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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 786, de 15/04/2015
cve: DSCD-10-CO-786 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 786

ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. OVIDIO SÁNCHEZ DÍAZ

Sesión núm. 76

celebrada el miércoles,

15 de abril de 2015



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa (Fernández de Mesa Vargas), para informar del Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales y de Banco Madrid. A propuesta del Gobierno. (Número de expediente
212/002207) ... (Página2)


Ratificación de la ponencia designada para informar sobre:


— Proyecto de ley de medidas urgentes en materia concursal (procedente del Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre). (Número de expediente 121/000117) ... (Página17)


Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


— Proyecto de ley de medidas urgentes en materia concursal (procedente del Real Decreto-ley 11/2014, de 5 de septiembre). (Número de expediente 121/000117) ... (Página17)



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Se abre la sesión a las seis y treinta minutos de la tarde.


— COMPARECENCIA DEL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO DE ECONOMÍA Y APOYO A LA EMPRESA (FERNÁNDEZ DE MESA VARGAS), PARA INFORMAR DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE BANCO MADRID. A PROPUESTA DEL GOBIERNO. (Número de
expediente 212/002207).


El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a empezar en esta ya tarde-noche la sesión de esta Comisión. En primer lugar, está dispuesta la comparecencia del secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa para informar del Servicio de
Prevención del Blanqueo de Capitales y del Banco Madrid. Señor secretario de Estado, don Iñigo Fernández de Mesa, tiene usted la palabra.


El señor SECRETARIO DE ESTADO DE ECONOMÍA Y APOYO A LA EMPRESA (Fernández de Mesa Vargas): Señor presidente, señorías, esta es la primera vez que un secretario de Estado de Economía comparece en esta Cámara para explicar las iniciativas del
Gobierno en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Luchar contra el blanqueo de capitales supone luchar contra el crimen organizado, el narcotráfico, la trata de seres humanos, la corrupción y cualquier otro
delito susceptible de generar fondos ilícitos. Es una lucha centrada en privar a los delincuentes de la rentabilidad de su actividad criminal, aquella rentabilidad que precisamente les impulsa a delinquir. La lucha contra el terrorismo también es
una prioridad para este Gobierno. El terrorismo debe ser atacado desde todos los frentes, y un elemento importante de esta lucha son las medidas que estrangulan las fuentes de financiación necesarias para la ejecución de los actos terroristas y el
sostenimiento de las propias organizaciones. Obviamente, la tarea de prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo es compleja, máxime en una economía globalizada e interconectada donde los capitales se mueven a lo largo y
ancho del mundo en segundos. Por ello, la eficacia de la política de prevención descansa en el desarrollo de mecanismos de cooperación tanto a nivel nacional como a nivel internacional.


Permítanme que a continuación les presente unas breves pinceladas de la estructura institucional del sistema de prevención de blanqueo de capitales. La Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias es el máximo
órgano con competencias en este ámbito y se encarga de la coordinación de todos los departamentos e instituciones implicados. La comisión es el órgano responsable de fijar la política de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del
terrorismo en España. En ella se aglutinan altos representantes de los Ministerios del Interior, de Economía y Competitividad, Justicia, Asuntos Exteriores y Cooperación, Agencia Tributaria, Comisión Nacional del Mercado de Valores, Banco de
España, policías autonómicas, fiscalías especializadas Antidrogas y Anticorrupción, Fiscalía de la Audiencia Nacional y Consejo General del Poder Judicial. Además del pleno, la comisión cuenta con un comité permanente presidido por la Secretaría
General del Tesoro y de Política Financiera, con amplias competencias en materia supervisora. La comisión se apoya en dos órganos, la secretaría de la comisión y el servicio ejecutivo de la comisión, más conocido como el Sepblac. La secretaria de
la comisión, dependiente de la Secretaría General del Tesoro y de Política Financiera, es el órgano regulador responsable del impulso normativo. Por su parte el Sepblac desarrolla una amplia variedad de funciones que podemos agrupar en dos grandes
bloques. En primer lugar, realiza funciones de inteligencia financiera y, en segundo lugar, de supervisión e inspección. Conforme a la función de inteligencia financiera, el Sepblac recibe y analiza las comunicaciones de operaciones sospechosas
que tienen que realizar las entidades obligadas por la ley. Esas entidades, entre otras, son bancos, aseguradoras, empresas de envío de dinero, inmobiliarias, abogados o notarios. Concluido este análisis, cuando concurren indicios de criminalidad
en las operaciones, el Sepblac elabora informes de inteligencia financiera que remite a los cuerpos policiales o al ministerio fiscal. Es importante destacar que el Sepblac realiza esta función de inteligencia con plena autonomía e independencia
operativas basándose en criterios técnicos. Como pueden imaginar sus señorías, la sensibilidad de la información que se maneja exige estrictos deberes de confidencialidad. Esos deberes impiden revelar los datos relativos a las personas o
transacciones sobre las que se está trabajando o sobre las que se ha remitido informe al ministerio fiscal o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.


Por otro lado, el Sepblac es la autoridad supervisora de la normativa. Así, el Sepblac inspecciona el cumplimiento de los deberes de prevención por parte de las entidades legalmente obligadas. A estas entidades se les exige que desarrollen
políticas internas para conocer a sus clientes y el origen de sus fondos a fin de poder detectar comportamientos u operaciones con indicios de estar vinculados con el



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blanqueo de capitales. Están sujetas a la normativa de prevención más de un millar de entidades financieras y decenas de miles empresas y profesionales de carácter no financiero, entre los que se encuentran promotores inmobiliarios,
abogados, etcétera. Por ello, la atención supervisora se centra en aquellos sectores económicos que presenten un mayor riesgo desde la perspectiva de la prevención del blanqueo de capitales. A este respecto, el Sepblac presenta una estrategia
sofisticada que ha sido alabada internacionalmente.


Las funciones de inteligencia financiera y de supervisión se orientan a fines muy diferentes. Sin embargo, el Sepblac no entiende dichas funciones como compartimentos estancos. De esta forma, la información de inteligencia financiera, que
es información de muy alta calidad, se utiliza en la estrategia de supervisión. En el mismo sentido, si en el curso de la supervisión se detectan operaciones con indicios de vinculación con el blanqueo de capitales que no hayan sido previamente
comunicadas por la entidad, estas son remitidas internamente al departamento de análisis del Sepblac. Este doble enfoque de inteligencia y de supervisión está siendo sumamente exitoso y supone una optimización de los recursos analíticos y
supervisores del Sepblac.


En todos los casos las inspecciones dan lugar a dos documentos distintos, por una parte el escrito de conclusiones, que es el documento que por mandato legal se remite a la entidad supervisada, donde se ponen de manifiesto sucintamente los
hallazgos de la inspección, tanto positivos como negativos, y por otra parte el informe de inspección, que describe de manera detallada la situación y el grado de cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones legales vigentes. Este informe de
inspecciones es el que el Sepblac remite al comité permanente de la comisión para que decida si procede o no incoar expediente sancionador contra la entidad, momento en que se procede a tipificar las posibles infracciones. En este punto es preciso
aclarar que la apertura de expediente sancionador no debe entenderse necesariamente como una manifestación de la existencia de esquemas de blanqueo de capitales en una entidad. De hecho, las situaciones en las que se detectan esos esquemas de
blanqueo son muy infrecuentes, sobre todo en un sector como el bancario, que está sometido ya a una multiplicidad de controles, no solamente por el Sepblac sino también por el propio Banco de España o el supervisor único europeo. Como digo, los
expedientes administrativos se orientan a sancionar el incumplimiento de obligaciones estrictamente administrativas, por ejemplo, dotar unidades de control, aprobar procedimientos, identificar debidamente a los clientes o desarrollar mecanismos para
detectar operaciones de riesgo. Si por el contrario se detectasen hechos que pudieran ser constitutivos de un delito de blanqueo de capitales, se debe trasladar dicha información al ministerio fiscal y será por tanto el ministerio fiscal el
encargado de investigar lo sucedido y depurar las responsabilidades penales correspondientes.


Como he apuntado al inicio de mi intervención, la política de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo es una prioridad para este Gobierno y no estamos hablando de una mera declaración de intenciones. Se han
puesto en marcha medidas concretas que tienen su reflejo en los datos de actividad de la comisión, su secretaría y el propio Sepblac. En primer lugar, en el ámbito de las actividades de supervisión desarrolladas por el Sepblac, se ha hecho un
importante esfuerzo para intensificar la actividad inspectora. De esta forma, en los dos últimos años se han aprobado planes de inspección que han significado multiplicar por cuatro el número de entidades supervisadas anualmente. A futuro, estamos
convencidos de que la actividad supervisora debe intensificarse más aún. Por ello dotaremos al Sepblac de recursos adicionales en los próximos meses. Para que todo el sistema funcione de manera eficiente es innegable la necesidad de contar con
medios adecuados, pero junto a ello resulta ineludible contar también con un marco regulatorio ambicioso y adecuado. En este punto he de destacar que en los foros internacionales se ha alabado a España por contar con una legislación ambiciosa,
actualizada y que cumple con las más novedosas exigencias internacionales. Ello ha sido posible porque en esta legislatura hemos modificado la normativa de prevención del blanqueo de capitales tomando precisamente estos estándares más recientes
como modelo. De hecho, en este proceso nos hemos adelantado a la aprobación de la cuarta directiva de la Unión Europea que está previsto que se apruebe próximamente. De esta forma, cuando la directiva entre en vigor, el grueso de su contenido
llevará ya más de un año siendo plenamente exigible en nuestro país.


Este proceso de reforma de la normativa de prevención del blanqueo de capitales se ha llevado a cabo mediante dos instrumentos, mediante la reforma de la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo a
través de la Ley de transparencia, acceso a información pública y buen gobierno y, en segundo lugar, mediante la aprobación del nuevo reglamento de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Efectivamente, en
diciembre de 2013, la Ley de



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Transparencia introdujo un primer bloque de novedades entre las que destaca el endurecimiento de las medidas de control de las personas con responsabilidad pública. Las personas con responsabilidad pública son aquellas que desempeñan o
hayan desempeñado funciones públicas importantes. En el proceso de decisión sobre qué cargos o funciones incluir en este concepto, se ha optado por ir más allá de los mínimos exigidos por la normativa internacional. De esta forma, junto a los
miembros del Gobierno, diputados y senadores, magistrados del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional y altos cargos, se incluye a presidentes y miembros de consejos de Gobierno, altos cargos y diputados de las comunidades autónomas y también
a alcaldes, concejales y demás cargos electos en municipios que superen los 50.000 habitantes o sean capitales de provincia. En relación con todas estas personas se exige a bancos y demás sujetos obligados por la ley que pongan en marcha lo que se
denominan controles reforzados. Esos controles están orientados a determinar que existe coherencia entre las transacciones que realizan y los fondos que teóricamente manejan. En caso de detectar incoherencia, las entidades procederán a analizar la
operativa y en su caso comunicar al Sepblac las transacciones sospechosas. El Sepblac tratará esas operaciones y en su caso hará remisión a los cuerpos policiales o al ministerio fiscal. Se trata pues de una apuesta decidida en términos de
prevención del blanqueo de capitales, pero simultáneamente refuerza decididamente los mecanismos de lucha contra la corrupción.


Posteriormente, en el mes de mayo de 2014, se aprobó el nuevo reglamento de prevención del blanqueo de capitales. Son muchas las novedades que prevé, si bien me voy a referir a cuatro de ellas. En primer lugar, el reglamento exige que las
entidades obligadas lleven a cabo un análisis interno de los riesgos, concentrando sus esfuerzos de control en aquellos clientes, operaciones o productos que por sus características presenten más riesgos. Estos análisis internos se deben
complementar con las directrices sobre riesgos que aprueba la comisión de prevención y las propias indicaciones que el Sepblac les realiza. En segundo lugar, el reglamento establece determinados productos y clientes que por su propia naturaleza
requieren un mayor control, como es el caso por ejemplo de las ya mencionadas personas con responsabilidad pública y también de los clientes o fondos procedentes de países de riesgo, incluidos los paraísos fiscales. En tercer lugar, el reglamento
ha llevado a cabo una revisión y mejora del esquema institucional, potenciando la coordinación entre instituciones y mejorando la representatividad. Se ha modificado la estructura de la comisión dando representación al Poder Judicial o al
Ministerio de Asuntos Exteriores, entre otros. Por último, el reglamento ha servido para terminar de perfilar algunos instrumentos ya previstos en la ley, como el fichero de titularidades financieras. El fichero de titularidades estará operativo
en el año 2016 e incluirá información actualizada mensualmente sobre las cuentas de residentes o no residentes, de personas físicas o jurídicas, abiertas en entidades de crédito de España. Es importante aclarar que en ningún caso se incluirá
información sobre los saldos de las diferentes cuentas. Además, se crea un mecanismo de control reforzado del fichero mediante la designación de un fiscal especializado para controlar el buen uso de la información. Se trata sin duda alguna de una
herramienta de la que disponen solamente unos pocos países en el mundo y que va a suponer una importante mejora en la eficacia de las acciones de investigación financiera y recuperación de fondos ilícitos.


Señorías, desde el año 2012 la comisión de prevención ha aprobado documentos anuales de estadísticas relativas a las actividades de prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Permítanme que
aproveche esta comparecencia para anticipar los principales datos del año 2014. Los asuntos abiertos por el Sepblac alcanzaron en 2014 la cifra de 4.637, lo que representó un incremento del 15 % respecto al año 2013. Como resultado de esos
análisis, el Sepblac remitió 4.680 informes de inteligencia financiera, siendo los principales destinatarios el Cuerpo Nacional de Policía, la Guardia Civil y la Oficina Nacional de Investigación del Fraude. El grueso de los asuntos abiertos por el
Sepblac tiene su origen en comunicaciones de operativa sospechosa, que ascendieron a 4.508. Debe tenerse en cuenta a este respecto que en el año 2012 las comunicaciones se situaban en 2.937, lo que supone que en tan solo dos ejercicios se haya
producido un incremento superior al 50 %. Este fuerte crecimiento no debe atribuirse al crecimiento de la criminalidad subyacente, según resulta de las estadísticas disponibles, sino a una mayor concienciación de las entidades, motivada entre otros
factores por el impulso de la actividad supervisora por parte del Sepblac.


Las entidades de crédito representan el porcentaje mayoritario, con un 58 % del total de comunicaciones, y casi un 50 % de las comunicaciones por indicio, lo que las mantiene en el primer lugar como principales suministradoras de
inteligencia relacionada con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Se ha producido un notable aumento de las comunicaciones de las remesadoras, entidades gestoras de transferencias, pasando de 755 comunicaciones en 2013 a 1.339
comunicaciones en el año 2014. Este



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sector sigue evolucionando favorablemente en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. A ello han contribuido diversas iniciativas y actuaciones, como el funcionamiento del registro de agentes
de alto riesgo, una mayor sensibilidad en las entidades, que han mejorado e incrementado los recursos y herramientas para la prevención, la presión supervisora y la culminación de algunos de los expedientes por incumplimientos de la normativa con
duras sanciones.


Además de las entidades financieras, la principal aportación al sistema de prevención proviene de los notarios y de los registradores, con 288 y 147 comunicaciones respectivamente. En estas comunicaciones se siguen encontrando elementos
indiciarios y soporte documental de gran calidad que facilitan el análisis y la búsqueda de indicios sobre la posible vinculación de las operaciones comunicadas con actividades delictivas. Además de las comunicaciones de operativa sospechosa, el
Sepblac recibe las operaciones de comunicación sistemática o declaración mensual obligatoria. Se trata de una exigencia de reporte objetivo de transacciones que la normativa considera de particular riesgo. Son operaciones puras de efectivo, esto
es, sin reflejo en cuenta, transacciones con países o territorios designados, fundamentalmente paraísos fiscales, y movimientos de efectivo. Como consecuencia de los cambios regulatorios impulsados por el Gobierno, la comunicación de estas
operaciones ha experimentado un incremento del 88 %, pasando de unas 800.000 en 2013 a más de 1.500.000 en 2014.


Además de elaborar informes de inteligencia financiera, una importante función del Sepblac es colaborar con otras autoridades nacionales facilitando información financiera necesaria para sus investigaciones. En 2014, todas las autoridades
incrementaron sus requerimientos de información, algunas de ellas con aumentos muy significativos. El mayor número de requerimientos provino del Cuerpo Nacional de Policía, que superó las 200 solicitudes. También aumentaron los requerimientos de
información de la Guardia Civil, de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude y del departamento de Aduanas. Este crecimiento es reflejo de la utilidad de la información suministrada a los investigadores de los distintos organismos, que ya
incorporan en sus rutinas de trabajo la solicitud de información del Sepblac.


Por lo que se refiere a la actividad de la secretaría de la comisión en la vertiente sancionadora, me referiré a dos tipos de acciones disciplinarias. En cuanto a los procedimientos disciplinarios por incumplimiento de la normativa de
prevención del blanqueo de capitales por parte de los sujetos obligados por la ley, actualmente se encuentran en tramitación un total de 14 expedientes sancionadores. Junto a ello es preciso hacer referencia a los procedimientos iniciados por el
incumplimiento de las obligaciones de declaración de movimientos de dinero en efectivo. En el año 2014 se han intervenido fondos no declarados por un valor de 37 millones de euros y se han tramitado un total de 659 expedientes, que han dado lugar a
la imposición de sanciones por un importe superior a 28 millones de euros.


Permítanme que me refiera ahora al reconocimiento internacional de nuestro sistema de prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. España es miembro fundador del Grupo de Acción Financiera, GAFI,
organismo intergubernamental que se encarga de aprobar los estándares que los países deben aplicar para prevenir y combatir esta lacra. Dicha organización realiza periódicamente evaluaciones a sus miembros para determinar el nivel de cumplimiento
de dichos estándares. El pasado mes de octubre se aprobó el informe de evaluación mutua de España, donde se describen y valoran nuestras políticas y acciones en este ámbito. Son muchos los aspectos positivos que se recogen en dicho documento, pero
me voy a centrar en cinco de ellos particularmente vinculados a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales que presido: el análisis de los riesgos existentes, la coordinación nacional, el entorno regulatorio, el régimen de supervisión y
finalmente la labor de inteligencia financiera desarrollada fundamentalmente por el Sepblac.


En primer lugar, debe señalarse que un sistema eficaz de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo ha de basarse en un análisis preciso de los riesgos a que está expuesto un Estado. A este respecto resulta
obvio que la situación geográfica, la estructura económica y las relaciones con determinados países y áreas determinan riesgos que han de ser adecuadamente mitigados a través de un enfoque integral que combine un elenco amplio y flexible de medidas.
En ese sentido, el GAFI enfatiza que España muestra un alto nivel de conocimiento de los riesgos a los que nos enfrentamos. El informe del GAFI dedica particular atención a la lucha contra la financiación del terrorismo, que constituye uno de los
riesgos principales que afronta España. El informe valora especialmente la considerable experiencia de las instituciones españolas y destaca que España tiene una actitud muy proactiva a la hora de facilitar y solicitar cooperación internacional y
que ha llevado a cabo con éxito investigaciones en colaboración con autoridades homólogas de otros países. En segundo lugar, respecto de la coordinación nacional el GAFI ha señalado que España cuenta con instituciones sólidas. En concreto el
informe



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reconoce que la comisión de prevención constituye un mecanismo de coordinación eficaz y reseña que las autoridades competentes están comprometidas y bien dirigidas y coordinadas por esta comisión. En tercer lugar y por lo que se refiere a
la regulación de prevención, el informe de evaluación señala que nuestra normativa se adecúa a las exigencias más novedosas. El informe de evaluación deja claro que en las materias donde el Gobierno ha tenido margen para regular de forma autónoma
se ha aplicado la normativa internacional hasta sus últimas consecuencias. Un cuarto aspecto que ha sido positivamente valorado en el informe del GAFI es el sistema de supervisión del cumplimiento de las obligaciones de prevención del blanqueo de
capitales que existe en España. El informe de evaluación indica que nuestro país cuenta con un sistema de supervisión sólido. Como principal supervisor en materia de prevención del blanqueo de capitales, el Sepblac aplica lo que el informe
califica como un sofisticado enfoque basado en el riesgo. En quinto lugar y por último, el informe del GAFI otorga la máxima calificación posible al trabajo desarrollado por el Sepblac en el ámbito de investigación financiera, esto es, en todo el
proceso de análisis y explotación de las comunicaciones de operativa sospechosa. España es el único de los cuatro países evaluados hasta el momento que ha recibido esta calificación. El GAFI señala que España cuenta con una unidad de inteligencia
financiera sólida, el Sepblac, que funciona adecuadamente y que realiza análisis operativos y estratégicos de alta calidad. En definitiva, el informe de evaluación concluye que España cuenta con un sistema de prevención del blanqueo de capitales y
de la financiación del terrorismo sólido, maduro y sofisticado, con un marco jurídico e institucional igualmente bien desarrollado. Este resultado es claramente satisfactorio y es intención del Gobierno continuar impulsando las iniciativas
necesarias para que nuestro país se mantenga entre los más avanzados del mundo.


Señorías, no quiero terminar mi intervención sin dejar de referirme a la cuestión específica del Banco Madrid. Por lo que se refiere a las actuaciones de la comisión y sus órganos de apoyo, como comprenderán debo expresarme con la máxima
prudencia. Sin embargo, hay algunos hechos que sí me gustaría subrayar. Como he mencionado, la comisión, a través del Sepblac, supervisa con carácter general el cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales. La inspección
del Banco Madrid se enmarcó dentro de las tareas de supervisión ordinarias del Sepblac. El proceso de inspección de la entidad fue similar en tiempo y en forma a otros procesos de la misma naturaleza. La visita de inspección in situ a las oficinas
del banco se practicó entre los meses de abril y mayo de 2014. No obstante, hasta el mes de septiembre, el Sepblac siguió requiriendo y recibiendo información del Banco Madrid. Es entonces cuando realmente se inicia la fase más crítica del proceso
supervisor: el análisis de la información obtenida. Durante esta fase, el equipo inspector del Sepblac realizó una profundísima revisión de la operativa del banco, resultando un informe exhaustivo y de gran calidad. El 25 de febrero de 2015 los
inspectores concluyen su labor con la emisión del informe de inspección. Los inspectores del Sepblac contaron con el tiempo necesario para hacer su trabajo y ciertamente el resultado debe calificarse como muy satisfactorio. Los siguientes siete
días se dedican a elaborar el escrito de conclusiones de la inspección. El escrito se remite a la entidad el 9 de marzo. Como ya he mencionado, el escrito tiene por objeto informar de los puntos principales de la inspección. Se emite
expresamente, sin perjuicio de las decisiones que pudiera adoptar el comité permanente. Es un escrito que se limita a lo puramente fáctico, sin tipificar ni calificar los hechos puestos de manifiesto por la inspección. Un día después, el 10 de
marzo, la secretaría de la comisión y el Banco de España reciben el informe de inspección del Sepblac. Como saben, el comité permanente, integrado por altos representantes de los ministerios de Economía, Interior, Agencia Tributaria, Banco de
España, Comisión Nacional del Mercado de Valores y ministerio fiscal, se reúne tradicionalmente dos veces al año. La reunión del comité permanente se celebra el día 12 de marzo, algo antes de lo previsto, pero apenas dos días después del anuncio
por parte de las autoridades norteamericanas. Gracias a la labor de los inspectores a lo largo de los meses previos y gracias a que el Sepblac había concluido sus actuaciones supervisoras con anterioridad, cuando se reúne el comité permanente este
ya tiene a su disposición un informe de inspección riguroso. En la reunión del 12 de marzo, el comité permanente acuerda la incoación del procedimiento administrativo sancionador y la remisión de los hechos al ministerio fiscal. Las tareas de
inspección de gran exhaustividad y profundidad llevadas a cabo con anterioridad son las que permitieron a la comisión adoptar las medidas necesarias con toda celeridad.


En este punto me parece importante destacar que las dificultades operativas del Banco Madrid no se han derivado de la acción supervisora del Sepblac. Como ya señaló ayer en esta Comisión el presidente del FROB y subgobernador del Banco de
España, la desestabilización del Banco Madrid es consecuencia de las comunicaciones de la autoridad financiera estadounidense sobre BPA, el accionista único de Banco Madrid. La pérdida de confianza resultante es lo que deja al grupo sin posibilidad
de operar con normalidad



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en los mercados financieros. La investigación norteamericana, centrada en la matriz BPA, y las actuaciones de las autoridades andorranas en los días posteriores provocaron importantes salidas de depósitos del Banco Madrid que deterioraron
rápidamente su posición de liquidez y precipitaron la solicitud de un concurso de acreedores.


Señorías, la duración del proceso de supervisión del Banco Madrid ha sido coherente con la complejidad del asunto y con los restantes procesos de supervisión en materia de blanqueo de capitales. Por supuesto, durante todo el proceso ha
existido una perfecta coordinación entre las distintas instituciones involucradas. Como en otros procesos de inspección, en el caso que nos ocupa los contactos y la colaboración entre el Sepblac y el Banco de España fueron frecuentes. En
definitiva, puedo señalar que la actividad supervisora se ha desarrollado con plena eficacia y que la comisión ha actuado diligentemente aplicando el régimen legal previsto.


Finalmente, me gustaría concluir mi intervención reiterándoles que la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo constituyen una prioridad del Gobierno. Como secretario de Estado de Economía atribuyo
una gran relevancia a esta materia. Es esencial que el sistema financiero español opere con arreglo a los más exigentes estándares internacionales. En un contexto de creciente globalización, la buena reputación de nuestras entidades financieras es
un activo esencial que debemos proteger, pero, por encima de cualquier otra consideración, es fundamental que las entidades contribuyan activamente a la detección de conductas potencialmente ilícitas y que implementen mecanismos para prevenir que
estos flujos financieros tengan acceso a la economía legítima.


El señor PRESIDENTE: A continuación habrá un turno para los grupos, empezando por don Juan Moscoso, por el Grupo Parlamentario Socialista.


El señor MOSCOSO DEL PRADO HERNÁNDEZ: Quiero dar la bienvenida al secretario de Estado a esta Comisión, que es la suya. Ya es la segunda ocasión en poco tiempo. Quiero agradecer la exposición que ha hecho del funcionamiento del Sepblac,
una institución y un organismo fundamental en un momento en el que la lucha contra el blanqueo, la evasión fiscal y el fraude a escala internacional exige poner en marcha mecanismos de calidad y eficiencia demostrada y también, por supuesto, en su
componente de prevención del terrorismo y del uso de fondos para ese fin ilícito. Esta función de la que usted es responsable no es muy conocida por la opinión pública. Creo que exige que entre todos la demos a conocer, sobre todo a la vista de
los cambios legislativos de los que ha sido objeto en los últimos años, desde que se creó el Sepblac embrionario en el Banco de España, y también incluso entre la llamada clase política. Creo que muchos de los diputados y diputadas, senadores y
senadoras ni tan siquiera son conscientes de que son personas con responsabilidad pública y que son objeto de un seguimiento particular y obviamente necesario, tal y como usted ha explicado. También celebramos el informe del Grupo de Acción
Financiera y la consideración internacional que se hace del organismo, porque sin duda la dimensión internacional es fundamental, como todos sabemos, tal y como se ha visto en el caso con el que usted ha cerrado su primera intervención, el relativo
al Banco Madrid. Probablemente, este sea el primer caso práctico importante de relevancia pública en el cual el Sepblac ha intervenido, que es de gran actualidad política estos días y que, como usted ha dicho, ayer fue objeto en parte de debate en
la comparecencia del presidente del FROB y subgobernador del Banco de España, don Fernando Restoy. Nosotros, el Grupo Socialista, el día 24 de marzo solicitamos la comparecencia del ministro de Economía para explicar esta cuestión, en particular lo
que estaba sucediendo en relación con el Banco Madrid. El Gobierno ha decidido que esta comparecencia sea la suya y nos parece razonable, está en su derecho, porque el Sepblac depende de usted y el Sepblac ha sido un elemento medular en todo lo que
ha ocurrido en relación con el Banco Madrid.


Ayer expliqué cómo nuestra actitud respecto a este episodio había ido cambiando a medida que se iban conociendo y se iban desarrollando diferentes acontecimientos. Nosotros no pedimos su comparecencia ni la del ministro ni el 10 de marzo ni
el 11 ni el 12 ni el 13 como hicieron otros grupos, porque teníamos y tenemos una confianza leal en las instituciones del Estado y en su funcionamiento, pero llegó un momento en el que nos vimos obligados a pedirla, porque entendíamos que había
muchas cuestiones que debían ser aclaradas. De hecho, creemos que sigue habiendo cuestiones que son de difícil comprensión y explicación para la ciudadanía en general. Por supuesto, las instituciones han funcionado, se van a garantizar los ahorros
de los clientes, de los depositarios, también se van a garantizar en buena medida las inversiones. Otros intereses como por ejemplo la reputación de nuestro sector financiero o los derechos de los trabajadores de la entidad afectada van a quedar en
peor lugar.



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Sin embargo, hay dos cuestiones que nos preocupan y sobre las que luego volveré. La primera es el baile de fechas respecto a lo ocurrido en relación con este informe, respecto a cuándo se produce la investigación, cuándo se cierra, cuándo
se presenta, y todo ello en esa coincidencia con la aparición del informe de los Estados Unidos —nos parece cuando menos peculiar—, del Fincen. También se da un hecho muy preocupante —usted ha citado la decisión de la comisión del día 12 de marzo—,
que es la insólita filtración del informe definitivo del Sepblac a los medios de comunicación. Los medios de comunicación publican el día 13, como decimos en política jocosamente, al señor «fuentes» —fuentes del Sepblac— y posteriormente, el día
14, aparece publicado el informe en todos los medios de comunicación. Esto condiciona ya totalmente la evolución de la entidad y desde luego cierra cualquier alternativa que no fuera la de la liquidación y el concurso, como se decide los días 15 y
16.


Ayer le dijimos al subgobernador que la marca España había salido tocada de este proceso, que la credibilidad del sistema había salido debilitada y que desde luego la seguridad jurídica del país había salido afectada. Ha habido informes en
los últimos días en los que ya se pone en cuestión la confianza en el sistema financiero porque si las entidades son pequeñas, si son de una determinada característica, según como sean los fondos los consumidores y los inversores pueden ver
afectadas sus inversiones, al margen de cuáles sean los coeficientes de solvencia y cuál sea la realidad del sector. Por tanto, esto ha afectado. En cualquier caso, nosotros tenemos, como decía, una primera duda relativa a las fechas, pues si se
conocían dichas irregularidades desde marzo o supuestamente desde 2014, incluso ha salido publicado que hubo reuniones con los norteamericanos, Guardia Civil y Policía Nacional, cómo es posible que el Banco de España haya llegado a decir hasta por
escrito que hasta el 10 de marzo desconocía cualquier información sobre lo que el Sepblac estaba investigando. Es una cuestión que a nosotros nos preocupa bastante. ¿Es posible que haya sido la publicación o el informe americano relativo al Banco
Privado de Andorra lo que haya provocado que se pusiera en marcha el procedimiento en España? ¿No se podría haber puesto en marcha de manera automática, de manera más rápida y eficaz? Esto no ha quedado claro, señor secretario de Estado, y
queremos que nos lo explique. ¿Por qué el Sepblac no vio antes presuntos delitos? ¿Por qué un primer informe que se envía al banco el 9 de marzo y en el que aparentemente solo aparecen faltas administrativas en las conclusiones tres días después
se convierte en un informe con causas penales o supuestos delitos penales que va al fiscal? Da la impresión de que el aviso de Estados Unidos provoca un giro de 180 grados en la interpretación del Sepblac sobre lo que estaba ocurriendo en el Banco
Madrid. En el Consejo del Sepblac se sientan el Banco de España y la CNMV, de manera que no entendemos cómo es posible que ambos organismos no se sientan copartícipes de la investigación y no reconozcan públicamente que han conocido esa
información, habiendo indicios de que no parecían muy preocupados por lo que dentro de ese banco se estaba produciendo. Por ejemplo, la CNMV autoriza en febrero que Interdin Bolsa deje de ser sociedad de valores para integrarse en el Banco Madrid,
2 de febrero de este año. Por ejemplo, el propio 10 de marzo la CNMV da instrucciones a los gestores de fondos de Banco Madrid para que vendan posiciones y creen liquidez, creando a posteriori un problema porque ese dinero se ha quedado atrapado en
una cuenta del Banco Madrid que está ahora sujeta a concurso de acreedores. El Banco de España ha dicho por escrito que conoció el informe el 10 de marzo y no parece que la primera decisión de intervención del Banco de España sea coherente con la
existencia de prácticas de esa gravedad en el seno del banco. Quizá todo esto sea todavía un procedimiento temprano, dicho no en el sentido de que haya habido una alerta temprana, que no la ha habido, sino en el sentido de que todavía tenemos mucho
que aprender de estos procedimientos. Por supuesto, las críticas y la falta de coordinación les afectan a ustedes como Gobierno, pero también a otras instituciones, porque un problema de blanqueo de capitales se ha convertido en una crisis bancaria
y ha fallado la alerta temprana y el protocolo de actuación. Esto es lo que nosotros criticamos; nos sorprende que nadie fuera capaz de anticiparse a las consecuencias de lo que iba a pasar, porque cualquiera que conozca mínimamente cómo funcionan
los mercados de capitales saben que tras el conocimiento del informe que apareció publicado en prensa el fin de semana se iban a precipitar los acontecimientos.


Hay otras dudas que se debaten en el sector; por ejemplo, por qué no se planteó cerrar la sacada de fondos desde el primer día, por qué no se estudió la venta a un tercero cuando era viable. Supongo que habrá partes de esta cuestión que
serán confidenciales, pero no parece que la coordinación con los norteamericanos sea la exigible, puesto que la razón para la no venta a un tercero es que no había garantías de que no se iba a hacer frente a una hipotética multa de Estados Unidos,
como se dijo el primer día, y luego ha resultado que Estados Unidos no tenía ninguna intención de multar al Banco Madrid.



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Por tanto, no ha existido un plan de actuación de alerta temprana y las dificultades se podrían haber gestionado de manera más rigurosa y coordinada. Creo que esto tiene mucho que ver también —y tenemos que aprender de ello— con que, por
ejemplo, en estos momentos en esta Cámara y en esta Comisión vamos a debatir en los próximos días el proyecto de ley sobre el nuevo mecanismo de resolución de entidades bancarias. Es un proyecto en el que el Gobierno vía FROB y el Banco de España
se van a distribuir la resolución de actuación preventiva y las ejecutivas. Cuando estamos creando en este país mecanismos que exigen una coordinación muy fina entre diferentes instituciones, este gran caso del Banco Madrid, un gran caso práctico
del que tenemos que sacar muchas lecturas y aprender muchas lecciones, nos demuestra que hay que mejorar la coordinación porque cuesta entender algunas decisiones que se han tomado así como también, por supuesto, la necesidad de luchar de manera más
coordinada, mejor a nivel europeo contra el blanqueo y los paraísos fiscales, porque también hemos oído que de la cuestión andorrana hay una derivada francesa, que aparece y desaparece en los medios de comunicación, así como, por supuesto, el caso
de los Estados Unidos.


Creo que este es un buen ejemplo de cuánto queda por hacer y aprender y que es obligación del Gobierno tomar nota de lo que ha ocurrido, tomar nota de que se ha liquidado o se va a liquidar una entidad financiera por un supuesto caso de
blanqueo de capitales que afecta a un número indeterminado de clientes pero que no afectaba a la solvencia de la entidad y que esto, aunque el regulador ha decidido que al no ser de interés general no daba lugar a la necesidad de poner en marcha un
proceso de resolución, es evidente que ha afectado a la reputación y la seguridad jurídica del sistema en su conjunto. Ha sido así, ha sido noticia internacional, por lo que consideramos que hay que dar algunas explicaciones, sobre todo respecto a
la coordinación de ese contenido obtenido de la investigación del Sepblac en el seno del Banco Madrid y su coordinación con otras instituciones.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: Gracias por su comparecencia, señor secretario de Economía. Intervendré con brevedad y voy a empezar por la constatación de unas evidencias de algo tan banal que incluso me cuesta dejar constancia de las mismas,
pero considero que es importante que nos lo recordemos porque es la base del reto que tenemos por delante.


En una economía globalizada no es posible mantener el Estado social, que es el gran logro del siglo XX, sin garantizar sistemas fiscales suficientes y justos. ¡Menuda obviedad acabo de decir! Una segunda obviedad es que un sistema fiscal
suficiente y justo no es posible, no es compatible, no puede existir mientras se mantengan las diferentes lacras que hoy existen en nuestros sistemas fiscales en todo el mundo y más concretamente en el ámbito europeo. Sé que son cosas distintas,
pero ahí están: dumping fiscal, elusión fiscal, fraude fiscal, blanqueo de capitales... Eso es así, pero creo que no se quiere ver o solo se ve cuando es imprescindible, cuando la realidad explota delante de la cara a quienes gobiernan. Y la
tercera obviedad es que los procesos de blanqueo de capitales, de elusión, las diferentes formas de fraude no son posibles sin la cooperación permanente del sistema financiero, no lo son. El sistema financiero es, si se me permite, utilizando un
concepto jurídico pero en este caso no hago imputaciones jurídicas, un cómplice necesario de lo que ha pasado. Es imposible pensar que la magnitud que ha adquirido durante la burbuja el blanqueo de capitales se haya podido hacer sin la complicidad
del sistema financiero. Cuando a veces nos preguntamos qué ha pasado en este país en relación con la burbuja parece que no se sea consciente de una cosa muy evidente: España ha sido el gran paraíso al cual poder hacer llegar el dinero blanco,
gris, negro y rojo —por manchado de sangre— de todo el mundo. Y eso, lo siento, pero no se ha podido hacer sin la complicidad del sistema financiero y eso es lo primero que hay que constatar aquí. Ante esta situación le transmito una duda que me
han hecho llegar algunos ciudadanos de este país después del escándalo de BPA. Es verdad que sucede en Andorra, pero Andorra no es una cosa tan lejana a nosotros. Desgraciadamente para los ciudadanos, aunque a lo mejor jurídicamente no lo sea así,
Andorra es aún un paraíso fiscal, una jurisdicción no colaboradora, en términos esotéricos para que nadie lo pueda entender. Pero es más, es el paraíso fiscal cercano que ha permitido a algunas élites económicas y políticas de este país
aprovecharse de esa proximidad para hacer determinadas cosas.


La pregunta que me transmite la ciudadanía es si el BPA es la única institución financiera que ha sido cómplice necesario en estos procesos de blanqueo de capitales o la que ha sido más torpe porque ha blanqueado dinero equivocado. No sé si
me explico, creo que sí. Ese es el problema, en estos momentos la sensación que se produce en España es que lo que ha emergido es estrictamente la punta del iceberg y solo hay una manera de evitar esto: tener una actitud muy beligerante por parte
de las autoridades, cada



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uno en su ámbito de responsabilidad, y al mismo tiempo transparencia, mucha transparencia, pero transparencia real, sobre todo en los resultados de la actuación. En ese sentido, mis dos preguntas son las siguientes. Yo no soy un
especialista en blanqueo de capitales, como es evidente, pero hay algo que no me cuadra. He escuchado su intervención, nos ha descrito usted todo el funcionamiento, todas las valoraciones positivas de todo el mundo y nos volvemos a encontrar en la
situación de siempre: ¿cómo es posible que funcionando todo bien el resultado sea que el escándalo del BPA lo detectan las instituciones de Estados Unidos y no nosotros, que en principio deberíamos tener más obligación y al mismo tiempo más
mecanismos para poder hacerlo? Esa es la pregunta que nadie está respondiendo en estos momentos. Lo siento, pero fíjese usted que la imagen que nos ha dado es de doce manzanas lustrosas, es decir todo está bien, que juntas componen un cesto de
manzanas llenas de gusanos. El sentido común dice que no, lo siento. Cuando todo se hace bien, cuando todo funciona bien, el resultado es positivo, y si el resultado no lo es los responsables políticos no se pueden parapetar en que todo funciona
bien, tienen que buscar qué no ha funcionado y algo no ha debido funcionar. Yo me sumo a los planteamientos de ayer y de hoy del señor Moscoso sobre que hay más que dudas en relación con los procesos que se están explicando a posteriori de lo que
ha pasado. Hay más que serias dudas en relación con esa cuestión.


La segunda pregunta es cuándo el Gobierno, en su ámbito general, va a cumplir el compromiso asumido en reiteradas ocasiones de hacer público el nombre de las personas físicas y jurídicas que, después de las actuaciones diferentes organismos,
se ha demostrado que han incurrido en irregularidades, bien desde la perspectiva estrictamente administrativa-fiscal, bien desde la perspectiva penal, con unas dimensiones suficientes como para ser objeto de su publicidad. Creo que es
imprescindible, la ciudadanía —un comerciante, un autónomo— no entiende que si deja de pagar una letra o un compromiso salga en una lista de morosos a disposición de todo el mundo y que resulte que quienes defraudan de manera reiterada a la Hacienda
tributaria, a la Hacienda común lo pueden hacer sabiendo que en el mejor de los casos —en el peor para ellos si se detecta— van a tener unas consecuencias desde el punto de vista económico, en muy pocos casos de naturaleza penal y van a continuar
paseándose por este país como honorables hombres de negocios o de lo que sea. La ciudadanía no entiende por qué se protege a los bancos en el tráfico jurídico-mercantil frente a los morosos —cosa que se puede entender— y en cambio no se protegen
los intereses generales del país frente a los que cometen esas irregularidades. Yo estoy absolutamente convencido de que si en este país a quienes incumplen sus obligaciones fiscales, en vez de aplaudirles —a algunos de ellos como divos de algunas
de las actividades profesionales en este país—, se les recriminara socialmente su actitud, otra cosa sería, pero para eso hace falta un cambio de mentalidad y sobre todo un cambio de comportamiento. No sé si usted está en condiciones de contestar a
la pregunta que le he hecho, pero alguien en el Gobierno deberá contestarla y pronto, porque no puede ser que nos vayamos enterando por goteo de las cosas que van pasando, cosas cada vez más gordas y cada vez más cercanas al núcleo duro del poder.
¿Qué más hace falta que pase? Que un exministro de Economía, ex director general del Fondo Monetario Internacional, con responsabilidades en Bankia, aparezca en esta situación es como para que el país estuviera temblando. ¿Qué va a ser lo
siguiente? La única forma de que no nos tengamos que enterar de esa manera es que alguien tome la decisión de hacer públicos los datos, por supuesto solo cuando se hayan demostrado y existan evidencias de que se trata de datos ciertos,
contrastables, y no simplemente de hipótesis.


El señor PRESIDENTE: Señor Anchuelo, tiene usted la palabra.


El señor ANCHUELO CREGO: Gracias por su comparecencia, señor secretario de Estado, y gracias por la información que nos ha proporcionado.


Voy a centrar mi intervención en dos cuestiones muy concretas relacionadas con el Sepblac, que son las que están más de actualidad y por eso también las más relevantes en este momento. Una tiene que ver con su actuación en el Banco Madrid.
Tuvimos ocasión el martes de debatir con el presidente del FROB sobre la gestión de esa crisis, que en opinión de mi grupo no ha sido acertada porque lo que era un problema concreto de blanqueo, un delito particular, ha desembocado en una crisis
bancaria —minicrisis por el tamaño de la entidad, pero crisis bancaria—, y creemos que eso ha tenido que ver con la deficiente gestión de la situación. Pero no voy a reiterar ese debate y me voy a ceñir a la actuación del Sepblac en esta crisis.
Como decía el señor Coscubiela hace un momento, resulta un poco contradictoria tanta autoalabanza sobre el funcionamiento de las instituciones y a veces los resultados. En este caso no deja de sorprender que, siendo Andorra un territorio vecino al
nuestro y siendo España el principal perjudicado



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por las actividades de blanqueo que allí se puedan desarrollar, nos tengamos que enterar a través de la agencia norteamericana de lo que está sucediendo. Si alguien debería estar interesado en detectar estos problemas son las autoridades
españolas, esa es una contradicción que parece difícil de explicar.


En segundo lugar, usted ha hablado de unas contradicciones en las fechas. Hay una investigación presencial que se desarrolla entre abril y mayo del año 2014, una visita, y el informe se termina el 25 febrero. Es cierto que los datos tienen
que ser analizados, pero estamos hablando de un intervalo de ocho meses entre la visita presencial y el informe. Ese informe, firmado el 25 de febrero, llega al Banco de España el 10 de marzo. Esto es lo que requiere en nuestra opinión más
explicación. Parece demasiada coincidencia que llegue al Banco de España el mismo día que se decide la intervención del Banco Madrid. En la vida existen casualidades pero en un proceso que dura casi un año que el informe llegue el mismo día de la
intervención parece mucha casualidad. ¿Es una casualidad, es esa la explicación? Por otro lado, usted ha minimizado las consecuencias de esas discrepancias en las fechas. Ha venido decir: el problema fue la retirada de depósitos, qué más dan las
fechas. Esto tampoco está tan claro porque al enterarnos en España de lo que estaba pasando a través de la autoridad norteamericana, las diferentes autoridades españolas han actuado un tanto a remolque de esa información y en nuestra opinión un
tanto improvisadamente. Si hubiésemos actuado con un informe español, la iniciativa habría sido de estas autoridades españoles y seguramente habrían podido organizar y prever su actuación con más calma y no a remolque de los acontecimientos; por
ejemplo, tal vez podrían haber congelado la retirada de depósitos antes. Por tanto, no está tan claro que estas discrepancias en las fechas no hayan tenido consecuencias en la gestión de la crisis y tampoco está claro que esto no haya podido tener
consecuencias incluso en la destrucción de pruebas por parte de los culpables de este blanqueo de dinero si ha estado demorándose la cuestión y en el ambiente. Esto en cuanto a lo que se refiere a la actuación del Sepblac en el caso del Banco
Madrid.


Una segunda cuestión importante se generó en esta sala o en la contigua, no recuerdo, cuando el director de la Agencia Tributaria nos informó a los diputados de que había trasladado al Sepblac 705 expedientes de la amnistía fiscal para que
fuesen investigados por el Sepblac. Posteriormente han aparecido noticias de prensa que concretan lo que une a esos 705 expedientes y vienen a decir que los 705 expedientes son de personas políticamente expuestas en el sentido que usted ha
explicado, altos cargos y antiguos altos cargos. Mi pregunta es si usted puede confirmar que efectivamente esos 705 expedientes se corresponden con ese tipo de personas, porque el director de la Agencia Tributaria solo dijo que eran 705 los
expedientes que había que investigar, pero en ningún momento aclaró qué era lo que les unía y, según informaciones periodísticas, ese sería el rasgo común. ¿Usted podría confirmar que esos 705 expedientes se corresponden con antiguos cargos
públicos, con personas políticamente expuestas? Con relación a esos expedientes, ¿está el Sepblac tomando, entre otras, las medidas necesarias para evitar la prescripción de los posibles delitos asociados a esos expedientes? En este contexto
querría recordar que ya cuando debatimos la amnistía fiscal mi grupo, Unión Progreso y Democracia, señaló que la amnistía era un error en sí, pero que mayor error todavía era permitir regularizar cantidades en metálico porque podía facilitar el
blanqueo de capitales. También señalamos, con poco éxito, que si la amnistía era un error por su efecto sobre la conciencia fiscal de los españoles, mayor error era porque se podía entremezclar con temas de corrupción y con casos de corrupción
política, como ha acabado sucediendo. También señalamos repetidamente —cosa que no se ha hecho hasta muy tarde y limitadamente— la necesidad de revisar esos expedientes por si llevaban aparejados delitos de orden no fiscal. Todo esto se debatió en
su momento y está en el origen de lo que está sucediendo ahora. No hace falta que recalque, porque es una obviedad, la especial gravedad de que sean cargos públicos los que se acojan a la amnistía fiscal o incurran en delitos de blanqueo de
capitales, en primer lugar por la ejemplaridad que siempre cabe exigir a esos cargos públicos y en segundo lugar porque los cargos públicos tienen unos ingresos regulados que proceden del Tesoro público y es muy difícil explicar el origen de estos
fondos extraños, es muy difícil explicar cómo se han generado y más difícil todavía es explicar por qué se mantenían ocultos al margen de la Hacienda pública. Así que en este caso, junto a la general presunción de inocencia, hay situaciones muy
especiales que hay que tener en cuenta. En este contexto es imposible evitar mencionar las informaciones aparecidas hoy sobre la posibilidad de que un antiguo ministro de Economía y Hacienda, director del Fondo Monetario Internacional, fuese una de
las personas implicadas. La sociedad quiere aclaraciones sobre eso. Si no es posible obtenerlas aquí, mi grupo intentará obtener esas aclaraciones a través de la actuación que viene realizando en el caso Bankia en la Audiencia Nacional.



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El señor PRESIDENTE: Señor Azpiazu, tiene usted la palabra.


El señor AZPIAZU URIARTE: Intervengo muy brevemente, en primer lugar para agradecer al secretario de Estado las explicaciones. Tengo que decir que desconocía el funcionamiento del Sepblac y estas explicaciones que nos ha dado me resultan
interesantes para conocer un poco cómo funciona.


Con relación al Banco Madrid, ya se ha dicho casi todo lo que se debía decir —también hablamos ayer con el presidente del FROB— y lo que sí sorprende es que teniendo la mejor legislación, señor secretario de Estado, siendo la envidia de
Europa en materia de legislación en blanqueo de capitales esto no sirva para resolver los problemas. Es verdad que hay gente que se confunde y cree que teniendo una buena legislación ya no existe el problema. No, hay que legislar —mejor hacerlo
bien que mal—, pero después lo que hay que hacer es aplicar la legislación, cumplirla, hacer el seguimiento y proceder como se deba proceder para, en base a esa legislación, resolver los problemas, que como se ha visto no se resuelven por sí solos,
porque aquí tenemos buena legislación, pero los que han levantado la liebre en el caso del Banco Madrid han sido los americanos, dejando un poco en evidencia a todas las instituciones que en materia de control financiero están operando en el Estado
español, que no son pocas: aparte del ministerio, el Banco de España, la CNMV, etcétera. Este tirón de orejas se lo debe apuntar el Gobierno.


En cuanto a la otra cuestión, que es la cuestión del día, usted nos ha dicho que esta legislación va más allá de lo que exige la directiva, es decir, que como está ocurriendo últimamente somos más papistas que el papa. El Grupo Popular se
está poniendo delante de todas las manifestaciones donde parece que hay algo de corrupción y yo no sé si eso es para tapar cuestiones propias, pero la verdad es que esto viene siendo así. He de decirle que a mí, sinceramente, me produce sonrojo que
los cargos públicos estemos bajo sospecha y que seamos controlados de esta manera tan directa por las evidencias o por los ejemplos que se han producido, pero yo me siento muy alejado de la gente que está metida en asuntos de corrupción. Por tanto,
aunque sea un simple desahogo, permítame decir que esto me resulta relativamente incómodo. De todas formas si este sistema, en el que ustedes han puesto el foco de una manera especial en cargos públicos y alrededores, para entendernos, sirve para
de una vez por todas acabar con estas cuestiones de corrupción, blanqueo de capitales, etcétera, bienvenida sea la decisión. Ya casi nada nos escandaliza. Hoy hemos conocido que en esa lista de 700 personas que la Agencia Tributaria ha enviado al
Sepblac para analizar y proceder a ver cuál es el fondo de la cuestión y a partir de ahí tomar las decisiones pertinentes, está metido en el asunto un exvicepresidente del Gobierno competente precisamente en el control del blanqueo de capitales.
Hemos perdido ya la sensibilidad sobre estas cuestiones, lo cual ya me parece preocupante. Esta sola cuestión debería haber sido motivo de un escándalo político de primer nivel y lo sería en cualquier país homologado de Europa, pero como aquí
estamos añadiendo esta cuestión a otro montón de cuestiones vinculadas a la corrupción, ya casi todo pasa desapercibido. Pues no debe pasar desapercibido. Estas cuestiones hay que aclararlas. Por eso, señor secretario de Estado, quería
preguntarle qué piensa hacer con relación a esta cuestión el ministerio, el Sepblac y de cuántos políticos o gente de su entorno estamos hablando. ¿Se va a conocer esa lista? Porque el riesgo que tenemos es que al final esta lista se vaya
conociendo como un goteo a lo largo de todo el proceso electoral, por lo que el sufrimiento se va a alargar. En la medida en que puedan conocerse, porque ya haya indicios más que sobrados para decir que tales personas han cometidos tales delitos,
sería mejor publicar esto cuanto antes. No tengamos a los ciudadanos en vilo y mirando el periódico esperando a ver si en la página 1 viene algún político más que conozcan. Esto es responsabilidad del Gobierno y, aunque alguno pueda no creerme, no
me agrada plantear esta cuestión; es más, me desagrada profundamente porque ya está bien, pero insisto en lo que le decía antes en cuanto a que estemos bajo un punto de mira especial. Si en esta lista hay una serie de personas que han cometido
unos delitos de blanqueo de capitales, algo realmente grave para todo el mundo y especialmente para un cargo público, que se sepa cuanto antes, por supuesto dentro del marco de la legalidad.


El señor PRESIDENTE: Señor Larreina, tiene usted la palabra.


El señor LARREINA VALDERRAMA: En primer lugar, yo también quiero agradecer la presencia del secretario de Estado y las explicaciones que nos ha dado, y al mismo tiempo mostrarle mi inquietud. Usted ha desarrollado una descripción de toda
la normativa que precisamente hay para ese servicio de prevención —y subrayo lo de prevención— del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Es verdad que aparentemente era una normativa muy correcta y eficaz — usted ha dicho que incluso
ha sido alabada en ámbitos internacionales—, pero si contrastamos ese planteamiento teórico de la letra de la normativa con



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la realidad, vemos que no hay correspondencia; es decir, que el objetivo del título de la prevención ha fracasado. Tenemos el caso del Banco Madrid, con todas las incógnitas que han subrayado otros portavoces de que al final la sensación
que hay en la opinión pública, en la gente de la calle, es que el Banco Madrid lo han descubierto los servicios norteamericanos. Asimismo hemos hablado del caso del que ha sido ministro y que aparece también en estas situaciones, pero todo es a
posteriori, es decir, cuando se ha producido ya la actuación. Yo creo que esta es la principal incógnita que está en la calle, que parece ser que el asunto de la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo no está
funcionando, porque estamos hablando de cosas que han ocurrido a posteriori, incluso a posteriori con retraso, por detrás de la realidad, por detrás de otros agentes que están trabajando sobre esa cuestión. Ese tiene que ser un primer elemento de
análisis por parte del Gobierno; se deben preguntar qué están haciendo para que esta normativa tan buena en la realidad no esté funcionando, no esté dando resultados, porque se están produciendo este tipo de actuaciones, está habiendo blanqueo de
capitales en este banco y puede que también los haya en otro tipo de entidades financieras.


Usted no ha entrado en el tema de la financiación del terrorismo, pero me da la impresión de que ahí también hay muy pocos logros. Desde luego si los logros son los que suelen salir de vez en cuando en los medios de comunicación, que
realmente no tienen nada que ver con la financiación del terrorismo, estaríamos también ante la misma cuestión: ¿está funcionando o no está funcionando? A mi por ejemplo me interesaría saber qué porcentaje de todas las actuaciones que usted ha
descrito se refieren al tema de la financiación del terrorismo y en qué han consistido esas actuaciones, si las hay. ¿Está funcionando? ¿Hay prevención? ¿Ha habido financiación? Creo que ese es un elemento fundamental. Es importante plantearse
esa cuestión de la eficacia del servicio, porque ahora mismo la opinión pública está muy sensibilizada, está exigiendo realidades, no palabras ni bonitos carteles, sino hechos, y sobre todo porque hay una gran desconfianza y esta solo se puede
combatir con hechos patentes, con hechos que se vean, que no haya que explicar. Cuando en estas cuestiones hay que dar muchas explicaciones —como decía un clásico— nos caemos con todo el equipo, porque no hay forma de explicar nada. Si hay que dar
muchas explicaciones, si no se ve de forma inmediata, la desconfianza aumenta, y creo que ahora mismo la situación que hay es de máxima desconfianza, porque al final la percepción que se tiene es que la prevención no ha funcionado y se está yendo
por detrás. Por tanto, me gustaría que se extendiera en este tipo de detalles.


Vuelvo al principio de la intervención. Le agradezco su información y le planteo la necesidad de esa reflexión: ¿qué hacer para que esa normativa, aparentemente tan perfecta, sea eficaz?


El señor PRESIDENTE: Señor López Garrido, tiene usted la palabra.


El señor LÓPEZ GARRIDO (don José): Muchas gracias, señor secretario de Estado, por su comparecencia. Como bien ha dicho al inicio de su intervención, es la primera vez que se celebra una comparecencia de este tipo. Yo diría que además es
por lo que va a continuación, no por la primera parte, que era la exposición respecto a la arquitectura institucional del servicio de prevención del blanqueo de capitales, sino por lo que ha venido después, que es lo que parece que ha ocupado las
intervenciones del resto de portavoces —lo entiendo perfectamente—: la situación del Banco Madrid—. Como decía, es la primera vez que se comparece para hablar de este servicio, pero es que además es una comparecencia muy oportuna, porque se
celebra apenas un mes después de los incidentes ocurridos con Banca Privada de Andorra que afectan a Banco Madrid. Yo creo que eso es importante y desde el principio de mi intervención quiero destacarlo. Estamos hablando de dos situaciones, de dos
entidades y conviene desligarlas, porque si no después nos vamos a confundir, que parece que es en lo que están algunos, lo lamento sinceramente.


Como han hecho otros portavoces, le quiero agradecer esta exposición tan amplia respecto a la arquitectura institucional, la composición, los organismos, la toma de decisión, la labor de inspección, ya que nos ayudan a entender el enorme
esfuerzo institucional que se viene realizando y la ingente labor desarrollada en la lucha contra el blanqueo de capitales. Lo ha explicado usted, han multiplicado por cuatro, han cuadruplicado las inspecciones con respecto al año anterior, al año
2013 —hablaba del año 2014 con respecto al año 2013—. Por más que haya quien intente desvirtuarlo, yo quiero ensalzar y poner en valor algo que ha dicho el secretario de Estado, y es la anticipación que ha tenido el Gobierno en cuanto al ámbito
regulatorio. El Gobierno ha llevado adelante una regulación normativa en la prevención del blanqueo de capitales. Como bien ha dicho el secretario de Estado, se anticipa a la cuarta directiva europea sobre blanqueo de capitales. Insisto, es la
cuarta, porque por buena que sea la legislación, los



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malos en ocasiones van por delante, corren más, tienen más medios que las instituciones del Estado; es la cuarta directiva, repito, que va a aprobar la Unión Europea sobre blanqueo de capitales, lo que quizás a algunos les sorprenda. Yo me
esfuerzo en que no me sorprenda tanto, me esfuerzo en buscar explicaciones y las encuentro en que efectivamente los malos se mueven. Nosotros tenemos que movernos, pero desgraciadamente no nos movemos tan rápido, somos instituciones públicas,
tenemos que adoptar nuestras decisiones por mecanismos y procedimientos democráticos cuando evidentemente los malos no necesitan ninguna norma para seguir siendo malos. Lo digo porque quizás así la sorpresa de algunos sea menor cuando descubran que
pese a tener una magnífica legislación, los malos siguen siendo malos. No sé si eso se debería enseñar en las escuelas para que algunos lo entendieran.


Lo ha dicho el señor secretario de Estado, hay que ser más exigentes, ir más allá que la propia directiva. Señor Azpiazu, a mí también me sienta mal que por ser representante de los ciudadanos, por ser concejal, por ser parlamentario, se me
señale, pero es que desgraciadamente los ciudadanos nos señalan, porque algunos de los que nos dedicamos al noble ejercicio de la representación política —la minoría— no se han portado bien; de ahí que todos tengamos que hacer un ejercicio de
transparencia, mal que nos pese. En ese sentido, el Gobierno del Partido Popular y este grupo parlamentario han hecho un enorme esfuerzo en esta legislatura en mejorar esa legislación que, como digo, al igual que en las normas de tráfico, no impide
que haya accidentes de tráfico o que haya conductores suicidas, pero sí facilita la respuesta de las instituciones ante el blanqueo de capitales, ante el crimen organizado, ante el terrorismo internacional, etcétera, que se financia a través de esta
actividad ilícita. Todos nos sentimos muy alejados de quienes puedan estar implicados en casos de corrupción. Lamentamos tener que estar en esta situación de sospecha que se nos achaca a todos, pero insisto en que este grupo parlamentario ha
puesto en marcha medidas tanto en la gobernanza de las instituciones financieras como en la propia transparencia de las instituciones del Estado —de las administraciones públicas, de las administraciones locales, nacionales, autonómicas, etcétera—
que no todos han apoyado, también hay que decirlo, porque a veces unos nos queremos dotar de la mejor legislación, otros se sorprenden de que no acabe de parar la actividad de todos los malos, pero lo cierto es que tampoco apoyan mucho que la
gobernanza de las instituciones financieras o la transparencia de estas o de las instituciones del Estado se mejore.


Señor secretario de Estado, sabe de sobra que estamos en esta labor, porque mi grupo parlamentario ha apoyado en todo momento la acción del Gobierno, acción que consideramos que ha sido fundamental para mejorar esa transparencia y para
mejorar la situación de nuestro sistema financiero, por qué no decirlo. Por tanto, nos seguimos poniendo a su disposición, a disposición del Gobierno y de la Secretaría de Estado, para seguir impulsando cuantas acciones legislativas consideren que
pueden ayudar a mejorar la persecución de este tipo de actividades en las que hemos demostrado —no todos, nosotros sí— nuestra absoluta disposición a mejorar esa capacidad de lucha del Estado contra estas actividades ilícitas.


Señorías, una buena parte de las intervenciones se han centrado en el asunto del Banco Madrid y en este sentido ha sido una comparecencia rapidísima y muy oportuna. Allá por el 10 de marzo —no del año 2008 sino del año 2015, es decir, hace
un mes y cinco días— estallaba y éramos conocedores de esta situación. Yo voy a hacer un somero, pero espero que detallado, resumen de lo que ha ocurrido en un mes y cinco días. Lo voy a titular: La crisis financiera más rápidamente resuelta de
la historia de la humanidad. No conozco otra, señorías. Por cierto, hay quien cuando se le señala la luna se fija en el dedo y me parece que algunos están incurriendo en ese error. El Fincen, el Financial Crimes Enforcement Network, la red de
lucha contra los delitos financieros del Tesoro norteamericano, no investiga al Banco Madrid; investiga a la Banca Privada d’Andorra. Ni el Gobierno de la nación ni el Banco de España podían investigar a la Banca Privada d’Andorra, solo podían
investigar al Banco Madrid. La crisis del Banco Madrid no es una crisis tanto por la actuación de las instituciones, sino por la contaminación derivada de los resultados de la investigación y de las decisiones, sobre todo, que toma el Gobierno
norteamericano y las instituciones norteamericanas respecto a la Banca Privada d´Andorra. Las decisiones que toma, cuando dice que esta institución está sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales, producen de
inmediato, en primer lugar, la imposibilidad de que la Banca Privada d’Andorra —no el Banco Madrid— y todas las entidades de su grupo —ahí sí el Banco Madrid— puedan operar en dólares en los Estados Unidos de América y, en segundo lugar, la
imposibilidad de mantener activas sus cuentas de corresponsalía con entidades norteamericanas. ¿A qué le lleva eso a una entidad financiera? Pues prácticamente a no poder ser operativa. Esta situación se produce el día 10. El mismo día 10, el
supervisor andorrano, porque es el competente ya que es un banco andorrano, aprueba la intervención cautelar de la entidad. Ese mismo día, el Banco de España, a la vista de las decisiones que toman los americanos y los andorranos, así como



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del informe de la Sepblac, la toma también. El día 11, el supervisor andorrano acuerda suspender temporalmente en sus funciones al consejo de administración. El día 12, el consejo de administración de la filial de la Banca Privada
d’Andorra —distingámoslo— que es el Banco Madrid es cuando se dirige al Banco de España para solicitar su sustitución. En ese momento, los días 11, 12 y 13 de marzo, a consecuencia de las informaciones que nos vienen de la inoperatividad del banco
andorrano es cuando se produce la retirada masiva de fondos del Banco Madrid y pone en riesgo ya su capacidad operativa. No sigo más.


A finales del mes de marzo estaba determinada ya la situación concursal —ya habían tomado el Gobierno y el FROB la decisión puesto que el Banco Madrid no era un banco sistémico de que fuera a concurso— para que no se procediera a utilizar
los mecanismos de resolución de las entidades. ¿Por qué? Pues en bien del interés público. No por otra razón, sino por el bien del interés público porque los contribuyentes no tenían por qué hacer frente a esto. Además, tampoco tenían que
hacerlo los depositantes y la actuación que se ha llevado a cabo lo ha garantizado. Señorías, la semana pasada estaban recibiendo los depositantes las cartas desde el Fondo de garantía de depósitos pidiéndoles que designaran una cuenta corriente
para recibir —aquellos que tenían depósitos inferiores a 100.000 euros— los importes de sus saldos de cuentas corrientes, cuentas de ahorro e imposiciones. Por eso he dicho al principio que en un mes y cinco días se ha resuelto esta situación.


Hay quien dice que afecta a la estabilidad del sistema financiero, sinceramente yo no sé dónde —habrá algún sesudo informe de algún economista poco amigo que no hemos conocido—, porque ni la cotización de los bancos ni los informes
internacionales ni las entidades e instituciones de estudios económicos han dicho que el sistema financiero español se haya puesto en marcha por esta actuación; al contrario. Las instituciones han demostrado lo contrario y ahí incluyo a todas: al
Gobierno en todos sus frentes, al Poder Judicial —porque también el concurso está en marcha—, al Banco de España, al Fondo de garantía de depósitos, al FROB, etcétera. Señorías, esto ha sucedido en un mes y cinco días. Esto no es un problema, ya
que los depositantes tienen garantizados los depósitos y quienes no tenían esos depósitos inferiores a 100.000 euros se les está diciendo que los van a recuperar, tal y como viene siendo recogido en multitud de informaciones. La defensa de los
pequeños ahorradores ha sido prioridad, así como la salvaguarda del sistema financiero español, que en absoluto se ha visto afectado por esta cuestión.


Señorías, lo único que verdaderamente ha preocupado al Gobierno y al Grupo Parlamentario Popular son estas dos cuestiones: la defensa de nuestro sistema financiero y muy especialmente la defensa de los pequeños ahorradores, que en otras
ocasiones no se han visto tan defendidos ni tan prontamente garantizada la respuesta por parte de las instituciones para poder salvar sus depósitos y sus ahorros. Esto es absolutamente innegable.


Señor secretario de Estado, yo solo tengo una pregunta que formularle. Se habla mucho de que el sistema ha fallado cuando el sistema al menos, desde mi punto de vista y tal y como le acabo de exponer, ha funcionado extraordinariamente bien.
Sin embargo, nadie se pregunta cómo se produjo la autorización en el año 2011 para que la entidad Banca Privada d’Andorra pudiera operar en España. A mí me gustaría, señor secretario de Estado, si es tan amable que nos ilustrara a ese respecto.
(Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Señor secretario de Estado, tiene la palabra.


El señor SECRETARIO DE ESTADO DE ECONOMÍA Y APOYO A LA EMPRESA (Fernández de Mesa Vargas): Señorías, permítanme que centre mi intervención de réplica en cuatro temas fundamentales, porque creo que en la mayor parte de ellos son en los que
han incidido.


En primer lugar, creo que es interesante que una vez más, aunque ya he hecho mención a las fechas concretas de la intervención por parte del Sepblac, aclare en esta sala cuál ha sido exactamente el proceso en los años 2014 y 2015 en el caso
del Banco Madrid porque muchos de ustedes me han preguntado sobre ese tema. En segundo lugar, quisiera hacer algunos comentarios en materia de coordinación de las instituciones, que también es un elemento que les preocupa a muchos de ustedes. En
tercer lugar, haré algunas breves consideraciones en el ámbito de la liquidación del Banco Madrid, aunque el subgobernador del Banco de España y presidente del FROB fue muy explícito y tengo escasos elementos que añadir a lo comentado ayer por el
presidente del FROB. En cuarto lugar, me gustaría comentar concretamente los riesgos, desde el punto de vista de blanqueo de capitales, de instituciones financieras españolas, que creo que también es otro elemento de preocupación por parte de
algunos de



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ustedes, así como de la regularización fiscal e implicación desde el punto de vista de la prevención de blanqueo de capitales. Por último, también respondiendo al diputado López Garrido en su preocupación sobre el origen del problema, me
referiré a la autorización de compra por parte de BPA del Banco Madrid.


Permítanme empezar por el primero de los puntos que es la correlación de fechas. Yo creo que es oportuna la intervención del diputado López Garrido, en el sentido de que hay que distinguir, en primer lugar, entre BPA que es la matriz, del
Banco Madrid que es la entidad que opera en España y sobre la cual la inspección del Sepblac se centra. El Sepblac solo puede inspeccionar en el ámbito de su territorialidad entidades nacionales o extranjeras que operen en España. Por tanto, el
Banco Madrid es la entidad que es inspeccionada por parte del Sepblac. Esta inspección comienza en el mes de abril de 2014. Hay, como suele ser habitual, una inspección in situ donde se recaba información y hasta el mes de septiembre se sigue
pidiendo y recibiendo información por parte del Sepblac. Es a partir de entonces cuando se empieza a analizar esa información que es muy compleja y el informe se finaliza el día 25 de febrero, es decir, se cumplen los plazos estándares que para ese
tipo de actuaciones el Sepblac viene utilizando para entidades de esta complejidad y de este sector.


El 25 de febrero, como comentaba en mi intervención inicial, el Sepblac tiene que poner en marcha un trámite obligatorio que son las conclusiones del informe que tiene que enviar a la entidad interesada, en esta caso al Banco Madrid.
Básicamente se trata de un informe muy factual donde explica las cosas positivas y negativas que ha encontrado en su inspección y donde no se hace ningún tipo de valoración desde el punto de vista de procedimiento administrativo o penal. Lo que sí
indica es que, independientemente de lo que decida el comité permanente, la entidad va a tener que corregir esos defectos. Esa es la información que llega el día 9 de marzo por parte del Sepblac.


El 10 de marzo ya reciben el informe de inspección tanto el Banco de España como la secretaría del comité permanente y se produce la reunión el día 12 de marzo; es en esa reunión multidisciplinar, donde participa todo el mundo, cuando se
toman las decisiones.


Es decir, la actuación del Sepblac ha sido en tiempo y ha sido, desde mi punto de vista, absolutamente impecable. Además, durante todo este tiempo ha habido, como he dicho en mi intervención inicial, una muy estrecha colaboración entre el
Banco de España y el Sepblac; ha habido una perfecta coordinación, como no puede ser de otra manera. Dentro del Sepblac hay inspectores del Banco de España que apoyan en el proceso de inspección; el propio presupuesto del Sepblac está incorporado
en el Banco de España y siempre, en todos los casos, hay una perfecta coordinación entre ambas instituciones. Respecto a este tema, también quisiera aclarar que el hecho de que haya confidencialidad —una confidencialidad muy estricta— en el caso de
la normativa española, no significa que no se actúe y el Gobierno ha respetado siempre —quiero dejarlo muy claro— esta confidencialidad, aun a costa en ocasiones de poder dar la impresión de que no se estaba actuando. Nosotros, desde el Ministerio
de Economía, hemos respetado de forma estricta esta confidencialidad, a pesar de haber podido transmitir en algún momento que no se estaba actuando.


El segundo elemento que quisiera destacar es en el ámbito de la liquidación. No quiero elaborar mucho más de lo que ayer comentaba el subgobernador, simplemente quiero mencionar que la intervención del Banco Madrid no va a suponer el uso de
recursos públicos —creo que es importante— y que están trabajando todas las instituciones involucradas, tanto el Fondo de garantía de depósitos para reembolsar rápidamente los depósitos de menos de 100.000 euros, como la CNMV en lo referente a las
sociedades de inversión colectiva, como la Dirección General de Seguros en lo referente a los planes de pensiones y a los seguros. Es decir, todas las instituciones están trabajando de forma intensa para resolver lo antes posible esta situación.


En relación a si existen otros casos en España, como uno no es el mejor juez de sí mismo, siempre es bueno ver lo que los que te juzgan desde fuera opinan al respecto y creo que, desde ese punto de vista, el informe que ha hecho el GAFI en
el mes de octubre, que es el órgano máximo de inspección de los Sepblac internacionales, es muy interesante. Yo le puedo tranquilizar y decirle que bajo ningún concepto el sistema financiero español es una autopista para el blanqueo de capitales.
Me gustaría señalar algunas de las frases que a este respecto el GAFI menciona en este informe al que hacía referencia: en primer lugar, en cuanto al Sepblac, habla de la solidez general de las medidas preventivas aplicadas por las entidades
financieras españolas, que es especialmente notable en el sector bancario; hace esa mención específica. También dice que el sector bancario ha desarrollado un buen conocimiento de su riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
Asimismo, añade que los bancos aplican las medidas de prevención en función de los riesgos y afirma que el sector tiene un escaso apetito por el riesgo y



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parece cumplir meticulosamente con todas las obligaciones en esta materia. Por tanto, yo estaría bastante confiado en cuanto a que los inspectores del GAFI que han venido a lo largo del año 2014, desde este punto de vista, el informe que
han emitido ha sido bastante tranquilizador.


En materia de regularización fiscal y de su implicación desde el punto de vista de la prevención de blanqueo, tengo que decirles —y aquí debo ser extremadamente riguroso— que los artículos 46 y 49 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de
prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo es muy estricta en cuanto al nivel de confidencialidad que tenemos que tener en esta materia. Lo que sí les puedo decir es que el Gobierno siempre se ha tomado muy en serio el
asunto de la prevención del blanqueo de capitales. Siendo yo secretario general del Tesoro, en el año 2012, publicamos varias notas en las que se decía de forma clara que la naturaleza y finalidad de la regularización era estrictamente tributaria y
no afectaba a las obligaciones de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. De hecho, en esas notas se instaba a los bancos a que continuaran aplicando con el máximo rigor y diligencia todos sus mecanismos preventivos
y que la regularización no regularizaba ni legitimaba actividades ilícitas. Esas notas están publicadas en el año 2012. De hecho, el propio GAFI en sus conclusiones establece que la regularización fiscal no ha dificultado las labores de prevención
de capitales, cuyo cumplimiento es muy importante por parte de todos los países.


Me gustaría acabar respondiendo a la última de las cuestiones sobre el origen del problema. Efectivamente, comentábamos anteriormente que el asunto del Banco Madrid tiene fundamentalmente su origen en la adquisición del Banco Madrid por
parte de BPA y es esa adquisición la que ha desencadenado el problema. El problema no viene por el informe del Sepblac. Como decía, el Sepblac está realizando más de cien inspecciones y ninguna de ellas ha generado ningún proceso de liquidación.
El problema fundamental viene por la contaminación de BPA al Banco Madrid como consecuencia de su adquisición. En ese sentido, la autorización, en base a la legislación vigente del año 2011, la aprobaba el Banco de España en función de numerosos
criterios, entre los cuales están la honorabilidad de la entidad adquirente, la honorabilidad del equipo gestor que vaya a dirigir la entidad adquirida, la solvencia financiera del banco adquirente o la capacidad de la entidad adquirida de cumplir
con la normativa vigente. Hay una serie de requisitos que se exigían para dar esta autorización y uno de ellos, efectivamente, era un informe positivo del Sepblac. En este sentido, desde el Ministerio de Economía vamos a pedir al comité permanente
que le pida a su vez al Sepblac que emita una nota explicativa del proceso de elaboración de aquel informe que dio lugar a la autorización del año 2011, porque creemos que el origen del problema no está en otro asunto que no sea el de la adquisición
por parte de BPA del Banco Madrid y su contaminación una vez que las autoridades norteamericanas, el Tesoro norteamericano, emitieron el informe que hizo desencadenar esa situación.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario de Estado, por su intervención.


Despedimos al secretario de Estado y continuamos con nuestro proceso legislativo, con la ley concursal.


Señorías, no votaremos antes de las nueve, por si alguien tiene alguna otra Comisión. (Pausa).


RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE:


— PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 11/2014, DE 5 DE SEPTIEMBRE). (Número de expediente 121/000117).


El señor PRESIDENTE: En primer lugar, ratificación de la ponencia designada para informar la ley. ¿Se acuerda por unanimidad? (Asentimiento). Queda ratificada.


APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


— PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA CONCURSAL (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 11/2014, DE 5 DE SEPTIEMBRE). (Número de expediente 121/000117).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al proyecto de ley de medidas urgentes en materia concursal. En primer lugar, tiene la palabra el señor Caldera.



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El señor CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN: Permítanme que desde el principio indique —porque esta es una ley muy importante— que la crisis no ha acabado. Otra cosa son los deseos naturales que se puedan tener, pero la crisis económica sigue siendo
muy grave, como, por cierto, los ciudadanos de Andalucía le recordaron al Gobierno hace poco y seguramente le volverán a recordar el próximo mes de mayo. Lo digo porque el efecto más terrible de la crisis tiene que ver con la situación del mercado
laboral, y la propia OCDE nos recuerda cada día en cada informe que la recuperación del mercado laboral es sumamente insuficiente, especialmente en países como España, donde la persistencia de tan altísimos niveles de desempleo —que se están
corrigiendo, lo que es positivo sin ninguna duda— y ese volumen están generando un incremento del desempleo estructural que tardará mucho tiempo en poder corregirse. Ello ha provocado y está provocando una enorme pérdida de capital humano a partir
del impacto de la crisis. Por supuesto, pensamos que al empeoramiento de la crisis y de sus resultados ha contribuido un defectuoso sistema de reestructuración de la deuda de empresas, de ciudadanos —personas naturales— y de autónomos en una fase
temprana de sus problemas económicos.


Entre la inmensa pérdida de capital humano se encuentran millones de trabajadores, cuyas empresas se han visto abocadas a la liquidación, y cientos de miles de autónomos y de pequeños empresarios quienes, aun siendo viables sus actividades,
se han encontrado en la ruina por un endeudamiento sobrevenido que el sistema establecido no ha permitido resolver. En consecuencia, nos conviene a todos poner en marcha la audacia suficiente para intentar corregir una parte de este daño y para que
en el futuro, en circunstancias como las que hemos sufrido, el sistema concursal contribuya a mejorar y no a empeorar los resultados de la crisis económica. Este es el principal problema de la economía española. Lo singular en mi opinión es que,
si queremos que haya una adecuada recuperación, cosa que todos deseamos, si queremos volver por ejemplo a los niveles de empleo del año 2007 —supongo que estarán ustedes de acuerdo conmigo en que sería deseable; por cierto, año 2007 (lo digo porque
el presidente del Gobierno hablaba esta mañana de que el país aspira a conseguir 20 millones de ocupados en los próximos años, que me parece muy bien) en que les recuerdo que llegamos a tener 21.500.000 ocupados en España, y al menos ese debería ser
nuestro objetivo e incluso superarlo—, pues bien, si queremos volver a esos niveles, vamos a necesitar a todas esas personas que se han quedado en el camino y vamos a tener que intentar —y conseguir— darles una alternativa para volver a la actividad
económica y cuanto antes. A ello pueden contribuir las reformas de la Ley Concursal que hoy debatimos, que sin duda contiene avances, lo digo desde el primer momento, lo dije ya en la intervención de convalidación del decreto-ley, pero también
tiene insuficiencias.


A resolver esas insuficiencias van dirigidas las enmiendas que hoy presentamos, señorías, que pretenden favorecer la continuidad de la actividad productiva de las empresas, evitar su liquidación y salvar el máximo número posible de empleos y
garantizar una segunda oportunidad. Esto es vital para aquellos que se han visto obligados a abandonar su actividad económica por deudas sobrevenidas, gente que ha actuado en su inmensa mayoría de buena fe y que no solo ha perdido sus medios de
vida, sino que en muchas ocasiones continúa endeudada para toda la vida. Las enmiendas se dividen en varios bloques. Las que tienen que ver con aspectos laborales las abordará el señor De la Rocha. Un segundo bloque afecta a diversas materias,
todas ellas dirigidas a flexibilizar, a mejorar, a favorecer los procedimientos concursales para intentar salvar, intentar impedir que las empresas que entran en concurso lleguen a la liquidación, al cierre y a la extinción del empleo.


Menciono muy brevemente la enmienda 108, donde se propone que el administrador concursal pueda, en ejecución separada, plantear una tercería de mejor derecho para traer al concurso la diferencia entre el valor de la garantía y el precio de
venta o adjudicación de la ejecución separada. En la enmienda 110 se propone cómo deberá calcularse el valor de los bienes inmuebles, de acuerdo con las normas internacionales de información financiera. Enmienda 113, para exigir que a la junta
asistan al menos el 50 % de los acreedores privilegiados si la propuesta de convenio les afecta. Enmienda 114, para prever que en el caso de venta de unidades productivas durante la fase común, de no proponerse por la administración concursal un
procedimiento de venta, se apliquen las garantías supletorias del artículo 149.1. En la 115 se propone que para que opere la transmisión automática al subrogado el adquirente de la unidad productiva debe cumplir los requisitos y condiciones
establecidos en el contrato para poder desarrollar la actividad. La 188, para ampliar al 25 % de la masa activa la cantidad retenible por el juez por créditos sujetos a controversia judicial. La 120 permite ampliar el 25 % del tope de diferencia
entre ofertas para que el juez pueda poner en valor antes que el precio para la continuidad de la empresa, en un caso de sucesión de empresas, antes, repito, que el precio, pueda poner en valor el mantenimiento del empleo



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—pensamos que esto es vital—, aunque el precio sea menor, el mantenimiento del empleo y los créditos laborales. Y la 121, para posibilitar que el juzgado pida a los postores que aporten cantidades vía adjudicación provisional o arriendo
para la continuidad de la unidad productiva durante el proceso de venta.


Hay una enmienda, la 149, que también abordará el señor De la Rocha, pero por mi experiencia, señorías, permítanme que les indique que debería ser aceptada. Es aquella que quiere que en la comisión de seguimiento del proceso de
reestructuración de la deuda de la economía española participen los interlocutores sociales. Créanme, señores del grupo mayoritario, señores del Grupo Parlamentario Popular, le ha ido muy bien a España con los sistemas de institucionalización del
diálogo social, muy bien, han sido esenciales. Por tanto, en esa comisión deberían figurar de pleno derecho los interlocutores sociales, porque su papel va a ser plenamente positivo en el proceso de evaluación de este proceso de reestructuración de
las deudas y las propuestas que haya que hacer para mejorarlo.


La enmienda 132 es esencial, señorías. Ya saben ustedes lo que ha ocurrido. Este decreto-ley modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para adaptarla a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El tribunal constató como
contraria al principio de igualdad procesal la normativa española, toda vez que el consumidor en su condición de deudor ejecutado en un proceso hipotecario de ejecución, alguien que no puede pagar su hipoteca y es expulsado de su vivienda, no podía
recurrir en apelación contra la resolución que desestimaba su oposición a la ejecución, mientras que el acreedor ejecutante —el banco, para entendernos— sí podía imponer recurso de apelación contra la resolución que acordara, por ejemplo, el
sobreseimiento de la ejecución o declarase esta ejecución inaplicable por una cláusula abusiva. Aquí se da solo un mes en este decreto-ley para acogerse a este procedimiento de quienes ya han puesto el bien a disposición, han perdido el bien, por
si pueden recurrir porque hubo una cláusula abusiva. Nosotros pedimos que se amplíe a un año, es absolutamente esencial, señorías.


Hay una enmienda del Grupo Parlamentario Popular que tiene que ver con la posibilidad de crear de nuevo un fondo social de viviendas propiedad de las entidades de crédito para dar cobertura a personas que hayan sido desalojadas de su
vivienda habitual, que no deja de ser un brindis al sol. Este mandato ya estaba en la Ley 1/2013 y no se ha llevado a cabo. No se debe permitir o poner en manos de las propias entidades financieras, porque son juez y parte, y desde luego, al
menos, en tanto en cuanto se crea una agencia adecuada que pueda gestionar este tipo de fondos, en tanto en cuanto no está en marcha un mecanismo de esta naturaleza, nosotros proponemos que a las personas vulnerables no sean ejecutadas, es decir, no
sean expulsadas, no sean embargadas de su vivienda habitual.


Por último, aunque ya sé que dirá el grupo mayoritario que no hay que hacer referencia a ello porque hay otro decreto-ley que lo regula, que es el mecanismo de segunda oportunidad, tengo que decir, señorías, que ese segundo decreto-ley no es
suficiente y que lo que voy a defender en dos minutos es la alternativa que aquí presentamos para un mecanismo de segunda oportunidad de acuerdo con múltiples requerimientos internacionales, de acuerdo con lo que piensa la inmensa mayor parte de la
doctrina, de acuerdo con lo que consideran los operadores jurídicos, nuestros jueces y magistrados expertos en la materia, que recomiendan que se establezca un procedimiento de segunda oportunidad real, porque cuánta gente ha sufrido y ha perdido su
actividad económica siendo personas de buena fe, por procedimientos de insolvencia que no han generado ellos, por deudas en actividades económicas viables que se han debido incluso en ocasiones a falta de pago por parte de la propia Administración y
por las que quedan atrapados para toda su vida, incluso en ocasiones con deudas que tienen que seguir satisfaciendo. Esto es pernicioso, esto es tremendo, terrible desde el punto de vista social y desde el punto de vista económico. Necesitamos por
tanto un mecanismo que realmente permita iniciar de nuevo la actividad, un discharge o un fresh start, como se dice en la normativa anglosajona, que permita exonerar realmente de las deudas a las personas que han actuado de buena fe y que han pagado
un porcentaje de lo debido y no pueden pagar más para que puedan volver a iniciar su actividad económica, que se haga con un procedimiento especial para las personas físicas, simple, barato, accesible y rápido, porque de ello se beneficiarán no solo
estas personas, que lo merecen, sino también la economía española, y con un procedimiento negociador previo mucho más sencillo que el que establece la normativa que discutiremos en las próximas semanas.


Por último, proponemos que pueda haber un plan de pagos razonable. Piensen en el pequeño empresario, en el autónomo que tiene todo su patrimonio embargado y que lo es, por ejemplo, por una deuda que no le satisfizo un ayuntamiento o que no
le satisfizo la Administración autonómica y que lo debe durante toda su vida. Por favor, que pueda haber un plan pagos razonable durante un tiempo abreviado



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que permita llegar al cumplimiento máximo dentro de sus posibilidades y sus ingresos, pero que le permita volver a la actividad económica que necesita este país. Todo esto no está perfectamente recogido en el decreto-ley que se aprobó
recientemente y que discutiremos y nosotros querríamos verlo reflejado ya en esta norma, en su nombre, en nombre de las 400.000 o 500.000 personas que han perdido todo y también su actividad económica, a quienes necesita el país.


Vamos a votar prácticamente de modo favorable casi todas las enmiendas de otros grupos, en algunas nos abstendremos; también vamos a votar favorablemente bastantes del Grupo Parlamentario Popular, en algunas otras nos abstendremos. Le doy
la palabra a mi compañero para que exponga las enmiendas referidas a los aspectos laborales.


El señor PRESIDENTE: Señor De la Rocha.


El señor DE LA ROCHA RUBÍ: Continúo la exposición de mi compañero Jesús Caldera para referirme a los aspectos laborales del concurso. Como todos ustedes saben, los trabajadores no son solo acreedores de un empresario en concurso, por sus
salarios impagados o por las indemnizaciones impagadas, sino que para los trabajadores el empleo es el medio clave de vida para ellos, para sus familias y para su estabilidad personal y emocional. Debo decir que las sucesivas reformas que ha hecho
el Gobierno del Partido Popular, el Decreto-ley 4/2014, la Ley 17/2014 y el decreto-ley que ahora debatimos como proyecto de ley, han ido perjudicando la posición de los trabajadores en el concurso, quizá porque se han centrado en otras facetas que
para esas normas eran más importantes: los acreedores financieros, la regulación del convenio de acreedores, pero, repito, han ido perjudicando la posición de los trabajadores en el concurso.


Nuestras enmiendas en esta materia, que son once, aunque algunas de ellas han sido aceptadas por el Grupo Popular o transadas —me referiré a ello al final—, van dirigidas a recuperar algunos de esos derechos que han sido eliminados o
limitados por las sucesivas reformas. Las primeras son las enmiendas 104, 105 y 131, quizás las más importantes —aunque son tres se refieren al mismo tema, el tema más importante que nosotros planteamos en nuestras enmiendas—, que se refieren al
artículo tan conocido, al artículo 5 bis de la Ley Concursal, que regula el procedimiento del convenio de refinanciación preconcursal. Quiero recordar que el artículo 5 bis fue incorporado a la Ley Concursal por el Gobierno socialista, porque la
Ley Concursal del año 2003 —que tenía muchos aspectos positivos— tenía una enorme laguna, que era que no regulaba las instituciones preconcursales, que se está viendo que son una de las vías para evitar que muchas empresas lleguen al concurso a
través de distintas fórmulas de refinanciación de la deuda. Cuando se incorporó en el año 2011 el artículo 5 bis y el procedimiento de refinanciación preconcursal, no se contempló la suspensión de las ejecuciones que estuvieran en marcha, tampoco
de las laborales; sin embargo, el Decreto-ley 4/2014 modificó el 5 bis introduciendo la suspensión de todas las ejecuciones menos el crédito público, en la medida en que las ejecuciones afectaran a bienes o derechos necesarios para la continuidad
de la empresa. Por primera vez se rompía un paralelismo que la Ley Concursal ha tenido desde el principio entre el crédito público y el crédito laboral y se creó un problema, un problema que es el que nosotros creemos objetivamente que hay
resolver, que hay que salvar, a lo que van dirigidas nuestras enmiendas.


El problema es que los trabajadores a los que la empresa les deba varios meses de salarios, sus indemnizaciones, que tuvieran un título ejecutivo, una sentencia firme de un tribunal de lo Social, ya no van a poder ejecutarlo, porque su
ejecución normalmente va dirigida a cuentas corrientes o a bienes o a edificios afectos a la actividad empresarial. No pueden ejecutarlo y tienen tres meses de paralización del cobro de sus salarios. Si la empresa luego va al concurso —y si no les
paga es que su situación probablemente es insalvable—, hay dos meses de admisión a trámite del concurso más otros dos meses en los que la administración concursal empieza a funcionar y pueda llegar a certificar sus créditos, en los sitios donde
actúa con más rapidez. Son demasiados meses en los que el trabajador no puede ejecutar, no puede cobrar y —aquí viene el problema— tampoco puede acudir al Fondo de garantía salarial, que es la institución que existe para los supuestos en que una
empresa está en situación de insolvencia real o porque la norma lo impone, como es el concurso, la situación concursal. Probablemente fue un efecto no querido cuando se hizo esa reforma. Se planteó suspender las ejecuciones laborales, pero no se
pensó qué pasaba con los trabajadores a los que no les pagaban, en que pudieran ir al Fogasa.


Nosotros planteamos en nuestras enmiendas dos cosas. Una, que se establezca también la exención de suspensión de los créditos laborales, igual que en los créditos públicos, y que complementaria o alternativamente —se lo hemos dicho a los
portavoces del Grupo Parlamentario Popular en las



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conversaciones que hemos tenido en la ponencia: complementaria o alternativamente— se posibilite que los trabajadores puedan acudir al Fondo de garantía salarial para que sea este el que les pague. Para ello planteamos una modificación del
artículo 5 bis y planteamos en una disposición adicional nueva —enmienda 131— que se abra la vía para que el Fogasa sea también responsable de esta cuestión.


La enmienda 106 se refiere a la administración concursal. Se trata de modificar el artículo 27.7 de la Ley Concursal. Señorías, la Ley Concursal, hasta la reforma del Decreto-ley 4/2014, contemplaba la posibilidad de que en determinados
supuestos, en determinadas circunstancias, cuando las deudas de los trabajadores en el concurso superaran los 200.000 euros y afectaran a más de 50 trabajadores, el juez pudiera —era facultativo del juez— nombrar un segundo administrador concursal
entre la representación de los trabajadores. Era una visión, una concepción en la que se le daba una importancia grande a ese crédito, al crédito laboral, paralela a la importancia que se le da en el mismo artículo a la presencia de un
representante de la Administración, normalmente interventores del Estado o inspectores de Hacienda, en determinados concursos que también tienen una especial relevancia. El Decreto-ley 4/2014 lo suprimió sin explicar por qué. Nosotros queremos que
se recupere esa posibilidad de que la representación de los trabajadores forme parte de la administración concursal.


La enmienda 112 se refiere al supuesto de vinculación al convenio de acreedores, también de los acreedores laborales cuando lo decida una mayoría del pasivo de los acreedores laborales. Esto, que no estaba hasta ahora en la Ley Concursal,
tiene el alto riesgo —que se puede producir en el futuro— de que los acreedores, normalmente ejecutivos, altos cargos, con altos salarios y por tanto con altas deudas por parte de la empresa, sean los que con su decisión afecten a una parte
importante de los acreedores laborales con salarios muy bajos, mileuristas o por debajo de mileuristas, imponiéndoles quitas que estos no acepten y que les perjudiquen en su vida cotidiana.


La enmienda 117 se refiere al artículo 146 bis.4 y quiere eliminar expresamente, cuando se venden y se adjudican unidades productivas, el supuesto que se recoge en el decreto-ley, proyecto de ley actual, por el cual el adquirente puede no
asumir los créditos laborales pendientes de pago a los trabajadores que se subrogan. Esto que es contrario a otros artículos y concretamente al artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, que establece la sucesión de empresa, la subrogación en
los créditos de los trabajadores y también de Seguridad Social, nos parece una concesión que quizás es para un supuesto excepcional o singular, pero que indiscutiblemente no compartimos.


Mi compañero Jesús Caldera se ha referido a la enmienda 129. El proyecto de ley contempla —y me parece una cosa positiva— que se constituya una comisión de seguimiento de los procedimientos concursales, de cómo funcionan las instituciones
de prefinanciación y de cómo están funcionando los convenios de acreedores. Proponemos que en esa comisión de seguimiento, que es mayoritariamente de la Administración, haya dos representantes nombrados por los empresarios y dos representantes
nombrados por los sindicatos. ¿Por qué? Porque las empresas en concurso son empresas. Quienes saben la evolución de los problemas de las empresas en concurso y de las empresas que van al 5 bis, a un sistema de financiación preconcursal, son sin
duda —también las administraciones y los jueces de lo Mercantil— los representantes de los empresarios. Y quienes saben de los problemas de los trabajadores o cómo están afectando ambas instituciones a los problemas de los trabajadores son los
sindicatos. Tengo que decir aquí que el Grupo Parlamentario Popular nos ha ofrecido una enmienda transaccional en la que se prevé que el presidente de la comisión pueda, en algunos supuestos, cuando se estén tratando temas laborales, llamar a
sindicatos y a empresarios, pero no se trata de que se haga solo cuando se estén tratando temas laborales, porque los temas laborales se pueden tratar directamente de una manera muy excepcional, y se trata del concurso en su conjunto que afecta a
los créditos de los trabajadores.


La última enmienda, la número 130, se refiere a posibilitar en una nueva disposición adicional que cuando en los planes o acuerdos de refinanciación o en los nuevos acuerdos extrajudiciales de pago se elaboren planes de viabilidad que
afecten al empleo, que conlleven medidas laborales para el empleo, se oiga necesariamente a la representación de los trabajadores, simplemente derecho de audiencia, ni siquiera pedimos el derecho de negociación con acuerdo, derecho de audiencia
cuando se afecta a la viabilidad.


Termino, señor presidente, con una referencia, si me lo permite. El Grupo Parlamentario Popular ha presentado cuarenta enmiendas, es como una nueva reforma concursal, son sucesivas reformas concursales a su reforma concursal. Algunas de
ellas son técnicas y las vamos a apoyar, como ha dicho mi compañero, pero hay tres que quiero destacar porque nos parece que no son admisibles. Una de ellas,



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la enmienda 161, regula en el artículo 149 las reglas supletorias de los procesos de liquidación, un artículo que se reestructura de una manera nueva, con muchos aspectos positivos, pero que vuelve a recoger un supuesto según el cual el
adquirente de un bien o de una unidad productiva, en determinados supuestos y cuando subsistan garantías reales, no se hará cargo, no se subrogará en los créditos tributarios, laborales y de Seguridad Social. Estamos en desacuerdo en esa no
subrogación en los créditos laborales.


Las dos últimas son dos enmiendas que nada tienen que ver con la Ley Concursal, que nada tienen que ver con lo que aquí estamos trabajando; probablemente no tienen nada que ver tampoco con las materias propias de esta Comisión de Economía,
ni con las de la Comisión de Justicia, donde antes se trataban los temas concursales. La enmienda 182 del Grupo Parlamentario Popular plantea una modificación de la Ley de Navegación Marítima, señorías, sí, de la Ley de Navegación Marítima, una ley
por otra parte no muy antigua, la Ley 14/2014, de 24 de julio, recientísima, que acaba de entrar en vigor. ¿Qué pasa? Quienes fueron ponentes por parte de mi grupo parlamentario —yo no fui ponente y creo que tampoco mis compañeros que están aquí—
ya me han comunicado que fue una ley que se hizo con mucho apresuramiento, que hubo muchas materias en las que no se quisieron escuchar ni atender enmiendas, y ahora, con una chapuza legislativa, una más de las que a veces estamos lamentablemente
habituados en este Parlamento, se introduce una modificación de un gran número de artículos de la Ley de Navegación Marítima.


La última es otra enmienda que tiene que ver menos aún con esta Ley Concursal y sí con que estamos cerca de la celebración de elecciones municipales y autonómicas. Se trata de una enmienda por la que se declaran de interés general un
conjunto muy amplio, cuarenta o cincuenta obras de mejora de infraestructuras rurales y otras infraestructuras, infraestructuras que se incorporaron a la Ley de Presupuestos Generales del Estado y que se olvidaron entonces de declararlas de interés
general, y ahora, con otra —si me permite, señor presidente— enorme chapuza legislativa, lo metemos aquí, vamos a hacerlo porque las elecciones son pronto y que los ciudadanos de los distintos pueblos y ciudades de España lo puedan hacer. A
nosotros nos parece que esta técnica legislativa a la que este Gobierno nos tiene habituados no es admisible. Es la ley de medidas antigua pero ahora reproducida casi sistemáticamente.


Termino, ahora sí, diciendo que el Grupo Parlamentario Popular nos ha presentado un conjunto de enmiendas transaccionales. Hay dos de ellas que no podemos aceptar porque nos parecen insuficientes, pero hay otras que sí aceptamos, y por eso
retiramos ya las enmiendas 107, 109, 113, 114, 120, 122, 123 y 118, porque están incorporadas a las enmiendas transaccionales. Agradecemos el esfuerzo que las ponentes del Grupo Parlamentario Popular han hecho para intentar, al menos en estos
temas, buscar un acuerdo.


El señor PRESIDENTE: Doña Inma Riera, tiene usted la palabra.


La señora RIERA I REÑÉ: Seré breve en mi intervención, aunque también subrayo la importancia de esta ley para mi grupo parlamentario. Subrayo su importancia porque el espíritu que debe guiar esta ley y con el que mi grupo parlamentario ha
trabajado y ha presentado las enmiendas correspondientes es un espíritu de apoyo al tejido industrial, de apoyo a la actividad empresarial de las grandes, medianas y pequeñas empresas, de apoyo a la continuidad y a la viabilidad empresarial, algo
que con la crisis se ha visto reducido. La crisis ha marcado no solo el crecimiento sino también la viabilidad de una parte muy importante de nuestro tejido productivo y esta ley debería ser un instrumento de recuperación de viabilidad económica y
empresarial, y sobre todo un instrumento de defensa y de generación de ocupación como consecuencia de una mayor y mejor actividad económica, que es lo que también debería perseguir esta ley. Por tanto, tenemos varios objetivos: actividad
empresarial, viabilidad económica, refuerzo del tejido industrial y sobre todo mantenimiento de los puestos de trabajo y creación de ocupación, que en este momento ha de ser nuestra gran ocupación y preocupación, y lo es por parte del grupo
parlamentario que represento.


Me centraré, señor presidente, señorías, en tres grupos de enmiendas de todas las que hemos presentado. El primero se refiere a las enmiendas 71, 72 y 73. En relación con la enmienda 71, que se refiere a las unidades productivas y a su
venta, creemos que la venta de la unidad productiva como fórmula para liquidar el haber concursal sí ha resultado muy eficaz en la solución de las crisis empresariales. Gracias también a la ley que fue aprobada hace ahora diez años, muchos
trabajadores y trabajadoras han conseguido conservar su puesto de trabajo y se han salvado muchas empresas, especialmente pequeñas y medianas, aunque también grandes empresas. Gracias a esta norma se han podido paliar en parte los



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efectos de la crisis. En este contexto, la reforma que tenemos ha abordado la compra de unidades productivas en concurso de acreedores por parte de personas que tienen una vinculación con la concursada. A primera vista, puede sorprender
que sea el propio empresario el que realice una oferta para la compra de su propio negocio en concurso, pero para pequeñas y medianas empresas, cuando su oferta es la única o la más elevada, y sobre todo cuando la causa de la insolvencia ha sido
fortuita, consideramos que no se debe vetar esta vía, esta solución; entre otras razones, porque la experiencia nos dice que en la mayoría de las ocasiones este empresario termina por abrir este mismo negocio. Si es así, es mucho mejor que lo haga
públicamente y pagando un elevado precio por ello que no mediante ciertas inteligencias no públicas. Con ello queremos decir que el veto introducido por el decreto-ley no nos parece desacertado, pero sí debe matizarse que para determinados
supuestos se permita a los empresarios de buena fe y siempre que concurran otras circunstancias licitar por su propio negocio. Este es el espíritu de nuestra enmienda número 71.


En cuanto a la enmienda número 72, que para nosotros es también muy importante y condiciona nuestro voto y posición frente a esta ley, les diré, señorías, que la reforma promulgada el pasado 5 de septiembre ha introducido una modificación en
la norma concursal que tendrá un efecto disuasorio en la compra de unidades productivas por cuanto a partir de ahora los compradores de dichas unidades, además de la carga laboral apuntada, se tendrán que hacer cargo de la deuda pendiente de pago
con la Seguridad Social. Y no solo por la elevada cuantía que el crédito de dicho organismo supone en la mayoría de concursos y que hará inviable la mayoría de operaciones, no solo porque en aquellos casos en los que se adquiera solo algunas de las
diversas unidades productivas de la concursada implicará la asunción del total pasivo con el organismo, lo que supone una gravísima injusticia, sino también por el elevado nivel de inseguridad jurídica que implica comprar una unidad productiva a la
que va asociada esta contingencia. Por eso creemos que la reforma debe corregirse en este punto, un punto de la ley que para nosotros es muy determinante y que —repito— puede y de hecho condiciona la posición de mi grupo.


En relación con el conjunto de estas tres enmiendas presentadas por mi grupo parlamentario, Convergència i Unió, les diré que desde nuestro punto de vista —hago referencia a las enmiendas 71, 72 y 73—, si el concurso no es culpable, se
ofrece un precio real, se hace públicamente con la autorización de los representantes de los trabajadores y se publicita adecuadamente para poder obtener otras propuestas alternativas, no somos contrarios a una segunda oportunidad, pues sería del
todo incoherente con la mayoría de programas que fomentan el emprendimiento y no con pocos apoyos económicos por parte de las administraciones impedir que un empresario con patrimonio personal y que no haya sido negligente pueda adquirir su propio
negocio negándole la segunda oportunidad. Asimismo, creemos que se torpedea la segunda oportunidad del empresario por partida doble al imponer los costes de Seguridad Social para el nuevo adquirente. El legislador ha querido en este caso —esta es
nuestra lectura— primar los intereses de la Seguridad Social por encima de cualquier otro interés y para mi grupo —repito— este es el efecto más gravoso de la presente reforma, ya que la sucesión automática en las contingencias de la Seguridad
Social hará muy difícil la adquisición de muchas unidades productivas, que se verán irremediablemente condenadas a la liquidación y al cierre de actividad y por tanto también a la pérdida de puestos de trabajo. Asimismo, implícitamente está
suponiendo una penalización extra para el resto de acreedores, ya que en el caso de que un inversor opte a la adquisición de la unidad productiva descontará del precio cierto de su oferta el valor de cualquier contingencia en este sentido y por
tanto existirá un montante inferior, si alcanza, para atender justamente a los acreedores comerciales, aquellos que no gozan de privilegios en el marco del tráfico mercantil, con un efecto cascada en previsibles situaciones de insolvencia de
pequeños proveedores industriales de su cadena de valor. Por tanto, insisto en que las enmiendas 71, 72 y 73 para nosotros son determinantes de nuestra posición y reitero que este grupo de enmiendas pretende reconducir una de las situaciones más
gravosas que incorpora esta reforma.


Con respecto al segundo grupo de enmiendas, las números 76, 77 y 78, pretendemos facilitar que una empresa deudora con la Administración pública y en regla con el resto de acreedores pueda resolver su situación sin ir a concurso de
acreedores y sin que Hacienda pierda garantías ni tenga que hacer ninguna quita. También son muy relevantes para el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió.


El tercer grupo de enmiendas —de la 95 a la 103—, está relacionado con la segunda oportunidad y esperamos —queremos— poder negociarlas en el marco de la ley correspondiente. Esperamos que en la negociación en el marco de la ley
correspondiente no ocurra lo que ha sucedido en esta ley, que al inicio contábamos, pensábamos y esperábamos una complicidad mucho mayo del Grupo Popular, sobre todo en aspectos relevantes como las enmiendas a las que he hecho referencia, que se
refieren a la unidad



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productiva, a las deudas con la Seguridad Social; esperábamos que el Grupo Parlamentario Popular incorporara unas modificaciones en la reforma de la ley, que corrigiera estos aspectos tan negativos en términos de viabilidad económica y de
apoyo al tejido productivo y a los puestos de trabajo y no ha ocurrido así. Esperamos que en el marco de la ley de segunda oportunidad podamos llegar a acuerdos y se puedan incorporar todas estas enmiendas, que creemos han de ser objeto de
negociación en la ley de segunda oportunidad y no en esta. Deberán contribuir sobre todo a la recuperación económica, a facilitar la reactivación económica, a facilitar la viabilidad empresarial y a dar nuevas oportunidades de crecimiento económico
y social en términos de puestos de trabajo a nuestros empresarios y al conjunto de nuestra economía y de nuestra sociedad.


Lamentamos que estas enmiendas presentadas por mi grupo no hayan sido aceptadas. Nuestro grupo no puede votar favorablemente este proyecto de ley.


El señor PRESIDENTE: Señor Coscubiela, tiene usted la palabra.


El señor COSCUBIELA CONESA: No puedo dejar de destacar otra vez algo que me parece importante, porque nos estamos jugando un bien precioso de cualquier Estado de derecho, que es la seguridad jurídica. Creo que la manera en que durante esta
legislatura se está legislando tiene una profunda perversión democrática y un profundo deterioro jurídico; es importante destacarlo, porque no es irreversible. Perversión democrática porque no es el Legislativo el que controla al Ejecutivo, sino
que es el Ejecutivo el que está controlando al Legislativo a través del grupo mayoritario.


El deterioro en cuanto a la seguridad jurídica lo podemos ver en estos momentos. Llevamos tres reformas sobre la misma ley en poco más de un año; nacen todas como decreto-ley, entran en vigor —con todo lo que eso significa— al día
siguiente de su publicación, están sometidas a innumerables correcciones de errores y después son modificadas mientras se tramitan como proyecto de ley por otros decretos leyes; así en tres ocasiones sucesivas con una sola ley, que es la Ley
Concursal, y por si fuera poco —como decía hace un momento mi amigo Manuel de la Rocha— aprovechan para deshacer otro entuerto en el tema de la Ley de Seguridad Marítima. Me parece que es una aberración que no se puede mantener. Creo que los
diputados de la mayoría son conscientes de ello, me atrevo a decir que incluso comparten esta valoración, pero no es suficiente con compartir la valoración si luego no se hace nada para evitarlo.


Estamos ante una ley que tiene un enfoque que todos podemos compartir. Lo hemos dicho desde el principio, desde el primer Real Decreto-ley 4/2014; la filosofía de vamos a hacer que los procesos concursales no sean un obstáculo a la
continuidad de las empresas y de los centros de trabajo y del empleo es un objetivo loable que todos compartimos, pero al mismo tiempo les hemos dicho en muchas ocasiones que estamos profundamente convencidos de que ya desde el Real Decreto-ley
4/2014 y por supuesto en la ley que estamos discutiendo, que deriva del Real Decreto-ley 11/2014, no se consigue ese equilibrio entre continuidad del centro de trabajo, intereses de los trabajadores, intereses de la Seguridad Social o de Hacienda
como acreedores públicos, intereses de las entidades financieras. Desgraciadamente no se consigue ese equilibrio y salen penalizados —en nuestro caso lo dijimos desde el primer momento con algunas incomprensiones y veo que nuestro planteamiento se
ha abierto camino en ese sentido—, salen perjudicados de manera ostensible en algunos casos los derechos de los propios trabajadores. En ese sentido, quiero recordar que venimos arrastrando algunas enmiendas que en su momento el Grupo Parlamentario
Popular nos prometió recoger; nos dijo que no las podía incluir en el debate del Real Decreto-ley 4/2014 y que lo haría en la tramitación como proyecto de ley del Real Decreto-ley 11/2014, y no lo han hecho. A mí me consta que ustedes van con
buena voluntad, pero cuando tenemos un Legislativo en manos del Ejecutivo, por mucha voluntad que ustedes le pongan eso no se remedia. Y no lo han hecho en un tema importante que se ha citado hoy aquí, el artículo 5 bis. En los casos referidos a
acuerdos preconcursales en ese periodo de tres meses los trabajadores están en una situación de debilidad porque no pueden ejercer sus derechos con créditos anteriores. Les traje y les leí la carta que me hizo llegar una magistrada responsable de
la ejecución de los procesos en el ámbito de los juzgados de lo Social de Barcelona, donde ponía de manifiesto los casos que se encontraba y la situación de indefensión en que se encontraban los trabajadores y las trabajadoras. Pues bien,
prometieron ustedes resolverlo y no lo resuelven. Y no solo no lo resuelven, sino que en una enmienda distinta que les plantea el Grupo Parlamentario Socialista que nosotros vamos a apoyar —ya que no resolvemos el problema fundamental, vamos a ver
si se resuelve a través de la asunción por parte del Fondo de Garantía Salarial— tampoco ustedes lo hacen. Claro, vienen ustedes con mucha buena fe, pero luego el Gobierno les pica la mano y nos encontramos con que la buena fe sola no basta y los
trabajadores se van a encontrar en la situación



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que decimos. Lo primero en lo que queremos insistir es en la protección de los derechos de los trabajadores en esos procesos concursales que se han visto debilitados con el argumento de la salvaguarda del empleo. Nosotros estamos de
acuerdo, salvaguardar el empleo y el futuro sí, pero hay que encontrar un equilibrio mayor en ese sentido. Por eso les hemos planteado las enmiendas 28, 29, 30, 31 y 32 que insisten y refuerzan la protección de los créditos laborales poniéndolos al
mismo nivel que los créditos públicos, porque, por primera vez en sus reformas, esa identificación entre créditos laborales y créditos públicos como créditos especialmente protegidos se ha roto en detrimento de los créditos laborales, y esto no
tiene mucho sentido.


También les estamos planteando en la enmienda número 16 introducir una cosa importante, la presencia en el proceso concursal de representantes de los trabajadores en todos los aspectos. Oiga, es que el proceso concursal decide sobre muchas
de las cosas de las vidas de los acreedores laborales; mucho, mucho, mucho, no solo el puesto de trabajo de los que se van a poder salvar, sino los créditos de los que se van a quedar fuera, y yo sé que ese conflicto es distinto. He intervenido en
muchos de esos casos y sé que es difícil compatibilizar el problema de los puestos de trabajo que se quieren salvar con los que no se salvan pero que quieren intentar que sus deudas sean retribuidas. Por eso hemos planteado esa enmienda 16 que
insiste también en una cuestión importante, ampliar las funciones de la Intervención en los casos de traslados colectivos, suspensión y extinción de contratos. No puede ser que por esa vía se desprotejan los derechos de los trabajadores. También
estamos planteando la incorporación en la consideración de créditos contra la masa de aquellas prestaciones anteriores al concurso que está satisfaciendo el Fondo de Garantía Salarial. Creemos que eso es imprescindible.


Ustedes nos han hecho algunas enmiendas transaccionales que luego veremos; son bastante escasas pero al menos se nota buena voluntad, aunque de buena voluntad no vive la gente. En este campo, en el campo de la protección de los derechos de
los trabajadores, hemos presentado enmiendas que, en la misma línea que planteaba el Grupo Socialista, permiten una mayor participación de los representantes de los trabajadores en aquellos supuestos en los que los procesos concursales dilucidan
aspectos claves de las relaciones de trabajo. Siguiendo en esa misma línea, en la enmienda número 34 les planteamos la exigencia de que los representantes de los trabajadores deban ser oídos con carácter preceptivo y previo en las decisiones de
adjudicación directa de una empresa o de una parte de la unidad productiva. Eso es absolutamente determinante para su futuro. En la enmienda número 36 pensamos una cosa que creo que ustedes no han tenido muy en cuenta. Fíjense bien, yo entiendo
que la adjudicación en el caso de transmisión de empresas, del conjunto de una empresa o de una unidad productiva, debe tener en cuenta, por supuesto, el valor, el precio que se quiera pagar. Lo entendemos perfectamente porque, en definitiva, hay
acreedores detrás y depende que vayan a cobrar o no de eso, pero estamos planteando que cuando la diferencia de ofertas no difiera de un 10 % se premie en la adjudicación el valor del mantenimiento del empleo. Esto nos parecía una cosa sensata.


En esa misma línea de reforzar derechos de los trabajadores les hemos planteando en la enmienda número 42 que, en relación con los Trade, los trabajadores autónomos dependientes económicamente —esa especie de híbrido a los cuales se les
llama autónomos pero tienen una autonomía controlada porque dependen económicamente en muchos casos de un solo empresario—, se consideren sus créditos laborales como créditos especialmente privilegiados, como si fueran laborales. Sé que eso
parcialmente lo han recogido ustedes y después me referiré a ello. Por el contrario, pensamos que lo que no se puede igualar al crédito laboral de un trabajador ordinario son los créditos de las relaciones laborales especiales. Considerarlo desde
ese punto de vista un crédito especialmente privilegiado no nos parece adecuado. Esa es, para que se entienda, la explicación de por qué estamos de acuerdo con el objetivo general de la ley pero hemos introducido enmiendas que plasman el objetivo
general en cosas concretas para restituir un equilibrio que creemos que esta ley rompe.


Otro aspecto que nos parece importante y que hemos destacado —y aquí creo que no son conscientes del riesgo que se está produciendo con esta y con otras leyes— es el que afecta a las entidades financieras. Concretamente en nuestra enmienda
19 pretendemos evitar que se igualen los derechos de las entidades financieras sometidas a supervisión a los de aquellas que no lo están. Creo que ni ustedes ni este país —el señor De Guindos sí, porque es el ideólogo de toda esa operación— son
conscientes de que estamos de nuevo ante los riesgos de crear otra explosión, la explosión que se derive de las consecuencias de que determinadas entidades que no son estrictamente financieras sometidas a criterios de supervisión puedan continuar
desempeñando funciones de crédito —eso es lo que se ha aprobado ya en una nueva ley—, pero que al mismo tiempo a través de la reforma de la Ley Concursal que hoy se va a aprobar esas



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entidades financieras no sometidas a supervisión puedan tener los mismos privilegios, los mismos derechos que tienen las entidades financieras. La verdad es que parece de cajón que quien no está sometido a supervisión pueda tener el mismo
derecho; en todo caso, veo que no he conseguido convencerles. Desde ese punto de vista, hay otras enmiendas referidas a lo que podríamos llamar el procedimiento concursal especial para consumidores y usuarios que venimos reiterando, pero como han
sido superadas, lo cual no quiere decir necesariamente mejoradas, por el Decreto-ley 1/2015 —la tercera reforma de la Ley Concursal—, supongo que las veremos en algún otro momento en esta Comisión, por lo que no insisto en ellas.


Señor presidente, termino. En cuanto a las enmiendas de otros grupos, voy a dar una explicación de carácter general. Vemos sinceramente con preocupación algunas de las enmiendas de CiU, que por supuesto no vamos a votar favorablemente
—algunas de las cuales han sido transaccionadas—, que bajo la apariencia y el objetivo de la defensa de la actividad empresarial creo que pueden permitir —y no digo que esa sea la voluntad de CiU— que se utilicen para fines torticeros; por ejemplo,
la recompra de las empresas por un valor muy por debajo del que tenían en su momento. Fruto de nuestra experiencia en estos aspectos creemos que puede ser un mecanismo para retorcer, para situar en concurso una de estas empresas y recomprarla
después a un precio inferior, con todo lo que esto significa de intervención de terceros en ese proceso. En cambio, vamos a votar favorablemente la inmensa mayoría de las enmiendas presentadas por los grupos Socialista y Mixto, el BNG, y algunas de
las del PNV y de UPyD.


Aceptamos las transaccionales que nos han planteado. Creo que se quedan cortas y que son un poco cicateras, pero vamos a ver si aceptándoles las transaccionales le pillan ustedes el gusto a negociar y en la siguiente reforma de la Ley
Concursal, la que se deriva del Real Decreto-ley 1/2015, podemos negociar un poco mejor. Pero permítanme que les diga que no solo no vamos a votar a favor del conjunto sino que vamos a votar en contra, y quiero explicárselo. Ustedes nos
prometieron públicamente en el debate sobre el Real Decreto-ley 4/2014 que iban a aceptar todo aquello que afectaba a los procesos preconcursales. Dijeron que no lo podían hacer porque el Gobierno no les dejaba pero que pedían tiempo. Les dimos
tiempo, se suspendió esta Comisión y al final su propuesta, que la teníamos pactada, el Gobierno la desautorizó. Me dijeron que lo iban a resolver en la tramitación de este proyecto de ley y me vienen sin resolverlo. Entenderán que pueda ser muy
comprensivo con la tarea que han hecho, pero si ustedes tienen su libertad condicionada por el Gobierno, lo siento, no es mi problema. Les reconozco todo el mérito, pero con eso yo no puedo vivir. No puedo vivir porque no puedo votar a favor de
una cosa que he dicho que me parece muy grave, respecto de la que me han dicho que tengo razón y que la van a resolver, pero que no la resuelven. Yo también les doy la libertad condicional y a ver si en la tercera reforma, la del Real Decreto-ley
1/2015, ustedes le ganan la partida al Gobierno y aceptan la transacción que me ofrecieron en su momento, que estoy de acuerdo en votar pero que no llega.


El señor PRESIDENTE: Señor Anchuelo, tiene usted la palabra.


El señor ANCHUELO CREGO: Mi grupo valoró favorablemente el Real Decreto-ley 11/2014 del que procede este proyecto de ley. Como allí señalamos, la crisis de nuestra economía es en gran medida una crisis de sobreendeudamiento y ha habido
numerosas situaciones en que empresas con un modelo de negocio viable que solo tenían el problema de estar sobreendeudadas han tenido que desaparecer porque no han podido reestructurar su deuda ya que la legislación les abocaba al concurso de
acreedores y en el 94 % de esos concursos a la liquidación con la consiguiente pérdida de empleo. Por tanto, creíamos necesario corregir este problema grave de la economía española. El Real Decreto-ley 4/2014 se ocupó de la cuestión en la fase
preconcursal y este Real Decreto-ley 11/2014 se ocupa de la cuestión en la fase concursal facilitando las reestructuraciones y refinanciaciones de la deuda, impidiendo que un pequeño número de acreedores pueda bloquear esos acuerdos y facilitando la
transmisión íntegra de la empresa o al menos de unidades productivas completas. Pero, junto a esa valoración favorable, también señalamos que nuestro apoyo era un apoyo crítico por diferentes cuestiones. En primer lugar, creemos que, como tantas
veces en esta legislatura, la solución llega tarde. Llevamos siete años de crisis, estamos al final de la legislatura y ¿cuántos miles de empresas han desaparecido porque no había una legislación adecuada? ¿Cuántos millones de puestos de trabajo
se han perdido? Y no solo llega tarde, sino que como otros portavoces han señalado nos parece que el asunto en vez de enfocarse al principio de la legislatura y de forma integral se ha enfocado mal. Yo no soy, desde luego, tan experto jurista como
otros portavoces, ni siquiera soy jurista, pero, sin serlo, es evidente que no se puede traer cada pocos meses una reforma de la misma ley, la Ley Concursal; ya se pierde la cuenta del número de veces que se ha reformado y hoy



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llegamos al extremo de esa mala práctica legislativa porque estamos enmendando el texto de una ley que ya ha sido, a su vez, alterado por un real decreto, el Real Decreto-ley 1/2015. Con nuestras enmiendas estamos modificando un texto que
ya no es el texto de la ley. No hace falta ser experto jurista para ver que no es una técnica legislativa muy adecuada y en este caso se solapan directamente los proyectos de ley sobre la misma cuestión. Eso dificulta hoy también el debate porque
la principal carencia en estas leyes en opinión de mi grupo es el tratamiento que se da a las personas físicas, no solo en el caso de que tengan una actividad económica —autónomos—, sino también a las familias. En España, de los más de tres
millones de pequeñas y medianas empresas, la mitad son personas físicas, desarrollan una actividad económica, y no solo hay autónomos con problemas, también familias, porque esa crisis de sobreendeudamiento la han padecido como consecuencia de la
burbuja inmobiliaria y hay muchas familias que, aun habiendo perdido su vivienda, mantienen importantes deudas impagadas a las que tienen que hacer frente con sus ingresos presentes y futuros. Esa legislación draconiana, criticada no por
ultrarradicales de izquierdas sino por el Fondo Monetario o por la Unión Europea, les condena a la exclusión social y a la economía sumergida. Querría recordar que la primera proposición de ley que presentó Unión Progreso y Democracia en esta
legislatura era una proposición de segunda oportunidad, de fresh start, que anticipaba muchas de las cosas que al final parcialmente se están traduciendo en la legislación y que otros grupos a lo largo de la legislatura también han introducido,
propuestas con un alto grado de consenso de qué es lo que había que hacer.


Pasando a la explicación de las diez enmiendas que hemos presentado, cinco están relacionadas con el régimen de segunda oportunidad. Las enmiendas 6, 13 y 14 concretan nuestro diseño, lo debatiremos con más profundidad en el proyecto de ley
derivado del Real Decreto-ley 1/2015, que no plasma tampoco del todo nuestro modelo. Nosotros queremos un régimen que equipare la situación de las personas físicas, tengan actividad empresarial o no, sean autónomos o familias, al de las empresas.
Proponemos también mejorar la situación de los deudores hipotecarios en las ejecuciones hipotecarias. Cuando hemos hecho estas propuestas a menudo se han calificados de demagógicas. Creo que una prueba de que no lo son está en nuestras enmiendas 9
y 12, que aumentan las cautelas. La enmienda 9 se ocupa del caso en que, habiendo remisión de deudas, se descubre posteriormente que hay bienes ocultos del deudor. La enmienda 12 contempla el caso del deudor que incumple el acuerdo por dolo o
culpa. Es decir, no queremos que no se paguen las deudas. Lo que no queremos es sacralizarlas por encima de otros derechos.


Las cinco enmiendas restantes se ocupan de tres cuestiones diferentes. La enmienda 5 se ocupa del papel que en esta ley se da a las sociedades de tasación, a las que se da la exclusiva de que valoren las garantías en el caso de los
inmuebles. Con eso se altera la situación actual y disminuye la competencia, porque hoy en día hay otros —arquitectos, por ejemplo— que actúan como peritos en los procedimientos concursales y ya no van a poder hacerlo. No acabamos de entender el
porqué de esta exclusividad que se da ahora a las sociedades de tasación excluyendo a otros profesionales perfectamente cualificados que han venido realizando esas tareas de valoración de garantías.


Las enmiendas 7 y 8 se ocupan de una segunda cuestión. No creemos acertado que sea el auditor del deudor —subrayo, del deudor— el que certifique la suficiencia del pasivo que se exige para los acuerdos de refinanciación, porque creemos que
el hecho de que sea el auditor del deudor genera cierto conflicto de intereses y puede afectar a su independencia. Nos parece bien que sea un auditor, pero no precisamente el del deudor.


Las enmiendas 10 y 11 se ocupan de una última cuestión. Pretenden facilitar los acuerdos extrajudiciales para que sean más rápidos, tengan menos coste y haya una menor limitación de las quitas y esperas que puedan acordarse. Nuestro voto
al real decreto fue favorable, pero creemos que aquí se ha perdido una ocasión de incorporar alguna de estas mejoras. No se va a aceptar ni a transaccionar ninguna de nuestras enmiendas. Por eso en este caso nos abstendremos en el conjunto del
texto.


Querría terminar comentando brevemente algunas enmiendas de otros grupos. Hay algunas enmiendas que se refieren a los créditos salariales, reforzando que sean intocables. Estamos de acuerdo con ese enfoque y votaremos favorablemente ese
tipo de enmiendas. Respecto a los créditos públicos, sin embargo, creemos que sí es posible cierta exoneración, cierta refinanciación, y se les puede en algunas situaciones aplicar una lógica similar al resto de créditos. Es un problema importante
en el caso de las pequeñas y medianas empresas.


Si me permiten una pequeña frivolidad, dada la hora, no hemos conseguido entender la lógica de la enmienda 183 del Partido Popular, referida a los caminos rurales. La única explicación que hemos podido encontrar es que rurales y concursales
riman y tal vez por eso aparecen en esta ley.



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El señor PRESIDENTE: Señor Azpiazu, tiene usted la palabra.


El señor AZPIAZU URIARTE: Vamos a ver si agilizamos la intervención para que podamos acabar a una hora razonable. Este proyecto de ley, que se inició con un real decreto, tuvo en principio un consenso amplio por parte de los grupos
parlamentarios. Se hizo un esfuerzo por parte de todos para tratar de llegar a un acuerdo en este proyecto porque entendíamos que era un instrumento positivo para salir de la crisis. Era un instrumento que llegaba tarde, porque la crisis ya
llevaba más de seis años haciendo de las suyas, generando los problemas de desempleo, cierres de empresas, etcétera, pero entendíamos que, aunque fuera tarde, era mejor hacerlo ya que demorar más la situación.


También pensábamos que en este proyecto de ley habría que incorporar —aparte del tema concursal de las empresas, para facilitarles la supervivencia, que es un objetivo fundamental de este proyecto y que creemos es un objetivo loable— a
aquellos autónomos y familias que por motivo de la crisis se habían visto obligados o bien a cerrar sus negocios o bien a perder sus viviendas, de manera que se les diera una segunda oportunidad para superar la situación de crisis y que todo mundo
tuviera la posibilidad de rehacer su negocio, de continuar en su vivienda, etcétera. Pero en lugar de incorporarlo en este proyecto, no sé por qué arte de birlibirloque jurídico —yo tampoco soy abogado—, el Gobierno decidió sacar otro decreto, que
es el decreto de la segunda oportunidad, yo creo que para ponerse delante de la manifestación y decir: Vamos a llevar nosotros la pancarta. Creo que esta era una pancarta de todos, o es lo que pretendíamos al principio, pero al final el Partido
Popular ha pretendido que sea su pancarta. Pero al margen de pancartas, si el eslogan es bueno, merece la pena. Para incorporar la segunda oportunidad para familias y autónomos lo mejor es aceptar la enmienda número 4 del Grupo Parlamentario
Vasco, que resuelve de manera satisfactoria el tema que les planteo. Además, al Grupo Vasco no le sirve que esta cuestión se vaya a resolver en el proyecto de ley que ahora se llama de segunda oportunidad. ¿Por qué? Porque al igual que ahora
meten en este proyecto una cuestión de carreteras, meten otro chorizo en la de segunda oportunidad, un chorizo relativo a las políticas activas de empleo, que atenta directamente contra el Estatuto de Autonomía de Gernika y que nuestro grupo no
puede apoyar. Nos vemos imposibilitados de apoyar la ley de segunda oportunidad, no por el contenido de la segunda oportunidad en sí, es decir, dar una oportunidad a aquellos autónomos y familias que hayan tenido problemas por la crisis y que
tengan que seguir trabajando y viviendo, sino por una cuestión ajena a este tema y relativa a las políticas activas. Nos duele bastante no poder votarlo por esta cuestión. Si, como ha dicho el señor Caldera, del Grupo Parlamentario Socialista, se
incorpora la segunda oportunidad en este proyecto de ley, ya no tendremos que hacerlo en el otro y entraría en vigor con antelación.


En relación con el resto de nuestras enmiendas, la 1, la 2 y la 3, tampoco ha habido una transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Popular, ni ha habido acercamiento ni voluntad del Grupo Popular para que el Grupo Vasco votara
favorablemente. Nos vemos impedidos para votar favorablemente, entendiendo que este proyecto es mejor que nada para solucionar la crisis, pero nos vamos a abstener.


Insisto, sería positivo que aceptaran la enmienda número 4 del Grupo Vasco, para que se visualizará que sí queremos resolver el tema de las familias y autónomos que han tenido problemas con la crisis económica. Esto no va a ser posible en
el siguiente proyecto de ley de la segunda oportunidad, salvo que el Gobierno acepte las enmiendas del Grupo Vasco a ese otro proyecto, que tratarán de corregir el desaguisado que han hecho en relación con las políticas activas, incumpliendo y
atentando frontalmente contra el Estatuto de Autonomía de Gernika. Nuestra posición en relación a este proyecto va a ser de abstención.


El señor PRESIDENTE: Señor Larreina, tiene la palabra.


El señor LARREINA VALDERRAMA: Intervengo, en primer lugar, para mantener de cara a la votación las enmiendas de las compañeras del Bloque Nacionalista Galego y, en segundo lugar, para expresar cuál es la posición de Amaiur ante este nuevo
avance legislativo.


Lo primero que queremos decir es que el Gobierno debería plantearse la reflexión sobre la gente que se ha ido quedando por el camino. Ustedes han ido presentando una ley concursal, una ley de segunda oportunidad en distintos tramos.
Primero han cogido a un grupo de gente, normalmente a las grandes empresas, y después han ido ampliando, pero siguen sin llegar al final. Al final de su legislatura habrán modificado la ley y dirán que esta ley es mejor que la anterior, y es
verdad, porque la siguiente mejorará en otra parte, pero mientras se va quedando mucha gente por el camino, y esa gente a la que esta ley no le ha solucionado el problema, no la ha sacado de su angustia vital y económica se va a quedar ahí, con



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su angustia. Esta es la primera reflexión que hay que hacer. La segunda oportunidad sigue sin ser real y la dación en pago tampoco ha llegado a todo el mundo. Ustedes van avanzando, van modificando, pero al final no solucionan el problema
de mucha gente que se queda por el camino. Esa es una reflexión que es importante que hagamos aquí, porque si estamos aquí es para solucionar los problemas de la gente, sobre todo de la gente más sencilla, con menos oportunidades, con menos
posibilidades de influir; esa gente que tiene todo el viento en contra, todas las oportunidades en contra y que es la que se queda por el camino. En esta nueva modificación, en este nuevo avance se sigue quedando mucha gente por el camino. Por
eso vamos a votar en contra de esta ley, para marcar esa reflexión, para marcar esa protesta y unirnos a toda esa gente a la que todavía esta ley no le ha solucionado el problema, un problema grave. Es una situación injusta y se ha perdido una
nueva oportunidad. Se volverá a modificar esta ley, se volverá a ampliar, y ustedes dirán que es un nuevo paso positivo, y será verdad, pero se seguirá quedando gente por el camino. Por eso, insisto, vamos a votar en contra y vamos a hacer la
reflexión de siempre, que en estos casos es todavía más patente y necesaria. Esto nos reafirma en la necesidad de que en nuestro país, en Euskal Herria, contemos con los instrumentos de soberanía para podernos gobernar, para podernos legislar, para
poder dar respuesta a toda esa gente y para solucionar los problemas de todas las personas y que no se vaya quedando gente por el camino.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra, en primer lugar, la señora López González.


La señora LÓPEZ GONZÁLEZ: Quiero comenzar lamentando el fallecimiento repentino esta misma mañana de don Luis Ortega, magistrado del Tribunal Constitucional. Como diputada por Toledo, ciudad a la que estaba muy vinculado, quiero hacerme
eco de nuestro sentir y también del de quienes pudimos disfrutar de sus enseñanzas y de su magisterio en la Universidad de Castilla-La Mancha. Trasladamos a su familia y amigos nuestro pésame y afecto. Descanse en paz.


Continúo con el tema que nos ocupa. Estamos ante un proyecto de ley importante en el contexto actual, como ha dicho el señor Caldera, y estoy de acuerdo con él; es importante porque contribuye al crecimiento económico y a la creación de
empleo. Es una ley que viene a completar —como ustedes saben, señorías— las medidas implantadas ya para la fase preconcursal, que trataba de paliar los efectos del excesivo endeudamiento del sector privado. Aquella ley que consensuamos en esta
Cámara facilitaba la consecución de acuerdos para evitar que terminasen en liquidación las empresas que, siendo viables económicamente, se veían inmersas en un proceso concursal por la estructura financiera y su sobreendeudamiento. Con este
proyecto de ley pretendemos dar un paso más, un paso imprescindible para la continuidad de la actividad empresarial, y lamentamos no poder alcanzar un grado de consenso tan alto como el que tuvimos entonces.


Señorías, necesitamos un marco eficiente y moderno en el ámbito concursal, y precisamente por ello se hace necesaria una regulación adecuada, una regulación que al igual que en la fase preconcursal se apoya en tres premisas fundamentales:
la continuidad de las empresas económicamente viables es beneficiosa para la economía en general y el empleo; se debe acomodar el privilegio jurídico, orden de prelación de los acreedores, a la realidad económica subyacente y se ha de respetar la
naturaleza jurídica de las garantías reales. Señorías, necesitamos una regulación que corrija deficiencias y rigideces del procedimiento, que han provocado que el 94 % de las empresas españolas que se declaran en concurso de acreedores acaben en
liquidación. Es un porcentaje altísimo, muy superior al de otros países europeos, como el Reino Unido, que tiene un 80 %, o Francia, que tiene el 70 %. Por ello, en el actual contexto económico, es esencial contribuir a desendeudar nuestra
economía, porque las empresas, y en esto estamos de acuerdo todos, son las garantes de la generación de empleo en nuestro país.


¿Y qué nos trae la ley que debatimos hoy? Un mejor engranaje entre el convenio concursal y los acuerdos de refinanciación preconcursales, medidas para flexibilizar la transmisión del negocio del concursado y asegurar la recuperación del
mayor valor posible, más instrumentos de reestructuración y refinanciación para empresas y acreedores y la posibilidad de reducir la capacidad de bloqueo de los acuerdos de una minoría de los acreedores que podían forzar la liquidación societaria.
En definitiva, se trata de conseguir un sistema concursal más ágil, más eficaz y más moderno, flexibilizando el convenio concursal y extendiendo los efectos de los convenios a todos los acreedores privilegiados si concurren las mayorías previstas
por clases. La parte final prevé la creación de un portal telemático, para facilitar la enajenación de empresas que se encuentran en liquidación o de sus unidades productivas, estableciéndose la creación de una comisión de seguimiento de prácticas
de refinanciación y reducción del



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sobreendeudamiento, que permitirá evaluar la efectividad de todas las medidas adoptadas tanto en la fase preconcursal como en la concursal. Déjenme que me detenga en este último aspecto. Pocas veces tenemos la oportunidad de poder valorar
tan directamente la eficacia de una ley como podremos hacer con esta que hoy defendemos aquí. La creación de una comisión de seguimiento nos permitirá valorar en un futuro la eficacia de esta Ley Concursal y encontrar, si fuera necesario, puntos de
mejora para alcanzar los objetivos que hoy nos marcamos.


Concluyendo, señorías, estamos tramitando un proyecto de ley de máxima importancia que ha promovido este Gobierno en ese camino de impulsar, como dijo el ministro De Guindos, un nuevo modelo basado en la productividad y en la eficiencia.
Por tanto, en nombre de mi grupo parlamentario agradecemos la disposición y el trabajo desempeñado por todos en ponencia. Junto con el señor Martínez-Pujalte y la señora Marcos, agradezco a todos los ponentes de los distintos grupos parlamentarios
sus aportaciones y disponibilidad. Extendemos este agradecimiento al extraordinario trabajo de la letrada de esta Comisión, la señora Moreno, y a la eficiente tarea de los asesores. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Señora Marcos, tiene usted la palabra.


La señora MARCOS DOMÍNGUEZ: Señorías, hay una forma de hacer las cosas que parte de aceptar que la experiencia es fuente y límite de nuestro conocimiento. Con generosas dosis de optimismo, además, esa experiencia nos ayuda a ver los
errores propios y ajenos como el mejor aliado del aprendizaje y las crisis, también las más graves, como una oportunidad para ganar el futuro. Es una forma de hacer las cosas que parte de la convicción de que no tenemos ni el monopolio de la razón
ni mucho menos el de las buenas intenciones y por eso busca el pacto y prefiere el acuerdo hasta donde este sea posible. Es una forma de hacer las cosas que en política algunos llamamos reformismo, porque intenta acometer las reformas poco a poco,
poniendo a prueba lo que esperamos que sean mejoras y modificando cuando se puede aquello que la experiencia nos va mostrando que no termina de funcionar.


El reformismo no reduce la seguridad jurídica, señor Coscubiela, la reduciría incumplir la ley o intentar escamotearla. El reformismo es una buena forma de hacer las cosas muy conocida en esta Comisión, porque el ministro De Guindos y el
portavoz del grupo mayoritario, el diputado Martínez-Pujalte, la practican sin alharacas. Esta forma de hacer las cosas es la que ha dictado las reformas encadenadas, primero como real decreto-ley y luego como ley, que afectan a la Ley Concursal.
Hace unos meses aprobamos la que afectaba a la fase de preconcurso, hoy debatimos la que afecta al concurso y en fechas próximas se someterá a debate la ley de segunda oportunidad, para extender a las personas físicas y a las pymes las facilidades
para el desapalancamiento y reestructuración de su deuda que se concede a las empresas. Ese será el momento, señor Anchuelo, de recoger buena parte de sus sugerencias.


Señorías, estamos de acuerdo en la práctica totalidad de las cosas importantes que regula la reforma de la Ley Concursal que hoy debatimos, aunque al escucharles esta noche pueda dar la impresión contraria. Además, ustedes saben que el
Grupo Popular ha adaptado el proyecto de ley a las principales críticas y enmiendas que sus señorías han ido planteando desde que el 25 de septiembre pasado debatimos en Pleno el Real Decreto-ley 11/2014, del que nace esta norma. Como recordarán,
la crítica y enmienda más relevante que ustedes plantearon en aquel debate fue la necesidad de extender a las personas físicas, en forma de segunda oportunidad, las facilidades para superar el sobreendeudamiento en el que la crisis ha ahogado a
muchas familias. Pues bien, el Gobierno y este grupo parlamentario han atendido esa razonable demanda y la segunda oportunidad va a ser más que un conjunto de enmiendas a la reforma de la Ley Concursal que hoy debatimos. Será una ley específica
que, por el método reformista que nosotros defendemos, se ha puesto en marcha primero como real decreto-ley, para que empiece a andar y sea una ley en esta legislatura.


Sobre el proyecto de ley que hoy debatimos, estamos de acuerdo en lo más importante. Todos sabemos que ahora el concurso de acreedores es demasiadas veces un proceso de liquidación ordenada del patrimonio del deudor, y ninguno queremos que
sea así. Todos queremos que la liquidación de la empresa sea el último recurso, que sea posible dar alternativas para reestructurar la deuda y facilitar la transmisión del negocio del concursado o de aquellas ramas del negocio que sean viables,
para que en lo posible pueda continuar la actividad empresarial. Estamos de acuerdo —así puede leerse en el «Diario de Sesiones» del pasado 25 de septiembre— en que esta ley va a facilitar la continuidad de la actividad empresarial. En palabras
del señor Azpiazu: Es un instrumento positivo para salir de la crisis. Tal como ha explicado mi compañera Rocío López, lo va a hacer porque va a modernizar nuestro régimen de insolvencia, lo va a hacer porque va a adaptar las ventajas legales
teóricas a la realidad posible, pues el reconocimiento



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de derechos carentes de fundamento puede ser el obstáculo principal para llegar a acuerdos. Y lo va a hacer también porque busca mejores vías para respetar en lo posible la naturaleza jurídica de las garantías reales.


Señorías, hemos presentado a este proyecto de ley un total de 183 enmiendas, 39 de ellas de mi grupo; muchas de ellas son coincidentes en las cuestiones básicas a enmendar por la sencilla razón de que compartimos los objetivos fundamentales
de la ley. En las últimas fechas hemos negociado un bloque de once enmiendas transaccionales para recoger sus principales sugerencias. Muchos de ustedes son grandes expertos en materia laboral y su experiencia profesional —que incluye hasta un
señor ministro de Trabajo— puede ser de gran utilidad para que el texto de la ley sea más claro y para que consigamos reducir la litigiosidad en esta materia. Por ejemplo, a sugerencia de cuatro grupos parlamentarios —La Izquierda Plural, PSOE, CiU
y Grupo Mixto—, se modifica la disposición adicional tercera para que el presidente de la Comisión de Seguimiento pueda convocar a los representantes de los agentes sociales cuando se vayan a tratar asuntos que afecten al ámbito laboral, pero al
ámbito laboral, señor Coscubiela, no a cualquier ámbito. Ese mayor papel de los agentes sociales se recoge desde la primera enmienda transaccional; a propuesta de los Grupos Socialista, La Izquierda Plural y Mixto, intervendrán en el procedimiento
cuando haya una modificación sustancial de las condiciones de trabajo en la empresa concursada. Creemos que también tiene todo el sentido la modificación del artículo 94 que pedían tres Grupos —PSOE, La Izquierda Plural y Mixto— y recoge la cuarta
enmienda transaccional, para incluir como acreedores laborales a los autónomos económicamente dependientes de la empresa en concurso.


Hay otras transacciones que mi grupo no veía necesarias pero que en aras del consenso queremos pactar. Por ejemplo, el Grupo Socialista quiere recuperar, en su enmienda 132, el plazo previsto en el real decreto-ley para formular recurso de
apelación. El tiempo en vigor del real decreto nos inclina a entender que ya no es necesario, pero proponemos una transaccional —la número 11— para que aquellos que no presentaron la alegación en su momento dispongan de un nuevo plazo de dos meses
a partir de la entrada en vigor de la ley.


Señorías, este ha sido el método con todas las enmiendas que hemos estado negociando y ustedes lo han visto. Al Grupo Popular solo le ha animado la voluntad de que esta ley se apruebe con el mismo grado de acuerdo que tenemos sobre su
necesidad y sobre su utilidad para el objetivo que todos compartimos, porque sabemos que ese acuerdo de fondo es total. Todos queremos que la legislación ayude a las empresas que son viables y tienen un proyecto económico viable a superar su crisis
de sobreendeudamiento para, en lo posible, seguir funcionando y creando empleo, y eso es exactamente lo que vamos a votar esta noche. Les animo a tener la audacia suficiente, por usar las palabras del señor Caldera, para respaldar esta necesaria
reforma. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Cumpliendo estrictamente el horario, pasamos a la votación. En primer lugar, votamos las enmiendas transaccionales. Primera enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a las enmiendas 16 de La Izquierda
Plural, 55 del Grupo Mixto y 107 del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a las enmiendas 33 de La Izquierda Plural y 118 del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a las enmiendas 40 y 41 de La Izquierda Plural, 65 del Grupo Mixto y 172 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 42 de La Izquierda Plural, la 63 del Grupo Mixto, la 109 del Grupo Socialista y la 146 del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 1.



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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 88 de CiU.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 113 del Grupo Socialista y a la 153 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 114 del Grupo Socialista y a la 158 del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 120 del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 122 del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 123 del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 132 del Grupo Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Del Grupo Mixto, votamos en un solo bloque las enmiendas de la señora Fernández Davila.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Vasco, votamos la enmienda número 4.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos el resto de enmiendas del Grupo Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De Unión Progreso y Democracia, votamos las enmiendas 6 y 10.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 7, 8 y 9.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 23; abstenciones, 16.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 5 y 11.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos el resto de las enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De La Izquierda Plural, votamos el primer bloque, en el que van las enmiendas 15, 19, 21 a 27, 30, 31, 34, 36 y 44 a 51.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos el segundo bloque, con las enmiendas 17, 18, 20, 28, 29, 32, 35, 37, 38 y 39.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 23; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la enmienda 43.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo de CiU, votamos primero la enmienda 67.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 68.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 69.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 70, 72 y 73.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 38; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 71.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 25; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 75.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 37; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 76, 77, 78 y 79.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



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Enmienda 80.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 81.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 36; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 82, 90, 91 y 92.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 83.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 24; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 87.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 89.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 84, 85 y 86.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 93 y 94.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 37; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 96 y 98.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 97, 100, 101 y 102.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 95.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 36; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 99.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 103.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 23; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 74.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 37.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Socialista, enmiendas 110, 115, 116, 117, 126, 142 y 143.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


El resto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Del Grupo Popular, primer bloque. Enmiendas 144, 145, 154, 155, 157, 160, 163, 164, 166, 167, 168, 171, 173, 174, 176, 177, 179 y 183.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Del bloque segundo son las enmiendas 170, 181 y 182.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas 147, 148, 150, 151, 152, 156, 162 y 165.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmienda 149.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmiendas 159, 161, 169, 175, 178 y 180.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 14; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votación del texto del informe de la ponencia con las correcciones técnicas de la letrada.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 3; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Se levanta la sesión.


Eran las nueve y cuarenta minutos de la noche.