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Notas de prensa

El Pleno da luz verde a la tramitación de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación

16/02/2021

- Con esta Proposición de Ley, que inicia hoy su tramitación parlamentaria, se pretende prevenir y erradicar cualquier forma de discriminación así como proteger a las vícitmas.

La Proposición de Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación, impulsada por el Grupo Parlamentario Socialista, ha superado su primera votación en el Congreso con 160 votos a favor, 52 en contra y 133 abstenciones.

Esta Proposición de Ley pretende garantizar y promover el derecho a la igualdad de trato y no discriminación y respetar la igual dignidad de las personas, en desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución.

Con este fin, la Proposición de Ley regula los derechos y obligaciones de las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas y establece principios de actuación de los poderes públicos. Además, presenta medidas destinadas a prevenir, eliminar y corregir toda forma de discriminación, directa o indirecta, en los sectores público y privado.

Además, el texto incluye que "las personas víctimas de discriminación tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia".

Educación y atención sanitaria

La iniciativa establece que "las administraciones educativas mantendrán la debida atención al alumnado que, por razón de alguna de las causas expresadas en la Ley o por encontrarse en situación desfavorable debido a discapacidad, razones socioeconómicas, culturales, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje o de otra índole, presenten necesidades específicas de apoyo educativo o porcentajes más elevados de absentismo o abandono escolar".

El grupo proponente incluye en su texto que las administraciones sanitarias promoverán acciones destinadas a aquellos grupos de población que tengan necesidades sanitarias específicas, con el fin de asegurar un efectivo acceso a los servicios sanitarios de acuerdo con sus necesidades.

En relación a las subvenciones públicas y contratación, las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, "fomentarán la inclusión de criterios cualitativos en la contratación pública que faciliten la participación de miembros de grupos vulnerables entre las personas asignadas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo establecido en la legislación de contratos del sector público". 
    
Servicios sociales, acceso a la vivienda y medios de comunicación

Esta Ley integral también recoge medidas contra la discriminación en materias como seguridad ciudadana, prestación de servicios sociales, acceso a la vivienda, medios de comunicación y RRSS, entre otros.

El texto establece que las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, garantizarán que en el acceso y la prestación de los diferentes servicios sociales no se produzcan situaciones discriminatorias por cualquier causa prevista en la citada Ley. Además, incluye que los planes y programas sobre servicios sociales procurarán la atención prioritaria de los grupos especialmente vulnerables.

En lo relativo al acceso a la vivienda, la iniciativa incluye que se tendrán en cuenta, de manera específica, las necesidades de las personas sin hogar y de los grupos con mayores dificultades para el acceso y permanencia en la vivienda, para promover políticas que garanticen la autonomía y la vida independiente de las personas mayores y de las personas con discapacidad.

El grupo proponente también establece que todos los medios de comunicación social respetarán el derecho a la igualdad de trato, evitando toda forma de discriminación en el tratamiento y formato accesible de la información en sus contenidos y su programación.

Comisionado para la Igualdad de Trato y la No Discriminación

Esta Ley Integral introduce la creación del Comisionado para la Igualdad de Trato y la No Discriminación. Se trata de un organismo independiente encargado de proteger y promover la igualdad de trato y no discriminación de las personas por razón de las causas y en los ámbitos de competencia del Estado previstos en esta norma, tanto en el sector público como en el privado.