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I. Iniciativas legislativas
Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de maltrato animal. Enmiendas (Corrección de errores) 621/000083 (Congreso de los
Diputados, Serie A, Num.118, Núm.exp. 121/000118)
El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), formula la siguiente corrección de errores a la Debe decir: Precepto que se modifica: Artículo 340 bis. Apartado 2 letra g). Texto que se propone: «2. Las penas previstas en el apartado anterior se (...) g) Cometer el hecho para coaccionar, intimidar, acosar o producir menoscabo psíquico a quien sea o haya sido cónyuge o a persona MOTIVACIÓN Se propone ampliar la circunstancia agravante de la letra g) de manera Palacio del Senado, 27 de febrero de 2023.
enmienda número 22, de modificación, al Artículo único.
impondrán en su mitad superior cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias agravantes:
que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia controlar o provocar sufrimiento a un ser humano.»
que se contemple la comisión del hecho con el fin de victimizar a cualquier ser humano, atendiendo a la recomendación del Consejo Fiscal. Debe tenerse en cuenta que la instrumentalización del maltrato animal en contra de seres humanos no se
reduce al ámbito familiar. Se trata de conductas que pueden producirse en otros contextos, simplemente con la voluntad de causar un sufrimiento o menoscabo psíquico a otra persona.