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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 63-6, de 29/10/2013
cve: BOCG-10-A-63-6 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie A: PROYECTOS DE LEY


29 de octubre de 2013


Núm. 63-6



PROYECTO DE LEY


121/000069 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.


Corrección de errores.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la corrección de errores en la publicación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2014, 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, núm. 63-1, de 2 de octubre de 2013.


- En la página 84, donde dice:


'1.2.1 Servicio móvil asignación fija/redes de cobertura nacional.


La superficie S a considerar es la correspondiente a todo el territorio nacional.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad


;C1;C2;C3;C4;C5;


f < 100 MHz ;1,4;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1211


100-200 MHz ;1,6;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1212


200-400 MHz ;1,44;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1213


400-1.000 MHz ;1,36;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1214


1.000 -3.000 MHz ;1,25;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1215


> 3.000 MHz ;1,15;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1216


1.2.2 Servicio móvil asignación aleatoria/redes de cobertura nacional.


La superficie S a considerar es la correspondiente a todo el territorio nacional.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


f < 100 MHz ;1,1;1,375;2;1;69,696 10 -3;1221;


100-200 MHz ;1,6;1,375;2;1;69,696 10 -3;1222;


200-400 MHz ;1,7;1,375;2;1;69,696 10 -3;1223;


400-1.000 MHz ;1,4;1,375;2;1;69,696 10 -3;1224;


1.000 -3.000 MHz ;1,1;1,375;2;1;69,696 10 -3;1225;


> 3.000 MHz ;1;1,375;2;1;69,696 10 -3;1226;'



Página 2





Debe decir:


'1.2.1 Servicio móvil asignación fija/redes de cobertura nacional.


La superficie S a considerar es la correspondiente a todo el territorio nacional.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad


;C1;C2;C3;C4;C5;


f < 100 MHz ;1,4;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1211


100-200 MHz ;1,6;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1212


200-400 MHz ;1,44;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1213


400-1.000 MHz ;1,36;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1214


1.000-3.000 MHz ;1,25;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1215


> 3.000 MHz ;1,15;1,375;2;1,25;12,199 10 -3;1216


1.2.2 Servicio móvil asignación aleatoria/redes de cobertura nacional.


La superficie S a considerar es la correspondiente a todo el territorio nacional.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


f < 100 MHz ;1,1;1,375;2;1;69,696 10 -3;1221;


100-200 MHz ;1,6;1,375;2;1;69,696 10 -3;1222;


200-400 MHz ;1,7;1,375;2;1;69,696 10 -3;1223;


400-1.000 MHz ;1,4;1,375;2;1;69,696 10 -3;1224;


1.000-3.000 MHz ;1,1;1,375;2;1;69,696 10 -3;1225;


> 3.000 MHz ;1;1,375;2;1;69,696 10 -3;1226;'


- En la página 89, donde dice:


'2.1.4 Servicio fijo punto a punto/reservas de banda en todo el territorio nacional.


A efectos de calcular la correspondiente tasa, se considerará el ancho de banda reservado, sobre la superficie correspondiente a todo el territorio nacional, con total independencia de la reutilización efectuada de toda o parte de la banda
asignada.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


f < 1.000 MHz ;1,3;1;1,3;1,25;2,430 10 -3;2161;


1.000 -3.000 MHz ;1,25;1;1,2;1,2;2,430 10 -3;2162;


3.000-10.000 MHz ;1,25;1;1,15;1,15;2,430 10 -3;2163;


10-24 GHz ;1,2;1;1,1;1,15;2,430 10 -3;2164;


24 -3 9,5 GHz ;1,1;1;1,05;1,05;2,430 10 -3;2165;


> 39,5 GHz ;1;1;1;1;0,595 10 -3;2166;'



Página 3





Debe decir:


'2.1.4 Servicio fijo punto a punto/reservas de banda en todo el territorio nacional.


A efectos de calcular la correspondiente tasa, se considerará el ancho de banda reservado, sobre la superficie correspondiente a todo el territorio nacional, con total independencia de la reutilización efectuada de toda o parte de la banda
asignada.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


f < 1.000 MHz ;1,3;1;1,3;1,25;2,430 10 -3;2161;


1.000-3.000 MHz ;1,25;1;1,2;1,2;2,430 10 -3;2162;


3.000-10.000 MHz ;1,25;1;1,15;1,15;2,430 10 -3;2163;


10-24 GHz ;1,2;1;1,1;1,15;2,430 10 -3;2164;


24-39,5 GHz ;1,1;1;1,05;1,05;2,430 10 -3;2165;


> 39,5 GHz ;1;1;1;1;0,595 10 -3;2166;'


- En la página 90, donde dice:


'2.1.6 Servicio fijo punto a punto/reservas de banda de ámbito provincial ó multiprovincial.


Este apartado es de aplicación a las reservas de banda para una o más provincias con un límite máximo de zona de cobertura de 250.000 kilómetros cuadrados.


A efectos de calcular la correspondiente tasa, se considerará el ancho de banda reservado, sobre la superficie de la zona de servicio, independientemente de la reutilización efectuada de toda o parte de las frecuencias asignadas.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


F < 1.000 MHz ;1,3;1;1,3;1,25;4,627 10 -3;2181;


1.000 -3.000 MHz ;1,25;1;1,2;1,2;4,627 10 -3;2182;


3-10 GHz ;1,25;1;1,15;1,15;4,627 10 -3;2183;


10-24 GHz ;1,2;1;1,1;1,15;4,627 10 -3;2184;


24 -3 9,5 GHz ;1,1;1;1,05;1,05;4,627 10 -3;2185;


> 39,5 GHz ;1;1;1;1;1,157 10 -3;2186;'


Debe decir:


'2.1.6 Servicio fijo punto a punto/reservas de banda de ámbito provincial o multiprovincial.


Este apartado es de aplicación a las reservas de banda para una o más provincias con un límite máximo de zona de cobertura de 250.000 kilómetros cuadrados.


A efectos de calcular la correspondiente tasa, se considerará el ancho de banda reservado, sobre la superficie de la zona de servicio, independientemente de la reutilización efectuada de toda o parte de las frecuencias asignadas.



Página 4





Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


F < 1.000 MHz ;1,3;1;1,3;1,25;4,627 10 -3;2181;


1.000-3.000 MHz ;1,25;1;1,2;1,2;4,627 10 -3;2182;


3-10 GHz ;1,25;1;1,15;1,15;4,627 10 -3;2183;


10-24 GHz ;1,2;1;1,1;1,15;4,627 10 -3;2184;


24-39,5 GHz ;1,1;1;1,05;1,05;4,627 10 -3;2185;


> 39,5 GHz ;1;1;1;1;1,157 10 -3;2186;'


- En la página 91, donde dice:


'2.2.3 Servicio fijo punto a multipunto/reservas de banda en todo el territorio nacional.


El ancho de banda B a considerar será el indicado en la correspondiente reserva de dominio público radioeléctrico sobre la superficie S correspondiente a todo el territorio nacional, con total independencia de la reutilización efectuada de
toda o parte de la banda asignada.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


f < 1.000 MHz ;1,3;1;1,3;1,25;2,649 10 -3;2241;


1.000 -3.000 MHz ;1,35;1;1,25;1,2;2,649 10 -3;2242;


3.000-10.000 MHz ;1,25;1;1,15;1,15;2,649 10 -3;2243;


10-24 GHz ;1,2;1;1,1;1,15;2,649 10 -3;2244;


24 -3 9,5 GHz ;1,1;1;1,05;1,05;2,649 10 -3;2245;


> 39,5 GHz ;1;1;1;1;0,649 10 -3;2246;'


Debe decir:


'2.2.3 Servicio fijo punto a multipunto/reservas de banda en todo el territorio nacional.


El ancho de banda B a considerar será el indicado en la correspondiente reserva de dominio público radioeléctrico sobre la superficie S correspondiente a todo el territorio nacional, con total independencia de la reutilización efectuada de
toda o parte de la banda asignada.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


f < 1.000 MHz ;1,3;1;1,3;1,25;2,649 10 -3;2241;


1.000-3.000 MHz ;1,35;1;1,25;1,2;2,649 10 -3;2242;


3.000-10.000 MHz ;1,25;1;1,15;1,15;2,649 10 -3;2243;


10-24 GHz ;1,2;1;1,1;1,15;2,649 10 -3;2244;


24-39,5 GHz ;1,1;1;1,05;1,05;2,649 10 -3;2245;


> 39,5 GHz ;1;1;1;1;0,649 10 -3;2246;'


- En las páginas 91 y 92, donde dice:


'2.2.4 Servicio fijo punto a multipunto/reservas de banda de ámbito provincial ó multiprovincial.


Este apartado es de aplicación a las reservas de espectro para una o más provincias con un límite máximo de zona de servicio de 250.000 kilómetros cuadrados.



Página 5





El ancho de banda B a considerar será el indicado en la correspondiente reserva de dominio público radioeléctrico sobre la superficie cubierta, independientemente de la reutilización efectuada de toda o parte de la banda asignada.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


f < 1.000 MHz ;1,3;1;1,3;1,25;90,81 10 -3;2251;


1.000 -3.000 MHz ;1,35;1;1,25;1,2;90,81 10 -3;2252;


3.000-10.000 MHz ;1,25;1;1,15;1,15;90,81 10 -3;2253;


10-24 GHz ;1,2;1;1,1;1,15;90,81 10 -3;2254;


24 -3 9,5 GHz ;1,1;1;1,05;1,05;90,81 10 -3;2255;


> 39,5 GHz ;1;1;1;1;22,698 10 -3;2256;'


Debe decir:


'2.2.4 Servicio fijo punto a multipunto/reservas de banda de ámbito provincial o multiprovincial.


Este apartado es de aplicación a las reservas de espectro para una o más provincias con un límite máximo de zona de servicio de 250.000 kilómetros cuadrados.


El ancho de banda B a considerar será el indicado en la correspondiente reserva de dominio público radioeléctrico sobre la superficie cubierta, independientemente de la reutilización efectuada de toda o parte de la banda asignada.


Frecuencias;Coeficientes;;;;;Código de modalidad;


;C1;C2;C3;C4;C5;;


f < 1.000 MHz ;1,3;1;1,3;1,25;90,81 10 -3;2251;


1.000-3.000 MHz ;1,35;1;1,25;1,2;90,81 10 -3;2252;


3.000-10.000 MHz ;1,25;1;1,15;1,15;90,81 10 -3;2253;


10-24 GHz ;1,2;1;1,1;1,15;90,81 10 -3;2254;


24-39,5 GHz ;1,1;1;1,05;1,05;90,81 10 -3;2255;


> 39,5 GHz ;1;1;1;1;22,698 10 -3;2256;'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.