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BOCG. Senado, apartado I, núm. 283-2688, de 27/01/2022
cve: BOCG_D_14_283_2688 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proyecto de Ley de convivencia universitaria.
Propuestas de veto (Corrección de errores)
621/000035
(Congreso de los Diputados, Serie A, Num.68, Núm.exp. 121/000068)



El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea, del Grupo Parlamentario de Izquierda Confederal (Adelante Andalucía, Més per Mallorca, Más Madrid, Compromís, Geroa Bai y
Agrupación Socialista Gomera), mediante el presente escrito responde en cumplimiento del acuerdo de la Mesa de la Cámara , en su reunión del día 20 de diciembre, presentando un corrección de errores a la propuesta de veto n.º 2, quedando de la
siguiente manera:

El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente propuesta de veto.

Justificación

Para hacer realidad la autonomía
universitaria que la Constitución española, en su artículo 27.10 reconoce y ampara, bastaría con una ley que en el marco de lo dispuesto en la normativa básica del Estado y en la normativa de las Comunidades Autónomas con competencias en esta
materia, reafirmara que las universidades públicas, privadas y los centros adscritos privados gozarán de autonomía suficiente para establecer su propio régimen disciplinario y determinar el órgano al que corresponda el ejercicio de las facultades
disciplinarias en sus respectivas normas.

A este artículo único debería añadírsele una disposición derogatoria de todas las normas que dificulten o se opongan a dicha autonomía y, en particular, del Decreto de 8 de septiembre de 1954, por el
que se aprueba el Reglamento de Disciplina Académica de los Centros Oficiales de Enseñanza Superior y de Enseñanza Técnica dependientes del Ministerio de Educación Nacional. Y por último, una disposición final fijando la fecha de entrada en vigor
de la ley.

Por todo ello, se presenta esta enmienda a la totalidad para su devolución al Gobierno.

Palacio del Senado, 21 de diciembre de 2021.