su satisfacción por la oportunidad de presentar ante
el Pleno de la Cámara el proyecto de ley de creación de la
Universidad de Burgos. Alude a las crecientes demandas de la
sociedad respecto a la Universidad, lo que obliga a las
instituciones de educación a atender las necesidades de
formación de una gran parte de la población a través de un
número creciente de especialidades. En este marco de demanda
social el Gobierno propone la creación de una nueva
universidad en Burgos, concebida como una institución de
tamaño intermedio, aunque con dimensiones eficientes y con un
perfil orientado a la formación de profesionales cualificados
en las áreas tecnológicas, jurídico-económicas y sociales,
vinculadas con la demanda empresarial. Añade que la creación
de esta universidad viene a reconocer un hecho objetivo como
es la existencia en Burgos de una estructura universitaria
madura que sitúa a esa ciudad en el entorno de universidades
ya consolidadas y por encima de algunas de reciente creación.

Se trata, por un lado, de reconocer la madurez del campus
universitario de Burgos, otorgándole el estatuto jurídico y
los medios precisos para aprovechar mejor y desarrollar con
eficacia el capital humano y científico acumulado.

El señor Aparicio Pérez defiende las enmiendas del Grupo
Popular. Destaca la importancia de la creación de la
Universidad de Burgos después de largos años de espera, si
bien dicha universidad va a nacer en un momento especialmente
difícil, como es la situación de fuerte crisis económica, de
un lado, y, de otro, el proceso de transferencias, que va a
hacer más compleja la necesaria unidad de voluntades que se
requiere para empezar un proyecto nuevo. Añade que se
encuentran ante un proceso de emancipación o segregación de
esta nueva universidad respecto a la que hasta ahora ha venido
dando cobertura universitaria a la provincia de Burgos,
considerando el Grupo Popular que se deben extremar las
precauciones para evitar conflictos innecesarios en ese
proceso. De ahí que haga una llamada a la responsabilidad de
todos lo que deben participar en el mismo. Apela también al
sentido de generosidad de todos, a la vez que pide al Gobierno
el compromiso de ayuda financiera y presupuestaria a esta
nueva universidad. El señor González Blázquez defiende las
enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Expresa su satisfacción por la creación de esta
universidad al dotar, en la medida de lo posible, de plazas de
enseñanza superior a la Universidad de Burgos, atendiendo a
las demandas de la sociedad. Espera que con su creación se
consigan los objetivos perseguidos y que constan en el
apartado 2 de la exposición de motivos del proyecto.

Seguidamente da lectura a las cuatro enmiendas presentadas al
proyecto de ley, considerando que las mismas contribuyen a
enriquecer el proyecto de creación de esa Universidad, por lo
que solicita para ellas el apoyo de la Cámara. En todo caso,
anuncia que votarán favorablemente el proyecto de ley, al que
sus enmiendas sólo tratan de enriquecer, como antes decía.




Página 3091




En turno en contra de las enmiendas interviene, en nombre del
Grupo Socialista, el señor Sanz Díaz. Comienza resaltando el
paso decisivo que supone la creación de la Universidad de
Burgos para la consolidación y desarrollo de la enseñanza
superior en un campus que en los últimos años ha experimentado
un importante crecimiento. Lo que hoy hacen es reconocer una
realidad universitaria madura, proporcionando los instrumentos
jurídicos y materiales para que se desenvuelva con alto nivel
de calidad y adquiera una proyección y dinamismo nuevos.

Agrega que la creciente demanda educativa de la sociedad
española ha tenido una expresión particularmente significativa
en Burgos con la creación de nuevos centros y titulaciones,
dotación de nuevos edificios y medios materiales e incremento
de personal, permitiendo que una demanda que en el año 1982
estaba en 3.500 alumnos haya pasado en este momento de 10.000.

Alude a otras razones objetivas que apoyan la creación de esta
Universidad y a las esperanzas que la sociedad burgalesa ha
puesto en esa creación y termina dando cuenta del contenido de
las enmiendas presentadas al proyecto por el Grupo Socialista,
así como fijando la posición del mismo en relación con las
enmiendas de los Grupos Popular e Izquierda Unida. Replican
los señores Cisneros Laborda y González Blázquez, duplicando
el señor Sanz Díaz.




Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas
(continuación) (Página 3128)



Proyecto de ley orgánica para la cooperación con el Tribunal
Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos
responsables de violaciones graves del derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia
(Página 3128)



Presenta el proyecto de ley, en nombre del Gobierno, el señor
Ministro de Justicia (Belloch Julbe). Menciona la resolución
827, del año 1993, del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas
por la que se aprueba la propuesta de creación de un tribunal
internacional para enjuiciar a los presuntos responsables de
graves violaciones contra el derecho internacional cometidas
en el territorio de la antigua Yugoslavia. La propia
resolución decidió que todos los Estados de la comunidad
internacional debían cooperar con el tribunal creado,
cooperación que obliga a adoptar en el ámbito del Derecho
interno de cada uno de los Estados de la comunidad
internacional una serie de medidas tendentes, en primer lugar,
a aplicar las disposiciones contenidas en la propia resolución
de las Naciones Unidas; en segundo término, a respetar el
estatuto de ese tribunal internacional; tercero, a asistirle y
cumplir sus resoluciones, así como a contribuir a su
sostenimiento con fondos y servicios. Añade el señor Ministro
que el proyecto de ley que presenta la Cámara, en nombre del
Gobierno, supone el cumplimiento íntegro por España de todos y
cada uno de los extremos de la referida resolución, a la que
da mucha importancia habida cuenta sobre todo de nuestra
tradición en la defensa del Derecho de gentes, del Derecho
entre pueblos.

Reconoce que el tribunal no va a aportar la solución mágica al
inmoral drama que se vive en la antigua Yugoslavia, pero puede
y debe ser un paso importante hacia la idea de una justicia
penal internacional en la medida en que se decidan todos a que
así sea, una posibilidad, además de real, necesaria.

Para fijación de posiciones intervienen los señores Albistur
Marín, del Grupo Mixto; Mardones Sevilla, del Grupo de
Coalición Canaria; la señora Alemany i Roca, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió); los señores López Garrido, del Grupo
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, y Rupérez Rubio, del
Grupo Popular, y la señora Pelayo Duque, del Grupo Socialista.

Sometida a votación de conjunto correspondiente al carácter de
orgánica de la Ley, se aprueba el proyecto de ley por 307
votos a favor. Se levanta la sesión a las dos y quince minutos
de la tarde.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




DICTAMENES DE LA COMISION DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE
CONVENIOS INTERNACIONALES:



--CANJE DE NOTAS CONSTITUTIVO DE ACUERDO ENTRE EL REINO DE
ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE SAN MARINO SOBRE LA SUPRESION DE
EXIGENCIA DE PASAPORTES (Número de expediente 110/000049)



--TRATADO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE EL REINO
DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE COLOMBIA, FIRMADO EN



Página 3092




MADRID EL 28 DE ABRIL DE 1993 (Número de expediente
110/000050)



--CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA PORTUGUESA
RELATIVO A LA READMISION DE PERSONAS EN SITUACION IRREGULAR,
FIRMADO EN GRANADA EL 15 DE FEBRERO DE 1993 (Número de
expediente 110/000051)



--ACUERDO SOBRE TRANSPORTE AEREO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO
DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE INDONESIA, RELATIVO
A LOS SERVICIOS AEREOS REGULARES (Número de expediente
110/000052)



--ACUERDO PARA LA PROMOCION Y PROTECCION RECIPROCA DE
INVERSIONES ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA TUNECINA,
FIRMADO EN MADRID EL 28 DE MAYO DE 1991 Y CANJE DE NOTAS DE 10
DE MAYO DE 1993 Y DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 1993 (Número de
expediente 110/000053)



--DENUNCIA DEL ACUERDO DE SUPRESION DE VISADOS ENTRE ESPAÑA Y
LA REPUBLICA DE GAMBIA CONSTITUIDO POR CANJE DE NOTAS DE 9 Y
10 DE JUNIO DE 1966 (Número de expediente 110/000054)



--CANJE DE NOTAS CONSTITUTIVO DE ACUERDO ENTRE EL REINO DE
ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE TURQUIA SOBRE EXENCION DE VISADO PARA
PASAPORTES DIPLOMATICOS Y DE SERVICIO, REALIZADO EN MADRID EL
9 DE AGOSTO Y 25 DE OCTUBRE DE 1993 (Número de expediente
110/000055)



--CONVENIO SOBRE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A
INVERSIONES ENTRE ESTADOS Y NACIONALES DE OTROS ESTADOS, HECHO
EN WASHINGTON EL 18 DE MARZO DE 1965 (Número de expediente
110/000075)



El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.

Punto VI del orden del día. Dictámenes de la Comisión de
Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales.

¿Desea algún Grupo fijar su posición en relación con este
apartado del orden del día? (Pausa.)
Vamos a proceder a las votaciones.

Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de
España y la República de San Marino sobre la supresión de
exigencia de pasaportes. Comienza la votación.

(Pausa.)Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos emitidos, 259; a favor, 258; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino
de España y la República de Colombia.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 264; a favor, 262; en contra, uno; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa
relativo a la readmisión de personas en situación irregular.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 267; a favor, 267.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Acuerdo sobre transporte aéreo entre el Gobierno del Reino de
España y el Gobierno de la República de Indonesia, relativo a
los servicios aéreos regulares.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 271; a favor, 271.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Acuerdo para la promoción y protección recíproca de
inversiones entre el Reino de España y la República Tunecina.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 273; a favor, 273.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Denuncia del Acuerdo de supresión de visados entre España y la
República de Gambia.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 277; a favor, 276; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




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Canje de notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de
España y la República de Turquía sobre exención de visado para
pasaportes diplomáticos y de servicio.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 278; a favor, 277; en contra uno.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones
entre Estados y nacionales de otros Estados.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 279; a favor, 279.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA CINEMATOGRAFIA
(Número de expediente 121/000027)



El señor PRESIDENTE: Punto séptimo del orden del día.

Dictámenes de comisiones sobre iniciativas legislativas.

Dictamen relativo al proyecto de ley de medidas urgentes para
la cinematografía. Enmiendas del Grupo Popular. Para su
defensa, tiene la palabra el señor Cortés (Rumores.) Un
momento, señor Cortés. Señorías, ruego que guarden silencio y
ocupen sus escaños. (Pausa.) Cuando quiera, señor Cortés.




El señor CORTES MARTIN: Señor Presidente, es la tercera vez en
poco tiempo que el Pleno se ocupa de la ley de la
cinematografía. En el debate de convalidación, como recordará
la Cámara, el Grupo Popular intervino en contra del texto,
pero se abstuvo en la votación porque el compromiso del
Gobierno de que se podía tramitar como proyecto de ley abría
alguna esperanza, al menos existía la posibilidad, de que se
pudiese, mediante la mejora del texto, lograr un marco legal
estable para el cine español. El Grupo Popular, señor
Presidente, quiere ese marco legal estable, con la estabilidad
que da, por un lado, el rango legal de la norma y, por otro
lado, la que deriva de un acuerdo parlamentario amplio. Este
marco estable es la única posibilidad de que en España se
pueda crear una industria cinematográfica, que es una de las
grandes carencias, si no la principal, que tiene nuestro cine.

Ahora bien, ese marco tiene que ser claramente distinto del
que en los últimos años ha hundido al cine español en una
crisis sobre cuya gravedad sí hay acuerdo por parte de todo el
mundo, aunque se pueda discrepar en cuanto a las causas, y
sobre todo el Partido Socialista quiere hacer creer que sus
once años de Gobierno no han tenido nada que ver con este
resultado. Por eso, señor Presidente, en el debate de
totalidad presentamos un texto alternativo, que suponía una
auténtica ley de fomento del cine español, no quedándonos en
las cuotas y las subvenciones, que es todo a lo que llega el
socialismo, sino que proponíamos y proponemos ahora estímulos
fiscales y desgravaciones a la producción y a la exhibición,
medidas de defensa de la
competencia para que sea posible una correcta distribución y
una serie de medidas de promoción de la cinematografía,
incluyendo la formación de profesionales, la conservación y
difusión del patrimonio cinematográfico español, etcétera,
que, rechazadas en Comisión, mantenemos aquí en el Pleno como
enmiendas al
articulado. Comprenderá la Cámara, señor Presidente, que
nuestra ingenuidad no llegaba a creer que la ley iba a mejorar
contando con los apoyos parlamentarios que ha tenido desde el
principio, pero no habíamos caído en la cuenta de que no hay
situación por mala que sea que los socialistas no sean capaces
de empeorar, ellos solos o en adecuada compañía, porque en el
trámite en Comisión, señor Presidente, se han introducido, en
vez de mejoras, «peoras»; «peoras» tan notables como dos de
las que voy a informar a la Cámara. La mayoría de la Comisión,
al tiempo que rechazó una enmienda del Partido Popular que
pretende la
definición de lo que es película española, para que la
película española pueda acceder a determinadas, por ejemplo,
subvenciones, y sólo la película española, como pasa en todos
los países de la Comunidad Europea, quería que también se
definiese la película comunitaria, que es para la que veníamos
obligados a hacer esta ley, para que no se discriminasen las
películas comunitarias, por ejemplo, en cuanto a la cuota de
pantalla. Pues bien, la
Comisión, a través de una enmienda transaccional, introdujo un
artículo 1.º que establece, con rango legal, la completa
equiparación de la obra cinematográfica de los países miembros
de la Unión Europea a la obra cinematográfica española. A
partir de ahí, señor Presidente, y si el orgullo del Grupo
Socialista no permite que se remedie, no se podrá establecer
ninguna discriminación en favor de las películas españolas, no
ya, como decía antes, a los efectos de la cuota de pantalla,
que era la finalidad inicial del texto del Gobierno, sino
tampoco en las convocatorias de subvenciones, de ayudas o de
créditos, como por ejemplo ha hecho el propio Gobierno en una
serie de órdenes del mes de enero, en las que dice que a estas
subvenciones podrán acceder las películas españolas. Con esta
ley en vigor cualquier película comunitaria podrá acceder en
igualdad de condiciones,



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porque una norma de rango superior a la orden dice que se
equiparan. Eso no lo decía el texto del Gobierno, con buen
sentido. Pues bien, se ha introducido en el trámite de
Comisión. Vamos con la segunda «peora». No voy a repetir los
argumentos que ya he dado otras veces sobre los efectos
perversos que para el cine español tiene la exigencia de las
licencias de doblaje. Sin embargo, el texto fijaba un plazo
máximo de vigencia de cinco años. Sería porque se pensaba que
tampoco hay una gran confianza en la bondad de esa norma; si
no se dejaría. Pero es más, el nuevo Director General de la
Cinematografía, que se supone que debe saber algo del asunto,
declaraba con toda solemnidad --es titular de sus
declaraciones--: Pactaré la desaparición de las licencias de
doblaje antes de los cinco años previstos. Pues bien, la
coherencia del Grupo Socialista, para facilitar las cosas al
Gobierno en esta coordinación y colaboración que existe ahora
entre los distintos sectores y sensibilidades del Grupo
Socialista, aceptaba una enmienda transaccional de Izquierda
Unida para que los cinco años ya no sean un plazo máximo sino
que sean el plazo de vigencia --el plazo de vigencia de esta
aberración que son las licencias de doblaje, tan del gusto de
los aficionados a la ingeniería social--, lo que ahora no le
permite ya al Gobierno que pueda negociar con los sectores una
reducción de este plazo.

Entre el debate en Comisión y esta sesión, señor Presidente,
la Academia de Hollywood ha concedido un Oscar a «Belle
Epoque». Todos nos alegramos por ello, y quiero llamar la
atención de SS.SS. sobre dos aspectos. «Belle Epoque» antes de
recibir el reconocimiento de la Academia de Hollywood había
recibido el reconocimiento del público español. Qué duda cabe
que el público puede equivocarse. Qué duda cabe que hay
películas cuya calidad sólo se reconoce mucho tiempo después
de que han sido estrenadas y, por el contrario, hay películas
que tienen un relativo éxito de taquilla y de las que no se
acuerda nadie al poco tiempo. El público puede equivocarse,
pero, ¿puede alguien atribuir a las ministras de Cultura o a
los subsecretarios una mayor agudeza a la hora de decidir qué
película por ser mejor merece ayuda pública y cuál no o en qué
cantidad se debe ayudar a un proyecto cinematográfico? Esto
cuando además conocemos los datos de los cientos de millones
de pesetas tirados en películas que no han llegado a
estrenarse y algunas ni siquiera a producirse.

Señor Presidente, en vísperas de la concesión del Oscar, el
director de «Belle Epoque», Fernando Trueba, decía en unas
declaraciones del 21 de marzo --leo literalmente--: A la gente
le preocupa cada vez más que se hagan películas inútiles. Yo
no hablo más que en mi nombre, pero creo que la gente piensa
que habría que ir más a un tipo de subvención automática que
esté en función del mercado, del público y de la audiencia,
con la excepción de las primeras películas y de determinado
cine, más complicado y experimental, que no puede dejarse a
merced de la taquilla.

Eso es, señor Presidente, exactamente lo que pretende la
enmienda número 44 del Partido Popular, que un 80 por ciento
de las ayudas se concedan de manera automática y el 20 por
ciento restante se conceda para ese cine de primeros
realizadores o de especial calidad, pero también en ese caso
que no sea el Ministerio o sus responsables quienes decidan
sino que sean jurados. Sin embargo, y a pesar de que ahora se
ha hecho correr la especie de que se va a ir hacia una línea
de cada vez más subvenciones por
proyectos, es lo cierto que la señora Ministra, a finales de
enero firmó una serie de órdenes según una de las cuales se
destinan 1.000 millones de pesetas de subvención para la
realización de largometrajes sobre proyecto: según otra, 150
millones para la producción de cortometrajes, también sobre
proyecto; según otra, para la distribución de películas, otros
100 millones igualmente, y la Orden 1282 establece un nuevo
sistema de ayudas, también sobre proyecto, para las ayudas
bianuales. No es sólo que se hayan negado a que se incorpore
en la ley, sino que en las órdenes para este año no es verdad
que se quiera desviar una parte más significativa de las
ayudas públicas para subvenciones automáticas, sino que se
quiere que siga siendo el Ministerio, sin control, quien
decida a quién se da dinero y a quién no. Digo lo de sin
control, señor Presidente, para adelantarme a una solicitud de
amparo que formularé a S.S., porque el día 13 de enero mi
Grupo Parlamentario solicitó documentación, solicitó las actas
de las reuniones del Comité Asesor de Ayudas a la
Cinematograía desde 1982 hasta la fecha para saber cuáles eran
los criterios por los que a unos proyectos se les concedía
ayuda y a otros no. Pues bien, han pasado tres meses, el
Reglamento marca el plazo de un mes, y la señora Ministra, que
anunció cuando llegó a la Cámara que iba a tener un gran
respeto y un gran talante parlamentario, no ha tenido a bien
contestar a esa petición de información. Lo entendemos porque
si no se sabría cuáles son los criterios por los que se
conceden esas ayudas a películas muchas de las cuales no
llegan a estrenarse. Los grupos parlamentarios que apoyan este
proyecto, al menos los que lo han hecho anteriormente y en
Comisión, han de saber que han votado en contra de que con la
seguridad y estabilidad que da la ley, y no pendiente de
negociaciones o chalaneos en el Ministerio de Cultura, se
concedan beneficios fiscales a las inversiones en producciones
cinematográficas; han votado en contra de la modificación del
Impuesto de Actividades Económicas para los exhibidores, de la
exoneración de tasas de rodaje en nuestras ciudades o en
monumentos del patrimonio nacional. Creemos, señor Presidente,
que si esta Cámara quiere apoyar al cine español debería tomar
medidas concretas para evitar que películas como «Belle
Epoque» se tengan que ir a rodar



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a Portugal, porque allí existen mejores condiciones para ello.

Son nuestras enmiendas números 57, 59 y 60. Llamo la atención
sobre que algunas de estas medidas habían sido prometidas con
toda solemnidad por la señora Ministra como integrantes de una
ley de la cinematografía y no con rango inferior.

Concluyo, señor Presidente, pidiendo el respaldo de la Cámara
para una medida que es necesaria para nuestro proyecto
alternativo, sin duda, pero que también lo es para la
normativa actualmente vigente. Me refiero al control de
taquilla. El Gobierno inició medidas en este sentido, pero de
repente los mismos que se quejan del fraude, los mismos que se
quejan de que los datos no tienen fiabilidad y de que no se
cumple la normativa vigente, paralizaron el proyecto de
implantación del control de taquilla y cuando lo pide la
oposición lo rechazan. El control de taquilla, señor
Presidente, es imprescindible si se quiere un sistema basado
principalmente en las subvenciones automáticas, pero también
lo es si las subvenciones automáticas son sólo una pequeña
parte o las subvenciones sobre proyectos se conceden como
anticipo. Hay que saber cuáles son los ingresos de taquilla.

El control de taquilla es también necesario para la cuota de
pantalla; es más, el proyecto establece una serie de
infracciones y de sanciones claramente desproporcionadas, pero
al mismo tiempo se niegan a que el control de taquilla tenga
rango legal, única forma de que este sistema de infracciones y
sanciones se pueda llevar a cabo con un mínimo de seguridad
jurídica. En el fondo, señor Presidente, lo único que quiere
el Gobierno es un brindis al sol y seguir mangoneando el
sector, pendiente todo siempre de la buena voluntad del
Gobierno y sabiendo todos los sectores implicados que si
quieren, porque no hay una seguridad jurídica, porque no están
amparados por la ley, pueden ir contra ellos; aquí hay que
buscar el favor del Gobierno o temer su ira. Eso es lo que
busca este proyecto, y con esto el cine español seguirá por la
misma vía de declive por la que ha ido durante todos estos
años, si la ley se aplica; en muchos aspectos, además, ya lo
anuncio: no se va a poder aplicar, porque no toman el conjunto
de medidas que habría que tomar para que fuesen aplicables
incluso aquellas cosas que son negativas para el cine español.




El señor PRESIDENTE: Señor Cortés, le ruego que concluya.




El señor CORTES MARTIN: Termino, señor Presidente.

Aquí lo único que se ha tratado es de seguir tirando, intentar
echar balones fuera e intentar, en la medida de lo posible,
mantener clientelas y mantener el precario apoyo parlamentario
que tiene este Gobierno.La situación del cine español necesita
menos política, necesita, señor Presidente, otra política. Ha
habido una oportunidad. Desgraciadamente se ha rechazado.

Hemos ofrecido nuestro apoyo para que se crease un marco
estable para el cine español, un marco de incentivos al cine
español que permitiera el buen uso del dinero de los
contribuyentes, la libertad de todos los que participan en la
producción, la exhibición y la distribución cinematográfica,
el respeto a los espectadores. Por nosotros no va a quedar;
ustedes no lo han querido, pero este momento va a llegar
pronto cuando ustedes, en vez de estar en el banco azul, se
suban unos escaños más arriba y pasen a la oposición en esta
Cámara.

Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos en los bancos del
Grupo Popular.--Varios señores Diputados: ¡Muy bien!)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cortés.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria. Tiene la palabra el
señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías,
Coalición Canaria mantiene vivas, de su debate en Comisión,
una serie de enmiendas que vamos a defender aquí para la
consideración y reflexión de la Cámara, porque en una línea en
muchos aspectos muy parecida en su fondo a la que ha planteado
el portavoz del Grupo Popular, que compartimos, nosotros
también queremos hacer una serie de reflexiones sobre los
distintos sectores que intervienen en todo este proceso del
mundo y de la industria cinematográfica, desde los productores
hasta los exhibidores y distribuidores.

Volvemos a insistir en nuestro argumento de que tan importante
en esta cadena es cualquiera de los eslabones en su
comparación con otro, tanto el sector que genera ideas
creativas, como el que produce, donde están los problemas, en
primer lugar, de orden financiero, como los de distribuición,
tal vez los más oscuros, pero, también fundamentalmente, los
de exhibición, que
encontramos muy desprotegidos en este proyecto de ley. Nuestra
enmienda número 17 sigue en ese sendero, dentro del marco
europeo que ha citado el portavoz del Grupo Popular, para
definir una obra audiovisual española; nosotros lo hacemos con
la mismas consideraciones, repito, dentro del marco europeo, y
fundamentalmente para que se supere la cifra del proyecto del
50 por ciento sobre el 51; temática en la que ya también en la
Comisión correspondiente, la de Infraestructuras, incidimos
prácticamente los mismos portavoces con respecto a la
transposición de la directiva de la Unión Europea sobre la
televisión. Eso creemos que también debe recogerse, porque no
se pueden hacer legislaciones discordantes en la temática que
se está contemplando.




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La enmienda 18 la doy por defendida. La enmienda 19 está en la
misma línea de lo que se debe considerar como obra
cinematográfica o audiovisual europea, dentro del contexto de
la identificación española que tiene que tener. Incido en la
enmienda número 20, señor Presidente, con respecto a lo que es
el artículo 3 del proyecto. Señora Ministra --aquí presente--,
si ese artículo 3 no deja de ser una declaración de buenas
intenciones, lo que ahí se dice en cuanto a que hay que ayudar
a la industria cinematográfica, es verdaderamente una
partitura musical que no va a tener ninguna aplicación
práctica en el mundo que se trata de ayudar.

Quiero adelantar que no voy a hablar aquí de la petición de
subvenciones, puesto que las enmiendas relativas a estas
ayudas de tipo financiero se refieren más a una política
fiscal que iría --como sucede en algunas naciones del contexto
europeo,
concretamente en Italia-- más en la línea de las
compensaciones fiscales, es decir, de desgravación fiscal a
aquél que demuestre que verdaderamente está sintonizado con
una línea de apoyo, como veremos en la cuota de exhibición de
pantalla. Por tanto, volvemos a pedir, con nuestra enmienda
número 20, la supresión del artículo tres, o bien que se
concrete, porque vuelvo a decir, con expresión popular, que si
no ese artículo sería música celestial.

La enmienda número 21 también está en la misma línea de la
concordancia, del diálogo entre el Estado y las televisiones
públicas y privadas titulares de estas concesiones para la
exhibición.

La enmienda número 22 pretende cubrir la laguna existente por
la falta de protección de las comunidades autónomas. Cuando se
habla de la exhibición en el ámbito de una comunidad autónoma,
como puede ser el campo de las televisiones autonómicas,
parece que se ignora la correlación que existe entre las
competencias de las comunidades autónomas y el tema
audiovisual y, en concreto, de las televisiones autonómicas.

La enmienda número 23, relativa a la cuota de pantalla, la
consideramos muy importante. Si nosotros creemos que con las
cifras que mantiene el proyecto se va a salvar la industria
cinematográfica española, estamos equivocados ya que, en
muchas salas de muchas poblaciones españolas, no se va a poder
cumplir y va a ser verdaderamente una auténtica penalización.

Nosotros creemos que nos debemos fundamentalmente a quien da
razón de ser a cualquier producto cultural, en este caso con
connotaciones fuertemente económicas como es la exhibición de
una película. Si los ciudadanos no van a ver una película, esa
película fracasa, por muchos títulos que le podamos poner de
pasaporte, de
nacionalidad o de supuestas calidades; hay una confrontación
que se ve a través de la taquilla, y esa confrontación de la
taquilla es la expresión numérica cuantitativa en pesetas de
los
asistentes a esa exhibición cinematográfica. Nosotros estamos
en contra de esta limitación de la cuota de pantalla que el
propio proyecto condena prácticamente a unos cuatro o cinco
años, tras los cuales tiene que desaparecer. Señorías, seamos
sensatos y responsables; por ello proponemos que, donde la
relación es de uno a dos, pase de uno a tres, y donde es de
uno a tres, según la población pase de uno a cuatro. En el
debate en Comisión ya anunciamos que habrá lugares del
territorio español en los que se van a volver a producir
aquellas famosas emigraciones que hubo en España en el régimen
anterior cuando, como consecuencia de la censura
cinematográfica, había que pasar la frontera para ir a ver en
Francia determinado tipo de películas que, por razones
políticas o de moral, estaban censuradas o prohibidas en
España. La enmienda número 24, señor Presidente, es
fundamentalmente una enmienda que pretende ayudar al sector de
la exhibición que puede verse penalizado por las medidas que
contempla este proyecto. Entendemos que, caso de que se
demuestre en la cuota de pantalla, por el control de taquilla,
su repercusión negativa, deberían tener una ayuda del Fondo de
Protección de la Cinematografía, si no veo muy difícil que, en
determinadas localidades, provincias o comunidades autónomas,
sobre todo por el número de habitantes y la correlación de
calidad en las salas de cine, se pueda mantener la calidad
medioambiental que deben tener, desde las butacas hasta la
pantalla y las paredes de esa sala de
exhibición. Yo creo que, con esta ley, eso va a decaer
muchísimo porque el empresario no podrá someterse a ello. Con
nuestra enmienda número 25, señora Ministra, nosotros
pretendemos lo que decía anteriormente. En Italia y en muchos
estados que tienen un sentido de responsabilidad y sensatez se
establecen no
subvenciones sino desgravaciones en la imposición fiscal a las
salas de exhibición. Porque ¿qué ocurre con un empresario en
una sala de exhibición que se sienta, digamos, imbuido de este
sentido político de ayudar al cine español y al cine europeo y
quiera mantener esa cuota de exhibición de pantalla, e incluso
superarla, corriendo un riesgo económico que por supuesto,
como empresario, debe afrontarlo puesto que es una de las
características que define una economía libre de mercado? Pues
bien, ¿cómo es que no se contempla el darle un caramelo? ¿Cómo
es que no se contempla aquí el poder premiar? Resulta que esta
Ley al que no cumple lo penaliza, pero no se ha pensado en el
que quiera cumplir, y cumplir con creces. No se le da ningún
estímulo.

En este proyecto de ley nadie se va a sentir estimuladopara
superar el listón de protección --vamos a decir-- que ahí se
ha puesto. ¿Por qué no damos este premio, si el mundo de la
cinematografía está acostumbrado a los premios de estímulo y
el propio portavoz anterior que me ha precedido en el uso de
la palabra ha puesto un ejemplo de honra en este momento para
España con la concesión del Oscar, o de los Goya que se
conceden de nuestro país? Si eso estimula --es un auxilio y
una



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ayuda-- a directores, a actores y a productores, pongamos
también estímulos a toda la cadena de la industria
cinematográfica. No se puede traer aquí una ley en que
solamente se penalice. También hay que generar el premio, el
estímulo, tanto a los distribuidores como, y sobre todo, a los
exhibidores, porque en este momento son estos últimos los que
mantienen una estructura laboral más permanente y fija.

Las personas que aparecen en los títulos de una película son a
veces eventuales. Es personal que se contratatemporalmente
mientras dura el rodaje de una película. Después,
seguidamente, si no tienen nuevos contratos, desde actores,
directores o iluminadores o tramollistas, pasan al paro
mientras que las salas de exhibición mantienen una población
laboral fija; hay puestos de trabajo ahí. ¿Por qué no damos
también una línea de estímulo, aunque sea por vía de
desgravación fiscal, a la sala de
exhibición, al empresario que tiene una plantilla laboral que
creo que es necesario mantener?
La enmienda número 26 se trata de una cuestión de guarismos.

Nosotros proponemos los 15 millones de pesetas de ingresos
brutos en taquilla frente a los 20 que trae el proyecto.

En la enmienda número 27 solicitamos la supresión del apartado
3 b) del artículo 6 por lo que se refiere a las licencias de
doblaje en lenguas cooficiales dentro del Estado español.

Tengamos cuidado con esto. Permitamos que cada comunidad
autónoma, si promociona la industria cinematográfica dentro de
su ámbito territorial y tiene una lengua propia oficial dentro
del Estado español --sea el euskera, sea el catalán, sea el
gallego-- se pueda sentir identificada con esa lengua sin
tener que recurrir al surbterfugio de doblar la película en
otra lengua de otra comunidad autónoma que la tuviera dentro
del Estado español. Con respecto a la enmienda número 31,
junto con la número 32, donde entramos en el mundo de las
sanciones que hemos visto aquí, proponemos la supresión de las
mismas y la
modificación de todos los reglamentos. En la enmienda número
33, al artículo 8.º, proponemos la modificación para que la
Administración central del Estado dialogue y regule
coplementariamente con las comunidades autónomas todos los
instrumentos de orden, de régimen interior y de regulación que
contempla esta ley. No puede hacerse una aplicación
territorial de esta ley no solamente ya en el campo de las
televisiones autonómicas sino de la industria cinematográfica,
que recurre muchas veces a los gobiernos autonómicos en
solicitud de apoyo de cualquier tipo. No me estoy refiriendo a
las subvenciones económicas sino a apoyos de cualquier tipo a
los que recurre la comunidad autónoma. ¿Por qué no damos
entrada ahí al diálogo con estas comunidades autónomas?
Termino, señor Presidente, defendiendo las enmiendas números
35 y 36, en las que proponemos que la Comisión de Valoración y
Calificación de las Obras Cinematográficas tenga una
regulación mucho más acorde con los personajes
institucionales, con personas físicas o personas jurídicas,
que intervienen en todo este mundo de la industria
cinematográfica --productores, exhibidores y distribuidores--,
porque creemos que podríamos aprovechar --y sería inteligente-
- este proyecto de ley para dar entrada ahí a estos órganos de
regulación, que creemos que pueden enriquecer en una época
democrática y de coparticipación de intereses. Nuestra
enmienda ha sido plenamente constructiva. Es una oferta a la
Administración porque creemos que todos los sectores
dialogantes pueden encontrar una mesa de encuentro, donde
coordinen una política general de sentido común dentro del
sector de la industria cinematográfica.




El señor PRESIDENTE: Señor Mardones, le ruego concluya.




El señor MARDONES SEVILLA: Terminamos, señor Presidente,
acogiendo su indicación porque creo que los fundamentos, que
son el meollo, el fondo y la razón de nuestras enmiendas,
vienen en una línea de cooperación y de colaboración, porque
creemos que éste no debe ser un campo de discusión política
sino un sentido de política de Estado por el bien común de la
industria
cinematográfica en sus órdenes culturales, técnicos, por
supuesto, económicos y laborales.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV). Tiene la palabra el señor
González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Gracias, señor
Presidente. Desde el escaño y con suma brevedad porque la
intervención del señor Mardones coincide básicamente con la
posición que en relación a este proyecto de ley mantiene el
Grupo Vasco. Dado que el señor Mardones ha realizado una
magnífica exposición en relación a los puntos básicos que
sostenemos en este debate, no vamos a aburrir a SS.SS. ni a la
Presidencia en torno a los mismos, pero sí quiero manifestar a
la señora Ministra que piense el porqué de que dos grupos como
Coalición Canaria y el Vasco coincidan exactamente en torno a
los mismos ejes; que dedique unos minutos a la reflexión sobre
las enmiendas básicas en torno a que la cultura está
relacionada con un eje industrial, a que, de una vez, el tema
competencial pueda ser suscrito en este Estado de una manera
concreta, clara y clarificadora para los demás; por qué grupos
como Coalición Canaria o el Vasco entendemos que este proyecto
no responde a una sociología del Estado; por qué desde grupos



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como el Vasco o el de Coalición Canaria, desde nuestra propia
percepción de lo que es la sociología del Estado, entendemos
que este proyecto de ley no responde a las necesidades de los
ciudadanos que viven en nuestras comunidades autónomas y que
sean cinéfilos que estén de alguna forma colaborando, aunque
sea desde la estética de la recepción de quien ve cine, en el
mantenimiento de esta industria.

Señora Ministra, señor portavoz del Grupo Socialista, creo que
son puntos fundamentales para tener en cuenta a la hora de
llevar a cabo este debate. Se lo dice un portavoz que ha
apoyado la aprobación de la convalidación del Real Decreto que
trajo el Gobierno a esta Cámara; un Grupo que se opuso en su
día a la enmienda a la totalidad que presentó el Grupo Popular
y que entendía que el trámite en esta Cámara, tanto en
Ponencia como en Comisión, como en este mismo momento en el
Pleno, podía dar pie a que se pudiese realizar un debate en
profundidad en relación al mundo del audiovisual, en relación
al mundo
cinematográfico.

No ha sido así, a pesar de que en la propia Comisión tuvimos
que estar discutiendo el proyecto de ley artículo por
artículo. Sistemáticamente se han venido rechazando todas y
cada una de las enmiendas que hemos presentado los distintos
grupos y en el trámite del propio proyecto de ley nos hemos
encontrado con que ya hasta la letrada de la Comisión de las
Autonomías del Senado, al informar sobre el proyecto de ley lo
hace muy negativamente en las materias competenciales,
entendiendo que los
planteamientos que realizamos grupos como el de Coalición
Canaria o el Vasco tienen un fundamento básico y están llenos
no ya de razones políticas, sino incluso de razones jurídicas.

Por todo ello, señor Presidente, sin ser más reiterativo,
manifestamos nuestra sorpresa desde el Grupo Vasco al
constatar cómo se ha desarrollado este exhaustivo debate en
torno a este proyecto de ley. Hemos tenido oportunidad de
discutirlo en los trámites de Ponencia y de Comisión, como le
digo, artículo por artículo; los argumentos están dados hasta
la saciedad, nos encontramos con todas las puertas cerradas y
manifestamos nuestra extrañeza, pero ésta no nos va a llevar a
dejar de colaborar, intentando llamar a las puertas del
Ministerio, intentando hacer ver que los planteamientos que
realizan grupos como el nuestro son serios y a los que asiste
no sólo la razón política, sino la razón jurídica y la de
muchos ciudadanos que están interesados en el cine y que
asisten con estupor a la tramitación de un proyecto de ley que
está completamente inclinado hacia las productoras, que no
tiene en cuenta a otros agentes
cinematográficos como los exhibidores e incluso a los propios
receptores, la gente a las que nos gusta el cine y acudimos a
gastar dinero en el cine. Sigo manifestando, tal y como dije
en Comisión, que al final, al ciudadano de a pie más que
hacérsele gastar en cine a tenor de lo que se dispone en este
proyecto de ley, se le va a hacer gastar en tren, en coche, en
gasolina o en autobús para poder asistir a determinados cines
para poder ver determinadas películas.

La política del Grupo Vasco es que en cultura se desarrolle
una industria bien fundamentada, una industria que pueda
sustentar una producción audiovisual interesante y que de
alguna forma sea el interés de los propios cinéfilos, y
observamos con asombro que esto no se plasma con este proyecto
de ley. Nos hubiese gustado, señora Ministra, que la
exposición que realizó usted en la «Sky», entendemos con sumo
detenimiento y con rigor, se hubiese visto plasmada en este
proyecto de ley. Vemos que no es así, que las enmiendas de
nuestro Grupo en concreto han sido sistemáticamente
rechazadas. Lo lamentamos muy mucho, las sometemos a votación
y con esta intervención las damos por defendidas para su
votación, señor Presidente. Gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor González de Txabarri.

Enmiendas de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Tiene la palabra el señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ MASATS: Con la venia, señor Presidente.

«Belle Epoque» no ha sido, sin duda, el gol del cojo, no ha
sido una casualidad. Más bien ha sido la señal inequívoca de
que hay que apostar en este momento, de que no hay que tirar
la toalla en una situación mundial complicada, en la recta
final de la firma de los Acuerdos del GATT. Cuando aún los
temas
fundamentales no están despejados, el Decreto-ley los
intentaba despejar, como ahora lo intenta, con las
singularidades que intentaré matizar, este proyecto de ley.

En este momento habría que apostar fuertemente --y en esa
dirección creemos que marcha, aunque con timidez, la ley que
aparece que hoy aquí se va a aprobar-- por la industria
nacional y por el cine español basado en nuestra especificidad
cultural, es decir, en la transposición, en la reproducción de
nuestra imagen nacional, española, estatal, sin complejos. Me
parece que aquí se basa también una parte fundamental del
triunfo de la película «Belle Epoque», como he dicho
anteriormente, y que ha constituido la confirmación de que es
posible la cinematografía española, de que es posible apostar
por una industria española aun en circunstancias difíciles,
como son las de un
neoliberalismo que se salta fronteras sin ningún tipo de
respeto, sin ningún tipo de escrúpulo.

«Belle Epoque» ha sido una alegría para quienes no están
fascinados por lo de fuera, simplemente porque es de fuera,
máxime cuando lo que estamos importando en muchas ocasiones se
trata de una modernidad hortera, violenta y uniformadora.

También ha sido una



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alegría para los que no piensan en el neoliberalismo de una
manera fascinada, que a veces incluso roza la defensa de los
propios intereses nacionales. Europa corre el peligro de ver
sólo producciones norteamericanas a través de televisores
japoneses. Esto no lo ha dicho un fanático del proteccionismo.

Esto lo ha dicho Jacques Delors, y lo ha dicho porque es
verdad que podemos sufrir este fenómeno si no se protegen las
cosas adecuadamente, sin fanatismo, pero sin ningún tipo de
concesiones a una especie de delirio neoliberal. Hay que
protegerse frente a los que se protegen; hay que protegerse
incluso frente a los que se blindan, porque no estamos ante un
problema de libertad, no estamos en este momento ante un
problema de mercado libre. Estamos
fundamentalmente ante un problema de proteccionismo desigual y
desleal, y no entendemos que algunos grupos que intentan
proteger la agricultura, la industria, etcétera, cuando
llegamos, como en este momento, ante una industria, ante una
cultura que está bajo déficit, no intenten protegerla con
políticas más o menos homologables a lo que en otras ocasiones
se está diciendo aquí. Doy algunos datos para que vean que no
estamos argumentando sobre el vacío. En Estados Unidos
solamente se emite por pantalla un 2 por ciento de
producciones exteriores al propio país. El resto son
producciones de los Estados Unidos. En España, el 90 por
ciento de lo que se refleja en la cuota de pantalla son
producciones procedentes de Norteamérica. Sólo hay un 10 por
ciento de la emisión procedente de la producción de la Unión
Europea. En Televisión Española, por ejemplo, se emite el
doble de películas norteamericanas con respecto a las
películas de la Unión Europea.

Por lo tanto, no estamos en este sentido protegiendo algo que
ya está protegido sino todo lo contrario, estamos intentando
proteger, frente a aquellos que se blindan, que no doblan las
películas extranjeras como los Estados Unidos, frente a
aquellos como Mickey Kantor que acaba de anunciar que hay que
aplicar la súper 301 (la enmienda de protección frente a las
películas de la Unión Europea), estamos protegiéndonos de la
gente que intenta el cien por cien de la cuota de pantalla en
España en estos momentos, aprovechándose de las debilidades de
este mercado y de esta industria, a lo que hay que responder
de manera consecuente. En ese sentido, señorías, no se trata
en absoluto de vetar el buen cine norteamericano. Se trata de
que los Estados Unidos quieren venderlo todo: el bueno, el
malo y el regular. Quieren ocupar el cien por cien de la cuota
de pantalla. Ya ocupan el 90 por ciento. Lo que quieren es que
no podamos elegir, que no se pueda pulsar un botón en que
salga una cadena donde se emita una película de la Unión
Europea. Esta es la propuesta que nos hacen los Estados Unidos
desde la tremenda presión que están realizando las
multinacionales del sector.

No se trata, por lo tanto, de calidad. No se trata de
modernidad. No se trata de una producción que supera los
límites exigibles, aunque supere los presupuestos medios en
España. El presupuesto medio de una película en España es de
250 millones. «Belle Epoque» se ha producido con 300 millones
de pesetas y una subvención de 65 millones. La producción
media de Estados Unidos es de 1.300 a 1.500 millones de
pesetas. Por lo tanto, podemos competir sin complejos, como lo
hacemos en pintura, en
literatura, en todos los temas artísticos si les damos una
base industrial suficiente, que con las propuestas que se han
hecho aquí desde otros lados --respetables por otra parte-- no
se podría conseguir y no se podrían proteger los intereses
nacionales, lo vuelvo a repetir. No se podrían proteger los
intereses nacionales en una Europa que se está protegiendo de
manera adecuada en estos momentos.

En esta dirección, pensamos que en algunos aspectos, en
función de un acuerdo con el Grupo Catalán (Convergència i
Unió), la ley ha empeorado, matizadamente, porque se facilita
el segundo doblaje, reduciendo algunos millones a la hora de
tramitar la posibilidad de este segundo doblaje, y porque a la
hora de aplicar en las comunidades autónomas este precepto de
la ley, en la enmienda del Grupo Catalán (Convergència i Unió)
se dice que se consultará a las comunidades autónomas, pero se
quita el párrafo donde también se consultaba a las
asociaciones afectadas de productores, etcétera, de la
industria y de la cultura del cine. Por eso no estamos de
acuerdo con este giro, matizadamente malo, que repercute en
dos artículos del proyecto de ley. Mantenemos a la vez dos
propuestas que creemos importantes. La primera con respecto a
que en el plazo de tres meses venga a esta Cámara el proyecto
anunciado por el que se refunden y armonizan todas las
disposiciones reglamentarias en materia de cine y de lo
audiovisual. Pensamos que en un plazo de tres meses esta ley
por primera vez armonizaría y coordinaría todo lo que existe
con respecto al cine en España y habría que discutirlo de
inmediato, y de cara a esta nueva situación nosotros hacemos
que levante el vuelo la idea --que si no es adecuada para esta
ley que estamos discutiendo esperamos que se apruebe en la que
se ha anunciado de armonización de todas las reglamentaciones-
- de la
constitución del consejo nacional de lo audiovisual, con el
mismo modelo, por ejemplo, que se está utilizando en Francia,
con una composición amplia, plural de las Cámaras
parlamentarias, de los sectores afectados, y con objetivos
generales, es decir, con competencias sobre el sector público
y también sobre el privado. Objetivos con respecto a la
cultura y las lenguas del Estado español; con respecto al
desarrollo de la producción y creación; con respecto a la
aplicación de esta ley y de la posterior; con respecto a la
concesión de las subvenciones de las que se ha hablado aquí,
que no deben estar en función de una productividad mecánica,
como se ha defendido anteriormente desde esta tribuna; un
consejo nacional de lo audiovisual que



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tendría que rendir un informe anual ante este Parlamento con
respecto a subvenciones y al resto de los temas.

En definitiva, aunque matizadamente, no compartimos las
enmiendas que el Grupo Socialista ha admitido al Grupo Catalán
(Convergència i Unió). Nosotros vamos a seguir apoyando este
proyecto de ley que es de mínimos, pero absolutamente oportuno
con respecto a los requerimientos de la firma del GATT, donde
no se consiguió totalmente la excepción cultural; este
proyecto, en algún sentido, protege la posibilidad de una
industria cinematográfica y una expresión cultural española
sin complejos. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Alcaraz.

¿Turno en contra? (Pausa.)
Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Clotas.




El señor CLOTAS CIERCO: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, nuevamente estamos discutiendo en el Parlamento
español el problema del cine, la solución al problema de lo
audiovisual, en un país como España, que se encuentra entre
los pocos que pueden enorgullecerse de, a pesar de atravesar
una situación --coincidimos todos los grupos en ese análisis--
negativa para las pequeñas cinematografías europeas, de tener
un cine que sigue adelante, de tener un cine que hace muy poco
nos ha dado una nueva satisfacción con la obtención del Oscar.

Y quiero aprovechar para felicitar a todo el equipo que ha
hecho posible «Belle Epoque»; quiero agradecérselo también a
Billy Wilder, que parece que algo ha tenido que ver en la
obtención del Oscar, y quisiera hacer una breve reflexión,
porque me parece que no es nada anecdótico: que el cine
español haya conseguido dos Oscar, y que uno lo haya obtenido
este año, significa, aparte de una ayuda de la que nos
alegramos todos, que la política que estamos llevando a cabo
no es una política tan equivocada como pretenden algunos
grupos; significa que esa política nos permite estar entre las
cinematografías del mundo, exceptuando la americana que, como
SS.SS. saben, es una cinematografía que por razones diversas
se sitúa por encima de cualquier comparación. Dicho esto,
quisiera, con mucha brevedad --que no se interprete como
descortesía--, hacer referencia a las enmiendas que siguen
vivas en este trámite, y lo voy a hacer con brevedad, porque
hemos dedicado muchas horas a discutir este proyecto de ley --
primero Decreto-ley-- de medidas urgentes para la
cinematografía y me parece que sería realmente cansado para
SS.SS. insistir en algunos de los argumentos que en más de una
ocasión hemos vertido desde esta tribuna.

Voy a hacer referencia a las enmiendas agrupándolas en cinco
grupos, porque me parece que más allá de los matices, y en
algún caso de las posiciones distintas de los grupos, lo que
existe es una gran coincidencia entre todos los grupos, una
gran
coincidencia en la voluntad de que exista un cine español y en
la creencia de que no existirá un cine español sin medidas de
protección. Creo que es en estas dos afirmaciones en las que
se basa el consenso que, a pesar de las enmiendas que siguen
vivas, está detrás de este proyecto de ley del Gobierno
socialista. (Rumores.)
Agruparía las enmiendas, como he dicho, en cinco grupos.

Enmiendas que se separan claramente del modelo que propugna el
Gobierno en este proyecto de ley. Señorías, creo que son muy
escasas; ni siquiera las enmiendas del Grupo Popular que
provienen de su enmienda a la totalidad de texto alternativo
se separan del modelo de política cinematográfica en su
inmensa mayoría; lo que hacen muchas veces es repetir
innecesariamente algunas normas que están ya en disposiciones
todavía vigentes o, en algún caso, pretenden medicinas que,
aplicadas con esa brutalidad, nosotros creemos producirían
efectos muy negativos, como sería la supresión de las
licencias de doblaje... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Clotas. (Pausa.)
Cuando quiera, señor Clotas.




El señor CLOTAS CIERCO: Para la supresión de las licencias de
doblaje el proyecto de ley prevé el plazo de cinco años. No es
un plazo exagerado teniendo en cuenta que la vigencia de las
licencias es de dos años y, por tanto, es en realidad cuatro
años, pero que aplicadas, insisto, con la brutalidad que
quisiera hacerlo el Grupo Popular nos parece que sería letal
para el cine español. Hay alguna otra medida que se aparta del
modelo, como las ayudas anticipadas, que nos parecen de muy
difícil
aplicación, pero en general las enmiendas no se apartan del
modelo de política cinematográfica. Otro grupo de enmiendas
pretende variar los plazos, las cuotas y los porcentajes. Ahí,
desde luego, habría mucho que discutir. Siempre es muy fácil,
y a la vez muy difícil, discutir sobre las cifras. Lo que sí
quisiera decir, en términos muy generales y para no descender
a los distintos ejemplos, es que nosotros no vemos detrás de
esas enmiendas justificación suficiente para variar lo que
propone el proyecto de ley. Me referiré tan sólo a un caso
concreto: poder alargar a dos años al cumplimiento de cuota de
pantalla. Tengo que decir que en otros países la cuota de
pantalla se cumple en plazos incluso más breves. Por tanto esa
medida que si no recuerdo mal proponen los Grupos Vasco y
Coalición Canaria no nos parece apropiada. Hay otras medidas
propuestas en las enmiendas de las que el Grupo Socialista no
discrepa, pero que le gustaría aceptar dentro de un consenso
muy grande, por



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no decir total, medidas como las que se refieren al control de
taquilla y también a la enmienda propuesta y no defendida aquí
por el señor González Lizondo, que creemos se equilibra una
con otra, porque una se refiere a la exhibición y otra a la
distribución. Esas enmiendas nos hubiera gustado aceptarlas en
un consenso mucho mayor o total y no ha sido posible. Puede
ser que en el trámite del Senado se produzca esa aproximación.

Hay también una serie de enmiendas de los Grupos de Coalición
Canaria y Vasco que discrepan en algunos aspectos del reparto
de competencias. Francamente quiero decir que la ley es
enormemente respetuosa con el ordenamiento constitucional y
representa, desde nuestro punto de vista, un paso
importantísimo en lo que debe ser una tarea de colaboración
entre las comunidades atónomas y el Gobierno en beneficio de
una cinematografía española en su diversidad, incluso
lingüística, y apoyada claramente por este proyecto de ley.

Tengo que manifestar aquí que me ha sorprendido un poco y me
siento algo preocupado por la intervención del señor González
de Txabarri, pues coincidimos mucho más de lo que él cree,
porque el objetivo de esta ley es justamente fortalecer
industrialmente al cine español y porque, francamente, en una
lectura
absolutamente atenta de sus enmiendas no veo las diferencias
que él, pienso, ha enfatizado un poco en esta tribuna y me ha
dejado con alguna preocupación.

Finalmente, enmiendas de tipo técnico, muchas de las cuales ya
han sido admitidas, otras no creemos que mejoren
sustancialmente el texto y, en algún caso, incluso lo empeoran
y no vamos a admitirlas, pero son enmiendas evidentemente de
rango inferior. Señor Presidente, por estos motivos, el Grupo
Socialista va a permanecer en su actitud de apoyo al dictamen
tal como ha salido del trámite de Comisión con una sola
excepción, y es una enmienda «in voce», que si me permite la
Presidencia voy a presentar en este momento, que viene a
corregir algo a lo que el señor Alcaraz ha hecho referencia y
en lo que tiene razón. En el primer párrafo de la disposición
adicional falta la mención «y las asociaciones afectadas por
la materia». Como tiene razón, el Grupo Socialista presenta
una enmienda «in voce».

Por último, muy brevemente, yo no quisiera repetir desde luego
el debate de totalidad con el señor Cortés pero sí decirle que
nos gustaría hacer la discriminación positiva del cine
español. Lo he dicho muchas veces en esta tribuna, no podemos
discriminar al cine español respecto al resto del cine de la
Unión Europea. Es verdad que lo hace la Directiva respecto a
la televisión, pero nada nos autoriza a aplicar
automáticamente al problema del cine una Directiva que se
refiere a televisión. Por tanto, me gustaría que este tema
quedara zanjado, que no quedara ninguna duda sobre
nuestravoluntad de defender al cine español y de apoyarlo en
todas las medidas que sean jurídicamente posibles.

Respecto a las subvenciones, yo creo que el señor Cortés no ha
entendido que el modelo que propone el Gobierno realmente no
se aparta excesivamente del modelo que propone el señor
Cortés; lo único que hace es que el señor Cortes dice ahora
mismo, y ahora mismo, como he dicho antes en el tema de las
licencias,
provocaría efectos letales para el cine español. Es verdad que
la política del Ministerio va cada vez más a la ayuda en
función de los resultados que obtengan las películas en
taquilla --lo sabe el señor Cortés-- y, por tanto, no hay
tanta diferencia. Finalmente, al señor Mardones, quisiera...




El señor PRESIDENTE: Le ruego concluya, señor Clotas.




El señor CLOTAS CIERCO: Concluyo en un minuto, en un segundo,
señor Presidente.

El señor Mardones ha hecho una excelente exposición pero yo
creo que incurre en cierta contradicción, porque cree que con
mayor liberalismo se protegería más al cine español. He de
manifestarle que no creo que sea tan sencillo como el señor
Mardones expone, pero, sobre todo, quisiera decirle que el
proyecto de ley no propone que desaparezca en cinco años la
cuota de pantalla (hay una confusión en eso; se refiere al
tema de las licencias); la cuota de pantalla es una política
que mantenemos, que el Gobierno quiere mantener y que la
Comunidad Europea mantiene también, porque es una política de
futuro para la protección del cine español.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Clotas.

Vamos a proceder a las votaciones.

Enmiendas del Grupo Popular. (El señor Cortés Martín pide la
palabra.) Señor Cortés.




El señor CORTES MARTIN: Señor Presidente, pedimos votación
separada de nuestra enmienda número 66, con el mismo texto
transaccionado, que ya se planteó en Comisión, con las
enmiendas números 14, de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya; y 38, de Coalición Canaria. El texto propuesto,
señor Presidente, quedaría de la siguiente forma: «El Gobierno
elaborará, en el plazo de seis meses» --es la diferencia;
nosotros proponíamos un año-- «desde la entrada en vigor de la
presente ley, un proyecto de ley de lo audiovisual, en el que
se contemple una regulación conjunta de los problemas comunes
a la cinematografía, la televisión, el vídeo y las nuevas
tecnologías».

La transacción es seis meses donde ponía un año.




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Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente a la enmienda
transaccional del Grupo Popular en los términos que acaban de
ser especificados por el señor Cortés, en relación con la
enmienda número 14, de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya; y 38, del Grupo de Coalición Canaria. Entiendo que
retiran sus enmiendas para que se pueda votar esta
transaccional. (Asentimiento.) Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 155; en contra, 158.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda
transaccional. (Rumores.) Votación de las restantes enmiendas
del Grupo Popular. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 310; a favor, 130; en contra, 177; abstenciones,
tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, siete; en contra, 176; abstenciones,
130.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, ocho; en contra, 161; abstenciones,
144.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 21; en contra, 162; abstenciones, 130.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda formulada por el señor Clotas, al amparo del artículo
118.3, a la disposición adicional, primer párrafo, consistente
en la adición de las palabras: «y las asociaciones afectadas
por la materia».

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 180; en contra, cuatro; abstenciones,
129.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Votación relativa al dictamen de la Comisión.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 177; en contra, 128; abstenciones,
ocho.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación relativa a la exposición de motivos del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 313; a favor, 176; en contra, 129; abstenciones,
ocho.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la exposición de motivos.




--PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE REGULAN LAS EMPRESAS DE
TRABAJO TEMPORAL (Número de expediente 121/000033)



El señor PRESIDENTE: Dictamen relativo al proyecto de ley por
la que se regulan las empresas de trabajo temporal.

Enmiendas del Grupo Popular. El señor Fernández Díaz tiene la
palabra. (El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la
Presidencia.--Varios señores diputados abandonan el salón de
sesiones.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señorías ocupen sus
escaños, por favor, y guarden silencio. (Pausa.)
Cuando quiera, señor Fernández Díaz.




El señor FERNANDEZ DIAZ: Defiendo las enmiendas que, tras el
debate en Comisión, han quedado vivas al proyecto de ley por
la que se regulan las empresas de trabajo temporal,
concretamente siete enmiendas. Tal como dijimos en Comisión,
nuestro Grupo Parlamentario coincide básicamente con el
proyecto de ley y con la conveniencia de la regulación de este
tipo de



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empresas, en coherencia con lo que está siendo el
comportamiento de los países que, junto con España, componen
la Unión Europea y conscientes de que, efectivamente, es bueno
para la economía nacional, es bueno para un mejor
funcionamiento del mercado de trabajo homologar nuestras
instituciones y lógicamente también nuestras instituciones
económicas, con las instituciones de los países que conforman
esa unión política y económica. Desde la básica aceptación de
la regulación que se da en el proyecto de ley se nos han
aceptado algunas enmiendas en Comisión y
mantenemos éstas vivas desde la convicción absoluta de que, su
aceptación por parte del grupo de la mayoría, grupo que da
apoyo al Gobierno, contribuiría y daría lugar, en todo caso, a
una mejor regulación de ese tipo de empresas que ciertamente,
no nos engañemos, están operando ya en estos momentos en
nuestro país. Como muy bien sabe el señor ministro estamos en
una situación de alegalidad, no me atrevo a decir de
ilegalidad, pero en todo caso sí de alegalidad y será bueno
que empecemos a adecuar la realidad legal con la realidad
social. Las dos primeras enmiendas, números 95 y 96, afectan
al artículo 2.º en sus apartados 3 y 4
respectivamente. Ya dijimos en Comisión, y reitero ahora, que
se trata, en definitiva, de salvaguardar mejor los intereses
de las personas físicas y jurídicas que son los sujetos
activos que están legitimados para constituir una empresa de
trabajo
temporal, de tal suerte que, así como en el proyecto de ley y
en el dictamen de la Comisión todavía se establece ahora que
hay un plazo de tres meses para que la Administración
competente (tras el dictamen de la Comisión, se entiende ya
que no es el Instituto Nacional de Empleo, señor Barrionuevo,
sino el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso
las comunidades
autónomas que tuvieran transferida la competencia de ejecución
de la legislación laboral) esos plazos de tres meses para la
primera autorización administrativa y de tres meses para las
sucesivas primera y segunda prórroga, se nos antojan excesivos
sinceramente, por no decir que, por supuesto, el juego de los
silencios viola inclusive lo previsto en la Ley que aprobó
esta Cámara a finales de la anterior legislatura en relación
con el procedimiento administrativo, y veo aquí al señor Núñez
que debatió mucho aquello. Si trajéramos aquí el «Diario de
Sesiones» y viéramos lo que decía el Gobierno para defender el
juego de los silencios administrativos, seguro que el ponente
del Grupo Socialista sería más receptivo de lo que hasta ahora
ha sido, y le reconozco que lo ha sido, para este tipo de
cuestiones. En todo caso creemos que, a pesar de los períodos
y plazos que establece aquella ley, con un mes hay tiempo si
la Administración es diligente, y lógicamente ha de serlo,
para cumplir el mandato constitucional de servir con
objetividad los intereses generales. Por tanto creemos que el
plazo de un mes es razonable y por eso mantenemos viva esta
emienda. La enmienda número 98, al artículo 3.º 2, es una
enmienda que tiene un especial interés desde nuestro punto de
vista. El informe de la Ponencia, primero, y el dictamen de la
Comisión, después, han mejorado el proyecto de ley remitido
desde el Gobierno a esta Cámara, ciertamente, porque ya
sabemos que la garantía financiera --y es a lo que afecta esta
enmienda-- ahora no está establecido en términos ya de pasado
el primer momento de la autorización administrativa, ya no en
relación con el volumen de negocio o la facturación de las
empresas de trabajo temporal, sino en relación con su masa
salarial, puesto que tiene que haber una relación de
causalidad, de causa-efecto entre lo que se pretende
garantizar y la garantía que se exige. Si se pretenden
garantizar los salarios, las deudas de Seguridad Social o las
obligaciones en materia de Seguridad Social y, tras la
aceptación de nuestra enmienda en Comisión, también las
indemnizaciones (desde un punto de vista
jurisprudencial o doctrinal hay discusión sobre si han de
tener o no la consideración jurídica de salario), nosotros
creemos que hemos servido bien a la seguridad jurídica con la
aceptación de esa enmienda y si hemos aceptado esa enmienda
del Grupo
Socialista y la nuestra que mejora el contenido general que en
este artículo se da a la garantía financiera, creemos de
verdad, señores del Grupo Socialista, que contribuiríamos
mejor todavía a avanzar en esa buena dirección si, frente a
las 25 veces el salario mínimo interprofesional vigente, que
se establece como garantía financiera para la primera
constitución, atendiendo más a esa realidad social, a la que
yo hacía referencia, lo dejáramos en 10 veces el salario
mínimo interprofesional. ¿Por qué? Porque esa realidad social
que existe, aunque no esté regulada --ya he dicho que es una
situación de alegalidad--nos dice que la inmensa mayoría de
las empresas, por paradójico que parezca, que están
funcionando alegalmente --que no ilegalmente-- en nuestro país
en estos momentos, tienen una cifra de negocios en torno a 60
millones de pesetas al año; una cifra de beneficios que en
promedio se establece --y es fácil averiguarlo en este tipo de
empresas-- en torno al 8 por ciento de la cifra de negocios; y
sólo un 10 por ciento de las empresas que operan tienen más de
200 millones al año de cifra de negocios. Nos parece, de
verdad, que 25 veces el salario mínimo interprofesional
vigente con carácter anual en cada momento, que a fecha de hoy
significaría entre 20 y 21 millones de pesetas, es un costo
financiero excesivo.

Pediría al señor Barrionuevo y a la señora Moreno, ponentes
del Grupo Socialista, que reflexionaran sobre esta cuestión,
porque, como ven, nuestras enmiendas han estado en todo
momento encaminadas a conseguir



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contribuir a una mejor y definitiva regulación de este tipo de
empresas.

La enmienda número 103 hace referencia al artículo 6.º2 del
dictamen de la Comisión, y se refiere a los supuestos de
utilización. Nos parece a nosotros que, de acuerdo con lo
establecido en la exposición de motivos, lo que pretende este
proyecto de ley, en definitiva, es contribuir a una mejor
colocación de los trabajadores, contribuir a que funcione
mejor el mercado de trabajo, que se pueda incrementar el
empleo, que es, en definitiva, lo que justifica el que, pese a
la
ratificación del Convenio 96 de la OIT, España se sume a los
países de la Unión Europea que regula este tipo de empresas y
avanzaremos mejor si incluimos también entre los supuestos de
utilización para el contrato de puesta a disposición entre la
empresa de trabajo temporal y la empresa usuaria, que también
esté previsto como supuesto de utilización el regulado en el
Real Decreto 2104/1984, que nosotros recogemos en nuestra
enmienda 103, que hace referencia al añadido de una letra e),
que diría: «Para atender las exigencias circunstanciales del
mercado derivadas del lanzamiento de una nueva actividad.»
Creo que es la exposición de motivos lo que justifica el
supuesto de
utilización de este contrato; el Real Decreto que lo regulaba,
encaja perfectamente, desde nuestro punto de vista, con este
proyecto de ley y por eso nos parece no sería bueno que
dejáramos fuera esta posibilidad de utilización, que sin duda
contribuiría a que hubiera más contrataciones, y lo que
queremos todos es que, dentro de la ley, por supuesto, haya
más trabajadores, más personas colocadas en nuestro país.

La enmienda número 105 también es trascendente desde nuestro
punto de vista. La enmienda número 105 hace referencia, como
saben, señorías, al artículo 11.1 a)
del dictamen de la Comisión, relativo a la remuneración.

También la Ponencia aceptó una enmienda del Grupo
Parlamentario
Socialista que mejora el texto remitido por el Gobierno, es
decir, la inicial redacción de este artículo según el proyecto
de ley, pero nos parece que todavía conviene mejorarlo más. Se
han quedado ustedes a medio camino en la mejora y, en
consecuencia, en la regulación de este tipo de empresas.

Ahora ya sabemos que los trabajadores contratados por las ETT,
y puestos a disposición de las empresas usuarias, tienen
derecho a ser remunerados con el salario que, según convenio
en su caso de las empresas de trabajo temporal, esté
establecido para su tipo de función o trabajo y, en su
defecto, en defecto de convenio de las empresas de trabajo
temporal, por el convenio de la empresa usuaria, que va a ser
la que, bajo el poder
direccional que tendrá como empresa, va a utilizar el trabajo
de estas personas. Nos parece que nos quedamos a mitad de
camino también siguiendo la realidad social, que es un buen
punto de referencia porque aquí ya hay realidad social sobre
la que observar cómo operan las realidades legales. Nos
parece, de verdad, que eso va a crear problemas en las
empresas de trabajo temporal. ¿Por qué? Porque todos sabemos
que efectivamente se producirán, ya se están produciendo en la
práctica, supuestos en los que los trabajadores prefieren ir
destinados a una empresa antes que a otra. Lógicamente, si,
según el convenio aplicable a una empresa, van a tener más
remuneración para igual trabajo en esa empresa, harán todo lo
posible, y harán bien, en ir destinados a esas empresas y no
ir a otro tipo de empresas en las que, realizando el mismo
trabajo, el salario o convenio aplicable les daría una menor
retribución. Creemos que eso distorsiona el funcionamiento de
las empresas de trabajo temporal y por eso nuestra enmienda,
que mantenemos viva, pretende solventar esa situación diciendo
que la remuneración será establecida en el convenio de las
empresas de trabajo temporal.

Abro un inciso para decir que soy consciente de que, tras la
regulación que damos al tema de los derechos sindicales, será
relativamente fácil ir a un convenio del sector de las
empresas de trabajo temporal, puesto que bastará la presencia
en la mesa de negociación de los sindicatos más
representativos, lógicamente UGT y Comisiones Obreras, para
poder negociar un convenio. No me cabe la menor duda de que la
patronal del sector estará muy interesada en ir rápidamente a
la negociación de un convenio. En todo caso, ésa es su
función. Lo que yo digo es que, en defecto de ese convenio,
sería mejor que se regulara en la ley, de acuerdo con el
contenido de nuestra enmienda que, como muy bien saben SS.SS.,
dice que el trabajador tendría derecho a ser remunerado de
conformidad con lo que establezca el convenio colectivo
aplicable a las empresas de trabajo temporal o, en su defecto,
no el convenio de empresa, como dicen ustedes, sino el
convenio colectivo sectorial para la función equivalente que
se haya establecido en el propio contrato de puesta a
disposición. Evitaríamos las extorsiones que en la práctica ya
se están dando y, lógicamente, una vez que esas empresas pasen
de estar
funcionando en situación alegal a situación plenamente legal y
normalizada, como todos deseamos y corresponde a un Estado
democrático y de Derecho que actúa bajo el principio de la
seguridad jurídica, evitaríamos que esa distorsión, que ahora
podría estar si no justificado sí explicado que se produzca,
se siga produciendo en lo sucesivo.

La enmienda número 106 es de mejora técnica. He discutido con
el señor Barrionuevo abundantemente sobre esta cuestión
también en Comisión. Se lo reitero ahora y, en todo caso, soy
consciente de la buena receptividad que en principio tienen,
en relación con esta y otras cuestiones, esta y otras
enmiendas que mantenemos vivas en este momento.




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La rúbrica, el título del artículo 14 dice que serán de
aplicación las normas especiales del Derecho del Trabajo. Es
una mejora técnica porque sabe muy bien S.S. que el artículo 2
del Estatuto de los Trabajadores alude a relaciones laborales
de carácter especial y da un listado exhaustivo de lo que se
considera relaciones laborales de carácter especial. Es
evidente que si vamos a la voluntad del legislador, si los
estudiosos de la materia y los magistrados de lo social van al
«Diario de Sesiones» de este Congreso de los Diputados verán
la voluntad del legislador claramente establecida, pero una de
las motivaciones de la presentación de nuestras enmiendas ha
sido para conseguir incrementar la seguridad jurídica de este
proyecto de ley y creemos que va en esa línea. Evitaríamos la
posibilidad de que, por contraposición al Derecho laboral
común, se entendiera que lo otro es el Derecho laboral
especial y que, de alguna manera, las empresas de trabajo
temporal y los trabajadores que trabajan bajo su dependencia o
bajo la dependencia de las empresas usuarias constituirían una
relación laboral de carácter especial; tesis a la que podría
llegarse, no digo que necesariamente se llegue, si mantenemos
la rúbrica, el título del artículo 14. Creemos que es fácil
eliminar esa posibilidad de incertidumbre aceptando nuestra
enmienda, que dice que serían de aplicación las normas
generales del Derecho laboral para el supuesto que regula el
título y el contenido del artículo 14 de este proyecto de ley,
ahora dictamen de la Comisión. Finalmente, la enmienda número
108 al artículo 21.2 del dictamen de la Comisión hace
referencia a una cuestión que saben SS.SS. que también es
trascendente en este proyecto de ley. Por una parte, que...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Fernández Díaz,
vaya concluyendo.




El señor FERNANDEZ DIAZ: En un minuto termino, señor
Presidente. Por una parte, la sanción que puede establecer el
Ministro de Trabajo o, en su caso, el correspondiente órgano
de las
comunidades autónomas que tengan transferida esta competencia
de suspensión de actividades por un año para las empresas de
trabajo temporal, cuando se dé el supuesto de la reincidencia
en la comisión de una infracción muy grave, puede afectar a la
totalidad de centros de trabajo de una empresa, siendo así que
se haya localizado de manera muy puntual la comisión en un
centro de trabajo de esa empresa. Nos parece que sería bueno
que centralizáramos y focalizáramos la suspensión de
actividades, en su caso, exclusivamente en el centro de
trabajo afectado y que haya sido reincidente en la comisión de
la infracción y no generalizáramos la suspensión de
actividades a la totalidad de la empresa.

En segundo lugar, que en todo caso esa sanción de suspensión
de actividades, siempre sanción muy grave, además por
reincidencia en la comisión de infracción muy grave, quedara
en suspenso hasta tanto quedaran extinguidos los contratos de
puesta a disposición que estuvieran vigentes en el momento de
la finalización de la resolución del expediente administrativo
que conllevara la sanción de suspensión de actividades. ¿Por
qué? Para que no fuera perjudicado el trabajador y la empresa
usuaria, que serían meros sujetos pasivos de la comisión de la
infracción muy grave por parte del sujeto activo que sería la
empresa de trabajo temporal. Creemos que mejoraríamos esa
situación de indefensión que se genera en ese supuesto para la
empresa usuaria y el trabajador si se aceptara nuestra
enmienda. Gracias, señor Presidente; gracias, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Para la defensa de las
enmiendas del Grupo Vasco (PNV), tiene la palabra el señor
Olabarría.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Señor Presidente, señorías, a
nuestro Grupo en principio le gustaría brevemente, puesto que
nos vemos comprimidos o nos vemos en la necesidad de
intervenir en un único turno, a contextualizar globalmente
este aspecto de la reforma del mercado laboral, la atinente a
las empresas de trabajo temporal, de forma similar a como lo
hemos hecho con los otros dos proyectos de ley que constituyen
esta importante reforma; importante reforma por las materias
que se regulan y por las modificaciones que suponen en nuestro
ordenamiento jurídico-laboral. Pero esa importancia la
compatibilizamos con la
discreción. La reforma es fundamentalmente discreta, tampoco
es tan profunda y tampoco afecta de manera muy relevante a los
principios axiológicos del Derecho del trabajo. En todo caso,
esto se contextualiza con esta revolución silenciosa, con esta
especie de profunda mutación de nuestras estructuras de
producción, entre otras, a las que estamos asistiendo en esta
época ya de fin de siglo, de fin del milenio. Yo no voy a
hacer las reflexiones apocalípticas que se han hecho
doctrinalmente en otros momentos, cuando se acercaba el fin
del milenio, aquellas famosas teorías milenaristas, pero la
verdad es que estamos asistiendo a profundas mutaciones en
nuestras estructuras económicas, sociales y de producción, y
esta reforma del mercado de trabajo no es ajena a este proceso
de mutaciones, a esta revolución silenciosa a la que
asistimos. Y en este contexto tenemos que decir que lo que se
está relativizando en sede académica, y habrá que hacerlo en
sede política también (es un debate intelectual, legítimo y
respetable) son los propios paradigmas del Estado del
bienestar, hasta el punto de que hay autores que hablan ya de
la finalización de este ciclo histórico del Estado del
bienestar. Se relativiza como



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un ideal utópico ya el viejo ideal keynesiano del pleno
empleo. Se proclama la dificultad financiera de forma muy
clara, quizás irresponsablemente clara, desde una perspectiva
política como el Ministro de Economía, las dificultades
económico-financieras para seguir asumiendo el compromiso
constitucional de gasto público en materia de régimen público,
de sistema público de Seguridad Social. Por otra parte, se
empieza a dudar de la vigencia del denominado principio de
irregresividad, que es un principio sobre el que últimamente
se debate con cierta frecuencia en esta Cámara (de forma
afortunada se debate sobre la irregresividad de las pensiones)
aunque también hay que dudar, por qué no, y el señor
Barrionuevo lo sabe perfectamente, del real asentamiento, del
eficaz asentamiento de este principio en el Estado español. El
Tribunal Constitucional ya tuvo la oportunidad de pronunciarse
sobre la existencia o no del principio de irregresividad de
las pensiones en el Estado español cuando, en el año 1984, la
Sección Tercera del Tribunal Central de Trabajo le planteó una
cuestión de inconstitucionalidad en la que el Tribunal Central
de Trabajo consideraba que las reglas anticúmulo que se
aplicaban por primera vez en la Ley de los Presupuestos
Generales del Estado del año 1983, es decir, la limitación
máxima cuantitativa a 187.000 pesetas de pensiones
concurrentes, como digo, el Tribunal Central de Trabajo, al
interponer esta cuestión, entendía que vulneraba el principio
de irregresividad puesto que se reducía la cuantía de las
pensiones y, sin embargo, lamentablemente, en opinión de mi
Grupo Parlamentario, el Tribunal Constitucional convalidó
aquella regresión. Desde esa perspectiva, y conociendo el
pronunciamiento del Tribunal Constitucional respecto a aquélla
lúcidamente concebida cuestión de inconstitucionalidad por el
Tribunal Central de Trabajo, dudo de que el principio de
irregresividad tenga real asentamiento en el Estado español.

Pero es una digresión que me está apartando de lo que tenemos
que discutir, que son las enmiendas a este importante proyecto
de ley, el de las empresas de trabajo temporal, y recupero,
señor Presidente, para su tranquilidad, el hilo del asunto
inmediatamente.

Nosotros tenemos tres bloques sistemáticos de enmiendas a este
proyecto de ley. Es un proyecto de ley importante, que remueve
uno de los aspectos esenciales del Derecho de trabajo español
tal como estaba concebido hasta este momento, hasta la
publicación en el Boletín Oficial de estos tres proyectos de
ley, cual es la prohibición de la denominada cesión ilegal de
mano de obra o cesión ilegal de trabajadores, que era
calificada así por mandatos o requerimientos del Estatuto de
Trabajadores y, en concrto, de forma clara en su artículo 26.

Se remueve esta prohibición por requerimientos de los tratados
de la OIT que se refieren a la posibilidad de ceder
transitoriamente trabajadores a empresas que tengan
necesidades coyunturales de incrementar su plantilla, que
tengan lo que se denomina en forma no técnica «puntas de
actividad». Desde esta perspectiva y tras esta remoción,
nosotros entendemos que el proyecto de ley está globalmente
bien concebido y sus presupuestos teóricos son los adecuados.

Sin embargo, entendemos también que este proyecto de ley es
muy perfectible desde tres ámbitos, tres perspectivas, tres
puntos de vista. En primer lugar, mi Grupo tiene presentadas
una serie de enmiendas de naturaleza competencial. No
sorprenderá a SS.SS. que mi Grupo parlamentario presente
enmiendas de naturaleza competencial. Creo que estamos
haciendo una contribución a esta institución en su política
legislativa porque siempre son grupos nacionalistas,
particularmente el nuestro, los que presentan enmiendas que
corrigen deficiencias de constitucionalidad. Son deficiencias
de constitucionalidad la no atención a los títulos
competenciales contenidos en el Título VIII de la
Constitución, son genuinas deficiencias de constitucionalidad,
y
afortunadamente me da la impresión, a través de las
conversaciones que hemos tenido con los portavoces del Grupo
Socialista, que esta cuestión va a ser eficientemente resuelta
en esta ocasión. Nuestras enmiendas hacen referencia a las
competencias administrativas que se prevén en esta ley
respecto al momento de la creación, en primer lugar, de las
empresas de trabajo temporal, puesto que se sabe que el
régimen es de autorización administrativa para el propio
funcionamiento, para la propia existencia de estas empresas.

En segundo lugar, a la llevanza y control del registro público
donde estas empresas se inscriben. En tercer lugar, respecto a
la facultad que se atribuye en el proyecto de ley a la
Administración para recibir datos que las empresas de trabajo
temporal tienen que remitir de forma obligatoria durante todo
su período de funcionamiento. En cuarto lugar, al cumplimiento
de las facultades de naturaleza sancionadora y las facultades
de suspensión de actividades de la empresa de trabajo temporal
cuando éstas se desvían de los requerimientos legales, incluso
de los requerimientos
administrativos.

En el proyecto de ley, lamentablemente, no se contienen las
competencias administrativas que corresponden a las
comunidades autónomas con competencia de ejecución de la
legislación laboral; sólo se atribuyen competencias a la
Administración central del Estado, lo que vulnera los tipos
competenciales que se prevén en materia de legislación
laboral, donde hay diversas comunidades autónomas que poseen
competencia de ejecución de esta legislación (las de Euskadi,
Cataluña, Canarias, Andalucía y algunas otras), y se vulnera
también la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ha
tenido ya la oportunidad de ir perfilando cómo se tienen que
aplicar materialmente los títulos competenciales de ejecución,
en los que siempre se deben reconocer a las comunidades
autónomas que poseen



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competencia estricta de ejecución de la legislación estatal
las competencias que hemos indicado, la registral, la de
autorización administrativa, la de disciplina o competencia
sancionatoria y la de recepción, en su caso, de los datos,
cuando esta facultad de recepción de datos tenga carácter
obligatorio. Estas enmiendas constituyen el primer bloque
sistemático de las presentadas por mi Grupo Parlamentario.

El segundo bloque sistemático de enmiendas hace referencia a
una cuestión que para nosotros es dilecta, muy relevante.

Entendemos que en el proyecto de ley que regula las empresas
de trabajo temporal se está marginando o dificultando el
funcionamiento de las sociedades cooperativas, de las
sociedades no anónimas, en definitiva, de las sociedades que
constituyen este mundo de perfiles un tanto abstractos todavía
pero que se suele denominar «economía social». Se está
marginando puesto que no se prevén mecanismos que garanticen
que aquellas personas, aquellos trabajadores que se vinculen a
las empresas de trabajo temporal por fórmulas contractuales
diferentes a las del contrato de trabajo, puedan desarrollar
las mismas competencias, las mismas actividades que en el
proyecto de ley se prevén para las empresas de trabajo
temporal. Esta vulneración, esta no previsión de las
singularidades de la legislación cooperativa en esta materia
(que son singularidades que deben ser tomadas en cuenta
necesariamente no en la legislación cooperativa, que es la
reflexión que ustedes hacen para defender la no aceptación de
las enmiendas, sino en la legislación específica laboral que
regula las empresas de trabajo temporal) nos lleva a
dificultades incluso de
constitucionalidad de este proyecto de ley que derivan del
posible incumplimiento del principio de igualdad ante la ley
que tan enfáticamente proclaman tres preceptos de la
Constitución, el artículo 1.1, el artículo 9.2 y el artículo
14, y un precepto específico, el artículo 129 de la
Constitución, que se dirige directamente, está teológicamente
concebido para la promoción de las sociedades cooperativas,
puesto que es un mandato expreso del artículo 129 de la
Constitución que la legislación estatal, no sólo la
cooperativa, en cualquiera de sus ámbitos o sectores debe
promover el funcionamiento y la consolidación de las
sociedades cooperativas.

Les aconsejo que reflexionen sobre esta materia más
detenidamente. Es una cuestión de constitucionalidad, es una
cuestión atinente, que afecta a los intereses de un sector
social importante en la economía de nuestro país, cualitativa
y
cuantitativamente considerado, de un sector social como el
cooperativista, como el de las sociedades anónimas laborales y
otro tipo de sociedades como las mutuas, que constituyen el
mundo de la economía social que en este momento de forma
admirable están resistiendo los embates, los envites de la
crisis económica y esto requiere una ponderación
suficientemente reflexiva. Por último, tenemos un tercer
bloque de enmiendas --y con esto acabo, señor Presidente-- de
carácter heterogéneo, que hace referencia a mejoras técnico-
jurídicas --entendemos que este proyecto de ley estando bien
concebido en su conjunto admite mejoras de estricta técnica
legislativa--y a algunas cuestiones más esenciales que deben
ser también tomadas en consideración. El señor Fernández,
portavoz del Grupo Popular, en una brillante intervención
(suele ocurrir con frecuencia cuando interviene, mejor dicho,
siempre, sistemáticamente) ha puesto de relieve algunas de las
deficiencias técnico-jurídicas contenidas en este proyecto de
ley. No entendemos cómo se puede mantener un sistema de
silencio administrativo negativo cuando la reciente Ley de
Procedimiento Administrativo, la jurisprudencia del Tribunal
Constitucional y reiterados informes del Defensor del Pueblo
deshomologan esta fórmula de silencio. Esta es una de las
propuestas que nosotros presentamos: que se transforme el
silencio negativo en un silencio positivo, que se reduzca el
plazo que tiene la Administración para resolver respecto a las
autorizaciones de constitución, autorizaciones que tienen
eficacia constitutiva en este proyecto de ley, de empresas de
trabajo temporal. El plazo de tres meses para resolver
concedido a la Administración nos parece desorbitado, nos
parece amplio; se tendría que reducir al plazo de un mes el
tiempo de que dispone la Administración para resolver. Nos
parece que se tienen que establecer cautelas que impidan la
menor capitalización de una actividad tan compleja y tan
novedosa en este momento y que requiere un tiempo de
implantación y un tiempo de funcionamiento eficiente y
práctico para ver cómo resulta la experiencia. Hemos de tener
algún tipo de cautela garantizadora, concebida o articulada en
cifras mínimas de capital social. Nosotros
proponemos que la cifra mínima de capital social de las
empresas de trabajo temporal que se constituyan ex novo --es
una
experiencia nueva en nuestro Derecho y en el Estado español
también-- sea de diez millones de pesetas, y establecemos dos
excepciones al respecto: otra vez una hace referencia a las
cooperativas o a las sociedades que funcionen en régimen de
mutualismo, en las cuales se reduciría este capital social
mínimo a la mitad; y otra excepción sería reducir este capital
mínimo a la cuarta parte en aquellas empresas que crean una
empresa de trabajo temporal para su propio servicio, para ser
ellas, en régimen exclusivo, las usuarias del servicio de las
empresas de trabajo temporal. Entendemos que se debe corregir
también --y esta es una corrección, me da la impresión tras
haber negociado con representantes del Partido Socialista, más
semántica que de fondo-- que para las prórrogas, las
autorizaciones sucesivas a la primera, a la que se confiera en
primer lugar, la cautela, el fondo de reserva, la garantía
monetaria que se prevé, que es igual al diez por ciento, no es
de la cifra de negocio, esto puede ser algo



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desmesurado en ocasiones y algo demasiado poco en otras...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Olabarría, le
ruego que concluya.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Acabo ya con estas palabras, señor
Presidente. Tiene que ser del 10 por ciento de la masa
salarial. Este es el tipo de garantía y de cautela al que
esencial y teleológicamente se debe referir el precepto y
algunas otras previsiones, señor Presidente, de cuyo relato
voy a liberar a sus señorías puesto que es conocido por los
representantes del Partido Socialista.

Sólo quiero indicar --es una declaración que le interesa a mi
Grupo hacer de forma muy enfática-- que hemos percibido por
parte no sólo del Grupo Socialista, el Grupo mayoritario, sino
de todos los demás grupos de la Cámara, un talante de consenso
que augura, seguramente, un funcionamiento muy eficiente, por
lo menos en lo atinente al marco legislativo, de este tipo de
empresas.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Olabarría. Para la defensa de las enmiendas del Grupo de
Coalición Canaria tiene la palabra el señor Olarte.




El señor OLARTE CULLEN: Señor Presidente, señorías, en el
conjunto de enmiendas formalizadas por el Grupo de Coalición
Canaria, 27 en total, puede apreciarse que, si bien algunas
tratan de mejorar la iniciativa del Gobierno en su formulación
mediante correcciones técnico-jurídicas, otras, sin embargo,
abordan cuestiones más esenciales, más atinentes al fondo,
diría yo, que requieren una lectura política evidente y que no
resulta difícil realizar con la formulación que hemos
planteado nosotros. Coincidimos con las manifestaciones
previas formuladas en esta tribuna, no sólo en lo que se
refiere a algunas cuestiones de naturaleza competencial que
asumimos, evidentemente, tratando de mejorar nuestra
aportación, como se considerará en su momento, sino también en
lo relativo a la preocupación suscitada a propósito de la
presencia, del protagonismo y de la protección que deben tener
al efecto las sociedades cooperativas.

La enmienda número 1, con un contenido similar a las
presentadas por otros grupos parlamentarios, pone de
manifiesto la necesidad de corregir el apartado 1 del artículo
1 del proyecto, en el sentido de establecer el carácter
excepcional de la actividad que se pone a disposición de la
empresa, con carácter temporal, por parte de los trabajadores
contratados por la misma, para
necesidades que nosotros calificamos de no estables; en
definitiva, queremos referirnos --lo establezco ahora con
mayor precisión--a las necesidades permanentes. Pretendemos
circunscribir el servicio de las empresas de trabajo temporal
a necesidades especiales y no estructurales de las empresas
usuarias, al objeto de evitar situaciones fraudulentas que, en
otro caso, se posibilitarían.

Retiramos la enmienda número 2, de adición, al artículo 2.1
del proyecto y mantenemos las restantes.

La enmienda número 3, al apartado 2 del artículo 2 establece
la necesidad de que, en los casos que prevé el proyecto, se
produzca el preceptivo informe de la comunidad o comunidades
autónomas en que se hallen ubicados los centros
correspondientes. Ello tiene como justificación el tratar de
facilitar la colaboración, la presencia y parecer de las
comunidades autónomas que tengan competencias laborales, al
objeto de ponderar suficientemente tales autorizaciones
administrativas.

Nuestra enmienda número 4 pretende simplemente que la
solicitud de autorización presentada, conforme a lo previsto
en tal precepto del proyecto se resuelva en el plazo de los
tres meses siguientes a la presentación de la misma y de la
documentación exigida en la ley y en el reglamento que lo
desarrolle.

Lógicamente es una enmienda de mera razón técnica. Asimismo,
pretendemos establecer la cautela suficiente que evite o trate
de evitar la proliferación de empresas irregulares y
contrataciones fraudulentas que puedan consentir las empresas
usuarias. En definitiva, al igual que con idénticas razones,
si bien con distintas palabras, establece al respecto alguna
otra fuerza política, pretendemos dar estabilidad contractual
o seguridad, diríamos nosotros, al trabajador temporal en caso
de falta de autorización. De ahí que establezcamos, a través
del texto de adición propuesto, que los contratos formalizados
entre una empresa de trabajo temporal no autorizada y una
empresa usuaria se considerarán nulos, subrogándose la empresa
usuaria en las obligaciones contractuales asumidas por la
empresa temporal y presumiéndose como indefinida la
contratación del trabajador afectado en el supuesto que se
contemple.

También consideramos conveniente, por razones técnicas más que
justificadas, mejorar el apartado 1 del artículo 3 del
proyecto, en el sentido de que la constitución de la garantía
que a disposición del Instituto Nacional de Empleo se
establezca por las empresas de trabajo temporal no pueda
consistir en las posibilidades establecidas en el apartado 6
del mismo, sino que necesariamente tenga que consistir en los
depósitos, avales o fianzas que prevén tales apartados.

Por lo que respecta al artículo 3.2, añadimos el calificativo
«vigente» al salario interprofesional, por la necesidad de
establecer una permanencia y una posibilidad de revisión y de
actualización permanente. Alguna



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otra fuerza política también establece un criterio similar.

Por lo que respecta a nuestra enmienda número 8 presentada al
artículo 5.1, creemos necesario que la empresa de trabajo
temporal remita al Instituto Nacional de Empleo, en los
primeros diez días de cada mes, la relación de contratos de
puesta a disposición pero, además, que copia de dicha
información se remita al órgano competente de la comunidad
autónoma en cuyo ámbito territorial se produzcan tales
contrataciones. La justificación es obvia: precisar el cómputo
temporal de las obligaciones de información al instituto, pero
también a los órganos de las comunidades autónomas.

Establecemos la posibilidad de celebrar contratos de puesta a
disposición cuando se trate de satisfacer necesidades
temporales y no estructurales -- precisamos, en coherencia con
otra enmienda anterior-- de la empresa usuaria en los
supuestos que se contemplan y, concretamente, en la
realización de una obra o servicio determinado en empresas
usuarias del sector de la producción o prestación de servicios
cuya actividad prioritaria no sea la realización de obras por
contrato o arrendamiento temporal de servicios. ¿Qué
pretendemos? Es obvio, evitar que se constituyan empresas que,
eludiendo los sistemas de obligaciones directos de la
contratación, abusen de la posibilidad de acceder a los
contratos de puesta a disposición en sectores de actividad por
obra o servicio de duración temporal, como ocurre en la
construcción, etcétera.

Hemos elaborado una enmienda de modificación también del
apartado 3 del artículo 6 del proyecto, en el sentido de que
el contrato o puesta a disposición se formalizará por escrito
pero con unos contenidos mínimos que señalamos: la
identificación de las partes contratantes, expresando el
nombre, domicilio, código de identificación fiscal y número de
inscripción en la Seguridad Social de ambas empresas; los
supuestos de la celebración, las características del puesto de
trabajo a cubrir, la cualificación requerida y el lugar y
horario de trabajo. Tratamos, en definitiva, de garantizar al
trabajador el conocimiento de unas condiciones contractuales
que podríamos calificar de mínimas, de elementales.

Modificamos también el apartado 1 del artículo 7 del proyecto,
estableciendo que en el supuesto del epígrafe 2.a) la duración
coincida con el tiempo durante el cual subsista la causa que
motivó el respectivo contrato con el límite máximo de un año.

Tratamos de evitar, en definitiva, la indeterminación de la
vigencia de contratos por obra o servicio determinado,
formalizables directamente por la empresa usuaria en
condiciones normales. Tratamos de que se modifique también la
letra c del artículo 8 en el sentido de, a partir de la
expresión «causas económicas» que en el mismo se contiene,
decir: «por las causas previstas en los artículos 47, 49, 50 y
51, salvo el supuesto de fuerza mayor, y 52 c del Estatuto de
los Trabajadores». Tratamos de prever todas aquellas
situaciones en que presuntamente se pueden utilizar los
contratos de puesta a disposición con fraudea la ley, que es
uno de los objetivos que perseguimos
permanentemente y una de las cuestiones que permanentemente
también nos preocupa.

A nuestro entender, facilitar la información puntual a la
representación legal o sindical de los trabajadores de la
empresa usuaria no se posibilita, no se produce en su
globalidad y con la seguridad que es precisa mediante esa
información un tanto etérea que se contiene en el proyecto.

Para nosotros se requiere entregar una copia de tales
contratos a los representantes de los trabajadores. Y no se
nos diga que ésta es una cuestión que debe tener su ubicación
ortodoxa en el reglamento, porque creemos importante señalar
desde ahora en este proyecto los mínimos en virtud de los
cuales se habrá de desarrollar, con esta referencia necesaria,
la reglamentación correspondiente.

Nuestras restantes enmiendas pretenden garantizar el carácter
estable de las empresas de empleo temporal, evitando su
función de subcontratas encubiertas o las fórmulas
fraudulentas a que nos referimos. De ahí precisamente la
enmienda de modificación al artículo 10 con el texto que hemos
propuesto, al igual que el artículo 11.1 en el que añadimos un
nuevo apartado con la finalidad de otorgar al trabajador, sin
perjuicio de lo
establecido en el Estatuto de los Trabajadores cuando el
contrato se haya concertado por tiempo determinado, la
posibilidad de ejercer los derechos y disfrutar los beneficios
establecidos en la normativa o convenio sectorial. La
necesidad de actuar de manera coactiva --diría yo-- por el
convenio sectorial es algo que late en diversas enmiendas y
constituye una filosofía que hemos trasladado a las mismas y
que nos parece de todo punto aceptable. Por lo que se refiere
a la enmienda número 20, hemos modificado el texto del
proyecto estableciendo el derecho de los trabajadores no sólo
a la utilización del transporte...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Olarte, vaya
concluyendo, por favor.




El señor OLARTE CULLEN: Voy concluyendo, señor Presidente,
muchas gracias. A instalaciones colectivas de la empresa
usuaria,sino añadiendo también la posibilidad de utilizar los
servicios de la misma, manifestándose también en una línea
similar algún otro grupo parlamentario.

Por lo que se refiere a las enmiendas restantes, queremos que
se perfeccione el sistema gradual de sanciones a las empresas
de trabajo temporal, estableciendo una posibilidad de
suspensión de actividades superior cuantitativamente a la
formulada en el proyecto, en el



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supuesto de incumplimiento reiterado de las infracciones
tipificadas. En alguna otra cuestión, como la que se refiere
concretamente a los supuestos de formalización de contratos de
puesta de cohesión para supuestos no previstos en el artículo
correspondiente al presente proyecto de ley, tratamos de
extrapolar lo que en el proyecto es constitutivo de
infracciones graves a infracciones muy graves en los dos
supuestos que se establecen.

Finalmente, señor Presidente, consideramos que la reincidencia
en el incumplimiento de las obligaciones por parte de una
empresa de trabajo temporal debería suponer la inhabilitación
indefinida de la misma para incorporar la inhabilitación a
perpetuidad también en los supuestos de reincidencia continua
de las empresas de trabajo temporal. Nada más y muchas
gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Olarte.

Para la defensa de las enmiendas de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, señorías, nos
encontramos tramitando, en fase de enmiendas al articulado, la
que podemos llamar hermana menor de la reforma laboral. Es el
tercer proyecto que significa ultimar la voluntad del Gobierno
de reformar el mercado laboral. Parece como si este intento de
poner en marcha las empresas de trabajo temporal quisiera
pasar de puntillas, como de coletazo a la hora de discutir
este bloque de la reforma del mercado laboral.

Es importante reflexionar en el caso concreto de este proyecto
de ley sobre el momento político y el tiempo en el que se
aborda. Y digo que es importante hacer frente a esta
reflexión, porque mientras las otras dos iniciativas tenían un
acompasamiento determinado, ésta queda al margen de otra
realidad, sin que el Gobierno haya abordado iniciativas para
defender lo que
pudiéramos llamar un sector público en lo que es la
intermediación del mercado laboral.

El Gobierno, desde nuestro punto de vista, ha dejado caer, ha
dejado podrir la situación en la que el servicio público de
intermediación en el mercado laboral ha venido funcionando; no
se ha abordado la reforma del Inem, facilitando de verdad su
capacidad de intermediación --hoy se registra uno en el Inem
para contar a la hora del desempleo y no por buscar empleo--;
y ha ido apareciendo, a lo largo de este tiempo, una serie de
empresas que no sé si definirlas como alegales o ilegales. La
portavoz del Grupo Socialista me decía que han aparecido unas
empresas que están actuando como traficantes de mano de obra.

¿Y qué ha hecho la Inspección de Trabajo? Porque si eran
ilegales o alegales tendría que haber actuado.En suma, nos
encontramos con que por la iniciativa privada nos presionan
para legalizar lo que ya funciona. Estas empresas que ahora
mismo intentamos regular ya vienen funcionando, algunas vienen
facturando 60, 80, 100 y 400 millones de pesetas, y ahora les
damos la cobertura legal. Es ahí donde va la crítica de mi
Grupo. La crítica de mi Grupo no va dirigida a que se aborde
la regulación de estas empresas, sino a que no se aborde en su
conjunto la incidencia sobre la
intermediación del mercado laboral. En este país se ha
generalizado la subcontrata: una empresa licita y luego la
ejecuta otra. ¿Y qué es la subcontrata? Ofrecer la mano de
obra para que otra que se lleva el beneficio pueda actuar.

Estamos intermediando en el mercado laboral sin que la
obligación primera funcione para la que va a repartir el
puesto de trabajo y sin defender o actuar sobre la agrupación
de empresas. Por tanto, la incorporación de estas empresas en
lo que pudiéramos llamar mercado laboral sin abordar las otras
dos actuaciones va a generar cuatro grandes defectos en el
mercado laboral, en el mercado del trabajo. En primer lugar,
va a incrementar la flexibilidad. En segundo lugar, va a
introducir un elemento privatizador que ya existe, pero le va
a dar el beneplácito. De ahí que sea muy importante --y ahí
vamos a centrar nuestras enmiendas--intentar paulatinamente la
incorporación de estas empresas y, sobre todo, ser muy
exigentes con las condiciones que deben cumplir, ser muy duros
en las condiciones necesarias para funcionar, porque de verdad
están ganando dinero, obteniendo beneficios en algo tan
dramático como la posibilidad de trabajar o no. Creemos que
ése no debiera ser el objetivo del beneficio privado.

En tercer lugar, va a descentralizar la actividad laboral y
flexibilizar la relación de trabajo. En cuarto lugar, y lo que
es más grave, va a fortalecer la relación empresarial. La
empresa que tiene el trabajo temporal y la empresa usuaria se
van a relacionar, y va a relativizar el peso y la presencia de
los sindicatos, de la vida sindical en esa intermediación
laboral. De ahí que sea importante --y por eso presentamos
muchas
enmiendas-- buscar órganos tripartitos, hacer partícipes a los
comités de empresa, hacer partícipes a los sindicatos y a la
negociación colectiva en la evolución del funcionamiento de
estas empresas.

Dichos los criterios generales que alumbran todas nuestras
enmiendas, voy a intentar concretar las enmiendas que mi
Grupo, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya, ha presentado a cada uno de los
capítulos de esta ley. En el primer capítulo hemos presentado
un bloque de enmiendas dirigido, primero, a la definición de
las empresas de trabajo temporal. Creemos que en la definición
del artículo 1.º, cuando habla del carácter que deben tener
las empresas de trabajo temporal, el carácter temporal debe ir
unido también a una cualificación



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convenida, lo que significa que se busque este contrato
temporal en función de una cualificación que demanda una
empresa, un puesto de trabajo con cualificación determinada y
tener relación salarial inclusive con esa cualificación
determinada. Es una figura que funciona en otro ordenamiento,
por ejemplo en el francés, y no solamente para el trabajo
peligroso, sino en su conjunto. Está en el artículo 124 del
Código de Trabajo. Por tanto, está en la definición de las
empresas, y aquí lo hemos situado. Hemos cogido de los
franceses la mejor definición y no las peores partes de esa
definición.

La enmienda 111 va dirigida a que la puesta a disposición del
trabajo sea un trabajo concreto y no duradero. Es decir, que
cuando la empresa demande el trabajo temporal se refiera a ese
trabajo temporal y no duradero. Por último, a la definición
proponemos la incorporación de un artículo que sea la
introducción progresiva de las empresas de trabajo temporal.

Pretendemos que estas empresas, en un proceso de tres o seis
años, vayan introduciéndose progresivamente a la vez que el
Estado aborda la reforma del Inem regulando legalmente la
subcontrata y la agrupación de empresas. Por tanto, venimos a
proponer un proceso temporal, un proceso progresivo a la hora
de incorporar a estas empresas. Ese es el artículo 1.º bis que
hemos presentado.

Al bloque de autorización administrativa hemos presentado unas
enmiendas para incrementar las exigencias de la Administración
para autorizar administrativamente la incorporación de estas
empresas. La primera sería que se les añada como obligación
presentar un plan de marketing y una clientela mínima. Se me
puede decir que si es la primera autorización, ¿cómo vamos a
saber qué clientela tiene? Si partiéramos de cero, sí, pero es
que llevan ya funcionando la mayoría de ellas. Sabemos las que
son; incluso sabemos su realidad fiscal y su localización. Por
tanto, no sería difícil que se les exigiera esa clientela
mínima para la que van a trabajar, en qué sector inciden y ese
marketing aceptable.

De todas formas, esta exigencia viene recogida en la reforma
holandesa del año 1991 en la estructura de su funcionamiento.

Por otro lado, en cuanto a la prórroga de las empresas, en el
artículo 2.º3. debiera exigirse a estas empresas que su
funcionamiento sea regular y que tengan una actividad mínima.

El proyecto de ley habla de un mínimo de un año, que hayan
funcionado a lo largo de un año, pero no establece qué volumen
de trabajo. Nosotros creemos que debiera recogerse un
funcionamiento regular y mínimo. Fíjense SS.SS. en que si
hablamos de un año, trabajando quince días en un año podrían
tener la autorización de prórroga. Debiéramos ser más
exigentes. Proponemos también que la evolución plurianual se
ejerza, primero, con una prórroga anual después del primer
ejercicio y otra prórroga también anual, no ir a una prórroga
plurianual después del primer año de experiencia. Nosotros
queremos que haya un funcionamiento estable durante tres años
para garantizar una prórroga de tres años. Proponemos aplazar
la prórroga plurianual. Por último, en cuanto a autorizaciones
administrativas proponemos que si se produce una falta de
autorización o la nulidad de la empresa, el trabajador que
haya sido cedido por esta empresa de trabajo temporal a una
empresa usuaria quede relacionado con la empresa usuaria. Por
tanto, que el trabajador no sea el paganini de una situación
complicada. Que si el trabajador ve desaparecer la empresa a
la que pertenece como parte de una empresa de trabajo
temporal, pueda pasar a la empresa que ha sido usuaria para
así no perder su nivel de empleo en las condiciones en que fue
cedido, no proponemos que pueda pasar a una realidad más
complicada. Por otro lado, presentamos enmiendas a lo que
pudiéramos llamar garantías financieras. Creemos que hay que
ser exigentes en las garantía a estas empresas. Queremos
endurecer las condiciones de las garantías que a estas
empresas se les pone. Primero, proponemos que el salario
mínimo interprofesional sea el del año en curso. Puede decirse
que eso es obvio, pero poniéndose tampoco perjudica a la ley.

Estamos más tranquilos con que sea así. Podemos empezar a
discutir si fue cuando se hizo en el año originario o si es el
año en vigor. Puede haber tránsitos complicados, más cuando
algunas actuaciones pueden durar más de un año en una empresa,
puede haber varias relaciones. Si es el salario mínimo
interprofesional vigente se aplicará en el primer año cuando
se cede y en el segundo año cuando está funcionando.

Proponemos que se eleve la exigencia que el Gobierno recoge en
su proyecto de ley de un importe igual como garantía a 25
veces el salario mínimo interprofesional. Creemos que debe de
establecerse esta exigencia para las empresas según el número
de trabajadores. No todas las empresas van a funcionar con el
mismo volumen de trabajo. Hoy la realidad que tenemos es que
hay empresas que facturan 50 o 60 millones de pesetas y otras,
400 millones. Sin embargo, la exigencia es igual para todas.

¿Qué proponemos nosotros? Una franja de exigencia de 30 veces
el salario mínimo interprofesional o 60 veces, según sea el
volumen. El Gobierno dice 25 veces el salario mínimo
interprofesional para todas. Esa franja puede ser de 30, de
25, puede fluctuar. Se pueden aceptar transacciones en función
de la evolución. Creemos que es injusto que se haga por igual
para todas. Proponemos que el documento de constitución de la
garantía sea remitido al Inem y que con ella se haga frente
también a las obligaciones fiscales; exigencia que viene
recogida también en Holanda.




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En cuanto a garantías, con la enmienda 124 creemos que en el
artículo 3.º4, debiéramos añadir que los órganos
descentralizados de las comunidades autónomas pudieran
participar en esta función del apartado 4 a la hora de
devolver o no la garantía porque son las que conocen y
controlan la empresa. Por último, en el artículo 5.º, donde se
contempla la obligación de información al Instituto Nacional
de Empleo, proponemos que se regule quién va a controlar las
empresas. Aquí se dice a quién dirigir la información, pero
creemos que el Instituto Nacional de Empleo debe controlar las
empresas y que éstas deben estar obligadas a informar al
Instituto Nacional de Empleo mensualmente, dentro de los
primeros diez días de cada mes. En cuanto a los contratos de
puesta a disposición, debiera actuarse para que en el contrato
se especificase la causa que origina la contratación. Pensamos
que debe suprimirse el uso de estos empleos hacia las empresas
con derecho a la reserva de puestos de trabajo; es decir, que
no puedan acceder trabajadores de empleo temporal cuando se
pretenda sustituir trabajo fijo en la empresa que
accidentalmente se encuentre sin cubrir. Creemos también que
la ley debe recoger las condiciones y características del
contrato de puesta a
disposición. Debiéramos ser exigentes en la figura de este
contrato de puesta a disposición y especificar en la ley cuál
es la identificación de las partes que componen el contrato,
cuál es el número y vigencia de la autorización de la empresa,
cuál es la duración estimada del contrato, cuáles son las
características del trabajo a realizar, cuál es la
cualificación requerida, cuál es el horario de trabajo y la
remuneración a percibir... El informe del CES que autoriza
estas empresas recogía que se incorporara esto, aunque es
verdad que decía en la ley o en el desarrollo reglamentario.

Yo prefiero que esté en la ley, porque en el desarrollo
parlamentario no participo. Como decía Romanones: Hagan
ustedes las leyes, que yo haré los reglamentos. Yo prefiero
que la ley regule, establezca lo máximo, y que después los
reglamentos...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Ríos, concluya,
por favor.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, me gustaría terminar
la defensa de todas las enmiendas, puesto que se han agrupado
todas. (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Tiene un minuto más,
señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, quizá en vez de
haber aceptado agruparlas tendría que haberlas defendido por
bloques. Hubiera sido más rentable.

Voy a referirme solamente al trámite parlamentario (doy por
defendidas todas las demás, espero después en la réplica
volver a las mismas, tanto en lo que son garantías como en lo
que es la relación del trabajador con la empresa usuaria), y a
la
aceptación de algunas enmiendas del Grupo Socialista y de
Convergència i Unió. Nosotros creemos que la aceptación de
algunas enmiendas ha empeorado el proyecto de ley que el
Gobierno ha remitido. En concreto, la aceptación en Ponencia
de la enmienda 90, del Grupo Socialista, al artículo 11.1.a),
va a empeorar el proyecto, puesto que éste decía que cuando el
trabajador sea cedido por una empresa de trabajo temporal,
podrá acogerse al convenio de la empresa de trabajo temporal o
a la remuneración que le corresponda en función del convenio
que tenga la empresa usuaria. Sin embargo, la enmienda del
Grupo Socialista propone que el trabajador tenga derecho al
salario según el convenio que tenga la empresa de trabajo
temporal o, en su defecto, si no hay convenio, a que se le
aplique el de la empresa usuaria. Nosotros creemos que debe
aplicarse el convenio de la empresa usuaria. ¿Por qué? Porque
a igual trabajo, igual salario. Podemos tener trabajadores en
una empresa, cumpliendo la misma función, y que unos ganen la
mitad que otros y no es posible que haya discriminación porque
sean temporales. Hay sentencias del Tribunal Supremo que dicen
que no pueden establecerse diferencias de esta cuantía y
calibre entre un trabajador fijo y uno
temporal.

Por otro lado, la enmienda de Convergència i Unió número 83 al
artículo 16.3, propone que la empresa usuaria, en lugar de
responder solidariamente, lo hagasubsidiariamente. Pues bien,
precisamente el dictamendel CES, que autoriza estas empresas,
aconseja al Gobierno que modifique su propuesta inicial. El
Gobierno, inicialmente, hablaba de responder subsidiariamente
y el dictamen del CES decía que la relación solidaria
simplifica el proceso para garantizar la efectividad de la
responsabilidad. Dice, incluso, que el artículo 42.2 del
Estatuto de los
Trabajadores, en la relación de subcontratas y obras de
servicio, también debía recoger la obligación solidaria; es
mejor para el trabajador, más rápida y más fácil. Y ustedes,
en función de este informe del CES, modificaron la palabra
«subsidiario» por «solidario». Ahora, en el trámite
parlamentario, le vuelven a dar la vuelta y vuelven a hablar
de una relación subsidiaria. Termino, señor Presidente,
defendiendo lo que debiera de ser, según nuestro punto de
vista, la posición de los trabajadores en la empresa usuaria.

Creemos que los trabajadores en la empresa usuaria deben tener
las mismas condiciones que los trabajadores de esta empresa.

Por tanto, debieran tener una indemnización por despido y
también las mismas condiciones, no solamente para el
transporte, no solamente para usar las instalaciones
colectivas, sino también para toda otra



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vertiente que a nivel de relación de producción pueden tener
en la empresa, y en concreto ropas, uniformes, materiales para
la seguridad laboral, etcétera. En suma, creemos que los
trabajadores deben tener la misma situación que los
trabajadores de la empresa a la hora de llegar a trabajar
temporalmente. En todo caso espero que en el debate
parlamentario pueda ser mejorada y recogida alguna de nuestras
enmiendas. Nada más, señor Presidente, nada más, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Por el Grupo Mixto han
presentado enmiendas el señor Mur, la señora Rahola y el señor
González Lizondo. Para la defensa de sus enmiendas, tiene la
palabra el señor Mur.




El señor MUR BERNAD: Muchas gracias, señor Presidente. Tomo la
palabra para defender en el Pleno ocho enmiendas que siguen
vivas de las que tuve el honor de presentar en Comisión a este
proyecto de ley.

Empezaré diciendo que nuestras enmiendas van dirigidas a
mejorar parcialmente, en aspectos muy puntuales, la concepción
global del proyecto de ley, con el cual nosotros estamos
básicamente de acuerdo. Me gustaría añadir que este proyecto
de ley,
evidentemente, ha llegado un poco tarde, pero más vale tarde
que nunca. En la Comisión se ha hecho un buen trabajo de
aceptación de enmiendas, que han colaborado a mejorar el texto
remitido, aspecto que es de destacar porque ese es, sobre
todo, el trabajo de los enmendantes. En mi caso no he ido
nunca en contra del espíritu del proyecto de ley y he tendido
con mis enmiendas a mejorar aspectos puntuales y concretos.

Paso a relatar sucintamente --porque los argumentos están
bastante explícitos en el texto de las propias enmiendas y en
el debate de Comisión--las enmiendas que yo mantengo vivas
para su votación en este Pleno. Puesto que son enmiendas
parciales que tienden en algunos casos de manera muy sucinta a
mejorar el texto, pediría, en la medida de lo posible, el
apoyo del Grupo que sustenta al Gobierno porque esa ha sido mi
intención en el momento de presentarlas.

La enmienda número 87, al artículo 2.º1.b) pretende,
simplemente, precisar el objeto de este tipo de sociedades.

En la enmienda 146 al artículo 8.º, número 2, nos parece que
la garantía de este tipo de sociedades pueden y deben
mejorarse con la redacción que nosotros le damos.

La enmienda 88, al artículo 6.º, número 3, hace referencia a
la comunicación del contrato. Nos parece que esa comunicación
debe extenderse más que el proyecto de ley, y que no es
perjudicial el que la comunicación del contrato se amplíe.

La enmienda 147, al artículo 7.º, número 2, pretendeaclarar
todavía más la finalización del plazo del contrato.

La enmienda 148, al artículo 7.º, número 3, pretende la
supresión de este apartado por considerarlo innecesario.

La enmienda 149, al artículo 8.º b) pretende una mayor
concreción y detalle sobre el trabajo peligroso y sobre la
necesidad de una especial preparación por parte de aquellos
trabajadores que lo vayan a desempeñar. La enmienda 150, al
artículo 9.º, habla del mayor grado de información a los
representantes de los
trabajadores. Creemos que la información en este tipo de
contratos siempre resulta útil y no perjudica a nadie. La
enmienda 151, al artículo 11.1.b), pretende proteger los
derechos de los trabajadores entregándoles copia de los
contratos y concretar aún más la indemnización a la
finalización del
contrato.

Como se ve son enmiendas que yo calificaría de técnicas, que
tienden a mejorar el propio funcionamiento después y la
aplicación de esta ley. Dando nuestro apoyo, como lo vamos a
dar, al conjunto del texto, lo que hemos pretendido --y así lo
quiero poner de manifiesto-- con esta modesta aportaciónn ha
sido colaborar a mejorar los aspectos puntuales y la
aplicación de este proyecto de ley.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Mur. Para la defensa de sus enmiendas, tiene la palabra el
señor Albístur.




El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente.

Empezaré mi intervención dando por defendidas las enmiendas de
Esquerra Republicana de Catalunya y de Unidad Valenciana y, en
concreto, dar por aceptada la propuesta de transacción del
Grupo Socialista para el caso de Esquerra Republicana. Lo digo
a efectos de economía parlamentaria. Respecto a la enmienda
viva, mantenida por el Grupo al que represento, el objetivo
fundamental era, de acuerdo con la jurisprudencia
constitucional, el que está determinado que viola el derecho a
la igualdad el que un convenio colectivo establezca
condiciones diferentes, distintas o
inferiores para los trabajadores eventuales. Esto mismo
pretendíamos en las dos enmiendas que ya han sido retiradas
anteriormente, que no se produjeran diferencias entre un
trabajador eventual y otro trabajador de difrentes sectores
productivos.

Como consideramos que el trabajo relizado por la Ponencia se
ha conseguido en el artículo 11.a) llegar a una redacción que
garantiza precisamente que la retribución del trabajador
puesto temporalmente a disposición de una empresa usuaria no
tenga en este caso una retribución



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inferior a la de un trabajador que en dicha empresa usuaria
desempeñe un puesto de trabajo igual o equivalente, vamos a
retirar la enmienda y a aceptar la propuesta de la Ponencia en
este artículo, con lo cual quedaría zanjado el tema.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Albístur. Para consumir un turno en contra, por el Grupo
Socialista tiene la palabra el señor Barrionuevo.




El señor BARRIONUEVO PEÑA: Gracias, señor Presidente.

Aunque ha habido intervenciones expresas de algunos diputados
que han defendido enmiendas en nombre de sus grupos, quisiera
agradecer el espíritu de cooperación que ha presidido los
trabajos en torno a esta ley, tanto en la Comisión como en la
defensa y debate de las enmiendas que han quedado pendientes
para su discusión en el Pleno de esta Cámara.

Ese espíritu de cooperación se ha puesto de manifiesto en la
aceptación de una serie de enmiendas de prácticamente todos
los grupos de esta Cámara, unas directamente, otras
transaccionadas, que a nuestro modo de ver, han mejorado un
proyecto de ley que ya tenía una factura técnica apreciable
tal y como había sido remitido por el Gobierno a la Cámara.

En esa misma línea de mejora técnica del proyecto, tenemos el
propósito de avanzar, por lo que, a continuación, vamos a
propiciarnos sobre las enmiendas defendidas por los distintos
grupos.

Por lo que se refiere a las enmiendas defendidas por el señor
Fernández Díaz, del Grupo Popular, voy a referirme a algunas
de las que están incorporadas al dictamen, que sin duda son
aportaciones muy significativas. Aceptaremos los criterios
referidos a las competencias de las distintas autoridades
administrativas, bien del Estado, bien de las comunidades
autónomas, al proponer enmiendas transaccionales a otros
grupos parlamentarios que, como digo, guardan relación con lo
que se planteaba en las enmiendas del Grupo Popular.

Hay algunas otras cuestiones --de alguna forma lo había
avanzado ya el señor Fernández Díaz-- sobre las que pensamos
que sería conveniente una cierta meditación o estudio y es
posible que en trámites parlamentarios ulteriores puedan ser
consideradas. Enmiendas tales como la que proponen al artículo
6.2, para incluir expresamente entre los supuestos que
justifican la celebración de un contrato de puesta a
disposición, las
exigencias de una empresa derivadas del lanzamiento de una
nueva actividad, aunque, quizá, pudiéramos considerarlo
incluido implícitamente en las letras a) y b). Mantenemos
nuestro
criterio, en la cuestión de la retribución del trabajador en
la empresa usuaria --me parece que el señor Fernández Díaz
está ya de acuerdo, así como otros Diputados que han
intervenido-- de que la retribución tiene que ser acorde con
el puesto de trabajo que se desempeñe, obviamente. Hacemos una
referencia al convenio de las empresas de trabajo temporal y,
en su caso, al aplicable a la empresa de trabajo subsidiaria.

Ellos preferirían que
hiciéramos la referencia al convenio sectorial. Nosotros
seguimos pensando que es mejor esta referencia al convenio
aplicable, porque hay también un coste de tramitación o de
litigiosidad que se puede evitar; me parece que queda mejor
con nuestra fórmula. Así como, desde su punto de vista, nos
sugiere meditación para ulteriores trámites parlamentarios,
también nosotros, a la recíproca, lo hacemos, en este caso y
en otros.

Finalmente, pensamos --como decía-- que algunas de las
aportaciones son muy significativas. Yo mencionaría en este
acto que la de tomar en consideración, a los efectos de
posteriores autorizaciones, las suspensiones, cuando hayan
sido más de dos, que se hayan puesto como sanción a una de
estas empresas, nos parece una de las aportaciones más
significativas y que recoge el espíritu de enmiendas de otros
Grupos parlamentarios.

(Rumores.)
Por último, en lo que se refiere al artículo 21.2 --enmienda
número 108--, seguimos pensando, señor Fernández Díaz, que la
sanción de suspensión está centrada en supuestos de tal
gravedad que afectan al funcionamiento, a la actividad o a la
forma en que se produce la empresa y, consecuentemente,
introduciríamos un factor de confusión; afecta al objetivo, a
cómo funciona, a cómo se desarrolla... (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Un momento, señor
Barrionuevo. Señorías, les ruego que guarden silencio.

(Pausa.) Cuando guste, señor Barrionuevo.




El señor BARRIONUEVO PEÑA: Gracias, señor Presidente.

Repito: a como se desarrolla la actividad de la empresa y,
consecuentemente, nos parece mejor, sinceramente, el texto del
dictamen de la Comisión. Exactamente igual pensamos --ya lo
discutimos en la Comisión-- en cuanto a la referencia a que no
produzca efectos en los contratos de los trabajadores en la
empresa usuaria. Nosotros creemos que las sanciones a las
empresas infractoras, que, en consecuencia, tiene su efecto,
lógicamente, de conservación de los contratos, están recogidas
ya en el Decreto-ley de fomento a la ocupación, que se tramita
como ley, cuando se produce una infracción de las empresas en
este tipo de contratos y, consecuentemente, no es necesario
volverlo a incluir aquí. Otros efectos contractuales pensamos
que se refieren al Derecho Mercantil o al Derecho Civil y no
son, por tanto, de esta ley.




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En todo caso, digo, por sus aportaciones y por el espíritu con
que se han hecho, agradecemos muy sinceramente la intervención
del señor Fernández Díaz en este proyecto de ley, tanto aquí
como en Comisión.

En cuanto a la intervención del señor Olabarría y a la defensa
de sus enmiendas, ha hecho unas reflexiones previas, que son
compartidas en muy buena parte por este Diputado que les
habla, y que no me atrevó a reiterar, porque me parece que se
pondría muy de manifiesto que no alcanzaría el nivel con que
ha defendido esos principios el señor Olabarría.

En cuanto a los aspectos concretos, ha agrupado el conjunto de
sus enmiendas en tres apartados, me parece que dándoles una
sistemática muy adecuada. Sobre las citadas enmiendas tendría
que decirle, en primer lugar, que se ha referido a enmiendas
que él agrupaba bajo la rúbrica de «competencias
administrativas». Debo manifestarle que aceptamos los
criterios que están contenidos en estas enmiendas. A esos
efectos propondremos enmiendas
transaccionales a su enmienda número 30, al artículo 2.2; a la
enmienda número 34, al artículo 4.1; a la enmienda número 35,
al artículo 5; a la enmienda número 43, al artículo 19, y a la
enmienda número 44, al artículo 21.

Asimismo, quiero hacer constar que utilizamos para estas
propuestas de transacción preferentemente el artículo de estas
enmiendas que he mencionado del PNV, porque nos parece que son
las que más se aproximaban a dicha propuesta de transacción.

Pero quiero hacer referencia que a algunas de ellas había
enmiendas también de otros grupos parlamentarios con el mismo
espíritu, aunque tuvieran otra redacción. (Rumores.) Debo
mencionar aquí expresamente enmiendas...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Un momento, señor
Barrionuevo. (Pausa.)
Continúe.




El señor BARRIONUEVO PEÑA: Gracias, señor Presidente.

Decía que debo mencionar aquí también como enmiendas con el
mismo espíritu, aunque con otra redacción --a pesar de que la
transacción se ofrece al Partido Nacionalista Vasco, pero
estarían igualmente afectadas porque se refieren al mismo
tema--, las enmiendas que ha presentado el Grupo de
Convergència i Unió; el Grupo Mixto, a través de la señora
Rahola; el Grupo de Izquierda Unida, por ejemplo, al artículo
5, enmiendas números 125 y 127; el Grupo de Coalición Canaria,
a diversos artículos, así como el Grupo Popular, con el mismo
espíritu y un contenido similar.

En cuanto a las enmiendas presentadas por el Partido
Nacionalista Vasco, debo decirle que las que se refieren a
posible
modificación de la legislación vigente respecto a
cooperativas, preferimos estudiarlo más de-tenidamente y
dejarlo, en su caso, para un trámite parlamentario ulterior.

Finalmente, las que él denominaba enmiendas heterogéneas --
aunque quizá no sean tan heterogéneas; son sustantivas, aunque
son diversas--, debo decirle que tenemos también un
pronunciamiento positivo sobre su enmienda número 24, que
aceptaríamos, y que hace referencia a la supresión de un
párrafo, un inciso, en el preámbulo y presentaríamos una
enmienda transaccional con la número 27, referida al artículo
2.1, y que consistiría en incluir un nuevo párrafo con la
letra f) al artículo 2.1 --que en Comisión fue añadido al
párrafo e) como consecuencia de una enmienda del Partido
Popular--, que consistiría en incluir en su denominación los
términos «empresa de trabajo temporal» o su abreviatura «ETT».

Es una enmienda transaccional, aunque el texto que propone en
su enmienda el PNV es literal, porque se refiere sólo a uno de
los dos párrafos que proponía incluir mediante su enmienda. En
cuanto a las enmiendas defendidas por el señor Olarte, de
Coalición Canaria, en este caso específico tengo que hacer una
mención a ese espíritu de cooperación que está plasmado en
estas enmiendas. En buena parte, su espíritu, aunque no haya
sido en su literalidad, hemos querido recogerlo en la
redacción del dictamen. Por eso invitaríamos también al Grupo
a sumarse al apoyo a estos artículos. Puedo decirle, por
ejemplo, que, aunque haya algunas diferencias terminológicas,
coincidimos en el espíritu en su enmienda 47. Pensamos que ese
criterio de marcar la temporalidad ya está hecho, aunque no
sea exactamente con la misma expresión que se utilizaba en su
enmienda, también aunque no sea en su integridad, está
recogido también el espíritu, y lo digo por espigar algunas de
las que considero más significativas, que hay en su enmienda
158, relativa al artículo 8, aunque no haya una transcripción
literal; también podríamos mencionar la enmienda 53, referida
al salario mínimo interprofesional, que entendemos,
obviamente, que es el vigente y así lo declaramos, nos parece
que es lo normal y que con la redacción es suficiente. Hay una
serie de enmiendas de Coalición Canaria que se refieren
también a este problema competencial de las comunidades
autónomas que pensamos que están recogidas ya con la
transacción que proponemos a la enmienda del PNV, ya que
pensamos, repito, que la del PNV se aproximaba más a la
redacción que nosotros
proponemos, pero el espíritu es idéntico. Consecuentemente,
como señalo, pensamos que una buena parte de las enmiendas o,
al menos, las más significativas, sino en su literalidad,
algunas también en el trámite de Comisión, se ha hecho así y
están recogidas.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Barrionuevo, le
ruego vaya acortando, porque va concluyendo el tiempo.




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El señor BARRIONUEVO PEÑA: Concluyo ya, señor Presidente.

Finalmente, en lo que se refiere a la intervención del señor
Ríos, del Grupo de Izquierda Unida, cuando ha dicho con
carácter general que su crítica no se refiere a esta
regulación, sino, quizá, a la ausencia de una reforma más
amplia del conjunto de los instrumentos de mediación en la
contratación laboral o en la colocación de trabajadores, yo
creo que refleja bien lo que han sido nuestros debates desde
su punto de vista, porque no hay, como no hubo tampoco, y ya
lo señalamos en el debate de las enmiendas a la totalidad, un
rechazo de esta regulación que S.S. sabe, exactamente igual
que nosotros, que es la norma común en la Comunidad Europea. Y
ya en el dictamen del Consejo Económico y Social también se
decía que, con respecto a este proyecto de ley, no había
objeciones de fondo sustantivas, aunque pudiera haber algunas
diferencias, como sin duda existen en algunos aspectos
concretos.

Hemos hecho también un esfuerzo, al igual que con respecto a
otros grupos, de acogida de enmiendas, normalmente por vía
transaccional, en Comisión y hemos mencionado aquí algunas
otras enmiendas que también pensamos recogerlas en ese
espíritu en algunas de las transacciones propuestas y en algún
otro aspecto como el que se ha referido S.S. al artículo 17, y
pensamos que podremos todavía en trámites ulteriores
parlamentarios
considerarlas y debatirlas nuevamente; pero pensamos que
también las aportaciones del Grupo de Izquierda Unida, algunas
significativas, han sido recogidas y están incorporadas a este
proyecto de ley.

Finalmente, agradecemos también la intervención del señor
Albistur. Las enmiendas de su Grupo, como él ha señalado,
están recogidas. Le agradecemos también su cooperación en la
tramitación de este proyecto de ley. Por último --no sé si el
señor Albistur actúa también como portavoz del Grupo Mixto--
quiero decir que acogeríamos la enmienda número 21, del Grupo
Mixto, presentada por el señor González Lizondo, al artículo
8. Nos parece que ésta es una aportación del Grupo Mixto, en
este caso del señor González Lizondo, que merece ser incluida,
en este proyecto de ley. Por consiguiente, votaremos a favor
de esa enmienda número 21, del Grupo Mixto.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Termine ya, señor
Barrionuevo.




El señor BARRIONUEVO PEÑA: Perdón, señor Presidente, queda una
última cosa, se lo aseguro.

También nos referimos, porque parece que el señor Albistur
asumía este papel, a que queremos proponer una enmienda
transaccional a la número 4, del Grupo Mixto, presentada por
la señora Rahola, al artículo 3, de la que creo que tiene ya
conocimiento el señor Albistur.

Las enmiendas transaccionales las presentaremos, como es
preceptivo.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Muchas gracias, señor
Barrionuevo. ¿Para un turno de réplica? (Pausa.)
El señor Olabarría tiene la palabra.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Gracias, señor Presidente.

No es propiamente un turno de réplica, sino que voy a indicar
las enmiendas que mi Grupo retira en virtud de las
transacciones ofrecidas por el portavoz del Grupo Socialista.

Vamos a retirar nuestra enmienda número 24, en primer lugar,
o, mejor dicho, va a ser aceptada. Vamos a retirar nuestra
enmienda número 27, en relación al artículo 2.1, así como la
número 30, de sustitución del número 2 del artículo 2; la
número 34, relativa al artículo 4; la número 35, en relación
al artículo 5; la número 43, relativa al artículo 19.2, y, por
último, la número 44, en relación al artículo 21.2.

Gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Olabarría, una
aclaración. La enmienda 24 no aparece como retirada porque,
según he entendido, lo que ha indicado S.S. es que va a ser
aceptada.




El señor OLABARRIA MUÑOZ: Sí, señor Presidente, va a ser
aceptada. No la he retirado; me he corregido yo.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): De acuerdo. Muchas
gracias. El señor Olarte tiene la palabra.




El señor OLARTE CULLEN: Muchas gracias.

Agradecer la intervención del señor Barrionuevo. Decir que
nosotros, en principio, mantenemos las enmiendas 51, 56, 61 y
63. Le repito, sobre todo por si en alguna intervención del
señor Barrionuevo dijera algo al respecto y pudiera
reconsiderar yo esta posición mía.

Mantendríamos, por tanto, las enmiendas números 51, 56, 61 y
63. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Olarte.

Señor Ríos.




El señor RIOS MARTINEZ: Muy breve, señor Presidente, para
aceptar la transacción que se ha propuesto, junto con las de
otros grupos, a las enmiendas 125 y 127. Por tanto, retirar
esas dos enmiendas para facilitar la transacción.




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Como comentario a la intervención del señor Barrionuevo,
nosotros tenemos una posición centrada en dos argumentos que
no han encontrado eco en el trámite parlamentario: uno, una
introducción progresiva de estas empresas mientras se abordan
otras reformas, y, dos, la situación en la que van a quedar
los trabajadores que van a tener una relación más con la
empresa de trabajo temporal que con la empresa usuaria.

Nosotros ya anunciamos aquí que si no se modifican las
situaciones en las que los trabajadores van a ser cedidos a
las empresas usuarias, va a ser un foco de muchos recursos y
de conflictividad, porque no se va a ajustar a igual trabajo
igual salario, va a haber grandes diferencias, inclusive a las
condiciones de trabajo en las empresas usuarias, ni a nivel
salarial ni a nivel de condición de trabajo. Esos dos defectos
de este proyecto creemos que deben de corregirse en trámite
parlamentario.

Por último, la figura de indemnización y seguridad que deben
tener los trabajadores que están relacionados con las empresas
de trabajo temporal, desempleo y seguridad e indemnización. Es
verdad que se recoge una indemnización pequeña, pero creemos
que no está en relación con lo que a nivel europeo existe en
otros países; por ejemplo, en Francia. En suma, señor
Presidente, no nos vamos contentos con las transacciones que
se nos han dado. Creemos que debieran haberse hecho
modificaciones más profundas; inclusive, algunas transacciones
con otros Grupos han empeorado el proyecto.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor Ríos.

Tiene la palabra el señor Albistur.




El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente.

Para agradecer al señor Barrionuevo la aceptación de la
enmiendda número 21, del Grupo Mixto, que, como él dice,
contribuye a una mejora del artículo 8. También, para reiterar
la aceptación de la transacción propuesta a la enmienda número
5, del Grupo Esquerra Republicana.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Tiene la palabra el
señor Barrionuevo.




El señor BARRIONUEVO PEÑA: Muchas gracias, señor Presidente.

Agradezco las manifestaciones de los otros señores Diputados
que han intervenido y creo que sólo debo contestar al señor
Olarte, de Coalición Canaria, para decirle que, aunque no he
podido en la rapidez del debate leer con detenimiento todas
las enmiendas que ha mencionado S.S., sí le puedo hablar
respecto de alguna de ellas. Por ejemplo, respecto a la 51,
que dicen que la mantienen, entendemos que este tipo de
consideración está incluido creo que en el artículo 2.º del
Decreto-ley de Fomento a la Ocupación. En el Decreto-ley se
deja claro que, cuando el contrato entre la empresa de trabajo
temporal y la empresa usuaria se celebra con infracción de lo
establecido en la Ley que lo autoriza, tiene esos efectos que
ustedes proponen en su enmienda. Es verdad que no está dicho
en esta ley, pero está dicho en otra. Quizá, de ahí surja,
pero digamos que el espíritu de esa enmienda está en nuestro
ordenamiento, aunque no esté en esta Ley. Sobre la enmienda
56, se trata de una diferencia formal. Ustedes
consideran --el Grupo de Izquierda Unida hacia algo parecido--
que esa mención de requisitos del contrato debe hacerse
constar en la ley. Nosotros pensamos que debe estar en el
reglamento. Esa es la diferencia, pero se lo digo a título de
ejemplo para que vea que no es que haya una oposición.

Finalmente, en cuanto a la intervención del señor Ríos, creo,
sinceramente, que el aspecto indemnizatorio está bien
recogido. Hay en nuestro ordenamiento, y él bien lo sabe,
otros contratos temporales a tiempo
determinado que no tienen recogida una posible indemnización.

En cuanto a la protección en materia de Seguridad Social o
desempleo, estamos a la normativa general, no hay una
excepción respecto a estos trabajadores. Tampoco entendemos
que deba incluirse nada especial o singular; pensamos que debe
aplicarse la normativa general.

Por lo demás, es verdad que habrá trámites ulteriores para
seguir debatiendo.

Una vez más, agradecemos la intervención del señor Albistur.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Barrionuevo. Para un turno destinado a fijar su posición, por
el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Hinojoa. (Rumores.) Un momento, señor
Hinojosa. Señorías, guarden silencio. Es imposible escuchar al
señor Diputado que intervenga, es absolutamente imposible
poder escuchar lo que dice. Cuando guste, señoría.




El señor HINOJOSA I LUCENA: Muchas gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, mi Grupo, como ha sido obvio, no
ha dejado ninguna enmienda viva para este trámite. Presentó
doce enmiendas al texto, siete de las cuales fueron aprobadas,
el resto fue retirado en Comisión, algunas probablemente
vuelvan con una nueva redacción al Senado.




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Hemos procurado, como todos los Grupos, naturalmente, mejorar
el texto que venía del Gobierno. Nos parece que lo hemos
logrado con el diálogo y la negociación en la Comisión. Pondré
dos ejemplos, uno que ha sido mencionado ya aquí y otro que
voy a mencionar yo. Un ejemplo es la incorporación al texto
definitivo, espero, de una cautela para que a ningún
trabajador se le pueda requerir pago alguno, ningún tipo de
cantidad, por la selección, formación o colocación. Ese es un
argumento que se ha utilizado en la calle para ir en contra de
este proyecto, y me parece muy correcto que se haya aprobado
el texto que nosotros proponíamos.

Otro tema que el señor Ríos ha mencionado negativamente --como
no podía ser de otra forma; él sólo ha leído parcialmente la
enmienda-- es nuestra enmienda 83, que fue, efectivamente,
aceptada, y que en su primera parte dice que las empresas
usuarias responderán subsidiariamente. Es evidente que debe
ser así, porque si no, a qué viene el fondo, la garantía de la
empresa (ya sé que ahora no me escucha, pero espero que
después lea el «Diario de Sesiones»), a qué vendría entonces
la necesidad del depósito de las empresas de trabajo temporal
si no fuese para que respondiesen de sus propios actos, sin
que la usuaria tenga que responder. En cualquier caso, hay un
punto y aparte donde decimos --en la misma enmienda-- que
dicha responsabilidad sí será solidaria cuando el trabajador
hubiese sido contratado o se hubiesen violado de alguna manera
los artículos 6 y 8 del proyecto. Es decir, hemos hecho dos
cosas: mejorar el texto y, por otro lado, creo que la Cámara
ha hecho un acto de sinceridad al aprobar este texto, porque,
efectivamente, estas empresas no son empresas que empiecen a
actuar a partir de la aprobación del texto, son empresas que
están actuando en España hace años. A pesar de que el artículo
47 del Estatuto de los Trabajadores prohibía su actuación, es
evidente que han estado actuando y que han actuado
positivamente en el mercado de trabajo.

Nosotros creemos que este instrumento que hoy aprobamos aquí
es un buen instrumento para que funcionen las empresas y, por
otro lado, para irnos normalizando y acercando más a los
países de la Unión Europea, donde las empresas de trabajo
temporal vienen haciendo un trabajo positivo desde hace muchos
años.

Nada más, señor Presidente, muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Hinojosa. Vamos a pasar a la votación. (El señor Presidente
ocupa la Presidencia.) El señor PRESIDENTE: Votaciones
relativas al proyecto de ley por la que se regulan las
empresas de trabajo temporal.

Enmiendas del Grupo Vasco (PNV), excepto la número 24, que por
referirse a la exposición de motivos será votada al final. El
señor RIOS MARTINEZ: Señor Presidente, solicito la votación
separada de las enmiendas números 33, 36, 37 y 45.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ríos.

Votamos las enmiendas número 33, 36, 37 y 45 del Grupo Vasco
(PNV). Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 322; a favor, 26; en contra, 166; abstenciones, 130.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Restantes enmiendas del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, nueve; en contra, 181; abstenciones,
131.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmienda número 24 del Grupo Vasco (PNV).

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 191; en contra, uno; abstenciones,
131.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Enmiendas del Grupo de Coalición Canaria. (El señor Ríos
Martínez pide la palabra.)
El señor Ríos tiene la palabra.




El señor RIOS MARTINEZ: Para pedir votación separada de las
enmiendas números 48 y 52, y el resto juntas.




El señor PRESIDENTE: Señor Ríos, estas enmiendas han sido
retiradas por el Grupo de Coalición Canaria, por tanto, no
vamos a poder votarlas. (Rumores.) Enmiendas del Grupo de
coalición Canaria que no han sido retiradas en el curso del
debate. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 25; en contra, 167; abstenciones, 131.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. El anuncio se refiere siempre, lo repito,



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a las enmiendas que no han sido retiradas en el curso del
debate.




Comienza la votación (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 17; en contra, 168; abstenciones, 138.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Mixto, del señor Mur.

Comienza la votación (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, nueve; en contra, 168; abstenciones,
146.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas de la señora Rahola.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 322; a favor, seis; en contra, 167; abstenciones,
149.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del señor González Lizondo. (El señor Caldera
Sánchez-Capitán pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Solicitaría, señor
Presidente, votación separada de la número 21.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 21, del señor González
Lizondo. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 192; abstenciones, 131.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Restantes enmiendas del señor González Lizondo.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 321; a favor, siete; en contra, 181; abstenciones,
133.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas del Grupo Popular.

Comienza la votación. (Pausa.)Efectuada la votación, dio el
siguiente resultado: votos emitidos, 322; a favor, 132; en
contra, 182; abstenciones, ocho.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas transaccionales presentadas en el curso del debate y
referidas a las enmiendas números 30, del Grupo Vasco, y 3 de
la señora Rahola, a la enmienda número 4 de la señora Rahola,
a la enmienda número 27, del Grupo Vasco y 35, 34, 43 y 44,
también del Grupo Vasco.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 322; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas.

Votación relativa al dictamen de la Comisión. (El señor
Fernández-Miranda y Lozana pide la palabra.)
Tiene la palabra, señor Fernández-Miranda.




El señor FERNANDEZ-MIRANDA Y LOZANA: Gracias, señor
Presidente. Solicitamos votación separada del punto 2 del
artículo 3.º, así como del punto 1.a) del artículo 11.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández-Miranda.

Votamos el punto 2 del artículo 3.º y el punto 1.a) del
artículo 11 del dictamen.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 176; en contra, 146; abstenciones,
una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación correspondiente al resto del dictamen, excepto la
exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 322; a favor, 306; en contra, 16.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Votación correspondiente a la exposición de motivos del
dictamen. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 323; a favor, 307; en contra, 16.




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El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.




TRAMITACION DIRECTA Y EN LECTURA UNICA DE INICIATIVAS
LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DE CREACION DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS
(Número de expediente 121/000037)



El señor PRESIDENTE: Punto IX del orden del día: Tramitación
directa y en lectura única de iniciativas legislativas.

Proyecto de ley de creación de la Universidad de Burgos.

Para la presentación del proyecto, en nombre del Gobierno,
tiene la palabra el señor Ministro de Educación y Ciencia.

(Rumores.) Señorías, guarden silencio. (Pausa.)
Señorías, ruego guarden silencio y ocupen sus escaños.

(Pausa.) Señorías, ruego guarden silencio. (Pausa.)
Cuando quiera, señor Ministro.




El señor MINISTRO DE EDUCACION Y CIENCIA (Suárez Pertierra):
Muchas gracias, señor Presidente.

Señor Presidente, señoras y señores Diputados, deseo, en
primer lugar, manifestar mi satisfacción por tener la
oportunidad de presentar ante el Pleno de esta Cámara el
proyecto de ley de creación de la Universidad de Burgos.

Como SS.SS. conocen, en los diez años transcurridos desde la
aprobación de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria han
aumentado las demandas de la sociedad respecto a la
universidad de forma tanto cuantitativa como cualitativa. Ello
obliga a las instituciones de educación superior a atender a
las necesidades de formación de una gran parte de la
población, a través de un número creciente de especialidades,
al tiempo que se desarrolla el conocimiento científico y se
colabora a la integración europea. En este marco de
demandasocial, el Gobierno se ha propuesto crear una nueva
universidad en Burgos, concebida como una institución de
tamaño intermedio, aunque con dimensiones eficientes, y con un
perfil orientado a la formación de
profesionales cualificados en las áreas tecnológicas,
jurídico-económicas y sociales vinculadas con la demanda
empresarial. La creación de esta Universidad en el contexto de
la programación general de la enseñanza superior viene a
reconocer un hecho objetivo. En los últimos años se ha
constituido en Burgos una estructura universitaria madura,
que, por la dimensión del alumnado, volumen de personal
docente, infraestructura física y características, sitúa a
Burgos en el entorno de universidades ya consolidadas y por
encima de algunas de las de reciente creación. Se trata, por
tanto, de reconocer la madurez del campus universitario de
Burgos, otorgándole el estatuto jurídico y los medios precisos
para aprovechar mejor y desarrollar con eficacia el capital
humano y científico acumulado. Tanto el proyecto de ley
presentado a esta Cámara como la Memoria que lo acompaña
tratan de dar respuesta a este objetivo, que no es otro que el
de fundamentar la viabilidad de la Universidad de Burgos. En
la memoria se consideran la demanda de la enseñanza
universitaria así como los factores económicos y sociales que
la sustentan en la actualidad y en el inmediato futuro. Se
aborda la situación actual de los estudios universitarios
burgaleses --centros, titulaciones, recursos humanos y
materiales disponibles--, y se estima el coste económico
actual de dichos estudios. Asimismo, se plantea la filosofía
que sustenta la creación de una universidad de estas
dimensiones en el marco de la enseñanza superior europea y se
establece el modelo de universidad más adaptado a ese contexto
y a sus exigencias, teniendo en cuenta las circunstancias
locales y regionales. De acuerdo con dicho modelo, se
establece la orientación académica de la universidad, se
programan las titulaciones y centros necesarios, se estima la
dotación de recursos y materiales adecuados para
desarrollarla, se consideran las infraestructuras a crear y se
evalúa el esfuerzo económico que representará la implantación
completa de esta Universidad en el horizonte del año 2000.

Las principales circunstancias específicas sobre las que se
sustenta la necesidad y la operatividad de la creación de una
nueva Universidad en Burgos se pueden resumir en los
siguientes aspectos.

Los centros universitarios burgaleses de la Universidad de
Valladolid cuentan en el presente curso con 10.000 alumnos y
400 profesores. La demanda de estudios universitarios se
orienta hacia los estudios jurídicos y empresariales, por una
parte, y a los estudios tecnológicos, por otra, cuyo peso ha
ido
incrementándose en el transcurso del pasado decenio. La oferta
universitaria actual de Burgos cuenta con tres facultades,
cuatro escuelas universitarias, la Escuela Politécnica y el
Colegio Universitario, centros en los que se imparten 15
titulaciones. Respecto al profesorado, se cubren ampliamente
las exigencias en cuanto a número de doctores y de profesorado
numerario,
convenientemente apoyados por el personal de administración y
servicios necesario. Por último, el campus de Burgos
proporciona 54.000 metros cuadrados construidos, que
comprenden el espacio docente departamental y los servicios
básicos --bibliotecas, laboratorios, cafeterías y
administración--, con una superficie de solar de unos 72.000
metros cuadrados.

Partiendo de estas realidades, la creación de la Universidad
de Burgos contempla dos fases. La primera,



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que es la contenida en el proyecto de ley, se propone como
objetivo prioritario consolidar las estructuras universitarias
actuales, dotándola de infraestructura y medios adecuados y se
propone potenciar su perfil empresarial y tecnológico
orientándola hacia la formación de profesionales cualificados
en estos campos, campos que, por una parte, son estudios ya
existentes en Burgos y, por otra, responden a la demanda
creciente y dominante del mercado de trabajo en esta provincia
y en la Comunidad de Castilla y León.

Este proyecto de ley contempla también la progresiva
definición de un perfil investigador para la Universidad de
Burgos de carácter selectivo dentro del área de las ciencias
experimentales, impulsando la titulación de ciencia y
tecnología de los alimentos, pionera en su campo en España, en
torno a la cual debe configurarse el área de especialización
científica burgalesa, y consolidando la licenciatura de
ciencias químicas. Asimismo, se prevé en el área de
humanidades y como alternativa a los estudios actuales, de
demanda decreciente, la reorientación gradual hacia nuevos
campos, aprovechando el nuevo título de humanidades y, de
acuerdo con el espíritu y letra de esta titulación, promover
especializaciones dentro del mismo. Se ha considerado como
primer avance las de Lenguas aplicadas y Patrimonio histórico,
que permiten potenciar los recursos humanos y la experiencia
científica ya existente. En una segunda fase, una vez
conseguidos los objetivos anteriormente expuestos, se podrá
completar el conjunto de las titulaciones previstas, cuya
implantación contará con las condiciones exigibles de calidad
y dotación. Para ello, la Memoria efectúa un diseño amplio de
nuevas titulaciones y dotaciones que, a lo largo de los cinco
años en los que está prevista su implantación, permitan la
configuración de un campus completo.

Teniendo en cuenta todas estas consideraciones, parece claro
que el tamaño de partida de la Universidad asegura dimensiones
eficientes en la asignación de recursos y una relación
favorable para el desarrollo y la prestación de los servicios
universitarios en el marco local y regional. Esta mejora
sustantiva en las condiciones en el campus de Burgos al crear
la Universidad va a suponer una mejora sustantiva de la
calidad de la enseñanza, así como un cambio cualitativo
importante en el ejercicio de su actividad docente e
investigadora. El número de titulaciones previsto, y sobre
todo su adaptación al nuevo catálogo y su orientación
preferente en áreas de gran demanda y de necesidad social y la
adaptación generalizada de los planes de estudio nuevos,
aseguran un rendimiento social que va a tener, sin lugar a
dudas, una repercusión muy beneficiosa sobre la sociedad y la
economía burgalesas.

Quiero resaltar especialmente ante las señoras y señores
Diputados que la puesta en marcha de la Universidad de Burgos
implica un incremento sobre las partidas presupuestarias que
actualmente destina a este campus la Universidad de
Valladolid. En este sentido, la Universidad de Burgos, además
de la
transferencia de los fondos que actualmente recibe de la
Universidad de Valladolid, contará adicionalmente con los
recursos que exige el funcionamiento de una universidad
independiente. Por ello, la Memoria contempla un crédito
específico del Ministerio de Economía y Hacienda, para este
mismo año de 1994, que asciende a 345 millones de pesetas. En
todo caso, el Ministerio de Educación y Ciencia se compromete
a que, con carácter inmediato a la aprobación de la ley, se
nombre la comisión gestora, que contará con fondos suficientes
para iniciar con plenas garantías el curso académico próximo.

En los
Presupuestos Generales del Estado del próximo año habrán de
consignarse las partidas suficientes para que el proyectado
desarrollo de la Universidad de Burgos se realice de forma
armónica. Finalmente, señorías, no quiero concluir la
presentación de este proyecto de ley, que a continuación va a
ser debatido, sin poner de relieve, una vez más, el principal
objetivo que con él se pretende y con el que creo coincidirán
todas las fuerzas políticas de esta Cámara. Con la creación de
esta nueva Universidad de Burgos se trata de satisfacer las
necesidades y las lógicas aspiraciones de la sociedad
burgalesa y de su entorno y de inscribirla en el horizonte
universitario europeo mediante una oferta educativa
especializada y de calidad, de acuerdo con las circunstancias
y condiciones propias de esta Universidad nueva.

Muchas gracias, señor Presidente. Muchas gracias, señoras y
señores Diputados.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ministro.

Enmiendas del Grupo Socialista.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Sanz.

(Pausa.) Hay enmiendas presentadas en el trámite de lectura
única, del Grupo Popular y del Grupo de Izquierda Unida. Tal
vez, para una mejor estructura del debate, sería preferible
que los grupos Popular e Izquierda Unida consumiesen el turno
de defensa de sus enmiendas.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Aparicio.




El señor APARICIO PEREZ: Gracias, señor Presidente.

Se ha abusado tanto del adjetivo histórico que cuesta trabajo
utilizarlo ahora en relación al proyecto de ley de creación de
la Universidad de Burgos, pero es, sin duda, una fecha
importante, muy importante, porque han sido muchos los años,
en nuestra opinión demasiados, los que han transcurrido desde
que por parte de un Gobierno socialista se anunció su creación
hasta que pueda ser una realidad objetiva. Son doce largos



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años y sirva como ejemplo que fue un ministro quien anunció la
creación, otro quien dio a conocer las líneas de la Memoria y
un tercero --lo cual me congratula-- el que hoy ha presentado
este proyecto de ley. Ciertamente, la Universidad de Burgos va
a nacer en un momento especialmente difícil: de un lado, una
situación de fuerte crisis económica que podría llegar a
convertirse en un argumento de reducción de las dotaciones
necesarias para su puesta en marcha y su mantenimiento
posterior; de otro lado, el proceso de transferencias que se
inició con la firma del llamado Pacto Autonómico va a hacer
más compleja la necesaria unidad de voluntades que se requiere
para impulsar un proyecto nuevo. No voy a extenderme en el
pasado puesto que la verdadera
situación y las verdaderas responsabilidades creo que ya son
conocidas por los burgaleses y de alguna o de varias maneras
nuestros ciudadanos ya se han pronunciado al respecto y en
diversas ocasiones. Al Grupo Popular le interesa mucho más el
presente, y aún más el futuro, de lo que hoy es sólo un breve
articulado tras el que se encuentra la principal carencia
educativa de la provincia de Burgos y uno de los elementos
potencialmente más dinamizador de su actividad social y
económica. Igualmente, nos hallamos ante un proceso de
emancipación o de segregación de esta nueva Universidad
respecto a la que hasta ahora ha venido dando cobertura
universitaria a nuestra provincia. Consideramos desde el Grupo
Popular que también debemos extremar las precauciones para
evitar conflictos innecesarios en este proceso y proponemos
fórmulas de
colaboración, nacidas tanto del sentido común como del deseo
de evitar posiciones estériles o provincianistas. Dificultades
económicas o presupuestarias, dificultades de índole
competencial y dificultades propias de todo proceso de
emancipación
configuran, pues, el marco en el que va a nacer la Universidad
de Burgos. Si lo digo ahora no es como signo de pesimismo,
sino como un acicate, así como una llamada a la
responsabilidad de todos los que deben participar en este
proceso. Por eso, nuestras enmiendas buscan e incentivan la
cooperación entre la
Administración educativa competente en la actualidad y la que
en un plazo breve deberá asumir esta misma responsabilidad.

Nos gustaría que de este debate surgiera el compromiso firme
de impulso y de mantener esta nueva Universidad, con
independencia de la titularidad de las competencias legales e
incluso del signo político de quienes las gobiernan. Estamos
ante una fase
transitoria en la que se hace necesario, insisto, extremar
precauciones. En estos últimos meses se ha podido crear un
clima de entendimiento y acuerdo que vemos imprescindible
sostener en la fase inmediata de puesta en marcha, puesto que
el curso 1994-1995 está lo suficientementepróximo como para no
desperdiciar tiempo ni energía ni para regatear voluntades
políticas en este empeño.

Los nombramientos de responsables directos de la gestión
inmediata de la universidad que anunciaba el señor Ministro
creo que deben estar avalados por su capacidad de trabajo, por
su aceptación en el propio ámbito académico y social y, en
cualquier caso, alejados de la duda de posiciones sectarias o
de intereses ajenos a los intereses estrictamente
universitarios. La solución práctica a estos problemas pasa,
inevitablemente, por el diálogo y por la cooperación desde la
mutua confianza de los
representantes de las fuerzas políticas intervinientes en este
proceso. A nadie puede interesarle una brusca ruptura en la
gestión de esta fase inicial, que nos gustaría que se situase
por debajo de esos límites máximos de cinco años, ni una
desconexión de las administraciones implicadas en el proyecto.

Existe un objetivo final irrenunciable y aparentemente
sencillo: conseguir la que Universidad de Burgos es realmente
autónoma como comunidad universitaria representativa y
fuertemente arraigada en la sociedad burgalesa. Si se define
correctamente el rumbo, creo que es mucho más sencillo saber
cuáles deben ser los pasos y las acciones necesarias para
alcanzar esa meta. Hemos seguido con la máxima atención las
experiencias más próximas en el tiempo y en el espacio y creo
que no podemos ni debemos repetir lo que ya pueden valorarse
como errores o como dificultades innecesarias. Entiendo, desde
el Grupo Popular, que han faltado generosidad y voluntad de
cooperación en muchos casos, y por eso hay que apelar a esa
misma generosidad no sólo política sino también entre las
comunidades universitarias que tras largos años de convivencia
armónica están llamadas a caminar separadamente. En ese
sentido también nuestras enmiendas buscan el entendimiento y
las
actitudes más favorables para ambas partes en este particular
proceso de emancipación.

Desde el Grupo Popular pretendemos en este debate que desde el
Grupo que sostiene al actual Gobierno se adquiera un verdadero
compromiso, en la línea de lo que anunciaba el señor Ministro,
de ayuda financiera y presupuestaria a esta universidad. Las
memorias que acompañaron a este proyecto deben constituirse
como primera garantía por parte de quien las remitió a la
Cámara. A unas expresiones genéricas, bienintencionadas y que
acepto como tales, de autorización al Ministerio de Economía
para disponer de medios, deben acompañarse las dotaciones no
sólo
imprescindibles, sino suficientes. Muchas familias burgalesas
han seguido durante estos largos años con la máxima atención
este proyecto. Su ilusión debe ser nuestro objetivo, esto es,
evitar que para completar una adecuada formación de nuestros
jóvenes mejor capacitados sea necesario acudir siempre a otras
provincias, con el consiguiente gasto económico y con esa
servidumbre añadida de una separación



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familiar. Muchas familias burgalesas quieren una universidad
acorde con los nuevos tiempos científicos y humanísticos y
capaz de generar trabajo y riqueza en una provincia que ya ha
acreditado suficientemente su solidaridad y comprensión con el
resto de España. Con sencillez y con humildad, pero con la
firmeza de quien cree que está cargado de razón, y por qué no
decirlo, de paciencia probada, pido el voto favorable de
SS.SS. para el proyecto de ley de creación de la Universidad
de Burgos. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Aparicio.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Tiene la palabra el señor González.




El señor GONZALEZ BLAZQUEZ: Señor Presidente, señorías,
efectivamente un proyecto de ley que suponga la creación de
una universidad pública significa para el Grupo Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya un motivo de
satisfacción y una buena noticia, porque nuestro Grupo tiene
un concepto claro de que la enseñanza superior debe ser un
servicio público a la sociedad en su conjunto, y para servir a
la sociedad en materia educativa es obligación del Gobierno
proveer a esta sociedad de plazas suficientes de enseñanza
superior adecuando la oferta a la demanda específica en la
medida de lo posible. Saludamos también que este proyecto de
ley sea el último que nos presenta el Gobierno de la nación,
puesto que los próximos proyectos de ley de creación de
universidades ya serán competencia de las comunidades
autónomas.

Esperamos que los objetivos que se pretenden conseguir con la
creación de la Universidad de Burgos sean efectivamente los
que se detallan en el apartado 2 de la exposición de motivos,
que me permito recordar. «...la creación de la Universidad de
Burgos, que tiene como objetivos prioritarios atender dichas
exigencias sociales de mayor cualificación, atender la demanda
social de formación facilitando el acceso a la enseñanza
superior y contribuir a mejorar la calidad de la enseñanza
universitaria, en el marco de un desarrollo globaly coherente
del sistema público de enseñanza superior, ...». Esperamos,
señorías, como decía anteriormente, que éste sea el fin y que
el Gobierno ponga los medios y recursos necesarios para que
tal fin pueda ser conseguido.

La viabilidad de la Universidad de Burgos sólo se conseguirá
con recursos adecuados y con la participación en la gestión de
esos recursos de toda la comunidad educativa. Pretendiendo
aportar un grano de arena para la consecución de esos
objetivos, nuestro Grupo ha presentado varias enmiendas, que
paso a explicar brevemente y que pretenden simplemente mejorar
el texto del Gobierno y adaptarlo a la Ley de Reforma
Universitaria y que, además, están también en consonancia con
las propuestas
presentadas por los delegados de la junta de personal docente
e investigador, de la Universidad de Valladolid. Supongo,
señorías, que coincidiremos en la necesidad de alimentar la
participación de la comunidad educativa en los órganos de
gobierno de las universidades desde el momento de su creación,
con el fin de evitar el desencanto y el general alejamiento
entre la
universidad y sus usuarios que muchas veces se refleja en la
abstención en las elecciones a dichos órganos de Gobierno.

Nuestra enmienda número 1 va dirigida a hacer posible esa
participación de los agentes sociales en los consejos en
coherencia con la normativa existente. Es una enmienda de
modificación a la disposición transitoria segunda, apartado
b). Esta disposición atribuye al consejo de administración las
funciones que establece la Ley de Reforma Universitaria para
los consejos sociales; creemos que si tiene las funciones
debería tener también la composición. La Ley de Reforma
Universitaria señala expresamente que el consejo social es un
órgano de participación de la sociedad, y el artículo 14 de
dicha ley establece lo siguiente: En todo caso, preverá la
participación de representantes de sindicatos y asociaciones
empresariales. No entendemos cómo el proyecto del Gobierno
atribuye las funciones del consejo social y, sin embargo, no
establece una
composiciónsimilar a la que se fija en la Ley de Reforma
Universitaria para los consejos sociales. De ahí, pues,
nuestra enmienda, que incluye también un cambio en la
denominación, que pasa a ser consejo de participación social.

Nuestra enmienda número 2, de adición al apartado c) de la
disposición transitoria segunda, pretende asegurar la
representación de la junta de personal en el consejo asesor,
por lo que propone, después de «... incluidos los centros
adscritos...», añadir también «... y de las juntas de personal
de la Universidad de Burgos...». La enmienda número 3 pretende
también añadir un nuevo apartado, el apartado d), a la
disposición transitoria segunda, que diga: «En cada centro
existirá una junta de centro con representación del
profesorado, personal auxiliar y de servicios y alumnos», lo
que asegura la existencia de los instrumentos de participación
a que antes me refería que existen en cada uno de los centros
universitarios.

Nuestra enmienda número 4 pretende que, en lugar de los cinco
años que establece el proyecto de ley presentado por el
Gobierno para formar el claustro universitario constituyente,
sean sólo tres años. El plazo de cinco años nos parece
excesivo para la realidad universitaria de Burgos por mucho
que se nos pueda decir que es un plazo máximo. Experiencias
recientes, como la creación de la Universidad de La Rioja,
vienen a avalar esta propuesta que hoy realizamos.




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Entendemos, señor Presidente, señorías, que nuestras enmiendas
contribuyen, como decía anteriormente, a enriquecer el
proyecto de creación de la Universidad de Burgos, por lo que
me permito solicitar a SS.SS. el apoyo a la misma. En todo
caso, nuestro Grupo va a votar favorablemente el proyecto de
ley de creación de la Universidad de Burgos, y repito que
nuestras enmiendas única y exclusivamente pretenden el
enriquecimiento de ese proyecto, porque todas, como han podido
comprobar, conducen simplemente a asegurar la participación de
la comunidad educativa y de los agentes sociales en la
dirección de la Universidad. Nada más y muchas gracias, señor
Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor González.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Sanz.




El señor SANZ DIAZ: Gracias, señor Presidente, señorías, el
proyecto de ley de creación de la Universidad de Burgos
constituye un paso decisivo para la consolidación y desarrollo
de la enseñanza superior en un campus que, en los últimos
años, ha experimentado un importante crecimiento. Lo que
hacemos hoy viene a reconocer una realidad universitaria
madura,
proporcionándole los instrumentos jurídicos y materiales para
que se desenvuelva con altos niveles de calidad y adquiera una
proyección y un dinamismo nuevos. Las crecientes demandas
educativas de la sociedad española y la respuesta que a las
mismas han ido dando los sucesivos Gobiernos socialistas han
tenido una expresión particularmente significativa en Burgos.

En Burgos la creación de nuevos centros y titulaciones, en
especial las facultades de Derecho, Ciencia y Tecnología de
los Alimentos y Filosofía y Letras; la dotación de nuevos
edificios y medios materiales, y el incremento del peronal,
particularmente de plazas de profesorado numerario, han
permitido que una demanda estudiantil que en 1982 estaba en
3.500 alumnos haya pasado a los 10.000 que en este momento
acoge el campus de Burgos.

Paralelamente, se han ido conformando líneas de investigación
sólidas en los departamentos, que permiten cubrir con
solvencia ese flanco que en la universidad acompaña siempre a
la docencia; una política «gradualista» que ha seguido el
Partido Socialista, que, de forma rigurosa y continuada, ha
puesto las bases de lo que hoy es ya, de hecho, una
universidad y que garantiza que lo que vamos a aprobar no sea
una apuesta en el vacío, sino la transformación de una
realidad tangible para proporcionarle un horizonte dinámico de
desarrollo. ¿Qué se pretende convirtiendo el campus de Burgos
en universidad? En primer lugar, consolidar los estudios que
se imparten y que cuentan con arraigo, demanda y recursos
suficientes, transformando aquellos que carecen de alguna de
estas notas para hacerlos viables, así como ampliar, en el
medio y largo plazo, la oferta educativa en función de las
necesidades. En segundo lugar, hacer de la nueva universidad
un foco de producción científica, de formación profesional y
de proyección cultural, con un perfil propio y definido que,
trascendiendo el marco local, pueda situarse con dignidad en
el ámbito europeo en que nos movemos. Por último, contribuir
al dinamismo económico, cultural y social de la propia capital
y provincia, proporcionando ese ambiente intelectual de
discusión abierta y tolerante que hace modernas a las
sociedades de nuestro tiempo.

Para definir sus contenidos se han tenido en cuenta las
carreras que ya existen, alguna con larga tradición y
prestigio; la demanda estudiantil efectiva y las perspectivas
para la inserción en el mercado de trabajo, así como las
necesidades del entorno y el marco histórico cultural. Así, se
ha optado por fundamentar la universidad sobre dos pilares:
las ciencias jurídico-
económicas y las ingenierías, que van a constituir núcleos
bien articulados a los que se añaden algunos estudios de
ciencias vinculados a la investigación de calidad y la
imprescindible presencia de las Humanidades. Es, pues, una
universidad limitada en cuanto a sus dimensiones, con un
perfil bien definido y capacidad de desarrollo en una
dirección que asegure calidad en la preparación de los
estudiantes y rigor en la investigación. ¿Cómo se va a
conseguir esto? La amplia y rigurosa memoria que acompaña al
proyecto de ley define los objetivos, cuantifica los medios,
determina los nuevos servicios a implantar, establece fases
realistas para llevar a buen término el proyecto, y, en
definitiva, da coherencia y proyección de futuro al campus
universitario de Burgos. Los recursos que el señor Ministro de
Educación ha comprometido tanto para la fase inicial de puesta
en marcha como para el futuro, de tal manera que se vayan
completando las infraestructuras y las dotaciones a lo largo
de varios años, son la garantía de que este proyecto,
académicamente oportuno, va a ser además económicamente
viable. Quiero por ello agradecerle el haber traído hoy a esta
Cámara, en nombre del Gobierno, este proyecto de ley, como
también a sus antecesores, el señor Solana, que lo puso en
marcha, y el señor Pérez
Rubalcaba, que lo impulsó.

Hasta el momento, sólo me he referido a razones objetivas para
la creación de la universidad, puesto que son las que debe
tener en cuenta esta Cámara al evaluar el proyecto de ley,
pero hay más. La sociedad burgalesa ha puesto muchas
esperanzas en la universidad y ha seguido con ilusión los
pasos que hemos ido dando en este sentido. Como representante
suyo, me honra
defenderla ante ustedes. Sepan señorías, que el pueblo de
Burgos valora en sus justos términos la importancia de este
acto parlamentario y que actuará responsablemente, poniendo a
contribución todo su potencial,



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para que la nueva universidad alcance el nivel que todos
deseamos. Paso, a continuación, a defender la enmienda que ha
presentado el Grupo Socialista y a manifestar nuestra posición
con respecto a las de los Grupos Popular e Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya.

Nuestro Grupo presenta una enmienda a la disposición
adicional, párrafo primero, para asegurar el uso común del
complejo residencial y social de Sedano por las universidades
de Valladolid y Burgos, como ha venido ocurriendo hasta el
presente. Ello facilitará la colaboración de la nueva
Universidad de Burgos con aquélla de la que se desgaja, en la
organización conjunta de actividades, especialmente de
carácter formativo y científico. Con relación a las del
Partido Popular, en primer lugar, el representante del Partido
Popular, que ha hecho una intervención genérica y que me
parece que centra efectivamente la cuestión al margen de las
enmiendas concretas a las que contestaré después, plantea
dificultades económicas, que son generales en nuestro país, y,
en efecto, los recursos que están planteados en la memoria el
MEC, el Ministerio de Educación, los tiene previstos para
infraestructuras, para dotaciones, para profesorado, para
cuanto se establece en la memoria, que S.S bien conoce y que
fija con todo rigor cuáles van a ser las necesidades para un
plazo de unos cinco años. Formula otras en relación con las
transferencias, indicando la necesidad de la colaboración que
evidentemente, en una fase como ésta, es inevitable,
inevitable y conveniente. Y, por último, indica que debe
establecerse un clima de diálogo entre el Ministerio de
Educación y la Junta de Castilla y León, que debe facilitar
que cuando ser culmine el proceso de transferencias esta
colaboración tenga continuidad. Refiriéndome en concreto a sus
enmiendas, se dividen en dos bloques. El primero está
relacionado con el proceso de
transferencias a las comunidades autónomas y pretende que esta
ley recoja ya la competencia que la Junta de Castilla y León
ejercerá plenamente a la conclusión de dicho proceso. Para
ello, pretende sustituir en varios artículos Ministerio de
Educación y Ciencia por Administración educativa competente, o
especificar que, cuando eso se produzca, los representantes
del Ministerio sean sustituidos por los designados por la
Junta o atribuir a ésta la aprobación de los estatutos al
finalizar el período transitorio.

Se trata, a nuestro juicio, de cautelas innecesarias e
impropias de una ley que se tramita en las Cortes Generales a
iniciativa del Gobierno de la nación. Las universidades de
Castilla y León están hoy bajo la tutela del Gobierno y es,
por tanto, el Ministerio de Educación y Ciencia el que ejerce
las competencias que le corresponden por este concepto. Cuando
concluya el proceso de transferencia, la Comunidad Autónoma
recibirá los recursos correspondientes y ejercerá dicha
tutela, sustituyendo al Ministerio de Educación y Ciencia en
el ejercicio de todas esas competencias. De hecho, así habrá
de reflejarse en el convenio que suscriban ambas
administraciones, sin que, en todo caso, pudiera pocederse de
otro modo, ya que la sustitución se
produciría automáticamente, tal como dispone con carácter
general nuestro ordenamiento jurídico, avalado además por una
práctica consolidada y sin excepciones. Espero que con esta
aclaración quede tranquila S.S., pues con la redacción del
proyecto de ley, más correcta técnicamente, se va a cumplir,
sin lugar a dudas, lo que pretende con sus enmiendas. Hay otra
cautela que
consideramos también innecesaria, la que pretende incluir la
posibilidad de cese de los miembros de la comisión gestora por
la autoridad educativa competente. Es claro, con carácter
general, que quien tiene la capacidad de nombrar la tiene
igualmente de cesar, salvo que se especifique alguna
limitación --que no es el caso--, pero no es preciso ponerlo,
ni es usual, ni sería buena técnica jurídica. Simplemente, va
de suyo y es un acto meramente administrativo. Ahora bien,
ponerlo alimentaría la sospecha de una intencionalidad previa
en este sentido, lo que sería contrario a la continuidad que
debe tener la comisión gestora durante el período transitorio.

Evidentemente, eso está lejos de lo que tanto ustedes como
nosotros pretendemos para dar estabilidad al delicado proceso
de puesta en marcha de la universidad, y más porque nuestro
Grupo Parlamentario comparte plenamente las notas que S.S. ha
indicado que debe tener la comisión gestora y que deben
caracterizar a esta comisión. En la medida en que tengo la
seguriad de que esto va a ser así, espero que el Partido
Popular y, en su caso, la Junta de Castilla y León, mantengan
esa continuidad, que es elemento esencial para culminar con
éxito la fase transitoria.

El segundo bloque de enmiendas pretende mejorar el texto en
aspectos concretos y en ello estamos de acuerdo. Por lo que se
refiere al derecho de opción de los profesores, es oportuno
fijar un plazo máximo para su ejercicio, por lo que le
ofrecemos una enmienda transaccional que lo fija desde la
aprobación de la ley hasta el final del curso 1994/1995. Con
la enmienda número 10, que equipara el procedimiento de
elección del representante de la Diputación provincial con el
del Ayuntamiento de Burgos para el consejo de administración,
estamos plenamente de acuerdo. En cuanto a la enmienda número
14, al mismo apartado, que pretende dos representantes de la
Junta de Castilla y León, uno de ellos con rango de
vicepresidente para dicho órgano, estamos de acuerdo con esto
último, es decir, mantener uno --como dice el proyecto--pero
con rango de vicepresidente, en el entendimiento de que el
convenio de transferencias contemple idéntica presencia del
Ministerio de Educación y Ciencia a la que inicialmente va a
ostentar la Junta en el Consejo



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de Administración. Esta matización, que creo está implícita en
la enmienda del Grupo Popular, nos parece especialmente
oportuna, por cuanto favorecerá la cooperación entre ambas
administraciones que ahora y después va a ser necesaria para
el adecuado desarrollo de la universidad. Por tanto, le
ofrezco un texto completo del párrafo en cuestión, que subsume
el texto de su enmienda número 10 y, parcialmente, el de la
número 14. Con relación a las enmiendas del Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, que se refieren a cuatro
cuestiones: el consejo de administración, las juntas de
personal, las juntas de centros y la duración del período
transitorio, no vamos a poder aceptarlas.

En primer lugar, pretende convertir el consejo de
administración en un consejo de participación social, a
semejanza del consejo social. Este planteamiento se aparta de
la filosofía del proyecto de ley, que no pretende regular lo
que serán los órganos estables de la universidad --cuestión
que corresponderá en su día al claustro constituyente cuando
elabore autónomamente sus
estatutos--, sino establecer unas medidas provisionales para
el período transitorio. El consejo de administración es un
órgano formado únicamente por representantes de las
administraciones que tienen responsabilidad directa o
indirecta en la puesta en marcha de la universidad, lo que
permitirá a la comisión gestora actuar con la agilidad propia
de esta fase transitoria en conexión con las instituciones a
las que exige una colaboración específica. Será más adelante
cuando la comunidad universitaria, plenamente formada y
reunida en claustro constituyente determinará cuál es la
composición más adecuada del consejo social. La enmienda
número 2 pretende que las juntas de personal se integren en el
consejo asesor. Es éste un órgano esencialmente académico,
cuya composición no regula el proyecto de ley, al que el
Ministerio de Educación dará posteriormente una normativa. Las
juntas de personal, cuyas funciones se refieren a las
condiciones
laborales, deberán relacionarse directamente con la comisión
asesora o, en su caso, con el consejo de administración, en
defensa de los intereses de los trabajadores y aplicándose, en
todo caso, lo establecido en la Ley 7/1987 de Organos de
representación del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. En todo caso, el proyecto de ley no
especifica la composición concreta del consejo asesor que
tiene cierta
similitud con el claustro, y es, por tanto, difícil que las
juntas de personal tengan una vía en él. Ahora bien, esto no
prejuzga lo que finalmente determine el Ministerio a la hora
de regular la composición del citado consejo asesor.

La enmienda número 3, que pretende que en cada centro haya una
junta con representación de los distintos estamentos, es, a
nuestro juicio, innecesaria, puesto que así lo establece con
carácter general, la Ley de Reforma Universitaria por la que,
según se indica expresamente en el artículo 1 de este proyecto
de ley, ha de regirse la Universidad de Burgos. Es decir, las
juntas de centro, como tantas otras cuestiones reguladas por
la Ley de Reforma Universitaria, tienen que existir sin que
aquí haya que decirlo expresamente. De hecho, las juntas de
centro ya existen en el campus de Burgos como centros hoy de
la Universidad de Valladolid, y tras la separación no se van a
disolver, sino que van a seguir funcionando con sus mismas
normas actuales en tanto el Ministerio no dicte otras nuevas.

El objeto de su enmienda, por tanto, se cumple, sin necesidad
de modificar el proyecto de ley, por lo que acaso S.S. se vea
satisfecho con mis aclaraciones.

Por último, su enmienda número 4 pretende reducir el período
transitorio de cinco a tres años, por considerarlo
excesivamente largo. Debo decirle que son cinco años los
previstos para que los centros y titulaciones estén
implantados y, por tanto, se pueda entender que la base de la
universidad está completa, es decir, en condiciones de empezar
a ejercer su autonomía mediante la convocatoria del claustro
constituyente.

Le recuerdo, en todo caso, que es un plazo máximo, de modo,
que si las circunstancias lo aconsejaran, el proceso
constituyente puede abrirse a los tres años o incluso antes
por la autoridad educativa competente. Entiendo, por
consiguiente, que su enmienda podría constreñir el período
transitorio impidiendo la
consolidación de todos los elementos del campus con el tiempo
necesario, sin que la redacción actual de los cinco años
impida que, caso de haber madurado antes el proceso, dicho
período transitorio pueda darse por concluido en cualquier
momento. Muchas gracias, señorías.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sanz. (El señor Cisneros
Laborda pide la palabra.)
Señor Cisneros, ¿no será para consumir turno de réplica?



El señor CISNEROS LABORDA: No ciertamente, señor Presidente,
no es, obviamente, para consumir turno de réplica, sino
simplemente para manifestar la aceptación por parte del Grupo
Popular de las dos enmiendas transaccionales presentadas por
el portavoz del Grupo Socialista, señor Sanz, a las enmiendas
números 5, 10 y 4, presentadas por nuestro Grupo, tan
brillantemente argumentadas por mi admirable compañero, señor
Aparicio, en el turno anterior. Si me permite, señor
Presidente, quisiera anunciar también en este momento procesal
la retirada de las restantes enmiendas del Grupo Popular;
retirada que se inscribe en el espíritu de querer solemnizar
la alta significación simbólica que este trámite, este acto y
este día van a tener para la sociedad y la vida burgalesa. No
se oculta al señor Sanz, sagaz y experimentado parlamentario,
que el valor normativo de la memoria



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de un proyecto de ley es discutible; en consecuencia las
permanentes apelaciones que ha hecho como garantía o
tranquilidad de futuro a los contenidos de la memoria podrían
parecernos insuficientes. No nos lo han parecido, sin embargo,
a la luz de las manifestaciones del señor Suárez Pertierra,
señor Ministro, que creemos es plenamente consciente del alto
nivel de compromiso que ha asumido ante esta Cámara respecto
al futuro de la Universida burgalesa. No lo tome a mal, señor
Ministro. Nos hubiera gustado verle flanqueado por su
compañero de gabinete, el señor Solbes, para robustecer ese
nivel y la intensidad del compromiso, pero, insisto, nos
sentimos satisfechos por sus palabras, y en ese espíritu, en
esa intención es en la que se produce la retirada de nuestras
enmiendas buscando el máximo apoyo, el máximo consenso, para
una demanda tan largamente sentida y tan largamente aplazada
de la sociedad burgalesa. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cisneros.

Señor González.




El señor GONZALEZ BLAZQUEZ: Muchas gracias, señor Presidente y
con mucha brevedad.

Nosotros no vamos a retirar nuestras enmiendas porque creemos,
como he dicho anteriormente en la tribuna, que contribuyen a
mejorar el proyecto de ley y se ajustan a la legislación
vigente. Si en realidad son innecesarias porque el Gobierno lo
van a hacer así, pues mejor que lo acepte. De todas formas,
como nuestra preocupación porque la Universidad de Burgos
funcione en el próximo curso es superior a la intransigencia
que ustedes han manifestado al no aceptar absolutamente
ninguna de nuestras enmiendas que, desde luego, son de sentido
común, vamos a votar favorablemente al proyecto de ley de
creación de la Universidad de Burgos.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor González.

Señor Sanz.




El señor SANZ DIAZ: Simplemente para agradecer al Grupo
Popular la retirada de sus enmiendas y la aceptación de
nuestras
enmiendas transaccionales, asegurándoles, como ellos mismos
han indicado, que los medios económicos van a estar,
efectivamente, a disposición para que nuestra universidad
nazca con las mejores perspectivas.

En lo que se refiere al Grupo de Izquierda Unida únicamente le
indicaría que no se trata de intransigencia. Creo que he dado
razones suficientes que explican el sentido que tiene el
proyecto de ley, que pretende un período transitorio con una
administración ágil, que es bastante diferente de alguna de
las enmiendas que presentaba y en algún otro caso es
completamente inútil porque ya le he asegurado que algunas de
las instituciones a que se refieren sus enmiendas van a seguir
funcionando
plenamente, como hasta ahora, sin ninguna dificultad.

Quiero indicarle, en cambio, que sí agradezco el sentido de su
voto favorable.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sanz.

Vamos a proceder a la votación.

Enmiendas del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya. Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 306; a favor, 17; en contra, 144; abstenciones, 145.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Enmiendas transaccionales ofrecidas por el Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos 309; a favor, 287; abstenciones, 22.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas
transaccionales. Seguidamente se somete a votación el texto
del proyecto de ley en los términos resultantes de las
enmiendas transaccionales aceptadas y del acuerdo de admisión
a trámite de este proyecto adoptado en su día por la Mesa de
la Cámara. (El señor Caldera Sánchez-Capitán pide la palabra.)
Señor Caldera.




El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Señor Presidente, aunque no
lo tengo absolutamente claro, me parece queda viva una
enmienda del Grupo Parlamentario Socialista, al margen de las
transaccionales, que no ha sido sometida a votación.




El señor PRESIDENTE: ¿Sería tan amable, señor Caldera, de
indicar a la Mesa cuál es la enmienda que cree debe ser
sometida a votación?



El señor CALDERA SANCHEZ-CAPITAN: Sí, señor Presidente, la
enmienda número 15.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 15 del Grupo Socialista.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 308; a favor, 147; abstenciones, 161.




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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda.

Seguidamente, se somete a votación el texto del proyecto de
ley en los términos resultantes de las enmiendas
transaccionales aceptadas y del acuerdo de admisión a trámite
de este proyecto adoptado en su día por la Mesa de la Cámara,
excepto la exposición de motivos lógicamente. Comienza la
votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 310; a favor, 309; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el texto.

Se somete a votación, seguidamente, la exposición de motivos.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 310; a favor, 309; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la exposición de motivos
del proyecto de ley.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS
(Continuación.):



--PROYECTO DE LEY ORGANICA PARA LA COOPERACION CON EL TRIBUNAL
INTERNACIONAL PARA EL ENJUICIAMIENTO DE LOS PRESUNTOS
RSPONSABLES DE VIOLACIONES GRAVES DEL DERECHO INTERNACIONAL
HUMANITARIO COMETIDAS EN EL TERRITORIO DE LA EX YUGOSLAVIA
(Número de expediente 121/000028)



El señor PRESIDENTE: Dictamen relativo al proyecto de ley
orgánica para la cooperación con el Tribunal Internacional
para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de
violaciones graves del derecho internacional humanitario,
cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia. Antes de
iniciar el debate correspondiente a este punto del orden del
día, quiero indicar a SS.SS. que la votación de conjunto,
correspondiente al carácter orgánico de este proyecto de ley,
tendrá lugar en el momento inmediatamente posterior a la
finalización de este debate y, en cualquier caso, no antes de
la una y media.

Para la presentación del proyecto, tiene la palabra el señor
Ministro de Justicia. (Varios señores Diputados abandonan el
salón de sesiones.--Pausa.) Señorías, guarden silencio y
ocupen sus escaños.




El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Belloch Julbe): Con la venia
del señor Presidente.

Como SS.SS. saben, la Resolución 827, del año 1993, del
Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, aprobó una propuesta
presentada por Estados Unidos, Rusia, Reino Unido, Nueva
Zelanda y España, para la creación de un Tribunal
internacional que enjuiciara a los presuntos responsables de
las graves violaciones contra el Derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de la antigua
Yugoslavia. (El señor Vicepresidente, Beviá Pastor, ocupa la
Presidencia.)
Estableció dicha Resolución de Naciones Unidas un límite
temporal; «dies a quo», el día inicial del plazo era el 1.º de
enero de 1991; el día final, que fijaría la competencia del
Tribunal, queda reservado al propio Consejo de Seguridad de
Naciones Unidas una vez se haya producido la pacificación en
la antigua Yugoslavia.

Esa misma Resolución decidió que todos los Estados de la
comunidad internacional debían cooperar plenamente con el
Tribunal creado. Esta cooperación obligaba en particular a
adoptar, en el ámbito del derecho interno de cada uno de los
Estados de la comunidad internacional, una serie de medidas
tendentes, en primer lugar, a aplicar las disposiciones
contenidas en la propia Resolución de Naciones Unidas; en
segundo término, a respetar el Estatuto de ese Tribunal
internacional; en tercer lugar, a asistirle, a cumplir las
resoluciones que dictara la Sala de primera instancia
constituida al efecto, y contribuir a su sostenimiento con
fondos, equipos y servicios. La Ley Orgánica que tengo el
honor de presentar a SS.SS. en nombre del Gobierno, supone el
íntegro cumplimiento por parte del Gobierno de España de todos
y cada uno de los extremos de la referida Resolución. Se ha
hecho no solamente por el imperativo normativo que supone la
Resolución del Consejo de Seguridad, sino también por
imperativos de justicia, lo que supone no sólo ya obligaciones
jurídicas, sino también obligaciones morales. España fue uno
de los primeros países en cumplir la Resolución del Consejo de
Seguridad, buena prueba de ello es que sólo dos días después
de haberse constituido el Tribunal en La Haya --en noviembre
del año 1993--, el Gobierno aprobaba el proyecto de Ley
Orgánica y lo elevaba seguidamente a esta Cámara.

El Gobierno da mucha importancia a esta Ley. Supone, en cierta
perspectiva histórica, un paso más en una línea de continuidad
de una tradición de la que creo legítimamente se puede sentir
satisfecho este país. Me refiero, evidentemente, a nuestra
tradición en la defensa del derecho de gentes, del derecho
entre los pueblos. No es sólo un tópico aludir a la Escuela de
Salamanca en el siglo XVI, es un hecho real, vivo, que
estableció conceptos fundamentales en el ámbito del Derecho
internacional, creando en buena medida el derecho de gentes,
del que el Derecho internacional sería su lógico trasunto.

Desde los conceptos de la paz dinámica al concepto de la
convivencia internacional, a nadie se le



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escapa la fácil correlación entre tales conceptos y otros
absolutamente vivos en nuestros actuales estados democráticos,
como la teoría de la legitimidad del Estado, o el origen
democrático del poder político. Cinco siglos después siguen
vigentes estos principios, y han convertido, efectivamente, de
manera legítima, el Derecho internacional en el derecho
fundamental como instrumento para la paz; la paz que sin duda
es el derecho humano más fundamental de la humanidad sin el
cual ciertamente pierden sentido en gran parte buen número de
valores tan esenciales como la justicia, la libertad o la
solidaridad. El papel central de Derecho internacional hoy no
puede ser otro que detener la fuerza y la violencia y en su
sustitución instaurar o perpetuar los conceptos éticos y
morales que sirvieron de base a ese derecho de gentes. El
Derecho internacional es el legítimo instrumento para la
reconciliación y la convivencia pacífica restaurando también
el orden jurídico internacional cuando éste se ve perturbardo,
y en pocas ocasiones con más gravedad que por las violaciones
de derechos tan graves en el antiguo territorio de Yugoslavia.

A esa razón, a esa finalidad obedece el Tribunal; a esa razón
a esa finalidad obedece la ley que tengo el honor de presentar
ante SS.SS. Nuestra posición internacional no es, desde luego,
rotundamente no es la que existió en el año 1945 que, entre
otras cosas, nos impidió tener cualquier tipo de participación
en los Tribunales de Nuremberg o Turquía. Desde el
advenimiento de la democracia, sin embargo, de manera
permanente el Gobierno de España ha mantenido una actitud
beligerante, tanto en el ámbito normativo interno como, desde
luego, en sus relaciones internacionales, apoyando toda forma
legítima de combatir el genocidio, los crímenes contra la
humanidad; y se ha hecho a todo lo largo de este período, dese
1978 hasta aquí, con la energía necesaria. Este proyecto no es
más que un paso más dentro de esa línea. La contribución
española así a los gravísimos problemas, al drama terrible de
la antigua Yugoslavia no queda limitada, con la importancia
que tiene, a la participación de nuestros soldados, con vidas
perdidas, como saben SS.SS., al servicio de esa misión de paz,
o de nuestros objetores realizando un trabajo francamente
positivo, sino que se ve completada a través de esta ley con
una cooperación jurídica, con una contribución jurídica para
enjuiciar y condenar a quienes aparezcan como responsables de
crímenes contra la humanidad.

El respaldo político y jurídico de todos los Estados de la
comunidad internacional es imprescindible para que no sea ese
tribunal meramente un símbolo con todala gran importancia que
tiene como símbolo, sino además, para que sea eficaz en el
objetivo concreto perseguido.

El Tribunal no va a aportar, desde luego, soluciones mágicas
al inmoral drama que se vive en la ex Yugoslavia, pero puede y
debe ser un paso importante hacia la idea de una justicia
penal internacional, que no está dispuesto el Gobierno a
considerar una mera utopía, sino una posibilidad real, en la
medida que nos decidamos todos a que así lo sea, posibilidad
además de real necesaria.

Sólo me resta para terminar una observación que en otro
contexto podría parecer obvia, pero que, sin embargo, me
parece importante subrayar hoy ante esta ley, y es el profundo
significado político y moral que tiene la unanimidad alcanzada
entre los diversos grupos parlamentarios, como lo refleja el
hecho de que no se haya presentado ninguna enmienda, por la
unanimidad, digo, de los grupos parlamentarios de esta Cámara.

Me parece que es la mejor manifestación de que no sólo el
Gobierno de la nación, sino el pueblo español en su conjunto,
representado legítimamente por SS.SS., quienes hacen suyos
estos valores, quienes van a permitir que la colaboración de
España sea eficaz, sea un ejemplo de eficacia en pro no sólo
de la paz, sino de la paz legítima. Por todo ello, muchas
gracias. Nada más, señorías.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Ministro. ¿Grupos Parlamentarios que deseen fijar su posición?
(Pausa.) Por el Grupo Mixto, el señor Albistur tiene la
palabra.




El señor ALBISTUR MARIN: Gracias, señor Presidente.

Solamente para, con brevedad fijar la posición favorable y de
apoyo a la iniciativa que hoy se nos presenta bajo la fórmula
de esta ley orgánica, sobre todo sin entrar en la valoración
jurídica del tema, sino simplemente por la valoración
política, por su oportunidad y también, diríamos, por el ruego
transmitido al propio Gobierno para que todas las medidas que
aquí se contemplan puedan ser puestas en marcha como
instrumentos precisamente de la pacificación que Europa
necesita.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Albistur. Por el Grupo de Coalición Canaria, el señor Mardones
tiene la palabra.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor Presidente, señorías, para
Coalición Canaria constituye un doble motivo de satisfacción,
moral y política --por emplear el léxico del propio señor
Ministro de Justicia--, apoyar con su voto este proyecto de
ley, sobre todo cuando se hace desde la responsabilidad
política de una comunidad autónoma que quiere sentirse
comprometida con los aspectos positivos de la política
exterior de nuestra



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nación, frente a algunas lecturas que a veces se hacen de
forma peyorativa, que rechazamos y, al mismo tiempo, de
compromiso con Naciones Unidas.

No vamos a hacer una crítica de expertos en Derecho Procesal y
Penal de los aspectos técnicos que esto pudiera contener; el
señor Ministro también ha tenido la inteligencia de no entrar
en lo que sería un campo de discusión para seminarios, en
cátedras de Derecho Penal o Procesal o del derecho en
cuestiones
sustantivas, porque lo que queremos es el compromiso político
y moral que esto significa.

Coincidimos, señor Ministro, en evitar cualquier reticencia
que pudiera salir de una enmienda, incluso parcial, que pueda
interpretarse como que queremos transformarla en un símbolo
verdaderamente retórico de un discurso. No puede ser un
símbolo, es un compromiso. Creemos que es un buen avance para
ir generando un compromiso, en el marco de Naciones Unidas y
en el marco de las naciones que reconocen en sus
Constituciones la defensa de los derechos humanos y se oponen
al genocidio y a la pena de muerte, que se vaya abriendo una
brecha de precedentes y
antecedentes loables en una idea de justicia penal
internacional. La compartimos también, señor Ministro. Si en
los planes de reforma de Naciones Unidas, si en el ámbito de
la unidad de jurisdicciones --ya en el marco de la Unión
Europea--, no vamos profundizando y consolidando ideas en
nuestro derecho comparado internacional y en el Derecho
internacional público y privado, no vamos profundizando en la
idea de una justicia penal
internacional frente a estos hechos, nos faltará siempre el
segundo brazo. No puede hacerse política internacional
solamente en lo militar, si junto a lo militar falla el
principio del derecho de intervención de la justicia
internacional, y siempre hecho, además, «a priori», estaremos
haciendo un flaco servicio. El único precedente que tenemos es
el Tribunal de Nuremberg y la jurisprudencia que de allí salió
quedó muerta después de
Nuremberg. Después de la victoria aliada sobre la Alemania
nazi, nadie se atrevió a plantear la permanencia de la
necesidad de un derecho internacional que velara por la
defensa de los derechos humanos frente al genocidio, frente a
cualquier conculcación de los mismos.

Aunque las Naciones Unidas, en su Resolución 827, que la
sustenta, ha tenido necesidad de hacer un Reglamento de la
misma, sí quisiéramos señalar al señor Ministro que España
necesita apoyarla fehacientemente; y creo que hoy, día que
está en España el Secretario General de Naciones Unidas, es
buena fecha, tanto para la Comisión de Exteriores como para el
Gobierno, para ver la necesidad de reformar el Reglamento y la
Carta de Naciones Unidas, concretamente la del Consejo de
Seguridad, porque esta Resolución 827 no es del plenario de
Naciones Unidas, sino de su Consejo de Seguridad, y se ha
basado en el Capítulo VII de la Carta; Capítulo VII, señor
Ministro, que usted sabe que en los aspectos militares tiene
bastantes deficiencias. Pues bien, aprovechemos esta brecha
que ahora se abre, digamos, en el Derecho internacional penal
y procesal, para llegar a consolidar esta idea. La Carta de
Naciones Unidas en su Capítulo VII se considera vinculante,
como carácter jurídico, para los Estados signatarios en la
esfera internacional, y esto se dice en una magnífica
exposición de motivos. Quiero decir aquí que leyendo la
Resolución 827 y el Reglamento de la misma, me parece que hay
que felicitar a los redactores españoles que han hecho la
exposición de motivos y el preámbulo; no entro en el
articulado, porque es un puro procedimiento procesal en el
que, como he dicho, lo expertos dirán qué se debe hacer en
cualquier
circunstancia en que esto se diera.

Tampoco tiene que ser esto causa de escepticismo. Puede ser
que nuestras convicciones de posibilismo político, de un
derecho positivo, condicionen la manera de ser escéptico --
siempre se habla de euroescéptico--, pero aquí no cabe ningún
testimonio ni ninguna brecha de escepticismo en cuanto a la
utilidad de este Tribunal, que tiene que ser entendido desde
ese punto de vista de lectura política y moral; en eso nos da
también apoyatura el artículo 93 de la Constitución. Sobre
todo, repito, felicito a los redactores del texto por la
invocación de una figura del derecho que no se trae
habitualmente, que es el Derecho
consuetudinario, que no lo podemos limitar al derecho
consuetudinario visigodo. Hay que recuperar en los usos y
costumbres jurídicas, en la defensa de valores políticos,
éticos y morales el derecho consuetudinario. Con eso se viene
a
consolidar de manera fehaciente, como acuerdo internacional, y
dándole rango de ley orgánica, lo que es un derecho
consuetudinario para este tipo de actividad; para que
cualquier grupo político, cualquier grupo militar de terceros
países que trate de conculcar y pisotee, por la fuerza de las
armas, los derechos humanos y el Derecho Internacional, sepa
que se van a encontrar con esta jurisdicción, vamos a llamarla
especial, con un tribunal internacional que puede encausar
estos hechos. Esto significa un reto, y usted no lo ha
obviado, señor Ministro, porque esto se aplica a la ex
Yugoslavia de una manera etérea; habría que difuminar menos y
concretar más en estos casos la figura del justiciable o del
presunto reo penable en el Derecho internacional que se
elabore. Lo que es aplicable, en razón de la conculcación de
derechos humanos, de la Carta de Naciones Unidas, de la Carta
de Ginebra y de la Convención de Derechos Humanos, también de
Ginebra, es aplicable a cualquier territorio donde esto se
produzca.

Hay que sacarlo del marco de la territorialidad concreta, en
este caso de Yugoslavia; es lo que está ocurriendo en Ruanda y
Burundi, en Somalia, en cualquier lugar del mundo, que
llamándose Estados soberanos



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están conculcando estos principios internacionales que he
citado. Hágase ver el peso del Derecho internacional; Derecho
internacional que estará amparado por la fuerza militar, pero
esa fuerza militar no se encontrará sola a la hora de hacer
prevalecer ese derecho. Las naciones occidentales, que
contamos con constituciones que nos permiten ser congruentes
con la propia Carta de Naciones Unidas, tenemos que hacer ver
que estos dos instrumentos (el armado y el jurídico) tienen
que funcionar con plena efectividad, porque no sería lógico,
dentro de esta polítia, que allí se esté utilizando un
ejército aliado bajo las siglas de Unprofor y, en cambio, no
se dé otra circunstancia como es la existencia de un tribunal
internacional. Si hay un mando militar internacional, debe
haber también un mando de un tribunal internacional.

Por todas estas razones, Coalición Canaria apoya
vehementemente, en los mismos principios que ha señalado el
señor Ministro de Justicia y que nosotros compartimos, la
aprobación de este proyecto de ley orgánica que va votar
afirmativamente.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor
Mardones. Para fijar la posición del Grupo Catalán,
Convergència i Unió, tiene la palabra la señora Alemany.

La señora ALEMANY I ROCA: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, es una satisfacción especial para mí dirigirme a
este Pleno del Congreso de los Diputados en una ocasión como
ésta. En primer lugar porque, al ser la primera vez que subo a
este estrado, siento una emoción particular similar a la que
me invadió el primer día que me dirigí al Pleno del Senado
hace ya unos años; emoción que no me privará de la serenidad
necesaria para explicarles cuál es la postura del Grupo
Catalán,
Convergència i Unió, ante la votación de este proyecto de ley
orgánica. En segundo lugar, siento también una satisfacción
especial porque mi primera intervención ante SS.SS. se refiere
a un tema tan importante y tan crucial para la paz y la
convivencia en Europa: la cooperación de España con el
tribunal internacional que las Naciones Unidas han puesto en
pie para juzgar los crímenes contra los derechos humanos
cometidos en la ex Yugoslavia. Me considero especialmente
autorizada para tratar este tema tanto por mi condición de
catalana como por mi
condición de mujer. Como mujer porque las mujeres somos las
principales víctimas en todos los frentes abiertos en la
antigua Yugoslavia; como catalana porque los catalanes
repudiamos cualquier tipo de agresión armada contra la
convivencia pacífica y democrática de una sociedad,
particularmente en el caso de aquellas que han sido ejemplo de
armonía religiosa, cultural y lingüística.

Como mujer, supuso un motivo de alegría la iniciativa del
Consejo de Seguridad de Naciones Unidas de dotar a la
comunidad
internacional del instrumento jurídico necesario para juzgar a
aquellas personas sospechosas de las más aberrantes
atrocidades contra seres humanos. En todos los conflictos
armados, en todas las guerras, pasadas y presentes, la mayoría
de las víctimas no son combatientes, son hombres, mujeres y
niños inocentes que, de un día para otro, son asesinados,
expulsados de su tierra o convertidos en prisioneros. En este
orden de cosas, la mujer ha sido la víctima principal de todas
esas atrocidades --es duro constatarlo--, siendo la muerte la
más leve de ellas. Muchas mujeres supervivientes de los países
de la ex Yugoslavia deberán seguir sufriendo aún importantes
secuelas físicas y psíquicas durante largo tiempo, tal vez
durante toda la vida. En la ex Yugoslavia, más de 20.000
mujeres y niñas han sido maltratadas y violadas. Por otro
lado, hay que tener en cuenta que la mujer es el pilar que
sustenta la sociedad ya que, en torno y a través de ella, se
tejen las relaciones afectivas, sociales y laborales de
cualquier hogar y de cualquier comunidad, y que su
desaparición o su discapacidad en un conflicto armado provoca
nuevas víctimas, como pueden ser los hijos e hijas, los
maridos y gente mayor que en gran medida dependen de ella. El
tribunal internacional, creado por el Consejo de Seguridad de
las Naciones Unidas, creemos que contribuirá eficazmente a que
estos crímenes contra mujeres, niños y hombres no queden
impunes. Por esta razón, este tribunal internacional debe
contar con el mayor apoyo posible para que las denuncias de
crímenes y violaciones contra los derechos humanos encuentren
los mecanismos necesarios para ser atendidas, investigadas y
juzgadas con exhaustividad, con rigor y con eficacia. El
proyecto de ley orgánica que hoy estamos debatiendo, señorías,
señor Ministro, permitirá cooperar con el tribunal
internacional y contribuirá a hacer realidad la misión
econmendada a éste: Perseguir, condenar y privar de libertad a
todo aquel hallado culpado de crímenes contra la población
civil en la ex Yugoslavia.

Como catalana, como militante de un partido nacionalista, es
un deber sumarse a toda iniciativa que condene o ayude a
condenar a aquellos que han destruido la paz y la convivencia
en nombre de ideologías cerradas que justifican prácticas
violentas y antidemocráticas, utilizando falsamente como
coartada la palabra nación. Ser nacionalista, señorías, es
querer lo mejor para tu país, procurar que sea un lugar donde
se pueda vivir bien, donde nadie pase privaciones, donde todo
el mundo se sienta libre. El nacionalismo debe ser un
movimiento integrador. Hemos de
potenciar los recursos de la nación para hacerla prosperar.

Eso no ocurre en la ex Yugoslavia. La guerra en los Balances
se ha convertido en una galería de prácticas bárbaras y



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racistas, en una colección de matanzas, torturas y violaciones
que hacen volar en pedazos los ideales de paz, de tolerancia,
de convivencia democrática. También Cataluña ha sufrido, a lo
largo de su historia, amargas experiencias de luchas en las
cuales ha triunfado la barbarie y la intolerancia. Desde hace
dos décadas la sociedad catalana está viviendo uno de los
períodos más largos de la historia contemporánea de libertad y
de convivencia pacífica. Es mi deseo, es el deseo de nuestro
Grupo Catalán (Convergència i Unió), que esta misma libertad y
convivencia se trasladen a la ex Yugoslavia y por eso es
necesario que todas las personas, todos los pueblos, hagan lo
posible para que se condenen los crímenes contra la
convivencia de religiones, de culturas, de lenguas y de
nacionalidades. Ahora se nos brinda una oportunidad y para
explicarlo permítanme que cite al Presidente de la Generalitat
de Cataluña, Jordi Pujol. (La oradora pronuncia algunas frases
en catalán.) Haré la traducción: El progreso se produce en
países equilibrados, cohesionados, que se restauran, que en
cuanto se estropean se restauran, que no se lamen las heridas
y se hacen daño inútilmente.

Señorías, cuando el desequilibrio es la constante de un país,
cuando la cohesión es sustituida por el enfrentamiento, cuando
la restauración no es posible, es deber de la comunidad
internacional en general y de España, en particular, ayudar a
este país a liberarse de aquellos que hurgan en las heridas en
lugar de cohesionar, a expulsar a aquellos que destruyen en
vez de cohesionar y construir.

El proyecto de ley orgánica para la cooperación de España con
el Tribunal Internacional, constituido en La haya en noviembre
de 1993, es una oportunidad más para que los crímenes
cometidos en estos tres años de guerra y sus autores
materiales e ideológicos no queden impunes y para que la paz y
la convivencia vuelvan a dirigir la vida de los pueblos de la
ex Yugoslavia. Por esta razón y las que he expuesto
anteriormente, el Grupo Catalán (Convergència i Unió) votará a
favor de este proyecto de ley. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora
Alemany. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-
Iniciativa per Catalunya tiene la palabra el señor López
Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: Señor Presidente, señorías, nuestro
Grupo, Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, apoya también
vehementemente el proyecto de ley orgánica para la cooperación
con el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los
presuntos responsables de violaciones graves del Derecho
internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex
Yugoslavia. Como es sabido, el origen está en unas
resoluciones de Naciones Unidas, la última de las cuales, la
resolución 827, decide establecer este tribunal internacional
y decide también que todos los Estados cooperen plenamente con
el tribunal internacional y sus órganos. Este proyecto de ley
viene a ejecutar esta decisión de Naciones Unidas y es un
paso, pero sólo un paso que tendrá que ir sucedido de muchos
otros, para que las labores del tribunal internacional sean
verdaderamente efectivas, algo que por el momento hay que
decir que no lo son por falta de medios, denunciada por los
once miembros del tribunal, lo que significa que este tipo de
actuaciones no pueden ser de cara a la galería meramente, sino
que tienen que venir acompañadas de medios económicos que
permitan intervenir realmente y abrir algún caso, cosa que
hasta este momento no ha sucedido, ante este tribunal
internacional.

Hay muchos argumentos para apoyar que haya un tribunal
internacional que juezgue los crímenes en el territorio de la
ex Yugoslavia. Hay violaciones flagrantes --ha habido y sigue
habiendo-- de convenciones de Ginebra sobre prisioneros de
guerra y otros tratados internacionales, pero algunas cifras
pueden poner de manifiesto, de una forma brutal, la situación
en la ex yugoslavia, especialmente en lo que le sucede al
pueblo bosnio, hay que decirlo, porque fundamentalmente estos
problemas se dan en Bosnia-Herzegovina y quien sufre más estos
problemas es el pueblo bosnio. De un total de 4.300.000
habitantes hay más de 170.000 muertos, 1.700.000 desplazados -
-cerca del 40 por ciento se ha desplazado del territorio de
Bosnia-Herzegovina-- y 20.000 mujeres violadas: es decir, una
situación que muy bien puede calificarse de auténtico
genocidio.

El artículo 1.º de la Convención para la prevención y la
sanción del delito de genocidio, de 1948, que lo considera un
delito internacional, define el genocidio como actos
perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente
a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Lo que a
continuación señala este artículo casa perfectamente con la
situación en la ex Yugoslavia y fundamentalmente en Bosnia-
Herzegovina: matanza de miembros de ese grupo nacional,
lesiones graves a la integridad física o mental del mismo,
sometimiento intencional del grupo a
condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción
física total o parcial, traslado por fuerza de niños de un
grupo a otro grupo. En concreto, la política de limpieza
étnica desarrollada por la república de Serbia, que tiene como
objetivo último conseguir que los denominados territorios
liberados pasen a esa república, constituye un ejemplo
perfecto. Según ellos, un territorio sólo está liberado cuando
se encuentra étnicamente limpio, esto es, cuando haya
desaparecido todo vestigio de presencia musulmana en el mismo.

Estos métodos de limpieza étnica son auténticos delitos de
genocidio, llenos de ejecuciones



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sumarias, extrajudiciales y arbitrarias, detenciones
arbitrarias, etcétera. Quizás el ejemplo más emblemático de
ello sea lo que sucede con la ciudad de Sarajevo; una ciudad
que se resiste a ser dividida étnica y culturalmente, un
ejemplo ciudadano de lucha por el mantenimiento de este modelo
de convivencia étnica y cultural, compuesta por distintas
etnias: serbios, croatas, musulmanes, incluso 4.000 sefarditas
que viven en la ciudad de Sarajevo, y que ha resistito
denodadamente en defensa de este esfuerzo de convivencia
multicultural, entre bombas, destrucción de servicios básicos,
subalimentación y aislamiento, el asedio que todos conocemos.

Como ha señalado la Asamblea de la Cooperación por la Paz, que
promueve, entre otros, el Premio Nobel de la Paz para la
ciudad de Sarajevo, para los ciudadanos de Sarajevo más
exactamente, si hoy permitimos que sobre el territorio de la
República de Bosnia-Herzegovina se instale un Estado étnico
que sustituya al Estado ciudadano, si permitimos que miles y
miles de personas sean expulsadas definitivamente de sus
hogares, si permitimos que los responsables de monstruosos
crímenes contra la humanidad sean acogidos por la comunidad
internacional como si fuesen
representantes legítimos de un Estado, entonces estaremos
abriendo las puertas al peor de los mañanas. Este tribunal
internacional tiene que ser un paso decidido para
contrarrestar esta situación insoportable para la comunidad
internacional y fundamentalmente para quienes la sufren; un
tribunal no sólo represivo sino preventivo frente a futuras
acciones, crímenes de guerra y contra los derechos humanos y
que, además, sea --y conecto con alguna intervención anterior-
- algo que sirva para dar un impulso, un nuevo impulso a la
Comisión del Derecho Internacional de cara a definir el
estatuto de un tribunal internacional permanente, no solamente
para este caso de la ex Yugoslavia, sino un tribunal
internacional permanente que defienda los derechos humanos en
todo el planeta, como
corresponde a la naturaleza universal de los derechos humanos.

Este tribunal tiene que servir, además, para dar una salida
pacífica y justa a este conflicto. Así lo ha entendido el
Relator Especial de Naciones Unidas, Tadeusz Mazowiecki, en su
informe, el último de los cuales que tengo en mi poder, en la
tribuna, es de 21 de febrero de este mismo año; un informe que
relata una situación pavorosa, que actualmente está presente
todavía en el territorio de la ex Yugoslavia, y que señala
como un objetivo fundamental de la comunidad internacional el
que se asegure un funcionamiento inmediato, rápido, efectivo
de este tribunal internacional que juzgue los crímenes en el
territorio de la ex Yugoslavia. No quisiera terminar sin
referirme al párrafo 360 de las conclusiones de este informe
que constituye todo un
aldabonazo a la conciencia internacional. Según este informe,
los conflictos en la antigua Yugoslavia, y en particular en
Bosnia-Herzegovina, han probado una vez más que los derechos
humanos siguen jugando, a pesar de las expresiones
declamatorias en contrario, un papel secundario en el contexto
de la política internacional. Los esfuerzos desarrollados por
agencias
internacionales, por Naciones Unidas, siguen siendo
insuficientes para compensar esta política, esta inercia de
política que no tiene en cuenta los derechos humanos como una
parte esencial de la política internacional. Hay que decir que
la comunidad internacional, durante demasiado tiempo, ha
tolerado de hecho violaciones masivas de los derechos humanos
y del Derecho internacional humanitario. Esta política, una
política que defienda los derechos humanos a lo largo y a lo
ancho del planeta, y una base fundamental de ello son
tribunales
internacionales de esta naturaleza, tiene que estar en la base
de la defensa, por parte de la comunidad internacional, de los
grandes principios de protección de los derechos humanos sobre
los que esa comunidad internacional sólo puede construirse.

Por eso, en relación con los acontecimientos en la ex
Yugoslavia se han dado pasos todavía muy pequeños. La acción
común aprobada por la Comunidad Europea, dentro de la política
exterior y de seguridad común, es un paso, pero un paso
limitado; limitado también por la naturaleza limitada de esa
política exterior. La política mucho más decisiva de la ONU en
las últimas semanas y meses frente a las acciones de
terrorismo de población civil en la ex Yugoslavia también es
un paso, pero todavía no es un paso suficiente. Y este
tribunal internacional es otro paso que saludamos, que
apoyamos, pero que tiene que ser seguido, como decíamos, de
muchos más, en el sentido de provocar, por fin, una salida
ajusta y pacífica del conflicto, que nunca será pacífica si no
es justa. Tenemos que entender que no cualquier salida es
posible ni es válida; una salida que signifique la vuelta a
sus hogares de los desplazados, que signifique que no se creen
nuevos muros en el interior de Bosnia-Herzegovina, en el
interior de Sarajevo en concreto, que haya una recuperación
total de los derechos cívicos. Si esto es así, será un paso
histórico para la salida de este conflicto y un ejemplo a
seguir en el futuro para la defensa de los múltiples casos de
violación de derechos humanos que a toda la comunidad
internacional aterra, pero que todavía no están enfrentados
con la fuerza que sería necesaria. Muchas gracias, señor
Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señor López
Garrido. Por el Grupo Popular tiene la palabra el señor
Rupérez.




El señor RUPEREZ RUBIO: Señor Presidente, señorías, señor
Ministro, efectivamente la resolución 827 del Consejo de
Seguridad de las Naciones Unidas, aprobada



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con fecha 25 de mayo de 1993, decidió establecer un tribunal
internacional con la finalidad exclusiva de enjuiciar a los
presuntos responsables de graves violaciones del Derecho
internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex
Yugoslavia entre el 1 de enero de 1991 y una fecha que el
Consejo de Seguridad determinará una vez restaurada la paz. La
exposición de motivos de esa misma resolución del Consejo de
Seguridad (uno de cuyos patrocinadores --y lo digo con
profunda satisfacción, como también señalaba el señor
Ministro-- fue España) pone de manifiesto la profunda alarma
por los continuos informes de violaciones generalizadas y
flagrantes del Derecho internacional humanitario que tienen
lugar en el territorio de la ex Yugoslavia y especialmente en
la República de Bosnia-Herzegovina, incluyendo los informes de
asesinatos en masa, de detenciones y violaciones masivas
organizadas y sistemáticas de mujeres y de la
continuación de la práctica de la depuración étnica. Ese es el
marco en el que querría centrar esta intervención en nombre
del Grupo Popular y en torno al proyecto de ley orgánica para
la cooperación con el Tribunal Internacional creado por la
mencionada resolución del Consejo de Seguridad de Naciones
Unidas y cuya consideración en este momento nos ocupa. Quiero
adelantar, en nombre del Grupo, de manera nítida y clara
nuestro apoyo positivo, diría también entusiasta, a este
proyecto de ley orgánica que es sometido a nuestra
consideración.

Con independencia de los aspectos formales y el mismo carácter
de orgánica que acompañan a esta ley, sobre los cuales al
final haré algunas breves consideraciones, querría aportar
algunos datos que nos parecen significativos para comprender
el alcance y la naturaleza del Tribunal Internacional creado
por las Naciones Unidas y sobre la cooperación que España debe
ofrecer al mismo a partir del apoyo y de la aprobación por
parte de las Cámaras legislativas de esta ley. En primer lugar
cabe quizá y sobre todo una reflexión puramente histórica. Por
primera vez desde la existencia del tribunal de Nuremberg los
criminales de guerra van a ser sometidos a la sanción del
Derecho
internacional. Y como el mismo Secretario General de las
Naciones Unidas, el señor Butros Gali, hace poco tiempo,
señalaba, en el momento en que el Consejo de Seguridad
aprobaba el proyecto de resolución, la creación de este
tribunal es un acontecimiento ejemplar porque los crímenes de
guerra constituyen auténticas amenazas contra la paz y como
tales deben ser tratadas. Las referencias legales bajo las
cuales surge este tribunal son abudantes, y entre ellas cabe
referirse a las Convenciones de Ginebra para la protección de
las víctimas de la guerra; a la convención para la prevención
y el castigo del crimen de
genocidio; a la convención de La Haya sobre las leyes y
costumbres de la guerra, así como los mismos principios que en
su momento elaboró el tribunal de Nuremberg. Esos instrumentos
internacionales conforman, con toda justicia, lo que hoy puede
ser calificado como el Derecho humanitario internacional y hay
que recordar que en su momento la misma Yugoslavia ratificó
todos esos instrumentos internacionales. Como también señalaba
el mismo Butros Gali, no se trata de aplicar retroactivamente
las normas jurídicas a unos enemigos vencidos, sino de hacer
efectivas esas normas reconocidas por los principales
implicados. Sin embargo, es evidente que por el mero hecho de
su existencia, e incluso contando con la cooperación
internacional con el mismo Tribunal de cuya cooperación
estamos hablando, en este momento no se despejan muchas de las
incógnitas que surgen con relación a su efectividad. La
conciencia de la opinión pública internacional se ha visto
confrontada de manera directa e inmediata a los horrores de la
guerra y no es posible olvidar que la rapidez con que las
Naciones Unidas han reacionado a la hora de crear el tribunal
está directamente relacionada con las urgencias de esa
conciencia justamente escandalizada. No faltarán incluso
quienes digan o piensen que la creación del tribunal no es
tanto un mecanismo eficaz para hacer cumplir el derecho
humanitario o para depurar responsabilidades criminales como
un medio para
tranquilizar esa conciencia. Esa línea de pensamiento llegaría
a calificar al tribunal internacional como un vano intento de
judicializar un problema político al que no habríamos
encontrado solución y, además, aconsejaría sobre todo una
intervención militar como único medio y medida para poner en
práctica las sentencias a las que el tribunal efectiva y
eventualmente llegara.

En realidad, la previsible impotencia de la comunidad
internacional para ejecutar la sentencia del tribunal no es el
único interrogante para la eficacia del mismo. Previsiblemente
habremos de encontrarnos con la dificultad de establecer, con
carácter previo, las culpabilidades a juzgar. En efecto, la
mayor parte de las denuncias hasta ahora recogidas carecen de
detalles suficientes, llegándose a desconocer en muchas de
ellas la propia identidad de las víctimas, de los culpables y
de los testigos. El establecimiento de la responsabilidad de
los mandos militares y de sus subordinados es, en este
momento, harto precaria. No siempre son verificables las
fuentes en las que se basan las denuncias. Los intentos de
contrastar sobre el terreno los crímenes cometidos han sido
neutralizados por los contendientes, y hasta el pasado mes de
septiembre sólo 10 centros de detención de los 395 que al
parecer existen habían podido ser visitados por observadores
internacionales. Por otro lado, esas dificultades contrastan
con la escasez de medios puestos hasta ahora a disposición del
tribunal para llevar a cabo las investigaciones pertinentes.

La ONU sólo mantiene un delegado sobre el terreno en la
antigua Yugoslavia, que, según él mismo ha declarado, se
encuentra con enormes dificultades



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presupuestarias. La organización internacional --es cierto--
ha aprobado un fondo inicial de medio millon de dólares para
el funcionamiento del tribunal, pero aún no está claro cómo
serán aportados los 31 millones de dólares que se ha calculado
son necessarios para mantener la actividad del tribunal
durante un año. Que sepamos, señor Ministro, hasta el momento
España no ha realizado ninguna aportación para esta finalidad,
aunque esperamos que una vez producida la aprobación de esta
ley cumpla también con los deberes materiales de cooperación
con el mismo tribunal que ahora se crea.

Además, no es posible tampoco desconocer que la dinámica que
otorgue el tribunal a sus actuaciones no dejará de tener una
influencia muy directa en el proceso de paz en la antigua
Yugoslavia. Precisamente en este momento, y como consecuencia
de las contundentes acciones bélicas que la OTAN, bajo el
mandato de las Naciones Unidas, está realizando,
fundamentalmente contra las fuerzas militares serbias, parece
instalarse sobre el territorio una cierta esperanza de
pacificación. En esa dinámica, las denuncias sobre violación
de los derechos humanos se ven relegadas a un segundo plano y
no dejan de alzarse voces, en nuestro propio entorno,
señalando que el intento de someter a juicio a los
responsables de los crímenes de guerra podría entorpecer las
posibilidades de negociar un acuerdo de paz definitiva entre
los contendientes. Podemos todos preguntarnos, creo que
debemos todos preguntarnos qué es lo que llega antes, si la
paz o la justicia. Podemos e incluso debemos preguntarnos si
un exceso de afán justiciero por parte de la comunidad
internacional puede, de hecho, convertirse en nuevo obstáculo
para la paz. Podemos y también debemos preguntarnos sobre la
imposible permanencia de una paz basada en la injusticia y
calcular también cuáles son las posibilidades reales de
concliación entre los contendientes que han hecho de la guerra
civil en la ex Yugoslavia un aldabonazo de horror para la
humanidad y si, en definitiva, en las urgencias por la
pacificación podemos olvidar las ulteriores necesidades de la
justicia y, consiguientemente, de castigo a los culpables.

Nosotros creemos que no; nosotros creemos que no se puede
construir la paz sin la justicia; nosotros creemos que la
penosa construcción de un orden internacional, basado en el
respeto a los principios del Derecho, no es compatible con el
olvido de los crímenes y de sus autores. Nosotros,
consiguientemente, creemos que, incluso con sus dificultades,
el intento históricamente renovador de este Tribunal merece la
plena cooperación de España y que en consecuencia, a través de
los procedimientos arbitrados por la ley orgánica que ahora se
nos somete a consideración, España, todos nosotros,
participemos activamente en la
consecución de los fines de esa alta instancia.

No nos guía cualquier tipo de consideración justiciera a
ultranza. El conflicto en la ex Yugoslavia, como tantos otros
conflictos fratricidas, exigirán en su momento perdón y
olvido, pero la aplicación de esos elevados sentimientos debe
ser compatible con el recuerdo de los horrores a los que miles
de ciudadanos ex yugoslavos se han visto sometidos en el curso
de los últimos tres años, y también compatible con el carácter
ejemplar que este Tribunal debe cobrar para tiempos futuros.

Esta Humanidad de finales del siglo XX, trabajosamente
construida en torno a principios elementales de libertad,
solidaridad y tolerancia, no puede mostrarse impasible ante
los crímenes cometidos en nombre de la pureza étnica, de la
exclusión del diferente o del exterminio del adversario. Y
esos son también aspectos que nosotros retenemos para mostrar
nuestro caluroso apoyo a la existencia del Tribunal
Internacional...




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Señor Rupérez, vaya
concluyendo, por favor.




El señor RUPEREZ RUBIO: ... y a la cooperación que España le
debe prestar. Voy a acabar, señor Presidente.

Finalmente quería referirme a ciertos problemas formales que
han surgido con relación a la presencia en el ordenamiento
jurídico español del Tribunal Internacional creado por el
Consejo de Seguridad. No quiero hacer referencia a todas las
sutilezas jurídicas que al respecto surgen, pero sí subrayar
simplemente que nos aparece como adecuado el procedimiento, en
su momento indicado por el dictamen del Consejo de Estado y
seguido por el Gobierno, consistente en entender que la misma
existencia del Tribunal entraba dentro de las cuestiones
jurídicas
internacionales que nuestro ordenamiento recibe
automáticamente y que, sin embargo, era necesario proceder a
la aprobación de un texto con rango legal que facilitara los
instrumentos de
cooperación por parte de España con dicho Tribunal, texto que
afectando directamente a materia de derechos y libertades no
podía tener otro rango que el orgánico. Y nos parece, en
efecto, que el procedimiento seguido satisface adecuadamente
las
necesidades técnico-jurídicas, que además dota a este trámite
de la solemnidad y del cuidado que el tema merece y que el
propio señor Ministro se ha encargado de subrayar. En este
acto estamos prestando nuestro consentimiento al primer
Tribunal Internacional sobre Derecho humanitario del que de
una manera general, y no en el contexto de las relaciones
entre vencedores y vencidos, se dota la comunidad
internacional. Nosotros deseamos que este primer intento tenga
éxito, que efectivamente pueda ser seguido por la creación de
un Tribunal Internacional permanente para abordar todo este
tipo de temas, que no se limite exclusivamente a casos
coyunturales y que al tenerlo contribuya a configurar una
comunidad internacional de principios



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sólidos y de instituciones capaces de reclamar el cumplimiento
de tales principios, que es tanto como decir que estamos
apoyando un paso más para que la ley de la jungla sea un mal
recuerdo del pasado y la norma del Derecho regule
progresivamente los destinos y derechos de toda la Humanidad.

Gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Por el Grupo
Socialista, tiene la palabra la señora Pelayo.




La señora PELAYO DUQUE: Señor Presidente, señoras y señores
Diputados, a lo largo del debate producido con motivo de este
proyecto de ley, tanto el señor Ministro como los
intervinientes que me han precedido en el uso de la palabra se
han referido a la Resolución 827, de 1993, del Consejo de
Seguridad de Naciones Unidas, resolución que da lugar, como
también se ha dicho repetidamente, a la creación del Tribunal
Internacional para juzgar las graves violaciones del Derecho
internacional
humanitario cometidos a partir del 1 de enero de 1993 en la ex
Yugoslavia.

La citada resolución es la culminación de una serie de
acuerdos y resoluciones anteriores del Consejo de Seguridad,
tal y como se hace constar en el Informe presentado por el
Secretario General de Naciones Unidas, en cumplimiento del
número 2 de la Resolución 808/1993, que es el precedente
inmediato de la creación del citado Tribunal, tal y como se
sugiriera por el Comité de Expertos en el Informe que
elaborara a la vista de las violaciones generalizadas y
flagrantes del Derecho internacional humanitario en el
territorio de la ex Yugoslavia y especialmente en la República
de Bosnia-Herzegovina; incluso los informes de asesinatos en
masa, detenciones y violaciones masivas,
organizadas y sistemáticas de mujeres y la continuación de la
práctica de depuración étnica, tal y como se pone de
manifiesto en la exposición de motivos de la citada Resolución
827/1993. Por virtud de la tan repetida Resolución, se crea un
Tribunal Internacional de carácter transitorio en tanto no se
restablezca la paz y la seguridad en la región y sólo está
llamado a juzgar a personas físicas por la violación grave del
Derecho
internacional humanitario existente.

Algunos intervinientes han hecho alusión tanto a los convenios
de Ginebra de 1949, que regulan, entre otros, el homicidio
internacional, la tortura, los tratos inhumanos, la
destrucción de bienes, la deportación, etcétera; como también
a la cuarta Convención de La Haya, de 1907, que trata de la
violación de las leyes o uso de la guerra; al Convenio sobre
Genocidio, de 1948, o incluso a los crímenes de lesa
Humanidad, como asesinatos, exterminios, deportación, tortura
y violación, que están
reconocidos como tales en el Estatuto y fallo del Tribunal de
Nuremberg.

La Resolución 827 del Consejo de Seguridad se adoptó también,
como se ha puesto de manifiesto por el señor Ministro, siendo
España miembro del Consejo de Seguridad. Se adoptó, además, al
amparo del Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas que
autoriza la adopción de medidas tendentes a restablecer la paz
y la seguridad internacionales. Es aquí, a nuestro juicio,
donde debe reconocerse a la resolución adoptada el mayor valor
precisamente por sentar el precedente, desde el reconocimiento
de que la violación del Derecho internacional humanitario
atenta contra la paz y la seguridad internacionales, de
establecer un tribunal «ad hoc» para poner fin a tales
crímenes y tomar medidas eficaces para hacer comparecer ante
la justicia a los
responsables.

El proyecto de ley que estamos debatiendo pone en marcha en
nuestro país los mecanismos de cooperación con el citado
Tribunal, tal y como viene establecido en el mandato
internacional.

Nuestro país no ha sido remiso y, como ha puesto de manifiesto
también el señor Ministro en el día de hoy, ha sido incluso
beligerante. Lo ha reconocido el Secretario General cuando en
el Informe tan meditado recuerda la participación y la
sugerencia de nuestro país en relación con la resolución de
creación del Tribunal Internacional. Se trata con este
proyecto de ley no de reconocer este Tribunal, que ya está
reconocido «erga omnes», sino de poner en marcha en nuestro
país las medidas internas adecuadas, aportando las previsiones
necesarias e incorporando las novedades como, por ejemplo,
todo lo referente a la materia de detención y puesta a
disposición del Tribunal, o llenando las lagunas precisas para
cumplir el mandato internacional.

El proyecto es uno de los primeros textos legales que se
aprueban en la Unión Europea, y es posible también, como
figura en los antecedentes de la documentación que ha remitido
el Gobierno, que pueda ser modelo para otras legislaciones que
se aprueben en los países miembros del Consejo de Europa. El
proyecto, como también se ha evidenciado en este debate, ha
logrado unanimidad por parte de todos los grupos. Yo quiero
aquí hacer constar, en nombre de mi Grupo, la felicitación a
los servicios técnicos de la Cámara que han mejorado la
redacción y los aspectos técnicos del proyecto. Señoras y
señores Diputados, a estas horas del debate sólo me cabe
alguna reflexión final. El Derecho internacional humanitario,
como saben SS.SS., es herencia y forma parte del Derecho
internacional de los conflictos armados. A pesar del inmenso
progreso de las concepciones filosófico-políticas y de que en
las normas jurídicas de las relaciones internacionales se dice
que el Derecho internacional se ha humanizado y se ha
socializado; a pesar de esos avances y de que nunca como ahora
la conciencia de la humanidad se ha mostrado



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más conmocionada por el número y el tipo de conflictos que se
vienen padeciendo en el mundo; a pesar de todo ello, cada día
más personas en el mundo se cuestionan la validez social de la
actual distribución del poder entre los Estados y denuncian
las limitaciones que los condicionamientos, fundamentalmente
históricos, ponen a la validez y eficacia del Derecho
internacional.

No ha prosperado aún el Tribunal Internacional permanente y ni
siquiera se ha puesto en marcha el Tribunal previsto en el
Convenio sobre Genocidios. Sin embargo, la aprobación por
parte del Consejo de Seguridad de la creación de un Tribunal
Internacional, yo creo que va en la línea de romper, de
liberar al Derecho internacional de su tradicional impotencia.

La resolución, a nuestro juicio, supone la manifestación más
clara y contundente de la voluntad internacional de poner fin
a los crímenes y tomar medidas eficaces para hacer comparecer
ante la justicia a los responsables. Nos visita, señorías, en
estos días, el Secretario General de las Naciones Unidas,
señor Butros Gali. Desde aquí, queremos saludar su presencia
en nuestro país y transmitirle la voluntad del Grupo
Parlamentario Socialista --voluntad de la que es prueba el
impulso que hemos dado a la tramitación de este proyecto-- de
dar cumplimiento, con la mayor presteza y con la mejor
disposición --como no podía ser menos dadas las circunstancias
del caso--, a la resolución internacional adoptada. Se trata,
nada más y nada menos, que de restablecer la justicia.

Señoras y señores Diputados, hace algún tiempo, en la
República, una Diputada se declaraba pacifista hasta la
intransigencia. Hoy, la tramitación de este proyecto de ley me
suscita la reflexión de la profunda satisfacción por constatar
que si hay proyectos de ley en losque el valor del Derecho se
evidencia, éste es uno de ellos: el valor del Derecho para
luchar en favor de la paz, para luchar por el restablecimiento
de la justicia. Y es por ello por lo que nos congratulamos,
personalmente y como Grupo, de la tramitación de este proyecto
de ley.

Nada más, señor Presidente, y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Beviá Pastor): Gracias, señora
Pelayo. Finalizado el debate del proyecto de ley, vamos a
pasar a su votación. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al dictamen del
proyecto de ley orgánica para la cooperación con el Tribunal
Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos
responsables de violaciones graves del derecho internacional
humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia. No
habiéndose mantenido enmiendas a este proyecto de ley, la
votación correspondiente al dictamen será también la votación
de conjunto relativa al carácter de orgánica de este proyecto
de ley.

Comienza la votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos
emitidos, 307; a favor, 307.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen en este
proyecto de ley orgánica.

Se levanta la sesión.




Eran las dos y quince minutos de la tarde.