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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 31, de 19/04/2017
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2017 XII LEGISLATURA Núm. 31

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ELOY SUÁREZ LAMATA

Sesión núm. 7

celebrada el miércoles,

19 de abril de 2017

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Álvarez de Miranda García), para informar sobre:


Bloque I:


- Informe de fiscalización de los contratos de publicidad y comunicación institucional suscritos por departamentos ministeriales del área de la administración económica del Estado y organismos autónomos de ellos dependientes. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000014 y número de expediente del Senado 771/000014) ... (Página4)


- Informe de fiscalización sobre contratos de publicidad y comunicación institucional suscritos por los departamentos ministeriales del área político-administrativa del Estado. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000021
y número de expediente del Senado 771/000020) ... (Página4)


- Informe de fiscalización de la contratación más relevante de servicios de publicidad formalizada por las entidades del sector público empresarial estatal en los ejercicios 2011, 2012 y 2013. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000162 y número de expediente del Senado 771/000161) ... (Página5)


Bloque II:


- Informe de fiscalización de las actividades liquidadora y agraria del Consorcio de Compensación de Seguros, ejercicio 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000134 y número de expediente del Senado 771/000133) ...
(Página11)



Página 2





Bloque III:


- Informe de fiscalización del inmovilizado no financiero de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, con especial referencia al proceso de segregación de los servicios de prevención ajenos.
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000055 y número de expediente del Senado 771/000060) ... (Página17)


- Informe de fiscalización sobre la gestión y el control efectuados por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en materia de asistencia sanitaria concertada con medios ajenos. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000104 y número de expediente del Senado 771/000104) ... (Página17)


Bloque IV:


- Informe de fiscalización de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, ejercicio 2008. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000012 y número de expediente del Senado 771/000011) ... href='#(Página23)'>(Página23)


- Informe de fiscalización de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicio 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000080 y número de expediente del Senado 771/000080) ... (Página23)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Extremadura, 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000085 y número de expediente del Senado 771/000085) ... (Página23)


- Informe de fiscalización de la Universidad de La Rioja, ejercicio 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000086 y número de expediente del Senado 771/000084) ... (Página23)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Cantabria, ejercicio 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000090 y número de expediente del Senado 771/000090) ... (Página23)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Murcia, ejercicio 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000094 y número de expediente del Senado 771/000089) ... (Página23)


- Informe de fiscalización de la contratación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ejercicios 2014 y 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000161 y número de expediente del Senado 771/000160) ... href='#(Página23)'>(Página23)


- Informe de fiscalización de la Universidad Politécnica de Cartagena, ejercicios 2013 y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000167 y número de expediente del Senado 771/000165) ... href='#(Página23)'>(Página23)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Castilla-La Mancha, ejercicios 2013 y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000170 y número de expediente del Senado 771/000173) ... href='#(Página23)'>(Página23)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Murcia, ejercicios 2013 y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000171 y número de expediente del Senado 771/000170) ... (Página24)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Cantabria, ejercicios 2013 y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000184 y número de expediente del Senado 771/000186) ... (Página24)



Página 3





- Informe de fiscalización de la Universidad de La Rioja, ejercicios 2013 y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000190 y número de expediente del Senado 771/000191) ... (Página24)


- Informe de fiscalización de la Universidad de Extremadura, ejercicios 2013 y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000191 y número de expediente del Senado 771/000188) ... (Página24)


Bloque V:


- Informe de fiscalización de la gestión y control contables del inmovilizado material de la Administración General del Estado. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000114 y número de expediente del Senado 771/000111) ...
(Página31)


Bloque VI:


- Informe de fiscalización de la actividad desarrollada por la Autoridad Portuaria de Valencia en los ejercicios 2007-2010. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000004 y número de expediente del Senado 771/000003) ... href='#(Página36)'>(Página36)


- Informe de fiscalización de la ejecución por la Autoridad Portuaria de Gijón del proyecto de ampliación del puerto de Gijón, ejercicios 2012 y 2013. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000145 y número de expediente del
Senado 771/000146) ... (Página36)


Bloque VII:


- Informe de fiscalización del Consejo Económico y Social, ejercicio 2010. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000009 y número de expediente del Senado 771/000008) ... (Página43)


- Informe de fiscalización del Consejo Económico y Social, ejercicio 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000173 y número de expediente del Senado 771/000178) ... (Página43)


Bloque IX:


- Informe de fiscalización del Fondo Estatal de Inversión Local. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000026 y número de expediente del Senado 771/000025) ... (Página48)


Bloque VIII:


- Informe de fiscalización del Instituto Cervantes, ejercicio 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000057 y número de expediente del Senado 771/000055) ... (Página53)


Debate y votación de las propuestas de resolución:


- Informe de fiscalización de la prestación por las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete Islas Canarias, periodo 2007-2011: Isla de Fuerteventura. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 251/000115 y número de expediente del Senado 771/000115) ... (Página59)


- Informe de fiscalización de la prestación por las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete Islas Canarias, periodo 2007-2011: Isla de Tenerife. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000116 y número de expediente del Senado 771/000118) ... (Página59)



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- Informe de fiscalización de la prestación por las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete Islas Canarias, periodo 2007-2011: Isla de Lanzarote. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000117 y número de expediente del Senado 771/000116) ... (Página59)


- Informe de fiscalización de la prestación por las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete Islas Canarias, periodo 2007-2011: Isla de Gran Canaria. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 251/000132 y número de expediente del Senado 771/000135) ... (Página59)


- Informe de fiscalización de la prestación por las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete Islas Canarias, periodo 2007-2011: Isla de El Hierro. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000150 y número de expediente del Senado 771/000150) ... (Página59)


- Informe de fiscalización de la prestación por las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete Islas Canarias, periodo 2007-2011: Isla de La Gomera. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000147 y número de expediente del Senado 771/000143) ... (Página60)


- Informe de fiscalización de la prestación por las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete Islas Canarias, periodo 2007-2011: Isla de La Palma. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000151 y número de expediente del Senado 771/000151) ... (Página60)


- Informe de fiscalización de la participación de las Fuerzas Armadas españolas en misiones internacionales, ejercicios 2009 y 2010. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000005 y número de expediente del Senado
771/000005) ... (Página61)


- Informe de fiscalización de la financiación extraordinaria de los programas especiales de armamento y material de las Fuerzas Armadas, ejercicios 2012, 2013 y 2014. Análisis especial de los programas de gestión internacional: EF2000,
A400M y TIGER, y de los programas de gestión nacional: BAM, LEOPARD y NH90. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000146 y número de expediente del Senado 771/000147) ... (Página61)


Se abre la sesión a las diez de la mañana.


COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (ÁLVAREZ DE MIRANDA GARCÍA), PARA INFORMAR SOBRE:


BLOQUE I:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS DE PUBLICIDAD Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL SUSCRITOS POR DEPARTAMENTOS MINISTERIALES DEL ÁREA DE LA ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE ELLOS DEPENDIENTES. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000014 y número de expediente del Senado 771/000014).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE CONTRATOS DE PUBLICIDAD Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL SUSCRITOS POR LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES DEL ÁREA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL ESTADO. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000021
y número de expediente del Senado 771/000020).



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- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN MÁS RELEVANTE DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD FORMALIZADA POR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL ESTATAL EN LOS EJERCICIOS 2011, 2012 Y 2013. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000162 y número de expediente del Senado 771/000161).


El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías. Vamos a dar comienzo a esta intensa sesión de la Comisión del Tribunal de Cuentas dándole, en primer lugar, como no puede ser de otra forma, la bienvenida al presidente del tribunal y a las
personas que le acompañan.


Quiero hacer una precisión antes de empezar el debate de los puntos del orden del día. Como todas sus señorías saben, esta sesión está dividida en mañana y tarde. El orden del día planteado no necesariamente nos vincula en el sentido de
que, en función de la velocidad con que se vayan desarrollando los debates, avanzaremos todo lo que podamos hasta las dos de la tarde, luego haremos un receso para comer y después finalizaremos la sesión. Sin más dilación, pasamos al primer debate
del orden del día, que corresponde al bloque I y que contiene el informe de fiscalización de los contratos de publicidad y comunicación institucional suscritos por los departamentos ministeriales del área de la Administración económica del Estado y
organismos autónomos de ellos dependientes, también contiene un informe de fiscalización sobre contratos de publicidad y comunicación institucional suscritos por los departamentos ministeriales del área político-administrativa del Estado y un tercer
informe que contiene la fiscalización de la contratación más relevante de servicios de publicidad formalizada por las entidades del sector público empresarial estatal en los ejercicios 2011, 2012 y 2013.


Tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Muchas gracias, presidente. Buenos días.


Entrando directamente en la presentación de estos tres informes, les quiero indicar que el primero de ellos, el de publicidad institucional del área de la administración económica, fue aprobado el 31 de enero de 2013; el correspondiente al
área político-administrativa del Estado, el 28 de febrero de 2013; y el relativo a la publicidad de las entidades del sector público empresarial de los ejercicios 2011, 2012 y 2013, el 27 de octubre de 2016. Las dos primeras fiscalizaciones tienen
su origen en la resolución de la Comisión Mixta de 3 de octubre de 2006, en la que se acordó solicitar al Tribunal de Cuentas que incluyera en su programa la fiscalización de contratos de publicidad suscritos por todos los departamentos de la
Administración General del Estado, examinando particularmente el cumplimiento de la Ley 29/2005, de publicidad y comunicación institucional. En relación con la planificación y control de la publicidad institucional, no existió en general una
correcta y completa planificación ni un exhaustivo control de la actividad publicitaria tanto por la Administración General del Estado a nivel global como por cada uno de los ministerios de modo individual.


Respecto al análisis de la contratación publicitaria, se han detectado diversas deficiencias, entre las que destaca que los criterios de valoración establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares que rigieron la
contratación de la creación publicitaria de algunas campañas recogieron diferentes aspectos que no responden a criterios evaluables de forma objetiva. Por otra parte, en alguno de los informes de valoración, no consta la motivación de las
puntuaciones que se atribuyeron a cada oferta. También se ha advertido la insuficiente justificación de la necesidad del objeto del contrato o la inadecuada concreción de dicho objeto. Además, los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas
administrativas particulares no contienen los elementos necesarios para concretar las obligaciones del contratista ni especifican las características técnicas que habían de reunir los bienes o prestaciones del contrato ni el precio de los servicios
a contratar. Se ha observado la existencia de contratos menores, de cuyo análisis se concluye que derivan en ocasiones del fraccionamiento de su objeto con el fin de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad, el
procedimiento de contratación o la forma de adjudicación que corresponda. Asimismo, las entidades fiscalizadas han aplicado criterios heterogéneos para la licitación y adjudicación de los contratos relativos a la creación y difusión de publicidad.
Esta heterogeneidad hubiera podido evitarse si se hubiera cumplido el mandato recogido en la ley, que prevé la aprobación por el Consejo de Ministros de los pliegos de cláusulas administrativas generales para la contratación de las campañas
institucionales que debía elaborar la comisión de publicidad y comunicación institucional. Entre otras incidencias relevantes, numerosos contratos de publicidad se modificaron para adaptar la gestión contractual a la realidad material en la que
deben efectuarse sin que se justifiquen con suficiente detalle las nuevas necesidades que, por razón de interés público, determinan la modificación



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del contrato ni tampoco consta su formalización. Las ofertas de los adjudicatarios de diversos contratos no especificaban con precisión las actuaciones previstas y ni el presupuesto ni las facturas presentadas por el contratista reflejaban
el coste individual de las distintas prestaciones. No se ha proporcionado un plan de medios de varios contratos de difusión publicitaria o de sus modificaciones ni el informe final de la ejecución de los planes de emisión aprobados, por lo que no
ha sido posible comprobar la adecuación de los gastos al contrato. Con la excepción del Ministerio de la Vivienda y en el caso de Renfe-Operadora por la realización de campañas de carácter comercial pero con la apostilla Gobierno de España, los
órganos y entidades fiscalizadas se han abstenido de realizar campañas institucionales durante los periodos electorales coincidentes con los ejercicios fiscalizados, tal y como exige la normativa. Los contenidos de las campañas analizadas
cumplieron las disposiciones generales establecidas en la Ley de Publicidad y Comunicación Institucional, resultando sus objetivos coherentes con su actividad y funciones de las entidades que la realizan. También ha sido objeto de fiscalización la
contratación más relevante de los servicios de publicidad por parte de las entidades del sector público empresarial y estatal. La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado justificó de manera contradictoria, por las mismas razones de
eficiencia, la decisión de licitar tanto conjuntamente como por separado los servicios de creación publicitaria y los de gestión de medios. Por lo que se refiere a la Sociedad Estatal para la venta de Loterías y Apuestas del Estado, en un
expediente se aplicaron menores descuentos respecto a los ofertados por la agencia, lo que supuso un mayor coste sin justificación de 600.000 euros. Loterías y Apuestas del Estado contrató la creatividad y producción de la oferta pública de venta
abonando una comisión del 5,5% prevista en el contrato sobre la inversión de la campaña, que incluyó también la de gestión de medios contratada por la sociedad, lo que ha supuesto que se abonaran 279.000 euros más. En la entidad pública empresarial
Renfe-Operadora, los contratos analizados se formalizaron en general varios meses después del comienzo de su ejecución e incluso algunos contratos fueron formalizados cuando ya había terminado su ejecución. En relación con la Sociedad Estatal de
Correos y Telégrafos, no se formalizaron dos contratos que fueron ejecutados por 230.000 y 300.000 euros, colocando a la entidad en situación de indefensión en caso de posibles incumplimientos de los adjudicatarios. Finalmente, respecto a la
adecuación de los principios de eficacia, eficiencia y economía, las entidades carecían de mecanismos para cuantificar y valorar el cumplimiento de los objetivos de las campañas, salvo los estudios de las propias agencias contratadas.


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, tiene la palabra el representante del Grupo Parlamentario Ciudadanos, señor Ten.


El señor TEN OLIVER: Muchas gracias, presidente.


Buenos días, señor Escrivá. Lo que nos presenta usted hoy aquí son informes de 2005, 2006, 2007, 2011, 2012 o 2013; es decir, abarcan tanto a gobiernos del Partido Popular como del Partido Socialista. Son informes poco homogéneos, pero
hay una línea conductora, que es ver realmente la aplicación y la eficacia de la Ley 29/2005, de Comunicación y Publicidad Institucional. En 2012, seis años después de esta ley, todavía se daban casos como el gasto del ministerio de Soria, que fue
prácticamente en exclusiva la promoción de la isla del Hierro o que el Ministerio de Sanidad concentrase sus contratos en diciembre con el único objetivo claro de consumir ese presupuesto. Dado que en 2005 se aprobaron propuestas de resolución para
un periodo posterior del área de la Administración económica del Estado y que el siguiente informe cubre el mismo periodo con conclusiones y recomendaciones similares, me voy a centrar sobre todo en los dos siguientes informes.


En el segundo informe -como el del área económica destaca- no hubo planificación correcta, no se justificó la necesidad de formalizar los contratos y además se buscó evitar los requisitos de la Ley de contratos mediante la firma de
convenios. En el 85 % de estos expedientes fiscalizados no consta justificado el importe por el que se licitaron, por lo que no puede acreditarse que el precio de los contratos fuera adecuado al mercado, lo que supone otra vez una vulneración del
artículo 14 de la Ley de contratación pública. En el Grupo Parlamentario Ciudadanos hablamos de ese capitalismo de amiguetes, hablamos de esos sobrecostes que aparecen cuando nos referimos a estas prácticas que nos ha señalado usted en este informe
y estas deficiencias.


También resulta sospechosa la utilización del convenio de colaboración que permitía eludir la aplicación de los principios de publicidad y concurrencia de la legislación en la contratación pública sin que quedara acreditada su necesidad ni
los criterios para la elección de la persona jurídica con la que se



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celebrara ese convenio concreto. Por último, resulta frustrante que aun cuando la ley contempla la elaboración anual de una planificación y posteriores informes de seguimiento, estos no acaban de cumplir el objetivo de evaluar las campañas
y asegurar el máximo aprovechamiento de los recursos públicos. Todo ello se pone de manifiesto y es que el problema más profundo y la necesidad existente es cambiar la cultura de esta Administración nuestra hacia una mayor evaluación y
responsabilidad del gasto.


El tercer informe sobre la contratación a que hace referencia durante los años analizados señala que no se realizaron estudios formales sobre las campañas publicitarias llevadas a cabo que permitieran mejorar las decisiones sobre las futuras
inversiones en publicidad, salvo en el caso de Correos, de lo cual podemos extraer la necesidad de que las licitaciones incluyeran en todos los casos la exigencia de informes de resultados a las agencias de publicidad contratadas. Si a la
Administración le cuesta evaluarse, que al menos lo hagan sus proveedores por ella. Por el contrario, en las licitaciones de Loterías y Renfe, en numerosas ocasiones -por cierto, señor presidente, nos gustaría que cuando habla de numerosas
ocasiones, si es posible, afinara el porcentaje de esas ocasiones- sobre los contratos revisados resultan claramente insuficientes ya que sus pliegos no incluían los criterios técnicos de preselección de los licitadores, la ponderación entre los
distintos juegos que se utilizaban para la designación de la puntuación otorgada a la estrategia creativa o a los aspectos económicos ni la importancia que se daba a los distintos medios y soportes publicitarios en la valoración económica,
permitiendo favorecer a algún licitador, facilitándole esa información para que presentara su oferta. Prácticas como estas son las que la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia nos indica que han posibilitado esa falta de concurrencia
adecuada, esa falta de eficacia que nos dice que aproximadamente un 25 %, es decir, 48.000 millones de euros, en la contratación pública no cumple los requisitos de eficiencia y eficacia. Esa mayor arbitrariedad se ha constatado en el caso de
Loterías, con un contrato entre la Selae y su homólogo en la República Dominicana -nos pone el ejemplo- que fue resuelto después de que obtuviera unas pérdidas de 500.000 euros frente al 1,5 millones previstos.


Por último, resulta censurable que en los periodos electorales -usted lo ha comentado así-, cuando está prohibido hacer campañas institucionales, en la mayoría de las campañas publicitarias, por ejemplo de Renfe-Operadora, a continuación
siempre aparecía el logotipo con referencia al Ministerio de Fomento, Gobierno de España. Me gustaría saber su opinión, señor Escrivá, sobre si esta conducta sería censurable.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ten.


Por el Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra la señora Palencia.


La señora PALENCIA GARCÍA: Gracias, presidente, y gracias también al presidente del Tribunal de Cuentas.


A lo largo de estos tres informes de fiscalización, el Tribunal de Cuentas reitera determinadas prácticas que en algunos casos específicos nos resultan muy preocupantes. Voy a intentar resumir a grandes rasgos estas conclusiones en tres
aspectos. En primer lugar -también por gravedad-, la falta de transparencia en el sentido de que, por ejemplo, no resulta claro de los pliegos de cláusulas de los expedientes la importancia relativa de los distintos medios y soportes publicitarios
tenida en cuenta en la valoración de las ofertas. Tampoco los informes de valoración justifican la medición de determinados criterios técnicos en detrimento de otros, ya que, como en el caso de la Selae, no se justificaban los criterios utilizados
para valorar todas las ofertas, sino tan solo las que obtuvieron mayor puntuación. En el caso de la Sevalae, ni siquiera se indicaba la manera de asignar los puntos de algunos de los criterios técnicos para la selección del adjudicatario que eran
susceptibles de apreciación objetiva, así como tampoco información de la importancia relativa de cada medio o soporte publicitario tenida en cuenta en la valoración de las ofertas económicas. Grave es también el caso de Correos que, como ha
mencionado el presidente, incluso llegó a no formalizar contratos por importes que en conjunto alcanzaron los 530 millones de euros. Esta situación contraviene flagrantemente lo previsto en el artículo 27 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Se advierte también un cierto abuso en ocasiones injustificado de la figura del procedimiento de urgencia, como en el caso del Ministerio de Fomento, que suscribió con dos empresas contratos adjudicados por medio de esta vía. Estamos de acuerdo con
el Tribunal de Cuentas en que el vencimiento del contrato anterior que se esgrime como argumento no es justificación suficiente para la declaración de urgencia.



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En segundo lugar, la falta de adecuación a los principios de eficacia, de eficiencia y de economía en el doble sentido de que no existe por lo general un seguimiento de las acciones publicitarias llevadas a cabo y de la consecución de
determinados objetivos previstos. De hecho, en el caso de las campañas de publicidad llevadas a cabo por los ministerios de Fomento, Industria y Energía y Turismo, no consta que se hayan realizado estudios previos ni posteriores. No hay un
criterio fijo que aclare si es más conveniente la licitación conjunta o separada de los servicios de creatividad y producción junto con la de gestión de medios. Este tema nos parece especialmente preocupante porque denota una total arbitrariedad en
la adjudicación de los contratos. Es más, en términos contundentes, el propio Tribunal de Cuentas dice: En estos casos, las agencias de creatividad subcontrataban la gestión de medios, lo que en general propiciaba un incremento del precio. Si el
contrato que se hizo conjuntamente aplicando los criterios utilizados por la sociedad cuando contrataba solo la gestión de medios, en tres de los contratos analizados se hubiera obtenido un ahorro por un importe total de 19.763 millones de euros.
Es una cantidad similar al agujero que ha dejado Bankia en las arcas públicas. El asunto, a nuestro parecer, en los términos en los que el propio Tribunal de Cuentas lo expresa, roza lo delictivo. Otro ejemplo significativo de esto lo tenemos en
el informe 251/21 cuando analiza el contrato número 28 del Ministerio de Cultura, que estableció sorprendentemente que el adjudicatario debía comprometerse a invertir los 2.889 millones de euros del total del presupuesto de la Administración. Es
decir, no se buscó el ahorro, sino que deliberadamente y a las claras se pretendía gastar el total del crédito aún cuando no fuera preciso para cubrir las necesidades públicas. Otros datos confirman tendencias totalmente perniciosas para el
cumplimiento de los criterios de imparcialidad, eficiencia, eficacia y economía, como el hecho de que en el caso de la Selae varios miembros del comité de expertos que realizaban la valoración técnica de las ofertas eran a su vez miembros de la mesa
de contratación. Esto vulnera, sin lugar a dudas, el criterio de independencia.


Para terminar, citaré como tercer aspecto que nos parece preocupante la falta de planificación y programación de las actuaciones en materia de publicidad y comunicación institucional. Este asunto enlaza con lo señalado en el punto anterior;
ejemplo de esta carencia es el de las campañas del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las cuales se han centrado prácticamente en su mayoría en los meses de diciembre de cada año, sin que el periodo de tiempo esté justificado por
la naturaleza del mensaje transmitido. Coincidimos en este caso cuando el tribunal entiende que las campañas deberían planificarse de forma que su ejecución no se concentre en un solo mes del año. Además de lo anterior, en el caso concreto del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se advierte en el año 2012 un descenso significativo de las campañas contra la violencia de género y contra la esclavitud sexual. De hecho, pasa de 4,8 millones de euros en 2010 a 1,3 millones
en 2012, tratándose de lo que el propio tribunal denomina campañas recurrentes. El ministerio debería definir objetivos e impactos a medio plazo, en los que se integraran las bonificaciones anuales de las campañas. Este caso es especialmente
sangrante porque se trata de un asunto muy sensible que debe ser abordado como una auténtica política de Estado, sin desviaciones injustificadas de un año para otro, máxime teniendo en cuenta que el presupuesto del que se partía en 2010 no era
especialmente abultado. Aún así, sufre de forma injustificada un descenso muy brusco. Por tanto, por la antigüedad de los informes y la notoria falta de buen hacer en la gestión, que queda patente en estos tres informes fiscalizados, es obligada
la pregunta de sí se ha comprobado por parte del Tribunal de Cuentas si se han corregido al menos en parte estas prácticas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Palencia.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Moreno.


La señora MORENO RUIZ: Gracias, señor presidente, y gracias también al señor presidente del Tribunal de Cuentas.


Es de agradecer que el Tribunal de Cuentas fiscalice la contratación de publicidad de los gestores públicos, materia muy sensible, cuya relevancia trasciende lo contable y entra de lleno en lo político. Es de sobra conocido por todos la
influencia que las campañas de publicidad ejercen en la opinión pública de forma directa y también de forma indirecta financian a los medios de comunicación, cuyas líneas editoriales a su vez ejercen una evidente influencia en la opinión pública.
Nos encontramos, pues, ante una materia especialmente sensible si hablamos de calidad democrática, en la que cada euro es relevante. Por ello es exigible la máxima limpieza y transparencia, como decía, de los gestores públicos.


El panorama que presentan estos informes es muy preocupante, si bien podemos albergar la esperanza, dada la fecha desfasada de los mismos, de que algunas cosas hayan mejorado. De hecho, se



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aprobó la Ley de Publicidad y Comunicación Institucional bajo la presidencia de Rodríguez Zapatero y esperamos que parte de los principios que inspiraron la necesidad de aquella legislación se hayan ido implementando con el paso del tiempo.
Como decía, es preocupante el panorama que presentan los tres informes de fiscalización que analizan los servicios de publicidad contratados por el área económica del Gobierno, su área política y el sector público empresarial. Detectan deficiencias
severas, algunas de las cuales son consideradas incluso delictivas por parte del ministerio fiscal, y desde luego no es de recibo -da igual en materia de publicidad que en materia de gestión pública con carácter general, pero en esta menos todavía-
la realización de pagos indebidos, la aplicación indebida de comisiones, deficiencias en los trámites de los procedimientos de contratación, subrogaciones no autorizadas, deficiencias en la justificación de la ejecución de los servicios de
publicidad o pagos de precios superiores a los contratados. En resumidas cuentas, como indican los informes, las deficiencias señaladas, aunque no prejuzguen -así lo indica el tribunal reiteradamente- la existencia de un delito de prevaricación,
permiten concluir que los procedimientos utilizados no garantizaban en modo alguno el estricto cumplimiento de los principios que deben inspirar la contratación pública, transparencia e igualdad, en los que de manera reiterada se pone énfasis, como
decía, en esa Ley de Publicidad y Comunicación Institucional. No existió en el periodo auditado, salvo actividades parciales, una correcta y completa planificación ni el exhaustivo control de la actividad publicitaria al que se refiere la ley
realizada en cada uno de los departamentos ministeriales fiscalizados y son demasiado abundantes los supuestos de responsabilidades contables o penales, todo lo cual nos lleva a la conclusión de que en esta materia tan sensible como es la
contratación de servicios de publicidad y comunicación institucional, la gestión de fondos públicos dejaba en los años de referencia mucho que desear.


Por último, el Grupo Socialista no quiere dejar pasar, para que conste en el Diario de Sesiones, la escasa colaboración de Renfe que señala el Tribunal de Cuentas, cuestión, tratándose de Renfe o de cualquier organismo del Estado, que nos
resulta intolerable,


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Moreno.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Fole.


El señor FOLE DÍAZ: Gracias, presidente.


El Grupo Popular, cómo no, también agradece la presencia y las aclaraciones que el presidente del Tribunal de Cuentas ha hecho en esta Comisión. Intentaré resumir estos tres expedientes para poner énfasis en cuál es la visión que el
Tribunal de Cuentas refleja sobre la actuación de los organismos y ministerios fiscalizados y cuál es la situación actual. Es necesario tener en cuenta que dos de estos informes se refieren a los años 2005-2007 y el otro a los años 2011-2013, lo
que supone hacer una valoración de los mismos diez años después de que hayan sido fiscalizados y, como dijeron otros compañeros, se supone que algo habrá mejorado y estos informes algo habrán tenido que ver en la actividad actual de comunicación y
publicidad institucional. Entre los objetivos y el alcance de la fiscalización, de estos tres expedientes podemos resumir lo siguiente: comprobar que la liquidación presupuestaria era representativa de las operaciones efectivas y que estaban
justificadas; analizar la regularidad de los contratos y la adecuación de las campañas de publicidad a la Ley 29/2005 de Comunicación y Publicidad Institucional; analizar el cumplimiento del resto de la normativa aplicable; verificar la
existencia de instrucciones, circulares o normas para regular la actividad de comunicación y publicidad; comprobar que la preparación, licitación y adjudicación de los distintos contratos obedeció a una adecuada planificación y programación -todos
los informes hacen mucho hincapié en la falta de planificación y programación-; y comprobar la adecuación a los principios de eficacia, eficiencia y economicidad, como debe ser en la Administración y diferentes legislaciones han ido en esta línea.
A su vez se extraen otras tantas conclusiones y consideraciones por parte del tribunal: necesidad de elaborar pliegos por parte de la comisión de publicidad y comunicación u organismos independientes; revisar los contenidos de esos pliegos para
mayor transparencia, eficacia y eficiencia; mayor control de la justificación de los contratos; mayor control de la acreditación de los aspirantes -esta doble vía tanto de los pliegos como de la acreditación y solvencia de los aspirantes-; mayor
rigor en la medición del impacto y cumplimiento de los objetivos de las campañas -como bien se ha dicho anteriormente, las campañas de publicidad pueden ser muy creativas pero tener un impacto nulo o, por el contrario, pueden tener una creatividad
menos llamativa y, sin embargo, una llegada mucho más profunda a la sociedad; y control sobre la periodicidad y fraccionamiento de los contratos.



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También me gustaría resaltar las alegaciones que presentan los diferentes estamentos. Ante las diferentes incidencias que el Tribunal de Cuentas les plantea, las alegaciones refuerzan la idea de que la documentación o información solicitada
por el Tribunal de Cuentas ya está presentada, es irrelevante o se presentó ante unos organismos que quizá no eran los oportunos: estudios y prospecciones de mercado; insuficiencia de personal para realizar los trabajos de los contratos, etcétera.
Hacen también continua referencia a que existen informes favorables de la Abogacía del Estado a las incidencias planteadas en los informes de fiscalización. Aunque evidentemente no vamos a cuestionar aquí los informes de la Abogacía del Estado,
quizá las competencias o las consideraciones que reflejan esos informes no son equiparables a los que plantea el Tribunal de Cuentas. A veces en la Administración se plantea esta contradicción y lo que uno informa no es lo que el otro requiere.
Así, aparecen contradicciones entre informes y alegaciones. Los justificantes se presentan ante diferentes órganos y la documentación presentada para justificar el cumplimiento de los informes de fiscalización parece que se refieren a otros
aspectos o competencias distintas de las que son fiscalizadas. Se crean también instrumentos que dificultan el seguimiento y control, como hemos leído en algunos informes sobre las guías de comunicación que parece que recogen y reflejan otra serie
de exigencias, y se justifican importes sobre la base de medias y costumbres que vienen haciéndose desde hace años. Que en estos momentos la única medida de control y evaluación sea que se lleva haciendo así desde hace mucho tiempo y pongamos
precios de hace veinte o treinta años, al final lleva a estas distorsiones y diferencias. Los grados de ejecución de los contratos también se valoran de forma ambigua y diferente en función de los ministerios; todo ello lleva a una sensación de
descontrol y desregulación y, por consiguiente, a una falta de eficacia y eficiencia que debe regir en toda actuación pública, por no meterme en otros conceptos que han querido introducir con un tinte más político otros grupos. Que en el año 2017
leamos este tipo de justificaciones en estos informes tan importantes que el Tribunal de Cuentas requiere a otros ministerios sorprende un poco.


A pesar de la importancia que tiene la publicidad en estos momentos, pensamos que desde hace mucho tiempo no se le ha dado el rigor suficiente ni a su contenido ni al coste económico ni a su eficacia y eficiencia, a pesar de lo importantes
que son. Hoy, que estamos en la era de la comunicación, la transparencia, la austeridad, la eficacia y la eficiencia, las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de Cuentas resultan de imprescindible concreción y ejecución, como especificar
protocolos claros, no caer en más burocratización, simplificar los procedimientos, un mayor control y seguimiento de nuestros procedimientos y una gran rigurosidad; cosas y conceptos que deberían ser obvios en la acción de la Administración pública
pero que es necesario fiscalizar y corregir. También es necesario tener en cuenta que el transcurso de los años...


El señor PRESIDENTE: Señor Fole, tiene que ir acabando.


El señor FOLE DÍAZ: Acabo ya, con una frase más, señor presidente.


...ha ido propiciando modificaciones legislativas que han ido corrigiendo estos aspectos. Quiero también resaltar la importancia de que estamos refiriéndonos a una serie de ministerios y organismos, pero es que lo podemos extender, porque
publicidad y comunicación institucional se hace en las comunidades autónomas, en las diputaciones y en todas las entidades locales, on lo cual, cuanto más rigor y más facilidades tengamos en el control de los mismos, mejor será y menos incidencias
tendremos en informes futuros.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Tiene la palabra el señor Álvarez de Miranda para contestar a las cuestiones planteadas por sus señorías.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Muchas gracias.


Empezaré por el final, cuando se ha hecho referencia a que, efectivamente, la publicidad institucional afecta a todas las administraciones públicas, tanto a las estatales como a las autonómicas y locales. Querría resaltar que en este caso
el Tribunal de Cuentas ha efectuado una revisión global porque emitió informes sobre publicidad institucional tanto de entidades locales como de comunidades autónomas y de las diferentes administraciones públicas estatales. Lo que ocurre es que en
diferentes momentos, de acuerdo con el calendario de cada uno de los ponentes de los respectivos expedientes -como ya fue señalado en la presentación del último de estos informes, que se efectuó el 9 de diciembre de 2014-, se



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echa en falta que no se realice una presentación conjunta de la materia de publicidad institucional agrupando a todos los sectores públicos afectados. También se señala en esta comparecencia que nos encontramos ante expedientes muy
retrasados, del año 2006, 2007 y posteriores, con casi diez años de decalaje. Quiero indicar que en este caso, cuando se nos pregunta por el resultado posterior de fiscalizaciones que haya efectuado el tribunal, nos encontramos con que precisamente
en el año 2014 se presentaron en esta Comisión los informes posteriores, es decir, vimos en ese momento los correspondientes a 2011 y 2012 y creo que también 2013. Ha sido simplemente un problema de organización en la presentación de estos informes
lo que ha propiciado que unos informes tan antiguos como estos hayan quedado para el final cuando se vieron los anteriores en el año 2014.


En cuanto a las conclusiones de aquellos informes, ustedes tienen el Diario de Sesiones del 9 de diciembre de 2014. En parte son similares a las presentadas hoy. En la comparecencia surgieron cuestiones muy parecidas a las actuales, porque
ya en aquel momento, realizándolo de una manera particular y expresando una opinión personal, me atreví a decir que la publicidad institucional siempre está en la raya o en el límite de lo que pudiera entenderse como propaganda. Cuando una
Administración vende o publicita lo que ha hecho en un determinado periodo de tiempo tiene que ser muy escrupulosa para no vender la gestión o la acción de los gestores que la dirigen. Precisamente por eso, en este ámbito existen todo tipo de
cautelas para que la publicidad institucional no coincida con periodos electorales, que es uno de los temas por los que ustedes me han preguntado. Lógicamente, el tribunal ha señalado lo que ha verificado en relación con este tema, así como la
cuestión de que en los informes, en los pliegos o en las contrataciones de publicidad institucional se dedique una especial atención al objeto de la contratación, para verificar que existe un interés público de dar expresión a una serie de logros o
de resultados de la acción pública que son necesarios publicitar.


Paso a las cuestiones concretas que ustedes me han planteado. Respecto al contrato de Loterías con República Dominicana, efectivamente, se basó en previsiones que no se cumplieron en absoluto. En ese sentido, creo que el informe ha sido
suficiente y expresamente crítico respecto a ese contrato, como también lo ha sido en relación con la contratación de Loterías en la realización de una serie de contratos en los que se considera que no estuvo bien resuelto el problema de incluir la
negociación tanto de medios como de gestión de campañas, que es uno de los aspectos más críticos en los tres informes que les he presentado.


También quisiera indicar que se ha efectuado una crítica en relación con Renfe cuando se ha incluido la expresión Gobierno de España en periodos electorales. Hemos incluido en este caso una mención negativa porque en ese momento se
introducen por parte de estas entidades aspectos que no son estrictamente institucionales y que, por tanto, deberían estar limitados. En general, en los informes se recomienda separar la contratación de la publicidad por parte de diseño y
producción de la gestión de medios, recomendaciones que están en el tercero de los informes, no tanto en los de la publicidad institucional.


En relación con los informes que realiza la Abogacía del Estado, que efectivamente son informes en los que en muchas ocasiones se da plena validez a las contrataciones efectuadas, tienen una finalidad distinta de los propios del Tribunal de
Cuentas y, por tanto, no es que necesitemos aclarar las diferencias entre los informes del Tribunal de Cuentas y los de la Abogacía del Estado. Yo creo que cumplen funciones diferentes y, por tanto, no hay problema en que entre los mismos exista
diferencia de criterios.


Me ha preguntado también el señor Ten el porcentaje a que me refería en el informe de Loterías. No lo tengo en estos momentos. En el informe yo creo que sí se puede apreciar claramente de qué importancia estamos hablando en relación con
esos asuntos. En todo caso, si usted así lo desea, se le podrá enviar la verificación concreta de esas circunstancias.


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


BLOQUE II:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES LIQUIDADORA Y AGRARIA DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, EJERCICIO 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000134 y número de expediente del Senado 771/000133).


El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos a debatir el segundo bloque, que solo tiene un informe, que sería el de fiscalización de las actividades liquidadora y agraria del Consorcio de



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Compensación de Seguros, correspondiente al ejercicio 2014. De nuevo tiene la palabra el señor Álvarez de Miranda para exponer el informe.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Este informe fue aprobado el 31 de marzo de 2016. Como ustedes saben, el consorcio asume la cobertura del riesgo del seguro agrario combinado como coasegurador y como reasegurador, además del seguro de incendios forestales. La
participación del consorcio como coasegurador en los últimos años ya no tiene por objeto suplir a las aseguradoras, sino la defensa de los intereses públicos a través de su participación del 10 % de la sociedad Agroseguro. Por su parte, la
actuación del consorcio como reasegurador obligatorio de Agroseguro supone el pago de un recargo que forma parte de la prima y que, por consiguiente, se traslada al agricultor. Las cuentas anuales de la actividad agraria reflejan adecuadamente la
imagen fiel de la situación financiera y patrimonial y de los resultados del ejercicio 2014, en lo relativo a la gestión de los seguros agrarios combinados y de incendios forestales. El consorcio constituye la llamada reserva de estabilización con
la diferencia resultante entre las primas de reaseguro y lo pagado por el exceso de siniestralidad; una reserva que ha ido aumentando paulatinamente hasta alcanzar casi 800 millones de euros en 2014. Dicho exceso, que debe asumir el consorcio, se
produce cuando la siniestralidad imputable a un ejercicio es mayor que la suma de las primas de riesgo periodificadas y el llamado recargo de seguridad. La administración del seguro agrario combinado corresponde a Agroseguro, por cuenta de las
aseguradoras. Mediante acta de inspección se puso de manifiesto que la contabilización del reaseguro cedido al consorcio no fue adecuada, al darle a la prima el mismo tratamiento que al recargo de la actividad liquidadora. Los procedimientos de
gestión implantados por el consorcio para tramitar, controlar y contabilizar la información que recibe de Agroseguro son adecuados. En este sentido, cabe destacar los controles que el consorcio realizó en 2014 en la sede de la empresa para
comprobar la veracidad de la documentación que sirve de base para realizar los pagos en cuanto reasegurador.


Respecto de la actividad liquidadora del consorcio, el consorcio asume la liquidación de las entidades aseguradoras que le encomiende el Ministerio de Economía o, en su caso, el órgano competente de las comunidades autónomas; función que
hasta el año 2012 realizaba la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, CLEA. Las cuentas anuales de la actividad liquidadora del consorcio del ejercicio 2014 también reflejan adecuadamente la imagen fiel de la situación financiera y
patrimonial y de los resultados del ejercicio, en lo relativo a la liquidación de las entidades aseguradoras. A finales de 2014 el consorcio tenía registrada deuda por importe de 363 millones de euros contra las entidades en liquidación, derivada
de la adquisición de los créditos de contrato de seguro. La deuda de nueve entidades para las que no se había aprobado el Plan de liquidación por 357 millones coincidía con el importe total de los créditos adquiridos, registrándose un deterioro de
199 millones. Se ha observado tanto en lo referente a la compra de créditos y al pago de los gastos de liquidación, como en lo que respecta a su recuperación, que todas estas operaciones se han contabilizado adecuadamente en los estados financieros
de la actividad liquidadora, que cumplen con la normativa aplicable a las mismas y que los procedimientos de gestión son adecuados y se cumplen. Sin perjuicio de lo anterior, se han detectado determinados incumplimientos en los acuerdos suscritos
anteriormente por la CLEA con dos entidades de crédito, relativos fundamentalmente a la falta de remisión al consorcio de determinada documentación. Los procedimientos y las normas internas que tiene establecido el consorcio para la realización de
los activos de las entidades en liquidación son adecuados y se cumplen en su totalidad. Los pagos a los acreedores en ejecución del Plan de liquidación se han realizado en la proporción que les correspondía. No obstante, se observa que en el caso
de pagos en varias fases, la primera cuando se aprueba el plan y el resto años después, los segundos o terceros pagos deberían haberse realizado a los acreedores, en algunos casos, varios años antes. Finalmente, se ha constatado la falta de unas
normas internas que determinen en qué circunstancias es aconsejable que las inversiones financieras de estas entidades se realicen en nombre del consorcio, los hitos que ha de seguir el consorcio para llevar a cabo el pago a los acreedores, y la
modalidad de depósitos que debe constituir el consorcio a nombre de la entidad en liquidación, así como los procedimientos que han de seguirse para su dotación y aplicación.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Mixto, ¿desean intervenir? (Denegación.)


Tiene, entonces, la palabra del señor Ten, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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El señor TEN OLIVER: Gracias, presidente.


Lo primero que quiero hacer es pedirle disculpas al señor Álvarez de Miranda que antes le he llamado señor Escrivá; le he puesto el cargo ya de presidente de la Airef directamente. (Risas.)


Nos complace tener aquí un informe que refleja adecuadamente esa imagen fiel de patrimonio, que haya una perfecta contabilización de las partidas y de los procedimientos internos. En la actividad agraria, el consorcio, desde luego, asume
esa cobertura de riesgo de seguro agrario combinado en la forma y en la cuantía que anualmente determina el Ministerio de Economía y Competitividad, como nos ha indicado. El ministerio emite, además, una orden en la que se aprueba tanto el
porcentaje de recargo que cobra el consorcio como la forma en la que se ha de calcular el exceso de siniestralidad que ha de pagar el consorcio a Agroseguro y que se repartirá entre las aseguradoras. En el año 2013 se introdujo una modificación en
el cálculo del exceso de siniestralidad que beneficiaba a las aseguradoras. Señor Álvarez de Miranda, le quería preguntar si no cree usted que habría tenido mucho más sentido que dicha modificación hubiese supuesto un abaratamiento para las primas,
es decir, que beneficiase a los pequeños y medianos agricultores. Quizás ese es el auténtico fin social del consorcio de compensación de seguros y no el de las compañías aseguradoras. No obstante, también nos ha comentado que cuando el pago se
realiza en varias fases se ha comprobado que dichos pagos podrían haberse realizado a los acreedores varios años antes.


Para finalizar, el informe destaca la labor de control realizada por el consorcio. Se trata de casi 4.000 controles de peritaciones agrícolas que afectaron a producciones por un valor de 15 millones de euros y para las cuales se pagaron
indemnizaciones por importe de 3 millones. Aunque se dice que los peritos hicieron alegaciones al 22 % de los controles, no aparece que en ninguno de los controles se haya detectado alguna irregularidad. Mi pregunta, para terminar, es a qué se
debe esa falta de detección. Es evidente que quizá se trate de algo excepcional, pero nos parece raro que en ninguno de esos 4000 controles se haya detectado algún tipo de fraude. No sé si entiende el tribunal que se podría mejorar en este
aspecto.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ten.


Por el Grupo Confederal de Unidos Podemos, tiene la palabra el señor González.


El señor GONZÁLEZ GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.


Quiero dar las gracias al presidente del Tribunal de Cuentas, una vez más, por comparecer y por la explicación de este informe. Queríamos empezar señalando algunas de las funciones del Consorcio de Compensación de Seguros, que son las de
indemnizar en régimen de compensación las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios sobre personas o bienes, asumir la cobertura derivada de accidente nuclear en caso de que no se alcance por el conjunto de las entidades aseguradoras el
límite mínimo de responsabilidad civil y, en cuanto al seguro agrario combinado, el consorcio asume también la cobertura del riesgo en este seguro en la forma y cuantía que establezca el Ministerio de Economía y Competitividad, en la doble faceta de
coasegurador y reasegurador. En lo referente a la liquidación de entidades aseguradoras, el consorcio asume la condición de liquidar, cuando se lo encomiende el Ministerio de Economía y Competitividad o, en su caso, el órgano competente de las
comunidades autónomas. Asimismo, en los procedimientos de concurso en los que se encuentran inmersas las entidades aseguradoras, corresponde al consorcio la función de administrador concursal. Derivado de esto, y una vez analizado el informe,
queremos realizar algunos apuntes y preguntar al presidente del Tribunal de Cuentas algunas cuestiones que nos ha suscitado el análisis de los informes.


En cuanto al seguro agrario combinado, por una parte, en el acta de inspección efectuada a Agroseguro por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones realizada en diciembre de 2013, se pusieron de manifiesto las siguientes
deficiencias contables: por un lado, el asiento de la dotación de la reserva de estabilización no se realizó debidamente y, por otro, la contabilización del reaseguro cedido al consorcio no fue adecuada porque se dio a la prima de reaseguro el
mismo tratamiento que al recargo de la actividad liquidadora. Por otra parte, en el ejercicio fiscalizado se pagaron indemnizaciones por un importe total de 205.586 euros, distribuidos entre un conjunto de catorce damnificados. De estos pagos,
doce correspondieron a siniestros producidos en ejercicios anteriores a 2014. A su vez, a finales de este año quedaban por pagar indemnizaciones ligadas a cuatro siniestros. Desde nuestro grupo queremos resaltar que los pagos de estos siniestros
deberían de ser más ágiles. Finalmente, se apunta que se cumple con la legalidad en sus funciones y en la norma para este aspecto, tal y como se relata en el informe.



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En lo que respecta a la actividad liquidadora, a 31 de diciembre de 2014 aún existían cinco entidades cuyo Plan de liquidación se había aprobado entre 1998 y 2006. En todos los casos se aprobó que el Plan de liquidación se realizase en dos
periodos. Se pagó en un primer periodo a los acreedores con el importe obtenido en la realización de la práctica totalidad de los activos y, en un segundo periodo, debían pagarse cuando se resolvieran los activos y pasivos que estaban
judicializados. El primer pago se realizó entre los acreedores conforme al orden que correspondía a sus créditos. Queríamos preguntar por qué, a juicio del presidente del Tribunal de Cuentas, se han alargado tanto en el tiempo estos procesos.
Estas cinco entidades en liquidación mantenían, al cierre de 2013-2014, unas inversiones financieras en depósitos a plazo con unos saldos elevados. En algunos casos las inversiones se realizaron a nombre del consorcio y en otros a nombre de la
entidad; en ambos casos su gestión correspondió al tesorero del consorcio. Ni la normativa que les aplicaba el consorcio para la liquidación de las entidades aseguradoras, ni las normas internas del mismo regulan en qué situaciones debe ser el
consorcio titular de las inversiones financieras en las que se deposita la tesorería de las entidades aseguradoras. En nuestra opinión, debería regularse este aspecto para tener claras las diferentes inversiones y la titularidad de las mismas en
situaciones tan delicadas como las especificadas en el informe. Las dos cuestiones que nos parecen más preocupantes son, por una parte, las deudas de las administraciones públicas con algunas de las aseguradoras implicadas en estas liquidaciones y,
por otra, las deudas de estas aseguradoras con el fisco.


Para concluir, en el informe se pone de manifiesto una buena actuación según las normas del consorcio, pero deberían ponerse en marcha las medidas oportunas señaladas en las recomendaciones del informe, sobre todo en aquellos casos en los
que puede desprenderse un coste adicional para el erario público.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor González.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor González tiene la palabra.


El señor GONZÁLEZ RAMOS: Gracias, señor presidente. Gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas.


Estamos ante un informe de fiscalización de las actividades liquidadora y agraria del Consorcio de Compensación de Seguros del ejercicio 2014 en el cual el Tribunal de Cuentas le aprueba -como vulgarmente podemos decir-. Recordando lo que
el propio presidente del Tribunal de Cuentas ha mencionado hace un momento, el consorcio participa en los seguros agrarios combinados como coasegurador o asegurador directo y también participa en el seguro agrario combinado reasegurando a Agroseguro
mediante un recargo que forma parte de la prima y que se traslada al agricultor. También quiero recordar que en el estatuto del Consorcio de Compensación de Seguros se determinan los órganos de gobierno y de administración, entre ellos el consejo
de administración, la comisión delegada por la actividad liquidadora o la comisión de auditoría, que tiene atribuciones relacionadas con la supervisión del proceso de elaboración y representación de la información financiera y de la eficacia de los
servicios de auditoría interna. Si lo cito es porque efectivamente estas comisiones -sobre todo la de auditoría- han tenido mucho que ver en la trayectoria reciente del consorcio y en el hecho de que las cuentas representen esa imagen fiel del
patrimonio del consorcio.


Aparte de las recomendaciones que usted ha citado, muy particularizadas -en las cuales no voy a entrar-, me he quedado con un tema que creo que es genérico para todos los agricultores que puedan escucharnos en esta comparecencia. Es verdad
que las administraciones tenemos que velar, también en el Legislativo, por que los principios de eficacia, eficiencia y economía de los recursos públicos se lleven a cabo y se cumplan diligentemente. Por eso me he quedado con lo que el informe del
Tribunal de Cuentas dice en la página 21. Detalla la evolución del importe de las subvenciones destinadas a los últimos planes del seguro agrario combinado, reflejados en el cuadro número 1, donde se dice textualmente que se aprecia un aumento
paulatino hasta el plan del año 2010 y un descenso desde ese año. En 2012 se produjo una modificación presupuestaria que redujo la subvención en un 10,20 % y en 2013 volvió a registrarse otro descenso del 19,08 % respecto a la modificación del año
anterior. Es decir, a los asegurados se les ha perjudicado en los últimos años, lo dice textualmente su informe. Por eso, me quedo con la recomendación tercera, en la página 105: el Tribunal de Cuentas recomienda al Ministerio de Economía que
todas las modificaciones que proponga en el coste del seguro redunden en un abaratamiento de las primas, es decir, que beneficien a los pequeños y medianos agricultores, habida cuenta que en estos últimos años se ha mantenido el beneficio que
obtienen las aseguradores mientras que se ha producido un elevado descenso de las subvenciones, acompañado de una caída de la



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contratación del seguro. Esto lo cito porque, desde mi humilde punto de vista, el informe representa y está dirigido a todos los agricultores, y este no es momento de recordar la función social y económica de la agricultura y de sus
agricultores y tampoco es el sitio adecuado para recordar las incidencias que estamos viendo cada semana, fenómenos meteorológicos adversos como granizadas, inundaciones, vendavales, nevadas, heladas, que vienen ocasionando unos daños terribles al
agricultor. Por tanto, por esa función social y económica de nuestra agricultura y también de los propios agricultores, creo que hay que potenciar los seguros agrarios. Por eso, me quedo, insisto, con esa recomendación tercera que hace el Tribunal
de Cuentas y de ahí que sea importante que se sensibilice el propio Ministerio de Economía, y en definitiva el propio Gobierno, y se piense en incentivar el aseguramiento de la actividad agraria. Por tanto, quiero hacerle dos preguntas al
presidente del Tribunal de Cuentas: una, sobre si le ha manifestado algo el Ministerio de Economía o el Ministerio del Agricultura en referencia a esta recomendación y, otra, sobre si ha justificado a la vez ese descenso de contratación de los
seguros.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor González.


Para finalizar este turno de intervenciones, tiene la palabra el señor Bravo, por el Grupo Parlamentario Popular.


El señor BRAVO BAENA: Muchas gracias, señor presidente.


Muchas gracias, presidente del Tribunal de Cuentas, tanto por su comparecencia como por la exposición del informe de fiscalización. En este informe vemos elementos que nos hacen pensar que hay un buen funcionamiento en el Consorcio de
Compensación de Seguros. Permítame que reproduzca tres manifestaciones: imagen fiel, no se han producido limitaciones al trabajo y excelente grado de colaboración; y a esto habría que añadir que estamos analizando un informe de fiscalización del
año 2014, como estamos en el año 2017 entraría dentro del objetivo que todo el mundo tendría que tener de que se planteen los plazos de manera que las actuaciones de comprobación sean suficientemente válidas en el caso de que se encuentre alguna
incidencia.


Permítame que haga alguna valoración más positiva de lo que uno lee en el informe y que el propio presidente ha transmitido, como la reserva de estabilización, que recoge casi 800 millones de euros. En el punto 4.12, de la página 93, se
habla de un error en la contabilización de Agroseguro que sin duda arrastra al Consorcio de Compensación de Seguros, pero ya se reconoce que está corregido en el año 2015. En el punto 4.43 se hace referencia a que se realiza una auditoría por parte
del Consorcio de Compensación de Seguros sin ser necesaria, con lo cual ellos mismos establecen sus propios controles. En el punto 4.46, en Cahispa Vida, el propio tribunal hace referencia a las tasaciones que de manera voluntaria se hacen por
parte del Consorcio de Compensación de Seguros para, atendiendo a los distintos hitos temporales en que se produce la liquidación, ver cuál es exactamente la valoración de los bienes que acompañan a esa liquidación. Incluso en el punto 2.26, en la
actividad fiscalizadora remitida por Agroseguro, Consorcio de Compensación de Seguros, su participación en la misma y el importe contabilizado, el propio tribunal hace referencia a que no hay ninguna incidencia. Esto viene a ratificar que el
funcionamiento del Consorcio de Compensación de Seguros es muy positivo.


Me gustaría hacer una pregunta al presidente del tribunal sobre las recomendaciones y los primeros tres puntos, en los que insta al Gobierno a hacer una serie de actuaciones en materia de reglamento, actividad vinculada a la contabilización
de los intereses. ¿Nos puede informar, por desconocimiento absoluto de la persona que le habla, de cuál es el trámite, cómo se insta a esto al Gobierno y qué respuesta tendría por parte del mismo? Se hace también una referencia al SAI, al Servicio
de Auditoría Interna, por la necesidad de comprobación de resultados, que han sido muy satisfactorios, como ustedes reconocen, e instan al propio consorcio a que siga en esa línea. Otro punto importante sería el tema de las entidades financieras,
cuando ha hecho referencia a que hay algunas que no tienen contrato y que en algún caso produce cierta sorpresa el hecho de que la información no sea suministrada con lo que todo el mundo entendería hoy. En ese sentido, hay que leer también la
parte de las alegaciones, que reconocen perfectamente lo que usted está manifestando, que es verdad que hay obligación de un depósito de 3 millones de euros, que ha sido corregido de manera verbal; como bien indican ustedes en el propio expediente,
parece lógico que eso estuviese en un documento escrito. Ellos también alegan que no han hecho un contrato con el Banco Santander porque entienden que dentro del convenio grande que tienen esto estaba incluido, con lo cual estaba subsumido. No
obstante, asume esas incidencias. Concluyen con algo que es importante transmitir al resto de españoles: el buen funcionamiento del Consorcio de



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Compensación de Seguros, pues durante treinta años y con 790.400 pagos a 31 de diciembre de 2015 nunca ha habido ninguna queja. Eso se debe tener en cuenta. También se hace referencia al depósito de ejecución del Plan de liquidación
referido a dos entidades principalmente: Apolo y Sociedad Andaluza. El propio consorcio reconoce que es una figura un poco excepcional, pero también añade que solamente quedan dos que son de ejercicios muy antiguos y que en los últimos quince años
no se ha abierto ninguna cuenta en esos términos. El propio Consorcio de Compensación de Seguros reconoce que las recomendaciones que se le hacen por parte del tribunal son pertinentes y que de convertirse en definitivas, como así ha sido, serán
lógicamente de aplicación.


Si me lo permite el presidente de la Comisión, me voy a referir a dos o tres cuestiones muy concretas. Se ha hecho referencia por parte de los compañeros de Podemos al acta de inspección. Corríjame si no es correcto, pero creo que el acta
de inspección es a Agroseguro y no al Consorcio de Compensación de Seguros, que tiene una participación del 10%, pero lógicamente no son ellos, con lo cual tiene la incidencia posterior en la contabilización. De hecho, se hace referencia a que no
tiene efectos económicos, sino una deficiencia contable. En segundo lugar ha hecho referencia a ello un compañero también, ¿cuál es la valoración del Tribunal de Cuentas de que en la liquidación de la sociedad Fortia Vida exista una deuda de la
Junta de Andalucía por valor de 4 millones de euros, que renegocia para pagar en cuatro anualidades, solamente paga la primera y finalmente está judicializado? ¿Cuál es la situación que se puede producir para que una entidad pública no cumpla con
el compromiso con una entidad aseguradora? Por último, en la reducción del coste que venía planteando el compañero del PSOE, es cierto que la prima ha bajado. No creo que haga falta recordar a nadie cuál era la situación presupuestaria de España
en los años 2012, 2013 y 2014, pero quizá sí sea necesario atender a la alegación que se hace por parte del Consorcio de Compensación de Seguros, que hace una puntualización a la recomendación tercera del propio Tribunal de Cuentas y además
especifica de manera muy clara que todos los objetivos han ido tendentes a reducir el coste a pagar por los agricultores, porque son prioritarios, como no podemos más que estar de acuerdo con usted en ese sentido, en tres vías: intentar reducir las
primas, intentar reducir el recargo y, en tercer lugar, reducir los costes de gestión del sistema y del recargo de seguridad, con lo cual no todo tiene que estar basado en una subvención, sino que una mejor gestión conlleva rebajas en los costes
para el agricultor y de alguna manera poder facilitar el acceso a la figura del seguro.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Bravo.


Para finalizar, tiene la palabra el señor presidente del tribunal.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Me plantean muchas preguntas teniendo en cuenta que este es un informe extraordinariamente técnico, al hacer referencia a diferentes entidades y a un concepto, como es
el de la actividad aseguradora en este ámbito, en el que intervienen, como hemos dicho, el consorcio, Agroseguro y las compañías, y anteriormente intervenía la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras. Es decir, en los años anteriores nos
encontrábamos con una situación aún mucho más complicada que la que existe en la actualidad. Los informes que realizó el tribunal durante años sobre esta materia destacaron siempre cuestiones relativas a los mismos problemas con los que nos
encontramos ahora, pero yo creo que incluso eran superiores. Nos encontrábamos también con la dificultad en este ámbito de una tesorería excesiva ante entidades que se encuentran en procesos litigiosos muy largos. Por tanto, la resolución de los
asuntos muchas veces está pendiente de que los litigios puedan irse resolviendo.


Por responder a una de las últimas preguntas y no olvidarme de ella, usted, señor Bravo, hace referencia al acta de inspección, que también ha sido mencionada por otros portavoces. Es cierto, el acta de inspección se dirige a Agroseguro y
recoge cuestiones contables. Creo que eso debe quedar claro. En relación con el resto de cuestiones que ustedes me han planteado, no en todos los casos les voy a poder dar cumplida cuenta de todas las preguntas, dado que han sido muchas y muy
concretas con relación al contenido del informe. Les puedo indicar que cuando el tribunal efectúa la recomendación de abaratamiento de primas lo estamos haciendo fundamentalmente para beneficio de pequeños y medianos agricultores. La función del
seguro agrario tiene una gran incidencia social. Yo creo que todos los Gobiernos han tenido la sensibilidad de recoger este objetivo dentro de sus actuaciones, pero también es indudable que estas medidas tienen un impacto presupuestario importante
y, por tanto, su materialización se adecua a las posibilidades presupuestarias de cada momento. Eso no quita para que el tribunal haya incluido esa



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recomendación tercera, porque nos parece de gran importancia la función social que tiene el seguro agrario combinado.


En relación con la actuación concreta del consorcio, me hacen algunas preguntas sobre los controles que se efectúan por parte del mismo y las pocas irregularidades detectadas derivadas de esos controles. Los controles se refieren a
actividades muy estandarizadas, como la verificación de las muestras que los agricultores tienen que guardar en relación con el contrato de seguro que han suscrito y, por tanto, son aspectos que se cumplen en todos los casos, con independencia de
que posiblemente no agotan todas las posibilidades de eventuales irregularidades que se puedan producir en estos supuestos. También me preguntan sobre las recomendaciones respecto del reglamento. Las recomendaciones se han elevado al Ministerio de
Economía y Hacienda. Respecto a cómo se van a materializar estas eventuales recomendaciones, lógicamente, será cuando el informe, que ya ha sido aprobado, se dirija al Ministerio de Economía y Hacienda con la correspondiente recomendación
trasladando literalmente el contenido del informe, y se está a la espera de que dicho ministerio responda en qué manera acepta o no la recomendación y efectúa modificaciones en esta reglamentación en la dirección señalada.


Se me ha preguntado si tenemos información sobre los ministerios de Economía y de Agricultura. No tenemos mayor información que las propias alegaciones que efectúa el consorcio. En las alegaciones, el consorcio dice que se ha hecho un
esfuerzo para reducir las primas de los asegurados y que se ha apoyado la mejora de las coberturas. Esto es lo que el informe recoge al incorporar las alegaciones que se han incluido en el mismo.


Respecto a la actividad liquidadora y la dilatación, como he dicho antes, de los procesos relativos a esa actividad liquidadora, vuelvo a indicar que la existencia de litigios relacionados con las liquidaciones es lo que, de alguna manera,
está dificultando la propia actividad, tal como recoge el informe. El tribunal recomienda que se pague cuanto antes, o cuando lo permita la tesorería, la realización de estos activos litigiosos y, por tanto, que se preste una mayor celeridad a todo
el proceso.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.


BLOQUE III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INMOVILIZADO NO FINANCIERO DE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CON ESPECIAL REFERENCIA AL PROCESO DE SEGREGACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS.
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000055 y número de expediente del Senado 771/000060).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA GESTIÓN Y EL CONTROL EFECTUADOS POR LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN MATERIA DE ASISTENCIA SANITARIA CONCERTADA CON MEDIOS AJENOS. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000104 y número de expediente del Senado 771/000104).


El señor PRESIDENTE: A continuación, damos paso al debate del tercer bloque, que contiene dos informes: uno, la fiscalización del inmovilizado no financiero de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la
Seguridad Social, con especial referencia al proceso de segregación de los servicios de prevención ajenos, y el informe de fiscalización sobre la gestión y el control efectuados por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de
la Seguridad Social en materia de asistencia sanitaria concertada con medios ajenos.


Tiene la palabra de nuevo el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Los dos informes fueron aprobados: el 30 de octubre de 2014, el relativo a la fiscalización del inmovilizado no financiero con especial referencia al proceso de segregación de los servicios de prevención ajena y el 26 de noviembre de 2015,
el referido a la fiscalización sobre la gestión y el control efectuados en materia de asistencia sanitaria concertada con medios ajenos.



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En relación con el informe sobre el inmovilizado no financiero, el informe señala que forman parte del patrimonio de la Seguridad Social los ingresos obtenidos por las mutuas procedentes de distintas cuotas y los bienes en que se invierten
tales ingresos. Además, las mutuas pueden ser titulares de un patrimonio histórico o privativo afecto al fin de la entidad sin ánimo de lucro. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 permitió a las mutuas el desempeño, en relación con
las empresas asociadas, de las funciones de los servicios de prevención ajenos, exigiendo la diferenciación entre las actividades incluidas en la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y el resto de actividades preventivas
financiadas con fondos privados. En 2005, tras un informe del tribunal y la resolución de la Comisión mixta, se acordó que los servicios de prevención ajenos pasaran a prestarse por sociedades dependientes de las mutuas o bien directamente por
ellas, a través de una organización específica e independiente. Ello obligó a un proceso de segregación sujeto a la autorización del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.


En relación con las competencias de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, esta dirección general no había adoptado un criterio homogéneo en las resoluciones de autorización para efectuar inversiones en inmuebles del
patrimonio histórico cedido a la gestión de la Seguridad Social y financiadas con cargo al presupuesto de esta última, lo que ha podido causar indefensión a alguna mutua.


En cuanto al proceso de segregación de los servicios de prevención ajenos, la Intervención General de la Seguridad Social señala que los informes de auditoría de separación definitiva realizados por entidades privadas no formulan
pronunciamiento alguno sobre la efectiva segregación de la actividad de prevención ni sobre si se había ajustado a lo establecido en la normativa de aplicación. La citada dirección general no efectúa actuación alguna en relación con los
incumplimientos puestos de manifiesto. En los informes finales sobre las conclusiones del proceso de segregación, la Intervención General de la Seguridad Social concluyó que en nueve mutuas no se había producido la efectiva segregación. Asimismo,
se indicaba la necesidad de que las deudas pendientes de cobro por el patrimonio de la Seguridad Social o por el patrimonio histórico debían ser objeto de regularización o garantía con carácter previo al inicio de cualquier operación patrimonial
relacionada con la respectiva sociedad de prevención. La dirección general no adoptó medida alguna en relación con las mutuas que no habían dado cumplimiento en sus aspectos significativos a la normativa sobre el proceso de segregación. Respecto a
la participación del patrimonio histórico de las mutuas en el capital de las sociedades de prevención, para las mutuas gallega, balear y Solimat la enajenación de la participación supuso significativas pérdidas para su patrimonio histórico.


En relación con el informe sobre la gestión y el control en materia de asistencia sanitaria concertada, la normativa reglamentaria aprobada en 2011 no fue objeto de desarrollo, por lo que las mutuas siguieron aplicando la regulación
anterior, no habiéndose cumplido todos los requisitos exigidos en aquella en la formalización de los conciertos de asistencia sanitaria. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social no dio cumplimiento a las obligaciones establecidas
al no verificar la consecución por las mutuas de los objetivos de eficacia y racionalización en la utilización de los recursos públicos y de calidad de la asistencia prestada perseguida por la nueva normativa.


Respecto a las actividades de coordinación y tutela encomendadas a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, las funciones de coordinación y tutela se limitaban a la mera recepción por parte de la citada dirección general de
la información estadística procedente de las mutuas sin llegar a comprobarla ni a analizarla y no abarcaba la correspondiente a los dos centros mancomunados. Asimismo, aun cuando las mutuas hubieran remitido correctamente la información, no había
personal suficiente en dicho centro directivo para su revisión y análisis. Por otra parte, de los veinticinco expedientes de asistencia sanitaria remitidos por las mutuas, solo tres habían sido autorizados por la referida dirección general con un
tiempo medio de resolución de 476 días, con el riesgo de que las mutuas estén ejecutando provisionalmente el concierto sin haber recibido la autorización.


En cuanto al grado de cumplimiento de las recomendaciones del informe sobre el procedimiento de contratación de las mutuas, aunque el Gobierno dio cumplimiento formal a las recomendaciones del tribunal y a las resoluciones de la Comisión
Mixta mediante la aprobación de la normativa reglamentaria, su falta de desarrollo posterior ha hecho que dicha normativa haya devenido ineficiente. Tampoco ha existido la efectividad necesaria en relación con otras recomendaciones como las
relativas a las incompatibilidades de los directivos de las mutuas o a la vinculación con los proveedores.


Finalmente, tanto en el primero como en el segundo informe sobre la gestión de las mutuas que han sido objeto de presentación se incluyen resultados de fiscalización específicos sobre las entidades



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seleccionadas en cada una de ellas, y al margen de las deficiencias individuales que se exponen en cada informe, existen también aspectos comunes susceptibles de corrección que dan lugar a las oportunas recomendaciones de cara a la
subsanación futura.


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra el señor Ramírez.


El señor RAMÍREZ FREIRE: Gracias, señor presidente.


Muchas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas, por clarificarnos, como siempre, los informes que nos hace llegar a esta Comisión. Los dos informes, como bien relataba, son de 2014 y 2015, y versan sobre las mutuas de accidentes
de trabajo y enfermedades profesionales. En concreto, la fiscalización se refiere a 2012 y en relación con las comprobaciones sobre inmovilizado no financiero y la segregación definitiva de los servicios de prevención ajenos de las mutuas, aunque
se analizan desde que se inició el proceso de segregación en el año 2005.


Nos preocupa mucho que respecto al inmovilizado no financiero el informe apunte irregularidades en la aplicación del IVA que la IGAE no ha reportado a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Nos parece que debía estar
informado de esa falta de uniformidad en la aplicación del IVA y que tendría algo que decir respecto a la Agencia Tributaria. Por tanto, lo primero que le quería preguntar, señor presidente, es si no cree usted que se debería haber informado por
parte de la Intervención General a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, si la Agencia Tributaria ha sido consultada, o al menos advertida, de las evidencias expuestas en este informe por parte del Tribunal de Cuentas y si se ha
dirimido o se ha producido alguna otra responsabilidad en este ámbito de falta de homogeneidad o de aplicación irregular en el caso del IVA del inmovilizado no financiero. Asimismo la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, como nos estaba
relatando, supuso un nuevo marco jurídico e institucional de la seguridad y salud en el trabajo en línea, sobre todo, con la Unión Europea y teniendo en cuenta que en ese año -y seguro que algunos se acordarán- la siniestralidad laboral alcanzaba
cotas muy elevadas y era un elemento de presión social.


El nuevo marco legal permitía a las mutuas desarrollar los servicios de prevención sujetos a los mismos requisitos que las empresas privadas, eso sí, diferenciando las que se financiaban con fondos públicos de las actividades preventivas a
desarrollar como servicios de prevención ajenos, que se financiaban con fondos privados. Además, se exigía que ambos servicios se mantuvieran totalmente diferenciados -de ahí lo de la segregación-, tanto en lo que respecta a medios materiales como
a los recursos humanos y financieros empleados. Este proceso de segregación de los servicios de prevención ajenos se debió hacer a partir de 2005 y la Intervención General de la Seguridad Social, como nos ha dicho usted hoy, emitió un informe en
2013, en el que se pronunciaba sobre si se estaba produciendo realmente y de forma efectiva esa segregación. Lo que dice el informe es que nueve de las veintiocho mutuas no habían cumplido con el encargo y, sin embargo, el tribunal destaca que no
se adoptó ninguna medida al respecto. Es decir, la dirección general no produjo ninguna sanción a este respecto. Esta incapacidad de la Administración para actuar sobre sus propios informes de alerta es quizá lo más preocupante de lo que se trata
en el día de hoy respecto al tribunal, más allá de las irregularidades que estoy seguro de que, como el diputado del Partido Popular nos recordará, siempre puedan producirse.


Por último, nos parece importante destacar la necesidad de controlar que las inversiones en inmuebles financiadas con cargo a la Seguridad Social sean verdaderamente imprescindibles, evitándose gastos suntuosos, gastos que luego no sirven
para nada, gastos superlativos -y el informe relata ejemplos de manera profusa- como los que se produjeron en Aranjuez, en Colmenar Viejo o incluso en Valencia, en el caso de las mutuas. Desde luego, este cuidado y la máxima vigilancia a la hora de
producirse un gasto de los fondos públicos se debería extender a toda la Administración.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez.


A continuación, tiene la palabra, por el Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, la señora Palencia.


La señora PALENCIA GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.


Voy a comenzar con el informe sobre fiscalización del inmovilizado no financiero de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. Observamos en él que el



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Tribunal de Cuentas muestra distintas problemáticas sobre las competencias de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. El informe pone de manifiesto que no existen criterios homogéneos para el pago de inversiones, así como
para las operaciones patrimoniales. Vemos también que hay una falta evidente de actuación de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, a pesar de que la Intervención General sí manifestó que nueve de las mutuas no cumplían con la
normativa. Asimismo esta institución dejó constancia de la necesidad de regularizar las operaciones de compraventa ante la heterogeneidad de criterios, mientras que la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social no ha tomado las medidas
necesarias para evitar incumplimientos e irregularidades tanto en materia de operaciones de inmovilizado como en el proceso de segregación de servicios de prevención de riesgos y operaciones de patrimonio, como el diputado del Grupo Ciudadanos ya ha
comentado y no voy a repetir.


Voy a continuar con el informe sobre la gestión y control efectuado por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en materia de asistencia sanitaria concertada con medios ajenos. De dicho
informe se desprenden cinco conclusiones básicas que para mi grupo parlamentario son de extraordinaria gravedad. La primera es la más absoluta falta de fiscalización y control de estas mutuas por parte de la Dirección General de Ordenación de la
Seguridad Social, lo que, atendiendo a la cantidad de gasto público que suponen, nos resulta un absoluto escándalo. La segunda es el incumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1630/2011, que implica que sigan prevaleciendo los acuerdos con
entidades privadas, que suponen algo más del 90 %, frente a las públicas, que no llegan al 10 %, y que se hayan incumplido las condiciones económicas establecidas para tales conciertos. La tercera es la imperiosa necesidad de desarrollar el citado
Real Decreto 1630/2011 para evitar que las mutuas sigan incumpliendo los requisitos para poder concertar la asistencia sanitaria con medios ajenos. La cuarta es el incumplimiento por parte de las mutuas del procedimiento establecido en la Ley de
Contratación del Sector Público, que es de aplicación obligada. Y la quinta es la falta de control sobre la falta de vinculación de los proveedores de asistencia sanitaria con las propias mutuas, que usted ha citado. La pregunta que nos surge es:
¿Qué ha hecho la Dirección General de Ordenación desde la aprobación del Real Decreto 1630/2011 hasta la actualidad y a quién beneficia esa falta de diligencia en la fiscalización del control del gasto? Es sorprendente que mientras que el
Ministerio de Empleo mira con lupa las prestaciones que percibe una persona desempleada, este tipo de conciertos, que se acercan a los 300 millones de euros, no sean fiscalizados lo más mínimo. La pregunta obligada es si el presidente del Tribunal
de Cuentas considera que se está permitiendo a las mutuas incumplir la legalidad vigente.


La siguiente cuestión es este dejar hacer, que parece evidente que se ha establecido, a pesar de las reformas legislativas, en relación con las mutuas en materia de contratación de asistencia médica privada. El informe destaca que las
múltiples irregularidades detectadas en los contratos de las mutuas fiscalizadas -Fremap, Asepeyo, Ibermutuamur, Umivale y la Mutua de Accidentes de Canarias- llevan al propio Tribunal de Cuentas a dudar de que los pagos realizados por las mutuas a
las entidades privadas con las que se concierta correspondan realmente a los servicios prestados. Nos encontramos otra vez con una clara mala utilización de los recursos públicos, con un clarísimo desvío de fondos públicos para sostener la sanidad
privada y con que algunos se enriquezcan a costa de la salud, en este caso la salud de los trabajadores y de las trabajadoras, que ven cómo la atención a sus bajas laborales por enfermedad se ven afectadas, bien en forma de carencias asistenciales,
bien con controles e inspecciones que muchas veces rozan el absurdo o incluso con denegación de la propia baja laboral. En definitiva, se evidencia que la gestión privada no solo no resulta mejor que la pública, sino que incluso es más cara para el
gasto público. Por esta razón coincidimos plenamente con la recomendación del Tribunal de Cuentas relativa a que las mutuas utilicen los servicios públicos de salud en los conciertos. Incluso iríamos un paso más allá proponiendo un modelo que
progresivamente conduzca a que todo lo que tenga que ver con la salud de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país se gestione directamente por los servicios públicos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Palencia.


A continuación, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Socialista, la señora Botella.


La señora BOTELLA GÓMEZ: Muchas gracias.


Tal y como han dicho los diputados que me han precedido en el uso de la palabra, los dos expedientes que estamos viendo causan asombro por el número de deficiencias que señalan, que afectan directamente a la Secretaría de Estado de la
Seguridad Social, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y muy directamente a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. En ese sentido, si en el



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expediente anterior hablábamos de que el Tribunal de Cuentas aprobaba, en este caso claramente suspende y es un suspenso directo a la gestión, como han manifestado los diputados y la diputada que me han precedido. Habría que recordar que
una mutua es una entidad sin ánimo de lucro que colabora con el sistema de la Seguridad Social y que por ello tiene responsabilidades de todo tipo; desde luego, tienen responsabilidades funcionales por el servicio que debe prestar a los
trabajadores y a las empresas en este país, y porque los recursos económicos que manejan las mutuas son fondos públicos de la Seguridad Social, por lo que los excedentes de las mutuas tienen que ir otra vez al Fondo de reserva de la Seguridad Social
y no constituyen beneficios a repartir. Para los diputados y diputadas de esta Comisión es especialmente sensible e importante ver qué pasa con esas pérdidas y deficiencias respecto a esos recursos que aquí se han detectado.


Ya se ha hablado de los informes y no voy a entrar en detalle, pero ambos informes tienen el común denominador de una pésima gestión de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social por inacción e incumplimiento de sus propias
normas. Algunos de los datos que el propio presidente ha destacado de manera somera esos veinticinco expedientes de los cuales solo se tramitaron tres y tras un plazo de más de un año producen inseguridad a las propias mutuas por la falta de
adopción de medidas por parte de la correspondiente Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. En el Grupo Parlamentario Socialista creemos que los elevados fondos públicos que manejan y la deuda que en esas fechas podemos ver que
tenían las mutuas respecto a la Seguridad Social hacen imprescindible tomar algunas medidas relevantes respecto a la actuación de la Administración General del Estado. Como digo, los informes suspenden y constituyen un auténtico varapalo a la
gestión del ministerio y a los servicios que debe prestar, que es lo que más nos preocupa. Como decía el diputado de Ciudadanos, habrá que ver cómo responde la Agencia Tributaria ante temas tan graves como la falta de criterio y homogeneidad
respecto a los criterios de manejo del IVA y de qué manera el Tribunal de Cuentas entiende que ahora se deben dar los siguientes pasos. Como se señala aquí, el ministerio fiscal y la Abogacía del Estado no han apreciado la existencia de posibles
indicios de responsabilidad, pero, tanto de la gestión de las propias mutuas como de la inacción de los máximos responsables del ministerio, se desprenden responsabilidades evidentes que habría que acotar de alguna manera con el firme propósito de
que no vuelva a producirse esta situación y se atiendan las recomendaciones expresadas por los informes.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Botella.


Por el Grupo Parlamentario Popular, la señora Aparicio tiene la palabra.


La señora APARICIO CALZADA: Buenos días, señor presidente.


Reitero nuestro agradecimiento por la presencia del presidente del Tribunal de Cuentas para dar constancia de los informes elaborados y realizar las aclaraciones oportunas.


En cuanto a los dos informes de los que estamos hablando, tenemos que empezar diciendo que no podemos olvidar que el Real Decreto-ley 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación
por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, fue aprobado dando cumplimiento a las recomendaciones del informe del Tribunal de Cuentas aprobado en sesión de 26 de marzo de 2009 y de las propias
recomendaciones aprobadas por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, si bien es cierto que el no desarrollo por parte del Ministerio de Trabajo e Inmigración y del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad en el
ámbito de sus competencias acarrea consecuencias como que las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social hayan seguido formalizando los servicios de asistencia sanitaria con medios ajenos aplicando la normativa anterior o que no se hayan podido
formalizar los conciertos por las mutuas según los requisitos exigidos en el real decreto. En este grupo parlamentario, de acuerdo con las conclusiones contenidas en los informes que estamos analizando y las recomendaciones que da el propio
tribunal, esperamos que a lo largo del tiempo transcurrido se hayan podido ir cumpliendo estas recomendaciones y no estemos hablando de la misma situación. Aquí parece reseñable la necesidad que destaca el propio Tribunal de Cuentas -una necesidad
común a las distintas mutuas fiscalizadas- de que se fomente la suscripción de convenios de colaboración con las administraciones públicas sanitarias, con el fin de que la prestación de que precisen sus asegurados se efectúe prioritariamente con
recursos sanitarios públicos.


Entro ahora a analizar la fiscalización que se realizó de Fremap por parte del Tribunal de Cuentas. Tengo que reseñar que es un punto en el que espero que se haya corregido de alguna manera la



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necesidad de comprobación de la solvencia de las empresas con las que se realizan esas contrataciones y que no se repitan situaciones en las que haya empresas que hayan podido estar en concurso de acreedores o que hayan sido creadas
exclusivamente para estas contrataciones. Repito, confío en que estas situaciones se hayan ido corrigiendo, así como en la necesidad de que haya un mayor control de la facturación y de la disposición de recursos tanto humanos como materiales.
Podemos hablar también de un hecho común al analizar estos informes con las mutuas de Asepeyo, Ibermutuamur, Umivale, Mutua de Accidentes de Canarias, Hospital Intermutual de Levante; el hecho de que las propias instrucciones internas que tienen de
contratación no son del todo acordes con la legislación de contratación del sector público vigente respecto a la contratación menor en cuanto a plazos y cuantías. A nuestro grupo parlamentario le gustaría saber si el presidente del Tribunal de
Cuentas tiene constancia de que estos comportamientos o esta forma de contratación de las mutuas han sido corregidos de alguna manera.


Por otra parte, en cuanto a la fiscalización del inmovilizado no financiero de las mutuas de accidentes a las que nos estamos refiriendo, entendemos y compartimos la recomendación dada por el Tribunal de Cuentas en aras de incrementar la
solvencia y optimizar los recursos de las mutuas fiscalizadas y a la vez poder conseguir una homogeneización en la gestión de estos recursos. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social debería analizar las distintas posibilidades a las que se hace
referencia en este informe con respecto a excepcionar a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social del cumplimiento del apartado 2, del artículo 50, del Real Decreto 1993/1995, en lo referente a que
puedan arrendar a terceros los inmuebles vacíos pertenecientes a su patrimonio histórico, así como incluir a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el ámbito de aplicación del artículo 14.2 del Real Decreto 1221/1992,
con el fin de que las mutuas que requieran arrendar un inmueble puedan tener acceso al censo de inmuebles vacíos gestionados por la Tesorería General de la Seguridad Social. Aquí sí que me gustaría hacer referencia -sin entrar en polémica- a que
parece que el resto de los grupos políticos estamos hablando de una legislación no aplicable durante el Gobierno del Partido Popular; parece que nos olvidamos de que antes han estado otros y no han hecho lo que pretenden que haga el propio Partido
Popular.


Para finalizar, compartimos las recomendaciones que realiza el Tribunal de Cuentas con respecto a la Mutua Montañesa, Fremap, Solimat, Mutua Gallega, Mutua de Accidentes de Canarias, etcétera, en cuanto a la realización de comprobaciones
periódicas de su inventario y regularización de las diferencias que hayan podido encontrar a raíz de esas comprobaciones, la amortización de los bienes en el plazo establecido por el Plan general de contabilidad pública adaptado a las entidades que
integran el sistema de la Seguridad Social y en atención a la resolución de 14 de diciembre de 1999 de la Intervención General de la Administración del Estado.


Concluyo. Nuestro grupo parlamentario comparte, en general, las recomendaciones que realiza el Tribunal de Cuentas en estos dos informes.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Aparicio.


Tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas para responder a las cuestiones planteadas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Quisiera indicar que, generalmente, por parte de los representantes de los grupos parlamentarios, de los señores diputados y senadores, se me han planteado aquellas cuestiones que el informe recoge y que señala como elementos críticos y como
irregularidades de la gestión puesta de manifiesto por la fiscalización, llegando generalmente cada uno a sus propias conclusiones y estableciendo sobre ellas las consideraciones que han estimado oportunas, que no voy a entrar a valorar porque el
trabajo del tribunal ha quedado en determinar lo que el informe incorpora y mi función no tiene la posibilidad de ir más allá de lo que el propio informe dice. Lo que el informe señala en estos dos expedientes es suficientemente expresivo, y creo
que ustedes han tenido elementos suficientes para desgranarlo en cada uno de los apartados.


Únicamente querría hacer algunas precisiones sobre cuestiones que ustedes han dicho. Una de ellas es la petición de información de qué es lo que se hace en los casos en los que los informes del tribunal señalan, como en este caso concreto,
algún tipo de responsabilidad tributaria. Indicaré que el tribunal ha dado traslado a la Agencia Tributaria de la correspondiente inclusión en el informe de los contenidos que hacen referencia a la no aplicación uniforme de la aplicación del
impuesto sobre el valor añadido y que



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también esta misma petición por parte del fiscal se ha dado traslado a los estamentos oportunos. Quisiera decir también que una de las cosas que ustedes no han señalado en sus intervenciones, pero que el informe sí ha querido dejar claro,
es que la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que es una de las entidades que queda más afectada por la gestión de estos dos informes, tiene unas carencias estructurales de personal que necesariamente afectan a los propios
resultados de su gestión. Por tanto, en las recomendaciones que el tribunal incorpora en sus informes lo que se está planteando es que, efectivamente, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social pueda efectuar sus funciones con una
mayor dotación para realizar una efectiva labor de control respecto de las mutuas, tanto en el inmovilizado como en la gestión de asistencia sanitaria concertada que desarrollan.


Por otra parte, en las recomendaciones del tribunal se indica que las mutuas puedan acceder al arrendamiento de los inmuebles vacíos de la Tesorería General con el fin de ahorrar y optimizar los recursos de la Seguridad Social. Este es un
aspecto que me parecía importante señalar en relación con lo que ustedes han planteado. Además, a pesar de que el informe contiene irregularidades muy notorias, no creo que se pueda deducir del mismo que haya existido una actuación dolosa de la
Dirección General de la Seguridad Social a favor de las mutuas. Este es un aspecto que me parece importante dejar claro, entre otras razones porque, como les he señalado, no han existido peticiones de responsabilidad distinta de la de alcance por
parte de aquellos que tendrían la posibilidad de señalar ese tipo de responsabilidades.


Nada más. Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


BLOQUE IV:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO, EJERCICIO 2008. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000012 y número de expediente del Senado 771/000011).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA, EJERCICIO 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000080 y número de expediente del Senado 771/000080).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000085 y número de expediente del Senado 771/000085).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA, EJERCICIO 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000086 y número de expediente del Senado 771/000084).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, EJERCICIO 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000090 y número de expediente del Senado 771/000090).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, EJERCICIO 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000094 y número de expediente del Senado 771/000089).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA, EJERCICIOS 2014 Y 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000161 y número de expediente del Senado 771/000160).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA, EJERCICIOS 2013 Y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000167 y número de expediente del Senado 771/000165).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, EJERCICIOS 2013 Y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000170 y número de expediente del Senado 771/000173).



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- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, EJERCICIOS 2013 Y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000171 y número de expediente del Senado 771/000170).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, EJERCICIOS 2013 Y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000184 y número de expediente del Senado 771/000186).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA, EJERCICIOS 2013 Y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000190 y número de expediente del Senado 771/000191).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, Ejercicios 2013 Y 2014. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000191 y número de expediente del Senado 771/000188).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, pasamos al debate del bloque IV, que es denso. Contiene los informes de fiscalización de las universidades: Internacional Menéndez Pelayo, ejercicio 2008; Universidad Politécnica de Cartagena, 2012; Universidad de
Extremadura, 2012; Universidad de La Rioja, ejercicio 2012; Universidad de Cantabria, también del ejercicio 2012 al igual que la fiscalización de la Universidad de Murcia. Informe de fiscalización de la contratación de la Universidad Nacional de
Educación a Distancia, ejercicios 2014 y 2015. Universidad Politécnica de Cartagena, 2013 y 2014. Informe de fiscalización de la Universidad de Castilla-La Mancha, ejercicios 2013 y 2014. Informe de fiscalización de la Universidad de Murcia, 2013
y 2014; al igual que la Universidad de Cantabria, de los mismos ejercicios, 2013 y 2014; de la Universidad de La Rioja, y de la Universidad de Extremadura, por los mismos ejercicios, 2013 y 2014.


Tiene la palabra, de nuevo, el señor presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, señor presidente.


El Tribunal de Cuentas ha prestado especial atención a los ejercicios de fiscalización de las universidades públicas, habiendo realizado la fiscalización de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo; la de la contratación de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, y el conjunto de fiscalizaciones, sobre todo a las universidades públicas, de las comunidades autónomas que no disponen de órgano de control externo propio, correspondientes a los ejercicios 2012, 2013
y 2014.


En relación con el informe de fiscalización de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo del ejercicio 2008, el presupuesto inicial, que ascendía a 16 millones de euros, se elevó hasta los 47,5 millones, como consecuencia del convenio
firmado por el Ministerio de Educación y Ciencia, por el que la Universidad Internacional Menéndez Pelayo organizaba cursos de inmersión en lengua inglesa. En las cuentas anuales no figuran registrados varios inmuebles adscritos o cedidos a la
universidad, incluso a la sede principal en Madrid. Los saldos de tesorería al cierre del ejercicio eran totalmente desproporcionados en relación con el volumen de operaciones, si bien en gran parte por las transferencias recibidas del ministerio.
La plantilla de la universidad se encontraba muy descompensada al haber solo un funcionario del subgrupo A-1 y un laboral del grupo 1, mientras que el 75 % del personal pertenecía a grupos más bajos, sin perjuicio de que muchos ocuparan puestos de
categoría superior durante años, como ocurría con el vicegerente del subgrupo A-2. En materia de contratación, se observaron deficiencias comunes, como la falta de motivación suficiente de actos esenciales, la falta de documentación de varios
expedientes, y la ausencia de firmas o fechas en documentos contractuales, como son los pliegos.


En relación con el informe de contratación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ejercicios 2014 y 2015, esta universidad remitió en plazo las respectivas relaciones certificadas y los extractos de los expedientes de
contratación. En varios de los expedientes no se justificaba adecuadamente la necesidad que motivó la contratación celebrada. Existen otras deficiencias en la fase de preparación, como la falta de justificación de la utilización del procedimiento
negociado por motivos de protección de derechos, al no haber quedado acreditado que la adjudicatario estuviera en poder de los mismos. En varios de los expedientes se apreciaron incidencias en la valoración de las ofertas por la mesa de
contratación, así como no consta la negociación efectiva de los contratos adjudicados mediante



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procedimiento negociado, si bien en 2015 se subsanó parcialmente al permitir mejorar las ofertas económicas. Por lo que se refiere a la ejecución en uno de los contratos, las prestaciones realizadas por el adjudicatario excedían de las
establecidas en los pliegos; y en los otros dos contratos, cuyo precio dependía del número de horas efectivamente trabajadas, se excedió el número de máximo de horas susceptibles de facturación.


En relación con los informes sobre las universidades públicas de comunidades sin norma de control externo para los ejercicios 2012, 2013 y 2014, los resultados de estos informes ofrecen gran similitud con los del informe de fiscalización de
las universidades públicas, ejercicio 2012, realizado por el Tribunal de Cuentas en colaboración con todos los órganos de control externo, que fue aprobado el 29 de enero de 2015, y presentado ante esta Comisión el 24 de marzo siguiente. Con
carácter general, las cuentas de estas universidades fueron rendidas en plazo y reflejan, en sus aspectos más significativos, la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial y los resultados de los ejercicios fiscalizados. En la mayoría de
las universidades fiscalizadas tales cuentas han sido auditadas por empresas externas, posibilidad que, aunque está recogida entre las competencias del Consejo Social, sin embargo es habitual la omisión de este órgano en la contratación realizada.
Por otra parte, las universidades continuaban sin implantar en los ejercicios fiscalizados un sistema de contabilidad analítica, tal y como exige la Ley Orgánica de Universidades y que resulta esencial para conocer los costes imputables a los
servicios académicos.


Por lo que se refiere a sus entidades dependientes, algunas universidades, como las de Cantabria y La Rioja, declararon no tener entidad alguna de esta naturaleza, si bien en alguno de los casos la especial relación con determinadas
fundaciones lleva a concluir que tengan la consideración de dependientes de la universidad y, por tanto, que deberían remitir sus cuentas al Consejo Social a través del Consejo de Gobierno.


Muchas de las universidades disponían de una unidad de control interno dependiente de la gerencia, lo que supone una debilidad por tratarse del órgano gestor al que deben controlar. Como novedad, se analiza el cumplimiento de las
prescripciones sobre transparencia observándose universidades que han creado un portal de transparencia, mientras que otras ofrecen información relevante en su página web, si bien con algunas incidencias.


En relación con los recursos humanos de que disponían las universidades, se observa una ligera disminución inferior al 2 % que opera en todas las categorías excepto en la de personal docente e investigador contratado. Como excepción, en la
Universidad de La Rioja la minoración de este personal docente e investigador funcionario llega casi al 4%, incrementándose el contratado en un 7 %. Se ha observado una evolución moderada o positiva respecto a la investigación y al desarrollo, con
el aumento de centros o institutos universitarios de investigación o de grupos de investigación catalogados. No obstante, se constata el descenso total del personal dedicado a I+D y la reducción del gasto medio por alumno.


En la mayoría de las universidades las redistribuciones del personal de investigación se imputan al capítulo de inversiones reales, no recogiéndose en el de gastos de personal, lo que reiteradamente viene señalando el Tribunal de Cuentas
como incorrecto. En la composición de los órganos colegiados de gobierno no se respeta la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Y finalmente, en materia contractual no se justifica suficientemente la necesidad de celebración de la mayoría de
los contratos, y también se aprecian carencias en los pliegos. En la ejecución de los contratos de obra se producen demoras no justificadas, pese a haber ofrecido los adjudicatarios una reducción de los plazos. Esto es todo.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, el señor Ramírez.


El señor RAMÍREZ FREIRE: Muchas gracias, señor presidente; muchas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas.


El informe que fiscalizamos en el día de hoy y del que nos viene a dar cuenta el presidente del Tribunal de Cuentas contempla trece universidades públicas dentro del territorio español, y yo me voy a centrar principalmente en cinco de ellas
porque son relevantes desde el punto de vista del elevado número de alumnos con el que cuentan y del alcance nacional que tienen. Me estoy refiriendo en concreto a las universidades de Murcia, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja y la
Universidad Nacional de Educación a Distancia.


Además, el Tribunal de Cuentas incluye entre sus objetivos el examen del grado de eficacia alcanzada en el cumplimiento de sus objetivos y la eficiencia y economía en el empleo de los recursos en las áreas



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de docencia, investigación, personal y contratación administrativa. En nuestra opinión, las conclusiones siguen adoleciendo de una valoración global sobre nuestras universidades y en este sentido le quería preguntar al señor presidente del
Tribunal de Cuentas si cree que nuestras universidades valen 1891 millones. Ya sé que esto es lo que nos costaron aquel año, pero me gustaría saber si en su opinión realmente valen el elevado importe en el que incurrimos respecto a gasto público.
Queremos saber si ese importe ha obtenido la contraprestación que esperamos de nuestras universidades. La respuesta no la hemos encontrado en estos informes, por lo que instamos al alto tribunal a que se plantee estas preguntas que, aunque
difíciles, estoy seguro que las podrá responder en futuros informes. Por otro lado, Ciudadanos pedirá hasta que sea una realidad habitual la revisión del gasto público y que se racionalice con objetivos medibles y mejores prácticas, algo que el
informe evidencia como necesario. Según el periodo fiscalizado, PSOE y PP son los responsables de una insuficiente planificación del gasto.


Me gustaría señalar conclusiones en tres apartados: organización, gestión económica y de talento y falta de transparencia de la contratación pública. En el primer apartado, el de organización, en los órganos de control interno, como bien
ha referido el presidente del tribunal, faltan aspectos importantes a definir respecto a las exigencias económicas, como la compatibilidad de actividades públicas y privadas, e incluso la mayoría no ha cumplido con la previsión de dictar un
reglamento de servicio de control interno en sus procesos, los cuales son muy poco claros.


Tampoco se satisface el equilibrio requerido en términos de igualdad ni en los órganos de gobierno ni dentro del personal docente investigador. La Universidad de Murcia ni siquiera ha adaptado sus estatutos a la legislación vigente. Además
puede observarse cierto descontrol ya que se ven deficiencias en el control que debe ejercerse por el Consejo Social de las universidades. En algunos casos se ha encontrado que entidades que deberían ser dependientes de una universidad, no lo son,
y como ejemplo en el informe figura la Fundación General de la Universidad de Castilla-La Mancha.


Por lo que se refiere a la parte de la gestión económica del talento, no existe contabilidad analítica, ni siquiera existe una información en la memoria que sea suficiente como para entender mejor las cuentas anuales y poder establecer si el
sistema de precios públicos se realiza en función del coste real. No quiero explicar en esta Comisión la diferencia entre una tasa y un precio público pero saben ustedes que precisamente el coste de referencia de ese servicio es lo que determina
una de las diferencias fundamentales.


La verdad es que en la facultad he estudiado contabilidad financiera, contabilidad de costes, contabilidad pública y había oído hablar de la contabilidad creativa, que se refiere a la disposición que tiene la persona a la hora de realizar
las cuentas. Pero la contabilidad de las universidades desde luego es la quintaesencia de la creatividad. Automáticamente imputan la retribución del personal docente investigador al capítulo VI, Inversiones reales. No sé si pensaban que eran
robots, a lo mejor por el maltrato que tenían pensaban que nuestros investigadores eran robots y por lo tanto no lo imputaban al capítulo I, que es el que realmente la ley contempla para esa naturaleza de gasto. En este sentido nos parece una falta
total del criterio contable mínimo que se debería exigir a nuestros responsables públicos. Además, se contemplaba un aumento del 1,2 % en I+D+i pero, a la vista de que lo que estaba haciendo era pasar del capítulo I al capítulo VI, ese I+D+i queda
totalmente desinflado.


Por último, en cuanto a la falta de transparencia de la contratación pública, la verdad es que los medios de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica de las licitaciones de los pliegos de cláusulas administrativas y
particulares son insuficientes. Como bien ha dicho el presidente del tribunal, se han adjudicado obras a licitadores que luego no cumplían con los requisitos o no tenían certificaciones o estas no estaban registradas. Digo yo que les habrá
producido alguna consecuencia o alguna responsabilidad y me gustaría que el presidente del tribunal pudiera esclarecer algo al respecto. En los pliegos negociables no constaba que se llevase a cabo ninguna negociación de términos, como está exigido
en el artículo 178 de la actual Ley de Contratos del Sector Público, y desde luego no se designaba ningún método de asignación de puntuaciones de los criterios de evaluación. Otra vez faltaban criterios homogéneos, los que hay son genéricos y
demasiados imprecisos.


En conclusión, la situación que expone este informe del Tribunal de Cuentas no solo supone un grave perjuicio económico para el país y deja de velar por los principios de transparencia, publicidad y libre concurrencia de los concursos
públicos sino que además genera una nefasta imagen de nuestras universidades, que produce una desincentivación e imposibilita la captación y la retención del talento para el futuro, y desde luego en la sociedad del siglo XXI el talento será uno de
los valores más fundamentales.


Muchas gracias.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez.


Por el Grupo Confederal de Unidos Podemos tiene la palabra el señor Mena.


El señor MENA ARCA: Muchas gracias, presidente. Muchas gracias también al presidente del Tribunal de Cuentas por sus explicaciones de todos estos informes.


Para el Grupo de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea hay primero una constatación por parte del Tribunal de Cuentas que habla de la infrafinanciación de nuestras universidades públicas, especialmente maltratadas por los recortes con los
que los diferentes Gobiernos las han machacado. Seguramente forma parte de una estrategia de desmontaje de lo público para poder seguir engordando las universidades privadas, acompañando hasta allí a muchos alumnos, porque esto se hace vía
infrafinanciación económica a las universidades públicas. Y si a esto sumamos también los recortes que ha habido en el sistema de becas, garantiza que especialmente los hijos y las hijas de las clases trabajadoras estén hoy prácticamente expulsados
de un derecho tan importante como es la educación universitaria.


Dicho esto, observamos diferentes patrones de comportamiento muy parecidos en todas las universidades públicas que han sido objeto del análisis de estos informes de fiscalización. Le voy a hablar de cinco grandes bloques. El primero sería
la igualdad, de cómo no se respeta la ley de igualdad en nuestras universidades; el segundo, la contratación por parte de cada universidad; el tercero, el personal investigador; el cuarto, el gobierno interno de las universidades, y el quinto, la
contabilidad analítica de estas instituciones.


La primera pregunta que le queríamos formular, señor presidente, es si se constata -porque hemos podido analizar informes de fiscalización de los ejercicios 2012, 2013 y 2014- que algunas de las universidades no han sido capaces de
actualizar aquellos elementos que han sido valorados en sus informes. Queríamos saber, presidente, qué mecanismos coercitivos o qué otros mecanismos de instancia a otras entidades u órganos reguladores podemos llamar para que se cumplan elementos
tan importantes, desde el punto de vista del Grupo de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, como la Ley de Igualdad.


Hablando de esto, en cuanto al cumplimiento de la normativa para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en todo aquello en que lo dispuesto en la misma pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras, hay que
señalar que la participación que se observa -repito, como patrón mayoritario en los distintos órganos colegiados de gobierno- no satisface el equilibrio requerido, no se satisface lo que establece la Ley Orgánica 3/2007. Es un elemento fundamental
y principalmente eso se produce en el ámbito de la investigación y también en el de la representatividad de los órganos de gobierno. ¿Qué podemos hacer para actualizarla y obligar a las universidades a que cumplan una ley orgánica como esta?


El segundo elemento, el buen gobierno interno de las universidades, también está muy debilitado en la mayoría de ellas, según se desprende de los informes. Muchos de los órganos gerenciales no cuentan ni con manuales de procedimientos ni
con planes de actuación ni con memorias anuales de sus actuaciones. En cuanto a la contratación pública por parte de las universidades en general, en los contratos examinados las justificaciones de la necesidad para el servicio público o bien se
limitan a describir o mencionar las prestaciones constitutivas del objeto o son excesivamente genéricas y también pretendidamente imprecisas, por lo que no pueden considerarse adecuadas a los efectos de lo dispuesto en nuestra normativa. Cabe
destacar que esto ocurre particularmente en algunos expedientes examinados, especialmente -y no pasa solo en las universidades públicas- en la elección del procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación distintos del precio más bajo. En
la mayoría de estos informes se destaca también que no se han implantado sistemas de contabilidad analítica en estos ejercicios fiscalizados, tal y como establece la disposición adicional octava de la LOU, y esto tiene que ver y repercute
directamente en los ingresos y costes de la prestación del servicio que luego se traduce también en otros elementos que afectan y que impactan directamente en los derechos de los estudiantes y las estudiantes de estas universidades públicas.


Por último, nos preocupa también el tratamiento del personal investigador. Seguramente dice mucho cómo se maltrata y se obliga a que tenga que exiliarse fuera del Estado español el talento investigador de las universidades públicas y cómo
se le trata también en este ámbito universitario. Por su naturaleza -considerarlos dentro de la función docente es de sentido común y también la normativa aplicable así lo exigiría-, no se computan en el capítulo I presupuestario como gastos de
personal, sino que son computados como inversiones reales. Por tanto -acabo con esto, presidente-, qué mecanismos podríamos utilizar y cuáles tiene en sus manos el Tribunal de Cuentas para garantizar que esto no se siga repitiendo.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mena.


A continuación tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Socialista, la señora Moreno.


La señora MORENO RUIZ: Muchas gracias, presidente.


Agradezco de nuevo la exposición al presidente del Tribunal de Cuentas y el trabajo realizado por el tribunal.


Me gustaría realizar una serie de consideraciones de carácter previo con brevedad, como el hecho de que el número de universidades que integran el sistema universitario español en el año 2013 se eleva a 79, de las que 47 tenían la
consideración de públicas; a su vez, el número de entidades dependientes de las universidades públicas, en su mayoría fundaciones, se acerca a las 600, lo cual resulta sorprendente: una plantilla, entre personal docente y personal de
administración y servicios, que supera los 150.000 trabajadores. Es decir, estamos hablando de un sector público muy fuerte, con un gran presupuesto, con una plantilla global, que no anda muy distante de la que representa la del conjunto de los
ministerios. Por lo tanto, estamos hablando de un sector público cuantitativamente muy relevante, más allá de su valor cualitativo, esencial para el país que por desgracia no parece muy apreciado en los últimos años, dado el feroz recorte de
recursos sufrido y las dificultades añadidas impuestas al alumnado más humilde.


En cualquier caso, la gestión del gasto público del sector de las universidades públicas, que es lo que nos compete en esta Comisión, debe ser exigente, muy exigente, puesto que estamos hablando de dinero público que proviene en su inmensa
mayoría de los Presupuestos Generales del Estado o de las aportaciones de los propios estudiantes. Esta intervención se refiere a trece informes de fiscalización sobre ocho universidades en distintos ejercicios que no voy a volver a citar, porque
ya se ha hecho, y diré por ello que las generalizaciones nunca son justas. Hay una disparidad en las distintas universidades, pero voy a intentar reflejar la opinión del Grupo Socialista sobre el conjunto de los informes de fiscalización que forman
parte de este punto del orden del día.


La opinión del Grupo Socialista se resume como sigue: el panorama de las cuentas de las universidades públicas fiscalizadas no es positivo en absoluto, aunque puede apreciarse una evolución favorable en los sistemas de control, ya que hemos
podido analizar distintos periodos. ¿Por qué digo que los informes no son positivos? Pues porque reflejan demasiadas irregularidades: es recurrente encontrar en las cuentas de las universidades fiscalizadas pagos indebidos, gastos de locomoción,
alojamiento o restauración por encima de los acordados en las normativas internas de cada universidad, retribuciones complementarias no contempladas en la RPT, premios de jubilación no contemplados en los convenios, excesos de personal docente
incumpliendo la normativa, irregularidades en contratos de obra, fraccionamientos indebidos en la contratación... En fin, insisto, salvando la generalidad, algunas de las universidades analizadas tienen una suma de irregularidades muy relevante que
incluso pueden tener responsabilidad contable o penal, lo que quiere decir, en mi opinión, que si estuviéramos hablando de una gestión política con un informe como este, todavía se estarían produciendo titulares. Eso demuestra, en mi opinión, que o
bien en la gestión política se está abusando en muchas ocasiones de la criminalización de aspectos que en otros casos se consideran meramente contables o administrativos o bien el sistema es demasiado laxo a la hora de enjuiciar los ilícitos que se
producen en ámbitos ajenos a la política. Esto es una disquisición que dejo sobre la mesa para la reflexión de sus señorías.


Yendo ya, para terminar, a aspectos concretos de los informes, destacaré, porque será objeto de propuestas de resolución, aquellas medidas propuestas por el Tribunal de Cuentas que se desoyen reiteradamente. Ya se han dicho aquí: la falta
de un sistema de contabilidad analítica, que, como vence por obligación legal en el curso 2015-2016, supongo que estará subsanada en todos los casos; los modelos de control interno suelen depender orgánica y funcionalmente de los propios rectorados
o de las gerencias, lo cual choca con la independencia y la imparcialidad debidas; los portales de transparencia, que todavía no se encontraban desarrollados; las deficiencias en las áreas de contratación... En suma, lamento no poder reconocer
con nombres y apellidos los avances y los elementos positivos de la gestión, tampoco he puesto nombre y apellido a los defectos más llamativos de una gestión económica que en conjunto debe mejorar mucho.


En cualquier caso, los informes son públicos, están colgados en el portal del Tribunal de Cuentas, lo cual es un gran avance en términos de calidad democrática, y para terminar vuelvo a poner el foco en la falta de cumplimiento de la Ley de
Igualdad.


Muchas gracias.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Moreno.


Para finalizar, por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Fernández tiene la palabra.


El señor FERNÁNDEZ GONZÁLEZ: Muchas gracias, señor presidente.


Empezaré, como creo que es obligado, agradeciendo al presidente la exposición conjunta de trece informes de fiscalización y agradeciendo al Tribunal de Cuentas la labor que realiza fiscalizando la actividad de las administraciones públicas,
como son las universidades públicas, haciéndolo con un ámbito objetivo realmente amplio, porque se abarca desde la representatividad de las cuentas hasta el tema de la contratación, pasando incluso por el análisis de la gestión de la actividad
docente e investigadora, por tanto con un ámbito objetivo, como digo, realmente amplio.


Como suele ocurrir cuando se analizan distintas entidades públicas, el Tribunal de Cuentas detecta problemas que suelen ser, y son en este caso también, coincidentes. De ahí que el catálogo de conclusiones y recomendaciones sea también
básicamente común o muy similar, todo ello sin perjuicio de las lógicas especificidades de cada una de las universidades. Además, al ser varios informes y varios ejercicios los que se analizan, el Tribunal de Cuentas en algunos casos tuvo ocasión
de ir analizando y haciendo referencia al seguimiento de esas recomendaciones que realiza en relación con ejercicios anteriores. En términos generales, señala en los propios informes que de las comprobaciones efectuadas se deduce que en general las
universidades han mostrado interés en adoptar las medidas necesarias para proceder al cumplimiento de las recomendaciones. También llama la atención en algunos casos puntuales la reiteración de determinadas observaciones que no se subsanan en
ejercicios posteriores y que precisamente por eso vuelven a aparecer en los informes correspondientes a estos ejercicios posteriores. Esto es algo que tendrían que tener en cuenta los gestores de nuestras universidades públicas para que no sea una
práctica habitual la reiteración sucesiva de estas deficiencias que detecta el Tribunal de Cuentas. Siempre digo que los informes del Tribunal de Cuentas tienen un evidente carácter pedagógico y tienen que servir para ir corrigiendo algunas
deficiencias, como por ejemplo el tema de que los órganos de contratación deben justificar de forma más precisa y concreta la necesidad para el servicio público de los contratos que adjudican, o que deben dotarse de mayor precisión los criterios de
adjudicación empleados en la contratación pública o la forma de asignación de los baremos. Ahora bien, hay que tener en cuenta que en muchos casos no ha habido tiempo para subsanar estas deficiencias. Los informes son de los ejercicios 2012, 2013
y 2014; cuando se emite el informe del año 2012, se suscribe en el año 2015 y, por tanto, en los ejercicios 2013 y 2014 no hubo tiempo para incorporar esas observaciones.


En relación con las cuentas -sin perjuicio de algunas deficiencias concretas-, creo que hay que resaltar, como nos ha indicado el propio presidente en su exposición del día de hoy, que estas cuentas reflejan, en sus aspectos significativos,
la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial de las universidades, de los resultados de los ejercicios fiscalizados a la fecha de cierre del ejercicio y de los resultados de sus operaciones. Por tanto -este es un aspecto muy importante-,
podemos decir que el resultado de la fiscalización pone de manifiesto la representatividad de las cuentas de estas universidades y que es satisfactoria en líneas generales.


Hay un aspecto que, a mi juicio, es especialmente relevante en todos estos informes y es que en ellos se pone de manifiesto la necesidad de contemplar las especificidades de las universidades públicas dentro del sector público del que forman
parte y por eso el Tribunal de Cuentas propone -y para mí eso es importante- una serie de reformas legislativas que tienen que ser atendidas tanto por el Estado como por las comunidades autónomas, pero fundamentalmente por estas, por las comunidades
autónomas, porque las universidades son parte de la administración institucional de las comunidades autónomas y la Constitución reconoce expresamente su autonomía, lo que les confiere una importante singularidad. Por ello, el Tribunal de Cuentas
recomienda de forma especial a las comunidades autónomas que aprueben una serie de normas para contemplar estas singularidades. Además, el informe del Tribunal de Cuentas lo hace en aspectos variados y distintos: por un lado, en lo que se refiere
a la condición de entes integrantes del sector público institucional de las comunidades autónomas, el Tribunal de Cuentas propone que se actualicen las leyes presupuestarias de las distintas comunidades autónomas para incluir expresamente a las
universidades dentro del sector público como sector público institucional y regulando de manera expresa el plazo de rendición de las cuentas de estas universidades públicas. También propone el Tribunal de Cuentas que se dicten normas adecuadas para
que el procedimiento que tienen las universidades para aprobar de forma autónoma sus presupuestos se incorpore al procedimiento general que establece la normativa autonómica para el sector público; eso sí, con el necesario respeto a la



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autonomía universitaria en su vertiente financiera, y que por parte de las comunidades autónomas se aprueben aquellas especialidades reconocidas a la universidad y que se aparten del resto del sector público en atención a sus peculiaridades.
También propone que se lleven a cabo reformas en cuestiones de organización de las universidades, por ejemplo, en relación con el tema del consejo social o en el tema de la necesidad de adecuar y delimitar concretamente quiénes son en las
universidades altos cargos y máximos responsables para que se tengan en cuenta estas circunstancias partiendo de las especiales características de las universidades. También propone reformas en materia de personal para que haya un régimen jurídico
básico sobre la dedicación docente con un marco común a todas las universidades públicas -es un llamamiento en este caso a la legislación estatal-, y que se dote asimismo de una regulación actual, coherente y homogénea a la evaluación de la
actividad investigadora como una garantía de calidad y excelencia de la universidad, facilitando la labor que llevan a cabo las distintas agencias de evaluación estatal y autonómica. Por último, también señala que los propios estatutos de las
universidades en algunos casos tienen que adaptarse a las disposiciones legales aplicables.


En líneas generales, tanto en relación con las cuentas como con los procedimientos de contratación o con la gestión de la actividad docente e investigadora -en este sentido discrepo de lo que señalan algunos de los anteriores
intervinientes-, creo que si comparamos el resultado de estos informes con otros ámbitos de fiscalización de distintas entidades del sector público, las universidades, en líneas generales, aprueban el examen, con todas las deficiencias que se
quieran señalar. Es cierto que no alcanzarían el cum laude porque hay una serie de observaciones y una serie de deficiencias a veces importantes que tienen que ser corregidas y sobre todo deberían serlo cuando se produce una reiteración ejercicio
tras ejercicio.


Como ocurre prácticamente en todos los supuestos, estos informes de fiscalización tienen que servir para seguir mejorando la actividad de nuestro sector público y también en este caso de nuestra Administración institucional, y por eso aquí
creo que es especialmente importante, como antes decía, que las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de Cuentas no solo vayan dirigidas a las universidades públicas sino también a las comunidades autónomas y al Estado, a quienes se insta a
impulsar una serie de reformas legislativas que mejoren el régimen jurídico de las universidades en aquellos aspectos que son objeto de control y fiscalización por parte del Tribunal de Cuentas. Estas reformas legales que recomienda el Tribunal de
Cuentas tienen que buscar un equilibrio entre el hecho de que la universidad es una parte del sector público institucional de las comunidades autónomas pero al mismo tiempo hay que respetar sus peculiaridades y singularidades, que vienen derivadas
del hecho de gozar de una autonomía reconocida constitucionalmente.


En este punto sí discrepo de la visión que se extrae de estos informes por parte de otros portavoces. Creo que estos informes reflejan que en momentos especialmente difíciles desde el punto de vista económico -pensemos que estamos
analizando ejercicios en los que existía una profunda crisis económica- las universidades públicas, pese a todo, han podido mantener tanto su actividad docente como la investigadora. De hecho, el informe refleja dentro de la gestión de la actividad
investigadora que se aprecia una mejora en términos generales en lo que se refiere a dicha actividad investigadora. Con respecto a las cifras, cuando se analiza el tema de personal, se ve que se mantiene el personal en términos generales para que
la actividad docente de la universidad se pueda llevar a cabo en las mejores condiciones.


Por otro lado, creo que lo que se deriva de estos informes es que la universidad española sí que vale lo que cuesta. Sin duda es una extraordinaria inversión que aporta un inmenso valor añadido y desde luego es una de las claves para poder
ver con esperanza el futuro de nuestro país. Creo que el esfuerzo que se hace en este sector público -que, como señalaba la portavoz socialista, hoy tiene una importancia cuantitativa y cualitativa enorme dentro del sector público en general-, la
apuesta que hacen las distintas administraciones en apoyar a las universidades públicas es algo que realmente hay que destacar y que, como digo, es una de las cuestiones que nos permite ver con esperanza nuestro futuro porque invertir en la
universidad sin duda es invertir en el futuro de nuestro país.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Fernández.


Para finalizar, tiene la palabra el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda): Muchas gracias, presidente.



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Entre las cuestiones puntuales que me han formulado, una de las más significativas se me planteaba por parte del señor Ramírez y es la valoración global de la universidad. Él pide que el tribunal se plantee estas preguntas porque no ve
recogida en nuestros informes esa perspectiva. Le quiero indicar que precisamente el tribunal ha efectuado una valoración global de la universidad en su conjunto cuando ha realizado los informes del conjunto de universidades. Usted sabe que los
diferentes órganos de control externo realizan informes parciales de universidades concretas, y en el caso del Tribunal de Cuentas nos corresponde hacerlos de aquellas comunidades autónomas que no tienen órgano de control externo. Periódicamente
efectuamos un informe de valoración global de la universidad, el último se realizó en el año 2012, y efectivamente en este informe hicimos esa valoración global de la universidad incluyendo cuestiones que en su momento fueron muy polémicas en el
sentido de que nos pronunciábamos sobre determinados costes de determinados grados y carreras que nos parecía que a lo mejor no estaban suficientemente justificados.


Es en ese ámbito donde cabe la realización de ese tipo de reflexiones, muy ligadas por otra parte a la existencia de instrumentos que permitan valorar los costes de la actividad universitaria, en definitiva, la contabilidad analítica que
tanto se echa en falta por parte de los diferentes intervinientes en esta sesión y que el tribunal señala como un elemento básico para poder avanzar en la labor que tenemos encomendada. La contabilidad analítica, como ustedes saben bien, tiene un
horizonte de aplicación, como se ha señalado, es obligatorio realizarla a partir de unas determinadas fechas, pero nos encontramos a la espera de que el modelo aplicable de contabilidad analítica para las universidades sea efectivamente aprobado por
la Intervención General de la Administración del Estado, que pueda ser aplicado de manera homogénea y podamos distinguir la actividad docente de la actividad investigadora y establecer lo que serían los costes de los diferentes grados o de los
diferentes cursos que la universidad proporciona.


También me gustaría señalar y destacar lo que ustedes han indicado respecto del control interno de la universidad, que en nuestro informe ha tenido una especial importancia porque sí nos parece que es un aspecto de debilidad el hecho de que
el control interno no tenga la suficiente segregación, es decir, que esté en manos directas de los propios gestores. Eso no significa que se tenga por qué hacer mal, pero siempre incorpora un plus de mayor confianza el que el control interno se
adjudique a órganos que no estén directamente involucrados con la gestión.


Como ustedes saben, el consejo social es el que está diseñado como órgano adecuado para llevar adelante este control interno. Nos parece que potenciar que los consejos sociales tengan desarrollada esta función es un aspecto muy positivo.
El tribunal incluso ha tenido jornadas de reflexión con los consejos sociales de las universidades públicas españolas para intercambiar opiniones al respecto y nos parece muy necesario que tanto la labor de control sobre el sector público
dependiente de las universidades, como son el conjunto de fundaciones que las propias universidades tienen, como la labor de control interno estén en manos de los consejos sociales y las realicen de manera adecuada. Por tanto, nos parece muy
necesaria que la modificación de esa normativa autonómica dé vía a estas modificaciones de control interno. ¿Y qué decir de los aspectos de igualdad que señalamos en todos los informes y también de los que hacen referencia a la contratación?
Recurrentemente en nuestros informes, tanto de la Administración General como en este caso la administración de las universidades, hemos señalado defectos muy característicos.


De todas las cuestiones que ustedes me han planteado en relación con las eventuales reformas pendientes, quiero señalar la formulada por el señor Fernández. Indudablemente, la labor de las comunidades autónomas para fomentar el desarrollo
normativo de los diferentes criterios señalados en nuestros informes son elementales, por supuesto, respetando el ámbito de autonomía que la ley le confiere a la universidad en la gestión de sus asuntos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente.


BLOQUE V:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN Y CONTROL CONTABLES DEL INMOVILIZADO MATERIAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000114 y número de expediente del Senado 771/000111).



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El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al debate del bloque V, que incluye un informe de fiscalización de gestión y control contable del inmovilizado material de la Administración General del Estado. Tiene de nuevo la palabra el señor
Álvarez de Miranda para exponer este informe.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, señor presidente.


El pleno del Tribunal de Cuentas aprobó el 22 de diciembre de 2015 este informe de fiscalización. En las sucesivas declaraciones sobre la cuenta general del Estado se reitera la falta de inventarios completos de los bienes que integran el
inmovilizado no financiero de la Administración General del Estado y la falta de información sobre los bienes no incluidos en la central de información de bienes inventariables.


En cuanto a los resultados de fiscalización, respecto de la Dirección General de Patrimonio del Estado, la valoración de los bienes que integran esta central de información, especialmente en las utilizadas en la carga inicial, es decir,
entre 1987 y 1991, pueden presentar deficiencias o diferencias significativas respecto al valor actual de mercado al no haberse realizado desde entonces actualización alguna de su valor, salvo las derivadas de obras o grandes reparaciones. Así,
permanecían 15.458 bienes en total procedentes de la carga inicial, de los que 10.738 mantenían el mismo valor. Más aún, de un total de 49.460 bienes en situación de alta en la central indicada, a la fecha de realización de la fiscalización, 7065
-es decir, un 14,28 %- tenían valores iguales o inferiores a 1 euro, a pesar de que 3.951 de ellos disponían de valor catastral e, incluso, de tasación. Para estos bienes la suma de sus valores catastrales asciende a 4.147 millones de euros, pero
estaban contabilizados por 4.724,25 euros. Esta falta de actualización de los valores de tasación de los inmuebles incluidos en la central afecta directamente a la representatividad de los saldos del inmovilizado material.


Respecto a las actuaciones de los departamentos ministeriales, en los ministerios fiscalizados, correspondientes al área de la Administración económica del Estado, no existe un inventario único que englobe la totalidad de los bienes, tanto
de los servicios centrales como de los periféricos, sino múltiples y heterogéneos inventarios en función de los diferentes tipos de bienes que, en su mayor parte, son gestionados por diversos órganos del departamento. En consecuencia, no existe
información centralizada de los bienes que son responsabilidad de los ministerios, lo que puede afectar a su control por cuanto la actividad de los órganos que gestionan los inventarios no es objeto de supervisión, al menos por los servicios
centrales. Únicamente se observa un mayor rigor en la llevanza de inventarios de elementos informáticos y de elementos de transporte. Por otra parte, ninguno de los inventarios incluye entre sus datos el valor de adquisición de los bienes ni el
valor de las obras realizadas con posterioridad, excepto el del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que es el único que utilizaba el módulo del sistema Sorolla 1. Tampoco existen instrucciones escritas sobre la llevanza de los
inventarios en la mayoría de los ministerios. En el Ministerio de Fomento se han detectado dos grupos de bienes no inventariados: las viviendas de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, procedentes generalmente del extinguido
Instituto para la Promoción de la Vivienda, y las fincas expropiadas por la Dirección General de Carreteras.


Con respecto a las actuaciones de las oficinas contables, en el informe se recogen determinadas lagunas en la regulación contable, así como en la normativa reguladora de las competencias de la central contable y del resto de las oficinas de
contabilidad. A 31 de diciembre de 2013, el saldo de las cuentas de bienes no incluidos en la central ascendía a 84.313 millones de euros, lo que representa el 74,75 % del inmovilizado material de la Administración General del Estado. Este importe
recoge la ejecución año tras año de los créditos del presupuesto de gasto vinculados al inmovilizado, pero sin estar soportados por el correspondiente inventario ni estar los bienes dados de alta contablemente de forma individualizada. Por esta
razón, la amortización de estos bienes se calcula sobre la base de la variación del saldo del ejercicio, lo que supone una excepción a los principios contables. Por otra parte, la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública prevé la
posibilidad de activar solo aquellos bienes que tengan una determinada importancia -umbrales de capitalización-, posibilidad que ya se está aplicando por otras instituciones públicas fuera de nuestro país, como las del sistema de Naciones Unidas.
En consecuencia, se considera conveniente que la Intervención General de la Administración del Estado estudie la implantación de dichos umbrales. Ello permitiría aliviar la carga de trabajo que representa la incorporación de numerosos activos de
escasa significación, eliminando también el seguimiento de los mismos a efectos del cálculo de la amortización y de su baja en cuentas. Asimismo, a pesar de que las cuentas de inmovilizado en curso deberían trasladarse al inmovilizado definitivo a
medida que se clausuren las correspondientes



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infraestructuras, el ritmo de traspaso no es adecuado, continuando en curso una vez terminadas. Finalmente, se ha detectado la existencia de subcuentas sin movimiento alguno y otras que básicamente recogen operaciones que deberían
registrarse en otras subcuentas del inmovilizado.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra el señor Ten.


El señor TEN OLIVER: Gracias, señor presidente.


Señor presidente, año tras año se han aprobado propuestas de resolución sobre las cuentas generales del Estado instando al Gobierno a avanzar en la mejora de estos inventarios de inmovilizado material de la Administración General del Estado
y de nuevo se vuelven a producir estas increíbles irregularidades, como usted mismo nos ha comentado. Yo estoy perplejo porque como economista no entiendo muchas de las cosas que se están haciendo aquí. En casi treinta años no se ha llevado a cabo
ninguna actualización de las valoraciones de los bienes que figuran en el CIBI, la Central de Información de Bienes Inventariables, realizadas entre los años 1987 y 1991, como nos ha comentado. Nos ha dicho que de casi 50.000 bienes dados de alta
en la Central de Información de Bienes Inventariables, un 14 % -7.065 bienes- tiene valores inferiores o iguales a un euro. No lo entiendo. La situación es absurda. ¿Costaría tanto realizar una valoración general de esos bienes en función del
valor catastral? Nos ha dado el dato de que estos bienes tienen un valor catastral de 4.147 millones de euros, cuando realmente están reflejados en el balance en la Administración General del Estado por 4.724 euros. ¿He oído bien? Es una
millonésima parte del valor catastral. No lo entiendo. Señor presidente, no he visto ninguna explicación en el informe y me gustaría que usted, si puede, me dé un poco de visión sobre esto. No sé si se ha amortizado el suelo o si nunca se ha
incorporado un valor de adquisición. Desde luego, esto es increíble.


Por otro lado, nos cuenta en el informe que la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo desconoce la totalidad de las viviendas de titularidad pública cuya gestión le corresponde y que esto hace inaplazable elaborar un plan para
aflorar todas estas viviendas que potencialmente pertenecen a la Administración General del Estado y los terrenos sobrantes tras las expropiaciones realizadas por la Dirección General de Carreteras. En nuestro grupo parlamentario siempre hemos
insistido en la necesidad de simplificar la superposición de niveles en la Administración y usted también lo ha comentado, porque realmente aumentan los costes y las duplicidades. De hecho, nos ha dicho que no hay un control, pero lo que realmente
hay es un descontrol total, porque no existe una supervisión de los servicios centrales sobre la actividad de los órganos que gestionan los inventarios. No sé si le consta, presidente, si a fecha de hoy se ha modificado algo o ha habido alguna
mejora.


Por último, y para terminar, dentro del análisis de economía y eficiencia, me gustaría conocer si el Tribunal de Cuentas podría cuantificar el coste de extender esa aplicación informática Sorolla 2 de la que habla en el informe para todos
los inventarios ministeriales. En cuanto al inmovilizado en curso, nos ha dicho que se tarda mucho y que no es operativo incorporar inmuebles que no tienen una función o una preponderancia y es importante que se dé alguna solución o algún mecanismo
para poder corregir todos estos errores contables, que representan dinero que tiene la Administración General del Estado descontrolado.


Muchísimas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ten.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra el señor González.


El señor GONZÁLEZ GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.


Con respecto a este informe, nos gustaría resaltar algunas cuestiones que nos parecen preocupantes y, en algunos casos, hasta surrealistas. No entendemos que el importe total de los valores catastrales de 49.460 bienes sea de más de 4.000
millones de euros y, sin embargo, su valor contable que se recoge en el balance de la Administración General del Estado sea de solo 4.724,25 euros. No lo conseguimos entender de ninguna manera y nos gustaría que el presidente del Tribunal de
Cuentas intentara arrojar luz sobre este desfase en las cifras. Entendemos que habría que realizar una actualización urgente del valor de los bienes en CIBI, puesto que esa falta de rigor afecta directamente a la representatividad de los saldos
inmovilizados. ¿Por qué cree el presidente que no se realiza esta actualización contable?



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No entendemos tampoco la falta de rigor a la hora de inventariar la totalidad de los bienes de los diferentes órganos ministeriales analizados. En nuestro grupo entendemos que sería positivo un ejercicio de homogeneización del control del
inventario de los bienes de los diferentes órganos, así como un registro centralizado de ellos, como reflejaremos posteriormente en las propuestas de resolución. Nos parece asombroso que en los inventarios no conste el valor de adquisición de esos
bienes y de las obras realizadas a posteriori. Tampoco entendemos que no se utilice de manera generalizada la aplicación Sorolla para la realización de inventarios y se opte en ocasiones por herramientas poco útiles para estos casos, como son los
documentos de Office. Se ha observado la existencia de dos grupos de bienes cuya gestión y control corresponde al Ministerio de Fomento y que tampoco están inventariados. La Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo no dispone de un
inventario de los bienes cuya gestión y administración tiene atribuidas, lo que repercute tanto en la información que sobre ellas debería reflejarse en CIBI, como en los saldos inmovilizados de material de la Administración General del Estado. Esta
falta de inventario se debe a que la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo desconoce la totalidad de las viviendas de titularidad pública cuya gestión le corresponde, encontrándose en un proceso de obtención y depuración de la
información. Tampoco tiene inventariadas las fincas expropiadas por la Dirección General de Carreteras incorporadas a un proyecto en tramitación o en ejecución que no forman parte del patrimonio vial, ni los remanentes de terrenos sobrantes tras
las expropiaciones, por lo que no existe información centralizada sobre estos inmuebles. Esta falta de información centralizada no solo dificulta la gestión y control de estos bienes, sino que afecta a la representatividad de los saldos de
inmovilizado material de la Administración General del Estado, lo que en términos generales nos parece bastante grave. Existe un problema de falta de control en tanto que no se inventarían propiedades como viviendas o bienes expropiados para poder
hacer viales o carreteras. Nos gustaría que el presidente del Tribunal de Cuentas ahondara en estas cuestiones dada su gravedad, así como saber cuál es la perspectiva de futuro en cuanto al uso de aplicaciones informáticas y los inventarios.


Eso es todo, muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor González.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: Gracias, presidente.


Gracias, señor presidente del Tribunal Cuentas, por su comparecencia. Me gustaría saber su opinión sobre la reflexión que voy a hacer en relación con este expediente. Este es un expediente de gestión, es un expediente operativo, no un
expediente de fiscalización de cuentas al uso. Creo que en el fondo estas observaciones, estas anomalías y estas irregularidades se reiteran prácticamente en la totalidad de los informes de fiscalización que se hacen por parte del tribunal en
cuanto a los distintos organismos de la Administración del Estado. Yo creo que se van a seguir dando, porque hasta que no se aborde una modernización contable de toda la Administración del Estado difícilmente se va a corregir. Todo obedece a que
existe una contabilidad presupuestaria y una contabilidad financiera; una contabilidad presupuestaria que evidentemente requiere de un complemento para llevar un control del patrimonio porque no lo establece la presupuestaria, que en este caso es
la central de información de bienes inventariables, que es un doble trabajo que hay que ir realizando, un doble trabajo al que no se da la atención precisa o necesaria, puesto que luego no tiene efectos reales sobre la contabilidad financiera, que
es la que debería prevalecer.


Esta es una objeción que ya se está reiterando en todos los ámbitos. La última se ha hecho en la propia comparecencia del presidente de la Airef, que ha dicho que tenemos que dar un paso adelante y presupuestar conforme a criterios de
contabilidad nacional; en definitiva, dar un paso hacia la modernización de la gestión administrativa desde la Administración General del Estado a través de contabilidad financiera y que sea esta la que prevalezca. Así nos ahorraríamos este doble
trabajo, uno de ellos es al que se le da mayor importancia y otro al que no se le da importancia o no se atiende de la forma debida. Por eso hay muchísimos bienes que no se inventarían. Doy un dato: 84.700 millones de euros, que es el 75 % de los
bienes, no están en la central de información de bienes inventariables. Pero se da otro caso aún peor, y es que los que están realmente no tienen un valor actualizado, porque un alto porcentaje tienen un valor por debajo de 1 euro, que
evidentemente no se dota al fondo de amortización. Con lo cual, cualquier tipo de enajenación, cuando luego va a contabilidad presupuestaria, tiene que ir al capítulo 6, de ingresos, que es enajenación por la totalidad del precio de venta. Es
decir, estamos en una situación obsoleta, kafkiana y que solamente se corrige dando un paso cualitativo, sustancial, en la contabilidad de la Administración General del Estado. Hay un paso intermedio. Ese paso intermedio era el



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Sorolla 1, que al parecer solamente ha implantado un ministerio, el de Sanidad y Asuntos Sociales. Pero ya tenemos otro más avanzado, que es el Sorolla 2, que por lo menos tendría en consideración lo que son las cuentas divisionarias y una
serie de inmovilizado en curso, que se iría complementando con los gastos añadidos o mejoras añadidas que pudiese tener este inmovilizado. Pero tampoco el Sorolla 2 se está implantando. La pregunta que le hago, en primer lugar, es dónde está
implantado y dónde no lo está. Creo que en muy pocos sitios debe de estar implantado. En segundo lugar, aun implantándose el Sorolla 2, ¿se resolvería el problema de fondo, que es la contabilidad financiera, que no se concilia nada más que a base
de ajustes finales y ajustes de resultados con la contabilidad presupuestaria? ¿No cree usted que la recomendación mejor para la gestión de inventarios en la Administración General del Estado debe ser dar este paso de una vez por todas?


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Hurtado.


Por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Juncal tiene la palabra.


El señor JUNCAL RODRÍGUEZ: Muchas gracias, presidente. Saludamos al presidente del Tribunal de Cuentas y le agradecemos su exposición.


Quería hacer una reflexión muy parecida a la que ha hecho el señor Hurtado. Año tras año lo que importa en el debate anual son los ingresos y gastos que se producen, dándole a los activos de las cuentas públicas una importancia menor de la
que realmente debe tener. Por eso, bienes que aparecen con valor de 1 euro, como se ha citado, se produce la carga del activo en el balance en los años 1987 a 1991 y, lógicamente, esos que figuran a 1 euro es porque se desconoce su coste de
adquisición. Se habla de revalorizar, pero lógicamente hay un principio contable de precio de adquisición o de coste de producción que, entre comillas, es sagrado y, por tanto, no se debe de imputar otro valor que no esté realmente definido y
cuantificado por una transacción, por un coste de adquisición o por un coste de producción. Por ello, en la contabilidad privada o empresarial se producían las leyes de actualización de balances con el objeto de ir regularizando esa situación, algo
que en la contabilidad pública desconozco. Mi pregunta es si una modificación de este tipo, una revalorización que se ha apuntado, tendría que venir acompañada de una normativa especial. Es una administración muy compleja. Estamos hablando de
unas magnitudes muy altas, importantísimas, difíciles de abarcar, pero la Intervención General del Estado en los últimos años, a través de todas sus ramificaciones, como ha puesto de manifiesto el presidente del tribunal, en las rendiciones de las
cuentas generales del Estado ha hecho esta salvedad del estado incompleto de los inventarios por parte de la cuenta general. Se ha ido avanzando y fruto de ello es ese programa Sorolla 2, y todos deseamos que poco a poco vaya implementándose la
representación de todos estos valores.


Vamos a asumir, lógicamente, las recomendaciones que hace en este informe el Tribunal de Cuentas. Vuelvo a insistir en que estamos en una situación del país en la que hay una valoración más del ingreso y del gasto que una valoración
patrimonial, e insisto también en que desde el año 1987 es cuando se introduce la carga, y ahí aparecen cuatro mil y pico inmuebles a valor de 1 euro, lo que quiere decir que ya en ese año se desconocía su coste o su valor de adquisición por parte
del Estado. No por reconocible no deja de ser mejorable, y es el deseo del Partido Popular que la Administración siga implantando medidas para llevar ese patrimonio a una imagen lo más fiel posible de la realidad y, por lo tanto, seguir en esa
línea y avanzando en esas propuestas.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Juncal.


Para finalizar, el señor presidente del Tribunal de Cuentas tiene la palabra.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


El problema al abordar esta materia es que nos encontramos con una situación de partida difícil, porque aplicamos a estos criterios los valores de la contabilidad privada y tenemos que hacer una reconstrucción de cuál ha sido la historia de
la contabilidad pública en nuestro país y darnos cuenta de las limitaciones que esta contabilidad pública tiene en el momento actual y que todo el mundo reconoce. Tradicionalmente, la contabilidad pública ha sido meramente una contabilidad
presupuestaria, una contabilidad de recoger ingresos y gastos públicos y reflejar el déficit derivado de esa contabilidad. La Ley General Presupuestaria pone como objetivo, en los años 1977-1978, avanzar hacia criterios más modernos de gestión
pública y, por



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lo tanto, dotar al sector público de una contabilidad patrimonial y de una contabilidad financiera, en la medida en que ayude a la toma de decisiones de los gestores públicos para que tengan en cuenta los aspectos de endeudamiento de la
Administración y también del valor del patrimonio público que en un momento determinado existe. Todos los intentos de incorporar la contabilidad patrimonial al ámbito de la gestión pública han ido avanzando muy despacio, son todavía insuficientes y
producen estas situaciones, en las cuales, cuando hablamos de la representatividad de las cuentas de la Administración pública, siempre tenemos que referirnos a lo que es fundamentalmente la gestión del presupuesto. Es decir, representan
adecuadamente la gestión del presupuesto, pero el conjunto de activos públicos que se han ido incorporando al ámbito público o no están recogidos o lo están por valores muy bajos. ¿Tendría sentido una actualización de esos valores? Yo creo que le
daríamos una grandísima alegría al ministro de Hacienda correspondiente, porque le permitiríamos efectuar una operación de disfrazar el déficit público que verdaderamente sería muy notable. Las actualizaciones de balances, también en el ámbito
privado, están muy restringidas, precisamente para no afectar al resultado del ejercicio concreto.


El informe del tribunal lo que establece -porque sí que hay un propósito en el ámbito público dirigido fundamentalmente por el Ministerio de Economía y por la Intervención General de la Administración del Estado- es que hay que avanzar en
que la contabilidad patrimonial cada día sea mejor, que cada día tenga mejor sentido. Quizá en el informe del tribunal se señalan hechos muy notorios que producen esta contradicción respecto a los bienes que figuran por valor de 1 euro, pero lo
hacen estrictamente a los efectos de control contable, es decir, a los efectos de que figuren en un inventario. Se les pone el valor de 1 euro exclusivamente para que se encuentren identificados. El desarrollo futuro de esta central es que todos
estos bienes incluidos en el inventario vayan siendo registrados de manera adecuada y, por otra parte -lo que es más importante desde el punto de vista del informe del tribunal-, que los sistemas de contabilización y de gestión de las aplicaciones
que desarrolla el Ministerio de Economía y el Ministerio de Hacienda, el Sorolla 1 y el Sorolla 2, se empiecen a aplicar de manera generalizada para que el gap de información respecto del patrimonio público no siga creciendo. Es decir, de alguna
manera sabemos que tenemos un conjunto de patrimonio histórico que no está adecuadamente valorado, pero lo deseable es que esta sea exclusivamente una situación del pasado, que no siga existiendo de cara al futuro. Por tanto, que de cara al futuro
la Administración pública pueda abordar la labor complicada de llegar a tener finalmente una valoración del patrimonio público adecuada y conforme a su valoración real. Este es un objetivo que la Ley General Presupuestaria y todas las leyes de
contabilidad pública se plantean como un objetivo de futuro, sabiendo que es muy difícil a corto plazo tener este problema resuelto.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


¿Algún portavoz quiere hacer uso del turno de réplica?


El señor HURTADO ZURERA: Simplemente quiero preguntarle al presidente si sabe cuáles son los organismos que están aplicando el sistema Sorolla 2. Se nos ha informado sobre el Sorolla 1 pero no sobre el Sorolla 2.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el presidente del tribunal.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Respecto al Sorolla 2, tendría que revisar los datos concretos del informe -que le remitiría- para saber quiénes son los que están aplicando este sistema. En estos
momentos no lo sé y no le podría dar una cifra al respecto.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


BLOQUE VI:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA POR LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA EN LOS EJERCICIOS 2007-2010. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000004 y número de expediente del Senado 771/000003).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN POR LA AUTORIDAD PORTUARIA DE GIJÓN DEL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DEL PUERTO DE GIJÓN, EJERCICIOS 2012 Y 2013. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000145 y número de expediente del
Senado 771/000146).



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El señor PRESIDENTE: Pasamos al bloque VI. Debate de los informes de fiscalización de la actividad desarrollada por la Autoridad Portuaria de Valencia en los ejercicios 2007 a 2010, y debate del informe de fiscalización de la ejecución por
la Autoridad Portuaria de Gijón del proyecto de ampliación del puerto de Gijón, ejercicios 2012 y 2013.


Tiene de nuevo la palabra el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Los dos informes sobre autoridades portuarias fueron aprobados, uno de ellos el 28 de junio de 2012, el correspondiente a Valencia, y el otro el 30 de junio de 2016,
el referido a la Autoridad Portuaria de Gijón.


En el informe desarrollado por la Autoridad Portuaria de Valencia durante los ejercicios 2007 a 2010, la gestión del dominio público portuario realizada a través del otorgamiento de concesiones y autorizaciones cumplía en términos generales
con lo previsto en la normativa. Sin embargo, en muchos de los casos se utilizó la figura de la autorización, cuando hubiera sido más consecuente con la naturaleza de la operación la utilización de la concesión puesto que en la mayoría de las
autorizaciones la ocupación efectiva superaba los tres años establecidos. Las tasas generadas por la gestión del dominio público portuario ascendieron a 376 millones de euros durante el periodo 2007-2010. Aunque los procedimientos de gestión se
consideran aceptables, se detectaron deficiencias en la liquidación de las tasas por ocupación privativa y por aprovechamiento especial del dominio público. La Autoridad Portuaria de Valencia estimó en 23 millones de euros el coste de las obras y
servicios que había tenido que costear como consecuencia de la celebración de la Copa América 2007, sin percibir ingreso alguno por la puesta a disposición de estos bienes.


A raíz del proyecto de modernización de las infraestructuras del puerto de Valencia, denominado Balcón al Mar, se desafectaron del dominio público determinados terrenos y construcciones, cuyo valor contable ascendía a 28 millones de euros
que pasaron a calificarse como bienes patrimoniales, observándose ciertas carencias, como la falta de celebración de un convenio de cesión. También se detectaron deficiencias en la celebración del gran premio europeo Fórmula 1 en sus distintas
ediciones, y aunque la liquidación de los ingresos se realizó conforme a lo estipulado en la autorización, se produjeron importantes retrasos en su facturación. Además, en ninguna de las ediciones el autorizado depositó las garantías exigidas en el
título, a pesar de los requerimientos efectuados por la Autoridad Portuaria de Valencia. En relación con los procedimientos de contratación, se han detectado diversas deficiencias. Aunque algunos proyectos de obras complementarias se adjudicaron
directamente al contratista de la obra principal, debían haberse licitado en un procedimiento abierto ya que no tenían el carácter de necesarios para el perfeccionamiento de la obra principal, pudiendo haberse separado técnica y económicamente si no
respondían a causas imprevistas. Ciertas modificaciones de productos de obra comenzaron a ejecutarse antes de aprobarse por el órgano de contratación.


En cuanto a la planificación y desviaciones de costes y de tiempo de ejecución en relación con la ampliación del puerto de Gijón, la evolución real del tráfico portuario se situó muy lejos de las perspectivas de crecimiento, habiéndose
producido una disminución del tráfico total del 30 % entre 2005 y 2011. La Comisión Europea aprobó una ayuda del Fondo de cohesión para este proyecto, fijándose el porcentaje de la ayuda en el 55 % hasta un máximo de 247,5 millones de euros. Del
importe total de las certificaciones de obras de la ampliación solo se consideraron como gastos elegibles 531 millones de euros, cuyo porcentaje subvencionable excedía en 44,5 millones el límite establecido. De aquel importe máximo, la autoridad
portuaria había cobrado 198 millones de euros y respecto de los 49,5 millones restantes la Comisión comunicó que no procedería a su abono, sin perjuicio de que el Estado haya presentado alegaciones. Tras la negativa de la Unión Europea de ampliar
la financiación del sobrecoste de las obras, la autoridad portuaria aprobó una operación de endeudamiento por un importe máximo de 215 millones de euros, concediéndole un préstamo Puertos del Estado que situó a la autoridad portuaria en una delicada
situación financiera.


Respecto al cumplimiento legal en relación con el proyecto, cabe indicar que se tramitaron dos contratos principales, el de la ejecución de las obras y el de asistencia técnica a la dirección de la obra. Por lo que se refiere a la ejecución
de las obras, el consejo de administración adjudicó el contrato sin baja en el precio y con una reducción de dos meses respecto al plazo de cuarenta y ocho meses incluido en el pliego, que Puertos del Estado considera infradimensionado. Aunque en
los pliegos y en las estipulaciones del contrato se estableció que los precios de las unidades de obra se consideraban cerrados, los precios de los materiales se incrementaron sin haberse instrumentado la modificación del contrato, abonándose



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por este concepto un importe adicional de 64 millones de euros. En 2007 y 2010 se llevaron a cabo sendas modificaciones de la ampliación, en las que además de incrementarse el presupuesto en 251 millones de euros se fijó una nueva fecha
para su finalización, lo que elevó a setenta meses la duración total de las obras. A 31 de diciembre de 2010, el sobreprecio abonado por la autoridad portuaria por las modificaciones fue de 142,5 millones de euros, de los que el 93 % se debió a los
incrementos de precios de los materiales, lo que no resulta conforme con el contrato. En febrero de 2011 se firmó el acta de recepción provisional pero la UTE manifestó su disconformidad con la liquidación e interpuso un recurso contencioso-
administrativo reclamando 323 millones de euros, proceso que aún se encuentra pendiente de resolución. La propuesta de modificación del proyecto dio lugar a una propuesta de corrección financiera de la Comisión Europea de 18,4 millones de euros.
Asimismo, en un informe de la OLAF se ponen de manifiesto indicios de que se pudieron haber cometido delitos que pueden afectar a los intereses financieros de la Unión Europea. Se notificó al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la
propuesta de cierre del proyecto, solicitando la recuperación de la totalidad de los pagos de la ayuda realizados y además se encontraba admitida a trámite en vía judicial una denuncia formulada por la Fiscalía Anticorrupción.


Por lo que se refiere a la contratación de asistencia técnica a la dirección de la obra, en el proyecto de las obras se incluyó una partida a justificar que debía abonar el contratista UTE obras al adjudicatario del contrato, UTE asistencia,
concepto por el que el contratista de la obra facturaba a la autoridad portuaria como una unidad de obra más. El establecimiento de este sistema de abono benefició a UTE obras, que por su intermediación facturó a la autoridad portuaria sobre el
precio de la asistencia técnica un 19 % en concepto de gastos generales y beneficio industrial, de lo que se derivó que la autoridad portuaria abonase un importe adicional de 2,3 millones de euros sobre las facturas de la asistencia técnica.


Como consecuencia de la modificación del contrato de la obra, también se incrementó en un 89 % el precio del contrato de la asistencia técnica, por un importe de 5,6 millones de euros y una ampliación del plazo de ejecución en veinte meses.
La modificación del contrato de asistencia técnica no fue aprobada por el órgano de contratación. A la finalización del contrato, la valoración de los trabajos de la asistencia técnica ascendió a 11 millones de euros más 1,1 millones en concepto de
revisión de precios, lo que elevó el coste a 12,1 millones de euros, suponiendo un aumento del 125 % sobre el precio de adjudicación inicial.


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, el señor Ten.


El señor TEN OLIVER: Gracias, presidente.


Señor presidente, tenemos dos informes de fiscalización de la actividad desarrollada por la Autoridad Portuaria tanto de Valencia como de Gijón. En el primer caso el informe evidencia la actividad desarrollada sobre la gestión de los
puertos de Valencia, Gandía y Sagunto, zona muy cercana a la mía porque yo soy de allí y me duele mucho que siga encontrando deficiencias por abuso de la figura de la autorización y no de la concesión, como nos ha comentado, en la Copa América, que
solo tuvo gastos y no ingresos, o en el retraso de la facturación de la Fórmula 1. Sinceramente, este informe, aunque llega tarde, porque estamos hablando de hace diez años, de 2007 a 2010, refleja que los medios informáticos eran ineficaces y
aprecia retrasos en la facturación, incoherencias entre las distintas bases de datos así como en los contratos, y falta de garantías de obras complementarias. Nos preocupa exageradamente todo esto. El informe también nos habla sobre la cesión de
la dársena, que ya se cedió en el año 2013. De hecho, tengo aquí una nota de prensa del Ministerio de Fomento en la cual la entonces ministra Ana Pastor mostraba su satisfacción por la conclusión de un proceso que se había prolongado durante
veintisiete años. Hay veces que la Administración llega tarde, muy tarde, y no actúa con la celeridad que debería.


Sin embargo, lo más preocupante lo encontramos cuando pasamos al informe de la Autoridad Portuaria de Gijón. Es un informe que está en la fiscalía. Fue la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, la OLAF, como nos ha comentado, la que
dio la voz de alarma sobre estas irregularidades. Este informe de 2014 refleja deficiencias en los sistemas de gestión de control por parte del puerto de Gijón. Estamos hablando de sobrecostes una vez más, pero esta vez se trata de grandes
sobrecostes porque, recordemos, la Autoridad Portuaria de Gijón adjudicó en 2015 a la UTE la obra por 579 millones de euros y acabó en 800. Algo se tiene que hacer, señor Álvarez de Miranda; algo tenemos que hacer desde esta Cámara para que no se
vuelvan a producir estos hechos que en el fondo es gasto público, dinero que se destina a sobrecostes. El informe a veces es curioso; cuando hablan de sobrecostes y del aumento de los



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materiales dicen que el mar es muy fuerte y que hacen falta unos materiales más resistentes. La verdad es que aumentar un 20 %, un 25 % o hasta un 30 % las cantidades iniciales resulta más que sospechoso. Hay que depurar responsabilidades.
Hay que dar medios a la fiscalía, a la justicia, pero también se los tenemos que dar a ustedes porque hay que cambiar el sistema de gestión de la Administración, ya que el dinero público es dinero para la sanidad, para la justicia, para los
servicios sociales, y hay mucha gente que depende de todo esto.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ten.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra el señor González.


El señor GONZÁLEZ GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.


En la pasada sesión analizábamos los informes sobre la depuración de aguas en Canarias y veíamos cómo se producía prevaricación en estas entidades de gestión y depuración de aguas. Hoy vemos en la prensa cómo detienen al expresidente de la
Comunidad de Madrid por la corrupción en el Canal de Isabel II. Ahora estamos viendo aquí los informes de fiscalización de los puertos de Valencia y Gijón, donde se muestra cómo el agua infectada por la prevaricación y la cultura del pelotazo
también se filtró en los puertos del Estado. En el caso del puerto de Valencia vemos cómo el endeudamiento y la pérdida de rentabilidad del puerto están totalmente ligados al despilfarro del Partido Popular, que llevó a la comunidad entera a la
quiebra y al partido del Gobierno en esa comunidad a ser imputado por corrupción. En el caso del puerto de Gijón, que afecta en este caso a una comunidad y a una ciudad en ese momento gobernada por el Partido Socialista, es probablemente de forma
aislada más grave que el caso de Valencia, y sobre todo menos conocido fuera de Asturias. Por eso me voy a centrar en él.


En 2005, la Autoridad Portuaria de Gijón procedió a la ampliación del puerto de El Musel sobre la base de un análisis de futuros tráficos totalmente sobreestimado, como se recoge en el informe del Tribunal de Cuentas. El concurso fue
adjudicado por 499 millones y lo gana una unión de empresas formada por Dragados, FCC, Sato y Alvargonzález. La Unión Europea se compromete en ese momento a aportar el 55 % de la financiación total. Como señala el informe del Tribunal de Cuentas,
el director de la Autoridad Portuaria de Gijón justificó la propuesta de adjudicación a la UTE precisamente por las fuentes de suministro de materiales ofertadas, lo que supuestamente era fundamental para cumplir con el plazo ofertado de cuarenta y
seis meses. Además, en los pliegos de cláusulas y en las estipulaciones del contrato se estableció que los precios de las unidades de obra que se recogían en el proyecto se consideraban cerrados a todos los efectos y que el contratista no podía
bajo ningún pretexto pedir la modificación de los precios de adjudicación. Pues bien, en 2007 la autoridad portuaria modifica el contrato y asume un aumento de precios de 216,314 millones de euros, modificando los precios de los materiales y
elevando a setenta meses la duración de las obras. La Unión Europea en ese momento se niega a financiar este modificado al considerar que no es una segunda fase del proyecto inicial. En 2011 se inaugura la infraestructura y en 2013 las
constructoras demandan ante los tribunales por 354 millones que consideran que han cobrado de menos. En 2014, la Oficina Europea Antifraude, la OLAF, pide a la Comisión Europea que recupere los 198 millones de euros que aportó y que no abone los 49
millones de euros pendientes, convirtiendo los sobrecostes de El Musel en un escándalo de trascendencia europea.


El caso está ahora mismo en la Audiencia Nacional tras la denuncia interpuesta por el Observatorio Ciudadano Anticorrupción, que ha conllevado la imputación del expresidente y del exdirector de la Autoridad Portuaria de Gijón, Fernando
Menéndez Rexach y José Luis Díaz Rato, respectivamente. Además, la sombra de la sospecha se extiende sobre todos los miembros del Consejo de Administración del Puerto desde 2004 hasta 2011, que, a sabiendas de lo que estaba ocurriendo, no lo
denunciaron o no se posicionaron en contra en las reuniones de ese consejo de administración. Hay que recordar que en el consejo de administración del puerto de Gijón estaban destacados miembros de la Federación Socialista Asturiana y consejeros de
Gobierno del expresidente de Asturias y ahora senador Vicente Álvarez Areces, la exalcaldesa de Gijón, Paz Fernández Felgueroso, candidatos a la alcaldía de esta ciudad como José María Pérez o dirigentes sindicales como Justo Rodríguez Braga.


Según se señala en el informe del Tribunal de Cuentas, entre los años 2006 y 2007, a pesar de que el contrato dejaba claro que los precios de las unidades de obra que se recogían en el proyecto se consideraban cerrados a todos los efectos y
el contratista no podía -como decía antes- pedir la modificación de los precios de adjudicación, el director del puerto de Gijón, ahora imputado, acordó con



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la UTE incrementar los precios de los materiales sin haber instrumentado expediente de modificación de contrato y asumiendo el aumento de gasto, por lo que desde la certificación correspondiente al mes de abril de 2006 y hasta el mes de
noviembre de 2007 la Autoridad Portuaria de Gijón abonó a la UTE obras por los aumentos en los precios de las unidades de obra. Estos nuevos precios se empiezan a pagar entre marzo y abril de 2006, año y medio antes del inicio de la tramitación de
la modificación del proyecto que afecta a los sobrecostes. ¿Es esa una práctica habitual o supone en este caso una irregularidad? En una información publicada, el exdirector de la Autoridad Portuaria señala a la UTE que el modificado no se podía
tramitar por problemas políticos y que había que esperar a mediados del 2007 para tramitarlo, después de las elecciones autonómicas. ¿Cree el Tribunal de Cuentas que se pudieron ocultar los sobrecostes porque había elecciones en aquel momento? La
principal modificación, el 66 % del incremento de precio, consistió en introducir suplementos económicos para los materiales de la cantera, justificándolo en su diferente origen respecto del previsto en el contrato inicial, a pesar de que las
características técnicas del material no variaron. Esta irregularidad es una de las cuestiones que ha llevado a afirmar a la Oficina Antifraude de la Unión Europea que podía haber existido connivencia entre políticos y empresarios para pactar los
sobrecostes. El Tribunal de Cuentas señala en su informe que la alteración de los precios previstos en el proyecto de los materiales procedentes de las canteras no resulta conforme con las estipulaciones del contrato, ya que la responsabilidad de
la elección de las fuentes de suministro era exclusivamente del contratista y fueron precisamente las canteras que ofertó la UTE uno de los principales motivos por los que resultó adjudicataria, junto con la reducción del plazo de ejecución que, a
la vista de los resultados, tampoco fue respetado. ¿Considera el Tribunal de Cuentas que se han abonado más de 200 millones en sobrecostes de forma irregular? Los empresarios proponen, en su propuesta de contrato, dos canteras sobre las cuales no
tienen ninguna garantía -se basan en acuerdos de intenciones-, salvo que esté organizado previamente para que luego, sabiendo que no se va a poder explotar esa cantera, se exploten otras, pero con condiciones más ventajosas para la UTE. ¿Conoce el
Tribunal de Cuentas que la investigación judicial que se está llevando a cabo actualmente plantea que se está investigando si los empresarios y la Autoridad Portuaria de Gijón conocían desde 2005, antes de poner la primera piedra, que la cantera que
figuraba en el contrato no se podía utilizar? El cemento que proveyó la empresa beneficiada de esta operación, que fue Tudela Veguín, del grupo Masaveu, ahora también imputados judicialmente en este caso, no solamente no es más barato que el que
había anteriormente sino que se factura diez euros por tonelada más caro que lo que costaba en el puerto de La Coruña. Queremos preguntar al Tribunal de Cuentas qué opina de este aspecto y cómo se puede explicar. Señalan también en el informe que
no existió control riguroso de la entrada y salida de camiones de El Musel y que esa ausencia de control está relacionada con los sobrecostes. Le quiero recordar que Enrique Riaño, que era el presidente de la patronal asturiana de transporte
Cesintra, denunció ante la Guardia Civil y los inspectores de transporte esta cuestión con la siguiente frase: Llama la atención que la mayor obra de movimientos de tierra en España de los últimos cien años no tuviera ninguna inspección por parte
de transporte. La OLAF, por su parte, encontró...


El señor PRESIDENTE: Señor González, ha sobrepasado con muchas creces el tiempo.


El señor GONZÁLEZ GARCÍA: Ya estoy terminando. Espero que tenga en cuenta que esto compensa la brevedad en los anteriores informes. (Risas.)


La OLAF, por su parte, encontró 88.000 transportes sujetos a doble contabilidad y queríamos saber si el Tribunal de Cuentas considera que pudo haber una falta de control en el acceso de los camiones y qué consecuencias piensa que pueda haber
tenido eso en los sobrecostes y en las irregularidades cometidas durante esta obra.


Para terminar, la ampliación del puerto de Gijón ha supuesto aproximadamente un incremento del 30 % de la superficie total. Sin embargo, en el ejercicio 2012, los ingresos generados por la ampliación supusieron solamente un 11 % del total
de los ingresos por tasas y tarifas. En definitiva, tal como concluye el Tribunal de Cuentas, las desviaciones en previsiones de tráfico portuario, el incremento del coste de las obras de ampliación y, por ende, el nivel de endeudamiento de la
autoridad portuaria, revelan defectos en la concepción y la ejecución de la ampliación del puerto de Gijón, y el endeudamiento derivado de esta ampliación chapucera está en la merma de la rentabilidad del puerto que, a su vez, ha tenido
consecuencias para la competitividad del mismo y en las condiciones laborales de la plantilla. Por último, quiero señalar que el Tribunal de Cuentas ha incorporado recientemente entre sus miembros, por vía de libre designación, al exportavoz del
Partido Socialista en Gijón durante los años 2011 y 2015, Martínez Argüelles, pero se



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desconocen aún las funciones que desarrolla dentro de la institución y queríamos saber si está entre sus funciones -entre las funciones de Martínez Argüelles- la fiscalización de la Autoridad Portuaria de Gijón. Nos gustaría que nos
resolviera también esta duda, si es posible.


Cierro ya, pidiendo disculpas por la extensión de la intervención. Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor González. Ha compensado profusamente usted la cuestión del inmovilizado material. (Risas.)


Tiene la palabra la señora Botella, por el Grupo Parlamentario Socialista.


La señora BOTELLA GÓMEZ: Muchas gracias, presidente.


Realmente nos enfrentamos a dos de los expedientes me atrevo a decir más complejos de los que llevamos en esta Comisión, que nos exigen un grado de ecuanimidad y de respeto a todos los procedimientos administrativos a los que están sujetos.
Lo digo por la vehemencia de nuestro compañero diputado de Podemos, que refleja también la vehemencia política con la que se ha vivido en Asturias precisamente este caso, que no niego que es un caso importante, pero también en Valencia -ciudad de la
que procedo-, en la que se ha hecho el seguimiento de la utilización de los servicios portuarios de la Autoridad Portuaria de Valencia, vinculada a dos grandes eventos como fueron la Copa América y la Fórmula 1 -que debo reconocer que despertaron
pasiones en el territorio-, en cuanto al correcto uso de dichos servicios públicos.


Me gustaría decir brevemente a modo de reflexión porque es importante recordarlo -yo lo he hecho- que Puertos del Estado es un organismo público de titularidad estatal y que las autoridades portuarias están sometidas a una compleja normativa
de carácter general y específica que hay que tener siempre en cuenta a la hora de hacer todo tipo de valoraciones; es de las autoridades más complejas con las que contamos en España y brevemente diré que está sometido a la Ley de Puertos del
Estado, a la Ley de Costas, a la Ley de Evaluación Ambiental, a la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, a la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, a la Ley de Contratos del Sector Público, a la Ley sobre
Procedimientos de Contrataciones de Sectores Especiales y otras normativas consolidadas y disposiciones. Todo esto viene al caso para decir que hay que ser muy ecuánimes a la hora de señalar que todo esto puede saltarse muy alegremente en el curso
de unos procedimientos.


Conociendo la complejidad de estos dos casos, creo que los informes que ha elaborado el Tribunal de Cuentas son muy ecuánimes y reflejan muy objetivamente todo lo que ha ocurrido, hacen una narración muy completa de los hechos. ¿Qué nos
preocupa a nosotros? Nos preocupa como parlamentarios -entiendo yo, por lo menos traduzco la preocupación de mi grupo- que estas cuestiones de los sobrecostes y los alargamientos de los plazos tengan que tener su justo control porque está pasando
aquí, está pasando en otras obras y está pasando actualmente. Estamos hablando del año 2011, en que se entregó la obra del puerto de Gijón, y de 2007 a 2010, del puerto de Valencia. Creo que es ahí donde tenemos que ir porque hay actuaciones que,
efectivamente, están judicializadas porque ha habido diferentes frentes, desde el frente político que se ha utilizado por las distintas administraciones que han concurrido en ambos, tanto en el puerto de Valencia como en el puerto de Gijón, con
diferente alcance, de mayor nivel en el caso del puerto de Gijón evidentemente, pero es verdad que tiene una utilización partidista, y ahora mismo tiene que haber un respeto de las actuaciones que están judicializadas. Es verdad que ha habido
denuncias por parte de la Comisión Europea pero también hay alegaciones por parte de la Administración del Estado y en administraciones diferentes a las que tuvo lugar en su momento, con lo cual, como digo, sometimiento al ordenamiento jurídico.
También hay que tener en cuenta -a pesar de todo lo que hemos dicho- que la ampliación del puerto de Gijón es una de las obras de ingeniería que ha supuesto uno de los mayores retos de la ingeniería portuaria española, y esa obra está hecha y
finalizada, está entregada y en pleno funcionamiento, ha supuesto una ampliación -como se decía- de más del 30 %, pero también ha supuesto ganar terreno por valor de 150 hectáreas de superficie terrestre y otras tantas de agua abrigada, y ha
supuesto una potenciación de las capacidades portuarias para el territorio.


Con todo eso quiero decir que nos parece que las recomendaciones que establece el informe del Tribunal de Cuentas apuntan en la línea adecuada, que la actuación de la Autoridad Portuaria de Gijón siempre ha estado tutelada, en primer lugar
por su propio consejo de administración que tiene abogado del Estado, y siempre -y si me equivoco luego lo comentamos en el segundo turno-, desde aquel momento y hasta 2011, contó con todos los informes correspondientes por el sometimiento legal al
que estaba subordinado tanto de la Abogacía del Estado como de todas las autoridades competentes, empezando por el propio abogado del Estado, ahora bien, ¿atribuir intencionalidades y connivencias a



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todas las discrepancias que ahora se pueden producir resultado de esos cambios ocasionados con el tema de las canteras, que es muy prolijo pero que también fue muy complejo? Yo no me atrevería a pronunciarlo aquí en este tribunal, perdón,
en esta Comisión del Tribunal de Cuentas. (Risas.) Se puede convertir, efectivamente, en un tribunal, pero creo que esa no es nuestra función. En lo que respecta a las deficiencias en la Autoridad Portuaria de Valencia, efectivamente eran dos
eventos de naturaleza diferente porque, en lo referente al consorcio Valencia 2007 para el evento de la Copa América, era un consorcio interadministrativo, con lo cual las aportaciones económicas que se hicieron desde el puerto de Valencia iban
claramente -ya voy finalizando porque veo que se enciende la luz roja- a actividades de carácter administrativo que están en la propia naturaleza del evento. Fueron más cuestionables las de la Fórmula 1 porque era una empresa privada que tenía
ánimo de lucro y que, por el contrario -y es una pregunta que le quería hacer al presidente del Tribunal de Cuentas-, así como se han contabilizado y estimado en 23 millones de euros las aportaciones que hizo la autoridad portuaria para la
celebración de la Copa América, no están contabilizados o reflejados los importes de los que estaríamos hablando en cuanto a aplicaciones o cesiones que se hicieron para ese caso. Quiero terminar con un final feliz respecto a la Autoridad Portuaria
de Valencia en este caso porque, como decíamos que los informes reflejan una época más antigua 2007-2010, he podido saber que hay informes relativos a la Autoridad Portuaria de Valencia de cumplimiento -creo que para satisfacción de esta Comisión-
de las recomendaciones que hizo el Tribunal de Cuentas y respecto a la más reciente, la de 2016, sí que hay emprendidas muchas medidas que suponen corrección y mejoras de la productividad y de las tasas de endeudamiento que se produjeron en aquel
momento.


Concluyo dando las gracias al presidente del Tribunal de Cuentas porque realmente son informes muy complejos y que han supuesto una buena prueba de ecuanimidad por su parte.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Botella.


Para finalizar este punto, tiene la palabra el señor Juncal, por el Grupo Parlamentario Popular.


El señor JUNCAL RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor presidente.


Reitero el saludo al señor presidente del Tribunal de Cuentas. Una pregunta: ¿En los dos supuestos de los puertos de Valencia y Gijón se iniciaron acciones de alcance contable? Son dos autoridades portuarias, pero obviamente la
problemática es muy distinta en uno y en otro. Hay que rememorar aquellos años donde no solo la Autoridad Portuaria de Valencia, sino todas las autoridades portuarias llevaban muchos años -piénsese en Barcelona, por citar una, pero en general todas
las autoridades portuarias- con actividades relacionadas con su ciudad, con su ámbito, pero alejadas de lo que era en sí el tráfico o la actividad portuaria sencillamente, que es la actividad para la cual están pensadas. En un momento determinado
durante una década o más las autoridades portuarias se implicaron en sus respectivos territorios precisamente ocupando espacios urbanos y que, por tanto, afectaban de una manera importante a la ciudad; de ahí la necesidad de que esos puertos
empezaran a iniciar planificación de puertos exteriores para desviar los tráficos molestos, sucios, etcétera. Se implicaron esas autoridades en actividades como la Copa América, la Fórmula 1 o ese convenio con el ayuntamiento en un claro intento de
mejorar el entorno de la ciudad. Se dice que la Autoridad Portuaria de Valencia tuvo gastos en esa Copa América y Fórmula 1 y no tuvo retornos. Es el ejemplo al que quería llegar, porque era una actuación, vamos a llamar política, y el retorno lo
tuvo en lo que significó para la ciudad esa actividad de cara al propio turismo y a dar una proyección de la misma tanto en España como en el mundo que no vamos a negar. Desde luego, son unos ingresos difícilmente cuantificables en euros, pero,
vuelvo a insistir, una década atrás la repercusión que tuvo fue importante. Ahora las autoridades portuarias se han centrado en la actividad portuaria, olvidando este tipo de actuaciones o de incursiones en sus respectivos ámbitos.


En cuanto a lo de Gijón, como está sub iudice, voy a recoger el guante y, obviamente, no voy a hacer una crítica, pero indudablemente está ahí. Hay un juicio y gente que está procesada, con duras acusaciones. Indudablemente, la gestión de
la Autoridad Portuaria de Gijón, con un sobrecoste de un 120 %, no parece que haya sido muy acertada. Vuelvo a insistir en que está pendiente de juicio y apunta a que es muy feo, pero que se traiga piedra de 120 kilómetros refleja una mala
planificación y, como señaló el presidente del Tribunal de Cuentas, una caída del tráfico portuario, es decir, que la planificación en su conjunto desde el primer momento no estuvo bien dirigida. Si al final, después de esa actuación judicial, se
demuestra que no eran golfos, sí por lo menos han demostrado que fueron ineptos



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y no muy aptos con las cifras de gestión del puerto de Gijón en los últimos años. Salvo la aclaración del tema del alcance contable, no tengo nada más que decir.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Juncal.


Para finalizar, tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, señor presidente.


En primer lugar, respondiendo al señor Ten, que me ha dicho que algo deberíamos hacer, en este caso el tribunal ha hecho lo que tiene que hacer, dos informes rigurosos y ecuánimes, que hacen un análisis del proceso de contratación y de las
debilidades que en el mismo se han advertido. Lo que haya que hacer a partir de ahí está en manos de las diferentes instancias que pueden continuar en ese sentido, bien en el ámbito de la jurisdicción contable o bien en el propio de la jurisdicción
ordinaria. Como ustedes ya han dicho, hay procedimientos judiciales abiertos en el caso del segundo informe.


Quiero aprovechar para contestar directamente al señor Juncal, que me ha preguntado por el alcance que tienen estos dos informes. En el primero no constan antecedentes en la sección de enjuiciamiento, aunque se formularon peticiones de
responsabilidad penal por presuntas deficiencias en la adjudicación de los trabajos de demolición, mientras que en el segundo se han incoado diligencias preliminares, que se encuentran actualmente en fase de instrucción, por presuntas
irregularidades detectadas en la ejecución de los contratos de obra de ampliación y en el caso de los de asistencia técnica.


El señor González me ha formulado aproximadamente siete preguntas relacionadas con el informe. Yo creo que recoge apartados del informe que están suficientemente claros y desarrollados, pero me pìde aclaraciones adicionales sobre los
mismos. Lo que tengo que decirle es que el informe dice lo que dice, y yo creo que dice bastante. Las conclusiones que se quieran sacar de estos informes y las aclaraciones que se quieran pedir está en el ámbito de cada uno; defender una u otra
posición me parece muy legítimo, pero el tribunal no puede ir más allá de lo que ha ido y de lo que ha señalado en el caso del expediente de Gijón. Me ha preguntado por un dato concreto relacionado con la gestión interna del tribunal y me gustaría
indicarle que el señor Martínez Argüelles no forma parte del departamento que tramita este informe que lleva a cabo la fiscalización de Puertos del Estado, por lo que no existe ningún supuesto de abstención planteada ni de recusación posible.


En relación con lo formulado por la señora Botella, efectivamente nos encontramos ante dos expedientes de una gestión muy compleja, que están llenos de situaciones llamativas que nos se encuentran en otros expedientes similares. Por lo
tanto, como no podía ser de otra manera, han recibido una atención especial del tribunal que les ha llevado a ser dos informes que incorporan elementos críticos muy importantes y que, por otra parte, tienen una deriva en el caso de los
procedimientos judiciales cuyo resultado final todavía está por saber. Únicamente quiero indicar en relación con este tema que en el programa de fiscalizaciones de este año tenemos prevista una fiscalización de la gestión, ocupación y
aprovechamiento del dominio público portuario estatal en la que creo que habrá muchas cuestiones que se han dicho en esta Comisión que posiblemente sean de utilidad para las conclusiones que ustedes quieren obtener.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


BLOQUE VII:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL, EJERCICIO 2010. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000009 y número de expediente del Senado 771/000008).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL, EJERCICIO 2015. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000173 y número de expediente del Senado 771/000178).


El señor PRESIDENTE: Para finalizar los debates de la mañana, tal y como se acordó en Mesa y portavoces, se va a proceder al debate del bloque VII, correspondiente al informe de fiscalización del



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Consejo Económico y Social del ejercicio 2010 y al informe de fiscalización del Consejo Económico y Social del ejercicio 2015. Tiene la palabra para su exposición, el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): En todos los ejercicios desde su creación las cuentas del Consejo Económico y Social han sido aprobadas por el presidente del organismo, si bien ni en su ley de
creación ni en el reglamento de la organización y funcionamiento interno figura entre sus funciones, no especificándose en la normativa quién debe efectuar dicha aprobación. Dada la naturaleza y heterogénea composición del órgano plenario del
consejo, se estima conveniente que la competencia debería radicar en dicho órgano colegiado. Los estados financieros de ambos ejercicios sujetos a fiscalización reflejan en sus aspectos significativos la imagen fiel de la situación financiera y
patrimonial, así como los resultados del consejo, si bien se destaca la ausencia del reflejo en cuentas del edificio utilizado como sede, cuya titularidad ostenta la Administración General del Estado. El citado inmueble pertenece históricamente al
denominado Patrimonio Sindical Acumulado, correspondiendo su administración y gestión al Ministerio de Empleo y Seguridad Social al no existir acuerdo de cesión al Consejo Económico y Social. A este respecto, ya desde el informe anterior relativo
al ejercicio 2004, el tribunal viene señalando la necesidad de regularizar su situación jurídica.


Por otra parte, la mayor parte de las compensaciones económicas por la participación de los miembros en los órganos colegiados del consejo se abonaban a las organizaciones a las que pertenecían, en lugar de directamente a los propios
consejeros. Esta práctica supone, en primer lugar, una manera de eludir el control de los límites señalados en el Real Decreto 462/2002, sobre indemnizaciones por razones del servicio, aplicable al consejo, en cuanto al máximo de retribuciones de
los consejeros por estos conceptos. En 2011 se comenzó a informar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de las cantidades satisfechas por estos conceptos, si bien de manera global y no individualizada. Además, ello tiene efectos
fiscales, puesto que las compensaciones a los consejeros tributan en el IRPF y, por lo tanto, están sujetas a retención a cuenta, mientras que los importes satisfechos a las organizaciones están exentos del impuesto sobre sociedades, lo que supone
un perjuicio para la Hacienda pública. Desde la creación del consejo se otorgan compensaciones económicas anuales a las organizaciones con representación en el pleno por las actividades que realizan vinculadas a la entidad. Tales entregas sin
contraprestación cumplen todos los requisitos por tener la consideración de subvenciones. Se ha señalado reiteradamente por el tribunal que no se encuentra justificada la aplicación de un régimen de compensaciones a los grupos con representación en
el consejo, además del establecido para los consejeros por sus asistencias a los órganos colegiados. Asimismo, se señala la necesidad de reforzar el control de las existencias a tales órganos colegiados, que es obligatoria, ya que no siempre se
justifica la ausencia de los consejeros. En el informe correspondiente al ejercicio de 2010 se apreció un riesgo de fraude en la acreditación de las asistencias mediante hojas de firmas. También reciben las organizaciones con representación en el
pleno otras compensaciones no dinerarias, como la utilización de tres plantas de la sede y la asignación de elementos informáticos. Además, se cuestiona la necesidad y la relación con los fines del consejo de la suscripción anual de seguros de vida
y de accidentes a favor de los consejeros, que deberían estar amparados por un acuerdo del pleno y que constituyen retribuciones en especie.


Por lo que se refiere al análisis de los contratos y convenios formalizados, en ambos informes se concluye que la tramitación de los expedientes era defectuosa. Entre las deficiencias detectadas se incluye la adjudicación de contratos
menores que superaban los límites legales para ello, la posible existencia de casos de fraccionamiento en el objeto de los contratos para eludir los requisitos de publicidad y concurrencia y la detección de facturas de fecha anterior a la de
autorización del gasto. En el ejercicio de 2010 se realizaron desplazamientos en clase business tanto de consejeros como del personal sin contar con la debida autorización para poder utilizar esta clase superior. En materia de cumplimiento de la
legalidad sobre sistemas de información, en 2015 el consejo había cumplido solo parcialmente con la Ley orgánica de protección de datos de carácter personal y con la aplicación del esquema nacional de seguridad. En relación con la gestión del
personal del consejo, en el informe relativo a 2010 se advierte del riesgo de haberse formalizado un despido que podría tratarse del desistimiento de una trabajadora. Respecto a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, el consejo no estaba
obligado a disponer de un plan de igualdad adecuándose sus recursos humanos a la paridad en 2015.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra el señor Ramírez.



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El señor RAMÍREZ FREIRE: Muchas gracias, señor presidente. Muchas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas, por la claridad a la hora de exponer los informes de fiscalización.


La verdad es que es desalentador ver que un órgano como el Consejo Económico y Social, un órgano recogido en el artículo 13.2 de la Constitución, un órgano que se considera alto órgano consultivo del Gobierno y que además es un lugar de
encuentro entre los agentes sociales y económicos, no cumple con las recomendaciones que este tribunal ha ido desarrollando en el año 2004 y que también incluye las del 2010; sobre todo porque en aras de la transparencia y siendo además un órgano
de representación social, debemos entender que este tipo de compensaciones no justificadas dan lugar luego a malos entendidos y a cierto descrédito de las instituciones. Desde luego, nosotros no entendemos cómo solo el 25 % de las asignaciones que
se están dando a los consejeros son directamente ingresadas en sus cuentas y no en los órganos que representan, ya que esto desde luego supone una vulneración del Real Decreto 462/2002, como así ha expuesto el presidente del tribunal. Además, nos
parece cuando menos irrisoria la situación jurídica del inmueble que utiliza como sede, ya que a todas luces no parece leal que este inmueble pueda ser utilizado por el Consejo Económico y Social, ya que no tiene la consideración enmarcada en la Ley
48/1986 para ser uno de los organismos que puedan disponer del mismo. No nos parece que el procedimiento revista especial dificultad o dificultades insalvables. Estamos hablando de que desde los treinta años que han transcurrido desde la
aprobación de la Ley 4/1986 y los veinticinco de la creación del Consejo Económico y Social se podría haber llegado a una solución jurídica para que este elemento que está utilizando el Consejo Económico y Social pudiera ser integrado en el
patrimonio del Estado cediendo su uso -como así está actualmente- al Consejo Económico y Social. Desde luego, nos parece que en el cumplimiento de las recomendaciones que hizo el Tribunal de Cuentas en el año 2004 se están dando pequeños pasos,
como por ejemplo la rendición de las cuentas, el envío de la información que se está dando, así como las compensaciones a los consejeros, pero esos datos vienen agregados. Desde luego, como bien ha dicho el presidente, parece que es una forma de,
si no esconder, maquillar si se están cumpliendo o no las limitaciones que tienen como retribuciones máximas los consejeros que están recogidas en el Real Decreto 462/2002.


Por último, en materia de contratación nos parece muy negativo que este órgano, que parece que también es un órgano de representación de la sociedad civil, tramite expedientes de contratación de forma defectuosa. De hecho, en un tercio de
los mismos la autorización del gasto es posterior a la presentación del correspondiente servicio o entrega del bien, y en algunos casos incluso se producen abonos que no se ajustan a las contraprestaciones recibidas. Si hay un elemento clave en
este tipo de instituciones es el de la ejemplaridad, y en este caso no se está cumpliendo.


Por lo demás, estamos totalmente de acuerdo con las resoluciones que ha estipulado el Tribunal de Cuentas. Es el camino que debemos seguir. Esperemos que, de una vez por todas, tanto el Consejo Económico y Social como el resto de
instituciones hagan caso a las recomendaciones del alto tribunal y no como actualmente, que hacen caso omiso.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez.


Por el Grupo Confederal, tiene la palabra el señor González, que estoy convencido que se autocompensará en el tiempo.


El señor GONZÁLEZ GARCÍA: No le quepa la menor duda de que seré breve.


En este informe sobre el Consejo Económico y Social del Tribunal de Cuentas se pone de manifiesto el incumplimiento reiterado de las recomendaciones que plantea el propio Tribunal de Cuentas en varias materias, entre ellas la compensación a
los agentes sociales por doble vía, tanto la compensación directa como la compensación por los viajes, los desplazamientos y las reuniones del propio Consejo Económico y Social a las que acuden los consejeros, como los procedimientos de contratación
que no son del todo ajustados a derecho, produciéndose el establecimiento por encima del precio de los contratos menores en algunos de los contratos hechos por el propio Consejo Económico y Social. Nos parece especialmente grave que un órgano que
tiene carácter constitucional y que representa a los agentes sociales incumpla en reiteradas ocasiones las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, especialmente cuando se trata de recomendaciones de carácter tan fundamental como las que se realizan
para este órgano. Hay que exigir responsabilidades políticas por la gestión del Consejo Económico y Social. Hay que recordar también que algunas de las cuestiones señaladas por el Tribunal de Cuentas se subsanaron en el informe de 2015, pero hay
otras cuestiones que no. Queremos saber si el Tribunal de Cuentas tiene constancia de si se ha



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producido algún tipo de sanción al Consejo Económico y Social por el incumplimiento reiterado de este tipo de recomendaciones realizadas y por la irregularidad en los procedimientos que se manifiesta en el informe que ha remitido el
tribunal.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor González, por su brevedad.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Galeano tiene la palabra.


El señor GALEANO GRACIA: Gracias, señor presidente, y muchas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas, por su comparecencia. Estas comparecencias son, a veces, maratonianas: jornadas matutinas que se prolongan de forma ya
vespertina.


No sé cuál es aquí la media de edad, pero pienso que no hay demasiada gente joven, entre comillas, con lo cual creo que casi todos conoceremos aquella tira cómica del TBO llamada 13, Rue del Percebe. La primera reflexión que me inspira la
lectura de este informe de fiscalización del año 2010 va un poco en la línea de esa casa, en la que cada uno hacía casi lo que le venía en gana. Permítanme que haga esta reflexión en esta sede. El año 2010 es la fecha de esta fiscalización de la
que estamos hablando; unos años de crisis económica y social galopante en nuestro país. Todavía sufrimos los coletazos de esa crisis. ¿Cómo puede entender la ciudadanía determinados comportamientos? Bien es verdad que el Tribunal de Cuentas
advierte en algunos de sus planteamientos que no son conductas demasiado graves desde el punto de vista de la cantidad que estamos manejando aquí, ni conductas que hayan supuesto una responsabilidad penal, pero los comportamientos poco éticos, poco
morales del conjunto de consejeros que aquí hemos conocido cuando menos hay que manifestarlos. Como decía anteriormente una compañera de grupo, el final feliz, entre comillas, es que en el informe de 2015 muchos de esos comportamientos de
despilfarro en viajes en clase business, en viajes a veces evitables, en dietas que superaban ciertos límites y, en definitiva, en gastos superfluos que, aunque no son cuantías sumamente importantes, significaban un comportamiento muy poco ético, se
han subsanado; una serie de conductas del día a día que no responden a lo que los ciudadanos exigen para el conjunto de instituciones públicas.


Hay asuntos que, por desgracia, siguen sin acoger un cambio en ese informe de 2015. Por ejemplo, nos encontramos, como han dicho otros compañeros, con el reiterado incumplimiento de las compensaciones directas a organizaciones, que se suma
al pago directo a la organización y además al pago a los consejeros. El tribunal lo ha manifestado y en la propia Comisión del Tribunal de Cuentas hemos manifestado en nuestras propuestas de resolución que se aborde definitivamente esta
problemática, y vemos con estupor que sigue sin recogerse esta recomendación. Lo mismo sucede con el tema del inmueble -y aquí los diferentes portavoces se han manifestado en ese sentido- y la problemática para regular la situación jurídica que
tiene el Ministerio de Empleo con este inmueble que es usado por los diferentes consejeros, por el CES en definitiva.


Estamos preocupados por esa serie de conductas fuera de todo lugar, que nosotros criticamos sin lugar a dudas, y, al mismo tiempo, estamos esperanzados de que esa tendencia que se ha seguido en estos últimos cinco años ponga de manifiesto,
de una vez, una mejora en la transparencia de asuntos -también lo han manifestado otras señorías- como el tema de la contratación pública. En esta casa estamos tramitando una ley, de la que algunos somos partícipes, que afecta a la contratación
pública y somos conscientes de la problemática que encierra este tipo de organismos, y aquí tenemos un ejemplo. En la medida en que sepamos transmitir esa transparencia y esa capacidad de administración de cristal, nuestros ciudadanos creerán y
confiarán en ese tipo de instituciones y organismos o, sencillamente, desconfiaran de lo mucho de bueno que hay en ellos, de esa parte buena y positiva que seguro que hay.


Muchas gracias por su comparecencia.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Galeano.


Para finalizar, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Antoñanzas.


La señora ANTOÑANZAS GARRO: Muchas gracias, presidente. Quiero agradecer también al presidente del Tribunal de Cuentas sus exposiciones.


Vemos que en la elaboración de estos dos informes ha habido una evolución favorable y la demostración es que las recomendaciones de 2010 no tienen que ver con las de 2015; por lo tanto, vamos evolucionando. El Consejo Económico y Social
nos decía en 2015 que se deben publicar en el Boletín Oficial del Estado las subvenciones que conceden las organizaciones que integran el consejo; que los



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pagos por asistencia de los consejeros a sus órganos colegiados se pagarán directamente a estos consejeros y no a las organizaciones; que hay que reforzar el control sobre las asistencias de los consejeros a sus órganos colegiados, así como
elaborar las sucesivas resoluciones normativas que regulan las compensaciones económicas otorgadas a las organizaciones, estableciendo adecuados mecanismos de concesión, gestión, justificación y control de fondos públicos. A diferencia del año
2015, con las siguientes recomendaciones: ajuste del contenido de la resolución anual; que se mejore la cláusula utilizada para la recepción de bienes y servicios contratados evitando su ambigüedad; que se revisen las políticas tanto de dotación
de provisiones por deudas, como dotaciones presupuestarias de compensaciones; que se revisen las condiciones de rentabilidad de las cuentas bancarias con la entidad en las que las tienen depositadas, fijando una retribución adecuada al elevado
saldo medio anual que presentan; que se analicen las funciones y plantilla existentes; que se proceda a la adecuación de la plantilla a las necesidades para llevar a cabo las funciones encomendadas, atendiendo a las tareas de desarrollo, de
mantenimiento, así como la recomendación de evaluar la posible integración del centro de proceso de datos en el ministerio, sumándose también a la integración que promueve la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del
Ministerio de Hacienda y Función Pública. Esta evolución y el cumplimiento de las anteriores recomendaciones sobre transparencia pretenden facilitar a los ciudadanos, de forma periódica y actualizada, la información relevante de su actividad
relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública, ya que sirve de cauce de participación y diálogo de los interlocutores sociales, empresarios, sindicatos y expertos de reconocido prestigio en el debate de todos los asuntos
económicos y sociales.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Antoñanzas.


Para finalizar, tiene la palabra el señor presidente del tribunal.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Únicamente quiero indicar, respondiendo a las preguntas que me han formulado sobre las eventuales responsabilidades que puedan acompañar a estos informes, que la primera y más importante cuestión es que en relación con ambos informes se
formularon sendas peticiones de responsabilidad tributaria que fueron trasladadas a los órganos del Ministerio de Hacienda en relación con la naturaleza de los pagos realizados por el consejo, derivados de la asistencia de los consejeros a las
reuniones de los órganos colegiados y las dietas. También se formularon peticiones de responsabilidad penal en el primero de los informes, derivadas de una posible suplantación de firma y por presuntas irregularidades y deficiencias en el
procedimiento de adjudicación de contratos.


En relación con los supuestos de eventuales responsabilidades contables, en el segundo de los informes, el relativo al del año 2015, no constan antecedentes en la sección de enjuiciamiento, y en el de 2010 se incoaron diligencias pero fueron
archivadas por inexistencia de responsabilidad contable.


Con ello completo la presentación de estos informes.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Atendiendo al acuerdo de Mesa y portavoces, se suspende la sesión en estos momentos y se reanudará a las cuatro de la tarde.


Era la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde.


Se abre la sesión a las cuatro de la tarde.


El señor PRESIDENTE: Buenas tardes de nuevo.


Antes de reanudar el debate, les comunico que a instancia y previo acuerdo de todos los portavoces, sobre la alteración de los dos puntos del orden del día que quedan, Ciudadanos ha solicitado que se vea el informe de fiscalización del Fondo
Estatal de Inversión Local antes que el que correspondía, que era el del Instituto Cervantes, y como hay unanimidad en el acuerdo así se va a proceder.



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BLOQUE IX:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL FONDO ESTATAL DE INVERSIÓN LOCAL. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000026 y número de expediente del Senado 771/000025).


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para la exposición sobre el informe de fiscalización del Fondo Estatal de Inversión Local.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Este informe se aprobó el 25 de abril de 2013. La fiscalización referida al ámbito estatal es complementaria a otra que ya se realizó desde el punto de vista del ámbito local y que se materializó en el informe de fiscalización de las
contrataciones desarrolladas por las entidades locales en relación con las inversiones financiadas con este fondo, que fue aprobado por el tribunal el 26 de septiembre de 2012 dando lugar a la resolución de la comisión mixta de 12 de marzo de 2013.


El objeto del presente informe ha consistido en evaluar y valorar la actuación del entonces Ministerio de Administraciones Públicas en la tramitación de las ayudas concedidas con cargo al FEIL. La imputación presupuestaria de las
aportaciones realizadas por el ministerio al FEIL no siguió el criterio establecido en la normativa contable referida a los fondos carentes de personalidad jurídica. Las cuentas anuales del FEIL correspondientes a los ejercicios 2009 a 2011
representan, en sus aspectos significativos, la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial, del resultado de sus operaciones, de los cambios en el patrimonio neto y de los flujos de efectivo, de conformidad con las normas y principios
aplicables. Los resultados del fondo presentaron una pérdidas de 5.435 millones de euros en 2009, de 2.304 millones en 2010 y de 97 millones en 2011, como consecuencia del criterio contable de registrar como gastos las subvenciones concedidas a las
entidades locales y como ingresos los reintegros e intereses de mora cobrados. De las 8112 entidades locales a las que correspondía el reparto teórico de los recursos, solicitaron financiación 8094 municipios, las dos ciudades autónomas y siete
mancomunidades, habiéndose autorizado proyectos finalmente para 8082 municipios, las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y seis mancomunidades. Las inversiones realizadas por las entidades locales no superaron en ningún caso el importe máximo de
inversión establecido por el Real Decreto-ley 9/2008 conforme a su población. A 30 de noviembre de 2012 no quedaba ningún proyecto pendiente de liquidación, ascendiendo el importe total pagado a 7.838 millones de euros, el 97,98 % del total de los
fondos inicialmente autorizados. El importe de todos los proyectos financiados cumplió con los límites cuantitativos previstos en el citado Real Decreto-ley 9/2008. La gestión del FEIL se desarrolló a través de la llamada aplicación Metrópolis
cuyo desarrollo, gestión y mantenimiento se realizó íntegramente con recursos propios del ministerio, lo que ha impedido realizar una valoración de su coste de implementación. El importe transferido en nueve proyectos fue superior al importe
justificado que figuraba en la referida aplicación por distintos motivos que se explican en el informe, que han dado lugar en algunos casos a la exigencia de los reintegros correspondientes.


Por lo que se refiere al análisis de los criterios para la adjudicación de los contratos establecidos en los pliegos tipo elaborados por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, los mismos eran excesivamente genéricos e
imprecisos. Ello facilitó que en los pliegos de cláusulas administrativas particulares se utilizasen criterios de valoración dispersos y heterogéneos, si bien es necesario señalar que preponderó el criterio de fomento del empleo. No obstante, en
general, no se otorgó puntuación específica por la contratación de desempleados ni se valoró en el cómputo de la mano de obra el número de días u horas empleados en el proyecto. En este sentido la normativa del FEIL no exigía que en el criterio de
creación de empleo se valorase el número de trabajadores nuevos contratados respecto al número de días trabajados, lo que motivó que en general se otorgara una mayor puntuación a aquellos proyectos que preveían contratar un mayor número de
trabajadores nuevos, independientemente del número de días contratados.


Por otra parte, en el 83 % de los proyectos analizados existieron retrasos respecto de los plazos de ejecución previstos en el contrato, a pesar de que las obras fueron tramitadas por el procedimiento de urgencia, sin que conste la
imposición de las penalidades a que en su caso hubiera lugar. Asimismo, en el 44 % de los proyectos analizados hubo retrasos en el pago de alguna certificación de obra. La Intervención General de la Administración del Estado realizó 423 informes
de control financiero en los que



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detectó deficiencias e irregularidades, relativas principalmente a la falta de compromiso de creación de empleo por el adjudicatario, a la existencia de inversiones que no cumplían los requisitos legales para su financiación y a la
justificación fuera del plazo establecido. El ministerio no elaboró los oportunos informes de evaluación y de seguimiento de los resultados obtenidos. En cuanto al grado de cumplimiento de los compromisos de creación y mantenimiento de empleo se
aprecia la desviación a la baja respecto a lo comprometido y a la contratación de muchos trabajadores por periodos muy cortos.


Muchas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular de Ciudadanos tiene la palabra el señor Ten. Perdón, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos. (Risas.)


El señor TEN OLIVER: Muchas gracias, señor presidente.


El azul y el naranja se confunden. (La señora Palencia García: Es una cosa del subconsciente.- El señor Hurtado Zurera: El de Ciudadanos ha estado a punto de contestar, ¿eh?-Risas.)


El FEIL, el Fondo Estatal de Inversión Local, más conocido como el PlanE de Zapatero, dotado con más de 8.000 millones de euros, es quizá el mejor ejemplo de fracaso del Partido Socialista -no me mire así, don Antonio- (Risas) para hacer
frente a la crisis. Siguiendo un grotesco keynesiano se pretendió aumentar la inversión pública, y con ello la demanda agregada y el empleo, pagando a personas para que hiciesen un agujero en el suelo y luego volvieran a taparlo, cambiando las
aceras o, como en el caso de la plaza de Colón de Madrid, por ejemplo, que tenemos bien cerca, moviendo una estatua de diecisiete metros de altura unos pocos metros. Había otro objetivo, hacer que se hacía algo, hacer que se reactivaba la economía,
pero a veces los carteles que veíamos en todas las plazas, en todas las obras costaban como la propia obra o incluso mucho más que el propio presupuesto.


Este es el segundo informe que se hace de esta revisión global de gestión del fondo y las conclusiones, la verdad, es que son contundentes. No se creó empleo, los proyectos no precisaban estudios de rentabilidad o utilidad social y además
se tiró el dinero aumentando el déficit del Estado irresponsablemente. La falta de control hizo que se crearán menos empleos de los comprometidos y además con un grado de temporalidad muy elevado, en la mayoría de los casos fue de pocos días. Fue
como arrojar gasolina al fuego de la precariedad. En una de las obras de Sevilla se contrataron más de 500 trabajadores pero en un solo día. En el 70 % de los expedientes de contratación no se acreditó la necesidad pública de inversión mientras
que en el 30 % de los expedientes no se incluyó el precio como criterio de valoración para la adjudicación del contrato. Hay que recordar, además, que la mitad de los proyectos fueron adjudicados a los ayuntamientos sin publicidad alguna y de forma
directa. En la inmensa mayoría de los casos no se abordaron nuevos proyectos sino aquellos más improductivos y no prioritarios para los cuales los ayuntamientos no tenían dinero.


Voy terminando. Se tiró el dinero; los ayuntamientos, al tener asegurada la financiación de la ejecución de la obra a través del FEIL, no tenían interés directo en que se produjeran bajadas de precio en las adjudicaciones de contratos.
Por eso, el 53 % de los contratos se adjudicaron por el importe máximo de la licitación sin bajar un euro. Nuestro grupo parlamentario, Ciudadanos, apostamos -y así lo quisimos hacer con el Partido Popular en el punto 21 del pacto de investidura-
por que se potenciara una oficina nacional de evaluación que estableciera las inversiones prioritarias de nuevos planes de infraestructura con una función de rentabilidad social, económica, financiera y, como usted muy bien ha dicho, señor Álvarez
de Miranda, los ministerios no tuvieron en cuenta, no evaluaron, no hicieron ese seguimiento y, lo más importante, el dinero de los ciudadanos se dilapidó.


Muchísimas gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ten.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea tiene la palabra la señora Palacín.


La señora PALENCIA GARCÍA: Palencia, señor presidente. (Risas.) No sé lo que ha comido pero no le ha venido bien. (Risas.)


El señor PRESIDENTE: Le garantizo que he comido bastante ligero, pero me he confundido al transcribir el nombre. Lo siento.



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La señora PALENCIA GARCÍA: Le pasa a cualquiera, no hay problema.


Señor presidente del Tribunal de Cuentas, respecto a este informe le voy a plantear algunas cuestiones ya que vemos numerosas deficiencias que tienen que ver sobre todo con el incumplimiento de los plazos de asignación, de realización y de
justificación. Es de dominio público que las obras públicas han tenido en nuestro país determinados sobrecostes. Le pregunto si considera usted que esto ha podido ocurrir en alguno de los casos analizados y también si, según su experiencia,
considera que estas numerosas deficiencias son algo normal en la gestión de inversión pública en nuestro país y qué grado de consecuencias pueden tener este tipo de actuaciones en lo económico o en su eficiencia.


El informe del tribunal pone sobre la mesa los otros criterios de adjudicación por parte de la Administración. ¿Se constata tras estos criterios algún tipo de selección ad hoc de determinadas concesiones o criterios que hayan supuesto una
ineficacia de recursos llamativa? Hay un asunto concreto que nos preocupa especialmente que es el referente a seis proyectos en los que la información no se corresponde con el proyecto aprobado y le preguntamos si ha podido acceder el tribunal a la
información fidedigna o constatar de alguna forma que estos han sido terminados, al menos en forma. En caso de que esto no haya podido constatarse nos enfrentamos a un asunto grave. Si es así, queremos saber si se ha iniciado algún tipo de
investigación sobre estos proyectos. Este tipo de iniciativas nos preocupan no por sí mismas sino por la falta de criterios de evaluación de necesidades y de resultados. En un 70 % de los expedientes de contratación de obras financiadas con cargo
al fondo no se acreditó la necesidad pública de inversión, algo que sucedió con varios proyectos y rescates durante la explosión de la crisis y posteriormente. Se comprometen recursos que son de todos y de todas sin un plan, sin unos resultados y
sin los rendimientos que se esperan de una inversión. Asimismo se produce otro efecto que conocemos bien: la contratación en número pasa por la rotación de trabajadores mediante precariedad, fraccionamiento y temporalidad. Como ejemplo tenemos
esa obra de Sevilla en la que se contrataron a más de quinientos trabajadores pero solo por un día, algo nos suena en relación con el estado del empleo en nuestro país actualmente.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Palencia.


Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Hurtado.


El señor HURTADO ZURERA: Gracias, presidente.


Este no es un informe para hacer una evaluación del PlanE. Se hace mención a algunos de los resultados; yo me quedo con los positivos, evidentemente: 426.000 empleos creados, 181.000 nuevos empleos y 244.000 empleos que se mantienen. Me
quedo con lo positivo. Pero no se trata de hacer una evaluación de este PlanE; como bien ha dicho el presidente del Tribunal de Cuentas, este es un informe complementario. En el año 2012 se debatió ya en la propia Comisión un informe en el que se
analizaban y se fiscalizaban las contrataciones de los municipios y de las distintas entidades con relación a los fondos que financiaban los 8.000 millones del PlanE, y ahí se dieron los pormenores de esas contrataciones. Este es un informe
complementario en cuanto a evaluar los procedimientos de adjudicación que hizo el ministerio en su momento en relación con estos 8.000 millones de euros y nosotros nos vamos a quedar con las tres recomendaciones que hace el tribunal porque creo que
son definitorias de la ninguna salvedad -el informe es un informe favorable, sin salvedades- pero nos vamos a quedar, decía, con las observaciones que hace el propio tribunal. La primera de ellas es con relación a la aplicación informática que se
utilizó, que se puso en marcha por los propios recursos humanos del ministerio. Esta aplicación no era, digamos, suficiente; en concreto, no hacía seguimientos porque no los contemplaba, tal vez porque dicha aplicación se hizo por parte del
personal del ministerio en poco tiempo. Por otra parte, no devengaban intereses de demora, que es una cuestión sobre la que quiero preguntar porque el abogado del Estado no hace ningún tipo de observación a este informe, pero sí el fiscal. El
informe del fiscal habla de dieciséis expedientes en los que puede haber responsabilidad contable por el devengo de intereses de demora. Parece ser que en los expedientes de reintegro de algunos ayuntamientos no se les han liquidado los intereses
de demora. Me gustaría saber la situación de esos dieciséis expedientes, las alegaciones que se hayan podido presentar al respecto y si se han cerrado o no por parte del ministerio fiscal. Esa es la primera recomendación, que nosotros hacemos
nuestra. Desde luego, un fondo de estas características requiere de una mejor aplicación, de una aplicación que cuente con el seguimiento de los proyectos que se asignan y se aprueban y que, por otra parte, también tenga en consideración los
intereses que se puedan derivar del no cumplimiento exacto de las condiciones establecidas en las bases.



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En segundo lugar, se hace mención también a que el programa en sí, el plan, debiese haber contemplado una serie de indicadores en cuanto a objetivos y en cuanto a valoración de estos objetivos para, hasta cierto punto, poder hacer un control
de la eficacia y de la eficiencia de la gestión de este fondo. Es un fondo de mucha cuantía económica, como he dicho, 8.000 millones, que se complementan con 5.000 millones más del Fondo de dinamización económica. En definitiva, nosotros también
asumimos esa recomendación de que estos fondos, siempre que se pongan en marcha, deben tener un sistema de control de la eficacia y de la eficiencia, no solamente de los procedimientos y de la legalidad que al respecto pudiesen tener.


Por último, hace mención a algo muy importante y es que este fondo tenía como uno de sus principales objetos -por eso lo he puesto de manifiesto en la primera parte de mi intervención- la creación de empleo. Era el principal cometido de
este fondo, que se crease empleo a través de obras municipales, obras de mejora de equipamientos y de infraestructuras en los distintos municipios de España, prácticamente en la totalidad, solo una mínima parte de municipios y de población
insignificante no se acogieron al PlanE. En definitiva, lo que se pone de manifiesto es que si se establece un programa de promoción y de apoyo a la creación de empleo, siempre hay que tener en consideración no solo el número de empleos que se
creen o el número de contratos que se formalicen, sino también la duración de esos contratos y, en definitiva, la enjundia y la sustancia que cada uno de estos contratos pudiese tener. Creo que también es una recomendación no solo asumible sino
razonable y que desde luego nosotros vamos a apoyar.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Hurtado.


Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra la señora Aparicio.


La señora APARICIO CALZADA: Buenas tardes.


Continuamos con la sesión y yo quisiera decirle al señor Hurtado que yo, a la hora de mi exposición, le prometo que no voy a hacer valoraciones del PlanE, pero a la vista del contenido del informe no puedo decir más que lo que se desprende
del mismo. En cuanto a las alegaciones, es de destacar que solo la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local hizo presentación de las mismas y eso que el propio informe había sido también transmitido o trasladado a quienes desempeñaron
el cargo en los periodos fiscalizados, no realizaron ningún tipo de alegación al respecto los tres predecesores a los que les fue trasladado.


En cuanto a la imputación presupuestaria también se desprende del propio informe del Tribunal de Cuentas que no se cumplió lo establecido en el artículo 2.4 de la resolución de 29 de diciembre de 2005 ya que dicha imputación se realizó en su
totalidad en el ejercicio 2008, cuando no debería haber sido así, y sí en el momento en que se hubiese producido el movimiento interno de tesorería a la cuenta restringida de pagos en la que se ingresan los recursos del fondo.


Respecto a los pliegos utilizados para las distintas contrataciones, es de destacar que la Junta Consultiva de Contratación realizó unos pliegos tipo orientativos que no eran vinculantes para los ayuntamientos y a la hora de elaborar las
cláusulas administrativas que deberían regir en los contratos de las obras financiadas con cargo al FEIL nos encontramos con unos criterios de adjudicación muy dispares, siendo excesivamente genéricos e imprecisos. Es cierto que muchos de ellos
señalaron como criterio de valoración el fomento de la creación de empleo, pero aquí nos encontramos con una situación un tanto extraña, por decirlo de alguna manera, porque no se valoró el cómputo de la mano de obra por el número de días u horas
empleadas en el proyecto. Y en cuanto a la creación de empleo, que mencionaba el señor Hurtado, un 40 % de los empleos que produjo el PlanE del señor Zapatero fue de nuevos trabajadores, siendo el 60 % restante de trabajadores que ya estaban dentro
de las empresas. Pero aquí nos encontramos con distintas tergiversaciones de la realidad a la hora de realizar las adjudicaciones. Hay situaciones como, por ejemplo, que el número de trabajadores que contrataron las empresas adjudicatarias fue
inferior al prometido inicialmente, o casos en que distintos trabajadores eran contratados para las mismas fechas en los mismos ayuntamientos. Aquí me hago la pregunta de cómo se hicieron realmente las adjudicaciones a las empresas. ¿Qué pasa?
¿Qué eran siempre las mismas empresas en los ayuntamientos los que realizaban las obras? También nos podemos encontrar situaciones como que trabajadores dados de alta en la empresa adjudicataria fueron dados de alta a fecha posterior de la
adjudicación definitiva o incluso a fecha posterior de la finalización de la obra. También tengo como referencia la famosa obra del Ayuntamiento de Sevilla donde 512 trabajadores fueron contratados para un día, u otra obra del mismo ayuntamiento
donde 615 trabajadores fueron contratados para dos días para un mismo proyecto. A mi parecer, esto no es crear empleo de calidad ni, como ha dicho el compañero, empleo estable.



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En cuanto al procedimiento de gestión del FEIL, a la vista del presente informe se pueden observar numerosas deficiencias como que en el 32 % de los proyectos analizados se superaran los plazos establecidos para la adjudicación provisional,
así como el plazo de inicio de las obras en un 48 % de los casos. En lo referente a la justificación de las inversiones, en el 83 % de los proyectos analizados existieron retrasos respecto a los plazos de ejecución previstos, a pesar de que dichos
procedimientos fueron tramitados por vía de urgencia. Tampoco consta que se iniciasen los procedimientos con relación a las penalidades que hubiese correspondido. Consecuencia de estas numerosas deficiencias detectadas por la Intervención General
de la Administración del Estado, así como por la Dirección General de Cooperación Local, es la incoación de 290 expedientes de reintegro.


Para finalizar me gustaría plantearle al señor presidente del Tribunal de Cuentas, igual que hacia la compañera del Grupo de Podemos, si a la hora de realizar la fiscalización del PlanE realmente se ha entrado a valorar la necesidad pública
de las inversiones, porque, aunque a lo mejor a los compañeros del Grupo Socialista no les guste, me parece que, igual que comentó el diputado de Ciudadanos, si el cartel más caro del PlanE de Zapatero fue en Calatayud por 107.319 euros, y encima
los ciudadanos de Calatayud no pudieron disfrutar de la obra que se iba a realizar porque perdieron la subvención y tuvieron que pagar intereses, es un despropósito la inversión de estos más de 8.000 millones de euros. A mi juicio, también debería
entrarse a valorar y fiscalizar la finalidad de esos 8.000 millones de euros y si realmente estas inversiones que reclamaron los ayuntamientos redundaron en beneficio de sus ciudadanos de alguna manera.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Para responder a las cuestiones tiene la palabra el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, presidente.


Como bien se ha repetido por diversos intervinientes, el análisis del grueso de la fiscalización de este fondo se realizó en el año 2012, cuando el informe correspondiente del FEIL versaba sobre los diferentes proyectos tramitados por los
ayuntamientos, ahí es donde se dieron las explicaciones que ahora se demandan respecto a si esos proyectos eran necesarios, si estaban suficientemente explicados, si no hubo unas prisas excesivas por incorporar en el FEIL todo lo que se podía
incorporar, incluso traspasando lo que eran proyectos de inversión normales del ejercicio a proyectos extraordinarios financiados por dicho fondo. Todo eso se valoró y se vio en su momento, y aquí lo que se está viendo es la gestión, desde el punto
de vista ministerial, de cómo el Ministerio de Economía ha llevado a efecto la labor de revisión de todo el proceso, la labor administrativa de análisis de todos los expedientes. Quizá lo más importante de todo es que como resultado de la acción
administrativa tenemos que la Intervención General de la Administración del Estado realizó un conjunto muy importante de controles financieros a cuatrocientos y pico proyectos y que de los mismos se derivan un conjunto también importante de
situaciones administrativamente irregulares.


Grandes preguntas que ustedes han hecho sobre si era necesario el FEIL o sobre si cumplió con su cometido, en su momento fueron abordadas y valoradas. Es indudable que este tipo de políticas anticíclicas se plantean en situaciones
extraordinarias; no suelen ser habituales. En aquel momento indudablemente no estábamos en una situación buena porque la economía empezaba a torcerse de una manera muy rápida, muy acelerada, y posiblemente se quiso dar una solución que ya en su
momento, en el año 2012, se valoró como precipitada y poco pensada, por muy bienintencionada que fuera, porque el objetivo de la Administración era intentar mantener el máximo posible de empleos y que la crisis tuviera un efecto lo menos profundo
posible en aquellos momentos iniciales.


Este informe, como bien se ha dicho, es complementario del que en su momento se hizo. Se me ha hecho una pregunta concreta sobre la situación de los expedientes desde el punto de vista de la responsabilidad contable y les voy a dar cuenta
de ello. En su momento se incoaron diligencias preliminares en la sección de enjuiciamiento del tribunal y finalmente resultaron archivadas por inexistencia de responsabilidad contable, es decir, que fueron expedientes sobre los que se abrieron
procedimientos, pero finalmente no dieron resultado de recuperación de fondos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.



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BLOQUE VIII:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO CERVANTES, EJERCICIO 2012. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000057 y número de expediente del Senado 771/000055).


El señor PRESIDENTE: Para finalizar el debate de los bloques, se procede al informe de fiscalización del Instituto Cervantes, ejercicio 2012. De nuevo tiene la palabra el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): El informe se aprobó el 30 de octubre de 2014 y hace referencia al ejercicio 2012. En relación con el cumplimiento de la legalidad, el reglamento del Instituto
preveía que los centros en el exterior se adscribirían a las misiones diplomáticas o, en su caso, a las oficinas consulares. No obstante, de los treinta y tres países en los que la entidad disponía de centros, solo en diecinueve de ellos se había
afectado la adscripción a una misión diplomática.


En materia de personal, al cierre del ejercicio el instituto no había procedido a adaptar el contenido de los contratos de alta dirección preexistentes a los términos establecidos en el Real Decreto-ley 3/2012, de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral. En el análisis de los expedientes de selección de veintidós puestos de director de centro, no se pudo concluir que la selección se acomodara a los principios de mérito y capacidad, al no haberse documentado las
valoraciones otorgadas a los candidatos. Asimismo, en un caso se adjudicó un puesto a una candidata que no cumplía los requisitos, y otro puesto quedó vacante a pesar de que hubo hasta treinta y ocho candidatos que cumplían los requisitos. Por
otra parte, fueron satisfechas retribuciones a directivos por importe de 89.295 euros en concepto de retribución variable destinada a retribuir el cumplimiento de los objetivos, siendo estas las cantidades máximas recogidas en los respectivos
contratos, sin que conste que respondieran a una evaluación del cumplimiento efectivo de los objetivos del año anterior.


En materia de contratación, se detectaron incumplimientos de la normativa aplicable, siendo especialmente significativos los relativos al arrendamiento de la sede del centro de Atenas por la ausencia de documentación de un acuerdo de
modificación del contrato de arrendamiento del que el instituto fue informado con ocasión del relevo del director en 2012 y que había supuesto la realización de obras adicionales por 1,6 millones de euros. Este contrato dio lugar a la incoación de
un expediente disciplinario contra el administrador del centro, en el que quedó reflejado que no constaba autorización para realizar tales obras ni la modificación presupuestaria ni valoración que acreditara el coste de los trabajos ni certificación
de los mismos ni acta de recepción de las obras. En dicho contrato se acordó la devolución por parte del arrendador al arrendatario de 409.220 euros, cantidad correspondiente a la renta de alquiler desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de
2009, al haberse pactado que la primera renta se satisfaría el 1 de noviembre. Sin embargo, no quedó reflejo de esta devolución en la contabilidad del centro. Este asunto se encontraba sub iudice a la fecha de aprobación del informe.


Otros incumplimientos de la normativa son: la ausencia de elaboración y aprobación al cierre de cada ejercicio del inventario de bienes y derechos del instituto para su posterior remisión a la Dirección General de Patrimonio del Estado, la
falta de ingreso en el Tesoro Público de las cantidades devengadas en concepto de dietas por asistencia a los consejos de administración que no debían haber sido percibidas por determinados miembros, y la falta de comunicación y autorización por el
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de la cuantía de dichas dietas.


Las cuentas anuales del Instituto Cervantes correspondientes al ejercicio 2012 reflejaban en sus aspectos significativos la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial, de los resultados del ejercicio y de la liquidación de su
presupuesto, de acuerdo con los principios contables que le eran de aplicación, salvo por los efectos de determinadas salvedades y deficiencias que el informe detalla. Entre ellas, el informe destaca que la entidad no disponía de un inventario
actualizado de los bienes de inmovilizado no financiero adquiridos con anterioridad al 1 de enero de 2005. En el caso de las inversiones registradas con anterioridad a dicha fecha no inventariadas, no se dispone de la información relativa a las
fechas de entrada de los bienes a efectos de su amortización. No se ha aplicado el principio de devengo en la contabilización de los ingresos derivados de los cursos que comprenden más de un ejercicio económico, estimándose que ello ha supuesto
infravalorar la cuenta de Ingresos por matrículas y honorarios en 350.174 euros. Algunos centros del exterior aplicaron el criterio de caja para el registro de sus gastos, con independencia de su devengo, sin que haya sido posible evaluar su
impacto en las cuentas anuales.



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Los sistemas y procedimientos de gestión no resultan adecuados, habida cuenta de las numerosas deficiencias detectadas. Los manuales de procedimiento contienen normas obsoletas o en desuso. La norma que regula la gestión económica de las
actividades culturales resulta incompleta. Se ha constatado el frecuente retraso en la tramitación de información contable a la sede por parte de los centros, así como irregularidades en la gestión de indemnizaciones por razón de servicio por
dietas para alojamiento y manutención.


Respecto al seguimiento de las recomendaciones del informe anterior y de la resolución de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, el instituto seguía sin introducir medidas de ponderación de las pruebas selectivas
en el acceso a los puestos de trabajo, sin regular el régimen de pagos fraccionados ni de las devoluciones de matrículas, y sin elaborar una norma sobre el procedimiento de contratación de profesores colaboradores.


Con esto termino, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, intervendrá el señor Ramírez.


El señor RAMÍREZ FREIRE: Muchas gracias, señor presidente.


Muchas gracias al presidente del Tribunal de Cuentas por su exposición. La verdad es que cuando estaba leyendo el informe del Instituto Cervantes me recordaba muchísimo al del Consejo Económico y Social en tanto en cuanto los problemas son
muy parecidos porque se basan en dos: primero, una sede y, segundo, personal. Desde luego, como bien ha comentado el presidente del tribunal, hay una arbitrariedad en la cobertura de los puestos de director. Se habla de veintidós puestos en los
que no se han atendido meramente los principios de mérito y capacidad ni los criterios de idoneidad. Como bien ha referido, en el caso del centro de Nápoles -al que aludía cuando se adjudicaba a una candidata que no cumplía los requisitos exigidos-
no se sabe por qué, cómo se puede adjudicar el puesto de director de un centro del Instituto Cervantes a una candidata que no cumple ninguno de los requisitos. Sin embargo, en el centro de Nueva Delhi hubo treinta y ocho candidatos -siete de los
cuales eran de la casa- y se dejaba extinto el puesto de director. Quería preguntarle al señor presidente del Tribunal de Cuentas si sabe exactamente por qué se quedo extinta esa plaza, ¿acaso no eran amiguetes y no le quedaba más remedio que no
dárselo?


Por otro lado, respecto a la cuantía que estaba comentando a nivel de cumplimiento de lo que era una retribución variable en función del cumplimiento de objetivos, como bien se detalla a lo largo del informe, no se puede comprobar si
realmente ha habido un cumplimiento de los objetivos y de las funciones del Instituto Cervantes, con lo cual es sorprendente que haya una retribución variable de 89.000 euros en concepto de evaluación del cumplimiento de objetivos cuando no se puede
evaluar. Lo de la sede de Atenas, ya comentaba usted que está sub iudice. No sé si nos podrá decir algo a día de hoy; este informe es de 2015 y no sé si tendrá más información al respecto porque me parece muy grave, muy grave, que haya 409.220
euros que no han sido apuntados en la contabilidad. No estamos hablando de cientos de euros, sino de cientos de miles de euros sin un apunte en contabilidad, más allá de que el contrato de arrendamiento no estaba autorizado por nadie ni las obras a
realizar eran preceptivas ni ha habido ningún tipo de elemento de aprobación por parte de alguien responsable.


En lo referente al plan de igualdad del instituto, nos pasa un poco como en el Consejo Económico y Social. En este caso sí que hubo un acuerdo suscrito con los representantes, en el 2010, pero no estaba registrado en el registro de
convenios y acuerdos colectivos, con lo cual, más de lo mismo: incumplimiento flagrante de la Ley Orgánica 3/2007, de igualdad. Luego, volvemos a lo mismo, otro fallo de contabilidad: no se observó la obligación de ingresar directamente en el
Tesoro las cantidades devengadas, de acuerdo con la Ley 5/2006; básicamente, las cantidades que se superaban por el conflicto de intereses entre los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración general tampoco estaban ingresadas.
¿Dónde está ese dinero? ¿Se sabe exactamente dónde ha ido ese dinero o está como el de la contabilidad del centro de Atenas, sub iudice? No sé si nos podía aclarar algo más el presidente en este sentido.


Sí me sorprende -siendo, como sé que es, estricto en sus informes el Tribunal de Cuentas- que en una de las conclusiones, Análisis de la representatividad de las cuentas, comente que se produce una imagen fiel de situación financiera y
patrimonial, pero, a renglón seguido, deje muy claro que no se dispone de un inventario actualizado de los bienes del inmovilizado material y, por tanto, es sorprendente que pueda haber una imagen fiel de la situación financiera y patrimonial si no
hay un inventario actualizado. Entiendo que se referirá a que hay una imagen fiel de la situación financiera y patrimonial que han contado que tiene, porque, al no haber una actualización, desde luego no se puede decir que sea una imagen correcta.



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Respecto al análisis de los sistemas y procedimientos, lo que le comentaba: refleja claramente el informe del Tribunal de Cuentas que el sistema no era suficientemente adecuado para contribuir al cumplimiento de los objetivos y las
funciones del instituto -que es increíble porque se están dando retribuciones variables por cumplimiento de objetivos-; dice claramente que el instituto no dispone de un manual organizativo y de funcionamiento que recoja la estructura organizativa
y la distribución de responsabilidades de su personal; o sea, que esto era la casa de tócame Roque: cada uno hacía lo que le daba la gana, porque realmente todo está en normas internas desperdigadas y no hay una norma fundamental, una norma que
concentre las responsabilidades de cada miembro de su personal en su estructura organizativa. Desde luego, como le decía, me recuerda mucho el informe que hemos visto hoy del Consejo Económico y Social en algunas cosas.


Para acabar, sobre todo en los procedimientos internos de la actividad cultural hay dos elementos que me han dejado muy sorprendido y es que las actividades publicadas en la página web no muestran fielmente las actividades realizadas
realmente por los mismos -o sea, que al final no sabemos si se ha hecho algo o no se ha hecho nada porque la página web no hace un reflejo fiel de lo que se estaba produciendo- y luego sí han detectado diversos errores en el registro y control de
actividades culturales canceladas, sin que exista además un procedimiento para gestionar la cancelación de las mismas. Aquí se cancelan actividades, en incumplimiento claro de las obligaciones de los requisitos que tiene el Instituto Cervantes, y
no se sabe claramente cuál es el procedimiento de realizarlo. Por último, lo que me parece también muy sorprendente es que el 84,7 % de los envíos de la contabilidad por parte de los centros de Alburquerque, Atenas, Lyon, Nueva York, Tel Aviv y
Tokio van con meses de retraso de forma sistemática. ¿Sabe el Tribunal de Cuentas si se ha incoado algún expediente sancionador por este respecto o es que se ha permitido claramente que las sedes actúen de forma totalmente arbitraria como parece a
todas luces en función del informe?


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos, tiene la palabra el señor Mena.


El señor MENA ARCA: Gracias, presidente.


Gracias también al presidente del Tribunal de Cuentas por la información detallada de este informe. Desde Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, entendemos que hay dos elementos que hacen que se disparen las alarmas: el primero, la
transparencia en la gestión del Instituto Cervantes y, el segundo, los mecanismos de contratación que se vulneran en demasiadas ocasiones. Ya se ha comentado principalmente que se trata de los principios de capacidad y mérito especialmente en los
altos cargos directivos, con lo cual aquí hay una dicotomía entre qué mecanismos se utilizan para contratar a los altos cargos directivos de los centros educativos y al resto del personal, y evidentemente se tienen que establecer mecanismos para
evitar que eso pase; y luego en el ámbito de la transparencia, el tiempo en la información, que es una barrera que fomenta la opacidad, tenemos dudas sobre esta opacidad y queremos saber si el Tribunal de Cuentas considera que es manifiestamente
voluntaria para poder tapar según qué cosas, porque, tal y como se ha dicho, están todavía en proceso de análisis, y también las dietas y las retribuciones que se están cobrando por parte de los directivos de los centros. Por todo lo cual, se
destaca un descontrol y una falta de organización en el ámbito de coordinación del Instituto Cervantes, repito, y me gustaría saber la opinión del Tribunal de Cuentas después del análisis, si ustedes entienden que es un descontrol voluntario,
buscado y manifiestamente aplicado para generar opacidad, para que no se sepa muy bien qué es lo que ha pasado con determinados recursos que son públicos y, por lo tanto, a raíz de esto deseamos saber qué mecanismos puede establecer el Tribunal de
Cuentas o podríamos establecer por parte de los poderes públicos de seguimiento de todas estas conclusiones, porque lo que no puede ser es que conclusiones como esta se queden en el ámbito de la Comisión para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas y que luego nadie asuma las responsabilidades que le correspondan.


El instituto, en cuanto a la contratación de directivos, no disponía de aprobación de las cuantías efectivas para las retribuciones, las fijas y las variables, de los puestos directivos de la sede que no estaban sujetos al convenio
colectivo, con lo cual estos directivos percibieron, de acuerdo con sus respectivos contratos, una cantidad en concepto de retribuciones variables destinada a retribuir el cumplimiento de los objetivos que no era menor, que eran casi 90.000 euros en
el año 2012, y en cambio no sabemos cuáles eran estos objetivos, con lo cual es muy difícil que alguien pueda cobrar una retribución en función del cumplimiento de los objetivos si no se ha establecido previamente cuáles son los objetivos



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que se debían cumplir. El instituto no ingresó tampoco en el Tesoro público las cantidades devengadas de acuerdo con la Ley 5/2016 que regula esto, y queríamos saber si ha habido un seguimiento para saber qué ha pasado con este dinero que
se debía haber ingresado en el Tesoro público, si se ha ingresado a posteriori fuera del ejercicio que es objeto de análisis por parte de este informe de fiscalización, qué obligaciones tienen de ingresar estos dineros en el Tesoro público y, por lo
tanto, qué responsabilidades pudiera haber que se derivaran de lo que no se ha hecho. También se destaca en el informe que el Instituto Cervantes no comunicó al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la percepción de las dietas por
asistencia a las reuniones de su consejo de administración sobre las indemnizaciones motivadas por razón del servicio, y tampoco se solicitó a este ministerio la autorización de la cuantía de las dietas que agotó en el año 2012. Con lo cual, se
manifiesta una gestión arbitraria, una gestión opaca, una gestión no adecuada a la ley de las retribuciones de las dietas de los directivos del Instituto Cervantes, y yo entiendo que debiera hacerse un seguimiento en los correspondientes ámbitos
porque se trata de recursos públicos y porque tenemos la obligación de que estas entidades cumplan la ley.


Acabo con un elemento que también nos ha preocupado. El Instituto Cervantes no disponía -ya lo ha dicho usted- de una norma de gestión económica de los cursos que permitiera controlar adecuadamente los ingresos procedentes de las matrículas
ni de una norma que regule las distintas funciones de la Dirección de análisis y planificación, entre las que figura la realización de los informes de control de gestión, con lo cual económicamente hay un desbarajuste en el que se tiene que poner
orden y queremos saber si el Tribunal de Cuentas tiene conocimiento, tiene constancia de esto o ha hecho algún requerimiento a posteriori para hacer un seguimiento para ver si estas incorrecciones -por decirlo de una manera suave- han sido
corregidas en los ejercicios posteriores.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mena.


La señora Iglesias, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra.


La señora IGLESIAS PARRA: Gracias, señor presidente. Gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas.


Para no alargarnos mucho en esta ya larga sesión, vamos a reseñar las cuestiones que consideramos más importantes de la auditoría de regularidad. Quizá la situación más complicada de resolver sea la que se refiere a los centros del
instituto en el exterior. El reglamento dice que se adscribirán a las misiones diplomáticas o, en su caso, a las oficinas consulares de España en el extranjero, pero no resuelve si esta adscripción supone que los centros tengan el mismo estatus
jurídico que dichas misiones y oficinas con lo que ello implica respecto a la extraterritorialidad, a la situación fiscal y a la del personal. En este sentido dice el Tribunal de Cuentas que la definición de su situación jurídica requiere, ante la
ausencia de previsiones expresas en la legislación propia del instituto, la puesta en funcionamiento de la acción exterior del Estado al objeto de llegar a acuerdos con los distintos Estados. Con posterioridad a este ejercicio de 2012, la Ley 2014,
de la acción y del servicio exterior de España, califica en su artículo 45 a estos centros como órganos técnicos especializados que se encuentran integrados en la misión diplomática o representación permanente correspondiente, estableciendo que
dependen jerárquicamente del embajador y orgánica y funcionalmente del respectivo departamento, lo que tampoco parece que aclare mucho las cosas. En este sentido quería preguntarle al presidente del Tribunal de Cuentas si considera que una revisión
normativa en este sentido podría si no solucionar, sí facilitar de algún modo la resolución de esta situación, o si a su juicio sería absolutamente indiferente y hay que confiar en las negociaciones que se hagan entre España y el resto de los
Estados.


En cuanto a la normativa en materia de personal, dice el informe que el abono de los trienios del personal en situación de servicios especiales no lo realiza el propio instituto en el 64% de los casos, sino que se cargó a los presupuestos
del organismo de procedencia, siendo esta práctica contraria a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración del Estado, ya que lo que podría ser una excepción que en
cualquier caso tendría que estar debidamente justificada, al afectar al 64 % de los casos ya se convierte más bien en norma. Esto, lógicamente, supone un quebranto para el presupuesto del ministerio y nos llama la atención que el instituto no haya
realizado ningún tipo de alegación en este sentido. Se me puede haber escapado, pero creo que tampoco hay ninguna recomendación del tribunal en este sentido.


En cuanto a la contratación de directivos, se pone de manifiesto que se suscribieron cinco contratos de alta dirección y dos contratos de directivos con relación laboral ordinaria fuera de convenio. Dice el tribunal que del



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análisis de los procesos de contratación no se desprende que la selección de los referidos directivos se acomodara a los principios de mérito, capacidad, publicidad y concurrencia. El instituto lo único que alega es que tiene que haber
cierto grado de discrecionalidad, pero en ningún caso esto puede suponer que se prescinda de estos principios. A lo que iba es a las conclusiones del informe, que afirma literalmente que no se desprende de su análisis que en la selección se hayan
cumplido estos principios, y la pregunta que nos sugiere esta afirmación es la siguiente: ¿Del examen realizado no se desprende que estos principios se hayan cumplido o se desprende que no se han cumplido? Porque entendemos que no es lo mismo, en
el primer caso pudiera deberse a falta de información o algo así, pero el informe no lo dice; si por el contrario lo que ha ocurrido es que no se han cumplido entendemos que el informe debería ser más rotundo en este sentido. En cualquier caso, si
como creemos, ha habido exigencia de responsabilidades, nos gustaría que nos informara de lo que sabe.


Otra importante deficiencia nos parece también que los directivos percibieran, como ya se ha dicho, una retribución variable destinada a retribuir el cumplimiento de objetivos sin que conste que efectivamente estos objetivos se cumplieron,
siendo más sospechoso aún que esta cantidad fuera la que se establece como límite máximo: 9.000 euros anuales. Las alegaciones del instituto una vez más no dicen nada, y también sabemos que ha dado lugar a responsabilidades, si nos puede aclarar
qué información maneja sobre este asunto, se lo agradecemos.


También en relación con la contratación nos encontramos, como viene siendo habitual, que no se ha hecho uso de ninguna de las posibilidades previstas en la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. Es verdad que en
la plantilla no se observa una gran diferencia en general entre hombres y mujeres, pero, como viene siendo habitual, en los puestos directivos esta diferencia es más importante.


Por último, y en cuanto a la actividad económico-financiera, nos vamos a referir a dos cuestiones: se pone de manifiesto en el informe que el instituto no contaba en el ejercicio fiscalizado con un inventario actualizado de los bienes del
inmovilizado material e intangible adquiridos con anterioridad al 1 de enero de 2005. Se afirma también que por falta de datos no se pueden calcular con exactitud los importes de las amortizaciones de las inversiones realizadas; es decir, que
existen dos conceptos del activo valorados por su importe neto, según el cuadro que figuran en la página 38, en 67 millones el inmovilizado y 54 millones la amortización, cuya veracidad no se puede constatar. Teniendo en cuenta que representan
aproximadamente el 54 % y el 70 % de los importes totales respectivos, tanto del inmovilizado como de la amortización, la pregunta que le quiero hacer es hasta qué punto esta circunstancia puede distorsionar la imagen fiel de la entidad o si, en
cualquier caso, a estos efectos resulta indiferente. En cualquier caso, parece ser que el instituto tenía previsto solucionarlo en diciembre de 2016, lo cual veremos si efectivamente ha hecho o no.


Para terminar, nos llama la atención que determinados miembros del consejo de administración -se ha comentado ya- percibieran dietas de manera indebida, incumpliéndose las normas fundamentales que hubieran evitado o al menos corregido
posteriormente esta circunstancia. El informe podría haber sido más exhaustivo en este sentido, pues ni siquiera conocemos las cuantías que por este concepto se abonaron. No obstante, con independencia de las cuantías, nos parece un hecho
suficientemente grave, por lo que si puede infórmenos de los expedientes que se hayan abierto.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Iglesias.


Para finalizar el debate de los informes tiene la palabra por el Grupo Parlamentario Popular la señora Antoñanzas.


La señora ANTOÑANZAS GARRO: Muchas gracias, señor presidente.


Vemos que ha habido un seguimiento de las recomendaciones del informe de fiscalización del ejercicio 2008. Con las aplicaciones DELE, Matric y Cultuweb se ha mejorado la gestión y el control de las respectivas actividades, pudiendo
obtenerse información sobre los descuentos aplicados y el número de matrículas concedidas. También se considera cumplida la recomendación de implantar un procedimiento interno que regule la gestión de la actividad cultural, sobre todo desde el
punto de vista económico. Debido a que la norma interna aprobada regula únicamente la gestión económica de los gastos culturales de los centros, igualmente se cumple esa recomendación y asimismo se ha cumplido la referente a la introducción de una
herramienta de gestión integral de recursos humanos. Digo herramienta de gestión integral de recursos humanos y no una gestión de amiguetes, como dice el compañero de Ciudadanos, que no aparece en todo el informe. Si él conoce dicha herramienta,
que la explique porque el resto la desconocemos. También se cumple la recomendación relativa al establecimiento de mecanismos



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eficaces de control de gastos de personal en los centros, como autonomía de gestión, realización de arqueo de cajas de los centros y una revisión de una contradicción existente en las dos normas extremas. Asimismo, hay una serie de
objetivos a cumplir, como vincular las anteriores aplicaciones a la aplicación contable Sicap, la actualización completa del inventario de bienes, la elaboración de un manual de organización y funcionamiento y la actualización de las normas, así
como introducir medidas de ponderación de las pruebas selectivas que se hace a los puestos de trabajo, ya sea regular el régimen de los pagos fraccionarios, devoluciones de matrículas de los cursos o elaborar una norma sobre procedimiento de
contratación para los profesores colaboradores.


Hacemos una valoración positiva, siendo la recomendación para este informe que se siga trabajando en la misma línea para conseguir una mayor eficiencia en la gestión y transparencia que acompañan al prestigio que merecidamente ha alcanzado
esta institución, convirtiéndose en vanguardia de la mejor imagen de España, de su realidad histórica y de su cultura plural.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Antoñanzas.


Tiene la palabra para finalizar el señor Álvarez de Miranda.


El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Álvarez de Miranda García): Gracias, señor presidente.


En relación con los comentarios que han hecho al informe que les acabo de presentar, quiero manifestar que no tenemos más información que ofrecerles respecto a la plaza de director del centro de Nueva Delhi, a la que concurrieron treinta y
ocho candidatos. No podemos ofrecer ninguna información adicional a la que el propio informe incorpora. Tampoco podemos incluir ninguna información adicional respecto de la expresión que la señora Iglesias me ha planteado, que la expresión de que
no se pudo concluir que la selección se acomodara a los principios de mérito y capacidad al no haberse documentado las valoraciones otorgadas a los candidatos se pueda extender a una afirmación en positivo. Precisamente, la falta de documentación
nos obliga a decir que no hemos podido comprobar que la asignación y selección de estos candidatos haya cumplido con los méritos. No podemos decir lo contrario; podríamos decirlo si hubiéramos obtenido la información y la documentación para poder
hacer pruebas de revisión al respecto.


Quiero manifestar que la opinión de las cuentas es favorable, pero con salvedades por falta de inventario actualizado de los bienes a partir del 1 de enero de 2005. En efecto, usted ha hecho referencia al porcentaje de valor del
inmovilizado que representa, pero también hay que tener en cuenta el conjunto del valor del inmovilizado respecto al valor del activo total en el caso del Instituto Cervantes. En esa circunstancia, que conlleva un auditor, de saber si finalmente
deniega una opinión o la da con carácter negativo o con salvedades el tribunal ha optado por esta última solución: dar la opinión con salvedades, haciendo referencia estrictamente a qué salvedades son, es decir, que no queda amparado ni mucho menos
por esa opinión limpia de las cuentas lo que hace referencia concreta a la gestión del inmovilizado.


Con respecto a la intervención del señor Mena y otras, no podemos afirmar en relación con la actividad del Instituto Cervantes que haya una voluntad dolosa de ocultar su gestión porque no sería estrictamente una función del propio tribunal.
Los informes del tribunal se ponen en manos de quienes tienen la capacidad de calificar estas circunstancias -el ministerio fiscal y la Abogacía del Estado- y en el caso de que existan esas presunciones son ellos quienes pueden solicitar de los
miembros del tribunal que elaboren los testimonios de particulares correspondientes para remitirlos a la jurisdicción ordinaria para que en la misma se puedan tomar las medidas que aquí se están reclamando. En el caso concreto del Instituto
Cervantes, he de decirles que se formuló una petición de responsabilidad penal por presuntos delitos de prevaricación y malversación y que se trasladó a la jurisdicción ordinaria, pero no les puedo dar más información que el propio traslado del
expediente. Es importante porque en muchas ocasiones en esta Comisión mixta se considera que un determinado informe tiene irregularidades muy graves y que no se toman medidas. Tienen que darse ustedes cuenta de que el tribunal elabora informes que
representan una opinión técnica dirigida a este Parlamento con la finalidad de coadyuvar a su labor de control, pero en sí no tienen eficacia jurídica, no representan acciones concretas de demanda o de inicio de una actuación. Para eso están los
que tienen la capacidad de hacerlo, la fiscalía, la Abogacía del Estado y las acciones públicas, es decir, los actores públicos si se creen legitimados para poder llevar a los tribunales a cualquier persona o a cualquier responsable del sector
público por considerar que hay un incumplimiento grave de sus obligaciones tienen abiertas las vías de las acciones públicas correspondientes, tanto en el ámbito ordinario como en la propia acción pública por responsabilidad contable en el Tribunal
de Cuentas. Quiero decir que no echen ustedes en falta en los resultados de la fiscalización del tribunal cosas que



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no pueden estar dentro de esos informes. Vuelvo a repetir que los informes representan una opinión técnica dirigida a ustedes para que como Parlamento ejerzan las funciones de control que tienen establecidas y hay otras instancias que son
las que en su caso, si así lo consideran -para eso están legitimados-, pueden emprender las acciones correspondientes, que llevarían a un terreno diferente del que se deriva de la realización de estos informes de fiscalización.


En cuanto al resto de cuestiones, me han planteado si es necesaria una revisión normativa en relación con el régimen jurídico de los centros en el extranjero. Es indudable que el régimen jurídico de los centros en el extranjero no depende
solo del Instituto Cervantes, sino también de la acción exterior de España y de los acuerdos que tengan establecidos con los países de destino, con lo cual, por mucho que quisiéramos dejar cerradas en una acción normativa todas las cuestiones de
funcionamiento del Instituto Cervantes, siempre habría un campo concreto que estaría en el terreno de los acuerdos que se hayan celebrado con los diferentes países de destino a los efectos de la situación en la que se encuentran estos institutos en
un país concreto.


No tengo mayores cuestiones que añadir a este informe. Indudablemente, el Instituto Cervantes, por encima de todas estas deficiencias de gestión que afectan a aspectos concretos de sus centros en el exterior, no es muy diferente de muchos
otros institutos de naturaleza parecida y que hemos tratado en esta Comisión mixta cuando hemos visto el funcionamiento del Instituto de Comercio Exterior u otras entidades que mantienen centros en el exterior. La gestión autónoma de estos centros
provoca dificultades a la hora de justificar los fondos percibidos y retrasos en la presentación de las cuentas justificativas, cuestiones que suelen estar asociadas con este tipo de entidades, en las que lo importante es que las organizaciones
vayan avanzando en su proceso de control y de actualización. Creo que el tribunal, a lo largo de los dos informes que ha hecho, ha contribuido a potenciar estas medidas de mejora. En el futuro estaremos mucho más atentos a que esa mejora supere
los problemas administrativos que yo les he puesto encima de la mesa.


Nada más, muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Llegados a este punto, como es habitual, vamos a suspender la sesión por cinco minutos para despedir al presidente del Tribunal de Cuentas, agradeciéndole, hoy si cabe más que otros días, el importante esfuerzo por presentar nada más y nada
menos que veintiséis informes. Muchas gracias.


Se suspende la sesión durante cinco minutos. (Pausa.)


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR LAS ENTIDADES GESTORAS DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LAS SIETE ISLAS CANARIAS, PERIODO 2007-2011: ISLA DE FUERTEVENTURA. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 251/000115 y número de expediente del Senado 771/000115).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR LAS ENTIDADES GESTORAS DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LAS SIETE ISLAS CANARIAS, PERIODO 2007-2011: ISLA DE TENERIFE. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000116 y número de expediente del Senado 771/000118).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR LAS ENTIDADES GESTORAS DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LAS SIETE ISLAS CANARIAS, PERIODO 2007-2011: ISLA DE LANZAROTE. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000117 y número de expediente del Senado 771/000116).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR LAS ENTIDADES GESTORAS DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LAS SIETE ISLAS CANARIAS, PERIODO 2007-2011: ISLA DE GRAN CANARIA. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 251/000132 y número de expediente del Senado 771/000135).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR LAS ENTIDADES GESTORAS DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LAS SIETE ISLAS CANARIAS, PERIODO 2007-2011: ISLA DE EL HIERRO. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000150 y número de expediente del Senado 771/000150).



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El señor PRESIDENTE: Comenzamos con las votaciones. Tal y como se ha acordado en Mesa y portavoces esta mañana, vamos a proceder a votar de forma conjunta los puntos 27, 28, 29, 30 y 32, que corresponden a los informes de fiscalización de
la prestación por las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete islas Canarias, periodo 2007-2011: isla de Fuerteventura, isla de Tenerife, isla de Lanzarote, isla de Gran Canaria e isla de El Hierro.


Propuestas números 7 y 8 del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Resto de propuestas del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuestas del Grupo Parlamentario Socialista, de la número 9 a la número 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuestas número 13 a número 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuestas del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos. En primer lugar, la número 19, que se somete a votación con las correcciones que se han introducido esta mañana en Mesa y portavoces.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 26.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de propuestas del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta número 20 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 28; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR LAS ENTIDADES GESTORAS DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LAS SIETE ISLAS CANARIAS, PERIODO 2007-2011: ISLA DE LA GOMERA. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000147 y número de expediente del Senado 771/000143).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR LAS ENTIDADES GESTORAS DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LAS SIETE ISLAS CANARIAS, PERIODO 2007-2011: ISLA DE LA PALMA. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 251/000151 y número de expediente del Senado 771/000151).


El señor PRESIDENTE: Informes de fiscalización -conjuntamente también- números 33 y 31, que corresponden a lo mismo, a las entidades gestoras del servicio de producción y distribución de agua potable en las siete islas Canarias, periodo
2007 a 2011: isla de La Gomera e isla de La Palma.


Propuestas números 8 y 9 del Grupo Ciudadanos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



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Resto de propuestas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuestas números 10 a 13 del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuestas números 14 a 16.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuestas del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea. La número 20 se vota en los términos en los que se ha corregido en Mesa y portavoces esta mañana.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 26.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de propuestas del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta número 21 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 28; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS ESPAÑOLAS EN MISIONES INTERNACIONALES, EJERCICIOS 2009 Y 2010. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000005 y número de expediente del Senado
771/000005).


El señor PRESIDENTE: Informe de fiscalización -número 34 del orden del día- de participación de las Fuerzas Armadas españolas en misiones internacionales, ejercicios 2009 a 2010. El Grupo Parlamentario Podemos ha retirado las propuestas
que había presentado, así que pasamos a votar las propuestas números 1 a 4 del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuestas números 5 a 10 del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuesta número 17 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 30; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FINANCIACIÓN EXTRAORDINARIA DE LOS PROGRAMAS ESPECIALES DE ARMAMENTO Y MATERIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, EJERCICIOS 2012, 2013 Y 2014. ANÁLISIS ESPECIAL DE LOS PROGRAMAS DE GESTIÓN INTERNACIONAL: EF2000,
A400M Y TIGER, Y DE LOS PROGRAMAS DE GESTIÓN NACIONAL: BAM, LEOPARD Y NH90. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000146 y número de expediente del Senado 771/000147).



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El señor PRESIDENTE: Informe de fiscalización de financiación extraordinaria de los programas especiales de armamento y materiales de Fuerzas Armadas -número 35 del orden del día-, ejercicios 2012, 2013 y 2014. Análisis especial de los
programas de gestión internacional: EF2000, A400M y Tiger, y de los programas de gestión nacional: BAM, Leopard y NH90.


Propuesta número 10 del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.


Resto de propuestas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuesta número 11 del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.


Propuesta número 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuesta número 13 del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta número 16 del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 17; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta número 17.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 9; en contra, 17; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta número 18 de Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 28; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta número 19.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 9; en contra, 20.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de propuestas del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 9; en contra, 20.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta número 20 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 30; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Muchas gracias.


Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.


Eran las cinco y veinte minutos de la tarde.