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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 481, de 21/02/2006
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2006 VIII Legislatura Núm. 481

JUSTICIA

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ÁLVARO CUESTA MARTÍNEZ

Sesión núm. 28

celebrada el martes, 21 de febrero de 2006



ORDEN DEL DÍA:


Preguntas:


De la señora Camarero Benítez (Grupo Parlamentario Popular en el Congreso), sobre:


-La formación recibida por los funcionarios de justicia para adaptarse a la Ley orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género. (Número de expediente 181/001297.) ... (Página 3)


-Las previsiones acerca de mejorar la situación de los funcionarios de los Juzgados de violencia sobre la mujer. (Número de expediente 181/001298.) ... (Página 3)


-Balance del Gobierno sobre el funcionamiento de los juzgados de violencia sobre la mujer. (Número de expediente 181/001304.) ... (Página 3)


Página 2



Del señor Santaella Porras (Grupo Parlamentario Popular en el Congreso), sobre:


-Previsiones acerca de exigir el cumplimiento estricto de los plazos legales en todos los procedimientos judiciales y la responsabilidad del Estado por las dilaciones indebidas en los mismos. (Número de expediente 181/001454.) ... href='#(Página11)'>(Página 11)


-Medidas para resolver los conflictos antes del juicio mediante mecanismos de conciliación, mediación y arbitraje. (Número de expediente 181/001455.) ... (Página 11)


-Fecha prevista para revisar el plan de estudios de la Escuela Judicial para mejorar la formación que imparte. (Número de expediente 181/001456.) ... (Página 11)


-Previsiones acerca del establecimiento de los mecanismos legales precisos para posibilitar el trasvase directo desde la carrera judicial a la fiscal, y viceversa. (Número de expediente 181/001457.) ... (Página
11)



-Previsiones acerca de la creación de un sistema de prestación de asistencia jurídica preventiva y gratuita para que el ciudadano sin recursos económicos pueda ser asesorado por abogados en cuestiones civiles y administrativas. (Número de
expediente 181/001458.) ...
(Página 11)


-Previsiones acerca de modificar el sistema de designación de abogado de oficio para que el ciudadano pueda elegir el que le defienda. (Número de expediente 181/001459.) ... (Página 11)


-Previsiones acerca del establecimiento de un horario de atención al ciudadano de mañana y tarde, así como un sistema de cita previa para evitar esperas injustificadas en los juzgados. (Número de expediente 181/001460.) ... href='#(Página11)'>(Página 11)


-Criterios para conceder ayudas a los candidatos a jueces y fiscales que tengan buen expediente universitario y carezcan de recursos para preparar el acceso. (Número de expediente 181/001502.) ... (Página 11)


-Criterios del Ministerio de Justicia para entrar en la carrera judicial mediante concurso. (Número de expediente 181/001503.) ... (Página 11)


-Forma en la que se accederá al cuarto turno por especialidades. (Número de expediente 181/001504.) ... (Página 11)


-Forma en la que se clasificarán los puestos jurisdiccionales en función a la carga de trabajo, complejidad y dificultad, así como sistema retributivo de los mismos. (Número de expediente 181/001505.) ...
(Página
11)



-Forma en la que se potenciarán las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia. (Número de expediente 181/001506.) ... (Página 11)


-Funciones que se prevé que el Consejo General pueda delegar en las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia. (Número de expediente 181/001507.) ... (Página 11)


- Forma en la que se piensa exigir responsabilidad a jueces y funcionarios por retrasos injustificados, error judicial culposo y mal funcionamiento de la justicia. (Número de expediente 181/001508.) ... (Página
11)



-De la señora Matador Matos (Grupo Parlamentario Popular en el Congreso), sobre la situación del proyecto para la construcción de un nuevo edificio que albergue la dispersión de los juzgados de Badajoz. (Número de expediente 181/001467.)
... (Página 18)


-Del señor Heredia Díaz (Grupo Parlamentario Socialista del Congreso), sobre valoración del convenio suscrito en el año 2004 con el Comité español de representantes de personas con discapacidad (Cermi) en materia de protección jurídica de
derechos de las personas con discapacidad.
(Número de expediente 181/001533.) ... (Página 20)


-De la señora Fuentes Pacheco (Grupo Parlamentario Socialista del Congreso), sobre valoración del Ministerio de Justicia sobre el acuerdo firmado con la Junta de Andalucía para digitalizar los archivos judiciales de Andalucía. (Número de
expediente 181/001726.) ... (Página 21)


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-De la señora Uría Etxebarría (Grupo Parlamentario Vasco, EAJ-PNV), sobre previsiones acerca de la modificación legal o desarrollo reglamentario de la Ley orgánica de protección de testigos. (Número de expediente 181/001790.) ... href='#(Página22)'>(Página 22)


-Del señor Albendea Pabón (Grupo Parlamentario Popular en el Congreso), sobre la explicación del hecho de que los funcionarios interinos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses no puedan ser incluidos en una bolsa de
trabajo por carecer de titulación específica.
(Número de expediente 181/001818.) ... (Página 24)


Se abre la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.



PREGUNTAS:


DE LA SEÑORA CAMARERO BENÍTEZ (GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO), SOBRE:


-LA FORMACIÓN RECIBIDA POR LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA PARA ADAPTARSE A LA LEY ORGÁNICA DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. (Número de expediente 181/001297.)


-LAS PREVISIONES ACERCA DE MEJORAR LA SITUACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS DE LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER. (Número de expediente 181/001298.)


-BALANCE DEL GOBIERNO SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER. (Número de expediente 181/001304.)


El señor VICEPRESIDENTE (Galache Cortés): Señoras y señores diputados, se abre la sesión de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados del día de la fecha, 21 de febrero de 2006, con el orden del día que todos conocen y con una
alteración del mismo, en virtud de cuanto dispone el párrafo segundo del artículo 68 del Reglamento sobre la posibilidad de no tener en consideración y excluir del orden del día las preguntas formuladas; en concreto las presentadas por la diputada
doña Susana Camarero Benítez números 3, 4, 5, 6 y 7, que serán objeto del pertinente trámite allá donde corresponda e interese a la señora diputada.



Comenzamos una sesión con un orden del día denso. En primer lugar, saludamos al señor secretario de Estado, don Luis López Guerra, que será la persona encargada de responder a todas las cuestiones que en este acto se irán planteando, y
también a los participantes en el curso de asesores parlamentarios impartido por la Fundación Ceddet y el Congreso de los Diputados, que nos visitan y a quienes deseamos les sea de utilidad y aprovechamiento esta experiencia parlamentaria. Como
quiera que ya se ha anunciado la alteración y como quiera que el orden del día es lo suficientemente denso como para dar comienzo cuanto antes, así vamos a proceder manifestando a los diputados que formularán las preguntas la posibilidad de acumular
las mismas, si ello fuere susceptible en razón de la materia y objeto de las mismas, para así también facilitar la respuesta por parte del compareciente, el señor secretario de Estado de Justicia, don Luis López Guerra.



Tiene la palabra la diputada, señora Camarero, para que haga uso de su derecho a formular las preguntas que, de conformidad con el orden del día, son las números 1, 2 y 8.



La señora CAMARERO BENÍTEZ: Señorías, señor secretario de Estado, a continuación formularemos las tres preguntas previstas en el orden del día que hacen referencia a los juzgados de violencia sobre la mujer.
Estos juzgados han sido uno de
los instrumentos más cuestionados de la Ley contra la violencia, a pesar de que, como todos ustedes saben, son un puntal básico en la eficacia de la ley para que la vía penal pueda ser efectiva, porque la Ley de violencia fundamenta gran parte de su
eficacia en la mejora de la respuesta judicial a través de la creación de los juzgados de violencia. Por ello, desde el Grupo Popular esperábamos un esfuerzo mayor por parte del Gobierno. En distintas ocasiones hemos venido interesándonos por el
funcionamiento de estos juzgados. Hemos tenido la oportunidad de preguntar a distintos miembros del Gobierno. Se han defendido mociones en el Pleno e incluso distintas proposiciones no de ley en torno a estas cuestiones en esta misma Comisión.
Una vez más, hoy queremos saber la opinión del Gobierno sobre algunos aspectos de estos juzgados como son la formación, la situación de sus funcionarios y el balance de su funcionamiento ocho meses después de su creación. No le descubro nada nuevo
si le digo que el Grupo Popular mantuvo desde el principio cierta cautela sobre la idoneidad de la creación


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de estos juzgados, y, sobre todo, que antes de su puesta en marcha trasladamos al Gobierno las reiteradas advertencias de los responsables de la judicatura: de los funcionarios, de los sindicatos, de todas las instancias competentes, que
alertaban de las deficiencias que podría traer una errónea planificación de estos juzgados. Pese a ello hemos comprobado durante estos meses que nuestros peores augurios se han convertido en una preocupante realidad. Tras ocho meses de
funcionamiento estos juzgados están saturados, cuando no colapsados, y es que cada día acuden a ellos entre 5 y 7 víctimas; los lunes más porque el fin de semana no están abiertos. Han de atender miles de asuntos que exceden las posibilidades de
los profesionales encargados de la resolución de los mismos. Por otra parte, los juzgados mixtos se han demostrado ineficaces, inútiles y perjudiciales para las víctimas. Están sobrepasados, saturados y se están suspendiendo centenares de juicios
ordinarios, con el consiguiente perjuicio para los afectados.



Son muchos los asuntos que venimos denunciando desde el principio. Uno de los más preocupantes es, sin duda, la evidente falta de juzgados exclusivos; algo inexplicable si además tenemos en cuenta que la mayoría de los juzgados de
violencia sobre la mujer existentes los han puesto en marcha las comunidades autónomas en razón de sus competencias. Por cierto, las comunidades autónomas han asumido la mayor responsabilidad, a pesar de la escasa coordinación y diálogo con las
mismas. El ministro de Justicia se atrevió a afirmar en la interpelación que tuvo lugar en el Pleno al respecto -y así lo recoge el 'Diario de Sesiones'- que se habían intensificado las reuniones de la Conferencia Sectorial de Justicia, cuando
usted bien sabe que esto no es cierto. Solamente se reunió la comisión técnica, creo que en dos ocasiones, que dio instrucciones técnicas para la puesta en marcha de estos juzgados, es decir, el ministro no se sentó con las comunidades autónomas ni
con los consejeros de las mismas ni les escuchó a la hora de poner en marcha estos juzgados cuando, insisto, la mayor parte de los mismos ha corrido a cargo de los presupuestos de las comunidades autónomas. Durante esta misma interpelación el
ministro mantuvo que estaba esperando a que el Consejo General del Poder Judicial informarse antes de tomar una decisión sobre los nuevos juzgados que se podrían implantar. El consejo instó al Gobierno a elaborar un plan de actuación urgente para
solucionar la saturación de estos juzgados y también la Comisión nacional de los jueces decanos dio una valoración mala y negativa de estos juzgados, advirtiendo de la necesidad de refuerzo; refuerzo en el que insistió el Grupo Parlamentario
Popular con la presentación de una batería de proposiciones no de ley que fueron debatidas y aprobadas por unanimidad en esta Comisión y que pretendían corregir los desequilibrios territoriales causados por el decreto de creación de estos juzgados
debido a falta de previsión del Gobierno. Tras ocho meses nos encontramos, señor secretario de Estado, con que poco o nada han variado las cosas. Sigue existiendo una falta evidente de medios materiales, humanos y de infraestructuras necesarios
para desarrollar el enorme volumen de trabajo que tienen estos juzgados. Por eso queremos conocer qué se está haciendo para mejorar las condiciones de los funcionarios, si mantienen las interminables jornadas de trabajo o esto por fin se ha
solucionado, si se les compensa económicamente o con otro tipo de beneficios cuando estas tareas se alargan más de su jornada laboral. También queremos saber qué tipo de formación están recibiendo y qué número de funcionarios recibe esta formación.
Sabemos que son las comunidades autónomas las que están dando esta formación pero nos gustaría saber qué papel juega el ministerio.
Tenemos conocimiento de que las comunidades autónomas están formando a los funcionarios de este tipo de juzgados.
Nos interesa saber qué volumen de trabajo se ha alcanzado en estos juzgados, es decir, qué datos reales tiene usted sobre el funcionamiento de los juzgados tras estos ocho meses y qué valoración, desde su conocimiento, nos puede hacer al respecto.

Además nos gustaría saber cuántos nuevos juzgados se van a poner en marcha este año porque en esta Comisión se aprobó una iniciativa y el representante del Grupo Parlamentario Socialista anunció 18 nuevos juzgados para 2006. Me gustaría saber cómo
está el desarrollo de estos nuevos juzgados y conocer la información de que disponga. Aunque no está formulado de forma expresa me gustaría conocer si usted sabe qué medios disponen estos juzgados para las mujeres discapacitadas víctimas de
violencia de género y me refiero no solamente a los accesos en las instalaciones, rampas, etcétera, sino también a si existen o no intérpretes del lenguaje de signos u otro tipo de mecanismos que faciliten el acceso de estas mujeres a los juzgados.



Desde luego, nosotros no podríamos entender que desde el Ministerio de Justicia se hiciera oídos sordos a todas las advertencias, a todas las quejas y a todas las críticas que se están vertiendo sobre estos juzgados. Por eso me gustaría que
hoy nos hablase con toda la claridad posible de cuál es su opinión. Usted debe conocer, como conocemos todos, las quejas del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o del de Madrid o del de Valencia, de los colegios de jueces y abogados de
distintas provincias, de los funcionarios de los juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Andalucía, Cantabria, Cataluña, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Galicia y Madrid que se quejaron, en su momento, de la falta de diálogo y
participación de los trabajadores a la hora de poner en marcha estos juzgados. Me gustaría conocer qué opinión le merecen declaraciones de los propios funcionarios, previas a la creación de estos juzgados, que le voy a leer literales: Han nacido
sin una tramitación serena, son fruto de una legislación alocada, llena de lagunas, carente de rigor jurídico y de presupuesto que los respalde. Los juzgados de violencia sobre la mujer nacen muertos y viciados de origen. ¿Qué opinión le merecen
estas declaraciones, señor secretario de Estado? ¿Qué opinión le merece lo dicho por Comisiones Obreras


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de Galicia, que manifiesta su preocupación por que estos juzgados comienzan a funcionar en precario, sin la información mínima imprescindible y sin la formación específica necesaria? ¿Tienen o no tienen razón los funcionarios al presentar
estas quejas? ¿Qué ha hecho el Gobierno para mejorar la situación que vienen padeciendo los funcionarios de estos juzgados? ¿Se les han solucionado los problemas de carga de trabajo, de discriminación en la compensación económica que reciben por
tener que realizar guardias excesivas, horarios extensos y carencia de medios?


Señor secretario de Estado, creemos que es una irresponsabilidad poner en marcha infraestructuras judiciales como estas y crear expectativas a las mujeres víctimas de violencia sin la previsión adecuada, sin el presupuesto y los medios
humanos y materiales necesarios y cargando sobre la espalda de los funcionarios y el bolsillo de las comunidades autónomas toda la responsabilidad de su funcionamiento. Por eso le pedimos que multipliquen los esfuerzos necesarios, que abran los
juzgados necesarios y que solucionen los múltiples defectos que hoy todavía padecen estos juzgados. Esperamos ansiosos su respuesta.



El señor VICEPRESIDENTE: Señor secretario de Estado, tiene la palabra para dar respuesta.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Si no le importa a S.S., voy a alterar ligeramente el orden de respuesta a sus preguntas para ir de lo más general a lo más específico. Empiezo por un balance general del
funcionamiento de los juzgados conocidos coloquialmente como juzgados violencia. La Ley Orgánica 1/2004 responde a una necesidad y una percepción que se tradujo en su aprobación de forma unánime por el Parlamento y que supuso el encargo al Gobierno
y a las demás autoridades de la Administración de Justicia de poner en práctica sus mandatos.
Dichos mandatos, como su señoría ha señalado, se centraban entre otros muchos aspectos en la creación de un tipo específico de unidades judiciales, los
llamados juzgados de violencia, que de forma exclusiva o compatibilizando se iban a encargar de la protección de la mujer frente a la violencia de género.



La creación de estos juzgados tuvo que hacerse, sobre todo aquellos que se iban a dedicar exclusivamente a estas materias, llevando a cabo una planificación en consideración a los datos de que disponíamos, es decir, cuál era la previsible
carga de trabajo que iban a tener. Estos datos fueron suministrados por el Consejo General del Poder Judicial de acuerdo con las estadísticas de que disponía. Así se colocaron en la reforma que se llevó a cabo de la Ley de demarcación y planta.
Una vez aprobada la ley, su entrada en vigor fue el 29 de junio de 2005 e incluso antes de ponerse en marcha, revisando estos datos que ofreció el Consejo General del Poder Judicial y que eran datos iniciales, se comprobó que necesitaban alguna
corrección. Lo fundamental desde la perspectiva del Ministerio de Justicia no era atenerse a los datos incluidos inicialmente en la ley sobre estas previsiones iniciales, sino ser capaces de reaccionar, con tiempo suficiente y prestando la máxima
atención, a los nuevos datos de que dispusiéramos, de forma que el mandato dado por las Cortes Generales se convirtiera en una efectiva realidad. Esto suponía una atención y un seguimiento continuo de las necesidades. Fruto de este seguimiento
continuo fue la alteración de las previsiones iniciales y, de hecho, para el año 2005 no entraron en funcionamiento los 16 juzgados previstos en la reforma de la Ley de demarcación y planta, sino 18 juzgados.



A la vista de las diversas manifestaciones y comunicaciones realizadas por un conjunto de órganos judiciales, tanto en su elemento jurisdiccional como en lo que se refiere a funcionarios, secretarios, expertos en estos aspectos, se procedió
una vez puestos en marcha los juzgados a pedir al Consejo General del Poder Judicial que llevara a cabo una reevaluación de los datos iniciales para verificar si las disponibilidades que se habían previsto tanto en la ley como posteriormente eran
suficientes. El Consejo General del Poder Judicial entregó al Ministerio de Justicia una evaluación inicial en el mes de octubre en la que señaló que tenía que ser reformada. Debo decir que ayer mismo se me entregó una nueva evaluación referente a
dos aspectos: uno, la carga general de casos que han recaído en los diversos juzgados de violencia doméstica, tanto los exclusivos como aquellos de jurisdicción compartida, y otro muy importante, la evaluación por parte del Consejo General del
Poder Judicial de un módulo de actuación de estos juzgados, es decir, cuál es la carga razonable que pueden soportar estos juzgados de forma que puedan reaccionar suficientemente a las demandas que se les plantean. El análisis de estos módulos
entregados por el Consejo y de la carga real de trabajo -tanto los datos globales como los correspondientes a los distintos juzgados- nos va a permitir llevar a cabo una segunda evaluación teniendo en cuenta estos nuevos datos para verificar si,
efectivamente, las previsiones se ajustan a la realidad o si es necesario llevar a cabo nuevas adecuaciones. Así todo, quisiera señalarle que a lo largo del año 2005, y previamente incluso a tener los datos definitivos enviados por el Consejo
General del Poder Judicial, a partir de los datos provisionales se han adoptado otro tipo de medidas, fundamentalmente la creación de lo que podría llamarse refuerzos judiciales, es decir, tanto en lo que se refiere a lo llamado creación de juzgados
bis -juzgados paralelos provisionales en Madrid y Barcelona- como la elaboración de medidas de refuerzo en otra serie de ciudades, en las que, por los datos que teníamos y siquiera fueran provisionales, efectivamente esto era necesario. Aún más,
incluso sin tener los datos definitivos, y a la vista de que, efectivamente, es necesario ir revisando los datos iniciales que nos había dado el Consejo General del Poder Judicial, cuando se llevó a cabo la discusión sobre la Ley de presupuestos se
incluyó una reforma en las previsiones iniciales del ministerio, que se refería a la


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creación de 75 plazas judiciales el año 2006, y se previó la creación de 18 plazas más dedicadas específicamente a los juzgados de violencia. Su distribución concreta se llevará a cabo de acuerdo con dos criterios: por una parte, que en
todas las comunidades autónomas exista por lo menos un juzgado de violencia, y, por otra, que se hará gracias a los datos que nos haya entregado el Consejo General del Poder Judicial con una mayor precisión. Hay que tener en cuenta que la recogida
y análisis de datos debe hacerse dentro de plazos razonables, es decir que haya pasado un tiempo suficiente para que tengamos constancia de cuáles son las necesidades reales existentes. No se puede decir que un semestre sea mucho, pero es
suficiente para tener la idea general de hasta qué punto las previsiones iniciales se adecuan o no a la realidad.



Igualmente, y teniendo en cuenta estas necesidades, debo señalar que se han procurado llevar a cabo otras actuaciones, sobre todo en lo que se refiere -tema al que se ha referido usted- a las unidades especiales de atención forense y se han
creado 20 unidades de este tipo vinculadas a los institutos de medicina legal que se encargan de la atención a las víctimas. Desde el punto de vista del Gobierno nuestra posición es que, partiendo de datos iniciales -que al no estar previstos para
estas finalidades eran forzosamente indicativos-, consideramos que nuestra obligación es la de mantener una vigilancia continua de modo que podamos responder de forma inmediata a las necesidades que se revelen. El éxito de la ley obviamente no se
puede deber a la omnisciencia del legislador que pueda prever absolutamente todas las necesidades que van a surgir, sino a la previsión, a la atención o al cuidado constante por parte de las autoridades administrativas -y, desde luego, del
Ministerio de Justicia- puesto que el éxito de una ley no se debe al azar ni a la casualidad, sino al trabajo y al cuidado con que se lleve a cabo su ejecución. Ante todo, estamos procurando tener este cuidado -y no solo en lo que se refiere a los
órganos jurisdiccionales, sino también en lo que se refiere a otros aspectos tanto del ministerio fiscal como de los diversos funcionarios encargados de todos los diversos trámites-, así como atender a las víctimas. Desde luego, esto se hace
parcialmente teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias. A este respecto quisiera señalar que todavía una gran parte de esta responsabilidad presupuestaria sigue recayendo en el Estado. Hay que recordar que en España en nueve de las
17 comunidades autónomas no se han realizado todavía los correspondientes traspasos en materia de justicia, lo cual significa que todo el coste presupuestario recae sobre el Estado, pero incluso en aquellas comunidades autónomas en las que se ha
llevado a cabo este traspaso hay que recordar que en lo que se refiere a personal judicial, fiscales y secretarios, la carga presupuestaria sigue recayendo sobre las autoridades estatales. Esto supone que en cada juzgado de violencia y según
nuestros cálculos -que en algunos casos difieren de los de las comunidades autónomas- entre el 30 y el 35 por ciento del coste correspondería al Estado y entre el 65 y el 70 por ciento a cada comunidad autónoma. En conjunto, la añadidura
presupuestaria para el año que viene derivada de la creación de los 18 juzgados de violencia, tanto en territorio del ministerio -llamado así coloquialmente- como en territorio de comunidades autónomas, se acerca a los 6 millones de euros.
Con todo
ello quiero decir que, desde luego, en el Ministerio de Justicia mantenemos la guardia alta en este aspecto; consideramos que ciertamente los trabajos a llevar a cabo, evaluaciones y análisis, no se han acabado, pero mantenemos mucho cuidado para
que este análisis se lleve adelante en forma adecuada.



He contestado sobre la creación de juzgados, sobre el aspecto jurisdiccional. En lo que se refiere a formación de jueces, evidentemente no es competencia del Poder Ejecutivo, sino del Consejo General del Poder Judicial, tanto en sus
programas de formación inicial en la Escuela Judicial como en sus programas de formación continuada. Sin embargo, es competencia del Ministerio de Justicia lo que se refiere a la formación del personal judicial en el territorio todavía bajo su
jurisdicción, y otra de las preguntas de su señoría se refiere a ello. Quisiera decir que, ciertamente, el ministerio ha tenido muy en cuenta el mandato del artículo 47 de la Ley Orgánica 1/2004 en lo referente a la formación del personal encargado
de los juzgados de violencia. El órgano encargado de llevar a cabo esta formación es el Centro de Estudios Jurídicos -que ciertamente no es la Escuela Judicial-, que pertenece al Ministerio de Justicia. ¿Cuál ha sido esta actuación a lo largo del
año 2005 y cuál es la prevista para el año 2006? Quisiera señalar que el Centro de Estudios Jurídicos lleva a cabo su trabajo básicamente en tres perspectivas: por una parte, la llamada formación inicial: Los fiscales, secretarios, gestores,
tramitadores y personal de auxilio que acceden a los cuerpos judiciales tienen una formación inicial que se lleva a cabo en el centro.
Al mismo tiempo, se lleva a cabo un programa de formación continuada de dos tipos: uno para el personal estatal
y otro para personal que está destinado en comunidades autónomas en forma descentralizada. Finalmente, existe un tercer tipo de programas que se llevan a cabo en colaboración con entidades de lo que a veces se llama el tercer sector o con entidades
de tipo funcional o corporativo, en este caso, en colaboración con el Instituto de la Mujer y con Fundación Aequitas.



¿Cuál es el resultado de estos esfuerzos que, ciertamente, el Ministerio de Justicia ha desarrollado? Le puedo dar las cifras globales del año 2005: las personas que accedieron -fiscales, secretarios judiciales, abogados del Estado y
médicos forenses- fueron 900 y aproximadamente 1.000 plazas estaban previstas para la programación del año 2006. Muy brevemente, informaré de que dentro de en la formación continuada del Centro de Estudios Jurídicos, en la programación del año
pasado, el Plan estatal para fiscales supuso la participación de 50 fiscales. En lo que se refiere a colaboración


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con otras entidades, con el Instituto de la Mujer se llevaron a cabo diversos cursos que supusieron la formación de 690 miembros -secretarios judiciales, fiscales, policía judicial, médicos forenses- y de 35 fiscales, secretario y médicos en
colaboración con Aequitas. Por lo que se refiere a los planes descentralizados que se llevaron a cabo con Cataluña, Galicia, Valencia, Andalucía y el País Vasco, supusieron la formación de 110 componentes de los cuerpos de fiscales y secretarios
judiciales. Finalmente, hubo dos cursos más pequeños en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial que afectaron a ocho funcionarios.
Para el año 2006 se han aumentado notablemente las previsiones de formación, que llegan a más de mil
componentes de estos cuerpos.



Debo señalar que en el Plan estatal de secretarios judiciales se prevén varios cursos de formación para 240 secretarios; también en cuanto a fiscales en su plan estatal se prevé un seminario de especialistas sobre violencia de género que
incluye 50 participantes. La colaboración con el Instituto de la Mujer lleva la extensión de la formación a 660 miembros de los cuerpos de secretarios judiciales y, en los planes descentralizados de Valencia y Andalucía, inicialmente tenemos
previstos dos, también para fiscales y secretarios judiciales, además de un plan más reducido en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial.
Como puede ver, estamos intentando cubrir todos los aspectos de la formación, tanto por lo que
se refiere a los diversos cuerpos que están implicados en la actuación ante estos tribunales como en lo que se refiere a las áreas en que actúan.



Otro aspecto a tener en cuenta en relación con los funcionarios son las consecuencias de esta readaptación de las previsiones iniciales.
Obviamente, en el supuesto de que existan cargas de trabajo añadidas a las previsiones iniciales es
obligación del ministerio proveer todos los medios para que estas cargas encuentren una respuesta adecuada. ¿Cuál ha sido esta respuesta? Hay que diferenciar entre los juzgados de jurisdicción exclusiva y los de jurisdicción compartida. Por
cierto, no dije antes que la problemática de los juzgados de jurisdicción compartida es distinta de la de los juzgados de jurisdicción exclusiva. ¿Por qué? Porque en los de jurisdicción compartida, aparte de enfrentarse con estos casos de
violencia de género, tienen también que ocuparse de los casos usuales de los que se ocupa cualquier otro juzgado. Como consecuencia, ha tenido que llevarse a cabo una redistribución de cargas, de forma que disminuyan aquellas cargas que por reparto
corresponden a los juzgados de jurisdicción compartida y así no se vean excesivamente sobrecargados en relación con los otros. El problema que se ha verificado aquí por parte del Consejo General del Poder Judicial y algunas salas de gobierno es que
este reparto, cuya puesta en marcha corresponde a las autoridades judiciales, en algunos casos no se ha llevado a cabo de una manera adecuada; es decir, que algunos juzgados de jurisdicción compartida se han encontrado con una sobrecarga en el
sentido de que no se les ha quitado una cantidad de casos fuera de violencia de género que compense por la asunción de estas nuevas responsabilidades. Por ello el ministerio se dirigió al Consejo General del Poder Judicial para que procurase llevar
a cabo esta distribución y las noticias que tenemos, que son de ayer mismo, son que efectivamente están trabajando para conseguir que la carga sea equitativa.



Desde esta perspectiva, la actuación del ministerio respecto a los funcionarios ha sido de dos tipos. En lo que se refiere a los juzgados de violencia de género exclusivos, que tienen que ocuparse de los partidos que les correspondan y de
los casos de violencia de género, en muchos supuestos ha sido necesario que los funcionarios lleven a cabo una actividad más allá de la prevista inicialmente. Eso se ha cubierto mediante el establecimiento de la prolongación de jornada, que
ciertamente es remunerada como tal. A efectos de facilitar esto, el Ministerio de Justicia paga automáticamente esa prolongación en los juzgados de violencia de género exclusivos de su territorio simplemente con una certificación del secretario, lo
que supone que no repercuta en un empeoramiento de la situación de esos funcionarios. En lo que se refiere a los juzgados compatibles, puesto que no era posible una aceptación automática de cualquier prolongación de jornada en los 417 juzgados
compatibles, se han iniciado una serie de negociaciones con los sindicatos y en la Mesa de retribuciones y empleo el ministerio se comprometió a negociar un régimen para funcionarios, una vez que tengamos una información suficiente sobre módulos y
cargas. Las vías para enfrentarse con estas necesidades pueden ser, bien la prolongación de jornada, bien las horas extraordinarias -que en este caso serían opcionales-, bien, en su caso, la ampliación de plantilla. Esto lo estamos negociando con
los sindicatos y además estamos elaborando y analizando los datos concretos que nos ofrece el Consejo General del Poder Judicial, desde luego todo ello en estrecha colaboración con las comunidades autónomas.



Tengo que decirle que me preocupa la información de S.S. en relación con la celebración o no de reuniones de la conferencia sectorial, porque entonces es que he debido de tener algún tipo de alucinación, ya que yo he asistido a bastantes de
esas reuniones, comparativamente a bastantes más de las que se realizaron en la legislatura anterior. Ciertamente se han realizado -S.S. tiene razón- reuniones de la comisión técnica, pero es que la comisión técnica se reúne para preparar las
reuniones de la conferencia sectorial, de forma que el hecho de que se celebre una no obsta para que se convoque otra.



Para finalizar, debo señalarle también que la política de este ministerio en lo referente a la creación de plazas es que cuando esto se lleva a cabo en comunidades autónomas a las que ya se ha realizado el traspaso de servicios, esta
creación de plazas se hace previa consulta a las comunidades autónomas y tratando de llegar a un acuerdo con ellas en la conferencia sectorial; es decir, que también en este aspecto se trata de hacer posible que


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las diversas instancias territoriales de poder lleven a cabo una labor conjunta.



El señor PRESIDENTE: Señora diputada Camarero, su turno.



La señora CAMARERO BENÍTEZ: Señor secretario de Estado, durante su intervención me ha contestado por encima a algunas de las cuestiones que le he planteado, pero hay otras a las que no me ha respondido. No me ha dado usted datos del
volumen de trabajo, a pesar de que dice que tiene datos recientes que le ha aportado el Consejo General del Poder Judicial.
A nosotros nos gustaría saber cuál es el volumen de trabajo, tanto en los juzgados exclusivos como en los juzgados
compatibles.



No me ha dicho tampoco cuántos juzgados se van a poner en marcha durante el año 2006, algo que realmente nos preocupa. Se comprometieron a poner en marcha 18 juzgados durante el año 2006 y quiero saber si mantiene ese compromiso hoy, en
esta Comisión, o no lo puede mantener, así como también quisiera saber qué reuniones han mantenido con las comunidades autónomas para la puesta en marcha de estos juzgados.



Usted reconoce la falta de juzgados y dice que el ministerio va a reaccionar, pero no me dice cómo ni cuándo. Me gustaría que concretase estas cuestiones.



En relación con el personal, dice usted que se han repartido las cargas de trabajo en los juzgados mixtos o compatibles. ¿Cómo se ha hecho ese reparto? ¿Se ha mandado trabajo a más juzgados o se han sacado los juicios ordinarios de los
juzgados mixtos para dejar solo los juicios que tienen que ver con violencia sobre la mujer? ¿Cómo lo han hecho? Porque según las informaciones que nosotros tenemos el volumen de trabajo es exageradamente amplio para los funcionarios que trabajan
en estos juzgados. Reconoce el problema de sobrecarga de trabajo, pero después de ocho meses no se ha solucionado. Han puesto un parche en cuanto a personal en los juzgados mixtos, pero sigue sin solucionarse el problema cuando tiene que ver con
los juzgados compartidos. Por tanto, los funcionarios siguen teniendo unos problemas enormes en estos juzgados, que, insisto, el ministerio es incapaz de solucionar después de ocho meses.



Usted me dice que la conferencia sectorial se ha reunido. Evidentemente, durante estos dos años de gobierno la conferencia se ha reunido, pero no para la puesta en marcha de estos juzgados de violencia. Nosotros tenemos oportunidad de
hablar con consejeros de comunidades autónomas donde gobernamos y ellos nos han transmitido su problemática y sus quejas del ministerio, que no les ha tenido en cuenta a la hora de poner en marcha estos juzgados. El problema es que ustedes no
planificaron estos nuevos órganos judiciales con la debida atención, que tuvieron mucha prisa por poner en marcha los juzgados, por establecerlos en la ley, pero luego no les dotaron del suficiente presupuesto ni de los suficientes medios humanos y
materiales. Esto no lo dice el Partido Popular, sino que vienen siendo reiteradas las quejas desde distintos órganos e instancias, entre ellos los sindicatos. Le voy a leer un papel, para que vea que esto no lo invento yo, sino que son los propios
sindicatos los que manifiestan sus quejas. Es un papel de Comisiones Obreras junto con la Central Sindical Independiente de Funcionarios -CSIF-, de 29 de junio de 2005, justo cuando se pusieron en marcha estos juzgados. Otro desarrollo en este
aspecto también que lleva a cabo es la Ley 16/2005, de 18 de julio, por la que se modifica la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita referente a la asistencia en conflictos transfronterizos en los que se vean afectados personas de otros países y que
pidan esta asistencia jurídica gratuita.
También en este aspecto estamos llevando a cabo una complementación de regulaciones ya existentes en la línea señalada en el programa.



Por lo que se refiere a la pregunta sobre previsiones acerca de modificar el sistema de designación de abogado de oficio para que el ciudadano pueda elegir el que le defienda, nos encontramos con una previsión que ciertamente es innovadora y
que por ello requiere un estudio específico.
Nadie podrá criticar a este Gobierno por falta de atención en lo que se refiere a la situación y actividad de los abogados. Hemos presentado ya a estas Cortes un proyecto de ley por la que se regula el
acceso a la abogacía con aspectos novedosos. Hemos presentado igualmente una ley de sociedades profesionales que viene a afectar profundamente a la estructura y régimen de los despachos colectivos. Hemos llevado a cabo estas reformas a las que me
refería anteriormente con respecto a la prestación de asistencia jurídica gratuita en procedimientos administrativos y conflictos transfronterizos. Por lo que se refiere a este objeto concreto, supone una alteración de las previsiones actuales de
la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita y de su reglamento, ya que en estos momentos -y como es bien sabido- son los colegios de abogados los que designan a los profesionales que están inscritos en el turno correspondiente. La inscripción en los
diferentes turnos de oficio se realiza minuciosamente por las juntas de gobierno de los colegios de abogados, de acuerdo con unas normas de selección de los propios colegios. En todos los colegios de abogados existe una comisión del turno de oficio
que controla el reparto de las designaciones en el turno. Por ello, la previsión de incorporar a esta norma la posibilidad de que el ciudadano pueda elegir a uno de esos profesionales del turno correspondiente -siempre de los designados por el
Colegio de Abogados- supone una notable innovación que merece un mayor estudio, pero sigue estando en nuestro programa y puedo asegurar a S.S. que sigue en los proyectos políticos de este ministerio.



En cuanto a las previsiones acerca del establecimiento de un horario de atención al ciudadano de mañana y tarde, así como un sistema de cita previa para evitar esperas injustificadas en los juzgados, puedo señalarle


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que el primer aspecto ya ha sido cumplido en la Resolución de 14 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, Boletín Oficial del Estado de 28 de septiembre, por la que se aprueba el
calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia y que regula en su artículo 3.º la jornada y horario con dedicación especial y en su apartado segundo establece el de
las unidades de atención al público y el del registro civil central. El horario de apertura de estas unidades de atención al público será ininterrumpido de nueve a diecisiete horas treinta minutos, de lunes a viernes, y de nueve a catorce horas los
sábados. Debo precisar que este horario entrará en funcionamiento dentro del Plan general de reforma de la Administración de Justicia y que supone la puesta en marcha de la nueva oficina judicial, y en concreto en las once sedes de esta primera
experiencia piloto ya se contemplan estos puestos de atención e información con unas mejores retribuciones en concepto de mayor penosidad. Como sabe S.S., las previsiones de este ministerio es que estas once sedes en las que empieza a ponerse en
práctica el nuevo diseño de la oficina judicial entrarían en funcionamiento a partir del mes de octubre de este año, en que también entraría en vigor esta Resolución de 14 de septiembre de 2005.



Uno de los objetivos contenidos en el programa del Partido Socialista, y al que hace referencia una pregunta de S.S., es la previsión de crear un sistema de ayudas para los candidatos a jueces y fiscales que tengan buen expediente
universitario y carezcan de recursos para preparar el acceso, con el fin de atraer a la judicatura a los mejores estudiantes y profesionales del derecho. Como le dije anteriormente, se trata de un programa para ser cumplido y que se está cumpliendo
también en este aspecto. Hago referencia a dos elementos de ello. En primer lugar, el hecho de que ya este año en el presupuesto de gastos del Centro de Estudios Jurídicos para el 2006, en el programa 111.Q, de formación de personal de la
Administración de Justicia, capítulo IV, artículo 48, concepto 481, existe una partida bajo el título: Becas para la preparación de oposiciones de las carreras judicial y fiscal de 270.000 euros para este primer ejercicio. Ello se está llevando a
cabo mediante la preparación de un proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas en cumplimiento de este programa electoral. El proyecto de orden está siguiendo el trámite habitual, ha sido informado
por la intervención delegada, la Abogacía del Estado y la secretaría general técnica del departamento y están también preparadas las oportunas fichas presupuestarias. No sería oportuno que leyera todos los aspectos de esta orden, pero quiero
señalar que se establecen una serie de criterios como ser español, mayor de edad, estar en posesión del título universitario de licenciado en Derecho o grado, o el que lo sustituya, no haber transcurrido más de ocho años desde la obtención de esa
titulación y encomendar la preparación de la oposición libre a un preparador que pertenezca a la carrera judicial o fiscal o a una academia o escuela dedicada a esta actividad. El proyecto de orden creo que es realista y tiene en cuenta cuáles son
las prácticas usuales en esta preparación. Se establecen también otros requisitos como, por ejemplo, que el solicitante de la beca no podrá tener una renta superior a 22.000 euros brutos anuales si la unidad familiar la componen uno o dos miembros.
Se valorará la situación profesional y laboral del solicitante hasta un máximo del 20 por ciento del total de la puntuación posible, el expediente académico hasta un 35 por ciento y el interés por la preparación de la oposición -demostrable por el
hecho de haberla ya iniciado y el tiempo transcurrido desde el inicio de la preparación- hasta un 20 por ciento. Como puede ver, señoría, se trata de una orden que está ya muy avanzada en cuanto a su proceso de elaboración y líneas generales. Por
tanto, confiamos en que se pueda poner en práctica y puedan gastarse las cantidades presupuestadas para este año, cumpliendo otro de los aspectos del programa electoral del Partido Socialista.



Quedan las respuestas a otras dos preguntas que, como todas las que ha hecho S.S., son de notable interés. Una se refiere a los criterios del Ministerio de Justicia para entrar en la carrera judicial mediante concurso, que estaba incluido
también en el programa del Partido Socialista, y tiene cierto interés leerla: Podrá realizarse la entrada en la carrera judicial mediante concurso; el actual tercer turno será sustituido por un concurso destinado a quienes presten servicio en la
justicia de proximidad o primer nivel, que serán nombrados por el Consejo General del Poder Judicial a propuesta de las salas de gobierno de los tribunales superiores por concurso entre juristas con experiencia; transcurrido un plazo estimable, y
mediante informe favorable de las salas de gobierno y de la inspección judicial, podrán acceder a la carrera judicial por un turno restringido. Creo que en este aspecto poco podrá criticarse al Partido Socialista y al Gobierno actual en cuanto al
cumplimiento del programa. Ciertamente se mantiene el sistema de acceso mediante el llamado cuarto turno previsto en el artículo 311.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Igualmente, ha sido enviado ya a las Cortes un proyecto de ley reformando
la Ley Orgánica del Poder Judicial mediante un artículo 301 bis en el que se regula el ingreso en la carrera judicial por la categoría de juez de proximidad, mediante la superación de un concurso de méritos entre juristas con más de seis años de
ejercicio profesional y que cumplan los requisitos generales para el ingreso en la carrera judicial. Los sindicatos decían: La citada ley de protección de las víctimas es una ley progresista que apoyamos y que pretende abordar de una forma global
el problema social de la violencia de género, buscando soluciones. No obstante, las escasísimas medidas tomadas por el Gobierno para su puesta en funcionamiento, tanto en los aspectos estrictamente judiciales como en las necesarias medidas de
prevención laborales, educativas, sociales y policiales, convierten a la misma en poco más que una propaganda


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por los siguientes motivos: falta de creación de juzgados, porque de los 421 juzgados de violencia de género que el Gobierno anunció que se iban a crear el Ministerio de Justicia solo ha creado dos, uno en Murcia y otro en Palma de
Mallorca, mientras que las comunidades autónomas con competencias transferidas crean 12 juzgados; por tanto, frente a la previsión de la ley no se crean 407 de los juzgados anunciados, lo que constituye a nuestro entender una auténtica burla a las
víctimas y al conjunto de la sociedad. Lo que la Administración pretende engañando a la ciudadanía es atribuir a un juzgado ya existente las funciones de violencia de género, con lo cual lo único que se consigue es colapsar aún más unos juzgados
como los de Instrucción o de Primera Instancia e Instrucción que en general sufren una ya inadmisible situación de saturación y atasco, toda vez que vienen sufriendo la sobrecarga que supuso la implantación de los llamados juicios rápidos, una falta
de adecuación de las oficinas, una falta de seguridad y la inexistencia de negociación y formación. No le voy a leer todo, pero si quiere se lo haré llegar. El escrito continúa diciendo: Desde estos dos sindicatos lamentamos una vez más que la
imprevisión y falta de negociación y consenso del Ministerio de Justicia conduzca a que una buena ley sea inaplicable, y que no solo no resuelva los problemas de esta Administración sino que además los agrave, con el consiguiente deterioro del
servicio público al ciudadano.



Creo, señor secretario de Estado, que sobran las palabras porque resume bien cuáles son los problemas que plantea una falta de previsión y de compromiso por parte de este Gobierno en un tema tan serio y tan preocupante como es la violencia
de genero, porque las leyes -usted lo decía- sin adecuado desarrollo quedan en nada, quedan en papel mojado.
Por eso le insto a que se tomen más en serio el problema, a que sigan trabajando con más empeño para que el problema de los juzgados de
violencia sobre la mujer por fin termine no solo por el bien de todos nosotros, sino sobre todo por el bien de las víctimas, de las mujeres, que son las que más los necesitan y las que más desamparadas están.



El señor VICEPRESIDENTE (Galache Cortés): Señor secretario de Estado, tiene la palabra.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Le agradezco sus buenos deseos y querría darle alguna información adicional que le puede resultar útil.



La creación de los juzgados de violencia en las comunidades autónomas se produce a petición de la comunidad autónoma concreta: en el caso de Valencia a petición de la Comunidad Valenciana, en el caso de Cataluña a petición de la Comunidad
catalana y en el caso del País Vasco a petición de la Comunidad de Euskadi, etcétera. En este caso nuestra colaboración con las comunidades autónomas difícilmente hubiera podido ser más efectiva.



En cuanto a las peticiones de los sindicatos, insisto en que nosotros consideramos que es muy importante el papel de los sindicatos para que pongan en conocimiento de la autoridad competente, tanto autonómica como estatal, cuáles son las
deficiencias o necesidades que se presentan. La gran mayoría de los juzgados de violencia se crearon en las comunidades autónomas y, por tanto, las reclamaciones de los sindicatos parece que deben dirigirse a las autoridades de las comunidades
autónomas competentes en cuanto a medios personales y materiales, lo cual no obsta ni mucho menos a que el Ministerio de Justicia asuma sus responsabilidades. ¿Cuáles son estas responsabilidades, en primer lugar, en cuanto al volumen de trabajo por
el que me preguntaba usted? Los datos definitivos del Consejo General del Poder Judicial los recibimos ayer mismo y los estamos sometiendo a análisis; las cifras nos las dan separadas por trimestres y luego conjuntamente en cuanto al semestre, por
lo que no me atrevería a hacer una exposición sin haber hecho un análisis detallado tanto en lo que se refiere a los datos agregados finales como por cada uno de los diversos juzgados encargados de la violencia de género. Tan pronto como analicemos
estas cifras podré dárselas con mayor precisión porque al no estar suficientemente analizadas podrían conducir más a confusión que a precisión, pero estamos a su disposición para trasladárselas cuando las tengamos confirmadas.



En cuanto al número de juzgados a crear, en las previsiones presupuestarias -no me importa señalarlo- se habla de 18 nuevos juzgados.
El objetivo -insisto- es que en todas las comunidades autónomas por lo menos haya alguno y la posterior
redistribución la haremos a la vista de los efectivos datos con los que contemos.



Por lo que se refiere al reparto de casos en el supuesto de juzgados con jurisdicción mixta, la puesta en marcha de la Ley Orgánica 1/2004 no supone un aumento de la carga global que tienen todos los juzgados sino una redistribución; es
decir, si la distribución se ha llevado a cabo de forma adecuada, no hay motivo para que existan sobrecargas en unos juzgados con respecto a otros. ¿Quién lleva a cabo dentro de cada partido judicial la redistribución de casos de manera que a los
juzgados de violencia el aumento de supuestos que tienen que examinar no suponga una sobrecarga? Lo llevan a cabo los órganos correspondientes del Poder Judicial, no es una responsabilidad del Ministerio de Justicia. Todo lo que se refiere al
gobierno del Poder Judicial está excluido -como es bien sabido- de la jurisdicción del Poder Ejecutivo y le corresponde a los órganos del Poder Judicial, bien el Consejo General del Poder Judicial, bien la Sala de gobierno de las comunidades
autónomas, bien las juntas de jueces y jueces decanos. En este aspecto, son los órganos internos del Poder Judicial los que han llevado a cabo esta distribución. Por ello hemos instado al Poder Judicial para que reexamine esta distribución y no se
produzcan situaciones poco equitativas en cuanto al reparto.



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Como ha señalado S.S., han pasado ocho meses desde la entrada en vigor de la ley. Si consideramos lo que suponen ocho meses y las medidas que se han llevado a cabo, creo que no cabe duda de que el Ministerio de Justicia ha estado
permanentemente en guardia vigilando todos los desarrollos, todas las evoluciones y también los análisis que se han producido. Insisto en que nosotros no creemos que una ley tenga éxito porque el legislador sea omnisciente ni por azar ni por
casualidad, sino por un trabajo continuo en su puesta en práctica. En ello estamos y creo que los datos muestran que es así.



DEL SEÑOR SANTAELLA PORRAS (DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO), SOBRE:


-PREVISIONES ACERCA DE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE LOS PLAZOS LEGALES EN TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR LAS DILACIONES INDEBIDAS EN LOS MISMOS. (Número de expediente 181/001454.)


-MEDIDAS PARA RESOLVER LOS CONFLICTOS ANTES DEL JUICIO MEDIANTE MECANISMOS DE CONCILIACIÓN, MEDIACIÓN Y ARBITRAJE. (Número de expediente 181/001455.)


-FECHA PREVISTA PARA REVISAR EL PLAN DE ESTUDIOS DE LA ESCUELA JUDICIAL PARA MEJORAR LA FORMACIÓN QUE IMPARTE. (Número de expediente 181/001456.)


-PREVISIONES ACERCA DEL ESTABLECIMIENTO DE LOS MECANISMOS LEGALES PRECISOS PARA POSIBILITAR EL TRASVASE DIRECTO DESDE LA CARRERA JUDICIAL A LA FISCAL, Y VICEVERSA. (Número de expediente 181/001457.)


-PREVISIONES ACERCA DE LA CREACIÓN DE UN SISTEMA DE PRESTACIÓN DE ASISTENCIA JURÍDICA PREVENTIVA Y GRATUITA PARA QUE EL CIUDADANO SIN RECURSOS ECONÓMICOS PUEDA SER ASESORADO POR ABOGADOS EN CUESTIONES CIVILES Y ADMINISTRATIVAS. (Número de
expediente 181/001458.)


-PREVISIONES ACERCA DE MODIFICAR EL SISTEMA DE DESIGNACIÓN DE ABOGADO DE OFICIO PARA QUE EL CIUDADANO PUEDA ELEGIR EL QUE LE DEFIENDA. (Número de expediente 181/001459.)


-PREVISIONES ACERCA DEL ESTABLECIMIENTO DE UN HORARIO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO DE MAÑANA Y TARDE, ASÍ COMO UN SISTEMA DE CITA PREVIA PARA EVITAR ESPERAS INJUSTIFICADAS EN LOS JUZGADOS. (Número de expediente 181/001460.)


-CRITERIOS PARA CONCEDER AYUDAS A LOS CANDIDATOS A JUECES Y FISCALES QUE TENGAN BUEN EXPEDIENTE UNIVERSITARIO Y CAREZCAN DE RECURSOS PARA PREPARAR EL ACCESO. (Número de expediente 181/001502.)


-CRITERIOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA ENTRAR EN LA CARRERA JUDICIAL MEDIANTE CONCURSO. (Número de expediente 181/001503.)


-FORMA EN LA QUE SE ACCEDERÁ AL CUARTO TURNO POR ESPECIALIDADES. (Número de expediente 181/001504.)


-FORMA EN LA QUE SE CLASIFICARÁN LOS PUESTOS JURISDICCIONALES EN FUNCIÓN A LA CARGA DE TRABAJO, COMPLEJIDAD Y DIFICULTAD, ASÍ COMO SISTEMA RETRIBUTIVO DE LOS MISMOS. (Número de expediente 181/001505.)


-FORMA EN LA QUE SE POTENCIARÁN LAS SALAS DE GOBIERNO DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA. (Número de expediente 181/001506.)


-FUNCIONES QUE SE PREVÉ QUE EL CONSEJO GENERAL PUEDA DELEGAR EN LAS SALAS DE GOBIERNO DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA. (Número de expediente 181/001507.)


-FORMA EN LA QUE SE PIENSA EXIGIR RESPONSABILIDAD A JUECES Y FUNCIONARIOS POR RETRASOS INJUSTIFICADOS, ERROR JUDICIAL CULPOSO Y MAL FUNCIONAMIENTO DE LA JUSTICIA. (Número de expediente 181/001508.)


El señor VICEPRESIDENTE (Galache Cortés): Continuamos el orden del día con las preguntas que formula el diputado señor Santaella y que están divididas en dos grupos: de la 9 a la 15, con una misma temática, y otro grupo que va de la 17 a
la 28. El señor diputado podrá utilizar el tiempo en la medida que las preguntas se lo permitan para facilitar la agilidad del debate.



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El señor SANTAELLA PORRAS: Sí, señor presidente, pensaba hacer las preguntas en un solo bloque puesto que los temas tienen el mismo hilo.



El señor VICEPRESIDENTE (Galache Cortés): De acuerdo. Tiene la palabra, señor diputado.



El señor SANTAELLA PORRAS: Señor secretario de Estado, en alguna ocasión en esta Comisión he recordado algo que escribía un autor clásico y que decía que es muy difícil pensar, más difícil que pensar es todavía actuar, pero lo casi
imposible es actuar conforme al pensamiento. Yo entiendo que el pensamiento es un programa y que la labor del Gobierno es planificar y poner las medidas del programa en marcha. Por tanto, como decía el autor clásico, lo casi imposible es poner en
práctica lo que en un programa se contempla y lo que se ha pensado previamente. Quizá la comparación que le voy a hacer no le guste mucho puesto que tengo algunas noticias de que usted está entre las personas que son arietes de este Gobierno en el
área del laicismo, y es que en un programa en el que hay un rosario de propuestas, como en los mandamientos, se resumen en uno: programa, programa, programa. Voy a obviar más que las medidas concretas de programa, los dos compromisos serios que
presentó su partido, el Partido Socialista, a toda la ciudadanía y con el que legítimamente ganó y tendrá que cumplir. Los voy a obviar, uno porque ya está muy manido en estos dos primeros años de legislatura, como es lo que sirvió en parte para
romper el Pacto por la reforma de la justicia, que era la falta de medios y el compromiso de que iban a aportar en los presupuestos, como mínimo, 180 millones de euros más y alcanzarían el 2 por ciento, pero van ya dos presupuestos sin que se llegue
a esa cifra. Había otro compromiso en el programa del Partido Socialista que era que cualquier ciudadano obtendría una sentencia de un tribunal en menos de dos años: Los socialistas nos comprometemos a que antes de que finalice la legislatura
cualquier ciudadano o ciudadana obtenga una sentencia firme de la jurisdicción ordinaria en un plazo no superior a dos años. No sé si su evaluación es distinta de la nuestra, pero me da la impresión de que estamos no lejos, sino bastante lejos del
cumplimiento de ese compromiso.



Obviados estos dos compromisos, su programa está lleno de cuestiones sobre las que se formulan estas 14 preguntas, a las que no voy a dar lectura puesto que figuran en el orden del día que usted, como todos nosotros, tiene, pero como son
perlas del rosario de su programa electoral al Grupo Popular le gustaría saber si algunas se han puesto en marcha, si se van a poner, qué compromisos siguen manteniendo con las mismas y en qué situación se encuentra el programa, porque los programas
son para cumplirlos aunque cuando no se piensa gobernar, y se tiene que hacer, muchos aspectos de los programas no se pueden cumplir o bien por circunstancias políticas, señor secretario de Estado, se tienen que aparcar y gobernar, como se está
haciendo en relación con algunos aspectos, con el programa de otras fuerzas políticas que apoyan al Gobierno. (Rumores.)


El señor VICEPRESIDENTE (Galache Cortés): Señor secretario de Estado, tiene la palabra.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Señoría, estoy de acuerdo con usted en que, independientemente de la posición confesional que se tenga, en el uso del lenguaje hay que utilizar términos que tienen algún tipo de
connotación religiosa, como por ejemplo rosario o mandamiento, términos habituales que no tienen por qué suponer una ofensa a las creencias o concepciones de nadie.



Quiero señalar -en esto difiero de S.S.-que el programa se hizo para cumplirlo y que se elaboró desde la perspectiva no de la seguridad, pues nunca se sabe del todo, pero sí desde la confianza de que el resultado de las elecciones iba a ser
favorable. Recuerdo perfectamente la afirmación del entonces candidato del Partido Socialista de que gobernaría única y exclusivamente si conseguía una mayoría en el Parlamento, como así fue.
Este tipo de afirmaciones se hacen cuando se tienen
unas previsiones razonables, como ocurrió, de conseguir una victoria electoral. Por eso el programa -insisto- está hecho para que se cumpla en el plazo de una legislatura, y en cuanto a la justicia el examen de cada uno de sus diversos componentes
viene a demostrar que se está llevando a cabo de una forma no me atrevo a decir metódica, pero sí consciente e intentamos que sea sistemática.



Me voy a referir a la base económica de este programa, al compromiso de añadir 180 millones de euros anuales en los presupuestos. Hace poco, no sé si en esta Cámara o en el Senado, se celebró una comparecencia de la señora subsecretaria del
departamento, quien manifestó que este compromiso se está cumpliendo y que el aumento de los presupuestos en los ejercicios 2005 y 2006 cumple sobradamente con estas previsiones, pero hoy no es momento de hablar de cifras sino de aspectos concretos
del programa. Uno de ellos se refiere a la exigencia del cumplimiento estricto de los plazos legales en los procedimientos judiciales y a la responsabilidad del Estado. En primer lugar, de las diversas técnicas utilizadas para agilizar la
tramitación judicial una es la provisión de puestos judiciales. En general, debo recordar que en el año 2005 se crearon 250 unidades judiciales, un número sin precedentes en nuestra historia. Refiriéndome a la primera pregunta, relativa al
cumplimiento estricto de los plazos y a cómo se ha llevado a cabo por el ministerio, he de manifestar que hemos realizado tres tipos de actuaciones, referente una de ellas a la redacción de un nuevo reglamento del cuerpo de secretarios judiciales
que pretende aumentar las exigencias con respecto al cumplimiento de sus funciones, previendo sus artículos 154, 155 y 156 las oportunas tipificaciones y sanciones disciplinarias por el incumplimiento de las funciones inherentes al puesto


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de trabajo, negligencia o retraso injustificado. También hemos introducido previsiones de este tipo en el nuevo reglamento del régimen disciplinario del personal al servicio de la Administración de Justicia. El reglamento del cuerpo de
secretarios judiciales es el Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, y el de régimen disciplinario fue aprobado por el Real Decreto 796/2005, de 1 de julio, que también incluye una tipificación por faltas muy graves, graves o leves por
incumplimiento reiterado, negligencia o retraso injustificado. Es decir que en este aspecto estamos procurando dinamizar el funcionamiento del personal al servicio de la Administración de Justicia. Pero el elemento fundamental en esta actuación
reside en recabar la información suficiente para conocer no solo desde el punto de vista del Ministerio de Justicia, sino desde el punto de vista del público en general, la situación exacta de carga de trabajo de los juzgados y el tiempo que
necesitan para llevar a cabo sus actuaciones. Esto se ha hecho mediante un acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2005, en el que se aprueba un ambicioso plan de transparencia judicial cuyo objetivo es recabar de forma sistemática y
general los datos referentes a los diversos aspectos de la Administración de Justicia, entre los que se encuentran los referidos a la duración de los procesos: duración total, duración de sus fases, situación con respecto a la media, etcétera. En
este momento, curiosamente, no disponemos de esta información. Los esfuerzos del servicio de estadística del Consejo General del Poder Judicial, muy meritorios, son insuficientes y la elaboración de este plan de transparencia va a ser posiblemente
la herramienta fundamental para que podamos llevar a cabo una actividad para remediar aquellos problemas que consideremos. Las medidas que estamos tomando mientras tanto son previas; las definitivas, una vez puesto en funcionamiento este plan,
serán más eficaces.



Otro punto que señala usted en el programa del Partido Socialista es el que se refiere a las medidas para resolver los conflictos antes del juicio mediante mecanismos de conciliación, mediación y arbitraje. Una de las soluciones que se ha
indicado para resolver los problemas de la carga de trabajo en los órganos judiciales es intentar una resolución extrajudicial del conflicto. El 23 de diciembre del año 2003 se aprobó una ley de arbitraje que entró en vigor el 27 de marzo de 2004.
En relación con este aspecto, el Ministerio de Justicia observa continuamente el funcionamiento de esta ley y hemos mantenido contactos no solo con la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio internacional, sino también con el Club Español de
Arbitraje. Además, tenemos un grupo de trabajo y estamos pidiendo a los expertos que realicen diversas actividades en relación con este aspecto, pero en lo esencial, en el arbitraje, tenemos una regulación muy nueva y en este momento no es
conveniente revisarla. Sin embargo, sí tenemos otros aspectos como conciliación y mediación en los que estamos llevando a cabo diversas actuaciones. Una de las más llamativas es la que se encuentra en la Ley 15/2005 por la que se modifican el
Código Civil y la ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, que introduce una serie de disposiciones destinadas a potenciar estas técnicas de mediación. Por una parte, se establece una innovación procesal, que es interesante,
y es que las partes de común acuerdo en los procedimientos de separación y divorcio pueden solicitar la suspensión de los procesos de separación, divorcio y nulidad matrimonial para someterse a mediación.
Es decir, la mediación aparece así
potenciada en esta perspectiva en el procedimiento. También ser permite en el artículo 777 de la misma ley, que reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil, la posibilidad de incluir en el escrito en el que se promueve el procedimiento de separación el
acuerdo final alcanzado en el procedimiento de mediación familiar. Y no solo eso. En esta misma línea, en la reforma que se introduce al artículo 771 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en este tipo de procesos, se procura que los jueces exhorten a
las partes para que en su comparecencia, y tras solicitud de medidas previas a la demanda de separación, lleguen a acuerdos, promoviendo de tal forma que sean las partes las que propongan al juez las medidas que hayan de acordar. En la misma ley
-estamos hablando de algo tan importante como lo que se refiere al régimen de la familia-, en la disposición final tercera de esta ley que modifica al Código Civil en estos aspectos, las Cortes encomendaron al Gobierno que remitiera en su momento un
proyecto de ley sobre mediación basada en los principios establecidos en las disposiciones de la Unión Europea y, a fin de cumplir este encargo, el Ministerio de Justicia se ha implicado intensamente en los trabajos precisos para la aprobación por
el Consejo de Ministros de Justicia de la Unión Europea del pasado 2 de diciembre una propuesta de directiva del Parlamento y del Consejo sobre ciertos aspectos de mediación en asuntos civiles y mercantiles. En este aspecto estamos trabajando
ciertamente para que, una vez aprobada esta propuesta de directiva que tiene que ser aprobada por el Parlamento Europeo, puesto que está sometida al trámite de decisión, podamos llevar a cabo la trasposición mediante la oportuna ley. Por tanto,
estamos pendientes del impulso europeo. Igualmente debo señalar que en esta misma línea estamos trabajando y estamos comprometidos, y ha sido anunciado públicamente, a presentar en este periodo de sesiones un anteproyecto de ley que se enfrenta con
la regulación de la denominada jurisdicción voluntaria, cumpliendo así el mandato de la disposición fin la decimoctava de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, que preveía que este anteproyecto se hubiera presentado mucho antes; no se hizo en la
pasada legislatura pero lo vamos a hacer en esta. Y en este anteproyecto prevemos dar una nueva regulación a la conciliación más conforme con los principios constitucionales vigentes y con una ordenación procedimental más simple. Es decir que
tanto en mediación como en conciliación estamos llevando a cabo actividades que esperamos se plasmen en novedades


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legislativas a corto plazo o proyectos que se envíen a las Cortes. Por lo que se refiere al arbitraje, insisto en que la relativa novedad de la regulación en estos momentos vigente no aconseja su alteración, sino procurar que se aplique en
la forma más eficiente posible.



Otro punto en el que poníamos el acento en el programa electoral se refería a mejorar la formación que se imparte a los jueces y fiscales en la Escuela Judicial y en el plan de estudios. Como usted sabe, a partir de 1994 la Escuela
Judicial, que hasta entonces era competencia del Ministerio de Justicia, pasa a depender del Consejo General del Poder Judicial y el artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial encomienda al Consejo del Poder Judicial que lleve a cabo un
reglamento organizando la escuela. La ley y el reglamento establecen que serán las autoridades de la escuela las que determinen el programa de formación inicial de jueces. Esto no supone que el Ministerio de Justicia no tenga ninguna
responsabilidad. Las previsiones reglamentarias establecen que en el consejo rector de la escuela encargada de determinar los programas de formación haya un representante del Ministerio de Justicia y hasta este momento he sido yo como secretario de
Estado quien ha participado en estas reuniones. Hemos tenido hasta ahora dos reuniones del consejo rector, celebradas en junio de 2004 y en junio de 2005, donde hemos estudiado los planes correspondientes a las promociones 2004-2006 y 2005-2007 y
se han elaborado estos programas, en los cuales se han reestructurado y se han llevado a cabo aquellas modificaciones que en el consejo rector hemos considerado oportunas para mejorar la formación de los jueces. En cuanto a la próxima reunión, a
este ritmo calculamos que seremos convocados por el Consejo del Poder Judicial en junio de este año y también soy el representante del Ministerio de Justicia. Desde luego, los esfuerzos en estas reuniones son los de intentar encontrar las mejores
fórmulas para mejorar el programa de formación a la vista de las experiencias tenidas y teniendo en cuenta las diversas disciplinas.



Sigo señalando objetos del programa electoral que efectivamente han sido cumplidos o están en fase de cumplimiento. Hay un aspecto referente a las previsiones acerca del establecimiento de los mecanismos legales precisos para posibilitar el
trasvase directo desde la carrera judicial a la fiscal y viceversa. Se me puede decir que esto sí que nos han pillado porque no hemos hecho nada, pero estamos a dos años de la legislatura y hay datos interesantes. Dos de los compromisos que este
Gobierno ha contraído públicamente y que estamos llevando a cabo son, por una parte, la reforma del Estatuto orgánico del ministerio fiscal y, por otra parte, la reforma o la creación de una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal.
¿Qué suponen estas
dos leyes? Suponen notablemente la alteración de las funciones, incluso desde una perspectiva inicial, de fiscales y jueces o, al menos, de una parte de los jueces que son los de Instrucción.
Cualquier tipo de previsión con respecto al estatus
concreto de los fiscales y de los jueces de Instrucción debe obviamente, y por motivos estrictamente razonables, esperar a que tanto el Estatuto orgánico del ministerio fiscal como la Ley de Enjuiciamiento Criminal estén redactadas y existan unos
textos que sirvan de referencia para hacer desarrollos posteriores. A este respecto quiero comunicar a su señoría que, en lo que se refiere al Estatuto orgánico del ministerio fiscal, existe un compromiso por parte del ministerio de presentarlo a
lo largo de este periodo de sesiones y, por lo que se refiere a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el compromiso es presentarla en el año 2007. Cuando estos dos textos estén finalmente redactados o consolidados por lo menos como proyectos será el
momento de tener en cuenta cuáles son sus consecuencias sobre el estatus, acceso y posición dentro de sus carreras de fiscales y jueces de Instrucción.



La pregunta número 13 se refiere a las previsiones contenidas en el programa del Partido Socialista referentes a la introducción de un sistema de prestación de asistencia jurídica preventiva y gratuita, con cargo al Estado, para que el
ciudadano sin recursos económicos pueda ser asesorado por abogados en cuestiones civiles y administrativas. Como SS.SS. saben, en estos momentos la asistencia jurídica gratuita está regulada por la Ley 1/1996, de 10 de enero, que fue desarrollada
por el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio. Quisiera señalar a este respecto que hay dos aspectos que deben diferenciarse. Por una parte, la efectiva prestación de la asistencia jurídica gratuita a personas sin recursos, en la que hay una fase
inicial. Es decir, aquella persona que no tiene recursos y se encuentra con un conflicto jurídico lo primero que tiene que saber es cuáles son las posibilidades a su alcance de obtener esta asistencia jurídica gratuita y para ello es esencial la
creación del llamado servicio de orientación jurídica, que es una primera fase en la que se ofrece esta información a los afectados. Este servicio de orientación jurídica se ha creado en los diversos colegios de abogados y la actuación de este
Gobierno se ha referido en este aspecto a varias cuestiones. En primer lugar, el Real Decreto 1455/2005 en su artículo 1.º viene a reformar -esto se aprobó hace poco- el real decreto que establecía el desarrollo de la Ley de Asistencia Jurídica
Gratuita no solo intensificando los procedimientos de ayuda a las víctimas de delitos de violencia de género, sino también otros aspectos en los que se incluye la expresa inclusión de la asistencia jurídica gratuita en procedimientos
administrativos. Me parece importante señalar que estos concursos siguen una línea paralela, prácticamente idéntica, excepto en algunos puntos, a los previstos en el cuarto turno y que han venido funcionando hasta el momento. Los concursos son
convocados por el Consejo General del Poder Judicial para estos jueces de proximidad y en ellos se expresa el municipio en el que se encuentran las vacantes a cubrir y el número de plazas convocadas. Este número es fijado por el Consejo General del
Poder Judicial, previo informe de la comunidad autónoma con competencias asumidas. El baremo por el que se valoran los méritos de este concurso es exactamente


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el mismo que el dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial para el acceso a la carrera judicial por el cuarto turno, atendiendo -esto es una novedad- de manera preferente a las funciones jurisdiccionales ya desempeñadas por los
candidatos, así como al conocimiento de la lengua y del derecho propio de la comunidad autónoma donde esté el municipio. Las bases de esta convocatoria han de incluir una prueba práctica consistente en la elaboración de un dictamen sobre materias
propias de la justicia de proximidad. Debo señalar que estos serán nombrados por el Consejo General del Poder Judicial a propuesta del correspondiente Consejo de Justicia de la comunidad autónoma. El proyecto, que en estos momentos está
debatiéndose en estas Cortes, establece que estos jueces de proximidad transcurridos nueve años podrán acceder a la categoría de juez mediante el concurso que convoque el Consejo General del Poder Judicial, previo informe favorable del Consejo de
Justicia. Esto supone ciertamente que la extensión del sistema de acceso por concurso se amplía notablemente, puesto que no solo se habla de la categoría de magistrado seleccionado mediante el llamado cuarto turno, sino también de estos jueces de
proximidad.



Por otro lado, hay una previsión en el programa del Partido Socialista referente a este cuarto turno, sobre todo centrada en que el acceso por el llamado cuarto turno será por especialidades. Esto tiene una explicación. Como SS.SS.
sabrán, en las convocatorias iniciales, cuando se convocaban plazas por el cuarto turno, no se hacía por especialidades sino de forma indiferenciada, para que aquellos juristas que concurrieran para ser magistrados por el cuarto turno tuvieran que
someterse a una entrevista, que era común, para aquellos que aspiraban a la jurisdicción penal, a la contencioso-administrativa, a la laboral o a la civil. El resultado era que esa entrevista versaba sobre un conjunto de temas del carácter más
dispar. El candidato se veía sometido a cuestiones referentes a los más diversos ámbitos del derecho, lo cual daba como consecuencia que el rendimiento, la muestra de sus conocimientos jurídicos se viera afectada. Es muy difícil que un jurista sea
especialista en todas las ramas del derecho. Por este motivo parecía más lógico que esta selección se hiciera por especialidades, es decir que los interesados en ser jueces en la jurisdicción penal o los interesados en ser jueces en el área civil,
etcétera, concurrieran a una entrevista específica. A esto obedece la previsión del programa del Partido Socialista. En las últimas convocatorias del cuarto turno el Consejo General del Poder Judicial está procediendo a llevar a cabo las
convocatorias por especialidades, ya no de forma indiferenciada. Entre las últimas convocatorias que he encontrado hay un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, de 13 de octubre del año pasado, publicado en el Boletín Oficial del Estado,
de 27 de octubre, en el que se convocan nueve plazas del cuarto turno para la jurisdicción penal, nueve para la civil, nueve para la contencioso-administrativa y nueve para la social, es decir se está siguiendo esta línea, con lo cual en estos
momentos no parece que haya una urgencia para llevar a cabo una reforma en este aspecto, puesto que ya ha sido adoptada por el Consejo General del Poder Judicial. En el supuesto de que cambiase la tendencia sí sería factible contemplar las reformas
legislativas en este aspecto.



Siguiendo con estas cuestiones, S.S. pregunta sobre la forma en que se clasificarán los puestos jurisdiccionales en función de la carga de trabajo, complejidad y dificultad, así como el sistema retributivo. Esto responde a una propuesta
del programa del Partido Socialista que viene a decir que se garantizará una rigurosa clasificación de todos los puestos jurisdiccionales, juzgados y tribunales, en razón de la carga de trabajo y de su complejidad y dificultad. Esta clasificación
tendrá reflejo en el sistema retributivo y servirá de base para la planificación de la planta judicial. ¿Cuál es el grado de cumplimiento de esta propuesta electoral? Para responder a esta pregunta hay que tener en cuenta el contexto en el que se
produce, es decir en un proceso de reforma general de todo nuestro sistema judicial atendiendo a las previsiones explícitas contenidas en la Ley Orgánica 19/2003, aprobada en la pasada legislatura, en cuyo cumplimiento está implicado desde el primer
momento este ministerio, pues supone una alteración notable de todo el sistema organizativo del personal y medios al servicio de la Administración de Justicia. Esta creación de la nueva oficina judicial supone simplemente la reformulación de todos
los puestos de personal al servicio de la Administración de Justicia contenidos en nuestro sistema jurisdiccional. ¿A qué ha llevado esto? A una reclasificación de todo este personal por categorías. Sin entrar aquí en mayores detalles, debo
señalar que el Real Decreto 1714/2004, de 23 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 12 de agosto de 2004, lleva a cabo una reclasificación de todo este personal en diversas categorías que tiene las correspondientes consecuencias en
cuanto a la remuneración. No solamente esto; la puesta en marcha de las oficinas judiciales, el hecho de que represente la creación de servicios comunes, por tanto la alteración de todo el sistema de organización actual, supone forzosamente la
elaboración de nuevas relaciones de puestos de trabajo en todos y cada uno de los órganos judiciales afectados, lo que provoca la redefinición de cuáles han de ser las funciones de este personal con las consiguientes consecuencias remunerativas.
Esto ha llevado a una intensa negociación con las organizaciones sindicales, que ha supuesto la introducción de nuevos conceptos retributivos, la previsión de nuevos complementos específicos cuando se pongan en marcha estas relaciones de puestos de
trabajo, complementos para puestos de trabajo singularizados y jefaturas, así como los que deriven de programas concretos de actuación. Los acuerdos con los sindicatos están suponiendo una subaplicación provisional en tanto no se lleve a cabo la
efectiva implantación de las nuevas relaciones de puestos de trabajo y en algunos aspectos, por ejemplo lo que se refiere a puestos de trabajo singularizados


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y jefaturas, habrá que negociarlo también cuando se pongan en marcha. Todo este mecanismo de redistribución de puestos de trabajo en el sistema jurisdicccional se está llevando a cabo. Por lo que se refiere a otro elemento, a los jueces,
dada la proximidad de la aprobación en su momento de la regulación de retribuciones de jueces, no hace aconsejable entrar en una reforma en estos momentos. Una vez que se haya puesto en marcha la oficina judicial y se haya verificado cuáles son las
consecuencias en cuanto a las condiciones de trabajo y funcionamiento de los órganos judiciales será necesario entrar, con todas las debidas precauciones, en la revisión del sistema de retribuciones, que por otra parte parece necesaria. En estos
momentos la atención del ministerio está centrada sobre todo en la reordenación del personal al servicio de la Administración de Justicia, tanto de secretarios como del resto de los cuerpos.



En la siguiente pregunta, S.S. se refiere también a un aspecto que ha dado lugar a una especial atención por el Ministerio de Justicia en su trabajo de iniciativa legislativa. Me refiero a la pregunta relativa a la forma en la que se
potenciarán las salas de gobierno de los tribunales superiores de Justicia. El programa del Partido Socialista señalaba, literalmente, que se potenciarán las salas de gobierno de los tribunales superiores de Justicia, en las que el Consejo General
del Poder Judicial podrá delegar alguna de sus funciones, y a las que podrán incorporarse magistrados y otros juristas designados por los órganos competentes de las comunidades autónomas. Este es uno de los aspectos en los que el Gobierno y el
Ministerio de Justicia también han puesto especial atención. La potenciación de las salas de gobierno se ha llevado a cabo en tres líneas. Por una parte, en cuanto a su designación en el proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial
presentado a este Congreso, su transformación en consejos de justicia de las comunidades autónomas supone una potenciación en dos aspectos: en cuanto a su composición, en la que vienen a integrarse juristas designados por los respectivos
parlamentos de las comunidades autónomas, y en cuanto a sus funciones. La idea es hacer que se produzca una mayor eficacia de los aspectos administrativos de la organización judicial, concediéndole el gobierno a órganos que tengan una mayor
agilidad y que descarguen de trabajo al Consejo General del Poder Judicial. Junto a la reforma de tipo personal referente a su composición se prevé también la referente a sus funciones y competencias. No solo los consejos de justicia mantienen las
competencias en las actuales salas de gobierno, sino que se prevén además dos posibles tipos de competencias adicionales: las que tenga a bien delegarle el Consejo General del Poder Judicial, a las que se refiere la pregunta siguiente, y aquellas
que, saliéndose ya de las competencias del Consejo General del Poder Judicial o del Gobierno de la nación, pertenezcan a la comunidad autónoma respectiva y que esta considere que pudiera ser útil o conveniente que al estar referidas a la buena
administración del Poder Judicial fueran llevadas a cabo por el Consejo de Justicia en la transformación o herencia actual de las salas de gobierno. Debo señalar que este punto de potenciación de las salas de gobierno es resultado de las propuestas
contenidas ya en 1997 por el Libro Blanco de la Justicia elaborado por el Consejo General del Poder Judicial y que trata de llevar a la práctica el proyecto presentado a este Congreso.



En cuanto a la pregunta número 22, relativa a las funciones que se prevé que el Consejo General del Poder Judicial pueda delegar en las salas de gobierno de los tribunales superiores de justicia, la respuesta es que quedan a la decisión del
Consejo General del Poder Judicial, que tiene que apreciar en su momento qué funciones de las que desarrolla pueden llevarse a cabo de manera más efectiva, más cercana y más rápida al ciudadano, si se delegan en las salas de gobierno como órganos de
este poder. Sean cuales sean estas posibilidades, que no compete señalar al Gobierno, sí que pude hacerse una reflexión de carácter general a la luz de las previsiones que contiene el proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por
una parte, se establece un sistema de garantías para que se lleven a cabo tales delegaciones. Han de ser acordadas por el Pleno, pero por una mayoría de tres quintos. Por otra parte, se especifica -este punto me parece importante- que esta
delegación ha de ser general a todos los consejos de justicia, es decir no cabría que el Consejo General del Poder Judicial delegara unas funciones en unos consejos pero no en otros, y las delegaciones o revocaciones en su caso habrían de publicarse
en el Boletín Oficial del Estado. Por otra parte, no hay que olvidar que los actos del Consejo General del Poder Judicial son recurribles ante la oportuna jurisdicción, en este caso la Sala tercera del Tribunal Supremo. ¿Dónde están los límites de
esta delegación? Es el Consejo General del Poder Judicial el que debe tener en cuenta cuáles son los límites que derivan de la regulación constitucional de este órgano y que constituyen el fundamento de su existencia y de su actividad.



En cuanto a la pregunta 23, que creo que es la última de S.S., me remito a la respuesta efectuada en la número 9. La pregunta versa sobre cómo se piensa exigir responsabilidad a jueces y funcionarios por retrasos injustificados, error
judicial culposo y mal funcionamiento de la Justicia. Le respondo remitiéndome a lo que le dije respecto a la pregunta 9. Hay dos aspectos básicos: por una parte, la reforma que se ha llevado a cabo del régimen disciplinario de los funcionarios,
es decir secretarios judiciales por una parte y resto de los funcionarios por otra, en el Reglamento de régimen disciplinario del personal y en el Reglamento orgánico del secretario de los tribunales; por otra parte, la puesta en marcha de un plan
de transparencia judicial que haga posible conocer cuáles son las características de funcionamiento de cada uno de los juzgados y tribunales, de forma que pueda llevarse a cabo una evaluación de su actividad. Por lo que se refiere a errores
judiciales, en


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este momento están regulados en los artículos 405 a 427 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y no hemos llevado a cabo ninguna actividad en cuanto a su posible alteración, puesto que en lo que hemos estado trabajando, dando prioridad, ha
sido en la situación de los secretarios y otros cuerpos al servicio de la Administración de Justicia debido a su necesidad para poner en marcha la reforma a la que me referí anteriormente de la oficina judicial.



El señor PRESIDENTE: Señor Santaella, su turno.



El señor SANTAELLA PORRAS: Muchas gracias, señor secretario de Estado, en primer lugar por su contestación e información exhaustiva de las catorce preguntas y, en segundo lugar, por el talante que ha demostrado al admitir los símiles de mis
creencias, puesto que las suyas están instaladas en el laicismo. Podía haberlo entendido mal, pero lo ha entendido perfectamente bien, igual que yo entiendo que usted siga siendo el adalid del laicismo de este Gobierno, tal y como es tachado por
los medios de comunicación.



Lo que no comparto, señor secretario de Estados, son las afirmaciones que ha hecho acerca de que autoridades del Ministerio de Justicia ya han demostrado que los presupuestos de estos dos últimos años han llegado a los 180 millones de euros.
No lo puedo compartir porque no lo comparte absolutamente nadie, por mucho que ustedes quieran decirlo. Se le llena la boca también con las 250 unidades. Me parece muy bien pero -vamos de símiles- es como en el ejército: no por tener más soldados
se gana la guerra. Se gana la guerra cuando hay un mando, cuando ese mando está organizado, cuando hay unos medios y cuando se sabe mandar a la tropa. A mí me da la impresión de que aquí nos estamos equivocando. Ustedes pueden crean muchas
unidades judiciales pero me parece que la justicia no tiene el mismo ánimo que cuando -no me refiero a los ocho años de Gobierno del Partido Popular- tanto ustedes como nosotros pretendíamos poner en marcha los compromisos del pacto de la reforma de
la justicia. ¿Cree usted que hoy existe ese ánimo? ¿Qué me dice usted de los enfrentamientos, por ejemplo, de esta casa con el Consejo General del Poder Judicial. ¿Qué me dice usted de los enfrentamientos del ministerio con el Consejo General del
Poder Judicial? ¿Qué me dice usted de las actuaciones del ministerio fiscal y de los nombramientos del ministerio fiscal? Ha hablado de que los secretarios judiciales están conformes con las actuaciones del Ministerio de Justicia cuando
recientemente tenemos 38 expedientes abiertos a secretarios judiciales. ¿Qué me dice usted de las huelgas de la justicia que hemos soportado en estos dos años y que nunca se habían visto en este ámbito? ¿Es consecuencia de que lo que sobraba y
estorbaba era el pacto por la justicia o es que ustedes han echado un jarro de agua fría a todos estos colectivos, que tienen como función sacar adelante la justicia a pesar de ustedes?


Le voy a leer, señor secretario de Estado, un artículo cuyo contenido comparto; el autor es usted y hablaba del Libro Blanco de la Justicia.
Decía que el Libro Blanco de la Justicia supone un programa, sin embargo el Parlamento tiene que
elaborar las leyes procesales y de organización y el Poder Ejecutivo tiene un papel que jugar, ya que tiene aún muchas competencias a través del Ministerio de Justicia. (El señor presidente ocupa la Presidencia.) El Consejo General del Poder
Judicial e incluso los mismos órganos de gobierno de los tribunales tienen que llevar a cabo este programa. Por otra parte, no hay que olvidar que nos movemos en un mundo en el que el poder político es ocupado en virtud de enfrentamientos
ideológicos entre partidos, en el que se suele producir una cierta alternancia en el poder y, al mismo tiempo, una crítica de las propuestas del Gobierno por la oposición; sin embargo, dada la complejidad y la necesidad de actuar a largo plazo en
la reforma de la Justicia, esta reforma solo es posible si existe un acuerdo o un pacto nacional suprapolítico. Esta era una defensa suya de los pactos para la reforma de la justicia. ¿Ha cambiado usted de parecer? Porque del talante, del
diálogo, de convocar a los agentes que participan en la Administración de Justicia -me estoy refiriendo por ejemplo a los expedientes a los secretarios, tema sobre el que tenemos pendiente una comparecencia- dice poco, y yo añado que dice más.
Empecé diciéndole que me gusta mucho lo del autor clásico: que es muy difícil pensar, pero más difícil actuar, y lo más difícil o casi imposible es actuar conforme a lo que se piensa. Me da la impresión, señor secretario de Estado, de que usted
está actuando en contra de lo que piensa y de que le es imposible actuar conforme a lo que escribía. Sin un pacto real por la justicia en el que estén la mayoría de los partidos políticos difícilmente se van a conseguir avances como los que se
venían consiguiendo. Dejen ya de hablar de las 250 unidades judiciales, porque no les quiero recordar como estaba la justicia en 1995, como estaba en 1996 y como avanzó de 1996 a 2004, porque si hablamos de logros, los mayores logros que ha
obtenido la Administración de Justicia se consiguieron cuando se tomaron medidas entre todos para dar ánimo a un colectivo que lo único que hace es dar un servicio público a los ciudadanos.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Como S.S. sabe, yo no soy psicólogo, de forma que si me pregunta por el ánimo que tienen en este momento los componentes del Poder Judicial la respuesta que puedo darle es
simplemente que no lo sé; sin embargo, las indicaciones que me ha dado S.S. tampoco me sirven mucho para salir de mi desconocimiento, puesto que usted se ha referido, cuando hablaba de este ánimo, al Consejo General del Poder Judicial, al
ministerio fiscal, a los secretarios judiciales


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y a los sindicatos. Todos sabemos que el Consejo General del Poder Judicial no es un órgano representativo del Poder Judicial, sino un órgano de gobierno, y el propio Tribunal Constitucional ha señalado que no se arroga su representación.
Lo mismo ocurre respecto al ministerio fiscal. Lo que sí sabemos es que el Ministerio de Justicia y toda la organización del Estado están comprometidos en prestar un servicio público a una demanda de justicia que, como todos sabemos, ha crecido
imparablemente en los últimos 10 ó 15 años. Casi estamos llegando a los 8 millones de casos presentados a la jurisdicción en este último año, según los datos del Consejo General del Poder Judicial; este es el tema. No se trata de verificar o de
hacer suposiciones sobre cuál sea el ánimo de los jueces, se trata de ver si efectivamente se están cumpliendo las obligaciones que tienen los poderes públicos de prestación de este servicio público. Para verificar esto no hay que hacer conjeturas,
hay que verificar cuáles son los datos concretos, hay que recabar opiniones y llevar a cabo análisis rigurosos. ¿Cuáles son estos análisis? Me pregunta usted por qué motivo no existe en estos momentos un acuerdo nacional respecto a la justicia.
Este acuerdo existió y el pacto de Estado para la reforma de la justicia tomó cuerpo, pero cuando nosotros llegamos al Ministerio de Justicia nos encontramos -y esto estaba en la base de que este pacto no pudiera ir adelante- con la absoluta
insuficiencia de los medios económicos que se habían puesto al servicio de esta reforma de la justicia en la pasada legislatura. Nos encontramos con que los medios existentes en ese momento eran radicalmente insuficientes y hacían imposible pensar
que este pacto de la justicia se estaba tomando en serio por el Gobierno anterior. Usted me puede decir que no hable de las 250 plazas; no les hablaré de ellas, pero si les puedo decir cuáles eran las plazas que se habían creado anteriormente, y
era un número ínfimo. No vamos a entrar aquí en análisis o en estudios concretos, pero si debo decirles que para que un pacto funcione tiene que haber dos partes que quieran cumplirlo, y la verificación estricta, una verificación que depende pura y
simplemente de los datos con los que contamos, es que ese pacto no se estaba cumpliendo en algo tan importante como los recursos de los que se disponía.



En mi exposición he intentado ponerle de manifiesto que si hay una voluntad por este Gobierno es la de que efectivamente estos recursos se pongan al servicio de la Administración de Justicia, después de un análisis cuidadoso de las
necesidades que se han manifestado y de los medios de los que se dispone. Además se está llevando a cabo -esto también quiero decírselo- tratando de contar con el acuerdo o por lo menos la información de todos los sectores afectados. Pocos
gobiernos o pocos ministerios habrá que hayan tenido tantas reuniones con los diversos sectores implicados en la Administración de Justicia. Esta no tiene un número muy elevado de componentes si se compara con otras administraciones, pero sí afecta
a un número considerable de sectores: jueces, secretarios, funcionarios, registradores, abogados, notarios, y podríamos seguir por ahí. Estamos haciendo una labor considerable en este aspecto. Usted se ha referido a los sindicatos. Efectivamente
ha habido movilizaciones -esa es la función de los sindicatos-, pero se han resuelto con acuerdos, y en este momento hemos firmado pactos con diversos sindicatos del sector que garantizan que efectivamente se va a llevar a cabo esta reforma de la
oficina judicial a la que me refería.
Ciertamente, si vamos a estar atentos a algo, va a ser a los datos concretos que nos muestran si se está atendiendo o no al servicio público de la justicia. Que haya enfrentamientos, conflictos o diferencias
de opinión entre esta Cámara y el Consejo General del Poder Judicial es una cuestión importante, que debe atraer la atención de la opinión pública, pero no tiene que ver con la efectiva prestación del servicio de la justicia, que no es prestado por
el Consejo General del Poder Judicial, sino por todos y cada uno de los jueces, y todo ello atendiendo a las demandas de los ciudadanos, que son el punto de referencia que tiene este Ministerio de Justicia.



-DE LA SEÑORA MATADOR DE MATOS (GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO), SOBRE LA SITUACIÓN DEL PROYECTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO EDIFICIO QUE ALBERGUE LA DISPERSIÓN DE LOS JUZGADOS DE BADAJOZ.
(Número de expediente 181/001467.)


El señor PRESIDENTE: Vamos a abordar la pregunta número 16, sobre la situación del proyecto para la construcción de un nuevo edificio que albergue la dispersión de los juzgados de Badajoz, que formula en nombre del Grupo Popular la señora
Matador de Matos.



Tiene la palabra.



La señora MATADOR DE MATOS: Señorías, señor secretario de Estado, bienvenido a la Comisión de Justicia.



En relación con la pregunta que he formulado, viendo los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, en lo que atañe a Badajoz ciudad, y por la contestación que he recibido hace aproximadamente un mes sobre las gestiones que se
estaban realizando para la construcción de un nuevo edificio que solucionara la dispersión de los juzgados, a los ciudadanos de Badajoz y comarca nos va a tocar esperar, como nos pasa con todo, máxime si tenemos en cuenta las hipotecas que tienen
ustedes esta legislatura y no precisamente con los extremeños.



Le voy a poner un ejemplo de la dispersión de los juzgados de Badajoz. Si entra usted en la página web del Ministerio de Justicia verá que hay ocho ubicaciones distintas en los distintos juzgados. Por ejemplo, de los juzgados de
Instrucción, uno está en la calle Puebla de Alcocer, otro en la avenida de Colón y, el número 4, en la calle Jacinta García Hernández.
Si se va a los juzgados de lo Social, verá que están ubicados en otro sitio distinto,


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pero en la otra punta de la ciudad. Con los juzgados de lo Contencioso-administrativo pasa lo mismo. Los institutos de Medicina Legal están en otra parte y la Abogacía del Estado está separada del antiguo Palacio de Justicia; en fin, es
un caos. Aquí tenemos a un dignísimo diputado por Badajoz del Grupo Socialista, que es vicepresidente de la Comisión y además abogado del ilustre Colegio de Abogados de Badajoz, que puede dar fe de ello, puesto que ejerce la profesión. No me vale
eso de que nosotros estuvimos ocho años, porque anteriormente ustedes estuvieron once y prácticamente las obras que se contemplan en estos presupuestos se iniciaron ya con gobiernos del Partido Popular o en algunos casos se habían iniciado ya las
negociaciones. Ayer estuve en Mérida con su alcalde y también está muy disgustado con lo que va a ser la construcción del Palacio de Justicia de Mérida, puesto que a través de una moción en el ayuntamiento y un acuerdo de Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura se acordó en la anterior legislatura que su ubicación sería en el casco histórico de la ciudad -en un sitio en el que estaban todos de acuerdo-, pero ahora se encuentran con la sorpresa de que lo van a aplazar y les venden
como una novedad que lo van a ubicar a las afueras de la ciudad. El alcalde dice que mejor ahí que en ningún sitio, si bien las previsiones que le dan son de que hasta el año 2009 no habrá Palacio de Justicia en Mérida. Algo parecido nos puede
pasar a nosotros, y la verdad es que no podemos esperar tanto, sobre todo por la población que cubre Badajoz, por lo que me gustaría que me dijera cómo están en estos momentos las negociaciones para llevar a cabo la construcción de ese Palacio de
Justicia que tanto necesita la ciudad de Badajoz.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): El problema de la ubicación de los centros judiciales en la ciudad de Badajoz no es un problema de hoy y se está intentando resolver desde hace mucho tiempo. A finales del año 2000
por el Ministerio de Justicia de entonces se solicitó al Ayuntamiento de Badajoz un terreno, pero después de muchas negociaciones aquello no llegó a nada; en 2003 se dirigió de nuevo una petición que tampoco llegó a nada; en febrero de 2004 se
dirigieron nuevas peticiones que tampoco llegaron a nada, y una vez entrado en funciones el actual equipo se tomó este asunto con cierto interés y el resultado es que si bien gestiones anteriores no habían conducido a nada esperemos que las que se
están llevando a cabo ahora sí lo hagan. En estos momentos estas gestiones han culminado en la propuesta que ha sido avalada por la Delegación del Gobierno de Extremadura de utilización del edificio del patrimonio sindical acumulado situado en la
avenida de Colón número 2, contiguo al actual Palacio de Justicia, lo cual permitiría el mantenimiento de todos los órganos judiciales en un lugar central de la ciudad y prácticamente en una sede única. Este asunto nos ha llevado mucho tiempo, pero
las gestiones llevadas a cabo por este equipo han dado resultado. Por tanto, la idea del ministerio es derribar el edificio, que está anticuado y se encuentra en mal estado, y utilizar el solar para construir otro de nueva planta. No se trata
simplemente de ideas o proyectos lejanos, sino que el 13 de marzo de 2005 se solicitó formalmente a la Dirección General de Patrimonio del Estado la afectación a este departamento de Justicia del inmueble, y digo departamento de Justicia porque como
usted sabe todavía no se han llevado a cabo los traspasos a la comunidad autónoma de este inmueble. En cuanto a la situación actual, la Subdirección General de Patrimonio informa de que se ha iniciado ya el proceso de valoración de este inmueble,
el estudio de posibilidades de permuta por otros bienes de patrimonio del Estado y el patrimonio sindical acumulado -en último término es el responsable de este edificio- es favorable a la transacción que intentaremos que se lleve a cabo durante
este año 2006. De llevarse a término, como nos proponemos, y si está bien encaminado, a lo largo de esta legislatura podría llevarse a cabo al menos el comienzo de las obras del nuevo edificio. Como S.S. sabe, ciertamente este tipo de actuaciones
supone un procedimiento administrativo complejo, así como el hecho de que sea necesaria la correspondiente licitación para la adjudicación de obras y su puesta en práctica. En cualquier caso, en estos momentos, y de acuerdo con la información que
le he transmitido, parece que este problema definitivamente está en vías de solucionarse.



El señor PRESIDENTE: Señora Matador.



La señora MATADOR DE MATOS: Me congratula saber que las negociaciones van por buen camino, porque esta opción que usted apunta finalmente -no ya la primera, que no se produjo cuando los gobiernos del Partido Popular- también la ofrecieron
ustedes durante esta legislatura cuando se dio la posibilidad de trasladar los juzgados a las afueras de Badajoz, en la zona fronteriza con Portugal, lo cual era una barbaridad, y eso se puede consultar a jueces, abogados, ciudadanos, etcétera. Era
una barbaridad, en primer lugar, por lo lejos que está y, en segundo lugar, porque se pueden aprovechar muchísimas de las instalaciones del actual Palacio de Justicia, económicamente sería más rentable y se pueden agilizar mucho mejor las obras.
Como le digo, me congratula saber que las negociaciones van por buen camino; que la terminación de este Palacio de Justicia se hará como usted dice, respetando todos los trámites administrativos y los demás que correspondan, pero, como digo, dando
por hecho que se pueden aprovechar muchas de las instalaciones que tiene el anterior Palacio de Justicia. Si es posible, me gustaría que esto fuera una realidad en esta legislatura, no como ha ocurrido con los juzgados de violencia doméstica, ya
que se nos prometió uno en la provincia de Cáceres, otro en la provincia de Badajoz y


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otro en la ciudad de Mérida, pero al final nos encontramos con que se han habilitado los juzgados de Instrucción número 4 y Extremadura se ha vuelto a quedar sin juzgados de violencia doméstica, con toda la problemática que eso conlleva,
como ya lo ha puesto de manifiesto mi compañera en su primera intervención. Por tanto, seguiré insistiendo a lo largo de esta legislatura y espero contar con el apoyo de mi compañero del Grupo Parlamentario Socialista para que esto llegue a buen
término y podamos tenre con un Palacio de Justicia como se merece la ciudad de Badajoz.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Poco puedo añadir, pero en cuanto a la selección de los juzgados de violencia debo decirle, como ya dije al contestar una pregunta anterior, que el proyecto de presupuestos aprobado
supone la creación de 18 plazas de violencia, una de las cuales sería instalada en principio en la ciudad de Badajoz.
Estoy hablando de una fórmula que se encuentra en una fase inicial, y en último término tendremos que llevar a cabo análisis más
amplios, pero en este aspecto algunas necesidades de la comunidad autónoma se verán cubiertas. Por lo que se refiere a Badajoz insisto en que el inicio del procedimiento está puesto en marcha, esperamos que se consolide durante esta legislatura y,
por tanto, lo lógico sería esperar que se acabase en la siguiente.



-DEL SEÑOR HEREDIA DÍAZ (DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO), SOBRE VALORACIÓN DEL CONVENIO SUSCRITO EN EL AÑO 2004 CON EL COMITÉ ESPAÑOL DE REPRESENTANTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CERMI) EN MATERIA DE PROTECCIÓN JURÍDICA
DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
(Número de expediente 181/001533.)


El señor PRESIDENTE: Abordamos a continuación la pregunta número 24, referida a la valoración del convenio suscrito en el año 2004 con el Comité español de representantes de personas con discapacidad en materia de protección jurídica de
derechos de las personas con discapacidad, de la que es autor, en nombre del Grupo Socialista, el diputado don Miguel Ángel Heredia Díaz, a quien damos la palabra.



El señor HEREDIA DÍAZ: Señor secretario de Estado, para los socialistas la discapacidad constituye una prioridad. Ya lo dijo el presidente Rodríguez Zapatero cuando afirmó que era un objetivo de este Gobierno eliminar el déficit de
ciudadanía al que se ven sometidos los discapacitados, e incluso recientemente ha propuesto cambiar el término disminuidos por el de discapacitados en el artículo 49 de la Carta Magna.



Este Gobierno está impulsando numerosas medidas dirigidas a las personas con discapacidad, medidas de desarrollo legislativo para facilitar el acceso al empleo, así como en materia de accesibilidad. En este contexto cabe destacar que el
pasado 2 de noviembre de 2004 se firmó un convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Cermi en materia de protección jurídica y garantía de derechos de las personas con discapacidad. Hay que recordar que el Cermi es la plataforma
asociativa de representación, acción y defensa de los ciudadanos españoles con discapacidad y sus familias integrada por más de 3.000 asociaciones y entidades de toda España que representan a 3.500.000 de personas. El objetivo de la firma del
citado acuerdo entre el Ministerio de Justicia y el Cermi era el de mejorar la relación de las personas con discapacidad con la Administración de Justicia, garantizando sus derechos reconocidos en la Carta de derechos de los ciudadanos ante la
Administración de Justicia e incrementando la calidad del servicio que la citada Administración presta a aquella. Para ello el Ministerio de Justicia se comprometía, por un lado, a desarrollar acciones que diesen naturaleza jurídica vinculante a la
Carta de derechos de los ciudadanos ante la Administración de Justicia mediante la aprobación de una oportuna norma legal y, por otro lado, a la consulta previa con el sector de la discapacidad representado por el Cermi de todas las iniciativas y
normativas impulsadas para el desarrollo de la carta que pudiesen tener incidencia directa o indirecta en las esferas de las personas con discapacidad y sus familias. Dicho convenio fue muy bien valorado por el sector de la discapacidad, ya que
suponía avanzar en la protección jurídica de esas personas de forma que sus derechos fundamentales sean garantizados en igualdad de condiciones, destacándose asimismo la disposición del ministro de Justicia para avanzar en esa dirección.
Cuando se
ha cumplido algo más de un año, cabe hacer un balance de la vigencia del convenio en materia de protección jurídica de derechos de las personas con discapacidad. Por ello le pregunto cuál es la valoración que hace el ministerio con relación al
citado acuerdo.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Ciertamente es voluntad de este Gobierno y del Ministerio de Justicia profundizar en los derechos efectivos de sectores que a pesar de su importancia tradicionalmente han podido
parecer invisibles para el derecho y para la Administración. Desde luego, esto afecta también a los discapacitados que, aun cuando en muchos casos se hayan visto marginados, no constituyen ni mucho menos un sector marginal, ya que, como S.S ha
señalado, se calcula su número en cerca de 3.500.000 de personas, es decir más del 7 por ciento del conjunto de la población, de forma que es comprensible cualquier actuación en este aspecto, y ciertamente el ministerio está comprometido en ello.



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El convenio por lo menos supone dos tipos de actividades: por una parte, la realización de consultas previas al sector de la discapacidad -representado por el Cermi- de aquellas iniciativas normativas que desde el ministerio se vayan a
impulsar para el desarrollo de la Carta de derechos del usuario de la justicia; por otra, la creación de un grupo de estudio encaminado al análisis de aquellas posibles prácticas que puedan llevarse a cabo. Por lo que se refiere a este segundo
aspecto, son dos los tipos de proyectos impulsados por este convenio, que esperamos que den buenos resultados. Por un lado, una guía de buenas prácticas en la relación de las personas con discapacidad con la Administración de Justicia, que sirva
como orientación para la actuación de los diversos servicios al respecto; por otro, y también es importante, un manual para la mejora de la accesibilidad de las personas con discapacidad a los edificios, dependencias, servicios y entornos
judiciales. Estos dos son los aspectos sobre los que en este momento se están realizando estudios.
Por lo que se refiere a las prácticas concretas, podemos señalar las siguientes: una importante es la referente a la reforma que supuso la Ley
16/2005 -que ya he mencionado en una pregunta anterior-, que viene a reformar la asistencia jurídica gratuita en materia transfronteriza, pero que también viene a mejorar la protección en este aspecto -asistencia jurídica- a las personas con
discapacidad. Esta ley incluye en su ámbito de aplicación a estas personas con discapacidad y a quienes les tengan a su cargo, así como a las asociaciones que tengan como finalidad la protección de estas personas.



Aparte de esta labor normativa, otra de las consecuencias del convenio es que ha llevado a prestar una mayor atención y mayor número de consultas en todo lo que se refiere a la actividad administrativa, básicamente en dos aspectos que entran
dentro de la política general del ministerio. Por una parte, en los edificios judiciales de nueva construcción estamos llevando a cabo una actividad para obligar, sin excepciones, a adoptar todas las medidas para garantizar el acceso de las
personas con discapacidad; por otra parte, estamos llevando a cabo una programación en colaboración con las comunidades autónomas que disponen de competencias transferidas para acondicionar los edificios ya existentes. Otro aspecto se refiere a
tener especial cuidado en la convocatoria de oposiciones y concursos en las diversas competencias de este ministerio, con el fin de llevar a cabo el objetivo ambicioso, pero que consideramos factible, de una reserva del 5 por ciento para personas
con discapacidad. Los resultados podrán verse a lo largo de la legislatura -en algunas cuestiones ya se están viendo-, y quiero confirmarle la voluntad del ministerio de seguir en esta línea, que, insisto, es solo parte, aunque parte importante, de
la voluntad de restituir sus derechos civiles a sectores que tradicionalmente se habían visto injustamente marginados por prejuicios o discriminaciones, pero que es evidente que tienen una capacidad de integración exactamente igual a la de cualquier
otro ciudadano si los poderes públicos cumplen con sus obligaciones constitucionales en este aspecto.



-DE LA SEÑORA FUENTES PACHECO (GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO), SOBRE VALORACIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA SOBRE EL ACUERDO FIRMADO CON LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA DIGITALIZAR LOS ARCHIVOS JUDICIALES DE ANDALUCÍA. (Número de
expediente 181/001726.)


El señor PRESIDENTE: A continuación pasamos a la pregunta número 25: Valoración del Ministerio de Justicia sobre el acuerdo firmado con la Junta de Andalucía para digitalizar los archivos judiciales de Andalucía, de la que es autora la
señora Fuentes Pacheco, del Grupo Parlamentario Socialista, que tiene la palabra.



La señora FUENTES PACHECO: Señor secretario de Estado, cuando llegamos al Gobierno nos encontramos una administración totalmente colapsada y en la que los archivos se acumulaban. Ante esta situación, el Gobierno ha puesto en marcha muchas
medidas para agilizar la justicia. Queremos que la justicia realmente sea justa y para ello ha de administrarse en tiempo y forma. Una de las medidas más importantes es todo lo que se refiere a la incorporación de nuevas tecnologías en el
ministerio del que usted es secretario de Estado. Como decía anteriormente, para ello se han tomado muchas medidas, algunas con la colaboración directa por parte de las distintas comunidades autónomas. Dentro de este marco de colaboración, ustedes
han firmado acuerdos para que haya videoconferencias en los juzgados de Andalucía, para que se graben las vistas y, cómo no, para que exista una justicia moderna, ágil y de calidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cuando me refiero a esta
comunidad, me gustaría sobre todo hacer referencia al plan que han firmado para agilizar los archivos judiciales, para que puedan estar digitalizados y que se pueda tener un contacto directo y permanente con cada uno de los archivos de una forma
rápida. Yo quiero preguntarle qué valoración hace desde su ministerio sobre el acuerdo al que se ha llegado con la Junta de Andalucía para agilizar y digitalizar los archivos judiciales en Andalucía.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): El Ministerio de Justicia firmó el 28 de julio de 2005 un convenio de colaboración con la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía para la puesta en
marcha de un programa de reforma de la Administración de Justicia de esta comunidad autónoma. Este convenio se publicó en el BOE el 20 de diciembre de 2005. Quisiera señalar un aspecto y recalcar la importancia que supone la digitalización de


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los archivos judiciales, proyecto que supone un importe de 402.206,30 euros. ¿Por qué considero que tiene una cierta importancia? Todos sabemos que la imagen de la justicia es importante, puesto que, para que la justicia funcione bien,
hace falta que los ciudadanos tengan confianza en ella. Los aspectos externos son muy importantes para que los ciudadanos consideren que hay un servicio que les protege. Desde mi punto de vista, una de las cosas que más daño hace al prestigio de
la justicia, a la imagen que pueden tener los ciudadanos de la misma, es la impresión -que todos conocemos y que resulta verdaderamente deprimente- que produce entrar en edificios judiciales y encontrarnos con montones de documentos, archivos y
papeles colocados en los lugares más inverosímiles, desordenados, en los pasillos, en desvanes, etcétera. Entrar en un edificio judicial y encontrar eso produce una primera impresión muy negativa. ¿Esto a qué se debe? Obviamente no se debe a
incuria o a dejadez de los funcionarios de la Administración de Justicia. Se debe a una cuestión muy simple en muchos casos: la falta de espacios para el archivo, para el almacenamiento de la documentación judicial. Todos aquellos que por
diversos motivos hemos tenido algún tipo de contacto con las oficinas de Justicia nos hemos visto impresionados por esta causa. La digitalización de los archivos y la consiguiente reducción de los espacios requeridos para el almacenamiento de la
documentación judicial supone, por una parte, una mayor agilización en cuanto a poder recobrar la información contenida en estos archivos y, por otra, intentar mejorar el aspecto general de la Administración de Justicia, de forma que se tenga una
impresión más favorable y que se vea que hay una preocupación por parte de los poderes públicos por hacer que el servicio de la justicia se preste en condiciones dignas. La liberación de espacio, la mejora de la imagen de la justicia y la mayor
agilización en la recuperación de la información son tres elementos muy dignos de tomarse en consideración. Esperamos que este tipo de convenios y acuerdos puedan extenderse también a otros supuestos, pero con relación al caso de Andalucía tenemos
sobradas razones para manifestar la satisfacción del ministerio por haber acordado este convenio y que se lleve a la práctica en la mejor forma posible.



El señor PRESIDENTE: ¿Quiere hacer uso de la palabra señora Fuentes Pacheco? (Denegación.)


-DE LA SEÑORA URÍA ETXEBARRÍA (GRUPO PARLAMENTARIO VASCO, EAJ-PNV), SOBRE PREVISIONES ACERCA DE LA MODIFICACIÓN LEGAL O DESARROLLO REGLAMENTARIO DE LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE TESTIGOS. (Número de expediente 181/001790.)


El señor PRESIDENTE: Abordamos a continuación la pregunta número 26, previsiones acerca de la modificación legal o desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Testigos, de la que es autora doña Margarita Uría Etxebarría, en
nombre del Grupo Parlamentario Vasco. Tiene la palabra la señora Uría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Una reciente noticia aparecida en los medios de comunicación, sobre un testigo protegido que había muerto supuestamente torturado y quemado en una trama de narcotraficantes, u otra noticia referida a que se había
negado un indulto a quien había sido testigo protegido en relación con la evitación del asesinato del actual fiscal antidroga me han llevado a refrescar otra vez la inquietud que siempre he manifestado desde el grupo al que pertenezco por la
protección de los testigos en determinadas causas. El desamparo que padecen estos testigos frente al riesgo físico, desamparo también económico en muchas ocasiones, o jurídico, si estamos hablando ya de verse como posibles beneficiarios del
indulto, parece evidente, porque ha sido una constante durante los diez años de aplicación de la ley. La Ley 19/1994 siempre ha sido tildada de incompleta y nunca ha tenido los desarrollos reglamentario que su disposición adicional segunda prevé.
Hay además un dato añadido que me lleva a decir que en tiempos recientes esta preocupación ha aumentado.
Conoce el señor secretario de Estado sin ninguna duda que la normativa sobre inmigración concede especiales beneficios de cara a posibilitar la
residencia y el arraigo de aquellas personas que hayan denunciado la existencia de una trama organizada en su entrada ilegal en España. Estas personas son particularmente indefensas y, si no se articula respecto de ellas la posibilidad una vez que
hayan efectuado esta denuncia y puesto en conocimiento de la Policía o de la justicia la existencia de estas tramas o bandas, van a vivir de forma muy complicada en este su país. Me gustaría por tanto, preguntarle, señor secretario de Estado, tal y
como consta en el texto de mi pregunta, si está previsto completar la Ley de Protección de Testigos o si por lo menos hay alguna idea de efectuar los desarrollos reglamentarios necesarios.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Ciertamente esto constituye un motivo de interés por parte del Ministerio de Justicia desde dos perspectivas distintas, impulsadas no sólo por la necesidad que se percibe en nuestro
país, sino también por diversas recomendaciones y resoluciones de la Comunidad Europea sobre protección de testigos. La primera perspectiva es la insuficiencia de la Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, de Protección de Testigos, para testigos
y peritos en causas criminales, que no resuelve muchos problemas a los que luego me referiré. Pero hay una segunda consideración y es que esta ley no ha sido objeto todavía de un reglamento de desarrollo, de forma que los trabajos del ministerio,
en nuestra orientación al menos, aparecen en dos líneas: por


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una parte, completar y reformar la Ley orgánica 19/1994 y, por otra, entrar en el desarrollo reglamentario necesario. Se trata de dos labores normativas simultáneas en lo que cabe y complementarias, puesto que la reforma de la ley tendría
poco sentido si al mismo tiempo no se hace posible su aplicación mediante un reglamento.



El ministerio ha constituido un grupo de trabajo que ha tenido diversas reuniones a lo largo del año pasado y que continúa sus trabajos en el presente con participación de otros ministerios y del ministerio fiscal.
Tenemos algunos puntos de
referencia. El problema ha aparecido agravado a partir de los acontecimientos del 11 de marzo de 2004. En este momento, hablando siempre de cifras globales, que pueden variar, hay cuarenta testigos protegidos en el sumario del 11-M, y tenemos que
tener en consideración situaciones extremas de algunos de estos testigos, sobre todo teniendo en cuenta que la situación de testigo protegido supone no solamente la búsqueda de un entorno seguro, sino también cuestiones referentes al sistema de
seguridad y ayuda médica inmediata, obtención de algún tipo de recursos, etcétera. Las líneas de trabajo están en fase de desarrollo, algunos de los proyectos o ideas podrían ser la constitución, creo que consolidada, de algún tipo de órgano o
comisión central encargada de cuidar de la situación del testigo protegido como órgano administrativo, elaborar un protocolo de actuación en el futuro reglamento para la protección del testigo tras el dictado de una orden judicial genérica o regular
la situación de testigos protegidos procedentes de la Corte Penal Internacional y de los convenios internacionales de colaboración, considerando también que no se trata de una protección estrictamente policial, sino de facilitarles un nivel de
integración adecuado. Todo esto supone medidas de carácter procesal dentro del procedimiento y de carácter extraprocesal. Insisto en que este grupo de trabajo está desarrollando su labor en estas dos líneas, la legal y la reglamentaria, y puedo
confirmar a S.S. que se trata de un punto al que concedemos prioridad en el trabajo del ministerio. Puedo añadir que tenemos borradores de textos iniciales desarrollados, tanto de la ley como del reglamento, y que esperamos poder enviarlos a lo
largo de esta legislatura al Parlamento.



El señor PRESIDENTE: Señora Uría, tiene la palabra.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Señor secretario de Estado, me alegra su preocupación, pero le voy a hacer una confesión: de esta ley me siento madre o madrina por lo menos y a ella le debo haber llegado a ser diputada en esta Cámara, puesto
que no lo era cuando se hizo pero fui yo quien se dirigió al Grupo Vasco, al grupo de mi partido, pidiéndoles que trasladasen la iniciativa al Congreso para que pudiese ser tramitada como proposición de ley. Conocido es que el origen de esta
iniciativa es del grupo de senadores vascos a través de una proposición de ley.



No creo pecar de inmodesta si le digo que nuestras pretensiones eran un poco más ambiciosas que las que luego quedaron plasmadas en el texto, puesto que diferenciábamos los tipos de testigos posibles: del testigo denunciante, que es más
fácilmente perseguible puesto que él ha sido quien ha puesto en marcha la maquinaria penal, al testigo que meramente conoce los hechos o a los testigos que a la vez son correos, como el caso del que yo le hablaba del incurso en la trama de
narcotráfico, que evidentemente había participado en la organización delictual y que en un momento concreto decide contar lo que sabe a la Administración, al Poder Judicial o a la fiscalía. Las situaciones son realmente distintas.
Entonces no lo
hicimos, pero yo ahora sí añadiría dos circunstancias más: la condición de víctima, puesto que el derecho a la victimología se ha desarrollado enormemente en estos tiempos y hay quienes son denunciantes y son víctimas además del delito, y la de los
propios jurados. En alguna ocasión, al hablar de la modificación de la Ley del Jurado, hemos hablado de los casos -ahí está el famoso caso Otegi- en que las personas que forman parte de un jurado pueden ser también víctimas de distracciones desde
fuera, cuando no de auténticas coacciones que les impidan efectuar justicia con las garantías de equidad que ello requiere. Del propio articulado desapareció una parte importante de los textos referidos a que, si estaban padeciendo prisión -estoy
hablando del caso de Correos-, hubiese la exigencia de que estuviesen en prisión separada del resto de los miembros de la misma banda; a las indemnizaciones a familiares, hijos o ascendentes, o a la posibilidad de cambio de domicilio, todas
aquellas cuestiones que se vieron en la tramitación de la norma, que por cierto discutí con el que entonces era portavoz del Grupo Socialista, Ventura Pérez Mariño, muchas veces en dependencias de esta Cámara, porque venía yo a hablar aun no siendo
diputada, o también, por qué no reconocerlo, en Casa Manolo.



Yo he hecho un seguimiento de esta norma durante todo el tiempo que llevo siendo diputada y desde el año 1996 ó 1997 verá usted cómo, con ocasión de los testigos protegidos del GAL y los sucesos que hubo en relación con algunos de ellos,
hice objeto de preguntas y de petición de que se efectuasen los desarrollos cuanto antes a la señora ministra de Justicia, y posteriormente a los señores ministros sucesivos, sin que hasta la fecha -y va a hacer once o doce años de la publicación de
la norma- haya tenido respuesta. Usted me dice que ahora lo están mirando y me alegro extraordinariamente, pero yo creo que es una cuestión urgente y que no debiera esperar a la tramitación, que parece que también ustedes nos prometen, de un texto
completo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, puesto que hay valores importantes que los poderes públicos creemos que tienen que proteger ya desde ahora, tales como propiciar la averiguación de los delitos, la persecución de los delincuentes o
proteger a aquellas personas que cumplen con el deber constitucional de colaborar con la justicia.



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Quisiera terminar recordándole este segmento importantísimo de personas que considero particularmente indefensas, que son aquellas que vayan a colaborar con la justicia denunciando tramas o redes en relación con la inmigración, con la
explotación de trabajadores o con la propia prostitución o el narcotráfico, que creo que deben ser especialmente atendidas, puesto que la normativa sobre extranjería les da unas ciertas ventajas que serían ilusorias y ridículas si no estuviesen
debidamente protegidas.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Estoy de acuerdo con usted en que la iniciativa legislativa que se llevó a cabo en su momento se ha revelado insuficiente ante las necesidades reales.
Particularmente creo que el
eje básico de los casos se centra en aquellos problemas -y este es el dato que tenemos que tener en cuenta siempre- de los juzgados centrales de Instrucción para dar protección y asistencia a los testigos que deseen colaborar en el correspondiente
sumario. Insisto en que disponemos en este momento de borradores iniciales referentes tanto a una eventual reforma de la ley como al reglamento; que estamos trabajando en ello y que esperamos que esto pueda llegar a buen fin.



-DEL SEÑOR ALBENDEA PABÓN (GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO), SOBRE LA EXPLICACIÓN DEL HECHO DE QUE LOS FUNCIONARIOS INTERINOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y CIENCIAS FORENSES NO PUEDAN SER INCLUIDOS EN UNA BOLSA DE
TRABAJO POR CARECER DE TITULACIÓN ESPECÍFICA.
(Número de expediente 181/001818.)


El señor PRESIDENTE: Finalmente, vamos a tramitar la pregunta número 27, explicación del hecho de que los funcionarios interinos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses no puedan ser incluidos en una bolsa de trabajo por
carecer de titulación específica. Su autor es don Manuel Albendea Pabón del Grupo Parlamentario Popular. Tiene la palabra el señor Albendea.



El señor ALBENDEA PABÓN: Muchas gracias, señor secretario de Estado, por su comparecencia. Quiero recordarle que desde la publicación de la orden 2296/2005, de 12 de julio, sobre selección, propuesta y nombramiento de funcionarios
interinos, los cuerpos especiales de técnicos especialistas y de ayudantes de laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses están profundamente preocupados por los siguientes motivos. Consideran que hay una discriminación
con estos funcionarios interinos respecto a otros cuerpos por carencia de oportunidades para consolidarse en su puesto. Desde 1984, es decir, hace 22 años, no ha habido oposiciones al cuerpo de ayudantes de laboratorio. En el caso de los técnicos
especialistas no ha habido nunca oposiciones. Algunos de estos funcionarios llevan más de 20 años de servicio. Ahora se les exige para poder acceder a las bolsas de empleo una titulación que no tienen; se les exige formación profesional de primer
grado o de segundo grado, según el tipo de cuerpo al que quieren pertenecer. ¿Si llevan muchos años acreditando su capacidad técnica, a qué viene ahora exigir a los que tienen esa experiencia un título que se sabe que no poseen?


Según la Ley Orgánica 19/2003, en su disposición transitoria decimotercera se dice que en un plazo de 18 meses de la entrada en vigor de dicha ley se dictará una normativa en materia de funcionarios interinos. Dicha normativa es la que se
ha plasmado en la orden que he citado antes, 2296/2005, y en las posteriores convocatorias de bolsas de trabajo por las distintas gerencias territoriales. En la citada disposición transitoria decimotercera también se decía que durante el periodo
transitorio de 18 meses el ministerio procedería a regularizar la situación de los funcionarios interinos que estuvieran efectivamente desempeñando un puesto de trabajo en virtud del nombramiento expedido al efecto. No ha sido durante el periodo
transitorio sino al final del mismo cuando se ha determinado la exigencia de que todos los funcionarios interinos de la escala de técnicos especialistas y de la de ayudantes de laboratorio deben estar en posesión de un título de técnico superior o
de técnico en formación profesional de las familias de química o sanidad.
Todos los funcionarios interinos de los cuerpos de técnicos especialistas de laboratorio y de ayudantes de laboratorio están en posesión de la titulación que se les exigió en
su día, que fue bachiller superior, EGB o títulos de formación profesional de primer grado de distintas familias.
Doce de ellos están en el departamento de Madrid, trece en el de Sevilla y cinco en el de Barcelona; todos con una antigüedad en el
cuerpo al que aspiran superior a cinco años y con antigüedades muy superiores si se consideran nombramientos anteriores en cuerpos inferiores o distintos y no poseen título de técnico superior o de técnico de las familias profesionales de química o
sanidad. De acuerdo con la legislación vigente, a efectos del acceso a empleos públicos o privados, las titulaciones de bachiller elemental, graduado escolar y formación profesional de primer grado son equivalentes, así como las de bachiller
superior y formación profesional de segundo grado. Eso lo dice la orden de 26 de noviembre de 1975. Por otro lado, el Real Decreto 777/1998 mantiene estas equivalencias a efectos laborales y extiende la equivalencia profesional al título de
técnico especialista respecto al técnico superior. La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, 1/1990, dice en su disposición adicional cuarta, punto tercero, que el actual título de técnico auxiliar tendrá los mismos efectos
académicos que el título de graduado


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en educación secundaria y los mismos efectos profesionales que el nuevo título de técnico en la correspondiente profesión. Igual se dice con respecto al técnico especialista y el técnico superior en el punto cuarto.



Ninguno de los citados interinos ha tenido, como ya he dicho antes, en 21 años acceso a un proceso de selección que hubiera consolidado su situación. Todos ellos han seguido con aprovechamiento los cursos de formación continuada que en
materia específica del instituto organiza anualmente la propia subdirección general de medios personales de la Administración de Justicia. Algunos de ellos han colaborado como tutores de alumnos en prácticas procedentes de distintos institutos de
enseñanza secundaria, dentro de los programas de formación externa para la obtención de un título de técnico superior de la familia de sanidad, por ejemplo el de anatomía patológica. Si no obstante se considera imprescindible que los citados
funcionarios interinos estén en posesión de la titulación específica en una familia profesional, le pido, señor secretario de Estado, que el propio ministerio ponga en marcha con urgencia las medidas oportunas para promover y facilitar que todos
ellos dispongan de dicha titulación específica. Como usted sabe, hay varias vías de obtención de la titulación específica, partiendo de la base de que las equivalencias genéricas están normalizadas a efectos laborales por una legislación aún
vigente. Existen precedentes de habilitaciones profesionales; quiero recordarle que se obtuvieron para trabajadores vitivinícolas por acuerdo entre los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación; de Educación y de Trabajo y Asuntos Sociales
a instancias del Ministerio de Agricultura por Real Decreto 595/2002. Similar a lo que ocurre con los funcionarios interinos, la Ley 50/1998 de medidas fiscales, administrativas y del orden social, subordinaba el ejercicio de la profesión a la
posesión de un título. Asimismo, esta ley contempla, como la Ley Orgánica del Poder Judicial, 19/2003, la posible existencia de situaciones anteriores de ejercicio profesional y faculta al Gobierno para reconocerlas y habilitar para su ejercicio.
El real decreto citado más arriba tuvo como objeto llevar a cabo las correspondientes habilitaciones en distintas escalas -enólogo, técnico especialista en vitivinicultura y técnico en elaboración de vinos- para aquellas personas que, sin estar en
posesión de la titulación específica, hubieran desarrollado una actividad profesional de al menos 5 años. Este mismo tipo de habilitación para el ejercicio profesional lo llevó a cabo el Ministerio de Sanidad para higienistas dentales, exigiendo,
de la misma manera que en el caso anterior, 5 años de ejercicio de la profesión e incluso, para aquellos que no tuvieran esa experiencia la superación de una prueba, habilitación condicionada. Nadie quedaba excluido del derecho del trabajador a que
se le reconozca la experiencia adquirida mediante el ejercicio de la profesión.



Sobre la validez de estas habilitaciones profesionales, no ya para ejercer la profesión, sino para el ingreso al cuerpo mediante una prueba de selección, podemos añadir que en resolución de 21 de mayo de 2002, por la que se convoca un
proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas, en la base sexta de requisitos de los aspirantes se pide estar en posesión de título de formación profesional o certificado acreditativo de habilitación profesional expedido por el
órgano competente. No creemos necesario recordar que el elevado prestigio profesional de este instituto tanto nacional como internacional, el reconocimiento por parte del propio ministerio como centro de referencia, entre otras cosas para formar al
personal de los institutos de medicina legal, se ha conseguido y mantenido gracias al buen hacer indiscutible y profesionalidad de su personal, en su mayoría interino -más del 80 por ciento es interino-, y esto solo se consigue con entrega y
dedicación al trabajo, preparación y estudio por parte de todos y cada uno de ellos en todos los cuerpos, tanto facultativos como técnicos especialistas y ayudantes de laboratorio.



Señor secretario de Estado, espero que el Ministerio de Justicia estudie, desarrolle y ponga en práctica la fórmula más adecuada y rápida de concesión a sus funcionarios interinos de la habilitación profesional que en justicia le corresponde
y que contemple la posibilidad de incorporar una disposición transitoria en el reglamento de ingreso para que, dada la excepcional situación de los funcionarios interinos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, puedan seguir
desempeñando su trabajo y que no se les impida el acceso a las pruebas selectivas, para así aspirar a consolidar su plaza, tan eficientemente defendida hasta ahora.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Como ha señalado S.S., la primera impresión que causa la situación que ha expuesto es la de una injusticia material. ¿Cómo es posible que un conjunto de personas que durante muchos
años -algunos más de 20 años- han sido interinos, ocupando unas plazas determinadas en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, se vean desprovistos de la posibilidad no solo de seguir en ellas, sino de ser incluidos en las bolsas
de trabajo al respecto? La respuesta viene de un mandato legal específico, el artículo 475 b) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que se aprobó en su momento y que venía a especificar que, para el acceso al cuerpo de técnicos
especialistas y al cuerpo de ayudantes, eran necesarios unos requisitos: ser técnico superior en formación profesional o equivalente; es decir, que esta ley venía a introducir el requisito de la titulación para la ocupación de estos puestos. Y el
artículo 389 de esta misma ley venía a señalar que, en los casos en que hubiera urgencia u otros motivos, sería posible el nombramiento de funcionarios interinos por necesidades del servicio. Usted ha señalado que esta era la situación de un gran
número de estos puestos durante mucho tiempo. Lo que pasa es


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que esta misma ley, en relación con los interinos, venía a decir que los nombrados como interinos deberían reunir los requisitos y titulación necesarios para el ingreso en el cuerpo; el mandato legal para los funcionarios de carrera se
extendía también a los interinos y, obviamente, afectaba a aquellos que no tuvieran la titulación exigida por la ley.



La orden del Ministerio de Justicia de 12 de junio tiene que sujetarse a estos mandatos de legalidad, tratando de evitar, dentro de las posibilidades que permite la ley, que esta injusticia material llegue a extremos que pudieran ser poco
aceptables. La ley, y como consecuencia la orden, permite una serie de posibilidades con respecto a estos interinos.
Se da, efectivamente, un plazo de 18 meses para regularizar la situación de los funcionarios interinos que estén desempeñando un
puesto de trabajo. Evidentemente, el objetivo de este periodo de 18 meses previsto por la orden se refería a la posibilidad de que estos funcionarios pudieran hacerse con la titulación adecuada. Pero, en el supuesto de que en estos 18 meses los
funcionarios no hubieran regularizado su situación, la disposición transitoria decimotercera de la Ley Orgánica 19/2003 suponía la necesidad de su cese. Eso son disposiciones legales que no pueden ser eludidas por el ministerio. Lo que sí ha hecho
esta orden es intentar darles una posibilidad formando nuevas bolsas de trabajo con los nuevos cuerpos y con las titulaciones exigidas para el acceso a los mismos y que, por una sola vez, aquellos funcionarios interinos que hubieran de cesar por no
tener la titulación se colocasen al principio, en la situación más ventajosa, en la bolsa del nuevo cuerpo para el que sí tuvieran la titulación exigida. Es decir, si bien se aplicaba la ley en sus términos, se daba una cierta ventaja, en el
sentido de colocar a estos funcionarios en el lugar más favorecido de la nueva bolsa de trabajo.



Esto no solo afecta al personal interino del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses sino a otros muchos funcionarios interinos que prestaban servicios en los antiguos cuerpos de oficiales, auxiliares y agentes de la
Administración de Justicia. Estos cuerpos han desaparecido en virtud de la misma ley y se crean otros, como el de gestión, tramitación y auxilio, con un nivel de titulación superior. Y ¿qué ocurre con aquellas personas que estaban como
funcionarios interinos en estos cuerpos sin tener esta titulación? Pues que, si en un plazo razonable no han reunido el requisito de la titulación, deben cesar, puesto que su situación no se ajusta a los mandatos de la ley. Este ministerio está
vinculado por el cumplimiento de la ley, pero no es ajeno a los problemas que pueden surgir, tanto a funcionarios interinos que llevan mucho tiempo sirviendo en estos puestos como en el mismo funcionamiento del Instituto Nacional de Toxicología por
falta de personal adecuado. Yo he seguido con mucho interés la exposición de posibles vías que usted ha señalado y le señalo la mejor disposición del ministerio para buscar vías de solución, pero siempre según los mandatos estrictos de la Ley
Orgánica 19/2003.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Albendea.



El señor ALBENDEA PABÓN: Señor secretario de Estado, al final ha abierto usted una puerta a la esperanza; esperemos que sea verdaderamente una realidad.



En relación con el periodo transitorio de 18 meses que usted mencionaba, señor secretario de Estado, tengo que decirle que no ha sido así. Cuando se han empezado a convocar las bolsas de trabajo ha sido cuando ya habían transcurrido los 18
meses, cuando los funcionarios interinos prácticamente no tenían posibilidad de revalidar ese título. En segundo lugar, la orden ministerial de 26 de noviembre de 1975 determina equivalentes a efectos de acceso a empleos públicos y privados la
formación profesional de segundo grado y el bachiller superior y la formación profesional de primer grado y el graduado escolar o bachiller elemental. Por ese procedimiento se podría ir a la equiparación de la titulación. También cabe, como le he
señalado antes, el procedimiento de la habilitación profesional, precisamente por la cantidad de años que llevan ejerciendo. Me gustaría que hiciera alguna consideración sobre eso o que esa vía de esperanza que ha abierto fuera una realidad. In
extremis, como usted mismo ha hablado de injusticia material, están ustedes en el Gobierno; si usted cree que esa disposición de la ley orgánica al final acarrea una injusticia, promuevan ustedes una modificación del artículo 475 de la ley, que
desde luego mi grupo le apoyaría.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el secretario de Estado.



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA (López Guerra): Rectificar es de sabios. Tengo en cuenta la oferta que me hace y la información que ha suministrado en su exposición.



Por lo que respecta al plazo de 18 meses, es verdad que la convocatoria de las bolsas de trabajo se ha celebrado al final del plazo, por eso es un plazo. La idea subyacente era que este plazo se utilizara para que aquellos que tuvieran
oportunidad regularizaran sus títulos. Ciertamente, la situación es la que usted ha descrito y lo único que puedo decirle es que lo tendremos muy en cuenta, pero obviamente todos estamos sometidos al imperio de la ley. Trataremos de que esto no
tenga resultados excesivamente gravosos ni para las situaciones personales ni para el buen funcionamiento de la institución. Insisto en que tendremos en cuenta las sugerencias que usted ha hecho.



El señor PRESIDENTE: Llegados a este punto y agotado el orden del día, agradeciendo a todos los presentes su asistencia se levanta la sesión.



Eran las doce y diez minutos del mediodía.