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I. Iniciativas legislativas
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Enmiendas (números 2501 a 3000) 621/000013 (Congreso de los Diputados, Serie A, Num.35, Núm.exp. 121/000035)
ENMIENDA NÚM. 2501 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Traslado estación mercancías peligrosas de Granollers. Importe: 2.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados Importe: 2.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2502 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Soterramiento de la línea de ferrocarril de ancho ibérico e integración urbana en el núcleo urbano de Montmeló. Importe: 100.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 100.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2503 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Mejora de la accesibilidad de Importe: 100.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 100.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto ENMIENDA NÚM. 2504 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Soterramiento de líneas ferroviarias en los municipios de Sant Feliu de Llobregat, Montcada i Reixac y L?Hospitalet de Llobregat. Importe: 30.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso Importe: 30.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Es necesario dotar la partida necesaria para acometer la actualización de los proyectos en el presente ejercicio y la ejecución de las obras. ENMIENDA NÚM. 2505 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Importe: 10.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 10.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2506 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del Artículo: 61. Mejoras en la seguridad del ferrocarril a su paso por el término municipal de Sant Vicenç de Castellet. Importe: 2.200.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso Importe: 2.200.000 de euros. JUSTIFICACIÓN 1. Necesidad de reclasificación del actual paso a nivel situado en el p.k. 310/736 con objeto de prever su supresión mediante una estructura exclusiva ENMIENDA NÚM. 2507 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: Artículo: 60. Construcción de la estación en el barrio de Can Llong de Sabadell. Importe: 1.500.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No Importe: 1.500.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Iniciar la construcción de la ya proyectada estación del barrio de Can Llong con aparcamiento que dé servicio a la zona Noroeste de la ciudad y a municipios ENMIENDA NÚM. 2508 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 20. Secretaría de Estado DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo 60. Importe: 1.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38. Dirección General Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2509 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Artículo: 60. Intercanviador Renfe-Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya, en el Barrio de Volpalleres de la ciudad de Sant Cugat de Barcelona. Importe: 2.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de Importe: 2.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Es necesario interconectar el pasajero de la línea del Vallès con el pasajero de la línea ENMIENDA NÚM. 2510 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: Artículo: 60. Mantenimiento del entorno de las vías del tren a su paso por L’Hospitalet de LLobregat. Importe: 100.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados Importe: 100.000 euros. JUSTIFICACIÓN Es necesario mantener limpio y saneado el entorno de las vías del tren dado que son un foco de suciedad y de plagas de roedores. ENMIENDA NÚM. 2511 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Intercanviador de la Torrassa. Importe: 2.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados Importe: 2.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN El intercambiador posibilitaría la integración urbana de las dos líneas ferroviarias de l’Hospitalet, la línea R2 y el soterramiento de la ENMIENDA NÚM. 2512 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 20. Secretaría de Estado D E TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Modernización de la infraestructura de la línea de cercanías de Barcelona Importe: 1.000.000 € BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1.000.000 €. JUSTIFICACIÓN El municipio de ENMIENDA NÚM. 2513 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 20. Secretaría de Estado de TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Acceso ferroviario y estación pasajeros factoria Seat (antena). Importe: 33.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 33.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Dar cumplimiento del ‘Pla de Rodalies’ y hacer las ENMIENDA NÚM. 2514 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Cubrimiento de las vias del tren en los 200 metros hasta el “Pont de Moja” Importe: 8.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 8.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Este cubrimiento es fundamental ENMIENDA NÚM. 2515 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaría de Estado TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Mejoras en el aislamiento acústico del ferrocarril a su paso por el término municipal de El Vendrell. Importe: 300.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en Importe: 300.000 euros. JUSTIFICACIÓN La línea de ferrocarril cruza el centro de la ciudad. Con el aumento de tráfico de ferrocarriles se necesita mitigar el impacto acústico de los mismo ENMIENDA NÚM. 2516 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Integración urbana del ferrocarril en Sitges. Importe: 500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de Importe: 500.0000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2517 De don Josep Lluís Cleries i El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Mejora del aparcamiento adjunto a la Estació de Vilanova i la Importe: 200.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 200.000 euros. JUSTIFICACIÓN Necesidad de más plazas de aparcamiento en la ENMIENDA NÚM. 2518 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Importe: 500.0000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Es necesario realizar mejoras en el paso subterráneo para evitar actos vandálicos y mejorar el servicio a los usuarios. ENMIENDA NÚM. 2519 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Elaboración proyecto remodelación global accesos a estación de renfe Vilanova i la Geltrú. Importe: 200.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 200.000euros. JUSTIFICACIÓN La plaza de la estación resulta anticuada y insuficiente para ENMIENDA NÚM. 2520 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Puente sobre la vía en el municipio de Cubelles y mejora del vallado de la via a su paso por Cubelles. Importe: 1.000.000 BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Importe: 1.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2521 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del Artículo: 61. Vallado de las vias del tren a su paso por Cunit. Importe: 200.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 200.000 euros. JUSTIFICACIÓN En el municipio de Cunit Tarragona las vías del tren no están valladas lo que provoca un peligro para los habitantes de dicho municipio. Es por eso que solicitamos que las vías del tren a su paso por Cunit esten valladas ENMIENDA NÚM. 2522 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina ENMIENDA De modificación. Redacción que se ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte Artículo: 60. Línea orbital ferroviaria de la región metropolitana de Barcelona Renfe. Importe: 2.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 2.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Acercaría 26 municipios de 6 comarcas de la Región Metropolitana sin pasar por Barcelona, enlazando Vilanova y la Geltrú con Mataró, por el interior. Dispondría de 42 estaciones a Discurriría en túnel en el 60% del nuevo trazado, para minimizar afectaciones en superficie y ajustarse a la orografía del terreno y la densidad urbana. Daría servicio a 96.000 El trazado es fruto de un amplio proceso de participación que ha implicado 48 municipios y 6 consejos comarcales. ENMIENDA NÚM. 2523 De don Josep El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Remodelación de l’Estació de Tarragona. Importe: 2.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 2.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN La vía del tren divide el municipio de Calafell, haciendo que ENMIENDA NÚM. 2524 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Estudio informativo para el aparcamiento gratuito de la Estación TAV Camp de Tarragona. Importe: BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Importe: 100.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2525 De don Josep El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Viaducto en Picamoixons para unir la línea Vila-seca a Importe: 8.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 8.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Es totalmente necesario incluir esta partida ahora no prevista con la finalidad de unir estas dos líneas de ferrocarril ya existentes permitiendo una mayor movilidad en los planes de cercanías para la zona del Camp de ENMIENDA De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Mejora del Importe: 500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de ENMIENDA NÚM. 2527 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Ampliación del puente situado sobre la vía del ferrocarril Reus - Lleida, entre la creu coberta i el sector industrial la drecera de la Selva del Camp. Importe: 500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en Importe: 500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2528 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. Que presenta el Grupo Parlamentario PLURAL, a instancias de LAURA BORRÀS I CASTANYER diputada de JUNTS PER CATALUNYA, al Proyecto de Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Importe: 500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al ENMIENDA NÚM. 2529 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), ENMIENDA De modificación. Redacción que se ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte Artículo: 60. Estación de mercancías de la Llagosta. Importe: 2.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 2.000 .000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2530 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Artículo: 60. Tercer rail en la línea R4 de Rodalies Sabadell Sud y Cerdanyola. Importe: 1.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No Importe: 1.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2531 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Redacción de proyectos de apartaderos de 750 m a lo largo de la vía convencional entre Barcelona y la frontera francesa y entre Importe: 500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de ENMIENDA NÚM. 2532 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaría de Estado de TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Programa: 451N. Dirección y Servicios Generales de TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Artículo: 76. Museo del Ferrocarril de Vilanova i la Geltrú. Importe: 500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para la rehabilitación integral y adecuación a los requerimientos actuales de seguridad y museografía. ENMIENDA NÚM. 2533 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 40. Secretaria de Estado de Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 742. ADIF. Acceso UIC puerto de Barcelona Importe: 24.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. Servicio: 40 Programa: 453A.. Artículo: 342 Importe: 24.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN: Para la construcción del acceso UIC al puerto de ENMIENDA NÚM. 2534 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 40. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 742. Importe: 3.500.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: 450A.. Artículo: 742 Importe: 3.500.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Necesidad de adecuar la RFIG en Vilamalla para permitir el acceso en ancho estándar europeo a la terminal de Vilamalla. ENMIENDA NÚM. De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 40. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 742. ADIF. Implantación del ancho Importe: 1.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: 450A.. Artículo: 742 Importe: 1.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Es necesario dotar al corredor convencional internacional de los estándares europeos de ancho de vía. ENMIENDA NÚM. 2536 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 746. ADIF. Pasos a nivel Importe: 5.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: 450A Artículo: 742 Importe: 5.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Es necesario incrementar la dotación presupuestaria para acometer la supresión de pasos a nivel en la línea R3. ENMIENDA NÚM. 2537 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Programa: 451N Artículo: 852. Importe: 10.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Programa: 451N. Artículo: 852. Importe: 10.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para finalizar las obras. ENMIENDA NÚM. 2538 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 746. ADIF. Redacción de la nueva línea ferroviaria entre Castelldefels y Cornellà Importe: 10.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: 450A.. Artículo: 742 Importe: 10.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Impulsar la redacción de los ENMIENDA NÚM. 2539 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), ENMIENDA De modificación. Redacción que se ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 40. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte Artículo: 742. ADIF. Actuaciones en estaciones en Catalunya Importe: 42.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: Artículo: 742 Importe: 42.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Es necesario incrementar la dotación presupuestaria para dar cumplimiento al compromiso de inversión por el Gobierno del estado para la ejecución del plan ENMIENDA NÚM. 2540 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 746. ADIF. Actuaciones en terraplenes y trincheras en la red de cercanías de Barcelona. Importe: 30.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: 450A.. Artículo: 742 Importe: 30.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Es necesario incrementar el presupuesto para poder suprimir las limitaciones temporales de velocidad. ENMIENDA NÚM. De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 40. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 742. ADIF. Obras complementarias Importe: 1.800.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: 450A.. Artículo: 742 Importe: 1.800.000 de JUSTIFICACIÓN Ejecución de las obras complementarias de la terminal BASF de Substitución del paso a nivel de acceso a la terminal por un paso superior y una rotonda de conexión con la N340a. ENMIENDA NÚM. 2542 De El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 50. Programa: 450A. Artículo: 746. ADIF. Adaptación ancho UIC corredor mediterráneo entre Vila-seca i Castellbisbal Importe: 50.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. Servicio: 50. Programa: 450A. Artículo: 746 Importe: 50.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN: Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 20. Programa: 451N Artículo: 852. SEITT para la finalización de la Conexión de la Ronda Litoral con la C-32 Importe: 20.450.000 euros. BAJA Sección: Servicio: 20. Programa: 451N. Artículo: 852. Importe: 20.450.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para finalizar las obras. ENMIENDA NÚM. De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 50. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 450A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 745. PUERTOS DEL ESTADO. Importe: 3.640.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 40 Programa: 453A. Artículo: 4 Importe: 3.640.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2545 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 61. Variant de Sant Feliu de Codines Importe: 1.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2546 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de Artículo: 61. Refuerzo del talud de la orilla del Tordera a su paso por el barrio de la Serra Importe: 320.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 320.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2547 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Artículo: 61. Camino peatonal en el barrio de la Serra-Santa Maria de Palautordera Importe: 170.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No Importe: 170.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2548 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 61. Construcción de un vado inundable para vehículos y peatones en el barrio de Moixerigues (Sta Maria de Palautordera) Importe: 250.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de Importe: 250.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2549 De don Josep Lluís Cleries El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 61. Remodelación via cicloturística Tourdera (Sant Celoni) Importe: 300.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de Importe: 300.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2550 De don Josep Lluís Cleries El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 61. conexión entre la carretera B124 y la carretera C58C partiendo del tramo de la B124 entre Importe: 25.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 25.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Construir una vía de circunvalación que permita a los más de 27.000 vehículos que circulan por este tramo poder acceder a la carretera N-150 de titularidad estatal y a la autopista C-58 sin tener que circular por Sabadell, ENMIENDA NÚM. 2551 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38. Dirección Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. A2 Pantallas acústicas entorno urbano Collbató. Importe: 10.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados Importe: 10.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2552 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Mejora del ascensor de la Estación de Sant Joan Despí. Importe: 80.000 euros. BAJA Sección: 17. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y Importe: 80.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2553 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. B-23: reapertura de la antigua incorporación a la Ronda Litoral des de la B-23 a Sant Joan Despí Importe: 1.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de Importe: 1.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2554 De don Josep Lluís Cleries i El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Nueva estación de la línea C4 de Can Boada a Terrassa Importe: 1.500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1500.000 euros. JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2555 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 6. Proyecto para la construcción de una salida y de una entrada a Importe: 1.500.000 de euros BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1.500.000 euros JUSTIFICACIÓN Para dotar este proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2556 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 40. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Artículo: 75. Proyecto y ejecución de un nuevo ramal para la línea de cercanías Renfe R8 (línea que une las estaciones de Granollers centre con Martorell i viceversa) a partir de la estación de la Importe: 5.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: Artículo: 744 Importe: 5.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2557 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. Ejecución final y definitiva del proyecto planificado y no terminado de conexión de la autopista Lleida-Barcelona (A-2), también conocida como Importe: 2.000.0000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 2.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2558 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Artículo: 60. Mantenimiento digno de la estación de RENFE de Rubí y sus intermediaciones Importe: 150.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No Importe: 150.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2559 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: ARTÍCULO: 60. Construcción de la estación Can Boada - La Maurina de la R4 en el Vallès Occidental IMPORTE: 15.000.000 € BAJA SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. Conservación y explotación de carreteras ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2560 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38.Dirección General de PROGRAMA: 453.B Creación de infraestructura de carreteras ARTÍCULO: 60. Integración urbanística y ambiental de la red ferroviaria a su paso por Terrassa ( Can Boada-La Maurina) IMPORTE: 2.000.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. Conservación y explotación de carreteras ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2561 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453B. Creación de infraestructura de ARTÍCULO: 60. B-40 Terrassa-Granollers IMPORTE: 50.000.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. Conservación y explotación de carreteras ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2562 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala ENMIENDA De modificación. Redacción que ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453. Creación de infraestructura de carreteras ARTÍCULO: 60. IMPORTE: 25.000.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto ENMIENDA NÚM. 2563 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453B. Creación de infraestructura de carreteras ARTÍCULO: 60. Entrada y saluda a IMPORTE: 1.000.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto ENMIENDA NÚM. 2564 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453B. Creación de infraestructura de carreteras ARTÍCULO: 60. Apeadero de IMPORTE: 15.000.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. Conservación y ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de ENMIENDA NÚM. 2565 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453B: Creación de infraestructuras de carreteras ARTÍCULO: 60. Estudio de IMPORTE: 3.000.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. PROGRAMA: 453C. Conservación y explotación de carreteras ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2566 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453B. Creación de infraestructura de ARTÍCULO: 60. Reconvertir el cruce de la N-240 punto 865 en una rotonda IMPORTE: 350.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección PROGRAMA: 453C. Conservación y explotación de carreteras ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2567 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453B. Creación de infraestructura de ARTÍCULO: 60. Proyecto de mejora de la N-240 entre Montblanc y Lleida IMPORTE: 1.000.000 euros BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección PROGRAMA: 453C. Conservación y explotación de carreteras ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2568 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453B. Creación de infraestructura de ARTÍCULO: 60. Proyecto que dé respuesta al único tramo del corredor Bilbao-Tarragona que en estos momentos no está resuelto suponiendo ello un elevadísimo índice de accidentalidad. IMPORTE: 1.000.000€ BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. Conservación y explotación de carreteras ARTÍCULO: 61.Inversión de IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2569 De don Josep Lluís Cleries El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA :453B. Creación de infraestructura de carreteras ARTÍCULO: 60. Arreglo del paso peatonal en la desembocadura de la Riera d’Alforja IMPORTE: BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. Conservación y explotación de carreteras ARTÍCULO: IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2570 De don El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, SERVICIO: 20 PROGRAMA: 453A ARTÍCULO: 742 ADIF IMPORTE: 500.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 50 PROGRAMA: 450A ARTÍCULO: 742 IMPORTE: 500.000€ JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2571 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección PROGRAMA: 453B. Creación de infraestructura de carreteras ARTÍCULO: 60. Ejecución del proyecto de la Variante de la C-59 en su paso por Sant Feliu de Codines. IMPORTE: 25.000.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 50 PROGRAMA: 450A ARTÍCULO: 744 Renfe IMPORTE: 25.000.000€ JUSTIFICACIÓN: Es un eje que conecta la ENMIENDA NÚM. De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453B. Creación de infraestructura de carreteras ARTÍCULO: 60. Redacción del proyecto y ejecución de la rehabilitación del IMPORTE: 800.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38. Dirección General de Carreteras PROGRAMA: 453C. Conservación y ARTÍCULO: 61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.) IMPORTE: 1.000.000 euros JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de ENMIENDA NÚM. 2573 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 20 PROGRAMA: 453A ARTÍCULO: 60 IMPORTE: 200.000 € BAJA: SECCIÓN: 17 SERVICIO: 38 PROGRAMA: 453C ARTÍCULO: 61 IMPORTE: 200.000€ JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2574 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 20 PROGRAMA: ARTÍCULO: 61 IMPORTE: 150.000 € BAJA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 38 PROGRAMA: 453C ARTÍCULO: 61 IMPORTE: 150.000€ JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2575 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA: SECCIÓN: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA SERVICIO: 40 PROGRAMA: 453A ARTÍCULO: 742 IMPORTE: 50.000.000 € BAJA: SECCIÓN: 17 SERVICIO: 50 PROGRAMA: 450A ARTÍCULO: 74 IMPORTE: 50.000.000€ JUSTIFICACIÓN: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2576 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 10 Programa: 261O Artículo: 61 Elaboración de un nuevo Plan especial del patrimonio histórico, arquitectónico y ambiental de Terrassa. Importe: 50.000€. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 10 Programa: 261O Artículo: 61 Importe: 50.000€. JUSTIFICACIÓN Dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2577 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 742. ADIF. Conexión de la línea de cercanías con a T1 i la T2 del aeropuerto del Prat de Importe: 75.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 50. Programa: 450A.. Artículo: 746 Importe: 75.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2578 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador ENMIENDA De Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 40. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Artículo: 742. ADIF. Construcción i reforma de la estación de cercanías del Prat de Llobregat Importe: 15.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 50. Programa: 450A.. Artículo: 746 Importe: 15.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2579 De don Josep El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. Apertura al público de la carretera del Rea Club de Golf del Part y conexión con el Importe: 10.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 10.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de ENMIENDA NÚM. 2580 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaría de Estado de TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Plan de inversiones para la mejora de las estaciones en toda la línea Lleida- Manresa y Vinaixa- Borges- Lleida Importe: 10.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 10.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Mejora de las estaciones de Rodalies en la línea ENMIENDA NÚM. 2581 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 61. Desdoblamiento de N-260 en el tramo: Importe: 5.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 5.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2582 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 61. pasarela peatonal entre calle Carme y Importe: 1.200.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1.200.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar el proyecto de ENMIENDA NÚM. 2583 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de ENMIENDA De modificación. Redacción que se propone: ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 61. Paso para cruzar Importe: 300.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 300.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar el proyecto de El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan 12 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Palacio del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Josep Lluís Cleries i Gonzàlez y Josep Maria Matamala Alsina. ENMIENDA NÚM. 2584 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26. MINISTERIO DE SANIDAD Programa: 231A. Plan Nacional sobre Drogas. Capítulo: 4. Transferencias corrientes. Artículo: 45. Concepto: 451. Para toda clase de gastos que origine el desarrollo de la Estrategia Nacional sobre Drogas en los programas autonómicos derivados del PND. Importe: 8.000.000 euros BAJA Sección: Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 8.000.000 euros JUSTIFICACIÓN Es esencial fortalecer los programas de reducción de daños: mantenimiento con metadona, distribución de material para la inyección, salas de consumo supervisado y centros de emergencia social con prestaciones sociosanitarias ENMIENDA NÚM. 2585 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26. MINISTERIO DE SANIDAD Programa: 231A. Plan Nacional sobre Drogas. Capítulo: 4. Transferencias corrientes. Artículo: 45. Comunidades autónomas. Concepto: 451. Para la creación de servicios específico de atención a las adicciones para Importe: 6.000.000 euros BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 6.000.000 euros JUSTIFICACIÓN Son ENMIENDA NÚM. 2586 De El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26. MINISTERIO DE SANIDAD Programa: 231A. Plan Nacional sobre Drogas. Capítulo: 4. Artículo: 45. Comunidades autónomas. Concepto: Nuevo. Para la creación de servicios de atención a las adicciones sin substancia integrados en la red de atención a las adiciones. Importe: 3.000.000 BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 3.000.000 euros JUSTIFICACIÓN Es necesario crear servicios de tratamiento integrados en la red de adiciones debido al aumento de consumo de juegos de azar, del uso intensivo de internet durante la crisis del Covid-19 por ENMIENDA NÚM. 2587 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26. Programa: 231A. Plan Nacional sobre Drogas. Capítulo: 4. Transferencias corrientes. Artículo: 45. Comunidades autónomas. Concepto: 451. Para toda clase de gastos que origine el desarrollo de Importe: 15.000.000 euros BAJA Sección: 26. Ministerio de Salud Programa: 310A. Mecanismo de Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 68. Mecanismo de recuperación y resiliencia. Importe: 15.000.000 euros JUSTIFICACIÓN Garantizar el funcionamiento de los centros ENMIENDA NÚM. 2588 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26. MINISTERIO DE SANIDAD Programa: 231A. Plan Nacional sobre Drogas. Capítulo: 4. Transferencias corrientes. Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de Concepto: 481. A ONGs sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas supracomunitarios en el marco de prioridades del PND. Importe: 300.000 euros BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 300.000 euros JUSTIFICACIÓN Impulsar programas de ENMIENDA NÚM. 2589 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26. MINISTERIO DE SANIDAD Programa: 231A. Plan Nacional sobre Drogas. Capítulo: 4. Transferencias corrientes. Artículo: 45. Comunidades autónomas Concepto: 451. Para toda clase de gastos que origine el desarrollo de la estrategia nacional Importe: 3.000.000 euros BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: Artículo: 500 Importe: 3.000.000 euros JUSTIFICACIÓN Invertir en programas de incorporación social con especial prioridad en la inserción sociolaboral de ENMIENDA NÚM. 2590 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26. MINISTERIO DE SANIDAD Programa: 231A. Plan Nacional sobre Drogas. Capítulo: 4. Transferencias corrientes. Artículo: 45. Comunidades autónomas Concepto: Nueva. Para la creación de alternativas residenciales para personas Importe: 2.500.000 euros BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 2.500.000 euros JUSTIFICACIÓN Aumentar los recursos de alternativa residencial para las personas ex-drogodependientes. ENMIENDA NÚM. 2591 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís ENMIENDA De ALTA Sección: 26. MINISTERIO DE SANIDAD Programa: 231A. Plan Nacional sobre Drogas. Capítulo: 4. Transferencias corrientes. Artículo: 45. Comunidades autónomas Concepto: Nuevo. Para Importe: 100.000 euros BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo Artículo: 500 Importe: 100.000 euros JUSTIFICACIÓN Invertir en mecanismos de coordinación entre la red de salud y la de servicios de atención primaria, adicciones, salud ENMIENDA NÚM. 2592 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26. MINISTERIO DE SANIDAD Servicio: 07. Dirección General de Salud Pública Programa: 313B. Salud pública, sanidad exterior y calidad. Artículo: 45 Concepto: A Comunidades autónomas para la lucha contra la fibromialgia. Importe: BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: Importe: 15.000.000 euros JUSTIFICACIÓN Para llevar a cabo una campaña de sensibilización social a nivel autonómica sobre la fibromialgia y el síndrome de fatiga crónica, así como para garantizar la existencia de los ENMIENDA NÚM. 2593 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26 Servicio: 50 Programa: 310A Concepto: Generalitat de Catalunya. Para subvencionar a las Instituciones de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro, con destino a financiar Programas de prevención Importe: 5.000.000 euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Artículo: 500 Importe: 5.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2594 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26 Servicio: 50 Programa: 310A Concepto: Generalitat de Catalunya. Para programas de investigación de nuevas vacunas contra el SARS-COVID. Importe: 50.000.000 euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 50.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2595 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 26 Servicio: 50 Programa: 310A Concepto: Para el programa de investigación HIVACAT (HIV Vacunas Catalunya). Importe: 1.000.000 euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 1.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo Palacio del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Josep Lluís Cleries i Gonzàlez y Josep Maria Matamala Alsina. ENMIENDA NÚM. 2596 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. A-2 Mantenimiento sentido tramo Lleida – Cervera Importe: BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Importe: 8.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2597 De don Josep El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. Ajuntament de Lleida. Mantenimiento Polígono Industrial el Segre. Importe: 1.000.000 euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 1.000.000 JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2598 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y ENMIENDA De ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 20. Secretaría de Estado de TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Programa: 453A. Infraestructura del transporte Artículo: 61. Supresión del paso a nivel del ferrocarril del área urbana del municipio de Ripoll. Importe: 500.000 euros BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 500.000 euros JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 20. Secretaría de Estado de TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Mantenimiento y conservación de la línea R-16. Importe: 10.000.000 de euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Artículo: 500 Importe: 10.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2600 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Artículo: 60. N-260 Variante de la Seu d’Urgell. Importe: 1.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2601 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. N-260. Ampliación del puente sobre el Noguera Pallaresa, Importe: 1.000.000 euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Artículo: 500 Importe: 1.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2602 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 61. N-260. Variant de Gerri de la Sal. Importe: 1.000.000 euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 1.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de ENMIENDA NÚM. 2603 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. N-260 Xeralló-Malpàs Importe: 1.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de Importe: 1.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2604 De don Josep Lluís Cleries i El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. Mejoras en la N-230 en la intersección con las vías secundarias de acceso a las poblaciones de Betlan, Benós, Begós y Importe: 500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. Mejoras en la N-230 en la intersección con las vías secundarias de acceso a las Importe: 500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto ENMIENDA NÚM. 2606 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. N-230. Importe: 1.230.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1.230.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al ENMIENDA NÚM. 2607 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. A-14. Almenar - L.P. Osca. Importe: BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: Importe: 10.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2608 De don El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. Accesos A-14 A Rosselló y Alfarràs Importe: 2.000.000 euros. BAJA Sección: 17. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y Importe: 2.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2609 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. A-14. Conexión directa con la ciudad de Lleida Importe: 2.500.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No Importe: 2.500.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2610 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de Artículo: 60. Remodelación del puente de Aitona sobre el rio Segre Importe: 5.000.000 euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 5.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2611 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 9. Dirección General de Vivienda y Suelo. Programa: 261P. Urbanismo y política del suelo. Artículo: 75. Ajuntament de Rialp. La restauración del casco antiguo Importe: 400.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 400.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. Mejora y asfaltado de los caminos en el término municipal de Sant Ramon (La Importe: 202.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 202.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Soterramiento de las líneas eléctricas de alta tensión Importe: 2.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 2.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2614 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Construcción de un paso bajo línea Importe: 1.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1.000.000 de euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar ENMIENDA NÚM. 2615 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 61. Importe: 3.000.000 de euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 3.000.000 de JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2616 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y ENMIENDA De ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 40. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte Artículo: 75. Interconexión de la Estación de RENFE (R8) de Rubí con el Hospital General de Cataluña y la estación de FGC (S1 y S7) Importe: 2.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, Servicio: 50. Programa: 450A. Artículo: 744 Importe: 2.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Apostar por la interconexión de la Estación de RENFE (R8) de Rubí con el Hospital General de Cataluña y la estación de FGC (S1 y S7). Esta reclamación es un ENMIENDA NÚM. 2617 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y ENMIENDA De ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte Artículo: 60. Ampliación de andana y accesibilidad en la estación de ferrocarril de Camallera. Importe: 1.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 1.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2618 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de Artículo: 60. Reparación de caminos de la CHE que discurren por los municipios de Alcarràs, Lleida, Soses, Raimat, Gimenells, Pla de la Font y Almacelles. Importe: 15.000.000 euros. BAJA Sección: 35. Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 15.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2619 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el ENMIENDA De ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B. Creación de infraestructura de carreteras. Artículo: 60. Importe: 1.910.488,36 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No Importe: 1.910.488,36 euros. JUSTIFICACIÓN Se trata de la construir calzadas laterales en la carretera de Ponts hacia Andorra, de acuerdo con el compromiso del Estado como obra compensatoria por el embalse de ENMIENDA NÚM. 2620 De don El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 10. Programa: 261P Artículo: 4. Concepto: Transferencia de capital extraordinaria al Ayuntamiento de Barcelona Importe: 93.300.000 euros. BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia Servicio: 1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia. Programa: 929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria. Artículo: 500 Importe: 93.300.000 euros. JUSTIFICACIÓN El pasado ENMIENDA NÚM. 2621 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Artículo: 60. Cubrimiento de vías de la estación Lleida-Pirineus. Importe: 80.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras. Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 80.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. ENMIENDA NÚM. 2622 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN) El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 17. MINISTERIO DE Servicio: 20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario. Artículo: 60. Obras de mejora de la Estación Importe: 2.000.000 euros. BAJA Sección: 17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C. Conservación y explotación de Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable). Importe: 2.000.000 euros. JUSTIFICACIÓN Para mejorar y rehabilitar la zona de detrás de la El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan 1 enmienda al Proyecto Palacio del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Josep Lluís Cleries i Gonzàlez y Josep Maria Matamala Alsina. ENMIENDA NÚM. 2623 De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 31. MINISTERIO DE CONSUMO Programa: 492O Capítulo: 2 Artículo: 22 Concepto: 227 Estudio sobre Importe: 70.000 euros BAJA Sección: 31. MINISTERIO DE CONSUMO Programa: 313C. Capítulo: 2 Artículo:22 Concepto: 227 Importe: 70.000 euros JUSTIFICACIÓN Realizar un estudio sobre las vías de regulación del cannabis. El Senador Clemente Sánchez-Garnica Gómez (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 1 enmienda al Proyecto de Palacio del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Clemente Sánchez-Garnica Gómez. ENMIENDA NÚM. 2624 De don Clemente Sánchez-Garnica Gómez (GPMX) El Senador Clemente ENMIENDA De adición. Nuevo punto 4, DISPOSICION FINAL Con carácter excepcional y por una sola vez, como sanción al abuso producido en su contratación temporal, en aplicación de la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo Estos empleados públicos temporales de larga duración a extinguir gozarán de las mismas Estos empleados públicos temporales de larga duración quedan excluidos de la movilidad entre Administraciones públicas. Se dispone que los órganos Esta disposición tiene carácter básico y se dicta al amparo de los No supone incremento de gasto con cargo a los presupuestos generales del estado y del resto de Administraciones públicas. Si hubiera efectos de la misma que eventualmente comportaran JUSTIFICACIÓN La crisis sanitaria que estamos viviendo, ha puesto de manifiesto la importancia estratégica de los servicios públicos como medio de lucha contra la pandemia y mantenimiento del equilibrio Sin embargo, 900.000 empleados públicos que suponen alrededor del 30 % de los empleados públicos según la última EPA tienen un contrato temporal, y de ellos, una parte importante, se encuentran en Por otra parte ,según el mismo boletín la temporalidad en las administraciones es 12 puntos mayor entre las mujeres, cuya tasa de temporalidad asciende al 32 %, mujeres con una Esta situación irregular es, además, contraria al Derecho de la UE, que proclama -como un derecho social básico de todos los trabajadores europeos-, la estabilidad en el empleo, de tal forma que el 28 de Esta situación se ha hecho insostenible tras la doctrina sentada por el TJUE en sus recientes resoluciones El TJUE ha rechazado que los procesos selectivos y En tanto que el art. 288 Sin embargo, junto a la necesidad de garantizar el derecho a la estabilización de los trabajadores A la necesidad de conciliar ambas situaciones de una manera equilibrada, obedece esta disposición, a través de la cual, de una parte, se estabiliza al personal temporal que se encuentra en situación De esta manera, sujetando a la El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 54 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado Palacio del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Carles Mulet García. ENMIENDA NÚM. 2625 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género Añadir un nuevo articulo Justificación: una redacción de urgencia y ENMIENDA NÚM. 2626 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 19. ENMIENDA De adición. Enmienda de adición Artículo 19. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público. “ Uno. 1. La incorporación de personal de nuevo ingreso No obstante, Administraciones Autonómicas, computándose de forma separada e invidualizada los Sectores Sanitario y Educativo así como, en su caso, la Cuatro. No se podrá contratar JUSTIFICACIÓN Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 2627 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De adición. Se añade el art. 63 bis Art. 63. Bis Rendimientos del trabajo Se modifica el art. 2. En todo caso, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo: … i) Las MOTIVACIÓN El artículo 10.1 letra f) de la Ley45/2015 de 14 de octubre, del Voluntariado reconoce a los voluntarios, entre otros el derecho a “Ser reembolsadas por la entidad de voluntariado de los gastos realizados en el El objetivo de esta enmienda es que la Ley de IRPF aplique a estas ENMIENDA NÚM. 2628 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Donde dice: Sección 3.ª Impuesto sobre Sociedades Artículo 65. Limitación de la exención sobre Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 Uno. Se modifica el apartado «1. Los gastos financieros netos serán deducibles con el límite del 30 por ciento del beneficio operativo del ejercicio. A estos efectos, se entenderá por gastos El beneficio operativo se determinará a partir del resultado de explotación de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio determinado de acuerdo con el Código de Comercio y demás normativa contable de desarrollo, eliminando En todo caso, serán deducibles gastos financieros netos del período impositivo por importe de 1 Los gastos financieros netos que no hayan sido objeto de deducción podrán deducirse en los períodos impositivos siguientes, conjuntamente con los del período impositivo correspondiente, y con el límite previsto en este Dos. Se modifican el primer párrafo de la letra a) del apartado 1 y la letra a) del apartado 6 y se añaden los apartados 10 y 11, nuevos, en el artículo 21, que quedan redactados de la siguiente forma: «Artículo 21. 1. Estarán exentos los dividendos o participaciones en beneficios a) Que el porcentaje de participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad sea, al menos, del 5 por ciento.» […] «6. No se a) que se cumplan los requisitos establecidos en el […] «10. El importe de los dividendos o participaciones en beneficios de entidades y el importe de la renta positiva obtenida en la transmisión de la participación en una entidad y en el resto de supuestos a que se refiere el 11. a) los dividendos o participaciones en beneficios A efectos de determinar el importe neto de la cifra de negocios será de La entidad a que se refiere esta letra deberá cumplir los siguientes requisitos: i) no tener la consideración de entidad patrimonial en los términos establecidos ii) no formar parte, con carácter previo a la constitución de la entidad a que se refiere la letra b) de este apartado, de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de iii) no tener, con carácter previo a la constitución de la entidad a que se refiere la letra b) de este apartado, un porcentaje de b) los dividendos o participaciones en beneficios procedan de una entidad constituida con posterioridad al 1 de enero c) los dividendos o participaciones en beneficios se perciban en los períodos impositivos que concluyan en los 3 años Tres. Se modifican la letra a) del apartado 1 y el apartado 4 del artículo 32, que quedan redactados de la siguiente forma: «Artículo 32. Deducción […] a) Que el porcentaje de participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad no […] «4. Esta deducción, conjuntamente con la establecida en el artículo anterior respecto de los dividendos o participaciones en los beneficios, no podrá exceder de la cuota íntegra El Cuatro. Se modifica el artículo 64, que queda redactado de la siguiente «Artículo 64. Eliminaciones. Las eliminaciones se realizarán de acuerdo con los criterios establecidos en las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas, aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de No serán objeto de eliminación los importes que deban integrarse en las bases imponibles individuales por aplicación de lo Cinco. Se modifican los apartados 10 y 12 del artículo 100, que quedan redactados de la siguiente forma: «Artículo 100. Imputación de rentas positivas obtenidas por […] 10. No se integrará en la base imponible los dividendos o participaciones en beneficios en la parte que corresponda a la renta positiva que haya sido incluida en la base imponible. A estos efectos, En caso de distribución de reservas se atenderá a la designación contenida en el acuerdo social, entendiéndose aplicadas las últimas cantidades abonadas a dichas Una misma renta positiva solamente podrá ser objeto de imputación por una sola vez, cualquiera que sea la forma y la entidad en que se manifieste.» […] «12. Para calcular la renta derivada de la transmisión de En el caso de entidades que tengan la consideración de entidad patrimonial en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 5 de esta Ley, el valor de transmisión a computar será como mínimo, el valor del Seis. Se añade una disposición transitoria cuadragésima, nueva, con la siguiente redacción «Disposición transitoria cuadragésima. Régimen de tributación de las participaciones con un valor de adquisición Las participaciones adquiridas en los períodos impositivos iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2021 que tuvieran un valor de adquisición superior a 20 millones de euros sin alcanzar el porcentaje establecido en Tiene que decir: . Sección 3.ª Impuesto sobre Sociedades Artículo 65. Limitación de la exención Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir Uno. Se modifica el «1. Los gastos financieros netos serán deducibles con el límite del 30 por ciento del beneficio operativo del ejercicio. A estos efectos, se entenderá por gastos El beneficio operativo se determinará a partir del resultado de explotación de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio determinado de acuerdo con el Código de Comercio y demás normativa contable de desarrollo, eliminando En todo caso, serán deducibles gastos financieros netos del período impositivo por importe de 1 Los gastos financieros netos que no hayan sido objeto de deducción podrán deducirse en los períodos impositivos siguientes, conjuntamente con los del período impositivo correspondiente, y con el límite previsto en este Dos. Se modifican el primer párrafo de la letra a) del apartado 1 y la letra a) del apartado 6 y se añaden los apartados 10 y 11, nuevos, en el artículo 21, que quedan redactados de la siguiente forma: «Artículo 21. 1. Estarán exentos los dividendos o participaciones en beneficios a) Que el porcentaje de participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad sea, al menos, del 5 por ciento.» […] «6. No se a) que se cumplan los requisitos establecidos en el […] «10. El importe de los dividendos o participaciones en beneficios de entidades y el importe de la renta positiva obtenida en la transmisión de la participación en una entidad y en el resto de supuestos a que se refiere el 11. a) los dividendos o participaciones en beneficios A efectos de determinar el importe neto de la cifra de negocios será de La entidad a que se refiere esta letra deberá cumplir los siguientes requisitos: i) no tener la consideración de entidad patrimonial en los términos establecidos ii) no formar parte, con carácter previo a la constitución de la entidad a que se refiere la letra b) de este apartado, de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de iii) no tener, con carácter previo a la constitución de la entidad a que se refiere la letra b) de este apartado, un porcentaje de b) los dividendos o participaciones en beneficios procedan de una entidad constituida con posterioridad al 1 de enero c) los dividendos o participaciones en beneficios se perciban en los períodos impositivos que concluyan en los 3 años Tres. Se modifica el apartado 3 del artículo 29, que queda redactado de la siguiente forma: Tributarán al 10 por ciento: las entidades a las que Las rentas que procedan de la realización de actividades Cuatro. Se modifican la letra a) del apartado 1 y el apartado 4 del artículo 32, que quedan redactados de la siguiente forma: «Artículo 32. Deducción para evitar la doble imposición económica internacional: […] a) Que el porcentaje de participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad no residente sea, al menos, del 5 por ciento.» […] «4. Esta deducción, conjuntamente con la establecida en el artículo anterior respecto de los dividendos o participaciones en los beneficios, no podrá exceder de la cuota íntegra que correspondería pagar en España por estas rentas si se hubieran El exceso sobre dicho límite no tendrá la consideración de gasto Cinco. Se modifica el artículo 64, que queda redactado de la siguiente forma: «Artículo 64. Eliminaciones. Las eliminaciones se realizarán de acuerdo con los criterios establecidos en las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas, aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, siempre que afecten a las bases No serán objeto de eliminación los importes que deban integrarse en las bases imponibles individuales por aplicación de lo establecido en el apartado 10 del artículo 21 Seis. Se modifican los apartados 10 y 12 del artículo 100, que quedan redactados de la siguiente forma: «Artículo 100. Imputación de rentas positivas obtenidas por entidades no residentes. […] 10. En caso de distribución de reservas se atenderá a la designación contenida en el acuerdo social, entendiéndose aplicadas las últimas cantidades abonadas a dichas reservas. Una misma renta positiva solamente podrá […] «12. Para calcular la renta derivada de la transmisión de la participación, directa o indirecta, el valor de En el Siete. Se «Disposición transitoria cuadragésima. Régimen de tributación de las participaciones con un valor de adquisición superior a 20 millones. Las MOTIVACIÓN El artículo 21. Tres de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido reconoce el carácter social a las entidades no 1.º Carecer de finalidad lucrativa y dedicar, en su caso, los beneficios eventualmente obtenidos al desarrollo de actividades exentas de idéntica naturaleza. 2.º Los cargos de 3.º Los socios, comuneros o partícipes de las entidades o No es ENMIENDA NÚM. 2629 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. Artículo 67 “Artículo 67. Impuesto sobre Actividades Económicas. Primero. Con efectos para los períodos «Uno. Se modifica el título de la Agrupación 15 de la Sección Primera de las Tarifas, que queda redactado de la siguiente forma: “Agrupación 15. Producción, transporte, distribución y comercialización de Dos. Se modifica el título del grupo 151, de la Agrupación 15, de la Sección Primera de las Tarifas, que queda redactado de la siguiente forma “Grupo 151. Producción, Tres. Se añade un epígrafe 151.6, nuevo, dentro del grupo 151 de la Agrupación 15, de la Sección Primera de las Tarifas, con la siguiente redacción: “Epígrafe 151.6. Comercialización de energía eléctrica. Cuota Cuota mínima municipal de: Por cada 1.000 abonados o fracción: 62,20 euros. Cuota provincial de: Por cada 1.000 abonados o fracción: Cuota nacional de: Por cada 1.000 abonados o fracción: 137,48 euros.” Cuatro. Se modifica el grupo 152, de la Agrupación 15 de la Sección Primera de las Tarifas, que queda redactado de la siguiente “Grupo 152. Fabricación, distribución y comercialización de gas. Epígrafe 152.1. Fabricación y Distribución de Gas. Cuota de: Por cada Kw: 15,86 euros. Nota: Este epígrafe comprende la Epígrafe 152.2. Comercialización de Gas. Cuota Cuota mínima municipal de: Por cada 1.000 abonados o fracción: 62,20 euros. Cuota provincial de: Por cada Cuota nacional de: Por cada 1.000 abonados o fracción: 137,48 euros.”» Segundo. Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de la entrada en vigor de esta «Uno. Se añade un “Epígrafe 661.9. Otro comercio mixto o integrado en grandes superficies, entendiendo por tal el realizado Cuota de: Hasta 10.000 m²: 1,40 euros por m². De 10.001 a 20.000 m²: 1,35 euros por m². De Exceso de 30.000 m²: 1,15 por m². Nota: Se entenderá por superficie útil para la exposición y venta al público aquella en la que se exponen artículos para su venta directa, esté cubierta o no y Dos. Se modifica la nota común 2ª al grupo 661, de la Sección Primera de las Tarifas, que queda redactada de la siguiente forma: “2ª. A efectos del cálculo de las cuotas Tres. Se añade un nuevo epígrafe 664.2, en el grupo “Epígrafe 664.2. Puntos de recarga de vehículos eléctricos. Cuota mínima municipal de: 13,56 euros por cada punto de recarga. Esta cuota la Cuota nacional de: 13,56 euros por cada punto de recarga. Esta cuota la satisfará, exclusivamente, el propietario de los Motivación La modificación del apartado primero del artículo 67 viene provocada como consecuencia de la necesidad de creación de los nuevos epígrafes, dado que, hasta la fecha, dichas actividades carecían de En relación con las posibles dudas que podrían plantearse sobre la El Tribunal Constitucional (Sentencia número 126/1987, de 16 de - Retroactividad auténtica, que tiene lugar - Retroactividad impropia, que tiene lugar cuando se afectan situaciones jurídicas actuales y aún no concluidas. Así, el Tribunal Constitucional ha considerado, que en el caso de retroacción auténtica la prohibición de la retroactividad opera plenamente, con las excepciones que veremos a continuación. En concreto, el Tribunal Constitucional ha Algunos (i) La Sentencia del Tribunal Constitucional número 89/2009, de 20 de abril (recurso número 6300/2001) declaró la inconstitucionalidad del párrafo 2 º del artículo 34.5 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, (ii) La Sentencia del Tribunal (iii) La Sentencia número 121/2016, de 23 de junio (recurso número 6244/2014), en relación con la declaración de inconstitucionalidad y, consiguiente nulidad del Ahora bien, el principio de irretroactividad de la norma tributaria no puede erigirse en valor absoluto, pues ello podría dar lugar, como ha señalado ese Tribunal Constitucional, a la congelación o En concreto, en estos casos, debe examinarse si concurren “exigencias cualificadas del bien común” o “de interés general”, de tal forma que se examine si concurre alguna razón Asimismo, la retroactividad de la norma debe justificarse teniendo en cuenta el grado de previsibilidad que el cambio tenía para los contribuyentes afectados. Pues bien, resulta evidente que en este caso sí concurren exigencias de interés general y que, además, el cambio normativo era más que previsible, dado que ha sido en octubre de 2020 cuando se ha publicado el Anteproyecto de la LPGE. Otra Asimismo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia Los planteamientos Así las razones de interés general se pueden concretar, precisamente en lo que establece la propia norma para justificar la creación de los nuevos epígrafes: “En el ámbito Es decir, se hace necesario crear un epígrafe para una actividad que hasta entonces carecía de clasificación concreta, lo cual genera una gran inseguridad y La litigiosidad generada encuentra su máximo exponente en el reciente Auto de admisión del recurso de casación número 6913/2019, de fecha 13 de marzo de 2020, que considera como cuestiones que presentan interés casacional objetivo las “1) Explicitar si conforme a las reglas de la instrucción contenida en el anexo II del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre 2) Concretar qué ha de entenderse en tales casos como “lugar de realización de las actividades empresariales” a los efectos del cálculo del Impuesto sobre Actividades 3) Determinar, en el supuesto que de la interpretación de las normas precitadas deba entenderse que a la actividad de comercialización de energía eléctrica le Además, como hemos señalado, se trata de un cambio normativo previsible, que no A todo lo anterior debe añadirse que, si bien es cierto que se introduce un nuevo epígrafe con una nueva cuota que deben abonar los Por lo tanto, con los razonamientos expuestos, la retroactividad de la aplicación de la modificación contemplada en la clasificación de las actividades de comercialización de gas y energía eléctrica, en los términos propuestos en el ENMIENDA NÚM. 2630 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. Modificación del artículo 69 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021. Se propone la modificación del artículo 69 de la Ley de Presupuestos JUSTIFICACIÓN Se considera necesario este cambio ENMIENDA NÚM. 2631 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69. ENMIENDA De modificación. Al artículo 69 Artículo “3º Se modifica el número 6º del apartado uno.2 del artículo 91, sobre el IVA reducido al 10 por ciento, que queda redactado de la siguiente manera: 6.º La entrada a bibliotecas, archivos y Motivación: Se solicita la reducción del IVA General (21%) al IVA reducido (10%) a la prestación de servicios de imagen personal. Hay una serie de sectores económicos basados en pequeñas y medianas empresas que vieron incrementar injustamente el IVA de la Finalmente, los festejos taurinos, considerados como una manifestación de crueldad y maltrato animal, no deberían estar grabados a un tipo reducido. ENMIENDA NÚM. 2632 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69. ENMIENDA De modificación. Tipos impositivos reducidos. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se añade un punto nuevo al artículo 91.Uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactado de la siguiente Los servicios veterinarios de toda clase Motivación: Se solicita la reducción del IVA General (21%) al IVA reducido (10%) en los servicios veterinarios. Con la situación de crisis sanitaria es inaplazable esta medida, ENMIENDA NÚM. 2633 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De supresión. Supresión del artículo 69 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021. Se propone la supresión del artículo 69 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 relativa al exclusión del tipo impositivo reducido del IVA de las bebidas que contengan edulcorantes añadidos, naturales y derivados, y/o aditivos JUSTIFICACIÓN Se considera que el incremento del tipo impositivo de este tipo de bebidas puede tener efectos indeseados sobre el sector remolachero azucarero. No se estima la adopción de esta medida suficientemente ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69. ENMIENDA De Artículo 69: Tipos impositivos reducidos “2º Se añade un nuevo número noveno al apartado uno.1 del artículo 91, sobre el IVA reducido al 10 por ciento, que queda redactado de la siguiente manera: 8º. Los Motivación: Se solicita la reducción del IVA General (21%) al IVA reducido (10%) para los instrumentos de música destinados a la enseñanza, cumpliendo así con el compromiso adquirido por la mayoría de los ENMIENDA NÚM. 2635 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De adición. ENMIENDA DE ADICIÓN: al artículo 69 Artículo nuevo: Exención impositiva instrumentos musicales Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se añade un nuevo número noveno al artículo 20 Exenciones en operaciones interiores como operaciones no sujetas al impuesto de la Ley 37/1992, de 28 de La adquisición de instrumentos musicales para la enseñanza Motivación: Se solicita la exención del IVA General (21%) en la adquisición ENMIENDA NÚM. 2636 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De adición. Artículo 109. Otras compensaciones y subvenciones a las Entidades locales. Uno. Con El cálculo de la cantidad a compensar se realizará con arreglo a lo estipulado en la Resolución dictada al efecto por la Dos. Con cargo a los créditos de la Sección 37, Servicio 02, Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Entidades Las ayudas a las que se refiere el párrafo anterior, se harán efectivas en la forma que se establezca en el instrumento regulador correspondiente, La anterior cuantía se repartirá entre los beneficiarios en función del número de habitantes de derecho de cada municipio, según el Padrón de la población municipal vigente a 1 de enero del JUSTIFICACIÓN: Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 2637 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Modificación de la Ley de Presupuestos en relación a la cotización de los Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios. Enmienda de Se propone añadir un nuevo apartado 5 al apartado Tres, del artículo 120 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Cotización en el Sistema Especial para establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, con la “5. Durante el año 2021 se aplicarán las siguientes reducciones en las aportaciones empresariales de los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta En la cotización respecto a los JUSTIFICACIÓN La propia Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen El proyecto de ley trata a todos los empresarios agrarios de la misma forma, cuando en la Seguridad Social y para el mismo sector agrario a) Ser titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50 por 100 de su renta total de la realización de actividades b) Que los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación agraria por cada titular de la misma no superen la cuantía equivalente al 75 por 100 del c) La realización de labores agrarias de forma personal y directa en tales explotaciones agrarias, aun cuando Las limitaciones en la contratación de trabajadores por cuenta ajena a que se refiere el párrafo anterior se entienden aplicables por cada explotación agraria. En el caso de que en la Para dichos trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Además, hay que tener en cuenta que las negociaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Trabajo e Inmigración y las organizaciones sindicales y Teniendo en cuenta que un incremento desmesurado de los costes, como el previsto en la ley, influiría de forma ENMIENDA NÚM. 2638 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional décima segunda. ENMIENDA De modificación. A LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DUODÉCIMA. Ingreso y promoción interna. Punto 1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. De modificación. Donde dice: ‘ 1. El sistema de Debe decir: ‘1.1 Los 1.2 El concurso-oposición. En la fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la fase de 1.3 El a) Las convocatorias para el ingreso en la función pública docente se efectuarán mediante el sistema de concurso de méritos cuando el porcentaje de docentes interinos supere en más del doble los límites fijados legalmente b) Todos los concursos de méritos para el ingreso en la función pública se convocarán por las Administraciones educativas al mismo tiempo y de c) Los aspirantes solo podrán participar por una Administración educativa.’ JUSTIFICACIÓN La modificación añade como sistema de ingreso a la función pública docente el concurso de méritos para dar ENMIENDA NÚM. 2639 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. Enmienda de modificación de la Disposición adicional vigésima tercera. Modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia la Tecnología y Se da nueva redacción al artículo 21 que queda redactado como sigue: Artículo 21. Contrato predoctoral. Los contratos de trabajo bajo la a) El contrato tendrá por objeto la realización de tareas de investigación, en el ámbito de un proyecto específico y novedoso, por quienes estén en b) El contrato se celebrará por escrito entre el personal investigador predoctoral en formación, en su condición de trabajador, y la Universidad pública c) El contrato será de duración determinada, con dedicación a tiempo completo, y se celebrará bajo la modalidad de contrato por obra o servicio determinado prevista en el Estatuto de los Trabajadores. De conformidad con No obstante, cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, el contrato podrá d) La retribución de este contrato no podrá ser inferior al 56 por 100 del salario fijado para las categorías equivalentes en los convenios colectivos de Justificación Atendiendo las reivindicaciones del Personal Investigador en Formación de la Universidad de Zaragoza ENMIENDA NÚM. 2640 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional vigésima séptima. ENMIENDA De modificación. Disposición adicional vigésima séptima. Centros Tecnológicos. En el supuesto de que los beneficiarios de las subvenciones sean Centros Tecnológicos de ámbito estatal inscritos en el registro de Justificación La Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, establece en su Artículo 31 (Gastos subvencionables), Apartado 3, la necesidad de que, cuando el Hasta hace poco tiempo el Artículo mencionado de la Ley de Subvenciones se cumplía mediante un informe del beneficiario de la subvención explicando las especiales características que La especial naturaleza de la relación que mantienen los centros tecnológicos con las entidades que invierten en I+D+I hace que, muy frecuentemente, la definición del proyecto, las tecnologías a desarrollar, el proceso En este contexto, no es razonable exigir que las entidades que han buscado un proveedor tecnológico de confianza, han definido un proyecto innovador que mejorará su competitividad y han ENMIENDA NÚM. 2641 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De adición. Enmienda de adición: Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente texto: “Disposición adicional XX. Bienes y Se añade una nueva disposición adicional a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido: Disposición adicional novena. IVA reducido en Además de lo previsto específicamente en los apartados uno y dos del artículo 91, sin tener en cuenta las excepciones allí previstas, para el resto de los JUSTIFICACIÓN El sector agrario español es un sector La aplicación de un IVA reducido, prevista el Anexo H de la ENMIENDA NÚM. 2642 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De adición. Enmienda de adición. Se propone añadir una nueva disposición “Disposición adicional XX: Modificación de la Disposición adicional segunda de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Se sustituye la letra b) del apartado c) del punto 1 de la Disposición adicional segunda por las siguientes reglas: b) Respecto a los trabajadores incluidos en los grupos 1ª. Para bases de cotización iguales o inferiores a 986,70 euros mensuales o a 42,90 euros por jornada realizada, las reducciones a aplicar, en puntos porcentuales de Año Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores 2012 6,15% 6,15% 2013 6,91% 6,33% 2014 7,36% 6,50% 2015 7,83% 6,68% 2016 8,27% 6,83% 2017 8,70% 6,97% 2018 9,12% 7,11% 2019 9,50% 7,20% 2020 9,88% 7,29% 2021 10,24% 7,36% 2022 10,35% 7,40% 2023 10,43% 7,40% 2024 10,51% 7,40% 2025 10,59% 7,40% 2026 10,66% 7,40% 2027 11,18% 7,60% 2028 11,65% 7,75% 2029 12,12% 7,90% 2030 12,53% 8,00% 2031 12,95% 8,10% 2ª. Para bases de cotización superiores a las cuantías indicadas en la regla anterior y hasta 1.800 euros mensuales o 78,26 euros por jornada realizada, les serán de aplicación según el tipo de a) Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el (las mismas formulas del texto del proyecto de ley, a las que se substituye el 6,15% por el 6,44%) b) El resto de empresarios: (las fórmulas del texto de la Para el período 2022 – 2030, las reducciones a aplicar en puntos porcentuales de la base de cotización serán las resultantes de las siguientes formulas: a) Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el (la misma fórmula del texto del proyecto de ley, a la que se substituye el 8,1% por el 12,95%) b) (la fórmula del texto del proyecto de ley) Las reducciones para el año 2031, en todos los casos, serán del 12,95 por ciento para los empresarios trabajadores por cuenta propia incluidos en el Sistema Especial En los supuestos de cotización por bases mensuales, cuando los JUSTIFICACIÓN La propia Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social reconoce que la integración de los El proyecto a) Ser b) Que los rendimientos anuales c) La realización de labores agrarias de forma personal y directa en tales explotaciones agrarias, aun cuando ocupen trabajadores por cuenta ajena, siempre que no se trate de más de dos trabajadores fijos o, de tratarse de Las limitaciones en la contratación de trabajadores Para dichos trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la Ley 17/2008 Además, hay que Teniendo en cuenta que un incremento desmesurado de los costes, como el previsto en la ley, influiría de forma muy perjudicial en la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que son titulares los ENMIENDA NÚM. 2643 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Enmienda de adición: Se añade al texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 20121, la Disposición adicional XX. Modificación de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por el que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se El texto de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, queda Uno. Se suprime la Disposición transitoria única. Dos. Se incluye una nueva Disposición adicional sexta, con la siguiente redacción. «Disposición adicional sexta. Marco de interlocución El Gobierno, habida cuenta de que los cambios relevantes que se producen en el sector agrario hacen necesaria la continuidad de una interlocución eficaz, plural y democrática con las organizaciones profesionales agrarias, Tres. Se incluye una nueva Disposición adicional séptima. «Disposición adicional séptima. Adecuación del marco regulatorio. Teniendo en cuenta las dificultades surgidas para el JUSTIFICACIÓN. El 10 de julio de 2014 se recoge en el «Boletín Oficial del Estado» la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la La Ley prevé en su artículo 2.1 que la representatividad de las organizaciones En el artículo 13 se dispone asimismo que se crea el Consejo Agrario como órgano colegiado de carácter La composición del Consejo Asesor La Disposición final quinta determina que la primera consulta se convocará en el plazo de dieciocho meses desde la entrada en Por último, por la Disposición transitoria única de la Ley se mantiene la existencia, composición y funcionalidad del Comité Asesor Agrario y la condición de más representativas para las Transcurridos Conviene señalar en este punto que, en relación a este asunto, el Gobierno ha merecido ya en abril de 2017 un «Recordatorio de Deberes Legales» por parte del Defensor del Pueblo, sobre el respeto debido a la obligación de convocar Se da, por lo tanto, una anómala situación Ello impide, se impide de facto y por la decisión del Gobierno de no desarrollar reglamentariamente la Ley, que otras organizaciones agrarias puedan alcanzar el reconocimiento de «más representativas» por la Hay que señalar la circunstancia de que, con Se desprende de ello, por lo tanto, que el escenario real de representatividad en el sector difiere de la reconocida en aplicación de la Ello genera una representatividad institucional falseada en cuanto a la participación de las diferentes organizaciones agrarias, en coincidencia, además, El actual Gobierno, a través del titular de la cartera de Agricultura, Pesca y Alimentación, se ha expresado en diferentes sitios y por Considerando lo anterior, no parece razonable, o cuando menos resultaría en absoluto adecuado, abrir ese espacio de reflexión sobre un posible nuevo sistema consensuado de determinación de la representatividad, sin que todas las partes implicadas Por lo tanto, habiendo transcurrido un período tan dilatado desde que la vigente Ley 12/2014 entrara en vigor sin haber sido desarrollada la consulta electoral prevista en la misma, a la ENMIENDA NÚM. 2644 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De adición. Enmienda de adición Disposición adicional nueva El Gobierno de España, a fin de garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de calidad y promover la Justificación. No supone un incremento de gasto porque se imputaría este fondo ENMIENDA NÚM. 2645 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De adición. Enmienda de adición Disposición adicional nueva El Gobierno de España a fin de garantizar Justificación. No supone un incremento de gasto porque se imputaría este fondo al límite marcado por el Fondo de Contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para 2021 ENMIENDA NÚM. 2646 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva El Gobierno de España, a fin de garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de calidad y promover la igualdad, la cohesión social y la vertebración del territorio, impulsará un fondo específico nuevo Justificación. No supone un incremento de gasto porque se imputaría este fondo al límite marcado por el Fondo de Contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para ENMIENDA NÚM. 2647 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional ENMIENDA De adición. Enmienda de adición Disposición adicional nueva El Gobierno de España procederá al reconocimiento efectivo de Internet como un derecho, permitiendo por tanto que las administraciones Justificación. No supone un incremento de ENMIENDA NÚM. 2648 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Enmienda de Disposición adicional nueva El Gobierno realizará las gestiones adecuadas para incluir Aragón dentro de los territorios susceptibles de recibir los denominados «Fondos de Compensación lnterterritorial». Justificación Se trata de dar respuesta a una demanda unánime de los grupos políticos representados en las Cortes de Aragón y no supondrá un cambio en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 porque con las necesarias modificaciones legales se ENMIENDA NÚM. 2649 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Enmienda de adición Disposición adicional nueva El Gobierno realizará las gestiones adecuadas para Justificación Se trata de cumplir lo establecido en los respectivos Estatutos de Autonomía. No influye en mayor gasto en Presupuestos Generales del Estado 2021 porque se aplazaría su adaptación al año 2022. ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno realizará cuantas actuaciones políticas se consideren adecuadas y necesarias destinadas a conseguir la restitución económica, medioambiental y socialmente de los municipios Justificación Se trata de lograr la puesta en marcha, de manera coordinada con todas las administraciones públicas implicadas, ENMIENDA NÚM. 2651 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno aprobará, en el Justificación Se trata de crear un nuevo plan dado que desde 2008 la provincia de Teruel no cuenta con un programa de actuación específico, La ENMIENDA NÚM. 2652 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España tratará que los fondos europeos aprobados excepcionalmente, con motivo de la actual pandemia, se distribuyan con criterios objetivos que tengan en cuenta las características propias Justificación Con el objetivo de dar cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón. ENMIENDA NÚM. 2653 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De Disposición adicional nueva: El Gobierno de España llevará a cabo la suscripción del Acuerdo Bilateral Económico-Financiero (previsto en el artículo 108 del estatuto); así como a impulsar la creación de un órgano bilateral Justificación Con el objetivo de dar cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón. No supone ningún aumento de gasto para los Presupuestos Generales del Estado de 2021 ENMIENDA NÚM. 2654 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición - El Gobierno aprobará un convenio de “transición justa” para las comarcas mineras aragonesas que cuente con la suficiente dotación económica y los plurianuales correspondientes para conseguir una alternativa - El Gobierno de España afrontará este reto de manera coordinada con todas las administraciones públicas implicadas tratando de lograr fondos de la UE. Justificación Se trata de crear un nuevo plan para afrontar la transición justa que merecen las comarcas mineras aragonesas, tras el anunciado cierre de la central térmica de Andorra. Este fondo se financiaría dentro del límite marcado por Fondo de ENMIENDA NÚM. 2655 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España cumplirá su compromiso Justificación Para cumplir lo estipulado en la normativa vigente. Esta cuantía se cubrirá dentro del límite económico ENMIENDA NÚM. 2656 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España realizará cuantas actuaciones sean necesarias para avanzar en el acceso a las tecnologías de información y comunicación, considerándolo un derecho esencial, teniendo como objetivo acabar Justificación Por fijar un compromiso político con el cumplimiento de la normativa vigente que no supone mayor incremento porque el gasto se cubrirá con el Fondo ENMIENDA NÚM. 2657 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: Disposición transitoria séptima. Los contratos predoctorales celebrados a partir de la entrada en vigor de la modificación de esta Ley operada por la Ley de Presupuestos Generales de 2021 así como los celebrados con La financiación de las modificaciones contractuales necesarias para la satisfacción de los derechos reconocidos por esta Ley correrá a cargo de la entidad contratante, sin perjuicio de que las entidades financiadoras de las convocatorias de Justificación Atendiendo a las demandas del Personal Investigador en Formación de la Universidad de Zaragoza ENMIENDA NÚM. 2658 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España acometerá una Justificación Con el objetivo de modificar el sistema actualmente vigente que data de 2009 y dando cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón. No ENMIENDA NÚM. 2659 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España se dotará de los recursos humanos y económicos suficientes Justificación Por fijar un compromiso político con el cumplimiento de la normativa vigente que no supone mayor ENMIENDA NÚM. 2660 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España realizará cuantas actuaciones sean necesarias ante el para poder completar adecuadamente, en el menor plazo de tiempo posible, todo el proceso Justificación Con el objetivo de dar cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón. No supone ningún aumento de gasto para ENMIENDA NÚM. 2661 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva: El Gobierno de España actualizará en la gestión de los fondos procedentes del Pacto de Estado contra la Violencia de Justificación Con el objetivo de dar cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón. No supone ningún incremento de gasto previsto en los Presupuestos Generales del Estado para 2021, porque el posible aumento sería financiado por el Fondo de Contingencia ENMIENDA NÚM. 2662 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición ENMIENDA De adición. Disposición adicional nueva El Gobierno de España impulsará la creación de un fondo específico en la Estrategia frente al Reto Demográfico, vinculado a los fondos europeos de Justificación. Dotar económicamente la estrategia frente al reto con un fondo que no repercute en los ENMIENDA NÚM. 2663 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De adición. Se añade una disposición adicional (nueva) Disposición adicional (nueva) Uno. Se que modifica el Artículo 207.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como sigue: Artículo 207. 2. En los casos de acceso a la jubilación anticipada a que se refiere este artículo, la pensión será objeto de reducción mediante la 1.o Coeficiente del 1,875 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización 2.o Coeficiente del 1,750 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a treinta y ocho años y seis meses e inferior a cuarenta 3.o Coeficiente del 1,625 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y un años y seis meses e inferior a cuarenta y cuatro años y 4.o Coeficiente del 1,500 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y cuatro años y seis meses. En el caso de los trabajadores y trabajadoras que A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán períodos completos, sin que se equipare a un período la fracción del mismo. Dos. El Artículo 208.2 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como sigue: Artículo 208. Jubilación anticipada por voluntad del interesado. 2. En los casos de acceso a la a) Coeficiente del 2 por ciento por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a treinta y ocho años y seis meses. b) Coeficiente del 1,875 por ciento por c) Coeficiente del 1,750 por ciento por trimestre cuando se d) Coeficiente del 1,625 por ciento por trimestre cuando se acredite un En el caso de los trabajadores y trabajadoras que hayan cotizado 40 años o más y que cuenten con 65 años o más de A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando Para el cómputo Justificación Equiparación de derechos ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. REFORMA Y MODERNIZACIÓN DE LA ASOCIACIÓN PRO -HUÉRFANOS DE LA GUARDIA CIVIL. El Gobierno en el plazo de tres meses a partir de la publicación de la presente ley procederá a regular mediante Real Decreto el régimen de JUSTIFICACIÓN: Es una asignatura pendiente la plena democratización de la Asociación Pro-Huérfanos de la Guardia Civil creada por acuerdo de la Administración General de Estado, cuya Por otra parte, resulta ENMIENDA NÚM. 2665 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De adición. Reforma Ley Régimen Personal Guardia Civil. DISPOSICIÓN ADICIONAL NUEVA El Gobierno en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor - - Aplicación de la normativa que regula la consolidación del grado personal como la establecida para los miembros de - Homologación de conceptos y cuantías retributivas - Régimen de acceso, escalas, empleos, ascensos, destinos, enseñanza, promoción interna, prevención de riesgos JUSTIFICACIÓN: No existen razones para mantener la discriminación en las regulaciones que se refieren a los mismos ámbitos de trabajo, ENMIENDA NÚM. 2666 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva. ENMIENDA De adición. Disposición adicional. Modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se modifica la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, “La administración concedente podrá inobservar los requisitos establecidos en las letras b y e del apartado segundo del artículo 13 cuando así lo Justificación: Desde el municipalismo venimos Entre otros motivos observamos por ejemplo la Ley 38/2003 General de Subvenciones, que en su artículo 13.2 relata una serie de impedimentos para poder ser beneficiario de Nos referimos, en particular, al impedimento de ser Por lo Por lo que respecta a la imposibilidad de ser beneficiario a quienes no estén al corriente de pago de obligaciones tributarias o con la seguridad social, el espíritu del precepto es incuestionable, pero la cruda realidad ENMIENDA NÚM. 2667 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Nueva disposición adicional • Primero.: Se crea el Fondo de Desempleo • Segundo. - El fondo a que se refiere el apartado anterior, también financiará acciones • Tercero. - El Gobierno establecerá modificaciones especificas en la contratación laboral y Justificación El desempleo juvenil en la ciudad de Melilla alcanza el 71,89 por ciento, muy por encima de una media nacional (41,5%), que casi triplica la media de la OCDE. Este descomunal nivel de paro, hace de este territorio El paro juvenil es un problema que afecta a la Unión Europea, y con especial intensidad en España, pero los niveles que ha alcanzado en la ciudad El azote del desempleo juvenil conlleva secuelas no solo económicas sino psíquicas. Una juventud abandonada a la desesperanza de obtener una En el caso de Melilla, un porcentaje muy mayoritario de ese escandaloso nivel de paro juvenil Se hace preciso, por Particularmente conviene enfatizar en la cuestión formativa, pues En la Ciudad de Melilla se ha producido el desembarco de las primeras Este nuevo mercado laboral se basa en conocimientos muy específicos, ENMIENDA NÚM. 2668 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Disposición Adicional 1. Se declara el territorio de la ciudad de Melilla como 2. En el plazo de seis meses, el Gobierno de la Nación procederá a elaborar informe, que contendrá el conjunto de medidas y modificaciones normativas que habrán de aplicarse al amparo de la declaración de ZEE. En el Justificación La actual situación económica de Melilla, en declive desde hace años, se ha visto agravada en los últimos tiempos por tener, en gran medida, el núcleo de su Melilla se encuentra, Entre los territorios especiales de la Unión Europea, clasificados en Regiones Dentro de las Regiones Autónomas Especiales existe diversidad en cuanto a su incorporación o no a la Unión Aduanera, inclusión o no en la zona de aplicación del IVA o su inclusión en el territorio Shenghen. Melilla no Independientemente de su relación con la UE, la ciudad ha disfrutado tradicionalmente de una A pesar del elenco de exenciones, bonificaciones y subvenciones la economía melillense no Ante La vocación europea de Melilla es La solución basada en su integración en la Unión Aduanera se antoja plagada de riesgos e Conviene recordar que para Tampoco parece razonable la equiparación con las Islas Canarias, que goza de una declaración de singularidad desde la incorporación de España a la Unión Europea, con su declaración de Región Ultraperiférica desde hace más de 20 años Un breve repaso por los territorios comunitarios que se encuentran lejos de la metrópoli de los países de la Unión, o con características singularísimas, nos hace ver Nuestra propuesta se incardina a que Melilla sea una ciudad de economía internacional. Un territorio con un Un modelo en el que el empleo y la empresa sean los ejes centrales, en el que el El impulso debe realizarse a través de estímulos fiscales, financieros, comerciales, En la actualidad uno de los principales instrumentos para atraer las inversiones son las Zonas Económicas Especiales En la actualidad es una figura muy extendida a lo largo del orbe, alcanzando las 5.400 en 147 países. Las Zonas Económicas Especiales, según el Banco Específicamente, la mayoría de las zonas económicas ofrecen a los inversores tres ventajas principales en relación al entorno de la inversión interna: 1) Un El Banco Mundial ha apoyado el desarrollo de las ZEE durante más de tres décadas en países que van desde China a Turquía y a países latinoamericanos. Estas zonas según dicha El propio Secretario General de la UNCTAD, Mukhisa Kituyi, reconoce que abundan los ejemplos de zonas económicas especiales que han sido clave para transformar las economías, facilitar una mayor participación en cadenas de valor En consecuencia, nos encontramos ante un instrumento de desarrollo, de reconocimiento y utilización generalizada a nivel mundial. Este instrumento también se utiliza en la Unión La Comisión de la UE ha declarado que competente a los Estados miembros, la creación o modificación de las Como quiera que las declaraciones de ZEE implican el otorgamiento de una serie de ventajas a esos territorios (muchas de ellas fiscales), la Comisión en virtud de su El éxito de la creación de una ZEE, en este caso para la En virtud de los expuesto y dado que lamentablemente las adversas circunstancias de la ciudad de Melilla reflejan una situación excepcional que ENMIENDA NÚM. 2669 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De adición. Disposición Adicional: La 1. Objeto, régimen jurídico y normas de funcionamiento. b) El Registro Especial de Buques y Empresas Navieras estará situado en los territorios de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de la Ciudad Autónoma de 2. Gestión y administración del Registro. a) La gestión y administración del Registro Especial de Buques y Empresas Navieras se realizará a través de tres oficinas de gestión, adscritas al Ministerio de Fomento, una con sede Justificación La economía melillense ha sufrido un retroceso El nivel de actividad portuaria es índice significativo de la salud económica de la ciudad. El puerto, la actividad portuaria es consustancial con un territorio que no dudamos en calificar de análogo al de las islas. Por ello En ese sentido consideramos que es de interés para la ciudad autónoma, contar con una sede del Registro Especial de Buques y Navieras, que actualmente solo tiene sedes en Canarias. Como venimos apuntando uno de los mayores Esta ubicación facilita que Como territorio español y europeo, Melilla ofrece una posición ventajosa en materia fiscal, la seguridad jurídica y sobre todo garante que este sector necesita. Son muchas las compañías que prefieren un segundo registro europeo a Pues bien, nuestra situación geografica hace que nuestro comportamiento Desde nuestra perspectiva creemos que además de nuestra ubicación, nuestras ventajas fiscales para empresas de cualquier naturaleza, podría suponer la aparición de empresas navieras que El beneficio para La ciudad autónoma es obvio, los porcentaje de IPSI por la importación de bienes (buques) valorados en millones de euros, sumados a las obligaciones de mantener en la ciudad una oficina de representación y que A dichas ventajas habría que añadir una especialmente beneficiosa que es la internacionalización que supondría para la ciudad de Melilla al facilitar la existencia de ENMIENDA NÚM. 2670 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De adición. Disposición adicional..: En el plazo de seis meses el Gobierno de la Nación, elaborará un informe sobre la conexión aérea de Melilla. Dicho informe Justificación La situación del mercado aéreo de la ciudad de Melilla, a pesar de las importantes bonificaciones que cada año se otorgan Las subvenciones prácticamente han servido para el precio de billete aéreo no haya parado de subir, lo que de manera practica ha servido para subvencionar a las La cuestión de fondo del transporte aéreo, así como del marítimo, es la conectividad. La ciudad de Melilla tiene que tener una conexión con la península que sirva como eficiente cordón umbilical, de lo que La cuestión es Esta modificación de la regulación aérea debe hacerse de manera urgente la mayor brevedad, dado que la ciudad se Resulta ENMIENDA NÚM. 2671 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De adición. Subvenciones al transporte de mercancías en las ciudades Disposición adicional Se establece, con vigencia indefinida, un sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Ciudades Autónomas de Ceuta y Esta disposición adicional y en concreto el porcentaje establecido en el párrafo precedente, será de Justificación El proyecto de real decreto por La extra-peninsularidad de Melilla y de Ceuta, su escaso De una parte, el Tratado de la Unión Europea reconoce que las regiones insulares sufren las desventajas estructurales vinculadas a su carácter insular, cuya permanencia perjudica a su desarrollo económico y social, y que En este sentido, Melilla y Ceuta son regiones extra-peninsulares, a las que no es aplicable la condición de insularidad, “estricto sensu”, pero a las que la propia Comisión De otra parte, el artículo 138.1 de la Constitución española establece que el Estado “garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad, consagrado en el artículo 2 Los estatutos de autonomía de Melilla (Ley Recogiendo las dificultades de las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta reflejadas en sobrecostes estructurales con motivo de la extrapeninsularidad, la Ley 3/2017 de La citada Ley 3/2017 estableció que el porcentaje de bonificación será de hasta el 50 por 100 de los costes subvencionables, en los términos y condiciones y con el procedimiento que se establezca por el Gobierno mediante Real Dicha norma cumplió parcialmente lo dispuesto en el Reglamento 3577/92 del Consejo, ya que no se igualan las bonificaciones contempladas para Melilla y Ceuta con las bonificaciones de las Islas Canarias, El presente enmienda viene a completar el mandato comunitario, y rectificar lo dispuesto en el apartado 5 de la disposición adicional centésima vigésima ENMIENDA NÚM. 2672 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición transitoria ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición transitoria a Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con la siguiente redacción: “Disposición transitoria NUEVA. Garantías de Las Administraciones educativas garantizarán cada curso escolar un destino provisional, que no esté ocupado por funcionarios de carrera o en prácticas, a sus funcionarios docentes a) Estar ocupando un destino provisional vacante en un centro docente de b) Tener una edad, igual o mayor, a 55 años y una experiencia docente mínima de 15 años en centros docentes de titularidad de la misma Administración educativa, de los cuales los 10 últimos JUSTIFICACIÓN La enmienda añade una nueva disposición transitoria a la Ley Orgánica 2/2006 cuyo objetivo es dar unas garantías de continuidad a los docentes funcionarios ENMIENDA NÚM. 2673 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De adición. Se añade una nueva disposición transitoria a Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, redacción: “Disposición transitoria NUEVA. Puntuaciones de la fase de oposición obtenidas en anteriores convocatorias de concurso-oposición de ingreso a la función pública docente. Durante JUSTIFICACIÓN La enmienda añade una nueva ENMIENDA NÚM. 2674 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. MODIFICACIÓN Se propone la modificación de la Disposición Final Trigésima cuarta por la que se modifica el RD PRIMERO.- Se Artículo 61. Sistemas Selectivos. 1. Los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la 3. Los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas SEGUNDO.- Se Disposición transitoria cuarta. Consolidación de empleo temporal 1. Las Administraciones Públicas efectuarán excepcionalmente y por una sola vez, convocatorias 2. Los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y 3. El procedimiento de selección incluirá una fase única: La valoración de los méritos aducidos y acreditados por los JUSTIFICACIÓN: Un problema endémico de Como resultado de numerosas peticiones que llegaron a la Unión Esta Resolución del Así, la reciente En este mismo sentido, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma en su Auto de 30 de septiembre de Por último, esta misma Resolución del Parlamento Europeo hace hincapié en que- de acuerdo con la Directiva 1999/70/CE, si un Estado miembro opta por sancionar el abuso Resumiendo, la Directiva 1999/70/CE ofrece dos opciones para A la vista de la jurisprudencia del TJUE, cabe concluir de que nuestro ordenamiento jurídico no se La Nueva Administración que proyecta el Gobierno para, entre otras cosas, reducir la Tampoco es admisible judicializar un problema totalmente abordable y corregible mediante una adecuada reforma legislativa que proporcione una respuesta legal. Cabe Contra el argumento de la falta de respeto a los principios Cabe Por todo lo expuesto, y de acuerdo con la sentencia del 19 de marzo, se propone como solución al ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva. ENMIENDA De adición. Enmienda de adición. Se propone insertar una nueva Disposición final con la redacción que a continuación se recoge: “Disposición Final XX. Modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Se añade un nuevo artículo 66 bis, con la siguiente redacción: Artículo 66 bis Reducción de la base imponible en las construcciones indispensables Tratándose de bienes inmuebles rústicos, las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales tendrán una reducción Dicho índice corrector se elaborará en base a la relación entre el valor JUSTIFICACIÓN La Proposición no de ley sobre el valor catastral en el caso de las construcciones rústicas indispensables para El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del La enmienda presentada persigue corregir dicha omisión. ENMIENDA NÚM. 2676 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De adición. Enmienda de adición. Se propone añadir una nueva disposición final con el “Disposición final XX. Actuaciones de control y prevención contra los daños ocasionados a la agricultura y ganadería por la sobrepoblación de diversas especies de fauna silvestre, a adoptar en las infraestructuras El Gobierno dispondrá que en los capítulos en los que corresponda, en función de las Asimismo, el Gobierno coordinará sus actuaciones y Lo contemplado en la presente Disposición Adicional se mantendrá en el marco de los Presupuestos Generales del Estado en tanto en cuanto no se JUSTIFICACIÓN Históricamente, la convivencia de las especies silvestres y cinegéticas con la actividad agraria se desenvolvía de manera que los perjuicios ocasionados a dicha actividad se mantenían en Sin embargo, en los últimos años, los daños provocados por la fauna silvestre se han multiplicado debido a Entre las diversas especies En el caso de la agricultura, las pérdidas han dejado de ser, en algunas zonas, de carácter coyuntural y Igualmente, la ganadería, así como el sector apícola, se enfrenta a daños por los ataques de grandes depredadores (lobo y oso), cada vez más frecuentes; así como a las consecuencias derivadas de la falta de control sanitario real de varias En estos Algunas de las razones de la falta de eficacia de las medidas Por lo ENMIENDA NÚM. 2677 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De adición. Enmienda de adición. Se propone la “Disposición final XX. Aumento de los equipos de lucha contra los robos en el campo. El Gobierno dispondrá de los recursos presupuestarios para proporcionar a JUSTIFICACIÓN En los últimos años, agricultores y ganaderos, están soportando episodios constantes de robos, hurtos, entradas y saqueos de sus explotaciones agrarias, por parte de una delincuencia que no es infrecuente que se estructura en verdaderas Es pues imprescindible mejorar la seguridad de los agricultores en el medio rural, así como de las explotaciones e instalaciones agrícolas. Los agricultores y ganaderos están haciendo un Pese a las modificaciones legislativas aprobadas en pasados años, la creación de los Equipos Roca y los datos aportados por el De hecho, son los propios agentes quienes denuncian públicamente la La insuficiencia de medios personales y materiales hace que muchas denuncias presentadas queden sin investigar, con lo que no se descubre a los presuntos delincuentes y los juzgados Las instituciones del Estado están obligadas a ofrecer un marco de seguridad también a los habitantes de los pueblos y ENMIENDA NÚM. 2678 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. Enmienda de adición. Se añadirá una disposición final nueva, con la siguiente redacción: “Disposición final XX. El El Gobierno establecerá, en tanto se mantenga la devolución del Impuesto de Gasóleo Agrícola, un mecanismo de descuento del mismo en el momento de su adquisición. Con objeto de asegurar la libre competencia y garantizar la no Complementariamente, el Gobierno procederá con urgencia a la modificación del Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 “Instalaciones para suministro a JUSTIFICACIÓN El gasto en combustible supone uno de los costes de producción más importantes de las explotaciones agrícolas y ganaderas y su uso profesional no se limita al consumo en tractores y maquinaria agrícola, sino que se extiende a La mejora de la competitividad de las explotaciones necesita de un verdadero gasóleo agrícola profesional con la menor imposición fiscal posible y que goce de un mecanismo de devolución del IEH ágil, siendo lo Por otro lado, ante episodios de inestabilidad de los precios de la materia prima, parece evidente la rápida repercusión de los incrementos sobre los precios Por otra parte, las restricciones impuestas al suministro de combustible en dependencias sin atención, limitando el mismo a tres El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 64 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Palacio ENMIENDA NÚM. 2679 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA Sección: 14 Ministerio de Defensa Servicio:12 Programa: 122A Capítulo: 6 Artículo:65 Denominación: Nuevo: Reconversión de zonas militares para uso civil Importe: 15.000 (miles de euros). BAJA Sección: 14 Servicio: 01 Programa: 121M Capítulo: 2 Artículo:22. 221 22199 15.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Reconversión de zonas militares en Aragón para espacios civiles, ambientales, sociales e incluyendo compensación al Ayuntamiento de Zaragoza por la ENMIENDA NÚM. 2680 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Sección: 14 Ministerio de Defensa Servicio:12 Programa: Capítulo: 6 Artículo:65 Denominación: Nuevo: Reconversión de zonas militares para uso civil Importe: 15.000 (miles de euros). BAJA Sección: 35 Fondo de Contingencia Servicio: 01 Programa: 929N Capítulo: 5 Artículo:50. Denominación: Fondo de Contingencia Importe: 15.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Reconversión de zonas militares en Aragón para espacios civiles, ENMIENDA NÚM. 2681 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De Enmienda de modificación ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Soterramiento de la A-68 en el cruce con la Z-40 en el término municipal de Zaragoza Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Mejorar las condiciones de seguridad vial y de fluidez en el tráfico rodado de la zona ENMIENDA NÚM. 2682 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio ENMIENDA De modificación. ENMIENDA De modificación ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: 200517400160 Provincia: Teruel. Denominación: Corredor de Alta Velocidad Mediterráneo-Cantábrico Importe: +19.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Programa: 453C Artículo: 61 Proyecto: 199917388201 Concepto: Conservación ordinaria Importe: 19.000 (miles de JUSTIFICACIÓN Incluir partidas para impulsar los proyectos destinados a la mejora del tramo ferroviario Cantábrico-Mediterráneo. ENMIENDA NÚM. 2683 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ENMIENDA De modificación ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: 201217400161 Provincia: Huesca Denominación: Reapertura Túnel del Canfranc Importe: 15.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Artículo: 61 Proyecto: 199917388201 Concepto: Conservación ordinaria Importe: 15.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN: Incluir partidas para impulsar la reapertura del tráfico ferroviario internacional por el túnel de Canfranc ENMIENDA NÚM. 2684 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 200517383677 Denominación: N-211 Duplicación: Alcolea del Pinar-Monreal del Campo Importe: + 5.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para conectar la A-23 con la A-2, ENMIENDA NÚM. 2685 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 200617380825 Denominación: N-420 Variante de Importe: 4.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 4.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para la necesaria variante de ENMIENDA NÚM. 2686 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 202017384797 Denominación: N-211 Variante de Utrillas Importe: 4.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 4.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para la necesaria variante de esta ENMIENDA NÚM. 2687 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 20051738691 Denominación: Variante de Borja-Maleján Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Mejorar esta vía clave para la comunicación del valle del Ebro con la meseta ENMIENDA NÚM. 2688 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 200517383681 Denominación: N-211 Variante de Montalbán Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para la necesaria variante de esta ENMIENDA NÚM. 2689 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 200517383661 Denominación: Variante sur de Huesca y Acceso al aeropuerto Monflorite Importe: 4.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 4.000 JUSTIFICACIÓN Mejorar la conexión de la A-23 y la A-22 con el consiguiente beneficio para la circulación rodada en la ciudad de Huesca ENMIENDA NÚM. 2690 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Provincia: Teruel. Denominación: Acondicionamiento futura “Vía Verde” de Teruel a Alcañiz . Importe: 1.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Artículo: 61 Proyecto: 199917388201 Concepto: Conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN Incluir partidas para poner en uso turístico, por el impacto positivo que tendría para las comarcas por las que ENMIENDA NÚM. 2691 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Provincia: Teruel. Denominación: Acondicionamiento futura “Vía Verde” de Utrillas a Zaragoza Importe: 1.000 (miles BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Artículo: 61 Proyecto: 199917388201 Concepto: Conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN Incluir partidas para poner en uso turístico, por el impacto positivo que tendría para las comarcas por las que atraviesa este antiguo trazado de vía ferroviaria de uso fundamentalmente minero. ENMIENDA NÚM. 2692 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 200717384297 Denominación: A-14 Tramo Alfarrás-Tamarite Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para iniciar las obras de la A-14 ENMIENDA NÚM. 2693 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Artículo: 60. Proyecto: 200717384298 Denominación: A-14 Tramo Tamarite-Purroy Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para iniciar las obras de la A-14 ENMIENDA NÚM. 2694 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: Denominación: A-14 Tramo Purroy-Benavarre Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para iniciar las obras de la A-14 ENMIENDA NÚM. 2695 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 2009173841171 Denominación: Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para iniciar las obras de la A-15 en su trazado aragonés por la comarca de Tarazona y el Moncayo ENMIENDA NÚM. 2696 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: Denominación: A-21 Tramo Puente la Reina de Jaca-Fago (L.P.de Zaragoza) Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para completar la A-21 ENMIENDA NÚM. 2697 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 200517380048 Denominación: A-21 Tramo Jaca (N)- Jaca (O) Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para completar la A-21 ENMIENDA NÚM. 2698 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Artículo: 60. Proyecto: 200417384141 Denominación: A-21 Tramo Enlace de Sigüés y- Enlace de Tiermas Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para completar la A-21 ENMIENDA NÚM. 2699 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Artículo: 60. Proyecto: 200517384181 Denominación: A-22 . Tramo Siétamo – Huesca Importe: 6.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: Importe: 6.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para completar la A-22 ENMIENDA NÚM. 2700 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: Proyecto: 200417380047 Denominación: A-23 Tramo Sabiñánigo (Este) – Sabiñánigo (Oeste) Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para completar la A-23 ENMIENDA NÚM. 2701 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 202017384022 Denominación: A-68: Tramo : Alcañiz-Ventas de Valdealgorfa Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes, en concreto el tramo ENMIENDA NÚM. 2702 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 202017384028 Denominación: A-68: Tramo : Fuentes de Ebro-Quinto Importe: 1.000 (miles de BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los ENMIENDA NÚM. 2703 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 202017384029 Denominación: Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes, en concreto el tramo El Burgo-Alcañiz-Mediterráneo ENMIENDA NÚM. 2704 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: Proyecto: 202017384031 Denominación: A-68: Tramo : Azaila-Hijar Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas ENMIENDA NÚM. 2705 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: Denominación: A-68: Tramo : Ventas de Valdealgorfa- Vinarós Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes, en concreto el tramo El Burgo-Alcañiz-Mediterráneo ENMIENDA NÚM. 2706 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 202017384032 Denominación: A-68: Tramo : Quinto-Azaila Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes, en concreto el tramo El ENMIENDA NÚM. 2707 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 202017384021 Denominación: A-68: Tramo : El Regallo-Alcañiz Importe: 1.000 (miles de BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los ENMIENDA NÚM. 2708 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: 201517383647 Denominación: A- 68 Tramo Gallur-Mallén Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: JUSTIFICACIÓN Impulsar las obras de este tramo para concluir la A-68 a su paso por Aragón ENMIENDA NÚM. 2709 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: Denominación: Nuevas actuaciones en la autopista AP-2 Importe: 2.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 2.000 (miles de JUSTIFICACIÓN Mejorar la conectividad de la AP-2 en su tramo aragonés, para permeabilizar la autopista con las comarcas por donde atraviesa. ENMIENDA NÚM. 2710 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Adecuación de la avenida Cataluña de Zaragoza Importe: 2.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación Importe: 2.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Mejorar las condiciones de este eje vial de entrada a la ciudad que es una demanda histórica del colectivo vecinal de Zaragoza. ENMIENDA NÚM. 2711 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Adecuación de la avenida Navarra de Zaragoza Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Mejorar las condiciones de este eje vial de entrada a la ciudad que se quedaron fuera de los planes de acondicionamiento de la Expo-ZGZ ENMIENDA NÚM. 2712 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Adecuación de la avenida Tenor Fleta en Zaragoza Importe: 1.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: Importe: 1.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Mejorar las condiciones de este eje vial de entrada a la ciudad y su conexión con la Z-30 ENMIENDA NÚM. 2713 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Artículo: 61. Proyecto: 200517383674 Denominación: N-260 Túnel de Balupor-Fiscal Importe: 6.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación Importe: 6.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Mejorar esta vía clave para la comunicación de las comarcas pirenaicas aragonesas ENMIENDA NÚM. 2714 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Acondicionamiento N-330.Tramo: Teruel- Villastar Importe: 2.000 (miles de euros). BAJA Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453 C Capítulo: Artículo: 61 Importe: 2.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para mejorar las condiciones de circulación del tráfico rodado en la zona. ENMIENDA NÚM. 2715 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA SECCIÓN 17 SERVICIO 34 PROGRAMA 441 O Capítulo 6 Artículo 60 Importe: 5.000 (miles de euros BAJA SECCIÓN 17 SERVICIO 34 PROGRAMA 441 O Capítulo 4 Artículo 48 Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar proyecto que se ha quedad fuera del nuevo Plan Director del Aeropuerto de Zaragoza. ENMIENDA NÚM. 2716 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De adición. ENMIENDA De adición ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Denominación: Cercanías de Zaragoza Importe: 4.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Artículo: 61 Proyecto: 199917388201 Concepto: Conservación ordinaria Importe: 4.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN Partidas para mejorar la conexión por cercanías de Zaragoza y su entorno metropolitano. ENMIENDA NÚM. 2717 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Mejora eje vial N-260 Castejón de Sos y Pont de Suert Importe: 4.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 4.000 (miles de JUSTIFICACIÓN Mejorar esta vía clave para la comunicación de las comarcas pirenaicas aragonesas ENMIENDA NÚM. 2718 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Comunidad Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Mejora condiciones seguridad vial N-211 Caspe Importe: 500 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: conservación ordinaria Importe: 500 JUSTIFICACIÓN Se trata de mejorar las condiciones de seguridad vial, con los elementos que se consideren más adecuados, en la entrada de la N-211 en la localidad aragonesa de Caspe. ENMIENDA NÚM. 2719 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Nuevo Denominación: Mejora tramo N-211 Caspe-Mequinenza Importe: 2.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38 Dirección General de Carreteras Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: Denominación: conservación ordinaria Importe: 2.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Se trata de mejorar las comunicaciones de la localidad a fin de favorecer la seguridad vial y dinamizar todo el sector ENMIENDA NÚM. 2720 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De adición. De adición ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Denominación: Mejora de las condiciones del ferrocarril convencional en Aragón Importe: 30.000 (miles de euros) BAJA Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Artículo: 61 Proyecto: 199917388201 Concepto: Conservación ordinaria Importe:30.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN Incluir ENMIENDA NÚM. 2721 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De adición. ENMIENDA De adición ALTA (miles de euros) Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 40 Programa: 453A Artículo: 60 Proyecto: Nuevo Provincia: Huesca Denominación: Mejora del servicio de ferrocarril convencional en el Altoaragón Importe: 15.000 (miles de euros) BAJA (miles de euros) Sección: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Artículo: 61 Proyecto: 199917388201 Concepto: Conservación ordinaria Importe: 15.000 (miles de euros) JUSTIFICACIÓN Incluir partidas para impulsar la mejora de las condiciones del tráfico ferroviario de ENMIENDA NÚM. 2722 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De adición. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: 38. Dirección General de Carreteras. Programa: 453B Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Proyecto: Denominación: Vía rápida Teruel-Alcañiz-Caspe-Fraga Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana Servicio: Programa: 453C Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Proyecto: 199917388201 Denominación: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 5.000 JUSTIFICACIÓN Aumentar las inversiones previstas en Aragón para mejorar las condiciones de circulación del tráfico rodado en la zona vertebrando el sur de Aragón y conectándolo directamente con el valle del Ebro ENMIENDA NÚM. 2723 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la ENMIENDA De modificación. Enmienda técnica de modificación Suprimir el nombre de Biscarrués del Proyecto: 200823050036 Sección: 23. Ministerio para la Transición Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 JUSTIFICACIÓN El pantano ha sido desestimado por el Gobierno de España , tras conocerse una sentencia judicial contraria al actual proyecto. ENMIENDA NÚM. 2724 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 104 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de descontaminación del lindano en la cuenca del río Gállego en Aragón Importe: 4.500 BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 01 Programa: 450 O Capítulo: 15 Importe: 4.500 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para proceder a descontaminación del lindano en Aragón. ENMIENDA NÚM. 2725 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ENMIENDA NÚM. 2726 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. ENMIENDA De ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Servicio: 104. CHE. Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Programa para impulsar plan ambiental del Ebro Importe: 20.000 (miles de BAJA Sección: 23 Servicio: 01 Programa: 451 O Capítulo: 15 Importe: 20.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Desarrollar el Plan Ambiental del Ebro, acordado entre todas las partes ENMIENDA NÚM. 2727 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Elevación aguas del Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 198817060809. Denominación: Otras actuac. Infr.hidrual.cuenca Ebro Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para atender una demanda de la zona, como complemento al ENMIENDA NÚM. 2728 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 104 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de Desarrollo Sostenible de Jánovas y el valle del Ara Importe: 3.500 (miles de BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 199923050020 Denominación: Obras del Pacto del Agua-Yesa Importe: 3.500 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para dar de baja una obra insostenible como el pantano de Yesa ENMIENDA NÚM. 2729 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Comunidad Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 104 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de Compensación a Biscarrués y su entorno del río Gállego Importe: 2.000 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 199923050020 Denominación: Obras del Pacto del Importe: 2.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para dar de baja una obra insostenible como el pantano de Yesa y destinar su dinero a los necesarios a planes de apoyo a una zona amenazada por el pantano de ENMIENDA NÚM. 2730 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 104 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de Restitución de MonteAragón Importe: 2.000 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 199923050020 Denominación: Obras del Pacto del Agua-Yesa Importe: 2.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para dar de baja una obra insostenible como el ENMIENDA NÚM. 2731 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De adición. Enmienda de adición ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 104 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de Restitución Territorial de zonas afectadas por pantanos. Importe: 2.000 (miles de BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 199923050020 Denominación: Obras Importe: 2.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para dar de baja una obra insostenible como el pantano de Yesa y destinar su dinero a los necesarios a planes de apoyo a zonas afectadas por ENMIENDA NÚM. 2732 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección ENMIENDA De adición. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 104 Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Plan de descontaminación del lindano en la cuenca del río Gállego en Aragón Importe: 4.500 (miles de euros). BAJA Sección: 35 Fondo de Contingencia Servicio: 01 Programa: 929N Capítulo: 5 Artículo: 50 Denominación: Fondo de Contingencia Importe: 4.500 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para proceder a descontaminación del lindano en Aragón. ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De adición. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica Servicio: 23.112 Programa: Desarrollo Económico de Artículo: 775 Proyecto: Transferencias de capital a Comunidades Autónomas Importe: 25.000 (miles de euros). BAJA Sección: 35 Fondo de Servicio: 01 Programa: 929N Capítulo: 5 Artículo:50. Denominación: Fondo de Contingencia Importe: 25.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar programas apoyo para las ENMIENDA NÚM. 2734 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De adición. ALTA Comunidad Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 104 (C.H.E.) Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61 Proyecto: Nuevo. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Denominación: Actuaciones reparación en el pantano de Escuriza Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 198817060809 Denominación: Otras actuaciones Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida necesaria para que este pantano pueda continuar operativo porque no cumple con las condiciones de seguridad y garantía suficientes, ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición ENMIENDA De adición. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Proyecto: Nuevo. Denominación: Recuperación sostenible de Importe: 5.000 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 198817060809. Denominación: Otras actuac. Infr.hidr.cuenca Ebro Importe: 5.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Partida para atender la mejora de las riberas de los ríos en Aragón con ENMIENDA NÚM. 2736 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De adición. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Servicio: 107 (C.H.J.) Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua. Capítulo: 6. Inversiones reales. Artículo: 61 Proyecto: Nuevo. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes Denominación: Actuaciones para restaurar una acequia medieval (actuación en patrimonio hidráulico) y mantener el suministro de agua a la zona (para riego) en la zona afectada por la decisión de demolición de la presa de Los Toranes, en Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Servicio: 05 Programa: 452A Capítulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: 198817060809 Denominación: Otras actuaciones infraestructuras Hidráulicas Cuenca Ebro Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Tras plantearse la demolición de la presa de Los Toranes, en Albentosa, ENMIENDA NÚM. 2737 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte Servicio: 24.05 Programa: 337B Artículo: 63 Proyecto: 201718110008 Denominación: Castillo Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Sección: 35 Fondo de Contingencia Servicio: 01 Programa: 929N Capítulo: 5 Artículo:50. Denominación: Fondo de Contingencia Importe:3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para la recuperación este castillo, parte del patrimonio histórico-artístico aragonés. ENMIENDA NÚM. 2738 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte Servicio: 24.05 Programa: 337B Artículo: 63 Proyecto: Recuperación del Palacio de Fuenclara en Zaragoza Importe: 3.000 BAJA Sección: 24 Servicio: 105 Programa: 332A Capítulo: Artículo:62 Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para la recuperación de este ENMIENDA NÚM. 2739 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 24 Ministerio de Cultura y Servicio: 24.05 Programa: 337B Artículo: 63 Proyecto: 201718110008 Denominación: Castillo de MonteAragón Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Sección: 24 Servicio: Programa: 332A Capítulo: Artículo:62 Importe:3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para la recuperación este castillo, parte del patrimonio histórico-artístico aragonés. ENMIENDA NÚM. 2740 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte Servicio: 24.05 Programa: 337B Artículo: 63 Proyecto: Importe: 25.000 (miles de euros). BAJA Sección: 24 Servicio: 105 Programa: 332A Capítulo: 5 Artículo: 62 Importe: 25.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para la recuperación del patrimonio histórico-artístico aragonés. ENMIENDA NÚM. 2741 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte. ENMIENDA De modificación. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Aragón. Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte Servicio: 24.105 Programa: 332A Artículo: 62 Proyecto: 1997181140020 Denominación: Archivo Histórico Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte Servicio: 105 Programa: 332A Capítulo: Artículo:62. Importe:3.000 JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para este nueva sede en Zaragoza pendiente desde hace más de dos décadas. ENMIENDA NÚM. 2742 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De adición. ALTA Comunidad Autónoma: 10. Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte Servicio: 24.05 Programa: 337B Artículo: 63 Proyecto: Recuperación del Palacio de Fuenclara en Zaragoza Importe: 3.000 (miles de euros). BAJA Sección: 35 Fondo de Contingencia Servicio: 01 Programa: 929N Capítulo: 5 Artículo:50. Denominación: Fondo de Contingencia Importe: 3.000 (miles de euros). JUSTIFICACIÓN Impulsar programas para la recuperación de este palacio renacentista que forma parte del patrimonio histórico-artístico aragonés. El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, Palacio del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Carles Mulet García. ENMIENDA NÚM. 2743 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Desarrollo del nodo logístico “Puerta del Noroeste” en Benavente Importe: BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras Importe: 5000 (Miles de €) Justificación: El ENMIENDA NÚM. 2744 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Reparación y puesta en valor del complejo ferroviario de La Placa, en Ponferrada Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: El abandono que sufre actualmente el complejo ferroviario ENMIENDA NÚM. 2745 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA SECCION: 18 Servicio: 46 Programa: 463A Capitulo: 4 Artículo: 481 Proyecto : Acadèmia de la Llingua Asturiana Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Equiparar la lengua asturiana a otras cooficiales del Estat ENMIENDA NÚM. 2746 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 46 Programa: 436A Capitulo: 4 Artículo: 481 Proyecto : Acadèmia Valenciana de Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: Equiparar la lengua valenciana a otras cooficiales del Estado español ENMIENDA NÚM. 2747 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Adecuación BIC Puente Mijares-antigua N-340 entre Vila-real y Almassora Importe: 60 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 60 (Miles de €) Justificación: El puente que une las localidades de Vila-real y Almassora cruzando el río Millars y por donde antiguamente transcurría la ENMIENDA NÚM. 2748 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 332B Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Ampliación, rehabilitación y reconvención de la Biblioteca Municipal de Peñíscola Importe: 1270 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 322L Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Importe: 1270 (Miles de €) Justificación: Actualmente la Biblioteca Municipal, carece de habitáculos de estudio individuales ni salas de estudio colectivas, donde ENMIENDA NÚM. 2749 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : ARCHIVO HISTORICO PEÑÍSCOLA Importe: 400 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 400 (Miles de €) Justificación: LAS MURALLAS DE LA LOCALIDAD DE PEÑISCOLA, EMANAN HISTORIA POR TODAS SUS PARTES. PEÑISCOLA HA SIDO MORADA PAPAL, SEDE PONTIFICIA, HA SIDO EL CENTRO DEL CISMA DE ENMIENDA NÚM. 2750 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Auditorio-Museo Etnológico de Vinaròs Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Debido a la falta de construcciones culturales y de ocio en el pueblo de Vinaròs (Castelló), se ENMIENDA NÚM. 2751 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Aumento dotación económica IVAM Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 2000 Justificación: El Instituto Valenciano de Arte Moderno ha sido una referencia internacional en las artes plásticas. Es necesario aumentar su dotación económica para volver a situar a este Museo en el lugar que le ENMIENDA NÚM. 2752 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 9 Programa: 144A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Ayuda económica Fundación Miguel Hernández Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: Justificación: La Fundación Miguel Hernández ha estado trabajando desde sus orígenes por mantener viva la figura del poeta, este año es especialmente importante ya que ha sido declarado por unanimidad de este ENMIENDA NÚM. 2753 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337C Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Ayudas a Importe: 400 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337C Capitulo: 4 Artículo: 46 Proyecto: 46107 A la Fundación Valle Salado de Añana (Álava) Importe: 400 (Miles de €) Justificación: Este año se cumplen 20 años desde que las pinturas rupestres de la Valltorta ENMIENDA NÚM. 2754 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334B Capitulo: 7 Artículo: 75 Proyecto : Ayudas a la promoción de la lectura en valenciano en el País Valenciano Importe: 400 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 400 (Miles de €) Justificación: La industria de la edición en valenciano sufre ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 3 Programa: 463A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Ayudas al Instituto de España, reales academias y otras Importe: 10 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: Proyecto: Importe: 10 (Miles de €) Justificación: El Órgano de Seguimiento y Coordinación del Extremeño y su Cultura es una asociación (sin ánimo de lucro) creada en 2011 e inscrita con el nº 548 en el ENMIENDA NÚM. 2756 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA SECCION: 18 Servicio: 9 Programa: 144A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Conmemoración milenial del Fuero de León Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Compromiso por parte del Estado para dotar estos ENMIENDA NÚM. 2757 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 3000 Justificación: El Castillo de San Fernando es una fortaleza existente en la ciudad de Alacant, que junto con el Castillo de Santa Bárbara constituye uno de los elementos paisajísticos definitorios de la ciudad, que ENMIENDA NÚM. 2758 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Conservatorio de Música y Danza en Castelló Importe: 1000 BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: El espacio que existe ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 2 Artículo: 21 Proyecto : Consolidación de urgencia del castillo de Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 1 Programa: 321M Capitulo: 1 Artículo: 13 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: Consolidación de los restos del castillo de Xixona por seguridad y por conservación de un bien declarado BIC ENMIENDA NÚM. 2760 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: Artículo: 76 Proyecto : Construcción Archivo Provincial de Burgos Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Recuperar los fondos perdidos desde que se derrumbo ENMIENDA NÚM. 2761 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Construcción del Teatro María Guerrero de Novelda Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: En el año 2006 se cedieron los terrenos para ENMIENDA NÚM. 2762 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Creación de la Sede del Museo Nacional de Arquitectura Salamanca Importe: 90 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Retomar el proyecte de 2011 aparcado sin razón aparente ENMIENDA NÚM. 2763 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 11 Programa: 337C Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Creación de parque arqueológico en entono de la Villa Romana de Catarroja Importe: 900 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 7 Artículo: 78 Proyecto: Importe: 900 (Miles de €) Justificación: Crear una partida para la recuperación y puesta en valor de los restos ENMIENDA NÚM. 2764 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 322N Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Creación de programas integrados de apoyo y refuerzo de Educación Primaria y Secundaria en Ceuta Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 4 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Acabar con el fracaso escolar ENMIENDA NÚM. 2765 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 322N Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Creación de programas integrados de apoyo y refuezo de Educación Primaria y Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Acabar con el fracaso escolar ENMIENDA NÚM. 2766 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 332B Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Creación de una biblioteca en Castelló Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 332B Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Creación de una nueva biblioteca en la zona sur de la ciudad de Castelló de la Plana ENMIENDA NÚM. 2767 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 332B Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Creación de una biblioteca en la Pobla de Benifassà Importe: 50 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 332B Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 50 (Miles de €) Justificación: Cubrir las necesidades de acceso a la lectura de ENMIENDA NÚM. 2768 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 322B Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Creación de una nueva Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333B Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Creación de una nueva biblioteca en Vinarós que cubra las necesidades de acceso a la lectura de la pobación, que con la actual no se cumplen, así como dotada con varias aulas polivalentes ENMIENDA NÚM. 2769 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Creación Museo Francesc Tàrrega (Vila-real) Importe: BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 400 (Miles de €) Justificación: El ilustre ENMIENDA NÚM. 2770 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : DINAMIZACION CASCO ANTIGUO Peñíscola Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: 332L Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Importe: 1000 Justificación: LA RECONVERSION DEL TURISMO DE SOL Y PLAYA EN BUSQUEDA DE LA DESESTACIONALIZACION TURISTICA, REQUIERE DE UN IMPORTANTE PLAN DE DINAMIZACION DEL CASCO ANTIGUO, PARA REORIENTARNOS HACIA EL TURISMO ENMIENDA NÚM. 2771 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Escavación y puesta en valor del yacimiento arqueológico del puntal del gat en Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Evitar el peligro de afectación del yacimiento ENMIENDA NÚM. 2772 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Excavación arqueológica del Poblado de Bronce de la Mola (Agres) Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: La excavación está parada desde hace años por falta de presupuesto. Es un yacimiento de la era del bronce muy valioso a nivel patrimonial, La excavación está parada desde hace años por falta de presupuesto. Es un yacimiento de la era del bronce muy valioso a nivel patrimonial, arqueológico y turístico. Agres. La excavación está parada La excavación está parada desde hace años por falta de presupuesto. Es un yacimiento de la ENMIENDA NÚM. 2773 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Excavación la Morranda (El Bellestar) Importe: 40 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 40 (Miles de €) Justificación: Nueva fase de excavaciones en la Morranda. El poblado lleva muchos años sin excavarse a pesar de su indudable atractivo y potencial turístico en esta zona ENMIENDA NÚM. 2774 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 2000 Justificación: Excavación y museización del importante yacimiento del Mas de Fabra vinculado al comercio ibero y aflorado durante la construcción de las obras de la variante de la N-340 a su paso por la ENMIENDA NÚM. 2775 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Excavaciones en el Mortòrum Cabanes Importe: 40 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 40 (Miles de €) Justificación: Última fase de excavaciones en el Tossal del Mortòrum de Cabanes. Los hallazgos arqueológicos de esta llanura litoral han sido numerosos, y ENMIENDA NÚM. 2776 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Finalización de la construcción del Órgano de Piedra de Novelda Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: El proyecto de construcción del Órgano de Piedra comenzó en 1993 y aún no ha finalizado por falta de financiación. Esta obra podría devenir en ENMIENDA NÚM. 2777 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 322N Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Financiar actividades de enseñanza de adultos y compensatoria Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Acabar con el analfabetismo en Ceuta ENMIENDA NÚM. 2778 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 322N Capitulo: 4 Artículo: Proyecto : Financiar actividades de enseñanza de adultos y compensatoria en Melilla Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Acabar con el analfabetismo en Melilla ENMIENDA NÚM. 2779 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 107 Programa: 144A Capitulo: 6 Artículo: 64 Proyecto : Gasto en Festival Internacional de Teatro de Calle de Vila-Real Importe: 135 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 18 Artículo: 11 Proyecto: Importe: 135 (Miles de €) Justificación: La ciudad de Vila-real es la ciudad con mas porcentaje de actores de teatro de calle de todo el Estado. Además ENMIENDA NÚM. 2780 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Inversión de reposición Importe: 600 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 600 (Miles de €) Justificación: Actuación de excavación ENMIENDA NÚM. 2781 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Inversión Museo San Pío V de València Importe: 2200 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: Proyecto: Importe: 2200 (Miles de €) Justificación: El Museo de Bellas Artes San Pío V es una infraestructura cultural esencial en la Comunidad Valenciana y la segunda pinacoteca del Estado. Otros museos ENMIENDA NÚM. 2782 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Inversión restauración Castell de Miravet (Cabanes) Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: El Castell de Miravet es un monumento de gran importancia en las comarcas de Castelló dado recientemente al ayuntamiento de Cabanes ENMIENDA NÚM. 2783 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Museo arqueológico yacimiento del Bolomor (Tavernes de la Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 5000 (Miles de €) Justificación: La Cova de Bolomor es un yacimiento arqueológico situado a 2 km al sureste de Tavernes de la Valldigna (València). En ella se han hallado abundantes restos líticos y óseos, así como fósiles de homínidos. La cavidad El objetivo de la actuación es complementar las visitas in situ, fomentar el estudio y convertir el yacimiento en un foco de dinamización cultural, que revierta en la ENMIENDA NÚM. 2784 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Museo de Arte Ibérico en Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 3000 (Miles de Justificación: La Dama de Elche es uno de los mayores referentes del arte íbero y supone, por extensión, uno de los emblemas del municipio ilicitano. La cesión temporal del busto durante cerca de cinco meses en el año 2006 ENMIENDA NÚM. 2785 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 46 Proyecto : Museo de Historia Militar de Peñíscola Importe: 500 (Miles de BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337C Capitulo: 4 Artículo: 45 Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Peñiscola, declarada conjunto ENMIENDA NÚM. 2786 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto : Museo del arroz de Sueca Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 5000 (Miles de Justificación: Sueca es una ciudad eminentemente arrocera, no en balde la mayor parte de su término municipal son arrozales, que forman parte del Parc Natural de l’Albufera, unos campos que producen alrededor de ENMIENDA NÚM. 2787 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 3000 (Miles de Justificación: Oliva es una ciudad que fue pionera en la producción y exportación de azúcar de caña a toda Europa durante los siglos XIV al XVII. Existe en esta ciudad un edificio único a nivel estatal por sus ENMIENDA NÚM. 2788 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: Artículo: 76 Proyecto : Museo Modernista de Alcoi Importe: 600 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: Artículo: 63 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: Alcoi es una de las poblaciones impulsoras de la revolución industrial, y esto conllevó un gran interés de la burguesía por las artes ENMIENDA NÚM. 2789 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Museo principal en Castellón Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: El ENMIENDA NÚM. 2790 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Museo Puig Roda de Vinaròs Importe: 1500 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 1500 (Miles de €) Justificación: El genial pintor de Tírig, fallecido en la localidad, merece un museo ENMIENDA NÚM. 2791 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : MUSEO: Importe: 400 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 400 (Miles de €) Justificación: LA RECONVERSION DEL TURISMO DE SOL Y PLAYA, REQUIERE REPLANTEAR EL MODELO TURISTICO ACTUAL. BAJO ESTA FINALIDAD Y BUSCANDO ROMPER CON LA ESTACIONALIDAD TURISTICA, ES NECESRAIO DOTAR A LA LOCALIDAD DE OTROS RECURSOS PARA ENMIENDA NÚM. 2792 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Museu de la Importe: 35 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 35 (Miles de €) Justificación: El Museu de la Taronja (Museo de la Naranja) de Borriana es un espacio dedicado a la En la actualidad se encuentra cerrado en busca de una reestructuración del mismo y esperando el compromiso de las El Museu de la Taronja se ubica en la “Casa Conill”, un imponente edificio modernista de 1902, que fue la vivienda de un comerciante de naranjas, y que ejemplifica la A través de ocho salas el visitante puede conocer la evolución histórica de la agricultura citrícola, su El Archivo-Biblioteca cuenta con más de 6.000 documentos con una colección ENMIENDA NÚM. 2793 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 105 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Neveras de Agres Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: Agres, referente en el País Valenciano del comercio de la nieve, necesita un centro así para dar difusión de su patrimonio ENMIENDA NÚM. 2794 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Nueva. Importe: 1500 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 1 Programa: 322A Capitulo: 1 Artículo: Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Ante la importancia del Arte Funerario y sus Costumbres, representadas en el Cementerio municipal de Vinaròs con representaciones desde la Edad Media hasta ENMIENDA NÚM. 2795 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : Nueva. Subvención a ACPV Importe: 50 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 50 (Miles de €) Justificación: Colaboración con los objetivos de la entidad ENMIENDA NÚM. 2796 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : Nueva. Subvención a Escola Valenciana Importe: 50 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 50 (Miles de €) Justificación: Colaboración con los objetivos de la entidad ENMIENDA NÚM. 2797 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : Nueva. Subvención a la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: Colaboración con la labor de la Federación, que agrupa 549 sociedades, 40.000 ENMIENDA NÚM. 2798 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : Nueva. Subvención El Tempir Importe: 50 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 50 (Miles de €) Justificación: Colaboración con los objetivos de la entidad ENMIENDA NÚM. 2799 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : Nueva. Subvención Federació Muixerangues País Valencià Importe: 50 BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 50 (Miles de €) Justificación: Colaboración con los ENMIENDA NÚM. 2800 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 322L Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Nuevo Importe: 450 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 450 (Miles de €) Justificación: Para renovar el Conservatorio de Elx, ya que se halla en una situación inconcebible ENMIENDA NÚM. 2801 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 441N Artículo: 46 Proyecto : Nuevo. A financiar creación Museo del Cine de Peñíscola Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: 332L Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: LA RELACION DE PEÑISCOLA Y EL CINE ES POR TODOS ENMIENDA NÚM. 2802 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334B Capitulo: Artículo: Proyecto : Nuevo. A la Fira del Llibre de València Importe: 30 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 322L Capitulo: 2 Artículo: Proyecto: Importe: 30 (Miles de €) Justificación: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2803 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Nuevo. AYUDAS A LA UNIVERSIDAD DE LEÓN (ULE) PARA INVESTIGACIÓN EN NUEVAS FORMAS DE EXPLOTACIÓN DEL CARBÓN: EL GRAFENO Y OTROS PRODUCTOS DERIVADOS Importe: 200 (Miles de BAJA SECCION: 18 Servicio: 1 Programa: 322A Capitulo: 1 Artículo: 12 Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: Buscar nuevas alternativas a ENMIENDA NÚM. 2804 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 321M Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Pabellón deportivo de Xixona Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Construcción del pabellón polideportivo polivalente en el barrio de Sogorb en Xixona con el fin de ENMIENDA NÚM. 2805 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Peatonalización Mascarell Importe: 600 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 600 (Miles de €) Justificación: Mascarell es el único núcleo de ENMIENDA NÚM. 2806 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: Programa: 337B Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan Nacional de Abadías, Monasterios y Conventos de Elx Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 332B Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: La restauración total del convento de las Clarisas en Elche es un proyecto que pese a estar ENMIENDA NÚM. 2807 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : PROMOCIÓN DEL LEONÉS DE LAS ARRIBES Y EL REBOLLAR Importe: 60000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 60000 (Miles de €) Justificación: Solicitamos que el Estado lleve a cabo ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : Promoción del Leonés provincia de León Importe: 100 BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Solicitamos que el ENMIENDA NÚM. 2809 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : Promoción del Leonés provincia de Zamora Importe: 60000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 60000 (Miles de €) Justificación: Solicitamos que el Estado lleve a cabo acciones dentro de sus competencias para la promoción de la lengua leonesa hablada en comarcas zamoranas como Sanabria, Aliste o la Carballeda. Estas actuaciones podrían ENMIENDA NÚM. 2810 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Proyecto construcción museo de Historia de Peníscola Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Peñiscola y su dilatada historia, merecen un Museo de ENMIENDA NÚM. 2811 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 1 Programa: 321M Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Proyecto Construcción Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: 322L Capitulo: 7 Artículo: 75 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de Justificación: La localidad de Peñíscola es una localidad puntera turísticamente y, las actividades deportivas son un tipo de turismo necesario para desestacionalizarlo. En este sentido, pretendemos presentar el proyecto de ENMIENDA NÚM. 2812 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Proyecto Museo Papa Luna Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 1 Programa: 321M Capitulo: 1 Artículo: 15 Proyecto: Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: Peñíscola, junto a su historia y su imponente pasado Papal, ENMIENDA NÚM. 2813 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Proyecto nueva Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337A Capitulo: 4 Artículo: Proyecto: Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: La casa del Marqués de Benicarló es un edificio histórico catalogado como BIC del s. XVIII, fue sede de la encomienda de la Orden de Montesa de ENMIENDA NÚM. 2814 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Reconversión de la casa de la Ayora en museo etnológico Importe: 1500 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 1500 (Miles de €) Justificación: Solicitamos la inversión para la restauración de la casa ENMIENDA NÚM. 2815 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Rehabilitación de Torre Ansaldo (BIC). Conservación y restauración de Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: La torre es un bien declarado Bien de Interés Cultural y que supuso un referente en la producción y exportación de vinos de l’Horta Alacantina durante siglos. El estado actual de este bien es de gran riesgo para su ENMIENDA NÚM. 2816 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Rehabilitación Finca El de Conde. Conservación y restauración de bienes culturales Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 5000 (Miles de €) Justificación: La Finca El de Conde debe ser asumida por el Ayuntamiento de Sant Joan según sentencia desde el año ENMIENDA NÚM. 2817 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Rehabilitación Monasterio de San Pedro de Arlanza Hortigüela (Burgos) Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Definir su futuro y acometer intervenciones de urgencia ENMIENDA NÚM. 2818 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: Artículo: 76 Proyecto : Rehabilitación Museo de Burgos Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Acometre la inciativa prevista fa 15 anys ENMIENDA NÚM. 2819 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337C Capitulo: 4 Artículo: 46 Proyecto : Rehabilitación trincheras Linea X,Y,Z Importe: 40 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337C Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto: Importe: 40 (Miles de €) Justificación: Estado ruinoso de las mismas ENMIENDA NÚM. 2820 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 333A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto : Rehabilitación y acondicionamento del Museu de la Ciutat de Vila-real Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: Considerando que la ciudad de Vila-real cuenta con más de 50.000 habitantes, y mas de 800 años de historia consideramos de vital importancia la ENMIENDA NÚM. 2821 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Rehabiltación del Convento-santuario en Agres Importe: 600 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 600 (Miles de €) Justificación: El Convento es un patrimonio en grave peligro y muy deteriorado. Referente turístico de primer nivel y también religioso para todo el País Valenciano. Se le puede ENMIENDA NÚM. 2822 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Restauración calvario de Cabanes Importe: 260 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 260 (Miles de €) Justificación: El Calvario de Cabanes (Castelló) es una construcción de gran valor, para la qual, en su dia se destinó el 1% de la partida presupuestaria del 1% de Fomento a fines culturales (por un error en el nombre del pueblo) y no se acabó de hacer ENMIENDA NÚM. 2823 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Importe: 2500 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 332B Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Estudio y trabajos previos Importe: Justificación: Restauración del castillo de Elda ya que se encuentra en la actualidad en una situación de precariedad y abandono que amenazan su conservación y pervivencia. ENMIENDA NÚM. 2824 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Restauración de la nave principal y sacristia de la Iglesia de Sant Vicent Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Restaurar la Iglesia Parroquial de Sant Vicent Màrtir declarada BIC ENMIENDA NÚM. 2825 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Restauración del Monasterio de Alveinte (Monasterio de la Sierra) Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Acometer intervenciones de urgencia ENMIENDA NÚM. 2826 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Restauración del Monasterio de Rioseco (Burgos) Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Definir su futuro y acometer intervenciones de urgencia ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Restauración y mejora del yacimiento íbero de Racó de Rata en Vilafamés Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: El racó de Rata acoge, en un entorno excepcional, los restos amurallados ENMIENDA NÚM. 2828 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Restauración y mejora del yacimiento íbero del Puig de la Misericordia (Vinaròs) Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 1 Programa: 321M Capitulo: 1 Artículo: 15 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: El Puig de la Misericordia de Vinaròs alberga, en un entorno excepcional, los restos amurallados de ENMIENDA NÚM. 2829 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Restauración y mejora del yacimiento Íbero del Puig de la Nau (Benicarló) Importe: 300 BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: El Puig de la Nau de ENMIENDA NÚM. 2830 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 105 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 6 Proyecto : Restauración y puesta en valor de la Torre Talaia de Agres Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: Un bien patrimonial árabe en estado muy deteriorado y con ENMIENDA NÚM. 2831 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 332A Capitulo: Artículo: 48 Proyecto : Retorno Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 106 Programa: 336A Capitulo: Artículo: 483 Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: Por considerarlo necesario ENMIENDA NÚM. 2832 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 4 Programa: 321M Capitulo: 2 Artículo: 21 Proyecto : Sustitución superficie sintética Pista Atletismo de la Vall d’Uixò Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 1 Programa: 321M Capitulo: 1 Artículo: 15 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: En año ENMIENDA NÚM. 2833 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 4 Artículo: 46 Proyecto : Transferencia de crédito al Ayuntamiento de Benicarló para la compra y rehabilitación del Importe: 4000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 5 Programa: 332B Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Importe: 4000 (Miles de Justificación: La casa del Marqués de Benicarló es uno de los elementos arquitectónicos más emblemáticos de Benicarló. Además se trata de una BIC de titularidad privada. ENMIENDA NÚM. 2834 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 9 Programa: 144A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : VII Centenario Universidad de Salamanca Importe: 700 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 333A Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 700 (Miles de €) Justificación: Dotar de la relevancia que merece el octavo ENMIENDA NÚM. 2835 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337C Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 13 Programa: 334A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto: Importe: 3000 (Miles de Justificación: El Mólinar es uno de los inicios de la revolución industrial en la península, el conjunto fabril catalogado, está en proceso de desaparición, a pesar de los esfuerzos de la administración por ir adquiriendo ENMIENDA NÚM. 2836 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Programa Escuelas Taller, Casas de Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 19 Servicio: 3 Programa: 000X Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 10000 (Miles de Justificación: Acabar con los altos índices de desempleo en mujeres ENMIENDA NÚM. 2837 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : AYUDAS A LA IMPLANTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN EL MEDIO RURAL DEL ANTIGUO REINO DE LEÓN Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 251M Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto: Importe: 5000 (Miles de €) Justificación: Fomentar la implantación empresarios autónomos en el mundo rural, dado que ENMIENDA NÚM. 2838 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: Artículo: Proyecto : Gestión por CCAA de acciones y medidas de Importe: 33000 (Miles de €) BAJA SECCION: 19 Servicio: 1 Programa: 291M Capitulo: Artículo: 21 Proyecto: Importe: 33000 (Miles de Justificación: Para compensar la infrafinanciación a la autonomia valenciana por la diferencia con la media estatal de fondos para formación de parados ENMIENDA NÚM. 2839 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Nuevo. Creación de una Entidad Estatal contra la Despoblación en el Medio Rural Importe: 2000 (Miles de BAJA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 251M Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Todos los grupos políticos ENMIENDA NÚM. 2840 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Plan de impulso del empleo en los espacios naturales protegidos de la Región Leonesa Importe: 15000 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 101 Programa: 251M Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto: Importe: 15000 (Miles de €) Justificación: Potenciación del empleo rural en el sector del turismo de naturaleza, ENMIENDA NÚM. 2841 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: 4 Artículo: 45 Proyecto : Plan de ocupación especial en Ceuta Importe: 50000 (Miles de €) BAJA SECCION: 19 Servicio: Programa: 000X Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 50000 (Miles de €) Justificación: Favorecer el acceso al empleo a los miembros de familias bajo el umbral de la pobreza ENMIENDA NÚM. 2842 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: 4 Artículo: 45 Proyecto : Plan de ocupación especial en Melilla Importe: 12000 (Miles de €) BAJA SECCION: 19 Servicio: 3 Programa: 000X Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 12000 (Miles de €) Justificación: Favorecer el acceso al empleo a los miembros de familias bajo el umbral de la pobreza ENMIENDA NÚM. 2843 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: Artículo: 48 Proyecto : Plan para la implantación del teletrabajo en zonas rurales de la Región Leonesa Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 251M Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto: Importe: 5000 (Miles de €) Justificación: Potenciar la implantación de empresas o autónomos teletrabajadores en el mundo rural, esta nueva actividad no necesita ENMIENDA NÚM. 2844 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : Programa Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Ocupación en Ceuta Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 19 Servicio: 3 Programa: 000X Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Acabar con los altos índices de desempleo en mujeres ENMIENDA NÚM. 2845 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 241A Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto : SUBVENCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN DEL TELETRABAJO EN ZONAS RURALES DEL PAÍS Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 19 Servicio: 101 Programa: 251M Capitulo: 4 Artículo: 48 Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Potenciar la implantación de empresas o autónomos teletrabajadores en elmundo rural, esta nueva actividad no necesita grandes instalación es industriales sino solamente una buena infraestructura de comunicaciones. ENMIENDA NÚM. 2846 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: 76 Proyecto : Apuesta por el turismo deportivo de interior Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Con el objetivo de dar a conocer los recursos turísticos de Tírig y por el efecto turístico y dinamizador del deporte se plantea esta colaboración con las instituciones (Diputación, Ayuntamiento y Generalitat) que trabajan ENMIENDA NÚM. 2847 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: EL CASCO ANTIGUO DE LA LOCALIDAD, ESTÁ VIVIENDO UNA SITUCION DE DEGRADACION Y DEJADEZ MUY PREOCUPANTE. EL CASCO ANTIGUO DE LA LOCALIDAD FUE DECLARADO PATRIMONIO HISTRORICO ENMIENDA NÚM. 2848 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ENMIENDA De ALTA SECCION: 20 Servicio: 49 Programa: 491M Capitulo: 6 Artículo: Proyecto : Campaña informativa sobre la Radio Digital (DAB/DAB+) en España Importe: 20000 (Miles de BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: 8 Artículo: 83 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Campaña fomento tecnológico ENMIENDA NÚM. 2849 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 18 Programa: 425A Capitulo: 7 Artículo: 71 Proyecto : CIUDAD DE LA ENERGÍA DE PONFERRADA Importe: 6000 (Miles BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: Proyecto: 83302 Importe: 6000 (Miles de €) Justificación: Este proyecto, de competencia ENMIENDA NÚM. 2850 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : CONSTRUCCION centro desarrollo Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: LA APUESTA POR LA CALIDAD Y LA EXCELENCIA TURISTICA, DEBEN SER UNA APUESTA NECESARIA PARA CONSEGUIR LA DIFERENCIACION; POR ESO LA FORMACION DE NUESTRO SECTOR TURISTICO ES LA CLAVE DEL EXITO ENMIENDA NÚM. 2851 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Creación de la “Feria de embutidos y carnes del Reino de Importe: 60 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 60 (Miles de €) Justificación: El Reino de León siempre se ha caracterizado por una alta calidad en sus carnes y embutidos, lo que ha derivado en que se hayan conseguido diversas marcas de garantía que reconocen su calidad, como las de Ternera de Aliste, ENMIENDA NÚM. 2852 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: Artículo: 61 Proyecto : Creación de una sede del Museo Nacional de Escultura en Ciudad Rodrigo Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: Artículo: 61 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Para aumentar la oferta cultural y el atractivo turístico de la zona fronteriza entre Salamanca y Portugal, se considera ENMIENDA NÚM. 2853 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : Impulso al Parque Temático de la Minería de Fabero Importe: 1500 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 1500 (Miles de €) Justificación: A pesar de los esfuerzos realizados por el ayuntamiento de Fabero y la asociación de mineros jubilados para el desarrollo del proyecto del ENMIENDA NÚM. 2854 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : Inversiones Parador Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Para recuperar tiempo en la construcción obras Parador Nacional en castillo de Morella ENMIENDA NÚM. 2855 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 18 Programa: 421M Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Línea eléctrica Polinyà-Sueca Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 000X Capitulo: 7 Artículo: 71 Proyecto: Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: El Pla General de Sueca contemplaba el desarrollo urbano del municipio. Hoy es imposible desarrollar ningún programa de actuación porque no ENMIENDA NÚM. 2856 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : Mejoras en el Parador de Ciudad Rodrigo Importe: 400 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 400 (Miles de €) Justificación: El Parador de Ciudad Rodrigo, situado en el castillo de Enrique de Trastámara de la localidad, precisa de ciertas mejoras y obras de ENMIENDA NÚM. 2857 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: Programa: 491M Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Nuevo canal múltiplex por la Comunidad Valenciana Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: Garantizar el derecho a la información y que los valencianos puedan sintonizar las televisiones de su entorno y marco ENMIENDA NÚM. 2858 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Nuevo. A rehabilitación de Importe: 4000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 4000 (Miles de Justificación: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2859 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Nuevo. A rehabilitación de zonas turísticas maduras en Castelló Importe: 4000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 4000 (Miles de €) Justificación: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2860 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Nuevo. A rehabilitación de zonas turísticas maduras en València Importe: 4000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 4000 (Miles de €) Justificación: Para dotar el proyecto de referencia ENMIENDA NÚM. 2861 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 491M Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Nuevo. EXTENSIÓN DE BANDA ANCHA EN LA REGIÓN LEONESA Importe: 1500 BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: Proyecto: 83302 Importe: 1500 (Miles de €) Justificación: Mejorar el acceso a ENMIENDA NÚM. 2862 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ENMIENDA De ALTA SECCION: 20 Servicio: 18 Programa: 421M Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Nuevo. Lineas eléctricas polígono industrial Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 000X Capitulo: 7 Artículo: 71 Proyecto: Importe: 5000 (Miles de €) Justificación: El polígono industrial que dotaría de terrenos ENMIENDA NÚM. 2863 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Nuevo. MEJORA DE LA CALIDAD DE LAS CONEXIONES MÓVILES EN ZONAS RURALES DE MALA O NULA COBERTURA DE LAS PROVINCIAS DE SALAMANCA, Importe: 1500 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: Proyecto: 83302 Importe: 1500 (Miles de €) Justificación: Mejora de la calidad de vida de los residentes en el mundo rural aumentando la cobertura de su comunicación móvil, algo necesario no solo para ellos sino también para favorecer la implantación de nuevas actividades ENMIENDA NÚM. 2864 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : Parador de San Marcos. Proyecto y ejecución 2ª fase Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 5000 (Miles de €) Justificación: Ha de acometerse la segunda fase de la rehabilitación del Parador de San Marcos, de modo que tenga continuidad la primera ya ejecutada, y de forma que pueda estar plenamente ENMIENDA NÚM. 2865 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan de promoción de las legumbres de la Región Leonesa Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Actualmente existen cinco Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) de legumbres de la Región Leonesa, siendo el caso de las de Garbanzo de Fuentesaúco, ENMIENDA NÚM. 2866 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : PLAN DE PROMOCIÓN DE LAS LEGUMBRES DEL REINO DE LEÓN Importe: 60 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 60 (Miles de €) Justificación: Actualmente existen cinco Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) de legumbres de la Región Leonesa, siendo el caso de las de Garbanzo de ENMIENDA NÚM. 2867 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan de promoción de los quesos de la Región Leonesa Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Actualmente existen cuatro figuras de calidad que agrupan a quesos de la Región ENMIENDA NÚM. 2868 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : PLAN DE PROMOCIÓN DE LOS QUESOS DEL REINO DE LEÓN Importe: 60 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 60 (Miles de €) Justificación: Actualmente existen cuatro figuras de calidad ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan de promoción de los Vinos de León Importe: BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Actualmente la ENMIENDA NÚM. 2870 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan de promoción de los Vinos Salmantinos Importe: 90 (Miles de BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Actualmente la provincia de Salamanca posee dos denominaciones de origen protegidas de vino reconocidas, Arribes y Sierra de Salamanca, ENMIENDA NÚM. 2871 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan de promoción de los Vinos Zamoranos Importe: 60 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 60 (Miles de €) Justificación: Actualmente la provincia de Zamora posee cuatro denominaciones de origen protegidas de vino reconocidas, las DO Toro, ENMIENDA NÚM. 2872 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ENMIENDA De ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan de promoción turística de Ciudad Rodrigo Importe: 90 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Ciudad Rodrigo está reconocido como uno de los ENMIENDA NÚM. 2873 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Importe: 60 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 60 (Miles Justificación: Recientemente Ciudad Rodrigo fue reconocido como uno de los “Pueblos más bonitos de España”, debido a la gran belleza que posee, y que hace que albergue numerosos Bienes de Interés Cultural, ENMIENDA NÚM. 2874 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : PLAN DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE LA SIERRA DE BÉJAR Importe: 90 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Actualmente la Sierra de Béjar consta de una localidad (Candelario) reconocida ENMIENDA NÚM. 2875 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : PLAN DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE LA SIERRA DE FRANCIA Importe: BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Actualmente la Sierra ENMIENDA NÚM. 2876 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : PLAN DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE LEDESMA Importe: 90 (Miles BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Recientemente Ledesma fue ENMIENDA NÚM. 2877 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : PLAN DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE SANABRIA Importe: 60 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 60 Justificación: Recientemente Puebla de Sanabria fue reconocido como uno de los “Pueblos más bonitos de España”, debido a la gran belleza que posee, y que hace que albergue numerosos Bienes de Interés ENMIENDA NÚM. 2878 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan de promoción turística de Sanabria Importe: 90 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Puebla de Sanabria está reconocido como uno de los “Pueblos más bonitos de ENMIENDA NÚM. 2879 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Plan de promoción turística de Toro Importe: 90 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: La ciudad de Toro está reconocida como “Conjunto Histórico-Artístico”, debido a la gran belleza que posee, y que hace que albergue numerosos Bienes de Interés Cultural. ENMIENDA NÚM. 2880 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : Plan de promoción turística del parque natural de Arribes del Duero Importe: 90 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: El Parque Natural de Arribes del Duero es, quizá, una de las más desconocidas bellezas que posee la España interior y, concretamente, la Región Leonesa, ENMIENDA NÚM. 2881 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 18 Programa: 425A Capitulo: 7 Artículo: 71 Proyecto : Plan de reindustrialización de Laciana Importe: 6000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: Proyecto: 83302 Importe: Justificación: El desmantelamiento de la industria de la minería de carbón que operaba en el municipio de Villablino, ha sumido al valle de Laciana en una depresión económica galopante, al no haberse dotado de ENMIENDA NÚM. 2882 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 18 Programa: 425A Capitulo: Artículo: 71 Proyecto : Plan de reindustrialización PTF (Páramo-Toreno-Fabero) Importe: 15000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: Proyecto: 83302 Importe: 15000 (Miles de €) Justificación: El desmantelamiento de la central térmica de Anllares, ubicada en el municipio de Páramo del Sil, unido al cierre y desmantelamiento de la ENMIENDA NÚM. 2883 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: En 2013 la UNESCO reconoció al Reino de León como la “Cuna delParlamentarismo” a nivel mundial, debido a que los Decreta de las Cortes del ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 7 Artículo: 76 Proyecto : Promoción de los distintos ramales del Camino de Santiago en la Importe: 90 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 467I Capitulo: 7 Artículo: 77 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Dado que el año 2021 es Año Jacobeo, se antoja necesario que el Estado lleve a cabo un plan de promoción de los distintos ramales del Camino de Santiago que discurren por la provincia de Zamora, de modo que gocen de una ENMIENDA NÚM. 2885 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 8 Artículo: 87 Proyecto : Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: 8 Artículo: 83 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Incrementar el empleo en turismo rural en la comarca de La Cabrera como un elemento de desarrollo de esta comarca leonesa de escasa y difícil industrialización, agravada por la ENMIENDA NÚM. 2886 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 8 Programa: 410 Capitulo: 6 Artículo: Proyecto : Sismógrafos submarinos para monotorizar el almacenamiento Castor Importe: 1500 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 1500 (Miles de €) Justificación: Es necesaria la colocación en las inmediaciones del almacenamiento submarino Castor de tres sismógrafos submarinos para monitorizar la falla Amposta que parece Es necesaria la colocación en las inmediaciones del almacenamiento submarino Castor de tres sismógrafos submarinos para monitorizar la falla Amposta que parece haberse desestabilizado con la inyección ENMIENDA NÚM. 2887 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 12 Programa: 491M Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Técnico estenotipista para Importe: 30 (Miles de €) BAJA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 30 Justificación: Garantizar los derechos de las personas sordas ENMIENDA NÚM. 2888 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 20 Servicio: 4 Programa: 432A Capitulo: Artículo: 76 Proyecto : Vías verdes Valle del Palancia Importe: 2000 (Miles de BAJA SECCION: 20 Servicio: 104 Programa: 432A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Fondos para el mantenimiento de la ENMIENDA NÚM. 2889 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 Servicio: 107 Programa: 452A Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : “Adecuación y/o canalización de barranco de Santa Àgueda en Benicàssim “ Importe: 100 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 Servicio: 5 Programa: 452A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: Benicàssim es un municipio turístico que, por su ubicación situado justo debajo ENMIENDA NÚM. 2890 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 Servicio: 6 Programa: 456D Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : 2005 23 06 1201 Control de la regresión de la costa de la Plana Baixa Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 Servicio: 1 Programa: 000X Capitulo: 4 Artículo: 41 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Durante más de una década la costa de la Plana Se solicita la ejecución de soluciones sostenibles, definitivas y adecuadas contempladas en los diferentes estudios ENMIENDA NÚM. 2891 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 Servicio: 6 Programa: 456D Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : A Generalitat Valenciana para el mantenimiento playas Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 Servicio: 1 Programa: 451O Capitulo: 2 Artículo: Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Para colaborar con el proyecto de referencia en un sector estratégico ENMIENDA NÚM. 2892 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. ENMIENDA De ALTA SECCION: 27 Servicio: 16 Programa: 422B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Ampliación del plan autonómico para la reindustrialización de Béjar y participación del Estado en el mismo Importe: 4000 (Miles de €) BAJA SECCION: 27 Servicio: 3 Programa: 000X Capitulo: 4 Artículo: 41 Proyecto: Importe: 4000 (Miles de €) Justificación: El desmantelamiento del tejido industrial de Béjar ha sumido a esta ciudad y su comarca en una El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, Palacio del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Carles Mulet García. ENMIENDA NÚM. 2893 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Programa: 923M Dirección y Servicios Generales de Hacienda Capitulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades Proyecto: 740 Al Consorcio Valencia 2007 para el pago de la deuda que mantiene con la entidad financiera TCA ECDF Investments, S.à.r.l.. Importe: 30.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 8 Programa: 932 Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos Artículo: 64 Importe: 30.000,00 (Miles de €) Motivación: El Consorcio Valencia 2007 fue creado en 2003 Esta deuda es totalmente Teniendo en cuenta el ENMIENDA NÚM. 2894 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 17.40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario Capitulo: 6 Inversiones Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Proyecto: Conexión ferroviaria del aeropuerto de l’Altet con las ciudades de Elche-Alicante Importe: 30.000,00 (Miles de BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: 611 Otras Importe: 30.000,00 (Miles de €) Motivación: La conexión ferroviaria del aeropuerto de Actualmente es el único aeropuerto del Mediterráneo de su categoría que no está conectado por tren, lo que supone una anomalía a nivel europeo. Esta conexión debe servir también para liberar la ENMIENDA NÚM. 2895 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 17.40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario Capitulo: 6 Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Proyecto: 2018 17 20 0040 Estudios para conexión ferroviaria entre el aeropuerto de El Altet y Alicante. Provincia de Alicante Importe: 387,80 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: 611 Otras Importe: 387,80 (Miles de €) Motivación: La conexión Actualmente es el único aeropuerto del Mediterráneo de su categoría que no está conectado por tren, lo que supone una anomalía a nivel europeo. Esta conexión debe servir En el proyecto de presupuestos presentado por el Gobierno viene proyectado para los 109,780 euros para La presente enmienda pretende proyectar la totalidad del importe final del Estudio para el año 2021, con el compromiso de que durante el 2022 de comienzo el inicio de la ejecución de las ENMIENDA NÚM. 2896 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453B Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Proyecto: 2014 17 38 3598 DUPLICACION VARIANTE DE TORREVIEJA Importe: 1.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 619 Expropiaciones, modificados adicionales y otras incidencias de ejercicios anteriores Importe: 1.000,00 (Miles de €) Motivación: El tramo de la N-332 a su Por ello, la situación de colapso que se vive en la N322 a su paso por Torrevieja debiera resolverse con la decidida actuación del ministerio de Transportes. ENMIENDA NÚM. 2897 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 17.40 DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA RED FERROVIARIA Programa: 453A Infraestructura del Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Proyecto: (nueva) Tren de la costa. Tramo Cullera - Importe: 89.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS Programa: 453C Conservación y explotación de Capítulo: 6 Inversiones Reales Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general Concepto: 611 Otras Importe: 89.000,00 (Miles de €) Motivación: Para garantizar la ejecución de la Tren de la Costa, es necesario que se lleve a cabo previamente el desdoblamiento del tramo Cullera- Gandia. Esta fase considerada como la Fase 0 del Tren de la Costa, necesita de 89 millones ENMIENDA NÚM. 2898 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 MINISTERIO DE FOMENTO Servicio: 09 Dirección General de Vivienda y Suelo Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras Capitulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Artículo: 76 A Entidades Concepto: 768 Convenios con Entidades Locales Proyecto: 76809 Convenio con el Ayuntamiento de Valencia para la rehabilitación Torre Miramar Importe: 1.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 08 ACTIVOS FINANCIEROS Programa: 451N Dirección y servicios generales de transportes, movilidad y agenda urbana Capítulo: 85 Adquisición de acciones y participaciones del Sector Artículo: 852 Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITTSA) Concepto: Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios Importe: 1.000,00 (Miles de €) Motivación: La infraestructura cuenta con deficiencias estructurales sin resolver desde años que deben ser solventadas lo antes posible y dar paso a un uso alternativo. ENMIENDA NÚM. 2899 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ENMIENDA De ALTA SECCIÓN: 20 Servicio: 12 Programa 491 M Capítulo 6 Artículo 60 Proyecto: 601 BAJA SECCIÓN: 20 Servicio: 4 Programa: 432 A Capítulo Artículo Proyecto: 83302 ENMIENDA NÚM. 2900 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: Programa: 456A Calidad del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Proyecto: Importe: 60.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 Servicio: 01 Programa: 0000 Capítulo: 4 Artículo: 41 Importe: 60.000,00 (Miles de €) Motivación: Asunción por parte del estado del coste total derivado de la construcción y puesta en ENMIENDA NÚM. 2901 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 37 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES TERRITORIALES Servicio: 37.01 Programa: 941O Otras transferencias a Comunidades Autónomas Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 45 A Comunidades Autónomas. Concepto: 459 Otras Importe: 2.244.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 37 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES TERRITORIALES Servicio: 37.01 SECRETARIA GENERAL DE FINANCIACIÓN AUTONÓMICA Y Programa: 941O Otras transferencias a Comunidades Autónomas Capitulo: 4 Transferencias corrientes Artículo: 45 A Comunidades Autónomas. Concepto: 459 Otras transferencias Comunidades Autónomas Importe: Motivación: Se crea un tramo en la dotación adicional de recursos para las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, por importe de 2.244millones de euros para igualar su capacidad El problema que representan las asimetrías en el trato que reciben las distintas comunidades autónomas de las Administraciones Públicas es de una enorme gravedad y transcendencia, pero en las circunstancias El Gobierno español comparte la necesidad de asegurar la equidad de trato entre españoles en el acceso a los servicios públicos y en las condiciones de vida a la que Si el Gobierno no contempla iniciativas inmediatas en esa dirección, la reconstrucción se producirá a varias velocidades y de forma insolidaria, y algunos territorios y sus habitantes quedarán atrás en ENMIENDA NÚM. 2902 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 456A Calidad del agua Capitulo: 6 Inversiones reales Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general Concepto: 601 Otras Proyecto: Asumir el coste de la desaladora vinculada a Xilxes y Moncofa Importe: 60.000,00 (Miles de €) BAJA SECCION: 23 Servicio: 01 Programa: 000 Capítulo: 4 Artículo: 41 Importe: 60.000,00 (Miles de €) Motivación: Asunción por parte del estado del coste total derivado de la construcción y puesta en marcha de las desaladoras de Moncofa- Xilxes. ENMIENDA NÚM. 2903 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a Valencia Plataforma Intermodal y Logística, S.A., S.M.E., M.P. ENMIENDA De modificación. ALTA ENTIDAD: VALENCIA PLATAFORMA INTERMODAL Y LOGíSTICA, S.A., S.M.E.,M.P Capítulo: DETALLE DE PROYECTOS UNIPROVINCIALES Proyecto: 0004 Adquisición Parcelas Urbanizadas Parc Sagunt Importe: 28.785 (Miles de €) BAJA ENTIDAD: VALENCIA PLATAFORMA INTERMODAL Y LOGíSTICA, S.A., S.M.E.,M.P Capítulo: DETALLE DE PROYECTOS UNIPROVINCIALES Proyecto: 0001 Adquisición Parcelas Urbanizadas Importe: 28.785 (Miles de €) Motivación: Las repercusiones y el impacto ambiental en las playas del sur de València a causa de la ampliación del Puerto de Valencia generarían un gran impacto sobre la La ampliación del puerto de Sería conveniente destinar lo El Senador Carles Mulet García (GPIC), al Palacio del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Carles Mulet García. ENMIENDA NÚM. 2904 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 12 Servicio: 3 Programa: 143A Capitulo: Artículo: 48 Proyecto : Confederación de Fondos de Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCION: 12 Servicio: 3 Programa: 143A Capitulo: Artículo: 874 Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: Tras 25 años de existencia de la Confederación de Fondos de Cooperación y Solidaridad, que agrupa los esfuerzos coordinados de más de 1200 entes locales españoles en materia de cooperación municipalista al desarrollo, se estima oportuno ENMIENDA NÚM. 2905 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 13 Servicio: 2 Programa: 112A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Ampliación Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 13 Servicio: 1 Programa: 111N Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 500 (Miles de Justificación: Mejora infraestructura ENMIENDA NÚM. 2906 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 13 Servicio: 2 Programa: 112A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 13 Servicio: 1 Programa: 111N Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Integrar el actual juzgado nº5 del edificio al emplazamiento en el que están el resto de juzgados y previsión ante posibles ampliaciones. ENMIENDA NÚM. 2907 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 13 Servicio: 2 Programa: 112A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Rehabilitación y reforma juzgados de Vitigudino Importe: BAJA SECCION: 13 Servicio: 1 Programa: 111N Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 90 (Miles de €) Justificación: Mejorar el ENMIENDA NÚM. 2908 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 14 Servicio: 12 Programa: 122A Capitulo: Artículo: 65 Proyecto : Adecuación del espacio de Montelarreina para su uso Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 14 Servicio: 12 Programa: 122A Capitulo: Artículo: 65 Proyecto: Importe: 5000 (Miles Justificación: Para la recuperación del paraje de Montelarreina, en Toro, como campamento militar, es precisa su adecuación con la consiguiente modernización de las instalaciones que sean precisas, quedándose muy escasa ENMIENDA NÚM. 2909 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 14 Servicio: 1 Programa: 121O Capitulo: Artículo: Proyecto : Aumentar el gasto de personal funcionario (p. 24) Importe: 13900 (Miles de €) BAJA SECCION: 14 Servicio: Programa: 122A Capitulo: 6 Artículo: 65 Proyecto: Importe: 13900 (Miles de €) Justificación: El dictamen de la Comisión de Defensa del Congreso de fecha 6 de marzo de 2018 (BOCG nº 318, ENMIENDA NÚM. 2910 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 14 Servicio: 12 Programa: 121 Capitulo: Artículo: Proyecto : Aumento del gasto en personal funcionario (p. 34) Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 14 Servicio: 1 Programa: 448 Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Mejora técnica ENMIENDA NÚM. 2911 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 14 Servicio: 1 Programa: 312A Capitulo: Artículo: Proyecto : Devolución titularidad de la residencia de suboficiales de la calle Alcalde Tàrrega a la ciudad de Castelló Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 14 Servicio: 12 Programa: Capitulo: Artículo: 65 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Devolución titularidad de la residencia de suboficiales de la calle Alcalde Tàrrega a la ciudad de Castelló, ENMIENDA NÚM. 2912 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 14 Servicio: 3 Programa: 122M Capitulo: 1 Artículo: 12 Proyecto : Gastos originados por participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de desminado en el Sahara Occidental y en Kosovo Importe: 6940 (Miles de €) BAJA SECCION: 14 Servicio: 1 Programa: Capitulo: 2 Artículo: 22 Proyecto: Importe: 6940 (Miles de €) Justificación: Gastos originados por participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de desminado en el Sahara Occidental y ENMIENDA NÚM. 2913 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 14 Servicio: 3 Programa: 121M Capitulo: Artículo: 75 Proyecto : Partida simbólica para compensar las destrozas en la Importe: 40 (Miles de €) BAJA SECCION: 14 Servicio: 3 Programa: 121M Capitulo: Artículo: 22 Proyecto: Importe: 40 (Miles de €) Justificación: Por considerarlo necesario ENMIENDA NÚM. 2914 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda. ENMIENDA De ALTA SECCION: 15 Servicio: 26 Programa: 912N Capitulo: 8 Artículo: 87 Proyecto : Aportació patrimonial Consorci València Importe: 40000 (Miles de €) BAJA SECCION: 15 Servicio: 5 Programa: 000X Capitulo: 4 Artículo: 43 Proyecto: Importe: 40000 (Miles de €) Justificación: pagament deute conseqüència Copa Amèrica ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 15 Servicio: 1 Programa: 337B Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto : Equiparar la aportación del Estado al Consorcio de la Ciudad de Cuenca a la Importe: 4795 (Miles de €) BAJA SECCION: 15 Servicio: 1 Programa: 337B Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 4795 (Miles de €) Justificación: Tener ambos los mismos fines y necesidades objetivas ENMIENDA NÚM. 2916 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 15 Servicio: 1 Programa: 337B Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto : Equiparar la aportación del Estado al Consorcio de la Ciudad de Toledo a la misma cantidad que aporta al Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela Importe: BAJA SECCION: 15 Servicio: 1 Programa: 337B Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 4795 (Miles de €) Justificación: Tener ambos los ENMIENDA NÚM. 2917 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 15 Servicio: Programa: Capitulo: Artículo: Proyecto : Pago deuda Villores Importe: BAJA SECCION: Servicio: Programa: Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: El municipio de Villores ENMIENDA NÚM. 2918 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 15 Servicio: 1 Programa: Capitulo: Artículo: 740 Proyecto : València. Al Consorcio Valencia 2007 para el pago de la deuda que Importe: 30000 (Miles de €) BAJA SECCION: 15 Servicio: 8 Programa: 932 Capitulo: Artículo: 64 Proyecto: Importe: 30000 (Miles de €) Justificación: El Estado debe hacerse cargo de la totalidad de la deuda del Consorcio con TCA con una partida plurianual en 2021 y 2022 con 30 millones de euros cada año ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Adscripción agentes Policía Autonómica Valenciana Importe: 12000 BAJA SECCION: 16 Servicio: 1 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 12000 (Miles de €) Justificación: Son necesarios un ENMIENDA NÚM. 2920 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Adscripción agentes Policía Autonómica Valenciana Importe: 12000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 1 Programa: Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 12000 (Miles de €) Justificación: Son necesarios un mínimo de 300 nuevos agentes para mejorar la ratio de policías cada mil habitantes en la ENMIENDA NÚM. 2921 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 102 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Importe: (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 21 Proyecto: Importe: Justificación: Se treta de uno de los monumentos góticos más importantes de la Ciudad de València, que tiene un horario muy restringido de visitas y que merece ser puesto a disposición de los vecinos de la ENMIENDA NÚM. 2922 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 102 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Cesión de la antigua Comandancia Marina Importe: (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 21 Proyecto: Importe: (Miles de €) Justificación: Se reclama al Gobierno central la cesión del antiguo edificio de la Comandancia de Marina del Grau, de la Autoridad Portuaria, ENMIENDA NÚM. 2923 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 102 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Cesión del Arxiu del Regne de València Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 21 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Digitalización y posterior retorno de los fondos documentales del Archivo del Reino de València (ARV), que siguen siendo titularidad del Estado tres siglos después ENMIENDA NÚM. 2924 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Construcció nou cuartel Guàrdia Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Les actuals dotacions es troben en un greu grau de decgradació arquitectònica ENMIENDA NÚM. 2925 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Construcció nou cuartel Guàrdia Civil de Vilafranca Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: A dia de hui les dependències es troben a instalacions municipals ENMIENDA NÚM. 2926 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: Programa: Capitulo: Artículo: Proyecto : Construcción de nuevo cuartel de Guardia Civil en Ciudad Rodrigo Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: Programa: Capitulo: Artículo: Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: En la pasada legislatura el ayuntamiento de Ciudad Rodrigo cedió a la Dirección de la Guardia Civil ENMIENDA NÚM. 2927 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Importe: 900 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 900 (Miles de €) Justificación: Mejorar el servicio y las actuales prestaciones de la comandancia de la Guardia Civil en la localidad de Catarroja (Valencia), que actualmente está instalada en ENMIENDA NÚM. 2928 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Construcción nuevo cuartel Guardia Civil de Cabanes Importe: 200 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 200 (Miles de €) Justificación: Les actuals dotacions es troben en un greu grau de decgradació arquitectònica ENMIENDA NÚM. 2929 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 6 Proyecto : Construcción nuevo cuartel Guardia Civil de Onda Importe: 500 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 500 (Miles de €) Justificación: Les actuals dotacions es troben en un greu grau de decgradació arquitectònica ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 131N Capitulo: 1 Artículo: 12 Proyecto : Creación de un equipo ROCA, unidad contra los robos en el ámbito rural de Importe: 80 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 80 (Miles de €) Justificación: La zona agrícola de la localidad está siendo foco de infinidad de robos. ENMIENDA NÚM. 2931 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 102 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 63 Proyecto : Creación Fondo cumplimiento Ley Memoria Histórica símbolos franquistas Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 21 Proyecto: Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: En cumplimiento de la legislación vigente ENMIENDA NÚM. 2932 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 3 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Creación nueva comisaría policía Benidorm Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 3 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: Justificación: Les actuals dotacions daten de 1974, quedant obsoletes. La nova seu unificaria serveus i disminuiria les despeses ENMIENDA NÚM. 2933 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: Servicio: 3 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Creación nueva comisaría policía de Torrevieja Importe: 12000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 12000 (Miles de €) Justificación: A día de hui la ciutat no conta amb una comisaria de Policia Nacional encara tenir 100.000 ENMIENDA NÚM. 2934 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 3 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Creación nueva comisaría policía de Vila-real Importe: 1200 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 3 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 1200 (Miles de €) Justificación: La antigua comisaría está en muy malas condiciones y en mala ubicación. ENMIENDA NÚM. 2935 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Cuartel Comandancia de la Guardia Civil en Toledo Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 62 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Cumplir con los compromisos del Gobierno de desarrollar un nuevo edificio para albergar la nueva Comandancia y Cuartel de la Guardia ENMIENDA NÚM. 2936 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 1 Programa: 131P Capitulo: Artículo: 62 Proyecto : Derecho asilo y apátridas Importe: 600 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 600 (Miles de €) Justificación: Cumplir con el programa de acogida y reasentamiento de refugiados que España está pendiente de cumplir y al ENMIENDA NÚM. 2937 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 102 Programa: 132A Capitulo: 63 Artículo: Proyecto : Devolución titularidad de la Importe: 1000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: Artículo: 21 Proyecto: Importe: 1000 (Miles de €) Justificación: Devolución titularidad de la residencia de suboficiales de la calle Alcalde Tàrrega a la ciudad de Castelló, acompañada de una consignación presupuestaria para ENMIENDA NÚM. 2938 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Obras mejora Puesto Guardia Civil de Importe: 40 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 40 (Miles de €) Justificación: Rehabilitar el estado de las viviendas y del resto de instalaciones. ENMIENDA NÚM. 2939 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 4 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Proyecto de construcción del Cuartel de la Guardia Civil en Almassora Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: La situación de deterioro del actual -y antiguo- cuartel de la Guardia Civil hace necesario la construcción de ENMIENDA NÚM. 2940 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 3 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Reforma y rehabilitación de la Sede Importe: 90 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 3 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto: Importe: 90 (Miles de Justificación: Mejorar el funcionamiento ENMIENDA NÚM. 2941 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 16 Servicio: 3 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 62 Proyecto : Ubicar una oficina de expedición del DNI en Llíria para la comarca Camp del Túria-Serrans Importe: 150 (Miles de €) BAJA SECCION: 16 Servicio: 2 Programa: 132A Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 150 (Miles de €) Justificación: El servicio actual, que se presta una vez al mes, es deficiente y muy tortuoso ya que en primer ENMIENDA NÚM. 2942 De don Carles El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : 2005 17 38 494 Ronda Sur de Elche (8,2KM.) Importe: 19000 (Miles de BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 19000 (Miles de €) Justificación: La necesidad de la ENMIENDA NÚM. 2943 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : 2005 17 40 0668 LÍNEA XÁTIVA - ALCOI Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453c Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Aumento de la partida al Tren Alcoi-Xàtiva por las necesidades y el retraso en las inversiones durante diferentes anualidades. Mejora de tramos, etc. ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : 2014 17 38 3598 Duplicación variante de Torrevieja Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Se incrementa hasta los 10 millones de euros ENMIENDA NÚM. 2945 De don El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-11: Tramo Alcañices – Frontera con Portugal (aumento de Importe: 25000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 25000 (Miles de €) Justificación: La peligrosidad de la N-122, la carretera más mortífera de la provincia de Zamora, aconseja la realización de la A-11 entre Zamora y Portugal, de cara a reducir la accidentalidad. Esta autovía debería acometerse cuanto ENMIENDA NÚM. 2946 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-11: Tramo Fonfría – Alcañices (aumento de partida) Importe: 25000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 25000 (Miles de €) Justificación: La peligrosidad de la N-122, la carretera más mortífera de la provincia de ENMIENDA NÚM. 2947 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-11: Tramo Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de Justificación: La peligrosidad de la N-122, la carretera más mortífera de la provincia de Zamora, aconseja la realización de la A-11 entre Zamora y Portugal, de cara a reducir la accidentalidad. Esta autovía debería ENMIENDA De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-11: Tramo Ronda Norte de Zamora – Ricobayo (aumento de partida) Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: La peligrosidad de la N-122, la carretera más mortífera de la provincia de Zamora, aconseja la realización de la A-11 ENMIENDA NÚM. 2949 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-11. Tram Fonfría- Alcañices Importe: 30615 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: Proyecto: Importe: 30615 (Miles de €) Justificación: Agilizar la finalización del tram de l’A-11 ENMIENDA NÚM. 2950 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-11. Tramo Alcañices- Frontera con Portugal Importe: 31324 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 31324 (Miles de €) Justificación: Agilizar la finalización del tram de l’A-11 ENMIENDA NÚM. De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-21. Tramo Jaca- Santa Cilia Importe: 3000 BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes ENMIENDA NÚM. 2952 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-21. Tramo Puente la Reina- Fago (L.P. Zaragoza) Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Obras actuaciones de conservación y reposición Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y ENMIENDA NÚM. 2953 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-22. Tramo Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 5000 (Miles de €) Justificación: Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes ENMIENDA NÚM. 2954 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-23. Tramo Lanave- Emblase de Jabarrella- Sabiñánigo Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamiento y autovías pendientes ENMIENDA NÚM. 2955 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-23. Tramo Monrepós- Caldearenas Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías ENMIENDA NÚM. 2956 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-68. Tramo Importe: 4000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 4000 (Miles de €) Justificación: Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes ENMIENDA NÚM. 2957 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-68. Tramo Fuentes de Ebro- Valdealgorfa en la provincia de Importe: 5000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: Justificación: Aumentar las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes ENMIENDA NÚM. 2958 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-68. Tramo Fuentes de Ebro- Valdealgorfa en provincia de Teruel Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Aumentar ENMIENDA NÚM. 2959 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : A-68. Tramo Gallur- Mallén Importe: 4000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 4000 (Miles de €) Justificación: Aumentar las inversiones para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes ENMIENDA NÚM. 2960 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: Artículo: 60 Proyecto : Accesos UIC Puertos Castelló, València, Alacant Importe: BAJA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 451N Capitulo: Artículo: 871 Proyecto: Importe: 60000 (Miles de €) Justificación: Para dotar de ENMIENDA NÚM. 2961 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Accesos zonas industriales Quart de Poblet Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: Mejora accesos zonas industriales de Quart de Poblet situados a los lados de la A3 al término de Quart de Poblet ENMIENDA NÚM. 2962 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Acondicionamiento Avenida Cataluña en la localidad de Zaragoza Importe: 8000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 8000 (Miles Justificación: Lograr dotación económica para el futuro convenio a firmar entre el Ministerio de Fomento y Ayuntamiento de Zaragoza ENMIENDA NÚM. 2963 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Acondicionamiento N-330. Tramo: Teruel- Ademuz Importe: 2000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras actuaciones de conservación y reposición Importe: 2000 (Miles de €) Justificación: Aumentar ENMIENDA NÚM. 2964 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 456B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Acondicionamiento túnel salida A-68 desde Zaragoza Importe: 8000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Conservació ordinaria Importe: 8000 (Miles de €) Justificación: Mejorar las condiciones del tráfico rodado ENMIENDA NÚM. 2965 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 Servicio: 9 Programa: 261N Capitulo: Artículo: 71 Proyecto : Actuación conservación del Pabellón de España ubicado en el recinto de la Expo 2008 en Zaragoza Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: Conseguir la reapertura ENMIENDA NÚM. 2966 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 18 Servicio: Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto : Actuación en la Era del Moro de la ciudad de León. Restauración en la muralla romana colindante y del antiguo molino Sidrón. (Aumento de inversión) Importe: 450 (Miles de €) BAJA SECCION: 18 Servicio: 11 Programa: 337B Capitulo: 6 Artículo: 63 Proyecto: Importe: 450 (Miles de €) Justificación: Consideramos claramente insuficiente la cantidad recogida en el proyecto de Presupuestos respecto a la actuación en la Era del Moro de la ciudad de León, en la restauración en la muralla romana colindante y del antiguo molino Sidrón, ya que solo ENMIENDA NÚM. 2967 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Actuaciones de Seguridad Vial Ondara- Pedreguer Importe: 560 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras Importe: 560 (Miles de €) Justificación: Existe proyecto aprobado en marzo de 2016. Proyecto 33-A-4600, en el que aparecía junto a una pasarela en el término ENMIENDA NÚM. 2968 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: Proyecto : Actuaciones urgentes a la línea Xàtiva- Alcoi Importe: 4000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 4000 (Miles de €) Justificación: Ejecución de las obras que el propio ministerio ha reconocido como necesarias para poder garantizar el servicio con el mínimo de calidad a la línea Xàtiva - Alcoi, que ENMIENDA NÚM. 2969 De don Carles Mulet García El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Adecentamiento de los accesos y estación ferroviaria de Ciudad Rodrigo Importe: 100 BAJA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 100 (Miles de €) Justificación: El estado de abandono ENMIENDA NÚM. 2970 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Adecuación a los peatones del puente de la V-31 a su paso por Sedaví Importe: BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras Importe: 250 (Miles de €) Justificación: Adecuar el ENMIENDA NÚM. 2971 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 9 Programa: 261O Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto : Adecuación BIC Puente Importe: 120 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 9 Programa: 261O Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 120 Justificación: Se trata de un puente declarado Bien de Interés Cultural que a diario sufre el impacto de la circulación de miles de vehículos y que nunca ha contado con ninguna intervención para su puesta en valor ENMIENDA NÚM. 2972 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Importe: 300 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 300 (Miles de €) Justificación: Adecuar e iluminar correctamente los enlaces entre la Nueva 340 y las nacionales adyacentes en Vinaròs ENMIENDA NÚM. 2973 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: Artículo: 61 Proyecto : Alcoi (adecuación de la línea de tren con Valencia, Santa Pola (conexión con el aeropuerto y la Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Creación de una estructura de comunicación en tren y tranvía que comunique las zonas costeras y el interior de la provincia de Alicante entre sus ciudades y las ENMIENDA NÚM. 2974 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Ampliación 10.000.000€ para agilizar el tramo entre Bascones de Valdivia y Aguilar del Campo Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 543B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Acabar con las obras iniciadas y paralizadas ENMIENDA NÚM. 2975 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Ampliación 10.000.000€ para agilizar el tramo entre Montorio y Santa Cruz del Tozo Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 543B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Acabar con las obras iniciadas y paralizadas ENMIENDA NÚM. 2976 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Ampliación 10.000.000€ para agilizar el tramo entre Quintanilla- Vivar- Quintaortuño Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 543B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Acabar con las obras iniciadas y paralizadas ENMIENDA NÚM. 2977 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: Proyecto : Ampliación 100.000€ para agilizar el tramo entre Quintanilla Onesimo y Tudela del Duero Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 543B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Acabar con las obras iniciadas y paralizadas ENMIENDA NÚM. 2978 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Ampliación 100.000€ para agilizar el tramo entre Villamayor del Río y Villafranca Montes Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 543B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Cumplir con los objetivos proyectados para 2012 e incumplidos hasta ahora ENMIENDA NÚM. 2979 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Ampliación 100.000€ per agilizar el tramo entre Ibeas de Juarros y Burgos Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 543B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Cumplir con los objetivos proyectados para ENMIENDA NÚM. 2980 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Importe: 20000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Acabar con las obras iniciadas y paralizadas ENMIENDA NÚM. 2981 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Ampliación 100.000€ per agilizar el tramo entre Vilafranca de Montes Oca y Ibeas de Juarros Importe: 20000 (Miles BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 543B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Cumplir con los objetivos ENMIENDA NÚM. 2982 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: Proyecto : Ampliación 25.000€ para agilizar el tramo entre Burgos y Quintanilla de Arriba Importe: 25000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: Artículo: 61 Proyecto: Importe: 25000 (Miles de €) Justificación: Acabar con las obras iniciadas y paralizadas ENMIENDA NÚM. 2983 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Ampliación 3.080€ para agilizar el tramo Castrillo de la Vega y L.P de Valladolid Importe: BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: Acabar con las ENMIENDA NÚM. 2984 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Comunicar Valladolid y León ENMIENDA NÚM. 2985 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Amplicación Túnel de Serrería en València Importe: 15000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras Importe: 15000 (Miles de €) Justificación: El túnel de Serrería de València, por el que pasan todos los ferrocarriles que salen y entran de la ciudad ENMIENDA NÚM. 2986 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : Aumento mejoras cercanías Gandia Importe: 7000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: Capitulo: Artículo: 871 Proyecto: Importe: 7000 (Miles de €) Justificación: Dotar de mejores trenes y frecuencias trenes Gandia-València ENMIENDA NÚM. 2987 De don Carles Mulet El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 7 Artículo: Proyecto : Aumento mejoras cercanías Maestrat Importe: 7000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 451N Capitulo: Artículo: 871 Proyecto: Importe: 7000 (Miles de €) Justificación: Dotar de mejores trenes y frecuencias ENMIENDA NÚM. 2988 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 2 Programa: 453A Capitulo: 7 Artículo: 74 Proyecto: ADIF para inversiones Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: La línea de cercanías Alicante-Murcia transporta a más de 2,8 millones de viajeros al año, lo que la convierte en una infraestructura especialmente demanda y ENMIENDA NÚM. 2989 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Aumento partida 2000 17 20 0380 Cercanías Alicante Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Otras Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: La línea de cercanías Alicante-Murcia transporta a más de 2,8 millones de viajeros al año, lo que la ENMIENDA NÚM. 2990 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Aumento partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante Importe: 3000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 3000 (Miles de €) Justificación: Supresión progresiva de los pasos a nivel que todavía ENMIENDA NÚM. 2991 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Aumento Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 451N Capitulo: 87 Artículo: 873 Proyecto: Importe: 10000 Justificación: La línea de cercanías Alicante-Murcia transporta a más de 2,8 millones de viajeros al año, lo que la convierte en una infraestructura especialmente demanda y rentable. Sin embargo, esta línea se encuentra en un ENMIENDA NÚM. 2992 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: Proyecto : Autovía León-Valladolid (a-60) (tramos Santas Martas-Valverde Enrique-Mayorga) (aumento de partida) Importe: 15000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 15000 (Miles de €) Justificación: Consideramos claramente insuficiente la cantidad recogida en el proyecto de Presupuestos respecto a los tramos Santas ENMIENDA NÚM. 2993 De don Carles Mulet García (GPIC) El ENMIENDA De ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Autovía Ponferrada-Asturias Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: Es preciso que vuelva a ponerse encima de la mesa y desarrollarse el ENMIENDA NÚM. 2994 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : AUTOVÍA PONFERRADA-ORENSE Importe: 10000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453C Capitulo: 6 Artículo: 61 Proyecto: Importe: 10000 (Miles de €) Justificación: En la necesidad de vertebrar el noroeste del Estado, resulta decisivo avanzar en la construcción ENMIENDA NÚM. 2995 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Autovía Ponferrada-Ourense (A-76) (tramo A Veiga de Cascallá-O Barco de Valdeorras Este) (aumento de partida) Importe: 15000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 15000 (Miles de €) Justificación: En la necesidad de vertebrar el noroeste del Estado, ENMIENDA NÚM. 2996 De El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Autovía Ponferrada-Ourense (A-76) (tramo Requejo-A Veiga de Cascallá) (aumento de partida). Importe: 20000 BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 20000 (Miles de €) Justificación: En la necesidad de ENMIENDA NÚM. 2997 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Autovía Ponferrada-Ourense (A-76) Importe: 15000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 38 Programa: 453B Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto: Importe: 15000 (Miles de €) Justificación: En la necesidad de vertebrar el noroeste del Estado, resulta decisivo avanzar en la construcción de tramos de la autovía que una las ciudades de Ponferrada y Ourense, más allá de ENMIENDA NÚM. 2998 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 9 Programa: 261N Capitulo: 78 Artículo: 782 Proyecto : Ayudas subsidiación de préstamos protegidos Importe: 145000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 39 Programa: 441M Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 145000 (Miles de €) Justificación: Urge restablecer las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos para la compra de vivienda protegida en las mismas ENMIENDA NÚM. 2999 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 9 Programa: 261N Capitulo: 78 Artículo: 782 Proyecto : Bonificación impositiva a familias con hijos que residan en el medio rural de la Región Leonesa Importe: 1500 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 39 Programa: Capitulo: 4 Artículo: 44 Proyecto: Importe: 1500 (Miles de €) Justificación: Ayudar con una menor carga impositiva a las familiar que residan en el medio rural compensando las menores ENMIENDA NÚM. 3000 De don Carles Mulet García (GPIC) El Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 ENMIENDA De modificación. ALTA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 453A Capitulo: 6 Artículo: 60 Proyecto : Cercanías Castelló-Vinaròs Importe: 45000 (Miles de €) BAJA SECCION: 17 Servicio: 20 Programa: 451N Capitulo: 87 Artículo: 873 Proyecto: Importe: 45000 (Miles de €) Justificación: Para realizar la conexión ferroviaria entre
Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
urbana
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
al uso general (No regionalizable).
Alsina (GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transportes, movilidad y agenda urbana
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
la Estación R-2 de Mollet del Vallès.
Conservación y explotación de carreteras.
de referencia.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
general (No regionalizable).
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
Soterramiento ferrocarril en Vallbona (Barcelona).
453C. Conservación y explotación de carreteras.
Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
transporte ferroviario.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
general (No regionalizable).
para el tránsito peatonal dada la baja intensidad de tráfico en la zona. 2. Supresión de un ‘paso viciado’ a nivel existente en la zona de la Estación de Sant Vicenç para el cruce de la playa de vías y acceso al andén central,
atendiendo al interés público, con objeto de resolver la situación actual.
(GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Y AGENDA URBANA.
regionalizable).
vecinos
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Barri Vallbona de Barcelona: Construcción de dos puentes nuevos en la vía del tren.
de Carreteras.
Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Infraestructura del transporte ferroviario.
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
transversal Martorell-Granollers para fomentar el uso del transporte público
(GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
al uso general (No regionalizable).
Alsina (GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transportes, movilidad y agenda urbana
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
al uso general (No regionalizable).
línea R4 . Estas actuaciones urbanas resolverían la fractura actual que suponen las vías del tren en superficie y permitirían los correspondientes desarrollos urbanísticos.
(GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
R1 y R4 a su paso por Cornellà de Llobregat.
Conservación y explotación de carreteras.
Sant Feliu de Llobregat capital de la comarca del Baix Llobregat, pide la integración del ferrocarril a su paso por la ciudad desde hace 37 años, por motivos de seguridad y accesibilidad ya que ya que el paso a nivel existente tiene bajadas las
barreras 50 min.de cada hora, tampoco es accesible para los usuarios que deben cruzar el andén i parte la ciudad por la mitad, siendo muy peligroso el cruce del paso a nivel.
(GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
mejoras y adecuación de la propia estación que aún quedan pendientes. Supresión de barreras arquitectónicas, adecuación del recinto a personas con movilidad reducida.
de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana
Vilafranca del Penedès.
explotación de carreteras.
para solucionar los graves problemas de ruidos y vibraciones que sufren los vecinos de la zona.
Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
URBANA
infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
20. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
URBANA.
Geltrú.
carreteras.
estación.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Integración urbana del ferrocarril en Vilanova i la Geltrú, mejoras paso existente.
Carreteras.
Matamala Alsina (GPN)
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana
garantizar movilidad correcta y el buen servicio de los usuarios. Voluntad de elaborar un proyecto global de remodelación.
Movilidad y Agenda Urbana.
movilidad y agenda urbana
de euros.
Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
transporte ferroviario.
General de Carreteras.
para evitar males mayores.
(GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
propone:
ferroviario.
lo largo del recorrido, 23 de ellas de nueva construcción.
viajeros al día en 2026, el 30% de los cuales provenientes del vehículo privado.
Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA.
ésta se haya convertido en un obstáculo y separación entre los diferentes núcleos del municipio. Al mismo tiempo, esta tiene una alta circulación de trenes sin parada en nuestro municipio a lo largo del día. De este hecho se desprende el elevado
ruido producido por éstos a su paso por el municipio. Por todo, se solicita la insonorización de las vías. Redacción del proyecto e inicio trámites.
Matamala Alsina (GPN)
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana
100.000 euros.
Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA.
Reus con la de Picamoixons a Valls.
Tarragona y, ante la congestión de la línea del 3er rail, posibilitar que el tráfico de mercancías pueda también discurrir por este nuevo enlace que se propone en aquellos supuestos en los que el ferrocarril sea de ancho ibérico.
NÚM. 2526
107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
servicio en la estación de Valls.
explotación de carreteras.
referencia.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, a los efectos de MODIFICAR el estado de gastos de la Sección num 17 Perteneciente al MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
Paso peatonal subterráneo en la estación de Nulles.
453C. Conservación y explotación de carreteras.
proyecto de referencia.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
propone:
ferroviario.
Carreteras.
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Infraestructura del transporte ferroviario.
URBANA.
regionalizable).
Movilidad y Agenda Urbana.
movilidad y agenda urbana
Barcelona y Tarragona.
explotación de carreteras.
referencia.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA.
Carreteras.
(GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transportes, movilidad y agenda urbana
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
Barcelona
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
ADIF. Actuaciones en estaciones en Catalunya. Adecuación a ancho UIC de RCIG en Vilamalla
2535
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
estándar europeu entre Vilamalla y Portbou
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana.
SEITT para el acceso a la nueva terminal del aeropuerto de Barcelona el Prat
(GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transportes, movilidad y agenda urbana
proyectos constructivos.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
propone:
ferroviario.
450A
de actuaciones en la RFIG para la mejora de la seguridad, fiabilidad y funcionalidad del servicio de Rodalies de Catalunya.
Movilidad y Agenda Urbana.
movilidad y agenda urbana
2541
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
terminal BASF (CPP)
euros.
don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
2543
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
2544
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
Pavimentos, accesos viarios y ferroviarios del Port de Barcelona
Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana.
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
carreteras.
Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
Creación de infraestructura de carreteras.
URBANA.
regionalizable).
Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana.
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
URBANA.
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
URBANA.
Castellar del Vallès i Sabadell mediante la construcción de un puente de doble carril con carril bici sobre el rio Ripoll que conecte la B124 con la C58C en can Oriach (Sabadell)
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
evitando así aglomeraciones e innecesaria contaminación de entornos urbanos sobrecargados de gases de efecto invernáculo. Esta conexión ahorraría de media hora por trayecto por vehículo en horas puntas para la circulación hacia Barcelona, por
ejemplo, uno de los más frecuentes destinos, revirtiendo en un incremento significativo en la competitividad empresarial en materia de transporte.
Matamala Alsina (GPN)
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
General de Carreteras.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
al uso general (No regionalizable).
Alsina (GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transportes, movilidad y agenda urbana
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Matamala Alsina (GPN)
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
General de Carreteras.
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
URBANA.
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
la Autovía B-23, desde los municipios del Papiol y de Molins de Rei.
Carreteras.
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Infraestructura del transporte ferroviario.
conexión de la estación de Castellbisbal con destinación al municipio del Papiol.
450A..
(GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Carreteras.
autovía del Baix Llobregat, y la autopista del Mediterráneo (Tarragona-Girona) (A-7).
de Carreteras.
Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Infraestructura del transporte ferroviario.
AGENDA URBANA.
regionalizable).
Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana.
453 B. Creación de infraestructura de carreteras
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
uso general ( No regionalizable.)
(GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Carreteras.
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
carreteras.
Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
se propone:
Ejecución del proyecto de la variante C-59
Conservación y explotación de carreteras
de referencia
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
la autopista en la comarca del Montsià
Conservación y explotación de carreteras
de referencia
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Bellissens (Reus)
explotación de carreteras
referencia
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
viabilidad y de impacto ambiental para el transporte de mercaderías en interior de Tarragona
Dirección General de Carreteras
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
carreteras
General de Carreteras
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
carreteras
General de Carreteras
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
carreteras
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.)
i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
URBANA
1,500.000 euros
61.Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general ( No regionalizable.)
Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
Matamala Alsina (GPN)
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
General de Carreteras
AP7 con el Eje Transversal y tiene mucha concurrencia de vehículos pesados provenientes o con destino al CIM Vallès, ya que afecta a todos los pueblos vecinos como Sant Quirze Safaja, Castellterçol, Castellcir, Granera, Moià...
2572
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
Puente de St. Pere en Terrassa
explotación de carreteras
referencia
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Alsina (GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
453A
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Maria Matamala Alsina (GPN)
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA
don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
40. Secretaria de Estado de Transportes, movilidad y agenda urbana
Llobregat
Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Infraestructura del transporte ferroviario.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA.
paseo de la playa del Prat
explotación de carreteras.
referencia
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
URBANA.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
Besalú- Figueras
de carreteras.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
barrio de Montilivi- Girona
explotación de carreteras.
referencia
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
la Riera de Cambrils
explotación de carreteras.
referencia
Generales del Estado para el año 2021.
Maria Matamala Alsina (GPN)
Ministerio de Sanidad.
Comunidades autónomas.
35. Fondo de Contingencia
de atención básica.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
mujeres víctimas de violencia de género con o sin hijos.
necesarios centros residenciales que den respuesta a las necesidades de tratamiento derivadas de la intersección de las problemáticas de violencia de género y las adicciones en las mujeres y sus hijos e hijas.
don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
Transferencias corrientes.
euros
las medidas de aislamiento social.
Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
MINISTERIO DE SANIDAD
la estrategia nacional sobre drogas en los programas autonómicos derivados del plan nacional sobre drogas.
recuperación y resiliencia.
de atención a las adicciones teniendo en cuenta el incremento de gastos derivado de la crisis del Covid-19.
Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
lucro.
1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia.
prevención de las adicciones.
(GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
sobre drogas en los programas autonómicos derivados del PND.
929N. Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria.
personas drogodependientes.
(GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
ex-drogodependientes.
Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
modificación.
la coordinación entre salud y servicios sociales.
de Contingencia de ejecución Presupuestaria.
mental y los servicios sociales.
(GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
15.000.000 euros
500
recursos suficientes para atender a las personas afectadas por estas enfermedades.
Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
y control del SIDA
Presupuestaria.
Alsina (GPN)
Sanidad.
Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad.
107 del Reglamento del Senado, formulan 27 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
8.000.000 euros.
Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
38. Dirección General de Carreteras.
euros
el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
ferroviario.
Presupuestos. Fondo de Contingencia.
NÚM. 2599
107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA.
Presupuestaria.
Alsina (GPN)
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Creación de infraestructura de carreteras.
38. Dirección General de Carreteras.
1.000.000 euros.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
carretera N-260, PK 279+700, en el municipio de Sort
Fondo de Contingencia de ejecución Presupuestaria.
(GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
de Carreteras.
1. Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia.
referencia.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Dirección General de Carreteras.
Arró.
carreteras.
NÚM. 2605
107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA.
poblaciones de Betlan, Benós, Begós y Arró.
Conservación y explotación de carreteras.
de referencia.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Rotonda en N-230 pk125 con cruce L-500 Vall de Boí.
453C. Conservación y explotación de carreteras.
proyecto de referencia.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
10.000.000 euros.
61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
bienes destinados al uso general (No regionalizable).
Maria Matamala Alsina (GPN)
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
URBANA.
regionalizable).
Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana.
infraestructura de carreteras.
Presupuestos. Fondo de Contingencia.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
carreteras.
NÚM. 2612
107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA.
Segarra)
carreteras.
NÚM. 2613
107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
AGENDA URBANA.
en Terrassa.
carreteras.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
frrroviaria Barcelona-Puigcerdà, en la GIV-4011
453C. Conservación y explotación de carreteras.
al proyecto de referencia.
(GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
Soterramiento de las líneas eléctricas que pasan por Rubí: Can Vallhonrat y Can Fatjó.
General de Carreteras.
euros.
el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
ferroviario.
MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
incumplimiento del Estado del Plan Ferroviario de Barcelona 2010-2015.
el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
ferroviario.
Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
carreteras.
Fondo de Contingencia
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Ajuntament de Ponts. Establecimiento de calzadas laterales a la variante de la CC-1313 en el tramo urbano de Ponts. Embalse de Rialb.
AGENDA URBANA.
regionalizable).
Rialb, pues es el mismo Ministerio de Medio Ambiente quien ha realizado el proyecto. Es un proyecto de especial importancia para el municipio que además cuenta con el compromiso del gobierno del Estado.
Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
19 de octubre se celebró la subasta de locales y espacios situados en la zona litoral de Barcelona por parte del Ministerio de Economía y Hacienda. En el año 1989, cuando Barcelona se preparaba para celebrar los Juegos Olímpicos de 1992, se
realizaron importantes infraestructuras para adecuar la ciudad, y se abrió la ciudad al mar. Para realizar toda esta remodelación de la fachada marítima, y dado el ámbito competencial, el ministerio de Medio Ambiente y Costas estableció una
concesión por 30 años a favor del Ayuntamiento de Barcelona. Dicha concesión finalizó el 27 de junio de 2019: momento en que el Gobierno del Estado dio por extinguida la misma y por desafectar estos espacios, generó un contrato de alquiler por un
año, pero en este caso, directamente con las empresas arrendatarias que hacían la actividad.
Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
Infraestructura del transporte ferroviario.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA.
Lleida-Pirineus.
carreteras.
Estación, así como el antiguo aparcamiento.
de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
(GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)
enmienda a la Sección 31. Ministerio de Consumo.
vías de regulación del cannabis.
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Sánchez-Garnica Gómez (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final trigésima séptima.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA: Modificación de la disposición transitoria cuarta del EBEP.
marco, se dispone la estabilización del personal funcionario interino, estatutario interino y laboral temporal de las Administraciones estatales, autonómicas y locales, que mantenga a funcionarios interinos, estatutarios interinos y laborales
temporales contratados o nombrados con anterioridad a 1 de enero de 2018, ocupando la misma o diferentes plazas vacantes de la misma categoría profesional, bien en un solo contrato, bien en sucesivos, siempre que estas plazas tengan naturaleza
estructural, otorgándole la condición de personal A EXTINGUIR, debiéndose valorar previamente las características de los puestos afectados.
condiciones de trabajo que los funcionarios de carrera, estatutarios fijos y laborales fijos comparables, sin perjuicio de la prioridad o preferencia que corresponde a estos últimos a efectos de traslados, promociones internas, ascensos, comisiones
de servicios y en general, en todos los procedimientos de concurrencia competitiva.
competentes de las administraciones públicas procederán a anular las ofertas públicas de empleo que a esta fecha no hayan sido ejecutadas, en cuanto a que en ellas se incluyan plazas servidas por empleados públicos temporales de larga duración a los
que se les reconocen los derechos descritos en los artículos 1 y 2, o sin anularlas, a excluir de tales ofertas, las plazas servidas por estos empleados públicos temporales.
artículos 149.1.13º y 156.1º de la Constitución Española.
la realización de gastos con cargo al presupuesto de la correspondiente Administración, producirían efectos a partir de la entrada en vigor de la ley de presupuestos correspondientes al ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la entrada
en vigor de esta disposición.
del sistema. Y ahora más aún se ha evidenciado que estos Servicios funcionan gracias a la implicación, a la profesionalidad y al esfuerzo de todos los empleados públicos, que constituyen por su experiencia, profesionalidad y humanidad, la pieza
fundamental de las Administraciones Públicas.
una situación irregular de precariedad en el empleo que no se compadece ni con su cualificación, ni con la capacidad demostrada, ni con el servicio público prestado, y que ha sido provocada en gran medida por el incumplimiento por parte de las
Administraciones de su obligación de convocar, en los plazos legales, los procesos selectivos necesarios que hubieran permitido estabilizar a dichos empleados públicos temporales, algunos de los cuales llevan años sin que se les haya conferido la
posibilidad de adquirir la condición de empleado fijo o de carrera al no haberse convocado proceso selectivo alguno en su especialidad o si se ha hecho, las convocatorias han ofrecido un escaso número de plazas respecto a las vacantes existentes y
así durante décadas lo que ha dado lugar a la situación actual.
edad media que ronda los 50 años.
junio de 1999, el Consejero Europeo promulgaba la Directiva 1999/70/CE y su Acuerdo marco, sobre el trabajo temporal, que tiene por objeto evitar la precarización de la situación de los asalariados” y garantizar “el derecho a
la estabilidad en el empleo, que se concibe como un componente primordial de la protección de los trabajadores, razón por la que esta norma comunitaria prohíbe el abuso en la contratación temporal sucesiva del personal público, que se produce
cuando se destina a empleados públicos temporales a atender necesidades que, de hecho, no son provisionales, esporádicas, puntuales, excepcionales o coyunturales; sino que son ordinarias, estables y permanentes, cubriendo el empleador con personal
temporal sus necesidades estructurales en materia de personal, al no disponer de suficientes empleados públicos fijos o de carrera.
judiciales, entre las que cabe citar, las Sentencias de 25 de octubre de 2018 y de 19 de marzo de 2020, así como su Auto de 30 de septiembre de 2020, en cuanto que, en ellas, el TJUE advierte de la irregular situación en la que se encuentran los
empleados públicos temporales en nuestro país, a quienes se les destina a atender necesidades que, de hecho, no son provisionales, sino estructurales, debido a que la Legislación nacional no establece, en este sector público, una medida
proporcionada y disuasoria específicamente prevista para sancionar los abusos producidos en la contratación temporal de estos empleados públicos y acabar con la precarización de los mismos.
los de estabilización sean una medida sancionadora acorde con la Directiva 1999/70, entre otras razones, porque su aplicación no tiene efectos negativos para el empleador que ha abusado de sus empleados temporales.
del Tratado de la Unión Europea impone a todos los poderes y autoridades de los Estados miembros conseguir el resultado que deriva de una Directiva, se hace necesario buscar una solución de estabilización real de este personal público temporal que
ha demostrado capacidad e idoneidad para el desempeño de las tareas públicas encomendadas, y que se encuentra en esta situación irregular sin responsabilidad alguna, fruto de la pasividad de las Administraciones empleadoras que no han cumplido con
su obligación legal de convocar en su momento las correspondientes OPEs y de celebrar los procesos selectivos necesarios todos los años.
públicos temporales víctimas de un abuso, como un componente esencial para su protección, ha de ser también considerada la especial situación de los empleados públicos fijos o de carrera, que adquirieron esta condición por haber superado un proceso
selectivo, lo que no puede ser desconocido.
irregular, sujetándose a las mismas causas de cese que los empleados públicos fijos o de carrera comparables, sin adquirir esta condición, de tal forma que los empleados estatutarios fijos, los funcionarios de carrera y los laborales fijos,
mantienen preferencia o prioridad en determinadas condiciones de trabajo y exclusividad en otras, dándose así cumplimiento a la Norma comunitaria sin que, por otro lado, se infrinja la Normativa nacional.
víctima de un abuso incompatible con la Directiva 1999/70 a las mismas causas de cese que a los funcionarios de carrera y fijos comparables, y aplicando el principio de interpretación conforme, conciliamos el mandato contenido en la cláusula 5 del
Acuerdo marco de la Directiva 1999/70 (cumpliendo sus objetivos de estabilizar al personal temporal víctima de un abuso evitando la precarización de los trabajadores públicos, sancionando a la Administración empleadora causante del mismo, y
compensando a la víctima), con la normativa nacional, que no es infringida, sino que es interpretada de una manera que garantiza la plena efectividad de dicha Cláusula 5 del Acuerdo marco, lo que permite alcanzar una solución equitativa, conforme
con el objetivo perseguido por esta norma comunitaria.
para el año 2021.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Título II.
en el “TÍTULO II. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género” en la ley orgánica 1/2004 “derecho a indemnización y políticas de reparación a las víctimas”
temporal hasta que se adapte la legislación española, con una nueva ley o reforma de la existente, al marco del Convenio de Estambul que incluya un capítulo específico de políticas de reconocimiento, reparación y resarcimiento a las víctimas y sus
familias.
con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo y se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del
110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por cien en los demás sectores.
Administración de Justicia, que se encuentren por debajo de la media de empleados públicos por habitante del conjunto de las mismas, no se sujetarán a ninguna tasa de reposición mientras no se alcance la misma.
personal temporal, ni realizar nombramientos de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, salvo que se trate de les Administraciones Autonómicas
descritas en el segundo párrafo del apartado Uno punto 1 del presente artículo.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 63.
17.2 letra i) de la Ley 35/2002, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con la siguiente redacción
retribuciones percibidas por quienes colaboren en actividades humanitarias o de asistencia social promovidas por entidades sin ánimo de lucro. A las cantidades reembolsadas a los voluntarios en compensación por los gastos realizados en el desempeño
de sus actividades en los términos fijados en el artículo10.1 letra f) de la Ley45/2015 de 14 de octubre, del Voluntariado se le aplicarán los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales
de manutención de los trabajadores.
desempeño de sus actividades, de acuerdo con lo previsto en el acuerdo de incorporación y teniendo en cuenta el ámbito de actuación de voluntariado que desarrollen.”
compensaciones de gastos, que en ningún caso suponen retribución alguna, los mismos límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores, algo que tiene su
lógica en que la naturaleza de las cantidades percibidas en ambos casos es idéntica.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Título VI. Capítulo I. Sección 3ª.
dividendos y rentas positivas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español.
de enero de 2021 que no hayan concluido a la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades:
1 del artículo 16, que queda redactado de la siguiente forma:
financieros netos el exceso de gastos financieros respecto de los ingresos derivados de la cesión a terceros de capitales propios devengados en el período impositivo, excluidos aquellos gastos a que se refieren las letras g), h) y j) del artículo 15
de esta Ley.
la amortización del inmovilizado, la imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras, el deterioro y resultado por enajenaciones de inmovilizado, y adicionando los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de
patrimonio, siempre que se correspondan con dividendos o participaciones en beneficios de entidades en las que el porcentaje de participación, directo o indirecto, sea al menos el 5 por ciento, excepto que dichas participaciones hayan sido
adquiridas con deudas cuyos gastos financieros no resulten deducibles por aplicación de la letra h) del apartado 1 del artículo 15 de esta Ley.
millón de euros.
apartado.»
Exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español.
de entidades, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
integrarán en la base imponible las rentas negativas derivadas de la transmisión de la participación en una entidad, respecto de la que se de alguna de las siguientes circunstancias:
apartado 3 de este artículo. No obstante, el requisito relativo al porcentaje de participación se entenderá cumplido cuando el mismo se haya alcanzado en algún momento durante el año anterior al día en que se produzca la transmisión.»
apartado 3 anterior, a los que resulte de aplicación la exención prevista en este artículo, se reducirá, a efectos de la aplicación de dicha exención, en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión referidos a dichas participaciones.
La reducción aplicable a dividendos o participaciones en beneficios de entidades a que se refiere el apartado anterior no será de aplicación cuando concurran las siguientes circunstancias:
sean percibidos por una entidad cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 40 millones de euros.
aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 101 de esta Ley.
en el apartado 2 del artículo 5 de esta Ley;
Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas;
participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de otra entidad igual o superior al 5 por ciento
de 2021 en la que se ostente, de forma directa y desde su constitución, la totalidad del capital o los fondos propios.
inmediatos y sucesivos al año de constitución de la entidad que los distribuya.»
para evitar la doble imposición económica internacional: dividendos y participaciones en beneficios.
residente sea, al menos, del 5 por ciento.»
que correspondería pagar en España por estas rentas si se hubieran obtenido en territorio español. Para calcular dicha cuota íntegra los dividendos o participaciones en los beneficios se reducirán en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión
referidos a dichas participaciones. Dicha reducción no se practicará en el caso de los dividendos o participaciones en los beneficios en los que concurran las circunstancias establecidas en el apartado 11 del artículo 21 de esta Ley.
exceso sobre dicho límite no tendrá la consideración de gasto fiscalmente deducible, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del artículo 31 de esta Ley.»
forma:
septiembre, siempre que afecten a las bases imponibles individuales y con las especificidades previstas en esta Ley.
establecido en el apartado 10 del artículo 21 de esta Ley.»
entidades no residentes.
el importe de los dividendos o participaciones en beneficios se reducirá en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión referidos a dichas participaciones, salvo que concurran las circunstancias establecidas en el apartado 11 del artículo 21 de
esta Ley. El mismo tratamiento se aplicará a los dividendos a cuenta.
reservas.
la participación, directa o indirecta, el valor de adquisición se incrementará en el importe de los beneficios sociales que, sin efectiva distribución, se correspondan con rentas que hubiesen sido imputadas a los socios como rentas de sus acciones o
participaciones en el período de tiempo comprendido entre su adquisición y transmisión. A estos efectos, el importe de los beneficios sociales a que se refiere este párrafo se reducirá en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión referidos a
dichas participaciones.
patrimonio neto que corresponda a los valores transmitidos resultante del último balance cerrado, una vez sustituido el valor contable de los activos por el valor que tendrían a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio o por el valor de mercado si
éste fuere inferior.»
superior a 20 millones.
el primer párrafo de la letra a) del apartado 1 del artículo 21 de esta Ley o en la letra a) del apartado 1 del artículo 32 de esta Ley, aplicarán el régimen fiscal establecido en dichos artículos, según proceda, siempre que cumplan el resto de los
requisitos previstos en ellos durante los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025.»
sobre dividendos y rentas positivas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español.
de 1 de enero de 2021 que no hayan concluido a la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades:
apartado 1 del artículo 16, que queda redactado de la siguiente forma:
financieros netos el exceso de gastos financieros respecto de los ingresos derivados de la cesión a terceros de capitales propios devengados en el período impositivo, excluidos aquellos gastos a que se refieren las letras g), h) y j) del artículo 15
de esta Ley.
la amortización del inmovilizado, la imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras, el deterioro y resultado por enajenaciones de inmovilizado, y adicionando los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de
patrimonio, siempre que se correspondan con dividendos o participaciones en beneficios de entidades en las que el porcentaje de participación, directo o indirecto, sea al menos el 5 por ciento, excepto que dichas participaciones hayan sido
adquiridas con deudas cuyos gastos financieros no resulten deducibles por aplicación de la letra h) del apartado 1 del artículo 15 de esta Ley.
millón de euros.
apartado.»
Exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español.
de entidades, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
integrarán en la base imponible las rentas negativas derivadas de la transmisión de la participación en una entidad, respecto de la que se de alguna de las siguientes circunstancias:
apartado 3 de este artículo. No obstante, el requisito relativo al porcentaje de participación se entenderá cumplido cuando el mismo se haya alcanzado en algún momento durante el año anterior al día en que se produzca la transmisión.»
apartado 3 anterior, a los que resulte de aplicación la exención prevista en este artículo, se reducirá, a efectos de la aplicación de dicha exención, en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión referidos a dichas participaciones.
La reducción aplicable a dividendos o participaciones en beneficios de entidades a que se refiere el apartado anterior no será de aplicación cuando concurran las siguientes circunstancias:
sean percibidos por una entidad cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 40 millones de euros.
aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 101 de esta Ley.
en el apartado 2 del artículo 5 de esta Ley;
Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas;
participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de otra entidad igual o superior al 5 por ciento
de 2021 en la que se ostente, de forma directa y desde su constitución, la totalidad del capital o los fondos propios.
inmediatos y sucesivos al año de constitución de la entidad que los distribuya.»
sea de aplicación el régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
económicas que constituyan el objeto o finalidad específica de las entidades a que se refiere el artículo 9, apartado 3, a) de esta Ley que tengan carácter social en los términos recogidos en el art. 20. Tres de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre
el Valor Añadido.
dividendos y participaciones en beneficios.
obtenido en territorio español. Para calcular dicha cuota íntegra los dividendos o participaciones en los beneficios se reducirán en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión referidos a dichas participaciones. Dicha reducción no se
practicará en el caso de los dividendos o participaciones en los beneficios en los que concurran las circunstancias establecidas en el apartado 11 del artículo 21 de esta Ley.
fiscalmente deducible, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del artículo 31 de esta Ley.»
imponibles individuales y con las especificidades previstas en esta Ley.
de esta Ley.»
No se integrará en la base imponible los dividendos o participaciones en beneficios en la parte que corresponda a la renta positiva que haya sido incluida en la base imponible. A estos efectos, el importe de los dividendos o participaciones en
beneficios se reducirá en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión referidos a dichas participaciones, salvo que concurran las circunstancias establecidas en el apartado 11 del artículo 21 de esta Ley. El mismo tratamiento se aplicará a los
dividendos a cuenta.
ser objeto de imputación por una sola vez, cualquiera que sea la forma y la entidad en que se manifieste.»
adquisición se incrementará en el importe de los beneficios sociales que, sin efectiva distribución, se correspondan con rentas que hubiesen sido imputadas a los socios como rentas de sus acciones o participaciones en el período de tiempo
comprendido entre su adquisición y transmisión. A estos efectos, el importe de los beneficios sociales a que se refiere este párrafo se reducirá en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión referidos a dichas participaciones.
caso de entidades que tengan la consideración de entidad patrimonial en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 5 de esta Ley, el valor de transmisión a computar será como mínimo, el valor del patrimonio neto que corresponda a los
valores transmitidos resultante del último balance cerrado, una vez sustituido el valor contable de los activos por el valor que tendrían a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio o por el valor de mercado si éste fuere inferior.»
añade una disposición transitoria cuadragésima, nueva, con la siguiente redacción
participaciones adquiridas en los períodos impositivos iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2021 que tuvieran un valor de adquisición superior a 20 millones de euros sin alcanzar el porcentaje establecido en el primer párrafo de la letra a)
del apartado 1 del artículo 21 de esta Ley o en la letra a) del apartado 1 del artículo 32 de esta Ley, aplicarán el régimen fiscal establecido en dichos artículos, según proceda, siempre que cumplan el resto de los requisitos previstos en ellos
durante los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025.»
lucrativas en las que concurren los siguientes requisitos:
presidente, patrono o representante legal deberán ser gratuitos y carecer de interés en los resultados económicos de la explotación por sí mismos o a través de persona interpuesta.
establecimientos y sus cónyuges o parientes consanguíneos, hasta el segundo grado inclusive, no podrán ser destinatarios principales de las operaciones exentas ni gozar de condiciones especiales en la prestación de los servicios.
coherente que los beneficiarios y/o usuarios de las actividades desarrolladas por estas entidades de carácter social en cumplimiento de su finalidad social gocen de la exención del IVA y sin embargo las propias entidades, que para tener reconocido
su carácter social deben destinar a otras actividades de idéntica naturaleza los beneficios eventualmente obtenidos del desarrollo de sus actividades propias, vean gravados estos excedentes al tipo general del 25% en el Impuesto sobre Sociedades.
Por ello se considera más adecuada una tributación de estas rentas al tipo del 10%.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 67.
impositivos que se inicien el día 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, se modifica el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, de la
siguiente forma:
energía eléctrica, gas, vapor y agua caliente.”
transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica.”
137,48 euros.
forma:
instalación de redes de distribución del gas.
1.000 abonados o fracción: 137,48 euros.
Ley y vigencia indefinida, se modifica el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, de la siguiente forma:
epígrafe 661.9, nuevo, en el grupo 661, de la Sección Primera de las Tarifas, que queda redactado con la siguiente redacción:
de forma especializada en establecimientos con una superficie útil para la exposición y venta al público igual o superior a los 2.500 m² de productos tales como los relacionados con el bricolaje y el equipamiento del hogar, mobiliario para el hogar
y la oficina, artículos electrónicos y electrodomésticos, artículos para el automóvil, artículos para el deporte u otros.
20.001 a 30.000 m²: 1,25 euros por m².
sea utilizable efectivamente por el consumidor.”
de este grupo, se computará la superficie íntegra del establecimiento (gran almacén, hipermercado, almacén popular u otra gran superficie), incluyendo las zonas destinadas a oficinas, aparcamiento cubierto, almacenes, etc. Asimismo, se computarán
las zonas ocupadas por terceros en virtud de cesión de uso o por cualquier otro título. No se computarán, sin embargo, las superficies descubiertas cualquiera que sea su destino.”
664, de la Sección Primera de las Tarifas, con la siguiente redacción:
satisfará, exclusivamente, el titular del establecimiento o local en el que el punto de recarga esté instalado.
puntos de recarga.”»
clasificación, por lo que resulta necesario, en aras del principio de seguridad jurídica, y dado que el devengo del Impuesto sobre Actividades Económicas tiene lugar a 1 de enero de cada ejercicio, que la entrada en vigor de tal modificación, tenga
lugar con efectos 1 de enero de 2021, ya que, de lo contrario, no podría aplicarse hasta el año siguiente, con la consecuente problemática e inseguridad que ello supondría.
adecuada retroactividad de la norma, debe concluirse que la misma no generaría ningún problema en el presente supuesto y ellos por las razones que a continuación se exponen:
julio, Sentencia número 150/1990, de 4 de octubre, Sentencia número 197/1992, de 19 de noviembre, y Sentencia número 116/2009, de 18 de mayo) viene distinguiendo entre dos grados de retroactividad:
cuando se pretenden anudar efectos jurídicos a situaciones de hecho producidas con anterioridad a la Ley y ya consumadas.
señalado que existe retroactividad auténtica cuando la aprobación de la norma se produce con posterioridad al devengo, puesto que se puede considerar que la situación se ha producido con anterioridad y se encuentra ya consumada.
antecedentes en la materia son:
de medidas fiscales, administrativas y de orden social, que entró en vigor el día 1 de enero de 1999, con efectos desde el 1 de enero de 1998 para los casos de la inclusión en el régimen general, como asimilados a los trabajadores por cuenta ajena,
de los consejeros y administradores de sociedades mercantiles capitalistas, cuando el desempeño de su cargo conllevara la realización de funciones de dirección y gerencia de la sociedad, siendo retribuidos por ello o por su condición de trabajadores
de la misma, concluyendo al respecto el Tribunal que se vulneraba el ppio de confianza legítima y seguridad jurídica, al haber actuado el obligado tributario conforme a la normativa vigente entonces.
Constitucional número 176/2011, de 8 de noviembre (recurso número 1827/2000) declaró la inconstitucionalidad del párrafo 1º de la Disposición Transitoria 12ª de la Ley 55/1999, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, que modificaba
retroactivamente la tributación de rendimientos del trabajo personal en el IRPF. Dicha Ley fijaba su entrada en vigor el día 1 de enero de 2000, estableciendo su Disposición Transitoria que la modificación del artículo 17.2.a) de la Ley del IRPF
era aplicable a los rendimientos devengados desde el día 1 de octubre de 1999.
inciso “que se imputen a un periodo impositivo que finalice con posterioridad a 4 de agosto de 2004” de la Disposición Adicional 31 de la Ley 35/2006, del IRPF, en su redacción dada por la Ley 2/2011, de economía sostenible, en su
aplicación a los ejercicios 2004 a 2010.
petrificación del ordenamiento jurídico existente, así como tampoco puede entenderse como un derecho de los ciudadanos al mantenimiento de un determinado régimen fiscal. Sin embargo, sí debe protegerse la confianza de los ciudadanos, que ajustan su
conducta económica a la legislación vigente, frente a cambios normativos que no sean razonablemente previsibles, como ha destacado ese Tribunal, ya que la retroactividad de las normas tributarias no puede trascender la interdicción de la
arbitrariedad de los poderes públicos.
que permita entender justificada la afectación que a la seguridad jurídica.
prueba de ello es el Informe de la Comisión de expertos para la revisión del modelo de financiación local de fecha 26 de julio de 2017 en el que se realizaba un análisis de las propuestas de reforma del sistema de financiación local y se planteaba
la necesidad de que las comercializadoras energéticas tributasen, a efectos de Impuesto sobre Actividades Económicas, por un grupo o epígrafe que contemplase una cuota nacional.
(en adelante, CNMC) en dos reclamaciones de garantía de unidad de mercado interpuestas por distintos operadores de comercialización de energía eléctrica en las que se planteaba esta problemática con el Impuesto sobre Actividades Económicas, concluyó
que existía una posible limitación para el acceso a la actividad de comercialización y propuso una equiparación de la actividad de comercialización con cualquier otra actividad que tuviera establecida una cuota nacional.
anteriormente expuestos ya tuvieron su reflejo en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019, que recogía la creación de un nuevo epígrafe pensado para compañías dedicadas a la actividad de comercialización de energía
eléctrica y gas con la misma redacción que la actual.
de los tributos locales, se crean nuevos epígrafes o grupos en las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, con el fin de clasificar de forma específica las actividades de comercialización de los suministros de carácter general
(electricidad y gas), que hasta la fecha carecen de dicha clasificación.”
litigiosidad. Por lo que, en este caso, es precisamente la seguridad jurídica que precisa la situación de este tipo de actividad la que debe tenerse en cuenta, antes que la posible vulneración de tal principio por la aplicación retroactiva de la
norma.
siguientes:
Actividades Económicas, la actividad de comercialización de electricidad a consumidores finales, desplegada en todo el territorio nacional, debe encuadrarse en el epígrafe 659.9 del anexo I del citado Real Decreto Legislativo, que únicamente
dispone de cuota municipal pero no provincial ni nacional, o bien debería encuadrarse en algún otro epígrafe (como, por ejemplo, el epígrafe 151.5, que lleva por título “transporte y distribución de energía eléctrica”), que contempla
cuota municipal, pero también provincial y nacional.
Económicas, conforme a lo previsto en el del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se
aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
corresponde un epígrafe que únicamente dispone de cuota municipal de Impuesto sobre Actividades Económicas -como sería, por ejemplo, el precitado epígrafe 659.9- que debe abonarse en cada municipio donde se tenga al menos un cliente, si la
configuración en tales términos de referido tributo es constitucionalmente admisible y si resulta conforme con el Derecho de la Unión Europea.”
puede considerarse como algo nuevo, ya que el anterior Proyecto de LPGE ya lo recogía, aunque no se llegó a aprobar, todo ello unido a que es algo que las compañías de comercialización de energía llevan esperando, puesto que su actividad no tenía
encaje en ningún epígrafe de los existentes, siendo una actividad independiente tras la reforma del Sector.
sujetos pasivos, no es menos cierto que esta medida conlleva una serie de beneficios (y no cargas) que deben tenerse en cuenta, como son, la simplificación en el cumplimiento de obligaciones tributarias formales, la minoración en los costes
indirectos del cumplimento de tales obligaciones, la equiparación del sector de comercialización de energía al resto de sectores de nuestra economía y la consiguiente eliminación de la constante litigiosidad en la materia.
apartado 67. Primero, no presentaría inconveniente alguno, siendo perfectamente admisible y zanjando la problemática existente en relación con dichas actividades, aportando la necesaria seguridad jurídica en cuanto a su clasificación por el
concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas.
siguiente enmienda al Artículo 69.
Generales del Estado para 2021 relativa al exclusión del tipo impositivo reducido del IVA de las bebidas cambiando la palabra ‘zumos’ por ‘néctares de fruta’.
para que no se aplique un incremento del IVA a los zumos y a la horchata, bebida saludable esta última que debe llevar un porcentaje mínimo de azúcar según los reglamentos de denominación.
(GPIC)
69: Tipos impositivos reducidos
centros de documentación, museos, galerías de arte, pinacotecas, salas cinematográficas, teatros, circos, festejos taurinos, conciertos, y a los demás espectáculos culturales en vivo. Los servicios de imagen personal”.
prestación de sus bienes y servicios, pasando este de soportar un IVA Reducido a pasar a uno tipo de IVA General. Esto provocó bien, el aumento de los precios de venta al público, o bien un descenso de los ingresos del empresario al asumir ellos
mismos la diferencia del IVA.
(GPIC)
forma:
dado que el incremento de trece puntos que sufrió este impuesto en 2012 se ha traducido en un menor número de visitas al veterinario y en un mayor abandono de animales de compañía. Por tanto, esta medida, además de repercutir en el bienestar
animal, resulta imprescindible para la salud pública, si se pretende controlar las enfermedades zoonóticas transmisibles al ser humano.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69.
edulcorantes.
justificada y se emprende con ello una senda que nos parece peligrosa y que podría desencadenar en el futuro nuevos aumentos fiscales para determinados alimentos en función de determinados parámetros sujetos a corrientes de opinión.
NÚM. 2634
adición.
instrumentos musicales
partidos representados en el Senado. De esta manera, los instrumentos se incluirían dentro del denominado IVA cultural.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69.
para la enseñanza
diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactado de la siguiente manera:
de instrumentos de música destinados a la enseñanza, cumpliendo así con el compromiso adquirido por la mayoría de los partidos representados en el Senado. De esta manera, se suprime el IVA para los instrumentos musicales destinados a la
enseñanza, arbitrando un sistema que permita garantizar el destino del instrumento musical para la enseñanza.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 109.
cargo a los créditos consignados en la Sección 37, Servicio 02, Secretaría General de Financiación Autonómica y Local. Entidades Locales, Programa 942N, concepto 461, se hará efectiva la compensación
de las cuotas del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica objeto de condonación en el año 2020, como consecuencia de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en el vigente Convenio de
Cooperación para la Defensa con los Estados Unidos, de fecha 1 de diciembre de 1988.
Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
Locales, Programa 942N, Otras transferencias a Entidades Locales, concepto 464, se concede una ayuda de 60 millones de euros para su asignación a los municipios de Cabanes, Moncofa, Sagunt, Orpesa, Xilxes y Benicàssim, destinada a los costes
de funcionamiento de las plantas desalinizadoras de la Plana y Camp de Morvedre.
que para el otorgamiento de subvenciones nominativas establece el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo.
ejercicio inmediatamente anterior.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 120.
adición:
siguiente redacción:
Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a la cotización a este Sistema Especial durante los períodos de actividad con prestación de servicios.
trabajadores encuadrados en los grupos de cotización 2 al 11, la reducción se ajustará a las reglas establecidas en la letra b) del apartado C) del punto 1 de la Disposición adicional segunda de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se
procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social para las aportaciones empresariales de los Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema Especial para
Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.”
Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social reconoce que la integración de los trabajadores del REASS por cuenta ajena al Régimen General se debe hacer creando un sistema especial, dentro de éste, que evite
un incremento de costes perjudicial para la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias.
existe esa misma consideración para los trabajadores por cuenta propia, de forma que la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en
el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, crea el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
para los trabajadores por cuenta propia agrarios, mayores de 18 años, que reúnan los siguientes requisitos:
agrarias u otras complementarias, siempre que la parte de renta procedente directamente de la actividad agraria realizada en su explotación no sea inferior al 25 por 100 de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado a actividades agrarias o
complementarias de las mismas, sea superior a la mitad de su tiempo de trabajo total.
importe, en cómputo anual, de la base máxima de cotización establecida en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social.
ocupen trabajadores por cuenta ajena, siempre que no se trate de más de dos trabajadores fijos o, de tratarse de trabajadores con contrato de trabajo de duración determinada, que el número total de jornales satisfechos a los eventuales agrarios no
supere los 546 en un año, computado de fecha a fecha.
explotación agraria existan dos o más titulares, en alta todos ellos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se añadirá al número de trabajadores o jornales previstos en el párrafo anterior un trabajador fijo más, o
273 jornales al año, en caso de trabajadores eventuales, por cada titular de la explotación agraria, excluido el primero.
Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la Ley 17/2008 establece que para las contingencias comunes el tipo de cotización aplicable será del 18,75 por 100, mientras que para los que no están
incluidos en dicho Sistema Especial el tipo de cotización aplicable es del 26,50 por 100.
empresariales más representativas, empeoraron el incremento de costes perjudicial para la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que son titulares los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial
para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, las cuales usan básicamente trabajadores eventuales, ya que mientras en las propuestas del Ministerio de noviembre de
2010 el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo del empresario era del 21,60 por ciento y con las bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los trabajadores eventuales y fijos alcanzaba su máximo el año
2027; ahora el proyecto de ley, tras la negociación que ha mantenido fuera de la misma a las organizaciones profesionales agrarias representativas de los trabajadores por cuenta propia agrarios, el tipo de cotización por contingencias comunes a
cargo del empresario pasa al 23,60 por ciento y con las bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los trabajadores eventuales alcanzará un incremento del 102% el año 2018 y su máximo el año 2031 con un incremento del
148%, mientras que para los trabajadores fijos alcanzará su máximo el año 2031 con un incremento solo del 68% (5 años más tarde).
muy perjudicial en la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que son titulares los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen
Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la propuesta es el equivalente, para los empresarios trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, mediante bonificaciones de no sobrepasar el 18,75% respecto al 23,60% propuesto por el Gobierno en el proyecto de ley.
(GPIC)
ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición convocado por las respectivas Administraciones educativas. En la fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la
fase de oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Las pruebas se convocarán,
según corresponda, de acuerdo con las especialidades docentes. Para la selección de los aspirantes se tendrá en cuenta la valoración de ambas fases del concurso-oposición, sin perjuicio de la superación de las pruebas correspondientes. El número
de seleccionados no podrá superar el número de plazas convocadas. Asimismo, existirá una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación, y constituirá parte del proceso selectivo.’
sistemas de ingreso en la función pública docente serán el concurso-oposición y, en su caso, el concurso de méritos. El número de seleccionados no podrá superar el número de plazas convocadas. Asimismo, existirá una fase de prácticas, que podrá
incluir cursos de formación, y constituirá parte del proceso selectivo.
oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Las pruebas se convocarán, según
corresponda, de acuerdo con las especialidades docentes. Para la selección de los aspirantes se tendrá en cuenta la valoración de ambas fases del concurso-oposición, sin perjuicio de la superación de las pruebas correspondientes.
concurso de méritos.
para la función pública, respecto del número de funcionarios docentes de carrera ya sea de una especialidad docente o de un cuerpo docente. En el baremo de méritos se valorarán la formación académica y, de forma preferente, la experiencia docente
previa en los centros públicos de la misma etapa educativa, hasta los límites legales permitidos.
manera coordinada.
respuesta a la alta tasa temporalidad que existe entre los docentes de manera estructural. Se establecen mecanismos de coordinación entre todas las Administraciones educativas cuando sea procedente la realización de convocatorias de ingreso
mediante el sistema de concurso de méritos.
enmienda a la Disposición adicional vigésima tercera.
la Innovación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021
modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los siguientes requisitos:
posesión del Título de licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado universitario con grado de al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System) o máster universitario, o equivalente, y hayan sido admitidos a un programa de doctorado.
Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.
u Organismo de investigación titular de la unidad investigadora, en su condición de empleador, y deberá acompañarse de escrito de admisión al programa de doctorado expedido por la unidad responsable de dicho programa, o por la escuela de doctorado o
posgrado en su caso.
su naturaleza, y en virtud de lo establecido en el artículo 49.1.c) y en la Disposición transitoria octava del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores a
la finalización de este, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización en los términos correspondientes a tal modalidad de contrato por obra o servicio determinados. Adicionalmente, y en el supuesto de que la entidad contratante tenga
la condición de Administración Pública, Universidad Pública, Organismo Público de Investigación o cualesquiera otras entidades de Derecho Público o vinculadas o dependientes de estas, las personas contratadas bajo la modalidad de contrato
predoctoral disfrutarán de los complementos por antigüedad en igualdad de condiciones al resto del personal de la entidad correspondiente. La duración del contrato no podrá ser inferior a un año, ni exceder de cuatro años. Cuando el contrato se
hubiese concertado por una duración inferior a cuatro años podrá prorrogarse sucesivamente sin que, en ningún caso, las prórrogas puedan tener una duración inferior a un año. La actividad desarrollada por el personal investigador predoctoral en
formación será evaluada anualmente por la comisión académica del programa de doctorado, o en su caso de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa, pudiendo ser resuelto el contrato en el supuesto de no
superarse favorablemente dicha evaluación. Tales prórrogas tendrán carácter automático siempre que dicha evaluación tenga carácter positivo.
alcanzar una duración máxima de seis años, prórrogas incluidas, teniendo en cuenta las características de la actividad investigadora y el grado de las limitaciones en la actividad. Ningún trabajador podrá ser contratado mediante esta modalidad, en
la misma o distinta entidad, por un tiempo superior a cuatro años, incluidas las posibles prórrogas, salvo en el caso de las personas con discapacidad indicadas en el párrafo anterior para las que el tiempo no podrá ser superior a seis años. Sin
perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, en el supuesto de que, por haber estado ya contratado el trabajador bajo esta modalidad, el tiempo que reste hasta el máximo de cuatro años, o de seis en el caso de personas con discapacidad,
sea inferior a un año, podrá concertarse el contrato, o su prórroga, por el tiempo que reste hasta el máximo establecido en cada caso. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo
durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato.
su ámbito de aplicación durante los dos primeros años, al 60 por 100 durante el tercer año, y al 75 por 100 durante el cuarto año. Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año, según el artículo 27 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
(GPIC)
Centros Tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación, o centros tecnológicos de ámbito autonómico inscritos en sus correspondientes registros, y reúnan los requisitos que establezca el Ministerio de
Ciencia e Innovación, o para cualquier entidad beneficiaria que decida subcontratar a uno de dichos centros, no será de aplicación lo previsto en el artículo 29,3,b), en el artículo 29,7,d) y el artículo
31,3 de la presente Ley General de Subvenciones.
gasto subvencionable deba subcontratarse y exceda de la cuantía establecida para un contrato menor que establece la Ley de Contratos del Sector Público, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de
diferentes proveedores.
impedían subcontratar esa actividad a otro proveedor tecnológico diferente. Sin embargo, en los últimos tiempos desde la Administración Pública se desestiman sistemáticamente este tipo de informes y se
obliga a presentar esas tres ofertas diferentes. La consecuencia de esta situación, en muchos casos, es el rechazo de muchas entidades a participar en convocatorias públicas ante la complejidad de la gestión y la carga
burocrática que llevaría si finalmente se obtuviese subvención para ese desarrollo. Las alternativas que tienen son renunciar a subvenciones públicas o trabajar sólo con proyectos de menos de 15.000€.
de adaptación al mercado de los desarrollos contratados y muchos otros factores se definan conjuntamente. Esta colaboración llega incluso a preparar las propuestas necesarias para obtener fondos públicos competitivos de ayuda a
I+D+I que cofinancien este desarrollo.
colaborado con este proveedor para encontrar una subvención para ese proyecto, deban buscar proveedores alternativos. Esta enmienda elimina las trabas a la contratación o subcontratación de centros tecnológicos en el
marco de actividades de I+D+I subvencionadas.
siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
servicios utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal.
los bienes y servicios utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal.
bienes y servicios utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal se aplicará el tipo impositivo reducido previsto en el punto 1 del apartado uno del artículo 91.”
estratégico para asegurar un suministro de alimentos a los consumidores a precios razonables. El encarecimiento de los costes de producción en general y, en particular, de la energía, los piensos, los fertilizantes y los fitosanitarios en los
últimos años ha puesto en una situación límite a las pequeñas y medianas empresas de producción de productos agrícolas, ganaderos y forestales, base de la producción española.
Directiva europea sobre dicho impuesto, contribuirá a dar un tratamiento fiscal más acorde con los objetivos a alcanzar en este sector.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
adicional con la siguiente redacción:
Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social.
de cotización 2 a 11, la reducción se ajustará a las siguientes reglas:
la base de cotización, serán las establecidas en la siguiente tabla:
por Cuenta Propia o Autónomos El resto de empresarios
empresario, durante el período 2012-2021, el porcentaje resultante de aplicar las siguientes formulas:
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos:
Ley)
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos:
El resto de empresarios:
para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y del 8,10 por ciento para el resto de empresarios.
trabajadores inicien o finalicen su actividad sin coincidir con el principio o fin de un mes natural, las reducciones a que se refiere esta letra C) serán proporcionales a los días trabajados en el mes.”
trabajadores del REASS por cuenta ajena al Régimen General se debe hacer creando un sistema especial, dentro de éste, que evite un incremento de costes perjudicial para la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias.
de ley trata a todos los empresarios agrarios de la misma forma, cuando en la Seguridad Social y para el mismo sector agrario existe esa misma consideración para los trabajadores por cuenta propia, de forma que la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la
que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, crea el Sistema Especial para
Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para los trabajadores por cuenta propia agrarios, mayores de 18 años, que reúnan los siguientes requisitos:
titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50 por 100 de su renta total de la realización de actividades agrarias u otras complementarias, siempre que la parte de renta procedente directamente de la actividad agraria realizada en
su explotación no sea inferior al 25 por 100 de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado a actividades agrarias o complementarias de las mismas, sea superior a la mitad de su tiempo de trabajo total.
netos obtenidos de la explotación agraria por cada titular de la misma no superen la cuantía equivalente al 75 por 100 del importe, en cómputo anual, de la base máxima de cotización establecida en cada momento en el Régimen General de la Seguridad
Social.
trabajadores con contrato de trabajo de duración determinada, que el número total de jornales satisfechos a los eventuales agrarios no supere los 546 en un año, computado de fecha a fecha.
por cuenta ajena a que se refiere el párrafo anterior se entienden aplicables por cada explotación agraria. En el caso de que en la explotación agraria existan dos o más titulares, en alta todos ellos en el Régimen Especial de los Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos, se añadirá al número de trabajadores o jornales previstos en el párrafo anterior un trabajador fijo más, o 273 jornales al año, en caso de trabajadores eventuales, por cada titular de la explotación agraria, excluido el
primero.
establece que para las contingencias comunes el tipo de cotización aplicable será del 18,75 por 100, mientras que para los que no están incluidos en dicho Sistema Especial el tipo de cotización aplicable es del 26,50 por 100.
tener en cuenta que las negociaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Trabajo e Inmigración y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, empeoraron el incremento de costes perjudicial para la competitividad y el empleo
de las explotaciones agrarias de las que son titulares los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o
Autónomos, las cuales usan básicamente trabajadores eventuales, ya que mientras en las propuestas del Ministerio de noviembre de 2010 el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo del empresario era del 21,60 por ciento y con las
bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los trabajadores eventuales y fijos alcanzaba su máximo el año 2027; ahora el proyecto de ley, tras la negociación que ha mantenido fuera de la misma a las organizaciones
profesionales agrarias representativas de los trabajadores por cuenta propia agrarios, el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo del empresario pasa al 23,60 por ciento y con las bonificaciones el encarecimiento progresivo de los
costes sociales de los trabajadores eventuales alcanzará un incremento del 102% el año 2018 y su máximo el año 2031 con un incremento del 148%, mientras que para los trabajadores fijos alcanzará su máximo el año 2031 con un incremento solo del 68%
(5 años más tarde).
trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la propuesta es el equivalente, para los
empresarios trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, mediante bonificaciones de no
sobrepasar el 18,75% respecto al 23,60% propuesto por el Gobierno en el proyecto de ley.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
siguiente disposición adicional:
crea el Consejo Agrario.
modificado en los siguientes términos:
provisional.
mantendrá hasta la constitución del Consejo Agrario, el mismo marco de interlocución, participación y colaboración para aquellas organizaciones que hayan acreditado una representación significativa en los procesos electorales agrarios autonómicos
celebrados con posterioridad a la presente Ley.»
desarrollo reglamentario de la presente Ley, el Gobierno abrirá, en el marco establecido por la Disposición adicional sexta, un espacio de trabajo para determinar, antes del 30 de junio de 2021, el marco regulatorio adecuado para determinar la
representatividad de las organizaciones agrarias.
representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, con fecha de entrada en vigor a los 20 días de su publicación.
agrarias se determinará mediante consulta entre quienes tengan la condición de electores de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley.
consultivo adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con la finalidad de asesorar a la Administración General del Estado en las cuestiones de interés general agrario y rural.
Agrario se establece mediante el artículo 15.1, según el cual el Consejo Agrario se compone de diez consejeros nombrados por el titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a propuesta de las organizaciones agrarias más
representativas, de acuerdo con los resultados obtenidos en la consulta prevista en el artículo 2.1 de la Ley.
vigor del reglamento de desarrollo de la presente Ley.
organizaciones que ya la tuvieran reconocida, todo ello al amparo de la Ley 10/2009, de 20 de octubre, que en todo lo demás resulta derogada por la Ley 12/2014, de 9 de julio, que es la que en este momento se encuentra vigente.
más de 5 años de la entrada en vigor de la Ley 12/2014, de 9 de julio, no ha trascendido ningún avance acerca de los trabajos en relación al reglamento de la Ley que permita aventurar ningún horizonte para la celebración de la consulta prevista en
la misma.
una nueva consulta para determinar la representatividad de las organizaciones agrarias de acuerdo con lo previsto en la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las
organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, tal y como establece su artículo 2.2; y la consecuente «Recomendación» de desarrollar el marco reglamentario que lo posibilite.
en la que, quebrantando el sentido genuino de la Ley, se prolonga de manera indefinida aquello —el Comité Asesor Agrario y la condición de «más representativas» para tres organizaciones particulares y concretas— que debía tener un
carácter meramente transitorio.
vía de las urnas y, en su caso, contar con representación en el Consejo Asesor Agrario, así como en el resto de órganos consultivos para cuya participación se requiere dicho reconocimiento.
posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 12/2014, de 9 de julio, se han llevado a cabo procesos electorales en las Comunidades Autónomas de Cataluña (2016), Extremadura (2017), Castilla y León (2018) y Madrid (2019), cuyos censos suman un 29,4
% del censo nacional de profesionales agrarios, lo que constituye una muestra ciertamente representativa. Hay cuatro organizaciones profesionales agrarias que han concurrido a dichas consultas, a través de sus entidades territoriales, con los
siguientes resultados : ASAJA 35,55 %; Unión de Uniones, 33,30 %; COAG, 16,24% y UPA, 14,91%.
Disposición transitoria única de la Ley; puesto que, en base a dicha disposición transitoria se mantiene la condición de «más representativas» en equidad (33-33-33) a tres organizaciones, ASAJA, UPA y COAG, mientras queda fuera del marco
institucional de interlocución Unión de Uniones, que es la segunda en número de votos.
con la negociación y debate sobre asuntos fundamentales para los representados (agricultores y ganaderos) como la Reforma de la PAC, la revisión de la Ley de la Cadena Alimentaria y otros asuntos, igualmente trascendentes, aunque de carácter
coyuntural, como la legislación extraordinaria en relación a la lucha contra la epidemia del COVID-19.
diferentes medios, a favor de abrir un espacio de reflexión al objeto de establecer un sistema consensuado de determinación barajando tanto el desarrollo reglamentario de la vigente Ley, como su posible modificación o incluso su derogación.
participen en el mismo plano y en equidad de condiciones; ya que ello coloca a las organizaciones que hoy se benefician del marco de interlocución institucional en una posición privilegiada para influir en la definición del sistema en detrimento de
los intereses de aquella que no goza de dicha posición.
vista de que el escenario real de representatividad según las consultas regionales llevadas a cabo difiere del institucionalmente instalado y habida cuenta de que corregir esta situación no tendría por qué ocasionar alteraciones ni inconvenientes en
la agenda política del MAPA, es procedente abordar su solución en un horizonte temporal razonable y establecer, hasta que se disponga del mismo, el mismo marco institucional de interlocución para todas aquellas organizaciones que han acreditado una
representatividad significativa.
la Disposición adicional nueva.
igualdad, la cohesión social y la vertebración del territorio, impulsará un fondo específico nuevo para financiar el transporte metropolitano de Zaragoza.
al límite marcado por el Fondo de Contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para 2021
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
el derecho a la movilidad en el conjunto del territorio de Aragón en condiciones de calidad y promover la igualdad, la cohesión social y la vertebración del territorio, impulsarán un fondo específico para financiar el transporte interurbano de
autobús en Aragón
Carles Mulet García (GPIC)
para financiar el transporte urbano de la ciudad de Zaragoza.
2021
nueva.
hagan el despliegue con una inversión desde lo público, priorizando así el derecho por encima de la rentabilidad y garantizando el acceso a aquellas personas que viven en zonas despobladas.
gasto porque se imputaría este fondo al límite marcado por el Fondo de Contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para 2021 y supone cumplir los acuerdos de las Cortes de Aragón.
García (GPIC)
adición
imputarían las primeras inversiones para los Presupuestos Generales del Estado para 2022.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
dotar un programa de Transferencias a Comunidades Autónomas en el que se realicen aportaciones a las CCAA de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Cataluña e llles Balears en cumplimiento de lo establecido en materia de inversiones en sus respectivos
Estatutos de Autonomía.
2650
afectados por la ubicación en sus territorios de obras e instalaciones de aprovechamientos hidroeléctricos.
de este tipo de acciones políticas, destinadas a la restitución económica, medioambiental y social de los municipios afectados por obras hidráulicas e hidroeléctricas, con el objetivo de que los rendimientos que obtenga el organismo de cuenca,
procedentes de la explotación de aprovechamientos hidroeléctricos (previa extinción o no de derechos concesionales de terceros) o de las reservas de energía, se destinen a la restitución económica, medioambiental y social de estos municipios. No
afectaría al apartado de gastos de los Presupuestos Generales del Estado de 2021 porque durante el próximo año se elaborarían los planes .
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
menor plazo de tiempo posible, un nuevo «Plan de Actuación Específico para Teruel 2021-2025».
necesario para un territorio con graves problemas de despoblación, baja densidad y altas tasas de envejecimiento poblacional unido a la exclusión de los Fondos de Compensación lnterterritorial y de los principales Fondos europeos.
financiación de los estudios para este año correría a cargo del Fondo de Contigencia y otros imprevistos por lo que no supondría un incremento de los gastos de los Presupuestos Generales del Estado para 2021
Carles Mulet García (GPIC)
aragonesas y no hacerlo con criterios de interés partidista que profundicen en la asimetría entre las CCAA.
don Carles Mulet García (GPIC)
adición.
de codirección con la Agencia Tributaria, que vaya más allá de los mecanismos de coordinación, avanzando hacia una responsabilidad compartida, finalmente a evaluar la denominada “Deuda Histórica” del Estado con Aragón.
(GPIC)
adicional nueva:
sostenible para las zonas afectadas por el cierre de la central térmica de Andorra dentro del Marco de Actuación para la Minería del Carbón y las Comarcas Mineras en el período 2013-2018, dentro del marco del Real Decreto-Ley 25/2018, de 21 de
diciembre, de medidas urgentes para una transición justa de la minería del carbón y el desarrollo sostenible de las comarcas mineras, por el que se instrumenta el nuevo Acuerdo Marco, suscrito el 24 de diciembre para el período 2019- 2027, y que da
continuidad a la política de reactivación de las comarcas mineras
contingencia y otros imprevistos lo que no supone un incremento del gasto en los Presupuestos Generales del Estado para 2021.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
presupuestario con el mantenimiento del Sistema de Atención a las personas en situación de dependencia en Aragón.
marcado por el Fondo de Contingencia con lo que no supone un aumento de gastos en los Presupuestos Generales del Estado para 2021. Además se trata de dar cumplimiento a lo acordado en las Cortes de Aragón.
Carles Mulet García (GPIC)
con la brecha digital en cuanto a alfabetización, carencias tecnológicas, y problemas de accesibilidad a la conectividad por circunstancias personales o territoriales, garantizando el derecho de todos los que residen en Aragón a la inclusión
tecnológica y disponibilidad de contenidos digitales de calidad, tanto más en el actual escenario generado por la pandemia de la COVID-19 que ha encontrado un refugio para la continuidad de la actividad con el uso de las tecnologías en ámbitos tan
básicos y diversos como el educativo, laboral o sanitario, entre otros.
de Contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para 2021. Además se da cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Adaptación de contratos predoctorales vigentes.
anterioridad deberán ajustarse a lo previsto en ella en el plazo de 1 mes desde su entrada en vigor. En consecuencia, las entidades empleadoras deberán adaptar los contratos vigentes a la modalidad establecida en el artículo 21 de esta Ley.
contratos predoctorales ya vigentes puedan realizar aportaciones adicionales para su cobertura. Las convocatorias de ayudas para la contratación del personal investigador predoctoral que se dicten con posterioridad deberán incluir financiación
suficiente.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
reforma del modelo de financiación autonómica, contando con todas las CCAA y en el marco del Consejo de Política Fiscal y Financiera al objeto de establecer un sistema que permita disponer de recursos suficientes para prestar los servicios y
desarrollar las competencias encomendadas a la Comunidad Autónoma de Aragón.
supone ningún aumento de gasto en los Presupuestos Generales del Estado para 2021
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
para evitar los retrasos en la tramitación y pago del Ingreso Mínimo Vital, cumpliendo así con el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital y garantizar el derecho subjetivo a una prestación económica
que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica en Aragón.
incremento porque el gasto se cubrirá con el Fondo de Contingencia de los Presupuestos Generales del Estado para 2021. Además se da cumplimiento a los acuerdos de las Cortes de Aragón.
(GPIC)
de transferencias de las competencias pendientes de asumir por Aragón tras la última reforma estatutaria.
los Presupuestos Generales del Estado de 2021
siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Género la articulación de medidas y ayudas a las víctimas de violencia de género y a sus hijos que se vean en una mayor situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis social y económica provocada por la COVID-19.
de los PGE2021
adicional nueva.
recuperación por la crisis provocada por la COVID, con el objetivo de afrontar la revitalización del medio rural aragonés.
Presupuestos Generales del Estado para 2021 porque comenzará su implantación en los siguientes ejercicios.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
que modifica los siguientes artículos de la Ley General de Seguridad Social
Jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador.
aplicación, por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en
el artículo 205.1.a), de los siguientes coeficientes en función del período de cotización acreditado:
inferior a treinta y ocho años y seis meses.
y un años y seis meses.
seis meses.
hayan cotizado 40 años o más y que cuenten con 65 años o más de edad, se les dejará de aplicar los coeficientes reductores desde el momento de cumplir dicha edad, y se les fijará su nueva pensión en
función de su base contributiva y años cotizados hasta el momento de la jubilación anticipada anteriormente producida.
como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación
de lo establecido en el artículo 205.1.a).
jubilación anticipada a que se refiere este artículo, la pensión será objeto de reducción mediante la aplicación, por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le
falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a), de los siguientes coeficientes en función del período de
cotización acreditado:
trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a treinta y ocho años y seis meses e inferior a cuarenta y un años y seis meses.
acredite un período de cotización igual o superior a cuarenta y un años y seis meses e inferior a cuarenta y cuatro años y seis meses.
período de cotización igual o superior a cuarenta y cuatro años y seis meses.
edad, se les dejará de aplicar los coeficientes reductores desde el momento de cumplir dicha edad, y se les fijará su nueva pensión en función de su base contributiva y años cotizados hasta el momento de la
jubilación anticipada anteriormente producida.
durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a).
de los períodos de cotización se tomarán períodos completos, sin que se equipare a un período la fracción del mismo.
2664
funcionamiento y organización de los órganos de Gobierno de la Asociación Pro-Huérfanos de la Guardia Civil, a fin de que dicha asociación constituida por la Administración General del Estado, acomode su funcionamiento a los principios de democracia
interna y pluralismo, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno previstos en esta Ley y para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 38, apartado 2 de la Ley Orgánica 11/2.007., de 22 de octubre, reguladora de los derechos
y deberes de los miembros de la Guardia Civil
afiliación es obligatoria para todos los miembros de la Guardia Civil - que contribuyen obligatoriamente con sus cuotas - y cuyo órgano de gobierno no se configura mediante un proceso democrático de elecciones entre todos y cada uno de sus
asociados, en procesos independientes no tutelados por la Dirección General de la Guardia Civil. De tal manera esto es así que esa forma de funcionamiento no es compatible ni con los principios de democracia interna y pluralismo y menos aún con los
motivos que impulsan la promulgación de la Ley de transparencia, acceso a la información y buen gobierno y con los principios que deben ser los ejes de toda acción política y los principios de Gobierno abierto.
obligado poner en marcha mecanismos normativos que permitan hacer realidad lo previsto en el artículo 38, apartado 2 de la Ley Orgánica 11/2.007., de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, obligación
que deriva de una ley que lleva ya seis años en vigor.-
la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
de esta Ley, remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de Ley de modificación de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, a través de la cual se realizarán las modificaciones oportunas para la
inmediata y plena homologación al régimen de personal de la Policía Nacional, del personal de la Guardia Civil, previstas en la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional y al régimen regulado en el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto-Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para la modernización de la carrera profesional de los guardias civiles de las siguientes cuestiones:
Equivalencias de estudios del régimen general educativo en función a la Escala de adscripción de miembro de la Guardia Civil.
la Policía Nacional. - Regulación homologada con la normativa que regula la jornada laboral en la Policía Nacional en relación con jornada laboral y singularmente con la relativa a turnos.
y de distribución del complemento de productividad idéntico entre los miembros de la Guardia Civil y de la Policía Nacional.
laborales, situaciones administrativas, código de conducta, retribuciones y prevención de la salud.
trayectoria profesional, marco retribuido y formativo, de titulaciones, entre quienes desarrollan las mismas funciones policiales, por el mero hecho de pertenecer a un cuerpo u otro, de los que componen las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Una concepción de la seguridad pública que no respete la plena homologación entre unos y otros funcionarios es sencillamente un freno, un obstáculo y un lastre, para el funcionamiento eficaz, eficiente, moderno y plenamente operativo del sistema
público de seguridad, que por definición es único en España. Lo mismo ha de decirse en relación con la necesaria convergencia de regulación con la que rige para todos lo demás servidores públicos.
Mulet García (GPIC)
General de Subvenciones, añadiendo la disposición adicional vigésimo séptima siguiente:
prevea expresamente en las bases de convocatoria de dicha subvención si lo considerase conveniente por el contexto socioeconómico o la naturaleza de la propia subvención”.
observando, no solo en los ayuntamientos sino también en las diputaciones que, demasiadas veces, debido a distintas normativas, las ayudas que se pretenden otorgar, más ahora en el contexto actual derivado de la crisis sanitaria, no llegan siempre a
la ciudadanía o no al menos a toda la que se pretendería llegar.
cualquier tipo de subvención por parte de la Administración Pública. Muchos de estos motivos están totalmente justificados, es más, estamos convencidos que todos se redactaron con un sentido muy concreto, ahora bien, el día a día en la situación
actual nos presenta casos reales que entendemos que deberían ser tenidos en cuenta. Es por esto que entendemos necesario corregir este tipo de situaciones en la medida de lo posible.
beneficiario de una subvención a aquél que haya solicitado la declaración de concurso voluntario (artículo 13.2 b) o la obligación de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social (artículo 13.2 e).
que respecta al primer punto, cabe destacar que se redactó antes que se aprobara la ley 25/2015 por la que se desarrolla el concurso de la persona física, por lo que, si bien el artículo es intachable respecto a las personas jurídicas, cuestión
distinta es limitar el acceso a subvenciones a la persona física que solicite la declaración de concurso. Se castiga de alguna manera a quién más lo necesita en el momento que más lo necesita, sin que esté esta situación ligada al desarrollo de una
actividad mercantil.
es que, de nuevo, quien no está al corriente de pago suele ser en gran medida quien más necesita ser subvencionado.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Juvenil de Melilla, para la financiación de programas temporales de empleo púbico, y subsidios a la contratación de nuevo empleo juvenil.
formativas con materias preferentes en formación digital y dominio de lenguas comerciales, dentro del objetivo esencial de la empleabilidad.
en las cotizaciones de la Seguridad Social, que favorezcan la contratación juvenil en Melilla.
el lider del paro juvenil de entre las 292 regiones de la Unión Europea. El nada honroso liderazgo, subraya la lacerante situación económica que padece una ciudad sumida en dos pandemias, una la que afecta a todo el orbe y la otra el desplome de la
actividad comercial que venía siendo el sustento principal de la sector económico de la ciudad.
de Melilla la hacen merecedora de una actuación quirúrgica inmediata que detenga esta sangría.
ocupación laboral es fácil presa de la frustración y de sus adversos efectos, aun mayores cuanto mayor es el grado de preparación de esa juventud.
se corresponde con la comunidad musulmana. La falta de futuro, la pobreza y la depauperación intelectual, que provoca el paro juvenil, invita a los jóvenes al desarraigo, a la rabia social y a fanatismos indeseables.
tanto, una actuación contundente respecto del problema que venimos exponiendo. Esta actuación de incardinarse, desde tres aspectos, el primero una dotación presupuestaria que aborde una plan de empleo juvenil publico para la ciudad de Melilla, en
segundo una actuación formativa que tenga objetivos de empleabilidad en sectores digitales y el conocimiento de idiomas de los idiomas comerciales, ya que esa formación puede coadyuvar a la consecuencia de alcanzar un empleo digno, y el tercero el
establecimiento de unas modalidades de contratación juvenil y de condiciones especiales de cotización de seguridad social específicas para el desempleo en la ciudad de Melilla.
en los últimos años, el panorama laboral ha cambiado a nivel mundial. La demanda se ha transformado en capacidades digitales, centradas en diferentes disciplinas que más tarde detallaremos, y que no encuentran los suficientes profesionales para
cubrir la enorme demanda, que cada año es mayor, y cuyas necesidades están cuantificadas en cientos de miles de profesionales de diferentes niveles a nivel europeo.
compañías TI, atraídas por los beneficios fiscales, de sociedades, etc... que brinda. No obstante, la demanda de profesionales no la cubren entre la población melillense.
pero fáciles de adquirir en un modelo de formación intensiva, de un corto periodo de tiempo, que supone grandes atractivos y beneficios para la población desempleada, como ya se ha producido en diversas capitales españolas y europeas. Conviene, por
tanto, rectificar la actual formación a enseñanzas cuyo fin primordial y directo sea la empleabilidad a corto plazo.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Zona Económica Especial.
diseño de ZEE participará el gobierno de la Ciudad de Melilla.
actividad comercial enfocada a la importación y tránsito de mercancías hacia el vecino país y cuyo horizonte, a corto plazo, anticipa un escenario económico significativamente peor para la ciudad en los próximos años.
por tanto, en una encrucijada, la de buscar con urgencia un modelo económico alternativo que parta de su posición en África y su pertenecía a la Unión Europea.
Autónomas Especiales, Regiones Ultraperiféricas y Países y Territorios de Ultramar, Melilla se encuentra actualmente entre los primeros, junto otros ocho territorios, en virtud de la exención de la aplicación de determinadas materias que rigen el
derecho de la UE.
pertenece a la Unión Aduanera, se encuentra fuera del ámbito de la aplicación del IVA y goza de una singularidad territorial en el Código Shenghen.
serie de bonificaciones dentro del sistema fiscal estatal (Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto de Patrimonio, Sucesiones, Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, Impuestos Especiales), así como
en determinados impuestos municipales. Además, existen determinadas bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, un sistema de bonificaciones al transporte, tanto marítimo como aéreo, y un complemento salarial de residencia. Por otra
parte, la Ciudad Autónoma de Melilla tiene como pilar básico de su fiscalidad el Impuesto sobre la Producción Importaciones y los Servicios (IPSI).
reacciona y en la ciudad se dan los mayores niveles de desempleo y de pobreza de la Unión Europea y los más bajos en formación y educación. Desde el punto de vista empresarial Melilla está también a la cola en niveles de competitividad.
el oscuro escenario que se aproxima sobre la economía melillense, es necesario definir, desde una visión estratégica, un modelo económico que le otorgue a la ciudad un valor económico propio, con una menor dependencia de las subvenciones estatales y
del tradicional tráfico comercial con el país vecino, pero sin renunciar a la cooperación con el hinterland marroquí con el que se mantienen vínculos sociales, culturares y económicos desde hace décadas.
incontestable e innegociable, por ello se debe buscar una figura que partiendo de la misma no suponga un retroceso respecto del estatus actual.
incertidumbres y anticipa una larga y complicada negociación con las autoridades comunitarias, como experiencias pasadas han puesto de manifiesto, pues la integración en la Unión Aduanera supondría la inclusión en un espacio común, al que Melilla
actualmente no pertenece, es decir, a un Espacio Económico Europeo dominado por las normativas de competencia, donde el cúmulo de exenciones bonificaciones y subvenciones, antes citados, podrían verse seriamente comprometidas. Además, la
integración plena conllevaría un incremento de precios en la ciudad derivada de la mayor presión fiscal de las nuevas incorporaciones al IVA y Arancel Comunitario, un incremento de la complejidad administrativa, la desaparición del IPSI y de la
autonomía fiscal del órgano que rige la Ciudad Autónoma de Melilla, pues una incorporación a la Unión Aduanera, con el mantenimiento estatus parece, como hemos antedicho, una solución de difícil y larga consecución.
la integración plena en la Unión Europea es necesario la aprobación sucesiva de la Asamblea de la Ciudad de Melilla, el Gobierno de España, la Comisión Europea el Parlamento Europeo y, por último, el visto bueno por unanimidad de los 27 Estados
Miembros.
y un Régimen Económico Fiscal reconocido mediante ley estatal, que fue denegada a la ciudad de Melilla en sede parlamentaria. Dicho objetivo se revela como inalcanzable y no faltan voces disonantes en las Islas Afortunas sobre los estragos
realizados en algunos sectores por su incorporación a la Unión Aduanera.
que ninguno tiene el estatus similar al de su capital. Lo mismo puede predicarse a nivel mundial sobre los territorios referidos.
estatus que atraiga inversiones de capital tanto nacional como extranjero, un modelo que se traduzca en un crecimiento económico y en generación de empleos. Un territorio que proporcione unos incentivos suficientes para que los empresarios
inviertan y creen nuevas actividades sostenibles, y en el que Estado y/o la iniciativa privada desarrollen las infraestructuras básicas y críticas de la ciudad.
capital humano sea clave en el desarrollo, y se incardine a los objetivos de aumentar el valor añadido, la competitividad y el nivel de los salarios.
administrativos y legales. Una tributación reducida o exenta y sencilla, incluso con tipos únicos, son un incentivo a las inversiones extranjeras. Un régimen legal y estable e imprescindible para confirmar la seguridad jurídica, con la
preeminencia de la jurisdicción de los tribunales privados de arbitraje. Mejoras en la libertad de contratación. Una política de frontera abierta tanto a personas como al capital y a los bienes de inversión es fundamental y, por último, un régimen
de protección de propiedades y de inversiones para el capital extranjero, completan un escenario propicio para el desarrollo.
(ZEE), así lo afirma el actual Secretario General de la Naciones Unidas, Antonio Gutierres.
Mundial, son áreas geográficas delimitadas dentro de las fronteras nacionales de un país donde las reglas de los negocios son diferentes, generalmente más liberales, que aquellas que prevalecen en el territorio nacional. Las zonas económicas se
diseñaron como una herramienta de comercio, inversión y de política industrial espacial, que tiene como objetivo superar las barreras que impiden la inversión en una economía más amplia, incluyendo las políticas restrictivas, falta de
gobernabilidad, infraestructura inadecuada y problemas de acceso a la propiedad.
entorno aduanero especial con una administración aduanera eficiente y, generalmente, con acceso a insumos importados libres de aranceles e impuestos; 2) Una infraestructura (como alquiler de propiedades, construcción de las fábricas o recintos
empresariales, y servicios básicos) a la que es más fácil de acceder y más confiable que la disponible normalmente en el país; y 3) Una gama de incentivos fiscales que incluyen la exoneración o reducción en impuestos corporativos, personales y de
otro tipo, y además de un entorno administrativo mejorado.
institución pueden convertirse en un importante motor para el crecimiento y para la generación de empleo, resaltando dos principios claves, la relevancia de papel del sector privado y la visión integral de conectar con la región para que no sea un
enclave.
mundiales y acelerar la modernización industrial.
Europea, en varios países, especialmente para impulsar el desarrollo en zonas deprimidas o con circunstancias económicas adversas, con especial relevancia en los resultados obtenidos en los últimos años en las zonas polacas. No hay que olvidar que
incluso, en su momento, el presidente del Parlamento Europeo abogó por esta solución ante la crisis que sufrió Grecia hace unos años.
Zonas Económicas Especiales, con la condición de que se ajusten a las condiciones establecidas por los diferentes instrumentos de ayuda estatal (Directrices sobre ayudas regionales, Marco de investigación, desarrollo e innovación, Directrices sobre
ayudas al medio ambiente, etc.) que se pretendan aplicar en dichas zonas.
propia normativa considera que estas ventajas pueden ser ayudas de Estado, pueden falsear competencia y afectar a los intercambios entre los Estados miembros. Por ello, la aprobación de una ZEE, aunque sea de competencia estatal, está sujeta a
aprobación por parte de la UE, a fin de examinar su compatibilidad con la normativa europea derivada de los artículo 107 y siguientes del Tratado de Funcionamiento de la Unión (TFUE).
ciudad de Melilla, vendrá determinado en buena medida por el acierto en el diseño de la misma.
tiende a consolidar en el tiempo el retraso económico y social que padece respecto de nuestro país y de su entorno europeo urge la adopción de estas medidas.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
Disposición Adicional decimosexta del Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se modifica en los apartados 1b) y 2a), resultando la
siguiente redacción:
Melilla.
en Las Palmas de Gran Canaria, otra con sede en Santa Cruz de Tenerife y una última con sede en Melilla, incardinadas en las Capitanías Marítimas de las provincias citadas.
muy significativo desde el año 2017, debido al cambio de la relación comercial que mantenía con el vecino reino de Marruecos. En la actualidad padece una singular recesión producto de la acciones negativas y conjuntas del cierre fronterizo
comercial y de la pandemia del COVID. Las cifras de tráfico de mercancías por el puerto de Melilla revelan descensos de hasta el setenta por ciento, las dos únicas líneas de portacontenedores que llegaban al puerto han suspendido sus servicios. El
trafico de pasajeros debido al descenso de la actividad económica y a la actual pandemia han descendido en similares términos. El escenario próximo no se augura alentador, con el cierre del comercio fronterizo y anulación de las operaciones paso
del estrecho.
dentro las necesarias actuaciones que han de realizarse para cambiar un modelo económico de la ciudad, a fin de hacerla menos dependiente del vecino país, han de considerarse las de formular incentivos a la actividad portuaria en la ciudad de
Melilla.
sectores a incentivar dentro del nuevo modelo, es lógicamente el sector marítimo con todas sus posibilidades. La ciudad de Melilla como ciudad costera que es, tiene el privilegio de encontrarse enclavada en el sector occidental del mar
mediterráneo, a apenas 150 millas náuticas del estrecho de Gibraltar, una de las rutas marítimas más transitadas del mundo, junto con el canal de panamá y el de Suez, permitiendo los flujos comerciales Este-Oeste.
cualquier actividad marítima que no se encuentre ligada a un hinterland productor, pueda ser reubicada en cualquier territorio bien conectado por vía marítima, y tal es el caso de Melilla. Una de las posibles actividades empresariales donde nuestra
ciudad puede tener un gran impacto es precisamente en el registro y abanderamiento de buques, de cualquier tonelaje y actividad, ya que lo que más se necesita es una buena comunicación y capacidad para poder responder a las necesidades de las
compañías.
una bandera de conveniencia y es precisamente por eso, por lo que Melilla podría tener un impacto positivo en la recuperación de flota por parte del estado español.
insular sea excelente a este propósito, y además nuestro territorio adolece de unas dimensiones muy reducidas que impiden el desarrollo de buen número de sectores. Por ello nos encontramos ante la necesidad de volcar nuestras acciones hacia la
fuente de negocio más lógica, el sector marítimo.
decidiesen ubicarse para beneficiarse de las bonificaciones al impuesto de sociedades, a la seguridad social, la exención de IVA y de impuestos especiales y sobre todo las ventajas a la importación de los buque a baja tributación a nuestro
territorio.
toda su actividad empresarial se vehicule a través de nuestra ciudad puede suponer no solo un incremento notable en la recaudación del impuesto a importación, sino también por IPSI de servicios y sobre todo por los puestos de trabajo especializados
y de alta cualificación que supone mantener oficinas de dicha naturaleza.
empresas de capital claramente extranjero.
enmienda a la Disposición adicional nueva.
contendrá un nuevo sistema de bonificaciones basado en la designación de los enlaces preferentes de la ciudad, el nivel de frecuencia de vuelos deseado, la designación de los enlaces calificados como Obligación de Servicio Publico, entre los que se
encontraran los de Málaga y Madrid, y un control sobre los precios de los enlaces subvencionados.
mediante créditos del Ministerio de Transporte, este lejos de normalizarse.
compañías aéreas, y no al pasajero.
se está muy lejos en la actualidad Los precios de los billetes provocan grotescas paradojas, como el hecho de que el precio de un pasaje a Melilla resulte bastante mas caro que uno con destino a capitales de lejanos países.
acercar Melilla la península, y no solo facilitar el acceso de los melillenses al resto de España. Los no residentes en Melilla, tiene que tener un acceso fácil y barato a la ciudad de Melilla. Es necesario rediseñar la calificación y el sistema
de los enlaces aéreos de la ciudad de Melilla, estableciendo las preferencias de conexión, las frecuencias deseables de cada una de ellas, establecer un sistema de control de precios que evite las actuales paradojas. En este sentido la declaración
de Obligación de Servicio Público de los enlaces con Málaga (primer aeropuerto internacional) y Madrid, se hace esencial.
encuentra inmersa en un proceso de modificación de su modelo económico, derivado de una nueva situación comercial respecto del país vecino, que tan negativamente a afectado a la economía melillense y al comercio en particular.
evidente que para el desarrollo de nuevas actividades económicas alternativas, es imprescindible una eficiente y eficaz conexión aérea de la ciudad.
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.
de Melilla y Ceuta.
Melilla y la península, así como el efectuado entre dichas ciudades autónomas y otros territorios miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre espacio económico europeo. El porcentaje de bonificación será de hasta el 100 por 100 de
los costes subvencionables, en los términos y condiciones y con el procedimiento que se establezca por el Gobierno mediante Real Decreto.
aplicación y tendrán un carácter retroactivo sobre las solicitudes de compensación, presentadas por los solicitantes que correspondan a transportes realizados desde el 1 de enero de 2017.
el que se regulaba la compensación al transporte marítimo y aéreo de las mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla, que se expuso a finales del año 2018, y que finamente no vio la luz, se motivaba en los términos y fundamentos esencialmente
idénticos, y que reflejan la necesidad de apoyar el nacimiento de un sector industrial de tamaño limitado, que coadyuve a un cambio de modelo económico imprescindible para la ciudad.
territorio y la escasez de recursos propios conforman una realidad objetiva que equipara sus desequilibrios a los de las regiones insulares, y que deben ser contrarrestados mediante la acción el Estado. Una actuación que encuentra su fundamento en
distintas normas.
justifica que se les deba prestar una mayor atención.
Europea, en determinadas ocasiones, ha reconocido sus dificultades análogas a las de las regiones insulares. Así, el artículo 2, d) del Reglamento 3577/92 del Consejo de 7 de diciembre de 1.992 manifiesta que “Ceuta y Melilla serán tratadas
de la misma manera que los puertos de las islas”.
de la Constitución, velando por un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español”, y atiende en particular a las circunstancias del hecho insular.
Orgánica 2/1995, de 13 de marzo) y de Ceuta (Ley Orgánica 1/1995, de 14 de marzo) en sus respectivos artículos 36 prevén la existencia de “asignaciones complementarias que se establezcan en los Presupuestos Generales del Estado en garantía
del nivel mínimo de los servicios fundamentales de su competencia”.
27 de junio de Presupuestos Generales del Estado, en su disposición adicional centésima vigésima novena, apartado 5, establece “con vigencia indefinida, un sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte
marítimo y aéreo de mercancías entre las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y la península, así como el efectuado entre ambas ciudades autónomas y otros territorios miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre espacio económico-
europeo”.
Decreto, aún pendiente de aprobación.
ya que estas bonificaciones pueden alcanzar el 100 por 100 de los costes subvencionables.
novena de la Ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado de 2017, en lo que se refiere al sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Ciudades Autónomas de Melilla y
Ceuta y la Península, así como el efectuado entre dichas ciudades autónomas y otros territorios miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre espacio económico europeo. Asimismo, en concordancia con la disposición adicional centésima
cuadragésima octava, de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en relación con las subvenciones al transporte de mercancías, que preveía que los porcentajes establecidos en los apartados uno y tres de la
disposición adicional centésima vigésima novena de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, serian de aplicación a transportes realizados desde el 1 de enero de 2017, se propone en la presente enmienda en
mantenimiento de dicha fecha como generadora del derecho a la compensación.
nueva.
estabilidad del personal funcionario docente interino.
interinos hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, siempre que cumplan los siguientes requisitos en el momento de entrada en vigor de la presente Ley:
titularidad de la misma Administración educativa.
años hayan sido ocupando destinos provisionales vacantes.”
interinos con muchos años de servicios prestados y que por diferentes motivos no han ingresado en la función pública docente.
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición transitoria nueva.
de Educación, con la siguiente
el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de la presente Ley las convocatorias de concurso-oposición del sistema de ingreso establecerán que los aspirantes que hayan superado la fase de oposición en anteriores procesos selectivos puedan
acceder directamente a la fase de concurso por una sola vez, con la puntuación obtenida en la fase de oposición en anteriores convocatorias acogidas al Real Decreto 276/2007.”
disposición transitoria a la Ley Orgánica 2/2006 cuyo objetivo es dar una respuesta a los aspirantes de anteriores procesos selectivos que superando la fase de oposición no fueron finalmente seleccionados como consecuencia de las restricciones
legales en el número de plazas de las ofertas de empleo público docente.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final trigésima cuarta.
legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, añadiendo dos nuevos apartados bajo la numeración de primero y segundo, con el siguiente tenor:
modifica el artículo 61 apartado 1 y 3 con la siguiente redacción:
promoción interna, los procesos de consolidación de empleo con sus turnos diferenciados de acceso y las demás medidas de discriminación positiva previstas en este Estatuto.
pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes, como norma general, sólo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará por sí misma el resultado del proceso selectivo.
modifica la Disposición transitoria cuarta con la siguiente redacción:
de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotadas presupuestariamente y que, a fecha de la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para 2021, se encuentren desempeñadas interina o temporalmente durante tres o más años, mediante el concurso de méritos al que se refiere el art. 61.6 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto-Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que queda habilitado mediante la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado.
publicidad, sin perjuicio de las medidas de discriminación positiva previstas para la consolidación del empleo temporal.
aspirantes. Entre éstos, tendrán una valoración preferente el tiempo de servicios prestados en la Administración convocante y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
las Administraciones Públicas españolas es la existencia de un elevado número de personal que presta sus servicios con contratos y nombramientos temporales para atender necesidades que, de hecho, no son provisionales, esporádicas, puntuales,
excepcionales o coyunturales, sino que son ordinarias, estables y permanentes. En muchos casos, estas vinculaciones se mantienen durante largos períodos de tiempo, condenando a la precariedad a las personas que ocupan estos puestos. El grado de
precariedad laboral asociado al abuso de la temporalidad ha alcanzado en los últimos años unos niveles del todo inasumibles por una Administración integrada en un entorno europeo que desde hace ya más de veinte años expresó su deseo de evitar la
precarización laboral y el derecho de estabilidad en el empleo mediante la Directiva 1999/70/CE, del Consejo, de 28 de junio de 1999, sobre el trabajo de duración determinada.
Europea sobre precariedad laboral y uso abusivo de los contratos de trabajo de duración determinada en las Administraciones Públicas españolas, el Parlamento Europeo decidió aprobar la Resolución el 31/05/2018, en la que se denuncia que el uso
continuado de contratos de trabajo de duración determinada para cubrir necesidades permanentes es una violación de la Directiva 1999/70/CE, sin que las consideraciones presupuestarias sirvan de justificante para la falta de medidas eficaces
destinadas a prevenir y sancionar debidamente el uso abusivo de este tipo de contratos. Aún así, cabe aclarar que la atribución –desde ciertos estamentos- de la alta tasa de temporalidad al cumplimiento de la denominada tasa de reposición
cero impuesto desde Europa no explica las temporalidades superiores a 8 años, en tanto que tal limitación se remonta al año 2012 y mucho menos explica las de 10, 15, 20 y 25 años que abundan en las administraciones.
Parlamento Europeo recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya ha dictaminado en su sentencia de 26/11/2014 que la conversión de contrato de duración determinada en un contrato de duración indefinida [relación fija o como la del
personal fijo en la terminología española] es una medida adecuada a la normativa europea para prevenir el uso abusivo de los contratos de duración determinada que la normativa de cada Estado debe incluir sistemáticamente.
Sentencia nº 252/2020 del Juzgado nº 4 de lo Contencioso Administrativo de Alicante reconoce la fijeza de una Funcionaria interina y su derecho a permanecer en su puesto de trabajo con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de
estabilidad e inamovilidad que para los funcionarios de carrera comparables, sin adquirir la condición de Funcionaria de Carrera.
2020 (Asunto C-135/20) que ya tiene establecido que es contraria a la Directiva europea una normativa nacional que prohíbe la conversión en fijo en todo caso en un sector público, si la normativa nacional no incluye ninguna otra medida eficaz para
evitar y, en su caso, sancionar el abuso de temporalidad en ese sector.
mediante la concesión de una indemnización al trabajador afectado, dicha indemnización debe, en todo caso, ser adecuada y eficaz, y compensar plenamente todos los daños sufridos.
sancionar el abuso de temporalidad una vez se ha cometido: la fijeza en el puesto de trabajo o una indemnización suficientemente disuasoria.
ajusta y, en el caso del orden de lo contencioso-administrativo, en mucho mayor grado que en lo social, a los requerimientos de la indicada Directiva. Aunque el conjunto de sentencias del TJUE es amplio, su última Sentencia del 19 de marzo de 2020
supone un salto cualitativo, en tanto que no considera cumplimiento de la Directiva o sanción correcta ni la convocatoria de procesos selectivos -como los mal llamados procesos de estabilización- para cubrir aquellas plazas que se encuentran en uso
abusivo o fraude, ni la figura de indefinidos no fijos. Asimismo, extiende el ámbito de su protección a los temporales con un único nombramiento formal, una vez superado el plazo legalmente previsto para proveer definitivamente la plaza vacante, en
tanto que una interpretación contraria esterilizaría de eficacia a la citada Directiva 1999/70/CE dejando una puerta abierta al abuso a perpetuidad.
temporalidad y eliminar la precariedad, no se puede construir sobre la base de los despidos y ceses del personal en fraude de ley y/o abuso de temporalidad. Máxime cuando se producirían como consecuencia de procesos selectivos que la sentencia del
TJUE del 19 de marzo de 2020 ha dejado claro que no son por sí mismos una sanción adecuada. Sin olvidar que se perdería la experiencia y el saber hacer de los empleados públicos que actualmente desempeñan sus funciones en las Administraciones
Públicas en situación de abuso por parte de la Administración empleadora.
recordar que, de acuerdo con el artículo 93 de la CE corresponde al Gobierno o a las Cortes Generales, según los casos, la garantía del cumplimiento de los Tratados celebrados por España. Entre ellos, el Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea (TFUE) obliga a los Estados miembros a transponer en plazo las Directivas europeas, obviamente, garantizando la eficacia de la Directiva objeto de la transposición.
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, utilizado para no realizar una verdadera estabilización de personas y no de plazas, debe aclararse que el propio TREBEP en su artículo 10 establece que la selección de funcionarios interinos ha de
realizarse mediante procedimientos que respeten en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad; con la única diferencia respecto de la selección de Funcionarios de Carrera de tener que ser procedimientos ágiles.
señalar que en muchísimos casos dicha selección se ha realizado mediante la constitución de Bolsas de Trabajo constituidas por aspirantes que a menudo habían superado todas o casi todas las pruebas eliminatorias en los mismos procesos utilizados
para la selección de Funcionarios de Carrera; resultando difícil argumentar que este tipo de personal temporal ha sido seleccionado por procesos menos rigurosos. Es más, dado que durante mucho tiempo la Administración ha incumplido su obligación
–incluso cuando no estaba limitada por la tasa de reposición- de incluir en la Oferta de Empleo Público todas sus plazas vacantes, cabe concluir que un gran número de los nombramientos de personal temporal son la consecuencia directa del
fraude de Ley cometido durante décadas por la Administración, no ofertando más que un pequeñísimo porcentaje de las plazas estructurales.
problema de la temporalidad, que al mismo tiempo preserve los derechos del personal en fraude de ley/abuso de temporalidad, la realización de procesos selectivos consistentes en un concurso de méritos en los términos previstos en los artículos 61.6
y 61.7 - habilitado en el primer caso mediante Ley de Excepcionalidad - en los que se valore preferentemente los servicios prestados en la Administración convocante y la experiencia en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria
NÚM. 2675
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
en la base imponible que se procederá a efectuar mediante el establecimiento, por parte de la Dirección General del Catastro, de un índice corrector a nivel municipal.
catastral de reposición de las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, siendo este 1, y el índice obtenido de la diferencia entre el valor catastral por hectárea, del suelo rústico no
ocupado por construcciones, del cultivo que mayor suma de valor catastral suponga en el conjunto de la base imponible del municipio, y los precios por hectárea de dicho cultivo o su semejante determinados en la encuesta de precios de la tierra más
reciente, elaborada por el ministerio competente en materia de agricultura, ganadería y silvicultura.”
la actividad agrícola, ganadera o forestal, acordada por la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 30 de mayo de 2018, emplaza a establecer un índice corrector a nivel municipal a la base imponible
procedente de la valoración de las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, de forma que la base liquidable resultante en el Impuesto de Bienes Inmuebles rústicos se adecue a lo
establecido en el artículo 31.1 de la Constitución Española y en el artículo 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria para los contribuyentes con dichas construcciones.
Estado para el año 2019 no incorpora ninguna modificación ni sobre el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, ni sobre el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario que materialicen el acuerdo del Congreso aludido
para corregir la falta de adecuación al valor de reposición de la valoración de las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas o forestales y, por otro lado, la adecuación de la base imponible y
liquidable del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica al obtenerse los valores catastrales del suelo agrario y de las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades agrícolas, ganaderas o forestales (valor de
reposición) por vías que no pueden sumarse sin más; ya que la simple suma de dichos valores obtenidos mediante los distintos métodos de valoración atentan contra lo establecido en el artículo 31.1 de la Constitución Española y contra el artículo 3
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
siguiente texto:
públicas estatales de transporte, dominio público hidráulico y áreas protegidas cuya titularidad o gestión recae sobre la Administración General del Estado.
medidas a adoptar, de las Secciones y Servicios competentes se destinen las dotaciones necesarias para acometer actuaciones de control de la población y prevención en determinadas áreas con objeto de evitar los daños a la agricultura provocados por
la sobrepoblación de fauna silvestre. Dichas actuaciones se llevarán a cabo en las infraestructuras viarias y ferroviarias, dominio público hidráulico y áreas protegidas por la normativa medioambiental, en las que las especies silvestres que
ocasionan el daño, muchas de ellas cinegéticas, encuentran refugio, y en todas aquellas cuya titularidad o responsabilidad de gestión, corresponde a la Administración General del Estado.
colaborará con las Comunidades Autónomas en el ámbito responsable de sus respectivas competencias para alcanzar en el más breve plazo posible la reducción poblacional de las especies silvestres que causan daños a la agricultura y ganadería en las
zonas afectadas y la mitigación de daños a la agricultura a niveles controlados y asumibles.
alcance dicho objetivo.”
niveles hasta cierto punto asumibles que no comprometían, en general y de manera seria, la rentabilidad de las explotaciones agrícolas.
que la sobrepoblación en áreas determinadas ha alcanzado niveles insostenibles y se convertido en un foco de graves problemas para los agricultores y ganaderos, ocasionándoles importantes quebrantos económicos.
silvestres cuya sobrepoblación localizada está en la fuente de esta situación se pueden citar jabalíes, ciervos, corzos y varias más. En el caso concreto del conejo de monte, la sobrepoblación de esta especie en ciertas áreas está llegando a
generar alarma social ante la magnitud de los daños, muy intensos, que se están produciendo en prácticamente todo el territorio nacional.
circunscritas a campañas determinadas, sino que se repiten año tras año y afectan ya no sólo a cultivos herbáceos u hortícolas, sino también a leñosos comprometiendo la pervivencia de los pies, que son descortezados hasta una altura apreciable.
especies silvestres que actúan como reservorio de enfermedades, como la tuberculosis bovina, transmitiéndola a la cabaña ganadera y ocasionando perjuicios al ganadero y gastos al erario público en sus intentos de erradicación.
últimos años se han venido adoptando por parte de las Administraciones implicadas algunas medidas correctoras que, a la vista de la evolución de la situación, no han surtido el efecto perseguido, porque los daños son cada vez más graves y más
extensos, como lo demuestra el hecho de que las declaraciones de emergencia cinegética son cada vez más frecuentes y amplias. De la misma manera, las líneas públicas de ayuda no compensan todos los perjuicios ocasionados, ni lo hacen a tiempo, lo
que ha sido objeto de sentencias condenatorias a las administraciones implicadas que elevan las indemnizaciones hasta 6 veces el importe establecido en las bases de dichas ayudas.
adoptadas están en la deficiente coordinación entre las autoridades competentes y en la ausencia de medidas de control de las poblaciones y prevención en las áreas de titularidad del Estado, como taludes de las infraestructuras viarias y
ferroviarias, o en el dominio público hidráulico y las áreas protegidas medioambientalmente, donde las especies silvestres encuentran un refugio en el que no son molestadas. Desde estas áreas se reproducen y atacan a los cultivos o a las
ganaderías; pero también entrañan otros riesgos, causando accidentes en el tránsito circulatorio, o incluso para la integridad de las propias infraestructuras, como en el caso del conejo debido a las profundas galerías que socavan.
tanto, siendo éste un asunto en el que las competencias están compartidas, las Administraciones responsables deben colaborar y coordinar sus actuaciones para atajar esta situación, ya que de no adoptarse medidas determinantes amenaza con devenir en
cada vez más grave. Por ello se insta a que el Gobierno a impulsar dicha colaboración y a que, a través de los Ministerios, entidades públicas empresariales y organismos públicos responsables de la conservación y mantenimiento de las
infraestructuras aludidas, del dominio público hidráulico y de las áreas protegidas (Ministerio de Fomento, MAPA Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y Confederaciones Hidrográficas, Parques Nacionales), adopte dichas actuaciones y destine
para ello las dotaciones que sean necesarias hasta que, en las zonas damnificadas la sobrepoblación de especies silvestres se controle a niveles sostenibles.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
adición de una nueva disposición final con la siguiente redacción:
las fuerzas y cuerpos de la seguridad del Estado, y específicamente a los equipos ROCA de la Guardia Civil, un aumento suficiente de sus efectivos personales y los recursos materiales y medios adecuados para el óptimo desarrollo de sus funciones en
la lucha eficaz contra los robos en las explotaciones agrarias, la investigación de los delitos y la persecución de sus autores.”
organizaciones criminales y en ocasiones violentas.
esfuerzo personal y económico para adoptar medidas preventivas; pero éstas no pueden sustituir la labor policial.
Gobierno del aumento del número de sus efectivos; la realidad es que el problema sigue existiendo con especial virulencia en algunas zonas y en determinadas épocas del año.
insuficiencia de los medios de los que disponen para afrontar con eficiencia su labor, negando la disposición real de más agentes. Tanto la Unión de Guardias Civiles como la Asociación Unificada de Guardias Civiles han denunciado públicamente en
múltiples ocasiones la falta de medios técnicos y personales y que en algunas zonas “no se presta el servicio mínimo” porque los agentes se detraen de otras unidades y se está “quitando de un sitio para poner en otro”,
calificando esta situación de “paripé”.
respectivos incoan normalmente el archivo de estas denuncias, dejando desamparados a los afectados en un claro vacío legal.
el campo tienen que ser un lugar seguro donde vivir y producir; por lo que resulta imprescindible incrementar la dotación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para mejorar en el medio rural los niveles de prevención, potenciar la labor
de captación de información y reforzar las labores de investigación.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.
Gobierno iniciará con carácter de urgencia las reformas normativas y económicas con vistas a creación de un gasóleo profesional agrícola, ganadero y forestal para el consumo en todos los usos profesionales de las explotaciones (vehículos afectos,
instalaciones, regadíos…). Para ello se aplicará a dicho gasóleo el tipo impositivo de IVA más bajo posible, 10 %, así como el mínimo establecido para el Impuesto Especial de Hidrocarburos por la Directiva 96/2003/CE (0,021 euros por
litro).
existencia de prácticas contrarias a la misma, el Gobierno, en beneficio de los consumidores, realizará una auditoría de costes de la industria de suministro de combustibles y de seguimiento de la repercusión de los mismos sobre el precio al
consumo.
vehículos”, de manera que en las operaciones desatendidas se suprima la restricción del suministro a un máximo de 3 minutos y 75 litros para los postes de gasóleo C, que actualmente se contempla en dicha norma.”
muchas otras labores agrarias.
más adecuado que el mismo se descuente en el momento de la adquisición del gasóleo.
al consumidor; mientras que el efecto del recorte de cotizaciones del petróleo es menor y empieza a apreciarse mucho más lentamente. Para descartar que ello se debe a posibles prácticas contrarias a las normas de competencia, el Gobierno debe
auditar los costes de las compañías de suministro y la repercusión de los mismos sobre el precio al consumidor.
minutos y a 75 litros, son totalmente inadecuadas en los usos agrarios, que manejan tractores, maquinaria y equipos con depósitos mucho mayores, constituyendo una inconveniencia innecesaria para los usuarios agricultores y ganaderos que hacen un uso
profesional del mismo.
del Senado, 14 de diciembre de 2020.-Carles Mulet García.
formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa.
expropiación de terrenos por parte de la CHE del C.D.S.M. El Soto de esta ciudad.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa.
122A
ambientales, sociales e incluyendo compensación al Ayuntamiento de Zaragoza por la expropiación de terrenos por parte de la CHE del C.D.S.M. El Soto de esta ciudad.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
453B
y como comienzo de una plurianual que para 2022 contaría con 12 millones de euros.
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
euros)
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Urbana.
453B
Autónoma: 10. Aragón.
permitiendo una vía directa por autovía entre Teruel y Madrid
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Movilidad y Agenda Urbana
Calanda
453C
esta localidad
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Dirección General de Carreteras.
localidad
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Dirección General de Carreteras.
castellana
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Dirección General de Carreteras.
localidad
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Dirección General de Carreteras.
Urbana
(miles de euros).
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
atraviesa este antiguo trazado de vía ferroviaria nunca culminado.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Urbana
de euros)
Urbana.
453B
modificación.
Inversiones reales.
Movilidad y Agenda Urbana
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
10. Aragón.
200717384299
38 Dirección General de Carreteras
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
A-15 Tramo Agreda (Este)- L.P. Navarra
Carreteras
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
10. Aragón.
200517384164
Agenda Urbana
5.000 (miles de euros).
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
453B
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Inversiones reales.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Inversiones reales.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
conservación ordinaria
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
60.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Carles Mulet García (GPIC)
Aragón.
199917388201
El Burgo-Alcañiz-Mediterráneo
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
38. Dirección General de Carreteras.
euros).
reales.
desdoblamientos y autovías pendientes, en concreto el tramo El Burgo-Alcañiz-Mediterráneo
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
A-68: Tramo : Hijar-El Regallo
Carreteras
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
60.
453C
en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes, en concreto el tramo El Burgo-Alcañiz-Mediterráneo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Aragón.
202017384007
Urbana
(miles de euros).
Mulet García (GPIC)
Burgo-Alcañiz-Mediterráneo
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
38. Dirección General de Carreteras.
euros).
reales.
desdoblamientos y autovías pendientes, en concreto el tramo El Burgo-Alcañiz-Mediterráneo
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Agenda Urbana
3.000 (miles de euros).
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
10. Aragón.
202117384503
euros).
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
ordinaria
Carles Mulet García (GPIC)
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
Inversiones reales.
17 Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
conservación ordinaria
(GPIC)
Inversiones reales.
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
ordinaria
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
6
don Carles Mulet García (GPIC)
Urbana.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
euros).
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Autónoma: 10. Aragón.
Urbana
(miles de euros).
Urbana.
Carreteras.
199917388201
económico de la zona, desde el agrícola, al logístico y el turístico.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
y Agenda Urbana
(miles de euros)
partidas para mejorar las condiciones del ferrocarril convencional en Aragón, mejorando horarios y frecuencias, invirtiendo en las estaciones, suprimiendo pasos a nivel pendientes…
(GPIC)
pasajeros y mercancía en el AltoAragón (estaciones, material ferroviario, supresión de paso a nivel, mejora de frecuencias…)
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Aragón.
Nuevo
38 Dirección General de Carreteras
(miles de euros).
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ecológica y el Reto Demográfico
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
reales.
(miles de euros).
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
euros).
afectadas y aprobado en 2005, que sigue sin ejecutarse y que permitirían paliar de modo sostenible las consecuencias de las riadas, tal y como han reivindicado colectivos como Ecologistas en Acción recientemente
don Carles Mulet García (GPIC)
Demográfico.
452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Ebro a comarca Andorra-Sierra de Arcos.
necesario plan alternativo para las comarcas mineras aragonesas afectadas por el cierre de la central térmica de Andorra.
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
reales.
euros).
y destinar su dinero a los necesarios a planes de apoyo a zonas como Jánovas en el Pirineo aragonés.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Autónoma: 10. Aragón.
Agua-Yesa
Biscarrués con los problemas que supuso para favorecer la inversión en la redolada. Es justo que, tras décadas pendientes de esta obra, ahora que se ha desestimado sea el Gobierno de España el que plantee un plan específico de compensación.
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
pantano de Yesa y destinar su dinero a los necesarios a planes de restitución pendientes como el de MonteAragón.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
reales.
euros).
del Pacto del Agua-Yesa
embalses en Aragón.
23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
2733
Ecológica y el Reto Demográfico.
las comarcas mineras del carbón Instituto para la transición justa
Contingencia
comarcas mineras aragonesas afectadas por el cierre de la central térmica de Andorra doblando la cantidad incluida en los presupuestos
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Autónoma: 10. Aragón.
infraestructuras Hidráulicas Cuenca Ebro
lo que permitiría, una vez concluidas las obras necesarias destinar este embalse además de usos agrícolas a otros como el recreativo, turístico o agua de boca, con el consiguiente beneficio para la comarca donde se ubica.
2735
Ecológica y el Reto Demográfico.
Gestión e infraestructuras del agua.
las riberas de los ríos en Aragón
planes medioambientalmente sostenibles
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Demográfico
destinados al uso general
Albentosa (Aragón)
se debería buscar financiación para restaurar una acequia medieval (actuación en patrimonio hidráulico) y mantener el suministro de agua a la zona (para riego), atendiendo a los requerimientos
García (GPIC)
modificación.
de MonteAragón
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
(miles de euros).
palacio renacentista que forma parte del patrimonio histórico-artístico aragonés.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Deporte
105
Cultura y Deporte.
Proyectos conservación y restauración de bienes culturales en Aragón
(GPIC)
Provincial de Zaragoza. Nueva sede.
(miles de euros).
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.
Aragón.
formula 150 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
5000 (Miles de €)
sistemático desmantelamiento del tejido industrial de Benavente y comarca, convierte en muy importante el desarrollo de las 58 hectáreas del denominado proyecto “Puerta del Noroeste”, en Benavente, de modo que el motor industrial que
se desarrolle en el mismo, sirva de freno a la despoblación en el norte zamorano, siendo necesario que el Estado se implique en el mismo.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17
de La Placa, en el municipio de Ponferrada, una obra de gran valor dentro del patrimonio industrial de la Región Leonesa, urge a acometer obras de reparación en este complejo, cuyas instalaciones se encuentran visiblemente dañadas, habiendo sufrido
desprendimientos y con un claro peligro de sufrir más, dado el estado de abandono que sufre este monumento. Por ello, se hace necesaria una intervención de urgencia que ayude a salvar esta parte del patrimonio ferroviario e industrial, debiendo
acometerse reparaciones que desemboquen además en la puesta en valor de este antiguo complejo ferroviario, de gran valor simbólico e histórico dentro de la historia energética de España y, particularmente, en la historia relacionada con la actividad
minera carbonífera en El Bierzo.
modificación.
español
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
la Llengua
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
antigua N-340, denominado “El Pont Nou”, tiene la calificación de BIC. Aunque se han realizado obras de restauración y mantenimiento recientemente, aún queda pendiente una adecuación final que incluya la iluminación y señalización de
dicho monumento para potenciar su atractivo histórico y turístico.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
los estudiantes puedan llevar a cabo con dignidad sus estudios. Solicitamos la siguiente partida para la construcción de habitáculos individuales de estudio, así como salas colectivas, convirtiendo así la biblioteca en sala de estudio y delimitando
las zonas de la misma: una sala para niños y otra sala para adolescentes y estudiantes universitarios con habitáculos de estudio individuales y salas colectivas de estudio, donde tanto los estudiantes de bachillerato como los universitarios, puedan
estudiar con garantías, sin que los niños de edades inferiores les impidan la concentración.
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
OCCIDENTE; SUS CALLES HAN VISTO LAS GUERRAS CARLISTAS, A FELIPE II....MURALLAS CONSTRUIDAS POR ANTONELLI...ES TRISTE QUE UNA LOCALIDAD COMO PEÑISCOLA, CON TODA SU HISTORIA, NO DISPONGA DE UN ARCHIVO HISTORICO. ESTE PROYECTO ES ESENCIAL PARA
CULMINAR LA RED DE MUSEOS, TAN ESENCIAL QUE REQUIERE LA LOCALIDAD PARA DINAMIZAR EL CASCO ANTIGUO Y DIVERSIFICAR LA OFERTA TURISTICA.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
pide la construcción de un Auditorio-Museo Etnológico
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
(Miles de €)
pertenece. Su exigua dotación, supone una discriminación absolutamente injustificada, si se compara con el MNAC o el Reina Sofía. Además el espacio cultural no recibió la subvención de 2016 de forma injusta al, incomprensiblemente, no emitir
dentro del plazo un informe el Ministerio de Hacienda
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
100 (Miles de €)
congreso año Miguel Hernández.
la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
la conservación e investigación de las pinturas rupestres de la Valltorta (Tírig), reconocida por la UNESCO como Patrimonio Mundial de la Humanidad
(Tírig) fueron reconocidas por la UNESCO como Patrimonio Mundial de la Humanidad. El centro de la Generalitat Valenciana, creado en 1994, para velar por la conservación, estudio y divulgación de los valores del Arte Rupestre de la Comunidad
Valenciana. Pese a su enorme valor artístico y cultural este centro, a diferencia de otros del estado, no recibe ninguna ayuda en estos Presupuestos Generales del Estado.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
año tras año recortes en sus presupuestos, agravados por la difícil situación económica. Es por ello necesario dotar una nueva partida que promocione la lectura en valenciano apoyando al sector editorial y a las librerías
2755
Profesional.
instituciones adscritas al programa para desarrollo de actividades y gastos de funcionamiento
44
Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Cáceres y con el nº 4568 de la Sección 1ª en el Registro de Asociaciones de Extremadura de acuerdo con los requisitos establecidos por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de Marzo. La lengua extremeña,
o estremeñu (ext), está reconocida como tal por organismos internacionales como UNESCO, Ethnologue o SIL International. El Estatuto de Autonomía de Extremadura no la reconoce como lengua pero incide en su artículo 9 en la responsabilidad de la
Junta de Extremadura en la protección de las modalidades lingüísticas propias. La Constitución de 1978 garantiza la protección de todas las lenguas y modalidades lingüísticas, dedicándose esta institución al estudio y normalización de una de ellas.
Además, España es firmante de la Carta Europea de la Lenguas Minoritarias o Regionales, que establece la necesidad de proteger las lenguas minoritarias del estado, con independencia de su estatus de oficial o no. Dado que la Junta de Extremadura no
ha iniciado ninguna actuación en este ámbito consideramos necesario abrir una línea de financiación para el Órgano de Seguimiento y Coordinación del Extremeño y su Cultura en los PGE.
(GPIC)
modificación.
acontecimientos de importancia
la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Conservación Castillo de San Fernando (Alacant)
(Miles de €)
desgraciadamente se encuentra en un estado de mala conservación
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
(Miles de €)
actualmente como conservatorio de música en la ciudad de Castelló es demasiado pequeño. Se propone la habilitación del antiguo asilo, actualmente propiedad del ayuntamiento con la finalidad que sea Conservatorio de Música y Danza
NÚM. 2759
Formación Profesional.
Xixona
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
(GPIC)
modificación.
la construcción del Teatro María Guerrero, así como también se realizó el proyecto, que lleva 12 años dispuesto para ser licitado y adjudicado. No obstante, en todo este tiempo no se ha realizado ningún avance. Novelda cuenta con casi 27.000
habitantes, dos bandas de música, un conservatorio profesional de música, dos coros y una escuela profesional de danza y es el único municipio de la comarca de estas dimensiones que no cuenta con un teatro municipal. El único auditorio cerrado de
la localidad es totalmente insuficiente por su reducido tamaño y su diseño, que no se adapta a las características de cualquier teatro.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
18
18
de la Villa Romana de Catarroja, mediante la creación de un parque arqueológico y un centro de interpretación.
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
18
Carles Mulet García (GPIC)
Secundaria en Melilla
la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
(GPIC)
modificación.
la población
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
biblioteca en Vinaròs
Profesional.
400 (Miles de €)
guitarrista Francesc Tàrrega, no tiene un Museo dedicado en exclusividad en su ciudad natal, Vila-real, por eso pedimos la creación del Museu Francesc Tàrrega a Vila-real, pasando las piezas del Museu de la Ciutat al nuevo Museu Francesc Tàrrega y
así rendir homenaje a tan ilustre vila-realense.
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
(Miles de €)
CULTURAL, EL CUAL, NOS VA A PERMITIR DESESTACIONALIZAR EL SECTOR.EL PROYECTO DE DINAMIZACION DEL CASCO ANTIGUO INCLUYE: -EL AJARDINAMIENTO DEL CASCO ANTIGUO -REHABILITACION DE LOS MANANTIALES DE AGUA DULCE DE LA LOCALIDAD DEL CASCO ANTIGUO Y SU
RECONVERSION PARA PODER VISITARSE: FONT DE DINS, RECUPERACION DE LA FONT DE SANT PERE... -PLAN INTEGRAL DE MEJORA DE LA SEÑALIZACION DE LOS MONUMENTOS Y MEJORA DEL MOBILIARIO URBANO -REHABILITACION INTEGRAL DE CALLES -PLAN DE INTERPRETACION DEL
CASCO ANTIGUO: EL CASCO ANTIGUO ES UN MUSEO AL AIRE LIBRE. SE REQUIERE FOMENTAR SU INTERPRETACION Y SUS RECURSOS...
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Benirredrà
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
arqueológico y turístico. Agres.
desde hace años por falta de presupuesto. Es un yacimiento de la era del bronce muy valioso a nivel patrimonial, arqueológico y turístico. Agres.
era del bronce muy valioso a nivel patrimonial, arqueológico y turístico. Agres.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
483
de gran valor ambiental y paisajístico
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Excavación y museización Yacimiento Mas de Fabra
(Miles de €)
localidad
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
existen indicios de presencia humana de más de 300.000 años.
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
un recurso patrimonial, cultural y turístico de primera importancia. Actualmente está realizado alrededor del 60% del proyecto: se han instalado las dos patas gigantes, los cascarones de mármol de la estructura y el teclado que haría sonar todo el
mecanismo. El mecanismo interior, compuesto por 704 tubos de piedra, es precisamente lo que falta por realizar. La parte de la obra que ya se ha realizado está instalada en el interior del Santuario de Santa María Magdalena de Novelda, con lo cual
el proyecto se encuentra en un punto imparable. El presupuesto total del proyecto es de alrededor de 1 millón de euros, del cual faltaría en la actualidad aproximadamente el 50% del presupuesto para su finalización.
Profesional.
en Ceuta
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
48
62
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
de contar con diversas compañías de teatro de calles con renombre en todo el mundo, Vila-real cuenta con un Festival Internacional de Teatro de Calle con más de 25 años de historia, Festival que consideramos se debe impulsar desde el Gobierno
Central.
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
asociada al funcionamiento operativo de los servicios en la Vega Baja
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
44
reciben transferencias para su funcionamiento, pero no este museo.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Profesional.
Valldigna)
es especialmente importante debido al hallazgo de los restos asociados a poblamiento humano más antiguos de la Comunidad Valenciana, datados entre 350.000 y 90.000 a. C., que corresponden al Paleolítico Inferior, así como las primeras evidencias de
fuego controlado de la Península Ibérica, en torno al 250.000 a. C.
economía local y en el avance en los estudios arqueológicos.
de Educación y Formación Profesional.
Elx.Cesión de la Dama de Elche
€)
atrajo 380.000 visitantes y supuso una revitalización de la cultura y economía de la ciudad. La vuelta del busto ibérico a Elx se enmarcaría, además, en una necesaria descentralización de los bienes culturales del Estado y, en este sentido, se
sitúa la creación de un museo de arte ibérico que tuviera su sede en Elx. La ciudad es uno de los lugares que cuentan con más patrimonio íbero y cuenta con instalaciones preparadas para albergar este museo.
Carles Mulet García (GPIC)
€)
historico artistico el año 1972, mantuvo siempre a lo largo de su historia una posición estratégica militarmente y, su similitud a un tómbolo que se adentraba en el mar, junto a su gran riqueza de agua dulce dentro de sus murallas, hicieron de esta
localidad, un enclave estratégico a lo largo de sus siglos. Por sus calles han pasado, iberos, fenicios, romanos importantes órdenes militares como los temnplarios, quienes contruyeron el castillo entre 1294 y 1307.El Paso de Felipe II, dió lugar a
la ciudad amurallada, que como ya hemos comentado se declaró conjunto histórico artistico..Este proyecto es para nuestra ciudad un atractivo más a visitar, necesaria para la reconversión del turismo de sol y playa. La administración local dispone
de locales y edificios aptos para su ubicación
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
€)
40.000 toneladas de arroz anualmente.
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
: Museo del Azúcar de Oliva
€)
características arquitectónicas (Gótico Civil) y su función (Fabricación y procesado del azúcar) que lo dotan de un relevante interés patrimonial. El consistorio ha adquirido la mayoría de las casas que conformarían este complejo industrial, solo
faltando una de las casas para poder desarrollar el proyecto de restauración y adecuación. Con la inversión que se pretende obtener a cuenta de los presupuestos estatales se podrá recuperar y abrir al público esta joya arquitectónica referente de
una época, que fue motor económico de la zona y que con su rehabilitación pretende recuperar parte de estas funciones ya que sería un importante referente turístico
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
6
Modernista, que han dejado grandes e importantes huellas modernistas en nuestro patrimonio. La ciudad actualmente cuenta con espacios modernistas aptos para una exposición permanente, de los fondos municipales del periodo en cuestión
Educación y Formación Profesional.
museo tiene que permitir explicar la historia de la ciudad y poder concentrar todo el material y colecciones que se tienen actualmente repartidas por diversas dependencias municipales
(GPIC)
modificación.
18
en la ciudad que lo recuerde
Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
CASA DEL LABRADOR PEÑÍSCOLA
QUE EN TEMPORADA BAJA, SE PERMITA FOCALIZAR HACIA OTRO SEGMENTO DE TURISMO, COMO PEDE SER EL TURISMO CULTURAL. PEÑISCOLA, ES Y HA SIDO UNA LOCALIDAD MARINERA Y AGRICOLA, CON LO CUAL, QUE LA GENTE QUE NOS VISITA CONOZCA NUESTRAS RAICES ES ESENCIAL,
AL MISMO TIEMPO, QUE ESTE PROYECTO SE ENGLOBA DENTRO DE UN PROYECTO DE LA CREACION DE UNA RED DE MUSEOS, CON LA INTENCION DE QUE EL TURISTA CULTURAL INCREMENTE SUS PERNOCTACIONES EN LA LOCALIDAD Y, PODER TANTO ALARGAR LA ESTANCIA, COMO
DESESTACIONALIZAR EL SECTOR.
Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Taronja de Borriana. Mantenimiento y conservación del inmueble
difusión de la historia y la cultura citrícola valenciana, único en España y en Europa, que abrió sus puertas en 1995.
diferentes administraciones para su mantenimiento y apertura.
importancia de la producción y exportación citrícola de principios del siglo XX en la expansión también de la arquitectura modernista.
comercio, el transporte y la publicidad de la industria de los derivados de los cítricos en un recorrido que lleva desde finales del siglo XVIII hasta la actualidad.
de más de 5.000 marcas naranjeras, más de 1.000 fotografías y numerosos ejemplares únicos de papel de seda usados para envolver las naranjas
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
18
histórico, cultural e industrial
la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Al funcionamiento operativo de los servicios Museo de Arte Funerario y Costumbres (Vinaròs)
12
nuestros días, de gran valor histórico y artístico, se necesita un espacio de interpretación, conservación, puesta en valor y explicación.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
18
336A
modificación.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
músicos y 200.000 socios, como agentes de conservación y potenciación del patrimonio cultural de las tradiciones musicales y artísticas a lo largo de la historia
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
106
Mulet García (GPIC)
(Miles de €)
objetivos de la entidad
Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Conservatorio Elx
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
CONOCIDA. BAJO LA FINALIDAD Y EL PROYECTO DE CREACION DE UNA RED DE MUSEOS PARA DESESTACIONALIZAR EL SECTOR Y DINAMIZAR EL CASCO ANTIGUO, ES NECESARIO DOTAR DE ESTE MUSEO A LA LOCALIDAD, PARA DIVERSIFICAR LA OFERTA Y RECONDUCIR EL TURISMO DE SOL Y
PLAYA Y DE SEGUNDA RESIDENCIA, HACIA UN TURISMO CULTURAL, MÁS SOSTENIBLE.
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
321N
€)
explotación del carbón en las cuencas mineras leonesas que den una salida a las explotaciones e infraestructuras ya creadas y mantener empleos en el sector
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
dar respuesta a las necesidades en materia deportiva del municipio turronero.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
población totalmente amurallado del País Valenciano. Es BIC y hay que poner en valor este espacio y ayudar a su conservación
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
11
presupuestado en el Plan E decayó en su atribución presupuestaria pese a que la administración local inició el trámite económico-presupuestario para su ejecución completa.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
acciones dentro de sus competencias para la promoción de la lengua leonesa hablada en las comarcas salmantinas de Las Arribes y El Rebollar. Estas actuaciones podrían darse por ejemplo mediante la rotulación también en
el leonés comarcal de toda la cartelería dependiente del Estado, la edición de alguna publicación relativa a estas variedades de leonés (bien sea estudios filológicos u otro tipo de publicaciones, como por
ejemplo la edición de la Constitución en ellas), o la promoción de los dialectos arribeño y rebollano del leonés en la televisión y radio públicas dependientes del Estado.
2808
Profesional.
(Miles de €)
Estado lleve a cabo acciones dentro de sus competencias para la promoción de la lengua leonesa hablada en comarcas de la provincia de León como Laciana, La Cabrera, El Bierzo, La Cepeda, Maragatería o Babia. Estas actuaciones podrían darse por
ejemplo mediante la rotulación también en el leonés comarcal de toda la cartelería dependiente del Estado, la edición de alguna publicación relativa a estas variedades de leonés (bien sea estudios filológicos u otro tipo de publicaciones, como por
ejemplo la edición de la Constitución en ellas), o la promoción del leonés en la televisión y radio públicas dependientes del Estado.
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
darse por ejemplo mediante la rotulación también en el leonés comarcal de toda la cartelería dependiente del Estado, la edición de alguna publicación relativa a estas variedades de leonés (bien sea estudios filológicos u otro tipo de publicaciones,
como por ejemplo la edición de la Constitución en ellas), o la promoción de los dialectos zamoranos del leonés en la televisión y radio públicas dependientes del Estado.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
historia. Por Peñiscola, (más conocida como sede papal) pasaron íberos, fenicios,griegos, romanos, cartagineses,arabes,ordenes militres...Desde la antigua grecia donde fue llamada “Chersonesos”, hasta la actualidad, Su casco histórico
fue declarado conjunto historico artistico el año 1972 y, su Castillo templario, fue sede Papal con Benedicto XIII, el papa Luna, siendo peñiscola el centro del Cisma de Occidente.La administración local dispone de locales y edificios aptos para su
ubicación.
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
piscina Municipal de Peníscola
€)
la construcción de una piscina municipal, para potenciar el turismo deportivo y ofrecer Peñiscola como un destino integral con unas instalaciones deportivas adecuadas para todo tipo de deportes.
García (GPIC)
visto que fue sede Papal durante el Pontificado de Benedicto XIII (Papa Luna), no dispone a fecha de hoy de ningún museo que haga referencia a esta figura. Su importante paso por la ciudad, hacen que esta figura, posicione a la localidad a nivel
internacional. La importancia de Benedicto XIII, El papa luna, en el Cisma de occidente, es incuestionable, como también lo debe ser disponer de un museo para tal figura, hecho el cual, se convertiría para nuestra ciudad en un atractivo más a
visitar y, sería el inicio de un ambicioso Plan estratégico que Compromís Per Peniscola dispone para la localidad; puesto que es necesaria la reconversión del turismo de sol y playa y segunda residencia hacia otro tipo de turismo, como el cultural,
en este caso.
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
biblioteca y museo de la Cerámica, Costumbre y la Gastronomía (Casa del Marqués de Benicarló)
44
Benicarló-Vinaròs. La propiedad tiene 765 metros cuadrados y un jardín posterior. Su cocina cerámica con materiales del s. XVIII ha sido calificada como la capilla Sixtina de la cerámica valenciana y es la única completa que se conserva en la
autonomía. Todas sus paredes son cerámicas y de enorme belleza, retratando escenas relacionadas con la gastronomía, las costumbres y los placeres de la alimentación. El Marqués fue un gran terrateniente, sostuvo una destacada biblioteca y mantuvo
notables edificios históricos en al autonomía valenciana
la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
de la Ayora, propiedad del Ayuntamiento; con tal de preservar su valor histórico, artístico y cultural y al mismo tiempo dotar este edificio público de un uso y función para las vecinas y vecinos de Almussafes.
don Carles Mulet García (GPIC)
bienes culturales
supervivencia y necesita de una rehabilitación urgente. En la actualidad, se están barajando diferentes propuestas por parte de la municipalidad para abordar la restauración y puesta en valor de la Finca Ansaldo, como espacio de uso cultural, o
como centro de interpretación de las Torres de la Huerta, pero se necesita de la colaboración en la financiación para su recuperación. Este conjunto patrimonial supone un elemento de gran importancia para nuestra historia. De hecho, el linaje de
la familia que la gestionaba está repleto de personajes ilustres, como D. Agustín Ansaldo, fiscal del Rey en la Huerta de Alicante en el siglo XVIII. Otro personaje insigne de la familia fue D. Ignacio Ansaldo, que se convertiría en capitán de las
milicias urbanas en la Guerra de la Independencia en Alicante. En 1852 nace en
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
2013 mediante procedimiento de expropiación. A día de hoy ya está fijado el justiprecio de la misma. Esta edificación se haya sin mantener desde hace más de dos décadas, por lo que su estado es verdaderamente grave. El jardín de esta finca era
uno de los más reconocidos de la Huerta alicantina. El edificio originariamente fue construido en el siglo XVI, aunque su aspecto actual es consecuencia de las remodelaciones llevadas a cabo a mediados del siglo XVIII, y los siglos XIX y XX.
Originariamente se trataba de una finca de explotación agraria, aunque luego se convirtió en una finca de recreo En general es un edificio imponente, de relevancia dentro del conjunto patrimonial que suponen las casas de la huerta típicas de
l’Horta Alacantina. El de Conde contiene una de las mayores sorpresas de la villa: un pequeño teatro o sala de conciertos que contaba con acceso independiente al de la casa, además de los grabados franceses que contiene la misma y el valor
de los elementos decorativos que todavía mantiene. Dado su estado, su tamaño y el volumen de financiación que requiere para su recuperación, creemos que es prioritario intervenir para mantener este bien y evitar su pérdida del patrimonio comarcal y
de la memoria colectiva de nuestros vecinos y vecinas.
la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
18
Educación y Formación Profesional.
Linea Puig-Carasol
la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
61
44
rehabilitación y acondicionamiento del Museo de la Ciudad
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
dar un uso social y medioambiental dentro del paraje natural de la Sierra de Mariola (Agres).
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
63
por recortes presupuestarios.
Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Restauración Castillo Elda
2500 (Miles de €)
don Carles Mulet García (GPIC)
Martir de Guadassuar
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
18
NÚM. 2827
Formación Profesional.
18
de un núcleo poblacional del siglo III a.C. de alto valor patrimonial con alta potencialidad turística.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
337C
un núcleo poblacional íbero de alto valor patrimonial, excelente ejemplo de arquitectura avanzada y con una alta potencialidad turística. Recientemente se ha descubierto en diversas excavaciones del citado lugar, que parecen indicar que es uno de
los restos íberos más importantes de la zona (Castelló-Tarragona), por lo tanto deberían ampliarse las excavaciones y poner los restos en valor para uso turístico y cultural.
modificación.
(Miles de €)
Benicarló alberga, en un entorno excepcional, los restos amurallados de un núcleo poblacional íbero de alto valor patrimonial, excelente ejemplo de arquitectura avanzada y con una alta potencialidad turística. Recientemente se ha descubierto con
las obras de la variante N-340 un nuevo y excepcional yacimientos en el Mas de Fabra, que deberían ser excavados y puestos en valor para su uso turístico y cultural
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
peligro de desprendimiento
Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
papeles valencianos del Archivo de Salamanca y digitalización
Carles Mulet García (GPIC)
2010, se realizó el cambio de material sintético de la Pista de Atletismo de la Vall d’Uixó con un coste aproximado de 300.000 euros. Las obras fueron sufragadas íntegramente por el Gobierno de España a través del Fondo Estatal de Inversión
Local. Aproximadamente a los 15 meses de la instalación del sintético, este comenzó a soltarse y a presentar problemas de planeidad y de seguridad. Actualmente, la pista se encuentra en pésimas condiciones, sobre todo en la recta de meta. Tiene
un elevado coste su reparación. Es por ello que solicitamos la inversión para el cambio de sintético de la Pista de Atletismo de la Vall d’Uixó, con un valor estimado de 300.000€.
García (GPIC)
Palacio del Marqués de Benicarló
€)
García (GPIC)
centenario de la Universidad de Salamanca
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación y Formación Profesional.
: Zona industrial El Molinar de Alcoi
€)
edificios y consolidándolos para evitar su desaparición. La motivación es seguir este proceso de adquisición, consolidación y dotación de contenido didáctico.
de Educación y Formación Profesional.
Oficio y Talleres de Ocupación en Melilla
€)
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
esta es la modalidad empresarial que más empleo genera en el país. Esta ayuda a la creación de empleo es más eficiente que subvencionar grandes instalaciones industriales, que son grandes consumidoras de recursos pero poco generadoras de empleo
Trabajo y Economía Social.
políticas activas de empleo y formación
€)
€)
coincidimos con la sociedad civil que la despoblación del interior es uno de los principales problemas en estos momentos. En los últimos años se han puesto en marcha diversas iniciativas (turísticas, gastronómicas y de recuperación de productos
agroalimentarios, patrimoniales, ayudas a los nacimientos, mejora infraestructuras, grupos de acción local, etc.) pero que, en nuestra opinión, no tienen una planificación conjunta, ni una coordinación con las actuaciones de las diversas
administraciones locales, autonómicas, estatales y europeas, ni una presencia activa de la sociedad civil. Existen iniciativas de éxito en territorios europeos como por ejemplo en la región de las Tierras Altas de Escocia (Highlands and Islands
Enterprise HIE) que tienen la misma problemática que las montañas de Castellón. Por eso, en 1965 crearon una agencia de desarrollo territorial que ha asumido la misión de sacar su territorio de la situación de declive demográfico y económico en que
se encontraban. Compromís considera que es necesario un organismo autónomo que cuente con el consenso político y social de todos para planificar y coordinar unas iniciativas a largo plazo y al margen de los ciclos políticos es básico para la
búsqueda de soluciones a la despoblación.
enmienda a la Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
19
manteniendo la esencia de la protección al entorno, pero favoreciendo el surgimiento de actividades económicas vinculadas al disfrute de los espacios naturales.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
3
Trabajo y Economía Social.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
4
grandes instalación es industriales sino solamente una buena infraestructura de comunicaciones.
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Carles Mulet García (GPIC)
LEONÉS
Industria, Comercio y Turismo.
en BTT en Tírig
en la promoción de las rutas en BTT
enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Ayudas REHABILITACION Y RESTAURACION VIVIENDAS CASCO ANTIGUO Peñíscola
ARTISTICO EN EL AÑO 1972 Y ES LA BASE PARA EL FOMENTO DEL TURISMO CULTURAL DE LA LOCALIDAD. EN ESTOS MOMENTOS, LA DESPOBLACION Y LA CRISIS HAN CONVERTIDO A ZONAS DEL CASCO ANTIGUO EN AUTENTICOS CRIADEROS DE PALOMOS, DONDE EXISTEN MULTITUD DE
VIVIENDAS EN MAL ESTADO, Y CON LO CUAL, SUPONEN UN VERDADERO PELIGRO, TANTO PARA LOS CIUDADDANOS COMO PARA LOS TURISTAS. EL CASCO ANTIGUO REQUIERE DE UNA URGENTE ACTUACION EN ESTE SENTIDO: REQUIERE SU REHABILITACION Y PROTECCION. BAJO ESTA
FINALIDAD, SOLICITAMOS UNA LINEA DE AYUDAS A LA REHABILITACION Y RESTAURACION DE LAS VIVIENDAS DEL CASCO ANTIGUO, VISTA SU PECULIARIDAD HISTORICA, Y VISTO EL GRAVE DETERIORO ACTUAL
(GPIC)
modificación.
€)
receptores DAB y conversión digital para radiodifusores.
Turismo.
de €)
estatal, es uno de los más necesarios de la zona por sus múltiples beneficios: revitalización de las zonas mineras del noroeste de la provincia de León, investigación de la mejora del Medio Ambiente, creación de puestos de trabajo y presencia en el
ámbito educativo.
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
turístico de Peñíscola
Turismo.
León”
Ternera Charra, Carne de Morucha, Ibéricos de Salamanca, Cecina de León, Chorizo Zamorano, Botillo del Bierzo, Jamón de Guijuelo, Farinato de Ciudad Rodrigo, etc. Sin embargo, en ocasiones desconocidos por la mayor parte de la población, y en
ocasiones con falta de promoción conjunta, se hace necesaria la creación de una “Feria de Embutidos y Carnes del Reino de León” que ponga en valor en conjunto todo el potencial que posee la Región Leonesa en materia de embutidos y
carnes, y cuya celebración debería ser anual y rotatoria entre las tres provincias leonesas.
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
conveniente, a la par que perfectamente viable, la creación de una sede del Museo Nacional de Escultura en Ciudad Rodrigo, que además serviría para poder deshacer el agravio que supuso el traslado del conjunto escultórico ‘El Calvario’
de Juan de Juni desde Ciudad Rodrigo a Valladolid en 2009, y que en este caso se podría exponer en la Sede planteada para Ciudad Rodrigo del Museo Nacional de Escultura, junto a otras obras escultóricas que posea el Estado en titularidad o cedidas,
algunas de las cuales se hallan almacenadas sin poder ser expuestas o contempladas.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
6
Parque Temático de la Minería de Fabero, éste no se ha desarrollado lo suficiente ante la falta de un compromiso e impulso real desde administraciones como el Gobierno de España o la Junta de Castilla y León. Por ello, se solicita mediante esta
enmienda un impulso por parte del Estado al Parque Temático de la Minería de Fabero, para la rehabilitación de edificaciones o elementos relacionados con la actividad minera en la localidad que sean susceptibles de integrar dicho parque temático,
incluyendo asimismo actuaciones relativas a poner en valor la Gran Corta, en la que han aparecido diversos fósiles y que supone una especie de “libro geológico”, con un valor que de hecho trasciende el de la actividad minera, dada su
importancia geológica.
Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
de Morella
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
habría suministro eléctrico. El ayuntamiento tiene un convenio con Iberdrola para desarrollar la línea y ya se han aportado 1 millón de euros. La primera fase ya está realizada y se pide poderla hacer desde Polinyà de Xúquer hasta Sueca. Esto no
solo beneficiaría a Sueca, sino también a Riola y Polinyà, ya que la nueva línea pasa por estos municipios
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
432A
rehabilitación, caso por ejemplo de los servicios, para los que se habían previsto obras de reforma, pero sin embargo no aparece ninguna partida específica en el proyecto de Presupuestos ni para el Parador de Ciudad Rodrigo en general ni para la
obra prevista en sus servicios de forma particular, por lo que se solicita haya un compromiso presupuestario explícito al respecto.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
12
432A
cultural
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
zonas turísticas maduras en Alacant
€)
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Carles Mulet García (GPIC)
(Miles de €)
las tecnologías digitales en el medio rural a fin de hacer más homogénea la calidad de vida entre el medio rural y el urbano en acceso a internet. Esta actuación facilitará también la creación de empleo en nuevas tecnologías y el evitara un
disuasor del turismo como es la falta de red de internet.
modificación.
apropiados para la actividad comercial e industrial de estas localidades de pequeño tamaño de la Safor se halla paralizado por la inexistencia de líneas eléctricas en la zona ni de las instalaciones necesarias. El suministro debe traerse a la zona
desde un polígono en la vecina localidad de Gandía y construir una pequeña central, por lo que es urgente que se le de un impulso desde la administración central
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
ZAMORA Y LEÓN
económicas que requieren comunicaciones permanentes con clientes
formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
operativo y en las condiciones óptimas a la mayor brevedad posible.
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
77
Garbanzo de Pedrosillo, Alubia de La Bañeza-León, Lenteja de la Armuña y Lenteja de Tierra de Campos. Pese a su alta calidad, no son quizá lo suficientemente conocidas o promocionadas fuera de sus zonas de producción, lo que hace necesario que el
propio Estado promocione las cinco IGP de legumbres propias de la Región Leonesa en los eventos gastronómicos en que esté presente España.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Fuentesaúco, Garbanzo de Pedrosillo, Alubia de La Bañeza-León, Lenteja de la Armuña y Lenteja de Tierra de Campos. Pese a su alta calidad, no son quizá lo suficientemente conocidas o promocionadas fuera de sus zonas de producción, lo que hace
necesario que el propio Estado promocione las cinco IGP de legumbres propias de la Región Leonesa en los eventos gastronómicos en que esté presente España.
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Leonesa, siendo el caso de la DO Queso Zamorano, la IGP Queso Arribes de Salamanca, la IGP Queso de Valdeón y la IGP Queso de Los Beyos. Pese a ello, los quesos de estas marcas de calidad, pese a su alta calidad, no son demasiado conocidos fuera de
sus zonas de producción, lo que hace necesario que el propio Estado promocione las tres IGP y la DO de quesos propios de la Región Leonesa en los eventos gastronómicos en que esté presente España.
Mulet García (GPIC)
que agrupan a quesos de la Región Leonesa, siendo el caso de la DO Queso Zamorano, la IGP Queso Arribes de Salamanca, la IGP Queso de Valdeón y la IGP Queso de Los Beyos. Pese a ello, los quesos de estas marcas de calidad, pese a su alta calidad,
no son demasiado conocidos fuera de sus zonas de producción, lo que hace necesario que el propio Estado promocione las tres IGP y la DO de quesos propios de la Región Leonesa en los eventos gastronómicos en que esté presente España.
NÚM. 2869
Comercio y Turismo.
90 (Miles de €)
provincia de León posee dos denominaciones de origen de vino reconocidas, Bierzo y Tierra de León, fruto de la calidad de sus vinos. Sin embargo, estas denominaciones de origen no son demasiado conocidas fuera de la provincia de León, lo que hace
necesario que el propio Estado promocione las mismas en los eventos gastronómicos en que esté presente España, aprovechando asimismo la capitalidad gastronómica española que posee este año la ciudad de León.
Carles Mulet García (GPIC)
€)
fruto de la calidad de los vinos que se elaboran en las zonas de producción de Las Arribes y la Sierra de Francia. Sin embargo, estas denominaciones no son demasiado conocidas fuera de la provincia salmantina (ni incluso dentro de ella), lo que
hace necesario que el propio Estado promocione las mismas en los eventos gastronómicos en que esté presente España.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Arribes y Tierra del Vino de Zamora, y los Vinos de Calidad de Valles de Benavente, fruto de la calidad de los vinos que se elaboran en las comarcas de Toro, Arribes, Tierra del Vino y Los Valles. Sin embargo, a excepción de Toro, que sí posee un
importante prestigio nacional e internacional, las denominaciones de origen de Arribes y Tierra del Vino, así como los vinos de calidad de los Valles de Benavente no son demasiado conocidas fuera de la provincia zamorana (ni incluso dentro de ella),
lo que hace necesario que el propio Estado promocione los vinos de estas zonas en los eventos gastronómicos en que esté presente España, impulsando asimismo un mayor reconocimiento de la DO Toro.
García (GPIC)
modificación.
“Pueblos más bonitos de España”, debido a la gran belleza que posee, y que hace que albergue numerosos Bienes de Interés Cultural, así como estando reconocido como Conjunto Histórico-Artístico. Todo ello ha de implicar que el propio
Estado lleve a cabo un plan de promoción de esta ciudad, para que esté más presente y visible en las ferias turísticas nacionales e internacionales y pueda acudir con ello más turismo a Ciudad Rodrigo, y que de este modo el turismo pueda beneficiar
más a la economía local y comarcal.
enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
PLAN DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE CIUDAD RODRIGO
de €)
así como estando reconocido como Conjunto Histórico-Artístico. Todo ello ha de implicar que el propio Estado lleve a cabo un plan de promoción de esta ciudad, para que esté más presente y visible en las ferias turísticas nacionales e
internacionales y pueda acudir con ello más turismo a Ciudad Rodrigo, y que de este modo el turismo pueda beneficiar más a la economía local y comarcal.
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
como uno de los “Pueblos más bonitos de España”, debido a la gran belleza que posee
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
90 (Miles de €)
de Francia consta de tres localidades reconocidas como de los “Pueblos más bonitos de España”, siendo el caso de La Alberca, Miranda del Castañar y Mogarraz, debido a la gran belleza que poseen, y que hace que estén reconocidos también
como Conjunto Histórico-Artístico en los tres casos, a lo que se sumaría su encuadre dentro del Parque Natural de la Sierra de Francia y la Reserva de la Biosfera Sierras de Béjar y Francia. Todo ello ha de implicar que el propio Estado lleve a
cabo un plan de promoción de esta comarca y sus productos, para que estén más presentes y visibles en las ferias turísticas nacionales e internacionales y que de este modo se pueda beneficiar más la economía comarcal.
Turismo.
de €)
reconocido como uno de los “Pueblos más bonitos de España”, debido a la gran belleza que posee, y que hace que albergue numerosos Bienes de Interés Cultural, así como estando reconocido como Conjunto Histórico-Artístico. Todo ello ha
de implicar que el propio Estado lleve a cabo un plan de promoción de esta villa, para que esté más presente y visible en las ferias turísticas nacionales e internacionales y pueda acudir con ello más turismo a Ledesma, y que de este modo el turismo
pueda beneficiar más a la economía local y comarcal.
siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
(Miles de €)
Cultural, así como estando reconocido como Conjunto Histórico-Artístico. Todo ello ha de implicar que el propio Estado lleve a cabo un plan de promoción de esta villa y su comarca, para que esté más presente y visible en las ferias turísticas
nacionales e internacionales y pueda acudir con ello más turismo a la comarca de Sanabria, y que de este modo el turismo pueda beneficiar más a su economía.
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
12
España”, debido a la gran belleza que posee, y que hace que albergue numerosos Bienes de Interés Cultural, así como estando reconocido como Conjunto Histórico-Artístico. Todo ello ha de implicar que el propio Estado lleve a cabo un plan de
promoción de esta villa y su comarca, que alberga el Parque Natural del Lago de Sanabria
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Todo ello ha de implicar que el propio Estado lleve a cabo un plan de promoción de esta ciudad, para que esté más presente y visible en las ferias turísticas nacionales e internacionales y pueda acudir con ello más turismo a la ciudad de Toro, y que
de este modo el turismo pueda beneficiar más a su economía.
formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
76
77
repartiendo su territorio entre las provincias de Salamanca y Zamora. Sin embargo, las cifras de turismo no están alcanzando los niveles óptimos como para que pueda ser un verdadero motor para la zona, que sufre una profunda despoblación. Por
ello, proponemos que el Estado realice un plan de promoción del entorno del Parque Natural de Arribes, para que sus impresionantes parajes estén más presentes y visibles en las ferias turísticas nacionales e internacionales y que de este modo, un
mayor turismo pueda beneficiar más la economía comarcal.
la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
6000 (Miles de €)
sustitutivos al tejido industrial preexistente, y por tanto sin ofrecerse alternativas laborales a sus habitantes, más allá de que engrosen las listas del paro o la larga lista de emigrantes que posee la Región Leonesa, ya de por sí severamente
castigada, al ser actualmente la región española que más personas tiene fuera de su territorio. En este aspecto, cabe resaltar el hecho de que el municipio de Villablino ha pasado de tener 15.628 habitantes en 1991, a los 8.620 habitantes con que
contaba en 2019, esto es, perdiendo en tres décadas prácticamente la mitad de su población. Por ello, urge un plan especial de reindustrialización en el municipio de Villablino, que impulsado por el Estado encuentre alternativas a la industria
tradicional de la zona y ayude a detener el declive en el que se está viendo sumida.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
7
industria de la minería de carbón que operaba en los municipios de Toreno y Fabero, ha sumido al área que conforman Páramo del Sil, Toreno y Fabero en una depresión económica galopante, al no haberse dotado de sustitutivos al tejido industrial
preexistente, y por tanto sin ofrecerse alternativas laborales a sus habitantes, más allá de que engrosen la larga lista de emigrantes que posee la Región Leonesa, ya de por sí severamente castigada, al ser actualmente la región española que más
personas tiene fuera de su territorio. Por ello, urge un plan especial de reindustrialización en el área de Páramo, Toreno y Fabero, que impulsado por el Estado encuentre alternativas a la industria tradicional de la zona y ayude a detener el
declive en el que se está viendo sumida.
enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
PLAN TURÍSTICO “REINO DE LEÓN: CUNA DEL PARLAMENTARISMO”
Reino de León de 1188 son el testimonio más antiguo del parlamentarismo en el mundo. Este hecho, sin embargo, no ha sido promocionado por parte del Estado en el sentido de que las ciudades y villas leonesas que participaron en aquellas Cortes sean
promocionadas conjuntamente con el reconocimiento de ser la Cuna del Parlamentarismo. Por ello, proponemos la creación del Plan Turístico “Reino de León: Cuna del Parlamentarismo”, que promocione conjuntamente en los diversos eventos
turísticos mundiales a que acuda España a las ciudades y villas que participaron en las Cortes del Reino de León de 1188, como Ciudad Rodrigo, León, Salamanca, Toro, Ledesma, Zamora, Benavente, Astorga, Alba de Tormes, etc.
2884
Turismo.
Provincia de Zamora
mayor visibilidad y conocimiento. En este aspecto, parece necesario que el Estado los tenga presentes y visibles en las ferias turísticas nacionales e internacionales y puedan acudir con ello más peregrinos y turismo a las comarcas zamoranas que
atraviesan, beneficiando a su economía.
enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
REHABILITACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE ZONAS TURÍSTICAS EN LA CABRERA (LEÓN)
disminución del uso de la pizarra tras la crisis inmobiliaria.
formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
60
haberse desestabilizado con la inyección de gas del proyecto energético y para afrontar el desmantelamiento del mismo con las máximas garantías para la población del norte valenciano y sur catalán. Su proximidad al foco de los movimientos sísmicos
aportará valiosa información científica.
de gas del proyecto energético y para afrontar el desmantelamiento del mismo con las máximas garantías para la población del norte valenciano y sur catalán. Su proximidad al foco de los movimientos sísmicos aportará valiosa información
científica.
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
el Centro Territorial de RTVE de la Comunidad Valenciana
(Miles de €)
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
€)
antigua vía minera, al tratarse de la más larga del Estado español y por su importancia histórica
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
de la falda del Desert, sufre las consecuencias de avenidas de agua importantes que se podrían mitigar con actuaciones de mejora en los barrancos.
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Baixa padece de una regresión acelerada que afecta al desarrollo económico, paisajístico y medioambiental de la comarca.
realizados con el fin de parar la regresión, proteger y recuperar el litoral
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
modificación.
depresión económica galopante, habiendo perdido la ciudad de Béjar 5.000 habitantes en las cuatro últimas décadas. Por ello, urge un plan especial de reindustrialización de Béjar para frenar este declive, debiendo ampliarse el plan presentado en el
ámbito autonómico, al que debería añadirse una ampliación de cuantía y proyectos mediante la participación estatal que proponemos.
formula 11 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda.
15 MINISTERIO DE HACIENDA
del Sector Público Estatal
15
por la Generalitat, el Ayuntamiento de Valencia y el Gobierno central para organizar la Copa del América y gestionar el proyecto de la Marina Real. La Copa del América, que según se decía iba a tener un retorno económico de 1.500 millones de euros
para la ciudad de Valencia, ha generado una deuda que asciende a 427 millones de euros (236 millones de euros con el ICO, 123 millones de euros con el Tesoro y 67 millones de euros con el Banco de Santander).
inasumible para la comunidad valenciana debido a la situación financiera en que se encuentra, por eso, al igual que se ha hecho en ciudades como Sevilla, Barcelona, Zaragoza y Madrid pedimos la condonación de la deuda.
presente proyecto de presupuestos, creemos necesario aumentar hasta los 30 millones de euros para el año 2021 y la misma cantidad para el 2022.
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
17 MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
reales
€)
Alicante-Elche, con las ciudades de Alicante y Elche, es completamente necesaria teniendo en cuenta que, en 2019, dicho aeropuerto, recibía a más de 13 de millones pasajeros. Igualmente, de necesaria supone la conexión entre las ciudades de
Alicante y Elche, y de Elche con el aeropuerto.
fachada marítima de la conexión ferroviaria del Regional Alicante Murcia que deber estar integrado en el diseño del nuevo trazado.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
Inversiones reales
ferroviaria del aeropuerto de Alicante-Elche, con las ciudades de Alicante y Elche, es completamente necesaria teniendo en cuenta que, en 2019, dicho aeropuerto, recibía a más de 13 de millones pasajeros. Igualmente, de necesaria supone la conexión
entre las ciudades de Alicante y Elche, y de Elche con el aeropuerto.
también para liberar la fachada marítima de la conexión ferroviaria del Regional Alicante Murcia que deber estar integrado en el diseño del nuevo trazado.
años 2021, 2022 y 2023 la realización de un Estudio para conexión ferroviaria entre el aeropuerto de El Altet y Alicante, cuyo importe total alcanza los 387.800 euros. Dicho importe está proyecto de la siguiente manera:
2021; 249,220 euros para 2022 y 28,800 para 2023.
obras.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Creación de infraestructura de carreteras
paso por la ciudad de Torrevieja soporta diariamente el paso de 40.000 vehículos. Este tramo, concentra un gran número de accidentes mortales anualmente cosa que lo convierte en uno de los puntos con mayor siniestralidad del mapa de carreteras
peninsular.
modificación.
transporte ferroviario
Gandia
carreteras
de euros adicionales a la construcción de la línea Gandia-Dénia, ya presupuestados por el Gobierno por un importe total de 436,02 (miles de euros).
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Locales
MINISTERIO DE FOMENTO
Público
(GPIC)
modificación.
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Asumir el coste de la desaladora vinculada a Xilxes y Moncofa
marcha de las desaladoras de Moncofa- Xilxes.
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
SECRETARIA GENERAL DE FINANCIACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
transferencias Comunidades Autónomas
LOCAL
2.244.000,00 (Miles de €)
financiera para la recuperación.
actuales se torna dramático pues incide de manera directa en la capacidad de afrontar la reconstrucción económica tras el impacto de la crisis del COVID-19. Debido a las sustanciales diferencias de recursos con los que cuentan las comunidades, su
capacidad de financiar las estrategias de recuperación es muy desigual.
obligan los preceptos constitucionales.
el proceso de recuperación, inexorablemente.
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Mulet García (GPIC)
II
ZAL Valencia
gestión de los residuos generados por los barcos, la cualidad del aire, los fondos marinos, la fachada litoral con la erosión de las playas del sur de la ciudad y la salinización del Parque Natural de la Albufera.
València es incompatible con la declaración de emergencia climática. La adquisición de parcelas urbanizadas de la ZAL de València no permitiría que la Punta recupere su papel tradicional de transición entre la ciudad y la Albufera, ni podrá contar
con un corredor verde que enlace el antiguo cauce del río Turia con el Parque Natural de la Albufera. Es necesario facilitar las condiciones de vida y trabajo digno de las personas que todavía viven allí.
presupuestado a la adquisición Parcelas Urbanizadas ZAL Valencia de las parcelas a la adquisición de parcelas urbanizables Parc Sagunt II y adelantar lo proyectado para los años 2022, 2023 y 2024.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 623 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Cooperación
fortalecer las capacidades de los Fondos de Cooperación y Solidaridad y de la propia Confederación de Fondos de Cooperación y Solidaridad en materia de cooperación técnica, diplomacia de ciudades, localización de los ODS y fortalecimiento de la
gobernanza local, así como respuesta local a la pandemia de la covid-19. En un contexto de replanteamiento de la arquitectura de la cooperación española, el fortalecimiento de la cooperación municipalista como un actor ejecutor de políticas
públicas de desarrollo a nivel local es estratégico.
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.
edificio de los juzgados de Vinaròs
€)
formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.
Integrar el actual juzgado nº5 de Vinaròs en el edificio principal
222708Estudios y trabajos técnicos
Justicia.
90 (Miles de €)
funcionamiento
Ministerio de Defensa.
como campamento militar (aumento de partida)
de €)
la cantidad incluida en el proyecto de Presupuestos de cara a darle un impulso reseñable y real en el año 2021.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa.
4
de 15 de marzo 2018) ha calificado como situación grave la de las retribuciones de las Fuerzas Armadas. En el capítulo de retribuciones para personal en reserva según los presupuestos de 2018 disminuyen en 1.518 efectivos respecto al 2017, lo que
supone la disminución del gasto en el personal en reserva en 41,51 millones de euros (Programa 121-O Personal en reserva). Entendemos que el coste del proyecto, bastante inferior en este momento, es perfectamente asumible. Actualmente al pasar a
la situación de reserva se producen dos pérdidas de retribuciones en dos momentos muy concretos. Primero, se deja de percibir la parte de retribuciones vinculada al puesto de trabajo ocupado, es decir, que al pasar a la reserva las retribuciones
disminuyen. Segundo, a partir de los 63 años las remuneraciones están constituidas por las retribuciones básicas y por el complemento de disponibilidad, equivalente a la suma del 80% del complemento de empleo y del 80% del componente general del
complemento específico. Este cambio supone una nueva pérdida económica del 20% de los complementos no justificable por razón de la edad. En comparación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el complemento de disponibilidad de un
policía o un guardia civil es superior al asignado a los empleos de las Fuerzas Armadas de teniente, brigada, alférez, sargento primero, cabo mayor, sargento, cabo primero permanente, cabo permanente y soldado permanente. En el Consejo de Personal
de las Fuerzas Armadas celebrado el 23 de julio de 2015, el Ministerio de Defensa presentó un proyecto de modificación del del Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, RD 1314/2005, de 4 de noviembre, que, entre otros
asuntos, elevaba la cuantía del complemento de disponibilidad, siendo equivalente al 100% de los complementos descritos. Una de las razones que motivaban el cambio normativo es la adaptación de las retribuciones correspondientes a la situación de
reserva, en similitud a lo regulado para el Cuerpo de la Guardia Civil en el Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. A 1 de junio de 2018 la estimación del coste de implantación de
esta medida, mediante la cual el personal en situación de reserva mayor de 63 años percibiera el 100% el complemento de disponibilidad, es de 13.864.469,49 euros anuales. El proyecto en 2015, valoraba el coste en 20,4 millones de euros y afectaba a
7.600 efectivos de las todas las categorías militares. El número de efectivos en la reserva ha disminuido desde entonces, según los presupuestos de 2018 disminuyen en 1.518 efectivos respecto al 2017, lo que supone la disminución del gasto en el
personal en reserva en 41,51 millones de euros (Programa 121-O Personal en reserva).
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa.
66
122A
acompañada de una consignación presupuestaria para rehabilitar el edificio
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 14. Ministerio de Defensa.
121M
en Kosovo
Ministerio de Defensa.
localidad del experimento Stuka de la aviación alemana durante la Postguerra
Mulet García (GPIC)
modificación.
NÚM. 2915
misma cantidad que aporta al Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela
(GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda.
4795 (Miles de €)
mismos fines y necesidades objetivas
enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda.
200 (Miles de €)
(Castellón), con tan solo 39 habitantes, afectada directamente por la despoblación, tiene una deuda, tanto pública con el estado más los intereses, así como con proveedores privados, de 200.000 euros. Esta situación impide al municipio llevar a
cabo las inversiones que se necesitan en la población, así como la contratación de personal necesario para el día a día del municipio o para las aportaciones propias en las actuaciones cofinanciadas por otras administraciones. Así pues, se solicita
que se haga una transferencia incondicionada para este municipio para sufragar la deuda que arrastra el municipio desde hace 10 años, y así poder saldar las cuentas.
de Hacienda.
mantiene con la entidad financiera TCA EDCF Investments Sàrl
2919
(Miles de €)
mínimo de 300 nuevos agentes para mejorar la ratio de policías cada mil habitantes en la autonomía valenciana, que se sitúa a la cola en esta cifra
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
2
132A
autonomía valenciana, que se sitúa a la cola en esta cifra
formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
Cesión a la ciudad de València del Convento de Sant Domènec
(Miles de €)
localidad y sus visitantes
Sección 16. Ministerio del Interior.
que permanece vacío desde hace más de una década para usos públicos vinculados al puerto
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
de haber sido arrebatados
Sección 16. Ministerio del Interior.
Civil d’Alacant
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
6
62
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
los terrenos necesarios para la construcción de un nuevo cuartel de la Guardia Civil en la localidad, dado que el actual se encuentra obsoleto. Para ello se estima un presupuesto necesario de 2’7 millones de euros para construir el nuevo
cuartel, debiendo darle un impulso claro cuanto antes.
la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
Construcción de un edificio de atención ciudadana para la Guardia Civil en Catarroja
unos locales alquilados y con un espacio reducido que no permite atender, con garantías, su demarcación.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
6
62
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
16
4
NÚM. 2930
Peñíscola
edificios públicos
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
5000 (Miles de €)
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
16
3
habitants, sent l’unica amb estes dimensions que no en té en tot l’Estat espanyol
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
6
Civil en la ciudad de Toledo, debido al deterioro y los problemas que acumula el actual edificio.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
6
Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios
que se ha comprometido
Sección 16. Ministerio del Interior.
residencia de suboficiales de la calle Alcalde Tàrrega a la ciudad de Castelló
rehabilitar el edificio
Sección 16. Ministerio del Interior.
Bétera
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
uno nuevo. La demanda de este nuevo cuartel se ha planteado repetidamente desde el Consistorio y desde el conjunto de los grupos políticos de la ciudad. Sin embargo, tras más de casi 15 años de reivindicación continuada la situaicón continúa
siendo de total parálisis.
Sección 16. Ministerio del Interior.
de la Policía Nacional en Salamanca
€)
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.
Mulet García (GPIC)
€)
infraestructura ha sido reivindicada desde comienzos de la década de los noventa. En la actualidad, se hace aún más urgente dotar de esta vía a una ciudad que supera los 230.000 habitantes a través de una vía que mejora también los accesos a la
costa sur de la provincia de Alicante
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
2944
modificación.
el presupuesto destinado a la partida 2014 17 38 3598 Duplicación variante de Torrevieja para que las obras de esta infraestructura, valoradas en 34 millones de euros, avancen significativamente. En la actualidad la limitación de dos carriles
unidireccionales en el tramo entre Guardamar del Segura y Pilar de la Horadada producen numerosos atascos de tráfico y son considerados dos de los puntos negros más peligrosos de la provincia de Alicante.
Carles Mulet García (GPIC)
partida)
antes, siendo claramente insuficientes para darle un mínimo impulso los 100.000 euros consignados en el proyecto de Presupuestos para el tramo Alcañices-Frontera con Portugal, motivo por el cual se propone un aumento de la partida, más aún teniendo
en cuenta la alta peligrosidad de la travesía de Alcañices de la N-122, que urge a acometer la variante de Alcañices cuanto antes.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Zamora, aconseja la realización de la A-11 entre Zamora y Portugal, de cara a reducir la accidentalidad. Esta autovía debería acometerse cuanto antes, siendo claramente insuficientes para darle un mínimo impulso los 100.000 euros consignados en el
proyecto de Presupuestos para el tramo Fonfría-Alcañices, motivo por el cual se propone un aumento de la partida, más aún teniendo en cuenta la alta peligrosidad de la travesía de Alcañices de la N-122, que urge a acometer la variante de Alcañices
cuanto antes.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ricobayo-Fonfría (aumento de partida)
€)
acometerse cuanto antes, siendo claramente insuficientes para darle un mínimo impulso los 100.000 euros consignados en el proyecto de Presupuestos para el tramo Ricobayo-Fonfría, motivo por el cual se propone un aumento de la partida
NÚM. 2948
Movilidad y Agenda Urbana.
entre Zamora y Portugal, de cara a reducir la accidentalidad. Esta autovía debería acometerse cuanto antes, siendo claramente insuficientes para darle un mínimo impulso los 100.000 euros consignados en el proyecto de Presupuestos para el tramo
Ronda Norte de Zamora-Ricobayo, motivo por el cual se propone un aumento de la partida.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
61
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
2951
Agenda Urbana.
(Miles de €)
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
38
autovís pendientes
17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Siétamo- Huesca
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
6
pendientes
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Figueruelas- Gallur
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Zaragoa
5000 (Miles de €)
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovías pendientes
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Urbana.
60000 (Miles de €)
ancho UIC a los puertos de Castelló, València y Alacant y hacerlos más competitivos
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Otras
García (GPIC)
de €)
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
las inversiones previstas en Aragón para culminar los desdoblamientos y autovís pendientes
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
11
se recogen 10.000 euros, lo que imposibilitaría el avance en dicha rehabilitación, cifrada en 1.120.000 euros.
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
de Calp, que sí que aparece en los presupuestos de 2018.
la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
60
Otras
enlaza esta última ciudad y su comarca con Valencia capital y que podría ser uno de los ejes vertebradores de las comarcas centrales valencianas desde una perspectiva sostenible.
(GPIC)
(Miles de €)
que posee actualmente la estación ferroviaria de Ciudad Rodrigo hace necesario el desbroce y adecentamiento de dicha estación, así como la adaptación de los accesos para personas de movilidad reducida y mejora de la iluminación en dicha estación y
su acceso.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
250 (Miles de €)
puente de entrada y salida que cruza la V-31 y que es propiedad del Ministerio de Fomento, para hacer un carril de peatones y vehículos no motorizados, que conectaría con el carril existente en Sedaví y el que hay en la Senda de les Vaques.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Mijares-antigua N-340 entre Vila-real y Almassora
(Miles de €)
como elemento cultural.
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Adecuación e iluminación solar rotonda 340 accesos N232, N238 y 340A
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
costa, Alicante (comunicación con las ciudades del interior y de la costa sur)
ciudades de Alicante y Valencia. Se proponen 20 millones para el presente año y 10 en los sucesivos, hasta 2021
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
38
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
60
modificación.
Oca
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
2012 e incumplidos hasta ahora
la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ampliación 100.000€ per agilizar el tramo entre Quintanilla de Arriba y Quintanilla de Onesimo
Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
de €)
proyectados para 2012 e incumplidos hasta ahora
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
60
6
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
20000 (Miles de €)
obras iniciadas y paralizadas
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ampliación 500.000€ per agilizar la realitzación de tramos A-60
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
20
453C
hacia el norte, sale a la superficie por la ciudad de Valencia, se hace imprescindible su prolongación al otro lado del río Turia.
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
451N
García (GPIC)
trenes Castelló-Maestrat
Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Aumento partida 2000 17 20 0380 Cercanías Alicante
red convencional
rentable. Sin embargo, esta línea se encuentra en un estado obsoleto, ya que es una de las pocas del Estado que no se encuentra electrificada. En este sentido, solicitamos que se aumente la partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante hasta los
10M de euros la inversión en la modernización de la línea para avanzar las obras de manera significativa.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
453C
convierte en una infraestructura especialmente demanda y rentable. Sin embargo, esta línea se encuentra en un estado obsoleto, ya que es una de las pocas del Estado que no se encuentra electrificada. En este sentido, solicitamos que se aumente la
partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante hasta los 10M de euros la inversión en la modernización de la línea para avanzar las obras de manera significativa.
Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
existen en las ciudades y pueblos de la provincia de Alacant, como por ejemplo el existente en la calle Ausó y Monzó de la ciudad de Alacant, que suponen un elemento de alta peligrosidad para las personas así como una barrera arquitectónica en las
estructuras urbanas.
17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante
(Miles de €)
estado obsoleto, ya que es una de las pocas del Estado que no se encuentra electrificada. En este sentido, solicitamos que se aumente la partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante hasta los 10M de euros la inversión en la modernización de la
línea para avanzar las obras de manera significativa.
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
60
Martas-Valverde Enrique-Mayorga de la A-60, ya que solo se recogen 100.000 euros, lo que imposibilitaría la realización de ninguna obra en este proyecto de autovía.
Senador Carles Mulet García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
modificación.
17
proyecto de autovía de Ponferrada (León) a La Espina (Asturias), de modo que puedan conectarse de una forma más directa El Bierzo y Laciana entre sí, así como con Oviedo y la costa asturiana, enlazando con la A-63 desarrollada en Asturias. Para
ello, se debería prolongar la autovía ya existente entre Ponferrada y Toreno hasta La Espina, a través de Laciana, Degaña, Cangas de Narcea y Tineo.
García (GPIC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
de tramos de la autovía que una las ciudades de Ponferrada y Ourense. Actualmente la carretera es una nacional peligrosa por sus curvas y la orografía de la zona, que hace que haya constantes cortes por incidencias en todo el trayecto. Esta vía
sería además muy útil para el intercambio de mercancías y productos de la zona con vistas a su exportación.
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
resulta decisivo avanzar en la construcción de tramos de la autovía que una las ciudades de Ponferrada y Ourense, más allá de lo presupuestado para meras tramitaciones. Actualmente la carretera es una nacional peligrosa por sus curvas y la
orografía de la zona, que hace que haya constantes cortes por incidencias en todo el trayecto. Esta vía sería además muy útil para el intercambio de mercancías y productos de la zona con vistas a su exportación.
don Carles Mulet García (GPIC)
Urbana.
(Miles de €)
vertebrar el noroeste del Estado, resulta decisivo avanzar en la construcción de tramos de la autovía que una las ciudades de Ponferrada y Ourense, más allá de lo presupuestado para meras tramitaciones. Actualmente la carretera es una nacional
peligrosa por sus curvas y la orografía de la zona, que hace que haya constantes cortes por incidencias en todo el trayecto. Esta vía sería además muy útil para el intercambio de mercancías y productos de la zona con vistas a su exportación.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
(tramo Villamartín de la Abadía-Requejo) (aumento de partida)
lo presupuestado para meras tramitaciones. Actualmente la carretera es una nacional peligrosa por sus curvas y la orografía de la zona, que hace que haya constantes cortes por incidencias en todo el trayecto. Esta vía sería además muy útil para el
intercambio de mercancías y productos de la zona con vistas a su exportación.
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
condiciones que las establecidas en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, para aquellas personas a quienes les fueron reconocidas. En estos supuestos, se establecerá un derecho de adquisición preferente de las
Administraciones Públicas sobre la vivienda protegida.
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
441M
facilidades a la infancia de que se dispone en este medio frente a las de entorno urbano.
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Castelló y Vinaròs, una reivindicación histórica de las comarcas de Castelló que tendría numerosos beneficios sociales y económicos, así como de beneficio del sector turístico de la zona