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DS. Senado, Comisiones, núm. 492, de 06/10/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



SENADO



Año 1999 VI Legislatura
Comisiones. Núm. 492



COMISION DE JUSTICIA



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN MOYA SANABRIA



celebrada el miércoles, 6 de octubre de 1999



ORDEN DEL DIA:



--Elección del cargo de Secretario Primero de la Comisión (Número de
expediente 541/000006).




--Designación de la Ponencia que ha de informar el Proyecto de Ley de
Enjuiciamiento Civil (Número de expediente 621/000154).




--Designación de la Ponencia que ha de informar la Proposición de Ley de
modificación de la regulación de la declaración de fallecimiento de los
desaparecidos con ocasión de naufragios y siniestros (Número de
expediente 662/000014).




--Dictaminar el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 38/1988, de
28 de diciembre, de demarcación y planta judicial (Número de expediente
621/000151).




Se abre la sesión a las dieciséis horas y cinco minutos.




El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.

Ruego al señor Letrado que proceda a la comprobación de la asistencia de
los Senadores presentes.




Por el señor Letrado se procede a la comprobación de las señoras y los
señores Senadores presentes.

El señor PRESIDENTE: El acta de la sesión anterior está en poder de los
portavoces.

¿Algún Senador quiere hacer alguna manifestación acerca de la misma?
(Pausa.)
¿Se puede aprobar por asentimiento? (Pausa.)
Así consta.

Como cuestión previa, solicito el criterio de los portavoces de los
grupos parlamentarios acerca del posible acuerdo de que la Comisión
modifique y amplíe el orden



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del día de la sesión de hoy, con el objeto de incluir en ella los puntos
siguientes: Elección de cargo de Secretario Primero de la Mesa, vacante
por la renuncia al mismo de don José María Barcina, la designación de la
ponencia que ha de informar del proyecto de ley de Enjuiciamiento Civil y
la designación de la ponencia que ha de informar la proposición de ley de
modificación de la regulación de la declaración de fallecimiento de los
desaparecidos con ocasión de naufragios y siniestros.

¿Tienen los portavoces algún inconveniente en que se adopte el acuerdo de
ampliar el orden del día en el sentido expuesto? (Pausa.)
En ese caso, comenzamos, en primer lugar, por los puntos de ampliación
del orden del día.




--ELECCION DEL CARGO DE SECRETARIO PRIMERO DE LA MESA (541/000006).




El señor PRESIDENTE: Como saben sus señorías, si hubiera una candidatura
única y la Comisión estuviese de acuerdo, se sometería la propuesta al
asentimiento de la Comisión. En caso de que algún miembro de la Comisión
no estuviese conforme con este procedimiento, la elección se llevaría a
cabo mediante la votación secreta por papeletas.

¿Hay alguna propuesta que elevar a la Mesa?



El señor ESTEBAN ALBERT: El Grupo Popular presenta como Secretario
Primero de la Mesa al Senador Vicente Ferrer Roselló.




El señor PRESIDENTE. ¿Hay alguna otra propuesta? (Pausa.)
¿Algún señor Senador tiene inconveniente en que pueda ser aprobado por
asentimiento? (Pausa.)
Así se aprueba.

El señor don Vicente Ferrer Roselló puede tomar posesión de su cargo.

(Pausa.)



Enhorabuena.




--DESIGNACION DE LA PONENCIA QUE HA DE INFORMAR DEL PROYECTO DE LEY DE
ENJUICIAMIENTO CIVIL (621/000154).




El señor PRESIDENTE: El segundo punto de la ampliación del orden del día
que se ha aprobado corresponde a la designación de la ponencia que ha de
informar el proyecto de ley de enjuiciamiento civil.

¿Los señores portavoces tienen la propuesta?
El Grupo de Convergència no se encuentra presente, pero todos sabemos que
la tiene que ocupar el Senador Capdevila.

¿Por el Grupo Parlamentario Socialista?



El señor MARIN RITE: El Senador don Hilario Caballero Moya.

El señor PRESIDENTE: ¿Por el Grupo Popular?



El señor ESTEBAN ALBERT: Don Alfredo Prada y don Javier Ariznavarreta.




El señor PRESIDENTE: Conforme.




--DESIGNACION DE LA PONENCIA QUE HA DE INFORMAR LA PROPOSICION DE LEY DE
MODIFICACION DE LA REGULACION DE LA DECLARACION DE FALLECIMIENTO DE LOS
DESAPARECIDOS CON OCASION DE NAUFRAGIOS Y SINIESTROS (622/000014).




El señor PRESIDENTE: Tercer punto, designación de la ponencia que ha de
informar la proposición de ley de modificación de la regulación de la
declaración de fallecimiento de los desaparecidos con ocasión de
naufragios y siniestros.

Por el Grupo de Convergència, igualmente, podamos dar por aprobado que
sea el Senador Capdevila. (El señor Marín Rite pide la palabra.)
¿Desea intervenir el Senador Marín Rite?



El señor MARIN RITE: Parece que, si es una ley que viene aprobada por
unanimidad del Congreso de los Diputados y no hay enmiendas, no sea
necesaria una ponencia.




El señor PRESIDENTE: Estimo que lo presumible es que no haya enmiendas,
que ni siquiera haya ponencia ni Comisión y vaya directamente a Pleno,
pero, como medida de precaución, es conveniente nombrarla.




El señor MARIN RITE: En el caso de que haya enmiendas, será muy poca
cosa.




El señor PRESIDENTE: Pero en el momento en que haya posibilidad de
enmiendas tendremos que plantear que exista la ponencia, por lo que sería
bueno dejarla ya designada, con el fin de no tener que volver a
reunirnos, si no tienen inconveniente.




El señor MARIN RITE: De acuerdo. Será el Senador don Manuel Caballero.




El señor PRESIDENTE: ¿Por el Grupo Popular?



El señor ESTEBAN ALBERT: Don Alfredo Prada.




El señor PRESIDENTE: Gracias.




--PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 38/1988, DE 28 DE
DICIEMBRE, DE DEMARCACION Y PLANTA JUDICIAL (621/000151).




El señor PRESIDENTE: Dictamen del proyecto de ley por la que se modifica
la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.




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El proyecto de ley tuvo su entrada en el Senado el pasado día 17 de
septiembre, fecha también de su publicación en el «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», terminando el plazo de presentación de enmiendas el
día 29 del mismo mes.

A este proyecto de ley se presentaron nueve enmiendas: tres del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió y seis del
Grupo Parlamentario Socialista.

La Ponencia estuvo integrada por don Hilario Caballero Moya, don Salvador
Capdevila i Bas, don Juan Vicente Casas Casas, doña María Inmaculada de
España Moya y don Alfredo Prada Presa, y emitió su informe con fecha 30
de septiembre. En dicho informe, la Ponencia acordó mantener en todos sus
términos el texto remitido por el Congreso de los Diputados.

Por tanto, procede entrar ahora al debate de las enmiendas.

Como tenemos por costumbre, estableceremos un turno a favor, un turno en
contra y, posteriormente, un turno de portavoces, salvo que los propios
portavoces lo den por consumido en el mismo acto de defensa de las
enmiendas, puesto que son muy pocas.

Para la defensa de las enmiendas de Convergència i Unió, tiene la palabra
el Senador Capdevila, a quien le anuncio que ha sido designado ponente en
el proyecto de ley de Enjuiciamiento Civil y en la proposición de ley
relativa a la declaración de fallecimiento de los desaparecidos con
ocasión de naufragios y siniestros.




El señor CAPDEVILA I BAS: Muchas gracias.

Nosotros mantenemos tres enmiendas al proyecto de ley y, en definitiva,
seguimos manteniendo en el Senado el criterio adoptado por nuestro Grupo
en el Congreso de los Diputados.

Asimismo, hoy no vamos a poder votar favorablemente las enmiendas
presentadas por los demás grupos, por lo que aprovecho la ocasión para
mostrar ya la posición de nuestro Grupo respecto a las demás enmiendas.

En cuanto a las tres enmiendas que hemos presentado, las números 7, 8 y
9, tienen la pretensión de que la demarcación social de las ciudades de
Granollers, Mataró y Sabadell esté integrada por tres juzgados de lo
social en cada una de ellas.

Entendemos que estas enmiendas están sobradamente justificadas por el
volumen de asuntos, por la fuerte litigiosidad experimentada en el ámbito
social durante los últimos años, superando, incluso, el módulo de los
1.000 asuntos por juzgado recomendados por el Consejo General del Poder
Judicial.

El carácter necesario y prioritario de este aumento de un juzgado por
cada una de estas ciudades viene avalado por el informe del Gobierno de
la Generalitat aprobado el día 9 de febrero de 1999 a propuesta de la
Consejería de Justicia.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Capdevila.

¿Turno en contra? (Pausa.)
Tiene la palabra la Senadora España.

La señora ESPAÑA MOYA: Con respecto a las enmiendas números 7, 8 y 9,
presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió, vamos a rechazarlas porque en este proyecto de ley
se han creado nuevas circunscripciones de lo social con sede en
Granollers, Mataró y Sabadell.

La previsión de la planta en este proyecto es de dos juzgados únicamente
para cada una de estas circunscripciones, y una vez que entren en
funcionamiento estos juzgados, en función de su evolución, si fuera
necesario, como ya saben ustedes, se podrán aumentar de conformidad con
lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley de Demarcación y Planta
Judicial.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senadora España.

A continuación, pasamos al debate de las enmiendas números 1 a 6, del
Grupo Parlamentario Socialista.

Tiene la palabra don Hilario Caballero.




El señor CABALLERO MOYA: Muchas gracias, señor Presidente.

Algunas de estas enmiendas ya han sido tratadas en esta Comisión porque
fueron presentadas con ocasión de alguna otra modificación de la Ley de
Demarcación y de Planta Judicial.

La justificación de las enmiendas que aparecen en la publicación indica
que están suficientemente defendidas porque las razones que se expusieron
en ocasiones anteriores subsisten en este momento. No obstante, y con
brevedad, voy a hacer referencia a todas ellas.

La enmienda número 1 pretende la creación de tres nuevos partidos
judiciales. Uno de ellos se ubicaría en Almería y fue solicitado por la
Comunidad de Andalucía en 1995. Sería el partido judicial número 9, con
sede en el municipio de Adra. Este municipio genera el 75 por ciento de
los asuntos que se tramitan en los juzgados de Berja. Su población supone
casi la mitad del total de la población del partido judicial número 2 y
tiene una importante actividad productiva.

También se pretende la creación de un nuevo partido judicial en
Guadalajara, que sería el número 4. Su creación viene avalada por el
aumento de población que ha experimentado la zona en los últimos años,
sobre todo Azuqueca de Henares, siendo esta una tendencia que se
mantiene, de una parte, debido a la pujanza económica de la zona derivada
de la instalación de industrias y empresas de todo tipo y, de otra, por
ser una zona de segunda residencia para los habitantes de Guadalajara y
de Madrid.

En Badajoz se pretende la creación de un nuevo partido judicial, que
sería el número 15. La Comunidad Autónoma de Extremadura lo viene
demandando desde hace varios años. Se solicita su ubicación en el
municipio de Azuaga, que es la población con mayor número de habitantes y
es el centro natural de la comarca.

En relación con esta enmienda número 1 defenderé la enmienda número 4, de
juzgados de primera instancia e instrucción. Obviamente tiene una
conexión evidente con la enmienda anterior toda vez que la creación de
nuevos partidos judiciales en Almería, Guadalajara y Badajoz justifica



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la creación de juzgados de primera instancia e instrucción en estas
demarcaciones.

A mayor abundamiento, en el caso de Guadalajara la entrada en
funcionamiento de un nuevo juzgado es solicitada por el Tribunal Superior
de Justicia de Castilla-La Mancha. Respecto al juzgado de Azuaga, ya es
contemplado desde 1993 por las Memorias del Consejo General del Poder
Judicial.

Además de la creación de estos juzgados, pretendemos en esta enmienda el
establecimiento de juzgados de primera instancia e instrucción en Santa
Cruz de Tenerife, aumentando uno más en cada uno de los partidos
judiciales números 7 y 10 debido al volumen de asuntos que atienden los
juzgados existentes, que sobrepasan la carga de trabajo máxima que
contempla el Libro Blanco para la Justicia.

En Albacete, el partido judicial número 6 pasaría a tener dos juzgados, y
en Toledo el partido judicial número 3 pasaría de dos a tres juzgados,
mientras que el partido judicial número 5 pasaría de cuatro a cinco
juzgados.

Todo ello viene aconsejado por el aumento de la litigiosidad que supera
la media nacional y las cargas máximas recomendadas en el Libro Blanco.

En Gerona pretendemos que los cuatro juzgados de primera instancia e
instrucción sean servidos por magistrados.

Finalmente, en La Rioja proponemos la creación del juzgado de primera
instancia e instrucción número 2 del partido judicial número 1. Su
creación figura en la relación circunstanciada de necesidades de la
Administración de Justicia para 1997 a propuesta del Tribunal Superior de
Justicia de La Rioja.

Con la enmienda número 5 entraríamos en el ámbito de los juzgados de lo
penal. Pretende pasar de tres a cuatro juzgados de lo penal en el partido
judicial número 4 de Cádiz y la creación de tres nuevos juzgados que
extiendan su jurisdicción a los partidos judiciales 1 y 9 en Alicante.

Esta es una demanda recogida en el informe emitido por el Consejo General
del Poder Judicial a propósito del proyecto de ley que nos ocupa.

En lo referente a Castilla-La Mancha pretendemos que se incremente en uno
el número de los juzgados de lo penal en las provincias de Albacete,
Ciudad Real, Cuenca y Toledo debido al aumento de la litigiosidad.

La creación del juzgado de lo penal número 3 de Albacete y Ciudad Real
figura entre las necesidades de juzgados que recoge la Memoria del año
1998 del Tribunal Superior de Justicia y es recogida en la relación de
necesidades de la Administración de Justicia para el año 2000 por el
Consejo General del Poder Judicial.

En concreto, la creación del número 3 de Ciudad Real es de urgente
necesidad, máxime si se tiene en cuenta el mayor número de competencias
tras la reforma del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se
viene reclamando desde 1994.

Mi compañero, el diputado Iñiguez Molina, desglosó los datos de los
juzgados de lo penal en Ciudad Real durante su intervención en el trámite
del Congreso del presente proyecto y me evito insistir en ello, pero son
francamente preocupantes.

Respecto a los juzgados de lo social a los que atiende la enmienda número
6, solicitamos la creación de dos juzgados de lo social en Jerez de la
Frontera, con lo que pasarían de dos a cuatro, extendiendo su
jurisdicción a los partidos judiciales que se señalan en la enmienda. Se
justifica por la actual carga de trabajo que soportan los dos juzgados
existentes, lo que hace inexplicable la reducción del número de juzgados
que se operó por el Real Decreto 987/1998, de 22 de mayo.

Se propone también la creación de un juzgado de lo social en Puertollano,
en la provincia de Ciudad Real, con jurisdicción en el partido judicial
número 7, y otro en Talavera de la Reina (Toledo), con jurisdicción en el
partido judicial número 4. La necesidad de su creación se viene
exponiendo desde hace años en las distintas Memorias del Tribunal
Superior de Justicia de Castilla-La Mancha por superar los juzgados
existentes en este orden jurisdiccional la carga máxima admisible.

La mayor proximidad de la justicia a los ciudadanos y el número de
asuntos que generan ambas ciudades aconsejan su ubicación en Puertollano
y en Talavera de la Reina.

La enmienda número 2 propone la creación de una nueva plaza de magistrado
en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La
Mancha, ya que el volumen de asuntos de esta sala supera la carga máxima
prevista en el Libro Blanco. Esta necesidad se recogía en la Memoria de
1997 del Tribunal Superior y es reiterada en la Memoria de 1998.

Finalmente la enmienda número 3 pretende dotar a cada sección, o
audiencia única en su caso, de otra plaza de magistrado, salvo en Ciudad
Real, sección primera, ya que cuenta con cuatro magistrados, incluido su
Presidente. Se justifica esta necesidad por tener que prescindir del
magistrado-presidente cuando se celebre un juicio con jurado, exigencia
impuesta por la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado, resultando difícil,
en ocasiones, componer las salas cuando existen causas de abstención para
preservar la imparcialidad objetiva.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Caballero.

Antes de conceder el turno en contra a doña Inmaculada España quiero
especificar, para que conste en acta, que en la Ponencia relativa a la
Ley de Enjuiciamiento Civil los representantes del Grupo Popular serán
doña Rosa Vindel López y don Alfredo Prada Presa. Por lo visto, antes se
equivocó el portavoz en uno de los nombres que se dijo.

Para turno en contra tiene la palabra la Senadora Inmaculada España.




La señora ESPAÑA MOYA: Las enmiendas números 1 a 6, presentadas por el
Grupo Socialista, hemos de rechazarlas por los siguientes motivos.

Por lo que respecta a la enmienda número 1, en la que se propone la
creación de un nuevo partido judicial en Adra, en Azuqueca de Henares y
en Azuaga, hay que señalar que estos partidos no cumplirían los
parámetros de población y superficie considerados como el modelo general



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de partido por la propia Ley de Demarcación y Planta Judicial en su
exposición de motivos. Con respecto a las cargas medias de trabajo de
asuntos civiles y penales, se encontrarían dentro de los módulos
considerados como idóneos por el Consejo General del Poder Judicial. No
obstante, las propuestas formuladas serán evaluadas cuando se proceda a
la revisión de la vigente Ley de Demarcación y Planta Judicial en
relación con la modificación y creación de nuevos partidos judiciales. No
olvidemos que se trata de una modificación de la Ley que crea nuevas
circunscripciones judiciales.

Se rechazan las enmiendas números 2 y 3, de creación de una nueva plaza
de Magistrado en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Castilla-La Mancha, y de creación de una nueva plaza de Magistrado en
cada Sección o Audiencia única en su caso en la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha, excepto a la Sección Primera de la Audiencia
Provincial de Ciudad Real, respectivamente, ya que el Consejo General del
Poder Judicial no las ha pedido como prioritarias para el año 2000. Aun
así, no se debe olvidar lo dispuesto en el artículo 20.1 sobre que el
Gobierno podrá crear nuevas plazas de Magistrado mediante real decreto en
la programación anual correspondiente de la planta judicial, en función
de la carga competencial de los órganos judiciales y las peticiones
formuladas por el Consejo General del Poder Judicial.

Con respecto a la enmienda número 4, de modificación del anexo VI, de
creación de juzgados de primera instancia e instrucción, se encuentra
supeditada a la creación de los partidos judiciales de Adra, Azuqueca de
Henares y Azuaga, por lo que me remito a lo que he dicho anteriormente.

Sobre la creación de los juzgados de primera instancia e instrucción en
Santa Cruz de Tenerife --en el Puerto de la Cruz y La Laguna--, se hará
por el artículo 20 de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, ya que
figura en la relación de necesidades del Consejo General del Poder
Judicial para el año 2000.

Por lo que respecta a Villarrobledo, en Albacete, Toledo y Haro, en La
Rioja, no figura en la relación de necesidades del Consejo General del
Poder Judicial para el año 2000 y, por tanto, no se hará.

En cuanto a la creación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 4 de Blanes, en Gerona, ya está creado por el Real Decreto
1286/99, de 23 de julio, estando prevista su entrada en funcionamiento el
1 de diciembre de 1999.

Con respecto a la enmienda número 5, de modificación del anexo VII, de
creación de nuevos juzgados de lo penal en Benidorm, se encuentra
supeditada a la evolución de la nueva circunscripción penal que se ha
creado mediante el presente proyecto, como una planta de un juzgado.

En los casos de Cádiz, Albacete, Talavera de la Reina, Toledo y Cuenca,
no cumplen los módulos exigidos por el Consejo como idóneos y no han sido
solicitadas por el mismo.

En Ciudad Real se creará un juzgado mediante el artículo 20.1 de la Ley
de Demarcación y Planta Judicial, ya que figura en la relación de
necesidades del Consejo General del Poder Judicial para el año 2000.

Con respecto a la enmienda número 6, de modificación del anexo IX, no
procede la creación de nuevos Juzgados de lo Social en Jerez de la
Frontera ya que no cumple los módulos de carga de trabajo exigidos por el
Consejo y tampoco figura la petición de éste.

En cuanto a la creación de nuevos Juzgados de lo Social en Puertollano
--Ciudad Real-- y Talavera de la Reina --Toledo--, no se llevan a cabo
porque en este proyecto de modificación no se ha creado ninguna nueva
circunscripción por no cumplir los requisitos para ello.




El señor PRESIDENTE: Terminado el debate de las enmiendas, pasamos al
turno de portavoces. ¿Desea intervenir alguno de los señores portavoces?
(Pausa.)
Tiene la palabra el Senador Capdevila.




E1 señor CAPDEVILA I BAS: Intervengo simplemente para dejar constancia
del motivo por el que vamos a votar en contra de las enmiendas
presentadas por los demás grupos.

Entendemos que en el texto remitido por el Congreso de los Diputados no
encajan las enmiendas que ha presentado en este acto el Grupo
Parlamentario Socialista y que deben ser objeto de un estudio previo
global, atendiendo a la mejor distribución geográfica de los partidos
judiciales de todo el país. En el caso de Cataluña, concretamente, aunque
alguna de las enmiendas tiene nuestro pleno reconocimiento y deberían ser
efectivas, consideramos que tiene que ser a propuesta de la Conselleria
de Justicia y previos los estudios correspondientes por las instituciones
competentes.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Capdevila.

Tiene la palabra el Senador Caballero.




El señor CABALLERO MOYA: La portavoz del Partido Popular utiliza varias
argumentaciones en su respuesta. Unas veces aduce si figuran o no en la
relación circunstanciada del Consejo General del Poder Judicial; otras,
en las memorias de los tribunales superiores de justicia; y, también, se
justifica en virtud de las cargas máximas que establece el Libro Blanco
de la Justicia. La cuestión es que si se mantienen esas argumentaciones,
deberían ser iguales para aceptar o rechazar todas las enmiendas. Por
ejemplo, en la memoria justificativa de este proyecto de ley se nos dice
que atiende a criterios como la existencia de dotación presupuestaria,
propuestas de las Comunidades Autónomas, peticiones de instituciones,
como colegios de abogados y ayuntamientos, y disponibilidad de locales
para la instalación de los nuevos juzgados; pero, obviamente, esto que
debe ser condición necesaria, no es suficiente, porque varias de las
pretensiones que contienen nuestras enmiendas cumplen estos criterios,
además de que los juzgados existentes en las demarcaciones respectivas
tienen un gran número de asuntos pendientes, una carga o una sobrecarga,
en referencia a los criterios del Libro Blanco.

Solicitamos la creación de juzgados en demarcaciones donde los existentes
vienen siendo reforzados por medidas



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de apoyo, con refuerzos prolongados hasta el momento actual, lo que pone
de manifiesto que sus carencias son estructurales y no meramente
coyunturales.

¿Cuál es la razón de que no las apoyen y, sin embargo, se creen juzgados
cuya carga va a ser inferior a la que recomienda el Libro Blanco? Así lo
pone de manifiesto la propia memoria que acompaña a este proyecto de ley.

Parece como si en la creación de juzgados no tuvieran un criterio único.

No digo que no sean necesarios los que se crean pero, con los datos de
las memorias del Consejo General del Poder Judicial en la mano, me
pregunto si son los más necesarios y, en concreto, si es prioritaria la
creación del Juzgado de lo Penal número 3 de Ciudad Real.

Mi Grupo ya ha expresado en otras ocasiones que considera urgente y
necesario acometer de manera global la revisión de la Ley de Demarcación
y Planta Judicial para evitar las modificaciones parciales y el hecho de
que los grupos --no solamente el nuestro-- presenten enmiendas motivadas
por situaciones urgentes que, quizá, no sean todo lo coherentes que
debieran desde una perspectiva de reforma global de la Ley de Demarcación
y Planta Judicial.

En otro orden de cosas, es cierto que en materia de planta y demarcación
judicial el Estado tiene una competencia exclusiva. Sin embargo, según el
Tribunal Constitucional, el artículo 152.1, párrafo segundo, de la
Constitución permite que las Comunidades Autónomas asuman competencias
participativas en la organización de las demarcaciones judiciales. Es de
suponer que las Comunidades Autónomas afectadas por este proyecto habrán
expresado su parecer sobre las modificaciones que contiene, en
cumplimiento del artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pero
el informe del Consejo General del Poder Judicial echa de menos que se
haya dado traslado, lo que le hubiera permitido un pronunciamiento mucho
más preciso. También echa de menos --con referencia a lo que me decía
sobre el partido judicial y el juzgado de Adra-- un estudio sobre las
comunicaciones entre las poblaciones incluidas en la misma
circunscripción, la carga de trabajo que tienen los órganos judiciales
existentes y la que previsiblemente asumirán los nuevos, la población
afectada y su distribución. Estos datos son necesarios para complementar
las recomendaciones sobre la carga máxima del Libro Blanco y justifican
alguna de nuestras enmiendas.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Hilario Caballero.

Tiene la palabra la Senadora doña Inmaculada España.




La señora ESPAÑA MOYA: Simplemente quiero aclarar al Senador Caballero
que este proyecto de ley de modificación de la Ley de Demarcación y
Planta Judicial no es un proyecto de creación de juzgados, sino de
creación de circunscripciones y, como consecuencia de la creación de las
nuevas circunscripciones, surgen un total de 44 nuevos juzgados. Esta
modificación se realiza, precisamente, para aproximar la justicia a los
ciudadanos.

Anteriormente, he dicho que la creación de juzgados y de nuevas plazas se
puede realizar mediante el artículo 20.1 y consultando a la Comunidad
Autónoma correspondiente y al Consejo General del Poder Judicial. Las
cifras concretas se le facilitarán al Senador ponente de este proyecto de
ley durante el debate en el Pleno.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora María Inmaculada España.

Terminado el debate y existiendo un texto de la Ponencia, aunque del
debate se deduzca que no va a haber modificaciones en dicho texto,
pregunto a la Ponencia si piensa introducir alguna modificación. (Pausa.)
Por tanto, sometemos a votación el texto de la Ponencia.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 14;
abstenciones, seis.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Una vez terminada la votación, se proclama que queda dictaminado por la
Comisión de Justicia el proyecto de ley por el que se modifica la Ley
38/1998, 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.

Queda por designar el miembro de la Comisión que hará su presentación
ante el Pleno del presente proyecto de ley. ¿Alguna propuesta?
(Pausa.--La Senadora Vindel López pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la Senadora Vindel.




La señora VINDEL LOPEZ: El Grupo Parlamentario Popular propone a su
señoría, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora Vindel. (El Senador Marín
Rite asiente.) Gracias, Senador Marín Rite. El Presidente una vez más
acepta con mucha amabilidad. (La Senadora Vindel López pide la palabra.)
Senadora Vindel, ¿quiere hacer uso de la palabra? Tiene la palabra.




La señora VINDEL LOPEZ: Sí, señor Presidente.

En primer lugar, intervengo para solicitar disculpas a los miembros de la
Mesa y al resto de la Comisión por haber llegado tarde. La razón,
señorías, ha sido muy entrañable, puesto que la Presidencia de la Cámara
ha considerado oportuno ofrecer un almuerzo a todos aquellos compañeros
que han dejado de serlo después de las elecciones autonómicas del 13 de
junio. En este sentido, traigo a sus señorías un recuerdo muy afectuoso
de la que fue Senadora, doña Pilar Costa, y de don José Luis Nieto, que
nos hicieron pasar ratos muy agradables a todos los presentes en esta
Comisión.

Por otro lado, señor Presidente, quería rectificar unos nombramientos que
ha hecho mi Grupo en relación con las ponencias que tendremos por
delante. Por lo que se refiere a la Ponencia que estudiará la proposición
de ley de modificación de la regulación de la declaración de
fallecimiento



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de los desaparecidos con ocasión de naufragios y siniestros, los ponentes
por el Grupo Parlamentario Popular serán los Senadores Chapela Seijo y
Ariznavarreta Esteban. Y respecto a la Ponencia que estudiará la Ley de
Enjuiciamiento Civil, como muy bien ha dicho el Presidente de la
Comisión, serán el Senador Alfredo Prada Presa y yo misma.

Muchas gracias, señorías. Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: A la vista de lo que manifiesta la Senadora Rosa
Vindel, como el Grupo Parlamentario Popular acaba de nombrar dos
ponentes, los demás grupos parlamentarios que habían elegido sólo uno
pueden elegir igualmente otro miembro de la Ponencia. (Pausa.) El señor
Capdevila no puede elegir otro más.

Por tanto, y para que no haya confusión, ruego al señor Letrado que dé
lectura a la composición de las ponencias que estudiarán las dos leyes,
con el fin de que no vuelva a haber nuevos errores.




El señor LETRADO: La Ponencia de la Ley de Enjuiciamiento Civil está
compuesta por don Alfredo Prada Presa y doña Rosa Vindel López, por el
Grupo Parlamentario Popular, don José Antonio Marín Rite y don Hilario
Caballero Moya, por el Grupo Parlamentario Socialista, y don Salvador
Capdevila i Bas, por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió.

La Ponencia de la proposición de ley de modificación de la regulación de
la declaración de fallecimiento de los desaparecidos con ocasión de
naufragios y siniestros estará compuesta por don José Manuel Chapela
Seijo y don Ignacio Ariznavarreta Esteban, por el Grupo Parlamentario
Popular; por don Manuel Caballero Muñoz, por el Grupo Parlamentarlo
Socialista, y don Salvador Capdevila i Bas, por el Grupo Parlamentario
Catalán en el Senado de Convergència i Unió.




El señor PRESIDENTE: La Presidencia pide la conformidad definitiva a los
portavoces sobre ambas Ponencias. (Pausa.) Gracias.

Se levanta la sesión.




Eran las dieciséis horas y cuarenta minutos.