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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 35-11, de 03/12/2020
cve: BOCG-14-A-35-11 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie A: PROYECTOS DE LEY


3 de diciembre de 2020


Núm. 35-11



PROYECTO DE LEY


121/000035 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.


Corrección de error.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(121) Proyecto de ley.


Autor: Gobierno.


Corrección de erratas advertidas en el texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.


Acuerdo:


Publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de noviembre de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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CORRECCIÓN DE ERRORES


En la página 27, Artículo 13:


En el apartado Seis, letra a), segundo reglón:


- Donde dice: 'entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020'.


- Debe decir: 'entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021'.


En el apartado Seis, letra b), segundo reglón:


- Donde dice: 'entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020'.


- Debe decir: 'entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021'.


En la página 32, Artículo 19:


En el apartado Uno.1., letra l), segundo párrafo, quinto reglón:


- Donde dice: 'que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.'


- Debe decir: 'que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal.'


En la página 99, Artículo 76:


En el tercer apartado:


- Donde dice: 'La orden de la CNAF dice que sí se pueden dar para pruebas y experimentos.'


- Debe decir: 'Dentro de estos márgenes de frecuencia, únicamente se otorgarán reservas de dominio público radioeléctrico en las bandas de frecuencia reservadas en el CNAF al servicio considerado'.


En la página 103, Artículo 76:


En la tabla del apartado 1.3.1, quinta fila:


- Donde dice: 'Banda 1452 a 1492 MHz...'.


- Debe decir: 'Banda 1427 a 1517 MHz...'.


En la página 113, Artículo 76:


En la tabla del apartado 3.1.5.


- Donde dice: '1.452 a 1.492 MHz...'.


- Debe decir: Hay que eliminar esa fila.


En la página 114, Artículo 76:


En la tabla del apartado 3.1.6.


- Donde dice: '1.452 a 1.492 MHz...'.


- Debe decir: Hay que eliminar esa fila.


En la página 114, Artículo 76:


En las tablas de los apartados 3.2.1, 3.2.2, 3.2.3 y 3.2.4:


- Donde dice: '470 a 790 MHz...'.


- Debe decir: '470 a 694 MHz...'.



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En la página 128, Artículo 83:


En el cuadro de coeficientes correctores, segunda fila, tercera columna:


- Donde dice: 'Bahía de Algeciras 0,90 1,00 0,90'


- Debe decir: 'Bahía de Algeciras 0,90 0,90 0,90'


En la decimoctava fila, tercera columna:


- Donde dice: 'Pasaia 1,25 1,00 1,15'


- Debe decir: 'Pasaia 1,25 0,95 1,15'


En la página 165, Artículo 121:


En el apartado Tres:


- Donde dice: '...a que se refiere el Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, para la financiación de las prestaciones a que se refiere el artículo 12, salvo la indicada en el párrafo f), de la citada disposición, serán los
siguientes:'


- Debe decir: '...a que se refiere el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto legislativo
3/2000, de 23 de junio, para la financiación de las prestaciones a que se refiere el artículo 12, salvo la indicada en el párrafo f), de la citada disposición, serán los siguientes:'.


En la página 307, Anexo IV.


En la nota al pie del cuadro, número1, segundo renglón:


- Donde dice: 'las Administraciones Educativas abonarán en 2020...'


- Debe decir: 'las Administraciones Educativas abonarán en 2021...'