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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 623, de 28/08/2014
cve: DSCD-10-CO-623 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2014 X LEGISLATURA Núm. 623

ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. OVIDIO SÁNCHEZ DÍAZ

Sesión núm. 61 (extraordinaria)

celebrada el jueves,

28 de agosto de 2014



ORDEN DEL DÍA:


Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proyecto de ley de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (procedente del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio). (Número de expediente 121/000104). (Continuación) ... href='#(Página2)'>(Página2)



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Se reanuda la sesión a las diez y cinco minutos de la mañana.


APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DE APROBACIÓN DE MEDIDAS URGENTES PARA EL CRECIMIENTO, LA COMPETITIVIDAD Y LA EFICIENCIA (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 8/2014, DE 4 DE JULIO). (Número de expediente 121/000104). (Continuación).


El señor PRESIDENTE: Señorías, reanudamos la sesión con el bloque séptimo: Registro Civil, disposiciones adicionales decimonovena a vigesimocuarta. Tienen la palabra, en primer lugar, el señor Villarrubia.


El señor VILLARRUBIA MEDIAVILLA: Señor presidente, señorías, la primera afirmación que quiero realizar es que el Partido Popular consuma hoy por real decreto la privatización del Registro Civil -un servicio público importantísimo en España-
y su adjudicación a un grupo de registradores mercantiles como coartada para privatizar la gestión electrónica de los registros de la propiedad y mercantiles. Quiero reiterar que el sistema registral inmobiliario y mercantil español es un modelo de
éxito reconocido que aporta grandes beneficios a los ciudadanos; es el que exhibe mejores resultados de toda la Unión Europea, el que mayor seguridad jurídica garantiza y, además, al precio comparativamente más bajo, según resulta de los estudios
realizados por la Federación Hipotecaria Europea. A diferencia del Registro Mercantil, el Registro Civil es gratuito para el usuario; es decir, que en lugar de pagar el servicio el usuario, lo paga el contribuyente a través de los Presupuestos
Generales del Estado. Existe un gran consenso en que el Registro Civil siga siendo gratuito para los usuarios del mismo, por lo que no se entiende por qué el Gobierno ha decidido asignar su llevanza a los registradores mercantiles, dado que el
Registro Mercantil obedece a un modelo totalmente distinto porque satisface necesidades sociales diferentes.


Señorías, la Ley del Registro Civil de 2011 nonata fue aprobada por un amplio consenso político en la Cámara, consenso que se debe mantener porque una ley que regula un servicio público como el del Registro Civil debe ser fruto de un pacto
de Estado. Ahora el Gobierno decide asignar su llevanza a los registradores mercantiles contra la opinión de todo el mundo: la de todos los grupos parlamentarios, menos la del Grupo Parlamentario Popular; la de los trabajadores y sindicatos, que
han manifestado reiteradamente su oposición; la de los propios registradores; la de otros cuerpos jurídicos del Estado como jueces y, especialmente, secretarios judiciales; y la de todos los grupos profesionales relacionados con el mundo del
derecho. Es por ello por lo que el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una serie de enmiendas que paso rápidamente a defender.


La primera de ellas, la enmienda 247, pretende la prórroga de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil solicitando que no entre en vigor hasta el 1 de julio de 2016. ¿Por qué? Porque esta ley que tenía que
haber entrado en vigor no lo ha hecho debido a la inactividad del Gobierno, que no ha llevado a cabo las actuaciones imprescindibles para que sea plenamente operativa; lleva casi tres años sin realizar actuación alguna en el mantenimiento y mejora
de los registros civiles. Este tiempo puede posibilitar que se alcance un consenso en la nueva ley que se pospone para garantizar su estabilidad y permanencia. No se han provisto los medios necesarios para dar cumplimiento efectivo a las
previsiones de la nueva ley. El nuevo sistema organizativo y técnico requiere tiempo para su desarrollo e implantación. También -por qué no decirlo- es una buena medida para que la privatización del Registro Civil no se consolide, sencillamente
por la pérdida del gobierno del Partido Popular en el año 2015.


La siguiente enmienda, la número 248, se refiere a la llevanza del Registro Civil, que se adjudica por el Gobierno en este real decreto a un grupo de registradores civiles que suponen tan solo unos cien miembros del cuerpo único de
registradores de la propiedad y mercantiles. Solicitamos que sea encomendada expresamente la gestión y la llevanza al cuerpo de secretarios judiciales. La prórroga incorporada en la enmienda anterior hasta julio de 2016 puede facilitar que se
busquen soluciones consensuadas sobre quién ha de llevar el Registro Civil y en qué condiciones. Les adelanto que la Ley 20/2011, de 21 de julio, que desjudicializa el Registro Civil, en su disposición adicional segunda estipula que las plazas de
encargados del Registro Civil se proveerán entre funcionarios de carrera del subgrupo A1 que tengan licenciatura en derecho o titulación universitaria que la sustituya y entre los secretarios judiciales. Por lo tanto, el legislador ya sienta las
bases de quiénes deberían ser los encargados que mejor puedan desempeñar dicha función. Partiendo de la regulación y de lo recogido en la ley, ningún



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funcionario sería mejor que el secretario judicial al reunir dentro de su propia definición los caracteres que deben exigirse para dicha titularidad: cuerpo superior jurídico, carácter de autoridad, ámbito nacional y dependencia del
Ministerio de Justicia; ya que la propia Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil en su artículo 2 declara la dependencia del ministerio. Además, la preparación especializada de los secretarios judiciales en todos aquellos asuntos que están
y se hallan en registros civiles exclusivos no tiene parangón con ningún otro funcionario a nivel nacional. Así pues, la persona más cualificada es el secretario judicial y, en todo caso, pudiera ser objeto de tratamiento y materia de consenso.
Esta adjudicación que en la disposición adicional vigesimosegunda se reitera en el real decreto-ley es motivo de nuestra enmienda 249, en la que adjudicamos su llevanza al cuerpo de secretarios judiciales. Esta propuesta, que se adoptó -insisto-
sin consenso por el Ministerio de Justicia y avalada por el Consejo de Ministros y el Grupo Parlamentario Popular, deja en el aire la situación laboral de más de 3.500 funcionarios de toda España a la vez que ahonda una vez más el camino emprendido
por el ministro de Justicia, el señor Gallardón, de deterioro del servicio público de la Administración de Justicia y su privatización.


Señorías, la privatización del Registro Civil comporta un dispendio no solo de medios, sino también de experiencia y formación de los funcionarios de Justicia en materia de Registro Civil y del potencial de estos funcionarios para asumir los
retos de la necesaria modernización del servicio. De continuar con la propuesta recogida en el decreto, tendrá graves consecuencias en las condiciones de trabajo de los funcionarios de Justicia en cuanto a los concursos de traslado, despidos de
interinos, movilidad forzosa de titulares, amortización de plazas, restricción de la promoción interna, devaluación de sus funciones y pérdida de características esenciales. Proponemos la supresión de la disposición adicional vigesimotercera en la
enmienda 250, sobre la uniformidad de los sistemas y aplicaciones informáticas en las oficinas del Registro Civil.


Es de especial relevancia y trascendencia lo que paso a comunicarles en síntesis. La Ley del Registro Civil incide en aspectos fundamentales de la vida íntima de las personas que deberían, por tanto, abordarse separadamente en un proyecto
de ley específico de modificación de la Ley del Registro Civil. La Ley del Registro Civil se gestó y aprobó con el consenso político unánime sin oposición social ni sindical. Por lo tanto, la modificación debiera ser presidida por el mismo
consenso, por lo que, incluso, la propuesta de llevanza del mismo que realiza el Grupo Parlamentario Socialista a favor de los secretarios judiciales es tan solo como pretensión de su debate en la Cámara.


Señorías, la asignación de la llevanza del Registro Civil a los registradores de la propiedad y mercantiles y, más concretamente, a un grupito tan solo de este cuerpo único, con la oposición del conjunto de más de mil registradores de la
propiedad y mercantiles, ha suscitado una gran polémica y una fuerte contestación social. No están de acuerdo los grupos parlamentarios -insisto-, ningún cuerpo de funcionarios, ni los jueces ni los secretarios judiciales ni los propios
registradores. No están de acuerdo los trabajadores de la Administración de Justicia ni de los registros, que han manifestado su oposición a través de los sindicatos; y tampoco lo está la propia opinión pública. No se puede adoptar ninguna de las
medidas que se prevén en la disposición adicional vigesimotercera. Todo ello parece ir dirigido -escuchen, que quedará reflejado en el 'Diario de Sesiones'- a asegurar la firma de determinados contratos con una o varias empresas informáticas, que
serán las que decida el Ministerio de Justicia, a toda prisa, en el exiguo plazo de tres meses, con el mes de agosto de por medio, y garantizar que el pago de la plataforma tecnológica, elegida y diseñada por la Dirección General de los Registros y
del Notariado, corra a cargo de los registradores mercantiles a través de una misteriosa e innominada corporación de derecho público de nueva creación.


La plataforma digital que se diseña no solo servirá para la gestión del Registro Civil. Así, en la memoria de impacto normativo que acompaña al real decreto, en la parte referida al Ministerio de Justicia, se afirma: Para aprovechar las
infraestructuras de seguridad creadas, incluidas las redes de comunicaciones, se prevé la incorporación de los demás registros jurídicos a cargo de los registros de la propiedad y mercantiles al sistema informático único en la forma que
reglamentariamente se determine. Ello permitirá, además del incremento en la seguridad, una sensible disminución de costes de implementación y de operación del sistema, sin perjuicio de permitir también el exacto cumplimiento de las disposiciones
del artículo 19 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Aquí está, señorías. Ello significa que en realidad, bajo el paraguas de la plataforma tecnológica diseñada por justicia para el
Registro Civil, se intenta introducir una reforma radical y sustancial de los registros de la propiedad y mercantiles del sistema registral español. En suma, tal y como pretendía el nonato proyecto de reforma integral de los registros que elaboró
la Dirección General de los Registros y del Notariado en 2012.



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Voy concluyendo. Estamos ante una operación de mucho mayor calado, consistente en privatizar la llevanza electrónica de todo el sistema registral, actualmente a cargo de los registradores. Por todo ello, este grupo parlamentario solicita
la supresión de la disposición adicional referida. En cuanto a la última disposición adicional, la vigesimocuarta, apoyaremos las enmiendas de supresión de la mayoría de los grupos y alternativa y subsidiariamente también apoyaremos la enmienda
número 30 del Partido Nacionalista Vasco, que hace referencia a los secretarios judiciales.


Como conclusión, nuestra propuesta es: Uno, suspensión de la entrada en vigor de la ley para que, en ningún caso, se consolide y se consuma este atropello. Dos, buscar el consenso que tenía la anterior ley, para lo que solicitamos ese
aplazamiento hasta julio de 2016, momento en el que, en todo caso, si este atropello se consume, al perder la mayoría absoluta el Partido Popular, este servicio público volverá a retrotraerse a la situación actual, para que aquellos que puedan tener
la perspectiva de algún posible negocio sepan que no se va a consolidar ni en el corto ni en el medio plazo y que, en todo caso, no vamos a tolerar, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios, de todos los operadores jurídicos y de los propios
ciudadanos, la privatización de un servicio público tan sensible, querido e importante como es el del Registro Civil en nuestro país. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: A continuación, tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.


El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: El Grupo Parlamentario de Convergència i Unió ha presentado cinco enmiendas al bloque del Registro Civil, las numeradas de la 418 a la 423, con el siguiente contenido. La enmienda relevante y troncal pretende
suprimir la disposición adicional vigésima del proyecto de ley que estamos debatiendo, de medidas urgentes para el crecimiento y la competitividad, por varias razones. En primer lugar, porque la regulación de los aspectos fundamentales del Registro
Civil y de su reforma debe abordarse en un proyecto de ley de modificación de la Ley de Registro Civil. Una institución tan importante como el Registro Civil merece una regulación propia. En segundo lugar, con excepción de la prórroga de la
entrada en vigor de la Ley del Registro Civil no hay urgencia alguna para adoptar estas medidas, una vez acordada aquella. En tercer lugar, la Ley del Registro Civil se gestó y aprobó con gran consenso, como acaba de manifestar el portavoz que me
ha precedido en el uso de la palabra, por lo que la modificación de la misma debe estar presidida por el mismo consenso como garantía de acierto y de perdurabilidad de la norma, algo fundamental en una ley que regula una institución capital como es
el Registro Civil.


En cuarto lugar, la asignación de la llevanza del Registro Civil a los registradores la propiedad y mercantiles, concretamente a los que sean titulares de un Registro Mercantil, ha despertado una gran polémica. No se han logrado acuerdos ni
con los grupos parlamentarios ni con las profesiones jurídicas ni con ningún cuerpo de funcionarios, incluidos los registradores de la propiedad y mercantiles. Tampoco está de acuerdo la opinión pública. Ante tal situación, la prudencia aconseja
aplazar y replantear este asunto, máxime cuando -si se acepta nuestra propuesta- la entrada en vigor de la Ley de Registro Civil se pospone dos años. En este tiempo se deben ir buscando soluciones consensuadas sobre quién ha de llevar el Registro
Civil y en qué condiciones.


En quinto lugar, el real decreto tiene un ánimo centralizador, ya que no queda clara la funcionalidad de las oficinas del Registro Civil, que solo estarán ubicadas en las capitales de provincia y en el hecho de que todas las oficinas del
Registro Civil, incluyendo las consulares, utilizarán un único sistema informático y una misma aplicación que estará en funcionamiento antes del 15 de julio del año 2015, que será aprobado por la Dirección General de los Registros y del Notariado.


En sexto lugar, las disposiciones adicionales vigésima, vigesimosegunda y vigesimotercera parecen ir dirigidas a firmar contratos con empresas informáticas, las que -en última instancia- decida el Ministerio de Justicia a toda prisa
estableciendo su pago a cargo de los registradores mercantiles, en realidad de los usuarios del Registro Mercantil, lo que plantea un sinnúmero de problemas de todo tipo.


En séptimo lugar, en relación con la plataforma digital prevista inicialmente solo para el Registro Civil, la memoria de impacto normativo afirma que, para aprovechar las infraestructuras de seguridad creadas incluidas las redes de
comunicación, se prevé la incorporación de los demás registros jurídicos a cargo de los registradores de la propiedad y mercantiles del sistema informático único, en la forma que reglamentariamente se determina. Ello permitirá, además del
incremento en la seguridad, una sensible disminución de costes de implementación y de operación del sistema, sin perjuicio de permitir también el exacto cumplimiento de las disposiciones al artículo 19 de la Ley 14/2013, 27 de septiembre, de apoyo a
los emprendedores y su internacionalización. Ello implica que se intenta introducir subrepticiamente una reforma sustancial de los registros de la propiedad y mercantiles a través de la incorporación de estos a



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la plataforma tecnológica que se crea con motivo de la asignación del Registro Civil a los registradores que desempeñan funciones de Registro Mercantil. Todo ello indica que, de una manera precipitada, se pretende abordar una operación de
mucho mayor calado consistente en privatizar la llevanza electrónica de todo un sistema registral, actualmente -señorías, no lo olviden- a cargo de los registradores, sin que haya razón alguna para ello pues es el grado de satisfacción de los
usuarios con los servicios informáticos y telemáticos de los registros de la propiedad y mercantiles es muy alto.


Por último, proponemos la prórroga de la entrada en vigor por dos años el lugar de por uno, como recoge el proyecto de ley. La razón estriba en que se solicita una nueva reforma de la Ley del Registro Civil, la cual abordará aspectos
sustanciales de la misma. Esta nueva reforma, a juicio de nuestro grupo parlamentario, debe realizarse con el mismo consenso que presidió la elaboración y aprobación de la ley cuya entrada en vigor ahora se pospone, pues es una ley que debe tener
una garantía de permanencia, como ha sucedido en las leyes anteriores que han regulado una institución tan importante para la vida de los registrados como es el Registro Civil. Por otra parte, no se ha desarrollado reglamentariamente la Ley del
Registro Civil, desarrollo que deberá esperar las modificaciones que se aprueben en el texto legal. A pesar de esta prórroga, sí queremos que se aplique ya la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, que plantea la posibilidad de que la
llamada reforma Amanda -largamente reclamada para las familias afectadas y apoyada por unanimidad en la anterior legislatura- pueda aplicarse a partir del 1 de enero del año 2015, sin limitar los derechos de aquellos progenitores que solicitan
otorgar un nombre a los fallecimientos producidos con posterioridad a los seis meses de gestación, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Fin de la cita.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora De las Heras.


La señora DE LAS HERAS LADERA: Este polémico y desastroso proyecto de ley del que ya hablamos ayer y sobre el que no extenderé, en sus disposiciones adicionales decimonovena y decimoctava regula las transferencias de las funciones del
Registro Civil a los registros mercantiles con el objeto último de privatizarlos. La Izquierda Plural ha presentado las enmiendas 146 a 151. Es una norma que se ha aprobado en Consejo de Ministros incumpliendo la Ley de Conflicto de Intereses, que
en sus artículos 4 y 7 impide al presidente del Gobierno, como registrador de la Propiedad titular del Registro de Santa Pola, y al propio ministro de Justicia, por parentesco en primer grado, tomar decisiones sobre cuestiones registrales. La
Izquierda Plural ha preguntado por escrito y yo les pregunto aquí: ¿Votaron en el Consejo de Ministros? Porque no han dicho nada, ni siquiera si se han abstenido. Pero es que ha sido elaborada por la Dirección General de los Registros, cuyo
director general es registrador, como también lo son el subdirector general y los tres asesores jurídicos contratados por la dirección general para la confección y desarrollo de los proyectos. Esto es como poco inmoral, un traje a medida que
privilegia a un colectivo determinado y algo sobre lo que desde luego tendrán que dar sobradas explicaciones.


Dicen que no va a suponer -lo ha dicho el propio ministro de Justicia- ningún coste para el ciudadano. Aquí tendrán que explicarnos si el Registro Mercantil va a hacer sus funciones de manera gratuita, si va a asumir todo ese trabajo, esas
funciones del Registro Civil de manera gratuita, porque si suben los aranceles estarán incumpliendo la directiva europea que lo impide. No hay nada, ni siquiera una memoria económica en este proyecto de ley que lo justifique. Desaparecerán los
registros civiles y los juzgados de Paz. Aquí tenemos que preguntar qué va a pasar por ejemplo cuando haya que llevar a cabo una licencia de defunción en fin de semana en un pequeño pueblo en el conjunto del Estado, ¿habrá un registrador de la
Propiedad o un registrador Mercantil dispuesto para llevarlo a cabo? Este es uno de los problemas que en absoluto soluciona esta polémica norma que hoy se pretende aprobar. Estamos hablando de una cuestión de salud pública y legal de calado, de
muchísimo calado. Como lo es también algo tan sensible y personal como los datos privados que comprometen la vida judicial de las personas, que dejarán de ser gestionados por los funcionarios públicos y se van a poner en manos de un colectivo que
cuenta -hay que decirlo, señorías- con decenas de condenas por parte de la Agencia de Protección de Datos por un uso indebido de los mismos. No es un colectivo que dé a la ciudadanía la sensación de seguridad. Por eso hemos pedido la supresión de
los artículos 22 y 24. Por otra parte, se ponen en peligro puestos de trabajo -como ha denunciado el sindicato mayoritario-, en una situación de paro que el Gobierno es incapaz de solucionar, y en especial peligro se va a poner al importante número
de interinos que existen. Se trata de una norma que se aprueba con la oposición, como ya se ha dicho, de los propios registradores, secretarios judiciales, de los sindicatos y de toda la oposición.



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Pedimos asimismo que se retrase la entrada en vigor de la totalidad de la Ley de Registro Civil hasta el 15 de julio de 2017 pues consideramos que no se han llevado a cabo las modificaciones necesarias que recoge la propia ley, que incluyen
la elaboración y aprobación de sus reglamento, la digitalización e información de todos los registros civiles y de los municipios con juzgados de Paz, la adaptación del programa informático para crear los registros electrónicos individuales de cada
persona y la asignación de su código personal, la adecuada regulación e implementación de la solicitud telemática de inscripciones de nacimiento y defunción desde centros hospitalarios y las demás medidas de carácter organizativo y funcional. Es
absolutamente necesario el debate sereno, tranquilo y el consenso de todos los grupos políticos, de los representantes de los trabajadores y de los profesionales implicados en el sector para llevar a cabo un cambio normativo de esta envergadura.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Lozano.


La señora LOZANO DOMINGO: Mi grupo ha presentado varias enmiendas a este bloque dedicado al Registro Civil, a su transferencia a los registradores de la propiedad y mercantiles, todas ellas encaminadas a suprimirlo porque consideramos que
no le falta nada en cuanto a su parte de chapuza, su parte de engaño y su parte de escándalo para la sociedad. A pesar de que se dice en la disposición adicional vigesimoprimera que la prestación del servicio público que constituye el Registro
Civil va seguir siendo gratuita, no se ha presentado la memoria económica que sustente cómo se va a garantizar esta gratuidad del servicio público del Registro Civil. Por lo tanto no hay nada que la asegure. También sabemos a estas alturas que
nada es gratis, y mucho menos con este Gobierno. La cuestión es quién lo va a pagar, cuánto se va a pagar y cómo lo va a pagar. Hasta este momento el Registro Civil se sufragaba con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, es decir, lo
pagaban todos los contribuyentes españoles en función de su respectivo poder adquisitivo. Ahora, por el contrario, y según figura en la disposición adicional vigesimotercera -y cito literalmente- los aranceles que perciban los registradores
quedarán afectados a la cobertura directa de los gastos que imponga la creación y gestión de la corporación como parte de los generales de funcionamiento y conservación de las oficinas. Es decir, a partir de la reforma, el coste de mantenimiento
del Registro Civil y de retribución de los registradores que lo sirven se va a hacer por parte de los usuarios del Registro Mercantil. ¿Esto qué significa? Que los emprendedores españoles, a la hora de constituir su pequeña sociedad, modificar su
domicilio, inscribir sus poderes, etcétera, van a tener que sufragar los actos civiles de la totalidad de los conciudadanos, incluso la de aquellos conciudadanos que tengan elevados niveles de renta. La injusticia de esta medida y el mal reparto de
las cargas que una vez más vuelve a hacer este Gobierno es evidente. Esto es en el fondo una subvención cruzada que no solo constituye un disparate en términos de eficiencia económica y plomo que se pone sobre las alas de los emprendedores
españoles que con muchas dificultades tratan de poner en marcha nuevos negocios o de seguir adelante con los que ya tienen establecidos, sino que también es un lastre a la competitividad de nuestras empresas y además una grave injusticia social. Es
obvio que no cabe prever que los ciento veintiocho registradores mercantiles españoles se vayan a ocupar ahora de manera gratuita del Registro Civil. Hay que presumir, por lo tanto, un inmediato y significativo aumento de los aranceles del Registro
Mercantil con el objeto de financiar la nueva informatización del Registro Civil y el aumento de trabajo de sus nuevos responsables salvo, claro está, que haya que entender que lo que ganan por gestionar el Registro Mercantil sea tantísimo que
lleven décadas sobrerremunerados en perjuicio de los emprendedores. No sé cuál de las dos conclusiones es peor.


En cuanto al proceso de contratación de la empresa encargada de la información del Registro Civil, también en esa disposición adicional vigesimotercera se regula este proceso de contratación. Se habla de la creación y mantenimiento del
sistema informático único aplicable a todos los registros, incluido el Civil, y se le encomienda a una empresa pública denominada Ingeniería de sistemas para la defensa de España, u otro medio propio o unidad administrativa. Lo cierto, señorías, es
que la característica fundamental de los procesos en los que interviene esta entidad es su falta de transparencia, su opacidad radical, su carácter negociado y no abierto al concurso público general. Si bien es verdad que puede tener alguna
justificación en algunos casos relativos a la defensa por cuestiones de seguridad nacional, cuestiones de secreto o de reserva de algunos asuntos que todos comprendemos, lo que es cierto es que cuando se trata de un caso como este, de todos los
demás registros de los que estamos hablando, no tiene justificación alguna. Resulta por lo tanto natural la sospecha de que se pueda estar utilizando este procedimiento opaco para favorecer a empresas en las que participan registradores próximos al
Gobierno, como ya ha denunciado algún medio de prensa. Nosotros esperamos que el Gobierno disipe toda sombra de duda y



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sobre todo que rectifique, tal y como piden las enmiendas de mi grupo parlamentario, que suprima esta reforma del Registro Civil que resultará, en contra de lo que pretende esta ley, dañino para la competitividad y dañino para la actividad
de los emprendedores españoles.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, y le felicitamos ante todo por el éxito del Athletic de Bilbao ayer, el señor Azpiazu.


El señor AZPIAZU URIARTE: Gracias, señor presidente, la verdad es que fue una victoria celebrada por muchísima gente y por mÍ también.


El tema de los registradores constituye una de las grandes perlas de este proyecto de ley que ha generado un notable malestar y que preocupa de una manera especial a nuestro grupo parlamentario. Nuestra posición con relación al Registro
Civil es clara: no se puede ubicar al margen de la Administración de Justicia. La privatización de este servicio público y la atribución de sus competencias a la institución más alejada de las cuestiones que afectan a la personalidad -el Registro
Mercantil- es una aberración jurídica que además afecta a la propia dignidad de las personas al equipararlas a las contingencias que afectan a las sociedades mercantiles. Por ello, hemos presentado unas enmiendas dirigidas a asegurar la viabilidad
futura de este Registro Mercantil para que sean los secretarios judiciales, que ya ejercen funciones de carácter jurisdiccional, los que inscriban y proporcionen relevancia jurídica a los actos más relevantes dedicados a la persona: nacimiento,
estado civil, adopción, filiación, familia, defunción, etcétera.


Por último, y como efecto colateral que debería ser objeto de regulación por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la fórmula propuesta amortiza de facto a los jueces de paz que históricamente en el ámbito municipal han ejercido esta
competencia. Solicitamos también en la enmienda, tal y como lo han hecho también otros grupos, que la entrada en vigor sea dentro de dos años en lugar de un año como propone el Gobierno. Esto nos daría un margen adicional de maniobra que
consideramos importante. En todo caso, señor presidente, como usted decía, me temo que el Grupo Popular en este tema -y en otros también- de la Comisión que estamos debatiendo no nos dé las alegrías que el Athletic nos dio ayer.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Larreina.


El señor LARREINA VALDERRAMA: Por parte del Grupo de Amaiur queremos subrayar nuestra oposición a todo este bloque de este proyecto de ley. Es una oposición fundada en razones que pensamos que son muy sólidas. También es verdad que ante
la mayoría absoluta no tenemos muchas esperanzas de que nos hagan caso, pero al menos sí queremos plantearlas para que sirvan de reflexión, para que las escuchen y reflexionen sobre ellas con la esperanza de que en el futuro puedan ustedes
rectificar. Porque estamos ante una nueva medida de este Gobierno que con el objetivo de cambiar un modelo socioeconómico está tomando una serie de medidas que van en contra del conjunto de la sociedad e incluso en contra de los principios que
ustedes dicen defender. En primer lugar, porque están en este caso cambiando un sistema que funciona. Podrá haber problemas en algunas zonas pero, por ejemplo, en mi país, en Euskal Herria, funciona correctamente, sin problemas ni de retrasos, ni
de atascos, ni muchísimo menos. Y funciona correctamente además desde un punto de vista importante, que es la tutela por parte de la Administración pública de datos privados sensibles, datos privados que son necesarios para la gestión de la propia
Administración pública. La primera interesada en que ese registro funcione bien y en que exista este registro es la propia Administración pública, pero afecta -como quería subrayar- a datos sensibles de las personas privadas. Y, al final, ustedes
lo que están haciendo es poner en manos privadas estos datos sensibles de personas individuales que tienen derecho a que sean tutelados de forma especial por la Administración pública, que es la primera interesada en que ese registro exista.
Ustedes, sin embargo, están poniéndolo en manos privadas; y están poniendo en manos privadas no solo este registro, sino que al final es el inicio de privatizar todos los registros públicos de la Administración del Estado. Esto, además de no
respetar los derechos de la ciudadanía, no está respetando tampoco la existencia de modelos de gestión diferentes y no está respetando el derecho que tienen las sociedades diferenciadas, las naciones que conviven dentro de este Estado español, a
tener su propio sistema que garantice esos principios de servicio público, de privacidad y de tutela de esa privacidad.


Por eso nosotros nos oponemos a este modelo que ustedes están intentando imponer, un modelo socioeconómico ultraliberal a machamartillo, es decir, que está basado en la gestión privada de todos los servicios públicos. Eso es un elemento que
es muy preocupante y, como decía, no perdemos la esperanza de que reflexionen sobre las razones que les damos. Porque cada vez que toman una medida que



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responde a ese planteamiento ultraliberal están contribuyendo al aumento de la desigualdad y están poniendo en peligro la cohesión social. Este tendría que ser un argumento suficiente para reflexionar y cambiar las políticas que ustedes
están impulsando, porque son políticas -insisto- que no contribuyen al bien común, no contribuyen a la garantía de los derechos de la ciudadanía y, sin embargo, generan perjuicios evidentes y perjuicios al conjunto de la sociedad. Insisto, el
incremento de la desigualdad que se está produciendo ya de hecho con su gestión lleva a poner en peligro la cohesión social que tiene que ser un valor básico dentro de cualquier sociedad y Estado de derecho. Además, cada vez que ustedes ignoran
también la realidad de la existencia de sociedades diferenciadas dentro del Estado español nos están reafirmando, en el caso de Euskal Herria, en la necesidad de ejercer nuestra soberanía plena, no solo para hacer efectivo el derecho a decidir de la
sociedad de Euskal Herria sino también para garantizar el reforzamiento del Estado del bienestar en nuestro país y lograr una sociedad más justa y cohesionada, que son valores importantes y que cada vez vemos más en peligro, precisamente por esta
gestión del Gobierno del Partido Popular que, insisto, está intentando imponer un modelo ultraliberal a machamartillo, incrementando la desigualdad y poniendo en peligro la cohesión social. Por eso nos oponemos a todo este apartado y vamos a votar
a favor de todas las enmiendas que conlleven su desaparición.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Castillo.


El señor CASTILLO CALVÍN: Señorías, es cierto que el Registro Civil es una institución tan importante que merece una regulación propia -y de hecho la tiene-, pero era imprescindible la aprobación de las medidas relativas al Registro Civil
contenidas en este proyecto de ley porque, de no haberse realizado, como bien saben, el pasado 22 de julio, al haber transcurrido más de tres años desde su vacatio legis, hubiera entrado en vigor la Ley 20/2011, del Registro Civil, de acuerdo con lo
establecido en su disposición final décima. Una Ley, la 20/2011, por cierto, carente de memoria económica y de estudio de los costes para su implantación y funcionamiento, lo que imposibilitaba, material y económicamente, su puesta en marcha y que,
estableciendo la desjudicialización del servicio, no descendió tampoco a los detalles de la implantación del nuevo modelo ni en concreto a determinar a qué funcionarios se debían atribuir las competencias para la llevanza del Registro Civil. Así
que la efectiva puesta en marcha e implantación del nuevo modelo del Registro Civil estaba condicionada por la adopción de una serie de decisiones, así como la corrección de algunas disfuncionalidades advertidas en la redacción de la ley que podían
comprometer su eficacia, como así puso de manifiesto el Consejo General del Poder Judicial en su informe al proyecto de ley. Así se ha hecho y, de esta manera, las normas contenidas en el proyecto de ley, así como la contratación y despliegue de
las infraestructuras técnicas previstas, son la respuesta del Gobierno que permitirá hacer viable la mejora del servicio público del Registro Civil. Pero la necesidad y urgencia de la puesta en marcha del nuevo modelo no solo se explica por las
razones que he señalado sino que viene justificada por la degradación en la calidad del servicio público que se presta actualmente al ciudadano. Afirmar que los registros civiles funcionan sin problema supone desconocer la realidad. El Registro
Civil es una de las instituciones que más quejas suscita, año tras año, ante el Defensor del Pueblo; concretamente, genera el 58 % de las que se presentan en materia de justicia, quejas que se han multiplicado por tres según el informe de 2013.
Analizando la memoria del Consejo General del Poder Judicial podemos también llegar a la misma conclusión: El Registro Civil es el servicio que más motivos de queja recibe, concretamente, como se deduce del informe del Consejo para el año 2013,
suponen un porcentaje sobre el total del 47 %, siendo los tres principales motivos de reclamación el horario insuficiente, los tiempos de espera, la tramitación lenta y la escasa plantilla. Todo ello se traduce en colas, atrasos administrativos,
citas para dar cita, citas previas para iniciar la tramitación de un procedimiento registral en las que se emplaza al solicitante para dentro de varios años -hasta seis años más tarde como ha ocurrido en el Registro Civil de Santa Coloma de
Gramanet-. En consideración a ello y como resultado de un completo trabajo de análisis tecnológico y de diseño realizado desde el comienzo de la legislatura, es intención del Gobierno que el nuevo modelo de Registro Civil entre en vigor, sin más
demoras, a partir del plazo de un año y que en veinticuatro meses se encuentre definitiva y completamente implantado.


Una vez justificadas las razones de necesidad y urgencia en la tramitación de esta reforma, voy a contestar a lo que algunos grupos han venido en llamar privatización del Registro Civil por la asignación de este registro a los registradores
mercantiles, recordándoles, en primer lugar, que la desjudicialización del Registro Civil, que implica que el juez ya no sea el responsable, estaba ya prevista en la Ley 20/2011 y que esta competencia deba asignarse a los registradores mercantiles
es fruto de una decisión del Gobierno perfectamente razonable, como ya propuso el Grupo de Izquierda Unida con ocasión del debate



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parlamentario de la Ley 20/2011. Como bien saben, los registradores mercantiles son funcionarios públicos, conforme al artículo 274 de la Ley Hipotecaria. Los registradores mercantiles dictan resoluciones recurribles en el ámbito
administrativo y jurisdiccional, son un cuerpo superior jurídico de ámbito nacional que depende del Ministerio de Justicia y son expertos en la gestión y llevanza de un registro de personas por lo que, con la adecuada actualización de sus
procedimientos al nuevo ámbito de competencia, se garantiza que el nuevo modelo de Registro Civil podrá implantarse con éxito en los plazos establecidos. No existe, por tanto, la pretendida privatización en cuanto a que el servicio público seguirá
siendo gestionado por funcionarios públicos en el ámbito de sus competencias. Y si por privatización se quiere poner en prevención a la sociedad sobre el cobro de los servicios, el proyecto de ley es muy claro y contundente respecto a la gratuidad
del servicio público del Registro Civil. El Gobierno ha considerado desde el primer momento que la decisión sobre la atribución de competencias en materia de Registro Civil debía tener como punto de partida la gratuidad para el ciudadano, siendo
este uno de los pilares básicos de la reforma. Esta gratuidad se hace extensiva a todos los trámites y servicios del Registro Civil, tanto a las inscripciones -cualquiera que sea su clase u origen- como a las certificaciones que se expidan. Por
tanto, los servicios del Registro Civil tendrán coste cero para los ciudadanos y para las administraciones y serán los registradores civiles y mercantiles los que deberán soportar el coste de implantación y mantenimiento del servicio. Por cierto,
la Ley de Registro Civil, aprobada en la anterior legislatura, nada decía respecto a la gratuidad. En todo caso, aunque el Gobierno haya decidido encomendar la gestión del Registro Civil a los registradores civiles mercantiles, se ha considerado
imprescindible crear un órgano que garantice el control por el Estado de la puesta en marcha, el mantenimiento y la evolución de este servicio no solo por razones de competencia y titularidad sino, sobre todo, por razones de interés público que
hacen necesario someterlo a las máximas medidas de seguridad. Por otro lado, con la reforma se facilita el acceso al Registro Civil ofreciendo a los ciudadanos una multitud de medios para presentar o recibir documentación, solicitar inscripciones o
expedición de certificaciones sin necesidad de desplazarse físicamente.


Voy a referirme ahora a las razones por las que se ha descartado que sean los secretarios judiciales los encargados de la llevanza del Registro Civil, cuestión esta que se ha planteado en algunas de las enmiendas presentadas. Actualmente,
aunque legalmente los encargados del Registro Civil son los jueces -son los que tienen atribuida la función-, los secretarios judiciales desempeñan funciones en el Registro Civil, pues en la práctica son quienes se ocupan de la llevanza diaria de
estos registros. Así que atribuir la gestión de los registros civiles a los secretarios judiciales hubiera implicado perpetuar el sistema actual e ineficiente y mantener la doble dependencia organizativa y judicial, como integrantes que son de la
Administración de Justicia, a la que habría que añadir la doble dependencia, estatal y autonómica, derivada de su estatuto personal en aquellas comunidades que tienen competencia asumida en materia de justicia cuando la Constitución prevé en su
artículo 149.1.8.ª la competencia estatal exclusiva en materia de registros públicos. Como ejemplo de las disfunciones que provoca esta doble dependencia señalaré que actualmente los distintos registros civiles disponen de aplicaciones de gestión
diversas dependiendo de si están situados en territorios gestionados por el ministerio o por las diversas comunidades autónomas y, dentro de estas, cada una cuenta con su propia aplicación; aplicaciones que son inconexas, no son interoperables y no
intercambian datos entre ellas. Pero es que además supondría inevitablemente distraer valiosos elementos personales de las otras tareas que realizan los secretarios judiciales en juzgados y tribunales cuyas funciones se verán incrementadas con la
futura regulación de la jurisdicción voluntaria. A los anteriores argumentos habría que añadir que la totalidad de los costes de infraestructuras tecnológicas, recursos materiales y humanos derivados de la atribución a los secretarios judiciales de
competencias en materia de Registro Civil, recaerían de forma directa sobre los Presupuestos Generales del Estado. En definitiva, la atribución de competencias a los secretarios judiciales en materia de Registro Civil supondría no poder ejecutar el
proyecto de modernización del Registro Civil en esta legislatura. En estimaciones realizadas por el ministerio, para poner en marcha la citada alternativa se precisaría de un plazo de tres años más y al menos de cinco años para completar su
ejecución.


Se ha criticado igualmente esta reforma, vía enmiendas, afirmando que existe un supuesto ánimo centralizador del proyecto de ley, un alejamiento del servicio público del Registro Civil respecto del ciudadano y que se garantiza únicamente la
presencia de los registros civiles en las capitales de provincia. Pues bien, lo cierto es que el proyecto de ley asegura una mayor cercanía al ciudadano que la prevista en la Ley del Registro Civil, la cual partía de un registro electrónico y de
una única base de datos con el objetivo de reducir el número de oficinas encargadas de la llevanza y gestión del Registro Civil,



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estructurando el nuevo modelo a partir de oficinas generales y consulares y de la oficina central. El sistema diseñado en la Ley 20/2011, por tanto, comportaba una excesiva agrupación que sí alejaría del servicio público que presta el
Registro Civil al ciudadano. Ha de tenerse en cuenta que la ley solo prevé una oficina general para cada comunidad autónoma o ciudad autónoma, que puede incrementarse en cada comunidad con una oficina adicional por cada 500.000 habitantes. Ello
implicaría que frente a las sesenta oficinas del Registro Civil en todas las capitales de provincia, en las ciudades autónomas y en las islas sin capitalidad de provincia contempladas en el proyecto de ley, con la actual redacción de la Ley del
Registro Civil en principio serían solo veinte las oficinas del Registro Civil, sin que muchas capitales de provincia contasen con una oficina de registro. Así que el proyecto de ley triplica el número de oficinas del Registro Civil previstas en la
ley, dejando además abierta la posibilidad de que el ciudadano acuda a los juzgados de paz u otras oficinas públicas en las localidades donde no existan oficinas del Registro Civil.


Para terminar, en cuanto al destino de los recursos humanos actuales -jueces, secretarios judiciales, funcionarios y personal interino- que actualmente prestan sus servicios total o parcialmente en el Registro Civil, mediante un proceso de
reordenación de efectivos serán destinados a las vacantes de los órganos judiciales o en su caso fiscales dentro de la misma localidad. En el caso de no haber suficientes plazas vacantes se procederá a la modificación de las plantillas o en su caso
de las relaciones de puestos de trabajo. La reordenación del personal que presta sus servicios en el Registro Civil estaba ya prevista en la Ley 20/2011, disposición transitoria octava. Por otro lado, el ministerio ha mantenido contacto con las
diferentes organizaciones sindicales asumiendo el compromiso de respeto y mantenimiento íntegro del empleo de todo el personal afectado en el ámbito de su competencia.


Para terminar anuncio que el Grupo Parlamentario Popular presenta una enmienda, la número 439, a la disposición adicional vigesimotercera apartado 2. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al octavo bloque: Exposición Picasso, relaciones financieras con la Unión Europea, anticipos pendientes.


Tiene la palabra la señora De Las Heras.


La señora DE LAS HERAS LADERA: No voy a intervenir, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: ¿Señor Azpiazu? (Denegación).


Don José López Garrido tiene la palabra.


El señor LÓPEZ GARRIDO (don José): Tan solo por dejar constancia en el 'Diario de Sesiones' de que estos son temas de relevancia que forman parte del proyecto de ley y que, por tanto, alguien ha de referirse a ellos. Podría haber
renunciado a mi turno como los anteriores compañeros portavoces, pero muy brevemente haré referencia a estas cuestiones, y muy especialmente a una transaccional, a una enmienda in voce que se ha presentado por todos los grupos, lo que me lleva
forzosamente a intervenir en este caso. Con lo cual, creo que está plenamente justificada la intervención.


En primer lugar, respecto a la exposición Picasso en La Coruña, como sus señorías saben, por mor del acuerdo alcanzado con los administradores, los herederos del pintor, la Picasso Administration, se ha llevado a cabo una modificación para
que se pueda poner en marcha el programa de patrocinios y mecenazgos. Este es un tema que no debe tener controversia puesto que facilita que esa exposición, que conmemora el 120º aniversario de la primera exposición del genio malagueño que residió
en La Coruña durante cuatro años y con trece años exponía sus primeras obras, pueda ser aprovechada para divulgar su obra en La Coruña, para fomentar y poner en valor esa primera etapa del genio malagueño en la ciudad de La Coruña y para que los
patrocinadores puedan incorporarse al programa de mecenazgo. Por tanto, parece de todo punto justificado.


Hay una cuestión puramente técnica, que es la de incorporar la formalización al vigente presupuesto 2014 en la sección 34, relaciones financieras con la Unión Europea, anticipos pendientes de aplicar a fecha de 31 de diciembre de 2013 y que
por ello no merece mayor comentario.


Por último figura el apartado correspondiente al movimiento sísmico, al terremoto de Lorca en el año 2011, en el cual, como anticipaba al inicio de mi intervención, hay dos cuestiones a tratar. Una de ellas venía recogida en el proyecto de
ley, en el Real Decreto-ley 8/2014, que se refiere a ampliar el objeto del crédito que se daba para las ayudas, para la reconstrucción y para los afectados por el terremoto, ampliar ese objeto para que también la Administración local lorquiana pueda
incluir la ejecución de actuaciones de reconstrucción, ampliación y reestructuración municipales; de ahí esa disposición adicional decimosegunda



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en la que se recoge este apartado. A lo largo del día de ayer y la mañana de hoy se ha alcanzado un acuerdo por parte de todos los grupos políticos en cuanto a una enmienda transaccional para ajustar el calendario del régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo, que se aprobó para acompañar y apoyar el Plan director para la recuperación del patrimonio cultural de Lorca. Este acuerdo alcanzado tenía un plazo que abarcaba desde el 1 de
enero de 2012 al 31 diciembre 2014, pero parece lógico que, dado que el plan director tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016, este programa de apoyo para esta recuperación del patrimonio cultural de Lorca y su comarca se ajuste también
hasta esa finalización del año 2016. La Mesa dispone ya de esa enmienda transaccional apoyada por todos los grupos. Todos nos felicitamos de este acuerdo unánime para poder incorporar esta disposición y facilitar así la recuperación de lo que fue
un desastre natural que afectó gravemente a la economía del municipio de Lorca y de su comarca, así como a un rico patrimonio cultural; nos felicitamos de que podamos colaborar entre todos y de que unánimemente esta función sea desarrollada y ese
Plan director de recuperación del patrimonio cultural pueda llevarse a cabo hasta finales de 2016. En nombre del Grupo Popular agradezco el apoyo de todos los grupos a esta transaccional y que se incorpore esta enmienda.


Con esto finalizo la intervención de un debate que nos ha llevado día y medio, que ha sido intenso y en el que creo que el tono ha sido bueno. Tengo que decir que de una manera u otra esta mañana he escuchado de todos los grupos que esta
disposición se iba a votar con el apoyo único del Grupo Popular, pero he de decir que ese apoyo único contiene el apoyo a enmiendas de casi todos o todos los grupos políticos y numerosos acuerdos transaccionales, algo que a veces no se pone en
valor. Yo creo que en el parlamentarismo debemos poner en valor que en esos apoyos únicos subyacen acuerdos puntuales que mejoran y enriquecen la calidad de nuestra producción normativa. Por tanto, desde el Grupo Popular quiero mostrar nuestro
agradecimiento a todos los grupos. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Quiero agradecerles a todos el tono del debate, la profundidad y la brillantez de todos los intervinientes. La letrada va a repartir ahora el cuaderno de votaciones para que todos lo puedan tener en mano. A las doce
votamos.


Suspendemos temporalmente la sesión.


Se suspende la sesión.


Se reanuda la sesión.


El señor PRESIDENTE: Vamos a empezar la votación.


En primer lugar, quiero recordar que se han retirado las enmiendas 341 y 355 de Convergència i Unió. Vamos a votar por bloques, incluyéndose las transaccionales en el lugar de las enmiendas correspondientes.


Primer bloque: Financiación e impulso a la actividad económica. Título I, capítulos I a III, artículos 1 a 15. Enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto. Enmienda número 1 del señor Álvarez Sostres.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 36; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 2 y 3.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 47 del señor Baldoví Roda.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 49.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 23; abstenciones, 15.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 424 de la señora Fernández Davila.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 23; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Grupo Vasco. Enmiendas 5 y 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 9 y 10.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda número 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 23; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Unión Progreso y Democracia. Enmienda 263.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 267.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 23; abstenciones, 20.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural. Enmienda 67


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Enmiendas 320, 322 y 323.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 321.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 329 de CiU y a la 436 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de las enmiendas.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18, en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo Parlamentario Socialista. Enmienda 181.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 186.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 41; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de las enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo Parlamentario Popular. Enmienda 437.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en contra, 14; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 435.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 20.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmiendas 433 y 434.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 17; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Segundo bloque: Fomento, Aviación, título II, capítulo I, artículos 16 a 55. Disposiciones adicionales decimotercera a decimoctava y disposiciones transitorias cuarta a undécima.


Del Grupo Parlamentario Mixto, de la señora Oramas, enmiendas 36, 37 y 38.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 37; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 39, 40 y 41.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 33.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda de la señora Fernández Davila, número 425.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 39; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Enmiendas 313 y 314.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 36; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 296.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 297.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 36; abstenciones, 4.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 312.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 38; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 315 y 316.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 36; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 36; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo de La Izquierda Plural. Enmiendas 142 y 144.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 36; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 72, 84 y 169.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 36; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Enmienda 344.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 28; en contra, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmiendas 347, 348 y 350.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 342.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 37; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 37; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo Parlamentario Socialista. Enmiendas 189 y 190.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Puertos y sector ferroviario. Título II, capítulo II, artículo 56, disposición adicional undécima.


Grupo Mixto, señora Oramas. Enmienda 42.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 37; abstenciones, 1.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Grupo Parlamentario Vasco. Enmienda 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 13; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Transaccional de Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 17.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en contra, 13; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Transaccional del Grupo Popular a la enmienda 19.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 13; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 13; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda número 16.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 37.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 11 y 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 37.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 39.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Enmienda 295.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Grupo de La Izquierda Plural. Enmienda número 87.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 36; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Grupo Catalán, CiU. Enmienda 361.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 362.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 14; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 360.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 354, 356, 357 y 359.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 39; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 367.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 37; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 358.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 15; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Transaccional del Grupo Popular a la 363. (El señor Sánchez i Llibre pide la palabra).


Señor Sánchez i Llibre.


El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Respecto a la transaccional que nos ha planteado el Grupo Popular a la enmienda 363 de Convergència i Unió, nosotros aceptaríamos esta transaccional siempre que se planteara, para equiparar las concesiones
antiguas a las nuevas, pasar del tercio del plazo inicial a los dos quintos del plazo inicial. Si no reconsiderara el Grupo Popular esta apreciación, nosotros no la aceptaríamos y votaríamos en contra del dictamen y de todas las enmiendas.


El señor PRESIDENTE: Señor Azpiazu.


El señor AZPIAZU URIARTE: A esta transaccional también correspondería la enmienda 18 del Grupo Vasco. En caso de que efectivamente se aceptara, nuestro grupo se abstendría en la votación de bloque en lugar de votar en contra.


El señor PRESIDENTE: Señor Martínez-Pujalte.


El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Nuestro grupo entiende que es una cuestión de decimales. Aceptamos el cambio del tercio por los dos quintos, nos parece adecuado y no cambia para nada el fondo de la cuestión. Por tanto, por llegar a un
acuerdo lo aceptamos.


El señor PRESIDENTE: Pasamos a la votación de la transaccional a la enmienda 363.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 15; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 364.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 13; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 365.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 13; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 366.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 13; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 368.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 13; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Grupo Parlamentario Socialista. Enmienda 193.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 26; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 192 y 194.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 26; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 195.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 28; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 191.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 26; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Tercer bloque: Energía, título III, capítulo I al IV, artículos 57 a 86, disposiciones transitorias primera a tercera.


Grupo Parlamentario Mixto. Del señor Salvador Armendáriz, enmienda 442.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 36; abstenciones, 7


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 443.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 23; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 50 del señor Baldoví.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 426 de la señora Fernández Davila.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 23; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Grupo Parlamentario Vasco. Enmienda 21.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 36; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas de Unión Progreso y Democracia, la número 268.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 270 y 271.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 311.



Página 18





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 23; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 269.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 25; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 23; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario de la Izquierda Plural, enmiendas 88 y 89.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 90.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 23; abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 91 y 92.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 93.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 36; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 94.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 23; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Catalán, CiU, enmienda 402.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 403 y 404.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 36; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 405, 406 y 407.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 408 y 409.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la enmienda 196.



Página 19





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Cuarto bloque: Empleo. Título IV, capítulos I a IV, artículos 87 a 121. Del Grupo Mixto, señor Baldoví, enmienda número 53.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 24; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 58.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 24; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 43, de la señora Oramas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 26; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 427, de la señora Fernández Davila.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 22, del Grupo Parlamentario Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 8; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, enmienda 279.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 280.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 25; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 285 y 287.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 23; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 283.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 25; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 281 y 282.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 25; abstenciones, 17.



Página 20





El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 286.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 26; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 289 y 290.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 25; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 284.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 25; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 288.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural, enmiendas 127 y 130.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 24; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 104.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 97, 100, 110, 114 y 123.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 95.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de enmiendas, salvo la 103, que ha sido transaccionada.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 23; abstenciones, 18.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 375, 384 y 386, del Grupo Catalán de Convergència i Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 376, 377, 379 a 383.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 371.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23.



Página 21





El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 369.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 370.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 28; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 372.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la 373, de CiU, y 103, de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmiendas 374 y 385.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 26; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 387.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario Socialista, enmienda 228.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 25; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 225.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 222, 223 y 238.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 224 y 234 a 237.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 25; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 204, 205 y 206.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 207.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



Página 22





Enmiendas 226, 227 y 229 a 233.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


El resto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Popular, enmienda 438, en los términos de la autoenmienda del propio grupo.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contar, 16; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Quinto bloque: Medidas fiscales. Título V, artículos 122 a 124. Del Grupo Parlamentario Mixto, de la señora Oramas, enmienda 44.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


De la señora Fernández Davila, enmienda 428.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 36; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


De Unión Progreso y Democracia, enmienda 292.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 38; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


De Izquierda Plural, enmiendas 138 y 139.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 136 y 137.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), enmienda 412.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 415.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 24; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 416.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 413.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda transaccional a la 414, de Convergència i Unió.



Página 23





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 13; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 417.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario Socialista, la enmienda 241.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 24; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 244 y 245.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 240 y 243.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 23; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 242 y 246.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 23; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 239.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Sexto bloque: Carrera militar y Guardia Civil. De Unión Progreso y Democracia, enmiendas 293 y 294.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Séptimo bloque: Registro Civil. Del Grupo Mixto, señor Álvarez Sostres, enmienda número 4.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 37; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del señor Baldoví, enmiendas 60 a 65.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De la señora Fernández Davila, enmienda 430.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Parlamentario Vasco, enmienda número 29.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 8; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.



Página 24





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De Unión Progreso y Democracia, enmienda 300.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 302.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 25; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo de La Izquierda Plural, enmiendas 146 y 151.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 148 y 149.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 147 y 150.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 23; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), enmiendas 418 a 423.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Socialista, enmienda 247.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Popular, transaccional a la enmienda 439, del propio grupo.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 17; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Octavo bloque. En primer lugar, se vota la enmienda transaccional sobre el Plan director de Lorca.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Del Grupo Mixto, señor Álvarez Sostres, la número 66.



Página 25





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 24; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


De la señora Fernández Davila, la 429.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Del Grupo Vasco, la número 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas números 23 y 24.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la número 33.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 2; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional del Grupo Parlamentario Popular a la número 35.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 2; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda número 31.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 32 y 34.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 25; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De Unión Progreso y Democracia, enmiendas 306 y 307.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 308.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 38; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


El resto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 23; abstenciones, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


De La Izquierda Plural, enmienda 154.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 23; abstenciones, 15.



Página 26





El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Catalán, enmiendas 378 y 401.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 23; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 330.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 25; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 352, 353, 388, 389, 391 a 394, 397, 398, 400, 410 y 411.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 23; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 256, del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 176, 177, 251, 257 a 259.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 252 a 254 y la 262.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 255.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 25; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 260.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 25; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 261.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda 440, del Grupo Parlamentario Popular, en los términos de la autoenmienda del propio grupo.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 16; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de enmiendas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 16; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votación del texto del informe de la ponencia. (El señor Martínez-Pujalte López pide la palabra).


Señor Martínez-Pujalte López.



Página 27





El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Señor presidente, este texto va por bloques. Es más, en el primer bloque me gustaría hacer cinco votaciones; ya que llevamos cuatrocientas, tampoco será tanto problema. Se trata de los artículo 1 y 2, que
son internacionalización, Cofides e ICO; el artículo 3 es de financiación de corporaciones locales; los artículos 4, 5, 6 y 7 se refieren a horarios y zonas de gran afluencia turística; el artículo 8 es una modificación de la Ley del cine, y los
artículos 9 al 15 son sobre modificación y limitación de las tasas de intercambio de las tarjetas de crédito. Es para que cada grupo pueda manifestar su voto distinto en temas distintos. (La señora Lozano Domingo pide la palabra).


El señor PRESIDENTE: Señora Lozano.


La señora LOZANO DOMINGO: Señor presidente, yo no tengo nada en contra de que se separe ahora en cinco bloques, pero quiero dejar constancia de que nuestro grupo lo va a votar como si fuera uno porque no tenemos tiempo para tomar
instantáneamente cinco decisiones como las que propone el señor Martínez-Pujalte.


El señor PRESIDENTE: Primer bloque. Artículos 1 y 2.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 19; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.


Artículo 3.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 20; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Artículos 4 a 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 20; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.


Artículo 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Artículos 9 a 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 19.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.


Resto del primer bloque.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 20; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.


Segundo bloque: Fomento. Aviación.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Puertos y sector ferroviario. Título II, capítulo II, artículo 56 y disposición adicional undécima.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 17; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Tercer bloque: Energía. Título III, capítulos I a IV, artículos 57 a 86, disposiciones transitorias primera a tercera.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en contra, 16; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Cuarto bloque: Empleo. Título IV, capítulos I a IV, artículos 87 a 121.



Página 28





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 18; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Quinto bloque: Medidas fiscales. Título V, artículos 122 a 124.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 20; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Sexto bloque: Carrera militar y Guardia Civil. Disposiciones adicionales primera a octava.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 18; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Séptimo bloque: Registro Civil. Disposiciones adicionales decimonovena a vigésimo cuarta.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 21.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Octavo bloque: Exposición Picasso. Relaciones financieras con la Unión Europea. Anticipos pendientes. Terremoto Lorca. Resto de disposiciones y disposiciones nuevas, nuevas propuestas en enmiendas de grupos. Anexos. Exposición de
motivos y resto del informe.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 18; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado con competencia legislativa plena.


Se levanta la sesión.


Era la una y veinte minutos de la tarde.