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Notas de prensa

El Pleno aprueba iniciar el trámite para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial

15/12/2020
- La toma en consideración ha salido adelante con 188 votos a favor, 152 en contra y 7 abstenciones. 

- El texto plantea establecer un régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones

El Pleno del Congreso ha aprobado este martes, 15 de diciembre, la toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones. La Cámara ha acordado iniciar este trámite con 188 votos a favor, 152 en contra y 7 abstenciones. 

La iniciativa, presentada por los Grupos Parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, pretende establecer el régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial cuando la composición del mismo no se renueve en el plazo establecido por la Constitución. 

Argumentan los proponentes esta iniciativa porque "a diferencia de lo que sucede con otros órganos constitucionales como el Gobierno o las Cortes Generales, los cuales cuentan con una exhaustiva regulación sobre cómo han de operar cuando se encuentran en funciones, en el caso del Consejo General del Poder Judicial no existe previsión alguna sobre la materia". Y creen que superado el tiempo máximo de 5 años en el cargo de los miembros del CGPJ, establecido en el artículo 122.3 de la Constitución, sin que se haya producido la renovación, lo sitúa "en una situación extraordinaria, cuyo régimen jurídico no puede ser el mismo que el aplicable al periodo normal de funcionamiento."

Por todo ello plantean que "facultades como la de proponer el nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo, de los Presidentes de las Audiencias, de los Tribunales Superiores de Justicia y la Audiencia Nacional, de los Presidentes de Sala y los Magistrados del Tribunal Supremo o de los Magistrados del Tribunal Constitucional, deben quedar excluidas del ámbito competencial del Consejo cuando este se encuentra en funciones". Asimismo, creen que estas limitaciones deben extenderse "en relación con el nombramiento de los directores de la Escuela Judicial y del Centro de Documentación Judicial, así como del Vicepresidente del Tribunal Supremo, el Promotor de la Acción Disciplinaria, el Director del Gabinete Técnico del Consejo General del Poder Judicial y el Jefe de la Inspección de Tribunales." Por el contrario, fijan una serie de funciones que podrán seguir desarrollando "para garantizar el normal funcionamiento del órgano" y "garantizar que no se produzca una parálisis en su funcionamiento."

Tramitación

Superado este trámite, la Mesa del Congreso abrirá el plazo para presentar enmiendas y remitirá la Proposición de Ley a la Comisión correspondiente, que en este caso será la de Justicia. En caso de que se presenten enmiendas a la totalidad de texto alternativo, estas serán debatidas en Pleno. De aprobarse alguna, el nuevo texto será publicado en el BOCG y se abrirá un nuevo plazo para presentar enmiendas, en este caso ya solo al articulado, para posteriormente seguir su tramitación en Ponencia y Comisión. Si, en cambio, se rechazan, el texto continuará directamente su tramitación en Ponencia y Comisión, donde se debatirán las enmiendas al articulado y se elaborará el dictamen.

Al tratarse de una Ley Orgánica, esta deberá volver al Pleno, en donde se debatirán el dictamen elaborado por la Comisión y las enmiendas al articulado no incorporadas anteriormente y que los grupos parlamentarios decidan mantener vivas. Finalmente, la Proposición de Ley Orgánica debe someterse a una votación de conjunto, con todas las modificaciones hechas durante la tramitación, que debe alcanzar el voto favorable de la mayoría absoluta. De conseguirlo será remitido al Senado, que seguirá una tramitación similar. Si este introduce cambios, deberá volver al Congreso, que decidirá si los mantiene o no.