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BOCG. Senado, apartado I, núm. 77-578, de 08/09/2020
cve: BOCG_D_14_77_578 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proyecto de Ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (procedente del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril).
Enmiendas no admitidas
a trámite
621/000007
(Congreso de los Diputados, Serie A, Num.18, Núm.exp. 121/000018)



La Presidencia del Senado, en ejercicio
de la delegación conferida por la Mesa de la Cámara en su reunión del día 12 de diciembre de 2019, al amparo del artículo 36.1 c) del Reglamento del Senado y de conformidad con la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ha acordado, en relación
con el Proyecto de Ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia (procedente del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril), no admitir a trámite las siguientes enmiendas, por
considerar que las mismas se refieren a materias que carecen de manera evidente y manifiesta de conexión con dicho Proyecto de Ley:

— La número 14 del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-EH Bildu, y las números 43
y 44 de los señores Cervera Pinart y Cleries i Gonzàlez, ambos del Grupo Parlamentario Nacionalista en el Senado Junts per Catalunya-Coalición Canaria/Partido Nacionalista Canario, ya que no existe ninguna relación entre el requisito del
conocimiento por los jurados de la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma en que ha de desarrollarse el proceso, y la adaptación de la Administración de Justicia a la crisis del COVID-19.

— La número 15 del Grupo
Parlamentario de Esquerra Republicana-EH Bildu y la número 42 de los señores Cervera Pinart y Cleries i Gonzàlez, ambos del Grupo Parlamentario Nacionalista en el Senado Junts per Catalunya-Coalición Canaria/Partido Nacionalista Canario, al no
existir relación de congruencia entre el objeto y finalidad de la iniciativa y el requisito de conocimiento de la lengua oficial propia de una Comunidad Autónoma, así como del derecho civil propio, foral o especial, por los integrantes del
Ministerio Fiscal que participen en procesos para la provisión de plazas en las Comunidades que cuentan con tales lenguas y derecho civil propio.

— La número 41 de los señores Cervera Pinart y Cleries i Gonzàlez, ambos del Grupo
Parlamentario Nacionalista en el Senado Junts per Catalunya-Coalición Canaria/Partido Nacionalista Canario, por no guardar la debida relación de congruencia con el objeto y finalidad del Proyecto de Ley, ya que propone la modificación de 19
preceptos de la Ley Orgánica del Poder Judicial en materia de derechos lingüísticos en el ámbito de la justicia, sin que dicha propuesta esté relacionada con la adaptación de la Administración de Justicia a la crisis del COVID-19.

Palacio del
Senado, 4 de septiembre de 2020.—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.