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DS. Senado, Comisiones, núm. 177, de 22/03/2021
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COMISIÓN DE JUSTICIA


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. DEL EXCMO. SR. D. JOAN LERMA
BLASCO


Sesión celebrada el lunes, 22 de marzo de 2021


ORDEN DEL DÍA






Ratificación de la Ponencia




Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el
establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del
Poder Judicial en funciones.


624/000003
competencias del Parlamento; poder de
nombramiento; poder judicial


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS






Dictaminar




Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el
establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del
Poder Judicial en funciones.


624/000003
competencias del Parlamento; poder de
nombramiento; poder judicial


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS




Se abre la sesión a las dieciséis horas y treinta minutos.


El señor PRESIDENTE: Buenas tardes a todos. Se abre la
sesión.


Ruego a la señora letrada que proceda a la comprobación de los
señores senadores presentes y tome nota de las sustituciones que se le
comuniquen.


La señora letrada procede a la comprobación de los señores
senadores presentes.


El señor PRESIDENTE: Comprobadas las asistencias, pasamos a la
aprobación del acta de la sesión, celebrada el 25 de febrero
de 2021.


¿Algún senador desea intervenir en relación con el acta?
(Denegaciones).


¿Se puede aprobar por asentimiento? (Asentimiento).


Queda aprobada.






RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA





PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE
MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL, PARA
EL ESTABLECIMIENTO DEL RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE AL CONSEJO GENERAL DEL
PODER JUDICIAL EN FUNCIONES.


624/000003

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la ratificación de
la Ponencia de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el
establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del
Poder Judicial en funciones.


De conformidad con el acuerdo de la Mesa del Senado
de 11 de febrero de 2020, procede ratificar la ponencia de esta
proposición de ley con la siguiente composición: don Francisco Martín
Bernabé Pérez; doña Laura Castel Fort; don Josep Maria Cervera Pinart; de
Francisco Manuel Fajardo Palarea; don Imanol Landa Jáuregui; don Carles
Mulet García; don José María Oleaga Zalvidea; don Antonio Julián
Rodríguez Esquerdo; don Fernando de Rosa Torner; don Miguel Sánchez
López; y don Clemente Sánchez-Garnica Gómez.


¿Está de acuerdo la comisión? (Asentimiento).


Se aprueba por asentimiento.









DICTAMINAR





PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE
MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL, PARA
EL ESTABLECIMIENTO DEL RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE AL CONSEJO GENERAL DEL
PODER JUDICIAL EN FUNCIONES.


624/000003

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


El señor PRESIDENTE: Pasamos al Dictamen de la
Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el
establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del
Poder Judicial en funciones.


A esta proposición de ley se presentaron dos
propuestas de veto y cuatro enmiendas, de las cuales las números 1 y 2,
de los señores González-Robatto Perote y Marín Gascón y de la señora
Merelo Palomares, han sido inadmitidas por la Presidencia del Senado.
Como supongo que ya sabrán, la Mesa de la Comisión, en el ejercicio de la
delegación conferida por la Mesa de la Cámara en su reunión del 12 de
diciembre, al amparo del artículo 36.1.c) del Reglamento del Senado y de
conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ha
acordado, en relación con la Proposición de Ley orgánica por la que se
modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para
el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del
Poder Judicial en funciones, no admitir a trámite las enmiendas 1 y 2 de
los senadores González-Robatto Perote y Marín Gascón y de la señora
Merelo Palomares, por no guardar la debida relación de congruencia con el
objeto y finalidad de la proposición de ley al proponer una nueva
regulación en el sistema de designación de vocales del Consejo General
del Poder Judicial, cambio que tiene entidad suficiente para ser una
iniciativa legislativa propia.


La ponencia designada en relación con esta
proposición de ley ha emitido informe proponiendo que se mantenga el
texto remitido por el Congreso de los Diputados.


A continuación, se abrirá un turno para la defensa
de las propuestas de veto por un tiempo máximo de diez minutos.
Defendidas las propuestas de veto, cabrá un turno en contra, si se
solicitara, por un tiempo máximo de quince minutos. Si fueran varios los
que solicitaran dicho turno, se dividiría entre todos ellos. Concluido el
turno en contra, se abrirá un turno de portavoces para la fijación de
posición por cada grupo parlamentario.


Pasamos a la defensa de las propuestas de veto.
Propuesta de veto número 1, para lo cual tiene la palabra, por diez
minutos, como ya he dicho, el señor Marín Gascón.


El señor MARÍN GASCÓN: Gracias, presidente.


Señorías, los dos grupos parlamentarios que
sustentan al Gobierno, el Grupo Socialista y Unidas Podemos, registraron
a comienzos de diciembre de 2020 una proposición de ley para el
establecimiento de un régimen jurídico aplicable al Consejo General del
Poder Judicial en funciones. Esta proposición de ley sigue a la
iniciativa parlamentaria del mismo tipo presentada el pasado 13 de
octubre de 2020, que pretendía rebajar la actual mayoría para designar
nuevos vocales en el Consejo General del Poder Judicial, desde la actual
cualificada de tres quintos, ordenada por la Constitución, a mayoría
absoluta en segunda vuelta si en la primera no se consiguiera ese
quorum.


El marco conceptual de ambas es idéntico. Según la
exposición de motivos, el Consejo General del Poder Judicial es un órgano
político y es necesario aportar legitimidad democrática al tercer poder
del Estado. Sin embargo, el objetivo, apenas disfrazado, es borrar
definitivamente la imprescindible separación entre los tres poderes del
Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, haciendo al órgano de gobierno
de los jueces preso de los dictados de la mayoría de Gobierno, por exigua
que esta sea.


Las iniciativas parlamentarias mencionadas
constituyen serios ataques al núcleo del Estado de derecho, que es la
división de poderes, y revisten tanta mayor gravedad por cuanto sus
proponentes están respaldados por los partidos que integran el Gobierno
de España. Se evidencia que la mayoría parlamentaria que apoya al
Ejecutivo tiene voluntad de culminar el asalto al Poder Judicial iniciado
con la promulgación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial. La excusa para ello es la habitual: resulta sumamente
inadecuado que el tiempo de mandato del Consejo General del Poder
Judicial haya excedido con creces la previsión constitucional. Este
diagnóstico es compartido por los senadores que suscribimos el presente
veto. Sin embargo, resulta curioso observar cómo las proposiciones de ley
de los grupos parlamentarios que apoyan al Gobierno no se dirigen a
acabar con la anomalía que constituye esta dilación excesiva y con el
desembarco descarado del poder político en el órgano de gobierno de los
jueces. Tampoco pretenden eliminar las situaciones que fomentan que la
renovación del Consejo General del Poder Judicial consista en un reparto
obsceno entre los partidos del consenso y que favorezca los bloqueos;
antes al contrario, buscan ahondar en la politización del Poder Judicial
y en su servilismo hacia los restantes poderes y, particularmente, al
Ejecutivo.


Esta situación es apoyada por todos los partidos
del consenso, ya se encuentren, según la coyuntura, en el Gobierno o en
la oposición. No en vano, desde la aprobación de la Ley Orgánica del
Poder Judicial la dinámica ha sido idéntica, con independencia del color
político de la formación gobernante. Cuando se encuentra en la oposición,
el concreto partido incluye en su programa electoral que el Consejo
General del Poder Judicial sea elegido democráticamente por los jueces y
su líder anuncia la despolitización de la justicia. Pero al llegar al
Gobierno todo rastro de cumplir lo prometido desaparece e incluso se
dictan leyes que refuerzan la dependencia del Poder Judicial del poder
político.


Particularmente sangrante resulta, en este caso, el
abandono que el Partido Popular hizo de su promesa de volver al sistema
de nombramientos consagrado en la Ley Orgánica 1/1980, de 10 de enero. Y
así, el entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, impulsó
una ley orgánica para materializar exactamente lo contrario de lo que
defendió en campaña electoral, la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio. De
esta manera, el Gobierno que disfrutaba de la segunda mayoría absoluta
más abultada de la democracia desestimó garantizar la independencia del
Poder Judicial con una reforma que también se justificó en la necesidad
de terminar con los bloqueos.


Como se observa, los partidos que se han alternado
en el Gobierno de la nación tienen entre sus afanes el conseguir nombrar
a la cúpula de los jueces para asegurar que este cuerpo les será
favorable en el enjuiciamiento de las múltiples causas de corrupción que
pesan sobre las propias formaciones políticas y sobre sus miembros. De
otro modo no se explica que la única facultad que la proposición de ley
que ahora se pretende vetar considera como no susceptible de ejercerse en
funciones sea la de proponer los nombramientos de distintos órganos
judiciales. En la iniciativa enumeran al presidente del Tribunal Supremo,
los presidentes de las audiencias, de los tribunales superiores de
Justicia, de la Audiencia Nacional, los presidentes de sala o los
magistrados del Tribunal Supremo y los magistrados del Tribunal
Constitucional, que deben quedar excluidas del ámbito competencial del
consejo cuando este se encuentra en funciones. Estas lógicas
limitaciones, derivadas del carácter excepcional de la no renovación en
plazo, también deben establecerse en relación con el nombramiento de los
directores de la Escuela Judicial y del Centro de Documentación Judicial,
así como del vicepresidente del Tribunal Supremo, el promotor de la
Acción Disciplinaria, el director del gabinete técnico del Consejo
General del Poder Judicial y el jefe de la Inspección de Tribunales. Es
paradójico que para los proponentes las demás facultades que el
ordenamiento atribuye al Consejo General del Poder Judicial, y así, por
su relevancia en el funcionamiento del Estado, el ejercer la alta
inspección de los tribunales o elaborar los informes sobre los
anteproyectos de ley y disposiciones generales, pueden ejercerse sin que
surja problema alguno de legitimidad democrática. Al mismo tiempo, sí se
considera esencial el nombramiento de cargos para ejercer funciones en
las que, de acuerdo con la propia proposición de ley, importa poco la
citada legitimidad democrática. Así, es esencial que un consejo entrante
nombre al jefe de Inspección de Tribunales, pero es irrelevante que un
Consejo General del Poder Judicial con el mandato excedido ejerza la alta
inspección de los tribunales. Es esencial que el consejo renovado designe
al director del Centro de Documentación Judicial, pero no que el Consejo
General del Poder Judicial en funciones cuide de la publicación oficial
de las sentencias y demás resoluciones que se determinen del Tribunal
Supremo y del resto de órganos judiciales. Se parte así de un prius
inconcebible en un Estado de derecho que se precie de serlo: que los
nombramientos que realiza el órgano de gobierno del Poder Judicial, que
debe velar por la independencia de quienes integran este poder, no están
sometidos a criterios objetivos y tienen una naturaleza cuasi política.
Si tales designaciones obedeciesen a factores imparciales, los
nombramientos operarían casi ope legis y la discrecionalidad sería
mínima. No habría, en consecuencia, interés político por controlar esas
designaciones.


El Tribunal Constitucional, en su famosa
sentencia 108/1986, de 29 de julio, declaró que la elección por el
Parlamento de los vocales del Consejo General del Poder Judicial no era
inconstitucional salvo que se pusiera en riesgo la finalidad perseguida
por la Constitución. Esto es, sería contraria a la carta magna cuando el
Parlamento atiende solo a la división de fuerzas existentes en su propio
seno y distribuye los puestos a cubrir entre los distintos partidos en
proporción a la fuerza parlamentaria de estos. La lógica del Estado de
partidos empuja a actuaciones de este género, pero esa misma lógica
obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de
poder y, entre ellos, y señaladamente, el Poder Judicial. Ningún extremo
de esta afirmación ha sido respetado ni cumplido por las fuerzas
políticas que se han repartido el poder.


Pero es que, de forma complementaria, en materia de
dilaciones indebidas en la renovación de vocales no judiciales del
Consejo General del Poder Judicial cualesquiera soluciones de rango legal
que puedan proponerse para garantizar los nombramientos en plazo de dicho
consejo se centran en los sujetos extraparlamentarios y dejan de lado a
los mayores responsables de los retrasos: los grupos parlamentarios y los
órganos directivos de la Cámara. Por consiguiente, los esfuerzos deben
dirigirse a construir las iniciativas que sean precisas
—señaladamente, propuestas de modificación de los reglamentos
parlamentarios— para mejorar la actuación de estos sujetos en el
proceso. A este respecto debe partirse de que la responsabilidad por las
dilaciones excesivas es compartida entre los dos sujetos antedichos. En
un sistema democrático de contrapesos el ciudadano debe esperar de los
máximos dirigentes del Poder Legislativo una independencia de los
partidos a los que estos pertenecen. Sin embargo, en España las personas
que integran los órganos directivos parlamentarios se encuentran
voluntariamente subordinadas a la posición de los grupos a los que
pertenecen y a las directrices del partido, so pena de remoción y
ostracismo.


Las normas de funcionamiento parlamentario
favorecen la capacidad de los grupos parlamentarios mayoritarios de
bloquear cualquier tentativa de proceder a la renovación periódica de los
vocales no judiciales del Consejo General del Poder Judicial si lo
consideran contrario a sus cálculos partidistas. Como sostiene el
profesor López Guerra —abro comillas—, por un lado, los
reglamentos de las Cámaras restringen la legitimación para presentar
candidatos a los grupos parlamentarios; por otro lado, esos reglamentos
no establecen plazos ni para la presentación de candidaturas
parlamentarias ni para su votación en el Pleno de la Cámaras
—cierro comillas—. En consecuencia, no es hasta que esos
grupos parlamentarios alcanzan el acuerdo cuando se pone en marcha el
proceso, haciendo de las dilaciones en las renovaciones periódicas una
moneda de curso habitual. Por ello, la devolución a los jueces de la
capacidad de decidir la composición de su órgano de gobierno exige para
su plena materialización, no solo la aprobación de la presente
iniciativa, referida a los doce vocales de procedencia judicial, sino la
adopción de medidas en otros ámbitos y, en particular, en el reglamento
de las Cámaras, en relación con los ocho vocales restantes.


En cumplimiento de la jurisprudencia constitucional
y en defensa del Estado de derecho y de la separación de poderes, los
senadores de Vox planteamos con este veto eliminar ab initio la
posibilidad de que ocurran situaciones de bloqueo del Consejo General del
Poder Judicial respecto de los doce vocales entre jueces y magistrados de
todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley
orgánica. Artículo 122.3 de la Constitución española. Su renovación
periódica estará garantizada por la celebración recurrente de elecciones
con voto igual, libre, directo y secreto por y entre los jueces que se
celebrarán independientemente de quienes ocupen el poder político y el
máximo órgano de gobierno del Poder Judicial. El fin de esta reforma de
la Ley Orgánica del Poder Judicial no es, ni más ni menos, que sustraer
por fin de los partidos políticos las herramientas para colonizar todas
las instituciones del Estado.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Es el turno ahora de la defensa de la propuesta de
veto número 2, presentada por el Grupo Parlamentario Popular.


Tiene la palabra el señor De Rosa.


El señor DE ROSA TORNER: Muchas gracias, señor
presidente.


En primer lugar, señorías, quiero preguntarles qué
es lo que no les gusta del actual Consejo General del Poder Judicial. En
el Partido Popular estamos de acuerdo en que tenemos que sentarnos para
hablar de un gran pacto que despolitice la justicia en España, y en este
sentido hemos propuesto una batalla de reformas que refuercen la imagen
de independencia e imparcialidad que tiene que tener. El pacto tiene que
estar basado en tres ejes: un primer eje de defensa del Estado, un
segundo eje de despolitización de la justicia, y un tercer eje para
generar mayor eficacia en esta. El pacto debe contener una serie de
medidas que fortalezcan la acción del Estado frente a los ataques contra
el propio Estado.


El artículo primero de la Constitución dispone que
España se constituye en un Estado social y democrático de derecho que
propugna como valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y
el pluralismo político. Este grupo considera que esta proposición de ley
es uno de los ingredientes de la nueva normalidad que anunció su
Gobierno. La denominada crisis constituyente no es más que la excusa que
se quiere utilizar para quebrar los equilibrios políticos en España. Para
ello, poco a poco la idea de anormalidad democrática se va posicionando
para derribar los cortafuegos democráticos que se crearon en la
Transición para evitar la ruptura frente al consenso. Como decía Peter F.
Drucker, considerado como el padre de la moderna sociedad del
conocimiento, los motores del populismo son el enfrentamiento. Por eso no
aceptamos que en España se debe imponer la idea de que estamos en una
crisis constituyente, porque lo que encierra esta frase es una propuesta
de fractura social. Un Estado de derecho es aquel que se rige por un
sistema de leyes e instituciones ordenado en torno a una Constitución, la
cual es el fundamento jurídico máximo. Debe existir un Poder Judicial
realmente independiente.


Señorías, con esta reforma se está atacando
directamente a dicha independencia. Asistimos a un asalto al Consejo
General del Poder Judicial que no tiene justificación en un Estado de
derecho pleno. El artículo 117 de la Constitución señala que a lo único a
lo que están sometidos los jueces y magistrados es a la ley. En eso
consiste la independencia judicial. Los jueces son independientes e
inamovibles. Con esta proposición de ley ustedes van a provocar un
enfrentamiento entre dos poderes del Estado: el Poder Legislativo y el
Poder Judicial. En el Estado de derecho son requisitos indispensables la
separación de poderes, el imperio de la ley como expresión de la
soberanía nacional, la sumisión de todos los poderes públicos a la
Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Con esta reforma están
dinamitando uno de esos pilares esenciales del Estado de derecho. Basta
acercarse a la Constitución para verificar que en ningún momento se quiso
limitar las funciones del Consejo General del Poder Judicial en el caso
de que hubiera expirado el período para el que fueron designados sus
vocales. Esta limitación sí que se aprecia claramente para el caso del
Poder Legislativo, porque está regulado en el artículo 78 de la
Constitución. También esta limitación se aprecia para el caso del Poder
Ejecutivo en el supuesto de que el Gobierno entre en funciones, en el
artículo 101.2 de la Constitución. Sin embargo, el artículo 122 de la
Constitución en ningún momento limita las funciones propias del Consejo
General del Poder Judicial vencido el plazo de cinco años desde que los
vocales fueran designados. Por tanto, no está previsto en el 122.3 de la
Constitución.


Una ley, aunque sea orgánica, no puede contravenir
la Constitución. Hay unas funciones que pertenecen al núcleo duro de lo
que significa en un Estado de derecho el Poder Judicial. Estas funciones
no pueden ser limitadas ni siquiera temporalmente; es inmiscuirse
realmente un poder en otro poder del Estado. En concreto, no pueden ser
limitadas las funciones que la propia Constitución dice que son el núcleo
duro y esencial del Poder Judicial, como son nombramientos, ascensos,
inspección y régimen disciplinario. Limitar estas funciones, aunque sea
de manera temporal, es un ataque —no lo olvidemos— a la
independencia judicial.


El Consejo General del Poder Judicial es un órgano
constitucional esencial en el funcionamiento del Estado democrático de
derecho cuya misión es garantizar la independencia de dicho poder. En el
reforzamiento de su carácter institucional, en eso debemos trabajar;
reforzar su carácter como órgano constitucional e institucional, y así
cumpliremos el mandato que nos ha establecido la Constitución. Las
competencias y atribuciones que el ordenamiento jurídico otorga al
Consejo General del Poder Judicial son fundamentales para el cumplimiento
de su función; y eso es lo que quiero repetir, que estamos ante una
figura constitucional y, por tanto, no podemos limitar su propia
actuación por una mera coyuntura política momentánea de si hay o no
renovación del órgano, porque eso no es lo que previó en su momento la
Constitución. Una función constitucional que cumple el consejo que debe
ser realizada sin solución de continuidad. ¿Cómo vamos a realizar que a
un consejo no le suceda otro consejo con plenitud de funciones? Eso no
está previsto en la Constitución y es lo que estamos haciendo ahora, que
a un consejo no le suceda otro consejo que tenga igual plenitud de
funciones. Una eventual limitación en el ejercicio de sus competencias
impediría a este órgano garantizar la independencia de dicho poder del
Estado y supondría un ataque directo al mismo.


Señorías, son muchas las necesidades que tiene la
justicia, son muchos los retos. Podríamos estar trabajando por la mejora
de la justicia y estamos aquí viendo cómo cortamos o cómo hacemos que
unos u otros cedan en sus posiciones. Trabajemos por la Administración de
Justicia en las reformas que necesita esta administración, dediquemos
todo nuestro esfuerzo a esto y resolveremos los retos que la justicia
tiene. Su preocupación, por tanto, no debería ser limitar la
independencia del Poder Judicial con la limitación de las funciones de
este órgano de gobierno. Ya saben que la Comisión Europea ha llamado la
atención a su Gobierno en relación con la reforma del Consejo del Poder
Judicial. Les ha advertido que debe realizarse un diálogo con la
oposición y en consulta con la Comisión de Venecia, órgano asesor del
Consejo de Europa para asuntos legales y constitucionales. La Unión
Europea es consciente de que la Mesa del Congreso de los Diputados se
negó a solicitar un informe al Consejo General del Poder Judicial sobre
esta proposición de ley y también a la Comisión de Venecia. Ciertamente,
preocupa en Europa —así nos lo han hecho llegar— a estos
organismos e instituciones que el sistema de elección del Consejo General
Poder Judicial esté en el debate y siendo objeto de estas reformas
apresuradas que ustedes están propugnando. Sobre todo les preocupa que un
poder del Estado interfiera en el funcionamiento de otro poder del
Estado.


Señorías, se lo vuelvo a preguntar: ¿qué es lo que
no les gusta de este Consejo General del Poder Judicial? ¿No les gusta
que ejerza su derecho y cumpla con sus obligaciones? ¿O, como ha dicho,
no sé si el exvicepresidente o vicepresidente aún —estamos ahí en
esa situación extraña—, el señor Iglesias, que este consejo no es
lo suficientemente progresista? Lo que hay que escuchar, ¿verdad? A lo
mejor lo que no les gusta es que continúen en su cargo en funciones los
actuales vocales porque son muy conservadores. Ya lo dije yo en otra
intervención: hay vocales en este consejo, que son la totalidad, que
están defendiendo el Estado de derecho independientemente de quien los
haya propuesto, porque, en definitiva, quien los ha nombrado son el
Congreso de los Diputados y el Senado con los votos. Por tanto, no son ni
procedentes del PP ni procedentes del Partido Socialista o de cualquier
otro partido político. Son en plenitud vocales que están defendiendo la
independencia judicial.


¿Les molesta —también podría ser— que
los nombramientos se hagan con amplio consenso de diecinueve votos, de
los veintiuno posibles? ¿O que se haya nombrado a María Luisa Segoviano
primera mujer en presidir una sala del Supremo, rompiendo techos de
cristal, estando en funciones este consejo? ¿O que una mujer, por primera
vez en España, vaya a presidir un tribunal militar? Hace poco —un
mes—, la coronel María Inmaculada Benavente Cózar fue elegida en el
Pleno del Consejo General Poder Judicial en funciones presidenta del
Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla al obtener dieciséis de
los veintiún votos posibles, curiosamente, con los votos en blanco de
vocales propuestos por el Partido Socialista.


Para concluir, quiero decirles que el Estado de
derecho debe protegerse y reforzarse. Debemos proteger el órgano
constitucional, el Consejo General del Poder Judicial. En democracia las
formas son esenciales, se empieza despreciando las formas para acabar en
el fondo atropellando la independencia judicial. Pero en absoluto deben
tomar ustedes como rehén al órgano de gobierno de los jueces para
contentar a sus socios y coaccionar a la oposición. Entre todos debemos
trabajar por la justicia. No estemos en el debate siempre de intentar
sacar rédito en esta materia. Trabajemos por la justicia. Eso es lo que
el Partido Popular les ofrece: trabajo para cimentar el Poder Judicial y
para las reformas que necesita nuestra Administración de Justicia.


Muchísimas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


En turno en contra, tiene la palabra el señor
Fajardo.


El señor FAJARDO PALAREA: Gracias, señor
presidente.


Voy a utilizar muy poco tiempo en la intervención
en este turno en contra de los vetos, lo que no significa que no tenga el
máximo respeto para aquellos que los han formulado y por las
intervenciones de los que han intervenido en su defensa.


Con respecto a la propuesta de veto número 1, que
es la que articula Vox, diré que es una reproducción exacta de la
enmienda a la totalidad con texto alternativo que presentó en el
Congreso. ¿Qué ha hecho Vox por escrito y ahora, al exponer el veto?
Copiar los antecedentes de esa enmienda para conformar su veto. Y lo ha
hecho de forma literal, sin ninguna alteración; bueno, con una
alteración. Como, efectivamente, aquí no tienen grupo, en la lectura se
ha dicho hoy: Este diagnóstico es compartido por los senadores;
obviamente, en el Congreso dijeron: Por el grupo parlamentario. Porque
allí sí lo tienen. Y de los veintiún puntos de ese principio de la
enmienda a la totalidad con texto alternativo que presentaron solamente
hay cuatro de los veintiuno que de forma tangencial tienen que ver con la
proposición de ley orgánica que estamos tratando hoy. ¿Por qué? Por la
sencilla razón de que lo que realmente se quería con esa enmienda
alternativa a la totalidad en el Congreso, y ahora con el veto, no era
realmente lo que es objeto de esta proposición de ley, sino otra
proposición de ley que duerme en el Congreso de los Diputados y que tenía
que ver con el cambio del sistema de elección de los miembros del Consejo
General del Poder Judicial. ¿Qué hacen para intentar de alguna manera
vestir su veto? Lo de siempre: imputar a aquellos que han instado a la
proposición de ley orgánica, en síntesis, que es un ataque al principio
de separación de poderes y, por tanto, al Estado de derecho en aras de
conseguir influir en el Poder Judicial. Algo muy parecido a lo que
acabamos de escuchar de la persona que ha defendido el veto del Partido
Popular. Y mezclan nuevamente lo que es objeto de esta iniciativa con la
que he nombrado con anterioridad, que está en el Congreso de los
Diputados.


¿Y qué pedían básicamente en su veto? Una vuelta al
sistema de elección normado en su día por la ley orgánica 1/1980, de 10
de enero. Hacen una interpretación histórica, como acaba de leer de forma
prolija quien lo defendió, de la cuestión, interpretando a su manera la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y la Sentencia del Tribunal
Constitucional 108/1986, de 29 de julio, que declaró válido
constitucionalmente el cambio operado en 1985. Y también, al igual que
ahora ha hecho el representante del Partido Popular, se apela a una serie
de recomendaciones de instancias europeas, pero, y lo digo con el máximo
respeto, sin dar argumentos revisorios fundamentados para que ese veto
pueda prosperar, ya que en lo que concierne a esta iniciativa pasan muy
de puntillas; cuatro puntos de los veintiuno que nos acaban de leer.
Evidentemente, no dan argumentos sólidos porque no los tienen y porque
saben que si el máximo intérprete de la Constitución —fíjense
ustedes—, el Tribunal Constitucional, en su día ya se pronunció
sobre un tema de mucha mayor enjundia que el que se contiene en esta
proposición de ley orgánica diciendo que era válido, obviamente,
sospechan que su veto tiene como destino el fracaso. Obviamente, poco más
hay que decir con respecto al contenido de ese veto, y nos vamos a
reservar el grueso de nuestros argumentos para el Plenario. Esto, con
respecto al veto de Vox.


¿Qué es lo que no nos gusta del actual Consejo
General del Poder Judicial? Yo se la devuelvo. ¿Qué es lo que les gusta a
ustedes del actual Consejo General del Poder Judicial? (Aplausos). Porque
yo y mi grupo en particular no tenemos nada contra los miembros que
componen el Consejo General del Poder Judicial. Lo voy a decir clarito:
mi grupo dice sí a la independencia judicial. Mi grupo dice sí de forma
rotunda, clara, nítida, a la separación de poderes. Mi grupo está por
apoyar a las más de cinco mil personas que conforman el cuerpo de la
judicatura de este país y que de forma abnegada —usted lo sabe
perfectamente— luchan y desarrollan su trabajo día a día por todos
los lugares de España, lidiando con algunos problemas de carácter
estructural que usted y yo conocemos y en los que deberíamos trabajar
juntos para solventarlos con un gran pacto por la justicia y para la
justicia. Por tanto, usted me lanza el guante de trabajar, y yo le digo
que sí. ¿Y sabe cómo podemos empezar? Desbloqueando ustedes y cumpliendo
ustedes con la Constitución, desbloqueando el bloqueo que tienen ustedes
para poder renovar en tiempo y plazo a los miembros que componen el
Consejo General del Poder Judicial. (Aplausos).


Sinceramente, creo que no es bueno que entremos en
discusiones en un tema tan delicado, porque, al fin y al cabo, los que
creemos —y yo creo que usted lo sabe perfectamente— en el
Estado de derecho tenemos que defenderlo y preservarlo. Ustedes, a
diferencia de Vox, creo que inteligentemente, han abandonado el texto de
la enmienda a la totalidad que presentaron en el Congreso. ¿Y sabe por
qué? Porque en esa enmienda ustedes se descubrían con respecto a la
cuestión jurídica sobre si es necesario algo que usted acaba de
mencionar. Usted sabe perfectamente —usted es una persona de sólida
formación jurídica— que no es necesario consultar al Consejo
General del Poder Judicial cuando se trata de aprobar una proposición de
ley orgánica. ¿Sabe usted por qué? Lo demostraron ustedes mismos, por eso
ustedes han abdicado de ese texto alternativo que tenían. ¿Sabe por qué?
Porque ustedes proponían la modificación del artículo 560, introduciendo
un nuevo párrafo 5, donde sí se contemplaba —entonces sí— que
hubiera que consultar al Consejo General del Poder Judicial para la
tramitación de una proposición de ley. Y sabe usted, igual que yo, como
persona —vuelvo a repetir— de gran formación jurídica, que no
existe —no existe— ningún deber legal de consultar al Consejo
General del Poder Judicial. ¿Y sabe quién lo dice? Lo dice el Consejo
General del Poder Judicial. ¿Y sabe dónde? En el informe que emitió el 17
de diciembre pasado con respecto a esta proposición de ley que hoy
estamos debatiendo en comisión, cuando, citando el artículo 561.1.9.º,
dice que es cierto que para el caso de proposiciones de ley presentadas
por las Cortes es solamente potestativo y no obligatorio. Eso lo sabe
usted, don Fernando, perfectamente. (Rumores).


Centrándonos en lo que debería ser el tema a
discutir, si es posible o no limitar las funciones, sabe usted
perfectamente que lo único que predica esta proposición de ley es normar
algo que es excepcional. Y dice usted: No; es que la Constitución no lo
prevé. Bien, usted sabe perfectamente que esta cuestión es susceptible de
ser realizada desde el punto de vista constitucional. Y sabe usted
incluso que, con arreglo a la Ley del Tribunal Constitucional, el propio
consejo, si entendiera que el legislador se ha excedido de sus
competencias, puede plantear un conflicto constitucional. Y viene
establecido perfectamente en la Ley del Tribunal Constitucional.


Habla usted del término en funciones y de que esto
es una novedad. Mire, el término en funciones ha estado previsto en la
Ley orgánica reguladora de la organización y funcionamiento desde el
año 1985 hasta el 2013, y usted lo sabe, en su artículo 115.2, con
idéntica redacción: El Consejo saliente continuará en funciones hasta la
toma de posesión del nuevo Consejo. Una redacción que contrasta, en lo
que aquí interesa, con la contenida en la Ley orgánica 1/1980, de 10 de
enero, del Consejo General del Poder Judicial, que, como usted debe de
saber, en su artículo noveno disponía —escuche bien—: El
consejo general se renovará en su totalidad cada cinco años, computados
desde la fecha de su constitución. Transcurrido dicho plazo —y aquí
viene—, el consejo continuará en el ejercicio de sus funciones
—no en funciones— hasta la fecha de constitución del nuevo.
Por tanto —y eso no lo digo yo, lo dicen varios componentes del
Consejo General del Poder Judicial, contra los que este partido, este
grupo, no tiene absolutamente nada—, dicen: Así pues, la Ley
Orgánica del Poder Judicial está declarando con toda claridad que no es
lo mismo continuar en funciones que continuar en el ejercicio de sus
funciones. Porque, utilizando los propios términos legales, no es lo
mismo ejercer todas las atribuciones en el caso de renovación parcial que
continuar en funciones en el caso de no renovación en plazo. No es solo
que no sea lo mismo, don Fernando, es que ambas expresiones significan
precisamente lo contrario, evidencian el contraste entre la plenitud y la
limitación. Y de eso, sencillamente, es de lo que va esta proposición de
ley que vamos a tratar. Esto no es un ataque al Consejo General del Poder
Judicial, esto no es un ataque a la independencia del Consejo General del
Poder Judicial, esto no es un ataque a la independencia del Poder
Judicial, esto no es faltar el respeto a nadie. Por cierto, para exigir
respeto hay que respetar. El respeto es bidireccional y, al igual que
nadie debe permitir injerencias en el Poder Judicial, mi grupo no va a
permitir injerencias en el Legislativo y en el Senado. (Aplausos).


Voy terminando. Yo me he leído —y también me
reservo para el Pleno, al igual que me imagino que habrá hecho
usted— el grueso de las fundamentaciones por las que ya le adelanto
que vamos a rechazar o a solicitar que se rechace el veto que ustedes han
propuesto y las enmiendas que traen causa de ese veto. Y estoy
completamente seguro de que usted sabe y conoce que no guía a mi grupo
ninguna intención que no sea la de mejorar el funcionamiento del Consejo
General del Poder Judicial. Le reitero que recojo su guante. Y hagan
ustedes un gesto. Siéntense, sentémonos sin excluir a nadie, porque
coadyuvar a que la justicia mejore no se compadece ni es conciliable ni
con los vetos a grupos parlamentarios ni con los vetos a personas. Esa es
muy mala práctica en política, y de lo que usted o su grupo pueden estar
pretendiendo con respecto a otro en su día puede usted ser sujeto pasivo
en las mismas actuaciones.


Don Fernando, mi grupo está a su entera disposición
para llegar a todos los acuerdos que redunden en beneficio y la mejora
del servicio público de la Administración de Justicia. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador
Fajardo.


Pasamos, a continuación, al turno de
portavoces.


En primer lugar, en representación del Grupo Mixto,
tiene la palabra el señor Sánchez-Garnica.


Es el turno de portavoces tras la defensa de los
dos vetos. ¿Quiere usted tomar la palabra?


El señor SÁNCHEZ-GARNICA GÓMEZ: Perdóneme, ¿hay un
turno de portavoces al final?


El señor PRESIDENTE: Hay un turno de portavoces
después de las enmiendas.


El señor SÁNCHEZ-GARNICA GÓMEZ: Exacto. Pues
entonces hablaré.


El señor PRESIDENTE: Muy bien.


A continuación, por el Grupo Nacionalista en el
Senado, tiene la palabra el señor Cervera.


El señor CERVERA PINART: Gracias, presidente.


Tampoco vamos a intervenir.


El señor PRESIDENTE: Gracias.


Por el Grupo Izquierda Confederal, tiene la palabra
el senador Mulet.


El señor MULET GARCÍA: Gracias.


Intervengo simplemente para mostrar nuestro rechazo
a los dos vetos. Votaremos en contra de ellos tanto aquí, en comisión,
como en el Pleno.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la
palabra el senador Sánchez López.


El señor SÁNCHEZ LÓPEZ: Gracias, señor presidente.
Intervengo rápidamente.


Nuestro grupo parlamentario presentó una enmienda a
la totalidad también en el Congreso y una proposición de ley para que
fueran los propios jueces quienes eligieran a los miembros del Consejo
General del Poder Judicial y no los partidos políticos. Despolitizar la
justicia; esa es nuestra máxima y una tarea necesaria para permitir que
los servidores públicos, los jueces, persigan la corrupción y puedan
trabajar sin injerencias políticas. Nosotros, por coherencia, hemos
renunciado a elegir a ningún miembro del Consejo General del Poder
Judicial, y hemos tenido la oportunidad de entrar en el mercadeo, pero
siempre hemos renunciado.






Por tanto, vamos a votar a favor de los dos
vetos y, cuando corresponda, votaremos a favor de las dos enmiendas y,
por supuesto, en contra de la ley.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor
Sánchez.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra
el señor Landa.


El señor LANDA JÁUREGUI: Gracias, presidente.


Abordamos los vetos presentados por el Grupo
Popular y por Vox, respectivamente, a la proposición de ley orgánica por
la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial en orden a
establecer el régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder
Judicial una vez expirados los cinco años de ejercicio establecidos en
el 122.3 de la Constitución. Según se señala en la propia proposición, se
subsana de esta forma la laguna legal existente respecto de la regulación
de este periodo transitorio de prórroga en el ejercicio de sus funciones
por el consejo saliente. Vaya por delante que votaremos en contra de
ambos vetos desde nuestra reflexión y decisión previa en el Congreso de
los Diputados por coherencia y también por convicción, pero no sin antes
subrayar algunas cuestiones importantes.


Dejando a un lado la fórmula legislativa empleada
—abogaríamos más por el proyecto de ley y sus preceptivas consultas
a los órganos correspondientes—, a nadie se le escapa que esta
proposición surge como respuesta y fórmula de presión ante el prolongado
bloqueo de más de dos años al que se encuentra sometida la renovación del
Consejo General del Poder Judicial. Sabido es que precisamente cuando se
producen estas situaciones de bloqueo es cuando suele surgir la
controversia sobre el sistema de designación de los vocales togados,
jueces y magistrados, y cuando se repasan las experiencias, no exentas de
polémicas, por cierto, de los modelos anteriores, sin olvidar la obligada
mención al filtro constitucional aplicado por la sentencia 108/1986 del
Tribunal Constitucional.


Nuestra posición al respecto es clara. No
compartimos la vuelta al modelo de elección exclusiva de los vocales
togados por jueces y magistrados. A nuestro entender, identificar
inevitablemente la designación parlamentaria con la politización y, a la
inversa, la designación por los jueces con la despolitización es ignorar
la realidad de un colectivo que legítimamente se organiza en asociaciones
vinculadas a las mismas tendencias y corrientes ideológicas existentes en
la sociedad de la que dimanan. Consideramos, en definitiva, que mantener
el nombramiento parlamentario desde la propuesta inicial de los propios
jueces no menoscaba la mejor garantía de su independencia y no constituye
una exigencia constitucional a tenor de la citada sentencia del Tribunal
Constitucional, que, como todos sabemos, bendijo constitucionalmente la
fórmula de elección y designación de la Ley del 85.


Cuestión distinta, no obstante, supone el uso con
intereses espurios que se pueda realizar del procedimiento legalmente
establecido para los nombramientos. Es ahí, a nuestro entender, donde
radica el verdadero problema y no en el procedimiento mismo, y es ahí
donde se pone de manifiesto el compromiso con el interés general, con el
reforzamiento de los órganos constitucionales y con el fortalecimiento de
las instituciones democráticas de las formaciones políticas. El bloqueo
instaurado en una suerte de amago permanente por el acuerdo, que luego es
desmentido y transformado en desacuerdo justificado en razones varias,
algunas tan cuestionables como el veto a uno de los partidos integrantes
del Gobierno, es un buen ejemplo de ello e inclina claramente la
responsabilidad del mismo hacia el Partido Popular, que, en su condición
de partido de gobierno debiera, a nuestro entender, dar mayores muestras
de responsabilidad y compromiso para con el reforzamiento institucional,
propiciando su resolución definitiva más pronto que tarde.


Por todo ello, y conforme a lo señalado, votaremos
en contra de los dos vetos. Muchas gracias. Eskerrik asko.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Landa.


Por Esquerra Republicana-EH Bildu, tiene la palabra
la señora Castel.


La señora CASTEL FORT: Gràcies, president.
Intervendré rápidamente.


Nuestro voto será en contra de los dos vetos porque
entendemos que es urgente la renovación de este órgano constitucional,
aunque tenga que ser vía reforma legislativa.


En el turno de portavoces ya lo detallaré más
claramente. Y, evidentemente, en el Pleno también. Reitero, pues, nuestro
voto en contra de los dos vetos.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Castel.


Por el Grupo Popular en el Senado, tiene la palabra
el señor De Rosa.


El señor DE ROSA TORNER: Gracias.


Además del apoyo, evidentemente, al veto que ha
presentado nuestro grupo parlamentario, también apoyaremos el veto
propuesto por Vox porque creemos que es necesario que esta proposición de
ley no vaya adelante al considerar que se atenta a la propia esencia
institucional del Poder Judicial. Y en el turno de portavoces ya me
extenderé en el posicionamiento del grupo.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el senador Oleaga.


El señor OLEAGA ZALVIDEA: Eskerrik asko,
president.


Señorías del Partido Popular, es reiterado que en
las diferentes comisiones que estamos teniendo, y ante las diferentes
leyes que se van viendo, hay una coincidencia en los argumentos entre la
derecha y la extrema derecha, y eso es algo que verdaderamente es
preocupante. (Rumores). El Partido Popular es un partido que
legítimamente aspira a gobernar este país y que, consecuentemente, tiene
que mantener, desde mi punto de vista, una postura clara en la defensa de
los valores constitucionales, que es, en definitiva, el objeto de toda
nuestra acción. Esto en Europa está clarísimo. En Europa, en el espacio
ideológico que ustedes ocupan nadie plantea esta clase de entendimientos
con la extrema derecha. Ya lo dijo en su día el ex primer ministro de
Francia, Manuel Valls, que los pactos con la ultraderecha en el fondo lo
que provocan es vender un poco el alma. Y esto es lo que de alguna manera
creo que le está pasando al Partido Popular, y más en una materia como
esta, que es verdaderamente importante. Estamos hablando del Poder
Judicial, uno de los pilares del Estado de derecho y, consecuentemente,
uno de los pilares de nuestro sistema democrático. Entonces, que en este
caso haya una coincidencia entre la derecha y la extrema derecha parece
verdaderamente sorprendente.


Miren, al Grupo Parlamentario Socialista le hubiera
encantado poder debatir serena y sosegadamente —sosegadamente, como
dice Gabilondo, igual viene de soso— con ustedes sobre la
concepción de ese órgano, con las razones profundas de por qué no desean
ustedes la renovación del Consejo General del Poder Judicial, y,
consecuentemente, debatir de lo que hay que hacer cuando un órgano de
esta naturaleza se encuentra en una situación de interinidad, en
funciones, o como queramos llamarlo, definirlo y establecer cómo debe ser
sus categorías y, por tanto, cuáles deben ser las atribuciones que ese
órgano constitucional debe tener. Nos hubiera encantado debatir con
ustedes de esto, pero realmente la postura de bloqueo que ustedes
mantienen hace absolutamente imposible un debate sereno, sosegado y
democrático.


Y no voy a extenderme más en este turno de fijación
de nuestra postura con respecto a los vetos, pero debo decir en relación
con los vetos coincidentes de la derecha y la extrema derecha que el
Grupo Parlamentario Socialista considera que deben ser derribados. Y
deben ser derribados, precisamente porque tenemos que someternos y
defender el espíritu constitucional, el espíritu de la carta magna, que
es la que define toda la arquitectura democrática de nuestro país. El
Grupo Parlamentario Socialista considera que es básico, fundamental, y
así lo ha manifestado mi compañero Manuel Fajardo, quien cree esencial
dejar claro que el servicio público, que la Administración de Justicia
debe estar al servicio y al interés de los ciudadanos —esa es la
base fundamental— y que, por tanto, hay que acabar con todos los
intentos de instrumentalización de los órganos constitucionales. Por ese
motivo, el Grupo Parlamentario Socialista considera que esta ley debe
salir adelante porque precisamente va a permitir un mejor funcionamiento
del sistema de la Administración de Justicia.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor
Oleaga.


Vamos a pasar a la votación de las propuestas de
veto. Saben que para la aprobación de un veto hace falta la mayoría
absoluta de la comisión, que es un mínimo de quince votos
favorables.


Votamos, en primer lugar, la propuesta de veto
número 1, presentada por los señores González-Robatto Perote, Marín
Gascón y la señora Merelo Palomares.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos a favor, 11; en contra, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la propuesta
de veto número 1.


Votamos la propuesta de veto número 2, presentada
por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos a favor, 11; en contra, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada también la
propuesta de veto número 2.


Pasamos al turno de defensa de las enmiendas, por
tiempo de cinco minutos. Y a continuación, se abrirá un turno en contra,
si se solicitara.


Como saben ustedes, solo quedan pendientes las
enmiendas números 3 y 4, del Grupo Parlamentario Popular, cuyo portavoz
tiene la palabra.


El señor BERNABÉ PÉREZ: Muchas gracias, señor
presidente.


Señorías, efectivamente, son dos las enmiendas que
ha presentado el Grupo Parlamentario Popular, en las cuales solicitamos
la supresión de los apartados 1 y 2 del artículo único de esta propuesta
de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que pretende modificar
el régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial
cuando se encuentre en funciones. Y la justificación de ambas es
exactamente la misma: lo hacemos porque entendemos que las competencias y
atribuciones que nuestro ordenamiento jurídico otorga al Consejo General
del Poder Judicial son esenciales para el cumplimiento de su fin
constitucional, de tal forma que estas deben ser realizadas siempre y en
exclusiva por los consejos salientes y entrantes, que deben sucederse sin
solución de continuidad. Sin embargo, con esta proposición de ley que se
nos trae a la Cámara entendemos que existe una limitación evidente en el
ejercicio de esas funciones, razón por la que entendemos que hay un
ataque a la independencia del Poder Judicial, que es lo que nos mueve a
presentar estas enmiendas y lo que también, indudablemente, nos impulsa a
solicitar el apoyo de la Cámara para que prosperen y demos por eliminados
estos dos preceptos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor
Bernabé.


¿Hay turno en contra? (El señor Fajardo Palarea
pide la palabra).


Tiene la palabra el señor Fajardo.


El señor FAJARDO PALAREA: Muchas gracias, señor
presidente.


Gracias, señor Bernabé, por la exposición que ha
hecho de las dos enmiendas que ha presentado, que, como usted bien dice,
tienen la misma fundamentación. Mi grupo está de acuerdo en que las
competencias y atribuciones que el ordenamiento jurídico le otorga al
consejo general son fundamentales, y como vamos a modificar el
ordenamiento jurídico a través de la proposición de ley orgánica que
estamos discutiendo, tendrá las funciones que así decida el Senado de
forma definitiva.


Usted dice que hay limitaciones, señor Bernabé. Sí,
se limitan, porque lo que se prevé es normar una situación excepcional.
¿Cuál es la situación excepcional? Que no puede tener las mismas
funciones un consejo cuyo mandato está superado que un consejo que no
tiene ese mandato superado. ¿Qué estándar se puede seguir? Lo decían en
la presentación del veto. El mismo estándar que se sigue para cualquier
Gobierno, para el Senado o para el Congreso de los Diputados. La pregunta
es, cuando se disuelven las Cámaras, ¿la comisión permanente del Senado
tiene las mismas funciones que el Senado? No. Pues es tan lógico como
eso. Y lo vuelvo a repetir, y lo digo con el máximo respeto: no significa
un ataque a la independencia del Poder Judicial ni un ataque focalizado o
centralizado en el Consejo General del Poder Judicial. Se trata, simple y
llanamente —no vean ustedes en esto ninguna otra cuestión—,
de normar lo excepcional; y creo que no es malo que toda situación
excepcional tenga una normativa para regularla. Por eso, agradeciéndole
el trabajo realizado, no podemos estar de acuerdo con las enmiendas y le
anuncio que votaremos en contra.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Este es el último turno de portavoces antes de la
votación.


Por tanto, por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene
la palabra el señor Sánchez-Garnica.


El señor SÁNCHEZ-GARNICA GÓMEZ: Muchas gracias,
presidente.


Señorías, votaremos a favor del texto propuesto por
dos razones que trataremos de desarrollar, si el tiempo nos lo permite,
en el Pleno. Sin pretender, en primer lugar, entrar en ningún tipo de
debate jurídico, que no es nuestra función, y grandes juristas tenemos,
modestamente no vemos ninguna tacha de inconstitucionalidad ni tampoco
ninguna invasión de competencias del legislador en el Poder Judicial. El
artículo 122 de la Constitución no establece de manera expresa la
inmutabilidad de las funciones del órgano de gobierno de los jueces. El
punto 2 de ese precepto constitucional lo que hace es remitir a una ley
orgánica, por lo tanto, al legislador, la regulación de su estatuto, por
lo que, en consecuencia, una ley de estas características puede
establecer un régimen jurídico distinto al Consejo General del Poder
Judicial, puede, en consecuencia, modificar ese régimen jurídico y puede
establecer una regulación en el caso de que se encuentre en funciones. El
hecho de que el punto 3 del artículo 122 haga referencia a los cinco años
no obsta en absoluto a lo anterior.


Y, en segundo lugar, porque, en consecuencia,
parece de sentido común limitar competencias del consejo mientras que se
encuentre en funciones. Lo extraordinario e incomprensible es la
situación de bloqueo en la que nos encontramos, que en absoluto favorece
la normalidad democrática. Por eso, mientras que no sea posible la
renovación, es lógico, como ocurre con otros órganos constitucionales,
con otras administraciones públicas, que el Consejo General del Poder
Judicial en funciones no pueda asumir determinadas funciones.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Nacionalista, el señor Cervera no
interviene.


En este caso, pasamos al Grupo Parlamentario de
Izquierda Confederal. Señor Mulet, tiene la palabra.


El señor MULET GARCÍA: Intervengo simplemente para
mostrar nuestro voto contrario a las enmiendas presentadas y a favor del
texto tal y como ha venido del Congreso. Ya expondremos en el turno de
portavoces del Pleno nuestro posicionamiento al respecto.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mulet.


El representante del Grupo de Ciudadanos está
ausente.


Por el Grupo Parlamentario Vasco en el Senado,
tiene la palabra el señor Landa Jáuregui.


El señor LANDA JÁUREGUI: Gracias, señor presidente.
Eskerrik asko.


Intervendré brevemente, simplemente para trasladar
nuestro rechazo respecto a las dos enmiendas de supresión presentadas por
el Grupo Popular. Entendemos que podrían ser equiparadas perfectamente al
veto que se ha presentado previamente. Estimamos, por tanto, que la
argumentación expuesta anteriormente por este grupo en relación con ese
veto presentado y desestimado resulta igualmente aplicable en relación
con estas enmiendas y, en consecuencia, la damos por reproducida. En
consecuencia, votaremos a favor del texto remitido por el Congreso.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Tiene la palabra la señora Castel, en nombre de
Esquerra Republicana.


La señora CASTEL FORT: Gràcies, president.


En el mismo sentido en que se ha expresado el
compañero del Partido Nacionalista Vasco, nosotros vamos a votar en
contra de las enmiendas y a favor del texto remitido. Es evidente que el
sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial ha degenerado
en un reparto de los miembros entre los dos partidos mayoritarios, y en
función, además, de la identificación partidista. Esto ha acabado en
bloqueos según el momento y según el interés partidista. Por lo tanto,
entendemos que hace falta una reforma del proceso de elección que
garantice no solo esa reforma, esa renovación del proceso de elección,
sino que, además, garantice que la elección sea por criterios de mérito,
de capacidad, de paridad y de pluralidad ideológica, y a la vez que haya
consenso entre los jueces y los magistrados.


También tenemos claro que el sistema actual de
distinción de vocales con régimen de dedicación exclusiva y a tiempo
parcial ha resultado disfuncional y ha perjudicado al propio órgano no
solamente en su independencia, sino también en su propio carácter
colegiado. Eso quizá también se debería abordar en un futuro. Por lo
tanto, hacen falta reformas que garanticen que los miembros del Consejo
General del Poder Judicial ejerzan sus funciones en régimen de dedicación
exclusiva, haciendo este cargo incompatible con cualquier otro.


Nosotros entendemos que mientras el consejo esté en
funciones y continúe haciendo nombramientos, el Partido Popular es
evidente que no va a mover un dedo para la renovación del consejo y, por
lo tanto, no hay otra vía que privar al Partido Popular de ese interés
por mantener la composición actual del consejo. Estar en funciones, pues,
como ya se ha expresado, significa carecer de esa legitimidad
democrática, ya que la legitimidad del órgano constitucional —se la
ha transmitido el Legislativo— ha caducado, porque el consejo no se
presenta a las elecciones, sino que se presenta a las elecciones el
Legislativo que lo nombra. Por tanto, no se puede tolerar que el Partido
Popular abuse de esta exigencia de una mayoría cualificada para mantener
una composición de un consejo que responde a la expresión de una voluntad
popular del año 2011. Por eso, entendemos que no hay legitimidad
democrática en este consejo.


El Partido Popular, con el horizonte judicial que
tiene por delante y que le espera, no tiene ningún incentivo para cambiar
ni para desbloquear esta situación y, en consecuencia, para renovar el
consejo, porque no está dispuesto a renunciar a esta mayoría absoluta
de 2011 que todavía está representada de forma indirecta en la
composición del Consejo General del Poder Judicial. Con ella se
garantiza, pues, un control del órgano de gobierno del Poder Judicial y,
a través de él, el nombramiento de los puestos decisivos en el Tribunal
Supremo, la Audiencia Nacional y en los tribunales superiores de
Justicia. Por lo tanto, yo creo que hay que poner fin a la posibilidad de
que el mandato de los miembros del consejo general se prorrogue, además,
in aeternum esperando que se desbloquee. En consecuencia, esta reforma es
urgente y, por tanto, se exige.


Pero también, y de la misma forma, entendemos que
debería hacerse respecto de los magistrados del Tribunal Constitucional y
del Defensor del Pueblo, que también está bloqueado. Llevamos tiempo
aceptando prórrogas materialmente anticonstitucionales en el mandato de
los magistrados del Tribunal Constitucional, de los vocales del Consejo
General del Poder Judicial y del Defensor del Pueblo.


Finalmente, la propia Comisión, cuando público no
hace mucho el primer informe del rule of law del Estado de derecho, dijo
que precisamente uno de los desafíos más importantes del sistema judicial
de España es esta falta de renovación del Consejo General del Poder
Judicial, que proviene de este bloqueo, que la verdad es que es una falta
de voluntad política para aplicar una representatividad democrática
diferente de la que tenían ustedes en 2011.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Castel.


Por el Grupo Popular en el Senado, tiene la palabra
el señor De Rosa.


El señor DE ROSA TORNER: Muchas gracias, señor
presidente.


Señor Fajardo, permítame que me dirija a usted.
Usted no me ha contestado a la pregunta que yo le he efectuado sobre por
qué no le gusta este Consejo General del Poder Judicial. Y usted me ha
preguntado: ¿Y a usted por qué le gusta este Consejo General del Poder
Judicial? Pues se lo voy a decir: porque respeto el consenso de quien ha
trabajado durante todos estos años. Respeto que han hecho nombramientos
con capacidad y mérito, respeto que han luchado por la paridad y por la
promoción de la mujer en la judicatura y en los puestos relevantes del
Poder Judicial. Asimismo, este consejo ha trabajado en las distintas
sensibilidades de la carrera judicial, porque se han hecho nombramientos
sin tener en cuenta para nada su procedencia de una asociación, de otra o
de ninguna. Si quiere, nos sentamos y vemos la totalidad de nombramientos
que ha efectuado este consejo. De esto estamos muy orgullosos y están muy
orgullosos en la carrera judicial, porque se ha promocionado a personas
con capacidad a puestos en el Tribunal Supremo y a puestos en los
tribunales superiores de justicia. Se han nombrado mujeres para
presidenta de tribunales superiores de justicia, presidentas de sala,
presidentas de sala de lo social y de lo contencioso de los tribunales
superiores de justicia, y eso es admirable. Por eso me gusta este
consejo, porque ha actuado en los nombramientos con mayorías
de 19, 18, 17 o 21 votos a favor. Eso es de admirar, y se lo dice alguien
que ha estado en un Consejo General del Poder Judicial y conoce lo que
cuesta llegar a este consenso. Y sobre todo la paridad, señora Castel, la
paridad por la que está luchando este consejo para llegar a estos puestos
y romper muchos techos de cristal. Le he puesto dos ejemplos: la primera
mujer que va a presidir un tribunal militar, como ha hecho este consejo
en funciones hace un mes, y la primera presidenta de sala del Tribunal
Supremo, concretamente de la cuarta.


Por tanto, hablar de que el Partido Popular lo que
quiere lo hace por motivos ideológicos o por motivos del panorama
judicial es no entender nada al Consejo General del Poder Judicial.
¿Usted cree realmente que los jueces en el Tribunal Supremo, en la
Audiencia Nacional o en los tribunales superiores de justicia no son
independientes y que depende de que le nombre una u otra mayoría del
Poder Judicial? ¿Usted cree sinceramente, de verdad, que esto es así?
Pues bueno, es no entender nada del funcionamiento del Poder Judicial.
Pensar todo en un debate ideológico, un debate sectario, un debate
político, y que este va a ser nombrado para que la acusación no
trascienda… ¿Realmente usted, sinceramente, fuera del debate que
estamos teniendo, cree que los tribunales de Justicia funcionan de esa
manera? Yo puedo decirle que no.


Señor Fajardo, usted ha intentado, con todo el
respeto, hacer trampas en el solitario. Usted dice que no hacía falta
realizar un informe por parte del Consejo General Poder Judicial.
Evidentemente, porque ustedes, junto con Podemos, han escogido la opción
de la proposición de ley. Si se hubiera hecho lo que normalmente dice la
Constitución, que gobernando utilicen el proyecto de ley, tendrían
ustedes que utilizar la vía del informe, lo que pasa es que no les ha
gustado. No quieren que el Consejo General del Poder Judicial diga lo que
ha dicho en su Pleno en relación con el informe del 17 de diciembre.
Usted ha leído del informe el voto particular, pero no ha leído el
informe de la mayoría del consejo, con vocales de todas las
sensibilidades, que dice que ustedes no han querido un informe que iba a
ser absolutamente negativo.


Yo tengo aquí el comunicado de la Asociación
Profesional de la Magistratura. ¿Sabe lo que dice esta asociación, que
representa a más de mil jueces? Dice que la reforma que ustedes pretenden
y que ha defendido se aparta del espíritu constitucional, evidencia una
invasión de competencias y es reveladora del desprecio por el principio
democrático de división de poderes. Lo dicen los jueces, no lo dice este
grupo parlamentario. Lo dice la Asociación Profesional de la
Magistratura.


Para no extenderme más, le voy lanzar el guante.
Usted está preocupado por que el Consejo General Poder Judicial haga
nombramientos estando en funciones. Está usted muy preocupado, considera
que al Poder Judicial tiene que aplicarse lo mismo que al Poder Ejecutivo
y al Poder Legislativo, cuando considero, modestamente, que no es ese el
espíritu constitucional. Le lanzo el guante en ese sentido. ¿Qué prefiere
usted, los nombramientos que está realizando la fiscal general del
Estado? ¿Prefiere usted los nombramientos sectarios de la fiscal general
del Estado? Esto ya se lo dije yo aquí el otro día y ni se dignó a
contestarme. Supongo que será por vergüenza. ¿Usted prefiere esos
nombramientos que están motivando titulares de periódicos todo el fin de
semana y hoy mismo diciendo que están en contra de lo que dice el propio
Consejo Fiscal, que es elegido democráticamente por los fiscales? Si
están todos ustedes preocupados por la independencia, vamos a reformar el
Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Ustedes quieren reformar la Ley
Orgánica del Poder Judicial con respecto a los nombramientos del consejo.
Pues bien, vamos a reformar el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y
que no dependan los nombramientos del carácter ideológico y sectario de
la fiscal general del Estado. ¿Coge el guante? Vamos a sentarnos para que
no haya esos nombramientos sectarios, porque si son sectarios, son para
todos. Por tanto, centrémonos en lo importante, el Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal, máxime cuando la Fiscalía va a llevar la instrucción
de los procesos penales, y con esta fiscal general miedo me da si usted
habla de sectarismo y de nombramientos y designaciones. Miedo me está
dando, porque ya hemos visto lo que está realizando en torno al Supremo y
la limpieza ideológica que está haciendo en la cúpula de la Fiscalía. Por
tanto, eso es lo que tenemos que hacer y este grupo lo va a proponer, la
reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para que ustedes
pongan entonces mil excusas en el sentido de que, bueno, que los
nombramientos, que el fiscal… no, no, vamos a ver esos
nombramientos también.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor De Rosa.


A continuación, en nombre del Grupo Socialista,
tiene la palabra el señor Oleaga.


El señor OLEAGA ZALVIDEA: Eskerrik asko,
presidente.


Esta ley que ahora debatimos trae causa de un
problema que ha generado el Partido Popular, que es el que no ha querido
cumplir con un mandato constitucional para renovar un órgano de la
importancia del Consejo General del Poder Judicial, y esta falta de
renovación crea una distorsión en el funcionamiento de la Administración
de Justicia. Por tanto, esta ley viene a corregir esa distorsión, ese mal
funcionamiento que se ha generado como consecuencia del bloqueo del
Partido Popular. Lo que plantea el Partido Popular es un desafío legal y
constitucional, en este caso ante uno de los órganos esenciales, y
aquellos que estamos con la Constitución y a favor de que se respete en
todos sus términos planteamos una solución a este desafío constitucional
que ha generado el Partido Popular.


Dice el representante del Partido Popular
—por cierto, ha hablado más de la Fiscalía que de otra cosa—
que le gusta, que le encanta el Consejo General del Poder Judicial. Si no
es un problema de que le guste a usted más o menos, es que la
Constitución dice que hay que renovarlo, y no se trata aquí de cuáles
sean los gustos del Partido Popular. La Constitución se cumple no por
gusto, se cumple porque es la Constitución y porque es el acuerdo de
todos.


Y le voy a decir una cosa. Nosotros, el Grupo
Parlamentario Socialista, sí estamos muy preocupados con algunas de las
cosas que vemos en este Consejo General del Poder Judicial y en la
persona que está al frente, el señor Lesmes. En primer lugar, hemos visto
cómo se ha permitido que altos cargos de la judicatura puedan criticar
impunemente a los partidos políticos porque tienen una ideología que no
les gusta. Esto es absolutamente increíble. Y hemos visto cómo se critica
incluso el trabajo que realizan los representantes ciudadanos en las
Cámaras legislativas. Es algo inusitado que se critique que los
legisladores legislen; en fin, no se ve. Es como si criticáramos que los
jueces dicten sentencias. No tendría mucho sentido.


Pero fíjese en una cosa: el señor Lesmes no ha
venido a esta Cámara pese a que se le ha pedido, y tenemos las memorias
pendientes desde el año 2012. No ha acudido a dar cuenta ante los
representantes de los ciudadanos porque desprecia a los representantes
ciudadanos, desprecia a las Cámaras, al Congreso y particularmente al
Senado, que es donde nos encontramos, porque lo lógico, lo normal en
democracia, es que hubiera presentado las memorias en tiempo y hubiera
acudido aquí a someterse al examen de los representantes del pueblo,
porque no olvidemos que el pueblo, la soberanía popular, es la que
detenta todos los poderes. El señor Lesmes es el presidente de un órgano
constitucional, pero no es el Poder Judicial, sino que son los ciudadanos
y las ciudadanas, a través de sus representantes, los que deciden si las
cosas se hacen bien o se hacen mal y pueden formular las preguntas.


El Partido Popular, ante esto, ¿qué hace? Silencio
absoluto. Sin embargo, ¿qué es lo que hace en el caso de la fiscal
general del Estado? Recuerden ustedes cómo la fiscal general del Estado
presentó en tiempo y forma la memoria del año 2019, se comprometió a
acudir a esta Cámara, acudió a esta Cámara en un tiempo razonable, que
fue en el momento en que la comisión la citó, y sin embargo ustedes
montaron un revuelo diciendo incluso una frase falsa, que la fiscal huye
del Senado, cuando quien lo decía sabía que no estaba diciendo la verdad,
él sabía que no estaba diciendo la verdad y mentía simplemente por gusto.
¿Por qué, en cambio, mantienen ustedes silencio ante el desprecio del
señor Lesmes a esta Cámara, que no ha comparecido, que no ha presentado
las memorias, que no las hemos podido debatir desde 2012 y que todavía no
ha presentado la del 2019? ¿Por qué ustedes mantienen silencio ante esto?
(Aplausos). ¿No será que este silencio se debe —y yo también puedo
hacer esas preguntas retóricas que tanto le gustan al portavoz del
Partido Popular— a que el señor Lesmes fue un alto cargo en su día
del Partido Popular? ¿No será porque igual no se conduce con la debida
imparcialidad con la que debería conducirse? ¿No será porque acaso no
cumple con sus tareas constitucionales, como debe hacer, garantizando la
independencia del Poder Judicial, sino posicionándose hacia una parte?
Son preguntas que les lanzo a ustedes. El silencio es del Partido
Popular, que no dice nada de esto, y cuando alguien mantiene silencio
ante actitudes de este tipo probablemente es porque las comparta, y
probablemente es porque le benefician, y por eso concluyen diciendo que,
como me gusta este presidente y este consejo, no lo cambio y no cumplo la
Constitución. Pues miren, esto es una tarea fundamental para la
democracia en este país. No podemos admitir que un órgano constitucional
se encuentre en esta situación de bloqueo, una situación absolutamente
intolerable que no responde al interés público, que no responde a lo que
establece con toda claridad la Constitución y que no responde al
compromiso y al juramento o promesa que cada uno de los senadores y
senadoras, diputados y diputadas, hicieron en su día. Por tanto, como no
se corresponde con eso, mantener este bloqueo es algo contrario al
espíritu de la Constitución, al espíritu de las leyes, al interés general
y al servicio a los ciudadanos. Por ese motivo, este Grupo Parlamentario
Socialista va a apoyar esta ley, porque entiende que de esta manera se
corrige la anomalía que ha creado el Partido Popular, y con esto
restauramos nuevamente la decencia de los órganos constitucionales.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Oleaga.


Vamos a proceder a la votación del texto propuesto
por la ponencia que, como saben ustedes, mantenía el texto que había
entrado proveniente del Congreso.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
Votos a favor, 18; en contra 11.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Señoría, hemos finalizado la sesión. Queda
únicamente, como saben ustedes, designar quién tiene que presentar el
dictamen ante el Pleno del Senado.


El señor OLEAGA ZALVIDEA: Yo propongo que sea el
propio presidente de la comisión, si les parece bien al resto de los
miembros.


El señor PRESIDENTE: ¿De acuerdo todos?
(Asentimiento).


De acuerdo, muchas gracias.


Se levanta la sesión.


Eran las diecisiete horas y cincuenta minutos.