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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 404, de 23/02/2022
cve: BOCG-14-D-404-C1 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


23 de febrero de 2022


Núm. 404



ÍNDICE


Otros textos


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


152/000002 Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido
en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular.


Aprobación por el Pleno ... (Página2)


Votos particulares ... (Página37)


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del texto aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 3 de
febrero de 2022, con modificaciones respecto del texto del Dictamen de la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del
PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular, así como los votos particulares mantenidos por los Grupos Parlamentarios que no han sido recogidos en el citado
texto.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de febrero de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 2





ÍNDICE


I. ANTECEDENTES ... (Página3)


A. CREACIÓN DE LA COMISIÓN Y PRÓRROGA DE SUS TRABAJOS ... (Página3)


B. CONSTITUCIÓN Y COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN ... (Página3)


C. PLAN DE TRABAJO ... (Página5)


D. SESIONES DE LA COMISIÓN Y DE SUS ÓRGANOS ... (Página6)


a) SESIONES DE COMISIÓN ... (Página6)


b) REUNIONES DE MESA ... (Página8)


c) REUNIONES DE MESA Y PORTAVOCES ... (Página8)


E. COMPARECENCIAS SOLICITADAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS, COMPARECENCIAS ACORDADAS Y COMPARECENCIAS CELEBRADAS ... (Página9)


a) COMPARECENCIAS SOLICITADAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS ... (Página9)


b) COMPARECENCIAS ACORDADAS Y CELEBRADAS ... (Página17)


F. DOCUMENTACIÓN ... (Página22)


a) DOCUMENTACIÓN SOLICITADA POR LA COMISIÓN ... (Página22)


b) DOCUMENTACIÓN RECIBIDA COMO CONSECUENCIA DE LAS SOLICITUDES FORMULADAS POR LA COMISIÓN ... (Página25)


c) DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LOS COMPARECIENTES ... (Página26)


II. CONCLUSIONES ... (Página26)


III. ANEXOS... (Página35)



Página 3





I. ANTECEDENTES


A. CREACIÓN DE LA COMISIÓN Y PRÓRROGA DE SUS TRABAJOS


Con fecha 10 de septiembre de 2020 se presentó una solicitud por los Grupos Parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común de creación de una Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal
de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular
(número de expediente 156/000017).


La citada solicitud fue objeto de debate en el Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del día 1 de octubre de 2020 y, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se acordó la creación
de la Comisión de Investigación (BOCG, Serie D, núm. 155, de 7 de octubre de 2020), en los siguientes términos:


'Objeto.


La Comisión tendrá por objeto investigar la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior y otras instituciones del Estado, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP, de perseguir ilícitamente
a personas y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del Partido Popular.


Composición.


La Comisión estará compuesta por cuatro representantes de los grupos parlamentarios que cuenten con más de cien miembros, tres de cada grupo parlamentario con más de cincuenta miembros, dos de cada grupo parlamentario con más de diez
miembros y un representante de cada uno de los restantes grupos parlamentarios. En las votaciones se atenderá al criterio del voto ponderado.


Duración.


La duración de los trabajos de esta Comisión será de tres meses desde su constitución. Este plazo podrá ser prorrogado por decisión del Pleno del Congreso de los Diputados. En ese plazo la Comisión elevará al Pleno, para su aprobación, el
dictamen en el que figuren sus conclusiones, así como los votos particulares que los grupos parlamentarios presenten, pudiendo acordar, en su caso y conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado
al Ministerio Fiscal de las mismas para el ejercicio de las acciones que sean procedentes.'


El Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del día 18 de marzo de 2021 acordó ampliar el plazo para la conclusión de los trabajos de la Comisión hasta la finalización del periodo de sesiones, hasta el 30 de junio de 2021 (BOCG,
Serie D, núm. 246, de 25 de marzo de 2021).


El Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del día 24 de junio de 2021 acordó ampliar el plazo para la conclusión de los trabajos de la Comisión hasta el 31 de diciembre de 2021 (BOCG, Serie D, núm. 304, de 2 de julio de 2021).


B. CONSTITUCIÓN Y COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN


La Comisión se constituyó el día 22 de diciembre de 2020 bajo la Presidencia de la Presidenta del Congreso de los Diputados, quedando integrada por los siguientes diputados:


Vocales:


BAL FRANCÉS, Edmundo GCs


ERREJÓN GALVÁN, Íñigo GPlu


FERNÁNDEZ BENÉITEZ, Andrea GS


FERNÁNDEZ CASTAÑÓN, Sofía GCUP-EC-GC


FIGAREDO ÁLVAREZ-SALA, José María GVOX


GARCÍA ADANERO, Carlos GMX


GONZÁLEZ COELLO DE PORTUGAL, Víctor GVOX



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LEAL FERNÁNDEZ, Isaura GS


LEGARDA URIARTE, Mike GV (EAJ-PNV)


MATUTE GARCÍA DE JALÓN, Oskar GEH Bildu


NOGUERAS I CAMERO, Míriam GPlu


OLONA CHOCLÁN, Macarena GVOX


ROJAS GARCÍA, Carlos GP


RUFIÁN ROMERO, Gabriel GR


SANTAMARÍA RUIZ, Luis GP


SANTIAGO ROMERO, Enrique Fernando GCUP-EC-GC


SERRADA PARIENTE, David GS


SICILIA ALFÉREZ, Felipe Jesús GS


VALLUGERA BALAÑÀ, Pilar GR


VÁZQUEZ BLANCO, Ana Belén GP


En la citada sesión de 22 de diciembre de 2020 se procedió a la elección de la Mesa de la Comisión, integrada por una Presidencia, dos Vicepresidencias y dos Secretarías, resultando elegidos:


PRESIDENTA: LEAL FERNÁNDEZ, Isaura


VICEPRESIDENTE PRIMERO: SANTIAGO ROMERO, Enrique Fernando


VICEPRESIDENTE SEGUNDO: ROJAS GARCÍA, Carlos


SECRETARIA PRIMERA: FERNÁNDEZ BENÉITEZ, Andrea


SECRETARIA SEGUNDA: VÁZQUEZ BLANCO, Ana Belén


Se produjeron las siguientes modificaciones en la composición de la Mesa de la Comisión:


Vicepresidencia Primera: ALTA BAJA


SANTIAGO ROMERO, Enrique Fernando. 11/05/2021


FERNÁNDEZ CASTAÑÓN, Sofia 20/05/2021


ALTAS - BAJAS EN LA COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN


Vocales: ALTA BAJA


BAL FRANCÉS, Edmundo (GCs) 22/12/2020 22/01/2021


25/01/2021 23/03/2021


25/03/2021 12/04/2021


12/05/2021


DÍAZ GÓMEZ, Guillermo (GCs) 23/03/2021 25/03/2021


12/04/2021 12/05/2021


FERNÁNDEZ CASTAÑÓN, Sofía (GCUP-EC-GC) 22/12/2020 29/01/2021


01/02/2021


GARCÍA ADANERO, Carlos (GMX) 22/12/2020 07/01/2021


GUIJARRO GARCÍA, Txema (GCUP-EC-GC) 29/01/2021 01/02/2021


GUTIÉRREZ VIVAS, Miguel Ángel (GCs) 22/01/2021 25/01/2021


NOGUERAS I CAMERO, Miriam (GPlu) 22/12/2020 26/05/2021


OLONA CHOCLÁN, Macarena (GVOX) 22/12/2020


PAGÈS I MASSÓ, Josep (GPlu) 26/05/2021


SANTIAGO ROMERO, Enrique Fernando (GCUP-EC-GC) 22/12/2020 11/05/2021


VEHÍ CANTENYS, Mireia (GMx) 07/01/2021


Letrados adscritos a la Comisión:


D. José Antonio Moreno Ara.


D.ª Andrea García de Enterría Ramos.



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C. PLAN DE TRABAJO


En la sesión del día 22 de enero de 2021, la Comisión aprobó el siguiente plan de trabajo:


'Objeto.


La Comisión tendrá por objeto investigar la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior y otras instituciones del Estado, con la finalidad de favorecer intereses políticos del Partido Popular, de perseguir
ilícitamente a personas y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del Partido Popular.


Tareas.


Los trabajos de la Comisión de Investigación se desarrollarán conforme a las siguientes fases:


1. Fase de información escrita y documentación.


La Comisión recabará del Gobierno, del conjunto de las administraciones públicas, autoridades y funcionarios, así como de cualesquiera personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cuantos documentos, informes, antecedentes o datos sean
necesarios para investigar, esclarecer y analizar las actuaciones e informaciones que constituyen el objeto.


Para ello, la Mesa de la Comisión acordará la apertura de los plazos durante los cuales sus miembros podrán proponer las correspondientes solicitudes de documentos, informes, antecedentes o datos. Una vez aprobadas estas solicitudes por
mayoría en la Mesa de la Comisión, la documentación será demandada con la mayor celeridad posible, recibida y puesta a disposición inmediata de todos los miembros de la Comisión.


2. Fase de comparecencias.


La Comisión celebrará las comparecencias pertinentes para cumplir su objeto.


A tal efecto, la Mesa de la comisión acordará la apertura de un plazo durante el cual sus miembros podrán proponer las correspondientes solicitudes de comparecencias. Todas las comparecencias deberán ser aprobadas por la Comisión.


Durante el desarrollo de los trabajos y como consecuencia de estos, la Comisión podrá acordar la apertura de nuevos plazos para la propuesta y la aprobación de nuevas comparecencias.


En los requerimientos de comparecencia, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Orgánica 5/1984, de 24 de mayo, se concretará el tema sobre el que deba versar el testimonio, pudiendo detallar los
aspectos concretos de las actuaciones e informaciones que integran el objeto de la Comisión sobre los que interese que se pronuncie el compareciente, con motivo de que pueda preparar su intervención de manera que responda íntegra y adecuadamente a
las demandas de los miembros de la Comisión.


Las comparecencias se celebrarán con la advertencia expresa de las consecuencias previstas en el artículo 502 del Código Penal, para quienes dejaren de comparecer o faltaren a la verdad ante una Comisión de Investigación de las Cortes
Generales.


3. Fase de elaboración del Dictamen.


Tras la finalización de la fase de comparecencias, comenzará la fase de elaboración de las conclusiones.


A tal efecto, la Mesa de la Comisión acordará la apertura de un plazo durante el cual los Grupos Parlamentarios podrán plantear sus propuestas para incorporar al Dictamen, que serán debatidas y votadas en el seno de la propia Comisión.


Una vez aprobado el Dictamen en Comisión, este será elevado al Pleno del Congreso de los Diputados para su debate y votación.


Con carácter previo, los Grupos Parlamentarios que lo deseen podrán elevar sus votos particulares para defender asimismo ante el Pleno, conforme al plazo que establezca la Mesa de la Comisión.



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VOTACIONES


Todas las votaciones en el seno de la Comisión de Investigación se llevarán a cabo mediante el procedimiento del voto ponderado, en relación a la importancia numérica de cada Grupo Parlamentario en el Pleno del Congreso de los Diputados.


DURACIÓN


La duración de los trabajos de esta Comisión será de tres meses desde su constitución. Este plazo podrá ser prorrogado por decisión del Pleno del congreso.


TRASLADO AL MINISTERIO FISCAL


El Pleno del Congreso de los Diputados podrá acordar, en su caso y conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado al Ministerio Fiscal de sus conclusiones para el ejercicio de las acciones
que sean procedentes.'


D. SESIONES DE LA COMISIÓN Y DE SUS ÓRGANOS


a) SESIONES DE COMISIÓN


22 de diciembre de 2020. Constitución de la Comisión.


22 de enero de 2021 (extraordinaria). Aprobación del Plan de trabajo.


28 de enero de 2021 (extraordinaria). Acuerdo sobre la celebración de comparecencias en el seno de la Comisión.


17 de marzo de 2021. Comparecencias de don Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez, extesorero del Partido Popular, exgerente del Partido Popular, mediante videoconferencia (núm. expte. 219/000370), y de don Miguel Ángel Bayo Herranz,
Facultativo (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, exjefe de Área de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000384).


18 de marzo de 2021. Comparecencias de don Felipe Eduardo Lacasa Córdoba, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, ex secretario General de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional (núm. expte.
212/001104) y de don José Antonio Rodríguez González (núm. expte. 212/001105).


25 de marzo de 2021. Comparecencias de don Diego Pérez de los Cobos Orihuel, Coronel de la Guardia Civil (núm. expte. 212/001122) y de don Manuel Morocho Tapia, Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía, Jefe Sección Operativa de la
Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional (núm. expte. 212/001123).


15 de abril de 2021. Comparecencias de don Bonifacio Díez Sevillano, Inspector Jefe (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía (núm. expte. 212/001151) y de don José Ángel Fuentes Gago, Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía en
activo (núm. expte. 212/001152).


22 de abril de 2021. Comparecencias de don Enrique García Castaño, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000452) y de
don Enrique Barón Castaño, Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía, ex Comisario General de Información de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000453).


5 de mayo de 2021. Comparecencias de don Andrés Manuel Gómez Gordo, Comisario del Cuerpo Nacional de Policía (núm. expte. 212/001201), de don Juan Antonio González García, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, ex
Comisario General de Policía Judicial de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000474), de don Mariano Hervás Cuevas, Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía, ex Segundo jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía
Nacional (núm. expte. 212/001202) y de don Marcelino Martín-Blas Aranda, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, exJefe de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional (núm. expte. 212/001203).



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6 de mayo de 2021. Comparecencias de don Javier Iglesias Redondo, abogado (núm. expte. 219/000475), de don José Luis Olivera Serrano, Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía, exjefe de la Unidad de Delincuencia Económica y
Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000477) y de don Eugenio Pereiro Blanco, Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía, Comisario General de Información de la Policía Nacional (núm. expte. 212/001204).


13 de mayo de 2021. Comparecencias de don Eugenio Pino Sánchez, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, ex Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000495) y de doña Rosalía Iglesias
Villar, mediante videoconferencia (núm. expte. 219/000496).


20 de mayo de 2021. Elección de la Vicepresidencia Primera de la Mesa. Comparecencia de don Sergio Javier Ríos Esgueva (núm. expte. 212/001238).


27 de mayo de 2021. Comparecencia de don José Manuel Villarejo Pérez, Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía (núm. expte. 219/000505).


1 de junio de 2021. Comparecencias de don Ignacio Cosidó Gutiérrez, ex director general de la Policía (núm. expte. 219/000506), de don Francisco Martínez Vázquez, ex secretario de Estado de Seguridad (núm. expte. 219/000505), de don
Silverio Nieto Núñez (núm. expte. 219/000476) y de don Jorge Sanchis Bordetas (núm. expte. 219/000503).


2 de junio de 2021. Comparecencias de don Ignacio López del Hierro y Bravo (núm. expte. 219/000508), de don José Antonio Nieto Ballesteros, ex secretario de Estado de Seguridad (núm. expte. 219/000504). Se excluye del orden del día la
comparecencia de doña María Dolores de Cospedal García (núm. expte. 219/000509).


8 de junio de 2021. Acuerdo de solicitud de prórroga al Pleno del plazo para la conclusión de los trabajos de la Comisión. Acuerdo de suspensión de las comparecencias pendientes.


5 de octubre de 2021. Acuerdo sobre la celebración de comparecencias en el seno de la Comisión.


20 de octubre de 2021. Comparecencias de don José Manuel Villarejo Pérez, Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía (núm. expte 219/000610) y de don Enrique García Castaño, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de
Policía, exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000611).


11 de noviembre de 2021. Comparecencia de don Ignacio Ulloa Rubio, secretario de Estado de Seguridad entre enero de 2012 y enero de 2013 (núm. expte 219/000636).


17 de noviembre de 2021. Comparecencias de don Enrique Luis Báez Tabasco, policía Nacional en situación de servicios especiales en FRONTEX, mediante videoconferencia. (núm. expte. 219/000642), de don Jesús Vicente Galán Martínez,
Inspector Jefe de la Policía Nacional, exjefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía (núm. expte, 212/001988), de don José García Losada, Comisario General de Policía Judicial entre julio de 2012 y octubre de
2013 (núm. expte. 219/000635) y de don José Luis Argenta de la Aldea, director del establecimiento penitenciario de Soto del Real (Madrid V) de 2012 a 2020 (núm. expte. 219/000644).


18 de noviembre de 2021. Comparecencias de don Pedro Agudo Novo, Comisario de la Policía Nacional (núm. expte. 212/001989) y de don Ignacio Cosidó Gutiérrez, ex Director General de la Policía (núm. expte. 219/000645).


1 de diciembre de 2021. Comparecencias de don Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid (núm. expte. 212/002013) y de don José Luis Ortiz Grande, exjefe de Gabinete de María Dolores de
Cospedal García durante su etapa como Presidenta de Castilla-La Mancha (2011-2015) y como secretaria general del PP (2008-2018) (núm. expte. 219/000652).


2 de diciembre de 2021. Comparecencia de don Jorge Fernández Díaz, exministro del Interior (núm. expte. 219/000510).



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9 de diciembre de 2021. Comparecencia de doña María Dolores de Cospedal García, ex secretaria general del Partido Popular (núm. expte. 219/000653).


13 de diciembre de 2021. Comparecencia de don Mariano Rajoy Brey, expresidente del Gobierno (núm. expte. 219/000511). Apertura plazo para la presentación de propuestas de conclusiones al dictamen.


22 de diciembre de 2021. Aprobación del Dictamen. Apertura de plazo para la presentación de votos particulares al Dictamen.


b) REUNIONES DE MESA


18 de enero de 2021 (extraordinaria).


22 de enero de 2021 (extraordinaria).


22 de enero de 2021 (extraordinaria).


28 de enero de 2021 (extraordinaria).


17 de febrero de 2021.


2 de marzo de 2021.


13 de mayo de 2021.


20 de mayo de 2021.


3 de junio de 2021


23 de septiembre de 2021.


30 de septiembre de 2021.


5 de octubre de 2021.


22 de octubre de 2021.


3 de noviembre de 2021.


16 de noviembre de 2021.


23 de noviembre de 2021.


25 de noviembre de 2021.


1 de diciembre de 2021.


13 de diciembre de 2021.


c) REUNIONES DE MESA Y PORTAVOCES


25 de febrero de 2021.


4 de marzo de 2021.


6 de mayo de 2021.


13 de diciembre de 2021.



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E. COMPARECENCIAS SOLICITADAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS, COMPARECENCIAS ACORDADAS Y COMPARECENCIAS CELEBRADAS


a) COMPARECENCIAS SOLICITADAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS.


COMPARECIENTE;GRUPO


Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez. Ex tesorero del Partido Popular. Ex gerente del Partido Popular.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GCs


Enrique Barón Castaño. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex comisario General de Información de la Policía Nacional.;GS GCUP-EC-GC GPlu GEHBildu


Miguel Ángel Bayo Herranz. Facultativo (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Jefe de Área de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional.;GS GCUP-EC-GC GPlu GEHBildu


Ignacio Cosidó Gutiérrez. Ex director general de la Policía.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GEHBildu


María Dolores de Cospedal García. Ex secretaria general del Partido Popular.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GEHBildu GMx (CUP)


Bonifacio Díaz Sevillano. Inspector Jefe (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía.;GS GVOX GCUP-EC-GC


Jorge Fernández Díaz. Exministro del Interior;GS GVOX CGUP-EC-GC GR GPlu GCs GEHBildu GMx (CUP)


José Ángel Fuentes Gago. Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía en activo.;GS GVOX GCUP-EC-GC GEHBildu



Página 10





COMPARECIENTE;GRUPO


Enrique García Castaño. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GS GP GVOX GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GV(EAJ-PNV) GEHBildu GMx (CUP)


Andrés Gómez Gordo. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía.;GS GVOX GCUP-EC-GC GR GPlu GEHBildu GMx (CUP)


Juan Antonio González García. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Comisario General de Policía Judicial de la Policía Nacional.;GS GCUP-EC-GC


Mariano Hervás Cuevas. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex segundo jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GS CGUP-EC-GC


Javier Iglesias Redondo. Abogado.;GS GCUP-EC-GC GPlu GEHBildu


Rosalía Iglesias Villar.;GS GCUP-EC-GC GR GCs


Felipe Eduardo Lacasa Córdoba. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex secretario general de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional.;GS GCUP-EC-GC GPlu GEHBildu


Ignacio López del Hierro y Bravo.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GEHBildu GMx (CUP)


Marcelino Martín-Blas. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional.;GS GP GVOX GCUP-EC-GC GR GPlu GEHBildu GMx (CUP)



Página 11





COMPARECIENTE;GRUPO


Francisco Martínez Vázquez. Ex secretario de Estado de Seguridad;GS GVOX GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GEHBildu GMx (CUP)


Manuel Morocho Tapia. Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía. Jefe Sección Operativa de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.;GS GP GCUP-EC-GC GPlu GEHBildu


José Antonio Nieto Ballesteros. Ex secretario de Estado de Seguridad.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GEHBildu GMx (CUP)


Silverio Nieto Núñez.;GS GCUP-EC-GC


José Luis Olivera Serrano. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Exjefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.;GS GCUP-EC-GC GPlu GEHBildu


Eugenio Pereiro Blanco. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Comisario General de Información de la Policía Nacional.;GS GCUP-EC-GC


Diego Pérez de los Cobos Orihuel. Coronel de la Guardia Civil.;GS GCUP-EC-GC GPlu GEHBildu


Eugenio Pino Sánchez. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional.;GS GVOX GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GEHBildu GMx (CUP)


Mariano Rajoy Brey. Expresidente del Gobierno.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GEHBildu GMx (CUP)



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COMPARECIENTE;GRUPO


Sergio Javier Ríos Esgueva. Policía del Cuerpo Nacional de Policía en activo.;GS GVOX GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GEHBildu


José Antonio Rodríguez González.;GS GCUP-EC-GC


Jorge Sanchís Bordetas.;GS GCUP-EC-GC


José Manuel Villarejo Pérez. Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.;GP GVOX GCUP-EC-GC GR GPlu GCs GV(EAJ-PNV) GEHBildu GMx (CUP)


Telesforo Rubio Muñoz.;GP


Rubén Eladio López. Inspector jefe de la Policía Nacional;GP GR GEHBildu


José Luis López Esteban.;GP


Pablo Manuel Iglesias Turrión.;GP


María Margarita Robles Fernández.;GP


Fernando Grande-Marlaska Gómez. Ministro del Interior.;GP GR GEHBildu


Dolores Delgado García.;GP


Juan Alberto Belloch Julbe. Ministro de Justicia e Interior entre el 5 de mayo de 1994 y el 6 de mayo de 1996.;GP GR


Mariano Fernández Bermejo.;GP


María Gloria Elizo Serrano.;GP


José Manuel Calvente Redondo.;GP


Marta Flor Núñez.;GP


Baltasar Garzón Real.;GP


Carmen Calvo Poyato. Vicepresidenta Primera del Gobierno, ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.;GP


José Francisco González. Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).;GVOX



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COMPARECIENTE;GRUPO


Félix Sanz Roldán. Director del Centro Nacional de Inteligencia entre 2009 y 2019. General y Jefe del Estado Mayor de la Defensa entre los años 2004 y 2008.;GCUP-EC-GC GR GPlu GEHBildu


Soraya Sáenz de Santamaría. Ministra de la Presidencia entre el 22 de diciembre de 2011 y el 4 de noviembre de 2016. Vicepresidenta del Gobierno entre el 22 de diciembre de 2011 y el 7 de junio de 2018.;GCUP-EC-GC GR Gplu


Eduardo Inda Arriaga. Periodista. Director de okdiario.;GCUP-EC-GC GR Gplu


Pablo Casado Blanco. Presidente del Partido Popular. Vicesecretario General de Comunicación del Partido Popular entre el 18 de junio de 2015 y el 21 de julio de 2018.;GR GMx (CUP)


Juan Ignacio Zoido Álvarez. Ministro del Interior (4 de noviembre de 2016 al 7 de junio de 2018).;GR GPlu GEHBildu


Enrique Olivares García.;GR GPlu GEHBildu


Alejandro Suárez Sánchez-Ocaña. Editor del portal Moncloa.com.;GR


Esperanza Aguirre y Gil de Biedma. Expresidenta de la Comunidad de Madrid.;GR


José María Aznar López. Presidente del Partido Popular entre 1989 y 2004. Presidente del Gobierno desde 1996 a 2004.;GR


José Barrionuevo Peña. Ministro del Interior entre el 1 de diciembre de 1982 y el 7 de julio de 1988.;GR


José Luis Corcuera Cuesta. Ministro del Interior entre el 7 de julio de 1988 y el 24 de noviembre de 1993.;GR


Jaime Mayor Oreja. Ministro del Interior entre el 6 de mayo de 1996 y el 27 de febrero de 2001.;GR


Ángel Acebes Paniagua. Ministro del Interior entre el 10 de julio de 2002 y el 18 de abril de 2004.;GR


Antonio Camacho Vizcaíno. Ministro del Interior entre el 12 de julio de 2011 y el 22 de diciembre de 2011. Secretario de Estado de Seguridad entre el 19 de abril de 2004 y el 12 de julio de 2011.;GR


Felipe González Márquez. Presidente del Gobierno de España entre 1982 y 1996. Secretario General del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) desde 1974 hasta 1997.;GR


Rafael Vera Fernández-Huidobro. Secretario de Estado de Seguridad entre el 24 de octubre de 1986 y el 28 de enero de 1994.;GR


Jesús Vicente Galán. Ex jefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía.;GR GMx (CUP)


Ignacio Ulloa Rubio. Juez. Secretario de Estado de Seguridad entre el 30 de diciembre de 2011 y el 11 de enero de 2013.;GPlu GEHBildu


José Grinda González. Fiscal Anticorrupción.;GPlu GEHBildu



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COMPARECIENTE;GRUPO


Jaime Barrado. Excomisario.;GPlu GEHBildu


Marcos Peña. Exinspector de la Policía.;GPlu GEHBildu


Manuel Vázquez López. Exjefe de la UDEF.;GPlu GEHBildu


Antonio Giménez Raso. Policía Nacional en segunda actividad.;GPlu GEHBildu


Gabriel Fuentes. Excomisario del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).;GPlu GEHBildu


Santiago Sánchez Aparicio. Comisario General de la Policía Nacional.;GPlu GEHBildu


Pedro Agudo Novo. Inspector jefe de la Policía Nacional.;GPlu GEHBildu


Joan Pau Miquel Prats. Ex CEO de Banca Privada d'Andorra (BPA) y ex Consejero Delegado de Banco Madrid.;Gplu


Carles Fiñana. Jefe de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del Principado de Andorra.;Gplu


Manuel Moix Blázquez. Fiscal y exfiscal Jefe de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada (8 de marzo de 2017-1 de junio de 2017).;Gplu


Alfons Alberca. Fiscal General de Andorra.;Gplu


Alfonso Pazos.;Gplu


José Manuel Sánchez Fornet. Ex secretario general del sindicato mayoritario de la Policía Nacional (SUP) (1992-2014) y exagente de la Policía Nacional.;GEHBildu


Francisco Javier Miguelañez Valero. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía, jefe de la Unidad de Asuntos Internos.;GEHBildu


Juan Carlos de Borbón, rey emérito.;GMx (CUP)


La Mesa de la Comisión acordó, en su reunión del día 23 de septiembre de 2021, la apertura de un nuevo plazo para la presentación de solicitudes de comparecencia hasta el viernes, 1 de octubre de 2021. Se presentaron las siguientes
solicitudes:


COMPARECIENTE;GRUPO


José García Losada. Comisario General de Policía Judicial entre julio 2012 y octubre 2013.;GS GEHBildu


Ignacio Ulloa Rubio. Juez. Secretario de Estado de Seguridad entre el 30 de diciembre de 2011 y el 11 de enero de 2013.;GS Gplu GEHBildu


Enrique Báez Tabasco. Policía Nacional en situación de servicios especiales en FRONTEX.;GS


Jesús Vicente Galán Martínez. Inspector Jefe de la Policía, exjefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía.;GS GCUP-EC-GC


Isidro Sánchez Suárez. Recluso, compañero de D. Luis Bárcenas en la prisión de Soto del Real.;GS GCUP-EC-GC



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COMPARECIENTE;GRUPO


José Luis Argenta de la Aldea. Director de la cárcel de Soto del Real de 2012 hasta 2020.;GS


Pedro Agudo Novo. Comisario de la Policía, Jefe de gabinete del Director General de la Policía Nacional entre diciembre de 2011 y septiembre de 2012.;GS GPlu GEHBildu


Ignacio Cosidó Gutiérrez. Director General de la Policía entre el 2 de marzo de 2012 y el 18 de noviembre de 2016.;GS GPlu


Enrique López López. Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid.;GS


José Luis Ortiz Grande. Jefe de gabinete de María Dolores de Cospedal García durante su etapa como Presidenta de Castilla-La Mancha (2011-2015) y como secretaria general del PP (2008-2018).;GS GEHBildu


María Dolores de Cospedal García. Secretaria general del Partido Popular entre 2008 y 2018.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GEHBildu


Jorge Fernández Díaz. Exministro del Interior.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GEHBildu


Mariano Rajoy Brey. Presidente del Gobierno entre 2011 y 2018.;GS GCUP-EC-GC GR GPlu GEHBildu


María Margarita Robles Fernández.;GP


José Manuel Calvente Redondo.;GP


María Gloria Elizo Serrano.;GP


Marta Flor Núñez.;GP


Juan Carlos Monedero Fernández-Gala.;GP


Pablo Manuel Iglesias Turrión.;GP


- Máximo responsable o responsables entre 2017 y 2021 durante el internamiento del excomisario Villarejo Establecimiento Penitenciario de Estremera.;GP


María Soraya Sáenz de Santamaría Antón. Ministra de la Presidencia entre el 22 de diciembre de 2011 y el 4 de noviembre de 2016. Vicepresidenta del Gobierno entre el 22 de diciembre de 2011 y el 7 de junio de 2018.;GVOX GPlu GEHBildu


Félix Sanz Roldán. Director del Centro Nacional de Inteligencia entre 2009 y 2019. General y Jefe del Estado Mayor de la Defensa entre los años 2004 y 2008.;GVOX GCUP-EC-GC GPlu GEHBildu


María González Pico. Jefa de Gabinete de Soraya Sáenz de Santamaría Antón.;GCUP-EC-GC



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COMPARECIENTE;GRUPO


Pablo Casado Blanco. Presidente del Partido Popular. Vicesecretario General de Comunicación del Partido Popular entre el 18 de junio de 2015 y el 21 de julio de 2018.;GCUP-EC-GC GR GPlu


Javier Ayuso Canals. Periodista.;GCUP-EC-GC


Eduardo Inda Arriaga. Periodista. Director de okdiario.;GCUP-EC-GC GPlu


Esteban Urreiztieta. Periodista.;GCUP-EC-GC


Ernesto Ekaizer. Periodista e investigador especializado.;GCUP-EC-GC


Mauricio Casals Aldarna. Abogado y empresario.;GCUP-EC-GC


Pablo Antonio Peira Ramírez. Comisario. Coordinador de la Jefatura de la Casa de su Majestad el Rey.;GCUP-EC-GC


Pablo Antonio Peira Ramírez. Comisario. Coordinador de la Jefatura de la Casa de su Majestad el Rey.;GCUP-EC-GC


Francisco Correa Sánchez. Empresario.;GCUP-EC-GC


Manuel Morocho Tapia. Policía Nacional (UDEF).;GR


Enrique García Castaño. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GR GV(EAJ-PNV) GEHBildu


Antonio Giménez Raso. Policía Nacional en segunda actividad.;GR GPlu GEHBildu


Pedro López. Exgerente del Ayuntamiento de Estepona.;GR


Elisa Pinto. Dermatóloga.;GR


José Manuel Villarejo Pérez. Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.;GR GV(EAJ-PNV) GEHBildu


Miguel Ángel Bayo Herranz. Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía.;GR


Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez. Tesorero del Partido Popular entre el 22 de junio de 2008 y el 28 de julio de 2009. Gerente del Partido Popular entre el 1 de abril de 1990 y el 22 de junio de 2008.;GR


Antonio Barrientos. Alcalde de Estepona.;GR


Higini Cierco. Exdueño de la Banca Privada de Andorra.;GR


Ramón Cierco. Exdueño de la Banca Privada de Andorra.;GR


Marcelino Martín-Blas Aranda. Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía (CNP). Exjefe de Asuntos Internos de la Policía Nacional.;GR GEHBildu


Jaime Barrado. Excomisario.;GR GPlu GEHBildu


Ignacio González González. Expresidente de la Comunidad de Madrid.;GR


Francisco Martínez Vázquez. Ex secretario de Estado de Seguridad.;GR


Juan Ignacio Zoido Álvarez. Ministro del Interior (4 de noviembre de 2016 al 7 de junio de 2018).;GPlu GEHBildu



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COMPARECIENTE;GRUPO


José Grinda González. Fiscal anticorrupción.;GPlu GEHBildu


Marcos Peña. Exinspector de la Policía.;GPlu GEHBildu


Manuel Vázquez López. Exjefe de la UDEF.;GPlu GEHBildu


Enrique Olivares García.;GPlu GEHBildu


Gabriel Fuentes. Excomisario del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).;GPlu GEHBildu


Santiago Sánchez Aparicio. Comisario General de la Policía Nacional.;GPlu GEHBildu


Joan Pau de Miguel. Ex-CEO de la Banca Privada Andorrana.;GPlu


Carles Firaña. Jefe de la Unidad de Inteligencia Financiera de Andorra.;GPlu


Manuel Moix Blázquez. Fiscal y ex fiscal jefe de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada (8 de marzo de 2017-1 de junio de 2017).;GPlu


Alfons Alberca. Fiscal general de Andorra.;GPlu


Alfonso Pazos.;GPlu


Fernando Grande-Marlaska Gómez. Ministro del Interior.;GEHBildu


Pablo Ruz. Magistrado.;GEHBildu


Rubén Eladio López. Inspector jefe de la Policía Nacional.;GEHBildu


José Luis Olivera Serrano. Exjefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF).;GEHBildu


Francisco Javier Miguelañez Valero. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía, Jefe de la Unidad de Asuntos Internos.;GEHBildu


Enrique Rodríguez Ulla. Excomisario de la Policía Nacional.;GEHBildu


Agapito Hermes de Dios. Comisario de la Policía Nacional.;GEHBildu


José Manuel Sánchez Fornet. Ex secretario general del sindicato mayoritario de la Policía Nacional (SUP) (1992-2014) y exagente de la Policía Nacional.;GEHBildu


Agustín Linares. Ex-DAO Policía Nacional.;GEHBildu


José Santiago Sánchez. Excomisario de la Policía Nacional.;GEHBildu


b) COMPARECENCIAS ACORDADAS Y CELEBRADAS


COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez. Extesorero del Partido Popular. Exgerente del Partido Popular.;GS;17/03/2021;Sesión 4


DS núm. 5, de 17 de marzo de 2021.



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COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Miguel Ángel Bayo Herranz. Facultativo (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de área de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional.;GS;17/03/2021;Sesión 4


DS núm. 5, de 17 de marzo de 2021.


Felipe Eduardo Lacasa Córdoba. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex secretario general de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional.;GS;18/03/2021;Sesión 5


DS núm. 6, de 18 de marzo de 2021.


José Antonio Rodríguez González.;GS;18/03/2021;Sesión 5


DS núm. 6, de 18 de marzo de 2021.


Diego Pérez de los Cobos Orihuel. Coronel de la Guardia Civil.;GS;25/03/2021;Sesión 6


DS núm. 7, de 25 de marzo de 2021.


Manuel Morocho Tapia. Inspector jefe del Cuerpo Nacional de Policía. Jefe Sección Operativa de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.;GS;25/03/2021;Sesión 6


DS núm. 7, de 25 de marzo de 2021.


Bonifacio Díaz Sevillano. Inspector jefe (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía.;GS;15/04/2021;Sesión 7


DS núm. 8, de 15 de abril de 2021.


José Ángel Fuentes Gago. Inspector jefe del Cuerpo Nacional de Policía en activo.;GS;15/04/2021;Sesión 7


DS núm. 8, de 15 de abril de 2021.


Enrique García Castaño. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GS GV (EAJ-PNV);22/04/2021;Sesión 8


DS núm. 9, de 22 de abril de 2021.


Enrique Barón Castaño. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex comisario general de información de la Policía Nacional.;GS;22/04/2021;Sesión 8


DS núm. 9, de 22 de abril de 2021.


Andrés Gómez Gordo. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía.;GS;05/05/2021;Sesión 9


DS núm. 10, de 5 de mayo de 2021.


Juan Antonio González García. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex comisario general de Policía Judicial de la Policía Nacional.;GS;05/05/2021;Sesión 9


DS núm. 10, de 5 de mayo de 2021.



Página 19





COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Mariano Hervás Cuevas. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex segundo jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GS;05/05/2021;Sesión 9


DS núm. 10, de 5 de mayo de 2021.


Marcelino Martín-Blas Aranda. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Exjefe de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional.;GS;05/05/2021;Sesión 9


DS núm. 10, de 5 de mayo de 2021.


Javier Iglesias Redondo. Abogado.;GS;06/05/2021;Sesión 10


DS núm. 11, de 6 de mayo de 2021.


José Luis Olivera Serrano. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Exjefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.;GS;06/05/2021;Sesión 10


DS núm. 11, de 6 de mayo de 2021.


Eugenio Pereiro Blanco. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Comisario general de información de la Policía Nacional.;GS;06/05/2021;Sesión 10


DS núm. 11, de 6 de mayo de 2021.


Eugenio Pino Sánchez. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional.;GS;13/05/2021;Sesión 11


DS núm. 12, de 13 de mayo de 2021.


Rosalía Iglesias Villar.;GS;13/05/2021;Sesión 11


DS núm. 12, de 13 de mayo de 2021.


Sergio Javier Ríos Esgueva. Policía del Cuerpo Nacional de Policía en activo.;GS;20/05/2021;Sesión 12


DS núm. 13, de 20 de mayo de 2021.


José Manuel Villarejo Pérez. Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.;GV (EAJ-PNV);27/05/2021;Sesión 13


DS núm. 13, de 27 de mayo de 2021.


Ignacio Cosidó Gutiérrez. Ex director general de la Policía.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021.



Página 20





COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Francisco Martínez Vázquez. Ex secretario de Estado de Seguridad.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021.


Silverio Nieto Núñez.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021.


Jorge Sanchís Bordetas.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021.


María Dolores de Cospedal García. Ex secretaria general del Partido Popular.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021.


Ignacio López del Hierro y Bravo.;GS;02/06/2021;Sesión 15


DS núm. 15, de 2 de junio de 2021.


José Antonio Nieto Ballesteros. Ex secretario de Estado de Seguridad.;GS;02/06/2021;Sesión 15


DS núm. 15, de 2 de junio de 2021.


José Manuel Villarejo Pérez. Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.;GV (EAJ-PNV);20/10/2021;Sesión 18


DS núm. 18, de 20 de octubre de 2021.


Enrique García Castaño. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GV (EAJ-PNV);20/10/2021;Sesión 18


DS núm. 18, de 20 de octubre de 2021.


Ignacio Ulloa Rubio. Secretario de Estado de Seguridad entre enero de 2012 y enero de 2013.;GS;11/11/2021;Sesión 19


DS núm. 19, de 11 de noviembre de 2021.


Enrique Báez Tabasco. Policía Nacional en situación de servicios especiales en FRONTEX. Mediante videoconferencia.;GS;17/11/2021;Sesión 20


DS núm. 20, de 17 de noviembre de 2021.



Página 21





COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Jesús Vicente Galán Martínez. Inspector jefe de la Policía, exjefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía.;GS;17/11/2021;Sesión 20


DS núm. 20, de 17 de noviembre de 2021.


José García Losada. Comisario general de Policía Judicial entre julio de 2012 y octubre de 2013.;GS;17/11/2021;Sesión 20


DS núm. 20, de 17 de noviembre de 2021.


José Luis Argenta de la Aldea. Director de la cárcel de Soto del Real de 2012 hasta 2020.;GS;17/11/2021;Sesión 20


DS núm. 20, de 17 de noviembre de 2021.


Isidro Sánchez Suárez. Recluso, compañero de D. Luis Bárcenas en la prisión de Soto del Real.;GS;;


Pedro Agudo Novo. Comisario de la Policía. Jefe de gabinete del Director General de la Policía Nacional entre diciembre de 2011 y septiembre de 2012.;GS;18/11/2021;Sesión 21


DS núm. 21, de 18 de noviembre de 2021.


Ignacio Cosidó Gutiérrez. Director general de la Policía entre el 2 de marzo de 2012 y el 18 de noviembre de 2016.;GS;18/11/2021;Sesión 21


DS núm. 21, de 18 de noviembre de 2021.


Enrique López López. Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid.;GS;01/12/2021;Sesión 22


DS núm. 24, de 1 de diciembre de 2021.


José Luis Ortiz Grande. Jefe de gabinete de María Dolores de Cospedal García durante su etapa como Presidenta de Castilla-La Mancha (2011-2015) y como secretaria general del PP (2008-2018).;GS;01/12/2021;Sesión 22


DS núm. 24, de 1 de diciembre de 2021.


Jorge Fernández Díaz. Exministro del Interior.;GS;02/12/2021;Sesión 23


DS núm. 25, de 2 de diciembre de 2021.


María Dolores de Cospedal García. Secretaria general del Partido Popular entre 2008 y 2018.;GS;09/12/2021;Sesión 24


DS núm. 26, de 9 de diciembre de 2021.



Página 22





COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Mariano Rajoy Brey. Presidente del Gobierno entre 2011 y 2018.;GS;13/12/2021;Sesión 25


DS núm. 27, de 13 de diciembre de 2021.


La comparecencia de Isidro Sánchez Suárez no pudo celebrarse por hallarse en paradero desconocido.


F. DOCUMENTACIÓN.


a) DOCUMENTACIÓN SOLICITADA POR LA COMISIÓN


Gobierno


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


- Orden firmada el 12 de septiembre de 1995 que desarrollaba la Ley de fondos reservados.


- Relación de miembros que formaron parte del tribunal que aprobó el acceso de don Sergio Javier Ríos Esgueva a la escala básica de la Policía Nacional.


- Informe elaborado por el Inspector don José Ángel Fuente Gago en relación con la incompatibilidad del trabajo de policía con las actividades empresariales que desarrollaba el comisario jubilado José Manuel Villarejo Pérez.


- Documento entregado por la Comisaria doña Nuria Mazo con motivo de la disolución de la Brigada de Análisis y Revisión de Casos.


- Expedientes de concesión de las medallas de oro, plata o roja entregadas, bajo los mandatos de los ministros don Jorge Fernández Díaz y don Juan Ignacio Zoido a comisarios principales, comisarios, inspectores jefes, inspectores,
facultativos en activo, segunda actividad o retiro, y a otras personas ajenas a la Policía Nacional.


- Oficio policial n.º 12560/18, de 29 de octubre.


- Oficio policial n.º 2154/2019, de 23 de septiembre.


- Oficio policial n.º 1591/2019, de 3 de julio.


- Oficio policial n.º 62/2019, de 15 de enero.


- Oficio policial de la UAI n.º 45/2019, de 14 de enero.


- Oficio policial n.º 1494/2019, de 18 de junio.


- Oficio policial n.º 717/20, de 20 de abril.


- Oficio de la Unidad de Asuntos Internos de 30 de abril de 2020.


- Documentación acreditativa de la financiación de la operación Kitchen con cargo a fondos reservados.


- Informes de la UDEF en relación con causas de corrupción contra el Partido Popular vinculadas a la Gürtel, a los 'papeles de Bárcenas', Púnica, Lezo o la operación Kitchen, sin vulnerar la reserva de los sumarios que se están instruyendo.


- Grabación efectuada por el comisario don José Manuel Villarejo Pérez en julio del año 2009 a doña María Dolores de Cospedal y a don Ignacio López del Hierro.


- Grabación de la conversación del 17 de febrero de 2017 entre el comisario don José Manuel Villarejo Pérez, don Adrián de la Joya y don Alberto Pedraza Jorde.


- Agenda del comisario don José Manuel Villarejo Pérez.


- Archivos del teléfono móvil del entonces secretario de Estado de Seguridad, don Francisco Martínez Vázquez.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 5 de octubre de 2021:


- Expediente del traslado de José Ángel Fuentes Gago como Agregado de Interior de la delegación diplomática en Ámsterdam en junio de 2015.



Página 23





- Expediente del traslado de Bonifacio Díaz Sevillano como agregado de Interior de la Embajada de España en México en julio de 2016.


- Expedientes abiertos para la concesión de las medallas de oro, plata o roja entregadas, bajo los mandatos de los ministros don Jorge Fernández Díaz y don Juan Ignacio Zoido, a las personas que se detallan a continuación, de acuerdo a la
documentación entregada a esta Comisión de Investigación por parte del Gobierno el pasado 8 de marzo de 2021 con registro de entrada 98296:


• Castaño Barón, Enrique: Cruz Roja. 22/09/2016.


• Fuentes Gago, José Manuel: Cruz Roja. 18/09/2014.


• García Castaño, Enrique: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Gómez Gordo, Andrés Manuel: Cruz Roja. 17/09/2015.


• Hervás Cuevas, Mariano: Cruz Roja. 20/09/2012.


• Hervás Cuevas, Mariano: Cruz Roja. 26/09/2014.


• Lacasa Córdoba, Felipe Eduardo: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Martín-Blas Aranda, Marcelino: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Oliveira Serrano, José Luis: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Pérez Villarejo, José Manuel: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Pino Sánchez, Eugenio: Medalla de Plata al Mérito. 2/06/2016.


• Sevillano Díez, Bonifacio: Cruz Roja. 18/09/2014.


- Expediente de información reservada del juicio a José Ángel Fuentes Gago, por la declaración el 7 de marzo de 2019 como investigado ante el juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso, relativa a la utilización ilegal de efectivos,
medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular.


- Expediente de la petición de la licencia de armas entregada a Sergio Ríos Esgueva con la memoria adjunta que haga constar los motivos que fundamentan la necesidad de posesión de arma corta, acompañado de los documentos aportados por el
solicitante que sirvieron para fundamentar la necesidad de usar arma.


- Expediente de acceso de Sergio Ríos Esgueva al Cuerpo Nacional de Policía aportando la superación de las pruebas tanto físicas como teóricas.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 13 de diciembre de 2021 se reitera la petición de:


- Expediente de la petición de la licencia de armas entregada a Sergio Ríos Esgueva con la memoria adjunta que haga constar los motivos que fundamentan la necesidad de posesión de arma corta, acompañado de los documentos aportados por el
solicitante que sirvieron para fundamentar la necesidad de usar arma. La presente solicitud se refiere al periodo anterior a la condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía del señor Sergio Ríos Esgueva.


Tribunal Supremo


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


Al Juzgado Central de Instrucción n.º 6, con sede en la Audiencia Nacional. Actuaciones de la investigación Kitchen. Diligencias Previas n.º 96/2017. Pieza separada n.º 7:


- Oficio policial n.º 12560/18, de 29 de octubre.


- Oficio policial n.º 2154/2019, de 23 de septiembre.


- Oficio policial n.º 1591/2019, de 3 de julio.


- Oficio policial n.º 62/2019, de 15 de enero.


- Oficio policial de la UAI n.º 45/2019, de 14 de enero.


- Oficio policial n.º 1494/2019, de 18 de junio.


- Oficio policial n.º 717/20, de 20 de abril.


- Oficio de la Unidad de Asuntos Internos de 30 de abril de 2020.


- Documentación acreditativa de la financiación de la operación Kitchen con cargo a fondos reservados.



Página 24





- Acta notarial de don Francisco Martínez Vázquez, quien compareció el día 13 de junio de 2019 ante el notario de Mahón, don Alberto Vela Navarro-Rubio, instando la protocolización de varios mensajes SMS recibidos en su teléfono móvil,
número xxxxxxxxx, levantándose por el notario Acta de exhibición y presencia n.º 1078/2019 y 1079/2019 de su protocolo, con mensajes recibidos del contacto identificado en el terminal como don Jorge Fernández Díaz.


- Acta notarial de don Francisco Martínez Vázquez del día 17 de octubre de 2019 ante el notario de Madrid, don Enrique Augusto Franch Quiralte, instando la protocolización de un mensaje SMS recibido en su teléfono móvil, número xxxxxxxxx, el
día 18 de octubre de 2013, a las 14:06 horas, levantándose por el notario el Acta de presencia y referencia n.º 3548/2019 de su protocolo, con la transcripción de un mensaje recibido del contacto identificado en el directorio del terminal como don
Jorge Fernández Díaz.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 2 de marzo de 2021:


Al Juzgado Central de Instrucción n.º 5, con sede en la Audiencia Nacional:


Los documentos que se encuentran en las Diligencias Previas n.º 275/2008 (Pieza Separada Informe UDEF-BLA 22.520/13) relativas a la que fuera la Pieza Reservada 'Operación Kitchen', así como documentación sobre la misma investigación
posteriormente incorporada a las actuaciones tras cesar el carácter reservado de la anterior Pieza, y, en especial, el informe completo sobre los objetivos, preparación, aprobación, ejecución, reporte, supervisión y control de la 'Operación Kitchen'
desarrollada en la Dirección General de Policía, que consta en las mencionadas Diligencias Previas.


A la Fiscalía General del Estado


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


- Informes de la UDEF en relación con causas de corrupción contra el Partido Popular vinculadas a la Gürtel, a los 'papeles de Bárcenas', Púnica, Lezo o la operación Kitchen, sin vulnerar la reserva de los sumarios que se están instruyendo.


- Grabación efectuada por el comisario don José Manuel Villarejo Pérez en julio del año 2009 a doña María Dolores de Cospedal y a don Ignacio López del Hierro.


- Grabación de la conversación del 17 de febrero de 2017 entre el comisario don José Manuel Villarejo Pérez, don Adrián de la Joya y don Alberto Pedraza Jorde.


- Agenda del Comisario don José Manuel Villarejo Pérez.


- Archivos del teléfono móvil del entonces secretario de Estado de Seguridad, don Francisco Martínez Vázquez.


- Documentación acreditativa de la financiación de la operación Kitchen con cargo a fondos reservados.


Al Notario don Alberto Vela Navarro-Rubio


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


- Acta notarial de don Francisco Martínez Vázquez, quien compareció el día 13 de junio de 2019 ante el notario de Mahón, don Alberto Vela Navarro-Rubio, instando la protocolización de varios mensajes SMS recibidos en su teléfono móvil,
número xxxxxxxxx, levantándose por el notario Acta de exhibición y presencia n.º 1078/2019 y 1079/2019 de su protocolo, con mensajes recibidos del contacto identificado en el terminal como don Jorge Fernández Díaz.


Al Notario de don Enrique Augusto Franch Quiralte


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


- Acta notarial de don Francisco Martínez Vázquez del día 17 de octubre de 2019 ante el notario de Madrid, don Enrique Augusto Franch Quiralte, instando la protocolización de un mensaje SMS recibido en su teléfono móvil, número xxxxxxxxx, el
día 18 de octubre de 2013, a las 14:06 horas, levantándose por el notario el Acta de presencia y referencia n.º 3548/2019 de su protocolo, con la transcripción de un mensaje recibido del contacto identificado en el directorio del terminal como don
Jorge Fernández Díaz.



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b) DOCUMENTACIÓN RECIBIDA COMO CONSECUENCIA DE LAS SOLICITUDES FORMULADAS POR LA COMISIÓN


Del Gobierno


Número de registro 98296, de 9 de marzo de 2021:


- Relación de miembros que formaron parte del tribunal que aprobó el acceso de don Sergio Javier Ríos Esgueva a la Escala Básica de la Policía Nacional.


- Informe elaborado por el Inspector jefe don José Ángel Fuente Gago con la valoración de incompatibilidad de funcionario público en activo (comisario CNP) por titularidad de empresas mercantiles. Informe elaborado respecto de las
actividades empresariales del comisario jubilado don José Manuel Villarejo Pérez.


- Expedientes de concesión de las medallas de oro, plata o roja entregadas, bajo los mandatos de los Ministros don Jorge Fernández Díaz y don Juan Ignacio Zoido a comisarios principales, comisarios, inspectores jefes, inspectores,
facultativos, en activo, segunda actividad o retiro, y a otras personas ajenas a la Policía Nacional.


Respecto del resto de documentación solicitada, la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales comunicó que el Gobierno no puede facilitarlos ya que son parte de una causa judicial abierta, debiendo
solicitarse al órgano judicial encargado de la instrucción de la misma.


Número de registro 173912, de 1 de diciembre de 2021:


- Propuestas de ingreso en la Orden del Mérito Policial de:


• Castaño Barón, Enrique: Cruz Roja. 22/09/2016.


• Fuentes Gago, José Manuel: Cruz Roja. 18/09/2014.


• García Castaño, Enrique: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Gómez Gordo, Andrés Manuel: Cruz Roja. 17/09/2015.


• Hervás Cuevas, Mariano: Cruz Roja. 20/09/2012.


• Hervás Cuevas, Mariano: Cruz Roja. 26/09/2014.


• Lacasa Córdoba, Felipe Eduardo: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Martín-Blas Aranda, Marcelino: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Oliveira Serrano, José Luis: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Pérez Villarejo, José Manuel: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Pino Sánchez, Eugenio: Medalla de Plata al Mérito. 2/06/2016.


• Sevillano Díez, Bonifacio: Cruz Roja. 18/09/2014.


- Certificado expedido por el secretario general de la División de Personal de la Dirección General de Policía en relación con las armas de Sergio Ríos Esgueva.


Tribunal Supremo


Número de registro 93124, de 25 de febrero de 2021, en respuesta a la solicitud efectuada por acuerdo de la Comisión de 28 de enero de 2021:


- Carta del Presidente del Tribunal Supremo trasladando la respuesta del Juzgado Central de Instrucción número 6 denegando el envío de la documentación solicitada.


Número de registro 102956, de 24 de marzo de 2021, en respuesta a la solicitud efectuada por acuerdo de la Comisión de 2 de marzo de 2021:


- Carta del Presidente del Tribunal Supremo trasladando la respuesta del Juzgado Central de Instrucción número 6 denegando el envío de la documentación solicitada.


Fiscalía General del Estado


Número de registro 88890, de 16 de febrero de 2021:


- Carta de la Fiscal General del Estado comunicando que la remisión de la documentación que se solicita es documentación judicial sometida a un tratamiento procesal específico y de la que solo puede disponer el propio órgano encargado de las
correspondientes investigaciones.



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Notario D. Alberto Vela Navarro-Rubio.


Número de registro 95974, de 3 de marzo de 2021:


- Copia simple del Acta de exhibición y presencia número 1078.


- Copia simple del Acta de exhibición y presencia número 1079.


Notario D. Enrique Augusto Franch Quiralte


Número de registro 95550, de 2 de marzo de 2021:


- Copia simple del Acta de presencia y referencia n.º 3548.


c) DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LOS COMPARECIENTES


- Documentación aportada por D. Marcelino Martín-Blas Aranda, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, exjefe de Asuntos Internos de la Policía Nacional, en su comparecencia ante la Comisión en sesión del día 6 de mayo de 2021:


• Escrito de alegaciones de don Marcelino Martín-Blas Aranda al Juzgado Central de Instrucción n.º 6.


• Artículo vozpopuli.com: Villarejo: 'Tuve que amenazar al ministro para que le cortara la cabeza a Martín Blas'.


• Auxilio Judicial Internacional 20/2019. Comisión rogatoria procedente de las autoridades de Andorra relativa a José Villarejo Pérez.


• Oficio de la Dirección Adjunta Operativa al Juzgado n.º 2 de Madrid en relación con las Diligencias Previas - Procedimiento Abreviado 4676/2014 Pieza II.


• Informe propuesta de actuaciones sobre grabación ilegal. 'Operación Nicolay'.


• Artículo publico.es. Villarejo, sobre el caso Pujol: 'Lo único que quiero es joder al delincuente Martín-Blas'.


• Oficio de respuesta de la Dirección General de Policía a la solicitud de diversa información en base a la Ley de Transparencia formulada por don Marcelino Martín-Blas Aranda.


• Oficio de la Dirección Adjunta Operativa sobre actuaciones del Comisario José M. Villarejo Pérez en relación DP 1691/2013 JI n.º 5 Fuenlabrada.


• Artículo okdiario.com. 'El polémico Comisario Martín-Blas tiene cuatro pisos y un solar con un sueldo de 4000 €'.


• Artículo publico.es. Javier Iglesias 'el Largo', el hombre de los Cierco y Cospedal en la 'Operación Cataluña'.


• Campaña de difamación. Vídeos y artículos de prensa.


II. CONCLUSIONES


1. El 1 de octubre de 2020 el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó con 206 votos, a solicitud de los Grupos Parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, la creación de una Comisión de
Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante
los mandatos de Gobierno del Partido Popular.


La Comisión de Investigación se constituyó el 22 de diciembre de 2020.


Se ha prorrogado el plazo para la realización del Dictamen de la Comisión de Investigación en dos ocasiones por la mayoría del Pleno de la Cámara, en sus sesiones de 18 de marzo y de 24 de junio de 2021. En esta última se ha ampliado el
plazo hasta el 31 de diciembre de 2021.


No se puede iniciar la elaboración del escrito de conclusiones sin partir de las conclusiones aprobadas por el Pleno del Congreso de los Diputados sobre la Comisión de Investigación sobre la utilización partidista en el Ministerio del
Interior, bajo el mandato del Ministro Fernández Díaz, de los efectivos, medios y recursos del Departamento y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con fines políticos, en la sesión del día 21 de septiembre de 2017.



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De los trabajos de esa Comisión se pusieron de manifiesto las siguientes conclusiones:


'3. En el Ministerio del Interior, bajo el mandato del señor Fernández Díaz, usando de manera fraudulenta el catálogo de puestos de trabajo, se creó una estructura policial bajo las instrucciones del señor Cosidó Gutiérrez, por orden del
DAO Eugenio Pino, con el conocimiento y consentimiento del Ministro destinada a obstaculizar la investigación de los escándalos de corrupción que afectaban al Partido Popular y al seguimiento, la investigación y, en su caso, la persecución de
adversarios políticos. A modo de ejemplo: PSOE (como demuestra la creación y trabajos realizados por las BARC), el nacionalismo catalán (señor Trías) o Podemos (Informe Pisa).


4. Estas decisiones han supuesto una inaceptable utilización partidista de los efectivos, medios y recursos del Departamento de Interior y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con un abuso de poder que quebranta reglas
esenciales de la democracia y del Estado de Derecho.'


La Comisión de Investigación delimitó los trabajos de la misma a la investigación de la Operación Kitchen. Esta operación pone de manifiesto de forma indiscutible que todo lo afirmado en las conclusiones citadas de la Comisión de
Investigación sobre la utilización partidista en el Ministerio del Interior, bajo el mandato del Ministro Fernández Díaz, es veraz.


2. Los miembros de la Comisión de Investigación quieren expresar mayoritariamente que en ningún momento su tarea ha consistido en evaluar la constitucional y encomiable labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que, de manera
amplísimamente mayoritaria, vienen desarrollando en pro de la ciudadanía en la lucha contra el crimen.


3. La Operación Kitchen es la pieza 7 de la macro causa 'Tándem', más conocida como Caso Villarejo, en la que se investiga por el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional (AN) el uso ilegal de fondos reservados,
además de otros delitos como prevaricación, malversación y allanamiento. El objetivo era acceder a información que presuntamente obraba en poder del extesorero del Partido Popular (buscaba información en soportes como discos duros con vídeos,
documentación contable y bancaria que pudiera haberse llevado el extesorero de la sede del PP, teléfonos móviles con conversaciones tanto de texto como algunos audios). Sabiendo que no se hizo con las autorizaciones preceptivas, ni bajo la
dirección y dando conocimiento a la autoridad judicial o fiscal que llevaban a cabo la investigaciones, la finalidad no podía ser otra que conseguir las pruebas para ocultarlas a la Administración de Justicia y con ello eludir las responsabilidades
penales que pudieran derivarse para altos cargos del Partido Popular.


Los hechos investigados en la Operación Kitchen, ocurridos entre 2013 y 2014, han puesto de manifiesto, según declaraciones efectuadas por diversos comparecientes, la implicación en los mismos de los responsables políticos máximos del
Ministerio del Interior (Ministro, Secretario de Estado de Seguridad, y Director General de la Policía), así como de la Secretaria general del Partido Popular y de forma indiciaria del mismo Presidente del Gobierno.


4. La información documental solicitada por la Comisión de Investigación ha tenido una respuesta diversa, si bien buena parte de la información se ha recibido, en algunos otros casos ésta no ha llegado o lo ha hecho a destiempo.


Hay que destacar que en la mayoría de las comparecencias celebradas los declarantes se negaron a colaborar con la Comisión de Investigación amparándose en interpretaciones interesadas del secreto de las actuaciones judiciales. En cambio,
este secreto no ha existido, ya que éstas han sido ampliamente difundidas por los medios de comunicación. Muchas de estas personas comparecientes se acogieron al derecho a no declarar, cuando en el momento de su comparecencia no reunían la
condición de investigadas como María Dolores de Cospedal García o como su exjefe de Gabinete, José Luis Ortiz Grande, que tampoco declaró, remitiéndose en todo momento a su declaración en sede judicial y al auto del Magistrado de apertura del
Procedimiento Abreviado donde, curiosamente, no se dirige contra él.


5. Los hechos sobre los que se ha tenido conocimiento durante los trabajos de esta Comisión -y que constan en el Diario de Sesiones- para sustraer documentación obrante en poder del señor Bárcenas Gutiérrez son variados, de procedencia
diversa y básicamente no contradictorios entre sí, por lo que dan base suficiente para darlos por probados, al menos indiciariamente, sin que suponga un obstáculo que el Ministro del Interior hubiera declarado que, si sucedieron, lo fueron sin su
consentimiento ni conocimiento, o que el Director General de la Policía afirmara el desconocimiento total de los mismos, negación que también ya expresaron sobre la existencia de la llamada 'policía patriótica' en el Ministerio del Interior y que
esta Cámara dio por probada, así como la responsabilidad de ambos, el 21 de septiembre de 2017.



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6. La realización material de las ilegalidades investigadas en esta causa, y en otras más que no son objeto de investigación en esta Comisión, tenía varias sedes, la Secretaria de Estado de Seguridad, la sede del Partido Popular en la calle
Génova y, su epicentro, en la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional (DAO), que dirigía Eugenio Pino Sánchez. Éste estaba rodeado de un grupo de personas (denominado por él mismo como 'camarilla'), que recibieron diversas cantidades de
fondos reservados (según respuestas emitidas a diversas preguntas en la comparecencia del 18 de marzo de 2021 por Felipe Lacasa Córdoba). Como miembros de ese grupo del DAO, con carácter más estructural, están nombres de comparecientes en esta
Comisión: Eugenio Pino Sánchez, José Manuel Villarejo Pérez, Andrés Gómez Gordo, Bonifacio Díaz Sevillano, José Ángel Fuentes Gago, Enrique García Castaño, Marcelino Martín-Blas Aranda, etc., que aparecen de manera reiterada en distintos hechos
investigados por la justicia y en la implicación de Unidades como la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO), dependiente de la Comisaría General de Información, cuyas competencias legales son la captación, recepción, tratamiento y desarrollo de la
información de interés para el orden y la seguridad pública en el ámbito de las funciones de la Dirección General, así como su explotación o aprovechamiento operativo, especialmente en materia antiterrorista, tanto en el ámbito nacional como en el
internacional y que, como puede observarse, están muy alejadas de la búsqueda del dinero y los documentos que hubiera podido detraer y ocultar Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez. También era habitual el uso de la Unidad de Asuntos Internos (UAI),
cuyas competencias legalmente previstas son la persecución de las conductas funcionariales constitutivas de infracciones penales y aquellas otras contrarias a la ética profesional de los miembros de la Policía Nacional y de los funcionarios
destinados en el centro directivo, y están muy alejadas de la búsqueda del dinero y los documentos en poder del extesorero del Partido Popular. Por último, también se ha visto implicada la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF), dependiente
de la Comisaría General de Policía Judicial. Esta implicación tenía una doble vertiente, por un lado, sus responsables cooperaban con el DAO ejecutando las decisiones ilegítimas ordenadas por Eugenio Pino Sánchez y, por otro, como víctima, ya que
los miembros de esta Unidad, tal y como relató Manuel Morocho Tapia ante esta Comisión, eran objeto de investigaciones de la Unidad de Asuntos Internos (UAI) por supuestas filtraciones, o de adscripciones temporales de funciones fuera de la Unidad.
Es el caso del Sr. Morocho adscrito a la DAO, cuyo único fin era paralizar y dificultar investigaciones que, como policía judicial, estaban llevando a cabo, especialmente las dirigidas sobre la financiación ilegal del Partido Popular, donde estaban
implicados miembros relevantes de la cúpula del mismo.


7. La Operación Kitchen contaba con varios brazos representados a nivel operativo por los distintos funcionarios policiales implicados (DAO -Ministro, Secretario de Estado de Seguridad, Director General de la Policía-, UCAO -Secretario de
Estado de Seguridad-, UDEF, UAI -Secretario de Estado de Seguridad, Director General de la Policía-, etc.), cada uno con su connivencia con diversos altos cargos del Gobierno o del Partido Popular -José Manuel Villarejo Pérez y Andrés Gómez Gordo-,
que buscaban, incluso en ocasiones de manera desconcertada, el material que pudiera esconder el Sr. Bárcenas Gutiérrez tal como: discos duros con vídeos, o con la documentación contable y bancaria que pudiera haberse llevado el extesorero de la
sede del PP; teléfonos móviles con conversaciones, tanto de texto como audios o grabaciones de reuniones con personas relevantes del Partido Popular. Tal y como afirmó en esta Comisión Enrique García Castaño, uno de los fines era averiguar si el
extesorero se había llevado información de los discos duros ubicados en los ordenadores de la sede Nacional del PP, en la calle Génova. Discos duros en los que se detallaba documentación sobre los pagos de la caja B del Partido Popular. Material
que al parecer encontraron y entregaron al Secretario de Estado de Seguridad.


8. Las retribuciones que recibían los policías implicados, por acción u omisión (guardar silencio), no eran solo en metálico con fondos reservados y medallas pensionadas (con las que premiaban generosamente a cargos policiales, y claramente
se puede afirmar que para comprar silencios, a la vez que perseguían a los discrepantes), eran a través de comisiones de servicio, destinos preferidos, entre ellos destinos en el exterior, bien retribuidos, e incluso acceso a la Policía Nacional con
más de 40 años (caso de Sergio Ríos Esgueva, exchofer de Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez, que como se recoge en el auto del Magistrado instructor de apertura del Procedimiento Abreviado, formaría parte de los pagos recibidos por su colaboración en
el espionaje al ex tesorero del PP). Se estima oportuno una revisión en los procesos y procedimientos sobre uso y control de los fondos reservados. También, se considera conveniente una revisión de los procesos de concesión de condecoraciones en
la Policía Nacional que abunde en una mayor transparencia y objetividad en la concesión de las mismas. También recibían ascensos y promociones dentro de la escala e inclusive a escalas superiores, incomprensible en supuestos



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de miembros del Cuerpo de la Policía Nacional (PN) que acababan de reintegrarse a la policía, después de 10 años fuera como ocurrió con el Sr. Gómez Gordo que fue ascendido a comisario. Finalmente, y como pago de los servicios, a algunos
también se les promovía a puestos de alta responsabilidad policial, como en el caso de José Luis Olivera Serrano, que le nombran Director del Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado (CICO), posteriormente Centro de Inteligencia contra el
Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), puestos desde los que aprovechaban el conocimiento, que por el puesto tenían acceso, con fines personales y patrimoniales, colaborando activamente con personas que, como él, están siendo investigadas en la
Operación Kitchen y que incumplían con su obligación de perseguir delitos, de los que tenían conocimiento y pleno dominio.


9. La policía es un instituto armado, con estructura jerarquizada, que da cuenta de su actuación a la cadena de mando. La policía, en una sociedad democrática, no pone en marcha un dispositivo del calado referido como la llamada 'operación
Kitchen', con un fuerte dispositivo policial desviado de sus fines legales, con uso abundante de medios humanos (hasta setenta policías de seguimiento) y materiales, con distintas unidades interviniendo, disposición de fondos reservados del
Ministerio del Interior y durante un largo periodo de tiempo, sin que lo ordenen los responsables políticos del Ministerio del Interior o sin su conocimiento o consentimiento. No es creíble, por tanto, que ni el Ministro ni el Director General de
la Policía afirmen no tener conocimiento ni haber dado consentimiento acerca del 'operativo Kitchen'.


10. La finalidad de la operación era la obstrucción de las investigaciones y que las pruebas que pudieran estar en posesión del Sr. Bárcenas Gutiérrez se sustrajeran al conocimiento de los fiscales y tribunales e incluso de los propios
miembros del Cuerpo que actuaban como policía judicial. De esta forma, pretendían impedir la obtención de pruebas contra el Partido Popular y sus más altos dirigentes, y que no se incorporaran a los procedimientos penales que se estaban instruyendo
en los Tribunales por un variado y amplio catálogo de delitos.


11. Algunos de los comparecientes que han declarado han negado saber o haberse enterado de nada, desde el ex Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy Brey; el ex ministro del Interior, Jorge Fernandez Díaz; el ex secretario de Estado de
Seguridad, Francisco Martínez Vázquez; hasta mandos policiales superiores e intermedios.


En relación a miembros o exmiembros de la Policía Nacional (PN) y a título de ejemplo:


- Juan Antonio González García afirmó que conocía escasamente al Sr. Villarejo Pérez, pero constituyó una sociedad con domicilio social en su despacho '[...] tuve una empresa; cuando me jubilé, hice esa empresa, Cigales. [...]. Entonces,
le pregunté si tenía un sitio para que pudiera yo poner esto. Y me dijo: Sí, en la calle Orense. Lo puse en la calle Orense, a los seis meses después [...], la quité de allí y ya está.'


- Enrique García Castaño afirmó que, 'desde 1998, hasta mi cese en 2017 fui el responsable de la UCAO (Unidad Central de Apoyo Operativo'. Sin embargo, tenemos conocimiento de que, al menos entre 2005 y 2006 estuvo fuera de esa Unidad.


- Enrique Barón Castaño, que era el responsable de la Comisaría General de Información (CGI), a la que pertenece la UCAO, negó saber que se estuvieran usando fondos reservados en la operación, fondos de los que él era responsable último.
También negó las vigilancias y seguimientos ilegales. Quizá por eso afirmó que no podían ser los 70 policías que dijo Mariano Hervás Cuevas, '[...]. Es más, si me permite, se ha hablado de unas cantidades de funcionarios dedicados a vigilancia,
etcétera. Yo no sé si fueron setenta, como ha dicho la prensa, o siete funcionarios diez veces...' 'Y de esto colijo una cosa, que lo que se hiciera, como se hiciera y con la metodología que se empleara, no tuvo ningún impacto ni ninguna afectación
al normal funcionamiento de los servicios de la comisaría general. No sé cuánto se empleó ni se dejó de emplear -le he dicho una cifra porque es la que he visto en prensa-, lo que sí garantizo es que afectación al normal funcionamiento de los
servicios de la comisaría general o impacto, desde mi punto de vista, no tuvo ninguno.' Es increíble que pudiera ignorar un uso de recursos personales tan masivo y que ello no afectara al normal funcionamiento de los servicios de la comisaría
general.


En cuanto a responsables políticos que han comparecido:


- El expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy Brey, que compareció el 13 de diciembre de 2021, no solo se negó a asumir responsabilidad alguna, sino que llegó a asegurar estar convencido de la inexistencia de los hechos y a no reconocer el
hecho de la existencia de una caja b con la que se financiaba ilegalmente el Partido Popular, así como a la existencia de condena alguna de los tribunales



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que acrediten la existencia de esa caja b. En cambio, hasta ahora hay dos sentencias que concluyen sobre la existencia de la caja b del Partido Popular, la STS 507/2020, sobre los papeles de Bárcenas, y la sentencia de la Audiencia Nacional
21/2021, de las obras de la sede nacional del PP.


Si nos preguntamos qui prodest, '¿a quién beneficia?', la respuesta no puede ser otra que a Mariano Rajoy Brey y a su Gobierno. Además, contamos con la declaración de Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez el 17 de marzo de 2021 ante la
Comisión de Investigación que afirmó que: 'Yo lo único que puedo decir es que las únicas dos personas con las que yo he tratado eran el presidente (Mariano Rajoy Brey) y el secretario general (María Dolores de Cospedal García) en el periodo en el
que yo soy tesorero del partido y a los que, como figura en esos papeles, yo les hacía entrega de unas cantidades.'


Por otra parte, el ex presidente del Gobierno y al tiempo presidente del Partido Popular aunque es señalado de manera directa -o indirecta a través de la señora de Cospedal García- por el señor Villarejo Pérez, el relato de este último
resulta demasiado poroso, al igual que lo declarado en ocasiones por el Secretario de Estado. Lo cual, sin embargo, no es óbice para que el ex presidente del Gobierno sea acreedor de responsabilidad política in vigilando o de una responsabilidad
vicaria por los graves hechos que se sucedían en el Ministerio del Interior de su Gobierno, máxime si se tiene en cuenta que era objetivamente uno de los máximos beneficiarios -en su calidad de Presidente del Gobierno y Presidente del Partido
Popular, como posible responsable de su financiación irregular y de la percepción de sobre sueldos de procedencia irregular- del éxito del irregular 'operativo Kitchen'.


Idéntica conclusión, y por los mismos motivos de responsabilidad política vicaria, hemos de alcanzar respecto a la señora de Cospedal García, a la sazón Secretaria general del Partido Popular y al tiempo Presidenta de la Comunidad de
Castilla la Mancha.


- El exministro del Interior, Jorge Fernández Díaz afirmó 'todo se hizo, de haber ocurrido, sin mi conocimiento, ni consentimiento'. Pero omitió un detalle relevante, su Secretario de Estado le señala como responsable e inductor de su
actuación. Y diversos responsables policiales también, incluso el propio Juez Instructor de la causa Kitchen. En la Comisión de Investigación manifestó que para el control del señor García Castaño (ex Comisario del Cuerpo Nacional de Policía y
exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo, UCAO): Normalmente, siempre van dos personas. El señor Gómez Gordo quería otra persona a su lado y quiso poner a un comisario. Y desde el ministerio, tanto el ministro como el secretario de Estado
le dijeron que no, que pusiera al señor Villarejo. Además, su Secretario de Estado de Seguridad le comunica puntualmente el resultado de las operaciones irregulares realizadas, tales como el volcado definitivo del contenido de al menos dos móviles
iPhone y una tableta iPad. Era tal el volumen de información que se publicaba sobre la actuación irregular de responsables policiales bajo sus órdenes, que solo la voluntad de ignorar, o aparentar ignorar, podría explicar que no se llevaran a cabo
investigaciones y, en cambio, si se realizaran actuaciones para ocultar, tales como la información reservada sobre la situación administrativa del Sr. Villarejo Pérez, o las recurrentes denuncias y presiones denunciadas por miembros de la UDEF, que
de manera reiterada negó en sede parlamentaria cuando fue interpelado al respecto.


- El exsecretario de Estado de Seguridad (SES), Francisco Martínez Vázquez, que ha cambiado de criterio e incluso el contenido de su declaración en multitud de ocasiones. En su declaración en la Comisión de Investigación intenta negar todo
lo dicho en otras declaraciones, publicadas, incluso judiciales, en las que señaló directamente a Mariano Rajoy Brey, a Jorge Fernández Díaz y a María Dolores de Cospedal García. En algún caso, inculpando al Ministro aportando comunicaciones de
móvil, protocolizadas ante notario, intenta negar su participación, pero tanto Enrique García Castaño, como José Manuel Villarejo Pérez le señalan como la persona a la que daban cuenta. Concretamente, el Sr. García Castaño le hizo llegar
información y entrega de lo usurpado a Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez, directamente a Francisco Martínez Vázquez, como señaló en esta Comisión de Investigación el 22 de abril de 2021: 'Vamos a ver, cuando saco los teléfonos, cuando se extrae la
información de los teléfonos del señor Bárcenas, [...]. Al único que le entrego yo personalmente un pendrive -y así está declarado- con lo que se extrajo y que me dan mis funcionarios es al secretario de Estado, al señor Francisco Martínez, [...]'.
De otra parte, el pago con fondos reservados, como han reconocido en esta Comisión varios intervinientes, de parte de la operación no podía producirse sin su conocimiento y consentimiento como responsable último de la concesión y supervisión del uso
de fondos reservados.


- El Director General de la Policía, Ignacio Cosidó Gutiérrez, que también afirmó que tampoco se enteró de nada. No conoció la existencia de una policía política de la que, tal y como concluyó la Comisión de Investigación sobre la
utilización partidista en el Ministerio del Interior, bajo el mandato del Ministro



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Fernández Díaz, de los efectivos, medios y recursos del Departamento y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con fines políticos, fue él quien dio las instrucciones para crear una estructura policial que se desarrolló y actuó bajo
la dirección del Director Adjunto Operativo (DAO), Eugenio Pino Sánchez, en todas estas actuaciones irregulares que se investigan en esta Comisión. Tanto el Sr. Pino Sánchez como el Sr. Villarejo Pérez aseguran que el DAO informaba al Director
General de la Policía y ello también se corresponde con lo declarado por el ex Director General de la Policía a preguntas del Sr. Sicilia Alférez: 'Lo que yo intentaba explicarle es que el director adjunto operativo es el director operativo de
toda la Policía, incluida la Policía Judicial. Por tanto, me informaba de todas las operaciones o novedades que se podían producir en la Policía con la excepción de aquellas investigaciones desarrolladas por la Policía Judicial de las que yo no
debía tener conocimiento'. Del resto de su declaración se desprende que él era como una especie de 'extraterrestre' en la Dirección General de la Policía, dado el desconocimiento de lo que pasaba, y que había mucho descontrol en su gestión como
director, algo que sorprende y más cuando, como afirmó el Sr. Cosidó Gutiérrez, la Policía Nacional es un cuerpo jerarquizado, por lo que es menos explicable o, incluso, creíble, que no estuviera al tanto de lo que ocurría. Además, todos estos
hechos han ocasionado que numerosos subordinados directos y sus superiores jerárquicos estén siendo investigados o procesados en la causa que se sigue en la Audiencia Nacional como pieza 7 de la Causa Tándem. Este comportamiento solo se puede
explicar si él mismo fuera el inductor de la creación de esta estructura policial con la que, además, cooperó de manera activa y que si no asumió por acción, de facto lo está reconociendo con sus omisiones. La conclusión es clara, el Director
General de la Policía tenía motivos, medios y oportunidad y, por tanto, los indicios le señalan de forma directa.


- Ignacio Ulloa Rubio, primer Secretario de Estado de Seguridad del Gobierno del Partido Popular surgido de las urnas en 2011. Llegó al Ministerio por currículo y para regenerar la política y 'no se enteró de nada'. Ello a pesar de ser el
momento en que empezó a funcionar una suerte de policía política (que gustaban llamarse patriótica) y cuando empezaron a circular los dosieres anónimos, o con firmas simuladas, y según su opinión: 'todo era legal'. También se hicieron multitud de
investigaciones sin aval judicial, caso Palau, implicados los Comisarios Marcelino Martín-Blas Aranda y José Luis Olivera Serrano, este último al que él nombró responsable del CICO (Centro de Inteligencia Contra el Crimen Organizado), los cuales
carecían de competencia alguna para intervenir en ese caso, y aunque estaban judicializados, no pudo ignorar que no eran competentes, e incluso llegaron a generar una protesta del propio Fiscal General del Estado, Eduardo Torres Dulce. Pero tampoco
'se enteró de nada'. Hablando de su cese, introdujo un elemento de pistas claras de por dónde estaba discurriendo el Ministerio del Interior y hacia donde se encaminaba: 'y mi trabajo, no podía ofrecerle política ni proyección mediática ni
maniobras arteras ni [...]'. Finalmente, del ex Comisario Villarejo Pérez no sabía ni cuál era su situación administrativa, solo sabía que era un señor conocido en el mundo de las empresas. Resulta sorprendente para alguien que firmaba los fondos
reservados que el propio Villarejo Pérez percibía con asiduidad.


- Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, Secretario de Justicia e Interior del PP y anteriormente magistrado en la Audiencia Nacional, órgano que instruye y juzga los casos vinculados a
la corrupción del Partido Popular, algunos ya sentenciados. En su comparecencia ante la Comisión de Investigación reconoció que fue él quien puso en contacto en 2017 al empresario amigo de Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez, Agustín de Diego, con el
abogado del Partido Popular, Jesús Santos. Aunque aduce que era algo personal, no resulta creíble, ya que a la vez reconoce que está al corriente de las investigaciones que hay sobre la trama Gürtel y la implicación en la misma del Partido Popular
y otros casos que también involucraban a sus miembros, o incluso al propio Partido. Es por ello que siendo magistrado, la mediación realizada no puede aceptarse como algo personal desvinculado de su situación profesional en la Audiencia Nacional y
de las investigaciones que en la misma se están llevando a cabo.


- María Dolores de Cospedal García, ex Secretaria general del Partido Popular, se negó a hablar en la Comisión de Investigación escudándose en su derecho a no declarar, aunque dado que no estaba ni tan siquiera investigada en la causa en
este momento no goza de este derecho, ni existe justificación legal para ampararse en él. Pero los datos aportados por otros comparecientes la implican en la Operación Kitchen, como Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez, o Andrés Gómez Gordo, ex
Director General de Documentación y Análisis del Gobierno de Castilla-La Mancha en los años de Presidencia de la Señora Cospedal García, así como las asiduas reuniones con el Sr. Villarejo Pérez, que ha dicho en esta Comisión que: 'Normalmente
entraba bastante camuflado en el propio coche de la señora Cospedal, que tenía los



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cristales tintados, y me acompañaba el conductor; muchas veces incluso su jefe de Gabinete, señor Ortiz'. También ha contestado a preguntas del portavoz del grupo socialista, Felipe Sicilia Alférez: 'Le pido que me diga si esto es así o
no. Según hemos visto, hay una declaración judicial, la última que usted hizo en julio de este mismo año a raíz, precisamente, de comparecer usted aquí, en la que, literalmente, se señala que usted dice: Por lo que me dijo años después Cospedal,
creo recordar que ella sabía, o supo, que se había entrado y que teníamos información que se había obtenido de esa entrada. El destino final de eso imagino que terminaría... Desde luego, una copia sí me consta que la vicepresidenta la tuvo, porque
luego lo supe por la señora Cospedal. Esto es lo que usted les contó al juez y al fiscal cuando le preguntaron acerca de la información que se había podido obtener. Usted les reconoce al juez y al fiscal que Cospedal le ha dicho que esa
información se obtuvo. El señor Villarejo Pérez (comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía): Efectivamente, señoría [...]. El señor Sicilia Alférez: Por tanto, ¿usted ratifica que, ciertamente, Cospedal le dijo que había información que
perjudicaba al PP y que ellos la tenían? El señor Villarejo Pérez (comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía): Absolutamente'. Dada su condición de Secretaria general del Partido Popular y como supuesta beneficiaria de sobresueldos de esa
financiación irregular no podemos obviar que ella era una de las beneficiarias clara de esa operación. Después de todos estos testimonios sobre la implicación de María Dolores de Cospedal García no solo podemos afirmar que era conocedora de la
trama y de sus avances, si no que pudo recibir una copia de la información sustraída al extesorero del Partido Popular durante la Operación Kitchen.


12. Otra conclusión evidente es que se ha acreditado el descontrol absoluto en el uso de los fondos. En relación al uso y control de los créditos destinados a gastos reservados, tienen la calificación, por ley, de secreto. También la Ley
manifiesta que estarán dotados de un especial sistema de justificación y control y que solo pueden estar destinados a financiar las actividades para la defensa y seguridad del Estado. Así mismo, y por mandato legal, las normas internas necesarias
para asegurar que solo se usarán para el fin legalmente previsto.


A pesar de que la mayoría de los comparecientes relacionados o competentes para el control del uso de los créditos destinados a gastos reservados se han negado a declarar, bajo la justificación de que los mismos, así como su uso, están
calificados como secreto, hemos podido llegar a esta conclusión por las declaraciones de los señores Bayo Herranz y Lacasa Córdoba, confirmando que el descontrol en el uso de los fondos era absoluto y que ello produjo pérdidas importantes para el
erario público.


Los señores Bayo Herranz y Lacasa Córdoba ejercieron la función de cajero pagador de los fondos reservados, función que de manera habitual estaba encomendada al Secretario General de la Dirección Adjunta Operativa, cargo ostentado por un
comisario principal, y así se determina en su catálogo. No obstante, el Sr. Bayo Herranz era personal facultativo. El pagaba contra un recibo, pero no exigía justificante. Lo que demuestra que la sola voluntad del DAO, Eugenio. Pino Sánchez,
conforme o contra ley, con órdenes siempre verbales, era la que determinaba lo que se hacía. Lo que pone en evidencia el descontrol absoluto.


Según afirmó el Sr. Lacasa Córdoba, la forma habitual era dar el dinero de los fondos a las Unidades destinatarias de fondos, no obstante, e incumpliendo esta forma de proceder, el Sr. Pino Sánchez decía a quién se tenía que dar y cuánto
se le tenía que dar, sin rendir ninguna explicación y ordenando en ocasiones darlo a personas concretas de las que algunas presentaba justificantes de gastos y otras, al parecer, estaban eximidas de esta obligación.


En el caso concreto de los fondos usados en la Operación Kitchen, siguiendo con lo declarado ante esta Comisión por el Sr. Lacasa Córdoba, hubo alguna partida extraordinaria que hubo que negociar con la Secretaría de Estado de Seguridad y
que recibió el Sr. García Castaño, cuyo recibo señalaba que era para 'Cocinero', lo que parece vincula directamente el pago con Kitchen (cocina en inglés). Las partidas que recibía el Sr. García Castaño constaban como UCAO, aunque la Comisaría
General de Información recibía la asignación mayor de fondos reservados que se repartía. También señaló que había una partida fija mensual de 2000 euros para el Sr. Sergio Ríos Esgueva, que recibía el Sr. Gómez Gordo. Así mismo, aseguró que los
Sres. Díaz Sevillano y Fuentes Gago también fueron destinatarios de fondos reservados. Por último, como afirmación relevante manifestó que a la Secretaría de Estado se llevaba un resumen de la cantidad mensual y una carpetilla en la que constaba,
como ya he dicho antes a otros representantes, a qué unidades y a qué operaciones u operativos se adjudicaban las distintas partidas económicas dentro de las unidades tanto periféricas como centrales.



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13. Ignorancia y exclusión de cualquier clase de seguimiento de las previsiones legales y de los protocolos establecidos.


- Utilización de catálogos, provisiones de plazas y medios personales de forma arbitraria por parte del Director Adjunto Operativo, con la complicidad de otros cargos policiales que ejecutaban estas órdenes ilegales.


Así se puede ver en el caso de José Ángel Fuentes Gago, que en la Dirección Adjunta Operativa actuaba como jefe de Gabinete de facto del DAO, o de Bonifacio Díaz Sevillano, destinado a la Unidad de Asuntos Internos y adscrito de facto a la
DAO, o de Manuel Morocho Tapia, destinado en la UDEF y adscrito a la DAO. Otros casos también han llamado la atención, como el de Pedro Agudo Novo, cesado por el Sr. Cosidó Gutiérrez por sus vínculos familiares directos con una academia que
preparaba para ingreso en la policía y que, inmediatamente después del cese, fue enviado en comisión de servicio a Roma como agregado de interior, sin haber tan siquiera realizado el curso que es preceptivo ni haberse convocado la plaza.


- Uso de Unidades con fines distintos de los legalmente previstos como se acredita por ejemplo en el uso de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO), para seguimientos a la familia de Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez, de miembros de la
Unidad de Asuntos Internos (UAI), también para seguimientos a la familia del señor Bárcenas Gutiérrez, y la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF), para elaborar dosieres contra adversarios políticos. Incide en la anormalidad la forma de
actuar de un cuerpo jerarquizado el hecho de que el DAO disponía a su antojo de Unidades y de sus jefes, colocándolos a su absoluta disposición a fin de que le prestaran los servicios que le interesaban, detrayéndolos de la preceptiva dependencia de
los Comisarios Generales.


- Ausencia de Registro por el Grupo de Análisis y Tratamiento de la Información (GATI) en ocasiones hasta dos años después, o nunca, según conveniencia de blanquear o no la información, como manifestó el Sr. Morocho Tapia.


- Entradas y registros ilegales, reconocidos por el Sr García Castaño. El señor SICILIA ALFÉREZ: No, no, la interpretación del registro la hace perfectamente el Tribunal Constitucional, eso lo sabe usted perfectamente, señor García
Castaño. Por tanto, usted se vale de un engaño, una práctica policial desde luego muy destacable, para poder entrar en un sitio privado y, según usted, simplemente mirar. El señor GARCÍA CASTAÑO (excomisario del Cuerpo Nacional de Policía y exjefe
de la Unidad Central de Apoyo Operativo, UCAO): Sí, señor. El señor SICILIA ALFÉREZ: ¿De eso informó usted al señor Pino y al señor Fernández, secretario de Estado de Seguridad? El señor GARCÍA CASTAÑO (excomisario del Cuerpo Nacional de Policía
y exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo, UCAO): Sí, claro. Por supuesto.


- Sustracción de bienes o clonación de aparatos electrónicos o destrucción o entrega a responsables del Ministerio del Interior. Comisión de Investigación (CI) el 22 de abril 2021: 'Vamos a ver, cuando saco los teléfonos, cuando se extrae
la información de los teléfonos del señor Bárcenas [...]. Al único que le entrego yo personalmente un pendrive -y así está declarado- con lo que se extrajo y que me dan mis funcionarios es al secretario de Estado, al señor Francisco Martínez
[...]'. También reconocidos por el Sr García Castaño y por el Sr. Hervás Cuevas, aunque afirmara que era para otros fines. La Operación de entrega de un ordenador al Secretario de Estado de Seguridad, es sospechosamente coincidente con la que
hizo el Sr. García Castaño.


Según el compareciente Sr. Hervás Cuevas, que trató de acomodar con su declaración toda la serie de actuaciones irregulares realizadas por el personal de la AES (Área Especial de Seguimiento), pudiera parecer que con la finalidad de dar
cobertura a las actuaciones irregulares descritas por el Sr. García Castaño, para 'salvar vidas', ya que él mismo justificó el conocimiento de los seguimientos y no podía ignorar que los mismos carecían de cobertura legal, como tampoco su jefe, el
Comisario General de Información Sr Barón Castaño que se estaban realizando a preguntas del Diputado Sr. Sicilia Alférez: Por tanto, cuando en alguna información se ha dicho que se le facilita al ministro un ordenador -ordenador que se compra con
fondos reservados, y así lo reconoce el señor García Castaño- para que ese ordenador sirva para volcar la información que se obtiene de la información a Bárcenas, usted al menos de ese ordenador no tiene conocimiento. Con respecto a la pregunta que
usted me ha hecho relacionada con un ordenador, si se le llevó alguna vez un ordenador, sí se le llevó una vez un ordenador al Secretario de Estado, pero lo que contenía ese ordenador, la función y los programas que tenía no tienen absolutamente
nada que ver -y vuelvo a repetir, absolutamente nada que ver- con el objeto de esta



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Comisión. No le voy a decir que no le llevé un ordenador. Sí, yo fui con tres personas más para hacer un servicio completamente distinto y que no es objeto de esta Comisión.


- Uso de órdenes siempre verbales.


- Prácticamente nada se documentaba, aunque finalmente terminó aceptando el Sr. García Castaño que sí se hacía con los partes de los seguimientos. Aunque no sabemos con qué fines ni a quien se entregaban ni para qué.


- Se usaron alrededor de 70 policías en los seguimientos, con la justificación peregrina ofrecida por el Sr. Hervás Cuevas de que un tercio de los efectivos estaban en formación, llevándola a cabo con ejercicios reales. El uso de esta
cantidad de efectivos, actuando fuera de los cometidos reglamentarios del AES, vigilancias y seguimientos en prevención y persecución del terrorismo, hace imposible que el Comisario General de Información lo desconociera, lo que indica que como ya
hemos afirmado, que el Sr. Barón Castaño mintió a esta Comisión.


Afirmaciones todas ellas sobre la forma de proceder informal, como práctica habitual, que fueron desmentidas por el actual titular responsable de la Comisaría General de Información, Eugenio Pereiro Blanco, que aseguró que los protocolos
existen y que las actuaciones hay que documentarlas y que la policía como instituto armado de naturaleza civil, con estructura jerarquizada, da cuenta a la cadena de mando. Sí había y hay protocolos de actuación y sí se debían registrar y se
registran las operaciones y las distintas intervenciones. La solicitud de actuación debió seguir el orden jerárquico y al parecer no se hizo.


14. Despilfarro de dinero público, detraído de las finalidades legalmente asignadas, y ello en un momento de crisis donde los efectivos estaban congelados y los recursos materiales escaseaban.


15. Con estas actuaciones, no solo se realizaron operaciones irregulares, se frustró la recta administración de justicia, sino que también se provocaron daños de difícil o imposible reparación al crédito y buen nombre de la Policía Nacional
en su prestigio, con afectación grave a sus recursos, estructura y funcionamiento.


16. Los hechos descritos ponen de manifiesto el incumplimiento flagrante de la ley, una acción para dificultar e impedir la recta administración de la justicia, y la producción de daños de difícil o imposible reparación para el crédito y
buen nombre del Cuerpo Nacional de Policía, con afección grave a sus recursos, estructura y funcionamiento.


El desarrollo de la Comisión de Investigación nos permite concluir que la cúpula directiva del Partido Popular ordenó que se utilizara a los efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior para hacer un seguimiento y encontrar las
pruebas que obraran en poder del extesorero Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez y que inculparan al Partido Popular sobre la financiación irregular y los casos de corrupción durante los años en que gobernaban.


La Operación se dirigía desde tres sedes, la sede del Partido Popular en la calle Génova, con el conocimiento de la Secretaria General del partido, María Dolores de Cospedal García, que informaba al Presidente del Partido y del Gobierno,
Mariano Rajoy Brey; la sede del Ministerio del Interior, con el Ministro Jorge Fernández Díaz que le encargó al Secretario de Estado de Seguridad, Fernando Martínez Vázquez, la puesta en marcha de todo el operativo delictivo; y, su epicentro, en
la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional que dirigía Eugenio Pino Sánchez.


La finalidad de la Operación Kitchen era la obstrucción de las investigaciones judiciales en marcha y que las pruebas que pudieran estar en posesión de Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez se destruyeran u ocultaran para que nunca fueran
utilizadas por la Administración de Justicia, e incluso de los propios miembros del Cuerpo que actuaban como policía judicial. Y para esta finalidad de interés particular exclusivo del Partido Popular se utilizaron presuntamente fondos reservados y
efectivos policiales de manera irregular.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de febrero de 2022.



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III. ANEXOS


RELACIÓN DE ÓRGANOS Y ACRÓNIMOS, ASÍ COMO DE PERSONAS CITADAS EN LAS CONCLUSIONES


ÓRGANOS


- Dirección Adjunta Operativa, (DAO).


• Unidad de Asuntos Internos (UAI).


- Director Adjunto Operativo (DAO).


- Comisaría General de Información (CGI).


• Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO).


- Área de Especial Seguimiento (AES).


- Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF).


- Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y Crimen Organizado (CITCO).


- Grupo de Análisis y Tratamiento de la Información (GATI).


- Policía Nacional (PN).


- Secretario de Estado de Seguridad (SES).


PERSONAS Y CARGOS


- Mariano Rajoy Brey, ex Presidente del Gobierno.


- Jorge Fernández Díaz, ex ministro del Interior.


- Francisco Martínez Vázquez, ex secretario de Estado de Seguridad.


- Ignacio Cosidó Gutiérrez, ex Director General de la Policía.


- María Dolores de Cospedal García, ex Secretaria general del Partido Popular.


- José Luis Ortiz Grande, Jefe de gabinete de María Dolores de Cospedal García durante su etapa como Presidenta de Castilla-La Mancha (2011-2015) y como secretaria general del PP (2008-2018).


- Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez, gerente del Partido Popular entre el 1 de abril de 1990 y el 22 de junio de 2008 y tesorero del Partido Popular entre el 22 de junio de 2008 y el 28 de julio de 2009.


- Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid.


- Ignacio Ulloa Rubio, Secretario de Estado de Seguridad entre enero de 2012 y enero de 2013.


- Eugenio Pereiro Blanco, Comisario de la Policía Nacional. Comisario General de Información.


- Eugenio Pino Sánchez, Director Adjunto Operativo de la Policía Nacional (DAO)..


- José Manuel Villarejo Pérez, Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.


- Enrique García Castaño, excomisario del Cuerpo Nacional de Policía y exjefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO).


- Marcelino Martín-Blas Aranda, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, exjefe de Asuntos Internos de la Policía Nacional (UAI).


- José Luis Olivera Serrano, exjefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) y ex director del CITCO.


- Enrique Barón Castaño, ex comisario general de Información.


- Mariano Hervás Cuevas, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, responsable del AES.


- Andrés Manuel Gómez Gordo, comisario del Cuerpo Nacional de Policía, ex director general de Documentación y Análisis del Gobierno de Castilla-La Mancha.


- José Ángel Fuentes Gago, jefe de la sección operativa de la Casa Real, pero trabajando en la DAO.


- Bonifacio Díaz Sevillano, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, agregado en el Principado de Andorra hasta finales de 2013. En 2014, destinado a la Unidad de Asuntos Internos y adscrito a la Dirección Adjunta Operativa del Cuerpo
Nacional de Policía.


- Juan Antonio González García. Ex comisario General de Policía Judicial.


- Miguel Ángel Bayo Herranz, exfuncionario del Cuerpo Nacional de Policía. Responsable temporal Fondos reservados en la DAO.



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- Felipe Eduardo Lacasa Córdoba, comisario de la Policía Nacional y ex secretario general de la DAO. Exresponsable del control de los Fondos reservados en la DAO.


- Sergio Javier Ríos Esgueva, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía.


- Manuel Morocho Tapia, inspector de la Policía Nacional, forma parte de la policía judicial que investiga la Gürtel y sus ramificaciones.



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VOTOS PARTICULARES


Voto particular núm. 1


A la Mesa de la Comisión de Investigación utilización ilegal y recursos de Ministerio del Interior


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), solicita el mantenimiento de sus propuestas de conclusiones como votos particulares al Dictamen aprobado por la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y
recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de diciembre de 2021.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa de la Comisión de Investigación utilización ilegal y recursos de Ministerio del Interior


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presentan las siguientes propuestas a la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del
Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 2021.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)


Texto que se propone:


Primera.


La primera de estas Conclusiones debe partir de las aprobadas por el Pleno del Congreso de los Diputados el 21 de septiembre de 2017, en relación con la Comisión de Investigación sobre la utilización partidista del Ministerio del Interior
bajo el mandato del Ministro Jorge Fernández Díaz, de los efectivos, medios y recursos del Departamento y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con fines partidistas.


Allí se concluyó 'la existencia de una estructura policial fraudulenta bajo las instrucciones del Sr. Cosido (Director General de la Policía), por orden de su Director Adjunto Operativo (el Sr. Eugenio Pino) y con el conocimiento del Sr
Ministro, destinada a obstaculizar la investigación de escándalos de corrupción que afectaban al Partido Popular y al seguimiento, la investigación y, en su caso, la persecución de adversarios políticos [...]'.


Ahora, los trabajos de la Comisión se contraen a la investigación sobre la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior en la llamada 'Operación Kitchen', con la finalidad de favorecer intereses políticos
del Partido Popular y anular pruebas incriminatorias contra el mismo durante su mandato.


Operación que, durante los años 2013 y 2014, consistió en acceder a la información que presumiblemente obraba en poder del ex tesorero del Partido Popular (Sr. Bárcenas) para ocultarla a la Administración de justicia y con ello eludir las
responsabilidades que pudieran derivarse para aquel partido político y sus responsables máximos.


Hallándose implicados en el operativo, como quedará acreditado en estas Conclusiones, tanto el Ministro del Interior como el Secretario de Estado de Seguridad y el Director General de la Policía, valiéndose para ello, en buena parte, de
aquella misma estructura policial creada de manera fraudulenta y llamada 'policía patriótica', que ya fue objeto de las Conclusiones aprobadas por esta misma Cámara el 21 de septiembre de 2017. Por esto cabe decir que estas Conclusiones deben
partir de hechos constatados en aquellas otras.



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Texto que se propone:


Segunda.


A lo largo de las distintas comparecencias ha quedado acreditado que por el DAO (Sr Pino) y sus colaboradores se articuló un amplio movimiento de abundantes medios humanos y materiales policiales, incluida la disposición de fondos reservados
en una cantidad que superó con creces la cantidad de 50.000€, (como atestiguan responsables cajeros y pagadores de los mismos) en actividades que, bajo la aparente pantalla de encontrar fondos ilícitos en poder del ex tesorero del Partido Popular
(el Sr. Bárcenas), sólo pretendían conseguir pruebas de la financiación de aquel partido político para ocultarlas a la justicia, sin que haya constancia para esta Comisión de si finalmente se logró en plenitud dicho ilegal propósito.


Incluso en esta disposición de recursos del Ministerio del Interior, y como ya se ha apuntado, llegaron a pagarse elevadas cantidades procedentes de fondos reservados al que era chofer del Sr Bárcenas para que proporcionara medios y
oportunidades para allegar a la información supuestamente en posesión de aquel, cosa que llegó a suceder. Como también el posterior y sorprendente acceso a la condición de funcionario del CNP aun contando de la edad inusual de cuarenta años.


Llama también poderosamente la atención de esta Comisión que varios funcionarios policiales clave en el entramado del DAO (el Sr. Pino) para estas actividades fraudulentas dentro de la PN, fueran promocionados y/o premiadas con medallas
pensionadas.


Texto que se propone:


Tercera.


Lo hechos que se han tenido conocimiento durante los trabajos de esta Comisión -y que constan en el diario de sesiones- para sustraer documentación obrante en poder del Sr. Bárcenas son variados, de procedencia diversa y básicamente no
contradictorios entre sí, por lo que dan base suficiente para darlos por probados, al menos indiciariamente; sin que suponga un obstáculo que el Ministro del Interior hubiera declarado que si sucedieron lo fueron sin su consentimiento ni
conocimiento, o que el Director General de la Policía afirmara el desconocimiento total de los mismos, negación que también ya expresaron sobre la existencia de la llamada 'policía patriótica' en el Ministerio del Interior y que está Cámara dio por
probada y también la responsabilidad de ambos, el 21 de septiembre de 2017.


Texto que se propone:


Cuarta.


Llegados a este punto, y como último eslabón de estas Conclusiones queda por determinar las Responsabilidades Políticas sobre los hechos acaecidos en el llamado caso Kitchen tal y como han quedado expuestos en las Conclusiones anteriores.


A pesar de que tanto el Ministro del Interior (Sr. Jorge Fernández Díaz) como el Director General de la Policía (Sr. Cosido) niegan tener conocimiento, ni consentimiento de los hechos que damos por probados -al igual que lo hicieron
respecto a la 'policía patriótica',objeto de la Comisión de investigación cuyas conclusiones fueron aprobadas en el Pleno de esta Cámara con fecha 21 de septiembre de 2017-, tal manifestación en modo al alguna puede ser exculpatoria de su
responsabilidad política sobre los mismos.


La policía es un instituto armado, con estructura jerarquizada que da cuenta de su actuación a la cadena de mando. La policía, en una sociedad democrática, no pone en marcha un dispositivo del calado referido como la llamada 'operación
Kitchen', con un fuerte dispositivo policial desviado de sus fines legales, con uso abundante de medios humanos (hasta setenta policías de seguimiento) y materiales, con distintas unidades interviniendo, disposición de fondos reservados del
Ministerio del Interior y durante un largo periodo de tiempo, bien sin que lo ordenen los responsables políticos del Ministerio del Interior o sin



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su conocimiento o consentimiento. No es creíble por tanto que ni el Ministro, ni el Director General de la Policía, afirmen no tener conocimiento, ni consentimiento, del 'operativo Kitchen'.


Además, la promoción policial y la concesión de medallas pensionadas a la estructura policial más implicada en la llamada 'policía patriótica', que también es sujeto activo de la 'operación Kitchen', son indicios demasiado fuertes como para
sostener que los responsables políticos del Ministerio eran ajenos al operativo.


Igual indicio de responsabilidad política se deriva del acceso a la condición de funcionario del CNP, del chofer del Sr. Bárcenas cooptado desde altos mandos de la policía patriótica para espiarle o facilitar información de aquel, pagándole
con fondos reservados y que con posterioridad accedió a la edad inusual de cuarenta años a la condición de funcionario del CNP. Un hecho de difícil explicación sin el concurso de alguna manera de los responsables políticos del Ministerio.


Por lo que respecta al Director General de la Policía (Sr. Ignacio Cosido), no resulta creible que su Director Adjunto (el Sr. Eugenio Pino) montase la 'policía patriótica' y la llamada 'operación Kitchen' sin su conocimiento o sin una
orden suya; sobre todo cuando el Sr. Pino ha depuesto en la Comisión que siempre informaba al Director y este también ha afirmado en sus declaraciones que era informado por aquel de sus actividades salvo si se encontraba sometido a reserva
judicial, lo que no es el caso en la 'operación Kitchen'.


En cuanto al Ministro, no resulta tampoco creíble el desconocimiento de los hechos relatados por los mismos motivos que hasta el momento llevamos reseñados; y porque el Secretario de Estado de Seguridad le señala como responsable e inductor
de sus actividades en el caso y receptor del resultado de las operaciones ilegales realizadas, con reseña de las comunicaciones entre ellos protocolizadas en documento notarial. Por no señalar su larga trayectoria en cargos políticos debidos a su
nombramiento por el Sr Rajoy y en el que en el caso Kitchen era, objetivamente, uno de sus máximos potenciales beneficiarios.


Por lo que respecta al Secretario de Estado de Seguridad, sus distintas declaraciones acreditan su conocimiento de la ilegalidad de la operación Kitchen, sin que empañe su responsabilidad política el que en ocasiones haya declarado que no la
puso en marcha, pero sin que ello le impidiera participar en la misma siendo receptor de información allegada con medios policiales de manera ilícita según declaran altos mandos policiales implicados en el caso y que la transfiriera, según declara,
al Ministro. Siendo también responsable último de la disposición de fondos reservados en el Ministerio, y que como sabemos fueron utilizados abundantemente y de manera improcedente en este operativo.


En definitiva, los indicios señalan a estos tres cargos políticos del Ministerio del Interior como conocedores, consentidores o como inductores del 'dispositivo Kitchen'. Tuvieron a su disposición motivos, medios y oportunidades para la
perpetración directa o indirecta de los hechos relatados, no cabiendo duda a esta Comisión de Investigación de su responsabilidad política directa en los hechos.


Por lo que se refiere al Sr Presidente del Gobierno (Sr. Rajoy) y al tiempo presidente del Partido Popular, aunque es señalado de manera directa -o indirecta a través de la Sra. de Cospedal- por el Sr. Villarejo, el relato de este último
resulta demasiado poroso, al igual que lo declarado en ocasiones por el Secretario de Estado. Lo cual, sin embargo, no es óbice para que el Presidente de Gobierno (Sr. Rajoy) se acreedor de responsabilidad política in vigilando o de una
responsabilidad vicaria por los graves hechos que se sucedían en el Ministerio del Interior de su Gobierno, máxime si se tiene en cuenta que era objetivamente uno de los máximos beneficiarios -en su calidad de Presidente del Gobierno y Presidente
del Partido Popular como posible responsable de su financiación irregular y de la percepción de sobresueldos de procedencia irregular- del éxito del irregular operativo Kitchen.


Idéntica conclusión y por los mismos motivos de responsabilidad política vicaria, hemos de alcanzar respecto a la Sr de Cospedal a la sazón Secretaria general del Partido Popular y al tiempo Presidenta de la Comunidad de Castilla y la
Mancha.


Texto que se propone:


Quinta.


Los hechos descritos ponen de manifiesto el incumplimiento flagrante de la ley; una acción para dificultar e impedir la recta administración de la justicia; y la producción de daños de difícil o imposible reparación para el crédito y buen
nombre del Cuerpo Nacional de Policía, con afección grave a sus recursos, estructura y funcionamiento.



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Voto particular núm. 2


A la Mesa de la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este
partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular.


Por medio del presente escrito, los grupos parlamentarios abajo firmantes, presentan, de conformidad con el acuerdo de la Comisión de Investigación, sus votos particulares al Dictamen aprobado por la Comisión.


La presente Comisión de Investigación denominada oficialmente como 'relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del ministerio del interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas
inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del partido popular' no se pude desligar de la anterior Comisión de Investigación realizada en el Congreso en el año 2017 en la XII legislatura denominada
'Comisión de investigación sobre la utilización partidista en el Ministerio del Interior, bajo el mandato del Ministro Fernández Díaz, de los efectivos, medios y recursos del departamento y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con fines
políticos'.


La denominada 'Operación Kitchen' iniciada en el verano del 2013 consistió en una actuación del Ministerio del Interior encaminada a la obtención de 'documentos e información' que estaba en manos del ex tesorero del Partido Popular,
Francisco Bárcenas Gutiérrez, para supuestamente sustraer dicho material del proceso judicial.


Para realizar dicha actuación se hizo uso de una estructura policial creada bajo el Ministerio del Interior de Jorge Fernández Díaz, con la participación de Secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez Vázquez, el Director General de
la Policía Ignacio Cosido y bajo la dirección del Director Adjunto Operativo, Eugenio Pino, el cual tenía bajo sus órdenes un conjunto de altos mandos policiales.


A lo largo de las investigaciones de la Comisión se ha podido distinguir tres estructuras diferentes que actuaban relacionándose entre sí:


- Una estructura política cuyo objetivo era la sustracción en manos de Luis Bárcenas de las pruebas de la contabilidad B del Partido Popular, información sensible que pudiese perjudicar al Partido Popular, al Gobierno o a 'altas
instituciones del estado'. La motivación última de esta estructura política era la de la substracción de información en manos del ex tesorero del PP para apartar dicho material de cualquier proceso judicial que pudiese darse. Esta estructura
política estaría liderada por aquellas personas que más se sentían perjudicadas por estas 'informaciones sensibles', a saber, María Dolores de Cospedal, Secretaria general del Partido Popular, Ignacio López de Hierro, empresario y marido de la
secretaria general del PP y cuanto menos el conocimiento y la aquiescencia del Sr, Mariano Rajoy Brey, Presidente del Gobierno.


- Una estructura policial cuya motivación era ia de obtener pruebas que llevaran a los testaferros de Luis Bárcenas, a sus cuentas en paraísos fiscales o a demás potenciales delitos económicos. Esta estructura policial en principio legítima
y legal funcionaba utilizando de manera formal las mismas estructuras de la Dirección General de la Policía, a saber, la Dirección Adjunta Operativa y debajo de ésta, la Secretaría General de la DAO, la Comisaría General de Información y la
Comisaría General de la Policía Judicial de la que depende la UDEF principal órgano de investigación de los delitos económicos de Luis Bárcenas y la que dependía del mandato judicial para la investigación. La estructura policial actuaba en
principio coordinada con el proceso judicial, utilizando de forma legal los recursos materiales y humanos del Ministerio del Interior y la policía, registrando sus actuaciones en GATI y justificando legalmente ei uso de los Fondos Reservados para,
entre otros, pagar a confidentes, detectives y agentes dobles.


- Una estructura 'parapolicial' cuyos objetivos coinciden con la estructura política, es decir, la localización y extracción del proceso judicial de cierta 'información sensible' que pudiese afectar a los intereses del Partido Popular o que
pudiesen significar una amenaza contra las 'altas instituciones del Estado'. Dicha estructura funcionó con los que se ha denominado como 'policía política', 'brigada política' o 'policía patriótica', un conjunto de altos mandos policiales a las
órdenes del Director Adjunto Operativo Eugenio Pino que actuaban deforma ilícita, haciendo operaciones al margen de las coberturas



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judiciales, utilizando Fondos Reservados de forma irregular y sin justificarlos formalmente y utilizando recursos materiales y humanos del Ministerio del Interior y de la policía para intereses propios y partidistas. Dicha denominada
'policía política' o 'policía patriótica' ya quedo acreditada por el dictamen de la Comisión de investigación del Congreso de los Diputados en la XII legislatura en su tercera conclusión: 'En el Ministerio del interior, bajo el mandato del señor
Fernández Díaz, usando de manera fraudulenta el catálogo de puestos de trabajo, se creó una estructura policial bajo las instrucciones del señor Cosido Gutiérrez, por orden del DAO Eugenio Pino, con el conocimiento y consentimiento del Ministro
destinada a obstaculizar la investigación de los escándalos de corrupción que afectaban al Partido Popular y al seguimiento, la investigación y, en su caso, la persecución de adversarios políticos. A modo de ejemplo: PSOE (como demuestra la
creación y trabajos realizados por las BARC), el nacionalismo catalán (señor Trías) o Podemos (informe Pisa)'


Por lo tanto se puede observar cómo bajo el Ministerio del Interior de Jorge Fernández Díaz se construyó una denominada 'policía patriótica', dirigida operacionalmente por el DAO Eugenio Pino, sostenida en el tiempo y que realizó diversas
actuaciones con intereses partidistas ( obstaculización de investigaciones, persecución de adversarios políticos, impulso de investigaciones prospectivas, creación de informes apócrifos para atacar a rivales políticos, o como es en el caso de la
'Operación Kitchen', organizar un dispositivo de seguimiento y vigilancias del entorno de Luis Bárcenas con el propósito de arrebatarle información que tenía en sus manos y apartarla de los procesos judiciales. Según un informe realizado por
Asuntos Internos en octubre de 2018 y remitido a la Audiencia Nacional parece ser que se destinaron hasta 71 personas -que entre policías y funcionarios- a realizar seguimientos a la familia Bárcenas y su entorno y que fueron realizados por el Área
Especial de Seguimientos -que depende de la UCAO-. Estos seguimientos, según indicaba el propio informe, no tendrían una denominación concreta aunque sí que quedaba certificada 'constancia de la ejecución de diferentes vigilancias sobre personas o
lugares'.


La estrategia a seguir por parte de esta denominada 'policía patriótica' fue el reclutamiento en julio de 2013 de Sergio Ríos Esgueva a la sazón chófer de la familia Bárcenas y persona de confianza de Rosalía Iglesias. En un principio el
responsable de reclutar a Sergio Ríos fue el Comisario principal y máximo responsable de la UCAO Enrique García Castaño, pero fallando en su propósito, fue el Comisario en excedencia Andrés Gómez Gordo, que ya conocía a Sergio Ríos por haber
coincidió con él en Castilla la Mancha, el que le convence para que trabaje para la 'policía patriótica'. Es reseñable que en ese momento Andrés Gómez Gordo se encontraba en situación de servicios especiales ya que era Director de Documentación y
Análisis de! Gobierno de Castilla la Mancha a las órdenes de María Dolores de Cospedal, cargo que ejerció desde el año 2011 hasta el 2015, Su doble labor como consejero de Cospedal y de la realización de tareas policiales reclutando confidentes y
pagando con Fondos Reservados es una muestra clara de incompatibilidad y por lo tanto un delito. A cambio de la información facilitada por Sergio Ríos éste fue pagado a cargo de los Fondos Reservados de forma irregular a razón de 2000 euros
mensuales. Sergio Ríos trabajó como chófer de la familia Bárcenas de febrero de 2013 a agosto de 2014. Fue reclutado por !a estructura 'parapolicial como ya se ha dicho en julio de 2013 y estuvo siendo pagado con Fondos Reservados hasta septiembre
de 2015. Otra de las prebendas que le ofrecieron a Sergio Ríos por su colaboración como confidente fue la del ingreso dentro del Cuerpo Nacional de Policía. Sergio Ríos 'aprueba' las oposiciones al CNP en julio de 2015, justo un mes antes de que
le dejasen de pagar con Fondos Reservados. Una demostración de que tanto el Comisario Gómez Gordo como el Secretario de Estado estaban implicados en los avances de Sergio Ríos en su desempeño en la oposición de acceso al CNP es el mensaje que el
comisario envía al Secretario de Estado por medio de WhatsApp el 17 de julio de 2017: 'se me olvidó decirte que el Coci ha aprobado' 1 Finalmente Sergio Ríos adquiere la condición de funcionario policial del Cuerpo Nacional de Policía con fecha del
16 de mayo de 2017.


Según anotaciones en las agendas del excomisario Villarejo el nacimiento de la 'operación Kitchen' se daría el 11 de julio de 2013. Junto a las siglas CHISCO se anota 'Charla de 45 min, Plan contra LB. interv. Comunicaciones, registros y
citación de mujer e hijo'. 2 Del 25 de julio de 2013 a 12 de febrero de 2014 se realiza un dispositivo de vigilancia a Rosalía Iglesias a cargo de los recursos de la UCAG, bajo la responsabilidad operativa del comisario principal Enrique García
Castaño, por órdenes del DAO


1 https://www.elindependiente.com/espana/2020/12/11/el-policia-de-confianza-de-cospedal-a-martinez-sobre-el-chofer-el-coci-ha-aprobado/


2 https://elpais.com/espana/2021-06-02/el-juez-víncula-a-cospedal-y-a-su-marido-con-la-captacion-del-chofer-de-barcenas-sergio-rios.html



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Eugenio Pino y con conocimiento del Secretario de Estado Francisco Martínez Vázquez y el Ministro del interior Jorge Fernández Díaz. A lo largo del mes de octubre de 2013 y, en base a las propias declaraciones de García Castaño en la
Comisión, éste entra sin orden judicial en el estudio de Rosalía iglesias en la calle Díaz Porlíer 3 y supuestamente consigue información relevante. También en octubre de 2013 García castaño presiona a Sergio Ríos para que le proporciones
información de Bárcenas. El 'cocinero' le proporciona dos iPhone sin sim ni batería. García Castaño hace una copia de la información en un pen drive y se la entrega a Francisco Martínez Vázquez. García castaño se queda con una copia de la
información. Para el volcado de la información el comisario adquiere contra Fondos Reservados material informático por valor de 1905,82 euros. 4 El 18 de octubre del 2013 Martínez Vázquez recibe un mensaje del Ministro dei Interior con el
siguiente texto: 'La operación se hizo con éxito: Se ha volcado todo (2 iPhone y 1 iPad). Mañana tendremos el informe [...]. Otra cosa es que nosotros con el volcado efectuado podamos acceder a una gran e interesante información... veremos. Te
informo' 5.


El 23 de octubre de 2013 Enrique Olivares haciéndose pasar por cura irrumpe en la casa de Bárcenas y secuestra a Rosalía Iglesias, a su hijo y a una asistenta doméstica que se encontraba en esos momentos en la casa y exige que se le entregue
todos los papeles de Bárcenas. Tras mantenerlos cautivos durante unos minutos entre Guillermo Bárcenas, hijo de Rosalía y Sergio Ríos que 'casualmente' se encontraba por las inmediaciones del domicilio y acudió a los gritos de auxilio de Rosalía,
consiguen reducir al falso cura. Según Rosalía Iglesias pocos minutos después un gran dispositivo policial se encuentra en el interior de su casa. Enrique Olivares fue condenado a 22 años de cárcel por este hecho, en 2018 mientras está en prisión
sufre un ictus y desde entonces según un informe pericial 'no reúne aptitudes' para declarar en esta causa, siento también inviable que viniese a declarar a las Comisión de Investigación del Congreso. 6


En febrero de 2014 y según declaraciones de García Castaño en la Comisión 7 el dispositivo de seguimiento que él lideraba se suspendió tras detectarse lo que ha denominado como 'vigilancias paralelas' y trascender a la prensa su operativo
policial. Finalizando así tanto el dispositivo legal policial sin resultados aparente como el dispositivo parapolicial que éste sí consiguió supuestamente arrebatar cierta documentación al ex tesorero del Partido Popular.


Por lo tanto, tras lo expuesto anteriormente, lo publicado en prensa y lo declarado a lo largo de la Comisión queda demostrado que existió una 'operación Kitchen', que para esta operación se utilizó una 'estructura parapolicial', ya
identificada en el dictamen de la Comisión de Investigación de la XII legislatura, que esa estructura ha resultado operativa a lo largo del tiempo bajo las órdenes del DAO Eugenio Pino, con conocimiento del Director General de la Policía, Ignacio
Cosido, el Secretario de Estado Francisco Martínez Vázquez y el Ministro del interior Jorge Fernández Díaz. Que esa estructura parapolicial al cobijo del DAO Eugenio Pino formaban parte altos cargos policiales como Enrique García Castaño, José Luis
Olivera Serrano, Marcelino Martín-Blas Aranda, Bonifacio Diez Sevillano, José Ángel Fuentes Gago, Andrés Manuel Gómez Gordo y José Manuel Pérez Villarejo. Que utilizando de forma irregular recursos materiales y humanos del Cuerpo Nacional de
Policía y del Ministerio del Interior se montó un dispositivo de vigilancias al entorno de la familia de Luís Bárcenas con el objetivo de arrebatarle 'información sensible' para los intereses políticos del Partido Popular y 'altas instituciones del
Estado'. Que se reclutó como confidente y espía al chófer de la familia Bárcenas pagándole de forma irregular con Fondos Reservados y asegurándole a cambio de su silencio un puesto como agente de policía en el CNP. Que actuando al margen de los
mandatos judiciales se allanó el estudio de Rosalía Iglesias y supuestamente de le robó información. Que también al margen de la autoridad judicial se sustrajo teléfonos móviles a Bárcenas y se descargó su información. Todos estos hechos
demuestran que durante el periodo de Fernández Díaz como Ministro de interior se utilizó de forma ilegal, ilegítima y partidista los efectivos, medios y recursos del departamento y de fas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con fines
políticos.


3 Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados 22 de abril de 2021. Pág. 10-35-40-42-62.


4 Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados 22 de abril de 2021. Pág. 12-13-63.


5 https://elpais.com/espana/2020-10-29/el-ex-numero-dos-de-interior-afirma-que-fernandez-diaz-fue-el-primero-que-le-hablo-del-confidente-de-kitchen.html.


6 https://www.elespanol.com/reportajes/20201015/enrlque-falso-asalto-barcenas-estafador-enfermo-secreto/528198582 0.html. https://www.elmundo.es/cronica/2018/12/18/5c140ad5fdddff5f5O8b46b3.html


7 Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados 22 de abril de 2021. Pág. 53-59-66. Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados 20 de Octubre de 2021. Pág. 84-86-100.



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- La información documental solicitada por la Comisión de Investigación ha tenido una respuesta diversa, pero debe señalarse de manera clara que la requerida del Gobierno ha sido atendida de forma impuntual e incompleta. La documentación ha
sido remitida de modo que no ha estado plenamente disponible de manera esencial para las comparecencias del ex ministro del Interior y del ex Director General de la Policía.


- Las comparecencias han servido para dejar de manifiesto (as afirmaciones que seguidamente se describen, aunque es de reseñar que algunos de los comparecientes han dado unos testimonios que claramente llevan a concluir que han faltado a la
verdad, por lo que varios Grupos Parlamentarios han recordado el artículo 502.3 del Código Penal y anunciado medidas contra alguno de los comparecientes. Por el contrario, cabe poner en valor los testimonios aportados por D. Manuel Morocho Tapia y
D. Enrique García Castaño que han ayudado con los fines de esta Comisión.


- Asimismo, y habida cuenta de las contradicciones observadas, queda acreditado que algunos de los comparecientes han faltado a la verdad en sus declaraciones ante los titulares de la Comisión, extremo que de demostrarse podría considerarse
un delito tipificado en el artículo 502,3 del CP.


- Existió un estructura policial bajo el mandato de Fernández Díaz, dirigida por el DAO Eugenio Pino y bajo el conocimiento del Secretario de Estado y del Ministerio del interior, estuvo actuando de una forma prolongada en el tiempo, siendo
responsable de poner en marcha una operación para sustraer información y documentación en poder de Bárcenas y apartar dicho material de la investigación judicial llevada a cabo en el marco de la pieza separada de las DP 275/08 denominada 'Papeles de
Bárcenas' del procedimiento 'Gürtel', Dicha estructura -o similar- fue también usada para los fines a los que hacían referencia las conclusiones de la comisión de la Xll legislatura sobre la existencia de la denominada 'policía patriótica' y que,
entre otras, llevó a cabo la 'Operación Catalunya' destinada a investigar y acusar a líderes del independentísimo.


- Dicha operación se realizó utilizando de forma ilegítima los recursos materiales y humanos del Ministerio del interior y con el uso irregular del pago de Fondos Reservados.


- Al mismo tiempo, el inspector de la UDEF, Manuel Morocho, sufrió todo tipo de presiones y obstáculos para que no investigase los hechos relativos al Sr. Bárcenas, Caja B, y que de igual forma se le ofrecieron por parte de sus superiores
destinos bien remunerados y se le otorgó una condecoración con el fin de que abandonase dichas investigaciones. Presiones que según el Sr, Morocho sigue sufriendo en la actualidad, Este inspector es el que investigaba bajo mandato judicial y si él
y el magistrado Ruz no eran conocedores de lo que se llamó después Kitchen, es una evidencia de que no era un operativo a buscar el dinero y testaferros del Sr. Bárcenas. La inclusión, dos años después, de algunos datos por el Sr. Gómez Gordo en
el GATI fue una maniobra de blanqueo de lo que habían realizado.


- Debido las pesquisas realizadas por la presente Comisión, las notas de los cuadernos de Villarejo, los audios publicados y la información publicada en prensa, se puede dilucidar que eran responsables políticos últimos y conocedores de
dicha operación tanto el Presidente del Gobierno Mariano Rajoy Brey como la secretaria general del PP María Dolores de Cospedal García así como el marido de ésta -el empresario Ignacio López del Hierro (socio de Villarejo)-.


- La caída de la estructura de la 'policía patriótica' que había actuado eficientemente durante un tiempo se debió a la denominada 'guerra de comisarios', un enfrentamiento hostil entre Villarejo y Martín-Blas máximo responsable de la UAI y
Sanz Roldan máximo responsable del CNI.


- La información a la que se refiere Villarejo que suponía un peligro para las 'altas instituciones del Estado' y que estaban en manos de Bárcenas podrían ser el hallazgo en Suiza de cuentas de personas relevantes del Estado Español y que
entre ellas podría haber información del Rey Emérito. Fue el intento de utilizar esta información para beneficio propio de Villarejo lo que supuso su enfrentamiento con el CNI y su posterior caída.


- La mala praxis de las actuaciones del Ministerio del Interior se han podido dar gracias a una cultura de la impunidad y unas concepciones particulares de lo que es el significado de patriotismo heredadas de regímenes anteriores. Así como
una legislación deficiente y obsoleta como la Ley de Secretos de Estado, la Ley de Fondos Reservados y la Ley de Medallas que han servido de base legal para perpetuación de las malas praxis. Así pues, se infiere que se estableció un procedimiento
oficioso de retribuciones y reconocimientos públicos a través de la entrega de condecoraciones y medallas con retribuciones dinerarias asociadas para los integrantes de la trama parapolicial.



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- Queda probado que la incorporación de Sergio Ríos Esgueva al CNP fue irregular y habida cuenta de la cadena causal -y las grabaciones incautadas- presumiblemente se trataría de otra forma de pago en especie por los servicios prestados a la
causa a la que estaba destinada la trama parapolicial.


- Ha quedado en evidencia que los operativos y actuaciones policiales sin orden judicial y la fabricación de pruebas, no han sido un hecho puntual. Que los ascensos, los destinos a puestos con altas remuneraciones y la entrega de
condecoraciones pensionadas por parte del Ministerio del Interior se han realizado en numerosos casos de manera discrecional y con falta de criterios objetivos para los mismos, pero con un intento de apariencia de legalidad. Del mismo modo, es de
reseñar que tras la modificación de la Ley de Fondos Reservados en 1995 bajo la Ley 11/1995 no se ha evitado el uso incorrecto de los mismos, como se evidenció con los testimonios de Felipe Lacasa y Miguel Ángel Bayo.


- La confusión entre intereses partidistas e intereses generales que se observa en la 'Operación Kitchen' se ha manifestado también en la utilización de la misma estructura, modus operandi, e incluso de los mismos agentes del Ministerio de
Interior (actuando como tales o como agentes dobles pagados con fondos reservados), para el seguimiento, la investigación y, en su caso, Ea persecución de adversarios políticos, A modo de ejemplo: PSOE (como demuestra la creación y trabajos
realizados por las BARC), el independentismo catalán ('Operación Catalunya', con sus varias ramificaciones) o Podemos (informe Pisa), entre otros.


- Que lo ocurrido hasta ahora en la mala praxis del Ministerio del Interior, debería ser un punto de partida para un profundo y extenso debate para que se establezcan unos mejores mecanismos de control de transparencia y rendición de cuentas
que orienten a nuestros Cuerpo y Fuerzas de Seguridad del Estado a una democratización profunda.


- Que lo ocurrido en la operación Kitchen nos lleva directamente al debate sobre cuáles son los límites democráticos de la razón de estado, y sugiere la pregunta de cómo se habrá conjurado este equilibrio en otras operaciones de control y
persecución de la disidencia, o de actuación fuera de las fronteras españolas desde 1978 hasta hoy. Por este motivo, se requiere un proceso de investigación, reconocimiento público, reparación y no repetición de las prácticas descritas en este
informe.


- Imprescindible el inicio de pesquisas de carácter orgánico, político y penal para esclarecer de manera transparente y dando cuenta a la ciudadanía de la posible existencia actual de tramas parapoliciales y estructuras paralelas fuera de la
Ley en el seno de los estamentos públicos y en especial en el Ministerio del Interior.


- Imprescindible la revisión y revocación inmediata de todos los emolumentos y condecoraciones otorgadas a los agentes y miembros de la jerarquía policial implicados en casos de corrupción, así como los que se considera probado que
participaron en tramas parapoliciales.


- Imprescindible la revisión inmediata de los procedimientos que aseguren el control y trazabilidad del uso de los gastos reservados.


- Imprescindible dar traslado de las presentes conclusiones en nombre del Congreso de los Diputados al Tribunal de cuentas, en la medida en que, en virtud del artículo primero de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de
Cuentas, dicho órgano tiene por objeto 'la fiscalización de la actividad económico financiera de los partidos políticos inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, así como la de las fundaciones y demás entidades
vinculadas o dependientes de ellos' con el fin de que lleve a cabo las actuaciones de aseguramiento patrimonial oportunas, incluida la traba de embargos si resultara oportuno.


Así pues, y más allá de las responsabilidades políticas que se estimen convenientes en el seno de las organizaciones pertinentes y en base a sus propias consideraciones, la Mesa de la Comisión y, en nombre del Congreso de los Diputados su
presidenta, remitirá estas conclusiones a la Fiscalía Anticorrupción, a la Audiencia Nacional, al Tribunal Supremo, al Tribunal de Cuentas y a todos los estamentos judiciales que se determinen. Asimismo, y para que se tomen en consideración las
medidas orgánicas y disciplinarias que se estimen convenientes se trasladará el presente escrito de conclusiones al ministro del Interior, al Secretario de Seguridad y al Director General de la Policía.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de noviembre de 2021.-Mireia Vehí Cantenys, Diputada.- Josep Pagès i Marso, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.-El Portavoz del
Grupo Parlamentario Republicano.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.



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Voto particular núm. 3


A la Mesa de la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este
partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por el presente escrito, comunica el mantenimiento para su defensa en Pleno, como voto particular al Dictamen aprobado por la Comisión, el escrito de conclusiones registrado el 20 de diciembre
de 2021, con n.º 10226, que no han sido incorporadas al Dictamen de la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y
de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de diciembre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este
partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del partido popular


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes Conclusiones del Grupo Parlamentario Popular a los trabajos de Comisión de Investigación
relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos
de Gobierno del Partido Popular.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 2021.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


CONCLUSIONES DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR


El Grupo Parlamentario Popular tras 12 meses de trabajos de la Comisión de Investigación considera que las únicas conclusiones a las que se ha podido llegar son principalmente: la instrumentación partidista de la referida Comisión, las
tensiones continuas con el derecho a la presunción de inocencia, el maniqueísmo de pretender crear una imagen de una policía 'buena' y una policía 'mala' y la voluntad de dar únicamente presunción de veracidad a la declaraciones e informaciones del
Señor Villarejo únicamente cuando perjudican al principal partido de la oposición y no en lo que atañen a otros partidos.


DENUNCIAMOS LA UTILIZACIÓN PARTIDISTA Y LA INSTRUMENTALIZACIÓN POLÍTICA DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN, TRANSFORMADA EN UNA CAUSA GENERAL CONTRA EL PARTIDO POPULAR


La voluntad de instrumentalizar la Comisión de Investigación por parte de los grupos proponentes se aprecia simplemente analizando el detalle de la cronología que se ha seguido en su proceso de creación, y también entrando en el detalle de
los argumentos empleados para justificar la misma.


Debemos remontamos al mes de junio de 2020 para escuchar las primeras declaraciones de determinados miembros del Partido Socialista y de Podemos en las que ya se anunciaba la inminente creación de una comisión para investigar al Partido
Popular.



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Sin embargo no fue hasta el 10 de septiembre del 2020 cuando el Grupo Socialista y el Grupo Unidas Podemos presentaron una solicitud conjunta para la creación de una comisión de investigación en el sentido anunciado meses antes.


Resulta altamente significativo que, en la Exposición de Motivos del escrito conjunto PSOE-PODEMOS presentado el día 10 de septiembre, se justificara la creación de la comisión de investigación empleando un informe de la Fiscalía
Anticorrupción mediante la utilización de referencias literales del citado informe e incluyendo entrecomillados que recogen el tenor literal de un documento que es parte de un expediente judicial en el que PODEMOS y PSOE ejercen la acusación
particular y que se sigue en el Juzgado Central de Instrucción número 6 y cuyo titular es el Magistrado-Juez García-Castellón.


El debate en Pleno se celebró el 1 de octubre siendo aprobada su creación con los votos a favor de PSOE, PODEMOS, Ciudadanos, PNV, JxCat, Más País, Compromís, BNG, Bildu, CUP, UPN y Nueva Canaria), aunque del devenir de los trabajos de la
comisión puede apreciarse como buena parte de esas fuerzas políticas que consideraron de sumo interés la creación de la comisión de investigación apenas han participado en sus trabajos. Nos referimos concretamente a Más País, Compromís, BNG, CUP,
UPN y Nueva Canaria y a JXCat que sólo ha participado en los trabajos durante la segunda prórroga de la comisión, lo cual resulta altamente significativo por cuanto con dicho modo de proceder demuestran que consideraron de gran interés una cuestión
a la que sin embargo luego no tuvieron a bien dedicarle tiempo lo cual es enormemente contradictorio y un hecho que solo puede entenderse si somos conscientes que a dichas fuerzas les interesó mucho más el desgaste al que suponían la comisión
sometería al partido Popular que el objeto de la investigación al que no tuvieron a bien dedicarle ni tiempo ni esfuerzos.


Es significativo además que en el acuerdo de creación de esta comisión se incluye la siguiente referencia 'en instrucción judicial y pendiente de juicio el caso a los ordenadores de Bárcenas' en el que se investigaba un presunto delito de
encubrimiento por destrucción de pruebas y en el que estuvieron imputadas tres personas.


Resulta cuanto menos curioso la falta de rigor de las fuerzas proponentes pues más de un año antes el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid ya se había pronunciado en sentencia absolviendo a las personas investigadas.


Y aún resulta más curioso que nada se haya mencionado durante los trabajos de la comisión donde la Audiencia Provincial de Madrid convirtió la sentencia en firme al ratificar la inocencia de las personas investigadas.


También conviene recordar el momento político en el que se propone crear la comisión de investigación poniendo tal hecho en relación con la situación que en aquellas fechas se vivía en Cataluña donde la inhabilitación de Torra y la
imposibilidad de encontrar un candidato que lograse la mayoría suficiente para ser investido presidente, terminó el 21 de diciembre de 2021 con el presidente en funciones de la Generalitat Pere Aragonés anunciando la disolución automática de la
cámara con la consiguiente firma del decreto de disolución de la misma, así como incluyendo la convocatoria de elecciones y que sería publicado el mismo día, 22 de diciembre, en el que se constituía la Comisión de Investigación.


Efectivamente, el martes 22 de diciembre del año 2020 se constituyó la 'Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior con la finalidad de favorecer intereses políticos
del Partido Popular y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos del Gobierno del Partido Popular', cuyo período de vigencia se extendía durante los tres meses siguientes a la fecha de su
constitución, por tanto hasta el 22 de marzo.


A mayor abundamiento de los argumentos que vienen esgrimiéndose para justificar la intencionalidad política de la comisión basta con leer su enunciado.


En él se da por probado, incluso antes de comenzar la comisión sus trabajos, una utilización ilegal de los efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior para favorecer al Partido Popular.


Y también como probado el segundo objeto de trabajo de la comisión consistente en analizar si se produjo o no la anulación de supuestas pruebas inculpatorias para el Partido Popular, y que desde la redacción del título queda claro para los
proponentes.


Nacía así viciada de origen esta comisión de investigación al considerar en su enunciado y como hechos probados, precisamente el objeto que debía tener dicha comisión de investigación.


Nunca ha sido objeto de esta comisión profundizar en el mandato del pleno de la cámara, sino ajustar las declaraciones de los comparecientes al relato preconcebido con el que los grupos proponentes acudían a la comisión de investigación.



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El 22 de enero de 2020 la comisión aprobaba su plan de trabajo sobre la base de las distintas propuestas que los grupos tuvimos la oportunidad de presentar ante la mesa de la Comisión.


La mayoría en la mesa y en la comisión de los grupos proponentes tuvo como consecuencia la imposición sin enmienda ni negociación alguna del Plan de Trabajo propuesto por el Partido Socialista.


Dicho plan incluía un hecho insólito al obligar a los grupos parlamentarios a presentar sus listados de comparecientes para ser votados en bloque, lo que se tradujo en que el Partido Popular, 'sujeto lapidatorio' de esta comisión, no ha
podido llamar a ni una sola persona para que participara en los trabajos de la comisión en calidad de compareciente.


Las siguientes reuniones de la comisión de investigación se produjeron el 28 de enero de 2021 para acordar el inicio y calendario de comparecencias.


De tal modo que el primer compareciente que participó en los trabajos de la comisión lo hizo el 17 de marzo de 2021, lo que implica que desde que socialistas y podemitas comenzaran a hablar de la comisión en la previa del verano del 2020, y
hasta que se produjo la primera comparecencia transcurrieron nueve meses hasta que ésta comenzara efectivamente a trabajar.


Estas son las razones por las que denunciamos la utilización política y la instrumentalización de la Comisión de Investigación que por las razones que exponemos, así como también por las que iremos desgranando en el presente documento, se ha
convertido en una causa general contra el Partido Popular, un juicio sumarísimo e inquisitorial en el que se han vulnerado gravemente los derechos fundamentales de los comparecientes y la función parlamentaria que asiste la labor de los diputados
del Grupo Parlamentario Popular:


- Los proponentes dejaron pasar nueve meses desde que expresaran por primera vez su voluntad de poner en marcha la comisión, hasta que ésta empezara a trabajar y todo para ajustar dichos trabajos a los intereses políticos de ambas
formaciones.


- En el manejo de esos tiempos los grupos parlamentarios proponentes tuvieron muy en cuenta el que el calendario de trabajos de la comisión comenzara coincidiendo con un periodo pre electoral y con el proceso electoral en Cataluña.


- Tantos los tiempos manejados para la creación de la comisión, como lo dispuesto en el Plan de Trabajo de la misma en el que la organización de los trabajos impidió al Partido Popular que ninguno de los comparecientes, salvo José Manuel
Villarejo, lo fueran a propuesta del Grupo Parlamentario Popular, manifiestan una clara voluntad de intentar 'callar' la voz del Partido Popular en la comisión de investigación vulnerando el derecho fundamental al ejercicio de la labor parlamentaria
dentro de la cual se incluye la función de investigación que asiste a todos los parlamentarios de esta Cámara.


- Los grupos parlamentarios proponentes, así como aquellos que apoyaron la creación de la comisión aunque luego nunca acudieran a sus trabajos, vulneraron el derecho fundamental al ejercicio de la función parlamentaria en condiciones de
equidad al utilizar desde la Exposición de Motivos y en todo el desarrollo de los trabajos de la comisión, documentos que eran parte de un expediente judicial en el que estaban personados PSOE y PODEMOS. En dicha Exposición de Motivos se incluían
referencias directas y entrecomillados de un escrito de la Fiscalía anticorrupción lo cual ha sido una constante en el desarrollo de los trabajos de esta comisión de investigación.


- La Exposición de Motivos por la que se acuerda la creación de la comisión de investigación no solo incluyó el tenor literal de un informe de la fiscalía que es parte del expediente judicial en el proceso en el que están personados PSOE y
PODEMOS lo cual debería haber invalidado todos los trabajos de la comisión, sino que además en él se hacer referencia al caso de los 'ordenadores de Barcenas' un supuesto caso de encubrimiento para beneficiar al Partido Popular y en el que estaban
imputadas tres personas que, sin embargo cuando se redactó dicho acuerdo ya ha había sido juzgado por el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, declarando la inocencia de las personas implicadas. Lo triste es que dicho argumento fue utilizado
en la Exposición de Motivos un año después de haberse dictado sentencia el 4 de septiembre de 2019. Sentencia que por otro lado durante los trabajos de la comisión fue revisada en fase de recurso por la Audiencia Provincial de Madrid con el mismo
resultado un hecho que ninguno de los grupos proponentes tuvo a bien reconocer durante los trabajos de la comisión, lo cual resulta cuanto menos indignante por ser una manipulación interesada y una muestra más de como PSOE y PODEMOS han utilizado la
comisión en su exclusivo beneficio sin importarles la verdad.


- Denunciamos además que los trabajos de la comisión nacieron heridos de muerte desde el momento en el que se aprobó el enunciado de la misma donde se retratan las posiciones preconcebidas



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dice los grupos parlamentarios proponentes sobre el objeto y los trabajos en los que debería haberse centrado en la comisión.


Otro ejemplo que demuestra el hecho de que la Comisión de Investigación siempre estuvo al servicio de los intereses políticos de los grupos proponentes reside en los gravísimos acontecimientos sucedidos el día 2 de junio de 2021.


Aquel día debían comparecer D. Ignacio López del Hierro, D. José Antonio Nieto y Dña. María Dolores de Cospedal, sin embargo durante la comparecencia del primero los medios de comunicación se hicieron eco de la decisión adoptada por el
magistrado-juez García-Castellón, en virtud de la cual cambiaba la situación procesal de la señora Cospedal lo cual llevó a Partido Socialista y a Podemos a suspender los trabajos de la comisión y las comparecencias de los señores Fernández Díaz y
Mariano Rajoy que habían sido previamente fijadas por la mesa de la comisión, lo que demostraba a las claras como el caminar de la comisión debía seguir fielmente los intereses políticos de socialistas y podemitas interesados en que una nueva
prórroga les permitiera utilizar en la comisión todo aquello que sucedía en el proceso que dirigía el magistrado-juez García-Castellón.


De este modo, el 8 de junio la comisión, con la oposición del Partido Popular, solicitó al Pleno de la Cámara la aprobación de una nueva prórroga, hecho que se debatió en el Pleno del Congreso de los Diputados el 24 de junio abriéndose de
nuevo plazo para la solicitud de nuevos comparecientes, lo que permitió el deambular con paso incierto de la comisión en paralelo al proceso judicial durante seis meses más.


La instrumentalización de la comisión de investigación por parte de las fuerzas proponentes y el hecho de haberla convertido en un juicio sumarísimo contra el Partido Popular ha tenido otra consecuencia que el Partido Popular quiere
denunciar y es que la comisión no ha tenido otro objetivo que el de perseguir al Partido Popular con el objeto de deslegitimar su labor política, impidiendo el que pudiera haber reflexionado, además de sobre el objeto, sobre otras cuestiones que
afectan directamente al interés general.


La comisión no ha servido por ejemplo para reflexionar sobre si la norma reguladora de los fondos reservados precisa de una nueva y mejor redacción que pudiera hacer más compatible el fin que se persigue con estos fondos, con la necesaria
mejora en los mecanismos de transparencia y de control que deben aplicarse a los mismo para evitar un posible uso arbitrario o fraudulento. De esto nada se ha dicho.


Creemos que se ha perdido la oportunidad de reflexionar también sobre la propia naturaleza de las comisiones de investigación y si tiene sentido o no el que éstas puedan desarrollarse en paralelo a una investigación judicial coincidente,
como en este caso, con la materia objeto de conocimiento de la comisión de investigación. No ha habido debate ni reflexión alguna sobre las dificultades que entraña esta duplicidad de actuaciones para la propia comisión de investigación incapaz por
ejemplo de acceder a documentos esenciales al ser estos parte de un expediente judicial.


Tampoco se ha aprovechado la oportunidad que brindaba esta comisión para analizar como salvaguardar correctamente un derecho constitucional tan básico como el de la presunción de inocencia que acompaña a todos los comparecientes y que en
muchos casos han sido tratados como responsables de unos hechos cuando dicha responsabilidad sólo puede ser atribuida por un órgano jurisdiccional mediante sentencia firme.


Los portavoces de la comisión han ejercido de policías, fiscales, juez instructor y órgano sentenciador al mismo tiempo dando por probados hechos sobre los que no ha recaído sentencia alguna, lo que ha invertido la carga de la prueba a la
que han tenido que someterse los comparecientes a los que se les ha exigido demostrar su inocencia, cuando debiera haber sido todo lo contrario.


Y esta es una oportunidad que a la vista de los procesos que estamos conociendo y en los que se está produciendo un aluvión de sobreseimientos que recaen sobre personas que durante los años que ha durado la instrucción del procedimiento que
les afecta han pagado un altísimo precio personal, familiar, político, civil e incluso económico, y tampoco hemos reflexionado sobre como resarcir a las personas que se han visto en esta situación, o sobre como los partidos políticos deberíamos
reflexionar sobre el daño que a la democracia española pueden causar estas situaciones de utilización partidista de determinados casos judiciales.


Tampoco hemos aprovechado la oportunidad que nos ha brindado esta comisión para reflexionar si tiene sentido poner en marcha una comisión de investigación con la misión de dirimir las responsabilidades



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políticas en personas que hace años que abandonaron las responsabilidades políticas que pueden exigírseles.


- Denunciamos el que se haya desvirtuado el carácter de mecanismo de control al gobierno que tienen las comisiones de investigación en nuestro ordenamiento para transformarla en este caso en un mecanismo de control a la oposición puesto al
servicio de la mayoría parlamentaria que respalda al gobierno al objeto de amordazar al principal partido de la oposición para deslegitimar su acción política.


- Denunciamos el carácter destructivo de esta comisión de investigación que no ha concretado ninguna conclusión, ni ha debatido, ni tan siquiera reflexionado sobre cuestiones que ha propuesto el Partido Popular acerca de cómo mejorar los
mecanismos de transparencia y control de los fondos reservados regulados en una normativa obsoleta aprobada en el año 1995 por los socialistas Juan Alberto Belloch y Margarita Robles.


- Tampoco se ha querido debatir sobre si tiene sentido celebrar comisiones de investigación en paralelo al desarrollo de procesos judiciales coincidentes con el objeto de la comisión; ni tampoco sobre cómo garantizar el derecho
constitucional a la presunción de inocencia convertido en papel mojado en esta comisión en la que los comparecientes han visto como se les trasladaba la carga de la prueba teniendo que ser ellos quienes demostrarán su inocencia frente a las graves
acusaciones de algunos portavoces cuando además no existe sentencia condenatoria alguna.


No ha habido reflexión alguna sobre cómo evitar el que en estas comisiones de investigación los grupos parlamentarios se conviertan en policías, fiscales, juez instructor y órgano sentenciador. Tampoco se ha reflexionado sobre el daño que
este tipo de actuaciones causan a multitud de personas que ven cómo se menoscaba su derecho a la presunción de inocencia sin que exista sentencia alguna, y no se han hecho estas reflexiones a pesar de la multitud de sobreseimientos que se han
producido en el tiempo en el que han durado los trabajos de la comisión de investigación.


- También denunciamos la paradoja que acompaña a la comisión desde su nacimiento por cuanto estamos ante una comisión cuya única función es dirimir las responsabilidades políticas que podrían exigírseles a las personas cuyas actuaciones son
el objeto de la comisión, cuando éstas hace tiempo que han abandonado la actividad política.


DENUNCIAMOS EL MENOSCABO DE DERECHOS FUNDAMENTALES AL DISCURRIR LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN EN PARALELO A LA INSTRUCCIÓN DE UN PROCEDIMIENTO EN EL JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS


Si seguimos la cronología de la comisión caber destacar que justo un día después de comenzar las comparecencias, el día 17 de marzo de 2021, el Pleno de la cámara procedía a aprobar la primera prórroga de la comisión por acuerdo del Pleno
del Congreso durante dicho período de sesiones y hasta el 30 de junio de 2021.


Pero antes conviene recordar que con carácter previo a la presentación por parte de los grupos parlamentarios de las propuestas de planes de trabajo de la comisión, el Partido Popular solicitó a la mesa de la comisión que dirigiera un
escrito al juez que instruía la pieza número siete de la macro causa Tándem en el Juzgado Central de Instrucción Número seis, que dirige el magistrado-juez Ilmo. Sr. Manuel García Castellón, por ser el objeto de las diligencias que se seguían en
el juzgado, coincidentes con el objeto de la denominada por los grupos proponentes 'Comisión Kitchen'.


Y en el que se le preguntara al magistrado como podían hacerse compatibles, por un lado el respeto a los derechos fundamentales que consagra la Constitución Española y el derecho a ejercer la función investigadora que es parte de la función
parlamentaria en condiciones de equidad, y por otro, el hecho de que los trabajos de la comisión iban a discurrir en paralelo a la instrucción de un procedimiento penal en el que además se da la circunstancia de que los dos grupos proponentes tenían
acceso al expediente judicial al ejercer la acción popular en el proceso, lo que se traducía necesariamente en que la función parlamentaria de investigación de los grupos no personados no podía desarrollarse en condiciones de igualdad.


Recordamos entonces el carácter reservado de las diligencias judiciales reiteradamente reconocido por la jurisprudencia de nuestros tribunales como ha sido recordado por la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo 64/1998, de cinco
de diciembre y por el Acuerdo de la Audiencia Nacional de 22 de noviembre de 2017, en el que, en referencia a la utilización de los documentos obrantes en los expedientes judiciales por parte de las Comisiones de Investigación, se especifica
claramente que 'los derechos que



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asisten a los sujetos en el proceso cuya presunción de e inocencia podría verse comprometida por la investigación paralela sin las garantías del proceso penal'.


Traíamos a colación además un antecedente sucedido el 24 de mayo de 2017 cuando la Comisión de Investigación sobre la utilización partidista del Ministerio del Interior bajo el mandato del Ministro D. Jorge Fernández Díaz, el Presidente del
Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial contestaba que 'no es posible atenderla petición de documentación por no ser jurídicamente posible'.


Remitía el Tribunal Supremo a lo acordado por la Audiencia Nacional Sala de lo Penal, Sección Segunda donde se refería al 'carácter reservado de las diligencias sumariales' afirmando que 'en ningún caso cabe confundir las nociones publicidad
y difusión ni al socaire de la publicidad predicar el acceso indiscriminado a los documentos y actuaciones judiciales pues pueden perjudicar a los derechos de los personados en el proceso' y en consecuencia consideraba improdecente tal petición.


Como era previsible la mesa de la comisión denegó la petición del Grupo Parlamentario Popular y cursó únicamente la solicitud de la documentación reclamada por los grupos.


Y como si de una premonición se tratara y a pesar de que la Mesa de la Comisión denegó la petición del Grupo Parlamentario Popular el 28 de enero la comisión con los votos de los grupos proponentes aprobó el listado de documentación a
solicitar, entre otros, al Juzgado Central de Instrucción número seis que dirige el magistrado-juez García-Castellón y en la que se reclamaban determinados documentos obrantes en el expediente judicial como los oficios policiales evacuados en el
proceso, los expedientes de concesión de medallas policiales etcétera cuyo acceso fue denegado por auto de 22 de febrero de 2021 del magistrado García-Castellón en el que él aduciendo razones muy semejantes a las expuestas anteriormente y que tenían
que ver con el carácter reservado de los documentos que son parte de un expediente judicial no podía acceder a la solicitud de la comisión, teniendo en cuenta además que aún existía una subpieza que seguía teniendo la consideración de secreta y en
el que se señalaba expresamente que 'la necesaria prersevación de independencia judicial y de los derechos fundamentales de las partes y terceras personas suponen límites infranqueables que, en el presente caso, se verían afectados por la remisión
de documentación judicial al órgano parlamentario'.


Tal fue así entendido que D. Luis Bárcenas se acogió a su derecho constitucional a no declarar aunque luego sí contestó a muchas de las preguntas que se le formularon;


- Denunciamos la vulneración del contenido del derecho fundamental inherente al ejercicio de la función investigadora que, como parte de la función parlamentaria, debe poder ser ejercicio en condiciones de igualdad o cuanto menos de equidad,
circunstancia que no se ha producido en el desarrollo de los trabajos de esta comisión dado que dos grupos parlamentarios han tenido acceso al contenido del expediente judicial al ejercer la acción popular y que el juzgado negó a la comisión cuando
le fue solicitada insistiendo el magistrado-juez García-Castellón en el carácter reservado de las diligencias judiciales aun cuando éstas no tengan el carácter de secreto y a mayor abundamiento cuando éstas tengan el carácter de secretas como ha
sucedido durante buena parte de los trabajos de la comisión al mantenerse el secreto del sumario en una subpieza.


- Denunciamos las constantes referencias que, durante los trabajos de la comisión, se han evacuado revelando el contenido de documentos que son parte del expediente judicial.


Referencias incluidas en las intervenciones de los portavoces de PSOE y PODEMOS emitidas con total impunidad y que se han producido continuamente durante los trabajos de la comisión incluyendo referencias al contenido literal de informes
policiales, documentos oficiales, declaraciones de testigos en sede judicial, etcétera, siendo todas ellas parte del expediente judicial cuya utilización expresamente desautorizó el magistrado-juez García-Castellón, porque además exponían indicios
incriminatorios insuficientes para romper con el principio constitucional de las presunción de inocencia.


- El que los trabajos de la comisión discurrieran en paralelo a la instrucción judicial hizo colisionar el deber de comparecer ante la comisión de investigación con la propia estrategia procesal de algunas de las personas llamadas a
comparecer que en cumplimiento del derecho constitucional que les asiste optaron por no declarar.


El señor Sergio Ríos Esgueva, D. Eugenio Pino, D. Andrés Gómez Gordo, D. José Luis Ortiz, D. Ignacio López del Hierro la señora Rosalía Iglesias y Dña. María Dolores de Cospedal optaron por no declarar ante la comisión ejerciendo un derecho
que les asiste.



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Aun así su actitud fue gravemente criticada, menospreciada e incluso sujeta a descalificaciones e insultos impropios del trabajo parlamentario, pero sobretodo injustos por cuanto fueron el resultado de la decisión de ejercer un derecho
constitucional que la mesa de comisión estaba en la obligación de proteger.


En relación con las declaraciones de los señores Cosido en dos ocasiones, del Presidente Mariano Rajoy, de Enrique López, de Ignacio Ulloa, de Jorge Fernández Díaz y De Francisco Martínez queremos decir que la comisión ha traspasado con
mucho los límites que el ordenamiento le impone realizando calificaciones jurídicas que no procedían y la atribución personalizada de las mismas a muchos vulnerando así su derecho a la presunción de inocencia, pues un juez y solo un juez debe ser
quien juzgue los hechos que los proponentes se atrevieron a calificar.


La vulneración de derechos fundamentales que se ha producido durante los trabajos de la comisión, se ha basado también en el hecho de que la comisión de investigación ha excedido con mucho los límites que nuestro ordenamiento jurídico impone
a las comisiones parlamentarias.


En este sentido, cabe recordar que la Sentencia del Tribunal Constitucional 133/2010 dispone expresamente que 'excede a la actividad parlamentaria de investigación cualquier posibilidad de calificación jurídica de los hechos investigados y
su atribución individualizada a los sujetos a los que pudiera alcanzar la investigación', y esta ha sido una dinámica constante en los trabajos de la comisión donde ha sido habitual, el vertido de descalificaciones a muchos de los comparecientes que
han llegado incluso a ser acusados de mentir lo cual además de inadecuado es impropio de la labor parlamentaria.


Además se han calificado conductas de los comparecientes como delictivas y se han atribuido tipos delictivos a personas concretas cuando la Constitución, la Ley que regula las comisiones de investigación y las sentencias de los tribunales
impiden tal circunstancia.


- Denunciamos el que se hayan superado los límites que nuestro ordenamiento jurídico y la jurisprudencia imponen a las comisiones de investigación recordando por ejemplo la STC 133/2010 que establece que 'excede a la actividad parlamentaria
de investigación cualquier posibilidad de calificación jurídica de los hechos investigados y su atribución individualizada a los sujetos a los que pudiera alcanzar la investigación' circunstancia que ha sido una constante en los trabajos de la
comisión donde se han considerados probados hechos que continúan siendo investigados por la autoridad judicial, donde se han atribuido estos hechos a personas concretas y donde se ha faltado al respeto al calificar como mentirosos a algunos de los
comparecientes.


- Denunciamos que las conclusiones debatidas en la comisión el pasado día 22 de abril de 2021 se están redactando y debatiendo mientras están pendientes de resolver varios recursos interpuestos contra el Auto judicial que acordó el fin de la
fase de instrucción y su transformación en procedimiento abreviado lo que significa que aún no se han formulado ni los escritos de acusación ni los escritos de defensa pertinentes.


Por último, pero no por ello menos escandaloso resulta la connivencia demostrada durante el período de vigencia de las comisión entre uno de los fiscales anticorrupción que llevaban el caso en el juzgado central de instrucción número seis y
una de las máximas responsables jurídicas de la formación Podemos.


Hecho puesto en conocimiento de la opinión pública y de los tribunales por D. José Luis Cálvente, uno de los máximos responsables jurídicos de la formación, que denunciaron que esta relación de connivencia provenía de una relación personal
entre fiscal y letrada y que se traducía en el acceso privilegiado de Podemos a todas las cuestiones que tenían que ver con el caso Tándem y también con la pieza número siete 'Kitchen', circunstancia por la que se abrió una investigación y se
excluyó al fiscal del caso.


DENUNCIAMOS LA UTILIZACIÓN DE LA COMISIÓN PARA ATACAR A UNA INSTITUCIÓN FUNDAMENTAL DEL ESTADO COMO ES LA POLICÍA NACIONAL


El Partido Popular como partido de Estado que es con amplia experiencia tanto en el gobierno como en la oposición está acostumbrado, a recibir todo tipo de críticas. Estamos habituados a ser el objetivo de todo tipo de operaciones para
desgastarnos, cansados de escuchar descalificaciones, incluso estamos habituados a luchar contra los intolerantes que no aceptan los principios democráticos sobre los que se asienta nuestra labor democrática y también a multitud de intentos de
deslegitimación de nuestra labor.


Estamos, en definitiva, acostumbrados 'al todo vale', pero no podemos consentir que esta forma de hacer política se traslade a las instituciones del Estado y en este caso a la Policía Nacional dado que los grupos proponentes han aprovechado
la Comisión Kitchen para descargar una ira irracional contra una de



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las instituciones del Estado mejor valorada por los españoles, y eso es algo que hemos combatido durante los trabajos de la comisión y que nos vemos obligados a denunciar.


La comisión de investigación comenzó poniendo en duda la medalla con distintivo rojo que le fue concedida al Sr. Bayo, (técnico facultativo jurídico con más de 32 años de servicio en la DAO), a pesar de que su concesión fue revisada por la
jurisdicción contencioso administrativa sin que se detectara irregularidad alguna (algo que el Partido Socialista olvidó mencionar), como también olvidó mencionar la medalla concedida al señor Bayo por el DAO del Ministro Rubalcaba Fernández Chico.


Se faltó al respeto del señor Bayo al presentar a un funcionario con más de 32 años de servicio como parte de una camarilla policial destinada supuestamente a favorecer al Partido Popular cuando la mayor parte de su carrera la hizo bajo el
mandado de los gobiernos del PSOE.


El 18 de marzo el portavoz del PSOE decía textualmente que 'la denominada Operación Kitchen, estaba construida por una camarilla policial que se dedicaba fundamentalmente a destruir pruebas que podrían vincular al Partido Popular con la
corrupción, una corrupción sistémica de este partido, incluso desde su fundación como Alianza Popular', en estos términos se dirigía al señor Lacasa funcionario con más de 40 años de servicio dejando caer esta visión maniquea que dividía a la
policía entre policías buenos y policías malos, cuando se trata del profesionales que a lo largo de las varias decenas de años de servicio trabajaron a las órdenes de gobiernos de todo tipo y color político.


El señor Lacasa contestó 'respecto a la pregunta concreta que me hace tengo que decirle: negativo, taxativamente no'. Luego el interrogatorio evolucionó negativamente para el señor Lacasa a quien se le echa en cara que el señor Pino lo
nombrara para un puesto de libre designación porque confiaba él.


Nos preguntamos entonces y también lo hacemos ahora si existe algún cargo de confianza de los miles que trabajan o para el Señor Sánchez que no haya sido elegido atendiendo a criterios de confianza.


Y sin embargo esta insidia que no debía haber sido tolerada por la mesa de la comisión se permitió para levantar una sombra de sospecha sobre una persona con más de 44 años de servicio a los españoles en la Policía Nacional, que de este modo
el PSOE pretendió reducir a 'policía miembro de una camarilla policial, faltando gravemente al respeto de la policía y lo que es más grave trasladando la carga de la prueba de demostrar su no pertenencia a ninguna camarilla al compareciente, a quien
bastaba con recordar sus 44 años de servicio para deslegitimar una pregunta que jamás debió ser formulada.


El siguiente policía en comparecer no lo hizo en calidad de tal, al haber sido nombrado Director General por el Gobierno de Pedro Sánchez tras su jubilación después de 44 años de servicio. El señor José Antonio Rodríguez González se remitió
en su declaración al carácter reservado de los fondos reservados, respaldando de este modo la intervención de los dos anteriores comparecientes.


Con el señor Pérez de los Cobos llegamos al paroxismo pues ante el acoso del portavoz socialista mientras le interrogaba sobre el uso de los fondos reservados el señor Pérez de los Cobos tuvo que pedir, lo siguiente: señor Sicilia 'yo le
rogaría una cosa: que no se utilice una intervención mía en una instrucción de un sumario -en la que, por supuesto, declaré abiertamente porque la materia objeto de esa declaración había sido desclasificada expresamente para ese sumario- para
tratar de que yo vulnere la normativa de secretos oficiales en esta Comisión. No le puedo responded, lo cual vuelve a demostrar el acceso de quienes ejercían la acción popular al expediente judicial y a su utilización descarada en el seno de la
comisión.


Los grupos proponentes siguieron la misma estrategia de querer demostrar la existencia de una guardia de corps en torno al señor Pino olvidando que el señor Pérez de los Cobos, una persona que llegó al Ministerio del Interior, después de
haber trabajado en la lucha anti terrorista, de la mano del Señor Rubalcaba, una persona que trabajó con Diez Zambrano, con Antonio Camacho, también con Jorge Fernández Díaz y con del actual Ministro del Interior Sr. Marlaska y que era presentado
sin embargo como un miembro más de una camarilla.


El Sr. Manuel Morocho fue llamado a comparecer por parte del Partido Socialista no porque tuviera algo de conocimiento sobre el caso Kitchen sino por su labor actuando en funciones de policía judicial en el caso Gürtell, por lo que poco más
hay que añadir, aunque sí aclarar lo que sin duda es un mal entendido pues el señor Morocho hablando de las supuestas presiones que sufrió en el desempeño de sus funciones de policía judicial, dijo que estando con el señor Olivera había recibido una
llamada el señor Olivera del ministro para comprarle ofreciéndole un puesto en el exterior, cuestión que ha sido negada por el señor Olivera que manifiesta haber recibido en aquel momento una llamada de su mujer y también desmentida por el Ministro
del Interior, aclarado lo cual creemos, que por respeto a su trayectoria profesional no debemos profundizar en cualquier otra cuestión sobre su declaración.



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Con el señor Bonifacio Diez Sevillano se sigue la misma estrategia al describir el entorno al DAO Eugenio Pino como un entorno de trabajo formado por personas de su confianza y todo ello a pesar de que el señor Díaz Sevillano negó haber
conocido al señor Pino hasta ocupar su último destino al que llegó de la mano de Marcelino Martín Blas, y a pesar de haber prestado servicios al cuerpo durante más de 44 años.


Quedaron muchas preguntas sin respuesta ese día. Las que formuló el Grupo Parlamentario Popular al Partido Socialista que siguen sin ser respondida. ¿Los altos cargos y mandos policiales del Ministerio del Interior del señor Marlaska están
rodeados de personas de su confianza o no lo están?.


Pregunta que viene al caso porque el cese del señor Pérez de los Cobos se justificó en la pérdida de la confianza depositada en él.


La comisión se quedó sin saber en qué quedamos en este asunto.


En época de Rubalcaba siendo su DAO el Sr. Fernández-Chico, cuya hija trabajó para Villarejo, ¿trabajaban esos altos mandos policiales con personas de su confianza?.


Y una última pregunta para la que la comisión no supo encontrar respuesta, ¿por qué los equipos de Fernández Chico y Rubalcaba eran valiosos y los de Cosido y Eugenio Pino son una simple camarilla, aunque en ambos casos se trata, en buena
medida, de las mismas personas?.


Porque lo único cierto es que los Señores Bayo, Lacasa, Oliveira, Pérez de los Cobos, García Castaño, Marcelino Martín Blas, Morocho, Villarejo, Juan Carlos González, Barón, todos han trabajado con ustedes durante años, y en la comisión el
grupo socialista intentó presentarlos, faltando al respeto de su trayectoria, como una camarilla al servicio del Partido Popular, lo cual es un gravísimo error fruto de la amnesia selectiva que aplica el PSOE cuando sirve a sus intereses.


El señor Fuentes Gago fue objeto de un insidioso por tendencioso interrogatorio por parte de algunos de los portavoces de la comisión siendo tratado, no como un funcionario policial merece, sino como de un enemigo a abatir se tratara, siendo
preguntado por operativos policiales concretos protegidos por la LeCrim, para abundar en las insidias se le preguntó por el destino de su mujer compañera del Cuerpo Nacional de Policía, y también por los fondos reservados sobre los que, como el
resto de policías, no pudo hablar porque así lo dispone la Ley del 95 que regula su funcionamiento junto con la Instrucción no comunicada, ambas normas fruto de la pluma del señor Belloch y de la señora Robles.


Y todo ello se produjo con el mismo objetivo de presentar al señor Fuentes Gago como uno de los policías malos al que incluso se le atribuyó la responsabilidad de haber cometidos actos ilícitos cuestiones que hemos dicho hasta la saciedad no
corresponden a esta comisión sino a los tribunales.


También se intentó poner en contradicción lo declarado por el señor Morocho con lo expuesto por el señor Fuentes Gago en relación con un informe del SEPBLAC que investigaba el patrimonio del Señor Villarejo y que el señor Morocho utilizó en
su línea argumental olvidando decir que no evacuó informe escrito alguno por su parte. En relación con el cual olvidó decir que si hubiera apreciado alguna irregularidad hubiera debido ponerlo en conocimiento de la fiscalía cosa que no hizo. Y
olvidando también el señor Morocho que a pesar de todo, la fiscalía tuvo conocimiento del citado informe y que concluyó archivando el caso.


La primera comparecencia del Sr. García Castaño sirvió para dejar claro desde la primera presunta del Sr. Sicilia ¿Quién le pidió conformar un dispositivo para sustraer información a Bárcenas?, el excomisario con más de 46 años de
servicio en el cuerpo contestó 'no hay ningún dispositivo, no hay ningún papel, no hay nada de nada en el Ministerio del Interior que ponga Operación Kitchen, nada, se lo juro. Usted lo puede preguntar al ministro del Interior o al secretario de
Estado. Ahí no existe nada'.


El señor García Castaño reconoce, eso sí, un encargo del DAO para investigar los testaferros del señor Bárcenas para intentar recuperar los 47 millones de euros que el señor Bárcenas mantiene en el extranjero, encargo que justifica el
dispositivo de vigilancia que durante dos períodos distintos se produjeron como así fueron registrados en la base de datos Policial.


El señor García Castaño, también reconoce haber sido él quien entró en el bajo de Diez Porlier y donde manifiesta no haber encontrado nada, siendo esta una cuestión que tendrán que decidir los tribunales si se produjo o no pues en la
comisión quedó claro que puso todos los materiales de los que dispuso a disposición de la fiscalía y del órgano instructor.


Reconoce el señor García Castaño el volcado de los tres dispositivos móviles de la familia Bárcenas declarando haberles sido entregados por Sergio Ríos, haberlos pasado al formato de un Pen-Drive y poner la información a disposición de la
fiscalía y del juez instructor.



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Tras la declaración de García Castaño comparecen un grupo de policías a quienes se intentó enmarcar dentro de la citada 'camarilla' de Pino faltando al respeto a su trayectoria y cuyas declaraciones están incluidas en el Diario de Sesiones.


Entre ellos el señor Barón Castaño uno de los mayores especialistas en la lucha anti terrorista que fue acusado de ser parte de esa 'policía patriótica' que con tanto despreció por la policía nacional ha utilizado el PSOE en esta comisión,
por haber ocupado un cargo de Director General en el Gobierno de Esperanza Aguirre olvidando que la mayor parte de los ascensos en la carrera del señor Barón se produjeron bajo la dirección del Ministerio del Interior por parte del Partido
Socialista, y que como decimos resumen la trayectoria de uno de los mayores especialistas en la lucha anti terrorista de nuestro país a quien PSOE y PODEMOS intentaron desprestigiar cuando no tenían derecho a ello.


La declaración del señor González García se incluye dentro de un grupo de declaraciones que arrojaron poca luz sobre el objeto de la comisión por ocupar destinos lejos de la Dirección Adjunto Operativa, cuando sucedieron los hechos objeto de
conocimiento por parte de la comisión, aunque en su declaración es importante un hecho y es que reconoció una foto en la que estaban celebrando la concesión a José Manuel Villarejo por parte de Alfredo Pérez Rubalcaba de una medalla de las
pensionadas 'que por la naturaleza de las funciones que asumía el señor Villarejo' hubo que dársela en privado y no como al resto de policías en ceremonia pública. Declaración que sirvió claramente para demostrar que Villarejo no fue un'invento'
del Partido Popular si no un recurso policial reclutado por el socialista señor Corcuera, y utilizado asiduamente por los distintos gobiernos socialistas para operaciones de distinto fin.


El señor Olivera fue atacado gravemente por el portavoz del grupo socialista para hacerle parecer parte de esta policía de buenos y malos en la que tanto ha insistido el PSOE, a lo largo de los trabajos de la comisión cuando de sus trabajos
hemos sabido que fue una de las personas que investigó el caso Gürtell, que sus superiores siempre defendieron su trabajo, e incluso que el Partido Popular le interpuso una demanda en el año 2009. El señor Olivera reconoce que el acto privado en el
que celebran la concesión de la medalla pensionada al señor Villarejo por parte del ministro Rubalcaba se tuvo que hacer en privado porque así lo ordenó el DAO de Rubalcaba Fernández Chico y porque señor al señor Villarejo 'había que esconderle'.


El resto de intervenciones de los responsables policiales incorporan aún menos luz a los hechos que investigaba la comisión. Nos estamos refiriendo a las intervenciones del señor Losada, del señor Mariano Hervás, del señor Marcelino
Martín-Blas que centró su intervención fundamentalmente en sus diferencias con Eugenio Pino y con el excomisario José Manuel Villarejo y la investigación sobre su patrimonio, tampoco arrojó luz adicional la intervención del señor Eugenio Pereiro, el
Sr. Silverio Nieto resultó parte del anecdotario de la comisión; el Sr. Pedro Agudo.


De todas las declaraciones policiales pueden extraerse las siguientes conclusiones:


- Tras doce meses de trabajo de la comisión y después de la sustantación de las comparecencias no se ha identificado ni un solo proceso en el que se hayan eliminado o anulado pruebas inculpatorias contra el Partido Popular. Tampoco ha
aparecido ninguno de los materiales supuestamente incriminatorios para el Partido Popular.


- Transcurrido todo ese tiempo y con la única excepción del excomisario Villarejo, ninguno de los policías que han comparecido han afirmado haber tenido conocimiento de la existencia de una Operación denominada Kitchen, aunque sí han
reconocido seguimientos al entorno de Luis Barcenas y su familia que constan en las bases de datos policiales para hacer un seguimiento y así poder recuperar el dinero que ocultaba Luis Bárcenas en el extranjero.


- Sobre la existencia de la supuesta Operación Kitchen se pronunció la policía en respuesta a una petición de la fiscalía contestando la Unidad de Asuntos interno lo siguiente 'No existe constancia documental de ninguna operación denominada
Kitchen'. Informe policial elaborado por otro lado, por el actual equipo directivo del Ministerio del Interior que dirige el Ministro Marlaska.


- Preguntados a lo largo de los doce meses de trabajo de la comisión los responsables policiales por el uso de los fondos reservados ninguno ha declarado haber visto cantidades asignadas a operación alguna nombrada como Kitchen.


- En ese mismo sentido, y preguntados por el Grupo Parlamentario Popular al respecto todos los mandos policiales que han comparecido ante la comisión de investigación han declarado que desde que Eugenio Pino fue Director Adjunto Operativo de
la Policía Nacional no hubo ni un solo cambio en el modo en el que venían gestionándose los fondos reservados en la etapa precedente con el Partido Socialista al



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frente del gobierno y del Ministerio del Interior. Ni un solo cambio en la forma de gestionar y/o justificar los fondos reservados que por otro lado se rigen por una norma aprobada en 1995 por el Partido Socialista siendo Juan Alberto
Belloch Ministro de Justicia e Interior y Margarita Robles Secretaria de Estado de Seguridad.


QUEREMOS PONER DE MANIFIESTO QUE LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN NO HAN SERVIDO PARA ENCONTRAR LA SUPUESTA INFORMACIÓN QUE POSEÍA EL SEÑOR BÁRCENAS CONTRARIA A LOS INTERESES DEL PP, Y POR LA QUE SUPUESTAMENTE SE MONTÓ UN OPERATIVO POLICIAL EN EL
MINISTERIO DEL INTERIOR


Conviene recordar que el objeto de la supuesta Operación Kitchen, si es que ésta efectivamente existió, era recuperar un supuesto material comprometedor para el Partido Popular que estaría en posesión del señor Bárcenas.


Sin embargo la información relativa a la existencia de dicho material resulta cuanto menos confusa.


El señor Bárcenas ha mantenido posiciones contradictorias al respecto, primero porque no coincide lo dicho en sede judicial con lo declarado ante determinados medios de comunicación donde llegó a manifestar que tenía cajas de información
comprometedora contra el Partido Popular ninguna de la cual ha salido a la luz en los trabajos de la comisión.


El señor Luis Bárcenas reiteró estas manifestaciones en el escrito que dirigió a la fiscalía justo una semana antes de comenzar la campaña electoral en Cataluña y también en esta comisión donde si bien reconoció que 'tenía información pero
desconocía su contenido' luego habló de una grabación que el propio Bárcenas habría hecho a Mariano Rajoy.


Sin embargo, ninguno de los supuestamente comprometedores papeles, ni tampoco ningún audio, ni ningún otro tipo de material ha aparecido hasta la fecha.


Por tanto los trabajos de la comisión han partido de un supuesto no comprobado y de conocimiento confuso.


Y cuando decimos confuso, lo decimos porque si bien es cierto que el señor Bárcenas ha declarado ante determinados medios de comunicación estar en posesión de dicha información comprometedora, es justo reconocer que también ha utilizado
estas aseveraciones como parte de su estrategia de defensa.


Todo el mundo recuerda como el señor Jorge Trías (abogados de Luis Bárcenas) y que fue la persona que entregó a Gerardo Viada abogado del diario El País los famosos 'Papeles de Bárcenas', en la presentación de su libro 'El baile de la
corrupción' explicó que guardó una copia de los famosos papeles que entregó al abogado de El País, Gerardo Viada, y que esta decisión la tomó al saber que Bárcenas escondía en Suiza 50 millones de euros y que esta era la documentación que tenía.
Esta es la primera vez que se afirma que todos los papeles de Bárcenas están a disposición judicial.


La segunda vez la encontramos en una manifestación semejante que se produce cuando en declaraciones públicas del señor Gómez de Liaño (abogado de Bárcenas) explicó que, cuando éste le encargó su defensa le exigió ser el único responsable en
el diseño de la estrategia de la defensa y, por tanto, le exigió conocer y tener todos los papeles que estaban en posesión del señor Bárcenas, que inmediatamente el señor Gómez de Liaño puso a disposición del juzgado.


El señor Bárcenas por el contrario donde dijo digo ha dicho Diego en multitud de ocasiones negando la existencia de la supuesta información sensible. Negó su existencia en el 2019 ante el juez De la Mata, en el 2020 ante el magistrado Pablo
Ruz y en el 2020 ante el juez García Castellón.


Y no solo eso. Bárcenas ha reconocido no haber tenido nunca esa documentación en su casa. Nunca ha denunciado ni su sustracción, si es que ésta se produjo, ni tampoco el allanamiento al local de Díaz Porlier.


Tampoco el Inspector de la UDEF Manuel Morocho ordenó jamás un registro sobre el domicilio del señor Bárcenas.


Y tampoco es una cuestión menor el que hasta 13 sentencias hayan quitado la razón al señor Bárcenas cuando han tenido que comprobar sus acusaciones. Trece ocasiones en los que los órganos jurisdiccionales se pronunciaron afirmando que las
acusaciones del Señor Bárcenas no eran ciertas.


A ello habría que añadir un argumento de puro sentido común y en el que también conviene detenerse.


El señor Bárcenas es despedido por la señora Cospedal el 31 de enero de 2013 que es cuando se le da de baja en la Seguridad Social, habilitándose una sala con todos sus enseres que estuvieron allí depositados dos meses hasta que le señor
Bárcenas tuvo a bien enviar a alguien a recogerlos, sin mostrar



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prisa alguna por tan circunstancia lo que contrastaría con que allí pudiera existir algo de gran valor que podría ser utilizado en contra del partido que custodiaba la información.


O dicho de otro modo, ello significa que el Partido Popular tuvo durante dos meses a su alcance esa supuesta información comprometedora. Por tanto, enseguida surge una pregunta ¿necesitaba el Partido Popular montar una operación policial
para recuperar una supuesta información comprometedora cuando la información estuvo a su entera disposición durante dos meses?.


Y esta es una pregunta que a la que la comisión no ha sabido contestar, porque ha preferido dar legitimidad a las acusaciones del Señor Bárcenas que se amoldaban mucho mejor a la idea preconcebida con la que acudió a la comisión de
investigación.


Kitchen parte por tanto de un gran acto de Fe consistente éste en dar crédito a las palabras de una persona que en relación con la misma cuestión ha mantenido una posición y la contraria al mismo tiempo.


- Desde que el 22 de diciembre de 2020 se constituyera la Comisión de Investigación y una vez sustanciadlas todas las comparecencias previstas no se ha detectado ni un solo proceso en el que se hayan eliminado pruebas inculpatorias,
incriminatorias o simplemente perjudiciales para el Partido Popular.


- Tampoco ha aparecido en estos doce meses, ni en el marco de los trabajos de la comisión de investigación, ni en información periodística alguna, ni tampoco dentro del marco de la investigación judicial que dirige el magistrado- juez
García-Castellón ninguna información de la supuestamente perjudicial para el Partido Popular y que fue el objeto de comisión y el fin que perseguía la supuesta utilización partidista del Ministerio del Interior.


JOSÉ MANUEL VILLAREJO.


Ponemos fin a nuestras conclusiones poniendo de manifiesto en relación con el señor Villarejo tres cuestiones:


- La primera tiene que ver con la negativa del Partido Socialista a que compareciera el excomisario Villarejo. Conviene recordar que el PSOE no incluyó la comparecencia del excomisario Villarejo en el listado de comparecientes que presentó,
muy al contrario de lo hecho por el Grupo Parlamentario Popular que solicitó desde el primer momento la comparecencia de D. José Manuel Villarejo.


Si Villarejo compareció fue porque todos los grupos parlamentarios amenazamos con votar únicamente a favor de la lista del PNV por incluir esta a los señores Villarejo y García Castaño si el PSOE insistía en su negativa a que compareciera el
excomisario.


- La segunda tiene que ver con una respuesta para la que la comisión no obtuvo respuesta y que está relacionada con el contenido de un audio en el que se escucha al señor Villarejo decir 'que con quien había hecho pasta de verdad y había
recibido honores había sido con el Partido Socialista', y de la que nada más se supo a pesar de que el audio, pendiente de explicación, ahí queda.


- Y la tercera es un reconocimiento expreso del Señor Villarejo cuando afirma que '/a mayoría de los encargos de inteligencia que me solicitó el Partido socialista -fíjese, desde la época del GAL hasta, prácticamente, el último Gobierno
socialista- fueron trabajos en los que en la mayoría de las veces yo ponía mi infraestructura' al servicio de la instrucción ordenada por los distintos gobiernos socialistas.


De las declaraciones de los comparecientes ha quedado perfectamente acreditado sobre el señor Villarejo.


- Que le recuperó el señor Corcuera parta el servicio activo en 1993 concediéndole un estatus ambivalente que le permitía poner al servicio de los diferentes gobiernos socialistas su estructura empresarial.


- Que al señor Villarejo el señor Rubalcaba le concedió una medalla pensionada cuya celebración tuvo que llevarse a cabo en privado porque como reconoce Olivera 'había que esconderle'.


- Que el señor Villarejo empleaba a la hija del señor Fernández Chico, Director Adjunto Operativo de Rubalcaba, lo que demuestra los estrechos vínculos incluso afectivos que unían al señor Villarejo con el citado ministro socialista.


- Que a pesar de que nada tuvo que ver con las escuchas que en las saunas del señor suegro del Presidente del Gobierno venían desarrollándose desde principios de los ochenta, las agendas del Villarejo demuestran la celebración de encuentros
con un alto dirigente del PSOE cercano a Pedro Sánchez,



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probablemente Oscar López, para contener la información que sobre los negocios vinculados a la prostitución del suegro del señor Sánchez estaban en conocimiento y poder de la Policía Nacional.


- Que como reconoció el señor Juan Antonio González y el Sr. Olivera, Villarejo participó en la investigación del caso Gürtell a pesar de no formar parte de la estructura policial responsable del caso.


Sobre el resto de asuntos declarados por el excomisario Villarejo queremos destacar la enorme contradicción en la que incurre el Partido Socialista que atribuye veracidad a aquellas cuestiones que le convienen a su línea argumental, pero que
sin embargo resta toda credibilidad a aquello que no le conviene.


Conviene recordar que en el auto por el que el magistrado-juez García-Castellón declara el fin de la instrucción y su transformación en procedimiento abreviado, el recurso de ambas fuerzas pide que se reabra el caso reclamando nuevas
diligencias basando su argumento en las declaraciones del Señor Villarejo referentes al ex Presidente Mariano Rajoy.


El Partido Popular siempre ha entendido que si las declaraciones de Villarejo eran fuente de legitimidad para el PSOE debían serlo en toda su extensión y no solo en la parte que le convenía a los grupos proponentes, lo cual además de obvio
resulta evidente.


Sin embargo el PSOE propone lo contrario. Cuando además se produce una paradoja y es que las acusaciones de José Manuel Villarejo incriminatorias para el ex presidente Mariano Rajoy han sido valoradas por un juez, el señor magistrado-juez
García-Castellón que no ha tenido a bien modificar la situación procesal del Señor Rajoy.


Una situación que el Partido Popular desearía pudiera repetirse con todas las gravísimas acusaciones vertidas por el señor Villarejo a las que ni damos veracidad ni tampoco se la quitamos pero que por su gravedad si consideramos deberían ser
valoradas, como ha sucedido en el caso del señor Rajoy por la autoridad judicial.


Así que vayamos por partes desgranando las acusaciones vertidas por el señor Villarejo y que precisarían de una necesaria explicación probablemente en sede judicial.


Después de haber podido tener acceso a las agendas del señor Villarejo y haber leído y consultado sus anotaciones resultaría interesante aclarar lo siguiente.


- ¿Se reunió el señor Villarejo en el restaurante El Senador con el señor Oscar López para averiguar qué sabía éste de los negocios vinculados a la prostitución del suegro del Señor Presidente del Gobierno?.


- ¿Quiénes fueron los emisarios del Partido Socialista que fueron al establecimiento penitenciario de Estremera para ofrecerle beneficios penitenciarios al señor Villarejo a cambio de atacar al Partido Popular?, ¿y cuáles eran esos
beneficios penitenciarios?.


- En una carta de más de cien folios dirigida al magistrado-juez García-Castellón y que por tanto está judicializada acusa el señor Villarejo al actual ministro del interior de dejar pasar en su etapa como juez un barco con 300 kilos de
cocaína a pesar de estar avisados por el MAOC británico. También realiza unas gravísimas acusaciones contra el mismo ministro acusándole de mantener relaciones con menores en su etapa al frente del Juzgado de lo Penal 2 de Bilbao, hecho que
indudablemente nuestro grupo no cree pero que el señor Villarejo dice poder demostrar.


- Villarejo manifiesta que su estructura empresarial fue utilizada en las investigaciones de Gürtell, Astapa, Malaya y Brugal, lo cual significaría que el ministerio del interior habría investigado al margen de los cauces oficiales al
principal partido de la oposición lo que constituiría uno de los mayores escándalos de nuestra democracia, un Watergate español.


- ¿Usaba la sede de las empresas del señor Villarejo el señor Morocho para sus interrogatorios?. ¿Y la señora Gloria Elizo vicepresidenta tercera del Congreso tuvo allí su despacho profesional?.


- ¿Rendía cuentas sobre sus investigaciones en el caso Gürtell a los señores Fernández Chico, Rubalcaba y Antonio Camacho como así ha sido reconocido en la comisión?.


¿Es cierto como ha declarado el señor Villarejo que fue en el despacho de Antonio camacho donde se trabajó la estrategia jurídica de Gürtell con el señor Galindo abogado de José Luis Peñas, concejal de Majadahonda?.


¿Fue Gürtell una operación política gestada por el señor Camacho en la etapa más dura del caso del Chivatazo del Bar Faisán para quitarle al señor Rubalcaba parte de la presión a la que estaba siendo sometido, como así ha sido reconocido en
su declaración ante la comisión?



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Preguntado por si la comida que tuvo con Balta (Baltasar Garzón) Olivera y Juan Antonio González el día antes de que la investigación de Gürtell empezara a andar, dicha comida fue para preparar precisamente el comienzo de Gürtell, el señor
Villarejo respondió afirmativamente remitiéndose a una posterior declaración judicial para profundizar en el estos temas sobre cuya veracidad no pone en duda.


Ninguno pudimos responder a la pregunta de por qué Gürtell cayó encima de la mesa del señor Baltasar Garzón sin pasar por el sistema de reparto el señor Villarejo corroborando que así fue dijo 'yo voy a jugar a la lotería con ese sistema
porque así se gana siempre'.


De la participación de Villarejo en las investigaciones de Gürtell no existe duda alguna, pero si de cómo en un inicio se articuló esa investigación.


Después de haber podido ojear un nuevo bloque de las agendas del señor Villarejo bien podrían deducirse que existía connivencia entre el señor Villarejo, el señor García Castaño y el magistrado responsable de la instrucción en las que se
decide qué escribir, a quien investigar y a quien imputar. Incluso podría deducirse un acuerdo económico alcanzado antes de las detenciones en marzo de 2008 y del que no sería ajeno el responsable de la instrucción y que desembocaron en la
desimputación algún cliente de Villarejo que responde al acrónimo de CLON. Interesantes a estos efectos son las anotaciones en la agenda de 12/09/07, 14/09/07, 17/09/07, 27/09/07, 28/09/07, 5/10/07, 7/10/07, 8/10/07, 9/10/07, 17/10/07, 9/01/08,
importante la de 20/01/08, 26/06/08, 4/03/08,14/03/08, 25/03/08 y sobre el cierre del acuerdo económico el 26/03/08.


- ¿Es cierto que por encargo del Secretario de Estado de Defensa señor Olivares y del gabinete del Sr. Rubalcaba se filtraron unas grabaciones ilegales que pusieron fin a la Carrera política del señor Peña alcalde por aquel entonces de
Burgos y que según el Sr.Villarejo se tratada de una operación puesta en marcha para terminar con la carrera de D. José María Aznar Presidente de Castilla León y del Partido Popular?


- El gabinete del señor Rubalcaba según reconoce el señor Villarejo, dio una orden al excomisario para que durante la operación Astapa (operación que tiene lugar en Estepona Málaga durante el gobierno del Partido Socialista), no se detuviera
a la hija del presidente del Senado Sr. Rojo de tal modo que fue avisada pocos minutos antes de llevarse al operación a término y según se ha declarado sus ordenadores jamás fueron ni incautados ni analizados y eso que se trataba de la máxima
responsable del departamento de urbanismo del Ayuntamiento.


Pero más allá de este hecho surge inevitablemente una preguntas ¿conocía el señor Rubalcaba de ante mano las operaciones que desarrollaba la policía en funciones de policía judicial?, ¿sabía a quién se iba a detener y a quien no?, ¿quitaba
y ponía nombres en la lista de detenidos? Porque todo ello parece deducirse necesariamente de la declaración del señor Villarejo a la que el PSOE no desea dar credibilidad aunque un hecho cierto sí hay y es que hubo una operación policial en
Estepona y la Gerente socialista de Urbanismo no fue ni tan siquiera investigada.


Como decíamos al inicio de este último punto el Grupo Parlamentario Popular no da ni quita presunción de veracidad a muchas de las acusaciones vertidas por el señor Villarejo, pero dicho esto también queremos decir que no compartimos la
hipocresía del Partido Socialista y de Unidas Podemos empeñados en afirmar la veracidad absoluta de aquello que les conviene y en negar todo lo que se desvía de su 'relato oficial'.


Por todo ello concluimos que lo único que ha quedado constatado es la utilización partidista de esta Comisión de Investigación que ya en el nombre que le impusieron los grupos proponentes adelantaban llevaba implícita su intención de
utilizar un legítimo recurso que ofrece el Reglamento para desprestigiar sin prueba alguna al adversario político.



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A la Presidencia del Congreso


El Grupo Parlamentario Ciudadanos de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta los siguientes votos particulares, para su debate ante el Pleno, al dictamen aprobado por la Comisión de Investigación relativa a la
utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del
Partido Popular.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de diciembre de 2021.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Justificación/motivación.


Desde Ciudadanos hemos defendido durante años la necesidad de poner coto a la corrupción en nuestro país, y ello ha centrado gran parte de nuestra acción política en los últimos años. Como liberales, estamos convencidos de que el Estado de
Derecho es la mejor garantía de los derechos y libertades del individuo frente a los abusos, así como la mejor herramienta al alcance de los ciudadanos para convivir de forma pacífica y resolver sus diferencias sin violencia. Por ello, también,
somos fieles defensores de que nadie, sin importar su rango o responsabilidad, puede estar por encima del Estado de Derecho y de las leyes.


Sin embargo, durante 40 años los diferentes gobiernos del Partido Popular y del Partido Socialista Obrero Español, así como los partidos nacionalistas en los que se han apoyado para poder acceder al Gobierno de España, han impedido reforzar
nuestro marco normativo para prevenir, detectar, denunciar y sancionar de forma más efectiva la corrupción. Ello ha propiciado una especie de omertá en la que los dos viejos partidos y sus socios nacionalistas se han visto involucrados en numerosos
casos de corrupción que no sólo han supuesto un perjuicio económico al Estado y a los recursos públicos, sino que también han contribuido a socavar la confianza que los ciudadanos tienen en sus representantes y, en particular, en los partidos
políticos.


Ciudadanos ha hecho de estas reformas una prioridad, y así lo demuestra el pacto de investidura suscrito entre nuestra formación política y el Partido Popular el mes de agosto de 2016 para facilitar la investidura de Mariano Rajoy, que a su
vez incluía varias medidas también recogidas por el pacto de investidura suscrito entre Ciudadanos y el Partido Socialista Obrero Español en 2015 para la primera investidura fallida de Pedro Sánchez como Presidente del Gobierno. Por ejemplo, ya
planteamos la necesidad de un Pacto de Estado por la Regeneración y la Calidad Democrática, que dejara atrás esa omertá, la limitación de los indultos que se otorgan a discreción del Gobierno de España, o, precisamente, la creación de una Comisión
de Investigación en el seno de las Cortes Generales para investigar la entonces presunta financiación ilegal del Partido Popular con el objetivo de esclarecer responsabilidades políticas sobre la misma y elaborar una serie de recomendaciones para
evitar casos similares en el futuro. La presente Comisión de Investigación, sus trabajos y sus conclusiones son, por tanto, un producto directo de la acción política de Ciudadanos y de la presencia de los liberales españoles en el escenario
político de nuestro país.


Pese a ello, lo cierto es que los viejos partidos y sus socios nacionalistas siempre se han negado a aprobar las reformas legislativas que impulsábamos los liberales españoles en este sentido. El pasado mes de junio de 2020, los partidos
que forman parte del Gobierno de España y sus socios nacionalistas votaron en contra siquiera de la tramitación de nuestra proposición de ley de medidas de lucha contra la corrupción. En ella, se planteaban medidas como la tipificación del
enriquecimiento ilícito como delito, la prohibición de los indultos para quienes han sido condenados por delitos de corrupción o la mejor protección de los denunciantes que tienen la valentía de alzar la voz para evitar prácticas corruptas en la
Administración, algo que se ha visto que sería muy útil dados los hechos relatados anteriormente en relación con la 'Operación Kitchen'.


Pese a ello, el compromiso de los liberales españoles con la regeneración de España y la lucha contra la corrupción no cesa, y no vamos a darnos por vencidos en nuestro empeño por adaptar nuestro marco jurídico a una sociedad española
moderna y que exige un estándar más alto a sus responsables políticos. Cuanto más se empeñen los viejos partidos y sus socios nacionalistas en mantener esta 'ley del silencio' en la que la corrupción sólo se denuncia cuando se puede utilizar como
arma política contra el adversario político, más nos esforzaremos los liberales españoles en responder a las demandas de la ciudadanía y establecer reglas, controles y mecanismos de supervisión útiles para evitar, denunciar y sancionar las



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prácticas corruptas en nuestro país. No podemos resignarnos a que España siga siendo el país en el que se engrosan las cifras de la corrupción, pues contamos ya con más de 200 tramas corruptas descubiertas en los últimos 40 años, con más de
1.700 investigaciones por corrupción y con más de 500 cargos públicos u orgánicos implicados. Ese es el compromiso de Ciudadanos con los españoles, y vamos a seguir trabajando por cumplirlo.


Voto particular núm. 4


1. Protección de las personas que revelan información sobre actos de corrupción cometidos tanto en el sector público como en el sector privado, tanto entre particulares como por parte de profesionales al servicio de las diferentes
administraciones. De este modo se transpondrá a la legislación española la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho
de la Unión, protegiendo mejor a los llamados alertadores o denunciantes de corrupción y ampliando a los casos entre y por particulares los actos de corrupción sujetos a denuncia.


Es necesario ofrecer un marco de mejores garantías para las personas que denuncian casos o prácticas de corrupción, bien mediante denuncia interna por los canales ofrecidos por la propia Administración o la empresa a la que estén vinculados,
o bien mediante denuncia externa ante las autoridades o por revelación pública. Los alertadores deben tener desde el primer momento la seguridad de que no sufrirán represalias por su denuncia, garantizando por tanto el derecho a la
confidencialidad, a la información sobre la tramitación de su denuncia, a la asesoría legal y asistencia jurídica gratuitas, a la asistencia psicológica o psiquiátrica, y, por supuesto, a la indemnidad laboral.


Voto particular núm. 5


2. Creación de una Autoridad Independiente de Integridad Pública, que ejerza sus competencias de forma independiente al gobierno de turno para poder luchar contra la corrupción. Las funciones de esta nueva Autoridad Independiente
incluirán, por ejemplo, la capacidad para informar sobre procedimientos de denuncia y sobre derechos de alertadores a toda aquella persona que pueda tener información sobre actos de corrupción y quiera denunciarlos. También se encargará de
establecer canales de denuncia externa independientes y de actuar como punto único para la tramitación de cualquier tipo de denuncia que se presente a través de los mismos. Asimismo, deberá tener la capacidad de prestar la asesoría legal necesaria
a los alertadores y, como no podía ser de otro modo, podrá investigar y sancionar incumplimientos del marco jurídico de protección de los alertadores.


Además de esas funciones principales, la Autoridad Independiente podrá también promover la adopción de buenas prácticas para la prevención, detección, denuncia y sanción de actos de corrupción, así como la evaluación y efectividad de las
medidas anticorrupción en vigor. Una vez realizada dicha evaluación, la Autoridad Independiente podrá elaborar también recomendaciones de mejora y establecer campañas informativas tanto a la ciudadanía como a posibles alertadores sobre la
importancia de evitar actos de corrupción y de cómo denunciarlos. Para garantizar la independencia de esta Autoridad Independiente, su presidente no podrá haber desempeñado cargos políticos, deberá tener acreditada experiencia superior a 10 años en
materias relacionadas con las funciones de este organismo y será elegido por una mayoría de 3/5 del Congreso de los Diputados.


Voto particular núm. 6


3. Limitación de la prerrogativa del indulto para prohibir que el Gobierno de España pueda indultar a condenados por delitos de corrupción. El objetivo de esta reforma es acabar con la situación actual en la que el indulto actúa como
última salvaguarda de las personas que cometen actos de corrupción. Incluso cuando esta persona pueda ser procesada y condenada por esos actos, sigue teniendo la esperanza de que el gobierno de turno pueda indultarlo por intereses políticos, como
ha ocurrido con los condenados del Procés, condenados, entre otros delitos, por malversación.


Por ello, se debe atajar esta problemática para establecer que no se podrá conceder ni de forma total ni parcial el indulto a quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la corrupción. Además, para reforzar la transparencia
de las decisiones del Gobierno de España respecto a los indultos, se necesita establecer una obligación legal de que la resolución por la que se concede el indulto deba recoger expresamente la motivación que justifica su concesión por parte del
Gobierno.



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Voto particular núm. 7


4. Inclusión del enriquecimiento injustificado como delito en el Código Penal. Esto supone que los cargos públicos, autoridades o funcionarios tengan que declarar ante la justicia en el caso de que se produzca un aumento de su patrimonio
durante el ejercicio de su cargo público que no sean capaces de justificar. De este modo se evitarán situaciones en las que haya sospechas de actos de corrupción pero que no se puedan abrir investigaciones por falta de pruebas, como puede ser que
un cargo público comience a acumular bienes muebles e inmuebles sin haber pruebas de delitos particulares pese a que este enriquecimiento, de no estar justificado, es probable que resulte de una derivación de fondos de forma corrupta. Por tanto, el
delito de enriquecimiento injustificado podría actuar como 'señal luminosa' de posibles casos de corrupción que hoy en día no son siquiera investigados.


Asimismo, es necesario introducir una ampliación en el decomiso de bienes a los procesados por delitos de prevaricación, tráfico de influencias y fraude o exacciones ilegales. De este modo, habrá mayores garantías de que las personas que
hayan sido condenadas por actos de corrupción y se hayan enriquecido en el ejercicio de su cargo puedan devolver lo robado.


Voto particular núm. 8


5. Aprobación de la responsabilidad civil subsidiaria para los partidos políticos por la corrupción de sus cargos orgánicos o cargos públicos. Actualmente, las formaciones políticas pueden desentenderse de los actos de corrupción que
cometen sus cargos, argumentando que la responsabilidad es de las personas que los han cometido. Esto supone que los partidos políticos puedan desentenderse y no respondan ante estos actos de corrupción como organización. Por ello, debe reformarse
el Código Penal para establecer que los partidos políticos y las organizaciones sindicales y empresariales serán responsables civiles subsidiarias de las actuaciones ilegales que pudieran cometer sus empleados, representantes, gestores, personas
autorizadas, cargos públicos y cargos orgánicos en el desempeño de sus obligaciones o servicios.


Voto particular núm. 9


Refuerzo del régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses de los altos cargos del sector público. Por desgracia, es necesario reforzar el marco de garantías de que los altos cargos se rigen en el ejercicio de sus funciones por
los principios de legalidad, transparencia y honestidad. Concluimos que es urgente mejorar la supervisión del régimen de incompatibilidades de altos cargos, con el objetivo de acreditar la idoneidad, en términos de honorabilidad, experiencia e
integridad, de las personas propuestas por el Gobierno de España para desempeñar altos cargos en la Administración.


Además, se ha probado necesario mejorar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades y de conflicto de intereses, posibilitando la recepción y análisis centralizado de las declaraciones de bienes e intereses y de patrimonio de las
personas nombradas como altos cargos por parte del Gobierno y la realización de un examen de su situación patrimonial a la finalización de su mandato y de la llevanza y gestión de registros que corresponda. También es necesario redoblar el
cumplimiento de la potestad sancionadora por incumplimientos del régimen de incompatibilidades y conflictos de intereses y en materia de transparencia y buen gobierno. Concluimos que la Autoridad Independiente de Integridad Pública podría ostentar
estas competencias y absorber las que actualmente ostenta la Oficina de Conflictos de Intereses.


Voto particular núm. 10


7. En materia de regeneración democrática, cabe mencionar la necesidad imperiosa de la despolitización de los órganos constitucionales, el poder judicial y tantas otras instituciones dependientes del Estado, asunto que los liberales
españoles llevamos años reclamando y a cuyo objeto hemos presentado recientemente una Proposición de Ley de despolitización integral, abordando incompatibilidades y reforzando las mayorías parlamentarias para la elección de cargos. No puede dejarse
de poner de manifiesto la circunstancia que se da en España respecto al método de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano de gobierno de los jueces, siempre tan ansiado por los viejos partidos, que llevan
décadas poniéndose de acuerdo para vulnerar el espíritu de la Constitución en ese sentido. Este tipo de prácticas con voluntad de patrimonializar instituciones al servicio



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del conjunto de la ciudadanía, como se ha expuesto anteriormente, son a juicio de los liberales españoles una forma de corrupción. Por eso nos referimos al caos de la 'Operación Kitchen' como la corrupción al cuadrado: usar recursos del
Estado en defensa de un color político de manera arbitraria no guarda grandes diferencias con valerse de una mayoría parlamentaria para elegir la dirección política de las instituciones del Estado.


Voto particular núm. 11


A la Mesa de la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este
partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del partido popular.


El Grupo Parlamentario VOX, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Cámara, por la presente


Expone:


- Que con fecha 20 de diciembre este Grupo Parlamentario presentó escrito con las conclusiones derivadas de la labor llevada a cabo por esta Comisión de Investigación.


- Que con fecha 22 de diciembre la referida Comisión aprobó dictamen con sus conclusiones, abriéndose el plazo para la presentación de votos particulares.


De acuerdo con lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX


Solicita:


Que, teniendo por presentado este escrito, queden formuladas como voto particular y, en consecuencia, sean elevadas para su discusión en el Pleno de la Cámara, las conclusiones de este Grupo Parlamentario presentadas con fecha 20 de
diciembre de 2021.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de diciembre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior y otras Instituciones del Estado, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular las pruebas
inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara, adjunta el siguiente escrito con las conclusiones derivadas de la labor de investigación que ha llevado a cabo esta Comisión.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 2021.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 63





DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN RELATIVA A LA UTILIZACIÓN ILEGAL DE EFECTIVOS, MEDIOS Y RECURSOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y OTRAS INSTITUCIONES DEL ESTADO, CON LA FINALIDAD DE FAVORECER INTERESES POLÍTICOS DEL PP Y DE ANULAR
PRUEBAS INCULPATORIAS PARA ESTE PARTIDO EN CASOS DE CORRUPCIÓN, DURANTE LOS MANDATOS DE GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR


ÍNDICE


I. ANTECEDENTES ... (Página64)


A. CREACIÓN DE LA COMISIÓN Y PRÓRROGA DE SUS TRABAJOS ... (Página64)


B. CONSTITUCIÓN Y COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN ... (Página64)


C. PLAN DE TRABAJO ... (Página66)


D. SESIONES DE LA COMISIÓN Y DE SUS ÓRGANOS ... (Página67)


a) SESIONES DE COMISIÓN ... (Página67)


b) REUNIONES DE MESA ... (Página69)


c) REUNIONES DE MESA Y PORTAVOCES ... (Página69)


E. COMPARECENCIAS SOLICITADAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS, COMPARECENCIAS ACORDADAS Y COMPARECENCIAS CELEBRADAS ... (Página70)


a) COMPARECENCIAS SOLICITADAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS ... (Página70)


b) COMPARECENCIAS ACORDADAS Y CELEBRADAS ... (Página78)


F. DOCUMENTACIÓN .... (Página82)


a) DOCUMENTACIÓN SOLICITADA POR LA COMISIÓN ... (Página82)


b) DOCUMENTACIÓN RECIBIDA COMO CONSECUENCIA DE LAS SOLICITUDES FORMULADAS POR LA COMISIÓN ... (Página85)


c) DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LOS COMPARECIENTES ... (Página86)


II. CONCLUSIONES ... (Página86)



Página 64





I. ANTECEDENTES


A. CREACIÓN DE LA COMISIÓN Y PRÓRROGA DE SUS TRABAJOS


Con fecha 10 de septiembre de 2020 se presentó una solicitud por los Grupos Parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común de creación de una Comisión de Investigación relativa a la utilización ilegal
de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior y otras instituciones del Estado, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos
de Gobierno del Partido Popular (Número de expediente 156/000017).


La citada solicitud fue objeto de debate en el Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del día 1 de octubre de 2020 y, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se acordó la creación
de la Comisión de Investigación (BOCG, Serie D, núm. 152, de 7 de octubre de 2020), en los siguientes términos:


'Objeto.


La Comisión tendrá por objeto investigar la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior y otras instituciones del Estado, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP, de perseguir ilícitamente
a personas y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del Partido Popular.


Composición.


La Comisión estará compuesta por cuatro representantes de los grupos parlamentarios que cuenten con más de cien miembros, tres de cada grupo parlamentario con más de cincuenta miembros, dos de cada grupo parlamentario con más de diez
miembros y un representante de cada uno de los restantes grupos parlamentarios. En las votaciones se atenderá al criterio del voto ponderado.


Duración.


La duración de los trabajos de esta Comisión será de tres meses desde su constitución. Este plazo podrá ser prorrogado por decisión del Pleno del Congreso de los Diputados. En ese plazo la Comisión elevará al Pleno, para su aprobación, el
dictamen en el que figuren sus conclusiones, así como los votos particulares que los grupos parlamentarios presenten, pudiendo acordar, en su caso y conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado
al Ministerio Fiscal de las mismas para el ejercicio de las acciones que sean procedentes.'


El Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del día 18 de marzo de 2021 acordó ampliar el plazo para la conclusión de los trabajos de la Comisión hasta la finalización del periodo de sesiones, hasta el 30 de junio de 2021 (BOCG,
Serie D. núm. 246, de 25 de marzo de 2021).


El Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del día 24 de junio de 2021 acordó ampliar el plazo para la conclusión de los trabajos de la Comisión hasta el 31 de diciembre de 2021 (BOCG. Serie D, núm. 304, de 2 de julio de 2021).


B. CONSTITUCIÓN Y COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN


La Comisión se constituyó el día 22 de diciembre de 2020 bajo la Presidencia de la Presidenta del Congreso de los Diputados, quedando integrada por los siguientes diputados:


Vocales:


BAL FRANCÉS, Edmundo GCs


ERREJÓN GALVÁN, íñigo GPlu


FERNÁNDEZ BENÉITEZ, Andrea GS


FERNÁNDEZ CASTAÑÓN, Sofía GCUP-EC-GC


FIGAREDO ÁLVAREZ-SALA, José María GVOX


GARCÍA ADANERO, Carlos GMX



Página 65





GONZÁLEZ COELLO DE PORTUGAL, Víctor GVOX


LEAL FERNÁNDEZ, Isaura GS


LEGARDA URIARTE, Mikel GV (EAJ-PNV)


MATUTE GARCÍA DE JALÓN, Oskar GEH Bildu


NOGUERAS I CAMERO, Miriam GPlu


OLONA CHOCLÁN, Macarena GVOX


ROJAS GARCÍA, Carlos GP


RUFIÁN ROMERO, Gabriel GR


SANTAMARÍA RUIZ, Luis GP


SANTIAGO ROMERO, Enrique Femando GCUP-EC-GC


SERRADA PARIENTE, David GS


SICILIA ALFÉREZ, Felipe Jesús GS


VALLUGERA BALAÑÁ, Pilar GR


VÁZQUEZ BLANCO, Ana Belén GP


En la citada sesión de 22 de diciembre de 2020 se procedió a la elección de la Mesa de la Comisión, integrada por una Presidencia, dos Vicepresidencias y dos Secretarías, resultando elegidos:


PRESIDENTA: LEAL FERNÁNDEZ, Isaura.


VICEPRESIDENTE PRIMERO: SANTIAGO ROMERO, Enrique Fernando.


VICEPRESIDENTE SEGUNDO: ROJAS GARCÍA, Carlos.


SECRETARIA PRIMERA: FERNÁNDEZ BENÉITEZ, Andrea.


SECRETARIA SEGUNDA: VÁZQUEZ BLANCO, Ana Belén.


Se produjeron las siguientes modificaciones en la composición de la Mesa de la Comisión:


Vicepresidencia Primera:;Alta;Baja


SANTIAGO ROMERO, Enrique Femando.;;11/05/2021


FERNÁNDEZ CASTAÑÓN, Sofia.;20/05/2021;


Altas-bajas en la composición de la comisión


Vocales:;Alta;Baja


BAL FRANCÉS, Edmundo (GCs).;22/12/2020;22/01/2021


;25/01/2021;23/03/2021


;25/03/2021;12/04/2021


;12/05/2021;


DÍAZ GÓMEZ, Guillermo (GCs).;23/03/2021;25/03/2021


;12/04/2021;12/05/2021


FERNÁNDEZ CASTAÑÓN, Sofía (GCUP-EC-GC).;22/12/2020;29/01/2021


;01/02/2021;


GARCÍA ADANERO, Carlos (GMX).;22/12/2020;07/01/2021


GUIJARRO GARCÍA, Txema (GCUP-EC-GC).;29/01/2021;01/02/2021


GUTIÉRREZ VIVAS, Miguel Ángel (GCs).;22/01/2021;25/01/2021


NOGUERAS I CAMERO, Miriam (GPlu).;22/12/2020;26/05/2021


OLONA CHOCLÁN, Macarena (GVOX).;22/12/2020;


PAGÉS I MASSÓ, Josep (GPlu).;26/05/2021;


SANTIAGO ROMERO, Enrique Femando (GCUP-EC-GC).;22/12/2020;11/05/2021


VEHÍ CANTENYS, Mireia (GMx).;07/01/2021;


Letrados adscritos a la Comisión


D. José Antonio Moreno Ara.


D.a Andrea García de Enterría Ramos.



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C. PLAN DE TRABAJO


En la sesión del día 22 de diciembre de 2020, la Comisión aprobó el siguiente plan de trabajo:


'Objeto


La Comisión tendrá por objeto investigar la utilización ilegal de efectivos, medios y recursos del Ministerio del Interior y otras instituciones del Estado, con la finalidad de favorecer intereses políticos del Partido Popular, de perseguir
ilícitamente a personas y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de gobierno del Partido Popular.


Tareas


Los trabajos de la Comisión de Investigación se desarrollarán conforme a las siguientes fases:


1. Fase de información escrita y documentación.


La Comisión recabará del Gobierno, del conjunto de las administraciones públicas, autoridades y funcionarios, así como de cualesquiera personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cuantos documentos, informes, antecedentes o datos sean
necesarios para investigar, esclarecer y analizar las actuaciones e informaciones que constituyen el objeto.


Para ello, la Mesa de la Comisión acordará la apertura de los plazos durante los cuales sus miembros podrán proponer las correspondientes solicitudes de documentos, informes, antecedentes o datos. Una vez aprobadas estas solicitudes por
mayoría en la Mesa de la Comisión, la documentación será demandada con la mayor celeridad posible, recibida y puesta a disposición inmediata de todos los miembros de la Comisión.


2. Fase de comparecencias.


La Comisión celebrará las comparecencias pertinentes para cumplir su objeto.


A tal efecto, la Mesa de la comisión acordará la apertura de un plazo durante el cual sus miembros podrán proponer las correspondientes solicitudes de comparecencias. Todas las comparecencias deberán ser aprobadas por la Comisión.


Durante el desarrollo de los trabajos y como consecuencia de éstos, la Comisión podrá acordar la apertura de nuevos plazos para la propuesta y la aprobación de nuevas comparecencias.


En los requerimientos de comparecencia, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Orgánica 5/1984, de 24 de mayo, se concretará el tema sobre el que deba versar el testimonio, pudiendo detallar los
aspectos concretos de las actuaciones e informaciones que integran el objeto de la Comisión sobre los que interese que se pronuncie el compareciente, con motivo de que pueda preparar su intervención de manera que responda íntegra y adecuadamente a
las demandas de los miembros de la Comisión.


Las comparecencias se celebrarán con la advertencia expresa de las consecuencias previstas en el artículo 5023 del Código Penal, para quienes dejaren de comparecer o faltaren a la verdad ante una Comisión de Investigación de las Cortes
Generales.


3. Fase de elaboración del Dictamen.


Tras la finalización de la fase de comparecencias, comenzará la fase de elaboración de las conclusiones.


A tal efecto, la Mesa de la Comisión acordará la apertura de un plazo durante el cual los Grupos Parlamentarios podrán plantear sus propuestas para incorporar al Dictamen, que serán debatidas y votadas en el seno de la propia Comisión.


Una vez aprobado el Dictamen en Comisión, éste será elevado al Pleno del Congreso de los Diputados para su debate y votación.


Con carácter previo, los Grupos Parlamentarios que lo deseen podrán elevar sus votos particulares para defender asimismo ante el Pleno, conforme al plazo que establezca la Mesa de la Comisión,



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Votaciones.


Todas las votaciones en el seno de la Comisión de Investigación se llevarán a cabo mediante el procedimiento del voto ponderado, en relación a la importancia numérica de cada Grupo Parlamentario en el Pleno del Congreso de los Diputados.


Duración.


La duración de los trabajos de esta Comisión será de tres meses desde su constitución. Este plazo podrá ser prorrogado por decisión del Pleno del congreso.


Traslado al Ministerio Fiscal.


El Pleno del Congreso de los Diputados podrá acordar, en su caso y conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado al Ministerio Fiscal de sus conclusiones para el ejercicio de las acciones
que sean procedentes.'


D. SESIONES DE LA COMISIÓN Y DE SUS ÓRGANOS


a) SESIONES DE COMISIÓN.


22 de diciembre de 2020. Constitución de la Comisión.


22 de enero de 2020. Aprobación del Plan de trabajo.


28 de enero de 2021 (extraordinaria!. Acuerdo sobre la celebración de comparecencias en el seno de la Comisión.


17 de marzo de 2021. de marzo de 2021. Comparecencias de don Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez, ex tesorero del Partido Popular, ex gerente del Partido Popular, mediante videoconferencia (núm. expte. 219/000370), y de don Miguel Angel
Bayo Herranz, Facultativo (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, exjefe de Área de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional (núm. expte .219/000384).


18 de marzo de 2021. Comparecencias de don Felipe Eduardo Lacasa Córdoba, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, ex secretario General de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional (núm. expte.
212/001104) y de don José Antonio Rodríguez González (núm. expte. 212/001105).


25 de marzo de 2021. Comparecencias de don Diego Pérez de los Cobos Orihuel, Coronel de la Guardia Civil (núm. expte. 212/001122) y de don Manuel Morocho Tapia, Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía, Jefe Sección Operativa de la
Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional (núm. expte. 212/001123).


15 de abril de 2021. Comparecencias de don Bonifacio Diez Sevillano, Inspector Jefe (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía (núm. expte. 212/001151) y de don José Ángel Fuentes Gago, Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía en
activo (núm, expte. 212/001152).


22 de abril de 2021. Comparecencias de don Enrique García Castaño, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000452) y de
don Enrique Barón Castaño, Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía, ex Comisario General de Información de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000453).


5 de mayo de 2021. Comparecencias de don Andrés Manuel Gómez Gordo, Comisario del Cuerpo Nacional de Policía (núm. expte. 212/001201), de don Juan Antonio González García, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía,.ex
Comisario General de Policía Judicial de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000474), de don Mariano Hervás Cuevas, Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía, ex Segundo jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía
Nacional (núm. expte. 212/001202) y de don Marcelino Martín-Blas Aranda, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, exjefe de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional (núm. expte. 212/001203).



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6 de mayo de 2021. Comparecencias de don Javier Iglesias Redondo, abogado (núm. expte. 219/000475), de don José Luis Olivera Serrano, Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía, exjefe de la Unidad de Delincuencia Económica y
Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000477) y de don Eugenio Pereiro Blanco, Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía, Comisario General de Información de la Policía Nacional (núm. expte. 212/001204).


13 de mayo de 2021. Comparecencias de don Eugenio Pino Sánchez, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía, ex Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000495) y de doña Rosalía Iglesias
Villar, mediante videoconferencia (núm. expte. 219/000496).


20 de mayo de 2021. Elección de la Vicepresidencia Primera de la Mesa. Comparecencia de don Sergio Javier Ríos Esgueva (núm. expte. 212/001238).


27 de mayo de 2021. Comparecencia de don José Manuel Villarejo Pérez, Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía (núm. expte. 219/000505).


1 de junio de 2021. Comparecencias de don Ignacio Cosido Gutiérrez, ex director general de la Policía (núm. expte. 219/000506), de don Francisco Martínez Vázquez, ex secretario de Estado de Seguridad (núm. expte. 219/000505), de don
Silverio Nieto Núñez (núm. expte. 219/000476) y de don Jorge Sanchis Bórdelas (núm. expte. 219/000503).


2 de junio de 2021. Comparecencias de don Ignacio López del Hierro y Bravo (núm. expte. 219/000508), de don José Antonio Nieto Ballesteros, Ex secretario de Estado de Seguridad (núm. expte. 219/000504). Se excluye del orden del día la
comparecencia de doña María Dolores de Cospedal García (núm. expte. 219/000509).


8 de junio de 2021. Acuerdo de solicitud de prórroga al Pleno del plazo para la conclusión de los trabajos de la Comisión. Acuerdo de suspensión de las comparecencias pendientes.


5 de octubre de 2021. Acuerdo sobre la celebración de comparecencias en el seno de la Comisión.


20 de octubre de 2021. Comparecencias de don José Manuel Villarejo Pérez, Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía (núm. expte 219/000610) y de don Enrique García Castaño, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de
Policía. Ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional (núm. expte. 219/000611).


11 de noviembre de 2021. Comparecencia de don Ignacio Ulloa Rubio, Secretario de Estado de Seguridad entre enero de 2012 y enero de 201 (núm. expte 219/000636).


17 de noviembre de 2021. Comparecencias de don Enrique Luis Báez Tabasco, policía Nacional en situación de servicios especiales en FRONTEX, mediante videoconferencia, (núm. expte. 219/000642), de don Jesús Vicente Galán Martínez,
Inspector Jefe de la Policía Nacional, exjefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía (núm. expte, 212/001988), de don José García Losada, Comisario General de Policía Judicial entre julio de 2012 y octubre de
2013 (núm. expte. 219/000635) y de don José Luis Argenta de la Aldea, director del establecimiento penitenciario de Soto del Real (Madrid V) de 2012 a 2020 (núm. expte. 219/000644).


18 de noviembre de 2021. Comparecencias de don Pedro Agudo Novo, Comisario de la Policía Nacional (núm. expte. 212/001989) y de don Ignacio Cosido Gutiérrez, ex director general de la Policía (núm. expte. 219/000645).


1 de diciembre de 2021. Comparecencias de don Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid (núm. expte. 212/002013) y de don José Luis Ortiz Grande, exjefe de gabinete de María Dolores de
Cospedal García durante su etapa como presidenta de Castilla-La Mancha (2011-2015) y como secretaria general del PP (2008-2018) (núm. expte. 219/000652).


2 de diciembre de 2021. Comparecencia de don Jorge Fernández Díaz, ex ministro del Interior (núm. expte. 219/000510).



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9 de diciembre de 2021, Comparecencia de doña María Dolores de Cospedal García, Ex secretaria general del Partido Popular (núm. expte. 219/000653).


13 de diciembre de 2021. Comparecencia de don Mariano Rajoy Brey, ex presidente del Gobierno (núm. expte. 219/000511). Apertura plazo para la presentación de propuestas de conclusiones al dictamen.


b) REUNIONES DE MESA.


18 de enero de 2021 (extraordinaria).


22 de enero de 2021 (extraordinaria).


22 de enero de 2021 (extraordinaria).


28 de enero de 2021 (extraordinaria).


17 de febrero de 2021.


2 de marzo de 2021.


13 de mayo de 2021.


20 de mayo de 2021.


3 de junio de 2021.


23 de septiembre de 2021.


30 de septiembre de 2021.


5 de octubre de 2021.


22 de octubre de 2021.


3 de noviembre de 2021.


16 de noviembre de 2021.


23 de noviembre de 2021.


25 de noviembre de 2021.


1 de diciembre de 2021.


13 de diciembre de 2021.


c) REUNIONES DE MESA Y PORTAVOCES.


25 de febrero de 2021.


4 de marzo de 2021.


6 de mayo de 2021.


13 de diciembre de 2021.



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E) COMPARECENCIAS SOLICITADAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS, COMPARECENCIAS ACORDADAS Y COMPARECENCIAS CELEBRADAS


a) COMPARECENCIAS SOLICITADAS POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS.


COMPARECIENTE;GRUPO


Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez. Ex tesorero del Partido Popular. Ex gerente del Partido Popular.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


Enrique Barón Castaño. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Comisario General de Información de la Policía Nacional.;GS


GCUP-EC-GC


GPlu


GEHBildu


Miguel Ángel Bayo Herranz. Facultativo (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Jefe de Área de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional.;GS


GCUP-EC-GC


GPlu


GEHBildu


Ignacio Cosido Gutiérrez. Ex director general de la Policía.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GEHBildu


María Dolores de Cospedal García. Ex secretaria general del Partido Popular.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GEHBildu


GMx (CUP)


Bonifacio Díaz Sevillano. Inspector Jefe (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía.;GS


GVOX


GCUP-EC-GC


Jorge Fernández Díaz. Exministro del Interior;GS


GVOX


CGUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GEHBildu


GMx (CUP)


José Ángel Fuentes Gago. Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía en activo.;GS


GVOX


GCUP-EC-GC


GEHBildu



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COMPARECIENTE;GRUPO


Enrique García Castaño. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GS


GP


GVOX


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GV(EAJ-PNV) GEHBildu GMx (CUP)


Andrés Gómez Gordo. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía.;GS


GVOX


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GEHBildu


GMx (CUP)


Juan Antonio González García. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Comisario General de Policía Judicial de la Policía Nacional.;GS


GCUP-EC-GC


Mariano Hervás Cuevas. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Segundo jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GS


CGUP-EC-GC


Javier Iglesias Redondo. Abogado.;GS


GCUP-EC-GC


GPlu


GEHBildu


Rosalía Iglesias Villar.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GCs


Felipe Eduardo Lacasa Córdoba. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Secretario General de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional.;GS


GCUP-EC-GC


GPlu


GEHBildu


Ignacio López del Hierro y Bravo.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GEHBildu


GMx (CUP)


Marcelino Martín-Blas. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Bx jefe de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional.;GS


GP


GVOX


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GEHBildu GMx (CUP)



Página 72





COMPARECIENTE;GRUPO


Francisco Martínez Vázquez. Ex secretario de Estado de Seguridad;GS


GVOX


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GEHBildu


GMx (CUP)


Manuel Morocho Tapia. Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía. Jefe Sección Operativa de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.;GS


GP


GCUP-EC-GC


GPlu


GEHBildu


José Antonio Nieto Ballesteros. Ex secretario de Estado de Seguridad.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GEHBildu


GMx (CUP)


Silverio Nieto Núñez.;GS


GCUP-EC-GC


José Luis Olivera Serrano. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.;GS


GCUP-EC-GC


GPlu


GEHBildu


Eugenio Pereiro Blanco. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Comisario General de Información de la Policía Nacional.;GS


GCUP-EC-GC


Diego Pérez de los Cobos Orihuel. Coronel de la Guardia Civil.;GS


GCUP-EC-GC


GPlu


GEHBildu


Eugenio Pino Sánchez. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional.;GS


GVOX


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GEHBildu


GMx (CUP)


Mariano Rajoy Brey. Ex presidente del Gobierno;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GEHBildu


GMx (CUP)



Página 73





COMPARECIENTE;GRUPO


Sergio Javier Ríos Esgueva. Policía del Cuerpo Nacional de Policía en activo.;GS


GVOX


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GEHBildu


José Antonio Rodríguez González.;GS


GCUP-EC-GC


Jorge Sanchís Bordetas.;GS


GCUP-EC-GC


José Manuel Villarejo Pérez. Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.;GP


GVOX


GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GCs


GV(EAJ-PNV)


GEHBildu


GMx (CUP)


Telesforo Rubio Muñoz.;GP


Rubén Eladio López. Inspector jefe de la Policía Nacional;GP


GR


GEHBildu


José Luis López Esteban.;GP


Pablo Manuel Iglesias Turrión.;GP


María Margarita Robles Fernández.;GP


Fernando Grande-Marlaska Gómez. Ministro del Interior.;GP


GR


GEHBildu


Dolores Delgado García.;GP


Juan Alberto Belloch Juíbe. Ministro de Justicia e Interior entre el 5 de mayo de 1994 y el 6 de mayo de 1996.;GP


GR


Mariano Fernández Bermejo.;GP


María Gloria Elizo Serrano.;GP


José Manuel Cálvente Redondo.;GP


Marta Flor Núñez.;GP


Baltasar Garzón Real.;GP


Carmen Calvo Poyato. Vicepresidenta Primera del Gobierno, Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.;GP


José Francisco González. Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).;GVOX


Félix Sanz Roldán. Director del Centro Nacional de Inteligencia entre 2009 y 2019. General y Jefe del Estado Mayor de la Defensa entre los años 2004 y 2008.;GCUP-EC-GC


GR


GPlu


GEHBildu



Página 74





COMPARECIENTE;GRUPO


Soraya Sáenz de Santamaría. Ministra de la Presidencia entre el 22 de diciembre de 2011 y el 4 de noviembre de 2016. Vicepresidenta del Gobierno entre el 22 de diciembre de 2011 y el 7 de junio de 2018.;GCUP-EC-GC


GR


Gplu


Eduardo Inda Arriaga. Periodista. Director de okdiario.;GCUP-EC-GC


GR


Gplu


Pablo Casado Blanco. Presidente del Partido Popular Vicesecretario General de Comunicación del Partido Popular entre el 18 de junio de 2015 y el 21 de julio de 2018.;GR


GMx (CUP)


Juan Ignacio Zoido Álvarez. Ministro del Interior (4 de noviembre de 2016 al 7 de junio de 2018).;GR


GPlu


GEHBildu


Enrique Olivares García.;GR


GPlu


GEHBildu


Alejandro Suárez Sánchez-Ocaña. Editor del portal Moncloa.com.;GR


Esperanza Aguirre y Gil de Biedma. Ex presidenta de la Comunidad de Madrid.;GR


José María Aznar López. Presidente del Partido Popular entre 1989 y 2004 Presidente del Gobierno desde 1996 a 2004.;GR


José Barrionuevo Peña. Ministro del Interior entre el 1 de diciembre de 1982 y el 7 de julio de 1988.;GR


José Luís Corcuera Cuesta. Ministro del Interior entre el 7 de julio de 1988 y el 24 de noviembre de 1993.;GR


Jaime Mayor Oreja. Ministro del Interior entre el 6 de mayo de 1996 y el 27 de febrero de 2001.;GR


Ángel Acebes Paniagua. Ministro del Interior entre el 10 de julio de 2002 y el 18 de abril de 2004.;GR


Antonio Camacho Vizcaíno. Ministro del Interior entre el 12 de julio de 2011 y el 22 de diciembre de 2011. Secretario de Estado de Seguridad entre el 19 de abril de 2004 y el 12 de julio de 2011.;GR


Felipe González Márquez. Presidente del Gobierno de España entre 1982 y 1996. Secretario General del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) desde 1974 hasta 1997.;GR


Rafael Vera Fernández-Huidobro. Secretario de Estado de Seguridad entre el 24 de octubre de 1986 y el 28 de enero de 1994.;GR


Jesús Vicente Galán. Ex jefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía.;GR


GMx (CUP)


Ignacio Ulloa Rubio. Juez. Secretario de Estado de Seguridad entre el 30 de diciembre de 2011 y el 11 de enero de 2013.;GPlu


GEHBildu


José Grinda González, Fiscal anticorrupción.;GPlu


GEHBildu


Jaime Barrado. Ex comisario.;GPÍu


GEHBildu


Marcos Peña. Ex inspector de la Policía.;GPÍu


GEHBildu


Manuel Vázquez López. Ex jefe de la UDEF.;GPIu


GEHBildu



Página 75





COMPARECIENTE;GRUPO


Antonio Giménez Raso. Policía Nacional en segunda actividad.;GPIu


GEHBildu


Gabriel Fuentes. Ex comisario del Cuerpo Nacional de Policía (CNP).;GPIu


GEHBildu


Santiago Sánchez Aparicio. Comisario general de la Policía Nacional.;GPIu


GEHBildu


Pedro Agudo Novo. Inspector jefe de la Policía Nacional.;GPIu


GEHBildu


Joan Pau Miquel Prats. Ex CEO de Banca Privada d'Andorra (BPA) y exconsejero delegado de Banco Madrid.;Gplu


Caries Fiñana. Jefe de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del Principado de Andorra.;Gplu


Manuel Moix Blázquez. Fiscal y ex fiscal jefe de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada (8 de marzo de 2017-1 de junio de 2017).;Gplu


Alfons Alberca. Fiscal General de Andorra.;Gplu


Alfonso Pazos.;Gplu


José Manuel Sánchez Fomet. Ex secretario general del sindicato mayoritario de la Policía Nacional (SUP) (1992-2014) y ex agente de la Policía Nacional.;GEHBildu


Francisco Javier Miguelafiez Valero. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía, jefe de la Unidad de Asuntos Internos.;GEHBildu


Juan Carlos de Borbón, rey emérito.;GMx (CUP)


La Mesa de la Comisión acordó, en su reunión del día 23 de septiembre de 2021, la apertura de un nuevo plazo para la presentación de solicitudes de comparecencia hasta el viernes, 1 de octubre de 2021. Se presentaron las siguientes
solicitudes:


COMPARECIENTE;GRUPO


José García Losada. Comisario General de Policía Judicial entre julio 2012 y octubre 2013.;GS


GEHBildu


Ignacio Ulloa Rubio. Juez. Secretario de Estado de Seguridad entre el 30 de diciembre de 2011 y el 11 de enero de 2013.;GS


Gplu


GEHBildu


Enrique Báez Tabasco. Policía Nacional en situación de servicios especiales en FRONTEX.;GS


Jesús Vicente Galán Martínez. Inspector Jefe de la Policía, exjefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía.;GS


GCUP-EC-GC


Isidro Sánchez Suárez. Recluso, compañero de D. Luis Bárcenas en la prisión de Soto del Real.;GS


GCUP-EC-GC


José Luis Argenta de la Aldea. Director de la cárcel de Soto del Real de 2012 hasta 2020.;GS


Pedro Agudo Novo. Comisario de la Policía, Jefe de gabinete del Director General de la Policía Nacional entre diciembre de 2011 y septiembre de 2012.;GS


GPIu


GEHBildu


Ignacio Cosido Gutiérrez. Director General de la Policía entre el 2 de marzo de 2012 y el 18 de noviembre de 2016.;GS


GPÍu


Enrique López López. Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid.;GS



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COMPARECIENTE;GRUPO


José Luis Ortiz Grande. Jefe de gabinete de María Dolores de Cospedal García durante su etapa como presidenta de Castilla-La Mancha (2011-2015) y como secretaria general del PP (2008-2018).;GS


GEHBildu


María Dolores de Cospedal García. Secretaria general del Partido Popular entre 2008 y 2018.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPIu


GEHBildu


Jorge Fernández Díaz. Exministro del Interior.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPIu


GEHBildu


Mariano Rajoy Brey. Presidente del Gobierno entre 2011 y 2018.;GS


GCUP-EC-GC


GR


GPIu


GEHBildu


María Margarita Robles Fernández.;GP


José Manuel Cálvente Redondo.;GP


María Gloria Elizo Serrano.;GP


Marta Flor Núñez.;GP


Juan Carlos Juan Carlos Monedero Fernández-Gala. ;GP


Pablo Manuel Iglesias Turrión.;GP


- Máximo responsable o responsables entre 2017 y 2021 durante el internamiento del ex Comisario Villarejo Establecimiento Penitenciario de Estremera.;GP


María Soraya Sáenz de Santamaría Antón. Ministra de la Presidencia entre el 22 de diciembre de 2011 y el 4 de noviembre de 2016. Vicepresidenta del Gobierno entre el 22 de diciembre de 2011 y el 7 de junio de 2018.;GVOX


GPIu


GEHBildu


Félix Sanz Roldán. Director del Centro Nacional de Inteligencia entre 2009 y 2019. General y Jefe del Estado Mayor de la Defensa entre los años 2004 y 2008.;GVOX


GCUP-EC-GC


GPÍu


GEHBildu


María González Pico. Jefa de gabinete de Soraya Sáenz de Santamaría Antón.;GCUP-EC-GC


Pablo Casado Blanco. Presidente del Partido Popular Vicesecretario General de Comunicación del Partido Popular entre el 18 de junio de 2015 y el 21 de julio de 2018.;GCUP-EC-GC


GR


GPIu


Javier Ayuso Canals. Periodista.;GCUP-EC-GC


Eduardo Inda Arriaga. Periodista. Director de okdiario.;GCUP-EC-GC


GPIu


Esteban Urreiztieta. Periodista.;GCUP-EC-GC


Ernesto Ekaizer. Periodista e investigador especializado.;GCUP-EC-GC


Mauricio Casals Aldarna. Abogado y empresario.;GCUP-EC-GC


Pablo Antonio Peira Ramírez. Comisario. Coordinador de la Jefatura de la Casa de su Majestad el Rey.;GCUP-EC-GC



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COMPARECIENTE;GRUPO


Pablo Antonio Peira Ramírez. Comisario. Coordinador de la Jefatura de la Casa de su Majestad el Rey.;GCUP-EC-GC


Francisco Correa Sánchez. Empresario.;GCUP-EC-GC


Manuel Morocho Tapia. Policía Nacional (UDEF).;GR


Enrique García Castaño. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GR


GV(EAJ-PNV)


GEHBildu


Antonio Giménez Raso. Policía Nacional en segunda actividad.;GR


GPIu


GEHBildu


Pedro López. Exgerente del Ayuntamiento de Estepona.;GR


Elisa Pinto. Dermatóloga.;GR


José Manuel Villarejo Pérez. Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.;GR


GV(EAJ-PNV)


GEHBildu


Miguel Ángel Bayo Herranz. Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía.;GR


Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez. Tesorero del Partido Popular entre el 22 de junio de 2008 y el 28 de julio de 2009. Gerente del Partido Popular entre el 1 de abril de 1990 y el 22 de junio de 2008.;GR


Antonio Barrientes. Alcalde de Estepona.;GR


Higini Cierco. Exdueño de la Banca Privada de Andorra.;GR


Ramón Cierco. Exdueño de la Banca Privada de Andorra.;GR


Marcelino Martín-Blas Aranda. Funcionario del Cuerpo Nacional de Policía (CNP). Ex jefe de Asuntos Interno de la Policía Nacional.;GR


GEHBildu


Jaime Barrado. Excomisario.;GR


GPIu


GEHBildu


Ignacio González González, ex Presidente de la Comunidad de Madrid.;GR


Francisco Martínez Vázquez. Ex secretario de Estado de Seguridad.;GR


Juan Ignacio Zoido Álvarez. Ministro del Interior (4 de noviembre de 2016 al 7 de junio de 2018).;GPIu


GEHBildu


José Grinda González. Fiscal anticorrupción.;GPIu


GEHBildu


Marcos Peña. Ex inspector de la Policía.;GPIu


GEHBildu


Manuel Vázquez López. Ex jefe de la UDEF.;GPIu


GEHBildu


Enrique Olivares García.;GPÍu


GEHBildu


Gabriel Fuentes. Ex comisario del Cuerpo Nacional de Policía (CNF).;GPIu


GEHBildu


Santiago Sánchez Aparicio. Comisario general de la Policía Nacional.;GPIu


GEHBildu


Joan Pau de Miguel. Ex CEO de la Banca Privada Andorrana.;GPIu


Caries Firaña. Jefe de la Unidad de Inteligencia Fnanciera de Andorra.;GPIu



Página 78





COMPARECIENTE;GRUPO


Manuel Moix Blázquez. Fiscal y exFiscal jefe de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada (8 de marzo de 2017-1 de junio de 2017).;GPIu


Alfons Alberca. Fiscal General de Andorra.;GPIu


Alfonso Pazos.;GPIu


Fernando Grande-Marlaska Gómez. Ministro del Interior.;GEHBildu


Pablo Ruz. Magistrado.;GEHBildu


Rubén Eladio López. Inspector jefe de la Policía Nacional.;GEHBildu


José Luis Olivera Serrano. Ex jefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF).;GEHBildu


Francisco Javier Miguelañez Valero. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía, jefe de la Unidad de Asuntos Internos.;GEHBildu


Enrique Rodríguez Ulla. Excomisarío Policía Nacional.;GEHBildu


Agapito Hermes de Dios. Comisario Policía Nacional.;GEHBildu


José Manuel Sánchez Fomet. Ex secretario general del sindicato mayoritario de la Policía Nacional (SUP) (1992-2014) y ex agente de la Policía Nacional.;GEHBildu


Agustín Linares. Ex Dao Policía Nacional.;GEHBildu


José Santiago Sánchez. Excomisario Policía Nacional.;GEHBildu


b) COMPARECENCIAS ACORDADAS Y CELEBRADAS


COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Luis Francisco Bárcenas Gutiérrez. Ex tesorero del Partido Popular. Ex gerente del Partido Popular.;GS;17/03/2021;Sesión 4


DS núm. 5, de 17 de marzo de 2021


Miguel Ángel Bayo Herranz. Facultativo (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Jefe de Área de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional.;GS;17/03/2021;Sesión 4


DS núm. 5, de 17 de marzo de 2021


Felipe Eduardo Lacasa Córdoba. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Secretario General de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional.;GS;18/03/2021;Sesión 5


DS núm. 6, de 18 de marzo de 2021


José Antonio Rodríguez González.;GS;18/03/2021;Sesión 5


DS núm. 6, de 18 de marzo de 2021


Diego Pérez de los Cobos Orihuel. Coronel de la Guardia Civil.;GS;25/03/2021;Sesión 6


DS núm. 7, de 25 de marzo de 2021


Manuel Morocho Tapia. Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía. Jefe Sección Operativa de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.;GS;25/03/2021;Sesión 6


DS núm. 7, de 25 de marzo de 2021



Página 79





COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Bonifacio Díaz Sevillano. Inspector Jefe (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía.;GS;15/04/2021;Sesión 7


DS núm. 8, de 15 de abril de 2021


José Ángel Fuentes Gago. Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía en activo.;GS;15/04/2021;Sesión 7


DS núm. 8, de 15 de abril de 2021


Enrique García Castaño. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GS


GV (EAJ-PNV);22/04/2021;Sesión 8


DS núm. 9, de 22 de abril de 2021


Enrique Barón Castaño. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Comisario General de Información de la Policía Nacional.;GS;22/04/2021;Sesión 8


DS núm. 9, de 22 de abril de 2021


Andrés Gómez Gordo. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía.;GS;05/05/2021;Sesión 9


DS núm. 10, de


;;;5 de mayo de


;;;2021


Juan Antonio González García. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Comisario General de Policía Judicial de la Policía Nacional.;GS;05/05/2021;Sesión 9


DS núm. 10. de 5 de mayo de 2021


Mariano Hervás Cuevas. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex Segundo jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GS;05/05/2021;Sesión 9


DS núm. 10. de 5 de mayo de 2021


Marcelino Martín-Blas Aranda. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional.;GS;05/05/2021;Sesión 9


DS núm. 10. de 5 de mayo de 2021


Javier Iglesias Redondo. Abogado.;GS;06/05/2021;Sesión 10


DS núm. 11, de 6 de mayo de 2021


José Luis Olivera Serrano. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.;GS;06/05/2021;Sesión 10


DS núm. 11. de 6 de mayo de 2021


Eugenio Pereiro Blanco. Comisario principal del Cuerpo Nacional de Policía. Comisario General de Información de la Policía Nacional.;GS;06/05/2021;Sesión 10


DS núm. 1 L de 6 de mayo de 2021



Página 80





COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Eugenio Pino Sánchez. Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional.;GS;13/05/2021;Sesión 11


DS núm. 12, de 13 de mayo de 2021


Rosalía Iglesias Villar.;GS;13/05/2021;Sesión 11


DS núm. 12, de 13 de mayo de 2021


Sergio Javier Ríos Esgueva. Policía del Cuerpo Nacional de Policía en activo.;GS;20/05/2021;Sesión 12


DS núm. 13. de 20 de mayo de 2021


José Manuel Villarejo Pérez. Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.;GV (EAJ-PNV);27/05/2021;Sesión 13


DS núm. 13, de 27 de mayo de 2021


Ignacio Cosido Gutiérrez. Ex director general de la Policía.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021


Francisco Martínez Vázquez. Ex secretario de Estado de Seguridad.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021


Silverio Nieto Núñez.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021


Jorge Sanchís Bordetas.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021


María Dolores de Cospedal García. Ex secretaria general del Partido Popular.;GS;01/06/2021;Sesión 14


DS núm. 14, de 1 de junio de 2021


Ignacio López del Hierro y Bravo.;GS;02/06/2021;Sesión 15


DS núm. 15. de 2 de junio de 2021


José Antonio Nieto Ballesteros. Ex secretario de Estado de Seguridad.;GS;02/06/2021;Sesión 15


DS núm. 15, de 2 de junio de 2021



Página 81





COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


José Manuel Villarejo Pérez. Comisario jubilado del Cuerpo Nacional de Policía.;GV (EAJ-PNV);20/10/2021;Sesión 18


DS núm. 1 8, de 20 de octubre de 2021


Enrique García Castaño, Comisario principal (jubilado) del Cuerpo Nacional de Policía. Ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía Nacional.;GV (EAJ-PNV);20/10/2021;Sesión 18


DS núm. 18. de 20 de octubre de 2021


Ignacio Ulloa Rubio, Secretario de Estado de Seguridad entre enero de 2012 y enero de 2013.;GS;11/11/2021;Sesión 19


DS núm. 19, de 11 de noviembre de 2021


Enrique Báez Tabasco. Policía Nacional en situación de servicios especiales en FRONTEX. Mediante videoconferencia.;GS;17/11/2021;Sesión 20


DS núm. 20, de 17 de noviembre de 2021


Jesús Vicente Galán Martínez. Inspector Jefe de la Policía, exjefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía.;GS;17/11/2021;Sesión 20


DS núm. 20, de 17 de noviembre de 2021


José García Losada, Comisario General de Policía Judicial entre julio de 2012 y octubre de 2013.;GS;17/11/2021;Sesión 20


DS núm. 20, de 17 de noviembre de 2021


José Luis Argenta de la Aldea. Director de la cárcel de Soto del Real de 2012 hasta 2020.;GS;17/11/2021;Sesión 20


DS núm. 20, de 17 de noviembre de 2021


Isidro Sánchez Suárez. Recluso, compañero de D. Luis Bárcenas en la prisión de Soto del Real.;GS;;


Pedro Agudo Novo. Comisario de la Policía, Jefe de gabinete del Director General de la Policía Nacional entre diciembre de 2011 y septiembre de 2012.;GS;18/11/2021;Sesión 21


DS núm. 21, de 18 de noviembre de 2021


Ignacio Cosido Gutiérrez. Director General de la Policía entre el 2 de marzo de 2012 y el 18 de noviembre de 2016.;GS;18/11/2021;Sesión 21


DS núm. 21, de 18 de noviembre de 2021



Página 82





COMPARECIENTE;Grupo Solicitante;Fecha celebración;Diario de Sesiones


Enrique López López. Consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid.;GS;01/12/2021;Sesión 22


DS núm. 24, de 1 de diciembre de 2021


José Luis Ortiz Grande. Jefe de gabinete de María Dolores de Cospedal García durante su etapa como presidenta de Castilla-La Mancha (2011-2015) y como secretaria general del PP (2008-2018).;GS;01/12/2021;Sesión 22


DS núm. 24, de 1 de diciembre de 2021


Jorge Fernández Díaz. Exministro del Interior.;GS;02/12/2021;Sesión 23


DS núm. 25, de 2 de diciembre de 2021


María Dolores de Cospedal García. Secretaria general del Partido Popular entre 2008 y 2018.;GS;09/12/2021;Sesión 24


Mariano Rajoy Brey. Presidente del Gobierno entre 2011 y 2018.;GS;13/12/2021;Sesión 25


La comparecencia de Isidro Sánchez Suárez no pudo celebrarse por hallarse en paradero desconocido.


F. DOCUMENTACIÓN.


a) DOCUMENTACIÓN SOLICITADA POR LA COMISIÓN.


Gobierno.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


- Orden firmada el 12 de septiembre de 1995 que desarrollaba la Ley de fondos reservados.


- Relación de miembros que formaron parte del tribunal que aprobó el acceso de don Sergio Javier Ríos Esgueva a la escala básica de la Policía Nacional.


- Informe elaborado por el inspector don José Angel Fuente Gago en relación con la incompatibilidad del trabajo de policía con las actividades empresariales que desarrollaba el comisario jubilado José Manuel Villarejo Pérez.


- Documento entregado por la Comisaria doña Nuria Mazo con motivo de la disolución de la Brigada de Análisis y Revisión de Casos.


- Expedientes de concesión de las medallas de oro, plata o roja entregadas, bajo los mandatos de los ministros don Jorge Fernández Díaz y don Juan Ignacio Zoido a comisarios principales, comisarios, inspectores jefes, inspectores,
facultativos, en activo, segunda actividad o retiro, y a otras personas ajenas a la Policía Nacional.


- Oficio policial n.º 12560/18, de 29 de octubre.


- Oficio policial n.º 2154/2019, de 23 de septiembre.


- Oficio policial n.º 1591/2019, de 3 de julio.


- Oficio policial n.º 62/2019, de 15 de enero.


- Oficio policial de la UAI n.º 45/2019, de 14 de enero.


- Oficio policial n.º 1494/2019, de 18 de junio.


- Oficio policial n.º 717/20, de 20 de abril.


- Oficio de la Unidad de Asuntos Internos de 30 de abril de 2020.


- Documentación acreditativa de la financiación de la operación Kitchen con cargo a fondos reservados.



Página 83





- Informes de la UDEF en relación con causas de corrupción contra el Partido Popular vinculadas a la Gürtel, a los 'papeles de Barcenas', Púnica, Lezo o la operación Kitchen, sin vulnerar la reserva de los sumarios que se están instruyendo.


- Grabación efectuada por el comisario don José Manuel Villarejo Pérez en julio del año 2009 a doña María Dolores de Cospedal y a don Ignacio López del Hierro.


- Grabación de la conversación del 17 de febrero de 2017 entre el comisario don José Manuel Villarejo Pérez, don Adrián de la Joya y don Alberto Pedraza Jorde.


- Agenda del comisario don José Manuel Villarejo Pérez.


- Archivos del teléfono móvil del entonces secretario de estado de Seguridad, don Francisco Martínez Vázquez.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 5 de octubre de 2021:


- Expediente del traslado de José Angel Fuentes Gago como Agregado de Interior de la delegación diplomática en Amsterdam en junio de 2015.


- Expediente del traslado de Bonifacio Díaz Sevillano como Agregado de Interior de la Embajada de España en México en julio de 2016.


- Expedientes abiertos para la concesión de las medallas de oro, plata o roja entregadas, bajo los mandatos de los ministros don Jorge Fernández Díaz y don Juan Ignacio Zoido, a las personas que se detallan a continuación, de acuerdo a la
documentación entregada a esta Comisión de Investigación por parte del Gobierno el pasado 8 de marzo de 2021 con registro de entrada 98296:


• Castaño Barón, Enrique: Cruz Roja. 22/09/2016.


• Fuentes Gago, José Manuel: Cruz Roja. 18/09/2014.


• García Castaño, Enrique: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Gómez Gordo, Andrés Manuel: Cruz Roja. 17/09/2015.


• Hervás Cuevas, Mariano: Cruz Roja. 20/09/2012.


• Hervás Cuevas, Mariano: Cruz Roja. 26/09/2014.


• Lacasa Córdoba, Felipe Eduardo: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Martín-Blas Aranda, Marcelino: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Oliveira Serrano, José Luis: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Pérez Villarejo, José Manuel: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Pino Sánchez, Eugenio: Medalla de Plata al Mérito. 2/06/2016.


• Sevillano Diez, Bonifacio: Cruz Roja. 18/09/2014.


- Expediente de información reservada del juicio a José Angel Fuentes Gago, por la declaración el 7 de marzo de 2019 como investigado ante el juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso, relativa a la utilización ilegal de efectivos,
medios y recursos del Ministerio del Interior, con la finalidad de favorecer intereses políticos del PP y de anular pruebas inculpatorias para este partido en casos de corrupción, durante los mandatos de Gobierno del Partido Popular.


- Expediente de la petición de la licencia de armas entregada a Sergio Ríos Esgueva con la memoria adjunta que haga constar los motivos que fundamentan la necesidad de posesión de arma corta, acompañado de los documentos aportados por el
solicitante que sirvieron para fundamentar la necesidad de usar arma.


- Expediente de acceso de Sergio Ríos Esgueva al Cuerpo Nacional de Policía aportando la superación de las pruebas tanto físicas como teóricas.


Tribunal Supremo.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021;


Al Juzgado Central de Instrucción n.º 6, con sede en la Audiencia Nacional. Actuaciones de la investigación Kitchen. Diligencias Previas n.º 96/2017. Pieza separada n.º 7:


- Oficio policial n.º 12560/18, de 29 de octubre.


- Oficio policial n.º 2154/2019, de 23 de septiembre.


- Oficio policial n.º 1591/2019, de 3 de julio.



Página 84





- Oficio policial n.º 62/2019, de 15 de enero.


- Oficio policial de la UAI n.º 45/2019, de 14 de enero.


- Oficio policial n.º 1494/2019, de 18 de junio.


- Oficio policial n.º 717/20, de 20 de abril.


- Oficio de la Unidad de Asuntos Internos de 30 de abril de 2020.


- Documentación acreditativa de la financiación de la operación Kitchen con cargo a fondos reservados.


- Acta notarial de don Francisco Martínez Vázquez, quien compareció el día 13 de junio de 2019 ante el notario de Mahón, don Alberto Vela Navarro-Rubio, instando la protocolización de varios mensajes SMS recibidos en su teléfono móvil,
número xxxxxxxxx, levantándose por el notario Acta de exhibición y presencia n.º 1078/2019 y 1079/2019 de su protocolo, con mensajes recibidos del contacto identificado en el terminal como don Jorge Fernández Díaz.


- Acta notarial de don Francisco Martínez Vázquez del día 17 de octubre de 2019 ante el notario de Madrid, don Enrique Augusto Franch Quiralte, instando la protocolización de un mensaje SMS recibido en su teléfono móvil, número xxxxxxxxx, el
día 18 de octubre de 2013, a las 14:06 horas, levantándose por el notario el Acta de presencia y referencia n.º 3548/2019 de su protocolo, con la transcripción de un mensaje recibido del contacto identificado en el directorio del terminal como don
Jorge Fernández Díaz.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 2 de marzo de 2021:


Al Juzgado Central de Instrucción n.º 5, con sede en la Audiencia Nacional.


Los documentos que se encuentran en las Diligencias Previas n.º 275/2008 (Pieza Separada Informe UDEF-fíLA 22.520/13) relativas a la que fuera la Pieza Reservada 'Operación Kitchen', así como documentación sobre la misma investigación
posteriormente incorporada a las actuaciones tras cesar el carácter reservado de la anterior Pieza, y, en especial, el informe completo sobre los objetivos, preparación, aprobación, ejecución, reporte, supervisión y control de la 'Operación Kitchen'
desarrollada en la Dirección General de Policía, que consta en las mencionadas Diligencias Previas.


A la Fiscalía General del Estado.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


- Informes de la UDEF en relación con causas de corrupción contra el Partido Popular vinculadas a la Gürtel, a los 'papeles de Bárcenas', Púnica, Lezo o la operación Kitchen, sin vulnerar la reserva de los sumarios que se están instruyendo.


- Grabación efectuada por el comisario don José Manuel Villarejo Pérez en julio del año 2009 a doña María Dolores de Cospedal y a don Ignacio López del Hierro.


- Grabación de la conversación del 17 de febrero de 2017 entre el comisario don José Manuel Villarejo Pérez, don Adrián de la Joya y don Alberto Pedraza Jorde.


- Agenda del comisario don José Manuel Villarejo Pérez.


- Archivos del teléfono móvil del entonces secretario de estado de Seguridad, don Francisco Martínez Vázquez.


- Documentación acreditativa de la financiación de la operación Kitchen con cargo a fondos reservados.


Al Notario don Alberto Vela Navarro-Rubio.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


- Acta notarial de don Francisco Martínez Vázquez, quien compareció el día 13 de junio de 2019 ante el notario de Mahón, don Alberto Vela Navarro-Rubio, instando la protocolización de varios mensajes SMS recibidos en su teléfono móvil,
número xxxxxxxxx, levantándose por el notario Acta de exhibición y presencia n.º 1078/2019 y 1079/2019 de su protocolo, con mensajes recibidos del contacto identificado en el terminal como don Jorge Fernández Díaz.



Página 85





Al Notario de don Enrique Augusto Franch Quiralte.


Por acuerdo de la Mesa de la Comisión de fecha 28 de enero de 2021:


- Acta notarial de don Francisco Martínez Vázquez del día 17 de octubre de 2019 ante el notario de Madrid, don Enrique Augusto Franch Quiralte, instando la protocolización de un mensaje SMS recibido en su teléfono móvil, número xxxxxxxxx, el
día 18 de octubre de 2013, a las 14:06 horas, levantándose por el notario el Acta de presencia y referencia n.º 3548/2019 de su protocolo, con la transcripción de un mensaje recibido del contacto identificado en el directorio del terminal como don
Jorge Fernández Díaz.


b) DOCUMENTACIÓN RECIBIDA COMO CONSECUENCIA DE LAS SOLICITUDES FORMULADAS POR LA COMISIÓN


Del Gobierno.


Número de registro 98296, de 9 de marzo de 2021:


- Relación de miembros que formaron parte del tribunal que aprobó el acceso de don Sergio Javier Ríos Esgueva a la escala básica de la Policía Nacional.


- Informe elaborado por el inspector jefe don José Angel Fuente Gago con la valoración de incompatibilidad de funcionario público en activo (Comisario CNP) por titularidad de empresas mercantiles. Informe elaborado respecto de las
actividades empresariales del comisario jubilado don José Manuel Villarejo Pérez.


- Expedientes de concesión de las medallas de oro, plata o roja entregadas, bajo los mandatos de los ministros don Jorge Fernández Díaz y don Juan Ignacio Zoido a comisarios principales, comisarios, inspectores jefes, inspectores,
facultativos, en activo, segunda actividad o retiro, y a otras personas ajenas a la Policía Nacional.


Respecto del resto de documentación solicitada, la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales comunicó que el Gobierno no puede facilitarlos ya que son parte de una causa judicial abierta, debiendo
solicitarse al órgano judicial encargado de la instrucción de la misma.


Número de registro 173912, de 1 de diciembre de 2021:


- Propuestas de ingreso en la Orden del Mérito Policial de:


• Castaño Barón, Enrique: Cruz Roja. 22/09/2016.


• Fuentes Gago, José Manuel: Cruz Roja. 18/09/2014.


• García Castaño, Enrique: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Gómez Gordo, Andrés Manuel: Cruz Roja. 17/09/2015.


• Hervás Cuevas, Mariano: Cruz Roja. 20/09/2012.


• Hervás Cuevas, Mariano: Cruz Roja. 26/09/2014.


• Lacasa Córdoba, Felipe Eduardo: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Martín-Blas Aranda, Marcelino: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Oliveira Serrano, José Luis: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Pérez Villarejo, José Manuel: Cruz Roja. 20/09/2013.


• Pino Sánchez, Eugenio: Medalla de Plata al Mérito. 2/06/2016.


• Sevillano Diez, Bonifacio: Cruz Roja. 18/09/2014.


- Certificado expedido por el Secretario General de la División de Personal de la Dirección General de Policía en relación con las armas de Sergio Ríos Esgueva.


Tribunal Supremo.


Número de registro 93124, de 25 de febrero de 202 L en respuesta a la solicitud efectuada por acuerdo de la Comisión de 28 de enero de 2021:


- Carta del Presidente del T'ribunal Supremo trasladando la respuesta del Juzgado Central de Instrucción número 6 denegando el envío de la documentación solicitada.



Página 86





Número de registro 102956, de 24 de marzo de 202 E en respuesta a la solicitud efectuada por acuerdo de la Comisión de 2 de marzo de 2021:


- Carta del Presidente del Tribunal Supremo trasladando la respuesta del Juzgado Central de Instrucción número 6 denegando el envío de la documentación solicitada.


Fiscalía General del Estado.


Número de registro 88890, de 16 de febrero de 2021:


- Carta de la Fiscal General del Estado comunicando que la remisión de la documentación que se solicita es documentación judicial sometida a un tratamiento procesal específico y de la que solo puede disponer el propio órgano encargado de las
correspondientes investigaciones.


Notario D. Alberto Vela Navarro-Rubio.


Número de registro 95974, de 3 de marzo de 2021:


Copia simple del Acta de exhibición y presencia número 1078.


Copia simple del Acta de exhibición y presencia número 1079.


Notario D. Enrique Augusto Franch Quiralte


Número de registro 95550. de 2 de marzo de 2021:


- Copia simple del Acta de presencia y referencia n.º 3548.


c) DOCUMENTACIÓN APORTADA POR LOS COMPARECIENTES


- Documentación aportada por D. Marcelino Martín-Blas Aranda, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, exjefe de Asuntos Internos de la Policía Nacional, en su comparecencia ante la Comisión en sesión del día ó de mayo de 2021:


• Escrito de alegaciones de don Marcelino Martín-Blas Aranda al Juzgado Central de Instrucción n.º 6.


• Artículo vozpopuli.com: Villarejo: 'Tuve que amenazar al ministro para que le cortara la cabeza a Martín Blas'.


• Auxilio Judicial Internacional 20/2019. Comisión rogatoria procedente de las autoridades de Andorra relativa a José Villarejo Pérez.


• Oficio de la Dirección Adjunta Operativa al Juzgado n.º 2 de Madrid en relación con las Diligencias Previas - Procedimiento Abreviado 4676/2014 Pieza II.


• Informe propuesta de actuaciones sobre grabación ilegal. 'Operación Nicolay'.


• Artículo publico.es. Villarejo, sobre el caso Pujol: 'Lo único que quiero es joder al delincuente Martín-Blas'.


• Oficio de respuesta de la Dirección General de Policía a la solicitud de diversa información en base a la Ley de Transparencia formulada por don Marcelino Martín-Blas Aranda.


• Oficio de la Dirección Adjunta Operativa sobre actuaciones del Comisario José M. Villarejo Pérez en relación DP 1691/2013 JI n.º 5 Fuenlabrada.


• Artículo okdiario.com. 'El polémico Comisario Martín-Blas tiene cuatro pisos y un solar con un sueldo de 4000 €'.


• Artículo publico.es. Javier Iglesias 'el Largo', el hombre de los Cierco y Cospedal en la 'Operación Cataluña'.


• Campaña de difamación. Vídeos y artículos de prensa.


II. CONCLUSIONES


Las comisiones parlamentarias de investigación son un instrumento de control político que aparece reconocido y regulado -en sus aspectos básicos- en la misma Constitución española de 1978 -por primera vez en nuestra historia constitucional.
Concretamente, dispone el artículo 76:



Página 87





'Artículo 76.


El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las
resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.


Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación.'


El desarrollo de este artículo, como la mayor parte de los incluidos en el Título III, se encuentra en los Reglamentos de las Cámaras que establecen los requisitos de creación de este fundamental instrumento de control político, así como las
reglas generales de su organización y funcionamiento. En el caso del Reglamento del Congreso de los Diputados, de 10 de febrero de 1982, se regulan entre las Comisiones no Permanentes por el artículo 52, modificado por la reforma sobre publicidad
de las Comisiones de investigación, aprobada el 16 de junio de 1994. Dicha reforma dio nueva redacción a los artículos 63 y 64 del Reglamento que establecen el régimen de publicidad de las sesiones del Pleno y las Comisiones, así como de los datos,
informes o documentos facilitados a las Comisiones de investigación.


Como recuerda D. Carlos Gutiérrez Vicén, Letrado de las Cortes Generales, en la sinopsis realizada sobre el artículo 76 del Texto constitucional, por lo que se refiere a las facultades de estas Comisiones para desempeñar sus funciones,
nuestra Constitución no llega al extremo de otros textos fundamentales como el portugués, que les atribuye 'las facultades de investigación propias de las autoridades judiciales' (artículo 181.5), o del alemán que permite que para la obtención de
pruebas se apliquen por analogía 'las normas del procedimiento penal, sin perjuicio del secreto de la correspondencia, del correo y de las telecomunicaciones' (artículo 44.2). Pero sí garantiza el clásico power to sendfor papers andpersons del
Derecho anglosajón, con la obligación de comparecer a requerimiento de las Cámaras, remitiendo a la Ley la sanción que pueda imponerse por incumplimiento de la misma.


En este sentido podemos hacer referencia a la STC 39/2008, de 10 de marzo, cuyo fundamento jurídico 7 deslinda las potestades de investigación de estos órganos parlamentarios de las facultades con que cuentan los integrantes del Poder
Judicial. De acuerdo con esta resolución, 'es preciso evitar toda confusión entre la labor investigadora que puedan llevar a cabo las Asambleas autonómicas o las Cortes Generales y aquélla que corresponde a los órganos integrantes del Poder
Judicial'.


Esta misma previsión se contiene en el artículo 60.2 del Reglamento del Senado y en el artículo 52.2 del Reglamento del Congreso que, con mayor grado de detalle, determina que las Comisiones de investigación podrán requerir la presencia, por
conducto de la Presidencia del Congreso, de cualquier persona para ser oída. Tales comparecencias se ajustarán a lo dispuesto en la Ley prevista en el artículo 76.2 de la Constitución y responderán, en todo caso, a los siguientes requisitos:


a) La notificación del requerimiento para comparecer y de los extremos sobre los que se deba informar habrá de hacerse con quince días de antelación, salvo cuando, por concurrir circunstancias de urgente necesidad, se haga con un plazo
menor, que en ningún caso será inferior a tres días.


b) En la notificación, el ciudadano requerido será advertido de sus derechos y obligaciones y podrá comparecer acompañado de la persona que designe para asistirlo.


Además de estas normas reglamentarias, el desarrollo legislativo del artículo 76.2 se encuentra, principalmente, en la Ley Orgánica 5/1984, de 24 de mayo, de comparecencia ante las Comisiones de investigación del Congreso y del Senado o de
ambas Cámaras. En los artículos 1 a 3 se establece la obligación de todos los ciudadanos, españoles y extranjeros que residan en España, de comparecer personalmente a requerimiento de las Comisiones de investigación, aunque también se prevé que las
Mesas de las Cámaras velarán por que en estas comparecencias queden salvaguardados el respeto a la intimidad y el honor de las personas, el secreto profesional, la cláusula de conciencia y los demás derechos constitucionales. Asimismo, se
establecen los requisitos formales de los requerimientos y las notificaciones, remitiéndose a los Reglamentos parlamentarios en cuanto al acto de la comparecencia y disponiendo, en el artículo 5, que los gastos derivados serán abonados al
compareciente, una vez justificados, con cargo al presupuesto de la respectiva Cámara.


Desde un punto de vista sustantivo, el artículo 4 de esta Ley Orgánica, que establecía las consecuencias penales de la incomparecencia voluntaria a los requerimientos de una Comisión de investigación, fue derogado por la Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para



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equiparar a efectos penales las consecuencias del incumplimiento de la obligación de comparecer ante los Parlamentos autonómicos y ante las Cortes Generales. El artículo 502 castiga como reos del delito de desobediencia a los que 'habiendo
sido requeridos en forma legal y bajo apercibimiento dejaren de comparecer ante una Comisión de investigación de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma'. La pena para el delito de desobediencia es de prisión de
seis meses a un año y, si se trata de autoridades o funcionarios públicos, se prevé, además, la pena de suspensión de empleo de cargo público por tiempo de seis meses a dos años. La pena establecida en el apartado 3 de este precepto, para quien
faltare a la verdad en su testimonio ante una Comisión de investigación, ha sido recientemente modificada por la Ley Orgánica, 15/2003 de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, quedando
fijada en prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses.


Hay que citar también el Real Decreto-Ley 5/1994, de 29 de abril, por el que se regula la obligación de comunicación de determinados datos a requerimiento de las Comisiones Parlamentarias de investigación. Así como el artículo 66. Le) de
la Ley General de la Seguridad Social, cuyo texto Refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad
Social, que deja a salvo del carácter reservado de los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración de la Segundad Social en el ejercicio de sus funciones, la cesión o comunicación de los mismos cuando tenga por objeto la
colaboración con las Comisiones parlamentarias de investigación en el marco legalmente establecido. En la misma línea, en fin, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone en su artículo 95.1 que los datos, informes o
antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado y sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada y para la
imposición de las sanciones que procedan, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros, salvo que la cesión tenga por objeto, entre otras, 'la colaboración con las comisiones parlamentarias de investigación en el marco legalmente
establecido'.


De donde se sigue que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico español, quienes son llamados a declarar en una comisión parlamentaria de investigación tienen dos obligaciones básicas: 1) comparecer y 21 no faltar a la verdad. No existe,
por el contrario, obligación de los comparecidos de declarar.


Esta configuración legal puede suponer una grave obstrucción de cualquier investigación parlamentaria en la que, por razón de los hechos investigados, el testimonio de los llamados a comparecer resulte esencial para arrojar luz y alcanzar
conclusiones (en conjunción con el resto de pruebas que sean útiles y pertinentes).


Se hace preciso modificar la regulación legal de las comisiones parlamentarias de investigación en aras de establecer la obligación expresa de declarar de quienes sean llamados a comparecer en las mismas (trasladando a este ámbito
parlamentario los mismos derechos constitucionales que se reconocen a quienes tienen la condición de investigados en una causa penal).


Por otro lado, en el ordenamiento actual, ninguna previsión impide la puesta en marcha de una investigación parlamentaria cuando sobre los mismos hechos existe una investigación judicial en curso. Si bien el alcance de sendas
investigaciones difiere sustancialmente -nos detendremos posteriormente sobre el particular-, la más elemental lógica aconseja posponer cualquier investigación parlamentaria al momento en que el proceso penal haya concluido, no sólo para disponer de
la certeza judicial que se plasma en un fallo firme, sino porque, la más previsible actuación de los llamados a comparecer ante la comisión de investigación, cuando tengan la condición de investigados en el orden penal, será la de guardar silencio,
en aras de preservar su constitucional derecho de defensa. Así lo advirtió el GPVOX en el Pleno celebrado el pasado 1 de octubre de 2020, durante el debate de constitución de la presente comisión cuando, al exponer las razones del citado Grupo para
no apoyar su constitución, se advirtió, entre otras, la enorme pérdida de tiempo, recursos humanos y materiales públicos que supondría en la medida en que, encontrándose abierta una investigación judicial en paralelo, ni podría disponerse de la
documentación judicial (sujeta a reserva legal) ni, era más que previsible, declararían los principales actores en los hechos investigados. Así lo ha corroborado la realidad posterior. Durante los 12 meses que se han desarrollado los trabajos de
la comisión, 20 Diputados y 2 Letrados de Cortes hemos dedicado parte de nuestro tiempo y nuestra actividad parlamentaria a una investigación parlamentaria que, como consecuencia de la investigación judicial paralela, ninguna conclusión permite
alcanzar. No hemos podido acceder a la documentación relevante (amparada su reserva por mandato legal) y, en cuanto a los comparecientes que mayor luz podían arrojar sobre los hechos investigados, éstos, como era previsible,



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se han negado a declarar en sede parlamentaria. La inutilidad de los trabajos desarrollados se ha visto incrementada por la resistencia de los Grupos proponentes (GPS y GPUP) a permitir que compareciesen personas cuyo testimonio era, sin
lugar a dudas, necesario y pertinente, por su conocimiento directo de los hechos investigados (los vocales del GPVOX tuvieron que desplazarse al Centro Penitenciario para conseguir el inicial bloqueo por parte de aquéllos de la comparecencia en la
comisión del Comisario Villarejo). Siendo a la fecha una incógnita los motivos por los que los citados Grupos han impedido que la comisión extendiera su investigación al ámbito del Centro Nacional de Inteligencia y a la presunta participación en
los hechos investigados que los medios de comunicación han publicado sobre quien fuera Vicepresidenta del Gobierno, Dña. Soraya Sáenz de Santamaría (véase que el nombre y objeto de la comisión ya extendía su alcance allende el Ministerio de
Interior, pese a haberse impedido en el curso de los trabajos por parte del GPS y el GPUP).


Se hace preciso modificar la regulación legal de las comisiones parlamentarias de investigación en aras de establecer la imposibilidad de proceder a su constitución en tanto exista una investigación judicial en curso sobre los mismos hechos.


Por último, sobre la interrelación entre ambos ámbitos de investigación -el judicial y el parlamentario- resulta especialmente ilustrativa la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 13 de diciembre de 2018, dada en el recurso de
amparo núm. 4877-2017, promovido contra las conclusiones del dictamen de la Comisión Especial de Investigación de las Cortes Valencianas, aprobadas en sesión de 5 de julio de 2016, sobre el accidente de la línea 1 de Metrovalencia ocurrido el 3 de
julio de 2006, en las que se declara al demandante de amparo responsable político de dicho accidente. En particular, cuando se indica al FJ 8 (en doctrina plenamente trasladable al Congreso de los Diputados):


'8. La cuestión que cumple ahora abordar y constituye precisamente el elemento nuclear de la presente demanda de amparo radica en determinar si la declaración del recurrente como responsable del accidente objeto de la investigación
parlamentaria 'por falta de cumplimiento de la Ley de prevención de riesgos laborales', recogida en una de las conclusiones aprobadas por la las Cortes Valencianas, resulta aceptable o no constitucionalmente desde la perspectiva del derecho al honor
(artículo 18.1 CE). La respuesta al interrogante planteado requiere alguna que otra consideración sobre la naturaleza y el alcance de la actividad investigadora de las Asambleas legislativas en nuestro ordenamiento jurídico.


a) La actividad parlamentaria de investigación, ya se conciba, en un debate doctrinal que dista de ser pacífico, como instrumental de la función de control político, como mecanismo de información, como una facultad de carácter polivalente o,
en fin, como una función autónoma, es una actividad de naturaleza estrictamente política, que en modo alguno puede ser reputada o calificada como jurisdiccional (ATC 664/1984, FJ 1). La separación entre una y otra, cualquiera que sea la Cámara en
la que se desarrolle, se deduce con nitidez del artículo 117.3 CE, que con carácter exclusivo reserva el ejercicio de la función jurisdiccional a los Jueces y Tribunales.


Como este Tribunal ha tenido ocasión de declarar, '[e]l título VI (arts. 117 a 127) de la Constitución, bajo la rúbrica 'Del Poder Judicial', regula un poder del Estado al que identifica con el ejercicio de la potestad o función
jurisdiccional, concebida en sentido estricto como aquella actividad estatal destinada a pronunciar derecho de forma irrevocable y cuyo ejercicio corresponde únicamente a los órganos judiciales. El Poder Judicial lo ejercen los tribunales y
juzgados en su actividad de juzgar y hacer cumplir lo juzgado y, por esta razón, desde una perspectiva orgánica se conceptúa a aquel Poder como el conjunto de órganos dotados de jurisdicción (artículo 117 CE). Aquella potestad, y la consiguiente
reserva constitucional, se define y ejerce siempre en atención a los fines que son propios de cada orden jurisdiccional, que, por lo que al penal importa, no es otro que el ejercicio del ius puniendi del Estado, cuando proceda, mediante la
institución del proceso y en el respeto, desde luego, al conjunto de derechos y garantías constitucionales (en especial, los establecidos en los artículos 24 y 25 CE)'. Así pues, 'los juzgados y los tribunales del orden jurisdiccional penal tienen
atribuido el conocimiento de las causas y de los juicios criminales, con excepción de los que corresponden a la jurisdicción militar (arts. 9.3 y 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial)'. En definitiva, '[l]a potestad de declarar la existencia
de hechos constitutivos de delito y de determinar su autoría corresponde, en exclusiva, a los jueces y tribunales en el ejercicio de la función jurisdiccional' (STC 85/2018, de 19 de julio, FF JJ 5 y 6; y doctrina allí citada).


Sentada la naturaleza no jurisdiccional de la actividad parlamentaria investigadora, ha de añadirse que tampoco las Cámaras son titulares en el ejercicio de esta actividad de la otra manifestación del ius puniendi del Estado, cual es la
potestad administrativa sancionadora, que admite el artículo 25 CE,



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sometiéndola a las necesarias cautelas que preserven y garanticen, con ciertos matices, tanto los principios sustantivos del propio artículo 25 CE como las garantías procedimentales del artículo 24.2 CE (SSTC 77/1983, de 3 de octubre, FJ 2;
93/2018, de 17 de septiembre, FJ 3). En efecto, las Cámaras, que sí cuentan con potestad disciplinaria ad intra, carecen en el desempeño de aquella actividad de facultades directamente sancionadoras y, en consecuencia, no pueden adoptar decisiones
de carácter sancionador en relación ni con el objeto ni con los sujetos de la investigación.


En consonancia con su naturaleza política, las Cámaras, en el ejercicio de sus facultades de investigación, 'emiten, como les es propio, juicios de oportunidad política que, por muy sólidos y fundados que resulten, carecen jurídicamente de
idoneidad para suplir la convicción de certeza que sólo el proceso judicial garantiza' (STC 46/2001, de 15 de febrero, FJ 2). Así pues, sus decisiones, adoptadas libremente, responden a una valoración con arreglo a criterios políticos o de
oportunidad de los hechos investigados y de las actuaciones de los sujetos responsables y carecen de efectos jurídicos (STC 39/2008, de 10 de marzo, FJ 7). Sus conclusiones, en fin, como dispone expresamente para el Congreso de los Diputados y el
Senado el artículo 76. 1 CE, y es predicable en nuestro ordenamiento de cualquier Cámara o Asamblea parlamentaria, no son vinculantes para los Tribunales ni afectan a las resoluciones judiciales (ATC 664/1984, FJ 1).


El ámbito de la actividad investigadora de las Cámaras parlamentarias ha de contraerse, con arreglo a parámetros, no de legalidad, sino políticos o de oportunidad, propios de un órgano de su naturaleza, al esclarecimiento o conocimiento más
exacto posible de los hechos objeto de la investigación, a la determinación de la responsabilidad política o, en todo caso, no en virtud de actuaciones constitutivas de ilícitos penales o administrativos de los sujetos intervinientes en los mismos
y, en su caso, a la formulación de propuestas o recomendaciones. Aquí se agota el ámbito constitucionalmente posible de la actividad investigadora parlamentaria en nuestro ordenamiento jurídico.


b) En atención a su naturaleza es evidente que excede del marco propio de la actividad investigadora parlamentaria no sólo, como es obvio, cualquier posible calificación jurídica de eventuales actos o conductas punibles, sino también su
imputación o atribución individualizada a los sujetos a los que pudiera alcanzar la investigación. En otras palabras, a las Cámaras, en el ejercicio de su actividad investigadora, ni les corresponde efectuar una calificación jurídica de los hechos
investigados, ni llevar a cabo imputaciones o determinaciones personales sobre la autoría de comportamientos ilícitos. Aquella calificación y estas imputaciones o determinaciones, en definitiva, la atribución de comportamientos ilícitos merecedores
de pena o sanción, están reservadas en nuestro ordenamiento a los órganos que tienen encomendado el ejercicio del ius puniendi del Estado, que puede manifestarse de manera constitucionalmente legítima tanto a través del derecho penal como del
derecho administrativo sancionador [STC 215/2016, de 15 de diciembre, FJ 8 a]; esto es, aquellas operaciones están encomendadas en nuestro ordenamiento jurídico a los jueces y tribunales del orden penal en el ejercicio de la función jurisdiccional
o a los órganos de la Administración en cada caso titulares de la potestad sancionadora.


Ello sin perjuicio, como no puede ser de otro modo, de que las Cámaras, si en el curso de una investigación parlamentaria advierten indicios o sospechas de supuestas conductas delictivas, puedan ponerlos en conocimiento del Ministerio Fiscal
para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas (así se prevé para el Congreso de los Diputados, el Senado y para ambas Cámaras conjuntamente en el artículo 76.1 CE y en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 5/1984, de 24 de mayo; y, en
términos similares, en la normativa reguladora de las distintas Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, como dispone, en lo que aquí interesa, el artículo 53.5 RCV para las Cortes Valencianas). De tratarse de ilícitos de carácter
administrativo, tampoco existe obstáculo alguno para que las Cámaras puedan ponerlos en conocimiento del órgano o autoridad en cada caso titular de la potestad sancionadora.


En otras palabras, las conclusiones que las Cámaras puedan alcanzar en el ejercicio de sus facultades investigadoras deben estar exentas de cualquier apreciación o imputación individualizada de conductas o acciones ilícitas a los sujetos
investigados. En este sentido, en modo alguno resulta ocioso traer a colación que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos desde la perspectiva del derecho a la presunción de inocencia en su dimensión extraprocesal (artículo 6.2 CEDH), que encuentra
su específica protección en nuestro sistema de derechos fundamentales, como con anterioridad hemos señalado, por medio de la tutela del derecho al honor (artículo 18.1 CE), ha resaltado 'la importancia de la elección de los términos empleados por
los agentes del Estado en las declaraciones que formulen antes de que una persona haya sido juzgada y reconocida culpable de una infracción'. Con base en esta doctrina, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene declarado que es preciso 'hacer
una distinción entre las declaraciones que



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reflejan el sentimiento de que la personada afectada es culpable y las que se limitan a describir un estado de sospecha. Las primeras vulneran la presunción de inocencia mientras que las segundas han sido consideradas repetidas veces
conformes al espíritu del artículo 6 del Convenio (Marziano c. Italia, n.º 45313/99, § 31, 28 de noviembre de 2002)' (STEDH Lizaso Azconobieta c. España, de 28 de junio de 2011, § 39).'


La citada doctrina, plenamente trasladable al caso presente, permite concluir que se ha faltado gravemente al honor de diversos comparecientes, singularmente, agentes policiales, cuando diversos Portavoces han vertido contra ellos gravísimas
acusaciones en sede parlamentaria, que han rallado la imputación de actuaciones delictivas. Convirtiéndose los Diputados en jueces y, en claro abuso de su inmunidad parlamentaria, emitiendo sentencias condenatorias sumarísimas. Se hace precisa una
reforma de la normativa para impedir que en el futuro puedan reiterarse estas conductas tan lejanas del necesario decoro parlamentario v respeto institucional que debería ser propio de los representantes del pueblo español, introduciendo en la
normativa reglamentaria de las Cámaras un régimen de sanciones expreso para los Diputados.


Para concluir, la Comisión agradece, de manera particular, y menciona expresamente, la labor desarrollada por la Presidenta, Dña. Isaura LEAL FERNÁNDEZ, a lo largo de las sesiones, y la asistencia y apoyo a las labores parlamentarias de los
Letrados de Cortes. En ambos casos, con una exquisita profesionalidad y saber estar.


Nota:


Advertido error en el BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 404, de 23 de febrero de 2022, el ejemplar con cve: BOCG-14-D-404 se ha sustituido por el presente con cve: BOCG-14-D-404-C1.