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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 213, de 21/09/2017
cve: BOCG-12-D-213 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


21 de septiembre de 2017


Núm. 213



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


154/000003 Subcomisión para la elaboración de un gran Pacto de Estado Social y Político por la Educación. Ampliación del plazo para finalizar sus trabajos ... (Página3)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000447 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana y Mixto, relativa al impulso de una Ley
Orgánica para erradicar la violencia contra la infancia. Aprobación ... (Página3)


162/000449 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las sentencias contra el Presidente de la Generalitat de Cataluña Lluís Companys y otras dictadas por tribunales de la dictadura.


Enmiendas... (Página3)


Aprobación con modificaciones ... (Página6)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000057 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la garantía de independencia informativa en RTVE ... (Página7)


172/000058 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos al Ministro de Fomento sobre sus políticas encaminadas a prevenir y atajar el fenómeno de la 'okupación' ... (Página7)


172/000059 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para impulsar una recuperación salarial que suponga un reparto más justo de la renta ... (Página8)



Página 2





MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000039 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación de la iniciativa europea de Garantía Juvenil.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas ... (Página9)


Aprobación con modificaciones ... (Página15)


173/000040 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre regulación del uso, protección y promoción de los símbolos.


Texto de la moción así como enmienda formulada ... (Página17)


Aprobación ... (Página19)


173/000041 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para corregir el déficit del sistema de la Seguridad Social, sin endeudarlo y
garantizando el poder adquisitivo de las pensiones, ahora que se ha agotado el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas ... (Página19)


Aprobación con modificaciones ... (Página22)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


154/000003


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el punto tercero.2 de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, en relación con
la solicitud de la Subcomisión para la elaboración de un gran Pacto de Estado Social y Político por la Educación, creada en el seno de la Comisión de Educación y Deporte, de prórroga del plazo para la finalización de sus trabajos, ampliar dicho
plazo por seis meses adicionales del plazo otorgado.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000447


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Proposición no de Ley de los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de
Esquerra Republicana y Mixto, relativa al impulso de una Ley Orgánica para erradicar la violencia contra la infancia, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 204, de 8 de septiembre de 2017, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en el ámbito de sus competencias y en colaboración con las Comunidades Autónomas, a iniciar en el plazo de tiempo más breve posible y que, en todo caso no exceda los 12 meses, los trabajos
para la aprobación en la presente Legislatura de una Ley Orgánica para erradicar la violencia contra la infancia que proteja el derecho de los niños y niñas a la integridad física y moral.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000449


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre las sentencias contra el Presidente de la



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Generalitat de Cataluña Lluís Companys y otras dictadas por tribunales de la dictadura, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 204, de 8 de septiembre de 2017.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en los artículos 194.2 y concordantes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición no de Ley sobre las sentencias contra
el Presidente de la Generalitat de Cataluña Lluís Companys y otras dictadas por tribunales de la dictadura, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De modificación de la parte dispositiva.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados:


1. Declara que las sentencias dictadas por el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas de Barcelona con fecha 13 de diciembre de 1939 y por el consejo de guerra de Oficiales Generales con fecha 14 de octubre de 1940, contra el
President de la Generalitat de Catalunya Lluís Companys i Jover, son ilegítimas y carecen absolutamente de eficacia y validez.


2. Reitera la ilegitimidad del Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, del Tribunal de Orden Público, de los Tribunales de Responsabilidades Políticas y Consejos de Guerra constituidos por motivos políticos, ideológicos o de
creencia religiosa, así como de las condenas y sanciones dictadas por estos y cualesquiera otros tribunales u órganos penales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional, pretendieron el
restablecimiento de un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constitución, condenas todas ellas carentes absolutamente de eficacia y validez.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2017.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario Confedera! de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley sobre las sentencias contra el Presidente de
la Generalitat de Catalunya Lluís Companys y otras dictadas por tribunales de la dictadura, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De adición.


Se añade un nuevo apartado al final del texto con el siguiente redactado:



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'3. Como gesto de reconocimiento del dolor infringido a las víctimas del franquismo y en aras de reparar la dignidad democrática de estas, reconoce la honorabilidad de todas las víctimas de la represión franquista, restituyendo así la
memoria de estas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado don Joan Tardà i Coma, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista sobre las sentencias contra el Presidente de la Generalitat de Catalunya Lluís Companys y otras dictadas por los tribunales de la dictadura.


Enmienda


De sustitución.


Se sustituye el actual redactado por el siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Modificar, en los siguientes términos, el artículo 3 de la Ley de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra
Civil y la dictadura, con la intención de reconocer la ilegalidad (más allá de la ilegitimidad) de los tribunales franquistas y en consecuencia declarar nulas de pleno derecho sus condenas políticas e ideológicas:


''Artículo 3. Declaración de nulidad.


1. Se declara la ilegalidad de los tribunales, jurados y cualesquiera otros órganos penales o administrativos que, durante la Guerra Civil, se hubieran constituido para imponer, por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa,
condenas o sanciones de carácter personal, así como la de sus resoluciones.


2. Por ser contrarios a derecho y vulnerar las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo, se declara en todo caso la ilegalidad del Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, el Tribunal de Orden Público, así como
los Tribunales de Responsabilidades Políticas y Consejos de Guerra constituidos por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Ley.


3. Igualmente, se declaran nulas de pleno derecho, por vicios de forma y fondo, las condenas y sanciones dictadas por motivos políticos, ideológicos o de creencia por cualesquiera tribunales u órganos penales o administrativos durante la
Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional anterior, pretendieron el restablecimiento de un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la
Constitución.'''


Justificación.


La PNL original tan solo reitera aquello establecido por la Ley 52/2007, reconociendo la ilegitimidad de los tribunales franquistas y sus sentencias, pero no aporta nada nuevo como sería la declaración de ilegalidad que comportaría la
nulidad de pleno derecho de las sentencias, tal y como ha hecho el Parlament de Catalunya. De hecho, la condena a Lluís Companys ya ha sido anulada de pleno derecho, así como todas las sentencias de los ilegales tribunales franquistas realizadas en
territorio catalán. Lamentablemente, no ha sucedido igual con las sentencias dictadas en España.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Carles Campuzano i Canadés, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Europeu Català integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, y al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
adición a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las sentencias contra el Presidente de la Generalitat de Cataluña Lluís Companys y otras dictadas por tribunales de la dictadura.


Enmienda


De adición.


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados:


[...]


2. Reitera la ilegitimidad y nulidad del Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, del Tribunal de Orden Público, de los Tribunales de Responsabilidades Políticas y Consejos de Guerra constituidos por motivos políticos,
ideológicos o de creencia religiosa, así como de las condenas y sanciones dictadas por estos y cualesquiera otros tribunales u órganos penales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional, pretendieron
el restablecimiento de un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constitución, condenas todas ellas también radicalmente nulas e injustas, y carentes
absolutamente de eficacia y validez.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Jordi Xuclà i Costa, Diputado.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000449


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las sentencias contra el Presidente de la Generalitat de Cataluña
Lluís Companys y otras dictadas por tribunales de la dictadura, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 204, de 8 de septiembre de 2017, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados:


1. Declara que la sentencia dictada por el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas de Barcelona con fecha 13 de diciembre de 1939 y por el Consejo de Guerra de Oficiales Generales con fecha 14 de octubre de 1940, contra el
President de la Generalitat de Cataluña Lluís Companys i Jover, son ilegítimas, radicalmente nulas e injustas, y carecen absolutamente de eficacia y validez.


2. Reitera la ilegitimidad del Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, del Tribunal de Orden Público, de los Tribunales de Responsabilidades Políticas y Consejos de Guerra constituidos por motivos políticos, ideológicos o de
creencia religiosa, así como de las condenas y sanciones dictadas por estos y cualesquiera otros tribunales u órganos penales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional, pretendieron el
restablecimiento de un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constitución, condenas todas ellas también radicalmente nulas e injustas, y carentes absolutamente
de eficacia y validez.


3. Reconoce la honorabilidad de todas las víctimas de la represión franquista, como acto de reparación del dolor que sufrieron y de las injusticias de que fueron objeto, así como de restitución de su memoria y de la dignidad democrática de
todos.'



Página 7





Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000057


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la garantía de independencia informativa en RTVE,
cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente interpelación urgente al
Gobierno relativa a la garantía de independencia informativa en RTVE, para su debate en Pleno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de septiembre de 2017.-Noelia Vera Ruíz-Herrera, Diputada.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú-Podem-En Marea.


172/000058


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Ciudadanos al Ministro de Fomento sobre sus políticas encaminadas a prevenir y atajar el fenómeno de la
'okupación', cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente interpelación urgente al Ministro de Fomento sobre sus políticas encaminadas a prevenir y
atajar el fenómeno de la 'okupación'.


Exposición de motivos


Los delitos de ocupación de edificios y viviendas, tipificados como 'usurpación', y definidos en el código penal como 'utilización de inmuebles ajenos sin autorización o de forma violenta' han experimentado un elevado crecimiento durante los
últimos años, pasando de 622 en 2008 a 836 en 2011, 1.071 en 2012,



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1.669 en 2013, 2.402 en 2014 y 3.278 en 2015 según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), lo que supone un incremento de casi el 300% desde el año 2011. Por otra parte, las condenas por este tipo de ataques a la propiedad
privada se han multiplicado por siete, pasando de ser 488 los condenados en 2008 a ser 3.278 en 2015. El número de usurpaciones totales se incrementó un 92% con respecto a 2014, llegando a 22.461 en el año 2015.


Si bien una manifestación de este fenómeno es la ocupación por parte de personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, se debe poner el foco, en primer lugar, en los casos de 'okupación' llevada a cabo por individuos o grupos de
delincuencia organizada, que lo hacen de forma premeditada y con una finalidad lucrativa, aprovechándose de esas mismas personas en situación de vulnerabilidad, hasta el punto de emplear el engaño y la extorsión, y, en segundo lugar, la 'okupación'
llevada a cabo por grupos o movimientos antisistema.


Según la información recogida en diversos medios, el año pasado, el Ministerio del Interior contabilizó 9.998 casos de 'okupación'. Si bien estas cifras suponen un 3,6% menos que la cifra récord de 10.376 de 2015 y de 2014, cuando se
registraron 10.084, sigue por encima de los delitos y faltas por 'okupaciones' de 2013 (7.739) y de 2012 (6.233).


Tanto los vecinos como los propietarios son víctimas de estas 'okupaciones': las comunidades de vecinos sufren del deterioro de la convivencia, siendo, por ejemplo, el tráfico de drogas de las llamadas 'narcookupaciones' el caso más extremo
del problema; los propietarios se pueden llegar a encontrar con que es imposible entrar en su propia casa al volver de vacaciones o de una corta ausencia. La escasa protección de la propiedad privada y lo lento de los procesos judiciales supone un
grave problema para los propietarios y para los vecinos.


En este sentido, el Defensor del Pueblo inició en diciembre de 2016 una actuación de oficio ante la Secretaría de Estado de Seguridad y ante la Fiscalía General del Estado por el problema que se deriva de las quejas de ciudadanos que ponen
de relieve el aumento de la ocupación ilegal de inmuebles en España, y recomendaba prever los cauces adecuados para la adopción de medidas de carácter cautelar que restituyan al titular del inmueble la posesión y disfrute urgente del mismo, mediante
la tramitación de un procedimiento judicial rápido. Esta recomendación fue rechazada.


En consecuencia, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente interpelación urgente al Ministro de Fomento sobre sus políticas encaminadas a prevenir y atajar el fenómeno de la 'okupación'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de septiembre de 2017.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


172/000059


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas para impulsar una recuperación salarial que suponga un reparto más justo de la renta,
cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente interpelación urgente al Gobierno sobre medidas
para impulsar una recuperación salarial que suponga un reparto más justo de la renta, para su debate en la próxima sesión del Pleno de la Cámara.


Durante la etapa de Gobierno del PP la desigualdad salarial se ha disparado, incluso en los años recientes de recuperación de la actividad y descenso de la tasa de paro. En concreto, los salarios del 40 por ciento de la población con
menores sueldos han disminuido, especialmente entre los trabajadores con un contrato temporal. Los descensos han afectado de modo principal a los más jóvenes: los salarios de los trabajadores de entre 25 y 34 años de edad han caído un 5,5 por
ciento en términos reales.



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Esta evolución salarial ha derivado en un importante aumento del fenómeno de los trabajadores pobres: el porcentaje de trabajadores en riesgo de pobreza, definido como la proporción de trabajadores con una renta inferior al sesenta por
ciento de la mediana de ingresos, ha pasado del 10,8 por ciento en 2012 al 13,1 por ciento en 2015, ratio únicamente superada por Grecia y Rumanía.


Este modelo se ha consolidado, de modo que los nuevos entrantes en el mercado de trabajo lo están haciendo con un descuento en sus salarios del 25% con respecto al resto de trabajadores, brecha que se ha aumentado en los últimos años.


El actual modelo salarial en España está impidiendo que el progreso económico y social se extienda a la mayoría de españoles. Además de los nefastos efectos sociales que acarrea, también desde el punto de vista estrictamente económico el
modelo actual tiene cada vez menos sentido: pone en riesgo la recuperación económica en la medida que imposibilita la normalización del consumo de los hogares, que aún se encuentra por debajo del nivel previo a la crisis. Es un hecho constatado
que el mantenimiento de niveles de consumo aceptables en nuestro país, sobre el telón de fondo de bajos salarios, se está realizando a costa de una disminución de la tasa de ahorro de las familias, que es un modo insostenible de avance.


Por todo ello, se formula la presente interpelación urgente al Gobierno sobre medidas para impulsar una recuperación salarial que suponga un reparto más justo de la renta.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de septiembre de 2017.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000039


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Confederal de
Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación de la iniciativa europea de Garantía Juvenil y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo establecido en el artículo 184 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Moción consecuencia de la interpelación
urgente al Gobierno relativa al desarrollo y aplicación de la iniciativa europea de Garantía Juvenil, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


A partir de la Recomendación del Consejo de Europa, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil , se puso en marcha la Iniciativa de Garantía Juvenil, con el propósito de poner en marcha una batería de medidas
destinadas a mejorar la empleabilidad, intermediar en la contratación, o fomentar la inserción laboral de jóvenes europeos (en un principio de 16 a 24 años, con la posibilidad de ampliar hasta los 30 años), que no estuvieran en situación ni de
estudiar, ni de trabajar, los denominados 'ninis'.


En este marco, Bruselas diseñó el presupuesto del Plan de Garantía Juvenil en 2013, que en colaboración con el Fondo Social Europeo, dispuso una dotación para actuaciones vinculadas a la IGJ de 6.000 millones de euros. De dicha
planificación presupuestaria, se destinó a España la mayor dotación,



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con un importe superior a los 1.800 millones de euros, en atención a nuestra elevada tasa de desempleo juvenil, en aquel entonces superior al 50%.


Para la implementación en España de la Iniciativa Europea de Garantía Juvenil, el Gobierno del Partido Popular aprobó el Real Decreto-ley 8/2014 de 4 de julio, que fue seguidamente confirmado por las Cortes con la aprobación de la Ley
18/2014, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad, y la eficiencia, que en el capítulo I de su título IV diseña las normas reguladoras del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.


En un principio, el sistema se reguló de manera ciertamente obtusa, estableciendo condiciones de acceso e inscripción en el fichero de garantía juvenil demasiado restrictivas, de manera que la participación de jóvenes fue muy escasa. Según
consta en el Informe de Evaluación de la IGJ país por país publicado por la Comisión Europea en marzo de 2017, en España solamente el 10,7% de los potenciales beneficiarios de la Garantía Juvenil se habían inscrito en el fichero en los dos primeros
años desde su implementación.


Este déficit de implantación de la IGJ en España, se ha venido intentando solucionar mediante modificaciones parciales. Primeramente con la ampliación de la edad de los potenciales beneficiarios hasta los 30 años condicionada a que la tasa
de desempleo de este colectivo continúe siendo superior al 20%, que operó a partir del 1 de agosto de 2015 con la aprobación de la Ley 25/2015, de 28 de julio.


Posteriormente, solo después de que un primer informe de la Comisión Europea de octubre de 2016 constatare las deficiencias en la implementación de la Garantía Juvenil en España, se aprobaba por unanimidad en la Comisión de Empleo y
Seguridad Social de esta Cámara el pasado 1 de diciembre de 2016 una Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, en la que se instaba al Gobierno a redefinir los criterios y mecanismos para la inscripción en el Sistema de
Garantía Juvenil, y a integrar la Garantía Juvenil en el Sistema Nacional de Empleo, entre otras medidas.


Esta PNL fue parcialmente acogida por el Gobierno, que aprobó el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema de Garantía Juvenil. Con esta norma se impulsa la inscripción automática, en el
Fichero de Garantía Juvenil de todos los jóvenes beneficiarios al momento de su inscripción o renovación como demandantes de empleo si cumplen con los requisitos, que básicamente se reducen a ser menor de 30 años y no haber trabajado ni recibido
formación o acción educativa en el día anterior a la inscripción.


Sin duda, con la entrada en vigor de esta norma, el Gobierno parece haber vencido sus reticencias iniciales a facilitar la inscripción de los jóvenes en el fichero de beneficiarios de la Garantía Juvenil. Sin embargo, el Gobierno ha de
explicar las razones por las que tardó más de tres años en facilitar el acceso de los jóvenes a los beneficios de la IGJ, pese a tener a disposición de nuestro país un presupuesto con cargo al Fondo Social Europeo superior a los 1.800 millones de
euros, y padecer la segunda mayor tasa de desempleo juvenil de la Unión Europea.


Otra de las materias en las que más se ha sentido la dejación de funciones del Gobierno en la implementación de la IGJ ha sido la falta de elaboración y publicación de datos que permitieran hacer una evaluación de la eficiencia de cada una
de las medidas que prevé el Sistema de Garantía Juvenil, en orden a promover el empleo. Los sindicatos han denunciado repetidas veces que es estos casi cuatro años el Gobierno ha convocado la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del
Sistema Nacional de Garantía Juvenil en contadas ocasiones. Además han declarado que no han podido hacer propuestas cualitativas de ninguna clase porque el Gobierno no proporciona información que refleje la incidencia cuantitativa y cualitativa de
las actuaciones realizadas en estos años en el marco del artículo 106 de la Ley reguladora, que contempla las diversas actuaciones de intermediación, formación y mejora de la empleabilidad, fomento de la inserción laboral y apoyo al emprendimiento
que se integran en nuestro Sistema de Garantía Juvenil.


En el mismo sentido, el informe de marzo de 2017 de la Comisión Europea sobre la implementación de la IGJ en España pone de manifiesto la imposibilidad de evaluar la incidencia sobre el empleo de las actuaciones formativas y de
intermediación llevadas a cabo en nuestro país debido a que nuestro Gobierno no ha proporcionado los datos necesarios. Este mismo informe pone de manifiesto que -en el periodo evaluado solamente el 47,5 % de los jóvenes- inscritos en el Fichero de
Garantía Juvenil habían recibido alguna actuación de las contempladas en el Sistema en los cuatro meses posteriores a la inscripción. El informe declara también que de entre los jóvenes que fueron beneficiarios durante 2015 de algún tipo de
actuación de las contempladas en el Sistema, solamente un 37,7% se encontraba trabajando, realizando estudios o prácticas profesionales al término de los seis meses siguientes a la recepción de los beneficios de la Garantía Juvenil. Estos datos,
unidos a la tardía facilitación de la inscripción de jóvenes en el



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Sistema de Garantía Juvenil, expresan el fracaso del Gobierno de España en la implementación de la Iniciativa de Garantía Juvenil en nuestro país.


En este contexto, la Ministra de Empleo y Seguridad Social anunciaba a los medios de comunicación el pasado mes de junio su propósito de implementar en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil el establecimiento de una ayuda
económica, bono o complemento salarial, consistente en un subsidio de 430 euros mensuales, de duración no definida, que se sufragaría con cargo la partida presupuestada para España en el marco de la Iniciativa Europea de Garantía Juvenil.


Consideramos que es imprescindible que al menos en esta ocasión, el Gobierno elabore un estudio sobre la incidencia de las diversas actuaciones que prevé el Sistema de Garantía Juvenil, en orden a promover la creación de empleo estable y de
calidad para los jóvenes de nuestro país, recopile y haga públicos los datos indicativos de la eficacia de cada una de estas medidas, y convoque al diálogo social en el seno de la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de
Garantía Juvenil, con carácter previo a la adopción de nuevos cambios normativos en esta materia.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar y publicar un informe de evaluación de la implementación en España de la Iniciativa de Garantía Juvenil desde su puesta en marcha, que en los ejercicios de 2015, 2016 y 2017, sea indicativo de los siguientes extremos:


a) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna acción de fomento de la intermediación y la movilidad laboral, de las
previstas en el artículo 106.a) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá detallar el tipo de actuaciones de orientación
profesional, información laboral o bien acompañamiento en la búsqueda de empleo realizada. La información deberá aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo responsable de su impartición. Asimismo, deberá
indicarse de entre los jóvenes que recibieron este tipo de actuaciones, el número de jóvenes que se encontraban trabajando al término de los seis meses posteriores a la recepción de la misma, y el número de jóvenes que se encontraban en desempleo.


b) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna acción de mejora de la empleabilidad, de las previstas en el artículo
106.b) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá detallar el tipo de formación, prácticas no laborales, formación
profesional dual, formación vinculada a la obtención de certificados de profesionalidad, formación vinculada a la capacitación en idiomas o tecnologías de la comunicación, o programas de segunda oportunidad ofrecidas a los jóvenes, e indicar
asimismo el grado de finalización de este tipo de medidas por parte de los jóvenes participantes. La información deberá aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo o tipo de entidad colaboradora responsable de las
gestiones realizadas. Asimismo, deberá indicarse de entre los jóvenes que recibieron este tipo de actuaciones, el número de jóvenes que se encontraban trabajando al término de los seis meses posteriores a la recepción de la misma indicando las
actividades económicas principales en las que obtuvieron empleo, y el número de jóvenes que se encontraban en desempleo.


c) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna actuación de fomento de la inserción laboral, de las previstas en el
artículo 106.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá desglosar el tipo de incentivo a la inserción laboral realizado
(incentivos a la cotización a la Seguridad Social, contratos formativos, etc.). La información deberá aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo o tipo de entidad colaboradora responsable de las gestiones
realizadas. Asimismo, deberá indicarse de entre los jóvenes que recibieron este tipo de actuaciones, el número de jóvenes que se encontraban trabajando al término de los seis meses posteriores a la finalización del contrato formativo, o incentivo a
la contratación de que se trate, y el número de jóvenes que se encontraban en desempleo a dicho término.



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d) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna actuación de apoyo al emprendimiento, de las previstas en el artículo
106.d) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá desglosar el tipo de apoyo al emprendimiento realizado (apoyo a la
creación de empresas, incentivos a la cotización a la Seguridad Social, medidas para favorecer el autoempleo, etcétera). La información deberá aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo o tipo de entidad
colaboradora responsable de las gestiones realizadas. Asimismo, deberá indicarse de entre los jóvenes que recibieron este tipo de actuaciones, el número de jóvenes que se encontraban trabajando al término de los seis meses posteriores a la
finalización de la actuación realizada, y el número de jóvenes que se encontraban en desempleo a dicho término.


e) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con discapacidad o en riesgo de exclusión social, que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna actuación de las
contempladas en el artículo 106 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá detallar el tipo de actuación realizada, aparecer
desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo o tipo de entidad colaboradora responsable de las gestiones efectuadas. Asimismo, deberá indicarse de entre los jóvenes con discapacidad o en riesgo de exclusión social, el
número de beneficiarios de algún tipo de medida que al término de los seis meses posteriores a su recepción se encontraban trabajando, y el número de los que se encontraban en desempleo a dicho término.


2. Una vez realizado y publicado el anterior Informe, que permita evaluar la eficiencia en orden a la consecución de los objetivos de la Iniciativa de Garantía Juvenil, el Gobierno, previa consulta y negociación con los agentes sociales en
el marco de la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, deberá impulsar las reformas legislativas pertinentes en orden a establecer subsidios o bonos sociales directos, destinados a los beneficiarios
del SNGJ, orientados preferentemente a incentivar la participación de estos en las acciones formativas que mejoren sus competencias curriculares, en orden a fomentar la creación de empleo estable y de calidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de julio de 2017.-Alberto Rodríguez Rodríguez, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación de la iniciativa europea de Garantía Juvenil.


Enmienda


De adición.


Se propone la adición de dos nuevos apartados, con la siguiente redacción:


'3. Realizar y publicar un Informe de Evaluación sobre el desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, estructurado en sus cuatro ejes principales de actuación: mejora de la intermediación, mejora de la
empleabilidad, estímulos a la contratación y fomento del emprendimiento. Este Informe contendrá además los aspectos cuantitativos y con perspectiva de género de cada una de las medidas previstas en el Estrategia y su impacto en la contratación y el
emprendimiento, con determinación de la incidencia de los incentivos y bonificaciones articulados para dicho fin.



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4. A la vista de los resultados y en el marco del diálogo social, se planificará una nueva Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, con la corrección de los aspectos negativos que hubieran resultado del Informe previsto en el apartado
anterior, que contendrá nuevas actuaciones para mejorar la empleabilidad de los jóvenes, facilitar su inserción en el ámbito laboral, promover el emprendimiento y mejorar su situación dentro del mercado de trabajo. Asimismo, contendrá las acciones
y mecanismos que permitan mejorar la coordinación y la planificación con los interlocutores sociales, los colaboradores intermedios y las Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la eficiencia de las medidas adoptadas, también las
económicas.'


Motivación.


La Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, en la que se inserta la Garantía Juvenil, contempla un catálogo de medidas respecto de las cuales también se precisa conocer su impacto en la consecución del fin que persiguen, con el fin de
garantizar la eficiencia en las nuevas actuaciones a desarrollar.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación de la iniciativa europea de Garantía Juvenil.


Enmienda


De modificación.


Se propone el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. (Igual).


2. Una vez realizado y publicado el anterior informe, que permita evaluar la eficiencia en orden a la consecuencia de los objetivos de la iniciativa de Garantía Juvenil, el Gobierno, previa consulta y negociación con los agentes sociales y
Comunidades Autónomas, y con pleno respeto a las competencias que estas tengan asumidas en la materia, deberá impulsar las reformas pertinentes en orden a establecer subsidios o ayudas directos, destinados a los beneficiarios del SNGJ y orientados a
incentivar la participación de estos en las acciones formativas que mejoren sus competencias, en orden a fomentar la creación de empleo estable y de calidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Mixto, a instancia del Diputado don Isidro Martínez Oblanca, de Foro, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación de la iniciativa europea de Garantía Juvenil.



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Enmienda


De modificación.


'Atender la Recomendación del Consejo Europeo del pasado 22 de mayo de 2017 relativa al Programa Nacional de Reformas de 2017 de España por el que se emitió un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2017 y en tal sentido:


1. Dar continuidad a las medidas de apoyo a los jóvenes, en particular mediante una ampliación de los criterios de elegibilidad de la Garantía Juvenil, y de refuerzo del apoyo individual a los desempleados de larga duración.


2. Acordar con las Comunidades Autónomas todas aquellas medidas tendentes a reforzar el rendimiento de los servicios públicos autonómicos de empleo.


3. Potenciar la cooperación con los servicios sociales con el fin de mejorar la prestación de servicios a los solicitantes de empleo, en particular a los desempleados de larga duración y a los beneficiarios de los sistemas de renta mínima
garantizada.


4. Impulsar la cooperación de los servicios públicos de empleo con los empresarios, en particular aumentando el porcentaje de puestos vacantes tramitados por los servicios de empleo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente relativa al desarrollo y aplicación de
la iniciativa europea de Garantía Juvenil, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un punto tercero a la sección propositiva de la Moción con la siguiente redacción:


'3. Poner en marcha la ayuda, dotada con 500 millones de euros en la partida presupuestaria 19.101.251M.48803 de los PGE 2017, para el complemento salarial de todos los jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía
Juvenil que accedan a un empleo, con una duración que será ampliable hasta los 18 meses en caso de que el trabajador se matricule en centros educativos o se inscriba en procesos oficiales con el fin de obtener una titulación educativa reglada,
promoviendo con ello el reenganche de aquellos jóvenes que abandonaron el sistema educativo de manera temprana. En paralelo se reformará la actual bonificación para la contratación de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
para extender su aplicación a todos los trabajadores jóvenes hasta los 30 años y a los que sean beneficiarios del complemento al salario joven antes referido.'


Justificación.


Aprovechar los 500 millones aprobados en los PGE de 2017, para establecer un complemento salarial para jóvenes de 430 euros al mes que mejore las oportunidades de inserción laboral y la formación de los jóvenes en España.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Carles Campuzano i Canadés, en su calidad de Diputado del Partit Demòcrata Europeu Català integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, y al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
modificación de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación de la iniciativa europea de Garantía Juvenil.


Enmienda


De modificación.


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las CCAA a:


1. Realizar y publicar un Informe de Evaluación de la implementación en España de la Iniciativa de Garantía Juvenil desde su puesta en marcha, que en los ejercicios de 2015, 2016 y 2017, sea indicativo de los siguientes extremos:


a) Número de jóvenes inscritos en el Sistema [...]


b) Número de jóvenes inscritos en el Sistema [...]


c) Número de jóvenes inscritos en el Sistema [...]


d) Número de jóvenes inscritos en el Sistema [...]


e) Número de jóvenes inscritos en el Sistema [...]


2. Una vez realizado y publicado el anterior informe, que permita evaluar la eficiencia en orden a la consecución de los objetivos de la iniciativa de Garantía Juvenil, el Gobierno, previa consulta y negociación con los agentes sociales en
el marco de la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, deberá impulsar las reformas legislativas pertinentes en orden a establecer subsidios o bonos sociales directos, destinados a los beneficiarios
del SNGJ, orientados preferentemente a incentivar la participación de estos en las acciones formativas que mejoren sus competencias curriculares, en orden a fomentar la creación de empleo estable y de calidad.


Deberá asimismo, en el marco de las reformas que se impulsen en el entorno de la Garantía Juvenil:


- Tener en cuenta las experiencias llevadas a cabo por otros países europeos en esta materia, especialmente las de los países que están consiguiendo importantes resultados en la reducción del paro entre los jóvenes y en su mejor preparación
para el empleo.


- Promover prioritariamente, más programas para mejorar las competencias de los jóvenes poco cualificados en lugar de continuar incrementando los incentivos económicos que favorecen su contratación a través de complementos salariales sin
estabilidad.


- Facilitar el impulso de una red de educación de 2.ª oportunidad.


- Promover la cooperación con entidades del Tercer Sector e invertir un volumen mayor de recursos en los proyectos que éstas realizan y pueden desarrollar para jóvenes en riesgo de exclusión social.


- Posibilitar el desarrollo de estrategias que permitan adaptar la cartera de formación a las necesidades locales y que permitan llegar a sus poblaciones de jóvenes con poca cualificación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


173/000039


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En



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Comú Podem-En Marea, relativa al desarrollo y aplicación de la iniciativa europea de Garantía Juvenil ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Realizar y publicar un Informe de Evaluación de la implementación en España de la Iniciativa de Garantía Juvenil desde su puesta en marcha, que en los ejercicios de 2015, 2016 y 2017, sea indicativo de los siguientes extremos:


a) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna acción de fomento de la intermediación y la movilidad laboral, de las
previstas en el artículo 106.a) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá detallar el tipo de actuaciones de orientación
profesional, información laboral o bien acompañamiento en la búsqueda de empleo realizada. La información deberá aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo responsable de su impartición. Asimismo, deberá
indicarse de entre los jóvenes que recibieron este tipo de actuaciones, el número de jóvenes que se encontraban trabajando al término de los seis meses posteriores a la recepción de la misma, y el número de jóvenes que se encontraban en desempleo.


b) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna acción de mejora de la empleabilidad, de las previstas en el artículo
106.b) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá detallar el tipo de formación, prácticas no laborales, formación
profesional dual, formación vinculada a la obtención de certificados de profesionalidad, formación vinculada a la capacitación en idiomas o tecnologías de la comunicación, o programas de segunda oportunidad ofrecidas a los jóvenes, e indicar
asimismo el grado de finalización de este tipo de medidas por parte de los jóvenes participantes. La información deberá aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo o tipo de entidad colaboradora responsable de las
gestiones realizadas. Asimismo, deberá indicarse de entre los jóvenes que recibieron este tipo de actuaciones, el número de jóvenes que se encontraban trabajando al término de los seis meses posteriores a la recepción de la misma indicando las
actividades económicas principales en las que obtuvieron empleo, y el número de jóvenes que se encontraban en desempleo.


c) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna actuación de fomento de la inserción laboral, de las previstas en el
artículo 106.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficacia. La información deberá desglosar el tipo de incentivo a la inserción laboral realizado
(incentivos a la cotización a la Seguridad Social, contratos formativos, etc.). La información deberá aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo o tipo de entidad colaboradora responsable de las gestiones
realizadas. Asimismo, deberá indicarse de entre los jóvenes que recibieron este tipo de actuaciones, el número de jóvenes que se encontraban trabajando al término de los seis meses posteriores a la finalización del contrato formativo, o incentivo a
la contratación de que se trate, y el número de jóvenes que se encontraban en desempleo a dicho término.


d) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron beneficiarios de alguna actuación de apoyo al emprendimiento, de las previstas en el artículo
106.d) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá desglosar el tipo de apoyo al emprendimiento realizado (apoyo a la
creación de empresas, incentivos a la cotización a la Seguridad social, medidas para favorecer el autoempleo, etc.). La información deberá aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo o tipo de entidad colaboradora
responsable de las gestiones realizadas. Asimismo, deberá indicarse de entre los jóvenes que recibieron este tipo de actuaciones, el número de jóvenes que se encontraban trabajando al término de los seis meses posteriores a la finalización de la
actuación realizada, y el número de jóvenes que se encontraban en desempleo a dicho término.


e) Número de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con discapacidad o en riesgo de exclusión social, que en el plazo de los cuatro meses siguientes a la inscripción fueron



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beneficiarios de alguna actuación de las contempladas en el artículo 106 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento de la competitividad, el crecimiento y la eficiencia. La información deberá
detallar el tipo de actuación realizada, aparecer desglosada por Comunidades Autónomas, e indicar el servicio de empleo o tipo de entidad colaboradora responsable de las gestiones efectuadas. Asimismo, deberá indicarse de entre los jóvenes con
discapacidad o en riesgo de exclusión social, el número de beneficiarios de algún tipo de medida que al término de los seis meses posteriores a su recepción se encontraban trabajando, y el número de los que se encontraban en desempleo a dicho
término.


2. Una vez realizado y publicado el anterior Informe, que permita evaluar la eficiencia en orden a la consecuencia de los objetivos de la Iniciativa de Garantía Juvenil, el Gobierno, previa consulta y negociación con los agentes sociales y
Comunidades Autónomas, y con pleno respeto a las competencias que estas tengan asumidas en la materia, deberá impulsar las reformas pertinentes en orden a establecer subsidios o ayudas directas, destinados a los beneficiarios del SNGJ y orientados a
incentivar la participación de estos en las acciones formativas que mejoren sus competencias, en orden a fomentar la creación de empleo estable y de calidad.


3. Realizar y publicar un Informe de Evaluación sobre el desarrollo de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, estructurado en sus cuatro ejes principales de actuación: mejora de la intermediación, mejora de la
empleabilidad, estímulos a la contratación y fomento del emprendimiento. Este Informe contendrá además los aspectos cuantitativos y con perspectiva de género de cada una de las medidas previstas en la Estrategia y su impacto en la contratación y el
emprendimiento, con determinación de la incidencia de los incentivos y bonificaciones articulados para dicho fin.


4. A la vista de los resultados y en el marco del diálogo social, se planificará una nueva Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, con la corrección de los aspectos negativos que hubieran resultado del Informe previsto en el apartado
anterior, que contendrá nuevas actuaciones para mejorar la empleabilidad de los jóvenes, facilitar su inserción en el ámbito laboral, promover el emprendimiento y mejorar su situación dentro del mercado de trabajo. Asimismo, contendrá las acciones
y mecanismos que permitan mejorar la coordinación y la planificación con los interlocutores sociales, los colaboradores intermedios y las Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la eficiencia de las medidas adoptadas, también las
económicas.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


173/000040


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Mixto, sobre
regulación del uso, protección y promoción de los símbolos y de la enmienda presentada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Íñigo Alli Martínez y don Carlos Salvador Armendáriz, Diputados de Unión del Pueblo Navarro (UPN), y al amparo de lo dispuesto en los artículos 184.2 del Reglamento del Congreso de los
Diputados, formula Moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno sobre la regulación del uso, protección y promoción de los símbolos, para su debate en Pleno.



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Exposición de motivos


La colocación de la bandera de la Comunidad Autónoma del País Vasco el pasado día 6 de julio en el Ayuntamiento de Pamplona al tiempo del comienzo de las fiestas patronales por parte de su máxima autoridad, el alcalde de la ciudad -Joseba
Asirón por Euskal Herria Bildu-, no es sino un paso más en la estrategia del nacionalismo vasco en su intento de anexionar Navarra a la Comunidad Autónoma del País Vasco.


En el seno de una democracia como la nuestra, joven pero consolidada, todos sabemos que dicha actuación no es mera casualidad, sino fruto de una senda perfectamente trazada. Todos sabemos que no hay mejor publicidad posible ni propaganda
efectiva que izar la bandera propia de otra Comunidad Autónoma a las 12 horas del día 6 de julio en Pamplona para confundir al resto del mundo sobre la identidad de la Comunidad Foral de Navarra.


En lo que a este asunto respecta, esta actuación no es novedosa, y es que el Poder judicial ha tenido ocasión de pronunciarse en varias resoluciones ante idéntica actuación reproducida de forma reiterada en otras localidades navarras o en la
propia Pamplona en contra de la misma por ser ilegal, por ser contraria a la Ley.


Efectivamente, se trata de un paso más en una estrategia plural bien orquestada desde el nacionalismo vasco. En este concreto aspecto del uso fraudulento de la bandera, como respuesta a la voluntad expresada públicamente por el actual
alcalde de Pamplona, el nacionalismo vasco más radical junto al apoyo cómplice de Podemos e Izquierda Unida a través de Izquierda-Ezquerra acordaron el pasado mes de abril, por la mínima y en concierto con los actuales Gobierno y Parlamento de
Navarra, la derogación de la Ley Foral 24/2003, de 4 de abril, de Símbolos de Navarra dando así un primer paso para allanar un camino legal que no era favorable a sus aspiraciones.


La sociedad navarra, conocedora en primera persona de los modos y obras del nacionalismo vasco en todas sus formas, tuvo como respuesta a la derogación de la Ley Foral de Símbolos de 2003 la celebración el pasado 3 de junio de una marcha por
las calles del centro de Pamplona para defender la bandera de Navarra y la recuperación de la derogada ley.


Por tanto, y en consecuencia con lo trazado y ya ejecutado, la colocación de la bandera de la Comunidad Autónoma Vasca un cuarto de hora antes del lanzamiento del cohete anunciador de las fiestas de San Fermín el pasado jueves 6 de julio en
la fachada exterior del Ayuntamiento es una colocación e izado de la ikurriña anunciados, es un menosprecio de los símbolos de la Comunidad Foral de Navarra y de su identidad como comunidad diferenciada muy ilustrativa de cómo el nacionalismo vasco
concibe Navarra, es despojar a la Comunidad Foral del lugar de honor que le corresponde en favor de otra Comunidad Autónoma ajena, contrariando así la legalidad vigente.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente sobre la regulación del uso, protección y promoción de los símbolos.


Moción


'El Congreso de los Diputados manifiesta su rechazo a la colocación e izado de la bandera de la Comunidad Autónoma del País Vasco en la fachada del Ayuntamiento de Pamplona el pasado día 6 de julio por no ser la bandera propia de la
Comunidad Foral de Navarra de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, y por constituir un quebranto del debido respeto a la identidad propia y
diferenciada de la Comunidad Foral de Navarra.


Asimismo, reclama de todos los poderes públicos la adecuada promoción, protección y regulación del uso de los símbolos propios de cada Comunidad Autónoma y de la Comunidad Foral de Navarra frente a la instrumentalización de las instituciones
y las administraciones públicas, mediante la aplicación de la ley, máxima expresión de la voluntad democrática de una sociedad, favoreciendo con ello la convivencia y la buena armonía entre todos los españoles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de julio de 2017.-Íñigo Jesús Alli Martínez y Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, Diputados.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Diputada de EHBildu, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda al articulado a la Moción consecuencia de
interpelación urgente sobre la regulación del uso, protección y promoción de los símbolos.


Enmienda


De sustitución.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados y Diputadas insta al Gobierno a manifestar que las leyes en Navarra las decide el Parlamento de Navarra de manera democrática. Recordando que para eso es el poder legislativo de la Comunidad Foral de Navarra y
que, como parte de esa facultad legislativa, se incluye también la propia derogación de la ley de símbolos o la elaboración de una nueva.


La LORAFNA deja muy claro cual es la bandera de Navarra. Esa bandera debe ondear en todos los edificios públicos de la Comunidad Foral. Así sucede hoy en día, así fue también el pasado 6 de julio en el balcón del Ayuntamiento de Pamplona y
así será en adelante.


Ademas, respondiendo a la pluralidad, a la visibilización de las diferentes sensibilidades, se puede izar también la ikurriña en el balcón del Ayuntamiento de Pamplona u otros ayuntamientos navarros. La ikurriña, ademas de ser la bandera
oficial en la Comunidad Autónoma Vasca, representa también una sensibilidad social tanto de esa comunidad como en Navarra e Iparralde.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2017.-Marian Beitialarrangoitia Lizarralde, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


173/000040


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre regulación del uso, protección y promoción de los símbolos, sin
modificaciones con respecto al texto inicial que se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara:


'El Congreso de los Diputados manifiesta su rechazo a la colocación e izado de la bandera de la Comunidad Autónoma del País Vasco en la fachada del Ayuntamiento de Pamplona el pasado día 6 de julio por no ser la bandera propia de la
Comunidad Foral de Navarra de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, y por constituir un quebranto del debido respeto a la identidad propia y
diferenciada de la Comunidad Foral de Navarra.


Asimismo, reclama de todos los poderes públicos la adecuada promoción, protección y regulación del uso de los símbolos propios de cada Comunidad Autónoma y de la Comunidad Foral de Navarra frente a la instrumentalización de las instituciones
y las administraciones públicas, mediante la aplicación de la ley, máxima expresión de la voluntad democrática de una sociedad, favoreciendo con ello la convivencia y la buena armonía entre todos los españoles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


173/000041


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para



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corregir el déficit del sistema de la Seguridad Social, sin endeudarlo y garantizando el poder adquisitivo de las pensiones, ahora que se ha agotado el Fondo de Reserva de la Seguridad Social y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Moción consecuencia de interpelación
urgente sobre las medidas para corregir el déficit del sistema de la Seguridad Social, sin endeudarlo y garantizando el poder adquisitivo de las pensiones, ahora que se ha agotado el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el plazo de tres meses, y tras su negociación con los interlocutores sociales, adopte las medidas necesarias para asegurar el equilibrio financiero del sistema público de pensiones y
garantizar su sostenibilidad, así como la suficiencia de las mismas, a través de su actualización conforme a la evolución de los precios, reforzando los ingresos por cotizaciones mediante una aportación adicional suficiente proveniente de la
imposición general.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de julio de 2017.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre las medidas para corregir el déficit del sistema de la Seguridad Social, sin endeudado y garantizando el poder adquisitivo de las pensiones, ahora que se ha agotado el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.


Enmienda


De modificación.


Se propone el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, tras su negociación con los interlocutores sociales y en el marco de las recomendaciones que al efecto efectúe el Pacto de Toledo y en el plazo de tres meses desde su conclusión, adopte
las medidas necesarias para asegurar el equilibrio financiero del Sistema público de funciones, garantizando tanto su sostenibilidad como la suficiencia de las mismas, tanto a través de su actualización de conformidad con la evolución de los índices
de precios, como precisando los medios suplementarios a las cotizaciones que desde los Presupuestos Generales del Estado, se vayan a destinar para dar cobertura al previsible déficit del sistema en los próximos años.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación



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urgente sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para corregir el déficit del sistema de la Seguridad Social, sin endeudarlo y garantizando el poder adquisitivo de las pensiones, ahora que se ha agotado el Fondo de Reserva de la
Seguridad Social, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica la sección propositiva de la Moción, que queda redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de continuar con los trabajos de estudio y deliberación que actualmente están siendo desarrollados por todos los Grupos Parlamentarios en el seno de la Comisión de Seguimiento y
Evaluación de los Acuerdos Pacto de Toledo, con el fin de alcanzar un amplio acuerdo político y social en torno a reformas que permitan fortalecer el sistema público de pensiones, restablecer su equilibrio financiero y asegurar la sostenibilidad y
suficiencia de las pensiones públicas presentes y futuras.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el plazo de tres meses, y tras su negociación con los interlocutores sociales, adopte las medidas necesarias para asegurar el equilibrio financiero del sistema público de pensiones y
garantizar su sostenibilidad, así como la suficiencia de las mismas, a través de su actualización conforme a la evolución de los precios, reforzando los ingresos por cotizaciones mediante una aportación adicional suficiente proveniente de la
imposición general.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2017.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para corregir el déficit del sistema de la Seguridad Social, sin endeudarlo y garantizando el poder adquisitivo de las pensiones, ahora que se ha agotado el Fondo de Reserva de la
Seguridad Social.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Pleno del Congreso de los Diputados manifiesta, su compromiso con el mantenimiento y mejora del sistema público de Seguridad Social único, contributivo y solidario, definido en nuestra Constitución y basado en el reparto, la equidad y en
la solidaridad intra e intergeneracional.


El Pacto de Toledo es el ámbito donde deben sustanciarse las reformas que garanticen la sostenibilidad del sistema, su desarrollo y su adaptación a las nuevas situaciones, asegurando de manera estable en el tiempo, las fuentes de
financiación que permitan garantizar las suficiencia de las prestaciones sin poner en riesgo la sostenibilidad económico-financiera del sistema.


La necesidad de cuantas acciones sean precisas para establecer la esencial coordinación del sistema de Seguridad Social con los diferentes niveles de protección social de otras administraciones en orden a alcanzar la mayor eficiencia en el
uso de los recursos, la garantía de la continuidad prestacional, la



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adecuada atención de las diferentes contingencias y la reducción de la vulnerabilidad y de la exclusión social.


La garantía de que las reformas de nuestro sistema de pensiones deben ser generadores de estabilidad y confianza, reafirmando la estructura institucional de presencia de la Seguridad Social en todo el territorio de España, asegurando que
todos los ciudadanos dispongan de los mismos recursos humanos y materiales y de los mismos servicios.


Con esta finalidad el Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


'A que, una vez conocidas las nuevas recomendaciones y orientaciones de la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo, y tras su negociación con los agentes sociales, adopte las medidas necesarias que permitan reforzar los principios en los
que se basa nuestro sistema público de pensiones, atendiendo a la suficiencia de las pensiones y la sostenibilidad económico-financiera de las mismas.''


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


173/000041


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para corregir
el déficit del sistema de la Seguridad Social, sin endeudarlo y garantizando el poder adquisitivo de las pensiones, ahora que se ha agotado el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que en el plazo de tres meses, tras su negociación con los interlocutores sociales y sin perjuicio de su debate en el Pacto de Toledo, adopte las medidas necesarias para asegurar el
equilibrio financiero del Sistema público de pensiones, garantizando su sostenibilidad y la suficiencia de las mismas, tanto a través de su actualización de conformidad con la evolución de los índices de precios, como precisando los medios
suplementarios a las cotizaciones que desde los Presupuestos Generales del Estado, se vayan a destinar para dar cobertura al previsible déficit del sistema en los próximos años.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.