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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 477, de 10/12/2013
cve: DSCD-10-CO-477 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2013 X LEGISLATURA Núm. 477

INTERIOR

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ESTEBAN GONZÁLEZ PONS

Sesión núm. 22

celebrada el martes,

10 de diciembre de 2013



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ORDEN DEL DÍA:


Preguntas:


Del diputado don Alfred Bosch i Pascual, del Grupo Parlamentario Mixto, sobre:


- Conocimiento que tiene el Gobierno de la operación Horizonte Después (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019647). (Número de expediente 181/001196) ... (Página2)


- Opinión del Gobierno acerca de la existencia de una operación contra el independentismo sufragada con dinero público (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019648). (Número de expediente
181/001197) ... (Página2)


- Conocimiento por la vicepresidenta del Gobierno de la campaña Horizonte Después (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019649). (Número de expediente 181/001198) ... href='#(Página2)'>(Página2)


- Opinión del Gobierno acerca de si entre sus atribuciones se encuentra actuar contra el proceso de autodeterminación de Cataluña (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019651). (Número de
expediente 181/001199) ... (Página2)


- Opinión del Gobierno acerca de si puede destinar mandos de la Guardia Civil a dirigir una campaña mediática secreta en contra de la autodeterminación de Cataluña (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de
expediente 184/019652). (Número de expediente 181/001200) ... (Página2)



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- Previsiones acerca de hacer público el informe exhaustivo de la operación Horizonte Después (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019653). (Número de expediente 181/001201) ... href='#(Página2)'>(Página2)


- Opinadores y tertulianos contratados para desacreditar la autodeterminación de Cataluña en el marco de la operación Horizonte Después (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019654). (Número
de expediente 181/001202) ... (Página3)


- Continuación de la operación Horizonte Despúes o de otra operación similar para amedrentar el independentismo (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019655). (Número de expediente 181/001203)
... (Página3)


- Información de la operación en la Comisión de Secretos Oficiales (procedente de la pregunta al Gobierno con respuesta escrita número de expediente 184/019656). (Número de expediente 181/001204) ... (Página3)


Ratificación de la ponencia designada para informar sobre:


- Proyecto de ley de seguridad privada. (Número de expediente 121/000050) ... (Página3)


Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proyecto de ley de seguridad privada. (Número de expediente 121/000050) ... (Página3)


Se abre la sesión a las nueve y cuarenta minutos de la mañana.


PREGUNTAS:


DEL DIPUTADO DON ALFRED BOSCH I PASCUAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO, SOBRE:


- CONOCIMIENTO QUE TIENE EL GOBIERNO DE LA OPERACIÓN HORIZONTE DESPUÉS (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019647). (Número de expediente 181/001196).


- OPINIÓN DEL GOBIERNO ACERCA DE LA EXISTENCIA DE UNA OPERACIÓN CONTRA EL INDEPENDENTISMO SUFRAGADA CON DINERO PÚBLICO (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019648). (Número de expediente
181/001197).


- CONOCIMIENTO POR LA VICEPRESIDENTA DEL GOBIERNO DE LA CAMPAÑA HORIZONTE DESPUÉS (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019649). (Número de expediente 181/001198).


- OPINIÓN DEL GOBIERNO ACERCA DE SI ENTRE SUS ATRIBUCIONES SE ENCUENTRA ACTUAR CONTRA EL PROCESO DE AUTODETERMINACIÓN DE CATALUÑA (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019651). (Número de
expediente 181/001199).


- OPINIÓN DEL GOBIERNO ACERCA DE SI PUEDE DESTINAR MANDOS DE LA GUARDIA CIVIL A DIRIGIR UNA CAMPAÑA MEDIÁTICA SECRETA EN CONTRA DE LA AUTODETERMINACIÓN DE CATALUÑA (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE
EXPEDIENTE 184/019652). (Número de expediente 181/001200).


- PREVISIONES ACERCA DE HACER PÚBLICO EL INFORME EXHAUSTIVO DE LA OPERACIÓN HORIZONTE DESPUÉS (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019653). (Número de expediente 181/001201).



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- OPINADORES Y TERTULIANOS CONTRATADOS PARA DESACREDITAR LA AUTODETERMINACIÓN DE CATALUÑA EN EL MARCO DE LA OPERACIÓN HORIZONTE DESPUÉS (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019654). (Número
de expediente 181/001202).


- CONTINUACIÓN DE LA OPERACIÓN HORIZONTE DESPÚES O DE OTRA OPERACIÓN SIMILAR PARA AMEDRENTAR EL INDEPENDENTISMO (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019655). (Número de expediente
181/001203).


- INFORMACIÓN DE LA OPERACIÓN EN LA COMISIÓN DE SECRETOS OFICIALES (PROCEDENTE DE LA PREGUNTA AL GOBIERNO CON RESPUESTA ESCRITA NÚMERO DE EXPEDIENTE 184/019656). (Número de expediente 181/001204).


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.


Señorías, todas las preguntas correspondientes al primer punto del orden del día han sido retiradas por sus autores. En la medida en que eso supone una modificación de dicho orden del día, y no habiendo ninguna pregunta viva -si puedo
utilizar esa expresión-, pregunto a sus señorías si podemos modificar el orden del día y pasar directamente al punto siguiente. (Asentimiento).


Como la retirada se produjo ayer tarde y además para modificar el orden del día es necesario el concurso de la Comisión -no puede modificarse por la Mesa-, no se notificó que este cambio probablemente se produciría, por lo que es posible que
algunos de los que tengan que intervenir en el debate del proyecto de ley lleguen tarde. Por eso les anticipo que, si se produce algún retraso en el turno de defensa de las enmiendas, alteraremos el orden de intervención de los portavoces para que
quien llegue tarde pueda intervenir, dado que puede haber alguien que no haya contado, naturalmente, con que el debate de la ley iba a empezar alrededor de tres cuartos de hora antes de lo previsto. El turno de portavoces para fijar posición sí que
será por el orden reglamentario.


RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DE SEGURIDAD PRIVADA. (Número de expediente 121/000050).


El señor PRESIDENTE: El siguiente punto del orden del día es la ratificación de la ponencia que ha elaborado el informe. Pregunto a la Comisión si podemos darla por ratificada por asentimiento. (Asentimiento).


APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DE SEGURIDAD PRIVADA. (Número de expediente 121/000050).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al tercer punto del orden del día: Debate del informe, con competencia legislativa plena, del proyecto de ley de seguridad privada, que efectuaremos, conforme al Reglamento y al procedimiento de esta Comisión,
agrupando la defensa de las enmiendas a todos los artículos por grupos parlamentarios enmendantes, comenzando por el Mixto y continuando de menor a mayor, a lo que seguirá un turno en contra y un turno de fijación de posiciones de los demás grupos.
El tiempo será de diez minutos por cada grupo parlamentario, que en el caso del Grupo Mixto se dividirá entre los dos intervinientes que mantienen enmiendas vivas en esta Comisión. Por tanto, en primer lugar, corresponde la defensa del Grupo Mixto.
(Pausa). No está presente ninguno de ellos, por lo que pasamos al turno del Partido Nacionalista Vasco, que ha presentado las enmiendas que van de la número 22 a la 78, de las cuales han sido incorporadas en sus términos a la ponencia las números
36, 37, 45, 47, 48, 50, 52, 53, 58, subsumida en la enmienda número 165, de CiU, que está incorporada, 59, subsumida en la enmienda 166, de CiU, que está incorporada con redacción transaccional, 60, 64, 65, 66, 70 y 75. ¿Es así, señor Olabarría?
(El señor Olabarría Muñoz: Es así). Así, pues, ahora es el turno de defender las enmiendas vivas y de anunciar si retira alguna en su caso. Tiene su señoría diez minutos.



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El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Efectivamente, en la ponencia se aceptaron en sus propios términos una serie de enmiendas que el señor presidente ha citado correctamente. Por tanto, aceptadas estas enmiendas, vamos a darlas por decaídas.


Además de las aceptadas en sus propios términos, se ofertaron varias transaccionales, en concreto a la número 27 del grupo que represento, que asimismo vamos a aceptar en los términos de la transacción ofertada. La número 76 también la
vamos a aceptar en los términos de la transacción ofertada, pero no así una oferta de transacción a la número 77 del grupo que represento, en tanto en cuanto la omisión del órgano competente es la expresión que precisamente nosotros intentábamos
introducir en el precepto corregido. Por tanto, mantendremos viva la enmienda número 77, señor presidente.


Estamos ante una ley de las más importantes de esta legislatura, aunque no sea de los proyectos de ley que tienen particular dimensión o proyección mediática, en tanto en cuanto hace referencia al concepto de seguridad en su sentido más
amplio, concepto de seguridad que es un presupuesto de la libertad y que, evidentemente, constituye un valor superior del ordenamiento jurídico, tal y como consagra el propio preámbulo de la Constitución española. Lo que se perfila en esta ley es
la complementariedad de la denominada seguridad privada con la seguridad pública, es decir, la complementariedad de empresas privadas, de agentes privados o de detectives que ejercen competencias de seguridad complementarias de lo que se denomina
monopolio legítimo de la acción coactiva del Estado, del imperio del Estado a través de la acción violenta en régimen de monopolio. Esto requiere la interacción de varios derechos, de varios principios o de varios perfiles que, en nuestra opinión y
en términos generales, esta ley acomete correctamente, señor presidente.


En primer lugar, tenemos que determinar claramente cuál es el perfil que se le atribuye jurídicamente a la seguridad privada. No puede ser ya el que se configuró en la ley del año 1992, una ley extemporánea, incluso desde su propia
concepción filosófica y jurídica, en tanto en cuanto la seguridad privada era un complemento subordinado, era una actividad de carácter dependiente, controlada y tutelada por los agentes de la seguridad pública, por las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad o por los ministerios y departamentos competentes en el ámbito de la seguridad pública, mero complemento subordinado, como digo, y la complementariedad, lo que se ha venido en denominar en los países del derecho comparado un sistema de los
llamados blurring. Esta ley acomete un cierto perfil o una cierta silueta de modernidad, la complementación, evidentemente no en términos de igualdad, de la seguridad pública o de la acción pública en materia de seguridad con la acción privada en
materia de seguridad mediante el estatuto del llamado junior partner. Esta es la filosofía inspiradora de este proyecto de ley y nosotros desde esa perspectiva esa filosofía la compartimos en sus propios términos.


Otro problema, señor presidente, hace referencia al perfil de las personas que van a ejercer esta actividad y no solo de las personas, sino también de las empresas en cuanto estas personas pertenecen a empresas privadas de seguridad que
realizan actividades vinculadas a lo que ha constituido tradicionalmente uno de los elementos, incluso legitimante, de la propia existencia del Estado, que es el monopolio de la acción coactiva, el monopolio de la obediencia, en definitiva, en
régimen en este caso de complementariedad. La interacción de intereses es más compleja en este ámbito. Estamos hablando de intereses que hacen referencia a la necesaria obligación o intento del Estado de garantizar la seguridad pública a todos los
ciudadanos como presupuesto de la libertad. En esta ley se consigue bien. Ya veremos luego en el debate de esta tarde lo que vamos a especular sobre la anunciada ley de seguridad privada en donde evidentemente no van a ser tan contemplativos en
nuestras reflexiones, pero ese es un debate para esta tarde. En esta -por qué no decirlo- creo que se configura bien la interacción de los intereses de la seguridad pública que debe garantizar el Estado y las administraciones competentes con la
legítima aspiración de las empresas que configuran el sector de la seguridad privada a obtener unos rendimientos que no son pequeños. Hay que tener en cuenta que hay una creciente demanda de seguridad mediante una especie de previsión subjetiva de
inseguridad que a veces raya en lo paranoico paradójicamente en el inconsciente colectivo de los países más desarrollados y más avanzados del mundo y que poseen índices de criminalidad más bajos. Estos son los que poseen un mayor elemento paranoico
o sensible en relación con la seguridad invocando nada menos que la creación en algunas ocasiones de un Estado cuasipoliciaco o policiaco. Es un sector en el que hay que proteger los intereses económicos de las empresas que los componen, que ya en
el año 2012 facturaron más de 4.000 millones de euros y estaba constituido por más de 1.500 empresas. Es un sector económico relevante incluso desde la perspectiva del empleo y de su capacidad generatriz de riqueza. Hay que complementar todos
estos principios o derechos que estamos comentando con otro relevante también: cómo naturalizamos jurídicamente el rol o la función de los agentes que en régimen de complementariedad van a realizar actividades de seguridad privada.



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Se ha optado correctamente por una fórmula consistente en la no atribución a dichos agentes del carácter de autoridad pública, pero sí se les da determinada protección especial cuando realizan actividades que poseen la naturaleza de
protección de la seguridad pública, protegiéndoles jurídica, penal y normativamente desde la perspectiva de los requerimientos del derecho punitivo como se protege a los agentes de la seguridad pública, a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado o de las policías autonómicas que tienen competencias integrales en materia de seguridad desde todas las perspectivas de la seguridad ciudadana, de la policía judicial y de la protección civil. Se ha conseguido bien articular
este perfil de los agentes privados de seguridad y falta lo más vidrioso.


Siempre hay una tercera cuestión -o nos lo parece a nosotros quizás porque somos un grupo nacionalista-, que es el ajuste de las competencias o las atribuciones de competencias legislativas que rayan en las competencias ultra vires en no
pocas ocasiones en esta ley al ajuste de competencias al que provee el llamado bloque de constitucionalidad. Se ha hecho un esfuerzo que no queremos dejar de agradecer al grupo proponente, aunque solo sea por la razón de que este esfuerzo no se
realiza en todas las leyes en esta legislatura; para que nos vamos a engañar, no se realiza en casi ninguna. En este caso se ha hecho un esfuerzo por acoger los requerimientos de naturaleza competencial que mi grupo parlamentario ha presentado.
Se han recogido prácticamente en su totalidad en competencias importantes como las que hacen referencia a la autorización de las empresas de seguridad y de detectives -omisión que en los primeros anteproyectos que conocíamos era preocupante-, a las
competencias en materia de inspección, a la sanción de empresas de seguridad o de investigación privada que se dedican a la protección del personal y hay un reconocimiento explícito de la competencia autonómica para la autorización de servicios de
protección de personal. Aquí, señor presidente, se realiza un salto, per saltum, una nueva atribución de competencias a las empresas de seguridad privada que merece la pena destacar y que es el ejercicio de competencias que se han considerado
atinentes siempre a la seguridad pública en su dimensión más etimológica y jurídica del término. Estamos hablando, por ejemplo, del control perimetral de los centros penitenciarios, estamos hablando de la protección de las personas amenazadas a
través de la función de escoltas y estamos hablando de funciones que han pertenecido siempre -y que seguirán perteneciendo en algunos casos- a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o policías autonómicas. Este salto es importante también en tanto en
cuanto la vigilancia de establecimientos penitenciarios es una función que se conecta con una práctica que ya se estaba realizando. A pesar de ser una competencia de naturaleza jurídico-pública, incluso la vigilancia de algunos establecimientos tan
vinculados a la seguridad como instalaciones militares, cuarteles del Ejército, cuarteles de la Guardia Civil y de la Policía Nacional o cuarteles de la Ertzaintza o de los Mossos d'Esquadra era realizada por agentes de empresas de seguridad
privadas. Desde esa perspectiva nos parece pertinente la legitimación.


Voy acabando, señor presidente, porque tempus fugit en esta Comisión y para algunos en todas las demás también. Sin embargo, hay varias enmiendas que voy a indicar al Grupo Parlamentario Popular que son desde una perspectiva competencial
menos beligerantes que otras que sí han sido objeto de aceptación. Un ejemplo que nos gusta en particular es por qué la Administración autonómica competente -por ejemplo, en el País Vasco donde las competencias en materia de seguridad pública
forman parte del núcleo intangible de la foralidad y son competencias forales tal y como prescribe el artículo 28 del Estatuto de Autonomía de Gernika y están constitucionalizadas estas competencias en materia de seguridad integral por la
disposición adicional primera de la Constitución española- no puede sancionar a las delegaciones de empresas de ámbito estatal o de otro ámbito constituidas en otra comunidad autónoma. En materia registral, los registros autonómicos ocupan una
posición jerárquica y jurídicamente subordinada al Registro Nacional de Empresas de Seguridad. En materia de inhabilitación del personal, se reconocen competencias sancionadoras, pero, paradójicamente, no se reconoce la competencia en materia de
inhabilitación del personal de seguridad cuando comete infracciones o cuando desarrolla de forma inadecuada sus funciones en virtud de los requerimientos legales. Hay algunas cuestiones que nos hacen muy difícil discernir cuáles son los criterios
argumentativos aplicados por el Grupo Parlamentario Popular en el momento de la aceptación de enmiendas; algunas particularmente importantes como las relativas a la autorización, a la inspección, a la determinación de quienes deben ser escoltados y
competencias incluso penitenciarias, cuando no está transferida a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia en materia de instituciones penitenciarias; solo la Comunidad catalana en este momento disfruta -si se puede utilizar esta
expresión- de esta competencia al margen del Estado español o de la Administración General del Estado. Reconociéndose las más beligerantes, hay algunas de entidad menor y de menor cuantía desde una perspectiva competencial que han rechazado con
criterios



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que se nos antoja meramente arbitrarios o -si me permite don Conrado Escobar, voy a utilizar una expresión que en privado me ha comentado, pero que no creo que se ofenda si la utilizo en público- discrecionales. La discreción es un concepto
anfibológico que tiene dos sentidos: pueden ser discrecionales porque no les ha dado la gana o pueden ser discrecionales porque la discrecionalidad ha operado racionalmente como ha operado. Se nos antoja que es el primer concepto, porque es
imposible entender por qué algunas no han sido aceptadas.


Quedan algunas enmiendas competenciales y algunos puntos de conexión entre eventuales normas autonómicas que regulan esta materia y esta importante legislación que estamos aprobando que deben ser depurados todavía, porque todavía rechinan
desde la perspectiva de los ámbitos territoriales de actuación de unas empresas privadas de seguridad y otras empresas privadas de seguridad de ámbito superior. Podemos limarlos y llegar a acuerdos; quizás en el Senado, porque me comentan que va a
ser difícil en esta Comisión terminar de consensuar estos acuerdos. En todo caso, señor presidente, no nos deja de parecer que este es un proyecto de ley innovador que se corresponde con los más avanzados del derecho comparado y que se ha hecho un
esfuerzo. Esto es casi para aplaudir con las orejas -permítanme la expresión vulgar, señor presidente- en esta legislatura por la aceptación de las competencias autonómicas previstas en el bloque de constitucionalidad; y esto no se debería
implorar, sino dimanar de suyo por la asunción de las obligaciones que a las instituciones legislativas corresponden. Por lo tanto, tenemos una predisposición favorable en relación con esta ley que no vamos a concretar todavía si se va a traducir
en un voto favorable o en una abstención.


El señor PRESIDENTE: El Grupo Mixto me comunica que las diputadas que tenían enmiendas vivas no van a llegar. Por lo tanto, si no les parece mal a sus señorías, las damos por defendidas y las mantenemos para la votación. Asimismo, me
gustaría decirles que tal como vamos calculo que no votaremos antes de las once y media.


A continuación, le doy el turno de intervención al Grupo Parlamentario de UPyD. Ha presentado las enmiendas 133 a 135, de las cuales se incorporó en ponencia la número 133. ¿Es así, señor Cantó? (El señor Cantó García del Moral: Así es).
Para la defensa de las enmiendas que queden vivas y retirada de alguna en su caso, tiene su señoría diez minutos.


El señor CANTÓ GARCÍA DEL MORAL: Si no hay problema por parte de la Presidencia, aprovecharé esta intervención para hablar de nuestras enmiendas y fijar la posición de nuestro grupo en cuanto al proyecto que nos trae hoy aquí el Gobierno.


Para mí los titulares serían fundamentalmente tres. En primer lugar, nuestra queja fundamental -porque creo que es un tema de mucha enjundia- es que el Estado no puede echarse a un lado y menos por razones presupuestarias, porque creemos
que esa es la única razón que puede existir en algo tan importante como es el trabajo que únicamente deben y pueden hacer las Fuerzas de Seguridad del Estado. Estamos hablando de que, a nuestro juicio, es la falta de Policía, la falta de Guardia
Civil, en el fondo la falta de una de las instituciones más valoradas y más apreciadas por el conjunto de los españoles, esa poca reposición es la que explica que se esté buscando una forma en que la seguridad privada entre a hacer una serie de
trabajos que hasta ahora eran solamente un trabajo en exclusiva -según nosotros, como debe ser- de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Este sería el titular esencial porque nos parece que afecta a algo muy importante, pero hay otras grandes
negativas respecto al proyecto que aquí se nos trae, y tienen que ver con que, según nosotros, está dirigido fundamentalmente a las grandes empresas de seguridad. Esto trae de por sí algunos problemas que nosotros hemos detectado, y hemos hecho
preguntas al Gobierno al respecto y todavía estamos esperando sus respuestas. Sucede otra cosa que suele ocurrir con proyectos de ley que se traen al Congreso y quedan viejos -si se me permite la expresión- nada más traerlos, en este caso, en el
tema de la ciberseguridad se debiera haber trabajado un poquito más. Como hemos dicho, nos preocupa también el control que pueda tener el Gobierno sobre la formación de los trabajadores en general de las empresas de seguridad privada, quién vigila
ese trabajo, esa formación. Repito, hicimos algunas preguntas al Gobierno y estamos esperando todavía las respuestas.


Hemos presentado también enmiendas que tienen que ver con esa percepción de que se están ustedes dirigiendo sobre todo a las grandes empresas de seguridad privada. Hay otro tema que nos ha preocupado especialmente y por el que hemos
presentado bastantes enmiendas, y es el que tiene que ver con el trabajo de los detectives. A nuestro juicio, se les limita el trabajo que están haciendo actualmente y no vemos por qué debe ser así. Inicialmente además el Gobierno proponía o les
permitía como actividad única aunque exclusiva la investigación y, sin embargo, los detectives y los despachos de detectives



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también han llevado a cabo históricamente otro tipo de tareas. Esa limitación es la que no terminamos de entender; a nuestro juicio, esas tareas deben ser recogidas en ese texto, por eso hemos presentado algunas de las enmiendas parciales.
Asimismo, algunas de las enmiendas tienen que ver con la exigencia de información preceptiva en la elaboración de contratos, como informaciones que estos deben facilitar al ministerio de manera recurrente. Creemos que esas exigencias podrían
comprometer la intimidad de personas que contratan los servicios de esos detectives profesionales; este es también el motivo de nuestra enmienda. Hay que recordar que muchas veces los trabajos de estos despachos profesionales tienen que ver con
asuntos espurios y no tienen mayor importancia e interés que para el contratante o el investigado. Sin embargo, no solamente las empresas de seguridad y los despachos de detectives tienen que ver con la seguridad privada, y esto está relacionado
con lo que decía antes.


A nuestro juicio, el texto presenta deficiencias respecto a aquellos trabajos que realizan generalmente pequeñas y medianas empresas; por eso decía que para nosotros este proyecto ya se queda viejo con la ciberseguridad. Nos parece
importante y nos preocupa que un proyecto de ley se presente hoy aquí entre otras cosas porque el anterior lleva vigente mucho tiempo -estamos hablando del año 1992, aunque ha habido pequeñas modificaciones-, y nos preocupa que vuelva a quedarse
antiguo con demasiada celeridad. El Gobierno ha señalado que su intención es tener antes de fin de año una estrategia nacional de ciberseguridad que identifique de forma correcta las amenazas que definan una organización en la que haya centros
nacionales de referencia y una coordinación cada vez mayor en todas las empresas y administraciones, también terceros países, y nosotros esperamos también un desarrollo normativo paralelo a esa estrategia nacional de ciberseguridad que clarifique
criterios de prestación de servicios por parte de empresas en ese ámbito y que estipule claramente cuáles son las exigencias de seguridad mínima para evitar el cada vez mayor número de ciberataques, que además comprometen a toda la red de seguridad.
Estamos hablando del temor a catastróficas consecuencias de un hipotético ciber Katrina, ciber 11-S, etcétera. Creemos que hay que trabajar más profundamente este problema. Ese era otro de los posibles titulares que nos preocupaba.


Repito, nos preocupa especialmente que el Estado se aparte. Recuerdo que el ministro decía en Pleno que simplemente se quería mantener en los alrededores de algunas instalaciones penitenciarias. Esto también nos preocupa, nos preocupa que
sea una forma de entrada a algo que nosotros creemos que es innegociable; las Fuerzas de Seguridad del Estado son las que tienen el monopolio de su trabajo en una democracia, en un Estado de derecho y no creemos que se deba permitir que esto cambie
ni siquiera un ápice. Hace un momento hemos oído hablar al señor Olabarría del tema competencial. Nuestra preocupación en todo lo que tiene que ver con lo competencial suele ir en contra de lo que dice el señor Olabarría. Había una enmienda -por
eso lo explico- en la que estipulábamos la creación de un registro nacional único para la actividad de seguridad privada. Nosotros queremos que se simplifique la gestión, que se ahorren costes y sobre todo que se garantice un tratamiento único de
la información sensible por parte de la Administración en todo el territorio nacional.


Hay otras enmiendas que tienen que ver con quiénes podrán prestar los servicios de seguridad privada en sectores estratégicos; ya digo que nos preocupa este tema especialmente. Había otras enmiendas sobre eliminar algunos requisitos, como
el de aptitud física, en concreto para los detectives, porque a nadie se le escapa que en la gran mayoría de las ocasiones su trabajo es meramente intelectual. Recuerdo que hablando de nuevo de esa retirada del Estado el ministro ponía también el
acento en lo que era perimetral o no y en qué lugares podían retirarse las Fuerzas de Seguridad del Estado. Para nosotros es baladí la definición de lo que es o no perimetral y en qué lugares o no puede el Estado retirarse. Para nosotros es
innegociable, esto es un monopolio del Estado, esto es un Estado de derecho y nosotros querríamos que el Estado no se retirara. Repito, y mucho menos -porque es la única explicación que encontramos- por razones presupuestarias. Hay una tasa de
reposición muy baja en Policía y Guardia Civil y nosotros creemos que el Gobierno debiera hacer un esfuerzo por que esto cambie, por que esto no sea así; el Estado no debe apartarse, sobre todo de una parte tan importante de su trabajo como es
esta.


Como ha pasado en otras ocasiones, lamentamos que el Gobierno del Partido Popular solamente haya aceptado una de las enmiendas que nosotros hemos presentado. A veces uno ve con envidia cómo algunos partidos consiguen una comunicación más
fluida y un mayor éxito en la negociación de sus enmiendas. Nos hubiese gustado haber conseguido algo más que una enmienda en el trámite. De nuevo creo que se vuelve a retratar una forma de gobernar y una forma de negociar que tiene más que ver
con un rodillo parlamentario que con una voluntad de conseguir que el resto de grupos parlamentarios enriquezcamos los textos que nos trae aquí el Grupo Popular y podamos hacer un trabajo conjunto.



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Repito, nuestros titulares serían, en primer lugar, que para nosotros es innegociable que el Estado se aparte de algo tan importante como el trabajo que tienen que llevar a cabo las Fuerzas de Seguridad del Estado; ese sería nuestro pero
fundamental. En segundo lugar, el proyecto de ley que se nos trae aquí ya queda viejo. Nos tememos que en temas tan importantes como la ciberseguridad no se ha hecho el trabajo que se debiera. Finalmente, hay una serie de enmiendas que ya he
explicado en todo lo que tiene que ver con la seguridad privada.


El señor PRESIDENTE: A continuación tiene la palabra el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural. Han presentado las enmiendas números 79 a 112. La ponencia aceptó en sus términos la enmienda número 104 e incorporó sendas
transaccionales basadas en las enmiendas 88 y 89. ¿Es así señor Sixto? (Asentimiento). Dispone de diez minutos para la defensa de las enmiendas vivas y por si quiere retirar alguna.


El señor SIXTO IGLESIAS: Mantendremos el resto de enmiendas y trataré de defenderlas lo mejor que sepa.


La principal cuestión sobre la cual versa la mayoría de las enmiendas que mantenemos vivas es la privatización, en la que centramos la enmienda a la totalidad que presentamos en Pleno, y que llevó a que haya sido el único debate en Pleno que
se haya hecho de esta ley. En este proyecto de ley hay una tendencia clarísima a la privatización, y por eso hemos mantenido una serie de enmiendas que tratan de cercenar esta tendencia a conceder determinados espacios que ahora mismo le están
vedados a la seguridad privada: desde lo más claro o lo publicitado, que ha sido la vigilancia perimetral de los centros penitenciarios, pasando por determinados espacios públicos o semipúblicos, hasta la vigilancia y acompañamiento de autoridades,
que son espacios y conceptos que deben estar reservados a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El propio carácter de fuerzas auxiliares o de elementos auxiliares o de colaboradores para las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado también es algo que hemos enmendado. Entendemos que otorgarles esa faceta de colaboradores que pretende este proyecto de ley es una tendencia clarísima a la privatización y a acabar haciendo algo que nuestro grupo parlamentario critica de
forma potente, que es que al final solo puedan pagar determinadas labores de protección o de policía privada quienes tengan los recursos suficientes y necesarios para ello.


También mantenemos algunas enmiendas que para nosotros son capitales, y lamentamos muchísimo que no se haya podido arreglar de alguna forma. Es el tema del derecho de huelga o la actuación de los vigilantes de la seguridad privada ante los
conflictos laborales en otros sectores. Su propio derecho de huelga se ve cercenado con este proyecto de ley, que también cercena el derecho de huelga de otros sectores y otros colectivos con la actuación a la que pueden verse obligados vigilantes
de seguridad y trabajadores de seguridad privada ante conflictos laborales en otros sectores.


Mantenemos también una enmienda que nos parece importante sobre el tema de la jornada laboral: delimitar exactamente cuál es la jornada de trabajo de los trabajadores, sobre todo porque puede dar lugar a prácticas de picaresca o complicadas
por parte de las empresas cuando no se delimita cuál es la jornada de trabajo de un vigilante, cuándo termina, y cuándo es responsabilidad de la empresa y no es abandono del puesto de trabajo terminar la jornada laboral después de una hora.
Entendemos que con una hora hay bastante para que la empresa tenga margen de maniobra y pueda cubrir ese espacio de trabajo, ese lugar de trabajo que se va a ver descubierto por un trabajador que ya lleva sus doce horas trabajando. También creemos
que es básico que la ley garantice la gratuidad de los cursos de formación impartidos a los propios trabajadores. Se trata de dar una garantía a los trabajadores de estas empresas.


Algunas enmiendas que también mantenemos hacen referencia a la cuestión de los datos personales, y lo que tratamos ahí básicamente es de cuadrar lo que se dispone en este proyecto de ley con la Ley de protección de datos personales. Hay una
cuestión que también mantenemos y que sabemos que está sujeta a una cierta controversia por parte de determinados sindicatos y demás, y es la de dar carácter de agente de la autoridad a los vigilantes de la seguridad privada. Entendemos que es una
cuestión que debe estar reservada a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Ligado a esto también está la facultad de detener. Entendemos que, tal y como está formulada esa facultad de poder proceder a la detención por parte
de vigilantes de seguridad privada puede dar lugar a una vulneración del artículo 17 de la Constitución, y de los derechos regulados en el habeas corpus.


Por último mantenemos también enmiendas relativas a la cuestión de las faltas, a la calificación de las faltas, y a la cuantía de las multas. En este sentido las multas que se les pueden imponer a los vigilantes de seguridad entendemos que
deben ser acordes al salario medio de un vigilante de seguridad, que



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recuerdo a sus señorías que es bastante inferior al nuestro, y al salario medio establecido o acordado por los institutos que calculan estas cosas en España.


Respecto a las enmiendas de otros grupos votaremos favorablemente aquellas que tratan de salvaguardar los derechos de las comunidades autónomas respecto a sus competencias en materia de seguridad privada, pero no votaremos a favor de
aquellas enmiendas que entendemos tratan de afianzar, mantener, incluso llevar más allá la voluntad de privatización de la seguridad, línea fundamental de trabajo de este proyecto de ley que nos trae el Gobierno del Partido Popular.


El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al turno de defensa de las enmiendas del Grupo de Convergència i Unió. Presentaron las enmiendas números 136 a 206. Se han incorporado por la ponencia en sus términos las siguientes enmiendas:
136; 139; 140; 144; 152; 155; 157; 158, aceptada por subsumida en la enmienda número 50 de la enmienda del Grupo Nacionalista Vasco; 159, aceptada por subsumida en la enmienda número 53 del Grupo Nacionalista Vasco; 161; 169; 179; 188;
189; 191;194 y 199. Y con redacción transaccional las siguientes enmiendas: 137; 141, que subsume la 261 del Grupo Parlamentario Popular; 147; 148; 149; 150; 151; 163; 164; 165; 166; 176; 185, si bien en esta enmienda transaccional,
que subsume la enmienda 273 del Grupo Parlamentario Popular y que el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió acepta, se hace constar su preferencia por que el artículo 41.2 letra e) pasara a ser una nueva letra del artículo 41.4 del proyecto de
ley, con mayor grado de coordinación a cargo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; 186, con redacción transaccional, que subsume la 275 del Grupo Parlamentario Popular; 190; 192; 193; 195; 197; 198; 200; 201 y 202. ¿Es así, señor Jané?


El señor JANÉ I GUASCH: Sí, señor presidente, y a esta lista añadiríamos en este momento, fruto del informe de la ponencia que hoy sometemos a debate en esta Comisión de Interior, nuestras enmiendas 142 y 173, que consideraríamos también
que se han aceptado o que ya entran dentro del marco del acuerdo. Con lo cual estas dos enmiendas, a efectos también de la votación final, ya no las someteríamos a votación, y entenderíamos que forman parte del acuerdo global que hemos alcanzado.


El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las enmiendas que aún le quedan, tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Señorías, llega hoy a la Comisión de Interior con competencia legislativa plena un proyecto de ley importante, importante en materia de seguridad, importante para un sector con muchísimos trabajadores, muchísimas
empresas, y con un objetivo compartido: preservar en todo momento la preeminencia de la seguridad pública. Convergència i Unió entiende que la seguridad privada es complementaria, pero subordinada siempre a la seguridad pública. Bajo ese
parámetro hemos intentado llegar a un acuerdo, un acuerdo que Convergència i Unió valora satisfactoriamente. Habíamos iniciado la tramitación de ese proyecto de ley con una enmienda a la totalidad, por temas competenciales, y lo cierto es que fruto
del acuerdo, fruto del diálogo, fruto de las propias negociaciones en las que han intervenido también desde el propio Ministerio del Interior hasta la Consellería d'Interior de la Generalitat de Catalunya, fruto también de las conversaciones con los
ponentes -quiero agradecérselo expresamente a Paco Márquez y a Conrado Escobar, por parte del Grupo Popular- que han permitido que finalmente en esta Comisión de Interior podamos llegar a un balance en el que, de setenta y una enmiendas que
inicialmente habíamos presentado, hoy nos queden menos de veintinueve. Con lo cual el balance final es de más de cuarenta acuerdos, y este es un balance que debemos poner en valor, agradecer, y llegar a la conclusión de que con esos acuerdos hemos
mejorado, especialmente en el ámbito competencial, un proyecto de ley que inicialmente conculcaba competencias que el propio Tribunal Constitucional había declarado que -en este caso- eran de la Generalitat de Catalunya, que marcaba su Estatuto del
año 2006. Por tanto hemos intentado preservar ese ámbito competencial, pero también hemos intentado mejorar el proyecto de ley.


Paso ahora, señor presidente, a defender las enmiendas que todavía nos quedan vivas para el debate de hoy. Voy a hacer esa defensa de las más de veinte enmiendas que nos quedan vivas agrupándolas por diversos aspectos. No voy a citarlas
todas; las que nos cite expresamente las doy también por defendidas en este turno. Hay un primer ámbito en el que deberían mejorarse aspectos competenciales del proyecto de ley. En este sentido me quiero referir a nuestra enmienda 156, donde se
delimitan las competencias que son de la Administración General del Estado a través del Ministerio del Interior, y en su letra i) se afirma que es de la Administración General del Estado la determinación reglamentaria de los establecimientos
obligados a



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disponer de medidas de seguridad privada, así como la fijación del tipo y alcance de las medidas obligatorias que ha de cumplir cada tipo de establecimiento. Esta es una competencia que debe ser de la Administración General del Estado
cuando no sea competencia de las comunidades autónomas. Evidentemente en esa determinación de esos establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad privada también las comunidades autónomas competentes deben poder determinar cuáles son
esos establecimientos a su territorio. De ahí que sigamos defendiendo nuestra enmienda 176.


Hay dos enmiendas también relativas a aspectos, en este caso, de lengua oficial propia de una comunidad autónoma, como pueden ser las enmiendas 170 o 171, en las que a la hora de valorar qué conocimientos debe tener determinado personal de
seguridad privada nosotros entendemos que en comunidades autónomas donde hay una lengua oficial propia, además de la lengua castellana, evidentemente también deben tener conocimientos de la lengua que en su caso sea cooficial en la comunidad
autónoma donde deba prestarse el servicio suficientes -es un conocimiento suficiente- para el normal desempeño de las funciones de seguridad privada. Como la seguridad privada es complementaria y subordinada a la seguridad pública, pero tiene esa
complementariedad, si se realiza, evidentemente esos agentes en un territorio donde hay una lengua oficial propia, además de la lengua castellana, que también es oficial, deberían también tener un conocimiento -no una prueba o un examen- suficiente
que les permitiera el normal desempeño de las funciones de seguridad privada en ese territorio. De ahí nuestras enmiendas 170 y 171.


En materia de formación, cuando se dice en el artículo 29 -y me refiero a la enmienda 172-: El Ministerio del Interior elaborará los programas de formación previa y especializada correspondientes a personal de seguridad privada, nosotros
decimos: El Ministerio del Interior o el órgano autonómico competente. Abro paréntesis, creo que en materia de formación nos queda aún alguna asignatura pendiente de cara al Senado. Como creo que es así, deberíamos aprovechar también aquí para
reconocer esa competencia autonómica. Termino ese ámbito autonómico con una última enmienda -dando también por defendidas el resto de las enmiendas autonómicas- la 206. Cuando se apela al desarrollo normativo el Gobierno -se dice a propuesta del
Ministerio del Interior- dictará las disposiciones reglamentarias. Sí, pero también en este ámbito los Gobiernos de las comunidades autónomas o sus órganos competentes pueden dictar igualmente disposiciones de desarrollo de esta ley, y por tanto
bien estaría que en esa disposición final tercera se introdujera este inciso competencial.


Hay otros aspectos ya no meramente autonómicos a los que se han referido algunos portavoces -y aprovecho para sumarme a las valoraciones que de este proyecto de ley ha hecho el portavoz del Grupo Parlamentario Vasco, el señor Olabarria, con
el que coincido plenamente-, que han detectado ya lo que es una carencia importante en este proyecto de ley en lo relativo a la regulación de los detectives privados. Está el artículo 25; está también el apartado 3 del artículo 9. Todo ese
sistema de comunicar el nombre de quien contrata un servicio de detective entendemos que puede ser un ataque frontal contra el derecho a la intimidad de los clientes de los despachos de detectives privados. Exacerba los controles sobre la actividad
de los detectives privados, poniendo a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de manera preventiva, datos relativos a clientes e investigados al margen de cualquier control jurisdiccional y sin una previa justificación. Por
tanto, tal y como ha establecido el Tribunal Constitucional, cualquier injerencia en la intimidad de las personas debe perseguir un bien jurídico protegido superior, que nunca estará representado en un interés genérico, sino en un interés
particular. Por ello está fuera de toda lógica -y fuera del derecho al que la intimidad de las personas tiene con base constitucional- establecer un deber genérico de información a las autoridades, ya que de manera preventiva se desvelarían
situaciones que nada tienen que ver con la seguridad. Por ello se propone, por ejemplo, suprimir el apartado 3 del artículo 9 en nuestra enmienda 146, o bien proponemos suprimir en el apartado 1.a) del artículo 25 la necesidad de comunicar la
celebración de los contratos al Ministerio del Interior o en su caso al órgano autonómico competente en la forma en que reglamentariamente se determine. Eso es poner en jaque a los despachos de detectives privados, poner en jaque su actividad
futura, y poner en jaque la intimidad de muchos de sus clientes. Por tanto entendemos que aquí toda precaución es poca desde el ámbito legislativo, que es donde hoy estamos.


Término ya, señor presidente, con algunas enmiendas puntuales, ya no relativas a los despachos de detectives, pero que intentan mejorar el proyecto de ley; por ejemplo, nuestra enmienda 77. Entendemos que imponer el uso obligatorio de
armas de fuego en la prestación de todo servicio de verificación personal de alarmas es desproporcionado; que en ese servicio de verificación de alarmas se imponga el uso obligatorio de armas de fuego entendemos que no procede en este supuesto.
Entendemos también, señor



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presidente, que el artículo 41 debería ser objeto de una revisión en profundidad en el Senado, porque esa complementariedad de la seguridad privada con la seguridad pública entendemos que tiene que ir enmarcada en una subordinación de la
seguridad privada versus la seguridad pública, y todavía hoy en ese artículo 41 hay determinadas actividades en las que se deja vía libre a la seguridad privada, pero que en todo caso deberían coordinarse con la seguridad pública. De ahí nuestras
enmiendas 180, 182 o 183. De ahí también que sigamos pidiendo en el informe de la ponencia que algún aspecto de ese artículo 41 pasara del apartado 2 al apartado 4 del mismo, porque no dejaríamos vía libre a la seguridad privada; debería
coordinarse con la seguridad pública, porque si no podríamos realizar compartimentos estanco, que cuando hablamos de temas de seguridad prima siempre el interés general, el interés común de preservar el orden público, que es una competencia pública.
Bien está que pueda actuar la seguridad privada, pero bajo esa coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, sean locales, autonómicas o de carácter estatal. De ahí todas estas enmiendas que defendemos.


Para finalizar ya, señor presidente, dos últimas enmiendas a las que me quería referir. El sector de la seguridad privada es importantísimo, agrupa muchas personas con unos horarios en ocasiones muy duros. Cuando se encarga seguridad
privada por parte de un particular y al trabajador no le llega el relevo, dicho trabajador no se va de su puesto de trabajo hasta que no llega el sustituto, porque no puede dejar sin protección la vigilancia concreta para la que la empresa de
seguridad le ha contratado, y en ocasiones los horarios pueden poner en riesgo la función final, que es preservar la seguridad, y es que alguna limitación debe haber en materia de horarios. En este sentido entendemos que reglamentariamente se
deberían establecer los horarios máximos permitidos y el resto de condiciones de trabajo del personal de la seguridad privada con el objeto de garantizar la calidad óptima del servicio. Si no se ponen límites en ocasiones puede ser muy difícil que
las condiciones laborales mínimas que debe tener todo trabajador queden garantizadas, y en este ámbito es importante.


También, quiero referirme a nuestra enmienda 204, en la que pedimos que el Gobierno reglamentariamente regule las circunstancias y condiciones que deben cumplir los guardas rurales para tener la protección jurídica de agentes de la
autoridad. Entendemos que reglamentariamente deberían regularse los requisitos para considerar sus actividades de interés general y desarrollar bajo qué especiales circunstancias se deben prestar estos servicios. Hay muchos guardas rurales -usted,
señor presidente, es de una comunidad autónoma que seguro que conoce esa realidad- que están solos, en parajes aislados totalmente, y si no tienen ningún amparo legal respecto a la actividad que realizan, en ocasiones aquello que realizan ante un
infractor, si después es su palabra contra la del infractor, si no hay una cierta presunción de veracidad bajo determinados parámetros legales previstos, podemos encontrarnos con que la función que realizan los guardas rurales, aislados, en montañas
-en sitios en los que deben estar- no encuentre cierto reconocimiento en ese ámbito. Por tanto debe hacerse con cautela, pero debe buscarse una regulación, ver en qué supuestos, qué requisitos de formación deben tener, porque es un sector
importante que cumple también funciones en el ámbito de la seguridad.


Termino, señor presidente, anunciando el voto favorable de Convergència i Unió al dictamen de la Comisión sobre el proyecto de ley de seguridad privada, y agradeciendo una vez más el esfuerzo de consenso al que hemos llegado, y pidiendo -en
este caso al grupo mayoritario- que en el Senado se profundice respecto a esos flecos, a esas enmiendas que todavía están pendientes, y que entendemos que podrían contribuir a mejorar aún más este proyecto de ley, necesario en estos momentos -la ley
de 1992 ha quedado desfasada-, pero que debe encontrar el equilibrio suficiente para en todo caso priorizar la seguridad pública, y entender que la seguridad privada es complementaria pero subordinada a ese interés y a esa seguridad pública.


El señor PRESIDENTE: A continuación es el turno del Grupo Parlamentario Socialista, que presentó las enmiendas 207 a 256, de las cuales se han incorporado en sus términos por la ponencia las enmiendas números 207, 218, 221, 239. Con
redacción transaccional están las enmiendas números 223, 225, 226, 228, 231, 243, 245 y 246. ¿Es así, señor Trevín?


El señor TREVÍN LOMBÁN: Así es, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Para la defensa del resto de enmiendas, tiene su señoría la palabra.


El señor TREVÍN LOMBÁN: Señor presidente, va a permitirme hacer una ligera intervención. Se pide en este momento que se haga una defensa de las enmiendas que no han sido aceptadas. Como las



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enmiendas aceptadas han sido exclusivamente las referidas a chapa y pintura, y por desgracia ni siquiera a lienzos enteros del coche, sino a meros brochazos estéticos, voy a aprovechar para hacer una reflexión sobre esta importante ley.
Dictaminamos hoy en esta Comisión el proyecto de ley de seguridad privada, que aborda fundamentalmente dos aspectos sustanciales de nuestra organización social, así como otras cuestiones relevantes para nuestra seguridad: el papel del Estado y de
sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y el control público de las empresas de seguridad y su repercusión en la calidad del servicio que prestan y el empleo que generan, que constituyen los dos aspectos sustanciales. El resultado de los trabajos de la
ponencia sobre ambos determina la posición del Grupo Parlamentario Socialista sobre esta ley, ya que respecto a su anteproyecto mantenemos discrepancias que pretendíamos negociar durante la tramitación. Por ello no presentamos enmiendas a la
totalidad, absteniéndonos en la votación de las de Izquierda Unida y Convergència i Unió, pero sí presentamos 50 enmiendas parciales, la mayoría respecto a los aspectos sustanciales referidos. No debieron constituir ninguna sorpresa ni para el
Gobierno ni para el resto de grupos, ya que en nuestra intervención en el Pleno anunciamos los aspectos que pretendíamos corregir del texto gubernamental. El propio ministro del Interior nos trasladó que estaba abierto al diálogo, comprometiéndose
a estudiar nuestras propuestas para buscar los correspondientes acuerdos. La realidad del texto actual demuestra que aquellas palabras ministeriales se las llevó el viento. Del acuerdo nunca más se supo. No es que la propuesta del Gobierno no
haya sido corregida en los aspectos inasumibles para nuestro grupo, sino que las correcciones acordadas se hicieron en sentido diametralmente opuesto; por tanto votaremos en contra del dictamen. Y lo lamento por el señor Márquez y por el señor
Escobar, porque han hecho un trabajo que queremos reconocer, igual que el señor Jané, el señor Olabarría, el señor Sixto y mi compañero Pedro Muñoz, que fueron quienes trabajaron de forma más insistente en esta ponencia.


Voy a referirme ahora a lo que respecta en la ley al papel del Estado y sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y al de las empresas privadas y sus agentes de seguridad. Esta Comisión va a aprobar un proyecto de ley que rompe con la concepción
de la seguridad ciudadana como servicio público, que la Constitución atribuye a nuestro juicio a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. A partir de ahora, con este texto dichas funciones podrán ser ejercidas indistintamente por ellas o por
la seguridad privada, y el criterio para determinar que sean unas u otras podrá ser el económico, es decir, lo que resulte más barato; un nuevo ataque de este Gobierno al Estado social proclamado por la Constitución. ¿Qué cambios notará con ello
en la calle el ciudadano? Lo más evidente es que en calles y espacios públicos los vigilantes privados podrán sustituir paulatinamente a la Policía y a la Guardia Civil. El anteproyecto contemplaba esta posibilidad en calles peatonales como
Preciados; ahora, tras el acuerdo del Partido Popular con Convergència i Unió, podrán hacerlo también en otros espacios o vías públicas, y dichos vigilantes privados podrán detener, cachear e identificar a los ciudadanos en dichos espacios
públicos. Deben darse por advertidos quienes realicen concentraciones o manifestaciones no comunicadas en Sol. Unos podrán ser disueltos e identificados por efectivos del Cuerpo Nacional de Policía en la propia plaza para las correspondientes
sanciones contempladas en el anteproyecto de ley de seguridad ciudadana; y los otros, los que opten por salir por pies por Preciados o alguna otra calle adyacente, se enfrentarán a la posibilidad de ser detenidos o identificados por vigilantes
privados con idéntico objetivo.


La vigilancia en las cárceles también se convierte en objeto de deseo empresarial. Su recinto exterior podrá ser atendido por vigilantes privados, en detrimento de los efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que hasta
ahora ejercían esas funciones. Las grandes empresas privadas de seguridad están de enhorabuena, son las principales beneficiadas con esta ley, y no solo en lo que se refiere a la seguridad ciudadana. Asuntos como la prevención o la reposición de
catástrofes producidas por riesgos accidentales o derivados de la naturaleza, de exclusiva competencia pública desarrollada por Protección Civil, podrán prestarse de manera opcional por empresas privadas. El Gobierno renuncia con esta ley a seguir
concibiendo la seguridad como un derecho; la convierte en una oportunidad de negocio, en una mercancía que podrá venderse por razones presupuestarias o comprarse para impulsar el principio -tan querido por los conservadores- de que cada uno tenga
la seguridad que pueda pagarse.


Respecto al control público de estas empresas y su repercusión en la calidad del servicio que prestan y del empleo que generan, convertida la seguridad en negocio, se toma el camino de favorecer esta actividad económica. La propuesta que
hoy analizamos saca del ámbito de actividades excluidas de aplicación de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, determinadas iniciativas de seguridad privada, como son los despachos de
detectives, las empresas de instalación y mantenimiento, y los centros de formación de personal de seguridad, que



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quedan exentos de someterse a autorización administrativa, bastándoles con una declaración responsable para iniciar su actividad, lo que prácticamente garantiza la ausencia de control público. Esto es especialmente grave para nosotros en
materias como la formación, como también nos parece grave que no se haya desarrollado de una forma más prolija, sobre todo viendo alguno de los problemas que tiene la regulación en el ámbito de los detectives privados. La calidad del empleo y la
consideración social de sus trabajadores podrían haberse mejorado notablemente de haber tenido en cuenta nuestras enmiendas respecto a la formación inicial y continua de los vigilantes, el control de los centros de formación y el establecimiento de
una formación reglada y académica. El Grupo Socialista considera imprescindible que el Ministerio de Educación establezca el itinerario curricular indispensable para adquirir las competencias necesarias para servicios de vigilancia y seguridad
privada, y que dichas enseñanzas se desarrollen en los centros de formación profesional. La propuesta actual camina en sentido contrario, es decir, en conceder todo el poder a las grandes empresas que en este como en otros aspectos logran el cien
por cien de sus pretensiones: formarán y seleccionarán a su libre albedrío. Deben estar muy agradecidas a los grupos Popular y de Convergència i Unió. Pero no se agotan aquí las concesiones que consiguen con esta ley. El intrusismo adquiere
patente de corso al establecer este proyecto la posibilidad de actividades compatibles, con lo que se dará carta de naturaleza a los llamados auxiliares para tareas subordinadas de ayuda o socorro, para las que no contempla competencias de control o
sanción esta ley. Con ello se podrán burlar fácilmente disposiciones de la misma, favoreciendo la autorización por las empresas de una subcategoría de vigilantes que no generarán obligaciones para ellas, que cobrarán menos y que permitirán un
recorte salarial de la vigilancia. Tampoco se establece requisito alguno para las personas en quienes se delegue el cargo de jefe de seguridad, permitiendo una delegación por vía reglamentaria. Por último, en este capítulo hay que resaltar que en
el ámbito sancionador no guardan relación alguna la conducta infractora, la sanción a imponer y la capacidad económica del infractor, ya que en algunos supuestos son mayores las sanciones económicas al personal que a las empresas.


Quiero terminar con cuatro aspectos que merecen consideración: una ausencia sospechosa, una renuncia que lleva a la opacidad, una contradicción en el reparto competencial y una semilla de la discordia. Sospechosa resulta en la tramitación
de este proyecto la ausencia de un informe del Consejo de Estado que lo acompañe; el mismo podría hacer observaciones sobre sus propuestas que el Gobierno ha querido claramente evitar. Como se decía en un viejo y exitoso concurso televisivo, ¿por
qué será? Compartimos con el Gobierno la preocupación por la ciberseguridad y somos conscientes de la necesidad de abordar con urgencia una reglamentación de esta materia. Este texto parece en ocasiones querer reglamentarla para a continuación
excluirla. Lo que sí recoge es una habilitación reglamentaria al Gobierno para regular este importante aspecto, pero a través de una normativa que se sustrae al debate de este Parlamento, lo que da una apariencia de opacidad que ni el asunto ni el
interés mostrado por esta Comisión merecen. Definitivamente, la organización territorial de España es un galimatías para este Gobierno; las contradicciones al respecto que contiene este proyecto lo demuestra. La ley avanza en el reparto
competencial entre administraciones, pero introduce conceptos como el control previo en el artículo 13 a) bis, que no existe en el resto del articulado y que es imprescindible determinar a qué se refiere. Al mismo tiempo y en sentido contrario
permite que empresas de seguridad extranjeras, autorizadas para la prestación de este tipo de servicios por la normativa de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, se registren únicamente en el nivel autonómico si limitan su ámbito
de actuación a dicho territorio. No parece razonable que en un caso como este el Estado haga dejación de una competencia exclusiva. Menos razonable aún son los elementos de discordia que entre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado introduce
este proyecto al ampliar las competencias de la Guardia Civil en esta materia de seguridad privada. No es respetuoso con el reparto tradicional de esta competencia y está generando un amplio malestar en el Cuerpo Nacional de Policía.


En resumen, con este proyecto, el Ministerio del Interior pretende cambiar el liderazgo tradicional de lo público en la seguridad de los españoles. El propio ministro repite insistentemente que nuestra ratio de efectivos públicos en esta
materia está muy por encima de la de los países de nuestro entorno, mientras que los privados están muy por debajo. Recurre, pues, para justificar el sistemático recorte de policías y guardias civiles, a las estadísticas internacionales, como ya
hizo el ministro de Educación con el informe PISA. Esconde, sin embargo, que nuestra situación en el ranquin de seguridad es bien diferente. Formamos parte del pelotón de cabeza en seguridad y algo tendrá que ver en esto nuestra apuesta pública
por ello. ¿Por qué homologarnos a modelos con peores resultados? Porque los países con una ratio mayor de seguridad privada que el nuestro y menos ratio de seguridad pública tienen niveles de seguridad peores



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que nosotros. Solo la apetencia de las grandes empresas por ampliar su negocio en este sector, que ya emplea a más de 100.000 personas, puede explicarlo, especialmente si comprobamos todas las cesiones que se hacen a las mismas en este
texto. Ellas son las grandes vencedoras en este proyecto de ley, hasta el punto de que no resulta exagerado decir que con ello han alcanzado sus últimos objetivos: su subordinación a la seguridad pública ha terminado.


El señor PRESIDENTE: A continuación es el turno del Grupo Parlamentario Popular, que presentó las enmiendas de la 257 a la 286. Todas ellas se incorporaron a la ponencia en sus propios términos, excepto la 261, la 273 y la 275, que lo
hicieron con redacción transaccional. ¿Es así, señor Márquez de la Rubia?


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Así es, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, por tanto, para pronunciarse sobre sus enmiendas y presentar, en su caso, transaccionales o fijar posición de su grupo parlamentario.


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Como ha dicho el señor presidente, fijaré la posición de nuestro grupo, defenderé las enmiendas, presentaré alguna transaccional y también contestaré las intervenciones de los portavoces del resto de grupos
parlamentarios que me han precedido en el uso de la palabra.


En primer lugar, quisiera agradecer el tono de los intervinientes. Dentro de la legítima discrepancia de pareceres y posicionamientos, han sido unos discursos que se atienen a lo que debe ser un debate serio, un debate riguroso como el que
se ha venido produciendo en todas las sesiones de trabajo que han desembocado en esta Comisión de Interior que hoy celebramos. Estamos aquí abordando la recta final en esta Cámara del texto que entró en ella antes del verano y que ha venido siendo
trabajado de manera muy concienzuda por todos los grupos parlamentarios, muy especialmente -así tenía que ser- por este Grupo Parlamentario Popular, al que le corresponde la defensa, en este caso, de la iniciativa legislativa que ha presentado el
Gobierno de la nación. Creo que eso se ha reconocido por los grupos parlamentarios y es algo de lo cual nos debemos felicitar todos, y también debemos trasladar a la ciudadanía la forma en la que se puede trabajar en un proyecto de ley tan
importante como el que tenemos encima de la mesa en este momento. Un trabajo que se ha producido a todos los niveles y que creo que es muy importante resaltar. Ha habido encuentros, reuniones, debates con los agentes del sector, con todos ellos, y
se han recibido aportaciones de todos y cada uno de ellos; de casi todas las empresas del sector, agrupadas en la Comisión Nacional de Seguridad Privada; también de los despachos de detectives privados, un sector que claramente se ve aludido por
los parámetros y el articulado de este proyecto de ley; de los sindicatos, es decir, de los representantes de los trabajadores, del personal que trabaja en esas empresas de seguridad privada; de los usuarios de servicios y medidas de seguridad;
también de las comunidades autónomas, y me referiré especialmente a ello en el transcurso de mi intervención, muy en concreto además a la colaboración, que yo creo que ha sido constante con las comunidades autónomas que tienen competencias de
seguridad integral, como es el País Vasco y la Comunidad Autónoma de Cataluña; también de la Federación Española de Municipios y Provincias. En su tramitación parlamentaria -creo que lo podemos decir con orgullo- el Grupo Parlamentario Popular ha
querido hacer, y ha hecho, un gran esfuerzo de flexibilidad, de cercanía, de comprensión hacia las posiciones del resto de grupos que se ha transmitido en todos y cada uno de los encuentros mantenidos. Así ha sido reconocido por los anteriores
intervinientes, lo cual agradezco.


Fruto del trabajo y también de la discrepancia, como decía al comienzo de mi intervención, son las 286 enmiendas presentadas a este proyecto de ley, y fruto de nuestra flexibilidad, del buen talante, de la comprensión, del acercamiento, de
ese trabajo de intentar mejorar el texto, 109 enmiendas de esas 286 han sido de una u otra manera aceptadas, incorporadas, transadas; es decir, de una u otra forma esas enmiendas, que han modificado el texto original, se han repartido entre todos y
cada uno de los grupos. Muy concretamente hemos aceptado enmiendas del Bloque Nacionalista Galego, del Partido Nacionalista Vasco, de La Izquierda Plural, de Unión Progreso y Democracia, de Convergència i Unió o del Partido Socialista, y hemos
transado con casi todos los grupos presentes en esta Comisión, en la Cámara al fin y al cabo, es decir, hemos incorporado también sus pareceres y con ello hemos mejorado el texto final. Ha sido un ejercicio de flexibilidad y de apertura democrática
que yo creo -permítanme que lo diga en este momento- que debiera haberse correspondido con otro, el del resto de grupos para actuar en consecuencia.



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He oído el posicionamiento expreso de algunos de los grupos, y a los que han manifestado su voto favorable les expreso mi agradecimiento, como a Convergència i Unió. Otros todavía no se han definido, como el Grupo Parlamentario del PNV,
aunque espero que lo hagan de forma favorable a tenor del tono y de los argumentos empleados en sus intervenciones; otros parece que ya se posicionan en contra del proyecto de ley mejorado que traemos a debate, pero yo les pediría que actuaran en
consecuencia con el tono empleado, con el trabajo efectuado y con los objetivos conseguidos. Creo que el voto favorable a esta ley es merecido. Se lo merece, como ya he dicho, no solamente porque hemos hecho ese esfuerzo de acercamiento o de
buscar el común denominador que a todos nos favorezca, sino también porque a esta ley deberían reconocérsele los claros y mayoritarios elementos positivos ya que es una ley que conoce los grandes avances que puede suponer para el sector y para el
concepto de seguridad integral que creo, señor Trevín, que es el concepto que la sociedad española del siglo XXI demanda en estos momentos. Bajo el monopolio estatal constitucional, por tanto, inapelable de la seguridad pública, la cooperación y la
subordinación de la seguridad privada a este concepto de seguridad pública nos hace llegar a ese concepto de seguridad integral. Ese concepto de seguridad integral es el que desde el Grupo Parlamentario Popular estamos convencidos que reclama la
sociedad del siglo XXI, que evidentemente ha evolucionado en los últimos años al compás de la Ley 23/1992 de Seguridad Privada, que hasta ahora se mantiene vigente y que supuso un antes y un después; una buena ley que ahora modernizamos, que ahora
actualizamos, que ahora ponemos al día en este avance constante que tiene que haber en este tipo de materias.


En este momento, señor presidente, quisiera anunciar la presentación de una enmienda transaccional in voce al artículo 28.1.c) cuyo texto ha sido trasladado a los portavoces de los distintos grupos, así como también a la Mesa, para que se
someta a votación.


Permítanme que en el tiempo que me resta entre en el contenido de la ley y conteste a las intervenciones de los grupos parlamentarios. Decía anteriormente que es una ley muy importante, una ley que viene a cumplir el programa del Partido
Popular y el compromiso del Ministerio del Interior, expresado por su titular, el ministro del Interior, en su primera comparecencia ante esta Comisión y que creo, porque así ha sido expresado, que va a ser muy bien recibida por el conjunto de los
agentes del sector al que va dirigida. Una ley que moderniza los parámetros de la Ley 23/1992, una ley que viene a ordenar y a completar la normativa en esta materia, una normativa que por efecto del transcurso del tiempo, y no solo por eso, se
encontraba dispersa, era difícilmente aplicable en algunos casos y corría el riesgo de hacerse difícilmente comprensible y, por tanto, provocar elementos de inseguridad, sobre todo jurídica. Hablo de modernizar, porque si me permitieran definir el
carácter básico de esa ley, creo que es una ley que no solamente regula actividades y servicios de seguridad privada sino que establece ese adecuado marco de colaboración, cooperación bajo el monopolio del Estado, de lo público, de la seguridad
privada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Es una ley que abre a las empresas la posibilidad de prestar nuevos servicios que la sociedad está demandando, bien porque una minoría de ellos no están regulados o bien porque están siendo prestados
bajo una regulación que desde nuestro punto de vista hasta ahora era insuficiente y/o defectuosa. Esto viene a corregirlo el articulado y las nuevas precisiones de la ley. Se declaran compatibles un conjunto de actividades que hasta ahora no lo
eran, pero realmente porque no había razón para que siguieran siendo incompatibles, no había ninguna razón para ello. Se liberalizan actividades como la planificación, la consultoría o el asesoramiento que esta ley cree que no debe regular porque
deben quedar apartados del ámbito de la regulación de la seguridad privada; no tiene demasiado sentido.


No queremos confundir a nadie con todo esto, lo que estamos llevando a cabo se enmarca en la lógica general de la tarea reformadora y modernizadora de este Gobierno para facilitar la recuperación económica que quiere ineludiblemente
impulsar. Esta ley aporta mayores garantías y protección a los trabajadores del sector -creo que debe reconocerse así- y lo hace con esa nueva concepción de cuándo y cómo es posible darle la consideración de agentes de la autoridad, siempre en
coordinación y cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, lo que, por cierto, es coherente con la reforma del Código Penal que estamos tramitando en esta misma Cámara, concretamente en sus artículos 554 y 556. Con esta nueva ley se crean
instrumentos de gestión como el registro nacional de seguridad privada, que no va a ser un mero listado, como prácticamente se podría decir que es hasta ahora, sino que introduce unos elementos que van a permitir una mejor gestión, una mejor
eficiencia en cuanto a los elementos que constituyen el sistema: datos de empresas, responsables, habilitaciones, acreditaciones o sanciones. El proyecto -y aquí me refiero a los dos portavoces de los grupos parlamentarios que representan partidos
de ámbito nacionalista o autonómico, el Grupo Parlamentario del PNV y el Grupo Parlamentario de Convergència i



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Unió, que así lo han reconocido- ha tenido muy en cuenta, y de ello nos enorgullecemos, la realidad autonómica de España y su reparto competencial. De ahí el acuerdo en cuanto a la retirada de la enmienda a la totalidad que se produjo en
ese debate y que fue aceptada por el ministro del Interior, de ahí además el conjunto de enmiendas y de modificaciones que hemos introducido en la negociación con ambos grupos; muy concretamente algunos artículos que son el núcleo central de ese
reparto competencial, el artículo 12 y el artículo 13. Esto ha producido unos elementos que reflejan adecuadamente el reparto competencial en un asunto delicado como es el de la seguridad de cara a la ciudadanía. Ampliamos ámbitos de actuación en
algunos espacios públicos, perímetros de centros penitenciarios o en edificios públicos o centros comerciales abiertos; un concepto novedoso que se ha incorporado a la ciudadanía y que lo asume con normalidad, siempre en cooperación y bajo el mando
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, rechazando explícitamente, y ya no sabemos de cuántos formas hacerlo, que esto responda a ningún intento de privatizar nada; bien al contrario, creo que se refuerza el carácter público cuando se habla de la
seguridad privada como una cooperación, como una colaboración al ejercicio de los elementos que integran la seguridad pública en aquellos puntos concretos en los cuales estamos abriendo la capacidad de entrada a las empresas de seguridad privada
para realizar lo que pueden hacer en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Hemos comentado también el ámbito de los servicios de investigación privada -detectives, para entendernos-, que creo que necesitaban una
regulación más concreta, más detallada, más precisa en un sector cuyas actividades, no cabe duda, inciden en derechos fundamentales. La ley, que especifica ámbitos concretos, exige interés legítimo para poder promover esa investigación o establece
obligaciones y responsabilidades para el sector, no viene nada más que a mejorar sus actividades y, por tanto, a darles mayor capacidad de actuación, con mayores garantías. Es una ley fundada en la complementariedad y la subordinación, que no
adolece de todo aquello que hemos oído en algunas de las intervenciones, a las cuales me voy a referir a continuación.


El señor Cantó no está en este momento, pero, para que quede constancia en el 'Diario de Sesiones', quiero decirle que las enmiendas y sobre todo su intervención iba más encaminada a dar titulares que a establecer una argumentación de fondo.
Decir que el Estado se hace a un lado con el articulado de esta ley no se corresponde con la realidad, no se compadece con el articulado que tenemos hoy delante y, desde mi punto de vista, es faltar a la verdad. No estamos hablando, ni mucho menos,
de que aquí estemos intercambiando menos policías por más agentes de seguridad privada; debemos recordar que vivimos en un país en el cual la seguridad pública se basa en un modelo exitoso hasta este momento que no pensamos de ninguna forma violar,
pero que significa que en España hay 528 policías de cualquier tipo y condición por cada 100.000 habitantes, mientras que en la Unión Europea hay 385 por cada 100.000 habitantes, es decir, estamos muy por delante de la media de nuestros países, de
nuestros socios, de nuestros aliados, del entorno en el que nos movemos en cuanto a la presencia de policía pública, vamos a llamarla así para que nos entendamos. Sin embargo, en el ámbito de la seguridad privada estos números se reducen a 195
agentes de seguridad privada por cada 100.000 habitantes, mientras que la media de los países de de la Unión Europea se eleva a 271. No creemos que ese binomio de sin reducir nuestros elementos o nuestros números en materia de seguridad pública
seamos capaces de incorporar mayores elementos de seguridad privada lleve, ni mucho menos, a una alteración de nuestros parámetros de seguridad que, por cierto, señor Trevín, en los últimos años vienen disminuyendo en todos y cada uno de sus
elementos estadísticos, lo que se refleja en los datos que se pueden consultar en las páginas del Ministerio del Interior.


Me estaba refiriendo al portavoz de Unión Progreso y Democracia, pero es un elemento que ha salido también en los comentarios de casi todos los portavoces, en cuanto que esta ley no trata elementos tan importantes como la ciberseguridad. No
lo trata de forma expresa, y además así fue reconocido por el ministro del Interior, porque está siendo abordado en otro ámbito, en otro foro, con unos compromisos temporalmente expresos del Gobierno de la nación para que se traten de forma
específica, precisamente por el carácter muy singular y muy importante de la ciberseguridad, en esa estrategia de seguridad nacional que incorpore una estrategia de ciberseguridad anexa o adosada a ella.


Al representante de La Izquierda Plural quiero decirle que no puedo compartir que se lesione monopolio alguno del Estado en materia de seguridad y que aquí estemos cercenando derechos de ningún trabajador. Aquí no se cercena el derecho a la
huelga -¡válgame Dios!- ni ningún otro derecho de los trabajadores. No sería este el ámbito apropiado para tratar derechos de los trabajadores y precisamente por eso no se hace. Si me apura -y así ha sido consultado con los representantes de los
trabajadores de este sector, el



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de la seguridad-, lo que damos es mayor garantía a su trabajo, mayor protección, a través de ese artículo que ha sido muy comentado, muy debatido y modificado además in extremis por las reflexiones de los grupos parlamentarios, cuando se le
da esa condición de agente de la autoridad en ciertos momentos y bajo ciertas limitaciones o condiciones. Por tanto, no hay modificación ni retroceso alguno en los derechos de los trabajadores sino, bien al contrario, aumento de las garantías en el
ejercicio de ese trabajo.


Al portavoz de Convergència i Unió, señor Jané, quiero agradecerle no solamente su intervención o el tono expresado en la misma sino también el esfuerzo de trabajo conjunto. Ha sido un esfuerzo prácticamente diario a lo largo de las últimas
semanas y a través de él además con representantes del departamento correspondiente de la Generalitat de Catalunya, que ha contribuido a perfeccionar el texto que tenemos hoy delante. En cuanto al emplazamiento que hace a que nuestros compañeros en
el Senado puedan seguir perfeccionando algunos de los asuntos que a su criterio han quedado encima de la mesa o que no han quedado suficientemente debatidos o incorporados al dictamen de este proyecto de ley, evidentemente así va a ser. Desde el
Grupo Parlamentario Popular nos comprometemos a trasladar a nuestros compañeros en el Senado las reflexiones que ha habido en esta Cámara de tal forma que, si así lo tienen a bien y lo creen conveniente, las negociaciones que tengan lugar en aquella
Cámara puedan evidentemente modificar el texto que salga de esta Comisión cuando se proceda a la votación.


Debo terminar haciendo referencia a la intervención del portavoz del Grupo Socialista. Lamento su posición, señor Trevín. También lamento el texto verbalizado de su discurso porque creo que voluntariamente hay un intento de confusión que
sin duda obedece a una estrategia política global más amplia de lo que estamos debatiendo en este momento; más amplia incluso de lo que se debate en esta Comisión de Interior. ¿Cómo es posible hablar de un ataque al Estado social en esta ley? Yo
creo que deberíamos ser muy cuidadosos en el empleo de términos tan gruesos, tan groseros, permítame que lo diga. Lo grueso es lo opuesto al trazo fino y en seguridad es lo que deberíamos emplear; el trazo fino, no el trazo grueso. No
confundamos, no estamos hablando aquí de los parámetros que componen ese anteproyecto, debatido en primera instancia por el Consejo de Ministros, de la próxima ley orgánica de seguridad ciudadana; no estamos hablando de eso, estamos hablando de
otros elementos que, como he dicho antes, vienen a modernizar, a actualizar, a incorporar los nuevos elementos que la sociedad demanda a la 23/1992 de Seguridad Privada, que se aprobó con un Gobierno socialista con el apoyo del Grupo Parlamentario
Popular y que creemos que ha sido una buena ley -no tenemos ningún tipo de pudor en reconocerlo-, pero que necesitaba una actualización y es lo que hacemos en este momento. Por tanto, no empleemos esos términos tan gruesos de que es un ataque al
Estado social. Señor Trevín ¿de qué estamos hablando? Cada uno es dueño de sus palabras, pero creo que no debe emplearse esa demagogia populista en algunos discursos que se alejan absolutamente de la realidad. ¿Vivimos en un Estado en el que cada
uno va a tener la seguridad que pueda pagarse? ¿Cree usted que hay alguien que pueda creerse esa terminología? Esto me recuerda más a los posicionamientos de otros grupos parlamentarios, presentes además en esta Comisión, que han sido por otra
parte elementos que han compuesto su bagaje intelectual, programático o ideológico pero que no se corresponde realmente ni con la trayectoria del Partido Socialista en los distintos Gobiernos que han estado bajo su responsabilidad ni tampoco
-debemos reconocerlo así- con su opinión en el debate en ponencia, en las conversaciones de trabajo. Creo que su discurso, señor Trevín, se lo digo con todo respeto y con todo cariño, ha estado plagado de inexactitudes, imprecisiones,
generalizaciones, presunciones, prejuicios y sobre todo de posturas previas de cara a un supuesto sector de opinión pública que puede acoger favorablemente este tipo de discursos. El liderazgo se mantiene, se va a mantener -constitucionalmente es
imposible que fuera de otra forma- en el ámbito de la seguridad pública. La ley se fundamenta en los principios de complementariedad y subordinación funcional de la seguridad privada a la seguridad pública para que -vuelvo al comienzo de mi
intervención- contribuya a la seguridad integral de la ciudadanía española. Es una ley para el siglo XXI, es una ley para un sector dinámico y profesionalizado que tiene un importante papel en la actividad económica y que está llamado a seguir
siendo un generador de puestos de trabajo en un futuro próximo.


Señorías, termino mi intervención con una frase que creo que resume realmente la intención de este proyecto de ley: Queremos un país cada vez más seguro, un país en el que todos podamos disfrutar plenamente de nuestros derechos y de nuestra
libertad. El proyecto de ley de seguridad privada contribuye claramente a ese objetivo de todos. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: A continuación abrimos el turno de fijación de posición y en su caso de aceptación o no de transaccionales u otras enmiendas.



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En primer lugar tiene la palabra, en representación del Grupo Nacionalista Vasco, el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, aceptamos la transacción in voce que nos plantea el Grupo Popular en relación con la modificación del artículo 28.1.c). En cuanto a las transacciones, ya me pronuncié antes del momento procesal
oportuno. Dije que vamos a aceptar la transacción a nuestra enmienda número 27, a nuestra enmienda número 76 y no vamos a aceptar la transacción ofertada a la enmienda número 77. En relación con lo demás, señor presidente, vamos a ver si en el
Senado podemos terminar de limar y de llegar a acuerdos sobre algunas cuestiones de carácter competencial. Llama poderosamente la atención, si me permite la disertación que va a ser muy breve, se lo aseguro, que se reconozcan con más facilitad
competencias a las policías integrales autonómicas, en concreto a la Ertzaintza, que a aquellas empresas de seguridad que realizan funciones de seguridad pública desde la perspectiva de la complementariedad, dependencia y subordinación a la propia
Ertzaintza. Es una falta de simetría, es una desarmonía que no podemos comprender. Se comprendería y se arreglaría este desajuste, señor presidente, si esta relación de enmiendas que vamos a entregar al Grupo Popular en este momento fueran objeto
de la debida consideración en el Senado. Entonces llegaríamos casi a una ley rayana en la perfección desde las distintas perspectivas analíticas, desde la filosofía subyacente en relación con la complementariedad de lo privado y lo público, no
alterándose el monopolio de la función coactiva que corresponde al Estado, perfilando jurídicamente cuál es el perfil o la silueta jurídica que debe caracterizar a las empresas y a los agentes de seguridad y otros colectivos como los guardas
rurales, a los que con brillantez se refería el señor Jané, así como a los detectives, respetando -porque debe ser así- el carácter de empresas privadas cuya vocación no puede ser otra más que la de obtener beneficios económicos razonables de
aquellas empresas que proveen actos de seguridad. Se ha buscado una interacción y unos puntos de equilibrio razonables entre todos estos principios, más la adición de competencias que antes se consideraban públicas por su propia naturaleza -ya
hemos hablado de la vigilancia perimetral de centros penitenciarios, de la labor de escoltas y de otras funciones como las de la vigilancia de edificios públicos-. Por resumir, señor presidente, estamos ante una buena ley en términos generales pero
mejorable y esperemos que el Senado cumpla esa función que esporádicamente cumple de poder corregir o complementar aquello que no somos capaces de perfeccionar adecuada o debidamente en el Congreso.


No quiero acabar mi intervención -no lo hice antes y cortesía obliga- sin agradecer a los ponentes del Partido Popular su predisposición siempre a intentar comprender nuestras posiciones.


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo de La Izquierda Plural, para fijar posición, tiene la palabra el señor Sixto.


El señor SIXTO IGLESIAS: Sobre el tema de las transaccionales aceptamos incluso la última formulada in voce por el portavoz del Grupo Popular, no hay ninguna pega y además lo agradecemos, lamentando no obstante que estas transacciones y la
enmienda que se nos ha aceptado no alteren el carácter fundamental privatizador que nosotros atribuimos a la ley. Lamento no coincidir con el portavoz del Grupo Popular, pero tampoco garantiza determinados derechos a los trabajadores que, en todo
caso y en la mejor de las circunstancias, quedarán al albur del Gobierno en el desarrollo del régimen reglamentario de esta ley. Esperemos -porque la esperanza es lo último que se pierde- que en ese desarrollo reglamentario se puedan ver
garantizados esos derechos de los trabajadores de la seguridad privada y de otros trabajadores que nosotros entendemos que en este proyecto de ley no se ven garantizados. Lamentamos que el carácter de privatización se mantenga. Ello nos llevará a
hacer una votación final del proyecto de ley negativa. En ningún caso votaremos favorablemente.


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Intervengo para aceptar la transacción in voce que hoy se nos presenta a este proyecto de ley y para reafirmar nuestra voluntad de que este consenso que Convergència i Unió ha demostrado sea correspondido en el
Senado para limar algunos aspectos competenciales que todavía podrían mejorarse y para atender algunas peticiones que irían a favor de ese concepto de la seguridad privada subordinada a la seguridad pública que queda reflejado en algunas enmiendas
al artículo 41 que ha presentado mi grupo y que pensamos que en el Senado también podrían tener un avance más en positivo en aras de conseguir el consenso necesario para este proyecto de ley. Creemos que nuestro



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grupo ha sido coherente porque partió de una discrepancia inicial en el ámbito competencial. Hemos introducido muchísimas enmiendas para mejorarla y finalmente hoy podemos otorgar un voto positivo. Por tanto, creemos justificada esa
oposición inicial si ello ha valido para abrir una negociación en serio y para poder cambiar un texto que inicialmente no podía haber sido aprobado por parte de Convergència y Unió.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, para fijar posición, el señor Trevín tiene la palabra.


El señor TREVÍN LOMBÁN: Quería aprovechar este último turno de palabra, en primer lugar, para agradecer, como hizo el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, el tono general de las intervenciones. Creo que lo que estamos haciendo hoy
aquí es una parte de lo que no se suele hacer en el trabajo previo; es una reflexión de cómo cada uno vemos integralmente la ley, y creo que es positivo que eso lo pongamos en común. Yo voy a aceptarles una primera cuestión que les agradezco. Les
agradezco que nos hayan admitido una enmienda donde indicábamos que todas estas actividades -se refiere a las de seguridad privada- tienen la consideración de complementarias y subordinadas respecto a la seguridad pública. Es verdad que nos lo han
aceptado, como también es verdad que se ha aceptado una enmienda transaccional con el Grupo Vasco, PNV, que indica que la ley pasa de poner el acento en el principio de la subordinación a desarrollar más eficazmente el principio de
complementariedad. Nos preocupa. ¿Por qué nos preocupa? Porque las grandes empresas de seguridad de nuestro país tienen un poder muy importante; en algunos casos y en un aspecto tan sensible como el de la seguridad, casi en pie de igualdad con
algunas administraciones, y esto al Grupo Parlamentario Socialista nos preocupa especialmente. Se lo digo para que entienda también nuestra posición.


Antes de continuar, quiero hacer dos aclaraciones en cuanto a que estamos de acuerdo con la transaccional in voce que se ha acordado ahora y en cuanto a que hemos presentado a la Mesa una serie de transaccionales sobre la parte no aceptada
de nuestras enmiendas 223, 225, 226, 228, 231, 243, 245 y 246. Por ello hemos hecho esas transaccionales. Haré otra reflexión rápida sobre el concepto de seguridad integral y qué hay detrás de ese tema. Dice: A los ciudadanos no les importa si
la seguridad es pública o privada, el caso es tener seguridad. De acuerdo. Y nos dicen: Vamos a dar más posibilidades en el ámbito público de calles y espacios a las empresas de seguridad privada. Y al mismo tiempo, año a año, se reduce el
número de guardias civiles y de policías porque, ha incidido otra vez en ello, los países de nuestro entorno, aquellos a los que queremos homologarnos, resulta que tienen una ratio de seguridad pública menor y una ratio de seguridad privada mayor.
En todos ellos los niveles de seguridad son peores que en España. Eso ya nos lo sacó el ministro de Educación con PISA. Dice: Es que España está por debajo de otros países en educación. Oiga, España está por encima de los países de su entorno en
seguridad, y ustedes nos quieren vender el modelo de los países que están por debajo. Como comprenderá, nos tenemos que resistir con armas y bagajes a ese modelo. También nos dicen que han sido muy bien recibidas por los trabajadores del sector
las regulaciones que afectan a los ámbitos laborales. Pues yo tengo opiniones contrarias, por una razón: hasta ahora las empresas de seguridad solamente podían tener vigilantes. Es verdad que había algún subterfugio para los auxiliares a través
de empresas con las que se ponían de acuerdo o empresas de marca b, pero es que ahora pueden tener vigilantes y auxiliares, y los auxiliares cobran bastante menos que los vigilantes. Y es muy difícil porque el Ministerio del Interior no va a tener
mecanismos de control adecuados para establecer unos y otros y qué funciones están haciendo, con lo cual habrá muchos más auxiliares, es decir los que menos cobran. Puede usted tener la seguridad de que el aumento de trabajadores en la seguridad
privada irá unido indisolublemente a la reducción salarial en la seguridad privada porque cada vez habrá un mayor porcentaje de auxiliares sobre vigilantes.


Me decía que no puede estar de acuerdo conmigo, que había hecho una serie de juicios, presunciones e inexactitudes. Quiero que me conteste solamente a lo siguiente. ¿Es verdad o no es verdad que la actual ley permite que en espacios
públicos allí donde no puede llegar la Guardia Civil o la Policía se puedan sustituir por vigilantes privados? ¿Sí o no? ¿Es verdad o no es verdad que con esta ley los vigilantes privados van a poder detener, identificar y cachear a los
ciudadanos? ¿Sí o no? ¿Es verdad o no es verdad que las empresas de seguridad van a poder abrir su campo empresarial también a recintos que hasta ahora eran exclusivamente de seguridad pública como los recintos exteriores de las prisiones o a
intervenir en catástrofes naturales o accidentales, que hasta ahora eran exclusiva competencia de Protección Civil? La ley pone eso, y esas son las cosas que preocupan a la ciudadanía. Me dice: Vamos a la seguridad integral, que es lo que
preocupa al ciudadano. Hasta cierto punto; cuando el dinero entra



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en la protección de todos, eso marca una diferencia sustancial. Cuando el dinero entra en espacios como el de la seguridad común para todos perjudica la calidad democrática; de verdad lo creo. Porque, fíjese bien, si en la calle Preciados
están patrullando los vigilantes privados, que estarán contratados fundamentalmente por los comerciantes o por una parte de ellos, ¿cree usted que ante un problema van a dar la misma respuesta a quienes les contrataron que al vecino del segundo que
no tiene nada que ver con su contratación? Es que esto es lo que afrontamos con ese modelo. Es el suyo, no se lo discuto, y entiendo que efectivamente podemos tener divergencias en ese aspecto, pero seamos muy conscientes de a lo que nos
enfrentamos.


Pídale, por favor, al secretario de Estado que corrija la nota en la que nos recuerda a los ciudadanos las medidas de prevención contra el robo en viviendas a través de una felicitación navideña. ¿Por qué se lo digo? Porque con una ley
como esta en la que parece que se está incentivando el negocio privado, la recomendación número tres que hace es la siguiente: Pide a un vecino que recoja tu correo y si vives fuera del casco urbano, refuerza la vigilancia. En ese refuerzo a la
vigilancia no se hace referencia a la Guardia Civil precisamente. Como estoy seguro de que el secretario de Estado no quiere hacer publicidad a empresas privadas en un documento público -estoy seguro-, sus expertos han de hacer una redacción al
menos más cuidada. Usted me dice: Lo que no me puede discutir es que en los últimos años gozamos de unos buenos niveles de seguridad. Es verdad, en general; con más seguridad pública que privada -acuérdese-, y hoy ustedes nos quieren llevar al
otro modelo, al de más seguridad privada que pública en efectivos. Pero también es verdad que en algunos aspectos no tanto y le voy a decir dos. Se están incrementando los delitos de robo con fuerzas en domicilios: en 2012, un 25% y en lo que va
de 2013, un 5%, y en dos años se han incrementado los robos en explotaciones agrícolas y ganaderas. Ahora, si se siguen reduciendo la Guardia Civil, los Mossos o la Ertzaintza, que son los que tienen que hacer frente a esta situación -en nuestro
caso, territorio del Ministerio del Interior- y estando ante ladrones que se llevan desde el pienso hasta los cerdos ibéricos o los tractores, ¿cree usted que las empresas privadas tendrán un coste asumible para empezar a hacer frente a esas
situaciones? La vigilancia privada no va a poder entrar nunca en esos ámbitos porque no hay capacidad económica suficiente para hacer frente a su contratación. ¿Dónde se va a notar fundamentalmente ese modelo de reducción de lo público y entrada
de efectivos de lo privado? En el medio rural. ¿Dónde se nota? En las viviendas. Por eso hace esa llamada el secretario de Estado en cuanto a tener mucho cuidado porque lo cierto es que sí se han incrementado los robos en viviendas. Es muy
difícil que en el futuro la seguridad privada pueda resolver el problema de estos robos en viviendas; una seguridad que, como dice usted, va a tener el mayor número de efectivos, sin ningún tipo de duda.


Le parecieron mal mis palabras, que consideró excesivamente gruesas, en cuanto a que es un ataque al Estado social. Al menos va a permitirme recurrir a un refrán castellano que dice que una cosa es lo que piensa el borracho y otra el
tabernero. Es decir, cada uno vemos la realidad desde una perspectiva diferente. Estoy dispuesto a admitir que usted no lo ve así, pero al menos debería estar abierto a entender nuestra postura. ¿En qué sentido se lo digo? En que para nosotros
hay líneas rojas. Primero, hay una línea roja desde el punto de vista de la concepción de lo público y lo privado, pero después hay una línea roja de práctica, muy práctica. ¿Por qué vamos a renunciar a un modelo de seguridad en el que los
españoles podemos sacar pecho en el ámbito europeo? Estamos exportando nuestro modelo por todo el mundo. En Iberoamérica, al igual que en otros países con conflictos, como usted sabe bien, se está desarrollando el modelo policial español a través
de la formación con Guardia Civil o con Policía. Nuestro modelo funciona mucho mejor que el de Alemania, que el de Francia, que el de Inglaterra, tenemos menos índice delincuencial, y ustedes están empeñados en llevarnos a su modelo. Por tanto,
reflexionen sobre esto cuando estén hablando de la seguridad integral y de las mejoras del futuro. En el ámbito del Senado, como se ha hecho anteriormente, le ofrezco nuestro deseo de seguir abiertos al diálogo en aspectos como una mejor regulación
en el ámbito de los detectives y una mejor regulación -que en principio a ustedes no les parecía mal- en el ámbito de la formación. Estamos dispuestos a hablar de ese tema y sobre nuestras líneas rojas -entiéndame- sobre lo público y lo privado.
Aunque sea un tema personal, si a mí me viene un policía cuando tengo que ir por Preciados camino del hotel y me pide la identificación estoy muy tranquilo, pero cuando viene un vigilante privado, con todos los respetos a la persona del vigilante
privado, mi tranquilidad como ciudadano no es la misma. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: En el mismo turno de fijación de posiciones, en representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Márquez de la Rubia.



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El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Señor presidente, voy a intentar ser concreto y centrarme en los aspectos más polémicos de los debates que han tenido lugar a lo largo de lo que llevamos de mañana para poder ajustarnos a los tiempos que ha
marcado usted previamente en su intervención inicial.


Comienzo por el portavoz que ha hecho en primer lugar uso de la palabra, el señor Olabarría, al que agradezco de nuevo la predisposición y la consideración positiva del conjunto del articulado que tenemos encima de la mesa. Comprendo su
posición en cuanto a algunas de las enmiendas no aceptadas respecto de lo que él ha considerado desarmonías o desajustes -creo que esas han sido las palabras empleadas- y recibo de buen grado ese listado de enmiendas que mantiene vivas, que sigue
considerando importantes y que van a trasladar a la Cámara Alta para su debate. No solamente las recibo sino que, como le digo, reitero ahora nuestro compromiso de trasladar a nuestros compañeros en el Senado los debates y las reflexiones hasta
ahora producidas en el seno de la Comisión de Interior, que espero que produzca buenos frutos en esa Cámara. Yo le pido expresamente que apoye ese recorrido positivo que ha tenido con su voto favorable en el momento del voto al dictamen que se
producirá al término de las votaciones en esta Comisión.


Señor Sixto, le reitero -no sabemos cómo decirlo- que no hay ninguna intención privatizadora en este proyecto de ley; no la hay, y así ha sido expresamente dicho en todas y cada una de las intervenciones de todos aquellos que hemos tenido
alguna responsabilidad en la concepción, en la modificación, en el debate, en el trabajo, al fin y al cabo, del proyecto de ley de seguridad privada; no la hay. Por el contrario, creemos que no abandonamos el modelo -volveré a este asunto en la
última parte de mi intervención-, sino que reforzamos el modelo de lo público al que complementa lo privado para una concepción de seguridad integral. No modificamos el modelo, lo modernizamos, lo actualizamos y lo traemos, lo ponemos al día.
Siento discrepar en este campo porque me resulta particularmente sensible y porque estoy convencido de lo que estoy diciendo: No cercenamos derechos laborales, no cercenamos derecho alguno de los trabajadores; por el contrario, creemos -y me
reafirmo en lo dicho- que garantizamos aún más un correcto ejercicio de esas funciones porque las definimos, las delimitamos, las concretamos y eso redunda evidentemente en mayores garantías para los trabajadores. Lo cierto es que el desarrollo
reglamentario se producirá posteriormente a la aprobación de este proyecto de ley, como lo hay en cualquier proyecto de ley, mucho más en este caso, en el cual uno de los objetivos concretos era recopilar, armonizar todo aquello que había sido
regulado y desarrollado de una forma dispersa en el tiempo mediante elementos de rango normativo no demasiado adecuado o que no contribuían demasiado a la seguridad jurídica de lo que en ello estaba estipulado. Por tanto, creemos que todo ello va a
ir redundando en beneficio de los trabajadores del sector, en ese número tan importante de personas, de familias al fin y al cabo, que trabajan en ese sector.


Gracias, señor Jané, por su voluntad de consenso, una vez más lo reitero. Creo, y lo digo con orgullo, que damos un ejemplo de buen trabajo, de capacidad de colaboración y de demostrar para qué sirve el trabajo parlamentario, para llegar a
acuerdos que sean capaces de producir textos mejores que beneficien y que mejoren la calidad de vida de nuestros ciudadanos. Le aseguro, al igual que he dicho al señor Olabarría, que en el Senado tendrá lugar este mismo debate abierto, reflexivo y
en positivo para, si fuera posible, limar esos aspectos competenciales de los que usted ha hablado y concretar aún más conceptos en los que creemos con convicción, como ese concepto de subordinación de la seguridad privada a la seguridad pública.
Por tanto, le garantizo que tendremos una negociación seria y coherente en el Senado que espero que tenga frutos. Gracias, por cierto, por ese voto favorable que lo que hace, sin duda alguna, es impulsar el siguiente trámite parlamentario en la
Cámara Alta.


Señor Trevín, representante del Grupo Parlamentario Socialista, nosotros sí que hemos querido fijar muy claramente ese concepto de subordinación y de complementariedad, y lo hemos hecho en base al articulado inicial y también a aportaciones
en consideración a esa particular sensibilidad, que puedo comprender perfectamente, respecto de estos conceptos que puede tener su grupo parlamentario, al igual que lo hemos hecho, y también se lo admitimos, cuando reconocíamos inicialmente -y creo
que no es la primera vez que lo digo en esta mañana- de dónde veníamos, de lo que estamos orgullosos. Y es verdad, hemos sido hasta ahora un modelo y un referente en nuestros socios a nivel europeo y también en otros países en los que tenemos una
cierta influencia normativa -y usted ha mencionado algún país del ámbito latinoamericano-, que también nos miran como referente y queremos que siga siendo así. Pero para ello, señor Trevín, hay que ir hacia delante, hay que progresar, y por eso es
necesario modernizar y adaptar la realidad social a las leyes y que estas sirvan de nuevo para progresar en el ámbito de la seguridad. Creemos que lo hacemos con este nuevo texto y que vamos a seguir siendo un referente



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porque mantenemos lo público, con convicción además, pero reforzamos las posibilidades de lo privado. No hay reducción de ningún tipo, no queremos reducción de ninguna parte, no es ese nuestro modelo. No vamos a bajar un platillo de la
balanza para que el otro se incremente. Cuando sacamos a debate los porcentajes o los datos de policía pública, de agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad públicos en relación con el resto de países de la Unión Europea y en comparación con
los agentes o los vigilantes de seguridad o demás conceptos, según cómo se denomine en cada país, lo hacemos para evidenciar que hay todavía un amplio camino por recorrer en ese lado de la balanza, sin que eso signifique que vamos a descompensar el
otro. Lo vuelvo a repetir, no hay ningún cambio de modelo. Creemos en el modelo actual, queremos reforzarlo y lo hacemos a través de esta ley. Creo que en la reflexión que usted ha hecho hay elementos que no se corresponden con la realidad.
¿Dónde está el concepto de los auxiliares que usted veía como un peligro a la calidad del trabajo o al concepto de las funciones que deben desempeñar los vigilantes de seguridad? No hay ese concepto en la ley; no existe. Lo que existe son los
vigilantes de seguridad u operadores de seguridad que, por no tener unas funciones de prevención o de intervención ante la posibilidad de que se produzcan los elementos para los que están llamados a intervenir, no debían ser considerados de esa
forma y, por tanto, no tendrían que tener las exigencias que se le pueden requerir a una persona, a un vigilante de seguridad que tiene que intervenir ante la comisión de un hecho en el cual es necesaria su intervención o para el que está previsto
que intervenga. Para ser muy concreto, ¿tendría sentido que a las personas que están trabajando en un aparcamiento simplemente para ver por las cámaras los coches que entran o que salen les requiriéramos las mismas limitaciones, consideraciones y
formación que a una persona que tiene que intervenir, posiblemente con arma de fuego, ante un elemento que haya desatado una alarma? Desde luego, no entra dentro del sentido común que sea el mismo tipo de requerimientos para unas personas que para
otras. Por tanto, hay vigilantes de seguridad y hay operadores de seguridad y, por cierto, en una reflexión consensuada con otros grupos parlamentarios en esta Comisión, no hay dos categorías distintas que sirvan de puerta de atrás o de puerta
falsa. También le garantizo que en la reglamentación de desarrollo posterior quedará incluso más definida y concretada esta realidad que ahora le hago expresa.


Usted se empeña en poner el ejemplo de la calle Preciados y dice que usted está más seguro cuando viene un agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a pedir su identificación y que no lo estaría tanto -no lo entiendo- si fuera un
vigilante de seguridad de alguno de los centros comerciales, grandes o pequeños, que están por allí. Realmente ustedes hacen una apreciación de la realidad que no se corresponde con los hechos. Creo que si hubiera un elemento de inseguridad en ese
momento, las personas de alrededor estarían muy satisfechas de que alguien interviniera en una primera instancia. Si es un agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por supuesto, pero si no es posible porque no hayan llegado hasta
ese momento y fuera un vigilante de seguridad del edificio que está vigilando el que está intentado prevenir o intentado que no se produzca aquel elemento que provoca la inseguridad en el colectivo de ciudadanos bajo cooperación, mando y, a
posteriori evidentemente, puesta a disposición de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, no creo que ese ciudadano tenga esa percepción de sentirse inseguro por ese hecho en ese momento. No creo que sea así, de verdad. No creo que el
común de los ciudadanos piense de esa forma y por eso creo que esa exposición que usted hace parte de prejuicios que no se corresponden con la realidad y que son, permítamelo decírselo, incoherentes con su trayectoria política y de ejecución a lo
largo de los últimos años en esta materia. ¿Es coherente, señor Trevín, que con un Gobierno del Partido Socialista enviemos a agentes de seguridad, a empresas de seguridad a proteger nuestros pesqueros en los mares de Somalia con cañones armados y,
sin embargo, no permitamos que un vigilante en un centro comercial abierto o cerrado pueda identificar a una persona que pueda poner en peligro la seguridad del resto de viandantes, comerciantes, compradores o simplemente paseantes? ¿Es coherente
esto? (El señor Trevín Lombán: Sí es coherente). Creo que no es coherente, no lo es. Nosotros apoyamos esa decisión en su momento y la seguimos apoyando y creemos que la incorporación ahora de ese tipo de funciones puede ser beneficiosa para
reforzar, vuelvo a decirlo, el concepto.


Está usted extrayendo, por otra parte, aquellos datos de las estadísticas que sirven para reforzar su discurso, pero que, desde luego, no son los datos estadísticos globales de incremento de la seguridad y de descenso de los ratios de
inseguridad de nuestro país en los últimos años, en un descenso constante, por cierto. No es así y creo que no se corresponde con que nos queramos ahora aproximar a un supuesto distinto modelo que pueda ejercerse en esta materia en algunos de los
países de nuestro entorno. Permítame decirle que no conozco la felicitación navideña del secretario de Estado, pero



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seguramente lo ha hecho con la mejor de las voluntades, al igual que cualquier felicitación navideña como la que yo voy a hacer al término de mi intervención. No creo que el consejo de que todos reforcemos la vigilancia sea una llamada a la
contratación de servicios privados en perjuicio del servicio público. Permítame que le diga que es rizar el rizo y si se trata de una felicitación navideña, no creo que sea así. Todos debemos reforzar, desde el punto de vista personal, nuestra
seguridad, la seguridad física y la seguridad de lo que nos rodea, utilizando los elementos personales que tenemos y evidentemente bajo el paraguas de la seguridad que nos proporcionan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las policías
autonómicas, también las policías locales, los elementos que conforman nuestro paraguas o nuestro modelo de protección. Por tanto, no ricemos el rizo. Le reconozco que tenemos una distinta concepción de los elementos -fíjese lo que le digo- no
nucleares de este concepto de seguridad integral. Creemos que estamos de acuerdo en lo básico y lo creemos porque estamos convencidos de que esta ley que traemos no es nada más que una evolución de la ley que se aprobó por esta Cámara en el año
1992.


Sigo pensando que es posible encontrar el acuerdo, quizá no completo pero sí un acuerdo al menos en lo básico y tengo la esperanza de que en el Senado, al igual que nuestros compañeros del Grupo Parlamentario Popular, trasladaremos las
intenciones de los grupos parlamentarios Vasco y Catalán, y tenemos la esperanza de que con el Grupo Parlamentario Socialista, dejando de lado prejuicios y posicionamientos previos, seamos capaces de encontrar un marco de acuerdo que nos permita que
a la vuelta, este Congreso apruebe con amplio consenso esta ley que hoy traemos aquí.


Aprovecho para felicitarles a usted, señor Trevín, y al resto de los portavoces -no voy a hacerlo en otra ocasión-, ya que hablamos de felicitación navideña, la Navidad que se nos acerca.


El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación a las votaciones.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, no sé si es el momento de pedir votación separada.


El señor PRESIDENTE: Sí.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Mi grupo pediría, cuando se inicie la votación del dictamen, la votación separada de los artículos 12 y 13. Ambos se pueden votar conjuntamente.


El señor PRESIDENTE: Hay dos grupos de transaccionales. Hay un primer bloque del Grupo Parlamentario Popular y un segundo bloque del Grupo Parlamentario Socialista. ¿Se pueden votar conjuntamente los dos bloques o tenemos que ir enmienda
por enmienda?


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Desde el punto de vista del Grupo Parlamentario Popular, podrían votarse en bloque.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Conjuntamente.


El señor PRESIDENTE: Sometemos, en primer lugar, a votación las enmiendas transaccionales al artículo 28.1.c) y al artículo 57.1.s) nuevo, y la enmienda transaccional a la exposición de motivos basada en la enmienda 27, del Partido
Nacionalista Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 13; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan incorporadas.


Votamos el segundo bloque de enmiendas transaccionales.


El señor MÁRQUEZ DE LA RUBIA: Señor presidente, ¿podría identificar al grupo proponente de las enmiendas y los números de las mismas, más que los artículos a los que hacen referencia? Es que es el modo de trabajo que hemos seguido.


El señor PRESIDENTE: Las siguientes a las que voy a dar lectura son todas transaccionales propuestas por el Grupo Parlamentario Socialista basadas en distintas enmiendas que mencionaré: al artículo 19 basada en la enmienda 223 del Grupo
Parlamentario Socialista, al artículo 22 basada en la 225 del Grupo Parlamentario Socialista, al artículo 24 basada en la 226 del Grupo Parlamentario Socialista, al artículo 28 basada en la enmienda 228 del Grupo Parlamentario Socialista, al
artículo 32 basada en la enmienda 231 del Grupo Parlamentario Socialista, al artículo 55 basada en la enmienda 243 del Grupo Parlamentario



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Socialista, al artículo 58 basada en la enmienda 245 del Grupo Parlamentario Socialista y al artículo 59 basada en la enmienda 246 del Grupo Parlamentario Socialista. ¿Las podemos votar en conjunto? (Asentimiento).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: No son incorporadas.


Votamos el resto de enmiendas. Enmiendas de la señora Fernández Davila excepto la 21.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 36; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda número 21 de la señora Fernández Davila.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco excepto la 27 y la 76 que han sido objeto de transacción y las 38, 39, 41, 43, 44, 46, 54, 56, 63, 67, 68, 69, 71 y 78 para las que se ha pedido votación separada.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 37.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


¿Las enmiendas para las que se ha pedido votación separada pueden votarse en bloque?


El señor MUÑOZ GONZÁLEZ: No, señor presidente. Pedimos que se voten las enmiendas números 42, 72 y 73 en un bloque y el resto en otra votación.


El señor PRESIDENTE: Votamos entonces estas tres enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas que quedan por votar del Grupo Parlamentario Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Votamos las enmiendas 126, 130, 131, 134 y 135. ¿Es correcto?


El señor SIXTO IGLESIAS: Pedimos votación separada de la 130.


El señor MUÑOZ GONZÁLEZ: Nosotros también solicitamos que la 130 y la 135 se separen.


El señor PRESIDENTE: Eso sería en una segunda votación. En una primera, ¿podemos votar el bloque de enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia excepto la 126, la 130, la 131, la 134 y la 135? (Asentimiento).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 36; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 126 y 131.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas 130, 134 y 135.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 1; en contra, 24; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



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Pasamos a votar las enmiendas que quedan vivas del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural. Sometemos a votación un primer bloque constituido por todas las enmiendas excepto la 80, la 85, la 87, la 90, la 91, la 97 y la 98.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 36; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pregunto si las enmiendas separadas de La Izquierda Plural pueden votarse en bloque. (Asentimiento). Por tanto, sometemos a votación ahora las enmiendas números 80, 85, 87, 90, 91, 97 y 98.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Sometemos a votación las enmiendas restantes del Grupo de Convergència i Unió. Se han retirado las enmiendas 142 y 173. Se ha solicitado votación separada de las enmiendas 167, 170, 171, 183, 184 y 206. Votamos, por tanto, las enmiendas
de Convergència i Unió para las que no se ha solicitado votación separada.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 36; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas del Grupo de Convergència i Unió números 167, 183, 184 y 206.


El señor MUÑOZ GONZÁLEZ: Solicitamos votación separada de la 167 y la 183, por un lado, y la 184 y la 206, por otro.


El señor PRESIDENTE: Por tanto, celebraremos tres votaciones a continuación. Enmiendas 167 y 183, del Grupo de Convergència i Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,16; en contra, 23; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 184 y 206, del mismo grupo parlamentario.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 23; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Por último, las enmiendas 170 y 171, del Grupo de Convergència i Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 36; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Quedan las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, para las que no se ha solicitado ninguna votación separada. Recuerdo que no se someten a votación las enmiendas 223, 225, 226, 228, 231, 243, 245 y 246, puesto que ya han sido votadas
en su formulación transaccional. Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


A continuación, votamos el dictamen. Se ha solicitado votación separada de los artículos 12 y 13, que votaremos en primer lugar.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.


Votación del resto del dictamen.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en contra, 14.



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El señor PRESIDENTE: Queda aprobado. Por tanto, queda dictaminado con competencia legislativa plena el proyecto de ley de seguridad privada, que será remitido al Senado. Les recuerdo que al terminar la sesión habrá reunión de Mesa y
portavoces.


Se levanta la sesión.


Eran las doce del mediodía.


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