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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 50, de 11/04/2016
cve: BOCG-11-D-50 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XI LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


11 de abril de 2016


Núm. 50



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados ... (Página5)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000089 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ...
(Página31)


161/000097 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la corrección del sistema de financiación autonómica. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página33)


161/000119 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los astilleros públicos de la ría de Ferrol. Aprobación así como enmiendas formuladas ... href='#(Página35)'>(Página35)


161/000169 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la implantación del software libre en la Administración General del Estado. Desestimación así como enmiendas formuladas ... href='#(Página37)'>(Página37)


161/000182 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la actualización del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... href='#(Página39)'>(Página39)


161/000225 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a continuar con las bajadas de impuestos a autónomos y familias tan pronto se alcance un nivel de ingresos públicos del 38-39 % del PIB.
Desestimación así como enmienda formulada ... (Página40)


161/000226 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la defensa de las Diputaciones Provinciales y municipios de menor tamaño. Aprobación así como enmiendas formuladas ... href='#(Página41)'>(Página41)



Página 2





161/000230 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat), sobre la revisión de los objetivos de déficit entre la Administración Central y las Comunidades Autónomas, para el ejercicio
presupuestario 2016, según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Desestimación así como enmiendas formuladas ... href='#(Página43)'>(Página43)


161/000231 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Aprobación con modificaciones así como
enmiendas formuladas ... (Página45)


161/000241 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para la lucha contra el fraude fiscal en España. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... href='#(Página47)'>(Página47)


Comisión de Cultura


161/000011 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre un acuerdo con los ayuntamientos de los municipios afectados para la elaboración definitiva del plan museológico del futuro Museo de las Colecciones
Reales de Madrid. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página50)


161/000021 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la conmemoración del IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes Saavedra. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... href='#(Página51)'>(Página51)


161/000109 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas urgentes de apoyo a las personas profesionales de la cultura. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas
... (Página52)


161/000136 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la solicitud de declaración por parte de la UNESCO de 'A Vía Nova e o seu legado no Val do Limia' como Patrimonio Cultural
Inmaterial de la Humanidad. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página55)


161/000148 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el IVA cultural. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página56)


161/000153 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat), sobre medidas para mejorar la condición profesional en el sector de la cultura y de las artes, y para facilitar la actividad creativa.
Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... (Página58)


161/000161 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para incluir las enseñanzas artísticas superiores en el marco universitario. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada... href='#(Página61)'>(Página61)


161/000162 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre acciones para homenajear a María Moliner en el marco de la Real Academia de la Lengua en el cincuenta aniversario de la publicación Diccionario de Uso
del Español. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página62)


161/000166 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la conmemoración del Centenario del nacimiento de Antonio Buero Vallejo, Camilo José Cela y Blas de Otero. Aprobación ... href='#(Página63)'>(Página63)



Página 3





161/000167 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a fomentar la cultura del respeto a los derechos de propiedad intelectual. Aprobación con modificaciones así como enmiendas
formuladas... (Página63)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Preguntas


184/000391 Autor: Bustinduy Amador, Pablo


Aplicación de la legislación comunitaria en relación con la indicación de origen en el etiquetado de los productos importados a la Unión Europea procedentes de asentamientos israelíes en los Territorios Palestinos Ocupados ... href='#(Página65)'>(Página65)


184/000392 Autor: Bustinduy Amador, Pablo


Creación de una autoridad fiscal internacional bajo el auspicio de las Naciones Unidas para luchar contra la elusión fiscal, la competición fiscal entre países o los paraísos fiscales ... (Página66)


184/000521 Autor: Vendrell Gardeñes, Josep


Alonso Cantorné, Félix


Desclasificación de documentos clasificados como secretos o reservados ... (Página68)


184/000741 Autor: Candela Serna, Ignasi


Pasajeros que transportó Renfe Operadora en diversos ejes ferroviarios durante los años 2011 a 2015 ... (Página69)


184/000742 Autor: Candela Serna, Ignasi


Paralización de las tareas de mantenimiento de la planta desnitrificadora de agua en el municipio de l'Eliana (Valencia) ... (Página70)


184/000814 Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio


Evolución del número de funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil) que han pasado a retirados por pérdida de facultades psicofísicas en los años 2010 a 2015 ... (Página71)


184/000815 Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio


Número de suicidios e intentos de suicidios registrados en los años 2005 a 2015 de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil) ... (Página71)


184/000816 Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio


Número de vehículos adjudicados a la Policía Nacional en virtud de la Ley 17/2003, que regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, a 31/12/2015 ... (Página72)


184/000817 Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio


Evolución del número de funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional) que han pasado a retirados por pérdida de facultades psicofísicas, en los años 2010 a 2015 ... (Página73)


184/000818 Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio


Número de suicidios e intentos de suicidios registrados en los años 2005 a 2015 de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional) ... (Página74)


184/000819 Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio


Convocatoria de un proceso selectivo a la categoría de Comisario Principal, dos días después de introducir en el Reglamento de la Policía Nacional una modificación posibilitando el ascenso por la modalidad de concurso-oposición... href='#(Página75)'>(Página75)



Página 4





184/000822 Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio


Número de vehículos adjudicados a la Guardia Civil en virtud de la Ley 17/2003, que regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, a 31/12/2015 ... (Página77)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


230/000002 Propuesta de planteamiento de conflicto de atribuciones entre el Congreso de los Diputados y el Gobierno de la Nación como consecuencia de la invasión de las atribuciones de la Cámara producida por la decisión del Gobierno de no
someterse a la función de control de la acción del Gobierno, que fue comunicada mediante oficio del Ministerio de la Presidencia de 10 de marzo de 2016. Aprobación por el Pleno ... (Página78)


Otros textos


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000003 Declaración institucional sobre el rechazo a los actos de racismo, xenofobia y otras formas de intolerancia ... (Página85)


Secretaría General


292/000004 Texto de la convocatoria de 16 de marzo de 2016, de becas para la formación práctica de licenciados universitarios con conocimientos especializados en la Unión Europea y el sistema constitucional y parlamentario español y la Unión
Europea.


Texto de la convocatoria ... (Página86)


Designación de los miembros del Jurado... (Página93)



Página 5





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las declaraciones de bienes y rentas presentadas, una vez calificadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


Página


CAMPOS ARTESEROS, Herick Manuel (GS) (núm. expte. 005/000156/0001)1... (Página11)


CAMPS, DEVESA, Gerardo (GP) (núm. expte. 005/000243/0001)1


6


MORENO PALANQUES, Rubén (GP) (núm. expte. 005/000103/0001)1... (Página21)


SERRANO JIMÉNEZ, María Jesús (GS) (núm. expte. 005/000094/0001)1... (Página26)


URQUIZU SANCHO, Ignacio (GS) (núm. expte. 005/000323/0001)1... (Página16)


1 Modificación de la declaración.



Página 6





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Página 7





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Página 8





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Página 9





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Página 10





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Página 11





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Página 28





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Página 29





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Página 30





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Página 31





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000089


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la
Administración Local, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 20, de 23 de febrero de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite
por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar urgentemente las medidas necesarias para:


1. Derogar la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.


2. Aprobar un Proyecto de Ley de Régimen Local que refuerce la autonomía local y respetuoso con las competencias de las Comunidades Autónomas, que garantice un sistema de financiación estable y proporcional a unas competencias bien
definidas de los entes locales y aquellas que no siendo propias, previo convenio, puedan desarrollarse sin comprometer la estabilidad presupuestaria con garantías de control y transparencia de la gestión pública.


3. Impulsar, desde el consenso, una nueva Ley de Haciendas Locales que dote de estabilidad, rigor y recursos las competencias asumidas por las entidades locales, de forma coordinada con las de la financiación autonómica, definiendo con
claridad la participación de las haciendas locales en los tributos del Estado (PIE) y en los de las Comunidades Autónomas (PICAs), promoviendo la fusión voluntaria de municipios, a fin de ofrecer de forma eficaz y eficiente el mismo nivel de
prestaciones de servicios a todos los ciudadanos con independencia de donde vivan.


4. La nueva Ley deberá, en todo caso, respetar en su integridad el ámbito competencial reconocido en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local a las Comunidades Autónomas del País
Vasco y Navarra, a las Diputaciones Forales y a los Ayuntamientos de dichas Comunidades Autónomas en base a la disposición adicional primera de la Constitución española.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de adición a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que será debatida en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.



Página 32





Enmienda


De adición.


Se añade un punto 4.


'4. La nueva ley deberá, en todo caso, respetar en su integridad el ámbito competencial reconocido en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local a las Comunidades Autónomas del País
Vasco y Navarra a las Diputaciones Forales y a los Ayuntamientos de dichas Comunidades Autónomas en base a la disposición adicional primera de la Constitución española.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de febrero de 2016.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


Don Francesc Homs i Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario de Democràcia i Llibertat, y de acuerdo al artículo 110 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta una enmienda de modificación a la Proposición no de Ley sobre la
derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.


Enmienda


De modificación.


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar urgentemente las medidas necesarias para:


1. Derogar la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.


2. Aprobar un Proyecto de Ley de Régimen Local que refuerce la autonomía local y respetuoso con las competencias de las Comunidades Autónomas, que garantice un sistema de financiación estable y proporcional a unas competencias bien
definidas de los entes locales y aquellas que no siendo propias, previo convenio, puedan desarrollarse sin comprometer la estabilidad presupuestaria con garantías de control y transparencia de la gestión pública.


3. Impulsar, desde el consenso, una nueva Ley de Haciendas Locales que dote de estabilidad, rigor y recursos las competencias asumidas por las entidades locales, de forma coordinada con la de la financiación autonómica, definiendo con
claridad la participación de las haciendas locales en los tributos del Estado (PIE).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat).



Página 33





A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la derogación
de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'3. Impulsar, desde el consenso, una nueva Ley de Haciendas Locales que dote de estabilidad, rigor y recursos las competencias asumidas por las entidades locales, de forma coordinada con las de la financiación autonómica, definiendo con
claridad la participación de las haciendas locales en los tributos del Estado (PIE) y en los de las Comunidades Autónomas (PICAs), promoviendo la fusión voluntaria de municipios, a fin de ofrecer de forma eficaz y eficiente el mismo nivel de
prestaciones de servicios a todos los ciudadanos con independencia de donde vivan.'


Texto que se modifica:


'3. Impulsar, desde el consenso, una nueva Ley de Haciendas Locales que dote de estabilidad, rigor y recursos las competencias asumidas por las entidades locales, de forma coordinada con la de la financiación autonómica, definiendo con
claridad la participación de las haciendas locales en los tributos del Estado (PIE) y en los de las Comunidades Autónomas (PICAs).'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


161/000097


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la corrección del sistema de financiación autonómica, presentada por el
Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 24, de 29 de febrero de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al
Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Emprender de manera urgente la reforma del sistema de financiación autonómica, para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales en todas las Comunidades Autónomas, de manera que todos los ciudadanos, con independencia
de donde vivan, accedan en igualdad de condiciones a dichos servicios.


2. Distribuir los recursos del sistema de financiación autonómica destinados a favorecer los servicios públicos fundamentales atendiendo al principio de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon cuatro enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 34





A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente enmienda de adición para su debate y aprobación,
relativa a la Proposición no de Ley -la corrección del injusto sistema de financiación autonómica-, del Grupo Parlamentario Mixto.


Enmienda


De adición.


'Añadir al final del punto 2 'excluyendo de estas partidas presupuestarias las subcontrataciones privadas de cualquier índole'.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-María del Carmen Pita Cárdenes, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Mixto, sobre la corrección del
sistema de financiación autonómica.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


'Ante lo anteriormente expuesto, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Establecer un diagnóstico sobre la situación de financiación de los servicios fundamentales en Canarias tanto con financiación con cargo a los del sistema de financiación como a los del REF, teniendo en cuenta el coste de los mismos.


2. Emprender de manera urgente la reforma del sistema de financiación autonómica, para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales en todas las Comunidades Autónomas, de manera que todos los ciudadanos, con independencia
de donde vivan, accedan en igualdad de condiciones a dichos servicios.


3. Distribuir los recursos de la financiación autonómica de manera finalista para garantizar los servicios públicos fundamentales.'


Texto que se modifica:


'Ante lo anteriormente expuesto, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Emprender de manera urgente la reforma del sistema de financiación autonómica, para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales en todas las Comunidades Autónomas, de manera que todos los ciudadanos, con independencia
de donde vivan, accedan en igualdad de condiciones a dichos servicios.


2. Distribuir los recursos de la financiación autonómica de manera finalista para garantizar los servicios públicos fundamentales.'


Justificación.


Mejor técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.



Página 35





A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de 105 Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la corrección del injusto sistema de financiación autonómica, del Grupo Parlamentario Mixto.


Enmienda


Al apartado 2.º


De sustitución.


'Distribuir los recursos del sistema de financiación autonómica destinados a favorecer los servicios públicos fundamentales atendiendo al principio de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Mixto, sobre la
corrección del sistema de financiación autonómica.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Emprender la reforma del sistema de financiación autonómica para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales en todas las Comunidades Autónomas, de manera que todos los ciudadanos, con independencia de donde vivan,
accedan en igualdad de condiciones a dichos servicios.


- Distribuir los recursos de financiación autonómica para garantizar los servicios públicos fundamentales.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000119


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, aprobó la Proposición no de Ley relativa a los astilleros públicos de la ría de Ferrol, presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú
Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 23, de 26 de febrero de 2016, en sus propios términos.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar las gestiones oportunas para que de manera urgente se elabore, y se acuerde con la representación sindical de la plantilla, el plan industrial de Navantia, sobre la base de los
contenidos recogidos en esta iniciativa.'



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A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea,
sobre los astilleros públicos de la ría de Ferrol.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar las medidas oportunas para garantizar la viabilidad y competitividad de Navantia.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar las gestiones oportunas para que de manera urgente se elabore, y se acuerde con la representación sindical de la plantilla, el plan industrial de Navantia, sobre la base de los
contenidos recogidos en esta iniciativa.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a los astilleros públicos de la ría de Ferrol, del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar una nueva estrategia industrial para Navantia con la participación de la representación sindical. Dicha estrategia industrial contemplaría, entre otras, las siguientes medidas:


1. Reconocer al sector naval su carácter estratégico para la industria y la economía por su elevada generación de empleo directo e indirecto en Galicia,


2. Poner en marcha las iniciativas necesarias para recuperar un clima de normalidad y negociación entre la empresa y la representación sindical, con el fin de despejar incertidumbres en torno al futuro de la misma y conseguir una carga de
trabajo sostenible y sostenido en el tiempo.



Página 37





3. Abordar las necesarias inversiones que permitan afrontar los próximos contratos con el Ministerio de Defensa u otros complementarios.


4. Establecer nuevas vías de comercialización que fomente la exportación de productos realizados en los astilleros y busque mecanismos para la regulación y fidelización de la industria auxiliar.


5. Ejecutar un programa de inversiones productivas que afirmen la capacidad de los astilleros de la ría de Ferrol, y en el que se lleven a cabo aquellas actuaciones que apuntalen la mejora de los procesos productivos y de las instalaciones,
y, en concreto, la construcción de un dique que posibilite el desarrollo de las tareas en buques de gran tamaño.


6. Reformar la organización interna enfocada al producto y a la reducción de costes y procesos.


7. Adoptar el necesario proceso de rejuvenecimiento y formación continuada de la plantilla. Apostar por la inversión tecnológica y productiva y, en definitiva, por el futuro del sector como tractor de actividad industrial en las comarcas
en que se asientan los astilleros públicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En
Marea, relativa a los astilleros públicos de la ría de Ferrol.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar realizando las gestiones que sean necesarias para elaborar, previa consulta con la representación sindical, un nuevo plan industrial de Navantia.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000169


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre la implantación del software libre en la Administración General del Estado,
presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 34, de 15 de marzo de 2016.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 38





A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la
implantación del software libre en la Administración General del Estado.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Presentar, en el plazo más breve posible, ante esta Cámara, un plan de implantación general del software libre en la Administración General del Estado, en detrimento del software de licencia propietaria.


2. Definir, en el marco de dicho plan, una estrategia de difusión, promoción y distribución de software libre en las distintas lenguas oficiales del Estado, en el seno de todas las instituciones, asociaciones y entidades públicas o privadas
y, en especial, en las Administraciones locales y en el mundo educativo. Este plan será difundido mediante los organismos competentes y, simultáneamente, fomentará la industria informática de todas las Comunidades Autónomas.


3. Contemplar un proceso de pedagogía, formación y de asistencia en la migración para la implementación del software libre.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Presentar, en el plazo de dos meses, ante esta Cámara, un plan de implantación general del software libre en la Administración General del Estado, en detrimento del software de licencia propietaria.


2. Definir, en el marco de dicho plan, una estrategia de difusión, promoción y distribución de software libre en las distintas lenguas oficiales del Estado, en el seno de todas las instituciones, asociaciones y entidades públicas o privadas
y, en especial, en las Administraciones locales y en el mundo educativo. Este plan será difundido mediante los organismos competentes y, simultáneamente, fomentará la industria informática de las Comunidades Autónomas con lenguas oficiales
distintas del castellano.


3. Admitir el derecho de modificación, copia y redistribución del software propiedad del Estado, así como la obligatoriedad de licenciar en las mismas condiciones los productos derivados de su modificación por parte de terceros. Este
software será puesto a disposición de toda la ciudadanía en un servidor público.


4. Contemplar un proceso de pedagogía, formación y de asistencia en la migración para la implementación del software libre.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la implantación del software libre en la Administración General del Estado, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



Página 39





Enmienda


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover, en el uso de sus aplicaciones informáticas presentes y futuras, y siempre con respeto al principio de neutralidad tecnológica y al derecho de libre elección de los ciudadanos de las aplicaciones para relacionarse con las
administraciones públicas, las basadas en la utilización de software libre y estándares abiertos, adecuadas a las necesidades funcionales, evitando en todo lo posible la dependencia de productos con software privativo y código fuente cerrado, que
pueden generar situaciones de monopolio, suponer un mayor coste y comprometer la sostenibilidad tecnológica de la Administración General del Estado.


2. Favorecer, en el ámbito de la Administración General del Estado, las actuaciones de compartir, reutilizar y colaborar en las aplicaciones de que sea titular, con las demás administraciones públicas y con los ciudadanos, mediante la
publicación del código de las aplicaciones que declaren como fuentes abiertas en el directorio correspondiente (Centro de Transferencia de Tecnología).


3. Considerar como una línea política estratégica la potenciación del desarrollo y utilización del software libre en Administración General del Estado, así como el apoyo a los profesionales y al sector empresarial que trabajan en el campo
del software libre.


4. Fomentar la colaboración e intercambialidad entre administraciones en la utilización y el desarrollo de aplicaciones informáticas basadas en el software libre y estándares abiertos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000182


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la actualización del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, presentada por
el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 34, de 15 de marzo de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá
dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar, a la mayor brevedad posible, las negociaciones para actualizar el Régimen Económico y Fiscal de Canarias en sus aspectos económicos, previa negociación con el Gobierno de Canarias
y sobre las bases que han sido acordadas.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente enmienda de supresión para su debate y aprobación,
relativa a la Proposición no de Ley -actualización del Régimen Económico y Fiscal de Canarias-, Grupo Parlamentario Socialista.



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Enmienda


De supresión.


A partir de: '...y sobre la base de los acuerdos adoptados por unanimidad del Parlamento de Canarias el 21 de abril de 2015'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-María del Carmen Pita Cárdenes, Diputada.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la
actualización del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar las reuniones y negociaciones para actualizar el Régimen Económico y Fiscal de Canarias en sus aspectos económicos, previa negociación con el Gobierno de Canarias y sobre la base de
los acuerdos adoptados por unanimidad del Parlamento de Canarias el 21 de abril de 2015.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000225


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa a continuar con las bajadas de impuestos a autónomos y familias tan pronto se
alcance un nivel de ingresos públicos del 38-39 % del PIB, presentada por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 39, de 22 de marzo de 2016.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 41





A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Popular, sobre relativa a
continuar con las bajadas de impuestos a autónomos y familias tan pronto se alcance un nivel de Ingresos públicos del 38-39% del PIB.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a comenzar una bajada real de cotizaciones e impuestos a autónomos y familias en los siguientes términos:


a. Introducir de manera inmediata una cotización reducida de 45 euros que se aplicará a todos los autónomos cuyos ingresos reales no superan el Salario Mínimo Interprofesional.


b. Implementar fórmulas de cotización para el trabajo autónomo a tiempo parcial.


c. Comenzar a revertir las subidas de impuestos de este Gobierno cuando la situación presupuestaria lo permita.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Continuar las bajadas de impuestos a autónomos y familias tan pronto se alcance un nivel de ingresos públicos en el entorno del 38-39 % del PIB y estos permitan mantener -con suficiencia- los gastos del estado de bienestar.


2. Complementar la bajada de impuestos con nuevas medidas de apoyo a las familias y a los colectivos más vulnerables.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


161/000226


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, aprobó la Proposición no de Ley sobre la defensa de las Diputaciones Provinciales y municipios de menor tamaño, presentada por el Grupo
Parlamentario Popular y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 39, de 22 de marzo de 2016, en sus propios términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno
que se constituya.


'El Congreso de los Diputados:


1. Manifiesta la necesidad de garantizar la igualdad y solidaridad de todos los españoles ante la prestación de servicios públicos por parte de las entidades locales.


2. Insta al Gobierno a que adopte las medidas que impulsen los mecanismos necesarios para hacer efectiva la igualdad y solidaridad antes referida.'



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A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


Don Francesc Homs i Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario de Democràcia i Llibertat, y de acuerdo al artículo 110 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta una enmienda de modificación a la Proposición no de Ley sobre la defensa
de las Diputaciones Provinciales y municipios de menor tamaño.


Enmienda


De modificación.


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados:


1. Manifiesta la necesidad de definir los conceptos de igualdad en los diferentes territorios del Estado, teniendo en cuenta el coste de la vida en cada uno de ellos., tanto para el pago de las prestaciones no contributivas como para el
cálculo de los costos de prestación de los diferentes servicios competencia de las comunidades autónomas, como educación, sanidad, dependencia y servicios sociales entre otros.


2. Insta el Gobierno a cuantificar la importancia de la solidaridad territorial en la prestación de los servicios públicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat).


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 93 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Popular, sobre la defensa de las
Diputaciones Provinciales y municipios de menor tamaño.


Enmienda


De modificación.


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las modificaciones legales pertinentes a fin de suprimir las Diputaciones Provinciales de régimen común y crear los Consejos Provinciales de Alcaldes para la atención al
funcionamiento y la prestación de servicios de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia respectiva.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados:


1. Manifiesta la necesidad de garantizar la igualdad solidaridad de todos los españoles ante la prestación de servicios públicos por parte de las entidades locales.



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2. Insta al Gobierno a que adopte las medidas que impulsen los mecanismos necesarios para hacer efectiva la igualdad y solidaridad antes referida.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


161/000230


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre la revisión de los objetivos de déficit entre la Administración central y las
Comunidades Autónomas, para el ejercicio presupuestario 2016, según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, presentada por el Grupo Parlamentario
Catalán (Democràcia i Llibertat) y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 39, de 22 de marzo de 2016.


A dicha Proposición no de Ley se formularon cinco enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i
Llibertat), relativa a revisar los objetivos de déficit entre Administración central y Comunidades Autónomas, para el ejercicio presupuestario 2016, según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


Enmienda


De adición.


Se añade un nuevo punto 4 a la Proposición no de Ley que queda redactado como sigue:


'4. Impulsar la derogación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, por ser una ley injusta que pone en grave peligro los servicios públicos básicos del Estado de Bienestar y la
autonomía financiera de comunidades autónomas y entidades locales.'


Motivación.


Las medidas incluidas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, han tenido y tienen consecuencias económicas y sociales nefastas para el conjunto de la población. Sumado a ello,
esta ley actúa como un instrumento con preocupantes elementos recentralizadores que socaban los principios de autonomía y autogobierno en los diversos ámbitos de la administración. Por tanto, su derogación es imprescindible para evitar el
desmantelamiento del Estado de Bienestar.



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Enmienda


De modificación.


El punto 1 de la Proposición no de Ley queda redactado como sigue:


'1. Modificar, con carácter inmediato, y en el plazo de un mes, el reparto del objetivo de déficit entre las distintas administraciones públicas para el ejercicio de 2016, según lo que establece la disposición transitoria primera de la Ley
Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera. El reparto se realizará atendiendo a las necesidades financieras de las administraciones encargadas de garantizar el mantenimiento y mejora de la cobertura universal de los
servicios públicos fundamentales.'


Motivación.


Se propone preservar una financiación suficiente para sanidad, educación y servicios sociales básicos, al ser servicios públicos fundamentales. Son además gastos que soportan, en su gran mayoría, las finanzas de las Comunidades Autónomas y
las Entidades Locales, por lo que el reparto del objetivo de déficit deberá realizarse teniendo en cuenta esa circunstancia.


Enmienda


De modificación.


El punto 2 de la Proposición no de Ley queda redactado como sigue:


'2. Corregir, con carácter retroactivo desde 2012, los efectos del incumplimiento de los objetivos de déficit por parte de las comunidades autónomas derivados de la fijación de unas magnitudes no acordes con la disposición transitoria
primera de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, con los esfuerzos realizados por las comunidades autónomas en el mantenimiento de la cobertura universal de los servicios públicos fundamentales.'


Motivación.


La Ley 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, supone un reparto injusto del esfuerzo de la estabilidad presupuestaria y un sesgo que impone mayor disciplina a Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pero que
permite mayor margen a la Administración Central.


Enmienda


De modificación.


El punto 3 de la Proposición no de Ley queda redactado como sigue:


'3. Explicar ante la Comisión Europa que el incumplimiento de los objetivos de déficit no corresponde a las finanzas de las comunidades autónomas sino de la Administración central, por lo que, en el caso de deber adoptar medidas de
austeridad adicionales, estas deben corresponder a la administración General del Estado, y que la sostenibilidad financiera debe aplicarse sin perjuicio, en ningún caso, de la cobertura universal de los servicios públicos fundamentales.'


Motivación.


Es clave para el mantenimiento del Estado del Bienestar la preservación de la financiación suficiente para sanidad, educación y servicios sociales básicos, al ser servicios públicos fundamentales. Son además gastos esenciales para el
desarrollo económico del Estado y, por tanto, para fortalecer también los ingresos del Estado y su sostenibilidad financiera.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Josep Vendrell Gardeñes, Diputado.-Francesc Xavier Domènech Sampere, Portavoz del Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley para revisar los objetivos de déficit entre Administración Central y Comunidades Autónomas, para el ejercicio presupuestario 2016, según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat).


Enmienda


De modificación.


'1. Acordar con las autoridades europeas una nueva senda de reducción del déficit público en base a la situación real de las finanzas públicas heredadas del actual Gobierno con el fin de situar el déficit por debajo del 3 % del PIB en 2017.


2. Revisar los objetivos de estabilidad presupuestaria entre las distintas administraciones públicas, permitiendo una distribución del objetivo de déficit entre el conjunto de las administraciones públicas más realista, equitativo y eficaz.
Se promoverá el establecimiento de procesos transparentes, objetivos y verificables para fijar la participación de las diferentes administraciones en el objetivo de déficit que corresponda al conjunto de las mismas, tomando en consideración
variables como el peso del gasto de cada Administración en el total o el nivel de gasto mínimo que es necesario para prestar los servicios públicos considerados como fundamentales, con independencia de las oscilaciones cíclicas de la economía, todo
ello teniendo en cuenta la necesaria reforma del Sistema de Financiación Autonómica (SFA). Para ello, se encargará a la AiREF un informe que analice y haga recomendaciones sobre la distribución del déficit entre el Estado, las CC.AA., las EE.LL. y
la Seguridad Social.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000231


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la
Administración Local, presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 39, de 22 de marzo de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su
admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar ante esta Cámara un Proyecto de Ley para la derogación inmediata y urgente de la Ley 27/2013, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, elaborado con diálogo y participación de los Gobiernos locales a
través de las entidades municipalistas.


2. Presentar ante esta Cámara un Proyecto de Ley de Régimen Local que refuerce la autonomía local, que garantice un sistema de financiación estable y proporcional a unas competencias muy definidas de los entes locales para que se puedan
desarrollar las políticas públicas con garantías de calidad y transparencia. La nueva Ley reconocerá las competencias exclusivas que en régimen local tengan las Comunidades Autónomas que así lo contemplen en sus estatutos, a las cuales les
corresponderá regular, ampliar, desarrollar y desplegar a través de una arquitectura institucional propia.


3. Presentar una nueva Ley de finanzas locales con el objetivo de garantizar la suficiencia financiera y la autonomía en la gestión de los entes locales.


4. La nueva Ley deberá, en todo caso, respetar en su integridad el ámbito competencial reconocido en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local a las Comunidades Autónomas del País
Vasco y Navarra, a las Diputaciones Forales y a los Ayuntamientos de dichas Comunidades Autónomas en base a la disposición adicional primera de la Constitución española.'



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A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda de adición a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario de
Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.


Enmienda


De adición.


Se añade un punto 4:


'4. La nueva ley deberá, en todo caso, respetar en su integridad el ámbito competencial reconocido en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local a las Comunidades Autónomas del País
Vasco y Navarra a las Diputaciones Forales y a los Ayuntamientos de dichas Comunidades Autónomas en base a la Disposición Adicional Primera de la Constitución española.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea,
sobre la derogación de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'2. Presentar ante esta Cámara un Proyecto de Ley de Régimen Local que refuerce la autonomía local, que garantice un sistema de financiación estable y proporcional a unas competencias muy definidas de los entes locales porque se puedan
desarrollar las políticas públicas con garantías de calidad y trasparencia siempre que puedan realizarse sin comprometer la estabilidad presupuestaria. La nueva ley reconocerá las competencias exclusivas que en régimen local tengan las comunidades
autónomas que así lo contemplen en sus estatutos, a las cuales se las corresponderá regular, ampliar, desarrollar y desplegar a través de una arquitectura institucional propia y de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.


3. Presentar una nueva ley de finanzas locales con el objetivo de garantizar la suficiencia financiera y la autonomía en la gestión de los entes locales, promoviendo la fusión voluntaria de municipios, a fin de ofrecer de forma eficaz y
eficiente el mismo nivel de prestaciones de servicios a todos los ciudadanos con independencia de donde vivan.'



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Texto que se modifica:


'2. Presentar ante esta Cámara un Proyecto de Ley de Régimen local que refuerce la autonomía local, que garantice un sistema de financiación estable y proporcional a unas competencias muy definidas de los entes locales porque se puedan
desarrollar las políticas públicas con garantías de calidad y transparencia. La nueva ley reconocerá las competencias exclusivas que en régimen local tengan las comunidades autónomas que así lo contemplen en sus estatutos, a las cuales se las
corresponderá regular, ampliar, desarrollar y desplegar a través de una arquitectura institucional propia.


3. Presentar una nueva ley de finanzas locales con el objetivo de garantizar la suficiencia financiera y la autonomía en la gestión de los entes locales.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Francisco de la Torre Díaz, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario de Ciudadanos.


161/000241


La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas, en su sesión del día 16 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre medidas para la lucha contra el fraude fiscal en España, presentada por el
Grupo Parlamentario Ciudadanos y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 39, de 22 de marzo de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida
al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a reforzar la lucha contra el fraude fiscal adoptando, entre otras, las siguientes medidas:


1. Se exigirán los 2.800 millones de euros que el anterior Gobierno perdonó ilegalmente a los defraudadores de la amnistía fiscal, y se remitirán a los Tribunales todos los casos de acogidos a la amnistía en donde existen indicios de
delitos relacionados con la corrupción o de blanqueo de capitales.


2. Promover las normas oportunas para que las entidades financieras informen sobre las operaciones de sus clientes en sus filiales en paraísos fiscales, en las mismas condiciones que dan información de los demás clientes. De manera
paralela se exigirá en todos los acuerdos internacionales que procedan, la eliminación del secreto bancario privilegiado de estos paraísos fiscales.


3. Se reforzará el Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC), y se endurecerán las multas a los bancos que cooperen en el blanqueo o en el fraude de sus clientes.


4. Se devolverá a la Agencia Tributaria el control fiscal de las SICAV, haciendo que las que no sean auténticas instituciones de inversiones colectivas no tributen al tipo privilegiado del 1 % sino al tipo general del Impuesto de
Sociedades.


5. Eliminar el régimen de ETVE, y revisar la lista de paraísos fiscales, volviendo a incluir en la misma a aquellos Estados que no cooperan de forma efectiva con la Administración Tributaria española.


6. Se establecerá el derecho de los consumidores a pagar cualquier bien o servicio cuyo importe supere los 25 euros a través de tarjeta de crédito.


7. Se afrontará urgentemente una reforma sustancial del delito fiscal.


8. Aprobar un nuevo Estatuto de la Agencia Tributaria que refuerce su autonomía y profesionalidad, evitando las injerencias políticas. En el Estatuto se establecerá un sistema de nombramiento de los cargos de responsabilidad en la misma,
que asegure la concurrencia de los principios de mérito, capacidad y competencia profesional. Se aumentarán los medios materiales y humanos de la Agencia Tributaria, especialmente los destinados a la lucha contra el fraude, con el fin de situar a
la Administración Tributaria de España en la media de los países de la Unión Europea y de paliar el efecto negativo de las jubilaciones previstas en el citado organismo. Se creará, en su seno, una oficina de control fiscal de grandes fortunas.



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9. Liderar de forma activa en la UE, OCDE y cualquier ámbito internacional, una agenda ambiciosa de transparencia y armonización de la fiscalidad europea e internacional, y de lucha contra la evasión fiscal, la elusión y los paraísos
fiscales. En particular, implementar las medidas del BEPS (Base Erosion Profit Shifting) adoptado por la OCDE y el G-20, que tiene como fin el de evitar la erosión de la base imponible en el país y el traslado de beneficios a otras jurisdicciones,
armonizar las normas internacionales en materia fiscal y garantizar un entorno fiscal de transparencia.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon siete enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, formula las siguientes enmiendas parciales a la Proposición no de Ley de Medidas para la lucha contra el
fraude fiscal en España presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Enmienda


A la medida 2.


De adición.


La medida 2 queda redactada como sigue:


'2. Promover las normas oportunas para que las entidades financieras informen sobre las operaciones de sus clientes en sus filiales en paraísos fiscales, en las mismas condiciones que dan información de los demás clientes. De manera
paralela se exigirá en todos los acuerdos internacionales que procedan la eliminación del secreto bancario privilegiado de estos paraísos fiscales.'


Motivación.


Para la verdadera efectividad de la medida es necesario que la misma cuente con dos pilares: la modificación legislativa española y la cooperación internacional entre Estados. Es decir, que es necesaria junto a una reforma de las leyes de
España una modificación de la legislación europea e internacional para facilitar de una manera instantánea, rápida y transparente el intercambio de información y la cooperación entre Estados para eliminar de una manera efectiva dichas prácticas en
estos paraísos fiscales.


Enmienda


A la medida 7.


De adición.


El artículo 7 queda redactado como sigue:


'7. Se afrontará urgentemente una reforma sustancial del delito fiscal, para entre otras cosas establecer un único límite de 50.000 euros para estos delitos.'


Motivación.


Es urgente que se modifique la tipificación para este tipo de delitos, ya que su tardanza provoca aún más fraude. No existe ninguna justificación jurídica para aplicar tipos penales diferentes al delito fiscal y a



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los casos de fraude en las subvenciones recibidas de la Unión Europea, máxime cuando la cuota para considerar un delito como 'delito fiscal' es excesivamente alta: 120 000 euros. Por ello, estableceremos un único limite para los delitos
fiscales: 50 000 euros, que es la cantidad fijada para las subvenciones en materia europea, junto a otras reformas que se planteen.


Enmienda


A la medida 8.


De adición.


La medida 8 queda redactada como sigue:


'8. A elaborar un Plan Integral de Lucha contra el Fraude, que contemple la necesidad de una Ley anual tributaria y en todo caso se potenciarán los medios y la autonomía de la Agencia Tributaria.'


Motivación.


Es necesario un Plan Integral de Lucha contra el Fraude. Una planificación integral que contemple un diagnóstico y soluciones compartidos en todos los ministerios. Asimismo, es necesaria una Ley anual tributaria aprobada en sede
parlamentaria con objetivos concretos y cuantificables en términos de lucha contra el fraude. España tiene uno de los gastos más bajos en administración tributaria de toda la OCDE, y además es uno de los países donde este más se ha reducido en el
periodo 2008-2013. Existe por tanto mucho margen para, mediante políticas activas, reducir el tamaño de la economía sumergida y ampliar la recaudación tributaria.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Rubén Martínez Dalmau, Diputado.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley de medidas para la lucha contra el fraude fiscal en España, del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Enmienda


Al punto 6.


De modificación.


'6. Se establecerá el derecho de los consumidores a pagar cualquier bien o servicio cuyo importe supere los 25 euros a través de tarjeta de crédito.'


Enmienda


Al punto 8.


De sustitución.


Sustituir: 'Se potenciarán los medios materiales y humanos de la Agencia Tributaria'.


Por:


'8. Aprobar un nuevo Estatuto de la Agencia Tributaria que refuerce su autonomía y profesionalidad, evitando las injerencias políticas. En el Estatuto se establecerá un sistema de nombramiento de los cargos de responsabilidad en misma, que
asegure la concurrencia de los principios de mérito, capacidad



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y competencia profesional. Se aumentarán los medios materiales y humanos de la Agencia Tributaria, especialmente los destinados a la lucha contra el fraude, con el fin de situar a la Administración tributaria de España en la media de los
países de la Unión Europea y de paliar el efecto negativo de las jubilaciones previstas en el citado organismo. Se creará, en su seno, una oficina de control fiscal de grandes fortunas.'


Enmienda


De adición.


De un nuevo punto (9):


'9. Liderar de forma activa en la UE, OCDE y cualquier ámbito internacional, una agenda ambiciosa de transparencia y armonización de la fiscalidad europea e internacional, y de lucha contra la evasión fiscal, la elusión y los paraísos
fiscales. En particular, implementar las medidas del BEPS (Base Erosion Profit Shífting) adoptado por la OCDE y el G-20, que tiene como fin el de evitar la erosión de la base imponible en el país y el traslado de beneficios a otras jurisdicciones,
armonizar las normas internacionales en materia fiscal y garantizar un entorno fiscal de transparencia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa de la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre
medidas para la lucha con el fraude fiscal en España.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar adoptando medidas de lucha contra el fraude fiscal.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Cultura


161/000011


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre un acuerdo con los ayuntamientos de los municipios afectados para la elaboración definitiva del plan
museológico del futuro Museo de las Colecciones Reales de Madrid, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 10, de 9 de febrero de 2016, en los siguientes términos,
entendiendo, de



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acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar con el diálogo ya iniciado con las diferentes Corporaciones municipales en las que se ubican los Reales Sitios para alcanzar, en la medida de lo posible, un acuerdo para la
preparación del proyecto museográfico del Museo de las Colecciones Reales (proyecto cultural de Estado iniciado en 1998 y continuado desde entonces por los sucesivos Gobiernos de la Nación), en ejecución del Plan Museológico aprobado por el Consejo
de Administración del Patrimonio Nacional, el 15 de diciembre de 2015.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre un
acuerdo con los ayuntamientos de los municipios afectados para la elaboración definitiva del plan museológico del futuro Museo de las Colecciones Reales de Madrid.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar con el diálogo ya iniciado con las diferentes Corporaciones municipales en las que se ubican los Reales Sitios, para la preparación del proyecto museográfico del Museo de las
Colecciones Reales (proyecto cultural de Estado iniciado en 1998 y continuado desde entonces por los sucesivos Gobiernos de la Nación), en ejecución del Plan Museológico aprobado por el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, el 15 de
diciembre de 2015.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000021


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la conmemoración del IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes Saavedra, presentada por el
Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 9, de 8 de febrero de 2016, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a intensificar las actividades del Programa para la Conmemoración del IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes Saavedra, expresando la riqueza de la relación del país con esta figura
tan trascendental para la cultura de España.'



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A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a
la conmemoración del IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes Saavedra.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar desarrollando las actividades del Programa para la Conmemoración del IV Centenario de la muerte de Miguel de Cervantes Saavedra, expresando la riqueza de la relación del país con
esta figura tan trascendental para la cultura de España.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000109


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre medidas urgentes de apoyo a las personas profesionales de la cultura, presentada por el Grupo
Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 24, de 29 de febrero de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso,
que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las siguientes medidas:


1. Modificar la actual legislación sobre compatibilidad entre percibo de la pensión de jubilación y la obtención de ingresos, sin que se diferencie por el origen de los mismos, con el objeto de hacer compatible el cobro de derechos de autor
y la percepción de la pensión de jubilación, contemplando no sólo los casos que reciben la pensión contributiva sino también, y muy en especial, la de aquellos creadores más vulnerables y que reciben una pensión no contributiva.


En tanto se procede a la modificación de la normativa indicada, que se proceda a la suspensión de las inspecciones ya abiertas y paralizar los actuales expedientes puestos en marcha contra autores, traductores y creadores en general, en
relación al cobro simultáneo de derechos de autor y la percepción de pensiones.


2. Adoptar las medidas necesarias para que vuelva a aplicarse el tipo reducido del IVA a las prestaciones de servicios de carácter cultural, como sucedía antes del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la
estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.


3. Iniciar con urgencia actuaciones que promuevan la igualdad de género en la cultura y fomenten una cultura más igualitaria, en especial el acceso igual de las mujeres a todos los ámbitos y niveles profesionales:



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gestión, producción, distribución y creación de todo tipo de prácticas culturales. La plena equiparación laboral y el fomento de una representación igualitaria en el ámbito cultural contribuirán a transmitir a la sociedad, y a los más
jóvenes en particular, modelos no sexistas de mujer y de hombre más acordes con la realidad, responsables con la igualdad de género y que ayuden a erradicar la violencia machista.


4. Crear una Comisión para iniciar los trabajos, de manera conjunta entre los diferentes grupos parlamentarios y agentes del sector, para la elaboración de un Estatuto del Artista y del Trabajador de la Cultura, adaptado a las necesidades
específicas del sector, contemplando por igual a todas las personas profesionales de la cultura, tanto si trabajan por cuenta ajena como si es por cuenta propia.


Dicho Estatuto promoverá una fiscalidad que desemboque en una tributación justa tanto para la Hacienda Pública como para las personas interesadas y garantizará los derechos de protección social del sector, su estacionalidad y su
representatividad sindical. Entre otras medidas:


- Se estudiará ajustar la fiscalidad a la actividad profesional intermitente propia del sector.


- Se contemplarán las peculiaridades específicas, tanto dentro del Régimen General de Seguridad Social como del Régimen de Autónomos, teniendo en cuenta las características propias del trabajo intermitente, tanto en lo referente a la fórmula
de cotización como a las coberturas a efectos de incapacidad temporal, incapacidad permanente, maternidad, paternidad y, muy especialmente, las vinculadas a garantizar una jubilación digna y justa a los creadores y artistas. Además, se reconocerán
las enfermedades y lesiones laborales de la práctica artística y técnica, siguiendo al efecto lo establecido en la Ley General de Seguridad Social.


Los aspectos relativos a Seguridad Social serán remitidos para su consideración a la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, que deberá pronunciarse sobre su oportunidad y su adecuación a los principios que
rigen el sistema público de Seguridad Social.


- Se garantizará el efectivo derecho de los y las profesionales de la cultura a estar debidamente representados sindicalmente y a participar activa y democráticamente en las negociaciones colectivas de su sector.


- Se impulsará el fomento de la actividad artística sin ánimo de lucro que se desarrolla en los sectores independientes a los efectos de permitir la creación de cooperativas de trabajo asociado cuyo funcionamiento interno se corresponda con
las particularidades de la actividad cultural, al tiempo que se vincule al sector con las prácticas propias de la economía colaborativa, social y solidaria.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En
Marea, sobre medidas urgentes de apoyo a las personas profesionales de la cultura.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


1. A continuar un proceso de diálogo con el sector, con las organizaciones y asociaciones más representativas en sus respectivos ámbitos de actuación, estatal y autonómico, con el objetivo de avanzar de forma adecuada, en la compatibilidad
de la percepción de una pensión de jubilación con rendimientos del trabajo procedentes de actividades profesionales relacionadas con la cultura y el arte, para facilitar y



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fomentar la actividad de escritores y artistas mayores, y reconocer su contribución intelectual y cultural a la sociedad.


2. A la elaboración de un Estatuto del Creador que reconozca la especificidad de todos los profesionales del ámbito de la cultura, salvaguarde sus derechos como trabajadores y, a su vez, potencie su papel como creadores.


3. A impulsar la subida del 50% al 100 % el porcentaje de pensión a percibir tras la jubilación en caso de optar por seguir trabajando.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre medidas urgentes de apoyo a las personas profesionales de la cultura, del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las siguientes medidas:


1. Modificar la actual legislación sobre compatibilidad entre percibo de la pensión de jubilación y la obtención de ingresos, sin que se diferencie por el origen de los mismos, con el objeto de hacer compatible el cobro de derechos de autor
y la percepción de la pensión de jubilación contemplando no sólo los casos que reciben la pensión contributiva sino también, y muy en especial, la de aquellos creadores más vulnerables y que reciben una pensión no contributiva.


En tanto, se procede a la modificación de la normativa indicada, que se proceda a la suspensión de las inspecciones ya abiertas y paralizar los actuales expedientes puestos en marcha contra autores, traductores y creadores en general, en
relación al cobro simultáneo de derechos de autor y la percepción de pensiones.


2. Adoptar las medidas necesarias para que vuelva a aplicarse el tipo reducido del IVA a las prestaciones de servicios de carácter cultural, como sucedía antes del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio.


3. Iniciar con urgencia actuaciones que promuevan la igualdad de género en la cultura y fomenten una cultura más igualitaria, en especial el acceso igual de las mujeres a todos los ámbitos y niveles profesionales: gestión, producción,
distribución y creación de todo tipo de prácticas culturales. La plena equiparación laboral y el fomento de una representación igualitaria en el ámbito cultural, contribuirán a transmitir a la sociedad, y a los más jóvenes en particular, modelos no
sexistas de mujer y de hombre más acordes con la realidad, responsables con la igualdad de género y que ayuden a erradicar la violencia machista.


4. Crear una Comisión para iniciar los trabajos, de manera conjunta entre los diferentes grupos parlamentarios y agentes del sector, para la elaboración de un Estatuto del Artista y Creador, adaptado a las necesidades específicas del
sector, contemplando tanto a los trabajadores y las trabajadoras por cuenta ajena como a quienes lo hacen por cuenta propia.


Dicho Estatuto promoverá una fiscalidad que desemboque en una tributación justa tanto para la Hacienda Pública como para las personas interesadas y garantizará los derechos de protección social del sector, su estacionalidad y su
representatividad sindical. Entre otras medidas:


- Se estudiará ajustar la fiscalidad a la actividad profesional intermitente propia del sector.


- Se contemplarán las peculiaridades específicas, tanto dentro del Régimen General como del de Autónomos, teniendo en cuenta las características propias del trabajo intermitente, tanto en lo referente a la fórmula de cotización como a las
coberturas a efectos de incapacidad temporal, incapacidad permanente,



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maternidad, paternidad y, muy especialmente, las vinculadas a garantizar una jubilación digna y justa a los creadores y artistas. Además, se reconocerán las enfermedades y lesiones laborales de la práctica artística y técnica, siguiendo al
efecto lo establecido en la Ley General de la Seguridad Social.


Los aspectos relativos a Seguridad Social serán remitidos para su consideración a la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, que deberá pronunciarse sobre su oportunidad y su adecuación a los principios que
rigen el sistema público de Seguridad Social.


- Se garantizará el efectivo derecho de los y las profesionales de la cultura a estar debidamente representados sindicalmente y a participar activa y democráticamente en las negociaciones colectivas de su sector.


- Se impulsará el fomento de la actividad artística sin ánimo de lucro que se desarrolla en los sectores independientes a los efectos de permitir la creación de cooperativas de trabajo asociado cuyo funcionamiento interno se corresponda con
las particularidades de la actividad cultural, al tiempo que se vincule al sector con las prácticas propias de la economía colaborativa, social y solidaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000136


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la solicitud de declaración por parte de la UNESCO de 'A Vía Nova e o seu legado no Val do Limia'
como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, presentada por el Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 28, de 7 de marzo de 2016, en los siguientes términos,
entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, previo acuerdo del Consejo de Patrimonio Histórico y su grupo de trabajo de Patrimonio Mundial, y una vez haya sido incluida en la 'lista indicativa', también con el acuerdo del Consejo de
Patrimonio Histórico y su grupo de trabajo, a apoyar y defender en las instancias internacionales oportunas la candidatura como Patrimonio Mundial de la 'Vía Nova Romana'.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En
Marea, relativa a la solicitud de declaración por parte de la UNESCO de 'A Vía Nova o seu legado no Val do Limia' como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, previo acuerdo del Consejo de Patrimonio Histórico y su grupo de trabajo de Patrimonio Mundial, y una vez haya sido incluida en la 'lista indicativa',



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también con el acuerdo del Consejo de Patrimonio Histórico y su grupo de trabajo, apoyar y defender en las instancias internacionales oportunas la candidatura como Patrimonio Mundial de la 'Vía Nova Romana'.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000148


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre el IVA cultural, presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana y publicada en el 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie D, núm. 34, de 15 de marzo de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a adoptar las medidas necesarias para que vuelva a aplicarse a las prestaciones de servicios de carácter cultural el tipo reducido del IVA por el que tributaban antes del Real
Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon cuatro enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francesc Homs i Molist, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat), y al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de modificación a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el IVA cultural.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


- Modificar el actual porcentaje del 21% del Impuesto del Valor Añadido (IVA) para los productos culturales para situarlo en el porcentaje del 4%.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat).



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A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre el
IVA cultural.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Reducir el IVA cultural al 10%, promover el mantenimiento del IVA del libro en el 4%, e impulsar en el seno de la UE su equiparación para el libro electrónico.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Modificar el actual porcentaje del 21% del Impuesto del Valor Añadido (IVA) para los productos culturales para situarlo en el porcentaje del 8% (el existente antes de su subida en julio de 2012).'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente enmienda de supresión para su debate y aprobación,
relativa a la Proposición no de Ley sobre el IVA cultural del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Enmienda


De adición.


Añadir al principio: 'En el marco de una fiscalidad más avanzada e integral para la cultura que no se reduzca al IVA de los productos culturales, y partiendo de la necesidad de un tipo reducido inferior al 10% vigente, avanzar hacia...'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Eduardo Javier Maura Zorita, Diputado.-Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre el IVA cultural, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.



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Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a adoptar las medidas necesarias para que vuelva a aplicarse a las prestaciones de servicios de carácter cultural el tipo reducido del IVA por el que tributaban antes del Real
Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000153


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre medidas para mejorar la condición profesional en el sector de la cultura y de las artes, y para facilitar
la actividad creativa, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat) y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 34, de 15 de marzo de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su
admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar, con la mayor celeridad posible, un conjunto de modificaciones normativas con el objetivo de mejorar las condiciones de los profesionales del sector de la cultura y las artes, y ajustarse a las peculiaridades de las diversas
actividades artísticas. Estas modificaciones normativas deben incluir, entre otras:


- La disminución del tipo fijo de retención del IRPF en las relaciones laborales especiales de artistas del 15% al 7%.


- La promoción y articulación de un sistema de representatividad como trabajadores, mediante la constitución de delegados sindicales o unitarios, que permita la negociación colectiva.


- Una reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que establezca un sistema de cotización progresivo y flexible que posibilite la cotización en función de los ingresos reales e incluso, que considere los momentos de no ingresos,
permitiendo el mantenimiento de la situación de alta, que admita y ampare el trabajo autónomo a tiempo parcial y que, a su vez, articule una protección específica para el sector que tenga en cuenta las intermitencias en las afiliaciones, la corta
vida laboral y los riesgos y enfermedades profesionales asociados a algunas profesiones artísticas (circo, danza, etc.), y la irregularidad y/o escasez de los ingresos.


- Una actualización de las normas que regulan la relación laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos públicos y del régimen de Seguridad Social aplicable a los mismos, a fin de facilitar la generación de carreras de
cotización con la menor intermitencia posible y de adecuar dichas normas a las nuevas modalidades de prestación de servicios, tal y como establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de
Seguridad Social, y de incluir el personal técnico y auxiliar que colabora en la producción de estos espectáculos.


- La utilización del sistema RED para las relaciones laborales especiales del sector artístico.


2. Modificar la actual legislación sobre compatibilidad entre percibo de la pensión de jubilación y la obtención de ingresos, sin que se diferencie por el origen de los mismos, con el objeto de hacer compatible el cobro de derechos de autor
y la percepción de la pensión de jubilación, contemplando no sólo los casos que reciben la pensión contributiva sino también, y muy en especial, la de aquellos creadores más vulnerables y que reciben una pensión no contributiva.


En tanto se procede a la modificación de la normativa indicada, que se proceda a la suspensión de las inspecciones ya abiertas y a paralizar los actuales expedientes puestos en marcha contra autores, traductores y creadores en general, en
relación al cobro simultáneo de derechos de autor, y la percepción de pensiones.



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3. Adoptar las medidas necesarias para que vuelva a aplicarse el tipo reducido del IVA a las prestaciones de servicios de carácter cultural, como sucedía antes del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la
estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.


4. Elaborar un Estatuto del Creador que reconozca la especificidad de todos los profesionales del ámbito de la cultura, salvaguarde sus derechos como trabajadores y, a su vez, potencie su papel como creadores.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Catalán, sobre medidas
para mejorar la condición profesional en el sector de la cultura y de las artes, y para facilitar la actividad creativa.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


1. A continuar un proceso de diálogo con el sector, con las organizaciones y asociaciones más representativas en sus respectivos ámbitos de actuación, estatal y autonómico, con el objetivo de avanzar de forma adecuada, en la compatibilidad
de la percepción de una pensión de jubilación con rendimientos del trabajo procedentes de actividades profesionales relacionadas con la cultura y el arte, para facilitar y fomentar la actividad de escritores y artistas mayores, y reconocer su
contribución intelectual y cultural a la sociedad.


2. A la elaboración de un Estatuto del Creador que reconozca la especificidad de todos los profesionales del ámbito de la cultura, salvaguarde sus derechos como trabajadores y, a su vez, potencie su papel como creadores.


3. A impulsar la subida del 50% al 100 % el porcentaje de pensión a percibir tras la jubilación en caso de optar por seguir trabajando.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre medidas para mejorar la condición profesional en el sector de la cultura y de las artes, y para facilitar la actividad creativa, del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat).



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Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las siguientes medidas:


1. Modificar la actual legislación sobre compatibilidad entre percibo de la pensión de jubilación y la obtención de ingresos, sin que se diferencie por el origen de los mismos, con el objeto de hacer compatible el cobro de derechos de autor
y la percepción de la pensión de jubilación contemplando no sólo los casos que reciben la pensión contributiva sino también, y muy en especial, la de aquellos creadores más vulnerables y que reciben una pensión no contributiva.


En tanto, se procede a la modificación de la normativa indicada, que se procede a la suspensión de las inspecciones ya abiertas y paralizar los actuales expedientes puestos en marcha contra autores, traductores y creadores en general, en
relación al cobro simultáneo de derechos de autor y la percepción de pensiones.


2. Adoptar las medidas necesarias para que vuelva a aplicarse el tipo reducido del IVA a las prestaciones de servicios de carácter cultural, como sucedía antes del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio.


3. Iniciar con urgencia actuaciones que promuevan la igualdad de género en la cultura y fomenten una cultura más igualitaria, en especial el acceso igual de las mujeres a todos los ámbitos y niveles profesionales: gestión, producción,
distribución y creación de todo tipo de prácticas culturales. La plena equiparación laboral y el fomento de una representación igualitaria en el ámbito cultural, contribuirán a transmitir a la sociedad, y a los más jóvenes en particular, modelos no
sexistas de mujer y de hombre más acordes con la realidad, responsables con la igualdad de género y que ayuden a erradicar la violencia machista.


4. Crear una Comisión para iniciar los trabajos, de manera conjunta entre los diferentes grupos parlamentarios y agentes del sector, para la elaboración de un Estatuto del Artista y Creador, adaptado a las necesidades específicas del
sector, contemplando tanto a los trabajadores y las trabajadoras por cuenta ajena como a quienes lo hacen por cuenta propia.


Dicho Estatuto promoverá una fiscalidad que desemboque en una tributación justa tanto para la Hacienda Pública como para las personas interesadas y garantizará los derechos de protección social del sector, su estacionalidad y su
representatividad sindical. Entre otras medidas:


- Se estudiará ajustar la fiscalidad a la actividad profesional intermitente propia del sector.


- Se contemplarán las peculiaridades específicas, tanto dentro del Régimen General como del de Autónomos, teniendo en cuenta las características propias del trabajo intermitente, tanto en lo referente a la fórmula de cotización como a las
coberturas a efectos de incapacidad temporal, incapacidad permanente, maternidad, paternidad y, muy especialmente, las vinculadas a garantizar una jubilación digna y justa a los creadores y artistas. Además, se reconocerán las enfermedades y
lesiones laborales de la práctica artística y técnica, siguiendo al efecto lo establecido en la Ley General de la Seguridad Social.


Los aspectos relativos a Seguridad Social serán remitidos para su consideración a la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, que deberá pronunciarse sobre su oportunidad y su adecuación a los principios que
rigen el sistema público de Seguridad Social.


- Se garantizará el efectivo derecho de los y las profesionales de la cultura a estar debidamente representados sindicalmente y a participar activa y democráticamente en las negociaciones colectivas de su sector.


- Se impulsará el fomento de la actividad artística sin ánimo de lucro que se desarrolla en los sectores independientes a los efectos de permitir la creación de cooperativas de trabajo asociado cuyo funcionamiento interno se corresponda con
las particularidades de la actividad cultural, al tiempo que se vincule al sector con las prácticas propias de la economía colaborativa, social y solidaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/000161


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre medidas para incluir las Enseñanzas Artísticas Superiores en el marco universitario, presentada por el
Grupo Parlamentario Ciudadanos y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 34, de 15 de marzo de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida
al Gobierno que se constituya:


'1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a crear, en la Conferencia Sectorial de Educación, un Grupo de Trabajo coordinado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Consejo Superior de enseñanzas Artísticas y la
Conferencia General de Política Universitaria que desarrolle, a la mayor brevedad, el marco normativo general y el procedimiento que permitan la posibilidad de hacer efectiva la adscripción de los centros de Enseñanzas Artísticas Superiores y de sus
titulaciones a la Universidad, tal y como está previsto en el actual marco legislativo.


2. El Congreso de los Diputados considera conveniente, mediante los procedimientos parlamentarios oportunos, la creación de una Subcomisión con objeto de abordar en su totalidad el estudio de la situación actual de las Enseñanzas Artísticas
en el conjunto del Sistema Educativo y específicamente la necesaria modificación de la LOMCE, reconociendo el título de Grado donde dice 'Título Superior', recuperando así la vigencia de todos los artículos del Real Decreto de Ordenación de las
Enseñanzas Artísticas Superiores.


3. Llevar a cabo las medidas oportunas para que en la educación secundaria se estudie la oferta de módulos de estas disciplinas como materia académica, y que sean impartidos o bien por titulados en las correspondientes escuelas oficiales, o
bien por profesionales cuya trayectoria pueda ser suficientemente acreditada como medio para fomentar el acercamiento de los más jóvenes a las enseñanzas artísticas.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre medidas para incluir las Enseñanzas Artísticas Superiores en el marco universitario, del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Enmienda


De modificación.


'1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a crear, en la Conferencia Sectorial de Educación, un Grupo de Trabajo coordinado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y la
Conferencia General de Política Universitaria que desarrolle, a la mayor brevedad, el marco normativo general y el procedimiento que permitan la posibilidad de hacer efectiva la adscripción de los centros de Enseñanzas Artísticas Superiores y de sus
titulaciones a la Universidad, tal y como está previsto en el actual marco legislativo.


2. El Congreso de los Diputados considera conveniente, mediante los procedimientos parlamentarios oportunos, la creación de una Subcomisión con objeto de abordar en su totalidad el estudio de la situación actual de las Enseñanzas Artísticas
en el conjunto del Sistema Educativo y específicamente la necesaria modificación de la LOMCE reconociendo el título de Grado donde dice



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'Título Superior', recuperando así la vigencia de todos los artículos del Real Decreto de Ordenación de las Enseñanzas Artísticas Superiores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000162


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre acciones para homenajear a María Moliner en el marco de la Real Academia de la Lengua en el cincuenta
aniversario de la publicación Diccionario de Uso del Español, presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 33, de 14 de marzo de 2016, en los siguientes términos, entendiendo,
de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados solicita al Gobierno llevar a cabo las acciones precisas, junto a la Real Academia Española, para que se reconozca la labor y trabajo de María Moliner en el cincuenta aniversario de la publicación Diccionario de
Uso del Español.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Cultura


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre
acciones para homenajear a María Moliner en el marco de la Real Academia de la Lengua en el cincuenta aniversario de la publicación del Diccionario de Uso del Español.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo, en colaboración con la Real Academia Española, las acciones precisas para que se reconozca la labor y trabajo de María Moliner en el cincuenta aniversario de la publicación del
Diccionario de Uso del Español, en el marco del presupuesto aprobado para el ejercicio 2016.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/000166


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, aprobó la Proposición no de Ley relativa a la conmemoración del Centenario del nacimiento de Antonio Buero Vallejo, Camilo José Cela y Blas de Otero, presentada por el Grupo
Parlamentario Popular y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 33, de 14 de marzo de 2016, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a apoyar los actos conmemorativos de diversa naturaleza que se organicen con motivo del centenario de los nacimientos de los escritores Antonio Buero Vallejo, Camilo José Cela y Blas de Otero,
con el fin de divulgar el conocimiento de su obra literaria y, entre otras, las siguientes actuaciones:


1. Organizar o apoyar la organización de exposiciones, festivales, seminarios y encuentros en torno a la figura de cada uno de estos tres escritores.


2. Fomentar la lectura de su obra literaria.


3. Promover la representación de obras teatrales de Antonio Buero Vallejo.


4. Impulsar el turismo cultural vinculado a la figura de los tres escritores.


Los actos a realizar deben contar con la colaboración de las instituciones públicas y privadas que contribuyen a difundir y conservar el legado de estos tres grandes literatos, para garantizar un mejor cumplimiento de sus objetivos.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/000167


La Comisión de Cultura, en su sesión del día 17 de marzo de 2016, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a fomentar la cultura del respeto a los derechos de propiedad intelectual, presentada por el Grupo
Parlamentario Popular y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 34, de 15 de marzo de 2016, en los siguientes términos, entendiendo, de acuerdo con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso, que irá dirigida al
Gobierno que se constituya:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas, entidades locales, universidades y entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual, a llevar a cabo actuaciones para fomentar el
respeto a la propiedad intelectual y para valorar la propiedad intelectual de los creadores de contenidos.


Para ello propone:


- Incluir en el desarrollo de los contenidos de la reforma educativa el respeto a la propiedad intelectual en áreas de las diferentes etapas educativas obligatorias para su interiorización desde edades tempranas.


- Facilitar la adaptación de medidas y campañas de concienciación destinadas a la ciudadanía, sobre la importancia del respeto a la propiedad intelectual y los problemas de la piratería.


- Continuar impulsando en el seno de la Unión Europea los trabajos por una política común de concienciación y sensibilización de la opinión pública sobre el respeto a los derechos de propiedad intelectual.


Asimismo, insta al Gobierno a:


- Reforzar la protección de la propiedad intelectual para impulsar la economía del conocimiento, generar empleo y consolidar el sector.



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- Establecer un sistema de protección de los derechos en el ámbito digital, que facilite la cooperación judicial y policial para la persecución de las vulneraciones de la propiedad intelectual en internet y la lucha activa contra la
ciberdelincuencia.


- Impulsar una reforma normativa que establezca proporcionalidad y equilibrio entre la protección de datos y la protección de los derechos de propiedad intelectual, que sea compatible con la neutralidad en la red y que proteja a los usuarios
en el ámbito de la piratería digital.


- Facilitar la conversión de los modelos de negocio, promover la internacionalización de las industrias creativas e impulsar la promoción de la oferta legal de contenidos.


- Fomentar la digitalización del patrimonio cultural.


- Promover el respeto a la propiedad intelectual en los centros escolares, acercando la producción artística a través de sus autores y creadores, fomentando la práctica de la lectura, la promoción de las diferentes disciplinas artísticas,
incluidos los lenguajes audiovisuales y el cine.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francesc Homs i Molist, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat), y al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición a la Proposición
no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, relativa a fomentar la cultura del respeto a los derechos de propiedad intelectual.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas, entidades locales, universidades y entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual, a llevar a cabo actuaciones para fomentar el
respeto a la propiedad intelectual y para valorar la propiedad intelectual de los creadores de contenidos.


Para ello propone:


- Incluir en el desarrollo de los contenidos de la reforma educativa el respeto a la propiedad intelectual en áreas de las diferentes etapas educativas obligatorias para su interiorización desde edades tempranas.


- Facilitar la adopción de medidas y campañas de concienciación destinadas a la ciudadanía. sobre la importancia del respeto a la propiedad intelectual y los Problemas de la piratería.


- Continuar impulsando en el seno de la Unión Europea los trabajos por una política común de concienciación y sensibilización de la opinión pública sobre el respeto a los derechos de propiedad intelectual.


Asimismo, insta al Gobierno a:


- Reforzar la protección de la propiedad intelectual para impulsar la economía del conocimiento, generar empleo y consolidar el sector.


- Establecer un sistema de protección de los derechos en el ámbito digital, que facilite la cooperación judicial y policial para la persecución de las vulneraciones de la Propiedad intelectual en internet y la lucha activa contra la
ciberdelincuencia.


- Impulsar una reforma normativa que establezca proporcionalidad y equilibrio entre la protección de datos y la protección de los derechos de propiedad intelectual, que sea compatible con la neutralidad en



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la Red, que implique a los operadores de telecomunicaciones en el control de las actividades ilícitas, y que proteja a los usuarios en el ámbito de la piratería digital.


- Facilitar la conversión de los modelos de negocio, promover la internacionalización de las industrias creativas e impulsar la promoción de la oferta legal de contenidos.


- Fomentar la digitalización del patrimonio cultural.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Democràcia i Llibertat).


A la Mesa de la Comisión de Cultura


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a fomentar la cultura del respeto a los derechos de propiedad intelectual, del Grupo Parlamentario Popular.


Enmienda


De modificación.


Sustituir el primer guion por el siguiente texto:


'- Incluir en el desarrollo de los contenidos de la reforma educativa el respeto a la propiedad intelectual a través de la asignatura Educación para la Ciudadanía, en las diferentes etapas educativas obligatorias para su interiorización
desde edades tempranas


- (igual).'


Añadir un nuevo punto:


'- Promover el respeto a la propiedad intelectual en los centros escolares, acercando la producción artística a través de sus autores y creadores, fomentando la práctica de la lectura, la promoción de las diferentes disciplinas artísticas,
incluidos los lenguajes audiovisuales y el cine.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Preguntas


184/000391


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Bustinduy Amador, Pablo (GP-EC-EM).


Retirada de la tercera cuestión de su pregunta sobre aplicación de la legislación comunitaria en relación con la indicación de origen en el etiquetado de los productos importados a la Unión Europea procedentes de asentamientos israelíes en
los Territorios Palestinos Ocupados.



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Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente retirada, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando
este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, don Pablo Bustinduy Amador del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta con ruego de
respuesta por escrito.


Exposición de motivos


El pasado 11 de noviembre de 2015 la Comisión Europea publicó unas orientaciones dirigidas a la correcta aplicación por parte de los Estados miembros de la UE de la legislación comunitaria en relación con la indicación de origen en el
etiquetado de los productos importados a la Unión Europea procedentes de asentamientos israelíes en los Territorios Palestinos Ocupados. De forma coherente no sólo con el Derecho Internacional (que no reconoce soberanía israelí más allá de la Línea
Verde de 1949-1967) sino también con el Acuerdo de Asociación UE-Israel (que circunscribe las preferencias arancelarias aplicadas a Israel a dicho territorio), las orientaciones de la Comisión Europea recuerdan a los Estados su obligación de no
etiquetar como productos originarios de Israel los productos procedentes de estos asentamientos en los Territorios Palestinos Ocupados, ilegales a la luz del Derecho Internacional y considerados un obstáculo a la paz por la Comunidad Internacional.


Esta decisión técnica de la Comisión pretende lograr la correcta aplicación del Derecho de la UE pero supone, además, una medida significativa para proteger la viabilidad de la solución de dos Estados y para garantizar los derechos de los
consumidores europeos. Supone, asimismo, evitar un reconocimiento tácito de la soberanía israelí sobre los Territorios Palestinos, y un mensaje claro a Israel y a la Comunidad Internacional sobre la ilegalidad de la ocupación y de la colonización
de los Territorios Palestinos.


A la luz de lo expuesto, se pregunta al Gobierno:


Preguntas:


1. ¿Están aplicando las autoridades españolas competentes las orientaciones de la Comisión Europea de 11 de noviembre de 2015?


2. ¿Cumple España con la legislación de la UE, de carácter obligatorio, cuya correcta aplicación persiguen dichas orientaciones?


[...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Pablo Bustinduy Amador, Diputado.


184/000392


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Bustinduy Amador, Pablo (GP-EC-EM).



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Retirada de la tercera cuestión de su pregunta sobre creación de una autoridad fiscal internacional bajo el auspicio de las Naciones Unidas para luchar contra la elusión fiscal, la competición fiscal entre países o los paraísos fiscales.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente retirada, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando
este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, don Pablo Bustinduy Amador del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta con ruego de
respuesta por escrito.


Exposición de motivos


En la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo celebrada en julio de 2015 en Addis Abeba, el Gobierno de España -junto con los países de la OCDE- bloqueó la propuesta del G77 e ICRICT de establecer una
agencia intergubernamental ('taxbody') de las Naciones Unidas para la cooperación internacional en materia fiscal en reemplazo del actual Comité de Expertos de la ONU y haciendo que la cooperación fiscal siga siendo competencia exclusiva de la OCDE
- en la que sólo están presentes 34 economías de renta media-alta.


A día de hoy, los criterios fiscales internacionales están desequilibrados a favor de los intereses de las economías más avanzadas y no existe una verdadera estrategia global común para hacer frente a la existencia -entre otros- de paraísos
fiscales y evasión fiscal.


Esta realidad vacía las arcas tanto de los países en vías de desarrollo como de las economías avanzadas y frena las posibilidades de abordar planes de desarrollo sostenible que garanticen la igualdad de oportunidades y la lucha contra la
pobreza y la desigualdad. A título indicativo, se calcula que los Estados africanos padecen anualmente una pérdida de ingresos de más de 50 mil millones de dólares fruto de la evasión fiscal.


Creemos que ha llegado el momento de crear una verdadera autoridad fiscal internacional, bajo el auspicio de las Naciones Unidas, en la que se encuentren representados todos los países en igualdad de condiciones y que tendría como mandato
luchar contra la elusión fiscal, la competición fiscal entre países o los paraísos fiscales y obligar a las multinacionales a pagar sus impuestos allí donde generen sus beneficios. Asimismo, tendría capacidad sancionadora y estaría dotada de un
mecanismo de transparencia y rendición de cuentas, así como de recursos suficientes. Promovería, en definitiva, políticas fiscales globales, transparentes y justas al servicio de los ciudadanos.


Por todo ello, planteamos las siguientes preguntas al Gobierno:


Preguntas:


1. ¿Por qué no se apoyó en la citada Cumbre de Addis Abeba la creación de un órgano intergubernamental de las Naciones Unidas para la cooperación internacional en materia fiscal?


2. ¿Por qué se estima que la formulación de la política tributaria global debe realizarse desde la OCDE y no desde un organismo en el que participen todos los miembros de la ONU, es decir, todos los actores de la economía global?



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3. ¿Apuesta verdaderamente el Gobierno de España por reforzar los espacios de multilateralismo democrático, controlar los flujos financieros y garantizar la aplicación de la legislación internacional?


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Pablo Bustinduy Amador, Diputado.


184/000521


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Vendrell Gardeñes, Josep (GP-EC-EM); Alonso Cantorné, Félix (GP-EC-EM).


Desclasificación de documentos clasificados como secretos o reservados.


Acuerdo:


Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, excepto el primer interrogante, dado que en los términos en que se encuentra
redactado versaría sobre una materia que excede de la competencia propia de un Gobierno en funciones, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, el Diputado adscrito al Grupo Parlamentario de Podemos-En Comú Podem-En Marea formula las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno,
para su respuesta escrita.


La legislación española, y en especial un acuerdo del Gobierno de 15 de octubre de 2010 sobre secretos de estado, permite que el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación mantenga clasificada como secreta y reservada la práctica
totalidad de su documentación histórica desde 1931 hasta la actualidad, sin que sea posible su libre consulta ni se prevean mecanismos de desclasificación. Por su parte, el Ministerio de Defensa ha cancelado la publicación de 10.000 documentos que
estaban listos para su desclasificación desde 2011. A la vista de estos hechos, más de 300 investigadores de reconocido prestigio han elevado su malestar por la imposibilidad de llevar a cabo su trabajo, que además es de interés público general.


[...]


¿Por qué motivos la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores aplicó en 2011 el acuerdo que había adoptado el Gobierno anterior en 2010 y que ha supuesto no permitir consultar los documentos?


Considerando que durante el periodo 1984-2010 los investigadores sí pudieron acudir a la sala de lectura y consultar los archivos sin problemas, ¿cuáles son las razones que explican que antes sí pudieran consultarse y ahora no?


¿Considera acorde con el espíritu del Proyecto de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno, el hecho de mantener clasificada como secreta o reservada la práctica totalidad de la documentación diplomática
histórica de España e impedir su consulta por los historiadores e investigadores?



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¿Coincide el Gobierno en que es un auténtico despropósito que existan historiadores con becas concedidas para la investigación histórica y que por culpa de esta regulación no tengan capacidad para desarrollarla?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de marzo de 2016.-Josep Vendrell Gardeñes y Félix Alonso Cantorné, Diputados.


184/000741


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Candela Serna, Ignasi (GMx).


Pasajeros que transportó Renfe Operadora en diversos ejes ferroviarios durante los años 2011 a 2015.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la subsanación de firma contenida en el escrito número de registro 3623, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado don Ignasi Candela Serna (Compromís), presenta, al amparo del artículo 185 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente pregunta al Gobierno, solicitando su respuesta por
escrito.


¿Cuántos pasajeros transportó Renfe Operadora en los siguientes ejes ferroviarios desglosado por tipo de servicio (AVE, EUROMED, ALVIA, etc.) durante los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, exceptuando cercanías?:


- Cartagena-Alicante-Valencia-Tarragona-Barcelona-Girona-frontera francesa.


- Madrid-Sevilla.


- Madrid-Barcelona.


- Madrid-Málaga.


- Madrid-La Coruña.


- Madrid-Irún.


- Madrid-Gijón.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Ignasi Candela Serna, Diputado.



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184/000742


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Candela Serna, Ignasi (GMx).


Paralización de las tareas de mantenimiento de la planta desnitrificadora de agua en el municipio de l'Eliana (Valencia).


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la subsanación de firma contenida en el escrito número de registro 3623, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del diputado D. Ignasi Candela Serna (Compromís), presenta, al amparo del artículo 185 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente pregunta al Gobierno, solicitando su respuesta por
escrito.


Exposición de motivos


La empresa pública ACUAMED, dependiente de ese Ministerio ha construido una planta desnitrificadora de agua en el Municipio de l'Eliana (Valencia), obra cofinanciada por la Unión Europea, concluida en marzo de 2011, pero que a fecha de hoy
aún no ha entrado en servicio por un desacuerdo entre ACUAMED y el Ayuntamiento respecto del pago de las obras ejecutadas.


Mientras se negociaba la apertura de la planta y para que la maquinaria e infraestructuras de la desnitrificadora no se estropearan, ACUAMED ha ido realizando las tareas propias de mantenimiento.


Nuestro grupo ha tenido conocimiento de que las tareas de mantenimiento de la planta han sido paralizadas desde el pasado mes de enero en el que a raíz de la 'operación frontino' la dirección de ACUAMED ha sido detenida y está siendo
investigada, llegando a encarcelar a los principales directivos que fueron destituidos de su cargo.


Por todo lo expuesto, don Ignasi Candela Serna, Diputado del Grupo Mixto, en nombre de los diputados y diputadas de Compromís formula al Gobierno la siguiente pregunta, solicitando su respuesta por escrito:


Si las tareas de mantenimiento se venían realizando para que la maquinaria no se estropeara ¿es cierto que ya no se realizan? ¿Por qué motivo?


¿En caso de que no se realicen, que coste tiene eso para la infraestructura y su futura puesta en marcha?


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Ignasi Candela Serna, Diputado.



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184/000814


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio (GP-EC-EM).


Evolución del número de funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil) que han pasado a retirados por pérdida de facultades psicofísicas en los años 2010 a 2015.


Acuerdo:


Considerando que corresponde al Gobierno determinar la forma concreta en que contesta a las preguntas que se le dirigen y que, en consecuencia, la plantilla que se adjunta a la presente iniciativa no forma parte de la misma, admitir a
trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, don Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta
con ruego de respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Petición de datos con fines estadísticos.


Pregunta:


Evolución en el número de funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil) que han pasado a retirados por pérdida de facultades psicofísicas, agrupados por provincias y sexos desde el año 2010 al 2015 según la
siguiente tabla. Separar en dos tablas los retiros/jubilaciones por motivos físicos y en otra para los retiros/jubilaciones por motivos psicológicos.


[...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.


184/000815


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio (GP-EC-EM).


Número de suicidios e intentos de suicidios registrados en los años 2005 a 2015 de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil).



Página 72





Acuerdo:


Considerando que corresponde al Gobierno determinar la forma concreta en que contesta a las preguntas que se le dirigen y que, en consecuencia, la plantilla que se adjunta a la presente iniciativa no forma parte de la misma, admitir a
trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, don Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta
con ruego de respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Petición de datos con fines estadísticos.


Pregunta:


Número de suicidios e intentos de suicidios registrados en los últimos diez años (2005-2015) de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil), desglosados por provincias, edad y sexo de la víctima.


[...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.


184/000816


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio (GP-EC-EM).


Número de vehículos adjudicados a la Policía Nacional en virtud de la Ley 17/2003, que regula el fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, a 31 de diciembre de 2015.


Acuerdo:


Considerando que corresponde al Gobierno determinar la forma concreta en que contesta a las preguntas que se le dirigen y que, en consecuencia, la plantilla que se adjunta a la presente iniciativa no forma parte de la misma, admitir a
trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Página 73





Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, don Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta
con ruego de respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Petición de datos con fines estadísticos.


Pregunta:


Número de vehículos por provincias adjudicados a la Policía Nacional en virtud de la Ley 17/2003, que regula el fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. Se indicará el número de vehículos
incorporados por año, así como los dados de baja en cada año. El resultado final será el número de vehículos actualmente en uso a fecha 31 de diciembre de 2015.


[...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.


184/000817


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio (GP-EC-EM).


Evolución del número de funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional) que han pasado a retirados por pérdida de facultades psicofísicas, en los años 2010 a 2015.


Acuerdo:


Considerando que corresponde al Gobierno determinar la forma concreta en que contesta a las preguntas que se le dirigen y que, en consecuencia, la plantilla que se adjunta a la presente iniciativa no forma parte de la misma, admitir a
trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, don Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta
con ruego de respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Petición de datos con fines estadísticos.



Página 74





Pregunta:


Evolución en el número de funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional) que han pasado a retirados por pérdida de facultades psicofísicas, agrupados por provincias y sexos desde el año 2010 al 2015 según la
siguiente tabla. Separar en dos tablas los retiros/jubilaciones por motivos físicos y en otra para los retiros/jubilaciones por motivos psicológicos.


[...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.


184/000818


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio (GP-EC-EM).


Número de suicidios e intentos de suicidios registrados en los años 2005 a 2015 de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional).


Acuerdo:


Considerando que corresponde al Gobierno determinar la forma concreta en que contesta a las preguntas que se le dirigen y que, en consecuencia, la plantilla que se adjunta a la presente iniciativa no forma parte de la misma, admitir a
trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, don Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta
con ruego de respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Petición de datos con fines estadísticos.


Pregunta:


Número de suicidios e intentos de suicidios registrados en los últimos diez años (2005-2015) de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional), desglosados por provincias, edad y sexo de la víctima.


[...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.



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184/000819


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio (GP-EC-EM).


Convocatoria de un proceso selectivo a la categoría de Comisario Principal, dos días después de introducir en el Reglamento de la Policía Nacional una modificación posibilitando el ascenso por la modalidad de concurso-oposición.


Acuerdo:


1. En cuanto a la petición de que se faciliten una serie de informes, contenida en el apartado 2 de la presente pregunta, y teniendo en cuenta la subsanación de falta de firma contenida en el escrito número de registro 4218, admitir a
trámite como solicitud de informe a los efectos de los artículos 7 del Reglamento de la Cámara y 109 de la Constitución, y trasladar a la Administración Pública correspondiente (nuevo núm. expte. 186/000108/0000).


2. En cuanto al resto, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


3. Comunicar este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, D. Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta
con ruego de respuesta por escrito.


Exposición de motivos


El Reglamento de los procesos selectivos y de formación de la Policía Nacional (Real Decreto 614/1995, de 21 de abril) fue modificado el pasado 27 de noviembre por el Real Decreto 1067/2015 introduciéndose una modificación en la modalidad de
acceso al empleo de Comisario Principal (máxima categoría de la Policía Nacional) creando la posibilidad de ascender, además de por la habitual antigüedad selectiva por la nueva modalidad de concurso-oposición.


Dos días después de aprobada dicha modificación, se publica en el seno de ese Cuerpo Policial una orden general convocando proceso selectivo a la Categoría de Comisario Principal, actuación tachada de sospechosa por los representantes
sindicales de la Policía Nacional y mientras nos encontramos con un Gobierno en funciones. El proceso en marcha, publica primero un listado de admitidos y una lista definitiva de aspirantes al empleo de Comisario Principal el 1 de febrero de 2016.


Dicha lista ha sido recurrida por varios afectados, entre los que se encuentra el número 1 de la lista de aprobados por antigüedad selectiva, y por el sindicato mayoritario del Cuerpo SUP.


Este sindicato, mantiene que no existen razones de tanta urgencia como para efectuar esta convocatoria toda vez que en la actualidad existen 126 Comisarios Principales para tan solo 77 puestos de trabajo. Además la convocatoria está plagada
de acuerdos tachados de irregulares incluso en sentencias anteriores como pueden ser, la realización de entrevista personal como primera prueba, la ausencia de temario para la modalidad de concurso, o que los Tribunales estén compuesto por personas
encuadradas en la cúpula del Cuerpo que ocupan puestos de libre designación y claramente en el entorno de confianza de la actual Dirección General del Cuerpo.



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Por tanto, es imprescindible que el Gobierno dé respuesta ante el temor plasmado por representantes sindicales y los propios afectados de que la citada convocatoria está pensada para favorecer a determinados Comisarios cercanos al actual
equipo de Gobierno nombrado por el Partido Popular. Por todo ello, se plantean las siguientes preguntas:


1. ¿Cuál es el motivo por el que en el mismo día en el que entra en vigor un reglamento de modificación de los procesos selectivos de ascenso en la Policía Nacional, se convocan plazas de ascenso a la categoría de Comisario Principal,
siendo esta una de las afectadas y la más alta a la que puede aspirar un profesional de este Cuerpo?


2. Cuando en la convocatoria se establece el tiempo mínimo para concurrir, en el séptimo párrafo; se menciona textualmente: 'Así, una vez analizadas las necesidades de la Corporación se ha definido un plazo de permanencia de siete años
como Comisario para poder optar al ascenso de Comisario Principal'. A tenor de esta redacción parece evidente la existencia de un análisis y unos informes que han aconsejado este tiempo de permanencia y no otro. ¿Cuál es y en qué consisten la
necesidad que justifica esta premura para la convocatoria de este proceso selectivo? ¿En qué estudios se avala? [...].


3. Esta convocatoria reconoce expresamente que los anteriores concursos de ascenso en la Policía Nacional no se han ajustado a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, cuando expresamente amparan la urgencia de este
concurso en la 'implantación real y efectiva de los principios de igualdad, mérito, capacidad y antigüedad', argumento que les sirve para modificar el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos
selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía.


4. Si esa fuera la voluntad real de la actual Dirección General de la Policía, ¿no sería más correcto modificar el artículo 4 del Reglamento que regula ese Real Decreto referido a la composición de los Tribunales de ascenso, constituyendo
estos por profesionales nombrados por procedimientos objetivos sobre los que no recaiga ninguna sospecha de parcialidad?


5. ¿No les parece que sería correcto, como sucede en otros sectores de la Administración, que los agentes sindicales pudieran observar el desarrollo de las pruebas, permitiéndoles velar por los intereses de sus afiliados y la corrección de
los procedimientos, tan entredicho estos últimos años?


6. ¿Cuál es el motivo por el que en esta convocatoria no se incorporan a los tribunales calificadores personas ajenas al Cuerpo Nacional de Policía, independientes, como es un juez, teniendo presentes los mencionados antecedentes? ¿Acaso
incorporar personas ajenas al Cuerpo y al entorno de la cúpula actual puede entorpecer los planes de éstos de 'colocar' como comisarios principales a aquellos de su afinidad o entorno cercano?


7. ¿Cuál es el motivo por el que en el ascenso a comisario principal por concurso oposición no se requiere la superación de un ejercicio de preguntas teóricas sobre un temario y la resolución de un supuesto práctico, como en el resto de
procesos de ascenso por la modalidad de concurso-oposición?


8. ¿No les parece más objetivo que, en el caso de la modalidad por antigüedad, la entrevista se realizara exclusivamente sobre una batería de preguntas previamente constituidas y realizadas al concursante de manera aleatoria?


9. En aras de ese tardío y urgente interés en acomodar los principios de igualdad, los méritos y capacidad ¿no deberían respetar nuestra dilatada y profusa jurisprudencia al respecto y someter todos los procesos de selección a pruebas
tasadas y mensurables, prohibiendo la discriminación subjetiva que suponen las entrevistas?


10. Sí efectivamente ese propósito de pureza ahora fuera real ¿no les parece que deberían adecuar todos los procedimientos de la Policía Nacional, y especialmente los de promoción y ascensos, al reconocimiento de los derechos de acceso a la
información amparados por la Ley 19/2013, de 9 de díciembre, de la transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno?


11. ¿Existen precedentes dentro de la Policía Nacional en que el mismo día en que se modifican las condiciones de ascensos se realice una convocatoria de ascenso a cualquier otra escala o categoría?


12. ¿Existen esos mismos precedentes en el cuerpo de la Guardia Civil, bien para cualquier escala o categoría, bien para el más alto rango de la institución?


13. ¿Existen esos mismos precedentes desde alguna de las corporaciones jerarquizadas integradas dentro del Ministerio del Interior?


14. ¿Conocen algún tipo de precedentes de esta situación en alguna policía de la Unión Europea, especialmente en lo referido a la categoría superior de cualquier cuerpo policial?



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15. ¿Conocen algún tipo de precedentes de esta situación en alguna policía de países democráticos de nuestro entorno cultural, especialmente en lo referido a la categoría superior de cualquier cuerpo policial?


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.


184/000822


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Delgado Ramos, Juan Antonio (GP-EC-EM).


Número de vehículos adjudicados a la Guardia Civil en virtud de la Ley 17/2003, que regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, a 31 de diciembre de 2015.


Acuerdo:


Considerando que corresponde al Gobierno determinar la forma concreta en que contesta a las preguntas que se le dirigen y que, en consecuencia, la plantilla que se adjunta a la presente iniciativa no forma parte de la misma, admitir a
trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo previsto en el articulo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, don Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado del Grupo Parlamentario Podemos-En Comú Podem-En Marea, plantea al Gobierno la siguiente pregunta
con ruego de respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Petición de datos con fines estadísticos.


Pregunta:


Número de vehículos por Comandancia adjudicados a la Guardia Civil en virtud de la Ley 17/2003, que regula el fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. Se indicará el número de vehículos
incorporados por año, así como los dados de baja en cada año. El resultado final será el número de vehículos actualmente uso a fecha 31 de diciembre 2015.


[...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-Juan Antonio Delgado Ramos, Diputado.



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


230/000002


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, aprobó la Propuesta de planteamiento de conflicto de atribuciones entre el Congreso de los Diputados y el Gobierno de la Nación como consecuencia de la invasión de las
atribuciones de la Cámara producida por la decisión del Gobierno de no someterse a la función de control de la acción del Gobierno, que fue comunicada mediante oficio del Ministerio de la Presidencia de 10 de marzo de 2016, formulada por los Grupos
Parlamentarios Socialista, Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana, Catalán (Democràcia i Llibertat), Vasco (EAJ-PNV) y Mixto, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del
Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos firmantes del presente escrito tienen el honor de presentar para su debate y subsiguiente votación en el Pleno de la Cámara, la siguiente propuesta de planteamiento de conflicto de atribuciones entre órganos constitucionales del
Estado, conforme a lo dispuesto en los artículos 73 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, entre el Congreso de los Diputados y el Gobierno de la Nación, con arreglo a los siguientes antecedentes y consideraciones:


Primero. La Mesa de la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, en su reunión del día 9 de marzo de 2016, acordó convocar sesión de la Comisión el día 17 de marzo, a las 10:00 horas, en cuyo orden del día, entre otros asuntos,
figuraba la celebración de la comparecencia urgente del Ministro de Defensa en funciones para informar sobre los asuntos tratados y los acuerdos adoptados en la reunión de Ministros de Defensa de la OTAN celebrada los días 10 y 11 de febrero de 2016
en Bruselas y, en particular, sobre la nueva operación naval en el Egeo contra las mafias que trafican con refugiados, solicitada por el Grupo Parlamentario Socialista (con núm. expte. 213/000026).


Segundo. El 10 de marzo, el Gobierno remitió un oficio al Presidente del Congreso de los Diputados comunicando su criterio según el cual 'la Cámara no puede someter al Gobierno en funciones a iniciativas de control -entre las que se
encuentra la comparecencia incluida en el orden del día de la Comisión de Defensa-, en la medida en que no existe relación de confianza entre un Gobierno en funciones y el Congreso de los Diputados'. En el mismo se indicaba lo siguiente: 'En caso
de discrepancia con el criterio del Gobierno, recuerdo a V.E. que dispondría de las oportunas vías jurisdiccionales para resolverlo'. Al oficio se acompañaba una 'Nota sobre el control del Gobierno en funciones', elaborada en la Dirección General
de Relaciones con las Cortes, cuyo contenido puede resumirse en los siguientes puntos:


1. No existe actualmente una relación de confianza entre el Congreso y el Gobierno en funciones y éste no puede ser sometido a control parlamentario alguno, por cuanto las iniciativas de control presuponen 'una exigencia de responsabilidad
de carácter político, y dicha responsabilidad sólo es predicable del Gobierno que cuenta con la confianza del Congreso'.


2. El Gobierno en funciones tiene sus facultades limitadas por el artículo 21 de la Ley 50/1997, por lo que solo puede llevar a cabo el despacho ordinario de asuntos que 'no tienen interés alguno para el control político, pues se trata de
actos que se realizan sin implicar directriz u orientación política alguna'.


3. En cuanto a las actuaciones que no se limiten a las del despacho ordinario, pero que el Gobierno puede realizar en casos de urgencia o por razones de interés general, la Ley obliga a acreditar las circunstancias que justifican la
adopción de dichas actuaciones, pero dicha acreditación solo puede ser



Página 79





valorada, en caso de discrepancia, por el Poder Judicial, al tratarse de un control de legalidad al margen de valoraciones de carácter político.


Tercero. El mismo día, el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes del Ministerio de la Presidencia, en una comparecencia ante los medios de comunicación celebrada precisamente en las dependencias de la Cámara anunció: 'Vamos a
contestar a cada iniciativa que se plantee al Gobierno con un escrito similar a este en el que comunicaremos la voluntad del Gobierno de que no podemos ni debemos ejercer una acción que no nos corresponde como Gobierno en funciones'. En la negativa
a la celebración de la comparecencia del Ministro de Defensa no nos encontramos, por tanto, en un supuesto de desacuerdo concreto con el motivo de la iniciativa, o incluso de imposibilidad coyuntural eventualmente justificada para sustanciar la
misma, sino con una decisión formal y permanente de impedir el ejercicio por las Cortes Generales de su función de control de la acción del Gobierno.


Cuarto. El 15 de marzo, el Presidente del Congreso remitió escrito a la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia pidiendo al Gobierno que reconsiderara su actitud y modificara su decisión de no acudir a la comparecencia
incluida en el orden del día de la Comisión de Defensa del día 17, así como a otros futuros requerimientos de la Cámara. Un día después, la Vicepresidenta ha respondido rechazando cualquier replanteamiento de esta decisión.


Quinto. Finalmente, el 17 de marzo de 2016, el Ministro de Defensa no asistió a la comparecencia convocada por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, produciéndose por primera vez en esta Cámara, desde la vigencia de la
Constitución de 1978, un incumplimiento voluntario y consciente por el Gobierno de las previsiones de su artículo 110.


Sexto. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado (art. 1.2 CE). Las Cortes Generales representan al pueblo español (art. 66.1 CE) y, por lo tanto, al titular de la soberanía. Las potestades
que a continuación se atribuyen a las Cortes son, precisamente, porque de manera previa se ha establecido ese carácter representativo. Según el apartado 2 del mismo artículo 66, 'las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado,
aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución'. El control de la acción del Gobierno como potestad de las Cortes Generales se fundamenta, así, en la representación que
ostentan del pueblo como titular de la soberanía y se ejerce, por tanto, en nombre de éste, en plenitud de coherencia con el significado de la forma parlamentaria de Gobierno establecida en el artículo 1.3 CE. De ahí que el control del Parlamento
al Gobierno forme parte de la esencia de todo sistema parlamentario, ya que es el Parlamento el que recibe la legitimación democrática directa de los ciudadanos, siendo derivada o indirecta la legitimación del Gobierno, el cual depende de la
confianza de aquél y se somete a su control. Así las cosas, no sólo nuestra Constitución establece este principio fundamental, sino que también la Ley del Gobierno prescribe, sin enmienda o excepción, que 'todos los actos y omisiones del Gobierno
están sometidos al control político de las Cortes Generales' (art. 26.2).


Un sometimiento del Gobierno al control político del Parlamento que debe entenderse aún mayor cuando se trata de un Gobierno en funciones, ya que el mismo no cuenta con la confianza originaria del Parlamento en su composición política
actual, cuya legitimación democrática es directa y además le ha sido concedida más recientemente, por lo que ha de entenderse más cercana a la voluntad popular.


Séptimo. El artículo 108 CE establece la responsabilidad política del Gobierno ante el Congreso de los Diputados. Este artículo es coherente con la potestad de esta Cámara de proceder a la investidura del Presidente del Gobierno (art. 99
CE), así como con su legitimación para exigir la responsabilidad política mediante la moción de censura (art. 113 CE) o para tramitar por las mismas razones una cuestión de confianza (art. 112 CE). El actual Gobierno es, en efecto, un Gobierno
que ha cesado y que se mantiene en funciones hasta la toma de posesión del que se forme tras la investidura. No existe, por tanto, una relación de confianza entre el Congreso surgido de las elecciones del 20 de diciembre y el Gobierno en funciones.
Sin embargo, la obligación del Gobierno de responder a las iniciativas de control parlamentario no tiene como fundamento esa relación de confianza.


Cuando un Gobierno se somete al control parlamentario del Congreso de los Diputados no está respondiendo de su gestión política ante la Cámara que le otorgó su confianza; sobre todo está respondiendo ante una de las Cámaras que representan
al pueblo español, al titular de la soberanía, del que emanan todos los poderes del Estado. Y, como es evidente en cualquier sistema democrático



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parlamentario, no es aceptable la noción de un 'Gobierno sin control político' por parte de quien ostenta la representación de la ciudadanía. Una vez constituidas las Cámaras, el ejercicio de sus concretas atribuciones es consecuencia
obligada y directa de su función de representación política (art. 66.1 CE), haciendo así efectiva la participación a la que todos los ciudadanos tienen derecho mediante sus representantes y, obviamente, también la de los mismos representantes
elegidos para poder llevar a cabo la representación de todo el pueblo español (art. 23 CE). Las Cámaras surgidas de la voluntad popular no pueden estar 'en funciones' hasta que se genere el nuevo Gobierno. Es el Gobierno cesante y en funciones
quien está limitado a ceñirse estrictamente al despacho ordinario y a los asuntos urgentes hasta que un nuevo Gobierno representativo surja del proceso de investidura, pero las Cortes no están limitadas en su función de control ordinario, pues de
otra manera el Gobierno en funciones quedaría absuelto de todo control político, una consecuencia absurda en un sistema democrático parlamentario.


El control de la acción de Gobierno no implica sólo la exigencia de responsabilidad política que se manifiesta en su grado máximo con la moción de censura; también implica que el Gobierno está sujeto a mecanismos ordinarios de control
parlamentario, como la obligación de dar información a las Cámaras (art. 109 CE), de comparecer ante las mismas (art. 110 CE) y de responder a las interpelaciones y preguntas que se les formulen (art. 111 CE) ), todas ellas obligaciones no
sujetas a condicionante alguno por nuestra norma fundamental. La redacción constitucional de estos preceptos prefigura una capacidad de control parlamentario del Gobierno, de cualquier Gobierno formado y actuando dentro de los márgenes de la propia
Constitución. No dice 'del Gobierno que ha investido' o una expresión similar que vinculase el control a la confianza previa. Ese otorgamiento de la confianza es, en efecto, clave para la exigencia posterior de responsabilidad o para el reexamen
de la confianza (mediante la moción de censura y la cuestión de confianza), pero no empece en absoluto el control parlamentario político (de naturaleza muy diferente al de legalidad) de la actuación, asimismo política, de cualquier Gobierno
constitucional.


Por ello, también, aunque el artículo 108 CE se refiere exclusivamente al Congreso como Cámara ante la que el Gobierno responde de su gestión política, los artículos subsiguientes (109, 110 y 111 CE), al prever en el texto constitucional las
iniciativas de control ordinario, no atribuyen éstas sólo al Congreso, sino a ambas Cámaras. Y así, el Gobierno responde también a las iniciativas de control del Senado, aunque la Cámara Alta no participe en la relación de confianza que surge tras
la votación de investidura. Incluso el artículo 109 CE prevé que la información y ayuda que precisen las Cámaras y sus Comisiones puedan recabarla, no sólo del Gobierno y de sus Departamentos, sino también de cualesquiera autoridades del Estado y
de las Comunidades Autónomas, aunque no mantengan relación alguna de confianza con el Congreso.


Porque el fundamento de la función de control se encuentra en el propio sistema representativo, en la cualidad de las Cortes Generales de ser las representantes del titular de la soberanía, que ejercen por delegación de su titular
originario. Por ello, el Parlamento cumple una función esencial de garantía constitucional, la de asegurar el normal funcionamiento de las instituciones garantizando la supremacía de la soberanía popular. Como señalaba Peces-Barba, 'el
reconocimiento a las Cortes Generales de la competencia de fiscalización de la acción del ejecutivo supone la consideración de éstas como el poder supremo de la Constitución, es decir, como aquel que recoge más directamente la soberanía nacional que
residen en el pueblo'. El control parlamentario es así una potestad del Parlamento en cuanto representante jurídico de la soberanía que políticamente corresponde al pueblo y su finalidad no es otra que garantizar en última instancia, a través del
funcionamiento de los poderes públicos, que los gobernantes están al servicio de los gobernados.


Tal es la relevancia de la función de control al Gobierno del Parlamento, que ésta se ha de considerar como una función esencial incluida en el derecho constitucional de los parlamentarios al ejercicio de su cargo (ius in officium) al amparo
del artículo 23.2 CE. De tal suerte que, a mayor abundamiento, la negativa del Gobierno a someterse al control de las Cámaras no sólo supone un menoscabo de las funciones de éstas, sino que implica una lesión del ius in officium de los
parlamentarios que indudablemente afecta al 'núcleo de la función representativa parlamentaria' (entre otras, STC 57/2011, de 3 de mayo, FJ 2).


Octavo. La situación del Gobierno en funciones no atenúa sus obligaciones de someterse a la función de control de las Cortes Generales, porque éstas no se ven prima facie afectadas por esa limitación de facultades, prevista en el artículo
21 de la Ley 50/1997, que sólo incumbe al Gobierno. Al contrario, las Cortes acaban de renovar su representación del pueblo español como titular de la soberanía. La propia Ley 50/1997 distingue las diferentes vías de control de los actos del
Gobierno en su artículo 26, que en su



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apartado 2 precisa que 'todos los actos y omisiones del Gobierno están sometidos al control político de las Cortes Generales'. Y al decir 'todos', no excluye los actos dictados cuando está en funciones.


Cuando el Gobierno está en funciones es éste quien tiene sus facultades limitadas. El mencionado artículo 21, en su apartado 3, dispone que el Gobierno en funciones, además de facilitar el normal desarrollo del proceso de formación del
nuevo Gobierno y el traspaso de poderes al mismo, 'limitará su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos, absteniéndose de adoptar, salvo casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general cuya acreditación
expresa así lo justifique, cualesquiera otras medidas'.


El Tribunal Supremo, en Sentencia de 2 de diciembre de 2005, ha tenido ocasión de definir esta gestión limitada al despacho ordinario de los asuntos públicos como 'aquellos cuya resolución no implique el establecimiento de nuevas
orientaciones políticas ni signifique condicionamiento, compromiso o impedimento para las que deba fijar el nuevo Gobierno'. Esta sentencia delimita el marco de actuación del Gobierno en funciones, pero es de señalar que no lo circunscribe a la
adopción de actos o resoluciones meramente administrativas ni le priva de su carácter de actos de Gobierno, al tiempo que concreta la expresión 'despacho ordinario de los asuntos públicos', concluyendo que el mismo 'no es el que no comporta
valoraciones políticas o no implica ejercicio de la discrecionalidad. Tampoco el que versa sobre decisiones no legislativas, sino el que no se traduce en actos de orientación política' (FJ. 9).


Más recientemente, en la Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de mayo de 2013, por la que se desestima el recurso interpuesto contra el Real Decreto 1744/2011 de 25 de noviembre, entendió que la aprobación de un Real Decreto se atenía a lo
dispuesto en el artículo 21 de la Ley del Gobierno al entender que lo dispuesto en el mismo podía ser admitido como 'despacho ordinario de los asuntos públicos', al no apreciarse 'nuevas orientaciones políticas' o 'condicionamiento, compromiso o
impedimento' para el nuevo Gobierno.


Y esta limitación de funciones tiene lógicamente consecuencias en el control parlamentario, por cuanto el objeto de este control es precisamente una acción del Gobierno que se encuentra restringida. Por ello, en el Informe de la Secretaría
General del Congreso de tos Diputados sobre la actividad de la Cámara durante el período en el que el Gobierno cesante se encuentra en funciones, se concluye que 'en la medida en que el Gobierno en funciones conserva ciertas competencias,
excepcionalmente y de forma singularizada en cada caso, la Mesa podrá admitir y ordenar la tramitación de las iniciativas de control e información (preguntas, interpelaciones, comparecencias y solicitudes de informe) que pudieran plantearse siempre
referidas al ejercicio de las funciones que el artículo 21 de la Ley del Gobierno confiere a éste cuando está en funciones'.


En todo caso, entre las facultades que conserva el Gobierno en funciones, conforme a dicho artículo, se encuentran también las de adoptar otras medidas en casos de urgencia o por razones de interés general, aunque impliquen el
establecimiento de nuevas orientaciones políticas o condicionamientos, compromisos e impedimentos para las que deba fijar el nuevo Gobierno, si bien su urgencia o necesidad deben estar debidamente acreditados, generándose así, además, un específico
y adicional motivo de control por parte de las Cámaras.


Y entre ellas están las relacionadas con la presencia de los miembros del Gobierno en reuniones, como la que justificaba la comparecencia del Ministro de Defensa, o las relacionadas con la participación del Presidente del Gobierno o de los
Ministros en los Consejos de la Unión Europea.


A este respecto, cabe preguntarse la razón por la que no se encuentra impedimento alguno para que el Presidente de un Gobierno en funciones pueda representar y comprometer la posición de España en las cumbres europeas y, en cambio, no deba
informar de lo allí tratado a las Cámaras que ostentan la representación del pueblo español, del titular de la soberanía, a pesar de que se trata además de una obligación legal específica prevista en la Ley 8/1994, de 19 de mayo.


Por el contrario, es en esta situación cuando el Gobierno debe tener mucha más cautela y contar con el aval de las Cortes para realizar determinadas actuaciones, especialmente cuando supone el compromiso de la posición del Estado, o incluso
de obligaciones concretas, en el ámbito internacional. Como sucede también en el caso del objeto de la comparecencia del Ministro de Defensa objetada por el Gobierno.


Noveno. El Gobierno ha sostenido, en la nota que acompaña al oficio de la Secretaría de Estado mencionado en el antecedente segundo, que el control parlamentario a un Gobierno cesado podría además constituir un 'fraude de constitución', por
pretender controlar, a través del Gobierno cesado, a



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una mayoría -la de la Cámara de la anterior Legislatura- que había obtenido su mandato de unas elecciones anteriores.


Con ello, la que deja traslucir el Gobierno es su pretensión de que, una vez perdida la mayoría absoluta con la que contaba en la pasada legislatura, el Congreso no pueda controlarle. Hay que recordar, en primer lugar, al Gobierno que quien
estaba legitimada para ejercer la función de control en la pasada legislatura no era esa mayoría sino la propia Cámara, que quien controla al Gobierno no es precisamente la mayoría parlamentaria sino todos y cada uno de sus miembros, especialmente
aquellos que no le otorgaron su confianza. Y ello es más evidente a la vista de la utilización que se produjo de esa mayoría para evitar precisamente el control parlamentario.


Parece decir el Gobierno que la nueva composición de la Cámara surgida de las elecciones del 20 de diciembre de 2015 no le representa y, por tanto, no puede controlarle. Es al revés. Es el Gobierno el que no representa a esa renovada
composición de la Cámara decidida por la ciudadanía. Y, por ello, tiene más justificación si cabe su sometimiento al control parlamentario.


Porque mientras que el Gobierno obtiene su legitimidad democrática de la investidura que recibe del Congreso, las Cortes Generales la obtienen directamente de los ciudadanos mediante las elecciones, y en modo alguno como consecuencia de esa
relación de confianza. Y es por eso que al inicio de la Legislatura, hasta que se forma el nuevo Gobierno, es el Gobierno en funciones quien tiene limitadas sus facultades, mientras que las Cortes Generales las ostentan renovadas y en plenitud.


Décimo. El Gobierno alega también que, estando en funciones, sólo puede llevar a cabo el despacho ordinario de asuntos, que no conllevan interés alguno para el control político. Se ha visto ya que no es así pero, en lo que se refiere a
este concreto ámbito de actuación gubernamental, es a los órganos del Congreso, y en su caso, del Senado, a quienes incumbe considerar la existencia de ese interés y la adecuación de su objeto a las facultades previstas en el artículo 21 de la Ley
50/1997, al aprobar la celebración de una comparecencia o, tal y como refería el citado Informe de la Secretaría General, a sus respectivas Mesas al calificar las diferentes iniciativas de control que se presenten. Y es de señalar que los Acuerdos
de la Mesa del Congreso de admisión a trámite de la iniciativas de control cuya tramitación pretende el Gobierno imposibilitar se adoptaron sin que ningún grupo parlamentario haya planteado su reconsideración.


Undécimo. Finalmente, la alusión del Gobierno a que sólo el Poder Judicial pueda valorar o enjuiciar las actuaciones del Gobierno en funciones, supone pretender ignorar la diferencia entre el control político que corresponde a las Cortes y
el control de legalidad que los Tribunales ejercen respecto de la actuación de todos los poderes públicos, estén en funciones o en plenitud de sus facultades, y que respecto del Gobierno se prevén en el artículo 26.3 de la Ley 50/1997 y en otras
leyes.


Duodécimo. Adicionalmente, la posición del Gobierno no es, contrariamente a lo que por éste se manifiesta, acorde con los precedentes parlamentarios. Ciertamente, tras la celebración de las diferentes elecciones generales el Congreso de
los Diputados no ha celebrado sesiones de control hasta que no se producía la investidura del nuevo Gobierno. Y no lo ha hecho hasta ahora porque así lo ha venido decidiendo la propia Cámara.


Pero la celebración de elecciones generales no es el único supuesto que provoca el cese del Gobierno y su continuidad en funciones hasta la toma de posesión de uno nuevo. De acuerdo con el artículo 101 CE, idéntica situación se produce en
los supuestos de pérdida de confianza o en los supuestos de dimisión o fallecimiento del presidente.


Pues bien, tras la dimisión como Presidente del Gobierno de don Adolfo Suárez en enero de 1981, su Gobierno pasó a estar en funciones hasta el 25 de febrero, fecha en que finalmente la Cámara votó a favor de la investidura de don Leopoldo
Calvo-Sotelo. No obstante, en el pleno del Congreso del 17 de febrero, un día antes del comienzo de las sesiones de investidura, se tramitaron algunas preguntas e interpelaciones que respondió el Gobierno en funciones. Por lo tanto, no es cierto
que un Gobierno en funciones no haya sido sometido nunca a iniciativas de control parlamentario.


Y si se entiende constitucionalmente admisible que el Congreso ejerza el control del Gobierno cesante en funciones cuando esta naturaleza trae causa de otros supuestos (como la dimisión del Presidente) no hay razón para considerarlo
igualmente cuando tiene su origen en la celebración de elecciones. No existe anclaje constitucional o legal alguno para diferenciar la existencia de dos modalidades de Gobierno en funciones a los efectos de su sometimiento al control parlamentario.
La Constitución y la Ley 50/1997 no



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diferencian efectos distintos para dichos orígenes diferenciados del Gobierno cesante y ambos deben someterse a idéntico régimen de control parlamentario.


Decimotercero. Los artículos 73 y siguientes de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, regulan los conflictos entre órganos constitucionales. El artículo 73 establece que podrán plantear el conflicto ante el
Tribunal Constitucional los órganos constitucionales a los que se refiere el artículo 59 de esta Ley (Gobierno, Congreso de los Diputados, Senado y Consejo General del Poder Judicial) que estimen que otro de dichos órganos adopta decisiones
asumiendo atribuciones que la Constitución o las Leyes orgánicas confieren al primero.


En su literalidad, estos preceptos parecen contemplar exclusivamente lo que podríamos denominar como un 'conflicto positivo de atribuciones' en el que el objeto de impugnación fuese la vindicación por un órgano constitucional de atribuciones
sobre las que otro 'adopta decisiones asumiendo atribuciones que la Constitución o las Leyes Orgánicas confieren al primero'. Pero el Tribunal Constitucional ha considerado como objeto posible de los conflictos de atribuciones las decisiones de
alguno de estos órganos constitucionales que supongan una negación de las atribuciones que la Constitución atribuye al órgano que plantee el conflicto. Así, en la STC 234/2000, de 3 de octubre de 2000, resolviendo el conflicto planteado por el
Gobierno contra la decisión de la Mesa del Senado de no aceptar la declaración de urgencia del Proyecto de Ley reguladora de la interrupción voluntaria del embarazo efectuada por aquél, conforme al artículo 90.3 CE, dijo lo siguiente:


'aunque en puridad cupiera afirmar que, en este caso, el órgano constitucional demandado no ha ejercido una atribución que sea reivindicada como propia por el órgano constitucional demandante, lo cierto es que el Acuerdo de la Mesa del
Senado de no admitir a trámite la declaración de urgencia de un determinado proyecto de ley efectuada por el Gobierno ha frustrado el ejercicio de una atribución que el Gobierno considera como propia ex art. 90.3 CE, haciendo imposible la misma en
el supuesto planteado, más allá lógicamente de la corrección de su conducta, que será examinada posteriormente. Siendo, pues, la finalidad de esta vía procesal la de garantizar 'la existencia de la estructura constitucional concebida como sistema
de relaciones entre órganos constitucionales dotados de competencias propias' y preservar 'el respeto a la pluralidad o complejidad de la estructura de poderes constitucionales' (STC 45/1986, FJ 4), y atemperando ahora la delimitación que de su
objeto se hizo en la mencionada Sentencia, procede apreciar que tanto la decisión impugnada como la pretensión deducida en este supuesto han de considerarse suficientemente adecuadas a la estructura y función del conflicto de atribuciones, toda vez
que lo que se pretende es preservar el ámbito de atribuciones de uno de los órganos constitucionales mencionados en el art. 59.3 LOTC frente a la decisión de otro (F.J. 5).'


Tampoco resulta baladí la afirmación contenida en el otro conflicto de atribuciones resuelto por la jurisdicción constitucional en la STC 45/1986, de 17 de abril:


'El conflicto de atribuciones garantiza (...) la existencia de la misma estructura constitucional concebida como sistema de relaciones entre órganos constitucionales dotados de competencias propias, que se protegen también a través de esta
vía procesal. El interés preservado por el proceso conflictual es estrictamente el de respeto a la pluralidad o complejidad de la estructura de poderes constitucionales lo que tradicionalmente se ha llamado 'división de poderes'.'


Por lo tanto, siendo la finalidad del conflicto de atribuciones la de preservar el respeto a la estructura de poderes constitucionales, en él no sólo cabe el supuesto del ejercicio por un órgano de las atribuciones que la Constitución
atribuye a otro, sino que también puede acudirse a esta vía cuando un órgano impide con su actuación que otro pueda desplegar plenamente el ejercicio de las que tiene constitucionalmente atribuidas. En tales casos lo que se dilucida es, por tanto,
la clarificación de la división de poderes del Estado. Y este es el supuesto en que nos encontramos. La decisión del Gobierno comunicada a la Cámara de no responder a las iniciativas de control pretende frustrar el ejercicio de una atribución, la
función de control del Gobierno que la Constitución, en sus artículos 66.2, 110 y 111, atribuye a las Cortes Generales, haciendo imposible la misma.


Decimocuarto. El Reglamento del Congreso de los Diputados no prevé una tramitación específica en relación con los conflictos entre órganos constitucionales, mientras que el Reglamento del Senado los regula en el artículo 188, exigiendo su
presentación por un Grupo Parlamentario o veinticinco Senadores



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mediante escrito debidamente motivado. Por su parte, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional exige que el conflicto se plantee por acuerdo del Pleno de la Cámara.


En concreto, los artículos 73 a 75 de la Ley Orgánica disponen lo siguiente:


'Artículo 73.


Uno. En el caso en que alguno de los órganos constitucionales a los que se refiere el artículo 59.3 (se refiere al 59.1.c) de esta Ley, por acuerdo de sus respectivos Plenos, estime que otro de dichos órganos adopta decisiones asumiendo
atribuciones que la Constitución o las Leyes Orgánicas confieren al primero, éste se lo hará saber así dentro del mes siguiente a la fecha en que llegue a su conocimiento la decisión de la que se infiera la indebida asunción de atribuciones y
solicitará de él que la revoque.


Dos. Si el órgano al que se dirige la notificación afirmara que actúa en el ejercicio constitucional y legal de sus atribuciones o, dentro del plazo de un mes a partir de la recepción de aquella no rectificase en el sentido que le hubiera
sido solicitado, el órgano que estime indebidamente asumidas sus atribuciones planteará el conflicto ante el Tribunal Constitucional dentro del mes siguiente. A tal efecto, presentará un escrito en el que se especificarán los preceptos que
considera vulnerados y formulará las alegaciones que estime oportunas. A este escrito acompañará una certificación de los antecedentes que repute necesarios y de la comunicación cursada en cumplimiento de lo prevenido en el apartado anterior de
este artículo.


Artículo 74.


Recibido el escrito, el Tribunal, dentro de los diez días siguientes, dará traslado del mismo al órgano requerido y le fijará el plazo de un mes para formular las alegaciones que estime procedentes. Idénticos traslados y emplazamientos se
harán a todos los demás órganos legitimados para plantear este género de conflictos, los cuales podrán comparecer en el procedimiento, en apoyo del demandante o del demandado, si entendieren que la solución del conflicto planteado afecta de algún
modo a sus propias atribuciones.


Artículo 75.


Uno. El Tribunal podrá solicitar de las partes cuantas informaciones, aclaraciones o precisiones juzgue necesarias para su decisión y resolverá dentro del mes siguiente a la expiración del plazo de alegaciones a que se refiere el artículo
anterior o del que, en su caso, se fijare para las informaciones, aclaraciones o precisiones complementarias, que no será superior a otros treinta días.


Dos. La sentencia del Tribunal determinará a qué órgano corresponden las atribuciones constitucionales controvertidas y declarará nulos los actos ejecutados por invasión de atribuciones y resolverá, en su caso, lo que procediere sobre las
situaciones jurídicas producidas al amparo de los mismos.'


En el Congreso de los Diputados, el único precedente existente fue la propuesta del Grupo Parlamentario Socialista, de 19 de octubre de 1998, de planteamiento de conflicto de atribuciones como consecuencia de la invasión de las atribuciones
de esta Cámara producida por el contenido de los artículos 2 y 3, del Real Decreto-ley 14/1998, de 9 de octubre, de adhesión de España a diversos acuerdos del Fondo Monetario Internacional, que fue debatida por el Pleno de la Cámara en la semana
siguiente a su presentación.


El presente escrito se ajusta a las características de forma, plazo y legitimación de las normas mencionadas y del escrito que dio origen al mencionado precedente parlamentario, por lo que este Grupo Parlamentario solicita que se admita a
trámite y se incluya en el orden del día de la primera sesión plenaria para su debate y votación a fin de que, si lo acuerda el Pleno de la Cámara, pueda el Congreso de los Diputados requerir formalmente al Gobierno de la Nación, en el plazo
previsto en le Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, para que cese la indebida asunción de atribuciones y para que revoque su decisión de no someterse a la función de control de la acción del Gobierno que la Constitución, en sus artículos 66.2,
110 y 111, atribuye a las Cortes Generales.


Por todo ello, los Grupos Parlamentarios firmantes formulan, para su debate y votación por el Pleno del Congreso de los Diputados, la presente propuesta de planteamiento de conflicto de atribuciones entre el Congreso de los Diputados y el
Gobierno de la Nación como consecuencia de la invasión de las



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atribuciones de esta Cámara producida por la decisión del Gobierno de no someterse a la función de control de la acción del Gobierno que fue comunicada mediante oficio del Ministerio de la Presidencia de 10 de marzo de 2016. Y ello a los
efectos de que se reponga al Congreso de los Diputados en el pleno ejercicio de sus competencias constitucionales.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2016.-Los Portavoces de los Grupos Parlamentarios Socialista, Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana, Catalán (Democràcia i Llibertat), Vasco (EAJ-PNV) y
Mixto.


OTROS TEXTOS


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000003


Se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la siguiente declaración institucional sobre el rechazo a los actos de racismo, xenofobia y otras formas de intolerancia, adoptada por unanimidad por la Comisión de
Cultura del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 17 de marzo de 2016:


'El pasado martes 15 de marzo en la plaza Mayor de Madrid un grupo de aficionados del PSV Eindhoven trató de forma humillante a varias mujeres gitanas de origen rumano que pedían limosna, ridiculizándolas, riéndose de ellas y tirándoles
monedas con el objetivo de que las mujeres se agacharan a recogerlas para vitorearlas y aplaudirlas; además de gritar consignas xenófobas y racistas como 'no crucéis las fronteras'.


El 16 de marzo, en Barcelona, se repitieron estos hechos por parte de un grupo de aficionados del equipo inglés del Arsenal, burlándose de una persona con discapacidad que pedía limosna.


Ante estos acontecimientos y sin perjuicio de las actuaciones iniciadas por parte de la Fiscalía de Servicios de Delitos de Odio de Madrid, con conocimiento del Fiscal de Sala Delegado para la Tutela Penal de la Igualdad y contra la
discriminación, los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados manifiestan:


Su repulsa más contundente ante este tipo de hechos que constituyen un ataque a los principios de libertad, respeto a la dignidad de las personas y a los derechos que les son inherentes; en definitiva a los valores superiores que
constituyen el fundamento del estado social y democrático de derecho y que suponen la expresión de la intolerancia y el rechazo a las personas por el mero hecho de ser diferentes.


Estos actos representan un riesgo a la seguridad individual, así como a la seguridad colectiva y constituyen violaciones directas de los Derechos Humanos y de los principios recogidos en nuestra Constitución y en todos los tratados
internacionales ratificados por España sobre Derechos Humanos. Estas agresiones constituyen también un caso de violencia machista que nos comprometemos a desterrar de nuestra sociedad.


Por lo tanto, los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados muestran su rechazo absoluto ante estos actos y reiteran su compromiso en la lucha contra el racismo, la xenofobia y otras formas de intolerancia, animando a toda la
ciudadanía a denunciar ante las instituciones competentes cualquier manifestación contraria a nuestros principios democráticos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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SECRETARÍA GENERAL


292/000004


ACUERDO DE 16 DE MARZO DE 2016, DE LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, DE CONVOCATORIA DE TRES BECAS PARA LA FORMACIÓN PRÁCTICA DE LICENCIADOS UNIVERSITARIOS CON CONOCIMIENTOS ESPECIALIZADOS EN LA UNIÓN EUROPEA Y EL SISTEMA CONSTITUCIONAL
Y PARLAMENTARIO ESPAÑOL Y LA UNIÓN EUROPEA


Por acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados de 16 de marzo de 2016, se convoca el presente concurso público con el fin de adjudicar tres becas individuales para la realización de estudios y tareas aplicadas de carácter documental,
estadístico, informativo y analítico relacionadas con los órganos y actividades de la Unión Europea en general o cualquier otra actividad de formación práctica relacionada con el sistema constitucional y parlamentario español y la Unión Europea, de
acuerdo con las bases que figuran a continuación.


Primera. Objeto.


El Congreso de los Diputados convoca tres becas individuales para realizar las tareas o estudios aplicados que se les encomienden por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y, en su caso, la Dirección de Comisiones, de carácter
documental, estadístico, informativo y analítico relacionados con los órganos y la actividad de la Unión Europea en general o cualquier otra actividad de formación práctica relacionada con el sistema constitucional y parlamentario español y la Unión
Europea. Los estudios y tareas realizadas corresponden al Congreso de los Diputados.


De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten el indicado grado de
discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.


Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo y justificarlo documentalmente así en la correspondiente instancia.


Segunda. Duración y cuantía.


1. Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su cuantía total será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros
(1.075 €). Los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente en cada momento, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas. Las becas serán indivisibles e
incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo período y con cualquier actividad laboral.


2. Las becas podrán prorrogarse por un período máximo de diez meses, cuando la conclusión de las tareas y estudios aplicados que se estén realizando así lo aconseje.


La prórroga será acordada por el Presidente del Congreso, a propuesta del Secretario General de la Cámara.


3. La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Congreso de los Diputados. No es aplicable a estas becas el Estatuto del personal investigador en formación.


Tercera. Jurado.


Las becas se concederán por la Mesa del Congreso de los Diputados, a propuesta de un jurado integrado por el Presidente del Congreso de los Diputados o Vicepresidente en quien delegue, que lo presidirá; otros dos miembros de la Mesa de la
Cámara; el Secretario General del Congreso de los Diputados o persona en quien delegue; el Director de Estudios, Análisis y Publicaciones, y el Letrado Representante de las Cortes Generales en el Parlamento Europeo, que actuará como secretario.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos. Se levantará acta de los acuerdos, con la firma del secretario y el Visto Bueno de su Presidente.



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Cuarta. Condiciones de los solicitantes.


1. Pueden solicitar la concesión de beca los licenciados o graduados universitarios, o título equivalente, españoles o de otros países miembros de la Unión Europea, que reúnan las siguientes condiciones:


a) Haber obtenido la licenciatura, grado o título equivalente con posterioridad al 1 de enero de 2013, y acreditar documentalmente esta circunstancia. En el caso de titulaciones extranjeras, se acompañará equivalencia de la titulación en el
sistema español de educación superior.


b) Acreditar preparación teórica específica en materias relacionadas con los órganos o actividades de la Unión Europea y el sistema constitucional y parlamentario español y, en su caso, experiencia práctica sobre tales materias.


c) No haber disfrutado de otra beca del Congreso de los Diputados o del Senado.


d) Poseer una competencia suficiente en lengua castellana y en lengua inglesa, como mínimo, y en otras lenguas de países miembros de la Unión Europea.


e) Haber nacido después del 1 de enero de 1986.


2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del
servicio del Estado o de cualquier ente territorial.


Quinta. Solicitudes.


1. Los solicitantes deben presentar una instancia según el modelo oficial anexo a esta convocatoria dirigida a la Secretaría General del Congreso de los Diputados, dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de este
anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el registro de la Secretaría de la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones del Congreso de los Diputados (calle de Floridablanca, s/n, Primera Ampliación, 2.ª planta, Palacio del Congreso de los
Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes, o bien remitirla por correo certificado, con constancia indubitada de la fecha de remisión y envío por e-mail (secretaria.estudios@congreso.es), del nombre del solicitante,
DNI o pasaporte, fecha del envío y número de certificado de correos.


2. La instancia deberá cumplimentarse exclusivamente en el modelo que figura en el anexo, con expresión de los méritos que concurran en el candidato, y se acompañará necesariamente de copia del documento nacional de identidad o pasaporte.


3. El jurado hará la selección entre los candidatos admitidos, conforme a los siguientes criterios:


a) Expediente académico correspondiente al título universitario. Hasta un máximo de cuatro puntos.


b) Formación académica adicional en los ámbitos de las ciencias jurídicas, humanidades o políticas. Hasta un máximo de cinco puntos.


c) Idiomas inglés, francés u otras lenguas oficiales de la U.E., excluyendo el español. Solo se valorarán los certificados de centros oficiales que acrediten nivel alcanzado dentro del Marco Común de Referencia para las lenguas. Hasta un
máximo de cuatro puntos.


d) Otros méritos relacionados con el objeto de la beca. Hasta un máximo de cuatro puntos.


e) Experiencia laboral en instituciones o entidades públicas o privadas mediante relación contractual o de colaboración con excepción de prácticas curriculares conducentes a la obtención de un título académico oficial. Hasta un máximo de
tres puntos.


f) Entrevista. Hasta un máximo de cinco puntos.


4. Los 25 aspirantes seleccionados de conformidad con el baremo, una vez reciban la comunicación de tal circunstancia, en el plazo de siete días naturales desde la recepción por correo electrónico de la notificación de su selección, deberán
presentar justificación fehaciente (documentación original o copia debidamente compulsada, anverso y reverso) de los méritos alegados, con carácter previo a la celebración de la entrevista prevista en la base sexta, bien presencialmente, bien por
correo electrónico.


5. El incumplimiento de estos requisitos o los previstos en la cláusula 4.ª darán lugar a la anulación de la propuesta y el llamamiento del siguiente aspirante seleccionado conforme al baremo.



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Sexta. Entrevista.


1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el jurado se reunirá para examinarlas y seleccionar a los 25 candidatos con mejores currículos que serán convocados con antelación suficiente, para la realización de una entrevista en
el Congreso de los Diputados, previa comprobación de los datos alegados. Excepcionalmente y por causas justificadas, se podrá efectuar la entrevista por vídeo-conferencia.


2. La entrevista tiene como objeto comprobar que la preparación de los candidatos en materias relacionadas con los órganos o actividades de la Unión Europea y el sistema constitucional y parlamentario español les sitúa en condiciones de
adquirir una formación práctica sólida y útil, y versará sobre distintos aspectos de la actividad comunitaria y parlamentaria, desarrollándose tanto en castellano como en inglés, así como, en su caso, en otros idiomas cuyo conocimiento haya sido
alegado.


3. A los efectos previstos en el apartado anterior, el jurado podrá adoptar las medidas necesarias para adaptar la realización de las pruebas por parte de las personas discapacitadas que así lo hubieran hecho constar en su instancia,
siempre que no se altere el contenido y la finalidad de las mismas y se respete el principio de igualdad de oportunidades.


4. Además de los 25 aspirantes seleccionados, el jurado propondrá doce suplentes para el caso de no justificación de requisitos y méritos de los seleccionados. Asimismo, una vez verificada la entrevista, el jurado propondrá los tres
titulares de la beca y doce suplentes, por su orden, para los casos de renuncia o pérdida de la beca.


5. Una vez realizada la entrevista, el jurado elevará la propuesta a la Mesa para su aprobación.


6. El concurso puede declararse total o parcialmente desierto cuando los solicitantes no reúnan las condiciones que el jurado estime idóneas para su adjudicación.


Séptima. Presentación de la documentación por los adjudicatarios de las becas.


Los adjudicatarios de las becas deberán presentar en un plazo de diez días naturales siguientes a su nombramiento y, en todo caso, antes de la toma de posesión, certificación acreditativa de no padecer enfermedad contagiosa o defecto físico
que impida la realización de los estudios y tareas que implica la aceptación de la beca.


Octava. Obligaciones del becario.


1. La aceptación de la beca implica la aceptación de las condiciones de la convocatoria y el compromiso de cumplir las bases de la misma y las demás normas que resulten consecuencia de la misma, así como comenzar el disfrute de la beca el
día que se señale.


2. El becario llevará a cabo las tareas que se le encomienden en alguna de las dependencias de la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones u otras unidades que se le indiquen. La formación práctica objeto de la beca tendrá una
duración de treinta horas semanales en horario de mañana o tarde, con el fin de que el becario pueda continuar con su formación, y se desarrollarán con sujeción a las indicaciones de sus responsables.


3. El becario realizará las actividades para su formación práctica en condiciones satisfactorias. A estos efectos, se considerarán condiciones satisfactorias las siguientes, sin que tengan la consideración de 'numerus clausus':


- El estricto cumplimiento del horario y calendario de asistencia al puesto determinado para la realización de la formación práctica.


- El suficiente aprovechamiento del tiempo y medios puestos a disposición del becario, a criterio fundamentado del responsable.


- El mantenimiento de una aptitud suficiente. La ineptitud conocida o sobrevenida con posterioridad a la asignación de la beca podrá determinar su revocación. Se tendrá por ineptitud toda aquella circunstancia que impida o limite de forma
notable, a criterio fundamentado del responsable, la actividad necesaria para un adecuado aprovechamiento de los medios puestos a su disposición para el adecuado cumplimiento de los fines previstos en la convocatoria. La misma consideración de
falta de aptitud tendrán las faltas de asistencia en días hábiles, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de la formación práctica presencial en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro del periodo de
doce meses.



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Novena. Incumplimiento de las obligaciones del becario.


1. El incumplimiento por el becario de sus obligaciones, o su cumplimiento en condiciones que sean calificadas de no satisfactorias, según lo determinado en la base anterior, podrá dar lugar a la privación de la beca por el tiempo que
quedare pendiente de la duración total de la misma; sin perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles.


2. Asimismo, podrá dar lugar a la privación de la beca, la inhibición manifiesta, el negligente cumplimiento de las actividades inherentes a la beca de formación concedida, la utilización dolosa de la condición de becario, o la falta de
adecuación a la estructura, organización y funciones de la Cámara.


3. La pérdida o privación de la beca exigirá la apertura de un expediente contradictorio con audiencia del becario y podría implicar la obligación de devolución de las cantidades indebidamente percibidas y la imposibilidad de formar parte
en futuras convocatorias. La cobertura de la vacante se realizará a través de la lista de suplentes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de marzo de 2016.-El Presidente del Congreso de los Diputados, Patxi López Álvarez.



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ANEXO 1


MODELO DE INSTANCIA PARA LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA FORMACIÓN PRÁCTICA DE LICENCIADOS UNIVERSITARIOS CON CONOCIMIENTOS ESPECIALIZADOS EN LA UNIÓN EUROPEA


Datos personales del candidato:


Apellidos:


Nombre:


DNI/Pasaporte:


Nacionalidad:


Lugar de nacimiento:


Fecha de nacimiento:


Domiciliado a efectos de notificaciones en:


Calle o Plaza:


Código Postal: _____________; Ciudad: ________________________, País:_______________


Teléfonos: ______________________________ Teléfono móvil:__________________________


Correo electrónico: _____________________________________________________________


Turno de reserva para personas discapacitadas (Márquese únicamente si se acoge al turno de discapacidad):


? El aspirante se acoge al turno de reserva para personas discapacitadas, comprometiéndose a acreditar en el plazo previsto en el apartado tres de la base sexta de la convocatoria el grado de discapacidad establecido para este turno y la
compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a la beca.


A. Estudios cursados


1. Beca 'Erasmus' durante la carrera universitaria.


? No.


? Sí. Universidad donde se cursó 'Erasmus' y tiempo total efectivo de la beca:


2. Otro tipo de becas durante la carrera universitaria.


No.


Sí. Nombre de la beca, Universidad donde se cursó y duración efectiva de la misma:


3. Títulos de Licenciatura, Grado o equivalente:


Título y duración de los estudios;Universidad o centro de educación superior;Año de obtención del título;Calificación media del Exp. Académico


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Asignatura/s específica/s y optativas/s relacionada/s con la Unión Europea cursada/s durante la carrera universitaria


4. Títulos de posgraduado en materias relacionadas con la Unión Europea.


Nombre del curso;Centro que expide el título;Año de obtención del título;Lengua/s vehicular/es del curso


;;;


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5. Diplomas otorgados por Universidades de Verano o similares sobre materias relacionadas con la Unión Europea.


Nombre del curso;Centro que expide el título;Año de obtención del título;Lengua/s vehicular/es del curso


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6. Otros méritos académicos relacionados con la Unión Europea:


7. Otros méritos académicos en relación con otras Materias:



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B. Idiomas (conforme al Marco Europeo Común de referencia para las lenguas)


C= Avanzado (C1-C2)


B= Intermedio (B1-B2)


A= Principiante (A1-A2)


1. Nivel de conocimiento de la lengua inglesa (indicar el nivel que se corresponde con sus conocimientos):


Nivel: _______________________________________________________________________


2. Nivel de conocimiento de otras lenguas de trabajo de la Unión Europea (indicar el nivel que se corresponde con sus conocimientos):


Lengua: ______________________________________________________________________


Nivel: _______________________________________________________________________


Lengua: ______________________________________________________________________


Nivel: ________________________________________________________________________


Lengua: ______________________________________________________________________


Nivel:_______________________________________________________________________


C. Prácticas en instituciones europeas


Institución europea y unidad en la que se han cursado las prácticas;Duración de las prácticas;Inicio de las prácticas (DD/MM/AAAA);Finalización de las prácticas (DD/MM/AAAA)


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D. Experiencia profesional en materias relacionadas con la Unión Europea


Centro, empresa o institución;Tipo de actividad realizada;Lugar de la prestación de la actividad;Duración efectiva de la actividad


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E. Otros Méritos


Centro, empresa o institución;Tipo de actividad;Lugar de la prestación de la actividad;Duración efectiva de la actividad


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El abajo firmante declara que son ciertos los datos alegados, comprometiéndose a aportar justificante de los mismos cuando sean requeridos.


________________________________


Lugar, fecha y firma



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292/000004


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día 15 de marzo de 2016, ha acordado, de conformidad con la cláusula Tercera de la convocatoria de tres becas para la formación práctica de licenciados universitarios con conocimientos especializados
en la Unión Europea y el sistema constitucional y parlamentario español y la Unión Europea, convocada por Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados en la misma reunión del día 15 de marzo de 2016, que el Jurado esté integrado por las
siguientes personas:


- Presidenta del Jurado: Excma. Sra. D.a Micaela Navarro Garzón, Vicepresidenta Segunda del Congreso de los Diputados, quien lo presidirá por delegación del Excmo. Sr. Presidente de la Cámara.


- Excma. Sra. D.a María Gloria Elizo Serrano, Vicepresidenta Tercera del Congreso de los Diputados.


- Excma. Sra. D.a Rosa María Romero Sánchez, Vicepresidenta Cuarta del Congreso de los Diputados.


- Ilmo. Sr. D. José Antonio Moreno Ara, Secretario General Adjunto para Asuntos Parlamentarios.


- Ilma. Sra. D.a María Rosa Ripollés Serrano, Directora de Estudios, Análisis y Publicaciones.


- Ilma. Sra. D.a Carmen Sánchez-Abarca Gornals, Letrada de las Cortes Generales ante la Unión Europea, que actuará como Secretaria del Jurado.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de marzo de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.