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BOCG. Senado, apartado I, núm. 408-3587, de 11/11/2022
cve: BOCG_D_14_408_3587 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para agravar las penas previstas para los delitos de trata de seres humanos desplazados por un
conflicto armado o una catástrofe humanitaria.
Texto remitido por el Congreso de los Diputados
624/000017
(Congreso de los Diputados, Serie B, Num.236, Núm.exp. 122/000214)




Con fecha 11 de noviembre de 2022 ha tenido entrada en esta Cámara el texto aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados, relativo a la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para agravar las penas previstas para los delitos de trata de seres humanos desplazados por un conflicto armado o una catástrofe humanitaria.

Al amparo del artículo 104 del
Reglamento del Senado, se ordena la remisión de esta Proposición de Ley a la Comisión de Justicia.

En virtud de lo establecido en el artículo 107.1 del Reglamento del Senado, el plazo para la presentación de enmiendas y propuestas de veto
terminará el próximo día 23 de noviembre, miércoles.

De otra parte, y en cumplimiento del artículo 191 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación del texto de la mencionada Proposición de Ley, encontrándose la restante documentación
a disposición de los señores Senadores en la Secretaría General de la Cámara.

Palacio del Senado, 11 de noviembre de 2022.—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.

PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE MODIFICA
LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL, PARA AGRAVAR LAS PENAS PREVISTAS PARA LOS DELITOS DE TRATA DE SERES HUMANOS DESPLAZADOS POR UN CONFLICTO ARMADO O UNA CATÁSTROFE HUMANITARIA

Preámbulo

La invasión del
territorio de Ucrania por tropas de la Federación de Rusia está provocando un desastre humanitario de nefastas consecuencias, con millones de ucranianos y ucranianas desplazados en toda Europa, decenas de miles de ellos en España. Estas personas
que han tenido que abandonar su país en circunstancias terribles, debido a este cruento conflicto bélico, se exponen a situaciones de extrema vulnerabilidad, especialmente las mujeres, las niñas y los niños desplazados frente a los traficantes de
seres humanos, que ya han sido detectados acechando a esas personas.

El Informe (2020/2029(INI)) de 1 de febrero de 2021, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la Comisión de Derechos de las Mujeres e Igualdad
de Género del Parlamento Europeo, sobre la aplicación de la Directiva 2011/36/UE relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas, instaba a los Estados a establecer sanciones penales severas para
los delitos de trata.

Ante estas circunstancias, resulta procedente la aprobación de una Ley de modificación del Código Penal que incremente convenientemente las penas previstas para los delitos de trata de seres humanos en los supuestos de
desplazados por un conflicto armado o una catástrofe humanitaria.

En este sentido, se introduce para estos casos una nueva modalidad agravada en el apartado 4 del artículo 177 bis de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código
Penal.

Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Se añade una letra c) al apartado 4 del artículo 177 bis de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, con
la siguiente redacción:

«c) la víctima sea una persona cuya situación de vulnerabilidad haya sido originada o agravada por el desplazamiento derivado de un conflicto armado o una catástrofe humanitaria.»

Disposición
final. Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».