Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 459, de 27/11/2018
cve: BOCG-12-D-459 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


27 de noviembre de 2018


Núm. 459



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/003954 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al reconocimiento de las aguas archipelágicas de Canarias ... (Página6)


161/003968 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la retirada de la condecoración de Caballero Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a Francisco José
Vázquez Vázquez ... (Página11)


Comisión de Justicia


161/003951 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a reforzar la independencia de jueces y juezas y magistrados y magistradas cuando su función jurisdiccional
pueda afectar a las grandes empresas y a las entidades bancarias ... (Página12)


161/003963 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a la protección integral de las víctimas de delitos de especial gravedad ... (Página15)


161/003973 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a que se retire la llamada 'Cruz de los Caídos' del Parque Ribalta de Castellón, en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica ... href='#(Página17)'>(Página17)


Comisión de Defensa


161/003981 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la retirada de la condecoración de la Cruz del Mérito Naval a Francisco José Vázquez Vázquez ... href='#(Página19)'>(Página19)


Comisión de Hacienda


161/003969 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a establecer una exención en el IRPF por las ayudas recibidas para la adquisición de viviendas en el barrio de San Antón de Elx ... href='#(Página20)'>(Página20)



Página 2





161/003970 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los ingresos que reciben médicos e instituciones sanitarias del sistema público a través de la industria
farmacéutica ... (Página21)


Comisión de Fomento


161/003952 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la modificación del proyecto de Estación Intermodal de Ourense ... (Página22)


161/003965 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la reconstrucción del puente de Cantaracillo (Salamanca) ... (Página24)


161/003967 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la ubicación de un nuevo paso de peatones en la F-14, Avenida de As Pías, en Fene (A Coruña) tras la
elaboración de los estudios pertinentes ... (Página25)


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/003980 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la retirada de la condecoración de la Gran Cruz de la Orden de Alfonso X el Sabio a Francisco José Vázquez
Vázquez ... (Página26)


161/003986 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la ordenación curricular ... (Página27)


Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


161/003959 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al cumplimiento, por parte del Gobierno, de la disposición adicional séptima de la Ley 27/2011, de 1 de
agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social ... (Página28)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/003985 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a programar un 'Congreso Nacional de Destinos Turísticos Inteligentes' ... (Página29)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/003961 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar la renovación de la flota pesquera en España ... (Página31)


161/003964 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a las principales líneas de seguros agrarios con deficiencias en la provincia de Cádiz ... (Página31)


Comisión de Transición Ecológica


161/003958 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a establecer criterios tasados para la consideración de personas electrodependientes en la normativa
eléctrica ... (Página33)



Página 3





Comisión de Cultura y Deporte


161/003962 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la conservación y puesta en valor del yacimiento arqueológico de La Almoloya, Región de Murcia ... href='#(Página35)'>(Página35)


161/003972 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a que se retire la llamada 'Cruz de los Caídos' del Parque Ribalta de Castellón, en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica ... href='#(Página36)'>(Página36)


Comisión de Sanidad, Consumo y Bienestar Social


161/003966 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la publicación de los ingresos recibidos por cualquier persona, física o jurídica, relacionada con la
fabricación, elaboración, distribución, prescripción y dispensación de medicamentos y productos sanitarios ... (Página38)


161/003971 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre soluciones a la falta de profesionales de pediatría ... (Página39)


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/003975 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a la modificación del apartado 1 c) 2.º del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre
Sociedades, para incluir el concepto de innovación ecoeficiente ... (Página40)


161/003978 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a un Pacto Estatal por la Ciencia ... (Página42)


161/003983 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la armonización de contenidos y tasas a pagar en las pruebas de EBAU ... (Página44)


Comisión de Igualdad


161/003977 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los Puntos de Encuentro Familiar ... (Página45)


161/003984 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la promoción de políticas a favor de la salud mental en las mujeres ... (Página47)


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/003957 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Socialista, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana, Vasco (EAJ-PNV), Mixto y Popular en el Congreso, relativa a un
Pacto de Estado por la Infancia ... (Página48)


161/003976 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los Puntos de Encuentro Familiar ... (Página51)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Fomento


181/001442 Pregunta formulada por el Diputado don César Luena López (GS), sobre planes que contempla el Gobierno en materia de planificación e inversiones en infraestructuras ferroviarias y de carreteras en La Rioja ... href='#(Página53)'>(Página53)



Página 4





181/001444 Pregunta formulada por la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de si el Ministerio de Fomento va a soliciar a la CIAF que lleve a cabo una nueva investigación del accidente del Alvia
partiendo de los criterios de objetividad e independencia como pide la Agencia Ferroviaria Europea ... (Página53)


181/001445 Pregunta formulada por la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez (GCUP-EC-EM), sobre fecha prevista para instalar pantallas antirruido en la entrada de la AP-9 en Vigo, en concreto a la altura de Teis, tramo que figura en todos
los informes como de los de mayor contaminación acústica ... (Página53)


181/001446 Pregunta formulada por la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez (GCUP-EC-EM), sobre cumplimiento por el Ministerio de Fomento del compromiso de liberar de peaje el tramo de la AP-9 Vigo-Redondela ... href='#(Página54)'>(Página54)


181/001447 Pregunta formulada por la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez (GCUP-EC-EM), sobre fecha prevista para desarrollar el Reglamento para la protección de los edificios frente a la exposición al radón, que debe ser incorporado al
Código Técnico de la Edificación (CTE) en el Documento Básico HS de Salubridad, incorporando la normativa europea sobre protección frente al radón ... (Página54)


181/001448 Pregunta formulada por la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de exigir a la concesionaria AUDASA el establecimiento de un Programa de Descuentos a usuarios habituales en la autopista
AP-9 a similitud de los existentes en otras autopistas del Estado ... (Página54)


Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


181/001443 Pregunta formulada por la Diputada doña Yolanda Díaz Pérez (GCUP-EC-EM), sobre resultados actuales del Plan Director por el Trabajo Decente en lo que respecta al fraude de las falsas cooperativas y los falsos autónomos y autónomas
en el sector cárnico ... (Página55)


Comisión de Cultura y Deporte


181/001441 Pregunta formulada por el Diputado don Juan Antonio López de Uralde Garmendia (GCUP-EC-EM), sobre previsiones acerca de seguir concediendo el Premio Nacional de Tauromaquia, dotado con 30.000 euros del presupuesto del Ministerio
de Cultura y Deporte y, de ser así, razones que justifican su mantenimiento ... (Página55)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/031069 Autor: Rodríguez Ramos, María Soraya


Serrada Pariente, David


Efectivos disponibles de la Policía Nacional en la ciudad de Valladolid, a 01/01/2018, 01/02/2018 y 01/03/2018, así como inversiones previstas en las comisarías de dicha ciudad y previsiones respecto a la ampliación de servicios de atención
al ciudadano en la comisaría de distrito de Las Eras. Retirada ... (Página55)


184/031317 Autor: Peña Camarero, Esther


Estado de ejecución presupuestaria de los proyectos correspondientes al Estado, Organismos Autónomos y resto de entidades del sector público administrativo con presupuesto limitativo incluido en la sección 16 (Ministerio del Interior) de la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 correspondientes a la provincia de Burgos. Retirada ... (Página56)



Página 5





184/039235 Autor: González Guinda, María del Carmen


Fernández García, Eduardo


Evolución de la demanda de viajeros en los trenes Alvia Madrid-Salamanca. Retirada ... (Página56)


184/039240 Autor: González Guinda, María del Carmen


Fernández García, Eduardo


Situación de las conversaciones con las Comunidades Autónomas de Asturias y de Castilla y León para abordar bonificaciones cofinanciadas respecto al peaje de Huelva. Retirada ... (Página57)



Página 6





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/003954


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, a iniciativa de la Diputada María del Carmen Pita
Cárdenes, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al reconocimiento de las aguas archipelágicas de Canarias, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


El Archipiélago Canario, situado en el Océano Atlántico, a tan solo 95 kilómetros al Noroeste de las costas del continente africano y a unos 940 kilómetros del continente europeo, se convirtió en una de las 17 Comunidades Autónomas del
Estado español, tras la entrada en vigor el 16 de agosto de 1982 de su Estatuto de Autonomía, aprobado mediante la Ley Orgánica 10/1982. Las islas, por tanto, accedieron a la autonomía por la 'vía lenta', es decir, a través del artículo 143 de la
Constitución Española. En treinta y seis años de existencia, el máximo código normativo isleño ha sufrido una sola modificación, mediante la Ley Orgánica 4/1996, en la que, además de elevar sus topes electorales, se incluyó la consideración del
territorio bajo la categoría de Región Ultraperiférica de la Unión Europea, cuyos fundamentos quedaron establecidos en el artículo 299.2 del Tratado de Ámsterdam, firmado un año más tarde. En la actualidad se tramita una nueva reforma de la 'carta
magna' de las islas con la vista puesta en su conversión en un Estatuto de nueva generación.


La cuestión de las aguas archipelágicas de Canarias.


La delimitación de las aguas canarias no ha sido, tristemente, un tema de relevancia política para sus poderes públicos hasta hace bien poco. Este concepto, de hecho, no fue definido normativamente hasta hace muy poco, a pesar de su
evidente relevancia para la articulación del acervo histórico que han constituido sus libertades comerciales, redefinidas en términos normativos con la declaración de las islas como puertos francos en 1852 o la promulgación de la Ley del Régimen
Económico y Fiscal de 1972.


A modo de antecedente, sobre la cuestión de las aguas archipelágicas de Canarias se podría citar la Ley 20/1967, de 11 de abril, sobre la extensión de aguas jurisdiccionales españolas, que fue redactada a consecuencia de la firma del
Convenio de Pesca de Londres de 1964, ampliando la definición hasta entonces vigente de las aguas españolas, que fueron establecidas a partir de entonces de las 3 millas a las 12 millas náuticas a contar desde la costa.


Un poco más tarde, en 1971, España sancionó los contenidos de los acuerdos históricos alcanzados en la I y II Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del mar, celebradas en 1958 y 1960, respectivamente. Sin embargo, en el
desarrollo de ambas normativas no se hace ninguna mención a la manera de ejercer estos derechos por parte de los territorios insulares.



Página 7





En plena dictadura franquista, y coincidiendo con la firma de la Ley del REF, el PSOE y PCE presentan un anteproyecto de Estatuto de Autonomía de Canarias en el que se recoge por primera vez una mención explícita al 'control público regional
sobre los recursos naturales pesqueros de las aguas jurisdiccionales del archipiélago' (base 17, título IV): toda una declaración de intenciones. No obstante, la situación se complica tan solo tres años más tarde, con la ocupación marroquí del
Sáhara Occidental, cuyo fin pidió la resolución 34/37 de la Asamblea General de Naciones Unidas el 4 de diciembre de 1979 y la firma del Acuerdo Tripartito de Madrid, en pleno proceso de descolonización africana. Lo que dejó a España sin
interlocutores válidos con quien firmar un acuerdo internacional sobre el acceso a las aguas que el Sáhara ocupado comparte con las Islas Canarias.


Ya en la transición, se redacta la primera ley democrática que abordó esta cuestión, la Ley 10/1977, de 4 de enero, sobre mar territorial. En ella se delimitan, al fin, las aguas oceánicas españolas, acordando el establecimiento de 'líneas
medias' con países con los que el Estado establece sus fronteras marítimas (art. 4), quedando definidas en el Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto, de aguas jurisdiccionales, la manera de calcular las líneas de base que dirimen el límite del mar
jurisdiccional, siempre de acuerdo a lo establecido en el Derecho Internacional del mar.


La Ley 15/1978, de 20 de febrero, sobre la zona económica exclusiva, define específicamente las aguas atlánticas españolas, incluidas las insulares, y en ella se asume la marca de las 200 millas náuticas como límite exterior del mar
territorial, otorgando el derecho exclusivo sobre ellas al Estado y la competencia para explorar, explotar o conservar sus recursos naturales. Así pues, es este texto el primero en el que se indica que la zona económica de Canarias 'se mide a
partir de las líneas de base recta que unan los puntos extremos de las islas e islotes que respectivamente las componen, de manera que el perímetro resultante siga la configuración general de cada archipiélago' (art. 1). También se alude al
establecimiento de una línea media con países con los que España comparta su espacio marítimo, además de requerir previamente la firma de un tratado internacional con su respectivo gobierno (arts. 2 y 3).


En la Constitución Española, que entró en vigor el mismo año, se hace referencia a las islas y al Archipiélago Canario en la disposición adicional tercera. Mientras que, en el anteproyecto del Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado en
1982, quedó recogido que la futura administración autonómica de las islas debía comprender 'los territorios insulares, así como el mar territorial, la zona económica exclusiva y su plataforma continental' (art. 2.2). Pero este artículo fue
suprimido durante la votación del texto en el Congreso, al entender la mayoría de los diputados y diputadas de entonces, que dicha consideración 'sobrepasaba' las competencias del Estado.


La firma de la III Convención del Mar en 1982 supuso, en la práctica, la derogación de la Ley 10/1977, aunque desde instancias internacionales como la ONU se estableció un plazo razonable para que los gobiernos que aún no lo habían hecho,
regularizaran la situación de sus territorios insulares, de acuerdo a lo establecido por el Derecho Internacional. Para lograr que estos territorios pudieran acceder a su zona económica exclusiva, se dieron, entonces, dos opciones posibles:
convertirse en Estados archipelágicos o alcanzar la plena autonomía interna como archipiélagos de Estado.


Países de nuestro entorno, como es el caso de Portugal, se apresuraron a cumplir con estos preceptos, otorgando a Madeira y Azores la plena autonomía interna. Sin embargo, España decidió no seguir el mismo camino, evitando sancionar sus
contenidos hasta 1997, año establecido como fecha límite para cumplir con todos los requisitos establecidos para regularizar el acceso al mar de sus distintos archipiélagos. Así pues, por imprudencia o dejación, los contenidos de este tratado no
han podido desarrollarse de manera adecuada en la legislación española, a pesar de que iniciativas legales como la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, recogen en su articulado definiciones ajustadas a dicha normativa sobre el mar territorial,
las aguas interiores y menciones expresas sobre la titularidad de los recursos naturales de la zona económica exclusiva y la plataforma continental, la cual, no obstante, sí que puede aplicarse al mar que baña a la Península Ibérica.


En 1992 se aprueba la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y la Marina Mercante, que reza que las zonas de navegación española son aquellas en las que 'España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, además de las aguas
interiores', es decir; aquellas situadas al interior de las líneas de base del mar territorial, establecido en torno a 12 millas a partir de la estimación de sus líneas de base; la zona contigua, que comprendería la extensión entre el límite
exterior del mar territorial hasta las 24 millas desde las líneas de base; y la zona económica exclusiva, que comprendería 200 millas a partir de la citada línea de base.



Página 8





El Océano Atlántico, un 'punto caliente'.


La primera modificación del Estatuto de Autonomía de Canarias, realizada en 1996, incluyó de forma pionera la noción de archipiélago a sus contenidos, asumiendo la jurisdicción explícita de las islas que lo forman, y de manera implícita el
mar que las conecta. El artículo en cuestión (todavía en vigor) es el 22, titulado 'El Archipiélago Canario', y dice así:


'El ámbito territorial de la Comunidad Autónoma comprende el Archipiélago Canario, integrado por las siete islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife, así como las islas de Alegranza, La
Graciosa, Lobos y Montaña Clara, Roque del Este y Roque del Oeste, agregadas administrativamente a Lanzarote, salvo la de Lobos, que lo está a Fuerteventura.'


Desde entonces, algunos Diputados canarios han planteado, tanto en el Parlamento de Canarias como en el Congreso de los Diputados, la posibilidad de definir más claramente las aguas que envuelven al archipiélago. Lo han hecho para evitar
problemas como los acontecidos en el año 2001, por ejemplo, con el fantasma del petróleo sobrevolando las islas tras la concesión por parte del Gobierno, a través del Real Decreto 1462/2001, del derecho exclusivo para la búsqueda de hidrocarburos
entre las costas de Lanzarote y Fuerteventura y Marruecos. Un anuncio que provocó un arduo enfrentamiento legal entre el Estado y el Cabildo de Lanzarote, que presentó un recurso ante el Tribunal Supremo que finalmente acabó anulando dicha
concesión por un 'defecto de forma'.


Con motivo de esta polémica, en 2003 fue presentada una Proposición de Ley para delimitar la Comunidad Autónoma de Canarias siguiendo la configuración general del archipiélago, pero la propuesta quedó en el limbo hasta que expiró la
legislatura. Y en 2005 se repitió la historia, quedando en suspenso su debate hasta 2007, año de elecciones.


Mientras tanto, en 2003, la Unión Europea sí que dio pasos en este sentido, al proponer a través del Consejo de Agricultura y Pesca la 'creación de una zona de protección para el ejercicio de la pesca a 100 millas para las zonas
ultraperiféricas', promoviendo que entre 2004 y 2006 la Organización Marítima Internacional (OMI) reconociera como Zona Marítima Especialmente Sensible (ZMES) por sus características ecológicas, socioeconómicas, científicas y culturales el mar que
baña a las islas. Mientras tanto, a nivel internacional, España y Marruecos llegaron a un acuerdo para definir una 'mediana provisional' que dividiera la frontera atlántica que separa al Reino Alauí de Canarias que solo tendrá validez en tanto que
no se resuelva la libre determinación del Sáhara, territorio no autónomo pendiente de descolonización por parte de Naciones Unidas.


En 2009 España solicita a la ONU la ampliación de su zona económica exclusiva en el margen este de Canarias hasta alcanzar las 350 millas, en previsión de la existencia de importantes yacimientos minerales e hidrocarburos (especialmente de
telurio y petróleo), entrando en competencia con Portugal, que hizo lo propio durante el mismo año, especialmente a causa de la soberanía de las Islas Salvajes y la delimitación de sus aguas. Desde entonces, numerosas instituciones públicas de las
islas y colectivos ciudadanos han solicitado, sin éxito, tener voz en este conflicto y en cuanto ataña a la delimitación de las aguas archipelágicas. Sobre todo, ante eventos especialmente preocupantes, como la política de hechos consumados de
Marruecos en esta materia, que sí ha desarrollado su propia legislación en el ámbito marítimo, e incluso ha empezado a aplicarla de forma unilateral. El ejemplo más reciente lo tenemos en la delimitación, durante 2017, de sus aguas territoriales,
las cuales incluirían la franja que hace de frontera marítima provisional con Canarias y el mar que pertenece al Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental.


Por si todos estos acontecimientos no fueran suficientes para definir a las aguas archipelágicas de Canarias como un 'punto caliente' en el Océano Atlántico, en 2012, el Gobierno del Estado volvió a conceder un permiso de la misma naturaleza
al que había sido anulado por el Tribunal Supremo para la exploración en busca de hidrocarburos a una empresa privada. Lo hizo mediante la firma de un nuevo Real Decreto, el 547/2012, de 16 de marzo, que ocasionó una enorme polémica en los años
subsiguientes y una nueva batalla legal entre administraciones, aunque en esta ocasión las prospecciones sí que llegaron a realizarse. Y lo mismo ha sucedido en varias ocasiones en la frontera marítima marroquí, que actualmente ha vuelto a
autorizar la realización de catas a una empresa transnacional ante la inacción del Gobierno de España.


La insuficiencia de la Ley de aguas canarias.


La primera normativa estatal que aborda la definición jurídica de las aguas archipelágicas de Canarias es la Ley 44/2010, de 30 de diciembre, de aguas canarias, pero esta lo hace de manera insuficiente. A



Página 9





grandes rasgos, se puede afirmar que esta completa la definición del concepto de archipiélago introducido en la reforma de 1996 del Estatuto de Autonomía de las Islas, a través de la cual se explicita que las 'aguas canarias' son:


'los puntos extremos más salientes de las islas e islotes que integran, según el artículo 2 de su Estatuto de Autonomía, el Archipiélago Canario, se trazará un contorno perimetral que siga la configuración general del archipiélago, tal como
se establece en el Anexo de esta Ley. Las aguas que queden integradas dentro de este contorno perimetral recibirán la denominación de aguas canarias y constituyen el especial ámbito marítimo de la Comunidad Autónoma de Canarias.'


Además, se atribuye el 'ejercicio de las competencias estatales o autonómicas sobre las aguas canarias y, en su caso, sobre los restantes espacios marítimos que rodean a Canarias sobre los que el Estado español ejerza soberanía o
jurisdicción' en base a 'la distribución material de competencias establecidas constitucional y estatutariamente tanto para dichos espacios como para los terrestres'. Lo que supone, como se puede apreciar, un brindis al sol que además de dispensar
a las atribuciones asumidas por las instituciones del archipiélago un tratamiento indeterminado y ambiguo, obvia su complejo contexto geopolítico, haciendo una única mención al Derecho Internacional en una disposición adicional que indica que el
trazado del contorno perimetral 'no alterará la delimitación de los espacios marítimos de las Islas Canarias tal y como están establecidos por el ordenamiento jurídico español en virtud del Derecho Internacional vigente'.


En resumen, la única modificación de calado que promueve esta Ley es la denominación, en clave exclusivamente estatal, de las aguas interinsulares como 'Aguas Canarias', reafirmando lo que ya está establecido por la legislación vigente, esto
es, que el mar territorial (12 millas) y la zona contigua (24 millas) es el único espacio sobre el que tiene soberanía efectiva en la actualidad el Estado español. No obstante, no se aclara el acceso por parte del Estado ni tampoco del archipiélago
a su zona económica exclusiva (200 millas), ni tampoco la posibilidad de ampliarla más allá, abarcando, tal y como lo ha solicitado a la ONU el Gobierno de España, el espacio más amplio que abarca su plataforma continental.


Estatuto de Autonomía de Canarias.


La propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias que salió del Parlamento autonómico en 2015, y que actualmente ha superado sus respectivos trámites en el Congreso y en el Senado, ha quedado a expensas de su aprobación final
nuevamente en la Asamblea Territorial del Archipiélago. En ella, sin embargo, se aborda el tema de las aguas canarias de la siguiente manera en su artículo 4, en el que se define:


'1. El ámbito espacial de la Comunidad Autónoma de Canarias comprende el Archipiélago Canario, integrado por el mar y las siete islas con administración propia de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y
Tenerife, así como por la isla de La Graciosa y por los territorios insulares de Alegranza, Lobos, Montaña Clara, Roque del Este y Roque del Oeste.


2. Sin perjuicio de la delimitación de las líneas de base existentes, entre los puntos extremos más salientes de las islas e islotes que integran, según el apartado anterior el Archipiélago Canario, se trazará un contorno perimetral que
siga la configuración general del archipiélago, tal como se establece en el Anexo de este Estatuto. Las aguas que queden integradas dentro de este contorno perimetral recibirán la denominación de aguas canarias y constituyen el especial ámbito
marítimo de la Comunidad Autónoma de Canarias.


3. El ejercicio de las competencias estatales o autonómicas sobre las aguas canarias y, en su caso, sobre los restantes espacios marítimos que rodean a Canarias sobre los que el Estado español ejerza soberanía o jurisdicción se realizará
teniendo en cuenta la distribución material de competencias establecidas constitucional y estatutariamente tanto para dichos espacios como para los terrestres.


4. El Estado en el ejercicio de sus competencias tendrá en cuenta las singularidades derivadas del carácter archipelágico y promoverá la participación de la Comunidad Autónoma en las actuaciones de competencia estatal en dichas aguas.


5. El trazado del contorno perimetral no alterará la delimitación de los espacios marítimos de las Islas Canarias tal y como están establecidos por el ordenamiento jurídico español en virtud del Derecho Internacional vigente.'



Página 10





Además, en su artículo 97, se añade con respecto al principio de territorialidad que:


'1. El ejercicio de las competencias autonómicas desplegará su eficacia en el territorio de Canarias, sin perjuicio, en su caso, de los eventuales efectos que por razón de la competencia ejercida pueda tener fuera de su territorio.'


Lo que quiere decir que la posibilidad de extender las competencias autonómicas fuera del territorio de la Comunidad Autónoma, tal como ha sido reflejada en la Sentencia del Tribunal Constitucional 8/2013, de 17 de enero de 2013, solo es
viable 'cuando así lo demande la naturaleza de la competencia, aunque el título autonómico no incluya referencia expresa a su proyección sobre el mar'. De modo que, como se puede apreciar, el Constitucional excluye la aplicación de este principio a
los espacios marítimos que no se incluyan en el ordenamiento de cada Comunidad Autónoma o se deriven de la naturaleza de sus competencias. Una máxima que no debe pasarse por alto, pues, es precisamente esta concepción del derecho que rige el acceso
a las aguas archipelágicas de Canarias el que ha impedido que sus poderes públicos hayan podido pronunciarse, por ejemplo, sobre las autorizaciones concedidas a instalaciones de generación eléctrica en el mar o a determinadas empresas para realizar
prospecciones petrolíferas cerca de sus costas.


El principio archipelágico según la III Convención del Mar.


El Archipiélago Canario merece un tratamiento ajustado a su realidad atlántica territorio insular, adecuada a los contenidos del principio archipelágico. De hecho, este no supone otra cosa que el reconocimiento con garantías de los derechos
que le corresponden como en relación a la integridad del total de elementos que lo conforman, tanto terrestres como marítimos. Dicha consideración serviría para solucionar los conflictos que se han desatado en torno a las competencias y
autorizaciones concedidas en aguas canarias o aledañas, que pasarían a formar parte de la zona económica exclusiva de las islas y su plataforma continental, y aportaría estabilidad al 'punto caliente' en que se ha convertido la franja oceánica que
estas comparten con el Sáhara Occidental, Portugal y Marruecos.


En definitiva, asumir el principio archipelágico supondría equiparar el régimen jurídico que actualmente poseen otras regiones ultraperiféricas de la Unión Europea, como Madeira o Azores, incluyendo la firma de acuerdos entre el Gobierno de
Canarias y el Gobierno de España de cara a la solicitud realizada por este último para ampliar su plataforma continental. Lo que podría abrir la puerta a una mejora de la situación de injusticia que atraviesa nuestro país vecino, el Sáhara
Occidental en expresión de su derecho a la libre determinación como territorio no autónomo pendiente de descolonización según Naciones Unidas, además de incentivar la firma de un acuerdo satisfactorio tanto para España como para Portugal con
respecto a la mediana marítima que separa a Canarias de las Islas Salvajes.


Este último caso se recoge, además, en el artículo 305 de la Convención Internacional del Mar, en el cual se otorga capacidad de firma a:


'd) Todos los Estados asociados autónomos que, de conformidad con sus respectivos instrumentos de asociación, tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas.'


'e) Todos los territorios que gocen de plena autonomía interna reconocida como tal por las Naciones Unidas, pero no hayan alcanzado la plena independencia de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y que tengan
competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas.'


Ante la situación de inseguridad jurídica en que se encuentran actualmente las aguas archipelágicas de Canarias, y la posible afectación que esta situación puede generar para el desarrollo económico y social de las islas, así como para la
conservación de su medio natural terrestre y marino, solicitamos al Congreso de los Diputados que inste al Gobierno del Estado a reconocer el estatus de las islas como una unidad funcional a todos los niveles. Lo que requeriría de la modificación
de las leyes de ámbito autonómico, empezando por modificar la Ley de Aguas Canarias, pero también las estatales, incluida la Constitución, para poder anexar a la causa que el Estado ha asumido a nivel internacional para adecuar su nuevo estatus, de
una vez por todas, a los principios establecidos por el Derecho Internacional del Mar. Una tarea para la que resulta imprescindible lograr la delimitación del Archipiélago Canario a partir del establecimiento de las líneas de base rectas que unan
los puntos extremos de las islas que lo componen, resultando un perímetro que encierre sus aguas interiores, o canarias (interinsulares), a partir de las



Página 11





cuales se establecería el mar territorial y la zona contigua, así como las aguas archipelágicas o zona económica exclusiva y la plataforma continental ampliada. Y todo ello con el fin de garantizar el acceso a sus recursos naturales de
manera sostenible y segura, el desarrollo equilibrado y diversificado de su economía y la profundización de su modelo de autogobierno.


Por todo, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Liderar la elaboración de un Reglamento específico que regule de una manera eficiente, segura y sostenible la gestión de las Zonas Marítimas de Especial Sensibilidad de Canarias.


2. Promover la redacción de planes de seguridad y emergencias coordinados entre la administración autonómica y la del Estado en las aguas archipelágicas de Canarias, incluida la zona económica exclusiva y en la posible ampliación de su
plataforma continental, previendo la posibilidad de afrontar situaciones de esta naturaleza también en el mar aledaño que rodea y da continuidad al espacio atlántico en que se encuentran las islas.


3. Promover la modificación de la Ley 44/2010, de 30 de diciembre, de aguas canarias, para que, en aplicación del principio archipelágico recogido en la III Convención del Mar, asuma la extensión total de las aguas del Archipiélago Canario,
delimitando:


I) El alcance de las aguas canarias en base al cálculo de las líneas de base recta entre islas.


II) La delimitación de la zona económica exclusiva que bordea el archipiélago (200 millas) bajo la categoría de aguas archipelágicas.


III) El reconocimiento internacional del derecho a la ampliación de su plataforma continental (350 millas hacia el oeste, es decir, 296.500 km2).


4. Reconocer a nivel normativo el mar territorial, la zona contigua y las aguas canarias, además de delimitar su zona económica exclusiva y la plataforma continental como parte integrante de las aguas archipelágicas de Canarias, de acuerdo
a lo establecido en la definición del principio archipelágico en la III Convención del Mar y a lo establecido en los artículos 148.2, 149.3 y 150.2 de la Constitución Española.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-María del Carmen Pita Cárdenes, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003968


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada doña Yolanda Díaz Pérez, y a través de su Portavoz, don Antón Gómez-Reino Varela, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del
Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores, relativa a la retirada de la condecoración de Caballero Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a Francisco José Vázquez Vázquez.


Exposición de motivos


El exembajador de España en el Vaticano y exalcalde de A Coruña, Francisco José Vázquez Vázquez, en una entrevista concedida a la Cadena COPE, el pasado 31 de octubre de 2018, ha criticado la visita de la Vicepresidenta del Gobierno, Carmen
Calvo, al Vaticano, atacando, entre otras cuestiones, su forma de vestir, calificándola de 'inapropiada', y afirmando que su 'estética era bastante discutible'. Esta actitud hacia la Ministra es un insulto hacia todas las mujeres, ya que atenta
contra la libertad de cualquiera persona a decidir lo que es una indumentaria 'apropiada' y son declaraciones propias de una época pasada, en la que primaba una situación de total opresión hacia las mujeres.



Página 12





Además, desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea denunciamos estas declaraciones por discriminatorias, y exigimos que una persona que no muestra respeto por la mitad de la población de este país no
debe representar a España en ningún órgano ni institución pública y, así mismo, le deben ser retiradas las condecoraciones que el Estado y el Gobierno de nuestro país le han concedido en el pasado, ya que Francisco Vázquez no representa, en la
actualidad, la defensa de los valores democráticos que rigen en nuestra sociedad.


El exembajador de España ante el Vaticano y exalcalde de A Coruña también dedicó parte de su entrevista a criticar la Ley de Memoria Histórica, a la que considera un 'revanchismo loco', 'un remedo de la ley de represión del comunismo y la
masonería', sentenciando que 'están haciendo lo mismo que otros hicieron en el 36, intentando ganar la guerra que perdieron sus abuelos'.


Recordemos que Francisco Vázquez es uno de los firmantes del Manifiesto por la Historia y la Libertad de la Fundación Francisco Franco, escrito publicado en marzo de este año que critica la Proposición de Ley de Memoria Histórica del Partido
Socialista, y que según reza en el manifestó 'tiene la intención de ilegalizar cualquier asociación o fundación que sostenga puntos de vista diversos y plurales' sobre el último siglo. Se refieren a la Comisión de la Verdad como una amenaza a
quienes mantengan 'opiniones divergentes a la verdad única'.


En enero del año 2003 Francisco Vázquez fue nombrado Caballero Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica, una condecoración polémica por haber prestado el Ayuntamiento coruñés para que el Gobierno de José María Aznar celebrara un Consejo
de Ministros en plena crisis del 'Prestige'. Su función actual es 'premiar aquellos comportamientos extraordinarios de carácter civil, realizados por personas españolas y extranjeras, que redunden en beneficio de la Nación o que contribuyan, de
modo relevante, a favorecer las relaciones de amistad y cooperación de la Nación Española con el resto de la Comunidad Internacional'.


Desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, consideramos que las declaraciones hechas por Francisco Vázquez a la cadena Cope el pasado 31 de octubre de 2018 atentan, directamente, contra la integridad de
las mujeres y atacan las funciones de un gobierno democrático, y los propios valores constitucionales, motivo por el que solicitamos le sea retirada la mencionada condecoración.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que proceda a la retirada de la condecoración de Caballero Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica a Francisco José Vázquez Vázquez por atentar, con sus declaraciones, contra la dignidad
de las mujeres y contra la memoria histórica, así como por la falta de respeto a las víctimas del franquismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Justicia


161/003951


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, Jaume Moya Matas, Diputado de En Comú Podem (Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea), presenta la siguiente Proposición
no de Ley para reforzar la independencia de jueces y juezas y magistrados y magistradas cuando su función jurisdiccional pueda afectar a las grandes empresas y a las entidades bancarias, para su debate en la Comisión de Justicia.



Página 13





Exposición de motivos


I


El poder judicial es aquel que emana del pueblo y tiene como función vigilar el efectivo cumplimiento de las leyes. En base a ello, debe reunir los aspectos de independencia e inamovilidad. Sin embargo, los últimos acontecimientos
vinculados a resoluciones que afectan a poderes financieros, muy especialmente la reciente sentencia del Tribunal Supremo, que falla en favor de la banca en el impuesto sobre las hipotecas, han llevado a que el poder judicial se perciba en gran
parte de la opinión pública como todo lo contrario: un poder elitista, ajeno a la realidad social e implacable con el débil y laxo con el poderoso.


Dicha percepción se deriva de un poder judicial que, en su labor de aplicar las leyes, no lo hace interpretándolas conforme a la realidad social de su tiempo. Su poder se muestra disociado del pueblo, para ejercerse en nombre de intereses
particulares de élites financieras y grandes poderes, distintos a la justicia social e igualdad. De esta manera, deja de considerarse como un poder público independiente y se presenta como un poder plegado a intereses de toda índole, ajenos a su
función igualitaria, a su carácter esencial de imparcialidad y a la necesidad de mantener y fomentar la confianza de la ciudadanía.


Ello es especialmente relevante en altas instancias de dicho poder judicial: Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y la Audiencia Nacional, órganos en los que radica el mayor
protagonismo para lograr una deseable independencia y, por tanto, el objetivo de justicia, aunque también puede incluirse a la Fiscalía General del Estado y al Tribunal Constitucional, órganos constitucionales con importantes funciones
jurisdiccionales y que, vinculados a la Administración de Justicia, son también percibidos por la ciudadanía como correas de transmisión de intereses de otros poderes.


II


El Convenio Europeo de Derechos Humanos, en su artículo 6, apartado 1, sobre el derecho a un proceso equitativo, establece que 'Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por
un tribunal independiente e imparcial, establecido por ley'. Este precepto forma parte del ordenamiento jurídico español de acuerdo con el artículo 96 de la Constitución, y establece derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas no
explícitamente reconocidos por la Constitución, pero plenamente aplicables.


En este sentido, sentencia Piersack c. Bélgica 1982, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sienta que 'todo juez en relación al cual pueda dudarse de su imparcialidad debe abstenerse porque lo que está en juego es la confianza que los
ciudadanos han de tener en los tribunales de justicia'.


III


El Grupo Anticorrupción del Consejo de Europa (GRECO), en sus informes, elaborados con la participación del Gobierno español, atribuye la percepción de falta de independencia del poder judicial español a diversas circunstancias, todas ellas
vinculadas a cuestiones de estructura, organización y funcionamiento, y constata que España -y su poder judicial- incumplen el 75 % de las recomendaciones que se le han hecho para revertir esas situaciones que favorecen la falta de independencia del
poder judicial.


Entre otras posibles causas de la falta de independencia del poder judicial están las que se derivan de una regulación legal excesivamente laxa en materia de incompatibilidades que permite que los jueces y magistrados colaboren de forma
remunerada con entidades privadas, y que desempeñen funciones incompatibles con el ejercicio de la judicatura antes de acceder a ella o después de dejarla.


IV


La LOPJ, en su artículo 389, establece la incompatibilidad de jueces y juezas con todo empleo, cargo o profesión retribuida, salvo la docencia o investigación jurídica, así como la producción y creación literaria, artística, científica y
técnica, y las publicaciones derivadas de aquella. El Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial, en sus artículos 338 y siguientes, permite (vía Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas) la
autorización para la docencia en el ámbito privado y la



Página 14





preparación para el acceso a la función pública y, sin necesidad del requisito de autorización, la participación en seminarios, cursos y conferencias, la producción y creación literaria, artística, científica y técnica y la participación
ocasional en coloquios y programas en cualquier medio de comunicación social.


Esta regulación legal favorece la presencia habitual de altos representantes del poder judicial en diversas actividades públicas de diversa índole, que cuentan con el patrocinio -cuando no son directamente publicitarias- de entidades
vinculadas a la gran empresa en general y al mundo financiero o jurídico en particular. Además, cada vez son más habituales las ayudas directas de estas grandes empresas en estudios y publicaciones participados por dichos representantes del mundo
judicial, las organizaciones de seminarios y congresos en lugares especialmente ostentosos y privilegiados o la convocatoria de charlas, conferencias, ruedas de prensa y otras actividades públicas, retribuidas por entidades privadas.


El caso más polémico y reciente es el del Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sr. Luis Díez-Picazo, quien tomó la decisión de que el conocido como 'caso de las hipotecas' fuera resuelto en Pleno para que lo validaran 31
magistrados en vez de los 6 de la primera sentencia y cuyo voto fue decisivo en la sentencia final, favorable a los intereses de la banca, que había compaginado entre los años 2015 y 2017 su labor como magistrado del Tribunal Supremo con la docencia
en el Colegio Universitario de Estudios Financieros, una escuela de la que es titular la Fundación de la Asociación Española de la Banca, actor interesado en el referido pleito en torno a este impuesto.


Como otros ejemplos polémicos podemos recordar el Instituto Europeo de Práctica Jurídica 'Schola luris', entidad privada dirigida por el Comisario Villarejo, por el que pasaron tan importantes juristas como el Presidente de la Sala de lo
Penal del Supremo, Manuel Marchena, o los ex fiscales generales del Estado José Manuel Maza o Julián Sánchez Melgar, y que servía al Sr. Villarejo para ofrecer servicios de tráfico de influencias a sus clientes. También es relevante la
intervención de magistrados de la Audiencia Nacional, del Tribunal Supremo, Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores en charlas y conferencias organizadas por AUSBANC, y asistencias al Foro de la Justicia que organizaba esta asociación desde
2010, hasta que dicha entidad fue investigada y su presidente encarcelado acusado de extorsionar a bancos y particulares a cambio de no dañar su imagen.


De la misma manera, la presencia del Juez Sr. Fernando Andreu, instructor de la Audiencia Nacional en el caso de la investigación de la compra del Banco Popular por el Santander, en la presentación de un libro ('Se vende banco por un euro')
escrito por un abogado del propio banco y en el que describe el proceso de compra, o el caso del exmagistrado de la Audiencia Nacional, Sr. Javier Gómez Bermúdez, que tras su paso por la Audiencia Nacional, en la cual conoció los pleitos en los
cuales se absolvió a Emilio Botín y Rodrigo Echenique, siendo conocido como el padre de la 'doctrina Botín', ha empezado a ejercer la abogacía y a defender a Jaime Botín y al propio Banco Santander. En la misma línea de opacidad y connivencia con
las grandes empresas, han alarmado a la opinión pública la práctica generalizada de conferencias de jueces y magistrados organizadas por empresas privadas, como la del Magistrado Sr. Llarena (junto al Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal
Supremo, Antonio del Moral García; el Magistrado de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, Enrique López López, y el Exmagistrado de la Audiencia Nacional, Alejandro Abascal Junquera) en concesionarios de BMW en Oviedo y en Salamanca, donde
se produjeron, por cierto, las polémicas declaraciones que basaron la demanda del Expresidente catalán Sr. Puigdemont en Bruselas.


Actividades todas ellas cuyo contenido retributivo permanece en la máxima opacidad, aunque fuentes periodísticas (Diario.es, que cita 'fuentes jurídicas') afirman que es entre 1.000 y 4.000 euros la retribución en dichos foros y
conferencias, dietas aparte.


V


Todo ello entra en aparente contradicción con los principios de ética judicial (Código ético del Consejo General del Poder Judicial, publicado en el 2016) que defienden como inherente a la imparcialidad judicial el 'deber de evitar conductas
que, dentro o fuera del proceso, puedan ponerla en entredicho y perjudicar la confianza pública en la justicia' y que exigen 'velar por el mantenimiento de la apariencia de imparcialidad en coherencia con el carácter esencial que la imparcialidad
material tiene para el ejercicio de la jurisdicción'. De esta manera, el Código exige que 'el juez y la jueza no aceptarán regalo, cortesía o consideración que exceda de las lógicas convenciones sociales y, en ningún caso, cuando ponga en riesgo su
apariencia de imparcialidad'.



Página 15





Frente a ello, es la Comisión Disciplinaria del CGPJ a quien compete resolver los expedientes disciplinarios incoados por infracciones, pero no pocas son las críticas por funcionamiento irregular, parcial y corporativo, las que se proyectan
sobre ella. Especialmente basadas en el sistema presidencialista que lleva a que sea el propio Presidente del Consejo quien decide sobre lo que proponga el Promotor de la Acción Disciplinaria (Juez que instruye las denuncias) sin dar ni siquiera a
la Comisión Disciplinaria del CGPJ la oportunidad de estudiarlas.


A ello se le suma que la mitad de las denuncias se han visto archivadas (y los recursos contra los archivos son decididos, en única instancia, por la Permanente), y que muchas son las voces que denuncian la parcialidad de este órgano, entre
ellas las de propios vocales del Consejo. Por lo tanto, el desprestigio de dicha Comisión, en su actual composición, la hace inadecuada como mecanismo de fiscalización de las actuaciones de jueces y juezas y magistrados y magistradas.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar ante esta Cámara un Proyecto de Ley Orgánica para la modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los siguientes ámbitos:


1. El régimen de incompatibilidades durante el ejercicio de la función jurisdiccional y después de dejar la carrera judicial, para establecer las pertinentes limitaciones para realizar o participar en actividades organizadas directa o
indirectamente por entidades privadas, en orden a conservar el carácter y la apariencia de imparcialidad y velar por la confianza pública en la justicia.


2. El régimen de incompatibilidades, estableciendo la obligación de inhibirse del conocimiento de causas judiciales en las que intervenga alguna entidad que, en el pasado, haya organizado, directamente o a través de patrocinios, cualquier
actividad pública o privada de las contempladas en los artículos 331 a 341 del Reglamento 2/2011, de la Carrera Judicial, y en las que el juez o jueza, magistrado o magistrada haya intervenido de forma retribuida.


3. El régimen de incompatibilidades respecto a las actividades públicas que jueces y juezas y magistrados y magistradas puedan realizar ajenas a su función jurisdiccional, reforzando los principios de independencia y de transparencia en su
actuación, estableciendo un mecanismo preceptivo de rendición de cuentas en cualquier actividad desarrollada públicamente (participación en coloquios, seminarios, cursos y conferencias), que incluya, como mínimo, la declaración de retribuciones,
dietas y cortesías recibidas, la identificación de las entidades responsables de la organización y del patrocinio de la misma y el calendario detallado de actividades.


4. El régimen disciplinario de jueces y magistrados para sancionar adecuadamente los incumplimientos que pudieran producirse del régimen de incompatibilidades.


5. La Comisión Disciplinaria del CGPJ, para que su funcionamiento responda a los criterios de transparencia, eficacia y doble instancia, y su composición a los criterios de equidad, democracia, paridad y rotación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de noviembre de 2018.-Jaume Moya Matas, Diputado.-Lucía Martín González, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003963


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a la
protección integral de las víctimas de delitos de especial gravedad, para su debate en la Comisión de Justicia.



Página 16





Exposición de motivos


El Partido Popular siempre ha estado del lado de las víctimas de los delitos y sus familias. Es por ello por lo que en 2015, el Gobierno del Partido Popular introdujo la prisión permanente revisable, precisamente para prevenir y castigar
los delitos más deleznables y que, por ello, conmueven especialmente a la sociedad. Se trata de una pena pensada para delitos de excepcional gravedad, aquellos que remueven los pilares fundamentales de la convivencia y la humanidad por ser los más
atroces, aquellos que generan el mayor rechazo social y que merecen el mayor reproche penal con una pena justa, proporcionada, constitucional, revisable por los tribunales a partir de veinticinco años de condena y, por tanto, compatible con la
reinserción. No cabe obviar que se trata de una pena avalada por el derecho comparado, por el Estatuto de la Corte Penal Internacional y por el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos, muy similar a la que existe en la inmensa mayoría de los
ordenamientos penales de los países de nuestro entorno.


En España, desde la entrada en vigor de la reforma del Código Penal en 2015, por la que se introdujo la figura de la prisión permanente revisable, se ha aplicado esta pena en cuatro ocasiones, en todos los casos en procesos por delitos
especialmente execrables: la primera, a un padre por degollar a sus dos hijas menores con una sierra eléctrica y un cuchillo de cocina; la segunda, a un reo que asestó más de treinta puñaladas a un anciano, abuelo de su expareja; la tercera, a un
individuo por arrojar a un bebé de 17 meses por la ventana e intentar asesinar a su expareja y madre de la menor, la cuarta, a un padre que asesinó a palazos a su hijo, de 11 años.


Conviene conocer en toda su crudeza la realidad, los hechos y el tipo de delitos a los que se aplica, antes de posicionarse a favor o en contra de la pena de prisión permanente revisable. Como se deduce de los casos expuestos, se trata de
sucesos excepcionales, los que más repugnan a la sociedad y que, por ello, merecen el máximo reproche penal.


Recientemente, se han conocido algunos otros crímenes similares a los descritos, cuyos autores podrían ser condenados a esta pena y que, de seguir adelante la propuesta de derogación de la misma, los encausados podrían eludir, por la
aplicación de la norma más favorable, principio básico del derecho penal que implica que cuando hay una colisión entre dos normas penales cuya vigencia temporal ha sido diferente, y, especialmente, en los periodos de transición que se producen
cuando está en tramitación una reforma del Código Penal.


Sin olvidar que también entraría en juego este principio de la norma más favorable para aquellos que ya están cumpliendo esta pena, quienes podrían pedir su revisión para que se les aplique, y que, por tanto, se verían beneficiados en la
duración de sus condenas.


Ha de insistirse en que esta pena opera ante situaciones y hechos de excepcional gravedad y tiene por finalidad la condena al caso concreto, el efecto disuasorio y la impartición de justicia, redundando todo ello en el incremento de la
confianza de la sociedad en la seguridad, la justicia y el funcionamiento del sistema penal, pensado para proteger a las víctimas frente a la comisión de delitos tan execrables, puesto que impide que los delincuentes más peligrosos, y que no han
demostrado capacidad de reinserción, se reincorporen a la sociedad sin las garantías suficientes de que no van a reincidir en ese tipo de conductas, y volviendo a poner en riesgo la seguridad de las personas. Sin embargo, la aplicación de esta pena
no obsta para que en su cumplimiento, se observen todos los principios penitenciarios y se busque la reinserción, una vez confirmada la rehabilitación del delincuente.


Es decir, no supone una condena perpetua ni una pena sin posibilidad de reinserción social, si bien esto último depende del propio delincuente condenado, pues las oportunidades del sistema penitenciario se le ofrecen, exactamente igual que a
cualquier otro reo, si el condenado se rehabilita y el tribunal considera que concurren las condiciones suficientes, se producirá esa revisión y esa reinserción social. En otro caso, devolver la libertad a un individuo cuya reinserción no se ha
producido y cuyas inclinaciones y aptitudes suponen un peligro social, supondría una grave irresponsabilidad por parte de las autoridades competentes y del sistema en general.


Los representantes de los ciudadanos tenemos el deber y la responsabilidad de dar respuesta y legislar en pos del interés general y ello se manifiesta en la protección frente a los delitos más graves y más atroces; mediante la prevención y
la protección de las posibles víctimas más inocentes, adoptando todas las medidas constitucionales a nuestro alcance para garantizar que aquellos individuos más peligrosos, que aun no reúnan las condiciones para reinsertarse, nunca más puedan
reincidir en hechos delictivos.



Página 17





Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados manifiesta su apoyo a las víctimas y familiares de toda clase de delitos, y, especialmente, de aquellos en los que, por su naturaleza de extraordinaria gravedad, sus autores han sido condenados a la pena de
prisión permanente revisable, así como su decidido compromiso de garantizar la protección de las víctimas y velar por la prevención de la comisión de los mismos delitos por los delincuentes más peligrosos y que no se encuentren en condiciones de ser
reinsertados en nuestra sociedad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-María Jesús Bonilla Domínguez, Diputada.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003973


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada doña Marta Sorlí Fresquet, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para que se
retire la llamada 'Cruz de los caídos' del Parque Ribalta de Castelló en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, de Memoria Histórica es muy clara cuando ordena, en su artículo 15, que 'las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos,
insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o
ayudas públicas.'


En el caso de la localidad de Castelló de la Plana, el Parque Ribalta alberga el monumento de la Cruz de los Caídos. Este monumento se alzó en el parque en 1944 'a los caídos por Dios y por España. Presente!' tras la Guerra Civil, símbolo
de exaltación de la dictadura franquista y del terror. La Corporación municipal, a través de la Concejalía de Cultura, solicitó un informe el pasado año al Comité Técnico de Expertos para la valoración de la retirada de los vestigios relativos a la
Guerra Civil y la dictadura en la Comunitat Valenciana, órgano adscrito y dependiente de la Conselleria de Justicia y de Reformas Democráticas de la Generalitat Valenciana, constituido el 14 de marzo de 2016, para estudiar si procede la eliminación
de dicho monumento, a fin de dar cumplimiento a la Ley 52/2007 de 26 de diciembre, de Memoria Histórica.


En contestación a la consulta enviada, el informe del Director General de Reformas Democráticas de la Generalitat Valenciana, José García Añón, firmado el 31 de julio de 2017, respondía así:


'En la reunión de la Comisión Técnica de Coordinación para la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la dictadura en el ámbito de la Comunidad Valenciana, celebrada el 27 de julio de 2017, se acordó, después de
considerar el parecer del Comité Técnico de Expertos para la valoración de la retirada de vestigios relativos a la Guerra Civil y la dictadura a la Comunidad Valenciana y la de los supuestos determinantes de excepcionalidad, les trasladamos las
siguientes consideraciones:


1. Esta cruz se erigió por acuerdo del Ayuntamiento en 1944, dedicándose a los 'caídos por Dios y por España'. Por tanto, en su origen claramente fue un monumento de exaltación de la Guerra Civil y de la dictadura.


2. En 1979 el símbolo fue resignificado, eliminándose los elementos de exaltación y dedicándose 'a las víctimas de la violencia'.



Página 18





3. No obstante lo anterior, según el informe del Comité Técnico de Expertos en su sesión del 27 de junio de 2017, el monumento seguiría siendo en la actualidad un signo de exaltación de la Guerra Civil y de la dictadura, por ser punto de
concentración para la exaltación del franquismo en fechas concretas.


4. Así mismo, el Comité Técnico de Expertos considera que la cruz no constituye un lugar de historia y que tampoco tiene un valor artístico.


5. El elemento en cuestión es un añadido artificial a un parque con una clara estructura y disposición de mediados del s. XIX (M.ª Teresa Santamaría, 'El parque de Ribalta') declarado Bien de Interés Cultural, por lo que cualquier actuación
a realizar en ese ámbito tendrá que ser autorizada por la materia competente en materia de patrimonio cultural.


Visto lo anterior, se considera que no concurre ninguna de las causas de excepcionalidad del artículo 15 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la cual se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de los que sufrieron
persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.


Por tanto, en el caso que por parte del Ayuntamiento (de Castelló) se constata fehacientemente que perviven manifestaciones y concentraciones de exaltación del régimen franquista, se recomienda su retirada.'


En vista de que en dicho informe se hace referencia a una reunión celebrada el 27 de junio de 2017 por el Comité Técnico de Expertos, la Concejalía de Cultura solicitó el acta de dicha reunión, donde literalmente expone en su punto número 2:


'1. Esta cruz se erigió por acuerdo del Ayuntamiento en 1944, dedicándose a los 'caídos por Dios y por España'. Por tanto, en su origen claramente fue un monumento de exaltación de la Guerra Civil y de la dictadura.


2. En 1979 el símbolo fue rectificado, eliminándose los elementos de exaltación y dedicándose 'a las víctimas de la violencia'.


3. No obstante lo anterior, según el informe del Comité Técnico de Expertos en su sesión del 27 de junio de 2017, el monumento seguiría siendo en la actualidad un signo de exaltación de la Guerra Civil y de la dictadura, por ser punto de
concentración para la exaltación del franquismo en fechas concretas.


4. Asimismo, el Comité Técnico de Expertos considera que la cruz no constituye un lugar de historia y que tampoco tiene un valor artístico.


5. El elemento en cuestión es un añadido artificial a un parque con una clara estructura y disposición de mediados del s. XIX (M.ª Teresa Santamaría, 'El parque de Ribalta') declarado Bien de Interés Cultural, por lo que cualquier actuación
a realizar en ese ámbito tendrá que ser autorizada por la materia competente en materia de patrimonio cultural.


Visto lo anterior, se concluye que no concurre ninguna de las causas de excepcionalidad del artículo 15 de la Ley 52/2007, pudiendo actuar el Ayuntamiento en consecuencia.'


Manifestándose en este momento una discrepancia en el seno del equipo de gobierno sobre la aplicación de la Ley 52/2007 de Memoria Histórica sobre la retirada de la Cruz de los Caídos en el Parque Ribalta de Castelló


El Grupo Parlamentario Mixto presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a:


1. Ordenar al Ayuntamiento de Castelló de la Plana a retirar la llamada 'Cruz de los Caídos' del Parque de Ribalta, en cumplimento de la Ley de Memoria Histórica 52/2007, de 26 de diciembre, por ser un símbolo de exaltación de la Guerra
Civil y de la dictadura franquista, como así lo señala el informe del Comité Técnico de Expertos para la valoración de la retirada de los vestigios relativos a la Guerra Civil y la dictadura en la Comunitat Valenciana, dado que no incurre en ninguna
de las excepciones que plantea dicha Ley.


2. Trasladar al Ayuntamiento de Castelló de la Plana el obligatorio cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica, pues el cumplimiento de la legalidad no es una cuestión de arbitrariedad individual.



Página 19





3. Comunicar este acuerdo a la Conselleria de Justicia i de Reformes Democràtiques de la Generalitat Valenciana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de noviembre de 2018.-Marta Sorlí Fresquet, Diputada.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Defensa


161/003981


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada doña Yolanda Díaz Pérez, y a través de su Portavoz, don Antón Gómez-Reino Varela, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del
Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Defensa, relativa a la retirada de la condecoración de la Cruz del Mérito Naval a Francisco José Vázquez Vázquez.


Exposición de motivos


El exembajador de España en el Vaticano y exalcalde de A Coruña, Francisco José Vázquez Vázquez, en una entrevista concedida a la Cadena COPE, el pasado 31 de octubre de 2018, ha criticado la visita de la Vicepresidenta del Gobierno, Carmen
Calvo, al Vaticano, atacando, entre otras cuestiones, su forma de vestir, calificándola de 'inapropiada', y afirmando que su 'estética era bastante discutible'. Esta actitud hacia la Ministra es un insulto hacia todas las mujeres, ya que atenta
contra la libertad de cualquiera persona a decidir lo que es una indumentaria 'apropiada' y son declaraciones propias de una época pasada, en la que primaba una situación de total opresión hacia las mujeres.


Además, desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea denunciamos estas declaraciones por discriminatorias, y exigimos que una persona que no muestra respecto por la mitad de la población de este país no
debe representar a España en ningún órgano ni institución pública y, así mismo, le deben ser retiradas las condecoraciones que el Estado y el Gobierno de nuestro país le han concedido en el pasado, ya que Francisco Vázquez no representa, en la
actualidad, la defensa de los valores democráticos que rigen en nuestra sociedad.


El exembajador de España ante el Vaticano y exalcalde de A Coruña también dedicó parte de su entrevista a criticar la Ley de Memoria Histórica, a la que considera un 'revanchismo loco', 'un remedo de la ley de represión del comunismo y la
masonería', sentenciando que 'están haciendo lo mismo que otros hicieron en el 36, intentando ganar la guerra que perdieron sus abuelos'.


Recordemos que Francisco Vázquez es uno de los firmantes del Manifiesto por la Historia y la Libertad de la Fundación Francisco Franco, escrito publicado en marzo de este año que critica la Proposición de Ley de Memoria Histórica del Partido
Socialista, y que según reza en el manifestó, 'tiene la intención de ilegalizar cualquier asociación o fundación que sostenga puntos de vista diversos y plurales' sobre el último siglo. Se refieren a la Comisión de la Verdad como una amenaza a
quienes mantengan 'opiniones divergentes a la verdad única'.


En el año 1985 (Real Decreto 2512/1985, de 23 de diciembre) el Gobierno le concedió a Francisco Vázquez la Cruz del Mérito Naval, condecoración que tiene por objeto recompensar y distinguir individualmente a los miembros de las Fuerzas
Aunadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, por la realización de acciones y hechos o la prestación de servicios de destacado mérito o importancia, así como al personal civil por sus actividades meritorias relacionadas con la Defensa Nacional. Estas
acciones y hechos deberán estar relacionadas con la Armada para su concesión.


Las declaraciones del exembajador de España ante el Vaticano y exalcalde de A Coruña, Francisco Vázquez, en la Cadena Cope, el pasado 31 de octubre de 2018 no solo atentan contra la defensa nacional, sino que también lo hacen contra una de
las integrantes del Gobierno de España, así como también contra la libertad de todas las mujeres y contra los valores democráticos de nuestro país, motivo por el cual, desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem En Marea
solicitamos la retirada de dicha condecoración.



Página 20





Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que proceda a la retirada de la condecoración de Cruz del Mérito Naval a Francisco José Vázquez Vázquez por atentar, con sus declaraciones, contra la dignidad de las mujeres, y contra la
memoria histórica, así como por la falta de respeto a las víctimas del franquismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Hacienda


161/003969


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado don lgnasi Candela Serna (Compromís), presenta, al amparo del artículo 193 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley para establecer una exención
en el IRPF por las ayudas recibidas para la adquisición de viviendas en el barrio de San Antón de Elx, para su debate en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


El histórico barrio de San Antón (Elx), constaba de 15 bloques de edificios, que agrupaban a unas mil viviendas. Debido al estado de deterioro que habían alcanzado los bloques, la rehabilitación se hizo imposible hace ya más de 10 años, por
insuficiente y el alto coste que suponía.


Por ello, el Ayuntamiento de Elx, junto con el Instituto Valenciano de la Vivienda (IWSA), procedió a la construcción de nuevas Viviendas de Protección Oficial (VPO) para los propietarios de los bloques.


Debido a las condiciones económicas de los habitantes de los citados bloques, se establecieron ayudas económicas desde la Generalitat y el Ayuntamiento de Elx, con la que se sufragaron parte de las viviendas.


Debido a la regulación actual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el abandono forzado de las antiguas viviendas y el acceso a las nuevas ha producido en los contribuyentes que han accedido a éstas una ganancia
patrimonial, a la que no pueden hacer frente en la gran mayoría de casos, debido a las bajas rentas que perciben.


Por todo lo expuesto, lgnasi Candela, Diputado de Compromís, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer una exención en la LIRPF para evitar que las ayudas concedidas con el objetivo de adquirir una Vivienda de Protección Oficial en el Barrio de San Antón de Elx como consecuencia del derribo de los bloques deteriorados no
constituya ganancia patrimonial para los contribuyentes.


2. Llegar a un acuerdo con los contribuyentes afectados con el objetivo de que las cantidades a ingresar como consecuencia de las liquidaciones correspondientes a los periodos impositivos afectados por las citadas ganancias patrimoniales
puedan ser aplazadas, en tanto no se resuelva la situación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Ignasi Candela Serna, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 21





161/003970


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su diputada doña Yolanda Díaz Pérez, y a través de su Portavoz, don Antón Gómez-Reino Varela, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del
Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Hacienda, relativa a los ingresos que reciben médicos e instituciones sanitarias del sistema público a través de la industria farmacéutica.


Exposición de motivos


La Patronal del sector farmacéutico, Farmaindustria, adoptó en 1991 como Código Español el Código Europeo de Buenas Prácticas para la Promoción de los Medicamentos, aprobado por la Federación Europea de las Asociaciones e Industria
Farmacéutica (EFPIA). Este Código de Buenas Prácticas ha sido modificado, por última vez, en el año 2016, para adaptarse a las modificaciones normativas y nuevas iniciativas en materia de autorregulación. El Código se aplica a los laboratorios
miembros de Farmaindustria (asociados) y a los que, voluntariamente, se han querido someter a sus preceptos (adheridos).


Según indica Farmaindustria el Código se constituye en pieza clave para garantizar que la información proporcionada en el marco de la promoción de los medicamentos de prescripción es completa, inmediata y veraz, todo ello en beneficio de los
intereses de la Administración Sanitaria, como de la propia industria farmacéutica y en aras de la protección y mejora de la salud pública.


Esta última modificación incluía, como novedad, la obligación a las compañías adscritas a Farmaindustria de publicar anualmente en su página web, y con libre acceso, cualquier transferencia de valor que realicen a profesionales y
organizaciones sanitarias. Con ello, se busca una mayor transparencia para reforzar y potenciar la confianza en el sector farmacéutico y sanitario en su conjunto. Por tanto, la colaboración de los profesionales sanitarios es necesaria y
fundamental para alcanzar este objetivo de transparencia, ya que deben firmar un documento con la autorización para la publicación de estos datos y la forma en que quieren que aparezcan publicados (individual o agregada). Esta publicación engloba
cuatro grandes conceptos: donaciones (en este caso solo se pueden hacer a organizaciones sanitarias, no a personas individuales), apoyo para actividades formativas y reuniones científico-profesionales, retribuciones por servicios profesionales y
colaboraciones en materia de I+D.


Según se desprende de los datos hechos públicos hasta ahora, en el año 2015 los principales laboratorios que operan en España pagaron alrededor de 230 millones de euros a médicos y organizaciones sanitarias entre patrocinios, honorarios,
colaboraciones, viajes y manutención. Las denominadas 'transferencias de valor', el dinero que fluye desde los laboratorios hacia particulares y entidades, fueron de 501 millones en el año 2016 y de 182 millones y medio en el año 2017, últimos
datos publicados hasta la fecha.


Entre los cientos de organizaciones beneficiarias se encuentran sociedades médicas de múltiples especialidades y localizaciones geográficas, fundaciones de hospitales públicos, fundaciones privadas, asociaciones de pacientes, colegios
provinciales de médicos y hasta universidades públicas y privadas.


De hecho, según se desprende de los datos relativos al año 2017, 18 médicos recibieron más de 50.000 euros cada uno de una sola farmacéutica, y la mayoría de ellos ejercen en hospitales públicos o son miembros de la red de expertos de la
Agencia Española de Medicamentos y Productos (AEMPS), la entidad pública encargada de la evaluación, autorización y supervisión de los medicamentos.


La publicación de estos datos ha causado cierto malestar entre algunos sectores médicos, que no quieren que sus relaciones económicas con los laboratorios farmacéuticos puedan ser publicados de manera individual, tal y como han decidido por
unanimidad las compañías farmacéuticas en nuestro país en el año 2018, amparándose en el Reglamento Europeo de Protección de Datos, a pesar de que la publicación de Farmaindustria cuenta con el visto bueno de la Agencia Española de Protección de
Datos. El pronunciamiento de la Agencia Española de Protección de Datos, que antepone el interés general al individual para la publicación de esta información, sostiene que para hacerlo bastará con informar a los profesionales en los contratos o
documentos que formalicen su relación con el laboratorio.


Por el contrario, desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea consideramos que la publicidad de esta información es buena, ya que la publicación y la



Página 22





transparencia pueden evitar, en muchos casos, caer en malas prácticas. De hecho, consideramos que no solo se debe hacer pública la cantidad que se ingresa sino también el concepto por el que se ingresa.


A pesar de que el código de Farmaindustria es un ejercicio de autorregulación de la industria y no una norma emanada desde las administraciones públicas, el artículo 76 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los
medicamentos y productos sanitarios ya establece que 'las ofertas de premios, becas, contribuciones y subvenciones a reuniones, congresos, viajes de estudio y actos similares por cualquier persona, física o jurídica, relacionada con la fabricación,
elaboración, distribución, prescripción y dispensación de medicamentos y productos sanitarios se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente'. El problema surge aquí porque nunca se desarrolló la norma que debía establecer cómo
se tenía que publicar esta información.


Y a esto hay que añadir que estas cantidades que reciben médicos y entidades públicas están, en la actualidad, exentas de tributación tras la modificación aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy a través del Real Decreto 1074/2017, de 29
de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10
de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. Esta modificación se llevó a cabo debido a las presiones del sector médico, tras la publicación de los datos de sus
ingresos por parte de la industria farmacéutica. Así, estos cambios clarificaban que no tiene la consideración de rendimiento del trabajo en especie la participación de los trabajadores sanitarios en cursos de formación financiados por terceros que
comercialicen bienes o servicios para los que sea necesario disponer de una adecuada formación por parte del trabajador.


Hasta ese momento, la Agencia Tributaria mantenía que los médicos debían tributar por IRPF por los congresos a los que asistían invitados por farmacéuticas en concepto de formación como retribuciones en especie, criterio establecido en el
artículo 44 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el artículo primero del Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real
Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de
noviembre, y establecer que los ingresos que tengan los médicos y sanitarios dependientes de la sanidad pública, provenientes de la industria farmacéutica, vuelvan a tributar como renta del trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-Yolanda Díaz Pérez y Ángela Rodríguez Martínez, Diputadas.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Fomento


161/003952


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias de la Diputada doña Alexandra Fernández Gómez, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Fomento relativa a la modificación del proyecto de Estación Intermodal de Ourense.



Página 23





Exposición de motivos


Con fecha del 7 de septiembre de 2018, la Secretaría General de Infraestructuras resolvió aprobar provisionalmente el Estudio Informativo del Proyecto Nueva Estación Intermodal de Ourense, e iniciar el proceso de información pública y
audiencia de administraciones de dicho estudio.


Este Estudio se sometió a información pública por un periodo de 30 días hábiles, durante el cual se podrán formular alegaciones.


Cabe recordar que en junio de 2016 se procedió a la firma del Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Fomento, la Xunta, el ayuntamiento de Ourense y la entidad Adif para el desarrollo de la futura Estación Intermodal de
Ourense y su entorno urbano, cuyas principales finalidades son la promoción del transporte público y la movilidad sostenible, y mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad en el entorno de la estación de tren.


Sin embargo, se considera que el proyecto presentado no cumple con los objetivos establecidos, razón por la que se han presentado una serie de alegaciones. Se argumenta que el plan presentado no mejora la movilidad sustentable de forma
eficiente porque no aporta una salida autónoma a los 261 autobuses diarios previstos. De modo que la congestión de tráfico en el entorno de la estación aumentará más de un 200 % sin que se propongan medidas alternativas a dicho impacto.


En segundo lugar, alegan que el proyecto presentado no mejora la permeabilidad transversal de la ciudad en el entorno de la estación de ferrocarril, profundizando la brecha existente entre los barrios de A Ponte y Plaza de Santa Mariña-Río
Arnoia. En el plan no se liberan espacios fundamentales ocupados por vías o antiguas construcciones en estado de abandono, lo que obliga a situar el cajón ferroviario muy próximo a la Avenida Marín generando unos muros de 9 metros de altura al lado
de estrechos arcenes. Un diseño que sin lugar a dudas tendrá un impacto muy negativo en la calidad de vida.


En tercer lugar, se señala que el plan presentado no mejora la permeabilidad transversal de la ciudad en el entorno de la estación de tren al no liberar espacios actualmente abandonados en el tramo norte de la playa de vías que obligan a que
el vial que conecta con los barrios de A Ponte y Praza de Santa Mariña tenga una pendiente superior al 11 %.


Tal y como señala el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia, la localización de estaciones intermodales deber guiarse 'por una serie de criterios que eviten que su desarrollo influya negativamente en la dinámica urbana, minimice el
impacto ambiental y maximice el aprovechamiento de las ventajas tecnológicas'.


Sin embargo, 'la nueva terminal de autobuses propuesta se ubica en la parte posterior del centro de salud de A Ponte, el cual, y con esta solución, pasará a ejercer la función de isleta-rotonda de la dársena de autobuses de la nueva
estación', indica el Colegio, que advierte que los autobuses entrarán y saldrán de la congestionada calle Eulogio Gómez Franqueira. Por tanto, es previsible que se agraven los problemas de tráfico.


En las alegaciones presentadas se demanda la redefinición y la elaboración de un nuevo Proyecto de Estación Intermodal en Ourense que corrija, modifique y subsane las deficiencias y problemas anteriormente señalados a fin de cumplir con los
cometidos fijados en el Convenio Marco suscrito. Razón por la que se presenta esta


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Fomento a:


1. Modificar el Proyecto Nueva Estación Intermodal de Ourense, sometido a Estudio Informativo por no cumplir con los objetivos fijados en el Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Fomento, la Xunta, el ayuntamiento de Ourense
y la entidad Adif que fija como principal finalidad la promoción del transporte público y la movilidad sostenible, y la mejora de la permeabilidad transversal de la ciudad en el entorno de la estación de tren.


2. A tal fin, tener en consideración las alegaciones presentadas al Proyecto de Estación Intermodal para que se cambien los siguientes aspectos:


A) Mejorar la movilidad sustentable de forma eficiente dado que el plan no aporta una salida autónoma a los 261 autobuses diarios previstos y provocará la congestión de tráfico del entorno.


B) Mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad en el entorno de la estación de tren, evitando que se profundice la brecha entre los barrios de A Ponte y Plaza de Santa Mariña.



Página 24





C) Liberar espacios ocupados por vías o antiguas construcciones en estado de abandono, impidiendo que el cajón ferroviario quede muy próximo a la Avenida Marín puesto que generaría muros de 9 metros de altura al lado de estrechos arcenes.


3. Contemplar un proyecto de Estación Intermodal que se integre plenamente con la ciudad sin que su desarrollo influya de forma negativa en la dinámica urbana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Alexandra Fernández Gómez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003965


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reconstrucción del puente de Cantaracillo (Salamanca), para su
debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


En el año 2013 se decidió derribar un puente en la localidad de Cantaracillo (Salamanca) por estar en mal estado. El puente estaba situado sobre las vías del tren de la línea Salamanca-Ávila y unía ambos lados de un camino que daba acceso a
numerosas parcelas agrícolas.


Esta estructura fue desmontada por la entidad pública empresarial Adif, dependiente del Ministerio de Fomento. Se alegó su mal estado y la posibilidad de representar un importante peligro debido a los desprendimientos que podrían producirse
de no llevarse a cabo el derribo.


El puente formaba parte de una vía pecuaria que facilitaba el acceso a varias parcelas agrícolas del municipio, por lo que el derribo supuso la división de facto de numerosas parcelas llegándose al caso extremo de una de ellas, en la cual el
sistema de riego y acceso al sondeo se encuentra en un lado de la vía y las naves en el otro.


Reconstruir este puente es una necesidad urgente para el municipio de Cantaracillo. Como resultado de su demolición, los vecinos deben dar un rodeo de 21 kilómetros para ir de un lado al otro de la vía en el mismo término municipal.
También es una necesidad acuciante para los agricultores y ganaderos que lo utilizaban y que ahora tienen que dar un rodeo de más de treinta minutos para acceder a sus parcelas.


Adif afirmó en su momento que el puente sobre la vía en Cantaracillo no era seguro y la Subdelegación del Gobierno de Salamanca ejecutó el derribo, si bien también afirmaba que lo reconstruiría considerando su importancia como
infraestructura. Sin embargo la reconstrucción cayó en el olvido y Adif ha evitado pronunciarse en todo momento sobre la cuestión.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas oportunas para proceder a la inmediata reconstrucción del puente de Cantaracillo (Salamanca) y recuperar un paso sobre las vías del tren de la línea Salamanca-Ávila para
facilitar la labor a los agricultores y ganaderos de la zona.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-Eva García Sempere, Diputada.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 25





161/003967


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada doña Yolanda Díaz Pérez, y a través de su Portavoz, don Antón Gómez-Reino Varela, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del
Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Fomento relativa a la ubicación de un nuevo paso de peatones en la F-14, Avenida de As Pías, en Fene (A Coruña) tras la elaboración de los estudios pertinentes.


Exposición de motivos


La Dirección General de Tráfico dio a conocer, el pasado 2 de noviembre, los datos de siniestralidad en las carreteras en Galicia y que elevan a 92 el número de fallecidos en lo que va de año, cuando aún faltan dos meses para finalizar este
trágico año en cuanto al repunte de accidentes de tráfico con resultado de muerte en la comunidad gallega.


Uno de estos accidentes mortales fue un atropello ocurrido el pasado 1 de octubre en la avenida de As Pías, en el Ayuntamiento de Fene, en el punto kilométrico 4,500 de la carretera FE-14. El fallecido había cruzado dos carriles y la
mediana ajardinada por una zona no habilitada para peatones cuando fue arrollado por un turismo.


La zona referida es cruzada a diario por numerosos peatones, a pesar de estar prohibido y del riesgo que supone, ya que la alternativa que tienen es dar un rodeo para utilizar los pasos habilitados.


El Ayuntamiento de Fene ha remitido ya un Informe de la Policía Local a la Demarcación de Carreteras en el que se especifica que el Ministerio de Fomento es el titular de la carretera FE-14. En este escrito se informa de que en la avenida
de As Pías de Fene, de la citada vía, existen tres pasos de peatones: el primero situado en las inmediaciones de la Praza da Igrexa de Fene tomando como sentido de marcha descendente (A Coruña-Ferrol); el segundo de ellos (subterráneo), que no
puede ser usado por personas con movilidad reducida, situado a la altura del p.k. 4+300 de la FE-14; y un tercer paso de peatones situado en las inmediaciones del p.k.-4,00 de la FE-14, que da acceso a la parroquia de San Valentín (Fene).


En el informe remitido a la Demarcación de Carreteras se hace constar que debido a la gran distancia existente entre el primer y el tercer paso de peatones, que son los que pueden ser utilizados por todos los peatones, sería necesaria la
ubicación de tan nuevo paso. En la zona, aparte de gran cantidad de negocios, existe una parada de autobús utilizada por los vecinos de las Calles de O Castro, de O Cruceiro, de A Torre y de Telleiras.


Por este motivo, en el informe se recomienda al Ministerio de Fomento la necesidad de realizar el estudio correspondiente para la ubicación de un paso de peatones, ya sea elevado o paso de peatones regulado por semáforos, para dar servicio a
los usuarios de la vía.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a ubicar un paso de peatones en el cruce de la Avenida de As Pías desde la salida de San Valentín (FE-14 p.k. 4 hasta el PL 4+500. Intersección con la AC-113 y N-651) Plaza da lgrexa, en el
Ayuntamiento de Fene (A Coruña), ya sea un paso elevado o un paso de peatones regulado por semáforos, para dar servicio a los usuarios de la vía, tras la elaboración del estudio e informe previos pertinentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 26





Comisión de Educación y Formación Profesional


161/003980


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada doña Yolanda Díaz Pérez, y a través de su Portavoz don Antón Gómez-Reino Varela, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del
Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional, relativa a la retirada de la condecoración de Gran Cruz de la Orden de Alfonso X el Sabio a Francisco José Vázquez Vázquez.


Exposición de motivos


El exembajador de España en el Vaticano y exalcalde de A Coruña, Francisco José Vázquez Vázquez, en una entrevista concedida a la Cadena COPE, el pasado 31 de octubre de 2018, ha criticado la visita de la Vicepresidenta del Gobierno, Carmen
Calvo, al Vaticano, atacando, entre otras cuestiones, su forma de vestir, calificándola de 'inapropiada', y afirmando que su 'estética era bastante discutible'. Esta actitud hacia la Ministra es un insulto hacia todas las mujeres, ya que atenta
contra la libertad de cualquiera persona a decidir lo que es una indumentaria 'apropiada' y son declaraciones propias de una época pasada, en la que primaba una situación de total opresión hacia las mujeres.


Además, desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem denunciamos estas declaraciones por discriminatorias, y exigimos que una persona que no muestra respecto por la Imitad de la población de este país no debe
representar a España en ningún órgano ni institución pública y, así mismo, le deben ser retiradas las condecoraciones que el Estado y el Gobierno de nuestro país le han concedido en el pasado, ya que Francisco Vázquez no representa, en la
actualidad, la defensa de los valores democráticos que rigen en nuestra sociedad.


El exembajador de España ante el Vaticano y exalcalde de A Coruña también dedicó parte de su entrevista a criticar la Ley de Memoria Histórica, a la que considera un 'revanchismo loco', 'un remedo de la ley de represión del comunismo y la
masonería', sentenciando que 'están haciendo lo mismo que otros hicieron en el 36, intentando ganar la guerra que perdieron sus abuelos'.


Recordemos que Francisco Vázquez es uno de los firmantes del Manifiesto por la Historia y la Libertad de la Fundación Francisco Franco, escrito publicado en marzo de este año que critica la Proposición de Ley de Memoria Histórica del Partido
Socialista, y que según reza en el manifestó, 'tiene la intención de ilegalizar cualquier asociación o fundación que sostenga puntos de vista diversos y plurales' sobre el último siglo. Se refieren a la Comisión de la Verdad como una amenaza a
quienes mantengan 'opiniones divergentes a la verdad única'.


En el año 2005, el Gobierno concedió a Francisco Vázquez la Gran Cruz de la Orden de Alfonso X el Sabio, petición solicitada por los Ministros de Defensa, José Bono, y de Educación, María Jesús San Segundo. La Orden Civil de Alfonso X El
Sabio se destina a premiar a las personas físicas y jurídicas y a las entidades tanto españolas como extranjeras, que se hayan distinguido por los méritos contraídos en los campos de la educación, la ciencia, la cultura, la docencia y la
investigación o que hayan prestado servicios destacados en cualquiera de ellos en España o en el ámbito internacional. En el caso de Francisco Vázquez esta concesión fue fruto del reconocimiento a los diferentes convenios por los Ayuntamientos y el
Ministerio de Defensa tanto para el desarrollo de actividades culturales como de otras actuaciones concretas encaminadas a conseguir la integración de soldados profesionales en las plantillas de las policías municipales. Recordemos que esta
distinción se produce cuando Francisco Vázquez es Presidente de la FEMP.


Las declaraciones del exembajador de España ante el Vaticano, Francisco Vázquez, en la Cadena Cope, el pasado 31 de octubre de 2018 no solo atentan contra una de las integrantes del Gobierno de España, institución que concede este
reconocimiento, sino también contra la libertad de todas las mujeres y contra los propios valores democráticos en nuestro país, motivos por los cuales, desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea solicitamos la
retirada de dicha condecoración.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente



Página 27





Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que proceda a la retirada de la condecoración de Gran Cruz de la Orden de Alfonso X el Sabio a Francisco José Vázquez Vázquez por atentar, con sus declaraciones, contra la dignidad de las
mujeres, y contra la memoria histórica, así como por la falta de respeto a las víctimas del franquismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003986


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, y doña Marta Martín Llaguno, Diputada del mismo Grupo, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley sobre la ordenación curricular, para su discusión en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


A raíz de las propuestas de modificación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa publicadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional el día 7 de noviembre, se ha abierto el debate
sobre la ordenación del sistema educativo y, en concreto, sobre la ordenación de los contenidos curriculares y los estándares evaluables de aprendizaje.


La propuesta realizada por el Gobierno que, de momento, no se ha materializado en una propuesta legislativa concreta, expone los siguientes puntos:


- Eliminar la jerarquía de materias en Primaria y Secundaria Obligatoria (troncales, específicas y de libre configuración autonómica) y sus efectos en la ordenación y evaluación.


- Suprimir los estándares de aprendizaje evaluables y las referencias a la metodología en la parte prescriptiva del currículo, permitiendo así la adaptación del aprendizaje y de su evaluación al contexto.


- Eliminar la enumeración exhaustiva en el texto de la Ley, de todas las materias de cuarto de ESO y Bachillerato, de modo que únicamente se alude a las materias comunes, dejando las demás a regulación posterior y, en el caso de las materias
optativas, de las públicos, los incrementos son mucho mayores. Ha generado, además, un debilitamiento de la necesidad de mantener la relación profesor grupo más de un curso.


- Eliminar las referencias en el currículo a estándares de aprendizaje y metodología, permitiendo la adaptación al contexto del aprendizaje y de su evaluación.


Si con los estándares de aprendizaje ya existían enormes diferencias entre Comunidades Autónomas en relación a la ordenación de los contenidos curriculares puesto que no existía una estructuración de los mismos por cursos, con estas
hipotéticas modificaciones las diferencias van a ser aún más significativas.


Este hecho no solo puede aumentar las diferencias de aprendizaje entre CC.AA., sino que también dificulta la creación de un sistema de evaluación que permita la comparación entre territorios y la identificación de aquellos con mejores
prácticas o de aquellos con mayores necesidades de apoyo y recursos.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar para todo el Estado, y en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, unos estándares evaluables de aprendizaje comunes a todo el territorio, con unos contenidos curriculares mínimos, ordenados por materias y cursos.



Página 28





2. Realizar, a través de la Alta Inspección Educativa del Estado, una supervisión periódica y muestral de la adecuación de los materiales educativos a los contenidos curriculares y los estándares evaluables de aprendizaje.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2018.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


161/003959


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada doña Yolanda Díaz Pérez, y a través de su portavoz, don Antón Gómez-Reino Varela, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del
Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, relativa al cumplimiento, por parte del Gobierno, de la disposición adicional séptima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto,
sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.


Exposición de motivos


La Seguridad Social descansa en una vasta organización administrativa llamada a resolver los problemas que plantean la inscripción de las empresas, la afiliación de los trabajadores, el ingreso de las cotizaciones, el control de los pagos,
el reconocimiento y abono de las prestaciones, la resolución en vía administrativa de los conflictos emanados de la aplicación de las correspondientes normas; en suma, un conjunto de tareas y funciones cuyo desenvolvimiento y ejecución exige o
requiere la presencia de organismos, Entidades y Servicios Comunes.


La disposición adicional séptima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social acoge un cambio institucional en la organización gestora de la Seguridad Social, que se
enmarca en las orientaciones de la Recomendación octava del Pacto de Toledo respecto de la relación existente entre la eficacia y legitimidad de los mecanismos de protección social y una gestión que responda adecuadamente, con agilidad y de forma
simplificada, a las demandas de los ciudadanos. Por ese motivo la Ley autoriza al Gobierno para crear la Agencia Estatal de la Administración de la Seguridad Social, cuyo objeto es llevar a cabo, en nombre y por cuenta del Estado, la gestión y
demás actos de aplicación efectiva del sistema de la Seguridad Social, así como aquellas otras funciones que se le encomienden, integrándose en la mismas las funciones relativas a la afiliación, cotización, recaudación, pago y gestión de las
prestaciones económicas, salvo las correspondientes a la cobertura de desempleo.


Es cierto que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece un nuevo ordenamiento del sector público que supone la extinción de las Agencias Estatales. Ya en la exposición
de motivos se habla de que la reforma para instaurar la Agencia como nuevo modelo de ente público nació con una eficacia limitada, y que después de seis años de vigencia, su desarrollo posterior ha sido muy limitado, con unas medidas de control de
gasto público que han neutralizado la pretensión de dotar a las agencias de mayor autonomía financiera.


De esta forma, se establece una nueva clasificación del sector público estatal reducido a los siguientes tipos:


- Organismos públicos, que incluyen los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales.


- Autoridades administrativas independientes, sociedades mercantiles estatales, consorcios, fundaciones del sector público y fondos sin personalidad jurídica.



Página 29





Por otra parte, en la disposición derogatoria única, se deroga la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, estableciéndose un plazo de tres años para su transformación o extinción como
agencias según disposición adicional cuarta.


Sin embargo, sigue siendo necesaria la constitución y entrada en funcionamiento de un organismo público que englobe la Administración de la Seguridad Social se produciría con la aprobación de su Estatuto por Real Decreto acordado en Consejo
de Ministros y adoptado a propuesta conjunta de varios Ministerios, previa negociación con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Y se integrarían en la misma las siguientes Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la
Seguridad Social, así como su personal y funciones: el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina, en aquellos ámbitos que se correspondan con las funciones de Seguridad Social inherentes a la gestión del Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia de informática de la Seguridad Social y el Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.


La cuestión es que siete años después de la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, aún no se ha creado un organismo público que aglutine las
distintas partes o materias que componen el armazón de todo el Sistema de Seguridad Social: la gestión, el campo de aplicación, la financiación y la acción protectora.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Crear un organismo público que aglutine la Administración de la Seguridad Social, con la naturaleza de organismo autónomo, para la mejora de los servicios públicos cuyo objeto es llevar a cabo, en nombre y por cuenta del Estado, la gestión y
demás actos de aplicación efectiva del sistema de la Seguridad Social, así como aquellas otras funciones que se le encomienden, tal y como dispone la Disposición Adicional Séptima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y
modernización del sistema de Seguridad Social.


Aprobar su Estatuto por Real Decreto acordado en Consejo de Ministros y adoptado a propuesta conjunta de los Ministerios de Política Territorial y Función Pública, de Economía y Empresa, de Hacienda y de Trabajo, Migraciones y Seguridad
Social, previa negociación con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/003985


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a programar un
'Congreso Nacional de Destinos Turísticos Inteligentes', para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


El proyecto de Destinos Turísticos Inteligentes es una de las medidas recogidas en el Plan Nacional e Integral de Turismo (PNIT) 2012-2015, impulsado por la Secretaría de Estado de Turismo y gestionado por la Sociedad Estatal para la Gestión
de la Innovación y las Tecnologías Turísticas (SEGITTUR).



Página 30





El objetivo de este proyecto es mejorar el posicionamiento de España como destino turístico mundial, buscando nuevos mecanismos para impulsar la innovación en los destinos, con el despliegue y desarrollo de las TICS, de forma que se puedan
crear servicios diferenciales y altamente competitivos. Asimismo, se persigue crear un marco homogéneo que establezca los requisitos mínimos para clasificar los destinos turísticos como 'Destinos Inteligentes' de forma alineada a las tendencias de
las Ciudades Inteligentes.


Un destino turístico inteligente es un destino turístico innovador, consolidado sobre una infraestructura tecnológica de vanguardia, que garantice el desarrollo sostenible del territorio turístico, accesible para todos, que facilite la
interacción e integración del visitante con el entorno e incremente la calidad de su experiencia en el destino, a la vez que mejore la calidad de vida del residente.


La consecuencia de la reconversión es la estimulación y el incremento de la competitividad a través de la capacidad innovadora, que repercute en una mejora de la percepción del destino, generando márgenes superiores de la calidad de vida de
los residentes.


El hecho de convertirse en un DTI supone el establecimiento de una estrategia de revalorización del destino que permitirá aumentar su competitividad, mediante un mejor aprovechamiento de sus atractivos naturales y culturales, la creación de
otros recursos innovadores, la mejora en la eficiencia de los procesos de producción y distribución que finalmente impulse el desarrollo sostenible y facilite la interacción del visitante con el destino.


El pasado 19 de febrero de 2018, el alcalde de la ciudad de Almería y el entonces ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, don Alvaro Nadal, firmaron un convenio para llevar a cabo el desarrollo conjunto del proyecto 'Sistema de
Inteligencia Turístico', siendo esta la primera ciudad española en adquirir dicho compromiso. Unos meses después, el 26 de abril de 2018, el alcalde del municipio de El Ejido (Almería), firmó un convenio similar con el Ministerio. Por último, el
pasado 11 de octubre fue el municipio de Roquetas de Mar (Almería) el siguiente en rubricar con la actual Ministra de Industria, Turismo y Comercio dicho convenio, convirtiendo así a la provincia de Almería en referente para los municipios que se
sumaron posteriormente a este reto de aplicar las TIC al turismo.


Dada la transcendencia de esta iniciativa para la industria del turismo y conscientes de su importancia tanto en la actualidad como en el futuro, sería muy positivo la realización de un 'Congreso Nacional de Destinos Turísticos
Inteligentes', en el que se den cita todos los ayuntamientos que están trabajando en este proyecto, así como aquellos otros que se interesen o puedan acercarse al mismo.


Por otro lado y teniendo en cuenta el anuncio que la Ministra hizo en la '2nd UNWTO World Conference o Smart Destinations' sobre la puesta en marcha de la 'RED de DTI' en Oviedo el pasado 25 de junio, con mayor motivo creemos en la
oportunidad de ese Congreso Nacional donde se presente dicha iniciativa.


Es una realidad que la Provincia de Almería lleva años trabajando en proyectos de DTI desde las Áreas de Turismo correspondientes, que es pionera en esta materia y que ha dejado más que patente su interés en la aplicación de las TIC
vinculadas al turismo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a programar un 'Congreso Nacional de Destinos Turísticos Inteligentes', como herramienta de información y trabajo entre las ciudades interesadas; facilitar la participación de aquellas
administraciones que sean fuentes de información del DTI y que dicho Congreso se desarrolle en la Provincia de Almería.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-María del Carmen Navarro Cruz, Diputada.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 31





Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/003961


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para impulsar la renovación de la
flota pesquera en España, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Según datos de la Estadística de la Flota Pesquera, el número de buques pesqueros, en el conjunto de las artes, que superan los cuarenta años de antigüedad es de 2.675 embarcaciones, sobre un censo total de 9.146, lo que representa el 29 %
del total de la flota. No es de extrañar que la edad media de nuestra flota sea de 32 años.


Si nos centramos en las artes menores el envejecimiento es más acuciante. 2.528 buques con más de cuarenta años, de un total de 7.106 buques, con una edad media de 35 años.


Esta elevada edad de la flota justifica plantear estrategias de renovación que impliquen disponer de embarcaciones más modernas, con mejores tecnologías, más eficientes y competitivas, a la vez que proporcionan una mayor seguridad de los
pescadores.


Algunas potencias pesqueras de nuestro entorno llevan años acometiendo planes de transformación de sus flotas, apoyados en mayor o menor medida por sus respectivos gobiernos.


Pese a que los Fondos Comunitarios son incompatibles con algunos aspectos de la renovación de flota, como un incremento de la capacidad de capturas de las embarcaciones o el aumento de la potencia de los motores, existen mecanismos para
marcar la senda adecuada.


El anterior Gobierno del Partido Popular vino trabajando en la elaboración y puesta en marcha de diferentes herramientas y mecanismos con su correspondiente respaldo presupuestario, tanto mediante convenios con el Instituto de Crédito
Oficial (ICO) como a través de la Estrategia de Crecimiento Azul.


Por estos motivos, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a articular las medidas necesarias para facilitar la necesaria renovación de la flota pesquera, entre las que se contemplen las líneas de avales con Sociedad Estatal SAECA, constitución de una
línea global de financiación con el ICO, su dotación presupuestaria y los fondos de inversión.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Joaquín María García Díez, Diputado.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003964


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a las principales líneas de
seguros agrarios con deficiencias en la provincia de Cádiz, para su debate en Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Las principales líneas de seguros agrarios en la provincia de Cádiz no son eficaces debido a los desajustes que se produce en la normativa que los regula. La línea 322 relativa al seguro de explotaciones de producción tropicales y
subtropicales es una de las afectadas. El cultivo del aguacate está extendido y



Página 32





asentado en la zona, incrementándose el número de plantaciones anualmente en detrimento de la de cítricos, dada la rentabilidad del producto. Según queda reflejado en el Anexo IV de las condiciones especiales del seguro, referente al ámbito
con cobertura de helada para aguacate y mango, la misma solo se cubriría en algunos polígonos y parcelas de los términos municipales de las provincias de Granada y Málaga, quedando sin cubrir dicho riesgo en los términos municipales con producciones
de esta línea en la provincia de Cádiz.


En relación con la línea 309 relativa al seguro de cultivos herbáceos, la misma no es objeto de contratación en la comarca del Campo de Gibraltar a pesar de serio en el resto de las comarcas de la provincia. Se da el caso de que los
rendimientos que aplica ENESA para la zona están muy por debajo de la realidad cosechada estadísticamente y la solución que se da a los agricultores es la de ir aumentando estos en la sucesivas contrataciones.


Por otro lado en relación con la línea 312 relativa al seguro de uva de vinificación se aprecia una bajada paulatina en la contratación del mismo a través de los años, siendo la provincia de Córdoba la única que sigue suscribiendo pólizas
aunque también se aprecia una bajada de esta contratación progresivamente.


Analizando este seguro llegamos a la conclusión de que los riesgos cubiertos por la línea son estadísticamente bajos en la mayoría de las provincias andaluzas y es en Córdoba donde debido al riesgo de heladas se destaca la contratación.
Otro aspecto negativo para la contratación radica en que los rendimientos estima en esa para el Marco están muy por debajo de una mala cosecha en la zona. Finalmente, la línea 410 relativa al seguro de compensación por pérdida de pastos, en cuanto
a seguro pecuario, compensa la pérdida de pastos por sequía. Era una línea con una contratación aceptable en nuestra provincia y paulatinamente se ha dejado de contratar. El asegurado no quiere contratar un seguro que en años ganaderos complicados
no les ha dado cobertura pero es que además a pesar de haber corregido en parte los errores que arrojaba el satélite que detecta si hay sequía o no, todavía hay desajustes y nos encontramos con años donde en determinadas comarcas hay sequía extrema
y el satélite no lo determina así.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Incluir la helada en la línea 322 relativa al seguro de explotaciones de producción tropicales y subtropicales, como riesgo asegurable en la provincia de Cádiz y, además, revisar al alza los rendimientos máximos asegurables.


- Revisar al alza, en relación con la línea 309 relativa al seguro de cultivos herbáceos, los rendimientos máximos asegurables, equiparando los mismos.


- Reducir el precio en cuanto a la prima que pagan los agricultores en el seguro de uva de vinificación (línea 312) al ser una zona de bajo riesgo.


- En relación con la línea 312, revisar al alza los rendimientos máximos asegurables ya que no se ajustan a la realidad de la zona.


- En relación con la línea tres 410 relativa al seguro de compensación por pérdida de pastos, revisar el sistema de detección del grado de sequía que arroja el satélite.


- Revisar también la línea de seguro 410 en su totalidad para adaptarla más adecuadamente a las condiciones reales de cada zona.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-María José García-Pelayo Jurado, Diputada.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 33





Comisión de Transición Ecológica


161/003958


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate en la Comisión de Transición Ecológica, relativa a la establecer criterios tasados para la consideración de personas electrodependientes en la normativa eléctrica.


Exposición de motivos


Los objetivos comunes de protección de los consumidores del sector eléctrico, seguridad del suministro, protección del medio ambiente y niveles equivalentes de competencia en todos los Estados miembros se encuentran recogidos en la Directiva
2009/72/CE del Parlamento europeo y del Consejo. Entre otros aspectos, define las obligaciones de servicio universal y los derechos de las personas consumidoras de electricidad. En su desarrollo se explicita la protección a las personas
vulnerables, así como las obligaciones de servicio público y la importancia de la necesidad de definición del cliente vulnerable y de las personas que necesiten del suministro eléctrico por su relación de dependencia con el mismo.


El reciente Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, no incorpora las principales necesidades para dotar de protección a las personas en situación de
vulnerabilidad y reincide en muchas de las deficiencias que se contenían en la regulación previa del bono social eléctrico. Sin duda, la situación actual habría requerido que se propusieran medidas de mayor magnitud, con incidencia directa e
inmediata, ya desarrolladas y articuladas en numerosas ocasiones por parte de la propia sociedad civil.


Una iniciativa que deberá ser mejorada en los próximos meses, tal y como se establece en su artículo 1, que configura la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética como un instrumento que permita abordar el fenómeno de la pobreza
energética desde una perspectiva integral y con visión de largo plazo. Según indica el propio artículo, mediante esta Estrategia se realizará un diagnóstico y caracterización del problema, se diseñarán indicadores oficiales de medición, se
establecerán objetivos de reducción de la pobreza energética en un horizonte a medio y largo plazo y se propondrán medidas concretas para la consecución de dichos objetivos, así como sus vías de financiación.


La situación de emergencia social a las puertas del invierno exige acortar el plazo de seis meses establecido en el Real Decreto-Ley, y para ello se debería poner en marcha y sin demora los mecanismos necesarios para la elaboración de la
Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética. En dicha Estrategia deberían participar, en todo caso, tanto los agentes y colectivos sociales afectados como los Grupos Parlamentarios con representación en el Congreso de los Diputados. El fin de
los trabajos debería constituir un acuerdo por el cual las personas en situación de vulnerabilidad tengan garantizados unos derechos básicos y deberá pivotar sobre la garantía de que ninguna persona en situación de vulnerabilidad verá interrumpidos
sus suministros energéticos básicos mediante la presunción de su situación de vulnerabilidad, enunciada por el principio de precaución.


La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en su artículo 45 regula la condición de consumidores vulnerables. Igualmente, regula las condiciones en las cuales no podrá ser suspendido el suministro en dichos supuestos, más
concretamente en su artículo 52. Todo ello, en consonancia con la Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009 en la que se impelía a los Estados miembros a adoptar medidas que protejan a los consumidores
vulnerables.


En este contexto, resulta llamativa la falta de concreción de la figura de la persona electrodependiente. La definición recogida en el artículo 52.4.i) de la Ley 24/2013 del Sector eléctrico es la más aproximada hasta la fecha. Según la
misma, tendrán la consideración de electrodependientes los casos: '[...] en los que exista constancia documental formalizada por personal médico de que el suministro de energía eléctrica es imprescindible para la alimentación de un equipo médico
que resulte indispensable para mantener con vida a una persona [...] en su vivienda habitual'.



Página 34





La garantía de suministro para las personas que se encuentren en situación de dependencia, pasa tanto por la red de distribución eléctrica española (ya que las distribuidoras eléctricas son las competentes según el artículo 85 y del artículo
86 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, para suspender el suministro a tarifa por impago), y el de suministros a los consumidores y sujetos cualificados, como por la comercializadora que tenga el contrato activo del punto de suministro,
dado que son estas las que emiten la solicitud de interrupción del suministro. Por todo ello, ambos segmentos del sector eléctrico están obligados a garantizar el acceso a la energía en las condiciones descritas por la normativa vigente.


La pobreza energética tiene en cuenta factores personales, materiales y de otra índole, aproximándose a una definición amplia que permite incorporar a todas aquellas personas que tengan que destinar una parte eminentemente alta de su renta
disponible para poder disponer de un consumo energético necesario que conduzca a la exclusión definida actualmente como vulnerabilidad energética. Las consecuencias de la misma han derivado en los últimos años a una mayor tasa de mortalidad, con
especial incidencia durante los inviernos como el que afrontaremos en los próximos meses. Los efectos diarios sobre la salud han sido recogidos en diferentes estudios, como el de Ilaria Geddes) 'The health impacts of Cold Housing and Fuel Poverty'
o el Marmot Review Team, 2011. La exposición a temperaturas bajas, ocasiona desde problemas respiratorios acentuados en el caso de los menores hasta problemas cardiovasculares, y así ha quedado recogido en los estudios publicados por la Asociación
de Ciencias Ambientales.


La dependencia energética incluye, a diferencia de la vulnerabilidad energética, y como ha sido señalado previamente, a las personas que necesitan equipos médicos indispensables para que sus condiciones de salud no se vean afectadas. La
definición de cuáles son los dependientes energéticos que podrían, según criterios médicos, tener tal condición, está pendiente de ser especificada, y dada la importancia y el mandato presente tanto en la Directiva como en la Ley vigente, ha de ser
explicitado sin dilación.


La garantía de suministro para las personas que se encuentren en situación de dependencia debe incluir a todas las personas que necesitan equipos médicos indispensables para que sus condiciones de salud no se vean afectadas. Entre los
aerosoles, los trastornos del sueño, la hemodiálisis, las sillas que permiten la movilidad eléctrica en los casos en los que la persona sea la única que habita el domicilio o las terapias. Así como los suministros para las personas afectadas con
condiciones que precisan, para su tratamiento, dispositivos con conexión eléctrica, con necesidades complejas de atención que sufrirían un agravamiento en sus patologías en casos de exposición al frío o al calor.


La verificación y catalogación de los casos de dependencia requiere por tanto una catalogación detallada sobre los supuestos médicos bajo los que las personas tienen la consideración de electrodependientes. Ello requiere modificaciones que
introduzcan con claridad en la normativa del sector eléctrico, el papel de cada actor en la detección, catalogación y protección de dichas personas. Siendo del mismo modo necesario y con independencia de estas modificaciones, que se establezcan
protocolos de alertas proactivas para la detección e información a las potenciales beneficiarias de esa especial protección.


El objetivo es asegurar el suministro eléctrico a las personas con necesidad, respetando el espíritu de lo dispuesto en el artículo 52.4.i) de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. Para su plasmación efectiva entre todas las personas que
tengan acceso a tal condición, requerirá la extensión de protocolos de dependencia energética y salud, así como la proliferación de puntos de asesoramiento energético como los existentes en el Ayuntamiento de Barcelona, por todo el territorio.


Por todo ello, la vía abierta por el Ayuntamiento de Barcelona debe ser continuada no solo por el resto de ayuntamientos, sino también impulsada por el Gobierno, para de este modo lograr que las personas interesadas puedan asesorarse sobre
los derechos energéticos a los que pueden acogerse, entre los que se encontrará la garantía de suministro de todas las personas que tengan la consideración de electrodependientes. Resulta necesario que con la voluntad de proteger a la población se
definan dichos criterios sanitarios de dependencia energética previendo que las personas con una situación más frágil vivan en una situación de seguridad para su salud.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Crear una reglamentación que regule un certificado de dependencia energética relacionada con la salud, y que establezca los supuestos que tengan la consideración de personas electrodependientes



Página 35





descritos en el artículo 52.4.i) de la Ley 24/2013 del Sector eléctrico, que tienen consideración de suministros esenciales y a los que en ningún caso podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica a aquellas instalaciones cuyos
servicios hayan sido declarados como esenciales de conformidad con esta ley. Supuestos que recojan al menos los siguientes supuestos:


a) Personas con enfermedades crónicas que puedan ver agravadas sus enfermedades en situación de frío o calor extremo recurrente en su domicilio.


b) Personas con condiciones crónicas que precisen para su tratamiento dispositivos con conexión eléctrica, cualesquiera que estas fueran.


c) Personas en situación de dependencia que requieran aparatos de ayuda en actividades de la vida diaria y movilidad, requiriendo estas el suministro eléctrico en su domicilio.


d) Personas afectadas por condiciones crónicas que necesiten tratamiento alargado con fármacos termolábiles que requieran conservación en equipos de refrigeración.


2. Garantizar el despliegue de la legislación en materia de pobreza energética y la protección efectiva de aquellas personas que dispongan del certificado de dependencia energética, a través de un apoyo efectivo a las administraciones
públicas y servicios sociales dependientes de las mismas que presten asesoramiento en puntos de atención para las personas que se interesen por sus derechos energéticos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Josep Vendrell Gardeñes y Lucía Martín González, Portavoces del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Cultura y Deporte


161/003962


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la conservación y puesta en
valor del yacimiento arqueológico de La Almoloya, Región de Murcia, para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


El Gobierno regional de Murcia aprobó el 17 de enero de 2018, a propuesta de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, la declaración como bien de interés cultural (BIC), con categoría de zona arqueológica, del yacimiento de La
Almoloya, Región de Murcia, así como su delimitación.


Se trata de un emplazamiento estratégico privilegiado que favoreció su ocupación durante más de 600 años, entre 2200 y 1550 a.C. Los arqueólogos afirman que es la primera vez que se constata la existencia de un recinto tan antiguo
especializado en el ejercicio del gobierno en Europa occidental, desde el que se regiría la vida de muchas otras comunidades de la región. Destacan el hecho de que, alrededor de la misma época, solo las grandes civilizaciones orientales presentaban
construcciones equiparables en estructura y función. Se estima por los investigadores que constituye además el primer recinto específicamente político y permanente en la prehistoria de la Europa continental.


Los resultados obtenidos durante las campañas de excavaciones de 2013 y 2014 realizados por la Universidad Autónoma de Barcelona rebasaron las perspectivas más optimistas. Se excavaron tres complejos arquitectónicos diferenciados,
compuestos por varias estancias. Fruto de las excavaciones llevadas a cabo se han hallado decenas de tumbas, la mayoría provistas de ofrendas. En los años 2016 y 2017 se han continuado con trabajos de consolidación, conservación y limpieza que
debe seguir siendo impulsados.



Página 36





Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar la conservación y preservación arqueológica y puesta en valor de La Almoloya, en la Región de Murcia, y, en su caso, en el marco de la correspondiente convocatoria con cargo al 1,5 %
cultural con el objetivo de seguir avanzando en el conocimiento de la prehistoria del occidente europeo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-María Dolores Bolarín Sánchez, Diputada.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003972


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada doña Marta Sorlí Fresquet, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para que se
retire la llamada 'Cruz de los caídos' del Parque Ribalta de Castelló en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, de Memoria Histórica es muy clara cuando ordena, en su artículo 15, que 'las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos,
insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o
ayudas públicas'.


En el caso de la localidad de Castelló de la Plana, el Parque Ribalta alberga el monumento de la Cruz de los Caídos. Este monumento se alzó en el parque en 1944 'a los caídos por Dios y por España. Presente!' tras la Guerra Civil, símbolo
de exaltación de la dictadura franquista y del terror. La Corporación municipal, a través de la Concejalía de Cultura, solicitó un informe el pasado año al Comité Técnico de Expertos para la valoración de la retirada de los vestigios relativos a la
Guerra Civil y la dictadura en la Comunitat Valenciana, órgano adscrito y dependiente de la Consellería de Justicia y de Reformas Democráticas de la Generalitat Valenciana, constituido el 14 de marzo de 2016, para estudiar si procede la eliminación
de dicho monumento, a fin de dar cumplimiento a la Ley 52/2007 de 26 de diciembre, de Memoria Histórica.


En contestación a la consulta enviada, el informe del Director General de Reformas Democráticas de la Generalitat Valenciana, José García Añón, firmado el 31 de julio de 2017, respondía así:


'En la reunión de la Comisión Técnica de Coordinación para la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la dictadura en el ámbito de la Comunidad Valenciana, celebrada el 27 de julio de 2017, se acordó, después de
considerar el parecer del Comité Técnico de Expertos para la valoración de la retirada de vestigios relativos a la Guerra Civil y la dictadura a la Comunidad Valenciana y la de los supuestos determinantes de excepcionalidad, les trasladamos las
siguientes consideraciones:


1. Esta cruz se erigió por acuerdo del Ayuntamiento en 1944, dedicándose a los 'caídos por Dios y por España'. Por tanto, en su origen claramente fue un monumento de exaltación de la Guerra Civil y de la dictadura.


2. En 1979 el símbolo fue resignificado, eliminándose los elementos de exaltación y dedicándose 'a las víctimas de la violencia'.


3. No obstante lo anterior, según el informe del Comité Técnico de Expertos en su sesión del 27 de junio de 2017, el monumento seguiría siendo en la actualidad un signo de exaltación de la Guerra Civil y de la dictadura, por ser punto de
concentración para la exaltación del franquismo en fechas concretas.


4. Así mismo, el Comité Técnico de Expertos considera que la cruz no constituye un lugar de historia y que tampoco tiene un valor artístico.



Página 37





5. El elemento en cuestión es un añadido artificial a un parque con una clara estructura y disposición de mediados del siglo XIX (M.a Teresa Santamaría, 'El parque de Ribalta') declarado Bien de Interés Cultural, por lo que cualquier
actuación a realizar en ese ámbito tendrá que ser autorizada por la materia competente en materia de patrimonio cultural.


Visto lo anterior, se considera que no concurre ninguna de las causas de excepcionalidad del artículo 15 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la cual se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de los que sufrieron
persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.


Por tanto, en el caso que por parte del Ayuntamiento (de Castelló) se constata fehacientemente que perviven manifestaciones y concentraciones de exaltación del régimen franquista, se recomienda su retirada.'


En vista de que en dicho informe se hace referencia a una reunión celebrada el 27 de junio de 2017 por el Comité Técnico de Expertos, la Concejalía de Cultura solicitó el acta de dicha reunión, donde literalmente expone en su punto número 2:


'1. Esta cruz se erigió por acuerdo del Ayuntamiento en 1944, dedicándose a los 'caídos por Dios y por España'. Por tanto, en su origen claramente fue un monumento de exaltación de la Guerra Civil y de la dictadura.


2. En 1979 el símbolo fue rectificado, eliminándose los elementos de exaltación y dedicándose 'a las víctimas de la violencia'.


3. No obstante lo anterior, según el informe del Comité Técnico de Expertos en su sesión del 27 de junio de 2017, el monumento seguiría siendo en la actualidad un signo de exaltación de la Guerra Civil y de la dictadura, por ser punto de
concentración para la exaltación del franquismo en fechas concretas.


4. Así mismo, el Comité Técnico de Expertos considera que la cruz no constituye un lugar de historia y que tampoco tiene un valor artístico.


5. El elemento en cuestión es un añadido artificial a un parque con una clara estructura y disposición de mediados del siglo XIX (M.a Teresa Santamaría, 'El parque de Ribalta') declarado Bien de Interés Cultural, por lo que cualquier
actuación a realizar en ese ámbito tendrá que ser autorizada por la materia competente en materia de patrimonio cultural.


Visto lo anterior, se concluye que no concurre ninguna de las causas de excepcionalidad del artículo 15 de la Ley 52/2007, pudiendo actuar el Ayuntamiento en consecuencia.'


Manifestándose en este momento una discrepancia en el seno del equipo de gobierno sobre la aplicación de la Ley 52/2007 de Memoria Histórica sobre la retirada de la Cruz de los Caídos en el Parque Ribalta de Castelló.


El Grupo Parlamentario Mixto presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a:


1. Ordenar al Ayuntamiento de Castelló de la Plana a retirar la llamada 'Cruz de los Caídos' del Parque de Ribalta, en cumplimento de la Ley de Memoria Histórica 52/2007, de 26 de diciembre, por ser un símbolo de exaltación de la Guerra
Civil y de la dictadura franquista, como así lo señala el informe del Comité Técnico de Expertos para la valoración de la retirada de los vestigios relativos a la Guerra Civil y la dictadura en la Comunitat Valenciana, dado que no incurre en ninguna
de las excepciones que plantea dicha Ley.


2. Trasladar al Ayuntamiento de Castelló de la Plana el obligatorio cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica, pues el cumplimiento de la legalidad no es una cuestión de arbitrariedad individual.


3. Comunicar este acuerdo a la Conselleria de Justicia i de Reformes Democràtiques de la Generalitat Valenciana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de noviembre de 2018.-Marta Sorlí Fresquet, Diputada.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 38





Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/003966


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de sus Diputadas doña Yolanda Díaz Pérez y doña Ángela Rodríguez Martínez, y a través de su Portavoz, don Antón Gómez-Reino Varela, conforme recoge el
artículo 193 del Reglamento del Congreso, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, relativa a la publicación de los ingresos recibidos por cualquier persona, física o jurídica,
relacionada con la fabricación, elaboración, distribución, prescripción y dispensación de medicamentos y productos sanitarios.


Exposición de motivos


La Patronal del sector farmacéutico, Farmaindustria, adoptó en 1991 como Código Español el Código Europeo de Buenas Prácticas para la Promoción de los Medicamentos, aprobado por la Federación Europea de las Asociaciones e Industria
Farmacéutica (EFPIA). Este Código de Buenas Prácticas ha sido modificado, por última vez, en el año 2016, para adaptarse a las modificaciones normativas y nuevas iniciativas en materia de autorregulación. El Código se aplica a los laboratorios
miembros de Farmaindustria (asociados) y a los que, voluntariamente, se han querido someter a sus preceptos (adheridos).


Según indica Farmaindustria el Código se constituye en pieza clave para garantizar que la información proporcionada en el marco de la promoción de los medicamentos de prescripción es completa, inmediata y veraz, todo ello en beneficio de los
intereses de la Administración Sanitaria, como de la propia industria farmacéutica y en aras de la protección y mejora de la salud pública.


Esta última modificación incluía, como novedad, la obligación a las compañías adscritas a Farmaindustria de publicar anualmente en su página web, y con libre acceso, cualquier transferencia de valor que realicen a profesionales y
organizaciones sanitarias. Con ello, se busca una mayor transparencia para reforzar y potenciar la confianza en el sector farmacéutico y sanitario en su conjunto. Por tanto, la colaboración de los profesionales sanitarios es necesaria y
fundamental para alcanzar este objetivo de transparencia, ya que deben firmar un documento con la autorización para la publicación de estos datos y la forma en que quieren que aparezcan publicados (individual o agregada). Esta publicación engloba
cuatro grandes conceptos: donaciones (en este caso solo se pueden hacer a organizaciones sanitarias, no a personas individuales), apoyo para actividades formativas y reuniones científico-profesionales, retribuciones por servicios profesionales y
colaboraciones en materia de I+D.


Según se desprende de los datos hechos públicos hasta ahora, en el año 2015 los principales laboratorios que operan en España pagaron alrededor de 230 millones de euros a médicos y organizaciones sanitarias entre patrocinios, honorarios,
colaboraciones, viajes y manutención. Las denominadas 'transferencias de valor', el dinero que fluye desde los laboratorios hacia particulares y entidades, fueron de 501 millones en el año 2016 y de 182 millones y medio en el año 2017, últimos
datos publicados hasta la fecha.


Entre los cientos de organizaciones beneficiarias se encuentran sociedades médicas de múltiples especialidades y localizaciones geográficas, fundaciones de hospitales públicos, fundaciones privadas, asociaciones de pacientes, colegios
provinciales de médicos y hasta universidades públicas y privadas.


De hecho, según se desprende de los datos relativos al año 2017, 18 médicos recibieron más de 50.000 euros cada uno de una sola farmacéutica, y la mayoría de ellos ejercen en hospitales públicos o son miembros de la red de expertos de la
Agencia Española de Medicamentos y Productos (AEMPS), la entidad pública encargada de la evaluación, autorización y supervisión de los medicamentos.


La publicación de estos datos ha causado cierto malestar entre algunos sectores médicos, que no quieren que sus relaciones económicas con los laboratorios farmacéuticos puedan ser publicados de manera individual, tal y como han decidido por
unanimidad las compañías farmacéuticas en nuestro país en el año 2018, amparándose en el Reglamento Europeo de Protección de Datos, a pesar de que la publicación de Farmaindustria cuenta con el visto bueno de la Agencia Española de Protección de
Datos. El pronunciamiento de la Agencia Española de Protección de Datos, que antepone el interés general al individual para la publicación de esta información, sostiene que para hacerlo bastará con informar a los profesionales en los contratos o
documentos que formalicen su relación con el laboratorio.



Página 39





Por el contrario, desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea consideramos que la publicidad de esta información es buena, ya que la publicación y la transparencia pueden evitar, en muchos casos, caer en
malas prácticas. De hecho, consideramos que no solo se debe hacer pública la cantidad que se ingresa sino también el concepto por el que se ingresa.


A pesar de que el código de Farmaindustria es un ejercido de autorregulación de la industria y no una norma emanada desde las administraciones públicas, el artículo 76 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los
medicamentos y productos sanitarios ya establece que 'las ofertas de premios, becas, contribuciones y subvenciones a reuniones, congresos, viajes de estudio y actos similares por cualquier persona, física o jurídica, relacionada con la fabricación,
elaboración, distribución, prescripción y dispensación de medicamentos y productos sanitarios se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente'. El problema surge aquí porque nunca se desarrolló la norma que debía establecer cómo
se tenía que publicar esta información.


Y a esto hay que añadir que estas cantidades que reciben médicos y entidades públicas están, en la actualidad, exentas de tributación tras la modificación aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy a través del Real Decreto 1074/2017, de 29
de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10
de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. Esta modificación se llevó a cabo debido a las presiones del sector médico, tras la publicación de los datos de sus
ingresos por parte de la industria farmacéutica. Así, estos cambios clarificaban que no tiene la consideración de rendimiento del trabajo en especie la participación de los trabajadores sanitarios en cursos de formación financiados por terceros que
comercialicen bienes o servicios para los que sea necesario disponer de una adecuada formación por parte del trabajador.


Hasta ese momento, la Agencia Tributaria mantenía que los médicos debían tributar por IRPF por los congresos a los que asistían invitados por farmacéuticas en concepto de formación como retribuciones en especie, criterio establecido en el
artículo 44 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Redactar y aprobar una normativa que, en cumplimiento del artículo 76 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios determine que se hagan públicas las ofertas de premios, becas,
contribuciones y subvenciones a reuniones, congresos, viajes de estudio y actos similares por cualquier persona, física o jurídica, relacionada con la fabricación, elaboración, distribución, prescripción y dispensación de medicamentos y productos
sanitarios, cuando sus destinatarios sean profesionales sanitarios o las entidades en que se asocian.


- Llevar al Consejo Interterritorial del SNS una estrategia de formación continuada para los profesionales sanitarios que objetive la información impartida por la Industria Farmacéutica.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-Yolanda Díaz Pérez y Ángela Rodríguez Martínez, Diputadas.-Antonio Gómez-Reino Varela, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003971


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada Marta Sorlí Fresquet, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para que se solucione
la falta de profesionales de pediatría, para su debate en la Comisión de Sanidad.



Página 40





Exposición de motivos


Cuando un pediatra enferma o coge vacaciones en un centro de salud de Estado Español, en ese mismo instante el compañero de la consulta de al lado ve duplicado su trabajo. No hay paro en esta especialidad y las Administraciones no
encuentran sustitutos para cubrir contingencias. Lo que sí abundan, según los sindicatos médicos, son los profesionales estresados, aquellos que llegan a abarcar bajo su responsabilidad a 50 niños enfermos en un solo día, dejando en una quimera la
ratio de 20-25 pacientes que los cánones de la medicina consideran ideal. La realidad es que faltan médicos formados en Pediatría, una realidad que se nota, sobre todo en los centros de salud. La Sociedad Valenciana de Pediatría (SVP) ha vuelto a
reclamar, una vez, que se pongan soluciones para reducir la brecha actual entre los profesionales formados y las plazas existentes. En la Comunitat Valenciana, y según cifras de la SVP, hay 1.047 plazas de pediatría para 683.514 niños menores de 14
años, de las cuales 301 pertenecen al ámbito hospitalario y otras 746 a Atención Primaria. De estas últimas, sin embargo, solo el 70 % están ocupadas por médicos formados en atención sanitaria infantil lo que deja un tercio de los puestos (216 en
concreto) en manos de médicos generalistas.


El Sindicato Médico (CESMCV-SAE) ha denunciado que unos 200 médicos de familia pasan consulta de Pediatría en Atención Primaria en la Comunitat Valenciana por la falta de especialistas, que ha llevado a que haya centros de salud sin un solo
pediatra. Desde el sindicato se ha explicado que la falta de pediatras en Atención Primaria se debe a que los MIR con especialidad en Pediatría se decantan más por las plazas hospitalarias. Pero la realidad es que de las 423 plazas ofertadas en el
MIR 2018 para pediatría, 46 son para la Comunidad Valenciana y todas ellas son plazas para realizar la residencia en hospitales.


Este es el caso de la localidad valenciana de L'Horta Nord, Bonrepós i Mirambell, localidad que cuenta con una sola persona para atender a los pacientes y que no tiene ningún sustituto. Y no se prevé que lo tenga, ya que en el último MIR no
se ofertó ninguna plaza a este centro. Así pues, la pediatra presta servicio en dos centros de salud para alcanzar los 1.000 pacientes (niños y niñas) que le corresponden a cada profesional. Cada vez que no acude a consulta por cualquier motivo:
baja médica, vacaciones, permiso... no se puede substituir por no haber profesionales en la bolsa de trabajo y otra profesional debe atender a estos niños y niñas además de los suyos, es decir 2.000 pacientes.


Por todo lo anteriormente expuesto presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a:


- Proporcionar un mayor número de plazas de pediatría en las sucesivas ofertas del MIR para solucionar el problema de la falta de profesionales de pediatría que sufrimos.


- Que suban las ratios pediatra/paciente en los Centros de Atención Primaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-Marta Sorlí Fresquet, Diputada.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/003975


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a la
modificación del apartado 1.c).2.° del artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, para incluir el concepto de innovación ecoeficiente, para su debate en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.



Página 41





Exposición de motivos


Dentro del plan de acción de la estrategia Europa 2020, en el marco de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y como respuesta a las situaciones macroeconómicas de riesgo sufridas en los últimos años, se impone la economía circular
como el nuevo modelo económico eficiente.


En diciembre de 2015, la Comisión Europea adoptó un nuevo paquete de medidas sobre Economía Circular, para ayudar en la transición a una economía circular, donde se utilicen los recursos de modo más sostenible.


Se pretende extraer el máximo valor y uso de todas las materias primas y recursos naturales, productos y residuos, fomentando el ahorro energético y reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero. Las propuestas abarcan la
totalidad del ciclo de vida: de la producción y el consumo, a la gestión de residuos y el mercado de materias primas secundarias.


Entre las medidas clave definidas, destacan las siguientes:


- Medidas en el plan de trabajo sobre diseño ecológico para 2015-2017 tendentes a promover la reparabilidad, durabilidad y reciclabilidad de los productos, además de la eficiencia energética.


- Una estrategia para el plástico en la economía circular, que aborde los problemas de la reciclabilidad, la biodegradabilidad, la presencia de sustancias peligrosas en los plásticos y el objetivo de desarrollo sostenible de reducir
significativamente los desechos marinos.


- Una serie de acciones sobre la reutilización del agua, incluida una propuesta legislativa relativa a los requisitos mínimos para la reutilización de las aguas residuales.


- En cuanto a la generación de residuos, se incluyen propuestas de modificación para las Directivas sobre Residuos, Residuos de Envases, Vertederos y RAEEs.


Estas medidas tienen por objeto impulsar el cambio de una economía lineal a una circular.


La transición hacia un modelo de Economía Circular es objeto de atención creciente, siendo ahora una prioridad en las políticas de la Unión Europea para generar crecimiento y empleo, siendo la innovación el elemento clave en esa
transformación, que hará necesarias nuevas tecnologías, procesos, servicios y modelos empresariales.


De aquí a 2030, se establece como meta el modernizar la infraestructura y reconvertir las industrias para que sean sostenibles, utilizando los recursos con mayor eficiencia, promoviendo la adopción de tecnologías y procesos industriales
limpios y ambientalmente racionales, y logrando que todos los países tomen medidas de acuerdo con sus capacidades.


Este objetivo será realizable si se mejora la capacidad tecnológica de los sectores industriales de todos los países, fomentando la innovación e incrementando el gasto de los sectores público y privado en investigación y desarrollo.


Para lograr este reto se debe iniciar un camino que fomente de forma decisiva las actividades que intervengan en cada una de las etapas de la cadena de valor, incentivando la innovación e inversiones vinculadas, como elemento clave en este
proceso de cambio que requerirán nuevas tecnologías, inversiones productivas, procesos y modelos de negocio, que conformarán una industria más competitiva en España y determinarán el futuro de nuestra economía y sociedad.


En este contexto, consideramos relevante la introducción de un incentivo fiscal que premie a aquellas empresas que apuestan por inversiones inherentes al desarrollo y posterior implementación de tecnologías innovadoras, que permitan prevenir
o actuar sobre la contaminación generada por la actividad industrial, para tratar de minimizar el impacto de su actividad sobre el medio ambiente. Dado que este tipo de comportamientos se traducen en una externalidad positiva para la sociedad, por
los beneficios ambientales globales que generan para la sociedad (menos emisiones de carbono, reducción de contaminación atmosférica, menores y/o valorización de residuos,...), consideramos que este tipo actuaciones deben recibir una compensación
como la que proponemos en el presente documento.


Los incentivos fiscales se muestran como una de las herramientas más importantes para la promoción de las inversiones asociadas al concepto de 'Ecoinnovación o Innovación ecoeficiente' (I+D+i sostenible y eficiente), siendo necesario adaptar
los incentivos a la I+D+i a la evolución de las necesidades de las empresas y de la economía en su conjunto, como puede ser la nueva realidad que implica la 'economía circular' y la implementación de soluciones innovadoras tecnológicamente, así como
sostenibles y eficientes.



Página 42





En lo relativo a esta necesidad de fomentar el empleo de estas tecnologías limpias, en el sector productivo, para ir abordando el gran reto de la economía circular, podemos destacar el ejemplo de Bélgica, quien contempla deducciones para
inversiones en 'green R&D', considerándolas como aquellas inversiones que no tienen impacto negativo en el medioambiente, así como las que van dirigidas a mitigar el posible impacto.


Es importante mencionar que varios Estados miembros están poniendo en marcha estrategias, hoja de rutas nacionales para acelerar la transición hacia una Economía Circular, anticipándose así a las acciones por parte de la Comisión Europea.
Una de la principal motivación es la relacionada con la gestión del riesgo asociada al suministro de materias primas críticas y el uso eficiente de recursos, pero de tal manera que garantice las externalidades económicas, sociales y ambientales
positivas.


Entre estos países se encuentran Holanda, Luxemburgo, Dinamarca, Finlandia o Portugal, donde el pasado noviembre se aprobó el Plan de Actuación de Economía Circular (PAEC), entre las diferentes acciones, se recogen medidas fiscales
encaminadas a estimular el mercado, la producción, uso y consumo responsable, circular.


Así, de acuerdo a lo indicado en el Plan estratégico de I+D+i 2017-2020, en los próximos años, la Estrategia de Economía Circular, actualmente en proceso de elaboración, contribuirá a la identificación de las principales líneas de actuación
en materia de I+D+i complementarias a las incluidas en el plan estratégico, permitiendo avanzar en la transición desde un modelo productivo lineal hacia otro circular.


El fondo de la modificación propuesta se encuentra en 'premiar' a aquellas empresas que asuman inversiones en sus sistemas productivos con el objetivo de responder a los retos de la economía circular, desde la perspectiva de minoración y/o
valorización de residuos, mejora de la eficiencia energética y en el uso de los recursos naturales y/o impacto medioambiental. Estas inversiones deberán ser consecuencia de la implementación de soluciones innovadoras desde la perspectiva
tecnológica, siendo a su vez sostenibles y eficientes.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Modificar el artículo 35-1c) de la Ley 27/2014, concretamente en el apartado 2.°, para incluir el concepto de 'inversiones en innovación ecoeficiente' en elementos de inmovilizado material e inmaterial, excluidos los inmuebles y terrenos,
siempre que estén afectos a las actividades de investigación, desarrollo e innovación necesarias para adaptar a estas nuevas tecnologías eficientes y sostenibles, los sistemas productivos, procesos y modelos de negocio, para responder al reto de la
economía circular.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003978


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a iniciativa del Diputado de Compromís don Joan Baldoví Roda, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate y aprobación
en la Comisión de Ciencia, Investigación y Universidad relativa a un Pacto Estatal por la Ciencia.


Exposición de motivos


El esfuerzo de muchos años para la formación de personas, grupos y líneas de trabajo en el ámbito científico, técnico, de la innovación y de la transferencia del conocimiento al tejido productivo ha dado a la actual desintegración de grupos
de investigación, al abandono de proyectos, a la pérdida de talentos y a la frustración de muchas oportunidades. La investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) ha sido tratada como una moneda de cambio más en el proceso de sumisión a los
dictados de austeridad por parte de dirigentes incapaces de distinguir entre el gasto prescindible y la inversión necesaria.



Página 43





La importancia de destinar recursos en I+D+i no solo repercute en el progreso económico de un país; sino que también representa una inversión de futuro para el mismo. En este sentido, la inversión en I+D+i supone avanzar de manera
multidimensional en aspectos que no tienen un mercado en sí mismos pero que sin embargo son cruciales para hacer avanzar a la sociedad en calidad de vida y bienestar. Así es el caso de la investigación sobre las enfermedades raras, en el desarrollo
de los retos globales como es la lucha contra el cambio climático, o en la innovación en ciencias sociales que aportan mejoras a la administración pública y a la calidad de vida de la sociedad.


La generación y la transferencia del conocimiento es una delicada maquinaria que requiere de mucho esfuerzo y acierto para ponerla marcha y en la cual, sin embargo, cualquier alteración da lugar a consecuencias que cuesta muchos años
revertir. Desafortunadamente, esto no ha sido comprendido por los gobiernos que sigue manteniendo los mismos niveles de inversión en I+D+i que hace una década. Según el Según el Informe Cotec 2018, el gasto en ciencia representó el 1,19 % del PIB,
un porcentaje cercano al obtenido en 2009, cuando se situaba en el 1,39 %. Cifras que nos alejan mucho con la media europea de gasto en I+D que supera ya el 2 % del PIB y continúa su línea ascendente con el objetivo de alcanzar el 3 % en 2020.


Pero el daño no se limita a los equipos y proyectos. El talento innovador, tan abundante y valorado tradicionalmente en nuestro territorio, solamente se puede mantener ofreciendo carreras profesionales dignas con garantías de continuidad en
el tiempo de los recursos y los equipos. Además, no podemos olvidar que la infrafinanciación padecen las mujeres en el sector científico y que se ve agravado en posiciones estratégicas de responsabilidad y de toma de decisiones. En el año 2018, la
UNESCO ha reconocido la falta de equidad entre las personas que se dedican a la ciencia y recuerda que a pesar de que las mujeres obtienen el 65 % de los grados universitarios y más del 45 % de los doctorados. Esto es debido en gran medida, a que
existe un androcentrismo científico que retroalimenta estas estructuras.


Por todo lo expuesto, consideramos que es fundamental lograr un compromiso de apuesta por la investigación, el desarrollo y la innovación; y presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso insta al Gobierno a llevar a cabo un Pacto de Estado por la Ciencia involucrando a la comunidad científica, gestores públicos y agentes sociales en la defensa de la ciencia que apele a la responsabilidad política con el
compromiso de:


- Establecer un marco financiero sostenido y suficiente, que cuente con una perspectiva plurianual capaz de alcanzar el objetivo de la estrategia Europea 2020 del 3 % del PIB. Además, se separarán los presupuestos de la I+D+i de carácter
militar de la I+D+i de carácter civil.


- Diseñar una carrera investigadora integral que tome en consideración todas las etapas en la investigación, desde la fase predoctoral, pasando por la postdoctoral inicial y finalizando con la estabilidad de los investigadores seniors con
experiencia.


- Establecer un diálogo permanente de las asociaciones de defensa de los investigadores con las universidades públicas y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) para abordar desde el consenso todas las cuestiones relativas
a la carrera investigadora.


- Recuperar la inteligencia y el talento perdidos en la emigración del personal investigador altamente formado con la apuesta por modelos de carrera profesional estable y la garantía de equipos humanos y tecnológicos a largo plazo.


- Impulsar un sistema de gestión que rebaje el impacto burocrático y transparente, que conceda plazos amplios, abiertos, ágiles que libere al personal investigador.


- Analizar de manera consciente y en profundidad las prácticas internas que generar barreras en la carrera científica de las mujeres para establecer una hoja de ruta con objetivos a corto y largo plazo que sean capaces de corregirlas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 44





161/003983


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, doña Marta Martín Llaguno y don Francisco Igea Arisqueta, Diputados del mismo Grupo, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su discusión en la Comisión de Educación y Deporte, sobre la armonización de contenidos y tasas a pagar en las pruebas de EBAU, para su discusión en la
Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


Debido a la existencia de una Evaluación de Bachillerato para Acceso a la Universidad (EBAU) distinta en cada comunidad autónoma y la existencia de personal corrector distinto en cada una de ellas, España presenta diferencias significativas
entre comunidades que, además, no parece ser coherente con los resultados de los estudiantes en esa comunidad a lo largo de su vida académica, ni en las evaluaciones continuas ni en pruebas externas estandarizadas.


Uno de los ejemplos más claros es el caso de las comunidades de Castilla y León, líder en rendimiento competencial en pruebas como PISA (520 puntos de media) y a la vez con una media de 6,2 en la EBAU.


Por contra, existen al menos siete CCAA que, de acuerdo con PISA, tienen un rendimiento significativamente más bajo en lectura, matemáticas y ciencia, un mayor % de alumnos con bajo rendimiento, peores índices de equidad y que,sin embargo,
presentan medias en la EBAU superiores. Tanto es así que la media del conjunto del territorio es significativamente más alta que de la CyL (ilustración más abajo, según fuentes de la propia OCDE).


'Average performance


The headline indicator for the three subject areas: science, mathematics and reading. Average performance refers to all 15-year-old students in a country/economy regardless of the school type and grade attended. Small differences between
countries and over time may be statistically insignificant.'


[**********página con cuadro**********]


Aún más sorprendente es el hecho de que, siendo Castilla y León una de las comunidades con mayor % de alumnos excelentes en PISA, esta presentó un 9,5 % de alumnos con sobresaliente en la EBAU, por debajo de al menos catorce CC.AA. Como
puede observarse en el siguiente gráfico, en competencia lectora la diferencia con el conjunto del territorio es muy significativa.


'Share of top performers


Top-performing students in science can use abstract scientific ideas or concepts to explain unfamiliar and more complex phenomena and events. In mathematics, they are capable of advanced mathematical thinking and reasoning. In reading, top
performers can retrieve information that requires the student to locate and organise several pieces of deeply embedded information from a text or graph.'


[**********página con cuadro**********]



Página 45





Estas diferencias tienen profundas implicaciones tanto en los resultados finales de la EBAU y, por tanto, en las posibilidades de acceso a la universidad y de movilidad de los estudiantes.


No solo supone una profunda injusticia la aparente inequidad en la evaluación, sino que además los resultados adolecen de transparencia al no ser estos publicados por centro educativo en un gran número de CC.AA. como Baleares, Cataluña o
Andalucía. Los estudiantes y familias no pueden conocer con anterioridad a la elección de centro cuál ha sido el histórico de resultados y del porcentaje de aprobados en cada centro educativo de esa comunidad.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Abrir un proceso de negociación, en el seno de la Conferencia Sectorial, para desarrollar un sistema de Evaluación de Bachillerato para Acceso a la Universidad homogéneo que garantice la igualdad tanto en los contenidos como en los
criterios de evaluación y corrija los desajustes territoriales que existen tanto en los resultados como en el consecuente acceso a la universidad.


2. Instar a las Comunidades Autónomas a que desarrollen mecanismos de publicidad para las notas medias agregada por centro educativo de la Evaluación del Bachillerato para Acceso a la Universidad en los boletines oficiales de cada Comunidad
Autónoma y a habilitar un portal web donde esta información se encuentre disponible para que estudiantes y familias puedan consultar los datos.


3. Abrir el debate en el seno de la Mesa Sectorial para armonizar las tasas de pago por acceder a las pruebas de Evaluación de Bachillerato para Acceso a la Universidad (EBAU) por CC.AA, estableciendo unas horquillas en base al coste
operativo de las mismas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Marta Martín Llaguno y Francisco Igea Arisqueta, Diputados.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Igualdad


161/003977


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Igualdad, relativa a los Puntos de Encuentro Familiar.


Exposición de motivos


La lucha contra la violencia de género debería tener un enfoque transversal que permita la protección efectiva de las personas con mayor vulnerabilidad en aquellos ámbitos de mayor riesgo, incluida la infancia cuya condición de víctima ya ha
sido ampliamente reconocida. El ámbito familiar es uno de los lugares donde la intervención pública presenta mayor complejidad, pero donde sigue siendo necesario ahondar en los esfuerzos para crear dispositivos de protección efectivos,
especialmente cuando aparecen los primeros indicios de una posible situación o riesgo de violencia, como sabemos que ocurre en los momentos de separación o ruptura de la unidad familiar.


Una parte de la indefensión de las víctimas de violencia descansa en el papel tan importante de la existencia de menores, debido a que la regulación legal de los regímenes de visitas o de guarda y custodia debe ser plenamente garantista y
resulta difícil la adopción medidas de tutela efectiva en aquellos casos de riesgo latente, convirtiéndose en ocasiones en un arma de ejercicio de la violencia.


En estos casos, los órganos judiciales recurren a los servicios denominados Puntos de Encuentro Familiar (PEF), definidos generalmente como 'servicios destinados a favorecer el derecho de los/las menores a relacionarse con sus progenitores.
Son lugares físicos idóneos, neutrales y seguros para



Página 46





facilitar el régimen de visitas de los/las menores con sus familias'. Estos dispositivos son utilizados de manera sistemática y generalizada por los juzgados ante situaciones de riesgo familiar, y se deposita en ellos la responsabilidad del
seguimiento y control del ejercicio de visitas.


Sin embargo, a pesar de que en la propia definición está implícita la idea de un riesgo potencial para la infancia, de ser el único recurso a disposición de los órganos judiciales para proteger el derecho de los menores a las visitas en
condiciones de seguridad teniendo sus informes y dictámenes un peso notable en los procedimientos, y de tener una posición de observación crucial a la hora de detectar dichos riesgos, no gozan de una regulación legal acorde a tales funciones que
garantice un marco funcional claro y una calidad mínima óptima de tales servicios. Esta falta de marco legal ha propiciado una gestión privada en la práctica totalidad de los casos, sin evaluaciones sobre su gestión desde la perspectiva de la
protección de los derechos de la infancia, y unos criterios de actuación autodeterminados muchas veces con carencias notables, especialmente desde la perspectiva de protección ante la violencia de género.


Por todo ello, la ausencia de una regulación así como de un control y supervisión sobre su funcionamiento que garantice un funcionamiento adecuado, deriva en una situación de indefensión para las niñas y niños expuestos a un riego de
maltrato, con resultados muy graves en alguno de los casos.


Existe una grave indefensión legal y judicial, y consiguiente vulneración de los derechos de aquellos niños y niñas (reconocidos en la Convención de los Derechos del Niño y la Constitución Española), cuyas visitas paterno-filiales son
derivadas judicialmente a los Puntos de Encuentro Familiar, y que proceden de hogares donde al menos uno de los progenitores ha dado muestras en el entorno familiar de uso de la violencia (física o psíquica), o ha mantenido un comportamiento que
supone por acción u omisión un riesgo físico y psíquico de otros miembros, o de abandono manifiesto por periodos largos de tiempo, o de abusos sexuales, y en cuyo caso no se puede efectuar la mediación familiar, pero cuyo comportamiento no ha sido
considerado suficiente desde el punto de vista penal para una retirada del derecho de visitas. En estos casos, los menores dependen para la protección de sus derechos del control de los puntos de encuentros familiar, que sin embargo no cuenta con
un marco legal en relación con las funciones tan importantes que desempeñan. Entre las anomalías detectadas:


- La ausencia de una formación adecuada en violencia de género, motiva que las intervenciones sean abordadas desde una óptica de 'conflicto entre partes' desoyendo en muchos casos acciones y testimonios que pretenden la protección de los
menores. Y omitiendo una labor proactiva de protección.


- Desempeñan funciones públicas de protección con un peso muy importante ante los órganos judiciales, sin contar con las garantías públicas suficientes de este ejercicio en materia de protección de la infancia; siendo autónomas en la
contratación de su personal, en muchos casos sin la cualificación, ni preparación adecuadas.


- No existen controles ni supervisión sobre su actividad desde la garantía de protección de los derechos en juego.


- No existe un registro de quejas o denuncias sobre su funcionamiento ni garantías para la interposición de las mismas.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que en el plazo de cuatro meses se elabore un estudio cualitativo de los puntos de encuentro familiar que permita tener un diagnóstico de su funcionamiento real. Este estudio contemplará al menos:


- Análisis de las necesidades expresadas por los órganos judiciales en el recurso a estos dispositivos.


- Análisis del papel y funciones susceptibles de ser ejercidas por estos centros desde el punto de vista de protección de los derechos de la infancia.


- Un análisis de los casos e informes aportados en los juzgados, por estos centros, y un contraste con las personas y los casos familiares abordados con suficientes garantías de confidencialidad.


- Análisis de las regulaciones existentes en el marco estatal.


- Estudio comparado con dispositivos equivalentes en el ámbito europeo.


- Análisis de la red existente en el ámbito estatal, dotación, características de las empresas o entidades adjudicatarias que los gestionan, y trayectoria de estas.



Página 47





2. En el plazo de seis meses, a partir de los resultados del estudio anterior, se elabore una propuesta de regulación legal de ámbito estatal de los Puntos de Encuentro Familiar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-José David Carracedo Verde, Diputado.-Ione Belarra Urteaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003984


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la promoción de políticas a
favor de la salud mental en las mujeres, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


La salud mental es fundamental para el correcto desarrollo del ser humano. En este sentido, la Organización Mundial de la Salud la define como 'un estado de bienestar en el cual el individuo es consciente de sus propias capacidades, puede
afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar de forma productiva y fructífera y ser capaz de hacer una contribución a su comunidad'.


Sin embargo, el actual panorama social, económico y político mundial, ha provocado que millones de personas se encuentren en un estado de angustia existencial que incide directamente en su estado de salud, no solo mental, ya que en muchas
ocasiones ese malestar viene aparejado de otras enfermedades, como las cardiovasculares y en la peor de las ocasiones, conduce al suicidio.


Además, dependiendo del contexto local, algunas personas y grupos sociales pueden correr un riesgo significativamente mayor de sufrir problemas relacionados con la salud mental, como es el caso, por ejemplo, de las mujeres que han vivido
situaciones violentas.


En este sentido, y según el Segundo Manifiesto Europeo de Mujeres con Discapacidad, adoptado en Budapest los días 28 y 29 de mayo de 2011 por la Asamblea General del Foro Europeo de la Discapacidad, a propuesta de su Comité de Mujeres, el
género afecta de manera fundamental la salud mental, 'dado que determina el poder diferencial y el control que los hombres y las mujeres tienen sobre los determinantes socioeconómicos de sus vidas, su posición y condición social, el modo en que son
tratados dentro de la sociedad, así como su vulnerabilidad y exposición a riesgos específicos. Por ejemplo, la depresión, la ansiedad y las quejas somáticas predominan mayoritariamente en las mujeres'.


Por lo tanto, los problemas de salud mental se agravan cuando son mujeres quienes los tienen ya que nos encontramos ante una triple discriminación: el género, la discapacidad, y la imagen social estigmatizada de las enfermedades mentales.


Además, según los expertos, la perspectiva de género 'continúa siendo una asignatura pendiente en el ámbito de la salud mental', lo que implica que estas mujeres estén expuestas a experimentar, entre otros problemas, un mayor riesgo de
sufrir violencia en la pareja, de hecho, según los estudios cuantitativos que se han realizado en el ámbito estatal tres de cada cuatro mujeres con enfermedad mental grave han sufrido violencia en el ámbito familiar o/y en la pareja alguna vez en su
vida.


En consecuencia la aceptación de los procesos para una verdadera igualdad de género debe incluir también los aspectos relacionados con la salud mental y ha de llevarnos al conocimiento de esta realidad.


Por todo ello, y en el marco de la Estrategia Salud Mental del Sistema Nacional de Salud pendiente de actualizar por el Ministerio de Sanidad, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en el ámbito de sus competencias y en colaboración con las Comunidades Autónomas y Entes Locales a:


- Promover la puesta en marcha de protocolos interinstitucionales de coordinación y derivación, tanto a nivel autonómico como local, en los que se tenga especial consideración, las aportaciones de las Entidades del Tercer Sector de Acción
Social vinculadas con la salud mental.



Página 48





- Proporcionar formación en materia de lucha contra la violencia de género a todos los profesionales que atienden directamente a mujeres con problemas de salud mental.


- Establecer equipos interdisciplinares que trabajen coordinadamente, a favor de la promoción de la salud mental en las mujeres.


- Proporcionar una respuesta a las mujeres con enfermedad mental que se quedan fuera de los recursos de los de atención psicológica especializada en violencia.


- Designar psiquiatras de referencia que atiendan de forma preferente cada uno de los recursos de acogida para mujeres víctimas de violencia y con los servicios de atención psicológica especializada en violencia.


- Avanzar hacia un modelo de atención individualizada e integral, que adapte las respuestas a las necesidades de cada mujer contempladas desde un enfoque interseccional.


- Desarrollar sistemas que permitan compartir datos de violencia entre diferentes instituciones.


- Incluir la violencia contra las mujeres con problemas de salud mental (discapacidad psicosocial) en las comisiones y los acuerdos sociosanitarios, así como en todos los Recursos destinados a violencia de género.


- Crear en los recursos destinados a violencia de género que sean procedentes un servicio experto en violencia que realice acompañamiento clínico a los equipos profesionales.


- Poner en marcha campañas de sensibilización sobre la importancia de una buena salud mental, especialmente en las mujeres, a fin de erradicar el estigma y la discriminación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-María del Carmen Dueñas Martínez, Diputada.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Derechos de la Infancia y la Adolescencia


161/003957


A la Mesa del Congreso de los Diputados


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


Grupo Parlamentario Mixto.


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proposición no de Ley relativa a un Pacto de Estado por la Infancia.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta el contenido del escrito registrado con el número 112628, y considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y
disponer su conocimiento por la Comisión de Derechos de la Infancia y la Adolescencia. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los Grupos Parlamentarios
autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 49





A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, presentamos conjuntamente la siguiente Proposición no de Ley, en apoyo a un Pacto de Estado por la Infancia, para su
debate en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia.


Exposición de motivos


La ratificación por parte de España de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990 implicó un avance sin precedentes en la protección de los derechos de la infancia en nuestro país. Desde ese día hasta la actualidad, se ha ido
desarrollando legislación cada vez más garantista sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes.


Sin embargo, a pesar de estos avances continuos en la legislación, estas reformas han sido insuficientes para garantizar una realización efectiva de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a través de las políticas públicas. España
no ha establecido un sistema de protección social universal suficientemente eficaz para proteger adecuadamente a los niños y niñas. El sistema actual deja a los padres y madres sin apoyos a la crianza para asegurar el bienestar mínimo de sus hijos,
cuando se enfrentan a dificultades económicas y laborales. Esto se ha hecho más evidente tras los años de la crisis, que ha puesto de manifiesto la delicada situación económica de las familias con hijos, cuyos ingresos, producto del desempleo y de
la precariedad laboral, han disminuido fuertemente, empujando al alza las tasas de pobreza infantil, hasta dejar al 31,3 % de niños, niñas y adolescentes en riesgo de pobreza o exclusión social, una de las tasas más altas de la Unión Europea.


La ausencia de sistemas de protección social universal a la infancia y a la familia constituye una diferencia notable en el marco comparado con los países de nuestro entorno, que cuentan con un sistema de protección para niños y niñas, que
apoya a las familias para la crianza, y que ha traído como resultado menores tasas de pobreza en niños y niñas, y un aumento en las tasas de natalidad. En este sentido observamos que aquellos países de la UE que mantienen mayores niveles de
inversión pública en políticas de infancia reducen más eficazmente las tasas de pobreza infantil.


Sin embargo, esta no ha sido la realidad de España, que es el sexto país de la UE que menos porcentaje de su PIB dedica a protección social de las familias y la infancia, algo más de la mitad de la media europea (1,3 % frente al 2,4 % de
media). Esta falta de inversión se traduce en una realidad especialmente difícil para los niños, niñas y adolescentes, donde la incapacidad de reducir la pobreza es notable ante limitado e insuficiente efecto reductor de las transferencias sociales
(8,5 puntos porcentuales por debajo de la media de la UE). En el Estado español medidas como la prestación por hijo a cargo, que tienen un impacto directo en el bienestar de la infancia, es de limitada cuantía y baja cobertura e inapreciable
eficacia. En este sentido, la Unión Europea han trasladado reiteradamente la necesidad de mejorar la capacidad para reducir la pobreza infantil y las desigualdades en España. El impulso de estas medidas no solo va a reducir las tasas actuales de
pobreza en niños y niñas, sino que también van a prevenir riesgos sociales futuros. Una prestación por hijo a cargo no solo tiene consecuencias para el presente, sino también para el futuro, y no solo para los hogares con hijos, sino para toda la
sociedad.


El sistema educativo en España no logra compensar las desigualdades de origen, de forma que el nivel socioeconómico condiciona la trayectoria y el éxito educativo de niños, niñas y adolescentes, perpetuando la pobreza y la desigualdad. El
abandono educativo temprano ha caído para todos los niveles de renta entre 2008 y 2015 salvo para el 20 % más pobre, en el que el 43 % de niños y niñas abandona sus estudios.


Las desigualdades de partida son en gran medida responsables de las altas tasas de fracaso escolar y del abandono escolar temprano o del alto nivel de desempleo juvenil, problemas estructurales de nuestro mercado de trabajo que ponen en
riesgo la sostenibilidad de nuestro sistema.


Esta situación ha sido recientemente motivo de especial preocupación del Comité de los Derechos del Niño, que a través de sus Observaciones Finales ha reiterado al Estado español la necesidad de mejorar significativamente los niveles de
inversión pública en políticas de protección para la infancia que compensen las desigualdades económicas que afectan a los niños y niñas españoles. Por ello el Comité recomienda al Estado que defina partidas presupuestarias dedicadas a los niños y
niñas desfavorecidos que puedan requerir medidas sociales afirmativas, y que vele porque esas partidas presupuestarias estén protegidas incluso en situaciones de crisis económica. El Comité traslada las dificultades existentes



Página 50





en la educación para los niños más vulnerables, a través de costes indirectos y ausencia de ayudas suficientes. Más allá de lo relativo a la inversión y la educación, el Comité de los Derechos del Niño también muestra su preocupación por
cómo el Estado garantiza los derechos de niños, niñas y adolescentes en el sistema de protección.


Como sociedad debemos buscar el consenso social y político que nos permita asegurar hoy los máximos niveles de protección y bienestar a las niñas, niños y adolescentes, que a la vez garantizarán el futuro y la sostenibilidad de nuestro
modelo de bienestar. Este consenso articulado en un Pacto por la Infancia orientado a mejorar los niveles de inversión, debe aspirar a contar con el apoyo y el espíritu que impulsó el conocido como el Pacto de Toledo, que permita alcanzar el
diálogo y el acuerdo eficaz que asegure la cohesión social de España. Un compromiso político y social con los derechos humanos que debe tener implicaciones en el modelo de país que queremos, y que afecta a la sostenibilidad de nuestro modelo. Un
Pacto que debe ser un compromiso de Estado y un cambio de paradigma, tal y como supuso el Pacto de Toledo para la protección de las personas mayores.


Por todo lo expuesto se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que coordine la elaboración de un Pacto de Estado por la Infancia que impulse un sistema de protección suficiente para garantizar el ejercicio de los derechos de todos los niños y niñas.
Este Pacto deberá recoger y desarrollar las demandas de las organizaciones de la sociedad civil, la participación de niños, niñas y adolescentes y las recomendaciones de organismos internacionales. El Pacto de Estado debe suponer un compromiso real
y medible hacia la protección a la infancia, estableciendo compromisos de inversión presupuestaria específicos.


Para ello:


En materia de inversión:


- Se deberá garantizar la identificación de las partidas destinadas a la infancia en los presupuestos públicos, con la inclusión de indicadores específicos así como de un sistema de seguimiento que permita supervisar y evaluar la adecuación,
eficacia y equidad de la distribución de los recursos asignados.


- Se asumirá un compromiso de incremento progresivo de la inversión en infancia hasta alcanzar la media europea. En concreto debería asumirse una implementación progresiva hasta 2022 de una nueva medida de ámbito nacional de protección
social y económica de los hogares con niños, consistente en establecer una prestación económica directa de 1.200 euros anuales por cada niño o niña (menores de 18 años) condicionada a un límite de ingresos basado en los umbrales oficiales de
pobreza.


- Esta medida se haría a través de la actual prestación no contributiva por hijo a cargo de la Seguridad Social y su importe será actualizado regularmente.


- Esta prestación será compatible con la actual prestación por hijo menor de edad por causa de discapacidad mayor del 33 % y otras ayudas sociales y educativas dirigidas específicamente a los niños y niñas. La política beneficiaría a unos
2.485.000 niños y niñas y reduciría las tasas de riesgo de pobreza infantil en un 18 % y las de pobreza infantil severa en un 30 %, teniendo un impacto considerable también en las cifras de pobreza de los adultos.


En materia educativa:


- El Pacto de Estado debe suponer un aumento progresivo de la oferta de plazas públicas de educación infantil de primer ciclo, con el objetivo de que España alcance en 2022 la media europea de cobertura pública en esa etapa y aumente la
escolarización entre las familias más vulnerables. Para ello se establecerá una cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas para financiar conjuntamente la creación de 70.000 plazas públicas en escuelas infantiles que deberán ser
gratuitas para las familias con menos recursos. De esta manera la tasa de escolarización en educación infantil se situaría en el 40,26 %.


- Se ampliará la inversión en becas y ayudas al estudio para alcanzar la media europea del 0,44 % PIB en 2022, especialmente en las etapas obligatorias y postobligatorias no universitarias. Se revisarán los criterios de concesión para que
el alumnado por debajo del umbral de la pobreza tenga derecho a las máximas cuantías y están sean suficientes para cubrir los costes educativos.



Página 51





En materia de protección:


- El Pacto de Estado deberá contemplar destinar recursos a fortalecer la protección de la infancia y la adolescencia en nuestro país para garantizar la correcta implementación de los cambios que introdujo la Ley 26/2015 del 28 de julio.


Este compromiso de Pacto de Estado por la Infancia deberá establecer mecanismos de seguimiento y rendición de cuenta para garantizar que los compromisos asumidos se ejecutan adecuadamente, así como se estudiarán y tomarán en consideración la
opinión del Consejo Territorial de Servicios Sociales y las Comunidades Autónomas en aquellas medidas incluidas en esta Proposición no de Ley que afecten a competencias de las Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2018.-Sonia Ferrer Tesoro, Diputada.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.-María del Mar García Puig, Diputada.-Ione Belarra Urteaga, Portavoz del
Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.-Félix Álvarez Palleiro, Diputado.-Juan Carlos Girauta Vidal y Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoces del Grupo Parlamentario Ciudadanos.-Carolina Telechea i Lozano,
Diputada.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.-Íñigo Barandiaran Benito, Diputado.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).-Sergi Miquel i Valentí y Marta Sorlí Fresquet,
Diputados.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.-Silvia Heredia Martín, Diputada.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/003976


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia, relativa a los Puntos de Encuentro Familiar.


Exposición de motivos


La lucha contra la violencia de género debería tener un enfoque transversal que permita la protección efectiva de las personas con mayor vulnerabilidad en aquellos ámbitos de mayor riesgo, incluida la infancia cuya condición de víctima ya ha
sido ampliamente reconocida. El ámbito familiar es uno de los lugares donde la intervención pública presenta mayor complejidad, pero donde sigue siendo necesario ahondar en los esfuerzos para crear dispositivos de protección efectivos,
especialmente cuando aparecen los primeros indicios de una posible situación o riesgo de violencia, como sabemos que ocurre en los momentos de separación o ruptura de la unidad familiar.


Una parte de la indefensión de las víctimas de violencia descansa en el papel tan importante de la existencia de menores, debido a que la regulación legal de los regímenes de visitas o de guarda y custodia debe ser plenamente garantista y
resulta difícil la adopción medidas de tutela efectiva en aquellos casos de riesgo latente, convirtiéndose en ocasiones en un arma de ejercicio de la violencia.


En estos casos, los órganos judiciales recurren a los servicios denominados Puntos de Encuentro Familiar (PEF), definidos generalmente como 'servicios destinados a favorecer el derecho de los/las menores a relacionarse con sus progenitores.
Son lugares físicos idóneos, neutrales y seguros para facilitar el régimen de visitas de los/las menores con sus familias'. Estos dispositivos son utilizados de manera sistemática y generalizada por los juzgados ante situaciones de riesgo familiar,
y se deposita en ellos la responsabilidad del seguimiento y control del ejercicio de visitas.


Sin embargo, a pesar de que en la propia definición está implícita la idea de un riesgo potencial para la infancia, de ser el único recurso a disposición de los órganos judiciales para proteger el derecho de los menores a las visitas en
condiciones de seguridad teniendo sus informes y dictámenes un peso notable en los procedimientos, y de tener una posición de observación crucial a la hora de detectar dichos riesgos, no gozan de una regulación legal acorde a tales funciones que
garantice un marco funcional claro y una



Página 52





calidad mínima óptima de tales servicios. Esta falta de marco legal ha propiciado una gestión privada en la práctica totalidad de los casos, sin evaluaciones sobre su gestión desde la perspectiva de la protección de los derechos de la
infancia, y unos criterios de actuación autodeterminados muchas veces con carencias notables, especialmente desde la perspectiva de protección ante la violencia de género.


Por todo ello, la ausencia de una regulación así como de un control y supervisión sobre su funcionamiento que garantice un funcionamiento adecuado, deriva en una situación de indefensión para las niñas y niños expuestos a un riego de
maltrato, con resultados muy graves en alguno de los casos.


Existe una grave indefensión legal y judicial, y consiguiente vulneración de los derechos de aquellos niños y niñas (reconocidos en la Convención de los Derechos del Niño y la Constitución Española), cuyas visitas paterno-filiales son
derivadas judicialmente a los Puntos de Encuentro Familiar, y que proceden de hogares donde al menos uno de los progenitores ha dado muestras en el entorno familiar de uso de la violencia (física o psíquica), o ha mantenido un comportamiento que
supone por acción u omisión un riesgo físico y psíquico de otros miembros, o de abandono manifiesto por periodos largos de tiempo, o de abusos sexuales, y en cuyo caso no se puede efectuar la mediación familiar, pero cuyo comportamiento no ha sido
considerado suficiente desde el punto de vista penal para una retirada del derecho de visitas. En estos casos, los menores dependen para la protección de sus derechos del control de los puntos de encuentros familiar, que sin embargo no cuenta con
un marco legal en relación con las funciones tan importantes que desempeñan. Entre las anomalías detectadas:


- La ausencia de una formación adecuada en violencia de género, motiva qué las intervenciones sean abordadas desde una óptica de 'conflicto entre partes' desoyendo en muchos casos acciones y testimonios que pretenden la protección de los
menores. Y omitiendo una labor proactiva de protección.


- Desempeñan funciones públicas de protección con un peso muy importante ante los órganos judiciales, sin contar con las garantías públicas suficientes de este ejercicio en materia de protección de la infancia; siendo autónomas en la
contratación de su personal, en muchos casos sin la cualificación, ni preparación adecuadas.


- No existen controles ni supervisión sobre su actividad desde la garantía de protección de los derechos en juego.


- No existe un registro de quejas o denuncias sobre su funcionamiento ni garantías para la interposición de las mismas.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que en el plazo de cuatro meses se elabore un estudio cualitativo de los puntos de encuentro familiar que permita tener un diagnóstico de su funcionamiento real. Este estudio contemplará al menos:


- Análisis de las necesidades expresadas por los órganos judiciales en el recurso a estos dispositivos.


- Análisis del papel y funciones susceptibles de ser ejercidas por estos centros desde el punto de vista de protección de los derechos de la infancia.


- Un análisis de los casos e informes aportados en los juzgados, por estos centros, y un contraste con las personas y los casos familiares abordados con suficientes garantías de confidencialidad.


- Análisis de las regulaciones existentes en el marco estatal.


- Estudio comparado con dispositivos equivalentes en el ámbito europeo.


- Análisis de la red existente en el ámbito estatal, dotación, características de las empresas o entidades adjudicatarias que los gestionan, y trayectoria de estas.


2. En el plazo de seis meses, a partir de los resultados del estudio anterior, se elabore una propuesta de regulación legal de ámbito estatal de los Puntos de Encuentro Familiar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-José David Carracedo Verde, Diputado.-Ione Belarra Urteaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 53





PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Fomento


181/001442


Grupo Parlamentario Socialista


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don César Luena López


Texto:


¿Qué planes contempla el Gobierno en materia de planificación e inversiones en infraestructuras ferroviarias y de carreteras en La Rioja?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de octubre de 2018.-César Luena López, Diputado.


181/001444


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputada doña Alexandra Fernández Gómez


Texto:


¿Va el Ministerio de Fomento a solicitar a la CIAF que lleve a cabo una nueva investigación del accidente del Alvia partiendo de los criterios de objetividad e independencia como pide la Agencia Ferroviaria Europea?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Alexandra Fernández Gómez, Diputada.


181/001445


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputada doña Alexandra Fernández Gómez



Página 54





Texto:


¿Cuándo va a instalar pantallas antirruido en la entrada de la AP-9 en Vigo, en concreto a la altura de Teis, tramo que figura en todos los informes como de los de mayor contaminación acústica?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Alexandra Fernández Gómez, Diputada.


181/001446


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputada doña Alexandra Fernández Gómez


Texto:


¿Va a cumplir el Ministerio de Fomento con el compromiso de liberar de peaje el tramo de la AP-9 Vigo-Redondela?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Alexandra Fernández Gómez, Diputada.


181/001447


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputada doña Alexandra Fernández Gómez


Texto:


¿Cuándo va el Ministerio a desarrollar el Reglamento para la protección de los edificios frente a la exposición al radón, que debe ser incorporado al Código Técnico de la Edificación (CTE) en el Documento Básico HS de Salubridad,
incorporando la normativa europea sobre protección frente al radón?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Alexandra Fernández Gómez, Diputada.


181/001448


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputada doña Alexandra Fernández Gómez


Texto:


¿Va a exigir a la concesionaria AUDASA el establecimiento de un Programa de Descuentos a usuarios habituales en la autopista AP-9 a similitud de los existentes en otras autopistas del Estado?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Alexandra Fernández Gómez, Diputada.



Página 55





Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


181/001443


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez, conforme recoge el artículo 189 del Reglamento, presenta la siguiente pregunta oral para su respuesta en la Comisión
de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.


¿Cuáles son los resultados actuales del Plan Director por el Trabajo Decente en lo que respecta al fraude de las falsas cooperativas y los falsos autónomos y autónomas en el sector cárnico?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.


Comisión de Cultura y Deporte


181/001441


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Cultura y Deporte


Diputado don Juan Antonio López de Uralde Garmendia


Texto:


¿Tiene pensado el Gobierno seguir concediendo el Premio Nacional de Tauromaquia, dotado con 30.000 € del presupuesto del Ministerio de Cultura y Deporte, y, de ser así, puede explicar las razones que justifican su mantenimiento?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de noviembre de 2018.-Juan Antonio López de Uralde Garmendia, Diputado.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/031069


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Rodríguez Ramos, María Soraya (GS).


Serrada Pariente, David (GS).


Retirada de su pregunta sobre efectivos disponibles de la Policía Nacional en al ciudad de Valladolid, a 1/01/2018, 1/02/2018 y 1/03/2018, así como inversiones previstas en las comisarías de dicha ciudad y previsiones respecto a la
ampliación de servicios de atención al ciudadano en la comisaría de Distrito de Las Eras.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



Página 56





En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


184/031317


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Peña Camarero, Esther (GS).


Retirada de su pregunta sobre estado de ejecución presupuestaria de los proyectos correspondientes al Estado, Organismos Autónomos y resto de entidades del sector público administrativo con presupuesto limitativo incluido en la sección 16
(Ministerio del Interior) de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 correspondientes a la provincia de Burgos.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a la autora de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


184/039235


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: González Guinda, María del Carmen (GP).


Fernández García, Eduardo (GP).


Retirada de su pregunta sobre evolución de la demanda de viajeros en los trenes Alvia Madrid-Salamanca.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 57





184/039240


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: González Guinda, María del Carmen (GP).


Fernández García, Eduardo (GP).


Retirada de su pregunta sobre situación de las conversaciones con las Comunidades Autónomas de Asturias y de Castilla y León para abordar bonificaciones cofinanciadas respecto al peaje de Huelva.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y a los autores de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.