Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 812, de 18/05/2015
cve: DSCD-10-CO-812 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 812

SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. MARIO MINGO ZAPATERO

Sesión núm. 35

celebrada el lunes,

18 de mayo de 2015



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de las ponencias designadas para informar sobre:


- Proyecto de ley orgánica de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. (Número de expediente 121/000130) ... (Página2)


- Proyecto de ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. (Número de expediente 121/000131) ... (Página2)


Emitir dictamen a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proyecto de ley orgánica de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. (Número de expediente 121/000130) ... (Página2)


- Proyecto de ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. (Número de expediente 121/000131) ... (Página2)



Página 2





Se abre la sesión a las doce y cinco minutos del mediodía.


RATIFICACIÓN DE LAS PONENCIAS DESIGNADAS PARA INFORMAR SOBRE:


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA. (Número de expediente 121/000130).


- PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA. (Número de expediente 121/000131).


El señor PRESIDENTE: Señorías, se abre la sesión de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales número 35 con el orden del día que ustedes ya conocen.


En primer lugar, la ratificación de las ponencias designadas para informar las siguientes iniciativas legislativas: proyecto de ley orgánica de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y proyecto de ley de
modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. ¿Se aprueba? (Asentimiento).


Queda pues aprobada por asentimiento.


EMITIR DICTAMEN A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA. (Número de expediente 121/000130).


- PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA. (Número de expediente 121/000131).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al 2.º punto del orden del día: emitir dictamen a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre: el proyecto de ley orgánica de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y
el proyecto de ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.


Como hemos acordado en reunión previa, vamos a debatir conjuntamente las dos leyes y luego votaremos por separado. La votación no tendrá lugar antes de la una y media, y espero que no mucho más tarde.


Sin más preámbulos, voy a empezar a dar la palabra a los distintos grupos parlamentarios, de menor a mayor. Por tanto, en primer lugar, por el Grupo Vasco, tiene la palabra su portavoz doña Isabel Sánchez.


La señora SÁNCHEZ ROBLES: Señorías, tal y como la Presidencia ha señalado, debatimos hoy sobre sendos proyectos de ley que tienen por objeto la modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que se ha abordado
mediante dos leyes, una de carácter orgánico y otra de carácter ordinario.


Antes de comenzar la defensa de las enmiendas formuladas por mi grupo, quisiera hacer una referencia a la complejidad del sistema de fuentes que afecta a estas dos normas. En el ámbito de la protección de menores, desde la Ley Orgánica
1/1996, de Protección Jurídica del Menor, aquella parte que afecta a la modificación parcial del Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil, viene rigiendo un sistema de fuentes complejo con objeto de preservar las distintas competencias
autonómicas sin que en principio los dos proyectos de ley en tramitación lo modifiquen. Por un lado, se hallan los aspectos que han de regularse por ley orgánica para afectar directamente al desarrollo de los derechos fundamentales y libertades
públicas de los menores y, en la medida en que afecta al contenido esencial de dichos derechos y libertades, obviamente corresponderá al Estado su regulación, en virtud del artículo 81 de la Constitución; eso no lo discutimos.


En el ámbito de la legislación ordinaria, la Ley Orgánica 1/1996, prevé la posibilidad de asimetrías normativas derivadas del marco competencial autonómico. De hecho, es su disposición adicional vigesimoprimera preserva las competencias
autonómicas de naturaleza normativa que algunas comunidades autónomas poseemos en materia de asistencia social y derecho civil, propio y foral. A tal efecto, además designa una serie de artículos de la ley estatal que, por abordar aspectos
relativos a servicios sociales de atención al menor y su organización, los declara normativa supletoria de la autonómica. Esto significa que se aplicará en la medida en que la comunidad autónoma con competencia en asistencia social carezca de dicha
normativa. El resto de los preceptos que carezcan de naturaleza



Página 3





orgánica poseen por tanto naturaleza ordinaria, y entre estos de nuevo se encuentra la disposición adicional a la que me he referido, que distingue dos grupos: los preceptos que el Estado dicta al amparo de sus propios títulos normativos en
materia de relaciones internacionales, Administración de Justicia y legislación procesal, y aquellos otros preceptos que el Estado dicta al amparo de su competencia sobre legislación civil y que las comunidades autónomas con competencias en materia
de derecho civil propio, especial y foral, tal y como establece el artículo 141.8 de la Constitución, aplicarán sin perjuicio de la legislación autonómica.


Lo que sí hace este proyecto de ley -aquí empiezan nuestras diferencias- es ampliar el listado de preceptos de naturaleza ordinaria, modificando la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley Orgánica 1/1996. Con esta ampliación, en
definitiva, lo que se hace también es ampliar el número de preceptos que poseen el carácter de derecho civil y que, por tanto, se aplicarán sin perjuicio de las competencias autonómicas en materia de derecho civil foral o especial, donde podrían
encuadrarse, además, los preceptos de la Ley del Parlamento vasco 3/2005 -en nuestro caso-, de 18 de febrero, de atención y protección a la infancia y a la adolescencia. Eso, en nuestra opinión, supone una necesaria recentralización que explicaré a
posteriori y genera situaciones de clara inseguridad jurídica.


Podríamos hablar largo y tendido sobre las modificaciones que contiene la norma, pero quisiera referirme a las enmiendas formuladas por este grupo y, muy especialmente, a las formuladas a la ley ordinaria. Plantea la norma modificaciones al
Código Civil que afectan de manera importante a las normas de derecho internacional privado sobre las normas de conflictos relativas a la ley aplicable a la filiación, la protección de menores y a las obligaciones de alimentos. Hay que decir que en
la redacción vigente las entidades públicas autonómicas son el eje del sistema de adopción internacional y tienen atribuidas un importante número de facultades. Además, la atribución tan amplia de competencias a las entidades públicas autonómicas
devenida de la Ley 54/2207 perseguía respetar las competencias en materia de protección de menores. Sin embargo, con esta norma se produce una devaluación de las competencias exclusivas de las comunidades autónomas que conlleva que las competencias
estatales se hayan convertido en límites infranqueables para el legislador autonómico, a través de las cuales el Estado puede, de manera unilateral, ensanchar su margen de actuación en una materia y reducir correlativamente el de las comunidades
autónomas, incluso en materias que ya disponen de regulación autonómica -antes me refería al caso-. Esta es la mala utilización que con reiteración hemos denunciado de lo previsto en el artículo 149.1 de la Constitución que tiene como único objeto,
como les decía, recentralizar.


En este caso, el proyecto de ley ha decidido ampliar el margen de actuación de la Administración General del Estado en las adopciones internacionales, asumiendo un papel director en todo aquello que posea algún tipo de proyección exterior y
pasando las entidades públicas autonómicas a realizar una función colaboradora. En este sentido van las enmiendas 84 y 85 formuladas por el Grupo Vasco. Para ello el Estado añade al párrafo 1 del artículo 4 un nuevo título, Política exterior, en
donde la Administración General del Estado asume un montón de funciones -no se las voy a enumerar- que hasta el momento eran ejercidas pacífica y colaborativamente por las administraciones, en nuestro caso forales, por el régimen especial de
distribución de competencias que tenemos en Euskadi, de tal manera que la Administración General del Estado pasa a asumir funciones de acreditación de los organismos colaboradores que en la legislación vigente actualmente desarrollan, como les
decía, pacíficamente las entidades públicas autonómicas.


Hemos formulado también una enmienda, que ha sido aceptada, en relación con la modificación del artículo 5 apartado 1 en relación con la protección jurídica del menor, de tal manera que al objeto de lograr la plena integración de los menores
extranjeros en la sociedad española se haga el trabajo que se debe hacer, pero siempre y mientras permanezcan en el territorio del Estado español. Como les decía, esta enmienda ha sido aceptada por el Grupo Parlamentario Popular, lo que
agradecemos. No voy a volver al tema de la política exterior. Ha quedado suficientemente claro que discrepamos al cien por cien en todas aquellas materias que afectan a esta cuestión y que han sido recogidas en nuestras enmiendas -que no han sido
aceptadas- por entender, como les decía, que no solamente crean nuevas competencias ex novo para el Estado, sino que recentralizan y privan a las entidades públicas gestoras de las mismas hasta ahora de la posibilidad de seguir ejerciéndolas, cuando
ha sido una cuestión que ha sido absolutamente pacífica y que no ha tenido ningún disenso. En ese sentido, hemos formulado enmiendas al artículo 4 y al artículo 5 de la norma, relativo a la intervención de entidades públicas.


Se ha aceptado también una enmienda por parte del Grupo Popular en materia de adopción internacional que consideramos que es relevante pero no suficiente. Hemos solicitado además la supresión



Página 4





del artículo tercero apartado 8 porque menoscaba, como les decía, las competencias asumidas por las comunidades autónomas y vulnera el reparto competencial en la materia. Formulamos también enmienda al artículo tercero, apartado 9 por
coherencia con las enmiendas anteriores. Y, por supuesto, no podemos permitir que no se admita nuestra enmienda en materia de reserva foral porque, como ustedes bien conocen, la disposición adicional primera de la Constitución establece la
obligatoriedad de preservar los derechos históricos de los territorios vascos, y obviamente se trata de derechos preconstitucionales que no se pueden ver afectados por esta normativa.


Voy a ir concluyendo. Les diré, por otra parte, que se ha hecho un buen trabajo. Compartimos y consideramos necesarios una parte importante de los cambios normativos que se proponen en estas normas y reconocemos, como les decía, que se ha
hecho un buen trabajo desde la perspectiva del diálogo con otros entes, con otras administraciones, con los distintos interlocutores, que ha permitido incorporar numerosas mejoras al texto inicial. Entiendo que en lo que es la parte técnica de las
normas existe un consenso amplio, con pequeñas discrepancias que nos permitirían dar el voto favorable al dictamen. Sin embargo, siguen existiendo cuestiones susceptibles de ser ajustadas a las previsiones del bloque de constitucionalidad. En ese
sentido, pretendemos que tanto el Gobierno como el grupo que lo apoya reflexionen en el tiempo que resta hasta la aprobación definitiva de la norma tras su paso por el Senado y la vuelta a la Cámara, y que en este periodo de tiempo podamos ajustar
estas cuestiones que yo he puesto de manifiesto, especialmente en materia de adopción internacional y de reserva foral, y que nuestro voto final pueda ser favorable.


Por hoy les diré que nos abstendremos, como les digo, en un gesto de buena voluntad para tratar de alcanzar ese consenso antes de la votación final que se producirá en la Cámara durante el verano, presidente, que nos quieren hacer trabajar
en verano mucho.


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo de La Izquierda Plural, tiene la palabra don Josep Pérez Moya.


El señor PÉREZ MOYA: Quiero hacer una consideración de carácter general que hace referencia al lenguaje y a la definición que hacemos del menor. Pediría que, si no se considera que es una alteración de los conceptos básicos que incluye
todo el texto, la referencia constante al menor pueda ser sustituida por niños, niñas y adolescentes, de acuerdo a las directrices que marca la Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas.


Hecha esta consideración de carácter general que no hemos introducido en las enmiendas sobre la que pido que haya comprensión en el planteamiento que estamos haciendo, tanto por la Mesa como por el conjunto de las fuerzas políticas que
estamos aquí, con relación al proyecto de ley orgánica nuestras enmiendas tienen un hilo conductor, que es reforzar y garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes en toda circunstancia. Por eso en nuestras enmiendas lo que planteamos
es ampliar la obligación de situar siempre el interés superior de los niños y niñas no solo en las acciones ejecutivas, sino también en las actuaciones de los órganos legislativos. Planteamos reforzar las garantías de que el niño, la niña y el
adolescente sean oídos, pero también escuchados sin discriminación alguna, en cualquier circunstancia y sea cual sea su nivel madurativo en cuanto a la personalidad. En las enmiendas que hemos presentado planteamos para determinadas medidas de
prevención las mismas garantías de autorización judicial, excepcionalidad y objetivos educativos que se establecen para el internamiento. Queremos que la delegación de funciones del director de un centro en otro profesional sea expresa, no
implícita, y ello se recoge muy claramente en nuestra enmienda.


Con nuestras enmiendas ampliamos las garantías y los controles a disponer para el caso de registros corporales del menor. Acotamos y restringimos la regulación de las medidas limitativas del régimen de visita y, por último, establecemos una
clara división entre lo que puede ser considerado ley orgánica, por tratarse de la regulación de derechos fundamentales y para los cuales el Estado tiene título competencial, de lo que no y debe ser considerado ley ordinaria solo, y sobre los cuales
corresponde respetar los niveles competenciales de las comunidades autónomas.


En relación con el segundo proyecto de ley, de sistema de protección de la infancia y adolescencia, una buena parte de las enmiendas que hemos presentado son de supresión. Se refieren a todos los artículos que pretenden regular de manera
detallada aspectos competenciales de las comunidades autónomas y, por ende, suponen una vulneración competencial. En relación con las garantías de los menores extranjeros planteamos un reforzamiento de sus derechos a la no discriminación y, al
tratarse de un derecho fundamental, se considera que su regulación debería estar incorporada en el proyecto de ley



Página 5





orgánica. Reforzamos los derechos de los niños, niñas y adolescentes cuyos padres se encuentran en situación administrativa irregular, de manera que la situación legal de los padres no tenga ninguna consecuencia en sus derechos ni suponga
ninguna restricción en su acceso. En las enmiendas planteamos limitar los supuestos de adopción de separación del entorno familiar. Las carencias materiales son un factor de riesgo, pero no pueden de ninguna manera ser consideradas de manera
automática causa de separación del entorno familiar. La pobreza no puede ser un elemento justificativo de la separación. En relación con las familias acogedoras sugerimos que se les reconozcan los mismos derechos, especialmente aquellos de los que
se derive el acceso a prestaciones o tratamientos preferenciales. En último lugar, hay enmiendas que se pueden considerar técnicas pero no por eso de menor trascendencia, como cuando proponemos dejar bien clara la protección frente a castigos
humillantes, que no son necesariamente castigos físicos.


Esta intervención recoge en líneas generales los conceptos y bases sobre los que hemos situado nuestras enmiendas.


El señor PRESIDENTE: Enhorabuena por su capacidad de síntesis.


A continuación y en representación de Convergència i Unió tiene la palabra don Carles Campuzano.


El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Antes de pasar a defender mis enmiendas, quiero dar por defendidas las enmiendas del Grupo Mixto, tanto del Bloque Galego como de Esquerra Republicana, así como las enmiendas de UPyD.


Dicho esto, quiero empezar diciendo -ya lo ha apuntado la señora Sánchez Robles- que el grupo de la mayoría ha efectuado al conjunto de los grupos una oferta de transacción amplia, pero algunas de las cuestiones nucleares que le preocupaban
a mi grupo parlamentario no han sido resueltas ni en la ponencia ni en la Comisión. Me refiero a cuestiones sustanciales de estos dos proyectos de ley, singularmente al proyecto de ley ordinaria, ya que afectan al ámbito competencial reconocido en
el Estatuto de Autonomía de Cataluña. En la medida en que estas cuestiones no han quedado resueltas, Convergència i Unió deberá votar en contra de este proyecto de ley. Sobre ello luego entraré, pero me parece que no es menor que en una cuestión
como la infancia el grupo de la mayoría y el Gobierno hayan preferido imponer su visión centralizadora en lugar de reconocer lo que ha sido una práctica en estos últimos veinte o treinta años, que es un marco competencial muy evidente, que en
materia de infancia otorga determinadas competencias al Estado pero permite, tanto por la vía de las competencias en asistencia social como en las competencias en derecho civil propio en aquellas comunidades que tienen derecho civil propio, un
desarrollo normativo que, al menos en lo que a mi grupo conoce, que es en Cataluña, ha tenido un impacto positivo en la protección de la infancia. El impacto ha sido tan positivo que, tal y como explicábamos en el debate de las enmiendas a la
totalidad, ha llevado a que buena parte de la legislación que ahora el Gobierno promueve se haya inspirado en el desarrollo normativo que se ha producido en Cataluña en estos últimos años. En cambio aquí, el Gobierno y el grupo de la mayoría han
preferido recentralizar, algo que no va a mejorar ni la situación de los menores ni les va a garantizar mejores derechos a los menores ni va a permitir mejores políticas para la infancia. El proyecto de ley mantiene el principio de que esta nueva
normativa no puede ir acompañada de un incremento de las inversiones en las políticas de apoyo a la infancia. Por tanto, señorías, tal y como les decía, lamentablemente, y agradeciendo el esfuerzo que las diputadas del Grupo del PP han hecho en
relación con algunas de nuestras enmiendas, no podremos votar a favor de este proyecto de ley ordinaria.


Entrando en las enmiendas, en el proyecto de ley orgánica nuestro grupo ha formulado enmiendas en cuatro líneas. En primer lugar, en el refuerzo de la defensa del interés general del menor y su derecho a ser escuchado a través de las
enmiendas 101, 106, 107, 118 y 111; en reconocer también los principios de la Convención de las personas con discapacidad, las políticas específicas que afectan a los menores con discapacidad y la necesidad de facilitar la accesibilidad de los
menores con discapacidad al conjunto de servicios y de políticas -enmiendas 104, 108 y 122-, habiéndose aceptado algunas de estas enmiendas por parte del Grupo Popular. (La señora vicepresidenta, Pérez Domínguez, ocupa la Presidencia). Al mismo
tiempo, se trata regular mejor todas medidas de seguridad y contención de los menores en los centros de acogida. Es una cuestión ciertamente delicada, ya que hablamos de derechos fundamentales de los menores y de situaciones en las que en algunas
ocasiones se han podido producir abusos, por tanto, pretendemos mejorar ese trato. Estamos hablando de las enmiendas 112, 113, 114,115, 116 y 119.



Página 6





Finalmente, en esta ley orgánica hemos querido reforzar también el principio de que el acogimiento debe producirse preferentemente en el seno de las familias, no tanto en centros residenciales y de acogida. Así lo refleja la enmienda 98.


En relación a la ley ordinaria, hemos insistido en algunos de estos argumentos. A través de las enmiendas 185, 187, 189 y 193 pretendemos reforzar los principios de la Convención de Naciones Unidas para las personas con discapacidad y la
accesibilidad del conjunto de medios, políticas y servicios para los menores con discapacidad. En las enmiendas 186 y 192 introducimos una cuestión polémica que ha sido objeto de sentencias de los tribunales y de preocupación de esta Cámara, pero
tanto nuestra práctica política como administrativa no han terminado de resolverlo de manera adecuada. Estamos hablando de la situación de los menores extranjeros indocumentados, los conocidos como Mmna. En este aspecto nuestras enmiendas
pretenden resolver algunas cuestiones que consideramos esenciales. En la enmienda 192 pretendemos que la ley refleje la sentencia del Tribunal Supremo 453/2014, que establecía muy claramente que si un pasaporte fijaba la minoría de edad de un joven
extranjero, la Administración debería responder a la información que figuraba en el pasaporte, porque la practica de estos últimos quince años ha sido que, a pesar de el pasaporte reconoce esa minoría de edad, la Administración desconfía de tal
información, y efectúa unas pruebas de edad con un margen de error considerable que han llevado a que a menores extranjeros no se les aplique la normativa de protección de menores. En este sentido nuestra enmienda 192 pretende establecer esa lógica
jurídica del Tribunal Supremo.


Nuestra enmienda 186 también pretende reforzar la obligación de la Administración General del Estado de legalizar la situación de aquellos menores acogidos en tutela por parte de las comunidades autónomas. A menudo, aquello previsto en la
Ley de Extranjería, que establece la obligación legal de la Administración General del Estado de documentar a un menor acogido por parte de una comunidad autónoma, se alarga en el tiempo más allá de los plazos previstos; incluso, a veces, ni se
llega a documentar a ese menor con toda la inseguridad jurídica que eso provoca. Ahí van dirigidas nuestras enmiendas 186 y 192.


Pretendemos también mejorar las condiciones de funcionamiento de los centros de acogida de menores a través de nuestras enmiendas 200, 209, 210, 211 y 212, y también, señorías, que la ley mejore el régimen de acogida familiar. No son pocas
ni nada desdeñables las enmiendas que hemos planteado en esta cuestión. Es cierto que el proyecto de ley, en su filosofía y en su propio articulado, va en la línea de reforzar el acogimiento familiar frente al acogimiento residencial, pero es
evidente que el acogimiento en las familias necesitaría de un marco legal más atractivo, más potente, para que más familias optasen por esta medida. En este sentido planteamos las enmiendas 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207, 208, 244, 247, 248 y
250, y me gustaría destacar algunas. Por ejemplo, la enmienda 202, pretende hacer desaparecer como una obligación de las familias de acogida la asunción de los gastos de manutención, educación y atención sociosanitaria. La enmienda 247 pretende
que las familias que tengan menores tutelados no tengan que asumir el copago de los medicamentos. Otras enmiendas pretenden garantizar el acceso a la justicia gratuita de estos menores. Señorías, se trata de que en nuestro marco legal, aquellas
familias que optan por este esfuerzo, que supone un incremento de los gastos de esa unidad familiar, tengan una política que permita efectivamente que no les sea más gravoso asumir esas responsabilidades. Es un paquete de enmiendas, como digo,
importante y significativo.


Las enmiendas 194 y 195, pretenden introducir el principio de que la situación de pobreza de una familia no justifica un proceso de acogimiento de este menor, de sacar al menor de esa unidad familiar. Creo que ahí se ha producido algún tipo
de transacción. La enmienda 190, pretende incorporar el derecho al tiempo libre de los menores. Nos parece significativo, y más expresado desde Cataluña, pues la tradición de la educación en el tiempo libre ha sido un factor fundamental en la
educación de nuestros jóvenes y nuestros niños. En la enmienda 191, que ha sido objeto de una transacción con el Grupo Parlamentario Popular, pretendemos dejar muy claro, reforzar la idea, de que el acogimiento de un menor desamparado debe
producirse en el seno de unidades familiares y en situación de estabilidad. En las enmiendas 213, 214, 215, 217, 218, 227, 228, 229 y 234, pretendemos reforzar el conjunto de derechos que la norma reconoce para los menores. Es cierto que, en este
sentido, el proyecto de ley mejora sustancialmente lo que hoy es nuestro marco legal, pero nos parece que existen supuestos específicos que deberían ser reconocidos de manera expresa: por ejemplo, recibir el apoyo educativo y psicoterapéutico por
parte de la entidad pública para superar trastornos psicosociales de origen, medida esta a aplicar tanto en el acogimiento residencial como familiar. No es menor la experiencia que tenemos de familias que acogen a menores que provienen de familias
en situaciones complicadas, que exigen



Página 7





apoyos específicos que afectan al ámbito, precisamente, de la situación psicoeducativa del menor y por tanto esas familias y esos menores deben recibir este tipo de apoyos. O la enmienda 299, que contempla que en todos los expedientes
regulados en esta ley sea preceptiva la intervención de un abogado. Nos parece que eso refuerza y garantiza los derechos de los menores.


En cuanto a las enmiendas 216 y 242, la señora Sánchez Robles, del Grupo Vasco, lo ha explicado de manera muy clara. Estas enmiendas afectan a una parte sustancial de este proyecto de ley, que es el régimen competencial. La enmienda 216
pretende establecer claramente que haya una serie de artículos que se incorporan en este proyecto de ley y que son norma supletoria de la norma autonómica existente en el desarrollo de las competencias exclusivas de las comunidades autónomas en el
ámbito de la asistencia social. De no introducir los artículos como norma de rango supletorio en este proyecto de ley, estos artículos tienen el riesgo de ser aplicados como normativa preferente respecto a la normativa autonómica existente. Sería
un gravísimo error y chocaría con esas competencias que tenemos las comunidades autónomas en esta materia de asistencia social. En este sentido, la transacción que nos ha ofrecido el Grupo Popular a la enmienda 216 no podemos aceptarla porque
incorpora tan solo uno de los numerosos artículos que Convergència i Unió mantiene en esa previsión. Por otro lado, la enmienda 242 deja muy claro que la competencia para dictar la legislación civil atribuida al Estado debe producirse sin menoscabo
de la conservación, modificación y desarrollo de las comunidades autónomas que tengan derechos civiles, forales o especiales, que es el caso de Cataluña. Son dos enmiendas importantes: la 216, carácter supletorio de determinados artículos de la
norma, y la 242, el reconocimiento a la capacidad del desarrollo normativo de los derechos civiles.


Las enmiendas 236, 237, 238, 239, 240, 241 y 242 pretenden mejorar nuestra legislación en apoyo a las familias numerosas. Y las enmiendas 222 y 230 pretenden adecuar la terminología de este proyecto de ley a la terminología existente en
alguno de los desarrollos de carácter autonómico. Una de estas enmiendas, la 230 en concreto, creo recordar que ha sido asumida por el Grupo Popular.


Las enmiendas 231, 232, 233 y 243 pretenden que el proyecto de ley comprometa también al conjunto de las administraciones públicas a desarrollar políticas efectivas en esta materia. No se trata tan solo -que también- de tener un marco
regulador que sea moderno, adecuado y respetuoso con las competencias autonómicas sino que en términos de mandato político el proyecto de ley establezca compromisos de las administraciones. Y, singularmente, la enmienda 243 suprime la disposición
final décima que establece ese compromiso absurdo por parte del Gobierno de que el proyecto de ley no suponga ningún tipo de incremento del gasto público, todo lo contrario. El proyecto de ley debería comprometer al Gobierno a incrementar los
recursos necesarios para que las comunidades autónomas puedan desarrollar efectivamente estas políticas.


Finalmente, las enmiendas 225 y 226 afectan a una cuestión que para el Grupo Catalán de Convergència i Unió es fundamental en toda esta discusión de estos proyectos de ley y se nos escapan las razones que llevan al grupo de la mayoría y al
Gobierno a no escuchar nuestros requerimientos. Son las enmiendas que afectan a la regulación de la adopción internacional. Como pudimos explicar en el Pleno, durante estos últimos veinte o veinticinco años se han desarrollado, al menos en
Cataluña, en base a las competencias existentes en adopción internacional, políticas que han permitido el desarrollo de un modelo que funciona de una manera adecuada y exitosa, e incluso el propio Gobierno ha reconocido ese buen funcionamiento de la
adopción internacional en Cataluña. Hasta ahora, el Gobierno de la Generalitat tenía la potestad de determinar con qué países las familias de Cataluña podían adoptar y lo hacía además en colaboración y cooperación con el Ministerio de Asuntos
Exteriores. Eso se ha producido de manera pacífica, no ha habido ningún incidente que justifique que, a partir de la entrada en vigor de este proyecto de ley, la Generalitat deje de poder decidir en qué países pueden adoptar las familias catalanas,
como tampoco existe ninguna razón que justifique que la Generalitat deje de acreditar a través de qué entidades pueden efectuar las familias los procedimientos de adopción. Hasta ahora ha funcionado de esta manera y ha sido un funcionamiento exento
de polémica, exento de mal funcionamiento. Es más, hasta ahora, en aquellos supuestos en los que las familias decidían adoptar a través de protocolo público, o sea directamente, no a través de una entidad acreditada para proceder a estas
actuaciones, quien mantenía la relación con la autoridad competente del país donde se iba a producir la adopción era el Gobierno de la Generalitat. A partir de la entrada en vigor de esta norma, la Generalitat va a perder también esa competencia.
No tiene sentido este planteamiento del Gobierno porque, entre otras cosas, en ningún caso va a garantizar que las adopciones internacionales funcionen mejor; en ningún caso lo va a garantizar.



Página 8





A nuestro entender, ante la falta de argumentos -espero que los portavoces del PP nos den alguna razón porque ni el ministro lo supo explicar en el Pleno ni la portavoz del Grupo Popular que intervino nos dio ninguna razón-, hay que explicar
por qué razón aquello que hasta ahora ha funcionado de manera adecuada va a ser liquidado, por qué la Administración de Cataluña, por qué la sociedad catalana, no va a poder desarrollar su propio modelo de adopción internacional, sus propias
políticas de adopción internacional. Se nos escapa, a no ser que sea por el prejuicio político e ideológico de la actual mayoría de continuar, en todos los ámbitos de la vida pública, también en el de la adopción internacional, en el proceso de
recentralización de las políticas y del vaciado de las competencias exclusivas de las comunidades autónomas. La adopción internacional responde al desarrollo del derecho civil catalán que en 1960, en pleno franquismo, como recordamos en el debate
parlamentario, reconoció el derecho a regular, en base al derecho civil de Cataluña, la adopción y, en el desarrollo de esa previsión contemplada desde 1960, regulamos a principios de los años noventa la adopción internacional, y también, señorías,
la defensa de las competencias exclusivas en materia de asistencia social.


Por tanto, recentralización, incumplimiento de las previsiones del bloque de constitucionalidad e, inevitablemente, votación de Convergència i Unió en contra de este proyecto de ley y la advertencia de que todo eso llevará a que esta ley
termine en el Tribunal Constitucional y que dicho tribunal deba tomar las decisiones que correspondan. Se pierde la oportunidad de que en una materia como la infancia podamos alcanzar un consenso que para nuestro grupo es imprescindible, más cuando
en nuestro país y en Cataluña, precisamente a principios de esta legislatura, fuimos capaces de alcanzar un pacto por la infancia firmado por toda la sociedad civil comprometida en esta materia y por todos los grupos políticos. Hoy, el Partido
Popular prefiere imponer su mayoría y hacernos retroceder en esta materia. Es una pena, una oportunidad perdida y un nuevo conflicto político fruto de una trenada concepción política del Estado que el Partido Popular está imponiendo. Lo lamento
mucho. No soy tan optimista como mi compañera la señora Sánchez Robles. En cualquier caso, si el Grupo Popular de aquí a final del trámite pudiese corregir su actuación, lógicamente mi grupo cambiaría de posición respecto al contenido de este
proyecto de ley.


La señora VICEPRESIDENTA (Pérez Domínguez): Para fijar la posición del Grupo Socialista, tiene la palabra doña María Luisa Carcedo.


La señora CARCEDO ROCES: Permítanme, antes de entrar en harina, hacer dos consideraciones previas. La primera es un reconocimiento a la labor que dio origen a estos proyectos de ley, que tiene su inicio en un informe en su día del Defensor
del Pueblo. Como consecuencia, se inicia una subcomisión en el Senado y fruto de sus conclusiones se elabora un proyecto de ley que es remitido por el anterior Gobierno a esta Cámara, pero que a causa del adelanto electoral ha decaído, como sus
señorías conocen. Esto enlaza con la importancia y la necesidad de que seamos capaces de culminar la aprobación definitiva de estas leyes. La segunda consideración inicial tiene que ver con la participación de las entidades, de las organizaciones
que tienen como razón de ser la defensa de la infancia. Han realizado un esfuerzo considerable y un enorme trabajo de estudio minucioso de la ley; han hecho numerosas aportaciones que la mayoría de los grupos parlamentarios hemos incorporado en
forma de enmiendas y definitivamente parece que un gran número de ellas -aunque para nuestro gusto no suficientes- han sido incorporadas. También quiero mencionar a algunos colegios profesionales que también han hecho un gran trabajo y un enorme
esfuerzo que ha facilitado la labor de los grupos parlamentarios en la elaboración de las enmiendas. Asimismo, me gustaría hacer un reconocimiento a la labor de los letrados de la Cámara, que creo que es necesario poner de manifiesto, que han hecho
un trabajo espléndido para lograr una mejor regulación que, a nuestro grupo le gustaría plenamente incorporar al dictamen de la comisión y no solamente las mejoras técnicas que no hemos podido aún ver en completo detalle. Finalmente, el último
reconocimiento es al esfuerzo que han hecho los grupos parlamentarios y también a la disposición del grupo mayoritario para que pudiéramos llegar a un acuerdo. Se ha llegado a acuerdos en algunas enmiendas transaccionales, pero evidentemente surge
el límite de la posición política e ideológica a partir de la cual este grupo parlamentario, de acuerdo con como quede finalmente el dictamen, mantendrá las enmiendas que nos parece que tienen ese componente al que nosotros no vamos a renunciar.


Paso ya a defender las enmiendas que hemos presentado con carácter general, objeto de la sesión de esta Comisión, partiendo del hecho de que consideramos esta ley necesaria y urgente -expresión de esta necesidad es la participación de
entidades de infancia y de colegios profesionales mediante sugerencias en esta fase de enmiendas-, y dada la necesidad de actualizar esta legislación, nuestro grupo siempre ha manifestado su predisposición a favorecer la tramitación. En primer
lugar, queremos



Página 9





reforzar los servicios sociales públicos, que son los que básicamente intervienen, y también los sanitarios y educativos; hay que mejorar los centros de acogimiento residencial; que los centros para menores con trastornos de conducta
ofrezcan las mayores garantías, y que se mejore la situación y por supuesto el apoyo que se debe a las familias de acogida. Asimismo, hay que introducir mejoras en el procedimiento de adopción y que se tenga en cuenta que va a haber un mayor
trabajo y esfuerzo de los juzgados y del ministerio fiscal, y esto evidentemente debe tener su correlato en el refuerzo de la Administración de Justicia.


Con carácter general, nos parece que esta es una ley que adolece del refuerzo necesario a la red de servicios sociales públicos, hasta tal punto que casi no se menciona, y no solamente por el refuerzo que se necesita en la propia red de
servicios sociales sino por el reconocimiento de los profesionales que intervienen en todos estos trámites que estamos regulando con estas leyes y que básicamente recae sobre los trabajadores y los educadores sociales, que, dicho sea de paso, han
participado muy activamente en el trabajo de estudio de la ley y en la fase propositiva de mejora. Un bloque de enmiendas considerable va en esta dirección, porque no sirve de nada que aquí hagamos una ley estupenda si luego, a la hora de la
implementación, tenemos grandes lagunas y déficits. Repito que un bloque de enmiendas va en esa dirección.


Otro bloque de enmiendas va dirigido a las características y a la composición de los equipos profesionales. Haciendo un esfuerzo de concreción, tendríamos que fijar qué tipo de informes debe hacer un determinado equipo experto o qué
profesionales más adecuados deben ser quienes realicen los informes pertinentes en estos procesos complejos y delicados tanto desde el punto de vista social como desde el punto de vista jurídico.


Otro bloque de enmiendas tiene que ver con la directriz de la Convención de Derechos del Niño, en cuanto a la participación de los niños para que sean oídos y tenidos en cuenta en los procesos que les afectan, y mucho: afectan a su propia
esencia de vida, a sus condiciones, también a sus orígenes y, por supuesto, a su futuro.


Otro bloque de enmiendas tiene que ver con el papel que juegan las familias de acogida, que en nuestra opinión sufren bastantes carencias y déficits, especialmente una falta de reconocimiento a su labor. Si queremos fomentar el acogimiento,
si queremos que los niños pasen el mínimo tiempo posible en instituciones, tenemos que reconocer la labor de las familias de acogida; no solamente basta con pasarles la mano por el hombro sino que este reconocimiento ha de tener una base en las
leyes, en las prestaciones sociales y en el apoyo y sostenimiento económico en cuanto a qué gastos conlleva la función del acogimiento.


Hay colectivos de niños que tienen una especial vulnerabilidad y en la vida cotidiana somos conscientes de que en las familias ordinarias los niños cuando cumplen dieciocho años no siempre están en condiciones de tener una vida autónoma.
Nos gustaría que esto se tuviese en cuenta y que se trasladase también a los niños en acogida. Cuando cumplen dieciocho años no siempre están en condiciones de ingresar en la vida autónoma en nuestra sociedad y de dar ese salto de la independencia
de su hogar, que en muchos casos son las instituciones. Nos parece imprescindible que esta ley tenga en cuenta esta circunstancia que es tan común y mayoritaria en nuestro país. Pocos hijos a los dieciocho años, cuando pasan a la edad adulta o
adquieren la mayoría de edad, están en condiciones de tener una vida independiente. Me estoy refiriendo lógicamente a los extutelados y específicamente a los MENA, a los que antes el portavoz de Convergència i Unió hacía referencia.


Existen varias propuestas por parte de familias numerosas y hemos de tener en cuenta su situación, que ya en parte está recogida en el proyecto de ley que estamos tramitando. Proponemos que no se continúe parcheando el asunto, que se
proceda a modificar la Ley de Familias Numerosas y aprovechar esta nueva regulación para reflejar en ella la realidad social. Las familias hoy en día no son la familia clásica que conocimos. En la actualidad hay situaciones muy diversas de
familias y creemos que es una oportunidad para que la legislación refleje la realidad social en la que vivimos y se tenga en cuenta.


Hay otra cuestión fundamental, y ya termino con esto, y es que ambas leyes que estamos tramitando de carácter orgánico y de carácter ordinario recogen en la disposición décima y cuarta respectivamente la necesidad de no incremento de gasto.
Antes hacía referencia a la situación de la justicia, a la que vamos a requerir un mayor esfuerzo y de la que estamos cada día conociendo sus carencias, su falta de refuerzo y su falta de agilidad para responder con justicia a las situaciones que se
le plantean. En el caso de la justicia, estas leyes le afectan de forma marginal, pero a la administración más sustantiva le compete la aplicación de estas dos leyes, hacerlas realidad y ponerlas en práctica -el papel lo aguanta todo e incluso



Página 10





las leyes lo aguantan todo si no son puestas en práctica- y en absoluto procede, y es una de nuestras enmiendas principales, que se contemple el no incremento presupuestario en la aplicación de estas leyes. (El señor presidente ocupa la
Presidencia).


Una de las situaciones que nos sonroja como sociedad es la situación de la pobreza infantil. Estas leyes van a avanzar en protección jurídica, pero en absoluto afrontan ni ponen las bases, y en nuestra opinión es una oportunidad
desperdiciada, para apostar de forma clara por uno de nuestros déficits como sociedad, insisto, que es la pobreza infantil. Si ante esta situación de pobreza infantil todo lo que se nos ocurre desde el lugar donde reside la soberanía popular y como
Cortes Generales de este país es que no va a suponer un euro de más la puesta en práctica de estas leyes, de rojos nos vamos a poner morados, porque no estamos respondiendo a uno de los principales desafíos que tenemos como sociedad, que es cuidar
de nuestra infancia.


Termino ya, señor presidente, manteniendo las enmiendas que describí a grandes líneas y especialmente estas últimas a las que he hecho referencia porque consideramos que este debe ser un país para niños y no tener la situación en la que
estamos viviendo. Si el dictamen sale finalmente como parece que va a ser, por la información que tenemos, nos abstendremos en su votación final. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Popular va a intervenir, en primer lugar, doña María Teresa Martín Pozo.


La señora MARTÍN POZO: Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Popular para defender su posición respecto de los dos proyectos de ley: el proyecto de ley orgánica de modificación del sistema de protección a la infancia y a la
adolescencia y el proyecto de ley de modificación del sistema de protección a la infancia. En primer lugar, y como no puede ser de otra manera, me gustaría agradecer el trabajo y la buena disposición de los ponentes del resto de grupos
parlamentarios para que unas leyes del calado y trascendencia como las que hoy traemos a esta Comisión cuenten con el máximo consenso posible. Y hablando de consenso, me gustaría señalar que esta reforma, antes de iniciar su andadura parlamentaria,
ha sido consensuada no solo con las comunidades autónomas, sino también con las entidades del tercer sector que se dedican de manera más específica a la problemática de los menores y los adolescentes, y así nos lo han hecho saber en las distintas
comparecencias que se han llevado a cabo en la subcomisión para abordar el problema de la violencia sobre los niños y las niñas, de las que he formado parte y que en breves fechas presentará su informe.


La reforma de esta legislación de la infancia responde a las necesidades actuales de los niños y niñas y los adolescentes, y con ella se renueva el marco de protección de los menores, sobre todo de los que se encuentran en una situación de
mayor vulnerabilidad. Afecta a más de doce leyes tan importantes como es el caso de la Ley Orgánica de protección jurídica del menor, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley integral contra la violencia de género, la Ley de Adopción
Internacional, la Ley de protección de familias numerosas, la Ley de Enjuiciamiento Civil, o el Código Civil, entre otras. Con la modificación de estas leyes se persigue garantizar una protección uniforme en todo el territorio del Estado y
constituir una referencia para las comunidades autónomas a la hora de desarrollar su propia legislación. No podemos permitirnos que en función del lugar de residencia nuestros menores tengan un régimen jurídico u otro.


Esta reforma se asienta sobre tres pilares fundamentales. En primer lugar, establece un nuevo marco de derechos y deberes de los menores y dota de una mayor protección a los menores especialmente vulnerables: extranjeros no acompañados,
víctimas de trata, menores con discapacidad. Sitúa a los menores como auténticos ciudadanos con derechos y deberes, se les hace partícipes de las situaciones en las que viven, de sus procedimientos y sus soluciones. El derecho del menor a ser oído
y escuchado está presente en toda la reforma. En segundo lugar, configura un nuevo sistema de protección a la infancia con especial incidencia en el acogimiento y en la adopción. Se definen las situaciones de riesgo por primera vez en una norma
estatal y se prioriza el acogimiento familiar sobre el residencial. En tercer lugar, se ocupa de prevenir y luchar contra la violencia en la infancia como eje transversal. Por primera vez se reconoce a los menores como víctimas de violencia de
género en una norma estatal. Contiene algunas novedades importantes que marcarán un antes y un después de la reforma, como es el caso de que se regulen por primera vez los centros para menores con problemas de conducta, se modifique la Ley de
protección de familias numerosas para que no pierdan el título hasta que el último de sus hijos cumpla la edad establecida, o que se agilicen los trámites del acogimiento y adopción, por poner algunos ejemplos.


Señorías, se ha trabajado mucho desde todos los grupos parlamentarios en el trámite de presentación de enmiendas con el objeto de mejorar estos textos normativos, y creo que se está consiguiendo. Por



Página 11





parte del Grupo Parlamentario Popular se han presentado treinta y nueve enmiendas para contribuir a esta mejora, muchas de las cuales ponen de manifiesto reclamaciones o demandas de entidades del tercer sector. La voluntad de llegar a un
acuerdo es incuestionable. Se van a aceptar más de ciento cincuenta enmiendas de las presentadas por otros grupos políticos, que van a contribuir a que el texto sea mejorado y no solamente desde el punto de vista técnico.


Sentimos enormemente que en esta Comisión no estén presentes los portavoces de Esquerra Republicana de Cataluña y del Grupo de UPyD, porque, aunque de una manera verbal nos han trasladado su voluntad de llegar a un acuerdo, no disponemos de
ello por escrito. No ocurre así con el Bloque Nacionalista Galego, a quien queremos agradecer de forma expresa que nos haya trasladado por escrito la aceptación de las enmiendas transaccionales que les hemos presentado.


Por otra parte, se están intentando transaccionar cerca de cien enmiendas con todos los grupos parlamentarios, ya que muchas de ellas son prácticamente coincidentes, aunque con algunos matices, con las presentadas por el Grupo Parlamentario
Popular. Muchas de ellas aparecen referidas -ya lo ha dicho así la portavoz del Grupo Parlamentario Socialista- al procedimiento de ingreso en los centros de protección y a los órganos jurisdiccionales competentes para conocer de las cuestiones que
se susciten, respecto de las cuales se ha llegado a un acuerdo con los grupos. Se transaccionan enmiendas relativas al régimen de visitas de los menores ingresados en centros de protección y también las relativas a los formatos en los que se ha de
trasladar la información a los menores, así como el derecho a la asistencia letrada del menor y la necesidad de cómo se tienen que llevar a cabo los registros en el caso de los menores que estén ingresados en centros de protección. Se ha
transaccionado incluso una nueva disposición adicional para fomentar con las comunidades autónomas unos criterios comunes y unos mínimos estándares de calidad y accesibilidad en los centros de protección.


Nuestra voluntad para llegar a un acuerdo ha quedado patente y el esfuerzo realizado por todos para obtener el máximo consenso es incuestionable. No obstante, estoy convencida de que aquellas cuestiones que no han podido ser objeto de
acuerdo en este momento, lo serán antes de la llegada de estas leyes al Pleno, y si no, con todo el convencimiento se podrán solucionar en el trámite del Senado.


Termino ya, señor presidente, para dejar tiempo a mis compañeras que también van a intervenir, solicitando a los grupos el apoyo que entendemos estas leyes merecen. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: En segundo lugar, intervendrá la señora Puyuelo. Doña Blanca, tiene usted la palabra.


La señora PUYUELO DEL VAL: Al igual que mi compañera, quiero agradecer el trabajo de todos los grupos, en especial el de los miembros de la ponencia, por el interés que han tenido a la hora de propiciar acuerdos y transaccionar enmiendas.
Tal y como se ha comentado, las enmiendas a ambos proyectos las vamos a debatir de manera conjunta. Comenzaré por explicar de forma breve las principales novedades que introduce la nueva regulación. No detallaré el sentido de las enmiendas
presentadas por los grupos porque sus señorías ya han tenido la oportunidad de escucharlo por boca de los proponentes; lo que sí haré será explicar con cuáles hemos estado de acuerdo y a cuáles les hemos propuesto un texto alternativo.


La nueva regulación de protección de la infancia refuerza la defensa de los menores, especialmente los que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad. Por primera vez se definen con alcance estatal las situaciones de riesgo del
menor, así como la declaración de desamparo, se agilizan los trámites de acogimiento y adopción y se da prioridad a las soluciones familiares sobre las residenciales para favorecer que los niños y las niñas, especialmente los menores de tres años,
permanezcan con una familia. Se modifica la Ley de protección de familias numerosas para que no pierdan el título hasta que el último de los hijos cumpla la edad establecida, veintiún años o veintiséis si está estudiando. Quiero destacar, como ya
se ha hecho, que ambos proyectos llegan a la Cámara con un altísimo nivel de consenso. Se han tenido en cuenta las aportaciones de otros ministerios, de las comunidades autónomas, del Consejo de Estado, de las principales entidades que trabajan por
la defensa de los derechos de los menores y de expertos de diversas universidades. Otro elemento característico que debo resaltar es la equidad. Las modificaciones garantizan una protección uniforme en todo el territorio nacional y constituyen, en
consecuencia, un marco de referencia para las comunidades autónomas cuando hayan de desarrollar su normativa específica.


Ahora me voy a centrar en las enmiendas que han presentado los grupos que me han sido asignados en el reparto dentro de nuestro grupo del trabajo de la ponencia. Señorías, voy a destacar especialmente en lo que estamos de acuerdo, siguiendo
con el espíritu de alcanzar consensos, que es lo que ha guiado



Página 12





esta ponencia. Respecto a las enmiendas del Grupo de La Izquierda Plural, y sin ánimo de ser exhaustiva, en general hemos aceptado las enmiendas al proyecto de ley orgánica que creemos mejoran la redacción del texto, la que incluye a los
órganos legislativos en la obligatoriedad de que en todas las medidas concernientes a los menores primará el interés superior de los mismos, así como la que añade el paso del tiempo al cambio de circunstancias para la revisión de una decisión que no
haya tenido en cuenta el interés superior del menor. Se acepta la inclusión de la edad en el derecho a ser oído y escuchado, la evaluación de la madurez por personal especializado y, cuando en vía administrativa o judicial se deniegue la
comparecencia o audiencia a los menores, la resolución será motivada y en interés superior del menor. Con respecto a los registros personales y cacheos, aceptamos que sea efectuado por personal del mismo sexo del menor. En todas las medidas de
seguridad en los centros de protección de menores con problemas de conducta, les hemos propuesto una nueva redacción que recoge el espíritu de la enmienda presentada. En el régimen de visitas y permisos de salida, les proponemos también un nuevo
texto que recoge su propuesta de recurso por el ministerio fiscal y asistencia legal de abogado independiente. También le proponemos una nueva redacción al artículo 778 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil, admitiendo el cambio de juez competente
indicando que será el juez en donde radique el centro de ingreso el encargado de conocer y de llevar el control. Les planteamos, asimismo, una nueva redacción a la disposición final tercera en su párrafo segundo añadiendo: sin perjuicio de la
conservación, modificación y desarrollo en las comunidades autónomas de los derechos civiles, forales o especiales allí donde existan.


Con respecto a las enmiendas presentadas a la ley ordinaria, estamos de acuerdo en que las carencias materiales se considerarán un indicador de riesgo, pero no podrán desembocar en la separación del entorno familiar, así como que la
situación de pobreza de los progenitores, tutores o guardadores no podrá ser tenida en cuenta para la valoración de la situación de desamparo y, en ningún caso, se separará a un menor de sus progenitores por razón de una discapacidad del menor, de
ambos progenitores o de uno de ellos. Estamos de acuerdo con que las familias acogedoras tendrán los mismos derechos que la Administración reconoce al resto de las unidades familiares. También se aceptan algunas de las propuestas de intervención
del ministerio fiscal. Sin embargo, no estamos de acuerdo en presentar un proyecto de ley de reforma del Estatuto orgánico del ministerio fiscal; existe actualmente la suficiente especialización en el ministerio sin que sea precisa una
modificación de su estatuto, a la vez que estimamos conveniente que la resolución de la entidad pública en la que se debe formalizar la medida de guarda deberá ser por escrito. Además, se acepta el requisito del consentimiento expreso para
extinguir la adopción del menor cuando cumpla la mayoría de edad; se está de acuerdo en dar facultades tutelares a los guardadores mientras haya guarda de hecho y se acuerde la medida de protección más adecuada. Opinamos que tienen razón en la
enmienda que presentan con respecto a que el menor afectado por la resolución administrativa en materia de protección de menores esté legitimado para formular oposición y también que, cuando el paciente menor de edad no sea capaz intelectual ni
emocionalmente de comprender el alcance de la intervención, en ese caso el consentimiento lo dará el representante legal del menor después de haber escuchado su opinión. Les proponemos, en lo referido a las familias numerosas, que estas puedan
acceder a los beneficios en el ámbito de la educación, matriculación y examen a los títulos que estuvieran en vigor en enero de 2015.


Con respecto a las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Vasco, señora Sánchez Robles, le agradezco su confianza en que pueda llegarse, en lo que queda de trámite parlamentario, a un acuerdo y pueda cambiar el sentido del voto.
Le hemos aceptado la enmienda número 83 presentada al proyecto de ley, que insta a los poderes públicos a promover la plena integración del menor extranjero mientras esté en territorio nacional; la enmienda número 86, que busca el respeto de las
competencias de la comunidad autónoma en materia de adopción internacional y la enmienda número 89. Estamos de acuerdo con que los centros privados de protección deban sujetarse al régimen legal de la ley orgánica de los públicos y someterse a la
debida autorización, inspección y sanción.


Al Grupo Catalán de Convergència i Unió le hemos aceptado un buen número de enmiendas registradas al proyecto de ley orgánica porque muchas de ellas son coincidentes con las presentadas por nuestro grupo, por ejemplo, incorporar
explícitamente la prioridad de las soluciones familiares frente a las institucionales o residenciales. Otras son precisiones oportunas o plantean una mejor redacción. Algunas coinciden con enmiendas presentadas por otros grupos con las que ya
hemos manifestado nuestro acuerdo. Las hay que son, desde luego, una interesante aportación, como la referida a los menores con discapacidad internados en centros de protección específicos de menores con problemas de conducta,



Página 13





los que seguirán recibiendo apoyos especializados o los que sean necesarios y, además, se deberán incorporar medidas de accesibilidad en los centros y en las actuaciones que se lleven a cabo.


Con respecto a las enmiendas al proyecto de ley, les es aplicable lo comentado anteriormente. Quiero destacar algunas de las aportaciones como la del derecho del menor acogido a recibir apoyo educativo y psicoterapéutico, así como a
mantener la relación con la familia adoptiva o de acogimiento permanente una vez cese el acogimiento. Con respecto a los derechos de los acogedores familiares, estamos de acuerdo en el derecho a ser parte en todos los procesos que la ley contempla,
remarcando el todos. Coincidimos con las mejoras en el derecho que los hijos menores tienen para relacionarse con sus progenitores cuando estos estén privados de libertad y apoyamos introducir el acogimiento familiar como criterio prioritario en
los procesos de admisión de la Ley Orgánica de Educación.


Para terminar, voy a dar una breve explicación al rechazo que han tenido las enmiendas propuestas tanto por La Izquierda Plural como por el Grupo Catalán referidas a las familias numerosas y a la sustitución del término psicosocial por el de
psicológico y social, puesto que el informe psicosocial abarca ambas especialidades y no lo consideramos necesario. La revisión de la Ley de familias numerosas, que es lo que ustedes proponen con sus enmiendas, requiere el consenso entre
comunidades autónomas y ministerios afectados y consideramos adecuado y suficiente en la actual coyuntura económica, y muy importante, el cambio introducido por la nueva regulación.


Con respecto a las enmiendas registradas en defensa de las competencias autonómicas y las referidas a títulos competenciales, en especial la enmienda 253 de CiU, de supresión de la modificación de la Ley 54/2007, de Adopción Internacional,
he de decir que la disposición transitoria cuarta trata de promover la participación y el consenso con las comunidades autónomas en los desarrollos reglamentarios derivados de la modificación de la Ley 54/2007, de Adopción Internacional, que, como
bien saben, traen causa de la competencia exclusiva que la Constitución atribuye al Estado en materia de relaciones internacionales. La ley se afana en respetar el reparto competencial entre Estado y comunidades autónomas y lo que prima es el
interés superior del menor. Además, señorías, tanto el Consejo General del Poder Judicial como el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado respaldan la regulación contemplada. Los poderes públicos deben asegurar que la modificación del sistema de
protección a la infancia y a la adolescencia garantice el cumplimiento del principio de igualdad previsto en el artículo 14 de nuestra Constitución. Por tanto, es preciso buscar la necesaria uniformidad del sistema de protección de los menores en
todo el territorio nacional. Eso es lo que, en mi humilde opinión, logran los proyectos presentados. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Señora Montesinos, finaliza usted el turno del Grupo Popular.


La señora MONTESINOS DE MIGUEL: En primer lugar, quiero sumarme a la gratitud que han trasladado mis compañeras al resto de los grupos por la buena acogida que han demostrado a lo largo de todos estos días al proyecto de ley y sobre todo a
las enmiendas transaccionales que les hemos sugerido. No olvidemos que desde el Grupo Parlamentario Popular se van a apoyar ciento cincuenta enmiendas de los distintos grupos y se han presentado más de cincuenta transaccionales a todos ellos.
Muchas de las transaccionales vienen firmadas por la mayoría de los grupos. Lamentablemente, no se ha podido confirmar tanto a UPyD como a Esquerra Republicana porque les ha sido imposible asistir esta mañana, pero muchas de las enmiendas
transaccionales que hemos presentado también se las habíamos ofrecido a estos dos grupos. Estamos convencidos de que en el resto del trámite parlamentario se sumarán a algunas de ellas porque el espíritu de sus enmiendas queda perfectamente
recogido en las enmiendas transaccionales.


Por otro lado, el Grupo Parlamentario Popular ha registrado cincuenta y siete enmiendas, la mayoría de ellas dialogadas y consensuadas con entidades del tercer sector, y estos proyectos están abocados al consenso de todas las fuerzas de esta
Cámara, ya que la atención de la infancia y de la adolescencia es una preocupación compartida por todos nosotros.


Voy a destacar muy sucintamente las enmiendas que el Grupo Parlamentario Popular ha considerado como novedades. La primera sería ampliar a noventa días el periodo de restablecimiento y reflexión para que las víctimas de la trata de seres
humanos puedan decidir su cooperación con las autoridades de la investigación del delito. Una segunda sería establecer con efecto retroactivo a 1 de enero de 2015 los beneficios en el ámbito educativo de la condición de familia numerosa establecida
en el proyecto de ley ordinario. Atender especialmente a las menores embarazadas bajo tutela o guarda de las entidades públicas sería otra, así como favorecer la contratación de víctimas de trata a través del establecimiento de bonificaciones en
las cuotas empresariales a la Seguridad Social: 1.500 euros/año, por dos años en caso



Página 14





de contratación indefinida, y 600 euros/año durante la vigencia del contrato en caso de contratación temporal. Ni la pobreza de los progenitores ni la discapacidad del menor podrán ser circunstancias para declarar la situación de desamparo.
Ese ha sido nuestro interés al presentar otra de las grandes enmiendas. Por último, destacaría la de crear un registro central de delincuentes sexuales para hacer un seguimiento y control de las personas condenadas por estos delitos, no solo en
España, sino también en otros países.


Insisto en el agradecimiento a los grupos parlamentarios y al ministerio, porque con esta reforma que se ha emprendido, tanto en el texto de la ley orgánica como en el de la ordinaria, supone un gran avance y se cumple un compromiso del
Gobierno de Mariano Rajoy. Este compromiso lo que ha logrado es que seamos el primer país del mundo que incluya por primera vez el interés superior del menor como derecho sustantivo y como norma de procedimiento. Vamos a ser los primeros, después
de una recomendación de Naciones Unidas, en reconocer los derechos y los deberes de los menores, así como que se adoptan una serie de medidas fundamentales que ya han destacado mis compañeras, por lo que no me voy a detener en ellas. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Señorías, como tenemos unas votaciones un poco complejas, vamos a hacer una pausa.


Antes de dicha pausa y de citarles lo antes posible para la votación, quiero agradecer el trabajo de los diez ponentes, así como del letrado y de su adjunta, doña Sara Sieira.


Señores portavoces, ultimen, por favor, para tener un estadillo adecuado. (Pausa).


El señor PRESIDENTE: Vamos a proceder a las votaciones. Ruego a los portavoces que estén atentos, porque tenemos unas cuantas. Vamos a ver si las resolvemos con eficacia y diligencia.


Votación del proyecto de ley orgánica de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Vamos a votar en primer lugar las enmiendas transaccionales. Comenzamos con la enmienda transaccional número 2.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39; en contra, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos a continuación el resto de las enmiendas transaccionales.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las enmiendas de la señora Pérez Fernández. En primer lugar, enmiendas 2, 6, 8 y 11.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Resto de enmiendas de la señora Pérez Fernández.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas del señor Tardà. En primer lugar, la 50, 52 y 54.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Resto de las enmiendas del señor Tardà.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Señora Montesinos, ¿se van a votar en bloque todas las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco?


La señora MONTESINOS DE MIGUEL: En esta ley, la orgánica, sí. En la ordinaria, no.


El señor PRESIDENTE: Votamos a continuación las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco en su totalidad.



Página 15





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. En primer lugar, enmiendas 34 y 36.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Resto de las enmiendas del Grupo de UPyD. (La señora Carcedo Roces pide la palabra).


Señora Carcedo.


La señora CARCEDO ROCES: Nosotros tenemos voto diferenciado en el resto. No tenemos el mismo voto en las enmiendas de UPyD en su conjunto.


El señor PRESIDENTE: ¿Cuáles son las que quiere diferenciar, señora Carcedo?


La señora CARCEDO ROCES: Las números 40, 45, 46 y 47.


El señor PRESIDENTE: Señorías, votamos las enmiendas 40, 45, 46 y 47 de UPyD.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 23; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas de UPyD.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas del Grupo de La Izquierda Plural. En primer lugar, enmiendas 13, 16 a 18, 26 y 28.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Resto de las enmiendas de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). En primer lugar, enmiendas 98, 99, 102, 104, 106, 108 y 112.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Resto de las enmiendas de Convergència i Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. En primer lugar, enmiendas 65 a 67, 71, 72, 74, 75, 80, 87 y 90.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Enmienda 89.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Página 16





Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación en bloque de las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en contra, 1; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos a continuación las correcciones técnicas; las tienen todos los portavoces de los distintos grupos. ¿Pueden aprobarse por asentimiento? (Asentimiento).


Quedan aprobadas.


Por último, votamos el texto de la ponencia con la incorporación de las enmiendas transaccionales, de las enmiendas votadas favorablemente y de las enmiendas técnicas a la ley orgánica.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 1; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado. (La señora Carcedo Roces pide la palabra).


Señora Carcedo.


La señora CARCEDO ROCES: Señor presidente, pediría un segundo para hablar con los servicios de la Cámara.


El señor PRESIDENTE: Suspendemos por cinco minutos. (Pausa).


Señorías, les pido disculpas por el retraso en la votación. Hemos tenido alguna dificultad pero aparentemente ya se ha resuelto. Muchísimas gracias a los letrados otra vez.


Vamos a comenzar con las votaciones al proyecto de ley de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.


En primer lugar, vamos a votar la enmienda transaccional 21.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.


Resto de las enmiendas transaccionales.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos las enmiendas de la señora Pérez Fernández. En primer lugar, enmiendas 6 y 7.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


En segundo lugar, enmiendas 9 y de 11 a 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas de la señora Pérez Fernández.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas. (Rumores).


Por favor, señorías.


Votamos a continuación las enmiendas del señor Tardà. En primer lugar, la enmienda 91.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 95, 98 y 100.



Página 17





Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos a continuación la enmienda 102.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de las enmiendas del señor Tardà.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco. En primer lugar, las enmiendas 83, 86 y 89.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra 23; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. En primer lugar las números 73, 74 y 77.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos a continuación las enmiendas 75, 76 y 78.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 79.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 32.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda 82.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos en contra, 24; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de las enmiendas de UPyD.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


A continuación, votamos las enmiendas del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural. En primer lugar, la número 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 9; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 22, 26, 28, 42, 59 y 62.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 29, 33, 37, 44, 52, 53, 56 y 58.



Página 18





Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos a continuación las enmiendas 39, 40, 43, 45, 47, 50, 51, 57, 70 y 71.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 32.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas del Grupo de Convergència i Unió. En primer lugar, las números 187, 189, 190, 194 a 196, 199, 204, 207, 213, 214, 218, 220, 227, 234 y 250.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


En segundo lugar, votamos las enmiendas 197, 222 y 229.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 208 a 210, 215, 216, 224, 225, 232, 236, 238 a 241, 243 a 246.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 23; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 230, 237 y 242.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de Convergència i Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos a continuación las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. En primer lugar, la 104.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 9; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 113 a 116, 120, 123, 124, 126, 128 a 130, 133, 138, 140 a 142, 146, 150, 151, 154 a 157, 161, 166, 168, 170, 171, 179 y 181.


Efectuada la votación, dijo:


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Votamos a continuación las enmiendas 158, 163 y 175.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos a continuación el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; votos en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Página 19





Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular. En primer lugar, las enmiendas 256, 257, 268 y de la 278 a la 281.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; votos en contra, 1; abstenciones, 9.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmienda 264.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; votos en contra, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos el resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35; votos en contra, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos a continuación las correcciones técnicas. ¿Se aprueban por unanimidad? (Asentimiento). Quedan aprobadas.


Por último, votamos el texto del informe de la ponencia con la incorporación de las enmiendas de corrección técnica, las enmiendas transaccionales y las enmiendas aprobadas en la votación que acabamos de realizar.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; votos en contra, 3; abstenciones, 10.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado. (La señora Montesinos de Miguel pide la palabra).


Señora Montesinos, adelante.


La señora MONTESINOS DE MIGUEL: Es una consulta muy rápida. Como hemos cambiado el guión de la votación y como mi grupo tenía intención de votar a favor las enmiendas 6 y 7 del Grupo Mixto y las enmiendas 95, 98 y 100 del señor Tardà,
quería saber si hemos votado en ese sentido. (Asentimiento).


Eso era todo. (El señor Campuzano i Canadés pide la palabra).


El señor PRESIDENTE: Señor Campuzano, adelante.


El señor CAMPUZANO I CANADÈS: Señor presidente, a efectos del acta y a pesar de que hemos votado a favor, me gustaría que figurase nuestro rechazo a la transaccional 21.


El señor PRESIDENTE: Muy bien.


¿Alguna intervención más? (Denegaciones).


Se levanta la sesión.


Eran las dos y cincuenta minutos.