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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 91, de 27/05/2020
cve: BOCG-14-D-91 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


27 de mayo de 2020


Núm. 91



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000793 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la modificación de la duración de la autorización de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado ...
(Página7)


Comisión de Hacienda


161/000798 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la exención, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del rescate de planes de pensiones y otros sistemas de previsión social, por las
causas establecidas en la ley para contribuyentes afectados por la crisis sanitaria del COVID-19 ... (Página11)


161/000839 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la ampliación de plazos para la ejecución y justificación de los proyectos de las Estrategias DUSI ... href='#(Página12)'>(Página12)


Comisión de Interior


161/000790 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al reconocimiento de la labor durante la crisis del COVID-19 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de los Funcionarios de
Prisiones ... (Página13)


161/000799 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre medidas para dotar de medios a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado frente a incidentes como el ocurrido en Zaldívar ... href='#(Página14)'>(Página14)


161/000840 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre el traslado de personas del CETI de Melilla a la Península y la paralización de la deportación de las personas de nacionalidad tunecina ... href='#(Página17)'>(Página17)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/000787 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a mantener la infraestructura de la Rampa de Pajares como vía cultural y turística, creando un tren histórico, una vía verde y un recorrido visitable dada
su importancia cultural, deportiva, arqueológica y paisajística ... (Página21)



Página 2





161/000805 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas para favorecer la movilidad y el cumplimiento de las medidas sanitarias para disminuir los riesgos de contagio por coronavirus ...
(Página22)


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/000812 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la formación permanente del profesorado y a la elaboración de un plan de prevención para la vuelta presencial a las aulas ... href='#(Página23)'>(Página23)


161/000841 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre el fomento de la digitalización en la enseñanza ... (Página25)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/000813 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, por la que se insta al Gobierno a adoptar las medidas legislativas y reglamentarias necesarias para
garantizar un efectivo 'ius resistentiae' del trabajador en materia de prevención de riesgos laborales que no le suponga perjuicios inmediatos derivados de su actuación ... (Página27)


161/000815 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, por la que se insta al Gobierno a desarrollar el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores de modo que se
establezca un sistema eficaz de información a los trabajadores de los elementos esenciales de la prestación laboral, que sustituya la regulación del Real Decreto 1659/1998 y que sea acorde a las nuevas tecnologías de la comunicación manteniendo un
gasto de seguridad jurídica que permita un efectivo control jurisdiccional ... (Página29)


161/000819 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a impulsar la certificación de las retribuciones de las personas trabajadoras encuadradas en el
Sistema Especial de Empleados del Hogar ... (Página31)


161/000821 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la consideración como tiempo efectivo de trabajo del descanso de quince minutos durante la jornada
laboral ... (Página32)


161/000829 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a salvaguardar económicamente a las familias numerosas que no están contempladas en las prestaciones por ERTE ... (Página33)


161/000842 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la extensión de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por el COVID-19 hasta el 30 de junio y a
la creación de una tarifa plana de cotización para facilitar la reincorporación a su actividad ... (Página35)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/000814 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre los desafíos que la aplicación industrial de la robotización tiene sobre el empleo y las condiciones de
trabajo ... (Página36)



Página 3





161/000820 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, por la que se insta al Gobierno a introducir sistemas de evaluación periódica del impacto territorial de los
proyectos de inversión que se canalizan a través de la política pública de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial ... (Página38)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000810 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la elaboración de un protocolo único de actuación para la desescalada en residencias de mayores y centros sociosanitarios ... href='#(Página39)'>(Página39)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/000789 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre los índices de rendimiento neto aplicables en la Región de Murcia, en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades
agrícolas y ganaderas murcianas afectadas por diversas circunstancias excepcionales en 2020 ... (Página41)


161/000791 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a paliar el impacto de la crisis por COVID-19 en el sector de la planta ornamental y flor cortada española ... href='#(Página42)'>(Página42)


161/000801 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la creación de la Reserva Marina en Tenerife (Teno y Anaga) ... (Página43)


161/000834 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a adoptar medidas para aumentar la vigilancia en las explotaciones agrarias ... (Página47)


161/000837 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al apoyo al sector vitivinícola español frente a la crisis de COVID-19 ... (Página48)


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/000816 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la recuperación de la movilidad dentro de la Administración General del Estado ... href='#(Página49)'>(Página49)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/000794 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación de la 'Lithobates Catesbeianus' ... (Página50)


161/000796 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre medidas extraordinarias relativas a la planificación y ejecución de un plan integral de movilidad sostenible, seguro y eficaz en el contexto de la crisis
sanitaria del COVID-19 y la próxima desescalada ... (Página51)


161/000800 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a exigir un fortalecimiento de los mecanismos de control de residuos peligrosos como consecuencia del incidente ocurrido en el vertedero
de Zaldívar ... (Página53)


161/000835 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, por la que se insta al Gobierno a adoptar medidas en beneficio de la cogeneración en España ... (Página55)



Página 4





Comisión de Cultura y Deporte


161/000795 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la implantación de medidas urgentes para las empresas del sector del fitness en su vuelta a la normalidad tras la crisis sanitaria del COVID-19 ... href='#(Página57)'>(Página57)


161/000797 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la suspensión de la liga de Primera División del fútbol femenino en España (Primera Iberdrola) ... href='#(Página65)'>(Página65)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/000786 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al estudio de la incidencia de la nicotina en la enfermedad del COVID-19 ... (Página66)


161/000811 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la creación de una APP de rastreo para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19) ... (Página67)


161/000824 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al acceso de las personas mayores a los servicios sanitarios en igualdad de condiciones en el contexto de la pandemia de coronavirus
(COVID-19) ... (Página68)


161/000831 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la utilización de metodología Big Data para la realización de estudio observacional del COVID-19 ... (Página69)


161/000832 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas específicas para el sector odontológico debido a la situación del COVID-19 ... (Página73)


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/000788 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a armonizar los criterios de actuación en las Universidades españolas con respecto a las prácticas curriculares, así como trabajos de fin de grado/máster,
que debido a la crisis sanitaria del COVID-19 no han podido tener lugar ... (Página75)


161/000804 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la implantación de medidas urgentes que fomenten la investigación e industria científica nacional y que todos los recursos y material tecnológico de los
laboratorios y universidades españolas puedan ser utilizados para combatir el COVID-19 ... (Página79)


161/000808 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a elaborar una nueva Estrategia de Internacionalización de las Universidades Españolas para el horizonte 2030 ... (Página83)


161/000809 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la transferencia del conocimiento por parte de las universidades públicas en el campo de las ciencias jurídicas ... (Página84)


161/000817 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la reducción de tasas universitarias ... (Página87)


161/000818 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa al impulso del Espacio Iberoamericano del Conocimiento ... (Página88)



Página 5





161/000823 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a restituir la Comisión Delegada para Política Científica, Tecnológica y de Innovación suprimida por Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de
marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 ... (Página89)


161/000830 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas de apoyo a las 'startups', para paliar las consecuencias negativas del COVID-19 ... (Página90)


161/000836 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre adopción de medidas de compensación a las Universidades Públicas por el cambio en el sistema de precios públicos y por el incremento de
costes derivados de la crisis COVID-19, así como la consecuente mejora del sistema de becas ... (Página93)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000825 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre el pago de la deuda soberana en el contexto de crisis del COVID-19 ... (Página95)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/000807 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la mejora de los procedimientos de declaración de tutela administrativa de menores en situación de desamparo ... (Página96)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Asuntos Exteriores


181/000228 Pregunta formulada por la Diputada doña Mariona Illamola Dausà (GPlu), sobre valoración de la ayuda dispensada para retornar a nacionales españoles de origen, a nacionales españoles de origen marroquí y a nacionales marroquíes
residentes en España varados en Marruecos a consecuencia del COVID-19 ... (Página101)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/000219 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector hortofrutícola durante la crisis como consecuencia del COVID-19 ... href='#(Página101)'>(Página101)


181/000220 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector del queso como consecuencia de la crisis del COVID-19 ... href='#(Página102)'>(Página102)


181/000221 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector de la patata como consecuencia de la crisis del COVID-19 ... href='#(Página102)'>(Página102)


181/000222 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector de la carne de vacuno como consecuencia de la crisis del COVID-19 ... href='#(Página102)'>(Página102)


181/000223 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector del cochinillo como consecuencia de la crisis del COVID-19 ... href='#(Página102)'>(Página102)


181/000224 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector de la flor cortada y ornamental como consecuencia de la crisis del COVID-19 ... href='#(Página103)'>(Página103)



Página 6





181/000225 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector del vino como consecuencia de la crisis del COVID-19 ... (Página103)


181/000226 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre valoración sobre la aplicación de las medidas del Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia
de empleo agrario ... (Página103)


181/000227 Pregunta formulada por la Diputada doña Milagros Marcos Ortega (GP), sobre líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector del aceite de oliva como consecuencia de la crisis del COVID-19 ... href='#(Página103)'>(Página103)


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


181/000195 Pregunta formulada por la Diputada doña Mireia Borrás Pabón (GVOX), sobre prioridad en la búsqueda de una vacuna o tratamiento contra el SARS-CoV-2 ... (Página104)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión... (Página104)


184/010502 Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad Moneo Díez, María Sandra


Fondo extraordinario previsto para la organización de festejos, una vez se levante la suspensión y sea posible la organización de espectáculos taurinos. Retirada... (Página109)


184/010504 Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad Echániz Salgado, José Ignacio


Inclusión de las empresas ganaderas de bravo como beneficiarias dentro del paquete de ayudas que se recogen en el Real Decreto-ley 8/2020 para facilitar liquidez, dotar de flexibilidad y favorecer el mantenimiento del empleo. Retirada...
(Página109)


184/010505 Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad Echániz Salgado, José Ignacio


Previsiones acerca de suprimir temporalmente el requisito de ocho festejos para mantenerse de alta en el Régimen General de la Seguridad Social de los profesionales taurinos. Retirada. ... (Página110)


184/010506 Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad González Vázquez, Marta


Fondo de ayuda previsto al mantenimiento de las empresas taurinas (organizadores de espectáculos y ganaderos) y del resto de profesionales del sector durante el tiempo de vigencia de suspensión de la actividad. Retirada ... href='#(Página110)'>(Página110)


184/010507 Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad Mariscal Anaya, Guillermo


Planificación de una coordinación gubernamental para la salvaguarda del patrimonio genético, medioambiental y del tejido rural ganadero de bravo que representan las ganaderías de bravo, ante la caída de festejos del año 2020 y sus
consecuencias en el ámbito del toro bravo. Retirada... (Página111)


184/013163 Autor: Rego Candamil, Néstor


Normalización lingüística en la Administración General del Estado... (Página111)



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000793


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas y D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo
193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la modificación de la duración de la autorización de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o
servicios de voluntariado, para su discusión en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Primero. La Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, en su Disposición final tercera, habilita al Gobierno a dictar las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación y desarrollo de la reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de
enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.


El 30 de abril de 2011, se publicó en el 'Boletín Oficial del Estado', el vigente Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica
2/2009, derogando el Reglamento aprobado por Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.


Dicha reforma, según señala la exposición de motivos de la propia norma, obedecía a diversas causas. Entre ellas, indicaba que la reforma del Reglamento de Extranjería ofrecía la oportunidad de clarificar, simplificar y ordenar
procedimientos complejos, cuya tramitación puede ser mejorada desde la perspectiva de la agilidad y seguridad jurídica.


Así, la ubicación y reordenación sistemática de algunos procedimientos, la distinción entre requisitos y documentos acreditativos de los mismos, la mayor concreción de unos y otros, su simplificación, así como una regulación más clara de la
relación entre autorizaciones y visados que evite dobles comprobaciones contribuiría, sin duda, a mejorar la gestión y la seguridad jurídica de los procedimientos de extranjería.


En su título III, dedicado a la estancia, se introducían reformas derivadas de la normativa comunitaria, al igual que la transposición de la Directiva relativa a estancias por estudios, investigación o formación, intercambio de alumnos,
prácticas no laborales o servicios de voluntariado. Asimismo, se simplificaban las normas de procedimiento y se establecía la figura de la prórroga de estancia por estudios, además de la posibilidad de realizar actividades por cuenta propia.


Ese título III ha probado ser poco práctico y poco ajustado a la realidad de los estudiantes que vienen a estudiar a España.


Segundo. España es el país de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que ha registraba, en 2018, el mayor aumento de universitarios procedentes de otros países.



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España ya era el principal receptor de alumnos de Erasmus, pero arrastraba un déficit importante en alumnos internacionales de grado que todavía persiste, y provocado, en cierta medida, por el exceso de burocracia exigida para cursar una
carrera completa. La decisión en 2014 de eliminar la Selectividad para alumnos internacionales pudo provocar una especie de efecto llamada, bien recibido por las universidades y por la riqueza que produce en el país.


Así, el informe 'International Migration Outlook' 2018, que la OCDE presentaba en junio de 2018 en París, daba cuenta de que, entre 2014 y 2015, el número de alumnos internacionales que estudiaban una carrera universitaria en España
aumentaba en un 56 %, el incremento más elevado de los 35 países analizados. La subida en la media de la OCDE fue del 8 %. Países, como el Reino Unido o Francia, apenas obtenían más alumnos de fuera.


Thomas Liebig, especialista en Migraciones Internacionales de la OCDE y uno de los responsables del informe, señalaba lo siguiente: 'Mi opinión personal es que este incremento puede estar relacionado con la imagen que tiene España en el
mundo. Pienso que está vinculado a la presencia que tienen algunas facultades españolas, que se han hecho más competitivas a nivel internacional'.


Durante la crisis económica, los campus se lanzaron al mercado exterior para captar alumnos de otros países, que pagan matrículas hasta cuatro veces más caras que las tasas habituales. A esta estrategia de captación de alumnos se sumaba la
publicación del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia que, como se ha señalado anteriormente, eliminaba la Selectividad para los extranjeros, una prueba que,
en palabras de Wert, era el 'mayor obstáculo' para que la universidad española ampliara sus fronteras.


En cualquier caso, la internacionalización de la universidad española es aún muy mejorable. En 2018, aproximadamente el 3 % del total de estudiantes de grados y posgrados en España eran extranjeros, cuando en el Reino Unido suponían el 18 %
y en Francia, el 10 %. La media de la UE estaba en el 8 %.


En septiembre de 2019, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades publicaba la Estadística de Internacionalización que muestra el número de extranjeros en el Sistema Universitario Español (SUE), incluyendo a los estudiantes
entrantes por programas de movilidad hasta el curso 2017-18 -son los últimos datos publicados de que disponemos-.


El número de estudiantes internacionales aumentaba más de un 10 % con respecto al curso anterior, con un claro predominio de estudiantes de América Latina y el Caribe, tras la Unión Europea. Así, en el curso 2017-18 el número de estudiantes
y profesores extranjeros en el SUE continuó su tendencia creciente, alcanzando los 127.597 y 3.332, respectivamente.


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Tercero. Como indica Daniel Peña, rector de la Universidad Carlos III de Madrid, 'tenemos una oportunidad de atraer talento que compense en el futuro caída previsible de demanda interna por la baja natalidad, evitando el cierre de muchas
titulaciones y mejorando nuestras enseñanzas. Además, estos estudiantes impulsarán el posgrado y aportarán calidad, visión internacional y recursos a las universidades y a la economía española. Porque cuanto mayor sea la atracción de talento,
mayor será la riqueza del país y sus posibilidades de crecimiento. Hay una alta relación entre la inversión en educación e investigación y el desarrollo y la calidad de vida de las naciones del mundo'.


Para ello, es necesario simplificar al máximo los procedimientos burocráticos que afrontan los estudiantes, reduciendo y digitalizando en la medida de lo posible las formalidades administrativas.


La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social señala en su artículo trigésimo tercero, sobre el régimen de admisión a efectos de estudios, intercambio de alumnos,
prácticas no laborales o servicios de voluntariado, lo siguiente:


'1. Podrá ser autorizado, en régimen de estancia, el extranjero que tenga como fin único o principal realizar una de las siguientes actividades de carácter no laboral:


a) Cursar o ampliar estudios.


b) Realizar actividades de investigación o formación, sin perjuicio del régimen especial de los investigadores regulado en el artículo 38 bis de esta Ley.


c) Participar en programas de intercambio de alumnos en cualesquiera centros docentes o científicos, públicos o privados, oficialmente reconocidos.


d) Realizar prácticas.


e) Realizar servicios de voluntariado.


2. La vigencia de la autorización coincidirá con la duración del curso para el que esté matriculado, de los trabajos de investigación, del intercambio de alumnos, de las prácticas o del servicio de voluntariado.


3. La autorización se prorrogará anualmente si el titular demuestra que sigue reuniendo las condiciones requeridas para la expedición de la autorización inicial y que cumple los requisitos exigidos, bien por el centro de enseñanza o
científico al que asiste, habiéndose verificado la realización de los estudios o los trabajos de investigación, bien por el programa de intercambio o voluntariado, o centro donde realice las prácticas.'



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Por su parte, el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009,
en su artículo 37, apartado 3, indica lo siguiente:


'3. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 40, la duración de la estancia será igual a la de la actividad respecto a la que se concedió la autorización, con el límite máximo de un año; o de dos años, cuando el programa de estudios
se desarrolle en una institución de enseñanza superior autorizada y conduzca a la obtención de un título de educación superior reconocido, lo que puede incluir un curso preparatorio a dicha educación superior o unas prácticas de formación
obligatoria.'


Y, el artículo 40, a que hace referencia el anterior, señala lo expuesto a continuación:


'1. La autorización de estancia podrá prorrogarse anualmente cuando el interesado acredite que sigue reuniendo los requisitos previstos en el artículo 38, tanto de carácter general como específicos respecto a la actividad para cuya
realización fue autorizado a permanecer en España.


En su caso, habrá de acreditar igualmente que ha superado las pruebas o requisitos pertinentes para la continuidad de sus estudios o que la investigación desarrollada por el extranjero progresa. Este requisito podrá acreditarse a través de
la realización de estudios o investigaciones en el territorio de otro Estado miembro de la Unión Europea, en el marco de programas temporales promovidos por la propia Unión.


2. La prórroga deberá solicitarse, en modelo oficial, durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización, dirigida a la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia de desarrollo
de la actividad..La presentación de la solicitud en este plazo prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud
se presentase dentro de los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en la que se
hubiese incurrido.


La solicitud podrá presentarse en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o de acuerdo con lo establecido en
la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.'


De tal manera que, los estudiantes que, habiendo cumplido con los numerosos requisitos que están recogidos en el artículo 38 del referido Real Decreto, estén cursando un grado, postgrado, o programa de estudios de duración superior a un año
en España, deberán renovar anualmente el visado, hecho este que no tiene lógica alguna. Además, la solicitud de prórroga habrá de solicitarse 60 días antes a la expiración de la vigencia de la autorización, que suele coincidir con el periodo
vacacional de los estudiantes extranjeros, que en tales fechas suelen regresar a sus países de origen.


A todo lo expuesto, debe añadirse que contradice el espíritu de lo dispuesto al inicio del apartado tercero del artículo 37, que señala que 'la duración de la estancia será igual a la de la actividad respecto a la que se concedió la
autorización', pues lo lógico sería que los visados tuvieran la vigencia del programa de estudios que se esté cursando, de manera que el inciso del 'límite máximo de un año', hace perder la esencia del visado vinculado a un programa de estudios.


Cuarto. La crisis mundial en que estamos inmersos, y cuyos devastadores efectos aún no se han manifestado en su real magnitud, tendrá sin lugar a dudas un efecto nefasto en los programas universitarios de extranjeros, y ello supondrá un
duro revés económico tanto para los centros educativos, cualquiera que sea su índole, como para el resto de empresas y actividades que guardan relación con la estancia de los estudiantes extranjeros.


Y es que la repercusión económica para las ciudades de estos titulados o profesionales estudiantes no es poca. Empezando por el dinero que desembolsan por la propia formación. Por poner un ejemplo, la edición de 2015 del estudio de 'ESADE
MBA City Monitor' cifraba el gasto medio de matrícula en 61.556 euros en las escuelas de Barcelona. El coste medio de estancia, en 25.000 euros al año. Cifras que llevan a concluir a los responsables del trabajo que los estudiantes foráneos de MBA
aportan unos 60 millones de euros de impacto directo anualizado a la ciudad. Por su parte, 'IESE Business School' cifra en 83.370 euros el desembolso total de los 24 meses que dura el MBA en su centro (el año pasado eran 77.000). A



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eso hay que añadir, según sus cálculos, unos 2.100 euros mensuales de alojamiento, manutención, transporte, ocio, etcétera.


La tendencia de estudiantes extranjeros extracomunitarios, como hemos visto, era claramente ascendente, y muchos informes indican que las cifras en el curso 2018-2019, serían muy superiores. España acoge algunas de las escuelas de negocios
más prestigiosas del mundo, posee una amplia red de universidades y, además, es el máximo receptor de estudiantes de intercambio dentro del programa Erasmus. Si además tenemos en cuenta que el español es la segunda lengua más hablada del mundo,
nuestro país es un destino relevante en cuanto a oferta educativa.


No obstante lo anterior, es necesaria la simplificación de los trámites burocráticos, más si cabe, como hemos visto, cuando es una cuestión que atiende a razones de mero sentido común.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente,


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el artículo 37, apartado 3, del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros
en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, con el fin de fijar la duración de la estancia, en los casos definidos en el apartado primero del mismo artículo, según la duración de la actividad respecto a la que se
concedió la autorización, sin requerir su prórroga anual.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Alberto Asarta Cuevas y Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Hacienda


161/000798


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la exención, en el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, del rescate de planes de pensiones y otros sistemas de previsión social, por las causas establecidas en la ley para contribuyentes afectados por la crisis sanitaria del COVID-19, para que para su posterior debate en la Comisión de
Hacienda.


Exposición de motivos


El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 regula, en su disposición adicional vigésima, la disponibilidad de los planes
de pensiones en determinados casos.


En particular, se recoge la posibilidad de rescatar parcialmente estos sistemas de ahorro, de manera excepcional, en determinados supuestos asociados a la crisis sanitaria: (i) haberse visto afectado el contribuyente por un Expediente de
Regulación Temporal de Empleo; (ii) ser empresario titular de un establecimiento cuya apertura al público se haya visto suspendida como consecuencia del estado de alarma; (iii) ser autónomo obligado a cesar en su actividad.


Esta medida ha sido muy bien recibida por los sectores más afectados por la crisis, ya que permite a los partícipes de un plan de pensiones rescatar parte de sus propios ahorros, para hacer frente de manera algo más llevadera a las
consecuencias económicas adversas en las que pueda encontrarse con ocasión de esta pandemia.


Sorprende, sin embargo, que el Gobierno no haya previsto un mecanismo de alivio fiscal para el rescate de estos fondos, toda vez que el mismo tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como un rendimiento del trabajo más,
por lo que los trabajadores que necesiten utilizar parte de



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sus ahorros en estos momentos de altísima incertidumbre económica, verán los mismos reducidos por una carga fiscal que se les impone en el peor momento posible.


Por otro lado, nada se explicita en el decreto sobre la exoneración de la obligación contenida en el apartado 8 del artículo 51 de la Ley del IRPF, de regularizar las reducciones que se hubieran realizado en la base imponible del IRPF en el
momento de realizar las correspondientes aportaciones, para estos casos de recuperación parcial fuera de aquellos permitidos de manera taxativa por la normativa reguladora de los planes y fondos de pensiones.


Sobra mencionar las consecuencias que esta crisis está teniendo para miles de economías domésticas de nuestro país; miles de personas que han sido despedidas, acogidas a un ERTE con la correspondiente reducción de su salario o que han
tenido que cerrar un negocio.


Con esta iniciativa se pretende, en definitiva, dejar exento de tributación en el IRPF el rescate de los planes de pensiones que realicen los contribuyentes como consecuencia de haber visto su situación económica gravemente afectada por esta
crisis sanitaria, en los casos y cuantías estipulados en el decreto que lo autoriza. El objetivo es, en suma, que la totalidad del rescate pueda ser utilizada por el afectado, sin penalización fiscal, con el fin de coadyuvar al alivio de su
situación financiera.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar las modificaciones legislativas necesarias en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Real Decreto-ley 11/2020, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social
y económico para hacer frente al COVID-19, en su caso, para dejar exento de tributación en el citado impuesto, el importe rescatado de los planes de pensiones y otros sistemas de previsión social, en los casos y cuantías estipulados en dicho
Decreto.


2. En consonancia con lo anterior, realizar las modificaciones legislativas que correspondan para que, asimismo, la disposición de los derechos consolidados no se considere un supuesto de rescate distinto de los previstos en la normativa
reguladora de planes y fondos de pensiones, a los efectos de lo dispuesto en la normativa del IRPF sobre la obligación de reponer las reducciones en base imponible que se hubiera practicado el contribuyente en el momento de realizar las
correspondientes aportaciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-María Carmen Martínez Granados, Diputada.-Edmundo Bal Fránces, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000839


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la ampliación de plazos
para la ejecución y justificación de los proyectos de las Estrategias DUSI, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Los ayuntamientos de España, como entidades locales beneficiarias de la primera convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (EDUSI) que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER
2014-2020 Plurirregional de España, debido a las muchas y muy variadas circunstancias que han contribuido al retraso generalizado en la ejecución del Eje 12 URBANO en el que se enmarcan las EDUSI y, ante la posibilidad real de que dichas Estrategias
puedan incumplir los plazos de ejecución y de justificación de operaciones, precisan de la ampliación de plazos establecidos.


Las Estrategias DUSI, están enmarcadas dentro del marco europeo 2014-2020, con una prórroga prevista de 3 años y que finalizaría en el mes de diciembre del año 2023.


La pandemia del COVID-19 ha contribuido de manera decisiva a que los plazos determinados para la ejecución y justificación de los fondos europeos de la Estrategia DUSI sean imposibles de cumplir, máxime



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cuando con la implantación del estado de alarma los procedimientos administrativos de contratación han estado y están paralizados. Una de las principales preocupaciones de las entidades locales, es el empleo.


Efectivamente, miles de españoles están perdiendo sus puestos de trabajo como consecuencia de la crisis sanitaria y el Grupo Parlamentario Popular considera que todas las administraciones públicas deben apostar por medidas concretas que
sirvan como motor de la inversión, la dinamización de la economía y la revitalización de nuestros pueblos y ciudades.


Desde esta perspectiva, ampliar un año la prórroga de la ejecución y justificación de los proyectos de las Estrategias DUSI se antojan como esenciales para la recuperación económica de los municipios.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la concesión de oficio de la ampliación en un año de la prórroga de la ejecución y justificación de los proyectos de las Estrategias DUSI, considerando los plazos máximos establecidos por los
Reglamento de la UE y en base al artículo 32.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2020.-María José García-Pelayo Jurado y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Interior


161/000790


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de reconocimiento de la labor durante
la crisis del COVID19 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de los Funcionarios de Prisiones, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Nuestro país, al igual que Italia en el seno de la Unión Europea, está pasando por una etapa de profunda crisis como pocas veces a lo largo de su historia. La pandemia del COVID-19 ha supuesto una convulsión nunca antes sufrida, obligando a
la población española al confinamiento para evitar un número superior aún de contagios del que desgraciadamente hemos sufrido. A día de hoy, son 221.447 casos confirmados de personas infectadas, 26.070 fallecidos y 128.511 pacientes curados los
terribles datos de la pandemia en España, una tragedia de dimensiones inconmensurables de la que tardaremos muchos años en recobrarnos, económica, social y psicológicamente.


Las cifras podrían haber sido mucho mayores si no fuese por la ejemplar tarea de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Encargados de las tareas más difíciles, ingratas y peligrosas, como la desinfección de infraestructuras críticas
-aeropuertos, estaciones-, lugares de tránsito -como las calles y avenidas de nuestras ciudades- o aquellos edificios donde el coronavirus se cebó como en ningún otro -residencias de personas mayores-, con ejemplaridad, abnegación y espíritu de
Estado, realizaron todas estas tareas desplegados por todo el territorio nacional.


Más de 3.000 efectivos sobre el terreno, realizaron intervenciones en más de 500 localidades españolas, encargándose asimismo del apoyo a la construcción de una quincena de hospitales de campaña, todo ello dentro de la Operación Balmis.
Pero además Policía Nacional y Guardia Civil realizaron también todas las tareas de seguridad y control del seguimiento de la cuarentena en nuestras carreteras y calles, donde el despliegue ha sido continuó y efectivo, consiguiendo con ello que el
número de personas infectadas se controlase y permitiese el paulatino control del virus.


Su lucha en primera línea de la batalla ha supuesto también un coste importante, en número de víctimas y de afectados. La muerte del teniente coronel de la Guardia Civil Jesús Gayoso, destinado para coordinar las actuaciones en uno de los
focos más intensos en la primera etapa del coronavirus, La Rioja, supuso un duro golpe para toda la ciudadanía al que después habría que ir sumando más agentes. Todo



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ello merece, además del respeto, la admiración, y el cariño de todos los españoles de bien, que lo tienen, algo más, el reconocimiento de la sociedad en su conjunto. Al que hay que sumar otro pilar fundamental de la seguridad como son los
trabajadores de los Centros Penitenciarios.


La excepcional situación que vivimos en nuestro país, motivo por el cual, se declara el Estado de Alarma aprobado por Real Decreto 463/2020 de 14 marzo hace que muchos trabajadores públicos estén haciendo un gran esfuerzo e incluso
sacrificio personal durante esta emergencia. Trabajadores de los servicios esenciales que están volcados en las crisis del COVID-19.


Las FFCCSS, como agentes de la autoridad en su función de control de movimientos y concentraciones ciudadanas, realizan unas tareas de enorme importancia y al mismo tiempo de gran riesgo de contagio para ellos.


Al mismo tiempo existe una población penitenciaria que se encuentra recluida en sus respectivos centros donde cumplen su condena y que pueden ser afectados gravemente por el contagio del coronavirus, contagio que se extendió a los empleados
públicos de prisiones que trabajan en estos centros.


Un grave riesgo para su integridad física el de los Guardias Civiles, Policías Nacionales y Funcionarios de Prisiones al tener que verse en permanente contacto con otras personas potencialmente contagiadas. A fecha de 23 de abril ya había
contagiados por COVID-19, 820 Policías Nacionales, 1602 Guardias Civiles y 239 Funcionarios de Prisiones. Y un total de 18 fallecidos como consecuencia del servicio por COVID-19.


Debemos tener presente que las funciones que realizan en su trabajo son realmente imprescindibles y que se trata de personal prácticamente insustituible. Nos preocupa que incluso no se haya dotado de los elementos de prevención y test de
diagnóstico de COVID-19 a todos ellos.


Desde la declaración del Estado de Alarma, las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad trabajan de forma conjunta, con los sanitarios y las Fuerzas Armadas, para frenar la expansión del Coronavirus y proteger así la población. A pesar de
haberlo solicitado, el Gobierno no les clasifica como personal de alto riesgo durante esta lucha contra la pandemia, a pesar de encontrarse en la primera línea de esta batalla contra el virus e impidiendo garantizar su labor hasta que finalice la
crisis sanitaria.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que reconozca la labor durante la crisis del COVID-19 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a los Empleados Públicos de Prisiones, concretando las siguientes acciones:


1. Aprobar el pago de la retribución bruta del salario, sin pagar impuestos, mientras dure la emergencia del coronavirus para todos los Guardias Civiles, Policías Nacionales y Funcionarios de Prisiones.


2. Se reconozca a todos los Guardias Civiles, Policías Nacionales y Funcionarios de Prisiones fallecidos como consecuencia de COVID-19, 'fallecidos en acto de servicio' agilizando todos los complementos o prestaciones que correspondan a sus
familias como consecuencia de tal fallecimiento.


3. Se proceda por parte del Ministerio del Interior al otorgamiento de condecoraciones con la Cruz con distintivo Rojo a los Agentes de la Guardia Civil y Policía Nacional y Medalla de Oro al Mérito Penitenciario a los Funcionarios de
Prisiones, fallecidos como consecuencia del COVID-19.


4. Se condecore con la Cruz con distintivo Blanco a los Agentes de la Guardia Civil y Policía Nacional y Medalla de Bronce al Mérito Penitenciario a los funcionarios de Prisiones enfermos por COVID-19, como consecuencia del servicio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Teodoro Garcia Egea, Antonio González Terol, Isabel María Borrego Cortés, Carlos Rojas García, Marta González Vázquez y Ana Belén Vázquez Blanco, Diputados.-Cayetana Álvarez de
Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no



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de Ley sobre medidas para dotar de medios a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado frente a incidentes como el ocurrido en Zaldívar, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


l. El pasado 4 de noviembre de 2019 la Inspección Ambiental, dependiente del Gobierno vasco, entregó un informe al mismo reportándole las deficiencias existentes en el Vertedero de Zaldívar. En concreto, en el mismo se estudia, entre otras
cuestiones, el Grado de cumplimiento de las condiciones de la autorización ambiental integrada. De la evaluación y análisis se determinó que a la fecha de la inspección el grado de cumplimiento era BAJO, siendo esta la última y peor de las opciones
posibles (pudiendo la inspección elegir entre Alto si se cumplen satisfactoriamente las condiciones de autorización ambiental y el grado de cumplimiento es GC <= 6 aplicando el apartado 4.1 del PG-DAA-SI-ER-IRAM 'procedimiento general para la
evaluación sistemática de riesgos ambientales por el método IRAM'; Medio-Alto si se cumplen en líneas generales las condiciones de la autorización ambiental con un grado de cumplimiento 6 < GC <= 12; Medio si se garantiza un cumplimiento adecuado
de las condiciones de la autorización ambiental, con un grado de cumplimiento 12 < GC <= 24; Medio-Bajo si no se garantiza un cumplimiento adecuado de las condiciones de la autorización ambiental, existiendo un grado de cumplimiento 24 < GC <= 40).
Se daba, por lo tanto, algún incumplimiento clasificado como significativo/severo o un cúmulo de incumplimientos de las condiciones de autorización, en uno o varios aspectos ambientales, existiendo un grado de cumplimiento GC > 40, aplicando el
apartado 4.1 del PG-DAA-SI-ER-IRAM 'procedimiento general para la evaluación sistemática de riesgos ambientales por el método IRAM'. Dentro de las materias asociadas a los incumplimientos constatados en la inspección, en el informe se señalaron las
siguientes: licencias y autorizaciones; protección agua; residuos; condiciones específicas de vertederos.


Otro de los elementos estudiados por la Inspección Ambiental en dicho informe fue el de las Acciones a ejecutar. En el mismo se recogían las acciones ejecutadas por la autoridad competente, a fecha de finalización del plazo de alegaciones
por el titular de la instalación; sin perjuicio del procedimiento sancionador que pudiera proceder en el caso de incumplimientos constatados en la inspección. Estas acciones tienen en cuenta la valoración de las alegaciones presentadas y las
correcciones de las desviaciones ejecutadas y comunicadas por los representantes de la instalación. Entre las acciones a marcar en el informe (lo que quiere decir que dicha acción aplica a, al menos, un incumplimiento), se señalaron las siguientes:
notificación de inspección a los representantes legales de actividad; requerimiento a la actividad, para que en un plazo de 30 días, se presente documentación acreditativa de que se han corregido las desviaciones señaladas o, en su defecto, se han
implantado acciones para su pronta corrección, siendo los plazos para su ejecución los mínimos necesarios; comprobación de la corrección de uno o varios incumplimientos; y propuesta de revisión de oficio de condiciones de la Autorización Ambiental
Integrada.


La viceconsejera de Medio Ambiente del Gobierno vasco, Elena Moreno, admitió que conocían 'cosas que no se hacían bien', pero que jamás imaginaron que el desenlace pudiera ser catastrófico. Moreno añadió que el departamento 'estaba a punto
de iniciar un expediente sancionador' por registrar vertidos de materiales no autorizados y ocupar más espacio del permitido.


II. El 6 de febrero de 2020, sobre las cuatro de la tarde, ocurrió el desastre anunciado en el Vertedero. Alberto, uno de los trabajadores, le pidió a un compañero intercambiar sus puestos de trabajo durante un rato y es así como terminó
junto a Joaquín, otro de los empleados, en la zona de pesaje de camiones, donde se discriminan los residuos. Esto ocurrió media hora antes de que el vertedero colapsara. Dos desprendimientos simultáneos, aludes de residuos, descendieron por
laderas opuestas. Uno hacia al pueblo de Ermua y el otro hacia el de Zaldívar. El primero arrastró la cabina de pesaje y atrapó a Alberto Solozule y a Joaquín Beltrán. Eran las 16.05 horas del jueves 6 de febrero.


El primer agente de la policía local de Ermua que acudió al desprendimiento descubrió que toneladas de desperdicios regurgitados por la montaña cortaban la autopista AP-8. Coches atascados en ambos sentidos y humo emanando de los escombros.
Al percatarse de que podría haber coches bajo los escombros, treparon y comenzaron a buscarlos. Minutos después, llegaron los bomberos y la Ertzaintza. Pronto se descartaría que hubiera coches, la primera alarma se había encendido, porque la
empresa no era capaz de localizar a siete de sus empleados. Las comprobaciones posteriores redujeron la cifra a dos. La forma de corroborar ese número, según explicaron a los medios de comunicación fuentes de Seguridad del Gobierno vasco, fue
cruda: llamando a sus teléfonos y percatarse de que solo Joaquín y Alberto no respondieron.



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III. La situación empeoró cuando ya intervenían los servicios de emergencia para estabilizar el lugar y buscar a las víctimas. El vertedero acumulaba materiales con amianto, hasta 4.200 toneladas dentro de las 511.000 de residuos recibidos
en 2019. La inhalación de esta sustancia tóxica puede causar graves problemas de salud. Por lo que se decidió detener las labores de rescate. Los operarios iniciales habían actuado sin la protección adecuada, y solo se retomó la actividad cuando
llegaron especialistas. Medio Ambiente salió al paso para certificar que la compañía sí tenía permiso para almacenar amianto. Sorprende, por lo tanto, la falta de diligencia de la empresa y del Gobierno vasco en las primeras horas de este
desastre. ¿Por qué tardaron tanto en alertar que en dicho vertedero se acumulaban materiales con amianto?


El alcalde de Ermua (PSE), Juan Carlos Abascal, trataría de evadir posibles responsabilidades al afirmar a los medios de comunicación que 'el vertedero pertenece a Zaldívar', pero lo cierto es que la zona habitada más cercana al
desprendimiento era de Ermua, el barrio de San Lorenzo. El alcalde llegó a pronunciar que, según su conocimiento, Zaldívar 'era un vertedero de residuos no peligrosos' y que nunca fueron informados de lo contrario. ¿Cómo es posible que la
Corporación, de uno de los municipios limítrofes del vertedero, desconociera que en el mismo se almacenaban residuos con amianto?


El vertedero fue autorizado por la consejería de Medio Ambiente en el año 2007, estando al frente de la Lehendakaritza, Juan José lbarretxe; pero el 4 de septiembre del 2013, ya bajo la presidencia de lñigo Urkullu, hubo una segunda
resolución que dio permiso a Verter Recycling para almacenar residuos con amianto.


Los trabajadores de la compañía y el personal que atendió la emergencia en un primer momento estuvieron manipulando los deshechos durante horas sin contar con las medidas de protección adecuadas, siendo, como hemos visto, el Gobierno vasco
plenamente consciente de la existencia de residuos peligrosos. Sin embargo, el Gobierno vasco se escudaría en que la prioridad era rescatar a los desaparecidos que, en el día de hoy llevan más de 90 días enterrados bajo los escombros.


IV. Un día después, el 7 de febrero, con los equipos de emergencia ya debidamente protegidos, se retomaron los trabajos de rescate de Joaquín y Alberto. Sin embargo, pronto aparecería otro obstáculo al entrar los escombros en combustión.
Recordemos que, en noviembre de 2019, la inspección ambiental había señalado entre los incumplimientos que dos de las chimeneas instaladas para desahogar el metano que genera la materia en descomposición estaban obturadas. Se investiga si eso pudo
provocar una explosión interna. De lo que hay menos dudas es de que el colapso del 6 de febrero taponó todas las chimeneas y posiblemente por eso la basura ardió.


V. Al incendio del basurero, que tardo varios días en ser sofocado, se sumó la presencia de contaminantes en el aire. Hablamos de dioxinas y furanos derivados del fuego, lo que aumentó la preocupación de los vecinos. Los análisis
realizados el 9 de febrero detectaron en el aire 700 centigramos de dioxinas y furanos por metro cúbico, unas cuarenta veces más de los valores normales en una zona urbana. Estas cantidades solo pueden suponer un riesgo para la salud en
exposiciones prolongadas, sin embargo, siempre es mejor prevenir y ser garantista no exponiéndose los ciudadanos a los tóxicos. Estas partículas tóxicas, que se producen en la combustión de plásticos y de cloro, pueden generar cáncer a largo plazo
si hay una gran acumulación en el cuerpo. Las muestras se recogieron el 10 de febrero cuando el incendio era más intenso y se tomaron en un punto cercano al fuego. No obstante, los resultados no se han conocido hasta la tarde del viernes 14, por
tratarse de unos análisis complejos que se realizan en muy pocos laboratorios especializados.


A la vista de los resultados, el mismo 14 de febrero de 2020, el consejero de Medio Ambiente del Gobierno vasco, el socialista lñaki Arriola, recomendó no ventilar las viviendas, cerrar las ventas de noche y no hacer deporte al aire libre en
las zonas de Zaldívar, Éibar y Ermua. Estas nuevas recomendaciones, que se agregan a las de no consumir productos de la huerta ni beber agua de pozos, y suspender el partido de la Liga de Fútbol que se disputaba el 16 de febrero a las cuatro de la
tarde entre el Eibar y la Real Sociedad, pueden parecernos hoy, en plena pandemia del COVID-19, una mera nimiedad, pero hicieron cundir el pánico entre los ciudadanos de la zona, que se vieron indebidamente informados, nerviosos y asustados.


VI. El 14 de febrero de 2020 y tras más de ocho días enterrados bajo toneladas de basura, se conoce que 16 horas después del desastre, por lo tanto, el 7 de febrero, el Delegado del Gobierno en el País Vasco, ofreció al Gobierno vasco la
colaboración de la Unidad Militar de Emergencias. Ofrecimiento que fue rechazado por el Lehendakari Urkullu, cuyo Gobierno, afirmaría que ya se contaban con todos los medios necesarios. Así, y varios meses más tarde, el 6 de mayo de 2020, la
viceconsejera de medio ambiente afirmaría que 'hemos puesto todos los equipos y medios necesarios'. Pese a ello, los cuerpos de Joaquín y Alberto continúan sepultados más de 90 días después del desastre. ¿Por qué rechazaría el



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Gobierno vasco su colaboración? ¿Hubiera sido diferente la situación si desde un primer momento se hubiera aceptado la ayuda de la Unidad Militar de Emergencias?


VII. El 15 de marzo de 2020 llega a los medios un comunicado de la familia de Joaquín Beltrán en el que se acusa al Director de Comunicación del Gobierno vasco, Julián Beloki, de amenazar a la familia: 'mucho cuidado con todo lo que decís
en los medios de comunicación'. ¿Qué le preocupaba realmente al Gobierno vasco? ¿La localización de los cadáveres de estos ciudadanos vascos o evitar un escándalo en lo que entonces se veía como precampaña electoral?


VIII. El Gobierno vasco señaló a la empresa, Verter Recycling 2002, como responsable de un 'fatal y fatídico accidente laboral', e incluso un juzgado ha abierto diligencias para investigarla por un presunto delito laboral y ambiental. Sin
embargo, la empresa se ha defendido asegurando que el contacto con las autoridades era frecuente. Y no puede olvidarse la existencia del Informe Medioambiental antes mencionado que confirma el conocimiento del Gobierno vasco de la falta de
cumplimiento de las condiciones de autorización requeridas y cómo no ejecutó acción alguna al respecto.


IX. A la fecha de la presentación de esta proposición no de ley, a punto de alcanzarse los 100 días desde el desastre, Joaquín y Alberto continúan enterrados bajo los escombros de Zaldívar.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar una mayor coordinación y cooperación interadministrativa en caso de desastres, como el ocurrido en Zaldívar, con vidas humanas en peligro, asegurando y posibilitando la prestación de colaboración con medios materiales y
personales entre ellas.


2. Regular un protocolo para que el rechazo por parte de la autoridad gubernativa competente de la colaboración y ayuda de la Unidad Militar de Emergencias que pueda ofrecer el Gobierno de España para la gestión de un incidente, deba
realizarse motivadamente y por escrito.


3. Regular un protocolo por el que la Delegación del Gobierno pueda conocer el carácter de residuos peligrosos que almacenan instalaciones ubicadas en su ámbito de actuación para que, en caso de accidentes, escapes, fugas, emisiones de
gases, incendios [...] en dichas instalaciones, puedan alertar a las fuerzas de emergencias y que, de esa forma, tengan la garantía de acudir siempre convenientemente protegidos.


4. Regular un protocolo por el que la Delegación del Gobierno en cada Comunidad Autónoma dote de medios materiales adecuados para la manipulación o exposición a residuos peligrosos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que,
en caso de emergencia en instalaciones donde se almacenen, puedan acudir convenientemente protegidos y promover que esta misma medida sea garantizada por los Gobiernos autonómicos en cuyo territorio exista un cuerpo policía propio.


5. Exigir un reconocimiento a las familias de Joaquín Beltrán y Alberto Solozule, así como la instalación de una placa en su memoria en las cercanías a las instalaciones en las que fallecieron.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-Beatriz Álvarez Fanjul, Ana Belén Vázquez Blanco, Carlos Rojas García y Antonio González Terol, Diputados.- Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


161/000840


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de la Diputada Maria Carvalho Dantas, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el traslado de
personas del CETI de Melilla a la Península y la paralización de la deportación de las personas de nacionalidad tunecina, para su debate en instancia en la Comisión de Interior.



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Exposición de motivos


¡Ay mísero de mí, y ay infelice!


Apurar, cielos, pretendo,


ya que me tratáis así,


qué delito cometí


contra vosotros naciendo.


Aunque si nací, ya entiendo qué


delito he cometido;


bastante causa ha tenido


vuestra justicia y rigor,


pues el delito mayor


del hombre es haber nacido


La vida es sueño. Pedro Calderón de la Barca.


Ser una persona migrante solicitante de asilo y vivir el trance en cualquiera de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI), no dista mucho de la condena de Segismundo en su mazmorra. Tanto en marco del sistema universal, como
en del sistema regional europeo de protección derechos humanos, las disposiciones adoptadas por los Estados firmantes de la Convención sobre el estatuto de los refugiados adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951 por la Conferencia de
Plenipotenciarios sobre el Estatuto de los refugiados y de los apátridas de Naciones Unidas, derivada de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 25 alude, en su punto primero, al derecho que: [...] toda persona tiene
derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios, exigen que se cubran las
necesidades de salud de las personas solicitantes de asilo y migrantes. Y, en el contexto de la pandemia de la COVID-19, cualquier restricción por razones de salud pública o emergencia nacional deberá ser legítima, necesaria y proporcionada, así
como no discriminatoria, así como estar dentro del marco de lo recogido en el artículo 20 de la Convención sobre el estatuto de los refugiados, cuando expone que: Cuando la población en su conjunto esté sometida a un sistema de racionamiento que
reglamente la distribución general de productos que escaseen, los refugiados recibirán el mismo trato que los nacionales.


En cada uno de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) del Estado español, y los que han existido a lo largo de la historia de los derechos humanos, se evidencia la naturaleza eurocentrista, liberal y capitalista que impregna
la identidad del sistema universal de los derechos humanos. [...] Sueña el rico en su riqueza, que más cuidados le ofrece; sueña el pobre que padece, su miseria y su pobreza; continua don Pedro en la voz de Segismundo.


Una de las tareas de la nueva concepción de los derechos fundamentales, es desenmascarar las falsedades con las que los Estados hacen uso de los Derechos Humanos.


Ya no valen más atajos, la verdad es que, desde ese momento, que da la identidad a la concepción actual de los derechos humanos, las personas migrantes y refugiadas, son otras personas, esta hambre es otra hambre, estas vidas son otras
vidas, aunque las madres y los padres tomen a sus hijos en brazos, y se encomienden al sueño de que hay una civilización que les protege. Pero también es verdad que, para responder al reto global que supone la pandemia del COVID-19, debemos
coordinarnos entre los distintos pueblos y sobre todo no dejar a ninguna parte de la sociedad desatendida. La salud de cada individuo está enlazada con la salud de cada miembro desatendido.


En ese sentido, miramos la frontera sur de Europa, y sabemos de las expulsiones sumarias y los abusos policiales, así como la dificultad, en el caso de Melilla y la imposibilidad en el de Ceuta, de acceso por puesto fronterizo, hacen
prácticamente infranqueable la entrada para personas refugiadas. Además, quienes lo logran deben afrontar la falta de condiciones adecuadas en los Centros de Estancia Temporal para Inmigrantes (CETI), la discriminación por razón de nacionalidad y
la falta de atención a grupos vulnerables, como personas con capacidad diversa, víctimas de trata o colectivos LGBTI, entre otros. Así lo ha documentado Amnistía Internacional en una nueva investigación, en la que ha detectado hasta ocho tipos de
vulneraciones, que incluyen también el cierre de fronteras para personas refugiadas de nacionalidad distinta a la siria, las restricciones a la libertad de circulación para los solicitantes de asilo y la falta adecuada de información para quienes
buscan protección internacional, además de un sistema



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arbitrario de sanciones en los centros que puede llevar a su expulsión de los mismos. 'La mayoría de las personas que solicitan asilo, excepto aquellas de nacionalidad siria, se quedan estancadas en el limbo que supone Ceuta y Melilla,
donde tienen miedo de pedir asilo, por si se prolonga su estancia en los CETI. No se garantiza la aplicación de la Ley de Asilo de la misma manera que en la Península', [...]'Algunas nacionalidades, como la marroquí o la discriminación a la hora de
ser trasladadas a la Península y los colectivos vulnerables no están recibiendo la atención que necesitan' (sic).


Hay una sobreocupación -que puede llevar en ocasiones al hacinamiento- falta de módulos familiares, falta de acceso a información y un sistema arbitrario de sanciones que no les permite adecuar su comportamiento a reglas claras para no ser
expulsados de los centros, son algunas de las preocupaciones que Amnistía Internacional ha denunciado en varias ocasiones. Aunque sí se han establecido algunas mejoras en Melilla, como trabajos de rehabilitación en algunas habitaciones o la
atención a la población infantil, que ahora se encuentra prácticamente escolarizada y cuenta con actividades lúdicas y educativas dentro del centro, todavía existen motivos de preocupación. 'Los CETI de Ceuta y Melilla no reúnen las condiciones
adecuadas de acogida para personas migrantes y refugiadas, especialmente para aquellas que se encuentran en una situación más vulnerable, que se encuentran desprotegidas y desatendidas y por lo tanto deben ser trasladadas de manera inmediata a la
Península', explica nuevamente Amnistía Internacional.


Según el informe anual del Defensor del Pueblo 2019, de fecha 13 de mayo de 2020, 'un año más, las quejas principales relacionadas con los CETI vienen referidas a la demora en los traslados a la península y a la tardanza en la realización de
pruebas de ADN, que suelen implicar la separación de las familias hasta que se reciben los resultados [...] Se iniciaron actuaciones con la Comisaría General de Extranjería y Fronteras y con la Secretaría de Estado de Migraciones, en relación con la
estancia de ciudadanos en ese centro en condición de detenidos, y los procedimientos de devolución incoados a los ciudadanos que accedieron a Melilla el 21 de octubre de 2018. Se considera inapropiada la permanencia de ciudadanos detenidos en el
CETI, ya que está habilitado como un centro abierto y no reúne los requisitos mínimos exigidos a un centro de detención. Además, se ha trasladado la preocupación del Defensor del Pueblo porque no se prestara atención o ayuda psicológica'.


Como ejemplos, traemos dos casos:


1. Mujer que padece un asma grave, con tres menores a su cargo, que no ha sido trasladada del CETI Melilla a la península, pesar de tener familia en la península, y aunque el Defensor del Pueblo y Amnistía Internacional hayan pedido al
Gobierno, su traslado, por ser vulnerable a la pandemia por sus problemas respiratorios, al que le suma el peligro de contagio del coronavirus en un centro totalmente hacinado.


La ley de asilo en España permite proteger a las mujeres víctimas de violencia de género, pero de momento le han denegado la solicitud, según PRODEIN (Asociación Pro Derechos de la Infancia), entidad que está ayudando a esta familia a
intentar una salida a tiempo del CETI, dada su situación 'especialmente vulnerable'. El Defensor del Pueblo admitió la queja presentada en nombre de esta mujer y sus tres hijos por José Palazón, presidente de PRODEIN. Y en una respuesta a la ONG,
el Defensor del Pueblo español asegura que ha iniciado actuaciones ante la Secretaría de Estado de Migraciones 'en relación a la posibilidad de traslado de la familia atendiendo a sus especiales circunstancias de vulnerabilidad'. Sabemos que se han
gestionado algunas salidas de inmigrantes del CETI Melilla, sin embargo, la señora en cuestión, y su familia, continúan en el centro.


2. En pleno estado de alarma y en medio de la pandemia global del COVID-19 el Gobierno español decide deportar más 600 personas a Túnez:


Actualmente, más de 600 personas que proceden de Túnez, y que se encuentran en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Melilla, llevan alrededor de ocho meses en el CETI esperando su traslado a la península. Ahora se le ha
sumado la pandemia por el coronavirus al hacinamiento y a las malas condiciones sanitarias en el centro. Éste alberga 1600 personas, cuando su capacidad es de 790. 'A veces tardamos hasta dos horas, esperando en el pasillo, para poder entrar en el
comedor, que está llenísimo y donde es imposible mantener la distancia' denuncia una mujer tunecina.


Según declaraciones de fuentes del Ministerio de Interior, 'el estado de alarma no es óbice para realizar trámites de devolución, si las partes implicadas así lo acuerdan', haciendo referencia al acuerdo con el Gobierno de Túnez. En rueda
de prensa el 27 de abril sobre la crisis del coronavirus, el ministro de



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Interior, Grande-Marlaska, anunció su intención de deportar a los más de 600 tunecinos. Según informó, su expediente de expulsión estaba 'ya concluido y materializado'.


A raíz del anuncio de Interior, numerosas entidades pro derechos humanos se pusieron en movimiento, y a través de un manifiesto online, han manifestado su posición en contra de esta medida. En total, firmaron 565 organizaciones, españolas y
tunecinas, y también particulares. El escrito fue enviado a Interior el pasado día 5 de mayo.


Desde el Grupo Parlamentario Republicano hacemos eco y nos adherimos al manifiesto, que exigen al Gobierno no deportar al colectivo de 600 personas tunecinas, que se encuentran en el CETI de Melilla, y que sean trasladadas a la península de
manera urgente.


'Este grupo de personas procedentes de Túnez, entre ellas familias con niños o personas mayores, lleva alrededor de ocho meses en el CETI, esperando su posible traslado a la península ibérica. A estos meses de espera, y ante la
incertidumbre de su situación al no ser trasladados a la península (como pasa normalmente con las personas migrantes que llegan a Melilla), se les ha sumado, por un lado, la amenaza de la pandemia en un CETI hacinado con más del doble de personas de
la capacidad que puede albergar, y, por otro lado, el anuncio de su eventual futura deportación a Túnez.


En el CETI de Melilla permanecen actualmente en hacinamiento y malas condiciones sanitarias alrededor de 1.600 personas procedentes de varios países, cuando su capacidad es solo para 780. Dentro del CETI de Melilla es imposible cumplir con
las recomendaciones que se han hecho al resto de la población. El confinamiento, la aglomeración, la falta de higiene y el pánico han provocado protestas desde hace días. Cuando han empezado a protestar y manifestar su miedo, desde el centro han
llamado a la Policía, según la asociación 'Terre pour Tous', que desde Túnez está en contacto con los jóvenes recluidos desde hace meses en el CETI. Según el Fórum tunecino por los Derechos Sociales y Económicos creen que 'se trata de una presión
hacia las autoridades tunecinas por parte de las autoridades españolas para que se firme algún tipo de acuerdo relacionado con la devolución de los migrantes'. Desde el Fórum creen que bloquear a la gente en Melilla es una presión para alertar a
sus familiares en Túnez y enviar el mensaje de que la ruta migratoria a través de Marruecos y Melilla está cerrada.


El colectivo de personas procedentes de Túnez se encuentra en el CETI desde hace meses, en una situación que se ha prolongado de manera no justificada, obligándoles a esperar hacinados en unas instalaciones sobreocupadas, para al final
decidir su deportación durante la pandemia. La situación se ha incluso agravado en los últimos días con el inicio de una huelga de hambre por parte de algunos afectados por la deportación en grupo. Todo ello incumple el respeto a la vida, la salud
y la dignidad de las personas. Asimismo, queremos recordar que el artículo 4 del Protocolo número 4 al Convenio Europeo de Derecho Humanos prohíbe las expulsiones colectivas de personas extranjeras.'


Por todo lo expuesto se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La paralización del proceso de deportación del grupo de personas de nacionalidad tunecina que ha anunciado el gobierno.


2. El traslado urgente de todas las personas que se encuentran en el CETI de Melilla a la Península, dando prioridad a grupos vulnerables, como personas con cualquier tipo de enfermedad, con diversidad funcional, víctimas de trata,
colectivo LGBTI, personas con menores a su cargo, entre otros, y que se inicie un proceso para su regularización.


3. Cumplir con las demandas del Defensor del Pueblo sobre los traslados de los residentes en el CETI de Melilla a la Península.


4. Autorizar, de manera urgente, la salida de Melilla y traslado a la península de la mujer, definida en el escrito del Defensor como 'persona de alto riesgo frente a la COVID-19, y sus tres hijos menores de edad, teniendo en cuenta que
pueden ser inmediatamente acogidos', en el domicilio de un familiar residente en la península, porque se trata de un núcleo familiar especialmente vulnerable a la pandemia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2020.-Maria Carvalho Dantas, Diputada.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.



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Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana


161/000787


A La Mesa Del Congreso De Los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Pablo Juan Calvo Liste, D. José María Figaredo Álvarez Sala, D. Tomás Fernández Ríos, D.ª Patricia de las Heras Fernández, D.ª Cristina Esteban Calonje, D. Rubén Darío Vega Arias y D.ª Patricia Rueda Perelló,
en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley
para que se mantenga la infraestructura de la Rampa de Pajares como vía cultural y turística, creando un tren histórico, una vía verde y un recorrido visitable dada su importancia cultural, deportiva, arqueológica y paisajística, para su debate en
la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


La rampa de Pajares es un tramo de la línea ferroviaria de montaña que salva el desnivel de la cordillera Cantábrica entre León y Gijón. Está comprendida entre la estación de La Cobertoria, en la parte asturiana, y la boca sur del túnel de
la Perruca, en la parte leonesa.


Desde Busdongo hasta Puente de los Fierros hay una sucesión de 63 túneles, de los que cuatro son artificiales para proteger la vía de las avalanchas de nieve, además de 156 pontones y puentes, metálicos y de fábrica. Entre estos últimos
destacaba, por su longitud, el viaducto de Parana, en las proximidades de la estación de Puente de los Fierros. En su inauguración, el tramo tenía 61 túneles, totalizando el recorrido subterráneo casi 25 de los 42 km del recorrido (60 % de la
longitud del tramo). De ellos, seis superan la longitud de 1000 metros: La Perruca, con 3072 m; La Pisana, 1050 m; La Sorda, 1076 m; Congostinas, de 1170 m; El Capricho, de 1838 m; y Orria, de 1057 m. Entre las estaciones de Busdongo y Puente
de los Fierros, se construyeron otras cuatro estaciones para el cruce de los trenes.


Su último tramo fue construido entre 1880 y 1884 y es considerada como una de las mayores obras de ingeniería en España en el siglo XIX. El 15 de agosto de 1884 fue inaugurado el tramo de Busdongo a Puente de los Fierros. El acto,
celebrado en un templete engalanado situado en la boca sur del túnel de la Perruca, contó con la presencia del rey de España, Alfonso XII.


La puesta en marcha de esta infraestructura permitió el transporte fluido de pasajeros entre Asturias y la meseta, que hasta entonces tenía que hacerse mediante diligencias a través del puerto; y también supuso el despegue de la cuenca
hullera del Caudal, que a partir de entonces pudo llevar sus mercancías hacia el interior.


Según Trevor Rowe, destacado aficionado al ferrocarril y fotógrafo ferroviario de Gran Bretaña, la vía férrea por Pajares era, en 1970, 'uno de los pasos montañosos más difíciles de Europa'.


En cuanto quede inaugurada la variante de Pajares, que dará acceso al AVE desde León a Asturias, está prevista que la Rampa de Pajares quede clausurada como paso ferroviario, tanto de mercancías como de viajeros debido, según manifiesta el
Gobierno, al alto coste de su mantenimiento, dejando sin servicio ferroviario a varios municipios que disfrutaron de él en los últimos 140 años.


El Gobierno pretende su desmantelamiento o, en su caso, transformarlo en senda verde. Pese al actual coste de mantenimiento, creemos que es posible su reconversión, reduciendo significativamente los gastos, para así evitar su
desmantelamiento. Dejar el recorrido solo como senda verde, sería muy costoso de mantener por sus casi 50 kilómetros y muchos túneles, lo que complica la reconversión. El ejemplo lo tenemos en la senda del oso que cuenta con diez kilómetros y es
complicado asegurar su buen estado. Solo una senda verde no tiene sentido porque sus costes de mantenimiento serán prácticamente los mismos que los de mantenerlo como ferrocarril histórico, pero, además, sus ingresos serían menores.


Desde 2017 una plataforma recaba apoyos para la declaración del tramo de Pajares como Patrimonio de la Humanidad, pues se trata de un claro ejemplo de arqueología industrial, ya que apenas ha sufrido cambios en sus más de 130 años de
historia, y los trenes circulan básicamente sobre la misma infraestructura que se inauguró en 1884'.


Trazados muy similares han sido declarados Patrimonio de la Humanidad por sus características, que esté integrado en el paisaje y su espectacularidad'. Esos trazados son los de Semmering (Austria) y Bernina (Suiza), también conocido como
Ferrocarril Rético.



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Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Que una vez se abra la variante de Pajares con la línea de AVE, se mantenga la infraestructura de la rampa de pajares con un uso turístico, creando y fomentando un tren con un recorrido histórico-paisajístico.


2. Que una vez se abra la variante de Pajares con la línea de AVE, se mantenga la infraestructura, para que Adif -propietario de la línea- la pueda seguir utilizando como trazado de pruebas para sus equipamientos.


3. Que se mantenga el servicio de cercanías entre Pola de Lena y La Robla, para evitar la pérdida de conexión entre estas localidades y las estaciones intermedias, tal y como venía haciéndose en los últimos 140 años.


4. Que, de forma paralela a la implantación y desarrollo de un tren turístico, se combine en los tramos más fácilmente transitables con una senda verde, pues la infraestructura ferroviaria y la creación de una senda verde son compatibles.


5. Que se potencie y desarrolle el bagaje cultural y paisajístico por el que discurre la rampa. No hay que olvidar que en paralelo baja la vía romana de La Carisa.


6. Que se mantenga como recorrido estratégico alternativo si hay problemas en la variante, evitando su incomunicación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de mayo de 2020.-Pablo Juan Calvo Liste, José María Figaredo Álvarez Sala, Tomás Fernández Ríos, Patricia de las Heras Fernández, Cristina Alicia Esteban Calonje, Patricia Rueda Perelló y Rubén Darío
Vega Arias, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000805


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia de las Heras Fernández y D.ª Patricia Rueda Perelló, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputadas del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo
193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas para favorecer la movilidad y el cumplimiento de las medidas sanitarias para disminuir los riesgos
de contagio por coronavirus, para su discusión en la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Tras la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19, que posibilita en su artículo 2 tanto los paseos como la práctica de la actividad deportiva de los mayores de catorce años en las franjas horarios de 06:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00, se han producido situaciones que
vulneran las recomendaciones sanitarias, especialmente en las grandes urbes, en las que las distancias de seguridad no se han podido guardar como se debiera.


Los practicantes de actividades deportivas tales como corredores, ciclistas, etc., han visto como los parques de algunas ciudades permanecían cerrados, produciendo aglomeraciones en las zonas cercanas a dichos parques, y un elevado tránsito
de peatones en la vía pública que suponía una amenaza a las recomendaciones sanitarias.


Especialmente sensible es esta situación en las grandes ciudades y en los grandes parques, que tienen una capacidad suficiente como para aliviar de forma sensible la posibilidad de que se produzcan estas situaciones de concentraciones de
ciudadanos.



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Además del riesgo de contagio al acumularse los deportistas en determinadas zonas, también supone una incomodidad y un problema a la movilidad de otros peatones que utilizan la acera para pasear y observan como su seguridad se ve, en cierta
medida, comprometida, además de incrementarse el riesgo de caídas, accidentes e incluso atropellos.


Asimismo, el domingo 3 de mayo se publicaron en el 'Boletín Oficial del Estado' cinco órdenes que regulan, entre otras, la apertura de determinados comercios hasta ahora obligados a cerrar, y la flexibilización de las restricciones sociales.
En este contexto de desescalada progresiva y de reactivación económica, en el que paulatinamente la ciudadanía va a ir saliendo a la calle y desarrollando su actividad laboral, cultural y de ocio, cada día estas situaciones se van a ir incrementando
tanto en número como en frecuencia.


Es cierto que no se han abierto parques y otras zonas similares hasta ahora debido a una sensibilidad y especial prudencia ante la situación sanitaria de crisis ocasionada por el virus chino SARS-CoV-2, pero la realidad vivida, especialmente
en las grandes ciudades, requiere de una acción inmediata para que esta prudencia no consiga el efecto contrario, es decir, las aglomeraciones en determinadas zonas de las ciudades al estar cerradas otras.


También hay que hacer hincapié en el hecho de que el tránsito de vehículos se ha visto reducido de forma sustancial, de forma que hay calzadas infrautilizadas que, al menos temporal o parcialmente, se pueden peatonalizar para favorecer la
movilidad de los ciudadanos sin influir en el normal y adecuado desarrollo de la circulación de vehículos.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas para favorecer la movilidad, el distanciamiento social y el respeto a las medidas sanitarias para evitar riesgos de contagio del virus SARS-CoV-2:


- Instar a los ayuntamientos competentes a que, en la medida de lo posible, procedan a la apertura de los parques como medida de descongestión, principalmente para evitar que los ciudadanos que practican deporte se aglomeren en los aledaños
o practiquen la actividad deportiva por las aceras aumentando el riesgo de contagio.


- Exhortar a los ayuntamientos competentes a que realicen estudios y analicen la posibilidad de habilitar zonas peatonales en determinados lugares de los municipios para que los peatones puedan respetar las distancias de seguridad y no se
produzcan aglomeraciones o, al menos, disminuya este riesgo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-Patricia Rueda Perelló y Patricia de las Heras Fernández, Diputadas.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/000812


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. José Ramírez del Río y D. Joaquín Robles López, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la formación permanente del profesorado y a la elaboración de un plan de prevención para la vuelta presencial a las aulas, para su discusión en
la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


Primero. La crisis sanitaria producida por el coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19) y la declaración del Estado de Alarma por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, han tenido una gran incidencia en la



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Educación en toda España, forzando a que modelos con los que se complementaban las clases en el mejor de los casos (formación on-line y en streaming), sean ahora la única posibilidad de continuar con la actividad docente.


Asimismo, se ha comprobado que las personas jóvenes que acuden a los colegios, institutos y universidades no suelen sufrir los embates del coronavirus en la misma medida que las personas mayores, aunque haya habido casos en que personas de
corta edad hayan sufrido la enfermedad e incluso fallecido por ella. Se ha observado, además, que la incidencia del nuevo coronavirus COVID-19 en España está siendo más notable en los mayores de 50 años, el 70 % de los casos, según los datos
ofrecidos por el Ministerio de Sanidad, siendo los jóvenes los que menos casos de coronavirus registran.


También se ha podido comprobar que el uso de material informático se encontraba mucho más difundido entre el profesorado joven que entre el más mayor, que ha tenido mayores problemas para adaptarse a las fórmulas de docencia en línea y en
aula virtual. Aun cuando la apertura de la docencia presencial pueda permitir una vuelta parcial a metodologías previas, parece obvio que las dificultades que han experimentado los centros y el profesorado obligarán a mantener las modalidades
utilizadas en los últimos meses. Todas estas consideraciones parten de la base del acceso del alumnado a servicios de internet, por lo que la exclusión de los mismos supone en sí la exclusión del derecho a la educación, protegida por nuestra
Constitución.


Segundo. Por esta razón, parece que de cara a la reapertura de los centros de educación deberíamos tener en cuenta tres aspectos importantes:


- Intentar que los docentes con edad de riesgo y que sufren en una mayor medida la enfermedad en caso de ser infectados, se reincorporen solo cuando se haya producido una significativa disminución del contagio, y que en la medida de lo
posible se dediquen a impartir modalidades de docencia no presencial. La vuelta a los centros educativos tiene que estar supeditada a garantizar la seguridad y salud tanto del profesorado como del alumnado.


- Mejorar el uso de la docencia a través de herramientas informáticas, para lo que debería incentivarse la formación de todo el profesorado, pero en especial de aquel mayor de cincuenta años en las Tecnologías de la Información y la
Comunicación.


- Asegurar el acceso del alumnado que ha sido apartado de las aulas y remitido a la docencia online sea real y no se produzcan situaciones de denegación de educación, especialmente en el caso de los menores. El acceso insuficiente a las
tecnologías o a una buena conexión a Internet es un obstáculo para la continuidad del aprendizaje, fundamentalmente para los alumnos de familias desfavorecidas.


Tercero. Por otro lado, cabe recordar que la formación permanente de todo el profesorado constituye una obligación, un derecho y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros. Así lo recoge expresamente la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los artículos 100 y siguientes, bajo la rúbrica de la 'formación del profesorado'.


En relación con las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el apartado 3 del artículo 103 de la citada Ley Orgánica señala que 'las Administraciones educativas promoverán la utilización de las tecnologías de la información y la
comunicación y la formación en lenguas extranjeras de todo el profesorado, independientemente de su especialidad, estableciendo programas específicos de formación en este ámbito'. El apartado 4 del artículo 103 concluye señalando que 'el Ministerio
de Educación y Ciencia (actual Ministerio de Educación y Formación Profesional) podrá ofrecer programas de formación permanente de carácter estatal, dirigidos a profesores de todas las enseñanzas reguladas en la presente Ley y establecer, a tal
efecto, los convenios oportunos con las instituciones correspondientes'.


Asimismo, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el apartado 6 de su artículo 111.bis, introducido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece 'El Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte elaborará, previa consulta a las Comunidades Autónomas , un marco común de referencia de competencia digital docente que oriente la formación permanente del profesorado y facilite el desarrollo de una cultura digital en el aula'.


Además, el artículo 3 del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional determina, en su apartado 1, que corresponden a la Dirección General
de Evaluación y Cooperación Territorial entre otras, las siguientes funciones:


- Las relaciones de coordinación, colaboración y cooperación con las Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales y otras Administraciones Públicas, en el ámbito educativo no universitario, con



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excepción de la Formación Profesional del sistema educativo y para el empleo, y la promoción en ese ámbito del intercambio de información y de proyectos de buenas prácticas entre las diferentes Administraciones educativas.


- La planificación, gestión y seguimiento de los programas de cooperación territorial y de los convenios de colaboración y cooperación con las Comunidades Autónomas en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado.


- La coordinación de planes y programas relacionados con la igualdad de oportunidades en la educación, la educación inclusiva y el bienestar educativo.


- La elaboración, promoción y difusión de materiales curriculares y otros documentos de apoyo al profesorado, así como el diseño de modelos para la formación del personal docente y el diseño y la realización de programas específicos,
destinados a la actualización científica y didáctica del profesorado, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General de Formación Profesional.


- La realización, en colaboración con las Comunidades Autónomas, de programas de formación del profesorado específicos para el desarrollo de la competencia digital mediante la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación
en el ámbito de la educación no universitaria, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General de Formación Profesional.


Debido a ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Establecer, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional, previa consulta a las Comunidades Autónomas, un nuevo marco común de referencia de competencia digital docente que oriente la formación permanente del profesorado
y facilite el desarrollo de una cultura digital de los mismos, tras el impacto generado por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el ámbito educativo.


2. La realización, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en colaboración con las Comunidades Autónomas, de programas de formación del profesorado específicos para el desarrollo de la competencia digital mediante la
aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito de la educación no universitaria y establecer, a tal efecto, los convenios oportunos con las instituciones correspondientes.


3. Elaborar, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en colaboración y coordinación con las Comunidades Autónomas, un plan de prevención y actuaciones conjuntas como requisitos fundamentales para preparar la vuelta
presencial a las aulas. La vuelta a los centros educativos tiene que estar supeditada a garantizar la seguridad y salud tanto del profesorado como del alumnado, retrasando todo lo posible la vuelta a la docencia presencial del profesorado en edades
de alto riesgo, que podemos situar a partir de los cincuenta años.


4. Llevar a cabo las actuaciones pertinentes para que los alumnos que en la actualidad tengan dificultades de acceso a la red puedan seguir la docencia online o en aulas virtuales, cumpliendo, así, con el principio de igualdad de
oportunidades en la educación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-José Ramírez del Río y Joaquín Robles López, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000841


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de
Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


La educación es un pilar fundamental para garantizar la igualdad de oportunidades, así como el bienestar individual y colectivo. Así lo recoge el artículo 27 de la Constitución Española, que señala que



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toda la ciudadanía tiene derecho a la educación y que es deber de los poderes públicos garantizarlo. Se establece además en el artículo 27.3 que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita. En la actualidad la LOE, Ley Orgánica de
Educación, es la encargada de regular las enseñanzas educativas desde el curso 2006-2007. Además, se modificó parcialmente con la aprobación de la LOMCE, vigente desde el curso 2014-2015. Cabe señalar que, el pasado 15 de febrero, fue aprobado por
el Consejo de Ministros la LOMLOE, Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la LOE, para hacer frente a los desafíos del sistema educativo español en las distintas etapas.


Las nuevas tecnologías no son algo del futuro, son el presente. Pero la crisis del COVID-19 ha puesto de manifiesto que el sistema educativo español no estaba preparado para continuar con su labor de forma digital. Las clases están
suspendidas desde el pasado mes de marzo y, todo apunta, lo estarán por lo menos hasta el inicio del curso 2020-2021. Seis meses sin escuela que representan un riesgo importante para la educación y para su importante función de igualdad de
oportunidades.


Este hecho ha impuesto el seguimiento telemático del curso escolar, dejando al descubierto la brecha digital de acceso a la tecnología que aún hoy persiste en nuestro país. Una brecha digital que se manifiesta en dos niveles. En primer
lugar, una desigualdad objetiva, puesto que muchas familias no disponen de terminales ni tampoco de conectividad. En segundo lugar, una desigualdad subjetiva, por la posibilidad de tener un entorno que oriente sobre cómo utilizar estas tecnologías
y recursos de forma efectiva y autónoma. En estos momentos, no todo el alumnado está recibiendo la atención y orientación educativa necesaria para poder seguir el curso telemática de una forma adecuada.


Estas desigualdades tienen una clara correspondencia con el nivel socioeconómico y cultural de las familias. De hecho, la brecha digital se concentra en aquellas familias en situación de pobreza. Por ejemplo, un 18 % de las familias
monoparentales y un 42 % de las familias de menos renta (aquellas que tienen unos ingresos mensuales inferiores a 900 euros) no disponen de ordenador en casa, y un 22 % de estas tampoco dispone de acceso a Internet. Por lo tanto, muchas familias no
tienen los medios ni recursos adecuados para poder seguir con la educación de sus niños y niñas mientras sigan cerrados los centros escolares.


Pero, además, en ausencia de apoyos concretos la atención que los hogares pueden dar al aprendizaje de niños y niñas es crucial para el seguimiento de las actividades y contenido. Equipos obsoletos, dificultad de las tareas, desconocimiento
o dificultad con el idioma, son algunas de las situaciones que se están dando durante el confinamiento y dificultan el aprendizaje. En algunas familias esa atención no va a poder ser proporcionada, ni tampoco se podrá dar acceso a libros o
actividades estimulantes, aumentando las desigualdades. Por eso es importante que la escuela pueda dar el apoyo y seguimiento necesario a aquellas familias más vulnerables, con el fin de evitar consecuencias negativas en el aprendizaje y el
desarrollo.


Tampoco los centros educativos, ni su profesorado, han tenido las mismas capacidades y recursos para dar respuesta a los retos que ha planteado la situación actual con el cierre de las escuelas. No solo hay diferencias entre los centros,
sino que, dentro de cada centro, se encuentran también diferencias entre los docentes. Por eso la digitalización de la educación debe comprender la cultura y práctica digital en el diseño y aplicación del contenido, las metodologías docentes, la
evaluación, así como en la red de relaciones que los propios centros son capaces de crear entre ellos, la comunidad educativa y la propia administración.


Las consecuencias de los niños y niñas que se queden atrás se observaran, en parte, de forma inmediata, pero sin duda también quedaran secuelas para los próximos años si no se actúa. La crisis educativa no se reduce solo a la ausencia de
clases, sino que un periodo prolongado de desvinculación escolar, en muchos casos combinado con situaciones de dificultades económicas, laborales y de salud, puede provocar que muchos jóvenes no retomen su escolarización o lo hagan de forma
intermitente con episodios de absentismo. Además, supone un riesgo mayor de marginalidad y aislamiento, aumentando las desigualdades y la pobreza educativa. Por eso, hoy es importante dar respuesta a la necesidad de adaptar el sistema educativo a
las nuevas tecnologías con un Plan de Fomento de la digitalización del sistema educativo de forma coordinada con las Comunidades Autónomas.


El COVID-19 ha dejado al descubierto muchos desafíos y urgencias en el ámbito de la educación. La digitalización del sistema educativo hace tiempo que no era solo una necesidad sino una obligación por como incide en la igualdad de
oportunidades. Por eso, a parte de las medidas de choque que permitan contener los riesgos más inmediatos, es necesario que la digitalización del sistema educativo sea una prioridad que permita generar capacidades, recursos, contenidos y modelos
que aprovechen las nuevas tecnologías dentro del aula, pero también más allá.



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Por todo ello el Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Diagnosticar las necesidades existentes en el ámbito educativo digital y acompañar, de forma coordinada con las CCAA, los recursos necesarios para dar respuestas a las mismas.


2. Impulsar un plan de formación permanente y continua al profesorado para garantizar su competencia digital.


3. Desarrollar protocolos de trabajo para unificar y simplificar las herramientas de docencia digital con el fin de reducir la carga burocrática que soporta el profesorado.


4. Mejorar la competencia digital del alumnado para garantizar el uso adecuado del contenido educativo. Consensuar y facilitar, con la participación de las administraciones competentes, unos mecanismos de renovación de los materiales
necesarios para adecuarlos a las necesidades actuales.


5. Promover, de forma coordinada con las Comunidades Autónomas, la definición de criterios sobre las necesidades tecnológicas de los centros con el objetivo de evitar desigualdades en el acceso de las escuelas a los recursos digitales.


6. Impulsar medidas para que las familias en situación de vulnerabilidad dispongan del equipamiento tecnológico necesario (hardwate y software).


7. Elaborar un nuevo plan de conectividad que tenga en cuenta las necesidades de infraestructuras de telecomunicaciones en todo el territorio.


8. Apostar por los Recursos Educativos Abiertos (REA) en el proceso de aprendizaje, impulsando su incorporación en convivencia con los libros de textos. Apostar, asimismo, por el uso de herramientas educativas de difusión libre como medida
de autonomía y ahorro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de mayo de 2020.-Joan Mena Arca, Portavoz Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/000813


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de
Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.


Exposición de motivos


La situación actual de crisis provocada por el COVID-19 ha puesto de manifiesto una problemática recurrente en materia de prevención de riesgos laborales: la facultad del trabajador de oponerse a las órdenes empresariales que puedan suponer
un peligro para su integridad física.


Como es sabido, el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que 'el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad
entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud'. ¿Qué se entiende por riesgo grave e inminente? El artículo 4 de la norma lo defina como 'aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda
suponer un daño grave para la salud de los trabajadores'.


Conviene precisar que en este contexto de crisis sanitaria el riesgo laboral debe entenderse desde dos puntos de vista: que no se dispongan de medidas adecuadas para prevenir el contagio; o bien que aun disponiendo de medidas adecuadas, el
uso de las mismas sea incompatible con la naturaleza de las



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tareas a realizar debiendo optar entre la adecuada protección o la asunción del riesgo en la realización del trabajo.


¿Cómo debe proceder el trabajador si aprecia que existe un riesgo para su salud por el coronavirus en su puesto de trabajo? Desde que comenzó la crisis sanitaria, se ha dado ya esta situación en diversas empresas. Los trabajadores de la
planta de Mercedes Benz en Vitoria, de Continental en Rubí o los de Iveco y Michelín en Valladolid, por ejemplo, llegaron a parar la producción por temor al contagio, ya que consideraban que en las fábricas no se estaban respetando las garantías de
salud mínimas.


En los ejemplos citados anteriormente, la cuestión se simplifica por la presencia de una representación legal de los trabajadores fuerte, con comités de empresa, delegados de prevención y secciones sindicales. Estos órganos de
representación pueden articular una respuesta colectiva en la empresa para evitar las consecuencias negativas para los trabajadores que se pudieran derivar de su negativa a obedecer las órdenes empresariales.


El problema surge en empresas medianas y pequeñas, en las que en una inmensa mayoría de casos no existe una representación legal de los trabajadores, y aun existiendo, esta representación no tiene la capacidad de imponer un criterio en
materia de prevención de riesgos laborales. Por lo tanto, ante una orden empresarial que pueda poner en peligro la integridad física del trabajador, este se ve en la tesitura de obedecer dicha orden o bien exponerse a las consecuencias de
desobedecer.


A nivel legal la cuestión extraordinariamente compleja en la que no es posible una respuesta generalizada o global. Aunque la redacción de la PRL es clara, el problema viene porque la resolución de las controversias generadas en esta
cuestión se realiza a posteriori: los tribunales determinarán si la sanción por desobediencia estaba justificada o no. Lo que supone que el ejercicio del 'ius resistentiae' por parte del trabajador puede suponerle un despido o una sanción cuya
resolución se produzca meses o años después.


La situación actual de saturación en muchos Juzgados de lo Social es de saturación permanente. La media de espera para la tramitación de una demanda por despido es de 6 meses. Y eso antes de la declaración del estado de alarma en marzo de
2020, por lo que no tenemos siquiera conciencia clara de hasta donde alcanza dicha saturación a día de hoy ni cómo será una vez se restablezca el funcionamiento normal de la administración de justicia.


Usualmente, la otra vía de protección para el trabajador en caso de conflicto es el la denuncia ante la Inspección de Trabajo, que se encargaría de constatar si existe o ha existido un riesgo que justifique el 'ius resistentiae' del
trabajador. Pero de nuevo nos encontramos con una saturación del servicio que provoca una media de nueve meses de retraso en la contestación de las denuncias.


Nos encontramos ante un escenario que se da habitualmente, y que se dará con mucha más frecuencia en los próximos meses, en la que el trabajador ha de optar entre su salud e integridad física o conservar su puesto de trabajo. En la
previsible situación de crisis económica que se avecina, la opción para el trabajador se vuelve más perversa si cabe, dado que la incertidumbre económica que puede suponer perder el empleo, aun ganando el juicio posterior, puede llevarle a
situaciones de riesgo que traduzcan en perjuicios graves para su salud o integridad física, incluso irreparables.


Por todo lo anteriormente expuesto, se hace necesario implementar medidas que garanticen, más allá de las previsiones legales existentes, que se garantizará la prestación laboral en condiciones de seguridad y salud adecuadas, permitiendo una
adecuada autotutela del trabajador, que, actuando de buena fe, ante la más mínima sospecha de riesgo debería parar su actividad.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú-Podem-Galicia en Común presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Adoptar las medidas legislativas y reglamentarias necesarias para garantizar un efectivo 'ius resistentiae' del trabajador en materia de prevención de riesgos laborales que no le suponga perjuicios inmediatos derivados de su actuación. Y
que se presuma dicha actuación ajustada a derecho correspondiendo la carga de la prueba al empresario en caso de sanción y otorgándose presunción de veracidad a las comunicaciones que el trabajador pueda hacer al empresario informándole de la
paralización de la actividad por un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud.



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Dar las instrucciones precisas a la Inspección de Trabajo para que otorgue presunción de veracidad a las denuncias en esta materia y que articule un mecanismo de información ágil y de general conocimiento para todos los trabajadores por el
cual la comunicación a la Inspección de Trabajo de la paralización de una actividad por parte de un trabajador constituya una auténtica garantía de indemnidad ante posibles represalias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú-Podem-Galicia en Común.


161/000815


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de
Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.


Exposición de motivos


La incertidumbre sobre las condiciones aplicables a un contrato de trabajo es uno de los problemas más comunes a la hora de determinar los derechos y deberes de los trabajadores en el marco de la prestación laboral. En la inmensa mayoría de
casos esta incertidumbre viene provocada por la indefinición de las condiciones contractuales y su mera remisión a la ley o al convenio colectivo aplicable.


Dado que en nuestro ordenamiento jurídico rige el principio de libertad de forma en la celebración de un contrato de trabajo, se presume que existe contrato de trabajo siempre que de facto se de los elementos esenciales del mismo,
básicamente prestación de trabajo a cambio de salario en régimen de ajenidad. En el ámbito del derecho del trabajo, esta libertad formal se configura como un modo de protección de los derechos de los trabajadores en tanto se presume que hay
contrato siempre que haya prestación laboral.


Ahora bien, la libertad de forma en la celebración del contrato es la norma general, pero las excepciones a esta norma constituyen la gran mayoría de los contratos celebrados, en los que la ley exige una forma escrita y un determinado
contenido. En el imaginario colectivo, un contrato de trabajo es un documento físico que regula la relación laboral y no una institución jurídica.


Por ello, a la hora de comprobar qué derechos y obligaciones tiene el trabajador, este acude a su contrato y solo encuentra meras referencias a leyes o convenios colectivos aplicables. Lo cual es problemático, ya que la ley no es fácilmente
interpretable en muchos casos o bien los convenios colectivos han perdido vigencia, o directamente no existen o no se corresponden con la actividad realizada, etc.


Todo ello lleva a la incertidumbre a la hora de conocer los derechos y obligaciones. Lo que se traduce en muchos casos en una elevada litigiosidad tendente a resolver estas controversias; o en el peor de los casos, a que el trabajador haga
dejación de sus derechos, bien por no conocerlos, bien por no tener que acudir a los tribunales.


La principal regulación en la materia está constituida por el Real Decreto 1659/1998, de 24 de julio de 1998, por el que se desarrolla el artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores en materia de información al trabajador sobre los
elementos esenciales del contrato de trabajo. Esta norma además excluye de su ámbito de aplicación los contratos de duración inferior a cuatro semanas, contratos estos donde más necesario es precisar las condiciones de la prestación para evitar
abusos. A día de hoy, esta regulación ha quedado completamente desfasada dado el avance en los medios de comunicación que emplean habitualmente empresas y trabajadores y teniendo en cuenta que la norma abusa de la posibilidad de referir la
información a normas o convenios colectivos. Máxime cuando a día de hoy muchos sectores de actividad no cuentan con un convenio colectivo en vigor y se ha eliminado la ultraactividad de los mismos.


En el contexto actual de crisis sanitaria provocada por el COVID-19 la incertidumbre en cuanto a los derechos y obligaciones laborales de las partes es más acusada que nunca. En los meses de marzo y abril de 2020 se han producido infinidad
de situaciones en las que trabajadores y empresarios no sabían realmente qué tenían que hacer o cómo tenían que hacerlo, ni qué derechos tenían o cuáles no. Cuestiones tales como: turnos, cambios de turno, horarios, jornadas máximas, horas extras,
horas



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complementarias, preavisos para cambios de turnos, derechos durante el teletrabajo, derecho a la desconexión digital, obligación de prestaciones extraordinarias, vacaciones, etc.


En todos estos casos, los convenios colectivos y la ley, principales fuentes reguladoras de la relación laboral, no han podido dar una respuesta clara y concisa, abriendo la puerta a abusos empresariales por la indefinición de la normativa.
El principio de obediencia a las órdenes empresariales (salvo casos de derecho de resistencia) juega a favor del empresario. Muchas veces, la comunicación de estas decisiones se hace por teléfono o mediante mensajes de texto que no aportan
seguridad jurídica suficiente y no permiten al trabajador dar una respuesta adecuada acorde con sus derechos, a lo que hay que sumar un temor creciente a perder el empleo en el contexto de crisis económicas y de empleo previsible en los próximos
meses.


El control jurisdiccional no es ágil ni eficaz para solucionar estos problemas. De nada sirve que dentro de cinco meses el juez considere un cambio de turno no ajustado a derecho o que se declare el derecho a no contestar al móvil después
de las 20:00 si eso ya ha pasado. Por ello es necesario articular un mecanismo por el cual los trabajadores puedan conocer sus derechos de forma concreta y precisa, especialmente en la situación de anormalidad actual. Un mecanismo de información,
reforzado por un componente formal, que establezca la obligación por parte del empresario de detallar los pormenores de la prestación de servicios tan ampliamente como sea posible, a los efectos de aportar certidumbre en la prestación laboral y un
mejor control administrativo y jurisdiccional de dicha prestación.


De esta manera sería necesario establecer un sistema de información que obligue al empresario a entregar al trabajador por escrito o por medios telemáticos fehacientes en las condiciones que reglamentariamente se determinen.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú-Podem-Galicia en Común, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar el artículo 8.5 del Estatuto de los trabajadores de modo que se establezca un sistema eficaz de información a los trabajadores de los elementos esenciales de la prestación
laboral, que sustituya la regulación del Real Decreto 1659/1998 y que sea acorde a las nuevas tecnologías de la comunicación manteniendo un grado de seguridad jurídica que permita un efectivo control jurisdiccional. Concretamente, que se articulen
mecanismos de comunicación eficaces entre empresa y trabajador, ya sea por escrito o por medio telemáticos.


Establecer la obligación del empresario de informar al trabajador en los términos descritos anteriormente sobre los siguientes extremos del la relación laboral:


- Centro de trabajo.


- Jornada.


- Horario (e información sobre el registro del mismo).


- Descanso semanal.


- Categoría y puesto de trabajo concreto (detallando las tareas concretas).


- Sistema de cambio de turnos (incluyendo el preaviso para realizarlo).


- Horas complementarias en trabajos a tiempo parcial (incluyendo el preaviso para realizarlas).


- Vacaciones anuales (y sistema para su fijación y disfrute).


- Salario (incluyendo la estructura salarial aplicable así como el módulo de cálculo en caso de sistemas de retribución variables).


- Régimen económico en situación de IT aplicable a la empresa.


- Días de asuntos propios (y forma de solicitarlos).


- Permisos.


- Licencias (y forma de solicitarlas).


- Cualquier otra información que el trabajador solicite al empresario por los medios que se establezcan y que pueda ser relevante a la hora de la prestación de servicios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú-Podem-Galicia en Común.



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161/000819


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para impulsar la certificación de
las retribuciones de las personas trabajadoras encuadradas en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


El Sistema Especial de la Seguridad Social de Empleados de Hogar está integrado en el Régimen General de la Seguridad desde el año 2012, y con carácter general, son los empleadores quienes deben causar el alta en mismo a las personas
empleadas y abonar las cotizaciones que les corresponden.


No obstante, cuando los empleados trabajan menos de 60 horas por hogar, el trabajador puede acordar con su empleador ocuparse personalmente de los trámites de afiliación a la Seguridad Social, las altas, las bajas y las variaciones de datos,
así como ingresar las cuotas. En estos casos, si se finiquita la relación laboral, el empleador tiene derecho a presentar la solicitud de baja de su empleado. En cualquier caso, la relación laboral debe formalizarse por escrito y el empleador es
responsable de ello. Solo están exentos de formalizar el contrato por escrito los servicios esporádicos que duren menos de cuatro semanas seguidas.


Al Sistema Especial de la Seguridad Social de Empleados de Hogar deben cotizar las personas que reciben una remuneración por hacer tareas domésticas en sentido amplio y sus normas se aplican independientemente del número de horas de servicio
y del número de empleadores. Además, la persona empleada no puede ser retribuida por debajo de unos mínimos, que varían dependiendo de si el trabajo es por horas y la prestación del servicio en el domicilio del empleador se realiza durante menos de
120 días al año, o si la prestación del servicio se produce durante 120 o más días al año en el domicilio del empleador.


Los rendimientos obtenidos por la persona empleada de servicio doméstico son rendimientos del trabajo y, si el trabajador está obligado a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), deberá incluirlos
en su declaración de la renta. Ahora bien, como quien abona esos rendimientos es una persona física que no desarrolla una actividad empresarial ni profesional, el pagador no está obligado a realizar retenciones a cuenta del IRPF, aunque sí a
descontar la parte de la Seguridad Social que corresponde al empleado.


La ausencia de obligación de retener a cuenta del IRPF llevó a la Dirección General de Tributos a considerar que el empleador tampoco debe emitir un certificado de retenciones ni hacer declaraciones relacionadas con las retribuciones que
abona al empleado de hogar.


Así las cosas, muchas personas empleadas de hogar integradas en el Sistema Especial de la Seguridad Social manifiestan tener problemas a la hora de hacer sus declaraciones de renta y necesitarían contar con una declaración de retribuciones
por parte de su empleador para facilitar sus obligaciones fiscales o trámites de cualquier otro tipo. En este sentido, se debería regular la obligación del empleador de suministrar tanto el salario anual abonado al empleado del hogar como el
importe ingresado en la Seguridad Social en su nombre, si el trabajador así lo solicita.


Por todo ello nuestro Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas necesarias para que las personas trabajadoras integradas en el Sistema Especial de la Seguridad Social de Empleados de Hogar que así lo soliciten reciban obligatoriamente de
su empleador una declaración de retribuciones que contenga, al menos, el salario anual percibido y el importe que se ha ingresado en la Seguridad Social en su nombre.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú-Podem-Galicia en Común.



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161/000821


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a la consideración como
tiempo efectivo de trabajo del descanso de quince minutos durante la jornada laboral, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


La duración de la jornada laboral es la que se pacta en los convenios colectivos o en los contratos de trabajo, si bien la duración máxima será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, según dispone el
artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. Mediante convenio colectivo o por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores puede establecerse la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, pero deberán respetarse
los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la Ley. En particular, siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso no inferior a quince minutos, que será
considerado tiempo efectivo de trabajo si lo señala el convenio o el contrato de trabajo.


Todo ello significa que el descanso durante la jornada laboral, la conocida como 'pausa para el bocadillo', es un derecho que tienen todos los trabajadores cuya jornada exceda las seis horas de forma continuada. La duración será como mínimo
de quince minutos y se podrá negociar una mayor por convenio colectivo. En el caso de trabajadores menores de dieciocho años, el periodo de descanso tendrá una duración mínima de treinta minutos y deberá establecerse siempre que la duración
continuada exceda de cuatro horas y media.


Se trata, por tanto, de un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores que no queda sujeto, en ningún caso, a una decisión discrecional de la empresa de concederlo o no. Sin embargo, dicho descanso se considera recuperable en la
jornada laboral salvo que el convenio o contrato de trabajo establezcan que es tiempo de trabajo efectivo. Es decir, si el convenio o contrato fijan los quince minutos como de trabajo efectivo, se tratará de un descanso retribuido. Si no lo hacen,
se tiene por supuesto derecho igualmente al descanso, pero la jornada se ampliará en los minutos que ha durado dicho descanso.


La Sala Social de la Audiencia Nacional, en sentencia de 5 de mayo de 2014, señaló que si la empresa, aunque no esté obligada por convenio o contrato con los trabajadores, ha venido considerando como tiempo efectivo de trabajo la 'pausa para
el bocadillo', no puede decidir unilateralmente que ese descanso deba ser recuperado por los trabajadores. Al haberse convertido en un derecho adquirido, se trataría de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que solo puede
llevarse a cabo a través del procedimiento establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Es decir, que si el calendario laboral prevé que los quince minutos de descanso son tiempo efectivo de trabajo y por tanto retribuidos, solo
podrá suprimirse ese beneficio a través de una modificación sustancial ampliando a efectos prácticos fa jornada de trabajo.


Sin embargo, el Tribunal Supremo en una reciente sentencia establece que si el convenio no obliga a la empresa, esta puede decidir unilateralmente dejar de considerar el descanso como tiempo de trabajo efectivo aunque lo hubiese considerado
hasta entonces como tal.


Efectivamente, esta última sentencia valora el caso de una empresa que dejó de considerar el descanso como trabajo efectivo entendiendo que no supuso una modificación laboral sustancial por basarse en la 'tolerancia' del empresario y no ser
un derecho reconocido contractualmente. Sentencia que revoca el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que sí entendió motivada la existencia de un incremento unilateral de la jornada en virtud del artículo 41 del
Estatuto de los Trabajadores.


En suma, el descanso que estamos tratando es un derecho del trabajador y obligatorio para la empresa cuando la duración de la jornada diaria continuada excede de seis horas. La cuestión es si ese descanso debe considerarse o no tiempo de
trabajo efectivo. Entendemos que, efectivamente, dicho descanso debe considerarse siempre como tiempo de trabajo efectivo y así establecerse en el Estatuto



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de los Trabajadores, sin que dicha consideración esté condicionada a que el convenio colectivo o el contrato de trabajo así lo establezcan.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú-Podem-Galicia en Común presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar en la Cámara un Proyecto de Ley para la modificación del apartado 4 del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, al objeto de asegurar que cuando la duración de la jornada
diaria continuada exceda de seis horas, el periodo de descanso no inferior a quince minutos sea considerado en cualquier caso tiempo de trabajo efectivo eliminando el requisito de que así tenga que establecerse por convenio o contrato de trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú-Podem-Galicia en Común.


161/000829


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.a Macarena Olona Choclán, D.a María Teresa López Álvarez y D. Juan José Aizcorbe Torra, en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a salvaguardar económicamente a las familias numerosas que no están contempladas en las prestaciones por ERTE, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones.


Exposición de motivos


Primero. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente debido a la pandemia del SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país tanto a nivel económico como sanitario. A día 13 de mayo, la
crisis sanitaria producida por COVID-19 ha causado la muerte a más de 26.000 personas y ha contagiado a más de 220. 000 en España.


Debido a la crisis sanitaria originada por el coronavirus en España, el pasado 14 de marzo de 2020, el Gobierno aprobó el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19.


Desde el momento en que se ha declarado el estado de alarma y ante el parón de la actividad empresarial, son muchas las empresas que se han acogido a Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor; otras,
minoritarias, lo han hecho por causas objetivas.


Segundo. Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) son un procedimiento por el que se comunica la suspensión de los contratos de trabajo o la reducción de jornada de los mismo. La regulación de este tipo de procedimiento se
prevé en el Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y desarrollado reglamentariamente mediante el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los
procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.


A raíz de la declaración del estado de alarma, el Gobierno de España ha ido aprobando diversas disposiciones legales, algunas de las cuales afectan a las normas reguladoras de este procedimiento, estableciendo determinadas especialidades.


En este sentido, el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, dispone que 'las medidas adoptadas en materia de suspensión temporal de
contratos y reducción temporal de la jornada (ERTEs) persiguen evitar que una situación coyuntural como la actual tenga un impacto negativo de carácter estructural sobre el empleo'.


Tal y como han señalado expertos en derecho laboral, concurre la fuerza mayor cuando, como consecuencia del COVID-19 y del estado de alarma, se produzca una disminución tal de actividad que implique la suspensión o cancelación de prestación
de servicios o provisión de productos, cierre de locales



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de afluencia pública, restricciones en el transporte y en la movilidad de las personas y/ o las mercancías, falta de suministros que impidan continuar la actividad, o bien situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la
plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo.


El citado Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, señala que la existencia de fuerza mayor deberá ser constatada por la autoridad laboral.


Según datos oficiales, a 30 de abril de 2020, 3,39 millones de trabajadores están afectados por un ERTE, de los que 3,07 millones lo eran por un expediente por causas de fuerza mayor.


Tercero. Los trabajadores afectados por un ERTE tienen derecho al cobro de una prestación por desempleo cuya cuantía abarca el 70 % de la base reguladora. Sin embargo, como en todas las prestaciones gestionadas por la Seguridad Social, las
cuantías tienen un límite mínimo y un límite máximo. El mínimo sin hijos se sitúa en 501,98 euros y con hijos es de 671,40 euros. Respecto al límite máximo, la prestación de un trabajador sin hijos a cargo puede alcanzar los 1.098,09 euros con un
hijo, 1.254,96 euros y con 2 hijos (o más), 1.411,83 euros Por lo tanto, la cuantía es la misma con independencia de si el trabajador tiene 2 o más hijos. De este modo, a efectos de la determinación de la cuantía máxima de la prestación como
consecuencia de un ERTE, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones solo contempla a las familias con 1 o 2 hijos.


Esta situación es especialmente grave en el contexto que estamos viviendo: son muchas las familias numerosas en las que uno o ambos progenitores han sido objeto de un ERTE, con la consecuente merma de ingresos. Sin embargo, las cargas
económicas familiares siguen siendo las mismas.


Aunque la prestación por ERTE es análoga a la que está aprobada para la prestación por desempleo, ante los momentos de excepcionalidad que estamos viviendo por la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, deben adoptarse medidas
excepcionales en las prestaciones por ERTE para las familias numerosas.


Por otra parte, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha estipulado que primero pagarán las prestaciones como si no se tuvieran hijos para luego analizar cómo pagarán el complemento por hijo, algo que no está contemplado en el
artículo 25 del Real Decretoley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, que establece expresamente lo siguiente:


'En todo caso, se reconocerá un nuevo derecho a la prestación contributiva por desempleo, con las siguientes especialidades respecto a la cuantía y duración:


a) La base reguladora de la prestación será la resultante de computar el promedio de las bases de los últimos 180 días cotizados o, en su defecto, del período de tiempo inferior, inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo,
trabajados al amparo de la relación laboral afectada por las circunstancias extraordinarias que han originado directamente la suspensión del contrato o la reducción de la jornada de trabajo.


b) La duración de la prestación se extenderá hasta la finalización del período de suspensión del contrato de trabajo o de reducción temporal de la jornada de trabajo de las que trae causa.'


Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Promover las reformas normativas precisas para incrementar el límite máximo de la cuantía de las prestaciones contributivas que perciben los trabajadores afectados por un ERTE y que tengan más de dos hijos a cargo.


2. Aprobar medidas destinadas a las familias numerosas, cuyos progenitores se encuentren en situación de ERTE, para paliar la vulnerabilidad económica de las mismas.


3. Extender estas medidas a los trabajadores autónomos en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que han sido reconocidos como perceptores de ayudas por cese de actividad, que tengan a su cargo a hijos y
sin limitación en el número de ellos.



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4. Proceder en el plazo más breve posible al pago de las cuantías por hijo a cargo a todos aquellos trabajadores que tengan derecho a ellas y que a fecha de 13 de mayo de 2020 todavía no las han percibido.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2020.-María Teresa López Álvarez y Juan José Aizcorbe Torra, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000842


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la extensión de la prestación extraordinaria por cese de
actividad de los trabajadores autónomos afectados por el COVID-19 hasta el 30 de junio y a la creación de una tarifa plana de cotización para facilitar la reincorporación a su actividad, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión,
Migraciones y Seguridad Social.


Exposición de motivos


El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, regula, en su artículo 17, una prestación extraordinaria por cese de actividad para los
trabajadores autónomos afectados por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.


Pueden beneficiarse de esta prestación todos los trabajadores por cuenta propia o autónomos incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, los trabajadores autónomos agrarios incluidos en el Sistema Especial
para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios y los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, cuyas actividades queden suspendidas, en virtud de lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el
que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, o, en el caso de que aquellos cuya actividad no haya suspendida, que hayan visto reducida su facturación, al menos, en un 75 %
respecto. La cuantía de la prestación se determinará aplicando un 70 % a la base reguladora utilizada para el cálculo de la prestación contributiva por cese de actividad. Asimismo, el reconocimiento de esta prestación no requiere la tramitación de
baja por cese de actividad en la Seguridad Social y su percepción es compatible con la de otras prestaciones sociales. La duración de la prestación es de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes en el que finalice el estado de
alarma, en el supuesto de que este se prorrogue y tenga una duración superior al mes. En consecuencia, en estos momentos la duración de la prestación se encuentra vinculada a la del estado de alarma, determinándose la extinción de esta al final del
mismo mes en que decaiga dicho estado.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos entendemos que esta vinculación de la duración de la prestación extraordinaria por cese de actividad a la del estado de alarma, aun cuando pudiera tener algún sentido inicialmente, ha devenido
innecesaria y hasta contraproducente para asegurar la posibilidad de una recuperación efectiva de la actividad por parte de los trabajadores autónomos que en estos momentos son beneficiarios de la misma, ya que el proceso de recuperación gradual de
la actividad no tiene por qué atender ni corresponderse con los plazos que en su caso se determinen en cuanto a la extensión del estado de alarma.


Por los mismos motivos, resulta asimismo inadmisible que la prórroga o no de un estado cuya declaración está concebida para amparar la aplicación de medidas restrictivas aunque necesarias para contener la propagación de la pandemia, en
particular, sobre la movilidad de los ciudadanos, pueda condicionar el mantenimiento de unas prestaciones en este caso concebidas para mitigar el impacto de la gestión de la emergencia sanitaria sobre los trabajadores autónomos y, seguidamente, para
contribuir a que estos puedan reincorporarse a su actividad económica o profesional y apoyarlos en su recuperación gradual.


Partiendo de la misma premisa, el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, contemplaba una serie de modificaciones sobre las normas aplicables en relación con los expedientes de regulación temporal
de empleo (ERTEs) aplicados durante la vigencia del estado



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de alarma. En particular, dicha norma daba forma a la exigencia formulada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos para apoyar la última prórroga del estado de alarma de desvincular la duración de los ERTEs por causa de fuerza mayor de la de
dicho estado, estableciendo con carácter general la extensión de dicha duración, fuese en términos absolutos o parciales, permitiendo la reincorporación parcial de trabajadores afectados, hasta el 30 de junio, e incluso más allá en el caso de
aquellos sectores de actividad que hayan sido especialmente afectados por el impacto del COVID-19.


Siguiendo la misma lógica, desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos estamos convencidos de que el proceso de recuperación gradual de la actividad requiere que las medidas de apoyo y prestaciones sociales que se han aprobado durante el todavía
vigente estado de alarma deben mantenerse durante el tiempo y en la forma en que sean necesarias para contribuir de manera eficaz a dicha recuperación, desvinculando la lógica de su duración de la del estado de alarma, cuya vigencia se fundamenta en
causas y finalidades diferentes. Por ese motivo, consideramos necesario que, al igual que se ha hecho con los ERTEs por fuerza mayor, se desvincule la prestación extraordinaria por cese de actividad de la duración del estado de alarma, previendo,
asimismo, su extensión con carácter general hasta el 30 de junio, o, cuando así lo acordase el Consejo de Ministros, más allá los sectores donde fuese necesario.


Igualmente, con la misma finalidad de contribuir a que estos trabajadores autónomos puedan reincorporarse a su actividad económica o profesional con todas las garantías y dispongan de un apoyo efectivo durante el proceso de recuperación
gradual de dicha actividad, desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos proponemos el establecimiento de una 'tarifa plana' de cotización, consistente en una bonificación sobre la cuota mínima que deje su importe en 60 euros mensuales, o del 80 % cuando
se cotice por una base de cotización mayor, durante 12 meses, para todos los autónomos beneficiarios de la prestación por cese de actividad.


Por todo ello, desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que a la mayor brevedad lleve a cabo las modificaciones que sean necesarias para:


1. Desvincular la duración de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos de la vigencia del estado de alarma, previendo su extensión con carácter general hasta el 30 de junio de 2020.


2. Prever la posibilidad de extensión de esta prestación extraordinaria por cese de actividad más allá de la fecha límite a que se refiere el apartado anterior en el caso de aquellos trabajadores autónomos en sectores de actividad
especialmente afectados por el impacto de la emergencia sanitaria del COVID-19, como el turismo, la hostelería o el ocio.


3. Establecer una 'tarifa plana' de cotización para los trabajadores autónomos que por haberse visto afectados por la emergencia sanitaria del COVID-19 hayan sido beneficiarios de la prestación extraordinaria por cese de actividad,
consistente en una bonificación en la cotización que deje la cuota en un importe de 60 euros mensuales en el caso de los autónomos que cotizan por la base mínima, y del 80 % sobre la cuota resultante en el caso de los que cotizan por una base
superior, durante los 12 meses siguientes a la fecha de finalización de la prestación que tuviera reconocida.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de mayo de 2020.-María Muñoz Vidal, Diputada-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/000814


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley, para su debate en la Comisión de
Industria, Comercio y Turismo .



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Exposición de motivos


La denominada cuarta revolución industrial enfrentará nuestro modelo productivo a múltiples retos. Entre ellos, cabe destacar el derivado del desarrollo de la robótica y su aplicación industrial. Este elemento es central en el desarrollo
de la denominada industria 4.0., y pese a los múltiples estudios al respecto, su efecto sobre el volumen de empleo y las condiciones de trabajo aún está indeterminado. El desarrollo de la robótica y su aplicación a la producción posibilita una
mayor automatización de ciertas operaciones productivas que, conectado con el desarrollo del software y de la Inteligencia Artificial, permite generar sistemas capaces de trabajar de forma autónoma e incluso de organizarse a sí mismos.


Según la Federación Internacional de Robótica, el número de robots industriales instalados en la industria mundial prácticamente se ha duplicado durante el último lustro, y las predicciones realizadas mantienen esa progresión ascendente.
España se encuentra entre los 15 países a nivel mundial con mayor densidad robótica en la industria manufacturera, es decir, con mayor número de robots instalados por cada 10 000 trabajadores; una cifra que se sitúa considerablemente por encima de
la media europea. La robotización está teniendo una fuerte implantación en sectores industriales como la automoción, la electrónica, el metal y la maquinaria, y los productos plásticos y químicos.


De este modo, la robotización de los procesos productivos tiene un impacto directo sobre el volumen de empleo. Si bien el volumen de trabajo no desciende, sí existe un amplio consenso en el efecto sustitución que genera la robótica sobre el
empleo, principalmente en la destrucción de aquellos de tipo no cognitivo y cognitivo rutinario. Asimismo, el proceso de robotización no solo impacta sobre el volumen de empleo, también lo hace sobre las condiciones de trabajo. Entre los efectos
negativos de la implantación de robots industriales tradicionales se encuentran el aumento de la racionalización y la descualificación del proceso de trabajo, la merma de autonomía y el incremento de la subordinación a la máquina de las personas
trabajadoras en sus puestos de trabajo. Esto puede tener consecuencias negativas en la salud laboral de la fuerza de trabajo, en forma de un incremento de lesiones musculoesqueléticas y de enfermedades psicosociales.


Entre los efectos positivos, la robotización también puede generar mejoras en la ergonomía en el lugar de trabajo, a través, por ejemplo, de la implantación de robots colaborativos (sistemas de colaboración persona-máquina) que se encarguen
de aquellas tareas que suponen un mayor riesgo para la salud laboral. No obstante, aunque la co-robótica empieza a ser una realidad, su aplicación industrial aún es minoritaria.


En definitiva, durante los últimos años nos encontramos en un escenario de transformaciones productivas de enorme calado que está teniendo impactos de distinto tipo sobre el empleo y las condiciones de trabajo. No obstante, estas
transformaciones aún tienen un largo recorrido, y se torna necesario ampliar y profundizar en el conocimiento público sobre esta realidad, realizar diagnósticos certeros sobre las problemáticas asociadas a este tipo de cambios y adoptar mecanismos
de participación colectivos capaces de enfrentar los desafíos que la aplicación industrial de la robotización tiene sobre el empleo y las condiciones de trabajo.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Crear una Mesa sectorial sobre robotización y automatización en la que estén presentes los agentes sociales, partidos políticos, expertos universitarios y representantes de los Centros Tecnológicos.


2. Incluir en las bases reguladoras de los distintos programas de ayuda que dependen del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y en concreto de la Secretaría General de Industria y PYME, la exigibilidad de elaborar informes de
impacto sobre la robotización en el empleo y las condiciones de trabajo como criterio condicionado a la concesión de apoyo financiero a las entidades empresariales.


3. Elaborar un estudio específico sobre la implantación de los procesos de robotización en la industria española y su impacto sobre el empleo y las condiciones de trabajo, incorporando una perspectiva de género, y con proyecciones para los
próximos 15 años y recomendaciones en materia de políticas públicas.


4. Dotar de incentivos a todos los actores económicos para implementar fórmulas de participación y colaboración de los trabajadores en el desarrollo y la implementación de los procesos de automatización y robotización en la producción
industrial.



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5. Impulsar procesos de robotización colaborativos (robots o robótica colaborativa), persona-máquina, con objeto de reducir los impactos negativos y amplificar los positivos en materia de salud laboral sobre la fuerza de trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


161/000820


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de
Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


El sector de la automoción es uno de los motores económicos e industriales de nuestro país. En la Comunidad Autónoma de Galicia, la automoción genera en la región alrededor de 22. 300 empleos directos -el 13 % del empleo industrial en
Galicia- y en el año 2018 facturó 8.650 millones de euros. Galicia produce en torno al 15 % de los automóviles del Estado y este sector supone el 25 % de las exportaciones anuales gallegas.


Sin embargo, durante los últimos años se está produciendo un proceso de deslocalización de empresas y producción que está generando una pérdida de empleo en la región gallega y un desplazamiento del polo de atracción de inversión extranjera
directa en el sector automotriz de Galicia hacia el Norte de Portugal.


Según la Oficina Económica y Comercial en Lisboa, en Portugal existen 2.200 empresas con matriz de capital español y filial en Portugal. Un informe de CEAGA, el Clúster de Empresas de Automoción de Galicia, señala que el número de
proveedores de componentes del sector del automóvil de matriz gallega que están ya instalados en suelo luso asciende a más de 25. Además, no solo empresas cuya propiedad del capital es de origen gallego, sino también del conjunto del Estado y de
origen extranjero, disponen de filiales en el Norte de Portugal para proveer al Grupo de automoción PSA y, en concreto, a su fábrica terminal localizada en Vigo.


Uno de los principales obstáculos a la implantación de las empresas en Galicia es la ausencia de suelo empresarial a precios competitivos, añadido al alto coste de la energía e incluso a la falta de inversión en I+D+i, lo que favorece que
nuestra industria busque otras alternativas En este sentido, la marcha de empresas del sector de la automoción al Norte de Portugal se debe, principalmente, a los incentivos que encuentran las empresas en materia de menores costes, principalmente
asociados a unos precios del suelo industrial y de la energía significativamente más bajos y a una mano de obra sustancialmente más barata en el Norte de Portugal con respecto a Galicia.


En el marco de la política pública de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial, la Orden ICT/768/2019, de 11 de julio, por la que se modifica la Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre, introduce en las bases
reguladoras nuevos criterios a partir de los cuales se incrementa la ponderación que se concede al factor territorial en el baremo de evaluación de solicitudes para la concesión de apoyo financiero. No obstante, es preciso realizar una evaluación
del impacto de esta política pública a nivel territorial, con objeto de introducir mecanismos correctores que fomenten el desarrollo industrial de aquellas regiones del Estado que atraviesen situaciones de especial vulnerabilidad.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Introducir sistemas de evaluación periódica del impacto territorial de los proyectos de inversión que se canalizan a través de la política pública de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial.



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2. Priorizar la introducción, en el marco de la política pública de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial, de nuevos mecanismos de apoyo financiero a la inversión industrial que contemplen criterios que
promuevan un impacto diferencial positivo en aquellas regiones del Estado que presenten una pérdida de tejido empresarial y/o de empleo vinculado a la actividad industrial durante los últimos años.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000810


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la elaboración de un
protocolo único de actuación para la desescalada en residencias de mayores y centros sociosanitarios, para su debate en Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


En nuestro país, el número de personas de 65 años o más asciende a 8. 657. 705 personas (3.717.697 hombres y 4 .940 .008 mujeres), el 18,60 % de la población total, 46.557.008 personas, y se prevé que en 2050 lleguen a 16,45 millones (el
37,61 % sobre 43 .731. 748 habitantes), lo que significa que más de la tercera parte de los residentes en España superará en 2050 los 65 años (INE, Proyecciones de población 2014-2064).


Con esta realidad sociodemográfica, la atención a las personas mayores es prioritaria, aumentar y garantizar su bienestar, autonomía y calidad de vida a través de acciones destinadas a proteger a quienes se encuentran en situaciones de
especial vulnerabilidad (personas mayores, dependientes y personas con discapacidad)


La mejora de la atención a las personas dependientes es una necesidad y una prioridad social y sanitaria no solo en España, sino en todos los países desarrollados.


A principios de año, la OMS y el Consejo de Europa indicaron que había que abordar la situación de vulnerabilidad de las personas mayores, otras recomendaciones de organismos recogen que 'la COVID-19 incrementa su letalidad en personas de
edad con patologías previas'.


La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, faculta a las autoridades sanitarias a adoptar cuantas medidas preventivas considere sanitariamente justificadas. Además, con motivo de la situación de emergencia de salud pública
ocasionada por el COVID-19, que la Organización Mundial de la Salud elevó a pandemia internacional el 11 de marzo de 2020, el Gobierno acordó declarar, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo , el estado de alarma para la gestión de la
situación de crisis sanitaria en todo el territorio nacional, estableciendo en su artículo 12 las medidas dirigidas a 'reforzar el Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional y, además, medidas para garantizar la posibilidad de
determinar la mejor distribución en el territorio de todos los medios técnicos y personales, de acuerdo con las necesidades que se pongan de manifiesto en la gestión de esta crisis sanitaria'.


En España, según el Informe de estadística en residencias, de Envejecimiento en Red del CSIC, de octubre de 2019, hay 5.358 centros residenciales con 372. 985 plazas. Las residencias y centros sociosanitarios de atención a personas mayores
y en situación de dependencia, está siendo el recurso más vulnerable frente al coronavirus.


La nueva situación generada como consecuencia de la alta vulnerabilidad de las personas mayores ante la infección por COVID-19 no solo está teniendo consecuencias sobre el sistema sanitario, sino que está teniendo fuertes consecuencias en el
gran número de personas mayores residentes en centros de carácter social en España.



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Las Residencias para personas mayores están siendo foco principal del coronavirus en España. A falta de realizar test generalizados, ha sido imposible saber hasta ahora el número de víctimas mortales que el coronavirus ha dejado en las
aproximadamente 5.500 residencias en España. Y aunque el Gobierno sigue sin facilitar los datos, según los datos proporcionados por las comunidades autónomas, las personas mayores que han fallecido con COVID-19 o síntomas similares se situaría en
más de 16. 000 personas.


En el Informe número 27 de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica y del Instituto de Salud Carlos III sobre 'La situación de COVID-19 en España a 30 de abril de 2020', se analizan el número de casos por grupos de edad y situación
clínica. Se analizan 203.714 casos totales, por grupos de edad, casos hospitalizados, casos en UCI y defunciones. De la información se desprende que 'los mayores de 80 años, es uno de los grupos con más hospitalizaciones, supone el 54 %. Solo
superado por el grupo de edad entre 70-79 años que lideran este grupo con un 73 % de los casos totales hospitalizados. Igualmente, el Informe arroja que 'hay un 46 % de los casos de personas mayores de 80 años que no han sido hospitalizados, se
podría deducir que estas personas residen en sus casas o en centros de personas mayores'.


El Plan de transición hacia la nueva normalidad se refiere a la población mayor indicando que 'es imprescindible garantizar la reducción de contagios, y una protección fuerte de la población que vive en residencias así como de los
profesionales que prestan servicios en ellas'. El plan no define cómo deben retomar la actividad los centros, las asociaciones que representan al sector residencial plantean la necesidad de comenzar la desesecalada en los centros residenciales.
Alcanzar la desescalada, la normalidad de los centros lo antes posible, preservando las medidas de seguridad. Los datos que ofrece en su último informe el Circulo empresarial de atención a personas dependientes indica que 'el porcentaje de
residentes sin COVID-19 es un 89.42 %' y con el análisis de los datos indica que 'no se ha producido un incremento porcentual significativo de los positivos con la realización de test sino una estabilización de la pandemia'.


Las personas mayores que viven en residencias llevan desde el 14 de marzo en situación de confinamiento, casi 60 días aislados, exponiéndose a situaciones de vulnerabilidad y soledad, pudiendo afectar a su estado de salud físico y mental.
Las restricciones a causa de la crisis sanitaria están pasando factura a nivel emocional.


El proceso de desescalada, debería tener en cuenta a las personas mayores que viven en residencias de mayores, como adultos, con una vida plena, sin postergar los derechos de las personas mayores durante el confinamiento.


Entre los criterios para aliviar las medidas de confinamiento propuestos por la Organización Mundial de la Salud, OMS, hay uno referido a personas mayores que dice así 'minimizar los riesgos de brotes en entornos de alta vulnerabilidad,
particularmente en residencias de ancianos, centros de salud mental y otras localizaciones similares' y las recomendaciones de la OMS dicen 'tener controlados e identificados a los afectados, que el sistema público de salud esté en condiciones de
detectar con test cada caso de infección' y 'tener bajo control los lugares con un mayor riesgo de infección y máxima vulnerabilidad (hospitales, residencias,entre otros o también centros de día)'.


El plan de desescalada en los centros residenciales debería, en un primer lugar, proponer la realización de pruebas diagnóstica, test PCR y análisis serológicos, a todos los residentes y a los profesionales que trabajan en los centros,
garantizar equipos de protección necesario. En segundo lugar, adaptar el plan a las necesidades de cada centro, por ejemplo, se estima que hay residencias que no tienen casos positivos pero sus residentes llevan confinados en sus habitaciones más
de 60 días. Otros centros que tengan bien sectorizado el centro y podrían abrir alguna zona común, y otros centros que han superado los contagios y que podrían empezar una desescalada a los PCR negativo, realizando PCR a residentes y profesionales.
Y, en tercer lugar, habría que garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención y sanitarias que determinen las autoridades sanitarias.


Desescalada que ha de implicar a todos, a las administraciones, a los residentes, a los profesionales, a las familias y a los proveedores. Un plan desarrollado en dos niveles, el primer nivel se abordaría a nivel interno, teniendo en cuenta
la situación de cada centro, y un segundo nivel a desarrollar en la última fase que permita organizar las visitas de familiares y amigos y salidas al exterior.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar un protocolo único de actuación para todas las residencias de mayores y centros sociosanitarios, que permita su desescalada atendiendo a la situación de cada centro y ofreciendo todas las garantías de seguridad higiénico
sanitarias.


2. Destinar un fondo extraordinario destinado a garantizar a los centros la adquisición de los equipos de protección necesarios, de test PCR, así como, otro material sanitario y equipamiento para la desinfección y prevención para las
residencias de mayores, centros de carácter social y centros de día y recursos similares.


3. Garantizar a todos los residentes y a todos los profesionales la realización de las pruebas diagnósticas PCR y la realización de estudios de seroprevalencia, con el fin de llevar a cabo el desconfinamiento de las personas mayores, con
las mayores garantías posibles, sectorizando, habilitando espacios comunes, y las zonas privadas de los centros para el uso de los residentes.


4. Establecer mecanismos para que los centros, que no hayan tenido casos COVID-19 ni en residentes ni en profesionales, puedan tomar medidas de desconfinamiento a los residentes, como puede ser el uso de zonas comunes, jardines, zonas
privadas del centro y comedores.


5. Planificar y reforzar acciones de formación dirigida a los profesionales de los Servicios Sociales, para prepararse ante nuevos rebrotes.


6. Definir las recomendaciones para garantizar que los familiares y amigos de los residentes puedan realizar visitas a las personas mayores, estableciendo criterios, como puede ser el número de visitas, tiempo de duración, etc.; cumpliendo
las medidas higiénico sanitarias que dicten las autoridades sanitarias.


7. Establecer el procedimiento que permita autorizar las situaciones de nuevos ingresos y el retorno de bajas en los centros, para posibilitar la conciliación de familiares que se incorporan a sus puestos de trabajo.


8. Diseñar un protocolo que garantice la sanidad pública a todas las personas mayores, vivan donde vivan, garantizando la derivación sanitaria de residentes a los recursos sanitarios.


9. Posibilitar los medios oportunos para que se pueda realizar el duelo, compartido con los familiares, autorizando el acompañamiento, de algún familiar o amigo, en el momento de la despedida.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.- Alicia García Rodríguez, Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, María Sandra Moneo Díez, José Ignacio Echániz Salgado, Elvira Velasco Morillo y María Teresa Angulo Romero,
Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/000789


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre los índices de rendimiento neto
aplicables en la Región de Murcia, en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas murcianas afectadas por diversas circunstancias excepcionales en 2020, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y
Alimentación.


Exposición de motivos


El sector agrario está acogido, de manera mayoritaria, al sistema de módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por el que reduce el trabajo administrativo y burocrático de nuestros agricultores. Bajo este sistema
declaran los niveles de ingresos medios y bajos, ya que los niveles de ingresos altos están adscritos al régimen de estimación directa del IRPF.


En el anexo I de la Orden HAC/1164/2019, de 22 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2020 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto
sobre el Valor Añadido se aprobaron los signos, índices o módulos aplicables a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales para determinar su rendimiento neto.



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En el artículo 37.4.1.° del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, se establece que cuando el desarrollo de actividades económicas, a las que fuese de aplicación
el método de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o zona determinada, la Ministra de Hacienda podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los
signos, índices o módulos.


Es preceptivo que las administraciones competentes elaboren sus informes sobre los acontecimientos excepcionales en el año impositivo. Así, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación debe elaborar un informe en el que se propondrán
las reducciones de los índices de rendimiento neto (módulos) en el régimen de estimación objetiva del IRPF, aplicables a aquellas actividades agrarias que durante el ejercicio 2019 sufrieron fuertes descensos en los rendimientos por causas
extraordinarias. Este documento será remitido posteriormente al Ministerio de Hacienda.


En base al Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Ministerio de Hacienda aprobó la Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2019 los índices de rendimiento neto
aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales que fue objeto de publicación en el Boletín Oficial del
Estado el pasado 9 de abril, con la campaña de la Renta ya iniciada.


La Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de Murcia, elevó al Ministerio un informe de reducción de los índices de rendimiento neto en el régimen de estimación objetiva del IRPF, aplicables a aquellas
actividades agrarias que durante el ejercicio 2019 sufrieron fuertes descensos en los rendimientos por causas extraordinarias, siguiendo criterios objetivos.


La DANA de septiembre y las lluvias de octubre provocaron una producción irregular y de baja calidad en varios cultivos hortícolas, especialmente en alcachofa, así como dificultades para la recolección de uva de mesa en la que, debido a la
humedad, surgieron enfermedades criptogámicas. Igualmente, la producción de fruta de hueso se ha visto sometida a las inclemencias climatológicas de helada, granizo y la misma DANA.


La reducción efectuada por el Ministerio de Hacienda mediante la Orden Ministerial no atiende a criterios objetivos y provoca agravios en el campo murciano. Es el caso del limonero, con regiones próximas, o la uva de vinificación en la que
se ha establecido reducciones en los municipios limítrofes a Jumilla y Yecla y no para estos. En frutos secos, se ha considerado reducción en el municipio de Pliego no así en Mula, siendo limítrofes y estando ambos afectados en igual proporción.


En el cultivo de tomate, especialmente en los municipios de Águilas y Mazarrón, los costes de producción durante 2019 han sido superiores a los precios de venta.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a corregir la Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, con carácter urgente y sin demora, atendiendo la propuesta realizada por la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente
de la Región de Murcia, relativa a reducción de los índices de rendimiento neto (módulos) aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF, con el fin de evitar agravios dentro de esta Comunidad Autónoma y con el resto de Comunidades
Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.- Milagros Marcos Ortega, Marta González Vázquez, Teodoro García Egea, Isabel María Borrego Cortés, Juan Luis Pedreño Molina, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos,
Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000791


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a paliar el impacto de la
crisis por COVID-19 en el sector de la planta ornamental y flor cortada española, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.



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Exposición de motivos


El sector productor y comercializador de flor y planta ornamental es el gran afectado dentro del sector agrícola por esta crisis provocada por el COVID-19. Al haber sido excluido de las actividades esenciales, cerrados los puntos de venta y
cancelados actos de todo tipo, una gran parte de la producción ha tenido que ser destruida.


La actividad de las explotaciones y cooperativas del sector de la planta ornamental y flor cortada tiene una marcada estacionalidad y en particular, prácticamente, muchos de estos operadores dedican todo el año a la preparación de la planta
con vistas a garantizar el suministro del mercado en primavera, temporada en la que se concentra entre el 50 y 80 % de sus ventas, además de que esto, puede suponer la quiebra de prácticamente todos los viveros en España.


Por el COVID-19 en el sector de la planta ornamental y flor cortada, el efecto ha sido drástico e inmediato porque la demanda a nivel nacional como internacional se ha paralizado totalmente. Y al tratarse de productos muy perecederos, no
hay opción de almacenar o reorganizar la oferta, por lo que el producto que no se comercialice en su momento se estropeará.


Además, una vez destruida una parte muy importante de la producción de esta campaña está en riesgo la producción del año próximo y con ello la continuidad del sector.


El sector necesita sin duda las ayudas urgentes de la Administración. Las cifras estimadas de pérdidas, solo en Andalucía el sector valora las pérdidas en al menos 270 .000. 000 de euros.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aprobar con carácter urgente las ayudas necesarias para compensar las pérdidas y los gastos de retirada y destrucción de flores, plantas ornamentales y cultivos, y que sean compensadas tomando como referencia los costes de producción y
abierto a todas las empresas y plantaciones afectadas que acrediten su actividad productiva, poniendo en marcha desde el Gobierno un fondo específico con ayudas de mínimis.


2. Exigir a la Comisión Europea las medias excepcionales y urgentes de rescate para el sector de la floricultura y de las plantas ornamentales que sean suficientes con dotación de fondos extraordinarios, préstamos etc, para compensar las
pérdidas y los gastos de retirada y destrucción de flores, plantas ornamentales y cultivos abiertos a todas las empresas y plantaciones afectadas que acrediten su actividad productiva.


3. Considerar su situación como equiparable a casos en los que la fuerza mayor derive de acontecimientos catastróficos naturales que supongan la destrucción total o parcial de la empresa o centro de trabajo, impidiendo la continuidad de la
actividad, para que los productores se puedan acoger a todas aquellas medidas aplicables a empresas afectadas por situaciones extraordinarias.


4. Explorar posibles vías de ayuda a través de ENESA y la participación del Consorcio de Compensación de Seguros para compensar las pérdidas sufridas para cubrir este tipo de contingencias en las plantaciones que tengan el cultivo
asegurado.


5. Que se autorice la venta de flores y plantas en centros de jardinería y cadenas de alimentación en la medida que se produce la reapertura de la actividad económica.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.- Milagros Marcos Ortega y Marta González Vázquez, Diputadas.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000801


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.a Macarena Olona Choclán, D. Rubén Darío Vega Arias, D. Ricardo Chamorro Delmo, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GP VOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley de creación de la Reserva Marina en Tenerife (Teno y Anaga), para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.



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Exposición de motivos


Primero. Las reservas marinas se crean en determinadas áreas para que sirvan como protección a la reproducción y cría de los recursos pesqueros. Para lograr su fin cuentan con un sistema que facilitar que no se vea afectada por ningún tipo
de contaminación y, al mismo tiempo, no se pueda realizar ningún tipo de actividad extractiva, lo cual tiene como consecuencia que la flora y la fauna se van regenerando.


Esta regeneración de la flora sirve de refugio a los alevines hasta que alcanzan un mayor tamaño, y algunas especies van abandonando los límites de la reserva, lo que reduce el número de bajas por depredación (no la cantidad de Kilos). En
otras especies, sin embargo, sus juveniles y adultos continúan utilizando la reserva como refugio, incrementándose considerablemente la capacidad reproductora de la zona y consiguiendo así una recuperación de las especies en las zonas externas
próximas, debido la consiguiente dispersión de las huevas por las corrientes marinas.


Con ello se consigue una óptima recuperación de los recursos pesqueros de la zona, contribuyendo a lograr una explotación sostenible de estos. Es significativa la opinión de profesionales como José Luis Déniz, patrón mayor de la Cofradía de
San Andrés que coincide al afirmar que 'el futuro de la pesca está en una reserva marina. El futuro es una reserva marina bien hecha y bien vigilada. Lo principal es la vigilancia, que aquí tiene que ser o por mar o por aire, porque por tierra no
se puede llegar. Y una reserva sin vigilancia es igual a nada. Pero bien creada y organizada, para mí es el futuro'. Déniz destaca la eficacia de este instrumento de protección, ya que 'las especies se van reproduciendo en la reserva y como no se
puede pescar ahí, llega un momento en que no caben y se salen de la reserva y emigran a otras zonas en las que sí se puede pescar. Luego los barcos pueden pescar en los lindes de la reserva, en la zona de amortiguación. Tengo experiencia por otras
islas. En El Hierro, por ejemplo, han cuadruplicado la pesca de la vieja. Si la pesca sigue como hasta ahora y todo el mundo pesca sin control, llega un momento en que se acaba'.


Segundo. Las Reservas Marinas son instrumentos eficaces a la hora de regenerar los recursos vivos marinos de los ecosistemas litorales, siempre acompañados de una buena gestión y control. Los resultados aparecen a los dos o tres años,
beneficiando completamente a los pescadores profesionales locales y aportando un gran valor a la zona, potenciando el desarrollo de nuevas actividades económicas blandas para la comunidad pesquera, relacionadas con usos turísticos recreativos y
culturales, a regular por la reserva marina (buceo deportivo y científico, visitas en barcos con fondo de cristal, pesca deportiva, etc.) muy demandados por el llamado turismo ecológico.


Podría pensarse que estos efectos positivos pueden obtenerse simplemente con el establecimiento de vedas zonales o temporales, pero este tipo de medidas no son fáciles de establecer, dado que son numerosas las especies implicadas y que los
periodos de reproducción no coinciden (por ejemplo, la Vieja en verano y el Bocinegro en invierno).


Tercero. En Canarias existen tres reservas marinas de interés pesquero; las situadas en La Graciosa (Lanzarote), en La Restinga (El Hierro) y en la Isla de La Palma, siendo las dos primeras -al ser superficies compartidas entre aguas
exteriores y aguas interiores- de gestión compartida entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.


En ese sentido, es digno de destacar el hecho de que la reserva marina de la Restinga albergue especies que no se encuentran en el resto del archipiélago, con el valor añadido de que sus recursos pesqueros son aprovechados con medios
artesanales tradicionales propios de la zona.


De la reserva de la Isla de la Graciosa destacar la riqueza en nutrientes de sus aguas debido a un afloramiento de aguas frías, lo que hace de estas unas aguas ricas en recursos pesqueros que ha permitido que la actividad principal de los
habitantes de la Isla Graciosa sea la pesca.


Y de la reserva marina de La Palma hay que destacar la enorme diversidad en su fauna.


Cuarto. Sin embargo, la Isla de Tenerife, siendo la que cuenta con una mayor extensión de costa, todavía no dispone de una reserva marina de interés pesquero, llevando once años con una propuesta paralizada por los sucesivos Gobiernos de
España.


La reducción de los recursos pesqueros litorales en la Isla de Tenerife ha sido constante durante los últimos años como consecuencia de su considerable aumento de población y el consiguiente incremento del consumo de pescado fresco, lo que
ha originado una sobreexplotación de sus recursos.


En 2002 el Servicio Técnico de Ganadería y Pesca del Cabildo de Tenerife recuperó una propuesta de 1989 de don Juan José Bacallado. Como resultado de ese trabajo, en abril de 2010 el Pleno del Cabildo aprobó por unanimidad la propuesta de
zonificación y usos de las reservas marinas de interés



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pesquero de Tenerife (Teno y Anaga), que luego fue tramitada por la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias y validada por el Gobierno de Canarias.


Quinto. Al abarcar las zonas de Teno y de Anaga tanto aguas interiores de la Comunidad Autónoma como aguas exteriores, la propuesta tuvo que ser remitida al Gobierno central, concretamente al entonces (IX Legislatura) Ministerio del Medio
Natural y Medio Rural y Marino, que a día de hoy aún no se ha pronunciado al respecto.


Incluso para justificar la petición de protección se elaboraron proyectos redactados por biólogos marinos de la Universidad de La Laguna (ULL) y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).


Su falta de impulso supone un flaco favor tanto para la recuperación del ecosistema marino como para la sostenibilidad biológica y económica del sector pesquero en Tenerife.


Sexto. En cuanto a la inversión económica, las estimaciones basadas en la experiencia de las reservas marinas ya declaradas en Canarias indican que su coste de funcionamiento ronda en torno a un millón de euros en el primer año de su
establecimiento y entre 200. 000 euros y 300. 000 euros los años siguientes, dependiendo de las condiciones particulares de la reserva y de las iniciativas que se quieran poner en marcha en cada una. Este coste, en el caso de las reservas marinas
(Teno-Anaga) debería ser asumido con consignación presupuestaria de las tres administraciones concernidas, la estatal, autonómica e insular (Cabildo).


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Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar y promover, en coordinación con el Gobierno de Canarias, la creación de las Reservas Marinas de Teno y Anaga.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo y Rubén Dario Vega Arias, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000834


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.a Macarena Olona Choclán, D. Ricardo Chamorro Delmo y D. Manuel Mariscal Zabala, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a adoptar medidas para aumentar la vigilancia en las explotaciones agrarias, para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y
Alimentación.


Exposición de motivos


Primero. El sector agrario español está demostrando, una vez más, su firme compromiso con toda la población española en estos duros momentos provocados por la crisis vírica. Su labor, entrega y dedicación debieran ser reconocidos por todos
los ciudadanos.


Segundo. No obstante, las explotaciones agrarias vienen padeciendo una media de 26 robos diarios desde 2019, y las provincias que están a la cabeza son Valencia, Badajoz y Sevilla. Si bien en 2018 se produjeron 11 697 robos (denunciados) y
en 2019 hubo una disminución del 18 % con 9.575 robos, todavía es una cifra muy elevada, con un fuerte impacto para los agricultores y ganaderos. Además, con independencia de la disminución general mencionada, en el caso de las provincias de
Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Cáceres y Lugo los robos han aumentado.


Tercero. En este sentido, durante el confinamiento se han seguido produciendo hurtos y robos en las explotaciones agrarias españolas. Hace unos días, por ejemplo, conocíamos el arresto, en Salamanca, de un hombre acusado de un delito de
robo de corderos, o la incautación en Sevilla de 60 000 kg de naranjas robadas y el posterior desmantelamiento de un grupo dedicado a este tipo de delitos.


Cuarto. Además, si la situación de los agricultores no fuese ya de por sí complicada en estos duros momentos, los profesionales del campo tienen que hacer frente al aumento de hurtos y robos que en algunas explotaciones se están
ocasionando.


Quinto. Por tanto, no es aceptable que el sector agrario siga teniendo que soportar esta situación que, según se puede observar, pone en riesgo las explotaciones agrarias y al sector primario. El campo español no puede ni debe seguir
soportando que este tipo de conductas incívicas y actos delictivos se sigan produciendo. Corresponde, así, a los poderes públicos tomar cartas en el asunto.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Incrementar las medidas de control y seguridad de las zonas colindantes y próximas a las explotaciones agrarias, con el fin de erradicar los destrozos, hurtos y robos que sufre el sector agrario.


2. Elaborar un plan coordinado con las Comunidades Autónomas para aumentar la vigilancia de las zonas rurales y de estas explotaciones agrarias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo y Manuel Mariscal Zabala, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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161/000837


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de apoyo al sector vitivinícola
español frente a la crisis de COVID-19, para su debate en Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


La industria vitivinícola no ha sido ajena al impacto de la crisis del COVID 19 y los efectos sobre el mundo del vino han sido considerables. España, con 969 000 hectáreas, repartidas por toda la geografía, es el país con más superficie de
viñedo en el mundo. Es el cuarto país del mundial en producción de uva y el tercero en vino, con 6,0 millones de toneladas y 44,4 millones de hectolitros respectivamente. El conjunto del sector representa el 1 % del PIB, con cerca de 4.300
bodegas, de las que 3.075 realizan actividad exportadora, con algo más de 21 millones de hectólitros exportados en 2019.


Inicialmente, China lideraba el crecimiento de las exportaciones de vino español de los últimos años, según datos del ICEX, concentrándose las ventas durante la celebración del Año Nuevo Chino. Las importaciones de vino durante esta
celebración, en diciembre de 2019, coincidiendo con el inicio de la pandemia y la suspensión por parte del gobierno chino de todas las grandes celebraciones, repercutió negativamente en las exportaciones hacia este país.


La tónica general fue la ausencia de nuevos pedidos y la paralización de los existentes en ese momento. Casi la totalidad de las bodegas se vieron afectadas negativamente por la situación y casi la mitad consideran que les ha afectado grave
o muy gravemente, según una encuesta realizada por la Federación Española del Vino (FEV).


Posteriormente, a la sombra de los acontecimientos y de las noticias procedentes de China, se inició la cancelación de ferias internacionales y otras actividades de promoción, escaparates comerciales donde se realizan presentaciones y se
negocia la venta de una cantidad considerable de la producción.


Con el inicio del estado de alerta y el cierre del canal de la hostelería y restauraciones (HORECA) a nivel nacional, se ha reducido considerablemente las ventas de vino y sus derivados, ya que el canal HORECA representa alrededor de dos
tercios de los ingresos de las bodegas españolas. Por el mismo motivo, se empezó a resentir la exportación a países de nuestro entorno, como Alemania o Reino Unido.


Aunque se han incrementado las ventas de vino en el canal de alimentación o las iniciativas por comercializar a través de internet, estos volúmenes no pueden compensar el descenso por el cierre de la hostelería y restauración. Así, las
bodegas españolas estiman una pérdida de ventas de entre el 20 % y el 40 % en 2020 por el efecto de la crisis del coronavirus.


Asimismo, durante los últimos años, han proliferado las actividades del enoturismo que servían de soporte económico adicional a bodegas y comarcas, y que se han visto igualmente afectadas por el cierre de la actividad turística, con un
futuro incierto.


Al parón en la hostelería y la inestabilidad en los mercados internacionales se unen otras dificultades con las que ya venía atravesando el sector, como el aumento de los aranceles establecidos por Estados Unidos, desde octubre de 2019, o la
incertidumbre generada en torno al Brexit.


Pero, más allá de la comercialización, las bodegas y el sector vitivinícola en general empieza a mostrarse preocupado por la próxima vendimia. Por una parte, se desconoce en qué condiciones laborales se podrá realizar y, por otra, el
descenso de las ventas y la acumulación de existencias en bodega va a afectar a la demanda de uva y vino.


En consecuencia, se podría dejar gran parte de las superficies sin vendimiar y la bajada del precio podría descompensar el mercado. Organizaciones del sector exigen avance y previsión en las medidas, incluyendo la reducción de rendimientos
en campo y en bodega y apostando por la calidad.


Aunque la Comisión Europea ha anunciado que adoptará medidas adicionales para apoyar a los sectores más afectados por la crisis del coronavirus, incluidos el del vino, estas parecen insuficientes. En concreto, se refieren a los programas de
apoyo específicos contemplados en la OCM de productos agrarios de la PAC, que en el caso del vino se canalizan en el Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola (PASVE).


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Pedir a la Comisión Europea que incorpore financiación extra, más allá de los Programas Nacionales de Apoyo, dado que el PASVE 2020 no cubrirá las necesidades mínimas del sector.


2. Demandar de la Comisión el apoyo tanto para la recuperación de las exportaciones existentes como para la apertura de nuevos mercados, en terceros países y en países comunitarios.


3. Autorizar la promoción en el mercado interior en el marco de la OCM, incluyendo el apoyo al enoturismo.


4. Tomar medidas para asegurar el equilibrio del mercado en el futuro, especialmente que la cosecha en verde se pueda aplicar de manera parcial en una parcela, con el fin de facilitar la reducción de rendimientos para 2020 en zonas con
Denominación de Origen Protegidas (DOP), donde es posible hacer un control de la medida.


5. Facilitar el acceso al crédito para dotar de liquidez a las bodegas, y que puedan soportar la disminución de ingresos y el futuro pago de la vendimia 2020.


6. Dotar suficientemente las medidas de almacenamiento privado y la destilación de crisis, con cargo a los fondos europeos, para que las bodegas puedan almacenar o sacar la parte del vino no vendido de la cosecha 2019.


7. Negociar ayudas a la uva no destinada a la vinificación (zumos, etc.) para diversificar las salidas a la producción.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Marta González Vázquez y Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Diputadas.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


Comisión de Política Territorial y Función Pública


161/000816


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a la recuperación de la
movilidad dentro de la Administración General del Estado, para su debate en la Comisión de Política Territorial y Función Pública.


Exposición de motivos


El artículo 16 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, recoge los principios y modalidades de la carrera profesional de los
funcionarios de carrera.


En su apartado 1, establece que los funcionarios de carrera tendrán derecho a la promoción profesional, siendo esta un conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de
igualdad, mérito y capacidad.


En lo que se refiere al personal laboral, el artículo 19 del EBEP establece:


'1. El personal laboral tendrá derecho a la promoción profesional.


2. La carrera profesional y la promoción del personal laboral se hará efectiva a través de los procedimientos previstos en el Estatuto de los Trabajadores o en los convenios colectivos.'


El 2 de julio de 2010, el Consejo de Ministros aprobó un acuerdo de medidas 'de austeridad y eficiencia en materia de empleo público' que condiciona los movimientos de efectivos y, en general, la movilidad del personal público.


La movilidad en el seno de la función pública y el personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas está orientada a optimizar el potencial de los recursos humanos del sector público, siendo a su



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vez expresión del derecho a promoción profesional estatutariamente recogidos en el EBEP; los empleados y empleadas públicas tienen así la posibilidad de desarrollarse cambiando tanto de puesto de trabajo como de función y, muy a menudo, de
localidad y entorno.


Asimismo, la movilidad entre las distintas Administraciones Públicas es un factor de ruptura de la rutina profesional y de incentivo para sus trabajadores, suponiendo una herramienta muy adecuada a mejorar el funcionamiento y la calidad de
los servicios prestados a la ciudadanía, a la vez que se da cauce a legítimas aspiraciones de las empleadas y empleados públicos.


No obstante, desde 2010, los procesos de movilidad se han visto bloqueados, dificultados o dilatados en extremo. Al producirse una merma en el número de personal funcionario debido la drástica reducción de la tasa de reposición, se ha
reducido también de manera drástica el número de concursos de méritos, basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad, reduciéndose así los márgenes de movilidad.


La carencia de personal provoca que los informes preceptivos previos a la autorización de traslados de movilidad sean casi siempre negativos ante el temor de los superiores jerárquicos de quedarse definitivamente sin personal para
suministrar el servicio.


En paralelo, la generalización de los nombramientos en comisión de servicios, supone una ausencia de procedimientos con garantías, sin concurso de mérito y capacidad, sin publicidad, favoreciendo de forma arbitraria y desigual la promoción
dentro de la Administración Pública.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Primero. Convocar, al menos, dos concursos anuales en todos los Departamentos, Organismos y Agencias de la Administración General del Estado en donde se oferten todos los puestos de trabajo que no se hayan cubierto mediante un procedimiento
de provisión definitiva, o, dicho en otros términos, concursos donde se oferten todas las plazas tanto vacantes como aquellas cubiertos mediante el sistema de comisión de servicios o de adscripción provisional. De este modo será posible que la
Comisión de Servicios se emplee en los casos de urgente e inaplazable necesidad, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995.


Segundo. Potenciar la movilidad interadministrativa entre Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales mediante concursos de traslados, modificando, en su caso, las Relaciones de Puestos de Trabajo para dar
cabida a funcionarios de otras Administraciones.


Tercero. Homogeneizar los baremos para la puntuación de los méritos específicos con la finalidad de evitar los concursos 'a la carta', y que sean conocidos mediante su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Cuarto. Facilitar la movilidad con carácter voluntario entre los distintos Departamentos, Organismos y Agencias.


Quinto. Incrementar la oferta formativa a través del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o, en su caso, de los planes de formación departamentales, para favorecer la movilidad del personal a través de los concursos de
traslado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/000794


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.a Macarena Olona Choclán, D. Ricardo Chamorro Delmo y D. Ángel López Maraver en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los



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Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adopción de un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación de la 'Lithobates Catesbeianus' para su discusión en la Comisión de Transición Ecológica y Reto
Demográfico.


Exposición de motivos


Primero. Desde hace varios años España viene sufriendo la invasión de un anfibio americano que pone en serio riesgo el ecosistema español por su potencial capacidad invasiva. Los primeros ejemplares de rana toro (Lithobates Catesbeianus)
llegaron a España a finales de la década de los ochenta a través de granjas y especímenes en cautividad, pero en los últimos años se han producido avistamientos en libertad de esta especie.


Segundo. En 2018, el Instituto de Biología Evolutiva de Cataluña dio la voz de alarma porque se habían detectado renacuajos de rana toro en el Delta del Ebro (hasta entonces los ejemplares de rana toro encontrados en España eran adultos) lo
que ponía de relieve que esta especie ya se estaba reproduciendo en libertad en nuestro país.


Tercero. Esta rana gigante, que puede alcanzar el kilo de peso, es una de las cien especies invasoras más dañinas del mundo, que al ser exclusiva del continente americano, es una importante amenaza para el resto de ecosistemas, debido a que
la flora y fauna no está preparada biológicamente para convivir con este anfibio, y también a que es capaz de erradicar los animales de los ecosistemas que invade.


Cuarto. Desde la inclusión de la rana toro en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras en el año 2013, la comercialización de este animal está prohibida en España. Sin embargo, según denuncian diversas organizaciones, como el Grupo
Español de Invasiones Biológicas (GEIB), el comercio ilegal de esta especie en el mercado negro sigue funcionando.


Quinto. La presencia de esta especie en España pone en peligro el ecosistema español por ser la rana toro (Lithobates Catesbeianus) una especie invasora que está devastando el ecosistema fluvial español, y una amenaza para las especies
autóctonas de nuestro país. Además, su presencia también comporta un riesgo de salud pública por ser un espécimen transmisor de parásitos y enfermedades, que exige que los poderes públicos adopten las medidas que sean necesarias para erradicar este
anfibio que está dañando gravemente nuestro ecosistema.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Adoptar, en coordinación con las Comunidades Autónomas y dentro del marco de sus competencias, un Plan Nacional de prevención, lucha, control y erradicación de la 'Lithobates Catesbeianus', a fin de proteger el ecosistema español frente
a la invasión de este anfibio conocido como rana toro.


2. Reforzar el sistema de control de las vías ilegales para evitar la comercialización de esta especie en el mercado negro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo y Ángel López Maraver, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000796


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Más País-Equo, en el Grupo Parlamentario Plural, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas extraordinarias relativas a la planificación y ejecución
de un plan integral de movilidad sostenible, seguro y eficaz en el contexto de la crisis sanitaria del COVID-19 y la próxima desescalada para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.



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Exposición de motivos


La crisis del COVID-19, así como las medidas de alerta y confinamiento, han supuesto cambios muy importantes en la movilidad con un descenso muy marcado en los desplazamientos tanto en transporte público como privado en las zonas urbanas e
interurbanas. Este drástico descenso de los desplazamientos ha tenido como efecto inmediato una reducción de los niveles de contaminación, quedando demostrado que el tráfico es el factor desencadenante principal de las superaciones de niveles de
los principales contaminantes y, por tanto, su incidencia negativa en la salud. Algo que por otro lado han venido advirtiendo las autoridades sanitarias, la Organización Mundial de la Salud o la Agencia Europea de Medioambiente.


Es por ello que las ciudades y países se han apresurado a planificar la desescalada con medidas favorecedoras de modos sostenibles de desplazamiento e interconexión: a través del ferrocarril y, en los ámbitos urbanos e interurbanos, con
medidas urgentes de ampliación de aceras o espacios públicos para favorecer el distanciamiento social y la seguridad peatonal; con la creación de infraestructuras temporales y corredores ciclistas para incentivar el uso de la bicicleta como medio
de transporte; o con cambios en la planificación y mejora de la financiación del transporte público para favorecer su eficacia y seguridad.


Nada podría ser más peligroso que volver a escenarios protagonizados por un incentivo del uso del vehículo privado, con el consiguiente incremento de la contaminación y el efecto en las dolencias cardiorespiratorias y otras enfermedades.


Ante una crisis de las dimensiones del COVID-19, las medidas para la desescalada en el caso de la movilidad y en las diferentes fases requieren del esfuerzo compartido y la coordinación de los distintos niveles de la Administración del
Estado.


El sector del transporte público, incluyendo infraestructuras y ayudas para la bicicleta y otros servicios como el taxi, no ha podido acogerse a ninguna de las ayudas desarrolladas por el Gobierno. Sin embargo, sí se ha legislado para las
condiciones de obligaciones de los servicios.


En este sentido, es absolutamente imprescindible avanzar en políticas que permitan superar la situación actual, con medidas extraordinarias que garanticen la seguridad de los viajeros y trabajadores, la viabilidad del sistema así como
medidas complementarias para una movilidad sostenible. Las manifestaciones realizadas por el gobierno no abordan la urgencia de medidas para el periodo de desescalada a medio plazo.


Por todo ello, Más País-Equo, en el Grupo Parlamentario Plural presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'Para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico para instar al Gobierno a:


1. Ante la excepcionalidad de la situación, iniciar con urgencia los trámites para una Ley de Financiación del Transporte Público como tienen la mayoría de países de nuestro entorno.


2. De forma urgente, establecer un fondo estatal extraordinario que con las aportaciones también extraordinarias de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos garanticen los recursos necesarios para el transporte público, incluyendo
infraestructuras y ayudas para la movilidad activa peatonal y ciclista.


3. Garantizar una estrategia para la movilidad sostenible y segura y que los fondos de ayuda que se pudieran plantear a vehículos de servicios o DUM se dirijan a vehículos eléctricos o servicios a la movilidad que cumplan el requisito de
tecnologías limpias.


4. En coordinación con las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos, garantizar una línea de ayudas económicas a la adquisición, reparación o motorización de bicicletas, tanto eléctricas como no motorizadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Inés Sabanés Nadal, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Plural.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para exigir un fortalecimiento de los
mecanismos de control de residuos peligrosos como consecuencia del incidente ocurrido en el Vertedero de Zaldívar, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


I. El 6 de febrero de 2020, sobre las cuatro de la tarde, ocurrió un desgraciado incidente en el vertedero de Zaldívar, que ocasionó el sepultamiento de dos trabajadores, Joaquín Beltrán y Alberto Solozule, y una gran inquietud en el País
Vasco por las peligrosas consecuencias que la contaminación en el aire, suelos y aguas podría acarrear para la población.


El 14 de febrero de 2020 el consejero de Medio Ambiente del Gobierno Vasco, el socialista Iñaki Arrióla, recomendó no ventilar las viviendas, cerrar las ventas de noche y no hacer deporte al aire libre en las zonas de Zaldívar, Eibar y
Ermua. Estas nuevas recomendaciones, que se agregan a las de no consumir productos de la huerta ni beber agua de pozos, y suspender el partido de la Liga de Fútbol que se disputaba el 16 de febrero a las cuatro de la tarde entre el Eibar y la Real
Sociedad, pueden parecemos hoy, en plena pandemia del COVID-19, una mera nimiedad, pero hicieron cundir el pánico entre los ciudadanos de la zona, que se vieron indebidamente informados, nerviosos y asustados.


Se extendió la sensación de alarma, sobre todo tras observar letreros que anunciaban la monitorización de la calidad del aire en el entorno del referido vertedero y las fumarolas de humo que emanaban de los residuos. También la información
ofrecida en relación con el consumo de agua ha generado gran inquietud.


La presencia de residuos peligrosos, desconocida incluso en la corporación municipal de Ermua, vecina de Zaldívar. El alcalde del citado municipio llegó a pronunciar que, según su conocimiento, Zaldívar 'era un vertedero de residuos no
peligrosos' y que nunca fueron informados de lo contrario. Aunque el vertedero perteneciera a Zaldívar, el barrio de San Lorenzo de Ermua fue la zona habitada más cercana al desprendimiento.


II. La legislación vigente limita de forma importante los residuos y las cantidades admisibles en los vertederos, a la vez que establece medidas de protección y aislamiento. La instalación, propiedad de la empresa 'Verter Recyclingn 2002
S.L.', obtuvo su autorización ambiental integrada para la actividad de vertedero de residuos no peligrosos de origen no industrial con fecha de 22 de enero de 2007, estando al frente de la Lehendakaritza, Juan José Ibarretxe. Pero el 4 de
septiembre del 2013, ya bajo la presidencia de Iñigo Urkullu, hubo una segunda resolución que dio permiso a 'Verter Recycling' para almacenar residuos con amianto.


Resulta ahora imprescindible conocer si había estudios de las barreras de seguridad naturales -geotécnico, geológico, riesgos, hidrogeológico e incluso climatológico-, así como si las barreras artificiales eran las adecuadas para ese tipo de
terreno, para los vertidos previstos y cuál era su diseño. En definitiva, saber qué tipo de vertido recibía realmente, si era para el que estaba diseñado y si se aplicaron correctamente las normas y procedimientos de autorización y control.


III. Es evidente, a la vista de lo acontecido, que han fallado estrepitosamente los instrumentos de control y seguimiento de la actividad del vertedero, competencia de la Comunidad Autónoma vasca, ya que, en la última inspección, de 10 de
julio de 2019, tan solo se detectaron anomalías en el lugar. Previamente se habían realizado inspecciones de seguimiento en 2013, 2014 y 2017 y, además, dos visitas enmarcadas en planes específicos de control en 2014 y 2016. Pero también es cierto
que el Gobierno de España no ejerció la supervisión medioambiental que le corresponde.


El pasado 4 de noviembre de 2019 la Inspección Ambiental, dependiente del Gobierno vasco, entregó un informe al mismo reportándole las deficiencias existentes en el Vertedero de Zaldívar. En concreto, en el mismo se estudia, entre otras
cuestiones, el Grado de cumplimiento de las condiciones de la autorización ambiental integrada. De la evaluación y análisis se determinó que a la fecha de la inspección el grado de cumplimiento era Bajo, siendo esta la última y peor de las opciones
posibles (pudiendo la inspección elegir también entre Alto; Medio-Alto; Medio; Medio-Bajo). Se daba, por lo tanto, algún incumplimiento clasificado como significativo/severo o un cúmulo de incumplimientos de las condiciones de autorización, en
uno o



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varios aspectos ambientales, existiendo un grado de cumplimiento GC > 40, aplicando el apartado 4.1 del PG-DAA-SI-ER-IRAM 'procedimiento general para la evaluación sistemática de riesgos ambientales por el método IRAM'. Dentro de las
materias asociadas a los incumplimientos constatados en la inspección, en el informe se señalaron las siguientes: licencias y autorizaciones; protección agua; residuos; condiciones específicas de vertederos.


Otro de los elementos estudiados por la Inspección Ambiental en dicho informe fue el de las Acciones a ejecutar. En el mismo se recogían las acciones ejecutadas por la autoridad competente, a fecha de finalización del plazo de alegaciones
por el titular de la instalación; sin perjuicio del procedimiento sancionador que pudiera proceder en el caso de incumplimientos constatados en la inspección. Estas acciones tienen en cuenta la valoración de las alegaciones presentadas y las
correcciones de las desviaciones ejecutadas y comunicadas por los representantes de la instalación. Entre las acciones a marcar en el informe (lo que quiere decir que dicha acción aplica a, al menos, un incumplimiento), se señalaron las siguientes:
notificación de inspección a los representantes legales de actividad; requerimiento a la actividad, para que en un plazo de 30 días, se presente documentación acreditativa de que se han corregido las desviaciones señaladas o, en su defecto, se han
implantado acciones para su pronta corrección, siendo los plazos para su ejecución los mínimos necesarios; comprobación de la corrección de uno o varios incumplimientos; y propuesta de revisión de oficio de condiciones de la Autorización Ambiental
Integrada.


La viceconsejera de Medio Ambiente del Gobierno vasco, Elena Moreno, admitió que conocían 'cosas que no se hacían bien', pero que jamás imaginaron que el desenlace pudiera ser catastrófico. Moreno añadió que el departamento 'estaba a punto
de iniciar un expediente sancionador' por registrar vertidos de materiales no autorizados y ocupar más espacio del permitido.


IV. Una vez que se ha deslizado el terreno (problema geotécnico actual claro), los siguientes problemas a analizar y solucionar son consecuencia de la posible rotura o movimiento de la barrera artificial impermeable y, por consiguiente,
resulta urgente determinar si los propios residuos como los lixiviados pueden estar contaminando los terrenos aguas abajo y probablemente los acuíferos. Con el agravante de que se podrían haber albergado otros altamente contaminantes para el suelo
y subsuelo como, por ejemplo, algunos metales pesados. En cuanto a la contaminación del aire habría que conocer los niveles que se daban habitualmente -y se dieron los días posteriores al incidente- de gases compuestos de azufre, carbono,
nitrógeno, metano entre otros o de amianto que, en inhalación, es altamente peligroso (y cancerígeno).


El problema generado y los costes que acarreará son muy notables. La gestión de los temas de lixiviados, la retirada de residuos, la afección a aguas superficiales y subterráneas, la obra civil de sostenimiento [...] va a ser compleja y
requerirá una gestión adecuada y responsable.


V. Por ello, es necesario analizar ahora la eficacia de la coordinación interadministrativa y, especialmente, establecer los mecanismos de coordinación necesarios para hacer inmediatamente efectivo el rescate de los cuerpos de los operarios
desaparecidos. Y todas las Administraciones deben comprometerse a mitigar la contaminación ambiental que está afectando a miles de personas en el País Vasco.


VI. A la fecha de la presentación de esta proposición no de ley, a punto de alcanzarse los 100 días desde el desastre, Joaquín y Alberto continúan enterrados bajo los escombros de Zaldívar.


VII. El pasado 6 de marzo el Grupo Parlamentario Popular presentó una Proposición no de Ley relativa a exigir responsabilidades en la gestión del trágico incidente del vertedero de Zaldívar, así como en la gestión del control de residuos, y
a legislar para evitar sucesos de este tipo en el futuro, el objeto de la que hoy se presenta es, precisamente, completar la anterior ante el desarrollo de los acontecimientos y el conocimiento de nuevas informaciones.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Analizar, con la colaboración del Gobierno vasco, los acontecimientos en el vertedero de Zaldívar para afrontar las medidas técnicas y legislativas correctoras que sirvan para impedir en el futuro acontecimientos similares.



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2. Regular a nivel nacional, respetando el marco competencial, un protocolo de señalización de residuos peligrosos en aquellos vertederos en los que se almacenen que resulte clara y permita conocer a las autoridades su composición y
presencia en determinadas instalaciones.


3. Regular, respetando el marco competenciaI, un protocolo de comunicación a las Corporaciones Locales más próximas a los lugares donde se almacenen residuos peligrosos para que, en caso de accidentes, escapes, fugas, emisiones de gases,
incendios... en dichas instalaciones, puedan alertar a las fuerzas de emergencias para que acudan convenientemente protegidos, y adoptar medidas concretas para garantizarla seguridad de sus vecinos.


4. Poner a disposición del Gobierno vasco los medios necesarios para asegurar la calidad del aire, suelos y aguas de todas las zonas de la Comunidad Autónoma del País Vasco afectadas por el incidente.


5. Realizar los cambios legislativos procedentes que permitan, desde el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, hacer un seguimiento seguro de la gestión de los vertederos y del control de los residuos que en ellos se
recogen.


6. Reforzar, garantizando el marco competencial, el marco legislativo que regula las actuaciones inspectoras para que, en el caso de descubrirse irregularidades de cualquier tipo en instalaciones almacenadoras de residuos peligrosos, las
mismas sean solventadas con celeridad.


7. Desarrollar, garantizando el marco competencial, un plan de evaluación y seguimiento Estatal de todos y cada uno de los vertederos de España.


8. Impulsar los programas de economía circular, reciclaje y de valorización de residuos a fin de reducir el volumen de residuos que sea necesario depositar en vertedero.


9. Que interese de la Fiscal General del Estado a que se lleve a cabo la oportuna investigación, y si de la misma se hubiera evidenciado hechos de significación penal, proceda a su judicialización, formulando al efecto la correspondiente
querella.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-Paloma Gázquez Collado, César Sánchez Pérez, Beatriz Álvarez Fanjul y Guillermo Mariscal Anaya, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


161/000835


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Ricardo Chamorro Delmo, D. José María Figaredo Álvarez-Sala y D. Ángel López Maraver, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición No de Ley instando al Gobierno a adoptar medidas en beneficio de la
cogeneración en España, para su discusión en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


Primero. La cogeneración es un sistema de alta eficiencia energética, por el que, a partir de la energía primaria, se aprovecha el calor residual de un proceso de generación de electricidad para producir energía térmica útil (vapor, agua
caliente, aceite térmico, agua fría para refrigeración, etc.), reduciendo así el consumo de combustible y las emisiones del CO2 a la atmósfera por kWh. De esta manera, la cogeneración se compromete con la transición ecológica, el ahorro y la
eficiencia energética; es una tecnología que tiene internalizado el cumplimiento de los objetivos integrados de energía y clima.


Segundo. La cogeneración emplea más de 600 industrias calorintesivas esenciales, que fabrican el 20 % del PIB industrial español, manteniendo más de 200.000 empleos directos estables y de calidad, muchos de ellos cualificados, cerca de
500.000 empleos indirectos, y exportando la mitad de lo que producen. El 65 % de las cogeneraciones operan para industrias esenciales en el momento actual de crisis sanitaria -alimentación, papel, química, refino, residuos-, mientras que el 25 % se
encuentran vinculadas a la producción más agraviada por la COVID-19 -automóvil, cerámica, textil o tablero-.


Tercero. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece el marco retributivo de la actividad de producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.



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El nuevo marco retributivo se ha plasmado, en primer lugar, en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos
y, posteriormente, mediante la aprobación de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de
fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Adicionalmente, se han sucedido diferentes disposiciones que contemplan otras instalaciones tipo y sus correspondientes parámetros retributivos.


Los últimos parámetros fijados (2020-2025) son los aprobados por medio de la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero, por la que se actualizan los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de
producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, a efectos de su aplicación al periodo regulatorio que tiene su inicio el 1 de enero de 2020.


Del montante de retribución que reciben las plantas de cogeneración, el Gobierno central aporta una parte, y la otra la aportan los ingresos por venta de la electricidad. Hoy, con las fábricas cerradas, son excedentes vertidos a la red
general. Así las cosas, la caída de los mercados energéticos, consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por SARS-CoV-2 (COVID-19) ha impactado también en el marco regulador de la cogeneración, haciéndose necesario un ajuste regulatorio que se
adecúe a las circunstancias excepcionales actuales. El precio de mercado eléctrico se ha desviado un 35 % frente a los precios promulgados para la cogeneración para 2020, a lo que se suma la merma de ingresos por la venta eléctrica. En numerosos
casos, la caída de los mercados de combustibles no mitiga la situación ya que las industrias y sus cadenas de suministro tienen contratos firmados del año pasado que dificultan recoger la evolución actual del precio.


Cuarto. La citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, también recoge, por medio de su Disposición adicional vigésima, un Plan Renove de las instalaciones de cogeneración y residuos. Pese al tiempo transcurrido, el Ejecutivo no ha dado paso
alguno en el desarrollo del precepto. Urge compromiso y responsabilidad ya que 50 plantas de cogeneración -400 MW- tienen próximo el final de su vida útil.


Recordemos que, una vez las plantas de cogeneración cumplen 25 años, dejan de percibir la retribución por parte del Gobierno. Los ingresos por venta de electricidad, con un mercado tan inestable, no son suficientes para mantener viva la
fábrica a largo plazo. Por este motivo, se hace imprescindible establecer un régimen transitorio para mantener en actividad todas aquellas cogeneraciones que llegan al final de su vida útil en el periodo regulatorio 2020-2025 hasta que se promulgue
un plan de inversión en renovación tecnológica; es decir, hasta que llegue el Plan Renove. Ya se hizo en 2018, con el Real Decreto-ley 20/2018, que prorrogó en dos años la retribución en espera de un nuevo marco.


Son necesarias medidas que apoyen a la industria: preservar, potenciar y dar confianza para acometer la transición energética y evitar la deslocalización. Es la dirección correcta y más eficaz en cualquier escenario de descarbonización.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Desarrollar la Disposición adicional vigésima de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico y, consiguientemente, poner en marcha un Plan Renove de las instalaciones de cogeneración y residuos. Flexibilizar el cómputo de horas equivalentes de
funcionamiento de la cogeneración establecidas en el régimen retributivo específico.


2. Establecer un régimen transitorio que dote de seguridad jurídica a las más de 50 instalaciones -400 MW- de cogeneración de alta eficiencia que alcancen el final de su vida útil este año para mantener su funcionamiento hasta que se
promulgue un nuevo marco.


3. Ajustar la retribución de la cogeneración para 2020 al valor actual del precio del mercado eléctrico para las instalaciones de tecnologías cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible, de tal forma que se
corrija el desequilibrio por el impacto financiero adicional consecuencia de la crisis ocasionada por la pandemia por SARS-CoV-2 (Coronavirus-19). Es de vital importancia para no perder capacidad de industria.



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4. En línea con el punto anterior, dotar de estabilidad y previsibilidad a las retribuciones de las instalaciones cuyos costes dependan del precio del mercado eléctrico y esencialmente de los precios del combustible. En este sentido,
aplicar a todo el año 2020 los valores revisados.


5. Por consiguiente, modificar la Ley 24/2013 para flexibilizar los periodos de ajuste del valor del precio del mercado para aquellas instalaciones de tecnologías cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio de combustible.


6. Impulsar que las plantas de cogeneración se doten de equipos de alta eficiencia energética, en pos de la reducción de los gases de efecto invernadero (GEI).


7. Fortalecer las plantas de cogeneración como instrumento para el desarrollo rural, la lucha contra el despoblamiento y el arraigo en la España vaciada.


8. Adoptar medidas complementarias para minimizar la deslocalización de la industria calorintensiva española.


9. Adoptar las medidas necesarias de apoyo a la industria para mantener la estructura y hacerla más competitiva, especialmente en estos momentos de crisis ocasionada por la COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Mireia Borrás Pabón, Luis Gestoso de Miguel, Ricardo Chamorro Delmo, José María Figaredo Álvarez-Sala y Ángel López Maraver, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.


Comisión de Cultura y Deporte


161/000795


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez y D.ª Inés María Cañizares Pacheco, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de
lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la implantación de medidas urgentes para las empresas del sector del fitness en su vuelta a la
normalidad tras la crisis sanitaria de la COVID-19, para su debate ante la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


Primero. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente, debido a la pandemia del SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país tanto a nivel económico como sanitario.


Debido a esta pandemia, el pasado 14 de marzo de 2020, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la
COVID-19.


Desde ese momento, los centros deportivos, tanto públicos como privados, se encuentran cerrados al público. Al no poder realizar el servicio que venían prestando, la mayoría de estos han tenido que presentar Expedientes de Regulación
Temporal de Empleo (ERTE) a la totalidad de su plantilla. De igual manera, los autónomos dedicados al sector deportivo, así como los propios deportistas profesionales, han tenido que cesar temporalmente su actividad.


Segundo. Los últimos datos indicados por Palco 23 en su dossier 1 'Los reyes del fitness 2020' reflejan bien la situación deportiva española. Todos los datos de este documento vienen precedidos por la Encuesta de Hábitos Deportivos en
España del 2015, realizada por el INE. De ella podemos sacar varias conclusiones:


- El 49,1 % de los abonados a centros deportivos lo han hecho por el denominado factor familiar. Buscan un centro deportivo donde la totalidad de los miembros de la unidad familiar pueda desarrollar su deporte.


1 https://www.palco23.com/visor-online.php?id=30&name=Dossier+Los+reves+del+%27fitness%27+2020#l



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- El 27 % de los abonados a centros deportivos los escogen por su amplia oferta de máquinas fitness y por la atención personalizada. Parte de estos agradecen la presencia de zonas de agua en los mismos.


- El 57,6 % de los abonados ya realiza práctica deportiva al aire libre. Debido a ello, escogen su centro deportivo para realizar deporte en equipo (running, ciclismo...). La mayoría de ellos encuentra en su centro deportivo una manera más
de socializar.


Según datos de la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Deportivas (FNIE), 5,2 millones de personas acuden a centros deportivos de manera continua. A su vez, según 'European Health & Fitness Market Report' 2018, en España hay
un total de 4.520 instalaciones deportivas. El sector del Fitness emplea a 80.000 personas de manera directa a la vez que funciona como motor para otras industrias (textil deportiva, turismo...), y más de 33.000 compañías centran su actividad en el
deporte.


Todos estos datos hacen ver la importancia del sector del fitness, que en los últimos años ha crecido de manera exponencial. Aproximadamente el 15 % de la población acude ya al gimnasio; sin embargo, existe otro 85 % que prefiere realizar
práctica deportiva fuera de ellos o directamente no realizarla.


En el año 2018 los españoles gastaron 5.557 millones de euros en la industria deportiva. En los doce últimos meses, la industria del fitness ha redefinido sus opciones. La mayoría de las cadenas han optado por crecer en plazas en vez de en
aumentar el número de establecimientos, lo que a su vez perjudica al pequeño establecimiento Hoy, quienes van al gimnasio ya no buscan solo mejorar su aspecto, sino también vivir una experiencia divertida, conectada e incluso competir con uno mismo
o con el abonado que entrena a su lado, sea quien sea. En los últimos años, el sector ha vivido en primera persona una revolución en su modelo de negocio.


Además, la sala de fitness ha dejado de ser un espacio de entrenamiento enfocado a la práctica individualizada. Es la transformación definitiva de los clubes en algo similar a unos grandes almacenes 2, lo que se ha traducido en la firma de
alianzas estratégicas que van más allá del tradicional contrato de licencia.


Debido a ello, algunas cadenas han ido creando sus propios circuitos de actividades apoyándose en equipamiento deportivo. Así, el fabricante italiano de equipamiento deportivo Technogym ha creado un modelo de entrenamiento conectado en
grupo llamado Teambeats. Esta propuesta se enmarca en la idea de Club 4.0, un concepto que convierte los gimnasios en una colección de boutiques dirigidas a distintos públicos, desde bootcamp a remo, pasando por ciclismo o running.


En los últimos años, gran parte de las cadenas de centros deportivos equipan sus instalaciones con las máquinas Technogym, aportando una experiencia al cliente más allá del deporte y permitiendo, además, entablar una mayor interacción entre
los clientes y el centro deportivo.


Uno de los eventos deportivos que más seguidores tiene a nivel mundial es la Spartan Race. Esta es líder en el mundo de las carreras de obstáculos, ofreciendo tandas para todos los niveles de forma física, así como tandas de competición
internacional y de élite que se convierten en algo más que una prueba. En España, en los últimos años está teniendo un gran impacto, convirtiéndose en la prueba de moda entre los deportistas amateur. En total han sido 7 ciudades españolas las que
han albergado a lo largo del 2019 un evento Spartan Race.


El centro deportivo Físico de Majadahonda (perteneciente a la cadena de gimnasios Go Fit) y Spartan Race España desarrollaron hace unos años una nueva experiencia fitness, la Spartan Experience. Utilizan la terraza de las instalaciones del
centro deportivo para la realización de esta, para que así los clientes de Go Fit puedan practicar, siempre que quieran, los obstáculos más representativos de la Spartan Race.


Tercero. La elevada prevalencia de un estilo de vida sedentario y poco saludable (especialmente en la población infantil y juvenil), supone un importante problema para la salud pública. El estudio La salud de los millennials, elaborado por
la Blue Cross Blue Shield Association (Bcbs) 3 en mayo de 2019, ha reflejado que la generación millennial es menos saludable que sus padres a la misma edad, pese a vivir en un momento en que el wellness y el fitness son tendencia y la sociedad está
más preocupada por su cuidado personal que en las décadas anteriores.


La Bcbs advierte de que esta 'situación probablemente tenga efectos sustanciales en la economía del país durante las próximas dos décadas, incluida la productividad en el lugar de trabajo y los costes sanitarios'. Es por ello que entidades
internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) o


2 https://www.palco23.com/fitness/los-gimnasios-abrazan-el-modelo-de-el-corte-ingles.html


3 https://www.palco23.com/entorno/mas-colesterol-y-presion-arterial-los-millennials-son-menos-saludables-que-sus-padres-a-la-misma-edad.html



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EuropeActive instan a la población a practicar más deporte para prevenir enfermedades como la diabetes o la hipertensión.


Pero este no es un problema solo a nivel general, pues se pueden concluir datos de gran interés acerca de la población española con la última Encuesta Nacional de Salud de España ENSE, realizada en el año 2017.


- Un 38,3 % de la población de quince años en adelante, tanto estudiante, trabajadora o dedicada a labores del hogar, permanece sentada la mayor parte de su jornada; otro 40,8 % la pasa de pie sin realizar grandes desplazamientos o
esfuerzos.


- El tiempo medio diario que se pasa sentado es de cinco horas.


- Más de un tercio (36 %) de la población refiere que su tiempo libre lo ocupa de forma casi totalmente sedentaria (leer, ver la televisión, ir al cine, etc.).


- El 14 % de la población infantil (5-14 años) ocupa el tiempo de ocio de manera casi totalmente sedentaria.


- El sedentarismo es más frecuente en las clases sociales menos favorecidas: una cuarta parte (24,3 %) de la clase baja frente a casi la mitad (46,7 %) de la clase alta. Esto indica que el factor económico es uno de los que más inciden en
la práctica deportiva.


- Más de un tercio (35,3 %) de la población entre quince y sesenta y nueve años no alcanza el nivel de actividad física saludable recomendado por la OMS.


Todos estos datos muestran la tendencia de nuestra nación al sedentarismo (según datos de la OMS, en España el sedentarismo alcanza el 73 %), directamente relacionado con el aumento de las enfermedades cardiovasculares, que causan la muerte
a 52.000 españoles al año.


El principal motivo por el que los europeos no se ejercitan es la falta de interés en la práctica deportiva, según un estudio de Eurostat 4 publicado el pasado 3 de abril. El motivo al que apuntan los ciudadanos en España es distinto, ya
que el 42,5 % de las personas inactivas apuntan a la falta de interés, mientras que el 36 % se refiere a otros motivos, como la salud. Sin embargo, el porcentaje de población que relaciona no hacer deporte con su poder adquisitivo se eleva al 18,7
%, más de siete puntos por encima de la media europea.


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Tal y como indican diferentes estudios, el aumento de la práctica deportiva está directamente relacionado con la disminución de las enfermedades asociadas al absentismo. En relación con esto, el Consejo Superior de Deportes, con motivo de
la Semana del Deporte del año 2018, organizó una caravana que recorrió distintos municipios en España con varias exhibiciones deportivas. Como indicó por entonces la presidenta del CSD (María José Rienda), 'el deporte tiene unos beneficios y unos


4 https://ec.europa.eu/eurostat/documents/3859598/10673142/KS-GO-20-003-EN-N.pdf/7adda2d6-8a33-aed0-d8d7-cff08dd4d8a9



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valores que hay que transmitir a la sociedad, puesto que este Gobierno quiere una sociedad más sana y saludable'.


Siete de cada diez españoles de entre 18 y 74 años no practica ningún ejercicio en la actualidad, según datos de la Federación de Instalaciones Deportivas (FNEID). A su vez, la inactividad física es responsable del 13,4 % de las muertes al
año en nuestro país, lo cual, como hemos comentado anteriormente, supone un total de 52.000 muertes. El coste de dicho sedentarismo se puede traducir en 7.000 millones de euros para las arcas públicas que tienen que sufragar los gastos médicos de
estos ciudadanos, con unas 590.000 estancias hospitalarias al año.


Cuarto. Los nuevos estilos de vida han permitido aumentar la oferta deportiva. El sector considera fundamental atraer a los adolescentes y a la tercera edad, que siguen viendo con recelo la realización de práctica deportiva en centros
cerrados. En los últimos años, las cadenas deportivas han aumentado los precios basándose en las buenas perspectivas del sector. Sin embargo, tal y como apuntaba recientemente Pelayo Novoa, socio de Advisory de BDO, 'el sector debe revisar a la
baja el precio de algunas operaciones deportivas para atraer a nuevos clientes y no perder los que ya posee'. Por ello es fundamental la revisión de los precios, así como la influencia que ellos tienen en la práctica deportiva.


En el año 2012, el sector deportivo pasó de tributar un 8 % de IVA al 21 %, con unas consecuencias negativas tanto para los usuarios como para las empresas. Según estimaciones de la Federación de Instalaciones Deportivas (FNEID):


- El 92 % de las compañías vio peligrar su negocio como consecuencia de esta medida y del contexto general económico del país (crisis económica del 2008)


- Casi la mitad de las instalaciones deportivas y centros tuvieron que reducir su plantilla considerablemente.


- El resultado fue el cierre de 800 centros deportivos y gimnasios en España.


- Entre 2012 y 2017, el Estado recaudó, como consecuencia de esta subida del IVA, una media anual de 39 millones de euros.


Siete años después, y tras haber dejado esa crisis económica atrás, diferentes asociaciones solicitaron al Gobierno la bajada del IVA 5 a las personas que practiquen deporte, para fomentar entre ellos estilos de vida saludables.


Sectores de actividad;Tributación hasta 01/09/2012;Tributación desde 01/09/2012;Fecha de bajada de IVA Tributación actual;Tributación actual


Objetos de arte (importaciones, entregas, adquisiciones intracomunitarias).;8 %;12 %;26/01/2014;10 %


Flores y plantas vivas ornamentales.;8 %;12 %;21/01/2015;10 %


Servicios de hostelería, espectáculos culturales en vivo, discotecas, festejos taurinos.;8 %;12 %;29/06/2017;10 %


Entrada a salas cinematográficas.;8 %;12 %;05/07/2018;10 %


Servidos prestados a personas físicas que practiquen el deporte.;8 %;12 %;?;10 %


Están seguros de que, si se equiparase el IVA al del resto de sectores que también sufrieron cambios en el 2012, se incrementaría un 35 % el volumen de usuarios, aumentando en alrededor de dos millones de personas la práctica deportiva y
generando a su vez unos 9.000 puestos de trabajo directo.


Si comparamos el IVA de España y el de países de nuestro entorno, el IVA del sector gimnasios en Europa oscila del 0 % en Austria a la tasa más elevada, un 27 %, de Hungría.


España, con el 21 %, se sitúa entre los 7 países con el impuesto más alto, empatada con Estonia.


5 https://www.palco23.com/fitness/los-girnnasios-piden-al-gobierno-incentivos-fiscales-para-sumar-17-millones-de-nuevos-clientes.html



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El pasado mes de octubre, EuropeActive (la organización sin fines de lucro que representa a todo el sector europeo de actividad física y deportiva) se ha posicionado activamente en la defensa de un IVA reducido, aludiendo a tres razones
principales:


- El papel del Fitness en la salud: las tasas reducidas de IVA pueden ayudar a aumentar la cantidad de personas que abandonan el sedentarismo y adoptan un estilo de vida más activo. En Irlanda, la reducción en las tasas de IVA del 13,5 %
al 9 % posibilitó un aumento del número de usuarios de instalaciones deportivas del 11 % al 13,8 %. Muchos de los países europeos con una alta tasa de penetración en los gimnasios, como son los Países Bajos y Suecia, disponen de tasas reducidas de
IVA en el uso de instalaciones deportivas.


- Falta de neutralidad: de los 62.000 gimnasios ubicados en Europa, 'aproximadamente el 50 % están operados por la empresa privada y el 50 % restante por entes municipales y públicos'. Las distorsiones de competencia, debido a la
aplicación asimétrica del IVA, amenazan la viabilidad de las empresas del fitness.


- Evoluciones inconsistentes: falta de consistencia de los niveles de IVA en algunos países europeos. Los cambios constantes en materia reguladora hacen que crezca la confusión entre los operadores del negocio del fitness y suponen un
obstáculo en el desarrollo de estos mercados.


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Otro de los puntos calientes de este sector se encuentra en las diferencias impositivas del IRPF en los distintos países de la eurozona. En Alemania, la cuota de los centros deportivos es desgravable hasta el tope de 450 euros al mes.
Tanto en Estados Unidos como en otros países europeos hay iniciativas a favor del deporte desde el ámbito de la empresa para mejorar la salud de los empleados y su productividad.


En España, cada vez más compañías lanzan iniciativas para fomentar la práctica deportiva entre sus trabajadores, desde planes del fomento de deporte, a dotar sus instalaciones con un gimnasio o subvencionar la actividad física mediante
acuerdos con gimnasios cercanos. Estas medidas reducen hasta en un 80 % las bajas laborales relacionadas con las patologías comunes.


Quizá es el momento de fomentar el deporte de base desde los dos puntos fundamentales de la ciudadanía: el ámbito familiar y profesional. Si las empresas tuviesen la capacidad de desgravarse económicamente del impuesto de sociedades la
parte destinada al fomento del deporte entre sus



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trabajadores, aumentaría en gran número el porcentaje destinado por parte de estas al deporte. Habitualmente, las empresas suelen asociarse con determinados deportes, deportistas y clubes a través del patrocinio deportivo para asociar la
imagen de marca con los valores de estos; sin pensar que, muchas veces, sería más sencillo si los valores sirviesen para cambiar el estilo de vida de sus empleados y repercutir positivamente en los mismos.


Quinto. En la línea de los anteriores puntos, en el año 2016, un estudio de Actividad física realizado por el Departamento de Deporte y Salud de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) indicaba que cada euro
invertido en actividad física representaba un ahorro de 2,9€ en gasto público sanitario.


La inactividad física supone un coste de 990 millones de euros solo por la incidencia en enfermedades cardiovasculares, diabetes, cáncer de colon y cáncer de mama. La OMS 6 calcula que la inactividad física 'cuesta' entre 150 y 300 euros
por ciudadano y año. Este coste se transmite en el caso de España en un aumento del gasto sanitario, puesto que nuestro sistema nacional sanitario es público.


Es cierto que los datos referentes a la actividad deportiva en los últimos años han mejorado: según el Anuario de Estadísticas Deportivas, de las 37.000 personas que practicaban deporte semanalmente en 2010, hemos pasado a las 46.000 en
2015. Sin embargo, esto no es suficiente. La inactividad física que fomentan los nuevos empleos de nuestro milenio ha hecho que cada vez sea más necesario ampliar las horas dedicadas al deporte para paliar ese sedentarismo asociado a las horas
laborales. A esto habría que añadirle la cantidad de enfermedades que están asociadas con el estrés.


El coste de la inactividad física relacionada con el ámbito laboral se calcula en 2.500 millones de euros anuales, en bajas laborales y baja productividad, según el Informe de Actividad física y prevalencia de patologías en la población
española del año 2016 7. Según este mismo informe, el incremento de la actividad física en la población española puede reducir el gasto sanitario de la administración y lograr un ahorro de unos 5.000 millones de euros.


La puesta en marcha de la denominada 'receta deportiva' ha sido una de las mayores reivindicaciones de la industria del fitness en los últimos años. En el pasado mes de enero, la Comunidad de Madrid comunicó que los médicos de los centros
de atención primaria podrían recetar deporte para que los pacientes puedan ejercitarse en los polideportivos de la región. Esta medida va dirigida a personas sanas inactivas, personas con factores de riesgo o con alguna patología específica, o bien
mayores.


Sin embargo, esta medida no tenía en cuenta los miles de centros deportivos privados de que disponemos en España. Los centros deportivos privados deberían estar incluidos en este tipo de planes, siempre y cuando ellos mismos estuviesen
dispuestos a realizar el servicio con el precio que fijase la administración, para así contar con las mismas reglas de juego.


Sexto. Como hemos apuntado en el punto cuarto del presente escrito, las diferencias entre los centros deportivos públicos y privados hacen que muchos de ellos no sean viables económicamente. Sin embargo, durante los últimos años, la
licitación deportiva ha aumentado de manera exponencial. Madrid y Cataluña son las principales Comunidades que lideran en este aspecto.


Durante el 2019, Madrid sacó a concurso proyectos por valor de 89,9 millones de euros y concentró un 20,2 % del importe licitado a nivel estatal entre enero y septiembre. En segunda posición se ha encontrado Cataluña, con 62,7 millones de
euros y un 14,1 % del total. Sin embargo, el año 2019 no ha sido un buen ejercicio en términos de inversión pública en instalaciones deportivas si lo comparamos con años anteriores donde el volumen ha sido superior.


La licitación deportiva también ha caído a causa del coronavirus. Según datos de la patronal de la construcción Seopan, solamente se sacaron a concurso proyectos por 95,6 millones de euros. La caída del 44,5 % interanual en la inversión
pública en complejos deportivos responde al freno de la actividad económica por la COVID-19. Durante este 2020 la estimación era que la Administración reactivaría la licitación al haber pasado más de seis meses desde las elecciones municipales que
dieron lugar a los nuevos Gobiernos locales, pero el coronavirus ha lastrado este sector.


Cabe destacar que la apertura de un centro deportivo público, aunque supone unos costes elevados para el contribuyente, no se puede comparar con la apertura de uno privado. Los centros privados dependen fundamentalmente de la inversión que
se haga y el retorno esperado por los inversores. Existen ejemplos de municipios que han realizado una fuerte inversión en centros deportivos y que finalmente han


6 http://www.euro.who.int/_data/assets/pdf_file/0011/87545/E89490.pdf


7 https://sede.educacion.gob.es/publiventa/d/21268/19/0



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designado a una empresa privada para la gestión de este. Dicha empresa no juega en igualdad de condiciones con los centros privados, puesto que no ha tenido que realizar inversión alguna.


Séptimo. La industria deportiva en España, tal y como hemos estado comentando, es un sector en fase de desarrollo que mueve más de 14.650 millones de euros y crece a un ritmo superior al de la economía del país. Tal y como indicaba
recientemente Palco 23 8, el sector representa en torno al 1,2 % del producto interior bruto (PIB) y, en términos de empleo, se ha convertido en un generador de puestos de trabajo. Un total de 213.100 profesionales lo certifican, según datos de
ocupación del sector deportivo, recreativo y de entretenimiento a marzo de 2020.


Los sindicatos han ido advirtiendo a lo largo de esta pandemia que la cifra de empleados afectados por ERTES podría llegar a los 100.000 profesionales, teniendo en cuenta que las empresas en esa situación son aproximadamente 20.000.


Los principales operadores deportivos de España, cuyo negocio crecía al ritmo del 7,4 % en el primer trimestre del año (antes del estallido de la COVID-19), consideran que la recuperación del negocio no será inmediata. La mayor parte de
estas empresas apuntan a que el consumidor tardará más de seis meses en recuperar la confianza y volver a sus entrenamientos.


En total, en España hay 31.005 empresas deportivas, casi 2.500 entidades más que hace un año y más del doble que hace una década, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).


Tal y como indicó la última semana de abril el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el plan de desescalada permitirá la apertura de los centros deportivos. En concreto en la fase uno se permitirá la actividad en centros deportivos de
alto rendimiento, eso sí, con medidas de higiene reforzadas y si fuese posible, por turnos.


En la segunda fase, que apunta a la primera mitad de junio, podría retomarse el entrenamiento básico no federado y la celebración de espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo limitado, de hasta un tercio de la capacidad.


Para esta reapertura, los centros deportivos han propuesto varias medidas al CSD y al Ministerio de Sanidad 9, con la intención de que los cambios puedan permitir la reapertura de los centros sin distorsionar su funcionalidad a la vez que
impidiendo la transmisión del virus. Entre las medidas destacan:


- Reducir el aforo en un 30 %, así como prohibir el acceso a las instalaciones de cualquier persona que tenga síntomas de coronavirus.


- Intensificar el servicio de limpieza en los centros deportivos, especialmente en vestuarios, aseos, material de entrenamiento y máquinas.


- Garantizar el distanciamiento social mínimo de 1,5 metros.


- Limitación en el aforo de las clases colectivas garantizando un espacio mínimo de 2x2 metros por usuario.


- Recomendar el pago mediante tarjeta.


- Reducir el aforo en vestuarios en un 50 %, además de la alternancia de las duchas.


- Precintar las fuentes de agua y promover el uso individual de botellas de agua y bebidas isotónicas.


- Mantenimiento de los niveles de cloración en la banda alta del rango establecido por la normativa sanitaria de piscinas, así como ampliar la frecuencia de análisis bacterianos.


Teniendo en cuenta que estas recomendaciones de los dueños de gran parte de los centros deportivos aún no han sido tomadas en consideración por el Ejecutivo, entendemos que todas ellas cumplirían con las exigencias en materia sanitaria de
las autoridades pertinentes. Para poner un ejemplo, en países como Austria, una de las primeras decisiones que tomaron fue la de aperturar las piscinas. Multitud de estudios certifican que con los límites de cloración que actualmente están
vigentes, el contagio en piscinas sería inferior que el porcentaje en la calle.


Salvando las distancias entre China y España, el gigante asiático ha sido de los primeros en volver a permitir el deporte al aire libre, así como de los centros cerrados, gimnasios y piscinas, reforzando el control en los accesos. Según
Ihrsa 10, la mayor organización empresarial del sector del fitness, en China


8 https://www.palco23.com/entorno/parcialidad-en-fitness-semiprofesionalismo-en-competiciones-los-grandes-retos-del-empleo-deportivo.html


9 https://www.libertaddigital.com/deportes/mas-deporte/2020-04-22/como-piensan-reabrir-los-4700-gimnasios-de-toda-?espana-tras-el-confinamiento-por-coronavirus-1276656396/


10 https://www.palco23.com/fitness/codigo-qr-de-salud-y-vuelta-escalonada-asi-es-el-regreso-a-la-normalidad-los-gimnasios-en-china.html



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sólo el 15 % de los abonados han regresado a los clubes tras la reapertura de establecimientos, aunque el porcentaje es mayor en los clubes boutiques.


La mayoría de las instalaciones deportivas de las provincias ya aperturadas en China se apoyan en la reserva Online y el escaneo de los denominados códigos QR de salud, lo que les permite saber si el usuario tiene síntomas de la COVID-19.
Es un sistema necesario para utilizar el metro o registrarse en un hotel, y ahora también para acceder a centros deportivos.


Desde el Grupo Parlamentario VOX entendemos que el Gobierno de España (a través del Consejo Superior de Deportes) debería valorar incluir a los dueños y administradores de las principales entidades deportivas para tener en cuenta sus
necesidades de cara a la reapertura de sus centros. Es importante que las medidas tomadas por los expertos tengan en cuenta la idiosincrasia de este tipo de centros para no exigir medidas que sean imposibles de cumplir. El sector deportivo ha
pasado ya demasiados años cumpliendo con unas imposiciones en materia de impuestos superiores a los del resto de sectores parecidos, así como muy superior a las del resto de países de nuestro entorno.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


a) Ampliar la posibilidad de encontrarse en situación de ERTE de causa de fuerza mayor para todas las empresas deportivas que se van a ver afectadas por las medidas restrictivas de aforo, al menos durante el tiempo en que se mantengan las
mismas.


b) Creación, en conjunto con los ministerios de Sanidad y Cultura y Deportes, de un protocolo de actuación contra el sedentarismo y la obesidad, con el objetivo de reducir nuestras tasas en tales aspectos. España debe dejar de ser uno de
los países en la cola de la OCDE en este sentido.


c) Fomentar la práctica deportiva a través de una reducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de al menos un 20 % de la cuota de los centros deportivos (públicos o privados), con un límite de 450 euros anuales.


d) Reducción del IVA del 21 % actual al reducido del 10 % para los servicios e instalaciones deportivas, con el objetivo de adecuarlo (al igual que ya ha ocurrido con otros sectores) al tiempo anterior a la crisis económica del 2008.


e) Deducción en el Impuesto de Sociedades de una parte del montante total que las empresas destinen al fomento de la actividad física entre sus trabajadores. Para esto también sería importante la creación de una nueva Ley de Mecenazgo que
permita a las empresas la deducción de las cantidades aportadas a entidades deportivas en el marco del patrocinio.


f) Promover, en conjunto con el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades Autónomas, la modificación del currículo de las asignaturas relacionadas con la Educación Física y Ciencias Naturales, con el objetivo de
incluir el fomento de las prácticas saludables y la mejora de la alimentación desde edades tempranas. Resulta igualmente imprescindible fomentar la actividad física en niños y adultos, con el fin de generar hábitos saludables.


g) Promover, en conjunto con las Comunidades Autónomas, la instauración de la denominada Receta Deportiva, con el objetivo de reducir el uso de la farmacología para aquellas enfermedades cardiovasculares relacionadas con el absentismo y
sustituirla por la práctica deportiva que mejore la salud del paciente. Dicha receta podrá ser usada en cualquier establecimiento deportivo que se encuentre adherido al plan que cada comunidad prepare.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Mireia Borrás Pabón, Rafael Fernández-Lomana Gutiérrez e Inés María Cañizares Pacheco, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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161/000797


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de
Cultura y Deportes.


Exposición de motivos


Fue hace veinticinco años aproximadamente cuando se aprobó la Declaración de Brighton sobre Mujer y Deporte, con el objetivo de acelerar el proceso de cambio y rectificar los desequilibrios existentes entre mujeres y hombres en la práctica
deportiva. Desde ese momento, y hasta el día de hoy, se han conseguido muchos avances y logros en la igualdad en el deporte: las Administraciones Públicas han implantado medidas de igualdad en el desarrollo del deporte, los medios de comunicación
han comenzado a dar visibilidad al deporte femenino y muchas mujeres ostentan puestos de dirección en las entidades deportivas.


La presencia de deportistas femeninas no ha hecho más que crecer, y según el Informe 'Women and Sport', son un 50 % las mujeres menores de cincuenta años que sienten un alto interés por la práctica deportiva con el objetivo de mejorar su
salud y obtener beneficios emocionales.


En nuestro país, el auge del fútbol femenino español es imparable y la liga de Primera División (Liga Iberdrola) reúne a algunas de las mejores futbolistas del mundo; cada vez acude más público a los campos de fútbol, siendo el encuentro
del domingo 17 de marzo de 2019, entre el Fútbol Club Barcelona femenino y el Atlético de Madrid, el que congregó a más de 60.000 espectadores en el Wanda Metropolitano.


Este éxito compartido se consagró el pasado 18 de febrero de 2020 con la profesionalización del fútbol femenino a través de la firma del primer convenio colectivo entre la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (ACFF) y la Asociación de
Futbolistas Españoles (AFE), un acto que tuvo lugar en el Congreso de los Diputados ante la presencia de la Mesa del Congreso y los diferentes Grupos Parlamentarios, y en el que se ha conseguido regular y garantizar condiciones y derechos laborales
reclamados desde hacía años por el colectivo de las futbolistas de nuestro país.


Desde el 14 de marzo, con la entrada en vigor del estado de alarma, el fútbol femenino también se suspendió y quedó confinado, y ha sido la Comisión Delegada de la RFEF, en virtud de la Resolución del Consejo Superior de Deportes, la que ha
declarado, el 8 de mayo de 2020, finalizada la Primera División del fútbol femenino por considerarla liga regular no profesional, sin tener en cuenta ni el criterio de la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (ACFF) ni el criterio de la Asociación
de Futbolistas Españoles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. A través del Consejo Superior de Deportes, revoque la decisión de la RFEF sobre la suspensión de la liga de Primera División del fútbol femenino en España (Primera Iberdrola), hasta que no haya una decisión colegiada o acuerdo con la
Asociación de Clubes de Fútbol Femenino y la Asociación de Futbolistas Españoles.


2. A través del Ministerio de Cultura y Deporte, establezca un nuevo régimen jurídico a través de una norma con rango de ley para el procedimiento de suspensión, cancelación o modificación de las ligas profesionales y no profesionales del
deporte español.


3. Junto a la RFEF inicien los trámites para declarar liga profesional la Primera División del fútbol femenino español (Primera Iberdrola).


4. A través del Ministerio de Sanidad, establezca los protocolos sanitarios de protección contra la COVID-19 para que, en el caso de que se retome la competición en la Primera División del fútbol femenino, pueda realizarse con las garantías
sanitarias necesarias.


5. A través del Consejo Superior de Deportes, acuerde la creación de una mesa para el diálogo con la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino y la Asociación de Futbolistas Españoles para la evaluación del futuro del fútbol femenino tras la
crisis sanitaria de la COVID-19.



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6. A través del Ministerio de Cultura y Deporte, dote de recursos económicos al fútbol femenino español para enfrentarse a la crisis sanitaria de la COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Javier Merino Martínez, Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Marta González Vázquez, Óscar Gamazo Micó, Margarita Prohens Rigo, Alberto Casero Ávila, José Alberto Herrero Bono y Eduardo
Carazo Hermoso, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Sanidad y Consumo


161/000786


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao y D. Antonio Salvá Verd, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en
los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al estudio de la incidencia de la nicotina en la enfermedad de la COVID19, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. Recientemente se ha comunicado en fuentes abiertas francesas que se ha detectado que los pacientes fumadores ingresados por SARS-CoV-2 (COVID-19) tienen poca incidencia del nuevo coronavirus y el Dr. Zahir Amoura, un neumólogo
francés, ha sugerido que la nicotina puede tener un efecto protector tras un estudio en 386 pacientes. El estudio se ha llevado a cabo en Institut Pasteur CNRS, INSERM UMRS, y en el Hospital Pitié-Salpétriére.


Según dichos autores, el SARS-CoV-2 tiene en su cubierta unos motivos que le hacen fijarse, de la misma manera que el virus de la rabia y la bungarotoxina, al receptor nicotínico de la unión neuromuscular y, por idéntico mecanismo, a los
receptores macrofágicos. Se pueden revisar, a tal efecto, las siguientes referencias:


- 'A nicotinic hypothesis for COVID-19 with preventive and therapeutic implications', á paraitre dans Les Comptes-Rendus de l'Académie des Sciences (preprint disponible sur Qeios).


- Jean-Pierre Changeux and Zahir Amoura, Félix A. Rey and Makoto Miyara. Institut Pasteur CNRS UMR 3571 Department of Neuroscience and Collége de France (Paris, France).


- Sorbonne Université, Inserm UMRS, Centre d'Immunologie et des Maladies Infectieuses (CIMI-Paris).


- Assistance Publique-Hópitaux de Paris, Groupement Hospitalier Pitié- Salpétriére, Service de Médecine Interne 2, Maladies auto-immune et systémiques Institut E3M.


- Instituí Pasteur, Structural Virology Unit, Department of Virology, CNRS UMR 3569, Institut Pasteur (Paris, France).


- Assistance Publique-Hópitaux de Paris, Groupement Hospitalier Pitié- Salpétriére, Département d'Immunologie (Paris, France). * equal first authors.


El Ministerio de Sanidad Francés ha iniciado un estudio para comprobarlo y, aún a sabiendas de que este es un hallazgo pendiente de confirmación, resulta imperativo realizar estudios que intenten averiguar el papel de la nicotina en esta
enfermedad, tal y como están comenzando a hacer investigadores de UIC Barcelona, que ya habrían empezado a trabajar en la misma línea, en un estudio que evalúa el papel de la nicotina en la proteína ACE2, como fuente de entrada de COVID-19.



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En virtud de todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Dar orden de que se incluya en todos los estudios epidemiológicos que se realicen en España, las variables siguientes:


1. Fumador: Si/No.


2. Tipo de cigarrillo.


2.1 Convencional.


2.2 Electrónico.


2.2.1 Tabaco.


2.2.2 Nicotina.


3. Número de cigarrillos al día.


4. Parches de nicotina: Sí/No.


5. Pastillas o chicles de nicotina.


6. Último día en que ha fumado o ingerido nicotina.


2. Que encargue a los investigadores españoles y, especialmente, a la Sociedad Española de Farmacología y a la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR), la colaboración con los investigadores franceses en dicho estudio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de mayo de 2020.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Ignacio Garriga Vaz de Concicao y Antonio Salvá Verd, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000811


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la creación de una APP de
rastreo para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19), para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


El informe 'Mobile applications to support contact tracing in the EU's fight against COVID-19' publicado el pasado 15 de abril de 2020 por la Red Europea eHealth, establece la importancia de las aplicaciones móviles como herramientas
fundamentales para monitorizar y mitigar la pandemia provocada por el COVID-19.


Concretamente, en relación con las aplicaciones de rastreo, plantea que 'pueden jugar un papel importante en todas las fases del brote, pero especialmente como parte de las medidas de contención durante el proceso de desescalada'.


Hay que mencionar que 'una aplicación de rastreo tiene como fin detectar lo más rápido posible los contactos que una persona confirmada de COVID-19 ha podido tener, comunicárselo para que puedan entrar en cuarentena de manera voluntaria y
practicarles el test y aislarlas si desarrollan síntomas'.


Este tipo de aplicaciones ya se han implantado en otros países, convirtiéndose en una importante herramienta para combatir la crisis provocada por el COVID-19. Pero su efectividad se vería mermada si cada Comunidad Autónoma desarrollara una
aplicación diferente. Disponer de una base de datos común y de una misma aplicación en todo el territorio nacional es fundamental para que se puedan conseguir los



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objetivos fijados. Pero no solo eso, también es necesario que todos los países miembros de la Unión Europa desarrollen aplicaciones compatibles e interoperables entre sí.


La 'MIT Techonology Review', propiedad del MIT (Instituto Tecnológico de Massachusetts) publicó el pasado 7 de mayo un artículo sobre las diferentes aplicaciones de rastreo que actualmente han sido desarrolladas por varios países
(https://www.technoloqvreview.com/2020/05/07/1000961/launchinq-rnittr-covid-tracing-tracker/).


En este artículo aparecen países de nuestro entorno que ya han desarrollado aplicaciones de rastreo para luchar contra el coronavirus en la desescalada. España no aparece.


Es fundamental que la aplicación de rastreo que se desarrolle cumpla con las normas de protección de datos, de manera que los datos se recojan y almacenen de manera anónima dentro de la Unión Europea, que sólo se recojan los datos mínimos
necesarios para luchar contra el virus y que se tenga como objetivo proteger a los ciudadanos y a los sistemas de salud europeos.


Para que este tipo de herramientas sean efectivas, es necesario que sean descargadas por al menos un 60 % de la población y de manera voluntaria, por lo que los ciudadanos deben ser informados sobre las ventajas de usar esta aplicación.


No obstante, el desarrollo de una aplicación de rastreo es un complemento más en la lucha contra el coronavirus, no debemos olvidar que una de las principales medidas a adoptar es la de realizar test a la mayoría de la población, España es
el país número 17 en el ranking de países que más test realizan.


Por todo lo anterior, teniendo en cuenta que muchas regiones de España se encuentran en la Fase 1 de desescalada, siendo uno de los países que más tarde tomó medidas de contención, lo que nos ha llevado a estar entre los primeros países del
mundo en contagiados y en número de fallecidos.


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar una aplicación única para todo el territorio nacional para el rastreo de contagio del coronavirus (COVID-19), así como a desarrollar una campaña de comunicación para su
conocimiento por la ciudadanía, respetando la confidencialidad y la anonimización de los datos. Todo ello con el objetivo de que la aplicación pueda contribuir con la mayor brevedad posible en el proceso de desescalada para evitar una nueva
propagación del virus.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-Teodoro García Egea, Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Juan Luis Pedreño Molina, Mario Cortés Carballo, José Ignacio Echániz Salgado y Elvira Velasco Morillo, Diputados.-Cayetana
Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000824


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al acceso de las personas
mayores a los servicios sanitarios en igualdad de condiciones en el contexto de la pandemia de coronavirus (COVID-19), para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


La Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica del Instituto de Salud Carlos III analizó en el informe número 27 de sobre 'La situación de COVID-19 en España a 30 de abril de 2020' el número de casos teniendo en cuenta los años de vida y la
situación clínica de los afectados como variables.


Dicho informe contiene el análisis de un total de 203.714 casos clasificados por grupos de edad, casos hospitalizados, casos en unidades de cuidados intensivos (UCI) y defunciones. De la información facilitada en el documento se desprende
que solo el 1,3 % de los casos totales de personas mayores de 80 años



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entran en la UCI, siendo el grupo de edad con menor tasa de ingreso en UCI junto con los jóvenes de 15-29 años.


De igual modo, el grupo correspondiente a las personas mayores de 80 años es uno de los grupos con más hospitalizaciones, representando concretamente el 54 % y siendo superado únicamente por el grupo de edad entre 70-79 años, que lidera esta
clasificación con un 73 % de los casos.


El informe referido también recoge en el apartado relativo a los resultados que 'los pacientes ingresados en UCI son significativamente más jóvenes que los hospitalizados sin ingreso en UCI, siendo el porcentaje de pacientes mayores de 80
años con ingreso en UCI del 5 % frente al 28 % en el grupo de hospitalizados sin ingreso en UCI', además añade que 'en un análisis específico sobre defunción se observa que los pacientes fallecidos, frente a los no fallecidos, son significativamente
mayores (edad mediana 83 vs 59 años)'.


Estos datos ponen de manifiesto que el porcentaje de personas mayores de entre 70 y 79 años que accede a las UCI es del 29 % frente al 23 % de los hospitalizados sin ingreso en UCI.


La Red Nacional de Vigilancia de la Salud Pública del Instituto de Salud Carlos III también plantea que un 46 % de los casos de personas mayores de 80 años no han sido hospitalizados y que cabría deducir que estas personas residen en sus
casas o en centros de personas mayores.


Ante estas cifras y la posibilidad de que se produzca un rebrote de coronavirus (COVID-19) en los próximos meses.


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar, en el marco de la crisis generada por la pandemia de COVID-19 y en colaboración con las Comunidades Autónomas, que la condición de persona mayor no será una situación limitante a
la hora de establecer los protocolos de asignación de ingresos o de utilización de los recursos sanitarios críticos saturados en el Sistema Nacional de Salud.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Alicia García Rodríguez, Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, José Ignacio Echániz Salgado y Elvira Velasco Morillo, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000831


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D.ª Mireia Borrás Pabón y D.ª M.ª Reyes Romero Vilches, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los
artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la utilización de metodología Big Data para realización de estudio observacional del COVID-19, para su discusión en Comisión de Sanidad y
Consumo.


Exposición de motivos


Primero Actualmente existen líneas de investigación para luchar contra el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) y se están utilizando medicamentos al margen de la indicación habitual, como son los antirretrovirales y contra la malaria. No obstante,
siguen avanzando en la búsqueda de la evidencia de si funcionan o no estos fármacos, hasta que haya vacuna. Para eso es necesario recopilar los datos de los casos donde se han utilizado para determinar en qué casos y situaciones funcionan.


Segundo Cuando tengamos la vacuna, habrá que establecer un patrón de riesgo para priorizar quien la recibe. Deberá estudiarse el genoma humano para realizar esa pauta, el coronavirus no actúa igual en todas las personas, puesto que ya está
demostrado que hay personas asintomáticas con COVID-19 mientras otros deben ser ingresados con neumonía. Se piensa que la diferencia estriba en un patrón genético. Deberá utilizarse las muestras de sangre tomadas a los enfermos en los hospitales,
y hacer un estudio del genoma para detectar algún patrón genético que corresponda a los peores casos,



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siendo necesario utilizar los datos clínicos e incorporarlos a estudios. Es necesario obtener, producir y estructurar esos datos. Es necesario implantar un sistema de Big Data.


De esta manera, la investigación en torno al genoma sería un ejemplo donde el uso de las capacidades analíticas sobre volúmenes ingentes de datos permite acelerar los procesos de investigación y, por tanto, confirmar una estrategia que nos
permita entender, en un tiempo mucho más corto de lo que sería habitual, los secretos de este nuevo virus.


Las nuevas tecnologías, como Big Data, IA (Inteligencia Artificial) o blockchain son necesarias para tomar datos con calidad y analizarlos. Dichos datos pueden aportar mucho en esta crisis dado que el virus SARS-CoV-2 no se comporta con
patrones normales hasta ahora definidos.


Tercero El Big Data nos permite recopilar, tratar y analizar grandes cantidades de información y extraer conclusiones útiles que pueden ayudar a tomar decisiones, en función de evidencias y de una forma más coordinada. La obtención y
tratamiento de datos es esencial para conocer el comportamiento del virus al que nos enfrentamos, predecir posibles brotes y estudiar posibles tratamientos médicos hasta que se tenga una vacuna contra el COVID-19.


Tal y como se propugna desde el Comité de Bioética de España, existe el deber ético de compartir datos en beneficio de la salud pública, para su uso en investigación. Existe un debate sobre si es correcto utilizar datos de salud y muestras
sin el consentimiento expreso de la persona en cuestión. Sin embargo, todo apunta a que este caso cumple la excepción de relevante interés para la salud pública. Excepción que prevé tanto el Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del
consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos), como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.


Cuarto. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en su considerando número 46 señala expresamente que en 'ciertos tipos de tratamiento pueden responder tanto a motivos importantes de interés público como a los intereses vitales
del interesado, como por ejemplo cuando el tratamiento es necesario para fines humanitarios, incluido el control de epidemias y su propagación, o en situaciones de emergencia humanitaria, sobre todo en caso de catástrofes naturales o de origen
humano'.


Asimismo, el artículo 6.1. Letra e), dispone que el tratamiento de datos será lícito si 'es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del
tratamiento.


Por otro lado, el artículo 9 del Reglamento General de Protección de Datos, bajo la rúbrica de 'tratamiento de categorías especiales de datos personales', establece en su apartado primero, la prohibición de tratamientos de datos personales
que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona
física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física. Sin embargo, el apartado segundo recoge una serie de excepciones a tal prohibición, destacando las letras g), h), i) y j), que
señalan lo siguiente:


'El apartado 1 no será de aplicación cuando concurra una de las circunstancias siguientes:


g) el tratamiento es necesario por razones de un interés público esencial, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros, que debe ser proporcional al objetivo perseguido, respetar en lo esencial el derecho a la protección
de datos y establecer medidas adecuadas y específicas para proteger los intereses y derechos fundamentales del interesado;


h) el tratamiento es necesario para fines de medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario o social, o gestión de los sistemas y
servicios de asistencia sanitaria y social, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros o en virtud de un contrato con un profesional sanitario y sin perjuicio de las condiciones y garantías contempladas en el apartado 3.


i) el tratamiento es necesario por razones de interés público en el ámbito de la salud pública, como la protección frente a amenazas transfronterizas graves para la salud, o para garantizar elevados niveles de calidad y de seguridad de la
asistencia sanitaria y de los medicamentos o productos sanitarios, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que establezca medidas adecuadas y específicas para proteger los derechos y libertades del interesado, en particular
el secreto profesional,



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j) el tratamiento es necesario confines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, de conformidad con el artículo 89, apartado 1, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados
miembros, que debe ser proporcional al objetivo perseguido, respetar en lo esencial el derecho a la protección de datos y establecer medidas adecuadas y específicas para proteger los intereses y derechos fundamentales del interesado.


Igualmente, se prevé las citadas excepciones en la Disposición Adicional decimoséptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Dicha disposición, en su apartado
primero, señala que 'se encuentran amparados en las letras g), h), i) y j) del artículo 9.2 del Reglamento (UE) 2016/679 los tratamientos de datos relacionados con la salud y de datos genéticos que estén regulados en las siguientes leyes y sus
disposiciones de desarrollo (entre otras):


- La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.


- La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.


- La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.


- La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.


- La Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica.


- La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.


- El texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los 105 medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.


- El texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.


Además, en su apartado segundo, referido a los diferentes criterios que regulan el tratamiento de datos en la investigación de la salud, concretamente en su letra b), se autoriza a las autoridades sanitarias e instituciones públicas con
competencias en vigilancia de la salud pública a llevar a cabo estudios científicos sin el consentimiento de los afectados en situaciones de excepcional relevancia y gravedad para la salud pública. Asimismo, se considera lícito el uso de datos
personales seudonimizados con fines de investigación en salud y, en particular, biomédica (apartado d).


Quinto. Por otro lado, cabe señalar que es un hecho que los modelos de aprendizaje automático son una herramienta potente para poder anticiparnos a cualquier situación o fenómeno, siendo fundamental usar estos modelos de forma eficiente y
siendo necesario, a su vez, contar con los datos para realizar análisis y alcanzar conclusiones. Para llevar a cabo planes de contingencia sobre la propagación de un virus es necesario, además, construir una enorme red de conexiones, con la
información obtenida de dichas redes en una base de datos se pueden establecer relaciones entre las personas, de modo que, si un individuo presenta síntomas, se puede predecir la evolución del contagio y establecer restricciones de movimiento
controladas.


Por lo tanto, para gestionar esta crisis sanitaria resulta imprescindible proveer a los ciudadanos y a las empresas de herramientas que faciliten la recopilación y acceso a estos datos, que se podrían tratar y gestionar perfectamente
cumpliendo la ley mediante tecnología blockchain.


El blockchain es una estructura de datos en la que la información contenida se agrupa en conjuntos (bloques) a los que se les añade meta-informaciones relativas a otro bloque de la cadena anterior en una línea temporal, de manera que,
gracias a técnicas criptográficas, la información contenida en un bloque solo puede ser repudiada o editada modificando todos los bloques posteriores. Por ello las transacciones (de todo tipo), que realizamos en línea serán mucho más seguras y
fiables. Además es idónea para anonimizar y para seudonimizar los datos con las suficientes garantías que exige la ley de protección de datos. La seudonimización no rompe el vínculo entre el dato y la persona, pero sí protege la anonimización. La
seudonimización permitiría al investigador averiguar quién es el dueño del dato, para ampliar la información en la investigación o avisar al dueño de algo importante, por lo que, al no emplear datos personales, y usar sólo datos anónimos y
agregados, este estudio no entra en conflicto con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) o la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y sigue las directrices marcadas por la Agencia
Española de Protección de Datos (AEPD).



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Además la tecnología blockchain añade un elemento importante de seguridad porque es prácticamente imposible de hackear, lo que garantiza que la información sea inmutable y no se pueda modificar.


Sexto. La sensorización (IoT), la conectividad y la geolocalización avanzada sobre móviles (5G) ayudan a conseguir información sobre el terreno que podemos aprovechar con técnicas de Big Data. Los algoritmos de Inteligencia Artificial
aplicados sobre Big Data permiten establecer patrones de conducta, modelos predictivos y análisis de escenarios avanzados que facilitan ubicar los focos del contagio, y ajustar los procedimientos de actuación para acotar la enfermedad. La
conectividad y la sensorización ayudan al seguimiento de las actuaciones (grado de implantación), para conocer la adecuación de la evolución a los modelos predictivos.


Poner todos los mecanismos de transmisión de información sobre una DLT (del tipo blockchain), dará la agilidad, seguridad y trazabilidad propias de las tecnologías de registro distribuido. Sumar esta acción a Big Data e IA garantiza el
control del operativo y facilita el flujo de información de datos de calidad para abordar un desarrollo más rápido y eficiente de retrovirales. La combinación de tecnología permite desarrollar la doble táctica de acotar y atacar a la amenaza del
virus SARS-CoV-2 (COVID-19).


Séptimo. Cualquier avance en la componente genética del virus requiere de una capacidad de computación, de análisis y de desarrollo de nuevos modelos de selección de variables que hacen especialmente útiles las iniciativas para aunar todo
el potencial posible de computación, conjuntamente con los de empresas privadas y universidades. La ayuda de los datos en este punto constituye un ejemplo muy 'humanista' de la importancia del Big Data en nuestro entorno.


El ejemplo de Corea del Sur es un espejo hacia el que mirar porque la utilización correcta de la aleatorización estructurada junto con la aplicación de modelos bien entrenados ha conducido a un control de los contagios muy eficiente.
Hubiera sido de gran ayuda en esta crisis, por ejemplo, haber dispuesto de más datos e información para aprender más y mejor del virus ébola para enfrentar el COVID-19 con mejores estrategias.


Octavo. A la vista de lo expuesto anteriormente, sí es posible desarrollar este tipo de aplicaciones en la Unión Europea, y por lo tanto en España, como estado miembro. En definitiva, la normativa vigente sobre Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales ampara a las autoridades sanitarias competentes a usar datos con fines de investigación en situaciones excepcionales y de gravedad para la salud pública como la actual crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Crear una fuente nacional de Big Data COVID-19, en coordinación con las distintas CC.AA, para la gestión la crisis sanitaria producida por el virus SARS-CoV-2, que permita cuantificar el impacto de la crisis, la evolución del virus y
aplicar las medidas más adecuadas basadas en datos para frenar la pandemia.


2. Esta base de datos debe ser coordinada en todas sus fases con el conjunto de las CC.AA: metodología, cuantificación de datos, etc. para que podamos disponer de datos homogéneos y coherentes, extraídos con los mismos criterios. El
Gobierno debe exigir a las CC.AA recoger una serie de datos mínimos esenciales para poder construir esta Big Data COVID-19. Asimismo, es necesario entender la realidad y el mapa haciendo zoom en unidades de estudio más pequeñas, como Comunidades
Autónomas, ciudades, barrios. Es importante tener una foto actualizada, lo más fidedigna posible, para poder entender la incidencia mayor del virus en determinados ámbitos o la velocidad de contagio a diferentes escalas, en función de factores que
solo se explican si los datos son analizados con gran agilidad y por los expertos adecuados.


3. La normativa vigente de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales ampara a las autoridades sanitarias competentes a usar datos con fines de investigación en situaciones excepcionales y de gravedad para la salud
pública como la actual. Por ese motivo, habrán de adoptarse las siguientes actuaciones:


- Constituir, de conformidad con la normativa vigente, una base de muestras de ADN y ARN de todos los pacientes -confirmados y posibles (según su definición)- y asintomáticos si han sido analizados por PCR, sin que sea preciso el
Consentimiento informado de estos.



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- Iniciar un estudio observacional en el que se recojan los datos clínicos que están usando en RENAVE.


- Instar estudios de polimorfismos génicos que puedan arrojar luz sobre la distinta predisposición o susceptibilidad o mortalidad a la infección por SARS-CoV-2.


- Analizar todos los casos que han detectado en atención primaria, según han manifestado las Sociedades Médicas correspondientes, indicando si al testar al paciente se realiza por PCR o por Rapid test:


• Si es por PCR, qué valores, y de donde es la muestra (la efectividad cambia mucho si es nasal, faríngea, lavado alveolar, sangre...) y el valor de Ct (el valor cuantitativo de una PCR), indicar en qué momento determinan si es negativo o
no.


• En el Rapid test si es para antígeno o para anticuerpo. Si es para anticuerpo, si es para IgM o IgG. Extraer y elaborar estadísticas de defunciones por periodos, verdaderos registros en hospitales, estudios de mortalidad real, número de
test por millón de personas, etc.


4. Fomentar una mayor colaboración e intercambio internacional de información sobre la COVID-19, entre expertos en datos de todo el mundo, incorporando e intercambiando bases de datos de COVID 19 con el objetivo de lograr mayor
conocimiento, mejores modelos estadísticos y vacunas, para esta crisis y otras futuras.


5. Fomentar el uso o la creación de plataformas colaborativas donde puedan albergarse datos de situaciones pasadas de los que puedan disponer y aprender los científicos para poder integrarlos en modelos estadísticos que resuman la
complejidad de la pandemia que estamos viviendo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Mireia Borrás Pabón y María de los Reyes Romero Vilches, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000832


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao y D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición No de Ley relativa a la adopción de medidas específicas para el sector odontológico debido a la situación de la COVID19, para su discusión en Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. Desde la promulgación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, como en toda la normativa posterior, el
sector profesional odontológico ha sido uno de los grandes afectados y el 'gran olvidado'. En dicho Real Decreto no se contemplaba el cierre de los centros sanitarios, entre ellos, las clínicas dentales, ni se hacía mención alguna a los dentistas.


Un tiempo antes de que se decretara el citado estado de alarma, las clínicas dentales ya comenzaban a tener desabastecimiento de los EPIs necesarios para llevar a cabo la actividad asistencial en las debidas condiciones de seguridad, para
evitar el contagio, no solo entre los propios dentistas, sino también para no ser vectores de propagación de la enfermedad a los pacientes, personal auxiliar y allegados. Inclusive, cuando este desabastecimiento fue total, el Ministerio de Sanidad
solicitó a los dentistas su colaboración, donando el material de protección individual a los hospitales y centros de salud de las respectivas Comunidades Autónomas, algo que los dentistas realizaron, atendiendo a su compromiso ético y para apoyar a
los profesionales sanitarios que se encontraban en primera línea de batalla frente a este virus, pero la falta del citado material protector hizo imposible que se pudiera llevar a cabo la actividad asistencial con la seguridad necesaria, por lo que
muchos dentistas se vieron obligados a cerrar sus clínicas.



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Al mismo tiempo, el desabastecimiento de EPIs ha producido una oferta indiscriminada en el suministro de los mismos por parte de los diversos fabricantes y distribuidores con precios en su mayoría desorbitados, lo que ha complicado aún más
su adquisición por el sector dental.


Segundo. A colación de lo anterior, cabe señalar que el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, aprobó la aplicación de un tipo del 0 por ciento del Impuesto sobre
el Valor Añadido, hasta el 31 de julio próximo, de los bienes necesarios para combatir los efectos de la COVID-19, pero la ambigüedad de la norma hace que no se pueda determinar si esta resulta de aplicación a las clínicas dentales u otros centros
sanitarios.


Tercero. De igual manera, y con relación a la situación fiscal del sector, debe tenerse en consideración el artículo 62.2 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y el artículo 13 de la Orden HAC/253/2020, de 3 de marzo, que recogen la posibilidad de que los contribuyentes puedan fraccionar, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria resultante de su declaración del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en dos partes: la primera, del 60 por 100 de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40 por 100 restante, hasta el 5 de noviembre de 2020, inclusive.


Cuarto. En otro orden de consideraciones, y debido a las medidas de confinamiento, las clínicas han visto muy reducido el número de pacientes, prácticamente en su totalidad, sin percibir apenas ingresos, lo cual ha agravado
considerablemente la situación económica de las mismas, no previendo el Gobierno ninguna medida económica que pudiera paliar la situación de estos profesionales. Pese a las constantes peticiones de la Organización Colegial de Dentistas, liderada
por su Consejo General, que han solicitado permanentemente al Gobierno que se facilitaran los ERTE y todas aquellas medidas que pudieran aliviar a los dentistas esta grave situación, no fue hasta el 22 de abril cuando el Real Decreto-ley 15/2020
modificó la regulación de los ERTEs por causa de fuerza mayor, para cubrir las reducciones significativas de actividad en aquellos sectores considerados esenciales que también han visto reducidos sus ingresos, medidas que llegaron tarde y que no
son, en absoluto, suficientes para ayudar al sector a remontar.


En virtud de todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medias y actuaciones necesarias para:


1. Que el Gobierno garantice el suministro y/o adquisición de EPIs, para permitir que los centros sanitarios como las clínicas dentales puedan llevar a cabo su actividad profesional sin que implique un sobrecoste.


2. Aplicación efectiva del artículo 8 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, a las adquisiciones o aprovisionamientos por parte de centros sanitarios, incluidas
los centros odontológicos públicos o privados y, en consecuencia, del tipo 0 del IVA en todas las EPIS y restante material sanitario de protección frente a la COVID-19.


3. Flexibilización aún mayor de los ERTES, para que se puedan ir adecuando a las necesidades de la 'nueva normalidad'.


4. Aplazamiento del pago del impuesto de la Renta de las Personas Físicas para los autónomos sin generación de intereses ni recargos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Ignacio Garriga Vaz de Concicao y Juan Luis Steegmann Olmedillas, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/000788


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Pedro Fernández Hernández, D.ª Mireia Borrás Pabón y D. Francisco José Contreras Peláez, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para armonizar los criterios de actuación en las Universidades Españolas con respecto a las prácticas
curriculares, así como trabajos de fin de grado/máster, que debido a la crisis sanitaria del COVID-19 no han podido tener lugar, para su debate ante la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


Primero. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente, debido a la pandemia del SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país tanto a nivel económico como sanitario.


Ante tales efectos, el Gobierno de España declaró el estado de alarma el pasado 14 de marzo mediante el Real Decreto 463/2020, que trajo como consecuencias las restricciones a la movilidad y la parálisis de sectores claves para la economía
española. Dicha parálisis va a provocar un impacto económico severo, especialmente para ciudadanos, PYMEs y autónomos en situación de especial vulnerabilidad.


Previamente a este decreto, la mayoría de las Comunidades Autónomas tomaron la decisión del cierre total de la actividad educativa en centros de enseñanza y universidades. Desde entonces, millones de alumnos se encuentran en sus domicilios
sin poder asistir a sus centros de estudio y realizando toda la actividad educativa a través de métodos tecnológicos.


Hasta la fecha 1.102.700 alumnos estudiaban grado de forma presencial y apenas 191.000 a distancia. Y existe la posibilidad de que los alumnos que estudiaban el grado de forma presencial no tengan la posibilidad de acudir de nuevo a lo
largo de este curso a sus clases ya sea para exposiciones, exámenes ni charlas.


Segundo. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, reconoce la autonomía de las universidades públicas y privadas españolas. En concreto en su artículo 2 desarrolla el principio de Autonomía universitaria, señalando
expresamente lo siguiente:


'1. Las universidades están dotadas de personalidad jurídica y desarrollan sus funciones en régimen de autonomía y de coordinación entre todas ellas.


Las Universidades privadas tendrán personalidad jurídica propia, adoptando alguna de las formas admitidas en Derecho.


Su objeto social exclusivo será la educación superior mediante la realización de las funciones a las que se refiere el apartado 2 del artículo 1.


2. En los términos de la presente Ley, la autonomía de las Universidades comprende:


a) La elaboración de sus Estatutos y, en el caso de las Universidades privadas, de sus propias normas de organización y funcionamiento, así como de las demás normas de régimen interno.


b) La elección, designación y remoción de los correspondientes órganos de gobierno y representación.


c) La creación de estructuras específicas que actúen como soporte de la investigación y de la docencia.


d) La elaboración y aprobación de planes de estudio e investigación y de enseñanzas específicas de formación a lo largo de toda la vida.


e) La selección, formación y promoción del personal docente e investigador y de administración y servicios, así como la determinación de las condiciones en que han de desarrollar sus actividades.


f) La admisión, régimen de permanencia y verificación de conocimientos de los estudiantes.


g) La expedición de los títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y de sus diplomas y títulos propios.


h) La elaboración, aprobación y gestión de sus presupuestos y la administración de sus bienes.



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i) El establecimiento y modificación de sus relaciones de puestos de trabajo.


j) El establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales.


k) Cualquier otra competencia necesaria para el adecuado cumplimiento de las funciones señaladas en el apartado 2 del artículo 1.


3. La actividad de la Universidad, así como su autonomía, se fundamentan en el principio de libertad académica, que se manifiesta en las libertades de cátedra, de investigación y de estudio.


4. La autonomía universitaria exige y hace posible que docentes, investigadores y estudiantes cumplan con sus respectivas responsabilidades, en orden a la satisfacción de las necesidades educativas, científicas y profesionales de la
sociedad, así como que las Universidades rindan cuentas del uso de sus medios y recursos a la sociedad.


5. Sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Conferencia General de Política Universitaria, corresponde a cada Comunidad Autónoma las tareas de coordinación de las Universidades de su competencia.'


Todos estos puntos de la autonomía universitaria estarán coordinados por el Consejo de Gobierno, órgano de gobierno de la Universidad que, tal y como se indica en el artículo 15 de la citada Ley, 'establece las líneas estratégicas y
programáticas de la Universidad, así como las directrices y procedimientos para su aplicación'. El Consejo de Gobierno estará constituido por el Rector (que a su vez lo presidirá), el Secretario General y el Gerente, así como por un máximo de 50
miembros que representarán a los agentes sociales implicados en la actividad universitaria.


Por otro lado, el Consejo de Coordinación Universitaria será el máximo órgano consultivo y de coordinación del sistema universitario, y se configura como foro de encuentro y debate entre las tres Administraciones que convergen en el sistema
universitario: Estatal, Autonómica y Universitaria.


Sin embargo, como señala la Disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 6/2001, las competencias atribuidas por esta Ley al Consejo de Coordinación Universitaria serán ejercidas por el actual Consejo de Universidades en tanto no se
constituya aquél.


El Consejo de Universidades, según el artículo 28 de la Ley Orgánica 6/2001, es el órgano de coordinación académica, así como de cooperación, consulta y propuesta en materia universitaria, que desarrolla sus funciones con plena autonomía
funcional. Entre otras, este consejo tiene las funciones de formular propuestas al Gobierno en materias relativas al sistema universitario, así como servir de cauce para la colaboración, la cooperación y la coordinación en el ámbito académico. El
Consejo de Universidades está presidido por el titular del Ministerio competente y formado por los Rectores de las Universidades, así como cinco miembros designados por el presidente del Consejo.


Además, la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, introdujo un nuevo órgano de coordinación, cooperación y colaboración universitaria, la Conferencia General de Política Universitaria. Dicho órgano, sin perjuicio de las funciones atribuidas a
los órganos de coordinación universitaria de las Comunidades Autónomas, tiene por finalidad asegurar la necesaria coherencia, coordinación y colaboración entre la Administración General del Estado y la de las Comunidades Autónomas en materia de
política universitaria.


La Conferencia desempeña, entre otras, las siguientes funciones:


a) Establecer y valorar las líneas generales de política universitaria, su articulación en el espacio europeo de educación superior y su interrelación con las políticas de investigación científica y tecnológica.


b) Planificación, informe, consulta y asesoramiento sobre la programación general y plurianual de la enseñanza universitaria, que comprende los recursos humanos, materiales y financieros precisos para la prestación del servicio público
universitario.


c) Aprobar los criterios de coordinación sobre las actividades de evaluación, certificación y acreditación.


d) Proponer la elaboración de informes sobre la situación de la seguridad y salud en las universidades españolas y establecer políticas encaminadas a la promoción de la calidad de vida en los campus universitarios.


e) Establecimiento de los límites de los precios públicos aplicables a los estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que habrán de estar relacionados con los costes de
prestación del servicio.



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Dado que la coordinación en el ámbito que se indica en el artículo 2 de la Ley 6/2001 no se está cumpliendo, y que es deber del Estado central a través del Ministerio de Universidades asegurar la equidad en los criterios, desde el Grupo
Parlamentario VOX entendemos que todos los distintos niveles competenciales sobre la materia deben poner en común las deficiencias del sistema, debido a la crisis del coronavirus, para así lograr entre todos un objetivo común: mejorar la calidad
universitaria.


Tercero. La mayoría de los alumnos que se encuentren estudiando un grado o postgrado y que estén en su último curso, tienen posibilidad de realizar prácticas curriculares en empresas. Esto supone en muchos casos la primera incursión en el
mundo laboral para los estudiantes, por lo que es fundamental para su desarrollo y aprendizaje.


Partiendo de este punto, hay que diferenciar bien entre las prácticas esenciales y las no esenciales. La diferencia radica en la importancia que tienen las mismas en el desarrollo académico del alumno.


Así pues, en grados como Veterinaria o Química, y en general, en toda la rama de Ciencias de la Salud, el problema se ve agudizado, puesto que los alumnos deben mostrar una serie de destrezas, que difícilmente podrán realizar on line. La
mayoría de los laboratorios de las universidades españolas se encuentran cerrados desde el inicio del estado de alarma, y con ellos el trabajo de muchos investigadores y estudiantes, que han visto cómo sus Trabajos de Fin de Grado y Máster se han
visto paralizados, o incluso finalizados, sin haber alcanzado resultados concluyentes. También en el caso de Ciencias del Deporte, los alumnos deben exponer sus conocimientos y habilidades de manera eminentemente práctica, sin posibilidad de
mostrarlos teóricamente.


La mayoría de las Comunidades Autónomas están teniendo serios problemas a la hora de organizar los nuevos calendarios de prácticas curriculares, especialmente para aquellas disciplinas en las que las prácticas tengan que ser presenciales de
forma obligatoria, como ciencias experimentales o ingenierías. Para ello, los Ejecutivos autonómicos están barajando que las mismas se puedan desarrollar en los meses de junio o julio y, si no es posible, dejarlas para septiembre.


El pasado 30 de marzo, tuvo lugar una reunión entre el Ministro de Universidades, Manuel Castells, y seis rectores que representaban a las 83 universidades españolas (50 de ellas públicas), en la que elaboraron un documento con los planes de
actuación. Según dichos planes, la mayoría de las prácticas esenciales se convalidarán con facilidad: se considerarán como superadas las prácticas curriculares externas cuando estas se hayan realizado, al menos, en un 50 %. Los créditos restantes
se completarán, en caso necesario, con seminarios u otras actividades.


Sin embargo, existen grados, como el de Medicina, que tienen algunas características que los hacen diferentes del resto de Grados, como la gran cantidad de prácticas clínicas, el ECOE, o el hecho de que gran parte del profesorado son médicos
asistenciales y, ahora mismo por la crisis sanitaria, no pueden dedicarle tanto tiempo a la docencia. En relación con este punto, Antonio Pujol, presidente del Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina (CEEM), reconocía recientemente que han
echado mucho de menos una coordinación a nivel nacional. La implantación de la docencia on line y la organización de los calendarios académicos y de evaluación están siendo muy dispares entre universidades.


La parte práctica es la quintaesencia de la formación en Medicina. 'Para aprender Medicina necesitamos estar en un ambiente en el que se practica la Medicina. Acompañar a la médica o médico en sus consultas, en el quirófano o en otros
ámbitos asistenciales, ver cómo se relaciona con sus pacientes, seguir su razonamiento clínico, es la base de nuestra formación' indicaba el propio Pujol.


Cuarto. Las universidades van a ampliar los plazos para defender los trabajos de fin de grado y fin de máster obligatorios para obtener el título, 'así como -excepcionalmente- para aquellas prácticas curriculares que se consideren
esenciales'. Tales decisiones fueron tomadas en el encuentro telemático entre las Universidades y el Ministerio, del pasado día 30; participaron los rectores de Córdoba (José Carlos Gómez Villamandos), Politécnica de Valencia (Francisco Mora),
Castilla-La Mancha (Miguel Ángel Collado), Cantabria (Ángel Pazos), Jaime I (Eva Alcón) y Valencia (Mavi Mestre).


El pasado 2 de abril, la mayoría de las Universidades del ámbito nacional dieron por finalizadas las clases presenciales para el curso 2019-2020. En muchas universidades, para que los alumnos puedan presentar su Trabajo de Fin de
Grado/Máster, deben tener todos los créditos anteriores superados. Sin embargo, tal y como hemos comentado anteriormente, debido a la crisis del coronavirus, los alumnos que estuviesen matriculados de las denominadas 'Prácticas Curriculares' no han
podido realizarlas, por lo que dichos créditos no han sido superados.


Así pues, en la Universidad de Salamanca, los estudiantes de grado podrán presentar el TFG sin las prácticas hechas. Además, la defensa del mismo se realizará calificando un trabajo escrito si no se



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contemplaba la necesidad de defensa; en el caso contrario, las defensas se modificarán, realizándose en la modalidad no presencial mediante videoconferencia con las herramientas disponibles al efecto. En caso de los TFG experimentales, si
las comisiones académicas consideran que es posible adquirir las competencias y los resultados de aprendizaje comprometidos en los programas formativos originales, de forma equivalente, pueden programar soluciones alternativas.


Sin embargo, desde el Ministerio no existe un criterio único, puesto que, como hemos comentado anteriormente, ha dejado a criterio de los organismos universitarios en conjunto con las administraciones autonómicas las decisiones en este tipo
de materia. Multitud de alumnos se han visto obligados a cambiar la temática de sus trabajos finales, puesto que sus conclusiones empíricas no han podido obtenerse por la llegada del estado de alarma. Es el caso de estudiantes de asignaturas como
Bioquímica, Biotecnología, Veterinaria y Farmacia, cuya línea de investigación no ha podido dar los frutos esperados.


Existe gran cantidad del alumnado que se encuentra con esta tesitura para finalizar sus estudios, y que ven como la crisis del coronavirus les está privando de su tan ansiado título. Desde el Grupo Parlamentario VOX, entendemos que los
alumnos deben ser tratados por igual, independientemente del lugar donde residan o donde cursen sus estudios. Debería existir un criterio único tanto para la realización de las prácticas como para la defensa de los Trabajos de Fin de Grado/ Máster.


Quinto. Las tasas universitarias son el precio al que el alumno debe hacer frente para cursar sus estudios universitarios oficiales. El precio medio obtenido de una matrícula universitaria en la universidad pública española es de 1.100
euros actualmente. Los precios son determinados en función del número de créditos que ostenta una asignatura.


Dichas tasas aumentan de manera exponencial por cada año en el que el alumno se matricula de una misma asignatura, penalizando, en este caso, al alumno que no aprueba. El pago de las mismas se realiza en el momento de la matriculación,
normalmente al principio del curso o, en su caso, al inicio del cuatrimestre pertinente.


En el caso de las prácticas curriculares, el alumno al igual que con cualquier otra asignatura, también debe matricularse de los créditos que compongan dichas prácticas. Desde el Grupo Parlamentario VOX, entendemos que no sería equitativo
el cobro de la totalidad de la matrícula de las prácticas, en el caso de que un alumno no pueda, por causa de fuerza mayor, acceder a las mismas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Promover, a través del Ministerio de Universidades y dentro del marco de sus competencias, la creación de un protocolo de actuación único para que las Universidades puedan dar una respuesta común y equitativa atendiendo al impacto del
COVID-19 en la enseñanza universitaria.


2. Promover la realización por los órganos de gobierno de las diferentes universidades españolas de su propio calendario específico para las prácticas curriculares que quedaron pendientes por la instauración del estado de alarma. Dichas
prácticas deberían tener lugar entre los meses de junio y septiembre para permitir al alumno la consecución de sus logros académicos sin que eso suponga prolongar su estancia universitaria.


3. En el caso de que no sea posible aplicar el apartado anterior y, por lo tanto, se esté privando al alumno de una oportunidad a la que tiene derecho con el pago de su matrícula, promover que al curso siguiente pueda matricularse de nuevo
de la asignatura 'prácticas curriculares' sin tener que pagar un recargo por la misma. De igual modo, se permitirá al alumno la realización de estas entre los meses de septiembre y diciembre.


4. Promover la exención de la necesidad de tener cumplimentados todos los créditos como requisito indispensable para la presentación de sus trabajos de fin de grado o máster, como excepción aplicable a esta situación inusual derivada de la
crisis generada por el COVID-19.


5. Promover la creación de un protocolo común de actuación que incluya los procesos y métodos de evaluación para aquellos trabajos de fin de grado y trabajos de fin de máster cuyas materias sean



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eminentemente prácticas. Los alumnos deben tener la oportunidad de modificar la línea de investigación de los citados trabajos sin que eso les suponga un perjuicio en sus notas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de mayo de 2020.-Mireia Borrás Pabón, Pedro Fernández Hernández y Francisco José Contreras Peláez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000804


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Pedro Fernández Hernández, D. Julio Utrilla Cano, D. Francisco José Contreras Peláez y D. Manuel Mestre Barea, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario
VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formula la siguiente Proposición no de Ley relativa a la implantación de medidas urgentes que fomenten la
investigación e industria científica nacional y que todos los recursos y material tecnológico de los laboratorios y universidades españolas puedan ser utilizado para combatir la COVID-19, para su discusión en la Comisión de Ciencia e Innovación.


Exposición de motivos


Primero. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente, debido a la pandemia del SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país tanto a nivel económico como sanitario. A día 7 de mayo, la
crisis sanitaria producida por COVID-19 ha causado la muerte a más de 26.000 personas y ha contagiado a más de 220.000 personas en España.


Debido a la crisis sanitaria originada por el coronavirus en España, el pasado 14 de marzo de 2020, el Gobierno aprobó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.


Sin embargo, debido principalmente a la carencia de pruebas masivas de la COVID-19 a la población, no podemos conocer el número real de afectados. La mayoría de los expertos coinciden en que el número de contagiados en España está muy por
encima de los datos oficiales que maneja el Ministerio de Sanidad e incluso algunos estudios realizados en los últimos días avisan de que podrían ser incluso de millones de personas.


Segundo. La OMS defiende claramente que hay que hacer la mayor cantidad de pruebas posibles. El 16 de marzo, la OMS dijo en público que sin test masivos 'no podrían aislarse los casos positivos y la cadena de infección no se rompería'.


Parece lógico decir que el plan de desescalada, gradual y programada para evitar potenciales contagios, requiere saber quién está infectado y quien no, especialmente entre la población asintomática (la gran mayoría), pues los asintomáticos
pueden ser portadores del virus, y contagiarlo a otras personas sin saberlo. Realizar test masivos y los consiguientes aislamientos de las personas que den positivo en la COVID-19 es la única receta con éxito demostrado a día de hoy para romper la
cadena de transmisión y frenar contagios y muertes. El confinamiento no basta. En España realizamos test, si, pero no suficientes. No realizar test a todos los posibles contagiados, como sanitarios y familiares de casos positivos, es una
temeridad a la hora de planear una desescalada. Implica que muchas actividades van a reactivarse sin las máximas garantías sanitarias.


Tercero. Nuestro país ha y sigue acusando la falta de tests PCR suficientes para cubrir ya no a toda la población, sino siquiera a los profesionales médicos y a muchos posibles infectados -y sus familiares- que no han revestido gravedad.


Las pruebas PCR cuantitativas para COVID-19 tienen una fiabilidad superior al 90 %, lo que significa que son mucho más fiables que los test rápidos. El funcionamiento de los termocicladores para realizar PCR Cuantitativa es muy sencillo y
permite realizar pruebas a cientos de individuos. Para la realización de la prueba, se necesitan los denominados KIT comerciales; sin embargo aunque se ha argumentado a que pueden ser el posible cuello de botella, también es posible realizar la
misma sin ellos a cambio de sacrificar cierta sensibilidad en el resultado. Tan solo es necesario diseñar la propia investigación. Dichos



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KIT permiten acelerar el proceso, pre-diseñando el contenido de materia que se necesita para la prueba y están disponibles en el mercado, pero no son imprescindibles.


En España, el uso de esta maquinaria es bastante abundante en la mayoría de los sectores científicos. Las empresas biotecnológicas y la industria agroalimentaria utilizan dicha maquinaria para la medición de la calidad de los productos y,
por lo tanto, el personal también tiene conocimientos sobre el uso de la misma.


Los pasos necesarios para llevar a cabo la detección mediante test PCR son:


A) Colección de muestra de paciente (tratándose de un virus respiratorio, aquellas muestras con mayor cantidad de virus serán las de origen respiratorio, muestra nasofaríngea o esputo) mediante un bastoncillo.


B) Extracción de ARN vírico y purificación.


C) La muestra purificada se somete a transcripción reversa para obtener ADN.


D) Realización de la PCR. El cóctel de reactivos donde se añade la muestra tratada contiene las sondas de reconocimiento con marcadores fluorescentes. La reacción de PCR se realiza en termocicladores con distintas prestaciones, habiendo
multitud hoy en día, pudiendo en algunos casos ser portátiles y permitir la detección simultánea de varias muestras (96 tests simultáneamente).


Cuarto. El 14 de abril El País 11 anunció que casi 60 científicos de distintos centros de investigación del País Vasco, liderados por Ugo Mayor, profesor de Bioquímica de la Universidad del País Vasco, han creado un nuevo método para hacer
test PCR que permitiría aumentar la capacidad de las pruebas que detectan a los contagiados con COVID-19 y que evitaría el uso de kits de extracción, el posible cuello de botella en la realización de pruebas masivas, sin sacrificar la sensibilidad
del resultado.


Se trata de un método más barato que los kits comerciales y que necesita las mismas 4 horas de tiempo. Además, según Ugo Mayor, donde ahora se están haciendo unas 1.500 PCR diarias en los hospitales del País Vasco, esta cifra se podría
ampliar a 10.000. Su principal ventaja, señaló, es que permite evitar la fase de extracción y los kits comerciales. Con su diseño, se usan reactivos que no se encuentra en situación de escasez y por tanto, no supone ninguna limitación para la
realización de test PCR masivos.


Quinto. Los conocidos como test rápidos - el resultado se obtiene en 10-15 minutos - permiten detectar los anticuerpos producidos frente al virus a partir de una muestra de sangre. Los anticuerpos se mantienen más tiempo, con lo que el
test nos va a permitir conocer si la persona ha estado infectada aunque la PCR sea negativa. Dentro de este tipo de test rápidos también están los que permiten detectar proteínas del virus a través de muestras respiratorias. El Gobierno aún no ha
conseguido aún a fecha 4 de mayo, y tras casi dos meses de pandemia, comprar en el mercado pruebas de coronavirus en cantidad y sensibilidad suficiente para los ciudadanos.


Si bien los test rápidos pueden actuar como medida complementaria a los PCR en algunos casos, no ofrecen tanta sensibilidad, fiabilidad y capacidad de producción masiva hasta la fecha.


Sexto. Centenares de investigadores y personal de apoyo de universidades y centros de investigación se ofrecieron como voluntarios desde el inicio de la crisis para hacer en sus laboratorios test PCR. Tenemos por ejemplo, la red de Centros
SOMMa (25 centros de investigación y 23 unidades universitarias) que han ofrecido al Ejecutivo desde el 17 de marzo sus recursos y capacidad para la realización de pruebas de test PCR. Este ofrecimiento también coincidió con el que hizo la CRUE
Universidades españolas (con 76 universidades, de las cuales 50 son públicas y 26 privadas, en total más de 300 laboratorios) para la realización de test PCR 12. También otros centros tan punteros como el Centro Nacional de Investigaciones
Oncológicas (CNIO) brindaron toda su infraestructura y material al Gobierno.


'Los biólogos moleculares del CSIC y universidades llevamos tres semanas insistiendo', se quejaba el 7 de abril Víctor de Lorenzo, un científico del Centro Nacional de Biotecnología, en su cuenta de Twitter. '¿Cuándo/dónde empezamos?'.


11 https://elpais.com/sociedad/2020-04-13/la-burocracia-impide-usar-maquinas-para-hacer-test-pcr­ en-centros-de-investigacion.html.


12 https://okdiario.com/espana/mas-350-laboratorios-ofrecieron-gobiemo-17-marzo-hacer-test­-coronavirus-no-fueron-utilizados-5464095.



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Del mismo modo, el pasado 5 de abril, el Sr. Jesús Pérez Gil, Bioquímico y profesor de la Universidad Complutense de Madrid, anunció en twitter la puesta en marcha de un laboratorio de detección del virus SARS-CoV-2 por parte de la
Universidad Complutense de Madrid, en el que se estaban analizando muestras de pacientes y de residencias de mayores. Sin embargo, denunciaba que esto no era suficiente, 'es imprescindible que otras instituciones, universidades y centros de
investigación de todo el país, den también un paso adelante y pongan en juego su infraestructura para incrementar la capacidad de análisis. Instituciones como el Centro de Salud Carlos III tienen la capacidad de integrar las necesidades del sistema
sanitario y las conexiones con todos los centros de investigación.'


La Universidad Autónoma de Madrid (UAM) también ofreció su Facultad de Medicina (para recibir las muestras, inactivar y extraer el ARN del virus) y el Instituto de Investigaciones Biomédicas para hacer los análisis PCR. La UAM envió al
Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) la documentación para su capacitación como laboratorio de apoyo, pero aún a 14 de abril están 'a la espera de respuesta por parte de dicho instituto', señala su portavoz a El País 13.


Séptimo. Mientras la comunidad científica no deja de reclamar pruebas generalizadas antes de iniciar la desescalada, el Gobierno ha habilitado únicamente 24 centros de investigación militares y veterinarios de los 350 que se le ofrecieron
para realizar test PCR. Los 326 centros restantes siguen sin lograr la habilitación pese a contar con máquinas de PCR y los recursos humanos necesarios. En ellos se podrán llevar a cabo las PCR que ya venden en España ocho empresas
biotecnológicas, entre las que destacan Genómica -del grupo Pharmamar- y Certest, entre otras. Según ASEBIO, estas empresas llevan tiempo ofreciéndose y muchas 'no han recibido respuesta' hasta ahora.


Curiosamente, a mediados de marzo, el Ministerio de Sanidad y el Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) reclamó a todos los centros de investigación un inventario de todas las máquinas PCR cuantitativas, guantes y otros
reactivos necesarios para la protección personal y realización de pruebas PCR para que fuese centralizado por el Instituto de Salud Carlos III de Madrid. Gema Moreno, jefa del laboratorio de Investigación Traslacional del Cáncer de la Universidad
Autónoma de Madrid, asegura en un artículo al periódico ABC 14 que 'Según se indicaba era para tener una estimación de qué equipamiento teníamos en caso de que hiciera falta; también se nos solicitó un inventario estimado de guantes, y otros
reactivos necesarios tanto para la protección personal como para la realización de la PCR'.


También miles de científicos se apuntaron de modo voluntario en listados que pidió el Gobierno para ayudar en los diagnósticos y aún, a principios de abril, nadie había contactado con ellos. 'Se reclutó a personas que podríamos ser
voluntarias para hacer estos test. El Gobierno consiguió un ejército de 30.000 personas' según cita Moreno en su entrevista en ABC, 'pero no han contactado a ninguno'.


Octavo. Las principales empresas de la industria biotecnológica española de test de diagnóstico se han unido para intentar jugar 'un papel relevante' en la respuesta a la crisis del coronavirus: Once empresas españolas, coordinadas por la
Asociación Española de Bioempresas (AseBio) han creado una 'Task force' y han ofrecido a Sanidad su predisposición y recursos para producir esas pruebas. Aseguran que pueden fabricar 745.500 PCR semanales y 690.000 test de anticuerpos, que podrían
llegar a duplicar si se les garantizasen las compras, llegando al 1.5 millones a la semana y 194.000 kits de extracción que podrían llegar 600.000.


Noveno. El martes 14 de abril, el 'Boletín Oficial del Estado', incluía una medida excepcional para afrontar la crisis por COVID-19 por la que pone a disposición de las comunidades autónomas los laboratorios privados y públicos de
diagnóstico clínico.


La orden impide que se hagan las pruebas a personas que simplemente tienen dudas, al señalar que se realicen por prescripción de un facultativo 'de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios acordados al efecto por la autoridad
sanitarias competente'.


Cabe recordar nuevamente que la OMS aconseja realizar el mayor número de pruebas posible para conocer el grado real de la extensión de la epidemia, con lo que con esta medida se estaría ralentizando y añadiendo aún más trámites en la
ejecución de este cometido. Poner como condicionante para los ciudadanos que quieran saber si han desarrollado inmunidad o tienen la enfermedad COVID-19, la


13 https://elpais.com/sociedad/2020-04-13/la-burocracia-impide-usar-maquinas-para-hacer-test-pcr-en-centros-de-investigacion.html.


14 https://www.abc.es/sociedad/abci-miles-cientificos-parados-y-cientos-maquinas-arrinconadas-cuestion-burocratica-202004052228_noticia.html.­



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necesidad una prescripción médica ralentiza y burocratiza el proceso sin necesidad, cuando las medidas deberían ir orientadas al camino opuesto: facilitar, agilizar y promover.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


a) Elaborar un protocolo de actuación exigente y en coordinación con los distintos laboratorios, empresas y Universidades, incluyendo la red de Centros SOMMa (25 centros de investigación y 23 unidades universitarias), Centro Nacional de
Investigaciones Oncológicas (CNIO) y la CRUE Universidades españolas (con 76 universidades, de las cuales 50 son públicas y 26 privadas), en total más de 300 laboratorios, que han ofrecido al Ejecutivo desde el 17 de marzo sus recursos y capacidad
para la realización de pruebas de test PCR. para que todo el material tecnológico y personal científico que aún no se ha tenido en cuenta para combatir al COVID-19 puedan desarrollar su actividad, en colaboración con el CSIC y el Instituto de Salud
Carlos III, para la adopción de pruebas diagnóstico de manera masiva.


b) Paralelamente al task force con las empresas Biotecnológicas, establecer un proceso de acreditación para las principales Universidades Españolas que puedan ser homologadas como centros oficiales de diagnóstico PCR Cuantitativo, adecuando
sus instalaciones y adecuando los protocolos de bioseguridad y gestión de muestras patógenas, todo ello avalado por el Instituto de Salud Carlos III, para la presente pandemia y como recursos que puedan ser activados en casos de emergencias
sanitarias futuras.


c) Reforzar el apoyo y la cooperación de la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad (personal, laboratorios, procedimientos, etc.) utilizando sus instalaciones de biotecnología y laboratorios de última generación para
que se puedan llevar a cabo de la manera más rápida y eficaz posible los tests de coronavirus (PCR). También contar con un mayor apoyo de sus investigadores que pueden aportar un gran conocimiento por su extensa y experiencia práctica en el control
las zoonosis -enfermedades se transmiten entre animales (incluidos los seres humanos)- a través de medios como el aire, picaduras o saliva- que serán cada vez más frecuentes.


d) Elaborar en coordinación con los distintos agentes y empresas del sector biotecnológico, un Calendario estratégico de suministro de recursos, para facilitar la organización y el trabajo de las empresas biotecnológicas, que puedan adaptar
sus ciclos de trabajo y necesidades de producción para afrontar la demanda nacional y posibles picos de rebrote. Ese Calendario debe elaborarse en bases a un Plan Estratégico Nacional, donde se habrán realizado estimaciones oportunas para predecir
la evolución de la crisis sanitaria y en el que se contemple las necesidades de suministro de kits de diagnósticos y test rápidos que el sistema va a necesitar en los próximos meses, definiendo un marco para planificar el aumento de capacidades de
producción. De esta manera podemos fijar una hoja de ruta, que ofrezca confianza al sector para que puedan ponerse a trabajar en función de las necesidades estimadas por el Gobierno.


e) Desarrollar un plan estratégico de país post COVID-19, cuya finalidad sea la de fortalecer y crear nuevos sectores nacionales estratégicos, reforzando nuestra industria biotecnológica nacional, así como el papel de nuestros científicos,
favoreciendo la colaboración público-privada y con el objetivo de no depender tanto de la importación del material sanitario (guantes, mascarillas, geles desinfectantes...) así como material de diagnóstico (kits de extracción, reactivos...).
Aprovechar esta crisis para reforzar nuestra industria científica, como potenciador de nuestra economía y también como eje estratégico para afrontar de manera mucho más eficiente y coordinada cualquier posible amenaza futura. Además trabajar a raíz
de esta crisis para que España disponga de recursos suficientes reduciendo drásticamente nuestra dependencia del exterior y asegurar el abastecimiento nacional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-Mireia Borrás Pabón, Pedro Fernández Hernández, Julio Utrilla Cano, Francisco José Contreras Peláez y Manuel Mestre Barea, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo
Parlamentario VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Pedro Fernández Hernández, D.ª Mireia Borrás Pabón y D. Francisco José Contreras Peláez, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a elaborar una nueva Estrategia de Internacionalización de las Universidades Españolas para el
horizonte 2030, para su debate ante la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


Primero. La introducción de la 'Estrategia para la Internacionalización de las Universidades Españolas 2015-2020' expresa que 'la internacionalización es un factor clave para el desarrollo de la calidad de las universidades españolas,
teniendo el potencial de ser el motor para la reforma del sistema universitario español en busca de la mejora de su eficiencia, excelencia y competitividad en un entorno global (...). El desarrollo de un sistema de educación superior
internacionalizado en España debe jugar un papel fundamental en mantener y contribuir a aumentar el atractivo internacional de España, mediante la educación de los profesionales altamente cualificados que nuestra economía y nuestra sociedad
necesitan, dando a los estudiantes los conocimientos y competencias demandados por la economía global, así como generando y transfiriendo conocimiento a la sociedad y empresas españolas'.


Además, añade a continuación que 'la internacionalización proporciona oportunidades de mejorar la calidad de las actividades de aprendizaje, docencia, investigación, transferencia e innovación en nuestras universidades, consolidando España
como una referencia en educación internacional en español, debiendo también a empezar a competir ofreciendo educación internacional de calidad mundial en inglés y otras lenguas extranjeras'.


Segundo. En este sentido, la citada Estrategia propone un objetivo general para el horizonte 2020 consistente en 'consolidar un sistema universitario fuerte e internacionalmente atractivo que promueva la movilidad de entrada y salida de los
mejores estudiantes, profesores, investigadores y personal de administración y servicios, la calidad educativa, el potencial del español como idioma para la educación superior, la internacionalización de los programas formativos y las actividades de
I+D+i, contribuyendo a la mejora del atractivo y de la competitividad internacional de España, así como al desarrollo socioeconómico de su entorno próximo basado en el conocimiento'.


Tercero. A tal fin, se proponen las siguientes actuaciones concretas en 4 grandes ejes estratégicos que se agrupan en la consolidación de un sistema universitario altamente internacionalizado, el aumento del atractivo internacional de las
universidades, la promoción de la competitividad internacional del entorno, y la intensificación de la cooperación en educación superior con otras regiones del mundo.


Cuarto. Así, siguiendo el informe elaborado por la CRUE Universidades Españolas 'centrándonos en los resultados del Ranking ARWU, el más objetivo de los existentes, podremos analizar con mayor profundidad esta situación. Aunque España es
la 13.ª economía mundial (FMI, 2018), ocupa el puesto 25 de gasto en I+D (Banco Mundial, 2018), y el puesto 13 en el TOP 500 en la posición de su sistema universitario en el ranking ARWU 2018. Como ya se ha señalado, los principales rankings
mundiales mencionados basan su análisis, casi exclusivamente, en los resultados de la función investigadora de las universidades (directa o indirectamente). También influye en el rendimiento investigador el grado de autonomía institucional con el
que desempeñan sus funciones las instituciones y, como el reverso de la misma, la regulación a la que están sometidas. Desde ese punto de vista el sistema universitario español se sitúa en el puesto 24 de 29 países europeos (ver University Autonomy
in Europe III, The Scorecard 2017, EUA 2017), en un análisis de los niveles de autonomía organizacional, financiera, académica y de personal. En todos ellos las universidades españolas se sitúan en el último cuartil clasificados como 'medio bajo'.
Si analizamos el número de universidades que están situadas los TOP 200 y 500 del ranking ARWU 2018 y el gasto en I+D en el que han incurrido los países que sitúan universidades en el TOP200 del ranking ARWU 2018, podemos concluir que el tamaño del
país y la intensidad del esfuerzo en gasto de I+D importan. También resulta concluyente que España, por el tamaño y la intensidad de su actividad en I+D, difícilmente podría situar alguna más de sus universidades en el TOP 200 de ARWU. De hecho
todos los países con un gasto inferior al 1,3 % en I+D solo sitúan una. Aunque es cierto que, para



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su tamaño e intensidad de gasto en I+D, hay países que registran un extraordinario rendimiento, como Países Bajos, Reino Unido, Canadá o Australia.


A este mismo respecto, debe tenerse en cuenta que ARWU considera dos indicadores: premios Nobel (alumni) y Award Fields, de los que, salvo en la UCM, España está huérfana y que, por ello, las universidades españolas renuncian, de entrada, a
un 30 % de la valoración total que es factible alcanzar (ver: Teodoro Luque. Universidad Sí 07/09/2018). Si se tienen en cuenta otros indicadores reputacionales, como sucede en los Rankings QS 2019 y THE 2018, España sitúa tres y dos
universidades respectivamente entre las 200 primeras universidades mundiales. En el caso del TOP 500 el Sistema Universitario de España sitúa un número de universidades proporcional al tamaño de su esfuerzo en I+D.'


Quinto. Esta Estrategia, que ha mejorado la posición de las Universidades españolas así como su calidad y sus interacciones con otras Universidades extranjeras, finaliza este año 2020, por lo que es de todo punto recomendable la preparación
de una nueva estrategia valorando los resultados de la anterior para el horizonte 2030, a fin de posibilitar que la Universidad española no pierda los logros obtenidos y continúe con la tendencia de mejora en su posicionamiento en el exterior de
modo que su peso en los ranking internacionales sea acordes al peso económico internacional que actualmente tiene España entre las economías más importantes del mundo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar una nueva Estrategia de Internacionalización de las Universidades españolas para el horizonte 2030.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-Pedro Fernández Hernández y Francisco José Contreras, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000809


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Pedro Fernández Hernández y D.ª Mireia Borrás Pabón, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la transferencia del conocimiento por parte de las Universidades públicas en el campo de las ciencias jurídicas, para su discusión en la Comisión de
Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


Primero. El artículo 1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades ('LOU') dispone en su apartado c) que 'son funciones de la Universidad al servicio de la sociedad: c) La difusión, la valorización y la transferencia
del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de la vida, y del desarrollo económico'. Por su parte, el artículo 39.3 ibídem establece que 'la universidad tiene, como uno de sus objetivos esenciales, (...) la transferencia del
conocimiento a la sociedad'.


Asimismo, el artículo 41.3 de la LOU señala que 'la transferencia del conocimiento es una función de las universidades. Estas determinarán y establecerán los medios e instrumentos necesarios para facilitar la prestación de este servicio
social por parte del personal docente e investigador. El ejercicio de dicha actividad dará derecho a la evaluación de sus resultados y al reconocimiento de los méritos alcanzados, como criterio relevante para determinar su eficiencia en el
desarrollo de su actividad profesional'. La LOU regula, asimismo, retribuciones adicionales ligadas a méritos individuales por el ejercicio de la función de, entre otras, transferencia del conocimiento.


Segundo. En este último particular, juega un papel esencial la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades y creado por el artículo 7 de la Ley 15/2014, de
16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras



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medidas de reforma administrativa, por el que se modifica el artículo 32 de la LOU, en virtud de la conversión de la Fundación Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación en organismo público. Su Estatuto fue aprobado
mediante el Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre.


La ANECA tiene como objetivo contribuir a la mejora de la calidad del sistema de educación superior mediante la evaluación, la certificación y la acreditación de enseñanzas, profesorado e instituciones. En particular, la ANECA efectúa la
evaluación de la actividad investigadora de los profesores universitarios y del personal de las escalas científicas de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, con el objeto de que les sea reconocido un
complemento de productividad (sexenio). Esta función de evaluación era llevada a cabo por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) hasta la asunción de sus funciones por la ANECA.


Tercero. Los principales complementos de productividad o sexenios para el reconocimiento de la actividad investigadora del profesorado universitario son los de 'investigación' y de 'transferencia del conocimiento'.


En este sentido, la Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación, se refiere al
sexenio de 'Transferencia del Conocimiento e Innovación' con el loable objetivo de 'promover dinámicas y políticas de incentivos en las universidades y centros de investigación, en el plano de la transferencia, la innovación y la difusión del
conocimiento hacia todo tipo de actores sociales'.


Este sexenio se establece como complementario al tramo de investigación resuelto anualmente por la CNEAI y, entre las aportaciones que se valorarán preferentemente para su concesión, figuran: (i) la II transferencia a través de la formación
de investigadores'; (ii) la 11 transferencia del conocimiento propio a través de actividades con otras instituciones'; la 11 transferencia generadora de valor económico'; y, por último, la II transferencia generadora de valor social'.


Esta última se instrumenta mediante: (i) la participación en convenios o contratos con entidades sin ánimo de lucro o Administraciones Públicas para actividades con especial valor social; (ii) las publicaciones de difusión (como libros,
capítulos de libros o artículos); (iii) las actividades de difusión de la investigación en medios de comunicación audiovisual; o (iv) la difusión profesional.


Cuarto. El cuarto y último punto de los referidos -la 'transferencia generadora de valor social'- ha originado numerosas cuestiones en cuanto a su aplicación y su eventual reconocimiento en el campo de las ciencias sociales y las
humanidades. Y es que no resultan claros los criterios tomados en consideración por la ANECA a la hora de conceder o denegar este sexenio de transferencia gracias a méritos que, en potencia, son subsumibles dentro de este punto. Tampoco de en qué
medida la Resolución referida premia o promueve las actividades de transferencia realizadas a título oneroso sobre las que no tienen ese carácter.


En particular, y por lo que se refiere a las ciencias jurídicas, existe la percepción entre el profesorado universitario de que es harto más efectivo para la obtención del sexenio ocupar algún puesto en la Administración pública (Donde se
perciba una remuneración hasta dos veces superior a la que se obtiene en la Universidad) o dedicarse a prestar asesoramiento jurídico o a ejercer como abogado. Es amplia la opinión en este colectivo de que el sistema público premia la realización
de actividades extrauniversitarias en el sector privado, como consultor o como abogado, con una remuneración y, en su caso, con una reducción de docencia.


Por lo tanto, aquellos profesionales con inquietudes, con ganas de innovar y con vocación de materializar el fin de la Universidad como elemento de transferencia de conocimiento a la sociedad se ven obligados a acudir al sector privado para
incrementar su remuneración y estatus, y no a dedicarse a tiempo completo a la academia y a la investigación.


Quinto. En el ámbito de las ciencias jurídicas, recientemente hemos podido conocer que este sistema tiene como consecuencia que no sean valoradas para la concesión de este sexenio las publicaciones y estudios que el profesorado
universitario efectúe a través de canales alternativos, pero de enorme impacto en la difusión del conocimiento jurídico y, por qué no decirlo, muy recurrentes hoy en día como fuente de información doctrinal por operadores jurídicos que van desde la
judicatura hasta la abogacía.



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Se trata de contribuciones científicas -bien que al margen de lo ortodoxo- en la red social Twitter; en prestigiosos blogs de Internet (entre los que figuran Almacén de Derecho, Hay Derecho, Expansión, No se trata de hacer leer, Nada es
Gratis, Agenda Pública, Blog Derecho UAM o Verfassungsblog -este último de relevancia internacional en el Derecho público-); o en periódicos u otros medios de comunicación.


Más allá de la injusticia material que estas valoraciones puedan suponer, es legítimo pensar que la ANECA actúa con un elevado grado de discrecionalidad que se aleja, con mucho, de los márgenes de libertad de apreciación, opción y decisión
de la Administración en aquellos supuestos en que no todos los elementos de la potestad administrativa vienen concretados por la norma que la atribuye. Sería conveniente desglosar en mayor medida las magnitudes cuantitativas que sirven de
motivación para la toma de la decisión, ello siempre en el marco de la discrecionalidad técnica de la Administración reconocida legal y jurisprudencialmente.


Sexto. Lo descrito anteriormente, en lo que se refiere a las ciencias jurídicas, obliga a que el talento busque en el sector privado el reconocimiento y la remuneración que se le niega en la Universidad, quizás con la intención de regresar
después con mayor fuerza, legitimidad y capacidad de influencia.


Asimismo, los problemas que revela un estudio de la cuestión de los sexenios de 'investigación' y de 'transferencia del conocimiento' no hacen sino apuntar a una problemática mayor: la del estado de la investigación en España y la de su
vehiculización vía sexenios (y acreditaciones por la ANECA). Ello fomenta un modelo científico ineficiente y pernicioso para la excelencia, en tanto que está basado en el cuánto y no en el qué.


Su reformulación requeriría, inevitablemente, abrir un debate mayor sobre la efectividad de la autonomía universitaria y su funcionamiento estatalizado, en el que se plantee si las instituciones universitarias deberían poder funcionar de
manera totalmente autónoma, gestionando y contratando investigadores en función de sus potencialidades, como ocurre en el modelo alemán.


Este grupo parlamentario entiende que debe tenerse en cuenta que una buena investigación y una Universidad fuerte (no estatalizada, verdaderamente autónoma, transparente y con sana competitividad entre sus instituciones) es capital para el
presente y el futuro de nuestro país, y vital para superar la emergencia económica que seguirá a la emergencia de salud pública.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Promover la revisión de la naturaleza del sexenio de 'transferencia del conocimiento', redefiniendo sus objetivos y metas y adoptando las medidas necesarias para fomentar su funcionamiento como mecanismo efectivo de traspaso de
conocimientos de la Universidad a la sociedad.


2. En el sentido anterior, promover la contabilización entre la transferencia generadora de valor social' de la difusión de opiniones científicas jurídicas por vías actuales, asequibles, libres, cercanas a la sociedad y que ayudan al
intercambio de ideas y al fomento de la crítica, como las anteriormente referidas.


3. Mejorar la motivación de las resoluciones de la ANECA, de tal forma que, dentro del ámbito de la discrecionalidad técnica de una decisión administrativa, exista un mayor y mejor desglose de las magnitudes cuantificadas que sirven de base
a la toma de la decisión.


4. Promover la revisión del sistema universitario en España en cuatro grandes frentes, a saber: (i) la apertura del debate sobre su autonomía y el funcionamiento estatalizado de las Universidades; (ii) el modelo de investigación en
España: sus problemas e ineficiencias y su estrategia de servicio al país y a la sociedad para los próximos treinta años; (iii) el fomento de la excelencia universitaria mediante el establecimiento de la sana competencia entre estas instituciones
y la especialización por materias en atención a sus respectivas ventajas competitivas; (iv) la concentración del número de Universidades, fomentando la creación de grandes campus y de institutos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-Pedro Fernández Hernández y Mireia Borrás Pabón, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Común Podem-Galicia en Común, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la
Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades, relativa a la reducción de tasas universitarias.


Exposición de motivos


La educación pública y el acceso a la instrucción superior son, sin duda, dos de los principales instrumentos democráticos con los que cuenta nuestro país, pues contribuyen a corregir las desigualdades y alcanzar mayores cotas de progreso.


Las elevadas tasas universitarias, por el contrario, dificultan la consecución de este objetivo, convirtiendo la educación superior en un privilegio y obligando a muchos estudiantes a dejar de serlo por razones socioeconómicas.


El Real Decreto-ley 14/2012, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, supuso un importante aumento de las tasas universitarias. Si hasta entonces los estudiantes cargaban con alrededor del 15 % del
coste real de la enseñanza con el pago de sus matrículas, este decreto abrió la puerta a que las Comunidades Autónomas elevaran el coste de las primeras matrículas hasta un 25 %, y el de las segundas y terceras matrículas hasta un 40 % y 75 %
respectivamente. Desde 2012 se estima que el precio de los estudios de grado se ha incrementado casi un 30 % de media en el conjunto de España.


Aunque con posterioridad se han llevado a cabo correcciones parciales de los precios, no se han recuperado los niveles previos a la crisis económica y las tasas universitarias siguen representando un obstáculo considerable para el acceso a
la universidad. Según el informe Datos y Cifras del Sistema Universitario Español (Ministerio de Educación, Ciencia y Universidades, 2019), el precio público del crédito en el curso 2016-2017 para la primera matrícula ha sido de 18 euros en Grado,
25,4 euros en Máster habilitante y 33,9 euros en Máster no habilitante. Los precios varían ostensiblemente en función del grado de experimentalidad de las titulaciones y de la comunidad autónoma.


En segunda y posteriores matrículas, el sistema de precios públicos penaliza excesivamente al alumnado por falta de rendimiento sin tener en cuenta sus circunstancias. Además, en el curso 2017-2018 la tutela académica para elaborar la tesis
doctoral se ha incrementado en un 0,7 % con respecto al curso anterior y se sitúa en 225,4 euros de media.


Al precio de las matrículas hay que añadir otros gastos asociados a estudiar, los costes de residencia, transporte y manutención y el llamado coste de oportunidad, esto es, la imposibilidad de obtener ingresos por no incorporarse al mercado
de trabajo, de creciente relevancia a tenor de las nuevas metodologías de evaluación. Esta realidad, unida al consabido deterioro del sistema de becas y ayudas, ha minado la igualdad de oportunidades en el acceso a la universidad pública.


La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE), en su Decálogo de las universidades españolas a los partidos políticos para mejorar la Educación Superior, publicado el pasado 22 de abril de 2019, sostiene que 'la actual
política de becas y ayudas a los estudios no garantiza que nadie quede excluido del acceso a los estudios superiores por razones exclusivamente económicas', por lo que reclama un aumento de las becas y ayudas al estudio y la reducción de los precios
de las matrículas públicas.


Más recientemente, la CRUE ha constatado en su informe La Universidad Española en Cifras (2017/2018) que en nuestro país 'el 73 % de los estudiantes universitarios pagan tasas académicas, una proporción tan solo superada por Italia, Bélgica,
Holanda, Portugal y Reino Unido en el panorama de la UE-23 y donde de España mantiene un nivel de los precios de matrícula que se sitúa en el tercio más elevado de esos 23 países'. Asimismo, en este informe la CRUE concluye que los requisitos
académicos del sistema de becas han actuado como 'un factor excluyente para más de 45.000 alumnos que, cumpliendo las condiciones económicas para acceder y permanecer en la condición de becario, se ven abocados a que sus familias realicen un
esfuerzo económico suplementario y, en muchos casos, a tener que abandonar los estudios universitarios'.



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Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Derogar el Real Decreto-ley 14/2012, devolviendo los precios de grados y másteres a los niveles anteriores a 2012 en todos los supuestos y avanzando hacia la reducción progresiva de dichos precios.


2. Garantizar el acceso a la educación superior como un derecho al alcance de toda la sociedad, articulando los mecanismos necesarios para que nadie pueda quedar excluido por razones económicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


161/000818


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Común Podem-Galicia en Común, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la
Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades, relativa al impulso del Espacio Iberoamericano del Conocimiento.


Exposición de motivos


El Espacio Iberoamericano del Conocimiento (en adelante, EIC) se plantea como un espacio interactivo y de colaboración que abarca dos ámbitos principales: la educación superior y la investigación, desarrollo e innovación (l+D+i). Se trata
de una estrategia de cooperación desarrollada por los países iberoamericanos en el ámbito de la sociedad del conocimiento. Este espacio nace en 2005, durante la XV Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y Gobierno realizada en Salamanca
(España), y su objetivo consiste en la instauración de un ámbito geográfico, cultural, educativo, científico y tecnológico en el que los países iberoamericanos apuestan por compartir acciones y recursos que contribuyan al desarrollo sostenible y la
integración regional, con fundamento, en buena medida, en el bagaje cultural común del que forma parte relevante la lengua compartida. No hay que olvidar que el español es el segundo idioma más hablado en el mundo como lengua materna y, por tanto,
resulta un vehículo de formación universitaria, de difusión científica y de comunicación en el ámbito académico indudable.


Quince años después de su nacimiento, el EIC sigue siendo una prioridad y un eje estratégico fundamental para el desarrollo sostenible de la región tal y como quedó de manifiesto el pasado mes de noviembre de 2018 durante la XXVI Cumbre
Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y Gobierno ('Una lberoamérica próspera, inclusiva y sostenible'), que situó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible como el marco de referencia de dicha cooperación.


Desde esta perspectiva, la Cumbre, y de forma más detallada el 11 Plan de Acción de Cuatrienal de la Cooperación Iberoamericana (PACCI) para el periodo 2019-2022 aprobado durante la misma, reconocen en la Educación superior y, por tanto, en
la Universidad iberoamericana, un actor crucial en el impulso de los ODS. El II Plan considera así que la participación activa de las universidades (y de otras instituciones académicas y de investigación) constituye un elemento fundamental en el
desarrollo de la Agenda 2030. De Ahí que desde la Cumbre y a través del Foro de Responsables de Educación Superior se haya instado a que bajo la coordinación de la SEGIB y el Consejo Universitario Iberoamericano (CUIB), y con apoyo de la
Organización de Estados Iberoamericanos, se formule e implemente un Plan de Acción para promover la participación de las universidades en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.


Igualmente, dentro del marco del EIC, los Jefes y Jefas de Estado y/o de Gobierno de la XXVI Cumbre se comprometieron a continuar apoyando la movilidad académica y el intercambio académico y laboral para estudiantes, profesores e
investigadores iberoamericanos y fomentar el aseguramiento de la calidad de la educación superior en el Espacio Iberoamericano del Conocimiento, así como el refuerzo de la cooperación entre los respectivos sistemas nacionales de evaluación y
aseguramiento de la calidad y



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acreditación, promoviendo para ello la constitución del Sistema Iberoamericano de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.


Así pues, partiendo de la experiencia producto del trabajo realizado por las universidades españolas en el marco del EIC, podemos concluir que dentro de los grandes retos actuales del sistema universitario español está el de contribuir al
impulso de las estrategias y acciones que permitan alcanzar las metas previstas en la Agenda 2030.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Tomar todas las medidas necesarias para promover el Espacio Iberoamericano del Conocimiento (ElC) como espacio abierto a la circulación del saber y del talento iberoamericano, apoyando la participación de las universidades e
instituciones académicas y de investigación españolas para el logro de un desarrollo sostenible en toda la región.


2. Participar, dentro del marco del EIC, en la definición de los mecanismos para la implementación de una estrategia orientada a promover la innovación y armonización regional de la educación superior iberoamericana mediante el impulso del
desarrollo de marcos de cualificaciones.


3. Coordinar con la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) las medidas necesarias para la implementación, en lo que le corresponde a España,
del II Plan de Acción de Cuatrienal de la Cooperación Iberoamericana (PACCI) para el periodo 2019-2022, en lo que se refiere al impulso del Espacio Iberoamericano de Educación Superior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de mayo de 2020.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


161/000823


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley en la que se solicita restituir la
Comisión Delegada para Política Científica, Tecnológica y de Innovación suprimida por Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, para su debate en la
Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


La Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno, establece que corresponde a las Comisiones Delegadas como órganos colegiados del Gobierno: a) Examinar las cuestiones de carácter general que tengan relación con varios de los Departamentos
Ministeriales que integren la Comisión. b) Estudiar aquellos asuntos que, afectando a varios Ministerios, requieran la elaboración de una propuesta conjunta previa a su resolución por el Consejo de Ministros. c) Resolver los asuntos que, afectando
a más de un Ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros y d) Ejercer cualquier otra atribución que les confiera el ordenamiento jurídico o que le delegue el Consejo de Ministros.


La Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su artículo 41 establecía que 1) La Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica, Tecnológica y de Innovación será el órgano del Gobierno que llevará a
cabo la planificación y el seguimiento de la política científica, tecnológica y de innovación, la coordinación entre los departamentos ministeriales y aquellas otras tareas que esta ley y el Gobierno le atribuyan en dichas materias. 2) El Gobierno
determinará su composición y funciones, y podrá autorizar la delegación de las funciones que expresamente determine en otros órganos de inferior nivel y 3) La Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica, Tecnológica y de Innovación
determinará el procedimiento por el que se evaluarán los resultados de la ejecución de la política científica,



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tecnológica y de innovación, a cuyo fin deberá realizarse un informe con carácter mínimo bienal en el que específicamente se contemplarán los resultados del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y del Plan Estatal de Innovación.


La Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica, Tecnológica y de Innovación ha sido determinante desde su constitución en 1963 al ser el órgano colegiado del Gobierno responsable de la planificación y el seguimiento de la
política científica, tecnológica y de innovación y para la coordinación de las actuaciones de los departamentos ministeriales.


El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en su Disposición final tercera, suprime el artículo 41 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que queda sin contenido. Este artículo es el que recogía la Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica, Tecnológica y de Innovación.


Por tanto, es urgente restituir la Comisión Delegada para Política Científica, Tecnológica y de Innovación, más aún cuando es necesario aprobar la nueva Estrategia Española de Ciencia, Tecnología y de Innovación así como sus Planes
específicos, por lo que consecuentemente, es urgente modificar la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación al objeto de restituir la Comisión Delegada de Gobierno de Ciencia, Tecnología y de Innovación en su artículo
41.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a restituir la Comisión Delegada para la Política Científica, Tecnológica y de Innovación tal y como recogía el artículo 41 a la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación, asumiendo de nuevo las competencias de planificación y seguimiento de la política científica, tecnológica y de innovación, la coordinación entre los departamentos ministeriales y aquellas otras tareas que la citada ley y el Gobierno le
atribuían en dichas materias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-María Sandra Moneo Díez, Pedro Navarro López, María Jesús Moro Almaraz, Juan Luis Pedreño Molina, Elena Castillo López, Ana María Pastor Julián, Mario Cortés Carballo, Vicente
Betoret Coll y Eduardo Carazo Hermoso, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000830


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Mireia Borrás Pabón, D. Juan José Aizcorbe Torra en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo dispuesto en los artículos 124 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas de apoyo a las Startups, para paliar las consecuencias negativas de la COVID-19, para su debate ante la Comisión de Ciencia,
Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


Primero. Ante la emergencia nacional de la COVID-19, muchos sectores se han visto afectados; sin embargo, esta situación puede ser una oportunidad para que se aceleren los procesos de innovación. Así sucede, por ejemplo, con las startups,
las cuales están afrontando desafíos pero también se están viendo favorecidas por la consolidación de cambios que pueden generar nuevas oportunidades.


En esta crisis se ha visto cómo las startups que ya existen pueden mejorar su posición de forma más rápida que en un contexto de normalidad, concretamente aquellas dirigidas a la creación de plataformas globales que utilizan tecnologías
sofisticadas como el 5G, robótica, IoT o el blockchain. Las Administraciones Públicas, por su parte, deben reaccionar de una forma rápida y ágil, lo que beneficiará que vivamos un auge de las ciudades inteligentes, la digitalización administrativa
y el big data. En otros muchos sectores, la COVID-19 será un acelerador para el trabajo remoto y la educación en línea.



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Segundo. Actualmente, las startups cuya actividad no se ha visto mermada a causa del coronavirus son las centradas en la salud, la ciberseguridad y la logística, pero muchas de las compañías emergentes han quedado prácticamente sin
actividad, viéndose obligadas a solicitar expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) para aliviar sus costes fijos. La crisis de la COVID-19 ha dejado a las startups en una posición especial de riesgo, ya que se trata de compañías que
invierten gran parte de sus ganancias en crecer, disponen de poca liquidez y se trata de un sector estratégico que por cada euro público genera cuatro en el privado.


El gran problema con el que se encuentran las startups ante la crisis de la COVID-19 es el de su supervivencia, ya que muchas de estas conseguirán hibernar dos o tres meses, es decir a corto plazo, gracias a algunas de las medidas adoptadas
por el Gobierno como el aplazamiento de impuesto; sin embargo, para el largo plazo necesitarán inyección de liquidez. Por ejemplo, el Gobierno del Reino Unido, dirigido por el Primer Ministro, Sr. Boris Johnson, ha lanzado un fondo de 1.000
millones de euros destinados exclusivamente para startups tecnológicas; en Francia, se ha aprobado un plan específico a startups por valor de 4.000 millones de euros y en otros países europeos ya están sacando medidas destinadas exclusivamente a
este sector.


Tercero. La gran preocupación por la financiación de las startups en España se produce a consecuencia de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre el régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el
exterior, ya que se suspende el régimen de todas aquellas inversiones realizadas por residentes de países de fuera de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio. Esta suspensión veta la posibilidad de que puedan financiarse con
fondos norteamericanos o asiáticos y se establece de la siguiente manera en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo:


'Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.


Se modifica la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, en los siguientes términos.


Uno. Se añade un artículo 7 bis con la siguiente redacción: 'Artículo 7 bis. Suspensión del régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España.


1. A efectos de lo establecido en este artículo se consideran inversiones extranjeras directas en España todas aquellas inversiones realizadas por residentes de países fuera de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio
cuando el inversor pase a ostentar una participación igual o superior al 10 por 100 del capital social de la sociedad española, o cuando como consecuencia de la operación societaria, acto o negocio jurídico se participe de forma efectiva en la
gestión o el control de dicha sociedad.


2. Queda suspendido el régimen de liberalización de las inversiones extranjeras directas en España, que se realicen en los sectores que se citan a continuación y que afectan al orden público, la seguridad pública y a la salud pública. En
concreto, los sectores son los siguientes:


a) Infraestructuras críticas, ya sean físicas o virtuales (incluidas las infraestructuras de energía, transporte, agua, sanidad, comunicaciones, medios de comunicación, tratamiento o almacenamiento de datos, aeroespacial, de defensa,
electoral o financiera, y las instalaciones sensibles), así como terrenos y bienes inmuebles que sean claves para el uso de dichas infraestructuras, entendiendo por tales, las contempladas en la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen
medidas para la protección de las infraestructuras críticas.


b) Tecnologías críticas y productos de doble uso tal como se definen en el artículo 2, apartado 1, del Reglamento (CE) número 428/2009 del Consejo, incluidas la inteligencia artificial, la robótica, los semiconductores, la ciberseguridad,
las tecnologías aeroespaciales, de defensa, de almacenamiento de energía, cuántica y nuclear, así como las nanotecnologías y biotecnologías.


c) Suministro de insumos fundamentales, en particular energía, entendiendo por tales los que son objeto de regulación en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en la ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
Hidrocarburos, o los referidos a materias primas, así como a la seguridad alimentaria.



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d) Sectores con acceso a información sensible, en particular a datos personales, o con capacidad de control de dicha información, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.


e) Medios de comunicación.'


Cuarto. Posteriormente, en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19, se refuerzan algunas de las medidas adoptadas en
el Real Decreto-ley 8/2020, relativas al control de las inversiones exteriores para aumentar la resistencia del sistema financiero español frente a posibles vaivenes de los mercados, y se establece un procedimiento ágil para la tramitación de las
mismas y un mecanismo transitorio para aquellas inversiones que están en curso.


Se amplía el ámbito de aplicación de la suspensión del régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España por motivos de seguridad pública, orden público y salud pública en los principales sectores
estratégicos de nuestro país, que se estableció en el citado artículo 7 bis del Real Decreto-ley 8/2020, y que ahora se extiende también a las realizadas por inversores residentes en países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre
Comercio, cuando dichos inversores están controlados por entidades residentes fuera de ese ámbito territorial. También se considera necesario agilizar el procedimiento para la tramitación y resolución de determinadas solicitudes de autorización
previa de inversiones exteriores, que se introduce en la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 11/2020 un régimen procedimental transitorio para las operaciones que ya estuvieran en curso al entrar en vigor el nuevo artículo 7 bis de
la Ley 19/2003 y para aquellas cuyo importe esté comprendido entre 1 y 5 millones de euros, eximiéndose de la necesidad de autorización previa las operaciones de menos de 1 millón de euros.


Quinto. Por lo tanto, es necesario cerrar rondas de financiación a la mayor brevedad para atraer la inversión de mercados internacionales y desde el grupo Parlamentario VOX pedimos que se apoye a las startups y se les otorgue un papel
central en sus planes de crecimiento en respuesta a la recesión económica, estableciendo, por ejemplo, un grupo de trabajo nacional que incluya un embajador de startups para establecer un diálogo continuo entre gobiernos y comunidades de
startups/innovación y, a su vez, una ventanilla única para informar a las nuevas empresas y proporcionarles acceso a todas las herramientas disponibles para hacer frente a la crisis.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Flexibilizar tanto el proceso de concesión y suscripción como la devolución de préstamos y créditos públicos, particularmente aquellos derivados de programas públicos de ayuda a la I+D+i, al emprendimiento, la creación y el crecimiento
de las empresas.


2. Agilizar los trámites para el reconocimiento y, en su caso, el pago de las devoluciones de impuestos (en particular, el IVA) a este tipo de empresas (startups).


3. Incrementar la competitividad del sistema de monetización de la deducción fiscal de I+D, flexibilizando los requisitos que restan seguridad en la aplicación del incentivo y definiendo procedimientos más ágiles.


4. Exonerar la cuota de autónomos del sector del emprendimiento durante al menos 3 meses, empezándose a contar dicho plazo desde la finalización del Estado de alarma o mientras se recobre cierta normalidad económica.


5. Promover las modificaciones legales para que la suspensión del régimen de liberalización de las inversiones extranjeras en España afecte únicamente a las entidades cotizadas y a las no cotizadas que no sean Pymes.


6. Realizar las modificaciones precisas para que la línea de avales incluya a las empresas de base tecnológica con criterios específicos de facturación para dar cabida a 'startups' (compañías que no tienen ratios económicas tradicionales).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2020.-Mireia Borrás Pabón y Juan José Aizcorbe, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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161/000836


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre adopción de medidas de
compensación a las Universidades Públicas por el cambio en el sistema de precios públicos y por el incremento de costes derivados de la crisis COVID-19, así como la consecuente mejora del sistema de becas, para su debate en la Comisión de Ciencia,
Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades establece en su artículo 81 que los precios públicos los establecen las CC.AA. Dicho artículo fue modificado mediante el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de
racionalización del gasto público en el ámbito educativo, en el que se establecía por primera vez el sistema de horquillas para precios públicos para las enseñanzas oficiales universitarias de grado y máster, a fin de que las Universidades, en un
momento de una grave crisis económica a nivel mundial, pudiesen obtener mayores ingresos.


El pasado 5 de mayo, el Consejo de Ministros aprobó nuevamente una reforma legal, derogando el sistema de horquillas establecido en el RDL 14/2012, incorporando en el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de
apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, una disposición final (sexta), que nada tiene que ver con el objeto del Real Decreto-ley, con la que se modifica nuevamente la Ley
Orgánica 6/2001 de Universidades.


Dicha disposición reforma el párrafo b) del apartado 3 del artículo 81 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en los siguientes términos: 'Los ingresos por los precios públicos por servicios académicos y demás
derechos que legalmente se establezcan. En el caso de estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, los precios públicos y derechos los fijará la Comunidad Autónoma, dentro de los
límites máximos que establezca la Conferencia General de Política Universitaria, y que estarán relacionados con los costes de prestación del servicio. Asimismo, se consignarán las compensaciones correspondientes a los importes derivados de las
exenciones y reducciones que legalmente se dispongan en materia de precios públicos y demás derechos'.


El objetivo del Ministerio de Universidades es la reducción este primer año de las tasas de primera matrícula de Grado, para poder reducir progresivamente el resto de las tasas de grado y Máster, hasta llegar, según manifestación del
Ministro Castells, a la completa gratuidad de los estudios universitarios cuando sea posible.


Con esta medida, de claro carácter político-programático, adoptada por sorpresa, sin previo acuerdo con las administraciones universitarias competentes, en plena crisis de COVID-19 y durante la prórroga del estado de alarma, se retorna al
procedimiento vigente hasta 2011, que establecía unos precios máximos de referencia, iguales para toda España, sobre los que luego las distintas comunidades autónomas fijaban las tasas de los distintos estudios universitarios en sus territorios.
Pero se hace, además, sin un previo análisis de la repercusión económica, ni de quien asumirá la compensación de la pérdida de un mínimo del 5 % de los ingresos de las Universidades públicas, y sin disponer de un compromiso de los responsables
presupuestarios del Gobierno para disponer de una partida económica con ese fin, puesto que la decisión ha sido unilateral y partidaria, olvidando el interés general que debe ser el principio que presida las decisiones del Gobierno de todos los
españoles, lo que constituye una actuación autoritaria y abusiva, en plena crisis sanitaria, social y económica de España, y un claro ataque a la solvencia económica de las Universidades.


Son la propias CC.AA., junto con las Universidades, las que advierten del peligro de tomar dicha decisión, sin que exista un estudio económico del impacto y la compensación económica asociada, que afecta directamente a las 50 universidades
públicas de nuestro país y que, estimaciones iniciales, indican puede acercarse a los 1.000 millones de euros.


En una situación tan excepcional, sin preocuparse de los graves retos que está teniendo que asumir la Universidad española para afrontar el curso académico en confinamiento de todos los ciudadanos y con



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los centros de estudios cerrados, primero aprueba el ROL sin debatir, ni siquiera informar a las administraciones competentes, y con la medida aprobada, convoca a CC.AA. y Universidades para comunicarles que son ellas las que tienen que
realizar la estimación de lo que supondrá dicha medida y fijar el precio máximo. El Ministerio de Universidades, amparado en el Estado de Alarma, ha obviado la inclusión de la pertinente memoria de impacto económico. Ante ello, es necesario
preguntar -y así lo hicimos- al ministro: ¿Quién tendrá que asumir el coste de dicha decisión? ¿Acabarán asumiéndolo las propias Universidades?


Comprobamos la irresponsable improvisación en la adopción de una medida con tan importantes consecuencias económicas, de impacto inmediato, y que obliga a adoptar decisiones rápidas ante la incertidumbre del final de la crisis y las muy
oscuras perspectivas económicas. Sin una previsión del Ministerio de Hacienda, y por lo dicho por el propio ministro al no asegurar su importe, mucho nos tememos que quien va a soportar el coste de esta medida será la propia Universidad. Cuando
menos, supone una acción arriesgada que tendrá efectos en la calidad de los servicios que tienen que prestar las universidades, con mayor motivo en un momento en el que han tenido que asumir costes imprevistos, vaticinándose otros cuantiosos para
adaptar los centros a las medidas sanitarias como consecuencia de la crisis, dejándolas en una mala situación debido a una decisión adoptada por el propio ministro de Universidades, que es a quien corresponde apoyarlas y favorecerlas o, en todo
caso, no perjudicar su situación financiera.


El propio ministro en su comparecencia el día 7 de mayo, en el Congreso de los Diputados, ante la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades, reconocía haber comunicado dicha decisión con posterioridad, tanto a las CC.AA. como a las
Universidades, sin tener claro el impacto económico de la misma. El señor Castells les requiere ahora con urgencia a cada una de ellas los datos oportunos, sin la existencia de una partida compensatoria que tanto el ministro de Universidades como
la ministra de Hacienda pudiesen comprometer, agravando así la frágil situación económica de las Universidades.


Dicha decisión política se ha impuesto, sin tener en cuenta la gravedad de la crisis que cambia todos los escenarios posibles, y que todo apunta, según las propias estimaciones del Gobierno, a una crisis económica sin precedentes.


Así pues, el liberalismo del que hace gala el propio ministro, poniendo en valor a ciertas universidades, singularmente a la UOC; junto con su forma de actuar, sin diálogo ni consenso, apartado de la realidad universitaria española, pone en
peligro el propio sistema universitario público. Debería tener claro el ministro de Universidades que la responsabilidad del gobernante hace imposible que la voluntad individual sea el único criterio para diseñar y ejecutar políticas: El 'querer'
únicamente no basta.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Garantizar una dotación suficiente para la aplicación de la disposición final sexta del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo. Se trata de una medida que no ha sido dialogada ni consensuada con las CC.AA. ni con las Universidades y
que, bajo las circunstancias actuales, sin esa dotación, puede resultar fatal para las universidades públicas.


2. Aprobar una línea de ayudas del Ministerio para que las Universidades puedan afrontar el nuevo escenario para el curso 2020-21 de incremento de costes, -por adaptación de sus infraestructuras a las medidas de seguridad sanitaria y para
el refuerzo o mejora de los instrumentos necesarios derivados de la implantación de la enseñanza bimodal en todas las Universidades presenciales-, dadas las expectativas anunciadas por el Gobierno y la OMS.


3. Destinar el ahorro derivado de la aplicación de esta medida por parte del Gobierno, respecto a las becas de matrícula, como consecuencia de la disminución del precio del crédito universitario, a la mejora y refuerzo del propio sistema de
becas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2020.-María Jesús Moro Almaraz, María Sandra Moneo Díez, Pedro Navarro López y Elena Castillo López, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.



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Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000825


A la Mesa de la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de la Diputada Marta Rosique i Saltor, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre PNL sobre el
pago de la deuda soberana en el contexto de crisis del COVID-19, para su debate en instancia en la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


Exposición de motivos


La pandemia del COVID-19 ha puesto a prueba los sistemas sanitarios de todos los países del mundo, poniendo de manifiesto hasta qué punto es importante disponer de sistemas públicos fuertes y bien dotados de recursos.


La pandemia, en primera instancia, ha provocado una crisis sanitaria, pero las medidas sanitarias mínimas requeridas para evitar el colapso de los centros sanitarios, dada la agresividad del virus y los cuidados que, por lo tanto, acaban
requiriendo gran parte de los pacientes, ha acabado generando también una crisis económica y social. La paralización de la economía a escala mundial ha generado pérdidas generalizadas, pero también un aumento en las cifras del paro. Así pues, nos
encontramos frente a una crisis humanitaria a escala global que va a requerir la aplicación de medidas valientes y contundentes, que vayan a la raíz del problema.


Como decíamos, si el COVID-19 ha demostrado algo es cómo de indispensables son los sistemas públicos fuertes para hacer frente a este tipo de situaciones de emergencia, así como tener capacidad de maniobra en lo que se refiere a modificar
partidas presupuestarias para poder hacer frente a las situaciones sobrevenidas.


La mayoría de países del mundo encuentran grandes dificultades a la hora de poder aumentar los recursos económicos de los cuales disponen para hacer frente a las situaciones de emergencia debido a los compromisos adquiridos a través de la
deuda. Este hecho, que afecta especialmente a los países más pobres, acaba generando que el pago de la deuda a acreedores internacionales pase por delante de la vida de sus ciudadanos y ciudadanas, que ven como sus condiciones de vida empeoran más
aún sin que el Estado les brinde ninguna ayuda.


Es por esto que muchas ONG y otras entidades vinculadas al mundo de la cooperación han puesto encima de la mesa propuestas basadas en moratorias, alivios y condonaciones de la deuda soberana de los países más empobrecidos con el objetivo de
que sus Gobiernos puedan disponer de estos recursos 'extra' para poder hacer frente a la crisis sanitaria, económica y social.


Incluso instituciones multilaterales de financiación como el Banco Mundial o el Fondo Monetario Internacional fueron de los primeros en reaccionar a la propuesta lanzada desde Naciones Unidas, vista también con buenos ojos por el G20, para
poner una solución a la crisis de deuda en la cual muchos países podrían caer a raíz de la pandemia. Y es que a medida que se expandía la pandemia, también lo hacían las consecuencias económicas: ya el 23 de marzo, el FMI mostraba su preocupación
por las consecuencias económicas del COVID-19 cuando detectaron que se habían retirado 83.000 millones de dólares de los mercados de los países emergentes.


Pero la solución planteada por estas instituciones internacionales no va a permitir que las finanzas estatales se puedan centrar en la gestión de la crisis, y es que una moratoria de los pagos de la deuda de entre seis y nueve meses solo
conseguirá atrasar los pagos, no hacer que desaparezcan; en definitiva, los recursos para reforzar el sistema público van a tener fecha de caducidad. Además, junto con el anuncio de la creación de nuevos mecanismos y fondos de emergencia, aparece
un nuevo problema: la posibilidad de que estos nuevos mecanismos de financiación acaben generando nueva deuda. Algo que hay que evitar a toda costa si no se quiere generar sobre-endeudamiento.


El Estado español debe contribuir, en el panorama internacional, a poner encima de la mesa las propuestas que permitan a los países más vulnerables salir de la crisis generada por la pandemia del COVID-19 protegiendo a su población ya que,
al fin y al cabo, debe de ser el objetivo de todo gobierno.



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Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el Gobierno español a:


1. Llevar a cabo una condonación total de la deuda bilateral para los países más empobrecidos según la clasificación de instituciones internacionales como el Fondo Monetario Internacional.


2. Llevar a cabo una condonación parcial de la deuda bilateral a través de la cancelación del principal, intereses y cargos de toda la deuda soberana para el resto del 2020, así como un alivio de la deuda a partir de 2021, a los países en
vías de desarrollo.


3. Promover, en las instituciones internacionales oportunas, las medidas expuestas en los puntos 1 y 2 respecto a la deuda multilateral.


4. Apoyar en la Organización de Naciones Unidas la propuesta de creación de una autoridad que ayude al alivio de deuda soberana.


5. Apoyar la creación de mecanismos de financiación y fondos de emergencia en el contexto de las instituciones multilaterales siempre y cuando estos no contribuyan a generar nueva deuda.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Marta Rosique i Saltor, Diputada.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/000807


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª María Teresa López Álvarez, D. Juan Pablo Calvo Liste, D.ª Rocío De Meer Méndez, D.ª Lourdes Méndez Monasterio y D.ª María de los Reyes Romero Vilches, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la mejora de los procedimientos de declaración de tutela
administrativa de menores en situación de desamparo, para su discusión en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia.


Exposición de motivos


Primero. Protección pública de la familia y de los menores. El artículo 39 de la Constitución Española (CE) tiene una doble vertiente: por un lado, obliga a los poderes públicos a proteger la institución familiar; por otro, compele a los
padres a prestar la debida asistencia a sus hijos. El citado artículo señala expresamente lo siguiente:


'1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.


2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la
paternidad.


3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.


4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.'


El parágrafo cuarto enuncia la protección de los menores, la cual no solo goza de un efectivo reconocimiento del ordenamiento jurídico nacional e internacional, sino que además se ha erigido en principio hermenéutico básico del Derecho de
Familia: el interés superior del menor.


De igual manera, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LOPJM), proclama en su



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artículo segundo 'la primacía del interés superior de los menores sobre cualquier interés legítimo que pudiera concurrir'.


En el ámbito internacional, la protección infantil surge con la Declaración de los Derechos del Niño, que proclamó Naciones Unidas en su resolución 1386 de 20 de noviembre de 1959, que establece que, 'siempre que sea posible, el niño deberá
crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material'.


Por otra parte, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño del 20 de septiembre de 1989, recoge el derecho de los menores a no ser maltratados y a ser protegidos por las entidades públicas del estado.


Segundo. Regulación jurídica de la situación de desamparo. La constatación de que un menor se halla en situación de riesgo o desamparo justifica la intervención de los poderes públicos, pues en ambos casos se considera que el menor se
halla en una situación de desprotección que debe ser paliada.


El artículo 172.1.2 del Código Civil Español recoge la definición de situación de desamparo, señalando que 'se considera como situación de desamparo la que se produce de hecho a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio
de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material'.


Por tanto, es necesario que se dé esta situación, a partir de la cual, será la Administración la que constituya una tutela 'ex lege' y adopte, mediante resolución administrativa, todas las medidas de protección necesarias para la guarda del
menor.


No obstante, las medidas de intervención de la Administración en el ámbito de protección de los menores no están encaminadas a que ella misma detente, de manera indefinida, la tutela de estos. Lo que la ley prima en la guarda o tutela
administrativa es la transitoriedad 15, puesto que esta situación implicará la separación de los menores respecto de sus familias.


El criterio al que la Administración debe atender para saber cuándo ha de intervenir en aras de la protección de los menores es que se produzca efectivamente una situación de desamparo, definida en el artículo 172 del Código civil citado y
que reitera el artículo 18 de la LOPJM, en su apartado segundo, señalando expresamente que:


'2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 172 y siguientes del Código Civil, se considerará situación de desamparo la que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de
protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.


La situación de pobreza de los progenitores, tutores o guardadores no podrá ser tenida en cuenta para la valoración de la situación de desamparo. Asimismo, en ningún caso se separará a un menor de sus progenitores en razón de una
discapacidad del menor, de ambos progenitores o de uno de ellos'.


Añade dicho artículo una serie de indicadores que, si se producen de manera grave y constituyen una amenaza para la integridad física o mental del menor, deben considerarse un criterio de desamparo, entre otros:


- Abandono del menor.


- Transcurso del plazo de guarda voluntaria.


- Riesgo para la vida, salud e integridad física, mental o moral del menor, así como para el adecuado desarrollo de su personalidad.


- Incumplimiento o el imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de guarda como consecuencia del grave deterioro del entorno o de las condiciones de vida familiares.


- Inducción a la mendicidad, delincuencia o prostitución, o cualquier otra explotación del menor.


- Ausencia de escolarización o falta de asistencia reiterada y no justificada adecuadamente al centro educativo.


- Y, en síntesis, cualquier otra situación gravemente perjudicial para el menor que traiga causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de la patria potestad, la tutela o la guarda, cuyas consecuencias no puedan ser
evitadas mientras permanezca en su entorno de convivencia.


15 Ello se regula en los artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (en adelante, LOPJM).



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Sin embargo, previamente al desamparo puede producirse otra situación, cualitativamente menor, a la cual el artículo 17 de la LOPJM denomina 'situación de riesgo' 16. En estos casos, la intervención de la Administración Pública competente
deberá garantizar, en todo caso, los derechos del menor y se orientará a disminuir los indicadores de riesgo y dificultad que incidan en la situación personal, familiar y social en que se encuentra, y a promover medidas para su protección y
preservación del entorno familiar. Debe dirigirse, en todo caso, a evitar que empeore el perjuicio que aqueja al menor para prevenir que devenga en desamparo. En el ínterin de la situación de riesgo el menor permanecerá en su entorno familiar, por
lo que se respetarán la patria potestad y la custodia de quien hasta el momento las viniese detentando.


Si el riesgo para el menor aumenta y la Administración competente constata que aquel se encuentra en situación de desamparo está obligada, en virtud del artículo 18 LOPJM citado, a asumir su tutela por ministerio de la ley 'adoptando las
oportunas medidas de protección y poniéndolo en conocimiento del Ministerio Fiscal y, en su caso, del Juez que acordó la tutela ordinaria'. Es la llamada'tutela administrativa' o' por ministerio de la ley' 17.


Las normas en materia de tutela administrativa están guiadas en todo momento por varios criterios 18: como regla general, buscar siempre el interés del menor; procurar que, una vez se separa a este de su familia de origen, se revierta en
lo posible la situación si cambian las circunstancias; intentar que no se separe a los hermanos de una misma familia; garantizar la supervisión por parte de la Fiscalía, de la tutela, guarda y acogimiento de los menores 19.


En este sentido y según expresó el Defensor del Pueblo en un estudio publicado en 2014, la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en 1989 por Naciones Unidas y suscrita por España el 31 de diciembre de 1990, 'dispone en el artículo
9 20 que los niños no han de ser separados de sus padres contra la voluntad de estos y somete la decisión de separarlos -considerándola un mal menor- a una triple exigencia: que resulte necesaria para el superior interés del niño, que el proceso
esté regulado legalmente y que quepa, en todo caso, revisión judicial de las decisiones que se adopten' 21.


Tercero. Procedimiento legal para la declaración de desamparo. Del artículo 172 del Código Civil citado se desprende que cuando la Entidad Pública competente constate que unos padres o tutores no están cumpliendo adecuadamente con sus
obligaciones para con sus hijos o tutelados menores debe intervenir. El alcance de su actuación variará en función de si la situación del menor es de riesgo o de desamparo.


En caso de que se detecte a un menor en situación de riesgo, la Administración Pública competente llevará a cabo una valoración de la situación de riesgo que conllevará la elaboración y puesta en marcha de un proyecto de intervención social
y educativo familiar que deberá recoger los objetivos, actuaciones, recursos y previsión de plazos, promoviendo los factores de protección del menor y manteniendo a este en su medio familiar.


La situación de riesgo será declarada por la Administración Pública competente conforme a lo dispuesto en la legislación estatal y autonómica aplicable mediante una resolución administrativa motivada, previa audiencia a los progenitores,
tutores, guardadores o acogedores y del menor si tiene suficiente madurez y, en todo caso, a partir de los doce años.


16 'Se considerará situación de riesgo aquella en la que, a causa de circunstancias, carencias o conflictos familiares , sociales o educativos , el menor se vea perjudicado en su desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su
bienestar o en sus derechos de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia que fundamentarían su declaración de situación de desamparo y la asunción de la tutela por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de la
administración pública competente, para eliminar, reducir o compensar las dificultades o inadaptación que le afectan y evita r su desamparo y exclusión social, sin tener que ser se parado de su entorno familiar'.


17 Regulada también en el artículo 222.4.º del Código Civil .


18 Sobre el particular, véanse los artículos 172.4, 172.5 y 173.3 del Código Civil, 2, 9, 10, 11, 14, 21, 24, D. A.3.ª y D. F. 20.ª de la LOPJM, 3.1 de la Convención de los Derechos del Niño y 8.14 de la Carta Europea de los Derechos del
Niño.


19 Cfr. VV.AA., Protección Jurídica del Menor, Colex, Madrid, 2014, pp. 134-135.


20 '1.Los Estados Partes velarán porque el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de estos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos
aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando
estos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño.?2.En cualquier procedimiento entablado de conformidad con el párrafo 1 del presente artículo, se ofrecerá a todas las partes interesadas la oportunidad de
participar en él y de dar a conocer sus opiniones.?3.Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que esté separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es
contrario al interés superior del niño.'


21 Defensor del Pueblo, Estudio sobre la escucha y el interés superior del menor. Revisión judicial de medidas de protección y procesos de familia, Madrid, mayo 2014, pp. 24-25.



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Sin embargo, en los supuestos en que la Administración Pública competente para apreciar e intervenir en la situación de riesgo estime que existe una situación de desprotección que puede requerir la separación del menor de su ámbito familiar
o cuando, concluido el período previsto en el proyecto de intervención o Convenio, no se hayan conseguido cambios en el desempeño de los deberes de guarda que garanticen que el menor cuenta con la necesaria asistencia moral o material, lo pondrá en
conocimiento de la Entidad Pública a fin de que valore la procedencia de declarar la situación de desamparo, comunicándolo al Ministerio Fiscal.


Según las cifras ofrecidas más recientemente por el Ministerio de Sanidad, el número de menores tutelados por la Administración y atendidos por el sistema de protección a la infancia en 2018 fue de 40.828. De ellos, un 52 % vive en centros
residenciales, mientras que el 42 % restante está con familias de acogida.


Cuarto. Problemas derivados del actual procedimiento de cuidado de los menores en desamparo. El régimen regulatorio descrito destaca por ser expeditivo, en atención a la urgencia de atención de los menores en peligro. Ahora bien, un
riesgo derivado de esa rapidez es que produzca un detrimento de la seguridad jurídica y de los derechos de los involucrados, como ha ocurrido en numerosos casos.


Uno de los más mediáticos ha sido el de Laura Allongo. Ella y su pareja trajeron de Nigeria al sobrino de él, menor de edad, gravemente enfermo, y se hicieron cargo de él durante tres años. Cuando solicitaron ayuda a los servicios
sociales, en lugar de ayudar a que se formalizase la adopción del menor por parte de Laura y su pareja, les retiraron la custodia de este y lo dieron en adopción a otra familia. Laura lleva varios años intentando, en vano, recuperarlo, en una pugna
con la Administración que parece no tener fin. Los criterios seguidos por la Administración durante este proceso parecen ser dudosos, oscuros y sumamente cuestionables.


Casos similares se dan a conocer frecuentemente en los medios de comunicación. Y es que, nuevamente citando las estadísticas del Ministerio de Sanidad de 2018, solo 1.774 de los 19.051 menores que salieron ese año de los centros de menores
lo hicieron para regresar con sus familias.


En junio de 2018, un buen número de personas que atraviesan circunstancias análogas se manifestaron en Madrid para pedir que se les devolviese la patria potestad de sus hijos retirada de forma injusta. En otra ocasión varias madres hicieron
huelga de hambre ante la Fiscalía General del Estado por esta misma razón. Incluso se han creado varias asociaciones 22 específicamente con el fin de unir a los miles de personas desesperadas por la pérdida de sus hijos o tutelados a manos de la
Administración.


Y es que una regulación tan poco detallada (no hay más que ver, como ejemplo de ello, la amplitud legal del propio concepto de desamparo) se presta a que, en el seno de los procesos de tutela administrativa, se cometan irregularidades.
Algunas de las anomalías o vulneraciones denunciadas por particulares y por diversas asociaciones 23 son las siguientes:


- Que la declaración de desamparo es un trámite meramente administrativo. Y que, dadas sus gravísimas consecuencias, debiera ser un Juez quien lo acordase en todo caso, con las debidas garantías procesales, incluida la de ser asesorado las
parte por un Letrado. La Administración no debería tener, en su opinión, competencias absolutas sobre el destino de los niños y el futuro de sus familias.


- Que los criterios para considerar la existencia del desamparo son etéreos, inconcretos y manipulables a voluntad de la Administración de turno, lo que genera una gran indefensión a las familias.


- Que la cualificación de los miembros de los servicios sociales no está garantizada, e incluso en ocasiones ni siquiera firman los informes consignando su número de colegiado profesional. Es decir, se pone en manos de profesionales de
dudosa competencia el devenir de muchos menores y de sus familias.


- Que los expedientes de los servicios sociales son secretos hasta que se decreta el desamparo, por lo que las familias no pueden tener acceso a ellos ni conocer de primera mano cuáles son los problemas que se les imputan, ni la forma de
remediarlos para mantener a sus hijos con ellos. Y, cuando pueden por fin verlos, no se les permite impugnarlos ante instancia alguna, en caso de considerar que no reflejasen la realidad o adoleciesen de cualquier otro vicio.


- Que las entrevistas entre los padres y los profesionales que instruyen el expediente de riesgo o de desamparo no pueden ser grabadas, ni desarrolladas en presencia de Letrado, aunque las familias lo pidan. Lo cual hace inviable cualquier
ulterior reclamación por falta de pruebas.


22 Marea Turquesa es la más conocida. Incluso ha interpuesto una denuncia ante la Fiscalía General del Estado por esta razón.


23 Entre ellas: Asociación para la Defensa del Menor, Aldeas Infantiles SOS, Save the Children, Stop Impunidad Maltrato Infantil, Asociación para la Defensa de los Derechos de los Niños y las Niñas y Real Rights for Children Stop
Desamparament.



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- Que se aparta a los menores de sus familias con excesiva facilidad, en lugar de dedicar más tiempo y recursos por parte de los servicios sociales al trabajo conjunto con los menores en el seno de sus familias de origen.


- Y que, por el contrario, los trámites para recuperar su patria potestad son titánicos, lo que muestra que no se respeta el criterio de la temporalidad de la intervención administrativa ni se procura la restitución de los menores a sus
familias. De hecho, los planes de trabajo que los servicios sociales realizan y entregan a las familias para poder, en teoría, recuperar a los menores, son con frecuencia tan inalcanzables que hacen imposible a dichas familias la consecución de tal
objetivo.


- Que las visitas con los menores, una vez la Administración asume su tutela, son muy escasas y se realizan bajo vigilancia, por lo que el contacto de los menores con sus padres o tutores es cada vez menos frecuente y espontáneo hasta,
finalmente, llegar incluso a desaparecer en aquellos los vínculos de afecto.


- Que los centros de acogida, públicos en su mayoría, perciben por cada menor a su cargo grandes cantidades de dinero (unos 4.000 euros mensuales de media), provenientes tanto de las arcas del estado español como de los fondos de la Unión
Europea. Por lo cual es posible que exista un interés espurio por su parte en el incremento del número de menores tutelados a su cargo.


- Que en los centros de acogida es frecuente la carencia de afecto y cercanía para con los menores, lo que redunda en un perjuicio para su correcto desarrollo psicológico y emocional.


- Que, incluso en los casos en que los padres o tutores consiguen hacerse nuevamente con la tutela de sus hijos, después de años de lucha (y, normalmente, después de pasar además por el Juzgado), la relación con ellos está tan deteriorada
que es imposible 'recuperarles' del todo. Ello pone de relieve la inefectividad y profunda injusticia del sistema.


De esta lista de problemas denunciados se infiere que existe una grave falta de claridad en torno al proceso de declaración de desamparo y consecuente asunción de la tutela por parte de las administraciones competentes. Ello redunda, como
no podía ser de otro modo, en una vulneración de los derechos de los menores y de sus padres o tutores.


Quinto. Conclusión. Este Grupo Parlamentario considera que el Estado debe reafirmarse en su deber constitucional de protección a las familias y, en especial, a los menores. Y ello comporta, entre otras cosas y por cuanto aquí nos ocupa,
una revisión de la regulación básica atinente a la tutela administrativa de los menores en desamparo de manera que, sin dejar de estar orientada al interés superior del menor, revista además las suficientes garantías jurídicas para las familias
involucradas en estos dolorosos procesos.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a cumplir con la obligación que los poderes públicos tienen de proteger a las familias y de garantizar el interés superior del menor, concretamente por cuanto se refiere a los procesos de
tutela administrativa de los menores, en los términos siguientes:


1. Definir, dentro del marco de sus competencias, unos requisitos más concretos para la consideración de la situación de riesgo y de desamparo, así como unos hitos bien definidos para su reversión. Y que ambos sean, en todo caso y en todo
momento, visibles para las familias implicadas.


2. Promover una activa participación de las familias de origen en los procesos. Que los planes psicosociales de intervención se desarrollen primaria y principalmente en el entorno familiar de los menores. Y, solo cuando esta vía se
demostrase absolutamente insuficiente, se comiencen las gestiones para una tutela administrativa o en familias de acogida, tal y como dispone la ley vigente.


3. Garantizar que los profesionales que intervienen en dichos procesos ostentan la cualificación suficiente para tomar decisiones de tal calado para las familias.


4. Controlar la independencia de los centros de acogida de menores, de manera que pueda garantizarse que no existen intereses económicos en las declaraciones de tutela administrativa.


5. Promover mecanismos para que, decretada la tutela de la Administración, se garantice la reinserción de los menores en sus familias lo antes posible.



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6. Promover que las familias puedan seguir teniendo una relación fluida con sus hijos o tutelados menores mientras dure la tutela administrativa, para salvaguardar la relación entre ellos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-María Teresa López Álvarez, Rocío de Meer Méndez, María de los Reyes Romero Vilches, Lourdes Méndez Monasterio y Pablo Juan Calvo Liste, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz
del Grupo Parlamentario VOX.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


181/000228


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputada doña Mariona Illamola i Dausá


Texto:


A la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación


¿Cómo valora el Gobierno la ayuda dispensada para retornar a nacionales españoles de origen, a nacionales españoles de origen marroquí y a nacionales marroquíes residentes en España varados en Marruecos a consecuencia del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2020.-Mariona Illamola Dausá, Diputada.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/000219


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Cuáles han sido las líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector hortofrutícola durante la crisis como consecuencia de la crisis del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.



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181/000220


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Cuáles han sido las líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector del queso como consecuencia de la crisis del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.


181/000221


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Cuáles han sido las líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector de la patata como consecuencia de la crisis del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.


181/000222


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Cuáles han sido las líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector de la carne de vacuno como consecuencia de la crisis del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.


181/000223


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Cuáles han sido las líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector del cochinillo como consecuencia de la crisis del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.



Página 103





181/000224


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Cuáles han sido las líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector de la flor cortada y ornamental como consecuencia de la crisis del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.


181/000225


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Cuáles han sido las líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector del vino como consecuencia de la crisis del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.


181/000226


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Qué valoración hace el Ministerio sobre la aplicación de las medidas del Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.


181/000227


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura Pesca y Alimentación


Diputada doña Milagros Marcos Ortega


Texto:


¿Cuáles han sido las líneas de ayuda habilitadas por el Gobierno para el sector del aceite de oliva como consecuencia de la crisis del COVID-19?


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de mayo de 2020.-Milagros Marcos Ortega, Diputada.



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Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


181/000195


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


Diputada: doña Mireia Borrás Pabón, actuando en su condición de Diputada del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX).


Dirigida a Señor Ministro de Ciencia e Innovación, don Pedro Duque Duque


Texto:


Teniendo en cuenta los recursos económicos que el Gobierno de España ha destinado a la investigación de una vacuna o tratamiento contra la COVID-19, ¿cuál es la prioridad del Gobierno de España en la búsqueda de una vacuna o tratamiento
contra el SARS-CoV-2?


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de mayo de 2020.-Mireia Borrás Pabón, Diputada.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de sus autores, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a las Comisiones que se indican, las
preguntas al Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a las Comisiones correspondientes, al Gobierno y a los Sres. Diputados preguntantes y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


Núm. expte.: 184/007971


Núm. registro: 19182


Autor iniciativa: Martínez Ferro, María Valentina (GP) González Vázquez, Marta (GP) Hoyo Juliá, Belén (GP).


Objeto iniciativa: Existencia de contactos con las autoridades chinas desde la difusión del coronavirus para informarse de la gestión de la epidemia, motivo por el que no se cancelaron a tiempo las conexiones con Italia y compra fraudulenta
de mascarillas de protección por una empresa china ilegal.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000210.


Núm. expte.: 184/007662


Núm. registro: 18650


Autor iniciativa: González Vázquez, Marta (GP) Martínez Ferro, María Valentina (GP) Hoyo Juliá, Belén (GP) Rojas García, Carlos (GP).


Objeto iniciativa: Implicaciones de la activación del Mecanismo Europeo de Protección Civil sobre la Administración General del Estado, así como necesidades económicas, de personal u organizativas que requiere su activación.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000211.



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Comisión de Defensa


Núm. expte.: 184/007015


Núm. registro: 17112


Autor iniciativa: Echániz Salgado, José Ignacio (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Olano Vela, Jaime Eduardo de (GP) Pastor Julián, Ana María (GP) Romero Sánchez, Rosa María (GP) Borrego Cortés, Isabel María (GP) Rodríguez Herrer,
María Elvira (GP) Garcés Sanagustín, Mario (GP) Velasco Morillo, Elvira (GP) Almodóbar Barceló, Agustín (GP).


Objeto iniciativa: Motivos por los que se ha introducido la modificación de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para
hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 63, de 8 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000215.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


Núm. expte.: 184/007828


Núm. registro: 18945


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP).


Objeto iniciativa: Previsiones del Gobierno acerca de dar cumplimiento a la exigencia de la Plataforma del Tercer Sector de crear un teléfono de emergencia social accesible de manera universal para atender a las personas más vulnerables
ante la pandemia del coronavirus.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000196.


Núm. expte.: 184/007834


Núm. registro: 18951


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP).


Objeto iniciativa: Previsiones acerca de dar cumplimiento a las exigencias planteadas por la Confederación Autismo España, ante la crisis generada por el coronavirus (COVID-19), de que a las personas con discapacidad se las considere como
población de riesgo.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000199.


Núm. expte.: 184/008392


Núm. registro: 20000


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Medidas adoptadas por el Gobierno en el ámbito de sus competencias respecto de la situación de los centros de menores ante la pandemia provocada por el COVID-19.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000200.


Núm. expte.: 184/008393


Núm. registro: 20001


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Actuaciones llevadas a cabo por el Gobierno para evitar la desprotección de los menores cuyos padres o personas de quienes dependan hayan sido hospitalizados por coronavirus.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000201.


Núm. expte.: 184/008394


Núm. registro: 20002


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).



Página 106





Objeto iniciativa: Medidas adoptadas por el Gobierno en el ámbito de sus competencias respecto de la situación de las residencias de personas mayores ante la pandemia provocada por el COVID-19.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000202.


Núm. expte.: 184/008395


Núm. registro: 20003


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Previsiones del Gobierno para garantizar el suministro del equipamiento de protección y diagnóstico ante el coronavirus, así como el apoyo sanitario requerido por las residencias de personas mayores, y para que la
Fiscalía deje de vigilarlas, como plantea la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000203.


Núm. expte.: 184/008396


Núm. registro: 20004


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Medidas adoptadas por el Gobierno en el ámbito de sus competencias respecto de la situación de las residencias de personas con discapacidad ante la pandemia provocada por el COVID-19.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000204.


Núm. expte.: 184/008397


Núm. registro: 20005


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Medidas adoptadas por el Gobierno para garantizar el suministro de los equipos de protección a los profesionales de los servicios sociales de atención domiciliaria, número de equipos distribuidos en cada Comunidad
Autónoma y actuaciones en relación con riesgos laborales.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000205.


Núm. expte.: 184/008120


Núm. registro: 19489


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Previsiones acerca de disponer de un procedimiento claro de actuación en los servicios de salud durante la crisis del COVID-19 para garantizar la igualdad y no incurrir en discriminaciones hacia las personas con
discapacidad.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000206.


Núm. expte.: 184/008122


Núm. registro: 19491


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Solución que da el Gobierno a los centros de carácter social, especialmente a los centros de día, que han tramitado previamente a la aprobación del Real Decreto-ley 9/2020 un ERTE.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000207.



Página 107





Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


Núm. expte.: 184/008291


Núm. registro: 19850


Autor iniciativa: Hoyo Juliá, Belén (GP) Marcos Ortega, Milagros (GP) González Vázquez, Marta (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Evolución del empleo en el sector agrícola y ganadero desde enero de 2020, así como repercusiones sobre el empleo agrícola de la pandemia del COVID-19.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/0000217.


Núm. expte.: 184/008290


Núm. registro: 19849


Autor iniciativa: Hoyo Juliá, Belén (GP) Marcos Ortega, Milagros (GP) González Vázquez, Marta (GP) Garcés Sanagustín, Mario (GP).


Objeto iniciativa: Variaciones de los precios en origen en el sector agrícola durante la crisis del COVID-19, así como medidas adoptadas respecto a esta cuestión.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000218.


Comisión de Sanidad y Consumo


Núm. expte.: 184/007829


Núm. registro: 18946


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP).


Objeto iniciativa: Medidas adoptadas para distribuir los test rápidos, COVID-19, que faciliten el diagnóstico precoz en las personas mayores con síntomas que viven en centros y residencias de personas con discapacidad y en los profesionales
que desempeñan su trabajo en dichos centros.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000197.


Núm. expte.: 184/007830


Núm. registro: 18947


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Moneo Díez, María Sandra (GP).


Objeto iniciativa: Medidas adoptadas para distribuir los test rápidos, COVID-19, que faciliten el diagnóstico precoz en las personas mayores con síntomas que viven en residencias de personas mayores y en los profesionales que desempeñan su
trabajo en dichas residencias y las de Servicios Sociales de atención domiciliaria.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000198.


Núm. expte.: 184/008123


Núm. registro: 19492


Autor iniciativa: García Rodríguez, Alicia (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Objeto iniciativa: Previsiones acerca de aprobar unos criterios uniformes para garantizar a todos los españoles una igualdad en la asistencia sanitaria.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000208.


Núm. expte.: 184/007937


Núm. registro: 19111


Autor iniciativa: Moneo Díez, María Sandra (GP) García Rodríguez, Alicia (GP) González Guinda, María del Carmen (GP) Echániz Salgado, José Ignacio (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Olano Vela, Jaime Eduardo de (GP) Pastor Julián,
Ana María (GP) Romero Sánchez, Rosa María (GP) Borrego Cortés, Isabel María (GP) Rodríguez



Página 108





Herrer, María Elvira (GP) Garcés Sanagustín, Mario (GP) Velasco Morillo, Elvira (GP) Almodóbar Barceló, Agustín (GP).


Objeto iniciativa: Motivos por los que no se está garantizando el suministro de material de protección y desinfección a los centros residenciales del Tercer Sector.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 66, de 15 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000209.


Núm. expte.: 184/006807


Núm. registro: 16863


Autor iniciativa: Echániz Salgado, José Ignacio (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Olano Vela, Jaime Eduardo de (GP) Pastor Julián, Ana María (GP) Romero Sánchez, Rosa María (GP) Borrego Cortés, Isabel María (GP) Rodríguez Herrer,
María Elvira (GP) Garcés Sanagustín, Mario (GP) Velasco Morillo, Elvira (GP) Almodóbar Barceló, Agustín (GP).


Objeto iniciativa: Criterios técnicos tenidos en cuenta para requisar 150 000 mascarillas a una empresa de Jaén, sin haber transcurrido el período de 48 horas establecido para que las empresas con material sanitario informasen de sus
existencias.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 63, de 8 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000212.


Núm. expte.: 184/006820


Núm. registro: 16876


Autor iniciativa: Echániz Salgado, José Ignacio (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Olano Vela, Jaime Eduardo de (GP) Pastor Julián, Ana María (GP) Romero Sánchez, Rosa María (GP) Borrego Cortés, Isabel María (GP) Rodríguez Herrer,
María Elvira (GP) Garcés Sanagustín, Mario (GP) Velasco Morillo, Elvira (GP) Almodóbar Barceló, Agustín (GP).


Objeto iniciativa: Previsiones acerca de satisfacer la petición del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos sobre la finalización de la formación de los MIR, ante la crisis generada por el coronavirus (COVID-19).


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 63, de 8 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000213.


Núm. expte.: 184/007014


Núm. registro: 17111


Autor iniciativa: Echániz Salgado, José Ignacio (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Olano Vela, Jaime Eduardo de (GP) Pastor Julián, Ana María (GP) Romero Sánchez, Rosa María (GP) Borrego Cortés, Isabel María (GP) Rodríguez Herrer,
María Elvira (GP) Garcés Sanagustín, Mario (GP) Velasco Morillo, Elvira (GP) Almodóbar Barceló, Agustín (GP).


Objeto iniciativa: Comprobación que realiza el Gobierno, cuando realiza las requisas de material sanitario para la gestión de la situación ocasionada por el COVID-19, de a qué Comunidades Autónomas estaba destinado dicho material.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 63, de 8 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000214.


Núm. expte.: 184/007016


Núm. registro: 17113


Autor iniciativa: Echániz Salgado, José Ignacio (GP) Gamarra Ruiz-Clavijo, Concepción (GP) Olano Vela, Jaime Eduardo de (GP) Pastor Julián, Ana María (GP) Romero Sánchez, Rosa María (GP) Borrego Cortés, Isabel María (GP) Rodríguez Herrer,
María Elvira (GP) Garcés Sanagustín, Mario (GP) Velasco Morillo, Elvira (GP) Almodóbar Barceló, Agustín (GP).


Objeto iniciativa: Diferencia de criterios tenidos en cuenta entre los repatriados de Wuhan y los de otros focos internacionales.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 63, de 8 de abril de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000216.



Página 109





184/010502


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad (GP).


Moneo Díez, María Sandra (GP).


Retirada de su pregunta sobre fondo extraordinario previsto para la organización de festejos, una vez se levante la suspensión y sea posible la organización de espectáculos taurinos.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a las autoras de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 78, de 5 de mayo de 2020.


184/010504


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad (GP).


Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Retirada de su pregunta sobre inclusión de las empresas ganaderas de bravo como beneficiarias dentro del paquete de ayudas que se recogen en el Real Decreto-ley 8/2020 para facilitar liquidez, dotar de flexibilidad y favorecer el
mantenimiento del empleo.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 78, de 5 de mayo de 2020.



Página 110





184/010505


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad (GP). Echániz Salgado, José Ignacio (GP).


Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de suprimir temporalmente el requisito de ocho festejos para mantenerse de alta en el Régimen General de la Seguridad Social de los profesionales taurinos.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 78, de 5 de mayo de 2020.


184/010506


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad (GP).


González Vázquez, Marta (GP).


Retirada de su pregunta sobre fondo de ayuda previsto al mantenimiento de las empresas taurinas (organizadores de espectáculos y ganaderos) y del resto de profesionales del sector durante el tiempo de vigencia de suspensión de la actividad.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a las autoras de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 78, de 5 de mayo de 2020.



Página 111





184/010507


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Cruz-Guzmán García, María Soledad (GP).


Mariscal Anaya, Guillermo (GP).


Retirada de su pregunta sobre planificación de una coordinación gubernamental para la salvaguarda del patrimonio genético, medioambiental y del tejido rural ganadero de bravo que representan las ganaderías de bravo, ante la caída de festejos
del año 2020 y sus consecuencias en el ámbito del toro bravo.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nota.-La iniciativa de referencia fue publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 78, de 5 de mayo de 2020.


184/013163


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Rego Candamil, Néstor (GPlu).


Normalización lingüística en la Administración General del Estado.


Acuerdo:


Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en castellano en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de mayo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, el Diputado del Bloque Nacionalista Galego, Néstor Rego Candamil, adscrito al Grupo Plural, formula las siguientes preguntas dirigidas
al Gobierno para su respuesta escrita.


El proceso de normalización de la lengua gallega realizado hasta el día de hoy por parte de las administraciones públicas no ha sido suficiente para garantizar el derecho a vivir libremente en la lengua propia de Galiza.



Página 112





A día de hoy se constatan importantes vulneraciones a la legalidad vigente recogida en la Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galiza; en la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, o en la
Carta Europea de Lenguas Minorizadas, pero también existe una gran reticencia por parte del Gobierno del Estado a la implementación de políticas que favorezcan el uso del gallego y contribuyan a aumentar el número de gallegohablantes.


Asistimos a un panorama en el que las personas gallegohablantes no disfrutamos de derechos que nos amparen en el uso del idioma en nuestro día a día; resulta que la poca legislación que puede protegernos no se aplica, mientras que las más
de 500 disposiciones legales que obligan y protegen el castellano se hacen cumplir rigurosamente.


Hemos de recordar las recomendaciones hechas al Gobierno español por el Comité de Ministros alertando sobre el incumplimiento de la Carta Europea de Lenguas Minorizadas. Entre ellas, se pedía al Estado español que asegurara en el ámbito
educativo la protección de todas las lenguas oficiales, que se fomentara el uso de las mismas por las autoridades judiciales permitiendo la celebración de los procedimientos en otros idiomas oficiales distintos del español, y también hacía especial
hincapié, en el uso de las distintas lenguas oficiales por la Administración General del Estado. Con respecto a esta última, consideraba necesario la implementación de medidas legales y prácticas para asegurar una presencia adecuada de las
distintas lenguas del Estado español en la administración periférica.


A pesar de estas recomendaciones, en lo que llevamos de legislatura, el BNG ha presentado distintas iniciativas interesándonos por numerosos incidentes en los que, desde la Administración General del Estado, no se daba cumplimiento a la
legalidad vigente para respetar los derechos lingüísticos de los gallegos y gallegas.


Continuamente nos encontramos con trabas que dificultan la voluntad de vivir y expresarse en la lengua propia de cada pueblo: páginas web o documentación de los ministerios no accesible en las distintas lenguas oficiales, formularios e
impresos que no existen o no pueden obtenerse en otras lenguas distintas del español, peticiones de traducción de los documentos aportados.


Por todo lo expuesto, se formulan las siguientes preguntas:


1. ¿Qué medidas tiene planeado adoptar el Gobierno para dar cumplimiento a las recomendaciones del Consejo de Ministros sobre el respeto del contenido de la Carta de Lenguas Minorizadas?


2. ¿Se plantea acometer una revisión de las diferentes vías de comunicación entre la Administración General del Estado y la ciudadanía (páginas web, formularios, impresos, folletos informativos...) para asegurarse de que todos estos
mecanismos sean accesibles en la distintas lenguas oficiales del Estado español?


3. ¿Se impulsará la corrección de la toponimia propia de Galiza en todas las comunicaciones que realiza la AGE y se formará a los trabajadores y trabajadoras de la Administración para que en su trabajo diario respeten esa toponimia y los
derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de mayo de 2020.-Néstor Rego Candamil, Diputado.