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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 63, de 02/12/2016
cve: BOCG-12-D-63 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


2 de diciembre de 2016


Núm. 63



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000022 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Justicia, para el estudio y definición de una Estrategia Nacional de Justicia, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso... href='#(Página4)'>(Página4)


158/000023 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia, para el estudio de la situación de la juventud en España, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista... href='#(Página7)'>(Página7)


158/000024 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Igualdad, para el estudio sobre el incumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible en relación con la brecha salarial de género y violencia de género,
presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea... (Página8)


158/000025 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, sobre el sistema financiero, la reordenación y rescate bancario y los derechos de los consumidores, presentada por el Grupo
Parlamentario de Esquerra Republicana... (Página12)


158/000026 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Igualdad, para un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Confederal de
Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto... (Página14)


158/000027 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Educación y Deporte, para la elaboración de un gran Pacto de Estado Social y Político por la Educación, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular en el
Congreso, Socialista y Ciudadanos... (Página16)


158/000028 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión Constitucional, para la reforma electoral, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista... (Página17)



Página 2





Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000243 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la reconversión de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona en un centro memorial y documental de la represión franquista en Cataluña
... (Página20)


162/000244 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la elaboración de una Estrategia Nacional del Mar... (Página22)


162/000245 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local... (Página23)


162/000246 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la separación de las funciones de regulación y defensa de la competencia actualmente atribuidas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC) en dos nuevas entidades independientes... (Página24)


162/000247 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para garantizar una verdadera 'segunda oportunidad' a las familias y deudores en situación de insolvencia... href='#(Página26)'>(Página26)


162/000249 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, para flexibilizar las fechas establecidas para la venta por parte del FROB de sus participaciones en Bankia y Banco Mare Nostrum a fin de maximizar el retorno
para las arcas públicas de las ayudas concedidas a las entidades financieras... (Página27)


162/000250 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre buenas prácticas en la contratación pública... (Página29)


162/000251 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i)... (Página30)


162/000252 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la eliminación de comisiones de retirada de efectivo en cajeros... (Página31)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000031 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 5465/2013, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso, contra la nueva redacción dada en
el apartado uno del artículo único de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, a los artículos 564; apartados 1 y 3 del artículo 570; apartado 1 del artículo 579; apartado 1 del artículo 580;
artículo 590; apartado 1 del artículo 591; artículo 599; apartado 4 del artículo 600 y apartado 2 del artículo 638 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como el apartado 3 de la disposición transitoria décima de
aquella Ley Orgánica 4/2013... (Página33)



Página 3





232/000032 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 1814/2013, promovido por el Gobierno Vasco contra los artículos 22.Tres; 23.Uno.2 y disposiciones adicionales octogésima primera y
octogésima cuarta de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013... (Página34)


232/000033 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 5951/2014, promovido por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, contra los artículos 4 y 7 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4
de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia... (Página35)


232/000034 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 5261/2011, promovido por la Generalitat de Cataluña, contra los artículos 5, apartados 1, 2 y 4; 6, apartados 3 y 4; 8, apartados 6,
segundo párrafo; 9, apartados 6 y 7; 10, apartados 4, 6 y 7; 11, apartados 1, 2 y 6; 13; 15, apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 7; 19, apartados 2 y 3; 23; 24, apartados 1, 2, 3 y 4; 25; 26, apartados 1, 3, 4 y 5; 27, apartado 1; 38, apartado 1;
disposición adicional tercera, apartado 5, así como a la atribución de carácter básico a los citados preceptos en la disposición final undécima de la Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono... href='#(Página36)'>(Página36)



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COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000022


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Justicia, para el estudio y definición de una Estrategia Nacional de Justicia.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Justicia, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el
seno de las Comisiones de la Cámara, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para presentar propuesta de creación, en el seno de la Comisión de Justicia, de una Subcomisión para el estudio y definición de una Estrategia Nacional de Justicia.


Exposición de motivos


La Constitución Española de 1978 construyó nuestro modelo de convivencia sobre un Estado social y democrático de Derecho, propugnando como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo
político. Desde esta declaración afianzó los principios y derechos que, en materia de Justicia, nos asisten como ciudadanos libres e iguales: legalidad, jerarquía normativa, publicidad e irretroactividad de las normas, seguridad jurídica, tutela
judicial efectiva, presunción de inocencia... Y configuró el Poder Judicial como garante de este sistema, donde la Justicia se imparte por jueces y magistrados independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.


Por tanto, desde el prisma constitucional, la Justicia española se articula desde una triple perspectiva: la Justicia como valor superior del marco normativo (art.1 CE); la Justicia como derecho fundamental (art. 24 CE); y la Justicia
como organización (art. 117 CE), con una visión dual: Poder del Estado y servicio público que se presta a los ciudadanos. En la gestión de esta organización participan el Ministerio de Justicia, las Comunidades Autónomas que han asumido
competencias en esta materia, así como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y los propios tribunales, resultando además esencial la necesaria colaboración y cooperación de los distintos operadores jurídicos.


Se trata, pues, de un servicio básico para la sociedad que se presta dentro de un sistema complejo y que presenta, tras décadas de desarrollo democrático, múltiples necesidades que deben ser cubiertas, nuevos desafíos que tienen que ser
abordados sin demora y exigencias de gestión y reorganización que, en pleno siglo XXI, han de atenderse para que la Justicia resuelva de manera satisfactoria las demandas sociales y económicas de los ciudadanos. La sociedad en su conjunto y los
distintos colectivos y profesionales del sector coinciden en reclamar una profunda reforma de la Justicia, que revise el modelo,



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su sistema de funcionamiento y la arquitectura normativa que la sostiene, de manera que la Justicia pueda situarse a la altura de sus retos y necesidades de presente y de futuro dentro del marco que configura la Constitución Española: una
España proyectada sobre un Estado de Derecho donde la Justicia, además de concebirse como valor superior y derecho fundamental, se imparte por un poder independiente y sometido únicamente al imperio de la ley.


En los últimos 40 años España ha sido capaz de abordar las grandes reformas estratégicas que la han situado entre los países más desarrollados y prósperos, modernizando y transformando completamente todos los sectores y servicios públicos
vinculados a esas reformas, desde las infraestructuras y el transporte, a la sanidad, la administración tributaria o incluso el propio modelo de organización territorial según el principio de proximidad en la prestación de los servicios públicos
sobre el que tal modelo se sustenta.


Sin embargo, a lo largo de todos estos años, exceptuando el ilusionante intento de cambio que supuso el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia de 2001, España no ha sido capaz de culminar el gran proyecto de transformación que su
Justicia requiere y que los ciudadanos demandan. La de la Justicia es, sin duda, la gran reforma pendiente de nuestra democracia que debe ser resuelta de manera inaplazable. El instrumento idóneo para abordar dicha reforma es una Estrategia
Nacional de Justicia, resultando imprescindible la creación, en el seno de la Comisión de Justicia del Congreso, de una Subcomisión que estudie y defina los objetivos, ejes y medidas de desarrollo de dicha Estrategia.


La filosofía de la Estrategia Nacional de Justicia es proponer, además del consenso político que supone su análisis y aprobación en el seno del Congreso de los Diputados, la máxima participación en cuanto a su definición, incorporando la
voz, la experiencia y la visión de cuantos hacen posible la Justicia en su día a día: jueces, magistrados, fiscales, empleados públicos (Abogacía del Estado, Letrados de la Administración de Justicia, personal auxiliar...), colectivos profesionales
(abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores...), Administraciones e Instituciones (Estado, CC.AA., CGPJ, FEMP, sindicatos, docencia...), organismos colaboradores de la Justicia y colectivos especializados (Institutos
Médico-Forenses, intérpretes y peritos...), etc.


Se trata de definir una Estrategia contando con todos, escuchando a todos y construida por todos, de manera que desde el mayor consenso posible se pueda impulsar la reforma y transformación integral de la Justicia española, clave para el
progreso y el bienestar de una sociedad que se desarrolla y prospera en un mundo global, de nuevas realidades y desafíos compartidos, donde la seguridad jurídica juega también un papel fundamental como palanca de crecimiento y desarrollo
socioeconómico.


Con esta sólida base de legitimación, la Estrategia se configurará como el soporte de todas y cada una de las líneas de acción que habrán de emprenderse para la reforma de la Justicia a lo largo de los próximos años y legislaturas, siendo el
consenso en su definición la mayor garantía de su continuidad en el tiempo, con independencia del color político del Ejecutivo que gobierne en cada momento.


Asimismo, y con el fin de asegurar la evaluación continua de los objetivos y acciones que proponga la Estrategia, la misma incorporará un sistema de indicadores de análisis y seguimiento, facilitando con ello la monitorización de su
ejecución, el control periódico de su evolución, la flexibilidad suficiente para redefinir y reorientar acciones que refuercen su eficacia, la sostenibilidad económica y la eficiencia en el gasto de todas las acciones previstas.


Por todo ello, y de acuerdo con la referida Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de
la Cámara, se propone la creación de una Subcomisión en el seno de la Comisión de Justicia, con las siguientes características:


REGLAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO


1. Objeto de la Subcomisión.


1.1 El objeto de la Subcomisión es estudiar y definir los objetivos y líneas de acción de una Estrategia Nacional de Justicia que guíe la reforma integral de la Justicia española en todas sus dimensiones:


- Dimensión institucional, desde la perspectiva del refuerzo de la independencia judicial, el fomento de una Justicia abierta, transparente y que rinda cuenta, o la lucha contra la corrupción. Entre las cuestiones susceptibles de ser
abordadas por la Subcomisión, sin perjuicio de las que considerase también oportunas, se encuentran aquellas que vienen suscitando un intenso debate público, como, por ejemplo, el modelo de nombramiento de vocales del GCPJ, la regulación de las
denominadas puertas giratorias entre justicia-



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política, el cumplimiento de las medidas GRECO, la reducción de aforamientos, la limitación por ley de indultos a corruptos, la protección al denunciante de corrupción o la regulación de los lobbies, entre otras.


- Dimensión servicio público, de manera que se pueda facilitar una Justicia ágil y de calidad, más dotada, mejor organizada, con nuevas reglas procesales, que reduzca la litigiosidad, fomente la cultura del acuerdo frente al conflicto
(Mediación o Arbitraje) o complete su transformación digital.


- Dimensión profesional, con el fin de facilitar, incentivar, mejorar y cualificar el trabajo de los profesionales de la Justicia: judicatura, fiscalía, personal al servicio de la Administración de Justicia (Letrados de la Administración de
Justicia, personal auxiliar, Abogacía del Estado...), operadores jurídicos (notarios, registradores, abogados, procuradores, graduados sociales...) o colaboradores de la Justicia (Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, intérpretes,
traductores y peritos...).


- Dimensión social, al objeto de promover una Justicia para las personas, accesible y que proteja a los colectivos más vulnerables (víctimas del delito, violencia de género, menores, personas con discapacidad...).


- Dimensión seguridad jurídica, al objeto reforzar nuestro sistema jurídico-normativo como palanca de competitividad, certidumbre y confianza, y como instrumento de colaboración y cooperación jurídica internacional, especialmente de una
España comprometida con Europa y con el Espacio Jurídico Iberoamericano.


1.2 Para asegurar el máximo grado de participación en la definición de la Estrategia, en los trabajos de la Subcomisión resultará imprescindible contar con la voz, la experiencia y la visión de los profesionales, colectivos, administraciones
e instituciones que participan en la organización, gestión o prestación del servicio público de la Justicia, en línea con lo expresado en la Exposición de motivos.


1.3 La Estrategia Nacional de Justicia deberá incluir una Memoria Económica que evalúe y proyecte las previsiones económicas que requerirá su puesta en marcha, teniendo en cuenta en esa proyección los recursos aportados por las CC.AA. con
competencias transferidas para la financiación de las reformas.


1.4 La Estrategia, con el fin de asegurar un proceso de evaluación continua de los objetivos y acciones que propone, incorporará un sistema de análisis y seguimiento con los siguientes objetivos:


- Monitorización. Testar en tiempo real el ritmo y grado de ejecución de las acciones planteadas.


- Control. Posibilitar un seguimiento periódico y continuo de la evolución de la Estrategia y sus acciones.


- Flexibilidad. Determinar un mapa de desarrollo de la Estrategia, que facilite la redefinición y reorientación inmediata de acciones que refuercen su eficacia.


- Sostenibilidad económica. Análisis de ejecución e impacto del gasto destinado a la financiación de las acciones de la Estrategia.


- Gasto eficiente. Optimización y reasignación de recursos según desarrollo y eficiencia de las acciones de la Estrategia.


1.5 La Subcomisión elaborará un informe de conclusiones con los objetivos y propuestas a integrar en la Estrategia Nacional de Justicia, para su debate y aprobación por la Comisión y, posteriormente, por el Pleno de la Cámara.


2. Composición.


La Subcomisión estará integrada por tres representantes de aquellos grupos que tengan más de cien diputados, dos cada uno de los Grupos Parlamentarios que tengan entre veinticinco y cien diputados en la cámara, y un representante de cada uno
de los Grupos Parlamentarios restantes.


3. Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se adoptará el criterio del voto ponderado.


4. Documentación y comparecientes.


Los Grupos Parlamentarios podrán solicitar la documentación necesaria para la realización de los trabajos de la Subcomisión desde el momento de su constitución. Asimismo, para el adecuado desarrollo de dichos trabajos, la Subcomisión podrá
acordar las comparecencias que considere necesarias, contando



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a tal fin con expertos, profesionales, instituciones y colectivos vinculados al ámbito de la Justicia, en línea con el criterio inclusivo y de participación expresado en la exposición de motivos y en el punto 1.2 anterior.


5. Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


En el plazo máximo de seis meses desde su constitución, la Subcomisión elaborará un informe de conclusiones con los objetivos y propuestas a integrar en la Estrategia Nacional de Justicia, para su debate y aprobación por la Comisión.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de noviembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


158/000023


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia, para el estudio de la situación de la juventud en España.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección de error contenida en el escrito registrado con el número 9247, admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la
Presidencia de 26 de junio de 1996, advirtiendo que no cabe predeterminar en este momento el conocimiento por el Pleno del informe final que se elabore, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Asimismo comunicar este acuerdo al
Grupo Parlamentario solicitante.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de
creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presentar propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia, para el estudio de la
situación de la juventud en España.


Exposición de motivos


Los informes que periódicamente realiza el Consejo de la Juventud de España retratan a una generación marcada por el desempleo, la precariedad, la sobrecualificación, la emancipación tardía y la emigración.


La juventud española es el colectivo que más riesgo de pobreza tiene. Más de un tercio de la población juvenil está en riesgo de exclusión social.


Solo el 20,8 % de los menores de treinta años consigue emanciparse. La mayoría de los que han logrado salir de la casa de sus padres, un 85 % del total, no han podido hacerlo solos y, aun así, la superficie máxima de vivienda a la que
aspiran es de 51,2 metros cuadrados.



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El empleo y la vivienda son los dos factores clave para que una persona joven pueda iniciar el tránsito a una vida adulta.


A las duras condiciones de acceso al mercado de la vivienda, tanto en régimen de compra como de alquiler, hay que añadir una tasa de paro juvenil que supera el 40 %.


El empleo que se genera es de carácter temporal, tiene bajísima calidad y es desigual entre hombres y mujeres. La precariedad tiene especial incidencia entre los trabajadores jóvenes. La tasa de trabajo parcial en este colectivo (27,3 %)
ha superado por primera vez la europea (27 %). Además, el empleo a tiempo parcial suele ser no elegido, sino impuesto.


Casi un 56 % de los que trabajan están sobrecualificados. Es decir, su nivel de formación supera el nivel requerido para sus puestos de trabajo. En el caso de las mujeres, la cifra se eleva al 64 %.


Ante este panorama, más de 200.000 jóvenes se han marchado de España. Un estudio ha calculado que el coste para las arcas del Estado de la 'fuga de cerebros' asciende a 4.000 millones de euros cada año. El Consejo de la Juventud sostiene
con su estudio la tesis de que 'el abandono del futuro de los jóvenes amenaza la sostenibilidad del Estado del bienestar español'.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista propone la creación en el seno de la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia de una Subcomisión para el estudio de la situación de la juventud en España.


REGLAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO


A) Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


B) Objeto de la Comisión.


La Subcomisión deberá estudiar la situación de la juventud en España de manera transversal, abordando todos aquellos aspectos que inciden en el desarrollo de las personas jóvenes. Dicho estudio incluirá un apartado de conclusiones.


C) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión deberá realizar el estudio correspondiente y presentar sus conclusiones en un plazo máximo de seis meses desde su constitución. El mencionado informe, una vez aprobado por la Comisión de derechos de la infancia y
adolescencia, junto con las conclusiones finales de los trabajos de la Subcomisión, se remitirá al Pleno de la Cámara para su debate y aprobación.


Los Grupos Parlamentarios podrán solicitar la documentación necesaria para la realización de los trabajos de la Subcomisión desde el momento de su constitución, así como las comparecencias que se consideren oportunas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de noviembre de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


158/000024


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Igualdad, para el estudio sobre el incumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible en relación con la brecha salarial de género y violencia de género.



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Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Igualdad, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes se dirigen a la Mesa para proponer, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996 sobre procedimiento de creación y reglas de
funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, la creación de una Subcomisión en el seno de la Comisión de Igualdad para el estudio sobre el incumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible en relación con la
brecha salarial de género y violencia de género.


Exposición de motivos


Han pasado ya 18 meses desde que España se sumó con otros 193 Estados a los 17 Objetivos de la Agenda del Desarrollo Sostenible 2030. Oxfam Intermon señala en su reciente estudio el llamativo suspenso del gobierno Español en prácticamente
todas las categorías que se comprometió a afrontar. La interinidad del ejecutivo del último año, vista su iniciativa constante en otros terrenos, no es una razón para no haber empezado a aterrizar estos objetivos en políticas concretas. El informe
señala directamente la falta de voluntad política e incomprensión de los principios de universalidad del actual ejecutivo.


En concreto vemos urgente llamar la atención sobre los objetivos de reducción de la desigualdad entre hombres y mujeres. En los últimos datos de Eurostat que se destacan en dicho informe, se nos coloca en la sexta diferencia salarial más
alta de toda la UE con un 18,8 %, señalando además la falta total de iniciativa a la hora de cumplir el compromiso para 2020 de bajar de un 15 % y llegar al 0 % en 2030 como nos hemos comprometido. Es también injustificable que los datos sobre
víctimas mortales de violencia machista sean de un 21,7 % en 2015, y que no se haya puesto en marcha políticas públicas para conseguir llegar al objetivo que nos habíamos comprometido de menos del 10 % en 2020.


Que estos dos datos, brecha salarial y víctimas de violencia machista, sean los principales indicadores sobre los que fijarnos no es casual: como nos recuerda el Convenio de Estambul, la erradicación de la violencia exige promover la
igualdad. En particular, sus artículos 4 al 6, parten de que la igualdad legal y real es el 'elemento clave de la prevención de la violencia contra la mujer' y vinculan desigualdad y violencia, lo que es importante para España, donde convergen su
recorte y su separación. De 2009 a 2014 el Gobierno de Mariano Rajoy ha recortado un 23 % (de 28,3 a 21,2 millones) el presupuesto del programa 232C contra la Violencia de Género, y un 49 % (de 37,7 a 19 millones) el del programa 232B para
igualdad.


Cuando se trata de resolver problemas tan fundamentales y determinantes para el progreso y crecimiento de nuestro país, como son los niveles salariales, los repartos de cargas familiares y el trabajo doméstico no remunerado y sobre todo de
violencia machista, los suspensos del actual ejecutivo llaman poderosamente la atención y encienden todas las señales de alarma.


Un reciente informe de la fundación FEDEA sobre la brecha de género en el mercado laboral señala cómo a lo largo de los últimos quince años la tasa medio de desempleo femenina (20 %) ha sido más de 6 puntos porcentuales superior que la
masculina (14 %). Además, advierte de que las tareas domésticas se siguen repartiendo de manera sumamente desigual. Las mujeres asumen a diario más de dos horas más de media al día de trabajo doméstico, incluyendo el cuidado infantil, que los
hombres. Prácticamente el 70 % de todas las horas dedicadas al trabajo doméstico no remunerado en nuestro país las realizan las mujeres. Además, encontramos indicadores preocupantes de segregación ocupacional de las mujeres en el mercado de
trabajo, concentrándolas en los sectores ocupacionales con los salarios relativos más bajos y precarizados.



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Este mismo informe señala como la infrarrepresentación de las mujeres en las instituciones públicas sigue siendo un problema de gran relevancia, en especial en las etapas más altas del servicio diplomático, del poder judicial y de los
gobiernos tanto regionales como locales, disminuyendo siempre en proporción a cuánto aumenta el nivel de autoridad. Lo mismo sucede en el ámbito privado donde solo hay un 10 % de mujeres en los lugares de más liderazgo, ocupan solo el 17 % de los
asientos de los consejos de administración cifra muy inferiores a los países de nuestro entorno, como Italia Alemania, Francia o Bélgica. Los roles de género, la mala conciliación laboral, el desajuste entre los altos niveles de cualificación de
las mujeres y los puestos que desempeñan son claramente algunas de las causas más importantes de esto.


Que nuestras leyes se acojan al Convenio de Estambul como exige la CEDAW, así como que evaluemos el impacto de todos los mecanismos que hemos puesto en marcha, es lo mínimo que podemos exigir a la hora de comprobar si nuestro compromiso
contra la violencia ejercida contra las mujeres es lo suficientemente eficiente y se adapta como mínimo a los compromisos que hemos adquirido internacionalmente y que los movimientos feministas de nuestro país asumen también dentro de sus
reivindicaciones.


Varios países han establecido comisiones de estudio sobre estos temas, especialmente en cuanto a las causas en las diferencias salariales entre hombres y mujeres y han terminado por formular recomendaciones que se han convertido en políticas
fundamentales en la lucha contra la desigualdad de género y la violencia machista. Destacan por ejemplo el caso de Noruega donde una Comisión por la Igualdad Salarial creada por el gobierno formuló en 2008 una serie de recomendaciones para reducir
esta brecha. Una de estas recomendaciones, la de establecer un fondo de igualdad salarial para recompensar estas diferencias en el mercado de trabajo, se puso en prácticas en el acuerdo salarial de 2010. Asimismo, resaltar el ejemplo de Bélgica,
donde su gobierno desde 2006 publica un informe anual sobre las diferencias salariales entre hombres y mujeres con información muy detallada al respecto. Uno de los resultados que se han conseguido ha sido el de firmar un acuerdo nacional que
garantiza que en 2016 no puede existir ninguna categoría profesional que sea discriminada por motivos de sexo.


Analizando por otro lado cómo se interrelacionan los datos de violencia de género con los procesos de exclusión social y desigualdad económica podemos concluir fácilmente por un lado que experimentar violencia de género supone en sí mismo un
elemento de exclusión que abre las puertas a falta de autonomía para las mujeres que lo experimentan en todos los niveles, también en lo económico, las víctimas ven reducida su situación de plena ciudadanía. Nos toca preguntarnos ahora si esta
exclusión social, si esta desigualdad económica preexiste a la situación de violencia. Como bien enuncia el convenio de Estambul, es evidente que la violencia es un producto de las desigualdades de género, y estas a su vez, como hemos comprobado
por diferentes datos, sobre manera expresados en la cuestión de la brecha salarial, provienen de la desposesión simbólica, política y material que sufren las mujeres por las diferentes estructuras machistas, desiguales y masculinizadas que operan en
todos los niveles de la sociedad. Es evidente que existen determinadas circunstancias, entre ellas la brecha salarial de género que conlleva una desigualdad económica atroz que facilita por tanto las situaciones de exclusión, que hacen que muchas
mujeres sean más vulnerables a la violencia de género. Muchos datos demuestran como cuando aumenta la precarización o la exclusión también crece la incidencia en la violencia como muestra el informe de Foessa VII Informe sobre Exclusión Social y
Desarrollo: Una perspectiva de género.


Por otro lado, si mapeamos los datos de la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer del 2015 de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género y los datos del último Informe De Mercado de Trabajo de Mujeres del 2015 y nos fijamos
en los porcentajes de mujeres que reciben una renta de inserción activa y los comparamos con los porcentajes de mujeres afirman haber sufrido violencia física y/o sexual; es imposible que no haya una correlación positiva entre un porcentaje y otro.


Por todas estas razones vemos necesario la creación de una Subcomisión de estudio sobre el incumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible en relación con la brecha salarial de género y violencia de género, que nos permita
determinar los vínculos entre estas dos variables y presentar recomendaciones viables y aplicables cuanto antes para llegar a cumplir estos objetivos.


Objetivos.


a) Garantizar la puesta en marcha de políticas y medidas de diversa naturaleza (políticas fiscales, sociales, salariales) para que España se ponga al día con su compromiso con la agenda 2030, así como con la ratificación del Convenio de
Estambul.



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b) La Subcomisión deberá en primer lugar establecer una batería de indicadores críticos para la medición de la correlación entre la brecha salarial de género y su impacto en la violencia y otras formas de exclusión ejercidas contra la mujer
para así medir su evolución e impacto.


c) Desde la Subcomisión se deberán proponer objetivos medibles de reducción de la brecha salarial de género para la próxima legislatura (un ejercicio que debería establecerse de forma recurrente al inicio de cada legislatura). Derivados de
esos objetivos de reducción de la brecha salarial de género, abarcables dentro de una legislatura, se deberán establecer planes de acción y propuestas de políticas públicas acordes con sus correspondientes indicadores de avance.


d) Esta Subcomisión de estudio deberá evaluar la situación en la que se encuentran los dispositivos normativos, medidas y mecanismos, junto a los recursos materiales y humanos que en la actualidad se destinan a erradicar la violencia de
género, así como el fomento del empleo femenino y todas las políticas de empleo e igualdad que se vinculen a la existencia de la brecha salarial de género. Por otro lado, deberá también identificar los ámbitos de acción institucional donde sea
necesario intervenir, así como incluir en su informe final una propuesta de intervención en dichos ámbitos.


e) Además, esta Subcomisión encargará las investigaciones que puedan ser necesarias para comprender mejor los patrones de reproducción de la brecha salarial de género y su relación con la violencia de género, así como realizar análisis
comparados de políticas públicas, y podrá invitar regularmente a expertos independientes y representantes de la sociedad civil a realizar exposiciones y a participar en sus debates, tanto sobre las causas como sobre las soluciones para la actual
situación de las mujeres en nuestro país.


Composición.


La Subcomisión estará integrada por tres representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios con más de 50 diputados/as en la Cámara y dos representantes de cada uno de los grupos restantes.


Reglas de organización y funcionamiento.


La convocatoria y el orden del día de sus reuniones serán acordadas por la Presidenta de la Comisión, a propuesta de los miembros de la Subcomisión.


Para la adopción de acuerdos, la Subcomisión aplicará el criterio del voto ponderado.


La Subcomisión, por conducto del Presidente del Congreso, podrá recabar:


1. La información y la documentación que precisen del Gobierno y de las Administraciones Públicas, siendo aplicable lo establecido en el apartado 2 del artículo 7.º del Reglamento del Congreso de los Diputados.


2. La presencia ante ella de los miembros del Gobierno para que informen sobre asuntos relacionados con sus respectivos departamentos.


3. La presencia de autoridades y funcionarios públicos competentes por razón de la materia objeto del debate, a fin de informar a la Subcomisión.


4. La comparecencia de otras personas competentes en la materia, a efectos de informar y asesorar a la Subcomisión.


Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión realizará los trabajos y redactará el informe que se elevará a la Comisión correspondiente para su aprobación en el plazo de un año desde su constitución.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de noviembre de 2016.-Ángela Rodríguez Martínez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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158/000025


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, sobre el sistema financiero, la reordenación y rescate bancario y los derechos de los consumidores.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Economía y Competitividad, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, advirtiendo que conforme a lo dispuesto en el Punto Tercero de la citada
Resolución la Comisión ha de concretar, en su caso, en su propuesta de creación la composición de la Subcomisión. En el supuesto de que dicho extremo no quede resuelto expresamente, la composición de la Subcomisión se ajustaría a lo dispuesto en la
Cámara para las Ponencias. Asimismo, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y comunicar este acuerdo al Grupo Parlamentario solicitante.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Economía y Competitividad


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia de la Diputada doña Ester Capella i Farré, al amparo de la Resolución 18 de la Presidencia del Congreso de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y reglas de
funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presenta la siguiente propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, sobre el sistema financiero, la reordenación y
rescate bancario y los derechos de los consumidores.


Exposición de motivos


Desde el año 2008, los bancos y entidades de crédito, prácticamente en su totalidad, se han visto afectadas por la crisis financiera que tiene, en buena medida, sus orígenes en la crisis inmobiliaria en la que estas entidades han contribuido
de forma decisiva.


El sistema financiero español presentaba desde el primer momento diversos problemas, tanto en su estructura y organización, excesivamente permisiva, como en la situación de las diversas entidades, especialmente de capital y de financiación,
agravados por la peculiar estructura de las cajas de ahorro, generando dudas sobre la viabilidad de las entidades bancarias a medio y largo plazo.


Como consecuencia, se inició un proceso de reestructuración del sector, que requirió -y sigue requiriendo- una fuerte dotación de recurso públicos. Entre inyecciones directas de capital -que el Banco de España cifra en más de 60.000
millones de euros- y avales, suman más de 110.000 millones de euros.


Casi todos los bancos tuvieron que llevar a cabo una serie de operaciones de fusión, adquisición, transformación de cajas en bancos, con nacionalizaciones o fusiones con otras entidades, etc., transformando por completo el sistema
financiero.


Durante este tiempo se ha puesto en evidencia que las entidades financieras han comercializado productos financieros de riesgo, como las participaciones preferentes, la deuda preferente o bonos convertibles entre otros productos, así como
créditos hipotecarios, afectando a los derechos de los consumidores y provocando un grave problema social que afecta a miles de personas. Como resultado, se ha producido un sobreendeudamiento de la población, con miles de desahucios, generando
también multitud de conflictos en el ámbito judicial, aún sin resolver.



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Asimismo, han realizado operaciones de crédito e inversiones de alto riesgo que han llevado a la situación de necesidad de ayuda pública mientras se fijaban nuevas y desproporcionadas retribuciones e indemnizaciones de los altos directivos,
poniendo de manifiesto los posibles fraudes e ilegalidades llevadas a cabo por los directivos de algunas entidades de crédito.


Además, las cajas de ahorro -que históricamente habían ejercido una función de soporte financiero a los pequeños ahorradores, emprendedores, autónomos y pymes, y a la vez contribuían de manera directa al desarrollo económico y social del
territorio a través de su obra social- representaban más de la mitad del sistema financiero español. Como resultado de su liquidación y quiebra, nos encontramos hoy en día con la privatización de las obras sociales de las antiguas cajas de ahorro
en manos de fundaciones bancarias.


Con el inicio de la crisis, en el 2008, se creó el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, que tenía como misión gestionar el proceso de reestructuración del sistema financiero, contribuyendo a reforzar sus propios recursos en los
procesos de integración entre entidades financieras.


Pero durante este tiempo también hemos podido observar cómo los sistemas de control establecidos no resultaban efectivos. (Un ejemplo claro sería la inspección previa del Banco de España, cuestionando la viabilidad de la salida a bolsa de
Bankia, que al final sí se acabó produciendo.)


Por todo ello, se hace necesario evaluar desde el Congreso de los Diputados cuál es el resultado del proceso, el punto en el que nos encontramos hoy en día y las perspectivas de futuro del sistema financiero, además de evaluar el uso de los
recursos públicos empleados en todo el proceso a lo largo de estos años, además de analizar el estado y la gestión de las entidades financieras, con la actuación de los representantes del FROB en sus respectivos consejos de administración.


Asimismo, es imprescindible profundizar sobre las consecuencias sociales del proceso, y la prenda que han tenido que pagar los consumidores debido a las malas prácticas y los abusos bancarios.


El objeto de investigación es, por tanto, de interés público y afecta a competencias de control del Congreso.


Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se solicita la creación de una Subcomisión, en la Comisión de Economía y Competitividad, de investigación en relación con las posibles responsabilidades derivadas de
la actuación y la gestión de las entidades financieras del Estado español, y la posible vulneración de los derechos de los consumidores.


Una vez formalizada la constitución de la Subcomisión, y de acuerdo con lo establecido en el Reglamento, esta debe elaborar y aprobar un plan de trabajo que podrá ser seguido y evaluado por la propia Comisión de Economía y Competitividad.


REGLAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO


Composición.


La Comisión de Economía y Competitividad determinará, a instancias de la Mesa y portavoces, el número de diputados que cada Grupo Parlamentario designará para dicha Subcomisión.


Objeto de la Subcomisión.


1. Revisar y evaluar el procedimiento seguido para la reordenación bancaria.


2. Analizar el gasto público en el proceso de reestructuración bancaria y el destino de los fondos públicos utilizados.


3. Analizar la fiscalización del gasto público destinado al proceso de reordenación bancaria y su eficiencia.


4. Evaluar los efectos del proceso sufrido en el sector bancario, en cuanto a:


- Impacto dentro del sector (puestos de trabajo, desaparición de oficinas bancarias, ...).


- Efectos sobre el sistema de cajas de ahorro y su función social.


- Concentración bancaria y disminución de la competencia.


- Consecuencias sobre la población (sobreendeudamiento, desahucios, ...).


- Judicialización del proceso.


5. Detectar las posibles irregularidades en el sistema financiero, tanto en el proceso regulatorio y administrativo como en el cumplimiento de las garantías de transparencia para los usuarios y consumidores.


6. Señalar las responsabilidades técnicas y políticas que se puedan derivar.



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7. Analizar las consecuencias para el interés público o general del marco regulatorio y de supervisión del sistema bancario, para detectar y corregir los puntos débiles del mismo.


8. Proponer al Gobierno la adopción de un Plan de medidas en relación a los puntos anteriores, incorporando un mecanismo de seguimiento y evaluación de su aplicación.


Sistema de decisión.


En el proceso de decisión de acuerdos los representantes de cada Grupo Parlamentario tendrán un voto ponderado proporcional a su representación en esta Cámara.


Designación de comparecientes.


Cada Grupo Parlamentario tendrá derecho a designar hasta un máximo de cuatro ponentes para recabar la información oportuna para cumplir con el objeto de la Subcomisión.


Documentación.


Cada Grupo Parlamentario podrá recabar, en cualquier momento de los trabajos de la Subcomisión, la información que considere oportuna para cumplir con el objeto de la Subcomisión.


Plazo de finalización de los trabajos de la Subcomisión.


En el plazo de seis meses desde su constitución, la Subcomisión elevará a la Comisión de Economía y Competitividad un informe para su aprobación, con los votos particulares oportunos de los Grupos Parlamentarios discrepantes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de noviembre de 2016.-Ester Capella i Farré, Diputada.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


158/000026


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Igualdad, para un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la incorporación de firma contenida en el escrito número de registro 9895, admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Igualdad, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y
publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los Grupos Parlamentarios solicitantes.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes tienen el honor de dirigirse a esa Mesa para solicitar, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados sobre el



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procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara de 26 de junio de 1996, la creación, en el seno de la Comisión de Igualdad, de una Subcomisión para un Pacto de Estado en
materia de Violencia de Género.


El 15 de noviembre de 2016, con motivo de la tramitación de las Proposiciones no de Ley números 162/000004, del Grupo Parlamentario Socialista y 162/000135, del Grupo Parlamentario Popular, el Pleno de la Cámara aprobó, por unanimidad, un
texto transaccional en el que se recogía la creación de una Subcomisión en el seno de la Comisión de Igualdad, con el fin de articular un pacto de Estado contra la violencia de género.


La citada Subcomisión deberá elaborar, en el plazo máximo de 4 meses desde su constitución, un Informe en el que se identificarán y analizarán los problemas que impiden avanzar en la erradicación de las diferentes formas de violencia de
género, y que contendrá un conjunto de propuestas de actuación entre las que se incluirán específicamente las principales reformas que deberán acometerse para dar cumplimiento efectivo a ese fin, así como a las recomendaciones de los organismos
internacionales, ONU y Convenio de Estambul.


El texto aprobado prevé también que dicho Informe, una vez aprobado, se remita al Gobierno para que, en el plazo máximo de dos meses, lo someta a acuerdo con los representantes de Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, partidos políticos,
Administración de Justicia, Asociaciones Sindicales y Empresariales y Asociaciones Civiles. Por otra parte el Pleno de la Cámara acordó, igualmente que las medidas contenidas en el Informe que supongan la modificación de textos legales vigentes
sean remitidas a las Cortes Generales en un plazo no superior a seis meses para su tramitación.


Finalmente en dicho acuerdo unánime se compromete la inclusión en el Pacto de la creación de una Comisión de Seguimiento que se reunirá siempre que lo requieran las circunstancias y, en todo caso, una vez al año con el fin de evaluar los
acuerdos alcanzados, cuyo desarrollo y aplicación será revisado, en todo caso, cada cinco años.


Por todo ello, se propone la creación, en el seno de la Comisión de Igualdad, de una Subcomisión para un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, con las siguientes características:


A. Objeto.


La Comisión tendrá por objeto elaborar un informe en el que se identificarán y analizarán los problemas que impiden avanzar en la erradicación de las diferentes formas de violencia de género, y que contendrá un conjunto de propuestas de
actuación entre las que se incluirán específicamente las principales reformas que deberán acometerse para dar cumplimiento efectivo a ese fin, así como a las recomendaciones de los organismos internacionales, ONU y Convenio de Estambul.


Para la realización del mencionado estudio, la Subcomisión recabará:


- La información y documentación que precise de las Administraciones Públicas competentes.


- La comparecencia de miembros de las Administraciones Públicas ante la misma, así como de las autoridades y funcionarios públicos y la de todos los agentes del sector, asociaciones y organizaciones competentes en la materia, que permitan a
la Subcomisión evaluar globalmente las posibles medidas a plantear en el informe final.


B. Composición.


La Subcomisión estará integrada por tres representantes del Grupo Parlamentario Popular, dos del Grupo Parlamentario Socialista, dos del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y un representante de cada uno
de los restantes Grupos Parlamentarios.


Los Grupos Parlamentarios podrán designar además otros tantos miembros suplentes.


C. Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.



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D. Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


En aplicación del acuerdo adoptado por el Pleno de la Cámara, la Subcomisión deberá aprobar el informe a que se refiere esta propuesta en un plazo máximo de cuatro meses desde su constitución, para su posterior remisión al Gobierno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de noviembre de 2016.-Los Portavoces de los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana, Vasco
(EAJ-PNV) y Mixto.


158/000027


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista y Ciudadanos.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Educación y Deporte, para la elaboración de un gran Pacto de Estado Social y Político por la Educación.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Educación y Deporte, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, advirtiendo que conforme a lo dispuesto en el Punto Tercero de la citada Resolución
la Comisión ha de concretar, en su caso, en su propuesta de creación la composición de la Subcomisión. En el supuesto de que dicho extremo no quede resuelto expresamente, la composición de la Subcomisión se ajustaría a lo dispuesto en la Cámara
para las Ponencias. Asimismo, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y comunicar este acuerdo a los Grupos Parlamentarios solicitantes.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios firmantes se dirigen a esa Mesa a fin de proponer, de acuerdo con las previsiones de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de creación y reglas de
funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, la creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Educación y Deporte, para la elaboración de un gran Pacto de Estado Social y Político por la Educación.


A) Objeto de la Subcomisión.


1. La Subcomisión elaborará un informe sobre el estado y situación del sistema educativo español que contenga un diagnóstico con unas propuestas y unas conclusiones que serán recogidas para la elaboración de un gran Pacto de Estado, Social
y Político por la Educación, para alcanzar los objetivos educativos europeos recogidos en la Estrategia Educación y Formación 2020 de la Unión Europea.


Dicho pacto servirá de base para que el Gobierno elabore un proyecto de Ley Básica de Educación, que sustituya la legislación vigente y que nazca con vocación de estabilidad a partir de un amplio acuerdo parlamentario y social.



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2. Se suspenderá el calendario de implantación previsto en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, en todos aquellos aspectos que no hubiesen entrado en vigor,
mientras se logra el Pacto y entra en vigor la nueva ley de educación.


3. Para la elaboración de dicho informe, en el seno de la Subcomisión se llevarán a cabo cuantas comparecencias sean necesarias para el adecuado desarrollo de sus trabajos, incluidas las de los representantes de las administraciones
educativas. Asimismo, podrán comparecer representantes de la comunidad educativa, expertos nacionales e internacionales, organizaciones sociales, asociaciones educativas, sindicatos, colectivos o plataformas educativas, representantes de las
sociedades científicas y culturales del país, así como cuantas personas y organizaciones se estimen competentes en la materia.


4. Igualmente, para el correcto desarrollo de los trabajos de la Subcomisión y desde el momento de su constitución, sus miembros podrán solicitar la documentación necesaria y se podrán organizar reuniones de trabajo o visitas.


5. La Subcomisión podrá solicitar al Presidente de la Conferencia Sectorial de Educación, al Presidente del Consejo Escolar del Estado y a los Presidentes de los Consejos Escolares de las Comunidades Autónomas que trasladen a la Subcomisión
el criterio de los órganos que representan, recabado en el marco de sus respectivas normas de funcionamiento, acerca de la materia objeto de la misma. Asimismo, se podrán solicitar a dichos órganos informes específicos sobre determinadas materias y
se podrá recabar documentos de trabajo impulsados y elaborados desde la sociedad civil y la comunidad educativa.


B) Composición.


La Subcomisión estará integrada por los representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios conforme al Reglamento.


Los Grupos Parlamentarios podrán designar, además, otros tantos miembros suplentes.


Tanto los representantes como los suplentes podrán ser sustituidos por otros miembros de sus Grupos Parlamentarios en función de las comparecencias que se celebren.


C) Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión deberá realizar y presentar el informe a que se refiere el apartado A) en un plazo máximo de seis meses desde su constitución.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de noviembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.-Antonio Roldán
Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


158/000028


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión Constitucional, para la reforma electoral.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión Constitucional, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales,



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recordando a la Comisión que, como reiteradamente ha señalado la Mesa de la Cámara, las reuniones de las Subcomisiones han de celebrarse sin la presencia de los medios de comunicación, sin perjuicio de las comparecencias que se acuerden
celebrar ante la Comisión con el régimen de publicidad previsto en el artículo 64 del Reglamento.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de
creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, presentar la siguiente propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión Constitucional, para la reforma electoral.


Exposición de motivos


El sistema electoral diseñado en la Constitución Española de 1978 y la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General ha cumplido su función adecuadamente durante más de 35 años -con sus sucesivas modificaciones-,
permitiendo la consolidación estable y el fortalecimiento de la democracia en España. Este sistema ha contribuido además de forma decisiva a garantizar la representación del pueblo español como titular de la soberanía en las instituciones
democráticas, a promover la participación política de la ciudadanía y a facilitar la estabilidad y la gobernabilidad del país con gobiernos de diverso signo, en distintos escenarios políticos y con diferente apoyo parlamentario.


No obstante, este sistema electoral viene siendo objeto de crítica desde hace algunos años y se han extendido las reivindicaciones dirigidas a reformarlo, tanto en algunos sectores de la ciudadanía como en las formaciones políticas, que han
incluido propuestas de reforma en los programas elaborados para las últimas campañas electorales, y de seguro las incluirán también en los correspondientes a los próximos comicios.


Hay que tener en cuenta que las reformas institucionales son algo habitual en las democracias y la forma concreta de articular la representación política siempre ha estado sujeta a crítica y en constante evolución. No solo en España,
también en otras democracias de nuestro entorno se ha planteado recientemente la necesidad de reformar sus sistemas electorales y otros procedimientos y reglas relacionadas con la representación y la participación política, impulsados por una
preocupación común: la de mejorar la calidad democrática y en muchos casos, detener una progresiva ampliación del descontento y de la desafección política ciudadana.


La crítica al sistema vigente no ha venido, sin embargo, acompañada de un acuerdo sobre cuál debe ser el nuevo modelo o, al menos, en qué dirección deben adoptarse las reformas, aun parciales, del mismo. Las propuestas de algunas
formaciones coinciden con las que pueden resultar más beneficiosas con sus expectativas y parecen estar más dirigidas a incrementar la rentabilidad de sus potenciales resultados electorales que a solucionar problemas de falta de representatividad.
Hemos asistido incluso a una reforma estatutaria para reducir el número de diputados en las Cortes de Castilla-La Mancha, tras haber aprobado previamente una modificación de la ley electoral en sentido contrario, con la única intención de intentar
impedir el cambio político en esta Comunidad Autónoma y favorecer al partido político que propuso y aprobó en solitario estas reformas.


Una reforma electoral puede constituir un instrumento adecuado para mejorar la calidad democrática, y específicamente puede ayudar a mejorar la percepción de los ciudadanos sobre la calidad de la representación política, pero hay que ser
conscientes de que no soluciona por sí sola todos y cada uno de los problemas de un sistema político e institucional, y aún menos si las modificaciones se configuran en función de intereses percibidos como 'partidistas'.


En todo caso, para afrontar la reforma de un pilar estructural de nuestro sistema democrático como es el sistema electoral, es imprescindible crear un marco de diálogo y acuerdo que permita alcanzar el consenso sobre las concretas propuestas
que aporten los diferentes grupos.



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El Partido Socialista considera que los trabajos de esta reforma electoral deben abordar, como mínimo, los siguientes aspectos:


1. Mejorar la capacidad de la ciudadanía de expresar su voluntad en los procesos electorales, facilitando un mayor grado de decisión de los electores sobre quienes han de ser finalmente sus representantes, con el desbloqueo de las listas
electorales mediante el establecimiento de un sistema de preferencias. Con ello se contribuirá a reforzar la conexión entre el electorado y sus representantes, lo que redundará también en una mejor valoración por la ciudadanía del sistema político
y de las instituciones democráticas.


2. Avanzar hacia el objetivo de conseguir una presencia cada vez más equilibrada de mujeres y hombres en el ámbito de la representación política, profundizando en el camino ya abierto por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, asumiendo, mediante el establecimiento de las denominadas listas cremallera, sistema en el que, alternándose los candidatos de uno y otro sexo, se garantiza la composición más cercana al equilibrio de sexos en
las candidaturas y en los electos.


3. Mejorar la capacidad de participación política de los españoles residentes en el exterior, constatada la injusticia de un modelo que ha hecho disminuir notablemente la participación electoral de este colectivo, mediante la supresión del
voto rogado.


4. Abordar las reformas e impulsar los medios necesarios para facilitar el voto electrónico.


5. Incrementar la proporcionalidad del sistema electoral para el Congreso de los Diputados.


6. Posibilitar de forma efectiva el ejercicio del voto a las personas con discapacidad que hoy no pueden ejercerlo.


7. Regular la celebración de debates electorales.


8. Abrir el debate sobre el derecho de sufragio de los jóvenes mayores de 16 años.


En cualquier caso, estas propuestas se avanzan sin perjuicio de las que, en este marco, realicen el resto de formaciones políticas, con la finalidad de lograr ese grado de consenso amplio que es siempre exigible en una reforma electoral.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista propone la creación, en el seno de la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados, de una Subcomisión para la reforma electoral.


La Subcomisión tendrá por objeto llevar a cabo el análisis de las propuestas de modificación del sistema electoral, y de los demás aspectos de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que se presenten por los diferentes grupos, para
elaborar con el máximo grado de acuerdo parlamentario un informe que será elevado a la Comisión Constitucional para su debate y aprobación sobre las posibles modificaciones de la legislación electoral.


La Subcomisión se someterá en su organización y funcionamiento por las reglas establecidas en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y reglas de funcionamiento
de las Subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara, con las siguientes particularidades:


- La Subcomisión se compondrá de once miembros, de los que tres pertenecerán al Grupo Parlamentario Popular, dos al Grupo Parlamentario Socialista, otros dos al Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, y uno a cada uno de
los restantes Grupos Parlamentarios, pudiendo asimismo designarse otros tantos miembros suplentes.


- Las sesiones en que se celebren comparecencias y las destinadas a la aprobación del informe, serán públicas, atendiendo a la relevancia de los trabajos que ha de desarrollar la Subcomisión.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de noviembre de 2016.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por este, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000243


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Tardà i Coma, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre
reconversión de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona en un centro memorial y documental de la represión franquista en Catalunya, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Sexta Brigada, conocida como Brigada de Información Social (BIS) o Brigada Político-Social (BPS), fue creada por el régimen franquista como organismo policial encargado de la represión de los que defendían las ideas democráticas.
Diversos grupos especializados actuaban contra el ejercicio de las libertades políticas y nacionales; contra los derechos civiles de expresión, asociación y manifestación.


El franquismo llevó a cabo la represión política a través de la Brigada Político Social -con sede en la Jefatura Superior de Policía de Barcelona- desde pocos días después de la ocupación de las tropas golpistas de Barcelona el 26 de enero
de 1939 y hasta la llegada de la actual democracia y las libertades. La tortura como método habitual fue practicada durante treinta y ocho años a centenares de personas por agentes del régimen. Entre muchos otros hay que destacar la represión que
ejercieron personajes como Eduardo Quintela, Pedro Polo o los hermanos Antonio Juan y Vicente Creix.


Las formas más crueles de lesión del habeas corpus formaban parte de su método de trabajo. Testimonios angustiosos como los de Jordi Carbonell, Tomasa Cuevas, Gregorio López Raimundo, Miguel Núñez, Ángel Rozas o Jordi Pujol, por citar
nombres conocidos y de los cuales queda constancia bibliográfica, solo son una muestra de estos siniestros episodios.


La Brigada Social envió a la prisión y al patíbulo ciudadanos y ciudadanas inocentes en puridad jurídica. Las pruebas que condujeron a las últimas ejecuciones franquistas en Catalunya, fueron fabricadas en las dependencias de la Jefatura.
El 2 de marzo de 1974, Salvador Puig Antich. El 27 de septiembre de 1975, Juan Paredes, 'Txiki'. Los agentes que tomaron parte en la primera operación fueron propuestos para una condecoración.


Pero el alcance de la acción de la Brigada Social fue transversal a la sociedad. El mundo del trabajo, de la universidad, del movimiento vecinal, fueron especialmente castigados, al igual que militantes de partidos de todas les tendencias,
organizaciones sindicales y estudiantiles, organismos culturales y artísticos, movimientos de base de la Iglesia, entidades deportivas, universo asociativo... La detención de 113 miembros de la Assemblea de Catalunya, el 28 de octubre de 1973,
muestra la medida desproporcionada de esta actividad indiscriminada.


Por todo ello la sede de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona es uno de los mayores símbolos de la represión física de las libertades y los luchadores por la libertad. Hasta el punto que estos han llegado a asociar el nombre de la
calle con la represión más cruel.



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Así, en un momento histórico como el presente donde se intenta rescatar la memoria histórica de la oscuridad y silencio que impuso el franquismo y una transición no rupturista, es obligado recuperar la memoria del horror, de los horrores,
que tuvieron lugar en la sede de la Brigada Político Social de Barcelona, en la Vía Laietana.


Por su valor histórico y simbólico que va más allá de cualquier funcionalidad actual -susceptible de ser desarrollada en otro sitio-, la sede de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona es un lugar idóneo para su reconversión en un
centro memorial, de documentación y archivo de la represión franquista en Catalunya, en el cual se puedan visitar los calabozos y despachos donde era practicada la tortura y se puedan ver reproducidos los nombres de las miles de personas detenidas y
los policías que practicaron aquella represión, con indicación de testimonios filmados de personas que fueron maltratadas (torturadas) en aquel recinto. En definitiva, sería museizar el espacio como un memorial a los perseguidos por el franquismo
en su lucha por las libertades, reuniendo en él los archivos de la represión con miles de fichas e informes policiales.


Esta reconversión estaría encaminada a dar cumplimiento a la obligación ética de recuperar la memoria histórica de la lucha por la democracia y las libertades como gesto de rehabilitación de las víctimas y como lección cívica para las nuevas
generaciones. Es más, por su ubicación en una de las calles más céntricas de Barcelona, el museo servirá para difundir a los visitantes de la ciudad un periodo histórico de la ciudad que marcó su existencia y la del país durante su Historia más
reciente.


La reconversión de estos centros es una medida de gran valor pedagógico, paralela a la que se realiza en otros países europeos que también padecieron regímenes de corte fascista. De hecho, en la propia Barcelona existe el precedente de la
reconversión del Castell de Montjuïc: asociado con la represión a la población barcelonesa primero y museo militar después, el gobierno español aprobó la cesión al Ajuntament de Barcelona para albergar el Centro por la Paz con la finalidad de
difundir la cultura de los derechos humanos y del diálogo en la resolución de los conflictos.


Asimismo, el Estatut de Catalunya determina en su artículo 54 que la Generalitat y los demás poderes públicos deben velar por el conocimiento y mantenimiento de la memoria histórica de Catalunya, como patrimonio colectivo que rinda
testimonio de la resistencia y la lucha por los derechos y las libertades democráticas. En este sentido, han sido muchas las iniciativas emprendidas por la Generalitat de Catalunya en pos de la recuperación de la Memoria Histórica gracias a la
creación del Memorial Democràtic. Una Institución pública que tiene por misión recuperación, conmemoración y fomento de la memoria democrática en Catalunya (1931-1980), en concreto la Segunda República, la Generalitat republicana, la Guerra Civil y
las víctimas por motivos ideológicos, de conciencia, religiosos o sociales, así como la represión personas y colectivos por parte de la dictadura franquista -incluyendo la lengua y la cultura catalanas-, el exilio y la deportación.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Reconvertir la sede de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona, situada en la Via Laietana, 43 de Barcelona, en un museo-centro memorial, documental y archivístico de la represión franquista en Catalunya, con una exposición
permanente de la represión, causas, protagonistas y consecuencias durante toda la dictadura de Franco, así como de la lucha por las libertades democráticas. Dicho centro deberá reproducir el funcionamiento de la mencionada Jefatura durante aquellos
años en los cuales la tortura y la represión en sus dependencias constituían su principal actividad.


2. Traspasar, en un plazo no superior a seis meses, a la Generalitat de Catalunya la parte del archivo histórico de la Jefatura, correspondiente a la VI Brigada Regional de Información Social, que todavía permanezca en Catalunya, ya sea en
las dependencias del mencionado organismo o en otras, como las de la Subdelegación del Gobierno estatal (antiguo Gobierno Civil).


3. Ceder, en un plazo no superior a seis meses, a la Generalitat de Catalunya, en el soporte que se estime conveniente por parte de expertos museísticos, copia de la documentación incoada en la Jefatura de 1939 a 1977 por dicha Brigada y
que esté en otras dependencias, como el Archivo Histórico de la Policía o el Archivo Histórico Nacional. Esta documentación constará de fichas, atestados, declaraciones, órdenes, reglamento interno, correspondencia y material que se considere de
interés memorialístico.



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4. Transferir a la Generalitat de Catalunya la gestión del museo-centro memorial, documental y archivístico de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona de Via Laietana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2016.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


162/000244


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre la elaboración de una Estrategia Nacional del Mar, para su debate en Pleno.


Motivación


España tiene 5.849 km de perímetro en el territorio peninsular de los cuales 3.904 km son de costa y 910 km de perímetro en las Islas Baleares y 1.126 en las Islas Canarias.


El sector marítimo español está formado por: transporte marítimo, construcción naval, ingeniería e industria auxiliar marítima, pesca extractiva y acuicultura marina, industria náutica de recreo, marinas y puertos deportivos, energías de
origen marino, la armada, puertos y servicios portuarios.


El sector marítimo español es el tercero en generación de valor añadido bruto, solo después de construcción y Tecnologías de Información y Comunicación con 26.873 millones de euros; y el cuarto en generación de empleos 462.000 (Fund.
Innovamar).


España es el cuarto país de la UE por el valor añadido generado por las actividades económicas marítimas, detrás de Reino Unido, Francia e Italia; supera la media europea en algunos subsectores: pesca, puertos, armada y náutica de recreo,
y queda por debajo en: transporte marítimo, industria auxiliar y equipos navales, astilleros y otros (Fund. Innovamar).


Por cada euro utilizado en las actividades del sector marítimo se generan en la economía 2,5 euros y por cada empleo generado en las actividades del mar se generan en la economía 2,8 empleos. (González Laxe).


Y en el mar hay riesgos como: presión de poblaciones en las zonas costeras con el correspondiente incremento de contaminación; pesca ilegal, poco selectiva o ineficaz; sistemas de información, incluso de información sobre la
biodiversidad, dispersos; incremento del comercio mundial por vía marítima con el correspondiente riesgo de contaminación; actividades ilícitas en el mar (piratería, pesca ilegal, tráfico de seres humanos, de armas, narcotráfico, terrorismo).


Es necesario abordar de forma integral los riesgos buscando un desarrollo sostenible, unificar las fuentes de información y utilizar plenamente el potencial de desarrollo económico y social que aporta el mar.


Y es necesario definir un nuevo funcionamiento de la economía marítima que consiga desarrollar todo el potencial de desarrollo económico y social del mar y de forma sostenible.


España es el primer país europeo en producción pesquera y por presencia en caladeros gestionados por terceros países y es conocida en todo el mundo la especialización en distintos tipos de pesquerías, pero a pesar de ello la posición de
España en el mundo respecto a la pesca es menos buena de lo que podría y tampoco tiene una posición en la política pesquera europea que responda a esa historia de buen hacer.


La construcción naval española dejó de ser referente mundial para la construcción de buques especializados en transporte de mercancías y materiales, tampoco se especializó en los campos más dinámicos (plataformas off-shore, buques
especializados, submarinos, trasatlánticos) o en la marina.


Están teniendo un importante crecimiento los cruceros y el turismo de clase media lo que supuso que los puertos de Barcelona y Palma de Mallorca estén entre los principales puertos de cruceros del mundo, pero la ubicación geográfica de
España y su patrimonio histórico y natural harían posible una mayor especialización en este campo de alto valor añadido que nos permitiera competir en mejores condiciones con los países más próximos.



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Las empresas de transporte marítimo constituidas a mediados del siglo XIX tuvieron un importante papel en el desarrollo de España, pero en la actualidad España perdió peso como potencia marítima y no está entre las primeras flotas del mundo
que encabezan Panamá y Liberia, ni entre las europeas que encabezan Grecia, Malta y Chipre. A pesar de que el comercio exterior se efectúa mayoritariamente por vía marítima, España no rentabiliza de forma suficiente su posición geográfica.


España tiene un potencial de desarrollo y crecimiento en el mar que no está aprovechando adecuadamente por tener un modelo de gestión con departamentos estancos, sin apenas conexiones y sin flexibilidad.


Otros países avanzaron en la planificación estratégica de las actividades en el mar.


En 1987 Canadá elaboró 'Política de Océanos para Canadá' (Oceans Policy for Canada), y en 2002 la 'Estrategia de los Océanos Canadiense'.


Y la Unión Europa aprobó en 2008 una Directiva por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino de contenido fundamentalmente medioambiental que España traspuso con la Ley 41/2010, de 29 de diciembre,
de protección del medio marino.


También en 2008 la Comisión Europea aprobó una Comunicación con orientaciones para un planteamiento integrado de la política marítima hacia mejores prácticas de gobernanza marítima integrada que considera que es conveniente que los Estados
miembros elaboren sus propias políticas marítimas integradas nacionales.


Y un Informe de la Comisión de 11 de septiembre de 2012 sobre los Progresos de la Política Marítima Integrada de la UE, dice que los Estados miembros aplican cada vez más enfoques coordinados para el desarrollo de su economía marítima,
mediante estrategias nacionales, como Francia, Portugal y Alemania, o a través de iniciativas específicas como la Ley marina del Reino Unido, la Estrategia marítima danesa o la Estrategia científica irlandesa. En 2011, Alemania también adoptó un
plan para impulsar su economía marítima. Varios Estados miembros han establecido mecanismos de coordinación interministerial o creado carteras ministeriales, como Chipre, Francia, los Países Bajos y Polonia, al tiempo que regiones marítimas, como
Schleswig-Holstein, Vástra Gótaland y la Bretaña, han seguido desarrollando sus estrategias marítimas regionales desde 2009.


España no apuesta por las actividades relacionadas con el mar y permite que otros países avancen más y sean más competitivos en los sectores tradicionales y en los nuevos sectores estratégicos.


España, como hicieron ya otros países de Europa y del mundo, necesita un enfoque coordinado para conseguir un desarrollo pleno de su economía marítima de forma sostenible y eficiente.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, una Estrategia Nacional del Mar para utilizar todo el potencial de desarrollo económico y social vinculado al mar de forma eficiente y
sostenible.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2016.-Margarita Pérez Herráiz, Patricia Blanquer Alcaraz, Pedro Saura García, Cesar Joaquín Ramos Esteban y Manuel Gabriel González Ramos, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz,
Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000245


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Diputada de EH Bildu, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre
la derogación de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, para su debate en Pleno.


La aplicación de la Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local supone un ataque frontal a las Entidades Locales, sus competencias y su propia existencia. Esta ley del Gobierno Rajoy tiene un marcado carácter
recentralizador, mermando y limitando en gran medida el funcionamiento



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de la administración local. La instauración del principio de sostenibilidad por encima del principio de subsidiariedad, el drástico recorte de competencias en municipios de menos de 20.000, el peligro de intervención para los municipios de
menos de 5.000 habitantes, el riesgo de centralización y privatización de la mayoría de competencias municipales y servicios públicos, la negación del carácter de Entidad Local a los Concejos, sustrayendo sus competencias y condenándolos a la
desaparición.


Además, la aplicación de esta Ley ha buscado el redimensionamiento de la administración pública con supresión de empleo y empeoramiento de condiciones laborales, condicionando así mismo la prestación de servicios públicos.


Los municipios de Euskal Herria no renuncian a defender la autonomía que les corresponde por voluntad popular y por Ley. La aprobación de la Ley 2/2016 de Instituciones Locales de Euskadi y las competencias que tiene la Comunidad Foral de
Navarra para la administración y organización de sus propias instituciones, son la mejor muestra de ello. No es aceptable que la Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local usurpe esta potestad y someta a las entidades
locales vascas a criterios que, ni son aplicables y ni son beneficiosas para su buen funcionamiento.


La singularidad en este ámbito de las administraciones de Gasteiz e Iruñea, derivada de la organización institucional propia y de las competencias establecidas, han sido absolutamente ignoradas por la LRSAL. La cláusula cuyo objetivo es
salvaguardar la singularidad foral, no satisface las expectativas que en materia local tienen las instituciones de Euskal Herria.


Por tanto, con la aprobación de esta Ley a las Entidades Locales de Euskal Herria se les niega el futuro. Y por supuesto, también a los municipios del resto del Estado. Y esto no se debería de aceptar. Más allá de partidos e ideologías,
se trata de defender a las Entidades Locales. Más allá de partidos e ideologías, entendemos que tiene que buscarse una posición común, compartida por todas las instituciones, para evitar que esta ley pueda seguir aplicándose.


Esta Ley ataca frontalmente a la autonomía de los Municipios. Representa la implantación de un modelo de 'administración local' que debilita esencialmente la autonomía municipal hasta el punto de vaciarla en muchos casos de contenido. La
idea del autogobierno municipal se desvanece y no refleja los principios ni la filosofía de la Carta Europea de Autonomía Local.


Los criterios economicistas predominan sobre la reforma institucional. La utilización del criterio del coste efectivo, debilita las opciones políticas de los regidores locales para el diseño de la calidad de los servicios a su ciudadanía.
La centralidad otorgada al criterio de coste efectivo, facilita y promueve la privatización de la gestión de los servicios públicos locales.


Mientras que en la totalidad de los países europeos las reformas del nivel local de gobierno van encaminadas a reforzar la autonomía local, la LRSAL está enfocada en la dirección contraria: Usurpa a las entidades locales la capacidad de
prestar servicios básicos para la ciudadanía y las supedita a instituciones estatales.


Es por ello que presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'1. El Congreso de los Diputados rechaza el contenido de la Ley 27/2013 para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local aprobado el 27 de diciembre del 2013.


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, a adoptar urgentemente las medidas necesarias para derogar la LRSAL de 27 de diciembre del 2013 en el espacio de tiempo más breve posible.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de noviembre de 2016.-Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000246


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la separación de las funciones de regulación y defensa de la
competencia actualmente atribuidas a la Comisión Nacional de



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los Mercados y la Competencia (CNMC) en dos nuevas entidades independientes, para su debate en el Pleno del Congreso.


Exposición de motivos


La libre empresa y la iniciativa privada son los pilares de la riqueza de las naciones y del bienestar de los ciudadanos. Sin embargo, hay que evitar que una economía de mercado degenere en el llamado 'capitalismo de amiguetes' en el que,
en lugar de mediante ventajas competitivas o un mejor servicio a los consumidores, el poder de mercado provenga bien de pactos colusorios entre empresarios, bien de su relación con el poder político y con los gobernantes que contratan sus servicios
o regulan su actividad. El capitalismo de amiguetes, en definitiva, supone trucar las reglas del sistema (con la complicidad de los políticos) para favorecer a determinadas empresas en perjuicio del interés colectivo.


Así, por ejemplo, en su artículo 'Growing Like Spain: 1995-2007', los investigadores Manuel García-Santana, Enrique Moral-Benito, Josep Pijoan-Mas y Roberto Ramos documentan que, durante los años de expansión las empresas de menor
productividad atrajeron más capital y trabajo que las empresas de mayor productividad, de modo que las primeras lograron aumentar su tamaño relativo a las segundas. Uno de estos autores, además, cifró en un 2,3% del Producto Interior Bruto la
riqueza acumulada en sectores de extracción de rentas, en oposición a aquellos sectores de generación económica. Las cifras son alarmantes si las comparamos con nuestros vecinos europeos como Francia (1,0%), Alemania (0,9%), Italia (0,7%) u Holanda
(0,2%) o con Canadá (1,1%).


El problema del 'capitalismo de amiguetes' o capitalismo clientelar solo se puede resolver aceptando que el mercado, adecuadamente regulado, puede mantenerse competitivo, y, en consecuencia, es capaz de asignar los recursos sociales de una
manera relativamente eficiente en beneficio de la sociedad en su conjunto. Para que el mercado funcione, es necesario dejar el máximo espacio posible a la iniciativa privada, pero dentro de unas reglas de juego claramente impuestas e imparcialmente
ejecutadas. Y para ello, es absolutamente imprescindible un organismo auténticamente capaz de velar por la competencia efectiva en los mercados y de evitar el abuso de las posiciones dominantes. Para que esta regulación funcione la vigilancia debe
ser atribuida a organismos públicos reguladores o autoridades administrativas verdaderamente independientes del Gobierno y de las autoridades políticas.


La reforma emprendida en 2013 supuso una modificación completa de todo el marco regulatorio y de la competencia. Se fusionaron seis organismos (Comisión Nacional de la Competencia, Comisión Nacional de Energía, Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, Comisión Nacional del Sector Postal, Consejo Estatal de Medios Audiovisuales y Comité de Regulación Ferroviaria y Aeroportuaria) en uno solo, la actual Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Pero dicha
reforma fue realizada sin consenso, y acaparó críticas tanto de expertos como de organismos internacionales, incluida la Comisión Europea.


La concentración de varios reguladores en un solo organismo, aunque en ocasiones puede estar justificada para dificultar que sean 'susceptibles de captura', no tiene sentido cuando se hace en tantos ámbitos y tan dispares, entre los que no
existe ninguna sinergia, como entre competencia y telecomunicaciones. Además, la nueva CNMC también recibió críticas en lo referente a la garantía de independencia y autonomía que estos organismos deben tener. Su creación desaprovechó la ocasión
para crear un mecanismo de nombramiento que asegure la capacidad e independencia, con publicidad, abierto a expertos internacionales y realizados por una comisión independiente.


En definitiva, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) no han cumplido su función. Por tanto, debe volverse a empezar en el diseño de este organismo clave.


Es por ello que, en el marco del acuerdo de investidura entre el Partido Popular y Ciudadanos, se llegó a un acuerdo para su reforma. En su virtud, se acordó separar la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en dos nuevas
entidades independientes, que supervisen respectivamente la Regulación de los Mercados y la Defensa de la Competencia.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para proceder a la separación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en dos nuevas entidades independientes, siguiendo el modelo
vigente en la mayoría de países de nuestro entorno:



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- Una Autoridad Independiente de Regulación de los Mercados (AIReM) que asumirá las funciones de supervisión y control de todos los sectores económicos (en especial, los mercados de gas y electricidad, comunicaciones electrónicas y
audiovisuales, transporte ferroviario y aeroportuario, y servicios postales, a los que se sumará el juego) y de resolución de conflictos entre operadores económicos.


La AIReM asumirá además todas las competencias de supervisión y regulación en diversos sectores económicos que fueron asumidas directamente por diferentes Ministerios y Direcciones Generales con motivo de la creación de la CNMC.


- Una Autoridad Independiente de Defensa de la Competencia (AIDeCo) que asumirá las funciones de promoción de la competencia, de aplicación de la normativa española y europea de defensa de la competencia y de garantía de la unidad de
mercado.


La AIDeCo asumirá además las funciones de protección y defensa de los consumidores y usuarios, siguiendo el modelo imperante en la Unión Europea, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de noviembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000247


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para garantizar una verdadera 'segunda oportunidad' a las
familias y deudores en situación de insolvencia, para su debate en el Pleno del Congreso.


Exposición de motivos


A fecha de 2016, todavía no se ha recuperado el nivel de empresarios personas físicas que había en nuestro país al inicio de la crisis. Desde el año 2008, se han destruido en España más de 175.000 empresas de este tipo, la mayor parte (el
93%) sin asalariados o con menos de cinco trabajadores.


La experiencia internacional nos muestra que un régimen de insolvencia bien diseñado es imprescindible para ayudar a salvar a aquellas empresas que aún son viables y para hacer salir del mercado rápidamente a las que no lo son. Una buena
ley de insolvencia debe repartir el riesgo entre los agentes que operan en el mercado de una forma previsible, equitativa y transparente. Esto no solo contribuye a fortalecer el sistema crediticio, sino que además ayuda a impulsar el crecimiento
económico, en beneficio de todos.


El que un régimen de insolvencia sea o no efectivo y esté bien diseñado depende en gran medida de la existencia de un marco institucional adecuado. Por ello, no debería sorprendernos de que una de las reformas a cuya adopción nos impulsan
enérgica e insistentemente organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional (FMI) sea la del régimen legal de la insolvencia personal, especialmente en el caso de consumidores vulnerables, autónomos, profesionales y empresarios
individuales. Estos regímenes de insolvencia personal tienen como objetivo ayudar a rehabilitar a los deudores individuales pasado un tiempo razonable y tras el cumplimiento de ciertos requisitos, permitiéndoles volver en condiciones adecuadas a la
actividad económica, y todos los sistemas jurídicos de los países desarrollados prevén ciertos mecanismos de liberación de deuda. Sin embargo, España ha llegado muy tarde al desarrollo de estos mecanismos, que además requieren de avances
sustanciales.


A este respecto, con la aprobación de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico la figura del concurso
de acreedores para deudores personas físicas, que una vez concluido por liquidación o insuficiencia de la masa activa, podía derivar en la concesión al deudor del beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, siempre que el deudor cumpliese
una serie de requisitos.


No obstante este avance, los resultados de este mecanismo de 'segunda oportunidad' se han demostrado muy limitados, debido fundamentalmente al carácter restrictivo de los requisitos para el acceso al beneficio de la exoneración del pasivo
insatisfecho; la exclusión de los créditos privilegiados de



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dicho beneficio, incluidos todos los créditos de Derecho Público; o la previsión de que dicho beneficio pueda ser revocado en cualquier momento tras su concesión en determinados supuestos, contraviniendo todas las recomendaciones y
experiencias internacionales; por citar solo algunos. Todas estas limitaciones han propiciado que este mecanismo de 'segunda oportunidad', que debía haber sido un instrumento crucial para promover la recuperación de las familias y deudores que se
han visto envueltos en una situación de insolvencia sobrevenida como consecuencia de la crisis económica, apenas haya sido utilizado por quienes más lo necesitan.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos necesario avanzar en las medidas que puedan garantizar una verdadera 'segunda oportunidad' que promueva la recuperación de todas las familias y deudores personas naturales en situación de
insolvencia sobrevenida y que facilite a nuestros emprendedores y autónomos su viabilidad financiera después de un proyecto empresarial fallido, y por ese motivo, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar, en un plazo máximo de seis meses, una propuesta de reforma de la Ley Concursal con la finalidad de reforzar el mecanismo de 'segunda oportunidad' para todas las familias y deudores
personas naturales en situación de insolvencia, en la cual se aborden, entre otros, los siguientes aspectos:


1. Permitir que las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social puedan negociarse en el acuerdo extrajudicial de pagos y ser exoneradas del pasivo insatisfecho del deudor, con la máxima seguridad jurídica y siguiendo criterios técnicos.


2. Equiparar los porcentajes de voto necesarios para aprobar un acuerdo extrajudicial de pagos de las personas naturales a los requeridos para la formalización del convenio en los concursos de acreedores.


3. Revisar los requisitos para acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho, para facilitar una tramitación más eficiente del procedimiento.


4. Eliminar el periodo de cinco años durante el cual las deudas exoneradas pueden volver a ser reclamadas por los acreedores, con las salvaguardas necesarias para que solo puedan beneficiarse de este mecanismo los deudores que hayan actuado
con buena fe.


5. Flexibilizar, con las salvaguardias adecuadas, los requisitos para que los deudores más vulnerables puedan cancelar sus deudas mediante la dación en pago de su vivienda habitual, manteniendo el derecho a permanecer en su vivienda durante
tres años con un alquiler que no superará el 30% de los ingresos de la unidad familiar del deudor.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de noviembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para flexibilizar las fechas establecidas para la venta por parte
del FROB de sus participaciones en Bankia y Banco Mare Nostrum a fin de maximizar el retorno para las arcas públicas de las ayudas concedidas a las entidades financieras, para su debate en el Pleno del Congreso.


Exposición de motivos


La crisis financiera, que se inició en agosto de 2007, explotó una burbuja generada por años de liquidez extraordinaria dejando al descubierto un 'exceso de capacidad' del sistema financiero y de sectores aledaños, como el de la construcción
en el caso español.


Esto dio origen a la siguiente paradoja. Entramos en la crisis con la voluntad de resolver el problema de los bancos demasiado grandes para dejar caer (too big to foil) y salimos de ella con bancos todavía más concentrados y grandes.



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La crisis ha provocado una fuerte concentración del mapa bancario español, de forma que hemos pasado de tener 60 entidades, entre bancos y cajas, a tan solo 15 entidades financieras en nuestro país. Aun así, el sector asume que el proceso
podría seguir hasta que queden entorno a diez grandes grupos.


El ajuste de nuestro sistema bancario ha supuesto una importante reducción del número de oficinas y empleos. En seis años, la banca española ha recortado un 30% el número de sucursales, pasando de 100 de oficinas por cada 100.000 habitantes
mayores de edad a 70 y 14.000 puestos de trabajo, casi un 20% de recorte en su plantilla desde el año 2009.


Contener los efectos de la crisis bancaria ha requerido fuertes ayudas públicas. Según el Presidente del FROB en su comparecencia en el Congreso de los Diputados del 19 de octubre el total de recursos empleados en la reestructuración
bancaria es de 78.603 millones de euros. Los recursos públicos empleados por el FROB para la reestructuración del sistema bancario español ascienden a 58.996 millones de euros. Además el Fondo de Garantía de Depósitos ha aportado 19.607 millones
de euros, financiados en este caso por las propias entidades de crédito.


Adicionalmente, a lo largo de estos años y mediante distintos conceptos, se ha apoyado la liquidez de las entidades mediante avales del Estado y líneas de liquidez extraordinarias por valor de 177.976 millones de euros (de las cuales,
prácticamente todo ya se ha recuperado con sus intereses y lo que queda vivo fundamentalmente es el aval concedido por el Estado a los bonos SAREB por 50.781 millones de euros, de los que ya se han amortizado 7.305).


La estabilización de las entidades financieras de crédito en España ha entrado en una nueva fase. Atenuados los riesgos sistémicos más alarmantes que nos amenazaban, las entidades financieras están procediendo a la devolución de las ayudas
estatales. En esta nueva etapa se determinará el coste definitivo del rescate bancario.


El presidente del Gobierno, don Mariano Rajoy, siempre han negado la existencia de un 'rescate bancario', como tal, alegando que las ayudas europeas recibidas eran 'un crédito a la banca que lo va a pagar la propia banca'. Sin embargo,
diversas voces aseguran que el gobierno da por perdido gran parte del capital inyectado por el Estado en las entidades financieras.


Actualmente, el Estado posee a través del FROB alrededor del 65% del capital de Bankia y de BMN.


Según establece la normativa española, la salida del capital de Bankia debe producirse antes de que termine 2017; mientras que en el caso de BMN es imperativo europeo que la privatización se produzca antes del primer trimestre de 2018.


El coste final de las ayudas bancarias para los ciudadanos dependerá de cuánto se obtenga en la venta de estas entidades nacionalizadas, especialmente en la venta de Bankia. Según la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de Reestructuración y
Resolución de Entidades de Crédito (artículo 31, punto 4), el Estado tenía cinco años a partir de entonces para salir del capital de cualquier empresa que haya recibido ayudas públicas, con lo que le quedaba al FROB 13 meses para privatizar
BFA-Bankia. El FROB tiene 22.429 millones de euros en el capital de Bankia y 1.645 millones de euros en el de Banco Mare Nostrum.


Parece contraproducente a los intereses de un vendedor ponerse un plazo límite para cerrar una venta ya que esto podrá ser explotado por los compradores potenciales para rebajar su oferta. En este sentido, el ex-comisario de Economía y
Competencia de la UE, Joaquín Almunia, instó al gobierno a no 'poner por delante' la ideología en el tema de Bankia y a centrarse en recuperar 'el máximo dinero', aclarando que los plazos en la venta de la entidad nacionalizada está fijado por la
legislación española y no condicionados por la Comisión Europea.


Por otro lado, entendemos que la existencia de un plazo para la liquidación de estas participaciones cumple la función de reiterar el compromiso del gobierno con el mercado único y abierto a la competencia. Las interferencias políticas en
el funcionamiento de las Cajas de Ahorro deberían ser una lección para terminar con cualquier tentación de convertir Bankia en el embrión de un gran banco público. Esa es una mala idea, ya que un banco que siga directrices políticas y no criterios
financieros está abocado a crear nuevos agujeros.


También debemos tener en cuenta los compromisos y recomendaciones asumidos con las instituciones europeas. El pasado 24 de octubre de 2016 en la Declaración de los expertos de la Comisión Europea y el Banco Central Europeo tras la
conclusión de la sexta visita de supervisión a España tras la finalización del programa, recordaba que: 'La implementación de los planes de reestructuración de las entidades de crédito españolas que han recibido ayudas públicas casi ha finalizado.
Sin embargo, desde 2014 no se han realizado avances en la reprivatización de las dos entidades de titularidad estatal restantes. Es



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importante completar la reestructuración y la privatización de estas entidades públicas para reforzar la estabilidad del sector bancario'.


Por ello, parece aconsejable que el gobierno, con un amplio consenso parlamentario, negocie y con las autoridades comunitarias avanzar en la privatización de Bankia y BMN, sin prisas innecesarias, y con la prioridad clara de minimizar la
factura del rescate bancario a los ciudadanos españoles y lo que precisa esperar al mejor momento del mercado.


Teniendo presente todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Negociar con la Comisión Europea un plan para minimizar del coste para el tesoro público de las ayudas otorgadas a las entidades financieras, en el que en particular se contemple una ampliación de plazo para la vender la participación
del Estado en Banco Mare Nostrum.


2. Adoptar las reformas legislativas que procedan, en su caso previa negociación con la Comisión Europea, para ampliar en al menos 5 años el límite legal establecido para liquidar la participación del Estado en entidades financieras, en
particular en BFA-Bankia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de noviembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000250


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre buenas prácticas en la contratación pública, para su
debate en Pleno.


Intermón Oxfam, organización no gubernamental para el desarrollo (ONGD), ha presentado recientemente una campaña con el objetivo de que las distintas administraciones así como sus empresas municipales y organismos autónomos incorporen en sus
políticas de contratación pública criterios que incentiven un comportamiento fiscal más responsable por parte de las empresas licitadoras y se discrimine negativamente a aquellas que tengan filiales en paraísos fiscales, incentivando a que no lleven
a cabo prácticas de elusión fiscal y fomentando así unas prácticas económicas que reviertan en el bien común.


Los paraísos fiscales, como sistemas opacos por los que pasa la mitad del comercio mundial, provocan disfunciones a nivel global y a nivel local. Con impuestos próximos al 0%, la elusión fiscal de las grandes empresas a través de los
paraísos fiscales supone una discriminación económica para las pequeñas y medianas empresas que no pueden y/o no quieren hacer uso de ellos. La elusión fiscal a través de paraísos fiscales también disminuye la recaudación pública, por lo que es más
difícil financiar el gasto de servicios sociales. Debido a su opacidad, los paraísos fiscales facilitan el blanqueo de capitales, la corrupción, la financiación el crimen organizado, de mafias y de grupos de terroristas, el encubrimiento de tráfico
de armas y otras actividades contrarias a los derechos humanos y al bien común.


El Estado, como actor económico que contribuye en un 25% al PIB a través de sus contrataciones públicas, tiene capacidad de modelar el comportamiento de las empresas, introduciendo criterios de responsabilidad fiscal en las compras y
contrataciones que realiza. Y si bien el Gobierno ha introducido en el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, las previsiones que la OCDE, bajo el mandato del G20, en las que
reconoce, entre otras medidas, la necesidad de incrementar la transparencia en la información que aportan las grandes empresas, haciendo obligatorio que las multinacionales presenten un listado donde figuren todas las filiales que tienen en cada uno
de los países en los que operan, así como sus datos de actividad económica y pago de impuestos en cada uno de estos países (informe país por país o country-by-country reporting), la medida aplicada por el Gobierno limita su alcance, pues solo se
requiere a empresas que facturen más de 750 millones de euros al año y se impide que sea información de divulgación pública.



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Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Estudiar, detectar y activar los mecanismos necesarios para prohibir la contratación de empresas privadas para prestar servicios públicos que tengan su sede social en paraísos fiscales o sociedades que formen parte de la matriz
industrial domiciliada en paraísos fiscales.


2. Impulsar la modificación del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, a fin de que:


a) El requerimiento de información sobre la actividad económica y pago de impuestos de las filiales de las empresas que opten a contratación pública no se limite a aquellas que facturen más de 750 millones de euros anuales.


b) La información sobre actividad económica y pago de impuestos de las filiales de las empresas españolas en el extranjero sea de divulgación pública.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de noviembre de 2016.-Josep Vendrell Gardeñes, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000251


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación
(I+D+i), para su debate en el Pleno.


Es posible que nos encontremos inmersos en el periodo más negro para la ciencia española desde el inicio de la democracia. El enorme esfuerzo realizado por el personal científico y las instituciones para situar al Estado español al nivel
investigador que le corresponde por su nivel socio-económico y cultural, ha sido revertido por un conjunto de contrarreformas basadas en la premisa de que la ciencia es un lujo que no nos podemos permitir en tiempos de crisis.


En la década anterior a la crisis el Estado español había aproximado lentamente su inversión en investigación y desarrollo (I+D) a la media europea. Desde entonces, se abandonó esa trayectoria pasando del 1,39% del PIB alcanzado en 2010 al
1,23% en 2014, frente al 2,03% de media de la UE-28.


Entre 2010 y 2016, el Estado español redujo su inversión en I+D en 2.845 millones de euros (casi 900 millones en transferencias directas) y se perdieron más de 10.000 investigadores. El ingente esfuerzo para formar a este capital humano se
ha dilapidado o simplemente regalado a nuestros países vecinos, que sí garantizan la continuidad de sus instituciones y sistemas. Aquí, por el contrario, parecemos incapaces de retener a una generación que había alcanzado niveles internacionales en
su formación y experiencia profesional.


Estos recortes se llevaron a cabo a pesar de la elevada eficiencia de nuestro sistema de I+D. Los bajos salarios, la elevada precariedad laboral, la escasez de la financiación o el escaso interés empresarial privado no impidieron a nuestra
producción científica y tecnológica alcanzar niveles de eficiencia (productividad/euro) iguales o superiores a los de los países del G-8.


Los recortes han supuesto una grave descapitalización humana, logística y de infraestructuras en nuestro sistema de I+D. Se han cerrado definitivamente laboratorios e infraestructuras científicas que habían costado millones de euros y que
volverá a costar millones recuperar, si algún día vuelven a estar disponibles.


Nuestra I+D está herida de gravedad, y si no se cambia radicalmente el rumbo nuestros investigadores seguirán abandonando el país y la investigación estará condenada a la irrelevancia.


Esta situación se concretó en las movilizaciones del colectivo Carta por la Ciencia en 2013 y en el acuerdo parlamentario que suscribieron la mayoría de Grupos Parlamentarios de la Cámara, recogiendo el sentir ampliamente mayoritario de la
comunidad científica.



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Hoy, de nuevo, es fundamental lograr un compromiso de apuesta por la investigación, el desarrollo y la innovación. La media europea de gasto en I+D supera ya el 2% del PIB y continúa su línea ascendente con el objetivo de alcanzar el 3% en
2020. El gobierno español renunció formalmente a ese objetivo y esto nos coloca en una situación de desventaja para diseñar y construir un modelo económico basado en el conocimiento. Esta es la única opción posible para Europa y el Estado español,
pues como todos los indicadores señalan, hay una correlación directa entre el crecimiento económico en sectores intensivos en tecnología y el gasto interno en I+D.


Como ya se expresaba en el acuerdo parlamentario antes citado, es absolutamente urgente revertir este panorama y situar la investigación, el desarrollo y la innovación como una prioridad política y social para todo el país.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer una planificación plurianual que permita la recuperación, en esta legislatura, de los niveles de financiación pública de 2009 en I+D+i civil en los capítulos presupuestarios 1 a 7, garantizando una financiación sostenida que
avance en el objetivo de alcanzar un porcentaje de los ingresos del Estado similar a la media europea.


2. Eliminar totalmente los límites a la tasa de reposición de empleo público en el sector de I+D, permitiendo la incorporación de nuevos recursos humanos de acuerdo con las necesidades reales del sistema de I+D+i y a su convergencia con
Europa en el número de personal de investigación por habitante.


3. Establecer un compromiso plurianual que garantice la normalización y el cumplimiento de todas las actuaciones previstas en los correspondientes Planes Estatales de Investigación tanto en lo relativo a los plazos de sus convocatorias como
de resolución de las mismas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de noviembre de 2016.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000252


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley, para su
debate y aprobación en Pleno, relativa a la eliminación de comisiones de retirada en cajeros.


Exposición de motivos


Las elevadas comisiones por el uso de cajeros automáticos en España constituyen una anomalía en Europa y además tiene un impacto desigual en función de la renta, penalizando la retirada de cantidades pequeñas. Su ineficacia se basa en los
incentivos perversos que genera, al proveer de una fuente de ingresos alternativa a la concesión de créditos, lo que puede tener un efecto negativo sobre el normal funcionamiento del sistema crediticio. Este tipo de comisiones beneficia únicamente
a los grandes bancos que cuentan con redes extensas de cajeros.


Los tres grandes bancos españoles La Caixa, Banco Santander y BBVA, constituyen el 45% del total de cajeros. El entorno de baja rentabilidad en la actividad financiera tradicional por el entorno de bajos tipos de interés y porque los
canales crediticios todavía no están restablecidos, está propiciando una importancia creciente del cobro por comisiones en la cuenta de resultado de los bancos. Esta estrategia explica el movimiento en 2015 iniciado por Caixabank al que se sumaron
las demás entidades con el fin de romper el esquema que había funcionado hasta la fecha.


Por tanto, existen dudas de que el cobro de dichas comisiones estén directamente determinadas con el mantenimiento. Al contrario, parece lógico pensar que este nuevo comportamiento tenga como objetivo incrementar la importancia de los
ingresos por comisiones como estrategia comercial. Siendo una



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estrategia legítima, es necesario asegurar que las comisiones cobradas guardan relación con el servicio ofrecido. Además, esta nueva situación puede generar externalidades negativas en el resto de la economía:


1. Pueden existir menores incentivos a la concesión de créditos: los grandes bancos -que son los que tienen una mayor red de cajeros- generan un gran colchón de ingresos por comisiones que les hace menos dependientes de la concesión de
créditos. Esto impide y retrasa el restablecimiento de los canales crediticios, al generar incentivos para la obtención de ingresos por otros canales que no son los crediticios.


2. Posible merma de la competencia. Las entidades que han iniciado la guerra de las comisiones son las más grandes que a su vez son las que poseen una mayor y más extensa red de cajeros. En este sentido, las nuevas entidades pueden tener
dificultades para instalarse, al actuar la red de cajeros de las entidades ya establecidas como barrera de entrada, es decir, un coste insalvable que hace imposible el acceso al mercado. Si esto fuera así, este comportamiento estaría generando
demandas cautivas en aquellas zonas donde solo haya una entidad establecida. El actual esquema tiene con un impacto negativo a los bancos más pequeños y con menos redes de cajeros.


3. Incremento del coste para los usuarios. El primer informe de la CNMC sobre las comisiones bancarias concluye que no se puede determinar si el cambio de sistema supone un incremento del coste para el consumidor, siempre que retiren
dinero de su propio banco. Sin embargo, teniendo en cuenta que la mayor parte de las operaciones en cajero son retiradas de efectivo, y que no todos las entidades tienen la misma implantación territorial ni la misma cantidad de cajeros, podemos
inferir un impacto seguro sobre buena parte de los usuarios, así como un potencial incremento del coste de disponer del efectivo.


4. Impacto desigual en función de la renta. El patrón de retirada de efectivo cambia en función de la renta. Mientras que las rentas altas hacen pocas retiradas de un alto importe, las rentas bajas hacen muchas retiradas de poco importe.
Dada la estructura actual de las comisiones (un porcentaje sobre la retirada, con un mínimo), esto se traduce en una mayor carga para las rentas bajas por el cobro de comisiones.


5. En caso de que la CNMC determinara que el actual sistema y las actuales comisiones por retirada de efectivo sean una barrera de entrada, entonces sería un síntoma de su poder de oligopolio. En este sentido, como todo precio derivado del
ejercicio de un poder de mercado, las comisiones por retirada serían ineficientes al capturar recursos que podrían ser empleados productivamente en otros usos.


6. Por último, tienen un impacto desigual en función de la renta. Dado que el coste de la comisión es independiente del nivel de renta, repercute negativamente a los clientes con menor capacidad económica. Además, a esto se le suma que
las rentas más bajas que tienen acceso a una cuenta bancaria son las más propensas a hacer un mayor número de retiradas de efectivo de pequeños importes.


Por otro lado, la UE ha hecho de la inclusión financiera una de sus políticas sociales realizando recomendaciones sobre la creación de una cuenta bancaria de servicios mínimos. La Carta Fundamental de Derechos Fundamentales de la UE
establece, en su artículo 20, la necesidad de asegurar el acceso a los servicios de interés económico general. En el mismo sentido, la UE a través de la dirección general de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión define la exclusión financiera como
'La exclusión financiera se refiere a un proceso mediante el cual las personas se encuentran con dificultades acceder y/o utilizar los servicios y productos financieros en el mercado de corriente que son apropiados para sus necesidades y que les
permita llevar una vida social normal en la sociedad a la que pertenecen'.


Consideramos, por tanto, necesario abrir la posibilidad de acceso a unos Servicios Bancarios Mínimos Esenciales que permita acceder a un coste reducido o nulo que elimine la exclusión financiera que sufren los más desfavorecidos. Así lo han
hecho diferentes países europeos como Portugal recientemente o Francia desde la década de los ochenta.


Por ello se propone instar al gobierno, junto con el Banco de España, a diseñar un sistema que establezca la obligación de ofrecer por parte de todas las entidades financieras una Cuenta Bancaria Servicios Bancarios Mínimos Esenciales, o
Cuenta Básica, con coste nulo o muy reducido. Con esta medida además se daría transposición a la Directiva Europea de Cuentas de Pago 2014/92/UE en lo que se refiere al establecimiento de Cuentas de Pago Básicas.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Retirar el RD 11/2015 que regula la ''retirada de efectivo de los cajeros automáticos''.



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2. Instar a la CNMC a realizar un informe pormenorizado sobre la situación del sector bancario que permita obtener una imagen fiable del coste de mantenimiento de los cajeros, para poder evaluar la cuantía del coste imputable al cliente en
forma de comisión. Hasta la emisión de dicho informe, el gobierno tomará las medidas necesarias para restringir el cobro de comisiones por la retirada de efectivo.


3. Crear una cuenta corriente de servicios mínimos esenciales:


- En colaboración con el Banco de España, el gobierno deberá crear una carta de ''Servicios Bancarios Mínimos Esenciales'' o ''Servicios Bancarios Básicos'' que todas las entidades bancarias deberán ofrecer a un coste reducido (como máximo
un 1% del SMI anualmente) o coste cero. Entre los servicios que debieran ser considerados como ''Servicios Bancarios Mínimos Esenciales'' o ''Servicios Bancarios Básicos'', al menos, se encontrarán los siguientes:


• Apertura y manutención de la cuenta de servicios mínimos.


• Tarjeta de crédito para operar en esta cuenta.


• Acceso a la cuenta a través de cajeros y de todos los dispositivos de los que disponga el banco.


• Realizar depósitos, reintegros, pagos y transferencias interbancarias nacionales sin restricciones en el número de operaciones.


- La ''Cuenta Bancaria de Servicios Esenciales'' o ''Cuenta Básica'' debe cumplir, al menos, los siguientes requisitos:


• El usuario solo podrá tener una cuenta bancaria abierta, en forma de Cuenta Bancaria de Servicios Esenciales.


• La cuenta tiene que estar abierta como mínimo un año.


• Tendrá un saldo promedio mínimo y máximo (que se calculará como un porcentaje del SMI).


En caso de que la cuenta no cumpla estos requisitos, la entidad bancaria podrá cancelarla, asegurando las máximas garantías para el usuario en el procedimiento de cancelación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de noviembre de 2016.-Segundo González García, Diputado.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000031


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 5465/2013, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso, contra la nueva redacción dada en el apartado uno
del artículo único de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, a los artículos 564; apartados 1 y 3 del artículo 570; apartado 1 del artículo 579; apartado 1 del artículo 580; artículo 590;
apartado 1 del artículo 591; artículo 599; apartado 4 del artículo 600 y apartado 2 del artículo 638 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como el apartado 3 de la disposición transitoria décima de aquella Ley Orgánica
4/2013.



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Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don Santiago
Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro José González-Trevijano Sánchez y don Ricardo Enríquez Sancho, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 5465-2013, interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados contra los arts. 564, 570.1 y 3, 579.1, 580.1, 590, 591.1, 599, 600.4 y 638.2
de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en redacción dada a los mismos por la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial, así como contra el apartado 3.º de la Disposición transitoria décima de la misma Ley Orgánica 4/2013. Ha intervenido y formulado alegaciones el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Fernando Valdés Dal-Ré, que
expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido:


1.° Entender que el artículo 564 de la LOPJ es constitucional interpretado de conformidad con lo razonado en el FJ 6.


2.° Desestimar el recurso en todo lo restante.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 15 de noviembre de 2016.


232/000032


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.



Página 35





Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 1814/2013, promovido por el Gobierno Vasco contra los artículos 22.Tres; 23.Uno.2 y disposiciones adicionales octogésima primera y octogésima cuarta de la
Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, así como voto particular formulado a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don
Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1814-2013, interpuesto por el Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco contra los artículos 22.Tres; 23.Uno.2; y las disposiciones adicionales octogésima primera y octogésima cuarta, de
la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. Ha comparecido y formulado alegaciones el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Pedro González-Trevijano Sánchez, que expresa el parecer del
Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido:


Desestimar el presente recurso de inconstitucionalidad.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 16 de noviembre de 2016.


232/000033


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.



Página 36





Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 5951/2014, promovido por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, contra los artículos 4 y 7 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, así como votos particulares formulados a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González
Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 5951-2014 interpuesto por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias contra los artículos 4 y 7 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el
crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Ha comparecido y formulado alegaciones el Abogado del Estado. Ha sido Ponente la Magistrada doña Encarnación Roca Trías, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido:


Desestimar el presente recurso de inconstitucionalidad.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 16 de noviembre de 2016.


232/000034


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.



Página 37





Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 5261/2011, promovido por la Generalitat de Cataluña, contra los artículos 5, apartados 1, 2 y 4; 6, apartados 3 y 4; 8, apartados 6, segundo párrafo; 9,
apartados 6 y 7; 10, apartados 4, 6 y 7; 11, apartados 1, 2 y 6; 13; 15, apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 7; 19, apartados 2 y 3; 23; 24, apartados 1, 2, 3 y 4; 25; 26, apartados 1, 3, 4 y 5; 27, apartado 1; 38, apartado 1; disposición
adicional tercera, apartado 5, así como a la atribución de carácter básico a los citados preceptos en la disposición final undécima de la Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono, así como voto particular
formulado a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, doña Adela Asua Batarrita, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan
Antonio Xiol Ríos, don Pedro González-Trevijano Sánchez, y don Ricardo Enríquez Sancho, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 5261-2011, promovido por la Generalitat de Cataluña y, en su representación y defensa, por el Letrado de la misma, en relación con los artículos 5, apartados 1,2, y 4; 6, apartados 3 y 4; 8,
apartado 6 segundo párrafo; 9, apartados 6 y 7; 10, apartados 4, 6 y 7; 11, apartados 1,2 y 6; 13; 15, apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 7; 19, apartados 2 y 3; 23; 24, apartados 1,2,3 y 4; 25; 26, apartados 1, 3, 4 y 5; 27, apartado 1; 38,
apartado 1; disposición adicional tercera, apartado 5; así como la atribución del carácter básico a los citados preceptos en la disposición final undécima, de la Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono.
Ha comparecido y formulado alegaciones el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Santiago Martínez-Vares García, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido:


Desestimar el presente recurso de inconstitucionalidad.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 15 de noviembre de 2016.