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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 261, de 28/12/2018
cve: BOCG-12-CG-A-261 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


SECCIÓN CORTES GENERALES


XII LEGISLATURA


Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS


28 de diciembre de 2018


Núm. 261



ÍNDICE


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000263 (CD)


771/000258 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los contratos de cesión, arrendamiento o enajenación de bienes inmuebles y derechos de la
propiedad incorporal más significativos formalizados por las empresas estatales durante los ejercicios 2013, 2014 y 2015, así como dicho Informe ...(Página 2)


251/000264 (CD)


771/000261 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los procedimientos de concesión y de gestión y justificación de ayudas sociales
concedidas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad con cargo a los programas de atención a las personas con necesidades de atención integral sociosanitaria, convocatoria de 2015, así como dicho Informe ...(Página 4)


251/000265 (CD)


771/000262 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los ingresos de la Jefatura Central de Tráfico, ejercicio 2015, así como dicho Informe
...(Página 6)


251/000266 (CD)


771/000260 (S);Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del Fondo de Financiación a Entidades Locales, ejercicios 2015 y 2016, así como dicho
Informe ...(Página 8)



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL DE CUENTAS


251/000263 (CD)


771/000258 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los contratos de cesión, arrendamiento o
enajenación de bienes inmuebles y derechos de la propiedad incorporal más significativos formalizados por las empresas estatales durante los ejercicios 2013, 2014 y 2015. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe
correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de diciembre de 2018.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS DE CESIÓN, ARRENDAMIENTO O ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES Y DERECHOS DE LA PROPIEDAD
INCORPORAL MÁS SIGNIFICATIVOS FORMALIZADOS POR LAS EMPRESAS ESTATALES DURANTE LOS EJERCICIOS 2013, 2014 Y 2015, EN SU SESIÓN DEL DÍA 4 DE DICIEMBRE DE 2018


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 4 de diciembre de 2018, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los contratos de cesión,
arrendamiento o enajenación de bienes inmuebles y derechos de la propiedad incorporal más significativos formalizados por las empresas estatales durante los ejercicios 2013, 2014 y 2015:


ACUERDA


1. Instar al Gobierno a:


- Asumir las conclusiones y seguir todas las recomendaciones del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.


- Analizar la posibilidad de impulsar la publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público de los contratos de cesión, arrendamiento o enajenación de bienes, así como sus licitaciones de las Entidades analizadas en este
informe, facilitando así, a las posibles empresas licitadoras de mediano y pequeño tamaño, localizar las distintas oportunidades de negocio en el Sector Público.


Para conseguir un control más eficaz de la tramitación y con menor riesgo de arbitrariedades se recomienda que los manuales de procedimientos para tramitar los expedientes de arrendamiento de espacios relacionados con las estaciones de ADIF
y Adif-AV detallen lo más posible las fases de la licitación de esos arrendamientos, incluyendo aspectos como: plazo mínimo para la presentación de la documentación administrativa y de solvencia, de las ofertas y, en su caso, de las solicitudes de
participar; tipos de procedimiento (abierto y restringido); criterios de adjudicación; composición y funciones de la mesa de contratación u órgano similar; apertura y revisión de la información remitida por los licitadores relativa a los
aspectos administrativos y de solvencia y a las ofertas; informes de valoración de las ofertas; y comunicación de la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios.


2. Instar a las entidades públicas fiscalizadas a:


- Publicar en la Plataforma de Contratación del Sector Público los contratos de cesión, arrendamiento o enajenación de bienes, así como sus licitaciones para fomentar la concurrencia en la contratación pública y, con ello, también conseguir
ofertas más ventajosas.



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- Detallar en los pliegos de los expedientes de contratos de arrendamiento los aspectos a valorar, los criterios para puntuar y la puntuación por subconceptos en relación con los conceptos y, en su caso, subconceptos a valorar de las ofertas
técnicas.


- Dejar en cada expediente un rastro de la publicidad, indicando el contenido, con facilidad de acceso, fecha y duración de la publicación, con el fin de dejar constancia de la debida transparencia en la contratación.


- Redactar sus pliegos de contratación siguiendo los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.


- Tener un reglamento general de contratación publicado en su web que contenga los principales aspectos que deben contener sus licitaciones y contratos.


3. Instar a AENA, ADIF y ADIF AV a:


- Que en relación a los conceptos y, en su caso, subconceptos a valorar de las ofertas técnicas, los pliegos de los expedientes de contratos de arrendamiento detallen los aspectos a valorar, criterios para puntuar y la puntuación por
subconceptos.


- Justificar tanto los motivos por los que se da la puntuación como los cálculos para llegar a la puntuación dada en concreto a cada aspecto de la oferta.


4. Instar a ADIF y ADIF AV a:


- Que los manuales de procedimientos detallen lo más posible las fases de la licitación de esos arrendamientos, incluyendo aspectos como plazo mínimo para la presentación de la documentación administrativa y de solvencia, de las ofertas, y
en su caso de las solicitudes a participar, tipos de procedimiento (abierto o restringido), criterios de adjudicación, composición y funciones de la mesa de contratación, posibilidad de asistencia de técnicos para la valoración de ofertas técnicas,
apertura y revisión de la información remitida por los licitadores relativa a los aspectos administrativos, y de solvencia, y a las ofertas, informes de valoración de las ofertas, y comunicación de la adjudicación a los licitadores que no han
resultado adjudicatarios.


5. Instar a ADIF a:


- Realizar todas las actuaciones necesarias para proceder la adecuada inscripción en el Registro de la propiedad de todos sus inmuebles.


- Procurar que la mesa de contratación de los expedientes de arrendamiento esté integrada por personal de distintos departamentos de la Entidad, sin perjuicio de que la valoración de los aspectos técnicos recaiga en personal técnico
especializado.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de diciembre de 2018.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.


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251/000264 (CD)


771/000261 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los procedimientos de concesión y de
gestión y justificación de ayudas sociales concedidas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad con cargo a los programas de atención a las personas con necesidades de atención integral sociosanitaria, convocatoria de 2015. En
dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de diciembre de 2018.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN Y DE GESTIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS SOCIALES CONCEDIDAS POR EL
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD CON CARGO A LOS PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON NECESIDADES DE ATENCIÓN INTEGRAL SOCIOSANITARIA, CONVOCATORIA DE 2015, EN SU SESIÓN DEL DÍA 4 DE DICIEMBRE DE 2018


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 4 de diciembre de 2018, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los procedimientos de concesión y de
gestión y justificación de ayudas sociales concedidas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad con cargo a los programas de atención a las personas con necesidades de atención integral sociosanitaria, convocatoria de 2015:


ACUERDA


1. Establecer mecanismos de evaluación que permitan conocer el grado de cumplimiento de las recomendaciones del Tribunal de Cuentas al respecto de estas ayudas.


2. Instar al Gobierno a:


- Asumir las conclusiones y seguir todas las recomendaciones del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.


- Establecer criterios claros, transparentes, objetivos, verificables y públicos para la asignación por parte de la misma de las ayudas sociales, así como realizar estudios por colectivos.


- Establecer, junto a la Intervención General de la Administración del Estado, revisiones con periodicidad a los grandes perceptores de ayudas (más de 600.000 euros).


- Establecer en las bases de las convocatorias la máxima concreción de criterios y requisitos a fin de evitar al máximo la discrecionalidad en los procedimientos, con la creación de un servicio específico centralizado de consulta para marcar
criterios homogéneos en aquellos asuntos no incluidos en el Manual de Procedimiento, Seguimiento y Justificación, o que aun estando incluidos, no resultan lo suficientemente claros y son objeto de consultas por los órganos gestores.


- Establecer protocolos que marquen las pautas de actuación para poder contrastar la información que aportan las entidades solicitantes de subvenciones, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo relativo a que los interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración, en aras a la mayor agilidad de las
comprobaciones.


- Aplicar el sistema sancionador para las entidades que no cumplan con las obligaciones establecidas en la legislación vigente en la materia.


3. Instar a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad (SESSI) a:


- Realizar una reforma de las bases reguladoras de estas ayudas que establezcan un procedimiento de concesión más transparente, más coherente y más eficiente, basado en la coordinación de actuaciones y en la colaboración de todos los agentes
que intervienen en el mismo.



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- Promover la formalización de convenios de colaboración entre todos los agentes implicados en este procedimiento (la propia Secretaría de Estado, los Centro Directivos, y los beneficiarios) tanto en la fase de concesión como en la de
justificación.


4. Instar a la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia (DGSFI) a:


- Actualizar el Manual de procedimiento de gestión, seguimiento y justificación de forma que se eliminaran las insuficiencias que presenta puestas de manifiesto en el informe y actualizar la aplicación informática SIGES, utilizada en la
gestión de las ayudas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de diciembre de 2018.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.


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251/000265 (CD)


771/000262 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los ingresos de la Jefatura Central de
Tráfico, ejercicio 2015. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de diciembre de 2018.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS INGRESOS DE LA JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO, EJERCICIO 2015, EN SU SESIÓN DEL DÍA 4 DE DICIEMBRE DE
2018


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 4 de diciembre de 2018, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los ingresos de la Jefatura Central
de Tráfico, ejercicio 2015:


ACUERDA


1. Instar al Gobierno a:


- Asumir las conclusiones y seguir todas las recomendaciones del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.


- Regular, por norma con rango de Ley, la Jefatura Central de Tráfico delimitando su situación jurídica respecto de la Dirección General de Tráfico, en los términos señalados por el Tribunal de Cuentas.


- Realizar los procedimientos que permitan identificar y evaluar los gastos realizados en materia de seguridad vial, prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas, garantizando que el importe de las multas de tráfico se destine
a la financiación de dichos gastos, a través de la Jefatura Central de Tráfico/Dirección General de Tráfico.


- Tomar las medidas necesarias para regularizar la situación jurídica de la Jefatura Central de Tráfico y de la Dirección General de Tráfico en relación con sus órganos directivos y competencias, adecuándose la Ley de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado, e impulsando la aprobación de unos estatutos que rijan su funcionamiento.


- Incidir en la mejora de la tramitación de deudas pendientes de cobro para evitar que millones de euros de recursos públicos se pierdan en prescripciones y por una falta de gestión adecuada.


2. Instar a la Jefatura Central de Tráfico/Dirección General de Tráfico a:


- Realizar en el plazo de tres meses los estudios necesarios sobre el coste de los servicios gravados por las tasas que cobra dicha entidad, a fin de garantizar el principio de equivalencia y revisar, en su caso, las tarifas de dichas tasas
para adecuarlas al coste del servicio que financian las mismas.


- Establecer en el plazo de tres meses los sistemas y procedimientos que permitan identificar y evaluar los gastos realizados en seguridad vial, prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas, garantizando que el importe de las
multas de tráfico se destine a la financiación de dichos gastos.


- Mejorar el sistema de control sobre las tasas por anotación del resultado de la inspección técnica en el registro de vehículos de la DGT, a fin de garantizar la exactitud de las liquidaciones presentadas por los sujetos pasivos sustitutos
del contribuyente y su correspondencia con los ingresos realizados.


- Un mayor rigor en el seguimiento de las multas no abonadas en periodo voluntario, a fin de garantizar la exigencia de su cobro.


- Mejorar sus procedimientos de control interno de su proceso contable, al objeto de mejorar en la eficiencia, gestión y transparencia de sus cuentas.


- Proporcionar al Tribunal de Cuentas toda la información necesaria para llevar a cabo su labor fiscalizadora con el alcance debido, incluyendo el importe de las deudas vencidas y pendientes de cobro,



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el destino dado a los ingresos en concepto de tasas y multas y la composición de las cifras globales de gestión de los expedientes sancionadores.


- Tomar las medidas necesarias para regularizar la situación jurídica de la Jefatura Central de Tráfico y de la Dirección General de Tráfico en relación con sus órganos directivos y competencias, adecuándose la Ley de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado y aprobando unos estatutos que rijan su funcionamiento.


- Incrementar el rigor en la gestión y recaudación de tasas para el cumplimiento escrupuloso de la normativa aplicable y establecer los controles necesarios para minimizar los riesgos derivados de los procesos de liquidación y recaudación de
los ingresos.


3. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Realizar en el plazo más breve posible una fiscalización de los estudios que debe realizar la Jefatura Central de Tráfico/Dirección General de Tráfico sobre el coste de los servicios para determinar su corrección, así como fiscalizar la
devolución de las cantidades cobradas en exceso por las tasas. En caso de que la Jefatura Central de Tráfico/Dirección General de Tráfico no realizara los estudios pertinentes en el plazo de tres meses, se insta al Tribunal de Cuentas a fiscalizar
pormenorizadamente los gastos de la Jefatura Central de Tráfico/Dirección General de Tráfico a fin de poder fijar el importe correcto de las tasas y de las devoluciones que procedan.


- Realizar en el plazo más breve posible una fiscalización de los sistemas y procedimientos establecidos por la Jefatura Central de Tráfico/Dirección General de Tráfico para identificar y evaluar los gastos realizados en seguridad vial,
prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas, garantizando que el importe de las multas de tráfico se destine a la financiación de dichos gastos. En caso de que la Jefatura Central de Tráfico/Dirección General de Tráfico no
estableciera los sistemas y procedimientos en el plazo de tres meses, se insta al Tribunal de Cuentas a fiscalizar pormenorizadamente los gastos de la Jefatura Central de Tráfico/Dirección General de Tráfico a fin de poder determinar la cuantía de
dichos gastos y si su destino es adecuado.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de diciembre de 2018.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.


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251/000266 (CD)


771/000260 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización del Fondo de Financiación a Entidades Locales,
ejercicios 2015 y 2016. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de diciembre de 2018.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL FONDO DE FINANCIACIÓN A ENTIDADES LOCALES, EJERCICIOS 2015 Y 2016, EN SU SESIÓN DEL DÍA 4 DE DICIEMBRE
DE 2018


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 4 de diciembre de 2018, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Fondo de Financiación a Entidades
Locales, ejercicios 2015 y 2016:


ACUERDA


1. Instar al Gobierno a:


- Asumir las conclusiones y seguir todas las recomendaciones del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas.


- Adoptar las medidas necesarias para reestructurar los procedimientos utilizados en la gestión de las solicitudes de adhesión y su tramitación para asegurar una sistematización de las fases, previendo una fase de propuesta de resolución,
con un periodo de subsanación, de tal suerte que existiesen mayores garantías para los solicitantes y controles más efectivos en la gestión.


- Valorar la viabilidad de afrontar un proceso de reordenación de las operaciones de crédito firmadas entre el Fondo de Financiación a Entidades Locales y las propias entidades locales a fin de agrupar operaciones de crédito (en ocasiones
numerosas) en un solo préstamo, permitiendo de este modo racionalizar la gestión de todas las entidades intervinientes.


- Que toda modificación o mejora de este Fondo de Financiación para las Entidades Locales sean previamente tratadas con quienes son sus perceptores, nuestros ayuntamientos, como conocedores de las posibles discrepancias que hayan podido
surgir, a través de aquellos organismos donde se encuentran representados.


- Que aquella documentación y memorias que formen parte de los expedientes de elaboración de normas relativas al funcionamiento del Fondo incorporasen una previsión más ajustada de las necesidades previsibles.


- Reforzar los recursos disponibles de los centros directivos afectados por la adopción de medidas normativas relativas al Fondo que comporten una carga de gestión.


- Evaluar los trámites y funciones necesarios para la gestión del mecanismo de este fondo, para que puedan ser ejecutados a través de medios y recursos disponibles en el Sector Público.


- Articular una perfecta Coordinación y contacto entre los organismos públicos intervinientes en este Fondo de Financiación.


- Proceder al estudio de oportunidad para promover una modificación del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico, al
objeto de simplificar la definición de su ámbito subjetivo y objetivo del Fondo.


- Someter a estudio la flexibilización de las condiciones financieras de las operaciones 'sin préstamo', a fin de evitar un sobreesfuerzo de las Haciendas Locales deudoras de este tipo de operaciones.


- Dotar a los organismos públicos intervinientes de guías y manuales de aplicación claras, de fácil manejo y dotación de aplicaciones informáticas específicas más eficaces.



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- Reformar la definición de las inversiones financieramente sostenibles para que sean un instrumento más sencillo de aplicar y eficaz.


2. Instar al Ministerio de Economía y Hacienda a:


- Desarrollar y poner en marcha una aplicación o sistema que integre, efectivamente, todos los sistemas utilizados por los distintos agentes intervinientes (Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, Instituto de Crédito Oficial
y Entidades Locales).


- Diseñar e incorporar indicadores de seguimiento de objetivos en el Programa Presupuestario destinado a la financiación del Fondo de Financiación en aras de poder valorar el grado de eficacia del mismo.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de diciembre de 2018.-El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.-El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.


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