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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 179, de 26/04/1994
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 1994 V Legislatura Núm. 179
POLITICA SOCIAL Y DE EMPLEO
PRESIDENTE: DON LUIS MARTINEZ NOVAL
Sesión núm. 12
celebrada el martes, 26 de abril de 1994



ORDEN DEL DIA:
Preguntas:
--Del señor Peralta Ortega (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre la
elaboración de la circular que regule de forma unitaria el procedimiento
para el internamiento en un centro adecuado a su enfermedad de aquellas
personas ingresadas en centros de la tercera edad que presenten
patologías psíquicas graves, así como de las presuntas incapaces, de
conformidad con la recomendación del Defensor del Pueblo de 17 de febrero
de 1992. (BOCG, Serie D, número 26. Número de expediente 181/000161)
(Página 5611)
--De la señora Sainz García (Grupo Parlamentario Popular), sobre garantía
de protección por maternidad y de permisos sustitutorios de las
trabajadoras autónomas, incluidas las del sector agrario. (BOCG, Serie D,
número 48. Número de expediente 181/000402) (Página 5612)
--De la misma señora Diputada, sobre campañas de sensibilización respecto
de los derechos del niño y de la prevención de malos tratos. (BOCG, Serie
D, número 48. Número de expediente 181/000399) (Página 5615)



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--De la misma señora Diputada, sobre política de apoyo a las familias que
acogen personas con disminuciones físicas o psíquicas. (BOCG, Serie D,
número 48. Número de expediente 181/000400) (Página 5618)
--De la misma señora Diputada, sobre eliminación de los obstáculos que
dificultan la permanencia de las personas mayores en el seno familiar.

(BOCG, Serie D, número 48. Número de expediente 181/000401) (Página 5620)
--Del señor Soriano Benítez de Lugo (Grupo Parlamentario Popular), sobre
ayudas a los refugiados bosnios que llevan más de un año residiendo en
Tenerife. (BOCG, Serie D, número 48. Número de expediente 181/000435)
(Página 5623)
--Del señor Padilla Carballada (Grupo Parlamentario Popular), sobre
razones por las que el Instituto Nacional de Empleo (INEM) no prorrogó el
convenio existente en el Ayuntamiento de Quiroga (Lugo), relativo a la
escuela-taller de dicha localidad. (BOCG, Serie D, número 46. Número de
expediente 181/000345) (Página 5626)
--Del mismo señor Diputado, sobre criterios aplicados por el Instituto
Nacional de Empleo (INEM) para prorrogar los convenios relativos a las
escuelas-taller. (BOCG, Serie D, número 46. Número de expediente
181/000346) (Página 5626)
--Del señor Peralta Ortega (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre
previsiones acerca de la modificación de la actual normativa reguladora
del personal laboral en establecimientos militares. (BOCG, Serie D,
número 57. Número de expediente 181/000505) (Página 5628)
--Del señor Azpiroz Villar (Grupo Parlamentario Popular), sobre
modificación del Real Decreto 1043/1985 para que los socios trabajadores
de cooperativas de trabajo asociado puedan pasar a la situación legal de
desempleo en los supuestos de suspensión temporal de su actividad. (BOCG,
Serie D, número 61. Número de expediente 181/000526) (Página 5629)
--De la señora Rivadulla Gracia (Grupo Parlamentario Federal IU-IC),
sobre reforma del mercado laboral del sector turístico. (BOCG, Serie D,
número 78. Número de expediente 181/000626) (Página 5631)
--De la señora Montseny Masip (Grupo Parlamentario Popular), sobre
medidas que se adoptarán ante el aumento previsible de solicitudes de
invalidez permanente y el anunciado sistema de control de las pensiones
por incapacidad a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social,
INSS. (BOCG, Serie D, número 46. Número de expediente 181/000348) (Página 5632)
--Del señor Peralta Ortega (Grupo Parlamentario Federal IU-IC), sobre
posición del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en relación con la
afiliación y alta en el Régimen General de la Seguridad Social del
personal que presta servicios cubriendo sustituciones en los Tribunales
de Justicia. (BOCG, Serie D, número 67. Número de expediente 181/000552)
(Página 5633)
--Del mismo señor Diputado, sobre contenido y motivación de la
instrucción conjunta de las Subsecretarías de los Ministerios del
Interior, Trabajo y Seguridad Social y Asuntos Sociales sobre
colaboración en la lucha contra la economía sumergida y la contratación
irregular de trabajadores emigrantes. (BOCG, Serie D, número 67. Número
de expediente 181/000559) (Página 5635)
Proposiciones no de ley:
--Sobre creación de un centro de acogida para solicitantes de asilo y
refugio en Melilla. Presentada por el Grupo Parlamentario Federal IU-IC.

(BOCG, Serie D, número 26. Número de expediente 161/000048) (Página 5636)
--Sobre aclaración de su proposición no de ley por la que se insta al
Gobierno para que adopte las medidas necesarias a fin de que la doctrina
establecida, sin ulterior recurso, por la Sala IV del Tribunal Supremo,
al resolver recursos de casación para unificación de doctrina sea
inmediatamente aplicada por la Administración Pública. Presentada por el
Grupo Parlamentario Federal IU-IC. (BOCG, Serie D, número 48. Número de
expediente 161/000086) (Página 5636)
--Por la que se acuerda la comparecencia trimestral del Subsecretario del
Ministerio de Asuntos Sociales y del Subsecretario del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, previa remisión de un informe, para que den
cuenta de la ejecución de su presupuesto. Presentada por el Grupo
Parlamentario Popular. (BOCG, Serie D, número 67. Número de expediente
161/000149) (Página 5639)



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Se abre la sesión a las diez y cinco minutos de la mañana.




CONTESTACION A LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:



--SOBRE LA ELABORACION DE LA CIRCULAR QUE REGULE DE FORMA UNITARIA EL
PROCEDIMIENTO PARA EL INTERNAMIENTO EN UN CENTRO ADECUADO A SU ENFERMEDAD
DE AQUELLAS PERSONAS INGRESADAS EN CENTROS DE LA TERCERA EDAD QUE
PRESENTEN PATOLOGIAS PSIQUICAS GRAVES, ASI COMO DE LAS PRESUNTAS
INCAPACES, DE CONFORMIDAD CON LA RECOMENDACION DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
DEL 17/02/92. FORMULADA POR EL SEÑOR PERALTA ORTEGA (GRUPO PARLAMENTARIO
IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA). (Número de expediente
181/000161.)



El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías. Se abre la sesión para dar
trámite a un orden del día cuyo primer punto es la contestación a
diversas preguntas. La primera de ellas es del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. Para su formulación, tiene la
palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señora Ministra, por su comparecencia.

Señora Ministra, el Director General del Inserso, en escrito de fecha 24
de mayo de 1991, comunicaba al Defensor del Pueblo que dicho Instituto
estaba elaborando una circular para regular de forma unitaria el
procedimiento en orden al internamiento en un centro adecuado a su
enfermedad de las personas ingresadas en centros de tercera edad y que
presentaban patologías psíquicas graves, así como de los presuntos
incapaces.

El Defensor del Pueblo, al recibir dicho escrito y en atención a que esos
internamientos podían suponer una limitación al derecho fundamental a la
libertad personal que consagra el artículo 17 de la Constitución
española, formuló una recomendación el 17 de febrero de 1992 para que se
elaborara de forma urgente dicha circular, destacando que el objetivo
fundamental que debía perseguir la misma ha de ser el de fijar las
garantías para el internamiento, y requiriendo, asimismo, para que se
informara al Defensor del Pueblo de dicha circular.

La importancia que nos merecen, de una parte las recomendaciones del
Defensor del Pueblo y, de otra parte, la problemática de fondo que se
suscita en esta recomendación es lo que nos lleva a formular esta
pregunta para saber si se ha elaborado la circular citada en esa
recomendación del Defensor del Pueblo de 17 de febrero de 1992.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Ministra
La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señor Diputado,
como consecuencia de una queja que se planteó ante el Defensor del
Pueblo, y a la que el Ministerio de Asuntos Sociales contestó a través de
los servicios del Inserso que se estaba elaborando una circular para que
de forma unitaria hubiera un procedimiento para el internamiento en un
centro adecuado a su enfermedad de las personas ingresadas en centros de
tercera edad que tuvieran patologías psíquicas graves, así como también
de los presuntos incapaces, el Defensor del Pueblo instó al Instituto de
Servicios Sociales, mediante recomendación del 17 de febrero de 1992,
para que elaborara urgentemente esa circular, por entender que tales
internamientos podían suponer una limitación al derecho fundamental a la
libertad personal que consagra el artículo 17 de la Constitución y que,
por tanto, no se podía demorar más su regulación.

Cumpliendo con esta recomendación, el Consejo Rector de Minusválidos del
Inserso constituyó una comisión de trabajo para agilizar el proceso de
elaboración de la circular. Durante todo este proceso de elaboración se
informó periódicamente al adjunto segundo del Defensor del Pueblo, y
también a la Defensora del Pueblo en funciones, quienes a lo largo del
proceso manifestaron su conformidad con la orientación y el contenido de
la circular, así como su reconocimiento por cómo se estaba realizando el
trabajo. Concretamente, el 6 de septiembre de 1993, la Defensora del
Pueblo en funciones, Margarita Retuerto, se dirige al Director General
del Inserso mostrándole su reconocimiento por la colaboración y el
trabajo que se ha venido realizando conjuntamente con los servicios del
Defensor del Pueblo. Finalmente, la circular fue aprobada el 21 de
septiembre de 1993, y desde entonces se viene aplicando regularmente.

Como he dicho ya, esta circular se estaba elaborando antes de que el
Defensor del Pueblo formulara su recomendación, y se enmarca dentro de
las iniciativas que el Ministerio de Asuntos Sociales, y concretamente el
Inserso, estaba desarrollando en relación con las personas internadas en
estas condiciones en los centros del Inserso. Como S. S. sabe, la
circular tiene como finalidad determinar, dentro de las personas
responsables del Inserso, los encargados de cumplir con las obligaciones
impuestas, a los funcionarios públicos por el Código Civil, y respecto de
las situaciones, cómo tienen que atender a las personas con presunta
incapacidad y también qué trámites están obligados a realizar tanto
respecto a los familiares del presunto incapaz como respecto de las
autoridades judiciales.

Dentro de esta finalidad genérica hay dos objetivos específicos: en
primer lugar, concretar qué funcionarios son responsables de cumplir las
obligaciones respecto de los presuntos incapaces, de acuerdo con lo que
impone el artículo 203 del Código Civil y, en segundo lugar, cubrir las
lagunas que se produjeron como consecuencia de la derogación del viejo
Decreto de 1 de julio de 1931, derogación que se realizó por la ley de 24
de octubre de 1983, al dar nueva redacción al artículo 211 del Código
Civil. Aquel Decreto era muy pormenorizado, regulaba todas las
situaciones relativas al procedimiento, a las condiciones de



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ingreso, etcétera, de una forma exhaustiva y hasta entonces, esas lagunas
que quedaron como consecuencia de la reforma y de la derogación se
vinieron supliendo con la circular de la Fiscalía General del Estado
2/1984, que se dictó en desarrollo de la citada reforma del Código Civil
producida en 1983. En buena medida, la circular que aprobó el Inserso y
que se viene aplicando desde el 21 de septiembre de 1993 ha estado basada
en lo más elemental, en las líneas generales que se venían aplicando, en
la circular de la Fiscalía General del Estado. Estos dos grandes
objetivos que tiene la repetida circular están desarrollados en cinco
capítulos, y le voy a decir brevemente en qué consisten.

En el capítulo primero se determina el ámbito de aplicación de la
circular y su finalidad. También se recuerda cuál es la definición de la
presunta incapacidad del artículo 200 del Código Civil y la
responsabilidad que tienen los funcionarios, por razón de su cargo, de
que cuando conozcan una posible causa de incapacitación tienen que
ponerla en conocimiento del Ministerio Fiscal de acuerdo con el artículo
203 del Código Civil.

El capítulo segundo se refiere a las normas sobre la notificación de la
presunta incapacidad en la tramitación de los expedientes y programas de
prestaciones económicas y de ayuda a domicilio. Aquí se determina, en
este capítulo segundo, qué funcionarios son responsables de materializar
las notificaciones a que se refiere el artículo 203 del Código Civil.

En el capítulo tercero se señala el funcionario encargado de la
notificación de la presunta incapacidad de personas mayores en centros
residenciales de la tercera edad.

El cuarto se refiere a los funcionarios encargados de velar para que
ninguna persona con minusvalía psíquica quede falto de guarda legal, y
también todos los trámites que hace falta llevar a cabo para obtener esa
guarda legal en relación con los menores de edad, como hay que asesorar a
los padres para que prorroguen, en su caso, la patria potestad, los
menores huérfanos y los residentes mayores de edad.

Por último, en el capítulo quinto se dan instrucciones para los
denominados internamientos involuntarios, distinguiendo, de acuerdo con
el artículo 211 del Código Civil, entre los internamientos no urgentes y
los urgentes, y señalando, para los primeros, la tramitación que requiere
la oportuna autorización judicial y, en el segundo caso, la persona que
tiene que notificar al juez el internamiento dentro de las 24 horas que
previene el Código Civil.

La circular se ha divulgado ampliamente en todos los centros del Inserso,
en todos los ámbitos; la conoce el personal claramente y se puede
asegurar que hasta el momento se está cumpliendo escrupulosamente, por lo
cual podemos decir que está garantizado el respeto a los derechos de
estas personas sujetas a incapacidad, y también a todas las personas que
tienen minusvalías psíquicas y a los ancianos demenciados. Este era el
objetivo de repetida circular, que se está cumpliendo ampliamente.

Además, como digo, se ha hecho un trabajo eficaz en coordinación con los
servicios del Defensor del Pueblo



El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Ministra.

Tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Muy brevemente, para congratularme de que,
efectivamente, se haya dado cumplimiento a la recomendación del Defensor
del Pueblo, que es una línea que debe seguir la Administración, y que
nosotros apoyamos. Ese cumplimiento, que celebramos se haya producido,
desearíamos que se produjera en otros asuntos y con la mayor celeridad
posible.




El señor PRESIDENTE: Señora Ministra, tiene la palabra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Muchas gracias
al Diputado por sus palabras, y espero que en la mayoría de los temas que
puedan plantearse podamos estar en un nivel de cumplimiento como estamos
en relación con esta circular.




--SOBRE GARANTIA DE PROTECCION POR MATERNIDAD Y DE PERMISOS SUSTITUTORIOS
DE LAS TRABAJADORAS AUTONOMAS, INCLUIDAS LAS DEL SECTOR AGRARIO.

FORMULADA POR LA SEÑORA SAINZ GARCIA (GP). (Número de expediente
181/000402.)



El señor PRESIDENTE: Pregunta de la señora Sainz García del Grupo
Parlamentario Popular.

Tiene la palabra.




La señora SAINZ GARCIA: Señora Ministra, tal vez usted conozca que, en
nombre del Grupo Popular, he solicitado en varias ocasiones ya en la
anterior legislatura que se pusiesen en vigor las disposiciones legales
reglamentarias y administrativas para dar cumplimiento a la Directiva
613/1986 del Consejo de Comunidades Europeas, que se refiere a la
aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que
ejerzan una actividad autónoma, incluidas las agrícolas, así como la
protección a la maternidad.

Por otro lado, y recientemente, la Directora General del Instituto de la
Mujer manifestaba que había recibido peticiones de las asociaciones de
mujeres rurales en este sentido, y que el Ministerio estaba considerando
la posibilidad de darle una solución a lo que planteaban, ya que
consideraba también que era un problema que ellas tenían y, por tanto, se
estaba contemplando una solución.

Ante esta expectativa abierta, yo le pregunto, en nombre de mi Grupo,
cómo piensa el Gobierno garantizar la protección de la maternidad y los
permisos sustitutorios de las trabajadoras autónomas, incluidas las del
sector agrario, dando así cumplimiento, además, a las directivas
comunitarias.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Ministra.




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La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Cuando se me
pregunta por la situación de la mujer en España suelo referirme, en
primer lugar, al enorme avance que hemos experimentado durante los
últimos años, especialmente desde el punto de vista legal, desde el punto
de vista de la cobertura de las normas que equiparan los derechos de los
hombres y de las mujeres, y también cuando esas normas se destinan a
protecciones, que significa reconocer la situación específica de la
mujer, aunque, sin duda, queda mucho por avanzar.

Esto, que es válido con carácter general, lo es más aún en relación con
las mujeres del medio rural, que es un sector de la sociedad al que
llegan más lentamente los avances y los logros sociales, y al que tenemos
obligación de dedicar una atención específica desde el Gobierno, desde el
Ministerio responsable de la equiparación de los derechos hombre-mujer y
de la igualdad de oportunidades. De ahí que hayamos puesto en marcha una
serie de proyectos específicamente dirigidos a la mujer rural,
fundamentalmente en orden a potenciar el empleo. Sobre ellos cabe citar
la formación ocupacional rural, que forma parte de los cursos de plan
FIP, y también el apoyo al empleo femenino y las campañas de información
dirigidas a la población femenina rural.

La pregunta del S. S. hace referencia a un problema que afecta a este
colectivo de mujeres, al colectivo de mujeres rurales. En concreto, se
refiere a la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas de 11 de
diciembre de 1986, relativa a la igualdad de trato entre hombres y
mujeres que ejerzan una actividad autónoma, incluidas las actividades
agrícolas, y concretamente a la protección de la maternidad. El artículo
8.º de esta Directiva nos dice que los Estados miembros se comprometen a
examinar la cuestión para saber si se produce, y en qué condiciones, el
que las mujeres trabajadoras autónomas y los cónyuges de los trabajadores
autónomos puedan, durante la interrupción de su actividad por razones de
embarazo o de maternidad, tener acceso a servicios de sustitución, o a
servicios sociales existentes en el territorio, o bien beneficiarse de
una prestación económica en el marco de un régimen de Seguridad Social o
de cualquier otro sistema de protección social.

Como puede observarse, en este artículo de la Directiva se trata de
establecer un compromiso por parte de los Estados miembros para hacer un
seguimiento, un control sobre si las trabajadoras pueden acceder a los
servicios sustitutorios o servicios sociales, o bien beneficiarse de
prestaciones económicas. En tal sentido tenemos que ver el desarrollo de
esta Directiva en el marco completo del reconocimiento en nuestro
ordenamiento de la protección a la maternidad.

La protección a la maternidad ha tenido su reconocimiento específico en
la Ley 3/1989, de 3 de marzo. El descanso por maternidad que fija el
Estatuto de los Trabajadores, cuya duración era de 14 semanas, fue
necesario desarrollarlo para garantizar, de acuerdo con las directrices
de la Organización Mundial de la Salud y también de la Organización
Mundial del Trabajo en el Convenio que protegen la maternidad y que
España ratificó, un descanso obligatorio de seis semanas después del
parto, y esta exigencia no la recogía el Estatuto de los Trabajadores. En
la citada Ley 3/1989, de 3 de marzo, se extiende el descanso por
maternidad a 16 semanas y se fija una parte del mismo, seis semanas, con
carácter obligatorio para después del parto.

Respecto a la Directiva que usted ha citado, y por la que pregunta, cabe
significar que el sistema español de Seguridad Social prevé la inclusión,
en el régimen de trabajadores por cuenta propia o autónomos, del cónyuge
del trabajador autónomo, siempre que ejecute o colabore en la actividad
de que se trate de forma habitual y mediante su ejercicio personal y
directo.

En este sentido, y también en forma similar, el Reglamento General del
Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social prevé la inclusión del
cónyuge del titular y de los parientes por consanguinidad y afinidad
hasta el segundo grado, a los que se considera como trabajadores por
cuenta propia siempre que convivan con él y bajo su dependencia
económica, y que contribuyan, con su actividad, a la explotación familiar
de forma habitual, personal y directa.

También, y con carácter específico, en relación con la protección por
maternidad de las trabajadoras por cuenta propia, la prestación de
asistencia sanitaria se encuentra establecida conforme a lo dispuesto en
el Reglamento del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, y la
prestación económica por incapacidad laboral transitoria se encuentra
prevista con carácter de mejora voluntaria. Como usted sabe, la
protección por maternidad está incluida dentro de la incapacidad laboral
transitoria.

Ahora bien, es cierto que quizá no sea lo más adecuado, y en este sentido
estamos trabajando, el que se consideren como situaciones de incapacidad
laboral transitoria los períodos de descanso por maternidad. En el
segundo Plan para la igualdad de oportunidades de las mujeres, que aprobó
el Consejo de Ministros el 15 de enero de 1993, ya se preveía esta
modificación, entendiendo que la baja por maternidad tiene una
naturaleza, un contenido y una finalidad distintos de la incapacidad
laboral transitoria y que, por tanto, requiere una regulación autónoma y
diferenciada. Concretamente, el Ministerio de Asuntos Sociales, en
ejecución de dicho plan y en la presente legislatura, ya ha avanzado
propuestas al respecto.

En cuanto a la cuestión que se plantea en el precepto de la Directiva
antes citada, la 86/613, al no existir en nuestro ordenamiento la figura
del servicio de sustitución, hay que interpretar este complemento en
relación con servicios sociales de apoyo y protección a la maternidad,
que eso sí que tenemos, es decir, servicios de guardería o servicios de
cuidado de la infancia en el propio hogar, por ejemplo.

En este sentido, y aquí sí que se puede decir que cumplimos con lo
previsto en la Directiva, debemos de referirnos al Plan concertado de
prestaciones básicas de servicios sociales, que cubre estos supuestos. Es
una red de prestaciones que, como S. S. sabrá, alcanza a más de 6.000
municipios en toda España, es decir, al 80 por ciento de los municipios
españoles, y a él destina la Administración del Estado 8.613 millones en
este ejercicio de 1994, que se complementa con las aportaciones de las
comunidades



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autónomas y de las corporaciones locales. Y en estos programas, que se
financian conjuntamente con las comunidades autónomas y con las
corporaciones locales, hay centros de acogida para menores y para
mujeres. Y sobre todo --y esto enlaza con lo previsto en la Directiva--
se incluyen una serie de prestaciones básicas entre las que figura la
ayuda a domicilio, que se establece como un mecanismo de ayuda para hacer
frente a situaciones familiares que, por diversas razones, necesitan un
apoyo exterior, y un caso concreto y muy claro sería la maternidad. (El
señor Vicepresidente, Fernández Díaz, ocupa la Presidencia.)
Además, el Consejo de Ministros, en la reunión del 25 de febrero pasado,
aprobó, como hizo también en el ejercicio de 1993, los criterios de
distribución de distintos créditos presupuestarios entre las comunidades
autónomas para subvenciones relacionadas con programas de servicios
sociales, y entre ellos se destinan 700 millones a la atención a la
infancia de cero a 3 años y 1.188 millones a guarderías infantiles. La
finalidad, en ambos casos, es proteger a la infancia, pero también ayudar
a la población activa femenina a que pueda compatibilizar las tareas de
cuidado de los hijos con el trabajo asalariado fuera del hogar. Por
tanto, se puede decir que se cumple con ese ámbito que desarrolla el
artículo 8 de la Directiva relativo a la cobertura de servicios sociales
respecto a las mujeres en situación de maternidad, y se da cumplimiento,
en una gran medida, a la Directiva comunitaria a la que se refiere la
pregunta de su señoría.




El señor VICEPRESIDENTE (Fernández Díaz): La señora Sainz tiene la
palabra.




La señora SAINZ GARCIA: Señora Ministra, la verdad es que usted parece
estar satisfecha, pero las mujeres rurales no lo están, y ha iniciado la
respuesta a la pregunta que yo le he hecho realizando una primera
reflexión acerca de la importancia que para el Ministerio tiene el sector
de la mujer rural. La verdad es que a nosotros nos gustaría que las
declaraciones tuvieran luego un reflejo claro y práctico en términos
incluso de Presupuestos y, como usted sabe, nuestro Grupo denunció que en
los Presupuestos de 1994 se había reducido y había quedado en una mera
cantidad testimonial lo que el Instituto de la Mujer dedicaba a las
mujeres rurales. Por tanto, creo que, lejos de poderse impulsar nuevos
proyectos, al contrario, ha habido un recorte en esa política. De hecho,
también conocemos cómo en el segundo Plan de igualdad de oportunidades no
se hace referencia tampoco a este tipo de mujeres.

Nosotros hemos recogido durante una serie de años lo que era una
inquietud, una aspiración de las mujeres rurales: que se pusiese en
marcha la directiva, y hasta ahora nos habíamos encontrado con unas
disculpas del anterior responsable. Pero parece que usted está satisfecha
y no piensa abordar el problema, lo cual para nosotros es todavía más
preocupante.

El Gobierno tiene que conocer que es un hecho que la mujer rural padece
los problemas más que el resto, la falta de oportunidades laborales, y
creemos que la situación jurídica que tiene en España la mujer
trabajadora cónyuge de un agricultor en este momento es inaceptable. ¿Por
qué? Pues porque no tiene una situación jurídica clara, percibe solamente
derechos derivados, no hay protección a la maternidad, y lo que usted ha
dicho no habla tampoco de que se vaya a implantar esa protección a la
maternidad, no hay permisos por maternidad ni bajas con sustitución por
enfermedad. Usted ha hecho una exposición muy amplia, que desbordaba
quizá el tiempo que yo tengo para replicarle a usted, y seguimos pensando
que ni la maternidad está debidamente protegida, ni hay una equidad con
otras trabajadoras al no contemplarse tampoco los permisos sustitutorios.

Repito que el trabajo de la mujer se ve desprotegido y nos encontramos
con que las esposas de los agricultores no tienen más que aquellos
derechos derivados de los de sus maridos, lejos de esa igualdad total que
ya hay en otros países. Yo querría, señora Ministra, que usted volviera
la vista a lo que existe, por ejemplo, en Dinamarca, en Alemania, en
Italia, y entonces las mujeres rurales se sentirían mucho más protegidas.

Recuerde, por otro lado, que Europa considera de gran importancia la
existencia de unos servicios de sustitución en casos de maternidad para
las trabajadoras autónomas, y entre ellas las agricultoras. Seguimos sin
eso aquí en España, y yo no he visto una voluntad de tratar de dar
cumplimiento a la Directiva, que es mucho más que lo que usted dice.

Ha hecho referencia a unos artículos, y yo le podría decir que
consideramos fundamental el artículo 8 de esta Directiva, que protege a
las trabajadoras autónomas y a las cónyuges de los trabajadores autónomos
durante la interrupción de su actividad por gestación o maternidad, y que
el artículo 6 dice que debe ser desarrollada a la luz del 7, para
facilitar que la agricultora cónyuge pueda acceder a un sistema
contributivo de Seguridad Social sobre una base voluntaria y contributiva
especial, y una serie de posibilidades que da esta Directiva de que se
mejore y se proteja de verdad la maternidad. (El señor Presidente ocupa
la Presidencia.)
Tengo que añadir que me ha dejado muy preocupada la satisfacción que
usted ha mostrado diciendo que, realmente, hay recogido un espíritu de
esa Directiva de la protección a la maternidad, hablando del apoyo a la
maternidad en el marco de un plan concertado de servicios sociales. Pero,
señora Ministra, ¿usted cree de verdad que esos servicios sociales están
sirviendo para apoyar a las mujeres que tienen la baja por maternidad y
que se pueden considerar, por tanto, los mismos servicios de protección a
la maternidad que dice la Directiva de referencia? Si usted lo cree, la
verdad es que a mí me ha dejado francamente sorprendida. Yo le
agradecería que, entonces, en lugar de estar encerrada en el Ministerio,
usted también, como Ministra, viajase por el resto del país, estuviese en
contacto con los ayuntamientos y viera para qué sirven esos servicios
sustitutorios, porque no contemplan para nada lo que usted dice.

Es decir, las mujeres, en este momento, con esas posibilidades que usted
les ofrece, no se sienten satisfechas, no dan cobertura a las
expectativas que les abre la Directiva en otros países europeos. Por eso,
yo le agradecería que



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reconsiderase su situación y que impulsase un cambio de legislación para
que, de verdad, los muchos problemas que hoy tienen las mujeres rurales,
y también las trabajadoras autónomas, pudiesen tener, en un futuro
próximo, una expectativa de solución aceptable.




El señor PRESIDENTE: La señora Ministra tiene la palabra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señora Diputada,
no he mostrado en ningún momento mi satisfacción en el sentido de que
todo estuviera hecho. A lo que sí me he referido es a que, en parte, está
cumplido el espíritu de la Directiva, bien por la cobertura que existe en
la normativa, con las modificaciones que he comentado, bien por la
cobertura de servicios sociales de diverso tipo, como ayuda a domicilio,
ayudas a guarderías o atención a la infancia que existen con respecto a
ese Plan en colaboración con las comunidades autónomas y las
corporaciones locales que se lleva a cabo. Sin duda, son servicios que
tienen que mejorar y que no cubren totalmente lo previsto en la
Directiva.

En ningún momento he dicho que estuviera todo realizado, al contrario. He
dicho que el Ministerio de Asuntos Sociales ha trabajado y ha hecho ya
varias propuestas sobre la necesidad de separar la incapacidad laboral
transitoria de la baja por maternidad, por ser dos cosas distintas y que,
por tanto, deben de tratarse de forma diferente. Probablemente, si
conseguimos esa distinción será más fácil acceder a la protección en esas
condiciones. Además, tenemos que está previsto como mejora voluntaria en
el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, aunque quizá el hecho
de que sea mejora voluntaria no sea tan completo como si fuera
obligatorio.

En cualquier caso, usted se ha referido a que no se atiende desde el
Ministerio de Asuntos Sociales a la mujer rural, y la verdad es que no
puedo dejar semejante afirmación sin aclarar y sin contestar.

Precisamente en el segundo Plan de oportunidades para las mujeres hay un
aspecto fundamental, que es el empleo, y naturalmente una de las áreas
principales es el empleo para la mujer rural. Precisamente el Programa
NAO de la Comunidad Europea, el de nuevas oportunidades para las mujeres,
es uno de los que más se han implementado desde el Instituto de la Mujer,
y tenemos nada menos que la cifra de 7.000 millones de pesetas para
desarrollo de ese Programa NAO, que son tres veces el presupuesto del
Ministerio de Asuntos Sociales en cuanto al Instituto de la Mujer, y eso
para desarrollar en toda España, en colaboración con ONG, con
corporaciones locales y con comunidades autónomas. Pensamos que esa
cantidad económica tan importante, que gracias al trabajo desde el
Instituto de la Mujer se ha conseguido obtener de la Comunidad Europea y
que va destinado especialmente a las mujeres del ámbito rural, va a dar
sus frutos, y ello unido a los planes de formación ocupacional rural, a
los que me he referido, y de apoyo al empleo femenino



--SOBRE CAMPAÑAS DE SENSIBILIZACION RESPECTO DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y
DE LA PREVENCION DE MALOS TRATOS. FORMULADA POR LA SEÑORA SAINZ GARCIA,
DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR. (Número de expediente 181/000399.)



El señor PRESIDENTE: Pregunta sobre campañas de sensibilización respecto
de los derechos del niño y de la prevención de malos tratos, formulada
por la señora Sainz García, que tiene la palabra.




La señora SAINZ GARCIA: ¿Cómo piensa, señora Ministra, desarrollar las
campañas de sensibilización respecto de los derechos del niño y de la
prevención de los malos tratos? Desgraciadamente, en estos momentos, la
sensibilidad de muchos españoles respecto a estos problemas está a flor
de piel, ya que se nos habla de unas cifras demasiado serias, demasiado
elevadas como para que podamos permanecer en esta situación de manera
tranquila.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Ministra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señora Diputada,
ya desde el comienzo de esta legislatura he tenido muchas ocasiones de
dirigirme, tanto oralmente como por escrito, a ambas Cámaras, al Congreso
y al Senado, para exponer las líneas generales de actuación del
Ministerio de Asuntos Sociales en relación con este tema de los menores,
o bien contestando a alguna pregunta específica al respecto, y en todas
ellas se ha puesto de manifiesto, como un objetivo prioritario del
Gobierno en relación con el ámbito de actuación del Ministerio de Asuntos
Sociales, la reivindicación del papel del menor como auténtico sujeto de
derechos y la consolidación de un adecuado y completo sistema de
protección de dichos derechos frente a cualquier tipo de abuso o
injerencia.

Como consecuencia de esta preocupación y de este compromiso se participó
activamente en su momento, en el proceso de elaboración de la Convención
de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño que se aprobó el 20 de
noviembre de 1989 y que España ratificó en 1991. Y sobre todo se está
trabajando activamente en el proyecto de ley de derechos del menor, de
derechos de la infancia, que estamos a punto de concluir y que
próximamente, tal vez esta semana o la siguiente, llevaremos al Consejo
de Ministros. En este proyecto se desarrolla con amplitud el cuadro de
derechos del menor contenido en la Convención y se regulan las
obligaciones de los poderes públicos en orden a proteger adecuadamente
estos derechos, adoptando todo tipo de medidas para proteger al niño
contra los prejuicios, los abusos físicos o mentales, el descuido, el
trato negligente, los malos tratos o la explotación, incluidos los abusos
sexuales, etcétera, todo ello como se prevé en el artículo 19 de la
Convención de 1989. Una vez promulgada, esta ley va a constituir el
instrumento básico para divulgar y concienciar a la opinión pública sobre
los derechos y la



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realidad social del menor en España. Pero ésta no es la única actuación,
si quiere usted más ampliación sobre este tema cumplidamente se la daré.

Quiero referirme también a otro tipo de campañas que se han llevado a
cabo desde la aprobación de la Convención de los Derechos del Niño y que
constituye una forma de propagar a la colectividad esos derechos del niño
y, por tanto, que la colectividad tome conciencia de los mismos. Uno de
ellos es una exposición itinerante que bajo el título «Los derechos de
los niños y de las niñas» ha recorrido gran número de comunidades
autónomas, todavía está en esa fase y ha sido bastante bien acogida. Se
han realizado también campañas informativas específicas, y una de ellas,
la más importante, ha sido «Escúchalos», que iba dirigida a llamar la
atención sobre las necesidades de la infancia.

En este sentido quiero destacar la importancia del papel que tienen que
desempeñar, y que en muchas ocasiones están desempeñando, los medios de
comunicación para despertar la sensibilidad social hacia los problemas
del menor. Recientemente hemos tenido ocasión de comparecer en la
Comisión de Contenidos Televisivos del Senado, y precisamente hemos
tratado el tema de los ámbitos a la libertad de expresión cuando esas
libertades tienen que limitarse como consecuencia de la protección a la
juventud y a la infancia que prevé el artículo 20 de la Constitución, y
también nos hemos referido a la Directiva de la Comunidad Europea sobre
contenidos televisivos cuyo proyecto de ley de trasposición está ahora en
las cámaras.

Sin embargo, hay un tema de los relativos al menor que nos preocupa
especialmente, y es el de los malos tratos. La conciencia del sufrimiento
al que están sometidos niños y niñas por el trato que reciben muchas
veces en el seno de sus propias familias y otras veces en instituciones,
y la importancia de sensibilizar a los profesionales en el contacto con
la infancia, junto con el nivel de desarrollo que han alcanzado los
servicios de atención a esa infancia en España, justifica la amplia
intervención de la Administración en este campo, concretamente el
Ministerio de Asuntos Sociales. Es muy importante desarrollar el
conocimiento y la sensibilidad actual sobre este tema, y concretar que no
sólo estamos hablando de malos tratos físicos, tanto si se producen en el
seno familiar como si es en el ámbito de las instituciones, sino que
también estamos hablando de malos tratos en un sentido mucho más amplio.

Los malos tratos son el maltrato físico, por supuesto, pero también es el
maltrato psicológico, cualquier tipo de acción verbal, actitudes o
conductas que menoscaban la autoestima del niño; el abandono físico, en
el que tenemos la falta de cuidados médicos, educativos y alimenticios;
el abandono emocional, muchas veces la carencia de afecto en la relación
con el niño, y, lo que es más grave, el abandono, el abuso sexual que
comprende aquellas agresiones sexuales que se refieren a la relación con
los niños, que a veces se producen en el seno de las propias familias.

El maltrato a la infancia, en toda esta amplia gama a la que me he
referido, es objeto de interés tanto por organismos e instituciones
internacionales como, y fundamentalmente en los últimos años, por el
Consejo de Europa, y forma parte esencial de la Convención de Naciones
Unidas sobre los derechos de los niños.

El Ministerio de Asuntos Sociales tiene, entre sus objetivos
primordiales, fomentar la toma de conciencia sobre la responsabilidad en
relación con este tema, que nos permita detectar, prevenir y atender a la
infancia maltratada, tanto por parte de los ciudadanos en general como
desde los ámbitos profesionales. Para ello estamos trabajando en
colaboración con todos los ámbitos públicos y privados, y sobre todo en
colaboración con las asociaciones que se dedican a la infancia.

Recientemente hemos apoyado, desde el Ministerio de Asuntos Sociales, la
creación de un teléfono que estaba organizado por una asociación que
trabaja desde hace muchos años en el tema de los menores, y precisamente
este teléfono, que se ha establecido por primera vez en España, permite a
los niños acudir a ese medio para poder poner en conocimiento de personas
que les puedan ayudar cuál es su situación de malos tratos de todo tipo,
como he dicho antes, no sólo los malos tratos físicos. En este sentido
cabe destacar, dentro de este compromiso del Ministerio de Asuntos
Sociales, la buena colaboración de cooperación que tenemos con las
comunidades autónomas y con las corporaciones locales.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Sainz.




La señora SAINZ GARCIA: La verdad es que para nuestro Grupo es importante
escuchar que usted piensa, en un breve plazo, sacar adelante la ley de
derechos del niño. Esta es otra de las asignaturas pendientes de la
anterior legislatura y creo que es absolutamente urgente y necesaria. Si
bien esto nos satisface, a pesar de que sea hasta ahora uno de los
incumplimientos que hay que unir al Ministerio de Asuntos Sociales (más
vale tarde que nunca, y por tanto todo lo que sea positivo hay que
celebrarlo), sin embargo, yo querría decirle a usted lo siguiente. Señora
Ministra, usted ha hecho, desde el inicio de su responsabilidad en este
Ministerio, una serie de declaraciones de buenas intenciones que a
nosotros nos parecen importantes y que celebramos, pero después resulta
que la realidad que nosotros podemos constatar es muy diferente.

Usted antes me decía que yo hablaba de la mujer rural. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Perdón, señora Sainz. Señorías, ruego guarden
silencio.




La señora SAINZ GARCIA: Usted decía que en relación con la mujer rural yo
había dicho algo que no era cierto referente a los Presupuestos. Pues
ahora, mirando el presupuesto dirigido a las atenciones de la infancia,
resulta que esas declaraciones, incluso esa necesidad que, lógicamente,
llevará esa nueva ley que se saque adelante sobre los derechos del niño,
no tiene reflejo en los Presupuestos elaborados por su Ministerio para
1994.

Yo tengo que decir que no solamente se rechazaron por el Grupo Socialista
diferentes iniciativas del Grupo Popular para la creación de un fondo de
garantías de pensiones



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alimenticias para los menores con dificultades sociales, sino que, a
mayor abundamiento de lo que yo le quiero a usted decir y justificar, los
programas de atención a la primera infancia sufrieron, como hemos
denunciado en el debate de Presupuestos, una merma en la dotación para
1994 de 191 millones de pesetas, y, lo que es más grave, que en aquellos
programas dirigidos al ámbito precisamente señora Ministra de lo que
abordamos en esta pregunta de la infancia maltratada, la reducción fue,
nada más y nada menos, que de 99 millones de pesetas. Por tanto, no me
negará que tengo toda la razón cuando le digo que sus buenas intenciones
y declaraciones no se corresponden con lo que es la radiografía de la
actuación de un Gobierno que tiene un reflejo presupuestario.

El descontrol de los Presupuestos es enorme, nuestro Grupo lo ha venido
denunciando, porque ustedes presentan a la Cámara unos programas, unos
proyectos y después hacen lo que quieren. Por eso díganme si no tengo
toda la razón cuando le digo que usted me dice una cosa y en los
Presupuestos de 1994 hacen otra.

Sinceramente, nuestro Grupo está muy preocupado con este tema. Comparte
su filosofía, no podía ser menos, pero no nos conformamos con lo que
vemos en los Presupuestos, si bien celebramos el anuncio de esta nueva
ley.

Por otro lado, usted ha hablado, en medio de las actuaciones, de la
instalación de un teléfono desde el que pueden llamar los menores con
problemas. Es cierto que este servicio puede ser de gran utilidad, pero
también me va a admitir que no es menos cierto que es del todo
insuficiente. ¿Por qué? Porque para atajar el drama de estos menores
muchas veces incluso ni siquiera estos niños lo van a poder utilizar. Por
tanto, todo lo que usted ha citado de medidas que ayuden a detectar el
problema, a prevenirlo y a atenderlo, son fundamentales.

Pero usted no ha hecho referencia a algo que nuestro Grupo considera
importante, y es que hay que trabajar no solamente con esos niños
maltratados, sino que con quien verdaderamente hay que trabajar es con
las familias, porque detrás de esos niños maltratados suele esconderse un
drama familiar, suele haber una frustración que mucho tiene que ver con
una situación económica, como usted sabe, de precariedad, de droga,
incluso problemas de prostitución, etcétera. Por eso me parece que
también tienen que reconducir ustedes la política familiar, tienen que
dar un impulso a esta política.

Señora Ministra, quiero introducir aquí una reflexión, y creo que desde
las comunidades autónomas también se lo están diciendo: hay que modificar
la Ley de Adopción. Tenemos una cantidad importante de niños con
problemas que, al final, están retenidos en una serie de centros; pasa el
tiempo, los niños crecen y finalmente es muy difícil integrarlos,
reinsertarlos en una sociedad, en una vida familiar normal. Creo que
todas esas acciones, con una voluntad política de atención a las familias
y, por otra parte, también con voluntad de modificar algunas leyes, junto
con esa que usted dice que va a sacar, podrán ayudar a esos niños.

Pensamos que la familia cumple una función importante como vehículo de
transmisión de pautas de comportamientos, de hábitos, y es importante
trabajar con ella. Usted sabe también, señora Ministra, que normalmente
los niños que sufren esos problemas de malos tratos psíquicos o físicos
en el ámbito de la familia, la mayoría de esas familias quieren quedarse
con sus hijos. Pienso que hay que reconducir también esa política, y
atender a la familia es importante en estos momento en nuestro país.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Ministra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señora Diputada,
en primer lugar quiero manifestarle que no todo son buenas intenciones.

Afortunadamente puedo decirle que, efectivamente, en los Presupuestos
Generales del Estado para 1994, aprobados en las Cámaras, se cayó el
presupuesto de 99 millones para la infancia maltratada, pero hemos
conseguido rescatarlo reduciendo nuestros gastos del Capítulo II en el
Ministerio de Asuntos Sociales, y mediante la reducción de un alquiler
--aprobado precisamente por Hacienda hace quince días-- hemos conseguido
rescatar ese programa. Nos lo habían pedido las comunidades autónomas,
trabajamos en esa línea y hemos podido confirmar a dichas comunidades
autónomas que el programa para la infancia maltratada sigue al igual que
se produjo en 1993. Es decir, no son sólo palabras, son también
realidades. Pero muchas veces para las realidades hay que contar también
con las prioridades dentro de los presupuestos. Afortunadamente lo hemos
podido hacer y darle prioridad sobre otros gastos, repito, del Capítulo
II, porque nos ha parecido mucho más importante el programa de la
infancia maltratada.

En cuanto al fondo de garantía de pago de pensiones y alimentos, a que
usted se ha referido, le diré que esto siempre se ha enmarcado, desde el
Ministerio de Asuntos Sociales, y en general desde los grupos de mujeres
que han luchado por este reconocimiento del impago del fondo de garantía
de pago de pensiones y alimentos, en el ámbito de las separaciones, de
los divorcios y de las sentencias de alimentos, no en el complemento que
ustedes planteaban con respecto a los menores. Es decir, son dos cosas
distintas. Como usted recordará, quizá, en una interpelación
parlamentaria en el Senado lo que se planteó fue que por el momento era
un tema que no se iba a acometer en este año presupuestario, pero que no
descartábamos desarrollarlo en un futuro.

Respecto al teléfono, efectivamente, usted nos dice que es insuficiente,
pero yo le tengo que decir que ha sido un primer paso muy importante, y
que a través de ese teléfono podemos ir avanzando, también detectando más
problemas que no conocíamos de la infancia maltratada. Debido a que estas
iniciativas gozan de todo el apoyo del Ministerio de Asuntos Sociales,
probablemente también haya algunas propuestas que nos hagan a través de
las solicitudes de apoyo financiero con el 0,5 por ciento del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas, que atenderemos desde el
Ministerio precisamente para continuar en esta línea.

Respecto al trabajo en las familias, estoy de acuerdo en que la
detección, la prevención --ya me he referido a



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ello--, tiene que ver mucho con el funcionamiento de dichas familias. A
veces hay familias en condiciones muy precarias de todo tipo, no sólo
económico sino social, de comportamiento personal, que en muchos sentidos
repercuten sobre los niños y son la verdadera causa de los malos tratos y
de su abandono. Ahí precisamente estamos trabajando este año, que además
es el Año Internacional de la Familia, y como se ha aprobado
recientemente en las Cámaras se va a constituir una ponencia para este
trabajo. A esa ponencia, a esa comisión específica que se va a constituir
para trabajar en el tema de la familia tendré ocasión de traerles las
propuestas del Ministerio de Asuntos Sociales al respecto.

Usted se ha referido también, por último, al tema de las adopciones. Esa
es una de las cuestiones que llevamos en la reforma de la Ley del Menor a
la que me he referido inicialmente. Hay que intentar compaginar, en el
ámbito de la adopción, lo que es el rigor necesario para que no haya
tráfico con los menores (y, por tanto, se produzcan más atropellos a los
mismos) con la suficiente flexibilidad para permitir que los niños que
puedan ser adoptados lo sean en el plazo más breve posible.




--SOBRE POLITICA DE APOYO A LAS FAMILIAS QUE ACOGEN PERSONAS CON
DISMINUCIONES FISICAS O PSIQUICAS. FORMULADA POR LA SEÑORA SAINZ GARCIA
(GRUPO POPULAR). (Número de expediente 181/000400.)



El señor PRESIDENTE: Pregunta sobre política de apoyo a las familias que
acogen personas con disminuciones físicas o psíquicas, formulada por la
señora Sainz, que tiene la palabra.




La señora SAINZ GARCIA: De la misma manera que nosotros nos alegramos
(porque creo, señora Ministra, que ya se va haciendo proverbial que
ustedes aciertan cuando rectifican) de que hayan vuelto a rectificar los
Presupuestos y recuperaran aquellas partidas presupuestarias para
programas importantes de la infancia maltratada, hago esta pregunta
también con cierta esperanza de que haya un cambio en la política de
apoyo a las familias en cuyo seno se acoge a personas con disminuciones
físicas o psíquicas.

Usted, en numerosas declaraciones, ha hecho referencia a un cambio en la
política de apoyo a este tipo de familias. Pregunto, señora Ministra,
cómo piensan desarrollar ese cambio de política de apoyo a las familias
en cuyo seno se acoge a personas con estas disminuciones físicas o
psíquicas.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Ministra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señora Diputada,
hay que ver la habilidad que tiene usted para transformar algo que es
absolutamente positivo en negativo. La verdad es que creo que yo tengo
otra visión en la vida, porque me parece que no es que se acierte cuando
se rectifica, sino que hay precisamente toda una línea de actuación que
lleva a cabo una continuidad en el tiempo. En este tema concreto le voy a
exponer a usted la línea de actuación que hemos tenido a lo largo de la
anterior legislatura y en ésta se produce una continuidad que responde a
un objetivo del proyecto socialista desde hace muchos años.

La protección integral de las personas con discapacidades, que contiene
la Ley de Integración Social del Minusválido, la conocida como Lismi,
comprende un conjunto de medidas jurídicas, económicas y sociales que han
configurado todo un sistema público de protección para este grupo de
ciudadanos. No es algo que hayamos realizado hace poco, sino que viene
desde hace una década. La Lismi se aprueba en 1982 y todo el desarrollo
de la misma se produce, como digo, a lo largo de una década.

Los fines de este sistema de protección son: asegurar, por un lado, un
nivel digno de bienestar para el discapacitado y también para el grupo
familiar del que forma parte la persona con discapacidad, así como
contribuir a la promoción y sobre todo a la integración social de este
colectivo.

Este sistema de protección tiene dos tipos de medidas: unas de carácter
técnico y otras de carácter económico. Me voy a referir a ambos aspectos,
tanto a la protección económica como a lo servicios sociales específicos,
y voy a empezar por la protección económica.

Aquí tenemos las prestaciones económicas básicas para la atención de las
necesidades esenciales; las económicas para la atención de necesidades
específicas y también los beneficios fiscales que tienen reconocidos las
personas cuando existe una condición de minusválido.

Respecto a la primera de ellas, las básicas, de la atención de
necesidades esenciales, tenemos las pensiones contributivas y las no
contributivas que se causan por relación de invalidez y de enfermedad.

En cuanto a las no contributivas, tenemos los subsidios de garantía de
ingresos mínimos, que estaban en la Lismi, y las pensiones asistenciales
por enfermedad o invalidez, las famosas FAS. Estas son residuales, es
decir, quien las tiene las sigue disfrutando, pero no se pueden obtener
ahora. Las que sí se obtienen en la actualidad son las pensiones no
contributivas en su modalidad de invalidez, porque también las hay de
jubilación, su modalidad de invalidez, que es a la que se refiere la
pregunta, de acuerdo con el desarrollo legislativo que se llevó a cabo en
diciembre de 1990. La Ley 26/1990, de 20 diciembre, estableció en la
Seguridad Social las prestaciones no contributivas. En esta Ley también
se desarrollaron las prestaciones por hijo minusválido a cargo, que
tienen por finalidad ayudar económicamente a los padres de los
minusválidos en los supuestos siguientes: Cuando se tiene un hijo menor
de 18 años, que se encuentre afectado por una minusvalía igual o superior
al 33 por ciento. Cuando sea un hijo mayor de 18 años y con una
minusvalía del 65 por ciento. Cuando es un hijo mayor de 18 años, con una
minusvalía del 75 por ciento o más.




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En cada caso son: En el primero, 72.000 pesetas anuales; en el segundo,
391.620 pesetas anuales, y en el último, 587.460 pesetas anuales.

En el segundo aspecto, al que ha aludido antes, las prestaciones
económicas para la atención por necesidades específicas, tenemos los
subsidios de movilidad y gastos de transporte, que se derivan todos ellos
de la aplicación de la Lismi, las ayudas del régimen unificado de ayudas
públicas a personas con disminuciones. Estas pueden ser bien gastos de
rehabilitación, gastos de atención especializada, o bien de carácter
institucional, para sostener centros y servicios que normalmente están
atendidos y organizados por padres y por familiares de personas con
discapacidad.

El tercer grupo de medidas al que me he referido son los beneficios
fiscales para personas que tienen reconocida la condición de minusválido.

Esta Ley de 6 de junio de 1991, del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, establece deducciones en la cuota, gastos deducibles a
la base imponible y exenciones.

El otro bloque son las medidas protectoras en el ámbito de servicios
sociales específicos. Aquí tenemos los servicios de apoyo personal y
familiar, que son de muy diverso tipo --si quiere S. S., se los puedo
especificar-- y los servicios de acogimiento o sustitución, de carácter
temporal o permanente.

Hay que reseñar que todas estas medidas de carácter protector se aplican
desde diversos ámbitos de la Administración general del Estado, es decir,
no sólo desde el Ministerio de Asuntos Sociales, a través del Inserso,
sino también desde el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, desde el
Ministerio de Sanidad y Consumo y desde el Ministerio de Educación.

Evidentemente, todas ellas repercuten --y esto enlaza con su pregunta--
sobre el grupo familiar en el que convive el discapacitado y se trata de
acciones que se inscriben en las áreas de prevención, de rehabilitación o
de equiparación de oportunidades. Esos tres elementos constituyen los
pilares básicos de las políticas públicas de bienestar para personas con
discapacidad.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: La señora Sainz tiene la palabra.




La señora SAINZ GARCIA: Señora Ministra, yo no creo que tenga que
enfadarse cuando le digo que usted acierta cuando rectifica también, como
es tradición en el Gobierno que desde hace años venimos teniendo, ya no
digo sufriendo, los españoles, porque es verdad. Usted presentó unos
presupuestos donde desaparecían 98 millones para la infancia maltratada y
de repente los recupera. Rectifica. Eso es verdad, eso es cierto. A eso
es a lo que yo me refería y así se lo manifiesto.

Yo querría también que ustedes --y ahí sí que me uno a una cierta
rectificación-- reconsiderasen en estos momentos la situación de las
personas con problemas, con limitaciones, por sus discapacidades, porque
hay una realidad. Usted ha hablado de unos principios que nosotros
compartimos perfectamente. Ha hablado de conseguir un bienestar para los
discapacitados, de unas ayudas familiares y de una integración. Yo no
querría hacer ningún ataque político, porque pienso que, además, estas
personas requieren el apoyo de todos y una especial sensibilidad, pero
ustedes saben que cuando llegaron al Gobierno se encontraron con una Ley,
que yo creo que es buena, elaborada por el anterior Gobierno, de otro
partido, de UCD, y allí había 66 artículos que me parece que no se han
cumplido; se han cumplido muy pocos, algunos más han tenido un
cumplimiento parcial y muchos han sido completamente incumplidos. La Ley
estaba para ser desarrollada y para que se cumpliese.

También tiene que conocer que si había esa Ley, era necesario
desarrollarla para conseguir, entre otros, el objetivo de la integración
de los minusválidos. Ya en el terreno de la educación especial se ha
fracasado y, de hecho, el Ministerio está haciendo un estudio para
reconducir y modificar algo, porque está fallando. Por mi vinculación con
el mundo de la educación, lo sé; el Ministerio lo está reconsiderando.

Por tanto, hay un fracaso de la integración en el terreno de la educación
especial, que es importante.

Por otra parte, en términos comparativos --y Europa es nuestra referencia
e incluso a veces el escudo del propio Presidente del Gobierno--, la
integración de los minusválidos en España está por debajo de la
integración de los ciudadanos españoles. Siguen existiendo demasiadas
barreras arquitectónicas; España carece, entre otras cosas, de un censo
general de población con discapacidades. Le digo esto porque usted ha
hecho una referencia general. Yo me pensaba centrar en algo mucho más
concreto, que era la pregunta, pero usted ha abarcado todo y, en esa
necesidad de manifestar nuestra posición política, hago esa extensión
también.

La verdad es que España ocupa los últimos lugares en la cuantía de
prestaciones por minusválidos, 46 puntos por debajo de la media de la
Comunidad. Por tanto, no podemos estar satisfechos de lo que en estos
momentos hay. Yo no sé si a usted puede no gustarle que yo me refiera a
esa autocomplacencia, pero es que yo tampoco he observado en sus palabras
un deseo de impulsar nuevas medidas de apoyo a las personas que tienen
esos problemas, que es lo que nuestro Grupo desea.

Ha hablado de una serie de prestaciones y de referencias a determinadas
cuestiones. Los subsidios económicos derivados de la Ley de Integración
Social de los Minusválidos, que afecta a un grupo importante de
beneficiarios, no se han revalorizado, para compensar la subida anual,
entre otras cosas, del IPC, en los Presupuestos de este año 1994.

El Gobierno ha congelado el subsidio de garantía de ingresos mínimos,
como sabe. Ha congelado también el subsidio de ayuda a terceras personas
con minusválido. La ayuda para movilidad y gastos de transporte está
congelada desde hace varios años.

Además, señora Ministra, nuestro Grupo sigue, y usted sabe que yo lo he
defendido en el Pleno del Congreso de los Diputados, la necesidad de dar
un cambio a la política de familia. De una manera especial, nuestro Grupo
presentaba medidas de incremento de la ayuda económica, que era otro de
los pilares que usted dijo que era necesario establecer para las personas
que tienen hijos con estas



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discapacidades y, al mismo tiempo, no sólo las ayudas directas por hijo,
sino también las desgravaciones fiscales.

Son muy bajas. A usted le podrá parecer que son suficientes, nuestro
Grupo considera que no y que es necesario invertir la dinámica que en
estos momentos tenemos de poca atención a unas necesidades que tienen las
familias españolas, que son importantes y mucho más, como nuestro Grupo
decía en el Pleno, en un momento de crisis económica.




El señor PRESIDENTE: La señora Ministra tiene la palabra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Efectivamente,
hemos hablado en un marco amplio del apoyo que presta el Gobierno a las
personas con disminuciones físicas o psíquicas. También me he referido,
aunque haya sido someramente, a los servicios de apoyo personal y
familiar, destinados precisamente a las familias. Le voy a pormenorizar
un poco más porque ése es el contenido específico de su pregunta.

Por un lado, los servicios de información, orientación y asesoramiento
que tenemos. También los tratamientos rehabilitadores y sobre todo, en
este ámbito, la ayuda a domicilio, que sirve para que haya una atención
en los cuidados básicos que complementen la labor de las familias y que
permitan a las familias que tienen personas con discapacidad acudir al
trabajo, poder hacer su vida fuera del domicilio. El ámbito de las ayudas
técnicas. Es importante la función de apoyo a las familias en los
programas que tenemos de vacaciones para minusválidos y de integración.

Estos programas ofrecen alternativas de ocio y tiempo libre para que las
familias con personas minusválidas a su cargo se beneficien de estos
programas.

Y muy importantes son los servicios de acogimiento de carácter temporal o
permanente, que pretenden servir de ayuda a las familias que de forma
continuada tienen que ocuparse de un discapacitado, sustituyéndolas
cuando no se dispone de hogar o cuando la familia tiene serios problemas
para ocuparse de esta persona discapacitada. Ahí hay que referirse a la
infraestructura de los centros residenciales que tenemos, tanto de
recuperación de minusválidos físicos, como de atención a minusválidos
físicos y de atención a minusválidos psíquicos, y centros ocupacionales.

En todos estos centros se proporciona una atención íntegra a las personas
con discapacidad y se les da alojamiento cuando, por la gravedad de su
discapacidad o de su problemática familiar o económica, lo necesitan.

Dentro de este ámbito del apoyo a las familias con personas con
discapacidad, también me quiero referir al servicio de estancias
temporales, que se ha creado precisamente con la finalidad de dar
respuesta a ciertas situaciones de urgencia social cuando sean
situaciones circunstanciales por razón de enfermedad o de cualquier otro
tipo que esté justificada y que requiera esa atención temporal para la
persona con discapacidad.

En cuanto a los temas generales a los que se ha referido en su
intervención, tengo que decirle que estamos avanzando bastante en el
ámbito de la supresión de barreras arquitectónicas y que, en este ámbito,
nuestro mayor instrumento son los avances tecnológicos. Verdaderamente,
el colectivo de personas con minusvalías de todo tipo es uno de los que
más se beneficia de los avances tecnológicos.

En cuanto al cambio de política en relación con la familia, me he
referido en varias ocasiones a que soy defensora, al igual que el
Gobierno, de medidas indirectas de apoyo a la familia y no de medidas
directas de apoyo al tercer hijo, y hemos tenido ocasión de hablar de
esto y de referirnos a este aspecto en preguntas y contestaciones
parlamentarias. Sin duda, tendremos que profundizar en ese ámbito en la
Comisión a la que me he referido antes, que está pendiente de
constituirse, sobre la familia. En ella tendremos ocasión de profundizar
en este ámbito de protecciones indirectas a la familia.




--SOBRE ELIMINACION DE LOS OBSTACULOS QUE DIFICULTAN LA PERMANENCIA DE
LAS PERSONAS MAYORES EN EL SENO FAMILIAR. FORMULADA POR LA SEÑORA SAINZ
GARCIA (GRUPO POPULAR). (Número de expediente 181/000401.)



El señor PRESIDENTE: Pregunta sobre eliminación de los obstáculos que
dificultan la permanencia de las personas mayores en el seno familiar,
formulada por la señora Sainz García, que tiene la palabra.




La señora SAINZ GARCIA: Señora Ministra, siguiendo en esa línea de tomar
en consideración lo que son declaraciones de intenciones, que podemos
compartir y que, de alguna manera --y a lo mejor a lo largo de esta
pregunta podemos contrastarlo--, suponen un cambio de actitud del
Gobierno, pero que luego no tienen un reflejo en la realidad, entre otras
cosas, de su gestión, le pregunto si piensa el Gobierno regular la
eliminación de obstáculos que dificultan en estos momentos la permanencia
de las personas mayores en el seno familiar, implantando programas de
ayudas económicas a las familias con limitaciones en su actividad laboral
por tener que atender a las personas mayores que estén a su cargo.

Por otro lado, esta pregunta, señora Ministra, a usted se le alcanza
perfectamente que tiene gran interés para las mujeres, que suelen ser en
la mayoría de los casos quienes tienen que llevar a cabo la
responsabilidad de atender al cuidado de sus hijos y de atender a las
personas mayores casi en exclusividad en nuestra sociedad.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Ministra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señora Diputada,
en este ámbito, como en los demás, no hay nada que rectificar, sino
continuar con una política de la que precisamente ha sido líder el
proyecto socialista, aunque luego, afortunadamente, se han unido otros
grupos, como el suyo, en la línea de apoyo a estas políticas, que creo
que son buenas para todos y es



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conveniente que estemos de acuerdo en lo esencial todos los partidos
políticos.

En cuanto a las mujeres, y antes de entrar a responderle, no creo que
debamos admitir por más tiempo que sea una función exclusiva de las
mujeres responsabilizarse del cuidado del ámbito doméstico, de los niños,
de los mayores, de algo que ha sido una atribución histórica y con
carácter exclusivo para mujeres. Uno de los objetivos que debemos
compartir todos y que, de hecho, está en el plan de igualdad de
oportunidades aprobado por el Gobierno, al que me he referido antes con
ocasión de otra pregunta, es que todos, hombres y mujeres, tenemos que
compartir las responsabilidades del ámbito familiar, las
responsabilidades del ámbito doméstico y, por tanto, también las
responsabilidades que se refieren al cuidado de nuestros mayores.

Dicho esto, el Ministerio de Asuntos Sociales, a través de las políticas
que viene realizando desde hace muchos años sobre atención a la tercera
edad, tiene como objetivo fomentar todas las ayudas que puedan propiciar
la permanencia del mayor en su medio habitual, en su entorno. En esto
hemos coincidido con una de las resoluciones del Año Europeo de los
Mayores, 1993, y de la solidaridad entre generaciones, que ha tenido como
uno de los resultados que el mayor permanezca en su entorno, facilitar
todo tipo de políticas para que se produzca esa permanencia del mayor en
su lugar habitual.

Para llevar a cabo este tipo de actuaciones que permitan que los mayores
permanezcan con sus familias y en el ámbito que les es propio, hemos
desarrollado todo un sistema de prestación de servicios sociales que está
ya en el plan gerontológico, y que se refiere a fomentar la ayuda y el
apoyo a las familias que cuidan de alguna persona mayor. Este tipo de
medidas consiste en servicios especializados, por un lado, en la atención
sociosanitaria a las personas mayores, que recientemente hemos firmado y
al que más adelante me referiré, y también medidas de carácter fiscal en
relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En cuanto a los servicios sociales especializados tenemos, por un lado,
la implantación del servicio de estancias diurnas en centros
gerontológicos. ¿Qué objetivo tiene? Facilitar la atención integral
durante el día de los mayores para que aquellas personas con las que
convivan puedan realizar su trabajo o dedicarse a su actividad laboral
sin tener el problema de dejar al mayor en el domicilio. En esos casos,
se acude a ese sistema de estancias diurnas. En 1993 hemos tenido 23
unidades del Inserso dedicadas a esta actividad, pero, sobre todo, quiero
decir que en este sentido, en las estancias diurnas, se está realizando
también una labor bastante importante desde las comunidades autónomas. Lo
que ha realizado el Inserso, sobre todo, son los programas básicos, los
programas pilotos, el liderazgo de este tipo de actuaciones y la
coordinación, de tal modo que nuestro trabajo ha servido de punto de
partida para el que se está realizando desde las comunidades autónomas en
cuanto a las estancias diurnas y de una forma bastante eficaz.

Otro aspecto es el del programa de estancias temporales. Este se puso en
marcha en el Inserso en 1992 y su objetivo es el acogimiento temporal en
residencias de la tercera edad. Normalmente, se refiere a personas que
necesitan ese cuidado especial porque quedan solas, pues, por ejemplo,
los familiaes tienen una ausencia temporal por motivos de viajes, de
hospitalizaciones o de enfermedad, y también para personas que acaban de
superar una enfermedad y requieren un período de convalecencia fuera del
hospital. En general, estas estancias temporales se refieren a
situaciones coyunturales para que durante un tiempo determinado reciban
esa atención.

Dentro de estos servicios sociales, la ayuda a domicilio tiene dos
ámbitos: el básico, que es la atención del cuidado personal y de las
tareas domésticas, servir la comida y lo que se ha llamado la comida
sobre ruedas, que es llevársela al domicilio, la lavandería a domicilio,
el servicio de teleasistencia domiciliaria; y el complementario, que es
el acompañamiento, dentro o fuera del domicilio, para realizar gestiones,
promoción de actividades culturales o bien de terapia ocupacional. Este
segundo ámbito complementario lo llevamos a cabo a través de voluntariado
y de personas acogidas a la prestación social sustitutoria. Es muy
importante este ámbito de la ayuda a domicilio y se quiere potenciar aún
más, en línea con las directrices marcadas por el Año Europeo de los
Mayores, a las que me he referido antes.

También merece destacar, dentro del acuerdo sociosanitario que firmamos
la Ministra de Sanidad y yo misma el 14 de diciembre pasado, el convenio
que se refiere a la coordinación de la atención sociosanitaria a las
personas mayores. Aquí se atiende a aquellas personas en situación de
mayor vulnerabilidad como consecuencia de un estado de dependencia o
semidependencia, sobre todo derivado de situaciones hospitalarias en las
que puede producirse el traslado a una residencia por un tiempo
determinado. Tenemos cuatro experiencias piloto: dos en Madrid, una en
Murcia y otra en Valladolid. Ya tenemos dos comunidades autónomas que
están en coordinación con el Ministerio de Asuntos Sociales para hacer el
seguimiento de este convenio y desarrollarlo en sus respectivas
comunidades. Concretamente, La Rioja ya ha iniciado este trabajo en la
misma línea marcada por las cuatro experiencias piloto a las que me he
referido. En cuanto a los beneficios fiscales, los contempla la normativa
de 6 de junio de 1991, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas. Son deducciones por ascendiente, cuando no se tengan rentas
anuales superiores al salario mínimo interprofesional, y deducciones por
cada ascendiente cuando dependa del sujeto pasivo, también cuando no se
tengan rentas anuales superiores al salario mínimo interprofesional,
según el grado de minusvalías, y se deducirá el 15 por ciento por gastos
de enfermedad, accidente o invalidez del ascendiente que originen que el
sujeto pasivo tenga derecho a esa deducción de la cuota.

Me parece que lo que le expongo ilustra suficientemente su pregunta
referida sobre todo a qué programa de ayudas económicas y ayudas de
prestaciones sociales tenemos en relación con ese cuidado que se realiza
de las personas mayores dentro del seno familiar y cómo superar esas
dificultades de permanencia en el ámbito familiar.




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Precisamente, en el futuro inmediato aumentaremos todo el tipo de
actuaciones en esa línea: permanencia del mayor en su entorno,
permanencia en el lugar donde ha vivido siempre, en la medida de las
posibilidades, porque cada vez tenemos más personas mayores de 80 años y
más y más personas, por tanto, no válidas. Para contar con este tipo de
ayudas y con la permanencia del mayor en su entorno normalmente tienen
que ser personas que se encuentren en una situación de cierta validez por
sí mismos, porque, si no, normalmente son internados en residencias para
poder atenderles mejor. El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora
Sainz.




La señora SAINZ GARCIA: Señora Ministra, antes de entrar en concreto en
la valoración de la respuesta que me ha dado, usted ha hecho una
reflexión; en ella puede haber cierta perversidad en la interpretación de
las palabras de esta Diputada y yo quiero clarificarlo. Cuando yo le he
dicho que esta pregunta era de interés para muchas mujeres que en estos
momentos tienen la responsabilidad doble del cuidado de los niños y, al
mismo tiempo, de las personas mayores de su familia, junto al trabajo
fuera del hogar, usted me decía que eso no lo admite, que hay que cambiar
esa dinámica y no hablar más de eso. Pues a lo mejor ahí está su
problema. Nosotros compartimos que hay que cambiar esa dinámica y dentro
de los objetivos de los planes en los lugares donde gobernamos está
recogido precisamente tratar de esa corresponsabilidad. Naturalmente que
sí, pero no podemos volver la espalda. Y ahí, a lo mejor, está la razón
de que ustedes no hagan una política decidida de ayuda a esas mujeres. No
podemos volver la espalda a la realidad de que en estos momentos la
inmensa mayoría de las mujeres en España comparten ese doble trabajo y
esa doble responsabilidad. Y, precisamente, hay que trabajar y hay que
impulsar, desde los poderes públicos y desde las administraciones,
acciones que permitan ayudar a la mujer y, de alguna manera, llevar un
bienestar a la familia, de forma general. Y eso es lo que nuestro Grupo
le demanda.

Y usted ha vuelto a hablar en esta respuesta de toda la generalidad del
plan de ayudas a la tercera edad, que se resumiría en el plan
gerontológico, que, por cierto, fue un instrumento electoral presentado a
los medios de comunicación pero que todavía, señora Ministra, sigue sin
venir a esta Cámara. Todavía no se ha presentado el plan gerontológico en
esta Cámara. Y tiene que comprender que le digamos que ha sufrido uno de
los mayores parones y tal vez haya envejecido también de la misma manera
que, desgraciadamente, está envejeciendo la población española. Y ¿por
qué? Porque ustedes han cambiado la dinámica. Claro que la han cambiado.

Ustedes hablaban de que era necesario llevar una política decidida de
construcción de residencias de tercera edad y tenían un plan de
construcción que ahora han paralizado. Por lo tanto, han cambiado. Y
ahora han cambiado también la dinámica del discurso y hablan de la
necesidad de lo que el Grupo Popular vino diciendo desde el principio. Y
no es que nos hayamos unido a su nueva actitud; es que ustedes son los
que han aceptado la necesidad de volver a una solidaridad familiar y de
recuperar la solidaridad familiar, quebrada por esa política que ustedes
han estado llevando a cabo en los últimos años.

Naturalmente que sabemos que hay que tratar de armonizar las generaciones
y que deben estimularse, precisamente, con ayudas concretas a la familia
que permitan que eso sea una realidad, y no dejarlo, repito, en meras
declaraciones de intenciones. Y ustedes, en estos momentos, han congelado
de nuevo las desgravaciones por personas de tercera edad y, además, son
muy pequeñas, son muy escasas.

Por lo tanto, nos encontramos ahora con que muchas de las personas de
edad tienen unas pensiones muy bajas, insuficientes, por no decir
ridículas, porque lo son realmente --no habría posibilidad de que muchas
personas de edad se mantuviesen con las pensiones que reciben--, nos
encontramos con situaciones de una clara precariedad económica, incluso
situaciones de marginación social, que usted sabe perfectamente que las
hay, y sin ningún tipo de protección de verdad. Y cada vez incluso con
menos prestaciones sanitarias, porque las pensiones no suben, y sabemos
que el mayor engaño que sufrieron de su Gobierno ha sido el relativo a
las pensiones de la tercera edad. Las pensiones no suben y, en cambio, se
les recorta las prestaciones sanitarias. A nosotros llegan muchas
personas, y a mí, en concreto, muchas mujeres, muchas viudas, diciendo:
yo antes tenía posibilidad de que me diesen gratuitamente, y tengo una
pensión ridícula, una serie de vitaminas que son necesarias para
mantener, por así decirlo en término coloquial, un poco en forma ese
organismo que ya está muy desgastado, y algunas otras medicinas de
atención generalizada. Ustedes se las han retirado. Por lo tanto, han
recortado las prestaciones sanitarias de estas personas. (Rumores.) Y en
la última etapa de la vida es cuando necesitan más protección sanitaria y
unas prestaciones económicas para poder atenderla.

Así pues, la integración de estas personas de edad a nosotros nos parece
fundamental y que se debe apoyar desde una política decidida de las
administraciones. Pero la realidad, y tiene que ver también con la
situación de la familia en España, apoyo que ustedes nunca han dado, no
se corresponde con lo que ustedes dicen: ni residencias nuevas de tercera
edad ni un cambio en esa política familiar. (Rumores.)
Por otro lado, esa política debe completarse.

Yo entiendo que les moleste, y oigo perfectamente lo que la señora Romero
está hablando.




El señor PRESIDENTE: Perdón, señora Sainz.

Ruego al resto de los comisionados permitan a la señora Sainz expresar
sus puntos de vista. (Rumores.) Por favor, silencio.

Prosiga, señora Sainz, sin referirse a otros diputados. El orden se lo
garantizo yo, señora Sainz.




La señora SAINZ GARCIA: Muchas gracias, señor Presidente. Así lo espero y
estoy segura de ello.

Repito que hay que cambiar. Y no le he oído hablar de un cambio con la
adopción de medidas necesarias en



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viviendas, para dar prioridad al acceso a viviendas subvencionadas, a los
créditos para la adquisición, a aquellas familias que tengan personas de
tercera edad; centros de día suficientes, porque los planes
experimentales, dado el número de población de tercera edad que tenemos,
no me pueden dar ningún tipo de satisfacción; una asistencia domiciliaria
adecuada... Recuerdo que ustedes son los que han empezado a cuestionar el
llamado Estado del bienestar --nosotros preferimos hablar de sociedad de
bienestar--. Ustedes son los que lo han cuestionado, ustedes son los que
están reduciendo las partidas presupuestarias y, por lo tanto, las
declaraciones no se corresponden con los hechos, no se corresponden con
las asignaciones presupuestarias ni mucho menos con la gestión ni con las
medidas impulsadas.

Nosotros compartimos la filosofía pero queremos las realidades y eso es
lo que demandamos con nuestra pregunta.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Ministra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señora Diputada,
usted se ha referido, en primer lugar y de nuevo, al tema de las mujeres
y de cómo es interés de ellas que no se nos adjudique de una forma
exclusiva el cuidado de los hijos, de los mayores, el cuidado y la
responsabilidad del ámbito doméstico. Y dice que el Partido Popular está
de acuerdo en esos objetivos. Yo le doy la enhorabuena y aquí sí que si
alguien ha cambiado han sido ustedes y han cambiado rectificando para
mejor, porque si históricamente ha habido algún Grupo que ha defendido el
lugar de la mujer en el hogar tradicional, fuera del trabajo remunerado y
fuera de la independencia, ha sido el grupo ideológico al que usted
representa.

Generalidad del plan de ayudas a la tercera edad; de generalidad, nada.

Yo me he referido --no he querido abrumarle con datos-- concretamente a
las estancias diurnas, a las estancias temporales y a la ayuda a
domicilio y no sólo como experiencias piloto. Me he referido a la
experiencia piloto del acuerdo sociosanitario y cómo esa experiencia
piloto está repercutiendo ya en las comunidades autónomas; estamos
trabajando en coordinación con las comunidades autómomas y ésa es la
única experiencia piloto. En cuanto a estancias diurnas, temporales y
ayuda a domicilio, no son experiencias piloto. Es cierto que las
experiencias y el trabajo que está realizando el Inserso están
repercutiendo en el trabajo que llevan a cabo las comunidades autónomas,
pero en estancias diurnas, temporales y a domicilio, tenemos un trabajo
muy amplio, que vamos a aumentar en el futuro y que está dando unos
resultados bastante eficaces.

Usted dice que el plan gerontológico no ha venido a esta Cámara; quizás
no era su objetivo venir a la Cámara, y ha podido, en alguna medida, y
puede ser susceptible de evolución y de mejora. En el plan gerontológico
había un objetivo, que se mantiene, de creación de residencias, de
centros residenciales, pero es que esas residencias las vamos a
necesitar, en cualquier caso, porque aumenta el número de no válidos, de
personas de 80 y más años y de personas que, por tanto, van a requerir el
internamiento; también personas de grupos como Alzheimer o grupos
determinados, va a haber una población mayor de tercera edad con esos
problemas y, por consiguiente, vamos a necesitar el ámbito residencial.

Si en este ejercicio presupuestario se ha reducido el capítulo destinado
a la puesta en marcha de centros residenciales ha sido por la cuestión
económica de reducción de las inversiones, que era una de las políticas
del Gobierno en este ejercicio presupuestario; simplemente, se ha
aprobado el presupuesto en cuanto a la terminación de las que ya estaban
en marcha; pero no quiere decir que se haya cambiado el planteamiento,
porque, desde luego, el planteamiento de la atención a domicilio ya
estaba en el plan gerontológico y a ello me he referido yo, incluso le he
citado el epígrafe de la prestación de servicios sociales y le he dado el
título que figuraba en el plan. Por tanto, no hay un cambio de rumbo,
sino un aumento del ámbito, tanto en las residencias como en la ayuda a
domicilio, porque lo necesita la situación que se está creando con el
aumento de la población de tercera edad.

En el apoyo a las familias que tienen personas mayores a su cargo, ya hay
ese ámbito de la desgravación, de la deducción en el Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, y yo no descarto --como ya le he dicho--
que estudiemos más a fondo este problema en la comisión específica, que
se va a crear próximamente, en relación con la familia.

En cuanto a las viviendas, tenemos una serie de programas de adaptación
de viviendas y también está previsto en el plan gerontológico todo lo
relativo a las viviendas de mayores.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Ministra.




--SOBRE AYUDAS A LOS REFUGIADOS BOSNIOS QUE LLEVAN MAS DE UN AÑO
RESIDIENDO EN TENERIFE. FORMULADA POR EL SEÑOR SORIANO BENITEZ DE LUGO
(GP). (Número de expediente 181/000435.)



El señor PRESIDENTE: Pregunta sobre ayudas a los refugiados bosnios que
llevan más de un año residiendo en Tenerife, formulada por el señor
Soriano Benítez de Lugo.

Tiene la palabra el señor Soriano.




El señor SORIANO BENITEZ DE LUGO: Señor Presidente, la acogida en España
de refugiados procedentes de la antigua Yugoslavia tiene su origen en un
acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de noviembre de 1992, por el que
se decidió acoger en territorio español a un colectivo de 1.000 ex
prisioneros bosnios y sus familiares, de acuerdo con una selección previa
efectuada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados (ACNUR) y por el Comité Internacional de la Cruz Roja.

Jurídicamente, estos refugiados disfrutan del estatuto de



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refugiados, concedido al amparo de la Convención de Ginebra de 1951, y de
la Ley 5/1984, de 26 de marzo, de Asilo y Refugio.

El objetivo del programa era, en principio, la integración de este
colectivo en la sociedad española, proporcionándole trabajo, vivienda y
el resto de las prestaciones sociales necesarias, para lo cual el Inserso
ha firmado sendos convenios con la Federación Española de Municipios y
Provincias y con CEAR, que actúan como canalizadores respectivos de las
ofertas laborales de los municipios y de la iniciativa privada.

Hasta la fecha, la actuación de las administraciones ha sido escasa y se
ha limitado, por un lado, a colaborar con la sociedad civil española, que
es la que, en definitiva, ha tomado la iniciativa, y a facilitar la
venida y la estancia de los desplazados de la ex Yugoslavia en nuestro
país y, por otro, a coordinar la intervención de organizaciones no
gubernamentales con las distintas administraciones públicas.

Es así como el Club de Leones, de Icod de los Vinos, en la Isla de
Tenerife, acogió, por medio de una iniciativa privada, a un total de 86
bosnios, de ellos 25 niños, de un total de 1.500 aproximadamente que
viven en España. El plazo del compromiso del Club de Leones era de seis
meses y expiró a mediados del año 1993, a pesar de que había un acuerdo
de prórroga hasta el 31 de diciembre de 1993.

¿Cuál es la situación en que se encuentran en la actualidad estos
refugiados? Tenemos que decir que tienen que mendigar para obtener
alimentos. Y se está produciendo la picaresca de que refugiados
procedentes de otras nacionalidades (turcos y húngaros) se hacen pasar
por bosnios a efectos de tener la conmiseración de los ciudadanos de
Tenerife. Parece ser que tienen expresa prohibición de trabajar y no
reciben en la actualidad estos refugiados en Tenerife ayuda de nadie, con
lo cual están en una situación realmente difícil. Casi todos padecen
alguna afección física o psíquica y no tienen asistencia sanitaria de
ninguna clase. La realidad es que el tiempo ha venido a demostrar que
España no estaba preparada para recibir refugiados. La Asociación de
Amigos por la Paz es la única que actualmente presta alguna ayuda a estos
refugiados bosnios.

A la vista de este panorama, habiéndose sobrepasado ya el plazo por el
cual fueron traídos a Tenerife por esta asociación privada del Club de
los Leones de Icod de los Vinos, estas personas están en el más completo
de los abandonos, están instaladas en unas dependencias municipales
ruinosas en el Ayuntamiento de Los Silos y su situación es realmente
desesperada, sin que exista la más mínima esperanza de que puedan ser
modificados en su situación, máxime cuando, al parecer, su situación va a
ser irreversible, porque no van a poder volver a Bosnia.

A la vista de este panorama, nosotros preguntamos a la señora Ministra:
¿Cuál es la situación de los refugiados procedentes del territorio de la
antigua Yugoslavia instalados en la Isla de Tenerife y qué futuro les
espera? ¿Cuál es su número en la actualidad, tanto en España como en
Tenerife, en concreto? ¿Tienen estos bosnios la protección social
necesaria? ¿Tienen algún empleo o medio para ganarse la vida dignamente?
¿Qué futuro les espera? ¿Qué ayudas les presta, en definitiva, la
Administración del Estado?



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Ministra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señor
Presidente, señor Diputado, en primer lugar, se ha referido usted a la
escasa aportación de la Administración central en este problema y yo le
diré que, precisamente, ha sido clave la participación de la
Administración central, del Gobierno, a través del Inserso, del
Ministerio de Asuntos Sociales, y también del Ministerio del Interior y
del Ministerio de Asuntos Exteriores, puesto que sin esa coordinación y
sin los permisos y transportes necesarios para hacer efectiva la llegada
de estas personas aquí no se hubiera podido hacer nada.

Dicho lo anterior, tengo que referirme a que la relación con las personas
procedentes de la antigua Yugoslavia en la acogida en España responde a
una doble iniciativa: una de carácter público y otra de carácter privado.

La iniciativa de carácter público tiene su origen en el acuerdo del
Consejo de Ministros de 13 de noviembre de 1992. En ese acuerdo se
decidió acoger en territorio español a un colectivo de 1.000 ex
prisioneros bosnios y sus familias, de acuerdo con una selección que
realizó previamente el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados (ACNUR) y el Comité Internacional de la Cruz Roja. Usted se ha
referido a cuántos son: son 1.500 en total y 1.000 pertenecen a ese
ámbito de carácter público. Los miembros de este grupo --de los 1.000 que
responden al acuerdo del Consejo de Ministros-- tienen la condición
jurídica de refugiados, al amparo de la Convención de Ginebra de 1951. La
finalidad del programa de ayuda que puso en marcha el Gobierno español es
facilitar su integración en la sociedad española. Y, para facilitar esa
integración, hay que proporcionarles trabajo, hay que integrarlos en el
ámbito laboral, viviendas y el resto de las prestaciones sociales
necesarias.

Con respecto al programa privado --que es por lo que usted pregunta y se
interesa--, responde a la iniciativa de dos organizaciones no
gubernamentales, que son el Movimiento por la Paz, el Desarme y la
Libertad (MPDL) y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).

Estas dos asociaciones fueron las que realizaron la selección de las
personas que iban a venir y, además, la selección de dónde se iban a
ubicar estas personas, porque hubo mucha oferta, por parte de
ayuntamientos y de asociaciones, en el primer momento de la acogida, que
ofrecían sus instalaciones, sus servicios, su pueblo para que estas
personas refugiadas pudieran acogerse a este programa. Lo que se realizó
fue que, con la colaboración del Ministerio de Asuntos Sociales y el
Ministerio de Asuntos Exteriores, junto con las dos asociaciones citadas,
el CEAR y el MPDL, se fijaron unos criterios para ver qué esfuerzo estaba
dispuesta a realizar la sociedad española y, sin asumir compromisos
financieros o de otro tipo por parte del Gobierno español, que las
organizaciones no gubernamentales se responsabilizaran de esos programas.

Es decir, hay mil que responden



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al programa público y el resto a programas privados, aunque con la
cooperación y la colaboración del Ministerio de Asuntos Sociales y del
Ministerio de Asuntos Exteriores.

A petición de esas ONG, de CEAR y del MPDL, se crearon una serie de
órganos de coordinación para asegurar que el programa marchara a buen
ritmo y tuviera buen fin. Para ello, se creó un grupo interministerial
dentro de la Comisión Interministerial de Extranjería y también una mesa
de coordinación entre la Administración, con representación de los
Ministerios implicados y de las ONG que se hacían cargo de esto.

Los beneficiarios del programa privado no son ex prisioneros, como en el
caso de los públicos, sino desplazados de guerra. Esta es la razón por la
que también su acogida tiene carácter temporal. A estas personas se les
ha concedido una tarjeta temporal de permanencia, que se les irá
renovando previsiblemente mientras que las circunstancias bélicas no
aconsejen producir el retorno. De hecho, ahora se está hablando de la
posibilidad de un programa de retorno a través del 0,5 del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas, que resolveremos en los próximos meses,
precisamente una petición del MPDL, para iniciar, en la medida de las
posibilidades, un programa de retorno de estas personas, pero siempre y
cuando las condiciones bélicas lo permitan. Todos ustedes conocen la
marcha de la situación bélica en la antigua Yugoslavia, con lo cual
naturalmente estaremos a expensas, para poder hacer ese programa, de lo
que suceda allí.

Al prolongarse el conflicto bélico, esto nos ha obligado a adoptar una
serie de medidas, entre ellas dotar a esa tarjeta de permanencia, que era
temporal, de una validez como permiso de trabajo y como escolarización
gratuita para todos los niños. En consecuencia, lo que usted ha dicho de
que había una expresa prohibición de trabajar, no es cierto. Lo que sí
que puede ocurrir --y usted se ha referido a otras personas que se hacen
pasar por bosnias para concitar la caridad o el apoyo de las personas de
estas zonas de Tenerife-- es que otras personas que sí que son bosnias
pero que no estén acogidas a este programa y que han entrado por otros
caminos --nos consta que hay muchas personas que han entrado por otros
caminos-- y que no gozan de estas tarjetas de permanencia y de estos
permisos puedan estar en esa zona de Tenerife. Pero, desde luego, las que
están acogidas al programa no tienen prohibición de trabajar, ni
muchísimo menos. Tienen la tarjeta de permanencia con validez para tener
trabajo y escolarización gratuita de todos los niños, con el objetivo
--al igual que el objetivo del otro programa estatal-- de su paulatina
integración en la sociedad española.

También me pregunta el total de personas que están en esta situación en
Tenerife, dentro de este programa privado. Le diré que son 84 personas,
que están integradas en 28 grupos familiares; hay tres niños menores de 3
años, 22 niños entre cuatro y catorce; 14 niños entre 15 y 18, seis
adultos de más de 65 años, y seis personas con discapacidad, integrados
en esos 28 grupos familiares.

Residen desde diciembre de 1992 en tres municipios de la provincia de
Tenerife, de la comarca de Los Silos, y no sólo en el municipio de Icod,
sino en el municipio de Los Silos y en el municipio de Garachico, donde
hace poco, como usted sabe --tuvimos ocasión de coincidir en Tenerife--,
hice una visita e inauguramos el Centro de prestaciones básicas de dicho
municipio y tuve ocasión de conocer en directo por parte del Alcalde los
problemas que venían derivados de esta situación con los refugiados de la
ex Yugoslavia.

Desde la fecha de la llegada de estos refugiados hasta julio de 1993
--usted se ha referido a mediados del año 1993, efectivamente--, la
Asociación el Club de Leones se responsabilizó de su estancia y a partir
de esta fecha se encuentran bajo la tutela de las ONG que organizaron e
iniciaron el programa, es decir, CEAR y MPDL, y también de una ONG local
que tiene personal voluntario, y me consta que están trabajando muy bien,
y que es la Asociación de Amigos de la Paz, que usted conocerá
probablemente.

También están colaborando activamente con estas asociaciones los
municipios, concretamente el Ayuntamiento de Los Silos; nos consta que
están trabajando muy seriamente con una gran generosidad.

Ahora bien, el problema más difícil de resolver es la inserción laboral.

Tenerife precisamente tiene el desempleo más alto de España y la
integración laboral es uno de los problemas más graves y más aún de estos
colectivos. Hay, entre cabezas de familia, hombres y mujeres, 26 en
total, y sólo tres tienen trabajo en este momento. Ese es un problema que
tendremos que resolver en colaboración con las ONG. Los niños se
encuentran escolarizados en su totalidad.

Con respecto a la atención sanitaria, ese acuerdo-marco, al que me he
referido antes al contestar a otra pregunta, que firmamos la Ministra de
Sanidad y yo misma el 14 de diciembre, incluye un convenio para la
atención a los refugiados y está a punto de firmarse. Es una de las
preocupaciones que tenemos, la asistencia sanitaria a estas personas.

Por último, cabe señalar que esas personas mayores de 65 años, que son
seis, y también los discapacitados, están siendo atendidos por una ayuda
mensual del Ministerio de Asuntos Sociales con cargo al programa de
emergencia social. Precisamente nosotros teníamos en el 0,5 con cargo al
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1993 un
programa de emergencia social, hemos pensado que eran una emergencia
todos los temas derivados de la antigua Yugoslavia y hemos entregado la
totalidad de la cuantía de ese programa, 150 millones de pesetas, a estas
asociaciones que trabajan, unos allí y otros aquí, como ellos lo quieran
distribuir, en la atención de estas personas; incluye no sólo CEAR y
MPDL, sino médicos, Cruz Roja, una serie de Asociaciones que están
trabajando con ellos.

En resumen, me parece que estamos haciendo un importante esfuerzo. Usted
ha dicho que quizá España no estaba preparada. Yo creo que sí, España ha
demostrado una enorme solidaridad con este problema y una enorme
generosidad; se ha prolongado más en el tiempo de lo que todos hubiéramos
deseado y verdaderamente lo que tenemos que hacer, mientras el conflicto
bélico no remita y no llegue la paz a esa zona, es seguir apoyando a este
colectivo que se



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ha visto obligado, por razones tan graves, a abandonar su tierra.




El señor PRESIDENTE: Señor Soriano.




El señor SORIANO BENITEZ DE LUGO: Muy brevemente, para dar las gracias a
la señora Ministra, porque realmente ha dado cumplida respuesta a la
pregunta que yo le había formulado. Sólo me cabe decirle que en el
futuro, que, como bien ha dicho, no está claro, puesto que la guerra se
prolonga en el tiempo, continúen las ayudas a estas personas que están
completamente desasistidas y en una situación realmente grave.




El señor PRESIDENTE: Señora Ministra.




La señora MINISTRA DE ASUNTOS SOCIALES (Alberdi Alonso): Señor Diputado,
tenga usted la seguridad de que desde el Ministerio de Asuntos Sociales
haremos todo lo posible, en colaboración con las ONG que están trabajando
con mucho altruismo y mucha seriedad, para dar a estas personas la
atención que se merecen hasta que puedan volver a su tierra, y ojalá que
sea pronto y podamos poner en marcha ese plan de retorno al que me he
referido en mi intervención.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Ministra. (Abandona la sala
la señora Ministra de Asuntos Sociales y se incorpora a la Mesa el señor
Secretario General de Empleo y Relaciones Laborales.)



--SOBRE RAZONES POR LAS QUE EL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO (INEM) NO
PRORROGO EL CONVENIO EXISTENTE EN EL AYUNTAMIENTO DE QUIROGA (LUGO)
RELATIVO A LA ESCUELA-TALLER DE DICHA LOCALIDAD. FORMULADA POR EL SEÑOR
PADILLA CARBALLADA (GP). (Número de expediente 181/000345.)



--SOBRE CRITERIOS APLICADOS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO (INEM)
PARA PRORROGAR LOS CONVENIOS RELATIVOS A LAS ESCUELAS-TALLER. FORMULADA
POR EL SEÑOR PADILLA CARBALLADA (GRUPO POPULAR. (Número de expediente
18/000346.)



El señor PRESIDENTE: Preguntas que va a responder el señor Secretario
General de Empleo y Relaciones Laborales.

Preguntas formuladas por el señor Padilla, que van a ser fundidas en una
sola: Pregunta sobre razones por las que el Instituto Nacional de Empleo
no prorrogó el convenio existente en el Ayuntamiento de Quiroga (Lugo)
relativo a la escuela-taller de dicha localidad y pregunta sobre
criterios aplicados por el Instituto Nacional de Empleo para prorrogar
los convenios relativos a las escuelas-taller. Ambas formuladas por el
señor Padilla, que tiene la amabilidad de hacerlo en un solo trámite.

Tiene la palabra el señor Padilla.




El señor PADILLA CARBALLADA: Señor Presidente, con mucho gusto me allano
a la sugerencia de la Presidencia de acumular las dos preguntas en una,
porque, efectivamente, lo permite su propio texto y una no es más que
complemento de la otra. Como me allano también a formular la pregunta al
señor Secretario General de Empleo y Relaciones Laborales, del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, por más que el artículo 189 del Reglamento
establece la posibilidad de que las preguntas formuladas a los
excelentísimos señores ministros sean contestadas por los secretarios de
Estado y los subsecretarios. Este Diputado no desconoce que los
secretarios generales tienen un rango asimilado al de subsecretario, pero
ciertamente no son subsecretarios, por más que tengan el rango. Tienen el
rango de subsecretario, pero no son subsecretarios.

Lo digo en el sentido de que entiendo que cuando el Reglamento hace esa
autorización formula una excepción al principio general, que es que el
control del Gobierno se realiza sobre los ministros. Eso ha supuesto que,
en primer término, haya intervenido la excelentísima señora Ministra de
Asuntos Sociales, que, por razones supongo de cortesía, también ha
supuesto que el orden del día, tal como había sido remitido a este
Diputado, se haya alterado.

Me allano a eso, pero que quede constancia de que, a juicio de ese
Diputado, esa norma hay que interpretarla con un carácter restrictivo y
que, por tanto, el control del Gobierno en las comisiones, a través de
las preguntas de los Diputados, debe ejercerse estrictamente sobre
quienes tengan la denominación orgánica de secretario de Estado y
subsecretario.

Dicho eso, como decía, una pregunta era complementaria de la otra.

Quisiéramos conocer las razones por las cuales no se ha atendido la
propuesta del Ayuntamiento de Quiroga, en la provincia de Lugo, de
continuar con un nuevo programa de la escuela-taller que ha funcionado
allí hasta 1993 con un resultado calificado por los propios órganos del
Inem de muy positivo. Así se ha reflejado incluso en comparecencias del
Director provincial del Inem, don Tomás García Abogado, que elogió el
resultado del funcionamiento de esta escuela-taller, que, además, ha
conseguido la colocación, que es uno de los objetivos prioritarios de
este programa de las escuelas-taller y casas de oficio en estos momentos,
de la mitad de los que participaron en el programa. Además, contó con
algo, creemos, muy importante que, sin duda, no se da en otras muchas
propuestas de convenio sobre escuelas-taller y casas de oficio y es la
oferta por parte de la persona jurídico-pública patrocinadora de esta
escuela-taller, el Ayuntamiento de Quiroga, de aportar el 40 por ciento
del coste del programa de esta escuela-taller.

Al propio tiempo, quisiéramos conocer las razones por las cuales se ha
concretado el programa de escuelas-taller y casas de oficio en la
provincia de Lugo de la forma en que se ha hecho.




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Señor Secretario General, ustedes ya han contestado a preguntas de otros
parlamentarios en el Congreso y en el Senado que entre los criterios
generales que se tienen en cuenta para concretar el programa de
escuelas-taller y casas de oficio en las provincias está el número de
escuelas-taller, el número, por tanto, de convenios que en cada período
se establecen, dentro de un ámbito provincial, el paro juvenil, la renta
per capita y las posibilidades de inserción laboral de los participantes.

Así se lo contestaban ustedes al senador del Grupo Popular don Rafael
Bellido Muñoz hace muy poco tiempo, en noviembre de 1993.

Concretamente en la provincia de Lugo, señor Secretario General, sucede
que ha habido varias propuestas que han sido denegadas: la de Quiroga y
la del Ayuntamiento de Vivero. Contestaban ustedes a una pregunta
formulada por otro senador de la misma circunscripción que en este
momento funcionan en la provincia de Lugo escuelas-taller en los
ayuntamientos de Mondoñedo, Monforte de Lemos, una con la Diputación, en
el Ayuntamiento de Láncara, la Asociación de Vecinos Castro Carballedo,
el Ayuntamiento de Piedrafita de Cebreiro y el Ayuntamiento de As Nogais.

Quisiera destacarle que, en una provincia en la que el Partido Popular
gobierna en 60 de los 66 ayuntamientos de la provincia, de todos estos
que le he citado, solamente uno y la Diputación Provincial no son de esas
entidades públicas municipales gobernadas por el Partido Popular.

Respecto de los proyectos aprobados y pendientes de inicio, se contestaba
por parte del Ministerio que se referían a los ayuntamientos de Chantada,
Ribadeo, Tierra de Saviñao --con una asociación, no con el
Ayuntamiento--, Cervo, Palas de Rey y Villalba. Pues bien, de toda esta
relación, a excepción del municipio de Palas de Rey y el Ayuntamiento de
Villalba, todos los demás, en una provincia, repito, en la que el Partido
Popular gobierna en 60 de los 66 ayuntamientos, son ayuntamientos en los
que no gobierna el Partido Popular. Y si hay un principio general en la
interpretación de toda actividad jurídica, naturalmente ustedes aplican
una norma jurídica en principio, que es esa Orden de 1988 que rige las
escuelas-taller y casas de oficio, nosotros tenemos derecho a presumir,
como se establece por la norma de interpretación, salvo prueba en
contrario, que en estos criterios generales de decisión también ha
influido una decisión de carácter político de favorecer la gestión
política de corporaciones no gobernadas por el Partido Popular en la
provincia de Lugo, dando prioridad, por tanto, a ese criterio sobre
otros, entendemos, de mayor interés general.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES (Peña
Pinto): Señor Padilla, como usted acaba de afirmar, la regulación consta
en esa Orden de 29 de marzo de 1988 y después ha sufrido una pequeña
modificación el 28 de marzo de este año.

En realidad, prórroga no existe, ya que hay un plazo máximo tanto para
las escuelas-taller como para las casas de oficio. En un caso, llegan a
los tres años y en otro a un año. Finalizado este plazo, se inicia un
nuevo expediente que resuelve el Director General del Inem siguiendo unos
criterios reglados, que, aun a riesgo de aburrir a SS. SS., me voy a
permitir enunciar. Los criterios que se siguen son los siguientes: el
número de jóvenes en paro en la población donde se va a desarrollar el
proyecto; las perspectivas de empleo posterior de los beneficiarios del
proyecto; los resultados de inserción laboral de proyectos anteriores; la
calidad del proyecto formativo y especialidades propuestas; el proyecto o
descripción de los trabajos a realizar por la escuela-taller y su
adecuación para el desarrollo del proyecto formativo que se presenta; el
número de solicitudes presentadas en la provincia y la calidad de las
mismas; las disponibilidades presupuestarias y, por último, la
justificación económica de gastos del proyecto anterior. En virtud de
ellos se resuelve exclusivamente.

¿Qué sucede con la escuela-taller llamada «Municipal Quiroga» del
municipio que ahora nos ocupa? Funcionó la escuela desde el 15 de mayo de
1990 al 11 de mayo de 1993. Finalizan entonces los tres años que antes
anuncié e inicia una nueva solicitud, un nuevo expediente el 5 de enero
de 1994. El 25 de enero de 1994, a los veinte días de presentado el nuevo
expediente, se le solicita amplitud de documentación porque falta un
cuestionario esencial para el criterio a que antes aludía, el de
inserción laboral. Estamos esperando que ese expediente se complete con
este nuevo documento para que se resuelva el nuevo expediente de la
Escuela-taller de Quiroga.

Esto es lo que puedo contestar a su señoría al respecto.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Padilla.




El señor PADILLA CARBALLADA: Seré breve porque la sesión va muy
retrasada.

Realmente no deja de sorprenderme la contestación del señor Secretario
General porque este Diputado es bastante ordenado en sus iniciativas y,
naturalmente, había interesado del ayuntamiento proponente la información
necesaria y éste me asegura que se había producido esa petición de
ampliación y que había sido cumplimentada. Pudiera ser que el correo
funcione tan mal en nuestra comunidad que todavía, emitido y remitido por
el Ayuntamiento de Quiroga esa documentación, no haya llegado al Inem, o
funciona tan mal el Inem que a pesar de haber recibido el documento lo
tienen por no recibido.

Quisiera hacer dos precisiones. Lo que el señor Secretario General me ha
expuesto de esos criterios generales se los había adelantado yo, porque
ya los han explicitado en contestaciones a preguntas formuladas por
escrito por diversos parlamentarios, pero yo esperaba un poco más de
clarificación en relación a estos criterios. Como le decía, en el Derecho
y también en la política, en la interpretación de una orden ministerial
uno tiene derecho a establecer presunciones que podrán ser iuris tantum
--en este caso yo le aseguro que lo es--, en el sentido de que si usted
me diera algún argumento de autoridad que pudiera destruir la presunción
yo la daría por destruida, pero como no lo ha



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sido, yo he de colegir que detrás de estos criterios de priorización de
estos convenios de centros de escuelas-taller en la provincia de Lugo hay
evidentemente, como nosotros creemos, en una presunción muy razonable
aunque naturalmente destruible, criterios y valoraciones políticas no
manifestados por la Administración central.

Señor Secretario General, algunas de estas escuelas-taller se han puesto
en funcionamiento (y nos alegramos mucho porque yo sobre todo me
considero Diputado por esa circunscripción en su totalidad y nos parece
bien todo lo que suponga una actuación que favorezca el empleo
ocupacional de los jóvenes de nuestra provincia) lo han sido en dos
pequeños ayuntamientos y en un mismo programa a la vez, concretamente
Piedrafita de Cebrero y Los Nogales, As Nogais, en el sur de la provincia
y colindantes además; dos ayuntamientos colindantes en una provincia que
es una de las de mayor superficie de España, en el sur de la provincia,
dos pequeños ayuntamientos con muy pocas expectativas, por desgracia, de
reocupación comparten programa, justamente dos pequeños ayuntamientos
gobernados por el Partido Socialista, dos de los cuatro de 66 que
gobierna el Partido Socialista en la provincia de Lugo. Yo creo que esos
criterios generales que usted mismo ha explicitado, y por tanto la
Administración, no nosotros, no se dan o por lo menos no de forma
concurrente en esos dos ayuntamientos, como le reitero, colindantes en el
sur de la provincia; incluso podrían haber agrupado quizá con mayor
eficacia una sola escuela-taller que, sin duda, pudiera haber funcionado
mejor en uno de los dos sitios. Efectivamente, como dijo el Secretario
General, la norma de 1988 (porque la reforma de 1994 en este punto no
introduce ninguna modificación no establece prórroga, pero lo cierto es
que se ha establecido ya un precedente administrativo que no es una
fuente del Derecho, pero sí que a los efectos de un tratamiento
igualitario de todas aquellas realidades que respondan a un mismo esquema
de favorable juicio deben de gozar; lo cierto es que en muchos casos
(incluso también se ha puesto de relieve por la Administración la
conveniencia o no de continuar con un nuevo período en un programa de
escuela-taller) existen esos precedentes.

Nosotros entendemos --por eso se ha formulado la pregunta-- que en el
caso de esta escuela-taller de la villa de Quiroga se han dado todos esos
criterios que justificarían justamente, por razones de eficacia de los
fines que persiguen estos convenios de escuela-taller, celebrar un nuevo
convenio favorecido por el resultado del anterior programa y, sobre todo,
por la importante aportación que realiza el Ayuntamiento de Quiroga. En
todo caso, como me dice el señor Secretario General que no se ha adoptado
la resolución administrativa pertinente por la carencia de esa
documentación, espero que llegue; mientras llega yo interesaré del
Ayuntamiento de Quiroga la reiteración de la remisión duplicada de esa
documentación y espero de la actuación de la Administración, en la
persecución de los fines del interés general, que terminará con una
favorable resolución a la pretensión deducida por este ayuntamiento y a
la propuesta que ha formulado.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES (Peña
Pinto): Le felicito, señor Padilla, por su masiva presencia en la
provincia de Lugo y respeto sus presunciones, pero yo tengo simplemente
un hecho concreto motivo de la pregunta. Se solicita el día 25 de enero
de 1994 ampliación a un expediente, ampliación no recibida temo que no
por el mal funcionamiento del servicio público de Correos.




El señor PRESIDENTE: En todo caso, el servicio público de Correos no es
objeto de informe ni de aclaración en esta Comisión.




--SOBRE PREVISIONES ACERCA DE LA MODIFICACION DE LA ACTUAL NORMATIVA
REGULADORA DEL PERSONAL LABORAL EN ESTABLECIMIENTOS MILITARES. FORMULADA
POR EL SR. PERALTA ORTEGA (IU-IC). (Número de expediente 181/000505.)



El señor PRESIDENTE: Pregunta sobre previsiones acerca de la modificación
de la actual normativa reguladora del personal laboral en
establecimientos militares, formulada por el señor Peralta Ortega, que
tiene la palabra.




El señor PERALTA ORTEGA: Señorías, todos ustedes conocen que la
disposición final séptima del Estatuto de los Trabajadores prevé que el
Gobierno, a propuesta de los ministerios de Defensa y de Trabajo,
regulará la prestación de trabajo del personal civil no funcionario
dependiente de establecimientos militares. En cumplimiento de esta
previsión se dictó el Real Decreto 2.205, de 13 de junio de 1980, que
está vigente. Este Real Decreto, de 13 de junio de 1980, introducía en su
día principios y disposiciones muy distintos de los que se contenían en
la legislación ordinaria. Basta pensar, por ejemplo, que las
modificaciones sustanciales del contrato de trabajo eran autorizadas no
por el Ministerio de Trabajo o la autoridad laboral, sino por el
Ministerio de Defensa. Lo mismo ocurría con la extinción de contratos por
reducción del cuadro numérico, que también la acordaba el Ministerio de
Defensa. La competencia en el cumplimiento de la legislación laboral no
se encomendaba a la Inspección de Trabajo sino a un organismo, la Sección
Laboral del Ministerio de Defensa, etcétera. En definitiva, principios y
criterios distintos de los que se contenían en la legislación laboral.

Han transcurrido casi quince años desde la vigencia de ese Real Decreto y
se han producido cambios importantes en nuestro país, tanto en el terreno
laboral como en el terreno de las instituciones como las Fuerzas Armadas.

Es opinión de nuestro Grupo que sería oportuno reconsiderar la vigencia
de este Real Decreto, con independencia de la incidencia que tiene la
normativa derivada de convenios colectivos que se han ido firmando entre
el Ministerio de Defensa y las organizaciones sindicales, pues detrás de
estos



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convenios colectivos existe una norma base que es este Real Decreto que,
insisto, contiene principios y criterios distintos de la legislación
laboral.

Por eso nos gustaría saber si el Gobierno tiene previsto modificar la
actual normativa reguladora del personal laboral en establecimientos
militares que se contiene en el citado Real Decreto de 13 de junio de
1980.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES (Peña
Pinto): Señor Peralta, yo pienso como usted, que el Real Decreto de 13 de
junio de 1980 debería ser revisado. En estos catorce años dicho texto
legal ha sufrido modificaciones notabilísimas, bien por vía de convenio,
bien por la propia modificación de la estructura orgánica del
Departamento de Defensa, bien por la aparición de dos disposiciones de
carácter relevante como la Ley Orgánica de Libertad Sindical y la que
regula los derechos de representación en las administraciones públicas.

Es una adecuación a la realidad que deberá esperar a que esté en vigor la
nueva reforma del Estatuto de los Trabajadores, pero estimo conveniente
que esa revisión se produzca. Temo no poder ser muy exacto en lo que a su
contenido se refiere, pero sí en la voluntad del Gobierno de llevar a
cabo la revisión.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor Secretario General, por su
contestación. Celebro que manifieste su conformidad con algunos de los
criterios, al menos con el criterio genérico de la necesidad de adecuar
esa normativa que explicitaba en mi pregunta, que ya tuvimos ocasión de
discutir en la anterior legislatura. De los criterios que deben atenderse
llamaría la atención, fundamentalmente, sobre los cambios que se han
producido vía negociación colectiva. Creo que sería útil que la normativa
base en que se traduzca el nuevo real decreto recoja la sustancia y lo
más importante de los criterios que se han ido plasmando por acuerdo
entre el Ministerio de Defensa y las organizaciones sindicales. Asimismo
considero importante que se atienda a los cambios que se han producido en
la normativa sindical, la Ley Orgánica de Libertad Sindical, etcétera, y
menos importantes los cambios de la estructura orgánica del Ministerio de
Defensa, porque nos parece que lo fundamental ahí es que las competencias
laborales deben estar en el Ministerio de Trabajo y no en la nueva
denominación que puedan tener dentro de la propia estructura del
Ministerio de Defensa, lo que supondría un simple cambio de matiz y de
denominación, pero no un cambio de lo que, en mi opinión, deben ser
criterios que adecuen las relaciones laborales en establecimientos
militares a lo que es la regulación laboral ordinaria, cuya competencia
tiene el Ministerio de Defensa.

Quiero citar un caso de lo que creo que son limitaciones. Se producía en
la circunscripción por la que soy Diputado y me respondía recientemente
el Ministerio de Defensa a una pregunta por irregularidades que se habían
denunciado en un centro militar. Recuerdo que en la Comisión de Defensa
me contestaba el Secretario de Estado de Administración Militar que la
investigación que ha llevado, lógicamente, la sección correspondiente del
Ministerio de Defensa llegaba a la conclusión de que no se apreciaba
irregularidad que al menos fuera imputable al personal que trabajaba en
el Ministerio, que a lo mejor era imputable al personal que trabajaba en
una contrata del Ministerio, pero que a eso ya eran ajenos. Es sabido que
la Inspección de Trabajo investiga las irregularidades que se puedan
producir en la contrata en la empresa principal o en lo que sea. Sin
embargo, por esta regulación se producen ese tipo de anormalidades.

Si, tal como indica el Secretario General, esperamos a la reforma laboral
--que puede ser un criterio razonable en la medida en que sea pronta,
aunque no deseable por nuestro Grupo, la entrada en vigor de esa reforma
laboral--, se puede producir un incremento de ese tipo de mecanismos de
fragmentación o de subcontratación laboral. Sería bueno que, como
consecuencia de esa proliferación, como consecuencia del mantenimiento de
este tipo de normativas, no se produjeran situaciones de indefensión, de
falta de vigilancia en el cumplimiento de la normativa laboral.

Recientemente, y precisamente en relación con el caso al que hacía
referencia de Valencia, el Director Provincial de Trabajo decía que aún
quedan reminiscencias del pasado que deberían suprimirse. Celebro que el
Secretario General coincida en esa apreciación y deseo que cuanto antes
se produzca, en orden a conseguir recoger los criterios más avanzados.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES (Peña
Pinto): Sin duda, la nueva normativa deberá ser alimentada a través de lo
convenido. Ha habido varios convenios en 1984, en 1986, en 1991, en 1992
y una adecuación reciente, el 16 de febrero de 1994, respecto a traslados
y cierres, que deberán nutrir la nueva normativa y se deberá adecuar
también lo dispuesto en normativa superior sobre libertad sindical. Todo
ello combinándolo con algo en lo que creo que todos estamos de acuerdo,
con que hay que intentar cohonestar en esta regulación los intereses de
la defensa nacional con los legítimos derechos de los trabajadores y de
su representación. Es un trabajo que presumo que se hará en breve.




--SOBRE MODIFICACION DEL REAL DECRETO 1043/1985 PARA QUE LOS SOCIOS
TRABAJADORES DE COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO PUEDAN PASAR A LA
SITUACION LEGAL DE DESEMPLEO EN LOS SUPUESTOS DE SUSPENSION TEMPORAL DE
SU ACTIVIDAD. FORMULADA POR EL



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SEÑOR AZPIROZ VILLAR (GRUPO POPULAR). (Número de expediente 181/000526.)



El señor PRESIDENTE: Pregunta del señor Azpiroz Villar, que tiene la
palabra.




El señor AZPIROZ VILLAR: Gracias, señor Secretario General, por su
comparecencia.

La pregunta se refiere a la eventual modificación del Real Decreto
1043/1985, que, como es sabido, en su artículo 1.2 no contempla la
posibilidad de que los trabajadores de trabajo asociado en cooperativas
puedan pasar a una situación legal de desempleo, salvo en los supuestos
de cese definitivo de su actividad laboral, por lo que quedan excluidos
de esa posibilidad dentro del ámbito de las situaciones temporales del
cese de la actividad.

Entendemos que esta situación hay que subsanarla porque, en el orden de
las consecuencias, nos parece obvio que está produciendo una desigualdad
habida cuenta de su cotización, está produciendo, además de esa eventual
vulneración de los artículos 14 y 41 de la Constitución, un problema de
tipo sociolaboral, cual es que algunas sociedades cooperativas incluso
tienen que estar transformadas en sociedades anónimas para poder utilizar
este instrumento que en un momento, como el actual, de crisis económica
indudablemente suele favorecer, o las empresas pretenden que favorezca,
la adecuada viabilidad de las mismas y, en todo caso, el mantenimiento de
los puestos de trabajo. Creemos que la cuestión es particularmente
relevante habida cuenta, además, del número de trabajadores que se
encuentran en esta situación, del orden de los 55.000, y no pocos de
ellos en mi provincia, en Guipúzcoa. Sabemos, por el informe que en el
mes de enero de este año han remitido al Defensor del Pueblo, que la
preocupación es compartida por su Ministerio y por usted mismo. Lo que
ocurre es que nos parece, y he de manifestárselo --por lo menos a este
Diputado así le parece--, que es una situación inaplazable; es una
situación que entendemos que no se debe supeditar a una reforma de la
protección por desempleo que eventualmente pudiera producirse en este año
1994, pero que tal vez lleve más tiempo y, por tanto, siga erosionando la
viabilidad económica de determinadas sociedades cooperativas.

Por consiguiente, nuestra pregunta es si usted nos puede concretar,
incluso me anticipo a decirle si nos puede dar la satisfacción de
decirnos que la voluntad de su Gobierno es reformar rápidamente este Real
Decreto para paliar esta situación.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES (Peña
Pinto): Señor Azpiroz, comparto el argumento que usted ha expuesto.

Responde a un asunto sentido por el Ministerio. Ciertamente se está
cumpliendo la ley y el Real Decreto 1043/1985, como usted señalaba, que
concedía la prestación solamente en caso de cese definitivo y no
contemplaba la suspensión de contratos ni la reducción de jornada. ¿Por
qué no se contemplaba entonces este beneficio? Porque se tenía un cierto
temor, ya que convivían aquí dos elementos, el elemento socio y el
elemento trabajador, y podía existir una cierta connivencia. Creo que
este argumento actualmente no es sostenible. Al Gobierno o al legislador
corresponderá evitar las situaciones de connivencia y de acceder a la
prestación vía fraude. Quizá sea necesario que estos expedientes no
puedan ser pactados y deba intervenir siempre un tercero, la
Administración, que determine la causa que justifique la prestación, pero
es un asunto que estamos empeñados en resolver. El problema de la
resolución no es sencillo. Barajamos dos vías de solución: una vía sería
un real decreto cuya aplicación podría ser más pronta en el tiempo; una
segunda vía podría ser el cobijo en la nueva ley de protección del
desempleo que estamos elaborando internamente en el Ministerio.

Me voy a permitir --y discúlpeme si no contesto con contundencia--
exponerle la reflexión propia al respecto. El decreto plantea algún
problema en su aplicación inmediata. A mí particularmente me plantea dos
tipos de problemas. El primero sería que no existe previsión de gasto en
los presupuestos del Inem para 1994 para la cobertura de estas
prestaciones y, en todo caso, estamos intentando seguir el principio de
que cualquier amplitud de gasto tiene que tener una cobertura también
legal que permita esta ampliación, porque si no nuestros sistemas de
protección social se convierten en sistemas más frágiles. En segundo
lugar, existe también otro motivo que me mueve a mí hacia la ley. Algunas
veces en comentarios en esta Comisión hemos venido diciendo desde el
Ministerio que era conveniente definir la figura del desempleado --parece
una obviedad pero no es tan obvio, a menudo es difícil distinguir la
figura del desempleado-- para que el Inem se ocupara exclusivamente de
ellos, tanto en prestación como en formación y en intermediación.

Entonces surge la pregunta: ¿Es un desempleado aquel que tiene su
contrato suspendido, aquel que tiene su jornada reducida? La contestación
puede ser no porque no busca activamente trabajo, porque el trabajo no lo
tiene. De ahí que a partir de ello también se estuviera trabajando sobre
la posibilidad de que la cobertura de estos trabajadores sometidos a
estos tipos de suspensión, de reducción o de prejubilación se intentara
articular de otra manera. No sería un problema, en absoluto, de reducir
presupuesto, sino de desgajar, que en el Inem estuviera solamente el
desempleo y que esto pudiera ir a través de fondos si fuera posible
tripartitos, con presencia real de los agentes sociales al respecto, por
lo que esta nueva participación de los socios cooperativistas en la
suspensión y en la reducción de jornada se me antoja que encaja mejor
también en la ley. No me atrevo a responderle tajantemente qué va a hacer
de inmediato el Ministerio sobre el decreto. Yo soy más partidario de
incluirlo en la nueva ley de protección de desempleo. Teníamos un
compromiso con los agentes sociales durante la negociación del Pacto
Social para el Empleo de concluir ese proyecto en 1994.




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El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Azpiroz



El señor AZPIROZ VILLAR: Quiero agradecerle su respuesta. Desde luego
coincidimos en el análisis histórico y en la posibilidad de subsanar,
como apuntaba, la eventual comisión de fraudes, ya que para ello pueden
existir mecanismos y usted mismo los ha indicado; en esa reflexión
estamos de acuerdo. Yo ya no estoy tan de acuerdo o no me satisface tanto
--si prefiere que se lo exponga de ese modo-- que vaya a una ley, sobre
todo no concretándose. El año todavía tiene que correr, faltan meses para
terminarse y veremos si es en este año cuando tendremos una nueva ley
sobre esta materia.

A mí lo que me preocupa, y le traslado esa preocupación, es que en este
momento se está produciendo una situación de incompetencia en el sentido
de que no se puede competir libremente desde ese sector cooperativo con
otro tipo de empresas. Aunque entiendo que puedan existir problemas de
tipo presupuestario, cabría reflexionar sobre si al final el presupuesto
no va a tener que destinarse más a extinciones definitivas de contratos y
a lo que usted razonablemente apuntaba en esa dicotomía de desempleo
definitivo o desempleo per se y, sin embargo, por un problema
económico-financiero no seamos capaces de eludir esa finalidad nociva de
evitar ese pase definitivo al desempleo porque no estamos atendiendo a
situaciones de suspensiones temporales de actividad. De todas formas, si
definitivamente deciden incluir esta cuestión dentro de la ley y si
definitivamente también tiene rango la modificación en ese sentido, sí me
gustaría que precisara para cuándo piensan que estaría disponible o
entrara en esta Cámara. Lo digo por conocer un poco más el objeto último
de nuestra pregunta, que no tenía otra complicación que concretar al
máximo posible el momento en que esto pueda ser subsanado y superado.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES (Peña
Pinto): Le agradezco la reflexión y la pregunta, señor Azpiroz. Cuando
habla usted de posible situación de incompetencia de las cooperativas
afecta también a una obligación del Gobierno que es promover y difundir
el movimiento cooperativo, y queremos hacerlo. Además, en situaciones
críticas, como las actuales, en lo que a empleo se refiere sabemos que el
elemento cooperativo funciona de manera anticíclica. La época de crisis
provoca más empleo en vez de destruir. Así y todo, tenemos problemas
presupuestarios y me cuesta mucho comprometerme ante SS. SS. a una
regulación vía decreto.

En lo que a la ley de protección de desempleo se refiere, acudiendo un
poco a la benevolencia de esta Cámara, a mí me gustaría presentarla ante
ustedes en una comparecencia, aunque fuera en borrador, exponiendo todos
los criterios que nos mueven a elaborar esta ley; a comienzos del otoño
de este año estaría en disposición de presentarla ante ustedes. No hablo
de un texto articulado ni mucho menos, sino de las líneas que inspiran al
Gobierno en la elaboración de este proyecto de ley.




--SOBRE REFORMA DEL MERCADO LABORAL DEL SECTOR TURISTICO. FORMULADA POR
LA SEÑORA RIVADULLA GRACIA (G. P. IU-IC). (Número de expediente
181/000626.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la pregunta sobre la reforma del mercado
laboral del sector turístico, formulada por la señora Rivadulla, que
tiene la palabra.




La señora RIVADULLA GRACIA: Señor Secretario General, mi pregunta viene
referida a una información aparecida en el diario Expansión en febrero de
1994, este mismo año, en la que bajo el título «Turismo proyecta una
ambiciosa reforma del marco laboral del sector» se informa sobre el
propósito del Gobierno de hacer una reforma laboral específica del sector
turístico, cuyo objetivo --según las mismas fuentes-- sería incrementar
la calidad de los servicios a partir de una especialización en la
formación profesional específica de los trabajadores del sector. Para
ello, según fuentes del Ministerio de Comercio y Turismo --he de
reconocer que la información es un poco confusa, pero el contenido creo
que es básico--, se trataría de concentrar el cómputo anual de jornadas
en los siete u ocho meses en que es intensa la actividad turística, por
tanto durante todo ese tiempo la jornada no sería la habitual en la
legislación laboral y no se pagarían horas extras, y a cambio los
trabajadores tendrían derecho a tres o cuatro meses de subsidio de
desempleo y a una formación profesional específica.

Teniendo en cuenta que estamos en los últimos trámites parlamentarios de
una reforma laboral que ha sido importante en nuestro país y, desde
luego, no deseada por nuestro Grupo Parlamentario, mi pregunta sería
triple. Primero, ¿es cierto que el Gobierno está preparando una reforma
específica del marco laboral del sector turístico? Segundo, ¿cómo se
articularía esta reforma con la recientemente propuesta por el Gobierno,
y que ya está en trámite parlamentario en el Senado, de carácter general?
Y tercero, ¿qué calendario, en su caso, tendría previsto el Gobierno para
la tramitación de la reforma y su negociación con los agentes sociales?



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES (Peña
Pinto): Señora Rivadulla, perdóneme si le contesto con mucha contundencia
que tal vez pueda parecer descortesía, pero lo hago por abreviar. No se
va a hacer ninguna reforma específica en el sector turístico impulsada
por este Gobierno. Además, iría en contra del espíritu que hemos querido
imprimir en la reforma, actualmente pendiente de aprobación, de que
fueran las partes quienes determinaran sus modos



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de actuar. No tenemos intención de hacer una reforma específica en este
sector.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Rivadulla.




La señora RIVADULLA GRACIA: Señor Secretario General, le agradezco la
confirmación. La verdad es que nos parecía un tanto sorprendente esta
información, pero como no ha habido desmentido por parte de ningún
responsable del Ministerio de Trabajo creíamos importante, para la
tranquilidad del sector, saber que esto no se va a realizar, ya que,
desde luego, sería absolutamente incongruente con el propósito de
incentivar la negociación colectiva entre las partes.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Secretario General de Empleo.

Concluyen las preguntas que podían ser respondidas por usted.




--SOBRE MEDIDAS QUE SE ADOPTARAN ANTE EL AUMENTO PREVISIBLE DE
SOLICITUDES DE INVALIDEZ PERMANENTE Y EL ANUNCIADO SISTEMA DE CONTROL DE
LAS PENSIONES POR INCAPACIDAD A CARGO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (INSS). FORMULADA POR LA SRA. MONTSENY MASIP (GP).

(Número de expediente 181/000348.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a las preguntas que van a ser respondidas
por el Secretario General de la Seguridad Social. En primer lugar, la
pregunta de la señora Montseny Masip, del Grupo Popular, que tiene la
palabra.




La señora MONTSENY MASIP: Mi pregunta, señor Secretario de Estado para la
Seguridad Social, a quien agradezco la comparecencia, va encaminada no
tanto a saber desde un punto de vista positivo cómo se van a controlar
las pensiones de invalidez, sino a proteger realmente a las personas que
tengan derecho a causar dicha prestación para que un posible aumento de
solicitudes en ese ámbito, es decir, de pensiones de invalidez, no haga
que se recorten. Ultimamente, en los medios de comunicación han dejado de
aparecer noticias en este sentido, desgraciadamente, porque vienen
apareciendo otras noticias más penosas, pero sí hemos tenido conocimiento
a través de los medios de comunicación de noticias tales como, por
ejemplo, un posible aumento de cotizaciones para causar derecho a
pensiones, sean de jubilación o de invalidez, nuevos controles en
relación al ámbito de las pensiones de invalidez, posibilidad de exención
de pensiones de viudedad a personas que cuenten con altos ingresos,
etcétera. Me gustaría darle la oportunidad, puesto que se ha constituido
la comisión sobre el estudio de la reforma de la Seguridad Social, de que
nos adelantara usted hacia dónde van encaminadas todas esas nuevas
medidas de control de pensiones de invalidez en relación también a
nuestros controles, si hay posibilidad de nuevos aumentos en cuanto a los
períodos mínimos exigidos para poder causar derecho a esta prestación,
puesto que se introdujo una reforma en 1985 que vino a aumentar dichos
períodos mínimos de cotización y de carencia. Asimismo, me gustaría que
nos aclarara si en lo que hemos conocido a través de los medios de
comunicación en cuanto a esa reforma de una refundición entre la
prestación por ILT y la invalidez provisional (que se ha venido a
denominar en los medios de comunicación, repito, una invalidez temporal,
parece ser que por dos años) habría posibilidad de prórrogas si no se
hubiera sustanciado ya una calificación en cuanto al grado de invalidez
de un presunto inválido, y también qué nuevos órganos podrían estudiar
esos grados de invalidez.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (Jiménez Fernández):
Señor Presidente, señoría, el Gobierno no tiene previsto cambiar la edad,
ni hacer nada en viudedad ni sobre el período mínimo de cotización. Por
tanto, todas las noticias que han aparecido en prensa no tienen ningún
fundamento en ningún estudio que esté realizando el Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social. No podría ser de otra manera porque hay una ponencia
constituida en esta Cámara y tendremos que esperar a sus conclusiones.

Por ello, desde la responsabilidad de la Secretaría General y en
representación del Ministerio, le puedo decir que no estamos trabajando
ni considerando ninguna medida que signifique ningún concepto de recorte
de las pensiones de jubilación o de invalidez.

Me preguntaba igualmente sobre la ILT y la invalidez provisional. Ahí sí
que tenemos que hacer algunas consideraciones. El período que actualmente
un trabajador está en ILT y en invalidez provisional se acerca, y puede
llegar, a los seis años. Son unas figuras que no se contemplan en el
Derecho comparado de la Unión Europea y que, además, perjudican
extraordinariamente al trabajador porque después de seis años es muy
difícil reintegrarse (si tuviera que hacerlo) al trabajo. Por tanto,
estamos pensando (no es nada nuevo, lo tenemos estudiado y escrito en el
documento para la reforma de la Seguridad Social del año 1985) refundir
la ILT y la invalidez provisional en una figura, que técnicamente está en
todos los países, de incapacidad temporal que tendría una duración menor,
pero que contemplaría las prórrogas convenientes para el caso de que una
persona no tuviera la calificación definitiva de invalidez permanente y
no estuviera recuperada plenamente para el trabajo. Por tanto, no sería
en perjuicio del trabajador. Posiblemente sí se produciría una revisión
periódica de su estado sanitario con mayor frecuencia que en el momento
actual. Creemos que es positivo desde el punto de vista de la protección
del mismo trabajador. Y sí tenemos pensada, desde el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, la conveniencia de crear unidades de
valoración de incapacidades adscritas a la entidad gestora que tiene la
responsabilidad en el reconocimiento y en la gestión de las prestaciones
de invalidez permanente, porque es necesario



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que se unifique la responsabilidad en la entidad gestora que tiene esa
función, y creemos que además tendría que tener los medios necesarios
para que, cuando se produzcan los litigios correspondientes, tenga los
profesionales que deben acudir a los tribunales en defensa de los propios
intereses de la Seguridad Social y de estas prestaciones.




El señor PRESIDENTE: Señora Montseny, tiene la palabra.




La señora MONTSENY MASIP: Gracias, señor Jiménez, por sus aclaraciones,
pero a mi Grupo Parlamentario le preocupa que, en un momento de crisis
económica, se haya conocido un disparo en cuanto al número de solicitudes
de pensiones de invalidez, por razones obvias. Por ello, a nosotros nos
gustaría saber que existen garantías para que personas que realmente
están en dicha situación no vean mermada su posibilidad de acceder a una
determinada pensión, y también relacionarlo con el ámbito de un posible
disparo de litigiosidad en cuanto se produce una acentuación de negación,
a nivel administrativo, de lo que es la pensión de invalidez.

Y una sugerencia. A nosotros nos parecería muy razonable y de sentido
común que la posibilidad de estudio de esas nuevas unidades de valoración
se constituyeran como órganos paritarios, porque como digo son de más
sentido común, tienen un mayor reconocimiento social, son menos
partidistas, y no hablo en el sentido de un partido político o de un
grupo parlamentario, pero sí en el sentido de que dependen mucho más
directamente de la entidad gestora que tiene, en definitiva, el nivel
administrativo para reconocer una prestación de invalidez. Por ello, el
criterio que tenían antes las comisiones técnicas calificadoras, que
estaban integradas por los facultativos médicos, inspectores de trabajo y
funcionarios del ámbito de la Seguridad Social, parecía que daban unas
garantías mucho mayores en cuanto al reconocimiento o denegación de estas
prestaciones de invalidez.




El señor PRESIDENTE: El señor Secretario General tiene la palabra.




El señor SECRETARIO GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (Jiménez Fernández):
Empezando por la última consideración que realizaba S. S., quiero decirle
que hay en el Derecho comparado los dos planteamientos. En algún tiempo,
ya hace muchísimos años, se optó por confiar en que el planteamiento de
la primera calificación realizada sobre la base de expertos funcionarios,
sean inspectores de trabajo, sean facultativos, sean incluso funcionarios
del INSS y letrados, podría ser un elemento muy objetivo. El otro
planteamiento era que incluso se diera paso y entrada a los
interlocutores sociales. Son dos opciones sobre las que nosotros aún no
hemos trabajado ni hemos adelantado en el proyecto para llegar a esa
consideración, pero son dos opciones a tener en cuenta. Lo que sí quiero
decir a S. S. es que, en cualquier caso, contemplaríamos el derecho a
audiencia del propio interesado antes de la calificación definitiva.

Por otra parte, no registramos nosotros ningún aumento de litigiosidad;
sí que estamos registrando una mayor proclividad o una mayor resolución
favorable a los planteamientos de la entidad gestora, del Instituto
Nacional de la Seguridad Social en concreto. Tampoco estamos registrando
ninguna presión ni aumento en el número de pensiones de incapacidad
permanente. En este sentido quiero decirle que, cuando se habla de la
fuerte presión del número de pensiones de invalidez, se tiene que hacer
referencia a que, en el período de 1975 a 1983, se duplicó el número de
pensiones de invalidez. Crecieron a un 9,6 por ciento interanual en todo
el período, pero después prácticamente ha crecido en torno al 1,6
interanual, en un porcentaje inferior al crecimiento de las pensiones de
jubilación y al crecimiento medio. No, yo creo que afortunadamente en
este momento no tenemos ninguna presión y no se está experimentando
ningún crecimiento de las pensiones de invalidez. Lo que sí creo que es
necesario, y lo digo honradamente, es reforzar los mecanismos de gestión
de la entidad gestora (en este caso del Instituto Nacional de la
Seguridad Social) para que, en una supuesta hipótesis de futuro,
solamente tengan una prestación de incapacidad permanente aquellos que
verdaderamente tengan derecho, por su situación, a esa prestación.




--SOBRE POSICION DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL EN RELACION
CON LA AFILIACION Y ALTA EN EL REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEL
PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS CUBRIENDO SUSTITUCIONES EN LOS TRIBUNALES
DE JUSTICIA. FORMULADA POR EL SEÑOR PERALTA ORTEGA (GIU-IC). (Número de
expediente 18/000552.)



El señor PRESIDENTE: Pregunta del señor Peralta Ortega. Tiene la palabra.




El señor PERALTA ORTEGA: Imagino, señor Presidente, que hace referencia a
la pregunta sobre la posición del Ministerio de Trabajo en relación con
la afiliación y alta en el régimen general.




El señor PRESIDENTE: No podía ser de otra manera, señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor Presidente.

Señor Secretario General para la Seguridad Social, voy a comenzar por
leerle el preámbulo de un real decreto a efectos de centrar el tema. El
Real Decreto 960/1990, de 13 de julio, dice: Resulta que al personal
interino al servicio de la Administración de justicia, al no estar
integrado en las clases pasivas del Estado, en la práctica sólo se le
protege en caso de enfermedad y en caso de desempleo al amparo del Real
Decreto de 18 de diciembre de 1985, originando una situación de notoria
desigualdad frente a los interinos de la Administración del Estado
incluidos en el



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régimen general de la Seguridad Social desde el Decreto-ley de 23 de
septiembre de 1965 y los de la Administración local, con protección
similar a los funcionarios de carrera. De acuerdo con esta constatación
--le he citado literalmente el preámbulo del Real Decreto de 13 de julio
de 1990-- se dice que se buscó una solución posibilitada por la
disposición final sexta de la Ley de Presupuestos para el año 1988, y que
se concreta en la propuesta conjunta de los ministerios de Trabajo y de
Justicia de ese Real Decreto de 13 de julio de 1990, en cuya virtud se
integra al régimen general de la Seguridad Social al personal interino de
la Administración de justicia. Y en el número 2 del artículo 1 se dice
expresamente que se incluyen médicos, forenses, oficiales, auxiliares y
agentes interinos, genéricamente.

Sin embargo, parece que la rutina, la inercia de la desigualdad de este
personal se mantiene todavía porque, basándose en esa definición genérica
de que el personal interino queda comprendido en el régimen general de la
Seguridad Social, el Ministerio de Justicia, por su cuenta, desconociendo
que el Real Decreto citado era un real decreto conjunto de los
ministerios de Trabajo y de Justicia, ha llegado a la conclusión de que
el personal contratado para cubrir las sustituciones por enfermedad o por
maternidad no tiene la consideración de personal interno y no tiene, por
tanto, la afiliación al régimen general de la Seguridad Social; situación
que, según los datos de los que dispongo, es la vigente al día de hoy y,
desde luego, no se produce en ninguna empresa privada, por supuesto,
porque si para algo se entiende la interinidad es precisamente para el
contrato que se hace a una persona que mantiene el derecho a la reserva
de puesto de trabajo. ¿Supuesto específico? La maternidad, la enfermedad;
eso es lo que se entiende normalmente por interinidad. Pero no sólo no se
produce en la empresa privada; tampoco en el ámbito general de la
Administración se produce; sólo en el ámbito de la Administración de
justicia. Esta es una situación que en el ámbito del Ministerio de
Trabajo produce, como poco, chirridos. Me consta que recientemente la
Dirección Provincial de Trabajo de Valencia elevó una consulta a los
órganos centrales del Ministerio de Trabajo para conocer la posición de
los órganos centrales de este Ministerio en relación con este asunto y,
basándose en una actuación de un inspector concreto, la Inspección de
Trabajo de Valencia era partidaria de levantar actas de liquidación desde
la entrada en vigor de ese Real Decreto y referido a ese personal al que
he hecho mención. No obstante, desde los órganos centrales del Ministerio
de Trabajo se ha contestado dando por buena la posición indicada al
Ministerio de Justicia de entender que ese personal queda excluido de la
afiliación a la Seguridad Social. Ya anticipo, señor Secretario General,
que considero que ésta no es una posición muy de recibo, muy sostenible
no sólo jurídicamente sino incluso por razones de carácter social. Por
ello me gustaría saber si, en definitiva, la posición del Ministerio de
Trabajo, a través del Secretario General para la Seguridad Social,
coincide en los términos a que he hecho referencia. En definitiva, cuál
es su posición sobre la afiliación al alta en el régimen general de la
Seguridad Social del personal que presta servicio cubriendo sustituciones
en los tribunales de justicia.




El señor PRESIDENTE: El señor Secretario General tiene la palabra.




El señor SECRETARIO GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (Jiménez Fernández):
Señor Presidente, señoría, permítame que matice un poco más la realidad.

La realidad es que fueron incluidos todos los interinos en función del
Decreto 960/1990 --anteriormente citado--, exceptuando aquellos que el
artículo 1 dice que no hubieran desempeñado interrumpidamente funciones
durante más de un mes; es decir, queda limitado concretamente a aquellos
jueces, fiscales y sustitutos, cuando el desempeño de su función fuese
inferior a un mes. ¿Por qué esta circunstancia? --después le diré mi
opinión--. Porque había un dictamen del Consejo de Estado que decía que
dichos supuestos no encajaban perfecta y totalmente en la mención de
interinos de la Administración de justicia. Por tanto, así salió el
decreto. ¿Nuestra opinión como Ministerio de Trabajo? Se lo digo
directamente: que deben estar incluidos. En este sentido le puedo decir
que deben estar incluidos máxime ahora que parece que tales personas han
quedado excluidas a su vez del campo de aplicación de la Mutualidad
general judicial. En consecuencia, anuncio a S. S. que en estos primeros
momentos están trabajando el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y
el Departamento de Justicia para dar solución e incluir a estos interinos
también en el régimen general de la Seguridad Social.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor Secretario General, por su
contestación. No tengo más que decirle que celebro que tengamos una
coincidencia plena en este tema; celebro y deseo que con la mayor
celeridad se dé solución al problema en los términos indicados. Y para
completar lo que yo entiendo que es una solución adecuada al tema, me
permitiría sugerir que se contenga alguna fórmula similar a la que había
en ese Real Decreto 960, al que ha hecho usted referencia, relativa al
período que ha transcurrido desde la entrada en vigor del mismo hasta el
momento en que se produzca. Conoce perfectamente el señor Secretario
General que el Real Decreto 960, de 13 de julio de 1990, contenía una
disposición transitoria que hacía referencia a los años anteriores. Bueno
sería que en esa norma en la que anuncia que se está trabajando para
solucionar este problema se contuviera una disposición transitoria que
permitiera resolver el problema de estos años que han pasado en que este
personal se ha encontrado en una situación tan extraña o tan irregular y
de la que afortunadamente ya se anuncia su fin.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Secretario General.




El señor SECRETARIO GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (Jiménez Fernández):
En este



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momento estamos haciendo los análisis jurídicos y económicos para dar
solución plenamente a este problema.




--SOBRE CONTENIDO Y MOTIVACION DE LA INSTRUCCION CONJUNTA DE LAS
SUBSECRETARIAS DE LOS MINISTERIOS DEL INTERIOR, TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL Y ASUNTOS SOCIALES SOBRE COLABORACION EN LA LUCHA CONTRA LA
ECONOMIA SUMERGIDA Y LA CONTRATACION IRREGULAR DE TRABAJADORES
EMIGRANTES. FORMULADA POR EL SEÑOR PERALTA ORTEGA (GRUPO IZQUIERDA
UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA). (Número de expediente 181/000559.)



El señor PRESIDENTE: Concluidas las preguntas que podían ser respondidas
por el señor Secretario General para la Seguridad Social, pasamos a las
preguntas que responderá el señor Subsecretario del Ministerio de
Trabajo.

Pregunta del señor Peralta Ortega, que tiene la palabra.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias al Subsecretario del Ministerio por su
comparecencia.

Señor Subsecretario, en los últimos meses, en distintas comparecencias y
a través de los medios de comunicación se ha dado publicidad a una
instrucción conjunta de las Subsecretarías del Ministerio del Interior,
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Asuntos
Sociales, sobre colaboración entre la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Como es novedosa esta
instrucción conjunta nos gustaría conocer cuál es el contenido y su
motivación.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Subsecretario.




El señor SUBSECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (Navarro López): Sí
es novedosa la instrucción, aunque relativamente en lo que se refiere a
su divulgación en los medios de comunicación. En mi comparecencia del 14
de diciembre para informar sobre las medidas que en el ámbito específico
de la lucha contra el fraude en la protección social se iban a poner en
marcha, me referí expresamente a este apoyo, a esta coordinación que la
Inspección de Trabajo necesitaba al respecto. En ese sentido insisto, y
así consta, en que yo informé, como una de las acciones específicas que
se iban a desarrollar, a esta Cámara y a esta Comisión en concreto. ¿Por
qué se pone en marcha esta instrucción? Porque la Inspección de Trabajo
tiene que actuar en ámbitos extraordinariamente diversos que están
provocando situaciones muy complicadas para la propia actuación del
sistema de inspección en su conjunto, inspectores de trabajo y
controladores. Le podría contar aquí muchas anécdotas de situaciones en
que han sido agredidos físicamente algunos controladores laborales;
agresiones verbales hay todos los días y, desde luego, obstrucciones
también hay todos los días. De modo que ante esa situación y haciendo uso
de una colaboración ya prevista en el Reglamento de funcionamiento de la
Inspección de julio de 1971, y a la vista del ingente número de
dificultades que, como digo, se vienen encontrando y que se traducen en
la mayoría de los casos en actas de obstrucción --el acta de obstrucción
supone que el inspector no puede llevar a cabo su actuación prevista en
relación con determinados centros de trabajo--, podría hablarles de 9.178
obstrucciones a la labor inspectora a lo largo de 1993, que son muchas
obstrucciones. Por ello articulamos esa medida afortunadamente sin casi
dificultades entre los tres ministerios implicados, el Ministerio del
Interior, que es realmente el que tiene que prestar ese apoyo, el
Ministerio de Asuntos Sociales, en cuanto que ha recibido, como sabe S.

S., las competencias en materia de migraciones, y el Ministerio de
Trabajo, en cuanto que la Inspección de Trabajo orgánicamente sigue
dependiendo de él.

Algunas de las actuaciones han aparecido ya en la Prensa. No puedo dar
datos a estas alturas del año sobre el balance de lo realizado, pero las
primeras actuaciones son muy favorables. Habrán visto ustedes actuaciones
espectaculares que aparecieron en los medios de comunicación en relación,
concretamente, con el trabajo irregular de extranjeros aquí, en Madrid.

Se han hecho operaciones en algún otro sitio y vamos a seguir en ello
porque, como digo, el funcionario inspector necesita de esos apoyos en
las situaciones que específicamente contempla la instrucción, a las
cuales me remito. Se harán actuaciones de apoyo directo en relación con
los controles a realizar en determinado tipo de establecimientos. Cito
alguno de ellos como las visitas de inspección a talleres o locales
clandestinos; visitas de inspección sobre agricultura, en que a menudo
por la extensión de las fincas es imposible sin dicho apoyo llevar a cabo
la actuación; visitas nocturnas a locales; en fin, apoyo a las visitas en
que concurran previamente actuaciones reiteradamente obstruccionistas por
parte del empresario. Contemplamos también ese apoyo puntual en la
expresión de la instrucción ante peticiones de auxilio en casos concretos
en que el inspector a veces se encuentra con que no le dejan entrar al
centro de trabajo y tiene que acudir a la comisaría o a la guardia civil
para que le presten ese apoyo. Hay actuaciones previstas también de
comunicación e intercambio de información. Yo destacaría aquí como muy
importante que específicamente sea considerada la puesta en conocimiento
del Ministerio Fiscal de aquellas situaciones de la que pudiera deducirse
la comisión de delitos contra la libertad y seguridad en el trabajo
contemplados en el artículo 499 bis del Código Penal. En fin, actuaciones
a las que me he referido también en relación con el empleo irregular de
extranjeros, en cuyo detalle me parece que no debo entrar porque están
debidamente expresados los procedimientos y las actuaciones contempladas
en la instrucción.

Hay --y es importante-- un grupo de trabajo provincial, que coordina,
como saben SS. SS., el delegado del Gobierno o el gobernador civil, en el
que está el director provincial de Trabajo y Seguridad Social, el jefe de
la Inspección, el abogado del Estado jefe en la respectiva Delegación del
Gobierno o Gobierno Civil, el comisario provincial de Policía y el jefe
de la comandancia de la



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Guardia Civil, grupo al que se puede incorporar, cuando sea preciso para
tratar cuestiones en relación con el empleo rural extranjero, el jefe de
la brigada provincial de documentación.

Como ya he dicho, tendremos resultados al final de este ejercicio, pero
yo creo que ha sido una actuación muy positiva de eficacia y coordinación
entre las distintas administraciones públicas que está permitiendo que la
Inspección de Trabajo pueda cumplir claramente con los cometidos que
tiene encomendados.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: Gracias, señor Subsecretario, por su
comparecencia y por la información resumida de esa instrucción del 15 de
febrero pasado.

Yo tengo que decirle, en primer lugar, señor Subsecretario, que
compartimos plenamente el objetivo genérico que se enuncia en esa
instrucción. Cuando se dice que uno de los objetivos prioritarios de la
Administración es la lucha contra las actividades que suponen
incumplimiento de las obligaciones de la legislación social y laboral,
por supuesto estamos absolutamente de acuerdo. Que uno de los
instrumentos para conseguir eso es la coordinación entre las distintas
administraciones, qué duda cabe que es puro sentido común. Pero realmente
lo novedoso en esta instrucción --y yo sí que creo que se produce la
novedad importante-- es que la coordinación tenga lugar entre
administraciones no porque tengan competencias compartidas (que en ese
punto sería lógico que se trabaje en materia, por ejemplo, de empleo de
extranjeros ilegales, en los que hay competencia del Ministerio del
Interior, etcétera, pues parece lógico que haya una coordinación), sino
que la coordinación se establece cuando no hay competencias compartidas,
por ejemplo, entre la Inspección de Trabajo y las Fuerzas de Seguridad
del Estado, porque, como ha dicho usted, es ingente el número de
dificultades que se plantean a la Inspección de Trabajo. Es significativo
que esa coordinación entre la Inspección de Trabajo y las Fuerzas de
Seguridad del Estado se plantee en esta instrucción incluso con carácter
preventivo, no cuando se hayan producido acontecimientos, sino que
incluso es tal la frecuencia con la que se constata la situación que hay
una norma del Estado que la regula con carácter preventivo.

En definitiva, señor Subsecretario, yo creo que esta instrucción conjunta
es un síntoma claro de la degradación a la que se ha llegado en nuestro
país en el mercado laboral y específicamente por determinados empresarios
que, tal como usted ha indicado, se permiten la auténtica bestialidad de
insultar, amenazar, obstaculizar la actuación de la Inspección de
Trabajo, con conductas que no sólo son sancionables en el terreno
administrativo, sino que en algunos casos concretos rozan el terreno
delictivo, tanto en relación con la Inspección de Trabajo como con los
trabajadores. Ha hecho usted referencia a algún caso concreto de empleo
de trabajadores ilegales extranjeros, pero también han tenido ocasión los
medios de comunicación, en el caso de la provincia de Valencia por la que
yo soy Diputado, de dar a conocer actuaciones en relación con
trabajadores nacionales. Por ejemplo, siete trabajadores en una empresa
que estaban contratados ilegalmente fueron escondidos introduciéndolos en
un conducto de ventilación de una máquina determinada durante una hora
prácticamente, mientras se obstaculizaba la labor de la Inspección, que
finalmente consiguió constatar ese hecho y levantar todo un rosario de
sanciones y poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Yo creo que esta circular es oportuna y adecuada a las necesidades que
están planteándose. Nosotros somos partidarios de que se aplique con
energía, que se impongan las sanciones ejemplares para que la labor de la
Inspección de Trabajo, en cumplimiento de la legislación social y
laboral, se lleve a cabo adecuadamente. Me permitiría, en la medida que
sea posible, señor Subsecretario, pedirle que esos informes trimestrales
que se tienen que elaborar, y que aparecen regulados en la cláusula
tercera de esa instrucción conjunta, fueran remitidos a esta Comisión
para que tuviéramos un conocimiento puntual del cumplimiento de esta
circular, del trabajo de los mismos y de la efectividad de sus
resultados.




El señor PRESIDENTE: Señor Subsecretario.




El señor SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE TRABAJO (Navarro López): Señor
Presidente, quiero agradecer al señor Peralta el apoyo y la comprensión
que muestra a la necesidad de esta instrucción, y decir que estamos a
disposición de esta Comisión y de esta Cámara para informar sobre los
resultados.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Subsecretario.




DEBATE Y VOTACION, EN SU CASO, DE LAS SIGUIENTES PROPOSICIONES NO DE LEY:



--SOBRE CREACION DE UN CENTRO DE ACOGIDA PARA SOLICITANTES DE ASILO Y
REFUGIO EN MELILLA. PRESENTADA POR EL G. P. IU-IC. (Número de expediente
161/00048.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, procedemos ahora al trámite de las
proposiciones no de ley que, les adelanto, serán votadas a la conclusión
de la sesión de la Comisión.

Señor Peralta, ¿va usted a retirar la primera proposición no de ley que
consta en el orden del día?



El señor PERALTA ORTEGA: Sí, señor Presidente, que quede claro que se
retira.




--SOBRE ACLARACION DE SU PROPOSICION NO DE LEY POR LA QUE SE INSTA AL
GOBIERNO PARA QUE ADOPTE LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE QUE LA DOCTRINA
ESTABLECIDA, SIN ULTERIOR RECURSO,



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POR LA SALA IV DEL TRIBUNAL SUPREMO AL RESOLVER RECURSOS DE CASACION PARA
UNIFICACION DE DOCTRINA SEA INMEDIATAMENTE APLICADA POR LA ADMINISTRACION
PUBLICA. PRESENTADA POR EL G. P. IU-IC. (Número de expediente
161/000086.)



El señor PRESIDENTE: Proposición no de ley sobre aclaración de su
proposición no de ley por la que se insta al Gobierno para que adopte las
medidas necesarias a fin de que la doctrina establecida, sin ulterior
recurso, por la Sala IV del Tribunal Supremo al resolver recursos de
casación para unificación de doctrina sea inmediatamente aplicada por la
Administración pública. Para la defensa de la misma tiene la palabra el
señor Peralta Ortega.




El señor PERALTA ORTEGA: Señorías, todos ustedes conocen que, de acuerdo
con lo dispuesto en la Constitución española, la Administración actúa con
sometimiento pleno, según terminología expresa de la Constitución a la
ley y al derecho. Asimismo, conocen SS. SS. que, con arreglo a lo que se
dispone en el Código Civil, por derecho ha de entenderse no sólo las
normas promulgadas por las Cortes o por el Ejecutivo en la medida de su
competencia, sino también la jurisprudencia que se establece por el
Tribunal Supremo a través de los criterios y los instrumentos adecuados.

En el terreno laboral, un instrumento creado específicamente para
establecer esa jurisprudencia unificando los distintos criterios de los
tribunales superiores autonómicos, es la figura del recurso de casación
en unificación de doctrina, contenido en la vigente Ley de Procedimiento
Laboral. En base a esa Ley de Procedimiento Laboral del año 1990, el
Tribunal Supremo viene dictando desde esas fechas numerosas sentencias
con el objetivo de unificar la doctrina.

Sin embargo, señorías, nos encontramos con que esos criterios que
establece el Tribunal Supremo en ese trámite específico de unificación de
doctrina y con esa clara finalidad en virtud de las previsiones legales
de sentar jurisprudencia, no es observada como tal, ni aceptada como tal
por la Administración. Así, nos encontramos, señorías, con que el
Tribunal Supremo se ve obligado a dictar innumerables sentencias sobre el
mismo caso. Por hacer referencia a recursos interpuestos por la
Administración en el tema relativo a que se pueden reclamar excesos de
salarios de tramitación al Estado con un plazo, no de 30 días como
establecía la norma específica, sino con el plazo genérico ordinario de
un año, les puedo citar la sentencia de 23 de julio de 1993, en la cual
el propio Tribunal Supremo dice: «La cuestión que constituye el núcleo
esencial de debate en esta litis ha sido abordada y resuelta por
numerosas sentencias de esta Sala, de las que mencionamos la de 17 de
julio y uno de octubre de 1984; 13 de marzo de 1985; 17 y 23 de julio de
1987, y 10 de mayo de 1988.» En fechas recientes, ha reiterado los mismos
criterios de las anteriores la sentencia de 19 de mayo de 1993, recaída
en recurso de casación para unificación de doctrina, a la que se ha de
añadir esta misma sentencia de 23 de julio de 1993 y las incontables que
se han producido desde entonces hasta hoy.

Otro tema. El de que para instar la revisión de las incapacidades
permanentes no tiene vigencia el plazo de dos años que se contenía
inicialmente en una orden que fue posteriormente derogada por un real
decreto. En este tema, en la sentencia de 30 de julio de 1993, de la Sala
Cuarta del Tribunal Supremo se dice: El tema objeto de debate ha sido
abordado y resuelto ya por esta Sala en las sentencias ya mencionadas en
anteriores considerandos, invocadas como contradictorias, de 6 de mayo de
1988, de 26 de septiembre de 1991, así como las de 24 de julio de 1991,
24 de enero y 21 de diciembre de 1992, ésa de 30 de julio de 1993 y todas
las que se han producido en los meses siguientes.

Sobre este tema en concreto, a pesar de estar tan reiteradamente resuelto
por el Tribunal Supremo en sentencias destinadas a sentar criterio
jurisprudencial, tengo aquí prueba documental, por ejemplo, de que un
expediente de revisión de invalidez instado en enero de 1993, en febrero
de ese año es denegado por el INSS alegando que no ha transcurrido el
plazo de dos años. Se formula una reclamación previa diciendo que ese
argumento del no transcurso del plazo de dos años no tiene validez legal
conforme a reiterado criterio del Tribunal Supremo, citando las
sentencias, y el INSS vuelve a contestar, en junio de 1993, diciendo que
se desestima la reclamación previa porque la orden ministerial dice que
el plazo es de dos años y que éste no ha pasado.

En definitiva, señorías, es evidente que hay un problema en la realidad
de nuestro país, y es que las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo
con el propósito de unificar doctrina, sentencias que no son objeto de
recurso posterior alguno, no son aplicadas por la Administración. Otra
cosa sería que se entablara algún recurso, por ejemplo, ante el Tribunal
Constitucional. No, nuestra proposición no de ley dice explícitamente
«...aquella doctrina del Tribunal Supremo establecida en sentencias con
carácter de recurso de unificación de doctrina y que no son objeto de
ulterior recurso». Al no aplicarlas la Administración da lugar a que la
propia Administración mantenga incontables recursos ante el Tribunal
Supremo y ante los tribunales inferiores, dando lugar a una litigiosidad
innecesaria y dando lugar a que los tribunales, especialmente el Tribunal
Supremo, no puedan cumplir con su función, que es unificar los criterios
y no reiterar sentencias unificando un criterio ya establecido o
reiterando un criterio ya unificado. No es ésa la finalidad que decidimos
otorgar a la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, como tampoco es la
finalidad de los tribunales inferiores estar reiterando lo que ya ha
dicho el Tribunal Supremo y que la Administración debería cumplir. Sobre
todo, señorías, estamos creando un problema innecesario a los ciudadanos
a los que les obligamos, en la medida en que la Administración mantiene
criterios no legales, no acordes con lo que el Tribunal Supremo ha fijado
como criterio legal, a que tengan que perder tiempo, dinero y hacer toda
una serie de trámites absolutamente innecesarios.




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Por tanto, señorías, en la realidad hay un problema, no podemos negar ese
problema, es preferible abordarlo en los términos que plantea esta
proposición no de ley instando al Gobierno a que adopte las medidas
adecuadas y a que esos problemas sean solucionados. Es preferible esta
solución a decir que no hay ningún problema y esperar a que éstos nos
estallen y nos desborden. Creo que ésa es una experiencia que todos los
grupos y especialmente el Grupo mayoritario de esta Cámara deberían tener
muy clara. Si existe un problema en la realidad, si hay una solución,
cual es el respeto a los mecanismos legales de que nos hemos dotado y si
hay una proposición no de ley que pide que esto se resuelva requiriendo
al Gobierno para que adopte las medidas adecuadas, nos parece una fórmula
adecuada la de que todas sus señorías votaran a favor de una proposición
no de ley que, insisto, se hace con la voluntad de resolver, de acuerdo
con los criterios de las instituciones vigentes en nuestro país, un
problema que, como he dicho, está planteado en la realidad.




El señor PRESIDENTE: No hay enmiendas presentadas a la proposición no de
ley.

¿Grupos parlamentarios que deseen fijar su posición? (Pausa.)
Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra la señora
Alemany.




La señora ALEMANY I ROCA: La proposición no de ley que ha presentado el
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya se justifica, por un
lado, en la necesidad de que la Administración Pública acate y aplique
las sentencias de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo y que unifique la
jurisprudencia laboral.

Pero la proposición también olvida dos cuestiones importantes e
íntimamente conectadas. Olvida, en primer lugar, que las sentencias de la
Sala Cuarta para unificar la jurisprudencia se dictan en relación con
situaciones jurídicas particulares, de forma que su acatamiento y
aplicación sólo afectará a la Administración cuando sea parte del
proceso. En segundo lugar, olvida que las citadas sentencias exigen por
parte de la Sala Cuarta un análisis y valoración del supuesto enjuiciado,
para determinar si es o no idéntico al supuesto establecido en la
doctrina unificada.

La proposición no de ley, en la forma en que está redactada, implica
trasladar a la Administración de manera general e indiscriminada el
trabajo valorativo del Tribunal sobre la identidad del hecho respecto a
aquel otro al cual es de aplicación la doctrina de que se trate, lo que
no puede ser aceptado ya que representa una clara confusión entre las
funciones judiciales y las administrativas.

Por las razones expuestas, el Grupo Catalán (Convergència i Unió)
considera que no es procedente aprobar esta proposición no de ley objeto
de debate.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor
Varela.




El señor VARELA PEREZ: Yo comprendo los graves problemas que se nos
plantean al señor Peralta y a todos. Me gustaría apoyar la proposición no
de ley que presenta el Grupo Parlamentario proponente, pero no puedo. Mi
Grupo no puede en modo alguno aprobar esa proposición no de ley, aparte
de por los motivos expuestos por el representante del Grupo Catalán
(Convergència i Unió), que son así de claros, porque nos encontramos en
un supuesto en el que, de alguna manera, sería terminar con las fuentes
del Derecho. Supondría dejar sin efecto el artículo 1.º del Código Civil.

Las fuentes del Derecho, según el Código Civil, son la ley, la costumbre
y los principios generales del Derecho, única y exclusivamente. La
jurisprudencia no aparece como tal fuente de Derecho; aparece, sí,
recogida en el número 6 del artículo 1.º del Código Civil, pero como algo
que no puede ser considerado como norma. Al no ser considerado como
norma, no puede en modo alguno aplicarse en la forma que se establece en
esta proposición no de ley que se discute en este momento.

Si no fuera así, nos encontraríamos con que la Administración Pública
vendría a suplir a los jueces y tribunales. Esto no puede ser de ninguna
manera. Los jueces y tribunales han de dictar sentencia en cada caso
concreto y han de establecer una doctrina y unificarla de acuerdo con
cada caso concreto. No se puede, por tanto, pretender que la
Administración Pública pueda aplicar esa doctrina unificada de la Sala
Cuarta del Tribunal Supremo a todos los supuestos.

Es cierto que si se pudiera hacer se evitarían muchísimos procedimientos,
se evitarían tramitaciones judiciales largas y penosas para las partes
que tienen que intervenir, sobre todo para el particular que ve que sus
derechos no son acogidos de una manera inmediata. Pero la única forma de
hacerlo sería variando la ley, por lo cual no se puede sostener la
proposición no de ley que presenta el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya. Por eso el Grupo Parlamentario Popular se opone a la
misma.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra la señora
Moreno.




La señora MORENO GONZALEZ: La proposición no de ley formulada por el
Grupo Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya parece, en la
redacción con la que nos viene dada, que encierra una imputación de
incumplimiento por parte de la Administración de la doctrina elaborada
por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, sin que en ningún momento se
haga una alusión concreta a incumplimientos reales y puntuales,
desenvolviéndose más bien en un marco de consideraciones abstractas. Esto
nos lleva a ver la finalidad del propio recurso de casación y el ámbito
de su aplicación.

Por la propia naturaleza del recurso, saben SS. SS. que la sala citada
sólo casa doctrina respecto a supuestos muy concretos y no entra en el
fondo del asunto si los supuestos no son iguales en toda su identidad.

Sería, pues, muy peligroso extrapolar y aplicar una doctrina que la
propia Sala considera válida sólo para supuestos muy concretos.

Sabe el señor Peralta, por otra parte, que la regulación del recurso
requiere, para que el Tribunal Supremo pueda



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unificar pronunciamientos de diversos tribunales superiores de justicia,
que se trate de hechos, fundamentos y pretensiones exactamente iguales
sobre los que hayan recaído sentencias divergentes. Es por lo que, a modo
de ejemplo, el Tribunal Supremo no suele entrar a fallar en unificación
de doctrina sobre despidos o extinciones de contrato resueltos en
sentencias diferentes.

Por otra, la Administración Pública ni pretende ni intenta sobrecargar a
los juzgados y tribunales de lo social con pleitos innecesarios. De
hecho, un alto número de demandas dirigidas en este orden jurisdiccional
contra la Administración Pública y sus organismos autónomos acaban
desestimándose y dando la razón a la Administración en las distintas
fases de instancia. El derecho legítimo a litigar de los particulares le
lleva más bien a agotar todas las vías jurisprudenciales y muchas veces a
saturar los órganos judiciales. Valga como ejemplo los cientos de
recursos de casación para la unificación de doctrina que se han preparado
ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en relación con la
inclusión o no de las pagas extraordinarias en las prestaciones por
desempleo, a pesar de existir una resolución del Tribunal Supremo
favorable al proceder de la Administración, lo cual no ha evitado que los
particulares sigan litigando, haciendo ejercicio, como digo, de un
derecho legítimo. Pero, además, la propia Sala Cuarta está aplicando un
filtro corrector que consiste en establecer con un carácter muy estricto
el artículo 221, que permite no admitir las pretensiones que carezcan de
contenido casacional, con lo cual solamente entraría a ver la Sala
sentencias que tengan verdaderamente objeto de casación.

Aún hay más problemas en la redacción de su proposición no de ley. ¿Qué
hacemos, señor Peralta, con los casos fronterizos con otras
jurisdicciones? Me estoy refiriendo a que son numerosos los casos en los
que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha proclamado doctrinas
consolidadas radicalmente diferentes de las de otras salas del mismo
Tribunal Supremo, en concreto, al orden contencioso-administrativo. En
estos supuestos, ¿a qué doctrina consolidada habría de atenerse la
Administración hasta que la propia Sala de Conflictos del Tribunal
Supremo resuelva y siente una doctrina pacífica? Incluso después de esto
se han ido produciendo cambios de criterio en la propia Sala de
Conflictos y Recursos de Amparo del Tribunal Constitucional. En este caso
estarían, por ejemplo, la cuestión del ámbito de protección que consagra
el artículo 32 del Estatuto de los Trabajadores y las declaraciones de
penosidad o de toxicidad en el trabajo.

Por lo tanto, y para ir terminando, señor Presidente, la Administración
Pública acata y cumple la doctrina consolidada que emana de la Sala
Cuarta del Tribunal Supremo, siempre que pueda hablarse de una
consolidación efectiva. La jurisprudencia es verdad, señor Peralta, que
cumple una función en la aplicación del Derecho, la de complementar el
ordenamiento jurídico. Pero en el caso concreto de esta proposición sería
muy peligroso extrapolar otros supuestos de la doctrina contenida en
sentencias dictadas para estos casos concretos, dando como idénticas
situaciones que pueden no serlo y producir inseguridades en el sistema.

Efectivamente en los casos concretos que usted citaba, yo estoy de
acuerdo con usted en que la Administración debería adecuar su actividad a
las pautas jurisprudenciales, propiciando mediante circulares,
resoluciones y demás medios de actuación la acomodación de su
funcionamiento a esta doctrina, pero en ningún modo como un sistema de
aplicación imperativo que sustituyese la actividad jurisprudencial del
Tribunal Supremo por la de la Administración.

Por tanto, la posición de mi Grupo va a ser votar en contra de esta
proposición no de ley. (El señor Peralta Ortega pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Peralta, no tiene sentido ninguna
intervención. No hay enmiendas, señor Peralta; no hay turno ni a favor ni
en contra de las enmiendas. Los grupos han fijado su posición. Tendría
sentido exclusivamente la votación de la proposición no de ley. Como ya
adelanté que lo haríamos al finalizar la sesión, señor Peralta, y no
quisiera alterar ese criterio, no sólo de cara a problemas de presente
sino de futuro, no ha lugar su intervención, señor Peralta.




El señor PERALTA ORTEGA: ¿Me permite intervenir, señor Presidente?



El señor PRESIDENTE: Intervenir sí, pero sólo a efectos de que comente mi
decisión, no de que intervenga en relación con la fijación de posiciones.




El señor PERALTA ORTEGA: En las intervenciones de los representantes de
los otros grupos, sin lugar a dudas se han contradicho las afirmaciones
de este portavoz. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Inevitablemente, señor Peralta, se tienen que
contradecir, y en algunos casos también he escuchado matices que
concuerdan con sus preocupaciones. Eso es inevitable en la fijación de
posiciones.




El señor PERALTA ORTEGA: Quizá por esa inevitabilidad, señor Presidente,
el propio Reglamento prevé que en esos casos se conceda un turno, que yo
le garantizo que será muy breve.




El señor PRESIDENTE: Bien que siento, señor Peralta, no establecer un
precedente.




--POR LA QUE SE ACUERDA LA COMPARECENCIA TRIMESTRAL DEL SUBSECRETARIO DEL
MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y DEL SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, PREVIA REMISION DE UN INFORME, PARA QUE DEN
CUENTA DE LA EJECUCION DE SU PRESUPUESTO. PRESENTADA POR EL GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR. (Número de expediente 161/000149.)



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El señor PRESIDENTE: Proposición no de ley por la que se acuerda la
comparecencia trimestral del Subsecretario del Ministerio de Asuntos
Sociales y del Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, previa remisión de un informe, para que den cuenta de la
ejecución de su presupuesto.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Aparicio.




El señor APARICIO PEREZ: Trataremos de practicar la brevedad, que no de
amenazar con ella, en la defensa de esta proposición no de ley que, por
otro lado, es análoga a iniciativas que también han tenido el
correspondiente debate en otras comisiones. Lo digo porque forma parte de
un grupo de iniciativas del Grupo Popular mediante las cuales se
pretendía cubrir un objetivo, que en principio era pacífico y deseable
por parte de todos los grupos, esto es, un adecuado seguimiento y control
de la ejecución presupuestaria.

En una realidad incontestable que han sido fortísimas desviaciones
experimentadas en la ejecución de los últimos Presupuestos y
especialmente, ¿por qué no decirlo?, en el seno de esta Comisión, ya que
ha habido ocasión de conocer las fortísimas desviaciones producidas en el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y sus organismos autónomos. Ha
habido unas frecuentes, yo diría que extraordinariamente frecuentes e
importantes, apelaciones a créditos extraordinarios y entendemos que
muchos de los problemas que se han suscitado, muchos de los debates que
han tenido lugar como consecuencia de estas desviaciones, podían haber
sido evitados si el Parlamento hubiese recibido puntualmente la
información necesaria.

Ya sabemos (dado que no va a haber turno en contra, anticipo que no me
parece un argumento medianamente estimable) que los distintos proyectos
de Reglamento han contemplado una modalidad diferente del control de la
ejecución presupuestaria. Ya sabemos también que en su día fue aceptada
unánimemente por la Cámara la creación de una oficina presupuestaria,
pero no es menos cierto que no existe dicha oficina presupuestaria y que
tampoco ha podido obtenerse el necesario consenso de voluntades en la
redacción de ese Reglamento.

Para paliar esta situación transitoria, para paliar el déficit importante
de información de que dispone el Parlamento respecto a las ejecuciones
presupuestarias, a las desviaciones digamos en términos absolutos, a
muchas de las modificaciones internas y transferencias de créditos
internos, a algunos desequilibrios financieros que se han llegado a
reconocer y que justificaron en su día --nuestro voto fue favorable-- la
creación de esa ponencia especial a la que ya se ha aludido a lo largo de
la mañana, a cubrir ese objetivo es a lo que intenta atender la
proposición no de ley que hoy les planteo en nombre de mi Grupo.

El objeto es muy sencillo: la comparecencia periódica, con carácter
trimestral, de los Subsecretarios de los dos Departamentos que en este
caso están afectados por el trabajo de la Comisión, esto es, el de
Trabajo y Seguridad Social y el de Asuntos Sociales. La simple
importancia numérica del gasto de ambos Ministerios ya justificaría la
adopción y el apoyo a esta iniciativa, pero especialmente, para que sea
más comprensible el objetivo, creo que facilitaría el trabajo de nuestros
parlamentarios, de nuestros compañeros en esta Comisión, que se hiciese
desde esa dimensión humana. Quiero decir que las macrocifras que
comportan los indicadores generales de ejecución del Presupuesto no
suelen ser muy útiles, de la misma manera que no suele ser muy útil el
procedimiento que venimos aplicando: premuras en las comparecencias e
incluso constricción de datos en lo que son las comparecencias asociadas
a la tramitación de la Ley de Presupuestos del Estado.

De ahí que vayamos a una comparecencia de carácter periódico, que dé
habitualidad, normalidad, al conocimiento de la ejecución presupuestaria
por parte de esta Comisión en los dos Departamentos afectados y que
evitemos esas situaciones de excepcionalidad. Cuando digo evitemos quiero
decir que no sea sólo desde una actitud de pura crítica, sino que, si
efectivamente pueden aportarse indicaciones a lo que debe ser también la
gestión de ambos Ministerios, que estaríamos ante una magnífica ocasión
de cooperación y de trabajo, incluso de oposición constructiva en nuestro
caso.

Insisto en que hemos elegido la figura de los Subsecretarios precisamente
para que las comparecencias tuviesen el rigor técnico y la minuciosidad
requerida y no fuesen debates de otra índole, más políticos, que sin duda
pueden residenciarse en otro momento de los trabajos de la Comisión o del
Pleno.

Repito que la justificación viene dada, es incontestable, por las
fortísimas desviaciones, por la falta de atención al propio Presupuesto.

Creo que se ha desvirtuado la función del Presupuesto, lo cual resta
muchas veces credibilidad al propio Presupuesto y a los trabajos de la
Cámara, y que una forma de recuperar --parece que así fue entendido por
otros grupos-- la credibilidad del Presupuesto y de los trabajos de la
Cámara sería facilitar, dotar de normalidad, de habitualidad, este
conocimiento de la ejecución. Si existe una fórmula ulterior de mayor
estabilidad o concreción, bien sea la que en su día aceptaron todos los
grupos respecto de la oficina presupuestaria, bien sea una reforma del
Reglamento, entendemos que esta iniciativa debería ser subsumida en ese
preciso instante. Sin embargo, es evidente la carencia en la que nos
movemos. El Grupo Popular entiende que sería paliada o aminorada por la
aprobación de la proposición no de ley que he tenido a bien defender en
nombre de mi Grupo.




El señor PRESIDENTE: No hay enmiendas a la proposición no de ley.

¿Grupos parlamentarios que deseen fijar su posición?
Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor
Hinojosa.




El señor HINOJOSA I LUCENA: Por economía de tiempo, que me agradecerán
SS. SS., no repetiré aquí el discurso que mis compañeros ya han hecho en
otras comisiones para rechazar la pretensión del Grupo Popular. Sólo me
voy a permitir hacer, amablemente a mi amigo Aparicio, una observación
por la contradicción que he



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observado esta mañana en la sala. Nos hemos pasado las dos primeras horas
de la mañana pidiendo incremento del gasto público por parte del grupo
proponente de esta proposición. La exposición de motivos de dicha
proposición, querido colega, pide la reducción del déficit público y
acusa al Gobierno de que no hace todo lo posible por reducir el déficit
público. Mal casa una cosa con la otra. Esto nos puede ocurrir a muchos,
pero sería bueno ser coherentes por lo menos en las mismas sesiones de la
Cámara porque, si no, destaca mucho la distorsión de unas peticiones y
otras y si yo fuera el Gobierno lo tendría muy difícil para contestarle.

Hay otra razón para rechazar esta petición, y es que mi Grupo a lo largo
de ésta y de las anteriores legislaturas no ha tenido ningún
inconveniente en que comparezcan aquellos cargos cuya comparecencia hemos
solicitado. Por lo tanto, no nos parece prudente ni conveniente fijar
esta comparecencia trimestral y en función de ello votaremos en contra,
señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor
Trujillo.




El señor TRUJILLO ORAMAS: En primer lugar y con relación a esta
proposición no de ley convendría señalar un aspecto relacionado con los
términos en los que se plantea y de los que pudiera desprenderse que
existen escasas posibilidades, incluso serían ineficaces los múltiples
mecanismos que estamos adoptando permanentemente en esta Cámara para
controlar y fiscalizar la labor del Ejecutivo y no sólo la
presupuestaria.

Si tomáramos como base el argumento relacionado con evitar el incremento
del déficit público con respecto a algunos ejemplos que estamos tratando
en el día de hoy, como el del Ministerio de Asuntos Sociales, convendría
recordar que en los últimos años no ha habido ninguna desviación
presupuestaria, es más, las obligaciones reconocidas en estos ejercicios
han estado por debajo del presupuesto aprobado en la Cámara.

Además, existen otros elementos de la proposición que no nos parecen
adecuados para conseguir el fin que persiguen. Podemos tomar como ejemplo
la periodicidad de la comparecencia que se solicita para ambos
Subsecretarios, en este caso, trimestral. En primer lugar, convendría
recordar que la propia Ley de Presupuestos ha modificado el texto
refundido de la Ley General Presupuestaria en el sentido de acortar los
plazos de remisión de cuentas por parte de los cuentadantes a la
Intervención General de la Administración del Estado. No nos olvidemos
que la fecha que se le pone para dar cuenta de la ejecución de los
ejercicios anteriores es el 1 de abril. Por lo tanto, esta comparecencia
trimestral con respecto a este precepto, no parece muy adecuada.

Por otra parte, existen mecanismos de funcionamiento, pongamos el caso
del funcionamiento interno del propio Ministerio de Asuntos Sociales, en
los que parece inadecuada esta comparecencia trimestral. De sobra es
conocido por SS. SS. que el presupuesto del Ministerio de Asuntos
Sociales conlleva básicamente subvenciones que realiza el Departamento y,
por otra parte, transferencias que realiza a las comunidades autónomas.

Por la propia tramitación de ambos procesos es en el segundo semestre
cuando se produce básicamente la ejecución de ese presupuesto. Por lo
tanto, esa comparecencia trimestral también parecería inadecuada.

Por otro lado, la proposición no de ley parece desconocer cuál es la
organización interna del Departamento, en este caso del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social que, como SS. SS. conocen, ejecuta dos
secciones, la 19 y la 60. La Sección 19 sí está regulada o dirigida
presupuestariamente por la Oficina Presupuestaria de la Subsecretaría del
Ministerio, pero en modo alguno la Sección 60 en la que, como SS. SS.

saben, estas funciones son ejercidas por la Dirección General de
Planificación y Ordenación Económica de la Secretaría General de la
Seguridad Social.

En suma, señorías, no consideramos conveniente la proposición presentada,
por cuanto no sería --como señalaba-- operativa para la consecución del
fin que pretende, sin que en modo alguno dudemos de la propuesta, tal y
como ha expuesto el portavoz del Partido Popular. En cualquier caso,
quiero señalar, por último, que nos parece que el acuerdo adoptado por
esta Cámara en el seno de la Comisión de Economía, Comercio y Hacienda
para tratar las modificaciones reglamentarias que hacen referencia al
seguimiento y evaluación del presupuesto en una ponencia específica, nos
parece el foro más adecuado para debatir estos temas que se han traído a
esta Comisión.




El señor APARICIO PEREZ: Simplemente quiero hacer constar que una
idéntica se ha aprobado esta mañana en la Comisión de Justicia e
Interior.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias por su información, señor Aparicio.

Procedemos a la votación de las dos proposiciones no de ley. En primer
lugar, de la proposición no de ley defendida por el señor Peralta Ortega,
en nombre del Grupo Parlamentario Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en
contra, 31.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votamos la proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular,
defendida por el señor Aparicio.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en
contra, 20; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Señorías, se levanta la sesión.




Era la una y treinta y cinco minutos de la tarde.