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I. Iniciativas legislativas
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Enmiendas (números 3501 a 4000) 621/000036 (Congreso de los Diputados, Serie A, Num.70, Núm.exp. 121/000070)
ENMIENDA NÚM. 3501 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y Proyecto: 2005 23 06 0301 Control de la regresión de la costa de Alicante Importe: 2.830,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la Importe: 2.830,00 (Miles de €) Justificación: La regresión de la costa afecta gravemente a todo el litoral valenciano. Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas de protección, ENMIENDA NÚM. 3502 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en Proyecto: 2005 23 06 0302 Protección y recuperación de sistemas litorales en Alicante Importe: 1000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARIA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capitulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades presupuesto limitativo Concepto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de Importe: 1000,00 (Miles de €) Justificación: La regresión de la costa afecta gravemente a todo el litoral valenciano. Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas ENMIENDA NÚM. 3503 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en Proyecto: 2005 23 06 0303 Dotaciones para el acceso y uso público de la Costa de Alicante Importe: 1100,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA Servicio: 03 SECRETARIA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capitulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del presupuesto limitativo Concepto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas Importe: 1100,00 (Miles de €) Justificación: La regresión de la costa afecta gravemente a todo el litoral valenciano. Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas ENMIENDA NÚM. 3504 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en Proyecto: 2005 23 06 4601 Control de la regresión de la costa en Valencia Importe: 2460,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales Importe: 2460,00 (Miles de € Justificación: La regresión de la costa afecta gravemente a todo el litoral valenciano. Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas de protección, ENMIENDA NÚM. 3505 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: 2005 23 06 4602 Protección y Importe: 1000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: Importe: 1,000,00 (Miles Justificación: La regresión de la costa afecta gravemente a todo el litoral valenciano. Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas de protección, recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder ENMIENDA NÚM. 3506 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: 2005 23 Importe: 1000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: Importe: 1000,00 (Miles Justificación: La regresión de la costa afecta gravemente a todo el litoral valenciano. Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas de protección, recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder ENMIENDA NÚM. 3507 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 Programa: 456A Calidad del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Proyecto: Proyecto: 3.2.n.6 Desaladora de Sagunto (València) Importe: 39.022,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la Importe: 39.022,00 (Miles de €) Justificación: Asunción por parte del estado del coste total derivado de la construcción y puesta en marcha de la desaladora de Sagunt ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Calidad del Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Proyecto: 0076 3.1.e.9 Infraestructuras de distribución de agua procedente de Importe: 10.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: Importe: 10.000,00 (Miles de €) Justificación: Asunción por parte del estado del coste total derivado de la construcción y puesta en marcha de las desaladoras de Moncofa- Xilxes. ENMIENDA NÚM. 3509 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Calidad del Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Proyecto: Asumir coste de la desaladora vinculada a Cabanes-Oropesa Importe: 10.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de Importe: 10.000,00 (Miles de €) Justificación: Asunción por ENMIENDA NÚM. 3510 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión Concepto: 601 Otras Proyecto: Canalización del Barranc del Sol Importe: 700,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de Importe: 700,00 (Miles de €) Justificación: Las lluvias del mes de noviembre han vuelto a poner sobre la mesa las graves inundaciones que se producen en el Barranc del El Barranc del Sol se encuentra situado en la zona noroeste de Castelló de la Plana. Es un barranco de origen Para canalizar el Barranc del Sol primero hay que asegurar el vertido de ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Proyecto: Canalización de la Importe: 700,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar Importe: 700,00 (Miles de €) Justificación: En periodos de fuertes lluvias la rambla de Alcalà de Xivert, en el norte de Castelló, tiene un caudal importante lo cual provoca el corte de circulación en la CV-1405, incomunicando una parte importante de la población de Estos episodios cada vez más frecuentes, indican El proyecto, en avanzado estado de tramitación, se paró incomprensiblemente dejando la problemática vigente a lo largo de 14 años, con el El 30 de septiembre de este año, se aprobó por unanimidad al Pleno ordinario del Ayuntamiento de Benicarló, instar en el gobierno español a recuperar en los ENMIENDA NÚM. 3512 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: 2005 23 06 1201Control de la regresión de la costa de Castellón Importe: 2.460,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARIA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capitulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Concepto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con la disposición adicional segunda Importe: 2.460,00 (Miles de €) Justificación: La regresión de la costa afecta gravemente a todo el litoral valenciano. ENMIENDA NÚM. 3513 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: 2005 23 06 1202 Protección y recuperación de sistemas litorales en Castellón Importe: 1000,00 (Miles de BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARIA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capitulo: 7 Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Concepto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con la Importe: 1000,00 (Miles de €) Justificación: La regresión de la costa afecta ENMIENDA NÚM. 3514 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: 2005 23 06 1203 Dotaciones para el acceso y uso público de la costa en Importe: 1100,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARIA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 000X Transferencias y Capitulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Concepto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector Importe: 1100,00 (Miles de €) Justificación: La ENMIENDA NÚM. 3515 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 110 Programa: 452A Capitulo: Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Rehabilitación del río Vinalopó a su paso por Novelda Importe: 150 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Calidad del agua Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión de Justificación: El río Vinalopó se encuentra en un lamentable estado a ENMIENDA NÚM. 3516 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Programa: 451O Capitulo: Inversiones reales Artículo: 62 Inversiones nueva asociada al Proyecto: Nuevo. Fondo incondicionado para municipios con riesgo de despoblación y exclusión financiera Importe: 54.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 32SB Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Concepto: 2022 Justificación: Fondo incondicionado para los municipios más pequeños del Estado y que, además, tienen una deuda ENMIENDA NÚM. 3517 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: 2005 23 06 4601 Control de la regresión de la costa de Bellreguard (València). Aumento de partida Importe: 3.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo Importe: 3.000 (Miles de €) Justificación: La regresión a la cual están ENMIENDA NÚM. 3518 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso Proyecto: Espigones y defensas en el litoral de Nules Importe: 3.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 50 MECANISMO DE Programa: 45DB C04.I02 Conservación de la biodiversidad terrestre marina Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Concepto: 2022 23 101 6910 Inversión nueva. Otras Importe: 3.000 (Miles de €) Justificación: El frente litoral de Nules se halla gravemente amenazado. El agua llega ya a las viviendas de la playa, ENMIENDA NÚM. 3519 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: (nuevo) Museo de Arte Íbero en Elx. Cesión de la Dama de Elche Importe: 3.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación Importe: 3.000,00 (Miles de €) Motivación: La Dama de Elche es uno de los mayores referentes del arte íbero y supone, por extensión, uno de los emblemas del municipio ilicitano. La cesión temporal del La ciudad es uno de los lugares que cuentan con más patrimonio íbero en el contexto del hallazgo y cuenta con instalaciones ENMIENDA NÚM. 3520 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Programa: 337B Conservación y restauración de Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Artículo: 76 A Entidades Locales Concepto: 760 A ayuntamientos, diputaciones y otros entes locales (nuevo) Al Ayuntamiento de Elche para la salvaguarda, Importe 300,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 300,00 (Miles de €) TOTAL INVERSIÓN: 1000,00 (Miles de €) Justificación: El Palmeral se ha visto fuertemente amenazado por las plagas, en particular y la más peligrosa ha sido la del picudo rojo que acabó con centenares de palmeras en el corazón del patrimonio. Una lucha que está controlada Elx es lo que Por ello, es necesario la implicación del resto de administraciones y que el Ministerio de Cultura abra una línea de financiación fija para la salvaguarda, ENMIENDA NÚM. 3521 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 4 Artículo: 45 A Comunidades Autónomas Concepto: (Nuevo) Inversión Museo Sant Pius V para la digitalización de sus fondos Importe: 2.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 2.000,00 (Miles de €) Justificación: El Museo de Bellas Artes San Pío V, es una infraestructura ENMIENDA NÚM. 3522 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO Servicio: 24.105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS YEQUIPAMIENTOS DE CULTURA Programa: 333A Museos Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: 2021 Mejora del entorno y accesos del museo Importe: 2.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a Importe: 2.000,00 (Miles de €) Justificación: El Museo de Bellas Artes San Pío V, es una infraestructura cultural esencial en la Comunidad Valenciana, y la segunda pinacoteca del ENMIENDA NÚM. 3523 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO CULTURA Y DEPORTE Servicio: 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE Programa: 333A Museos Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 45 A Comunidades Autónomas Concepto: 458 Al Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM) para gastos de funcionamiento Proyecto: Importe: 3.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 3.000,00 Justificación: El Instituto Valenciano de Arte Moderno, ha sido una referencia internacional en las artes plásticas. Es necesario aumentar su dotación económica para volver a situar a este Museo en el lugar que le ENMIENDA NÚM. 3524 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.50 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 4 Artículo: 45 A Comunidades Autónomas Concepto: 458 Al Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM) para gastos de funcionamiento Proyecto: Aumento dotación económica IVAM Importe: BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 3.000,00 (Miles de €) Justificación: El Instituto Valenciano de Arte Moderno, ha sido una referencia internacional en las artes plásticas. Es necesario aumentar su dotación económica para volver a situar ENMIENDA NÚM. 3525 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio 24.50 INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA Programa: 335A Música y danza Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 45 A Comunidades Autónomas Concepto: 45404 A la Fundació Palau de les Arts de la Comunidad Valenciana Importe: 4.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación Importe: 4.000,00 (Miles de €) Justificación: Aumentar la partida dedicada la Fundació Palau de les Arts de la Comunidad Valenciana para su temporada operística, ya que la actual es muy exigua, teniendo en ENMIENDA NÚM. 3526 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS GENERALES Programa: 334A Promoción y cooperación cultural Capitulo: 4 Transferencias Artículo: 454 A familias e instituciones sin fines de lucro Concepto: (nueva) Federació de Societats Musicals de la CV Importe: 80,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y Servicio 24.01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS GENERALES Programa: 334A Promoción y cooperación cultural Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 489 Otras ayudas y subvenciones Importe: Justificación: Subvención a la Federació de Societats Musicals de la Comunitat Valenciana para el cumplimiento de sus actividades. La Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana Actualmente, la FSMCV agrupa ENMIENDA NÚM. 3527 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y Servicio: 05 Programa: 337B Capitulo: Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento normal de los servicios Proyecto: Nuevo. Finalización de la construcción del Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 302 MUSEO NACIONAL CENTRO DE ARTE REINA SOFÍA Programa: 333A Museos Capítulo: 6 Justificación: El proyecto de ENMIENDA NÚM. 3528 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: (nuevo) Creación de una sede del Museo Nacional de Escultura en Ciudad Rodrigo Importe: BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 1.000,00 (Miles de €) Justificación: Para aumentar la oferta cultural y el atractivo turístico de la zona fronteriza entre Salamanca y Portugal, se considera conveniente, a la par que perfectamente viable, la creación de una sede del Museo Nacional de Escultura en Ciudad Rodrigo, ENMIENDA NÚM. 3529 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al Concepto: (nuevo) Creación de una sede del Museo del Prado en Zamora Importe: 1.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a Importe: 1.000,00 (Miles de €) Justificación: Dado que el Museo del Prado posee numerosas obras almacenadas sin poder ser expuestas, se debería crear una sede del ENMIENDA NÚM. 3530 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los Concepto: (nuevo) Creación de una sede del Museo del Traje en Béjar Importe: 1.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la Importe: 1.000,00 (Miles de €) Justificación: Dada la histórica importancia del sector textil en la ciudad de Béjar, y que el Museo Nacional del Traje posee buena parte de sus bienes sin ser ENMIENDA NÚM. 3531 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: (nuevo) Creación de una sede del Museo Arqueológico Nacional en Astorga Importe: BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 1.000,00 (Miles de €) Justificación: Dada la histórica importancia de la ciudad de Astorga, con importantes restos romanos, unido al hecho de que el Museo Arqueológico Nacional posee buena parte de sus bienes sin ser expuestos al público, almacenados, se propone la creación de una ENMIENDA NÚM. 3532 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: (nuevo) Creación del ‘Museo Nacional del Pueblo Vetón’ en Importe: 500,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 500,00 (Miles de €) Justificación: La importancia del castro de Yecla de Yeltes, sumado a los diversos yacimientos arqueológicos relacionados con el pueblo prerromano de los vetones en las provincias de Salamanca, Zamora, Cáceres o Ávila, aconsejan la ENMIENDA NÚM. 3533 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: (nuevo) Creación del Museo Nacional de la Ganadería y la Dehesa en Villavieja de Importe: 500,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 500,00 (Miles de €) Justificación: Se propone la creación ENMIENDA NÚM. 3534 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Mejoras en el entorno del Importe: 2.500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 2.500 (Miles de Justificación: El castillo de Sagunt, que fue declarado el primer Monumento Nacional, precisa de una urgente intervención tras años de olvido por parte de su titular, a pesar de sus dimensiones e importancia histórica. ENMIENDA NÚM. 3535 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Señalización de conjuntos históricos en las autovías de Salamanca Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS GENERALES Programa: 331M Dirección y Servicios Generales de Cultura y Deporte Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Proyecto: 2019 24 01 0003 Obras de mejora, adaptación y seguridad en edificios de los servicios centrales Importe: 500 (Miles de €) Justificación: En la mayor parte de los casos, las autovías dependientes del Estado no poseen una señalización específica en el acceso a aquellas localidades de la provincia de Salamanca ENMIENDA NÚM. 3536 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Señalización de conjuntos históricos en las autovías de Zamora Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS GENERALES Programa: 331M Dirección y Servicios Generales de Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Proyecto: 2019 24 01 0003 Obras de mejora, adaptación y Importe: 500 (Miles de €) Justificación: En la mayor parte de los casos, las autovías dependientes del Estado no poseen una señalización específica en el acceso a ENMIENDA NÚM. 3537 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Señalización de conjuntos históricos en las autovías de León Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS GENERALES Programa: 331M Dirección y Servicios Generales de Cultura y Deporte Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: Proyecto: 2019 24 01 0003 Obras de mejora, adaptación y seguridad en edificios de los servicios centrales Importe: 500 (Miles Justificación: En la mayor parte de los casos, las autovías dependientes del Estado no poseen una señalización específica en el acceso a aquellas localidades de la provincia de León reconocidas como Conjunto Histórico-Artístico, ENMIENDA NÚM. 3538 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 Programa: 333A Museos Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: (nuevo) Impulso al Parque Temático de Importe: 1.500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 1.500 (Miles de €) Justificación: A pesar de los esfuerzos realizados por el ayuntamiento de Fabero y la asociación de mineros jubilados para el desarrollo del proyecto del Parque Temático de la Minería de Fabero, éste no se ha desarrollado lo suficiente ENMIENDA NÚM. 3539 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento Concepto: (nuevo) Impulso al proyecto del Ponfeblino Importe: 1.500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la Importe: 1.500 (Miles de €) Justificación: Se insta al Gobierno de España a participar y colaborar económicamente en el proyecto de recuperación del Ponfeblino (antigua vía férrea ENMIENDA NÚM. 3540 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 64 Gastos Concepto: Nuevo. Conmemoración del 850 aniversario del Cerco de Zamora Importe: 200,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 301 Programa: 33XC Capítulo: Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 200,00 (Miles de €) Justificación: En 2022 se cumple el 850 aniversario de la liberación por Vellido Dolfos de la ciudad de Zamora, que había sido sometida a un cerco de siete meses por parte de las tropas castellanas, que no pudieron tomar Zamora, que ENMIENDA NÚM. 3541 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 M.º DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Concepto: Nuevo. Conmemoración del bicentenario de la provincia de Villafranca del Bierzo Importe: 200,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 301 Programa: 33XC C24.I03 Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales. Cultura Capítulo: Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: Justificación: El 27 de enero de 1822 se oficializaba la creación de la provincia de Villafranca del Bierzo, siendo esta provincia una de las cuatro que conformaban entonces la Región Leonesa, junto a las de ENMIENDA NÚM. 3542 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Puesta en valor Importe: 1.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 1.000 (Miles de €) Justificación: Ha de dotarse de un impulso turístico, desarrollando, mejorando y poniendo en valor la mayor infraestructura hidráulica de época romana existente en Europa: los canales romanos ENMIENDA NÚM. 3543 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: (nuevo) Reparación Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a largo plazo Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de Importe: 500 (Miles de €) Justificación: El abandono que sufre actualmente el complejo ferroviario de La Placa, en el municipio de Ponferrada, una obra de gran valor dentro del patrimonio industrial de la ENMIENDA NÚM. 3544 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Concepto: Excavación y puesta en valor del Fuerte de San Carlos de Puebla de Sanabria Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Dado su actual estado de total abandono, es precisa una partida ENMIENDA NÚM. 3545 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Rehabilitación y puesta en valor del búnker de Pelagarcía, en Carbajosa de la Sagrada Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Dado el estado de abandono y ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Excavación y puesta en valor de las trincheras de la Guerra Civil de la Montaña Leonesa Importe: 600 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación Importe: 600 (Miles de €) Justificación: Dado el estado de abandono y desconocimiento que hay respecto a un elemento histórico como las trincheras de la Guerra Civil que se conservan en la Montaña Leonesa ENMIENDA NÚM. 3547 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Promoción del mudéjar de tierras de Alba y Peñaranda Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Las comarcas salmantinas de Alba de Tormes y Peñaranda de Bracamonte poseen un extenso patrimonio de arte románico mudéjar, escasamente conocido incluso dentro de la provincia salmantina, lo que aconseja su promoción en el conjunto de España, de ENMIENDA NÚM. 3548 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada Concepto: Mantenimiento, conservación y rehabilitación de las murallas de Zamora Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Es precisa una partida para el mantenimiento, conservación y rehabilitación de las murallas medievales de ENMIENDA NÚM. 3549 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 64 Gastos Concepto: Nuevo. Conmemoración 725 aniversario del Tratado de Alcañices Importe: 200,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 301 Programa: 33XC Capítulo: Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 200,00 (Miles de €) Justificación: Se propone conmemorar el 725 aniversario del Tratado de Alcañices, que fijó la frontera entre los reinos de León y Portugal, desarrollando en este contexto conmemorativo además unas Jornadas sobre las Fronteras históricas ENMIENDA NÚM. 3550 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 M.º DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Concepto: Nuevo. Desarrollo del proyecto ‘Béjar ante el espejo’ Importe: 200,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 301 Programa: 33XC C24.I03 Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales. Cultura Capítulo: Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 200,00 (Miles de €) Justificación: Se trata de desarrollar el proyecto ganador del concurso de arquitectura Richard H. Driehaus ENMIENDA NÚM. 3551 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: Concepto: Rehabilitación y reforma integral del mercado de abastos de Zamora Importe: 3.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 3.000 (Miles de €) Justificación: El histórico edificio del mercado de abastos de Zamora ENMIENDA NÚM. 3552 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los Concepto: Rehabilitación del Puente de Piedra de Zamora Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Es precisa una partida para el mantenimiento, conservación y rehabilitación del Puente de Piedra de la ciudad de Zamora, dado que acusa un cierto grado de deterioro ENMIENDA NÚM. 3553 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 M.º DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Conservación y Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Concepto: Promoción “Reino de León: Cuna del Parlamentarismo” Importe: 300,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 301 Programa: 33XC C24.I03 Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales. Cultura Capítulo: Artículo: 69 Importe: 300,00 (Miles de €) Justificación: En 2013 la UNESCO reconoció al Reino de León como la “Cuna del Parlamentarismo” a nivel ENMIENDA NÚM. 3554 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 26 MINISTERIO DE SANIDAD Servicio: 07 DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Programa: 313B Salud pública, sanidad exterior y calidad Capítulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 45 A Comunidades Concepto: Nuevo. Dotación específica para aumento de Plazas PIR Importe: 8,000 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 26 MINISTERIO DE SANIDAD Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 31RC Prestaciones sanitarias y farmacia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de recuperación y resiliencia Concepto: 694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. Importe: 8,000 (Miles de €) Justificación España vive una verdadera crisis de salud mental que se ha agravado debido a la pandemia de covid19. Esto justifica aumentar el número ENMIENDA NÚM. 3555 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 26 MINISTERIO DE SANIDAD Servicio: 07 DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Programa: 313B Salud pública, sanidad exterior y calidad Capítulo: 4 Artículo: 45 A Comunidades Autónomas Concepto: Nuevo. Fondo “0 contenciones” para reducir la necesidad de usar contención física o farmacológica en pacientes psiquiátricos Importe: BAJA SECCIÓN: 26 MINISTERIO DE SANIDAD Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 31RC Prestaciones sanitarias y farmacia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Concepto: 694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. Mecanismo de recuperación y resiliencia. Importe: 15,000 (Miles de €) Justificación La contención mecánica de ENMIENDA NÚM. 3556 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 26 MINISTERIO DE SANIDAD Servicio: 07 DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Programa: 313B Salud pública, sanidad exterior y calidad Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Nuevo. Registro estatal de Contenciones Psiquiátricas Importe: 100,00 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 26 MINISTERIO DE SANIDAD Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 31RC Prestaciones sanitarias y farmacia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Concepto: 694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. Mecanismo de recuperación y resiliencia. Importe: 100,00 (Miles de €) Justificación La contención mecánica de ENMIENDA NÚM. 3557 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 26 MINISTERIO DE SANIDAD Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 31RD C18.I04 Formación de profesionales sanitarios y recursos para compartir conocimiento Capitulo: Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: Nueva. Aumento en Cooperación para Salud y Programas de Cáncer de Mama en Paraguay Importe: 4.450 (Miles de BAJA SECCION: 26 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 31KB Capitulo: Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 2021 26 50 0103 C11.I02. Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Sanidad Importe: Justificación: Aumento en Cooperación para Salud y Programas de Cáncer de Mama en Paraguay ENMIENDA NÚM. 3558 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 27 Servicio: 27.08 SECRETARÍA DE ESTADO DE DIGITALIZACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL Programa: 467I Innovación tecnológica de las telecomunicaciones Capitulo: 7 Artículo: 75 A Comunidades Autónomas Proyecto: nuevo Adquisición de multiplex televisivo Importe: 500,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 27 MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y Servicio: 27.01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS GENERALES Programa: 923Q Dirección y Servicios Generales de Asuntos Económicos y Transformación Digital Capitulo: 2 GASTOS CORRIENTES EN Artículo: 22 Material, suministros y otros Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos Importe: 500,00 (Miles de €) Justificación: Impulsar la reciprocidad televisiva con otros ENMIENDA NÚM. 3559 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 27 MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Servicio: 08 SECRETARÍA DE ESTADO DE DIGITALIZACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL Programa: 467G Investigación y desarrollo de Capitulo: Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Proyecto: Nuevo. Plan para la implantación del teletrabajo en zonas rurales de la Región Leonesa Importe: BAJA SECCION: 27 MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Programa: 491M Ordenación y promoción de las telecomunicaciones y de la Sociedad de la Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Proyecto: 2016 20 12 0003 Asistencia técnica de apoyo a las actividades relacionadas con la Importe: 5.000 (Miles de €) Justificación: Potenciar la implantación de empresas o autónomos teletrabajadores en el mundo rural, esta nueva actividad no necesita grandes ENMIENDA NÚM. 3560 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 27 MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Servicio: 08 SECRETARÍA DE ESTADO DE DIGITALIZACIÓN E Programa: 467G Investigación y desarrollo de la Sociedad de la Información Capitulo: Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Proyecto: Nuevo. Ayudas a la Importe: 5.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 27 MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Programa: 491M Ordenación y promoción de las telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Proyecto: 2016 20 12 0003 Asistencia técnica de apoyo a las actividades relacionadas con la gestión del sector de las telecomunicaciones Importe: 5.000 (Miles de €) Justificación: Fomentar la implantación ENMIENDA NÚM. 3561 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA ENTIDAD: ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS Capítulo: Imputación de proyectos que afectan a varias provincias Proyecto: 3014 CERCANIAS DE VALENCIA (nuevo) Mejora de la línea de cercanías Alicante-Murcia Importe: 5.100,00 (Miles de BAJA ENTIDAD: ENTIDAD: Puertos del Estado y Autoridades Portuarias Capítulo: DETALLE DE PROYECTOS UNIPROVINCIALES Proyecto:2503 VALENCIA- PUERTO DE VALENCIA-GENERACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE NUEVOS Importe: 5.100,00 (Miles de €) Motivación: Compromís insta al Gobierno a que la Autoridad Portuaria de València, bajo la supervisión del ente público Puertos del Estado, en tanto que promotor de ENMIENDA NÚM. 3562 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA ENTIDAD: ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS- ALTA Capítulo: DETALLE DE PROYECTOS UNIPROVINCIALES Proyecto: 3134 Línea Xàtiva - Alcoi Importe: 3.000 (Miles de €) BAJA ENTIDAD: ENTIDAD: Puertos del Estado y Autoridades Portuarias Capítulo: DETALLE DE PROYECTOS UNIPROVINCIALES Proyecto: 2530 Valencia- Puerto de Valencia- Terminal internacional de pasajeros. Importe: 3.000 (Miles de €) Justificación: Compromís insta al Gobierno a que ENMIENDA NÚM. 3563 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA ENTIDAD: ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS Capítulo: Imputación de proyectos que afectan a varias provincias Proyecto: 3014 CERCANIAS DE VALENCIA Concepto: (nuevo) Mejora de la línea de cercanías C6 Castelló-València Importe: 14.4230,00 BAJA ENTIDAD: ENTIDAD: Puertos del Estado y Autoridades Portuarias Capítulo: DETALLE DE PROYECTOS UNIPROVINCIALES Proyecto: 2509 VALENCIA- PUERTO DE VALENCIA-OBRAS PLAN DIRECTOR VALENCIA Importe: 14.4230,00 (Miles de €) Justificación: Compromís insta al Gobierno a que la Autoridad Portuaria de València, bajo la supervisión del ente público Puertos del Estado, en tanto que promotor de las actuaciones de ENMIENDA NÚM. 3564 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: ADIF-AV Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Proyecto: Variante de Importe: 3.000 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: ADIF-AV Programa: Al Anexo de inversiones reales y programación plurianual Proyecto: 2011 imputable al conjunto de la red Comunidad autónoma: Castilla y León Provincia: León Importe: 3.000 (Miles de €) Justificación: Debe darse el impulso definitivo a la Variante de Pajares para que pueda ponerse en funcionamiento, conectando por alta ENMIENDA NÚM. 3565 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Entidad: Entidad pública empresarial administrador de infraestructuras ferroviarias (ADIF) 4035 Otras líneas en servicio: Mejora y adaptación para el tráfico internacional de la línea Añadir a la cantidad existente un nuevo Importe: +9.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: Concepto: Acondicionamiento Importe 9.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para mejorar esta vía con el objetivo final de conseguir la reapertura del ferrocarril ENMIENDA NÚM. 3566 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Entidad: Entidad pública empresarial administrador de infraestructuras ferroviarias 3021 Corredor Cantábrico-Mediterráneo Sagunto-Teruel-Zaragoza Añadir a la cantidad existente un nuevo Importe: +7.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 7.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para mejorar esta vía con ENMIENDA NÚM. 3567 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA ENTIDAD: VALENCIA PLATAFORMA INTERMODAL Y LOGíSTICA, S.A., Capítulo: DETALLE DE PROYECTOS UNIPROVINCIALES Proyecto: 0004 Adquisición Parcelas Urbanizadas (Parc Sagunt II) Importe: 28.998 (Miles de €) BAJA ENTIDAD: VALENCIA PLATAFORMA INTERMODAL Y Capítulo: DETALLE DE PROYECTOS UNIPROVINCIALES Proyecto: 0001 Adquisición Parcelas Urbanizadas ZAL Valencia Importe: 28.998 (Miles de €) Justificación: Las repercusiones y el La ampliación del puerto de València es incompatible con la declaración de emergencia climática. La adquisición de parcelas urbanizadas de Sería conveniente destinar lo presupuestado a la adquisición Parcelas Urbanizadas ZAL Valencia de las parcelas a la adquisición de parcelas El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 151 enmiendas al Proyecto de Ley de Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-Carles Mulet García. ENMIENDA NÚM. 3568 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De modificación. Bonificaciones en el IRPF para los residentes en el medio rural Ayudas a la Se modifica el título del Capítulo I de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como sigue: ‘CAPÍTULO I Reducciones por atención a situaciones de Se añade un Artículo 54 bis: Artículo 54. Reducciones para personas residentes en el medio rural. Nuevo. 1. Podrán reducirse en la base imponible general el 30 por 100 de la suma de Reglamentariamente se desarrollará lo previsto en este apartado, definiendo de forma clara las Justificación: Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3569 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Bonificación impositiva a familias con hijos que residan en el medio rural de la Región Leonesa Ayudar con una menor Se modifica el título del Capítulo I de la Ley 35/2006, de 28 de ‘CAPÍTULO I Reducciones por atención a situaciones de dependencia, ruralidad y envejecimiento’ Se añade un Artículo 54 bis: Artículo 54. Nuevo. 1. Podrán acogerse a bonificaciones en la base imponible general aquellas familias que residan en zonas alejadas de las ciudades, comunidades rurales económicamente deprimidas y Reglamentariamente se desarrollará lo previsto en este apartado, definiendo de forma clara Justificación: Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3570 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Se propone añadir un nuevo apartado 5 bis al apartado Tres, del artículo 105 de la Ley de “5bis. Durante el año 2022 se aplicarán En la cotización respecto a los trabajadores encuadrados en Justificación La propia Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se El proyecto de ley trata a todos los empresarios a) Ser titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50 por 100 de su renta total de la realización de actividades agrarias u otras complementarias, siempre que la parte de renta b) Que los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación agraria por cada titular de la misma no superen la cuantía equivalente al 75 por 100 del importe, en cómputo anual, de la base c) La realización de labores agrarias de forma personal y directa en tales explotaciones agrarias, aun cuando ocupen Las limitaciones en la contratación de trabajadores por cuenta ajena a que se refiere el párrafo anterior se entienden aplicables por cada Para dichos trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la Ley Además, hay que tener en cuenta que las negociaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Trabajo e Inmigración y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, empeoraron el incremento de costes Teniendo en cuenta que un incremento desmesurado de los ENMIENDA NÚM. 3571 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. Disposición adicional centésima vigésima tercera El texto quedaría así: Ayudas a las provincias y zonas anexas escasamente pobladas Dentro del marco establecido a nivel europeo para las ayudas estatales de finalidad regional, el Gobierno establecerá las vías para el máximo aprovechamiento de las posibilidades de ayuda existentes para las zonas con una densidad de población Igualmente aquellas comarcas no incluidas en estas provincias pero con condiciones de densidad similares el Gobierno de España llevará a cabo un programa específico de ayudas para evitar de Justificación No afecta presupuesto porque comenzarían el próximo año. Se incluye zonas anexas, tal y como se permite en la regulación europea, con el objetivo de aprovechar al máximo ENMIENDA NÚM. 3572 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición El Gobierno realizará las gestiones adecuadas para incluir Aragón dentro de los territorios susceptibles de recibir los denominados «Fondos de Compensación lnterterritorial». MOTIVACIÓN Se trata de dar ENMIENDA NÚM. 3573 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España llevará a cabo la suscripción del Acuerdo Bilateral Económico-Financiero Justificación Con el objetivo de dar cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de ENMIENDA NÚM. 3574 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España cumplirá su compromiso presupuestario con el Justificación Para cumplir lo estipulado en la normativa vigente. Esta cuantía se cubrirá dentro del límite económico marcado por el Fondo de Contingencia con lo que no supone un aumento de gastos en los ENMIENDA NÚM. 3575 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España acometerá una reforma del Justificación Con el objetivo de modificar el sistema actualmente vigente que data de 2009 y dando cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón. No supone ningún ENMIENDA NÚM. 3576 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. Modificación de Disposición adicional: La Disposición Adicional decimosexta del Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de 1. Objeto, régimen jurídico y normas de b) El Registro Especial de Buques y Empresas Navieras estará situado en los territorios de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de la Ciudad Autónoma de Melilla. 2. Gestión y administración del Registro. a) La JUSTIFICACIÓN Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3577 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De adición. Enmienda al Articulado: IVA reducido para costes de IVA de los bienes y servicios utilizados en la producción agraria y forestal. Se propone la aplicación de un IVA reducido del 10% al conjunto de bienes y servicios empleados en la Enmienda de adición: Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente “Disposición adicional XX. Bienes y servicios utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal. Se añade una nueva disposición adicional a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, Disposición adicional novena. IVA reducido en los bienes y servicios utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal. Además de lo previsto JUSTIFICACIÓN El sector agrario español es un sector estratégico para asegurar un suministro de ENMIENDA NÚM. 3578 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Se propone añadir una “Disposición adicional XX: Modificación de la Disposición adicional segunda de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la Se sustituye la letra b) del apartado c) del punto 1 de la Disposición adicional segunda por las b) Respecto a los trabajadores incluidos en los grupos de cotización 2 a 11, la reducción se ajustará a las siguientes reglas: 1a. Para bases de cotización iguales o inferiores a 986,70  2a. Para a) TrabajadoresytrabajadorasporcuentapropiaincluidosenelSistemaEspecialpara Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los b) El resto de empresarios: (las fórmulas del texto de la Ley) Para el a) b) El resto de empresarios: (la fórmula del texto del proyecto de ley) Las reducciones para el año 2031, en todos los casos, serán del 12,95 por ciento para los empresarios trabajadores por cuenta propia En los supuestos de Justificación La propia Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la El proyecto de ley trata a todos los empresarios agrarios de la misma forma, cuando en la Seguridad Social y para el mismo sector agrario existe esa misma consideración para los a) Ser titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50 por 100 de su renta total de la b) Que los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación agraria por cada titular de la misma no c) La realización Las limitaciones en la contratación de trabajadores por cuenta Para dichos trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Además, hay que tener en cuenta que las negociaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Trabajo e Inmigración y las Teniendo en cuenta que un incremento desmesurado de los costes, como el previsto en la ley, influiría de forma muy perjudicial en la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que ENMIENDA NÚM. 3579 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva disposición adicional con la siguiente Disposición final xx. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Se modifican los apartados 1 y 2 del “1. Quedarán incluidos en este sistema a) Ser titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50 por ciento de su renta total de la b) Que los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación agraria por cada titular de la misma no c) La realización de labores agrarias de forma personal y directa en tales explotaciones agrarias, aun cuando ocupen trabajadores por cuenta ajena, siempre que no se trate de más de dos trabajadores que Las limitaciones en la contratación de trabajadores por cuenta ajena a que se refiere el párrafo anterior se Para determinar el cumplimiento de los 2. A los efectos previstos en este sistema especial, se entiende por explotación A este respecto se entiende por actividad A los efectos previstos en este sistema especial, se considerará actividad agraria la venta directa por Asimismo, se considerarán actividades complementarias la participación y presencia de la persona titular, como Igualmente tendrán la consideración de actividades complementarias las actividades de transformación de los productos de su explotación y venta directa de los productos transformados, JUSTIFICACIÓN La redacción del artículo 324 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Aunque entre las justificaciones de la modificación de los apartados La determinación de Otra cosa distinta es que Se propone reducir la media de seis años ENMIENDA NÚM. 3580 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De Disposición adicional xx: Mecanismo de trasvase de fondos entre administraciones en materia de financiación de las intervenciones de desarrollo rural. El Gobierno modificará, en el plazo máximo de Entendiendo como ejecución óptima de los fondos FEADER un uso anual ajustado al máximo a la previsión de cada anualidad de programación y a las necesidades reales de cada año, dejando el recurso a la El Gobierno procederá a las remodelaciones presupuestarias necesarias en los ejercicios correspondientes para atender lo dispuesto en el apartado 1, tanto para las asignaciones del FEADER como de las transferencias JUSTIFICACIÓN El mecanismo de transferencia de fondos previsto en el presente período de programación FEADER en España no ha sido en Esta situación puede verse agravada por la circunstancia de la entrada adicional de fondos Debe por lo tanto preverse un mecanismo que adapte las disposiciones financieras al ritmo de ejecución óptimo, evitándose así una pérdida de fondos FEADER, a la ENMIENDA NÚM. 3581 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Se añade al texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de Disposición adicional XX. Extensión del tratamiento fiscal favorable a las ayudas a la incorporación de Jóvenes agricultores. Se modifica la “Disposición final segunda. Entrada en vigor y El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El artículo segundo surtirá efectos desde el 1 de enero de 2020 Lo dispuesto en el artículo tercero será de JUSTIFICACIÓN El Real Decreto Ley 5/2020 y la Ley de ENMIENDA NÚM. 3582 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De adición. Se añade al texto del Proyecto de Ley de Disposición adicional XX. Modificación de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por el que se regula el procedimiento para la determinación El texto de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las Uno. Se suprime la Disposición transitoria única. Dos. Se incluye una nueva Disposición adicional “Disposición adicional sexta. Marco de interlocución provisional. El Gobierno habida cuenta de que los cambios relevantes que se producen en el sector agrario hacen Disposición Adicional El Gobierno, en un período de 6 meses desde la fecha de publicación de la presente Ley de Presupuestos Generales, presentará ante el JUSTIFICACIÓN. El 10 de julio de 2014 se recoge en el «Boletín Oficial del Estado» la Ley La Ley prevé en su artículo 2.1 que la representatividad de las organizaciones agrarias se determinará mediante consulta entre quienes tengan la condición de electores de acuerdo con lo En el artículo 13 se dispone asimismo que se crea el Consejo Agrario como órgano colegiado de carácter consultivo adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con la La composición del Consejo Asesor Agrario se establece mediante el artículo 15.1, según el La Disposición final quinta determina que la primera consulta se convocará en el plazo de dieciocho meses desde la entrada en vigor del reglamento de Por último, por la Disposición transitoria única de la Ley se mantiene la existencia, composición y funcionalidad del Comité Asesor Agrario y la condición de más Transcurridos más de 6 años de la entrada en vigor de la Ley 12/2014, de 9 de julio, no ha trascendido ningún avance acerca de los trabajos en relación al reglamento de la Ley que permita Conviene señalar en este punto que, en relación a este asunto, el Gobierno ha merecido ya en abril de 2017 un «Recordatorio de Se da, por lo tanto, una anómala situación en la que, quebrantando el sentido genuino de la Ley, se prolonga de manera indefinida aquello —el Ello impide, se impide de facto y Hay que señalar la circunstancia de que, con posterioridad a Se desprende de ello, por lo tanto, que el escenario real de representatividad en el sector difiere de la reconocida en Ello genera una representatividad institucional falseada en cuanto a la El Considerando lo anterior, no parece razonable, o cuando menos Por lo tanto, habiendo transcurrido un período tan dilatado desde que la vigente Ley 12/2014 entrara en vigor sin haber sido desarrollada la consulta electoral prevista en la misma, a la ENMIENDA NÚM. 3583 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente texto: Disposición Adicional XX. Modificación de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de La letra c) del apartado 1 del artículo 4 de la Ley 19/1995, se modifica para adoptar el c) Haber cumplido dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación que corresponda en aplicación de las disposiciones de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, JUSTIFICACIÓN La Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias establece que para alcanzar la condición de En el momento de Un titular de explotación puede, por lo tanto, si cumple el resto de exigencias alcanzar los beneficios de explotación prioritaria, pero una vez Igualmente, para un titular mayor de 65 años sería imposible, pese a Dicha consideración reporta ventajas fiscales y económicas, así como prioridades en el tratamiento de ayudas ENMIENDA NÚM. 3584 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De adición. Se propone el añadido de una nueva disposición adicional con el siguiente texto: Disposición Adicional XX. El Gobierno en el plazo de seis meses desde la publicación de la presente Ley elaborará un mapa de zonificación del No se podrán llevar a cabo instalaciones de estas infraestructuras en las zonas identificadas como no idóneas o poco Igualmente, en el plazo de seis meses desde la publicación de la presente Ley, el Gobierno JUSTIFICACIÓN Durante los últimos años, se ha Resultando obvia la necesidad de aumentar la producción de energía renovable en España, esta no debe hacerse a costa de la actividad de los agricultores y ganaderos. Por lo tanto Según diversas fuentes, además de las 4.500 hectáreas actuales dedicadas a la producción de energía ENMIENDA NÚM. 3585 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España, a fin de Justificación. Mejorar el derecho a la movilidad de las ENMIENDA NÚM. 3586 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Justificación. Mejorar el derecho a la movilidad de las personas en Aragón. No supone un incremento de gasto porque se imputaría este fondo a los Presupuestos Generales del ENMIENDA NÚM. 3587 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España procederá al reconocimiento efectivo de Internet como un derecho, permitiendo por tanto que las administraciones hagan el Justificación. No supone un incremento de gasto porque ENMIENDA NÚM. 3588 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: - El Gobierno aprobará un convenio de “transición justa” para las comarcas - El Gobierno de España afrontará este reto MOTIVACIÓN Se trata de crear un nuevo plan para afrontar la transición justa que merecen las comarcas mineras aragonesas , tras Este fondo se financiaría a partir de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 por lo que no supone un incremento del gasto para este año. ENMIENDA NÚM. 3589 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España realizará cuantas actuaciones sean necesarias ante el para poder completar adecuadamente, en el menor plazo de tiempo posible, todo el proceso de transferencias de las competencias Justificación Con el objetivo de dar cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón. No supone ningún aumento de gasto para los Presupuestos Generales del Estado ENMIENDA NÚM. 3590 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición ENMIENDA De adición. Disposición Adicional nueva El Gobierno de España diseñará un nuevo programa específico de Fondos para paliar el impacto de la pandemia de la COVID -19. Motivación Dado Esta partida se elaboraría durante 2022 y se incluirían las partidas en los Presupuestos para 2023 con lo que no afecta a las cantidades del actual. ENMIENDA NÚM. 3591 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno realizará cuantas actuaciones políticas se consideren adecuadas y necesarias destinadas a conseguir la restitución económica, medioambiental y socialmente de los municipios afectados por la Igualmente el Gobierno procederá a la reversión pública de todos aquellos saltos hidroeléctricos cuya concesión vaya caducando, teniendo en cuenta a MOTIVACIÓN Se trata de lograr la puesta en marcha, de manera coordinada con todas las administraciones públicas implicadas, de este tipo de acciones políticas, Se trata también de conseguir la gestión pública de aquellos saltos hidroeléctricos cuya concesión vaya caducando para compensar a las ENMIENDA NÚM. 3592 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno aprobará, en el menor plazo de tiempo posible, un nuevo «Plan de Actuación Específico para Teruel 2023-2027». MOTIVACIÓN Se trata de crear un nuevo plan dado que desde 2008 la provincia de Teruel no cuenta con No supondría un incremento de los gastos de los Presupuestos Generales del Estado para 2022 porque comenzaría a desarrollarse en 2023. ENMIENDA NÚM. 3593 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Enmienda al Texto Disposición adicional nueva: El Gobierno de España impulsará la creación de un fondo específico en la Estrategia frente al Reto Demográfico con el objetivo de afrontar la revitalización del medio rural aragonés. Justificación. Dotar económicamente la estrategia frente al reto con un fondo que no repercute en los Presupuestos Generales del Estado para 2022 porque comenzará su implantación en los siguientes ejercicios. ENMIENDA NÚM. 3594 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De Enmienda al Texto articulado Disposición adicional nueva: El Gobierno no aplicará el cobro de peajes en las distintas autovías y autopistas (tras la liberación de su peaje) y estudiará las alternativas para el Motivación En el caso de Aragón es una doble injusticia porque al retraso en las autovías no ENMIENDA NÚM. 3595 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De adición. Enmienda de adición Enmienda al Texto articulado Disposición adicional nueva: Se procede a modificar el artículo 33 de la Artículo 33. Incompatibilidades 1. Las pensiones de jubilación o retiro, a Además, no se podrá percibir la pensión de jubilación o retiro de Clases Pasivas con cualquier otra A estos efectos, se entenderá por remuneración cualquier No obstante lo anterior, se aplicarán a este régimen de Igualmente se excepciona de la aplicación de este régimen de incompatibilidad a los profesores Tutores recogidos en el 2. Asimismo, con carácter general, el percibo de las pensiones de jubilación o retiro será incompatible con el ejercicio de una actividad, Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, el percibo de las pensiones de jubilación o retiro, en el supuesto a) La edad de acceso a la pensión de jubilación o retiro debe ser, al menos, la establecida como edad de jubilación forzosa para el correspondiente colectivo de funcionarios públicos. b) El porcentaje En caso de desempeñar una actividad compatible, la cuantía de la pensión será equivalente al cincuenta por ciento del importe resultante La pensión se revalorizará en su integridad, en los términos establecidos para las pensiones del Régimen de Clases Pasivas. No obstante, en tanto se desempeñe el trabajo 3. El percibo de las pensiones de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad será incompatible No obstante, en los términos que reglamentariamente se determine, en los supuestos de 4. La percepción de las pensiones afectadas por las incompatibilidades Como excepción a los efectos de la suspensión señalados en el párrafo anterior, si la actividad incompatible se inicia el día En el supuesto regulado en el precedente apartado 2, tanto la reducción como el restablecimiento del importe íntegro 5. La situación económica de los perceptores de pensiones de jubilación o retiro se revisará de oficio, con la periodicidad que Justificación: Desde los presupuestos del año 2017, los profesores tutores Esta situación se ha venido manteniendo durante todos estos años y que puede revertirse ENMIENDA NÚM. 3596 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. De adición al articulado (Nueva disposición adicional). Texto que se propone Disposición adicional XXX para la cesión del El Gobierno realizará las gestiones adecuadas para que el Ministerio de Defensa inicie conversaciones con la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Godella para facilitar Justificación: El Centro Deportivo Militar de Suboficiales Reina Sofia de Godella es un espacio deportivo y de ocio de acceso restringido a personas con vínculos militares. Este complejo se localiza en una Por ENMIENDA NÚM. 3597 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De adición. El proyecto de real decreto por el que se regulaba la compensación al transporte La extra-peninsularidad de Melilla y de Ceuta, su escaso territorio y la escasez de recursos propios De una parte, el En este sentido, Melilla y Ceuta son regiones extra-peninsulares, a las que no es aplicable la condición de insularidad, “estricto sensu”, pero a las que la propia Comisión Europea, en determinadas ocasiones, ha De otra parte, el artículo 138.1 de la Constitución española establece que el Estado “garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad, consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por un Los estatutos de autonomía de Melilla (Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo) y de Recogiendo las dificultades de las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta reflejadas en sobrecostes estructurales con motivo de la extrapeninsularidad, la Ley 3/2017 de 27 de junio de Presupuestos La citada Dicha norma cumplió parcialmente lo dispuesto en el Reglamento 3577/92 del Consejo, ya que no se igualan las bonificaciones contempladas para Melilla y Ceuta con las bonificaciones de las Islas Canarias, ya que estas El presente enmienda viene a completar el mandato comunitario, y rectificar lo dispuesto en el apartado 5 de la disposición adicional centésima vigésima novena de la En su virtud de los expuesto, este Grupo Político propone recogen en el articulado del texto de los Presupuesto Generales del Estado para el año 2022 se incluya lo Disposición adicional Subvenciones al transporte de mercancías en las ciudades de Melilla y Ceuta. Se establece, con vigencia indefinida, un sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del Esta disposición Justificación Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3598 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. Disposición adicional (nueva) que modifica los siguientes artículos de la Ley General de Seguridad Social Uno. Se Artículo 207. Jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador. 2. En los casos de acceso a la 1.o Coeficiente del 1,875 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a treinta y ocho años y seis meses. 2.o Coeficiente del 1,750 por ciento por 3.o Coeficiente del 1,625 por ciento por trimestre cuando se 4.o Coeficiente del 1,500 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y cuatro años y seis meses. En el caso de los trabajadores y trabajadoras que hayan A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán períodos completos, sin que se equipare a un período la fracción del mismo. Dos. El Artículo 208.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como sigue: Artículo 208. Jubilación anticipada por voluntad del interesado. 2. En los casos de acceso a la a) Coeficiente del 2 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a treinta y ocho años y seis meses. b) Coeficiente del 1,875 por ciento por c) Coeficiente del 1,750 por ciento por trimestre cuando se d) Coeficiente del 1,625 por ciento por trimestre cuando se acredite un En el caso de los trabajadores y trabajadoras que hayan cotizado 40 años o más y que cuenten con 65 años o más de A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando Para el cómputo Justificación: Equiparación de derechos ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. La conexión de la ciudad de Melilla con el resto del territorio español es una asignatura pendiente del estado con dicha ciudad. A pesar de las bonificaciones al pasajero residente en el transporte marítimo y aéreo, al El actual sistema está basado una Las actuales bonificaciones para residentes, sin control determinado de precios, han provocado un alza Este encarecimiento de los billetes es muy lesivo para el comercio y el turismo de la ciudad de Melilla, que en la actualidad se encuentra con las fronteras cerradas por Uno de los pilares del desarrollo económico de Melilla, propuesto tanto por el Gobierno Central como por el Gobierno de la ciudad, es el turismo, sector que en la actualidad se encuentra fuera de abatido Es preciso pues, formular un cambio de modelo de conexión de la ciudad, de tal forma que los recursos financieros se incardinen a aproximar (en términos de transporte) la ciudad a la España peninsular, y no en En este sentido, la única solución que entendemos viable es la crear un puente marítimo con la El próximo 31 Por ello, se propone al Gobierno una nueva DISPOSICION ADICIONAL: 1º.- Se modifique el próximo contrato de servicio de 2º.- Se modifique el actual sistema de bonificaciones al transporte de pasajeros con la ciudad de Melilla, para hacerlo acorde Jutificación Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3600 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De adición. El desempleo juvenil en la ciudad de Melilla alcanzaba hace poco el 71,89 por El paro juvenil es un problema que afecta a la Unión Se hace preciso, por tanto, una actuación contundente Particularmente conviene enfatizar en la cuestión formativa, pues en los últimos años, el panorama laboral ha cambiado a nivel mundial. La demanda se ha transformado en capacidades digitales, centradas en diferentes En la Ciudad de Melilla se ha producido el desembarco de las primeras compañías TI, atraídas por los beneficios fiscales, de sociedades, etc... que brinda. No obstante, la demanda de profesionales no la cubren entre la Este nuevo mercado laboral se basa en conocimientos muy específicos, pero fáciles de adquirir en un modelo de formación intensiva, de un corto periodo de tiempo, que supone grandes atractivos y beneficios para la En virtud de los Primero.: Crear el Fondo de Desempleo de la Juventud y la Mujer de Melilla, para la financiación de programas temporales de empleo púbico, y subsidios a la contratación de Segundo. - El fondo a que se refiere el apartado anterior, también financiará acciones formativas con materias preferentes en formación digital y dominio de lenguas comerciales, dentro del objetivo Tercero. - El Gobierno establecerá modificaciones especificas en la contratación laboral y en las cotizaciones de la Seguridad Social, que favorezcan la contratación jóvenes y mujeres en la ciudad de JUSTIFICACIÓN Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3601 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De adición. La actual situación económica de Melilla, en declive desde hace años, se ha visto agravada en los últimos tiempos por tener, en gran medida, el núcleo de Melilla se encuentra, Entre los territorios especiales de la Unión Europea, clasificados en Regiones Dentro de las Regiones Autónomas Especiales existe diversidad en cuanto a su incorporación o no a la Unión Aduanera, inclusión o no en la zona de aplicación del IVA o su inclusión en el territorio Shenghen. Melilla no Independientemente de su relación con la UE, la ciudad ha disfrutado tradicionalmente de una A pesar del elenco de exenciones, bonificaciones y subvenciones la economía melillense no Ante La vocación europea de Melilla es La solución basada en su integración en la Unión Aduanera se antoja plagada de riesgos e Conviene recordar que para Tampoco parece razonable la equiparación con las Islas Canarias, que goza de una declaración de singularidad desde la incorporación de España a la Unión Europea, con su declaración de Región Ultraperiférica desde hace más de 20 años Un breve repaso por los territorios comunitarios que se encuentran lejos de la metrópoli de los países de la Unión, o con características singularísimas, nos hace ver Nuestra propuesta se incardina a que Melilla sea una ciudad de economía internacional. Un territorio con un Un modelo en el que el empleo y la empresa sean los ejes centrales, en el que el El impulso debe realizarse a través de estímulos fiscales, financieros, comerciales, En la actualidad uno de los principales instrumentos para atraer las inversiones son las Zonas Económicas Especiales En la actualidad es una figura muy extendida a lo largo del orbe, alcanzando las 5.400 en 147 países. Las Zonas Económicas Especiales, según el Banco Específicamente, la mayoría de las zonas económicas ofrecen a los inversores tres ventajas principales en relación al entorno de la inversión interna: 1) Un El Banco Mundial ha apoyado el desarrollo de las ZEE durante más de tres décadas en países que van desde China a Turquía y a países latinoamericanos. Estas zonas según dicha El propio Secretario General de la UNCTAD, Mukhisa Kituyi, reconoce que abundan los ejemplos de zonas económicas especiales que han sido clave para transformar las economías, facilitar una mayor participación en cadenas de valor En consecuencia, nos encontramos ante un instrumento de desarrollo, de reconocimiento y utilización generalizada a nivel mundial. Este instrumento también se utiliza en la Unión La Comisión de la UE ha declarado que competente a los Estados miembros, la creación o modificación de las En general las ZEE?s otorgan una serie de ventajas a esos territorios (muchas de ellas fiscales), y la Comisión en virtud de su propia normativa considera que estas El éxito de la creación de una ZEE, en este caso para la ciudad de Melilla, En virtud de los expuesto y dado que lamentablemente las adversas circunstancias de la ciudad de Melilla reflejan una situación excepcional que tiende a consolidar en Por ello se propone una disposición adicional nueva: 1. Se declare el territorio de la ciudad de Melilla como Zona Económica 2. En el plazo de seis meses, el Gobierno de la Nación procederá a elaborar informe, que contendrá el conjunto de medidas y modificaciones normativas que habrán de aplicarse al amparo de la declaración de ZEE. En el diseño de ZEE JUSTICACIÓN Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3602 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: La ciudad de Melilla no es región ultraperiférica según la calificación Dicha calificación de R.U.P les otorga una serie de beneficios, que tienden a compensar su lejanía geográfica del territorio continental de sus países. En el marco de la política de cohesión en los presupuestos de la UE para el periodo A diferencia de otras regiones si podrán invertir fondos Obtendrán una ayuda de 270 millones de euros en el marco de los programas de cooperación («Interreg»). El Instrumento de Vecindad y Cooperación Internacional permitirá poner en común los recursos necesarios para La Comisión prevé, además, 315 millones de euros para apoyar al sector de la pesca en las nueve regiones, En la nueva Política Agrícola Común se mantiene el enfoque POSEI (Programa de opciones específicas por la lejanía y la insularidad) con el fin de reforzar el apoyo a los agricultores en esas regiones; la financiación A ello se añade el presupuesto europeo para el desarrollo rural, que apoya la biodiversidad en la agricultura y la silvicultura y favorece el desarrollo económico de las zonas rurales. En este contexto, las regiones ultraperiféricas se La UE financia en las regiones ultraperiféricas hasta la mitad de los costes de los proyectos de transporte, La Comisión prevé para InvestEU ofrecer a los Estados miembros la posibilidad de transferir una parte de sus recursos Los programas Erasmus + y el Cuerpo Europeo de Solidaridad tienen en cuenta la situación Para ayudar a las regiones ultraperiféricas a aprovechar sus puntos fuertes y desarrollar su potencial, se ha puesto en marcha una iniciativa de intercambio de conocimientos especializados «Compartir la excelencia» en el marco del programa de El programa Europa digital que contribuye a lograr El programa para el El nuevo Fondo de Asilo y Migración y el Fondo de Seguridad Interior aportarán recursos a los Estados miembros afectados para ayudar a estas regiones a gestionar de forma sostenible la migración y hacer Las infraestructuras espaciales de las regiones ultraperiféricas se han beneficiado del auge de la política espacial de la Unión, en particular el puerto de lanzamiento europeo situado en Recientemente, la Comisión Europea ha propuesto que la UE intensifique sus esfuerzos en este ámbito en el marco de las nuevas perspectivas financieras, que ya en el período 2014-2020, asignó 13.800 millones de euros a estas regiones Además de estas subvenciones europeas, las regiones ultraperiféricas se benefician de otras medidas específicas o de excepciones para facilitar su acceso al mercado interior, a fin de atenuar el impacto de las limitaciones geográficas y Este conjunto de instrumentos específicos de apoyo a las R.U.P., supone un extraordinario apoyo al que no tiene acceso la ciudad de Melilla. Si bien es cierto de que las Islas Canarias tiene una Por otra parte, frente a los Estamos pues, en el caso de Melilla, en unos parámetros socioeconómicos iguales y muchos casos más adversos que algunas de las R.U.P., Las Islas Baleares tampoco son una R.U.P., pero tienen Se trata de Justificación Mejora ENMIENDA NÚM. 3603 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Disposiicón adicional nueva: El secretario autonómico valenciano de Turismo, Francesc Colomer, ha instado al Gobierno a “revisar con seriedad el programa del Imserso y dejar de Por este motivo, ha apuntado Para Turisme Comunitat Valenciana era importante “trazar una hoja de ruta conjunta y establecer un diálogo con el Estado que permita escuchar al sector, sumar fuerzas y poner en marcha un Por ello se propone incorporar en la normativa y los pliegos rectores del procedimiento de licitación del “Contrato de servicios de organización, gestión y ejecución del Programa la siguiente Dotar de una mayor cuantía el Programa de Turismo social del IMSERSO y desarrollar medidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público que impidan concursar a entidades o UTEs que Justificación Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3604 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva. ENMIENDA De adición. Se “Disposición Final XX. Modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Se añade un nuevo artículo 66 bis, con la siguiente redacción: Artículo 66 bis Reducción de la base imponible en las construcciones Tratándose de bienes inmuebles rústicos, las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, Dicho índice corrector se elaborará en base a la relación entre el valor catastral de reposición de las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y JUSTIFICACIÓN La Proposición no de ley sobre el valor catastral en el caso de las construcciones rústicas indispensables para la actividad agrícola, ganadera o El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 no incorpora ninguna modificación ni sobre el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, ni sobre el texto refundido de La enmienda presentada persigue corregir dicha omisión. ENMIENDA NÚM. 3605 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Se propone añadir una nueva disposición final con el siguiente texto: “Disposición final El Gobierno dispondrá que en los capítulos en los que Asimismo, el Gobierno coordinará sus actuaciones y colaborará con las Comunidades Autónomas en el ámbito responsable de sus respectivas Lo contemplado en la presente Disposición Adicional se mantendrá en el marco de los Presupuestos Generales del Estado en tanto en cuanto no se alcance dicho objetivo.” JUSTIFICACIÓN Históricamente, la convivencia de las especies silvestres y cinegéticas con la actividad agraria se desenvolvía de manera que los perjuicios ocasionados a dicha actividad se mantenían en Sin embargo, en los últimos años, los daños provocados por la fauna Entre las diversas especies silvestres cuya sobrepoblación localizada está en la fuente de esta situación se pueden citar jabalíes, ciervos, corzos y varias más. En el caso En el caso de la agricultura, las pérdidas han dejado de ser, en algunas zonas, de carácter coyuntural y circunscritas a campañas determinadas, sino que se repiten año tras año y Igualmente, la ganadería, En estos últimos años se han venido adoptando por parte de las Administraciones implicadas algunas medidas correctoras que, a la vista de la evolución de la situación, no han surtido el efecto Algunas de las razones de la falta de eficacia de las medidas adoptadas están en la deficiente coordinación entre las autoridades competentes y en la ausencia de medidas de control de Por lo tanto, siendo éste un asunto en el que las competencias ENMIENDA NÚM. 3606 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De adición. Se propone la adición de una nueva disposición final con la El Gobierno dispondrá de los recursos presupuestarios para proporcionar a las fuerzas y cuerpos de la JUSTIFICACIÓN En los últimos años, agricultores y ganaderos, están Es Pese a las modificaciones legislativas aprobadas en pasados años, la creación de los Equipos Roca y los datos aportados por el Gobierno del De hecho, son los propios agentes quienes denuncian La insuficiencia de medios personales y materiales hace que muchas denuncias presentadas Las instituciones ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva. ENMIENDA De Se añadirá una disposición final nueva, con la siguiente redacción: “Disposición final XX. Gasóleo Profesional Agrario. El Gobierno iniciará con carácter de El Gobierno establecerá, en tanto se mantenga la devolución del Impuesto de Gasóleo Agrícola, un mecanismo de descuento del mismo en el momento de su adquisición. Con objeto de asegurar la libre competencia y garantizar la no existencia de prácticas contrarias a la misma, el Gobierno, en beneficio de los consumidores, realizará una auditoría de costes de la industria de suministro de Complementariamente, el Gobierno procederá con urgencia a la modificación del Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se JUSTIFICACIÓN El gasto en combustible supone uno de los costes de producción más importantes de las La mejora de la competitividad de las explotaciones Por otro lado, ante episodios de inestabilidad de los precios de la materia prima, parece evidente la rápida repercusión de los incrementos sobre los precios al consumidor; Por otra parte, las restricciones impuestas al suministro de combustible en dependencias sin atención, ENMIENDA NÚM. 3608 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 13 MINISTERIO DE JUSTICIA Servicio 301 AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS Programa: 135M Protección de datos de carácter personal Capitulo: 6 Inversiones Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: 2006 13 301 0004 OBRAS PARA NUEVA SEDE AEPD Importe: 9.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 13 MINISTERIO DE Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 11KB C11.I02 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. Justicia Capítulo: Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 9.000 (Miles de €) Motivación: Dentro del marco global de la seguridad de los sistemas de la información diseñado por el ENS, la Además, La Decisión de Para ello, el Ayuntamiento de Tavernes ofrece los terrenos necesarios para implantar dicha infraestructura de almacenamiento, en base a sus rentas de posición y ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 14 Ministerio de Defensa Servicio: 01 Programa: 312A Artículo: 88 Proyecto: Nuevo Concepto: Adecuación acceso y actuaciones en Importe: 1.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 14 Ministerio de Defensa Servicio: 107 Instituto de vivienda, infraestructura Programa: 122A Artículo: 65 Proyecto: 2018141078101 Concepto: Infraestructura y equipamiento para las fuerzas armadas Importe: 1.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Descubierto dentro del campo de maniobras militares de San Gregorio de Zaragoza los restos de Al-Yazira resulta de gran importancia arqueológica, ya que se trata de la ciudad desde la que Abderramán III sitió la Saraqusta -Zaragoza- de los ENMIENDA NÚM. 3610 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 14 Ministerio Servicio: 01 Programa: 312A Artículo: 88 Proyecto: Nuevo Concepto: Adecuación del edificio , propiedad del Ministerio de Defensa, ubicado en la plaza Aragón de Zaragoza Importe: 1.000 (miles BAJA (miles de euros) Sección: 14 Ministerio de Defensa Servicio: 107 Instituto de vivienda, infraestructura y equipamiento de la defensa Programa: 122A Artículo: 65 Proyecto: Concepto: Infraestructura y equipamiento para las fuerzas armadas Importe: 1.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Facilitar la cesión del inmueble y anexos de la antigua Capitanía General Militar de Aragón a ENMIENDA NÚM. 3611 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 14 Ministerio de Defensa Servicio:12 Programa: Capítulo: 6 Artículo:65 Denominación: Nuevo: Reconversión de zonas militares para uso civil Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Sección: 14 Ministerio de Defensa Servicio: 107 Instituto Programa: 122A Artículo: 65 Proyecto: 2018141078101 Concepto: Infraestructura y equipamiento para las fuerzas armadas Importe: 5.000 (miles de JUSTIFICACIÓN Reconversión de zonas militares en Aragón para espacios civiles, ambientales, sociales. ENMIENDA NÚM. 3612 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 MINISTERIO DEL INTERIOR Servicio 04 Programa: 132A Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Concepto: Construcción del nuevo cuartel de la Guardia Civil de Ciudad Rodrigo Importe: 500 (Miles de BAJA SECCION: 16 MINISTERIO DEL INTERIOR Servicio: 02 SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD Programa: 132ª Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 62 Inversión nueva asociada al Proyecto: 2009 16 02 2080 Helicópteros Importe: 500 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: En la pasada legislatura el ayuntamiento de Ciudad Rodrigo cedió a la Dirección de la ENMIENDA NÚM. 3613 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 17.40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en Proyecto: MEJORA LÍNEA DE CERCANÍAS C3, VALÈNCIA-UTIEL-CAMPORROBLES Importe: 1.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes Concepto: 611 Otras Importe: 1.000 (Miles de €) MOTIVACIÓN: La situación de la línea C3 es crítica. Dos o tres trenes anulados cada día, tramos a 55 km/hora, cero licitación de obras e PRIMERO: Ejecución de las intervenciones requeridas para la apertura del túnel que une directamente la estación de San Isidre con València Nord, sin tener que pasar por la Font de Sant Lluís, lo cual permitiría aumentar el servicio de cercanía SEGUNDO: Acometer la duplicación y electrificación de las vías TERCERO: Intervenciones para la mejora de la accesibilidad para las personas con Abrir el túnel que comunica San Isidre y València Nord, habilitar la doble vía construida hasta Xirivella y En definitiva, esta propuesta pretende volver a reanuadar las inversiones prometidas en diversas ENMIENDA NÚM. 3614 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA ( miles de euros) Sección: Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Acceso a Jánovas (Sobrarbe) Importe: 2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Destinar una partida para el acceso desde la N-260 a esta ENMIENDA NÚM. 3615 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200917381171 Concepto: A—15 Tramo Agreda Este-L.P- Navarra Importe: + 2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para esta autovía. ENMIENDA NÚM. 3616 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Mejora conexión carretera Teruel-Alcañiz-Caspe-Fraga Importe: 10.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 10.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incluir partida para el acondicionamiento y mejora de este tramo ENMIENDA NÚM. 3617 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Adecuación de la avenida Cataluña de Zaragoza Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN Mejorar las ENMIENDA NÚM. 3618 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 200517383874 Concepto: Túnel de Balupor - Fiscal Importe: +2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta carretera. ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 200517383691 Concepto: Variante de Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta variante carretera. ENMIENDA NÚM. 3620 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200917381137 Concepto: A—68 Tramo Burgo de Ebro-Fuentes de Ebro Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para esta autovía ENMIENDA NÚM. 3621 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Acondicionamiento y mejora de la N-211 entre Caspe y Mequinenza Importe: +3.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 3.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Impulsar la mejora de este tramo viario, especialmente en dos tramos con ENMIENDA NÚM. 3622 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Mejora y acondicionamiento carretera presa del Civán entre Caspe y Alcañiz Importe: 3.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 3.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: La pista, responsabilidad de la Confederación ENMIENDA NÚM. 3623 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Importe: 5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Importe: 5.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incluir partida para el acondicionamiento y mejora de este tramo viario que conecta Teruel con Madrid. ENMIENDA NÚM. 3624 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 10 Programa: 2810 Artículo: 81 Proyecto: Nuevo Concepto: Actuaciones de Importe: 3.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: Concepto: Acondicionamiento Importe: 3.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Mejora del Palacio renacentistas de Fuenclara que forma parte del patrimonio histórico-artístico de Zaragoza. ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 201517383647 Concepto: A—68 Tramo Gallur-Mallén Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para ENMIENDA NÚM. 3626 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 10 Programa: 2810 Artículo: 81 Proyecto: Nuevo Concepto: Actuaciones de rehabilitación en la iglesia de Santiago el Mayor de Montalbán Importe: 2.500 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.500 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Apoyo para impulsar las actuaciones de recuperación del patrimonio ENMIENDA NÚM. 3627 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200417380048 Concepto: A-21. Tramo Jaca (N)- Jaca (O) Importe: BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para esta autovía. ENMIENDA NÚM. 3628 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200417380043 Concepto: A-23 Tramo Lanave - Embalse de Jabarrella - Sabiñánigo Importe: +10.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 10.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para ENMIENDA NÚM. 3629 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Importe: +3.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 3.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Impulsar la mejora de este tramo viario ENMIENDA NÚM. 3630 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 200617383677 Concepto: N-211 Duplicación Alcolea del Pinar- Monreal del Campo Importe:+ 5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta autovía para conectar A-2 con A-23 y mejorar las ENMIENDA NÚM. 3631 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Estudio para la Prolongación A-25 de Monreal a Alcañiz Importe:+ 2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Afrontar la posibilidad de conectar la A-25 como autovía hasta Alcañiz , dado el volumen de vehículos pesados ENMIENDA NÚM. 3632 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 2005173836881 Concepto: N-211 , Variante de Montalbán Importe: +2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta variante carretera. ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 10 Programa: 2810 Artículo: 81 Proyecto: Nuevo Concepto: Actuaciones recuperación del patrimonio histórico-artístico aragonés. Importe: 30.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 30.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Impulsar actuaciones para rehabilitar aquellos elementos declarados Bienes de Interés Cultural del Patrimonio ENMIENDA NÚM. 3634 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 10 Programa: 2810 Artículo: Proyecto: Nuevo Concepto: Actuaciones para la recuperación, traslado y ubicación del patrimonio aragonés expoliado Importe: 5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Apoyo para impulsar actuaciones de recuperación del patrimonio ENMIENDA NÚM. 3635 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200417384164 Concepto: A-21. Tramo Puente la Reina de Jaca-Fago Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta ENMIENDA NÚM. 3636 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200717384298 Concepto: A—14 Tramo Tamarite-Purroy Importe:+ 2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para esta autovía. ENMIENDA NÚM. 3637 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 10 Programa: 2810 Artículo: 81 Proyecto: Nuevo Concepto: Recuperación de restos de la ciudad de la Importe: 1.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 1.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Recuperar los restos de la ciudad de esa época aprovechando la operación de rehabilitación de los edificios ENMIENDA NÚM. 3638 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200417380047 Concepto: A-23 Tramo Sabiñánigo (este)- Sabiñánigo (oeste) Importe: +10.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 10.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para ENMIENDA NÚM. 3639 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200417384181 Concepto:+ A-22-Tramo Siétamo-Huesca Importe: 5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para esta autovía. ENMIENDA NÚM. 3640 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 200017383526 Concepto: N-230 Sopeira-Boca del túnel de Vielha Importe: +2.000 (miles de euros) BAJA (miles Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la ENMIENDA NÚM. 3641 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: Concepto: Construcción túnel para soterrar el tráfico de salida y entrada de la A-68 de Zaragoza en su cruce con la Z-40 Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Impulsar el túnel en el cruce de la Z-40 con la A-68, con una primera ENMIENDA NÚM. 3642 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De Nº de enmienda: 252 De modificación ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200717384297 Concepto: A—14 Tramo Importe: +2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida ENMIENDA NÚM. 3643 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 200417384141 Concepto: A-21. Tramo Enlace de Sigües-Enlace de Tiermas Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para esta autovía. ENMIENDA NÚM. 3644 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: 201217400346 Concepto: Reapertura del túnel del Canfranc Importe: BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta paso ferroviario que permitiría una salida directa a Francia desde Aragón. ENMIENDA NÚM. 3645 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 200517382861 Concepto: Variante Sur de Huesca y Acceso Aeropuerto Monflorite Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para esta variante. ENMIENDA NÚM. 3646 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 200517383692 Concepto: Variante de Calanda Importe: +2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta variante carretera ENMIENDA NÚM. 3647 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 202017384798 Concepto: Variante de Mata de los Olmos Importe: +2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta variante carretera ENMIENDA NÚM. 3648 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 202017384797 Concepto: Variante de Utrillas Importe: +2.000 BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta variante carretera. ENMIENDA NÚM. 3649 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 2005173836889 Concepto: N-260 Tramo Congosto del Ventamillo-Campo Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta carretera. ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Provincia: Teruel. Denominación: Acondicionamiento futura “Vía Verde” de Teruel a Alcañiz . Importe: 1.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 1.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incluir partidas para poner en uso turístico, por el impacto positivo que tendría para ENMIENDA NÚM. 3651 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Provincia: Teruel. Denominación: Acondicionamiento futura Importe: 1.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 1.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incluir partidas para poner en uso turístico, por el impacto positivo que tendría para las comarcas por las que atraviesa este antiguo trazado de ENMIENDA NÚM. 3652 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 202117384509 Concepto: N-330 Acondicionamiento entre Villastar y Teruel Importe: +2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a esta carretera. ENMIENDA NÚM. 3653 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 60 Proyecto: 202017384007 Concepto: A-68 Ventas de Valdealgorfa- Vinaròs Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida inicialmente dispuesta para esta autovia ENMIENDA NÚM. 3654 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: 200117400161 Concepto: L.A.V. Zaragoza-Castejón Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: Artículo: 61 Proyecto: 198817049007 Concepto: Acondicionamiento Importe: 5.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incrementar la partida destinada a este eje ferroviario ENMIENDA NÚM. 3655 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453B Creación de infraestructura de Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Enlace a Sagunt desde la AP7 Norte Importe: 2.000,00 (Miles de BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras Capítulo: 6 Inversiones Artículo: 61 Concepto: 611 Otras Importe: 2.000,00 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Sagunt, ciudad de casi 70.000 habitantes, no cuenta con un necesario enlace a la AP7. La ciudadanía debe retroceder ENMIENDA NÚM. 3656 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 17.50 Programa: 45FB Capitulo: Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de recuperación y resiliencia Proyecto: Soterramiento vías del tren en Sagunt Importe: 4.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Concepto: A-7 MEJORAS FUNCIONALES Y DE SEGURIDAD VIAL Y MEDIDAS DE INTEGRACIÓN AMBIENTAL EN EL BYPASS DE VALÈNCIA. TRAMO 1 Importe: 4.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: El desarrollo del Corredor Mediterráneo y de los trenes de Alta Velocidad provocará un impacto ambiental de dimensiones irreversibles en el casco urbano de la ciudad de Sagunto, ENMIENDA NÚM. 3657 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 17.40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Proyecto: Tren de pasajeros al Port de Sagunt Importe: BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: 611 Otras Importe: 6.000,00 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: El estudio ENMIENDA NÚM. 3658 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 17.50 Programa: 45FB Capitulo: Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de recuperación y Proyecto: Soterramiento o atrincheramiento de la línea de ferrocarril en San Andrés del Rabanedo Importe: 5.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453B Creación de infraestructuras de carreteras Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Concepto: A-7 MEJORAS FUNCIONALES Y DE SEGURIDAD VIAL Y MEDIDAS Importe: 5.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: San Andrés del Rabanedo es el tercer núcleo de población de la provincia de León en número de habitantes (31.000 personas ENMIENDA NÚM. 3659 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Denominación: Conversión en vía verde del tramo en desuso de antigua vía férrea convencional en el bosque municipal de Valorio (Zamora) Importe: 100 (miles de BAJA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras Capítulo: Artículo: 60 Denominación: 2009 17 38 1146 A-11 TRAMO: OLIVARES DE DUERO - TUDELA DE DUERO (19 KM) Importe: 100 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Dado que ENMIENDA NÚM. 3660 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453B Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Redacción estudio informativo impacto ambiental y Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 61 Concepto: 611 Otras Importe: 300 (Miles de €) Motivación: Sagunt, ciudad de casi 70.000 ENMIENDA NÚM. 3661 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Denominación: Camino natural Via verde antic trenet Carcaixent - Dénia Importe: 1.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Servicio: 38 Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras Capítulo: Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Denominación: Importe: 1.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente está ENMIENDA NÚM. 3662 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 17.50 Programa: 45FB Capitulo: Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Proyecto: Soterramiento y mejora de la línea 1 (L1) de metro desde Burjassot a Rocafort (València) Importe: 28.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453B Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: Importe: 28.000 (Miles de €) Motivación: Se plantea paralizar las expropiaciones y proyecto ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 21. Ministerio de Agricultura, Pesca y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 21 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN Servicio 19 D. G. DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA Programa 456C Protección y mejora del medio Capítulo 7 Transferencias de capital Artículo 752 Sanidad de la producción agraria Concepto nuevo A programas de sanidad vegetal en el País Valenciano Importe 12.300 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: Servicio: 6 DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA Programa: 413A Competitividad industria agroalimentaria y calidad alimentaria Artículo: 64 Gastos de Concepto: 2017 21 22 0040 Estrategia alimentos de España Importe: 12.300 (Miles de €) Justificación: El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación colabora bien ENMIENDA NÚM. 3664 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 21 Servicio: 08 Programa:414A Artículo:61 Proyecto: Nuevo Concepto: Consolidación y mejora de los regadíos existentes en Aragón Importe: +20.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 21 Servicio: 08 Programa:414A Artículo:60 Proyecto: 1997 21 23 8202 Concepto: REGADIOS EN ZONAS REGLABLES EN Importe: +20.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Contribuir a una gestión sostenible del recurso agua ,aumentando la partidas económicas destinadas a la mejora de la eficiencia de su consumo en el regadio en Aragón. ENMIENDA NÚM. 3665 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 60. Inversiones reales. Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de Restitución Territorial de zonas afectadas por pantanos. Importe: 10.145,53 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 199923050020 Denominación: Obras del Pacto del Agua-Yesa Importe: 10.145,53 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para dar de baja una obra ENMIENDA NÚM. 3666 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del Capítulo: 60. Inversiones reales. Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de Restitución Territorial de zonas afectadas por Importe: 29.384,52 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 198817060809 Denominación: Obras del Pacto del Agua- Mularroya Importe: 29.384,52 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para dar de baja una obra insostenible como el pantano de Mularroya y destinar la ENMIENDA NÚM. 3667 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: DEMOGRÁFICO Servicio: 23.107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: Concepto: 601 Otras Proyecto: Proyecto base y de ejecución de malecón protector contra inundaciones del barranco de Barxeta en Carcaixent Importe: BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el Importe: 150,00 (Miles de €) Motivación: El barrio de Cogullada en Carcaixent ENMIENDA NÚM. 3668 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA DEMOGRÁFICO Servicio: 23.107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en Concepto: 601 Otras Proyecto: Proyecto base de “desvío del barranco de Barxeta y nuevo punto de desembocadura en el rió Xúquer” Importe: 100,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de Importe: 100,00 (Miles de €) Justificación: En situaciones de lluvias intensas, el barranco de Barxeta, que desemboca en el barranco de la Casella ENMIENDA NÚM. 3669 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la Capitulo: Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Espigones y defensas en Torre de la Sal (Cabanes) Importe: 3.000 (Miles de BAJA SECCION: 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 45DB C04.I02 Conservación de la biodiversidad Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Concepto: 2022 23 101 6910 Inversión nueva. Otras Importe: 3.000 (Miles de Justificación: El frente litoral de Cabanes, en el barrio marinero de Torre de la Sal se halla gravemente amenazado. El agua llega ya a las viviendas de la playa, afectando a sus estructuras y la playa desaparece tras cada ENMIENDA NÚM. 3670 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: Servicio: 05 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Inversión nueva en Proyecto: Nuevo. Denominación: Infraestructuras de abastecimiento de agua a la comarca de Andorra-Sierra de Arcos Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA (miles de Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Estudios y Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida presupuestaria para la infraestructura hidráulica necesaria destinada a garantizar el abastecimiento, tanto de agua de boca como para la ganadería, la ENMIENDA NÚM. 3671 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de Sección: 23 Servicio: 05 Programa: 456A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Planes de apoyo a la zona afectada por el descartado embalse de Biscarrués Importe:20.000 (miles de BAJA (miles de euros) Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Estudios y publicaciones Importe: 12.000 (miles de euros). Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: Proyecto: 198817069009 Denominación: Actuaciones de infraestructura hidráulica en la cuenca del Ebro Importe: 8.000 (miles de euros). MOTIVACIÓN: Actuar en la zona que ha soportado durante décadas la ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23 Servicio: 05 Programa: 456A Artículo: 60 Proyecto: 199517130100 Concepto: Restauración ambiental de tramos fluviales en Aragón. Importe:+ 15.000 (miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Estudios Importe: 12.000 (miles de euros). Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 60. Proyecto: Denominación: Actuaciones de infraestructura hidráulica en la cuenca del Ebro Importe: 3.000 (miles de euros). MOTIVACIÓN: Incrementar la partida destinada a la recuperación de los enclaves naturales de ENMIENDA NÚM. 3673 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23 Servicio: 107 Programa: 452A Artículo: 61 Proyecto: 2001232300050 Concepto: CHJ Protección y regeneración de enclaves naturales Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 23. Ministerio para la Transición Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Estudios y publicaciones Importe: 5.000 (miles de euros). MOTIVACIÓN: Incrementar la partida destinada a la recuperación de los enclaves naturales de esta cuenca hidrográfica en su parte aragonesa. ENMIENDA NÚM. 3674 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Servicio: 110 Programa: 452A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: CHT Protección y regeneración de enclaves naturales Importe: +5.000 (miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Estudios Importe: 5.000 (miles de euros). MOTIVACIÓN: Incrementar la partida destinada a la recuperación de los enclaves naturales de esta cuenca hidrográfica en su parte aragonesa ENMIENDA NÚM. 3675 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: Capítulo: 60. Inversiones reales. Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de Restitución Importe: 29.384,52 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: Artículo: 61 Proyecto: 198817060809 Denominación: Obras del Pacto del Agua- Mularroya Importe: 29.384,52 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para dar de baja las partidas destinadas a una obra ENMIENDA NÚM. 3676 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23 Servicio: 23.101 Programa: 458C Artículo: 61 Proyecto: 2000231010078 Concepto: Actuaciones de conservación, recuperación, restauración y ordenación del medio natural y de las infraestructuras -Ordesa Importe:+ 2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 23. Ministerio para la Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Estudios y publicaciones Importe: 2.000 (miles de JUSTIFICACIÓN: Incrementar partidas destinada al Parque de Ordesa. ENMIENDA NÚM. 3677 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: 10. Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Servicio: 104. CHE. Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Artículo: 61. Inversión nueva en Proyecto: Nuevo. Denominación: Programa para impulsar la renaturalización del río Isuela a su paso por el casco urbano de la ciudad de Huesca/Uesca Importe: 1.000 (miles de BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Desarrollar un programa para recuperar las riberas de este río a su paso por la capital oscense. ENMIENDA NÚM. 3678 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 104 (C.H.E.) Programa: 452A. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61 Proyecto: Nuevo. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Denominación: Actuaciones reparación Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA (miles de euros) Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 60. Proyecto: 198817069009 Denominación: Actuaciones de infraestructura hidráulica en la cuenca del Ebro Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida necesaria para que este pantano pueda ENMIENDA NÚM. 3679 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23 Servicio: 23.101 Programa: Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Parque Nacional en las sierras orientales de Teruel Importe: 2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 23. Ministerio para la Transición Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 60. Proyecto: 198817069009 Denominación: Actuaciones de infraestructura hidráulica en la cuenca del Ebro Importe: 2.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN: Destinar una partida inicial para la creación del primer “Parque Nacional en las Sierras Orientales de Teruel” que incluiría zonas del Maestrazgo, el Matarraña y la ENMIENDA NÚM. 3680 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Servicio: 104. CHE. Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Programa para impulsar plan ambiental del Ebro Importe: 20.000 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: Capítulo: 6 Artículo: 60. Proyecto: 198817069009 Denominación: Actuaciones de infraestructura hidráulica en la cuenca del Ebro Importe: 8.000 (miles de euros). Sección: 23. Ministerio para la Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Estudios y publicaciones Importe: 12.000 (miles de JUSTIFICACIÓN Desarrollar el Plan Ambiental del Ebro, acordado entre todas las partes afectadas y aprobado en 2005, que sigue sin ejecutarse y que permitirían paliar de modo sostenible las consecuencias de las riadas, tal y ENMIENDA NÚM. 3681 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23. Ministerio para la Transición Servicio: 05 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo. Denominación: Recuperación pueblos Importe: 8.000 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: 1986 17 06 0250 Denominación: Regulación en la cuenca del Ebro- Acceso a Yesa Importe: 8.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para atender peticiones de recuperación de pueblos ENMIENDA NÚM. 3682 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Comunidad Autónoma: Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 107 (C.H.J.) Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: Proyecto: Nuevo. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Denominación: Actuaciones para restaurar una acequia medieval (actuación en patrimonio hidráulico) y mantener el suministro de agua a Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA (miles de euros) Sección: 23. Ministerio para la Transición Servicio: 03 Programa: 425A Capítulo: 6 Artículo: 64. Proyecto: 201220189001 Denominación: Estudios y publicaciones Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Tras plantearse la demolición de la presa de Los Toranes, en Albentosa, se debería buscar financiación para restaurar una acequia medieval (actuación en patrimonio hidráulico) y mantener el suministro de agua a la zona (para ENMIENDA NÚM. 3683 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 06 Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Defensa y regeneración costa sur de las comarcas de Castelló Importe: 20.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad Importe: 20.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Ante el retroceso constante de la linia de mar en poblaciones como Moncofa con el daño causado a las propiedades, sector turístico, patrimonio histórico y en las playas. ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 110 Programa: 452A Capitulo: Inversiones Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Proyecto de adecuación del cauce del Palància Importe: 8.000 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 101 PARQUES NACIONALES Programa: 45DC C04.I03 Restauración de ecosistemas e infraestructura verde Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 69 JUSTIFICACIÓN: El Palància, a su paso por la ciudad de ENMIENDA NÚM. 3685 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Calidad del agua Capitulo: 6 Inversiones Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: Otras. Explotación y coste de construcción de la desaladora de Moncofa Importe: 25.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de Importe: 25.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: La desaladora de Moncofa està siendo una espada de Damócles para el futuro de las ENMIENDA NÚM. 3686 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y Servicio: 23.107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes Concepto: 601 Otras Proyecto: Intervenciones en el barranco de la Casella hasta los de l’Estret y Barxeta, en el término de Alzira Importe: 13.310 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de Importe: 13.310 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Es urgente intervenir en los problemas de inundaciones para salvaguardar la ENMIENDA NÚM. 3687 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.107 CONFEDERACIÓN Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Proyecto: Actuaciones en la confluencia de las carreteras CV-50 y CV-41 con el barranco de la Casella, en el término de Alzira Importe: 6.776 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales Importe: 6.776 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Es urgente intervenir en los problemas de inundaciones para salvaguardar la población de Alzira y garantizar la circulación viaria. ENMIENDA NÚM. 3688 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio 101 PARQUES NACIONALES Programa: 456C Capitulo: 6 Inversiones Artículo: 64 Concepto: Nuevo. Señalización de Espacios Naturales Protegidos en carreteras estatales en Salamanca, Zamora y León Importe: 1.500 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA Servicio: 101PARQUES NACIONALES Programa: 45DB C04.I02 Conservación de la biodiversidad terrestre marina Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: Proyecto: Inversión nueva. Otras Importe: 1.500 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Se solicita la señalización de los Espacios Naturales Protegidos ENMIENDA NÚM. 3689 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio 101 PARQUES NACIONALES Programa: 456C Capitulo: 6 Inversiones Artículo: 64 Concepto: Señalización de Reservas de la Biosfera en carreteras estatales en Salamanca, Zamora y León Importe: 1.500 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN Servicio: 101PARQUES NACIONALES Programa: 45DB C04.I02 Conservación de la biodiversidad terrestre marina Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones Proyecto: Inversión nueva. Otras Importe: 1.500 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Se solicita la señalización de las Reservas de la Biosfera de las provincias de ENMIENDA NÚM. 3690 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA SECCION: 23 Servicio 101 PARQUES NACIONALES Programa: 456C Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 64 Concepto: Nuevo proyecto. Señalización de Reservas de la Biosfera en Importe: 1.500 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 101PARQUES Programa: 45DB C04.I02 Conservación de la biodiversidad terrestre marina Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: Importe: 1.500 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Se solicita la señalización de las Reservas de la Biosfera de las provincias de León, Zamora y Salamanca en las carreteras de titularidad estatal, tanto en el ENMIENDA NÚM. 3691 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Concepto: Nuevo proyecto. Construcción de depuradora de Importe: 258 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO Servicio: 101PARQUES NACIONALES Programa: 45DB C04.I02 Conservación de la biodiversidad terrestre marina Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Proyecto: Inversión nueva. Otras Importe: 258 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: La mayor parte de la ciudad de Zamora depura sus aguas residuales a través de la EDAR situada a 2 km al ENMIENDA NÚM. 3692 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio 05 Programa: 456A Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Concepto: Nuevo proyecto. Recuperación de acuíferos en la vertiente leonesa de la variante de Pajares (1ª fase) Importe: 10.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 101PARQUES NACIONALES Programa: 45DB C04.I02 Conservación de la biodiversidad terrestre marina Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: Inversión nueva. Otras Importe: 10.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Dado el ENMIENDA NÚM. 3693 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A. Capítulo: Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Reparación de canales de riego en León, Zamora y Salamanca Importe: 9.115 (miles de euros). BAJA (miles de euros) Sección: 35 Fondo de Contingencia Servicio: 01 Programa: 456A Artículo: 64 Concepto: 1993 17 13 0045 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS. PLAN Importe: 9.115 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Actualmente, el mal estado de diversos canales de la Región Leonesa (caso, por ejemplo, del de Carrizo), visiblemente deteriorados, hacen que pierdan mucho caudal, no ENMIENDA NÚM. 3694 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 23. Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: Artículo: 61 Inversión de Proyecto: Modernización del Canal del Bierzo Bajo (1ª fase) Importe: 9.115 (miles de euros). BAJA (miles de euros) Sección: 35 Fondo de Servicio: 01 Programa: 456A Artículo: 64 Concepto: 1993 17 13 0045 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS. PLAN CRECE Importe: 9.115 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Dado el mal estado del ENMIENDA NÚM. 3695 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Programa: 451O Capitulo: Inversiones Artículo: 62 Inversiones nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Proyecto: Nuevo. Plan especial para el asentamiento de población en el medio rural de la Región Leonesa Importe: 30.000 (Miles de BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 32SB Capítulo: 6 Inversiones Reales Concepto: 2022 18 05 0001 Inventariable informático. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 30.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: ENMIENDA NÚM. 3696 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Programa: 451O Capitulo: Inversiones reales Artículo: 62 Inversiones nueva asociada al funcionamiento operativo de los Proyecto: Nuevo. Creación de un fondo para incentivar la natalidad en el medio rural de la Región Leonesa Importe: 1.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 32SB Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Concepto: 2022 18 05 0001 Inventariable informático. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 1.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Se debe favorecer el incremento poblacional en las provincias con mayores ENMIENDA NÚM. 3697 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Programa: 451O Capitulo: Artículo: 62 Inversiones nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Proyecto: Nuevo. Creación bolsas de viviendas residenciales en el medio rural de León, Zamora y Salamanca Importe: 1.500 BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 32SB Capítulo: 6 Concepto: 2022 18 05 0001 Inventariable informático. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 1.500 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Fomentar la residencia de ciudadanos en el medio rural facilitándoles el acceso una vivienda protegida, frente a la carestía de la vivienda en el entorno urbano, esto ayudará a fijar población en el medio rural. ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR Programa: 456D Actuación en la costa Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Actuación urgencia reposición arena playas de regresión de Importe: 3.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA Programa: 00X Transferencias y Capítulo: 7 Transferencias de Capital Artículo: 73 A otras entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo Proyecto: 738 A la CNMC para financiar costes del sector Importe: 3.000 (Miles de €) Motivación: Los temporales Si no se actúa de manera urgente, este verano es probable que las playas de Tavernes pierdan el galardón de ENMIENDA NÚM. 3699 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 Servicio: 110 Programa: 452A Capitulo: Inversiones reales Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Permeabilización del cauce del “Rio Vaca” a su paso por la Autopista AP7 Importe: 10.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Calidad del agua Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: Motivación: Es importante que se solucione el problema existente en la Autopista AP-7 cuando cruza sobre el cauce del “Rio Vaca” y ENMIENDA NÚM. 3700 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 110 Programa: 452A Capitulo: Inversiones reales Artículo: 61 Proyecto: Nuevo. Adecuación “Sequia la Bova” Importe: 6.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Calidad del agua Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al Motivación: Adecuación del entorno y accesos a la zona de la “Sequia la Bova”. Optimizar la evacuación ENMIENDA NÚM. 3701 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 24 Servicio: 23.105 Programa: 333A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Concepto: Archivo General Importe: 2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 24 Servicio: 01 Programa: 331M Artículo: 63 Proyecto: 201924018001 Concepto: Edificios administrativos Importe: 2.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Destinar partidas para nueva sede de este Archivo General de Aragón. ENMIENDA NÚM. 3702 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte. Servicio: Programa: 331.M Dirección y Servicios Generales de Cultura y Deporte. Capítulo: 4 Artículo: Nuevo : A Comunidades Autónomas. Concepto: Nuevo : Promoción y difusión de las lenguas protegidas por la Carta Europea de Importe: 1.600,00 miles €. BAJA Sección: 24 Servicio: 01 Programa: 331M Artículo: 63 Proyecto: 201924018001 Concepto: Edificios administrativos Importe: 1.600 (miles de euros) Justificación: Apoyar el cumplimiento de la Carta Europea de Lenguas Regionales ENMIENDA NÚM. 3703 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 24 Servicio: 106 CSD Programa: 33ZB Artículo: 69 Proyecto: Nuevo Concepto: Nuevo campo de Importe: 2.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 24 Servicio: 01 Programa: 331M Artículo: 63 Proyecto: 201924018001 Concepto: Importe: 2.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Impulsar proyecto de construcción de nuevo campo de fútbol en Zaragoza en su actual ubicación con motivo del mundial 2030, dentro del programa de ENMIENDA NÚM. 3704 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Plan Director castillo de Sagunt Importe: 10.000 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 10.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: ENMIENDA NÚM. 3705 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 337B Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: Centro de Interpretación de la Cova del Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Programa: 330A Cultura. Mecanismo de Recuperación Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 500 (Miles de €) Motivación: La Cova de Bolomor es un yacimiento arqueológico situado a 2 km al sureste de Tavernes de la Valldigna (València). En ella se han hallado abundantes restos líticos y óseos, así como fósiles de homínidos. La cavidad es especialmente El objetivo de la actuación es complementar las visitas in situ, fomentar el estudio y convertir el yacimiento en un foco de dinamización cultural, que revierta en la economía local y en el avance en los estudios arqueológicos. ENMIENDA NÚM. 3706 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio 24.05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Programa: 333A Museos Capitulo: 6 Inversiones Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: (nuevo) Rehabilitación casa natalicia de Rafael Chirbes Importe: 1.200 (Miles de €) BAJA SECCION: 24 Servicio: 13 Dirección General de industrias culturales y del libro Programa: 334C Fomento de las industrias culturales Capítulo: 8 ACTIVOS FINANCIEROS Artículo: 821 Préstamos a Proyecto: 82110 Préstamos a largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos Importe: 1.200 (Miles de €) Motivación: Rafael Chirbes fue uno de los mejores escritores del pasado siglo XX e inicios ENMIENDA NÚM. 3707 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 27.12 Programa: 491M Artículo: 62 Proyecto: Nuevo. Impulso a proyectos de implantación en Aragón de conexión a Importe: 25.000 (miles de euros). BAJA Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 08 Programa: 4671 Artículo: Proyecto: 202127089002 Importe: 10.000 (miles de euros). Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 07 Programa:493M Artículo: 64 Proyecto: 200324058003 Importe: 2.000 (miles de euros) Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 07 Programa:493M Artículo: 64 Proyecto: 200324050001- Plan Importe: 2.000 (miles de euros) Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 08 Programa:467G Artículo: 64 Proyecto:2021 27 08 9004 Importe: 4.000 (miles de euros) Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 08 Programa:467I Artículo: 64 Proyecto: 2021 27 08 8003 Importe: 4.000 (miles de euros) Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 09 Programa:467G Artículo: 62 Proyecto: 2021 27 09 9001 Importe: 3.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para garantizar el derecho a la conectividad de las personas que residen en Aragón. ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 27.12 Programa: 491M Artículo: 62 Proyecto: Nuevo. Dotación de cobertura móvil e internet a los pueblos de la Somoza berciana Importe: 300 (miles de euros). BAJA Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: Programa: 467G Capítulo: Artículo:64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Denominación: 21 27 08 0025 España Digital 2025 Importe: 300 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Dadas las ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 27.12 Programa: 491M Artículo: 62 Proyecto: Nuevo. Mejora de las Importe: 6.000 (miles de euros). BAJA Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Servicio: 12 SECRETARÍA DE ESTADO DE Programa: 491M Capítulo: Artículo:64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Denominación: 2016 20 12 0003 Asistencia técnica de apoyo a las Importe: 6.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Se solicita la mejora de las telecomunicaciones (cobertura de móvil e internet de banda ancha) ENMIENDA NÚM. 3710 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: Servicio: 28.01 Programa: 4 Capítulo: 48 Artículo 481: Ayudas al Instituto de España, reales academias y otras instituciones adscritas al programa para desarrollo de actividades y gastos funcionamiento Concepto: Nuevo: Academia Aragonesa de la Lengua Importe: 40,00 (miles de euros) BAJA Sección: 28 Servicio: 01 Programa: 481M Capítulo: 62 Artículo:202028019000 Denominación: Importe:40,00 (miles de euros). MOTIVACIÓN: Creación de una nueva partida para la recién creada Academia Aragonesa de la Lengua, para el fomento de la lengua ENMIENDA NÚM. 3711 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 28 Servicio: 28.301 Programa: 463A Artículo: 63.2 Proyecto: Nuevo Concepto: Apoyo a la Importe: 20.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 28 Servicio: 01 Programa: 481M Capítulo: 62 Artículo:202028019000 Denominación: Actuaciones generales sobre adquisiciones e infraestructuras Importe: 9.000 (miles de euros). Sección: 28 Servicio: 01 Programa: 481M Capítulo: 62 Artículo:202028010001 Denominación: Actuaciones generales sobre adquisiciones e infraestructuras Importe: 9.000 (miles de euros). Sección: 28 Servicio: 01 Programa: 481M Capítulo: 64 Artículo:202028019002 Denominación: Actuaciones generales de caracter inmaterial Importe: 1.000 (miles de euros). Sección: 28 Servicio: 01 Programa: 481M Capítulo: 64 Artículo:20202801003 Denominación: Actuaciones generales de caracter inmaterial Importe: 1.000 (miles de euros). MOTIVACIÓN: Impulsar la investiación en los cinco centros del CSIC en Aragón: La Estación ENMIENDA NÚM. 3712 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación. ENMIENDA De ALTA (miles de euros) Sección: 28 Servicio: 28.01 Programa: 4 Capítulo: 48 Artículo 481: Ayudas al Instituto de España, reales academias y otras instituciones adscritas al programa para Concepto: Nuevo: Instituto de las Lenguas de Extremadura Importe: 40,00 (miles de euros) BAJA Sección: 28 Servicio: 01 Programa: 481M Capítulo: 62 Artículo:202028019000 Denominación: Actuaciones generales sobre adquisiciones e infraestructuras Importe:40,00 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN: Creación de una nueva partida para la puesta en marcha de un Instituto para el fomento de las modalidades lingüísticas propias de Extremadura, recientemente reconocidas como lenguas minoritarias de Extremadura en el Informe emitido por el ENMIENDA NÚM. 3713 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 29 MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 23VB. C22.I02 Plan de Modernización de los Servicios Sociales: Transformación tecnológica, innovación, formación y Capítulo: Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: Nuevo. Impulso de la Ciudad del Mayor de León Importe: 500 (miles de BAJA (miles de euros) Sección: 29 MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030 Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 23VB. C22.I02 Plan de Modernización de los Servicios Capítulo: Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Proyecto: 2021 29 50 0008 Edificios sostenibles y eficientes Importe: 500 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Debe impulsarse la Ciudad del Mayor sita en la ciudad de León, de modo que pueda ponerse en marcha y pueda prestar ENMIENDA NÚM. 3714 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: ENAIRE Servicio: 4144 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: Inversiones de apoyo y reposición Importe: +20.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: ENAIRE Servicio: 4144 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: 4219 Importe: 20.000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Mejora de las instalaciones del aeropuerto de Zaragoza mediante una nueva torre de control de uso civil. ENMIENDA NÚM. 3715 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a Paradores de Turismo de España, S.M.E., S.A. ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: Paradores de Turismo Servicio: Programa: Artículo: Proyecto: Nuevo Concepto: Mejora de las instalaciones de los paradores de Importe: 10.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: Paradores de Turismo Servicio: Programa: Artículo: Proyecto: 1121 Concepto: Remodelación y Importe: 10.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Mejora de estos paradores ubicados en Bielsa, Sos del Rey Católico, Alcañiz y Teruel, con el objetivo de fomentar ENMIENDA NÚM. 3716 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: RENFE - Operadora Servicio: 2100 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: + Mejora estaciones de Importe: +30.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: RENFE - Operadora Servicio: 2000 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: 2200 OTRAS INVERSIONES Importe:8.000 (miles de euros) No regionalizable. Sección: RENFE - Operadora Servicio: 2000 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: 2007 GRANDES REPARACIONES Importe:15.000 (miles de euros) No regionalizable. Sección: RENFE - Operadora Servicio: 2000 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: 1500 ACTUACIONES EN TALLERES Importe: 7.000 (miles de euros) No regionalizable. MOTIVACIÓN: Actuar en la mejora de las estaciones de ferrocarril aragoneses. ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a RENFE-Operadora (Grupo). ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: RENFE - Operadora Servicio:2000 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: Plan de compra de nuevo material rodante para Aragón Importe: BAJA (miles de euros) Sección: RENFE - Operadora Servicio: 2000 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: 2200 OTRAS INVERSIONES Importe:8.000 (miles de euros) No Sección: RENFE - Operadora Servicio: 2000 Programa: Artículo: Proyecto: Concepto: 2007 GRANDES REPARACIONES Importe:15.000 (miles de euros) No regionalizable. ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a UNED. ENMIENDA De ALTA (miles de euros) Sección: UNED Servicio: Programa: Artículo: Proyecto: Nuevo Concepto: Mejora de las actuales instalaciones de la UNED y extensión universitaria de la UNED en Importe: 5.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: UNED Servicio: Programa: Artículo: Proyecto: 2201 Concepto: GASTO INVERSIÓN REAL Importe: 5.000 (miles de JSTIFICACIÓN: Mejora de estos centros y extensiones ubicadas en las localidades aragonesas de Calatayud, Barbastro, TerueL, Sabiñánigo, Fraga, Ejea y Caspe. El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-Carles Mulet García. ENMIENDA NÚM. 3719 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20. ENMIENDA De modificación. Al Se modifica el párrafo del Artículo 20. Uno. 1: Texto que se propone: “Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal Uno. 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 b) Enlaincorporacióndepersonaldenuevoingresoenlasentidades locales no se aplicará la tasa de reposición.”. Texto que se sustituye: La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien. b) Lasentidadeslocalesquetuvieranamortizadasudeudafinanciera a 31 de diciembre JUSTIFICACIÓN El proceso de reducción del déficit de las AA.PP. y de contención del gasto público llevado Las Administraciones Locales están obligadas a mantener la prestación de los servicios públicos a los ciudadanos según las funciones encomendadas tanto por la normativa en materia de Por otro lado, dentro de la Administración Local existe una grandísima variabilidad en la constitución y tamaño de sus plantillas. Cualquier tipo de tasa de reposición Por tanto, se debe corregir esta situación en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022 eliminando la tasa de reposición de efectivos en el ENMIENDA NÚM. 3720 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. Al Artículo 20. Uno. Se suprimirán todas las referencias al personal y efectivos de la Administración Local en cualesquiera los puntos del JUSTIFICACIÓN En coherencia con la enmienda anterior ENMIENDA NÚM. 3721 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20. ENMIENDA De Al Artículo 20. Tres.1. Se modifica el párrafo segundo del Artículo 20. Tres. 1: Texto que se propone: Se suprime el segundo párrafo del apartado Tres 1, quedando la siguiente redacción: “Tres. 1. La tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios. Igualmente, la tasa de reposición de los (...) (Resto igual) JUSTIFICACIÓN En coherencia con las enmiendas anteriores. ENMIENDA NÚM. 3722 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De adición. Disposición Adicional (nueva) Se añade una nueva Disposición Adicional redactada en los términos siguientes: Disposición Adicional (nueva) XX. Participación de las Entidades Locales en el Plan de Recuperación, El Gobierno se compromete a transferir a las Entidades Locales, en el período 2022- 2023, la parte proporcional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que le JUSTIFICACIÓN Mejora técnica. Para que las Entidades Locales puedan compensar el impacto del COVID 19 en sus ingresos y gastos presupuestarios, las mismas deben poder participar en la gestión del gasto financiado mediante los recursos que el Estado español pueda El criterio de ENMIENDA NÚM. 3723 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva Disposición adicional nueva. Autorización 1. La Administración General del Estado destinará a las entidades locales con cargo a los 2. JUSTIFICACIÓN Se propone la creación de un Se trata de un Fondo que se viene Este fondo tiene su origen en el Acuerdo firmado entre el Gobierno y la FEMP de fecha de 4 de agosto de 2020. ENMIENDA NÚM. 3724 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva Disposición 1. Se autoriza un crédito extraordinario para el apoyo a los Quedarán incluidos en el ámbito objetivo de perceptores de las transferencias los ayuntamientos, diputaciones provinciales, incluidas las diputaciones forales, 2. La asignación de la financiación que corresponda a cada una de las entidades locales que prestan servicios de transporte público se 3. Los importes que perciban las entidades locales con cargo al crédito JUSTIFICACIÓN En la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el De esta forma, se puso en marcha el Fondo para el transporte público Teniendo en cuenta que los efectos del COVID-19 se han extendido a 2021, resulta prioritario continuar dando apoyo a los servicios de transporte público de titularidad de entidades locales, por lo que se estima imprescindible la ENMIENDA NÚM. 3725 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De adición. Se añade una Disposición adicional nueva. Análisis de la Evolución del Modelo de Participación en los Tributos del Estado de las Entidades locales. Durante el año 2022 el JUSTIFICACIÓN Se propone que el Gobierno, y en colaboración con la FEMP, analice la evolución del actual modelo de Participación en los Tributos del Estado y El actual sistema de financiación de las entidades locales de Participación en los Ingresos del Estado está vigente desde el año 2004. Si hasta este Del análisis de impacto del sistema, se pone de manifiesto que hasta el año 2007, el ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva Disposición adicional nueva. Revisión de las condiciones de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a las Entidades Antes de la finalización del año 2021 y durante el año 2022, se estudiará por el Ministerio de JUSTIFICACIÓN Se propone establecer medidas de apoyo a municipios con problemas de liquidez o que se encuentren Son medidas que se consideran extraordinarias y urgentes, en tanto podría permitir a dichos ayuntamientos atender necesidades de carácter social o de apoyo a determinados colectivos que han surgido de ENMIENDA NÚM. 3727 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección: 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 39. Programa 441M. Subvenciones y apoyo al transporte terrestre Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artí Concepto: 462 A Corporaciones Locales para cofinanciar los servicios de transporte colectivo urbano Importe: Se incrementa su dotación en 19.734,53 miles de euros. JUSTIFICACIÓN Su objeto es que la aportación del Estado se mantenga, como mínimo, en los mismos importes que en el año 2011, es decir, 70.789,27 miles de euros; solicitándose incrementar la partida inicialmente asignada de La Disposición Adicional Quinta del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales recoge el derecho a percibir esta subvención para el sostenimiento del servicio. Considerando el valor Un primer paso lo constituiría incrementar la partida presupuestaria en los mismos términos de al menos el año 2011, pues la actual se sitúa en valores anteriores a 2007, sin tener en cuenta que los costes de mantenimiento del ENMIENDA NÚM. 3728 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 22 Ministerio de Política Territorial Servicio: 02 Secretaría de Estado de Política Territorial Programa: 942A Cooperación económica local del Estado Capítulo: 7 Transferencias de Capital. Artículo: 76 (nuevo) A Entidades Locales. Concepto: 760 (nuevo) A las Diputaciones, Cabildos, Consejos Insulares, Comunidades Autónomas Uniprovinciales y Ayuntamientos de Ceuta y Melilla, como aportación a la inversiones de las Entidades Locales por Cooperación Económica Local del Estado. Importe: 83.642,40 miles de euros. JUSTIFICACIÓN El objeto de la enmienda es que la aportación del Estado por Económica Local se mantenga en los mismos importes que en el año 2011, es decir,que la aportación para 2022 sea por importe total de 83.642,40 miles de euros. La Cooperación Económica Local del Estado está regulada, económica del Estado a las inversiones de las entidades locales (modificado por el Real Decreto 1263/2005, de 21 de octubre) así como en la Orden La Cooperación Los Planes Provinciales e Insulares de Obras y Servicios se concretaban principalmente conservación de la red viaria de titularidad de las diputaciones provinciales y de los cabildos y consejos insulares. En este marco, se considera imprescindible que en los ENMIENDA NÚM. 3729 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte Servicio: 106. Consejo Programa: 336 A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas Capítulo 4. Transferencias corrientes Concepto 766. A Entidades Locales para instalaciones deportivas Importe: Se incrementa su Euros JUSTIFICACIÓN La inversión en instalaciones deportivas municipales es necesaria no solo porque muchas de ellas arrastran deficiencias pendientes de solventar antes de la irrupción de la Es necesario dotar a las Entidades Locales de suficientes medios, económicos y personales para las consecuencia, aun reconociendo la urgencia del momento actual y la urgencia de dotar recursos a otras necesidades más perentorias, se entiende que las Entidades Locales no pueden asumir Y por ello, se considera que, de no habilitarse una partida presupuestaria en este sentido, se estaría poniendo en peligro el funcionamiento ordinario de Por todo ello, se solicita que en el Proyecto de Presupuestos Generales de 2022 se recupere, al menos, la cantidad ENMIENDA NÚM. 3730 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA Sección: 37 Otras relaciones financieras con Entes Territoriales (Ministerio de Hacienda) Servicio: 02 Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Entidades Locales Programa: 942N Otras transferencias a Entidades Locales Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 46 A Entidades Locales Concepto: 467 (nuevo). Fondo Local de Impulso y Recuperación Económica y Importe: 3.000.000,00 miles de euros. JUSTIFICACIÓN Por coherencia con la anterior enmienda, dotar al Fondo Local de Impulso y Recuperación Económica y Social de una partida presupuestaria de El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 66 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-Vicenç Vidal Matas. ENMIENDA NÚM. 3731 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De adición. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género Propuesta: nuevo articulo en el Justificación: una redacción de urgencia y Redacción: Artículo 27 bis. Derecho a indemnización por causa de muerte:. 1. Tendrán derecho a la percepción de una cuantía económica de pago único, en las condiciones y requisitos que se establezca a) Cuando la víctima mortal sea la mujer víctima de violencia de género: i) Las personas ii) Asimismo, tiene derecho la pareja siempre que esta no haya sido la causante de la muerte ni exista ninguna resolución judicial que reconozca la existencia de actos violentos en los términos previstos en el artículo 9.1 de esta b) Cuando la víctima mortal sea descendiente en primer grado en línea recta de la mujer víctima de violencia contra las mujeres: i) Será ella y la ii) En este último caso también tendrá derecho la pareja, en caso de que no tenga denuncia por violencia de género. Esta indemnización será c) Cuando la víctima mortal sea familiar ascendente en primer grado en línea recta o familiar en segundo grado colateral de la mujer víctima de violencia de género: la pareja y las d) En todos los supuestos anteriores, se entiende por descendientes en primer grado en línea recta las hijas y los hijos, independientemente de la naturaleza de la e) En todos los supuestos anteriores se entiende por pareja la persona cónyuge no separada legalmente o la persona que mantenga una Artículo 1. Las víctimas de violencia de género: mujeres, sus hijas e hijos o persona tutelada o en acogida permanente, así como personas ascendentes Artículo 27 quarter Derecho a indemnización por causa de 1. Los familiares de la persona que en defensa de una víctima de violencia de género resulte muerta tendrá 2. La persona que como consecuencia de salir en defensa de una mujer víctima de violencia de género sufra una gran invalidez o incapacidad 27 quinquies ANEXO I Indemnizaciones por daños físicos y psicofísicos. Baremos Tabla I. Indemnizaciones Fallecimiento 250.000,00 Gran Invalidez 500.000,00 Incapacidad Permanente Absoluta 180.000,00 Incapacidad Permanente Total 100.000,00 Incapacidad Permanente Parcial Impacto económico: 16,000,000 millones de euros ENMIENDA NÚM. 3732 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De adición. Enmienda de adición en el artículo 69 referido a los Tipos Impositivos Reducidos, por el que se añade un punto 3 al artículo con el siguiente contenido: 3. Se modifica el articulo 91 de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre del impuesto sobre el Valor Añadido para añadir un nuevo apartado 9 al punto uno del artículo , por el que se aplicará también el tipo reducido del 10% a las actividades de 9) Actividades de peluquería, barbería y estética JUSTIFICACIÓN Se trata de una actividad básica para la ciudadanía que se incluyó entre las esenciales en el primer estado de alarma. ENMIENDA NÚM. 3733 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal ENMIENDA De adición. ENMIENDA DE ADICIÓN EN EL ARTÍCULO 69 referido a los Tipos Impositivos 4. Se modifica el artículo 91 de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido para aplicar a compresas, tampone, protegeslips y JUSTIFICACIÓN: Es un compromiso político que debe aplicarse sin más dilación. ENMIENDA NÚM. 3734 De don Vicenç Vidal Matas El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Título nuevo. ENMIENDA De adición. TITULO (NUEVO) REGIMEN ESPECIAL DE Captitulo 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo X. Objeto y finalidad. El objeto de esta titulo es la regulación del régimen especial de las Illes Balears previsto en la disposición adicional sexta del Estatuto de Artículo xx. 1. Este tutulo se aplicará en el ámbito territorial de las Illes Balears, definido en el artículo 2 de su Estatuto de Autonomía. 2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de lo que se Artículo xxx. Cooperación y coordinación entre las Administraciones públicas. 1. La Comisión Mixta de Economía y 2. Sin perjuicio de lo anterior, por acuerdo de la Comisión Mixta a que se refiere el apartado anterior, ambas Capítulo 2 Medidas fiscales. Reserva para inversiones y régimen especial de empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras. Artículo xxxx. Reserva para inversiones en las Illes Balears. 1. Los contribuyentes del 2. La reducción a que se refiere el apartado anterior se aplicará a las dotaciones que en cada período En ningún caso la aplicación de la reducción podrá determinar que la base imponible sea negativa. A estos efectos, se considerarán beneficios procedentes de establecimientos permanentes en las Illes Balears los derivados de A estos efectos se considerarán beneficios no distribuidos los destinados a nutrir las reservas, excluida la de carácter Las asignaciones a reservas se considerarán disminuidas en el importe que 3. La reserva para inversiones La dotación de esta reserva no tendrá la consideración de incremento 4. Las cantidades destinadas a la reserva para inversiones en las Illes Balears deberán materializarse en el plazo máximo de tres años, contados desde la fecha del A. La adquisición de elementos patrimoniales del inmovilizado material o intangible, de elementos Tratándose de suelo, edificado o no, este debe afectarse: — A la — Al desarrollo de actividades industriales incluidas en las divisiones 1 a 4 de la sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de — A las actividades socio-sanitarias, centros residenciales de mayores, geriátricos y centros de rehabilitación neurológica y — A las zonas comerciales que sean objeto de un proceso de rehabilitación. — A las actividades turísticas reguladas en la Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears, cuya adquisición tenga por A los solos efectos de entender incluido en el importe de la materialización de la reserva el valor correspondiente al suelo, se considerarán obras de rehabilitación las actuaciones En el caso de inmovilizado intangible, Tratándose de elementos de transporte de pasajeros por vía marítima deberán dedicarse exclusivamente a Tratándose de vehículos de transporte de pasajeros por carretera será necesario que la empresa tenga el B. La creación de puestos de trabajo relacionada de forma directa con las inversiones previstas en la letra A, que se produzca dentro de un período de seis meses a contar desde la fecha La creación de puestos de trabajo se determinará por el incremento de la plantilla media total del contribuyente producido en dicho período respecto de la plantilla media de los 12 meses contribuyentes que cumplan las condiciones del artículo 101 de la Ley Para el cálculo de la C. La suscripción de — Estas — Estas sociedades deberán efectuar estas inversiones en el plazo de tres años a contar desde la fecha del devengo del impuesto correspondiente al ejercicio en el — Los elementos patrimoniales así adquiridos deberán mantenerse en funcionamiento en las Illes — El importe del valor de adquisición de las inversiones realizadas por la sociedad participada deberá alcanzar, como mínimo, el importe desembolsado de las acciones o participaciones Las inversiones realizadas por la sociedad participada no darán lugar a la aplicación de ningún otro beneficio fiscal. A estos efectos, la entidad suscriptora del capital procederá a comunicar 5. Los elementos patrimoniales en que se materialice la inversión deberán estar situados o ser recibidos en el archipiélago balear, utilizados en el mismo, afectos y necesarios para el desarrollo de actividades económicas A tal efecto se entenderán situados y utilizados en el archipiélago: 1º. Las aeronaves que, por su 2º. Los buques con pabellón español y con puerto base en las Illes Balears. 3º. Las redes de transporte y de 4º. Las aplicaciones informáticas y los derechos de propiedad industrial, que no sean meros signos distintivos del contribuyente o de sus productos, y que vayan a aplicarse exclusivamente en procesos productivos o 5º. Las concesiones 6º. Las concesiones administrativas de prestación de servicios públicos que se desarrollen exclusivamente en el archipiélago. 7º. Las concesiones 6. Se entenderá que el importe de la materialización alcanzará al precio de adquisición o coste de producción de los En el caso de redes de transporte y comunicaciones que conecten el archipiélago En el caso de las inversiones previstas en la letra A del apartado 4 de este artículo, el importe de la materialización de la reserva en elementos patrimoniales del inmovilizado Se computará el 50 por ciento del importe de los costes de estudios preparatorios y de consultoría, cuando estén directamente En los casos de creación de puestos de trabajo, se considerará producida la materialización únicamente durante los dos primeros años desde que se produce el importe del coste medio de los salarios brutos y las cotizaciones sociales obligatorias que se corresponda con dicho incremento. El importe de la En el caso de los valores a que se refiere la letra C del apartado 4 de este artículo, se considerará producida la materialización en el importe desembolsado con ocasión de su La parte de la inversión financiada con subvenciones no se considerará como importe de materialización de la reserva. 7. Se 8. Los elementos patrimoniales en que se haya En los casos Los contribuyentes que se dediquen a la actividad económica de arrendamiento o cesión a terceros para su uso de En los supuestos de arrendamiento de bienes inmuebles, además de las condiciones previstas en el párrafo anterior, el contribuyente deberá tener la consideración de empresa turística de acuerdo con lo previsto en la Ley 8/2012, de 19 de julio, tratarse del arrendamiento de viviendas protegidas por la sociedad promotora, de bienes inmuebles afectos al desarrollo de actividades industriales incluidas en las Cuando se trate de los valores a los que se refiere la letra C del 9. Las inversiones en que se 10. Los contribuyentes a que se refiere este artículo podrán llevar a cabo inversiones anticipadas, que se considerarán como materialización de la reserva para inversiones La materialización y su sistema de 11. La aplicación del beneficio de la reserva para inversiones será incompatible, para los mismos bienes y gastos, con las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades reguladas en el capítulo IV del Tratándose de activos usados y de suelo, estos no podrán haberse beneficiado La aplicación del beneficio de la reserva para inversiones será compatible, en lo que se refiere a la creación de puestos de trabajo, con el régimen especial de empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras. 12. Mientras no se a) El importe de las dotaciones efectuadas a la reserva con b) El importe de la reserva pendiente de materialización, con indicación del ejercicio en que se hubiera dotado. c) El importe y la fecha de las inversiones, con indicación del ejercicio d) El importe y la fecha de las inversiones anticipadas a la dotación, previstas en el apartado 10 de este artículo, e) El importe correspondiente a cualquier otro beneficio fiscal devengado con ocasión de cada inversión realizada como f) El importe de las subvenciones u otras medidas de apoyo solicitadas o concedidas por cualquier Administración pública con ocasión de cada inversión realizada como g) Declaración fehaciente sobre el importe de todas las demás ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y, cuando acontezca la Los contribuyentes que no En relación con las inversiones previstas en la letra C del apartado 13. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que determinen sus rendimientos netos mediante el método de estimación directa, tendrán derecho a una deducción en la cuota íntegra por los rendimientos netos de Para poder disfrutar de la reserva para La deducción se calculará aplicando el tipo medio de gravamen a las dotaciones Este beneficio fiscal se aplicará de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 3 a 12 de este artículo, en 14. La disposición de la reserva para inversiones con anterioridad a la finalización del plazo de mantenimiento de la inversión o para inversiones diferentes En el caso del incumplimiento de la obligación del ejercicio de la opción de compra prevista en Se liquidarán intereses de demora en los términos 15. Constituyen infracciones tributarias graves los siguientes supuestos: a) La falta de contabilización de la reserva para b) No hacer constar en la memoria de las cuentas c) Constituye infracción tributaria leve la falta de comunicación de los datos o la comunicación de datos falsos, incompletos o inexactos a que se refiere la letra C del apartado 4 de este artículo, que será sancionada con multa 16. Reglamentariamente se determinará la información que deban suministrar los contribuyentes que practiquen la reducción prevista en este verificar que el importe de las ayudas y beneficios JUSTIFICACION La necesidad de la aplicación de un régimen Especial fiscal La insularidad es una característica física y Estas desventajas de la insularidad deben ser corregidas mediante la acción del Estado a fin de establecer un En este sentido, el artículo 138.1 de la Constitución Española reconoce el hecho insular como una circunstancia de particular atención que debe ser tenida en cuenta al establecer el De la formulación constitucional se desprenden dos efectos inmediatos: la existencia Las Illes Balears tienen unas circunstancias específicas como consecuencia de su condición insular y pluriinsular. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuenta con una estructura productiva Tanto el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears de 1983 como, sobre todo, su modificación en 2007, han incidido en el reconocimiento del hecho insular y sus circunstancias con la finalidad de amparar y promover La más relevante de dichas actuaciones ha sido la Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen Especial de las Illes Balears, que prevé una serie de medidas en diferentes La realidad insular o pluriinsular balear, y la necesidad de un tratamiento propio, se traduce principalmente en la previsión estatutaria contenida en la disposición adicional Artículo xxxxx. Régimen especial parempresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras. 1. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto 2. La bonificación anterior también será aplicable a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las La bonificación se 3. La aplicación de la bonificación en cada período impositivo requerirá que la plantilla Cuando la entidad se haya 4. La bonificación se incrementará hasta el 25 por ciento en aquellos períodos impositivos en los que, además de 5. Para el cálculo de la plantilla media de la entidad se tomarán las personas empleadas, en los términos que 6. Cuando la entidad se haya constituido en el primer período impositivo en que tenga efectos el régimen previsto en este a) A efectos del cumplimiento del requisito previsto para aplicar la bonificación regulada en el apartado 4, se considerará que la plantilla media de b) El cumplimiento del requisito de mantenimiento de empleo en períodos impositivos sucesivos regulado en el apartado 3 vendrá referido a la plantilla media del primer 7. La bonificación regulada en este artículo no será aplicable a los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en las Illes Balears propios de actividades de construcción naval, Capítulo III Adecuación al ordenamiento comunitario Artículo xxxxxx. Adecuación de la reserva para inversiones y del régimen especial para empresas 1. La regulación y aplicación de los beneficios fiscales previstos en este Capítulo se ajustará a lo establecido en el Los beneficios fiscales solo resultarán de aplicación para los contribuyentes que desarrollen su actividad en los ámbitos regulados en los Reglamentos (UE) 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012, relativo a 2. Estos beneficios fiscales no podrán superar los importes que, para su respectivo ámbito de aplicación, establecen los A efectos del cálculo de los límites establecidos por los Reglamentos comunitarios a que se refiere el apartado 1 anterior, el cómputo del 3. Los beneficios fiscales, conjuntamente con cualquier otra ayuda percibida al amparo de la normativa que resulte de aplicación, cualquiera que sea su naturaleza, dentro de los límites A estos efectos, los beneficiarios deberán presentar una declaración informativa relativa a las distintas 4. La superación de los límites de acumulación de ayudas constituirá una infracción, El reintegro de la ayuda y la imposición de la citada sanción se efectuarán con arreglo a los procedimientos correspondientes en función de la 5. También constituirá una infracción la no presentación en plazo y la presentación de forma incompleta, inexacta o con datos falsos de la mencionada declaración informativa, así como su presentación por medios La sanción consistirá en una multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos que Si la declaración se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria, o se presentara por medios distintos a Reglamentariamente se Capítulo III Seguimiento y Artículo xxxxxxx. Seguimiento y control de eficacia de los beneficios fiscales. 1. Anualmente se realizará un informe de seguimiento de la aplicación de los beneficios fiscales y en 2026 se realizará un control de eficacia 2. a) Realizar el seguimiento de la aplicación de los beneficios fiscales. b) Recopilar 3. A estos efectos los beneficiarios deberán presentar una declaración informativa relativa a las Capitulo IV 1. Se deroga la Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen Especial de las Illes Balears. 2. Las referencias contenidas en nomas vigentes a la disposición que se deroga expresamente deberán entenderse efectuadas a las 3. Desarrollo reglamentario. El Gobierno del Estado, previa coordinación con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dictará todas las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo de esta ENMIENDA NÚM. 3735 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De modificación. Modificación. Disposición adicional quincuagesima octava. Actividades prioritarias de mecenazgo. En el punto 1º convertirlo en “Las llevadas a cabo por el Instituto Justificación : Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3736 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. Añadir un neuvo párrafo: Disposición adicional quincuagesima octava. Actividades prioritarias de mecenazgo. Las llevadas a cabo por Justificación: Mejora ENMIENDA NÚM. 3737 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De modificación. Modificación Disposición adicional centésima vigésima segunda. Creación del bono cultural joven. 1. Se crea el bono cultural 2. Serán beneficiarios del bono aquellos jóvenes que cumplan 18 años durante el año 2022. El bono tendrá un importe 3. El bono cultural se regirá por lo dispuesto en este artículo y en su normativa de desarrollo, Será de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su 4. Se habilita al Gobierno para dictar las disposiciones y adoptar las medidas que sean necesarias para la implementación del Justificación Garantizar la igualdad de oportunidades de los jóvenes de acceso a la cultura incrementando 15% para los jovenes de les Illes Balears. ENMIENDA NÚM. 3738 De don Vicenç Vidal Matas El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición Concepto: Transmisión de bienes inmuebles al Consell d’Eivissa para facilitar la residencia en la isla de Eivissa a personal sanitario y profesorado de secundaria. EMERGENCIA HABITACIONAL RESIDENCIA MILITAR D’EIVISSA HEROES DE FILIPINAS METGES I PROFESSORS El bien inmueble denominado “Heroes de Filipinas” ( Eivissa Vila), propiedad del Ministerio de Defensa se donará al JUSTIFICACIÓN: La isla de Eivissa sufre un proceso de emergencia habitacional desde hace una década que ENMIENDA NÚM. 3739 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Disposición adicional Concepto: Transmisión de bienes inmuebles al Consell d’Eivissa para facilitar EMERGENCIA HABITACIONAL RESIDENCIA MILITAR D’EIVISSA HEROES DE FILIPINAS METGES I PROFESSORS El bien inmueble denominado “Heroes de Filipinas” ( Sant JUSTIFICACIÓN: La isla de Eivissa vive una presión migratoria ENMIENDA NÚM. 3740 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El ENMIENDA De adición. Disposición adicional Concepto: Transmisión de bienes inmuebles al Govern de les Illes Balears para facilitar convertirlo en un espacio de acogida para población refugiada. EMERGENCIA HABITACIONAL SON BUSQUETS El bien inmueble denominado Son Busquets JUSTIFICACIÓN: Mallorca y el área metropolitana de Palma viven una emergencia ENMIENDA NÚM. 3741 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Disposición adicional Concepto: Transmisión de bienes inmuebles al Consell de Menorca FINCA DE ALFORÍ El bien inmueble denominado Finca de Alforí (en Menorca), propiedad del Ministerio de Defensa se donará al Consell de Menorca como sede y centro de interpretación de la Reserva de la Biosfera de Menorca JUSTIFICACIÓN: La ENMIENDA NÚM. 3742 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional (nueva) Disposición adicional (nueva) que modifica los Seguridad Social Uno. Se que modifica el Artículo 207.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como sigue: Artículo 207. Jubilación anticipada por causa 2. En los casos de acceso a la jubilación anticipada a que se refiere este artículo, la pensión seráobjeto de reducción mediante la aplicación, por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del 1.º Coeficiente del 1,875 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a treinta y ocho años y seis meses. 2.º Coeficiente del 1,750 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de igual o superior a treinta y ocho años y seis meses e inferior a cuarenta y un años y seis meses. 3.º Coeficiente del 1,625 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o meses. 4.º Coeficiente del 1,500 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y cuatro En el caso de los trabajadores y trabajadoras que hayan cotizado 40 años o más y que cuenten con 65 años o más de edad, se les dejará de aplicar los coeficientes reductores desde el momento de cumplir dicha contributiva y años cotizados hasta el momento de la jubilación anticipada anteriormente producida. A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán períodos completos, sin que se equipare a un período la fracción del mismo. Dos. El Artículo 208.2 de sigue: Artículo 208. Jubilación anticipada por voluntad del interesado. 2. En los casos de acceso a la jubilación anticipada a que se refiere este artículo, la a) Coeficiente del 2 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a treinta y ocho años b) Coeficiente del 1,875 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a treinta y ocho años y seis meses e inferior a cuarenta y un años y seis meses. c) Coeficiente del igual o superior a cuarenta y un años y seis meses e inferior a cuarenta y cuatro años y seis meses. d) Coeficiente del 1,625 por ciento por trimestre igual o superior a cuarenta y cuatro años y seis meses. En el caso de los trabajadores y trabajadoras que hayan cotizado 40 años o más y que cuenten con 65 años o más de edad, se les dejará producida. A comprendido entre la fecha del hecho causante y el Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán períodos completos, sin que se equipare a un Justificación Equiparación de derechos ENMIENDA NÚM. 3743 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. “Disposición adicional XXX. Plan de Empleo de Baleares Durante el año 2022, el Servicio Público de Empleo Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2023, así como la aportación La Los datos conocidos del gasto turístico de 2020, visto el bajo Según los datos disponibles de la TGSS, en cuanto a los últimos datos trimestrales disponibles, y teniendo en cuenta la excepcionalidad de los datos debido a la COVID-19, en el segundo trimestre de 2020 se observa un descenso de la de Baleares se sitúa un -12,8% por debajo de la cifra de en agosto de Esta situación insostenible Justificación Mejroa técnica ENMIENDA De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición Adicional Se incorpora una nueva Disposición Adicional, con la siguiente redacción: “Disposición Adicional (nueva). Menores no emancipados vinculados a residentes extrapeninsulares. Se extenderá el beneficio de la La bonificación se extenderá al progenitor o tutor legal JUSTIFICACIÓN: Garantizar la igualdad de derechos a menores no emancipados hijos de residentes extrapeninsulares, y progenitores en su ENMIENDA NÚM. 3745 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Se añade una Disposición Adicional Nueva, con la siguiente redacción: “Disposición Adicional Nueva. Convenio de colaboración con la ciudad de Palma en materia de vivienda. Uno. Dos. Se autoriza al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta disposición.” JUSTIFICACIÓN Hace muchos años que la ciudad de Palma (Mallorca) ha venido la cesión del inmueble abandonado del Acuartelamiento de Son Busquets y han sido numerosos los intentos al menos iniciados de su cesión sin que esta haya surtido efecto hasta el momento. Hoy es más urgente que nunca ante ENMIENDA NÚM. 3746 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal ENMIENDA De adición. “Disposición Adicional X (nueva). Modificación del Se suprime el primer párrafo de la Disposición Adicional Primera, quedando redactada en los «Disposición adicional primera. Aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. La cuantía acumulada de las compensaciones contempladas en este Real Las compensaciones previstas en este real decreto JUSTIFICACIÓN: Eliminar la sujeción a minimis la industria europea tiene su lógica en el El Gobierno, en España, ha levantado los peajes a muchas vías de transporte, pero se ha olvidado de levantar este peaje para el transporte de Para la economía de Baleares y especialmente para el sector industrial que fabrica en las islas es vital eliminar la sujeción a “mínimis” de la compensación al transporte Se propone que el Gobierno califique estos costes como costes que no son de naturaleza normal y, por consiguiente, su compensación no implica privilegio ENMIENDA NÚM. 3747 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De adición. Disposición Adicional (NUEVA) Impuesto sobre el Valor Añadido —IVA— específico para las Se aplicará de una reducción lineal en todos los tipos impositivos del IVA (general, reducido y superreducido), por el tipo general al 15 % y el tipo reducido mínimo al 5 % respetando los límites establecidos por la UE. Justificación Las Illes Balears son el único territorio extrapeninsulares sin un IVA diferenciado. ENMIENDA NÚM. 3748 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De adición. Disposición Addicional (Nueva) Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series Aumento en los porcentajes de deducción del Impuesto de sociedades por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y a) 20 puntos porcentuales hasta llegar a un porcentaje del 40 b) 20 puntos porcentuales hasta llegar al 38 % (a partir del primer millón). Aplicable sobre las inversiones efectuadas por el sector audiovisual cuando se cumpla uno de los requisitos: • Rodar un mínimo de dos semanas en el territorio de las Illes Balears, en interiores o en exteriores. • Contratar profesionales locales (mínimo una cabeza de equipo o un actor principal y / o secundario con residencia o • Las coproducciones tendrán la consideración de producciones baleares siempre que la aportación del productor balear supere el 20 % del coste de producción. En el supuesto de coproducción Justificación Reducir los sobre costes en producciones cinematográficas, series audiovisuales y ENMIENDA NÚM. 3749 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Disposición adicional (Nueva) Deducción por inversión en actividades de investigación, desarrollo e innovación 1. Los porcentajes de deducción por actividades de investigación y desarrollo realizadas en Illes Balears recogidos en el apartado 1 del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del 2. De igual manera, los porcentajes de deducción por actividades de innovación tecnológica que se realicen en Illes Balears recogidos en el Justificación Reducir sobre costes de insularidad y Incentivar las ENMIENDA NÚM. 3750 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De adición. Disposición adicional (NUEVA) Régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y 1. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes aplicarán una bonificación del 10 por ciento de la cuota íntegra correspondiente a los rendimientos derivados 2. La bonificación se aplicará sobre la parte de la cuota íntegra que proporcionalmente corresponda a los rendimientos derivados de las actividades de producción 3. La aplicación de la bonificación en cada período impositivo requerirá que la plantilla media de la entidad en dicho período no sea inferior a la plantilla media correspondiente a los doce meses anteriores al inicio del primer Cuando la entidad se haya constituido dentro del señalado plazo anterior de doce meses se tendrá en cuenta la plantilla media que resulte de ese período. 4. 5. Para el cálculo de la plantilla media de la entidad se tomarán las personas empleadas, en los términos que disponga la legislación laboral, teniendo en cuenta la jornada contratada en relación con la jornada completa. 6. Cuando la entidad se haya constituido en el primer período impositivo en que tenga efectos el régimen previsto en este artículo, la aplicación de la bonificación requerirá que dicha entidad cumpla los requisitos para que resulte de aplicación a) A efectos del cumplimiento b) El cumplimiento del requisito de mantenimiento 7. La bonificación regulada en este artículo no será aplicable a los rendimientos Justificación Crear Régimen ENMIENDA NÚM. 3751 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva Se adiciona una nueva Disposición Adicional X. Contratación de personal con carácter laboral fijo para el necesario incremento de la Plantilla de Flota E.P.E. SASEMAR. Uno. El Gobierno realizará la contratación inmediata de personal con carácter Dos. La Justificación Debido a la situación de migración que se está viviendo en las costas del Estado español, Mar de Alborán, Estrecho de Gibraltar e Islas Canarias, y ya que el peso de las operaciones de SALVAMARES – En la actualidad, SASEMAR dispone de 55 embarcaciones de intervención rápida. Estas unidades están tripuladas por dos tripulaciones, compuestas cada una de ellas de 3 tripulantes por turno, (Patrón, Mecánico y Marinero), pero Mediterráneo y Balears: Puerto Base Unidad Tripulante Necesario • • Porto Portals Mallorca Salvamar Libertas 2 Marineros • Eivissa Salvamar Acrux 2 Marineros • Xátiva Salvamar Diphda 2 Marineros • Alacant Los 50 marineros de Salvamar debían ser de incorporación inmediata con plaza estructural en las unidades ya indicadas, alguna de estas unidades ya está reforzada temporal y precariamente, con contratos de 3 meses. Se debe plantear de una forma gradual y en un plazo de 5 años, ir incorporando la figura de un 4 tripulante al resto de unidades anteriormente descrita. GUARDAMARES - En la actualidad la flota de SASEMAR, está compuesta por Por lo que, para paliar las condiciones de vida a bordo, y operativas sería conveniente tomar de forma inmediata las siguientes medidas: Incorporación Cuatro. BUQUES DE SALVAMENTO - Actualmente la flota de SASEMAR, está compuesta por 14 unidades de este tipo, de los cuales, 4 son los buques de mayor Buques Polivalentes: Unidad Puerto Base Tripulante Necesario • Don Inda Ceé: 2 Segundo Oficial de Máquinas, • Clara Campoamor Cartagena. 2 Segundo Oficial de Máquinas, 2 Engrasador. • Luz de Mar Algeciras: 2 Segundo Oficial de Máquinas, 2 Engrasador. Miguel de Cervantes Las Palmas: 2 Segundo Oficial de Presupuesto Estimado: 3.229.524,61 € TIPO DE UNIDAD TRIP. NECESARIO COSTE Salvan-ores 50 Marineros 1.929.945,61 € Guardamares 2 tripulaciones 655.103,04 € Buques El presupuesto estimado para incorporar las medidas inmediatas con respecto al aumento de personal principalmente en las unidades Salvamar, Guardamar y buques polivalentes es por un valor Millones de €, por lo que el gasto que planteamos supone un incremento del 1,78 % del presupuesto del ente público. Con la enmienda a los PGE, se intenta recuperar la contratación fija de los ENMIENDA NÚM. 3752 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva Cesión gratuita durante los seis meses posteriores a la entrada en vigor de los PGE 2022 del domicilio del alcalde de Palma (Mallorca) Emili Darder i Justificación Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3753 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva Cesión gratuita de la propiedad de la finca pública de Rafaubeig, sito en el municipio de Calvià ( Mallorca), propiedad del ministerio de Defensa al Justificación: Mejora técnica ENMIENDA NÚM. De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional (nueva) Se incrementará sobre la base del bono joven vivienda un 15% para los beneficiarios residentes en las Illes Balears. Justificación Garantizar la igualdad de ENMIENDA NÚM. 3755 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De adición. Disposición Adicional nueva En los 6 meses posteriores a la entrada en vigor de esta ley se Justificación El Castell de Alaró es una fortaleza situada en Mallorca, en la Sierra de Tramuntana, Patrimonio de la Humanidad. Esta fortaleza pertenece, todavía a día de hoy, al Estado. Este ENMIENDA NÚM. 3756 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El ENMIENDA De adición. DISPOSICIÓN FINAL DÉCIMA Se “Tres. Se adiciona el apartado i) al número 40del artículo 2 i)Las ayudas de emergencias y/o urgencia social de los servicios sociales de las Entidades Locales para cubrir necesidades básicas de los JUSTIFICACIÓN Se propone exceptuar del concepto de subvención establecido en el artículo 2 a las ayudas que como aportaciones dinerarias conceden las Entidades Locales, a través de los servicios sociales, a personas ENMIENDA NÚM. 3757 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final ENMIENDA De adición. «Disposición adicional NUEVA. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, y del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Uno. Se añade un nuevo párrafo al final del apartado 1 del artículo 1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, con la siguiente redacción: “A los Dos. Se añade un nuevo apartado 3 al artículo 305 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, con la siguiente redacción: “3. A los efectos de lo A los efectos de determinar el rendimiento neto, se aplicarán las normas establecidas en la JUSTIFICACIÓN Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3758 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal ENMIENDA De adición. Disposición final nueva Se propone la adición de una Disposición final X. Traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de ordenación y gestión del litoral. El Gobierno, en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, convocará la Comisión Mixta de Transferencias entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para acordar el traspaso de En todo caso, las funciones traspasadas incluirán: 1) Gestión y otorgamiento de las autorizaciones de usos de temporada en las playas y en el mar territorial (zonas de fondeo, pantalanes flotantes y usos análogos). Vigilancia y régimen sancionador en relación a dichas autorizaciones. 2) Todas las funciones de la Administración General del Estado en relación con las autorizaciones y concesiones en vigor sobre las instalaciones pactadas por 3) CCP Vigilancia y régimen sancionador en relación a dichas autorizaciones. Gestión de los ingresos que se devenguen por su explotación. 4) Planificación, elaboración y aprobación de proyectos, 5) Participación de la Comunidad Autónoma de las 111es Balears en la planificación y programación de las obras de interés general y emisión de los correspondientes 6) La gestión de las concesiones demaniales, que a) Las requeridas para efectuar vertidos al dominio público marítimoterrestre y las de ocupación del dominio b) Las que amparan usos especialmente intensos, rentables o peligrosos, así como los privativos, con obras o instalaciones desmontables que por su naturaleza, finalidad c) Las concesiones amparadas por otra concesión de explotación de recursos mineros o energéticos. d) Las que amparen usos especialmente intensos, Igualmente, las concesiones que posibiliten la ejecución de obras fijas en el mar y aquéllas que amparen las instalaciones marítimas menores en el 7) La vigilancia, tramitación e imposición y recaudación de las sanciones que corresponda, 8) La gestión y otorgamiento de autorizaciones en zonas de servidumbre de tránsito y acceso al mar, así como la vigilancia tramitación e 9) La gestión del registro de concesiones en dominio público marítimoterrestre en el ámbito de 10) La emisión del informe previo al rescate de las concesiones demaniales cuando, por razones de interés general, sea competencia de la Administración General del Estado el ejercicio de esta 11) La emisión del informe previo al pliego que sirva de base para la redacción de los proyectos correspondientes a obras de interés generaL Justificación De conformidad con el Real Decreto 1958/1983, de 29 de junio, aprueban las normas de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y funcionamiento de la Comisión mixta prevista en la disposición transitoria cuarta de su Estatuto (BOE n. 171 de 19/7/1983). ENMIENDA NÚM. 3759 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA 500.000€ Sección 13, Programa 111N. Orgánica 13.01. Económica 12. Justificación: La Fiscalía de les Illes ENMIENDA NÚM. 3760 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA Sección:13 02 SECRETARIA DE ESTADO DE JUSTICIA 112A Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal 6 Inversiones reales 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios 620 Inversión NUEVO CONCEPTO: REDACCIÓN DE PROYECTO Y LICITACION JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE FORMENTERA 300.000 euros BAJA Sección: 13 MINISTERIO DE 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA 11 KB C11.102 Proyectos Tractores de Digitalización de la Administración de Justicia 6 Inversiones reales 69 Inversiones reales y mecanismo de recuperación y 300.000 EUROS JUSTIFICACIÓN: La creación de partidos judiciales es siempre el paso previo a la creación de un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción allí donde no hubiera una estructura judicial constituida, El artículo 32.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece literalmente que la modificación de los partidos judiciales se hará, en su caso, “en función del número de asuntos, las Si atentemos a criterios de población, la isla de Formentera se sitúa cerca de los trece mil habitantes de derecho a los que hay que sumar un Si atendemos a criterios de comunicación, los usuarios de la administración de justicia en isla de Formentera deben Si Desde distintas instancias políticas, institucionales e incluso judiciales se ha venido insistiendo desde principios de los años ochenta en la necesidad de que la ENMIENDA NÚM. 3761 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA SERVICIO 04 Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana PROGRAMA 441M Suvenciones y apoyo al Transporte Terrestre CAPÍTULO 45 ARTÍCULO 459 A Comunidades Autónomas CONCEPTO A la comunidad IMPORTE 20.000.00 miles de euros BAJA SECCIÓN 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO 08 ACTIVOS FINANCIEROS PROGRAMA ARTÍCULO 852 Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITSA) CONCEPTO Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de IMPORTE 20.000.00 (miles de euros) MOTIVACIÓN Necesidad histórica de mejoras en red ferroviaria. Disponer de financiación en esta cuestión al igual que disponen Valecia, Barcelona, Madrid y Canarias. ENMIENDA NÚM. De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO 40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIONES EN LA RED FERROVIARIA PROGRAMA 453 ARTÍCULO 751 (nuevo) BAJA SECCIÓN 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA PROGRAMA 453 A ARTÍCULO 10 Altos Cargos CONCEPTO Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de ferrocarril IMPORTE 110000 MOTIVACIÓN : Impulso del tren en el Llevant de Mallorca. ENMIENDA NÚM. 3763 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOBILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO PROGRAMA 451.M Dirección y servicios generales de Transportes, Mobilidad y Agenda Urbana ARTÍCULO 44 CONCEPTO Proyecto de inversión de la Torre de Control del BAJA SECCIÓN 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOBILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO 50 Mecanismo de recuperación y resiliencia PROGRAMA 450A Infraestructuras . Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. ARTÍCULO 743 IMPORTE 6000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Construcción de una torre de control convencional en Menorca. La actual es la más antigua en funcionamiento del Estado en esos momentos. Es necesario un equipamiento ENMIENDA NÚM. 3764 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOBILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO 20 Secretaria de estado de Transportes, PROGRAMA 451.M Dirección y servicios generales de Transportes, Mobilidad y Agenda Urbana ARTÍCULO 44 CONCEPTO Transferencia de capital a 3 Salut Mental para la compra de viviendas sociales para personas BAJA SECCIÓN 29 MINISTERIO DE asuntos sociales SERVICIO 06 Dirección General de Politicas de Discapacidad PROGRAMA 231F Otros servicios sociales del estado. ARTÍCULO 7 IMPORTE Justificación: Necesidad de apoyar la vivienda social para personas con problemas de salud mental en las Illes Balears. ENMIENDA NÚM. 3765 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal ENMIENDA De modificación. ALTA: Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Organismo: Dirección General de Aviación Civil Programa: 4410 Subvenciones y apoyo al transporte aéreo Capítulo: 4. Transferencias corrientes Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de lucro Concepto: Nuevo. Para satisfacer bonificaciones en billetes de transporte aéreo expedidos a menores no emancipados vinculados a residentes extrapeninsulares. Importe: 2.000.000 euros BAJA: Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Organismo: Dirección General de Aviación Civil Programa: 4410 Subvenciones y apoyo al transporte aéreo Capítulo: 4. Transferencias corrientes Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de lucro Concepto: 483 Subvención al tráfico aéreo regular Importe: 2.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Garantizar la extrapeninsulares, y progenitores en su caso. ENMIENDA NÚM. 3766 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Creación de Infraestructura de Carreteras Transferencias de Capital A Entidades Locales Para financiar obras en los Convenios con los Consells Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza Subconcepto 76603 Convenio de Importe: 8.000,00 miles de euros ALTAS Sección: 17 Programa: 453B Capítulo: 7 Artículo: 76 Concepto: 766 BAJAS Sección: 17 Ministerio Transportes, Programa: 453B Creación de Infraestructura de Carreteras Capítulo: 6 Inversiones Reales Importe: 8.000,00 miles de euros Justificación Dotación del convenio de carreteras de Menorca JUSTIFICACION Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 3767 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTAS Sección: 17 Programa: 453B Capítulo: 7 Artículo: 76 Concepto: 766 Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Creación de Infraestructura de Carreteras Transferencias de Capital A Entidades Locales Para financiar obras en los Convenios con los Consells Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza Subconcepto 76602 Convenio de carreteras Consell de Ibiza Importe: 14.000 ,00 miles de euros BAJAS Sección: 17 Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Programa: 453B Capítulo: 6 Inversiones Reales Importe: 14.000,00 miles de euros Justificación Dotación para convenio carreteras de Ibiza ENMIENDA NÚM. 3768 De don Vicenç Vidal El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTAS Sección: 17 Programa: 453B Capítulo: 7 Artículo: 76 Concepto: 766 Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Creación de Infraestructura de Transferencias de Capital A Entidades Locales Para financiar obras en los Convenios con los Consells Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza Subconcepto Importe: 8.000 MILES DE EUROS BAJAS 76600 Convenio de carreteras Consell de Formentera 8000 miles de euros 17 Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana 453B Creación de Infraestructura de Carreteras 6 Inversiones Reales 8000 Justificación Urgente dotación para convenio de carreteras de Formentera con el Consell de Formentera ENMIENDA NÚM. 3769 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL 08. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN 144B Cooperación, promoción y difusión educativa en el exterior 45 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN 08. DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN 144B Cooperación, promoción y difusión educativa en el exterior 480 PROYECTO DE INVERSIÓN A la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Promoción y Justificación: Actualmente, el Programa 144B Cooperación, promoción y difusión educativa en el exterior se dedica íntegramente a la promoción y difusión de una única lengua, carácter plurinacional y plurilingüe del Estado y el artículo 3.3 CE que establece que las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección. Por ENMIENDA NÚM. 3770 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El ENMIENDA De modificación. Alta Sección: 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA PROGRAMA. 32UA Art 45041 Creación de plazas del primer ciclo de Importe 10.000.000 euros Concepto Creación de plazas del Primer Ciclo de Educación Infantil Baja Sección: Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA PROGRAMA. 32UA Art 45040 Creación de plazas del primer ciclo de Educación Infantil de Importe 10.000.000 de euros Justificación Mejora técncia ENMIENDA NÚM. De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y ENMIENDA De modificación. ALTA 002316 Sección: 20 Ministerio de Industria Comercio y Turismo Programa: 43NA C14.101 Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad. Capítulo: 7 Artículo: 76 A Entidades Locales Concepto: 760 A Entidades Locales. Subconcepto 76002 Convenio Financiación sede del Sindicat de Felanitx (Mallorca) para la futura facultad de Bellas Artes con el Importe: 3.000,00 miles de euros BAJA Sección: 20 Ministerio de Industria Comercio y Turismo Programa: 43NA C14.101 Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad. Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo 75 CCAA Concepto 750 Pian de Sostenibilidad Turística en Destinos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 3.000,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dotación para convenio de financiación con el Consell de Mallorca ENMIENDA NÚM. 3772 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA 002320 Sección: 20 Ministerio de Industria Comercio y Turismo Programa: 43NA C14.101 Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad. Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 76 A Entidades Locales Concepto: 760 A Entidades Locales. Subconcepto 76003 Importe: 3000 miles de euros BAJA Sección: 20 Ministerio de Industria Comercio y Turismo Programa: 43NA C14.101 Transformación del modelo sostenibilidad. Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo 75 CCAA Concepto 750 Plan de Sostenibilidad Turística en Destinos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 3000 JUSTIFICACIÓN Dotación para convenio de financiación con el Consell de Menorca para impulsar la marca Menorca Talaiòtica y toda la promoción, excavación y museización correspondiente que determina la UNESCO. ENMIENDA NÚM. 3773 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA 002319 Sección: 20 Ministerio de Industria Comercio y Turismo Programa: 43NA C14.101 Transformación del modelo turístico hacia la Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 76 A Entidades Locales Concepto: 760 A Entidades Locales. Subconcepto 76003 Convenio Financiación Consell Insular de Menorca para la rehabilitación del Importe: 2.500,00 miles de euros BAJAS Sección: 20 Ministerio de Industria Comercio y Turismo Programa: 43NA C14.101 Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad. Capítulo: 7 Artículo 75 CCAA Concepto 750 Plan de Sostenibilidad Turística en Destinos. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 2.500,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN La ENMIENDA NÚM. De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 21. Ministerio de Agricultura, Pesca y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 21 MINISTERIO DE LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO SERVICIO 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA PROGRAMA 452 M Normativa y ordenación territorial de ARTÍCULO 75 Transferencias de capital a comunidades autónomas CONCEPTO: CONVENIO CON LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS SOBRE INFRAESTRUCTURAS HÍDRICAS BAJA SECCIÓN 23 MINISTERIO DE LA SERVICIO 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA PROGRAMA 452 M Normativa y ordenación territorial de los recursos hídricos ARTÍCULO 85101 CONCEPTO Convenio con la Comunidad Autónoma de IMPORTE 36.000.000 euros MOTIVACIÓN: La illes Balears necesitan mejorar sus infraestructuras hídricas. ENMIENDA NÚM. 3775 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 21. Ministerio de Agricultura, Pesca y ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 21 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN Servicio: 10 DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA SOSTENIBLE Programa: 415A Artículo: Concepto: Plan de impulso a la creación de reservas marinas, investigación, innovación y digitalización en las Illes Balears Importe: 3000 Miles de euros BAJA Sección: 21 MINISTERIO DE Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 41CF Artículo: Importe: 3000 Miles de euros Justificación Dar cumplimiento a la moción apropiada en ENMIENDA NÚM. 3776 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO SERVICIO 08 DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL PROGRAMA 456.b Protección y mejora del medio ambiente ARTÍCULO 757 CONCEPTO Transferencia a la Comunitat de les Illes Balears en materia de transporte de residuos BAJA SECCIÓN 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO SERVICIO 50. MECANISMO DE RECUPERACIÓN PROGRAMA 450 DC Restauración de ecosistemas e infraestructura verde ARTÍCULO 754 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Para actuaciones de conservación y restauración de ecosistemas y de su biodiversidad. En Autónomas IMPORTE 7000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Cumplimiento del artículo 12 del Real Decreto-ley 4/2019 de 22 de febrero, del Regimen Especial de las Illes Balears, sobre transporte de residuos. El Govern de ENMIENDA NÚM. 3777 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 23. Ministerio de Transición SERVICIO 456C Protección y Mejora del Medio Natural PROGRAMA 11 Direccion General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación ARTÍCULO 48. A familias e instituciones sin fines de lucro. CONCEPTO Mejora BAJA SECCIÓN 23. MINISTERIO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICAY RETO DEMOGRÁFICO. SERVICIO 12. DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS. PROGRAMA 451O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ARTÍCULO 22. Material, suministros y otros IMPORTE 500.000 MOTIVACIÓN: La ENMIENDA NÚM. 3778 De don Vicenç El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 23 MINISTERIO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA SERVICIO 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR PROGRAMA 456D Actuación en la Costa ARTÍCULO 65 (nuevo) CONCEPTO: IMPORTE: 10.000.000 euros BAJA SECCIÓN 23 MINISTERIO DE TRANSICÓN ECOLÓGICA SERVICIO 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR PROGRAMA 456D ARTÍCULO 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso genera IMPORTE 10.000.000 euros MOTIVACIÓN: Necesidad de fortalecer los sistemas dunares en las Illes Balears. ENMIENDA NÚM. 3779 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 23. SERVICIO 456C Protección y mejora del Medio Natural PROGRAMA 101. Parques Nacionales. ARTÍCULO 46. Entidades Locales CONCEPTO: Convenio de colaboración BAJA SECCIÓN 23. MINISTERIO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICAY RETO DEMOGRÁFICO. SERVICIO 12. DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS. PROGRAMA ARTÍCULO 22. Material, suministros y otros IMPORTE 2.967.584,96 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Alforí de Dalt, situada al norte del término En total, la finca dispone La finca fue expropiada por la Dirección General de Costas en 1999 y no fue hasta el año 2007 que se acordó una mutación demanial entre este al Organismo Autónomo de Parques Nacionales El Organismo Autónomo Parques Nacionales es la entidad pública dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Por otro lado, el Consell Insular de Menorca tiene asumidas las competencias en materia de Agricultura y Desarrollo Rural, Pesca, Caza, y de regulación, vigilancia y aprovechamiento de En el año 2015, el Organismo Autónomo de Parques Nacionales concedió una subvención nominativa al Consell Insular de Menorca en el marco de la Agencia Reserva de Biosfera, para la conservación y mantenimiento de la finca de Alforí En el año 2016, se realizó un nuevo convenio mediante el cual se aportaba otra Posteriormente, en julio del año 2017 se decidió establecer un convenio de colaboración de 4 años mediante el cual se encomendó la gestión de la finca de Alforí de Dalt al Consell Insular de Menorca, sin cesión de titularidad, para el Como se puede entrever, la finca tiene una gran importancia en términos de divulgación y educación ambiental, donde casi 2.000 alumnos y alumnas participan de media cada año en actividades diversas organizadas des del Consell Además de las componentes naturales, la finca de Alforí de Dalt es también una localidad emblemática por su valor cultural relacionado con el uso tradicional del campo, que a lo largo de los años ha En este sentido, la finca mantiene el conjunto tradicional de “Ses cases”, formado por una casa de payés o vivienda y otras edificaciones agrícolas como una gran boyera, El proyecto básico y de ejecución, redactado en 2002 para la Dirección General de Costas, contempla la rehabilitación de las edificaciones existentes en la ENMIENDA NÚM. 3780 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De ALTA SECCIÓN 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO SERVICIO 456C Protección y mejora del Medio Natural PROGRAMA 101. Parques Nacionales. ARTÍCULO 75 (nuevo) CONCEPTO: Inversiones iniciales por la ampliación del Parque Nacional de Cabrera BAJA SECCIÓN 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO SERVICIO 12. DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS. PROGRAMA ARTÍCULO 22. Material, suministros y otros. IMPORTE: 6000 (miles de euros) MOTIVACIÓN: Una vez ampliado el Parque Nacional de Cabrera ENMIENDA NÚM. 3781 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO SERVICIO 23.11 Dirección General de Biodversidad, Bosques y Desertificación PROGRAMA 456C Protección y ARTÍCULO 759 (nuevo) CONCEPTO: Apoyo a la protección de la posidonia en las Illes Balears IMPORTE: 1000.000 euros BAJA SECCIÓN 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO SERVICIO 06. DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y EL MAR. PROGRAMA 456D Actuación en la Costa. ARTÍCULO 6 MOTIVACIÓN: Contribuir al despliegue del decreto pionero de protección de la posidonia en el litoral de ENMIENDA NÚM. 3782 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 23. Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico SERVICIO 04. Secretaria de Estado de Medio PROGRAMA 452M Normativa y Ordenación Territorial de los Recursos Hídricos ARTÍCULO 451 nuevo) CONCEPTO Subvención a la comunidad autónoma de las Illes Balears para el mantenimiento de los torrentes y cauces de las Illes IMPORTE: 3.000.000 BAJA SECCIÓN23. Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico SERVICIO 05. Dirección General del Agua PROGRAMA 452M Normativa y Ordenación Territorial de los Recursos ARTÍCULO 85. Adquisición de acciones y participaciones del sector públic MOTIVACIÓN: Necesidad de un apoyo específico al mantenimiento de torrentes y cauces de las Illes Balears ENMIENDA NÚM. 3783 De don El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto ENMIENDA De modificación. ALTA Sección:23 Ministerio para la Transición Ecológica y reto demográfico Servicio:50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa:45ED C05.104 Adaptación de la de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo Capítulo:7 Transferencias de capital Artículo 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, de entidades del Sector Público Estatal Entidades Locales Concepto:747 Aportación al FRER para actuaciones en la costa, estrategias marinas y ordenación espacio marino. Subconcepto74704 Rehabilitación Importe:Incrementar 700,00 miles de euros BAJA 23 Ministerio para la Transición Ecológica y reto demográfico 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA 45ED 7 Transferencias de capital 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, 747 Aportación al FRER para actuaciones en la costa, estrategias marinas y ordenación espacio marino. Reducir 700,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dotación para las obras de rehabilitación y recuperación de los paseos marítimos del término municipal de Manacor por los daños ocasionados por el temporal Gloria ENMIENDA NÚM. 3784 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El ENMIENDA De ALTA Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y reto demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 45ED C05.104 Adaptación de la costa al cambio climático e de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de Concepto: 747 Aportación al FRER para actuaciones en la costa, estrategias marinas y ordenación espacio marino. Subconcepto 74704 Rehabilitación y recuperación paseos Mallorca Importe: Incrementar 700,00 miles de euros BAJA Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y reto demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 45ED C05.104 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 74 A de entidades del Sector Público Estatal Entidades Locales Concepto: 747 Aportación al FRER para actuaciones en la costa, estrategias marinas y ordenación espacio Importe: Reducir 700,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN Dotación para las obras de rehabilitación y recuperación de los paseos marítimos del término municipal de Capdepera por los daños ocasionados por el temporal ENMIENDA NÚM. 3785 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio ENMIENDA De adición. Nueva Disposición Adicional. Se incorpora una nueva Disposición Adicional. Aportación financiera del Ministerio de Universidades con la siguiente “El Ministerio de Universidades establecerá un programa específico para incrementar la competitividad de la Universitat de les Illes Balears que focalice los esfuerzos en investigación e innovación. Teniendo en cuenta la Este programa deberá ser equivalente a los gastos de transporte desde su lugar Durante el año 2022 aportará la Sección: 33 MINISTERIO DE UNIVERSIDADES Programa: 46UD MRR Formación y capacitación del personal docente o investigador. 7 Transferencias de capital 75 A Comunidades Autónomas 752, MRR minorar en 20.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Desarrollo de la Universitat de les Illes Balears -UIB- para ampliar su oferta formativa. ENMIENDA NÚM. 3786 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 24 SERVICIO 105 Gerencia de Infraestructuras y equipamientos de cultura PROGRAMA 332 B Bibliotecas CAPÍTULO 6 Inversiones Reales ARTÍCULO 66 Nuevas Infrastructuras en Bibliotecas CONCEPTO 661 Nueva Biblioteca Nacional en la ciudad de Eivissa SUBCONCEPTO 66100 Inicio e inicio de obra Proyecto Nueva Biblioteca Nacional en la ciudad de Eivissa IMPORTE 5.000.000 euros BAJA SECCIÓN 24 Ministerio de SERVICIO 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura PROGRAMA 332B CAPÍTULO 6 ARTÍCULO 62 CONCEPTO Inversión nueva a sociada al funcionamiento operativo de los serviicos IMPORTE 5.000.000 eros MOTIVACIÓN: Estudio e inicio de obra para una reivindicación histórica del tejido asociativo ibicenco: la construcción de una Biblioteca de titularidad estatal. ENMIENDA NÚM. 3787 De don Vicenç Vidal El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deportes. ENMIENDA De ALTA SECCIÓN 24 Ministerio de Cultura y Deportes SERVICIO 03 Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura PROGRAMA 334B Promoción del Libro y Publicaciones Culturales ARTÍCULO 777 (NUEVO) BAJA SECCIÓN 24 Ministerio de Cultura y Deportes SERVICIO 2403 Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura PROGRAMA 334B Promoción del Libro y ARTÍCULO 775 Ayuda para edición de libros IMPORTE 1.000.000 euros MOTIVACIÓN: El sector editorial que prioriza la lengua catalana, propia de las Illes Balears, ha visto como la crisis la golpeaba con ENMIENDA NÚM. 3788 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 24 SERVICIO 107 Instituto Nacional de las Artes Escénica y de la Música PROGRAMA 335B Teatro ARTÍCULO 76 Entidades Locales CAPÍTULO NUEVO CONCEPTO A la Fundación Teatre Principal para obras de teatro en BAJA SECCIÓN 24 ministerio de cultura SERVICIO 107 PROGRAMA 335B Teatro ARTÍCULO 2 CONCEPTO Gastos corrientes en IMPORTE 300.000 MOTIVACIÓN: La Fundació Teatre Principal y la red de teatros y auditorios de Mallorca requiere apoyo para seguir con una programación modélica que fortalece el espacio teatral de las Illes Balears y ENMIENDA NÚM. 3789 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 24 Ministerio de Cultura y Deporte SERVICIO 105 Gerencia de infraestructuras y equipamientos culturales PROGRAMA 46 CAPÍTULO 6 ARTÍCULO Nuevo CONCEPTO (Nuevo) Rehabilitación del Museo de Mallorca BAJA SECCIÓN 24 Ministerio de Cultura y Deporte SERVICIO 105 PROGRAMA 333 A CAPITULO 6 Inversiones reales ARTICULO 6 CONCEPTO Inversiones reales IMPORTE 200.000 euros MOTIVACIÓN: El Museo de Mallorca necesita urgentemente tareas de mantenimento. ENMIENDA NÚM. 3790 De El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 01 MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS GENERALES Programa: 334A Promoción y cooperación cultural Artículo: 45 BAJA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 33X13 C24.102 Artículo: PROYECTO DE INVERSIÓN Promoción lengua catalana en las Illes Balears Justificación: Apoyo a la red asociativa que trabaja para la promoción de la ENMIENDA NÚM. 3791 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 29 MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030 SERVICIO 101 INSTITUTO DE LA JUVENTUD PROGRAMA 232A CAPÍTULO Nuevo (488) ARTÍCULO 48 A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO CONCEPTO CONVENIO CON EL CONSELL DE LA JOVENTUT DE LES ILLES BALEARS –CJIB- IMPORTE 100.000 BAJA SECCIÓN29 MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030 SERVICIO 101 INSTITUTO DE LA JUVENTUD PROGRAMA 232A Promoción y servicios a la juventud CAPÍTULO 2 ARTÍCULO 22706 CONCEPTO Estudios y IMPORTE 100.000 MOTIVACIÓN: El Consell de la Joventut de les Illes Balears fue disuelto hace una década y actualmente está reiniciando su actividad necesitando estructura y organización para dinamizar a la juventud ENMIENDA NÚM. 3792 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 29 MINISTERIO DE asuntos sociales Servicio 50. Servicios Sociales y Recuperación Programa 230 A Articulo 29 CONCEPTO Transferencia a la Fundación Pere Tarrés para reforma y remodelación de Binicanella (Mallorca) BAJA SECCIÓN 29 MINISTERIO DE asuntos SERVICIO 101. Institutto d ela Juventud PROGRAMA 232A Promocion y servicios ala juventud ARTÍCULO 78. A Familias e institucions sin fines de lucro. JUSTIFICACIÓN: Necesidad de apoyar la remodelación de una ENMIENDA NÚM. 3793 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA: 500.000€ Sección 29. Programa 000X. Orgánica 29.03. Económica 424. Justificación: La gestión de las Pensiones No Contributivas (PNC) se realiza mediante un convenio de gestión que fecha del año 1997 y en la que se establece que las comunidades percibirán una transferencia anual que puede ser revisada ENMIENDA NÚM. 3794 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), ENMIENDA De modificación. Alta: 10.000.000€ en: Sección 29. Programa 231G. Orgánica 29.04. Nueva partida económica Económica 482. Para centros humanitarios de atención a personas inmigrantes. Baja: 10.000.000€ Sección 14. Programa 122A. Orgánica 14.17. Económica 6 JUSTIFICACIÓN: debido al importante aumento de presión demográfica derivada de los movimientos migratorios que dejan constancia de la insuficiente articulación de recursos para su correcta atención y integración se solicita la ENMIENDA NÚM. De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 37. Otras Relaciones Financieras con Entes ENMIENDA De modificación. Alta Sección 37: OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES TERRITORIALES Programa 9410 75 A Comunidades Autónomas 759 A la comunidad autónoma de Illes Balears Baja Sección 37: OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES TERRITORIALES Programa 9410 75 A Comunidades Autónomas 758 Motivación El 3 de diciembre de Se considera necesario que por lo menos parte de los 240 se consignen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para ENMIENDA NÚM. 3796 De don Vicenç Vidal Matas (GPIC) El Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a Servicio ENMIENDA De modificación. Alta Organismo: 101 SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL Servico:241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral Programa: 455 Planes integrales de 45514 Plan integral de empleo de Illes Balears Importe: 30 millones de euros Baja Sección 101 Servicio Público 241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral 455 Planes integrales de empleo y otras actuaciones en materia de empleo, mediante convenios de colaboración con Comunidades Autónomas Motivación Responde y es consecuente con la enmienda al articulado relativa a la La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 30 enmiendas al Proyecto de Ley de Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-María Pilar González Modino. ENMIENDA NÚM. 3797 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González ENMIENDA De adición. Enmienda de adición en el artículo 69 referido a los Tipos Impositivos 3. Se modifica el articulo 91 de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre del impuesto sobre el Valor Añadido para añadir un nuevo apartado 9 al punto uno del JUSTIFICACIÓN: Se trata de una actividad básica para la ENMIENDA NÚM. 3798 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. Uno. 1. Las sociedades mercantiles públicas y las entidades públicas empresariales a que se 2. Las indicadas limitaciones no serán de aplicación cuando se trate de contratación de 3. No se podrá contratar personal temporal, excepto en casos 4. Las sociedades mercantiles públicas y las entidades públicas empresariales que gestionen servicios públicos o realicen 5. Las sociedades mercantiles públicas que a) Que dicha entidad no haya sido creada específicamente para satisfacer necesidades de interés general y tenga carácter industrial 6. Igualmente JUSTIFICACIÓN: El sector público institucional se divide en dos grandes grupos: sector público administrativo y sector público empresarial. La diferencia no La crisis económica de 2008 se torna en la causa directa de distintas normas llevadas a cabo en los años siguientes, con especial El derecho europeo viene obligando a Finalmente, recalcar que facilitar la contratación de personal, de forma justificada y con las autorizaciones pertinentes, no puede provocar desequilibrio alguno en la contabilidad nacional, máxime cuando sus gastos de personal no son sufragados ENMIENDA NÚM. 3799 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: Servicio: 302 Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo Programa: 143A Cooperación para el desarrollo Artículo: 49 Concepto: A la Importe: 10.000 miles de euros BAJA Sección: 12 MINISTERIO Servicio: 302 Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo Programa: 143A Cooperación para el desarrollo Artículo: 874 Importe: 10.000 miles de JUSTIFICACIÓN: Los refugiados saharauis que permanecen en el campamento de llevan años acinados con serias dificultades para cubrir las necesidades básicas y recogidas reconocidas como derechos humanos. Con la crisis sanitaria El Estado español, con vínculos ENMIENDA NÚM. 3800 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN Servicio: 302 Capítulo: 4 Artículo: 49 Concepto: Programa para el fortalecimiento de la democracia y los derechos humanos en el Sahara Occidental Importe: 8.000 miles de euros BAJA Sección: 12 MINISTERIO DE ASUNTOS Servicio: 32 Capítulo: 2 Artículo: 22 Importe: 8.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El Estado español fue la potencia colonizadora anterior a la ocupación ilegal España tiene El Estado español no puede seguir mirando a otro lado. La implicación del Estado español es fundamental para la democracia y los derechos humanos en el Sahara. ENMIENDA NÚM. 3801 De doña María Pilar González La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 74 A A sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del sector público empresarial Concepto: Adif Importe: 4.000 miles de euros BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 Programa: 453A Infraestructura del Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Importe: 4.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: La ciudad de Córdoba tiene ENMIENDA NÚM. 3802 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 Dirección general de carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: Tramo Dos Hermanas-Coria del Río sector suroeste de la SE-40 Importe: 10.000 miles de euros BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 Dirección general de carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Importe: 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: La circunvalación del área metropolitana de Sevilla consta ENMIENDA NÚM. 3803 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Servicio: 38 Dirección general de carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en Concepto: Tramo Espartinas-Salteras sector noroeste y norte de la SE-40 Importe: 40.000 miles de euros BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38 Dirección general de carreteras Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso Concepto: 601 Otras Importe: 40.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El primer tramo de la SE 40 se puso en servicio hace más de 10 años. Una década después toda la mitad norte de esta circunvalación permanece ENMIENDA NÚM. 3804 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 Dirección General de Planificación y Evaluación ferroviaria Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario Capítulo: 6 Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: Aumento de las frecuencias de las líneas C1 y C2 Cercanías Málaga Importe: 1.000 miles de euros BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 Dirección general de carreteras Programa: 453A Infraestructuras del transporte ferroviario Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Concepto: 601 Otras Importe: 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El Cercanías de Málaga es uno de los sistemas de transporte ferroviario de ENMIENDA NÚM. 3805 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: ESTUDIO Y REDACCIÓN PROYECTO CORREDOR DE LA COSTA DEL SOL (TREN LITORAL) ESTEPONA-NERJA Importe: BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 Programa: 453B Creación de infraestructuras de carreteras Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: Proyecto: 601 Otras Importe: 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: La Costa del Sol sólo tiene una línea de cercanías entre Málaga y Fuengirola de ENMIENDA NÚM. 3806 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 Dirección General de Planificación y Evaluación Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: Línea de ferrocarril Huelva-Faro Importe: 10.000 miles de euros BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 40 Dirección general de carreteras Programa: 453A Infraestructuras del transporte ferroviario Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y Concepto: 601 Otras Importe: 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: La conexión de Huelva con el Algarve es una vieja reclamación de los habitantes de ambos lados de la frontera. Los ENMIENDA NÚM. 3807 De doña María La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A Artículo: 60 INVERSIÓN NUEVA EN INFRAESTRUCTURA Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL Concepto: Estudio informativo para completar la red de cercanías de Granada Importe: 2.000 miles de BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 Programa: 453B Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Importe: 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El área metropolitana de Granada tiene una población de más de 500.000 habitantes y está compuesta por 34 municipios siendo la capital el principal motor social y económico. Esta ciudad ha estado sistemáticamente olvidada y ENMIENDA NÚM. 3808 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN Programa: 453A INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO Artículo: 60 INVERSIÓN NUEVA EN INFRAESTRUCTURA Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL Concepto: Estudio informativo para la red de cercanías de Importe: 2.000 miles de euros BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 Programa: 453B Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Importe: JUSTIFICACIÓN Jaén es una de las provincias de Andalucía más afectadas por el fenómeno de la despoblación. Mejorar las infraestructuras de la provincia es fundamental para luchar contra esta lacra en tanto supone ENMIENDA NÚM. 3809 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y Programa: 453A INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO Artículo: 60 INVERSIÓN NUEVA EN INFRAESTRUCTURA Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL Concepto: Estudio informativo para la red de Importe: 2.000 miles de euros BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 Programa: 453B Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: Importe: 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La provincia de Almería tiene grandes núcleos de población en la costa y el poniente. La conexión de la capital con estas zonas de gran dinamismo económico es fundamental para ENMIENDA NÚM. 3810 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Servicio: 40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO Artículo: 60 INVERSIÓN NUEVA EN Concepto: Puesta en servicio de la línea nocturna Algeciras-Barcelona Importe: 10.000 miles de euros BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38 Programa: 453B Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 68 Importe: 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La reducción de líneas de tren convencional en favor de las líneas de ENMIENDA NÚM. 3811 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL Servicio: 101 Servicio de Empleo Público del Estado Programa: 241 Capítulo: 4 Artículo: 45 A Concepto: Plan Integral de Empleo para la comarca del Campo de Gibraltar (Cádiz) Importe: 20.000 miles de euros BAJA Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL Servicio: 50 Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 4 Artículo: 413 Importe: 20.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El Campo de Gibraltar es una comarca ENMIENDA NÚM. De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Servicio: 09 D.G. INDUSTRIA Y PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Programa: 422M Reconversión y Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 75 A Comunidades Autónomas Proyecto: Nuevo Concepto: A la Comunidad Autónoma de Andalucía para la potenciación de infraestructuras industriales en Importe: 5.000 miles de euros BAJA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Capítulo: 8 Activos financieros Artículo: 870 Aportaciones patrimoniales Importe: 14 BAJA Sección: Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A. (ENRESA) Proyecto: 0002 Resolución Consejo Seguridad Nuclear y apoyo operación El Cabril Importe: 4.986 miles de euros JUSTIFICACIÓN El cementerio de residuos radiactivos de El Cabril es una infraestructura única en el Estado y que reporta escasos beneficios en materia de empleo y desarrollo para la localidad de Hornachuelos y para las comarcas cercanas. ENMIENDA NÚM. 3813 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 20 Servicio: 09 Dirección general de industria y PYMES Programa: 422M Reconversión y reindustrialización Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 75 A comunidades Concepto: A la Comunidad Autónoma de Andalucía para un plan de reindustrialización en la comarca de Linares (Jaén) Importe: 15.000 miles de euros BAJA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y Servicio: 50 Mecanismo de recuperación y resiliencia Programa: 45LB Programa de impulso a la competitividad y sostenibilidad industrial e I+D+i Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 77 A empresas Concepto: 774 Importe: 15.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: Linares fue durante décadas el motor industrial de la provincia de Jaén y uno de los polos industriales más importantes de Andalucía. El cierre y En el caso de diversos ENMIENDA NÚM. 3814 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: Servicio: Programa: 424M Seguridad nuclear y protección radiológica Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Concepto: Al Consejo de Seguridad Nacional (CSN) para el Plan de Rehabilitación de Palomares (Cuevas del Almanzora, Almería). Importe: 10.000 miles de BAJA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: Programa: 425A Normativa y desarrollo energético Capítulo: 8 Activos financieros Artículo: 82 Concesión de Importe: 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El entorno de la playa de Palomares, en la provincia de Almería, sufrió en 1966 un accidente nuclear de un bombardero norteamericano en el que se ENMIENDA NÚM. 3815 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA Artículo: 61 INVERSIÓN DE REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL Concepto: Traslado de la EDAR de Sanlúcar de Barrameda Importe: 10.000 miles de euros BAJA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 61 Concepto: 611 Otras Importe: 10.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La Estación Depuradora de ENMIENDA NÚM. 3816 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA Artículo: 61 INVERSIÓN DE REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL Concepto: Importe: 5.000 miles de euros BAJA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 61 Concepto: 611 Otras Importe: 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN La Estación Depuradora de ENMIENDA NÚM. 3817 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA Artículo: 61 Concepto: Ampliación de la EDAR de El Ejido (Almería) Importe: 5.000 miles de euros BAJA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 61 Concepto: 611 Otras Importe: 5.000 JUSTIFICACIÓN La Estación Depuradora de El Ejido en Almería necesita ser ampliada para dar servicio a en torno a 100.000 habitantes de la localidad y las zonas cercanas. Su ampliación es una petición reiterada por parte ENMIENDA NÚM. 3818 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO Servicio: Programa: 424M Seguridad nuclear y protección radiológica Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Concepto: Al Consejo de Seguridad Nacional (CSN) para el limpiado de los terrenos contaminados por la antigua Fábrica de Uranio de Andújar y la regeneración de las aguas subterráneas Importe: 12.000 miles de BAJA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: Programa: 425A Normativa y desarrollo energético Capítulo: 8 Activos financieros Artículo: 82 Concesión de Importe: 12.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: La antigua fábrica de uranio de Andújar es una de las instalaciones más peligrosas en cuanto a sus residuos de las que quedan en Andalucía. Durante ENMIENDA NÚM. 3819 De doña María La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 50 Mecanismo de recuperación y resiliencia Capítulo: 7 Transferencias Artículo: 75 A comunidades autónomas Concepto: A la Comunidad Autónoma de Andalucía para la recuperación del ecosistema y los acuíferos del Parque Nacional de Doñana y su entorno Importe: 20.000 miles de euros BAJA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 11 Dirección general de biodiversidad, bosques y desertificación Capítulo: 6 Inversiones reales Artículo: 61 Inversión en Importe: 20.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: La proliferación de invernaderos para el cultivo de fruta roja viene experimentando un crecimiento exponencial en los últimos años sin que La situación de Doñana se ha tratado en varias ocasiones en los organismos europeos. Varias veces la Comisión ENMIENDA NÚM. 3820 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES Programa: 335C Capítulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 62 Proyecto: 1998 18 13 Concepto: Museo Arqueológico de Sevilla. Rehabilitación Importe: 6.000 miles de euros BAJA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES Programa: 000X Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 717 Concepto: A la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura Importe: 6.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El Museo Arqueológico de Sevilla se encuentra en el edificio denominado Palacio ENMIENDA NÚM. 3821 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes Programa: 335A Capítulo: 4 Artículo: 62 Proyecto: 1998 18 13 0004 Concepto: Museo Arqueológico de Córdoba. Rehabilitación y ampliación Importe: 1.000 miles de euros BAJA Sección: 24 MINISTERIO DE Programa: 000X Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 717 Concepto: A la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura Importe: 1.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El proyecto de rehabilitación y ampliación del Museo Arqueológico de Córdoba tiene un coste estimado de 14.548,88 €. La partida que se prevé en este presupuesto resulta totalmente insuficiente para una instalación ENMIENDA NÚM. 3822 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 04 Programa: 334A Promoción y Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 74 A comunidades autónomas Concepto: Plan de recuperación del sector del flamenco en Andalucía Importe: 5.000 miles de euros BAJA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 05 Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 75 Concepto: Importe: 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El sector del flamenco está ENMIENDA NÚM. 3823 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes Programa: 334B Conservación y restauración de bienes culturales Capítulo: 6 Inversión real Artículo: 62 Concepto: Restauración Importe: 1.000 miles de euros BAJA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 75 Concepto: Importe: 5.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: La Administración General del Estado es la propietaria del Castillo de San Sebastián y por lo tanto la responsable de su restauración. El ENMIENDA NÚM. 3824 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes Programa: Capítulo: 6 Inversión real Artículo: 62 Concepto: Rehabilitación de las murallas de Cádiz Importe: 2.000 miles de euros BAJA Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE Servicio: 50 Capítulo: 33XB C24.I02 Dinamización de la cultura a lo largo del territorio Artículo: 6 Inversiones Concepto: Importe: 2.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN: El compromiso del Gobierno con el patrimonio de Cádiz está en entredicho si se observa el estado en el que se encuentra la muralla y la paralización e ENMIENDA NÚM. 3825 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA Entidad: Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Servicio: Proyecto: 1050 Concepto: Variante de Loja Importe: 25.000 miles de euros BAJA Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o Importe: 25.000 miles € Asimismo, se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de capital. JUSTIFICACIÓN: El Corredor Mediterráneo constituye uno de los ejes ferroviarios más importantes a nivel económico y comercial del país. Esta infraestructura es de enorme relevancia e importancia estratégica para el futuro de Andalucía. ENMIENDA NÚM. 3826 De doña María Pilar González Modino (GPIC) La Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA Entidad: Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) Servicio: Proyecto: 4063 Concepto: Corredor Mediterráneo Granada-Almería Importe: 100.000 miles de euros ALTA Presupuesto de capital “estados de flujo de efectivo 6. Pago por inversiones: e) Importe: 100.000 miles de euros BAJA Presupuesto de capital “estados de flujo de efectivo” Efectivo o equivalente al final del ejercicio Importe: 100.000 miles de euros JUSTIFICACIÓN El Corredor Mediterráneo es un proyecto vital para el desarrollo económico de Andalucía. La conversión de la línea que discurre entre las provincias de Granada y Almería en vía única electrificada de Ancho Internacional es El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-Koldo Martínez Urionabarrenetxea. ENMIENDA NÚM. 3827 De don Koldo Martínez El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69. ENMIENDA De adición. Enmienda de adición en el artículo 69 referido a los Tipos Impositivos Reducidos, por el que se añade un punto 3 al artículo con el siguiente contenido: 3. Se modifica el articulo 91 de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre del impuesto 9) Actividades de peluquería, barbería JUSTIFICACIÓN Se trata de una actividad básica para la ciudadanía que se incluyó entre las esenciales en el primer estado de alarma. ENMIENDA NÚM. 3828 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador ENMIENDA De adición. Disposición El Gobierno pedirá a los titulares de las Direcciones de la Agencia Estatal de la Administración del Estado, El Gobierno, una vez recibidos dichos informes y a la vista de sus conclusiones, El JUSTIFICACIÓN Esta enmienda no supone un aumento de los ENMIENDA NÚM. 3829 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Organismo: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B Capítulo: 7. Transferencias de capital Artículo: 75. A Comunidades Autónomas Concepto: 758 Resto de Transferencias a Comunidades Autónomas Proyecto: A la Comunidad Foral de Navarra para construcción accesos en ambos sentidos a la autopista AP-15 desde la carretera NA-132 a la altura de Tafalla-Sangüesa Importe: 4.500.000 euros BAJA Sección 17. Organismo: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones Reales Artículo: 61. Inversión en infraestructuras y bienes destinados al Concepto: 611 Otras Importe: 4.500.000 JUSTIFICACION La creación de un acceso a la autopista AP-15 desde la carretera NA-132 a la altura de Tafalla-Sangüesa cumpliría dos funciones ENMIENDA NÚM. 3830 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 17.38 Dirección General de Carreteras Programa: 453B Creación de infraestructuras de carreteras Capítulo: 6. Inversiones Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: 601. Otras Proyecto nuevo: Construcción acceso con entrada y salida a la AP-15 a la altura del puente de Garinoain Importe: 1.000 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Organismo: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B. Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 61, Inversión en infraestructuras y bienes destinados al interés general Concepto: 611 Otras Importe: 1.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN Se trata de iniciar las obras de entrada y salida de la AP-15 ENMIENDA NÚM. 3831 De don Koldo El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Organismo: 34. Dirección General de Aviación Civil Programa: 445M. Regulación y Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios Artículo: 22. Material, suministros y otros Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos Proyecto nuevo: Estudio Importe: 100 (Miles de €) BAJA Sección 17. Ministerio de Organismo: 38. Dirección General de Carreteras Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones Reales Artículo: 61. Inversión en infraestructuras y bienes destinados al interés Concepto: 611 Otras Importe: 100 (Miles de €) JUSTIFICACION Sucede con cierta frecuencia -más cuando las condiciones meteorológicas son adversas, que los vuelos con destino al aeropuerto de Pamplona ENMIENDA NÚM. 3832 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador ENMIENDA De ALTA SECCIÓN: 21 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN Servicio: 21.08 Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación agroalimentaria Programa: 414B Desarrollo Medio Rural Capítulo: 7 Transferencia de capital Artículo: 75 A Comunidades Autónomas Proyecto nuevo: A la Comunidad Foral de Navarra para Proyecto “Cadena de valor sostenible”. Centro de transformación y comercialización de Importe: 1.500 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 21 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN Servicio: 21.01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales Programa: 414B Desarrollo Capítulo: 7 Transferencia de capital Artículo: 75 A Comunidades Autónomas Importe: 1.500 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN El proyecto de inversión “cadena de valor sostenible” prevé ENMIENDA NÚM. 3833 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.05 Dirección general del Agua Programa: Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 76 A entidades locales Proyecto nuevo: Al Ayuntamiento de Baztan para Nuevo depósito regulador de agua Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.03 Secretaría de Estado de Energía Programa: 000X Capítulo: 7 Transferencia de capital Artículo: 71 A Organismos autónomos Concepto: 712 Al Instituto para la Transición Justa Importe: 200 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN Actualmente, ambas localidades cuentan con sendos depósitos de regulación en un estado de conservación malo, que además presentan numerosas fugas de agua, y una capacidad insuficiente, que no cumplen con las exigencias ENMIENDA NÚM. 3834 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.04 Secretaría de Estado de Medio Ambiente Programa: 456M Actuaciones para Capítulo: 7 Transferencia de capital Artículo: 75 A comunidades autónomas Proyecto nuevo: A la Comunidad Foral de Navarra para cubrimiento con paneles solares del Canal Importe: 250 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.03 Secretaría de Estado de Energía Programa: 000X Transferencias y libramientos Capítulo: 7 Transferencia de capital Artículo: 71 A Organismos autónomos Concepto: 712 Al Instituto para la Transición Justa Importe: 250 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN El proyecto pretende ENMIENDA NÚM. 3835 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.14 Dirección general de Políticas contra la Programa: 456E Reto demográfico y lucha contra la despoblación Capítulo: 7 Transferencia de capital Artículo: 78 A familias e instituciones sin fines de lucro Proyecto nuevo: A Asociación Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 23.03 Secretaría de Estado de Energía Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencia de Artículo: 71 A Organismos autónomos Concepto: 712 Al Instituto para la Transición Justa Importe: 500 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN El Centro de Inserción Socio-Laboral, Josenea, dispone de una ENMIENDA NÚM. 3836 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 23. Organismo: 14. Dirección General de Políticas contra la Despoblación Programa: 456E. Capítulo: 4. Transferencias Corrientes. Artículo: 46. A Entidades Subconcepto: 46103. A Entidades Locales. Proyecto innovador San Martín de Unx para centro de nuevas técnicas agrícolas en el cultivo de la vid, adaptación viviendas para alquiler a Importe: 1.500.000 Capítulo: 7. Transferencias de capital Artículo 76. A Entidades Locales Subconcepto: 46103. A Entidades Locales. Proyecto innovador San Martín de Importe: 500.000 BAJA Sección 17. Organismo: 03. Secretaria de Estado de Energía Programa: 425A. Capítulo: 6. Inversiones Reales Artículo: 64. Inversiones de carácter inmaterial Concepto: Importe: 2.000.000 euros JUSTIFICACIÓN Se trata de un proyecto pionero que pretende combatir la despoblación, facilitar el relevo generacional en la agricultura en una población rural de ENMIENDA NÚM. 3837 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Organismo: 11. Dirección General de Programa: 456C. Capítulo: 7. Transferencias de capital Artículo: 75. A Comunidades Autónomas Concepto: Nuevo. 758 Subvención a la Comunidad Foral para el Plan de Importe: 5.000.000 euros BAJA Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Organismo: 11. Programa: 456C. Capítulo: 6. Inversiones Reales Artículo: 64. Inversiones de carácter inmaterial Concepto: 641. Inversiones de carácter inmaterial Importe: 5.000.000 euros JUSTIFICACION El tramo final del río Ultzama hasta su confluencia con el río Arga discurre a través del término municipal de Villava-Atarrabia. Históricamente, en esta localidad y en su entorno el espacio A lo largo Las obras ENMIENDA NÚM. 3838 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES Servicio: 24.05 Dirección general Bellas Artes Programa: 337B Conservación y Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 76 A entidades locales Proyecto nuevo: Al Ayuntamiento de Olite para Proyecto Iluminación Castillo de Olite Importe: 300 (Miles de BAJA SECCIÓN: 24 MINISTERIO CULTURA Y DEPORTES Servicio: 24.50 Mecanismo de recuperación y resiliencia Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 7 Transferencia de capital Artículo: 71 A Concepto: 71910 Al Consejo Superior de Deportes Importe: 300 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN El proyecto nace de una necesidad evidente, dotar al palacio de una iluminación nocturna a la altura ENMIENDA NÚM. 3839 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 25 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA Servicio: 25.02 Ministerio y Servicios Generales Programa: 925M Memoria democrática Capítulo: 7 Transferencia de capital Artículo: 75 A comunidades autónomas Proyecto nuevo: “Fronteras de hormigón”. Reforma e interpretación de los búnkeres que Franco construyó en la frontera del Pirineo contra una invasión aliada Importe: 200 (Miles de BAJA SECCIÓN: 25 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA Servicio: 25.02 Ministerio y Servicios Generales Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 6. Inversiones Reales Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: 620. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Importe: 200 (Miles JUSTIFICACIÓN Impulsado por Instituto Navarro de la Memoria. Se trata de crear una red de búnkeres que Franco hizo construir en el Pirineo contra una “invasión” aliada. Algunos han sido limpiados y ENMIENDA NÚM. 3840 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 27 MINISTERIO Servicio: 27.08 Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial Programa: 467G Investigación y desarrollo de la Sociedad de la Información Capítulo: 7 Artículo: 75 A comunidades autónomas Proyecto nuevo: A la Comunidad Foral de Navarra para proyecto de Agencia Navarra de datos Importe: 2.000 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 27 Servicio: 27.09 Secretaría general de Administración Digital Programa: 467G Investigación y desarrollo de la sociedad de la información Capítulo: 2 Gastos corrientes Artículo: 22 Material, suministros y otros Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos Importe: 2.000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN La Unión Europea tiene interés en convertirse en un El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Palacio del Senado, 7 de diciembre de 2021.-Koldo Martínez Urionabarrenetxea. ENMIENDA NÚM. 3841 De don Koldo El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 17. ENMIENDA De De modificación: ALTA: Sección: 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 39. Dirección General de Transporte Terrestre Programa: 441M. Subvenciones y apoyo al Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 46 A Entidades Locales Concepto: 462 A Corporaciones Locales para cofinanciar los servicios de transporte colectivo urbano Importe: Se JUSTIFICACIÓN Su objeto es que la aportación del Estado se mantenga, como mínimo, en los mismos importes que en el año 2011, es decir, 70.789,27 miles de euros; incrementar la partida inicialmente asignada de 51.054,74 miles de euros. La Disposición Adicional Quinta del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales recoge el derecho a percibir esta sostenimiento del servicio. Considerando el valor estratégico del transporte público colectivo urbano para el normal desarrollo de la actividad diaria de las ciudades, se considera imprescindible revisar su necesidades reales del servicio que demanda la ciudadanía. Un primer paso lo constituiría incrementar la partida presupuestaria en los mismos términos de al menos el año 2011, pues la 2007, sin tener en cuenta que los costes de mantenimiento del servicio se han incrementado en los últimos años; más aun teniendo en cuenta el condicionamiento para percibir la subvención medioambientales que exigen, en su caso, la adaptación o renovación, en su caso, de las flotas. ENMIENDA NÚM. 3842 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El ENMIENDA De modificación. Al Artículo 20. Uno.1. De Se modifica el párrafo del Artículo 20. Uno. 1: Texto que se propone: “Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público. Uno. 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo a las siguientes tasas de reposición de efectivos: a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 b) En la incorporación de personal de nuevo ingreso en las entidades locales no se aplicará la tasa de reposición.”. Texto que se sustituye: “Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y personal del sector público. Uno. 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose a las siguientes tasas de reposición de efectivos: a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los sectores del 110 por cien. b) Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 120 por cien de tasa en todos los sectores.” JUSTIFICACIÓN El proceso de reducción del déficit de las AA.PP. y de contención del gasto público llevado a cabo durante la crisis provocó una reducción de las plantillas de la Administración Local en mayor grado que en el Local ha pasado de 646.627 empleados en junio de 2011 a 579.680 empleados en enero de 2021, lo que supone una reducción del 10,5%. Esta reducción se ha producido en un contexto de amplio y estabilidad presupuestaria por parte de las Entidades Locales. Las Administraciones Locales están obligadas a mantener la prestación de los servicios públicos a los normativa en materia de Régimen Local, como por la normativa sectorial. A la dificultad para prestar estos servicios provocada por la escasez de plantilla, se une ahora Transformación y Resiliencia. Por otro lado, dentro de la Administración Local existe una grandísima variabilidad en la constitución y tamaño de sus impedirá un diseño libre e independiente de estas, y, supondrá un perjuicio a la prestación de los servicios y por tanto a los ciudadanos. En las entidades locales de menor plantilla. Por tanto, se debe corregir esta situación en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022 eliminando la tasa de reposición de la Administración local. ENMIENDA NÚM. 3843 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Al Artículo 20. Uno. De modificación Se suprimirán todas las referencias al personal y efectivos de la Administración en cualesquiera los puntos del Artículo 20. Uno. JUSTIFICACIÓN En coherencia con la enmienda anterior ENMIENDA NÚM. 3844 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez ENMIENDA De modificación. Al Artículo 20. Tres.1. Se modifica el párrafo Texto que se propone: Se suprime el segundo párrafo del apartado Tres 1, quedando la siguiente redacción: “Tres. 1. La tasa de reposición de uno o varios sectores o podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios podrá acumularse en los sectores prioritarios. (texto suprimido deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior podrán acumular su tasa de reposición indistintamente en cualquier sector”) (…) (Resto igual) JUSTIFICACIÓN En coherencia con las enmiendas anteriores. ENMIENDA NÚM. 3845 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. Al Artículo 20. Uno.6. e) Se modifica el apartado e) del Artículo 20. Uno. 6: Texto que se propone Se suprime el inciso “Estas convocatorias sólo podrán aprobarse en los ámbitos que presenten especiales dificultades de cobertura”, quedando la siguiente redacción: “Artículo 20. Oferta de Empleo personal del sector público. Uno. 6. No computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta para su cálculo:(…) e) Las convocatorias militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos diez años de su compromiso de larga duración y a los reservistas de especial disponibilidad que se encuentren percibiendo, hasta el momento de la publicación de las convocatorias, la asignación por disponibilidad prevista en el artículo 19.1 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Para ello un turno de acceso libre a las categorías profesionales, cuerpos o escalas convocados. Esta posibilidad será de aplicación en todo el sector público.” Texto que se sustituye: “Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público. Uno. 6. No computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no para su cálculo:(…) e) Las convocatorias de plazas de personal fijo que se dirijan de forma exclusiva a militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos diez años disponibilidad que se encuentren percibiendo, hasta el momento de la publicación de las convocatorias, la asignación por disponibilidad prevista en el artículo 19.1 de Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Estas convocatorias sólo podrán aprobarse en los ámbitos que presenten especiales dificultades de cobertura. Para ello será necesario que exista un turno de acceso libre a cuerpos o escalas convocados. Esta posibilidad se aplicará en todo el sector público.” JUSTIFICACIÓN El artículo objeto de enmienda persigue dar salida en otras Administraciones Públicas a los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos diez años de su compromiso de larga duración y a los reservistas de especial disponibilidad, para lo que establece el incentivo de que no tasa de reposición para la Administración que los recibe, bajo determinadas condiciones. Sin embargo, la aplicación de este precepto viene encontrando en los últimos años la dificultad práctica de estas plazas se realicen en ámbitos que presenten especiales dificultades de cobertura, concepto jurídico indeterminado sujeto a múltiples interpretaciones que frena Se propone eliminar esta condición, de manera que se favorezca la salida de este personal que, por sus perfiles profesionales, puede resultar enormemente beneficioso para distintas computa en tasa de reposición. ENMIENDA NÚM. 3846 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de ENMIENDA De adición. Se añade una nueva Disposición Adicional redactada en los términos siguientes: Disposición adicional (nueva) XX. Compensación a favor de las entidades locales derivada de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a), 107.4 y 110.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo Con la finalidad de preservar el principio de suficiencia financiera de las entidades locales establecido en el artículo 142 de la CE y presupuestaria exigida por el artículo 135 de la CE, y para dar cobertura a la merma de ingresos que aquéllas han experimentado como consecuencia de los fallos del Tribunal Constitucional en Sentencias núm. 126/2019, de 31 de octubre de 2019, y núm. 182/2021, de 26 de octubre, relativas al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, así como tras la exigencias constitucionales puestas de manifiesto en las referidas Sentencias, el Estado compensará a las Entidades Locales por la pérdida de recaudación de este Impuesto. Durante el año 2022, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, y previo acuerdo con la FEMP, determinará mediante la correspondiente Resolución, el términos de la compensación. A tal efecto, en el seno de la Comisión Nacional de la Administración local se constituirá un grupo de trabajo que establezca dicha metodología. En todo caso, a lo largo los Ayuntamientos por las cantidades que hayan tenido o tengan que devolver a los contribuyentes por liquidaciones del impuesto con base en las Sentencias que han declarado la que no se puedan exigir consecuencia de la ausencia de efectos retroactivos del Real Decreto-Ley 26/2021. La compensación se realizará con cargo a los 32, Servicio 02, Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Entidades Locales, Programa 942N, concepto 461. JUSTIFICACIÓN Los Ayuntamientos, sin capacidad de modificar la del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, tributo creado por el Estado para garantizar la suficiencia financiera de las Entidades Locales, están sufriendo las consecuencias de las Impuesto, y del retraso del legislador en modificar la Ley de Haciendas Locales para acomodar el mismo a las exigencias constitucionales. Las Sentencias dictadas por el fecha 11 de mayo de 2017, núm. 126/2019, de 31 de octubre de 2019, y núm. 182/2021, de 26 de octubre) han tenido una importantísima repercusión económica en miles de regulación contenida en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las Sentencias han provocado una grave pérdida de recaudación a los ayuntamientos, dada la relevancia del IIVTNU en el modelo de financiación local, y han provocado graves dificultades de gestión en estos últimos años consecuencia de las declaraciones de inconstitucionalidad que le han afectado y de adecuación de la regulación del IIVTNU a las exigencias constitucionales. Las Sentencias dictadas, y la ausencia de intervención por parte del legislador, han supuesto un grave perjuicio económico para las Entidades el Estado legislador, como máximo responsable de acometer la reforma legislativa y como garante de la suficiencia financiera de las Entidades Locales, debe establecer mecanismos de compensación por las declaraciones de inconstitucionalidad de la norma estatal y tras la modificación legal del Impuesto para adaptarlo a las exigencias constitucionales puestas de manifiesto en las Asimismo, debemos tener en cuenta la importancia del principio constitucional de estabilidad presupuestaria y la necesidad de disponer de la oportuna compensación por parte del Estado ante cualquier cumplimiento. A la vista de lo anterior, se considera que el Estado debe realizar las actuaciones necesarias, en el marco de las disponibilidades presupuestarias, para garantizar a los esta compensación debe ser financiada con el crédito destinado a estos fines a favor de las entidades locales que recoja los Presupuestos Generales del Estado. Se considera que se debe dotar la correspondiente partida en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022 para poder hacer efectiva la compensación a los Ayuntamientos por dicha pérdida de recaudación. ENMIENDA NÚM. 3847 De don Koldo El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición Adicional (nueva) XX. Se añade una nueva Disposición Adicional redactada en los términos siguientes: Disposición Adicional (nueva) XX. Participación de las Entidades Locales en el Plan de El Gobierno se compromete a transferir a las Entidades Locales, en el período 2022- 2023, la parte proporcional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que le públicas y que, en ningún caso será inferior al 14,9% para la media de ese período. JUSTIFICACIÓN Mejora técnica. Para que las Entidades Locales ingresos y gastos presupuestarios, las mismas deben poder participar en la gestión del gasto financiado mediante los recursos que el Estado español pueda obtener por parte de las Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la recuperación de la pandemia Covid-19. El criterio de participación de las EELL en dichos Fondos porcentaje que representa el gasto público local con respecto al gasto público local de las tres administraciones territoriales: Estado, CCAA, EELL. Este porcentaje en el año 2019 ascendió al 14,9% de ENMIENDA NÚM. 3848 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva Disposición adicional nueva. Autorización de un crédito extraordinario para la creación de un Fondo Local de 1. La Administración General del Estado destinará a las entidades locales con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2022 para la recuperación económica y social, 3.000 entidades locales, en el ámbito de su autonomía para la gestión de sus respectivos intereses, financien actuaciones relacionadas con la elaboración y puesta en marcha de los planes o estrategias de acción locales para el impulso y la reactivación económica. 2. En el primer trimestre del ejercicio 2022 el Gobierno, de acuerdo con la Federación Española de Municipios y Provincias, fijará las entidades locales, siendo el principal criterio el de población y dedicando especial atención a aquellas Entidades locales que no dispongan de RTGG positivo o consideradas en JUSTIFICACIÓN Se propone la creación de un Fondo Local para el impulso y recuperación económica y social, en respuesta a la grave crisis generada por los efectos del COVID-19. Urge facilitar recursos extraordinarios a todas las Entidades Locales, con especial atención a las que no dispongan de RTGG positivo o consideradas en situación de riesgo financiero, para financiar las actuaciones de recuperación social derivada de la pandemia. Se trata de un Fondo que se viene demandando desde hace tiempo y que se recogió en el artículo 4 del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter autorizaba un crédito extraordinario para la recuperación económica y social de las entidades locales. Este RDL 27/2020 finalmente no se convalidó por el por tanto es necesario en base a lo señalado en el párrafo anterior, su incorporación a los Presupuestos Generales del Estado del 2022, formalizándose así la creación de un fondo para la recuperación económica y Este fondo tiene su origen en el Acuerdo firmado entre el Gobierno y la FEMP de fecha de 4 de agosto de 2020. ENMIENDA NÚM. 3849 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El ENMIENDA De adición. De adición. Se Disposición adicional nueva. Autorización de un crédito extraordinario para el apoyo a los servicios de transporte público de titularidad de entidades locales. 1. Se autoriza un crédito público de titularidad de entidades locales, que tendrá por objeto dotarlas de mayor financiación para compensar el déficit extraordinario de aquellas, como consecuencia distribuirá, durante el ejercicio 2022, en función de los últimos datos disponibles de los ingresos por tarifa correspondientes a esos servicios, conforme a las reglas se determinen por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Quedarán incluidos en el ámbito objetivo de perceptores de las transferencias los ayuntamientos, diputaciones provinciales, incluidas las consejos y cabildos insulares que prestan el servicio de transporte público. 2. La asignación de la financiación que corresponda a cada una de las entidades locales que prestan servicios de transporte objetivos relacionados con la disminución de los ingresos por la caída de la demanda de transporte, por ser la causa principal del déficit extraordinario. Estos criterios objetivos se las tarifas o precios públicos en un año de referencia. 3. Los importes que perciban las entidades locales con cargo al crédito extraordinario que se servicio de transporte público urbano. La financiación del déficit extraordinario del transporte público se regirá por lo dispuesto en este artículo, sin que les aplicación la Ley General de Subvenciones. JUSTIFICACIÓN En la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 se habilitó un crédito extraordinario para el apoyo a los servicios de transporte público de titularidad de Entidades Locales. El objetivo de este crédito fue dotar de mayor financiación a las entidades locales extraordinario motivado por el COVID-19 en los servicios de transporte público de su titularidad. De esta forma, se puso en marcha el Fondo para el transporte público para el año 2020 Entidades locales como consecuencia de la crisis del COVID -19 producido durante la vigencia del estado de alarma hasta finales del 2020. Teniendo en prioritario continuar dando apoyo a los servicios de transporte público de titularidad de entidades locales, por lo que se estima imprescindible la aprobación de un para el transporte público colectivo urbano para el 2021 que cubra las pérdidas ocasionadas durante el presente año. ENMIENDA NÚM. 3850 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional Disposición adicional nueva. Régimen de endeudamiento aplicable a las entidades locales y a las entidades dependientes o vinculadas a las mismas. Uno. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia derogan las restricciones a la concertación de operaciones de endeudamiento por parte de las Entidades locales, introducidas a partir del 25 de mayo de 2010, con carácter temporal, a través del Real Decreto Ley se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, y posteriormente prorrogadas a través de sucesivas modificaciones normativas, siendo la última regulación la contenida 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. A partir de la entrada en vigor de la presente Ley el régimen del endeudamiento de las entidades locales será el contenido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales a excepción del régimen aplicable a las entidades o vinculadas a entidades locales, que será el previsto en el apartado Dos de esta disposición. Dos. En cuanto al régimen de endeudamiento de las entidades dependientes o vinculadas a entidades locales será disposición adicional primera del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo JUSTIFICACIÓN Mediante la presente enmienda y considerando los buenos resultados económicos del conjunto de la Administración local, se propone la supresión de las restricciones a la concertación de locales y que a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generalesdel Estado para el año 2022, el régimen del endeudamiento de las entidades locales vuelva a ser el Locales derivado del acuerdo de financiación del año 2002. ENMIENDA NÚM. 3851 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva Disposición adicional nueva. Análisis de la Evolución del Modelo de Participación en los Tributos del Estado de las Entidades locales. Durante el año 2022 el Gobierno, en colaboración con la Federación Española de Municipios Participación en los Tributos del Estado de las Entidades Locales al objeto de su modificación. JUSTIFICACIÓN Se propone que el Gobierno, y en del actual modelo de Participación en los Tributos del Estado y promueva las modificaciones que sean necesarias para su mejora. El actual sistema de financiación de las entidades Ingresos del Estado está vigente desde el año 2004. Si hasta este año los modelos se revisaban quinquenalmente, en este caso se cumple el decimoséptimo año sin revisión del mismo. Del sistema se mostró relativamente estable, pero a partir de dicho año ha habido numerosas disfunciones motivadas por diversas casuísticas, disfunciones que afectado negativamente a las Entidades Locales. ENMIENDA NÚM. 3852 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva Disposición adicional nueva. Retenciones a practicar en las Estado a las Comunidades Autónomas, de deudas con las Entidades Locales y cumplimiento de obligaciones tributarias respecto de bienes inmuebles de la seguridad social transferidos a otras administraciones Durante 2022 se promoverá por parte del Estado en colaboración con las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias la modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Comunidades Autónomas, el procedimiento para hacer efectivo el pago de las deudas que las Comunidades Autónomas tienen con las Entidades Locales, así como el cumplimiento de obligaciones tributarias respecto Seguridad Social transferidos a otras Administraciones Públicas JUSTIFICACIÓN Se deben establecer mecanismos y procedimientos que hagan efectivo el pago de las deudas que las Comunidades como el cumplimiento de obligaciones tributarias respecto de bienes inmuebles de la Seguridad Social transferidos a otras Administraciones Públicas. Desde el año 2013 se han de impagos de las Comunidades Autónomas sobre las Haciendas locales, si bien estos preceptos no se han llegado ni siquiera a poder aplicar desde su aprobación. Así, el inconstitucionalidad, y en consecuencia, la nulidad del art. 57 bis - Garantía de pago en el ejercicio de competencias delegadas - de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en la redacción dada por el art. 1.17 de la LRSAL), y la Disposición adicional undécima - Compensación Administraciones por asunción de servicios y competencias – de la LRSAL. No obstante lo anterior, se debe señalar que, en su Sentencia, el Tribunal Constitucional considera inconstitucional el sistema de razones materiales -pues no consideró vulnerada su autonomía financiera- sino por razones formales, al mediante ley orgánica. Por lo que se refiere a la previsión recogida en la Disposición adicional octava de la LRSAL, que facilitaba el cumplimiento de obligaciones inmuebles transferidos a otras Administraciones Públicas se salva del juicio de constitucionalidad y no se anula ya que la norma establece un mecanismo que facilita la retención, pero no la autoriza ni vulneración de la autonomía financiera de las CCAA ni se aprecia infracción de la reserva de ley orgánica existente en esta materia. Sin embargo, al no regularse estrictamente En el marco descrito, se hace imposible que una Entidad local pueda cobrarle a una Comunidad Autónoma lo que ésta le debe, pero en cambio, es sumamente fácil que se produzca lo contrario; todo ello incide locales y por tanto en la sostenibilidad de los servicios públicos locales. ENMIENDA NÚM. 3853 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva Disposición adicional nueva. Revisión de las condiciones de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a las Entidades Locales por los ayuntamientos de municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en Antes de la finalización del año 2021 y durante el año 2022, se estudiará por el Ministerio de Hacienda y Función Pública la conveniencia de revisar las condiciones financieras de los préstamos formalizados Locales por los ayuntamientos que se encuentren en situación de riesgo financiero, o con elevado nivel de deuda financiera, o que hayan presentado remanente de tesorería negativo ajustado de aplicar al presupuesto y por devoluciones de ingresos indebidos. Como consecuencia de ese estudio, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos podrá condicionalidad fiscal aplicable, al objeto de paliar los efectos derivados de la crisis y de posibilitar el saneamiento financiero de aquellas entidades locales. JUSTIFICACIÓN Se propone establecer medidas de apoyo a municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en riesgo financiero. Son medidas que se consideran extraordinarias y urgentes, en tanto podría permitir a determinados colectivos que han surgido de manera extraordinaria como consecuencia de la pandemia. ENMIENDA NÚM. 3854 De don Koldo Martínez El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De Se añade una disposición adicional nueva Disposición adicional nueva. Ampliación del ámbito objetivo del Fondo de Financiación a Entidades Locales Se modifica el ámbito objetivo del Fondo de Ordenación contenido financiación a Entidades Locales para que los Ayuntamientos que se hayan adherido o se adhieran en 2022 al compartimento Fondo de Ordenación, del Fondo de Financiación a Entidades Locales, puedan solicitar antes formalización de préstamos con cargo a aquel compartimento, para la cancelación de la deuda pendiente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad mediante acuerdos de fraccionamiento o de aplazamiento, suscritos con aquellos acreedores antes de la fecha de publicación de la presente Ley, o que se estén compensando mediante del Estado. JUSTIFICACIÓN Se propone ampliar el ámbito objetivo del Fondo de Ordenación para que se puedan también incluir tanto las cuantías que están crédito para la cancelación de dudas de las Entidades locales con empresas y autónomos, como la cancelación de deudas pendientes con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Esta medida ya se incluyó en la Disposición Adicional 107ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 y se considera que se puede prorrogar, ya que permite a los financiera. ENMIENDA NÚM. 3855 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva Disposición adicional nueva. Consolidación de la deuda a corto a largo plazo por parte de las entidades locales Como excepción a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, autoriza en 2022 la formalización de operaciones de conversión de deuda a corto plazo que estén vigentes en operaciones de crédito a largo plazo por parte de aquellas entidades locales que en 2020 o en 2021 presenten para gastos generales negativo. JUSTIFICACIÓN Esta medida ya se incluyó en la Disposición Adicional 109ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 y consideramos que se puede prorrogar en 2022 para permitir a los ayuntamientos con graves problemas de liquidez o solvencia, sanear su situación económica y financiera. ENMIENDA NÚM. 3856 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El ENMIENDA De adición. Se añade una disposición final nueva Disposición final nueva. Modificación del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley las Haciendas Locales. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se añade una nueva Disposición adicional decimoctava (nueva) al “Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”, con el siguiente literal: Para hacer efectivo el principio de transparencia y facilitar así la elaboración de los presupuestos de las Entidades Locales, el Ministerio de Hacienda publicará con carácter previo a la presentación del Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado de cada año en la Oficina Virtual para la Coordinación Entidades Locales, previo informe de la Comisión Nacional de la Administración local, un avance de la estimación de las entregas a cuenta, liquidación definitiva de años anteriores, retenciones y anticipo, así inherentes, correspondientes a la participación en los tributos del Estado correspondiente al ejercicio siguiente, desglosado según el régimen general y de cesión de tributos, de los municipios, Asimismo, se publicarán en dicha Oficina Virtual, de cada una de las Entidades Locales y entes asimilados, los importes de los conceptos a los que se alude en el párrafo anterior del sea admitido a trámite en el Congreso de los Diputados. En la documentación que acompaña la presentación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado se anterior. JUSTIFICACIÓN El objetivo de la presente enmienda es que las Entidades Locales puedan cumplir con las exigencias de suministro de información 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como de otras normas que les imponen exigencias de obligado cumplimiento en relación con sus presupuestos. Resulta fundamental que las Entidades Locales conozcan con antelación suficiente toda la información relativa a la participación en los Tributos del Estado. ENMIENDA NÚM. 3857 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Servicio: 04. Secretaría de Estado de Turismo. Programa: 432 A. Coordinación y Promoción del Turismo. Artículo: 78. A Concepto: 786. Programas de Colaboración con Actores Sociales de Turismo Subconcepto: 78621(nuevo). A la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para la Turismo a través de la Sección de Entidades Locales con Aguas Minerales y Termales (Villas Termales). Importe: 50,00 miles de euros JUSTIFICACIÓN La enmienda se justifica al entender que el turismo elevado potencial de crecimiento, que además contribuye de forma notable a la desestacionalización del turismo y al desarrollo socioeconómico de muchas Villas Termales en zonas rurales de nuestro país, mineromedicinales declaradas de utilidad pública para generar una actividad económica y fijar su población. Estamos una situación de emergencia sanitaria y social, caracterizada por una sobresaturación del sistema sanitario, en la que los balnearios están desplegando toda su función. El cuidado de la salud es fundamental, y para ello las aguas mineromedicinales son un elemento único para paliar las secuelas que ha dejado COVID-19 en la salud de las personas. En este sentido existe un amplio consenso en la Comunidad científica sobre las bondades que ofrece la hidroterapia para el tratamiento de la COVID-19. ENMIENDA NÚM. 3858 De El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 22. Ministerio de Política ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 22 Ministerio de Política Territorial Servicio: 02 Secretaría de Estado de Política Territorial Programa: 942A Cooperación económica local del Capítulo: 7 Transferencias de Capital. Artículo: 76 (nuevo) A Entidades Locales. Concepto: 760 (nuevo) A las Diputaciones, Cabildos, Consejos Insulares, Comunidades Autónomas Uniprovinciales y Melilla, como aportación a la financiación de las inversiones de las Entidades Locales por Cooperación Económica Local del Estado. Importe: 83.642,40 miles de euros. JUSTIFICACIÓN El objeto de la enmienda es que la aportación del Estado por Cooperación Económica Local se mantenga en los mismos importes que en el año 2011, es decir, que la aportación para 2022 sea por importe total de 83.642,40 miles de La Cooperación Económica Local del Estado está regulada, esencialmente, en el Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales Real Decreto 1263/2005, de 21 de octubre) así como en la Orden APU/293/2006, de 31 de enero, de desarrollo y aplicación del mismo. En estas normas se establecen diversas líneas de cooperación, una de las más inversiones incluidas en los Planes provinciales e insulares de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal. La Cooperación Económica del Estado con las entidades locales se principios constitucionales de solidaridad y de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas incidiendo, mediante su contribución a las inversiones locales, en la consecución de una mejor calidad de cohesión económica y social de los municipios; en especial, los menos favorecidos. Los Planes Provinciales e Insulares de Obras y Servicios se concretaban principalmente en inversiones municipales y proyectos de obra de mejora y conservación de la red viaria de titularidad de las diputaciones provinciales cabildos y consejos insulares. En este marco, se considera imprescindible que en los Presupuestos Generales del Estado para 2022 se recoja una partida dirigida a las Diputaciones, Cabildos, Consejos Insulares, Ceuta y Melilla, como aportación a la financiación de las inversiones de las Entidades Locales por Cooperación Económica Local del Estado. ENMIENDA NÚM. 3859 De El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 22. Ministerio de Política ENMIENDA De modificación. ALTA Sección 22 Ministerio de Política Territorial Programa 942A. Cooperación económica local del Estado. Artículo 48. A familias e instituciones sin fines de Concepto 480. A la Federación Española de Municipios y Provincias. Importe: Se incrementa su dotación en 835,19 miles de euros. JUSTIFICACIÓN Con la actual dotación presupuestaria, la FEMP no puede asumir que viene facilitando a los representantes locales en los numerosos órganos de colaboración interadministrativa en los que participa, ni colaborar con la Administración General del Estado en la promoción de general como hasta ahora viene haciendo. Esa labor correspondería a la propia AGE, que debería suplir con su estructura administrativa el trabajo que actualmente viene desarrollando la FEMP. Se subvención de la FEMP en el Proyecto de Presupuestos para 2022, prevista en 2.500,00 miles de euros, de manera que alcance la suma de 3.335,19 miles de euros ENMIENDA NÚM. 3860 De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte Servicio: 106. Consejo Superior de Deportes Programa: Capítulo 4. Transferencias corrientes Concepto 766. A Entidades Locales para instalaciones deportivas Importe: Se incrementa su dotación en 11.852,37 miles de euros JUSTIFICACIÓN La inversión en instalaciones deportivas municipales es necesaria no solo porque muchas de ellas arrastran deficiencias pendientes de solventar antes de la irrupción de la COVID19, se han visto agravadas en la de inversiones reales para su adaptación a este nuevo escenario. Es necesario dotar a las Entidades Locales de suficientes medios, económicos y personales para las instalaciones deportivas consecuencia, aun reconociendo la urgencia del momento actual y la urgencia de dotar recursos a otras necesidades más perentorias, se entiende que las Entidades Locales no pueden asumir instalaciones y más en este momento. Y por ello, se considera que, de no habilitarse una partida presupuestaria en este sentido, se estaría poniendo en peligro el funcionamiento instalaciones y, en consecuencia, limitando el acceso a la actividad física y deportiva de la población española. Por todo ello, se solicita que en el Proyecto de Presupuestos Generales de 2022 se recupere, al menos, la cantidad prevista por los Presupuestos Generales de 2020, es decir, 13.153,36 miles de euros, solicitándose incrementar la partida inicialmente asignada de 1.300,99 miles de euros. ENMIENDA NÚM. De don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC) El Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 37. Otras ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 37 Otras relaciones financieras con Entes Territoriales (Ministerio de Hacienda) Servicio: 02 Secretaría General de Local. Entidades Locales Programa: 942N Otras transferencias a Entidades Locales Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 46 A Entidades Locales Concepto: 467 (nuevo). Fondo Económica y Social Importe: 3.000.000,00 miles de euros. JUSTIFICACIÓN Por coherencia con la anterior enmienda, dotar al Fondo Local de Impulso y Recuperación Económica y Social de miles de euros. El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 32 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-Pablo Gómez Perpinyà. ENMIENDA NÚM. 3862 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. Se modifica el Artículo 66, que queda redactado como sigue: Artículo 66. Escala de gravamen del Impuesto Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se modifica el artículo 30 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, que queda redactado de la siguiente forma: “Artículo 30. Cuota íntegra. La base liquidable del Impuesto será gravada a los tipos de la siguiente escala: La base liquidable del impuesto será gravada a los tipos de la escala que haya sido aprobada por la Comunidad Autónoma, Si la Comunidad Autónoma no hubiese aprobado la escala a que se refiere el apartado anterior o los tipos aprobados fueran inferiores, la base liquidable del En el caso de obligación real de contribuir, la tarifa aplicable será la establecida en el apartado anterior. La El Impuesto sobre el Patrimonio no podrá ser objeto de bonificaciones por el Estado o las Comunidades JUSTIFICACIÓN Para contribuir a mejorar la justicia fiscal y reducir el diferencial de recaudación que nos separa de la media de la Unión Europea se presenta incrementar el tipo del Impuesto de Patrimonio a las fortunas a ENMIENDA NÚM. 3863 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al ENMIENDA De adición. Enmienda de adición en el artículo 69 referido a los Tipos Impositivos Reducidos, por el que se añade un punto 3 al artículo con el siguiente contenido: 3. Se modifica el articulo 91 de 9) Actividades de peluquería, barbería y estética JUSTIFICACIÓN Se trata de una actividad básica para la ciudadanía que se incluyó entre las esenciales en el primer estado de alarma. ENMIENDA NÚM. 3864 De don El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. “Disposición adicional. Para la ampliación del permiso por nacimiento, acogida o adopción en familias monoparentales. Con efectos de 1 de enero de 2023 y vigencia indefinida, se añade un nuevo apartado (10) del artículo 48, del “10. En el supuesto de las familias monoparentales, se disfrutará de la suma de dos permisos por nacimiento, adopción y acogida, para garantizar el mismo nivel de permiso reconocido que a las familias biparentales.””. JUSTIFICACIÓN Actualmente los permisos por nacimiento, adopción y acogida son de 16 semanas para cada persona progenitora, intransferibles y pagados al 100%. A esta equiparación se llegó el pasado 1 de enero, cuando culminó la reforma Diferentes sentencias del Juzgado de los Social están reconociendo el derecho de las madres de familia monoparentales a disfrutar de una ampliación del permiso por maternidad como si se tratase de familia biparentales y sumar a su ENMIENDA NÚM. 3865 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Disposición adicional X. Bajas laborales tras aborto espontáneo o una interrupción voluntaria del embarazo. Se añade un artículo al capítulo II del Título II de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de Artículo 19 ter. Sobre la garantía al descanso de la mujer tras un aborto espontáneo o una 1. La mujer que sufra un aborto espontáneo o a la que se realice una interrupción voluntaria del embarazo tendrá derecho a un permiso retribuido no recuperable de 5 días cuya regulación será homóloga al 2. La mujer que sufra una pérdida gestacional con una gestación de 14 o más semanas o a la que se realice una interrupción de embarazo de acuerdo con los preceptos contemplados en la presente ley tendrá un permiso 3. Este permiso será independiente de los posibles episodios de incapacidad temporal que la mujer pueda precisar en relación con el episodio Justificación Después de una interrupción de embarazo las mujeres necesitan que las instituciones no las abandonen; esto no se hace solamente con un seguimiento médico, sino también garantizando el tiempo al descanso. Las ENMIENDA NÚM. 3866 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: “Disposición adicional (nueva). Modificación del umbral de percepción del IMV. Con efectos desde la entrada Disposición final trigésima octava bis. Modificación del RDL Se le da una nueva redacción al artículo 8.2, que queda redactado como sigue: Artículo 8.2. Se apreciará que concurre este requisito cuando el promedio mensual ALTA SECCIÓN: SERVICIO: 2 SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Artículo: 42 A la Seguridad Social Concepto: 424 Aportación del Estado al presupuesto de la Seguridad Social para financiar el Ingreso Mínimo Vital Cuantía inicial: 3.021.926 (Miles de €) Incremento: 321.000 (miles Importe final: 3.342.926 (miles de €) BAJA SECCIÓN: 32 MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES Servicio: 2 SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES Programa: 000X Capítulo: 4 Transferencias corrientes. Artículo: 42 A la Seguridad Social Concepto: 425 Aportaciones del Estado al presupuesto de la Seguridad Social en cumplimiento de la recomendación Subconcepto: 42509 Aportación del Estado al presupuesto de la seguridad social para financiar otros conceptos Importe Inicial: 5.085.210 (Miles de €) Reducción: 321.000 (Miles de Importe final: 4.764.210 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN El IMV se configura como un instrumento de lucha contra la pobreza y, especialmente, contra la pobreza infantil. Actualmente la lucha contra la pobreza a Para que esta medida pueda luchar contra la pobreza En base a las ejecuciones de años anteriores, existe margen para una reducción de la ENMIENDA NÚM. 3867 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De adición. Se añade una Disposición Adicional. Modificación del concepto de Familia Numerosa. El «2. Se equiparan a familia numerosa, a los efectos de esta ley, las familias constituidas por: a) Uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de éstos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar. b) Dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados, o, al menos, uno de ellos tuviera c) El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en En este supuesto, el progenitor que opte por solicitar el reconocimiento de la condición de familia numerosa, En el caso de que no hubiera acuerdo de los padres sobre los d) Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no se e) Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos. El padre o la madre con dos hijos, JUSTIFICACIÓN La Ley 51/ 2007 de PGE de 2008 ya establecía en su DA 70º que “el Gobierno llevará a cabo las oportunas modificaciones legales para que las familias monoparentales con ENMIENDA NÚM. 3868 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: “Disposición adicional X. Aplicación del IVA superreducido a los productos de higiene femenina Se añade un 7º Los productos de higiene íntima femenina y los pañales absorbentes para infancia y JUSTIFICACIÓN Los productos de higiene íntima constituyen una necesidad para las mujeres y los pañales para los niños y algunos adultos. Sin embargo, ambos productos están gravados al 21% como productos de consumo general. Se ENMIENDA NÚM. 3869 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Se añade una disposición final nueva con el siguiente contenido: “Disposición final X. Aplicación del IVA superreducido a los productos de higiene menstrual TEXTO QUE SE PROPONE Se añade una nueva Disposición Final X con la siguiente redacción: “Con efectos de 1 de enero de Artículo 91. Tipos impositivos reducidos Dos. Se 1. Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que se indican a continuación: 1.º Los siguientes productos: a) El pan común, así b) Las harinas panificables. c) Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, d) Los quesos. e) Los huevos. f) Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos g) Los productos no reutilizables de higiene menstrual: compresas y tampones. JUSTIFICACIÓN La pobreza menstrual es un problema Las mujeres se pasan una media de 40 años menstruando una vez al mes. El ciclo menstrual es un indicador de salud, y así lo declaró el Colegio Estadounidense de Obstetras y El elevado precio de estos productos es una de las barreras que obstaculiza su acceso y que, por tanto, promueve la pobreza menstrual. La falta de Otros Sin embargo, mientras productos como la Viagra están gravados al 4%, los productos de higiene menstrual, que son de uso obligatorio para la salud de las mujeres, siguen estando tipificados al 10%. Gravar los productos de Por todo ello, con efectos de 1 de enero de ENMIENDA NÚM. 3870 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: Nueva disposición adicional X. Suspensión de desahucios y de cortes de suministros. El Gobierno suspenderá los desahucios y cortes de suministros de JUSTIFICACIÓN El Gobierno debe garantizar de forma efectiva el derecho a una vivienda digna recogido en el ENMIENDA NÚM. 3871 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: Disposición adicional x. Modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para habilitar a Se propone la inclusión de un nuevo tenor del artículo del artículo 72.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley “4. (…) A estos efectos tendrá la consideración de inmueble desocupado con carácter permanente aquel que permanezca desocupado de acuerdo con lo que se establezca en la correspondiente JUSTIFICACIÓN En la actualidad, para poder aplicar este recargo es necesario que la definición de “inmueble desocupado con carácter permanente ENMIENDA NÚM. 3872 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional “El Gobierno impulsará que en los próximos ejercicios presupuestarios se destinará al menos el 30% del presupuesto a proyectos enfocados en la lucha contra el cambio climático.” JUSTIFICACIÓN Es necesario afrontar la reconstrucción de nuestro país siguiendo la senda del dictamen de la Comisión de Reconstrucción del Congreso de los Diputados, donde quedó manifestado que el eje central y transversal de todas las ENMIENDA NÚM. 3873 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional Disposición adicional X. Observatorio contra la violencia LGTBIfóbica Se autoriza al Gobierno a crear, en coordinación con las Comunidades Autónomas y asociaciones de la sociedad civil, un ALTA SECCIÓN: 30 MINISTERIO DE IGUALDAD Servicio: Programa: 232D Igualdad de trato y diversidad Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 41 A Organismos autónomos Concepto: Nuevo. Importe: 2,000 (Miles de €) BAJA SECCION: 30 MINISTERIO DE IGUALDAD Servicio: 02 SECRETARÍA DE ESTADO DE IGUALDAD Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO Programa: 232D Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 48 A Familias e Instituciones sin fines de lucro Concepto: 480 Para la formación y sensibilización en materia de igualdad de trato y diversidad Importe: 2,000 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN Se propone crear un Observatorio contra la ENMIENDA NÚM. 3874 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional (nueva). Disposición Uno. Se que modifica el Artículo 207.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como sigue: Artículo 207. Jubilación 2. En los casos de acceso a la jubilación anticipada a que se refiere este artículo, la pensión será objeto de reducción mediante la aplicación, por cada trimestre o fracción de trimestre que, 1.º Coeficiente del 1,875 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a treinta y ocho años y seis meses. 2.º Coeficiente del 1,750 por ciento por trimestre cuando se acredite 3.º Coeficiente del 1,625 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 4.º Coeficiente del 1,500 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y cuatro años y seis meses. En A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará como tal la que le hubiera Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán períodos completos, sin que se equipare a un período la fracción del mismo. Dos. el Artículo 208.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como Artículo 208. Jubilación anticipada por voluntad del interesado. 2. En los casos de acceso a la jubilación anticipada a que se refiere este artículo, la pensión será objeto de reducción mediante la aplicación, por cada a) Coeficiente del 2 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a treinta y ocho años y seis meses. b) Coeficiente del 1,875 por ciento c) Coeficiente del 1,750 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de d) Coeficiente del 1,625 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y cuatro En el caso de los trabajadores y trabajadoras que hayan cotizado 40 años o más y que cuenten con 65 años o más de edad, se les dejará de aplicar los coeficientes reductores desde el momento de cumplir dicha edad, y se les A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará como tal Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán períodos completos, sin que se equipare a un período la fracción del mismo. JUSTIFICACIÓN Equiparación de derechos. ENMIENDA NÚM. 3875 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De Se añade una Disposición Adicional con el siguiente texto: Disposición adicional X. Declarar el Bicentenario del Ateneo de Madrid “Acontecimiento de excepcional interés público” Se declara JUSTIFICACIÓN La declaración del Bicentenario como acontecimiento de Las ventajas que ofrece esta figura de “excepcional interés” facilitaría que, aquellos interesados en Además, la celebración del Bicentenario ayudaría de manera determinante a lograr el impulso que el Ateneo de Madrid necesita para volver a brillar como en épocas pretéritas, no solo por las actividades con La declaración del Bicentenario como acontecimiento de excepcional interés ENMIENDA NÚM. 3876 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: Disposición adicional (Nueva): Aumento de la inversión para el plan integral de mejora de las Cercanías de Madrid. Con el objetivo de cumplir sus promesas de inversión en Cercanías de Madrid, el Ministerio de Transportes, Extensión línea C7 a Mejorada de Campo y Velilla de San Antonio Conexión línea C3 con zonas empresariales Ejecución de la ampliación de la línea C4 Ejecución de la ampliación de la línea C4 a Algete Ejecución de la ampliación de la línea C4 a Soto del Real Ejecución de la ampliación de la línea C4 a Torrejón de Velasco y Torrejón de la Calzada Ejecución de la ampliación de la línea C4 a Parla Hospital Ampliación de la línea C5 a Villaviciosa de Odón Ampliación de la línea C5 a Boadilla del Monte Construcción de una Estación de Cercanías en el barrio de San Diego, Habilitación para el uso habitual de viajeros del tramo de mercancías que conecta San Fernando con Chamartín. Construcción de estaciones Habilitación para el uso habitual de viajeros del by-pass de Rebolledo Modernización de los sistemas de ERTMS Apertura de la Estación de la Tenería (Pinto) Obra de remodelación de la estación de Cercanías el Soto Construcción paso a nivel o elevado para el acceso con seguridad en la estación de Santa María de la Alameda, del puente que une la estación con Las Juntas Soterramiento vías de tren Leganés. Carrascal-Leganés Norte Soterramiento vías de tren a su paso por Alcalá de Henares ALTA-BAJA ENMIENDA AL PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF). ANEXO DE INVERSIONES REALES Y PROGRAMACIÓN PLURIANUAL ALTA Entidad: ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) Comunidad Autónoma: Madrid Provincia: Madrid Proyecto: 6800 CERCANÍAS MADRID Importe: 16.000 (miles de euros) Presupuesto de ALTA Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pagos por inversiones: e) Otros activos financieros Importe: 16.000,00 miles € BAJA Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio. Importe: 16.000,00 miles € Asimismo, se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas JUSTIFICACIÓN El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (anteriormente, Ministerio de Fomento) ha incumplido sus promesas de Madrid lleva años sufriendo el mal funcionamiento de un servicio esencial en la movilidad cotidiana, dentro y fuera de la corona metropolitana, como es el de Cercanías de ENMIENDA NÚM. 3877 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Se añade una disposición Disposición adicional (Nueva): Reactivación de la obra del Tren Móstoles- Navalcarnero El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana incorporará el tramo Móstoles-Navalcarnero a JUSTIFICACIÓN La ampliación de la red de Cercanías desde Móstoles a Navalcarnero, Esta obra abandonada, está implicada en la trama Lezo, por el presunto cobro de una comisión de 1,4 millones de euros por parte de Ignacio González por la adjudicación de Casi una década después de que se anunciase esta obra, los vecinos y vecinas de Navalcarnero y Móstoles siguen sin tener esta conexión y es urgente dar una solución. ENMIENDA NÚM. 3878 De don Pablo Gómez El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Se añade Disposición adicional (Nueva): Establecimiento de carriles BUS-VAO en las vías de competencia estatal de acceso a Madrid El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda JUSTIFICACIÓN Las Al respecto, en 2006, el Ministerio de Fomento presentó proyectos de plataformas reservadas para todas las autovías radiales de En ese plan de 2006, se preveía sumar 120 kilómetros de carriles BUS-VAO, que en doble dirección, incluiría la construcción de en las autovías A-1, A-2, A-3, A-4, A-5, A-6 y A-42 y rondaría los los 740 millones de euros. Ese proyecto y sus En base a los últimos datos de la ENMIENDA NÚM. 3879 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: Disposición adicional (Nueva): Acuerdo con el Consorcio El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana establecerá un convenio con el Consorcio Regional de Transportes de Madrid para que los JUSTIFICACIÓN El transporte público Un buen sistema de transporte público significa una La Comunidad de Madrid cuenta con una densa red de Autobuses Interurbanos que, con un total de 19.065 kilómetros, transporta diariamente más de 800.000 personas. ENMIENDA NÚM. 3880 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: Disposición adicional XX: Medidas de acompañamiento asociadas a las actuaciones en las estaciones depuradoras del sur de El Ministerio para la Transición Ecológica y el reto demográfico llevará a cabo las tareas conducentes a la recuperación y renaturalización integral de las JUSTIFICACIÓN Las actuaciones a realizar en las EDAR de La China, Butarque y Sur en los términos municipales de Madrid y ENMIENDA NÚM. 3881 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: Disposición adicional XX: Recuperación y regeneración de El Ministerio para la Transición Ecológica y el reto demográfico, en el ejercicio presupuestario, realizará todas las actuaciones Justificación La falta de caudales y una serie de tormentas particularmente intensas han provocado ENMIENDA NÚM. 3882 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: Disposición adicional XX. Plan extraordinario de inversiones y políticas públicas en el Sur y Este de Madrid El JUSTIFICACIÓN Los distritos del Sur y Este de la ciudad de ENMIENDA NÚM. 3883 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De adición. ARTÍCULO: Nueva Disposición Adicional Se propone la adición de una nueva disposición adicional “Disposición adicional XXX. Para la garantía del mantenimiento del Sistema de Atención a las personas en situación de dependencia. El Gobierno de España cumplirá su compromiso presupuestario con el JUSTIFICACIÓN Para cumplir lo estipulado en la normativa vigente. ENMIENDA NÚM. 3884 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 12 -Ministerio Servicio: 03 Secretaría de Estado de Cooperación Internacional Programa: 143A Cooperación para el desarrollo Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 49 Al Concepto: 497 (nuevo) A la Media Luna Roja Saharaui para atender gastos de apoyo a los recursos técnicos y humanitarios para el mantenimiento de los servicios públicos esenciales y lucha contra el COVID-19 en los Campamentos de Importe: 12.500 (Miles de €) BAJA SECCION: 12 -Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación Servicio: 04 Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales. Programa: 142A Acción de Estado en el Exterior Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 49 Al exterior Concepto: 449 Participación en Organismos internacionales. Contribuciones voluntarias. Importe: JUSTIFICACIÓN Los Campamentos de Refugiados Saharauis se encuentran localizados en la Hamada argelina, en un entorno árido y desértico, donde las oportunidades de sustento son muy limitadas para una población A nivel regional, se ubican cerca de la región del Sahel, zona denominada “caliente” geoestratégicamente. Desde 1976, fruto del exilio, la sociedad saharaui comienza La situación política sigue marcada por el impasse en el que se encuentra el Plan de Paz de las Naciones Unidas Hay que resaltar que la población saharaui depende de esa ayuda externa para la cobertura de sus necesidades básicas, como el acceso al agua, la salud, la Asimismo la responsabilidad del Estado español es clara. En 1974 España anunció la celebración de un referéndum de autodeterminación para los habitantes de la colonia del Sahara Occidental. El incumplimiento de esa promesa y el traspaso de la Durante más de 45 años que dura la espera, el pueblo saharaui ha podido sobrevivir en durísimas condiciones de vida gracias a la ENMIENDA NÚM. 3885 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda SERVICIO 09 Dirección General de Vivienda y Suelo PROGRAMA 261P Urbanismo y política del suelo CAPÍTULO 2 Gastos corrientes en bienes y servicios ARTICULO 22 Material, suministros y otros PROYECTO 22706 IMPORTE: 100 (miles de euros) BAJA SECCIÓN 35 Fondo de contingencia SERVICIO 01 Dirección General de Presupuestos PROGRAMA 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria CAPÍTULO 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos ARTÍCULO 50 Dotación al fondo de contingencia y ejecución presupuestaria CONCEPTO 500 Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria IMPORTE 100 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN La Comunidad de Madrid, y otras Comunidades Autónomas, han anunciado que no aplicarán la normativa que permitirá a las CC.AA. limitar el precio del alquiler en las zonas tensionadas a las empresas propietarias de más de diez Consideramos conveniente un estudio que identifique las zonas tensionadas en base a los criterios de la citada ley, para poder empezar a operar en un marco que resuelva desde las ENMIENDA NÚM. 3886 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA SECCIÓN: 18- Ministerio de Educación y Formación Profesional Servicio: 04 DG Evaluación y Cooperación territorial Programa: 323m Becas y ayudas a estudiantes Capítulo: 4 Transferencias Artículo: 5 Concepto: 3 Becas y ayudas escolares (nuevo) Subconcepto 3 Comedores Escolares (nuevo) Cuantía Inicial: 0 (Miles de €) Incremento: 100.000 (Miles de €) Cuantía Final: BAJA SECCIÓN: 18 Ministerio de Educación y Formación Profesional Servicio: 50 Programa: 32SB - C19.I02 Transformación Digital de la educación. Capítulo: 4 Artículo: 5 Concepto: 2 Actuaciones en Formación permanente del profesorado. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Subconcepto: 45240 - Formación para la adquisición de la competencia digital educativa y para el buen uso de las Aulas Digitales CUANTÍA INICIAL: 284.741,80 (Miles de €) REDUCCIÓN: 100.000 (Miles de €) CUANTÍA FINAL: 184.741,80 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Las becas comedor alcanzan al 11% de niños y niñas, muy lejos del 27,4% en riesgo de pobreza. El objetivo de esta enmienda es transferir a las CCAA recursos para, ENMIENDA NÚM. 3887 De don Pablo Gómez Perpinyà El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA A LA SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Servicio 50 Programa 32UA C21.101 Capítulo 4 Transferencias corrientes Artículo 45 A Comunidades Autónomas Concepto Subconcepto 45040 Creación de plazas del primer ciclo de Educación Infantil de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años. MRR CUANTÍA INICIAL: 333.820,00 (Miles de €) AUMENTA: CUANTÍA FINAL: 433.820,00 (Miles de €) BAJA SECCIÓN 35 Fondo de contingencia SERVICIO 01 Dirección General de Presupuestos PROGRAMA 929N Fondo de contingencia de ejecución CAPÍTULO 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos ARTICULO 50 Dotación al fondo de contingencia y ejecución presupuestaria CONCEPTO 500 Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria IMPORTE 100.000 JUSTIFICACIÓN Solo cuatro de cada diez menores de tres años estaba matriculado en un centro en el curso 2018-2019. Y de esos, el 51,9% estaba inscrito en un centro público, el 16% en uno concertado y el 32,1% en Ante la escasez de plazas públicas, la mayoría de las familias se ven obligadas a Proponemos aumentar esta partida porque aun siendo conscientes de que ENMIENDA NÚM. 3888 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 422M Reconversión y reindustrialización Capítulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 45 A Comunidades Autónomas Concepto: Nuevo. Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Servicio: 9 Dirección General de Industria y de la mediana empresa Programa: 422M Reconversión y reindustrialización. Capítulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 44 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal Concepto: Importe: 500 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN Se propone crear un Comisionado regional que tenga como objetivo el estudio de la puesta en El proyecto convocará a fabricantes (Articulado) Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente contenido: “Disposición adicional (nueva). Proyecto Comisionado Regional Polo Autosur. Se autoriza al El proyecto convocará a fabricantes de automoción, recicladores de materiales estratégicos y redes de recuperadores. El proyecto estará acompañado de iniciativas de ENMIENDA NÚM. 3889 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 23 - Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico SERVICIO 03 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA PROGRAMA 425A - Normativa y desarrollo energético CAPÍTULO 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES ARTÍCULO 45 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS CONCEPTO 0 - Bono social térmico CUANTÍA INICIAL: 153.000 miles de€ INCREMENTO: 21.420 miles de € CUANTÍA FINAL: 174.420 miles de€ BAJA SECCIÓN SERVICIO 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PROGRAMA 451O - Dirección y servicios generales para la transición ecológica y el reto demográfico CAPÍTULO 6 ARTÍCULO 1 CONCEPTO 1 - Otras SUBCONCEPTO 06 - Estudios y trabajos técnicos CUANTÍA INICIAL: 191.240,40 (Miles de €) REDUCCIÓN: 21.420 (Miles de €) CUANTÍA FINAL: JUSTIFICACIÓN Es necesaria una reforma del bono social para la integración eléctrica y térmica con consideración específica de las presencia de niñas, niños y adolescentes en situación de pobreza para la La pobreza energética alcanza a un 16,7% de los hogares (MITECO, dato 2019) y se eleva por encima de la media en los hogares con niñas, niños y adolescentes, especialmente los monoparentales (hasta Según denuncia Save the Children, el planteamiento del bono social como un mecanismo de descuento proporcional no resuelve las dificultades de muchas familias en situación de ENMIENDA NÚM. 3890 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 26 Ministerio de Sanidad SERVICIO 07 Dirección General de Salud Pública PROGRAMA 313B Salud pública, Sanidad exterior y Calidad CAPÍTULO 2 Gastos corrientes en bienes y servicios ARTICULO 22 Material, suministros y otros PROYECTO 22706 Estudios y trabajos técnicos IMPORTE: 100 (miles de euros) BAJA SECCIÓN 35 Fondo de contingencia SERVICIO 01 Dirección General de PROGRAMA 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria CAPÍTULO 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos ARTÍCULO 50 Dotación al fondo de contingencia y ejecución presupuestaria CONCEPTO 500 Fondo IMPORTE 100 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN La falta de proactividad por parte de algunos gobiernos autonómicos para garantizar profesionales sanitarios que realicen la prestación Es necesario por tanto que el Ministerio de Sanidad conozca dónde se dan estos problemas, y las causas que lo provocan, ENMIENDA NÚM. 3891 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 26 Ministerio de Sanidad SERVICIO 07 Dirección General de Salud Pública PROGRAMA 313B Salud pública, CAPÍTULO 2 Gastos corrientes en bienes y servicios ARTICULO 22 Material, suministros y otros PROYECTO 22706 Estudios y trabajos técnicos IMPORTE: 100 (miles de euros) BAJA SECCIÓN SERVICIO 01 Dirección General de Presupuestos PROGRAMA 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria CAPÍTULO 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos ARTÍCULO 50 Dotación al fondo de CONCEPTO 500 Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria IMPORTE 100 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN La falta de proactividad por parte de algunos gobiernos autonómicos para Es necesario por tanto que el Ministerio de Sanidad conozca ENMIENDA NÚM. 3892 De don Pablo Gómez Perpinyà (GPIC) El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 32 - Ministerio de SERVICIO: 03 Secretaría de Estado de Migraciones Programa: 231H Acciones a favor de los inmigrantes Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 45 A Comunidades Concepto: 451 Plan Estratégico de inclusión (nuevo) Cuantía Inicial: 0€ Incremento: 582.000 (miles de €) Cuantía Final: 582.000 (miles de €) BAJA SECCIÓN: 32 Ministerio de SERVICIO: 02 Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 42 A la Concepto: 425 Aportaciones del Estado al presupuestos de la Seguridad Social en cumplimiento de la recomendación primera del Pacto de Toledo 2020 Subconcepto: 42509 Aportación del estado al presupuesto de la Cuantía inicial: 5.082.210 (Miles de €) REDUCCIÓN: 582.000 (Miles de €) Cuantía final: 4.503.210 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN: Frente a los desafíos a los que La crisis económica a la que se enfrenta el Además, en la investigación de Save the Children sobre infancia sin papeles en España, calculaban que la probabilidad de estar en riesgo de pobreza cuando tienen menores a su cargo para los nacionales extracomunitarios aumenta en 7 puntos (del ENMIENDA NÚM. 3893 De don El Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 32. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN: 32 MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES Servicio: 2 SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES Programa: 000X Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 42 A la Seguridad Social Concepto: 420- Prestaciones socio-económicas de carácter no contributivo Subconcepto: 42003- Aportación Cuantía inicial: 1.414.001 (miles de €) Incremento: 450.000 (Miles de €) Importe final: 1.864.001 (Miles de €) BAJA SECCIÓN: 32 MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD Servicio: 2 SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES Programa: 000X Transferencias y libramientos internos Capítulo: 4 Transferencias Corrientes Artículo: 42 A la Seguridad Social Concepto: 425 Aportaciones del Estado al presupuesto de la Seguridad Social en cumplimiento de la recomendación primera del Pacto de Toledo 2020. Subconcepto: 42509 Aportación del Estado al presupuesto de la seguridad social para Importe Inicial 9.364.828 (Miles de €) Reducción: 450.000 (Miles de €) Importe final 8.914.828 (Miles de €) JUSTIFICACIÓN Según las cifras de ejecución de años La prestación por hijo o hija a cargo fue la única ayuda El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-Fabián Chinea Correa. ENMIENDA NÚM. 3894 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20. ENMIENDA De Al Artículo 20. Uno.1. De modificación. Se modifica el párrafo del Artículo 20. Uno. 1: Texto que se propone: “Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien. b) En la incorporación de personal de Justificación: El proceso de reducción del déficit de las AA.PP. y de contención del gasto público llevado a cabo durante la crisis provocó una Las Administraciones Locales están obligadas a mantener la Por otro lado, dentro de la Administración Local existe una grandísima variabilidad en la constitución y ENMIENDA NÚM. 3895 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De adición. De Adición. Disposición adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor: “Disposición adicional (nueva). Soluciones a la El Gobierno del Estado en el plazo de 3 meses desde la aprobación de la presente Ley activará e impulsará el proyecto de interconexión eléctrica entre las islas de Tenerife y La Gomera para que Igualmente, se declarará de interés general las obras necesarias para el cierre del anillo insular eléctrico de la isla de La Gomera. Con el fin de ejecutar dicho proyecto, el El Gobierno del Estado marcará como prioritarias las restantes obras de mejora y Justificación: El sistema energético gomero es uno de los más frágiles de ENMIENDA NÚM. 3896 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De adición. De Adición. Disposición adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor: “Disposición adicional nueva. Se Modifica del apartado 2 del artículo 33 del Texto Refundido de “2. Asimismo, con carácter general, el percibo de las pensiones de Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo a) 1) La edad de acceso a la pensión de jubilación o retiro debe ser, al menos, la establecida como edad de jubilación forzosa para el correspondiente colectivo de funcionarios públicos. Los 2) El porcentaje aplicable al haber regulador a efectos de En caso de desempeñar una actividad compatible, la cuantía de la pensión será equivalente al cincuenta por ciento del importe resultante en el reconocimiento inicial, una vez La pensión se revalorizará en su integridad, en los términos establecidos para las pensiones del Régimen de Clases Pasivas. No obstante, en tanto se desempeñe el trabajo compatible, el importe de la pensión b) Cuando se trate del desempeño de una actividad de creación artística por lo que perciban ingresos derivados de derechos de propiedad intelectual o de imagen, Justificación: Con esta propuesta aquellos jubilados/as que anticipen su jubilación conforme a lo establecido en la ley; una vez cumplan la edad de jubilación forzosa podrán acogerse Cuando se habla de derechos de propiedad intelectual añadir o de imagen; porque se puede participar en la creación artística bien escribiendo ENMIENDA NÚM. 3897 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De adición. De Adición. Disposición adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor: “Disposición adicional nueva. Especial consideración en la realización de actuaciones en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. El Gobierno entre las actuaciones a realizar e impulsar en materia de desarrollo Justificación: Los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares sufren de una fragilidad estructural debido a su situación de aislamiento del resto del sistema eléctrico nacional, y su extrema dependencia actual de la generación ENMIENDA NÚM. 3898 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. De Adición. Disposición adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor: “Disposición Adicional Nueva. Participación de las Entidades Locales en el El Gobierno se compromete a transferir a las Entidades Locales, en el período 2022- 2023, la parte proporcional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que le corresponden por Justificación: Mejora técnica. Para que las Entidades Locales puedan compensar el El criterio de participación de las EELL en dichos Fondos no deberá ser inferior al porcentaje que representa el ENMIENDA NÚM. 3899 De don Fabián Chinea Correa El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición “Disposición Adicional Nueva. Régimen de endeudamiento aplicable a las entidades locales y a las entidades dependientes o vinculadas a las Uno. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se derogan las restricciones a la concertación de operaciones de endeudamiento por parte de las Entidades locales, introducidas a partir del 25 de mayo de A partir de la entrada en vigor de la presente Ley el régimen del Dos. En cuanto al régimen de endeudamiento de las entidades dependientes o vinculadas a entidades locales será aplicable, en 2022 y Justificación: Mediante la presente enmienda y considerando los buenos resultados económicos del conjunto de la Administración local, se propone la supresión de las restricciones a la concertación de operaciones de endeudamiento por parte ENMIENDA NÚM. 3900 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor: “Disposición Adicional Nueva. Análisis de la Evolución del Modelo de Participación en los Tributos del Estado de las Entidades locales. Durante el año 2022 el Gobierno, en colaboración con la Federación Española de Municipios y Justificación: Se propone que el Gobierno, y en colaboración con la ENMIENDA NÚM. 3901 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De De Adición. Disposición adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor: “Disposición Adicional Nueva. Revisión de las condiciones de los préstamos formalizados con el Fondo de Antes de la finalización del año 2021 y durante el año 2022, se estudiará por el Ministerio de Justificación: Se propone establecer medidas de apoyo a municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en riesgo financiero. Son medidas que se consideran ENMIENDA NÚM. De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición “Disposición Adicional Nueva. Ampliación del ámbito objetivo del Fondo de Financiación a Entidades Locales. Se modifica el ámbito objetivo Justificación: Se propone ampliar el ámbito objetivo del Fondo de Ordenación para que se puedan también incluir tanto las cuantías que están pendientes de amortizar de operaciones crédito Esta medida ya se ENMIENDA NÚM. 3903 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De Disposición adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor: “Disposición Adicional Nueva. Consolidación de la deuda a corto plazo en deuda a largo plazo por parte de las entidades Como excepción a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se autoriza en 2022 la formalización de operaciones de conversión de Justificación: Esta ENMIENDA NÚM. 3904 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De supresión. Se suprime la Disposición final primera, por la que se modifica el apartado séptimo de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Justificación: En relación a lo expresado por La Comisión Ejecutiva del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local. ENMIENDA NÚM. 3905 De don El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final décima sexta. ENMIENDA De Se modifica la Disposición final décima sexta con el siguiente tenor: “Disposición final décima sexta. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Con efectos desde la entrada en vigor de la presente ley y vigencia indefinida se modifica el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Uno. Se modifica el apartado h) del artículo 181, que queda redactado como sigue: «h) Cuando el objeto de la concesión consista en una terminal de manipulación «b = (Ca ·10.000) / (Vt · S · t · n) (b ≤ 75 %).» donde: b = Bonificación (%) redondeada a la primera cifra decimal, aplicable desde el momento de finalización de las obras, según el plazo aprobado. Ca = Coste de las obras establecido por la Autoridad Portuaria (€), calculado en el Vt = Valor de la superficie concesionada a efectos de la concesión de dominio público (€/m2) en el momento de otorgamiento de la concesión. S = Superficie concesionada (m2). t = n = Plazo restante de la concesión en el momento de finalización de las obras. En el caso de que se produzcan simultáneamente obras de relleno o de consolidación o Las El resto del artículo mantiene la misma redacción. Dos. Se modifica la letra j) del apartado 1 del artículo 197, que queda redactado como sigue: «j) A los buques que utilicen combustibles alternativos Este coeficiente no se aplicará a los buques que se dediquen al transporte de gas natural licuado, u otros combustibles alternativos, salvo que durante su estancia en puerto utilicen electricidad suministrada desde muelle, o A los efectos de esta norma serán combustibles alternativos aquellos contemplados como tales por la Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de Este coeficiente será compatible con los coeficientes de las letras anteriores». El resto del artículo mantiene la misma Tres. Se modifica la letra e) del artículo 208, que queda redactado como sigue: e) En los supuestos de pasajeros en régimen de transporte y de vehículos en régimen de pasaje transportados en buques integrados en servicios El resto del artículo mantiene la misma redacción.” Justificación: Es necesario dar cumplimiento al acuerdo de la Autoridad Portuaria de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife del 18 de noviembre del 2021 para corregir los efectos negativos que ha tenido en el tránsito de viajeros tanto ENMIENDA NÚM. 3906 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De adición. Disposición final nueva. - Se añade una disposición final nueva con el siguiente tenor: “Disposición final Nueva. Modificación del Real Decreto Legislativo Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se añade una nueva Disposición adicional decimoctava Para hacer efectivo el principio de transparencia y Asimismo, se publicarán en dicha Oficina Virtual, de cada una de las Entidades Locales y entes asimilados, los importes de los conceptos a los que se alude en el párrafo anterior del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales Justificación: El objetivo de la presente enmienda es que las Entidades Locales puedan cumplir con las exigencias de suministro de información que establece la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad ENMIENDA NÚM. 3907 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Servicio: 101. Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas. Programa: 451M Estudios y Servicios de Asistencia Técnica en Obras Públicas y Urbanismo. Capítulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 64 Gastos de Proyecto: Nuevo. Planificación Ampliación Puerto de Los Cristianos (Tenerife). Importe: 500,00 (Miles de euros) BAJA Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Servicio: 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario. Capítulo: 6 Inversiones Reales. Importe: 500,00 (miles de euros) Justificación: El Puerto de Los Cristianos de titularidad estatal, en Tenerife, es desde hace bastantes décadas el puerto de enlace entre esta isla y las 3 islas occidentales (La Gomera, La Palma y EL Hierro). A pesar de la imperiosa ENMIENDA NÚM. 3908 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. De modificación. ALTA SECCION: ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS PROGRAMA: 453B Creación de infraestructura de carreteras CAPÍTULO: 7. Transferencias de Capital. ARTÍCULO: 75 A Comunidades Autónomas (Islas Canarias). CONCEPTO: Importe: 5.000,00 (Miles de euros) BAJA: SECCIÓN 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ORGANISMO: PROGRAMA: 453B Creación de infraestructura de carreteras CAPÍTULO: 7. Transferencias de Capital. Concepto: 609 Expropiaciones, modificados adicionales y otras incidencias de IMPORTE: JUSTIFICACIÓN: En el municipio de Arona, en la isla de Tenerife, se encuentra situado el puerto comercial de titularidad estatal que permite con sus operaciones enlazar con las islas de La Gomera, El Hierro y La Palma. Dicho ENMIENDA NÚM. 3909 De don El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. De modificación. ALTA Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Creación de Capitulo: 6 Inversiones Reales. Proyecto: Nuevo. Proyecto Falso Túnel Argaga (Valle Gran Rey – Vallehermoso) (La Gomera). Importe: 4.000,00 (Miles de euros). BAJA: SECCIÓN ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS PROGRAMA: 453B Creación de infraestructura de carreteras CAPÍTULO: 7. Transferencias de Capital. Concepto: 609 IMPORTE: 4.000,00 (Miles de euros). Justificación: Hay que acometer el proyecto para acabar con el aislamiento de los vecinos de esta zona de La Gomera después del ENMIENDA NÚM. 3910 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Servicios: 34 Dirección General de Aviación Civil. Programa: 441O Subvenciones y apoyo al Capitulo: 4 Transferencias Corrientes. Artículo: 47 A Empresas Privadas. Concepto: 470 Contrato de Servicio de Transporte aéreo para satisfacer Obligaciones de Servicio Público en Canarias. Proyecto: Importe: 2.000 (miles de euros). BAJA Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Servicios: 34 Dirección General de Aviación Civil. Programa: 441O Subvenciones y apoyo al transporte aéreo. Capitulo: 4 Transferencias Corrientes. Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de lucro Concepto: 483 Subvención al tráfico aéreo regular. Importe: 2.000 (miles de euros). Justificación: La OSP entre La Gomera y Gran Canaria no opera todo el año, solo unos meses y es necesario que opere de manera permanente durante ENMIENDA NÚM. 3911 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 19 Ministerio de Trabajo y Economía Social Servicio: 101 SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL Programa: 24WA C23.I01 Empleo Joven Capitulo: 4. Transferencias Corrientes. Artículo: 45 A Comunidades Autónomas. Proyecto: Nuevo. Plan de Empleo Joven para las Importe: 70.000 (miles de euros). BAJA Sección: 19 Ministerio de Trabajo y Economía Social Servicio: 101 SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO Programa: 24WC C23.I03 Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva Capitulo: 4. Transferencias Corrientes. Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de lucro Importe: 70.000 (miles de euros). Justificación: a cifra de jóvenes que ni tienen empleo ni cursan estudios en España es siempre escandalosa, adquiere un mayor dramatismo en determinados territorios, en los que la tasa de paro se La pandemia ha agravado dos de los problemas sistémicos que arrastra Cualquier progreso económico y social de un país necesita involucrar a los más jóvenes en los compromisos que asienten el pacto generacional para sostener el Estado de bienestar y Del diagnóstico que ofrece el último informe de la OCDE se deriva la Durante el año 2022, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2023, así como la aportación, se instrumentarán mediante un convenio a celebrar entre el Servicio Público de Empleo Estatal y las ENMIENDA NÚM. 3912 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 21 Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Servicio: 10 DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Programa: 415A Protección de los recursos pesqueros y desarrollo sostenible. Capitulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Proyecto: Importe: 6.000 (miles de euros). BAJA Sección: 21 Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Servicio: 10 DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA SOSTENIBLE Programa: 415A Protección de los recursos pesqueros y desarrollo sostenible. Capitulo: 6 Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Importe: 6.000 (miles de euros). Justificación: Es necesario una vez que se han realizado los estudios pertinente el activar la Reserva ENMIENDA NÚM. 3913 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: Dirección General del Agua. Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 75 A Comunidades Autónomas. (Islas Canarias). Proyecto: Nuevo. Mejora de Importe: 343,43 (Miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Servicio: 05 Dirección General de Aguas Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 609 Expropiaciones, modificados, adicionales y otras incidencias de Importe: 343,43 (Miles de euros) Justificación: Estamos hablando de una obra estratégica para asegurar el suministro de agua a la zona de Igualero en la isla de La Gomera: fue la ENMIENDA NÚM. De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: Dirección General del Agua. Programa: 452A Gestión e Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 75 A Comunidades Autónomas. (Islas Canarias). Proyecto: Nuevo. Terminación del proyecto hidráulico de interés general “Sondeos La Importe: 2.360,00 (Miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Programa: 451O Demográfico Capítulo: 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS Artículo: 22706 Estudios y trabajos técnicos Importe: 2.360,00 (Miles de euros) Justificación: Desde el 2016 se está pendiente de tramitar la obra los Sondeos de La Negra, situada en la isla de La Gomera, y declarada de interés general en el proyecto de “Mejora del Abastecimiento de La Gomera”. Es ENMIENDA NÚM. 3915 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Servicio: Dirección General del Agua. Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 75 A Comunidades Autónomas. (Islas Proyecto: Nuevo. Actuaciones en la galería El Altito Término Municipal de Valle Gran Rey (La Gomera). Importe: 2.300,00 (Miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS Programa: 451O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Capítulo: 6 Inversiones Reales Importe: 2.300,00 (Miles Justificación: El principal municipio turístico de La Gomera, Valle Gran Rey, cuenta con una población de más de 4000 habitantes de derecho y soporta la mayoría de los 700.000 turistas que visitan la isla al año, llegando, ENMIENDA NÚM. 3916 De don Fabián Chinea Correa El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Servicio: 06. Dirección General de la Costa y el Mar Programa: 456D. Actuación en la costa. Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Proyecto de rehabilitación de la playa de Alojera en el término municipal de Vallehermoso (La Importe: 2.000 (miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar Programa: 456D Actuación en la Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Importe: 2.000 (miles de euros) Justificación: La Playa de Alojera, en el municipio de ENMIENDA NÚM. 3917 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06. Dirección General de la Costa y el Mar Programa: 456D. Actuación en la costa. Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Mejora entorno Playa Vallehermoso en el término municipal de Vallehermoso (La Gomera). Importe: 5.300 (miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar Programa: 456D Actuación en la costa Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Importe: 5.300 (miles de euros) Justificación: La Playa de Vallehermoso requiere de la mejora del ENMIENDA NÚM. 3918 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador ENMIENDA De ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06. Dirección General de de la Costa y el Mar Programa: 456D. Actuación en la costa. Capítulo: 7. Artículo: 76. A corporaciones locales. (Ayuntamiento de Vallehermoso) Proyecto: Nuevo. Mejora entorno Playa la Rajita en el término municipal de Vallehermoso (La Gomera). Importe: 3.700 (miles de BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar Programa: 456D Actuación en la costa Capítulo: 6 Inversiones Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Importe: 3.700 (miles de euros) Justificación: La Playa de la Rajita, en Vallehermoso, requiere de la mejora de la playa y la ENMIENDA NÚM. 3919 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Servicio: 06. Dirección General de la Costa y el Mar Programa: 456D. Actuación en la costa. Capítulo: 7. Transferencias de capital. Artículo: 76. A corporaciones locales. Proyecto: Nuevo. Actuación en la reestructuración y mejoras del litoral de la playa de Santa Catalina en el término municipal de Hermigua (La Gomera). Importe: 3.020 (miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar Programa: 456D Actuación en la costa Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Importe: 3.020 (miles de euros) Justificación: La playa de Santa Catalina, en el término municipal de Hermigua (La Gomera), es la playa más grande del ENMIENDA NÚM. 3920 De don Fabián Chinea Correa El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar Programa: 456D. Actuación en Capítulo: 7. Transferencias de capital. Artículo: 76. A corporaciones locales. (Ayuntamiento de Agulo, La Gomera) Concepto: Nuevo. Actualización y ejecución del proyecto de “Acondicionamiento de la Playa Importe: 2.000,00 (Miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar Programa: 456D Actuación en la costa Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Importe: 2.000,00 (miles de euros) Justificación: El ENMIENDA NÚM. 3921 De don Fabián Chinea El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 42AB C01.I02 Plan de incentivos a la Capítulo: 7. Transferencias de capital. Artículo: 76. A Concepto: Nuevo. Apoyo al Proyecto La Gomera 100% Sostenible. Importe: 4.000,00 (Miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 42AB C01.I02 Plan de incentivos a la instalación de puntos de recarga, a la Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Concepto: 74803 Al IDAE para el Plan de incentivos a la instalación de puntos de recarga, a la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible y a la innovación en electromovilidad, recarga e hidrógeno verde Importe: 4.000,00 (miles de euros) Justificación: La Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, el Cabildo Insular de La Gomera y el Instituto Tecnológico de Canarias (ITC) están trabajando para el ENMIENDA NÚM. 3922 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 42GA C07.I01 Desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos Capítulo: 7. Transferencias de capital. Artículo: 76. A corporaciones locales. Concepto: Importe: 100.000,00 (Miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 42GA C07.I01 Desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Concepto: 74805 Al IDAE para el desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos Importe: 100.000,00 Justificación: Los municipios de menor población tienen difícil cumplir con los objetivos de eficiencia energética y rehabilitación de edificios públicos por sus escasos recursos. Es necesario que se apoye de forma ENMIENDA NÚM. 3923 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 42KD C11.I04 Plan de Transición Energética en la Administración General del Estado Capítulo: 4. Transferencias Corrientes. Artículo: 41 De Organismos Autónomos (Universidades Públicas). Concepto: Nuevo. Apoyo Económico a las Universidades Públicas para proyectos de I+D+i para el impulso en la Lucha contra el Importe: 20.000,00 (Miles de euros) BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 42KD C11.I04 Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal Importe: 20.000,00 (miles de euros) Justificación: Es necesario que la financiación de los proyectos de investigación, desarrollo e innovación sobre cambio climático y transición energética tenga una doble utilidad para el impulso de la excelencia en la educación superior ENMIENDA NÚM. 3924 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 45LC C12.I03 Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular Capítulo: 4. Transferencias Corrientes. Artículo: 46 A Entidades Locales (Cabildos Insulares y Consells). Concepto: Nuevo. Apoyo a las Corporaciones Insulares para el Transporte y la Gestión de Residuos. Importe: BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 45LC C12.I03 Plan de apoyo a la implementación Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal Concepto: 74502 Aportación al FRER para Importe: 10.000,00 (miles de euros) Justificación: Los Cabildos Insulares y Consells de las islas no capitalinas tienen graves problemas para poder transportar y gestionar los residuos que ENMIENDA NÚM. 3925 De El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Servicio: 05 Dirección General del agua Programa: 452A Gestión e infraestructuras del Capitulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Proyecto Nueva Desaladora San Sebastián de La Gomera. Importe: 5.300 (miles de BAJA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: Programa: 456A Calidad del agua Capítulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Importe: 5.300 (miles de euros). Justificación: Se requiere de una actuación urgente para asegurar el abastecimiento de agua de este municipio de ENMIENDA NÚM. 3926 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Servicio: 05 Dirección General del agua Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capitulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Proyecto Nueva Desaladora Valle Gran Rey. Importe: 4.500 (miles de euros). BAJA Sección: 23 Ministerio Para la Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: Programa: 456A Calidad del agua Capítulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes Importe: 4.500 (miles de euros). Justificación: Se requiere de una actuación urgente para asegurar el abastecimiento de agua de este municipio de La Gomera. ENMIENDA NÚM. 3927 De don Fabián El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto ENMIENDA De modificación. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Servicio: 05 Dirección General del agua Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capitulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Proyecto: Nuevo. Proyecto Nueva Desaladora Playa Importe: 4.500 (miles de euros). BAJA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: Programa: 456A Calidad del Capítulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general Importe: 4.500,00 (Miles de euros) Justificación: Se requiere de una actuación urgente para ENMIENDA NÚM. 3928 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 23 Ministerio Para la Transición Ecológica y el Reto Servicio: 101 Parques Nacionales Programa: 456C Protección y mejora del medio natural Capitulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso Proyecto: Nuevo. Proyecto de mejoras ambientales en Las Mimbreras, zona periférica de protección del Parque Nacional de Garajonay. Importe: 2.100 (miles de euros). BAJA Sección: 23 Ministerio Para la Servicio: 101 Parques Nacionales Programa: 456C Protección y mejora del medio natural Capitulo: 6 Inversiones Reales. Artículo: 61 Inversión de reposición en Importe: 2.100 (miles de euros). Justificación: Es necesario dotar el proyecto pues es esencial para la preservación de la zona de protección del Parque Nacional de Garajonay. ENMIENDA NÚM. 3929 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26 Ministerio de Sanidad. Servicio: 07 Dirección General de Salud Pública. Programa: 313B. Salud Pública, Sanidad Exterior y Calidad. Capítulo: Artículo: 22. Material, suministros y otros. Concepto: 226.11 Campaña Institucional orientada a la normalización de la Fibromialgia, El Síndrome de Fatiga Crónica y la Sensibilidad Química Importe: 75,00 (Miles de euros). BAJA Sección: 26 Ministerio de Sanidad. Servicio: 07 Dirección General de Salud Pública. Programa: 313B. Salud Pública, Sanidad Exterior y Calidad. Capítulo: Artículo: 227. Trabajos realizados por empresas y profesionales Concepto: 227.06 Estudios y trabajos técnicos. Importe: 75,00 (Miles de euros). Justificación: Se precisa de complementar la Campaña Institucional orientada a la normalización de la Fibromialgia, El Síndrome de Fatiga Crónica y la Sensibilidad Química Múltiple aprobada a través de enmienda a los estados financieros del Presupuesto General ENMIENDA NÚM. 3930 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 27 Ministerio de Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 46OA. C15.I01 Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes: Extensión de la banda ancha ultrarrápida Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 78 A familias e instituciones sin fines de lucro (Islas Canarias). Proyecto: Nuevo. Fondo de Ayudas a Familias Canarias para Favorecer la Importe: 20.000,00 (Miles de euros) BAJA Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa: 46OA. C15.I01 Capítulo: 7 Transferencias de capital Artículo: 77 A empresas privadas Importe: 20.000,00 (Miles de euros) Justificación: El Informe de la Diputación del Común establece claramente que en Canarias el 19% de las familias del archipiélago no tiene Corresponde a los poderes públicos impulsar políticas que hagan efectivos los derechos de la ciudadanía en Internet ENMIENDA De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 37. Otras Relaciones Financieras ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 37 Otras relaciones financieras con EE.TT. Servicio: 01. SG de Financiación Autonómica y Local Comunidades Autónomas Programa: 941O. Capítulo: 4 Artículo: 47. A Empresas Privadas Concepto: Nuevo. Actuaciones en Canarias. Subconcepto: Transporte del Plátano de Canarias. Importe: 10.000,00 miles BAJA Sección: 37 Otras relaciones financieras con EE.TT. Servicio: 01. SG de Financiación Autonómica y Local Comunidades Autónomas Programa: 941O. Otras transferencias a Comunidades Autónomas Capítulo: 7 Artículo: 75. A las Comunidades Autónomas Concepto: 759. Convenios para financiar infraestructuras Importe: 10.000,00 miles € JUSTIFICACIÓN: Dar cumplimiento a lo establecido en el ENMIENDA NÚM. 3932 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 37 Otras relaciones financieras con EE.TT. Servicio: 01. SG de Financiación Autonómica y Local Programa: 941O. Otras transferencias a Comunidades Autónomas Capítulo: 4 Artículo: 45. A Comunidades Autónomas. Concepto: Nuevo. Actuaciones en Canarias. Subconcepto: Nuevo. Importe: 3.000,00 miles € BAJA Sección: 37 Otras relaciones financieras con EE.TT. Servicio: 01. SG de Financiación Autonómica y Local Comunidades Autónomas Programa: 941O. Otras transferencias a Comunidades Autónomas Capítulo: 7 Artículo: 75. A las Comunidades Autónomas Concepto: 759. Convenios para financiar infraestructuras Importe: 3.000,00 miles € JUSTIFICACIÓN: La acción 1.9 del POSEI denominada “Ayuda para la 3.500 familias canarias trabajan en la producción del tomate y el pepino. Una actividad que ocupa unas 500 La Las 1. La competencia desleal, principalmente de Marruecos, pero también de Turquía, Egipto y países del Magreb. 2. El incremento desorbitado de los costes de producción y transporte 3. La aparición de recientes plagas y virosis que afectan al cultivo como el daño producido por el mildiu (mancha negra) a inicios de año o el temido “rugoso del tomate” que ya 4. La implantación del Brexit, con la consiguiente pérdida de las ayudas necesarias para continuar exportando a este importante destino. 5. La demora en el abono de las ayudas, que en muchas 6. Y a todo ello se ha venido a sumar la devastación de la COVID, que afectó de pleno a la campaña 20/21. Es fundamental, por tanto, que se consigne esta partida de 3 millones de euros en ENMIENDA NÚM. 3933 De don Fabián Chinea Correa El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENAIRE (Grupo). ENMIENDA De modificación. ALTA Entidad: Comunidad Autónoma: Canarias. Provincia: Santa Cruz de Tenerife. Isla de la Gomera. Proyecto: Nuevo. Dotación e instalación de nuevas infraestructuras y licitación de servicios para el suministro de Importe: 3.000,00 (miles de euros). Presupuesto de Explotación y de Capital. BAJA Presupuesto de capital «estado de flujos de efectivo» Efectivo o equivalentes al Importe: 3.000,00 (miles de euros). Además, deberán adecuarse las cifras del Balance y el resto de las partidas afectadas como consecuencia de las variaciones de Capital efectuadas. Justificación: Es A mayor abundamiento el artículo 4.6 de la Ley 19/1994, de 6 de “… A tal efecto, por la Administración del Estado se garantizará el mantenimiento de la calificación de los mismos como puertos y aeropuertos de interés general, Siendo preceptivo por tanto el que se establezcan las inversiones necesarias para asegurar su operatividad y que se licite el servicio de asistencia de tierra de suministro y almacenamiento de combustible, es básico en El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula una enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-El Portavoz, Javier Ignacio Maroto Aranzábal. ENMIENDA NÚM. 3934 Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP) El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL ENMIENDA De modificación. II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la 14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo Dotar presupuesto para ejecutar obras de El Senador Fabián Chinea Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-Fabián Chinea ENMIENDA NÚM. 3935 De don Fabián Chinea Correa (GPIC) El Senador Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición ENMIENDA De adición. Disposición Adicional Nueva Compensaciones al transporte del plátano de Canarias Las compensaciones se otorgarán sobre el 100 por 100 del coste efectivo del transporte marítimo JUSTIFICACIÓN En lo relativo a la partida La aplicación de la interpretación más restrictiva es la que se viene considerando como válida hasta la fecha actual, y esta circunstancia, no sólo no se ajusta a los principios de nuestro ordenamiento En favor de una compensación total, la Ley 8/2018, de 5 de noviembre, por la que se modificó la Ley 19/1994, de 6 de julio, de 1. Como medida complementaria a la aplicación de las disposiciones del Derecho comunitario en las Islas Canarias relativas a la lejanía y a la insularidad, se establecerá una consignación anual en los Presupuestos Generales del Estado, referida En virtud de dicha modificación legislativa, se extendió la compensación de los costes de transporte al 100 por 100 de éstos, transitándose desde un sistema de compensaciones limitado de abaratamiento del El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-La Portavoz, Mirella Cortès Gès. ENMIENDA NÚM. Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 06. Deuda Pública. ENMIENDA De IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 13.000.000 ALTA Sección: 06 DEUDA PÚBLICA Servicio: 05 OBLIGACIONES DIVERSAS Programa: NUEVO. Otras transferencias a Comunidades Autónomas Artículo: BAJA Sección: 06 DEUDA PÚBLICA Servicio: 01 BONOS, OBLIGACIONES Y OTRAS DEUDAS Programa: 951M Amortización y gastos financieros de la deuda pública en euros Artículo: 9 PROYECTO DE INVERSIÓN CREACIÓN DE UN FONDO EXTRAORDINARIO COVID PARA COMUNIDADES AUTÓNOMAS Justificación de la enmienda Las consecuencias económicas y sociales de la crisis provocada por la COVID-19 seguirán tensionando las ENMIENDA NÚM. 3937 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 3.300 ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 6 BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 873 PROYECTO DE INVERSIÓN Realizar la Justificación de la enmienda La situación La opción del tercer hilo ferroviario a su paso por los municipios de Tarragona ENMIENDA NÚM. 3938 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 D.G. de Carreteras Programa: 453.B. Creación de infraestructuras de carreteras Artículo: 6 BAJA Sección: Servicio: 01 Programa: 451N Artículo: 15 PROYECTO DE INVERSIÓN Construcción de 4 nuevos accesos en la AP-2 para facilitar la movilidad a la población de Justificación de la enmienda Construcción de 4 nuevos accesos en la AP-2 para facilitar la movilidad a la población a la población de las Garrigues y ENMIENDA NÚM. 3939 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO BAJA Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Artículo: 6 PROYECTO DE INVERSIÓN Supresión del estudio de impacto ambiental del Quart Cinturó, B-40 Tramo Proyecto 2006 17 38 10 36 Justificación de la enmienda Supresión de la partida para el Estudio de impacto ambiental. Se considera que la infraestructura no es necesaria ENMIENDA NÚM. 3940 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 26.400 ALTA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 6 PROGRAMACIÓN PLURIANUAL EN MILES DE EUROS: PROYECCIÓN 2023: 26.400 PROYECCIÓN BAJA Sección: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 873 PROYECTO DE INVERSIÓN Realizar la primera fase de la construcción de Justificación de la enmienda Necesidad de conectar el transporte de manera intermodal y de acuerdo con las prioridades estipuladas en los ENMIENDA NÚM. 3941 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 12.000 ALTA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Servicio: 09 Programa: 422B Artículo: 75 BAJA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Servicio: 9 Programa: 464B Artículo: 8 PROYECTO DE INVERSIÓN Muelle de carga y descarga para l’Alta Anoia Justificación de Proyecto que tiene el apoyo de los municipios de la Alta Anoia vecinos de Calaf. Es altamente necesario dotar de un hecho diferenciador a los polígonos de la Alta Anoia, para que sean más competitivos. Esta inversión generaría ENMIENDA NÚM. 3942 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 10.000 ALTA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Servicio: 01 Programa: 422M Reconversión y reindustrialización Artículo: 75 BAJA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Servicio: 09 Programa: 464B Apoyo a la innovación tecnológica Artículo: 832 PROYECTO DE INVERSIÓN Reconversión industrial y social del Bages después del cierre de la actividad minera en Sallent. Justificación de la enmienda El cese de la actividad ENMIENDA NÚM. 3943 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 4.400 ALTA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Servicio: 01 Programa: 422M Artículo: 75 BAJA Sección: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO Servicio: 09 Programa: 464B Apoyo a la innovación tecnológica en el sector de la defensa Artículo: 832 PROYECTO DE INVERSIÓN MINERIA AL BERGUEDÀ Justificación de la enmienda Pago de la deuda a los entes locales de la comarca del Berguedà, Massalcoreig y Seròs, de las ayudas por infraestructuras aprobadas ENMIENDA NÚM. 3944 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 6.000 ALTA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 06 Programa: 456D Artículo: 75 a las comunidades autónomas BAJA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 12 Programa: 451O Artículo: 22706 PROYECTO DE Programa de gestión de arenas litorales en el Delta de l’Ebre Justificación de la enmienda Para hacer aportaciones masivas de arena reforzando los puntos críticos y más vulnerables del Delta de l’Ebre, ENMIENDA NÚM. 3945 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA ENMIENDA De IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 20.000 ALTA Sección: 23 Servicio: 08 Programa: 456B Artículo: 75 BAJA Sección: 23 Servicio: 12 Programa: 451O Artículo: 6 BAJA Sección: 23 Servicio: 12 Programa: 451O Artículo: 22 PROYECTO DE INVERSIÓN Descontaminación de playas del Passeig Marítim de Badalona Justificación de la enmienda Junto con la construcción del paseo marítimo la necesaria estabilización de las playas de la ciudad, exigimos, también la ENMIENDA NÚM. 3946 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 300 ALTA Sección: 24 Servicio: 05 Programa: 337B Artículo: 76 BAJA Sección: 24 Servicio: 06 Programa: 144A Artículo: 22 PROYECTO DE INVERSIÓN Rehabilitación Palau Justificación de la enmienda Típica casa que servía de residencia a los titulares del señorío. Fue mandada edificar por Juan Luis Vives de Cañamás a comienzos del siglo XVII. ENMIENDA NÚM. 3947 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. IMPORTE DE CRÉDITO EN MILES DE EUROS: 142 ALTA Sección: 38 SISTEMAS DE FINANCIACIÓN DE ENTES TERRITORIALES Servicio: 01 Programa: 941O Otras transferencias a Comunidades Autónomas Artículo: 459 Financiación del Estado del coste de la jubilación anticipada BAJA Sección: 38 SISTEMAS DE FINANCIACIÓN DE ENTES TERRITORIALES Servicio: 20 Programa: 941O Otras transferencias a Comunidades Autónomas Artículo: PROYECTO DE INVERSIÓN Financiación del Estado del coste de la jubilación anticipada del cuerpo de Agents Rurals de la Generalitat de Catalunya Justificación de la enmienda En concordancia con la enmienda de El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 5 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año Palacio del Senado, 9 de diciembre de 2021.-La Portavoz, Mirella Cortès Gès. ENMIENDA NÚM. 3948 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA ENMIENDA De modificación. Artículo 20 Se añade una nueva letra h) Las plazas destinadas a alcanzar la plantilla máxima autorizada para los Justificación Se propone incluir como excepción al límite de la tasa de reposición el número de plazas necesarias para lograr el número de ENMIENDA NÚM. 3949 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva Se adiciona una nueva Disposición Disposición adicional X. Modificación del ámbito objetivo y subjetivo del Fondo de Ordenación, compartimento del Fondo de Financiación a Entidades Locales. Uno. Para el ejercicio de 2022, en el Dos. No podrán acogerse a esta medida los municipios que ya fueron incluidos en el acuerdo de la Comisión Delegada del gobierno para Asuntos Justificación Con el objetivo de flexibilizar las condiciones de endeudamiento de las ENMIENDA NÚM. 3950 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva Se adiciona una nueva Disposición adicional X con la siguiente redacción: Disposición adicional X. Cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores. Uno. Excepcionalmente para el ejercicio 2022, las entidades locales Dos. Para la formalización de las nuevas A estos efectos a la solicitud se adjuntará la siguiente documentación: a) El acuerdo del órgano competente de la corporación local, b) El informe del interventor de la entidad local en el que se certifique que la entidad local cumple los Tres. Si la entidad local hubiese cumplido al cierre del ejercicio 2020 con el límite de deuda establecido en los artículos 51 y 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Cuatro. Si la entidad local no hubiese cumplido alguno Cinco. La nueva operación de endeudamiento que se suscriba, de acuerdo con lo previsto en los apartados anteriores, en el plazo de treinta días a contar desde la fecha de su formalización, se Seis. No podrán acogerse Justificación Con el objetivo de flexibilizar las condiciones de endeudamiento de las entidades locales. ENMIENDA NÚM. 3951 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB) El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva. ENMIENDA De adición. Disposición final nueva Se añade una nueva Disposición final X en los términos siguientes: Disposición final X. Modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y vigencia indefinida, se añade una nueva Disposición adicional al Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido «Disposición adicional X. Coeficientes reductores de la edad de jubilación de los miembros del Cuerpo de Agents Rurals de la Generalitat de Catalunya. 1. La edad La aplicación de la reducción de la edad de jubilación prevista en el párrafo anterior en ningún caso dará ocasión a que el interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a los 2. El período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador, de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, se computará Tanto la reducción de la edad como el cómputo, a efectos de cotización, del Las personas que se encuentren en situación administrativa de segunda actividad por razón de la edad, deberán en cualquier caso acogerse a la reducción de la edad de jubilación. Asimismo, mantendrán el derecho a estos mismos 3. En relación con el colectivo al que se refiere esta disposición 4.Anualmente, una vez aprobada la Justificación Habría que equiparar la situación de los Agentes Rurales con la de otros agentes policiales, ENMIENDA NÚM. 3952 Del GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU El GRUPO PARLAMENTARIO ESQUERRA REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva. ENMIENDA De Disposición final nueva Se adiciona una nueva Disposición final X con la siguiente redacción: Disposición final X. Mecanismo de garantía de ejecución de inversiones. El Gobierno, en el plazo de 3 meses, Justificación La aplicación de los Fondos
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
ECOLÓGICA Y EL RETO
bienes destinados al uso general
Estatal con presupuesto limitativo
sostenibilidad energética.
recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder de vista las inversiones pendientes. Es necesario que el total de la inversión se ejecute en 2022 para compensar los años en los que las dotaciones para esta partida presupuestaria
en el territorio valenciano fueron tan escasos que no pudieron desarrollar las actuaciones pertinentes.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
infraestructuras y bienes destinados al uso general
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
del Sector Público Administrativo Estatal con
medidas fiscales para la sostenibilidad energética
de protección, recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder de vista las inversiones pendientes.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
infraestructuras y bienes destinados al uso general
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Sector Público Administrativo Estatal con
fiscales para la sostenibilidad energética
de protección, recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder de vista las inversiones pendientes
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
infraestructuras y bienes destinados al uso general
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Administrativo Estatal con presupuesto limitativo
para la sostenibilidad energética.
recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder de vista las inversiones pendientes. Es necesario que el total de la inversión se ejecute en 2022 para compensar los años en los que las dotaciones para esta partida presupuestaria
en el territorio valenciano fueron tan escasos que no pudieron desarrollar las actuaciones pertinentes.
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
DEL MAR
recuperación de sistemas litorales en Valencia.
ENERGÍA
738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
de €)
de vista las inversiones pendientes.
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
23.06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR
06 4603 Dotaciones para el acceso y uso público de la costa en Valencia
ESTADO DE ENERGÍA
738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
de €)
de vista las inversiones pendientes. Es necesario que el total de la inversión se ejecute en 2022 para compensar los años en los que las dotaciones para esta partida presupuestaria en el territorio valenciano fueron tan escasos que no pudieron
desarrollar las actuaciones pertinentes.
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Construcción de la conexión de la desaladora de Sagunt
DEMOGRÁFICO
Estatal con
sostenibilidad energética.
3508
Ecológica y el Reto Demográfico.
agua
la desaladora de Moncófar al Sur de Castellón y Villareal
DE ENERGÍA
738 A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
Reto Demográfico.
agua
internos
acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
parte del estado del coste total derivado de la construcción y puesta en marcha de las desaladoras de Cabanes-Oropesa.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general
ECOLÓGICA Y EL RETO
Público Administrativo Estatal con
medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
Sol, cada vez que tienen lugar fuertes precipitaciones y temporales que hacen que los vecinos cercanos vean peligrar sus casas.
natural que baja de la montaña, atraviesa el barrio de San Agustín y San Marcos y desciende por el término municipal, alrededor del Hospital General, para encontrar la salida natural al cauce del rio Sec.Sin duda se trata de una de las principales
infraestructuras pendientes de solucionar por parte de las administraciones públicas, sobre todo a lo que refiere a problemas de inundabilidad en el término de Castelló.
aguas del rio Sec, con el objetivo de evitar que la acumulación de agua desborde el cauce en su tramo final, proyecto tantos años aparcado en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Xúquer sin fecha de ejecución conocida.
NÚM. 3511
Ecológica y el Reto Demográfico.
Rambla de Alcalà
Transferencias y libramientos internos
costes del sector eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
Benicarló. Además, afecta en sus crecidas las infraestructuras de la Foya (vía férrea València-Barcelona y la N-340), asimismo provoca inundaciones en zonas urbanas de la población, e hipoteca la seguridad en otros municipios como el núcleo de
Santa Magdalena y el urbanismo en su desembocadura en Benicarló donde, además, bloquea en diferentes carreteras, aislando la comunicación entre municipios turísticos como Peñíscola y Benicarló.
la necesidad de tomar medidas para resolver la situación. Hay que recordar que el marzo de 2007 el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar presentó el proyecto de canalización de la rambla de Alcalà y marcó en dos años el plazo de
ejecución que minimizaría los riesgos en los episodios de fuertes y torrenciales episodios de lluvia.
peligro para la seguridad ciudadana y la afectación económica y social que provoca.
próximos Presupuestos Generales del Estado e incorporar entre las prioridades del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), en el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (*PGRI), la obra de drenaje integral de la
rambla de Alcalà de Xivert según el proyecto que se presentó en su momento hasta su desembocadura en Benicarló.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética
Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas de protección, recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder de vista las inversiones pendientes.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
Inversiones reales
€)
Transferencias de Capital
disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética
gravemente a todo el litoral valenciano. Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas de protección, recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder de vista las inversiones pendientes.
don Carles Mulet García (GPIC)
Demográfico.
Actuación en la costa
Castellón
libramientos internos
eléctrico de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética
regresión de la costa afecta gravemente a todo el litoral valenciano. Es necesario llevar a cabo actuaciones efectivas de protección, recuperación y paralización de la regresión de la costa, sin perder de vista las inversiones pendientes.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Inversiones reales
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: Seguimiento y revisión de los planes hidrológicos de cuenca Importe: 150 (Miles de €)
causa de la sobreexplotación, contaminación y degradación de la cuenca hidrográfica, por lo que es absolutamente necesario impulsar su valorización, recuperación y protección. Según el Observatorio del Vinalopó, este río está a las puertas de su
desaparición, lo que sería una gran pérdida ecológica, histórica y humana. Entre las actuaciones necesarias al paso de este río por Novelda, se encuentran la rehabilitación de la Rambla, facilitar la continuidad a pie entre el barrio de la Estación
y el núcleo urbano, y la realización de mejoras el acceso y condiciones del paraje “els Clots de la Sal”, una zona de baño en nacimientos de agua salada rica en distintos minerales que le confieren propiedades saludables y ha sido
reconocida reciente como Paraje Natural Municipal por la Conselleria de Medi Ambient. El Ayuntamiento ha redactado un proyecto para un anillo verde en el cauce del río Vinalopó, pero necesita financiación para su ejecución, especialmente al
tratarse de una zona fluvial cuya titularidad no es municipal, sino de la Confederación Hidrográfica del Júcar.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
funcionamiento operativo de los servicios
EL RETO DEMOGRÁFICO
18 05 0001 Inventariable informático. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Importe: 54.000 (Miles de €)
importante, ya que sufren el gran problema de la despoblación y no tienen recursos para luchar contra la deuda y para prestar servicios de calidad a los habitantes de los municipios.
(GPIC)
internos
con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
condenadas las playas situadas al sur del puerto de Gandia es una constante que ha alcanzado una situación gravísima que necesita de actuaciones urgentes e inaplazables para mitigar la susodicha regresión provocada por la urbanización salvaje desde
los años 60 de nuestro litoral marítimo que nos ha llevado a una situación límite y que puede poner en riesgo la vida de las personas que en el habitan. Por lo que con esta enmienda exigimos una aportación urgente de 100.000 metros cúbicos
desaparecidos desde que se produjo la borrasca Gloria en enero de 2020 y la construcción urgente de dos estructura rígidas frente a la playa de Bellreguard que retenga dicha arena, así como la regeneración dunar y restitución de los servicios
existentes previamente a la borrasca Gloria.
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
general
RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Resiliencia
afectando a sus estructuras y la playa desaparece tras cada temporal, por lo que urgen actuaciones de defensa y control de la regresión.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
CULTURA Y DEPORTE
culturales y del libro
de proyectos
busto durante cerca de cinco meses en el año 2006 atrajo 380.000 visitantes y supuso una revitalización de la cultura y economía de la ciudad. La vuelta del busto ibérico a Elx se enmarcaría, además, en una necesaria descentralización de los bienes
culturales del Estado y, en este sentido, se sitúa la creación de un museo de arte ibérico que tuviera su sede en Elx.
preparadas para albergar este museo. El lugar donde mejor se entiende el busto íbero es en el entorno de su hallazgo y envuelto en su contexto, su regreso de manera definitiva contribuiría a la recuperación histórica y arqueológica del Camp
d’Elx. También implicaría una serie de acciones de desarrollo cultural y promoción turística alrededor del descubrimiento del busto, así como el reforzamiento del valor cultural de La Alcudia y de los asentamientos de las diferentes
civilizaciones en Elx.
Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
bienes culturales
mantenimiento y divulgación del Palmeral d’Elx
pero que no se ha extinguido, al igual que el resto de plagas que lo amenazan. El Ajuntament d’Elx tiene en propiedad municipal 110.000 palmeras que hasta el día de hoy ha gestionado sin ayuda de otras administraciones.
es, gracias únicamente a su propio esfuerzo, a su sentido de la responsabilidad y al sentimiento de identidad, porque el municipio siempre ha cuidado por sí solo de todos sus valores y bienes, que cuentan a la perfección quienes fueron y quiénes
son. Valores patrimoniales cuya supervivencia se ve en ocasiones en peligro.
mantenimiento y protección del Palmeral d’Elx; que el Ministerio de Agricultura invierta en la lucha contra las plagas que amenazan la supervivencia del Palmeral; y que el Ministerio de Turismo incluya la promoción del Palmeral
d’Elx.
Ministerio de Cultura y Deporte.
Transferencias corrientes
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
largo plazo
cultural esencial en la Comunidad Valenciana, y la segunda pinacoteca del Estado, por lo que es necesario la digitalización de sus fondos.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
CULTURA Y DEPORTE
24 105 0014 Museo de Bellas Artes San Pio V, de Valencia.
General de industrias culturales y del libro
ENISA para la financiación de proyectos
Estado, otros museos reciben transferencias para su funcionamiento, pero no este museo.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
BELLAS ARTES
nuevo Para la digitalización de sus fondos
334C Fomento de las industrias culturales
(Miles de €)
pertenece.
Ministerio de Cultura y Deporte.
Transferencias corrientes
3.000,00 (Miles de €)
a este Museo en el lugar que le pertenece. Su exigua dotación, supone una discriminación absolutamente injustificada, si se compara con el MNAC o el Reina Sofía.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
culturales y del libro
de proyectos
cuenta la cantidad y la calidad de la oferta que dicho centro ofrece a la sociedad valenciana, siendo además desmesurada la desproporción en ayudas públicas existente entre los restantes centros operísticos.
Carles Mulet García (GPIC)
corrientes
DEPORTE
80,00 (Miles de €)
(FSMCV) es una entidad sin ánimo de lucro que tiene por objeto la unión entre las asociaciones que la integran para promover, difundir y dignificar la afición, enseñanza y práctica de la Música, potenciar el asociacionismo y proporcionar a la
sociedad civil un medio de desarrollo y articulación cultural. Los destinatarios de las actividades que realiza la FSMCV son las asociaciones que la componen y, por extensión, los músicos y el público en general.
a 557 sociedades musicales y sus escuelas de música (el 50% de España) con 40.000 músicos, 60.000 alumnos y más de 200.000 socios. Las sociedades musicales, presentes en el 95% de los municipios de Alicante, Castellón y Valencia de más de 500
habitantes, conforman un proyecto social y educativo único en el mundo y son el principal agente cultural de la Comunidad Valenciana.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
DEPORTE
Órgano de Piedra en Novelda
Inversiones Reales Artículo: 62 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios Concepto: 1991 24 101 0005 Adquisición de obras de arte Importe: 200 (Miles de €)
construcción del Órgano de Piedra comenzó en 1993 y aún no ha finalizado por falta de financiación. Esta obra podría devenir en un recurso patrimonial, cultural y turístico de primera importancia. Actualmente está realizado alrededor del 60% del
proyecto y tanto las piezas del órgano como el Santuario donde se ubica son de titularidad municipal: se han instalado las dos patas gigantes, los cascarones de mármol de la estructura y el teclado que haría sonar todo el mecanismo. El mecanismo
interior, compuesto por 704 tubos de piedra, es precisamente lo que falta por realizar. La parte de la obra que ya se ha realizado está instalada en el interior del Santuario de Santa María Magdalena de Novelda, con lo cual el proyecto se encuentra
en un punto de gran interés turístico además de poner en valor la industria de la piedra natural, característica de la comarca. El presupuesto total del proyecto es de alrededor de 1 millón de euros, del cual faltaría en la actualidad
aproximadamente el 50% del presupuesto para su finalización. El Ayuntamiento actualmente ha encargado un nuevo informe técnico independiente (ya existe uno antiguo) para garantizar que el montaje del órgano (de un tamaño y peso considerable) no
afecta a la integridad del Santuario.
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Museos
1.000,00 (Miles de €)
que además serviría para poder deshacer el agravio que supuso el traslado del conjunto escultórico ‘El Calvario’ de Juan de Juni desde Ciudad Rodrigo a Valladolid en 2009, y que en este caso se podría exponer en la Sede planteada para
Ciudad Rodrigo del Museo Nacional de Escultura, junto a otras obras escultóricas que posea el Estado en titularidad o cedidas, algunas de las cuales se hallan almacenadas sin poder ser expuestas o contempladas.
don Carles Mulet García (GPIC)
funcionamiento operativo de los servicios
Dirección General de industrias culturales y del libro
largo plazo a ENISA para la financiación de proyectos
Museo del Prado en Zamora, que permita la exposición de esas obras y dar la posibilidad de disfrutar de parte de los fondos del Museo en el Oeste de España.
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
servicios
industrias culturales y del libro
financiación de proyectos
expuestos al público, almacenados, se propone la creación de una sede del Museo Nacional del Traje en la ciudad de Béjar. Para su ubicación, se propone hacerlo en la antigua Real Fábrica de Paños, si bien de no ser posible, podría instalarse en
cualquiera de las antiguas fábricas de la ciudad.
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
333A Museos
1.000,00 (Miles de €)
sede del Museo Arqueológico Nacional en la ciudad de Astorga.
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Yecla de Yeltes
industrias culturales
creación, por parte del Estado, de un espacio museístico propio que analice el antiguo pueblo vetón en todas sus vertientes, y que debería ubicarse junto a un yacimiento importante vetón, por lo que proponemos la creación del Museo Nacional del
Pueblo Vetón en la localidad de Yecla de Yeltes.
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
333A Museos
Yeltes
FINANCIEROS
del Museo Nacional de la Ganadería y la Dehesa en Villavieja de Yeltes, que contribuiría a atraer turismo al Campo Charro mediante la puesta en valor de la ganadería como proceso histórico, tradicional y económico, así como la dehesa en cuanto a
ecosistema necesariamente unido a la ganadería tradicional.
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
castillo de Sagunt (València)
Recuperación y Resiliencia
€)
Algunos espacios están, literalmente, cayéndose o en ruina, por lo que se está teniendo que proceder a clausurar plazas y otras zonas por no estar, vergonzosamente, adaptadas a todos los públicos.
Mulet García (GPIC)
modificación.
24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
reconocidas como Conjunto Histórico-Artístico, con una señalización específica que haga alusión a ser una localidad con dicho reconocimiento. Por ello, se solicita que se instalen carteles específicos en este aspecto en los accesos hacia Ledesma,
Ciudad Rodrigo y San Felices de los Gallegos en la A-62, a Peñaranda de Bracamonte en la A-50, y a Alba de Tormes, Béjar, Candelario, Montemayor del Río y Puente del Congosto en la A-66, de cara a facilitar el acceso al turismo a dichos conjuntos
históricos.
Ministerio de Cultura y Deporte.
bienes culturales
Cultura y Deporte
seguridad en edificios de los servicios centrales
aquellas localidades de la provincia de Zamora reconocidas como Conjunto Histórico-Artístico, con una señalización específica que haga alusión a ser una localidad con dicho reconocimiento. Por ello, se solicita que se instalen carteles específicos
en este aspecto en la provincia de Zamora en los accesos a Conjuntos Históricos desde la A-66, A-62, A-52, A-11 y A-6, de cara a facilitar el acceso al turismo a dichos conjuntos históricos.
García (GPIC)
modificación.
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios
de €)
con una señalización específica que haga alusión a ser una localidad con dicho reconocimiento. Por ello, se solicita que se instalen carteles específicos en este aspecto en la provincia de León en los accesos a Conjuntos Históricos desde la A-6,
A-66/AP-66, AP-71 y A-60, de cara a facilitar el acceso al turismo a dichos conjuntos históricos.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES
la Minería de Fabero
industrias culturales
ante la falta de un compromiso e impulso real desde administraciones como el Gobierno de España o la Junta de Castilla y León. Por ello, se solicita mediante esta enmienda un impulso por parte del Estado al Parque Temático de la Minería de Fabero,
para la rehabilitación de edificaciones o elementos relacionados con la actividad minera en la localidad que sean susceptibles de integrar dicho parque temático, incluyendo asimismo actuaciones relativas a poner en valor la Gran Corta, en la que han
aparecido diversos fósiles y que supone una especie de “libro geológico”, con un valor que de hecho trasciende el de la actividad minera, dada su importancia geológica.
(GPIC)
operativo de los servicios
industrias culturales y del libro
financiación de proyectos
Ponferrada-Villablino) como Tren Turístico, hecho que se antoja crucial para poder rehabilitar los elementos precisos para el desarrollo de este proyecto, dado el esfuerzo presupuestario insuficiente del gobierno autonómico, que ralentiza el
desarrollo de este proyecto en el que hay implicados seis municipios. Por otro lado, los corrimientos de tierra han dañado gravemente la plataforma de la vía a la altura del punto kilométrico 26,5 desde Ponferrada, en el municipio de Toreno, por lo
que es precisa una intervención de urgencia que la refuerce y evite el desplome de la misma, hecho para el cual se antoja decisiva la implicación del Estado.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
24 M.º DE CULTURA Y DEPORTE
de inversiones de carácter inmaterial
C24.I03 Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales. Cultura
resistía como último baluarte del Reino de León ante Sancho II. Por ello, se solicita al Gobierno que conmemore el 850 aniversario de la liberación del Cerco de Zamora.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
200,00 (Miles de €)
Salamanca, Zamora y León. Por ello, se solicita que el Estado conmemore este bicentenario de la provincia berciana con actividades a lo largo de 2022.
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
de la infraestructura hidráulica romana en El Bierzo
Cultura. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
que pasan por términos municipales como los de Benuza y Puente de Domingo Flórez hacia las minas auríferas de Las Médulas.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
y puesta en valor del complejo ferroviario de La Placa, en Ponferrada
del libro
proyectos
Región Leonesa, urge a acometer obras de reparación en este complejo, cuyas instalaciones se encuentran visiblemente dañadas, habiendo sufrido desprendimientos y con un claro peligro de sufrir más, dado el estado de abandono que sufre este
monumento. Por ello, se hace necesaria una intervención de urgencia que ayude a salvar esta parte del patrimonio ferroviario e industrial, debiendo acometerse reparaciones que desemboquen además en la puesta en valor de este antiguo complejo
ferroviario, de gran valor simbólico e histórico dentro de la historia energética de España y, particularmente, en la historia relacionada con la actividad minera carbonífera en El Bierzo.
(GPIC)
Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
para la excavación y puesta en valor del fuerte de San Carlos de Puebla de Sanabria, lo que sin duda contribuiría a dotar de un atractivo turístico más y de gran importancia a esta localidad.
García (GPIC)
modificación.
desconocimiento que hay respecto a un elemento histórico como es el antiguo búnker conservado en la alquería de Pelagacía, en el municipio de Carbajosa de la Sagrada, se propone su puesta en valor como elemento histórico y arquitectónico, tratándose
de un edificio defensivo con planta en ‘U’, recubierto con sillares de granito. Este bunker fue utilizado en la Guerra Civil por el general alemán Fauper, embajador de la Alemania nazi en la España franquista en 1937.
NÚM. 3546
Deporte.
y Resiliencia
y restos de fortificaciones integradas en las mismas, que ayudaron a la resistencia del ejército republicano frente al franquista durante la primera parte de la Guerra Civil en zonas como Babia o la Montaña Central Leonesa, se propone su puesta en
valor como elemento histórico.
la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
restauración de bienes culturales
cara a que pueda aumentar el turismo cultural relacionado con este tipo de arte, beneficiando económicamente a estas dos comarcas del oriente salmantino.
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
al funcionamiento operativo de los servicios
Resiliencia
la ciudad de Zamora, continuándose en la recuperación de todo su trazado para su puesta en valor, al constituir un gran valor turístico e histórico de la ciudad.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
24 M.º DE CULTURA Y DEPORTE
de inversiones de carácter inmaterial
C24.I03 Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales. Cultura
del Reino de León.
24. Ministerio de Cultura y Deporte.
restauración de bienes culturales
(1ª fase)
2018-2019, siendo convocante del mismo el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y colaborando en el mismo el Ministerio de Cultura y Deporte. Este se basaría en una serie de actuaciones (que canalizaban las propuestas recibidas de
los vecinos en diversas reuniones) a acometer para la rehabilitación de una antigua factoría como escuela de oficios y reordenación del espacio colindante a la iglesia de Santa María del barrio de La Antigua de Béjar. Ha de destacarse el hecho de
que la ciudad de Béjar ha sufrido una brutal despoblación desde el desmantelamiento de su industria textil, con una pérdida del 25% de sus habitantes en las cuatro últimas décadas, siendo precisamente el barrio de La Antigua, el más histórico de la
ciudad, el que más degradado y despoblado se halla en la actualidad, por lo que desarrollar un proyecto como ‘Béjar ante el espejo’ se antoja como vital para dotar de un revulsivo e impulso a esta zona. Asimismo, dada la calidad del
proyecto, reconocida por las propias instituciones del Estado mediante el primer premio del concurso Driehaus, no se entiende que éste no se haya desarrollado y no haya contado con el apoyo de las propias instituciones habida cuenta de la situación
en que se halla Béjar y, más concretamente, el barrio de La Antigua, por lo que se propone mediante esta enmienda que el Estado impulse este proyecto con una partida presupuestaria para 2021 ampliable a próximos ejercicios presupuestarios para
seguir desarrollando este proyecto.
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
aconseja una rehabilitación del inmueble, para lo cual debería acometerse una reforma integral del edificio y su sistema eléctrico, incluyendo asimismo la mejora de la accesibilidad para personas con movilidad reducida. Se insta al Gobierno a
sumarse al proyecto planteado por el ayuntamiento de Zamora y contribuir económicamente de forma decisiva para su ejecución.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
servicios
Resiliencia
que es preciso subsanar.
Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
restauración de bienes culturales
Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
mundial, debido a que los Decreta de las Cortes del Reino de León de 1188 son el testimonio más antiguo del parlamentarismo en el mundo. Este hecho, sin embargo, no ha sido promocionado por parte del Estado adecuadamente. En este aspecto, el
Ministerio de Presidencia, al atesorar la competencia de las relaciones con las Cortes Generales y la puesta en valor de la Memoria Democrática debería impulsar la promoción de este reconocimiento de tanta relevancia así como la propia memoria de
las Cortes del Reino de León de 1188 por su trascendencia universal. Por ello, se propone la creación del Plan de Promoción “Reino de León: Cuna del Parlamentarismo”, que ponga en valor las mencionadas Cortes leonesas de 1188, así
como de forma conjunta las ciudades y villas que participaron en ellas, caso de Ciudad Rodrigo, León, Salamanca, Toro, Ledesma, Zamora, Benavente, Astorga, Alba de Tormes, etc.
Autónomas
Mecanismo de recuperación y resiliencia.
de plazas PIR. Recogiendo las reivindicaciones de las asociaciones de profesionales se propone convocar 250 plazas durante cuatro años, lo que sumaría una dotación plurianual de unos 32 millones de euros y, por tanto, de 8 euros al año.
Sanidad.
Transferencias corrientes
15,000 (Miles de €)
Mecanismo de recuperación y resiliencia
pacientes psiquiátricos es una práctica hospitalaria de último recurso que debe ser abolida. Los pacientes que han sido objeto de contención mecánica muestran tener un peor pronóstico, habiéndose demostrado que la contención mecánica puede causar
lesiones graves e incluso la muerte. La contención mecánica no es una medida coste-efectiva que, además, no disminuye el riesgo de lesiones y bajas entre el personal de enfermería. Hay muchas alternativas sencillas y efectivas entre las que se
encuentra la prevención o la contención física. El objetivo del fondo cero contenciones es proporcionar a las unidades psiquiátricas más recursos para poder sustituir la contención mecánica por este tipo de alternativa más beneficiosas para el
usuario.
Ministerio de Sanidad.
Mecanismo de recuperación y resiliencia
pacientes psiquiátricos es una práctica hospitalaria de último recurso que debe ser abolida. Los pacientes que han sido objeto de contención mecánica muestran tener un peor pronóstico, habiéndose demostrado que la contención mecánica puede causar
lesiones graves e incluso la muerte. La contención mecánica no es una medida coste-efectiva que, además, no disminuye el riesgo de lesiones y bajas entre el personal de enfermería. La creación de un Registro Estatal de Contenciones psiquiátricas
permitiría monitorizar el alcance de esta práctica, sus razones e incluso detectar su uso abusivo lo que sería clave para el desarrollo de protocolos dedicados a su erradicación completa.
(GPIC)
Inversiones reales
€)
4.450 (Miles de €)
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
TRANSFORMACIÓN DIGITAL
BIENES Y SERVICIOS
territorios para favorecer el intercambio de contenidos y compartir productos informativos, culturales y de entretenimiento con otras autonomías
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
la Sociedad de la Información
5.000 (Miles de €)
Información
gestión del sector de las telecomunicaciones
instalaciónes industriales sino solamente una buena infraestructura de comunicaciones.
Transformación Digital.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
implantación y mantenimiento del trabajador autónomo en el medio rural de la Región Leonesa
empresarios autónomos en el mundo rural, dado que esta es la modalidad empresarial que más empleo genera en el país. Esta ayuda a la creación de empleo es más eficiente que subvencionar grandes instalaciones industriales, que son grandes
consumidoras de recursos pero poco generadoras de empleo.
formula la siguiente enmienda a Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
FERROVIARIAS (ADIF)
€)
ATRAQUES Y SUPERFICIES
las actuaciones de ampliación del puerto de València, a que desista del proyecto actual de ampliación Norte del Puerto y a que renuncie a la construcción de una nueva terminal de cruceros junto a los poblados marítimos. Por ello, consideramos
oportuno destinar esa partida de cinco millones de euros a la línea de cercanías Alicante-Murcia que transporta a más de 2,8 millones de viajeros al año, lo que la convierte en una infraestructura especialmente demanda y rentable. Sin embargo, esta
línea se encuentra en un estado obsoleto, ya que es una de las pocas del Estado que no se encuentra electrificada. En este sentido, se requiere una partida destinada de cinco millones a las Cercanías de Alicante para la modernización de la línea y
avanzar las obras de manera significativa.
enmienda a Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
VELOCIDAD (ADIF-AV)
la Autoridad Portuaria de València, bajo la supervisión del ente público Puertos del Estado, en tanto que promotor de las actuaciones de ampliación del puerto de València, a que desista del proyecto actual de ampliación Norte del Puerto y a que
renuncie a la construcción de una nueva terminal de cruceros junto a los poblados marítimos. Por ello, consideramos oportuno destinar esa partida de tres millones a la línea de media distancia Xàtiva –Alcoi de ferrocarril dado que es la
línea más lenta de toda España. El mal estado de las vías (muchas traviesas, todavía son de madera algunas quemadas en los incendios forestales) y los trenes muy obsoletos produce que la velocidad del tren sea muy reducida en algunos tramos, todo
ello ha producido que se hayan perdido muchos viajeros.
la siguiente enmienda a Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
FERROVIARIAS (ADIF)
(Miles de €)
ampliación del puerto de València, a que desista del proyecto actual de ampliación Norte del Puerto y a que renuncie a la construcción de una nueva terminal de cruceros junto a los poblados marítimos. Por ello, consideramos oportuno destinar esa
partida de catorce millones de euros al fortalecimiento y fomento de redes de ferrocarril de corta distancia entre núcleos de población próximos o dentro de las ciudades en las que el transporte público eléctrico es una prioridad de primer grado.
Realizar la conexión ferroviaria entre Castelló y Vinaròs, es una reivindicación histórica de las comarcas de Castellón.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Pajares
velocidad León y Asturias.
Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Huesca-Canfranc
198817049007
internacional del Canfranc.
Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
(ADIF)
el objetivo final de conseguir la conexión ferroviaria entre el Cantábrico-Mediterráneo.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a Valencia Plataforma Intermodal y Logística, S.A., S.M.E., M.P.
S.M.E.,M.P
LOGíSTICA, S.A., S.M.E.,M.P
impacto ambiental en las playas del sur de València a causa de la ampliación del Puerto de Valencia generarían un gran impacto sobre la gestión de los residuos generados por los barcos, la cualidad del aire, los fondos marinos, la fachada litoral
con la erosión de las playas del sur de la ciudad y la salinización del Parque Natural de la Albufera.
la ZAL de València no permitiría que la Punta recupere su papel tradicional de transición entre la ciudad y la Albufera, ni podrá contar con un corredor verde que enlace el antiguo cauce del río Turia con el Parque Natural de la Albufera. Es
necesario facilitar las condiciones de vida y trabajo digno de las personas que todavía viven allí.
urbanizables Parc Sagunt II y adelantar lo proyectado para los años 2023 y 2024.
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Título I. Capítulo I.
población residente en el medio rural en forma de desgravaciones que permitirá incentivar la permanencia de ciudadanos en este entorno al ver reducida su carga impositiva frente a la residencia en las ciudades con el objetivo de promover el
reequilibrio territorial.
dependencia, ruralidad y envejecimiento’
los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio siempre que residan y tengan lugar en zonas alejadas de las ciudades, comunidades rurales económicamente deprimidas y en declive, con
crecimiento vegetativo negativo y con baja densidad poblacional. El límite anual a deducir no podrá exceder de 5.000 euros anuales.
características de municipio despoblado.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Título I. Capítulo I.
carga impositiva a las familiar que residan en el medio rural compensando las menores facilidades a la infancia de que se dispone en este medio frente a las de entorno urbano.
noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como sigue:
Reducciones para personas residentes en el medio rural.
en declive, con crecimiento vegetativo negativo y con baja densidad poblacional. El límite anual a deducir no podrá exceder de 5.000 euros anuales.
los límites y características de estas bonificaciones y beneficiarios.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 105.
Presupuestos Generales del Estado. Cotización en el Sistema Especial para establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, con la siguiente redacción:
las siguientes reducciones en las aportaciones empresariales de los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a la cotización a este Sistema Especial durante los períodos de actividad con prestación de servicios.
los grupos de cotización 2 al 11, la reducción se ajustará a las reglas establecidas en la letra b) del apartado C) del punto 1 de la Disposición adicional segunda de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se
procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social para las aportaciones empresariales de los Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.”
procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social reconoce que la integración de los trabajadores del REASS por cuenta ajena al Régimen
General se debe hacer creando un sistema especial, dentro de éste, que evite un incremento de costes perjudicial para la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias.
agrarios de la misma forma, cuando en la Seguridad Social y para el mismo sector agrario existe esa misma consideración para los trabajadores por cuenta propia, de forma que la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la
integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, crea el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para los trabajadores por cuenta propia agrarios, mayores de 18 años, que reúnan los
siguientes requisitos:
procedente directamente de la actividad agraria realizada en su explotación no sea inferior al 25 por 100 de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado a actividades agrarias o complementarias de las mismas, sea superior a la mitad de su
tiempo de trabajo total.
máxima de cotización establecida en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social.
trabajadores por cuenta ajena, siempre que no se trate de más de dos trabajadores fijos o, de tratarse de trabajadores con contrato de trabajo de duración determinada, que el número total de jornales satisfechos a los eventuales
agrarios no supere los 546 en un año, computado de fecha a fecha.
explotación agraria. En el caso de que en la explotación agraria existan dos o más titulares, en alta todos ellos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se añadirá
al número de trabajadores o jornales previstos en el párrafo anterior un trabajador fijo más, o 273 jornales al año, en caso de trabajadores eventuales, por cada titular de la explotación agraria, excluido el
primero.
17/2008 establece que para las contingencias comunes el tipo de cotización aplicable será del 18,75 por 100, mientras que para los que no están incluidos en dicho Sistema Especial el tipo de cotización aplicable es del
26,50 por 100.
perjudicial para la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que son titulares los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, las cuales usan básicamente trabajadores eventuales, ya que mientras en las propuestas del Ministerio de noviembre de 2010 el tipo de cotización por
contingencias comunes a cargo del empresario era del 21,60 por ciento y con las bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los trabajadores eventuales y fijos alcanzaba su máximo el año 2027; ahora el
proyecto de ley, tras la negociación que ha mantenido fuera de la misma a las organizaciones profesionales agrarias representativas de los trabajadores por cuenta propia agrarios, el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo
del empresario pasa al 23,60 por ciento y con las bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los trabajadores eventuales alcanzará un incremento del 102% el año 2018 y su máximo el año 2031 con
un incremento del 148%, mientras que para los trabajadores fijos alcanzará su máximo el año 2031 con un incremento solo del 68% (5 años más tarde).
costes, como el previsto en la ley, influiría de forma muy perjudicial en la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que son titulares los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para
Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la propuesta es el equivalente, para los empresarios trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, mediante bonificaciones de no sobrepasar el 18,75% respecto al 23,60% propuesto por el
Gobierno en el proyecto de ley.
la Disposición adicional centésima vigésima tercera
muy baja, en concreto aquellas con una densidad de población inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado, así como velará por el desarrollo de planes de acción concretos que permitan contrarrestar en dichas zonas las dificultades demográficas,
que comenzarán en 2023, en Teruel, Soria y Cuenca.
manera global los desequilibrios territoriales.
las ayudas, además se añade una propuesta para aquellas zonas que, a pesar de tener el mismo problema, se ven excluidas por no pertenecer a las provincias incluidas en el programa europeo.
(GPIC)
adicional nueva:
respuesta a una demanda unánime de los grupos políticos representados en las Cortes de Aragón y no supondrá un cambio en los Presupuestos Generales del Estado para 2022 porque con las necesarias modificaciones legales se imputarían las primeras
inversiones para los Presupuestos Generales del Estado para 2023.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
(previsto en el artículo 108 del estatuto de autonomía de Aragón) y la evaluación de la denominada “Deuda Histórica” del Estado con Aragón.
Aragón. No supone ningún aumento de gasto para los Presupuestos Generales del Estado de 2022
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
mantenimiento del Sistema de Atención a las personas en situación de dependencia en Aragón, según lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación
de dependencia de España.
Presupuestos Generales del Estado para 2022. Además, se trata de dar cumplimiento a lo acordado en las Cortes de Aragón.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
modelo de financiación autonómica, contando con todas las CCAA y en el marco del Consejo de Política Fiscal y Financiera al objeto de establecer un sistema que permita disponer de los recursos suficientes para prestar los servicios y desarrollar las
competencias encomendadas a la Comunidad Autónoma de Aragón.
aumento de gasto en los Presupuestos Generales del Estado para 2022.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se modifica en los apartados 1b) y 2a), resultando la siguiente redacción:
funcionamiento.
gestión y administración del Registro Especial de Buques y Empresas Navieras se realizará a través de tres oficinas de gestión, adscritas al Ministerio de Fomento, una con sede en Las Palmas de Gran Canaria, otra con sede en Santa Cruz de Tenerife y
una última con sede en Melilla, incardinadas en las Capitanías Marítimas de las provincias citadas.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
producción agrarios
producción agrícola, ganadera y forestal, excepción hecha de los que ya se les aplica un IVA super reducido.
texto:
del Impuesto sobre el Valor Añadido:
específicamente en los apartados uno y dos del artículo 91, sin tener en cuenta las excepciones allí previstas, para el resto de los bienes y servicios utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal se
aplicará el tipo impositivo reducido previsto en el punto 1 del apartado uno del artículo 91.”
alimentos a los consumidores a precios razonables. El encarecimiento de los costes de producción en general y, en particular, de la energía, los piensos, los fertilizantes y los fitosanitarios en los últimos años ha
puesto en una situación límite a las pequeñas y medianas empresas de producción de productos agrícolas, ganaderos y forestales, base de la producción española. La aplicación de un IVA reducido,
prevista el Anexo H de la Directiva europea sobre dicho impuesto, contribuirá a dar un tratamiento fiscal más acorde con los objetivos a alcanzar en este sector.
nueva disposición adicional con la siguiente redacción:
integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social.
siguientes reglas:
euros mensuales o a 42,90 euros por jornada realizada, las reducciones a aplicar, en puntos porcentuales de la base de cotización, serán las establecidas en la siguiente tabla:
bases de cotización superiores a las cuantías indicadas en la regla anterior y hasta 1.800 euros mensuales o 78,26 euros por jornada realizada, les serán de aplicación según el tipo de empresario, durante el
período 2012-2021, el porcentaje resultante de aplicar las siguientes formulas:
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: (las mismas formulas del texto del proyecto de ley, a las que se substituye el 6,15% por el 6,44%)
período 2022 – 2030, las reducciones a aplicar en puntos porcentuales de la base de cotización serán las resultantes de las siguientes formulas:
TrabajadoresytrabajadorasporcuentapropiaincluidosenelSistemaEspecialpara Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: (la misma fórmula del texto del
proyecto de ley, a la que se substituye el 8,1% por el 12,95%)
incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y del 8,10 por ciento para el resto de empresarios.
cotización por bases mensuales, cuando los trabajadores inicien o finalicen su actividad sin coincidir con el principio o fin de un mes natural, las reducciones a que se refiere esta letra C) serán proporcionales a los días
trabajados en el mes.”
Seguridad Social reconoce que la integración de los trabajadores del REASS por cuenta ajena al Régimen General se debe hacer creando un sistema especial, dentro de éste, que evite un incremento de costes perjudicial para la
competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias.
trabajadores por cuenta propia, de forma que la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial
de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, crea el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
para los trabajadores por cuenta propia agrarios, mayores de 18 años, que reúnan los siguientes requisitos:
realización de actividades agrarias u otras complementarias, siempre que la parte de renta procedente directamente de la actividad agraria realizada en su explotación no sea inferior al 25 por 100 de su renta total y el tiempo de
trabajo dedicado a actividades agrarias o complementarias de las mismas, sea superior a la mitad de su tiempo de trabajo total.
superen la cuantía equivalente al 75 por 100 del importe, en cómputo anual, de la base máxima de cotización establecida en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social.
de labores agrarias de forma personal y directa en tales explotaciones agrarias, aun cuando ocupen trabajadores por cuenta ajena, siempre que no se trate de más de dos trabajadores fijos o, de tratarse de trabajadores con contrato de trabajo
de duración determinada, que el número total de jornales satisfechos a los eventuales agrarios no supere los 546 en un año, computado de fecha a fecha.
ajena a que se refiere el párrafo anterior se entienden aplicables por cada explotación agraria. En el caso de que en la explotación agraria existan dos o más titulares, en alta todos ellos en el Régimen Especial
de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se añadirá al número de trabajadores o jornales previstos en el párrafo anterior un trabajador fijo más, o 273 jornales al año, en caso de
trabajadores eventuales, por cada titular de la explotación agraria, excluido el primero.
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la Ley 17/2008 establece que para las contingencias comunes el tipo de cotización aplicable será del 18,75 por 100, mientras que para los que no
están incluidos en dicho Sistema Especial el tipo de cotización aplicable es del 26,50 por 100.
organizaciones sindicales y empresariales más representativas, empeoraron el incremento de costes perjudicial para la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que son titulares los trabajadores por cuenta propia
agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, las cuales usan básicamente trabajadores eventuales, ya que
mientras en las propuestas del Ministerio de noviembre de 2010 el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo del empresario era del 21,60 por ciento y con las bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los
trabajadores eventuales y fijos alcanzaba su máximo el año 2027; ahora el proyecto de ley, tras la negociación que ha mantenido fuera de la misma a las organizaciones profesionales agrarias representativas de los trabajadores
por cuenta propia agrarios, el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo del empresario pasa al 23,60 por ciento y con las bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los trabajadores eventuales
alcanzará un incremento del 102% el año 2018 y su máximo el año 2031 con un incremento del 148%, mientras que para los trabajadores fijos alcanzará su máximo el año 2031 con un incremento solo del 68%
(5 años más tarde).
son titulares los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la propuesta es el
equivalente, para los empresarios trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos,
mediante bonificaciones de no sobrepasar el 18,75% respecto al 23,60% propuesto por el Gobierno en el proyecto de ley.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
redacción:
artículo 324 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, con la siguiente redacción:
especial los trabajadores a que se refiere el artículo anterior que reúnan los siguientes requisitos:
realización de actividades agrarias u otras complementarias, siempre que la parte de renta procedente directamente de la actividad agraria realizada en su explotación no sea inferior al 25 por ciento de su renta total y el tiempo de
trabajo dedicado a actividades agrarias o complementarias de las mismas, sea superior a la mitad de su tiempo de trabajo total.
superen la cuantía equivalente al 75 por ciento del importe, en cómputo anual, de la base máxima de cotización al Régimen General de la Seguridad Social vigente en el ejercicio en que se proceda a su
comprobación.
coticen con la modalidad de bases mensuales o, de tratarse de trabajadores que coticen con la modalidad de bases diarias, a las que se refiere el artículo 255, que el número total de jornadas reales efectivamente realizadas no supere
las quinientas cuarenta y seis en un año, computado desde el 1 de enero a 31 de diciembre de cada año. El número de jornadas reales se reducirá proporcionalmente en función del número de días de alta
del trabajador por cuenta propia agrario en este Sistema Especial durante el año natural de que se trate.
entienden aplicables por cada explotación agraria. En el caso de que en la explotación agraria existan dos o más titulares, en alta todos ellos en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrarios del
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se añadirá al número de trabajadores o jornales previstos en el párrafo anterior un trabajador más con cotización por bases
mensuales, o doscientos setenta y tres jornales al año, en caso de trabajadores con cotización por jornadas reales, por cada titular de la explotación agraria, excluido el primero.
requisitos establecidos en las letras a) y b) se podrá tomar en consideración la media simple de las rentas totales y de los rendimientos anuales netos de los tres ejercicios económicos inmediatamente anteriores a aquel en que
se efectúe su comprobación, con la excepción del ejercicio o ejercicios afectados por circunstancias excepcionales tenidas en cuenta en aplicación de la normativa reguladora del Impuesto de la Renta de las Personas
Físicas, en estos casos se tendrá en cuenta el ejercicio o ejercicios inmediatamente anteriores no afectados por tales circunstancias.
agraria el conjunto de bienes y derechos organizados por su titular en el ejercicio de la actividad agraria, y que constituye en sí misma unidad técnico-económica, pudiendo la persona titular o titulares de la explotación
serlo por su condición de propietaria, arrendataria, aparcera, cesionaria u otro concepto análogo, de las fincas o elementos materiales de la respectiva explotación agraria.
agraria el conjunto de trabajos que se requiere para la obtención de productos agrícolas, ganaderos y forestales.
parte de la agricultora o agricultor de la producción propia sin transformación o la primera transformación de los mismos cuyo producto final esté incluido en el anexo I del artículo 38 del Tratado de
funcionamiento de la Unión Europea, dentro de los elementos que integren la explotación, en mercados municipales o en lugares que no sean establecimientos comerciales permanentes, considerándose también la actividad
agraria toda aquella que implique la gestión o la dirección y gerencia de la explotación.
consecuencia de elección pública, en instituciones de carácter representativo, así como en órganos de representación de carácter sindical, cooperativo o profesional, siempre que estos se hallen
vinculados al sector agrario.
siempre y cuando no sea la primera especificada en el apartado anterior, así como las relacionadas con la conservación del espacio natural y protección del medio ambiente, el turismo rural o agroturismo, al igual que las
cinemáticas y artesanales realizadas en su explotación.”
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, previo a la promulgación del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, se corresponde al Acuerdo sobre encuadramiento y
cotización a la Seguridad Social de los trabajadores agrarios por cuenta propia, formalizado el 20 de octubre de 2005, por parte del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y las
Organizaciones Agrarias, tal y como queda recogido en el primer párrafo del apartado II del preámbulo de la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del
Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
1 y 2 del artículo 324 plasmada en la parte final del párrafo 14 del apartado V del preámbulo del Real Decreto- ley 15/2020, se encuentra que “mejorará las perspectivas de viabilidad del sector, contribuyendo al
establecimiento de una visión globalizada de todos los componentes de la explotación familiar agraria, con especial incidencia en la incorporación de las mujeres y de los jóvenes, como base esencial para el desarrollo
futuro del campo”, precisamente, al no tener en cuenta la cotitularidad (fomentada legislativamente mediante la Ley 35/2011) en las explotaciones familiares agrarias o todos sus componentes o las consecuencias en la necesidad de
contratación de mano de obra asalariada derivada de una incapacidad temporal de larga duración, se le daba una redacción contraria a los propios objetivos que la justificaban. Por ello, se rectificó a los pocos
días, mediante la Disposición final sexta del Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias
para paliar los efectos del COVID-19. Pero en la tramitación como proyecto de ley de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (procedente del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril) se debe volver a
incluir la modificación introducida mediante la Disposición final sexta del Real Decreto-ley 19/2020, para que no pierda vigencia la rectificación con la aprobación del proyecto de ley.
quien es un pequeño agricultor debe mantener su correspondencia con un grado y un nivel de ingresos procedentes de las actividades agrarias y complementarias de la explotación agraria, tal y como se recoge en el Acuerdo sobre
encuadramiento y cotización a la Seguridad Social de los trabajadores agrarios por cuenta propia, formalizado el 20 de octubre de 2005, ya que las especialidades de cotización del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia
Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, solo se deben mantener para explotaciones con rendimientos mayoritariamente procedentes de las actividades agrarias y complementarias de la
explotación y que, a su vez, su rendimiento neto por titular no supere el 75%, en cómputo anual, de la base máxima de cotización al Régimen General de la Seguridad Social vigente.
se deban contemplar las circunstancias excepcionales que pueden afectar a las explotaciones agrarias, como acertadamente se indica en el preámbulo del Real Decreto-ley 15/2020 respecto a las consecuencias derivadas del COVID19, pero muy
desacertadamente en su formulación legal. Ya que la redacción dada al artículo 324 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, permite a titulares de
explotaciones agrarias con rendimientos netos superiores a la media de rendimientos netos de otras actividades o con respecto a la base máxima de cotización al Ré
gimen General de la Seguridad Social y con poca mano de obra asalariada, disponer de especialidades de cotización que no le deben corresponder debido a su capacidad contributiva.
a tres, por un lado, para simplificar el control y aplicación de los requisitos de renta y, por otro lado, para hacerlo concordante con lo establecido por la Comisión Europea para determinar el grado de afectación al tener en
cuenta circunstancias excepcionales en las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01).
adición.
3 meses, el mecanismo de transferencia de fondos entre programas previsto en el Real Decreto 1080/2014, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen de coordinación de las autoridades de gestión de los programas de
desarrollo rural para el período 2014- 2020, para introducir un mecanismo de trasvase de fondos FEADER para los ejercicios presupuestarios 2021, 2022, 2023 y 2024 de manera que usando la regla n+2 para los fondos FEADER programados en los
respectivos 18 programas de desarrollo rural (autonómicos y estatal) de 2019 a 2022 se transfieran los fondos no usados bajo esa regla a las comunidades autónomas que hayan cumplido de forma óptima con sus ejecuciones.
regla n+3 exclusivamente para medidas plurianuales que lo requieran motivadamente, como el pago de la prima de incorporación de jóvenes agricultores o de los compromisos vigentes de agroambiente y clima y agricultura y ganadería
ecológicas.
de fondos correspondientes a la Administración General del Estado.
absoluto operativo. Para las Comunidades Autónomas con mayor ritmo de ejecución resulta arriesgado “sobreprogramar” por encima de sus asignaciones con objeto de beneficiarse de eventuales ejecuciones minoradas en otros
territorios, ante la posibilidad de que finalmente las cantidades sean reclamadas por las regiones a las que inicialmente fueron adjudicadas. Este sistema se ha revelado inútil y los retrasos en la puesta en marcha de las medidas en algunos
Programas de Desarrollo Rural y la baja ejecución ponen ya actualmente en riesgo el total aprovechamiento de los fondos disponibles.
derivados del instrumento Next Generation EU.
vez que se recuperan los saldos aun no ejecutados de las anualidades programadas de 2019 a 2022, cuando los agricultores y ganaderos españoles deberán incorporar nuevos costes o realizar inversiones derivadas de los ambiciosos retos
ambientales y de desarrollo sostenible que la Unión Europea se ha fijado o comprometido internacionalmente.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
2021, la siguiente disposición adicional:
Disposición final segunda del Real Decreto-Ley 5/22020 y Ley de Medidas Urgentes en materia de agricultura y alimentación, que queda redactada como sigue:
efectos.
y, en cualquier caso, tendrá efectos y será aplicable en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los importes cobrados a partir del 1 de enero de 2020, debiendo
prorratearse solo dichos importes cobrados de la primera instalación de jóvenes agricultores en base a la regla del apartado uno del artículo segundo.”
aplicación a las solicitudes presentadas a partir de la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive.”
medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación que del mismo procede por tramitación legislativa, contemplan en su artículo segundo la posibilidad de imputar por cuartas partes las ayudas a la primera
instalación de jóvenes agricultores. La enmienda pretende extender la aplicación de la medida para aquellos jóvenes que habiendo solicitado las ayudas a la incorporación previamente a la entrada en vigor de la
norma, no hayan percibido aún las correspondientes subvenciones, ya que la redacción del proyecto de Ley les deja fuera de sus beneficios.
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Presupuestos Generales del Estado de 2021, las siguientes disposiciones adicionales:
de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario.
organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, queda modificado en los siguientes términos:
sexta, con la siguiente redacción.
necesaria la continuidad de una interlocución eficaz e imparcial con las organizaciones profesionales agrarias, mantendrá hasta la constitución del Consejo Agrario, un marco de consultas y colaboración similar para
aquellas organizaciones que hayan acreditado una representación de al menos el diez por ciento en los procesos electorales agrarios autonómicos celebrados con posterioridad a la presente Ley.”
XX. Marco temporal para la definición del nuevo mecanismo de representatividad.
Parlamento un proyecto de Ley de reforma en el ámbito de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias.
12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, con fecha de entrada en vigor a los 20 días de su
publicación.
dispuesto en esta Ley.
finalidad de asesorar a la Administración General del Estado en las cuestiones de interés general agrario y rural.
cual el Consejo Agrario se compone de diez consejeros nombrados por el titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a propuesta de las organizaciones agrarias más representativas, de acuerdo con los resultados
obtenidos en la consulta prevista en el artículo 2.1 de la Ley.
desarrollo de la presente Ley.
representativas para las organizaciones que ya la tuvieran reconocida, todo ello al amparo de la Ley 10/2009, de 20 de octubre, que en todo lo demás resulta derogada por la Ley 12/2014, de 9 de julio, que es la que en este momento se
encuentra vigente.
aventurar ningún horizonte para la celebración de la consulta prevista en la misma.
Deberes Legales» por parte del Defensor del Pueblo, sobre el respeto debido a la obligación de convocar una nueva consulta para determinar la representatividad de las organizaciones agrarias de acuerdo con lo previsto en la Ley 12/2014, de 9
de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, tal y como establece su artículo 2.2; y la consecuente
«Recomendación» de desarrollar el marco reglamentario que lo posibilite.
Comité Asesor Agrario y la condición de «más representativas» para tres organizaciones particulares y concretas— que debía tener un carácter meramente transitorio.
por la decisión del Gobierno de no desarrollar reglamentariamente la Ley, que otras organizaciones agrarias puedan alcanzar el reconocimiento de «más representativas» por la vía de las urnas y, en su caso, contar con
representación en el Consejo Asesor Agrario, así como en el resto de órganos consultivos para cuya participación se requiere dicho reconocimiento.
la entrada en vigor de la Ley 12/2014, de 9 de julio, se han llevado a cabo procesos electorales en las Comunidades Autónomas de Cataluña (2016), Extremadura (2017), Castilla y León (2018) y Madrid (2019), cuyos censos suman un
29,4 % del censo nacional de profesionales agrarios, lo que constituye una muestra ciertamente representativa. Hay cuatro organizaciones profesionales agrarias que han concurrido a dichas consultas, a través de sus entidades territoriales,
con los siguientes resultados1: ASAJA 35,55%; Unión de Uniones, 33,30%; COAG, 16,24% y UPA, 14,91%.
aplicación de la Disposición transitoria única de la Ley; puesto que, en base a dicha disposición transitoria se mantiene la condición de «más representativas» en equidad (33-33-33) a tres organizaciones,
ASAJA, UPA y COAG, mientras queda fuera del marco institucional de interlocución Unión de Uniones, que es la segunda en número de votos.
participación de las diferentes organizaciones agrarias, en coincidencia, además, con la negociación y debate sobre asuntos fundamentales para los representados (agricultores y ganaderos) como la Reforma de la PAC, la
revisión de la Ley de la Cadena Alimentaria y otros asuntos, igualmente trascendentes, aunque de carácter coyuntural, como la legislación extraordinaria en relación a la lucha contra la epidemia del COVID-19.
actual Gobierno, a través del titular de la cartera de Agricultura, Pesca y Alimentación, se ha expresado en diferentes sitios y por diferentes medios, a favor de abrir un espacio de reflexión al objeto de establecer un sistema
consensuado de determinación barajando tanto el desarrollo reglamentario de la vigente Ley, como su posible modificación o incluso su derogación.
resultaría en absoluto adecuado, abrir ese espacio de reflexión sobre un posible nuevo sistema consensuado de determinación de la representatividad, sin que todas las partes implicadas participen en el mismo plano y en equidad
de condiciones; ya que ello coloca a las organizaciones que hoy se benefician del marco de interlocución institucional en una posición privilegiada para influir en la definición del sistema en detrimento de los intereses de
aquella que no goza de dicha posición.
vista de que el escenario real de representatividad según las consultas regionales llevadas a cabo difiere del institucionalmente instalado y habida cuenta de que corregir esta situación no tendría por qué ocasionar
alteraciones ni inconvenientes en la agenda política del MAPA, es procedente abordar su solución en un horizonte temporal razonable y establecer, hasta que se disponga del mismo, el mismo marco institucional de interlocución
para todas aquellas organizaciones que han acreditado una representatividad significativa.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
las Explotaciones Agrarias para adecuar la edad de los titulares de explotaciones prioritarias a las normas en materia de seguridad social.
siguiente texto:
adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
explotación prioritaria y, consecuentemente los beneficios que ello reporta a su titular, la edad del mismo debe estar comprendida en el caso de personas físicas entre los 18 y los 65 años.
aprobación de dicha ley, la edad de 65 años constituía la edad ordinaria de jubilación. No obstante, los cambios introducidos en las normas sobre Seguridad Social prolongan la actividad hasta más allá de
dicho umbral, hasta los 67, en función de que se den determinados supuestos.
alcanzados los 65 años se vería privado de los mismos, pese a que legalmente aún puede estar impedido de acceder a la jubilación.
mantenerse legalmente activo, poder alcanzar la consideración de explotación prioritaria.
instrumentadas por las administraciones públicas.
la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Planificación de infraestructuras fotovoltaicas en suelos de interés agrícola.
territorio de suelos de interés agrícola para complementar el existente en función de su sensibilidad ambiental, a los efectos de establecer zonas no idóneas o poco aptas para la implantación de proyectos de
infraestructuras fotovoltaicas u otros tipos de parques de energías renovables de grandes dimensiones.
desde el punto de vista agraria sin la evaluación del impacto generado por las afecciones agrarias de dichos proyectos.
desarrollará los parámetros necesarios para establecer la zonificación contemplada en el punto 1 y los criterios de evaluación necesarios.
incrementado de manera notable el número de parques de energías alternativas instalados, lo que ha supuesto una creciente presión sobre la superficie agraria, que está provocando diversas problemáticas para los
agricultores y ganaderos (p.ej., aumento del precio de la tierra, dificultades en el acceso a jóvenes, daños a la biodiversidad). Se espera que próximamente, dados los ambiciosos objetivos europeos marcados para 2030 y 2050
(actualmente se producen 9.071 MW de renovables y se espera llegar a los 39.181 MW en 2030 y a 95.900 MW en 2050), la instalación de estos parques se incremente todavía más, por lo que es preciso definir el modelo a implantar a
nivel estatal en el corto medio plazo.
deben adoptarse medidas que permitan un crecimiento atenuado y racional de la producción energética de fuentes alternativas, con visión de conjunto, salvaguardando las zonas de alto valor natural y de interés agrario y
priorizando la instalación de los parques de energía en zonas menos productivas y urbanas.
renovables a nivel estatal, serán necesarias unas 15.000 hectáreas de superficie adicionales para lograr alcanzar los objetivos marcados en 2030 a nivel energético (a las que habría que sumar 28.360 hectáreas
adicionales para 2050), por lo que es preciso analizar y evaluar con detenimiento su localización para evitar efectos perversos secundarios en la actividad agraria. Asimismo, es fundamental evitar la concentración de infraestructuras
y limitar las hectáreas dedicadas por municipio para asegurar esa senda de crecimiento racional, así como favorecer la implicación de las personas del territorio e incentivar la generación de energía mediante
biomasa forestal para aumentar el impacto socioeconómico de la producción de energía en las zonas rurales.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de calidad y promover la igualdad, la cohesión social y la vertebración del territorio, impulsará un fondo específico nuevo para financiar el transporte metropolitano de Zaragoza, favoreciendo la
intermodalidad con la mejora del servicio de cercanías existente, creando una nueva línea Norte-Sur, en conexión con el transporte por autobús y la nueva red de carriles bici.
personas de Zaragoza y su área metropolitana. No supone un incremento de gasto porque se imputaría este fondo en los Presupuestos Generales del Estado de 2023
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Gobierno de España a fin de garantizar el derecho a la movilidad en el conjunto del territorio de Aragón en condiciones de calidad y promover la igualdad, la cohesión social y la vertebración del territorio, impulsará un fondo específico para
financiar el transporte interurbano de autobús en Aragón
Estado para 2023
adicional nueva.
despliegue con una inversión desde lo público, priorizando así el derecho por encima de la rentabilidad y garantizando el acceso a aquellas personas que viven en zonas despobladas.
se imputaría este fondo a los Presupuestos Generales del Estado para 2023-
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
mineras aragonesas que cuente con la suficiente dotación económica y los plurianuales correspondientes para conseguir una alternativa sostenible para las zonas afectadas por el cierre de la central térmica de Andorra dentro del Marco de Actuación
para la Minería del Carbón y las Comarcas Mineras en el período 2013-2018, dentro del marco del Real Decreto-Ley 25/2018, de 21 de diciembre, de medidas urgentes para una transición justa de la minería del carbón y el desarrollo sostenible de las
comarcas mineras, por el que se instrumenta el nuevo Acuerdo Marco, suscrito el 24 de diciembre para el período 2019- 2027, y que da continuidad a la política de reactivación de las comarcas mineras
de manera coordinada con todas las administraciones públicas implicadas tratando de lograr fondos de la UE.
el anunciado cierre de la central térmica de Andorra.
Carles Mulet García (GPIC)
pendientes de asumir por Aragón tras la última reforma estatutaria.
de 2022.
adicional nueva.
que todavía permanecen los efectos de todo tipo de esta pandemia ( económicos, sociales y sanitarios) es preciso realizar un nuevo esfuerzo económico, por parte del Gobierno de España, para colaborar con los territorios para la salida de la crisis
sin dejar a nadie , ni a ningún lugar atrás.
Mulet García (GPIC)
ubicación en sus territorios de obras e instalaciones de aprovechamientos hidroeléctricos.
los Gobiernos autónomos y a los ayuntamientos de las zonas implicadas.
destinadas a la restitución económica, medioambiental y social de los municipios afectados por obras hidráulicas e hidroeléctricas, con el objetivo de que los rendimientos que obtenga el organismo de cuenca, procedentes de la explotación de
aprovechamientos hidroeléctricos (previa extinción o no de derechos concesionales de terceros) o de las reservas de energía, se destinen a la restitución económica, medioambiental y social de estos municipios. No afectaría al apartado de gastos de
los Presupuestos Generales del Estado de 2022 porque durante el próximo año se elaborarían los planes.
zonas que durante décadas han estado soportando la servidumbre de estas infraestructuras.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
un programa de actuación específico, necesario para un territorio con graves problemas de despoblación, baja densidad y altas tasas de envejecimiento poblacional . Dada la diversidad de programas existentes de apoyo público sería necesario
enmarcarlos en un contexto general.
articulado
adición.
mantenimiento y conservación de las mismas en el marco de la distribución de fondos de los actuales Presupuestos Generales del Estado.
llevadas a cabo, se tendría que pagar ahora por este canon.
formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Ley de Clases Pasivas, actualmente vigente tras ser modificado mediante la ley de Presupuestos generales del Estado 3/2017, que quedaría del siguiente modo:
que se refiere este Capítulo, serán incompatibles con el desempeño de un puesto de trabajo o alto cargo en el sector público por parte de sus titulares, entendido éste de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo
1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (RCL 1985, 14) , de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
remuneración con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los Entes, Organismos y Empresas de ellas dependientes o con cargo a los de los órganos constitucionales.
derecho de contenido económico derivado, directa o indirectamente, de una prestación o servicio personal, sea su cuantía fija o variable y su devengo periódico u ocasional.
incompatibilidad las excepciones contempladas en el artículo 19 y en la disposición adicional novena de la Ley 53/1984 y, en el caso de que no se perciban retribuciones periódicas por el desempeño de cargos electivos como miembros de las Asambleas
Legislativas de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones Locales, las previstas en el artículo 5 de la misma Ley.
RD 2005/1986, tanto a efectos de la Ley de Clases Pasivas como de la Ley General de Seguridad Social.
por cuenta propia o ajena, que dé lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social.
contemplado en la letra a) del artículo 28.2 del presente texto refundido, será compatible con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que dé lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social, en
los siguientes términos:
aplicable al haber regulador a efectos de determinar la cuantía de la pensión debe ser del cien por cien.
en el reconocimiento inicial, una vez aplicado, si procede, el límite máximo de pensión pública, o el que el pensionista esté percibiendo en la fecha de inicio de la actividad, excluido, en todo caso, el complemento por mínimos, que no se podrá
percibir durante el tiempo en que se compatibilice pensión y actividad.
compatible, el importe de la pensión más las revalorizaciones acumuladas se reducirá en un cincuenta por ciento.
con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que dé lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social.
pensiones de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, cuando el interesado no esté incapacitado para toda profesión u oficio, se podrá compatibilizar el percibo de la pensión con el desempeño de dicha actividad
siempre que sea distinta a la que venía realizando al servicio del Estado. En este caso, y mientras dure dicha situación, el importe de la pensión reconocida, se reducirá al 75 por ciento de la correspondiente cuantía, si se acreditan más de 20
años de servicios efectivos al Estado; o al 55 por ciento, si el interesado hubiera cubierto menos de 20 años de servicios al momento de su jubilación o retiro.
señaladas en los apartados anteriores quedará en suspenso por meses completos, desde el día primero del mes siguiente al inicio de la actividad que determina la incompatibilidad hasta el último día del mes en que se finalice, sin que ello afecte a
los incrementos que deban experimentar tales pensiones, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de este texto.
primero de un mes la suspensión del abono procederá desde el día primero del mes en que se realice la actividad incompatible.
de la pensión se llevará a cabo por meses completos, con los efectos señalados en los párrafos anteriores.
reglamentariamente se determine, a efectos de la aplicación de las normas anteriores, sin perjuicio de las revisiones que procedan a instancia del interesado.
de la UNED que se jubilan de su profesión principal vía Clases Pasivas, han sido privados de la posibilidad de impartir sus tutorías en los Centros Asociados dónde lo venían haciendo, dado que han sido excluidos como excepción a compatibilizar sus
tareas de profesores tutores (asimilada a becarios), excepción que, si ha sido mantenida para, por ejemplo, profesores eméritos de las universidades.
simplemente con la incorporación de un modificación como la propuesta.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Centro Deportivo Militar de Suboficiales Reina Sofia, en Godella.
la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Godella que culmine tras un proceso de participación o concurso de ideas con la cesión de este centro deportivo actualmente restringido, así como acciones más inmediatas para facilitar el diafrute
público de ese espacio.
zona urbanizable todavía sin desarrollar que separa la trama urbana del ensanche del pueblo de la zona de urbanizaciones de baja densidad en Campolivar, un espacio que debería favorecer una nueva centralidad y una mayor cohesión urbana.
ello sería de gran interés abrir este espacio a la ciudadanía permitiendo su uso público y estudiando su encaje en el fururo planeamiento urbanístico. Un primer paso en el desarrollo de esa posibilidad sería iniciar canales de diálogo junto con el
estudio de fórmulas urbanísticas o de gestión que, cuanto antes, faciliten un uso más plural y tender a lograr este objetivo.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
marítimo y aéreo de las mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla, que se expuso a finales del año 2018, y que finamente no vio la luz, se motivaba en los términos y fundamentos esencialmente idénticos, y que reflejan la necesidad de apoyar
el nacimiento de un sector industrial de tamaño limitado, que coadyuve a un cambio de modelo económico imprescindible para la ciudad.
conforman una realidad objetiva que equipara sus desequilibrios a los de las regiones insulares, y que deben ser contrarrestados mediante la acción el Estado. Una actuación que encuentra su fundamento en distintas normas.
Tratado de la Unión Europea reconoce que las regiones insulares sufren las desventajas estructurales vinculadas a su carácter insular, cuya permanencia perjudica a su desarrollo económico y social, y que justifica que se les deba prestar una mayor
atención.
reconocido sus dificultades análogas a las de las regiones insulares. Así, el artículo 2, d) del Reglamento 3577/92 del Consejo de 7 de diciembre de 1.992 manifiesta que “Ceuta y Melilla serán tratadas de la misma manera que los puertos de
las islas”.
equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español”, y atiende en particular a las circunstancias del hecho insular.
Ceuta (Ley Orgánica 1/1995, de 14 de marzo) en sus respectivos artículos 36 prevén la existencia de “asignaciones complementarias que se establezcan en los Presupuestos Generales del Estado en garantía del nivel mínimo de los servicios
fundamentales de su competencia”.
Generales del Estado, en su disposición adicional centésima vigésima novena, apartado 5, establece “con vigencia indefinida, un sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías
entre las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y la península, así como el efectuado entre ambas ciudades autónomas y otros territorios miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre espacio económico- europeo”.
Ley 3/2017 estableció que el porcentaje de bonificación será de hasta el 50 por 100 de los costes subvencionables, en los términos y condiciones y con el procedimiento que se establezca por el Gobierno mediante Real Decreto, aún pendiente de
aprobación.
bonificaciones pueden alcanzar el 100 por 100 de los costes subvencionables.
Ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado de 2017, en lo que se refiere al sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta y la
Península, así como el efectuado entre dichas ciudades autónomas y otros territorios miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre espacio económico europeo. Asimismo, en concordancia con la disposición adicional centésima cuadragésima
octava, de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en relación con las subvenciones al transporte de mercancías, que preveía que los porcentajes establecidos en los apartados uno y tres de la disposición
adicional centésima vigésima novena de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, serian de aplicación a transportes realizados desde el 1 de enero de 2017, se propone en la presente enmienda en
mantenimiento de dicha fecha como generadora del derecho a la compensación.
siguiente:
transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y la península, así como el efectuado entre dichas ciudades autónomas y otros territorios miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre espacio
económico europeo. El porcentaje de bonificación será de hasta el 100 por 100 de los costes subvencionables, en los términos y condiciones y con el procedimiento que se establezca por el Gobierno mediante Real Decreto.
adicional y en concreto el porcentaje establecido en el párrafo precedente, será de aplicación y tendrán un carácter retroactivo sobre las solicitudes de compensación, presentadas por los solicitantes que correspondan a transportes realizados desde
el 1 de enero de 2017.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
que modifica el Artículo 207.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como sigue:
jubilación anticipada a que se refiere este artículo, la pensión será objeto de reducción mediante la aplicación, por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le
falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a), de los siguientes coeficientes en función del período de
cotización acreditado:
trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a treinta y ocho años y seis meses e inferior a cuarenta y un años y seis meses.
acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y un años y seis meses e inferior a cuarenta y cuatro años y seis meses.
cotizado 40 años o más y que cuenten con 65 años o más de edad, se les dejará de aplicar los coeficientes reductores desde el momento de cumplir dicha edad, y se les fijará su nueva pensión en
función de su base contributiva y años cotizados hasta el momento de la jubilación anticipada anteriormente producida.
como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación
de lo establecido en el artículo 205.1.a).
jubilación anticipada a que se refiere este artículo, la pensión será objeto de reducción mediante la aplicación, por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le
falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a), de los siguientes coeficientes en función del período de
cotización acreditado:
trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a treinta y ocho años y seis meses e inferior a cuarenta y un años y seis meses.
acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y un años y seis meses e inferior a cuarenta y cuatro años y seis meses.
período de cotización igual o superior a cuarenta y cuatro años y seis meses.
edad, se les dejará de aplicar los coeficientes reductores desde el momento de cumplir dicha edad, y se les fijará su nueva pensión en función de su base contributiva y años cotizados hasta el momento de la
jubilación anticipada anteriormente producida.
durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a).
de los períodos de cotización se tomarán períodos completos, sin que se equipare a un período la fracción del mismo.
3599
contrato de servicio de navegación de interés público, a las bonificaciones de familia numerosa y personal militar, y a las obligaciones de líneas aéreas de Servicio Publico, el resultado es insatisfactorio.
serie de bonificaciones y subvenciones de carácter disperso e ineficaz, y no en el deseable principio de continuidad territorial.
desorbitada en los pasajes de las compañías aéreas y navieras. El resultado efectivo es que la subvención ha ido a parar en buena parte a las compañías de transporte y no a los residentes, provocado además un alejamiento de la ciudad para el
residente peninsular, por el incremento del precio de los billetes.
parte del vecino Reino de Marruecos.
por el precio de los pasajes.
bonificar el transporte del residente en Melilla a la península. Es preciso acerca Melilla al resto de España, no solo bonificar a los residentes.
ciudad de Málaga, con un tipo de buque de “alta velocidad” (con capacidad para más de 1000 butacas y velocidad próxima a los cuarenta nudos), a precio gratuito tanto para los residentes como para los no residentes.
de marzo vence el vigente contrato de servicio de navegación de interés público con la ciudad de Melilla.
navegación de interés público, incorporando la línea propuesta de alta velocidad Melilla-Málaga, a precio gratuito.
con la propuesta formulada, y por ende con el principio de continuidad territorial.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
ciento, muy por encima de una media nacional (41,5%), que casi triplica la media de la OCDE. Este descomunal nivel de paro, hacia de este territorio el lider del paro juvenil de entre las 292 regiones de la Unión Europea. El gobierno actual de la
ciudad ha conseguido reducir los niveles de este paro, pero aún se sigue en una situación en la que este desempleo, así como el desempleo de las mujeres merecan una atención especial.
Europea, y con especial intensidad en España, del mismo modo el desempleo femenino también es merecedor de una actuación quirúrgica inmediata y especifica que detenga esta sangría.
respecto del problema que venimos exponiendo. Esta actuación debe incardinarse, desde tres aspectos, el primero una dotación presupuestaria que aborde una plan de empleo juvenil y para mujeres para la ciudad de Melilla, en segundo una actuación
formativa que tenga objetivos de empleabilidad en sectores digitales y el conocimiento de idiomas de los idiomas comerciales, ya que esa formación puede coadyuvar a la consecuencia de alcanzar un empleo digno (no se trata solo de bajar los niveles
de paro sino de aumentar la calidad del empleo conseguido), y el tercero el establecimiento de unas modalidades de contratación especial para jóvenes y mujeres con condiciones de cotización de seguridad social específicas para el desempleo en la
ciudad de Melilla.
disciplinas que más tarde detallaremos, y que no encuentran los suficientes profesionales para cubrir la enorme demanda, que cada año es mayor, y cuyas necesidades están cuantificadas en cientos de miles de profesionales de diferentes niveles a
nivel europeo.
población melillense.
población desempleada, como ya se ha producido en diversas capitales españolas y europeas. Conviene, por tanto, rectificar la actual formación a enseñanzas cuyo fin primordial y directo sea la empleabilidad a corto plazo.
expuesto, se propone al Gobierno una nueva DISPOSICIÓN ADICIONAL:
nuevo empleo para jóvenes y mujeres.
esencial de la empleabilidad.
Melilla.
siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
su actividad comercial enfocada a la importación y tránsito de mercancías hacia el vecino país y cuyo horizonte, a corto plazo, anticipa un escenario económico significativamente peor para la ciudad en los próximos años.
por tanto, en una encrucijada, la de buscar con urgencia un modelo económico alternativo que parta de su posición en África y su pertenecía a la Unión Europea.
Autónomas Especiales, Regiones Ultraperiféricas y Países y Territorios de Ultramar, Melilla se encuentra actualmente entre los primeros, junto otros ocho territorios, en virtud de la exención de la aplicación de determinadas materias que rigen el
derecho de la UE.
pertenece a la Unión Aduanera, se encuentra fuera del ámbito de la aplicación del IVA y goza de una singularidad territorial en el Código Shenghen.
serie de bonificaciones dentro del sistema fiscal estatal (Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto de Patrimonio, Sucesiones, Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, Impuestos Especiales), así como
en determinados impuestos municipales. Además, existen determinadas bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, un sistema de bonificaciones al transporte, tanto marítimo como aéreo, y un complemento salarial de residencia. Por otra
parte, la Ciudad Autónoma de Melilla tiene como pilar básico de su fiscalidad el Impuesto sobre la Producción Importaciones y los Servicios (IPSI).
reacciona y en la ciudad se dan los mayores niveles de desempleo y de pobreza de la Unión Europea y los más bajos en formación y educación. Desde el punto de vista empresarial Melilla está también a la cola en niveles de competitividad.
el oscuro escenario que se aproxima sobre la economía melillense, es necesario definir, desde una visión estratégica, un modelo económico que le otorgue a la ciudad un valor económico propio, con una menor dependencia de las subvenciones estatales y
del tradicional tráfico comercial con el país vecino, pero sin renunciar a la cooperación con el hinterland marroquí con el que se mantienen vínculos sociales, culturares y económicos desde hace décadas.
incontestable e innegociable, por ello se debe buscar una figura que partiendo de la misma no suponga un retroceso respecto del estatus actual.
incertidumbres y anticipa una larga y complicada negociación con las autoridades comunitarias, como experiencias pasadas han puesto de manifiesto, pues la integración en la Unión Aduanera supondría la inclusión en un espacio común, al que Melilla
actualmente no pertenece, es decir, a un Espacio Económico Europeo dominado por las normativas de competencia, donde el cúmulo de exenciones bonificaciones y subvenciones, antes citados, podrían verse seriamente comprometidas. Además, la
integración plena conllevaría un incremento de precios en la ciudad derivada de la mayor presión fiscal de las nuevas incorporaciones al IVA y Arancel Comunitario, un incremento de la complejidad administrativa, la desaparición del IPSI y de la
autonomía fiscal del órgano que rige la Ciudad Autónoma de Melilla, pues una incorporación a la Unión Aduanera, con el mantenimiento estatus parece, como hemos antedicho, una solución de difícil y larga consecución.
la integración plena en la Unión Europea es necesario la aprobación sucesiva de la Asamblea de la Ciudad de Melilla, el Gobierno de España, la Comisión Europea el Parlamento Europeo y, por último, el visto bueno por unanimidad de los 27 Estados
Miembros.
y un Régimen Económico Fiscal reconocido mediante ley estatal, que fue denegada a la ciudad de Melilla en sede parlamentaria. Dicho objetivo se revela como inalcanzable y no faltan voces disonantes en las Islas Afortunas sobre los estragos
realizados en algunos sectores por su incorporación a la Unión Aduanera.
que ninguno tiene el estatus similar al de su capital. Lo mismo puede predicarse a nivel mundial sobre los territorios referidos.
estatus que atraiga inversiones de capital tanto nacional como extranjero, un modelo que se traduzca en un crecimiento económico y en generación de empleos. Un territorio que proporcione unos incentivos suficientes para que los empresarios
inviertan y creen nuevas actividades sostenibles, y en el que Estado y/o la iniciativa privada desarrollen las infraestructuras básicas y críticas de la ciudad.
capital humano sea clave en el desarrollo, y se incardine a los objetivos de aumentar el valor añadido, la competitividad y el nivel de los salarios.
administrativos y legales. Una tributación reducida o exenta y sencilla, incluso con tipos únicos, son un incentivo a las inversiones extranjeras. Un régimen legal y estable e imprescindible para confirmar la seguridad jurídica, con la
preeminencia de la jurisdicción de los tribunales privados de arbitraje. Mejoras en la libertad de contratación. Una política de frontera abierta tanto a personas como al capital y a los bienes de inversión es fundamental y, por último, un régimen
de protección de propiedades y de inversiones para el capital extranjero, completan un escenario propicio para el desarrollo.
(ZEE), así lo afirma el actual Secretario General de la Naciones Unidas, Antonio Gutierres.
Mundial, son áreas geográficas delimitadas dentro de las fronteras nacionales de un país donde las reglas de los negocios son diferentes, generalmente más liberales, que aquellas que prevalecen en el territorio nacional. Las zonas económicas se
diseñaron como una herramienta de comercio, inversión y de política industrial espacial, que tiene como objetivo superar las barreras que impiden la inversión en una economía más amplia, incluyendo las políticas restrictivas, falta de
gobernabilidad, infraestructura inadecuada y problemas de acceso a la propiedad.
entorno aduanero especial con una administración aduanera eficiente y, generalmente, con acceso a insumos importados libres de aranceles e impuestos; 2) Una infraestructura (como alquiler de propiedades, construcción de las fábricas o recintos
empresariales, y servicios básicos) a la que es más fácil de acceder y más confiable que la disponible normalmente en el país; y 3) Una gama de incentivos fiscales que incluyen la exoneración o reducción en impuestos corporativos, personales y de
otro tipo, y además de un entorno administrativo mejorado.
institución pueden convertirse en un importante motor para el crecimiento y para la generación de empleo, resaltando dos principios claves, la relevancia de papel del sector privado y la visión integral de conectar con la región para que no sea un
enclave.
mundiales y acelerar la modernización industrial.
Europea, en varios países, especialmente para impulsar el desarrollo en zonas deprimidas o con circunstancias económicas adversas, con especial relevancia en los resultados obtenidos en los últimos años en las zonas polacas. No hay que olvidar que
incluso, en su momento, el presidente del Parlamento Europeo abogó por esta solución ante la crisis que sufrió Grecia hace unos años.
Zonas Económicas Especiales, con la condición de que se ajusten a las condiciones establecidas por los diferentes instrumentos de ayuda estatal (Directrices sobre ayudas regionales, Marco de investigación, desarrollo e innovación, Directrices sobre
ayudas al medio ambiente, etc.) que se pretendan aplicar en dichas zonas.
ventajas pueden ser ayudas de Estado, y pueden falsear competencia y afectar a los intercambios entre los Estados miembros. No obstante, del análisis de artículo 107 de TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), se infiere que lo que la
cuestión a dilucidar es si la ayuda de estado es compatible con el mercado interior. Melilla no está en la Unión Aduanera y tampoco está incluida en el ámbito territorial del Espacio Económico Europio, por lo no está en el mercado interior de UE.
Por ello, entendemos que la declaración de melilla como ZEE, no precisa de aprobación alguna por parte de la UE, independientemente de las oportunas notificaciones
vendrá determinado en buena medida por el acierto en el diseño de la misma.
el tiempo el retraso económico y social que padece respecto de nuestro país y de su entorno europeo,
Especial.
participará el gobierno de la Ciudad de Melilla.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
prevista por la Unión Europea, a diferencia de las Isla Canarias que tiene dicha evaluación junto con los territorios de las Azores y Madeira (Portugal) Guadalupe, la Guayana Francesa, la Reunión, Martinica, Mayotte y San Martín (Francia).
2021-2027, estas regiones seguirán beneficiándose de una asignación de fondos adicionales de la UE de más de 1 000 millones de euros y del porcentaje máximo de cofinanciación de la UE.
europeos en los aeropuertos.
fomentar proyectos conjuntos con terceros países y ayudará a estas regiones a integrarse mejor en sus espacios regionales.
principalmente mediante una compensación del 100 % de sus sobrecostes, como ya se hizo en el pasado. La dotación reservada para estas regiones también contribuirá a desarrollar una pesca y una economía marítima sostenibles y a apoyar a los pequeños
pescadores costeros.
propuesta para las nueve regiones se fija en 627 millones de euros anuales (actualmente la asignación para las Islas Canarias es de 268,42 millones de euros). El nivel de los pagos directos a los agricultores de las regiones ultraperiféricas sigue
siendo muy superior al de las ayudas abonadas en los otros Estados miembros.
beneficiarán del porcentaje de cofinanciación europea más favorable, a saber, el 70 % en lugar del 43 % en las demás regiones.
incluidos los puertos marítimos y vías urbanas, en el marco del componente sobre transporte del Mecanismo Conectar Europa.
de gestión compartida a este nuevo instrumento — especialmente en las zonas vulnerables y aisladas como son las regiones ultraperiféricas — para acceder a la garantía ofrecida por el presupuesto de la UE. En estas regiones, esto
permite atraer más inversión privada y apoyar sectores clave como la innovación o la transición energética. A fin de facilitar un amplio despliegue de InvestEU también en estas regiones, la Comisión pretende simplificar las normas de cofinanciación
nacional para lograr la compatibilidad con las normas de la UE sobre ayudas estatales, siempre que se cumplan determinadas condiciones específicas.
específica de estas regiones y aspiran a aumentar su participación en todas las actividades de los programas, en particular la cooperación con terceros países en el caso de Erasmus+. La Comisión supervisará el progreso de dicha participación.
investigación e innovación Horizonte Europa, dirigida asimismo a las regiones más rezagadas en términos de innovación en comparación con el resto de la UE. Por otra parte, algunas temáticas del programa como las energías renovables, la lucha contra
el cambio climático, las enfermedades tropicales, la biodiversidad y la economía azul coinciden con los recursos únicos de estas regiones, lo que favorecerá su participación en el programa.
una mayor conectividad y mayores competencias digitales en esas regiones. Los nuevos centros de innovación digital previstos por el programa ayudarán a estas regiones a incorporarse plenamente al mercado único digital.
medio ambiente y el clima, LIFE+, prevé que las convocatorias de propuestas concedan una atención especial a los proyectos procedentes de las regiones ultraperiféricas. El programa apoya pequeños proyectos de protección de la biodiversidad y de los
ecosistemas marinos en dichas regiones.
frente a las situaciones de presión migratoria.
Guayana.
en el marco de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos y del POSEI, apoyando sectores clave como la agricultura y la pesca, así como la innovación, las infraestructuras energéticas, el emprendimiento y la formación profesional.
económicas e impulsar el crecimiento económico
lejanía de la España peninsular muy superior a la de la ciudad de Melilla, la realidad es que desde el punto de vista económico la diferencia queda manifiestamente reducida. Para ello solo es preciso tener en cuenta los precios de los transportes
tanto de mercancías como de pasajeros, tanto por vía marítima como aérea, dándose la paradoja de que de manera reiterada los transportes desde Melilla al resto de España tienen precios más altos que los de los de las Islas Afortunadas a pesar de la
diferencia de millas. Lo mismo puede predicarse de los fletes de mercancías, en los que no existe unas diferencias que puedan tener respaldo en el número de millas recorridas por el medio de transporte.
perjuicios de la insularidad y lejanías que puedan tener las R.U.P., y en particular las Islas Canarias, otros factores han de ser tenidos en cuenta en el caso de Melilla, como es su virtualidad insular (especialmente en la actualidad), su reducida
superficie y una patente dependencia económica, factores que obstaculizan su potencial de desarrollo.
motivo por el que en aplicación del principio de solidaridad consagrado en los artículos 2 y 138 de la Constitución Española, es preciso compensar al territorio de esta Ciudad Autónoma,
un Régimen Especial. Tras la aprobación en Consejo de Ministros y posterior publicación en el BOE del Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero, del Régimen Especial de las Illes Balears, se completó el régimen establecido por la Ley
30/1998, que si bien no tiene la extensión del régimen canario aprobado mediante la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aborda de forma especialmente intensa el hecho insular.
compensar a estas Islas por la mayor carestía de la vida; mayores costes de producción de las empresas que se aprovisionan de inputs intermedios; mayor carestía de los productos energéticos; mayores costes de inversión en bienes de equipo;
mayores costes de funcionamiento de la administración en la provisión de bienes públicos; menor aprovechamiento de las economías de escala; proliferación de conductas anticompetitivas en los mercados; alta dependencia de los puertos y
aeropuertos, y gran vulnerabilidad ante coyunturas externas. Circunstancias idénticas a las que padece Melilla, por su virtualidad insular, con la significativa diferencia de que la Ciudad Autónoma es la última
técnica
nueva.
esquilmar al sector turístico con condiciones que ya son insoportables”. Así, ha asegurado que en 2022 “el programa llegará tarde y mal, algo que sin duda se podría haber evitado”. De esta forma, y tras la adjudicación a la
baja que ha sufrido el procedimiento, ha señalado que “este resultado refuerza la crisis absoluta de orientación que lleva el Imserso respecto al sector turístico, precisamente en su peor momento” y ha incidido en que “justo
cuando más se necesita el estímulo por parte de las administraciones públicas es cuando más bajo va a ser, lo que supone un nuevo espaldarazo para un sector que ya ha sufrido bastante en los últimos meses”.
que, desde el Gobierno, y sobre todo desde la administración competente, “deben centrarse seriamente en revisar y reinventar este programa, que lleva demasiados años descansando sobre el altruismo y las pérdidas del sector”. Así, ha
asegurado que “no se puede jugar a precio sin apostar por la calidad, y más en un momento de transformación como el que estamos viviendo, donde el sector está haciendo un gran esfuerzo por esa apuesta, por situarse ante los distintos mercados
nacionales e internacionales como un sector vanguardia, seguro y de calidad”. Colomer ha recordado que se trata de una petición que “desde Turisme CV hemos hecho en varias ocasiones, incluso el pasado mes de marzo convocamos una mesa
de trabajo entre el sector turístico y las comunidades autónomas con mayor peso en el programa con el objetivo de impulsar una estrategia conjunta para seguir insistiendo al Gobierno en la necesidad de retomar y acordar las condiciones del Imserso,
algo que es evidente que no hicieron”.
programa de que verdad sea beneficioso para todos y ponga en valor la calidad de nuestros destinos”, ha añadido, al tiempo que ha señalado que “ahora esa mesa de trabajo conjunta con el sector turístico es urgente para anticiparnos
preventivamente ante nuevos errores”. Asimismo, cabe recordar que Turisme ha emitido en los últimos meses, diversas cartas al actual director del Imserso para insistir en este tema, para actualizar y reformular el programa, sin haber
obtenido tampoco respuesta.
de Turismo social del IMSERSO para personas mayores y para el mantenimiento del empleo en las zonas turísticas, que convoca anualmente la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)
Disposición Adicional:
ofrezcan precios de contrato por debajo de los costes, o de los mínimos reconocidos por el propio Gobierno, de forma que el precio licitado sea conforme a mercado.
Carles Mulet García (GPIC)
propone insertar una nueva Disposición final con la redacción que a continuación se recoge:
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
ganaderas y forestales tendrán una reducción en la base imponible que se procederá a efectuar mediante el establecimiento, por parte de la Dirección General del Catastro, de un índice corrector a nivel
municipal.
forestales, siendo este 1, y el índice obtenido de la diferencia entre el valor catastral por hectárea, del suelo rústico no ocupado por construcciones, del cultivo que mayor suma de valor catastral suponga en el conjunto de la
base imponible del municipio, y los precios por hectárea de dicho cultivo o su semejante determinados en la encuesta de precios de la tierra más reciente, elaborada por el ministerio competente en materia de agricultura,
ganadería y silvicultura.”
forestal, acordada por la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, emplaza a establecer un índice corrector a nivel municipal a la base
imponible procedente de la valoración de las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, de forma que la base liquidable resultante en el Impuesto de Bienes Inmuebles
rústicos se adecue a lo establecido en el artículo 31.1 de la Constitución Española y en el artículo 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria para los contribuyentes con dichas
construcciones.
la Ley del Catastro Inmobiliario que materialicen el acuerdo del Congreso aludido para corregir la falta de adecuación al valor de reposición de la valoración de las construcciones indispensables para el desarrollo de las
actividades agrícolas, ganaderas o forestales y, por otro lado, la adecuación de la base imponible y liquidable del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica al obtenerse los valores catastrales del suelo agrario y
de las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas o forestales (valor de reposición) por vías que no pueden sumarse sin más; ya que la simple suma de dichos valores obtenidos
mediante los distintos métodos de valoración atentan contra lo establecido en el artículo 31.1 de la Constitución Española y contra el artículo 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
XX. Actuaciones de control y prevención contra los daños ocasionados a la agricultura y ganadería por la sobrepoblación de diversas especies de fauna silvestre, a adoptar en las infraestructuras públicas estatales
de transporte, dominio público hidráulico y áreas protegidas cuya titularidad o gestión recae sobre la Administración General del Estado.
corresponda, en función de las medidas a adoptar, de las Secciones y Servicios competentes se destinen las dotaciones necesarias para acometer actuaciones de control de la población y prevención en determinadas áreas con
objeto de evitar los daños a la agricultura provocados por la sobrepoblación de fauna silvestre. Dichas actuaciones se llevarán a cabo en las infraestructuras viarias y ferroviarias, dominio público hidráulico y
áreas protegidas por la normativa medioambiental, en las que las especies silvestres que ocasionan el daño, muchas de ellas cinegéticas, encuentran refugio, y en todas aquellas cuya titularidad o responsabilidad de
gestión, corresponde a la Administración General del Estado.
competencias para alcanzar en el más breve plazo posible la reducción poblacional de las especies silvestres que causan daños a la agricultura y ganadería en las zonas afectadas y la mitigación de daños a la
agricultura a niveles controlados y asumibles.
niveles hasta cierto punto asumibles que no comprometían, en general y de manera seria, la rentabilidad de las explotaciones agrícolas.
silvestre se han multiplicado debido a que la sobrepoblación en áreas determinadas ha alcanzado niveles insostenibles y se convertido en un foco de graves problemas para los agricultores y ganaderos, ocasionándoles importantes
quebrantos económicos.
concreto del conejo de monte, la sobrepoblación de esta especie en ciertas áreas está llegando a generar alarma social ante la magnitud de los daños, muy intensos, que se están produciendo en prácticamente
todo el territorio nacional.
afectan ya no sólo a cultivos herbáceos u hortícolas, sino también a leñosos comprometiendo la pervivencia de los pies, que son descortezados hasta una altura apreciable.
así como el sector apícola, se enfrenta a daños por los ataques de grandes depredadores (lobo y oso), cada vez más frecuentes; así como a las consecuencias derivadas de la falta de control sanitario real de varias
especies silvestres que actúan como reservorio de enfermedades, como la tuberculosis bovina, transmitiéndola a la cabaña ganadera y ocasionando perjuicios al ganadero y gastos al erario público en sus intentos de
erradicación.
perseguido, porque los daños son cada vez más graves y más extensos, como lo demuestra el hecho de que las declaraciones de emergencia cinegética son cada vez más frecuentes y amplias. De la misma manera, las
líneas públicas de ayuda no compensan todos los perjuicios ocasionados, ni lo hacen a tiempo, lo que ha sido objeto de sentencias condenatorias a las administraciones implicadas que elevan las indemnizaciones hasta 6 veces el importe
establecido en las bases de dichas ayudas.
las poblaciones y prevención en las áreas de titularidad del Estado, como taludes de las infraestructuras viarias y ferroviarias, o en el dominio público hidráulico y las áreas protegidas medioambientalmente, donde
las especies silvestres encuentran un refugio en el que no son molestadas. Desde estas áreas se reproducen y atacan a los cultivos o a las ganaderías; pero también entrañan otros riesgos, causando accidentes en el
tránsito circulatorio, o incluso para la integridad de las propias infraestructuras, como en el caso del conejo debido a las profundas galerías que socavan.
están compartidas, las Administraciones responsables deben colaborar y coordinar sus actuaciones para atajar esta situación, ya que de no adoptarse medidas determinantes amenaza con devenir en cada vez más grave. Por ello se
insta a que el Gobierno a impulsar dicha colaboración y a que, a través de los Ministerios, entidades públicas empresariales y organismos pú
blicos responsables de la conservación y mantenimiento de las infraestructuras aludidas, del dominio público hidráulico y de las áreas protegidas, adopte dichas actuaciones y destine para ello las dotaciones que
sean necesarias hasta que, en las zonas damnificadas la sobrepoblación de especies silvestres se controle a niveles sostenibles.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
siguiente redacción: “Disposición final XX. Aumento de los equipos de lucha contra los robos en el campo.
seguridad del Estado, y específicamente a los equipos ROCA de la Guardia Civil, un aumento suficiente de sus efectivos personales y los recursos materiales y medios adecuados para el óptimo desarrollo de sus funciones en la lucha
eficaz contra los robos en las explotaciones agrarias, la investigación de los delitos y la persecución de sus autores.”
soportando episodios constantes de robos, hurtos, entradas y saqueos de sus explotaciones agrarias, por parte de una delincuencia que no es infrecuente que se estructura en verdaderas organizaciones criminales y en ocasiones violentas.
pues imprescindible mejorar la seguridad de los agricultores en el medio rural, así como de las explotaciones e instalaciones agrícolas. Los agricultores y ganaderos están haciendo un esfuerzo personal y económico para
adoptar medidas preventivas; pero éstas no pueden sustituir la labor policial.
aumento del número de sus efectivos; la realidad es que el problema sigue existiendo con especial virulencia en algunas zonas y en determinadas épocas del año.
públicamente la insuficiencia de los medios de los que disponen para afrontar con eficiencia su labor, negando la disposición real de más agentes. Tanto la Unión de Guardias Civiles como la Asociación Unificada de
Guardias Civiles han denunciado públicamente en múltiples ocasiones la falta de medios técnicos y personales y que en algunas zonas “no se presta el servicio mínimo” porque los agentes se detraen de otras
unidades y se está “quitando de un sitio para poner en otro”, calificando esta situación de “paripé”.
queden sin investigar, con lo que no se descubre a los presuntos delincuentes y los juzgados respectivos incoan normalmente el archivo de estas denuncias, dejando desamparados a los afectados en un claro vacío legal.
del Estado están obligadas a ofrecer un marco de seguridad también a los habitantes de los pueblos y el campo tienen que ser un lugar seguro donde vivir y producir; por lo que resulta imprescindible incrementar la dotación de
las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para mejorar en el medio rural los niveles de prevención, potenciar la labor de captación de información y reforzar las labores de investigación.
3607
adición.
urgencia las reformas normativas y económicas con vistas a creación de un gasóleo profesional agrícola, ganadero y forestal para el consumo en todos los usos profesionales de las explotaciones (vehículos afectos,
instalaciones, regadíos...). Para ello se aplicará a dicho gasóleo el tipo impositivo de IVA más bajo posible, 10 %, así como el mínimo establecido para el Impuesto Especial de Hidrocarburos por la Directiva
96/2003/CE (0,021 euros por litro).
combustibles y de seguimiento de la repercusión de los mismos sobre el precio al consumo.
aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 “Instalaciones para suministro a vehículos”, de manera que en las operaciones desatendidas se suprima la restricción del suministro a un máximo de
3 minutos y 75 litros para los postes de gasóleo C, que actualmente se contempla en dicha norma.”
explotaciones agrícolas y ganaderas y su uso profesional no se limita al consumo en tractores y maquinaria agrícola, sino que se extiende a muchas otras labores agrarias.
necesita de un verdadero gasóleo agrícola profesional con la menor imposición fiscal posible y que goce de un mecanismo de devolución del IEH ágil, siendo lo más adecuado que el mismo se descuente en el
momento de la adquisición del gasóleo.
mientras que el efecto del recorte de cotizaciones del petróleo es menor y empieza a apreciarse mucho más lentamente. Para descartar que ello se debe a posibles prácticas contrarias a las normas de competencia, el Gobierno debe
auditar los costes de las compañías de suministro y la repercusión de los mismos sobre el precio al consumidor.
limitando el mismo a tres minutos y a 75 litros, son totalmente inadecuadas en los usos agrarios, que manejan tractores, maquinaria y equipos con depósitos mucho mayores, constituyendo una inconveniencia innecesaria para los usuarios
agricultores y ganaderos que hacen un uso profesional del mismo.
formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.
reales
JUSTICIA
protección de datos cobra una importancia esencial. Tras la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), tanto el sector público como el privado están obligados a aplicar a todos sus sistemas de información que manejen datos de
carácter personal las garantías del RGPD. Es claro y notorio que las entidades locales tenemos grandes dificultades para adaptarnos y cumplir con la normativa y adaptarnos al Esquema Nacional de Interoperabilidad.
Ejecución (UE) 2016/1250 de la Comisión, de 12 de julio de 2016, con arreglo a la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la adecuación de la protección conferida por el Escudo de la privacidad UE-EEUU ha sido declarada
“inválida” por la STJUE de 16/07/2020, caso C-311/2018. La imposibilidad de emplear aplicaciones provistas por empresas ubicadas en los EEUU y de almacenar información en servicios en la nube ubicados en EEUU obliga a disponer de un
servicio de almacenamiento de titularidad pública para el sector público.
territoriales, con el fin de que la Agencia Española de Protección de Datos pueda liderar y ofrecer este servicio que sea útil para las administraciones locales de la Comunidad Autónoma Valenciana o incluso varias comunidades.
3609
restos arqueológicos ubicados en el campo maniobras San Gregorio en Zaragoza
y equipamiento de la defensa
tuyibíes. Se hace necesaria la desafectación de uso militar, así como la adecuación para excavaciones arqueológica y acceso para civiles.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa.
de Defensa
de euros)
2018141078101
las instituciones públicas aragonesas y el uso exclusivamente civil de la misma.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa.
122A
de vivienda, infraestructura y equipamiento de la defensa
euros)
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL
€)
funcionamiento operativo de los servicios
Guardia Civil los terrenos necesarios para la construcción de un nuevo cuartel de la Guardia Civil en la localidad, dado que el actual se encuentra obsoleto. Para ello se estima un presupuesto necesario de 2’7 millones de euros para
construir el nuevo cuartel, debiendo darle un impulso claro cuanto antes.
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
infraestructura y bienes destinados al uso general
URBANA
destinados al uso general
incumplimiento de las inversiones previstas. La situación actual es mucho peor que hace seis años, en 2015, cuando todos los ayuntamientos recorridos por esta línea se adherieron a la «Declaración de Xirivella». En aquel momento la situación ya
era mucho peor que en los años 80 del siglo pasado. La pérdida continuada y alarmante de viajeros así lo corrobora, en lo que parece un plan deliberado del Ministerio de dejar agonizar la vía para justificar su desmantelamiento definitivo.
de la C-3, medidas que reducirían considerablemente el tiempo de viaje para llegar al centro de València, que en la actualidad es al menos de 30 minutos en el caso de Xirivella.
entre San Isidre y Utiel-Camporrobles, por fases, porque se agilice su puesta en funcionamiento y se eviten los inconvenientes a las personas usuarias.
movilidad reducida. Todas las instalaciones y servicios tienen que ofrecer las mismas posibilidades a todas las personas y por eso tienen que contar con equipación de accesibilidad suplementario para garantizar la equidad. Además, se tienen que
diseñar protocolos que evitan perjudicar los usuarios cuando la accesibilidad de las instalaciones se vea menguada por alguna avería.
ejecutar la doble vía hasta Aldaia permitiría reducir el tiempo del trayecto e incrementar el servicio casi en un 50%. Justamente en una zona, Alaquàs, Aldaia y Xirivella, que queda fuera del entramado de metro del área metropolitana y donde la
renovación y las mejoras del servicio de autobús no llegan, para desesperación del vecindario, que sufre un transporte público caro, masificado y de mala calidad. El resto de inversiones tendrían que ejecutarse hasta Camporrobles, renovando
instalaciones para conseguir una vía segura y competitiva con el coche en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030 de la ONU. De esta forma el Gobierno de España actuaría como promotor del transporte más sostenible, más
eficiente, más económico y más inclusivo que tenemos, que es el tren, pasando de las palabras en el mejor de los casos, a la acción y los hechos.
ocasiones y todavía pendientes de mejora y modernización de la línea de cercanías entre València-Utiel y Camporrobles.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17
38
localidad.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
viario que conecta Teruel con Alcañiz, dado que la zona por la que atraviesa ( comarcas mineras ) podría ser el espacio adecuado para la instalación de una fábrica de semiconductores, al ubicarse en el centro triángulo de las empresas
automovilísticas del Estado : Barcelona, València, Zaragoza-Pamplona. Industria que permitiría paliar la falta de desabastecimiento que está sufriendo Europa con una empresa apoyada con fondos públicos de la UE.
Urbana.
Carreteras.
(miles de euros)
condiciones de este eje vial de entrada a la ciudad que es una demanda histórica del colectivo vecinal de Zaragoza y evitando la discriminación que supondría la propuesta de cesiones de este tipo de travesías urbanas a los ayuntamientos tras un
periodo en el que se realizaban sin contraprestación por parte del Gobierno de España, como fue el caso de Aragón.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
38
NÚM. 3619
Movilidad y Agenda Urbana.
Borja-Maleján
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
453B
curvas peligrosas, dado que se está produciendo además un aumento de vehículos pesados en la zona.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
38
17
Hidrográfica del Ebro, que comunica las localidades aragonesas de Alcañiz y Caspe con el embalse de Civán, se encuentra en muy mal estado y es utilizada para llegar a tres de los yacimientos arqueológicos más importantes del Bajo Aragón y a parajes
del Guadalope .
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Mejora conexión carretera Cuenca-Teruel
Acondicionamiento
(GPIC)
rehabilitación en el palacio renacetista de Fuenclara en Zaragoza
198817049007
3625
Agenda Urbana.
esta autovía.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
38
histórico-artístico aragonés , mediante la restauración de esta Iglesia en Montalbán, recuperando las pinturas medievales, además sería necesaria esta partida también para acondicionar el suelo y las paredes.
Carles Mulet García (GPIC)
+2.000 (miles de euros)
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
esta autovía.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Actuaciones entre el kilómetro 265 de la actual A-68 y el barrio rural zaragozano de Casetas.
para mejorar la seguridad vial en la zona.
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
comunicaciones entre Madrid y Teruel de modo directo.
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
61
que tiene ya y que podría incrementarse en el tránsito de Madrid a puerto de Tarragona
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
453B
3633
Agenda Urbana.
histórico-artístico aragonés.
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
81
histórico-artístico aragonés que a lo largo de la historia ha sido expoliado y se encuentra actualmente fuera de Aragón.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17
17
para este autovía.
17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
época bajo dominio islámico, ubicados en el antiguo cuartel Sangenis de Pontoneros en Zaragoza.
61
ubicados en el polígono 3 de Zaragoza.
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
esta autovía.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Acondicionamiento
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
(miles de euros)
de euros)
partida destinada a esta carretera
a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Nuevo
partida complementada en 2023 para alcanzar los 13.100.000 de euros de coste de esta actuación demanda para mejorar la seguridad vial y la fluidez del tráfico en la zona.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Alfarrás-Tamarite
inicialmente dispuesta para esta autovía.
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
61
Carles Mulet García (GPIC)
+5.000 (miles de euros)
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
euros)
(miles de euros)
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
61
Mulet García (GPIC)
(miles de euros)
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
3650
Agenda Urbana.
453B
las comarcas por las que atraviesa este antiguo trazado de vía ferroviaria nunca culminado.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
“Vía Verde” de Utrillas a Zaragoza
vía ferroviaria de uso fundamentalmente minero.
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
61
García (GPIC)
de euros)
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
40
453B
Urbana.
carreteras
€)
Reales
hasta Puçol para poder incorporarse hasta esta vía, o utilizar las entradas y salidas del término de La Vall d’Uixó. Ello genera flujos duplicados de circulación de vehículos, además del consecuente gasto de combustible y emisión de gases,
ambos innecesarios dada la cercanía ente esta infraestructura y la ciudad. Sin embargo, existe una sencilla posibilidad de incorporación directa, en la bifurcación entre A7 y CV10, habilitando los sistemas de acceso correspondientes, y que no
supone una excesiva inversión y que soluciona un déficit histórico de acceso a importantes zonas logísticas y polígonos empresariales de la ciudad.
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
453B Creación de infraestructuras de carreteras
produciendo una barrera de inaccesibilidad en un entramado urbano ya consolidado. La integración urbana de esta infraestructura a su paso por la ciudad es imprescindible para evitar impactos irreversibles.
Carles Mulet García (GPIC)
Infraestructura del transporte ferroviario
6.000,00 (Miles de €)
funcional de a prolongación de la red de cercanías hasta una nueva estación de tren en el Puerto de Sagunto, realizado por la empresa INECO en septiembre de 2015 establece que existe capacidad suficiente para satisfacer las necesidades de transporte
de cercanías al Port de Sagunt. Se trata de una inversión demandada por la ciudadanía en su conjunto, que mejoraría en gran medida su derecho a la movilidad.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
resiliencia
DE INTEGRACIÓN AMBIENTAL EN EL BYPASS DE VALÈNCIA. TRAMO 1
censadas). El municipio está actualmente dividido por las dos líneas de ferrocarril que lo atraviesan (León-Asturias, León-Galicia), creando una gran barrera arquitectónica que supone un claro perjuicio para las relaciones socioeconómicas y las
comunicaciones internas y externas de este municipio. Actualmente el no soterramiento del tren se está sustituyendo por obras de permeabilidad en diferentes puntos del trazado ferroviario que no están dando una solución ajustada a la realidad del
municipio y adecuada a los tiempos contemporáneos. Concretamente el tramo de Párroco Pablo Díez (salida natural de León hacia Astorga y zona densamente poblada) se está solventando con la elevación del puente actual sobre el trazado ferroviario,
una obra que está causando una fuerte oposición vecinal y que debería ser sustituida por un soterramiento o atrincheramiento como se ha hecho en otras poblaciones. Es por lo que se pide una partida para elaborar un proyecto, bien para soterrar, o
bien para atrincherar, los 900 metros de vía de ferrocarril entre la Calle Voluntario Ángel hasta el límite de San Andrés del Rabanedo con el municipio de León. De esta manera se dará solución a un problema histórico y muy injusto que sufre este
municipio desde hace décadas, pues las últimas actuaciones para integrar el ferrocarril en esta población son ya de mediados y finales del siglo XX, para nada ajustadas a la realidad urbanística actual. Se proponen dos opciones: Opción A. Proyecto
soterramiento. Opción B. Proyecto atrincheramiento.
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
40
euros)
Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
el recorrido de la antigua línea ferroviaria convencional de Zamora a Puebla de Sanabria se encuentra en desuso desde el túnel de Valorio hasta el punto kilométrico 9,7 en la localidad de La Hiniesta (al haberse acometido un retrazado de la línea en
esta zona), se propone que, al ser una vía muerta para la que no se prevé vuelva a tener servicio por el mencionado retrazado, se realice la conversión en vía verde de este tramo de vía férrea en desuso.
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Creación de infraestructura de carreteras
redacción proyecto constructivo enlace Tavernes AP-7/N-332/CV-50
habitantes, no cuenta con un necesario enlace a En el término de Tavernes de la Valldigna confluyen tres arterias principales que comunican diferentes provincias y comunidades autónomas, la autopista AP-7, la nacional N-332 y la carretera autonómica
CV-50. Miles de vehículos, muchos de ellos pesados que transportan todo tipo de mercancias circulan diariamente y realizan numerosos desplazamientos de varios kilómetros para poder acceder desde una a otra via de comunicación. Con el fin de
mejorar la movilidad, reducir los desplazamientos y las emisiones de CO2 se propone la redacción de un estudio informativo, estudio de impacto ambiental y proyecto de ejecución de un enlace entre las ya mencionadas carreteras AP-7, N-332 y
CV-50.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Agenda Urbana
2000 17 38 0020 EXPROPIACIONES. MODIFICADOS, ADICIONALES Y OTRAS INCIDENCIAS DE INVERSIONES DE EJERCICIOS ANTERIORES
ejecuntando obras de adecuación y recuperación del camino natural que sigue el trazado de la antigua línea de tren de via estrecha ya en desuso de Carcaixent (València) a Dènia (Alacant). En el término de Tavernes de la Valldigna, donde se
ejecuntan en estos momentos las obras existe la necesidad de habilitar una pasarela adosada al puente sobre las vias del tren de la línea de FFCC Gandia - València con el fin de dar seguridad en el paso para los ciclistas y peatones. Además, al
estar declarado el proyecto de interés general, interesa seguir con las obras de recuperación del trazado, almenos desde el término municipal de Tavernes de la Valldigna hasta Gandia.
(GPIC)
recuperación y resiliencia
AGENDA URBANA
2008 17 38 1056 A-7. Mejoras funcionales y de seguridad vial y de medidas de integración ambiental en el bypass de València. Tramo 1
de ampliación del bypass de València y se destina el dinero de esta barbaridad territorial que supone ampliar este vial a la Generalitat Valenciana, para la mejora del transporte colectivo para la movilidad de proximidad.
3663
Alimentación.
natural
21 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
inversiones de carácter inmaterial
poco en la lucha contra las plagas en esta autonomía, por lo que planteamos una colaboración con la Conselleria de Agricultura en esta materia.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 21. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
EJECUCION
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
insostenible como el pantano de Yesa y destinar la inversión a los necesarios a planes de restitución pendientes en Aragón como Lechago, Montearagón, Almudevar y Jánovas.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
agua.
pantanos.
inversión a los necesarios a planes de restitución pendientes en Aragón como Lechago, Montearagón, Almudevar y Jánovas…
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general
150,00 (Miles de €)
apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
está expuesto al peligro de inundación por los recurrentes desbordamientos del barranco de Barxeta, con el consiguiente daño económico e incluso de vidas que puede derivarse. De esta situación y de las medidas correctoras es conocedora la
Confederación Hidrográfica del Júcar, a través de los diferentes estudios realizados sobre la cuenca del río Júcar.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
infraestructura y bienes destinados al uso general
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
entidades del Sector Público Administrativo Estatal con presupuesto limitativo
diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
(Alzira) impide la evacuación de las aguas de este último, que se desborda e inunda algunas zonas de Alzira. Del mismo modo la dificultad de desagüe del Barxeta por la crecida del Casella genera a su vez inundaciones en Carcaixent. Desviar el
punto de desembocadura del Barxeta para situarlo aguas arriba sobre el mismo Xúquer facilitaria el desagüe de ambos barrancos y reduciría el riesgo de inundación en Alzira y Carcaixent.
(GPIC)
costa
€)
terrestre marina
€)
temporal, por lo que urgen actuaciones de defensa y control de la regresión.
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
infraestructuras y bienes destinados al uso general.
euros)
publicaciones
agricultura y la industria y garantizando, en cualquier caso, el caudal ecológico del río o ríos precisos para llevarlo a cabo.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
euros)
euros)
60.
amenaza de un pantano que finalmente se ha descartado por la acción judicial con una manera de compensar social, territorial, ambiental y económicamente el coste de expectativas que ha supuesto para el entorno este proyecto.
3672
Ecológica y el Reto Demográfico.
(miles de euros)
y publicaciones
198817069009
esta cuenca hidrográfica en su parte aragonesa
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ecológica y el Reto Demográfico
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
(miles de euros)
(miles de euros)
y publicaciones
don Carles Mulet García (GPIC)
Demográfico.
452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Territorial de zonas afectadas por pantanos.
6
insostenible y con sentencias judiciales contrarias como el pantano de Mularroya y destinar la inversión a los necesarios a planes de restitución pendientes en Aragón como Lechago, Montearagón, Almudevar y Jánovas…
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
euros).
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Aragón.
infraestructuras y bienes destinados al uso general.
euros).
Estudios y publicaciones
García (GPIC)
Gestión e infraestructuras del agua.
en el pantano de Escuriza
continuar operativo porque no cumple con las condiciones de seguridad y garantía suficientes, lo que permitiría, una vez concluidas las obras necesarias destinar este embalse además de usos agrícolas a otros como el recreativo, turístico o agua de
boca, con el consiguiente beneficio para la comarca donde se ubica.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
458C
Ecológica y el Reto Demográfico
sierra de Gúdar. Se trata de una propuesta para declarar un espacio protegido relevante en esta zona, una apuesta por un desarrollo económico especializado y sostenible que permita generar expectativas de futuro, diversificando la economía de la
zona y preservando el entorno natural ante el incremento desproporcionado de proyectos de instalación de infraestructuras destinadas a la producción de energía renovables (aerogeneradores) en la zona.
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ambiente.
452A
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
euros).
como han reivindicado colectivos como Ecologistas en Acción recientemente-
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ecológica y el Reto Demográfico
abandonados por ubicación pantanos
abandonados a causa de la construcción de pantanos, como el caso de Ruesta, en la zona del embalse de Yesa.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
10. Aragón.
61
la zona (para riego) en la zona afectada por la decisión de demolición de la presa de Los Toranes, en Albentosa (Aragón)
Ecológica y el Reto Demográfico
riego), atendiendo a los requerimientos.
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR
presupuesto limitativo
energética.
Ante el cambio climático y sus repercusiones en la población se tiene que actuar ya de manera decidida e integrales en el tramo comprendido entre el puertos de Borriana y Sagunt siguiendo los proyectos diseñados para tales efectos.
NÚM. 3684
Ecológica y el Reto Demográfico.
reales
23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Concepto: C04.I01 Digitalización y conocimientos del patrimonio natural Importe: 8.000 (Miles de €)
Sagunto está siendo objeto de adecuación en 3 fases de las cuales ya se han acometido 2. Se da la particularidad de que la ciudad de Sagunto está formada por, entre otros más pequeños, dos núcleos centrales de población (Sagunto y Puerto de
Sagunto) y la adecuación se ha llevado a cabo desde la desembocadura hacia el interior, razón por la cual, la zona del cauce que ha quedado sin la necesaria intervención es la más próxima al núcleo histórico. Cabe señalar, además, que precisamente
este tramo es el que presenta mayor riesgo de inundación en el extremo oeste del núcleo de Sagunto. Por todo ello, se solicita la urgente adecuación de este tramo, ya proyectado, y abandonado.
García (GPIC)
reales
la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
poblaciones de Moncofa y Xilxes. El convenio original y la amortización de la planta desaladora hipotecan el futuro siendo una carga económica insostenible. Además es una infraestructura desproporcionada para estas poblaciones. Por tanto, el
Estado debería hacerse cargo de su explotación y del pago del coste de su construcción.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
EL RETO DEMOGRÁFICO
destinados al uso general
la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
población de Alzira
23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR
EL RETO DEMOGRÁFICO
Administrativo Estatal con presupuesto limitativo
para la sostenibilidad energética.
reales
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
de las provincias de Salamanca, Zamora y León en las carreteras de titularidad estatal, tanto en el inicio del territorio de dichos espacios como, especialmente, en los accesos a las mismas.
García (GPIC)
reales
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
León, Zamora y Salamanca en las carreteras de titularidad estatal, tanto en el inicio del territorio de dichas reservas como, especialmente, en los accesos a las mismas.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
carreteras estatales en Salamanca, Zamora y León
NACIONALES
Inversión nueva. Otras
inicio del territorio de dichas reservas como, especialmente, en los accesos a las mismas.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
aguas residuales procedente de la red municipal de saneamiento en Carrascal del Duero (Zamora)
DEMOGRÁFICO
Recuperación y Resiliencia
oeste de la localidad, en la margen derecha del Duero, en el paraje denominado la Candelada, sin embargo, uno de los barrios de la ciudad, Carrascal, en la margen izquierda, junto al río, continúa a fecha de hoy, vertiendo aguas residuales tanto
domésticas como de explotaciones ganaderas, directamente al cauce sin ningún tipo de tratamiento. En 2011, mediante documento remitido por la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), dependiente actualmente del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, se afirma que la falta de depuración de aguas residuales en esa zona de la ciudad es una situación transitoria, ya que la construcción de un sistema de depuración está prevista en el Plan Nacional de Calidad de las
Aguas y la construcción se iniciará antes del 31 de diciembre de 2015. En 2015 se firma convenio entre el Ayuntamiento de Zamora y la CHD por el que se acuerda la construcción de una depuradora de aguas residuales en el barrio de Carrascal, y de la
que la CHD se hará cargo del proyecto y construcción y el Ayuntamiento de la gestión, aportación de terrenos y camino de acceso, su costé será 250.000 €. En 2016 se anuncia públicamente por parte del Ayuntamiento y CHD que se han realizado
los trámites necesarios para el inicio de la construcción: expropiación de la parcela elegida por la CHD, evaluación de impacto ambiental, etc., quedando pendiente la licitación del proyecto por parte de la CHD. En 2018 el Senador Carles Mulet
García formula pregunta sobre la situación administrativa del proyecto, obteniendo respuesta del Gobierno, que informa que éste fue redactado en noviembre de 2016, pero debe adaptarse a la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, actualización
que se estaba llevando a cabo en esos momentos, y que se procedería a continuación con su licitación y ejecución de obras. En octubre de 2020 el subdelegado del Gobierno en Zamora informa que la Unión Europea considera que el proyecto de depuradora
presentado por la CHD es invasivo para el río Duero por lo que la Confederación Hidrográfica está desarrollando un nuevo proyecto no ejecutado con un presupuesto de 258.000 €. Se solicita su inclusión presupuestaria para la ejecución de esta
infraestructura, cuyos trámites fueron iniciados hace ya varios años, y evitar de esta manera vertidos contaminados al río Duero, incongruentemente sólo dos km aguas abajo de la salida ya depurada de otras aguas de la ciudad en la EDAR, lo que le
resta eficacia.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
notable perjuicio medioambiental causado a la Montaña Leonesa por las importantes fugas de agua habidas en la construcción de la Variante de Pajares, al romperse numerosos acuíferos, secándose numerosas fuentes de la montaña leonesa por dicho
motivo, se solicita la reversión de este hecho y que el Estado revierta el daño causado en el entorno con la construcción de la Variante de Pajares, actuando para la recuperación hídrica de la zona y de sus acuíferos.
Reto Demográfico.
Gestión e infraestructuras del agua.
CRECE
poseyendo además en algunos casos agua de forma continuada, algo que es especialmente perentorio durante el verano. Estos hechos provocan un perjuicio evidente a los agricultores que se surten de dichos canales, a los que esta situación les impide
modernizar su infraestructura por ejemplo, al riego por goteo automático, que necesitaría de agua continuada en los canales. Por ello, ante la pérdida de agua que sufren por su deterioro diversos canales de León, Zamora y Salamanca, se solicita la
reparación de los mismos para que posean las condiciones adecuadas para maximizar sus prestaciones.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Contingencia
Canal del Bierzo Bajo, es necesario acometer la modernización del mismo, de cara a que pueda dar el rendimiento óptimo y esperado a los agricultores de la zona.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
reales
€)
Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Del mismo modo que el Gobierno acordó en pasados Presupuestos la rebaja de un 75% de los viajes a la Península para los ciudadanos de Canarias, la situación de emergencia poblacional del medio rural de la Región Leonesa y, especialmente, de sus
núcleos menos poblados, hace necesario un plan que incentive el asentamiento en las comarcas de las provincias de Salamanca, Zamora y León. Se solicita por ello un Plan especial permanente para la Región Leonesa en que haya un 50% de rebaja en sus
facturas de electricidad, gas y agua a quienes tengan o fijen su residencia en localidades de la Región Leonesa de entre 500 y 2.000 habitantes, rebaja que sería del 60% en localidades de entre 100 y 500 habitantes, y un 75% para quienes residan o
fijen su residencia en localidades de Salamanca, Zamora y León de menos de 100 habitantes.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
servicios
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
índices de despoblación de España, con un plan especial para la Región Leonesa, paliando con ayudas y medidas para incentivar la natalidad, las menores facilidades de que se dispone en el medio rural en temas de atención a la infancia.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Inversiones reales
(Miles de €)
Inversiones Reales Artículo: 69 Inversiones reales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
NÚM. 3698
Ecológica y el Reto Demográfico.
la Valldigna
libramientos internos
eléctrico de acuerdo con el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
Gloria (enero 2020), Filomena (enero 2021) y Blas (noviembre 2021) han ocasionado una grave afección y pérdida de arena tanto en longitud como en volumen en las playas de Tavernes (Goleta, Tavernes y Marenys). Hasta el punto de no poder instalar en
verano las dotaciones y servicios mínimos como playas accesibles, pasarelas, torres de vigilancia de salvamento y socorrismo, etc.
bandera azul y se genere un grave perjuicio económico y turístico al municipio y la comarca. Se propone una actuación de emergencia para evitar que siga habiendo afección a las playas, al cordón dunar con protección europea zona ZEC y LIC
“Dunes de la Safor” a las infraestructuras existentes y a la economia y turismo de la comarca de la Valldigna.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
DEMOGRÁFICO
Seguimiento y revisión de los planes hidrológicos de cuenca Importe: 10.000 (Miles de €)
que hace que el riesgo de inundación sea elevado en todo el municipio de Tavernes y gran parte de su término municipal, ocasionando graves daños materiales y económicos cuando se producen lluvias torrenciales. Las actuaciones de solución de los
problemas de inundabilidad del rio Vaca fueron declaradas prioritarias y urgentes en 2005 cuando se aprobó el Plan Hidrológico Nacional y no se ha realizado todavía actuación alguna después de 16 años.
Mulet García (GPIC)
Demográfico.
Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
uso general Concepto: Seguimiento y revisión de los planes hidrológicos de cuenca Importe: 6.000 (Miles de €)
pluvial de la zona y además facilitar la ubicación de la Futura Estación de Depuración de Aguas Residuales. Con esto se reduciria el riesgo de inundación y de afección a infraestructuras esenciales como la N-332 y la línea de ferrocarril
Gandia-València.
Ministerio de Cultura y Deporte.
de Aragón
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
4
las Lenguas Regionales o Minoritarias , a las Comunidades Autónomas de Galicia, Asturias, Euskadi, Navarra, Aragón, Cataluña, València, Illes Balears.
o Minoritarias
Ministerio de Cultura y Deporte.
fútbol “La Romareda” en Zaragoza
Edificios administrativos
transición ecológica de instalaciones Deportivas.
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Conservación y restauración de bienes culturales
El Castillo de Sagunt, una de las piezas patrimoniales de mayor peso del estado español, continua presentándose ante los visitantes como un espacio abandonado, sin las adecuadas prestaciones para atender las necesidades informativas, sin ningún tipo
de señalética ni soporte para dar peso y relieve a la importancia del conjunto histórico. Por todo ello, y ante el lamentable estado de conservación del monumento, se solicita la puesta a punto del conjunto, la adecuación de todos sus espacios y el
diseño y puesta en marcha de un Plan Director.
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Conservación y restauración de bienes culturales
Bolomor (València)
y Resiliencia
importante debido al hallazgo de los restos asociados a poblamiento humano más antiguos de la Comunidad Valenciana, datados entre 350.000 y 90.000 a. C., que corresponden al Paleolítico Inferior, así como las primeras evidencias de fuego controlado
de la Península Ibérica, en torno al 250.000 a. C.
Cultura y Deporte.
reales
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
largo plazo
del XXI. Entre otros muchos galardones le fue concedido el Premio nacional de narrativa 2014 otorgado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Tras su fallecimiento en agosto de 2015, la fundación Rafael Chirbes y el Ayuntamiento de
Tavernes de la Valldigna tienen previsto rehabilitar y reformar de manera integral la casa natalicia en donde se estableceria parte del archivo documental y gráfico de la fundación así como establecer una residencia de artes y ciencias humanas. Se
trataría de acondicionar la casa como una residencia creativa, como un espacio de trabajo para profesionales de las artes y las ciencias humanas.
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
(miles de euros)
nuevas tecnologías de la información y comunicación
64
Estudios y publicaciones
modernización informática
-Investigación, desarrollo e innovación tecnológica
– Infraestructura servicios administración digital
3708
Transformación Digital.
06
deficiencias existentes en materia de cobertura móvil e internet en la Somoza berciana, esto es, en la parte norte y occidental del municipio de Villafranca del Bierzo, se precisa dotar de cobertura móvil e internet a esta zona.
3709
Transformación Digital.
telecomunicaciones en el medio rural de Salamanca, Zamora y León
TELECOMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURAS DIGITALES
actividades relacionadas con la gestión del sector de las telecomunicaciones
en el medio rural de las provincias de Salamanca, Zamora y León ante los retrasos en los planes de conectividad y la brecha digital existente
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.
28
Actuaciones generales sobre adquisiciones e infraestructuras
aragonesa.
Ministerio de Ciencia e Innovación.
investigación científica en los centros CSIC ubicados en Aragón
Experimental Aula Dei, el Instituto de Carboquímica, el Instituto Pirenaico de Ecología, el Instituto de Nanociencia y Materiales de Aragón y el Instituto de Síntesis Química y Catálisis Homogénea.
Mulet García (GPIC)
modificación.
desarrollo de actividades y gastos funcionamiento
Ministerio de Política Territorial y Función Pública en respuesta al Consejo de Europa.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 29. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
2030
refuerzo de la atención a la infancia
euros).
Sociales: Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia
sus servicios como centro de día y residencial, y con espacios dedicados a la I+D+i.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENAIRE (Grupo).
ACTUACIONES BRASIL. SSCC, VARIOSAEROPUERTOS
Turismo ubicados en Aragón
mejora de instalaciones resto de Paradores (No regionalizable).
el turismo en Aragón.
RENFE-Operadora (Grupo).
ferrocarril en Aragón
NÚM. 3717
30.000 (miles de euros)
regionalizable.
NÚM. 3718
modificación.
Aragón
euros)
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 12 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
don Carles Mulet García (GPIC)
Artículo 20. Uno.1.
del sector público.
artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose a las siguientes tasas de reposición de efectivos:
por cien y en los demás sectores del 110 por cien.
“Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público. Uno. 1.
sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose a las siguientes tasas
de reposición de efectivos:
del ejercicio anterior tendrán un 120 por cien de tasa en todos los sectores.”
a cabo durante la crisis provocó una reducción de las plantillas de la Administración Local en mayor grado que en el resto de las AA.PP. La Administración Local ha pasado de 646.627 empleados en junio de 2011 a 579.680
empleados en enero de 2021, lo que supone una reducción del 10,5%. Esta reducción se ha producido en un contexto de amplio rigor en el cumplimiento de los criterios de déficit y estabilidad presupuestaria por parte de las
Entidades Locales.
Régimen Local, como por la normativa sectorial. A la dificultad para prestar estos servicios provocada por la escasez de plantilla, se une ahora la necesidad de afrontar el gran reto de la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
impedirá un diseño libre e independiente de estas, y, supondrá un perjuicio a la prestación de los servicios y por tanto a los ciudadanos. En las entidades locales de menor tamaño la tasa de reposición
supone de facto la imposibilidad de ampliar su plantilla.
ámbito de la Administración local.
siguiente enmienda al Artículo 20.
Artículo 20. Uno.
modificación.
sectores no prioritarios podrá acumularse en los sectores prioritarios. (texto suprimido “Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior podrán acumular su tasa de
reposición indistintamente en cualquier sector”)
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
XX.
Transformación y Resiliencia
corresponden por su peso relativo respecto al resto de administraciones públicas y que, en ningún caso será inferior al 14,9% para la media de ese período.
obtener por parte de las instituciones europeas y sus líneas de ayuda y en concreto del Plan de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la recuperación de la pandemia Covid-19.
participación de las EELL en dichos Fondos no deberá ser inferior al porcentaje que representa el gasto público local con respecto al gasto público local de las tres administraciones territoriales: Estado, CCAA, EELL.
Este porcentaje en el año 2019 ascendió al 14,9% de dicho gasto.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
de un crédito extraordinario para la creación de un Fondo Local de Impulso y Recuperación Económica y Social.
Presupuestos Generales del Estado para 2022 para la recuperación económica y social, 3.000 millones de euros. Las transferencias se destinarán a que las entidades locales, en el ámbito de su autonomía para la
gestión de sus respectivos intereses, financien actuaciones relacionadas con la elaboración y puesta en marcha de los planes o estrategias de acción locales para el impulso y la reactivación económica.
En el primer trimestre del ejercicio 2022 el Gobierno, de acuerdo con la Federación Española de Municipios y Provincias, fijará los criterios de reparto de este fondo entre las entidades locales, siendo el principal criterio el
de población y dedicando especial atención a aquellas Entidades locales que no dispongan de RTGG positivo o consideradas en situación de riesgo financiero.
Fondo Local para el impulso y recuperación económica y social, en respuesta a la grave crisis generada por los efectos del COVID-19. Urge facilitar recursos extraordinarios a todas las Entidades Locales, con especial atención a
las que no dispongan de RTGG positivo o consideradas en situación de riesgo financiero, para financiar las actuaciones de recuperación social y económica derivada de la pandemia.
demandando desde hace tiempo y que se recogió en el artículo 4 del Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales, en el que se
autorizaba un crédito extraordinario para la recuperación económica y social de las entidades locales. Este RDL 27/2020 finalmente no se convalidó por el Congreso y por tanto es necesario en base a lo señalado en
el párrafo anterior, su incorporación a los Presupuestos Generales del Estado del 2022, formalizándose así la creación de un fondo para la recuperación económica y social de las entidades locales.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
adicional nueva. Autorización de un crédito extraordinario para el apoyo a los servicios de transporte público de titularidad de entidades locales.
servicios de transporte público de titularidad de entidades locales, que tendrá por objeto dotarlas de mayor financiación para compensar el déficit extraordinario de aquellas, como consecuencia de la crisis del COVID-19 y
sus efectos en el año 2021, que se distribuirá, durante el ejercicio 2022, en función de los últimos datos disponibles de los ingresos por tarifa correspondientes a esos servicios, conforme a las reglas que se determinen
por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
consejos y cabildos insulares que prestan el servicio de transporte público.
hará sobre la base de criterios objetivos relacionados con la disminución de los ingresos por la caída de la demanda de transporte, por ser la causa principal del déficit extraordinario. Estos criterios objetivos se
establecerán en proporción a los ingresos obtenidos por aplicación de las tarifas o precios públicos en un año de referencia.
extraordinario que se autoriza deberán destinarse exclusivamente a financiar la prestación del servicio de transporte público urbano. La financiación del déficit extraordinario del transporte público se
regirá por lo dispuesto en este artículo, sin que les resulte de aplicación la Ley General de Subvenciones.
año 2021 se habilitó un crédito extraordinario para el apoyo a los servicios de transporte público de titularidad de Entidades Locales. El objetivo de este crédito fue dotar de mayor financiación a las
entidades locales al objeto de hacer frente al déficit extraordinario motivado por el COVID-19 en los servicios de transporte público de su titularidad.
para el año 2020 con la finalidad de compensar el déficit extraordinario soportado por las Entidades locales como consecuencia de la crisis del COVID -19 producido durante la vigencia del estado de alarma hasta finales del 2020.
aprobación de un fondo para el transporte público colectivo urbano para el 2021 que cubra las pérdidas ocasionadas durante el presente año.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
disposición adicional nueva
Gobierno, en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias, impulsará el análisis de la evolución del actual modelo de Participación en los Tributos del Estado de las Entidades
Locales al objeto de su modificación.
promueva las modificaciones que sean necesarias para su mejora.
año los modelos se revisaban quinquenalmente, en este caso se cumple el decimoséptimo año sin revisión del mismo.
sistema se mostró relativamente estable, pero a partir de dicho año ha habido numerosas disfunciones motivadas por diversas casuísticas, disfunciones que han afectado negativamente a las Entidades Locales.
3726
Locales por los ayuntamientos de municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en riesgo financiero.
Hacienda y Función Pública la conveniencia de revisar las condiciones financieras de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Entidades Locales por los ayuntamientos que se encuentren en situación
de riesgo financiero, o con elevado nivel de deuda financiera, o que hayan presentado remanente de tesorería negativo ajustado por los saldos de acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto y por devoluciones de ingresos
indebidos. Como consecuencia de ese estudio, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos podrá acordar la modificación de aquellas operaciones financieras y la condicionalidad fiscal aplicable, al objeto de
paliar los efectos derivados de la crisis y de posibilitar el saneamiento financiero de aquellas entidades locales.
en riesgo financiero.
manera extraordinaria como consecuencia de la pandemia.
la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Dirección General de Transporte Terrestre:
culo: 46 A Entidades Locales
51.054,74 miles de euros.
estratégico del transporte público colectivo urbano para el normal desarrollo de la actividad diaria de las ciudades, se considera imprescindible revisar su sistema de financiación adaptándolo a las necesidades reales del servicio que demanda la
ciudadanía.
servicio se han incrementado en los últimos años; más aun teniendo en cuenta el condicionamiento para percibir la subvención a partir de 2014 del cumplimiento de criterios medioambientales que exigen, en su caso, la adaptación o renovación, en su
caso,de las flotas.
22. Ministerio de Política Territorial.
financiación de las
Cooperación
esencialmente, en el Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación
APU/293/2006, de 31 de enero, de desarrollo y aplicación del mismo. En estas normas se establecen diversas líneas de cooperación, una de las más importantes es la aportación a lasobras y servicios de competencia municipal.
Económica del Estado con las entidades locales se inspira en los principios constitucionales de solidaridad y de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas incidiendo, mediante su contribución a las inversiones locales, en la
consecución de una mejor calidad de vida y de un mayor grado de cohesión económica y social de los municipios; en especial, los menos favorecidos.
en inversiones municipales y proyectos de obra de mejora y
Presupuestos Generales del Estado para 2022 se recoja una partida dirigida a las Diputaciones, Cabildos, Consejos Insulares, Comunidades Autónomas Uniprovinciales y Ayuntamientos de Ceuta y Melilla, como aportación a la financiación de las
inversiones de las Entidades Locales por Cooperación Económica Local del Estado.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Superior de Deportes
dotación en 11.852,37 miles de
COVID19, se han visto agravadas en la situación actual urgiendo la necesidad de inversiones reales para su adaptación a este nuevo escenario.
instalaciones deportivas de titularidad municipal y, en
exclusivamente el coste del mantenimiento de estas instalaciones y más en este momento.
estas instalaciones y, en consecuencia, limitando el acceso a la actividad física y deportiva de la población española.
prevista por los Presupuestos Generales de 2020, es decir, 13.153,36 miles de euros, solicitándose incrementar la partida inicialmente asignada de 1.300,99 miles de euros.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 37. Otras Relaciones Financieras con Entes Territoriales.
modificación.
Social
3.000.000,00 miles de euros.
formula la siguiente enmienda al Título II. Capítulo nuevo.
“TÍTULO II. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género” en la ley orgánica 1/2004 “derecho a indemnización y políticas de reparación a las víctimas”
temporal hasta que se adapte la legislación española, con una nueva ley o reforma de la existente, al marco del Convenio de Estambul que incluya un capítulo específico de políticas de reconocimiento, reparación y resarcimiento a las víctimas y sus
familias.
reglamentariamente, en caso de que la víctima mortal como consecuencia de la violencia sobre la mujer, en orden sucesivo y excluyente:
descendientes en primer grado en línea recta de la mujer víctima. En defecto de estas, las personas ascendentes en primer grado en línea recta de la mujer víctima. En defecto de estas, las personas en segundo grado en línea colateral de la mujer
víctima.
ley. Esta indemnización es incompatible con otras indemnizaciones por la misma causa.
otra persona progenitora, en su caso, y siempre que no fuera causante de la muerte, quien tendrá derecho a percibirla. En defecto de estas, por causas sobrevenidas, el derecho a percibirla será del resto de descendientes en primer grado en línea
recta de la mujer víctima de violencia sobre las mujeres. En defecto de estas, las personas ascendentes en primer grado en línea recta de la mujer víctima de violencia contra las mujeres. Si la víctima mortal tuviera descendencia, el derecho a
percibirla es de las personas descendientes en primer grado en línea recta de la víctima mortal.
incompatible con otras indemnizaciones por la misma causa.
personas descendientes en primer grado en línea recta de la víctima mortal. En el defecto de estas personas, serán beneficiarias las personas ascendentes en primer grado en línea recta de la víctima mortal. En defecto de estas, lo serán las
personas familiares en segundo grado colateral de la víctima mortal.
filiación, las personas tuteladas o las personas menores de edad que se encuentren en acogida permanente.
relación análoga a la conyugal con convivencia durante por lo menos los dos años anteriores a la muerte que no tenga ninguna denuncia por violencia de género. El requisito temporal no será exigible cuando exista descendencia común.
27 ter. Derecho a indemnización por causa de gran invalidez o de incapacidad permanente absoluta.
en primer grado en línea recta, pareja, en los términos del artículo 16.1 c, o personas en segundo grado de línea colateral de la mujer víctima que como consecuencia de la violencia de género sufran daños personales que provoquen una gran invalidez
o una incapacidad permanente absoluta tendrán derecho a la percepción de una cuantía económica de pago único, en las condiciones y los requisitos que se establezca reglamentariamente.
muerte, gran invalidez, o incapacidad permanente absoluta como consecuencia de la defensa de una víctima de violencia de género.
derecho a la indemnización regulada en el artículo 16 en la misma prelación, términos y condiciones.
permanente absoluta tendrá derecho a la indemnización regulada en el artículo 16 bis en la misma prelación, términos y condiciones
por fallecimiento e incapacidades permanentes
75.000,00
formula la siguiente enmienda al Artículo 69.
peluquería que queda redactado como sigue:
Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69.
reducidos por el que se añade un punto 4 al artículo con el siguiente contenido:
preservativos masculinos el tipo reducido del 4% en lugar del 10% establecido actualmente por la ley
(GPIC)
LES LLLES BALEARS
Autonomía de las Illes Balears, en reconocimiento del hecho específico y diferencial de su insularidad, mediante el establecimiento de medidas de orden económico y fiscal, con especial atención a ciertos sectores o materias.
Ámbito de aplicación.
dispone en los tratados y convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento jurídico español.
Hacienda entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears prevista en el artículo 125 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears será la encargada de hacer el seguimiento de la aplicación del régimen especial de las Illes Balears.
Asimismo, esta Comisión Mixta coordinará las comisiones interadministrativas que se constituyan al amparo de esta titulo.
Administraciones establecerán las comisiones o los mecanismos de cooperación y coordinación de carácter sectorial que consideren convenientes para la puesta en marcha, aplicación y desarrollo del régimen especial de las Illes Balears.
Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes tendrán derecho a la reducción en la base imponible de las cantidades que, con relación a sus establecimientos permanentes situados en las Illes Balears, destinen de sus
beneficios a la reserva para inversiones de acuerdo con lo dispuesto en este artículo, sin perjuicio de lo establecido en este Capítulo.
impositivo se hagan a la reserva para inversiones hasta el límite del 90 por ciento de la parte de beneficio obtenido en el mismo período que no sea objeto de distribución, en cuanto proceda de establecimientos permanentes situados en las Illes
Balears.
actividades económicas, incluidos los procedentes de la transmisión de los elementos patrimoniales afectos a las mismas.
legal. No tendrá la consideración de beneficio no distribuido el que derive de la transmisión de elementos patrimoniales cuya adquisición hubiera determinado la materialización de la reserva para inversiones regulada en este artículo, ni el que se
derive de los valores representativos de la participación en el capital o fondos propios de otras entidades, así como la cesión a terceros de capitales propios.
eventualmente se hubiese detraído de los fondos propios, ya en el ejercicio al que la reducción de la base imponible se refiere, ya en el que se adoptara el acuerdo de realizar las mencionadas asignaciones.
deberá figurar en los balances con absoluta separación y título apropiado y será indisponible en tanto que los bienes en que se materializó deban permanecer en la empresa.
de fondos propios a los efectos de lo previsto en el apartado 2 del artículo 25 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, ni servirá para cumplir el requisito previsto en la letra b) del apartado 1 del citado artículo 25,
ni el requisito previsto en el apartado 3 del artículo 105 de la misma Ley.
devengo del impuesto correspondiente al ejercicio en que se ha dotado la misma, en la realización de alguna de las siguientes inversiones:
patrimoniales que contribuyan a la mejora y protección del medio ambiente en el territorio de las Illes Balears, en los términos que reglamentariamente se determinen, así como los gastos de investigación y desarrollo derivados de actividades de
investigación, desarrollo e innovación tecnológica a que se refiere el artículo 35.1 y 2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
promoción de viviendas protegidas, cuando proceda esta calificación de acuerdo con lo previsto en la normativa autonómica reguladora de las actuaciones del Plan de Vivienda de las Illes Balears, y sean destinadas al arrendamiento por la sociedad
promotora.
septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
física
objeto la rehabilitación de un establecimiento turístico.
dirigidas a la renovación, ampliación o mejora de establecimientos turísticos, siempre que reúnan las condiciones necesarias para ser incorporadas al inmovilizado material como mayor valor del inmueble.
la reserva no podrá materializarse en marcas ni en conocimientos no patentados, en los términos que reglamentariamente se determinen.
servicios públicos en el ámbito de funciones de interés general que se correspondan con las necesidades públicas de las Illes Balears.
domicilio fiscal en el territorio de las Illes Balears.
de entrada en funcionamiento de dicha inversión.
anteriores a la fecha de la entrada en funcionamiento de la inversión, siempre que dicho incremento se mantenga durante un período de cinco años, salvo en el caso de
27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en el período impositivo en el que se obtiene el beneficio con cargo al cual se dota la reserva, quienes deberán mantener dicho incremento durante tres años.
plantilla media total de la empresa y de su incremento se tomarán las personas empleadas, en los términos que disponga la legislación laboral, teniendo en cuenta la jornada contratada en relación con la jornada completa.
acciones o participaciones en el capital emitidas por sociedades como consecuencia de su constitución o ampliación de capital que desarrollen en el archipiélago su actividad, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
sociedades realizarán las inversiones previstas en las letras A y B anteriores, en las condiciones reguladas en este artículo. Siempre que tanto la entidad suscriptora del capital como la que efectúa la inversión cumplan las condiciones del
artículo 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en el período impositivo en el que se obtiene el beneficio con cargo al cual se dota la reserva, será posible efectuar las inversiones de las citadas letras A y B en
los términos y condiciones previstos para este tipo de contribuyentes.
que el contribuyente que adquiere las acciones o las participaciones en su capital hubiera dotado la reserva regulada en este artículo.
Balears en los términos previstos en este artículo.
adquiridas por el contribuyente.
fehacientemente a la sociedad emisora el valor nominal de las acciones o participaciones adquiridas así como la fecha en que termina el plazo para la materialización de su inversión. La sociedad emisora comunicará fehacientemente a la entidad
suscriptora de su capital las inversiones efectuadas con cargo a sus acciones o participaciones cuya suscripción haya supuesto la materialización de la reserva así como su fecha. Las inversiones realizadas se entenderán financiadas con los fondos
derivados de las acciones o participaciones emitidas según el orden en el que se haya producido su desembolso efectivo. En el caso de desembolsos efectuados en la misma fecha, se considerará que contribuyen de forma proporcional a la financiación
de la inversión.
del contribuyente, salvo en el caso de los que contribuyan a la mejora y protección del medio ambiente en el territorio balear.
destino, contribuyan a mejorar las conexiones de las Illes Balears, en los términos que reglamentariamente se determinen.
comunicaciones que conecten el archipiélago balear con el exterior, por el tramo de la misma que se encuentre dentro del territorio de las Illes Balears y a la parte situada fuera del mismo que se utilice para conectar entre sí las distintas islas
del archipiélago.
actividades comerciales que se desarrollen en el ámbito territorial balear, así como los derechos de propiedad intelectual que sean objeto de reproducción y distribución exclusivamente en el archipiélago balear.
administrativas de uso de bienes de dominio público radicados en las Illes Balears.
administrativas de obra pública para la ejecución o explotación de infraestructuras públicas radicadas en las Illes Balears.
elementos patrimoniales, con exclusión de los intereses, impuestos estatales indirectos y sus recargos, sin que pueda resultar superior a su valor de mercado.
balear con el exterior, el importe de la materialización alcanzará al valor de adquisición o coste de producción del tramo de la misma que se encuentre dentro del territorio de las Illes Balears y a la parte situada fuera del mismo que se utilice
para conectar entre sí las distintas islas del archipiélago.
intangible no podrá exceder del 50 por ciento del valor total del proyecto de inversión del que formen parte, salvo que se trate de contribuyentes que cumplan las condiciones del artículo 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre
Sociedades, en el período impositivo en el que se obtiene el beneficio con cargo al cual se dota la reserva.
relacionados con las inversiones previstas en la letra A del apartado 4 de este artículo y se trate de contribuyentes que cumplan las condiciones del artículo 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en el período
impositivo en el que se obtiene el beneficio con cargo al cual se dota la reserva.
incremento de plantilla y se computará, en cada período impositivo, por el
materialización de la reserva en gastos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica también alcanzará a los proyectos contratados con universidades, organismos públicos de investigación o centros de innovación y tecnología, oficialmente
reconocidos y registrados y situados en Illes Balears.
suscripción. También tendrá esta consideración el importe desembolsado en concepto de prima de emisión.
entenderá producida la materialización, incluso en los casos de la adquisición mediante arrendamiento financiero, en el momento en que los elementos patrimoniales entren en funcionamiento.
materializado la reserva para inversiones a que se refiere la letra A del apartado 4, así como los adquiridos en virtud de lo dispuesto en la letra C de ese mismo apartado, deberán permanecer en funcionamiento en la empresa del adquirente durante
cinco años como mínimo, sin ser objeto de transmisión, arrendamiento o cesión a terceros para su uso. Cuando su vida útil fuera inferior a dicho período, no se considerará incumplido este requisito cuando se proceda a la adquisición de otro
elemento patrimonial que lo sustituya por su valor contable, en el plazo de seis meses desde su baja en el balance que reúna los requisitos exigidos para la aplicación de la reducción prevista en este artículo y que permanezca en funcionamiento
durante el tiempo necesario para completar dicho período. No podrá entenderse que esta nueva adquisición supone la materialización de las cantidades destinadas a la reserva para inversiones en las Illes Balears, salvo por el importe de la misma que
excede del valor neto contable del elemento patrimonial que se sustituye y que tuvo la consideración de materialización de la reserva regulada en este artículo. En el caso de la adquisición de suelo, el plazo será de diez años.
de pérdida del elemento patrimonial se deberá proceder a su sustitución en los términos previstos en el párrafo anterior.
elementos patrimoniales del inmovilizado podrán disfrutar del régimen de la reserva para inversiones, siempre que no exista vinculación, directa o indirecta, con los arrendatarios o cesionarios de dichos bienes, en los términos definidos en el
artículo 18, apartado 2, de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, ni se trate de operaciones de arrendamiento financiero. A estos efectos, se entenderá que el arrendamiento de inmuebles se realiza como actividad
económica únicamente cuando concurran las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 27 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos
sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
divisiones 1 a 4 de la sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, de actividades socio-sanitarias, centros residenciales de mayores, geriátricos
y centros de rehabilitación neurológica y física o de zonas comerciales situadas en áreas cuya oferta turística se encuentre en declive, por precisar de intervenciones integradas de rehabilitación de áreas urbanas, según los términos en que se
define en la Ley 8/2012, de 19 de julio, y el Decreto-ley 1/2013, de 7 de junio, de medidas urgentes de carácter turístico y de impulso de las zonas turísticas maduras.
apartado 4, deberán permanecer en el patrimonio del contribuyente durante cinco años ininterrumpidos, sin que los derechos de uso o disfrute asociados a los mismos puedan ser objeto de cesión a terceros.
materialice la reserva se podrán financiar mediante los contratos de arrendamiento financiero a los que se refiere el artículo 106 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en cuyo caso la reducción en la base imponible
quedará condicionada al ejercicio efectivo de la opción de compra.
que se dote con cargo a beneficios obtenidos en el período impositivo en el que se realiza la inversión o en los tres posteriores, siempre que se cumplan los restantes requisitos exigidos en el mismo.
financiación se comunicarán conjuntamente con la declaración del Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del período impositivo en que se realicen las inversiones
anticipadas.
título VI de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. También será incompatible para los mismos bienes y gastos con cualquier beneficio fiscal o medida de distinta naturaleza que tenga la condición de ayuda estatal bajo el
Derecho de la Unión Europea, si dicha acumulación excediera de los límites establecidos en el Ordenamiento comunitario que, en cada caso, resulten de aplicación.
anteriormente del régimen previsto en este artículo, ni de las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades reguladas en el capítulo IV del título VI de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
cumpla el plazo de mantenimiento a que se refiere el apartado 8 de este artículo, los contribuyentes harán constar en la memoria de las cuentas anuales la siguiente información:
indicación del ejercicio en que se efectuaron.
en que se produjo la dotación de la reserva, así como la identificación de los elementos patrimoniales en que se materializa.
lo que se hará constar a partir de la memoria correspondiente al ejercicio en que las mismas se materializaron.
consecuencia de la materialización de la reserva regulada en este artículo.
consecuencia de la materialización de la reserva regulada en este artículo.
materialización de la reserva, que no se han aplicado otras ayudas estatales cuya concurrencia suponga exceder de los límites establecidos en el Ordenamiento comunitario que, en cada caso, resulten de aplicación.
tengan obligación de llevar cuentas anuales llevarán un libro registro de bienes de inversión, en el que figurará la información requerida en las letras a) a g) anteriores.
4 de este artículo, la sociedad que realice las inversiones previstas en su letra A, mientras no se cumpla el plazo de mantenimiento a que se refiere el apartado 8 de este artículo, hará constar en la memoria de las cuentas anuales el importe y la
fecha de las inversiones efectuadas que supongan la materialización de la reserva prevista en este artículo dotada por la entidad suscriptora de sus acciones o participaciones, así como los ejercicios durante los cuales la misma deba mantenerse en
funcionamiento.
explotación que se destinen a la reserva para inversiones, siempre y cuando éstos provengan de actividades económicas realizadas mediante establecimientos permanentes situados en las Illes Balears.
inversiones en las IIles Balears, las personas físicas deberán llevar la contabilidad en la forma exigida por el Código de Comercio y su normativa de desarrollo desde el ejercicio en que se han obtenido los beneficios que se destinan a dotar la
reserva para inversiones en las Illes Balears hasta aquel en que deban permanecer en funcionamiento los bienes objeto de la materialización de la inversión.
anuales a la reserva y tendrá como límite el 80 por ciento de la parte de la cuota íntegra que proporcionalmente corresponda a la cuantía de los rendimientos netos de explotación que provengan de establecimientos permanentes situados en las Illes
Balears, siempre que no se superen los límites establecidos en el Ordenamiento comunitario que, en cada caso, resulten de aplicación.
los mismos términos que los exigidos a las sociedades y demás entidades jurídicas.
a las previstas en el apartado 4 de este artículo, así como el incumplimiento de cualquier otro de los requisitos establecidos en este artículo, salvo los contenidos en sus apartados 3 y 12, dará lugar a que el contribuyente proceda a la
integración, en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes o en la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio en que ocurrieran estas circunstancias, de las
cantidades que en su día dieron lugar a la reducción de aquella o a la deducción de esta, sin perjuicio de las sanciones que resulten procedentes.
los contratos de arrendamiento financiero, la integración en la base imponible tendrá lugar en el ejercicio en el que contractualmente estuviera previsto que esta debiera haberse ejercitado.
previstos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en su normativa de desarrollo.
inversiones en los términos previstos en el apartado 3 de este artículo, que será sancionada con multa pecuniaria proporcional del 2 por ciento de la dotación que debiera haberse efectuado.
anuales la información a que se refiere el apartado 12 de este artículo, que será sancionada con multa pecuniaria proporcional del 2 por ciento del importe de las dotaciones a la reserva para inversiones que debieran haberse incluido.
Incluir datos falsos, incompletos o inexactos en la memoria de las cuentas anuales a que se refiere el apartado 12 de este artículo, que será sancionada con multa pecuniaria fija de 100 euros por cada dato omitido, falso o inexacto, con un mínimo de
1.000 euros.
pecuniaria fija de 100 euros por cada dato omitido, falso o inexacto, con un mínimo de 500 euros.
artículo junto con la declaración por el Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, con el objeto de
obtenidos en relación con una misma inversión no excede de los límites establecidos en el Ordenamiento comunitario que, en cada caso, resulten de aplicación.
para las Illes Balears que entre en vigor el 2022. La enmienda prpone un nuevo titulo en los PGE 2022 que servirían de forma transitoria el periodo en que se tramite una ley a tal efecto..
permanente del territorio que genera un conjunto de desequilibrios que pueden resumirse en los siguientes puntos: mayor carestía de la vida; mayores costes de producción de las empresas que se aprovisionan de inputs intermedios; mayor carestía de
los productos energéticos; mayores costes de inversión en bienes de equipo; mayores costes de funcionamiento de la administración en la provisión de bienes públicos; menor aprovechamiento de las economías de escala; proliferación de conductas
anticompetitivas en los mercados; alta dependencia de los puertos y aeropuertos, y gran vulnerabilidad ante coyunturas externas.
adecuado y justo equilibrio económico interterritorial.
adecuado y justo equilibrio económico entre las diversas partes del territorio español, con vista a la efectiva realización del principio de solidaridad.
del hecho insular como un conjunto de circunstancias específicas cuya determinación se encomienda al Estado; y la conclusión de que este hecho insular debe ser atendido al formular las políticas concretas cuyo objetivo no es otro que la
materialización del equilibrio económico.
fuertemente marcada por tales circunstancias, responsable, por una parte, del dinamismo de su economía pero, al mismo tiempo, también de sus condicionantes. La defensa de la insularidad, tanto en el ámbito estatal como en el europeo, goza de un
consenso general.
actuaciones conducentes a reducir o eliminar dichos desequilibrios.
ámbitos, las cuales, salvo en lo que respecta a las relativas al transporte, carecen de concreción y están sujetas a desarrollos normativos posteriores a cargo de comisiones mixtas integradas por representantes de la Administración General del
Estado y de la Administración autonómica de las Illes Balears.
sexta del Estatuto mediante la articulación del régimen especial balear.
sobre la Renta de no Residentes aplicarán una bonificación del 10 por ciento de la cuota íntegra correspondiente a los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en las Illes Balears por ellos mismos, propios de actividades
agrícolas, ganaderas, industriales y pesqueras, en este último caso en relación con las capturas efectuadas en su zona pesquera y acuícola. Se podrán beneficiar de esta bonificación las personas o entidades domiciliadas en las Illes Balears o en
otros territorios que se dediquen a la producción de tales bienes en el archipiélago, mediante sucursal o establecimiento permanente.
Personas Físicas que ejerzan las mismas actividades y con los mismos requisitos exigidos a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, siempre y cuando determinen los rendimientos por el método de estimación directa.
aplicará sobre la parte de la cuota íntegra que proporcionalmente corresponda a los rendimientos derivados de las actividades de producción señaladas.
media de la entidad en dicho período no sea inferior a la plantilla media correspondiente a los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo en que tenga efectos el régimen previsto en este artículo.
constituido dentro del señalado plazo anterior de doce meses se tendrá en cuenta la plantilla media que resulte de ese período.
cumplirse el requisito previsto en el apartado anterior, se haya producido un incremento de plantilla media no inferior a la unidad respecto de la plantilla media del período impositivo anterior y dicho incremento se mantenga durante, al menos, un
plazo de tres años a partir de la fecha de finalización del período impositivo en el que se aplique esta bonificación incrementada.
disponga la legislación laboral, teniendo en cuenta la jornada contratada en relación con la jornada completa.
artículo, la aplicación de la bonificación requerirá que dicha entidad cumpla los requisitos para que resulte de aplicación el tipo de gravamen reducido para entidades de nueva creación regulados en el artículo 29.1 de la Ley 27/2014, de 27 de
noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. En este caso, se seguirán las siguientes reglas.
la entidad anterior al primer período impositivo de la entidad es cero.
período impositivo de la entidad.
fibras sintéticas, industria del automóvil, siderurgia e industria del carbón.
industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras al ordenamiento comunitario y control y seguimiento de su aplicación.
Ordenamiento comunitario.
la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general; 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis; 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, y 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas
de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura; Reglamentos que habrán de observarse en todos sus términos.
Reglamentos comunitarios citados en el apartado 1 anterior a lo largo de un periodo de tres años.
beneficio fiscal se determinará reglamentariamente.
establecidos en los Reglamentos comunitarios indicados en el apartado 1 anterior, será objeto de un sistema de seguimiento y control.
medidas o regímenes de ayudas utilizadas. Esta declaración incluirá información detallada de los aludidos incentivos, que serán objeto de comprobación.
cuya sanción consistirá en una multa pecuniaria proporcional del 20 por ciento del exceso.
naturaleza de la ayuda.
distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos en aquellos supuestos en que hubiera obligación de hacerlo por dichos medios.
hubiera debido incluirse en la declaración, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
los electrónicos, informáticos y telemáticos en aquellos supuestos en que hubiera obligación de hacerlo por dichos medios, la sanción y los límites mínimo y máximo serán la mitad de los previstos en el párrafo anterior.
dictarán las normas necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en este artículo, y, en particular, las de atribución de la competencia para la realización del control al que el mismo se refiere.
control
que permita conocer el logro de los objetivos económicos perseguidos por los beneficios fiscales. La concreción de dichos objetivos así como el órgano encargado de la realización del control de eficacia se determinarán reglamentariamente.
A estos efectos, la Comisión Mixta prevista en el artículo 125 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears desarrollará las siguientes funciones:
y suministrar la información necesaria al órgano encargado de realizar el control de eficacia al que se refiere el apartado 1 de este artículo.
distintas medidas o regímenes de ayudas utilizadas. Esta declaración incluirá información detallada de los aludidos beneficios, que se detallará reglamentariamente junto con el órgano ante el que debe presentarse.
Disposiciónes
disposiciones de esta titulo.
ley.
quincuagésima octava.
Cervantes, el Institut Ramon Llull, el Instituto Etxepare y la Real Academia Galega para la promoción y difusión de las lenguas castellana, catalana, vasca y gallega y de la cultura mediante redes telemáticas, nuevas tecnologías y otros medios.
la Disposición adicional quincuagésima octava.
asociaciones de la sociedad civil de las Illes Balears comprometidas con el medio ambiente y la cultura propia como la Obra Cultural Balear -OCB- y el Grup d’Ornitologia i Defensa de la Naturalesa -GOB-.
técnica
centésima vigésima segunda.
joven, destinado a facilitar el acceso del público joven a la cultura.
máximo de 400 euros por beneficiario, con un incremento del 15% para los beneficiario residentes en les Illes Balears, y se destinará a las actividades y productos culturales, tanto públicos como privados, que se determinen
reglamentariamente.
Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 1 de julio, en todo aquello no regulado por esta Ley.
bono cultural joven.
(GPIC)
adicional
Consell d’Eivissa para el cumplimiento de los fines de facilitar vivienda temporala profesionalesdel sector educativo y sanitario.
dificulta gravemente el acceso a la vivienda a profesionales de servicios esenciales como la salud o la educación. La instalación “Héroes de Filipenas”, infrautilizada, podría satisfacer la necesidad de una vivienda temporal a
aquellos profesionales que llegan a la isla y facilitar las estancias de breve situación.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
convertirlo en un espacio de acogida para población refugiada.
Antoni de Portmany), propiedad del Ministerio de Defensa se donará al Consell d’Eivissa para el cumplimiento de los fines de facilitar acogida de inmigrantes y refugiados.
importante. La instalación “Héroes de Filipenas”, infrautilizada, podría ser un espacio de acogida para la población refugiada que va llegando a la isla..
Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
(sito en el municipio de Palma, en Mallorca), propiedad del Ministerio de Defensa se donará al Govern de les Illes Balears para edificar vivienda social.
habitacional relevante que necesita todos los recursos públicos posibles para sofocarla.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
(MENORCA)
Reserva de la Biosfera de Menorca requiere de la finca de Alforí para desarrollar actividades y programación.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
siguientes artículos de la Ley General de
no imputable al trabajador.
hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a), de los siguientes coeficientes en función del período de cotización acreditado:
cotización
superior a cuarenta y un años y seis meses e inferior a cuarenta y cuatro años y seis
años y seis meses.
edad, y se les fijará su nueva pensión en función de su base
jubilación, se considerará como tal laque le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo
resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a).
la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como
pensión será objeto de reducción mediante la aplicación, por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de
lo establecido en el artículo 205.1.a), de los siguientes coeficientes en función del período de cotización acreditado:
y seis meses.
1,750 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización
cuando se acredite un período de cotización
de aplicar los coeficientes reductores desde el momento de cumplir dicha edad, y se les fijará su nueva pensión en función de su base contributiva y años cotizados hasta el momento de la jubilación anticipada anteriormente
los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo
cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a).
período la fracción del mismo.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Estatal aportará la cantidad de 30 millones de euros para la para la financiación de un Plan de Empleo de Baleares para la realización de medidas que incrementen el empleo. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa,
habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.
en 2022 citada para el Plan de Empleo de Baleares, se instrumentarán mediante un Convenio a celebrar entre la Administración General del Estado, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.”
importancia de las actividades turísticas en la economía balear ha hecho que el impacto que ha tenido la crisis sanitaria sobre la producción global ha sido más negativo que en otras regiones de España y de Europa. Debe recordarse que el PIB
turístico total representa más de una cuarta parte (el 25,8%) y los puestos de trabajo turísticos directos e indirectos casi llegan al 30% (un 29,0%). La actividad turística de las Islas se ha visto doblemente afectada por la COVID-19. En primer
lugar, las medidas de contención, tomadas tanto por las autoridades españolas como europeas, han limitado directamente muchas actividades que podían favorecer la propagación de la pandemia, como son las hoteleras, las de ocio y el transporte, entre
otros. En segundo lugar, la situación sanitaria ha lastrado la confianza de los viajeros, con el consiguiente aplazamiento o anulación de estancias ya programadas o futuras.
flujo de turistas llegados en el archipiélago, sufre una caída muy acentuada, que ya se venía dando en los meses de enero y febrero (hasta el -1,9%), que llega al -36,4% en el mes de marzo y se desploma hasta el -90,5 % en el acumulado enero a
junio.
afiliación del -13,0%, más intenso que el experimentado por el conjunto estatal (-4,3%). Según los últimos datos disponibles, el mes de agosto de 2020 la afiliación media
2019, mientras que en el conjunto España justo se sitúa un -2,7% por debajo. Las Illes Balears es, con diferencia, la comunidad autónoma con la caída de la afiliación más intensa, en términos relativos.
socialmente, hace imprescindible disponer de un plan extraordinario y urgente de empleo en el archipiélago para revertir la situación y recuperar la tasa de afiliación de población activa.
NÚM. 3744
(nueva).
bonificación al transporte aéreo y/o marítimo dei 75% de la tarifa del servicio regular por cada trayecto de ida y vuelta, o de ida, en los viajes a la península y entre islas, de aplicación a los residentes, a los menores de edad no emancipados y
no residentes en los territorios de las Islas Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, cuando uno de los progenitores o tutor legal figure empadronado en los territorios indicados.
que, en su caso, deba acompañar al menor por razón de edad o circunstancias especiales.
caso.
nueva.
Se autoriza a la Administración General del Estado a celebrar convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana y el Ayuntamiento de la ciudad de Palma en Mallorca para la cesión a dicho
ayuntamiento del inmueble y terrenos denominados “Acuartelamiento de Son Busquets” a los efectos de construcción en dichos terrenos por el Ministerio de Transportes, movilidad y Agenda Urbana de viviendas de protección oficial.
reclamando al Estado
el anuncio del Ministerio de Defensa de la subasta del inmueble lo que supondría que Palma perdería un valioso suelo que podría continuar siendo público si bien de titularidad municipal para hacer una mejor política de vivienda a través de la
construcción de promociones sociales en el Plan de vivienda Pública que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana está desarrollando. Por ello se propone un convenio de colaboración a tres bandas para la cesión de los terrenos y el
inmueble al Ayuntamiento y el desarrollo por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de promociones de vivienda de protección oficial.
Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías, con origen o destino en las Illes Balears.
términos siguientes.
Decreto, por cada persona física o jurídica, no podrá superar el importo máximo total señalado en—el Reglamento (UE) 1407/2013, salve que se obtenga autorización de la Comisión Europea.
no se aplicarán al transporte de los productos agrícolas y de primera transformación a que se refiere el artículo 38 y anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.»”
de la compensación al transporte marítimo de mercancías cuando dichos costes no tienen repercusiones apreciables sobre los intercambios comerciales y la competencia entre Estados miembros de la Unión Europea. El transporte marítimo entre las Islas
Baleares y la Península no puede considerarse como un coste de transporte “normal”, equivalente al coste de transporte terrestre de las empresas. Es preciso corregir la desventaja que tiene un territorio insular al no disponer de vías
terrestres para desplazar sus mercancías. Esta desventaja que se deriva del hecho insular genera hoy un mayor coste de transporte para las industrias frente a sus competidoras ubicadas en ámbitos terrestres peninsulares. Las operaciones
adicionales de almacenamiento, estiba y desestiba, junto con las obligadas necesidades de mayores stocks de cobertura, comportan un coste para la industria insular generando una desigualdad que sólo puede ser compensada por las bonificaciones al
transporte de mercancías que actualmente ya se vienen aplicando. No obstante, la limitación de “mínimis” que establece la Unión Europea y que se aplica con carácter general a toda
ámbito territorial peninsular, pero no la tiene cuando se aplica al transporte marítimo que realiza la industria ubicada en las Islas. La aplicación de la limitación de “mínimis” se convierte para la industria insular en una desventaja
competitiva y no corrige las desventajas naturales derivadas de la ubicación industrial en una isla.
mercancías industriales entre las islas y la península.
marítimo de mercancías. De no hacerse, ello llevará la desaparición de las principales empresas industriales de Baleares y será un obstáculo a la creación de otras nuevas industrias. El propósito de esta enmienda es otorgar a la industria ubicada
en territorio insular una situación equivalente a la que se desprendería de tener una carretera que conecte las Islas Baleares con la península y así atender, de manera real y efectiva, el principio de continuidad territorial con la península y de
igualdad de condiciones de su industria con el resto de industrias en la península.
alguno y no altera la competencia de la actividad comercial entre los estados miembros. Si el Gobierno entiende que ello es así no tiene sentido que se apliquen los criterios de “mínimis” a la compensación de los costes de transporte
marítimo para las empresas que desarrollan actividades industriales ubicadas en territorio insular.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Illes Balears
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales realizadas en las Illes Balears
espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales realizadas en las Illes Balears, con respecto a los porcentajes vigentes en territorio común estableciendo que se aumentará en:
% (por el primer millón de inversión).
domicilio fiscal en las Illes Balears).
financiera, la aportación del coproductor balear no tiene que ser inferior a un 10 % ni superior al 25 % del coste de producción.
espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales realizadas en las Illes Balears
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
tecnológica que se realicen en Illes Balears.
Impuesto sobre Sociedades, serán superiores en 20 puntos porcentuales a los del régimen general.
apartado 2 del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, serán superiores en 20 puntos porcentuales a los del régimen general.
actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica que se realicen en Illes Balears.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
pesqueras de les Illes Balears
de la venta de bienes corporales producidos en las Illes Balears por ellos mismos, propios de actividades agrícolas, ganaderas, industriales y pesqueras, en este último caso en relación con las capturas efectuadas en su zona pesquera y acuícola. Se
podrán beneficiar de esta bonificación las personas o entidades domiciliadas en las Illes Balears o en otros territorios que se dediquen a la producción de tales bienes en el archipiélago, mediante sucursal o establecimiento permanente.
La bonificación anterior también será aplicable a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que ejerzan las mismas actividades y con los mismos requisitos exigidos a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades,
siempre y cuando determinen los rendimientos por el método de estimación directa.
señaladas.
período impositivo en que tenga efectos el régimen previsto en este artículo.
La bonificación se incrementará hasta el 25 por ciento en aquellos períodos impositivos en los que, además de cumplirse el requisito previsto en el apartado anterior, se haya producido un incremento de plantilla media no inferior a la unidad
respecto de la plantilla media del período impositivo anterior y dicho incremento se mantenga durante, al menos, un plazo de tres años a partir de la fecha de finalización del período impositivo en el que se aplique esta bonificación
incrementada.
el tipo de gravamen reducido para entidades de nueva creación regulados en el artículo 29.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. En este caso, se seguirán las siguientes reglas.
del requisito previsto para aplicar la bonificación regulada en el apartado 4, se considerará que la plantilla media de la entidad anterior al primer período impositivo de la entidad es cero.
de empleo en períodos impositivos sucesivos regulado en el apartado 3 vendrá referido a la plantilla media del primer período impositivo de la entidad.
derivados de la venta de bienes corporales producidos en las Illes Balears propios de actividades de construcción naval, fibras sintéticas, industria del automóvil, siderurgia e industria del carbón.
especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras de les Illes Balears para compensar parcialmente sobre costes de insularidad.
Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Disposición adicional X con la siguiente redacción:
laboral fijo de las tripulaciones de refuerzo en unidades con una gran carga de trabajo en zonas de frontera. Por ello, se autoriza la oferta de empleo público extraordinaria fija correspondiente al incremento mencionado.
Contratación de personal con carácter laboral fijo se destinará al refuerzo de Plantilla de Flota E.P.E. SASEMAR que actualmente trabaja en zonas de frontera. En todo caso, no será utilizada para tripular nuevas unidades o para completar puestos
de controladores en tierra.”
rescate de personas migrantes es asumido por los tripulantes de los medios marítimos, principalmente en las unidades tipo Salvamar y Guardamar, vemos insuficiente el personal que componen las tripulaciones que operan este tipo de unidades. Cabe
destacar el esfuerzo titánico que realizan los hombres y mujeres que componen estas tripulaciones, con jornadas laborales sobrepasadas de horas, siendo la fatiga su peor enemigo, e incumpliendo toda aquella normativa vigente sobre trabajo/descanso
de las jornadas especiales en la mar. Por lo que, a continuación, se presenta una serie de necesidades urgentes para paliar esta situación que están viviendo ias tripulaciones y así garantir la seguridad en las operaciones de salvamento.
operativamente, siempre trabajan con 3 personas. De las 55, 25 necesitan Incorporación inmediata de 4 tripulante con plaza estructural en las zonas de frontera, donde se realicen operaciones de rescate de personas migrantes, aunque se debe
contemplar la contratación en otras zonas las cuales tengan operativos que requieran del refuerzo, no siendo el tipo de servicio el rescate de personas migrantes.
Portocolom Salvamar Illes Pitiüses 2 Marineros
Salvamar Mirfak 2 Marineros
Es de urgencia que las unidades descritas lo tengan establecido y de forma fija, ya que son las unidades que trabajan directamente con operaciones de rescate de migrantes, y debido a las dificultades que entraña el tipo de servicio es de máxima
necesidad.
cuatro unidades tipo Guardamar, (Guardamar Caliope, Guardamar Concepción Arenal, Guardamar Talia y Guardamar Polimnia), son unidades de medio porte y se caracterizan por su versatilidad, por lo que son una pieza fundamental para las operaciones de
rescate de personas migrantes. En este tipo de unidades su tripulación operativa está compuesta de 8 tripulantes, hay dos tripulaciones por unidad, y su periodo de trabajo/descanso, es, un mes de embarque operativo 24 horas, por un mes de descanso.
Debido a que la habilitación es ridícula, y el tipo de navegación que tienen, impiden el buen descanso de las tripulaciones, y a esto, si le sumamos el exceso de carga de trabajo donde sus tripulantes viven en cuadros de fatiga laboral permanentes,
debido a estas condiciones, un gran número de tripulantes están con Incapacidad Temporal.
de 2 tripulaciones y así rebajar los periodos de embarque a 15 días a 24 horas operativos.
porte, también denominados buques polivalentes. Estos buques se caracterizan y diferencia del resto, por el gran porte y por su gran número de equipos instalados, para realizar sus tareas de salvamento y lucha contra la contaminación, en el año
2010 el departamento de máquinas de estos, se vio reducido en cuestión personal considerablemente, por lo que a día de hoy estos buques deben ser reforzados por la alta carga de trabajo para poder garantizar que todos los servicios y equipos del
buque estén al día de mantenimientos requeridos, y así poder garantizar una operatividad para todo tipo de servicios.
2 Engrasador.
Máquinas, 2 Engrasador.
Polivalentes 8.- 2° Of. De Máq. 714.476,62 €
de 3.229.524,61€, esta cantidad corresponde a la suma de los salarios correspondientes por cada tripulante, otros conceptos salariales, gastos de Seguridad Social, para un año de duración. Cabe destacar que el presupuesto de la E.P.E.
SASEMAR, en el año 2019 es de 180,4
tripulantes que fueron retirados durante los recortes de la última crisis económica por estar legalmente operativos durante todo el año las 24 horas del día; también se pretende que haya presencia femenina en la flota de SASEMAR, con las nuevas
contrataciones.
adicional nueva.
Cànaves (1895-1937) durante la Segunda República, de convicciones republicanas, de izquierdas, católicas y mallorquinistas, confiscado después de su asesinato en 1937 por parte de las tropas sublevadas y a día de hoy propiedad del Ministerio de
Defensa del estado, al Ayuntamiento de Palma durante 2022 para que pueda generarse en este espacio un centro de interpretación de estudios por la paz, los derechos humanos, la memoria democrática y la convivencia cívica.
adicional nueva.
ayuntamiento de Calvià (Mallorca) para garantizar una mejor gestión ambiental de la finca y para que sea el núcleo del uso público de un futuro Parc Natural de Ponent de Mallorca.
3754
oportunidades de los jóvenes de acceso a la vivienda incrementando 15% para los jovenes de les Illes Balears
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
cederá por parte del estado la propiedad del “Castell de Alaró” al Consell de Mallorca. Dicha cesion se complementará con un convenio entre las dos administraciones para su rehabilitación dotado con una partida presupuestaria por
parte del estado de de 1.500.000€.
nunca ha invertido un solo céntimo en esta fortaleza, con muros y torres de vigilancia aún en pie, por lo que nunca ha sido restaurada y, ahora mismo, su estado es critico
Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final décima.
adiciona un apartado Tres a la Disposición Final Décima, de modificación del de la Ley 3812003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que queda redactada como sigue:
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que queda redactado como sigue:
ciudadanos”.
y familias en situación de vulnerabilidad para cubrir necesidades básicas (alimentación, vestido, alquiler, suministros del hogar, material escolar u otros). El objetivo que se persigue es agilizar la concesión de las solicitudes de estas ayudas de
emergencia social, dar una respuesta rápida a las necesidades básicas que los ciudadanos más vulnerables presentan, lo que hace necesario excluir estas ayudas del ámbito de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
nueva.
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, no se considerarán realizados de forma habitual los trabajos o actividades por cuenta propia cuyos rendimientos netos totales obtenidos en el año natural no superen la cuantía del Salario
Mínimo Interprofesional, en cómputo anual. A los efectos de determinar el rendimiento neto, se aplicarán las normas establecidas en la modalidad de estimación directa simplificada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.
dispuesto en este artículo, no existirá obligación de afiliación, alta ni cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en razón de aquellos trabajos o actividades realizados por cuenta
propia cuyos rendimientos netos totales obtenidos en el año natural no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional, en cómputo anual.
modalidad de estimación directa simplificada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.».
Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
nueva Disposición final X, en los siguientes términos:
funciones y servicios de la Administración del Estado a la Govern de les Illes Balears en materia de ordenación y gestión del litoral.
Gestión de los ingresos que se devenguen por la explotación de los usos autorizados.
la Comisión Mixta. Gestión de los ingresos que se devenguen por su explotación. La prórroga, modificación sustancial, u otorgamiento de nueva concesión se someterá al régimen general que se acuerde sobre otorgamiento de concesiones.
Gestión y otorgamiento de las autorizaciones de actividades en las que concurran circunstancias especiales de intensidad, peligrosidad o rentabilidad; y de las autorizaciones de ocupación del dominio público marítimo-terrestre con instalaciones
desmontables o con bienes muebles.
gestión y ejecución de obras y actuaciones que no sean de interés general.
informes sobre la calificación de interés general. Ejecución y gestión de dichas obras de interés general en los términos del convenio suscrito con la Administración General del Estado.
incluye, en todo caso, su otorgamiento, renovación, prórroga, modificación y extinción. Dichas concesiones son las siguientes:
público marítimo-terrestreexigidas para las explotaciones de acuicultura,
u otras circunstancias requieran un plazo de ocupación superior a un año.
rentables o peligrosos, así como los privativos, con obras o instalaciones no desmontables.
dominio público marítimo-terrestre, tales como embarcaderos, pantalanes, varaderos, etc., que no formen parte de un puerto o estén adscritas al mismo.
en lo que se refiere al incumplimiento de las condiciones de otorgamiento de las concesiones demaniales.
imposición y recaudación de las sanciones que corresponda, en lo que se refiere al incumplimiento de éstas en los términos en que fueron otorgadas.
la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
función.
por el que se
de Autonomía.
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.
Balears, en su memoria del año 2019, expone las deficiencias en cuanto a personal de la Sección de Menores de este territorio. Siendo este un tema de extrema importancia y sensibilidad y vistos los retrasos y consecuencias de la falta de medios
humanos entendemos imprescindible aumentar la dotación de la Sección de Menores de la Fiscalía de les Illes Balears con 1 nuevo fiscal y con 3 equipos técnicos.
Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.
MINISTERIO DE JUSTICIA
nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios
JUSTICIA
resiliencia.
como es el caso de la isla de Formentera.
características de la población, los medios de comunicación y las comarcas naturales”.
sustancial incremento de población flotante en temporada estival que multiplica notablemente el de la población censada.
irremediablemente trasladarse vía marítima a la isla de Ibiza ser atendidos en sus peticiones o comparecencias ante el órgano de que se trate, siendo que existen determinados días al año que la meteorología lo impide o desaconseja.
atendemos a criterios comarcarles resulta una obviedad indiscutible que la propia realidad insular de la isla de Formentera se integra en las intenciones del legislador a la hora contemplar el parámetro de comarcas naturales, pues nada más que una
isla es susceptible de constituir, por si sola, una entidad comarcal natural.
isla de Formentera cuente con un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Treinta años después y varias reformas a la Ley 3811988 de Demarcación y Planta Judicial se han practicado. Mientras tanto, la isla de Formentera sigue sin disponer de
una administración de justicia en su territorio que sitúe en condiciones de igualdad de acceso a la justicia a sus habitantes si tenemos en cuenta que existen territorios peninsulares con menos población que cuentan con una infraestructura judicial
básica como la que se pretende sin el agravante y condicionante añadido de la realidad insular.
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
URBANA
autónoma de las Illes Balears para financiación transporte terrestre
451 N Dirección y Servicios Generales de transportes, movilidad y agenda urbana
servicios
3762
Agenda Urbana.
A Infrastructuras de Transporte Ferroviario
Infraestructuras del Transporte
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
20 Secretaria de estado de Transportes, Mobilidad y Agenda Urbana
Aeropuerto de Menorca
convencial y sustitutorio.
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Mobilidad y Agenda Urbana
con problemas de salud mental
100000 (miles de euros)
Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
igualdad de derechos a menores no emancipados hijos de residentes
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Urbana
carreteras Consell de Menorca
Movilidad y Agenda Urbana
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Creación de Infraestructura de Carreteras
Matas (GPIC)
Carreteras
miles de euros
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
187
PROFESIONAL
difusión exterior de la lengua y cultura catalanas.
la española, ignorando el
ello, proponemos la división del crédito presupuestario 18.08.144B.480 para dar cobertura a la difusión y promoción, también, del catalán, gallego, euskera y occitano.
Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Educación Infantil de titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 0 a 3 años.
de titularidad pública (prioritariamente de 0 a 3 años): Reforma/rehabilitación y equipamiento para nuevas unidades; nueva construcción y equipamiento; y gastos de personal y otros gastos.
18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
titularidad pública, prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
3771
Turismo.
Transferencias de capital
Consell de Mallorca
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Convenio Consell de Menorca para impulsar “Menorca Talaiòtica”
turístico hacia la
miles de euros
Industria, Comercio y Turismo.
sostenibilidad.
Camí de Cavalls
Transferencias de capital
rehabilitación del Camí de Cavalls, una joya natural y cultural que combina lo mejor del pasado británico de la isla con el paisaje mediterráneo más virgen, auna el consenso suficiente de autóctonos y turistas en su defensa.
3774
Alimentación.
los recursos hídricos
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
las Illes Balears sobre infraestructuras hídricas ( dessalación, saneamineto, separación de redes)
Alimentación.
65
AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
el Senado de creación de reservas marinas en las Illes Balears
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
(NUEVO)
Y RESILIENCIA.
Comunidades
les Illes Balears asume, hasta la fecha, en el transporte de residuos de Formentera hasta Eivissa.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ecologica
forestal, prevención de incendios, acondicionamineto del refugio , educación ambiental y mantenimiento de la finca de La Trapa ( Andratx, en Mallorca)
finca de La Trapa , de importante valor patrimonial y ambiental, situada en Andratx (Mallorca) en el monte con dicho topónimo, pertenece a la organización ecologista GOB y fue comprada en los años ochenta por subscripción popular por miles de
mallorquines. Goza de mucho apoyo transversal en la sociedad balear y su conservación genera un gran y amplio consenso. Necesita de una inversión importante de acondicionamiento y mantenimiento.
Vidal Matas (GPIC)
Inversión en protección de sistemas dunares en las Illes Balears
Actuación en la Costa
Recuperación, protección y sensibilización de los sistemas dunares, muy afectados por la presión humana y el cambio climático.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Consell de Menorca para realizar obras de acondicionamiento de la finca pública de Alforí.
451O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
municipal de Ciutadella de Menorca, es una finca con una gran diversidad de flora, comunidades y hábitats que varían a lo largo del territorio según el sustrato geológico, la influencia del mar y los vientos y la acción humana. Los valores
naturales de esta zona han permitido que tanto la zona marina adyacente como la terrestre formen parte de los espacios de Red Natura 2000, aparte de ser designada la parte terrestre como Área Natural de Especial Interés y la marina como Reserva
Marina. De igual variedad se presentan los elementos etnológicos que nos podemos encontrar en la finca, pasando por las cuevas de los acantilados a las cuevas de carboneros y de los pozos a los cercados de ganado.
de una superficie de 256 hectáreas (polígono 8 parcela 5) y reúne, como se ha comentado, valores naturales que la incluyen en zona LIC, ZEPA, ANEI, Ley de Patrimonio Histórico de las Islas Baleares y Reserva Marina, además de interesantes valores
arquitectónicos, etnológicos y arqueológicos registrados.
de una parte de la finca, quedando el resto de la superficie como bien de dominio público marítimo terrestre.
Demográfico que se encarga de desarrollar y coordinar la planificación de la Red de Parques Nacionales y, además, gestionar diferentes montes, fincas y bienes patrimoniales de propiedad estatal, provenientes entre otras, de mutaciones demaniales,
entre las que se encuentra la finca de Alforí de Dalt.
recursos cinegéticos y pesca fluvial, actuando también como el máximo responsable de la gestión de la Reserva de Biosfera de Menorca, a través del Departamento de Medio Ambiente y Reserva de la Biosfera y de la Agencia Menorca Reserva de
Biosfera.
de Dalt. Mediante un convenio de colaboración, OAPN aportó una cantidad de 100.000€ al Consell Insular de Menorca para llevar a cabo dichas gestiones, contemplando entre otras, tareas de vigilancia, la elaboración de un Programa de Educación
Ambiental y mantenimientos generales de las infraestructuras presentes. Por otro lado, la entidad insular aportó 10.000€ más para cubrir gastos corrientes.
subvención nominativa al Consell Insular de Menorca para la conservación y mantenimiento de la finca, con actuaciones similares a las del año anterior, en este caso por valor de 80.000€ por parte de OAPN y una aportación del CIM de 10.000
más.
período comprendido entre julio del 2017 y julio del 2021. Durante la vigencia de este convenio, la contribución del Organismo Autónomo Parques Nacionales habrá sido de una cantidad no superior a 360.000€. Por otro lado, el Consell Insular
de Menorca se comprometió a aportar la cantidad de 45.000€ durante el mismo período, habiendo invertido a día de hoy un total superior de 105.106,65€, de los cuales 43.308,85€ se corresponden con actuaciones de educación
ambiental.
Insular de Menorca. Al mismo tiempo, es un espacio relevante de cara al uso y disfrute tanto por residentes como visitantes de la isla, atraídos por sus parajes naturales que contemplan bosques de encinas, pinares, torrentes, sistemas dunares, así
como la conocida playa de Cala Pilar.
modelado y creado el paisaje agrícola típico de Menorca.
establo y un antiguo horno. Para estas construcciones, actualmente en desuso, existe un proyecto de rehabilitación que permitiría constituirlas como un relevante centro de interpretación y divulgación de cara al público, difundiendo tanto los
valores naturales como culturales presentes en la finca y representativos de Menorca.
finca de Alforí para convertirlas en un centro de interpretación y un aula de la naturaleza, recuperando al mismo tiempo un antiguo horno tradicional y una vivienda del guarda.
modificación.
451O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
debe dotarse de los recursos necesarios para su correcto desarrollo.
mejora del medio natural
DEMOGRÁFICO
las Illes Balears.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ambiente
Balears
Hídricos
Vicenç Vidal Matas (GPIC)
Demográfico.
costa al cambio climático e implementación
Fundaciones y resto
y recuperación paseos marítimos Manacor en Mallorca
C05.104 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal Entidades Locales
Senador Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
implementación
entidades del Sector Público Estatal Entidades Locales
marítimos de Capdepera en
Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto
marino.
Gloria
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
redacción:
consideración del as Illes Balears como territorio insular el gobierno impusará ayuda económica suplementaria para compensar los costes adicionales de la lejanía.
de residencia hasta el de destino, en los programas de investigación, formación y movilidad además de otras medidas complementarias relativas a la promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación e incorporar a la oferta academica nuevos
estudios para reducir el desplazamiento a otras comunidades y explorar áreas de conocimiento que a día de hoy no existen en la UIB como Ciencias Políticas, Sociología, Relaciones Internacionales y Periodismo.
cantidad de 20 millones de euros para la financiación a las Universitat de las Illes Balears de los referidos programas y grados. El período de ejecución de estos programas podrá ser extensible hasta 2023 y se instrumentará mediante un Convenio del
Ministerio de Universidades con la UIB.
Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deportes.
Ministerio de Cultura y Deporte
Cultura y Deporte
Matas (GPIC)
modificación.
Ayudas para la edición de libros en catalán en las Illes Balears
Publicaciones Culturales
dureza y requiere un plan de choque para que la ayude a consolidar una situación de normalidad. Fortalecerlos ayuda a imulsar las industrias culturales del país.
Vicenç Vidal Matas (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deportes.
ministerio
lengua catalana en sus dependencias y/o en colaboración con otros teatros de las Illes Balears
bienes y servicios
sus industrias culturales.
Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Transferencias a instituciones culturales
Museos
don Vicenç Vidal Matas (GPIC)
Dinamización de la cultura a lo largo del territorio.
lengua catalana en les Illes Balears
a la Sección 29. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Promoción y servicios a la juventud
EUROS
Trabajos Técnicos
de las Illes Balears en esta época de crisis post-Covid19.
la siguiente enmienda a la Sección 29. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Social. Mecanismos Sociales y Resiliencia.
sociales
finca de importante valor paisajístico y conservacionista a nivel ambiental.
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 29. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
anualmente. Atendiendo que esta cantidad ha disminuido en la transferencia a les Illes Balears de los poco más 360.000€ que estipulados en el convenio de 1997 a poco más de 20.000€ que se transfieren en la actualidad y donde la
población de les Illes Balears se ha visto perjudicada por este hecho se solicita la actualización y adecuación de dichas transferencias
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 29. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
(Armada)
creación de nuevos centros humanitarios de atención a las personas inmigrantes gestionadas por el tercer sector social en aquellos territorios del estado con menor presión demográfica derivada de dichos procesos migratorios
3795
Territoriales.
por Convenio de Carreteras 60.000,00 miles de euros
2015 se firmó un protocolo de intenciones entre la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para “la promoción de actuaciones inversoras en materia de
carreteras en el territorio de la Comunidad Autónoma”, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1998, del Régimen Especial de las Illes Balears, vigente en aquel momento. En concreto el protocolo prevé inversiones hasta un
máximo de 240 millones de euros en el periodo 2016 a 2018, y especifica que “en el caso en el que durante 2016 no se doten, por razones presupuestarias, el importe no ejecutado en dicho ejercicio se acumularía a 2017 y 2018”. Sin
embargo, no se ha ejecutado dicho importe en ninguno de los tres ejercicios mencionados, ni tampoco en los siguientes.
poder mejorar las infraestructuras del archipiélago y, con ello, su productividad, y dar así cumplimiento al compromiso firme asumido por el Estado de transferir a les Illes Balears la dotación necesaria para financiar actuaciones inversoras en
materia de carreteras. Se propone que para 2021 la cifra a consignar ascienda a 60 millones de euros, sin perjuicio de los 180 millones de euros restantes para el efectivo cumplimiento del compromiso sean transferidos por el Estado en los
ejercicios 2022 y 2023.
público de empleo estatal.
empleo y otras actuaciones en materia de empleo, mediante convenios de colaboración con Comunidades Autónomas
de Empleo Estatal
incorporación de una nueva disposición adicional con el siguiente tenor:
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69.
Reducidos, por el que se añade un punto 3 al artículo con el siguiente contenido:
artículo, por el que se aplicará también el tipo reducido del 10% a las actividades de peluquería que queda redactado como sigue: 9) Actividades de peluquería, barbería y estética.
ciudadanía que se incluyó entre las esenciales en el primer estado de alarma.
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional décima séptima.
refiere el artículo 18 apartado Uno de esta Ley podrán contratar nuevo personal con las limitaciones y requisitos establecidos en la presente disposición.
personal, funcionario o laboral, con una relación preexistente fija e indefinida en el sector público estatal, autonómico o local en el que, respectivamente, esté incluida la correspondiente entidad pública empresarial o sociedad mercantil, así
como, en aquellos ámbitos que presenten especiales dificultades de cobertura, a reservistas de especial disponibilidad que se encuentren percibiendo, hasta el momento de la celebración del contrato, la asignación por disponibilidad en la cuantía y
condiciones previstas en el artículo 19.1 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Los contratos celebrados al amparo de lo establecido en este apartado generarán derecho a seguir percibiendo, desde la fecha de su celebración, el
complemento de antigüedad en la misma cuantía que se viniera percibiendo en el Departamento ministerial, Organismo Público, sociedad, fundación o consorcio de procedencia.
excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, o cuando sea en los términos del artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
actividades de los enumerados en el artículo 19.Uno.3 tendrán una tasa de reposición del 110 por cien, en los mismos términos establecidos en dicho precepto, siempre que quede justificada la necesidad de esa tasa para la adecuada prestación del
servicio o realización de la actividad. En los demás casos la tasa será del 100 por cien. La determinación de la tasa de reposición se llevará a cabo siguiendo las reglas del artículo 19.
efectivamente operen en el tráfico jurídico como empresarios y obtengan sus ingresos mediante ventas en el mercado, es decir, sean productores de mercado y tengan ánimo de lucro, quedarán exentas de la limitación de la tasa de reposición respecto de
la contratación de nuevo personal siempre que concurran los tres requisitos siguientes de forma acumulativa:
o mercantil. b) Que esté dotada de personalidad jurídica, sin perjuicio de su dependencia o vinculación a una entidad del sector público); y c) Que su actividad no esté mayoritariamente financiada por los poderes públicos.
quedarán exentas de la limitación de la tasa de reposición respecto de la contratación de nuevo personal aquellas sociedades mercantiles públicas que, como consecuencia de disposiciones legales en materia de regulación del sector en el que operan,
hayan tenido que escindirse o constituir nuevas sociedades para su adecuación a los requerimientos normativos sobrevenidos. Estas sociedades, previo informe técnico y económico justificativo, podrán cubrir o dotar aquellas plazas que se consideren
necesarias para la correcta gestión de los servicios de su objeto social.
atiende, básicamente, al tipo de competencias ni a su forma jurídica, sino al modo en que obtienen sus ingresos. El sector público administrativo se financia fundamentalmente de los presupuestos (producto no de mercado) y el empresarial se financia
de los ingresos que obtiene en contraprestación de sus ventas y prestaciones de servicios (producto de mercado).
incidencia, por el tema que nos ocupa, en la intervención de los salarios de las empresas públicas, las limitaciones en la contratación de personal y en las aportaciones a fondos de pensiones colectivos de empresa. Puede comprobarse que hasta 2012
las leyes de presupuestos sólo consideraban como gastos de personal los de las sociedades mercantiles que percibían aportaciones de cualquier naturaleza con cargo a los presupuestos o con cargo a los presupuestos de entes públicos para cubrir sus
déficits de explotación. A partir de 2012 se empiezan a incluir en la limitación de las leyes de presupuestos a todas las sociedades mercantiles públicas sin más distinción. Consecuencia de las crisis económicas las leyes reguladoras del sector
público han ido reduciendo y casi suprimiendo la flexibilidad con que contaba la empresa pública y que justificaba su constitución, lo que ha supuesto graves perjuicios a su capacidad de adaptación.
clarificar el papel de las empresas públicas. A determinar cuándo una empresa pública es, en realidad, un poder público disfrazado de empresa y cuándo nos encontramos con una verdadera empresa mercantil, con independencia de que el propietario de
su capital sea mayoritariamente una entidad pública. El derecho europeo sustenta esta distinción sobre la condición, o no, de productor u operador de mercado, de modo que se asegure la transparencia sobre quién es quién en aras a garantizar el
funcionamiento de los mercados en condiciones de libre competencia. Es decir, que la enmienda de adición planteada dispone de base legal y de justificación económica y social, puesto que antes de 2012 se regulaba de forma distinta este tipo de
entidades. En definitiva, entendemos que se trata de dotar a la verdadera empresa pública de un régimen en igualdad de condiciones con el sector privado con el que compite, muy especialmente en referencia al sector de la energía eléctrica al que
pertenecemos, junto con la promoción y accesibilidad por la ciudadanía al autoconsumo y las comunidades de consumo fotovoltaico colectivo, mediante el aprovechamiento de las cubiertas de la ciudad y otros importantes retos que hemos de afrontar.
por los recursos presupuestarios públicos, sino por sus ingresos de mercado que conforman sus cuentas de resultados.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
Media Luna Roja Saharaui para atender a los gastos técnicos y humanitarios para el mantenimiento de los servicios públicos esenciales en los Campamentos de Refugiados
DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
euros
y la pandemia global su situación se ha agravado, quedando miles de personas expuestas al virus y con posibilidades ciertas de contagiarse de COVID-19 debido a la carencia de suministros básicos de higiene y medicinas. Además, con los últimos
acontecimientos en la guerra con el Reino de Marruecos, que sigue manteniendo la mayor parte del territorio del Sahara Occidental ocupado de forma ilegal, la incertidumbre es aún mayor para los refugiados.
evidentes con el Sahara Occidental, está en deuda con los saharauis y, al margen de las gestiones diplomáticas que debería liderar para la celebración de un referéndum que pusiera fin a la ocupación marroquí, debe hacer un esfuerzo en cooperación
con el pueblo saharaui.
enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
del Régimen de Marruecos. Los vínculos históricos y políticos son evidentes, pero es que además es según los tratados internacionales y las Naciones Unidas la potencia administradora encargada de velar pro la descolonización.
que jugar un papel determinante para la justicia, dignidad y reparación que se merece el Pueblo Saharaui, con el fin de poner fin al genocidio y expolio que sufre desde hace décadas. En este sentido es inadmisible el chantaje al que el gobierno
marroquí está sometiendo al Estado español, llegando a supeditar las relaciones internacionales, con implicaciones importantes en materia económica y de migración. España abandonó al pueblo saharaui dejándolo en manos de su peor enemigo en 1976,
pero es que además incumplió el derecho internacional cuando anunció que renunciaba a sus responsabilidades jurídicas como potencia administradora, que es una responsabilidad que no prescribe jurídicamente hasta que el pueblo tutelado alcanza su
autodeterminación.
Modino (GPIC)
Infraestructura del transporte ferroviario
para nuevas infraestructuras en el cercanías de Córdoba
transporte ferroviario
más de 325.000 habitantes y no dispone de servicio de cercanías para la movilidad de la ciudadanía con las localidades cercanas. Este servicio es fundamental para adaptar el transporte interurbano y de proximidad a las necesidades de la agenda
ambiental, reduciendo el transporte privado y por tanto reduciendo también significativamente las emisiones más contaminantes. Andalucía necesita mayor inversión en transporte ferroviario porque parte desde una situación de desventaja en el
conjunto del Estado.
actualmente de unos escasos 38 km frente a los 77,6 proyectados. El proyecto de la SE 40 afecta a la mencionada área metropolitana en la que viven en torno a 1.900.000 habitantes. El tramo Dos Hermanas-Coria, además, es un tramo fundamental para
la conexión de la ciudad nazarena, que tiene 135.000 habitantes, para la movilidad hacia el oeste de Andalucía.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
infraestructuras y bienes destinados al uso general
URBANA
general
sin avanzar en su obra, con un enorme perjuicio para la movilidad y el desarrollo de las comarcas del Aljarafe, la Vega, o de la propia capital.
Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Inversiones reales
Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
proximidad más rentables del conjunto del Estado a pesar de ser uno de los más pequeños en cuanto a líneas y distancia interconectada. El desmantelamiento de las cercanías en beneficio de la alta velocidad ha afectado a los cercanías malagueños de
forma singular con la cancelación reciente de hasta 34 frecuencias, afectando fundamentalmente a la línea de la Costa, lo que supone un enorme perjuicio para miles de viajeros. Es una línea, además, muy utilizada por trabajadores y trabajadoras que
se desplazan a diario a sus puestos de trabajo en la capital y que, con la reducción de los trenes, van a tener que utilizar el transporte privado. Esta práctica de cancelar y reducir las cercanías atenta directamente contra los principios de la
Agenda 2030 y contra todos los compromisos en materia de sostenibilidad y reducción de emisiones a los que se ha comprometido el Estado español.
Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
5.000 miles de euros
60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
vía única que no comparte con otros servicios y que resulta absolutamente insuficiente para dar cobertura a una población estimada en torno al millón y medio de habitantes. La única alternativa para el desplazamiento de los vecinos entre la Costa
del Sol occidental, la Costa del Sol oriental y la propia capital malagueña es el vehículo privado. Esta situación se agrava con el enorme flujo de turistas que acuden a la zona, fundamentalmente en temporada estival y que no disponen de recursos
para su desplazamiento. La puesta en marcha de una red de cercanías que conecte las comarcas señaladas y los grandes núcleos de población con la capital es fundamental tal y como se recoge en el proyecto del Tren Litoral entre Estepona y Nerja.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
ferroviaria
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
bienes destinados al uso general
proyectos puestos sobre la mesa no comprometen en ningún aspecto a que esta línea sea una realidad a corto o a medio plazo, lastrando de esta manera las posibilidades de desarrollo de la provincia de Huelva. Las enormes relaciones comerciales y
económicas de la Costa de Huelva con el sur de Portugal precisan de poner en marcha el proyecto de la línea de ferrocarril Huelva-Faro y ofrecer un horizonte cierto de puesta en servicio de este tren.
Pilar González Modino (GPIC)
Urbana.
INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO
euros
aislada por tren durante años sin que se hayan hecho inversiones de especial relevancia en cuanto a cercanías y conexiones de corta distancia. Granada necesita más trenes cercanías para reducir el uso del automóvil y el transporte privado.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
DE LA RED FERROVIARIA
Jaén
2.000 miles de euros
una mejora evidente en sus condiciones para el desarrollo económico. Jaén necesita un cercanías que conecte a la capital con otros núcleos de población de tamaño medio para fijar la población al territorio y mejorar las condiciones de vida de sus
habitantes.
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA
cercanías de Almería
68
reducir la huella de carbono y la contaminación. Los ciudadanos almerienses precisan de mejores infraestructuras ferroviarias en una provincia que ha estado sistemáticamente olvidada en este aspecto y que necesita inversiones para superar ese
retraso histórico que ha sufrido con respecto a otras ciudades y áreas metropolitanas de una dimensión similar.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
INFRAESTRUCTURA Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL
URBANA
alta velocidad ha afectado al Campo de Gibraltar con la desaparición de la línea que conecta Algeciras con Barcelona en horario nocturno, una línea histórica que se ha utilizado tradicionalmente por los campogibraltareños para su transporte a la
zona noreste del Estado. El cierre paulatino de lineas y las cancelaciones de frecuencias se han convertido en algo habitual en las últimas décadas, lo que pone en serio riesgo de desaparición del tren convencional a medio plazo en zonas como el
Campo de Gibraltar, que es una comarca en la que viven más de 250.000 personas y que necesita de líneas de transporte ferroviario que garanticen su movilidad.
Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Comunidades Autónomas
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
de 250.000 que cuenta con algunos de los peores datos de ocupación, desempleo y desempleo juvenil de toda Europa. Siendo una comarca históricamente industrial viene sufriendo un proceso de deslocalización de la industria que aporta más carga de
trabajo que ha lastrado el desarrollo y el futuro de la comarca. Además en los últimos años se vienen implementando los esfuerzos por situar en el Campo de Gibraltar únicamente la industria más contaminante, más perjudicial para la salud y la que
menos puestos de trabajo genera, provocando una enorme contestación social entre los campogibraltareños. A todo ello se une la dependencia económica de la actividad que se produce en Gibraltar, que con el Brexit ha sumido en la incertidumbre a toda
una comarca con enormes dificultades ya de por sí. El compromiso del Gobierno con el empleo debe traducirse en un plan de empleo específico para esta zona recogido con una partida en los Presupuestos Generales del Estado.
3812
Industria, Comercio y Turismo.
reindustrialización
Hornachuelos (Córdoba)
miles de euros
Es necesario invertir en infraestructuras industriales, en este caso en un parque empresarial especializado en energías limpias para contribuir al desarrollo socioeconómico del municipio, promover la generación de empleo, la actividad económica en
sectores vinculados a la transición ecológica, creación de tejido empresarial local y comarcal y la fijación de la población.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
autónomas
COMERCIO
privadas
desmantelamiento de las principales factorías ha tenido consecuencias demoledoras para la economía de la comarca y para su empleo. Linares es una de las ciudades con más paro de Europa, en la que el paro juvenil rara vez se sitúa por debajo del 50%
y en la que las condiciones para desarrollar un proyecto de vida son cada vez más difíciles. El compromiso de la instituciones con Linares debe ser absoluto y debe quedar reflejado en el texto si estos presupuestos quieren ser verdaderamente
sociales y servir de instrumento para cambiar la vida de la ciudadanía. Linares y su comarca necesitan un plan específico de reindustrialización para salir de la situación de extrema dificultad en la que se encuentra.
desmantelamientos de instalaciones radiactivas en el Estado español, los cierres de las fábricas han ido acompañados de inversión específica para paliar los efectos sobre la actividad económica local, comarcal y provincial. En el caso de Andújar ni
se realizó esta inversión extraordinaria en el momento del cierre ni está previsto a corto plazo. Cuarenta años después del cierre de las instalaciones, ni los afectados directos, ni el conjunto de los y las iliturgitanas, ni la localidad ni la
comarca ni la provincia han sido resarcidos del daño que les hicieron y les siguen infligiendo a día de hoy.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal
euros
préstamos al sector público
produjo la caída de varias bombas nucleares que contaminaron decenas de hectáreas en la zona. El Consejo de Seguridad Nacional (CSN) aprobó el Plan de Recuperación de Palomares consistente en la limpieza de 50.000 m3 de tierra, lo que resulta
fundamental para el desarrollo económico y social de la comarca.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
EL RETO DEMOGRÁFICO
AGUA
Aguas Residuales de Sanlúcar de Barrameda está situada en pleno casco urbano entre las viviendas lo que ha motivado la denuncia de los vecinos y el reconocimiento de la situación de gravedad por diferentes organismos estatales e internacionales
además de los grupos ecologistas. La EDAR de Salúcar se encuentra en una situación de absoluta anomalía que dificulta las condiciones de salubridad de los vecinos y que genera enormes problemas de olores en un radio de casi un kilómetro, por lo que
su traslado es una urgencia que no puede demorarse por más tiempo.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
EL RETO DEMOGRÁFICO
Proyecto de adecuación y mejora de la EDAR de Matalascañas (Almonte, Huelva)
DEL AGUA
Aguas Residuales de Matalascañas en el municipio de Almonte se encuentra enclavado en medio de la mayor joya natural de Andalucía reconocida como Patrimonio de la Humanidad que es el Parque Nacional de Doñana. Su situación hace imprescindible que
se extremen las precauciones y que esta EDAR cuente con todas las mejoras técnicas posibles para que su funcionamiento no suponga una amenaza para el parque.
Senadora María Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
INVERSIÓN DE REPOSICIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
miles de euros
de las autoridades locales y de los vecinos y vecinas.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
DEMOGRÁFICO
Sector Público Estatal
euros
préstamos al sector público
años los antiguos trabajadores han venido denunciando las consecuencias para la salud que han venido sufriendo durante décadas tras trabajar en la fábrica. A su vez el CSN ha corroborado que la zona continúa contaminada y que las aguas subterráneas
contienen altos niveles de partículas peligrosas. La limpieza y adecuación de las antiguas instalaciones es imprescindible para asegurar las condiciones de vida de los vecinos y vecinas de Andújar.
Pilar González Modino (GPIC)
Reto Demográfico.
de capital
infraestructura de bienes de uso general
se hayan ofrecido alternativas para la obtención de agua que proteja las reservas del Parque Nacional de Doñana. Además hay 1600 hectáreas de cultivos ilegales. El acuífero Almonte-Marisma, con 2.400 kilómetros cuadrados, está al límite de la
sobreexplotación y ha sufrido un expolio continuado, de ellas sobresalen 335 hectáreas de regadío sobre suelo forestal con la máxima protección ambiental, denominada zona A. Doñana es un espacio en el que se encuentran especies en peligro de
extinción como el águila imperial o el lince ibérico y es además un lugar fundamental para las aves migratorias en Europa. Además tiene un incalculable valor natural en cualquiera de sus especialidades. El Parque depende del agua, tanto de la
superficial como de la subterránea. Hoy el agua de Doñana está amenazada. Huelva y Andalucía no pueden seguir siendo la puerta trasera del desarrollo. No podemos permitirnos el lujo de arriesgar nuestro patrimonio natural, y por ello es necesario
que todas las administraciones, también la Administración General del Estado se implique en la protección y el futuro de Doñana.
Europea ha emitido avisos a nuestras administraciones desde que en el año 2010 recibieran la primera denuncia por parte de las asociaciones ecologistas. En 2014 la institución europea envió a España una carta de advertencia y en 2016 emitió un
dictamen que advertía de que acudirían a la justicia europea si no se revertía la situación. Finalmente en 2019 la Comisión denunció a España por la deficiente conservación del Parque e incluso la UNESCO ha llegado a barajar incluirlo en la lista
de lugares Patrimonio de la Humanidad en peligro. La Comisión advierte de que los hábitats pueden degradarse aún más y que España incumple así las directivas referidas a las zonas sensibles y a las masas de agua y advierte que no se están tomando
las medidas adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats protegidos en estos humedales.
Cultura y Deporte.
0005
Renacentista situado en el Parque de María Luisa de la capital hispalense y sufre desde hace décadas deficiencias que ponen en riesgo la conservación de las piezas contenidas además de no disponer de las medidas de seguridad necesarias. Además, en
reiteradas ocasiones se ha tenido que cerrar al público por no garantizarse la seguridad de los visitantes. La inversión que se propone en estos presupuestos resultan insuficientes para unas obras de rehabilitación previstas desde hace años.
Ministerio de Cultura y Deporte.
Transferencias corrientes
CULTURA Y DEPORTES
museística en una ciudad con un gran número de visitantes al año, atraídos fundamentalmente por su oferta cultural y que supone uno de sus principales motores económicos, por lo que proponemos que se aumente esta partida para completar en los
próximos años el presupuesto total del proyecto.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
cooperación cultural
sufriendo las consecuencias de la crisis económica derivada del COVID-19 de manera singular. En un sector muy dependiente del turismo, con la paralización de la economía y la drástica disminución en la actividad turística, se encuentran en una
situación límite que hace peligrar su continuidad con la consecuente pérdida de puestos de trabajo. Según estimaciones de las asociaciones que reúnen a los profesionales del sector en torno al 95% de los artistas del mundo del flamenco desarrollan
su actividad artística en los tablaos, por lo que la paralización de sus actividades pone en peligro además de la fuente de ingresos de estos artistas la propia difusión de esta expresión artística y cultural fundamental para entender la cultura
andaluza. La situación de extrema vulnerabilidad de los artistas se extiende a los profesionales técnicos, empleados y empresarios del flamenco.
Pilar González Modino (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
del Castillo de San Sebastián (Cádiz)
Ayuntamiento de Cádiz ha reclamado durante años que este monumento histórico sea restaurado para el disfrute de todos los gaditanos y gaditanas, en cambio el edificio sigue en estado precario amenazando ruina, lo que supondría una enorme pérdida
patrimonial irrecuperable.
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
334B Conservación y restauración de bienes culturales
reales
intermitencia durante años de las obras de restauración. La ciudad de Cádiz no puede permitirse perder uno de sus monumentos más importantes por la irresponsabilidad del Gobierno central, por lo que debe quedar recogida su restauración íntegra en
estos Presupuestos Generales del Estado.
formula la siguiente enmienda a Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Ferroviarias (ADIF)
equivalente al final del ejercicio.
Es el momento de que se le dé al proyecto la importancia que Andalucía requiere aumentando o dotando las partidas presupuestarias existentes. En esta enmienda se plantea la finalización de la nueva variante de Loja doble vía Ancho
Internacional.
Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Otros activos financieros
fundamental para la competitividad de la línea y conectar la cornisa mediterránea con los principales puertos de Andalucía.
Senado, formula 14 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Urionabarrenetxea (GPIC)
sobre el Valor Añadido para añadir un nuevo apartado 9 al punto uno del artículo , por el que se aplicará también el tipo reducido del 10% a las actividades de peluquería que queda redactado como sigue:
y estética
Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
adicional (nueva). Informes de los Centros Directivos del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
de la Intervención General de la Administración del Estado, de la Dirección General del Catastro, de la Dirección General de Tributos, de los Tribunales Económico Administrativos -a través del Presidente del Tribunal Central- y a los titulares de
los demás Centros Directivos del Ministerio de Hacienda y Función Pública que, en un plazo de tres meses desde la publicación de esta ley en el Boletín Oficial del Estado, elaboren y remitan al Gobierno un informe sobre la
actividad desarrollada por los funcionarios de los Cuerpos Técnicos de Hacienda, de Auditoría y Contabilidad y de Gestión Catastral en el desarrollo de las funciones encomendadas a los mismos; así como sobre la formación, experiencia y capacidad de
dichos funcionarios para asumir mayores responsabilidades para el más eficaz y eficiente cumplimiento de las referidas funciones y mejora del servicio público.
incorporará en el articulado de un proyecto de Ley la modificación que corresponda del artículo 49 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, con efectos desde el 1 de enero de 2022.
Gobierno remitirá una copia íntegra de dichos informes a los miembros de las Comisiones de Hacienda y Función Pública del Congreso y del Senado para su conocimiento.
gastos, ni una disminución de los ingresos.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
interés general
fundamentales: 1. Mejoraría el acceso a una zona con poblaciones en claro riesgo de despoblación, y 2. Actuaría como variante este de Tafalla, evitando que el elevado tránsito de camiones que utilizan la NA132, para acceder a la zona industrial de
Sangüesa, tuvieran que pasar atravesar de norte a sur, por el centro de Tafalla.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Reales
para facilitar el acceso de los pueblos de la Valdorba (Imarcoain, Garinoain, etc.), una vía muy transitada cuya inadecuación se ha demostrado en acontecimientos recientes como inundaciones e incendios.
Martínez Urionabarrenetxea (GPIC)
y Agenda Urbana.
supervisión de la aviación civil
de la idoneidad de las soluciones técnicas para mejorar la seguridad y la operatividad del aeropuerto de Pamplona en condiciones meteorológicas adversas
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
general
(Noain) se ven obligados a modificar el itinerario para acabar aterrizando en el aeropuerto de Loiu, con los inconvenientes que ello acarrea para los viajeros. La enmienda va dirigida a estudiar la idoneidad del informe técnico realizado sobre los
cambios necesarios para mejorar dicha situación, que en nuestra opinión, no satisface del todo la preocupación existente entre los propios técnicos.
Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 21. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
modificación.
productos locales
Medio Rural
la puesta en marcha de un centro de transformación y comercialización de productos locales sostenibles y de cercanía en unas instalaciones propiedad de la sociedad pública del Gobierno de Navarra INTIA en Noain (Navarra). Este centro permitirá
alcanzar los objetivos relacionados con la innovación del sector primario, su activación económica, la estrategia “De la Granja a la Mesa”, el Pacto Verde europeo y la promoción de la cadena alimentaria.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
452A Gestión e infraestructuras y bienes destinados al uso general
potable para Zuaztoi y Urrasun
Transferencias y libramientos internos
requeridas. Por otro lado, Urrasun toma agua directamente de un manantial que tiene problemas de calidad de agua según épocas del año, especialmente durante grandes avenidas.
(GPIC)
Demográfico.
la prevención de la contaminación y el cambio climático
de Navarra
internos
la instalación fotovoltaica de 162,7 MWp en la infraestructura existente del Canal de Navarra, que es una obra cofinanciada por el Estado, englobando en una misma idea los siguientes objetivos: generación eléctrica renovable; sin apenas impacto,
ya que evita ocupar 183 Ha. de terreno; reducción de la evaporización del agua del Canal; suministro a los municipios situados cerca del Canal. La dotación económica permitiría financiar la redacción del proyecto.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Despoblación
Laboral Josenea para Parque de la economía circular de Navarra en la finca Bordablanca (Lumbier) gestionado por personas con riesgo de exclusión social del Centro de Inserción Socio-Laboral, Josenea
capital
finca en Lumbier que pretende convertir en el Parque de la economía circular de Navarra, que aspira a convertirse en el primer centro de divulgación y práctica real de la economía de segundo uso en la región y en el que trabajarán personas en riesgo
de exclusión social. Se trata de un espacio de divulgación y práctica real de esta nueva práctica económica basada en la reutilización y reciclaje de los materiales. A tal fin, el citado parque incluye el centro de armonización “Irati”,
planteado como “lugar de experimentación y juego donde sentirse en armonía con la naturaleza”. Así mismo contempla otra área destinada a la gastronomía circular centrada en la alimentación ecológica saludable “De la huerta a la
mesa”, un centro para la producción de verduras ecológicas del Pirineo y de temporada, y otro para su comercialización, incluyendo catering y degustación de otros elaborados de proximidad y “kilómetro 0”. El proyecto tiene
también por objeto reavivar las zonas rurales, fijar población y contribuir a la cohesión territorial.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Locales
jóvenes e impulso del turismo
Unx para centro de nuevas técnicas agrícolas en el cultivo de la vid, adaptación viviendas para alquiler a jóvenes e impulso del turismo
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
640. Inversiones de carácter inmaterial
400 habitantes y frenar el envejecimiento de la población con lo que se conseguiría además mantener y mejorar los servicios de sus habitantes. Podemos destacar dos características singulares en este proyecto: la participación e implicación
ciudadana y la posibilidad de ser extrapolado a otras localidades. La solución para combatir la despoblación no es única, son diferentes frentes los que hay que acometer: la necesaria actividad económica en el sector primario que permita mantener
las explotaciones con cultivos sostenibles y rentables; la creación de vivienda de alquiler para la gente joven, a través de la adaptación de diferentes viviendas ya existentes; la generación de programas de carácter turístico; el mantenimiento
de un entorno que preserve formas y paisajes naturales; la creación de un centro de las técnicas agrícolas utilizadas en el cultivo de los productos históricos y principales del municipio: la vid y el vino y sus adaptaciones para el futuro
23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Biodiversidad, Bosques y Desertificación
recuperación ambiental y mejora hidráulica del río Ultzama a su paso por Villava – Atarrabia
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación
fluvial ha sufrido una invasión por parte de industrias, urbanizaciones y otros servicios que se han asentado sobre sus márgenes, ocupando las plataformas de inundación, las riberas e incluso el propio cauce menor de los dos ríos.
de los años, los terrenos ocupados han ido degradando el ecosistema fluvial, a la vez que se han visto afectados por las avenidas de ambos cursos de agua; cada vez más frecuentes y de mayor caudal debido al cambio climático.
propuestas incluyen diversas actuaciones asociadas al azud de San Andrés así como el puente del mismo nombre, la demolición de Iongraf y la retirada de suelos contaminados, una pasarela peatonal y la restauración ambiental de orilla derecha del
río.
la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
restauración de bienes culturales
€)
Organismos autónomos
del monumento más visitado de la Comunidad, con el cual se identifica en muchísimas ocasiones la imagen de Navarra. La solución que se propondría arranca de la sustitución de la obsoleta, inutilizada y cara instalación de lámparas de
incandescencia de los años ochenta, por otra más eficiente que consuma menos y sea sostenible medioambientalmente y resaltarían mejor los detalles ornamentales del palacio de los reyes navarros. El proyecto tiene como meta realzar las cualidades
excepcionales del Palacio y ofrecer así al turista otra razón más para visitarlo.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.
€)
de €)
reformados, pero se busca un proyecto serio de reforma, dándoles valor en el territorio como recurso histórico, cultural y turístico y con un proyecto de realidad aumentada. Se verían implicados además los ayuntamientos de diversas localidades de
navarra (Bera, Lesaka, Baztan, Urdax, Eugui, Erro, Auritz-Burguete, Aezkoa, Salazar y Roncal).
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Transferencia de capital
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
en bienes y servicios
modelo líder a la hora de hacer uso de los datos para tomar mejores decisiones tanto en negocios como en el sector público. En Navarra, la mayor parte de las empresas navarras son PYMES. La posibilidad de compartir datos les permite ampliar sus
posibilidades en el mercado e incrementar su competitividad. El dato como activo de valor en todos los procesos empresariales; desde el aprovisionamiento, la selección del personal y la atracción de talento, o el control de calidad, pasando por la
monitorización de procesos productivos, el diseño de producto, el conocimiento de los mercados, el marketing digital o la atención a clientes.
Reglamento del Senado, formula 21 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Martínez Urionabarrenetxea (GPIC)
modificación.
transporte terrestre
incrementa su dotación en 19.734,53 miles de euros.
solicitándose
subvención para el
sistema de financiación adaptándolo a las
actual se sitúa en valores anteriores a
a partir de 2014 del cumplimiento de criterios
Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.
modificación
anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose
por cien.
nombramientos temporales del
Uno.e) del
demás
resto de las AA.PP. La Administración
rigor en el cumplimiento de los criterios de déficit
ciudadanos según las funciones encomendadas tanto por la
la necesidad de afrontar el gran reto de la ejecución del Plan de Recuperación,
plantillas. Cualquier tipo de tasa de reposición
tamaño la tasa de reposición supone de facto la imposibilidad de ampliar su
de efectivos en el ámbito
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.
Local
Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.
segundo del Artículo 20. Tres. 1:
colectivos prioritarios se
“Las entidades locales que tuvieran amortizada su
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.
Público, contratos y nombramientos temporales del
de plazas de personal fijo que se dirijan de forma exclusiva a
será necesario que exista
se tendrán en cuenta
de su compromiso de larga duración y a los reservistas de especial
la
las categorías profesionales,
computen a efectos de
tener que justificar que las convocatorias que incorporen
considerablemente la operatividad del precepto.
áreas de la Administración local, con la ventaja de que no
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
garantizar la estabilidad
núm. 59/2017, de fecha 11 de mayo de 2017,
modificación legal del Impuesto para adaptarlo a las
procedimiento y los
del ejercicio 2022, se creará un fondo de compensación para
inconstitucionalidad del impuesto, así como por los hechos imponibles
créditos consignados en la Sección
normativa aplicable al Impuesto
declaraciones de inconstitucionalidad que han afectado al
Tribunal Constitucional (Sentencias núm. 59/2017, de
municipios que tienen establecido el Impuesto amparándose en la
la falta de
locales. En este contexto,
las pérdidas ocasionadas como consecuencia de
referidas Sentencias.
alteración que ponga en riesgo su estricto
ayuntamientos la compensación por la pérdida de ingresos. Se entiende que
presupuestaria
Martínez Urionabarrenetxea (GPIC)
Recuperación, Transformación y Resiliencia
corresponden por su peso relativo respecto al resto de administraciones
puedan compensar el impacto del COVID 19 en sus
instituciones europeas y sus líneas de ayuda y en concreto del Plan de
no deberá ser inferior al
dicho gasto.
enmienda a la Disposición adicional nueva.
Impulso y Recuperación Económica y Social.
millones de euros. Las transferencias se destinarán a que las
los criterios de reparto de este fondo entre
situación de riesgo financiero.
y económica
extraordinario y urgente, aplicables a las entidades locales, en el que se
Congreso y
social de las entidades locales.
Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
añade una disposición adicional nueva
extraordinario para el apoyo a los servicios de transporte
de la crisis del COVID-19 y sus efectos en el año 2021, que se
que
diputaciones forales,
público se hará sobre la base de criterios
establecerán en proporción a los ingresos obtenidos por aplicación de
autoriza deberán destinarse exclusivamente a financiar la prestación del
resulte de
al objeto de hacer frente al déficit
con la finalidad de compensar el déficit extraordinario soportado por las
cuenta que los efectos del COVID-19 se han extendido a 2021, resulta
fondo
Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
nueva
indefinida, se
8/2010, de 20 de mayo, por el que
en la disposición final trigésima primera de la Ley
dependientes
aplicable, en 2022 y vigencia indefinida, la
y la innovación.
operaciones de endeudamiento por parte de las Entidades
contenido en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
y Provincias, impulsará el análisis de la evolución del actual modelo de
colaboración con la FEMP, analice la evolución
locales de Participación en los
análisis de impacto del sistema, se pone de manifiesto que hasta el año 2007, el
han
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
transferencias del
públicas
Financiación de las
de bienes inmuebles de la
Autónomas tienen con las Entidades Locales, así
aprobado varios preceptos llamados a paliar los efectos
Tribunal Constitucional, en Sentencia de 3 de marzo de 2016, declaró la
de deudas entre
compensación de deudas contraídas por CCAA con los créditos resultantes de su sistema de financiación, pero lo hace no por
considerar que la previsión del art. 57 bis debería hacerse
tributarias de bienes
regula estrictamente, por lo que ni se aprecia
deviene inaplicable.
en la suficiencia financiera de las Entidades
Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
riesgo financiero.
con el Fondo de Financiación a Entidades
por los saldos de acreedores por operaciones pendientes
acordar la modificación de aquellas operaciones financieras y la
dichos ayuntamientos atender necesidades de carácter social o de apoyo a
Urionabarrenetxea (GPIC)
adición.
en el Fondo de
del 30 de abril de 2022, la
Social, y que esté siendo objeto de cancelación
la aplicación de retenciones de la participación en tributos
pendientes de amortizar de operaciones
Tesorería General de la Seguridad Social.
ayuntamientos sanear su situación económica y
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
plazo en deuda
se
remanente de tesorería
Senador Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
Reguladora de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de
Financiera con las
como cualesquiera otros conceptos
provincias e islas y entes asimilados.
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado una vez
recogerá un cuadro comparativo respecto de los mismos datos del año
que establece la Ley Orgánica
(GPIC)
familias e instituciones sin fines de lucro.
promoción del
termal en España tiene un
que aprovechan las aguas
la
don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC)
Territorial.
Estado
Ayuntamientos de Ceuta y
euros.
(modificado por el
importantes es la aportación a las
inspira en los
vida y de un mayor grado de
y de los
Comunidades Autónomas Uniprovinciales y Ayuntamientos de
don Koldo Martínez Urionabarrenetxea (GPIC)
Territorial.
lucro.
el soporte técnico
políticas de interés
propone el incremento de la partida presupuestaria destinada a la
prevista en el año 2011.
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
336 A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas
situación actual urgiendo la necesidad
de titularidad municipal y, en
exclusivamente el coste del mantenimiento de estas
ordinario de estas
3861
Relaciones Financieras con Entes Territoriales.
Financiación Autonómica y
Local de Impulso y Recuperación
una partida presupuestaria de 3.000.000,00
del Estado para el año 2022.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 66.
sobre el Patrimonio.
siempre que los tipos aplicables sean superiores a los definidos en el apartado 2.
Impuesto será gravada a los tipos de la siguiente escala:
Base liquidable - Hasta euros Cuota - Euros Resto Base liquidable - Hasta euros Tipo aplicable - Porcentaje 0,00 0,00 167.129,45 0,2 167.129,45 334,26 167.123,43 0,3 334.252,88 835,63 334.246,87 0,5 668.499,75 2.506,86 668.499,76 0,9 1.336.999,51 8.523,36 1.336.999,50 1,3 2.673.999,01 25.904,35 2.673.999,02 1,7 2,7 5.347.998,03 71.362,33 5.347.998,03 2,1
3,8 10.695.996,06 183.670,29 en adelante 3,5 6
misma tarifa será aplicable en el caso de sujetos pasivos no residentes que tributen por obligación personal de contribuir.”
Autónomas
partir de 1,33 millones de euros y establecer el baremo estatal mínimo de tributación en el impuesto sobre el patrimonio para todas las Comunidades autónomas. También se plantea que los tipos de este impuesto no pueda ser bonificados por el Estado
o las Comunidades Autónomas.
Artículo 69.
la Ley 37/1992 de 28 de diciembre del impuesto sobre el Valor Añadido para añadir un nuevo apartado 9 al punto uno del artículo , por el que se aplicará también el tipo reducido del 10% a las actividades de peluquería que queda redactado como
sigue:
Pablo Gómez Perpinyà (GPIC)
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombre s en el empleo y la ocupación:
puesta en marcha en marzo del 2019 por el Gobierno. Desde entonces, el permiso ha ido aumentando gradualmente hasta alcanzar los cuatro meses para cada uno. Sin embargo, las familias monoparentales no han podido disfrutar del mismo reconocimiento
legal.
permiso el que disfrutaría el otro progenitor, es decir, otras ocho semanas adicionales. Consideramos que este cambio debe producirse lo antes posible en la legislación vigente para su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2023.
nueva.
marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que llevará el número 19 ter y que tendrá la siguiente redacción:
interrupción voluntaria del embarazo.
permiso de maternidad.
retribuido no recuperable de 4 semanas cuya regulación será homóloga al permiso de maternidad.
médico en cuestión.
mujeres tras un aborto no tienen que depender de que su médico o médica de familia les de una baja, sino que ha de ser una cosa preestablecida para resituarse, cuidarse, asimilar lo sucedido y recuperarse del proceso por el que ha pasado.
nueva.
en vigor de esta ley y vigencia indefinida, se modifica el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital, de la siguiente forma:
20/2020, de 20 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital.
del conjunto de ingresos y rentas anuales computables de la persona beneficiaria individual o del conjunto de miembros de la unidad de convivencia, correspondientes al ejercicio anterior, en los términos establecidos en el artículo 18, sea superior,
como máximo en 40 euros, a la cuantía mensual de la renta garantizada con esta prestación que corresponda en función de la modalidad y del número de miembros de la unidad de convivencia en los términos del artículo 10.
32 MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
de €)
Transferencias y libramientos internos
primera del Pacto de Toledo 2020
€)
través del IMV se ve limitada en su alcance por los umbrales establecidos para su acceso, que están muy por debajo del umbral de riesgo de pobreza en España (9.626,00€ actualmente).
infantil severa de forma eficaz, en esta enmienda proponemos modificar el límite de acceso en el umbral de riesgo de pobreza y exclusión social severa.
partida que permite priorizar partidas necesarias en el actual contexto de emergencia sanitaria y social.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
apartado 2 del artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas incorpora los siguientes apartados:
un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.
distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.
proponiendo a estos efectos que se tengan en cuenta hijos que no convivan con él, deberá presentar la resolución judicial en la que se declare su obligación de prestarles alimentos.
hijos que deban considerarse en la unidad familiar, operará el criterio de convivencia.
hallen a sus expensas.
cuando se trate de una familia monoparental.
dos hijos a cargo tengan la consideración de familia numerosa”. Esto se repitió en la Ley 2/2008 de PGE de 2009 en su Disposición 64º, que daba un mes de plazo para implementar la medida recogida en la Ley de PGE de 2008. De nuevo se
repetirá en la ley 26/2009 de PGE para 2010 en su Disposición 68º. Además, en el informe de impacto en la infancia, adolescencia y familias de la actual Ley de Presupuestos Generales del Estado, se reconoce la especial situación de vulnerabilidad
derivada de la crianza en solitario, citando hasta en veintiséis ocasiones a las familias monoparentales. En cambio, el articulado no añade medida alguna para compensar y prevenir la precariedad; tan sólo un artículo cita a las familias
monoparentales y lo hace en relación a una prestación que ya existe sin que se amplíe la protección a las familias. Por tanto, es una cuestión de coherencia histórica y actual, incorporar la disposición que se propone en la presente enmienda.
nueva.
nuevo punto 7º al apartado Dos del Artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido con la siguiente redacción:
adultos
considera necesario incluirlos en la lista de artículos con IVA superreducidos en aras de la justicia fiscal.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
2023 y vigencia indefinida, se modifica el Artículo 91. Dos.1 la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactada de la siguiente forma:
aplicará el tipo del 4 por ciento a las operaciones siguientes:
como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
estructural de desigualdad de género que deriva de la pobreza económica. Se estima que en torno al 21% de las mujeres en España se encuentra en una situación económica vulnerable y, por tanto, más de 3 millones de mujeres en edad fértil en España
tienen dificultad de acceso a productos de higiene menstrual.
Ginecólogos en 2015. Aunque son productos de primera necesidad, pues su utilización es obligatoria para garantizar la salud de las mujeres, en España no se le considera así. A estos productos se les aplica el IVA reducido del 10%, en lugar de
aplicarse el IVA superreducido del 4% y de categorizarlos como productos de primera necesidad.
productos menstruales tiene consecuencias físicas y psicológicas que se pueden prevenir. Las capas más desfavorecidas de la sociedad son las que están más expuestas a la pobreza menstrual y a las complicaciones de salud derivadas.
países ya están afrontando esta cuestión. Kenya en 2004 ya eliminió los impuestos a los productos de higiene menstrual. El Gobierno escocés aprobó en 2020 unánimemente el acceso gratuito a productos de higiene menstrual. En 2015 Canadá hizo lo
mismo. Hoy en día se les suman a través de distintas medidas políticas Colombia, India, Malasia, Sudáfrica, Ruanda, Irlanda e Inglaterra. Concretamente, en Irlanda y en las Islas Canarias, los productos de higiene menstrual no están sujetos a
ningún impuesto.
higiene menstrual al tipo superreducido del 4% es una cuestión de salud y de justicia social. Es inaceptable que en el 2021 el nivel de salud menstrual dependa de la capacidad económica individual.
2023 y vigencia indefinida, se modifica el Artículo 91. Dos.1 la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para pasar a aplicar el tipo del 4 por ciento a los productos de higiene menstrual, como las compresas o los
tampones.
adicional nueva.
familias vulnerables que carezcan de la alternativa habitacional, adoptando las compensaciones adecuadas, en el caso que fuera necesario, en los desahucios de pequeño propietario. Esta moratoria durará hasta la entrada en vigor de la nueva ley de
vivienda que deberá regular de forma definitiva la imposibilidad de llevar a cabo desahucios sin alternativa habitacional
artículo 47 de la constitución así como poner en marcha las diferentes medidas que las Naciones Unidas recomienda al estado español para dar cumplimiento a los acuerdos internacionales suscritos por España en materia de Derechos Humanos.
nueva.
las entidades locales a definir el concepto de vivienda vacía.
Reguladora de las Haciendas Locales.
normativa sectorial de vivienda, autonómica o estatal o con rango de ley, en defecto de lo anterior, local y conforme a los requisitos, medios de prueba y procedimiento que establezca la ordenanza fiscal. En todo caso, la declaración municipal como
inmueble desocupado con carácter permanente exigirá la previa audiencia del sujeto pasivo y la acreditación por el Ayuntamiento de los indicios de desocupación, a regular en dicha ordenanza, dentro de los cuales podrán figurar los relativos a los
datos del padrón municipal, así como los consumos de servicios de suministro.”
aparezca recogida “en la correspondiente normativa sectorial de vivienda, autonómica o estatal, con rango de ley”. Eso conlleva que, en comunidades como la madrileña, donde no se ha desarrollado esa definición, sea imposible para los
municipios aplicar el mencionado recargo. De ahí que se proponga que, en defecto de regulación autonómica, puedan ser las propias entidades locales las que lo definan.
Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
nueva con el siguiente contenido:
políticas ha de estar en la agenda verde. Tenemos un enorme potencial en esta línea y trabajar en ella nos traerá beneficios, económicos, sociales y medioambientales.
Senador Pablo Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
nueva con el siguiente contenido:
Observatorio contra la Violencia LGTBIfóbica que monitorice y registre a nivel nacional las agresiones y delitos de odio con motivo LGTBIfóbico, que ofrezca asesoramiento jurídico para denunciar y entrar en contacto con abogados especializados en
delitos de odio así como con asociaciones que puedan acompañar a los afectados. Este Observatorio contará con un teléfono de atención 24h válido en todo el territorio nacional.
02 SECRETARIA DE ESTADO DE IGUALDAD Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Observatorio contra la violencia LGTBI
Igualdad de trato y diversidad
étnico-racial y sobre la diversidad afectivo-sexual, familiar y de género y de promoción de los derechos de las personas LGTBI.
Violencia LGTBIfóbica que permita hacer frente al repunte de agresiones que se ha vivido en España en los últimos años y tener datos completos y fiables al respecto de este fenómeno. Dados los importantes niveles de infra-denuncia, los datos
disponibles por parte del Ministerio de Interior no son suficientes en la actualidad para un análisis completo y preciso de la violencia LGTBIfóbica, por lo que es necesario a nivel estatal un instrumento con el que ya cuentan algunas Comunidades
Autónomas, que ofrezca una imagen real y actualizada en el tiempo de la evolución de la LGTBIfobia. Este observatorio debe permitir esclarecer las causas de este tipo de discriminación así como cuestiones referidas al perfil de los agresores y de
las víctimas, la distribución geográfica de la LGTBifobia, o las diferentes formas que adopta dicha violencia. Además, es imprescindible avanzar en la atención y acompañamiento a las víctimas, y que para ello se les preste asesoramiento jurídico y
psicológico por lo que se propone un teléfono 24 horas que ponga al alcance de las víctimas de LGTBIfobia todas las herramientas disponibles.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
adicional (nueva) que modifica los siguientes artículos de la Ley General de Seguridad Social
anticipada por causa no imputable al trabajador.
en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a), de los siguientes coeficientes en función del período de
cotización acreditado:
un período de cotización igual o superior a treinta y ocho años y seis meses e inferior a cuarenta y un años y seis meses.
cuarenta y un años y seis meses e inferior a cuarenta y cuatro años y seis meses.
el caso de los trabajadores y trabajadoras que hayan cotizado 40 años o más y que cuenten con 65 años o más de edad, se les dejará de aplicar los coeficientes reductores desde el momento de cumplir dicha edad, y se les fijará su nueva pensión en
función de su base contributiva y años cotizados hasta el momento de la jubilación anticipada anteriormente producida.
correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo
205.1.a).
sigue:
trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a), de los siguientes
coeficientes en función del período de cotización acreditado:
por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a treinta y ocho años y seis meses e inferior a cuarenta y un años y seis meses.
cotización igual o superior a cuarenta y un años y seis meses e inferior a cuarenta y cuatro años y seis meses.
años y seis meses.
fijará su nueva pensión en función de su base contributiva y años cotizados hasta el momento de la jubilación anticipada anteriormente producida.
la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en
el artículo 205.1.a).
adición.
“Acontecimiento de excepcional interés público” la celebración del Bicentenario del Ateneo de Madrid durante los años 2022, 2023 y 2024.
excepcional interés público sería un instrumento fundamental para lograr los patrocinios necesarios para la celebración de las actividades de conmemoración de dicha fecha, ahora que tras las restricciones de la pandemia, puede
abordarse con cierta normalidad. Así se ha hecho con la celebración del Bicentenario del Teatro Real u otras instituciones.
patrocinar las actividades del Ateneo de Madrid, puedan acogerse a las desgravaciones que esta figura permite. Con dichas aportaciones en forma de patrocinio, el Ateneo podría acometer una serie de grandes eventos, exposiciones,
espectáculos musicales y teatrales, publicaciones y producciones audiovisuales que celebren y pongan en valor la historia y la contribución decisiva de dicha institución en el devenir cultural y político del
país.
las que ya cuenta en su programación, sino por el plan de actuación urgente que debe acometer respecto a la conservación del patrimonio material del propio Ateneo. Fundamentalmente a la conservación y digitalización de
los fondos bibliográficos (uno de los más importantes de toda España) y la restauración de la propia Biblioteca.
público es una herramienta que no tiene un coste directo para el Erario, por lo que no necesita Baja.
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Movilidad y Agenda Urbana dotará y pondrá en marcha las siguientes actuaciones:
a Agustín de Guadalix
en Puente de Vallecas, a la altura de la confluencia de las calles Monte Igueldo y San Diego
(Móstoles)
explotación y de capital
afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de capital.
inversión para los Cercanías de Madrid desde el plan presentado en 2005. El postergar las intervenciones que incluía hasta 2025, sumándole los 10 años que ya llevamos perdidos, hace que nos pongamos ante un escenario en el que la Comunidad de
Madrid va a sumar 20 años de retraso en infraestructuras necesarias.
Madrid. La prolongada falta de inversión, las externalidades y la falta de modernización de un modo que, diariamente, transporta a más de 1 millón de viajeros en días laborables, se ha venido contraponiendo a una inversión centrada en la Alta
Velocidad. Estos fallos y demoras diarias producen una falta de fiabilidad en el sistema que termina por fomentar, indirectamente, el uso del vehículo privado, lo que agrava los ya existentes problemas de contaminación y de congestión del tráfico
en la región madrileña. Es imprescindible un compromiso claro para que las inversiones en seguridad, en modernización, renovación de material móvil y extensión de las líneas.
adicional nueva con el siguiente contenido:
la red general de Cercanías Madrid y realizará, en el presente año, un estudio de viabilidad para proceder a la finalización de la obra de dicho tramo.
fue un compromiso electoral de Esperanza Aguirre. A partir de este compromiso, y después de la negativa de Fomento de asumir esta obra, fue la Comunidad de Madrid la que se embarcó en este proyecto y la licitó a OHL en 2010. Este trazado, en
teoría tendría 15 km, 7 estaciones y estaría abierta a finales de 2015.
las obras del tren.
Perpinyà (GPIC)
una disposición adicional nueva con el siguiente contenido:
Urbana recuperará, a lo largo de la presente Legislatura, el proyecto de establecimiento de plataformas Bus-VAO, en aquellos tramos de su competencia, en todas las vías de competencia estatal de acceso a Madrid.
Plataformas Bus-VAO son un elemento básico para un fomento del uso del transporte público colectivo y el privado bajo condiciones de alta ocupación. Como referencia se dispone de la experiencia de Bus-VAO de la A6, en funcionamiento desde 1991.
Desde entonces, y hasta 2005 que disponemos de datos, se ha incrementado el uso de buses en hora punta en un 67%.
Madrid, pero actualmente sólo está en marcha el proyecto de carril de uso exclusivo para autobuses y vehículos de alta ocupación en la A2, cuya gestión se basará en “una gestión inteligente de la carretera basada en el sistema ITS”.
intervenciones vinculadas, que suponían una reforma global de la circulación en las vías de entrada a Madrid y que mejorarían el uso del transporte público al resultar más eficiente, ha quedado aparcado.
Encuesta Domiciliaria de Madrid del año 2018, en comparación con la encuesta previa (de 2004), el uso del transporte público en la región ha disminuido del 32 al 24%. Para revertir esta situación y hacer de Madrid una región moderna y sostenible,
es imprescindible la colaboración desde el resto de administraciones.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Regional de Transportes de Madrid para el uso prioritario de las vías radiales concesionadas
autobuses interurbanos regionales puedan usar las vías radiales (R2 Madrid-Guadalajara, R3 Madrid- Arganda, R4 Madrid- Ocaña, AP 41 Madrid- Toledo, R5 Madrid- Navalcarnero) de forma prioritaria.
colectivo urbano es un elemento clave del funcionamiento de las ciudades; es uno de los principales motores de las grandes urbes, ya que garantiza la movilidad de toda la ciudadanía.
movilidad urbana e interurbana más eficiente y un mayor y mejor desarrollo económico de los municipios. El transporte público es garante de la equidad social pues es el único medio que garantiza el derecho a desplazarse libremente y en igualdad de
condiciones, independientemente de las circunstancias del usuario.
nueva.
Madrid, China, Butarque y Sur, para la regeneración de las riberas del río Manzanares.
riberas del río Manzanares aguas abajo del Parque Lineal del Manzanares y hasta su confluencia con el río Jarama.
Getafe suponen una gran oportunidad para acometer la regeneración de todos los terrenos situados en el dominio público de las riberas del río Manzanares hasta su confluencia con el río Jarama, dándole continuidad a los trabajos de renaturalización
del río Manzanares acometidos por el Ayuntamiento de Madrid y completando su recuperación como corredor ecológico. Se trata además de un espacio protegido por el Parque Regional del Sureste y que puede llegar a tener un importante uso público para
disfrute de la población de Madrid, Getafe y Rivas-Vaciamadrid.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
las riberas del río Tajo a su paso por la Zona de Especial Protección Carrizales y Sotos de Aranjuez.
conducentes a la recuperación y regeneración integral de las riberas del río Tajo a su paso por la ZEPA Carrizales y Sotos de Aranjuez.
un grave deterioro de la vegetación de ribera de la Zona de Especial Protección, que forman parte también del Paisaje Cultural de Aranjuez declarado Patrimonio Mundial de la Humanidad por la UNESCO en diciembre de 2001. Por ello, es preciso
acometer una recuperación integral de la vegetación que supondría además mejorar su resiliencia frente al cambio climático.
nueva.
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, elaborará un plan específico de inversiones y de políticas públicas para que, en coordinación con el resto de administraciones implicadas, se atienda al impacto que la actual pandemia del coronavirus
está teniendo en los distritos del Sur y Este de la ciudad de Madrid (San Blas, Vicálvaro, Villa de Vallecas, Puente de Vallecas, Villaverde, Usera, Latina y Carabanchel)
Madrid tienen una población que supone casi la mitad del municipio. Antes de la pandemia su tasa de desempleo era 8 puntos más que la media municipal y su renta por habitante era 3 veces menos que la de los distritos con mayor renta disponible por
habitante. El impacto de las consecuencias de la crisis económica y sanitaria está siendo excepcional: el paro ha crecido a mayor velocidad que la media nacional y la incidencia acumulada de casos confirmados de coronavirus duplica la media de
Madrid y triplica la media nacional. En este contexto se hace necesario un plan extraordinario de inversiones y políticas públicas en el Sur y Este de la ciudad de Madrid que implique a las administración central, la regional y la municipal y que
aborde tanto los impactos económicos como sociales que está teniendo la pandemia del coronavirus.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
con la siguiente redacción:
mantenimiento del Sistema de Atención a las personas en situación de dependencia en la Comunidad de Madrid , según lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia de España”.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
exterior
refugiados de Tinduf .
12.500 (Miles de €)
de 230.000 personas, según un informe publicado por ACNUR en marzo 2018. Si bien tiene consideración de refugiada, su “refugio” dura ya más de 45 años en una de las zonas más inhóspitas del planeta, siendo uno de los refugios más
prolongados que existen. La crisis de la población refugiada saharaui figura desde hace más de una década en el índice de crisis olvidadas que la Oficina de Acción Humanitaria y Protección Civil de la Comisión Europea (ECHO) realiza anualmente,
otorgándoles nuevamente en 2019 una puntuación de 10 sobre 11.
un proceso de transición de una sociedad eminentemente nómada a una sociedad principalmente sedentaria. Al principio, en el nuevo orden social que surge por el asentamiento en los Campamentos, la mujer desempeñó un papel esencial, siendo la que
gestionaba y gestiona los dispensarios y hospitales, las escuelas y el control final en los repartos de alimentos y equipamientos.
para la celebración de un referéndum de libre determinación por parte del pueblo del Sáhara Occidental. A pesar de las dificultades, la buena organización social de los Campamentos ha permitido alcanzar un cierto nivel de desarrollo que garantiza
el acceso al agua y alimentación básica, así como la asistencia médica primaria gratuita para toda la población y la educación primaria también gratuita para todos los niños y niñas. Dado el alto grado de dependencia económica y material de los
Campamentos, la vida de estos está sujeta a los vaivenes de la política y la economía internacionales. Desde 2007, las ayudas se han reducido drásticamente por la llamada “fatiga del donante”, así como por la crisis económica mundial
que a partir de ese año afectó a los países occidentales y especialmente a Europa.
alimentación y la educación. Esta situación se debe, por un lado, a la inexistencia de un presupuesto estatal, dado que las autoridades saharauis no recaudan impuestos y, por otro, a la dificultad para desarrollar actividades agrícolas e
industriales en un terreno árido y expuesto a condiciones climáticas extremas como es la hamada donde se encuentran los Campamentos. La situación se ha agravado como consecuencia de la esta pandemia del COVID-19 que está dejando consecuencia de
imprevisibles alcances en los múltiples sectores de la vida en todo el mundo que se vienen a sumar a la ya muy precaria y mermada situación de algunas poblaciones de máxima vulnerabilidad como pueden ser los campamentos de Refugiados Saharauis.
administración del territorio a Marruecos y a Mauritania provocaron el éxodo masivo y una cruenta guerra que duró más de 16 años. En 1988, se iniciaron negociaciones entre las dos partes en conflicto con la mediación de la ONU y la OUA que dieron
lugar a la firma del Alto el Fuego para el Sahara Occidental que ha entrado en vigor en septiembre de 1991.
solidaridad internacional a pesar de la situación de incertidumbre por los constantes retrasos de la celebración de un referéndum de libre determinación, debido al bloqueo del Plan de Paz causado por las continuas maniobras del gobierno de
Marruecos. Esto requiere de la necesidad de mantener y reforzar las estructuras de organización existentes en los campamentos de refugio y en los territorios liberados. El Estado Español tiene una responsabilidad política, jurídica, histórica y
ética al haber sido la potencia colonial durante casi un siglo y permitir la ocupación ilegal del Sáhara Occidental por parte de Marruecos y Mauritania desde 1975. España sigue teniendo el estatus de Potencia Administradora de Iure en la ONU en el
dosier del Sáhara Occidental como territorio no autónomo, pendiente de descolonización.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Urbana
Estudios y trabajos técnicos
viviendas. Un bloqueo que no puede dejar desprotegidos a los ciudadanos de nuestro país. En la nueva Ley de Vivienda, se considerará zona tensionada aquella que absorba más del 30% de los ingresos al pago del alquiler, o en la que el alquiler haya
subido un 5% sobre el IPC en los últimos cinco años.
instituciones el problema de la vivienda. Y que el Gobierno conozca y posea esta información, que con toda seguridad facilitará las políticas que tome en materia de vivienda.
modificación.
corrientes
100.000 (Miles de €)
Interactivas (centros públicos y concertados) Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
progresivamente, garantizar el acceso a comedor escolar gratuito a todos los niños y las niñas bajo el umbral de la pobreza, acordando dicho umbral como el umbral estatal mínimo de renta para acceder a estas ayudas. En la Garantía Infantil aprobada
en junio por el Consejo de la UE, los Estados miembro de la UE, incluida España, se comprometen a garantizar a todos los niños y las niñas en situación de necesidad el acceso gratuito a una comida saludable al día en la escuela. Sin embargo, en
este momento las ayudas de comedor no alcanzan a todos los niños y niñas en situación de pobreza. Mientras en las becas generales de educación postobligatoria se ha equiparado el umbral 1 al umbral de la pobreza, esto no ocurre así en las ayudas de
comedor, no existe un umbral estatal mínimo y la cobertura es muy desigual entre CCAA: las becas comedor alcanzan al 11% de niños y niñas, muy lejos del 27,4% en riesgo de pobreza.
(GPIC)
modificación.
450
100.000 (Miles de €)
presupuestaria
(Miles de €)
uno privado. En total, 464.479 niños. Muy lejos del que debería ser el objetivo a corto-medio plazo, la universalización de la educación de cero a tres años.
pagar una enseñanza privada que resulta muy costosa, porque no hay sitio en la pública. Hay escuelas de titularidad municipal, autonómica o gestionadas por terceros para una Administración. Las diferencias entre comunidades son abismales. En 2018
mientras en el País Vasco el 52,4% de los niños de esa edad están matriculados en un centro, en Canarias bajaba al 16,8%, según datos del INE y del Ministerio de Educación.
este objetivo se va a alcanzar con algo de tiempo, necesitamos acelerar en la creación de plazas.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
TURISMO
Proyecto Comisionado Regional Polo Autosur
441 Al ICO para compensación de quebrantos por préstamo concedido a Abenewco 1 S.A.U
marcha de un Polo Industrial de Economía Circular en el sureste de Madrid en torno a la movilidad eléctrica para la instalación de plantas de reciclaje de baterías y recuperación de materiales para su reutilización. Este Comisionado desempeñará sus
funciones en estrecha relación con los actores industriales implicados y elaborará un programa preciso que aproveche la existencia de infraestructuras industriales y mano de obra cualificada en el entorno.
de automoción, recicladores de materiales estratégicos y redes de recuperadores. El proyecto estará acompañado de iniciativas de Investigación y Desarrollo en materiales y reciclaje, así como en formación profesional en nuevas cualificaciones de la
economía circular de la automoción.
Gobierno a crear en el plazo de tres meses un Comisionado regional que tenga como objetivo el estudio de la puesta en marcha de un Polo Industrial de Economía Circular en el sureste de Madrid en torno a la movilidad eléctrica para la instalación de
plantas de reciclaje de baterías y recuperación de materiales para su reutilización. Este Comisionado desempeñará sus funciones en estrecha relación con los actores industriales implicados y elaborará un programa preciso que aproveche la existencia
de infraestructuras industriales y mano de obra cualificada en el entorno.
Investigación y Desarrollo en materiales y reciclaje, así como en formación profesional en nuevas cualificaciones de la economía circular de la automoción.
Gómez Perpinyà (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
23 - Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
INVERSIONES REALES
169.820,40 (Miles de €)
ampliación de la percepción de dicho bono.
el 21,5%). La última Encuesta de Condiciones de Vida (2020) señalaba un preocupante aumento del porcentaje de niños y niñas en hogares con dificultades para mantener una temperatura adecuada en sus viviendas (10,6%, frente al 8,5% del año anterior)
o con dificultades para afrontar los gastos relacionados con la vivienda principal, incluidos los suministros (15,9%, frente al 10,6%). El espiral de aumento de los precios del suministro eléctrico en 2021 coloca en una situación de vulnerabilidad
aún mayor a estas familias con hijos e hijas menores de edad.
pobreza para hacer frente a la factura eléctrica. Debe aumentarse la partida para el bono social térmico hasta cubrir a todos los hogares con niños, niñas y adolescentes en situación de pobreza. Los descuentos deberían alcanzar el 100% del total
de la factura energética en situaciones de especial vulnerabilidad y, con carácter prioritario, ante la presencia de niñas, niños y adolescentes en riesgo de exclusión social.
Presupuestos
de contingencia de ejecución presupuestaria
con medios y formación pone dificultades a parte de la ciudadanía para poder acogerse al derecho establecido en la ley.
para así poder tomar medidas si se estima conveniente.
la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
Sanidad exterior y Calidad
35 Fondo de contingencia
contingencia y ejecución presupuestaria
garantizar profesionales sanitarios que realicen la prestación con medios y formación pone dificultades a parte de la ciudadanía para poder acogerse al derecho establecido en la ley.
dónde se dan estos problemas, y las causas que lo provocan, para así poder tomar medidas si se estima conveniente.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 32. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Autónomas
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Seguridad Social
Seguridad Social para otros conceptos
se enfrentará la población migrante y refugiada en los próximos años, se hace más que nunca necesario recuperar un dispositivo que permitiera asignar los fondos destinados a programas de integración a las CCAA. Para asegurar coherencia y
coordinación, se hace más que nunca necesario recuperar un marco político de actuación similar al extinto Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración y el Fondo Estatal de Apoyo a la Integración.
país debido a las medidas de aislamiento social y paralización económica por la pandemia COVID-19 ha puesto en evidencia obstáculos estructurales de los sistemas migratorio y de asilo, entre otros, que hacen que las personas migrantes sean
susceptibles de sufrir sus peores consecuencias. El paro registrado entre los extranjeros subió en abril de 2020 en 53.735 desempleados (+12,1%) respecto al mes anterior. Dos de cada tres nuevos parados eran de nacionalidad extranjera.
41% al 48%). Debido a ello, y a la imposibilidad de renovar sus permisos de residencia, se estimaba que la irregularidad administrativa podría verse incrementada en un número superior a los 160.000 trabajadores, lo que implica un crecimiento
aproximado del volumen total en un 42%. 1 de cada 5 niños y niñas de origen migrante en España ya vive sin papeles hoy en día, no nos podemos permitir una vulnerabilidad social y económica tan impactante.
Pablo Gómez Perpinyà (GPIC)
Migraciones.
Transferencias y libramientos internos
del Estado al presupuesto de la Seguridad Social para financiar las prestaciones no contributivas establecidas por las leyes 26/1990, de 20 de diciembre y 35/2007, de 15 de noviembre. Protección familiar, incluso para atender las obligaciones de
ejercicios anteriores.
SOCIAL Y MIGRACIONES
financiar otros conceptos
anteriores, existe margen para una reducción de la partida. La reducción no es especialmente significativa y permite priorizar las partidas necesarias en el actual contexto de desigualdad y pobreza. Mantener la única ayuda a la crianza disponible
en nuestro país que no es de carácter contributivo pudiendo permitir su convivencia con el mecanismo de protección frente a la pobreza como es el IMV. Antes de la puesta en marcha del IMV, la prestación por hijo o hija a cargo alcanzaba a 767.748
familias que tenían unos ingresos por debajo de 12.424 euros anuales. En este sentido, la prestación por hijo o hija a cargo supuso un instrumento de apoyo a la crianza especialmente enfocado hacia las familias con menores niveles de ingresos. Con
la aprobación del Ingreso Mínimo Vital quedó en el aire la supervivencia de la prestación por hijo o hija a cargo, ya que el texto legislativo del IMV integra de esta prestación en el supuesto de hijo o menor sin discapacidad o con una discapacidad
inferior al 33 por ciento, ya previsto en el IMV. Por ello, el Real Decreto-ley 20/2020 estableció que no se puedan cursar nuevas solicitudes de la prestación por hijo a cargo en 2020.
a la crianza disponible en nuestro país que no es de carácter contributivo. Así ha sido una anomalía dentro del contexto europeo desmantelar la única ayuda a la crianza de estas características y no permitir su convivencia con un mecanismo de
protección frente a la pobreza, como es el IMV. De hecho, el gobierno ha reconocido ya que el IMV no está llegando a muchas de estas familias por lo que proponemos recuperarla y hacerla compatible.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 40 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
modificación.
del sector público. Uno. 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios
señalados en este artículo, sujetándose a las siguientes tasas de reposición de efectivos:
nuevo ingreso en las entidades locales no se aplicará la tasa de reposición.”.
reducción de las plantillas de la Administración Local en mayor grado que en el resto de las AA.PP. La Administración Local ha pasado de 646.627 empleados en junio de 2011 a 579.680 empleados en enero de 2021, lo que supone una reducción del 10,5%.
Esta reducción se ha producido en un contexto de amplio rigor en el cumplimiento de los criterios de déficit y estabilidad presupuestaria por parte de las Entidades Locales.
prestación de los servicios públicos a los ciudadanos según las funciones encomendadas tanto por la normativa en materia de Régimen Local, como por la normativa sectorial. A la dificultad para prestar estos servicios provocada por la escasez de
plantilla, se une ahora la necesidad de afrontar el gran reto de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
tamaño de sus plantillas. Cualquier tipo de tasa de reposición impedirá un diseño libre e independiente de estas, y, supondrá un perjuicio a la prestación de los servicios y por tanto a los ciudadanos. En las entidades locales de menor tamaño la
tasa de reposición supone de facto la imposibilidad de ampliar su plantilla. Por tanto, se debe corregir esta situación en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022 eliminando la tasa de reposición de efectivos en el ámbito de la
Administración local.
Disposición adicional nueva.
fragilidad energética de la isla de La Gomera.
se finalice y ponga en funcionamiento en el menor plazo posible.
Gobierno del Estado estudiará las necesidades del sistema eléctrico de La Gomera y sacará a licitación el proyecto de cierre de este anillo eléctrico.
modernización del sistema energético de la isla de La Gomera y establecerá en los próximos ejercicios las actuaciones necesarias para acometer estas obras.
nuestro país. Aislado del resto de islas y de la península, sufre desde hace años una situación de monopolio en la generación de la energía que ha lastrado las mejoras que necesita la isla para tener unas conexiones eléctricas más eficaces y
eficientes y un mejor suministro a los ciudadanos.
siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Modificación del apartado 2 del artículo 33 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.
Ley de Clases Pasivas en relación a la compatibilidad de determinadas actividades con la percepción de pensión de jubilación, para que tenga el siguiente tenor:
jubilación o retiro será incompatible con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que dé Iugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social.
anterior, el percibo de las pensiones de jubilación o retiro, en el supuesto contemplado en la letra a) del artículo 28.2 del presente texto refundido, será compatible con el ejercicio de dicha actividad en los siguientes supuestos:
Cuando concurran los siguientes requisitos:
funcionarios que se acojan a la jubilación voluntaria deberán esperar a cumplir la edad de jubilación forzosa para acogerse a la compatibilidad establecida en esta disposición.
determinar la cuantía de la pensión debe ser del cien por ciento.
aplicado, si procede, el límite máximo de pensión pública, o el que el pensionista esté percibiendo en la fecha de inicio de la actividad, excluido, en todo caso, el complemento por mínimos, que no se podrá percibir durante el tiempo en que se
compatibilice pensión y actividad.
más las revalorizaciones acumuladas se reducirán en un cincuenta por ciento.
incluidos los generados por su trasmisión a terceros. En estos supuestos la cuantía de la pensión compatible con esta actividad será del cien por ciento, siendo de aplicación lo previsto en el Real Decreto 302/2019, de 2á de abril, por el que se
regula la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación y la actividad de creación artística, en desarrollo de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 26/20J8, de 28 de diciembre, por el que se aprueban medidas de urgencia sobre
la creación artístico y la cinematografía.”
a la compatibilidad para la creación artística quedando así equiparados al resto de funcionarios.
un guion o de figurante y entonces sería derecho de propiedad de imagen
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
energético e instalaciones o nuevas infraestructuras energéticas en las dotaciones presupuestarias incluidas con este fin en la presente ley, considerará prioritaria su realización en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.”
eléctrica a través de combustibles fósiles, por lo que requieren de una consideración especial y singularizada para poder llevar a cabo los objetivos de transición energética y lucha contra el cambio climático fijados en la presente Ley.
nueva.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
su peso relativo respecto al resto de administraciones públicas y que, en ningún caso será inferior al 14,9% para la media de ese período.”
impacto del COVID 19 en sus ingresos y gastos presupuestarios, las mismas deben poder participar en la gestión del gasto financiado mediante los recursos que el Estado español pueda obtener por parte de las instituciones europeas y sus líneas de
ayuda y en concreto del Plan de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la recuperación de la pandemia Covid-19.
gasto público local con respecto al gasto público local de las tres administraciones territoriales: Estado, CCAA, EELL. Este porcentaje en el año 2019 ascendió al 14,9% de dicho gasto.
(GPIC)
adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor:
mismas.
2010, con carácter temporal, a través del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, y posteriormente prorrogadas a través de sucesivas modificaciones normativas,
siendo la última regulación la contenida en la disposición final trigésima primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
endeudamiento de las entidades locales será el contenido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales a excepción del régimen aplicable a las entidades
dependientes o vinculadas a entidades locales, que será el previsto en el apartado Dos de esta disposición.
vigencia indefinida, la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.
de las Entidades locales y que a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, el régimen del endeudamiento de las entidades locales vuelva a ser el contenido en el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales derivado del acuerdo de financiación del año 2002.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Provincias, impulsará el análisis de la evolución del actual modelo de Participación en los Tributos del Estado de las Entidades Locales al objeto de su modificación.
FEMP, analice la evolución del actual modelo de Participación en los Tributos del Estado y promueva las modificaciones que sean necesarias para su mejora. El actual sistema de financiación de las entidades locales de Participación en los Ingresos
del Estado está vigente desde el año 2004. Si hasta este año los modelos se revisaban quinquenalmente, en este caso se cumple el decimoséptimo año sin revisión del mismo. Del análisis de impacto del sistema, se pone de manifiesto que hasta el año
2007, el sistema se mostró relativamente estable, pero a partir de dicho año ha habido numerosas disfunciones motivadas por diversas casuísticas, disfunciones que han afectado negativamente a las Entidades Locales.
adición.
Financiación a las Entidades Locales por los ayuntamientos de municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en riesgo financiero.
Hacienda y Función Pública la conveniencia de revisar las condiciones financieras de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Entidades Locales por los ayuntamientos que se encuentren en situación de riesgo financiero, o con elevado
nivel de deuda financiera, o que hayan presentado remanente de tesorería negativo ajustado por los saldos de acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto y por devoluciones de ingresos indebidos. Como consecuencia de ese estudio,
la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos podrá acordar la modificación de aquellas operaciones financieras y la condicionalidad fiscal aplicable, al objeto de paliar los efectos derivados de la crisis y de posibilitar el saneamiento
financiero de aquellas entidades locales.”
extraordinarias y urgentes, en tanto podría permitir a dichos ayuntamientos atender necesidades de carácter social o de apoyo a determinados colectivos que han surgido de manera extraordinaria como consecuencia de la pandemia.
3902
adicional nueva. - Se añade una disposición adicional nueva con el siguiente tenor:
del Fondo de Ordenación contenido en el Fondo de financiación a Entidades Locales para que los Ayuntamientos que se hayan adherido o se adhieran en 2022 al compartimento Fondo de Ordenación, del Fondo de Financiación a Entidades Locales, puedan
solicitar antes del 30 de abril de 2022, la formalización de préstamos con cargo a aquel compartimento, para la cancelación de la deuda pendiente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social,
y que esté siendo objeto de cancelación mediante acuerdos de fraccionamiento o de aplazamiento, suscritos con aquellos acreedores antes de la fecha de publicación de la presente Ley, o que se estén compensando mediante la aplicación de retenciones
de la participación en tributos del Estado.
para la cancelación de dudas de las Entidades locales con empresas y autónomos, como la cancelación de deudas pendientes con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
incluyó en la Disposición Adicional 107ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 y se considera que se puede prorrogar, ya que permite a los ayuntamientos sanear su situación económica y financiera.
adición.
locales.
deuda a corto plazo que estén vigentes en operaciones de crédito a largo plazo por parte de aquellas entidades locales que en 2020 o en 2021 presenten remanente de tesorería para gastos generales negativo.”
medida ya se incluyó en la Disposición Adicional 109ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 y consideramos que se puede prorrogar en 2022 para permitir a los ayuntamientos con graves problemas de liquidez o solvencia, sanear su
situación económica y financiera.
enmienda a la Disposición final primera.
Régimen Local.:
Fabián Chinea Correa (GPIC)
modificación.
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPEMM), de la siguiente forma:
de mercancías o de pasajeros y en el título concesional se disponga la realización por parte del concesionario de muelles, pantalanes, duques de alba u otras obras de atraque y amarre, así como obras de dragado de primer establecimiento asociadas
con las mismas: la cuantía de la bonificación se determinará en función de la inversión realizada por estos conceptos, de conformidad con los siguientes criterios:
momento del otorgamiento de la concesión.
Tipo de gravamen anual (%) fijado en el otorgamiento de la concesión.
mejora, así como obras de atraque y amarre, a cargo del concesionario, la bonificación será la suma de las obtenidas de acuerdo con lo dispuesto en los apartados a) y h) de este artículo, sin que la suma global pueda superar el 75 %.
bonificaciones otorgadas no serán de aplicación a las prórrogas que, en su caso, pudieran otorgarse, sin perjuicio de las nuevas bonificaciones que, eventualmente, pudieran establecerse por nuevas inversiones por estos mismos conceptos para las
concesiones prorrogadas».
para su propulsión en alta mar, así como a los buques que durante su estancia en puerto utilicen combustibles alternativos o electricidad suministrada, desde muelle o bien por baterías instaladas a bordo, para la alimentación de sus motores
auxiliares: 0,5.
por baterías instaladas a bordo, para la alimentación de sus motores auxiliares.
22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.
redacción.
marítimos interinsulares en un mismo archipiélago, los coeficientes serán el 20 por ciento de los indicados en el ordinal 1.º de la letra a) o de los que resulten de aplicar las letras b) o c). En el caso del archipiélago canario, estos
coeficientes reducidos serán del 30 por ciento y se aplicarán exclusivamente en los supuestos de vehículos en régimen de pasaje y en los supuestos de pasajeros en régimen de transporte, transportados en buques integrados en servicios marítimos
interinsulares en el citado archipiélago. De conformidad con lo dispuesto en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que sean admisibles excepciones en la aplicación del Reglamento Comunitario (CEE) 4055/86, se justifica
dicho coeficiente reductor por razones de interés general asociadas con la necesidad de potenciar la cohesión de los territorios insulares que conforman un archipiélago y evitar los efectos que tienen para el desarrollo económico y la competitividad
de las islas menores los costes adicionales que supone la doble insularidad. Las reducciones contempladas en los supuestos de las letras d) y e) son incompatibles entre sí.
residentes como no residentes, las modificaciones de las bonificaciones al tráfico interinsular de pasajeros que se aprobaron el pasado ejercicio, de forma que se conjugue la necesidad de financiación de la autoridad portuaria con el mantenimiento
de la cohesión interinsular.
la Disposición final nueva.
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
(nueva) al “Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”, con el siguiente literal:
facilitar así la elaboración de los presupuestos de las Entidades Locales, el Ministerio de Hacienda publicará con carácter previo a la presentación del Proyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado de cada año en la Oficina Virtual para
la Coordinación Financiera con las Entidades Locales, previo informe de la Comisión Nacional de la Administración local, un avance de la estimación de las entregas a cuenta, liquidación definitiva de años anteriores, retenciones y anticipo, así como
cualesquiera otros conceptos inherentes, correspondientes a la participación en los tributos del Estado correspondiente al ejercicio siguiente, desglosado según el régimen general y de cesión de tributos, de los municipios, provincias e islas y
entes asimilados.
del Estado una vez sea admitido a trámite en el Congreso de los Diputados. En la documentación que acompaña la presentación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado se recogerá un cuadro comparativo respecto de los mismos datos del
año anterior.
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como de otras normas que les imponen exigencias de obligado cumplimiento en relación con sus presupuestos. Resulta fundamental que las Entidades Locales conozcan con antelación suficiente toda la
información relativa a la participación en los Tributos del Estado.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Inversiones de Carácter Inmaterial.
Urbana
necesidad de que se realicen los estudios y trabajos técnicos para su remodelación y ampliación debido a su continuo colapso, no se realizan inversiones en este sentido. En consecuencia, es necesario que se pongan medios para la planificación y
posterior ejecución de las mejoras necesarias en este puerto esencial para la cohesión interinsular de Canarias.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Proyecto Acceso Puerto de Los Cristianos Soterramiento Avenida Chayofita. Comunidad Autónoma Canarias
DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS
5.000,00
puerto, dada la importancia del mismo tanto para tráfico de pasajeros (casi dos millones anuales) como mercancía rodada, se ven colapsados en momentos claves del día por la llegada al mismo tiempo de barcos de distintas navieras, que junto con el
tráfico diario de la zona produce un embotellamiento en la salida del puerto, provocando a los residentes y a los viajeros un autentico perjuicio. Se han hecho estudios para permitir un mejor acceso al puerto a través del Soterramiento de la
Avenida Chayofita y es absolutamente necesario que se produzca la actuación, siendo necesario que se realice una transferencia de Capital a la Comunidad Autónoma de Canarias para la realización del proyecto.
Fabián Chinea Correa (GPIC)
Urbana.
Infraestructura de carreteras.
17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Expropiaciones, modificados adicionales y otras incidencias de
derrumbe producido en esta zona y que tanta repercusión mediática internacional tuvo, sin que se haya podido ejecutar todavía el proyecto de Falso Túnel que ya propuso el Cabildo a la Comunidad Autónoma de Canarias.
Urbana.
transporte aéreo.
Nuevo. Ampliación del ámbito temporal de la OSP La Gomera – Gran Canaria para que opere todo el año.
el ejercicio, tanto por su alta demanda como por ser una necesidad vital para la cohesión interinsular.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Comunidades y Ciudades Autónomas con una tasa de paro juvenil superior al 40%
ESTATAL
mantiene desde hace mucho tiempo por encima del 40%, amenazando con convertirse a medio y largo plazo en un problema de extrema gravedad para las futuras generaciones.
España y que lastran su desarrollo y su equiparación a la media europea: la dificultad en la incorporación al mercado laboral y la gran tasa de desenganche de los jóvenes de los circuitos formativos. Una situación que es especialmente preocupante
en Canarias, Extremadura, Andalucía, Ceuta y Melilla.
favorecer el desarrollo individual y colectivo en condiciones propicias. El mercado laboral no ha incorporado todavía suficientes mecanismos para permitir la incorporación de buena parte de los jóvenes con menor poder adquisitivo, no ha logrado
rebajar la precariedad y se une a otro mercado, el de la vivienda, lastrado por unos precios de alquiler inaccesibles o puramente fantasiosos para esa franja de edad.
necesidad de buscar soluciones para ese sector de la población sin salidas a la vista y previsiblemente condenado a la inactividad, la baja autoestima y un sentimiento de inexistencia social que en nada favorece su integración futura en el tejido
social. No es el problema más visible de la sociedad española, pero lo es para cada una de las familias que cuentan en casa con un joven que ni estudia ni trabaja.
cantidad de 100 millones de euros para la financiación de un Plan de Empleo para aquellas Comunidades y Ciudades Autónomas en las que se supera el 40% de la tasa de paro juvenil (menores de 25 años): Canarias, Andalucía, Extremadura, Ceuta y
Melilla.
Comunidades Autónomas correspondientes.
enmienda a la Sección 21. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
SOSTENIBLE
Nuevo. Activación y Mantenimiento Reserva Marina de Interés Pesquero Norte de La Gomera.
Inversiones Reales.
Marina de Interés Pesquero del Norte de La Gomera. Por lo tanto, hay que comprar las embarcaciones y dotar a la reserva de los recursos humanos necesarios para su protección, el importe se ha estimado de actuaciones de mejora que se han realizado
para el ejercicio 2021 en la Reserva marina de Alborán.
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
la infraestructura hidráulica de la conducción y estaciones de bombeo desde Guarimiar a Igualero (La Gomera).
Demográfico
inversiones de ejercicios anteriores
construcción de una conducción y estaciones de bombeo desde Guarimiar hasta Igualero. Esta actuación forma parte del “Proyecto de Mejora del Abastecimiento de La Gomera” y está declarada de interés general.
3914
Ecológica y el Reto Demográfico.
infraestructuras del agua.
Negra” (La Gomera).
Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto
necesario que se terminen, cuanto antes, los trámites de convalidación del gasto y de rescisión del contrato por parte del Ministerio; de forma que se pueda volver a contratar de nuevo esta actuación vital para el abastecimiento de la población de
la zona por parte de la Dirección General de Aguas del Gobierno de Canarias, ya que cuenta con proyecto redactado. Además, quedó aprobado su carácter de interés general y se ha calculado, en las pruebas realizadas, una estimación importante de
caudal para el suministro de agua que no podemos desaprovechar, de aproximadamente 25 litros por segundo.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Canarias).
Demográfico
de euros).
en épocas de máxima afluencia turística, a tener más del doble de visitantes que de residentes. Es necesario y esencial asegurar el adecuado abastecimiento de agua a la población.
(GPIC)
Gomera).
costa
Vallehermoso, es un entorno natural de gran belleza paisajística, una playa de arena natural, con alto potencial turístico y que por desgracia está erosionándose, al ir perdiéndose su arena debido a la última obra que se realizó en una escollera en
los límites de la playa: lo que impide actualmente que siga su curso el ciclo natural de recuperación de la arena de esta excepcional playa, algo que incide directamente en el medio marino circundante y en la economía local. Es necesario poner en
marcha el proyecto que ya está redactado por el municipio de Vallehermoso. Y que, de materializarse, permitirá la recuperación de la costa, el ecosistema del lugar y volverá a situar esta playa como referente turístico y posicionar este enclave
costero en el lugar que se merece y perdió una vez se ejecutó la obra inicialmente señalada.
entorno de la playa y de la realización del dique de abrigo necesario para la estabilización del entorno y para que esta playa despliegue todo su potencial.
Fabián Chinea Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
Transferencias de capital.
euros)
Reales
ampliación de la zona de atraque para dar la máxima accesibilidad al uso público de esta playa.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(Ayuntamiento de Hermigua).
Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
municipio con 850 metros de largo. Domina la desembocadura del Valle de Hermigua y es la zona con mayor potencial turístico de esta parte del norte de la isla de La Gomera. No obstante, a pesar de ello, se necesitan actuaciones urgentes para
reestructurar y mejorar el litoral de la zona con el objetivo de un mejor aprovechamiento de su uso público por parte de la población: debe hacerse más accesible la playa y el “Pescante de Hermigua”, a la par que seguros. Es precisa
la colaboración para sufragar los gastos de la redacción del proyecto que se han calculado en unos 20.000 euros y en la propia actuación que tiene una estimación de 3 millones de euros.
(GPIC)
la costa.
de San Marcos” (Agulo, La Gomera)
difícil acceso de la Playa de San Marcos y la falta de adecuación del entorno de esta playa, ha lastrado el uso público de esta zona de la costa, impidiendo su disfrute por parte de los residentes y visitantes, así como su potencial desarrollo
turístico. La actuación tiene un proyecto redactado (que sólo hace falta actualizar) y las previsiones de los técnicos cifran el total de la actuación (actualización y ejecución) en un importe de 2 millones de euros. El municipio de Agulo con poco
más de 1.000 habitantes no puede afrontar un proyecto de esta magnitud, que de llevarse a cabo dinamizaría el tejido productivo de la zona y generaría empleo asociado a este enclave turístico.
Correa (GPIC)
instalación de puntos de recarga, a la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible y a la innovación en electromovilidad, recarga e hidrógeno verde
corporaciones locales. (Cabildo Insular de La Gomera)
adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible y a la innovación en electromovilidad, recarga e hidrógeno verde
Estatal
desarrollo del proyecto La Gomera 100% Sostenible. La participación del Gobierno de España, que ya ha expresado su intención de impulsar proyectos 100% sostenibles en territorios insulares, es fundamental para que esta iniciativa tenga éxito.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Nuevo. Plan Estatal de Apoyo a la Eficiencia Energética de Municipios de menos de 20.000 habitantes.
Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal
(miles de euros)
decidida a estos municipios para conseguir los objetivos de lucha contra el cambio climático e implantación efectiva de los ODS de la ONU.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Cambio Climático.
Plan de Transición Energética en la Administración General del Estado
de España y los proyectos de I+D+i que impulsan las universidades públicas para reforzar su utilidad pública.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
10.000,00 (Miles de euros)
de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular
Estrategia de Economía Circular.
deben tratarse en otras islas para su reciclado y reutilización, es necesario un apoyo económico a los mismos para que pueda implantarse una autentica estructura de economía circular en los territorios insulares.
don Fabián Chinea Correa (GPIC)
Demográfico.
agua
euros).
La Gomera.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
destinados al uso general
Chinea Correa (GPIC)
Demográfico.
Santiago Alajeró.
agua
asegurar el abastecimiento de agua de este municipio de La Gomera.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Demográfico.
general
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
infraestructuras y bienes destinados al uso general
Sanidad.
2 Gastos Corrientes en Bienes y Servicios.
Múltiple.
2 Gastos Corrientes en Bienes y Servicios.
del Estado para el 2022, de forma que se eleve la cantidad de 50.000 € hasta al menos los 125.000 €
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Asuntos Económicos y Transformación Digital.
y cobertura en movilidad de 30 Mbps
Inclusión Digital.
Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes: Extensión de la banda ancha ultrarrápida y cobertura en movilidad de 30 Mbps
medios para poder tener una conexión digital permanente. Si a esto le sumamos que el territorio insular provoca que muchos trámites administrativos deban hacerse en otra isla de forma presencial, o a través de un acceso a internet que no todas las
familias tienen, pues se requiere por tanto de dotar a estas familias de los recursos digitales necesarios para poder hacerlo.
promoviendo la igualdad de los ciudadanos y el pleno ejercicio de los derechos fundamentales en la realidad digital y ponernos a la vanguardia europea en relación con el desarrollo de una sociedad digital libre, abierta e inclusiva.
NÚM. 3931
con Entes Territoriales.
Otras transferencias a Comunidades Autónomas
€
nuevo REF por el que se hace necesario cubrir el 100% de ayuda al transporte de mercancías, incluyendo al plátano. El transporte del plátano de Canarias sólo figuran consignados 20.000.000€, por lo que se solicita un incremento para dotar la
partida de forma suficiente.
la Sección 37. Otras Relaciones Financieras con Entes Territoriales.
Comunidades Autónomas
Contribución a la financiación adicional del POSEI para el establecimiento de subvenciones para la apoyar la reorientación a los mercados a los productores agrarios de Canarias afectados por el BREXIT
readaptación a los mercados” persigue el objetivo de paliar los efectos de la salida del Reino Unido de la UE, a partir del año 2020, permitiendo que los productores se readapten a las nuevas condiciones del mercado. Esta ayuda se configuró
para estar en funcionamiento desde el año 2021 hasta 2024. Sin embargo, no figura en los Presupuestos Generales del Estado de 2022.
hectáreas repartidas entre 10 municipios y engloba a 7 empresas, 6 en Gran Canaria y 1 en Tenerife. El 50% de la producción se exporta al Reino Unido y la otra mitad al continente europeo, principalmente a Europa Central y Escandinavia.
exportación hortícola en Canarias lleva más de una década en recesión. En este tiempo se ha perdido el 75% de la superficie de cultivo destinado a la exportación y más del 50% de las empresas y cooperativas que se dedican a ello. El sector ha dado
la voz de alarma en reiteradas ocasiones, trasladando a los representantes políticos la situación agónica que se está sufriendo, con el fin de buscar alternativas y tomar decisiones efectivas para evitar la desaparición del mismo.
principales claves de la recesión son las siguientes:
sin poder repercutirlos en los precios de venta.
se ha notificado en Murcia y Andalucía.
ocasiones se hace efectivo dos años después.
los Presupuestos del Estado de 2022 para contribuir a garantizar la continuidad de estas producciones “históricas” que suman más de 130 años de actividad en las islas.
(GPIC)
ENAIRE.
combustible y lubricantes en el aeropuerto de La Gomera.
final de ejercicio.
necesario que el Aeropuerto de La Gomera cuente con las dotaciones necesarias para el adecuado suministro de combustible a los aviones y helicópteros que hagan uso del mismo. Ya sea para el transporte de pasajeros, mercancías o, incluso, para
labores en la extinción de incendios forestales, así como para los aparatos dedicados al traslado de urgencias sanitarias, o de emergencias que deban operar en dicho aeropuerto.
julio, del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, establece que:
así como el desarrollo de las inversiones necesarias, no sólo para que estas instalaciones se conserven en condiciones adecuadas de uso, explotación y operatividad, sino también las precisas para la adaptación de dichas infraestructuras a las
condiciones de operatividad que puedan demandarse por la aparición de nuevos flujos de tráfico. Se atenderá de manera específica la adecuada operatividad y adaptación de los puertos y aeropuertos de interés general ubicados en las islas no
capitalinas”.
cualquier aeropuerto de interés general.
para el año 2022.
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ALTA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA
COSTA Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 61 Concepto: Ejecución de obras de la “Estrategia de actuación en la costa sur de Valencia (Puerto de
Valencia-Puerto de Denia)”. Importe: Incrementar en 20.000,00 miles € BAJA Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las
Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo Capítulo 7 Artículo 74 Concepto Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio
climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino Subconcepto Actuaciones adaptación al cambio climático Importe: Incrementar en 20.000,00 miles €
pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora
susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
las incluidas en la “Estrategia de actuación en la costa sur de Valencia (Puerto de Valencia-Puerto de Denia)” en el ejercicio 2021, especialmente en las zonas de El Saler y Tavernes de la Valldigna.
Correa (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula una enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Correa.
adicional nueva.
y aéreo de mercancías entre las Islas Canarias y la península o entre las islas Canarias y otros países de la Unión Europea de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 19/1994.
de compensación de los costes de transporte del plátano, actualmente existe un conflicto de leyes surgido entre aquellos preceptos que proclaman una compensación íntegra del coste de transporte y aquellos otros que limitan la compensación
exclusivamente al coste del flete.
jurídico, sino que además genera un perjuicio evidente para los productores de plátano, que, como consecuencia, se ven imposibilitados de compensar una parte significativa de sus costes efectivos de transporte marítimo por el hecho de considerarse
como válidos únicamente los costes de flete. Esta limitación, además, no se aplica a ningún otro producto beneficiario de este sistema de compensaciones, y en el contexto actual de incremento de costes de transporte, representa un grave perjuicio
que debe ser resuelto cara a la aplicación de este sistema de compensaciones con cargo a los PPGGEE 2022.
modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (“Ley de modificación del REF” y “Ley del REF”, respectivamente) vino a fijar la siguiente redacción en el apartado primero del art. 7 de dicha Ley del REF:
al año natural, para financiar un sistema de compensaciones que permita compensar el 100 por 100 del coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías interinsular y entre las Islas Canarias y la península o entre las islas Canarias y
otros países de la Unión Europea.
coste efectivo del transporte que contenía la redacción anterior hasta un sistema de compensación íntegra, como es el actualmente previsto.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 12 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
3936
modificación.
45 A Comunidades Autónomas
finanzas públicas durante el año 2022. Es por ello que se cree imprescindible mantener el Fondo Extraordinario de 13.000M€ destinado a las CCAA durante el próximo año. Cabe recordar que son las CCAA las que asumen la provisión de servicios
públicos fundamentales como la sanidad, la educación y los servicios sociales y, por tanto, su infrafinanciación acaba incidiendo directamente sobre el bienestar de la ciudadanía.
REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB)
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
construcción de la plataforma segregada y exclusiva de mercancías del corredor del mediterráneo, entre Vila-seca y Castellbisbal, enlace con el puerto de Tarragona, evitando núcleos urbanos
actual de circulación de mercancías por la costa presenta una serie de problemas que se verán agravados exponencialmente por la puesta en servicio del tercer carril. Para la vida y la salud de las personas, por el peligro del paso de mercancías
peligrosas, vibraciones y ruidos para la integridad del anfiteatro romano, patrimonio de la humanidad y por el impacto negativo en espacios de la red Natura 2000.
tiene desde su planteamiento inicial una vocación marcadamente provisional, justificada principalmente por su inmediatez. Debido a las exigencias en materia de seguridad en el tránsito de mercancías debe evitarse el paso de los 1.500 trenes de
mercancías que transitan por los aledaños o por el centro de los núcleos urbanos y turísticos de muchas poblaciones de la provincia de Tarragona, lo que supone un riesgo para la ciudadanía y una barrera urbanística. Así mismo, se preveé el colapso
de dicha vía férrea para el año 2025 debido al mayor volumen de transporte de mercancías por ferrocarril. La sobresaturación de la línea de costa repercutirá muy negativamente tanto en el transporte público de pasajeros como en el desarrollo urbano
de los pueblos y ciudades más poblados. Por los motivos esgrimidos es necesario la implementación de la plataforma segregada y exclusiva de mercancías alejada de esta zona, la cual es la que tiene la mayor concentración de población. A partir del
estudio informativo para construcción plataforma segregada y exclusiva para mercancías del corredor mediterraneo entre Vila-seca y Castellbisbal, y enlace con el puerto de Tarragona. (estudio informativo de la conexión ferroviaria para tráfico de
mercancías entre el área de Tarragona y la línea Castellbisbal/Papiol-Mollet Sant Fost). A este proyecto se les asocia la recuperación de parte de la antigua línia ferroviaria Reus-Roda y transformación en vía verde, por lo qual se requiere,
realizar el estudio y anteproyecto para la transformación en Vía Verde de un tramo del eje ferroviario Reus-Roda, concretamente entre Roda de Bará y La Secuita / Perafort i Puigdelfí (convirtiéndose en una Vía Verde de características similares a la
Vía Verde de las Terres de l’Ebre).
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
11.675
17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
las Garrigues y el Segrià siguiendo el proyecto propuesto por la Diputación de Lleida
el Segrià siguiendo el proyecto propuesto por la Diputación de Lleida
(GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
EN MILES DE EUROS: 127,71
Terrassa-Granollers, (subtramo Terrassa-Caldes de Montbui)
tal y como está planteada.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
2024: 10.600
la Estación Intermodal Central Tarragona-Reus, situada en la zona sur del Aeropuerto de Reus.
Reglamentos de la UE, Connecting Europe, y asímismo, alinearse con las prioridades establecidas en el New Green Deal, que apuestan por modos de transporte no contaminante, como el ferrocarril. Se trata de conectar todo el sistema aeroportuario de
Catalunya en alta velocidad. El proyecto ya estaba realizado, por lo tanto, sólo se trata de empezar a ejecutarlo.
Turismo.
la enmienda
altas oportunidades para el territorio, una comarca de las más perjudicadas por la crisis económica del 2008. PROYECTO DE ESPECIAL INTERÉS CON SEAT Y LA EMPRESA CAMPA, Y CUENTA CON LA APROVACIÓN DE RENFE Y ADIF.
enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
en el sector de la defensa
minera en la mina de Sallent y Vilafruns, en la comarca del Bages, junto a otras razones sociales y económicas, hace necesario un plan de reconversión industrial para la comarca del Bages. Es necesaria la financiación para impulsar la
diversificación del sector industrial hacia la industria química y agroalimentaria vinculada al territorio; potenciar la economía circular; realizar planes de formación científico-técnico para jóvenes de la comarca y también para adaptar la
formación para mayores de 45 años e impulsar un clúster de la sal en las localidades de Sallent y Súria y la industria auxiliar vinculada a la minería, entre otras acciones.
REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB)
de Industria, Comercio y Turismo.
Reconversión y reindustrialización
en virtud del Plan Nacional de Reserva Estratégica del Carbón 2006 – 2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas Mineras.
BILDU (GPERB)
Ecológica y el Reto Demográfico.
INVERSIÓN
protegiendo sus espacios naturales y agrarios de la regresión y los efectos de los grandes temporales.
REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
descontaminación de la zona literal del “Port” y “La Mora”. Recientemente se ha detectado un nivel de contaminación superior al esperado debido a la antigua presencia de industrias químicas en este sector de la ciudad.
Dicha situación pone en peligro la salud de los vecinos.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Vives de Canyamás en Benifairó de les Valls (BIC).
Actualmente se encuentra en estado ruinoso y necesita de una intervención de consolidación y mantenimiento. La Diputación el Ayuntamiento y la Conselleria han hecho intervenciones insuficientes los últimos años. Quedando el monumento en un estado
decadente que pone en grave peligro su futuro.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 38. Sistemas de financiación de Entes Territoriales.
del cuerpo de Agents Rurals de la Generalitat de Catalunya
456
modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que establece la jubilación anticipada del cuerpo de Agents Rurals de la Generalitat de
Catalunya.
2022.
REPUBLICANA-EUSKAL HERRIA BILDU (GPERB), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.
h) al apartado Uno.6 del Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público con la siguiente redacción:
cuerpos de policía de las comunidades autónomas por las respectivas Juntas de Seguridad.
efectivos acordado por la Junta de Seguretat de Catalunya.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
adicional X con la siguiente redacción:
ámbito objetivo regulado en el artículo 40.1 del Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales y otras de carácter económico, se podrá incluir también por los
municipios que presenten remanente de tesorería para gastos generales negativo en al menos dos de los tres últimos ejercicios liquidados, las cuantías que estén pendientes de amortizar y que correspondan a operaciones que se formalizaron en el marco
de la línea de crédito para la cancelación de deudas de las Entidades Locales con empresas y autónomos, regulada en la Sección segunda, del Capítulo II, del Real Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de
control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa, y por las que se estén
aplicando retenciones en la participación de aquellas entidades locales en los tributos del Estado.
Económicos del 25 de junio de 2021, dictada en base a la Disposición adicional centésima séptima de la Ley 11/2020 de Presupuestos Generales 2021.
entidades locales.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
que tengan deuda pendiente con el Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores, y que presenten remanente de tesorería para gastos generales negativo en al menos dos de los tres últimos ejercicios liquidados podrán acogerse a
una reestructuración total o parcial de dicha deuda a 5 años mediante la formalización de una nueva operación de crédito a través de préstamos de entidades bancarias a prudencia financiera.
operaciones de endeudamiento citadas será preciso solicitar autorización del Ministerio de Hacienda.
con los requisitos de quórum y votaciones establecidos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
requisitos establecidos en el punto Uno.
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y su período medio de pago a proveedores, calculado por la entidad local de acuerdo con el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, no excede del plazo máximo establecido en la normativa
sobre la morosidad, podrá formalizar la nueva operación. Si la entidad local cancela totalmente los préstamos formalizados con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores quedará sin vigencia el plan de ajuste aprobado y que posibilitó
su concertación. Si no se cancelaran totalmente dichos préstamos los planes de ajuste mantendrán su vigencia y el procedimiento de seguimiento de su ejecución al que estuvieren sujetos.
de los límites o reglas citadas en el apartado 3 anterior, podrá formalizar la nueva operación de endeudamiento, pero el plan de ajuste aprobado mantendrá su vigencia aun cuando se cancelen totalmente los préstamos formalizados con el Fondo para la
Financiación de los Pagos a Proveedores.
comunicará al Ministerio de Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 17 de la Orden
HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
a esta medida los municipios que ya fueron incluidos en el acuerdo de la Comisión Delegada del gobierno para Asuntos Económicos del 25 de junio de 2021, dictada en base a la Disposición adicional centésima séptima de la Ley 11/2020 de Presupuestos
Generales 2021.
General de la Seguridad Social.
de la Ley General de la Seguridad Social, en los términos siguientes:
ordinaria de 65 años exigida para el acceso a la pensión de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años completos efectivamente trabajados como miembros del Cuerpo de Agents
Rurals de la Generalitat de Catalunya.
60 años, o a la de 59 años en los supuestos en que se acrediten 35 o más años de actividad efectiva y cotización en el Cuerpo de Agents Rurals de la Generalitat de Catalunya, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas
extraordinarias, por el ejercicio de la actividad a que se refiere el párrafo anterior.
como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular el importe de la pensión de jubilación.
tiempo en que resulte reducida aquélla, que se establecen en el apartado anterior, serán de aplicación a los miembros del Cuerpo de Agents Rurals de la Generalitat de Catalunya que hayan permanecido en situación de alta por dicha actividad hasta la
fecha en que se produzca el hecho causante de la pensión de jubilación.
beneficios quienes habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el apartado 1 de esta Disposición adicional cesen en su actividad como miembro de dicho Cuerpo, pero permanezcan
en alta por razón del desempeño de una actividad laboral diferente, cualquiera que sea el régimen de la Seguridad Social en el que por razón de ésta queden encuadrados.
procederá aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto para la empresa como para el trabajador. Durante el año 2022 dicho tipo de cotización adicional será del 10,60 por ciento, del que el
8,84 por ciento será a cargo de la empresa y el 1,76 por ciento a cargo del trabajador. Estos tipos de cotización se ajustarán en los años siguientes a la situación del colectivo de activos y pasivos.
liquidación de los custodios de la seguridad social, el Ministerio competente en la materia cederá a la Generalitat de Catalunya el importe equivalente a las cuotas abonadas por la empresa en concepto de jubilación anticipada a los miembros del
Cuerpo de Agents Rurals, regularizando, si cabe, la cantidad prevista a tal efecto en los Presupuestos Generales del Estado.»
como la Policía Local y la Ertzaintza, así como la Guardia Civil, o el Cuerpo de Policía Nacional que ya han concedido la jubilación anticipada.
(GPERB)
adición.
establecerá un mecanismo vía transferencia para garantizar una mínima ejecución de la inversión regionalizada contemplada en los Presupuestos Generales del Estado en el conjunto del territorio.
Next Generation permiten alcanzar unos niveles de inversión notables. Sin embargo, los porcentajes de ejecución han sido alarmantemente bajos en algunos territorios y esto puede afectar gravemente a su competitividad y al impacto final de los
mencionados fondos.