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BOCG. Senado, apartado I, núm. 555-3718, de 03/07/2015
cve: BOCG_D_10_555_3718 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
Enmiendas (Corrección de errores)
621/000130
(Congreso de los Diputados, Serie A,
Num.101, Núm.exp. 121/000101)



El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), formula la siguiente corrección de errores a
la enmienda número 19, de modificación, al Artículo primero. Dieciocho.

Se propone la modificación de la redacción dada por el apartado dieciocho del artículo primero al nuevo apartado 3 del artículo 669 en los siguientes
términos:

«3. Durante el periodo de licitación cualquier interesado en la subasta podrá solicitar del Tribunal inspeccionar el inmueble o inmuebles ejecutados, quien lo comunicará a quien estuviere en la posesión, solicitando su
consentimiento.»

JUSTIFICACIÓN

Si bien parece razonable la inclusión de la posibilidad de que, durante el período de licitación, cualquier interesado en la subasta solicite la inspección del inmueble ejecutado, no se entiende la
posible rebaja de la deuda, en tales casos, en «hasta un 2 por cien del valor por el que el bien hubiera sido adjudicado si el deudor fuera el poseedor o éste hubiera actuado a su instancia».

Palacio del Senado, 25 de junio de 2015.