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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 43-3, de 05/02/2020
cve: BOCG-14-B-43-3 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie B: PROPOSICIONES DE LEY


5 de febrero de 2020


Núm. 43-3



PROPOSICIÓN DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO


410/000004 Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1.


Toma en consideración.


Tramitación en lectura única.


Enmiendas.


Aprobación por el Pleno.


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, ha acordado tomar en consideración la Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1, presentada por los Grupos Parlamentarios
Socialista, Popular en el Congreso y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, núm. 43-1, de 28 de enero de 2020, así como su tramitación directa y en lectura única,
según el artículo 150 del Reglamento.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la enmienda presentada a la Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los
Diputados por la que se modifica el artículo 46.1.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición de Reforma del Reglamento del Congreso de los
Diputados por la que se modifica su artículo 46.1, presentada por los Grupos Parlamentarios Socialista, Popular en el Congreso y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común ('BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 43-1,
de 28 de enero de 2020. Número de expediente 410/000004), cuyo debate está incluido en el Orden del Día del Pleno que se celebra el martes, 4 de febrero de 2020.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2020.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



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ENMIENDA NÚM. 1


FIRMANTE:


Grupo Parlamentario VOX


Al artículo único


De modificación.


Texto que se propone:


El artículo único de la Proposición quedará redactado de la siguiente manera:


'Artículo único.


La redacción del artículo 46.1 del Reglamento del Congreso será la siguiente:


'Artículo 46.


1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:


a) Constitucional.


b) Comisión de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional para el Desarrollo.


c) Comisión de Justicia.


d) Comisión de Interior.


e) Comisión de Defensa.


f) Comisión de Hacienda y Presupuestos.


g) Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


h) Comisión de Educación y Formación Profesional.


i) Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


j) Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


k) Comisión de Sanidad, Consumo, Derechos Sociales, Políticas Integrales de la Discapacidad e Igualdad.


l) Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


m) Comisión de Política Territorial y Función Pública.


n) Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


o) Comisión de Cultura y Deporte.


p) Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


q) Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.'


Disposición final primera.


La presente modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


También se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado'.


JUSTIFICACIÓN


El Grupo Parlamentario VOX defiende la reducción del gasto político en todos los ámbitos. Los principios de economía, eficiencia, eficacia y equidad que han de inspirar la ejecución del gasto público, exigen que el Congreso de los Diputados
evite, en todo lo posible, crear estructuras administrativas artificiosas, por la duplicidad de su objeto, cuales son las Comisiones que no responden a una estricta necesidad y cuyo mantenimiento se sufraga a costa del erario público. Como
igualmente resulta inadmisible trasladar al Poder Legislativo el significativo incremento del gasto público que la elevación del número de Ministerios por la conformación del nuevo Gobierno ha provocado. Así, con la propuesta de enmienda formulada
por el Grupo Parlamentario VOX, que reduce las Comisiones propuestas de 21 a 17, aseguramos la reducción del gasto de la Cámara en comparación con el que se daría de aprobarse la redacción inicialmente propuesta por los Grupos Parlamentarios
Socialista, Popular en el Congreso y Confederal de Unidas Podemos, cumpliendo con ello el artículo 31.2 de la Constitución Española, y sin que vea afectado el regular funcionamiento de las actividades del Congreso.



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El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.1 de la Constitución y en la disposición final segunda del Reglamento y de conformidad con el procedimiento de
lectura única previsto en el artículo 150 del mismo y por el procedimiento de urgencia, la Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1, en los siguientes términos:


REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 46.1


Artículo único.


El artículo 46.1 del Reglamento del Congreso quedará redactado en los siguientes términos:


'Artículo 46.


1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:


1. Constitucional.


2. Comisión de Asuntos Exteriores.


3. Comisión de Justicia.


4. Comisión de Defensa.


5. Comisión de Hacienda.


6. Comisión de Presupuestos.


7. Comisión de Interior.


8. Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


9. Comisión de Educación y Formación Profesional.


10. Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


11. Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


12. Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


13. Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


14. Comisión de Política Territorial y Función Pública.


15. Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


16. Comisión de Cultura y Deporte.


17. Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


18. Comisión de Sanidad y Consumo.


19. Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


20. Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


21. Comisión de Igualdad.'


Disposición final.


La presente modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


También se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.