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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 79, de 25/11/1993
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
COMISIONES
Año 1993 V Legislatura Núm. 79
CONSTITUCIONAL
PRESIDENTE: DON VIRGILIO ZAPATERO GOMEZ
Sesión núm. 4
celebrada el jueves, 25 de noviembre de 1993



ORDEN DEL DIA:
Ratificación de las Ponencias encargadas de informar las siguientes
Proposiciones de Ley Orgánicas:
--Por la que se deroga la Ley Orgánica 12/1982, de 10 de agosto, de
transferencias a la Comunidad Autónoma Valenciana de competencias de
titularidad estatal. (BOCG, serie B, número 4-1, de 7-7-93. Número de
expediente 125/000004) (Página 2513)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. (BOCG,
serie A, número 4-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000004) (Página 2513)
--De ampliación de competencia del Estatuto de Autonomía de La Rioja.

(BOCG, serie A, número 5-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000005)
(Página 2513)
--Sobre reforma del Estatuto de Autonomía de Cantabria. (BOCG, serie A,
número 6-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000006) (Página 2513)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia. (BOCG,
serie A, número 7-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000007) (Página 2513)



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--De reforma del Estatuto de Autonomía para las Islas Baleares. (BOCG,
serie A, número 12-1, de 26-7-93. Número de expediente 127/000008)
(Página 2513)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. (BOCG, serie
A, número 8-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000009) (Página 2513)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. (BOCG,
serie A, número 13-1, de 26-7-93. Número de expediente 127/000010)
(Página 2513)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura. (BOCG, serie A,
número 9-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000011) (Página 2513)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. (BOCG,
serie A, número 10-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000012) (Página 2513)
--De reforma de los artículos 10, 11, 12, 13 y 18 de la Ley Orgánica
7/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Asturias.

(BOCG, serie A, número 11-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000013)
(Página 2513)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. (BOCG, serie A, número
14-1, de 30-7-93. Número de expediente 127/000014) (Página 2513)



Debate sobre las siguientes Proposiciones de Ley Orgánicas:
--Por la que se deroga la Ley Orgánica 12/1982, de 10 de agosto, de
transferencias a la Comunidad Autónoma Valenciana de competencias de
titularidad estatal. Corresponde al número de expediente 125/000012 de la
IV Legislatura. (BOCG, serie B, número 4-1, de 7-7-93. Número de
expediente 125/000004) (Página 2514)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

Corresponde al número de expediente 127/000011 de la IV Legislatura.

(BOCG, serie A, número 4-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000004)
(Página 2514)
--De ampliación de competencias del Estatuto de Autonomía de La Rioja.

Corresponde al número de expediente 127/000012 de la IV Legislatura.

(BOCG, serie A, número 5-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000005)
(Página 2514)
--Sobre reforma del Estatuto para Cantabria. Corresponde al número de
expediente 127/000013 de la IV Legislatura. (BOCG, serie A, número 6-1,
de 8-7-93. Número de expediente 127/000006) (Página 2514)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.

Corresponde al número de expediente 127/000014 de la IV Legislatura.

(BOCG, serie A, número 7-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000007)
(Página 2514)
--De reforma del Estatuto de Autonomía para las Islas Baleares.

Corresponde al número de expediente 127/000015 de la IV Legislatura.

(BOCG, serie A, número 12-1, de 26-7-93. Número de expediente 127/000008)
(Página 2514)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Corresponde al
número de expediente 127/000016 de la IV Legislatura. (BOCG, serie A,
número 8-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000009) (Página 2514)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. Corresponde
al número de expediente 127/000017 de la IV Legislatura. (BOCG, serie A,
número 13-1, de 26-7-93. Número de expediente 127/000010) (Página 2514)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura. Corresponde al
número de expediente 127/000018 de la IV Legislatura. (BOCG, serie A,
número 9-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000011) (Página 2514)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

Corresponde al número de expediente 127/000019 de la IV Legislatura.

(BOCG, serie A, número 10-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000012)
(Página 2514)



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--De reforma de los artículos 10, 11, 12, 13 y 18 de la Ley Orgánica
7/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Asturias.

Corresponde al número de expediente 127/000020 de la IV Legislatura.

(BOCG, serie A, número 11-1, de 8-7-93. Número de expediente 127/000013)
(Página 2514)
--De reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. (BOCG, serie A, número
14-1, de 30-7-93. Número de expediente 127/000014) (Página 2514)



Se abre la sesión a las doce y veinte minutos del mediodía.




El señor PRESIDENTE: Señorías, comenzamos la sesión. Tenemos un largo
orden del día y vamos a ver si agilizamos la tramitación. Antes de dar
comienzo a lo que es estrictamente el orden del día, quisiera recordar a
SS. SS. que, al finalizar la sesión de la Comisión, vamos a constituir la
Ponencia para el estudio del censo, cuya constitución había aprobado el
Pleno. Por tanto, ruego a los miembros de la Ponencia que permanezcan en
la sala una vez que hayamos concluido el orden del día de esta sesión.

Tenemos tres temas que constituyen el orden del día de esta sesión: la
ratificación de las ponencias en relación con los estatutos, la
tramitación de los estatutos y el proyecto de ley de asilo. (El señor
López Garrido pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor López Garrido.




El señor LOPEZ GARRIDO: El orden del día, como ha señalado el señor
Presidente, es abundante. Hoy se van a examinar nada menos que once
proyectos de ley de reforma de estatutos de autonomía y después el
proyecto de ley de asilo. Solicito, en nombre de mi Grupo, que se
modifique el orden del día, en el sentido de que el proyecto de ley de
modificación de la ley de asilo se pueda ver en una subsiguiente y
cercana sesión de la Comisión Constitucional, con objeto de que podamos
examinar esta importantísima ley, con aspectos de gran calado político y
constitucional, en una sesión posterior. A ese respecto, creo que sería
útil que se modificase el orden del día y que pudiese dedicarse una
sesión monográfica de la Comisión Constitucional al estudio del proyecto
de ley de modificación de la ley de asilo.




El señor PRESIDENTE: Entiendo que hay acuerdo al respecto si nadie pide
la palabra. (El señor Cisneros Laborda pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor Cisneros.




El señor CISNEROS LABORDA: Por parte del Grupo Popular, desde luego no
existe objeción alguna a la pretensión bien fundada del señor López
Garrido, en nombre de Izquierda Unida. Unicamente quisiera rogar a la
Mesa que un pequeño receso o en un momento posterior se determinara la
fecha de esa convocatoria para que pudiera satisfacer a los distintos
portavoces.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Mohedano.




El señor MOHEDANO FUERTES: Efectivamente, hay un dato al margen de los
que han sido razonados brevemente por el señor López Garrido, y es que
estamos debatiendo en este trámite legislativo la modificación de la ley
de refugio y asilo con competencia legislativa plena, o sea, que será
éste el único y último debate que tengamos en el Congreso de los
Diputados sobre la modificación de la ley de asilo, ya que no pasará al
Pleno del Congreso.

Habida cuenta de que hemos tenido también hoy una sesión plenaria y que
vamos a discutir y debatir ahora la modificación de once leyes orgánicas,
concretamente las de reforma de los estatutos de autonomía, y luego una
ley evidentemente importante y con enjundia jurídico-constitucional y
política, como es la ley de asilo, por parte del Grupo Parlamentario
Socialista no sólo no hay ningún inconveniente, sino que compartimos la
idea de que deberíamos discutir este proyecto de ley con competencia
legislativa plena en una sesión que permitiera el sosiego y, por tanto,
independientemente de los debates que hemos tenido hoy en el Pleno y de
los que vamos a tener en la Comisión en relación con estos once estatutos
de autonomía.




El señor PRESIDENTE: Entiendo entonces que hay acuerdo y posponemos la
tramitación del proyecto de ley de asilo a una próxima sesión, con
independencia de que la fijaremos más adelante. A efectos informativos
únicamente, la primera fecha en que hay sala disponible en esta Cámara es
en torno al día 16 de diciembre, que es jueves. Ya la precisaremos, pero
a efectos de que programen sus agendas tengan en cuenta que, por
problemas de disponibilidad de sala, la fecha más inmediata me parece que
es el día 16.




RATIFICACION DE PONENCIAS.




El señor PRESIDENTE: Pasamos al primer punto del orden del día, que es la
ratificación de las Ponencias de las doce proposiciones de leyes
orgánicas. Los nombres



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de los ponentes obran en las actas de la Comisión, por lo que creo que no
es necesario dar lectura a las mismas.

¿Ratifican SS. SS. el nombramiento de las Ponencias? (Asentimiento.)



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias. Así.




DEBATE SOBRE LAS SIGUIENTES PROPOSICIONES DE LEYES ORGANICAS:



--POR LA QUE SE DEROGA LA LEY ORGANICA 12/1982, DE 10 DE AGOSTO, DE
TRANSFERENCIAS A LA COMUNIDAD AUTONOMA VALENCIANA DE COMPETENCIAS DE
TITULARIDAD ESTATAL. (Número de expediente 125/000004.)



--DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

(Número de expediente 127/000004.)



--DE AMPLIACION DE COMPETENCIAS DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE LA RIOJA.

(Número de expediente 127/000005.)



--SOBRE REFORMA DEL ESTATUTO PARA CANTABRIA. (Número de expediente
127/000006.)



--DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE LA REGION DE MURCIA. (Número de
expediente 127/000007.)



--DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA PARA LAS ISLAS BALEARES. (Número
de expediente 127/000008.)



--DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTOMONIA DE CASTILLA Y LEON. (Número de
expediente 127/000009.)



--DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE CASTILLA-LA MANCHA. (Número de
expediente 127/000010.)



--DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE EXTREMADURA. (Número de
expediente 127/000011.)



--DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. (Número
de expediente 127/000012.)



--DE REFORMA DE LOS ARTICULOS 10, 11, 12, 13, Y 18 DE LA LEY ORGANICA
7/1981, DE 30 DE DICIEMBRE, DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA PARA ASTURIAS.

(Número de expediente 127/000013.)



--DE REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE ARAGON. (Número de expediente
127/000014.)



El señor PRESIDENTE: Respecto a los debates sobre las proposiciones de
leyes orgánicas, de común acuerdo, oficioso, con los señores portavoces,
habida cuenta de que las enmiendas a estas proposiciones de ley en
términos generales son bastantes coincidentes, el portavoz del Grupo de
Izquierda Unida está dispuesto a defender todas las enmiendas a todos los
estatutos en una única intervención. Luego habría un turno en contra y
posteriormente la fijación de posiciones respecto a todos los estatutos,
si les parece a SS. SS. (Asentimiento.)
El portavoz de Izquierda Unida tiene la palabra.




El señor RIOS MARTINEZ: El objetivo principal de las enmiendas de
Izquierda Unida en este trámite, después de haber debatido las
proposiciones de leyes de las distintas asambleas o parlamentos de las
comunidades autónomas, era intentar conseguir, en la fase de enmiendas al
articulado, una mayor profundización del techo competencial que esta
reforma podía suponer para cada comunidad autónoma. El propósito era, por
tanto, acercar la distancia de las competencias que existe entre las
comunidades del artículo 143 de la Constitución y las del 151. Creemos
que en este trámite se está culminando un pacto que no ha tenido, desde
nuestro punto de vista, la profundidad y el calor que debiera haber
tenido en su debate en cada una de las comunidades y aquí en el
Parlamento. Creemos que estamos en condiciones de incrementar las
competencias exclusivas que se nos proponen, de especificar aún más
algunas de esas competencias a nivel exclusivo, e incluso incrementar las
competencias que algunos estatutos tienen vía desarrollo legislativo y
ejecución y, por qué no, también las de ejecución. Por tanto, las
enmiendas van dirigidas, según sean los estatutos, a incrementar esos
techos competenciales.

Otro objetivo de nuestras enmiendas es intentar conseguir que en este
trámite de reforma de los estatutos de autonomía se aborde la reforma
institucional que los parlamentos de las comunidades del artículo 143. Es
decir, debiéramos tener unos parlamentos con mayor peso político, con
mayor techo competencial, haciendo residir en los mismos un volumen de
decisiones que ahora mismo están más bien escorados hacia un concepto
presidencialista o de gestión. Por otra parte, estos parlamentos debieran
tener mayores medios de funcionamiento. Creemos que las limitaciones de
los estatutos al funcionamiento de los parlamentos debieran superarse y
darles un período ordinario de sesiones igual al de las comunidades del
artículo 151 y al de esta Cámara, así como dotar de medios tanto a los
grupos como a los Diputados. Por otro lado, estas cámaras deberían tener
la capacidad de disolverse si en un debate de moción de censura o en un
debate de investidura no se llegase a un respaldo suficiente.

Por tanto, Izquierda Unida ha pretendido con sus enmiendas, por un lado,
incorporar a los estatutos de



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Baleares, de Aragón, de Asturias y de Madrid lo que habían sido las
decisiones de los parlamentos autónomos en anteriores reformas, que no
son del calor de las que ahora mismo se nos proponen, que eran más
amplias. No hemos presentado enmiendas al Estatuto de Cantabria puesto
que la más importante sobre la capacidad de disolución por la propia
situación que vivía esa comunidad no era del tenor de competencia. El
objetivo que perseguíamos en el resto de los estatutos era conseguir esos
techos competenciales a que hacía referencia.

En concreto, creíamos que se podían completar las competencias de
ordenación del territorio incorporando la ordenación del litoral;
creíamos que a las competencias sobre aguas se podía añadir la
correspondiente a las aguas subterráneas; creíamos que se podían añadir
competencias de administración local especificadas; creíamos que dentro
de las competencias delegadas, a la vez que la posibilidad de pesca se
podía dar la de incorporación de puertos pesqueros aunque tuvieran
actividad comercial; y creíamos que se podrían especificar más las
competencias en el terreno laboral.

En cuanto a competencias exclusivas creíamos que, además, de las
competencias que había en esta reforma, deberíamos incorporar
competencias como investigación científico-técnica, como sanidad e
higiene que figuran como de desarrollo legislativo y ejecución,
competencias de ordenación farmacéutica, de asociación en el ámbito del
territorio de cada comunidad, los bienes de dominio público y
patrimoniales, montes y aprovechamientos y servicios forestales,
instituciones de protección y tutela de menores, cámaras de comercio y
colegios profesionales.

Creíamos también que deberíamos agrupar las competencias de tipo
económico sin renunciar a las posibilidades o sin que se puedan perder
las posibilidades que figuran en los artículos relativos a competencias
diferidas de cada estatuto de autonomía, que en función de la posterior
discusión a nivel de las comisiones de transferencias y de la evaluación
que exista en cada una de ellas, se pudieran incorporar a los derechos de
cada comunidad autónoma competencias como comercio interior, que tiene
alguna comunidad autónoma y otras no, como fomento y planificación de la
actividad económica, competencias sobre la posibilidad de planes de
reestructuración en sectores industriales, incluso la gestión del sector
público que el Estado pueda tener en cada una de éstas, programas de
actuación referidos a comarcas deprimidas. En suma, queríamos concentrar
competencias de tipo económico dentro de las competencias exclusivas que
tenía cada estatuto y que pueden suponer mayor capacidad de actuación en
función de la discusión o del diálogo que se establezca, a nivel
competencial, entre el Estado y cada una de estas comunidades.

Asimismo proponíamos en nuestras enmiendas la posibilidad de incrementar
las competencias de desarrollo legislativo y de ejecución incorporando la
competencia de sanidad de la misma manera que proponía esta reforma de
estatuto para las competencias de educación. Nosotros creemos que deben
entrar en ese proceso. No establecemos la fecha. Sí decimos que puede ser
uno de los derechos, una de las posibilidades en función de la discusión
que se desarrolle a la hora de valorar las transferencias de cada
comunidad con la Administración central. Por otro lado, proponíamos
incorporar competencias en consultas populares que teníamos diferidas, en
instituciones penitenciarias, en Administración de justicia, en el
régimen jurídico y en el sistema de responsabilidad de la administración
de cada comunidad, en la expropiación forzosa, en la reserva de un sector
público, en la ordenación del crédito, de la banca y del seguro y en la
protección del medio ambiente con capacidad de desarrollo legislativo.

Por último, otro bloque de enmiendas que hemos presentado hace referencia
a incorporar competencias de gestión, de capacidad de ejecución, que
ahora mismo están recogidas en los estatutos como competencias diferidas
y que quedan excluidas de esta reforma. Serían los vertidos industriales,
puertos y aeropuertos, nombramiento de agentes de cambio y la ordenación
del transporte de mercancías y viajeros.

Señorías, he intentado resumir cuál era el objetivo de nuestras enmiendas
concretas a cada uno de los estatutos y nuestra filosofía en cada uno de
ellos, entendiendo que, teniendo en cuenta las tres posiciones a las que
me he referido al principio de mi intervención, hemos presentado
enmiendas a diferentes niveles. No hemos presentado enmiendas al Estatuto
de Cantabria. Tenemos la trasposición a Baleares, Aragón, a Asturias y a
Madrid y a las demás las enmiendas que acabo de especificar. Espero haber
podido simplificar en esta intervención la tramitación de estos proyectos
y haber concretado nuestra voluntad a la hora de enmendar estas
proposiciones de ley que vienen de cada comunidad autónoma.




El señor PRESIDENTE: ¿Turno en contra? Por el Grupo Parlamentario
Socialista tiene la palabra el señor Izquierdo Collado.




El señor IZQUIERDO COLLADO: Señor Presidente, creo que la tramitación de
las enmiendas a todos los estatutos, de manera conjunta, supone una
decisión en la que subyacen los planteamientos, estimo que claros y
relativamente definidos, de los distintos grupos de la Cámara en relación
con ellas. Por parte de Izquierda Unida se ha procedido a una enumeración
de las enmiendas presentadas y creo poder afirmar en este momento que la
mayoría de los grupos de la Cámara, que representa a su vez a la mayoría
del Pleno, va a adoptar la actitud de no aceptar las enmiendas de
Izquierda Unida.

No voy a entrar en enumeraciones ni en concreciones, puesto que el propio
ponente de las enmiendas no lo ha hecho --no quiero que se interprete
como descortesía-- ni voy a aludir a cada uno de los estatutos por
separado, sino que me remito a las solventes intervenciones de los
portavoces de los distintos proyectos de ley en su momento en el Pleno.

Pero quiero iniciar mi intervención recordando, una vez más, que la
reforma de estos estatutos tiene su base en un proceso de acuerdo, en un
proceso



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de pactos autonómicos con el intento de un consenso total, que a su vez
se ha configurado en la obtención del mismo por una parte importantísima
de la Cámara.

Es verdad que la tramitación de cualquier ley tiene un procedimiento
absolutamente normal, pero en ésta debemos tener presentes los acuerdos
autonómicos, que son los que dan pie al consenso actual y a la definición
de las distintas transferencias que se contemplan en cada uno de los
estatutos y que tienden a ir avanzando y profundizando en el Estado de
autonomías que nuestro país está, por una parte, permanentemente
alumbrando y, por otra, continuamente perfeccionando. En este pacto --hay
que ser claros-- están las transferencias reseñadas que se contemplan en
los distintos estatutos, que son copiosas, que tienen una importancia
política fuera de toda duda y que aumentan los techos competenciales de
las comunidades que fueron por el 143 hasta acercarlas, casi unificarlas,
con las comunidades del 151. Junto a esas presencias, existe también en
el acuerdo la ausencia de otras competencias. No vamos a entrar en el
prorrateo de algunas propuestas de las enmiendas, dado que el consenso se
logró con esas presencias y esas ausencias que en estos momentos mantiene
la mayoría de los Diputados.

He de decir también, para centrar la importancia política que tiene este
proceso de transferencias, que, cuando estén ejecutadas todas ellas,
nuestro país pasa a la cabeza mundial de descentralización. Posiblemente,
sólo dos países en todo el mundo podrían exhibir un nivel similar de
distribución de competencias entre el Estado central y las comunidades
autónomas o los estados federales respectivos. Por tanto, estamos
hablando de unas transferencias de muchísimo calado que sitúan a España
en un punto de descentralización posiblemente no soñado por muchos, ni
siquiera hace muchos años, que obedecen precisamente al pulso con que se
está logrando hacer avanzar en nuestro país al Estado de las autonomías.

Por otra parte y de cara a una serie de enmiendas, he de decir que
procesalmente es correcto, cuando una ley sale al proceso legislativo
pleno, enmendarla en su totalidad, por lo que los estatutos de autonomía
en este momento son susceptibles de ser enmendados en su totalidad. Pero
es evidente que el pacto autonómico se consigue para concentrarlo sobre
una serie de aspectos relacionados con las transferencias y no para
tocar, creo que de manera excesivamente ligera, la totalidad de los
estatutos y de las materias que los grupos pudieran querer efectuar con
tranquilidad y en otro ámbito. Por eso he de decir que enmiendas como la
de la ampliación del período de sesiones de algunos estatutos, enmiendas
como la de dotación de sueldos a los parlamentarios autonómicos y otras
son de naturaleza muy distinta al objetivo del pacto autonómico que
alumbra esta reforma de los estatutos. No quiero que se entienda mi
intervención en relación con esas enmiendas de manera negativa en su
contemplación, sino que no es el momento procesal, no es el momento
oportuno y, por tanto, debe quedar para futuras negociaciones en
profundidad, contando a su vez con los parlamentos de las comunidades
autónomas correspondientes y de todas las fuerzas políticas.

Algunas transferencias de las que se proponen en las enmiendas son
evidentemente de profundo calado, pero también implican, yo creo, un
desconocimiento relativo de cuáles son los deseos de los propios
Gobiernos de las comunidades autónomas respectivas. En concreto, las
transferencias en materia de sanidad son un brindis en las enmiendas,
puesto que es difícil que se pueda hacer una propuesta de abrir
transferencia y no poner la fecha para la misma, dado que es mejor
técnica que cuando se vaya a proceder a la transferencia consensuarla,
como hemos hecho con el resto, y no dejar abiertos una serie de capítulos
que podrían generar incertidumbre y una problemática importante. A su
vez, esa transferencia sanitaria implicaría muchos problemas a la hora de
concretarla y no son pocas las comunidades autónomas que consideran, dada
la experiencia además de aquellas comunidades autónomas que ya la poseen,
que es una transferencia que debe aquilatarse, conocerse su estructura y,
por tanto, no tener premura en la misma.

Algunas enmiendas de las que propone Izquierda Unida aparentemente son
nuevas, pero he de decir al ponente señor Ríos que están contempladas en
titulaciones más globales y, por tanto, el hecho de que no las asumamos
no quiere decir que no las contemplemos en las transferencias asumidas en
el propio proyecto, sino que --repito-- están en titulaciones que
engloban algunas de las que presenta Izquierda Unida.

Por ir terminando, creo que estamos haciendo una reforma de los estatutos
que supone un avance histórico, que así tenemos que transmitirlo a los
ciudadanos, que no podemos dar la impresión de que lo que hacemos es algo
liviano o manifiestamente mejorable en este momento, sino que las
transferencias están muy medidas, son muy profundas y tienen el consenso
requerido. Desde luego, es una pena que Izquierda Unida no las apoye en
su totalidad. A mí me da la impresión de que erró en su planteamiento al
no apoyar el pacto autonómico --estaba en su derecho-- y que esa
estrategia de confrontación le lleva a hacer un escorzo ahora en las
enmiendas que yo creo que debía evitarse. Casi me atrevería a pedir, en
este ambiente de que sobre los estatutos y su reforma debemos seguir
hablando, que retirara las enmiendas y que, por tanto, pudiéramos pasar
directamente a la votación.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que desean intervenir? El señor Mur tiene la
palabra.




El señor MUR BERNAD: Voy a fijar la posición del Partido Aragonés, del
Grupo Mixto, en este trámite parlamentario.

Ya es conocida la postura de nuestro partido en las pretendidas reformas
de los estatutos de autonomía y en especial del que nos atañe a nosotros,
el de Aragón. Durante todo el proceso de la Ley de Transferencias y
cuando estas proposiciones de ley se debatieron en el Pleno, nosotros
presentamos una enmienda a la totalidad porque no estábamos de acuerdo en
la raíz y en el origen de esta reforma. De ahí que no hayamos presentado
ninguna enmienda ahora, en este trámite parlamentario,



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porque no queremos colaborar a una especie de simulacro de reforma que,
según acabamos de oír, va a igualar a todas las comunidades autónomas
cuando las diferentes son cada día mayores, y puesto que todos los
partidos operantes en Aragón, también el Partido Socialista y el Partido
Popular, firmantes del pacto autonómico, tienen contraído con el
electorado un compromiso público de que una vez terminada esta reforma,
que en Aragón llamamos la «reformita», todas las fuerzas políticas
aragonesas abordaremos la reforma amplia del Estatuto de Autonomía de
Aragón. Nuestro partido está deseoso de que este trámite termine cuanto
antes, dado que su contenido es perfectamente inocuo, para poder pasar a
plantear esa reforma política, con el apoyo de todas las fuerzas que
operan en Aragón. Hasta ahora esa reforma en profundidad solamente ha
sido apoyada por el Partido Aragonés y por Izquierda Unida en Aragón, con
el voto en contra del Partido Socialista y del Partido Popular.

Pues bien, como nosotros creemos en que las promesas electorales y
postelectorales alguna vez hay que cumplirlas, por eso es por lo que no
queremos demorar el trámite de esta reformita que hoy se plantea aquí.

Hablo solamente con referencia al Estatuto de Autonomía de Aragón; en el
resto de estatutos, evidentemente, nuestro Partido no tiene
representación política en esas comunidades y no voy a cometer la
ligereza de intentar decirles cómo tienen que gobernarse allí. Pues, como
decía, lo que queremos es que termine pronto este trámite para pasar al
trámite verdadero, al trámite amplio de la reforma, que espero que, con
el apoyo total de las fuerzas con representación parlamentaria en Aragón,
podremos traer, yo espero que no más lejos de la primavera próxima, a
este Parlamento. Espero que entonces haya la posibilidad de encontrar un
consenso que no se ha encontrado ahora.

Todos recordamos, aunque hoy ha pasado muy de puntillas, que lo que hoy
se está debatiendo aquí es fruto --poco maduro, porque la verdad es que
hasta ahora frutos no ha dado ninguno-- de aquellos pactos autonómicos
del 28 de febrero de 1992 entre solamente dos partidos del arco
parlamentario. Partido Socialista y Partido Popular, que nos ofrecían
tantas bondades a las comunidades de la vía lenta, del artículo 143.

Realmente, casi dos años después, prácticamente no hemos podido observar
ninguna de aquellas bondades; de ahí que fuera absolutamente inocuo este
pacto. Por tanto, no lo apoyaron más que dos partidos, bien es verdad que
los mayoritarios.

Dijimos entonces, y repetimos ahora, que no nos igualan a todas las
comunidades autónomas; que algunas, en este caso a la de Aragón, nos
recortan nuestros derechos constitucionales, lo cual nos estimula en
Aragón para seguir luchando para que estos derechos alguna vez se
conviertan en una realidad. Seguimos discriminados, a nuestro juicio, y,
desde luego, no nos acercamos --lo sabe muy bien el portavoz del Grupo
Socialista, que ahora ha dicho que con esto se unifican y casi se acercan
los distintos estatutos de autonomía--, sino más bien todo lo contrario,
cada día estamos más lejos de aquellas autonomías consideradas como
históricas y que, evidentemente, nosotros pretendemos que sigan
avanzando, pero lo que no queremos es que la autonomía aragonesa se quede
estancada para que la diferencia con aquéllas sea cada día mayor.

Es lógico que el representante socialista no acepte ni siquiera estas
modestas enmiendas que yo, desde luego, voy a votar favorablemente,
porque indican, primero, un posicionamiento político y, segundo, porque,
de aprobarse, algo mejoraríamos en este panorama de la reforma del
Estatuto de Autonomía de Aragón, porque cuando habla de nivel de
descentralización, ya lo ha dicho todo.

Nosotros consideramos los estatutos de autonomía como algo más que una
simple descentralización administrativa. No habría hecho falta todo el
proceso que se ha seguido hasta ahora; no habría hecho falta quizá ni la
Constitución de 1978 para descentralizar la Administración. Lo que
queremos es poder político; lo que queremos es tener mucho más poder a
través del parlamento autónomo, de los parlamentos regionales, del que en
este momento tenemos. Que avanzamos ahora y que con esta reforma seremos
uno de los países más descentralizados del mundo, sería lógico; no vamos
a estar igual que cuando las constituciones son centralistas o
borbónicas. Nuestra Constitución del año 1978 diseña un Estado como el
que diseña y lo que lamentamos es que quince años después, que es mucho
tiempo en la vida de una persona y hasta en la vida de los pueblos,
estemos tan alejados como estamos en este momento, pero todavía toman
ustedes precauciones, señores del Grupo Socialista: no es el momento,
dicen ahora, de avanzar más; no es el momento de avanzar, decían ustedes
en julio de 1981 cuando firmaron los Pactos Autonómicos con la Unión de
Centro Democrático. Yo digo siempre que la Unión de Centro Democrático
políticamente ya pagó su pecado de haber frenado el desarrollo autonómico
en un momento en que se hubieran evitado graves problemas posteriores. A
ustedes todavía me imagino que tendremos que pasarles cuentas políticas
por el freno del año 1981, por el freno del año 1992, por el del año 1993
y por los frenos posteriores si no cambian, y yo todavía les reconozco la
capacidad de cambiar, sobre todo por aquello del cambio del cambio, que a
lo mejor ahora lo aplican y, entonces, a lo mejor ustedes el año que
viene cambian e impulsan una reforma en profundidad.

En cualquier caso, señor Presidente --voy terminando--, quiero que quede
constancia de que para nosotros el Estado autonómico es un Estado sin
restricciones, con igualdad de derechos, en el que se cumple todos los
días el artículo 138.2 de la Constitución, que no admite privilegios para
nadie, cualquiera que sea la vía de acceso a la autonomía, y me da la
impresión de que ustedes todavía, hoy por hoy, siguen con esa política de
aceptar aquello que no pueden evitar. Nosotros haremos lo posible para
que la plena autonomía aragonesa resulte inevitable para que ustedes la
tengan que aceptar.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Olarte.




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El señor OLARTE CULLEN: Señor Presiente, señorías, cuando se iniciaron
los trabajos que desembocarían posteriormente en la culminación del pacto
autonómico, PSOE y PP no constituían mayoría en el Parlamento de
Canarias. No la constituyen tampoco en la actualidad y mi fuerza política
hará lo posible, obviamente, para que en el futuro tampoco la
constituyan. De ahí precisamente la razón fundamental, entre otras, por
la falta de diálogo existente desde entonces, a pesar de que algún
miembros de la Coalición Canaria ya tenía presencia en esta Cámara, para
que la Comunidad Autónoma Canaria quedase fuera del mismo. En el
archipiélago se han seguido los trabajos encaminados a la culminación de
la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de mi Comunidad que en
su momento y próximamente vendrán a esta Cámara, pero, en definitiva, lo
bueno es destacar que para nosotros la falta de diálogo ha sido
determinante de unas distorsiones que se han producido y en virtud de las
cuales todavía no tenemos nuestro Estatuto. Estamos conformes, en
términos generales, con las propuestas de reforma que hoy se traen a esta
Comisión, pero ello no quiere decir, por lo que a Aragón respecta
(sintiéndonos solidarios con lo que el Partido Aragonés, a lo largo de
mucho tiempo, ha venido manifestando y pulsando también allí en Aragón lo
que una opinión pública bastante numerosa opina al respecto), que
nosotros podamos dar nuestro voto afirmativo, al contrario de lo que
sucede con los restantes casos, por lo que respecta a la reforma del
Estatuto Aragonés.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Camp.




El señor CAMP I BATALLA: Gracias, señor Presidente.

Con ocasión de la toma en consideración en el Pleno de la reforma de
todos estos Estatutos de Autonomía, nuestro Grupo tuvo ocasión de fijar
su posición, que era coincidente con la toma en consideración y también
anunciamos un pronunciamiento favorable en toda la tramitación que sobre
ellos había de producirse.

Dos cuestiones eran el objetivo principal de nuestra argumentación. Una
de ellas era la coincidencia en que había que dar curso a lo que las
asambleas parlamentarias habían solicitado, y que era suficiente el hecho
de que ellas marcasen lo que realmente querían asumir.

Nuestro punto de referencia no era tanto un acuerdo entre Partidos, como
el acuerdo autonómico aquí citado, sino el propio acuerdo de cada una de
las asambleas legislativas. Este era nuestro punto de referencia, igual
que lo era --segundo objetivo de nuestra argumentación-- entender que
este proceso no se encontraba agotado en sí mismo; es decir, no por el
hecho de hacer hoy esta reforma se entendía que estos Estatutos de la vía
del 143 alcanzaban ya un techo definitivo, ni mucho menos. De la misma
forma que tampoco lo tienen los Estatutos llamados de nacionalidades
históricas.

Entendemos que, tanto en un caso como en otro, estamos en una vía de
desarrollo constitucional y estatutario, que esta vía ha de dar todavía
muchos frutos, y en este sentido es bueno que hoy se dé curso a estos
dictámenes de la forma en que vienen informados por la Ponencia, pero con
esta perspectiva de contribuir a un proceso dinámico que es el proceso
autonómico y el de profundizar en la descentralización política en el
Estado español, proceso que no entraremos aquí a valorar si está en el
primero, en el quinto o en décimo lugar del «ranking» mundial, ya que no
tenemos argumentos fundados para podernos pronunciar, pero estamos de
acuerdo y tenemos el pleno convencimiento de que todavía nos quedan
muchos puntos para avanzar en la línea ascendente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Fernández Díez.




El señor FERNANDEZ DIEZ: Fijar la posición del Grupo Parlamentario
Popular, en este trámite procesal en el que nos encontramos de las
proposiciones de ley emanantes y emanadas de los parlamentos autonómicos
de las Comunidades Autónomas que accedieron a su autonomía por la vía del
artículo 143 con la intención de reformar sus estatutos para incrementar
su autogobierno, exige, desde nuestro punto de vista, contextualizar esta
intervención para entender bien lo que ha sido el proceso autonómico y,
dentro de él, qué es lo que estamos haciendo ahora y, desde esta
perspectiva, entender, de forma adecuada y correcta, cuál es la posición
del Grupo Parlamentario Popular, que es lo que en este trámite yo voy a
intentar hacer.

Como SS. SS. saben, la Constitución de 1978 fue una constitución que,
además de garantizar el tránsito pacífico de un sistema no democrático a
un sistema democrático, descentralizó profundamente, pasando de un Estado
centralista, fuertemente centralizado, a un Estado profundamente
descentralizado. Precisamente la especificidad del proceso que con la
Constitución, y singularmente desde su Título VIII, se ponía en marcha, y
teniendo presente, además, que en el Derecho comparado constitucional no
había un modelo idéntico al español, por eso precisamente y por lo
genuino de la fórmula, la Constitución española diseñó lo que ha sido
comúnmente conocido como «El Estado de las Autonomías», es decir, pasar
de un Estado centralista y centralizado fuertemente a un estado
descentralizado política y administrativamente, Estado que iba a ser
conocido como «Estado de las Autonomías».

Presidió la elaboración de la Constitución el consenso. Creo que ésta es
una de las grandes virtualidades de la Constitución y ninguna fuerza
política se ha sentido identificada al cien por cien con la Constitución.

Por eso mismo podía decirse que la Constitución no era de ningún partido
político en particular, de tal suerte que la Constitución podía ser
considerada de todos y para todos los españoles, rompiendo, por cierto,
de esta manera con lo que había sido la trágica historia del
constitucionalismo español a lo largo del siglo XIX y gran parte del
siglo XX, por lo menos hasta la Constitución de 1978.

Pues bien, parecía lógico que en el desarrollo



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constitucional del Título VIII, que afecta a la esencia del Estado,
puesto que afecta a su organización territorial, ese espíritu de consenso
presidiera también en el poder, ya no constituyente, sino constituido,
del legislador ordinario de cada momento el desarrollo, insisto, en el
ámbito autonómico, del desarrollo constitucional. Y así lo entendió el
legislador ordinario, puesto que, tras esa constitución de consenso en
1978, fueron aprobados también, con un importantísimo nivel de consenso
político y parlamentario, los primeros estatutos, los estatutos de las
Comunidades que accedieron a su autonomía por la vía del artículo 151
(Estatuto vasco, Estatuto catalán, Estatuto gallego). Se rompió ese
consenso en el proceso andaluz y precisamente las consecuencias políticas
negativas para el país en general, derivadas de la ruptura de ese
consenso, hicieron que después se volviera al mismo en los acuerdos
autonómicos de 1981 entre el Gobierno de la época, el Partido político
que le daba apoyo parlamentario, la Unión de Centro Democrático, y el
principal partido de la oposición, el Partido Socialista.

Los acuerdos autonómicos de 1981, LOAPA aparte, fueron de importancia
trascendente para el proceso autonómico. Conviene recordar que
generalizaron el proceso autonómico a todo el territorio nacional con la
exclusión, todavía permanente, vigente de las ciudades de Ceuta y
Melilla, a las que lógicamente esta Cámara tiene que dar una solución
político-constitucional adecuada, y que viene reivindicando el Partido
Popular reiteradamente.

Pues bien, exclusiones aparte, y, en todo caso, excepciones, confirman la
regla; aparte de Ceuta y Melilla, se generalizó el proceso autonómico, se
constituyeron 13 Comunidades Autónomas que accedieron... (Se produce un
corte de fluido eléctrico.)
Entiendo que estos cortes eléctricos no serán un corte al proceso
autonómico, pero sí lo están siendo para el hilo conductor de mi
exposición.

Decía que esos acuerdos autonómicos de 1981 permitieron la creación de 13
Comunidades Autónomas más que se incorporaron a la autonomía por la vía
del artículo 143. Se cerró el mapa autonómico del Estado, por tanto, y,
es más, dotaron a esas Comunidades Autónomas de instituciones de
autogobierno similares a las que tenían las Comunidades que habían
accedido a la autonomía por la vía del artículo 151. Por cuanto conviene
recordar a SS. SS. en estos momentos que la Constitución, en su Título
VIII, no establecía un modelo cerrado, y que, por tanto, teórica y
constitucionalmente hubiera sido posible que no se hubiera generalizado
el territorio autonómico a todo el Estado español. Es más: inclusive las
comunidades constituidas no hubieran tenido, por ejemplo, asambleas
legislativas. Era una posibilidad constitucional. Aquellos acuerdos
autonómicos --insisto-- generalizaron el proceso, dotaron de parlamentos
a esas comunidades autónomas y, en consecuencia, las dotaron de un fuerte
contenido político con gobiernos que nacían de unas elecciones.

La Constitución establecía que, pasados los cinco años desde la
aprobación de los estatutos de autonomía, aquellas comunidades autónomas
que accedieron por la vía del 143 a su autogobierno podían, si lo
deseaban, incrementar ese nivel de autogobierno por alguna de las vías
previstas en la Constitución; es decir, o bien reformando sus estatutos
de autonomía, que habían de ser posteriormente aprobados por estas Cortes
Generales mediante Ley Orgánica, o incrementar ese autogobierno por una
de las vías que también prevé la Constitución, y es la del artículo
150.2, en virtud de la cual el Gobierno podía transferir competencias de
titularidad estatal a las comunidades autónomas, al amparo, digo, del
artículo 150.2, sin perjuicio de reservarse las formas y modalidades de
control que ese mismo artículo 150 de la Constitución prevé.

Pasados esos cinco años desde el año 1983, fecha en la que se producen
las primeras elecciones autonómicas de las comunidades que accedieron a
la autonomía por la vía del artículo 143, es evidente que se planteaba
ese problema. ¿Cómo se da satisfacción a las comunidades autónomas que ya
habían expresado su deseo para incrementar su autogobierno? Había
diversas posibilidades, y realmente estas Cortes Generales podían
encontrarse con unas proposiciones de ley que emanaran de esos
parlamentos autonómicos para incrementar el autogobierno mediante la
consiguiente reforma. Es evidente que desde la soberanía de estas Cortes
Generales podía atenderse o no a esas proposiciones de ley o podía, por
el contrario, llevarse este proceso de una forma ordenada, razonable para
garantizar un funcionamiento integrado y estable del Estado autonómico en
su conjunto.

Al final, fruto de un acuerdo político similar al del año 1981 y
siguiendo la misma simetría, es decir, el Gobierno de la nación, el
partido político que da apoyo parlamentario al Gobierno de la nación y la
principal fuerza política de la oposición, y, por tanto, en este caso
entre el Partido Socialista y el Partido Popular, el 28 de febrero de
1982 se hacen unos pactos autonómicos que se traducen después en una ley
orgánica, la 9/1992, de transferencia de competencias a las comunidades
autónomas que accedieron a su autonomía por la vía del artículo 143. No
es ocasión ahora de repetir el debate que con ocasión de la tramitación
parlamentaria y aprobación posterior de esa ley tuvo lugar en esta
Cámara, pero sí quiero destacar que la aprobación de esa ley, que está
vigente en estos momentos, permite incrementar notablemente el
autogobierno de esas comunidades. Se van a transferir 32 materias en
diversos niveles de competencia exclusiva, desarrollo legislativo de
ejecución, simplemente ejecutiva; se ha elaborado una norma que, a la luz
de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, limita enormemente la
inseguridad jurídica, que había dado lugar a numerosa litigiosidad ante
el Tribunal Constitucional entre el Gobierno central y el gobierno de las
comunidades autónomas y que había planteado, asimismo, numerosos
conflictos de competencia entre el Gobierno central y los gobiernos de
las comunidades autónomas. Por otra parte, esa experiencia acumulada
desde los años de vigencia del proceso autonómico y esa jurisprudencia
del Tribunal Constitucional ha permitido adecuar títulos competenciales,
evitar proliferación de enunciados, tratar competencias en



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materias de forma homogénea y contemplar situaciones específicas que
afectan sólo a alguna o a algunas comunidades --estoy pensando, por
ejemplo, en denominación de origen o cuestiones de puertos y costas que,
lógicamente, no afectan de la misma manera a todas las comunidades
autónomas--, para, insisto, racionalizando el proceso, conseguir un
funcionamiento adecuado, ordenado y estable del Estado autonómico en su
conjunto.

Pero ese pacto autonómico y ese pacto político iban más allá, teniendo
presente, además, que la idea era la de incrementar el autogobierno de
esas comunidades para que, en una tendencia de igualación y de
homogeneización competencial con las comunidades del 151, esas
comunidades no gestionaran por delegación competencias de titularidad
estatal, puesto que la ley lo que hace es utilizar el artículo 150.2 de
la Constitución; ese pacto, digo, atendiendo las peticiones de los
Gobiernos y parlamentos autonómicos afectados, preveía después que, una
vez aprobada la Ley Orgánica de Transferencias, mediante la reforma de
los estatutos, se incorporaran esas competencias como propias a los
estatutos para que, a partir del momento en que esos estatutos fueran
reformados con la aprobación por Ley Orgánica en las Cortes Generales,
pasaran a gestionar esas competencias no por delegación del Gobierno
central, sino con titularidad propia de las comunidades autónomas. Y en
ese proceso, señor Presidente, nos encontramos ahora; nos encontramos en
el trámite de debate en Comisión Constitucional de las proposiciones de
ley que pretenden reformar los estatutos para incorporar como propias las
competencias que en esa Ley Orgánica de delegación se habían transferido,
manteniéndose la titularidad de las mismas en manos del Estado.

Sinceramente, señor Presidente, creo que conseguimos con esto servir
lealmente a la Constitución y al pueblo español. Consideramos de verdad
que cada uno está en su derecho de hacer la valoración que crea de lo que
se va a conseguir con este proceso, pero es cierto que cuando esté
ejecutado todo el proceso de transferencias previstas en la Ley Orgánica
9/1992, el autogobierno de las comunidades del 143 se va a ver
notablemente incrementado y reforzado.

Traducido a cifras --porque, como decía lord Kelvin, lo que es medible se
puede expresar de una manera muy visual y muy gráfica--, las
transferencias que estamos tratando en este momento van a suponer
aproximadamente 200.000 funcionarios que van a pasar de la Administración
central a las administraciones autonómicas y un nivel de gasto público
estimado en alrededor de un billón de pesetas, con lo cual, la
distribución del gasto público, que en el momento actual se reparte entre
Administración central, administración autonómica y administración local
en un 60/23/13 por ciento, respectivamente, aproximadamente, se va a
transformar en un incremento de alrededor de cuatro o cinco puntos
porcentuales, en nivel de gasto público, a la Administración autonómica,
como consecuencia, insisto, de las transferencias previstas en esa Ley
que intentamos en estos momentos convertir en propias de las comunidades
autónomas del 143.

Finalmente, señor Presidente, algunos han criticado en sus enmiendas el
excesivo casuísmo con el que se contempla la transferencia de esas
competencias. Aluden a que la delimitación, contenido y condiciones para
el ejercicio de las competencias que se contempla en las proposiciones de
ley, al incorporar la Ley 9/1992 a los estatutos de autonomías, lo que
hace es limitar el ejercicio de las competencias. Nuestra opinión es
radicalmente contraria. De la misma manera que decíamos en el debate, en
Pleno, de aquella Ley que no hay positivo sin negativo, ni en matemáticas
ni en la fotografía, la delimitación, contenido y condiciones para el
ejercicio de las competencias que se contemplan en las proposiciones de
ley que ahora estamos debatiendo lo que hacen es precisar claramente, en
positivo, los límites y los perfiles de las competencias que van a
ejercer, repito, minimizando al máximo la inseguridad jurídica y,
previsiblemente, limitando enormemente la litigiosidad ante el Tribunal
Constitucional entre el Gobierno central y el gobierno de las comunidades
autónomas. Creemos, de verdad, que de esta forma cumplimos una etapa más
del proceso autonómico, que sin duda no se agota en esta fase, pero que
es evidente que esta etapa es trascendente en sí misma y sirve, desde una
absoluta lealtad constitucional, a las previsiones que en el Título VIII
de la Constitución se contienen.

Por último quiero decir, señor Presidente, que nuestro Grupo
Parlamentario Popular firmó en su momento ese pacto autonómico, apoyó la
Ley 9/1992, apoya las proposiciones de ley que emanan de las asambleas
autonómicas afectadas, consciente de que sirve a España y al Estado
español, como organización jurídico-política de la nación española, con
una cierta idea de España, contemplando a España en su conjunto, no
contemplando a España como el conjunto de diecisiete comunidades
autónomas compartimentadas y estancas entre sí, sino como diecisiete
comunidades autónomas que, sin perjuicio de mantener su identidad y su
naturaleza, sirven, en su conjunto, bajo el principio de la cooperación,
a la nación española, que, con estas proposiciones de ley con esta
reforma de los estatutos, sin duda estará mejor unida, porque estará
unida desde la libertad.




El señor PRESIDENTE: Pasamos seguidamente a la votación de las enmiendas
y de las correspondientes proposiciones de ley.

Proposición de ley orgánica para la que se deroga la Ley Orgánica
12/1982, de 10 de agosto, de transferencias a la Comunidad Autónoma
Valenciana de competencias de titularidad estatal. La Ponencia nos
informa que mantienen el texto. No hay ninguna enmienda presentada. Por
consiguiente, procede pasar a votación el informe de la Ponencia.

(Pausa.)



Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.




El señor PRESIDENTE: Por unanimidad queda aprobada la primera proposición
de ley a la que me he referido.




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Proposición de ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad Valenciana. La Ponencia nos informa que, no habiéndose
formulado enmiendas, estima procedente su aceptación. Por consiguiente,
procede pasar a votación la segunda proposición de ley. (Pausa.)



Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Proposición de ley orgánica de ampliación de competencias del Estatuto de
Autonomía de La Rioja.

Según la Ponencia, se han presentado 18 enmiendas, que no han sido
aceptadas. Nos propone, por consiguiente, no aceptarlas y, al mismo
tiempo, una corrección técnica, que consiste en la supresión de la
disposición derogatoria de la proposición de ley. Vamos a votar las 18
enmiendas, más la corrección técnica que suprime... (Varios señores
Diputados: No, no.)
Bien, de acuerdo. Votamos las 18 enmiendas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 31; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan, por consiguiente, rechazadas las 18
enmiendas en cuestión.

Hay, al mismo tiempo, una propuesta de corrección técnica, que consiste
en la supresión de la disposición derogatoria de la proposición de ley, y
que pasamos a votar.




Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad la supresión de la
disposición derogatoria.




El señor PRESIDENTE: Queda aceptada la propuesta de la Ponencia de
suprimir la disposición derogatoria de la proposición de ley.

Votamos seguidamente el texto del dictamen.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; en
contra, dos; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el texto del dictamen.

Proposición de ley orgánica sobre reforma del Estatuto de Autonomía para
Cantabria.

Tenemos únicamente la misma corrección técnica que suprime la disposición
derogatoria.

Por tanto, votamos la supresión de la disposición derogatoria.




Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad la supresión de la
disposición derogatoria.




El señor PRESIDENTE: Por consiguiente, se suprime la disposición
derogatoria de la proposición de ley.

No se han presentado más enmiendas al Estatuto de Cantabria. Por
consiguiente, sometemos a votación el texto del dictamen.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35;
abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el texto del dictamen de la Ley
orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Cantabria.

Proposición de Ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de la
Región de Murcia.

Hay 21 enmiendas presentadas por el Grupo parlamentario Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, más la corrección técnica en
cuestión.

Procedemos a votar, en primer lugar, las 21 enmiendas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en
contra, 31; abstenciones, cinco.




El señor PRESIDENTE: Quedan, por consiguiente, rechazadas las 21
enmiendas al Estatuto de Murcia.

Procedemos a votar la supresión de la disposición derogatoria de la
proposición de ley.




Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votamos el texto del dictamen de la proposición de ley orgánica de
reforma del Estatuto de la Región de Murcia.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; en
contra, dos; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda, por consiguiente, aprobado el dictamen de la
proposición de ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de la
Región de Murcia.

A la proposición de ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía
para las Islas Baleares hay dos enmiendas presentadas por el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida, que vamos a votar.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
votos en contra, 32; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las dos enmiendas.

Votamos la supresión de la disposición derogatoria de la proposición de
ley.




Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votamos el dictamen de la proposición de ley.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; en
contra, dos; abstenciones, una.




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El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la Ley Orgánica de
reforma del Estatuto de Autonomía para las Islas Baleares.

Proposición de ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de
Castilla y León. Hay vivas veinte enmiendas, que sometemos a votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 31; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las veinte enmiendas.

Votamos la supresión de la disposición derogatoria de la proposición de
ley.




Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votamos el dictamen.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; en
contra, dos; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la ley orgánica de
reforma del Estatuto de Castilla y León.

A la proposición de ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de
Castilla-La Mancha se han presentado 19 enmiendas, que pasamos a votar.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 31; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las 19 enmiendas.

Votamos la supresión de la disposición derogatoria de la proposición de
ley.




Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.




El señor PRESIDENTE: Por unanimidad se suprime la disposición
derogatoria.

Votamos el dictamen de la proposición de ley orgánica de reforma del
Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35;
abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la proposición de ley.

Proposición de ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de
Extremadura. Se han presentado y se mantienen vivas 29 enmiendas, que
pasamos a votar.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 31; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las 29 enmiendas.

Votamos la supresión de la disposición derogatoria.




Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.




El señor PRESIDENTE: Por unanimidad se suprime la disposición
derogatoria.

Votamos el texto del dictamen de la proposición de ley orgánica de
reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; en
contra, dos; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Proposición de ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid. Hay 50 enmiendas vivas, que procedemos a votar.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 31; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Votamos el texto del dictamen.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; en
contra, dos; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen.

Proposición de ley orgánica de reforma de los artículos 10, 11, 12, 13 y
18 de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, Estatuto de Autonomía
para Asturias. Hay 23 enmiendas vivas que vamos a someter a votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 31; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Ponemos a votación la supresión de la disposición derogatoria de la
proposición de ley.




Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.




El señor PRESIDENTE: Por unanimidad se suprime la disposición
derogatoria.

Votamos el dictamen de la proposición de ley orgánica del Estatuto de
Autonomía para Asturias.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; en
contra, dos; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda, por consiguiente, aprobado el dictamen de la
proposición de ley orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para
Asturias.

Por último, procedemos a someter a votación la proposición de ley
orgánica de reforma del Estatuto de



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Autonomía de Aragón. Se mantienen vivas 14 enmiendas que vamos a votar a
continuación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 31; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan, por consiguiente, rechazadas las 14
enmiendas.

Votamos la supresión de la disposición derogatoria de la proposición de
ley.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36;
abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda suprimida la disposición derogatoria de la
proposición de ley.

Procedemos a votar el dictamen.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; en
contra, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen del Estatuto de Autonomía
de Aragón.

Señorías, hemos terminado ya el orden del día que nos habíamos fijado.

Ruego a los miembros de la Ponencia de reforma del censo que permanezcan
en la sala, porque vamos a proceder a su constitución.

Se levanta la sesión.




Era la una y veinticinco minutos de la tarde.