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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 248, de 11/12/2014
cve: DSCD-10-PL-248 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2014 X LEGISLATURA Núm. 248

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JESÚS POSADA MORENO

Sesión plenaria núm. 233

celebrada el jueves,

11 de diciembre de 2014



ORDEN DEL DÍA:


Enmiendas del Senado:


- Proyecto de Ley de Metrología. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 95-1, de 9 de mayo de 2014. (Número de expediente 121/000095) ... (Página7)


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales:


- Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia organizada, hecho en Madrid el 10 de junio de 2014. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 330, de 17 de
octubre de 2014. (Número de expediente 110/000137) ... (Página14)


- Convenio sobre el traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República del Senegal, hecho en Dakar el 11 de abril de 2014. 'BOCG. Cortes Generales', serie A, número 331, de 24 de octubre de 2014. (Número de expediente
110/000138) ... (Página14)


Debates de totalidad de iniciativas legislativas:


- Proyecto de Ley de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. 'BOCG. Congreso de los
Diputados', serie A, número 100-1, de 23 de junio de 2014. (Número de expediente 121/000100) ... (Página15)


- Proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil. (Número de expediente 121/000101) ... (Página27)


- Proyecto de Ley de la Jurisdicción Voluntaria. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 112-1, de 5 de septiembre de 2014. (Número de expediente 121/000112) ... (Página43)



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- Proyecto de Ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 121-1, de 31 de octubre de 2014. (Número de expediente 121/000121) ... (Página56)


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:


- Proyecto de Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, número 105-1, de 25 de julio de 2014. (Número de expediente 121/000105) ... (Página71)


Propuestas de resolución relativas a las memorias del Consejo General del Poder Judicial:


- Memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades del Consejo General del Poder Judicial y de los Juzgados y Tribunales de Justicia, así como Memoria del Tribunal Supremo, correspondientes al año 2013. (Número de expediente
245/000005) ... (Página88)


Juramento o promesa de acatamiento de la Constitución por nuevos señores diputados ... (Página97)


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación) ... (Página97)


Enmiendas del Senado. (Votación) ... (Página98)


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. (Votación) ... (Página98)


Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página98)


Avocación por el Pleno ... (Página98)


Avocación por el Pleno ... (Página99)


Avocación por el Pleno ... (Página99)


Avocación por el Pleno ... (Página100)


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página100)


Votación de conjunto ... (Página103)


Propuestas de resolución relativas a las memorias del Consejo General del Poder Judicial. (Votación) ... (Página103)


SUMARIO


Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.


La Presidencia informa de que las votaciones no se realizarán antes de las cinco de la tarde.


Enmiendas del Senado ... (Página7)


Proyecto de Ley de Metrología ... (Página7)


En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Centella Gómez, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; la señora Riera i Reñé, del Grupo Parlamentario Catalán



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(Convergència i Unió), y los señores Segura Clavell, del Grupo Parlamentario Socialista, y Mariscal Anaya, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios Internacionales ... (Página14)


Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia organizada, hecho en Madrid el 10 de junio de 2014 ... (Página14)


Convenio sobre el traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República del Senegal, hecho en Dakar el 11 de abril de 2014 ... (Página14)


La Presidencia informa de que ningún grupo parlamentario ha solicitado intervenir en estos puntos del orden del día.


Debates de totalidad de iniciativas legislativas ... (Página15)


Proyecto de Ley de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo ... href='#(Página15)'>(Página15)


El señor ministro de Justicia (Catalá Polo) presenta a la Cámara el proyecto de ley de referencia.


En defensa de la enmienda a la totalidad de devolución interviene el señor Morlán Gracia, del Grupo Parlamentario Socialista.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Cuadra Lasarte, del Grupo Parlamentario Mixto; Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Martínez Gorriarán, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia;
Coscubiela Conesa, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Matos Mascareño, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil ... (Página27)


El señor ministro de Justicia (Catalá Polo) presenta a la Cámara el proyecto de ley de referencia.


En defensa de la enmienda a la totalidad de devolución interviene el señor Bedera Bravo, del Grupo Parlamentario Socialista.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Baldoví Roda, del Grupo Parlamentario Mixto, y Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Díez González, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y
Democracia; y los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Castillo Calvín, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


Vuelve a hacer uso de la palabra el señor ministro de Justicia.



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Proyecto de Ley de la Jurisdicción Voluntaria ... (Página43)


El señor ministro de Justicia (Catalá Polo) presenta a la Cámara el proyecto de ley de referencia.


En defensa de las enmiendas a la totalidad de devolución intervienen la señora Díez González, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, así como los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La
Izquierda Plural, y Such Botella, del Grupo Parlamentario Socialista.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), así como la señora Escudero Berzal, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.


Proyecto de Ley para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial ... (Página56)


El señor ministro de Educación, Cultura y Deporte (Wert Ortega) presenta a la Cámara el proyecto de ley de referencia.


En defensa de las enmiendas a la totalidad de devolución intervienen la señora Pérez Fernández y el señor Tardà i Coma, del Grupo Parlamentario Mixto; las señoras De las Heras Ladera, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La
Izquierda Plural, y Surroca i Comas, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y el señor Meijón Couselo, del Grupo Parlamentario Socialista.


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Agirretxea Urresti, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Cantó García del Moral, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, y Ruano Gómez, del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso.


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas ... (Página71)


Proyecto de Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana ... (Página71)


En turno de fijación de posiciones y, en su caso, defender las enmiendas que se mantienen vivas intervienen la señora Barkos Berruezo, el señor Baldoví Roda, la señora Pérez Fernández y los señores Tardà i Coma y Errekondo Saltsamendi, del
Grupo Parlamentario Mixto; así como los señores Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Cantó García del Moral, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; Sixto Iglesias, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA,
CHA: La Izquierda Plural; Guillaumes i Ràfols, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Trevín Lombán, del Grupo Parlamentario Socialista, y Escobar Las Heras, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Propuestas de Resolución relativas a las Memorias del Consejo General del Poder Judicial ... (Página88)


Memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades del Consejo General del Poder Judicial y de los Juzgados y Tribunales de Justicia, así como Memoria del Tribunal Supremo, correspondientes al año 2013 ... href='#(Página88)'>(Página88)


En defensa de las propuesetas de resolución presentadas y, en su caso, de las enmiendas y para fijación de posición intervienen los señores Tardà i Coma, del Grupo Parlamentario Mixto, y



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Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Díez González, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, y
Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); la señora Aguilar Rivero, del Grupo Parlamentario Socialista, y el señor Molinero Hoyos, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Juramento o promesa de acatamiento a la Constitución por nuevos señores diputados ... (Página97)


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación) ... (Página97)


Sometida a votación la enmienda transaccional a la moción del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el balance de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores
hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, y las medidas que piensa adoptar el Gobierno para superar el fracaso de sus políticas, con las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y del Grupo Parlamentario Vasco
(EAJ-PNV), se rechaza por 139 votos a favor y 180 en contra.


Enmiendas del Senado. (Votación) ... (Página98)


Sometidas a votación las enmiendas del Senado al proyecto de ley de metrología, son aprobadas todas.


Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios Internacionales. (Votación) ... (Página98)


Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia organizada, hecho en Madrid el 10 de junio de 2014 ... (Página98)


Convenio sobre el traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República del Senegal, hecho en Dakar el 11 de abril de 2014 ... (Página98)


Sometidos a votación conjunta los convenios de referencia, son aprobados por asentimiento.


Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página98)


Sometida a votación la enmienda a la totalidad de devolución al proyecto de ley de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, se rechaza por 115 votos a favor más 2 votos telemáticos, 117; 194 en contra más 1 voto telemático, 195, y 10 abstenciones.



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Avocación por el Pleno ... (Página98)


Sometida a votación la solicitud de avocación por el Pleno del proyecto de ley de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, se rechaza por 141 votos a favor más 1 voto telemático, 142; 177 en contra, más 2 votos telemáticos, 179, y 1 abstención.


Sometida a votación la enmienda a la totalidad de devolución al proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, se
rechaza por 121 votos a favor más 2 votos telemáticos, 123; 181 en contra más 1 voto telemático, 182, y 17 abstenciones.


Avocación por el Pleno ... (Página99)


Sometida a votación la solicitud de avocación por el Pleno del proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, se rechaza por 138 votos a favor más 1 voto telemático,
139; 178 en contra más 2 votos telemáticos, 180, y 1 abstención.


Sometidas a votación las enmiendas a la totalidad de devolución al proyecto de ley de la jurisdicción voluntaria, se rechazan por 120 votos a favor más 2 votos telemáticos, 122; 192 en contra más 1 voto telemático, 193, y 6 abstenciones.


Avocación por el Pleno ... (Página99)


Sometida a votación la solicitud de avocación por el Pleno del proyecto de ley de la jurisdicción voluntaria, se rechaza por 141 votos a favor más 1 voto telemático, 142, y 177 en contra más 2 votos telemáticos, 179.


Sometidas a votación las enmiendas a la totalidad de devolución al proyecto de ley para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, se rechazan por 135 votos a favor más 2 votos telemáticos, 137, y 184 en contra más 1 voto
telemático, 185.


Avocación por el Pleno ... (Página100)


Sometida a votación la solicitud de avocación por el Pleno del proyecto de ley para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, se rechaza por 140 votos a favor, 176 en contra y 2 abstenciones.


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas. (Votación) ... (Página100)


Sometidas a votación las enmiendas presentadas al proyecto de ley orgánica de protección de la seguridad ciudadana, son rechazadas todas.


Sometido a votación el dictamen de la Comisión, se aprueba por 179 votos a favor y 140 en contra.


Votación de conjunto ... (Página103)


Sometida a votación de conjunto, por tener la iniciativa carácter de ley orgánica, se aprueba por 179 votos a favor más 2 votos telemáticos, 181, y 140 en contra más 1 voto telemático, 141.



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Propuestas de Resolución relativas a las Memorias del Consejo General del Poder Judicial. (Votación) ... (Página103)


Se someten a votación las propuestas de resolución presentadas con motivo del debate de la Memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades del Consejo General del Poder Judicial y de los Juzgados y Tribunales de Justicia, así como
Memoria del Tribunal Supremo, correspondientes al año 2013.


Se levanta la sesión a las seis cincuenta y cinco minutos de la tarde.


Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.


El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.


En el transcurso de la sesión debatiremos el proyecto de ley orgánica de protección a la seguridad ciudadana. Al tener carácter de ley orgánica habría que dar una hora no antes de la cual se procederá a votar. La hora que voy a dar son las
cinco de la tarde. Antes de las cinco de la tarde no tendremos votaciones, pero es posible que sea bastante después.


Para facilitar -y me dirijo a los portavoces-, para procurar un desarrollo ágil del debate y de las votaciones correspondientes a la Memoria del Consejo General del Poder Judicial estaría bien que los grupos parlamentarios comuniquen no más
tarde de las diez horas las solicitudes de votación separada y las enmiendas que afectan a sus propuestas.


ENMIENDAS DEL SENADO:


- PROYECTO DE LEY DE METROLOGÍA. (Número de expediente 121/000095).


El señor PRESIDENTE: Comenzamos con las enmiendas aprobadas por el Senado al proyecto de ley de metrología.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Centella.


El señor CENTELLA GÓMEZ: Señor presidente, señorías, ya dijimos en otro momento de la tramitación de esta ley que este era un tema importante, que lamentábamos que el Gobierno y el partido que lo apoya no lo hubieran entendido de esa manera
y que mostrábamos nuestro total desacuerdo con la forma en la que se había desarrollado la tramitación de esta ley. Por eso, nuestro grupo no va a votar favorablemente las enmiendas del Senado; al contrario, en su día presentamos una enmienda de
totalidad y defendimos nuestras enmiendas en Comisión. Hoy concluye esta tramitación y lamentamos que sea de esta manera porque, por una parte, el Gobierno ha aprovechado este proyecto de ley que remite a la metrología científica y al control
metrológico del Estado para modificar la Ley de Industria, una ley que, entendíamos, necesita un tratamiento específico, un tratamiento mucho más profundo. Por otro lado -y esto ya es para nota-, el Grupo Popular ha aprovechado el trámite de
enmiendas parciales en el Senado para modificar la Ley del Sector Eléctrico. Nosotros aprovechamos cualquier debate para hablar del sector eléctrico, pero desde luego no de esta manera; nos parece una forma un tanto torticera de afrontar una ley
fundamental. Esta no es manera de legislar, esto no es tomarse en serio el Parlamento. Queda claro que hoy van a aprobar ustedes la modificación de tres leyes: el proyecto de ley de metrología -que debería protagonizar este debate-, pero también
la Ley de Industria y la Ley del Sector Eléctrico, que son leyes importantes que afectan directamente a la vida de la gente y ustedes han entendido que había que modificarlas por la puerta falsa.


Pero tampoco el fondo de este proyecto de ley nos parece correcto; es decir, no estamos de acuerdo en la forma pero tampoco en el fondo, porque ustedes, en coherencia con otras actuaciones en su actividad legislativa, apuestan por
desregular, lo que supone más inseguridad. Porque la ley de la metrología debería venir fundamentalmente a aportar seguridad, pero cuando se desregula viene simplemente a llenar de inseguridad a la ciudadanía, que no se verá respaldada por esta
ley. Nuestro grupo ha propuesto que se suprima todo lo que signifique modificación de la Ley de Industria y en cualquier caso que se evite cualquier posibilidad de desregular y de perder garantías, tanto para los responsables por delegación de la
Administración pública que desarrollen funciones de control como y fundamentalmente para las



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ciudadanas y ciudadanos. En definitiva, propusimos que esa función vital para la seguridad industrial se realizase con plenas garantías. Lo pedían los consumidores y también las organizaciones empresariales que desarrollan la competencia
de control delegada de la Administración. Sin embargo, ustedes no se ponen del lado de la gente ni de los especialistas, ustedes se ponen del lado de los intereses que defienden en la industria y en la electricidad.


La aplicación de la Directiva de Servicios está generando mucha inseguridad, está generando una situación que cuando menos es confusa y difusa, y que está teniendo como resultado judicial diversas sentencias que ilustran las consecuencias de
una muy mal entendida forma de liberalizar los mercados: como una rebaja de los requisitos para la actividad empresarial. Es decir, ustedes quieren la actividad empresarial para beneficio de los más poderosos. Lo peor es que esta ley sigue
avanzando en ese camino, que ustedes extienden prácticamente a todos los sectores de la vida. Para nuestro grupo es preciso establecer un régimen que autorice de una forma seria el desarrollo de las funciones de control; concurren claras razones
de interés general para que se mantenga la necesidad de la autorización previa y en este proyecto de ley se propone sustituir esa autorización por una delegación responsable, con todas las comillas la palabra responsable. Hay muchos países de la
Unión Europea, en los que ustedes se miran para otras cosas, cuya legislación recoge lo que nuestro grupo está proponiendo. Para nosotros la autorización previa a los organismos de control viene impuesta por que el servicio desempeñado no es una
actividad privada, sino una función pública; es una función delegada pero no privada. Esto lo dice el artículo 14.1 de la Ley de Industria, que señala claramente que las administraciones públicas competentes podrán comprobar en cualquier momento
por sí mismas, contando con los medios y requisitos reglamentarios o a través de los organismos de control, el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de seguridad. Es decir, es una competencia delegada; es una competencia propia del
Gobierno, que se puede ejercer por delegación, pero que nunca se puede privatizar de la manera que ustedes plantean. Por tanto, la comprobación de los requisitos de seguridad no corresponde más que a los organismos de control, corresponde
fundamentalmente a la Administración pública. Estamos hablando de algo fundamental, que es la seguridad de la gente, de la gente que se sube en un ascensor o que utiliza otros mecanismos para la vida diaria, y ustedes bajan los controles. Cuando
haya un gran problema, un gran escándalo, ustedes mirarán hacia otro lado y dirán que no es su responsabilidad. Los ciudadanos tienen que conocer que con esta ley están más inseguros en su vida diaria. Si la seguridad industrial es una función
pública, la Administración está obligada a garantizar que aquellos privados que la ejercen en su nombre posean todos los requisitos de solvencia técnica, económica y de imparcialidad necesarios. Solo una autorización en condiciones garantiza este
cumplimiento. Por tanto, si no hay esa autorización previa, no hay garantías.


En su momento nuestro grupo intentó aclarar la actuación de los organismos de control formalizando el ejercicio de las funciones públicas de seguridad industrial que de hecho ya se venían desarrollando. Es evidente que un sistema de
seguridad industrial exige un control previo estricto, exquisito de las personas y de las entidades que deben ejercerlo por delegación -lo repito una vez más- de las administraciones públicas, porque es responsabilidad de las administraciones velar
por la seguridad de la ciudadanía. Además, en nuestro mundo, en nuestra sociedad, los riesgos creados por la gran complejidad de los productos y de las actividades industriales son de una extraordinaria intensidad y es imperativo que los poderes
públicos aseguren que las prescripciones de los reglamentos de seguridad sean puntualmente cumplidas, porque luego pasa lo que pasa. Luego, cuando hay un problema, cuando hay un accidente, cuando nos encontramos con personas que sufren la
inseguridad todo el mundo se lleva las manos a la cabeza y nadie asume la responsabilidad. El Gobierno confía en el buen hacer, pero el buen hacer siempre hay que controlarlo, que asegurarlo porque si no finalmente se somete a otro tipo de
intereses. Nosotros queremos que se regule, queremos que se asegure, que se legisle, que se garantice que se hace bien ese control. Esa es la diferencia entre la postura que ustedes han mantenido en esta ley y la que ha mantenido nuestro grupo.
Espero no tener que recordárselo dentro de un tiempo, cuando, repito, ocurra alguna desgracia. Por eso exigimos seguridad para los consumidores, pero también para los operadores y fundamentalmente para el Estado. Exigimos que se superen las
inseguridades jurídicas que contiene este texto y que afectan también al ámbito competencial, porque también es un texto que refleja su visión del Estado, una visión cada vez más centralizadora del Estado -luego no se quejen de que ocurren problemas
colaterales-, sin control, desmedidamente. Además centralizan en un sector que viene desarrollándose bien en el ámbito competencial de las comunidades autónomas. Ustedes intentan crear problemas donde no los hay y luego, repito, los problemas les
salen por todos lados.



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El trámite del Senado no ha servido para mejorar este texto; tampoco nos sorprende. Normalmente ustedes suelen utilizar el trámite del Senado para empeorar las leyes; utilizan el trámite del Senado para colar enmiendas por la puerta de
atrás, enmiendas que no debaten en el Congreso. Si bien es cierto que la mayor parte de las enmiendas que vienen del Senado son de carácter gramatical o mejoras técnicas, algunas de ellas todavía vienen a arrojar más dudas sobre esa responsabilidad
del Estado y sobre la tipificación y determinación de las sanciones. En suma, mi grupo, que ya se ha opuesto, va a votar en contra de todas las enmiendas, primero, por coherencia, porque no estamos de acuerdo con la tramitación y, segundo, porque
no vienen a aportar nada nuevo. En definitiva, señorías, estamos ante una ocasión perdida, ante una ocasión que tenía que haber llevado a la ciudadanía más seguridad y nos encontramos con todo lo contrario, con más inseguridad y más problemas.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Centella.


Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió, tiene la palabra la señora Riera.


La señora RIERA I REÑÉ: Gracias, señor presidente.


Señorías, abrimos nuevamente este debate sobre la ley de metrología con las enmiendas que nos llegan del Senado. Por parte de mi grupo parlamentario hemos de señalar que nada ha cambiado respecto a la tramitación de la ley en el Congreso.
No han sido aceptadas las enmiendas de nuestro grupo y la ley, con los cambios que ha incorporado en la tramitación en el Senado, no aporta nada sustancial que nos haga cambiar de opinión. Habiendo podido ser una ley de consenso, lamentamos
profundamente que tampoco en este caso el Grupo Parlamentario Popular haya buscado este consenso. Por ello mi grupo parlamentario mantendrá el voto negativo a este proyecto de ley y las consideraciones que ya hicimos en el debate en la Comisión de
Industria. La primera consideración que avala nuestra posición contraria a este proyecto de ley y sobre la que no ha habido oportunidad de cambio por parte del Grupo Parlamentario Popular es de orden competencial. El eje argumental más importante
sobre el que mi grupo parlamentario incidió en su momento en el debate de totalidad, en la Comisión e incide ahora en el Pleno fue y es la falta de respeto al reparto competencial existente entre el Estado y las comunidades autónomas. Este fue y
sigue siendo el pilar más importante para Convergència i Unió, porque es una cuestión de respeto y también de modelo. Entendemos que de no llevarse a cabo este respeto competencial se vacía también de contenido a una Administración autonómica, lo
que implica que no tiene poder de decisión sobre los demás aspectos contenidos en esta ley, es decir, sobre la parte técnica, la industrial o la del consumidor, que corresponden también a las comunidades autónomas. Y, señorías, si no se respetan
las competencias autonómicas no se respetan las normas de juego y la actuación de las administraciones autonómicas tiene una incidencia muy limitada, prácticamente nula, en el ámbito de la metrología y la seguridad industrial, cuando su papel, el
papel de las comunidades autónomas en estos aspectos, no es nulo sino todo lo contrario. Y ello también rompe con lo establecido en la propia Constitución española y supone, a nuestro entender, una marginación injustificada hacia las
administraciones territoriales. Este era y es un aspecto irrenunciable para nosotros, ver en esta ley modificaciones sustanciales que respondiesen a este respeto competencial, que evidenciasen una voluntad de integrar las distintas realidades de
las administraciones autonómicas, de establecer mecanismos de cooperación y de crear normas que respondiesen a los intereses de todas las partes y no solo a los de una de ellas. En este marco lamentamos que tanto en el Congreso como en la
tramitación en el Senado todas las enmiendas que mi grupo presentó con el fin último de defender las competencias de las comunidades autónomas, de poner en valor el rol de las administraciones autonómicas y el respeto a las mismas hayan sido
rechazadas, lo que ha evidenciado una vez más el modelo tan distinto que defendemos unos y otros. En este sentido quiero añadir también que, a nuestro entender, la sustracción de competencias como tal en esta ley no se limita a una serie de
artículos de carácter más técnico y operativo, sino que va más allá con la extensión del modelo de unidad de mercado sobre el ejercicio de las funciones de los organismos de control en el ámbito de la seguridad industrial, algo que merece nuestro
más absoluto rechazo por tratarse de un modelo que condiciona el ejercicio efectivo de las competencias autonómicas a una competición entre ellas para ver cuál desregulariza más y capta con ello a más operadores, todo ello, obviamente, perjudicando
gravemente al consumidor. Nuestras enmiendas orientadas a corregir estas cuestiones y a mantener el control de la seguridad industrial al margen de la unidad de mercado también han sido rechazadas.


La segunda consideración que quiero hacer está relacionada con los aspectos más industriales, con el impacto transversal de esta ley sobre múltiples sectores y con el impacto que tiene en los consumidores



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y usuarios. Y tal como manifestamos tanto en el debate en Pleno como en el debate en Comisión, aun considerando la ley muy técnica no por ello es menos trascendente en el plano cotidiano. Digo esto porque esta ley es también una ley con un
alto componente industrial, de mercado o empresarial y con una gran incidencia sobre los consumidores y sobre los usuarios. Y pensando en estos últimos también presentamos desde mi grupo parlamentario una serie de enmiendas orientadas a evitar una
merma de derechos hacia los consumidores, a evitar dudas e inseguridades y a evitar unos costes adicionales que podían derivarse, a nuestro entender, de la utilización del llamado instrumento testigo. Tampoco en este caso las enmiendas han sido
consideradas; no han sido aceptadas por el Grupo Popular y, por tanto, tampoco han quedado incorporadas en el texto final. Como no han sido aceptadas las enmiendas dirigidas al sector industrial de los fabricantes de pesaje y creemos que esta ley
deja al margen del sistema metrológico a todas las empresas, tanto las reparadoras de instrumentos sujetos a control metrológico como a los fabricantes de instrumentos de medida; a nuestro entender las deja en una situación muy crítica y sin
alternativa de mercado, lo que es contrario a la idea que defiende mi grupo parlamentario de dar fuerza al tejido productivo industrial e incrementar su peso en términos de PIB. También aquí creemos que perdemos una oportunidad pese a los esfuerzos
que hemos hecho en el Senado para que se aceptase nuestra enmienda u otra similar que permitiese reconocer el papel de estas empresas, de esta parte del tejido productivo, en línea con lo que la mayoría de países europeos está haciendo.


Por último, y al margen de las enmiendas de orden más competencial y de aquellas orientadas a la necesidad de poner en valor tanto la función industrial de la ley como el rol de los consumidores, también presentamos otro grupo de enmiendas
de orden más estrictamente técnico, a fin de dotar a la ley de mayor seguridad jurídica, de mayor rigor y evitar la aplicación de medidas desproporcionadas y no acordes al fin perseguido y al interés público perseguido.


Presidente, señorías, con estas consideraciones, que no varían sustancialmente respecto a la posición que defendimos en Comisión en la tramitación de la ley, lamentamos no solo la falta de colaboración y de cooperación con las comunidades
autónomas sino también la falta de reconocimiento de modelos que funcionan, modelos orientados a la eficiencia y a la estabilidad y que contribuyen al crecimiento del sector. Creo sinceramente que perdemos una oportunidad tanto desde el punto de
vista técnico y sectorial como desde el punto de vista político. Esta ley, siendo una ley aparentemente técnica, es una ley que va mucho más allá por su transversalidad e impacto en otros sectores, por su connotación industrial y también por el
impacto en los consumidores y en los usuarios. Es una ley que a nuestro entender tiene aspectos fundamentales que la hacían merecedora de un consenso, lo que hubiese permitido dar más estabilidad y seguridad jurídica al sector, a la industria, a
los consumidores y a los usuarios, y contar también con una mayor implicación y reconocimiento no solo de las competencias y de la función de las comunidades autónomas, sino con la referencia de un modelo riguroso y eficiente que algunas comunidades
autónomas, como Cataluña, han aplicado con éxito.


Además quiero decir que esta ley la estamos tramitando -como decía- en un momento de clara apuesta por la industria, por su recuperación en términos de PIB y por la competitividad industrial. Esta ley era una oportunidad de mejorar un
instrumento al servicio del tejido industrial al tiempo que es un instrumento al servicio de los consumidores y usuarios; un instrumento en cuyo funcionamiento, repito, las comunidades autónomas tienen mucho que decir. Por ello, entendemos que es
una ley que merecía buscar, o al menos intentar, un consenso y una estabilidad a largo plazo, lo que implicaba contar con el conjunto de actores y agentes del sistema, públicos y privados, y sobre todo no romper un esquema de respeto competencial
que a nuestro entender ha dado -y da- estabilidad al sistema. Y no ha sido así.


Termino, señor presidente. Insistimos en que perdemos una oportunidad de elaborar una ley mejor, más efectiva, más plural, más respetuosa, más estable, más segura y más industrial. Por último, lamentamos también, señorías, que el Gobierno
utilice esta ley para introducir cambios en otros ámbitos industriales, práctica que no nos parece la forma correcta de legislar. Cualquier debate de cambio en la Ley de Industria debe tener un debate propio y, sobre todo, contar con la implicación
de las comunidades autónomas, que tienen competencias y responsabilidades muy importantes en este ámbito. Por todo ello, y hechas estas consideraciones, nuestro grupo no votará a favor de la ley. Lamentamos, una vez más, que no se haya buscado el
consenso que entendíamos era necesario; perdemos una gran oportunidad


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Riera.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Segura.



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El señor SEGURA CLAVELL: Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, ¡qué gran oportunidad hemos perdido! Ley de metrología, ese es el título. Repito, ley de metrología, ley que pretende consolidar y afianzar en España el sistema internacional de unidades, un sistema de medición con el que estamos
vinculados a diario en cualquiera de las actividades, económicas, comerciales, industriales, sociales, con las que nos tenemos que desenvolver en el día a día; ley que afecta al comercio exterior, a la venta y a la compra de productos; ley que
afecta al desarrollo industrial de nuestro país. Repito, título: ley de metrología. Pues el Gobierno la ha convertido en lo que se llamaba años atrás una ley de acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado, que era una ley en la que
cabía todo, todo lo que sobraba en los distintos ministerios. A esta ley de metrología -lo digo por enésima ocasión- se le añaden modificaciones de la Ley de Industria, de la Ley del Sector Eléctrico y otras normas de distinto nivel. Pero, repito,
ley de metrología.


El capítulo I de la ley, con un solo punto, dice: Objeto. Constituye el objeto de la presente ley el establecimiento y la aplicación del Sistema legal de unidades de medida, así como la fijación de los principios y de las normas generales
a las que debe ajustarse la organización y el régimen jurídico de la actividad metrológica en España. Ya en el capítulo I dice que el objeto único es precisamente sistematizar en España, modernizar en España, los sistemas de medición. Es más, el
capítulo II en su artículo 2, Sistemas y unidades legales de medida, habla de que el Sistema legal de unidades de medida en España es -debe ser y lo es desde hace años- el Sistema internacional de unidades; el Sistema internacional de unidades que
todos sabemos que en nuestra vida ordinaria se viene reflejando en todo tipo de actividad comercial. Cuando vamos a medir la presión del aire en las gomas de las ruedas de nuestro coche, el manómetro en la estación de servicio ya no viene medido en
kilos por centímetro cuadrado, en la unidad de presión del sistema inglés, en el pound per square inch, en el PSI, se mide en kilopascales o kilonewtons por metro cuadrado. Y no hay que tomárselo a broma, es un paso de gigante lo que este proyecto
de ley pretende: modernizar nuestro sistema de unidades. En este artículo 2, señorías, y es bueno que quede claro, se dice que las unidades legales de medida son: de longitud, el metro; de masa, el kilogramo; de tiempo, el segundo; de
intensidad de corriente eléctrica, el amperio; de temperatura termodinámica, el kelvin; de cantidad de sustancia, el mol; y de intensidad luminosa, la candela. Este es el tema clave de este proyecto de ley, y todo lo que se deriva de este
artículo al que acabo de hacer referencia.


Sirva, señorías, también un poco para relajarnos y para que quede constancia en el 'Diario de Sesiones' -repito, que quede en el 'Diario de Sesiones'-: las unidades con las que medimos las magnitudes fundamentales con las que se construye
la metrología científica y con las que se construye la metrología legal son las que acabo de hacer referencia. Las demás son unidades derivadas, y a todas ellas tienen que adaptarse los sistemas de producción de las industrias y del comercio
español. Señorías, los que somos maduritos recordaremos las distintas definiciones de las que a lo largo de nuestra vida ha sido objeto, por ejemplo, la unidad de medida de la distancia, el metro-patrón. Recordarán todos lo que nos decían cuando
éramos pequeñitos, empezábamos el bachillerato y nos contaban que el metro-patrón era la distancia que existía entre dos trazos en un grabado en una barra de platino e iridio que se conservaba en el Museo de unidades de medida en París. Y esto
tiene su origen en el año 1791, cuando la Academia de Ciencias de Francia definió el metro-patrón en principio como la diezmillonésima parte de la distancia que separa el polo de la línea del ecuador terrestre. Si este valor se expresara de manera
análoga a como se empezó a definir la milla náutica, se correspondería con la longitud del meridiano terrestre que forma un arco de la décima parte del segundo de grado centesimal.


Respecto del metro-patrón, en el año 1889 -tengo mucho interés en que quede recogido en el 'Diario de Sesiones' para que aquellos que lo lean, al menos, adquieran un pequeño barniz de la colosal importancia de este proyecto de ley, que era
Ley de Metrología y que lo han convertido en otra cosa, como han dicho acertadamente los portavoces de CiU y de La Izquierda Plural que han intervenido con anterioridad a quien les habla en estos momentos, desde luego, ha desaparecido, ya no es Ley
de Metrología- la Comisión internacional de pesas y medidas adoptó nuevos prototipos para el metro, para el kilogramo, etcétera, y nuevas definiciones. Señorías, aquella definición nos la dieron cuando éramos niños a los que hoy somos maduritos, y
hoy no viene mal que nos suene cómo se define hoy el metro-patrón en nuestros centros docentes para los niños y a las niñas de doce, catorce o quince años. Esto nos debe llevar a pensar que hay una evolución en el Sistema internacional de unidades
de importancia excepcional que afecta, como he dicho, a todos los sectores productivos. En el año 1960 -ya nos estamos acercando a la fecha actual- se definió el metro-patrón como 1.650.763,73 veces la longitud de onda en el vacío de la radiación
naranja del átomo de kriptón 86; y lo voy a dejar así.



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Señorías, lo que justifica la modernización de la Ley de Metrología es que es una ley del año 1985, y desde ese año hasta ahora se han producido unas transformaciones estructurales en la definición que afectan a todos los sistemas de medida.
Nos dice que hoy el metro es una unidad principal y es la distancia que recorre la luz en el vacío durante un intervalo de 1/299.792.458 segundos. Agradezco que no se lo hayan tomado a broma, señorías, pero insisto en que las sucesivas definiciones
del metro-patrón constituyen auténticos símbolos de lo que ha ocurrido en el mundo científico, que tiene que tener reflejo en el mundo legal. Este reflejo en el mundo legal no lo vemos en este proyecto de ley. Ha dejado de ser proyecto de Ley de
Metrología, que seguramente hubiese sido objeto de aprobación casi unánime por la Cámara, porque ha sido intoxicado, mistificado, deformado, devaluado, deteriorado y convertido en otra cosa. ¿Por qué? Porque con la disposición final tercera
transforma estructuralmente la Ley de Industria y con la disposición final cuarta una ley del Gobierno actual, aprobada en diciembre de 2013, que es la Ley del Sector Eléctrico. Con la disposición final tercera se introduce un cambio legislativo
que, desgraciadamente, afecta a todos los ámbitos de la seguridad industrial, es decir, afecta a aquellas empresas que tienen la obligación del cuidado, mantenimiento y certificación de que los ascensores de este edificio funcionan y son seguros, y
a todo tipo de actividad industrial que afecta a nuestra vida diaria. Esto ya no es un tema de una determinada industria que fabrica un determinado producto.


Los que hemos tenido interés en leernos el contenido de la disposición final tercera podríamos decirlo con la mayor extensión posible -naturalmente, en una intervención de estas características no lo es-, pero simplemente quiero poner de
manifiesto y hacer una denuncia pública de que con el contenido de la disposición final tercera se transforma una ley del año 1992, la Ley 21/1992 de Industria. Si se quiere transformarla, el ministerio tiene expertos para elaborar una nueva Ley de
Industria que introduzca las modificaciones que estime oportunas pero, como ha dicho la señora Riera, hay una afección rotunda a los ámbitos competenciales y afecta a todos y cada uno de los decretos por los que se regula la seguridad industrial en
todas las comunidades autónomas españolas. Curiosamente no produce una unificación, una uniformización, una homogeneización de la norma, sino todo lo contrario. Se produce una liberalización absoluta que va a traer consigo un debilitamiento de la
seguridad. Esas transformaciones a las que estoy haciendo referencia han huido de la exigencia de la autorización administrativa previa, de los controles rigurosos por parte de la Administración de aquellas empresas privadas que tienen la
responsabilidad de hacer un seguimiento de los aspectos vinculados a la seguridad industrial.


Por último, y para que quede lo más claro posible, aludiré a la disposición final cuarta, de la que mucho podríamos hablar. La Ley 54/1997, del Sector Energético, ha sido modificada a finales del año pasado. Es una ley con más de
doscientos artículos y con disposiciones finales de muy diferente índole, que fue aprobada por la mayoría con solo el apoyo del Partido Nacionalista Vasco, y que se ha visto transformada notablemente en el sistema de asignación de tarifas a los
peajes solo para favorecer a determinadas y puntuales industrias de una determinada y puntual comunidad autónoma; y las demás, Galicia, Cataluña, Canarias, Baleares, Navarra..., las restantes, se ven debilitadas. Curiosamente un grupo
parlamentario como el Grupo Parlamentario Popular, que pretende representar a un Gobierno que pretende vertebrar a un Estado, consigue introducirlo, con una de las dos enmiendas que recibe dócilmente del ministerio, con la enmienda número 58 -en la
fase de tramitación con competencia legislativa de este proyecto de ley en la Comisión de Industria-, enmiendas que presenta y defiende sin pasión. Con esas enmiendas produce una transformación rotunda del sistema homogeneizador en la aplicación de
tarifa a los peajes eléctricos, que tendría que ser uniforme en el Estado español, lo transforma, le quita ámbito competencial a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia y lo sitúa en una actitud totalitaria, dándole una gran capacidad
para la asignación de precios al Ministerio de Industria, y nos deja estupefactos. Cómo es posible que seis meses después de la aprobación de esa gran ley, el ministerio la transforme en la línea que acabo de mencionarles, modificando no solamente
la ley, sino violentando contenidos de la Directiva 2009/72, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que establece que las autoridades reguladoras nacionales
deben fijar o aprobar las tarifas o las metodologías de cálculo de las mismas en función de una propuesta del gestor o gestores de la Red de transporte o distribución, o en función de una propuesta acordada entre estos últimos y los usuarios de la
red. Señorías, se inventa un nuevo intervalo de asignación de precios en los peajes, en el transporte de la energía a través del cable para favorecer a determinadas y singulares industrias. No tengan la más mínima duda de que esto en su momento
los tribunales lo eliminarán. Sorprendentemente, no solo de manera arbitraria presentan esa enmienda y modifican una ley potente, sino que además a un órgano nuevo, cuya existencia es imputable exclusivamente al grupo mayoritario



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de la Cámara -la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia, a la que se atribuyó, por una ley de esta mayoría que nos gobierna, competencias de la antigua Comisión Nacional de la Energía, de la Comisión de Telecomunicaciones, es decir,
de los diferentes organismos reguladores- ...


El señor PRESIDENTE: Señor Segura, tiene usted que terminar inevitablemente.


El señor SEGURA CLAVELL: Sí, señor presidente, termino.


... lo debilitan, se debilita con esta norma al Mercado Nacional de la Competencia, y consiguientemente origina una arbitrariedad absolutamente irracional. Con todo este razonamiento -termino, señor presidente- queremos dejar claro, desde
el Grupo Parlamentario Socialista, que si hubiese sido una Ley de Metrología tal como dice el título y tal como dice el capítulo I, donde marca los objetivos de la misma; si no se hubiese convertido esta ley en una ley de acompañamiento al tocar
otras muchas materias que no tienen nada que ver con la metrología científica ni con el ordenamiento legal metrológico, el Grupo Parlamentario Socialista casi con toda probabilidad hubiese votado a favor de este proyecto de ley. Ahora no podemos
hacerlo. Lo que nos remite el Senado son palabritas, desde luego, irrelevantes, que introducen en la exposición de motivos y en cada uno de los artículos. Por ello nuestro voto será negativo para todas las enmiendas que ha introducido el Senado.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Segura.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Mariscal.


El señor MARISCAL ANAYA: Gracias, señor presidente.


En primer lugar, quiero agradecer las intervenciones de mis compañeros de la Comisión en este Pleno y, especialmente, la de aquellos miembros de la ponencia, tanto de Convergència i Unió como del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) o del
Grupo Parlamentario Socialista, que han colaborado al introducir enmiendas en la mejora del texto que fue remitido a las Cortes por el Gobierno hace unos meses. Este texto actualiza y mejora una ley de 1985 que estudia, como bien decía
anteriormente el señor Segura, las mediciones de las magnitudes tanto en el ámbito científico como industrial. Esta ley le da el control metrológico al Estado al asegurar la certeza y la corrección de las mediciones, tanto en el mantenimiento como
en la evaluación como en la verificación, del procedimiento para la utilización de los instrumentos, los programas informáticos o los medios materiales de referencia. Es importante que se sepa y se conozca que se mejora la comprensión de la
metrología, la comprensión del texto generando la obligatoriedad en la aplicación del Sistema internacional de unidades. Es importante conocer que el Sistema internacional de unidades varía, cambia y evoluciona con el tiempo. Recientemente hemos
conocido que durante el mes de noviembre la Conferencia general de pesajes y medidas ha planteado una reforma del mismo, por lo tanto, esto nos homologa aparte de adaptarnos claramente a ese nuevo enfoque europeo.


Voy a exponer un pequeño ejemplo para que sepamos de qué estamos hablando cuando hablamos de esa obligatoriedad del Sistema internacional de unidades. Cuando nos dirigimos a un comercio a comprar, por ejemplo, un televisor, su diámetro se
mide en pulgadas, y con la aplicación de esta norma tendrá que estar en centímetros y, por tanto, la claridad del comprador hacia ese comercio será mucho mayor. También se dan más garantías. Por una parte se crean, como dijo anteriormente la
colega de Convergència i Unió, los instrumentos testigo. Esto significa que cualquier comprador, cualquier cliente conocerá en tiempo real en el mismo comercio, en el centro comercial o en el mercado, en un instrumento de pesaje imparcial, si el
peso y la cantidad que se nos ha vendido es por la que hemos pagado. Asimismo habrá un control y revisión totalmente independiente de los instrumentos, independiente de aquellos que se benefician de su uso. Generamos además certidumbre. Ese
control metrológico del Estado garantiza que los litros de gasolina de la que nos abastecemos en las gasolineras sea la que es, que los productos preenvasados tengan la cantidad adecuada (que cuando adquirimos un brick sea un litro), que los
controles de velocidad sean ciertos y marquen la velocidad que en ese momento llevamos, que cuando compramos o adquirimos cien gramos de pollo sean cien gramos y no sea menos. Esto es lo que se consigue con esta ley, por tanto, garantías,
certidumbre y una mejor comprensión.


Se ha hecho referencia, por la representante de Convergència i Unió, a las competencias. La ejecución del control metrológico del Estado está, como todos ustedes saben, en manos de las comunidades autónomas, por lo tanto, no hay en ningún
caso invasión de competencias. Lo que sí se hace es reforzar el principio de unidad de mercado, que es un principio fundamental para nuestra formación política, porque



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consideramos que es vital para generar crecimiento económico, para la creación de empleo, para reducir las trabas burocráticas y las trabas administrativas que ralentizan la actividad económica claramente en nuestro país. Esa unidad de
mercado permitirá que una única licencia habilite para trabajar en todo el territorio nacional sin necesidad de estar continuamente variando de Administración, continuamente masacrando con burocracia, papeles, etcétera, la actividad económica de los
agentes de la actividad económica.


El representante del Grupo Socialista, al que le agradezco -insisto- su colaboración en el trámite de ponencia, así como las definiciones tan amplias que ha dado acerca de la ley -lo que me permite no tener que profundizar en la misma-, ha
empleado términos que deberíamos empezar -ya lo dije en la Comisión- a abandonar en nuestro discurso político. Ocurrió ayer en la sesión de control, en la primera pregunta que se le hizo al recientemente nombrado ministro de Políticas Sociales.
Sería conveniente no emplear argumentos como actitud totalitaria o hablar del grupo que actúa dócilmente. No quiero insistir. Entiendo las circunstancias que envuelven la situación política que vivimos actualmente en España; puedo comprender la
necesidad que tenemos de intentar marcar distancias con un Gobierno que desde nuestro punto de vista está mejorando la calidad de vida de los ciudadanos, pero este tipo de vocabulario deberíamos empezar a despejarlo en el debate parlamentario,
porque de lo contrario esa falta de credibilidad y ese alejamiento de la sociedad crecería mucho más. (Aplausos).


En cuanto a la modificación de la Ley de Industria, de la que ha hablado en su intervención el señor Centella, contra la que se opone clara, legítima y fuertemente además, le rogaría que tuviera una conversación serena, tranquila y sosegada
con sus representantes en el Gobierno de la Comunidad andaluza, donde ellos gobiernan. Probablemente, descubriría -no sin asombro, después de haberle escuchado- el interés tan importante que tenían los miembros del Gobierno andaluz, entre los que
se encuentran sus compañeros de Izquierda Unida, donde usted juega un papel relevante en la política andaluza, sin duda alguna. Si usted mantiene un contacto directo y fluido con la Consejería de Industria del Gobierno andaluz, sabrá que también
existía esa necesidad que aquí se plasma de mejorar esa ley para establecer los mayores requisitos técnicos, sobre todo, en materia de seguridad y medio ambiente, para aquellos operadores que actúan en asuntos relacionados con la industria; una
obligación fundamental de que los organismos de control dispongan de una acreditación por parte de la Entidad Nacional de Acreditación que garantice la competencia técnica, la utilización administrativa previa, y además la exigencia de que disponga
de unos seguros de responsabilidad civil obligatoria.


En cuanto a la modificación de la disposición final, que hace referencia a la modificación de la Ley del Sector Eléctrico, antiguamente conocida como Ley 54/1997 hasta su modificación en esta legislatura, lo que hace es calificar
competencias, señorías. Como ustedes saben, la Directiva europea 72/2009, del mercado interior de la electricidad, dice que los organismos de control en nuestro país -se refiere a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia- fijan la
metodología del cálculo de los peajes de acceso. Esto es así. ¿Qué hace esta modificación? Aclarar las cosas, establecer que es el Gobierno quien fijará la estructura y condiciones de aplicación de los peajes de acceso a las redes de transporte y
distribución y, por tanto, la tarifa de acceso la establecerá el ministerio con el previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Mejorar, clarificar y garantizar que la legislación que entra en vigor tenga un mejor
uso no es entorpecer la labor parlamentaria, sino facilitar la vida a los ciudadanos, a quienes representamos, que es el objetivo último que nos ocupa aquí como diputados nacionales. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Mariscal.


DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS INTERNACIONALES:


- CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, HECHO EN MADRID EL 10 DE JUNIO DE 2014. (Número de expediente 110/000137).


- CONVENIO SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DEL SENEGAL, HECHO EN DAKAR EL 11 DE ABRIL DE 2014. (Número de expediente 110/000138).


El señor PRESIDENTE: No se ha solicitado por los grupos parlamentarios la intervención en los dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales con números de expediente 110/000137 y 110/000138. Por tanto,
procederemos a votarlos en su momento.



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DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA APROBADA POR DECRETO DE 8 DE FEBRERO DE 1946 Y DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CATASTRO INMOBILIARIO, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO. (Número de expediente
121/000100).


El señor PRESIDENTE: Debate de totalidad del proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/2004, de 5 de marzo. Para la presentación del proyecto de ley y en nombre del Gobierno tiene la palabra el señor ministro de Justicia.


El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Catalá Polo): Señor presidente, señorías, permítanme que empiece este debate de totalidad intentado delimitar el objeto del proyecto de ley, puesto que este proyecto de modificación de la Ley Hipotecaria y del
texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario pretende regular procedimientos y efectos para la coordinación entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la Propiedad en materias tales como la descripción de los bienes inmuebles, partiendo
de la cartografía catastral y estableciendo cauces de colaboración, de intermediación y de intercambio de información necesarios para todo ello, aunque mantiene la naturaleza y mantiene las competencias diferenciadas de ambas instituciones. A
partir de ahí, anuncio ya nuestra mejor disposición para que por la vía de enmiendas y con un enfoque constructivo, que no es lógicamente el de la solicitud de devolución, podamos trabajar con sus señorías y con los grupos en la mejora del proyecto.


Señorías, si nos centramos en la parte principal del proyecto, esto es en la coordinación entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la Propiedad, lo primero que podemos advertir es que se trata de un intento y de un propósito muy
antiguo del que existen numerosos precedentes. La razón es que ambas instituciones de naturaleza y competencias diferenciadas, sin embargo, recaen sobre un mismo ámbito: la realidad inmobiliaria, lo que ha provocado sucesivos intentos para
coordinar la información, en aras de una mejor identificación de los inmuebles y una mejor prestación de servicios a los ciudadanos y a las administraciones. Podríamos retrotraernos a los esfuerzos realizados al inicio del siglo pasado, en 1906, y
también en 1946 o en 1980. No cansaré a sus señorías; simplemente citaría los avances producidos con la Ley 13/1996, que introdujo la referencia catastral como elemento de identificación de los bienes inmuebles, e incorporó también la
certificación catastral descriptiva y gráfica como requisito para la inmatriculación de las fincas. Posteriormente sucesivas normas han ido avanzando, de manera que hoy se ha actualizado la titularidad catastral de más de 6,2 millones de inmuebles
desde el año 1995. En un pasado mucho más reciente me referiré a la Ley 2/2011, de Economía Sostenible, que ha permitido en este campo algunos progresos en el refuerzo de la seguridad jurídica, en el empleo de la cartografía catastral y en los
nuevos mecanismos de comunicación, extendiendo el uso, una vez más, de la referencia catastral como identificador de bienes inmuebles; y por último a la Ley 11/2007, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, que dio pie a la
total informatización del Catastro Inmobiliario.


Como ven, muchos son los proyectos normativos que han ido caminando en esta dirección, pero es cierto también que todavía hoy subsisten algunos problemas y dificultades que hacen necesario el proyecto que hoy presento. Estos obstáculos
derivan fundamentalmente de las diferencias entre ambas instituciones. El Catastro Inmobiliario, como es bien conocido, es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y la inscripción en él de los
bienes inmuebles es de naturaleza obligatoria y universal y despliega sus efectos en el ámbito administrativo y fundamentalmente en el ámbito fiscal. Por su parte, el Registro de la Propiedad, de carácter voluntario, y dependiente del Ministerio de
Justicia, tiene un desarrollo del ámbito de las relaciones jurídico-privadas. La diferente adscripción de las fincas -técnica y física en el catastro y más literaria y jurídica en el registro-; el hecho de que los mecanismos de inscripción de las
modificaciones en la estructura y titularidad de los inmuebles sigan procesos diferentes e independientes en uno y en otro; la falta del resultado esperado en los procesos de comunicación a la hora de incorporar los cambios en los inmuebles que
sean objeto de determinadas operaciones -las segregaciones, las agrupaciones las reparcelaciones- son todo ello motivos que justifican y respaldan la pertinencia de este proyecto.


Este proyecto, por lo tanto, pretende llevar a cabo la aspiración de la total coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario y pone, al servicio del ciudadano, las oportunidades



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que se pueden evolucionar desde esa situación. Con el proceso que se diseña en el proyecto de ley se avanza en al menos cinco aspectos clave, como son: la utilización de la cartografía y la certificación catastral como base gráfica
principal, lo que dotará al registro de mayor fiabilidad, generando por tanto mayor seguridad en el tráfico jurídico inmobiliario; el hecho de que el uso gratuito de la información catastral supondrá un importante abaratamiento para los ciudadanos
del proceso de descripción gráfica de las fincas en el registro; el establecimiento de la figura de la finca coordinada, que extenderá la presunción de certeza de los datos físicos y gráficos de las fincas registrales; la mejora de la
actualización de las bases de datos catastrales con la información proporcionada por el registro, y finalmente, la simplificación administrativa al extender a los ciudadanos la obligación de declarar determinadas alteraciones catastrales. En
definitiva, señorías, la reforma tiene un contenido global, alcanza todos los procedimientos que concurren en el catastro y en el registro y a las relaciones entre ambos, incluyendo procedimientos registrales sobre la concordancia entre el registro
e incluso la realidad extra registral, que están presididos tanto por la desjudicialización de los expedientes que no son propiamente jurisdiccionales como por la mejora simultánea de las garantías de efectividad en estos procedimientos.


En realidad, la enmienda a la totalidad que se ha presentado basa su argumentación en que el proyecto es privatizador, reglamentista y que ataca a los derechos de los ciudadanos. Permítanme, señorías, que manifieste mi discrepancia absoluta
porque lo que persigue el proyecto es precisamente lo contrario. Para empezar, porque es evidente para los propios ciudadanos -y debería serlo también para sus señorías- que el Registro de la Propiedad en modo alguno es una institución privada,
sino pública integrada en el Ministerio de Justicia y a cargo de funcionarios públicos plenamente competentes que han accedido a la Función pública a través de un riguroso proceso de selección gestionado por la Administración y de acuerdo con los
principios de mérito y capacidad. La actuación de los registradores está sometida en todo a la ley, a la potestad disciplinaria del Ministerio de Justicia y, en mi opinión, prestan a la sociedad, con eficacia reconocida, un servicio público en pos
del principio constitucional de seguridad jurídica. Por lo tanto, nada hay de privatizador en torno a este proyecto. Además, en este proyecto, al regular la coordinación entre dos instituciones públicas esenciales en el Estado, el registro y el
catastro, no provoca ningún trasvase de competencias, no se altera o se desplaza lo más mínimo el centro de gravedad, como se afirma en la enmienda de totalidad, de uno respecto de otro. Lo que busca -y en mi opinión lo que logra- el proyecto de
ley es, respetando escrupulosamente las competencias y las funciones de una y otra institución, establecer e impulsar los cauces adecuados para la comunicación y la coordinación entre ambas, evitando duplicidades, produciendo un ahorro en tiempo y
en dinero a los ciudadanos y, por tanto, mejorando la calidad de servicio público que reciben los ciudadanos y que prestan los registros y el catastro. En cuanto a la calificación de excesivamente reglamentista, permítanme también que considere que
es un juicio que el Grupo Socialista le atribuye a este proyecto, cuando creo que precisamente se mejora la dispersa, fragmentaria e incompleta regulación precedente. Por lo tanto, se trata de un proyecto que cuenta con el consenso pleno entre la
Dirección General del Catastro del Ministerio de Hacienda y la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, que han permitido trabajar conjuntamente para definir con claridad el modelo de coordinación hacia donde
queremos evolucionar. Por eso, se dedican a este aspecto dos artículos de la Ley Hipotecaria sin necesidad de remitirse a ulteriores desarrollos, salvo extremos técnicos muy concretos. Por lo tanto, esto es una virtud del texto en tramitación y no
una censura.


Así, señorías, este es -con enmienda a la totalidad o sin ella- un proyecto altamente positivo, que estoy seguro que merecerá el objeto de atención por parte de sus señorías. Es una norma útil, una norma eficaz, una norma pensada para dar
servicio público con mayor comodidad y con menores costes a los ciudadanos y que además permite incorporar -y así estamos dispuestos a hacerlo en su trámite de enmiendas- todos aquellos aspectos que sus señorías consideren oportunos para ahondar en
los objetivos diseñados de mejor coordinación, mejor servicio público y abaratamiento de costes.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro.


A este proyecto, en efecto, se ha presentado una enmienda a la totalidad de devolución, por el Grupo Socialista. Para su defensa, tiene la palabra el señor Morlán.


El señor MORLÁN GRACIA: Muchas gracias, señor presidente.


Señor ministro, por lo que veo, hemos leído dos proyectos distintos, porque lo que usted ha dicho aquí en la presentación del proyecto no tiene nada que ver con lo que dice el propio texto. Intentaré explicarme



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a lo largo de mi intervención y agradezco la oferta que hace usted de analizar las enmiendas que han presentado los grupos para ver en qué medida se puede mejorar el texto en lo que se refiere a una de las partes del proyecto, que es la
coordinación entre registro y catastro. Estaremos gustosos de analizarlo y espero que tengamos más éxito en este proyecto de ley que en otros proyectos, porque en el de presupuestos no fue aceptada ninguna de las enmiendas que presentamos. La
voluntad de diálogo y las nuevas formas que usted tiene para hacer frente a sus iniciativas legislativas nada tienen que ver con las de su antecesor, pero el fondo, los contenidos y la resolución final me imagino que van a llevar el mismo camino.


Señor ministro, la mera lectura de este proyecto de ley es farragosa, porque es muy especializado y reglamentista, por mucho que usted diga. Gran parte de los artículos que usted ha incluido en el proyecto -o que su antecesor incluyó en el
proyecto- podrían perfectamente formar parte de un real decreto en el que se aprobara el reglamento de funcionamiento y la coordinación entre registro y catastro. Si lee otros reales decretos donde se aprueban reglamentos de funcionamiento de
cualquier institución, se dará cuenta de que los cometidos y los contenidos son los mismos. A pesar de lo que ha dicho -por cierto, no ha hecho ninguna referencia a una de las partes del proyecto en la que yo sí incidiré-, este es un proyecto que
tiene mucha miga. Nosotros basamos nuestra enmienda de devolución en dos aspectos fundamentales. Uno tiene que ver con el nuevo artículo 204 y la disposición final, en donde se hace referencia a la inmatriculación de bienes por parte de la Iglesia
católica. Ustedes en el artículo 204 están diciendo que, a partir de este momento, la Iglesia católica no podrá inmatricular bienes al igual que hizo a partir de 1998, pero en la disposición final dicen que esto se llevará a cabo dentro de un año,
con lo cual se le está diciendo a la Iglesia católica que aproveche la oportunidad porque tiene un año de prórroga para inscribir lo que le venga en gana. El Grupo Parlamentario Socialista nunca se negará a que la Iglesia católica, al igual que
cualquier ciudadano, institución o sociedad, incorpore a su patrimonio bienes basados en un título judicial, en una escritura notarial o en una resolución administrativa, pero no aceptamos -y ha habido un abuso de buena fe por parte de las
jerarquías de la Iglesia católica- que el mero uso religioso de un bien o inmueble sea ya suficiente título para que se pueda inscribir en el registro ese patrimonio como si fuera suyo.


Se habla de que en este país se han producido 4.000 inscripciones desde 1998 hasta ahora. En 1998 se aprobó un reglamento hipotecario -es decir, real decreto- en el que se asimilaba a la Iglesia católica como institución de derecho público.
La Iglesia católica no es una institución de derecho público; la Iglesia católica, a partir de la Constitución, es una religión como hay otras en España. Aquí impera la libertad religiosa y la libertad de culto, y el Estado español es neutral en
materia religiosa. Por lo tanto, en nada se puede equiparar a una administración pública o a una entidad de derecho público. Por ello, nos gustaría que usted revisara y analizara esas inmatriculaciones que se han producido, esas 4.000 que se dice
que existen en España. Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios. Si la Iglesia católica tiene un título para inscribir un bien inmueble, que lo haga como lo hace mi vecino, como lo hace cualquier entidad, pero, si no lo tiene, se
queda en el dominio público, que es imprescriptible y se utiliza por parte de la ciudadanía con gestión de ayuntamientos, de comunidades autónomas, de diputaciones provinciales, de Gobiernos autonómicos o de patrimonio del Estado. No puede ser que
esta inscripción que se ha producido signifique pagar y encima limitar el uso a los ciudadanos, como ha pasado, por ejemplo, con la Mezquita-Catedral de Córdoba, en donde además se permiten el lujo de eliminar el término mezquita en la publicidad y
utilizar solamente el término catedral. Me parecen desatinos que no se pueden permitir. (Rumores). Estamos en un Estado de derecho en el que cada quien para ser el titular del bien o del patrimonio tiene que tener acreditado que es el titular y
no por el mero uso, y esto ha pasado. Por ello, señor ministro, le decimos que en este tema que usted no ha tocado lo que tiene que hacer es que si ha habido mas de 4.000 inscripciones en Navarra, en mi tierra -en Huesca-, en Córdoba, en Sevilla o
en donde sea, se vea cada una de ellas, por qué se ha hecho, qué títulos la justifican y, si tiene título documental suficiente, que siga, pero si no, que vuelva a donde tiene que ser, que es al dominio público y al uso de los ciudadanos.
(Aplausos).


En segundo lugar, señor ministro, usted me está hablando de la coordinación entre el catastro y el registro. Efectivamente, se han producido a lo largo de la historia una serie de modificaciones legales en donde se ha pretendido que esta
coordinación funcionara, porque indudablemente tanto el catastro como el registro son dos instituciones públicas -no lo negamos-, pero lo cierto es que con estas modificaciones que ustedes están introduciendo, concretamente en este proyecto de ley,
llevan un camino privatizador. ¿Por qué? Porque ustedes introducen un cambio en los artículos 9 y 10 de este



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proyecto de ley que dice que en lugar de haber una inscripción registral, es un folio real. Y el folio real, tal y como ustedes lo contemplan, es un documento, una ficha, una certificación, en donde, además de una serie de datos que tengan
que ver con el reconocimiento del derecho... El Registro de la Propiedad no describe, el Registro de la Propiedad inscribe derechos. Hay un acta o certificado notarial, hay una sentencia judicial, hay una resolución administrativa en donde se dice
quién es el propietario de determinado bien inmueble y entonces es el catastro el que dice cuáles son las características técnicas de ese inmueble; es decir, qué delimitación tiene, qué superficie tiene, qué valor catastral tiene ese edificio o ese
inmueble, quién es el titular, etcétera. Y lo que hace el registro únicamente es inscribir el acta notarial o la resolución judicial más el informe del catastro, la certificación catastral. ¿Qué es lo que está pasando con lo que ustedes están
haciendo? Que ahora va a haber dos DNI: va a haber un DNI, por así decirlo, de una finca a través del catastro y va a haber un segundo DNI a través del registro y el folio real. ¿Y qué es lo que sucede cuando estos dos DNI no coinciden? ¿Qué
decisión se va a tomar y quién tiene, por así decirlo, la prioridad para fijar cuál es la dimensión o la extensión de una finca? Desde nuestro punto de vista, debiera ser el informe del catastro, pero lo que está diciendo el proyecto es que es el
registro, y desde el momento en que el registro va a tener una preeminencia sobre lo que informa el catastro, nos vamos a encontrar con un problema, porque esa no es la labor del registro. La labor del catastro es decir que la extensión,
delimitación, titularidad, valor, coste, ubicación y destino de esa finca es una, y el registro tiene que decir que esos datos que da el catastro son los que se inscriben en un asiento registral. Desde el momento en que hay que incorporar el folio
real -que además incluye otros datos que no son solamente los catastrales- lo que están diciendo es que, si alguien quiere una información complementaria de la finca catastral y el asiento registral, se plantea un arancel complementario, con lo cual
hay una fórmula de obtener más recursos por parte del registro para hacer frente a esa ampliación del folio real.


Usted también habla, señor ministro, de que esto mejora sensiblemente el funcionamiento de las dos instituciones. Yo lo único que pretendo es que se mantenga el equilibrio de siempre, que si los medimos en una balanza, el platillo del
catastro y el platillo del registro tengan el mismo peso. Y en este momento estamos observando que el platillo del registro se está hundiendo, porque tiene más peso que el platillo del catastro. Se ha puesto en funcionamiento el catastro on line,
se han puesto en marcha algunas mejoras del sistema de funcionamiento del catastro, de acuerdo, pero no se han cubierto las vacantes del catastro. En este momento en algunos sitios nos encontramos con que las vacantes por jubilación no se cubren y
por lo tanto se está restando eficacia al funcionamiento del catastro, por lo que para obtener mejores resultados se va al registro, que es donde están más actualizados porque disponen de mejor información y de mejor material informático para hacer
frente a esos datos. Por tanto, no veo que exista una equiparación, una igualdad en el funcionamiento de las dos instituciones. Veo que hay un mayor peso del registro frente a un menor peso del catastro.


Habla de regular el tema de la publicidad, pero si en el año 2001 se reguló con una ley que hicieron ustedes de medidas fiscales y no se ha desarrollado. Tal y como está configurado en esa ley, se recogen todas las inquietudes que puedan
existir sobre la forma de hacer publicidad al catastro y al registro. El registro sí que tiene la obligación de ser público, el catastro no. Por tanto, sí es bueno que se perfeccione el funcionamiento de la publicidad registral. Ustedes hacen
otra cosa, dicen que desjudicializan el funcionamiento de la inscripción registral. Sí, es cierto, pero ¿por qué no se da opción al ciudadanos a que elija entre la intervención del juez o la intervención del notario, y no se diga simplemente que
tiene que fiarse de lo que diga el registro a la hora de que haya que tomar algún tipo de decisión? Además hacen otra cosa. Al notario de mi pueblo le dicen que va a tener competencia con el notario del pueblo colindante, con el notario de la
capital de la provincia o con el notario de la delimitación hipotecaria correspondiente. Al registrador no se le dice, al registrador se le dice que será el registrador de la propiedad del territorio; al notario, no, al notario se le dice que
puede ser cualquiera. Sinceramente, si soy titular de un inmueble o de una finca y quiero, por ejemplo, establecer algún tipo de deslinde sobre ella, lo que pretendo es hacerlo con el notario que tengo más cerca y no buscar otro en competencia con
el notario que tengo en mi propio término municipal.


Señor ministro, estos son elementos que nos motivan a no ser tan optimistas como usted lo es con el planteamiento de esta ley. Le reitero que cojo el guante para ver en qué medida podemos hacer funcionar mejor el catastro y el registro,
siempre y cuando cada quien lleve a cabo las atribuciones establecidas históricamente en el funcionamiento de ambas instituciones, modernizándolas, adecuándolas, actualizándolas para que se lleven mejor y haya información en las dos direcciones.
Vamos a ver hasta



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dónde llegamos, señor ministro, pero mucho me temo que la experiencia que ha habido hasta ahora no ha sido muy proclive a este tipo de entendimientos. En donde no nos va a encontrar va a ser en todo lo relacionado con la inmatriculación de
bienes por parte de la Iglesia. Yo creo que usted lo debería retirar; creo que tendría que revisar lo que se ha hecho hasta ahora para ver en qué medida esa inmatriculación se ha llevado a cabo con todas las garantías, con todos los títulos que
acreditan que se puede producir y que no se ha basado solamente en que el culto da derecho al título. No, ni hablar, el culto no da derecho al título; el culto es el derecho que se tiene a llevar a cabo el ejercicio o el desarrollo de una
religión, pero no tiene nada que ver con los inmuebles y las fincas. A las iglesias, a las catedrales, a las mezquitas o similares, les pasa como a todo hijo de vecino, como nos pasa a usted y a mí, que para demostrar quiénes son los titulares hace
falta un papel donde diga que Fulanito de Tal es el propietario, es el titular de este bien. Si eso es así, se inscribe y si no es así, que vuelva al dominio público para que todo el mundo lo pueda disfrutar sin ningún tipo de problemas.
(Rumores).


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Morlán.


Posicionamiento por parte de los grupos. En primer lugar, por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Cuadra. (Rumores).


Por favor, ya que no somos demasiados, convendría atender a lo que dicen los oradores.


El señor CUADRA LASARTE: Señoras, señores, en principio estamos completamente de acuerdo con las dos críticas globales que se han hecho por parte del Partido Socialista en relación con este proyecto de ley. Pero queremos incidir en una de
las dos razones que se han planteado, sobre todo, porque en nuestro pueblo, en Euskal Herria -y especialmente en Navarra-, y por supuesto en el conjunto del Estado, tiene una importancia que creemos que es preciso destacar.


De la fraudulenta y tramposa Transición de 1978 no solamente heredamos, desgraciadamente, una monarquía designada por el dictador, sino que heredamos también una Ley de Amnistía que permitió que no fueran sancionados, en modo alguno,
torturadores y genocidas, un aparato del Estado bastante infectado de fascistas. Y no solo esto, sino que también -y esto tiene relación con lo que estamos discutiendo- los inmensos privilegios de una Iglesia católica que bendijo el golpe de Estado
fascista, que paseó bajo palio a aquel criminal y que le ofrendó encima decenas de millones de misas a lo largo de cuarenta años de dictadura. (La señora vicepresidenta, Villalobos Talero, ocupa la Presidencia). El mayor paraíso fiscal del Estado
español no se encuentra en las Islas Caimán o en las Bahamas sino en los palacios episcopales, en la residencia de la Conferencia Episcopal. Se han mantenido íntegros los inmensos privilegios fiscales que tenía la Iglesia en relación con el no pago
del impuesto sobre bienes inmuebles, sobre transmisiones, sobre plusvalías. El Estado aporta también su contribución a la Iglesia para el mantenimiento de aproximadamente veinte mil clérigos y aporta el sueldo íntegro de otros tantos profesores,
adoctrinadores de religión que campan a sus anchas por la enseñanza pública. Se subvenciona también de forma muy holgada la enseñanza religiosa.


En relación con el tema que discutimos, y que se ha mencionado en parte, el artículo 206.1 de la Ley Hipotecaria -ley que se aprobó en los momentos de mayor efervescencia de aquel asfixiante nacional-catolicismo- mezclaba el agua con el
aceite, la Iglesia con el Estado; equiparaba a los obispos con los notarios a la hora de certificar la propiedad de bienes inmuebles. Y en esta medida, en todos los procedimientos que se han llevado a cabo para dictaminar la propiedad de algunos
bienes, la Iglesia se ha convertido en juez y parte, en una especie -como se suele decir- de Juan Palomo, yo me lo guiso y yo me lo como, todo lo hacía ella. Y sobre esta base legal el reglamento hipotecario, hecho en fechas más recientes, en 1998,
con el Gobierno de Aznar, permitió, dio el pistoletazo de salida para la inmatriculación masiva de inmuebles para la Iglesia católica. Se ha hablado aquí de unos 4.000 inmuebles, a mí las cuentas me salen bastante más. Tan solo en Navarra, que es
de donde yo vengo, se han contabilizado, uno por uno, casi 1.100 inmuebles apropiados por la Iglesia. No creo yo que la diligencia de otros arzobispos en otros arzobispados y diócesis haya sido menor que la que ha existido en Navarra. Se puede
afirmar, y así lo están haciendo las asociaciones que están trabajando en este ámbito, que han sido decenas de miles de inmuebles los apropiados por la Iglesia durante este periodo. Y no estamos hablando tan solo de iglesias y lugares de culto,
estamos hablando de cosas bastante más descaradas -asumo, hago mías las razones que se han dado anteriormente-, estamos hablando también de casas parroquiales, de viviendas, de residencias, de espacios públicos, de plazas, de calles, de huertas, en
Navarra hasta de un frontón. De todo esto se ha apropiado la Iglesia aprovechando esta situación legal creada. Y el



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escándalo ha sido monumental cuando se ha apropiado también de bienes de indudable interés público y valorados así, declarados Patrimonio de la Humanidad, como la Mezquita de Córdoba y la Giralda de Sevilla, por ejemplo. Mezquita de
Córdoba, que así la estudiamos nosotros en la escuela en tiempos de Franco y que, sin embargo, ahora se ha pasado a considerar ya catedral, robando no solo la propiedad del inmueble sino su propia esencia como monumento representativo de una
religión y de una cultura diferentes. Hay que tener en cuenta que la mayor parte de todos estos inmuebles han sido construidos a lo largo de la historia, mantenidos, reformados y rehabilitados sobre la base de presupuestos públicos y de esfuerzos
vecinales y comunitarios que han sido realizados de forma gratuita para posibilitar que esos bienes estén hoy en una situación de uso.


El actual proyecto de ley, afortunadamente, echa atrás este artículo de la Ley Hipotecaria, pero legalizando de hecho esta apropiación masiva de inmuebles que se ha producido en los últimos diez o doce años por parte de la Iglesia. Se
legaliza así lo que, desde nuestro punto de vista, es la mayor estafa que se ha producido en el Estado español en los últimos años. Lo de Bankia y las preferentes, comparado con esto, en última instancia es un poco como un juego de niños, peccata
minuta. Estamos hablando -repito- de decenas de miles de inmuebles que por esta ley la Iglesia ha inscrito como suyas, de su propiedad, y esto no puede ser así. Incluso el Tribunal Constitucional, sentenciando en un supuesto similar al que estamos
contemplando, en el que se hacía referencia a privilegios que tenía también la Iglesia católica en relación con el tema de arrendamientos urbanos, decretó la ilegalidad de esos artículos de esa ley señalando que se debía vetar cualquier confusión
entre funciones religiosas y estatales, que es lo que la Ley Hipotecaria permitía, lo que ese reglamento hipotecario ha facilitado para que se materializara esta gran apropiación de inmuebles. Por esta razón Amaiur está completamente en contra de
esta propuesta, de este proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria. Votaremos en contra del mismo y en su momento interpondremos una enmienda para que sea declarada la nulidad de pleno derecho, por ser inconstitucional, de esta apropiación
masiva, de esta estafa masiva practicada por la jerarquía eclesiástica en los últimos años.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Por el Grupo Parlamentario Vasco, PNV, señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Muchas gracias, señora presidenta.


No imaginábamos que este proyecto de ley relativo a la reforma hipotecaria y sus pretensiones de coordinación con el catastro iba a provocar un debate de tal carga ideológica, pero, señor ministro, se han deslizado cuestiones atinentes a la
Iglesia católica, lo que provoca siempre particular atención desde múltiples puntos de vista y a veces desde una perspectiva analítica fluctuante, muy fluctuante.


En cuanto a la pertinencia del proyecto de ley, tenemos dudas. Yo no sé hasta qué punto eran tan disfuncionales las relaciones entre el Catastro y el Registro de la Propiedad como para acometer nada menos que un proyecto de ley regulador
que pretende garantizar que exista concordancia entre la finca registral y la parcela catastral cuando se entiende que la coordinación se alcanza y cuando se entiende que se establecen vías para informar de esa circunstancia a terceros y
procedimientos internos de información. Todo esto ya estaba previsto en el ordenamiento jurídico, lo que ocurre es que con las nuevas tecnologías, la propia modernización del catastro y la incorporación de elementos cartográficos para la
identificación de las fincas y de sus lindes, puede hacer importante el que se mejoren o se implementen los mecanismos de relación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad. Todo esto dimana de esta famosa Comisión para la reforma de las
administraciones públicas, que pretende elaborar medidas que doten a la Administración de un tamaño, eficacia y flexibilidad adecuados. No sé hasta qué punto también este elemento de legitimación de este proyecto de ley es razonable, pero en cuanto
a lo aquí discutido y en cuanto a lo aquí comentado, nosotros tenemos también muchas dudas sobre la argumentación de la enmienda de totalidad. Ha habido que hilar fino y hacer un ejercicio de imaginación, salvo en los aspectos particulares
relativos a las prebendas de la Iglesia católica en materia registral dimanantes de las leyes de 1944 y 1946. Si he entendido bien, lo que ustedes pretenden con este proyecto de ley -y lo que todos deberíamos pretender- es acabar con privilegios de
naturaleza registral. Precisamente es una argumentación que podríamos hacer a contrario, como se ha dicho por los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra. Yo comprendo que con estas leyes la Iglesia católica gozó de unos
privilegios previstos con una legislación inspiradora de las leyes desamortizadoras en su día, a las que el reglamento hipotecario todavía destina nada menos que cuatro preceptos que deberíamos prever. Este reglamento hipotecario hasta el año 1998
impidió inscripciones que no se ajustaran a los elementos de



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inscripción reglados por el ordenamiento jurídico en este ámbito y lo que pretende, si lo entiendo bien, es acabar con estas situaciones excepcionales que afectaban en materia de inmatriculación de bienes a la Iglesia católica y acabar
también con las prebendas especiales del Reglamento hipotecario del año 1998, que ubicaban una posición de mayor favor o de privilegio a la Iglesia católica a la hora de la inmatriculación de sus bienes; normalmente templos pero, como también se ha
dicho aquí, también residencias religiosas y bienes inmuebles de otra naturaleza, etcétera. Si la pretensión es esa -y esto es lo que leemos en el proyecto de ley y apreciamos en la exposición de motivos- este debate ideológico que se ha suscitado
carecería de sentido; quizá podríamos articularlo en otra ley, en una ley de libertad religiosa o en otra ley que haga referencia a la igualdad entre diferentes religiones que proclama la propia Constitución en relación con determinados privilegios
de la Iglesia católica ya vinculados o residuales del régimen fascista previgente, que nos antecedió... En fin, habría otras normas, pero articular un debate, particularmente en este proyecto de ley sobre los privilegios de la Iglesia católica
cuando lo que se pretende es evitarlos, desamortizarlos, no considero que sea un elemento que sirva para fundamentar nada menos que una enmienda a la totalidad sobre una ley que por otra parte es muy técnica y está muy bien configurada en nuestra
opinión, señor ministro. Qué duda cabe que ha de haber concordancia entre el Catastro -sobre todo un catastro muy fortalecido que utiliza elementos tecnológicos muy sofisticados- y el Registro de la Propiedad, que no tiene acceso más que mediante
su vinculación a dicho Catastro a esta depuración en las fincas que deben matricular que, por cierto, son fincas que no se constituyen mediante la creación de un derecho subjetivo de nadie, el derecho subjetivo preexiste. Lo que se provee a través
de la inscripción registral, señor Morlán, es nada menos que la fe pública o el carácter de fedatario público que tienen los registradores proporcionando fe pública. El derecho preexiste; si el derecho no preexistiera no se podría acudir al
Registro de la Propiedad para la inscripción de la finca.


Sin perjuicio de todo esto, votaremos en contra de la enmienda, señor ministro, no sin comentarle que el proyecto de ley es perfectible y en enmiendas al articulado se podrán mejorar algunos de los aspectos sobre todo en relación a la
configuración de los expedientes de dominio, que nos parece que no están suficientemente depurados en el proyecto de ley. Por lo demás si la mejora de esas administraciones, la reducción de su tamaño, la evitación de duplicaciones se consigue con
leyes como esta, mire, yo prefiero que redacte leyes de más entidad y de más profundidad que sé que las va a hacer, nos ha asustado un poco con el cronograma de su calendario legislativo y sé que nos va a tener trabajando con leyes de mucha
profundidad y no solo para simplificar y evitar duplicidades en la Administración sino nada menos que para regular sectores del derecho punitivo, importantes en nuestro ordenamiento jurídico. Lo va a hacer. Pero bueno, esta ley ni es tan relevante
para lo que usted pretende ni sirve tampoco para fundamentar debates ideológico-religiosos que pretendidamente se pretenden evitar o se pretenden anular.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, señor Martínez Gorriarán.


El señor MARTÍNEZ GORRIARÁN: Gracias, señora presidenta.


Brevemente, para decirles que esta es una ley -coincido bastante con lo que ha dicho el señor Olabarría- muy técnica. Es una ley que creemos que se puede mejorar mucho durante la ponencia y en su trámite en Comisión porque ha pasado algo
curioso con ella. El colectivo de registradores de la propiedad, en concreto, ha formulado unas críticas que nos parecen muy sólidas a algunos aspectos de la ley, aunque otros sin duda están bien. En fin, no deja de ser curioso que el Gobierno,
que al fin y al cabo está presidido por un registrador de la propiedad, no haya tomado en cuenta algunas de las cosas que les han dicho a ustedes. Por ejemplo, parece ser que se pueden incrementar los costos para los particulares por la nueva
tramitación que la ley dispone. Parece que no mejora adecuadamente la seguridad jurídica que debería ser el objeto de la ley. También parece que es una buena oportunidad, y nos gustará discutirlo con ustedes en Comisión, para mejorar la Ley sobre
el mercado hipotecario, que es del año 1946, preconstitucional, y que sin duda es mejorable en muchos aspectos. Por lo tanto nos vamos a abstener ahora en la votación sobre el debate de totalidad. Como digo presentaremos enmiendas con el ánimo de
que ustedes, por una vez y rompiendo la regla, acepten alguna para mejorar esta ley que nos ha sorprendido también a nosotros por el cariz ideológico que se le ha dado. Aunque, como no hay mal que por bien no venga, igual alguno se entera de que la
mezquita de Córdoba dejó de serlo en el siglo XIII, no



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la han convertido en catedral ahora, lleva siete siglos siendo catedral; fue mezquita antes. En fin, como digo, nunca viene mal un poco de ilustración en esta noble casa.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Martínez Gorriarán.


Por La Izquierda Plural, señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: Gracias, señora presidenta.


Señorías, señor ministro, sinceramente, por más que analizando el proyecto de ley hemos intentado saber o intentado encontrar cuál es el interés general que hay detrás del mismo, no lo hemos conseguido. Esperábamos de su intervención que
nos aclarara algunas cosas y he de decirle que a pesar de los esfuerzos que usted ha hecho, lo que ha logrado ha sido suscitarnos muchas más dudas. Una de ellas, de entrada, fundamental, se lo ha dicho ya el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista: sorprende que se utilice una ley, una norma con rango de ley, para un objetivo tan loable como es la coordinación entre el Catastro inmobiliario y el Registro de la Propiedad, para el cual posiblemente hubieran sido suficientes normas
de rango inferior. Después de escucharlo continuamos teniendo las mismas dudas. Usted tiene la presunción de inocencia, por supuesto, pero son tantas las veces en que este Gobierno presenta una ley con un objetivo declarado sin explicar el
objetivo oculto, que yo llevo dándole vueltas, desde que la leí por primera vez, para intentar encontrar dónde está el objetivo oculto de esta ley.


De entrada quiero decirle que nuestro grupo está -por supuesto, es una cosa de sentido común- a favor de todo lo que sea reducir duplicidades en el ámbito de la Administración pública y mejorar la coordinación entre Catastro Inmobiliario y
Registro de la propiedad. Nada que objetar. Sin duda es un objetivo loable y está bien, entre otras cosas porque puede facilitar el acceso de los ciudadanos y supuestamente reducir su coste, pero en realidad ustedes hacen alguna cosa más en este
proyecto de ley. Ante la existencia de ese conflicto, dan una cierta preponderancia a las anotaciones registrales; cuando entran en conflicto, como título jurídico que son, con la descripción física, gráfica del propio bien a través del catastro
inmobiliario. Eso es lo que no terminamos de entender, a ver si usted nos lo continúa explicando. Llega alguien, ve aquella cosa y lo que ve y describe entra en conflicto con lo que alguien ha inscrito de manera distinta y, según ustedes, lo que
debe primar es aquello que se ha inscrito y no aquello que se ve. Es un poco curioso. En todo caso, aceptamos que nos puedan convencer en el trámite parlamentario; de todas maneras, mi grupo va a apoyar la enmienda a la totalidad presentada por
el Grupo Socialista.


Es evidente que es básico garantizar la seguridad jurídica y para ello el papel del Registro de la Propiedad es sin duda imprescindible; sin embargo, desde esa perspectiva el camino que ustedes han seguido nos parece un poco tortuoso. No
he dicho torticero, sino tortuoso. Incluso el concepto de folio real entrando en conflicto con la inscripción registral. Nos parece demasiado borroso y muy pantanoso este proyecto de ley desde esa perspectiva. Como viene a ahondar en una línea
persistente durante toda esta legislatura -dar una primacía, un espacio cada vez más importante a los registradores de la propiedad-, la pregunta que nos estamos haciendo en estos momentos es si detrás de todos sus loables deseos no está de nuevo
otra vez el objetivo de este Gobierno de ubicar el Registro de la Propiedad con funciones, tareas y responsabilidades, incluso en supuestos de conflicto con el Catastro Inmobiliario, para llenar el vacío que la crisis económica ha provocado en sus
funciones. Señor ministro, es cierto que usted y su antecesor, el señor Gallardón, cuando discutíamos sobre el tema del Registro Civil siempre nos decía que los registradores de la propiedad son funcionarios públicos. Por supuesto que lo son, pero
se da la circunstancia de que trabajan en un régimen retributivo distinto al de otros empleados públicos y es que en función de la actividad que realizan pueden tener unos ingresos mayores o menores. En algún momento parece que a alguien se le ha
ocurrido que ante el vacío de ingresos provocado por la caída de la burbuja inmobiliaria, que es lo que daba actividad profunda al Registro de la Propiedad, hay que intentar llenar esos vacíos. Es posible que no sea así; en todo caso, en el
trámite parlamentario usted tendrá la oportunidad de desmentirlo con hechos, sobre todo intentando aceptar las enmiendas que le podamos plantear. En todo caso, la verdad es que cuesta entender que estemos ante intereses generales y no ante
intereses de lobby.


No sé si ha sido el subconsciente o qué, pero a usted le ha traicionado algo porque no ha citado un aspecto importante de este proyecto de ley, el que hace referencia a la Ley de punto final para las inmatriculaciones por parte de la Iglesia
católica, que yo creo, amigo Emilio, que sí es importante. Estamos hablando de dar carta de naturaleza, de cerrar, de dar un carpetazo y dar por bueno todo lo que se ha



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hecho desde 1946, que no es poca cosa y sobre todo desde 1998. Dicen ustedes que con este proyecto de ley pretenden acabar con el privilegio legal establecido por el franquismo y además lo justifican. No se olvide que el franquismo
concedió a la Iglesia católica, se supone que en justa correspondencia al papel que la Iglesia jugó con la bendición de la cruzada por Dios y por España, es decir, quid pro quo. A buenas horas, mangas verdes se han dado ustedes cuenta de que
aquello era un privilegio y eso -lo siento, amigo Morlán, amigos del Grupo Socialista- va tanto para el Partido Popular como para el Partido Socialista, porque estoy de acuerdo con todo lo que ustedes han dicho, absolutamente con todo. El único
problema que hay es que tarde se despiertan ustedes casi siempre en casi todo, porque esta ley la aprobó el Gobierno Aznar en 1998, pero una buena parte de las inmatriculaciones, sin títulos jurídicos que lo sustentaran, se han inscrito en el
Registro de la Propiedad Inmobiliaria durante el periodo en el que ustedes estaban gobernando y habrían tenido oportunidad de modificarlo. Que quede claro, nunca voy a decir que ustedes son lo mismo, pero desgraciadamente en algunas cosas actúan de
la misma manera, y eso... Estoy de acuerdo, el señor Hurtado gritaba cuando se hablaba de la mezquita de Córdoba: ¡Es una vergüenza! Sí, pero es una vergüenza lo de la Mezquita de Córdoba y las cosas que se han hecho con una ley del señor Aznar y
con ocho años de vacaciones del Gobierno de Zapatero en esa cuestión. Darse cuenta de que los privilegios de la Iglesia católica son inaceptables en un Estado de derecho solo cuando se está en la oposición y no en el Gobierno, y hacerlo
reiteradamente cada vez que se sube al Gobierno, es algo más que un error. Un error que se repite es una opción; una opción de connivencia con esos derechos.


Termino esta cuestión con algo que me parece importante. Cuando la Iglesia ya ha registrado a su nombre todo lo que ha querido registrar, plantear solo una ley que diga que acaba con un privilegio es curioso. Y es un privilegio que, para
los que no lo conozcan, es brutal, es decir, se le permitía a un obispo -y en algunos casos lo ejercía un subordinado suyo- presentarse ante el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y decir: Esto que hemos tenido en el pueblo o en la ciudad, eso
que hemos cuidado entre todos, eso es mío. Y si le preguntaban si presentaba algún título jurídico respondía: No, no tengo ninguno; la ley me dice que no hace falta, que con la palabra del obispo es bastante. Ya está, inscrito, porque eso es lo
que dice la ley, adelante y a continuar. En un momento en que la Iglesia católica ha inmatriculado a su nombre hasta las jardineras de las plazas de los pueblos, decir que se acaba con ese privilegio y no decir nada más es un poco curioso. Además,
como usted también ha destacado y como se ve en el proyecto de ley, resulta que la ley no entra en vigor hasta un año después, con lo cual si alguna maceta con flores en algún pueblo se ha dejado sin inscribir, va a tener tiempo el señor obispo de
inscribirla también a su nombre. (Aplausos).


En definitiva, esta ley en este apartado es una ley de punto final. De hecho, cuando la leía, veía algo así como lo siguiente: Vencido y derrotado el Estado de derecho, las tropas de la jerarquía católica han ocupado todos los patrimonios,
los suyos y los de todos. (Aplausos). Eso es lo que hacen ustedes. Al menos podrían haber abierto la puerta a prever posibles impugnaciones de esta situación, y sobre todo luz y transparencia. No es posible que en estos momentos no se sepa qué
bienes han sido inmatriculados por ese procedimiento por la Iglesia católica y que el Gobierno reiteradamente se niegue a facilitar esa información. Señor ministro, usted es un hombre de leyes, si ese privilegio de la Iglesia católica se le otorgó
dándole la condición de Administración pública, que se aplique la Ley de Transparencia a la Iglesia católica como Administración pública que accedió a esos privilegios. Porque Administración pública para privilegios y entidad privada -la Iglesia
católica, una de las iglesias- para el oscurantismo, no. Por favor, menos web de transparencia, menos campañas de márquetin y acepten ustedes que se sepan los bienes que la Iglesia católica ha inmatriculado a su nombre con ese procedimiento.


A pesar de eso -he intentado ser lo más cariñoso que podido con el Grupo Socialista- vamos a votar a favor de la enmienda a la totalidad. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Coscubiela.


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Señora presidenta.


Señorías, señor ministro de Justicia, hoy la casualidad legislativa -estamos tramitando un proyecto de ley del Ministerio de Justicia que tiene mucho que ver también con la realidad física inmobiliaria y parcelaria- ha querido que dos ex
secretarios de Estado del Ministerio de Fomento, el señor Morlán y el señor Catalá, hayan protagonizado parte de este debate de totalidad. En primer lugar, quiero agradecer al señor Morlán, no únicamente que sea un orador brillante sino que con su
enmienda a la totalidad haya



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permitido que este proyecto de ley pueda ser debatido en el Pleno y con ello nos haya dado la oportunidad de que tengamos este debate sobre un proyecto de ley de carácter muy técnico. (Rumores). Discrepo con la apreciación de que su
contenido no avala un proyecto de ley, por seguridad jurídica lo que hoy estamos debatiendo debe ser un proyecto de ley...


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor Hurtado, por favor, le ruego que hable en un tono más bajo.


Continúe.


El señor JANÉ I GUASCH: Por su contenido debe ser un proyecto de ley en tanto que modifica normas con rango de ley vigentes, como la Ley Hipotecaria y el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Por tanto, al modificar normas
que en este momento tienen rango de ley, evidentemente, aunque sea de carácter muy técnico lo que hoy estamos debatiendo, debe ser un proyecto de ley. Es un proyecto de ley que más allá de su contenido técnico tiene una finalidad compartida. Es la
finalidad de intentar coordinar mejor lo que está en el catastro y lo que está en los registros. Hay un gran civilista y jurista catalán ya fallecido -a quien quiero recordar hoy aquí-, Francisco Fernández de Villavicencio, que nos decía en la
universidad: Lo que no está en el registro, no está en el mundo. Es esa concepción de la seguridad que otorga una inscripción registral. Él decía: Lo que no está en el registro, no está en el mundo. Pero, ¿qué ocurre? En el ámbito de las
fincas registrales muchas veces lo que está en el registro nada tiene que ver con lo que está en el mundo, hay una disparidad absoluta entre aquello que dice el folio registral y lo que en la realidad física uno puede comprobar. Lo deseable sería
que lo que está realmente en el mundo físico se reflejara bien en el catastro y que el registro reflejara bien lo que está en el catastro. Esta sería la concordancia perfecta y quiero suponer que esto es lo que busca el proyecto de ley. A través
de esas fincas coordinadas se intenta de alguna manera esa mejor concordancia entre el registro, el catastro y sobre todo la realidad, porque el ciudadano quiere y necesita la seguridad jurídica de que aquello que se acredita que es suyo se
corresponda con la realidad física de aquello que estamos describiendo. Por tanto, esta es sin ninguna duda la que debería ser la voluntad compartida de este proyecto de ley.


No entendemos la necesidad de que se devuelva al Gobierno el proyecto de ley. Sí la necesidad de que hoy tengamos este debate, pero la devolución no la entendemos. Incluso con el tema de la inmatriculación de bienes por parte de la Iglesia
católica que este proyecto de ley va a frenar, si hoy lo devolviéramos al Gobierno resultaría no solo que durante un año se podría seguir con este sistema sino que se seguiría con este sistema hasta la próxima legislatura en la que a lo mejor otro
Gobierno impulsara un proyecto de ley, este se tramitara y se publicara en el BOE. Con lo cual, si también coincidimos en esa necesidad de poner freno a una situación histórica ya superada, la mejor forma es tramitar este proyecto de ley y no
devolverlo al Gobierno porque si lo devolvemos al Gobierno resultará que esa situación seguiría consolidándose en el tiempo hasta que viniera una futura normativa. A ello se ha referido también el señor Olabarría en su intervención y coincido.


El Gobierno y su ministro nos decía en la intervención inicial que quieren mejorarlo y que están abiertos a negociar enmiendas. Esperemos que sí, señor ministro, porque la experiencia más próxima no avala esta voluntad negociadora. Ayer
mismo en la Comisión de Justicia solo los votos del Grupo Parlamentario Popular aprobaron un proyecto de ley muy técnico; un proyecto de ley que era la transposición de unas directivas en materia de traductores. Había buena voluntad, pero al final
no se consiguió un consenso con nadie. Todos los grupos parlamentarios votamos en contra de un proyecto de ley técnico porque no hubo voluntad de consenso. Por lo tanto, le pedimos que no ocurra lo que ayer sucedió. Aún estamos a tiempo; vamos a
debatirlo en el Pleno del próximo jueves, porque es un proyecto de ley orgánica. Pedimos al señor ministro que el talante y la voluntad de diálogo que hoy nos ha ofrecido se materialicen en el trámite de enmiendas, ya que debemos realizar enmiendas
técnicas a este proyecto de ley. Quiero poner en valor la función técnica que en todo este ámbito han desempeñado los ingenieros técnicos en topografía y en geomática. Son profesionales que tienen mucho que aportar a este proyecto de ley. Ellos
critican -y con razón, señor ministro- que con la reforma que estamos realizando hoy del artículo 9 de la Ley Hipotecaria desaparece un aspecto que potenciaba la posibilidad de intervención de estos técnicos. Concretamente, el artículo 9 de la Ley
Hipotecaria estable que podrá completarse la identificación de la finca mediante la incorporación al título inscribible de una base gráfica o mediante su definición topográfica con arreglo a un sistema de coordenadas nacionales geográficas referido
a las redes geodésicas y de nivelación en proyecto expedido por técnico competente. Esto que está en la ley



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vigente parece que va a desaparecer en el proyecto de ley que hoy tramitamos y esa posibilidad aporta rigor y certeza. Recuerdo aquello de Tomás de Aquino de que la certidumbre pertenece a la dignidad de la ciencia. Pues bien, en un
proyecto técnico como este deberíamos intentar reforzar a través de las enmiendas el principio de seguridad jurídica, que es un principio recogido en el artículo 9.3 de la Constitución. Ese principio de seguridad jurídica nos debería llevar a todos
a buscar la mejor solución técnica, en defensa del interés general y también de las personas que legítimamente tienen un título de propiedad inscrito en el registro, para reflejar de qué forma ese título se corresponde con la realidad y ver de qué
forma el catastro también refleja esa realidad. Esa es una labor de todos y también de esos técnicos e ingenieros que nos pueden ayudar muchísimo. Hay mucha gente que para proteger su interés legítimo acude a un dictamen pericial, porque necesita
una certeza que en estos momentos no le dan ni el registro ni el catastro. Por tanto, es una labor de todos y vamos avanzando. En una ley de acompañamiento de los presupuestos -creo que del año 1996- ya se incorporó la necesidad de que en las
escrituras figure la referencia catastral de la finca porque la concordancia entre ambos organismos oficiales es necesaria. Por tanto, desde Convergència i Unió damos apoyo a este proyecto de ley, pero pedimos al Gobierno que esté abierto al
consenso con el resto de los grupos y que también se abra a negociar enmiendas parciales para ganar en seguridad jurídica y, en definitiva, en la protección del interés general.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Jané.


Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Matos.


El señor MATOS MASCAREÑO: Señora presidenta, señorías, señor ministro, el Grupo Parlamentario Popular va a votar en contra de la enmienda a la totalidad presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y, por tanto, va a apoyar totalmente
el proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria y del Catastro Inmobiliario defendido hoy por el ministro de Justicia.


Hemos leído con muchísima atención la enmienda a la totalidad y hemos escuchado también con muchísima atención la defensa que de la misma ha hecho el portavoz socialista, señor Morlán. De verdad agradezco el tono del señor Morlán en su
exposición porque el texto de la enmienda a la totalidad era completamente impresentable. Agradezco el cambio de tono que desde la redacción y presentación de la enmienda a su defensa ha realizado el portavoz del Grupo Socialista porque los motivos
que se exponían en la misma eran disparatados. Se decía que este proyecto de ley, que todos han calificado de eminentemente técnico, devaluaba la calidad de la democracia, atacaba los derechos de los ciudadanos, imponía la privatización de la
justicia y permitía la apropiación del Registro de la Propiedad por un cuerpo, el de los registradores de la propiedad, que se define como funcionarial, para aprovecharlo en su interés propio y no en beneficio de la sociedad. Yo me preguntaba si
ustedes leían las cosas que escribían; pienso que no. Si lo hubieran hecho, no habrían presentado una enmienda a la totalidad con los disparates que he citado. ¡Claro que un grupo político puede presentar una enmienda de devolución! ¡Claro que
puede opinar sobre las medidas que se proponen y proponer otras! ¡Claro que puede hacerlo! ¡Faltaría más! Pero de eso a decir que la reforma que se propone supone un ataque a nuestra democracia y a los derechos de los ciudadanos, hay un espacio
abismal. Un espacio que separa a un partido político serio y riguroso de un grupo parlamentario completamente desquiciado en sus críticas, en sus propuestas y en sus argumentos.


Todos sabemos que el Partido Socialista está pasando por un proceso de estar en contra de todo; en contra de lo que propone el Gobierno actual presidido por Mariano Rajoy y también en contra de lo que propuso y llevó a cabo el Gobierno
anterior del señor Zapatero. Lo hemos visto hoy de nuevo aquí en referencia a la Iglesia católica. El señor Morlán ha pedido hoy que se revisen 4.000 inmatriculaciones de la Iglesia católica, muchas de ellas hechas en la etapa de José Luis
Rodríguez Zapatero. Es curiosísimo que ustedes estén en esa situación. Están como buscándose a sí mismos, como si no supieran si seguir a Pablo Iglesias, el fundador del PSOE, o al otro, y creo que un partido político, que con mayor o menor
fortuna ha gobernado España y que aspira a gobernarla otra vez, debería alejarse del radicalismo en el que está inmerso. Hoy les recordaba el señor Mariscal que ayer llamaron aquí verdugo de las mujeres al nuevo ministro de Sanidad.


Señorías -lo ha defendido hoy el señor Morlán-, la enmienda de totalidad dice que el nuevo folio real incorpora datos totalmente innecesarios. Eso es falso. El artículo 9 de la Ley Hipotecaria dice que el folio real contendrá la
descripción del inmueble, la referencia catastral, la circunstancia de si la finca coincide o no con la representación gráfica del catastro, su calificación urbanística o medioambiental, la



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certificación catastral descriptiva y gráfica, la naturaleza, extensión y condiciones del derecho que se inscriba, la persona a cuyo favor se haga la inscripción, la persona de quien proceden los bienes, el título que se inscriba, su fecha y
la autoridad o funcionario que lo autorice. ¿Qué es lo que consideran innecesario? Al revés, todos esos datos lo que hacen es darle mayor seguridad y fiabilidad jurídica de la que tiene en la actualidad. También se dice que se pretende sustituir
la mención obligatoria de la referencia catastral y de las bases gráficas del catastro por un sistema de bases privado. Eso es absolutamente falso. El señor Morlán ha dicho que es una pérdida de peso del catastro frente al registro. No solo el
apartado a) del artículo 9 recoge la obligatoriedad de que el nuevo folio real incluya la referencia catastral, sino que el nuevo artículo 10 de la Ley Hipotecaria va a decir literalmente que la base de representación de las fincas registrales será
la cartografía catastral, que estará a disposición de los registradores de la propiedad. El mismo artículo 9 dice: El registrador podrá utilizar con carácter meramente auxiliar otras representaciones gráficas disponibles. Después de leer este
artículo, ¿cómo puede decir sin ruborizarse que se quiere sustituir las bases gráficas del catastro por otras gráficas privadas? ¿Qué parte de esos artículos no han entendido? Se dice también que el hecho de que en los registros de la propiedad
cada finca tenga un número de identificación significa una suerte de privatización del registro. ¿De verdad creen ustedes que ponerle un número de identificación a una finca registral -que es lo que se lleva haciendo toda la vida-, número que es
obligatorio comunicar al catastro, es privatizar el Registro de Propiedad? ¿Están ustedes bien? ¿Eso es lo que ustedes llaman dos DNI? Eso ha existido toda la vida, la referencia catastral y el número de finca registral, y además referenciada a
un folio, a un tomo y a un municipio.


Señorías, el nuevo artículo 198 recoge procedimientos que deben tramitarse para alcanzar la concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad física y jurídica. Me refiero a los procedimientos para la inscripción de la
representación gráfica georeferenciada de la finca y su coordinación con el catastro, los deslindes, la rectificación de su descripción, la inmatriculación de fincas no inscritas -lo que eran los expedientes de dominio-, la subsanación de la doble o
múltiple inmatriculación, la liberación registral de cargas ya extinguidas y la reanudación del tracto sucesivo. A continuación, en los artículos 199 a 209 se atribuye la tramitación de parte de estos procedimientos, que antes se ventilaban
íntegramente en los tribunales de justicia, a los notarios y registradores de la propiedad. Esto es considerado por el Grupo Parlamentario Socialista como una privatización de la justicia y la exclusión de la competencia judicial en los citados
expedientes. Es lo que antes pedía el señor Morlán, dejar al ciudadano que elija entre la justicia y los nuevos procedimientos entre los notarios y los registradores. Eso también es absolutamente falso. En todos los procedimientos regulados en
los artículos citados se impone la necesidad de que intervengan absolutamente todos los interesados: el titular o titulares del dominio sobre la finca o de cualquier carga sobre ella, el titular o titulares del dominio de las fincas colindantes o
de cualquier carga sobre ellas, y en la mayoría de los casos debe intervenir también el catastro, a través de la descripción gráfica y descriptiva, y también las administraciones públicas competentes. Solo y exclusivamente en el caso de que todos
los interesados, absolutamente todos, estén de acuerdo, resolverá el notario o el registrador de la propiedad. Si un interesado no compareciera o compareciendo manifestara su disconformidad, el notario o, en su caso, el registrador de la propiedad,
deben dar por conclusas las actuaciones, debiendo el promotor del expediente acudir a los juzgados de primera instancia. Esto es clarísimo, esto no supone privatizar la justicia, no supone no darle al ciudadano la posibilidad de acudir a la
justicia, porque en cuanto se presente ante el registro puede decir que no está de acuerdo y se va a los tribunales, y el registrador y el notario tienen la obligatoriedad de dar por concluso el expediente.


Señorías, la reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley del Catastro Inmobiliario que se propone persigue únicamente la total coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario, la mayor seguridad y fiabilidad jurídica
de los datos catastrales y registrales, la simplificación administrativa y la agilización de los procedimientos reservados a alcanzar la concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad física y jurídica. Ya lo ha explicado y defendido
en la mañana de hoy el ministro de Justicia y, por tanto, no voy a repetir sus argumentos. Termino diciéndoles que todo proyecto de ley es susceptible de mejora en el trámite de enmiendas y en el debate de ponencia, y más cuando se trata de una ley
de carácter técnico, carente de cualquier motivación ideológica y política. Por eso quiero trasladar a todos los grupos parlamentarios la voluntad de mi grupo -ya lo ha hecho el ministro esta mañana- de recibir todas las propuestas e intentar
incorporar y transar todas aquellas que mejoren y complementen este proyecto de ley, con el fin de que salga de las Cortes con el máximo consenso.


Señor Morlán, le voy a pedir que retire la enmienda de devolución, que prácticamente usted ha basado en su oposición a la disposición final quinta del proyecto de ley -su entrada en vigor dentro de un año-,



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porque ya le han dicho todos los demás que lo que el proyecto de ley hace es suprimir la posibilidad de que la Iglesia católica pueda utilizar la misma vía que las administraciones públicas para inscribir sus bienes y que ha venido
utilizando desde 1998. Eso es lo único que hace el nuevo artículo 204, y lo único que hace la disposición final quinta es decir que entrará en vigor dentro de un año. Le han explicado todos los grupos, más afines al suyo que al mío, que su
propuesta de prorrogar esto indefinidamente no es acertada. Por tanto, en orden a ese consenso, me permito pedirle que retire su enmienda de totalidad.


Muchísimas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Matos.


- PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE REFORMA ADMINISTRATIVA EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DEL REGISTRO CIVIL. (Número de expediente 121/000101).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Pasamos al debate de totalidad del proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.


Para su presentación, de nuevo, tiene la palabra el señor ministro de Justicia.


El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Catalá Polo): Señora presidenta, señorías, comparezco también en relación con esta iniciativa que está orientada, una vez más, en el plano de trabajar para situar a nuestra Administración -en particular a
nuestra Administración de Justicia- en la vanguardia tecnológica y organizativa que nos demandan los ciudadanos. En concreto, en nuestra Administración de Justicia y, dentro de ella, en una institución con la que todos, absolutamente todos, tenemos
alguna vinculación directa, porque en el Registro Civil constan al menos los datos de nuestro nacimiento, el de nuestros padres, el de nuestros hijos, así como las inscripciones de fallecimiento. Por tanto, una fidelidad absoluta a la hora de
registrar esta realidad humana debe ser uno de los principios básicos del Registro Civil. La adecuación del Registro Civil a la sociedad digital del siglo XXI, en la que todos participamos, se va a hacer realidad mediante el proyecto de ley de
medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y Registro Civil que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 13 de junio y que hoy tengo la satisfacción de presentar aquí.


Si preguntásemos cuál es el objetivo fundamental de este proyecto que reforma ocho artículos de la Ley 20/2011, del Registro Civil, yo diría que la respuesta es muy concreta: evitar que más de 856.000 trámites que actualmente se llevan a
cabo ante las oficinas del Registro Civil tengan que hacerse de manera física o presencial. Esta es la cifra que suman los nacimientos y las defunciones que anualmente se producen en España y cada uno de ellos implica que uno de los progenitores o
un familiar tenga que desplazarse físicamente al registro e iniciar un expediente. En términos de cálculo de cargas administrativas y de ahorro económico, los datos que surgen de la metodología más habitual en esta materia, señorías, es que el
ahorro para los ciudadanos, en términos de reducción de cargas, estará cercano a 64 millones de euros; un ahorro que en tres años alcanzará casi 200 millones de euros para los ciudadanos, mientras que para la Administración el ahorro se sitúa en
torno a 8 millones de euros. Esta es solo una de las medidas que promovemos para racionalizar, agilizar y mejorar la eficiencia de las administraciones públicas. De hecho, como conocen, esto es una consecuencia directa del ambicioso programa de
reforma de las administraciones públicas organizado a través de la Comisión para la reforma de las administraciones públicas. Hemos llevado a cabo un trabajo en todos los departamentos del Gobierno, se han examinado con minuciosidad todos y cada
uno de los organismos que integran nuestra Administración General del Estado con la vocación de simplificar, reducir y mejorar el funcionamiento. Evidentemente, el Ministerio de Justicia ha participado en este proceso y, acompañando a la medida que
hoy debatimos y que está recogida en la página 156 del informe CORA que aprobó el Consejo de Ministros en junio de 2013, también estamos trabajando en otra serie de medidas como, por ejemplo, la que hemos debatido en el punto anterior, que es el
intercambio telemático de información entre el Catastro y el Registro de la Propiedad o la creación de un portal único para las subastas electrónicas, integrado y gestionado por el Boletín Oficial del Estado en su condición de agencia pública
estatal.


Lo que pretende la iniciativa que hoy presento es acabar con el mecanismo de inscripción del hecho de nacimiento y defunción en virtud de una declaración presencial que tengan que presentar aquellos que tengan conocimiento de los hechos y
estén obligados a promover estas inscripciones, fundamental y habitualmente los padres y los parientes más cercanos. Este procedimiento, que está regulado en la vigente Ley del Registro Civil del año 1957, lógicamente era coherente con los modos
administrativos y



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con los sistemas tecnológicos disponibles hace casi sesenta años, cuando, entre otras circunstancias, era bastante habitual que los nacimientos y las defunciones se produjeran en los domicilios particulares. Es evidente que los avances
sanitarios, por un lado, y los tecnológicos, por otro, han desembocado en una nueva realidad; por eso, también pretendemos desarrollar la Ley 20/2011, del Registro Civil, que ya concibe el Registro Civil como un registro electrónico, completando
esa previsión y dando los pasos necesarios para hacerla plenamente operativa. Además, el texto que hoy se somete a debate atribuye la remisión electrónica del hecho del nacimiento y la defunción a los propios centros sanitarios, que pasan a tener
la condición de obligados principales para promover dicha inscripción. De hecho, podríamos calificar a los centros sanitarios como una especie de ventanilla única ante la que se tramitarán los elementos propios del Registro Civil y, por lo tanto,
deberán estar firmados electrónicamente por los facultativos de cada uno de los centros de trabajo. Otras mejoras son las medidas concretas, por ejemplo, las medidas biométricas, médicas y analíticas que se desarrollarán reglamentariamente y que
nos permitirán asegurar el hecho del nacimiento y la determinación de la filiación materna, poniendo fin a cualquier posibilidad de que sucedan en el futuro situaciones como las de los bebés robados, o la obligación de que el formulario esté
acompañado del parte facultativo acreditativo del nacimiento. En resumen, se libera a los progenitores de la obligación de desplazarse físicamente a la oficina del registro, se refuerzan los medios probatorios de la filiación y en cuanto a las
defunciones también se comunicarán electrónicamente, garantizando la adopción de las cautelas necesarias por si dicha defunción se hubiese producido en alguna de las circunstancias que requeriría intervención judicial.


Como saben, señorías, el origen del Registro Civil, creado por la Ley de 1870, no es otro que ese principio constitucional que ya se consagró en la Constitución de 1869 y que tenía que ver precisamente con la libertad de culto. Se puso así
fin a siglos de registros parroquiales, que eran los que recogían el bautismo, el matrimonio y el entierro y que hacían de la Iglesia, a efectos prácticos y formales, una institución que participaba en el fuero civil de las personas. Esos
principios han sido sustituidos radicalmente por el nuevo modelo porque es verdad que ciento cincuenta años después el modelo que sigue vigente adolece de una serie de carencias; además, los cambios sociales y demográficos traen mayor variedad de
asuntos en materia, por ejemplo, de nacionalidad, de adopciones internacionales y, por tanto, esa creciente asignación de funciones a los registros civiles municipales ha acabado por colapsarles. Cada vez se accede con mayor frecuencia a la
información del registro para numerosos trámites, incluso por otras administraciones, como puede ser la Administración tributaria a la hora de gestionar determinadas ayudas. A esa complejidad organizativa propia del registro se añade el hecho de
que en la gestión de sus recursos materiales y humanos interviene el Ministerio de Justicia, interviene también el Consejo General del Poder Judicial y todas aquellas comunidades autónomas que tienen asumidas competencias en materia de medios
materiales y personales en relación con la justicia transferida. Según la memoria del Consejo General del Poder Judicial, que sus señorías conocen, el 50 % de todas las quejas y reclamaciones que se reciben en relación con el funcionamiento de los
juzgados y tribunales se refieren al funcionamiento del Registro Civil, en particular, a los tiempos de espera, a los horarios de atención al público y a las plantillas insuficientes.


Señorías, es justo reconocer, y quiero así hacerlo, que la Ley 20/2011 ha tratado de dar respuesta a buena parte de estos problemas. Se diseña un Registro Civil único para toda España, informado, accesible, que pueda ser consultado por
otras administraciones públicas, en el que los asientos registrales puedan ser firmados electrónicamente por los encargados, con lo que se pone fin a un sistema de hechos divididos en secciones para dar paso a un registro de personas identificado
por un código personal. La ley también abordaba una cuestión pendiente, como es el hecho de que los jueces se dediquen en exclusiva a la función jurisdiccional que les corresponde y, por tanto, abandonen funciones administrativas impropias de su
actividad. El problema de esta ley es que no estuvo acompañada de una memoria económica rigurosa ni de los recursos necesarios para su desarrollo. Por ello, este Gobierno se enfrentó a la imposibilidad de su puesta en marcha, de la entrada en
vigor de la ley , por lo que fue necesario que la Ley 18/2014, de Aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, llevara a cabo algunas modificaciones, por ejemplo, la prórroga de la vacatio legis, que se
amplió hasta el 15 de julio de 2015; también se incorporó la garantía del carácter gratuito de todas las prestaciones del Registro Civil, tanto para los ciudadanos como para las administraciones públicas, y abordó otra cuestión, como es la llevanza
del registro por parte de los registradores que tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil. En todo caso, se aseguraba -esto me parece importante- que esta traslación de la llevanza a los registradores en ningún caso generaría amenaza al
empleo de los funcionarios de la Administración de



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Justicia; incluso hemos trabajado con los sindicatos en la mesa sectorial del sector para que tanto los propietarios como los interinos tengan garantizada su estabilidad en el puesto de trabajo mediante la reorganización y reasignación de
efectivos a otros órganos de la Administración de Justicia. Asimismo, a través de lo establecido en la Ley 18/2014, que ratificó el Real Decreto-ley 8/2014, se creaba una corporación de derecho público, que sería la encargada de gestionar las
aplicaciones y los sistemas informáticos que darían sustento al nuevo Registro Civil, debiendo pertenecer a esa corporación los registradores.


Si se ha hecho este análisis evolutivo, señorías, es para tratar de acreditar que esta iniciativa que ahora presentamos no solo consolida todos estos pasos, sino que tiene un fin más importante: los perfecciona, los matiza y sobre todo, los
hace posibles. Un proyecto de ley que en absoluto puede ser calificado como una contrarreforma sino que, muy al contrario, sitúa al Registro Civil a la altura de las expectativas de los ciudadanos y del conjunto de la sociedad. Este es, en última
instancia, el propósito final del proyecto y espero que en el trámite de enmiendas, como he mencionado anteriormente, podamos mejorarlo, podamos perfeccionarlo, incluso me consta que el Grupo Parlamentario Popular, el grupo parlamentario que apoya
al Gobierno, va a presentar una serie de enmiendas, porque desde el Gobierno, desde el Ministerio de Justicia, queremos acompañar el proceso de elaboración parlamentaria para mejorar. Estoy seguro de que todos los grupos parlamentarios llevarán a
cabo ese proceso de enmiendas para ofrecer a todos los ciudadanos el mejor modelo posible de Registro Civil.


Quiero apuntar -como algunos de sus señorías me han podido escuchar en alguna intervención pública en estos últimos dos meses, desde que tomé posesión del ministerio- que hay algunas ideas de este proyecto de ley que queremos modificar. Por
ejemplo, no vamos a llevar adelante la creación de la corporación de derecho público que la Ley 18/2014 pretendía. Consideramos que la llevanza del Registro Civil ha de ser efectuada por los registradores, pero no mediante ninguna personificación
jurídica intermedia, sino a través del propio Colegio de Registradores, que será el que ponga a disposición del Ministerio de Justicia una plataforma electrónica en materia de registro civil y nacionalidad que hará posible el registro civil
electrónico. Asimismo, queremos fijar una nueva organización que responda a una estructura de oficinas generales que se establecerán en todas las capitales de provincia, en las islas y en las poblaciones de más de 100.000 habitantes; también habrá
colaboración con las oficinas consulares y con las oficinas colaboradoras, que pueden ser los registros de la propiedad o los juzgados de paz. De esta manera garantizaremos una absoluta permeabilidad y alcance a la totalidad del territorio, a la
totalidad de los ciudadanos. Por ello, señorías, presentaremos algunas enmiendas dirigidas, por ejemplo, a abordar la inscripción de la gestación por sustitución. Al anunciar estas enmiendas que presentará el Grupo Parlamentario Popular, quiero
poner de manifiesto que queremos dotar al nuevo modelo de Registro Civil de todas las garantías, de toda la transparencia, de todas las capacidades y de toda la supervisión por parte del Ministerio de Justicia para convertirlo en el servicio público
del siglo XXI que todos deseamos, sin que, por supuesto, esto signifique ningún coste ni para los ciudadanos ni para el Estado porque el principio de gratuidad queda garantizado por la ley, la accesibilidad al registro también se amplía mediante el
uso de los medios electrónicos, así como el diseño de las oficinas colaboradoras a las que me he referido.


Señorías, creo que la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista se equivoca al calificar este proyecto como una contrarreforma. Nada más lejos de nuestra intención. Lo que pretendemos es incidir en el afán innovador y
reformista de este Gobierno, que no contrarreformista, en el desarrollo de las leyes actualmente en vigor, que es lo que pretendemos, desarrollar la ley en vigor. Es cierto que la ley no concretó algunas de las medidas, no asignó la llevanza del
registro a ningún colectivo profesional y es evidente que para hacerlo efectivo no tenemos más remedio que hacerlo de ellos.


Hay un asunto, señorías, al que me interesa dedicarle algún tiempo, y es la consideración recurrente, y yo creo que bastante demagógica, en torno a la privatización como consecuencia de que sean los registradores los que tengan encomendada
la llevanza del Registro Civil. En primer lugar, los registradores, como conocen sus señorías sobradamente y así lo establece el artículo 274 de la Ley Hipotecaria, son funcionarios públicos dependientes del Ministerio de Justicia, como ya he
tenido ocasión con el otro proyecto de ley que he presentado esta mañana de poner de manifiesto. Es el Estado el que diseña el modelo y la organización del Registro Civil, el que establece las normas de funcionamiento, de forma que queda
garantizada la implantación y la calidad homogénea en todo el territorio. Los registradores de la propiedad y mercantiles serán los responsables de la llevanza de este registro bajo la supervisión del Ministerio de Justicia, que ejerce la potestad
disciplinaria, el cumplimiento de todas sus obligaciones; por



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tanto, me parece sorprendente que se quiera dudar de la condición de funcionario público de los registradores. También se hace alguna consideración sobre la afiliación matrimonial y la afiliación no matrimonial, siendo así que lo único que
hacemos es mantener el mismo régimen que existe en la actualidad en el Código Civil. Lo único que hacemos es hacer constar la filiación paterna, que en ningún caso afecta a los derechos del nacido. También con la inscripción de los nacidos
mediante técnicas de gestación por sustitución, como he anunciado, el Grupo Parlamentario Popular planteará en su caso alguna enmienda que permita adecuarnos a la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en esta materia. Como
saben, señorías, cuando el nacimiento ha tenido lugar fuera de España y la determinación de la filiación está sujeta a legislación extranjera, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado una sentencia recientemente, bien es cierto que
referida a Francia y no a España, en la que declara que no reconocer la relación de filiación entre los niños nacidos mediante estas técnicas de gestación por sustitución y los progenitores que han acudido a este método reproductivo es contrario y
viola el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Por tanto, vamos a promover una adecuación de nuestro derecho a esta situación.


Señorías, quiero reafirmar la intención de nuestro Gobierno, del Ministerio de Justicia, desde una visión pragmática, desde una visión posibilista, desde una visión realista, de la implantación de la Ley 20/2011, del Registro Civil, y toda
la modernización y mejora que este servicio lleva consigo. Por eso les invito, señorías del grupo que presenta la enmienda a la totalidad y al conjunto de la Cámara, a que trabajemos durante la tramitación de las enmiendas al articulado para
introducir todas las mejoras que sean necesarias y oportunas. Yo ya he anunciado algunas de ellas que nos parecen necesarias y convenientes; alguna muy relevante, como la no creación de la corporación de derecho público. Hemos trabajado con el
Colegio de Registradores; hemos acordado con ellos un modelo de incorporación. Hemos garantizado la gratuidad del servicio. Hemos garantizado la calidad de la plataforma tecnológica y, por tanto, vamos a contar con un registro civil de una
calidad equivalente a la que ya tiene en España el Registro Mercantil y el Registro de la Propiedad. No creo que tengamos ninguna crítica o ninguna duda sobre la calidad de esos registros llevados por los registradores, que también podrán llevar a
cabo una función de Registro Civil que sus señorías, en la legislatura pasada, acordaron que no tenía naturaleza jurisdiccional y por lo tanto era razonable sacar del ámbito de la Administración de Justicia.


Señorías, termino como les decía, haciendo una llamada al debate, sin duda, y al acuerdo para ser capaces de contar a la mayor brevedad posible -intentaríamos llegar, lógicamente, a la vacatio legis planteada para julio del próximo año,
2015- con un Registro Civil propio del siglo XXI, servido por funcionarios públicos y supervisado y controlado por los poderes públicos, en particular por el Ministerio de Justicia.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor ministro.


A este proyecto de ley se ha presentado una enmienda a la totalidad de devolución por el Grupo Socialista. Para su defensa tiene la palabra el señor Bedera.


El señor BEDERA BRAVO: Gracias, señora presidenta.


Subo a esta tribuna para defender en nombre del Grupo Socialista la enmienda de totalidad para que el proyecto de ley que hoy debatimos sea devuelto al Gobierno. Mi grupo había pensado que el cambio de titular en el Ministerio de Justicia
podía también suponer un cambio en la forma de hacer política, un nuevo modo de enfocar los problemas que aquejan a nuestra justicia, incluso una rectificación de fondo, por qué no, que nos devolviera a la senda de la defensa de la justicia como un
servicio público auténtico. Así lo podíamos intuir de las primeras declaraciones del ministro, en las que se ofreció para llegar a acuerdos, evidenció su interés por rebajar la tensión acumulada en el periodo anterior e incluso planteó la
modulación de algunas de las propuestas más radicales de su antecesor en el cargo, pero ha sido corta esta especie de vacatio conciliationis porque muy pronto hemos visto cómo la maquinaria popular se ponía de nuevo en marcha, ocupaba el orden del
día del Pleno -por ejemplo, el de hoy- y la agenda legislativa del Gobierno en materia de justicia volvía a recuperar y a reproducir los mismos contenidos de la pasada etapa. Es cierto que su discurso es menos agresivo, menos frentista que el
practicado por su antecesor y en nombre del Grupo Socialista se lo queremos agradecer, señor Catalá, pero prevalece la marca de fábrica del Partido Popular cuando legisla en materia de justicia. Es como si estuviera en su



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naturaleza, como le dijo el escorpión a la rana, y no supieran actuar de otra manera. Pues bien, esas señas de identidad que identifican su modo de proceder las volvemos a reconocer en este proyecto de ley.


Desde un punto de vista procedimental, asistimos a una tramitación -creemos- incoherente de la norma, cuando no sincopada, con altos índices de reprobación tanto por los operadores jurídicos como por los órganos consultivos informantes, que
lejos de dar seguridad jurídica producen el efecto contrario. Tras pasar por varias opciones -usted ha hecho el recorrido y yo lo voy a hacer a continuación-, aún desconocemos cómo se va a desarrollar esa famosa plataforma encargada de gestionar el
sistema informático del Registro Civil. El recorrido ha sido muy sinuoso, señor ministro, y se lo recuerdo de forma muy rápida: Noviembre de 2013, el anteproyecto de ley sometido al preceptivo informe del Consejo General del Poder Judicial preveía
que las comunicaciones entre el Registro Civil y los hospitales, es decir, la transmisión telemática de los certificados de nacimiento y defunción, se efectuara desde la plataforma organizada al efecto por la Organización Médica Colegial, proyecto
que recibió críticas muy severas por parte del consejo por parecer -son sus propias palabras- poco satisfactorio poner en manos de una organización colegial profesional tal volumen de datos de tan enorme sensibilidad. Junio de 2014, entra en la
Cámara el texto que hoy debatimos, donde desaparece completamente la mención a dicha plataforma colegial sin que en el texto sea sustituida por ninguna otra. Mutismo total sobre el modo de llevarse a cabo esta gestión del sistema registral
electrónico. Julio de 2014, el Gobierno aprovecha la aprobación del real decreto-ley de medidas urgentes para prorrogar la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil en 2011 y crear en una disposición adicional vigesimotercera una corporación de
derecho público -usted ha hecho referencia a ello- que tendrá por objeto la creación, mantenimiento, etcétera, del sistema informático, pero a la vez se encomienda el inicio del expediente, la selección de los contratistas y la adjudicación de los
contratos al sistema informático a una empresa pública adscrita al Ministerio de Defensa, la empresa Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España. Septiembre de 2014, el Gobierno presenta a dictamen del Consejo de Estado el real decreto que
debería aprobar los estatutos de la citada corporación de derecho público, pero recibe un sonoro varapalo, pues hasta en cinco ocasiones el Consejo de Estado formuló observaciones de carácter esencial y llega a decir que el contenido del real
decreto supone una lectura inconstitucional del decreto-ley. Con este éxito cosechado, el Gobierno retira el real decreto y con ello los estatutos de esa corporación pública que debería desarrollar el sistema registral. 15 de octubre de 2014, se
aprueba la Ley de medidas urgentes que modifica ligeramente el real decreto-ley, pero en nada la corporación de derecho público, es decir, permanece súperstite la corporación, pero vacía de contenidos porque los estatutos habían sido laminados
literalmente por el Consejo de Estado. Y qué casualidad, ese mismo día, 15 de octubre, usted comparece en la Comisión de Justicia y nos anuncia -palabras suyas-: no vamos a desarrollar ningún cuerpo intermedio ni ninguna corporación porque no
pensamos que sea necesario -lo ha repetido ahora-, lo haremos directamente entre el ministerio y el Colegio de Registradores. Es decir, lo que empezó siendo una plataforma de la Organización Médica Colegial pasó después a ser una corporación de
derecho público apoyada en una empresa dependiente del Ministerio de Defensa, que más tarde desapareció en el proyecto que hoy debatimos, para finalmente caer, como usted aseguró en su comparecencia y ahora mismo, en manos del Colegio de
Registradores. Convendrá conmigo en que la forma de proceder no ha sido la mejor. Esta especie de Guadiana jurídico, donde las plataformas y las corporaciones públicas aparecen y desaparecen no augura muchos éxitos. Nos parece un dislate, señor
ministro, un desatino que dice muy poco a favor de sus promotores.


Pero pasemos al fondo, porque usted... Perdone, señora presidenta, no sé qué tiempo llevo.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Pues se ha parado el reloj. Aprovéchese, señor Bedera. (Risas). Aprovéchese; los errores se pagan.


El señor BEDERA BRAVO: Yo le prometo que tengo preparado para un cuarto de hora.


Decía que pasemos al fondo de la cuestión. Usted defendió con entusiasmo en su comparecencia la entrega del Registro a los registradores. Cito el 'Diario de Sesiones': Quiero asegurarles que en el proyecto que queremos llevar a cabo el
Ministerio de Justicia va a liderar absolutamente la nueva llevanza del Registro Civil y lo vamos a hacer con el Colegio de Registradores, y vamos a crear una comisión mixta ministerio-colegio para llevar a cabo todos los proyectos: el diseño de
las plataformas, los sistemas de control y los sistemas de garantía y seguridad de la información. Vamos, señor ministro, que hay uniones de hecho mucho más sólidas que la que ustedes están perpetrando con los registradores. Hizo también una
encendida loa de la condición de funcionarios públicos de los registradores, para negar que entregarles



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el Registro Civil signifique su privatización. Lo acaba de reproducir mutatis mutandis cuando usted ha subido a la tribuna. Eso sí, se le ha olvidado citar la sentencia de 12 de noviembre de 2009 del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea, cuando en su Sala tercera afirma textualmente: Los registradores no ejercen su actividad en calidad de órgano de derecho público, puesto que no están integrados en la Administración pública, sino que su actividad se realiza en el marco de
una profesión asimilada a una profesión liberal. Entonces, señor ministro, es cuando nos asalta la gran pregunta: Señor Catalá, ¿es este el encargo que ha recibido del registrador Mariano Rajoy Brey? Esta es la pregunta que nos asalta. ¿Le ha
sugerido el presidente del Gobierno -registrador en Santa Pola- que entregue el Registro Civil al cuerpo de registradores? Esta es la gran pregunta, pero se nos plantean muchas otras, porque si el Consejo General del Poder Judicial afirmaba en su
informe que resultaría muy gravoso económicamente implantar los sofisticados sistemas de seguridad que se requieren y de los que, por cierto -según ha explicado usted ahora en el tema de la memoria económica-, la memoria del análisis de impacto
normativo del proyecto no dice nada, la siguiente pregunta es cómo y quién va a sufragar este dispendio, porque en la ley que estamos debatiendo y a la que hemos presentado enmienda de devolución no se dice absolutamente nada. ¿Van aumentar los
aranceles? ¿Se cobrará por el acceso a la ficha registral de cada ciudadano? ¿Pasarán los registradores a engrosar la lista de beatos por su desinteresada contribución al bien común? No lo sabemos, ni las dos primeras ni la siguiente, y nos
seguimos preguntando, ¿cuántos puestos de trabajo se pueden perder? ¿Hay algún cálculo hecho? ¿Qué garantías hay de una adecuada gestión de los datos por personal no funcionario? Porque le recuerdo, señor ministro, más allá de la discusión sobre
la calidad de funcionarios o no de los registradores, que quienes van a utilizar estos datos son personas que contrata y despide ese empresario registrador. ¿Qué servicio se puede dar si las oficinas se van a ubicar en determinados sitios?
Etcétera, etcétera. Es decir, son demasiadas preguntas que no encuentran contestación en el proyecto de ley del Gobierno, que es de lo que estamos hablando en este momento. Nos piden un cheque en blanco que el Grupo Socialista no está dispuesto a
dar, porque nos ocurre como en Hamlet, nos parece que algo huele a podrido en Dinamarca. Esta dejación, este entreguismo del Registro Civil y las incógnitas que lo rodean serían razones más que suficientes para presentar esta enmienda de
devolución.


El texto que debatimos contiene además algún extremo de carácter ideológico que concita nuestra oposición. El primero de ellos, se refiere a la filiación no matrimonial. Señorías, la Ley de Registro Civil de 2011 fue aprobada por
unanimidad. Fue una ley de consenso que se adaptaba a los valores consagrados en la Constitución de 1978 y a la realidad actual de la sociedad española, y dentro de esa realidad se contemplaba la eliminación de toda referencia a la filiación no
matrimonial haciéndola equiparable a la matrimonial, porque a pesar de su calidad técnica, la anterior Ley del Registro Civil -recuerdo- era producto de su tiempo, era de 1957. Pues bien, el proyecto de ley que debatimos en este momento reintroduce
la diferenciación entre filiación matrimonial y no matrimonial aumentando en un supuesto de determinación legal de la filiación no matrimonial contenida en el artículo 120 del Código Civil. Ninguna razón se invoca en la exposición de motivos, es un
gesto automático del prelegislador. De nada vale que la voluntad unánime de la Cámara fuera en el sentido contrario en 2011, es un reflejo ideológico que no compartimos. Una vez más, creemos que está en su naturaleza.


Otra de las cuestiones que alimenta nuestro catálogo de motivos para pedir la devolución del proyecto de ley al Gobierno tiene que ver con el tratamiento de la inscripción del nacimiento de los menores nacidos mediante gestación subrogada.
Nos alegramos de que haya anticipado que habrá algún tipo de enmienda en este sentido. Nosotros le vamos a dar nuestra opinión. Efectivamente, el texto del proyecto de ley introduce un precepto que aborda de una manera directa la inscripción del
nacimiento de un menor limitando la posibilidad de inscripción a que no resulte manifiestamente incompatible con el orden público español. Es verdad que la gestación subrogada no ha sido una cuestión pacífica ni en España ni en el conjunto de
países, no solamente de nuestro entorno sino de todo el mundo y ya viene pasando durante unas cuantas décadas. El tratamiento normativo se ha resuelto de manera muy distinta; dejando al margen los países extracomunitarios, solamente en la Unión
Europea de los Veintisiete -dejamos fuera Croacia del que no tengo ahora mismo datos-, siete países miembros lo prohíben expresamente, diecisiete no lo hacen y tres plantean soluciones más alambicadas. Entre los que existe una prohibición directa
se encuentra España, porque efectivamente en el artículo 10 de la Ley 14/2004, de 26 mayo, sobre técnicas de reproducción asistida, se declara nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una
mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero. Por lo tanto, señorías, no hay duda de la voluntad en estos momentos del legislador español



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sobre la maternidad subrogada. Lo que nuestro grupo plantea es otra cosa, es atender al interés superior del menor consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño del año 1989 y reconocer su derecho a la filiación a través de su
inscripción en el Registro Civil, haciéndolo prevalecer -este interés superior del menor- frente a un entendimiento exorbitado del concepto de orden público internacional español. Pero, señorías, por mucho que discutamos sobre este extremo, si
antes había dudas ahora han desaparecido, porque efectivamente hay dos sentencias muy recientes, de 26 junio de 2014, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuya doctrina entendemos que es perfectamente aplicable en España. En ambos supuestos,
los casos Mennesson y Labassee contra Francia, se condena al Estado francés por impedir el establecimiento a través del correspondiente registro público del vínculo de filiación entre unos niños nacidos mediante gestación subrogada en Estados Unidos
y sus padres y madres de intención de nacionalidad francesa. El tribunal es meridiano y en esto no queda ninguna duda. Declara que al impedir el establecimiento de su filiación se priva a los menores de uno de los contenidos de su derecho a la
vida privada que garantiza el Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, por más que sea conforme el convenio con que las legislaciones nacionales prohíban el uso de esta técnica reproductiva en
sus respectivos países. Advierte de que, a pesar de esta opción del legislador nacional, esta opción no puede proyectarse sobre la identidad de los menores a los que, de otro modo, se les sitúa en una situación de incertidumbre jurídica sobre su
propia identidad. Es decir, la ilegalidad de una determinada técnica reproductiva en un país europeo no puede salpicar ni privar a los menores nacidos en el extranjero utilizando esta técnica del reconocimiento de su filiación en los países de
origen de sus padres.


En resumen, señorías, señor ministro, presentamos una enmienda de devolución, primero, porque entendemos que prácticamente todos los elementos de esta reforma que afectan al Registro Civil, a la Ley Hipotecaria, al código, etcétera, no
responden realmente a una necesidad urgente de la sociedad, sino a la voluntad del Gobierno -apoyada por su mayoría parlamentaria- de facilitar la apropiación definitiva del Registro Civil en manos de unos pocos: el colectivo de registradores al
que pertenece el presidente del Gobierno. Segundo, entendemos además que el proyecto de ley adolece de querencias ideológicas incompatibles con la realidad de nuestra sociedad. Recuperar la diferenciación entre filiación matrimonial y no
matrimonial es retroceder y descender a posiciones jurídicas obsoletas e incomprensibles para la mayoría de los miembros de nuestra sociedad, como quedó demostrado por el apoyo unánime que en el año 2011 tuvo la Ley del Registro Civil. Tercero,
tampoco compartimos la expulsión del derecho a la filiación y, por consiguiente, a la inscripción registral de los menores nacidos mediante técnicas de gestación por sustitución tras las dos sentencias que acabamos de citar del pasado mes de junio
en las que se deja claro, con independencia de la voluntad del legislador, que esta no puede colocar al menor en situación de incertidumbre jurídica. Y cuarto, finalmente, nuestra enmienda de devolución se sustenta en la intención del Gobierno de
utilizar si no una vía espuria -no diría tanto-, sí al menos algo desleal intentando modificar una ley aprobada por unanimidad en esta Cámara. La Ley del Registro Civil propone la desjudicialización -usted ha hecho referencia a ello y en la medida
en que nos corresponde, porque como Gobierno socialista fuimos sus impulsores; agradezco las palabras que ha tenido hacia ella-, haciendo que los jueces se centren en su cometido constitucional: juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Creemos que la
reforma que plantea el Gobierno aprovecha para vaciarla parcialmente de contenido y combatir una norma que en su momento apoyó, contraviniendo aquel consejo de Silvela, quien en el debate parlamentario de la Ley del Jurado de 1887 aconsejaba que las
reformas se hagan sin propósito de destruirlas por los partidos que las combaten cuando alcanzan el poder, sino de cumplirlas y respetarlas; a lo que nosotros podríamos añadir: y mucho más cuando las acaban pactando.


Gracias, señorías; gracias, señora presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Bedera.


Pasamos al turno de fijación de posición. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Mixto, señor Baldoví.


El señor BALDOVÍ RODA: Señora presidenta, hoy tengo diez minutos y, aunque no se equivocara, sí que tendré tiempo.


Señorías, cuando dimitió el anterior ministro, señor Gallardón, se generó la expectativa de que alguien con mayor sensibilidad o con más sentido común dirigiera el pilar de la democracia, que es la justicia; alguien que tuviera sensibilidad
hacia la concepción de la justicia como un derecho ciudadano a proteger y garantizar y no como una carga o un espacio de negocio; alguien con ganas de escuchar a los



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profesionales del sector. Muchos, entre ellos yo, pensábamos que no podía ser peor que el señor Gallardón, y no voy a decir que usted lo sea, señor Catalá, es sencilla y lamentablemente -y lo siento- continuista, y así lo ha reconocido y
así lo dicen sus hechos, y eso para los ciudadanos es un problema. Seguir adelante con la privatización del Registro Civil, aunque usted diga que no, afirmando que no es una privatización, es un problema, pues, además de querer hacerlo contra la
opinión de todos los afectados, a nuestro entender, quiere engañar a la opinión pública sobre sus consecuencias. Mientras los registradores cobren por actos y por arancel y se autogestionen, funcionan como empresas privadas. Si se cambiara el
régimen retributivo, como entendemos desde Compromís que debería hacerse, de registradores y notarios y cobraran una retribución establecida fija, como hacen los funcionarios públicos, y sus oficinas fueran también gestionadas por la Administración
pública, la cosa cambiaría, pero mucho nos tememos que el señor Rajoy nunca irá por ese camino. Así que tenemos de nuevo a un ministro de Justicia que, en contra del sentir de la gente, de los afectados, de los profesionales del sector y de los
agentes sociales, ha decidido seguir desmantelando el servicio público más relevante de la democracia, la justicia, y esto no es una buena noticia.


Quizá reduzca usted algunas tasas judiciales como ya anunció, tasas abusivas y disparatadas, y así puede que lave su imagen o pretenda lavar su imagen, pero continuar la senda de las reformas judiciales del señor Gallardón, insisto, es una
mala noticia para esta democracia. Esta ley es un reflejo de una visión retrógrada y clasista de la justicia alejada de la realidad. Prueba de lo arcaico de esta propuesta legislativa es mantener dos procedimientos distintos para la inscripción de
la filiación matrimonial y no matrimonial. ¿De qué siglo es esto? ¿En qué mundo viven? No les voy a negar que la ley sí contiene algún avance al reconocer que existen los matrimonios entre mujeres y que pueden tener hijos. Para usted a lo mejor
puede que sea toda una proeza y se agradece la previsión legislativa, pero ¿y si no están casadas pero sí son pareja y quieren tener un hijo? ¿Tienen que pasar por un proceso de adopción o las obligamos a casarse? Es evidente una discriminación
con respecto a las parejas heterosexuales que no quieren o que no requieren casarse para que se reconozca la filiación no matrimonial. Por ello, es necesario que se legisle desde la plena igualdad. Señorías, esta ley parte de la distinción, de la
desigualdad y de una realidad parcial. Nosotros entendemos que las leyes no deben contener discriminaciones por estar o no casados, por ser hombre y hombre, mujer y mujer, heterosexual, transexual y homosexual. Nadie tiene que verse excluido de
una ley de filiación ni mucho menos retratado. Todos tenemos que vernos reflejados en un plano de igualdad de derechos. El mundo de la filiación ya no es padre y madre y, por tanto, la previsión legislativa debe de ser genérica para que sea igual
para todos los supuestos que se dan en nuestra sociedad plural, heterogénea y diversa.


En cuanto a los hijos fruto de la gestación subrogada realizada en otros países donde sí es legal, no se dice nada, ni siquiera se recoge en la interpretación vigente. Sí, usted ya ha anunciado que hará una enmienda, pero justamente
obligado por una sentencia del Tribunal Europeo. Ni siquiera se recoge la interpretación vigente, dejando en desamparo a los menores que no han pedido venir al mundo, pero que están aquí y no pueden quedar en un limbo jurídico porque el Gobierno
español no se acordara o no le apeteciera o no tuviera intención de legislar sobre esta materia, alguna cosa hay que decir para proteger a estos menores. En Compromís-Equo creemos en el servicio público de justicia plenamente accesible para todos,
en un Registro Civil gestionado por funcionarios públicos, en unas leyes orientadas y redactadas desde la igualdad para construir más igualdad. Justicia como servicio público, igualdad, democracia son algunas de las palabras ausentes de esta ley.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Baldoví.


Por el Grupo Vasco, PNV, señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Muchas gracias, señora presidenta.


Señor ministro, nos desenvolvemos en una situación de verdadera perplejidad. Usted no ha venido aquí a presentar y explicar un proyecto de ley, sino dos, y este es un uso parlamentario que reglamentariamente es incorrecto, es inadecuado y,
si me permite la expresión, se lo digo cordialmente, fraudulento. Ha explicado el contenido de un proyecto de ley que tiene un contenido material muy vinculado a dos institutos jurídicos, la subasta electrónica y la filiación electrónica. Ha
glosado de forma muy marginal estos aspectos del proyecto de ley que nos ha presentado y ha hecho un discurso extenso sobre la propia naturalización jurídica del Registro Civil, cómo se va a hacer, cómo se va a configurar, cuál va a ser la
pertinencia de su ubicación y de su gestión por los registradores, y otras cuestiones colaterales al texto



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que yo tengo en este momento en mi mano y que era el que pretendidamente usted debía presentar. ¿Cómo está configurado el segundo proyecto de ley que usted ha presentado? A través de enmiendas anunciadas que va a presentar su grupo
parlamentario. Este tipo de actuaciones, como comprenderá, me impiden poder reflexionar con suficiente seguridad jurídica y solvencia, porque no conozco cuáles son las enmiendas que va a presentar su grupo parlamentario, salvo estas referencias
obiter dicta que usted ha realizado, pero no son cuestiones baladíes, porque estamos hablando de la gestación subrogada. ¿Es que la enmienda va a coincidir con las sentencias en materia de gestación subrogada dictadas por el Tribunal Europeo de los
Derechos Humanos, y particularmente la citada por el señor Bedera de forma muy correcta, la más reciente, de 26 de julio de este año, en relación con un caso muy conocido del Estado francés? Nos tendría que dar alguna explicación sobre esta
cuestión, señor ministro.


En cuanto a la gestión del registro por parte de los registradores, ¿qué registradores, los mercantiles, los civiles, ambos, los de la propiedad, cuáles son los registradores que van a ostentar la gestión? Parte usted del hecho, como si
fuera de tácita aceptación, de que no es un acto jurisdiccional la gestión de un registro público como el civil. Yo sí creo que es un acto jurisdiccional y además me avalan determinadas resoluciones de la propia jurisprudencia del Tribunal de la
Unión Europea. En este caso también el señor Bedera ha citado una sentencia importante, de 12 de noviembre de 2009, que establece lo siguiente: los registradores españoles no son órganos de derecho público puesto que no están integrados en la
Administración, sino como una actividad de naturaleza jurídico-pública realizada en el marco de una profesión asimilada a una profesión liberal. Estos son los registradores españoles, señor ministro, cuyo régimen retributivo se articula en forma de
aranceles, como ha dicho el señor Baldoví. Además, sin perjuicio de poder ser polémica, poder ser discutible el carácter jurisdiccional o no de la inscripción y control, porque esto nos lleva a un discurso de dogmática jurídica que no es pertinente
articular en este momento, porque nos llevaría mucho tiempo, cuándo causan efecto los derechos, si desde el momento de la inscripción, como antes comentábamos con el señor Morlán en relación a cuándo se crea el derecho subjetivo en materia de
inmatriculación de fincas, en el momento de la inscripción o la inscripción lo que proporciona es fe pública y la ejecutividad del derecho y el derecho persiste. El derecho también en materia del Registro Civil y de los actos inscribibles en el
Registro Civil persisten en la propia inscripción en el Registro Civil, que también proveé de fe pública, pero no puede proporcionar personalidad a un recién nacido, a una persona que nace, ni puede privar de personalidad a una persona que fallece.
Como los actos inscribibles en el Registro Civil son los más relevantes de la vida de las personas, deben tener un tipo de control que en nuestra opinión ha sido siempre -como lo fue en la ley reguladora del Registro Civil, aprobada por unanimidad
en su día- de naturaleza jurisdiccional. No encontrará usted muchas refutaciones a estas opiniones ni en el ámbito de la doctrina científica ni por parte del Consejo General del Poder Judicial ni por parte de los propios jueces del Registro Civil,
que siguen reivindicando -finalmente ya perdida la batalla, cada vez con menos energía- su condición de detentadores de una función jurisdiccional stricto sensu.


Por otra parte, también nos ha explicado cómo se va a producir el desmantelamiento de las oficinas de los registros civiles, reubicando en otros juzgados al personal -me ha parecido entenderle- que tiene la plaza en propiedad y a los
interinos. No sabemos en qué juzgados, con qué especialidad, con qué mecanismos de readaptación profesional a esos nuevos juzgados -si son juzgados de lo Penal o de lo Civil o si son juzgados mixtos o de otra naturaleza, o mercantiles- que realizan
funciones muy diferentes a las vinculadas al acto registral o al Registro Civil en las que ellos están especializados. Son cuestiones que no están en el proyecto de ley que usted nos ha presentado y que nosotros estaríamos en condiciones de aceptar
pacíficamente, pero no así las que le estoy comentando, que parece que van a dimanar de enmiendas presentadas por su grupo parlamentario. Yo no conozco muchos precedentes de una forma de legislar de estas características, de esta naturaleza. En
todo caso, ante la inevitabilidad de lo que va a ocurrir, analizaremos las enmiendas que ustedes nos presenten. Tengan muy en cuenta -me refiero a los portavoces del Grupo Popular-, en materia de gestión subrogada -y léanse bien-, la sentencia del
Tribunal Europeo de Derechos Humanos relativo a los casos Mennesson y Labassee, citadas por el señor Bedera de forma muy correcta.


Lo demás es lo que está en el proyecto de ley, a lo que usted se ha referido de forma absolutamente residual y marginal: la subasta electrónica. No vamos a glosar -porque yo creo que a estas alturas ya, y después de lo dicho, no merece
mucho la pena- las bondades de la subasta electrónica. Nosotros creemos en la subasta electrónica, creemos en una subasta electrónica que queda legitimada por las previsiones de la Ley de 14 de mayo del año 2013 y que reforma el artículo 129 de la
Ley Hipotecaria para



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establecer la forma electrónica única para las subastas notariales. Si para las subastas notariales están previstos mecanismos de actuación, ¿por qué no vamos también a regular estos mecanismos a través de la subasta electrónica, por
ejemplo, para subastas derivadas de procedimientos de ejecución de sentencias? Nos parecía bien, nos parecían muy adecuadas estas previsiones en relación con la subasta electrónica y a las garantías que se introducían en relación con la publicidad,
en relación con la necesidad de que para cada una de ellas la publicidad registral de los bienes y de los datos complementarios se obtuviera con planos, fotografías, licencias u otros elementos necesarios para asegurar la seguridad jurídica en un
tráfico de naturaleza electrónica que tiene los problemas que tiene la informática, que es la no posibilidad presencial de ver.


En materia de filiación, también nos parecían bien las cautelas establecidas en relación con la filiación desde la perspectiva de que la filiación tiene que ser médica, desde el momento del nacimiento, en virtud de las normas necesarias de
que el nacimiento se hubiera producido -con las cautelas necesarias- dentro de un centro sanitario, en el exterior o en un centro no sanitario estableciendo las cautelas adicionales para un centro no sanitario o de un centro sanitario que no ha
recibido los formularios oficiales. Que los facultativos sean los que certifiquen electrónicamente la posibilidad de acceso al registro me parecía también evidentemente correcto, igual que las medidas respecto a qué debe expresar la certificación
médica, las cautelas que existen en relación con esa certificación médica cuando el nacido ha fallecido o existan indicios o puedan existir indicios de muerte violenta o muerte por cualquier motivo que impida conceder la licencia de enterramiento
hasta que el órgano judicial que va a investigar estas circunstancias lo considere o dicte la debida autorización, y lo referido a la fenomenología de los bebés robados y las cautelas que en materia de bebés robados mediante la implantación de
pruebas biométricas y la certificación de dos facultativos se puedan hacer para evitar, desde la perspectiva del nuevo sistema de inscripción en el Registro Civil, que esta fenomenología, que esta lacra de los bebés robados pueda seguir
produciéndose o pueda seguir incrementándose, en su caso.


Señor ministro, todo esto nos parecía en principio bien, nos parecía bien y estábamos en la tesitura de abstenernos en relación con la enmienda presentada por el Grupo Socialista, pero tras su disertación creo que penetramos en un mundo
respecto al cual desconocemos todo o casi todo. Yo no sé cuáles son sus intenciones respecto a la configuración del Registro Civil, de su llevanza, de sus titulares, de quiénes van a ser titulares, de los sistemas...


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor Olabarría, acabo ya su tiempo.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Sí, acabo ya, señora presidenta.


Y desde esa perspectiva, señor ministro, siento comunicarle que ante los enigmas que presenta esta peculiar presentación de un proyecto de ley que no está en el texto que nos ha sido entregado por la Cámara, sino en otro que va a ser
articulado a través de enmiendas de su grupo, vamos a votar favorablemente la enmienda del Grupo Socialista.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, señora Díez.


La señora DÍEZ GONZÁLEZ: Gracias, presidenta.


Efectivamente, hemos tenido una presentación del ministro un tanto atípica -el señor Olabarría la calificaba de otra manera-, en la que ha dedicado mucho más tiempo a presentar y defender las enmiendas del Grupo Popular que a presentar el
proyecto de ley, en un ejercicio de clara separación de poderes, el Grupo Popular controla al Gobierno a pesar de que le apoya, y el ministro viene aquí a explicarnos las enmiendas y a defenderlas, yo creo que bastante bien, y le ha quitado un
trabajo al responsable del Grupo Popular, que cuando las tenga que defender en Comisión con remitirse a la defensa del ministro tiene bastante, además con la ventaja de que al defenderlas haya advertido que las va a aceptar y deja al Grupo Popular
con menos trabajo. Harán bien ustedes si le agradecen al ministro esa colaboración. Esto es un poco lo atípico de su presentación.


Ha habido otra cuestión que quiero escuchar bien, positivamente. Usted, tanto en la intervención en defensa de las enmiendas a la totalidad de este proyecto como en la intervención anterior, insiste mucho en su voluntad de consenso y de
aceptar enmiendas y en este caso ha insistido también en aceptar otras enmiendas del resto de la Cámara además de las del Grupo Popular. Es verdad, señor ministro, que usted lleva poco tiempo en el ministerio, pero es tiempo suficiente para que las
oportunidades que ha tenido las



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haya estropeado todas, pues el Gobierno no ha aceptado ninguna enmienda o prácticamente ninguna. Antes lo ponía de manifiesto el representante de Convergència i Unió, ayer en la Comisión en una proposición de ley, en una ley bien fácil para
aceptar las enmiendas bien razonables de toda la oposición, porque allí no había carga ideológica de estas que a veces parece que sobrevuelan algunos textos y dicen que es imposible, lo sorprendente es que no aceptaran las enmiendas, era mucho más
sorprendente esa actuación. Entonces, creerle a usted cuando dice que tiene la voluntad de aceptar enmiendas en el trámite es una cuestión verdaderamente de fe y es verdad que estamos en un ambiente prenavideño y para los creyentes igual es un
ambiente propicio para fomentar la fe, pero no nos pida esto en la Cámara. Yo no tengo fe en que ustedes en el trámite vayan a aceptar enmiendas. Me gustaría recuperar un poco la confianza, pero a pesar de la fe y la confianza, vamos a hacer
nuestro trabajo y vamos a presentar las enmiendas que a nuestro juicio nos parezcan enmiendas de mejora.


Dicho esto, tengo que referirme a la enmienda de totalidad que ha presentado el Grupo Socialista y no tanto al contenido del proyecto sobre el que va la enmienda, que yo no sé si a la vista de todas las enmiendas que nos ha anunciado el
ministro modifica su propia enmienda, supongo que se lo habrán pensado. A pesar de eso, nosotros no tenemos intención de ayudar a que se devuelva el texto al Gobierno. Es verdad que el proyecto es muy mejorable, por lo que, además de lo que usted
ha anunciado, tendremos que introducir otras mejoras o intentarlo. Pero también es verdad que llega con un año de retraso, es decir, llega tarde en las dos cuestiones que sustancialmente regula -el implemento de un portal de subasta judicial
electrónica y un sistema de inscripción en el Registro Civil de nacimientos y defunciones en los propios hospitales-, porque, en cuanto al primer aspecto, llega con un año de retraso ya que debería haber estado regulado desde la Ley 1/2013. Por
tanto, hemos perdido un año, por lo que no creo que debamos seguir perdiendo tiempo en este sentido, porque, en tanto no se apruebe este proyecto, las subastas se seguirán realizando a la manera tradicional, mediante un modelo presencial y ante
fedatario público. Es un sistema que, como aquí ya se ha dicho, adolece de varios inconvenientes como, por ejemplo, la falta de publicidad, lo que dificulta la concurrencia de personas que deseen participar, así como que, al ser presencial, limita
la asistencia al proceso de subasta y, por tanto, es menos garantista. En consecuencia, el avance que se produce llega con retraso, que es algo que debemos subsanar cuanto antes, ya que la subasta electrónica permitirá una mayor concurrencia, una
mayor publicidad y una mayor participación. Insisto, es mejorable, pero no creo que esa necesidad de mejora sea elemento suficiente para devolver el proyecto.


En cuanto al segundo punto -el sistema de inscripción en el Registro Civil de nacimientos y defunciones en los hospitales-, es verdad que hay opiniones favorables desde asociaciones médicas, pero también algunas no lo son -el portavoz del
Grupo Socialista ha dado algún dato al respecto-, por ejemplo, la Organizaciòn Médica Colegial se muestra favorable a las inscripciones de nacimientos y defunciones en los hospitales, tal y como se recoge en el texto. Asimismo, es cierto que son
necesarias algunas mejoras, que espero que puedan incorporarse durante la tramitación ya que, a nuestro juicio, existen lagunas en el mecanismo de comunicación entre el Registro Civil y los centros sanitarios, por lo que habrá que valorar las
diferencias que el texto introduce entre filiación matrimonial y no matrimonial, aspecto al que también se han referido tanto el portavoz del Grupo Vasco como el portavoz del Grupo Socialista.


Otro elemento a tener en cuenta durante la tramitación de este proyecto de ley en Comisión será la de resolver los problemas de filiación de los menores concebidos por maternidad subrogada en terceros países, que poseen dificultades a la
hora de ser inscritos en el Registro Civil por sus progenitores, tal y como muy bien sabe el ministro, pese a existir sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre esta materia. Es una cuestión que tendremos que abordar y a la que
también habrá que dar respuesta.


En definitiva, nos parece un proyecto de ley mejorable, pero que llega tarde. Coincidimos en algunas de las cuestiones; en términos generales, en la defensa que ha hecho de su enmienda el Grupo Socialista, pero no nos parece que sea motivo
suficiente para que el texto sea devuelto. Por tanto, nos abstendremos en la enmienda a la totalidad.


Gracias, presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señora Díez.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, señor Llamazares.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señora presidenta.


Señor Catalá, hace dos siglos en España hubo un rey al que se denominó el Deseado; no pasaron siquiera unos meses en que fuera el repudiado. Después de un periodo difícil en el Ministerio de Justicia,



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usted ha generado en esta Cámara una expectativa -al menos en los procedimientos parlamentarios- de diálogo, de negociación, de mayor seguridad jurídica. Nosotros hemos mantenido esa expectativa, se lo dijimos prácticamente desde su primera
comparecencia, lo que ocurre es que no ha pasado ni siquiera un tiempo prudencial y esa expectativa se ha roto. Algunos grupos parlamentarios ya lo hemos dicho en esta Cámara, qué tiene que ver con el diálogo y la negociación una ley sobre
interpretación y traducción en el ámbito penal que ustedes consideran que es intocable y de las cincuenta enmiendas me parece que solamente aceptan dos enmiendas en relación con el lenguaje de signos. Parece que con ustedes ya solamente se dialoga
con lenguaje de signos.


Pero hoy, además, en relación con la seguridad jurídica, nosotros, que no habíamos presentado enmienda a la totalidad, nos hemos visto sorprendidos de nuevo, no hemos agotado nuestra capacidad de sorpresa respecto al registro -no hemos
agotado la capacidad de sorpresa aunque deberíamos haberla agotado ya- y nos hemos visto sorprendidos también con la rara fórmula que tiene el Grupo Popular de entender la enmienda. La única enmienda que existe para el Grupo Popular es la
autoenmienda; es decir, las únicas que ustedes van a recoger en este debate parlamentario de una nueva reforma del Registro Civil son las enmiendas que se presenta a sí mismo el Grupo Popular, y no son enmiendas menores. De alguna manera
significan un nuevo paso en este despropósito en que se ha convertido la privatización del Registro Civil, que no se puede llamar de otra manera. Cuando deja de realizarlo un funcionario público y quien lo realiza lo hace con cargo a actividad y
por esa actividad tiene un arancel, es un funcionamiento clásico de la política liberal, de la política de mercado. Por tanto, se trata de una sustitución del servicio público por una justicia de mercado, que es la que nos proponen hoy aquí también
con esta iniciativa.


Pero quería empezar por el procedimiento, porque me parece muy significativo que continuamente presenten ante esta Cámara sus iniciativas legislativas a la voz del diálogo y la negociación, y luego, cuando vamos a la ponencia, pues no
aceptan ninguna enmienda o aceptan solo sus enmiendas. Eso no es diálogo, eso es monólogo. Por lo tanto, seamos claros: monólogo por parte del Ministerio de Justicia, que no ha cambiado en relación con el ministro anterior; ha cambiado el
ministro, pero no ha cambiado el talante, que es el mismo talante intolerante que hemos visto hasta ahora. Pero no viene usted en buena época y por eso recordaba al Deseado, que luego en su momento fue denominado Rey Felón. Bueno, pues el deseado,
usted como deseado, no viene en buena época porque viene aquí con la mayor injerencia en el Poder Judicial que se conoce en los últimos años en nuestro país, con una injerencia directa por parte del ministro de Justicia y del presidente del Consejo
General del Poder Judicial en la independencia del Poder Judicial. Viene usted aquí con esa situación y, por tanto, no viene en las mejores circunstancias con respecto al talante parlamentario.


Esta iniciativa legislativa tiene que ver con el Registro Civil, y después de la ley eléctrica, es la ley más modificada a lo largo de esta legislatura, creo que llevamos trece o catorce decretos sobre el sistema eléctrico; y en esta
materia llevamos bastantes modificaciones legales. Ahora no basta únicamente esta modificación legal, que era una modificación eminentemente técnica, sino que nos acaba de decir que en la técnica jurídica que ha instalado el Partido Popular en esta
Cámara, ustedes van a presentarse autoenmiendas que modifican de manera radical esta propuesta. La modifican de manera radical, ha dejado de ser técnica y se inscribe en el proceso de privatización del Registro Civil. Además, en un proceso de
privatización donde ustedes no hacen honor a una de sus proclamas de legislatura, a la transparencia. Nos ha dicho que han cambiado de posición; que ya no hay una construcción intermedia, un ente público intermedio, sino que ya va a ser una
gestión directa, la de esa plataforma informática. ¿Nos puede decir cuál ha sido la razón? ¿Qué han negociado ustedes con la mayoría del Colegio de Registradores? Porque la bonhomía se les supone; pero eso de gratis et amore no parece que sea el
mecanismo habitual y mucho menos en una profesión que, por mucho que tenga responsabilidad pública, se paga con cargo a aranceles. Y ahí normalmente la deducción es lo que ustedes han dicho de manera directa; es decir, que este tipo de gestiones
no tendrán precio. Aunque los ciudadanos para los notarios y los registradores son clientes, para ustedes seguirán siendo ciudadanos de pleno derecho que hacen ejercicio de sus derechos, pero si bien no pagan directamente, la siguiente pregunta es:
¿Y pagará la Administración pública indirectamente? ¿Lo hará a través de la autorización de nuevos aranceles a los registradores? Porque, desde luego, los registradores no van a perder en todo esto. Aunque ganan mucho, no van a perder; eso es
evidente.


Tampoco nos ha dicho qué ha pasado con el oscuro objeto del deseo, porque en todo esto el oscuro objeto del deseo es la plataforma informática, que enfrentó al Gobierno con una parte de los registradores



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y ahora parece que ha conciliado al Gobierno con otra parte. Tienen ustedes que decir a la Cámara cuál ha sido el pacto entre bambalinas, porque desde luego no es transparente ni es público. ¿Qué ha cambiado de la propuesta inicial, de la
modificación posterior, de la posterior modificación, de las ene modificaciones a esta propuesta que usted trae aquí mediante una autoenmienda, porque los grupos parlamentarios tenemos que situarnos en esa materia? He de decirle que nosotros no
hemos presentado enmienda de totalidad porque era un proyecto puramente técnico, que tenía que ver fundamentalmente con la subasta judicial electrónica, pero, a tenor de sus declaraciones y de las autoenmiendas del Grupo Parlamentario Popular,
ustedes convierten este proyecto de ley en el enésimo proyecto de ley de privatización del Registro Civil, que en nuestra opinión tiene consecuencias para los ciudadanos. Son temas de derecho y de derecho fundamental, la intimidad de los
ciudadanos, que no puede quedar en manos de aranceles y de actividades de carácter privado, en nuestra opinión. Hablamos de temas fundamentales; hablamos también, como he dicho antes, de la posibilidad de equilibrar mediante aranceles el precio
que pueda tener esa materia y hablamos de una plataforma informática, oscuro objeto del deseo económico, que ustedes no han explicado y que pretenden introducir en este proceso parlamentario. Por esa razón, mi grupo va a votar favorablemente la
enmienda, aunque no la ha presentado, porque considera que estas cosas tienen que hacerse de forma mucho más seria de lo que lo ha hecho el Gobierno.


En relación con las cuestiones particulares que incorpora este proyecto, no tenemos ninguna dificultad con respecto a la subasta, pero eso de llamarle reforma administrativa nos parece ampuloso. Hemos hecho reformas administrativas de la
justicia que tienen que ver con los jueces sustitutos y con la situación salarial de jueces y demás funcionarios y ahora nos vienen con una reforma administrativa en torno a la subasta electrónica. Sí tenemos dificultades en relación con otras
propuestas que se han hecho aquí, como la filiación matrimonial y no matrimonial y la filiación en madres de alquiler, que usted ha añadido que va a modificar mediante autoenmienda. Todas esas razones nos llevan -fundamentalmente, la razón de la
privatización del Registro Civil- a oponernos a esta iniciativa. No es importante la iniciativa en sí misma. Esta iniciativa es solamente un nuevo vehículo para sus acuerdos con los registradores y para una política de privatización, en este caso
del Registro Civil, no muy alejada de la concepción que tiene el Gobierno de la justicia, una justicia de mercado y no una justicia de servicio público.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Llamazares.


Por el Grupo de Convergència i Unió tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Gracias, señora presidenta.


Señorías, señor ministro de Justicia, Convergència i Unió no ha presentado enmienda a la totalidad a este proyecto de ley y no lo ha hecho porque comparte claramente los dos objetivos iniciales que el proyecto de ley incorporaba. Uno lo
compartimos de manera radical, apasionada: el tema de las subastas. Quizá no hemos dado el valor que tiene al tema de las subastas y voy a interrogar al señor ministro -evidentemente, con una sesión tan cargada no hace falta que me conteste hoy-
sobre si seremos capaces realmente con este proyecto de ley, cuando sea una ley publicada en el BOE, de permitir que cualquier ciudadano que esté interesado en adquirir un bien mueble o inmueble mediante subasta judicial pueda conocer claramente
todos los detalles del bien y el día de la subasta para que pueda hacer su oferta y se elimine de una vez por todas todo ese conglomerado de grupos que sin transparencia o apropiándose de la transparencia que existe a través del conocimiento de
cuestiones que no siempre llegan al común de la ciudadanía logran muchas veces adjudicarse bienes vía subasta judicial a un precio con el que sale ganando el que lo adquiere porque está muy por debajo del que realmente se podría conseguir con un
sistema más abierto. ¿Este proyecto de ley va a conseguir esto? De esta forma también ganaría la persona que en muchas ocasiones espera el mejor precio de esa subasta porque tras una sentencia judicial se va a subastar su bien y eso va a aminorar
su deuda. Por tanto, cuanto mayor sea el precio, mejor para esa persona. Eso contribuiría a que las personas que están buscando adquirir un bien en el mercado inmobiliario tuvieran más información y más facilidades para acceder a una subasta
judicial y pudieran finalmente participar. Por tanto, ganará el futuro comprador y también ganará aquella persona que se ve sometida a la subasta de sus bienes porque obtendrá un mejor precio. Si esto es lo que se pretende, si una vez aprobada
esta ley vamos en esa dirección, habremos dado un gran paso adelante en las subastas y en el mundo que se mueve alrededor de ellas. Por tanto, intentemos a través de esa subasta electrónica que se abra este proceso. Por tanto, bienvenida sea esta
reforma si realmente consigue esta finalidad. En esta cuestión de las subastas no



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teníamos objeciones para presentar una enmienda a la totalidad ni tampoco en el tema concreto que este proyecto de ley incorporaba en materia del Registro Civil, es decir, en facilitar las inscripciones de los nacimientos y defunciones,
incorporando una comunicación directa en el ámbito hospitalario para efectuar la inscripción en los registros. Todo esto también nos parece correcto y por eso no hemos presentado enmienda a la totalidad, a pesar de que queremos presentar enmiendas
al articulado.


Queremos hacerlo en un tema que usted también ha anunciado aquí, en la maternidad subrogada. Nos preocupaba que el proyecto de ley no incorporara de manera adecuada el convenio de La Haya sobre aquellos nacimientos ocurridos en el
extranjero por maternidad subrogada. Si usted mismo ha anunciado hoy enmiendas del Grupo Popular -quizás correspondería anunciarlas al portavoz del Grupo Popular porque una cosa es el Gobierno y otra es el grupo parlamentario, que es el que
presenta las enmiendas-, en el sentido de incorporar y regular la maternidad subrogada nos parece adecuado. Nosotros también vamos a plantear esas enmiendas porque hemos estado en contacto con la Asociación de maternidad subrogada y sus
planteamientos nos parecen correctos. En ese sentido también vamos a enmendar el proyecto de ley.


Asimismo lo vamos a hacer, señor ministro, en un elemento crucial que no se incorpora en la iniciativa, pero que a Convergència i Unió le preocupa, que es el relativo -el señor Bedera ha hecho mención directa de ello en la defensa de su
enmienda- a la modificación que operamos en el Registro Civil a través de una disposición de la Ley 18/2014, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Nosotros estamos absolutamente en contra de esa
disposición que se incorporó en esa Ley de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Estamos en contra y entendemos que esa reforma es inconstitucional, que esa asunción de atribuciones del Registro Civil por parte de
los registradores mercantiles, que ni ellos mismos aprueban, no es adecuada ni positiva. Estamos totalmente en contra de esa plataforma informática que se ha creado. Y en la medida en que nos ha parecido entender hoy aquí que a través de las
enmiendas que se van a introducir desde el Grupo Popular a este proyecto de ley retocando aspectos relativos a esa disposición reciente, improvisada y creemos que inconstitucional -esto va a llegar al Tribunal Constitucional- puede derivarse
finalmente una profundización en ese proceso iniciado, ya nos distanciamos hoy aquí de este proyecto de ley. No habíamos enmendado este proyecto inicialmente porque sus objetivos iniciales nos parecían correctos, pero en la medida en que estos
objetivos iniciales pueden entrar en otro camino, nos vamos a abstener. Igual que en la pasada legislatura aprobamos por unanimidad la Ley de Registro Civil que comportaba esa desjudicialización, y nos pusimos de acuerdo todos los grupos, ahora hay
algo en lo que todos los grupos no estamos de acuerdo, y es en esa improvisación que ha realizado la reciente ley a la que antes me he referido. En la medida en que de las palabras del señor ministro puede derivarse que la aprobación final de este
proyecto de ley pudiera incidir en esa normativa que nosotros no aprobamos tanto desde un punto de vista autonómico como desde un punto de vista de las competencias de un servicio público como es el Registro Civil, nos vamos a abstener en la
enmienda a la totalidad presentada por el Grupo Socialista. Es una abstención que nos duele porque veníamos predispuestos a apoyar los objetivos de este proyecto de ley, a consensuarlos en ponencia y en comisión, a intentar mejorar el texto en
algunos aspectos, como aquellos a los que me he referido de la maternidad subrogada, pero no nos gustaría que al final este proyecto de ley sea el inicio de una ley que se publique en el BOE que sea muy distante de esos objetivos iniciales. No nos
gustaría que esto ocurriera y que al final no hubiéramos por lo menos realizado una abstención en este trámite inicial. Evidentemente, anunciamos que si se confirma que la ley acaba discurriendo en esa línea que empezó con la disposición aprobada
la Ley 18/2014, en esa línea de la plataforma informática, la asuman o no los propios colegios de registradores, nosotros deberemos votar en contra del proyecto de ley.


Por tanto, hoy nos abstendremos cautelar y respetuosamente, y esperamos la oferta de diálogo del Ministerio de Justicia para encontrar un punto de acuerdo. Esperemos que esta abstención de hoy se convierta en un voto positivo al final del
trámite porque esas sombras de duda sobre lo que pueda llegar a ser este proyecto de ley se despejen, porque nos apartemos de esa línea donde no hay consenso y busquemos acuerdos en aspectos tan cruciales como las subastas o como mejorar las
comunicaciones ante los nacimientos. Y aprovecho para decir -además estoy convencido- que no queremos introducir discriminación alguna en relación con los nacimientos no matrimoniales o matrimoniales, eso está ya en la Constitución, no hay ningún
tipo de discriminación y esperemos que todo esto forme parte del pasado. Por tanto, no quiero creer algunas intenciones que otros portavoces han apuntado y que estoy convencido



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que el Gobierno no sustenta. Intentemos mejorarlo y apartémonos, señor ministro, de esa línea en la que pueda faltar el consenso.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Jané.


Por el Grupo Popular, señor Castillo.


El señor CASTILLO CALVÍN: Con la venia, señora presidenta.


Señorías, me gustaría comenzar reconociendo el notable esfuerzo que nuestro ministro de Justicia, don Rafael Catalá, está realizando al presentarnos y defender en esta mañana tres importantes proyectos de reforma. Quienes hace menos de dos
meses ponían en duda la viabilidad de la hoja de ruta marcada por el ministro a estas alturas habrán podido despejar sus temores. Hoy, inmersos aún en esta trepidante semana de la justicia en la que estamos sometiendo a revisión e incluso a un
nuevo diseño tantas leyes y procedimientos de importante calado, estamos en disposición de afirmar que, a pesar de las dificultades, los grandes retos que asumió ante esta Cámara para agilizar y mejorar nuestra Administración de Justicia cuentan con
un sustrato material posible y realista en términos de calendario, así como en términos de capacidad y decidida voluntad para llevarlos adelante. Vaya, pues, por delante nuestro reconocimiento.


Señorías, debatimos esta mañana el proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil enmarcado en el gran proyecto reformista que desde el comienzo de la legislatura viene
impulsando el Gobierno. Me van a permitir que en este momento inicial de mi intervención me detenga brevemente para expresar mi consideración hacia aquellos grupos que, sin plantear una enmienda a la totalidad, han entendido más conveniente
presentar sus discrepancias de manera constructiva. Así, al margen de las mayores o menores coincidencias que podamos mantener durante su tramitación, resulta indudable que al menos compartimos la misma idea, que estamos ante una reforma importante
y necesaria. Es importante por cuanto todas las medidas previstas -incorporación de las subastas judiciales al portal único de subastas electrónicas del Boletín Oficial del Estado, así como la tramitación electrónica de los nacimientos y
defunciones desde los centros sanitarios- tienen un denominador común: la apuesta decidida por la modernización de la Administración de Justicia y del Registro Civil. Es una reforma que sobre todo quiere ser práctica, porque implica una auténtica
poda burocrática, un tijeretazo a las colas ante las ventanillas y que los papeleos excesivos tengan ya las horas contadas. Precisamente por ello, además de importante también es una reforma necesaria, porque la norma que hoy debatimos tiene como
objetivo que nuestra Administración sea más dinámica, eficaz y operativa, y con ello mucho más útil y beneficiosa para el conjunto de los españoles. Es un proyecto de ley que reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley del Registro Civil, que
es fruto del compromiso de nuestro Gobierno para cumplir las recomendaciones de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas y que ha sabido incorporar gran parte de las mejoras técnicas sobre el anteproyecto aprobado por el Consejo
de Ministros a partir de los informes elaborados por los órganos consultivos.


A pesar de ello, señorías, hoy estamos debatiendo una enmienda a la totalidad, una enmienda con la que el Grupo Parlamentario Socialista defiende un veto inicial a este proyecto de ley pidiendo su devolución. Y si he comenzado expresando mi
consideración hacia aquellos grupos de la oposición que con las lógicas discrepancias o divergencias han mostrado su acuerdo en lo sustancial, ahora voy a referirme especialmente a la posición de quienes han mostrado su rechazo frontal a este
proyecto de ley. Parece evidente, señorías socialistas -y su enmienda es buena prueba de ello-, que cualquier oportunidad de oponerse al Gobierno, de discrepar con cualquier propuesta legislativa no siempre resulta acertada. Una vez analizada la
enmienda que han presentado con el respeto y la atención que merece, la primera consideración que debo hacer es que hoy no deberíamos estarla debatiendo, sencillamente porque no deberían haberla presentado. No solo carece de una adecuada
fundamentación, sino que además ni siquiera se trata de una verdadera enmienda a la totalidad; si me apuran, han presentado una enmienda a la parcialidad. Entiendo normal que no coincidamos en nuestras valoraciones, pero en lo que deberíamos estar
de acuerdo es en que si el proyecto que debatimos contiene sustancialmente dos propuestas, una referida a las subastas electrónicas y otra a la tramitación electrónica de los nacimientos y defunciones desde los centros sanitarios, ustedes tan solo
enmiendan la segunda parte de la ley, aquella que tiene por objeto la modificación de la Ley del Registro Civil, cuyo desarrollo normativo ni siquiera alcanza la mitad del proyecto de ley que hoy debatimos. Así que si solo enmiendan la segunda
parte del proyecto, pero no la primera, debemos concluir que la simplificación del procedimiento para participar en subastas realmente les gusta. Tampoco hubiera pasado nada si así



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lo hubieran reconocido expresamente, nadie les va a reprochar que también a ustedes les puedan gustar las reformas que el Gobierno Popular propone, así que, buscando un sentido a su enmienda parcial a la totalidad o totalmente parcial
debemos concluir que no querían dejar pasar la oportunidad de volver a traer a esta Cámara la reforma de la Ley del Registro Civil operada por la Ley 18/2014, de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, reiterando un
debate que en terminología judicial podríamos considerar como cosa juzgada. Solo desde esta perspectiva podemos entender que pidan la devolución de un proyecto que permitirá que los ciudadanos puedan acceder a todo tipo de pujas de bienes muebles e
inmuebles que se produzca en cualquier lugar tan solo con darse de alta en el portal electrónico de subastas del BOE cualquier día del año. Solo desde una oposición entendida en su sentido más negativo podemos entender que se nieguen a considerar
una medida que ahorrará costes y que logrará una mayor publicidad y transparencia en todo el proceso necesario para realizar una subasta pública. Solo desde la parcialidad como táctica parlamentaria podemos entender que ustedes rechacen que la
inscripción de los recién nacidos y las defunciones se puedan realizar directamente en los centros sanitarios, evitando así los desplazamientos físicos al Registro Civil, aumentando la seguridad en la identidad de los nacidos y evitando que se pueda
producir ningún caso de los conocidos como niños robados. Además, les recuerdo que, como ha señalado el ministro de Justicia, solo con estas medidas se prevé un ahorro de más de 64 millones de euros y 875.000 trámites presenciales, ahorro público
que a quien beneficia, no lo olviden, es a los ciudadanos. En definitiva, a ustedes les corresponderá explicar a la ciudadanía, porque hoy no lo han podido justificar, por qué rechazan unas medidas que desde el ahorro, la transparencia y la
coordinación permitirán simplificar y modernizar nuestra Administración y ofrecer a los ciudadanos unos servicios públicos de primera.


En todo caso, como ustedes insisten en volver a plantear el debate en los términos de la reforma operada por la Ley 18/2014, cuestionando una vez más la gestión de los registros civiles por los registradores con la intención de enarbolar una
vez más la pancarta de la pretendida privatización de este servicio público, vamos a hablar de ello. Y podemos comenzar hablando de la degradación en la calidad del servicio público del Registro Civil que se presta actualmente al ciudadano. El
Registro Civil es una de las instituciones que más quejas suscita año tras año ante el Defensor del Pueblo. Concretamente genera el 58 % de las quejas que se presentan en materia de justicia y analizando las memorias publicadas por el Consejo
General del Poder Judicial llegamos a la misma conclusión: el Registro Civil es el servicio que más quejas recibe, en 2013 suponen un porcentaje sobre el total del 47 %. Todo ello se traduce en colas, atrasos administrativos, citas para dar cita y
citas previas para iniciar la tramitación de un procedimiento registral en las que se emplaza al solicitante para dentro de varios años, así que nadie debería tener dudas sobre la necesidad de introducir reformas profundas en el actual e inoperante
sistema.


Respecto a lo que algunos grupos han venido a llamar privatización del Registro Civil por la asignación del registro a los registradores, se han realizado algunas afirmaciones con las que discrepo y que merecen ser contrastadas para no
ofrecer una imagen distorsionada de la realidad. Como ya se ha señalado, la desjudicialización del Registro Civil, que implica que el juez ya no sea el responsable, estaba ya prevista en el la Ley 20/2011 precisamente para aproximarnos al modelo
seguido en otros países europeos, de forma que los jueces se puedan dedicar a lo que la Constitución les encomienda, que es juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Y el que esta competencia se asigne a los registradores es fruto de una decisión del
Gobierno perfectamente razonable, como ya propuso el Grupo de Izquierda Unida con ocasión del debate parlamentario de la Ley 20/2011, decisión que, conviene recordarlo, se adoptó pese a la posición contraria del Colegio de registradores. Como bien
saben, los registradores de la propiedad y mercantiles son funcionarios públicos conforme al artículo 274 de la Ley Hipotecaria, que ya dictan resoluciones recurribles en el ámbito administrativo y jurisdiccional. Son un cuerpo superior jurídico de
ámbito nacional que depende del Ministerio de Justicia, y concretamente los mercantiles son expertos en la gestión y llevanza de un registro de personas, por lo que con la adecuada actualización de su procedimiento y conocimiento al nuevo ámbito de
competencia se permite garantizar que el nuevo modelo de Registro Civil podrá implantarse con éxito en los plazos establecidos. Por cierto, les aclaro que la sentencia que citan del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con relación a los
registradores se refiere a su función como liquidadores del IVA. Ahí actúan con una encomienda, no como funcionarios. Hacer uso de esa sentencia para generalizar y negar la condición de funcionarios de los registradores es un ejercicio depurado de
tergiversación. No existe, por tanto, la pretendida privatización en cuanto al servicio público, que seguirá siendo gestionado por funcionarios públicos en el ámbito de sus competencias.



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La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor Castillo, tiene que finalizar.


El señor CASTILLO CALVÍN: Termino. Si con la excusa de la privatización quieren poner en prevención a la sociedad sobre el cobro de los servicios, al margen de las sensaciones por definiciones personales y subjetivas que a algunos grupos
les pueda suscitar la atribución del Registro Civil a los registradores, lo cierto es que insinuar o sembrar la duda sobre este punto no es más que un deliberado ejercicio de desinformación.


Señorías, no tengo tiempo para más. Por otro lado, no les voy a cansar con más datos que ustedes conocen y que además han sido muy bien explicados por el ministro de Justicia. Pero no quería terminar sin indicarle a la señora Díez que las
enmiendas a las que ha hecho referencia el señor ministro ya fueron anunciadas hace meses por nuestro grupo en los medios de comunicación, así como por el grupo parlamentario en el Senado, en concreto la referida a la modificación del artículo 44.7
de la Ley del Registro Civil, que aborda la maternidad subrogada. Así que no teman, porque la separación de poderes sigue gozando de buena salud con este Gobierno.


Termino. Señora presidenta, señorías, aunque mi grupo votará en contra de la enmienda a la totalidad presentada, y espero que así lo haga el resto de la Cámara, la disposición del Grupo Parlamentario Popular es a un diálogo pleno. Estoy
convencido de que entre todos, también con la colaboración de quienes hoy han presentado su enmienda a la totalidad, podremos llevar a buen puerto esta relevante reforma.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Castillo.


Señor ministro de Justicia.


El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Catalá Polo): Gracias, presidenta.


Intervengo un minuto, porque no pretendo reabrir el debate, sino simplemente poner de manifiesto que, como es evidente, señorías, y ustedes lo conocen, en mi incorporación al Ministerio de Justicia me he encontrado con un buen número de
proyectos de ley, incluso ya presentados en la Cámara, algunos de ellos informados y dictaminados por los órganos consultivos. Ante esta situación y ante la voluntad, que reitero, de diálogo, de modificaciones y de ajustes, podíamos hacer varias
cosas: seguir adelante tal y como están los proyectos, y sus señorías nos dirían con toda razón que dónde queda la voluntad de diálogo; retirar el proyecto y volver a presentar nuevos proyectos de ley, con lo cual los tiempos de la legislatura no
serían suficientes para llevar a cabo su aprobación, o bien lo que estamos intentando hacer: en los propios proyectos intentar ajustar. Hoy me parecía impropio hacer un debate de totalidad de proyectos de ley sin anunciarles cuál es el sentido que
pretendemos llevar a cabo en cuanto a los ajustes y modificaciones, evidentemente mediante la presentación de enmiendas, que a quien le corresponde es al grupo parlamentario. Ese ha sido el sentido de mi intervención. Lo lamento si no he sido
capaz de explicarlo más adecuadamente, pero me parecía impropio hacer una defensa de un proyecto de ley en el que tenemos la voluntad firme de llevar a cabo modificaciones sin anunciarles a sus señorías en qué sentido pensamos que pueden avanzar,
porque además me consta que algunas de esas orientaciones tienen que ver con enfoques que han sido planteados, bien en las enmiendas de totalidad, bien en las posiciones que me consta que los grupos ya han planteado. En cualquier caso, estoy seguro
de que en el trámite de enmiendas tendremos ocasión de debatir esto con todo el detalle que se justifique. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor ministro.


- PROYECTO DE LEY DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. (Número de expediente 121/000112).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Pasamos al debate de totalidad del proyecto de ley de jurisdicción voluntaria. Para la presentación del proyecto tiene de nuevo la palabra el señor ministro de Justicia.


El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Catalá Polo): Gracias, presidenta.


Señorías, el tercer proyecto de ley que presentamos hoy y que afronta su debate de totalidad supone en mi opinión, por el efecto racionalizador que pretende, un gran paso adelante en la racionalización de la actividad de nuestra justicia y
también, una vez más -y por eso conforma un contexto completo con las



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otras dos leyes que hemos debatido esta mañana-, en el sentido de la calidad del servicio público que los ciudadanos demandan a la Administración de Justicia.


Es verdad, señorías, que es un proyecto de ley que se ha hecho esperar, eso no puede ser ocultado. Este proyecto viene a integrar una materia que estaba pendiente de revisión desde la profunda reforma que se llevó a cabo en el año 2000 en
materia de la Ley procesal civil. Este es un texto, por tanto, que deriva de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en la que no se reguló esta importante materia de la jurisdicción voluntaria sino que se encomendó, a través de la disposición
final, la remisión por el Gobierno a las Cortes de un proyecto de ley de jurisdicción voluntaria en el plazo de un año. Han transcurrido catorce años -nada más y nada menos- desde que se aprobó este mandato sin que se haya culminado mediante la
presentación de un proyecto de ley de jurisdicción voluntaria, como hoy hacemos. Yo no creo que la no aprobación de ese texto haya sido consecuencia de la alternancia en el poder de los dos grandes partidos, de los cambios de Gobierno ni que tenga
que ver con la falta de interés o importancia de esta cuestión. Yo creo, sin duda, que la complejidad que presenta esta materia y la búsqueda de consenso han sido seguramente las causas que nos han llevado hasta hoy sin poder debatir un proyecto de
ley de jurisdicción voluntaria. Es verdad que hubo un proyecto de ley que fue remitido a las Cortes en octubre de 2006 y que, tras su aprobación en el Congreso, fue retirado por el Gobierno en el Senado en octubre de 2007, a la vista del escaso
consenso que había generado entre los grupos políticos. Es verdad también que ese proyecto era el resultado de los trabajos que se habían desarrollado en la Comisión General de Codificación, que culminaron en el año 2002. El grueso del proyecto
que se presenta ahora se encontraba ya en aquel proyecto de la Comisión General de Codificación, aunque es verdad que hemos planteado y presentado algunas alternativas que también la Comisión General de Codificación, una vez más, nos ha ayudado a ir
perfilando. Consideramos, señorías, que ya es hora de que este texto vea la luz definitivamente, porque con el actual proyecto lo que se busca es dar una respuesta a la necesidad de una nueva ordenación legal, adecuada, razonable y realista de la
jurisdicción voluntaria. Pretendemos simplificar y actualizar normas relativas a la tramitación, tratando de optar siempre por el cauce menos costoso y más rápido -por supuesto, en un contexto de garantías, de seguridad jurídica- y también en la
búsqueda de la optimización de los recursos públicos disponibles. Se trata, en resumen, de ofrecer un texto legal lo más completo posible, que actualice y modifique los procedimientos de naturaleza voluntaria acordes con los tiempos actuales,
buscando un sistema más racional y desjudicializando a favor de otros profesionales del derecho aquellas materias que, atendiendo a su propia naturaleza, consideramos que es positivo que estos asuman. Se asigna el conocimiento de cada materia al
operador que, bien por la cercanía a ella, bien por ser capaz de proporcionar una respuesta más pronta al ciudadano, resulte más adecuado para ello. Y todo, señorías, como es evidente y no podía ser de otra manera, de conformidad con nuestro marco
constitucional, tomando como premisa que son cuestiones de la jurisdicción voluntaria que no afectan a los derechos fundamentales de las personas y que no están relacionadas con menores o con otras personas especialmente protegidas y cuya
incardinación se encuentra en el punto 4 del artículo 117 de la Constitución, que es el que atribuye a los juzgados y tribunales estas funciones.


Pretendemos, por tanto, que el proyecto de ley, fundamentalmente por razones de utilidad práctica, proceda a encomendar a otros órganos públicos distintos de los jueces la tutela de determinados derechos que hasta este momento están
incardinados en el ámbito de la jurisdicción. Como no puede ser de otra manera, los expedientes relativos a derechos fundamentales, a menores y a otras personas especialmente protegidas en el ámbito de la reserva jurisdiccional seguirán estando
asignados a los jueces y tribunales, sin que puedan ser encomendados a otros operadores distintos, ni siquiera a los secretarios judiciales. Así, de un lado, dentro de los expedientes que se asignan a los órganos judiciales se lleva a cabo una
redistribución de competencias que de manos de los jueces pueden pasar a secretarios judiciales y, de otro lado, entran también en escena operadores jurídicos ajenos a la Administración de Justicia, los notarios, los registradores de la propiedad,
en la misma línea que el proyecto del año 2006. Estos profesionales, de los que tantas veces hemos hablado ya esta mañana, deben a su condición de juristas y de titulares de la fe pública su sobrada capacidad para actuar con plena efectividad y sin
ninguna merma de garantías en algunos actos de jurisdicción voluntaria que hasta ahora tienen encomendados los jueces. El prestigio adquirido a lo largo de muchos años por estos funcionarios públicos entre todos los ciudadanos es un elemento que
ayuda a despejar cualquier incógnita sobre su actitud para intervenir en la tutela administrativa de derechos privados como protagonistas principales de nuestro sistema de fe pública y garantes de la seguridad jurídica, sin olvidar el hecho de que
muchos de los actos de jurisdicción voluntaria tienen precisamente por objeto obtener certeza sobre el estado o el modo de ser de determinados



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negocios, situaciones o relaciones jurídicas que dichos profesionales están en inmejorable condición para apreciar adecuadamente. Señorías, carece de sentido seguir atribuyendo a los órganos jurisdiccionales la realización de tareas que no
tienen naturaleza jurisdiccional. En estos supuestos la competencia se les atribuye a otros profesionales del derecho. Se continúa, por tanto, en la línea ya iniciada por la Ley 10/1992, de medidas urgentes de reforma procesal, que ya atribuyó el
conocimiento de determinados expedientes, por ejemplo el de declaración de herederos abintestatos, a los notarios, o que extraía del ámbito judicial determinadas operaciones de legalización de libros para ampliarse con este proyecto a otros
supuestos y a otros operadores jurídicos.


Junto a todo lo anterior, la consideración de los recursos organizativos personales y los medios materiales puestos a su disposición, así como el elevado grado de modernización y especialización que hoy ya va teniendo nuestra Administración
pública, profesionalizada y presidida por los principios constitucionales de objetividad, eficacia e interdicción de la arbitrariedad, y de sujeción a la ley y al derecho por mandato constitucional, justifican igualmente la apuesta por la
desjudicialización de ciertas materias que hasta hoy están atribuidas a jueces y magistrados. Esto último pone de relieve que hoy han perdido vigencia algunas de las razones que justificaron históricamente la atribución de la jurisdicción
voluntaria en régimen de exclusividad a los jueces, pues junto a ellos las sociedades avanzadas cuentan con otras opciones viables para la efectividad de los derechos privados siempre, insisto, cuando para ello no se requiera la intervención o
mediación de otros órganos públicos.


Es verdad, señorías, que en el proyecto presentado en la Cámara -y vuelvo a hacer referencia a la consideración que hacía anteriormente- se deja muy poco margen para la alternatividad, y sé que esa es una de las cuestiones que generan
preocupación en los grupos parlamentarios. Les anuncio ya nuestra mejor disposición para trabajar en esa materia y para por lo tanto aceptar enmiendas en este sentido. La alternatividad debe estar basada en la búsqueda de la especialización y la
organización racional de los distintos operadores. En todo caso, insisto, nuestra mejor disposición para que la alternatividad sea un principio inspirador del proyecto de ley que hoy debatimos.


Por otro lado, no podemos desdeñar que la nueva regulación de la materia va a traer consigo una cierta reducción de carga de trabajo de los titulares de los juzgados y tribunales de acuerdo con las más recientes recomendaciones del Consejo
de Europa para la supresión de las tareas no jurisdiccionales en el ámbito de la justicia. Por lo tanto, redistribuir competencias a los secretarios judiciales, a los notarios y a los registradores, en mi opinión, es caminar en la dirección
correcta, señorías. También, en ese sentido, la posibilidad de atribuir la asistencia jurídica gratuita a los expedientes notariales y registrales cuando el solicitante carezca de medios suficientes para ello me parece que es un paso en la
dirección correcta, la de garantizar el servicio público y la gratuidad de este servicio. No olvidemos en cualquier caso, señorías, que acudir a la jurisdicción voluntaria en sede jurisdiccional tiene costes hoy para los ciudadanos, por tanto ya
existe en la actualidad un coste asumido incluso en el orden jurisdiccional.


Voy a hacer una mención muy concisa de la estructura de este proyecto que hoy debatimos, que pretende tener dos bloques claramente diferenciables. De una parte, el articulado, en el que se regulan los aspectos procesales de los expedientes
que continúan en sede jurisdiccional y, por otra parte, los expedientes que se otorgan a otros operadores jurídicos y que, en consecuencia, dejan de tener naturaleza de jurisdicción voluntaria. En este articulado se regula un procedimiento común
general combinado con una serie de expedientes de jurisdicción voluntaria, teniendo cada uno de ellos sus especialidades. Por otra parte, en las disposiciones finales se modifican algunas otras leyes, por lo que tratamos de introducir normas
correspondientes por razón de la materia. En este sentido, me quiero referir a dos normas en particular: en primer término, a las normas relativas a las reformas sustantivas de los expedientes que todavía hoy se encuadraban dentro de la
jurisdicción voluntaria, dejando de estarlo ahora. Son aquellas que se encomiendan a notarios, afectando, por tanto, a la Ley de Notariado y al Código Civil principalmente. En cuanto a este punto, no podemos olvidar que en el proyecto no se
incluyen las reformas de las leyes que afectan a los registradores, pues estos expedientes se regulan en la reforma de la Ley Hipotecaria, que forma parte de otro proyecto legislativo, y tampoco de los expedientes de derecho marítimo, que ya fueron
objeto de reforma con ocasión de la Ley de Navegación Marítima. En segundo lugar, las reformas de otras normas sustantivas respecto de materias que no han formado parte tradicionalmente de la jurisdicción voluntaria pero que, como no pueden
considerarse como tal, deben ser sucintamente reguladas, por ejemplo, el matrimonio o el divorcio. Aprovechamos este proyecto legislativo para incluirlo ya que tienen un punto en común con las anteriores, pues se atribuyen a otros operadores
jurídicos distintos de los que hasta ahora las venían asumiendo. La desjudicialización de estas últimas



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materias tiene la misma justificación que la que ya he expuesto anteriormente, permitiendo la alternatividad en esta materia al poder acudir los ciudadanos a uno u otro órgano para atender las materias relativas a matrimonio o divorcio.


Señorías, pensamos que este proyecto de ley, que aborda un trabajo pendiente desde hace mucho tiempo, se incardina en las experiencias de proyectos anteriores -como fue el proyecto de ley del año 2006-, hereda las propuestas de la Comisión
general de codificación, aprovecha las capacidades existentes en las profesiones jurídicas -secretarios judiciales, notarios, registradores...- y es fruto del consenso con todas estas profesiones. Nos consta que trabajar para mejorar la
alternatividad es una de las demandas de los profesionales, por lo que también consideramos que si somos capaces de incorporar distintas orientaciones en este sentido, en el trámite de enmiendas, estaremos cerrando el círculo virtuoso de promover
una mejor jurisdicción voluntaria en nuestro país, aprovechar las capacidades de los profesionales del derecho y contar con el consenso de todos ellos para llevar adelante una reforma relevante en nuestro ordenamiento jurídico.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor ministro.


En primer lugar, vamos a ver las enmiendas a la totalidad a este proyecto. Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, la señora Díez.


La señora DÍEZ GONZÁLEZ: Gracias, presidenta.


La disposición final decimoctava de la Ley 1/2000, que entró en vigor en enero de 2001, establecía que en el plazo de un año, a contar desde la fecha de entrada en vigor de esta ley, el Gobierno remitiría a las Cortes Generales un proyecto
de ley sobre jurisdicción voluntaria. Como acabo de recordar, la citada ley entró en vigor en enero de 2001, por lo que antes de enero de 2002 debería haber sido aprobada la ley de jurisdicción voluntaria -cuyo proyecto estamos en este momento
discutiendo en su trámite de enmienda a la totalidad-, que nos ha llegado con doce años de retraso. El asombroso retraso -ya no sé si es asombroso- no es menor ni es tampoco una cuestión baladí, sino que es, a nuestro juicio, el reflejo de una
manera de legislar que han venido manteniendo alternativamente quienes alternativamente han estado en el Gobierno en los periodos sucesivos de alternancia -que no de alternativa-, que sitúan a España como uno de los peores países de Europa en
calidad legislativa, impulsada casi siempre por motivos puramente electoralistas y, sin un proyecto para España ni a medio ni a largo plazo, una legislación farragosa con enormes lagunas y una creciente inseguridad jurídica.


A pesar de lo anterior -o precisamente por lo anterior-, al llegar este proyecto de ley podíamos alegrarnos y decir: son doce años de retraso pero por fin llega. Pero la alegría en la casa del pobre dura poco. Dura poco porque en cuanto
te lees el texto, te das cuenta de que no había ningún motivo para la alegría. A ver si tenemos la posibilidad de enmendarla, debatir sobre ella, y a lo mejor gracias al espíritu navideño, del que otra vez el ministro ha hecho gala, podemos tener
la suerte de que algunas de las enmiendas de la oposición sean finalmente aceptadas en el trámite posterior -quizá incluso en éste-, y que remitan ustedes -aunque me ha parecido que no, que van a estar en contra-, la ley al Gobierno, pero que se
acepten algunas enmiendas y se mejore el texto. Porque otra vez, señor ministro, una vez más en esta materia, tenemos ante nosotros un proyecto de ley que vuelve a incurrir en una deficiente técnica legislativa que desborda, absoluta y totalmente,
lo que se entiende por jurisdicción voluntaria constituyendo nuevamente una ley ómnibus que no deja ámbito del ordenamiento jurídico sin trastocar. No digo sin tocar, sino sin trastocar.


Conviene aclarar que la jurisdicción voluntaria es por definición aquella que juzga cuestiones en las que sin existir contradicción conocida entre partes exigen una decisión, entre más de una posible, por parte de los jueces y tribunales a
los que en exclusiva se ha venido atribuyendo con carácter general el ejercicio de esta función. Sin embargo, la presente ley regula ya de entrada algunas cuestiones que son esencialmente contradictorias, por ejemplo, la intervención judicial en
casos de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad. A lo anterior hemos de añadir que el proyecto incluye infinidad de cuestiones que poco o nada tienen que ver con la jurisdicción voluntaria. Como se manifiesta en la exposición de motivos
-parece que al legislador le daba un poco de vergüenza volvernos a traer un texto de estas características y lo quiere arreglar diciéndolo en la exposición de motivos, como justificando-, que dice textualmente, entrecomillado: Como colofón se
incorporan en disposiciones finales las modificaciones pertinentes a: Código Civil, Código de Comercio, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de Registro Civil, Ley Notarial, Ley Hipotecaria, Ley de la hipoteca mobiliaria y prenda sin



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desplazamiento de la posesión. Además de la necesaria modificación, dice el legislador, de la Ley de patrimonio de las administraciones públicas -o sea: se entiende que las anteriores no eran necesarias, las trae- la de la Ley de Contrato
de Seguro, la Ley de protección patrimonial de las personas con discapacidad, la Ley por la se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, y del Instituto Nacional de toxicología y ciencia forense. O sea, son once
leyes, por el precio de una, las que se modifican en este texto.


Espero que los que estén arriba en las tribunas no sean estudiantes de derecho; o si lo son, que tomen nota de lo que no se debe hacer. Así no se puede ni se debe legislar. Por si fuera poco esta chapuza de las leyes afectadas que les
acabo de citar, por si no fuera suficiente cabe también destacar que incluso aquellas modificaciones de leyes -de las que he citado- relacionadas con el Código Civil, muchas de ellas no guardan ni siquiera un parentesco lejano con la jurisdicción
voluntaria. Así, por ejemplo, ocurre en el ámbito de la familia con la elevación de la edad para contraer matrimonio a los dieciséis años, la extensión del matrimonio religioso a otras confesiones distintas de la israelita -que incluso cambia de
nombre-, de la evangélica o de la islámica; la desaparición del efecto de su celebración -la celebración del matrimonio- sobre la capacidad de los menores, que ya no se emancipan por él; su posible oficio por profesionales de libre ejercicio,
algunos con vocación y formación de corredores de comercio, por ejemplo. Se aprovecha también este proyecto de ley, eso sí, para adoptar la nueva terminología en la que se abandona el empleo de los términos de incapaz o incapacitación que se
sustituyen -estoy leyendo textualmente- por la referencia a las personas cuya capacidad está modificada judicialmente. ¡Menudo párrafo! ¡Menuda forma de expresarlo! Hay que cambiar la terminología, pero menuda forma de expresarlo. No dudamos de
que sea mucho más políticamente correcto; es políticamente correcto llamarlo de otra manera, pero no de una forma tan extremada e incómoda en su longitud y en su apreciación, que además no refleja mejor la realidad de la situación de las personas
afectadas, máxime teniendo en cuenta que es con carácter general la naturaleza y no el juez quien restringe dicha capacidad. Y particular atención nos merece también la modificación de la disposición final dieciséis de la Ley 33/2006, de 30 de
octubre, sobre igualdad del hombre y la mujer en el orden de sucesión de los títulos nobiliarios, y hacerlo por una disposición transitoria transcurridos más de ocho años. Nos parece -insisto- una fórmula legislativa absolutamente impresentable.


En cuanto a la intervención en los expedientes matrimoniales de personas distintas de los jueces, la doctrina ha expresado sus dudas respecto de la posible constitucionalidad, no tanto del matrimonio en sí, que tiene lugar por el
consentimiento de los contrayentes y el oficiante solo da fe de su prestación, sino respecto al expediente matrimonial, por ejemplo, negando a una persona el ejercicio del derecho fundamental a casarse, tras juzgar la veracidad de la intención de
los contrayentes, como previene la Instrucción de 9 de enero de 1995. En fin, la posible resolución denegatoria del ejercicio del derecho a contraer matrimonio, para terminar con esta cuestión, va mucho más allá de la constatación de hechos o
realidades. A nuestro juicio, la resolución entra de lleno en el ejercicio de la jurisdicción, entrando en materia de derechos fundamentales de los ciudadanos y conllevando una indudable privatización -también aquí, qué casualidad- de la justicia,
contraria a nuestra tradición jurídica y no suficientemente meditada en algunos casos, en nuestra opinión, y además con tintes de inconstitucionalidad.


En definitiva, señor ministro, tiene usted buen talante a la hora de presentar las iniciativas, buen tono, porque hemos ganado otro tono distinto. El señor Gallardón nos motivaba, casi siempre en contra, pero nos motivaba; no nos dejaba
ajenos al debate y lo motivaba en la Cámara. Usted, sin embargo, utiliza un tono tranquilo, apaciguador, muy buenas palabras, muy buen tono. Hasta ahora los hechos le desmienten, pero insisto en que, a pesar del tono a la hora de presentar esta
norma, de los adjetivos positivos que le ha dedicado, es un mal proyecto de ley. Para haber tardado tanto, han perdido doce años, han perdido el tiempo o por lo menos los años en los que el Grupo Popular está en el Gobierno. Es una mala ley y
merece la pena que la revisen, pero no por la vía de las enmiendas de su grupo, que a lo mejor la empeoran, sino por la vía de devolverla al Gobierno, de aceptar la devolución y revisar el texto para que cuando llegue aquí sea un texto suyo y no
improvisado, lo que se ve porque a la vez que lo presentan nos avisan de las enmiendas que su grupo parlamentario va a presentar.


Por todos estos motivos solicitamos a la Cámara el apoyo para devolver esta ley.


Gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Por el Grupo de La Izquierda Plural tiene la palabra el señor Llamazares.



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El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señora presidenta.


Señorías, como decía antes, tercera iniciativa del Gobierno y del Ministerio de Justicia que podría denominarse tercer capítulo del negocio y del poder. El proyecto de ley de jurisdicción voluntaria allá, donde no hay controversia, supone
un paso más en la privatización del servicio público de la justicia. Supedita los derechos de la ciudadanía a intereses de colectivos profesionales que resultan beneficiados, como los registradores o en este caso el notariado. Alternatividad no es
desviación, señor ministro, y de eso estamos hablando, no de alternatividad, sino de desviación. La reforma carece de la más mínima justificación. No responde a criterios de necesidad ni de racionalidad. Igualmente, este hecho se ha ido
repitiendo, iniciativa tras iniciativa, por el Gobierno y el proyecto de ley que hoy presenta forma parte de la misma posición. Además, este proyecto de ley adolece -no es verdad, señor ministro- de consenso. Podrá haber dialogado usted con
distintos sectores, pero no hay consenso social ni creo que, con las actitudes que están teniendo en el Congreso de los Diputados, vaya a haber consenso parlamentario. Se puede decir aquí que se llama al diálogo y que se van a aceptar enmiendas,
pero luego de cincuenta y cinco enmiendas aceptan ustedes solo dos enmiendas formales. Nuevamente el Gobierno actúa guiado por criterios mercantiles, beneficiando a determinados colectivos aun a riesgo de que las garantías de la ciudadanía se vean
mermadas, porque, señor ministro, desjudicialización -así lo dice también la ley- no es desprotección, desjudicialización no es desfuncionarización, desjudicialización no es privatización.


Por otra parte, cuestionamos, una vez más en esta Cámara, el estatus de los registradores mercantiles y notarios; funcionarios públicos que ejercen sus funciones como profesionales privados. Si lo que pretende el ministro es la
alternatividad entre distintos funcionarios y que la ciudadanía cuente con servicio adecuado, antes de atribuirles competencias delicadas debería llevarse a cabo una profunda reestructuración y redefinición de los unos y de los otros, para que
pasaran a configurarse exclusivamente como funcionarios públicos en toda la extensión de la palabra. Entre los aspectos que aborda el proyecto de ley, nuestro grupo parlamentario manifiesta su oposición frontal a la posibilidad de que estos
funcionarios, entre comillas, aborden temas tan delicados como matrimonios y divorcios de mutuo acuerdo, previo pago de arancel, o declaración de herederos cuando no haya testamento para la protocolización del testamento ológrafo o para los
otorgados verbalmente. Tampoco estamos de acuerdo con que se regule un procedimiento monitorio de carácter notarial para que las empresas puedan reclamar deudas derivadas de sus relaciones comerciales.


Señor ministro, matrimonio, Registro Civil, jurisdicción voluntaria, mediación, ¿qué va a dejar usted al ministro de Justicia y al Ministerio de Justicia? Da la impresión de que ustedes son servidores públicos únicamente para crear negocios
privados. En estos nuevos trámites notariales, que se realizarán con menores garantías para la ciudadanía que los existentes, resulta también destacable que se tendrá que pagar por ejercer estas acciones, que actualmente se llevan a cabo en el
marco del servicio público; servicio que se pretende ahora privatizar. Entonces, en los supuestos opcionales nos encontraremos de nuevo, señorías, ante una justicia a dos velocidades: una rápida para quienes puedan pagársela y otra, cada vez más
lenta, para la mayoría de la sociedad a causa de los recortes que sigue aplicando el Gobierno en materia de justicia. Dirá usted, señor ministro, que se prevé su gratuidad en determinados casos para evitar situaciones de imposibilidad de ejercicio
del derecho por falta de medios. Es verdad, pero con dos salvedades: en primer lugar, la gratuidad no será general, sino que el proyecto contiene previsiones sobre la próxima publicación de aranceles notariales y registrales derivados del
ejercicio de estas nuevas atribuciones; luego los aranceles servirán para pagar estas nuevas atribuciones. En segundo lugar, la gratuidad se refiere a que no se cobraría a los solicitantes beneficiados el correspondiente arancel, pero no quiere
decir que no haya contraprestación económica pública para los colectivos implicados con quienes la negociación y los desacuerdos, en su momento, han incluido consideraciones de este tipo, como se ha hecho público a pesar de las continuas negativas
del ministerio. Vuelvo a preguntarle ¿a cambio de qué, señor ministro, si todo esto es gratis et amore?


En cuanto a la distribución de competencias, si bien es cierto que el artículo 117.4 de la Constitución otorga a los jueces la función que expresamente les sea atribuida por ley, y dado que además en nuestro ordenamiento actual son los
garantes últimos de los derechos de las personas, cabría cuestionarse que los jueces no tengan competencias, al menos en primer término, sobre materias de jurisdicción voluntaria. Es jurisdicción y, en nuestra opinión, es materia también de los
jueces, materia de derechos. Por ello consideramos que la opción más adecuada sería la atribución exclusiva de la competencia en materia de jurisdicción voluntaria al cuerpo de secretarios judiciales, potenciando la intervención del ministerio
fiscal en el marco de las funciones que tiene hoy constitucionalmente atribuidas.



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En relación a los secretarios judiciales, recordemos que el artículo 456 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial otorga competencias al secretario judicial en materia de jurisdicción voluntaria, cuando así lo prevean las leyes
procesales en respuesta a la recomendación contenida en diferentes documentos oficiales -recomendación del Consejo de Europa, Libro Blanco de la Justicia, pacto de Estado para la reforma de la justicia, etcétera-. El proyecto de ley, sin embargo,
aparenta recoger estas previsiones y las recomendaciones europeas, pero en realidad atribuye al secretario judicial competencias menores, competencias residuales al negar la evidencia de la capacidad de este cuerpo y la necesidad social de su
optimización para desaprovecharlo, como en la pretendida reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se atribuye a los secretarios judiciales la decisión sobre expedientes en los que se pretende obtener la constancia fehaciente de un determinado
derecho o situación jurídica, siempre que no implique reconocimiento de derechos subjetivos. Se deja entrever en todo esto la reducción del secretario judicial a un mero fedatario público en su configuración más anacrónica. Se mantiene la
competencia del secretario judicial en los actos de conciliación, pero se abre de nuevo la puerta a una justicia a dos velocidades para las personas que tengan la posibilidad de obtener acuerdos en asuntos de su interés de carácter disponible a
través de otras vías.


Si lo relacionamos con el proyecto de ley de asistencia jurídica gratuita recordaremos que uno de los contenidos de la información que debe facilitarse al solicitante de este derecho, es el relativo a la posibilidad de acudir a medios
extrajudiciales de resolución de conflictos, aunque no los haya públicos y advirtiendo expresamente de que su pago correrá a cuenta de las partes. Luego es innegable la voluntad de todos estos textos legales -vuelvo a repetir- jurisdicción
voluntaria, mediación, matrimonio y otras materias, de derivar a la ciudadanía la alternativa llamada del repago.


En definitiva y en consecuencia, nuestro grupo parlamentario considera que existen argumentos sólidos que justifican sobradamente esta enmienda de totalidad, como reflejo de la oposición nítida al texto de este proyecto de ley. Primero,
porque significa continuar con el desmantelamiento de la justicia como servicio público y, en su privatización, con el argumento de la alternatividad que en nuestra opinión no se sigue. Segundo, es una muestra más de un Gobierno que antepone
intereses corporativos a los intereses y garantías de la ciudadanía; es decir, en detrimento del servicio público de la justicia. Para el Gobierno la justicia es, sobre todo, un tema de poder o un tema de mercado, pero no tanto de servicio
público. Al contrario, seguimos reivindicando un cambio profundo también en el sistema de registradores y notarios, incluidas sus retribuciones a todas luces escandalosas. Y por último, el proyecto de ley debería atribuir los expedientes de
jurisdicción voluntaria a los secretarios judiciales, no sólo por su capacitación y por su idoneidad, sino también por la necesidad social de contar con una organización administrativa ágil, eficiente y que preste un servicio público de calidad sin
recortes en las garantías individuales.


Termino. Señor ministro, ha terminado usted hablando de que tenía solamente tres alternativas, y yo le voy a dar una cuarta: no llevar a cabo ese tipo de reformas sin un mínimo de consenso social y parlamentario. En nuestra opinión,
algunas de las iniciativas de su predecesor debían haber sido retiradas. En ese sentido, también tiene usted una posibilidad: no seguir hablando retóricamente de diálogo para negarlo luego en la práctica. Hasta estos momentos no ha habido esa
voluntad de diálogo por parte de su ministerio, al menos con los grupos parlamentarios en el marco de las ponencias que están en marcha, y tampoco con nuestro grupo parlamentario de manera individualizada. Señor ministro, sé que este debate no se
corresponde, va a tener lugar en torno a las resoluciones del Consejo General del Poder Judicial, pero acabo diciéndole que viene usted en una semana negra para la justicia, en una semana negra para la lucha contra la corrupción. Hace dos semanas
anunciaron una batería de iniciativas, batería que han convertido en papel mojado, también con la injerencia en el Poder Judicial dinamitando al juez Ruz, que es lo que ha hecho su Gobierno en los últimos pasos.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Por el Grupo Parlamentario Socialista, señor Such.


El señor SUCH BOTELLA: Gracias, señora presidenta.


Señor ministro, comparecemos para defender la enmienda de devolución que el Grupo Parlamentario Socialista propone al proyecto de ley de la jurisdicción voluntaria presentado por el Gobierno. Señor ministro, nos trae usted un proyecto de
ley cuya filosofía viene en la misma dirección que la práctica totalidad de las leyes que en materia de reforma de la justicia se han presentado en esta legislatura. Es un proyecto de ley que ahonda en lo más profundo de la ideología conservadora y
que consiste, fundamentalmente, en dejar caer la justicia como servicio público esencial para la protección de los



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derechos de los españoles, de forma deliberada y perversa. Señor ministro, señorías, una vez más el Gobierno del PP ahonda en la desigualdad de oportunidades y en el concepto de dos tipos de justicia: la de aquellos que se la pueden pagar,
pudiendo optar por una vía rápida para la conclusión de sus pretensiones; y la de aquellos ciudadanos -la inmensa mayoría- que, teniendo un derecho reconocido como tal en nuestra Constitución a la tutela judicial efectiva, van a tener que acudir a
operadores empresariales, de forma obligatoria, con los costes económicos que tendrán que soportar, no teniendo recursos para ello la mayoría de los ciudadanos. Hemos de afirmar que esta ley abunda la desigualdad entre los ciudadanos, al igual que
hace la Ley de Tasas, respecto de la cual aún estamos esperando que realicen los informes prometidos. Podemos suponer que el informante no está muy por la labor; de todas formas, el Grupo Parlamentario Socialista no pierde la esperanza de que
pronto nos presenten los informes y de que eliminen la Ley de Tasas.


Señorías, es incomprensible a todas luces que, habiendo otorgado los ciudadanos la responsabilidad a este Gobierno de cuidar y mejorar los servicios públicos básicos, este se dedique a deteriorarlos con fines espurios y que, bajo la excusa
de saturación, ineficacia e insuficiencia económica -por tanto, recortes-, pretenda traspasar dicha responsabilidad a empresas privadas, procediendo a instaurar un nuevo copago a los ciudadanos mediante los impuestos correspondientes y el nuevo pago
de los servicios privados. Queremos denunciar en esta tribuna la carga ideológica que rezuma este texto. Esta ley responde a la intención privatizadora de los servicios públicos y, en especial, de la justicia. Primero fue la Ley de Tasas la que
generó desigualdad entre los ciudadanos, atentando claramente, a nuestro entender, contra la Constitución española. Siguen con la privatización de los registros civiles, y ahora nos presentan el proyecto de ley de la jurisdicción voluntaria. Este
proyecto de ley supone la externalización de una parte de la Administración de Justicia, aquella que tiene que ver con la jurisdicción voluntaria; prestaciones que, con independencia de su fundamentación en la función jurisdiccional, están llamadas
a ser prestadas por la Administración.


Señor ministro, es una externalización en régimen de exclusividad que aboca al ciudadano a tener que dirigirse a operadores privados, sin poder acudir a la Administración de Justicia para estos trámites. Esto me recuerda al sistema de
privatización que muchas comunidades autónomas han realizado, por ejemplo, con la inspección técnica de vehículos. Hay público cautivo para estas materias y, en este sentido, también hay un público cautivo para acudir a operadores privados en vez
de acudir al servicio público de la justicia. Supone una privatización que desprotege y una pérdida de garantías para los ciudadanos mandándolos a operadores de parte y muchas veces, señor ministro, no necesariamente imparciales. Es una
privatización innecesaria, dado que la jurisdicción voluntaria supone aproximadamente el 4 % de los asuntos que llegan a los juzgados y tribunales, siendo en realidad retirados del ámbito jurisdiccional casi la mitad de ellos; es decir, liberamos
solamente el 2 % de la carga de trabajo. A la vez es injusta. Establece la diferencia entre quienes pueden y quienes no, ya que a partir de ahora habrá que pagar el arancel notarial sobre el que, pese a la recomendación del Consejo General del
Poder Judicial, el Gobierno guarda silencio, siendo el máximo exponente de esta afirmación el establecimiento de un proceso monitorio notarial. Por tanto, el ciudadano tendrá que pagar dos veces, una por vía de impuestos y otra al operador privado.
Es ineficaz también porque, frente al proceso de erradicar la competencia en el secretario judicial, lo que hace la ley es colocar el expediente fuera del órgano judicial, impidiendo una primera acción de tutela en caso de disconformidad con la
resolución del expediente por vía del recurso de apelación. Si además le unimos que, salvo en determinadas ocasiones, la oposición no convierte en contencioso el procedimiento, con total seguridad asistiremos a un aumento de los costes y de la
litigiosidad. Es una privatización que no va a reducir costes, como afirma el Gobierno en la memoria que presenta. El Gobierno es consciente de que la externalización obliga a reformar la justicia gratuita para extender esta prestación a los
honorarios de los notarios y registradores en los supuestos de estos expedientes. En estos casos, el Estado vendrá obligado a pagar los servicios de operadores privados en vez de usar sus propios recursos.


Esta reforma supone, además, una privatización culpable. El Gobierno renuncia a mejorar los recursos que tiene a su disposición. Se aparta de la línea definida en documentos, pactos anteriores y leyes sobre modernización de la justicia.
Renuncia a dotarla de medios suficientes y renuncia a ponerla al nivel que se merecen sus profesionales y justiciables. Efectivamente, la recomendación del Consejo de Europa aconsejaba a los Estados que diversos procedimientos, entre los que se
encuentran los de jurisdicción voluntaria, sean sacados del ámbito de asuntos a conocer por los jueces y magistrados, dejándose en manos de otros operadores judiciales, como pueden ser los secretarios judiciales. Esta fue la línea asumida por el
Consejo General del Poder Judicial en su Libro Blanco de la justicia y por el Pacto de



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Estado para la reforma de la justicia suscrito entre el Partido Popular y el PSOE el 28 de mayo de 2001, cuando se afirmaba que los procesos de jurisdicción voluntaria debían trasladarse de la competencia del juez a la de los secretarios
judiciales. Y esta línea fue la que se consagró en la redacción dada al artículo 456 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, y por las disposiciones contenidas en la Ley 13/2009, de 3 de
noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial. En definitiva, un proceso de racionalización que abogaba por un trasvase interno dentro del órgano jurisdiccional a favor de los secretarios
judiciales, que con la reforma y reorganización de la oficina judicial, posibilitaría un mejor funcionamiento de los juzgados y tribunales y, por ende, una mejor garantía y tutela de los derechos de los ciudadanos. Estos pactos o acuerdos los
rompen deliberadamente tal vez, o con toda seguridad, debido a la mayoría absoluta que ostentan en estos momentos y que esperemos que sea ya por poco tiempo. A pesar de todo ello, señorías, el Gobierno no aporta recursos para la puesta en marcha de
la oficina judicial; todo lo contrario, a través de la presente ley da a entender que liquida parte de sus competencias y como muestra, solamente referirnos a los presupuestos de este año que el ministerio dedica a los tribunales de justicia y al
ministerio fiscal, el cual aún se encuentra un 10,73 % por debajo del presupuesto de 2011.


Señorías, además hemos de poner en duda la calidad del proyecto que nos presentan. Esta nueva regulación debería ser una respuesta a la necesidad de una nueva ordenación legal adecuada, razonable y realista de la jurisdicción voluntaria,
tal y como establece la exposición de motivos, apartado II, del presente proyecto de ley que, además de actualizar el elenco de expedientes, dejando aquellos que de verdad conservan vigencia o razón de ser, simplificase y facilitase la tramitación
de dichos expedientes, garantizando siempre un adecuado acceso de la ciudadanía a los mismos y con ello la tutela de sus derechos. Sin embargo, este proyecto de ley no lo cumple. En el mismo se renuncia a recoger todos los procedimientos de
jurisdicción voluntaria en el nuevo cuerpo normativo, al no prever que todos puedan residenciarse judicialmente. Tampoco se contemplan determinados procedimientos, que inexplicablemente no aparecen. Lo cierto es que el propio Gobierno limita el
alcance de la ley al excluir de la regulación de la misma los expedientes de jurisdicción voluntaria que existen en el ámbito del derecho marítimo, que recoge en la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, exceptuar los expedientes de
jurisdicción voluntaria en materia hipotecaria y omitir diversos procedimientos del ámbito mercantil que difícilmente pueden considerarse obsoletos cuando el propio Consejo General del Poder Judicial en su informe los echa en falta y propone su
incorporación. También, como de costumbre con este Gobierno, se aprovecha esta ley para reformar aspectos que en principio nada tendrían que ver con el objeto inicial de la misma: la edad para contraer matrimonio, establecer un procedimiento
monitorio notarial, etcétera.


Además, señor ministro, esta es una ley que carece de consenso. Comprobamos otro fracaso del Gobierno, ya que salvo algún colectivo concreto, notarios o registradores, el texto remitido deja absolutamente insatisfechos a la mayoría de los
operadores jurídicos llamados a aplicar la futura norma. Este proyecto de ley es un nuevo ejemplo de la capacidad del Gobierno para enfrentarse a la mayoría de los destinatarios de las iniciativas legislativas. El Consejo General de la Abogacía
cuestiona la justificación por la que no se requiere asistencia letrada en algunos procedimientos, entendiendo que no solo no se producirá ahorro, sino que se incrementarán los costes y se dará pie al intrusismo de otros profesionales. Los
procuradores también reclaman una mayor presencia en la tramitación de buena parte de los expedientes de jurisdicción voluntaria. Finalmente, cuenta con la oposición frontal de los secretarios judiciales, que ven cómo en lugar de dotárseles de
competencias correlativas a su preparación y la entidad de la función que parecía estaban llamados a desempeñar, se les vacía de competencias a favor de otros operadores jurídicos. Eso sí, mientras se afirma que asumen un papel acorde a las
funciones procesales que les atribuye la entrada en vigor de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.


Para acabar, señorías, entendiendo mi grupo la necesidad de una regulación de la jurisdicción voluntaria, afirmamos que esta tiene que ser clara, eficaz, consensuada y, lo que es más importante, que apueste fuertemente por el servicio
público de la justicia en toda su extensión; una regulación que no limite derechos ni cree mayores desigualdades; una ley donde la alternatividad en la elección de los ciudadanos sea uno de los pilares de la misma y en que la justicia en nuestro
país salga reforzada. Señor ministro, manifiesta usted la mejor predisposición a acuerdos vía enmiendas, al igual que dijo en el debate de los presupuestos y no aceptaron ninguna, y al igual que hicieron en el día de ayer en la Comisión de Justicia
en la trasposición de la Directiva de traductores e intérpretes, donde no aceptaron ni una sola enmienda



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del Grupo Socialista. Señor ministro, no solamente son palabras, sino hechos; el recorrido es breve y la solución rápida para saber realmente su voluntad de acuerdo.


Por último, quiero agradecerle la explicación que nos ha dado anteriormente, señor ministro. Realmente nosotros estaríamos por la labor de que retiraran este proyecto de ley, empezáramos de nuevo y sobre todo que contara con el consenso
necesario.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Such.


Pasamos a fijación de posiciones. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario del PNV, señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Gracias, señora presidenta.


Señor ministro, en este caso mi intervención no va a ser tan crítica como en el proyecto de ley anterior, porque tengo la impresión de que el texto que usted nos presenta, salvo que se produzca la disfunción de que luego sea enmendado por su
grupo parlamentario y se desfigure absolutamente su contenido -espero que esta vez no-, no se aleja en su definición de las recomendaciones del Consejo de Europa, la del año 1986, del Libro Blanco de la justicia -no es un libro blanco, son dos
libros blancos de la justicia los aprobados por el Consejo General del Poder Judicial- y del Pacto de Estado para la reforma de la justicia, en contra de lo que se está diciendo por los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra y que
con todo respeto he escuchado.


La propia definición, en el artículo 1, de la jurisdicción voluntaria nos parece adecuada, nos parece conceptualmente bien perfilada: Se considerarán expedientes de jurisdicción voluntaria a los efectos de esta ley a todos aquellos que,
estando legalmente previstos, requieran la intervención de un órgano jurisdiccional -primera mención importante- para la tutela de derechos e intereses en materia de derecho civil y mercantil, sin que exista controversia que deba sustanciarse en un
proceso contencioso. (La señora vicepresidenta, Montserrat Montserrat, ocupa la Presidencia). Evidentemente, no observo que nada de lo que está previsto en el contenido material del proyecto de ley sea no solo ya la resolución por parte de órganos
ajenos a la jurisdicción de procesos en los que no existe controversia y que deban ser, por su naturaleza contenciosa, resueltos por un órgano judicial, sino que ni siquiera se atribuye esa capacidad de resolver conflictos contenciosos a los
secretarios judiciales, en tanto en cuanto se les prohíbe el reconocimiento de derechos subjetivos, lo cual me parece pertinente, no por la falta de cualificación que reivindica este cuerpo -el de secretario judiciales- sino porque su función no es
esa -el reconocimiento de derechos subjetivos-, sino que corresponde al titular del órgano judicial, ya sea colegiado o unipersonal. Desde esta perspectiva, la función de secretario judicial es casi una función de fedatario público y de interventor
en procedimientos de resolución extrajudicial de los conflictos en el ámbito de la conciliación. Pero es que esto ocurre en relación con cualquier pleito, tenga naturaleza contenciosa o no la tenga, estemos hablando de justicia rogada o de justicia
ordinaria mediante la presentación de demanda, querella, denuncia, etcétera. Sí es discutible quizá que a los secretarios judiciales se les identifique mejor o se les atribuya una especie de preferencia en la resolución de los conflictos
extrajudiciales mediante procedimientos de mediación o conciliación, pero también hay otros agentes llamados y que están legitimados en nuestro ordenamiento jurídico para resolver estos problemas.


Desde otra perspectiva, aquí ha habido algunos reproches que son razonables, como que se ha tardado mucho. Desde la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el año 2000, esta institución ha tenido mucho tiempo para regular esta materia. Se han
tardado doce años, pero doce años tampoco es una cifra desmesurada dado el retraso casi congénito a esta Cámara en relación con los requerimientos de desarrollo de determinadas leyes que dimanan de otras anteriormente aprobadas. Bienvenidas sean si
están bien articuladas, pero para ello tiene que manifestar usted flexibilidad de verdad, señor ministro. Nosotros vamos a presentar muchas enmiendas al articulado porque hay aspectos manifiestamente mejorables en esta ley. La jurisdicción
voluntaria tampoco es tan voluminosa; se ha hablado del porcentaje de pleitos o aspectos que tiene que atender la jurisdicción en el ámbito de lo que se denomina genéricamente jurisdicción voluntaria, que no va mucho más allá del 5 % de la
totalidad; todos los demás con contenciosos. Liberar a la jurisdicción de un porcentaje, aunque sea escaso, puede también posibilitar que la jurisdicción atienda con más dedicación los contenciosos, que es la función constitucional que los órganos
jurdisdiccionales tienen específicamente atribuida.


Señor ministro -y acabo, señora presidenta-, quiero indicarle que si ni siquiera los secretarios judiciales tienen la capacidad para resolver contenciosos ni reconocer derechos subjetivos...Yo he



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intentado mirar, dadas las prevenciones que he leído en las enmiendas de totalidad, si lo pueden hacer los notarios o los registradores y no he percibido que, en este caso, ni los unos ni los otros puedan reconocer derechos subjetivos -sería
una aberración jurídica- ni resolver procedimientos contenciosos, sino ejercer una función de fedatarios públicos. No vamos a entrar ya, porque sería muy recurrente y sería la tercera vez que lo hacemos esta mañana -sería quizá una práctica de
tortura como las que prohíbe la Convención contra la Tortura de Naciones Unidas-, a resolver ese difícil problema dogmático de si es la inscripción en el registro la que reconoce el derecho o el derecho preexiste y la inscripción en el registro le
provee de eficacia y de fe pública. Como ya no se trata de seguir discutiendo sobre esta materia, nosotros nos vamos a abstener en relación con las enmiendas de totalidad. Sí hay procesos, se lo ha dicho la señora Díez, hay contenciosos que son
objeto de tramitación o de regulación paradójicamente mediante el mecanismo de la jurisdicción voluntaria, que son los procesos relativos a la patria potestad. Esto seguramente lo podremos arreglar con enmiendas al articulado. Cuente con nuestra
predisposición para trabajar en este caso con ustedes, honestamente, para mejorar la ley, que es mejorable, y sobre todo para que al final adquiera vigencia después de doce años de retraso y la podamos ver dentro de poco en el Boletín Oficial del
Estado.


Gracias, señora presidenta.


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Muchas gracias, señora presidenta.


Señorías, señor ministro de Justicia, voy a intentar ser breve porque es el tercer proyecto de ley de su ministerio que se debate en esta larga sesión plenaria. Este es un proyecto de ley que tiene unos antecedentes más intensos de lo que
ha relatado el propio ministro. Porque el ministro ha empezado con la Ley de Enjuiciamiento Civil, aprobada a finales de 1999, que entró en vigor en el año 2000, pero ha citado muy rápidamente el único proyecto de ley que fue retirado en esa
legislatura por el Gobierno, cuando ya estaba en el Senado, que tiene una historia legislativa que debería aconsejar hoy votar favorablemente la propuesta de avocación por el Pleno que el Grupo Socialista ha realizado de este proyecto de ley. No
siempre es bueno, señor ministro y señorías del Grupo Popular, dejar el debate a la Comisión con competencia legislativa plena cuando un proyecto de ley es de intensa complejidad. Las letradas de la Comisión de Justicia recuerdan perfectamente de
qué forma en la Comisión de Justicia de esa legislatura, del año 2007, se aprobaron artículos con dos versiones y entró en el Senado el artículo 20, versión A, y el artículo 20, versión B, y ya no hubo manera -porque la mayoría que había en el
Senado era distinta de la que había en el Congreso- de poder solucionar desde el punto de vista legislativo un proyecto de ley cargado de errores tras su aprobación con competencia legislativa plena hace dos legislaturas. Por tanto, viene con
muchísimo retraso; de ahí que nuestro grupo no haya presentado enmienda a la totalidad. Estamos de acuerdo en que se tramite, pero que se tramite escuchando a todos, lo decía el señor Olabarría y hago mías sus palabras. El proyecto de ley es de
una inmensa complejidad técnica. En un proceso son deseables diversos actores, son deseables mecanismos de desjudicialización, son deseables mecanismos que puedan contribuir a la necesaria menor carga de trabajo de nuestros jueces y magistrados,
pero salvaguardando siempre los derechos fundamentales y teniendo siempre presente la garantía máxima cuando se produce un proceso judicial. Por tanto, la jurisdicción voluntaria -lo dice su propia definición- nunca debe sustituir, si no se quiere,
el acceso a los tribunales ordinarios. Pero es cierto que colectivos como los notarios pueden ayudar, y mucho, a ese nuevo proceso de jurisdicción voluntaria que se introduce en el proyecto de ley.


Por tanto, nosotros no planteamos esa enmienda a la totalidad, nos vamos a sumar a esa petición de avocación por el Pleno de este proyecto de ley y le pido al grupo mayoritario que reconsidere esa no avocación por el Pleno; siempre están
votando en contra de cada uno de los proyectos de ley que vienen a esta Cámara, y la competencia legislativa plena no está pensada para que siempre sea ordinaria. Al final, al Pleno solo vienen los proyectos de ley que tienen carácter orgánico o,
como en el caso de hoy, si se nos presenta una enmienda a la totalidad, podemos tener el debate de totalidad que estamos teniendo.


No quiero alargar más esta sesión. Sabe el señor ministro que tenemos propuestas concretas en el ámbito de la jurisdicción voluntaria, y que ese ánimo de consensuar, que ha citado al inicio de la sesión de hoy, queremos que se materialice
en cada uno de los puntos porque hay aspectos que nos preocupan de manera muy directa, los relativos a la afectación de derechos fundamentales, los relativos a la valoración



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por parte del notario o del registrador de los requisitos necesarios para disfrutar de la justicia gratuita y también todo lo relativo a la creación de la justicia de proximidad. Por tanto, tenemos ánimo de acercamiento en ponencia y en
Comisión. Reiteramos una vez más que este proyecto de ley sea finalmente avocado por el Pleno y podamos tener aquí un segundo debate tras la valoración de las distintas enmiendas al articulado.


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señor Jané.


Por el Grupo Popular, tiene la palabra la señora Escudero.


La señora ESCUDERO BERZAL: Gracias, señora presidenta.


Señor ministro, señorías, antes de iniciar mi intervención, quería expresar mi asombro por el alegato del señor Llamazares acerca de la falta de diálogo del señor ministro. Señor Llamazares, sabe perfectamente -y en principio lo relacionaba
a lo ocurrido ayer en la Comisión de Justicia- que poco margen hay para el diálogo cuando se presenta un proyecto de ley para transaccionar una directiva europea. Ahora es el momento de la negociación y el momento del diálogo, con los proyectos de
ley que se están presentando y debatiendo hoy. No me cabe ninguna duda -le pido que sea usted confiado- de que podrá comprobar en persona el talante dialogante del ministro de Justicia y su disposición a escuchar y aceptar todo aquello que suponga
mejoras para un texto legislativo; no me cabe ninguna duda.


Señorías, la ley de jurisdicción voluntaria es una deuda que el legislador tiene contraída con la sociedad española desde hace tiempo, desde el mandato contenido en la disposición derogatoria única de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
Hubo un intento -que parece ser que desconoce el diputado ponente del Grupo Parlamentario Socialista- presentado por el Gobierno socialista en 2006; proyecto que tuvo un debate muy intenso -562 enmiendas fueron presentadas por los diferentes grupos
parlamentarios- y que fue retirado sorprendentemente, o no, por el Gobierno socialista en octubre de 2007, el mismo día en que iba a ser votado en el Senado. El 1 de agosto de este año, el Gobierno aprobó el proyecto de ley que hoy es objeto de
debate; hoy estamos cumpliendo con un mandato legislativo pendiente que fue anunciado por el presidente del Gobierno en su discurso de investidura, siendo su regulación una urgente necesidad social que se enmarca en una esfera del ordenamiento
jurídico de carácter eminentemente técnico y jurídico, y quiero remarcar este carácter técnico y jurídico.


El debate de totalidad promovido por los grupos parlamentarios de La Izquierda Plural, UPyD y Socialista se apartan de ese carácter. La posición siempre negativa de La Izquierda Plural no sorprende a nadie, son ustedes tan oscuros.... Un
debate a la totalidad por haberse tardado doce años en debatirse o porque afecte a muchas leyes o porque sea larga o incómoda una nueva terminología, realmente, señores diputados de Unión Progreso y Democracia, no es que sorprenda, sino que
desgraciadamente asombra. Un debate a la totalidad de un proyecto de ley tan trabajado y defendido por el Grupo Parlamentario Socialista hace unos años causa confusión, desconcierto e incluso estupor porque, señores diputados del Grupo Socialista,
el groso del texto legislativo, el alma mater de este proyecto de ley es lo que ustedes presentaron. Habrá algunas diferencias -las hay seguro- que se verán en el debate al articulado, pero en una enmienda a la totalidad...Aunque es totalmente
comprensible dentro de su actual modo de proceder, de renegar de lo hecho por sus propios compañeros de partido. No solo anuncian que ustedes van a deshacer todo lo que está haciendo el Gobierno del Partido Popular si algún día llegan al Gobierno,
sino que también están anunciando que van a deshacer lo que hizo el Gobierno del Partido Socialista. Solo en ese contexto podremos entenderlo. Por cierto, me gustaría saber la opinión de los dos diputados socialistas que el 27 de junio de 2007 no
solo defendieron en esta Cámara con pasión y con rigor un texto legislativo casi idéntico al presentado, sino que en su defensa utilizaron argumentos que ahora su grupo parlamentario utiliza en contra del proyecto de ley. Me pregunto si hoy ellos
van a votar a favor de lo de ahora y en contra de sus propias palabras. Está en el 'Diario de Sesiones', señorías. Señor diputado socialista, si quiere se lo entrego y se lo doy hasta subrayado, señoría, porque quizá nadie le ha dicho que
presentaron este proyecto de ley con 562 enmiendas aceptadas -imagínese la tramitación sobre esta materia-. Señoría, todo en la vida tiene antecedentes y es bueno antes de subir a esta tribuna conocerlos y estudiarlos. Aquí sus compañeros
diputados que hoy van a votar, porque dos de ellos siguen siendo diputados, le dan respuesta clara y concisa a todas las críticas que ha hecho usted al debate planteado por el Gobierno del Partido Popular.


Entrando ya en el fondo, señorías, tengo que decirles que el proyecto de ley debe ser valorado en su conjunto de forma favorable, ya que contiene una reforma en profundidad de la ley de jurisdicción voluntaria porque es una reforma moderna,
es garantista y está situada en sus justos límites y en consonancia con



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la realidad social. Y no lo digo yo, señorías, sino que en este mismo sentido se ha pronunciado el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo Fiscal en sus informes preceptivos. Y en este ámbito se hace preciso procurar que la
aprobación de esta ley se realice con el mayor consenso jurídico y político posible. Sin duda alguna, este proyecto de ley será mejorable y tendremos tiempo durante su tramitación parlamentaria para analizar todos aquellos aspectos de la ley que
puedan estar generando conflicto entre los operadores jurídicos, temas que todos, absolutamente todos, sabemos que no son muchos. El proyecto de ley de jurisdicción voluntaria, que hoy debatimos, afecta a numerosas instituciones en las que están en
juego derechos e intereses de gran relevancia en el ámbito personal y patrimonial de los ciudadanos. Hay más de doscientos procedimientos específicos de jurisdicción voluntaria previstos en este proyecto. El mayor experto que hay en España sobre
jurisdicción voluntaria, el mayor impulsor de su regulación es el catedrático de Derecho Romano, y académico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, el señor Fernández de Buján. Tengo que citarle en mi intervención como merecido
reconocimiento a sus grandes conocimientos en jurisdicción voluntaria, a su ardua labor formando parte de la comisión codificadora, de las dos que hubo, para dotar a la nueva ley de jurisdicción voluntaria de todo el rigor, excelencia, garantías y
realidad que se merecen los ciudadanos.


Señorías, sobre las características del texto legislativo, creo sinceramente que ya han sido perfectamente explicitadas por el ministro de Justicia en su brillante intervención. Poco más hay que añadir; solo centrarme en darle una somera
respuesta a sus argumentos a la totalidad que han esgrimido. Respecto a la enmienda que presenta La Izquierda Plural, alegan en primer lugar que la reforma carece de la más mínima justificación; disposición final de la ley 1/2000, es decir, hace
casi catorce años que tenemos esa justificación para hacer esta reforma. Aparte de que se recogió de forma expresa en el Pacto de Estado sobre la justicia del año 2001, que ustedes no firmaron pero que suponemos que conocerán. Sobre la
racionalidad y distribución de competencias, cabe señalar que tanto doctrina como jurisprudencia se han pronunciado en reiteradas ocasiones sobre la necesidad de revisar las competencias de los jueces a los efectos de transferir a otros
profesionales del derecho, funcionarios públicos, aquellas que no tengan una naturaleza jurisdiccional en sentido técnico. Y no se trata tanto de descargar de competencias a los jueces, sino de la necesidad de redistribuir esas competencias
conforme a la realidad social actual. Y en cuanto a que la jurisdicción voluntaria, señorías de Izquierda Unida, deba atribuirse en bloque a los secretarios judiciales, aunque es verdad que es un cuerpo nacional jurídico de funcionarios públicos de
gran prestigio, con expertos de derecho procesal, supone, sin embargo, no conocer bien el contenido de los procedimientos específicos previstos, que van determinados ya que las competencias atribuidas a los jueces en materia de menores, personas con
la capacidad judicial modificada, condición y estado civil de la persona, derecho de familia y restricción de derechos fundamentales, lo son con reserva jurisdiccional. Determinadas competencias deben permanecer necesariamente en la órbita de los
jueces y será respecto a las que se asignen la competencia judicial sobre las que habrá que decidir a qué operadores jurídicos se atribuye.


Respecto a Unión Progreso y Democracia, dicen que la ley va a regular cuestiones especialmente contradictorias. Señorías, esto es desconocer la Ley de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio, la Ley de acogimiento y de
adopción, la Ley sobre tutela y curatela. En todas ellas se establece la resolución de conflictos a través del procedimiento de jurisdicción voluntaria. Y hablan de que es una ley ómnibus. Tengo que decirles que la gran mayoría de leyes que se
modifican sí tienen relación con la jurisdicción voluntaria y que los actos de jurisdicción voluntaria se encuentran en más de cincuenta leyes específicas aprobadas en la segunda mitad de este siglo.


Respecto al Grupo Parlamentario Socialista, me quedo con las ganas de leerles el 'Diario de Sesiones', pero ya se lo pasaré, no se preocupen. No obstante, constituye una satisfacción comprobar que compartimos una buena parte de las
afirmaciones básicas expresadas sobre la necesidad de abordar esta reforma y que la misma debe contribuir de manera singular a la modernización, ya que la jurisdicción voluntaria tiene una importancia sustancial para la cotidianeidad de los asuntos.
No compartimos -no podemos compartir- que sea un fracaso que el proyecto se limite a regular los procedimientos que se tramitan ante órganos jurisdiccionales. Creemos, por el contrario, que es una decisión acertada en aras de la racionalización y
clarificación del sistema conforme a la cual se procede a deslindar entre actos de jurisdicción voluntaria de naturaleza jurisdiccional, actos de jurisdicción voluntaria que se mantienen en la órbita del órgano judicial y actos de jurisdicción
voluntaria de naturaleza administrativa. No podemos aceptar la afirmación de que no hay consenso y que están insatisfechos la mayoría de operadores jurídicos. Notarios y registradores, como presuntos beneficiarios de la desjudialización, están a
favor de las previsiones del proyecto de ley, y los



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órganos que representan jueces y fiscales nos lo han dicho a través de los informes preceptivos del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo Fiscal. La valoración más crítica es por parte de los secretarios judiciales y abogados y
procuradores, una crítica en ausencia de alternatividad y en el carácter no preceptivo como regla general de la intervención de abogado y procurador en procedimiento judicial, sin que haya cuestionado en ningún momento ni la necesidad de la reforma
ni las notas características de la misma. El señor ministro de Justicia ha anunciado que en este trámite parlamentario es donde se negociará, se dialogará y se escuchará a todos para poder dar respuesta a estas cuestiones y el Grupo Parlamentario
Popular está convencido de la necesidad de estudiar estas propuestas y reivindicaciones. Valoramos de forma muy positiva su disposición a colaborar en la mejora del texto y se lo agradecemos igual al Grupo Parlamentario Vasco y a Convergència i
Unió.


Termino, señorías. Sinceramente, mi grupo cree en la necesidad del consenso que debe presidir la aprobación de esta ley porque creemos que es bueno para los ciudadanos, porque es de sentido común y porque debe ser una reforma que se
mantenga en el tiempo, que es lo mejor que en materia de justicia se puede hacer. No van a votar en contra de sus enmiendas a la totalidad -es absurdo pedirles lo contrario-, pero mi grupo sí les pide el esfuerzo de dejar al lado partidismos y el
rechazo por el rechazo y ponernos todos manos a la obra, también Izquierda Unida, para dar a la sociedad una ley novedosa que supere el concepto que arrastra la jurisdicción voluntaria como residual frente a la contenciosa y que se ajuste la
realidad social que se vive hoy. Señorías, hay que unirse no para estar juntos, pero sí para hacer cosas juntos.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Muchas gracias, señora Escudero.


- PROYECTO DE LEY PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL. (Número de expediente 121/000121).


La señora VICEPRESIDENTA (Montserrat Montserrat): Pasamos al siguiente punto del orden del día: Debate de totalidad del proyecto de ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. Para su presentación tiene la palabra en
nombre del Gobierno el señor ministro de Educación, Cultura y Deporte.


El señor MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE (Wert Ortega): Señora presidenta, señoras y señores diputados, tengo el honor de subir a esta tribuna para defender el proyecto de ley de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.
Soy plenamente consciente de la condición de la hora y de la condición de cuarto debate de totalidad en esta jornada recargada de jueves, por lo que voy a procurar, con la benevolencia de sus señorías, hacer una presentación lo más sintética posible
de este proyecto, que entiendo es particularmente pertinente en la medida en que es propósito del Gobierno, propósito que se materializará por el comportamiento del Grupo Popular en las Cámaras, que el mismo sea objeto del mayor consenso posible y
desde este mismo momento hago explícita la voluntad del Gobierno de tener una actitud muy receptiva hacia las enmiendas parciales, de suerte tal que todo aquello que sea compatible con el mantenimiento de los objetivos centrales de la ley va a
encontrar favorable acogida en el Grupo Popular durante su proceso de debate en Comisión con competencia legislativa plena. (El señor presidente ocupa la Presidencia).


Esta ley trae causa, fundamentalmente, de una extensión que se ha producido del concepto de patrimonio cultural inmaterial en el curso de los últimos decenios y que se concreta en la Convención para la salvaguardia de ese patrimonio cultural
inmaterial de la Unesco, aprobada en el año 2003, de la que España es signataria -fue ratificada por España- en el año 2006. El patrimonio cultural inmaterial experimenta desde el punto de vista conceptual una serie de cambios en los últimos
decenios que por un lado ponen de manifiesto su creciente importancia en el contexto más amplio de la protección del patrimonio cultural y por otro marcan cada vez de manera más clara la especificidad de las estrategias para su protección. Por eso
tanto en el propio enunciado de la ley, como en el propio enunciado de la convención de la que de alguna manera trae causa, no se habla de conservación, puesto que las estrategias conservadoras o de tipo conservador no son las más adecuadas para
este patrimonio, sino de medidas de salvaguardia. El concepto, por tanto, no se limita a lo que tradicionalmente se considera patrimonio histórico -colecciones de objetos, edificios, monumentos, etcétera- sino que comprende las tradiciones y las
expresiones culturales vivas heredadas de los antepasados y transmitidas a los descendientes, tales como las tradiciones orales, las artes del espectáculo, los usos sociales, los rituales, los actos festivos, los



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saberes y prácticas vinculados a la tradición artesanal y en definitiva todo aquello que, carente de una base material, forma sin embargo parte del concepto antropológico de cultura, tiene un valor social intergeneracional porque expresa la
trasmisión entre las generaciones y también es pertinente en la medida en que es un anclaje de identidad de grupos sociales mayores o menores, con la misma importancia para los países desarrollados que para los menos desarrollados. Se trata de un
patrimonio particularmente frágil, precisamente por esa carencia de base material pero al mismo tiempo es muy importante como factor de mantenimiento de diversidad cultural, particularmente en tiempos como los actuales en los que la globalización
constituye una fuente estructural permanente de amenazas para esa riqueza y para esa diversidad cultural.


¿Por qué hace falta una ley estatal? Esta es probablemente la explicación de la razón de oportunidad de esta iniciativa legislativa, que quizá no sea tan evidente en sí misma. En primer lugar porque, como acabo de señalar, hay una
convención para la salvaguardia de este patrimonio signada por España en el año 2006 y de alguna manera esta convención reclama la existencia de un instrumento normativo que garantice la eficacia de la salvaguardia que con la convención se pretende.
Por tanto, teniendo en cuenta que el instrumento normativo hasta ahora básico en la materia de protección del patrimonio, la Ley de Patrimonio Histórico Español, Ley 16/1985, hace apenas una referencia muy marginal en dos de sus artículos a lo que
sería un concepto amplio de patrimonio inmaterial cuando habla del patrimonio etnográfico, parecía oportuno que todo aquello que cayera dentro del ámbito de aplicación de esta ley dispusiera del instrumento normativo para su efectividad. Por otra,
porque existía en el derecho español una laguna normativa en cuanto a la carencia de instrumentos de la Administración General del Estado para adoptar medidas de salvaguardia de este patrimonio. Es verdad que en mayor o menor medida -porque esté
recogido en sus distintos estatutos, porque esté recogido en leyes especiales o simplemente por la práctica- las diecisiete comunidades autónomas han regulado con más o menos intensidad este patrimonio cultural inmaterial, algo que en el ámbito
supranacional ha hecho la Unesco -ya nos hemos referido a ello-, pero en lo que la Administración General del Estado carece de un instrumento que le permita definir y operar esta salvaguardia en los casos a los que ahora me referiré. Hasta ahora lo
que la Administración General del Estado hacía respecto a este patrimonio podríamos definirlo como servir de correo en el caso de declaración como patrimonio cultural inmaterial de la humanidad a las iniciativas de las comunidades autónomas y así,
por ejemplo, se han incluido en el catálogo de ese patrimonio manifestaciones culturales de carácter inmaterial como la Patum de Berga, o como los castells o como el flamenco.


A partir de ahora y en las condiciones de concurrencia no excluyente con las comunidades autónomas, a las que también me referiré, la Administración General del Estado podrá, con un procedimiento que es el que la ley establece, declarar
manifestaciones representativas del patrimonio cultural inmaterial a distintos tipos de expresiones de este patrimonio. ¿Cuáles son esos tipos? En primer lugar, aquellos bienes que ya forman parte del patrimonio cultural inmaterial de la
humanidad, declarados por la Unesco y que tienen un carácter supracomunitario, es decir, que abarcan más de una comunidad autónoma. Por poner algunos ejemplos, a título enumerativo y no exhaustivo, citaré los tribunales de regantes del
Mediterráneo, el flamenco, la dieta mediterránea y la cetrería; serían ejemplos de este tipo de manifestaciones representativas del patrimonio cultural inmaterial. También hay otros bienes que cumplen esas mismas características, es decir que
están presentes en más de una comunidad autónoma, pero que está en trámite su declaración como patrimonio cultural inmaterial de la humanidad por parte de la Unesco, cuestiones tales como la trashumancia, el romancero, la improvisación o técnicas de
producción tradicional que son de carácter totalmente artesano, como la producción del esparto. Por último, se trata de que España -al igual que han hecho otros países dentro particularmente del espacio iberoamericano- esté a la cabeza en la
creación y puesta en marcha de una normativa de salvaguardia de este patrimonio. Tienen leyes estatales aprobadas en este sentido Portugal, Brasil, Colombia, varios países del espacio iberoamericano.


Las características del sistema se pueden sintetizar en unos pocos rasgos, fundamentalmente se busca la coherencia con la protección del patrimonio material y, desde ese punto de vista, se amplía el concepto de patrimonio histórico que
figura en el título VI de la Ley 16/1985, se replican las estructuras de declaración y protección que sirven para el patrimonio material, pero creando una categoría específica que es la de manifestación representativa que pudiéramos considerar
paralela a lo que en el caso del patrimonio cultural de carácter material son los bienes de interés cultural.



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Dentro de la ley, se contempla también la elaboración de un texto refundido en el que esta Ley de Patrimonio Histórico más la de la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial sean tratadas de una forma unitaria y armónica.
Naturalmente, hay que adaptar esta salvaguardia -porque no se puede llamar conservación como en el caso de los bienes materiales- a sus propias particularidades. Como decía al principio, las soluciones conservadoras no son las soluciones idóneas
para un patrimonio que, básicamente, reside en sus propios portadores, es decir en las comunidades que conservan, documentan, investigan o transmiten este patrimonio inmaterial y a través de esas comunidades portadoras toda la sociedad que se
beneficia o de alguna forma participa de este patrimonio. ¿Cuales son las expresiones de salvaguardia? Son expresiones de identificación, de documentación, de investigación, de preservación, de protección, de promoción, de puesta en valor, de
transmisión y de revitalización. En definitiva, todo el conjunto de actuaciones que permite que ese patrimonio inmaterial no solo no desaparezca sino que pueda experimentar incluso un cierto fomento, una cierta revitalización gracias a medidas
conformes a esos objetivos; medidas tales como la elaboración y actualización de inventarios, la creación de órganos gestores adecuados, la implantación tanto en el sistema de educación reglada como no reglada de actividades formativas y la
garantía de acceso de la ciudadanía hacia estas expresiones del patrimonio inmaterial.


La declaración de manifestación representativa del patrimonio cultural inmaterial apareja una serie de medidas de carácter general que afectan a las dinámicas de protección de la Administración General del Estado, pero que también como
carácter general son de aplicación a la salvaguardia que se ejercite por parte de otras administraciones y muy específicamente de quienes tienen en este campo la competencia más importante, que son las comunidades autónomas. Estas incluyen el
respeto de los derechos y deberes fundamentales, la participación de las comunidades autónomas y, como decía también antes, la accesibilidad.


Quiero dejar muy claro que tanto la declaración como el resto de potestades que se atribuyen a la Administración General del Estado en el título III respecto a la protección de estas manifestaciones representativas en modo alguno pretenden
suplir las competencias tanto de definición como de protección de las comunidades autónomas. Esta norma se dicta desde el más escrupuloso respeto al concepto de concurrencia no excluyente con las comunidades autónomas que rige en el ámbito
cultural, tanto en lo que se refiere a la definición de la competencia en materia cultural de las comunidades autónomas como en lo que se determina en el propio artículo 149.2 en términos de la cooperación en materia de cultura. Nos hemos inspirado
en las dos sentencias más importantes sobre el desarrollo de estas competencias que se ejercen en régimen de concurrencia no excluyente; principalmente, en la sentencia del Tribunal Constitucional 17/1991, sobre la Ley de Patrimonio Histórico
Español. Por tanto, las competencias de la Administración General del Estado se limitan a la coordinación y cooperación con las comunidades autónomas a través del Plan nacional de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial y la gestión del
antiguo inventario -ahora censo general- del patrimonio cultural inmaterial. La potestad declarativa de una manifestación representativa y subsidiaria de salvaguarda afecta solo a determinados tipos de bienes en los que concurren una o varias de
las siguientes condiciones. En primer lugar, que la manifestación en cuestión sea representativa o propia de varias comunidades autónomas y no exista entre ellas un instrumento jurídico de cooperación para su salvaguardia. En segundo lugar, que
sea la propia comunidad autónoma la que solicite la declaración de manifestación representativa, previa petición de la comunidad portadora de la manifestación de que se trate. En tercer lugar, cuando el conjunto de bienes expresivos de esa
manifestación representativa requiera una comprensión unitaria de la tradición más allá de la específica que pueda recibir de una o varias comunidades autónomas. En cuarto lugar -esta tendrá lógicamente una aplicación muy limitada-, cuando tales
manifestaciones estén vinculadas a servicios públicos de titularidad estatal o bienes adscritos al patrimonio nacional. Por último, con un anclaje competencial distinto se incluyen aquellas cuya relevancia y trascendencia sea de carácter
internacional y resulten expresiones de historia compartidas con otros países.


Los principios de protección que también afectan al régimen de declaración fundamentalmente se inspiran en criterios de austeridad y eficiencia. Según especifica la memoria que acompaña a la ley, esta no supone incremento del gasto. En
cuanto a la potestad de otorgamiento de la condición de manifestación representativa, se rige exactamente por las mismas normas que los BIC y son competentes para su declaración los mismos órganos. En lo que se refiere al Plan nacional de
salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial, es simplemente un instrumento de gestión y cooperación interadministrativa, con el que se trata de conseguir con las comunidades autónomas los objetivos de cooperación y comunicación



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cultural tal y como ya se viene haciendo desde la existencia de la comisión técnica del plan nacional, que funciona desde su constitución en el mes de octubre de 2011 por parte del anterior Gobierno que elaboró aquel primer plan nacional.
Lo mismo podemos predicar del censo general del patrimonio cultural inmaterial.


También hay que especificar -es importante sobre todo ante la contemplación de algunas de las enmiendas que han presentado los grupos que lo han hecho- que esta ley no impone a las comunidades autónomas ninguna obligación nueva de gasto que
deba ser objeto de compensación financiera. Pensamos que una ley como esta tiene un impacto económico general en la medida en que enriquece la capacidad de atractivo de España desde la perspectiva de la puesta en valor de su patrimonio cultural
inmaterial y, por tanto, en ese capítulo tan importante que en la economía española representa el turismo cultural. Valga decir que de toda la afluencia turística exterior que España tuvo en el año 2013 el 14 % -alrededor de 7,4 millones de
visitantes- declararon como motivo principal de su visita a España el motivo cultural. Causa un impacto de género positivo porque buena parte de estas expresiones del patrimonio cultural inmaterial se realizan en régimen de igualdad de género, con
una participación femenina muy destacada y también he de señalar que tiene un impacto medioambiental positivo en la medida en que estas expresiones, que siguen métodos tradicionales, son respetuosas con el medio ambiente y sostenibles.


De forma muy breve quisiera decir respecto a las cinco enmiendas a la totalidad todas ellas de devolución que han sido presentadas que su contenido tiene carácter competencial en el caso de las presentadas por Esquerra Republicana de
Catalunya, Bloque Nacionalista Galego y Convergència i Unió, argumentándose que chocan con la legislación autonómica y que invaden el marco competencial, por lo que reitero en este sentido lo que ha afirmado anteriormente. Estamos hablando de
competencias mínimas y residuales de la Administración General que tienen amparo en doctrina constitucional acerca del patrimonio histórico, del patrimonio inmaterial, que resultan perfectamente trasladables a esta cuestión. En todo caso, en lo que
pueda ser dificultad nacida de una diferente comprensión del marco competencial, la disposición del Grupo Popular es encontrar fórmulas que satisfaciendo los objetivos que pretende la ley, también satisfagan a los enmendantes, que serán debidamente
escuchados y considerados.


La enmienda de La Izquierda Plural tiene fundamentalmente una condición conceptual, es decir, se atiene sobre todo al hecho de que la definición del patrimonio cultural inmaterial, que sería objeto de declaración y protección en el ámbito de
lo dispuesto por esta ley, no resulta al grupo enmendante clara. Tengo que decir que se ha seguido rigurosamente la definición de patrimonio cultural inmaterial que facilita la Unesco, que en este caso el aspecto esencial para incluirlo en el
ámbito de aplicación de la ley es la presencia de esa manifestación en más de una comunidad autónoma y, por tanto, que desde el punto de vista conceptual no debería haber dificultades para llegar a un acuerdo sobre esta cuestión.


Finalmente, la enmienda de totalidad presentada por el Grupo Socialista es fundamentalmente de técnica normativa. Es decir, expresa la preferencia por un tratamiento integrado que se hiciera en un instrumento legislativo con la Ley de
Patrimonio Histórico. Como ya he señalado al principio, es propósito del Gobierno, y está expresado en el proyecto, la elaboración de un texto refundido. En todo caso yo creo que resolvemos algunos problemas más con este tratamiento, que de alguna
forma viene también sugerido por la propia Convención de la Unesco, que mediante la integración que el grupo enmendante sugiere.


Finalizo como comencé, señor presidente, señoras y señores diputados, reiterando la voluntad del Gobierno de conseguir el máximo consenso en torno a este proyecto y expresando mi ferviente esperanza de que ello pueda llegar a materializarse
en el trabajo en Comisión.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro.


Como ha dicho el propio ministro, se han presentado a este proyecto de ley cinco enmiendas a la totalidad, todas ellas de devolución. Empezamos por el Grupo Mixto y para su defensa tiene la palabra, en primer lugar, la señora Pérez
Fernández.


La señora PÉREZ FERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.


Debatimos hoy aquí un proyecto de ley que, al igual, señor Wert, que su Ley de Educación, y aunque usted esta vez no lo ha expresado con la misma claridad que en aquella ocasión, persigue el mismo objetivo: españolizar. En este caso no
solo a los niños catalanes, sino a todas y a todos los ciudadanos del Estado. Ha necesitado usted, señor ministro, cuatro páginas y media, de un total de quince, más de una cuarta parte de su proyecto de ley, y varias sentencias del Tribunal
Constitucional para intentar justificar y buscar encuadre a las competencias del Estado en materia de protección y salgavaguardia del



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patrimonio cultural inmaterial y, aun así, señor ministro, no lo consigue. No lo consigue, porque la propia sentencia del Tribunal Constitucional 17/1991 dice que esa competencia -leo textualmente- es básicamente autonómica. La propia
doctrina general del Tribunal Constitucional considera que el Estado solo puede intervenir en ámbitos de competencia autonómica, como es este, y cito otra vez textualmente, en casos excepcionales.


Señor Wert, en su obsesión enfermiza de recentralizarlo y reconquistarlo todo, como aquel Rodrigo Díaz de Vivar, el Campeador, invade una vez más una competencia que es exclusiva de las comunidades autónomas. En el caso de Galiza,
competencia recogida en el artículo 27 de nuestro Estatuto de Autonomía de 1981 y desarrollada en nuestra Ley 8/1995, de Patrimonio Cultural de Galiza -le vuelvo a leer textualmente-, que tiene como finalidad esencial proteger, conservar y difundir
el patrimonio cultural de Galiza, que engloba el patrimonio mueble y el patrimonio inmaterial, ya sea de titularidad pública o privada, además de las manifestaciones de nuestra cultura tradicional y popular. Fin de la cita, señor ministro. Ya nos
ha quedado claro hace tiempo que a usted le sobran los estatutos de autonomía e incluso se diría que le sobran las autonomías. En el mejor de los casos, por lo que usted parece tener verdadera preferencia es por una suerte de sucursales
administrativas del Estado en los distintos territorios, incluso en aquellos que tienen lengua propia, una lengua propia que también en este proyecto de ley es objeto de salvaguarda particular y que paradójicamente ni su ministerio ni el Gobierno
del que forma parte respetan ni protegen. Como digo, invasión de competencias propias de las comunidades, impulso de nuevo de un marco regulatorio centralista, relegación del marco autonómico a un carácter subordinado, imposición de medidas desde
el Estado a todas las demás administraciones y finalmente la intención esperpéntica -digo esperpéntica en el sentido estricto de una verdadera deformación y perversión de la realidad- de pretender crear una cultura nacional que ni se corresponde con
la pluralidad ni con la variedad y diversidad cultural, lingüística y nacional de este Estado en el que estamos.


El artículo 11 del proyecto de ley recoge un rosario de competencias del Estado en materia de patrimonio inmaterial que, como antes he dicho, contemplan ya las distintas leyes de patrimonio autonómicas y que en la práctica supone el vaciado
íntegro de las competencias exclusivas de las mismas y el desguace y demolición de esas leyes autonómicas de patrimonio. El artículo 13 desarrolla el Plan nacional de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial que, entre otras condiciones,
impone la de contemplar los criterios y metodologías de actuación más apropiados para el patrimonio cultural inmaterial. Por tanto, aquí por mucho que se citen esas expresiones no hay colaboración, no hay coordinación, no hay respeto a otras
administraciones titulares de las competencias en este momento. Aquí solo hay imposición, aquí solo hay obligación, exigencia e incluso, diría yo, hay abuso, señor Wert. El paroxismo de este abuso, de esa una cultura nacional que no existe, es la
disposición quinta, donde encumbran ustedes a la tauromaquia como patrimonio cultural y, cómo no, como fiesta nacional, a toda costa, por encima de decisiones contrarias que ya existen en este ámbito en determinados territorios y por encima del
arraigo o no que eso que ustedes llaman fiesta nacional, esa barbarie, tenga en cada sitio. Completan así lo ya establecido en su Ley 18/2013, de Regulación de la Tauromaquia, donde ya la recogían ustedes como -cito otra vez textualmente-
incuestionable patrimonio cultural inmaterial español. A partir de aquí ya dará igual lo que decidan o tengan decidido las autonomías, lo que primará, como ya viene siendo habitual, es la legislación estatal y una vez más lo que se impondrá será
una ley que pretende regular lo que no le corresponde y que pretende sobre todo imponer la opción ideológica de un Gobierno y de un partido que cada vez están más lejos de la ciudadanía y de las preocupaciones de la gente.


Por todo ello, señor ministro, presentamos enmienda a la totalidad y solicitamos la devolución del proyecto de ley al Gobierno.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Pérez Fernández.


Por el Grupo Mixto también, para presentar su enmienda a la totalidad, tiene la palabra el señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: Gracias, señor presidente.


Señor ministro, señor Wert, usted es como el escorpión, aquel escorpión que aun cuando la rana se le ofreció para llevarlo a cuestas hasta la otra orilla, a medio cruzar el río le picó, condenándose a morir ahogado porque sencillamente iba
con su naturaleza. Usted, señor ministro, no puede evitarlo, usted es como el escorpión, va en su ADN político homogeneizar, uniformizar, recentralizar, en definitiva, españolizar. Una mentalidad, dicho sea de paso, muy imperial; una mentalidad
muy propia de la cultura política de la derecha española, muy alejada, en las antípodas, de aquella mentalidad política que basa su praxis en el



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acuerdo, en el pacto, en la lealtad institucional. Esto me hace recordarles -aprovecho que estoy en la tribuna y le tengo delante- a todos ustedes y a la ciudadanía que el señor Wert no cumple la ley del año 2005 de devolución de la
documentación incautada en Cataluña por las fuerzas de ocupación. No lo cumple, señor Wert. No cumple la ley del año 2005, que el mundo lo sepa. No lo cumple, con lo cual quien no cumple la ley tiene un nombre y queda, como mínimo, el conflicto
pendiente. No ponga cara agria porque esta es la verdad, usted no cumple la ley. Punto.


Segundo. Hoy nos presenta un proyecto de ley de patrimonio cultural inmaterial que dedica cinco páginas a intentar explicar por qué son competentes para legislar, pero que nadie se llame a engaño, esta ley no es necesaria; que nadie crea
que el patrimonio cultural inmaterial no está protegido. Existen ya muchas leyes que se han legislado en distintos Parlamentos autonómicos y, por supuesto, existe una ley catalana. No voy a ser yo quien usurpe este debate; un debate que
corresponde al Parlament de Catalunya y a otros parlamentos, razón por la cual no voy a entrar a fondo en el contenido de este proyecto de ley. Voy a ir directamente a la perversidad política que contiene.


Ustedes quieren competencias para levantar la prohibición de las corridas de toros en Cataluña. (El señor Albendea Pabón: ¡Sí, señor!). Por eso aprobarán también esta ley. Vaya casualidad, ministro Wert, que todo derive de la ley que se
aprobó en este Parlamento hace justamente un año, en 2013, en el mes de noviembre, por la cual calificaron y atribuyeron a las corridas de toros la categoría de patrimonio cultural. Y hasta que Cataluña no legisló sobre las corridas de toros,
ustedes no tuvieron necesidad de presentar un proyecto de ley de este tipo. Yo sé, señor Wert, que usted no cejará en su empeño. Lo dicho, va en su ADN: morir matando, morir españolizando. Sí, sí, vaya poniendo caras. Esta es la razón de su
comportamiento, porque usted forma parte intrínseca de esta manera de concebir el mundo, el Estado y la sociedad española. Pero esto es poco inteligente. Usted puede presentar un largo currículum académico, todos los currículums académicos que
quiera, pero esto es muy poco inteligente desde el punto de vista político por parte de usted. Han perdido el debate internacional, lo han perdido; cien grandes organizaciones de veintinueve Estados ya se han pronunciado sobre la barbarie de los
animales en las corridas de toros (El señor Albendea Pabón: No lo hemos perdido) y además el Parlament de Catalunya, mal que les pese, aunque sé que a ustedes esto les provoca urticaria -sí, sí, urticaria; nos quisieran ver en condiciones muy
distintas a las que estamos, pero se van a fastidiar-, legisló democráticamente, porque es una Cámara democrática, y a la democracia ustedes no la van a derrotar, y menos en el contexto actual. Un contexto actual en el cual una buena parte de la
ciudadanía catalana se declara independentista y con ganas de perderles de vista -en concreto, a usted, creo que hay muchas ganas de perderle de vista en Cataluña-, y una buena parte de ciudadanos catalanes que no son independentistas pero a los que
nos une una cuestión de forma clara, rotunda, diáfana, y es que estamos hartos y asqueados de escorpiones. Estoy convencido de que me ha entendido.


Muchas gracias. (El señor Albendea Pabón: ¡Qué pena de los catalanes que no ven corridas de toros!). ¡Qué pena de ustedes!


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Para la defensa de la enmienda a la totalidad de devolución que ha presentado La Izquierda Plural, tiene la palabra la señora De las Heras.


La señora DE LAS HERAS LADERA: Gracias, presidente.


Señorías, señor ministro, sí hay algo que queda claro en este proyecto de ley es lo atrevida que puede llegar a ser la ignorancia y lo peligrosa que se torna la ignorancia instruida cuando se pone al servicio de intereses contrarios a los
que presume defender. Eso es lo que hacen cuando abordan y dan cuerpo legislativo, con marcado sesgo impositivo y centralizador, a una cuestión tan sensible que engarza con el ejercicio de numerosos derechos fundamentales como es la salvaguardia
del patrimonio cultural inmaterial. Podríamos entender, señor ministro, la necesidad de elaborar una ley básica, atendiendo a la Convención de Naciones Unidas para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, que permitiera mejorar las
deficiencias constatadas en cuanto a los diferentes desarrollos legislativos que desde principios de los años noventa acometieron las diferentes comunidades autónomas. Reconocemos que entonces se hicieron al amparo de la Ley de 1985, de Patrimonio
Histórico Español, que, más allá de su carácter innovador, se mostraba insuficiente e imperfecta en cuanto a la regulación de los bienes intangibles que nos ocupan. Entonces las comunidades autónomas tuvieron que utilizar como principal fuente de
inspiración los trabajos disponibles de la Unesco, que se encontraban en aquella época en el momento previo de su desarrollo y que culminarían con la Convención de 2003. Esto es absolutamente comprensible,



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pero no podemos admitir que hayan convertido en un engendro ininteligible lo que debería ser una ley armonizadora y no invasora que ayudara a la cohesión y la coordinación entre los grupos, las comunidades portadoras, las organizaciones y
asociaciones ciudadanas, como los verdaderos protagonistas portadores y recreadores de las manifestaciones culturales inmateriales.


Señor ministro, esta es una ley que debería haberse hecho con el cuidado, con el mimo y con el esmero con el que se realiza el encaje de bolillos, y a ustedes, señores y señoras del Partido Popular, les faltan todas esas habilidades, es una
pena pero les faltan todas esas habilidades. Se trataba de crear una malla protectora, portadora de recursos y fortalezas y no una soga para amortajar, imponer y obligar a esas comunidades portadoras a proteger su acervo cultural de acuerdo con los
intereses economicistas y centralistas del Estado. Es atrevido y perverso intentar legislar el aire, convertir las expresiones artísticas multifacéticas, singulares y únicas de un pueblo en una simple marca, en su marca España. Es triste, pero es
así. Parece tarea imposible hacerles ver las dificultades que traerá llevar a cabo sus intenciones y los conflictos que se derivarán de su actitud irresponsable y prepotente. Su intención no es otra que la de dar unidad nacional a la diversidad
cultural que caracteriza a los diferentes pueblos y naciones de España porque con esta ley, en definitiva, lo que pretenden es secuestrar, para mayor gloria de sus intereses ideológicos, la riqueza intangible y cognoscible, robar y adueñarse de lo
que pertenece al mundo de los sentidos y los sentimientos que viven en los diferentes y diversos pueblos que conforman la geografía de este país. De su proyecto de ley emana un tufillo de patriotismo mal entendido y un marcado sesgo mercantilista
que pretende imponer sobre lo que debería ser el verdadero objetivo de esta ley, que no es otro que el de proteger y salvaguardar el patrimonio cultural y material. En este sentido, resulta sumamente clarificador el punto j) del artículo 3, en el
que queda claro que los principios y las actuaciones para salvaguardar el patrimonio quedan supeditados a la unidad del mercado.


Se supone, señor ministro, que la normativa en esta materia debe de estar siempre supeditada al bien intangible, que se caracteriza y diferencia de todos los demás tipos de patrimonio en que precisamente está interiorizado en los individuos
y en los grupos humanos a través de complejos aprendizajes y experiencias que se han decantado en el curso del tiempo. La puesta en escena de celebraciones o de manifestaciones colectivas impuestas por motivos ideológicos y con fines
mercantilistas, en el momento en el que se separan de los sentidos compartidos e interiorizados y de los lazos de identidad o de las emociones que causan, dejarán de ser automáticamente patrimonio inmaterial. Podrán ser o serán muy espectaculares
desde el punto de vista estético y resultar muy rentables a nivel económico, pero no podrán considerarse ya como patrimonio inmaterial. ¿Acaso alguien puede imaginarse que el canto de la Sibila de Mallorca pueda ser trasladado más allá de un
edificio religioso hasta la plaza central de un centro comercial sin perder su sentido prístino? No creo que nadie pueda entenderlo.


En el artículo 12 no nos parece adecuada ni necesaria para cumplir con el fin de salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial la declaración de manifestación representativa que motiva el propio artículo. Las circunstancias devenidas para
su declaración son arbitrarias y se prestan a confusión, dejando ver de manera clara que están más encaminadas a centralizar competencias por parte del Estado que al fin último de proteger el bien tangible que motiva la propia ley. El tratamiento
de este especial y singular patrimonio cultural inmaterial exige, además del consenso con los portadores de la tradición -es obvio-, un consistente y constante trabajo de colaboración entre las administraciones públicas implicadas, destacando la
importancia de los entes locales y de las instituciones formales e informales que lo mantienen; de lo contrario, las actividades impuestas no coordinadas ni consensuadas producirán con su ley daños irreparables en la propia naturaleza del
patrimonio cultural inmaterial. Esto llega hasta el absurdo, señor ministro, cuando el Estado se arroga en exclusiva la capacidad para declarar la protección y adoptar medidas de salvaguardia sobre una concreta manifestación representativa del
patrimonio cultural inmaterial español. Yo le pregunto, ¿cómo puede delimitarse un bien inmaterial patrimonio del imaginario y de la tradición española en su conjunto? ¿En qué momento puede considerarse que ese imaginario deja de ser del conjunto
y pasa a ser solo de una comunidad? Aquí trasladamos el debate que debería ocuparnos -que no es otro que el de proteger y preservar el patrimonio cultural inmaterial- a un problema de carácter competencial que choca con la doctrina del Tribunal
Constitucional y que traerá sin duda -ya se lo están advirtiendo otros grupos de la oposición- más problemas que soluciones. Ustedes quieren poner puertas al campo y les va a resultar francamente complicado limitar un hecho cultural inmaterial a un
ámbito concreto. No se puede unificar y gestionar de manera centralizada lo que por naturaleza pertenece a un ambiente diverso.



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Señorías, no pueden pretender imponer por la puerta de atrás espectáculos o tradiciones que se basan en el maltrato animal cuando esto provoca una extraordinaria polémica en nuestro país. La Unesco tiene publicado un amplio listado con los
patrimonios culturales inmateriales a lo largo y ancho del mundo. Afirma que el patrimonio cultural inmaterial no se presta a preguntas sobre la pertenencia de un determinado uso a una cultura, sino que contribuye a la cohesión social fomentando un
sentimiento de identidad y responsabilidad que ayuda a los individuos a sentirse miembros de una o varias comunidades y de la sociedad en general.


Todos sabemos, señorías, que en nuestro país siguen existiendo tradiciones y espectáculos sangrientos, como el toreo, que están muy lejos de generar y fomentar ese sentimiento de identidad y responsabilidad. Todo lo contrario; suponen un
elemento de división y enfrentamiento que va a hacer imposible su inclusión en ese listado de la Unesco. Por ello queremos pedirle desde mi grupo al Partido Popular que retire este proyecto de ley, y presentaremos todas las enmiendas para impedir
que ustedes consigan lo que pretenden, que es darnos gato por liebre. No hagan como el lobo del cuento de Los siete cabritillos -cuento popular recogido por los hermanos Grimm-, que se aclaró la voz y se blanqueó la pata para engañarlos y
comérselos, pero de nada le sirvió y fue él el que acabó maltrecho. En definitiva, señor ministro, le pedimos la retirada de esta ley mercantilista y centralizadora del Estado que, lejos de servir a los fines que dice defender, como le decía al
principio, con la docta ignorancia, desvirtúa el espíritu y la esencia que motivó la propia convención de Naciones Unidas de 2003 para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.


Gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora De las Heras.


Para presentar su enmienda a la totalidad, por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra la señora Surroca.


La señora SURROCA I COMAS: Gracias, señor presidente.


Señor ministro, señorías, este proyecto es un ejemplo más de extralimitación de competencias por parte del Estado, incumple lo dispuesto en la Constitución española y también la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Señor ministro,
usted se ha referido a las distintas sentencias del Tribunal Constitucional. Yo también me referiré a ellas, pero en una interpretación bastante distinta a la que usted hoy ha realizado.


Estamos ante otro proyecto que sirve de excusa a este Gobierno para laminar competencias de las comunidades autónomas. Por desgracia, este es el procedimiento habitual con el que nos encontramos en muchos de los proyectos que estamos
tramitando en la Comisión de Cultura y en otras comisiones. La razón fundamental de la enmienda a la totalidad que presentamos por parte de Convergència i Unió descansa principalmente en esa vulneración competencial del Estado en la materia que se
pretende regular, cual es la salvaguardia del patrimonio cultural e inmaterial. Además, desde Convergència i Unió cuestionamos también la necesidad de ese proyecto en los términos en que actualmente está planteado. ¿Es necesaria una regulación
específica, singular, para salvaguardar el patrimonio cultural e inmaterial? Lo iremos analizando a lo largo de este debate, pero nos sugiere importantes dudas que este marco normativo tenga que ser impulsado en estos momentos, o por lo menos en
los términos en que está planteado en el proyecto. ¿Necesita el patrimonio cultural inmaterial de un marco legal específico? Prácticamente ninguna mención a ello se hace en este proyecto. Usted, señor ministro, tampoco se ha referido a ello. ¿Es
necesaria una protección de nuestro patrimonio cultural integral que incluya también el patrimonio inmaterial o es necesario este proyecto singular, específico? Habrían sido cuestiones interesantes de profundizar en este debate, incluso en la
intervención que ha hecho el señor ministro presentando este proyecto. ¿El patrimonio cultural inmaterial es una prioridad en estos momentos? ¿Tiene otras prioridades nuestro patrimonio cultural? ¿Sabemos cuáles son las principales necesidades en
este ámbito? En definitiva, son muchas las preguntas que podríamos hacernos y, lamentablemente, la justificación que recoge el proyecto de ley es mínima y se sustenta fundamentalmente en la evolución que ha experimentado el concepto de patrimonio
cultural inmaterial y en el cambio, con lo cual coincidimos, que supuso la Convención para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco del año 2003. El concepto de patrimonio cultural inmaterial ha sufrido una larga evolución,
un largo desarrollo -se explica debidamente en el proyecto que estamos ahora debatiendo y analizando-, pero ¿cómo justificamos impulsar ahora este proyecto en concreto en los términos en que está redactado por parte de este Gobierno? Mi grupo
parlamentario cree que la justificación es mínima y que probablemente esconde otras motivaciones ajenas a la convención de 2003, que además se alejan mucho del espíritu de esa



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convención, en la cual, como ustedes saben, se habla reiteradamente de la necesidad de respetar las distintas culturas. Habla en diferentes ocasiones de la pluriculturalidad y en el proyecto que hoy estamos analizando poco se habla de ello,
ni siquiera en la exposición de motivos. Nos da la sensación de que realmente detrás de este proyecto hay otras motivaciones, y algunos de los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra han hecho referencia a ello. La cuestión de la
tauromaquia, que parece que en la Comisión de Cultura haya una especial fijación con este tema cuando hay muchas prioridades en el ámbito cultural que en estos momentos son o tendrían que ser de especial urgencia para este Gobierno, como por ejemplo
el IVA cultural. ¿Qué haremos con el IVA cultural, señor ministro?


Volviendo a lo que nos ocupa, a este proyecto sobre el patrimonio cultural inmaterial, y entrando a analizar la cuestión competencial, ¿en qué fundamenta el Estado su competencia para impulsar este proyecto? Según la disposición final
segunda, la protección del patrimonio cultural inmaterial se dicta al amparo de las reglas 1.ª, 3.ª, 28.ª y 30.ª de los apartados 1 y 2 del artículo 149 de la Constitución española. Pasamos a analizarlo. La regla 1.ª del artículo 149.1 establece,
como bien sabe, señor ministro, que corresponde al Estado la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales. Convergència
i Unió cree que este precepto no se traduce en el hecho de que el régimen jurídico aplicable en todo el territorio del Estado tenga que ser el mismo en esta cuestión. Por tanto, este título competencial no es aplicable en este caso, ya que su
interpretación extensiva anularía cualquier iniciativa legislativa autonómica que estableciera alguna diferenciación respecto de otro territorio. Estamos otra vez en esa voluntad de homogeneizar, de unificar, y nosotros, en este ámbito, entendemos
que no debería ser el camino porque además vulnera, como decía anteriormente, las competencias de las comunidades autónomas.


Por lo que se refiere a la regla 3.ª del artículo 149.1, atribuye al Estado las competencias sobre relaciones internacionales. Ustedes también lo alegan como fundamento de sus competencias para impulsar este proyecto. Resulta obvia la
existencia de numerosas manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial que poseen una especial relevancia y que tienen trascendencia internacional y también es obvio que es necesaria la adopción de medidas de salvaguardia, pero no por eso el
Estado tiene que atribuirse la competencia para su protección, vulnerando nuevamente competencias exclusivas en materia de cultura de las comunidades autónomas.


La regla 28.ª del artículo 149.1 de la Constitución establece competencias del Estado para la defensa del patrimonio cultural y en concreto se refiere a la exportación y a la expoliación. Tenemos una sentencia reciente del Tribunal Supremo
dictada en el caso de la actuación urbanística efectuada en el barrio de El Cabañal, en Valencia -usted, señor ministro, lo recordará perfectamente-, donde se establece un criterio muy claro, que no se puede utilizar la excusa de la expoliación para
dilucidar conflictos de competencias o, mejor dicho, disparidad de criterios entre la comunidad autónoma correspondiente y el Estado. No se puede utilizar este precepto en este sentido para atraer también competencias hacia el Estado de ámbitos que
son propios de las comunidades autónomas en el caso de haber una discrepancia de opiniones.


Además, el Tribunal Constitucional ha dictado distintas sentencias que también nos ayudan a interpretar de forma correcta el sentido del ejercicio de la competencia en materia de cultura. Usted, señor ministro, también ha comentado la
sentencia a la que ahora me voy a referir. En la sentencia 17/1991 se considera que la competencia legislativa del Estado sobre el patrimonio cultural no es solo la que se deriva del artículo 149.1.28.ª de la Constitución, que hemos mencionado hace
un momento sobre la exportación y la expoliación, sino que es más amplia, ya que de acuerdo con la doctrina fijada en la sentencia 49/1984, también del Tribunal Constitucional, el artículo 149.2 de la Constitución permite al Estado legislar sobre la
preservación del patrimonio cultural común y también sobre los aspectos que necesiten tratamientos generales o que reclamen una definición unitaria. El artículo 149.2 establece que, sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las
comunidades autónomas, el Estado considerará el servicio y la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las comunidades autónomas de acuerdo con ellas. Hasta aquí usted ha hecho la misma lectura, señor
ministro, pero esta sentencia dice más. Hay otra parte de esa doctrina del Tribunal Constitucional que curiosamente ha silenciado. También habla de que lo que no puede hacer el Estado es alegar precisamente ese título competencial para vaciar de
competencias a las comunidades autónomas. Por tanto, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, no se puede atribuir al Estado una competencia concurrencial plena en materia de cultura porque eso dejaría sin contenidos las
competencias específicas reconocidas



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en la Constitución y en los estatutos de autonomía, es decir, el Estado no puede ostentar un título competencial autónomo en materia de cultura. Además, debemos recordar que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia
de cultura, según establece el artículo 127 del Estatuto de Autonomía de Cataluña. En definitiva, si interpretamos debidamente la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia de cultura, veremos que este proyecto vulnera claramente la
distribución de competencias establecida en la Constitución. Consideramos que, a la luz de esa jurisprudencia, el Estado tiene una competencia legislativa en materia de cultura de carácter subsidiario respecto a las comunidades autónomas, que
tienen competencia exclusiva en cultura en general y en patrimonio cultural en particular. El artículo 149.2, como decíamos anteriormente, no puede interpretarse como un título habilitante universal que permita al Estado sustituir a las comunidades
autónomas en el ejercicio de sus competencias exclusivas. En consecuencia, entendemos que el proyecto de ley debería limitar la competencia de la Administración General del Estado a declarar y proteger únicamente aquellos bienes inmateriales que no
pueden separarse de la tradición española en su conjunto y, siempre de manera subsidiaria, a una posible actuación de salvaguardia de las comunidades autónomas; a facilitar, eso sí, la comunicación cultural entre las comunidades autónomas y, de
acuerdo con ellas, a recoger el conjunto de la información sobre el patrimonio inmaterial a través del Inventario nacional del patrimonio cultural inmaterial. Si leemos detenidamente el proyecto, veremos que varios de sus artículos vulneran
totalmente esa doctrina del Tribunal Constitucional, totalmente, señor ministro, aunque usted haya dicho lo contrario en la presentación del proyecto. Solamente tenemos que leernos el artículo 3, con el largo listado de principios que recoge de
actuación en materia de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, y el artículo 12 en ese mismo sentido. Señor ministro, están fijando una serie de criterios que van a habilitar la intervención del Estado en materia de salvaguardia del
patrimonio cultural inmaterial en detrimento de las competencias de las comunidades autónomas.


Por otra parte, el proyecto tampoco prevé la posibilidad de que una comunidad autónoma a la que sea ajena la manifestación que pretende ser protegida como patrimonio cultural inmaterial pueda decidir en su ámbito territorial la excepción de
dicha protección. Se ha hablado también de ello, en el caso de aplicar el artículo 12, al que antes me refería en esa redacción propuesta en el proyecto, una comunidad autónoma tendría que aceptar la protección en su territorio de manifestaciones
ajenas a su idiosincrasia y que no han tenido a lo largo de su historia calado ni arraigo anulando, por lo tanto, la posibilidad de ejercer su propia competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural. En base a ello y considerando también
nuestra experiencia a lo largo de la tramitación del proyecto de ley para la regulación de la tauromaquia como patrimonio cultural, sospechamos y de forma fundamentada -aunque sea negado por el Gobierno- que este proyecto pretenda, entre uno o
varios de sus fines, imponer nuevamente la tauromaquia en territorios como es el caso de Cataluña, cuya práctica su Parlamento ha decidido excluir claramente.


Si pasamos a analizar la necesidad -como decía al inicio de mi intervención- de impulsar el proyecto en los términos en los que está redactado, es interesante recordar también que en 2009 se celebraron en Teruel unas jornadas sobre
protección del patrimonio inmaterial impulsadas por aquel entonces por el Ministerio de Cultura, con la participación de más de cincuenta técnicos especialistas en la materia provenientes de las distintas comunidades autónomas y también de distintos
países iberoamericanos. Allí se consensuaron una serie de conclusiones, que son interesantes, con los criterios que deberían regir también este proyecto y que, lamentablemente, vemos que nada tienen que ver con esas conclusiones que fueron
consensuadas con muchos técnicos provenientes de distintas comunidades. En algunas de sus conclusiones se establecen claramente unos requisitos básicos para la protección del patrimonio inmaterial donde se subraya especialmente, señor ministro, la
necesidad del compromiso que debe existir entre las administraciones en cuanto al diálogo, consenso con los titulares y usuarios de patrimonio cultural inmaterial, la coordinación entre las distintas administraciones y el respeto también a la
naturaleza dinámica de este tipo de manifestaciones...


El señor PRESIDENTE: Señora Surroca, tiene usted que ir terminando.


La señora SURROCA I COMA: Sí, señor presidente, voy terminando.


Por último, ninguno de sus aspectos, señor ministro, se refleja en el proyecto de salvaguardia que hoy debatimos. Ninguna de las conclusiones que se recogen en aquel documento consensuado en 2009 quedan reflejadas en este proyecto que hoy
estamos debatiendo. Por esa razón, entendemos que el texto de este proyecto, tal y como está redactado en estos momentos, no es necesario porque se aleja del



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espíritu de esas jornadas y también de la convención de 2003. Por todo ello, desde Convergència i Unió solicitamos la devolución del proyecto al Gobierno.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Surroca.


Por el Grupo Socialista y para defender su enmienda, tiene la palabra el señor Meijón.


El señor MEIJÓN COUSELO: Gracias, presidente.


Señor ministro, me pareció entender al principio de su intervención una frase que decía que las tesis conservadoras no son las más adecuadas. Créame que ahí podemos tener un importante punto de acuerdo. (Risas).


Hace poco más de un año, en noviembre de 2013, se publicaba en el BOE la Ley 18/2013 para la regulación de la tauromaquia como patrimonio cultural; una ley a todas luces innecesaria, prescindible y que a nuestro juicio no responde al sentir
del conjunto de la sociedad española. No promover, no prohibir; así resumía nuestro portavoz, el señor Torres Mora, la posición de nuestro grupo. Además, con esta ley -de ahí esta referencia, señor ministro- iniciaban ustedes el camino de lo que
entendemos como un serio error legislativo, que es la fragmentación de la normativa legal que afecta al patrimonio. Dispusieron ustedes en esa ley una disposición final instando al Gobierno a legislar acerca del patrimonio cultural inmaterial en la
que ahora pretenden ampararse, pero, como podrán comprender, esta disposición final en ningún caso debe ser aceptada como ratio decidendi y mucho menos como ratio legis que justifique la fragmentación del ordenamiento jurídico en materia de
patrimonio. Por ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta esta enmienda a la totalidad de este proyecto de ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. No es tanto por el fondo, señor ministro -créame, se lo digo
sinceramente-, ni por el contenido expresado en el articulado, en el que creemos que existen puntos para posibles acuerdos, sino por la alternativa legislativa escogida para la regulación de nuestro patrimonio inmaterial.


Señorías, compartimos y entendemos justificada la decisión de proceder a legislar sobre la temática que nos ocupa, el patrimonio inmaterial, pero coincidimos de pleno con lo expresado en el dictamen evacuado por el Consejo de Estado acerca
de que pareciera más óptimo y razonable no proceder a la elaboración de una nueva ley específica para el patrimonio inmaterial y sí reformar la actual Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, y convertirla en una ley integral para el conjunto
de todos los elementos constitutivos de nuestro patrimonio. No son pocas las razones, señor ministro, señorías. En primer lugar, con posterioridad a la fecha de publicación de la actual Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, la gran
mayoría de las comunidades autónomas procedieron a elaborar legislación propia sobre esta materia en el ámbito de sus competencias, incorporando las recomendaciones de la Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de la
Unesco del año 2003; documento al que usted también aludió y que constituye la mayor referencia expresa que ustedes sitúan en la ley que nos ocupa. Pues bien, examinado ese corpus de legislación autonómica sobre la materia, es muy fácil colegir
que la práctica totalidad de ellas han entendido, sin necesidad de ponerse de acuerdo, que el camino legislativo más idóneo era la formulación de una ley integral que englobara el conjunto del tesoro patrimonial y no proceder a legislar de forma
fragmentada. En segundo lugar, señorías, como bien argumenta el Consejo de Estado, existen razones de eficacia legislativa, de técnica normativa y de coherencia regulatoria y el logro de una mayor y siempre deseable simplificación jurídica.
Debieran ser argumentos suficientes para que ustedes reconsideren la alternativa de fragmentar la legislación sobre patrimonio. Además, como bien reconocen ustedes en la propia exposición de motivos de este proyecto, ya la Ley del Patrimonio del
año 1985 incluía referencias al patrimonio inmaterial. Efectivamente, es una ley anterior al conjunto de normativas y declaraciones de carácter internacional, especialmente de la ya dicha Convención de la Unesco de 2003. Por lo tanto, es una ley
que está desactualizada, incompleta, pero también es una ley que ya pretendía desde su inicio constituirse como pieza legislativa integral para todo el conjunto de nuestro patrimonio. Permítanme una cita del informe del Consejo de Estado: El
patrimonio inmaterial no es ajeno a la materia, resultando prácticamente imposible separar lo material de lo inmaterial en el contexto de la cultura. Incluso ustedes mismos lo piensan así; buena prueba de ello es el artículo 4 de esta futura ley
que habla de protección de los bienes materiales asociados. ¿Por qué? Porque evidentemente son inseparables. Señor ministro, ustedes también lo creen así y lo plasmaron expresamente en su documentación, pero alguien se encargó de borrarlo en la
versión definitiva que llegó a esta Cámara. ¿Por qué se lo digo? Porque usted sabe que en la memoria elaborada por su propio equipo de Gobierno, es decir, en su memoria, señor Wert, de este proyecto de ley se dice: La propia ley -esta que hoy nos
traen- prevé la



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elaboración de un futuro texto refundido en materia de protección del patrimonio histórico en el que se integren debidamente regularizadas y armonizadas la Ley 16/1985 y la presente ley. Incluso continúa: Se pretende recoger todas aquellas
cuestiones relativas a la salvaguardia del patrimonio cultural material e inmaterial, lo que permitirá en un futuro aunar ambos regímenes reguladores en un único texto legal. Pero no, señor ministro, no señor Wert, la versión final que hoy nos
presentan ya no lo prevé, y se lo dice también el informe del Consejo de Estado, que dice: lo que ustedes nos mandan en la versión final ya no está. Nos preocupa y nos gustaría que fuera así, pero nos preocupa y mucho.


Por todo ello, el Grupo Socialista mantiene esta enmienda a la totalidad en lógica defensa de unos argumentos que consideramos sólidos y pertinentes. Está usted a tiempo, señor Wert, de retirar este proyecto de ley y trabajar en lo que
decían pretender: una ley integral en materia de patrimonio. Además, le puedo decir que consideramos que el trabajo realizado en el texto que hoy nos presentan no es un esfuerzo baldío, bien les puede valer como punto de partida para esa
legislación integradora. De no ser así, comprendan que nos ratificaremos en nuestros argumentos. Eso sí, señor ministro, el Grupo Socialista está dispuesto a colaborar activamente con la presentación de enmiendas que puedan mejorar el texto que
definitivamente se apruebe, entre otras -y cito únicamente a modo de ejemplo y permítame que barra para mi tierra- la que pretende la Real Academia Galega referida al tesoro patrimonial que constituye la toponimia tradicional y solicitando, por
tanto, su inclusión expresa en la definición de concepto de patrimonio cultural inmaterial. Este proyecto de ley, señor ministro, hubiera merecido un mayor esfuerzo de diálogo también y se ha visto aquí en materia territorial, pero este no ha sido
el caso, al menos con el Grupo Socialista. Siempre hay, y de hecho las hay, condiciones varias que enmarcan el trámite de elaboración de un proyecto de ley, pero convendrá conmigo, señor Wert, que no hay mejor condición que el diálogo, y no lo ha
habido, no se ha hablado. De hecho, ni se ha querido dialogar para los plazos de presentación de las enmiendas, cuestión que no podemos entender porque sería el mínimo esperable.


Quiero finalizar mi intervención, señor ministro, reiterando nuestro más sincero compromiso, con independencia del resultado de la votación de hoy, de trabajar en la mejora de este proyecto de ley, pero créame, señor Wert, que la defensa de
nuestro patrimonio bien merece un mayor esfuerzo de un diálogo que el Grupo Socialista ha echado de menos. Por último, quiero reiterarle que nos gustaría que lo que en la memoria sí aparece del texto refundido sea una realidad y un compromiso, pero
activo ya. Retírelo, señor ministro; si dice que ya lo tiene ahí, retírelo y haga usted la ley integral, si es lo que quieren hacer.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Meijón.


En turno de fijación de posiciones, en primer lugar, por el Grupo Vasco, tiene la palabra el señor Agirretxea.


El señor AGIRRETXEA URRESTI: Gracias, señor presidente.


En primer lugar, subo a esta tribuna en nombre de mi grupo para defender y fijar la posición, pero previamente me gustaría decir que mi grupo no ha presentado enmienda a la totalidad por un problema técnico, pero démonos como que lo hemos
presentado. Es decir, estamos totalmente de acuerdo con la mayoría de los argumentos de los grupos que sí han presentado, nosotros teníamos casi los mismos, por tanto nos consideramos moralmente enmendantes. Dicho esto, hay que tener clara una
cosa. En un principio todos los grupos hemos mantenido casi la misma posición, excepto el Grupo Socialista, de que este no es un proyecto de ley que invada competencias, sino que se autoadjudica competencias que ni las tiene, y creo que en este
caso ha sido el denominador común de todos los grupos a la hora de subir a este estrado. ¿Por qué será que en una materia tan sutil, tan subjetiva y a su vez tan importante, el Estado quiera legislar y se quiera autoadjudicar cosas que no le
compiten? ¿Por qué será? Nosotros creemos que es por dos motivos. En primer lugar, en cuanto a la parte competencial, porque no cree ni quiere que las comunidades autónomas, o algunas por lo menos, tengan la capacidad de poder legislar algunas
veces contra los intereses que pueda tener el Gobierno en ese momento en el Estado. El caso más claro es el de la tauromaquia, sobre el que tanta polémica surgió en su momento, que en el fondo nosotros denunciamos desde el primer día, porque era
una forma para que las comunidades autónomas que estaban legislando no pudieran legislar en esa materia. Cuando se denunció eso en su momento, aquí se dijo: no, no, en absoluto, eso no es así; pero cuando uno de los proponentes lo ha dicho, el
presidente de la Comisión de Cultura, que está ahí sentado, decía: sí, señor, por supuesto. Por tanto, habrá que creer al presidente de la Comisión de Cultura, por la autoridad que es, en el sentido de que ese proyecto de ley fue para eso. Dicho
esto, hay una segunda cuestión, que es la siguiente. Les preocupa mucho el concepto



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de cultura nacional. Están muy preocupados, porque quizá tienen dudas de qué es cultura nacional. Por tanto, dotan de un órgano para que después la podamos llenar de contenido en un momento dado, porque lo importante es que sea algo que
sea nacional. Esa gran interrogante de si existe o no existe una cultura nacional española les está dando tantos quebraderos de cabeza que lo primero que hacen es dotar de órganos de homogeneización, de unificación, para que por lo menos la
vestimenta sea algo que no responda a la realidad, que ustedes saben que no es así. Por tanto, hay dos apartados dentro de lo jurídico, porque, por una parte, tenemos un debate político, pero también tenemos un debate jurídico.


En este proyecto de ley se analizan dos cuestiones para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial que se consideran centrales: por un lado, la fundamentación por la que se recoge para el Estado la competencia para proteger el
patrimonio cultural inmaterial, que hemos dicho, y por otra parte, tenemos el modelo competencial dual de protección del patrimonio cultural inmaterial. En primer lugar, en cuanto a lo relativo a la competencia del Estado en materia de protección
de patrimonio cultural inmaterial, el proyecto de ley en su exposición de motivos no considera de aplicación a los bienes culturales inmateriales la sentencia del Tribunal Constitucional 17/1991 que aquí se ha citado por otros compañeros, según la
cual la competencia para la protección, declaración de bienes culturales materiales es básicamente autonómica, por considerar que estos bienes están siempre ubicados en alguna de las comunidades autónomas. Sin embargo, la sentencia no hace
referencia a una vinculación directa del bien cultural con un denominado lugar geográfico o lo que en la exposición de motivos se denomina locus territorial. En este sentido, téngase en cuenta que la sentencia 17/1191 ha sido de aplicación no
solamente a los bienes inmuebles -estos sí vinculados a un determinado lugar-, sino también a los bienes muebles, bienes que por su propia naturaleza se pueden transportar de un lugar a otro e incluso de una comunidad autónoma a otra sin perder su
identidad cultural. Pero incluso en el caso de los bienes culturales inmuebles, su protección cultural es muchas veces inseparable a valores inmateriales de los que es portador dicho bien, valores cuya significación puede sobreponer los límites
geográficos de la comunidad autónoma en la que se ubica. En el caso de los bienes culturales inmateriales, estos están asociados a comunidades, a grupos, incluso a individuos que, al igual que los bienes culturales materiales, inmuebles o muebles,
están siempre situados en alguna de las comunidades autónomas. En consecuencia, no se encuentra fundamento alguno para que la mencionada sentencia del Tribunal Constitucional sea de aplicación a los bienes materiales, muebles e inmuebles, y no a
los inmateriales. Por tanto, el proyecto supone una clara invasión competencial a las competencias exclusivas que por lo menos en el caso de la Comunidad Autónoma del País Vasco ostenta en materia de cultura, imponiendo un marco regulador unitario
y reservándose incluso la Administración General del Estado la gestión de buena parte del sistema de protección, tal y como sucede en este segundo caso a través de la propuesta, elaboración, seguimiento y revisión del Plan nacional de salvaguardia
del patrimonio cultural inmaterial, de la gestión del censo general de patrimonio cultural inmaterial, de la difusión internacional del conocimiento de los bienes del patrimonio cultural inmaterial y del intercambio de información cultural técnica y
científica de los demás Estados y organismos internacionales, en particular elevando propuestas a la Unesco para la inclusión de cualquier bien en la lista representativa del Patrimonio Cultural de la Humanidad, así como la formulación de
solicitudes de asistencia internacional para la salvaguardia de dicho patrimonio. Además, la Administración General del Estado se reserva competencias plenas para declarar la protección y adoptar las medidas de salvaguardia que responden a los
bienes que superen el ámbito territorial de una comunidad autónoma. Amalgama de conceptos y supuestos poco determinables y que son tanto como una carta en blanco a la Administración General del Estado, en vez de articular un modelo que garantice la
coordinación entre las comunidades autónomas para la preservación del patrimonio cultural inmaterial.


Frente a ello, ustedes han optado por retener en manos de la Administración General del Estado no solo buena parte de las declaraciones de bienes de patrimonio cultural inmaterial, sino también los aspectos más significativos de la gestión
de cualquier bien, cuya declaración la hubiera realizado una o varias comunidades autónomas de común acuerdo. Todo ello supone una clara extralimitación competencial que no encuentra apoyo en los títulos competenciales aducidos en el proyecto ni en
el artículo 149.1 que, como bien ha dicho la compañera de Convergència i Unió, dice que no puede interpretarse como un título habilitante universal que permita al Estado sustituir a las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias
exclusivas. No justifica, por lo tanto, el régimen jurídico homogéneo para todos los bienes. Piénsese en algunos con manifestación exclusiva en una comunidad autónoma y que, además, sea una materia competencial exclusiva. La lengua, por ejemplo.
Ni el artículo 149.1.3.ª permite atraer hacia la Administración General del Estado toda actividad por tener una conexión con el exterior del Estado, ni el



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artículo 149.1.28.ª, que se refiere a la defensa del patrimonio cultural contra la exportación y expoliación, tiene una conexión con el objeto que se regula en el proyecto. Por lo tanto, digamos que por una parte está ese apartado, pero
también está el modelo competencial dual de protección de patrimonio cultural inmaterial que ustedes proponen en este proyecto de ley. El proyecto de ley establece un modelo dual de protección del patrimonio cultural inmaterial innecesario, que
permite que un mismo bien sea protegido por el Estado y, a su vez, por una o más comunidades autónomas. Ello da lugar a una situación peculiar según la cual el Estado ha manifestado, por un lado, la voluntad de evitar supuestas duplicidades en
otros ámbitos generales y culturales que se nos han propuesto aquí, vía supresión de competencias de las comunidades autónomas y, por otro, crea una nueva duplicidad a través de un proyecto de ley, atribuyéndose una competencia que nadie discute que
se residencia en las comunidades autónomas. Esta contradicción aparente, según la cual se pretende eliminar duplicidades en algunos ámbitos y se crean nuevas duplicidades en otros, tiene sin embargo un claro hilo conductor: el fortalecimiento de
las competencias del Estado en detrimento del de las comunidades autónomas que, al fin y al cabo, es el meollo de la cuestión. En este caso, ustedes, el fuero y el huevo van todos en un único elemento, porque vuelvo a lo que incidía en el inicio de
mi intervención, ustedes tienen un gravísimo problema de querer definir lo que es la cultura española, lo que es la cultura nacional. Pero si sigue así, señor Wert, señor ministro, el siguiente proyecto de ley que va a traer a esta Cámara va a ser
el proyecto de ley del espíritu nacional. (Un señor diputado: ¡Hala!).


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Agirretxea.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Cantó.


El señor CANTÓ GARCÍA DEL MORAL: Gracias, señor presidente.


Ya sabe, señor ministro, lo que pasa cuando menta usted la bicha competencial, que no contenta a nadie. Tenemos que oír una serie de lugares comunes que, francamente, insultan a la inteligencia, como esa definición per se de que lo español
es malo mientras lo catalán, lo gallego, lo vasco es bueno; o como esa otra definición de que un Estado, por centralista, tiene que ser de derechas, como por ejemplo -todo el mundo lo sabe- Francia ahora mismo con un Gobierno socialista; o que si
es federal es de izquierda y progresista, léase Merkel con Gobierno de derechas. Esto, que a veces incita a uno a tener que nombrar como un bien inmaterial cultural el sentido común en esta Cámara cuando se habla de este tipo de temas, vamos a
dejarlo un poco a un lado. Le recuerdo solamente, como le hemos dicho en numerosas ocasiones, que nosotros lo que queremos es que se meta en serio en el tema competencial. No en estas cosas pequeñas, sino en estas otras tan grandes que les hemos
recordado a ustedes a menudo y que servirían para garantizar la igualdad de todos los españoles, independientemente de donde residan. ¿Debemos de alguna manera reglar o hablar sobre los bienes y el patrimonio cultural inmaterial? Sí, obviamente,
porque para nosotros, por naturaleza, por lo intangible que es, por lo indeterminado, son herramientas que se pueden poner en manos de cualquier presidente de una diputación o de cualquier alcalde que querrá nombrar cada uno su bien inmaterial y
cultural y, por lo tanto, lo que acabaremos consiguiendo es desvirtuar esa protección que buscamos y que es buena, devaluando además ese concepto de patrimonio cultural.


Por otro lado, también queremos decirle que ese proyecto de ley que nos presentan ustedes hoy simplemente no nos parece bueno. Cuando la parte expositiva es más grande que la dispositiva, lo que ustedes están haciendo más que legislar es
hacer un mejor ejercicio propagandístico y no revelan, no añaden, no nos cuentan ninguna medida concreta de protección más allá de las que ya están vigentes. Por lo tanto, es una ley que no tiene contenido real y que no nos parece tan urgente como
otras que sí que son muy necesarias, aquellas que tienen que ver con el patrimonio artístico, que se encuentra muy abandonado y con grandes dificultades presupuestarias en muchísimos casos. Nos parecía suficiente el marco del patrimonio cultural
inmaterial de la Unesco, más global, más mundial, que, por cierto, parece que aquí a nadie le molesta cuando el nacional, el español parece que sí, son esas incongruencias y esas cosas que algunos no entenderemos. Por lo tanto, repito, no nos
parece un buen proyecto de ley por innecesario, porque no aborda lo esencial, porque no tiene un acompañamiento presupuestario realmente importante y porque usted deja la puerta abierta a que al final haya tantas excepciones que la excepción sea la
regla y se desvirtúe esta figura.


Gracias, señor presidente.



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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Cantó.


Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Ruano.


El señor RUANO GÓMEZ: Gracias, señor presidente.


Señor ministro, señorías, hoy es un gran día, hoy es un gran día para la cultura, hoy es un gran día para todo aquello que tenemos en común, un gran día para celebrar nuestras tradiciones, nuestra artesanía, nuestras fiestas, nuestra
gastronomía. En definitiva, hoy es un gran día para sentirnos orgullosos y celebrar nuestra manera de vivir y de sentir en comunidad. Porque hoy, señorías, se presenta un proyecto de ley para proteger, visibilizar, cultivar y difundir nuestro
patrimonio cultural inmaterial, ese patrimonio cultural que no está físicamente erradicado de manera exclusiva en un territorio concreto o en una autonomía en particular, ni está protegido actualmente y de manera común en el conjunto de España. Hoy
hablamos de un patrimonio que está entrañablemente unido a las personas, a nuestras gentes, a nuestros pueblos; hoy hablamos de un patrimonio que está en los hombres y mujeres de nuestro país que generación tras generación hacen perdurar y revivir
día tras día, mes a mes y año tras año este patrimonio cultural mediante su incorporación a las costumbres, los actos festivos o las técnicas artesanales, que se expresan socialmente y que perduran a lo largo del tiempo constituyendo el acervo
cultural que expresa una manera de ser, de sentir y de vivir de un modo peculiar que es reconocido en el mundo entero. Pero también sabemos, señorías, que hoy es un día triste para algunos. Es un día triste para quienes desde la izquierda
nacionalista se sienten satisfechos silenciando todo aquello que nos une y magnificando lo que creen que nos separa. Es un día triste para quienes en la disparidad de la izquierda manifiestan en sus exposiciones de motivos la vacilante actitud y
duda entre reconocer el esfuerzo legislativo del Gobierno popular frente a la pasividad del anterior Gobierno socialista (El señor Albendea Pabón: ¡Muy bien!-Aplausos) y la queja porque paradójicamente el Gobierno de España gobierna España. Es un
día triste para quienes desde el nacionalismo convencional consideran que la cultura se puede limitar y confinar en una parcela territorial de la que nos cuentan ya se encargan ellos. Y es triste para ellos porque lo que les resulta más difícil de
asumir es que alguien les diga que existe cultura más allá de lo que sus disposiciones reglamentarias establezcan. Finalmente, también es un día triste para algunos -no para todos, solo para unos pocos- porque desde las filas socialistas se oponen
a este proyecto de ley porque dicen que no hacía falta una ley para proteger nuestro rico patrimonio cultural inmaterial y que en realidad solo bastaba -nos dicen- una ligera modificación en otra ley para conseguir salvaguardar las manifestaciones
que integran nuestro patrimonio cultural inmaterial. Son esos mismos socialistas quienes firmaron en 2006 la Convención de la Unesco para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, pero que, desgraciadamente, como tantas y tantas veces, no
encontraron el momento oportuno ese año para realizar esa pequeña modificación, que, ahora nos señalan, sería lo mejor.


Señorías, permítannos recordarles que tampoco tuvieron ocasión en 2007 de hacer esa ligera modificación que ahora usan como excusa para rechazar este proyecto; ni la encontraron en 2008, ni la encontraron en 2009. ¿Creen sus señorías que
quizá encontraron ese momento en 2010? Pues no. ¿Y en 2011? Tampoco. (Aplausos). Y ahora nos dicen que hubiese bastado una ligera modificación de una ley del año 1985. Señorías del Grupo Socialista, solo les pedimos un favor: un poco de
seriedad y de coherencia. (Un señor diputado: ¡Muy bien!).


Sabemos que otros grupos parlamentarios ven con tristeza que lo que reconoce y protegerá este proyecto de ley no está exclusivamente en sus territorios; no lo está porque el patrimonio cultural del que hablamos se encuentra en las personas,
en sus expresiones, en sus rituales, en sus prácticas festivas. En definitiva, se encuentra en quienes encarnan y hacen pervivir la cultura con su manera de hacer, con sus actividades, con su manera de divertirse y celebrar que viven y participan
con otros iguales en unas mismas prácticas artesanales, gastronómicas, artísticas o festivas que les unen y con las que se sientes identificados más allá de divisiones administrativas o de parcelas territoriales.


Señorías, voy terminando. Hoy es un día de alegría para la cultura. A quienes han presentado enmiendas a la totalidad les decimos que no tienen nada que temer. Esta ley va más allá de las competencias de las comunidades autónomas. Esta
ley desarrolla un convenio internacional de la Unesco, para el que tiene plena competencia el Estado español, que fue suscrito por un Gobierno socialista que simplemente no encontró en las dos últimas legislaturas el momento oportuno para
desarrollarlo. Hoy, sin embargo, el Gobierno popular lo hace, y lo hace respetando las legislaciones autonómicas y sin perjuicio de que las comunidades autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales, puedan ejercer su trabajo a favor de este
patrimonio cultural común.



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Señorías, concluyo. Este proyecto de ley será una ley de todos y para todos, donde todas las gentes que aman la cultura se van a sentir cómodos y respetados, porque de lo que se trata es de preservar la cultura, el rico y variado patrimonio
cultural inmaterial, el que se encarna en las personas, en los grupos sociales, en las comunidades; el que nos hace sentir que es mucho lo que tenemos en común. En definitiva, el que nos hace sentir que es mucho más lo que nos une culturalmente
que lo que nos separa.


Gracias, señor presidente. Gracias, señor ministro. Gracias, señorías, por su atención y su consideración. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ruano.


DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA. (Número de expediente 121/000105).


El señor PRESIDENTE: Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas. En concreto, el relativo al proyecto de ley orgánica de protección de la seguridad ciudadana. Vamos a comenzar con el Grupo Mixto, que tiene unas intervenciones
más extensas de lo habitual, pero yo les pido a todos que se atengan a los tiempos que hemos pactado. En primer lugar, tiene la palabra la señora Barkos.


La señora BARKOS BERRUEZO: Gracias, presidente.


Señorías, señor ministro, la ley que esta tarde va a aprobar el Grupo Parlamentario Popular tiene nombre entre las diferentes asociaciones que se han visto afectadas; tiene nombre en los medios de comunicación entre los creadores de opinión
pública. La ley, esa ley que ustedes dicen de seguridad ciudadana, en la calle se llama ley mordaza. Creo que es bastante expresivo el término y creo además que habla honda, profundamente, de cuál es la percepción que la propuesta del Gobierno ha
calado en la sociedad. Ese espacio abismal que hoy les separa a ustedes del grueso de la ciudadanía lo es además en el área de la defensa de valores básicos de una democracia, como son la libertad de expresión, el derecho a la información, la
libertad de reunión, concentración o manifestación, etcétera. No me cabe ninguna duda de que para un texto de estas características se ha buscado acomodo en la situación que crea la crisis económica, que, como todas las crisis económicas,
finalmente terminan poniendo en vanguardia supuestas necesidades de seguridad en detrimento de valores ciertos de libertad. Pero ni tan siquiera en estas circunstancias ni en estas condiciones, ni el azote de la crisis, han convencido a la sociedad
para la que ustedes legislan. Yo creo que debieran tenerlo en cuenta y debieran hoy escuchar a la sociedad en este terreno.


Curiosamente tampoco convencen ustedes a los responsables de la Unión Europea en la materia. Quiero recordar que ayer mismo el comisario europeo de Derechos Humanos dijo alto y claro -y lo ha dejado además por escrito-, que las devoluciones
en caliente son ilegales; y lo ha dicho con estas palabras y con estos términos: España pretende hacer legal lo ilegal.


Francamente, señorías, ¿a quién quieren convencer? Porque no convencen a nadie. Y tampoco vencen. Europa, finalmente, les está diciendo que esta ley contiene ilegalidades que sin ninguna duda van a terminar resolviendo en contra del texto
que hoy pretenden mandar al Senado y, por lo tanto, llevar a cabo en su aprobación. Seguro que les va a hacer dar marcha atrás. Y en la calle, la ciudadanía seguramente hará lo propio con la mayoría absoluta en la que ustedes hoy se van a
parapetar y se van a escudar.


Con esto termino, presidente. Señor ministro, además de la defensa de algunas de las propuestas que nos hace en esta ley, creo francamente que sus declaraciones de hoy, en torno a la necesidad de una dirección donde remitir la situación de
estas personas, han sido innobles. Estaría bien desdecirse en tribuna.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Barkos.


Señor Baldoví.


El señor BALDOVÍ RODA: Muchas gracias, señor presidente.


Decía Montesquieu que las leyes innecesarias debilitan a las necesarias, y este es un claro ejemplo de ley innecesaria, inútil y sobre todo breve. Es innecesaria porque nadie la está pidiendo. Bueno, nadie



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no; la piden aquellos que tienen miedo de la libertad, aquellos que añoran con fervor el tiempo del silencio, el silencio de los corderos, mientras hay leyes necesarias que siguen esperando, leyes que protejan a los que cada día pierden su
casa, a los estafados por los bancos, a los que perdieron su empleo y han agotado las prestaciones, leyes que protejan a los débiles, a los pobres, a los que no tienen voz, pero ustedes, impertérritos, ufanos, arrogantes, siguen legislando y
protegiendo a los poderosos, a los ricos, a los sordos. En tiempos de corrupción es cuando más leyes se dan. Hace doscientos años que el abad Étienne Bonnot pronunció esta sentencia, y hoy es un buen ejemplo.


Esta semana hemos visto cómo un fiscal contra la corrupción pide la exculpación de una infanta con estudios superiores y un máster porque no sabía lo que firmaba mientras miles de preferentistas mayores, que no pudieron estudiar porque
tuvieron que trabajar desde muy jóvenes, están condenados porque sí sabían lo que firmaban. Esta semana hemos visto cómo han movido los hilos para apartar a un juez incómodo que investiga sus vergüenzas, su corrupción, y hoy nos traen una ley para
que a esos preferentistas no les quede ni el consuelo de la protesta. Hoy nos traen una ley para domesticar la indignación que nos producen sus casos de corrupción. Hoy nos traen una ley con todo un catálogo de nuevas infracciones que pretenden
amenazar el ejercicio legítimo de los derechos de libertad, de reunión, de expresión -quieren amaestrar y someter las manifestaciones pacíficas en las cercanías del Congreso, del Senado o de las asambleas legislativas-, una ley que enmaraña los
conceptos para justificar controles preventivos, uso de la fuerza o imposición de infracciones, una ley que ofrece cada día menos garantías a los ciudadanos frente a la Administración.


Acabo con una sentencia de Voltaire: El último grado de perversidad es hacer servir las leyes para la injusticia. Y ustedes hace ya tiempo que traspasaron ese Rubicón con sus leyes injustas, que han conseguido que este país sea uno de los
más desiguales de Europa y encima lo quieren callado y así (El señor diputado se coloca el carné de identidad en la boca y levanta las manos), con el carné en la boca, con las manos en alto, con el carné en la boca. (Rumores). Acabo.


El señor PRESIDENTE: Tiene usted que acabar ya.


El señor BALDOVÍ RODA: Acabo ya.


El tiempo del silencio, señor ministro, acabó ya y los corderos se han cansado de balar y ante esta ley mordaza gritamos fuerte, claro, alto y seguros: No, no, no; ya está bien.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Baldoví. (Varios señores diputados pronuncian palabras que no se perciben). Señor Baldoví, abandone la tribuna.


El señor BALDOVÍ RODA: Le pediría que a algunos diputados que tienen la lengua muy larga pudiera decirles alguna cosa. No he insultado en tres años a ningún...


El señor PRESIDENTE: Señor Baldoví, no tiene usted la palabra. No he oído ningún insulto. Si lo hubiera oído, lo hubiera cortado, pero no lo he oído. (Rumores). Señor Baldoví, abandone la tribuna.


Señora Pérez Fernández.


La señora PÉREZ FERNÁNDEZ: Gracias, presidente.


Señorías, la seguridad ciudadana es la garantía de que los derechos y libertades puedan ser ejercidos libremente por la ciudadanía. Así empieza el preámbulo del proyecto de ley de protección de la seguridad ciudadana, una afirmación que
junto con otras que también figuran en este texto podríamos suscribir con los ojos cerrados si no fuese porque más adelante, en el articulado, se convierten en vacías y dibujan una auténtica espiral de restricciones, limitaciones y prohibiciones del
ejercicio de las libertades ciudadanas más fundamentales. El BNG ya lo ha manifestado con ocasión del debate de totalidad y lo vuelve a repetir ahora. Esta ley no es necesaria, no solo porque el Estado español se sitúe entre los países de Europa
con la tasa más baja de delincuencia, sino también porque se contabiliza un bajísimo número de incidentes en las innumerables movilizaciones que se han producido en los últimos años. Esta ley, junto con la reforma del Código Penal y ahora también
con la que se proponen de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que hace es poner en evidencia los principios claramente antidemocráticos a los que responde el Partido Popular y en particular el Ministerio del Interior. Institucionalizar la
represión y dar otra vuelta de tuerca a las ya mermadas libertades de la ciudadanía para disuadirla y sobre todo para atemorizarla nos lleva ineludiblemente a una suerte de Estado policial donde el objetivo es silenciar y amordazar todo atisbo de
crítica, protesta o movilización social.



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Nuestras enmiendas, que van precisamente en la dirección de convertir la ley en un verdadero instrumento de protección y no de represión, han sido rechazadas en su conjunto. Por tanto, se mantiene el aumento desmesurado de las acciones que
se califican como infracciones y el incremento significativo de la cuantía económica de las sanciones. Se mantiene la sustitución de la infracción penal por la administrativa y, por tanto, la posibilidad de actuar de forma inmediata y contundente
contra la conflictividad social al margen de garantías jurisdiccionales y actuando con total discrecionalidad. Se mantienen también intactas las muchas funciones que se otorgan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que ya vienen actuando en la
actualidad en muchos casos de una manera absolutamente desproporcionada. Y lo que es peor, siguen sin contemplarse mecanismos independientes de supervisión de las actuaciones policiales. En definitiva, señorías, se hace prevalecer un concepto
extensivo de seguridad de instituciones y autoridades sobre la protección del ejercicio de los derechos y libertades civiles de los ciudadanos, tal y como afirmó en su día el relator especial de las Naciones Unidas, y nos situamos a años luz de los
estándares internacionales de derechos humanos.


Coincidimos con ustedes en que era necesaria una reforma de la Ley de 1992, la de la patada en la puerta, que ya abría de par en par precisamente la puerta de la discrecionalidad y la arbitrariedad, pero la dirección en la que han ido supone
una involución intolerable en los derechos fundamentales y nos retrotrae a momentos históricos en los que la población vivía permanentemente en estado de vigilancia y control. Ustedes nos han llevado a la gravísima situación económica y social en
la que estamos. Ustedes han legislado sistemáticamente en contra de los ciudadanos y ciudadanas y han convertido este Estado en el campeón de la desigualdad y del aumento de la pobreza. Ahora, señorías, quieren que toda esa brutal política
antisocial que han llevado a cabo no repercuta en sus resultados electorales y que las protestas ciudadanas no desluzcan sus mítines. Señorías, no se le pueden poner puertas al campo y no se puede pretender que la ciudadanía aguante estoica e
indefinidamente sus despropósitos. La protesta social irá en aumento en la medida en que ustedes sigan gobernando en contra de la mayoría social. Esta es justamente la razón de la aprobación de esta ley, que, junto con la reforma del Código Penal
y la de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, quieren instaurar un verdadero estado de excepción. Pero a estas alturas, por mucha ley que aprueben -termino, presidente-, por mucho que intenten criminalizar la legítima y justificada movilización
ciudadana, por mucho que impidan que millones de personas se sigan manifestando pacíficamente en las calles, lo que ya no podrán impedir, señoras y señores del Partido Popular, señor ministro, es que se manifiesten libremente en las urnas. En ese
momento no tendrán más remedio que escuchar y acatar la protesta más sonora que recuerden desde hace muchos años.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Pérez.


Señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: Gracias, señor presidente.


Señorías, el compromiso que hay que adquirir hoy aquí es el compromiso público de derogar la ley mordaza en tanto en cuanto exista una correlación de fuerzas distinta en este Parlamento. Este debería ser el compromiso que adquiriéramos
todos aquellos grupos parlamentarios que hoy votaremos no a la ley mordaza, porque desgraciadamente hoy no podremos frenar esta locura, porque se trata de una locura política, un ataque endemoniado a la libertad de expresión, a la libertad de
reunión y a la libertad de manifestación. Es decir, unas libertades supeditadas a la arbitrariedad del Ejecutivo, una escapada hacia la locura política, en definitiva hacia el Estado autoritario, que no tiene freno, que hipotecará incluso los
comportamientos individuales y colectivos amparados por los derechos humanos. De hecho, esta sería la culminación de una perversidad si ustedes se perpetuaran en el Gobierno. Ciertamente, estoy convencido de que en la próxima legislatura ustedes
ya no gobernarán. Porque ustedes son tan perversos políticamente que incluso han cruzado las líneas rojas. Van a legalizar la barra libre para la policía, a la que convierten en juez y a la que cada vez se les requerirá menos transparencia y
necesidad de rendir cuentas a la misma sociedad a la que deben servir. Todo ello en paralelo al nuevo Código Penal represivo y a la voluntad del Gobierno del Partido Popular de zafarse del Poder Judicial. Son tan reaccionarios que ante los retos
de nuestro presente solo comprenden la vuelta al pasado como solución. Por esto le dije, y se lo recuerdo hoy, que el día que tenga que cambiar los uniformes acuérdese del color gris para los nuevos uniformes de la policía, señor ministro. Todo
ello con un broche vergonzante e insultante, la legalización de las devoluciones colectivas y sumarias de personas que pretenden entrar en el Estado español, vulnerando el Convenio Europeo de Derechos Humanos.



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Esta es la ley que hay que derogar y nos gustaría escuchar, aun cuando ya sabemos del compromiso de muchos grupos parlamentarios de derogar esta ley en cuanto se pueda, estaría bien que enviásemos este mensaje desde esta tribuna a toda la
ciudadanía. Pediría, por favor, a cada grupo parlamentario que suba a esta tribuna que diga que esta ley la vamos a derogar de forma inmediata como derogamos en su día, por ejemplo, la Ley Orgánica de Educación que aprobó el Partido Popular, algo
que unió a toda la izquierda y se hizo en el año 2004. Hagamos que la primera ley o una de las primeras leyes que apruebe este Parlamento el día que estos señores ya no estén o estén en la oposición sea para derogar esta ley.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Tardà.


Señor Errekondo.


El señor ERREKONDO SALTSAMENDI: Ya hemos venido denunciando a este Gobierno como el Gobierno del engaño porque ofende continuamente a la ciudadanía con sus mentiras. De hecho, denomina a este proyecto de ley la ley de la seguridad
ciudadana cuando debería denominarlo como el de la impunidad policial y el de la mordaza. Señorías del Partido Popular, ya no pueden engañar a la gente, sencillamente la ciudadanía protesta ante sus ataques continuos con sus políticas de recortes y
destrucción de sus derechos. Ante las protestas, las movilizaciones sociales y manifestaciones, el Gobierno quiere aplicar la ley de aquí mando yo, la ley de la calle es mía; una ley para castigar, criminalizar y amordazar a quien ose protestar.
Es una ley contra el pueblo vasco, contra la población minera, contra el campo andaluz, contra los estudiantes valencianos, contra los del 15-M, contra la gente del 25-S, o contra todo tipo de mareas de todos los colores. Nosotros tenemos claro que
esta ley de seguridad ciudadana es una herramienta más para imponer su modelo de sociedad que profundiza en la negación de los derechos civiles y políticos de la ciudadanía y que da mayor poder e impunidad a la policía e incluso le otorga carácter
de veracidad.


En Amaiur negamos la mayor porque nada hay que justifique esta ley de seguridad ciudadana, menos aún cuando el Estado español tiene una de las tasas de criminalidad más bajas, 45 delitos por mil habitantes, cuando en Europa se da una media
de 68. Y a la vez tiene una población carcelaria de las más altas. Por otro lado, el Gobierno declara que ante 15.000 manifestaciones vigiladas celebradas en 2013, ha actuado en el 0,7 % de ellas. Por tanto, no se extrañen de los resultados del
CIS cuando reconocen que para la ciudadanía la seguridad ciudadana ha desaparecido de sus principales preocupaciones. Sin embargo, sí preocupa el paro, la economía, la corrupción o sus derechos civiles y políticos. El Gobierno continúa utilizando
sus tribunales de orden público para dar cobertura a sus tropelías políticas contra los ciudadanos, contra la sociedad española, igual que contra el pueblo vasco y contra el pueblo catalán, impulsados por esta ley de seguridad ciudadana, desde el
Tribunal Constitucional, una doctrina que prevé limitaciones proporcionadas a las libertades para conseguir más seguridad, o exigiendo la aplicación del ya desgastado artículo 161.2 de la Constitución.


Esta es la situación del Gobierno del Partido Popular. Nos encontramos ante un Gobierno cuya placa base no se puede cambiar porque sus condensadores están soldados al régimen de 1978. Pero aunque su procesador no contemple ni siquiera un
bit de democracia ante el hastío de la gente, yo les aconsejaría que recuperen un bit de sensatez y disuelvan los tribunales de excepción como el Constitucional y la Audiencia Nacional. El Estado sigue en su línea aferrado a un enfermizo objetivo:
controlar la calle. Fíjese hasta dónde está dispuesto a llegar el Gobierno Partido Popular que en su texto inicial incluyeron la detención para quienes cometieran infracciones administrativas, cuando saben perfectamente que la ley no contempla
privación de libertad en esos casos. De hecho, esa enfermiza situación del Gobierno se demuestra con las autoenmiendas del Grupo Popular, que lo único que hacen es socavar los derechos y las libertades. Pero es que el carácter más enfermizo de
este Gobierno se delata con las entregas en caliente que con su enmienda reconocen estar aplicándolas de manera ilegal. Se atreve, además, a penetrar por la puerta de atrás la reforma de la Ley de extranjería para convertirla en legal porque sí, a
sabiendas de que es contrario a la jurisdicción internacional y a la jurisdicción propia del Estado.


Con este Gobierno el Estado de derecho se conforma en un Estado policial que ante cualquier disidencia su única respuesta es policía y más policía, represión y más represión. De hecho, en Euskal Herria hace décadas que vivimos bajo un
régimen antidemocrático donde se reprime cualquier disidencia y protesta. Y no es casualidad que sea donde más se ha sancionado a la ciudadanía, hasta el punto que en Navarra absolutamente todas las protestas se dan bajo la asfixiante presión de la
policía, sean trabajadores del hospital, sean alumnos de secundaria, sean protestas de padres reclamando una escuela



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secundaria en el barrio o sean las ruedas de prensa en la calle. Se produce siempre el mismo protocolo, las consabidas identificaciones y, como consecuencia, sanciones millonarias contra menores alumnos, contra padres, incluso contra
periodistas. En total en un mes ¿saben cuántas sanciones se han impuesto en Navarra? Setenta y cinco mil euros. Esa es la situación actual.


En conclusión -y voy acabando, señor presidente-, la verdadera pretensión de esta ley es llevar la presión hasta el límite. Para eso aplica la doble represión, la policial y la económica. Ataca por dos flancos, con el estado de excepción
encubierto para criminalizar, y ataca personalmente, poniendo sanciones para amordazar y castigar a las personas más comprometidas como es el caso de Alfon o como la gernikesa Jone Libre. Señor Fernández Díaz, en la legislatura que viene esta ley
de seguridad ciudadana será derogada. Usted y su ley mordaza están rodeados. Pero aún está a tiempo. Deponga sus armas y apueste a favor de los derechos y las libertades democráticas. Retire la reforma de la ley y saque su policía de las calles
de Euskal Herria y de las calles del Estado español. En Euskal Herria no aceptamos convivir en un Estado policial. Tenemos claro que solo desde la Euskal Herria soberana construiremos una sociedad de personas libres con derechos civiles y
políticos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Errekondo.


Por el Grupo Vasco, PNV, tiene la palabra el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, señorías, señor ministro, acabo de recibir dos teletipos que se incardinan seguramente en esa invocación al consenso que usted está preconizando. El primero de ellos nos califica de ignorantes a
todos los que mantenemos posiciones críticas en relación con este proyecto de ley. Puede ser, pero es muy especulativo; puede usted detentar el patrimonio de la sabiduría y podemos estar errados todos los demás, todo es opinable. Además me ha
dicho que sí, ha hecho un gesto de asentimiento. Seguro que piensa que usted tiene el patrimonio de la verdad y que los demás estamos equivocados.


Lo que pasa es que me preocupa más el contenido del segundo teletipo que acabo de recibir, que dice que está dispuesto a entregar a los extranjeros que traspasen las vallas de Melilla o de Ceuta a los ciudadanos en general, lo cual ya
requeriría alguna explicación por su parte. No sé si lo que pretende es socializar el problema y que desde esa perspectiva solidaria los ciudadanos nos encarguemos de atender a estas personas que están huyendo de toda suerte de desgracias, de falta
de expectativas de vida, etcétera, o sencillamente lo que pretende es ignorar el ordenamiento jurídico que a usted le compromete y prescinde del requerimiento del principio de legalidad o de la legalidad, de la legalidad internacional y de la
legalidad española, señor ministro. Luego se lo puede explicar el señor Conrado, además, el señor Conrado sabe mucho de esto, no necesita su asesoramiento.


Señor ministro, lo que sucede es que esta segunda mención contradice tratados internacionales que ha suscrito y ratificado el Estado español. Contradice primero el artículo 13 de la Constitución española, es una contradicción la de
socializar este problema privatizándolo y encargando a los ciudadanos que acojan en sus casas a los extranjeros que penetren de forma irregular en el Estado español; contradice la Convención de Ginebra en cuanto al reconocimiento del derecho de
refugiado o de la posibilidad de reivindicarla; contradice la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea en relación con el derecho de asilo; contradice otras normas internacionales como el IV Protocolo de la Carta Europea de Derechos
Humanos en relación también con la reivindicación del derecho de asilo y la prohibición específica de la devolución en caliente, a la que ustedes eufemísticamente denominan retorno en frontera o restitución en frontera, que no deja de ser el mismo
concepto con otra denominación, con otro nomen iuris, y contradice el Código Penal español, en tanto en cuanto la deportación ilegal, como sabe, señor ministro, es un delito penal, que usted pretende legalizar convirtiéndolo en una infracción
administrativa. Desde esa perspectiva quizá merezcamos los diputados que estamos aquí, incluso los que somos tan ignorantes como usted considera, alguna suerte de explicación.


Esta ley es difícil de defender y estas declaraciones que ha realizado a los medios de comunicación acreditan una cierta derrota de su política en materia de extranjería y de su política en materia de seguridad, señor ministro. Usted sabe
que esta ley es difícilmente salvable a estas alturas de la historia porque incurre en tres aberraciones jurídicas que contradicen los requerimientos de la propia Constitución española: en primer lugar, la conversión del concepto de seguridad
ciudadana en un valor jurídico que tiene una entidad ontológica similar al resto de los derechos fundamentales, lo cual de forma discrecional permite a su Gobierno y a su policía limitar o relativizar el contenido esencial de los derechos
fundamentales



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previstos entre los artículos 14 a 29 de la Constitución (El señor ministro del interior, Fernández Díaz, hace gestos negativos). Sí, es así, es una recuperación, por utilizar otra expresión del anacrónico concepto. No voy a utilizar la
expresión franquista porque no quiero cargar la mano en las expresiones de orden público. Si se recupera o se eleva a la categoría de valor jurídico autónomo el concepto de seguridad ciudadana, usted puede relativizar los demás derechos
fundamentales, cuando a este derecho, el de seguridad, solo se refiere la Constitución en dos preceptos y de forma colateral, en los artículos 16 y 104, y no como un derecho fundamental. Usted eleva el rango, la categoría, y convierte el titular de
este valor jurídico, el derecho a la seguridad ciudadana o del orden público, en algo de entidad ontológica similar a los derechos fundamentales, incluso de entidad ontológica o filosófica superior, y eso le permite relativizar el ejercicio de los
demás derechos fundamentales previstos en la propia Constitución.


Señor ministro, en segundo lugar, usted acomete una especie de apoderamiento del espacio público, y el espacio público deja de convertirse en un lugar de interacción entre los ciudadanos estableciendo desde una perspectiva de intolerancia
mecanismos de interacción. ¿Por qué? Porque en el espacio público, una vez producido este apoderamiento por parte de las autoridades administrativas y por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los ciudadanos solo pueden hacer lo que la ley
les autoriza, y esto a usted le permite un muy amplio régimen de discrecionalidad para limitar también el sistema de libertades públicas y derechos fundamentales del Estado español, porque ya el espacio público es el suyo, el que la ley permite, no
es el lugar de interacción donde los ciudadanos pueden ejercer libremente sus derechos fundamentales y libertades públicas. De ahí vienen los apoderamientos específicos, los apoderamientos generales, la actuación discrecional de las policía, la
actuación de la policía cuando aprecia un estado de necesidad; en definitiva, la actuación de la policía cuando quiera y como quiera, limitando aspectos o contenidos esenciales ya determinados y configurados por muy prolija jurisprudencia del
Tribunal Constitucional.


La tercera aberración, señor ministro, es que usted está limitando el derecho a la tutela judicial efectiva en el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas. Desde el momento en que desaparecen las faltas -y ya el
ministro de Justicia nos comentó que se va a aprobar el Código Penal y se va a proveer a la eliminación del libro tercero-, desde el momento en que el 60 % de las faltas se van a convertir en infracciones administrativas, estas infracciones
administrativas que antes eran faltas penales -por cierto, a las que se les incrementa la sanción, el reproche punitivo, desde una perspectiva pecuniaria- ya no van a estar protegidas con las garantías del proceso penal, sino con otras garantías
mucho más lesivas que el proceso penal o las previsiones del procedimiento penal, que es muy garantista en el Estado español, señor ministro. Los ciudadanos que sean objeto de la imposición de una infracción o de una propuesta de sanción van a
tener primero que agotar la vía administrativa en primer lugar, señor ministro, mediante la interposición de recursos de alzada, de recursos de revisión en el ámbito administrativo, y luego recurrir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Yo
solo le voy a indicar un dato: la jurisdicción contencioso-administrativa, señor ministro, está sujeta a tasas judiciales, salvo este recurso extraordinario de protección de los derechos fundamentales, que el señor Conrado se empeña en decir que es
el que va a ser utilizado ordinariamente. No, señoría, el que va a ser utilizado ordinariamente es el ordinario contencioso-administrativo, sujeto a tasas judiciales. La jurisdicción penal no está sujeta a tasas judiciales, señor ministro, luego
hay una especie de retroceso en el ámbito de la tutela judicial efectiva de las infracciones por este procedimiento de esta especial ley.


Yo no sé por qué usted la presentó. Seguramente la presentó porque originariamente pensaba que efectivamente se iba a aprobar el Código Penal y que las faltas -que son conductas reprochables, evidentemente- se tendrían que reubicar en
alguna otra norma, en alguna otra ley. Usted pensó esto y es el único elemento justificativo para presentar una ley que en este momento le está provocando graves quebrantos políticos y está provocando en el ámbito social, en el ámbito sociológico,
una gran desafección ciudadana y una gran preocupación, se lo puedo asegurar. Desde esa perspectiva, la pérdida de las posibilidades de tutela judicial efectiva raya lo que nosotros llamaríamos un círculo verdaderamente vicioso. Por eso yo
comprendo estas reflexiones que ha realizado usted a los medios de comunicación -con los que hoy he hablado- tan intempestivas. Todos los demás no podemos estar equivocados. Es más probable -en términos puramente matemáticos o estadísticos- que el
que esté equivocado sea usted. Quizá todos los demás, desde una perspectiva solidaria y a pesar de la ilegalidad manifiesta, de la devolución en caliente en frontera y de la contradicción con todas las normas internacionales y la preterición del
Código Penal -o esta peculiar reforma del Código Penal que ustedes acometen- todos los demás, digo, estaríamos dispuestos solidariamente a ayudar a los extranjeros que están intentando penetrar en



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el Estado español buscando una vida mejor, en el Estado español o en Europa, porque nadie sabe dónde van los extranjeros. Pero desde esa perspectiva, señor ministro, con estas declaraciones insultantes, con esta resistencia numantina que
simbolizan, usted está acreditando la derrota política que este proyecto de ley supone, no para usted personalmente -que eso es menos relevante-, seguramente para su Gobierno.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Olabarría.


Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Cantó.


El señor CANTÓ GARCÍA DEL MORAL: Gracias, señor presidente.


Señores del Partido Popular, a pesar de la mayoría absoluta, ustedes no pueden legalizar lo que a todas luces es ilegal. Me refiero a dos de los temas que más nos preocupan y, por lo que llevo escuchando un buen rato, más preocupan al resto
de los partidos, el derecho a la reunión pacífica y el derecho de asilo. Para empezar, hemos de decirles que vuelven a errar el tiro, porque en una época como esta de durísimos recortes sociales, en la que el bipartidismo ha dejado claro -incluso
cambiando la Constitución en dos horas-, que le importa más él mismo, el bipartidismo, sus propios partidos, que los ciudadanos, y que, por lo tanto, no tiene a la gente entre sus prioridades, en una época en la que hemos sido gobernados bajo una
corrupción generalizada, son ustedes, el Gobierno, los gobernantes, los que están bajo sospecha. En ningún caso son los ciudadanos, que una vez más han dado muestras de una paciencia y una madurez extraordinarias. Esta es una ley que no es
necesaria, que dificulta un derecho básico, el de reunión pacífica; una ley que ignora la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que, entre otras cosas, critica las sanciones administrativas que ustedes quieren imponer por
desproporcionadas y por ineficaces, señor ministro. Por tanto, es una ley que vulnera el artículo 11 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos. Nos preocupa también -ya lo hemos oído anteriormente- trasladar al ámbito penal lo que tiene que ver
con el ámbito administrativo en determinadas faltas, porque, visto además en el conjunto de otras decisiones suyas -me refiero al ámbito de la justicia-, va a suponer mayores costes para los ciudadanos porque van a tener que pagar la asistencia del
letrado, la del procurador y las correspondientes tasas judiciales que ustedes han impuesto. Nos preocupa, por lo tanto, que ustedes recorten un derecho fundamental, que es el de manifestarse, el de expresar sus quejas, el de exigir y presionar a
sus gobernantes. ¡Bendita exigencia! ¡Bendita presión! Sin esa exigencia y sin esa presión algunos de los tímidos avances que están ustedes haciendo en esta legislatura no los hubiéramos visto ni por asomo.


Con respecto a otro punto polémico de este proyecto de ley, el de las devoluciones automáticas de grupos de personas desde Ceuta y Melilla, decimos lo mismo: no pueden legalizar lo que a todas luces y según tantísimos organismos
internacionales es ilegal. No puede ir, señor ministro, contra la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, no puede ir contra el Convenio Europeo de Derechos Humanos o contra la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
etcétera, porque incurrirían ustedes en expulsiones colectivas y sumarias que están prohibidas, se negaría el derecho de muchas personas a solicitar asilo y a un recurso efectivo e impedirían una valoración individualizada de la situación personal y
del riesgo que podría correr esa persona al ser devuelta a Marruecos o de ahí a su país de origen, donde su vida podría correr peligro.


En definitiva, como he dicho al principio, este proyecto supone una merma en el ejercicio de derechos y libertades de los ciudadanos y afecta, además, a su tutela judicial efectiva. Señor ministro, como decía al principio de mi
intervención, yerran ustedes el tiro, mírense a sí mismos, contrólense ustedes, sean más transparentes. Son ustedes quienes están bajo sospecha, son ustedes, los gobernantes, no los ciudadanos de este país, que, repito, están teniendo un
comportamiento admirable, ejemplar y cargado de paciencia, visto cómo nos están gobernando ustedes.


Gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Cantó.


Por el Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Sixto. (Las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural se ponen de pie con una mordaza en la boca).


Señor Sixto, espere un momento para comenzar su intervención porque voy a ver si resuelvo el tema con sus compañeros de grupo. No es posible hacer este tipo de demostraciones, porque precisamente en



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esta Cámara lo que se puede es hablar. (Varios señores diputados: ¡Muy bien!). Por tanto, les pido que se quiten esas mordazas. (Aplausos.-Las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda
Plural continúan de pie con la mordaza puesta). Les llamo al orden por primera vez y les reitero la petición: quítense esas mordazas. (Las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural
continúan de pie con la mordaza puesta.-Rumores). Les llamo al orden por segunda vez. (Las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural se quitan la mordaza y ocupan sus escaños.-Rumores).
Muchas gracias.


Señor Sixto, ya puede usted comenzar.


El señor SIXTO IGLESIAS: Gracias, señor presidente.


Señorías, ¿no les gusta la protesta? Porque eso es lo que estábamos haciendo (Aplausos), protestando y manifestando gráficamente lo que ustedes van a imponer al pueblo español con este texto legal. Porque este texto legal lo que busca,
desde nuestro punto de vista, es acabar de resucitar una ley muerta hace ya bastantes años, la Ley de Orden Público del año 1959. No pongan malas caras porque eso es lo que está pasando y mi intervención va a ir destinada a argumentar este extremo.
Van ustedes a resucitar el viejo Tribunal de Orden Público (Varios señores diputados: ¡Hala!), van a poner en marcha una nueva jurisdicción administrativa penal de la cual el magistrado supremo va a ser el señor ministro del Interior, aquí
presente.


Hoy vivimos una jornada infausta para la democracia española con el debate de totalidad de este proyecto de ley orgánica y todo el Partido Popular se hace responsable de una tramitación que se lleva a cabo cuando -ya lo han dicho otros
portavoces- no hay ninguna necesidad de traer esta ley a la Cámara. Se trajo en un principio cuando el Ministerio del Interior empezó a elaborarla argumentando que se iba a hacer una reforma del Código Penal y aquí tenemos el primero de los
despropósitos, y es que hay que hacer una disposición final quinta que deja en suspenso siete extremos a la entrada en vigor de esta ley, porque la reforma del Código Penal se encuentra en tramitación y no se ha aprobado todavía. Señor ministro,
¿por qué ha impulsado el debate de esta ley en lugar de esperar a lo que inicialmente habían dicho, a la reforma del Código Penal?


Los informes que han elaborado el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado y el Consejo General de la Abogacía han tratado de limar una parte de los perversos efectos que tiene esta ley, que ha sufrido una tramitación
acelerada. (El señor Escobar Las Heras hace gestos negativos). Sí, sí, acelerada. Recortaron ustedes de forma subrepticia y sin previo aviso el plazo de enmiendas; dejaron a todos los grupos de la Cámara prácticamente sin posibilidades de llevar
a cabo un proceso detallado para la presentación de enmiendas, porque tenían la voluntad de hacerlo rápidamente. Ustedes han cometido un fraude de ley con la tramitación de esta ley, porque desde el principio tenían ya interés en meter la enmienda
relativa a la disposición final primera, la enmienda para legalizar las devoluciones en caliente, y no querían que esa enmienda fuese vista por el Consejo General del Poder Judicial ni por el Consejo de Estado, porque se la iban a poner verde,
señorías, se la iban a criticar y les hubiesen obligado a retirarla del proyecto de ley (Aplausos), como les han obligado a retirar otras barbaridades que en principio recogía el proyecto. Como no querían que se viese en los informes, la han
introducido en el debate en la ponencia, y encima, a pesar de que mi grupo parlamentario pidió y también exigió que se alargasen los trabajos de la ponencia para pedir el informe del Consejo General del Poder Judicial, no lo han permitido, no han
querido que otras instancias informen sobre la barbaridad legal que ustedes van a cometer hoy en esta Cámara. Esta ley es un despropósito.


Introducen determinadas cuestiones que a mi grupo parlamentario, aunque lo diga el Consejo General del Poder Judicial, ni le gustan ni las va a compartir. Introducen una nueva fase de detención en este país, una detención mínima por seis
horas que no incorpora ninguna garantía para la ciudadanía. Ahora, cuando haya que identificar a un ciudadano, el criterio ya no será por el mínimo de tiempo, sino que se podrá detener o retener a la persona por hasta seis horas. Se introduce una
restricción de la circulación deliberada bajo una cuestión aleatoria, una cuestión discrecional por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que es mediante el establecimiento de perímetros policiales de seguridad siempre que haya
indicios racionales que puedan producir alteración del orden público. Eso, aunque estuviese expresado en el anterior texto legal -les recuerdo que mi grupo parlamentario tampoco compartió el anterior texto legal, la Ley Corcuera-, viene a mantener
determinadas cuestiones que suponen una vulneración y una limitación flagrante de las libertades públicas y de los derechos fundamentales.



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Hay una cuestión que no se ha comentado por parte de los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra. Esta ley puede servir también para atacar directamente la libertad de huelga y la libertad sindical. Los preceptos que
propone esta ley pueden ser utilizados contra los trabajadores, por ejemplo, de industrias estratégicas o de industrias de servicios básicos que vean alterado el funcionamiento por manifestación o simple reunión ante esas instalaciones básicas para
la sociedad porque son hechos que son punibles y castigables por esta ley. Esto supone una limitación del derecho de huelga, del derecho de reunión, de los derechos sindicales de los trabajadores de esas industrias. Va a suponer también una
limitación del funcionamiento libre de los piquetes por el tema de la ocupación de edificios, porque se limita la labor de información y de acceso a los edificios. Es decir, se puede estar limitando mediante esta ley también el derecho de los
trabajadores a hacer huelga, el derecho de los trabajadores a hacer la labor sindical que se le otorga constitucionalmente a los sindicatos.


Este proyecto de ley establece una nueva jurisdicción especial. Reputados juristas han dicho: es un código disciplinario para militarizar la sociedad, es más fácil sancionar administrativamente que llevar el caso ante el juez. Y eso es,
señorías, lo que ha venido pasando y el verdadero problema que ha tenido el Ministerio del Interior hasta ahora. En la mayoría de ocasiones en las cuales el Ministerio del Interior, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, han intentado llevar ante los
tribunales a las personas que han estado en manifestaciones acusadas de desacato, de desobediencia, de atentado, de alteraciones, en infinidad de ocasiones, las garantías del Estado de derecho, las garantías judiciales han hecho que esos casos sean
desestimados por los jueces. Sin embargo, este proyecto de ley contiene un artículo 45.3 que le da el verdadero carácter de código penal administrativo, que establece que cuando los jueces terminen su labor y archiven el caso porque no hay
procedimiento penal, sin embargo, a partir de ahí, el Ministerio del Interior podrá abrir el procedimiento sancionador, el procedimiento administrativo para establecer la sanción. De hecho, todo el texto legal está lleno de conceptos sancionables
que terminan con la coletilla de 'cuando no constituyan infracción penal'. Señorías, si no constituyen infracción penal, no tienen por qué ser sancionados en una ley administrativa. (Aplausos), no tienen por qué ser sancionados. ¿Por qué se le
otorga a usted, señor ministro, la capacidad de sancionar directamente a la gente por hechos que no son delito y que el legislador en el Código Penal no ha querido que sean delito?


Si se hace una manifestación ante la sede de una asamblea legislativa y no se altera el funcionamiento de esta, no tiene por qué ser sancionable. No es voluntad del legislador, no fue voluntad del constituyente el limitar la capacidad de
manifestación ante las asambleas legislativas. Si una manifestación no constituye un desorden público sancionable por un juez, no tiene por qué sancionarlo usted. Si no se obstruye a la justicia, si no hay desobediencia a la autoridad, si no está
contemplado el uso de uniformes como delito -que sí que se establece en esta ley- ante un juez, no lo tiene por qué haber ante el Ministerio del Interior. Usted ha hecho que se sancionen de forma leve en esta ley, como diciendo que así se sanciona
de forma menor, cuestiones que van a suponer una auténtica limitación de los derechos y libertades fundamentales de la ciudadanía: las reuniones no autorizadas en lugares de tránsito público, sancionables directamente por el ministerio; el
incumplir las restricciones de circulación peatonal para limitar que nos podamos ir a manifestar ante la puerta de la casa de un ministro o de la puerta de un garaje de quien haya tenido un Jaguar y no se haya enterado; las faltas de respeto y
consideración a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Señor ministro, ¿no hablarle de usted a un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado va a ser sancionable? Porque con esta ley puede ser sancionable si
no le hablamos de usted a un policía. Sí, sí, es que introduce unos niveles de discrecionalidad que no son admisibles, señorías, no son admisibles. La ocupación de inmuebles o de la vía pública y, atención: el deslucimiento de bienes inmuebles.
La discrecionalidad de este extremo lleva a que la colocación de una simple pegatina o de un simple cartel informativo por un sindicalista en cualquier lado pueda ser objeto de sanción, un simple cartel informativo, porque el deslucimiento de bienes
es una cuestión muy sui géneris, señor ministro, muy sui géneris. El escalamiento de edificios, la remoción de vallas... Y para colmo y para que asumamos nuestra culpabilidad, se establece un procedimiento abreviado por el cual se bonifica con el
50 % de la multa si aceptamos nuestra culpabilidad. Señor ministro, esto ya sabemos que está establecido en el Código de Circulación para cuestiones absolutamente tasadas como son los comportamientos que en él se establecen como inapropiados y como
ilegales, pero en un tema en el que hay tal nivel de discrecionalidad, establecer que para pagar la mitad tenemos que asumir la culpa es una cuestión absolutamente injusta. Y para zafarse de las sanciones que usted imponga solo nos deja una vía, la
vía contencioso-administrativa. Ya se lo ha dicho el señor Olabarría, la vía de los recursos fundamentales no podrá ser utilizada porque no es la vía ordinaria; la vía ordinaria es la vía contencioso-



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administrativa, la que usted deja, pagando tasas, las tasas que impuso el ministro Gallardón, que afortunadamente ya no está en el Gobierno de España, pagando tasas y dejando a la gente en una situación de indefensión, porque no es que el
Estado vaya a tener que demostrar la culpabilidad del ciudadano, sino que el ciudadano tendrá que acabar demostrando su inocencia, porque la presunción de culpabilidad vendrá dada en la tramitación del procedimiento.


Finalmente, introducen en la disposición final primera la enmienda sobre Ceuta y Melilla, sobre la cual ayer ya le pregunté y que usted dice que sirve para defender no sé si la españolidad o su visión específica de la humanidad o del buen
comportamiento, pero que desde luego lo que no va a posibilitar, señor ministro, es cerciorarnos de que lo que usted dijo ayer en esta Cámara sea cierto. Porque usted dijo ayer en esta Cámara que la inmensa mayoría de la gente que entra no es por
cuestiones de asilo político. Usted lo dijo. ¡Pero si se les echa por la puerta a Marruecos y no se les deja preguntarlo, no lo podremos saber nunca, señor ministro! (Aplausos). Hay que darle la oportunidad a quien llega a territorio de soberanía
española, cuando atraviesa la primera valla y cuando está bajo la custodia de las autoridades españolas, hay que darle la oportunidad de que se le apliquen los derechos y libertades consagrados por nuestra Constitución y por los tratados
internacionales suscritos por España, y eso no se permite ni ahora mismo, sin haber entrado en vigor esta ley, ni se permitirá después, y esta es una excusa terrible para acabar manteniendo un comportamiento absolutamente ilegal, que es el que
llevan adelante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Y desde esta tribuna hago un llamamiento a sus miembros para que cumplan estrictamente con la legislación vigente y a que, si tienen que desobedecer las órdenes de su ministerio por
cuestiones de humanidad y por el acatamiento a la Constitución y a las libertades públicas, lo hagan si es necesario. (Aplausos).


Para terminar, quiero hacer público y oficial el compromiso de mi grupo parlamentario porque, en la medida en que no haya una mayoría absoluta del Grupo Parlamentario Popular en esta Cámara tras las próximas elecciones, nuestro voto estará
junto al del resto de partidos que quieran ponerlo encima de la mesa para derogar de forma inmediata esta barbaridad legal que hoy se perpetra en esta Cámara.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Sixto.


Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Guillaumes.


El señor GUILLAUMES I RÀFOLS: Presidenta, ministra, señorías, debemos empezar diciendo que aquí se ha traído una ley que solicitamos nosotros. Nosotros sí creíamos entonces y creemos ahora en la necesidad de una nueva ley orgánica de
seguridad ciudadana. Por los cambios sociales y tecnológicos que se han producido, pensábamos que veintitrés años habían envejecido esta ley. No lo vamos a ocultar ni un momento, pero el pasado martes el secretario de Estado nos dijo que era una
gran incoherencia haber pedido una nueva ley de seguridad ciudadana y ahora votar en contra, que es lo que haremos. El otro día el señor Olabarría habló de deontología en Comisión, la señora Sánchez Robles habló de análisis fenomenológico. Yo no
llego a tanto en metafísica como ustedes, pero les voy a hacer un silogismo aristotélico de los que hacíamos en 3.º de BUP, una cosa mucho más sencilla, para que no se continúe con el argumento del secretario de Estado. Es muy simple. Primera
premisa: Convergència i Unió pide una ley orgánica de seguridad ciudadana. Segunda premisa: el PP presenta una propuesta de ley orgánica de seguridad ciudadana. Conclusión: Convergència i Unió tiene que estar de acuerdo con esta ley presentada
por el PP. Supongo que con este sencillo silogismo de 3.º de BUP verán ustedes que aquí hay un sofisma evidente y no insistirán en la versión del secretario de Estado de que hay una incoherencia entre pedir una ley de seguridad ciudadana y que no
nos guste esto. (Aplausos). Repito, este es un sencillo argumento de 3.º de BUP.


Hablaremos de las cosas buenas que tiene esta ley, porque las tiene. Se salva el tema competencial en gran medida y hay que decirlo. Esta vez voy a citar a Bertolt Brecht: Tristes tiempos estos en los que hay que luchar por lo que es
evidente. Parece que tengamos que acabar dando las gracias por que se respete el marco legal y la distribución competencial Estado-comunidades autónomas, pero el caso es que se respetan -tendría que ser siempre lo obvio-, y no voy a dejar de
mencionarlo, porque no era inicialmente lo que decía el proyecto de ley. Esto se debe a alguna enmienda nuestra, sí; a muchas del Partido Nacionalista Vasco -y quiero aprovechar esta ocasión para agradecerles su contribución-; a otras enmiendas
también de carácter garantista que coincidían con las nuestras y también con las de La Izquierda Plural, y eso seguro que ayudó a que fueran aceptadas y en ese sentido también queremos ser agradecidos. Coincidimos en gran medida con muchas de las
enmiendas socialistas y también, por qué



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no decirlo, hay que agradecer una cierta actitud proactiva o muy proactiva del Grupo Parlamentario Popular y muy en concreto de su portavoz para intentar llegar a acuerdos. Esto siempre es de agradecer. Todo es muy de agradecer cuando al
final funciona, pero el caso es que no funcionó, pero no por eso vamos a dejar de decirlo.


Es verdad que ha habido una cierta reducción de sanciones draconianas, pero lo que ha dicho el portavoz señor Sixto es cierto, las cosas aún no están donde deberían estar. Es verdad que hay una buena salida para el acceso de las comunidades
a los registros delincuenciales. Es verdad que se ha dado una solución -creemos que insuficiente- al tema del top manta. Es verdad que al menos se ha orientado -no más- mejor el tema de la prostitución, es decir, se ha orientado hacia el cliente,
no hacia la pobre chica o el pobre chico que ofrece los servicios sexuales, que en el 80 % de los casos es un inmigrante, la mayoría de las veces ilegal, y hacer un registro de esta gente a lo único que lleva es a aumentar su marginación social.
Algo se ha mejorado y se empieza a orientar el problema del ofrecimiento de servicios sexuales en la vía pública hacia el cliente. Esto es bueno y, cuando hay cosas que han mejorado, también es bueno decirlo.


Desgraciadamente no afecta al núcleo fundamental de nuestras enmiendas. Nosotros pedíamos, sobre todo y lo más importante, la conexión con las bases de datos internacionales tanto de Interpol como de Europol. El Estado español
extraordinariamente -no es lo normal, como muy bien sabrá el ministro- tiene dos licencias de conexión, cuando normalmente un Estado suele tener una; aquí hay dos. Parece razonable que una fuera para las policías con competencias al respecto y la
otra fuera para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, pero parece que no, que aquí se necesitan dos y las dos para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. No sabemos exactamente por qué, o sí lo sabemos, pero ahora no viene al caso.
Esto nos obliga a encerrarnos en gran medida en el siglo XX.


El otro día, el ministro, con mucha razón, dijo que el crimen organizado y el yihadismo son un gran problema en Cataluña. Tiene razón. No creemos que sea una buena orientación el hecho de privar del acceso a la información a la policía que
está sobre el territorio en el que está sucediendo esto, que son los Mossos d'Esquadra. Para decirlo claramente, un mosso o una mossa d'Esquadra que detenga a un italiano con aspecto sospechoso no puede consultar en el ordenador de su coche si
aquel señor proviene de la mafia napolitana. No puede, sencillamente está a ciegas. Esto algún día nos puede llevar a tener un disgusto grande, que espero que no suceda, porque esto no es un tema competencial, no es un tema de descentralización,
es un tema de sentido común, es un tema de vivir en el siglo XXI, y ustedes nos niegan esto, o sea, la policía que está sobre el territorio no tiene acceso a información de las bases de datos policiales internacionales.


Señores, ustedes saben que el capo de la Camorra napolitana vivió dos años en Barcelona, en la calle Balmes con Enric Granados. Vivió allí y de hecho se iba a las carreras de coches y de motos a Montmeló. Un día, la policía italiana avisó
de que una banda rival iba a arreglar la sucesión dentro de la Camorra napolitana por el método tradicional que tienen ellos de hacerlo. Se presentó un grupo del Cuerpo Nacional de Policía de paisano a intentar evitar el atentado contra el mafioso.
El mafioso estaba con sus guardaespaldas en el circuito de Montmeló, que es una instalación cuya seguridad está a cargo de los Mossos d'Esquadra. Si no pasó nada, fue porque Dios no quiso. Había tres grupos armados, dos de los cuales iban vestidos
de paisano. Estas son las cosas que estamos denunciando y estas son las cosas que esta ley no soluciona. Continuaremos, pues, en el siglo XX y no en el siglo XXI.


No quería terminar sin denunciar lo que ha sido, a efectos generales, lo más escandaloso de esta ley. Yo no soy jurista, pero hay una cosa que sí entiendo, que cuando alguien entra en el territorio soberano de un Estado que se proclama
democrático, cuando alguien pone los pies en él, es una persona sujeta a derechos, pocos o muchos, pero es alguien sujeto a derechos: a pedir asilo, a presentar recursos, etcétera, y ustedes esto, contra la opinión de la Unión Europea, contra la
opinión de la Iglesia católica, no lo aplican. Es absolutamente inaceptable. Entendemos que solo eso sería ya un motivo para oponerse a la ley. Nosotros, que nunca hemos sido de los de papeles para todos, entendemos que una democracia solo se
justifica si se comporta como tal en circunstancias extraordinarias, como son las de una valla fronteriza. Si se comporta allí como un Estado totalitario, quizá tenga razón al intentar impedir el acceso a la inmigración ilegal, pero, en el momento
en que se comporta de manera ilegal, esta razón la pierde en la práctica. Por eso entendemos que solo ese sería un motivo suficiente para oponernos a la ley.


Termino, presidente. Nosotros no vamos a decir que esta ley tiene que ser derogada, creemos que es necesaria, pero sí diremos que en el futuro creemos que ha de cambiar de arriba abajo, profundamente,



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porque en definitiva no responde ni remotamente a las expectativas que he intentado exponer brevemente aquí y que entiendo que algún día podremos cambiar.


Muchas gracias, presidente. Muchas gracias, ministro. Muchas gracias, señorías. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Guillaumes.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Trevín.


El señor TREVÍN LOMBÁN: Muchas gracias, señor presidente.


Señor ministro, señorías, analizamos hoy un innecesario proyecto de ley para la seguridad ciudadana elaborado con el pretexto de mejorar la seguridad pública. No hay ni un solo dato que justifique tal argumento. Un objetivo central de esta
normativa, según se recoge en su exposición de motivos, es sancionar conductas que representan un ejercicio extralimitado del derecho de reunión y manifestación. Recuerdo a este respecto un dato del propio director de la Policía: en 2013, de las
25.461 manifestaciones realizadas, solo actuó la fuerza pública en 23, es decir, menos del uno por mil. Solo una necesidad social apremiante puede justificar una norma que recorta derechos recogidos en nuestra Constitución, porque, como
reiteradamente ha proclamado el Tribunal Constitucional, la fuerza expansiva de todo derecho fundamental restringe el alcance de las normas limitadoras que actúan sobre el mismo. ¿Existe hoy en España dicha necesidad? No, no para la mayoría
ciudadana. Es una vuelta al Estado policial. Frente a lo recogido en la exposición de motivos: Tiene por objeto la protección de personas y bienes y el mantenimiento de la tranquilidad ciudadana y el binomio libertad seguridad constituye sin duda
un elemento clave para el buen funcionamiento de una sociedad democrática avanzada, el Grupo Parlamentario Socialista apela a lo dicho por Benjamin Franklin: Aquellos que sacrifican libertad por seguridad o tranquilidad (como ustedes) no merecen
tener ninguna de ellas.


Las razones de esta ley. Las confesadas. El ministerio la justifica por cuatro motivos, ninguno de ellos alcanza la categoría de disculpa. El transcurso del tiempo o los cambios sociales pueden justificar retoques o modificaciones, pero
no un cambio íntegro de la ley, y la demanda social, si existe, es mínima. Más sorprendente aún es que se diga que se pretende adecuar la normativa a la jurisprudencia constitucional, porque va precisamente en la dirección opuesta. Las
inconfesables. Las verdaderas razones son otras. En tres años el Ejecutivo ha tomado decisiones que han empobrecido a las clases media y trabajadora, provocando una brecha social escandalosa entre un 10 % de privilegiados y el resto de la
población y un importante recorte de los derechos laborales, sanitarios, educativos, a la dependencia y al acceso gratuito a la justicia. Con la excusa de la crisis recortaron drásticamente los derechos sociales a los españoles. Ahora, con la
coartada de la seguridad, quieren cercenar sus libertades políticas y civiles. Todo ello dio lugar a una considerable movilización y, para el actual Gobierno, el ciudadano que protesta es el enemigo, según expresión de Joaquim Bosch, portavoz de
Jueces para la Democracia. Convierten al ciudadano activo, al ciudadano crítico en el enemigo de la seguridad. Como la mayoría de las personas no cometen delitos penales cuando se manifiestan, les quieren imponer ahora el derecho administrativo
del enemigo. Si quieren frenar las protestas sociales que tanto les perturban, que tanto les molestan, rectifiquen su política socioeconómica y echen el freno a la desigualdad que están provocando. No conviertan al ciudadano que protesta en
ciudadano bajo sospecha.


Vayamos al contenido. Nos preocupa especialmente en esta ley la supuesta finalidad de garantizar condiciones de normalidad en la prestación de servicios básicos, porque va a ser utilizada para establecer nuevas condiciones y límites al
derecho de huelga violando las garantías constitucionales. Han recurrido en este proyecto a precedentes que creíamos superados definitivamente, como la Ley franquista de Orden Público de 1959. La misma contemplaba sanciones administrativas de
cuantía económica desorbitada para quienes participaran en manifestaciones, desobedecieran a las autoridades o alterasen los servicios públicos con el objetivo de proteger la continuidad de aquella Dictadura. Con él como inspiración, han
desarrollado ahora un régimen sancionador al margen del control judicial inmediato para conductas relacionadas con derechos civiles y políticos vinculados a la protesta social.


Curiosamente, en ponencia el PP introdujo una enmienda para, a su juicio, mejorar la Ley de Extranjería. Se trata de un error, de otro error en esta ley. Si el Grupo Parlamentario Popular considera necesaria dicha modificación, debía
plantearlo de frente, no por la puerta de atrás, o viendo informes de órganos como el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado, imprescindibles a nuestro juicio en propuestas que afectan a derechos de ciudadanía y al cumplimiento de
compromisos internacionales. No olviden que están siendo cuestionadas sus prácticas en las fronteras de Ceuta y Melilla: por la Comisión Europea, por el Consejo de Europa o por el Alto Comisionado de Naciones Unidas



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para los Refugiados. Exigen cumplir la normativa internacional del derecho de asilo. El principio de no devolución, recogido en la misma, obliga a la identificación del extranjero y a dar la oportunidad de solicitar la protección
internacional.


Características y consecuencias de esta ley. Esta ley no distingue el concepto de seguridad ciudadana de otros bienes constitucionales como la seguridad pública y, lo que es peor, esta confusión intencionada faculta a Interior para utilizar
al Cuerpo Nacional de Policía y a la Guardia Civil en el control de la población, en lugar de destinarlos fundamentalmente a asegurar la libertad y seguridad públicas. No castiguen a nuestros guardias civiles ni a nuestros policías con la ingrata
obligación de ser la mordaza que impida la protesta contra el Gobierno del Partido Popular. No les devuelvan a un pasado que han superado con brillantez innegable.


La desproporción es otra de las características repetidas en esta ley. Habilita llevar a cabo actuaciones policiales que afectan a la libertad e intimidad de las personas, de forma desproporcionada. Permite restringir la circulación o
permanencia en vías y lugares públicos, de manera desproporcionada, y permite establecer zonas de seguridad en supuestos de alteración, reales o indiciarios, de la seguridad ciudadana o de la pacífica convivencia, desproporcionadamente. Dado que
afecta a un derecho fundamental, solo debería ser posible como medida extraordinaria y por el tiempo imprescindible, señor ministro. Si no, parecerá que la calle vuelve a ser más del Ministerio del Interior que de la ciudadanía. Es justo al revés,
señor ministro. La calle no es suya, recuérdelo. Ya sé que lo aprendió en otra época, pero era una lección equivocada.


La desmesura punitiva es también uno de los rasgos esenciales de esta norma. Las sanciones se agravan en cuantía y plazos de prescripción. Aunque el Gobierno defiende que despenalizar algunas faltas es una buena opción para los ciudadanos,
no lo es cuando la multa correspondiente supone mayor sanción que la infracción penal y sin las mismas garantías, lo que sucede en múltiples supuestos. En realidad, señorías, lo que hace esta ley es sustraer del control judicial las conductas
críticas con este Gobierno. Tenemos pruebas muy recientes de que a ustedes, señor ministro, les incomodan los jueces, especialmente cuando les investigan. Por eso los quitan de en medio. Su visión garantista de los derechos tampoco suele
sintonizar con su concepción autoritaria en materia de derechos y libertades. En resumen, castigarán más y con menos garantías las conductas críticas.


El control judicial solamente podrá producirse a posteriori, ante la jurisdicción contencioso administrativa, pero antes deberá abonarse la sanción impuesta, y esto afecta negativamente a la tutela judicial y al derecho de defensa. Será un
elemento disuasorio en el ejercicio de derechos y libertades, pues, una vez que las sanciones sean firmes, en caso de impago, se iniciará un proceso de embargo sobre rentas o bienes. Señor ministro, en democracia hay que convivir con las críticas,
con las protestas, con las manifestaciones y con los jueces incómodos. Son parte sustancial de la misma. Al PP le cuesta aceptarlo y prefiere combatirlas sembrando el miedo. Por eso reiteradamente aluden en la ley al derecho a la tranquilidad.
No se trata en absoluto de un nuevo derecho como quieren hacernos creer, sino de recordar el viejo aforismo franquista: tranquilidad viene de tranca. Las trancas serán multas con las que crujirán a las clases medias y a los trabajadores que
agobiados por subidas de impuestos y recortes sociales opten por manifestar sus quejas en la calle.


Sanciones para unos y regalías para otros, porque aprovechan ustedes con esta ley para reducir alguna sanción vigente a las empresas de seguridad privada. No solo quieren provocar con ella el miedo del ciudadano crítico. Las
manifestaciones de trabajadores, estudiantes, sanitarios, educadores, padres y madres, yayos, perroflautas, sin techo, desalojados, desasosiegan al particular Tea Party español. Otra forma de miedo. A ese miedo también quiere dar respuesta esta
ley con su contundencia sancionadora. Uno y otro temor lo utiliza el Gobierno para un mismo objetivo: intentar mantener su menguante primacía partidaria, acongojando a unos y tranquilizando a otros. Por otro lado, la ley introduce principios de
actuación policial tan peligrosos como los de oportunidad, eficacia y eficiencia, cuando los que deben regir son los de legalidad y de idoneidad e intervención mínima, ya que la ponderación entre la necesidad de una posible actuación y el ejercicio
de derechos y libertades así lo exige.


Debo hacer alusión también al régimen de sanciones. Se incrementa su número y cuantía, que en las leves pasa de 300 a 600 euros. Podrán ser multados entre 100 y 600 euros activistas de Greenpeace por colocar una pancarta en un edificio
público, jóvenes que coloquen pegatinas reivindicativas en una farola o acampen en la plaza de Catalunya, activistas que recojan firmas con una mesa en las aceras de la carrera de San Jerónimo o entren en un banco y se pongan a bailar por bulerías
para protestar contra las preferentes. Podrá haber multas entre 601 y 30.000 euros a las militantes de Femen que perturben actos



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públicos o solemnidades o a los activistas de las plataformas antidesahucios por impedir pacíficamente la ejecución de resoluciones administrativas o judiciales de desahucios; y se podrá multar hasta con 600.000 euros a quien se manifieste
sin comunicarlo en las inmediaciones de una central nuclear. Todo esto a pesar de que sentencias del Tribunal Constitucional, como la de junio de 1995, establecen que solo puede entenderse afectado el orden público cuando el desorden externo en la
calle ponga en peligro la integridad de las personas o bienes, pero no cualquier corte de tráfico o invasión de la calzada producido en el curso de una manifestación o de una concentración.


En realidad, esta ley es lo que parece, una ley mordaza, una ley de represión ciudadana. Lo parece y lo es. Con acierto, una estudiante de Derecho de la Universidad de Oviedo preguntaba: ¿Para qué necesitamos esta ley? ¿Tan peligrosos
somos? No hay contestación mejor que la que dio un jubilado en medio de una protesta por las calles madrileñas: Este Gobierno quiere una mayoría silenciosa y unas minorías silenciadas. Por ello, esta ley es rechazada por el 82 % de los
ciudadanos. ¿Les dice algo este porcentaje? Es exactamente el mismo que se oponía a la intervención de España en la guerra de Irak. No terminan de aprender. Solo un 7 % está de acuerdo, su particular Tea Party. El resto, la mayoría, quieren que
se retire y unos pocos quieren que se hagan modificaciones sustanciales. Viven demasiado aislados de la sociedad y eso lo pagamos muy caro todos los españoles.


Epílogo reflexivo. La Constitución de 1978 es la única que nació del consenso parlamentario. Las anteriores fueron imposiciones del partido en el poder. Mantener el consenso constitucional, señor ministro, precisa mantener su espíritu en
las leyes con vocación de permanencia como esta. Hoy rompen en mil pedazos ese espíritu. No cuenten con que tenga una larga vigencia. Retiren la ley. Ya lo han hecho afortunadamente con la que pretendía recortar la interrupción voluntaria del
embarazo. Miren, si cada rectificación les cuesta el cese de un ministro, todavía tienen banquillo suficiente para que otros abandonen el Ejecutivo. No se preocupen por eso.


El señor PRESIDENTE: Señor Trevín, tiene usted que acabar.


El señor TREVÍN LOMBÁN: Estoy acabando, señor presidente.


Si la retiran, les prometo que no haremos sangre con su rectificación, porque por encima de eso está nuestra defensa de los derechos de los ciudadanos. En caso contrario, señor ministro, la combatiremos hasta su final, con la oposición
parlamentaria mientras dure su tramitación y con la búsqueda de acuerdos amplios para derogarla en la próxima legislatura, sin renunciar al correspondiente recurso de inconstitucionalidad.


Acabo. Señor ministro, el Gobierno del que forma parte no ha querido a lo largo de estos tres años reconocer nunca la cruda realidad a la que sus políticas han arrojado a la mayoría de nuestros ciudadanos. Nunca han querido aceptar el
deterioro social que están provocando y la pobreza y la desigualdad que conllevan. Nunca aceptan tan siquiera, como demuestra esta ley, el derecho a la queja, a la discrepancia, a la protesta, último recurso de la inmensa mayoría de los
damnificados por sus medidas. Se refugian sistemáticamente en la legalidad, en su legalidad,...


El señor PRESIDENTE: Señor Trevín, tiene usted que acabar inexorablemente porque ha pasado su tiempo.


El señor TREVÍN LOMBÁN: Ahora mismo, señor presidente.


... en la que nos traen aquí para que sea impuesta por una mayoría absoluta cada vez más alejada de la mayoría social. Confunden ley con realidad, con política y con moral, como si solo fuera digno de existir lo que es legal y todo lo que
la ley permite fuera moral. Cada uno llama barbaridad a lo que difiere de sus propias costumbres, sentencia Montaigne, y ustedes tratan como barbaridad en esta ley todo aquello que les molesta, lo que no cabe en los parámetros de su moral
provinciana, pequeñoburguesa y biempensante.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Trevín.


Señor Escobar. (Un grupo de personas presentes en la tribuna de invitados entonan una canción).


Procedan al desalojo de la tribuna. (Pausa).


Puede usted ya comenzar, señor Escobar.



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El señor ESCOBAR LAS HERAS: Gracias, señor presidente.


Voy a comenzar mi intervención cambiando el tono de quienes me han precedido en el uso de la palabra, porque voy a empezar manifestando un agradecimiento. Quiero agradecer expresamente la intervención a quienes me han acompañado en las
tareas parlamentarias, en esta tarea, en la ley de protección de la seguridad ciudadana, Federico Cabello de Alba y Ana Belén Vázquez, por parte de mi grupo. Esa gratitud la hago extensiva en nombre del Grupo Popular a toda la Comisión de Interior,
a su presidente, a su letrada, a todos los grupos que han presentado enmiendas y muy especialmente a los diputados que han participado en la ponencia, porque, con diferencias, con discusiones, creo que hemos concluido en un buen trabajo y voy a
tratar de justificarlo. Hemos hecho un trabajo a lo largo de más de cinco meses. Este texto entra en el Congreso en julio y, si nos remitimos a los antecedentes parlamentarios, tenemos que recordar que esta ley comienza su andadura, como ha
manifestado el representante de CiU, precisamente porque este Congreso se lo pide, allá por junio-julio de 2012. ¿Y por qué lo hacemos ahora? Precisamente lo hacemos ahora porque es cuando más sosegado pretendíamos que fuera el debate, una vez que
la recuperación económica empieza a vislumbrarse en España gracias a la política del Partido Popular.


En los agradecimientos no quiero pasar por alto a las 26 organizaciones y asociaciones, a los que hemos escuchado en el Grupo Popular: Amnistía, Intermón, Consejo de la Abogacía, Acnur, Cáritas, Plataforma del Tercer Sector, Jueces para la
Democracia, sindicatos policiales, UGT, Comisiones, Asociación No Somos Delito, Asociación Comerciantes de Madrid, entre muchos otros. A todos ellos nuestro agradecimiento más cordial, porque, por encima de las diferencias y de los encuentros, que
los ha habido, pensamos en el Grupo Popular que escuchar siempre merece la pena, y eso es lo que hemos tratado de hacer desde el Grupo Popular, escuchar. (Aplausos). Gracias, pero esto no es ningún mérito excepcional, esto es lo que hay que hacer
en política: escuchar, no gritar, no chillar; esto es lo que se tiene que hacer en cualquier democracia.


El resultado de estas labores es que el dictamen que hoy vamos a votar incorpora total o parcialmente, señorías de la oposición, enmiendas de todos los grupos; prácticamente se han incorporado ochenta enmiendas. Hemos incorporado también
planteamientos y sensibilidades de todas las organizaciones con las que nos hemos reunido; y en ese capítulo de agradecimiento quiero expresar un especial reconocimiento al ministro, su equipo, a la secretaría de Estado, porque hay muchas horas de
dedicación en esta ley, hay mucho esfuerzo, hay muchos informes para que al final este texto sea un texto que me atrevo a categorizar de vanguardista en la protección de los derechos y libertades. En el Partido Popular una vez más hemos sabido
anteponer la responsabilidad a la comodidad, hemos sabido anteponer el interés general al desgaste, hemos sabido anteponer la obligación a la pasividad, a quedarnos cruzados de brazos. Señorías, gobernar es decidir; gobernar es mejorar la vida de
los ciudadanos, de la gente; gobernar es también -como el caso que nos ocupa- garantizar que los derechos y libertades que la Constitución garantiza estén adecuadamente protegidos, porque la seguridad es el bien jurídico a proteger en este caso.
Precisamente el dictamen que nos ocupa supone un armónico equilibrio entre libertad y seguridad; es una norma que vela por los servicios públicos y por el adecuado funcionamiento de todas las instituciones democráticas; es una ley que protege
especialmente a los más vulnerables: a los menores, a los discapacitados, a las víctimas; salvaguarda como nunca los derechos fundamentales y singularmente, señorías, el derecho de manifestación. Cuida al turista, cuida al comerciante, cuida al
empresario; ayuda al estudiante, al profesor, al transportista, al funcionario, a todos, porque los derechos de todos son los que se protegen en esta ley. Y también -y no menos importante- quiero destacar que esta ley da la cobertura apropiada a
nuestra policía, una policía, una guardia civil que son ejemplares y que merecen todos los mecanismos a su alcance, como ofrece la ley. (Aplausos).


Voy a ir adentrándome en lo que supone esta ley, qué aspectos concretos tiene. Lo primero que quiero decir, señor Trevín, es que esta ley mejora manifiestamente la Ley Orgánica 1/1992, la ley conocida como de patada en la puerta, la ley que
fue declarada inconstitucional, porque estas cosas conviene recordarlas de vez en cuando. La ley del año 1992 fue declarada inconstitucional, y no la estoy criticando, estoy exponiendo, y esta es mejor que esa ley, ¿por qué? Porque refuerza
precisamente las libertades públicas, porque restringe a lo indispensable la actuación administrativa. El Consejo de Estado en los informes que obran en el dictamen dice literalmente: A juicio de este consejo el anteproyecto consigue el deseable
equilibrio entre libertad y seguridad ciudadana; no ha de olvidarse que en una democracia participativa es natural la existencia de reivindicación legítima, que los poderes públicos tienen el deber de proteger, como



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así hace el texto. Esto es lo que dice el Consejo de Estado, que algún crédito, alguna autoridad tiene en materia jurídica.


Pero hay más avances, señorías, porque por primera vez se define el concepto de seguridad ciudadana, se establecen principios que vinculan a todas las administraciones: igualdad de trato, proporcionalidad, control jurisdiccional; protege
mejor a los menores, tanto en sus responsabilidades como con las medidas rehabilitadoras; prohíbe expresamente -atentos, señores de la izquierda- las identificaciones indiscriminadas o por razón de nacimiento, nacionalidad, raza, edad, etcétera. Y
ahí conviene recordar una vez más ese dato que tampoco le gusta al Partido Socialista, y es que mientras gobernaba España el Partido Socialista hubo 12 millones de identificaciones solamente en el año 2005, ¡que ya son identificaciones! Pues bien,
esos fenómenos, esos episodios ya no se pueden volver a producir. Además este aspecto ha sido muy bien valorado por organizaciones y por el Consejo General del Poder Judicial. Alguien de la izquierda ha mencionado también -creo que ha sido el
señor Sixto- las identificaciones en dependencias policiales. Las identificaciones en dependencias policiales no podrán exceder del tiempo máximo de seis horas. Esto es algo inédito, no estaba regulado hasta la fecha, pero es que además se
incorpora la obligación de que se expida un volante policial, y eso es una petición del Consejo General del Poder Judicial. Las manifestaciones, señorías, van a ser más libres. ¿Por qué? Porque estarán más protegidas de los violentos, van a estar
más protegidas de los actos vandálicos. Y les digo más, la intervención policial, si se produjera en una manifestación, será siempre gradual y proporcionada, de tal manera que está expresamente contemplado que la disolución será siempre la última y
excepcional medida aplicable; repito, la última y excepcional medida aplicable.


Han hablado de la tutela judicial. Señorías, quisiera saber por qué un juez de lo contencioso es de peor condición que un juez de lo penal, que es quien va a juzgar, quien va a enjuiciar los actos administrativos dimanantes de esta ley,
como lo hacen en el derecho urbanístico, como lo hacen en el derecho tributario; eso es nuestro Estado de derecho. ¿Por qué son de peor condición los juzgados y las salas de lo contencioso? Esta ley además sanciona mucho menos y protege más. Por
ejemplo, sanciona menos que la Ley del Deporte que impulsó el Partido Socialista, que llegaba hasta 650.000 euros; sanciona lo mismo, señor Olabarría, que la Ley de Emergencias del Gobierno vasco, que llega hasta 600.000 euros. Las infracciones
muy graves se reducen de nueve a cuatro. ¿Cuáles? ¿Qué infracciones, señorías? ¿Qué hechos son sancionables? ¿Obstaculizar a un servicio de ambulancias cuando presta la ayuda a una persona enferma debe ser sancionable, sí o no? Yo creo que no
tiene discusión. ¿Emplear a menores discapacitados en un acto violento, como propuso precisamente el Grupo de Izquierda Unida y que se ha incorporado, tiene que ser sancionable, sí o no? ¿Apuntar con dispositivos láser a pilotos de aeronaves o
conductores de transporte público tiene que ser sancionable, que antes no estaba? Sí, claro que tiene que ser sancionable. ¿Invadir o entorpecer la pista de un aeropuerto cuando va a salir un avión se tiene que pasar por alto o se tiene que
sancionar? Es lógico que eso tenga una respuesta. Otro ejemplo, obstruir el funcionamiento -llevado al extremo- de una central nuclear. Eso es una infracción muy grave, ¿cómo no va a serlo? Lo que está en juego es un servicio y una situación de
emergencia, y es lógico que tenga que ser sancionado.


Además, señores de la oposición, les tengo que recordar por coherencia, porque si no faltaría a la verdad, que en esas cuatro sesiones de ponencia que hemos tenido, en estos cinco meses de tramitación parlamentaria, hemos llegado a puntos de
encuentro y ustedes van a votar en contra de sus propias incorporaciones. Por ejemplo, al Grupo Vasco le hemos aceptado veintiséis enmiendas: jurídicas, competenciales u ontológicas, pero se han admitido, están incorporadas. Por cierto, señor
Olabarría, en el año 1992 el PNV se abstuvo en la ley del Partido Socialista. Ahora dicen que van a votar en contra; ¿por qué, porque es nuestra, porque es del Partido Popular? A iniciativa de Izquierda Unida se ha incorporado en la ponencia la
circunstancia agravante de emplear a menores o a incapaces, y ahora van a votar en contra. Con sensibilidad y con mucha prudencia hemos hilado fino en determinadas conductas; hemos rebajado la sanción en el caso de consumo de alcohol en vía
pública, en el escalamiento de edificios a petición del Grupo Socialista, suprimimos la sanción para juegos o actividades deportivas en espacios públicos también a iniciativa del Grupo Socialista. Todo esto figura en la ley.


Acabo ya con una inevitable referencia a la enmienda que ha suscitado más interés público; me estoy refiriendo a la enmienda que presenta el Grupo Parlamentario Popular y que tiene por objeto regular el régimen de Ceuta y Melilla en las
fronteras. El señor presidente me va a permitir que la lea para que ustedes mismos, señorías, enjuicien desapasionadamente el alcance de la enmienda: Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta
y Melilla, mientras intentan



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superar en grupo los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera, podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España. Es exquisita, es prudente; desde cualquier punto de vista es lo que España
necesitaba, lo que Ceuta y Melilla necesitaban incorporar para proteger nuestras fronteras, porque una cosa es entrar y otra intentar entrar. Eso es lo que se trata de evitar; eso es lo que se regula. ¿Qué conseguimos con esta regulación del
rechazo en frontera? Más seguridad jurídica. ¿Qué conseguimos? Más claridad. ¿Qué conseguimos? Más apoyo a quienes protegen nuestras fronteras, que no es un tema menor, a la Guardia Civil y a la Policía Nacional. (Aplausos).


Además en este repaso me van a permitir que recuerde ese compromiso que hacía público el ministro del Interior; el Gobierno va a crear una oficina de asilo y de protección en la frontera; un compromiso vanguardista, un compromiso histórico
en la democracia española. Se va a incorporar esa oficina. Además tenemos que recordar el dato de que apenas el 1 % de los inmigrantes que llegan a la frontera solicitan asilo; solo el 1 %. Pues bien, pese a todo vamos a poner esa oficina. Y en
apoyo a esa medida, me recordaba mi portavoz adjunto, Paco Márquez, diputado ceutí, un informe que ha hecho público el Instituto Elcano, en el que claramente se decía que en todo lo tocante a la política de fronteras está bien poner el acento en las
cuestiones humanitarias, pero no menos importante es poner el acento en otra cuestión, que es la seguridad. Buscar el equilibrio de todo ello no es tarea fácil; y ese equilibrio, señorías, se ha conseguido, precisamente a nuestro modo de ver en
esa enmienda que les acabo de leer. ¿Por qué? Porque una cosa es la prédica y otra cosa es dar trigo. Una cosa son los despachos de Bruselas y otra cosa es estar en el terreno, en Ceuta y Melilla, defendiendo nuestras fronteras, que no es lo
mismo. En ese sentido lecciones de humanidad las justas. Es más, lecciones de humanidad les diría que ninguna. Señor Olabarría, ¿qué dijo el alcalde de Sestao, del PNV, hablando de la inmigración, por poner un ejemplo? Y no quiero insistir en
esta cuestión. Señorías, Ceuta es el paso más transitado del mundo; el más transitado del mundo. Ceuta y Melilla son los puntos fronterizos con mayor desigualdad económica de todo el globo. Solo en Melilla hasta noviembre entraron 4.669
personas. La responsabilidad, la obligación, y el derecho de proteger esas fronteras corresponde a España, y no les quepa ninguna duda de que lo hemos hecho, lo estamos haciendo y lo vamos a seguir haciendo con todo el respeto a la normativa
europea, a las leyes de asilo, a las leyes humanitarias, como corresponde a nuestra tradición y a nuestro Estado de derecho.


El señor PRESIDENTE: Señor Escobar, tiene usted que terminar.


El señor ESCOBAR LAS HERAS: Señorías, acabo lamentándome al Partido Socialista y en general a la izquierda. Ayer hacían público un numerito. Hoy se han puesto algo en la boca. Ayer hacían público un numerito con un féretro. Con ese
féretro, señores socialistas, señores de la izquierda, ustedes enterraban sus razones, y lo peor, señores socialistas, es que enterraban claramente su credibilidad. Han sacado a pasear una vez más sus complejos, sus miedos. No quieren votar a
favor del PP porque tienen miedo a su izquierda, electoralmente hablando. (Protestas). Ese es el miedo que tienen ustedes, y eso es lo que les impide realmente reconocer lo que de bueno tiene esta ley, que es mucho. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Señor Escobar, tiene usted que acabar ya inexorablemente.


El señor ESCOBAR LAS HERAS: Señor presidente, acabo inexorablemente. Les decía que en definitiva hemos asistido a un numerito más. Todos contra el Partido Popular. No nos importa, no nos importa porque nos asiste...


El señor PRESIDENTE: Eso no es inexorablemente, así que termine usted de una vez. (Risas).


El señor ESCOBAR LAS HERAS: Digo que nos asiste la razón y hacemos nuestro el principal compromiso con el más importante de los principios, y ese principio es el de la libertad.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Escobar.



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PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN RELATIVAS A LAS MEMORIAS DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL:


- MEMORIA SOBRE EL ESTADO, FUNCIONAMIENTO Y ACTIVIDADES DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE JUSTICIA, ASÍ COMO MEMORIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2013. (Número de expediente
245/000005).


El señor PRESIDENTE: Último punto del orden del día relativo a las propuestas de resolución presentadas con motivo del debate de la memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades del Consejo General del Poder Judicial y de los
juzgados y tribunales de justicia, correspondientes al año 2013. Se han presentado por los diversos grupos noventa y siete propuestas. Los grupos intervendrán de menor a mayor, con diez minutos de tiempo máximo, que no es obligatorio consumir, y
después procederemos a las votaciones.


Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: Gracias, señor presidente.


Señorías, hace ya dos años que los republicanos catalanes no presentamos propuestas de resolución, porque esta Cámara nunca tuvo a bien ser sensible a nuestras demandas, razón por la cual habíamos depositado nuestras esperanzas en la
constitución del consell de justícia de Catalunya, órgano de gobierno de los jueces en Catalunya. De hecho este consell de justícia de Catalunya estaba previsto en el Estatut de Autonomía aprobado en estas Cortes, refrendado por el pueblo de
Catalunya, y laminado desgraciadamente -siguiendo la tónica y el mensaje del señor Guerra que había que pasar el cepillo por el Estatut de Autonomía- por el Tribunal Constitucional. Sin embargo este órgano podría haberse constituido de haberlo
posibilitado la Ley Orgánica del Poder Judicial, que fue modificada recientemente, es decir, hubiéramos podido recuperarlo a través de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ya entonces nuestro grupo parlamentario Esquerra Republicana de Catalunya
reclamó en la tramitación de esta modificación de la ley todo ello, pero fue rechazado por la mayoría. Así pues creo que estamos obligados a declarar, a manifestar, a hacer un llamamiento a la ciudadanía para que sea consciente de la falta de
compromiso del Consejo General del Poder Judicial respecto a algunas cuestiones. Una de ellas es la normalización de la lengua catalana. De hecho el maltrato que sufre la lengua catalana por la mayoría de los jueces es abominable. Hoy día se
redactan menos sentencias en lengua catalana que en el año 2005. Hoy día los jueces son lingüísticamente mucho más competentes que en el año 2005, pero en cambio se redactan un 25 % menos de sentencias respecto al año 2005. Es más, incluso en
territorios de Catalunya en donde la población catalanohablante alcanza el 90 % se redacta el 1,3 % de sentencias en catalán, por ejemplo, las Terres de l'Ebre. (Rumores).


¿Cómo se entiende que hoy día ocurra lo que ocurre? Es decir, ¿cómo puede suceder que siendo más del 50 % los ciudadanos catalanes que tienen como lengua materna el catalán, y siendo el 80 % de los ciudadanos catalanes competentes oralmente
también en catalán, el uso de la lengua catalana por parte de los jueces esté descendiendo a esta velocidad tan vertiginosa? (Rumores). La respuesta es: que la lengua catalana les importa un bledo porque son cautivos de un ADN que... (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Perdón, señor Tardà.


Por favor, silencio, para poder oír al orador.


Continúe, señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: Escuchen lo que digo ahora: si los jueces no redactan las sentencias en la lengua catalana es porque la lengua catalana les importa un bledo. Ellos están por la supremacía lingüística. (La señora vicepresidenta,
Villalobos Talero, ocupa la Presidencia). De hecho estamos convencidos de que si existiera el consell de justícia de Catalunya esto no ocurriría, porque es evidente que no se sentirían capaces de tener esa actitud tan falta de respeto hacia el
catalán como la que hoy tienen muchos jueces en Catalunya. Incluso diría que los ciudadanos catalanes no pueden hacer uso oral de su lengua en los juzgados porque los mismos abogados les aconsejan no provocar la animadversión de los jueces. Así
pues que se sepa que los derechos lingüísticos de los catalanes están muy mermados por culpa de muchos jueces, y el Consejo General del Poder Judicial -repito- siempre se ha abstenido de implicarse en esta reclamación. Incluso hubo presidentes del
Consejo General del Poder Judicial tan



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maleducados como aquel que comparó el uso de la lengua catalana en los juzgados con la lengua mandinga.


Señorías, si existiera el consell de justícia de Catalunya tampoco se hubieran atrevido a linchar al magistrado catalán Santiago Vidal -repito que ha habido un intento de linchamiento hacia su persona- porque, una vez finalizadas sus
responsabilidades profesionales, participó en un seminario académico que tenía como objetivo ir redactando un borrador de la futura constitución de la república catalana. Todo ello además en un contexto alarmante, caracterizado por la deficiente
ratio de jueces y por la escasa democratización de la carrera judicial. Creo que ha habido voluntad por parte de algunos sectores de la judicatura de impedir la democratización de la carrera judicial, porque así se iba retroalimentando la casta de
estos jueces, algunos de los cuales provienen de familias franquistas, que tienden a perpetuarse en el ejercicio de su carrera profesional. El contexto viene dado también por los déficits en la asistencia jurídica gratuita, la inminente
modificación de la planta judicial que alejará la justicia de los ciudadanos, la privatización de la justicia mediante la Ley de Tasas, y por supuesto el ataque permanente, constante del Gobierno español a la separación de poderes, y esto se
reflejará prontamente en la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que incluso va a vulnerar el derecho a la intimidad en las comunicaciones. Esta es la realidad, la desgraciada y miserable realidad que nos ofrece el Partido Popular, y la
realidad además del Consejo General del Poder Judicial, que no tiene ninguna o muy escasa voluntad de repararse a sí mismo. En definitiva lo que haremos es abstenernos y decirles que con su pan se coman su justicia.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Tardà.


Por el Grupo PNV, tiene la palabra el señor Olabarría para presentar sus propuestas. (Rumores). Por favor, guarden silencio, si no es imposible oír al orador.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Gracias, señora presidenta.


Voy a agrupar en bloques temáticos las propuestas de resolución de mi grupo parlamentario. Dos de ellas hacen referencia a un requerimiento pendiente todavía que está previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, pero también por la
jurisprudencia constitucional, y que es la necesidad de configurar consejos autonómicos del Poder Judicial en la descentralización de la Administración de Justicia. Es una de las asignaturas pendientes del Estado español y de su entramado
institucional, y por esta razón se ubica este doble pedimento.


El problema lingüístico, que ya ha sido referenciado también por el orador que me ha precedido en el uso de la palabra, es un tema pendiente, otro de los déficits de la Administración de Justicia. Nosotros pedimos que el conocimiento de la
lengua y del derecho civil propio o del derecho foral en aquellas comunidades donde exista no se considere solo un mérito, sino un perfil. Hay que perfilar determinados puestos de trabajo donde el número de hablantes de las dos lenguas cooficiales
sea suficiente como para exigir como perfil para el acceso a determinados órganos jurisdiccionales el conocimiento de las dos lenguas oficiales en la comunidad y el conocimiento del derecho foral.


Nos parece particularmente relevante, en un contexto donde el problema de la violencia de género no se termina de erradicar, la especialización de los juzgados en materia de violencia de género, pero una especialización real, una
especialización como la de otros juzgados, como los de mercantil u otros de nueva creación que exija un conocimiento de esta verdadera patología, de esta lacra social por parte de los jueces y por parte de los integrantes del órgano judicial en su
conjunto a efectos de intentar mejorar las ratios en la represión de este fenómeno delictivo tan manifiestamente aberrante.


Señora presidenta, en materia de nombramientos discrecionales en el ámbito de la justicia es una queja recurrente por parte de las asociaciones de jueces y magistrados la discrecionalidad no fundada muchas veces en criterios vinculados al
mérito o la capacidad de jueces, que son objeto de nombramiento discrecional, y se solicita por lo tanto en esta propuesta de resolución una fundamentación adecuada que permita colegir los méritos que concita determinado juez, que es objeto de
nombramiento discrecional, a efectos de que los mejores -los que estén dotados de mérito, capacidad, antigüedad, y otras características suficientes- ocupen los puestos judiciales de mayor relevancia. Nos parece importante en materia de tutelas y
curatelas, que están bajo la gestión de los jueces, gestión muy complicada porque un juez que nombra a un tutor o a un curador tiene que controlar no solo que el nombramiento recaiga en la persona adecuada, sino que además esa persona gestione el
patrimonio del que es objeto de guarda, tiene que intentar regenerar sus dificultades, sus discapacidades, etcétera, y este es un trabajo muy difícil, por lo



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que hay que potenciar servicios asistenciales de estos juzgados para cumplir adecuadamente este tipo de funciones.


En materia de presidencias -sobre todo de presidencias de los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas- los presidentes deberían acreditar arraigo en esta comunidad, arraigo caracterizado por el conocimiento de las
lenguas cooficiales, del derecho foral, del derecho civil propio si existe, y sobre todo arraigo vinculado a su domiciliación, a su vinculación territorial a aquel tribunal cuyas demarcaciones va a tutelar desde la presidencia del tribunal superior
de justicia que le corresponda.


Instamos a que el Consejo General del Poder Judicial presente un informe periódico semestral de la incidencia de la Ley de Tasas Judiciales en relación con la eventual mejora -que sabemos que no es tal- de la prestación del servicio público
de la justicia. Seguramente estos informes semestrales llevarán a la conclusión de que la Ley de Tasas fue un error, que estuvo desde el principio mal configurada, que estamos hablando de falsas tasas, y que lo que procedería sería derogar
definitivamente la Ley de Tasas aprobada por el anterior ministro de Justicia en esta legislatura.


Y por último, en materia de corrupción, el Consejo General del Poder Judicial -lo conocimos por las palabras del propio señor Lesmes, el presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo- está dispuesto a asumir su
cuota de responsabilidad, que no es demasiado relevante, en tanto en cuanto es el órgano de gobierno de la Administración de Justicia. El Consejo General del Poder Judicial no es un órgano jurisdiccional, pero sí tiene potencialidades, utilizando
la inspección del trabajo, y sobre todo su pertenencia a órganos transnacionales como Eurojust, Europol, dado que puede resultar importante la represión de delitos de naturaleza normativa o jurídica muy compleja, como son los de corrupción política,
los tributarios y de otra naturaleza, pero que además son transnacionales, ya que se suele recurrir a paraísos fiscales y fórmulas de esta naturaleza, que mediante la presencia del Consejo General del Poder Judicial, a través de su comisión
internacional y de otros órganos que pueden realizar una contribución importante a la represión de esta otra patología política que en este momento es la corrupción política, y que está provocando la desafección política y los problemas con los que
convivimos con asaz y perversa frecuencia.


Estos son los bloques temáticos de nuestras propuestas de resolución. Entendemos que se corresponden con algunos de los déficits que nuestra Administración de Justicia posee todavía. Algunos son antiguos y no terminan de ser resueltos,
otros son novedosos, señora presidenta. En todo caso entendemos que son una contribución modesta desde la perspectiva política de un grupo como el nuestro, pero relevante, porque le puedo asegurar que están trabajadas con personas que tienen
suficiente conocimiento de los problemas de la justicia como para poder realizar instancias a la mejora del funcionamiento de este servicio público que es tan importante en estos momentos, en tanto en cuanto, dado lo que está sucediendo con otros
poderes del Estado, se está erigiendo en un verdadero contrapoder, que por el ejercicio de su condición de contrapoder está adquiriendo cada vez una mayor aceptación ciudadana. De ser uno de los poderes menos reconocidos y menos valorados por los
ciudadanos en el Estado español, en este momento la Administración de Justicia está a la cabeza de las expectativas ciudadanas para regenerar la vida política. Y no es poco decir lo que le estoy diciendo, señora presidenta. Estas son las
propuestas que mi grupo parlamentario ha presentado.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Olabarría. (Rumores). Guarden silencio, por favor. (Pausa). Gracias.


Grupo de Unión Progreso y Democracia. Señora Díez.


La señora DÍEZ GONZÁLEZ: Gracias, presidenta.


Nuestro grupo parlamentario presenta dieciséis propuestas de resolución. Voy a tratar de agruparlas por las áreas sobre las que versan. En la número 6 solicitamos la supresión de las tasas. En la número 7 se plantea compatibilizar los
sistemas y aplicaciones informáticas entre el conjunto de comunidades autónomas y la propia Administración de Justicia. Cuatro propuestas de resolución, la 8, la 9, la 10 y la 11, tienen que ver con la transparencia y la asunción de
responsabilidades profesionales, así como con la eliminación de conflictos de intereses en la labor jurisdiccional. La número 12 plantea agilizar las instrucciones de las macrocausas de corrupción para que la justicia sea real y efectiva. La
número 12 la podríamos denominar la propuesta de resolución Ruz. Va también en relación con una proposición no de ley que nosotros mismos hemos presentado y registrado hace quince días; no se trata solo de agilizar la instrucción, de dar medios
para que se agilice la instrucción de las macrocausas, fundamentalmente contra la corrupción, sino también de que no se aparte a los jueces que han iniciado la instrucción para



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evitar que se haga justicia, como es lo que nos tememos que ocurra en esta cuestión. La número 13 es una propuesta de resolución que tiene que ver con la protección a los menores incursos en procesos judiciales. En la número 14 le pedimos
al consejo que plantee un informe y unas conclusiones sobre el aforamiento. La 15 y la 16 son propuestas de resolución que tienen que ver con la movilidad y la conciliación familiar.


Todas ellas son razonables; en muchas de ellas coincidimos con otros muchos grupos parlamentarios, como no puede ser de otra manera. Si todas ellas se aprobaran, las que acabo de citar, se resolverían algunos de los problemas de la
justicia y que la propia memoria del Consejo General del Poder Judicial pone sobre la mesa. Pero, señorías, ¡qué quieren que les diga! Hay otro conjunto de resoluciones que no he citado, las que van desde la número 1 hasta la número 5, que tratan
sobre la cuestión fundamental que afecta al Consejo General del Poder Judicial y a la justicia, concretamente a los órganos de la justicia, y es que con ninguna de todas estas propuestas de resolución, aunque se aprobaran todas las que ha traído el
conjunto de grupos parlamentarios, resolveríamos el problema fundamental y lo que ya en la calle es un clamor, y es la necesidad de despolitizar la justicia. Mientras no resolvamos eso, mientras no despoliticemos el órgano de los jueces, el Consejo
General del Poder Judicial, no resolveremos el problema fundamental que tenemos en España.


Aquí hemos hablado mucho de la corrupción; lo han mencionado mis colegas y el señor Olabarría acaba de hablar de la lacra de la corrupción, de cómo nos miren. ¡Oiga!: justicia politizada, corrupción asegurada. La separación de poderes es
clave para resolver los problemas de la justicia; la separación de poderes es fundamental, es clave. Sin justicia independiente, no hay democracia. Aunque resolvamos todas estas cuestiones, todas ellas interesantes, no resolveremos la
fundamental. ¿Y la fundamental cuál es, señorías? (Muestra un gráfico). La fundamental es este cuadro, que sigue siendo el cuadro de la vergüenza, el cuadro del reparto de la tarta entre quienes lo componen, donde están propuestos y repartidos a
pachas entre los grupos de la Cámara: unos cuantos para el PP, unos cuantos para el PSOE, uno para Izquierda Unida, uno para el PNV y uno para Convergència i Unió, y de este grupo ha dimitido la que estaba y han puesto a otro del cupo, porque ni
siquiera se han puesto a discutir. Mientras no resolvamos este cuadro, no resolveremos nada. Lo que haremos será poner parches; parches y nada más que parches. Mientras no despoliticemos el órgano de la justicia y todos los órganos que de él se
derivan, no nos habremos enfrentado con el principal problema que tenemos en España; son unos órganos de la justicia politizados que están íntimamente relacionados -no los órganos, sino que la justicia está politizada- con el principal problema que
tiene nuestro país, que es la corrupción política.


Señorías, debatamos las propuestas de resolución, hagamos pequeños avances pero tendremos sin aprobar la principal de las iniciativas, la principal de las asignaturas que tenemos suspendida y muy suspendida. En este país no hay una justicia
independiente, no hay separación de poderes y por tanto la corrupción tiene un caldo de cultivo extraordinariamente bien regado y bien fortalecido.


Gracias, presidenta. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Propuesta del Grupo de La Izquierda Plural. Señor Llamazares.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señora presidenta.


Señorías, un requisito indispensable para que nos respeten es que nos respetemos a nosotros mismos, también en el debate parlamentario. Mi grupo parlamentario presenta una serie de resoluciones que tienen que ver con la memoria del Consejo
General del Poder Judicial del año 2013. Eso quiere decir que tenemos un primer problema de procedimiento porque cuando discutimos sobre el Consejo General del Poder Judicial ese órgano ya no existe y hay otro nuevo Consejo General del Poder
Judicial que presenta sus memorias a la Cámara. Ese es un primer problema: la necesidad de actualizar la memoria del consejo y de poder debatir de esa memoria en el Congreso de los Diputados, además de un mayor nivel de relación y de control entre
el Congreso de los Diputados y el Consejo General del Poder Judicial. Sí, señorías, de control, porque no estamos hablando del Poder Judicial, señora Díez, no hablamos de eso; hablamos del órgano de gobierno del Poder Judicial, un órgano político
que debe ser nombrado políticamente o bien por parte del Parlamento o bien directamente por parte de los ciudadanos.


¿Qué problema hay? Primer problema, que el Parlamento considere que son las cuotas la única forma de elegir a los miembros del Consejo General del Poder Judicial. Es una degradación de la actividad política y de la actividad parlamentaria.
Pero hay otra degradación de la que nunca se habla; no se habla nunca de las ovejas, señorías. Cuando se nombra a una persona en una institución tiene criterio propio,



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es profesional y es independiente; no sigue, como las ovejas, las indicaciones de su partido. Ese es el problema también en el ámbito institucional, que cada uno debemos asumir nuestra propia responsabilidad, no derivar siempre la
responsabilidad hacia quien nos ha nombrado para luego, cuando toca, decir que somos técnicos y que no tenemos nada que ver con la elección parlamentaria.


Señorías, este debate de las resoluciones de este año está especialmente teñido por la corrupción. Ya no podemos decir, como en Hamlet, que algo huele a podrido; no, señorías, apesta y el órgano de gobierno de los jueces ha decidido
taparse la nariz. Lo último que ha ocurrido en la Audiencia Nacional con el caso del juez Ruz es la demostración más palpable de la falsedad de las iniciativas contra la corrupción por parte del Gobierno. El señor ministro de Justicia, señor
Catalá, y el señor Lesmes se han encargado de extenderle un finiquito al juez Ruz. No les vale el juez Garzón, está claro que no les valía; no les vale tampoco el juez Carmona; no les vale, por supuesto, el señor Bermúdez; pero tampoco les vale
el juez Ruz. ¿Qué pasa? ¿No les vale ningún juez? No, lo que no les vale es la justicia, solamente les vale la impunidad. (Aplausos).


Esa es la realidad de lo que estamos viviendo en nuestro país. Todos los argumentos, todas las medidas de futuro en torno a la lucha contra la corrupción y a la mejora de la justicia han caído por tierra en las últimas horas. Es piedra de
escándalo la actitud del Gobierno con respecto a la lucha contra la corrupción, a la lucha contra su corrupción; pero es también piedra de escándalo el funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial porque el presidente del consejo se ha
encargado de desapoderar al pleno del consejo de sus competencias. Es decir, ya no tenemos un órgano de gobierno, tenemos un Parlamento, tenemos un Parlamento bis, que son aquellos miembros del Consejo General del Poder Judicial que podríamos
llamar supernumerarios y, por otra parte, tenemos a los miembros del órgano de gobierno de su permanente, los numerarios del Consejo General del Poder Judicial, la camarilla del señor Lesmes, que es la que decide sobre lo importante.


Señorías, estamos asistiendo a una degradación de la vida política, a una degradación por la corrupción, pero es aún peor la sensación de impunidad y peor aún es la incapacidad, la impotencia de las fuerzas políticas y, en concreto, la
impotencia de quien más responsabilidad tiene, que es el Gobierno, para abordar ese tema. Con esta decisión no solamente huele a podrido en Dinamarca, con esta decisión el Consejo General del Poder Judicial no decide ser o hacer; lo que hace el
Consejo General del Poder Judicial, sencillamente, es intervenir de parte, la permanente del Consejo General del Poder Judicial, taparse la nariz ante la corrupción y extender ante los ciudadanos una imagen, la imagen de que no se quiere luchar
contra la corrupción, la imagen de que se prefiere la impunidad por parte del Gobierno, con la colaboración del presidente del consejo. Por eso, si nosotros pudiéramos hacer alguna enmienda a ese conjunto de resoluciones, algunas de ellas tienen
que ver con las macrocausas, que tienen que ver con la prórroga del juez Ruz en su comisión de servicios, si pudiéramos hacer alguna enmienda pediríamos el cese del señor Lesmes y del nuevo ministro de Justicia.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Por el Grupo de Convergència i Unió, para presentar sus propuestas, señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Señora presidenta, señorías, Convergència i Unió ha presentado veintiséis propuestas de resolución que se dirigen a tres ámbitos muy concretos. Un primer ámbito, claramente coincidente con las propuestas presentadas
por el Grupo Vasco, pide al Consejo General del Poder Judicial que como protagonista en el gobierno del Poder Judicial intervenga activamente cada vez que realiza un informe, cada vez que realiza una propuesta, en una asignatura pendiente, y es que
no estamos cumpliendo las previsiones de los estatutos de autonomía de nueva generación en lo que han introducido en materia de Poder Judicial en las respectivas comunidades autónomas, y no se ha hecho ni caso a esas previsiones estatutarias. Es un
incumplimiento de leyes orgánicas aprobadas por estas Cortes Generales, y me refiero a los temas de lengua, a los temas de los consejos de justicia, al traspaso de los medios personales, que son competencia de esas comunidades autónomas, a las
atribuciones que deben tener los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas, de acuerdo con los estatutos y de acuerdo también con el artículo 152 de la Constitución, a las previsiones de intervenir activamente las comunidades
autónomas en la definición de la planta y demarcación judicial de sus respectivos territorios. Por tanto, este es un primer bloque de propuestas.


Un segundo bloque relativo a denunciar determinados cambios legislativos que se están operando y que se dirigen en contra del modelo de justicia que nosotros queremos defender. Me refiero a la introducción



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en el Código Penal de la prisión permanente -revisable pero permanente-, ese concepto de prisión permanente que se aparta de las previsiones del artículo 25 de nuestra Constitución. Me refiero a lo que ha supuesto la Ley de Tasas, pedimos
también la derogación de la Ley 10/2012, que ha supuesto un alejamiento del derecho a la tutela judicial efectiva. Pedimos también que en algo tan sencillo como la adaptación de una directiva comunitaria en materia de traducciones se respete el
principio de que no puede haber un registro único de los traductores, que los traductores forman parte del personal de las comunidades autónomas como administración de la Administración de Justicia y que debemos respetar, también aquí en esta
legislación que vamos a aprobar el próximo jueves, el ámbito competencial autonómico; o nos referimos también a la reciente reforma de la justicia universal que se ha apartado de ese mínimo común denominador que se había acordado en la pasada
legislatura. Por tanto, ese segundo bloque se dirige a reformas legislativas que se están operando en estos momentos.


Y un tercer bloque, en el que nos congratulamos de que finalmente se vayan a aprobar siete de nuestras propuestas de resolución, dirigido directamente a lo que debe ser una mejora de la justicia, de su funcionamiento. Como han dicho otros
portavoces, estamos finalizando el año 2014 y discutimos las resoluciones del año 2013. Hay que agilizar esa demora en el tratamiento de la memoria, y hay formas de poder agilizar la presentación de la memoria haciéndola coincidir con el año
judicial. Así no tendríamos la demora que estamos teniendo en estos momentos. Hay temas de interoperabilidad entre administraciones, pero respetando las competencias autonómicas; temas de mejoras de las estadísticas, temas de estudio de por qué
hay tantas sentencias no ejecutadas, o temas relativos a la mejora de las retribuciones. Sigue habiendo -en Cataluña de manera muy directa- demarcaciones como Tarragona, Girona o Lleida que tienen una carga de trabajo y cuya retribución no se
corresponde con el grupo que deberían tener si hoy actualizáramos los anexos de retribuciones. Esos jueces y magistrados salen retributivamente perdiendo, están discriminados por la carga de trabajo al no tener en esas demarcaciones el grupo que
les correspondería. Por tanto, también pedimos esa mejora en la actualización del anexo de retribuciones. Pedimos una profundización de la formación inicial y continuada y de la especialización de nuestros magistrados.


Termino ya, señora presidenta, señorías, con dos últimas propuestas. Una propuesta se dirige a la futura reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuya necesidad compartimos, que es un instrumento legislativo que puede ayudar muchísimo
a agilizar los procesos, especialmente las macrocausas que investigan temas de corrupción. De ahí que nosotros pidamos que en esa reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se vele de manera muy directa por todas las garantías necesarias en la
intervención de las comunicaciones telefónicas o de cualquier tipo. Hay que velar siempre por la autorización judicial cuando se intervienen las comunicaciones de los ciudadanos. Esto tiene que quedar garantizado. Nos duele hoy que el Grupo
Popular no apoye esta propuesta de resolución en la que pedimos un nuevo estatuto jurídico para los imputados, cambiando su denominación, que prejuzga una culpabilidad que es injusta porque no hay sentencia, porque son personas que están
testificando asistidas por un abogado, pero en ningún caso hay una presunción de culpabilidad, como de la actual terminología así pudiera desprenderse y como desde un punto de vista mediático está ocurriendo cada vez que una persona es imputada.
Por tanto, ese nuevo estatuto jurídico del imputado, esa necesidad de acortar los procesos, esa necesidad de aportar más medios a la investigación, todo ello redunda en esa necesaria lucha contra la corrupción.


También pedimos de manera muy directa que se vele por las filtraciones de los secretos de sumario. Es una agresión directa a ese secreto de sumario, a los datos personales que en determinados sumarios hay de conversaciones telefónicas que
después salen filtradas de manera sesgada. Esto se aleja totalmente de lo que está permitido y, en cambio, no hay ninguna responsabilidad cuando esto sucede. Pedimos que se analice de qué forma podemos tratar esa vulneración a través de
filtraciones de los secretos del sumario.


Por último, nos congratulamos desde Convergència i Unió de que se apruebe finalmente una propuesta de resolución que habíamos presentado ya en anteriores ejercicios. Hoy se va a aprobar y queremos dar valor al impulso de mecanismos que
intenten conseguir esa necesaria disminución de los procesos judiciales, respetando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, que establece que un proceso judicial que dure más de cinco años es contrario al derecho a un juicio
justo. Nos congratulamos de que hoy este Congreso de los Diputados apruebe con una resolución de Convergència i Unió este principio de que como regla general deberíamos tender a poner todos los medios para que un proceso no dure más de cinco años y
que nada quede impune. De acuerdo con esa



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jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, entendemos que no hay justicia cuando esa justicia es tardía. Por tanto, debemos entre todos esforzarnos para que a través de debates como el de hoy y resoluciones como las de hoy y a
través de cambios normativos que vayan más directamente ligados al principio del derecho a la tutela judicial efectiva, seamos más eficaces y consigamos entre todos un Poder Judicial mejor, más adaptado a las necesidades del siglo XXI, una justicia
garantista pero que no sea una justicia tardía.


Muchas gracias.


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Jané.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra para presentar sus propuestas, la señora Aguilar.


La señora AGUILAR RIVERO: Gracias, señora presidenta.


Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado dieciocho propuestas de las resolución, que son la consecuencia de la presentación y debate de la memoria del Consejo General del Poder Judicial y de los juzgados y tribunales de
justicia de 2013. Lo cierto y verdad es que el 29 de mayo de este año en esta Cámara se debatían las propuestas de resolución del consejo general relativas a la memoria de 2012. Hoy, 11 de diciembre de 2014, estamos debatiendo la memoria del año
2013, lo que pone de manifiesto que el Consejo General del Poder Judicial tiene un reto, un desafío y una deuda para con esta Cámara y para con el conjunto de la ciudadanía: hacer posible, con las decisiones oportunas, que se pueda conocer y
debatir la memoria del consejo general en tiempo real. De cualquier forma, mi grupo parlamentario -como no podía ser de otra manera- ha presentado las propuestas de resolución con una mirada puesta en la realidad actual de la Administración de
Justicia, del funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial y de aquello que ocupa, preocupa y demanda el conjunto de los ciudadanos y de las ciudadanas.


En este sentido, proponemos un conjunto de resoluciones encaminadas a la lucha contra la violencia de género. Permítanme que, en primer lugar, ante el asesinato de dos mujeres más en el día de ayer desde aquí manifieste nuestra solidaridad
con sus familiares. También permítanme señorías, que ponga de manifiesto que la violencia de genero, que es una lacra que pone en evidencia al conjunto de la sociedad, necesita no sólo un compromiso por parte de la ciudadanía sino que exige un
compromiso firme, expreso y concreto del conjunto de todas las administraciones, de todas las instituciones y por tanto del Consejo General del Poder Judicial. Por eso, proponemos que se refuerce la coordinación entre la Comisión de Igualdad y el
Observatorio contra la violencia doméstica y de género y que además el observatorio sea un instrumento útil para hacer más eficaces las decisiones de la Comisión de Igualdad en el ejercicio de sus funciones. Planteamos que de forma urgente se
impulsan cuantas medidas sean necesarias por parte del consejo para reforzar la protección de las quejas y los hijos menores que padecen la violencia de género en su núcleo familiar actuando y preservando el interés del menor, su vida y su futuro.
Instamos al consejo a colaborar con otras administraciones y con las comunidades autónomas para que se lleven a cabo medidas, actuaciones precisas para implementar oficinas multidisciplinares en atención a las víctimas que coadyuven a garantizar sus
derechos ante la Administración de Justicia. Y también instamos al Consejo a que se haga realidad la igualdad en el seno del propio órgano del Consejo, que los veinte vocales sean exactamente iguales en el desarrollo de sus trabajos y de sus
funciones, así como la igualdad de género en el ámbito del Consejo y la carrera judicial.


Señorías, llegado este momento de mi intervención, he de manifestarles que por parte de mi grupo parlamentario también se ha presentado un bloque esencial y fundamental de resoluciones que apuestan por la transparencia y la lucha contra la
corrupción. Conviene, aquí y ahora, recordar y señalar las palabras textuales que el presidente del Consejo General del Poder Judicial planteó en la presentación de la memoria. Decía que el Consejo jugaba un papel de garante de la independencia
judicial, que cobraba especial importancia frente a las presiones explícitas o implícitas que los miembros del Poder Judicial pudieran sufrir cuando estuvieran enjuiciando penalmente a personas relevantes del poder político o económico. Terminó su
intervención sobre la corrupción con el siguiente alegato: Apostemos cada uno desde nuestra responsabilidad para que nuestra Administración de Justicia sea una institución sólida y fiable, porque solo con una justicia que funcione será posible la
plenitud de nuestro Estado de derecho y la regeneración democrática que anhelamos. El Consejo General del Poder Judicial, decía el presidente, está comprometido con este objetivo. Y lo que el presidente manifestó en esta Cámara, nada más lejos de
la realidad de lo que ha sucedido en esta semana, en la que la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial ha tomado una decisión que pone en entredicho la independencia del consejo en relación al Gobierno, que afecta a la propia
credibilidad del consejo y que perjudica la confianza de los



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ciudadanos en la justicia. Hablo, como todas sus señorías imaginan y saben, de la decisión adoptada en relación al juez Ruz, una decisión que en el Grupo Parlamentario Socialista no compartimos, la haya votado quien la haya votado. Todo
parece indicar que el Gobierno y su presidente están satisfechos y contentos con esta decisión adoptada por la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial. Una decisión que aunque nos dicen que afecta a otros cuarenta jueces, tiene
impreso el nombre de Ruz, y la han tejido para evitar el escándalo social y político que hubiera supuesto que le hubieran apartado de inmediato de la causa que lleva instruyendo durante cuatro años y medio y que ahora está en su tramo final. Causa
que, como todos ustedes saben, señorías, es la que hace referencia a la trama Gürtel, a Bárcenas y a la presunta financiación irregular del Partido Popular. Ante esta realidad, al juez se le ha situado en una precariedad total en su trabajo, le han
puesto fecha de caducidad y, por si fuera poco, lo han situado conscientemente al borde del precipicio, porque se le obliga a que él mismo pida por escrito quedarse como juez de apoyo, pase a segunda división y dependa de lo que determine y decida
la voluntad del juez titular. Una manera pensada sin lugar a dudas para afectar directamente el trabajo que lleva a cabo el juez Ruz y, por otra parte, confundir a la ciudadanía a la que le están diciendo que el juez Ruz va a seguir haciendo lo
mismo. No es verdad, porque si fuera así, ¿por qué la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial no ha prorrogado por seis meses la comisión de servicio, que era el camino recto, el claro, el diáfano? Seguramente porque no han
querido, porque lo que buscaban era ir a otro lugar, es decir, ponerle al juez Ruz el punto final. Esa es la realidad.


Termino planteando una cuestión. El presidente del Consejo General del Poder Judicial se comprometió a comparecer ante la Cámara en el ámbito de la Comisión de Justicia no tan solo cuando viniera a presentar la memoria. Pues bien, después
de lo que ha sucedido, de cómo ha actuado el presidente del Consejo General del Poder Judicial, es indispensable, desde el punto de vista de la democracia y de la lucha contra la corrupción para responder a lo que la ciudadanía está demandando, que
el presidente venga al Parlamento. El Grupo Parlamentario Socialista ya ha solicitado esa comparecencia. Hace falta algo esencial, señores del Grupo Parlamentario Popular, y es que ustedes no lo veten, que no lo impidan, que dejen que venga el
presidente, que dé las explicaciones y las razones de la decisión que han adoptado, porque, de impedirlo, lo que se pondría en evidencia es lo que se esconde de verdad detrás de la decisión de la Comisión permanente del Consejo General del Poder
Judicial.


Sin duda, la justicia necesita ganar fortaleza y credibilidad y si somos capaces de aprobar las resoluciones que se han presentado, y yo les pido el voto favorable para las de mi grupo parlamentario, habremos dado...


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señora Aguilar, ha acabado su tiempo.


La señora AGUILAR RIVERO: ... un gran paso. Pero lo fundamental es que no se nieguen, que tanto el presidente del Consejo General del Poder Judicial como el ministro de Justicia vengan a esta Cámara, expliquen, den razones,...


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señora Aguilar...


La señora AGUILAR RIVERO: ... fundamenten lo que ha ocurrido y de verdad podamos aclararlo, porque se lo debemos a las ciudadanas y a los ciudadanos.


Muchas gracias. (Aplausos).


La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Para defender las propuestas del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Molinero.


El señor MOLINERO HOYOS: Gracias, señora presidenta.


Señorías, como habrán podido comprobar muchos de ustedes, algunos de los intervinientes de esta tarde han olvidado lo que dice el artículo 122 de la Constitución española, que caracteriza al Consejo General del Poder Judicial como el órgano
de gobierno de los jueces. Se han dedicado más a criticar la labor del ministro de Justicia que a debatir lo que es en sí la memoria del consejo. Algunos de ellos han hecho célebre la famosa frase del poeta, ensayista y novelista Francisco Umbral
cuando decía: Yo he venido aquí a hablar de mi libro. Efectivamente, han venido a hablar de su libro; un libro basado en falsedades, en mentiras, en manipulaciones. Señor Llamazares, a mí me gustaría saber dónde está la independencia del Poder
Judicial que usted reclama en los casos de acoso y derribo de la juez Ayala en Andalucía, me gustaría saberlo. (Aplausos).



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Señora Aguilar, que hable usted de la vacante del juez Ruz cuando uno de los miembros designado por ustedes está apoyando precisamente lo contrario de lo que usted está exponiendo ahora, ¿qué quiere que le diga? Me quedo perplejo. ¿Sabe
por qué? Porque precisamente la persona designada por su partido defiende la legalidad y usted está cuestionando el tema desde el punto de vista político. Yo les diría que no manoseen más a los jueces, que los dejen trabajar, que los necesitamos.
(Aplausos.-Varios señores diputados: ¡Muy bien!). ¿Cómo van a ser independientes los jueces si, de entrada, no hacen nada más que un acoso y derribo y un manoseo constante y continuo contra ellos?


Entrando en el fondo del asunto, señorías, no puedo pasar por alto la oportunidad que se me brinda desde esta tribuna de felicitar al Consejo General del Poder Judicial por el grado de transparencia que está mostrando en dar a conocer su
actividad. Es apropiado reconocer que tenemos un Consejo General del Poder Judicial transparente y abierto al ciudadano a través de su página web, que cumple escrupulosamente el mandato del Gobierno en materia de transparencia y de buen gobierno,
principios fundamentales que, cómo saben, rigen la política de este Gobierno. A través de la memoria podemos tener una radiografía exacta del panorama de la Administración de Justicia, donde se plantean los problemas y se abordan respuestas a los
mismos, así como soluciones para mejorar la agilidad, cercanía y calidad de nuestra justicia. Fíjense si tiene importancia la memoria que, gracias a ella, conocemos el descenso de litigiosidad o que el número de asuntos resueltos supera al número
de asuntos entrantes. (El señor presidente ocupa la Presidencia). Por esa razón, señorías, la presentación de la memoria tiene una gran importancia, porque a través de sus datos cuantitativos y cualitativos podemos diagnosticar con precisión la
salud de la justicia y aplicar las medidas más eficaces y eficientes para dar una mejor respuesta al ciudadano. Sin embargo, también es cierto que consideramos que deben mejorarse esos datos estadísticos, porque si la estadística no es rigurosa,
indudablemente no nos servirá al fin previsto. Esa es una de las causas que está produciendo una importante desproporción entre el número de asuntos contabilizados y los realmente tramitados, generando una falsa o ficticia litigiosidad con la que
el Gobierno tiene que tomar decisiones para resolver los problemas estructurales y organizativos. Difícilmente, señorías, puede tomar el Gobierno una medida eficaz y eficiente para reducir la carga de trabajo de jueces y magistrados si parte de
unos datos que son erróneos, inciertos o imprecisos. Además, esa estadística no ajustada puede colocar a España como uno de los países de mayor litigiosidad de Europa, cuando en realidad no es así, como se ha demostrado con la memoria de la
Fiscalía General del Estado, en donde se ha percibido un notable descenso del número de asuntos.


Señorías, mi grupo parlamentario ha presentado cinco propuestas de resolución muy concretas que consideramos de importancia tratar. Por una parte, porque hacen frente a la falta de inmediatez de la memoria, a fin de que se recojan datos
estadísticos con referencia al año judicial y no al año natural. Por otra parte, elaborar un sistema de medición que determine con claridad y precisión la carga de trabajo real que soportan los distintos órganos jurisdiccionales para aportar
medidas y soluciones concretas a ese problema. En dichas propuestas instamos al consejo a que subsane la falta de inmediatez. También proponemos conocer el impacto que ha tenido la implantación de la ley de mediación en asuntos civiles y
mercantiles en relación con la reducción de la litigiosidad y su incidencia sobre la carga de trabajo. Además, pedimos que se analice si el régimen de sustituciones profesionales y reducción de la interinidad ha afectado al volumen global de
asuntos resueltos y pendientes. Igualmente, creemos que es necesario que el consejo elabore y apruebe un sistema de medición de carga de trabajo partiendo de indicadores fiables que permitan adoptar soluciones adecuadas para la mejor distribución
de la carga de trabajo.


Respecto a las propuestas de resolución formuladas por los distintos grupos parlamentarios, agradezco la deferencia que han tenido algunos de ellos respecto a la aprobación de enmiendas que van a enriquecer -no cabe la menor duda- esa
memoria futura que redacte el consejo, aunque hay otras que exceden las competencias propias del consejo. Permítanme que dedique mi atención a aquellas propuestas que consideramos aceptables y que vamos a apoyar. Son unas propuestas de resolución
presentadas por los distintos grupos parlamentarios que apuestan por el incremento de medidas de protección de menores o que favorecen la conciliación familiar, por una mayor formación específica de los jueces y fiscales en materia de violencia
doméstica y violencia contra la mujer, por la compatibilidad de los sistemas informáticos y el expediente electrónico. Acabemos de una vez por todas con la famosa torre de Babel que tenemos en la justicia que hace casi imposible que se comuniquen
dos juzgados casi de la misma localidad; por la elaboración de un sistema de medición de carga de trabajo; por el fomento, mediación y arbitraje; por la mejora de estadísticas; por potenciar la lucha contra la corrupción; por promover
mecanismos que disminuyan la excesiva duración de los juicios, e incluso apostamos por elaborar un libro blanco de la



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justicia que recoja las propuestas formuladas por jueces y magistrados. Sin embargo, no podemos compartir otro número determinado de propuestas de resolución presentadas por los distintos partidos, porque consideramos que son extemporáneas,
ya que tratan de modificar leyes que han sido debatidas y aprobadas en esta Cámara y que, por tanto, no tiene razón de ser tratarlas dentro del contexto de la memoria general del Poder Judicial. En otros casos también la rechazamos, porque si bien
compartimos la finalidad de las mismas, estas exceden de las competencias propias del consejo, como por ejemplo el informe consolidado del coste de las administraciones de justicia, incluyendo las administraciones autonómicas; el informe sobre el
sistema de aforamientos o medidas que favorezcan la movilidad territorial de los trabajadores del ámbito judicial. Entendemos que estas propuestas exceden de las competencias propias del consejo. El resto de las propuestas creemos que no son
necesarias, tal y como están planteadas.


En definitiva, hemos tratado de aceptar aquellas propuestas que están en la línea de las funciones y competencias del consejo y que se aproximan a los objetivos del Gobierno y de mi grupo parlamentario, que no son otros que, en primer lugar,
el compromiso con los ciudadanos de modernizar la justicia del país y, en segundo lugar, controlar y racionalizar los recursos públicos para la sostenibilidad del sistema, gestionándolos con eficacia y eficiencia. Vivimos en tiempos difíciles, pero
no por ello desistimos de nuestro principal objetivo, que es reforzar la confianza de los ciudadanos en la Administración de Justicia, ofreciéndoles una justicia moderna y de calidad. Esa justicia moderna y de calidad parte de un pilar fundamental,
que es no solo la independencia del Poder Judicial, sino el no manoseo que se viene haciendo de esos jueces y de esos fiscales.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Molinero.


En dos minutos empezamos la votación. (Pausa).


JURAMENTO O PROMESA DE ACATAMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN POR NUEVOS SEÑORES DIPUTADOS.


El señor PRESIDENTE: Por favor, ocupen sus escaños.


Antes de comenzar las votaciones, vamos a proceder al juramento o promesa de acatamiento de la Constitución, conforme al artículo 20.1.3.º del Reglamento. En sustitución de don Rubén Moreno Palanques, pregunto a doña María Martín Revuelta
si jura o promete acatar la Constitución.


La señora MARTÍN REVUELTA: Sí, juro.


El señor PRESIDENTE: Doña María Martín Revuelta ha adquirido la condición plena de diputada. Enhorabuena. (Aplausos).


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES. (VOTACIÓN):


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE IU, ICV-EUIA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL, SOBRE EL BALANCE DE LA LEY 1/2013, DE 14 DE MAYO, DE MEDIDAS PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN DE LOS DEUDORES HIPOTECARIOS, REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA Y ALQUILER SOCIAL, Y LAS
MEDIDAS QUE PIENSA ADOPTAR EL GOBIERNO PARA SUPERAR EL FRACASO DE SUS POLÍTICAS. (Número de expediente 173/000187).


El señor PRESIDENTE: Vamos a comenzar las votaciones, que ya advierto que son bastantes y, por tanto, será un periodo largo.


Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo de La Izquierda Plural, sobre el balance de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de la deuda y alquiler
social, y las medidas que piensa adoptar el Gobierno para superar el fracaso de sus políticas. Hay una transaccional a la moción con las enmiendas del Grupo Catalán (Convergència i Unió) y del Grupo Vasco, PNV. Esa transaccional es la que vamos a
votar.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319; a favor, 139; en contra, 180.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



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ENMIENDAS DEL SENADO. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY DE METROLOGÍA. (Número de expediente 121/000095).


El señor PRESIDENTE: Enmiendas del Senado al proyecto de ley de Metrología. En primer lugar, enmiendas al articulo 4, al articulo 22.2 b) y al apartado 8 de la disposición final tercera.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319; a favor, 175; en contra, 142; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Resto de enmiendas del proyecto de ley de Metrología.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 176; en contra, 135; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS INTERNACIONALES. (VOTACIÓN):


- CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SOBRE COOPERACIÓN EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, HECHO EN MADRID EL 10 DE JUNIO DE 2014. (Número de expediente 110/000137).


- CONVENIO SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DEL SENEGAL, HECHO EN DAKAR EL 11 DE ABRIL DE 2014. (Número de expediente 110/000138).


El señor PRESIDENTE: Dado que no ha habido intervenciones de los grupos, pregunto al Pleno si pueden votarse por asentimiento los dos dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales. (Asentimiento).


Quedan aprobados por asentimiento.


DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA APROBADA POR DECRETO DE 8 DE FEBRERO DE 1946 Y DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CATASTRO INMOBILIARIO, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO. (Número de expediente
121/000100).


El señor PRESIDENTE: Debate de totalidad de iniciativas legislativas. Votación de la enmienda a la totalidad de devolución al proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria, aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946, y del texto
refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. Hay tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319 más 3 votos telemáticos, 322; a favor, 115 más 2 votos telemáticos, 117; en contra, 194 más 1 voto telemático, 195; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


AVOCACIÓN POR EL PLENO:


El señor PRESIDENTE: Se ha solicitado la avocación por el Pleno de la Cámara de este proyecto de ley. Hay tres votos emitidos telemáticamente.



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Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319 más 3 votos telemáticos, 322; a favor, 141 más 1 voto telemático, 142; en contra, 177 más 2 votos telemáticos, 179; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: No será avocado a Pleno.


- PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE REFORMA ADMINISTRATIVA EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DEL REGISTRO CIVIL. (Número de expediente 121/000101).


El señor PRESIDENTE: Votación de la enmienda a la totalidad de devolución del proyecto de ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, presentada por el Grupo Socialista. Hay
tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319 más 3 votos telemáticos, 322; a favor, 121 más 2 votos telemáticos, 123; en contra, 181 más 1 voto telemático, 182; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


AVOCACIÓN POR EL PLENO:


El señor PRESIDENTE: Se ha solicitado la avocación por el Pleno de este proyecto de ley. Hay tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 317 más 3 votos telemáticos, 320; a favor, 138 más 1 voto telemático, 139; en contra, 178 más 2 votos telemáticos, 180; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: No se avoca a Pleno.


- PROYECTO DE LEY DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA. (Número de expediente 121/000112).


El señor PRESIDENTE: Votación conjunta de las enmiendas a la totalidad de devolución al proyecto de ley de la jurisdicción voluntaria presentadas por los grupos parlamentarios de Unión Progreso y Democracia, La Izquierda Plural y
Socialista. Hay tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318 más 3 votos telemáticos, 321; a favor, 120 más 2 votos telemáticos, 122; en contra, 192 más 1 voto telemático, 193; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


AVOCACIÓN POR EL PLENO:


El señor PRESIDENTE: Solicitud de avocación a Pleno de este proyecto de ley, con tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318 más 3 votos telemáticos, 321; a favor, 141 más 1 voto telemático, 142; en contra, 177 más 2 votos telemáticos, 179.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la avocación a Pleno.



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- PROYECTO DE LEY PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL. (Número de expediente 121/000121).


El señor PRESIDENTE: Votación conjunta de las enmiendas a la totalidad de devolución al proyecto de ley para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial, presentadas por los Grupos Parlamentarios Mixto (señor Tardà y señora Pérez
Fernández), La Izquierda Plural, Grupo Catalán de Convergència i Unió y Socialista. Hay tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319 más 3 votos telemáticos, 322; a favor, 135 más 2 votos telemáticos, 137; en contra 184 más 1 voto telemático, 185.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


AVOCACIÓN POR EL PLENO:


El señor PRESIDENTE: Avocación a Pleno de este proyecto de ley.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 140; en contra, 176; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: No será avocado a Pleno.


DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIÓN):


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA. (Número de expediente 121/000105).


El señor PRESIDENTE: Vamos a comenzar ahora la votación de las enmiendas al proyecto de ley orgánica de protección de la seguridad ciudadana. Me limitaré a decir, como ya hicimos anteriormente, si se aprueban o se rechazan.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, de la señora Pérez Fernández. Enmiendas 10, 22, 25, 29, 35, 37, 40 y 41.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 134; en contra, 179; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 11, 16, 19, 24, 27 y 38.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 316; a favor, 35; en contra, 177; abstenciones, 104.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de la señora Pérez Fernández.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 34; en contra, 276; abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del señor Tardà. Enmiendas 233, 234, 238, 240 y 246.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319; a favor, 40; en contra, 181; abstenciones, 98.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 237, 239, 245, 247, 248, 250 y 251.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 316; a favor, 132; en contra, 178; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas del señor Tardà.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 40; en contra, 276; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco, PNV. Enmiendas 44, 45, 48, 54, 71, 77, 84, 85, 87, 89 y 93.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 134; en contra, 179; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 46, 47, 55, 57, 59, 62, 64, 68, 70, 81 y 91.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 37; en contra, 178; abstenciones, 103.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 74.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 317; a favor, 33; en contra, 179; abstenciones, 105.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas del PNV.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 316; a favor, 35; en contra, 275; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de Unión Progreso y Democracia. En primer lugar, enmiendas 208, 209, 212 a 214, 217, 218, 224 y 232.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 317; a favor, 13; en contra, 193; abstenciones, 111.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 219, 221, 227 y 230.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 317; a favor, 113; en contra, 193; abstenciones, 11.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de UPyD.



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Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 315; a favor, 13; en contra, 277; abstenciones, 25.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de La Izquierda Plural. En primer lugar, enmiendas 94, 96, 97, 100 106, 107, 114 a 116, 120, 122, 124, 125, 128, 129, 131 a 133, 137, 140 y 141.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319; a favor, 135; en contra, 179; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 102 a 104, 111 y 135.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 316; a favor, 37; en contra, 179; abstenciones, 100.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de La Izquierda Plural.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 317; a favor, 40; en contra, 275; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Catalán de Convergència i Unió. En primer lugar, enmiendas 252, 253, 258, 267 y 270.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 36; en contra, 181; abstenciones, 101.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 256, 259, 265, 266 y 268.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 139; en contra, 178; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 260 y 269.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 23; en contra, 287; abstenciones, 8.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 261.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 21; en contra, 288; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas del Grupo Catalán de Convergència i Unió.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 35; en contra, 282; abstenciones, 1.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Socialista. En primer lugar, la enmienda 156.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 132; en contra, 181; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas del Grupo Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 318; a favor, 138; en contra, 178; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Vamos a votar ahora el dictamen de la Comisión, del que daré el resultado.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319; a favor, 179; en contra, 140.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


VOTACIÓN DE CONJUNTO:


El señor PRESIDENTE: Votación del conjunto del proyecto de ley orgánica de protección de la seguridad ciudadana, por tener el mismo carácter orgánico. Hay tres votos emitidos telemáticamente.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 319 más 3 votos telemáticos, 322; a favor, 179 más 2 votos telemáticos, 181; en contra, 140 más 1 voto telemático, 141.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana. (Aplausos).


PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN RELATIVAS A LAS MEMORIAS DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. (VOTACIÓN):


- MEMORIA SOBRE EL ESTADO, FUNCIONAMIENTO Y ACTIVIDADES DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Y DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE JUSTICIA, ASÍ COMO MEMORIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2013. (Número de expediente
245/000005).


El señor PRESIDENTE: Memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades del Consejo General del Poder Judicial y de los juzgados y tribunales de justicia, así como memoria del Tribunal Supremo, correspondientes al año 2013. Hay
propuestas de resolución de los grupos. Iremos votándolas una por una.


En primer lugar, propuesta 1, en los términos de la enmienda transaccional presentada por el Grupo Popular en el Congreso y por el Grupo de Unión Progreso y Democracia. Estas son las propuestas del Grupo de Unión Progreso y Democracia.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 309; en contra, 1; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuesta 2.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 313; a favor, 6; en contra, 299; abstenciones, 8.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 3.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 4; en contra, 198; abstenciones, 110.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 4.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 9; en contra, 178; abstenciones, 122.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuestas 5 y 6.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 129; en contra, 178; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta 7.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 294; en contra, 13; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuesta 8.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 5; en contra, 195; abstenciones, 112.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 9.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 102; en contra, 183; abstenciones, 27.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 10, en los términos de la enmienda 2 del Grupo Popular.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 312; a favor, 292; en contra, 2; abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuesta 11.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 113; en contra, 178; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 12.


Comienza la votación. (Pausa).



Página 105





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 123; en contra, 183; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuestas 13 y 15.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 305; en contra, 3; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuesta 14.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 27; en contra, 181; abstenciones, 100.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 16.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 9; en contra, 270; abstenciones, 30.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuestas de resolución formuladas por el Grupo Vasco, PNV. Empezamos con las propuestas 17, 22 y 23.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 31; en contra, 273; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta 18, en los términos de la enmienda 3 del Grupo Popular.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 305; en contra, 2; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuesta 19, en los términos de la enmienda 4 del Grupo Popular.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 301; en contra, 1; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuestas 20, 21 y 26.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 131; en contra, 175; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuestas 24 y 27.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 310; a favor, 36; en contra, 178; abstenciones, 96.



Página 106





El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta 25.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 304; en contra, 1; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuestas de resolución formuladas por La Izquierda Plural. Propuestas 38 y 41.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 116; en contra, 177; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta 40.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 23; en contra, 271; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 42, en los términos de la enmienda 5 del Grupo Popular.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 304; en contra, 1; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuesta 44.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 34; en contra, 180; abstenciones, 95.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 47.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 302; en contra, 4; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de propuestas de La Izquierda Plural.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a favor, 128; en contra, 177; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuestas formuladas por el Grupo Popular. En primer lugar, propuesta 51.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 186; en contra, 17; abstenciones, 106.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de propuestas del Grupo Popular.


Comienza la votación. (Pausa).



Página 107





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 199; en contra, 3; abstenciones, 105.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuestas formuladas por el Grupo Socialista. Propuestas 57 y 64.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 307; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuesta 71, que se vota en sus términos.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 309; a favor, 113; en contra, 178; abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de propuestas del Grupo Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 126; en contra, 177; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuestas de resolución formuladas por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). En primer lugar, propuestas 72, 73 y 75.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 29; en contra, 272; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta 77.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 32; en contra, 178; abstenciones, 97.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuestas 84 y 88.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 300; en contra, 4; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuesta 85.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 210; en contra, 2; abstenciones, 94.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Propuestas 86, 87 y 90.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 304; en contra, 1; abstenciones, 2.



Página 108





El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Propuesta 89.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a favor, 119; en contra, 177; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuestas 94 y 96.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 21; en contra, 184; abstenciones, 102.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Propuesta 95.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 23; en contra, 277; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Propuesta 97, en los términos de la enmienda 6 del Grupo Parlamentario Popular.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 304; en contra, 1; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de propuestas de Convergència i Unió.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 307; a favor, 126; en contra, 178; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Se levanta la sesión.


Eran las seis y cincuenta y cinco minutos de la tarde.