Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Senado, Comisiones, núm. 506, de 21/07/2015
PDF






COMISIÓN DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JOSÉ LUIS RAMÓN TORRES COLOMER


Sesión extraordinaria celebrada el martes, 21 de julio de 2015


ORDEN DEL DÍA






Aprobar con competencia legislativa delegada




Proyecto de Ley para la defensa de la calidad
alimentaria.


621/000138
alimentación humana; calidad del producto; conservación
de alimentos; inspección de alimentos; producto biológico


GOBIERNO








APROBAR CON COMPETENCIA LEGISLATIVA DELEGADA





PROYECTO DE LEY PARA LA DEFENSA DE LA CALIDAD
ALIMENTARIA.


621/000138

GOBIERNO


Se abre la sesión a las dieciséis horas y treinta y cinco
minutos.


El señor PRESIDENTE: Buenas tardes, se abre la sesión.


Antes de nada, ruego a los portavoces que, si quieren alguna
votación de enmiendas por separado, se lo hagan saber a la señora
letrada.


Sin más, empezamos con el asunto que nos trae a esta
Comisión, que es la aprobación, si procede, con competencia legislativa
delegada, del Proyecto de Ley para la defensa de la calidad alimentaria.
A este proyecto de ley se han presentado un total de cinco vetos y
setenta y seis enmiendas. Los vetos se distribuyen del siguiente modo: el
número 1, de la senadora doña Ester Capella i Farré, del Grupo
Parlamentario Mixto; el número 2, del Grupo Parlamentario Vasco en el
Senado; el número 3, de los senadores Guillot Miravet y Saura Laporta,
del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya; el número 4, de
las senadoras Almiñana Riqué y Sequera García y los senadores Boya Alós,
Bruguera Batalla, Martí Jufresa, Montilla Aguilera y Sabaté Borràs, del
Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya; y el número 5, del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
d’Unió.


Vamos a iniciar el debate de los vetos. Empezamos por el veto
número 1, de la senadora Ester Capella i Farré, del Grupo Parlamentario
Mixto.


Tiene la palabra la senadora Domínguez.


La señora DOMÍNGUEZ HORMIGA: Gracias, señor presidente.


Doy por defendido el veto.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Pasamos al veto número 2, del Grupo Parlamentario Vasco en el
Senado. Para su defensa, tiene la palabra el senador Cazalis.


El señor CAZALIS EIGUREN: Señor presidente ¿me podría aclarar cuál
es la mecánica del concurso? (Risas).


El señor PRESIDENTE: Si se refiere a los tiempos, le diré que los
portavoces disponen de quince minutos para la defensa de sus vetos, salvo
que repartan el tiempo con otro compañero; también quince minutos, si hay
alguna intervención en contra de los vetos —en este caso, imagino
que sería del Grupo Popular—; y, en turno de portavoces, cinco
minutos. Después, procederemos a su votación.


En cuanto a las enmiendas, disponen de diez minutos por grupo para
la defensa; diez minutos para el turno en contra, si procede; y,
nuevamente, cinco minutos de turno de portavoces.


Tiene la palabra, senador Cazalis.


El señor CAZALIS EIGUREN: Muy bien, señor presidente. Muchas
gracias.


El objeto del Proyecto de Ley de calidad alimentaria parece ser
que es triple, como viene recogido en su artículo 1. En primer lugar,
establecer la regulación básica en materia de defensa de la calidad
alimentaria. En segundo lugar, incluir el régimen sancionador en esta
materia, dando cumplimiento —según el texto— a la obligación
contenida en el artículo 55 del Reglamento 882/2004 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 2004 —y es importante que sea de 2004
porque han pasado once años desde su aprobación sin conflictos
reales— sobre los controles oficiales adecuados para garantizar la
verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y
alimentos, así como la normativa sobre salud animal y bienestar de los
animales. Y, en tercer lugar, incorporar los mecanismos de cooperación
entre las administraciones públicas competentes en esta materia.


Una vez más, para fundamentar el establecimiento de la regulación
básica en materia de calidad alimentaria, el Estado, que no dispone de
título habilitante específico alguno en esta materia, invoca al
artículo 149.1, en este caso al apartado 13, de la Constitución española,
que le otorga competencia exclusiva sobre bases y coordinación general de
la planificación económica, pretendiendo ocupar —y por lo que
estamos padeciendo, creemos que una vez más también en este trámite,
ocupando— el espacio que corresponde a las comunidades autónomas
con competencia exclusiva en agricultura y defensa de los derechos de
consumidores y usuarios; competencias exclusivas recogidas en los
apartados 9 y 28 del artículo 10 del Estatuto de Gernika.


Por ello, el recurso al artículo 149.1 de la Constitución
española, como pretexto para la elaboración de este texto legal,
constituye, como lo ha sido en otra innumerable cantidad de proyectos de
ley —incluido el de la defensa de la fiesta de los toros— una
extralimitación en el ejercicio de dicho título competencial.


Por sí sola, esta extralimitación nos bastaría para presentar el
veto a este proyecto de ley pero es que, además, no lo decimos solo
nosotros, no lo dice solo el Grupo Vasco ni este portavoz, esta
extralimitación la evidencia también el propio Consejo de Estado en su
dictamen sobre este texto, en el que afirmaba textualmente —abro
comillas— que: El anteproyecto, invocando el artículo 149.1.13 de
la Constitución, en las normas transversales que introduce, ciertamente
pasa a ocupar un espacio hasta la fecha competencialmente ocupado, en
principio, por las comunidades autónomas que, al amparo de los títulos
competenciales de agricultura y consumo, han optado por promulgar sus
propias leyes.


En efecto, la Comunidad Autónoma vasca, al igual que otras siete
comunidades autónomas, han dictado hasta la fecha textos legales
regulando esta materia sin que se hayan suscitado dudas sobre su
constitucionalidad. La Ley 17/2008, de política agraria y alimentaria del
País Vasco, fija los principios inspiradores que han de servir para
definir la política agraria y alimentaria vasca, asentándola
evidentemente en el marco de la política agraria y alimentaria de la
Unión Europea, norma que clarifica el marco institucional de referencia
para los agentes sectoriales y la ciudadanía en general como
beneficiarios últimos de la actividad desarrollada en el sector agrario y
alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco. No podemos admitir,
por tanto, que el Estado pretenda imposibilitar la actuación autonómica
en esta materia, puesto que de hacerlo en los términos que se recogen en
el presente proyecto estaría incurriendo en un exceso competencial en la
utilización del artículo 149.1.13, en este caso, de la Constitución
española para fundamentar la elaboración de esta ley.


En este proyecto de ley, desde el preámbulo hasta las
disposiciones finales, se percibe claramente un injustificado e ilegítimo
arrinconamiento de las comunidades autónomas en el ejercicio de sus
competencias exclusivas.


En lo referente al procedimiento y régimen sancionador incluido en
el proyecto de ley, este incluye en esta materia el régimen sancionador,
supuestamente, en cumplimiento del artículo 55 del Reglamento 882/2004
CE, en el que se contempla la obligación de los Estados miembros de
establecer las sanciones aplicables a las infracciones de la legislación
en materia de piensos y alimentos, y de otras disposiciones comunitarias
sobre la protección de salud animal y del bienestar de los animales.
Dicho reglamento lo hace sin predeterminar, lógicamente, la forma en la
que deba darse cumplimiento a la citada obligación a nivel interno,
respetando de esta forma la distribución competencial y la estructura
jurídico-territorial de cada uno de los Estados miembros de la
Unión.


Por otro lado, existe una reiterada doctrina del Tribunal
Constitucional en la que se afirma que —abro comillas de
nuevo—: «La ejecución de las normas comunitarias en el ordenamiento
jurídico español corresponde a quien materialmente ostente la competencia
específica para la ejecución del derecho comunitario» —cierro
comillas—. De ello se desprende que corresponde a las comunidades
autónomas competentes en esta materia de forma exclusiva la elección de
la fórmula jurídica adecuada para verificar lo dispuesto en dicho
reglamento comunitario. Por tanto, resulta cuando menos incompatible con
la ejecución del derecho comunitario en el derecho interno que el Estado
se interponga en la función que corresponde ejercer a las comunidades
autónomas.


Además, quien ostenta la competencia sustantiva sobre la materia
específica se encuentra habilitado para dictar disposiciones
administrativas en esa materia, como reconoce el propio Tribunal
Constitucional. Abro comillas: Las comunidades autónomas pueden adoptar
normas administrativas sancionadoras cuando, teniendo competencia sobre
la materia sustantiva de que se trate, tales disposiciones se acomoden a
las garantías constitucionales dispuestas en este ámbito del derecho
sancionador y no introduzcan divergencias irrazonables y
desproporcionadas al fin perseguido respecto del régimen jurídico
aplicable en otras partes del territorio. Tribunal Constitucional dixit y
el reglamento europeo dixit desde 2004.


La Ley vasca 17/2008, de política agraria y alimentaria, se ajusta
a la citada doctrina del Tribunal Constitucional, sin que se desprenda
del régimen sancionador previsto en ella ninguna afección al
artículo 149.1 de la Constitución española. Por lo tanto, no nos parece
de recibo que el vigente proyecto de ley contemple ninguna regulación del
procedimiento sancionador en esta materia. Sobran, en consecuencia, los
títulos II y III del proyecto de ley que estamos discutiendo.


El tercero de los elementos que conforman el objeto de este
proyecto es establecer los mecanismos de cooperación entre
administraciones públicas. Entre otras cosas, para ello se crea en la ley
la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria, adscrita al Ministerio
de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que en la exposición de
motivos del proyecto se define como instrumento básico de cooperación
entre administraciones.


El texto del proyecto utiliza de forma desordenada los términos
cooperación y coordinación, cuando sus efectos jurídicos son
sustancialmente distintos; y esto, que puede parecer espontáneo e
irrelevante, probablemente no lo es de ninguna de las maneras. Tanto la
cooperación como la coordinación constituyen elementos que configuran el
principio de colaboración entre administraciones públicas. Lo que
caracteriza a la cooperación es la voluntariedad y el ejercicio de
competencias de forma mancomunada, lo que desemboca en la toma de
decisiones de forma conjunta, facilitando el ejercicio de una actividad
más eficaz en los asuntos que afecten a competencias compartidas. Por su
parte, por lo que respecta a la coordinación, el Tribunal Constitucional
ha entendido que esta persigue la integración de la diversidad de las
partes o subsistemas en el conjunto del sistema, evitando contradicciones
y reduciendo disfunciones; pero también ha dicho el propio Tribunal
Constitucional que la coordinación implica imposición, distinta de la
voluntariedad propia de las relaciones de cooperación, ya que conlleva un
cierto poder de dirección, consecuencia de la situación de superioridad
en que se encuentra el que coordina frente al coordinado —y también
hay sentencias de dicho tribunal que recogen esta afirmación—. Por
eso, el Alto Tribunal concreta que ello no debe implicar jerarquía,
puesto que los medios y técnicas de coordinación deben respetar un margen
de libre decisión o discrecionalidad a favor de las administraciones
sujetas a esa coordinación, sin la cual no puede existir verdadera
autonomía. Una vez más, el Tribunal Constitucional dixit.


Dicho esto, es inadmisible la articulación de un sistema que,
mareándonos con los conceptos de coordinación y cooperación, pretenda
fijar una estructura de control —Mesa de Coordinación de la Calidad
Alimentaria— cuyas actuaciones sean susceptibles de incidir de
forma directa e injustificada en la gestión que corresponde desarrollar a
las comunidades autónomas competentes en materia de calidad
alimentaria.


En todo el texto, señorías, subyace de forma explícita e implícita
la figura de la unidad de mercado; supuesta unidad de mercado en base a
la que el Gobierno Central pretende uniformizar la regulación en esta
materia. En el informe elaborado por el Consejo General del Poder
Judicial con ocasión del Proyecto de Ley de garantía de la unidad del
mercado, se afirmaba —abro comillas—: Conforme a la doctrina
elaborada por el Tribunal Constitucional, el principio de unidad de
mercado es corolario del orden económico único que debe regir en todo el
Estado. Dicho principio garantiza que el reparto competencial entre el
Estado y las comunidades autónomas no conduzca a resultados
disfuncionales y desintegradores en materia económica, que puedan
obstaculizar la libertad de circulación de bienes, capitales, servicios y
mano de obra, así como la igualdad básica en el ejercicio de la actividad
económica. No obstante, la igualdad de mercado no equivale a la
uniformidad del mismo. De ahí que la compatibilidad entre los principios
de unidad económica y diversidad jurídica justifique que la normativa
autonómica pueda establecer regulaciones singularizadas en aquella
materia, siempre que estas no excedan de su ámbito competencial, resulten
adecuadas a la finalidad legítima perseguida y, en todo caso, quede
salvaguardada la igualdad básica de todos los ciudadanos y la libre
circulación de bienes y personas a que se refiere el artículo 139.2 de la
Constitución —cierro comillas—. Como ha sido hasta
ahora.


Por lo tanto, no puede invocarse a la tan manoseada unidad del
mercado para neutralizar de forma absoluta los espacios competenciales
que corresponden a las comunidades autónomas en el marco del bloque de
constitucionalidad. Simplemente, no se puede. En caso contrario, se
estaría vulnerando el reparto competencial entre el Estado y las
comunidades autónomas; se estaría vulnerando la esencia misma del
ordenamiento jurídico-político del Estado y se estaría vulnerando la
propia Constitución Española, que tanto defienden desde la bancada de la
derecha, así como otro buen número de leyes orgánicas que sustentan los
estatutos de autonomía, como el del País Vasco.


Como he dicho antes, solo por el uso tramposo y por el abuso del
artículo 149.1 de la Constitución, podríamos vetar el proyecto de ley que
nos ocupa, pero con todos los demás argumentos añadidos, solo nos queda
mantener con más empeño, si cabe, nuestro veto y anunciar que votaremos a
favor del resto de los vetos presentados por los distintos grupos
parlamentarios en esta Cámara.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Cazalis.


Para la defensa del veto número 3, de los senadores Guillot
Miravet y Saura Laporta, del Grupo Parlamentario Entesa, tiene la palabra
el senador Saura.


El señor SAURA LAPORTA: Gracias, señor presidente.


Quedan pocas semanas para que se acabe la legislatura e,
incomprensiblemente, no ha habido ninguna comparecencia del presidente
del Gobierno o de la vicepresidenta en el Senado para explicar cuál es el
modelo territorial del Partido Popular. No se sabe. No se sabe desde el
punto de vista de lo que se dice, aunque sí se sabe desde el punto de
vista de lo que se hace: no hay ningún desarrollo de los nuevos
estatutos; no hay un balance de las comunidades autónomas que no
reformaron sus estatutos; y, por qué no decirlo, no hay ningún tipo de
diálogo sobre Cataluña. En cualquier caso, no quiero introducir hoy el
debate sobre Cataluña.


Lo que sí hay en todos los proyectos de ley es un eje transversal:
la recentralización. Ante la falta, por parte del Partido Popular y de su
Gobierno, de un modelo claro de desarrollo del Estado de las autonomías,
existe una práctica de recentralización continuada en todos los proyectos
de ley que se presentan. Y, posiblemente, este sea de los más burdos o de
los más graves porque no hay ninguna justificación ni ninguna defensa
ante la intervención que ha hecho el señor Cazalis, la que haré yo, o la
que harán otros senadores.


¿Por qué proponemos el veto? Por dos razones: por lo que se dice y
por lo que no se dice. Cuando digo que por lo que se dice, ¿a qué me
refiero? Pues a que existe una vulneración clarísima de los estatutos de
autonomía y, en concreto, del de Cataluña, en su artículo 116, cuando
dice que la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre la regulación y
la ejecución, sobre la calidad, la trazabilidad y las condiciones de los
productos agrícolas y ganaderos, y también contra los fraudes en el
ámbito de la producción y de la comercialización. Asimismo, en el
artículo 123 hace referencia a la competencia exclusiva en los temas de
consumo. Por lo tanto, hay dos artículos clarísimos de competencias
exclusivas de Cataluña en este campo.


Como también ha dicho el señor Cazalis, el Gobierno normalmente se
acoge a tres o cuatro principios generales o artículos de la Constitución
para justificar la usurpación o apropiación de competencias exclusivas de
las comunidades autónomas. En este caso, se trata del 149.1.13, que habla
de las bases y coordinación de la planificación general de la actividad
económica.


No presentaríamos veto si estuviéramos delante de unas bases de
coordinación o de cooperación, pero es que estamos ante una ley que bajo,
la justificación de este artículo 149.1.13 de la Constitución, no solo
dicta unas bases —que han de ser de principios mínimos— sino
que concreta absolutamente todo, incluso, el punto de las sanciones.


Se ha dicho también anteriormente que han pasado once años, que
hay siete comunidades autónomas que han legislado sobre esta materia, que
algunas lo hemos incluido en los estatutos y, a pesar de ello, once años
después el Gobierno del Partido Popular presenta un proyecto de ley que,
en definitiva, vulnera las competencias autonómicas, como han dicho el
Consejo de Estado y el Tribunal Constitucional.


Además, en el proyecto de ley hay una confusión —como
también ha dicho el señor Cazalis— entre cooperación y
coordinación. Así, en muchos proyectos de ley la coordinación es vista
por el Estado central como una oportunidad de apropiarse de competencias
exclusivas de las comunidades autónomas. Por lo tanto, estamos ante un
proyecto de ley que expresa una concepción no explicitada del Partido
Popular de un modelo de Estado centralista. Si uno no supiera en qué
Estado está y simplemente leyera los proyectos de ley o las leyes que se
han aprobado en esta legislatura, se llevaría la impresión de que estamos
ante un Estado unitario y centralista, donde además se confunde, como se
ha dicho antes, la diversidad con la uniformidad. Por consiguiente, lo
que se dice en el proyecto de ley es suficiente para rechazarlo o para
presentar el veto, pero también por lo que no se dice.


Siguiendo la lógica del Partido Popular sería necesario que este
proyecto de ley fuera integral y contemplara otros aspectos, pero no al
nivel de detalle con que los contempla y, así, seguro que estaríamos de
acuerdo con un proyecto de ley que estableciera unos principios mínimos.
En este sentido, es sorprendente que después de once años se presente un
proyecto de ley donde, según dice el artículo 2 del apartado 2: «Quedan
excluidos de su ámbito de aplicación: los aspectos higiénicos-sanitarios
y de seguridad alimentaria; la legislación específica de organismos
modificados genéticamente y de la irradiación de productos alimenticios;
la oferta para la venta al consumidor final, incluidos los obradores de
las instalaciones detallistas; el comercio exterior; la producción
primaria, incluida la legislación sobre bienestar de los animales y la
producción ecológica». Esto queda excluido. No hay ninguna contradicción
entre lo que afirmo en relación con la invasión de competencias con la
necesidad de que se dejen fuera de esta ley aspectos como este, en el
sentido de que lo que estoy proponiendo es una ley de bases de principios
mínimos.


Al mismo tiempo, tal vez hubiera sido oportuno que se hubieran
contemplado medidas para reducir el despilfarro alimenticio; en algunos
países se están aprobando legislaciones en este sentido. No deja de ser
sorprendente que se establezca un régimen de sanciones en el que una
sanción o infracción por seguridad alimentaria puede ser cinco veces
menor que una sanción por calidad alimentaria, cuando parecería lógico y
de sentido común que aquellas infracciones relativas a la seguridad
alimentaria estuvieran más castigadas.


Por lo tanto, señor presidente, señorías, una vez más estamos ante
un proyecto de ley recentralizador, que vulnera de forma clarísima y
contundente, competencias exclusivas, muchas de ellas recogidas no solo
en la legislación autonómica sino en los estatutos de autonomía, que son
leyes orgánicas. Además, supone una pérdida que, después de once años, no
se hayan incorporado en este proyecto de ley aspectos que hoy son de
actualidad, como por ejemplo, la necesidad de reducir el despilfarro
alimentario.


Por tanto, votaremos a favor de todos los vetos y, evidentemente,
mantendremos el nuestro.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Saura.


Para defender el veto número 4, tiene la palabra el senador
Boya.


El señor BOYA ALÓS: Gracias, señor presidente. Buenas tardes.


En la línea de lo que se ha venido planteando hasta ahora, mi
grupo entiende también que estamos ante un proyecto de ley que va a
generar un grave conflicto competencial con los marcos autonómicos, que
no respeta, y que además no quedan derogados con el proyecto de ley, con
lo cual parece que contaremos con dos normas que se podrán utilizar
arbitrariamente.


Desde nuestro punto de vista, esta ley altera el marco
competencial definido por la Constitución y por los propios estatutos.
Como decía el senador Saura, se invoca reiteradamente el
artículo 149.1.13 como si fuera un auténtico paraguas que hasta ahora, y
también en el caso que nos ocupa, sirve para encubrir todos los excesos
que en materia legislativa ha realizado el Gobierno. Por tanto, se trata
de una vulneración sistemática de ese principio fundamental que debiera
presidir la relación entre el Estado y las comunidades autónomas, que es
el principio de diálogo, de respeto y de lealtad institucional.


Para mi grupo, el título competencial sobre el que se fundamenta
la base de la planificación económica no se puede entender, de ninguna
forma, como la potestad de dictar normas sobre una determinada materia
estableciendo principios de homogeneización y privando a las comunidades
autónomas de introducir en esta normativa, en defensa de sus intereses
legítimos, las particularidades que consideren oportunas en el marco que
les asigna el Tribunal Constitucional y sus estatutos. Resulta evidente
que la facultad de fijar las bases y coordinar la planificación general
de la actividad económica no puede ser de ninguna manera confundida con
la potestad general de dictar bases en materias donde el Estado no posea
competencias específicas. Cabe añadir, señorías, que esta ley, además, es
todavía menos exigente que por ejemplo la vigente en Cataluña, con lo
cual creemos que queda mermado el derecho de los ciudadanos y en este
caso también el interés público.


En el caso de la Generalitat de Catalunya, esta tiene atribuida la
competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería. Esta
competencia incluye la regulación y el desarrollo de la ganadería, de la
agricultura y del sector agroalimentario, así como también la
trazabilidad y la regulación de los productos agrícolas y ganaderos y la
lucha contra el fraude en el ámbito de la producción y la
comercialización agroalimentaria, con lo que la invasión competencial se
hace más que evidente.


Entendemos que este proyecto de ley debería limitarse a establecer
una regulación básica —con la que estaríamos absolutamente de
acuerdo— sin excederse de este propósito, como sucede en el texto
propuesto, lo que supone, como decía hace un momento, una invasión clara
de las competencias autonómicas.


Creemos sinceramente —lo apuntaba el senador Saura y estamos
absolutamente de acuerdo con su reflexión— que en esta legislatura
el Gobierno debería haber buscado fórmulas para obtener un grado de
consenso que hubiera permitido avanzar en el objetivo razonable de
encontrar una sintonía en el ámbito de la normativa que, insisto, nadie
discute y que hubiera debido permitir que se sancione igualmente en todas
las comunidades autónomas y que iguale los procedimientos para no
provocar indefensión ni inseguridad jurídica. Sin embargo, este no ha
sido el caso ni la lógica que ha seguido durante toda la legislatura el
Gobierno, con el amparo del Grupo Popular y, por supuesto, no lo es
tampoco en el proyecto de ley que nos ocupa.


Por estas razones, nuestro voto va a ser favorable a todos los
vetos presentados.


Gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Boya.


Para defender el veto número 5, del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado de Convergència i d’Unió, tiene la palabra el senador
Plana.


El señor PLANA FARRAN: Gracias, presidente.


Marco normativo unitario, tratamiento uniforme y territorio
nacional. Estos son tres elementos que hemos tenido que escuchar en casi
todos los proyectos de ley que hemos debatido, no solo en esta comisión
pero sí especialmente. Estos conceptos han sido iniciados y utilizados en
demasía por parte del ministro Arias Cañete, que precedió a la actual
ministra García Tejerina. Por lo tanto, tenemos delante un proyecto de
ley que tiene por objetivo incrementar la intervención del Estado, con el
fin de ganar cuotas de recentralización.


Se trata de un proyecto de ley que unifica la normativa de las
comunidades autónomas en lo que se refiere al sistema de inspecciones y
controles aplicado a los alimentos; homogeneiza y actualiza el régimen
sancionador, incrementando la cuantía de las multas; e incorpora al
ámbito de la calidad alimentaria los principios ordenadores de la Ley de
garantía de la unidad de mercado, que implica que los operadores en las
relaciones comerciales solo tienen que cumplir una regulación, con lo que
esto significa.


El objetivo de esta armonización, según el Gobierno, es evitar que
los operadores se vean sometidos a las cargas administrativas derivadas
de la multiplicidad de normativas autonómicas. Incluso, en el capítulo IV
del preámbulo se habla de la percepción de los operadores —que es
un concepto muy jurídico y muy fundamentado...— de que exista la
fragmentación de la unidad de mercado, y a partir de este concepto se
intenta legislar para que no exista esta percepción. A mí me gustaría
saber cómo han podido detectar los miembros del Gobierno esta percepción
de los operadores.


El Gobierno, con el ánimo de establecer una defensa efectiva de la
calidad alimentaria, dispone de una norma básica y homogénea en el ámbito
estatal que, por principio, habilita a que actúen en todo el territorio
del Estado normativas de calidad menos exigentes en defensa del
consumidor que las que determina una comunidad autónoma —como puede
ser, en este caso, la de Catalunya— lo cual constituye un auténtico
contrasentido.


El objeto de este proyecto de ley —que podríamos
entender— se encontraba recogido en el Real Decreto 1945/1983, por
el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del
consumidor y de la producción agroalimentaria. La normativa de la Unión
Europea obliga a una actualización de la legislación sobre este concepto,
ahora bien, no creemos que sea justo aprovechar toda esta situación para
incrementar estos principios deconstructores del Estado constitucional
promoviendo una centralización y recentralización continuada y sostenida
por el Gobierno del Estado español.


La regulación recogida en este proyecto de ley no nos parece
mínima ni básica, sino más bien absolutamente uniforme. Como ya han dicho
otros senadores que me han precedido en el uso de la palabra, la
competencia sobre agricultura y ganadería reside en las comunidades
autónomas según el artículo 148.1.7.ª de la Constitución y los
respectivos estatutos de autonomía, pero el Gobierno, al amparo
del 149.1.13.ª, que dota de competencia al Estado sobre bases y
coordinación de la actividad económica, obvia el orden constitucional. La
Memoria del análisis de impacto normativo de la distribución competencial
señala literalmente que las transferencias se hicieron a primeros de los
noventa, y en la actualidad el fraude alimentario no se circunscribe al
territorio nacional, sino que trasciende nuestras fronteras y se
desarrolla en todo el territorio de la Unión Europea. Nadie puede negar
que la normativa comunitaria, como ya he dicho anteriormente, es la que
impera en muchas materias, ahora bien, el Estado español tiene una
organización territorial concreta y una distribución competencial
recogida en la Constitución y en los diferentes estatutos de autonomía,
que debería respetar.


Dicho lo cual, la igualdad de trato en todo el territorio del
Estado y la traslación de los principios de la unidad de mercado
constituyen una grave alteración del orden competencial y vacían de
contenido en esta materia la competencia estatutariamente atribuida a la
Generalitat de Catalunya y demás comunidades autónomas —pues la
nuestra no es la única que tiene competencias exclusivas ni ha regulado
este aspecto—. Este argumento está claro por lo que concierne a
Cataluña, según se desprende del dictamen del Consejo de Estado. Cataluña
se opuso —y sigue haciéndolo— a esta norma por razones
competenciales, en concreto porque entiende que, al establecerse una
regulación no básica sino uniforme, se vacía totalmente de contenido en
esta materia, como he dicho, la competencia catalana.


En Cataluña, al amparo de esta competencia exclusiva, se aprobó la
Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, que regula los
distintivos oficiales de calidad, la calidad de los productos
agroalimentarios, las obligaciones de los operadores y el régimen
sancionador —es decir, su ámbito de regulación es prácticamente el
mismo que el planteado en este proyecto de ley—. Ello provoca que
muchos aspectos regulados por la norma estatal entren en contradicción
—en este caso— con el modelo y la ley catalana.


A modo de ejemplo —que creo suficientemente importante
remarcar—: según se desprende del proyecto de ley, parece que no
será necesaria la inscripción de las entidades de inspección o
certificación en el Registro de Cataluña de entidades de control y
certificación para que dichas entidades trabajen en Cataluña, bastará
básicamente con que se haya presentado una declaración responsable en
cualquier comunidad autónoma.


En definitiva, no se pueden utilizar los proyectos de ley para
vaciar de contenido aquello en lo que se ha venido trabajando por parte
de las comunidades autónomas que tenían competencia exclusiva en esta
materia. Por tanto, quiero manifestar en nombre del Grupo de Convergència
i d’Unió que mantenemos el veto y que votaremos a favor del resto
de los vetos presentados.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Plana.


Una vez defendidos los vetos, tiene la palabra, en turno en
contra, el senador Cotillas.


El señor COTILLAS LÓPEZ: Muchas gracias, señor presidente. Buenas
tardes, señorías.


Intervengo simplemente para comunicar que el Grupo Popular va a
votar en contra de los cinco vetos presentados en el Senado —dos
más que los presentados en el Congreso, lo que da lugar a que pueda haber
en esta Cámara de segunda lectura mayor oportunidad para el debate y para
la aportación de propuestas y, por tanto, para el enriquecimiento de la
normativa, de las leyes y de las iniciativas que elabora el
Gobierno—.


Vamos a votar en contra de los cinco vetos por dos motivos. Uno,
porque estamos en claro desacuerdo con el fondo de cada uno de ellos. Hay
cinco formaciones políticas con una implantación territorial en
determinadas comunidades autónomas de nuestro país, en el País Vasco y en
Cataluña, que han propuesto sus vetos y lo hacen en la lógica de sentirse
preocupados por la posibilidad de que el Estado, el Gobierno de España y
este grupo puedan estar invadiendo competencias exclusivas de comunidades
autónomas. Nosotros creemos que no es así, todo lo contrario. Como grupo,
con implantación en todo el territorio nacional, y como grupo que apoya a
un gobierno reformista, y más en una época como la que hemos vivido, en
la que es muy necesaria la suplementación y la implantación de reformas
que ayuden a la generación económica y a la creación de empleo,
consideramos que es importante no dejar pasar la oportunidad de ejercer
las competencias que tiene el Estado, competencias que la Constitución
atribuye al Gobierno, y, por tanto, de legislar a favor de la generación
de herramientas para un sector económico tan importante como el
agroalimentario en nuestro país —en facturación, en personas
empleadas o en cifras de exportación— que implementen, que
posibiliten, que impulsen el crecimiento de este sector económico y que
lo hagan, además, asegurando y mejorando la preservación de los intereses
de los consumidores y, cómo no, ayudando a la unidad de mercado, que es
algo en lo que este grupo político sí cree y en lo que trabaja.


Por ello, señorías, vamos a votar en contra de los vetos, pues
entendemos que el artículo 149.1.13.ª de la Constitución habilita al
Gobierno para que pueda desarrollar una normativa como la que aquí
presenta, sin invadir, como se ha dicho aquí, competencias de las
comunidades autónomas, sino todo lo contrario, respetando las
competencias autonómicas, respetando el ejercicio de las potestades
—no solo legislativas, sino ejecutivas de cada comunidad autónoma,
de cada Gobierno autonómico, de cada Administración autonómica—,
pero también ejerciendo las propias desde el Estado.


Vamos a votar en contra de estos vetos porque, además,
consideramos que la ley es positiva: porque viene a dar herramientas a un
sector que las está demandando y que las ve con esperanza y con ilusión;
porque viene también a armonizar la normativa, creando una normativa
básica en todo el territorio nacional. No hay que perder de vista que si
bien el País Vasco y Cataluña tienen normativa propia en algunos aspectos
relacionados con la defensa de la calidad alimentaria y que hay ocho
comunidades autónomas que han legislado sobre ello, hay otras que no lo
han hecho. Por tanto, nos parece que existe la necesidad de una
legislación básica que armonice esta normativa existente y, por otra
parte, que dé sentido y actualice la normativa estatal ya muy antigua
—anterior a la entrada de España en la Comunidad Económica
Europea— que puede estar en contradicción con los reglamentos y
directivas que la Unión Europea nos reclama desde hace mucho tiempo.


Entendemos, por tanto, que es necesaria la aprobación de esta ley
y, por ello, vamos a votar en contra de los cinco vetos.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Cotillas.


Pasamos al turno de portavoces.


Por el Grupo Vasco, tiene la palabra el senador Cazalis.


El señor CAZALIS EIGUREN: Señor presidente, brevemente.


Si realmente fuéramos solo los vascos y los catalanes los
reticentes a este proyecto de ley, sería una discusión hasta aceptable.
Pero, senador Cotillas, ni el Consejo de Estado ni el Consejo General del
Poder Judicial son del Grupo Vasco ni del Grupo Catalán, no: forman parte
de los poderes del Estado, y sus determinaciones e informes son claros; y
mucho menos lo es el Tribunal Constitucional. Por lo tanto, ya no es
cuestión de la percepción del Grupo Vasco o del Grupo Catalán.


Nosotros entendemos que haya comunidades autónomas que no hayan
legislado al respecto y también que el Estado dicte legislación básica al
respecto —supletoria de aquella que ya está vigente en las
comunidades autónomas que tienen competencias exclusivas—, ni más
ni menos, pero eso no es lo que se recoge en este proyecto de ley. En él
se obvia lo que ya existe, no se habla de legislación supletoria
—que es lo que podíamos aceptar dentro del marco constitucional del
artículo 149—, se vuelve de nuevo al café para todos, que es
claramente una recentralización.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por Entesa, tiene la palabra el senador Boya. (Denegaciones). No
desea intervenir.


Por el Grupo Catalán, tiene la palabra el senador Plana.


El señor PLANA FARRAN: Voy a intervenir en la línea de lo que ha
manifestado mi compañero, el senador Cazalis.


Hay dos regiones dentro de España —Andalucía y
Cataluña— que tienen una consideración y una significación muy
importantes en el sector agroalimentario y agroindustrial, que tienen
reconocido a nivel internacional su potencial, que contribuyen a la
riqueza de todo el Estado español, a la aportación del PIB...
—todos los datos macro y microeconómicos que podemos poner encima
de la mesa—. Casualmente son dos territorios que tienen normativa
específica que rige lo que estamos debatiendo aquí. Lo que no puede ser
es que, por la pereza legalista manifestada por los diferentes gobiernos
del Estado español, esta adaptación de la normativa a lo que se exige por
Europa se utilice para recentralizar competencias, basándose única y
exclusivamente en la cuestión de la unidad de mercado y en los resultados
de la productividad y en los resultados económicos, cuando la realidad
les contradice —y pongo los ejemplos de Andalucía y Cataluña que
tienen su propia ley de defensa de la calidad alimentaria—.


Por lo tanto, por eso que se dice comúnmente de aprovechar que el
Pisuerga pasa por Valladolid y porque de esta manera se deconstruye este
edificio constitucional, entre otras cosas, vamos a mantener esta
posición respecto de los vetos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el senador Arrufat.


El señor ARRUFAT GASCÓN: Gracias, presidente.


El Grupo Socialista entiende que la falta de voluntad del Gobierno
para buscar consenso no solamente con las comunidades autónomas que
tienen competencias, sino con los grupos políticos que en este momento
estamos presentes en el Senado es la mayor carencia de este proyecto.
Entendemos que no ha habido ni trabajo ni capacidad de convencimiento
para con las comunidades autónomas sobre la necesidad de una ley que
homologue las diferentes actividades que tienen como objetivo el control
alimentario y el de fraudes. Este proyecto de ley tiene el riesgo de
algún posible recurso de inconstitucionalidad dado que invade
competencias no solamente de las autonomías a las que hacían referencia
los ponentes anteriores, sino también de Andalucía, de Aragón, de
Castilla-La Mancha e incluso de Castilla y León y de Galicia. El Grupo
Socialista se va a abstener en la votación de los vetos, pero una de las
enmiendas, la 59, hace referencia a respetar el ámbito competencial. Por
tanto, repito, nosotros nos abstendremos en la votación de los
vetos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Arrufat.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el senador
Cotillas.


El señor COTILLAS LÓPEZ: Gracias, presidente.


Simplemente quería volver a ratificar que nuestro voto va a ser
negativo. También quiero indicar que siempre se nos acusa de falta de
consenso del Gobierno con las comunidades autónomas o con organizaciones,
cuando no es así, y más en los proyectos relativos al sector
agroalimentario que vienen del Gobierno. Creo que están siendo todo lo
contrario, es decir, muy consensuados, hablados, dialogados y buscando el
acuerdo de todos. Por eso preguntaba antes que cómo se sabía que el
sector estaba demandando esto. Pues hablando y consensuando aquello que
ayuda a que el sector sea cada vez más productivo, más eficiente, capaz
de exportar más y mejor y por lo tanto más capaz de generar economía
productiva y empleo.


No sé si hay pereza legislativa o no en otros gobiernos, señor
Plana, este Gobierno desde luego es reformista y no tiene ninguna pereza,
y este grupo tampoco, todo lo contrario, precisamente estamos cumpliendo
con el compromiso que también en este Senado al inicio de la legislatura
se planteó de dotar al sector agroalimentario de herramientas para, en
momentos de situación económica muy complicados, donde quizá había menos
recursos, hacer posible más capacidad de intervención de los agentes
económicos en la generación de esos propios recursos.


Señor Cazalis, el Consejo de Estado, el Consejo General del Poder
Judicial y el Tribunal Constitucional claramente son independientes, lo
mismo que lo es este grupo político. Nosotros no presuponemos cuál va a
ser el resultado, no sabremos si habrá recurso o no; lo que sí tenemos
claro, o queremos tener claro, o entendemos, es que el Gobierno está
actuando conforme a lo que el artículo 149.1.13.ª de la Constitución le
permite, por lo tanto, no tenemos ningún miedo a ningún recurso.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Cotillas.


Terminado el turno de portavoces, procedemos a la votación de los
vetos.


Votamos la propuesta de veto número 1, de la senadora Capella i
Farré, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Procedemos a votar la propuesta de veto número 2, del Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Procedemos a votar la propuesta de veto número 3, de los senadores
Guillot Miravet y Saura Laporta, del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Procedemos a votar el veto número 4, de las senadoras Almiñana
Riqué y Sequera García; de los senadores Boya Alós, Bruguera Batalla,
Martí Jufresa, Montilla Aguilera, y Sabaté Borràs, del Grupo
Parlamentario de Entesa pel Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Procedemos a votar, por último, la propuesta de veto 5, del Grupo
Catalán en el Senado.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Pasamos al debate de las enmiendas.


Se han presentado las enmiendas 1 a 5, del senador Iglesias
Fernández, del Grupo Parlamentario Mixto; enmiendas 6 a 9, de la senadora
Ester Capella i Farré, del Grupo Parlamentario Mixto; enmiendas 10 a 17,
del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado; enmiendas 18 a 44, del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya; enmiendas números 62 a 76,
del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
d’Unió; y enmiendas números 45 a 61, del Grupo Parlamentario
Socialista.


¿Alguien da por defendidas las enmiendas del Grupo Mixto?


El señor BOYA ALÓS: Sí, yo mismo, señor presidente.


Las doy por defendidas.


El señor PRESIDENTE: Muy bien. Gracias, senador Boya.


Por tanto, quedan defendidas las enmiendas del Grupo Parlamentario
Mixto, tanto las del senador Iglesias como las de la senadora Capella
—enmiendas 1 a 5 y 6 a 9—.


Muchas gracias.


Enmiendas números 10 a 17, del Grupo Parlamentario Vasco.


Senador Cazalis, tiene la palabra.


El señor CAZALIS EIGUREN: Gracias, señor presidente.


Intervendré brevemente, aunque solo sea para enumerarlas. Hemos
presentado, como usted ha dicho, las enmiendas 10 a 17.


La enmiendas números, 10, 11, 12, 15 y 16 están enmarcadas dentro
de la necesidad que hemos comentado de diferenciación, de coordinación y
de cooperación. Hemos intentado explicarlo en el turno de defensa del
veto, por lo que no nos vamos a repetirlo.


Las enmiendas números 13 y 14 son de supresión de los títulos II y
III, porque entendemos que lo concerniente al régimen sancionador
corresponde —como ya hemos dicho—






a quien ostenta la
competencia sustantiva sobre la materia específica —además de que
se encuentra habilitado para dictar disposiciones administrativas al
respecto—. Y hemos presentado la enmienda número 17 por la
necesidad de adecuación del orden de distribución competencial vigente en
la defensa de la calidad alimentaria.


Gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Cazalis.


Enmiendas 18 a 44, del Grupo Parlamentario Entesa.


Senador Boya, tiene la palabra.


El señor BOYA ALÓS: Gracias, señor presidente.


Doy por defendidas las enmiendas 34 a 44, de los senadores Saura y
Guillot.


Quiero decir muy brevemente que nuestras enmiendas van destinadas
a mejorar la ley, tanto desde el punto de vista técnico como desde el
punto de vista jurídico. Es cierto que esta ley afecta a un ámbito muy
sensible —lo hemos dicho antes— y que hubiera requerido de un
consenso. Nosotros creemos que, a pesar de lo que apuntaba el senador
Cotillas, ha existido muy poco diálogo con las comunidades autónomas, y
podremos ver los efectos de esta falta de diálogo en otras leyes, que en
este momento ya son objeto de conflicto. Porque, insisto, ha faltado esa
voluntad de diálogo. En todo caso, nuestras enmiendas están destinadas a
matizar el proyecto y, precisamente, a evitar que esta aplicación de la
normativa europea pueda generar de nuevo conflictos de carácter
competencial.


Por otra parte, hemos presentado otra enmienda destinada a abordar
el problema del desperdicio alimentario, del que no se habla en esta ley.
Es un debate que se sustentó en la Cámara en el año 2012, concretamente a
través de una moción presentada por mi grupo y de otra que se debatió en
el plenario y que fue presentada por el grupo de UPN. Es una cuestión que
debería haber estado presente en esta ley, por tanto, ha sido una ocasión
perdida para haber abordado este problema, que es muy grave.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Boya.


Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
d’Unió, para defender las enmiendas 62 a 76, tiene la palabra el
senador Plana.


El señor PLANA FARRAN: Gracias, presidente.


Nuestras enmiendas van dirigidas hacia tres líneas. Una,
evidentemente, la línea competencial. Nuestra primera enmienda, la
número 62, es una declaración explícita y, si quieren, también tácita de
la necesidad de una normativa que tiene que promulgar el Gobierno del
Estado español en aquellos territorios donde no existe una normativa
relativa a la defensa de la calidad alimentaria, pero también del
reconocimiento y del respeto al orden constitucional de aquellas
competencias exclusivas que tienen atribuidas, en este caso, las
comunidades autónomas.


En la enmienda 63 hacemos mención al principio de unidad de
mercado. Este principio dimana del principio de unidad económica del
Estado, donde se aprovecha para incluir muchos de aquellos aspectos
relacionados con otras materias que pueden entrar en un cajón de sastre,
en un saco, donde se pueden regular, en el fondo y en la forma, muchas de
aquellas competencias que son exclusivas de las comunidades autónomas. En
este sentido cabe decir que el Tribunal Constitucional ha establecido en
reiterada jurisprudencia la doctrina general sobre el principio de unidad
de mercado, señalando que no puede traducirse en una monolítica
uniformidad de ordenamiento, de la que resulte que se tienen idénticos
derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio estatal. Por lo
tanto, nos parece correcto que, entre los fines de este Proyecto de ley
para la defensa de la calidad alimentaria, se contemple la contribución a
la unidad de mercado. Porque si queremos que se hable continuamente de la
unidad de mercado, también podríamos hablar de la unidad y de la igualdad
de costes en todos los territorios y de las diferentes rentas
establecidas o el diferente poder adquisitivo que hay en los distintos
territorios. A partir de aquí, que este principio de igualdad respete las
diferencias y las consideraciones que tienen los distintos
territorios.


También me refería a que si se quiere ganar competitividad, como
en este caso, aplicando una normativa que es básica, y no solo en el
ámbito estatal, sino también en el ámbito europeo —porque la
calidad alimentaria, que nadie niega, es una de las cuestiones que
diferencia los productos dentro de la Unión Europea—, lo que
debería tenerse entre manos es una igualdad de costes —porque la
producción de los productos agroalimentarios no es la misma en diferentes
territorios dentro del Estado español—. Aquí sí que animamos al
Gobierno del Estado español a que haga una discriminación positiva hacia
aquellos lugares donde el coste de producción sea mucho más caro, o donde
la contribución de algunos territorios a la estabilidad económica
siguiendo el principio de igualdad de todo el territorio español sea más
pronunciado que en otros. Por ejemplo, hoy han salido diferentes estudios
en los que se habla de las diferentes contribuciones de los distintos
territorios. Esta es una de las líneas en las que van encaminadas algunas
enmiendas presentadas por este grupo.


Otras enmiendas van en la dirección del régimen sancionador, y la
tercera línea hacia la que van encaminadas el resto de las enmiendas es
la cooperación entre las administraciones autonómicas. Como bien ha
explicado de forma extensa el senador Cazalis, no es lo mismo cooperar
que dirigir; no es lo mismo estar entre iguales —aquel principio de
primus inter pares— que imponer una normativa, que es lo que se
quiere hacer por el Gobierno del Estado español.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Plana.


Para defender las enmiendas 45 a 61, del Grupo Parlamentario
Socialista, tiene la palabra el senador Arrufat.


El señor ARRUFAT GASCÓN: Gracias, presidente.


Nuestro grupo defiende las enmiendas en dos sentidos: primero,
para contribuir a mejorar el objeto y el ámbito de la ley y, segundo,
para incluir la laguna existente del desperdicio alimentario.


Por hacer referencia a algunas de las enmiendas, la enmienda 46
trata de garantizar una correcta delimitación del contenido del Concierto
de Calidad Alimentaria, excluyendo del mismo aspectos que cuentan con
normativa específica como son el bienestar animal, el etiquetado en los
alimentos, el etiquetado de calidad diferenciada, como las IGP o DOP, o,
incluso, la agricultura y la ganadería ecológica.


A través de la enmienda 48 planteamos que en casos leves no se
proceda a la inmovilización. Se trata de una enmienda que goza del apoyo
de la propia federación de operadores de bebidas.


La enmienda 54 considera una infracción grave poner en el mercado
productos cuya comercialización estuviera prohibida por haber sido objeto
de indemnizaciones por seguros a la producción. Presentamos también la
enmienda número 59, de adición, para respetar el ámbito competencial de
las comunidades autónomas al que antes hacíamos referencia. Otra enmienda
de adición es la número 60 cuyo objeto es articular mecanismos para que
el desperdicio de los alimentos llegue a las ONG, entidades solidarias y
bancos de alimentos que gestionan la ayuda alimentaria en favor de
quienes lo necesitan. Y, por último, proponemos la enmienda 61 que habla
de incorporar un nuevo texto sobre normativas, delimitando correctamente
el concepto de calidad alimentaria y, en consecuencia, el ámbito de
aplicación de la ley.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Pasamos al turno en contra.


Tiene la palabra la senadora Moya.


La señora MOYA MORENO: Muchas gracias. Buenas tardes, señor
presidente, señorías.


Efectivamente, hoy debatimos el Proyecto de Ley para la defensa de
la calidad alimentaria que viene a completar un importante trabajo
normativo en materia de calidad alimentaria; un trabajo que, sin lugar a
dudas, lo está llevando a cabo el Gobierno del Partido Popular. Con este
proyecto de ley en concreto se actualiza la normativa vigente y, además,
se da una respuesta adecuada a las necesidades de los consumidores y de
los operadores.


Como muy bien decía el presidente, se han presentado setenta y
seis enmiendas a este proyecto de ley. Casi todas ellas son las mismas
que los distintos grupos presentaron en el Congreso de los Diputados y
que fueron, lógicamente, debatidas en el Congreso; muchas de ellas fueron
aceptadas y otras fueron transadas por los distintos grupos, incluidas
enmiendas del Grupo Popular. Solamente hay unas cuantas enmiendas nuevas
a las que me referiré con posterioridad.


De las enmiendas presentadas por el Grupo Mixto me voy a referir
algunas de ellas; en concreto a las de Izquierda Unida y a las de la
señora Capella, aunque lamento que sus portavoces no hayan estado aquí
esta tarde para defenderlas con intensidad, como suelen hacer con sus
enmiendas a los distintos proyectos de ley que presenta el Gobierno y que
defiende el Grupo Popular en el Senado. Con respecto a la enmienda
número 1, que modifica el artículo 21 sobre la gradación de sanciones
para infracciones sobre el medio ambiente y la salud —también
coinciden en esta enmienda algunos de los otros grupos—, tengo que
decirles que el medio ambiente y la salud ya están regulados en otra
normativa, que tienen su propio régimen sancionador y, por lo tanto, no
ha lugar a que esté contemplado en este proyecto de ley. La enmienda
número 2, también de Izquierda Unida, suprime la disposición adicional
tercera sobre incremento de gasto, y hay que decir que no se prevé
incremento de gasto puesto que las acciones previstas serán llevadas a
cabo por todas las administraciones con los medios establecidos, todo
ello sin aumentar presupuesto. Las enmiendas 3 y 4 incluyen nuevas
disposiciones adicionales; prohíben el bisfenol y otras sustancias en
envases alimentarios; sustancias que, para tranquilidad de quienes hayan
querido acercarse a este proyecto de ley, entran dentro del ámbito de la
seguridad alimentaria y ésta en concreto está excluida expresamente por
esta ley. Las enmiendas números 5 y 9 de Izquierda Unida y la 62 de CiU,
de la senadora Capella, plantean una nueva disposición adicional relativa
a la garantía y respeto al reparto de competencias. Esta es una enmienda
en la que coinciden varios grupos. Las normas contenidas en el proyecto
de ley son de aplicación en todo el territorio nacional por su condición
de normas básicas y de coordinación de la planificación general de la
actividad económica, como establece el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución española al que ellos se han referido en más de una
ocasión.


Las enmiendas números 6, 7, 8 y 60 del Grupo Socialista añaden una
disposición adicional que establece la prohibición de tirar productos
aptos para el consumo humano. Quiero responder a estas enmiendas porque,
como ustedes conocen, el ámbito y los fines de la ley no son adecuados
para incorporar la regulación del desperdicio alimentario, ya que se
refiere a la defensa de la calidad alimentaria mediante el control, el
régimen sancionador y los mecanismos de cooperación. No obstante, como
sus señorías también conocen y como sabe la ciudadanía en general, desde
el comienzo de la legislatura la reducción del desperdicio alimentario ha
sido uno de los objetivos y de las preocupaciones de este Gobierno. Por
eso, el ministerio aprobó en el año 2013 la Estrategia más alimento,
menos desperdicio, con el objetivo de reducir el desperdicio
alimentario.


De las enmiendas presentadas por el PNV, por el señor Cazalis, la
número 12 modifica y completa el artículo 1. Señoría, el objeto de esta
ley es muy preciso y cualquiera de las modificaciones que plantea no
aportan claridad y además están incluidas en la redacción actual. Las
enmiendas 13, 14 y 17, a las que usted ha hecho referencia, suprimen los
artículos 2 y 3 por entender que son contrarios —y con esta
respuesta creo que contesto a alguna enmienda de CiU— a la
distribución competencial. Las normas contenidas en el proyecto de ley
son de aplicación en todo el territorio nacional. El Título II recoge y
sistematiza únicamente los sistemas de control contemplados en el
Reglamento (CE) número 882/2004, sobre controles oficiales de obligado
cumplimiento en toda la Unión Europea, y el régimen sancionador sigue la
competencia sustantiva en la materia de la ley, por lo que, al declararse
básica, el régimen sancionador también lo es. Por otro lado, el aspecto
sancionador es más distorsionante si se regula de manera diferente en
cada una de las comunidades autónomas. Esto también sería de aplicación
para la enmienda número 76 de CiU. Las enmiendas números 15 y 16, que
suprimen el artículo 25 y 26, vamos a rechazarlas también porque la
coordinación se realiza entre las propias autoridades de control, que son
las propias comunidades autónomas y, a su vez, el Ministerio de
Agricultura junto con la Unión Europea.


El contenido de las 28 enmiendas presentadas por Entesa, señor
Boya, es el mismo que el de las presentadas por otros grupos políticos en
el Congreso; en concreto, que el de las enmiendas presentadas por el
PSOE, por la Izquierda Plural y por el Grupo Mixto, que fueron debatidas
y votadas en contra; por tanto, aquí en el Senado no vamos tampoco a
apoyarlas. La enmienda número 21, que sí es nueva aquí —lo son
todas, pero esta no se había presentado en el Congreso— coincide
con la 66 de CiU y con la 48 del Grupo Socialista, de las que hablaré a
continuación.


Con respecto a las enmiendas que presenta CiU, tengo que decir que
la enmienda 63 modifica la letra d) del artículo 3 eliminando la
referencia a la unidad de mercado. Señor Plana, en el ámbito de esta ley,
la unidad de mercado debe entenderse como que las empresas sean tratadas
de igual manera en todas las comunidades autónomas desde el punto de
vista del control y régimen sancionador. La enmienda 64 modifica la letra
b) del artículo 4 proponiendo una nueva definición de calidad alimentaria
que coincide con la que da la FAO. La definición incluida en el proyecto
responde, de una manera más precisa, a los aspectos que se deben
controlar y que están recogidos en la normativa de calidad sectorial, así
como en la normativa horizontal que le es de aplicación. La definición
dada por la FAO es excesivamente general y no se adapta a los objetivos
de esta ley. Por lo tanto, también la vamos a rechazar. Cuando se alude
en la enmienda número 65 a la modificación del artículo 5, al hablar de
la autoridad competente en este ámbito se refiere única y exclusivamente
a las comunidades autónomas, por lo que sería confuso añadir esta
enmienda al proyecto de ley. La enmienda 67 modifica el apartado 1 del
artículo 11; y, señoría, la declaración responsable es un mandato que
emana de la Ley 25/2009, sobre el libre acceso a las actividades de
servicios y su ejercicio. Me estoy refiriendo en concreto a la ley
ómnibus. Con respecto a la enmienda 68, que modifica el artículo 12, la
respuesta es la misma que he dado ya a otros grupos porque la enmienda
coincide con otras presentadas. La enmienda 69 —coincidente con
la 55 del PSOE— suprime la letra a) del artículo 15, concretamente
en lo relativo a la calificación de una infracción como muy grave en el
ámbito de la calidad alimentaria cuando tenga también repercusión
sanitaria. Si no tuviera repercusión sanitaria el problema de calidad
sería solamente grave. Las enmiendas 70 y 73 modifican los apartados 2
y 3 del artículo 17, de responsabilidad por las infracciones, eliminando
la responsabilidad del distribuidor. Señorías, no se puede eximir de
responsabilidad a ningún agente que figure en la etiqueta del producto,
bien con su razón social, bien con cualquier indicación que permita su
identificación. Según la normativa comunitaria, Reglamento (CE)
número 178/2002, todos los operadores son responsables de todas las
etapas para poner en el mercado alimentos que cumplan con la legislación.
Por lo tanto, la mención expresa del distribuidor mejora la comprensión
del ámbito de aplicación de la ley. Con respecto a la enmienda 72, las
leyes que citan ustedes y su ámbito de aplicación no son comparables con
este proyecto de ley. Por lo tanto, lo que se ha hecho ha sido actualizar
las sanciones siguiendo el mandato del Reglamento (CE) número 882/2004,
al que ya he hecho referencia, y la defensa de la calidad alimentaria
implica que nunca debe resultar rentable defraudar. Sobre la enmienda
número 73, que propone la supresión del apartado 2, 3 y 5 del
artículo 25, quiero decirle que la formalización con rango legal de dos
instrumentos de cooperación es necesaria para que exista una cooperación
bastante más eficaz. Con respecto a la enmienda número 74, señoría, en el
marco del Reglamento de la CEE, en relación con los controles oficiales,
los Estados miembros tienen una serie de obligaciones para enviar
información, por lo que se hace necesario que las autoridades competentes
en materia de control oficial envíen la información de acuerdo con unos
procedimientos establecidos en la Unión Europea.


Las enmiendas que presenta el Grupo Parlamentario Socialista son
las mismas, excepto una, la número 48, que ya fueron debatidas y
rechazadas en el Congreso. Con anterioridad les dije que me iba a referir
a la enmienda número 48, del Grupo Parlamentario Socialista, y a ella me
refiero; pues bien, coincide con la enmienda número 21 de la Entesa y con
la número 66 de CiU. En dichas enmiendas se propone la modificación del
apartado 1 del artículo 9, sobre medidas cautelares. No vamos a aceptar
las enmiendas porque, como su propio nombre indica, la cautela la toma el
inspector en el momento de la inspección, sin prejuzgar la gravedad de
hechos cuyas consecuencias desconoce hasta que no se realice un estudio
más profundo de los mismos. Con el párrafo que ustedes proponen
introduciríamos una duda en la actuación del inspector, que tendría que
decidir en un estadio muy preliminar —como lo es el acto de
inspección— la gravedad de los hechos, lo cual iría claramente en
detrimento de la acción inspectora al no contar con todos los elementos
de juicio. No obstante, el artículo se ha redactado en todos los
apartados con las cautelas suficientes para proteger adecuadamente los
intereses...


El señor PRESIDENTE: Le ruego que vaya terminando, senadora
Moya.


La señora MOYA MORENO:... de los operadores —ya termino,
señor presidente—, teniendo en cuenta los plazos, caducidades,
etcétera, y con ello evitar posibles perjuicios. Por tanto, como les
decía, vamos a rechazar estas enmiendas. En el turno de portavoces ya
tendré ocasión de hacer alguna aclaración más.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Moya.


Pasamos al turno de portavoces.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el senador
Cazalis.


El señor CAZALIS EIGUREN: Señor presidente, no iba a intervenir,
pero no me puedo resistir.


A estas alturas, no nos sorprende el argumento de que las
enmiendas vienen repetidas del Congreso, etcétera, porque lo hemos oído
un montón de veces. Evidentemente, son las mismas enmiendas al mismo
proyecto de ley. El texto que viene del Congreso es el mismo que entró en
el Congreso y, lógicamente, las enmiendas son las mismas. Pero es que
esta Cámara tiene dos funciones: la de Cámara territorial y la de Cámara
de segunda lectura. Esto es como cuando el café está caliente y uno pide
otra taza para enfriarlo y poder bebérselo. Pues bien, esta es la segunda
taza. Por tanto, decir que las enmiendas son las mismas y categorizarlas
como buenas o malas en función de que sean nuevas o viejas es hacer un
flaco favor a esta segunda Cámara, salvo que el Grupo Parlamentario
Popular considere que no debe existir el Senado; entonces estamos de
acuerdo; si es así, quitamos la función de Cámara territorial, que no se
está cumpliendo. No hay más que ver cuántas veces se ha reunido la
Comisión Especial de Comunidades Autónomas, salvo por petición unánime de
la oposición. Y si tampoco va a servir de Cámara de segunda lectura, lo
dejamos ahí: que se vea el proyecto de ley en el Congreso y adiós, muy
buenas; sobramos nosotros, los senadores, sobra el proyecto y sobra la
Cámara. Yo quiero creer que ni la senadora Moya ni el Grupo Parlamentario
Popular va por esa vía, pero lo hemos oído tantas veces que yo creo que
había que decirlo. Hay que decirlo porque si no estamos dando la razón a
todos aquellos que consideran que esta Cámara sobra, entre otras cosas
porque, como les decía, por esa regla de tres: mismas enmiendas a un
mismo proyecto, sobran las dos cosas.


Hoy, cuando venía en el avión, he cogido el periódico El Mundo
—a veces, hago ese tipo de cosas— y he leído una columna de
Luis María Ansón de la que quiero destacarles un párrafo. Decía don Luis
María que, el 26 de noviembre de 1911, Gregorio Marañón publicó un
artículo en el que afirmaba: «La coyuntura es de tal gravedad que, tras
las elecciones del 20-N, resultará imperativo recuperar el consenso como
si de una segunda transición se tratase, si no queremos correr el riesgo
de que nuestro sistema político, nuestra convivencia cívica y nuestro
bienestar embarranquen peligrosamente». Y sigue diciendo don Luis María:
«Unos días después, el 10 de noviembre, me sumé yo a la posición de
Marañón en las páginas de dicho periódico. La respuesta de Rajoy tras
el 20-N no fue buscar el consenso sino desplegar a todo trapo las velas
de la soberbia y la arrogancia». Esto lo dice don Luis María Ansón, que
ni es del Grupo Vasco ni creo que sea del Grupo Catalán; desde luego, de
esta parte de la comisión no es. Y no creo que cambiara de opinión don
Luis María Ansón si pudiera ver el contenido y la tramitación de este
proyecto de ley, de los proyectos de ley de esta temporada, de los de
toda la legislatura y de los que nos quedan por ver.


Por lo tanto, considero que esta es la peor manera de hacer
política; una manera que los ciudadanos ya no quieren ver. Los ciudadanos
quieren ver otras cosas, quieren ver consensos, por mucho que haya una
mayoría absoluta; y el Grupo Parlamentario Popular está desperdiciando
una oportunidad de oro —incluso con su mayoría absoluta— para
intentar cambiar los sistemas que hemos tenido hasta ahora y que los
ciudadanos no quieren ver. Después de oír lo de que desaparezca la Cámara
y lo de la soberbia y la arrogancia a todo trapo, no he podido resistirme
a decirlo, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Cazalis.


¿Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya?
(Denegaciones).


Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
d’Unió, tiene la palabra el senador Plana.


El señor PLANA FARRAN: Gracias, señor presidente.


Voy a abundar en lo manifestado por el senador Cazalis. Cuando
este senador ha denunciado que la Exposición de Motivos era muy vaga y
que la regulación la pedían los operadores, les he dado una primera
argumentación económica y les he señalado la posición de dos clúster,
Andalucía y Cataluña, que tienen su propia ley y normativa. Esto
contradice la unidad de mercado y la uniformización que pretende el
Gobierno del Partido Popular como argumento para laminar competencias.
Una segunda argumentación ha sido que se buscan consensos con el sector,
pero no con los senadores que conformamos los diferentes grupos
políticos. A lo mejor hay desconexión; no llegan las llamadas o no somos
capaces de encontrarnos en los pasillos o en ningún otro sitio; porque
este senador no ha recibido ninguna llamada y tampoco el resto de
senadores. Esta es una constante cuando se trata de las enmiendas
presentadas por grupos políticos diferentes de aquel que apoya al
Gobierno del Estado español. Yo no sé si es que no tenemos ningún tipo de
capacidad o que los actores del ámbito agroindustrial no se expresan de
manera adecuada, o que nosotros no sabemos transmitir de ninguna manera
el fondo y la forma de estos problemas. No obstante, a mí me cuesta
recordar que el Grupo Parlamentario Popular haya aceptado alguna de las
enmiendas presentadas por los diferentes grupos políticos. Por eso,
vuelvo a la idea manifestada por el senador Cazalis; si esta es una
Cámara de segunda lectura, entre otras atribuciones que debería tener, si
no es posible incorporar ninguna de las enmiendas presentadas por los
diferentes grupos políticos, que nos esforzamos en llegar a los
diferentes actores y grupos de interés, en el buen sentido de la palabra,
que conforman en este caso el sector agroalimentario y agroindustrial,
aquí falla alguna cosa. Su función es pasar el rodillo por pasarlo, no
llegar a ningún punto de acuerdo e intentar desvalorizar la Cámara Alta,
que debería ser una Cámara de segunda lectura donde se pudieran, como
mínimo, mejorar los textos legales presentados.


Agradezco al señor presidente el tiempo que me ha concedido.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Plana.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor
Arrufat.


El señor ARRUFAT GASCÓN: Gracias, señor presidente.


Señorías, este proyecto de ley es una normativa más a aplicar,
pero no deja de suponer una lucha frontal. Recuerden ustedes que hace
pocos días aprobamos en el Senado sendas resoluciones relativas a la
despoblación rural. Pues bien, para los territorios despoblados donde se
encuentran ubicadas las industrias alimentarias de bebidas, esta norma
supone un inconveniente más; a pesar de que la Cámara aprobara por
unanimidad la discriminación legal positiva. Supone complicar las cosas y
alejarse de la realidad social y económica actual de nuestro país. Parece
que busquemos mayores dificultades para crear empleo y, en consecuencia,
una mayor inseguridad empresarial, puesto que se defienden de antemano
las normativas únicas, coordinadas por el Estado, a fin de evitar
diferentes vías de interpretación. Para la aplicación de esta ley, el
ministerio ni tiene ni tendrá inspectores, ni podrá instruir expedientes
ni podrá sancionar, sencillamente por una cuestión de competencia
autonómica.


En el trámite del proyecto de ley no se ha escuchado el dictamen
del Consejo de Estado, como han hecho referencia varios ponentes
anteriormente, y únicamente las enmiendas de mi grupo han ido encaminadas
en esa dirección. Las deficiencias de la ley tienen que ver con que no
están concretados ni el objeto ni el ámbito, originándose un problema de
seguridad jurídica, según los operadores, y con las competencias
autonómicas a las que hemos hecho referencia.


El texto que dictamina el Consejo de Estado dice que hay que dejar
un margen considerable de discrecionalidad a las comunidades autónomas
«que sirva de instrumento —permítanme leérselo— para que en
España se avance en la línea de armonizar el sistema de controles de
calidad alimentaria». El sector, que es el afectado, que es el que lidera
los puestos de trabajo, está demandando que en todo el territorio el
control sea uniforme y que favorezca, por supuesto, la actividad
profesional. El sector demanda no solo que la Administración del Estado
se coordine a sí misma, sino que cree un órgano dedicado a cuestiones de
control y seguridad alimentaria, por supuesto, contando con las
comunidades autónomas. El sector demanda, como digo, la coordinación de
las comunidades autónomas, lo que no se consigue con el presente proyecto
de ley. Esta ley, además, no deroga legislaciones autonómicas y, por
tanto, los inspectores, los instructores de expedientes y los órganos
sancionadores podrán utilizar diferentes normativas y dificultar la
resolución de expedientes y derivar posibles conflictos.


Mi grupo parlamentario apoyará no solo nuestras enmiendas sino las
de varios grupos parlamentarios.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Arrufat.


Por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado, tiene la palabra
la senadora Moya.


La señora MOYA MORENO: Gracias, señor presidente.


Señor Cazalis, soy tan defensora como usted, o más, del Senado
como Cámara de representación territorial, no puede ser de otra manera.
Pero es verdad que es una Cámara de segunda vuelta, y se supone que en
esa segunda vuelta se tienen que introducir medidas o propuestas que
mejoren las que con anterioridad hayan podido ser rechazadas o no
entendidas. (El señor Cazalis Eiguren: ¡O no!). Por tanto, cuando digo
que se presentan las mismas, estoy queriendo decir que en esta Cámara se
podrían haber presentado otras muchas provenientes de todos los
colectivos. (Rumores). He oído...


El señor PRESIDENTE: Por favor, señorías, no debatan entre
ustedes.


La señora MOYA MORENO: ... que solamente han presentado tres
enmiendas nuevas que son precisamente las que la FIAD nos ha enviado a
cada uno de nosotros. Por tanto, ni siquiera son de ningún grupo, sino de
un colectivo que hace referencia a algo muy concreto, que les he
explicado perfectamente.


Creo que se ha dado a las enmiendas una respuesta coherente y
clara. Soy amiga siempre de consensos, pero tengo que decirles que ni soy
arrogante ni soy soberbia, ni lo he sido en mi vida; y, desde luego, mi
partido tampoco. (El señor Cazalis Eiguren: ¡No lo he dicho yo!) Y, señor
Cazalis, del PNV, que es su partido, igual que el mío es el Partido
Popular, lecciones ni una; ni una, sobre todo en los dos aspectos a los
que ha hecho referencia.


Antes de entrar en el turno de portavoces, quiero decir al señor
Plana que no se ha dado cuenta de las enmiendas que han sido admitidas en
el Congreso de los Diputados. En concreto, se han aceptado las
enmiendas 33 y 39 del Grupo Parlamentario Socialista, que tenían ese
número en el Congreso; las enmiendas 79, 80, 81, 87 y 88, del Grupo
Parlamentario Popular; una enmienda transaccional, la 36, del Grupo
Parlamentario Socialista, con la 82 del PP; otra transaccional, la 37,
del Grupo Socialista, con la 64, precisamente de CiU, y la 85, del PP;
la 38 del Grupo Socialista con la 64 de CiU; la número 40 del PSOE con
la 65 de CiU; la 41 del PSOE con la 66 de CiU y 86 del PP; la 43 del PSOE
con la 83 del PP; la 44 del PSOE con la 84 del PP; y la 49 del PSOE con
la 69 de CiU.


Señor Plana, o no le han pasado los datos o no se los ha leído.
Por tanto, sí que ha sido consensuada esta ley, pero no solamente en el
Congreso de los Diputados, sino que ha sido compartida con todo el sector
agroalimentario que la viene demandando; además, se han estudiado todas
las leyes autonómicas vigentes en estos momentos; se ha consensuado con
las comunidades autónomas, y con ellas se ha llegado a acuerdos. Por
tanto, ¿de qué vamos? ¿Qué es lo que queremos venir a decir aquí? Hay que
ser serios y decir la verdad. Y la verdad es esa, no hay más. Que nos
hubiera gustado admitir todas las enmiendas; pues sí, posiblemente, casi
seguro; pero la ley está clara y cumple con las exigencias de la Unión
Europea y con los objetivos del Gobierno del Partido Popular, que hace
leyes y normativas porque antes no las han hecho otros gobiernos.
(Risas). No se ría, senadora del PSOE, es la verdad. El Gobierno anterior
del señor Zapatero, al sector agroalimentario y al sector agrario les
hizo poco caso; ni siquiera existía el Ministerio de Agricultura, no sé
si usted lo sabía o no. Por lo tanto, lo que ha hecho este Gobierno ha
sido precisamente elaborar leyes y normativa que permitan una mayor
eficacia y un mayor beneficio para todo el sector agroalimentario. Y ésta
cumple con los objetivos que demandan las propias organizaciones
agrarias, los agricultores, las empresas agroalimentarias, y con lo que
nos exige la Unión Europea.


Como he dicho al comienzo de mi intervención, con esta ley se
cubre la necesidad de disponer de una norma básica para toda España,
actualizada, eficaz, para la defensa de la calidad comercial de nuestros
alimentos; y con tres objetivos muy claros: uno, la defensa de los
intereses del consumidor y la protección de la calidad de los productos;
dos, el impulso de la competitividad del sector agroalimentario y la
presencia de los productos españoles en los mercados internacionales
—y hablo de productos españoles, de toda España, no de un sitio
concreto—; y tres, la incorporación de los principios de la Ley de
garantía de la unidad de mercado a las normas reguladoras del control de
la calidad alimentaria y su adaptación a la agroalimentación comunitaria.
Desde luego, para hacer todo esto efectivo hay que poner en marcha una
serie de mecanismos oficiales coordinados por todas las administraciones;
y es necesario no solo una regulación, sino un control que se pueda
cumplir y que sea igual para todas las comunidades autónomas con el fin
de evitar diferencias de actuaciones.


En definitiva, y termino ya señor presidente, este proyecto de ley
respeta todas las competencias de las comunidades autónomas; colabora y
cuenta con ellas a la hora de coordinar. Este proyecto de ley es
coordinado, conocido y respaldado por todo el sector alimentario, por el
mundo empresarial, sindical y cooperativo y cumple con el mandato de la
Unión Europea, en concreto, con el Reglamento al que he hecho referencia
en varias ocasiones, el 882/2004. Y les invito a que lean los
considerandos 7, 34, 48 y 55 de este Reglamento para que entiendan que
esto se hace no por capricho del Gobierno del Partido Popular, sino para
cumplir con una normativa europea que nos exige que nos adaptemos.


Y para finalizar —ahora sí, señor presidente—, diré
que esta ley pretende, única y exclusivamente, el desarrollo del sector
agroalimentario español para defender más eficazmente a los consumidores
y facilitar la garantía de la calidad comercial de nuestros productos en
el mercado exterior. Y pretende además que los operadores no tengan que
cumplir más que una regulación, y no una regulación por cada comunidad
autónoma.


El señor PRESIDENTE: Senadora Moya, ha concluido su tiempo
generosamente.


La señora MOYA MORENO: Muchísimas gracias por todas sus
aportaciones. Muchas gracias, señor presidente. Esperemos conseguir una
normativa que mejore la calidad y la competitividad de este sector.
(Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senadora Moya.


Terminado el debate de las enmiendas, procedemos a su votación por
orden de entrada en el registro del Senado.


En primer lugar, comenzamos con las enmiendas del Grupo Mixto, del
senador Iglesias.


Votamos la enmienda 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 2.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 9; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 3 y 4.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 16; abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos ahora las enmiendas del Grupo Mixto, de la senadora
Capella. En primer lugar, votamos las enmiendas 6 y 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8;






en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 9.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas del Grupo Vasco.


En primer lugar, votamos las enmiendas 10 y 11.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 13 y 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 21; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 15 y 16.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 17.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas del Grupo de la Entesa.


En primer lugar, votamos la enmienda 18.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 19 y 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 21 a 28.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 29.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 6; en contra, 16; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 30 y 31.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 32 y 33.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 34.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 35.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 36.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 37.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 21; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 38.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 39.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 40.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 41 y 42.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 16; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 43.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 44.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas del Grupo Socialista.


En primer lugar, votamos la enmienda 45.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 46.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 47.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 48 a 56.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 57 y 58.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 59 y 60.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 61.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas del Grupo Catalán en el Senado.


En primer lugar, votamos las enmiendas 62 y 63.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 21.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 64.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 65, 66, 69 y 70.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 67.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 21; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 68.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 71 a 73.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 1; en contra, 22; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 74.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 8; en contra, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Por último, votamos las enmiendas 75 y 76.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos el texto remitido por el Congreso de los Diputados.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
16; en contra, 3; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Queda definitivamente aprobado por las Cortes Generales el
Proyecto de Ley para la defensa de la calidad alimentaria.


Se levanta la sesión.


Eran las dieciocho horas y veinte minutos.