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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 31, de 10/10/1996
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CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



PLENO Y DIPUTACION PERMANENTE



Año 1996 VI Legislatura Núm. 31



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FEDERICO TRILLO-FIGUEROA MARTINEZ-CONDE



Sesión Plenaria núm. 30



celebrada el jueves, 10 de octubre de 1996



ORDEN DEL DIA:
Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios
Internacionales:



--Convenio Internacional de Cooperación relativo a la Seguridad de la
Navegación Aérea «EUROCONTROL» (Bruselas 13-12-60); Protocolo Adicional
al Convenio Internacional de Cooperación para la Seguridad de la
Navegación Aérea «EUROCONTROL» (Bruselas 6-7-70); Protocolo modificativo
del Protocolo Adicional al Convenio Internacional de Cooperación para la
Seguridad de la navegación Aérea «EUROCONTROL», de 6-7-70 (Bruselas
21-11-78); Protocolo de la Enmienda a la Convención Internacional de
«EUROCONTROL» para la Cooperación en la Seguridad de la Navegación Aérea
de 13-12-60 (Bruselas 12-2-81); Protocolo relativo a la aplicación de
ciertas disposiciones del Convenio sobre «EUROCONTROL» que afectan a la
defensa (Bruselas 13-12-60) y Acuerdo Multilateral relativo a la
protección de materias clasificadas «EUROCONTROL» (Bruselas 18-11-69). B.

O. C. G.», Serie C, número 5.1, de 17 de junio de 1996. (Núm. exp.

110/000004) (Página 1294)



Página 1288




--Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre
el Reino de España y la República de Colombia, firmado «ad referéndum» en
Bogotá el 9 de junio de 1995. B. O. C. G.», Serie C, número 6.1, de 17 de
junio de 1996. (Núm. exp. 110/000005) (Página 1294)



--Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, hecha en
Montego Bay el 10 de diciembre de 1982, y Declaraciones interpretativas
que España va a formular en el momento de la ratificación. «B. O. C. G.»,
Serie C, número 9.1, de 17 de junio de 1996. (Núm. exp. 110/000006)
(Página 1294)



--Acuerdo relativo a la Aplicación de la Parte XI de la Convención de
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982,
hecho en Nueva York el 28 de julio de 1994. «B. O. C. G.», Serie C,
número 7.1, de 17 de junio de 1996. (Núm. exp. 110/000007) (Página 1294)



--Convenio Internacional de las Maderas Tropicales, 1994, hecho en
Ginebra el 26 de enero de 1994. «B. O. C. G.», Serie C, número 8.1, de 17
de junio de 1996. (Núm. exp. 110/000008) (Página 1295)



--Acuerdo Constitutivo del Instituto Internacional para la Democracia y
la Asistencia electoral, hecho en Estocolmo el 27 de febrero de 1995
(art. 94.1). «B. O. C. G.», Serie C, número 10.1, de 24 de junio de 1996.

(Núm. exp. 110/000009) (Página 1295)



--Tratado de Amistad, Buena Vecindad y Cooperación entre el Reino de
España y la República de Túnez, hecho en Túnez el 26 de octubre de 1995.

«B. O. C. G.», Serie C, número 11.1, de 10 de julio de 1996. (Núm. exp.

110/000010) (Página 1295)



--Convenio entre el Reino de España y la República del Ecuador para el
cumplimiento de condenas penales, firmado en Quito el 25 de agosto de
1995. «B. O. C. G.», Serie C, número 12.1, de 23 de julio de 1996. (Núm.

exp. 110/000011) (Página 1295)



--Denuncia del Canje de Notas de 13 de mayo de 1960, constitutivo de
Acuerdo entre España y Gran Bretaña sobre supresión de visados. «B. O. C.

G.», Serie C, número 13.1, de 23 de julio de 1996. (Núm. exp. 110/000012)
(Página 1295)



--Protocolo al Convenio de Seguridad Social entre España y Canadá, de 10
de noviembre de 1986, firmado en Ottawa el 19 de octubre de 1995. «B. O.

C. G.», Serie C, número 14.1, de 23 de julio de 1996. (Núm. exp.

110/000013) (Página 1295)



--Acuerdo Complementario General del Convenio Básico de Cooperación
Técnica entre el Reino de España y la República de El Salvador, para la
financiación de programas de Cooperación y Anexo, firmado «ad referéndum»
en San Salvador el 14 de febrero de 1995. «B. O. C. G.», Serie C, número
15.1, de 23 de julio de 1996. (Núm. exp. 110/000014) (Página 1296)



--Acuerdo sobre Transporte Internacional por Carretera entre el Gobierno
del Reino de España y el Gobierno de la República de Eslovenia, hecho en
Madrid el 16 de noviembre de 1995. «B. O. C. G.», Serie C, número 16.1,
de 23 de julio de 1996. (Núm. exp. 110/000015) (Página 1296)



--Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
República Francesa para la construcción y explotación de la sección
internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre España y
Francia (vertiente mediterránea), firmado «ad referéndum» en Madrid el 10
de octubre de 1995, y del Canje de Notas Verbales de 4 de diciembre de
1995 y 9 de enero de 1996 por el que se subsanan errores en el texto
original. «B. O. C. G.», Serie C, número 17.1, de 23 de julio de 1996.

(Núm. exp. 110/000016) (Página 1296)



--Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa para la
construcción de un Puente Internacional sobre el río Caya entre las
localidades de Badajoz (España) y Elvas (Portugal), firmado «ad
referéndum» en Madrid el 18 de enero de 1996. «B. O. C. G.», Serie C,
número 21.1, de 31 de julio de 1996. (Núm. exp. 110/000018)
(Página 1296)



Página 1289




--Segundo y Tercer Protocolo Anexos al Acuerdo General sobre Comercio de
Servicios, Anejo al Acuerdo por el que se establece la Organización
Mundial del Comercio (OCM) --Marrakech, 15 de abril de 1994--, hechos en
Ginebra el 6 de octubre de 1995. «B. O. C. G.», Serie C, número 22.1, de
31 de julio de 1996. (Núm. exp. 110/000019) (Página 1296)



--Tratado de extradición entre el Reino de España y la República Oriental
de Uruguay, firmado en Madrid el 28 de febrero de 1996. «B. O. C. G.»,
Serie C, número 23.1, de 31 de julio de 1996. (Núm. exp. 110/000020)
(Página 1297)



--Tratado entre el Reino de España y la República de Panamá sobre
Traslado de Personas Condenadas, firmado en Madrid el 20 de marzo de
1996. «B. O. C. G.», Serie C, número 24.1, de 31 de julio de 1996. (Núm.

exp. 110/000022) (Página 1297)



--Canje de Notas, de fechas 26 de diciembre de 1995 y 22 de enero de
1996, constitutivo de Acuerdo entre España y Estados Unidos por el que se
prorroga el Acuerdo entre ambos países sobre Cooperación Científica y
Técnica en Apoyo a los Programas de Exploración Lunar y Planetaria y de
vuelos espaciales tripulados y no tripulados a través del establecimiento
en España de una Estación de Seguimiento Espacial, firmado en Madrid el
29 de enero de 1964. «B. O. C. G.», Serie C, número 25.1, de 31 de julio
de 1996. (Núm. exp. 110/000023) (Página 1297)



Debates de totalidad de iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley sobre habilitación de nuevas formas de gestión del
Insalud. (Procedente del Real Decreto-Ley 10/1996, de 17 de junio.) «B.

O. C. G.», Serie A, número 8.1, de 4 de julio de 1996. (Núm. exp.

121/000006) (Página 1297)



Avocaciones por el Pleno:



--Del proyecto de Ley sobre habilitación de nuevas formas de gestión del
Insalud (Página 1312)



--Del proyecto de Ley de aplicación del servicio farmacéutico a la
población (Página 1312)



SUMARIO



Se reanuda la sesión a las nueve y cinco de la mañana.




Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios
Internacionales (Página 1293)



Convenio Internacional de Cooperación relativo a la Seguridad de la
Navegación Aérea «Eurocontrol» (Bruselas 13-12-60; Protocolo Adicional al
Convenio Internacional de Cooperación para la Seguridad de la Navegación
Aérea «Eurocontrol» (Bruselas 6-7-70): Protocolo modificativo del
Protocolo Adicional al Convenio Internacional de Cooperación para la
Seguridad de la navegación aérea «Eurocontrol», de 6-770 (Bruselas
21-11-78) Protocolo de Enmienda a la Convención Internacional de
«Eurocontrol» para la Cooperación en la Seguridad de la Navegación Aérea,
de 13-12-60 (Bruselas 12-2-81); Protocolo relativo a la aplicación de
ciertas disposiciones del Convenio sobre «Eurocontrol» que afectan a la
defensa (13-12-60) y Acuerdo multilateral relativo a la protección de
materias clasificadas «Eurocontrol» (Bruselas
18-11-69).............................................(Página 1294)



Sometido directamente a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión
por 272 votos a favor y una abstención.




Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el
Reino de España y la República de Colombia,



Página 1290




firmado «ad referendum» en Bogotá el 9 de junio de 1995 (Página 1294)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por 270 votos
a favor y dos abstenciones:



Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, hecha en
Montego Bay, el 10 de diciembre de 1982, y declaraciones interpretativas
que España va a formular en el momento de la ratificación (Página 1294)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por
unanimidad.




Acuerdo relativo a la aplicación de la parte XI de la Convención de
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982,
hecho en Nueva York el 28 de julio de 1994 (Página 1294)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen por 274 votos a favor y una
abstención.




Convenio Internacional de las maderas tropicales, 1994, hecho en Ginebra
el 26 de enero de 1994 (Página 1295)



Sometido a votación, se aprueba por unanimidad.




Acuerdo constitutivo del Instituto Internacional para la democracia y la
asistencia electoral, hecho en Estocolmo el 27 de febrero de 1995
(Página 1295)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por
unanimidad.




Tratado de amistad, buena vecindad y cooperación entre el Reino de España
y la República de Túnez, hecho en Túnez el 26 de octubre de 1995
(Página 1295)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por 272 votos
a favor y tres abstenciones.




Convenio entre el Reino de España y la República del Ecuador para el
cumplimiento de condenas penales, firmado en Quito el 25 de agosto
de 1995 (Página 1295)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por
unanimidad.




Denuncia del Canje de Notas de 13 de mayo de 1960, constitutivo de
Acuerdo entre España y Gran Bretaña sobre supresión de visados
(Página 1295)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por
unanimidad.




Protocolo al Convenio de Seguridad Social entre España y Canadá, de 10 de
noviembre de 1986, firmado en Ottawa el 19 de octubre de 1995
(Página 1295)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por 278 votos
a favor y una abstención.




Acuerdo complementario general del Convenio básico de cooperación técnica
entre el Reino de España y la República de El Salvador, para la
financiación de programas de cooperación y Anexo, firmado «ad referendum»
en San Salvador el 14 de febrero de 1995 (Página 1296)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por 279 votos
a favor y una abstención.




Acuerdo sobre transporte internacional por carretera entre el Gobierno de
España y el Gobierno de la República de Eslovenia, hecho en Madrid el 16
de noviembre de 1995 (Página 1296)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por 278 votos
a favor y uno en contra.




Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la
República Francesa para la construcción y explotación de la sección
internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre España y
Francia (vertiente mediterránea), firmado «ad referendum» en Madrid el 10
de octubre de 1995, y



Página 1291




del Canje de notas verbales de 4 de diciembre de 1995 y 9 de enero
de 1996, por el que se subsanan errores en el texto original
(Página 1296)



Efectuada la votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por
unanimidad.




Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa para la
construcción de un puente internacional sobre el río Caya, entre las
localidades de Badajoz (España) y Elvas (Portugal), firmado «ad
referendum» en Madrid el 18 de enero de 1996 (Página 1296)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por 281 votos
a favor y una abstención.




Segundo y tercer Protocolo anexos al Acuerdo general sobre comercio de
servicios, Anejo al Acuerdo por el que se estable la Organización Mundial
del Comercio (OCM) -Marrakech, 15 de abril de 1994- hechos en Ginebra
el 6 de octubre de 1995 (Página 1296)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por 281 votos
a favor y dos abstenciones.




Tratado de Extradición entre el Reino de España y la República Oriental
de Uruguay, firmado en Madrid el 28 de febrero de 1996 (Página 1297)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por 279 votos
a favor y una abstención.




Tratado entre el Reino de España y la República de Panamá sobre traslado
de personas condenadas, firmado en Madrid el 20 de marzo de 1996
(Página 1297)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por
unanimidad.




Canje de Notas, de fechas 26 de diciembre de 1995 y 22 de enero de 1996,
constitutivo de Acuerdo entre España y Estados Unidos por el que se
prorroga el Acuerdo de exploración lunar y planetaria y de vuelos
espaciales tripulados y no tripulados, a través del establecimiento en
España de una estación de seguimiento espacial, firmado en Madrid el 29
de enero de 1964 (Página 1297)



Sometido a votación, se aprueba el dictamen de la Comisión por
unanimidad.




Debates de totalidad de iniciativas legislativas (Página 1297)



Proyecto de ley sobre habilitación de nuevas formas de gestión del
Insalud. (Procedente del Real Decreto-ley 10/1996 de 17 de junio.).

(Página 1297)



La señora Amador Millán, en nombre del Grupo Socialista defiende la
enmienda de totalidad de texto alternativo al proyecto de ley sobre
habilitación de nuevas formas de gestión del Insalud, procedente del Real
Decreto-ley 10/1996, de 17 de junio. Considera que el debate sobre este
proyecto de ley es trascendente porque se va a tener ocasión de conocer
cuál es el verdadero alcance de las declaraciones políticas de este
Gobierno y del grupo que le apoya en materia de política sanitaria. Añade
que se trata de la transformación del modelo organizativo del Sistema
Nacional de Salud, pero opina que la reforma de las estructuras orgánicas
nunca puede ser un fin en sí misma, porque lo trascendente es que una
gestión más eficaz permita acortar el desequilibrio entre lo que deben
hacer los poderes públicos por imperativo constitucional y lo que
realmente se está haciendo. Estima que los principios rectores de la
política social y económica que definen el modelo de Estado social
adoptado por nuestra Constitución están en clara contraposición con el
arquetipo de Estado liberal, propio de otras épocas históricas, y que el
derecho a la protección de la salud no se consigue con la pasividad de
los poderes públicos, sino que requiere una actuación tutelar de éstos.

Manifiesta que su grupo está de acuerdo con la necesidad de modernizar
las estructuras administrativas, y por eso, su texto alternativo
contempla la posibilidad de que, por las administraciones públicas
responsables de la asistencia sanitaria en nuestro país, se autorice la
constitución de entidades de titularidad pública dotadas de personalidad
jurídica propia para la gestión directa de los centros y servicios
sanitarios. Explica a continuación cómo en su texto alternativo se prevé
el desarrollo reglamentario imprescindible para conseguir una regulación
básica y armonizadora



Página 1292




que pueda ser desarrollada por todas las comunidades autónomas. El texto
alternativo del Grupo Socialista pretende sustituir al proyecto de ley,
que trae causa del Real Decreto-ley 10/1996, aprobado por el Gobierno
este año y corregido 48 horas después por la vía sorprendente de
corrección de errores, lo que, en su opinión, constituye un lamentable
ejemplo de precipitación, irresponsabilidad y torpeza normativa.

Alude a las palabras del señor Ministro de Sanidad en el debate celebrado
en esta Cámara sobre los propósitos del Gobierno y su disposición a
mejorar y clarificar la redacción del Real Decreto. Considera que ha
llegado ese momento, porque no se puede modificar la estructura de la
organización sanitaria en un decreto de artículo único como el que se
analiza en este momento. Opina que la entrada de la titularidad privada
en el modelo sanitario público es una transformación sustancial y
posibilita la entrada de entidades de titularidad privada en la gestión
de los servicios sanitarios, aunque el Gobierno diga que no es eso lo que
quiere. Confía en que hoy se clarifique definitivamente esa cuestión y se
pregunta sobre las dispares manifestaciones hechas sobre la misma por el
Ministro de Sanidad y por políticos responsables de primera fila.

Manifiesta, a continuación, que si el Gobierno lo que pretende de verdad
es mantener el sistema sanitario público, sus principios fundamentales,
consolidarlo y mejorar su funcionamiento, lo mejor sería atender a los
objetivos del texto elaborado por el Grupo Parlamentario Socialista,
reforma que se inició en el año 1986 con la promulgación de la Ley
General de Sanidad. Añade que son los primeros en apoyar la idea de
mejora y modernización de la sanidad, pero no de introducir elementos que
dejen espacios en blanco.




La señora Maestro Martín defiende la enmienda de totalidad de texto
alternativo del Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya que se
coloca claramente en las antípodas de los planteamientos del Gobierno.No
está de acuerdo con la señora Amador en que haya problemas
técnico-jurídicos en el Real Decreto-ley que propone el Gobierno, y
entiende que no es la reglamentación de los entes públicos de Derecho
privado la que corresponde al concepto y a la esencia de unos servicios
sanitarios públicos.

El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya está
convencido de que el sistema sanitario público necesita una reforma
profunda -reforma que fue abortada en la Ley General de Sanidad de 1986-
para salir de una dinámica sin sentido en la que se desarrollan los
servicios sanitarios. Acusa de ello a la presión de las industrias
farmacéutica y de equipos sanitarios que, en base a unos criterios de
beneficio privado, van a hundir cada vez más el sistema sanitario.

Manifiesta que los países de nuestro entorno en los que se han aplicado
medidas como éstas, partiendo de un gasto sanitario y de unas
infraestructuras superiores a las nuestras, en el plazo de cinco años
están hablando de selección de riesgos. Asimismo denuncia el sistema
retributivo, basado en el reparto de beneficios, que rompe el criterio de
caja única de la Seguridad Social y que convierte a los jefes de servicio
en pequeños empresarios a los que se les plantean incrementos
retributivos en función del ahorro conseguido. Añade que las comunidades
autónomas que más han disparado el gasto sanitario -Cataluña, Andalucía y
Galicia- son las que están facturando el doble a través de sociedades
anónimas. Considera que esta situación viene de muy lejos y que las
presiones privadas en la sanidad pública están organizadas desde
gobiernos de la UCD, intentando hacer llegar a la población ideas como
que la sanidad pública es burocrática y que el sistema sanitario público
no se puede sostener. Sin embargo, la portavoz de Izquierda Unida
considera que la sanidad pública es financiable, como lo es la educación
y el sistema de pensiones, porque no hay crisis fiscal del Estado sino
una carrera desmesurada hacia la desfiscalización de las rentas de
capital. Achaca todo este proceso a la necesidad que tiene el Estado de
incrementar los beneficios.

Para finalizar manifiesta que la separación entre el sistema público y el
sistema privado es una exigencia de primer orden en orden a mantener la
calidad del sistema sanitario público y que las incompatibilidades deben
ser absolutas. Confiesa, por otra parte, que no tiene grandes esperanzas
de haber conseguido trasladar los argumentos de su enmienda de totalidad
a los señores Diputados, pero asegura que la lógica de Izquierda Unida en
el mantenimiento de la calidad del sistema sanitario público va a
mantenerse pese a quien pese.




En turno en contra de las enmiendas de totalidad, interviene, en nombre
del Grupo Popular, el señor Echániz Salgado. Pone de manifiesto, en
primer lugar, el compromiso del Grupo Parlamentario Popular y del
Gobierno con los principios y aspectos fundamentales del servicio público
sanitario, que considera indeclinable y elemento sustantivo de fundamento
constitucional. Precisamente por eso, el Gobierno presentó este proyecto
de ley que eleva a rango de normalidad la situación de acomodación de la
Ley General de Sanidad a los cambios organizativos que han surgido en los
diferentes ámbitos sanitarios de nuestro país. Achaca a la burocracia y a
la rigidez del modelo organizativo de la sanidad el que en estos momentos
exista un trato despersonalizado en la relación médico paciente y unas
listas de espera mayores de las deseables. Considera indispensable apoyar
en estos momentos las formas organizativas de gestión, que diseñó la
propia Ley General de Sanidad, y contemplar no sólo la gestión directa
sino la indirecta, a través de entidades públicas sujetas



Página 1293




a Derecho privado. Opina que con este proyecto de ley no se altera ni la
titularidad ni la financiación del Sistema Nacional de Salud, sino que se
adecua la organización de los servicios a los principios de eficacia,
economía y flexibilidad que se recogen en el artículo 7º de la Ley
General de Sanidad.

Manifiesta que el texto alternativo que presenta el Grupo Parlamentario
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya es reiterativo y regresivo,
porque sus artículos 2º y 4º ya están recogidos en la Ley General de
Sanidad, en la Ley de Incompatibilidades y en el Real Decreto-ley de
Hospitales, y porque invalida los artículos 66 y 67 y el capítulo II,
título IV, artículos 89, 90, 91 y 94 de la Ley General de Sanidad, y
añade que el actual Sistema Nacional de Salud no es el que mejores
resultados ofrece en relación coste-eficacia.

Se opone a los argumentos de la señora Amador en cuanto a que tenemos un
modelo moderno y en cuanto a que la financiación pública asegura la
solvencia y la equidad, porque un modelo moderno es aquél en el que los
ciudadanos juegan un papel preponderante y los profesionales tienen
capacidad de proyección, y porque las dificultades por las que ha pasado
en los últimos años la sanidad y otro buen número de servicios de
financiación pública son prueba de que no se consigue la solvencia ni la
equidad. Añade que la solvencia del sistema sanitario sólo se garantizará
con una buena gestión y con un presupuesto que no genere desviaciones y
que si se garantizara la equidad no existirían las listas de espera.

Tampoco está de acuerdo con la señora Amador en que su texto alternativo
suponga una regulación mínima porque este texto, según su disposición
adicional segunda, constituye legislación básica del Estado. Pasa, a
continuación, a analizar los diferentes apartados del texto alternativo
del Grupo Socialista.

Quiere tranquilizar al Grupo Socialista en cuanto a que no hay reserva de
ley y no sólo se tendrán en cuenta los mecanismos de control sino que se
exigirán. Agrega que el texto del proyecto de ley utiliza fórmulas
iguales o equivalentes a las de las distintas comunidades autónomas con
competencias en sanidad y que las figuras que aparecen en el texto
legislativo ya las tienen en estos momentos en el País Vasco, en
Cataluña, en Andalucía, en Galicia, en Canarias o en Murcia, sin que se
haya privatizado nada y, además, a plena satisfacción de los ciudadanos,
al igual que ocurre en otros países miembros de la Unión Europea, como
Gran Bretaña o Suecia. Se trata, por tanto, de hacer gestión pública sin
el corsé del Derecho administrativo. Asimismo pone de manifiesto que sólo
de esta manera se avanzará realmente en la separación de funciones que
todo el mundo defiende, en la autonomía de los centros sanitarios y en la
libre elección del ciudadano. Para terminar subraya que estas medidas son
compatibles y refuerzan nuestro sistema sanitario, manteniendo los
beneficios de universalidad y de equidad en el acceso, a la vez que lo
modernizan y lo potencian.




Replican las señoras Amador Millán y Maestro Martín, duplicando el señor
Echániz Salgado.




En turno de fijación de posiciones, intervienen los señores Vázquez
Vázquez, del Grupo Mixto, y Gómez Rodríguez, de Coalición Canaria, y las
señoras Aguirre Uribe, del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), y Riera i
Ben, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).




Sometida a votación la enmienda de totalidad, con texto alternativo del
Grupo Socialista del Congreso, se rechaza por 173 votos en contra y 133 a
favor.




Sometida a votación la enmienda de totalidad de texto alternativo del
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, se
rechaza por 287 votos en contra, 15 a favor y dos abstenciones.




Avocaciones por el Pleno



El señor Presidente expone que la Mesa,de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 149.1 del Reglamento, ha acordado proponer al Pleno la
avocación de la deliberación y votación final del proyecto de ley sobre
habilitación de nuevas formas de gestión del Insalud.




Sometida a votación, se aprueba por asentimiento.




De la misma manera, el señor Presidente propone al Pleno la avocación de
la deliberación y votación final del proyecto de ley de aplicación del
servicio farmacéutico a la población.




Sometida a votación, se aprueba por asentimiento.




Se levanta la sesión a las once y diez minutos de la mañana.




Se reanuda la sesión a las nueve y cinco minutos de la mañana.




DICTAMENES DE LA COMISION DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS
INTERNACIONALES:



El señor PRESIDENTE: Buenos días.




Página 1294




Se reanuda la sesión con el punto VI del orden del día: dictámenes de la
Comisión de Asuntos Exteriores sobre Convenios Internacionales.

¿Algún grupo parlamentario desea fijar posición sobre los acuerdos que
con distinta formalización se encuentran comprendidos con los números 35
a 52 del punto VI del orden del día? (Pausa.)
Vamos entonces a llamar para las votaciones. (Pausa.)



--CONVENIO INTERNACIONAL DE COOPERACION RELATIVO A LA SEGURIDAD DE LA
NAVEGACION AEREA «EUROCONTROL» (BRUSELAS 13-12-60); PROTOCOLO ADICIONAL
AL CONVENIO INTERNACIONAL DE COOPERACION PARA LA SEGURIDAD DE LA
NAVEGACION «EUROCONTROL» (BRUSELAS 6-7-70); PROTOCOLO MODIFICATIVO DEL
PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO INTERNACIONAL DE COOPERACION PARA LA
SEGURIDAD DE LA NAVEGACION AEREA «EUROCONTROL» , DE 6-7-70 (BRUSELAS
21-11-78); PROTOCOLO DE ENMIENDA A LA CONVENCION INTERNACIONAL DE
«EUROCONTROL» PARA LA COOPERACION EN LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACION AEREA
DE 13-12-60 (BRUSELAS 12-2-81); PROTOCOLO RELATIVO A LA APLICACION DE
CIERTAS DISPOSICIONES DEL CONVENIO SOBRE «EUROCONTROL» QUE AFECTAN A LA
DEFENSA (BRUSELAS 13-12-60) Y ACUERDO MULTILATERAL RELATIVO A LA
PROTECCION DE MATERIAS CLASIFICADAS «EUROCONTROL» (BRUSELAS 18-11-69).

(Número de expediente 110/000004)



El señor PRESIDENTE: Votación sobre el Convenio Internacional de
Cooperación relativo a la seguridad de la navegación aérea «Eurocontrol»;
Protocolo modificativo del Protocolo adicional al Convenio Internacional
de Cooperación para la Seguridad de la Navegación Aérea «Eurocontrol»;
Protocolo de enmienda a la Convención Internacional del mismo nombre y
Protocolo relativo a la aplicación de ciertas disposiciones del Convenio
sobre «Eurocontrol» que afectan a la defensa y Acuerdo Multilateral
relativo a la protección de materias clasificadas «Eurocontrol».

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 273, a
favor, 272; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda aprobado el Acuerdo referido.




--ACUERDO PARA LA PROMOCION Y PROTECCION RECIPROCA DE INVERSIONES ENTRE
EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE COLOMBIA, FIRMADO «AD REFERENDUM» EN
BOGOTA EL 9 DE JUNIO DE 1995. (Número de expediente 110/000005)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo para la promoción y protección recíproca de
inversiones entre el Reino de España y la República de Colombia, firmado
«ad referéndum» en Bogotá el 9 de junio de 1995.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 272; a
favor, 270; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda aprobado el dictamen sobre el
Acuerdo referenciado.




--CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, HECHA EN
MONTEGO BAY EL 10 DE DICIEMBRE DE 1982, Y DECLARACIONES INTERPRETATIVAS
QUE ESPAÑA VA A FORMULAR EN EL MOMENTO DE LA RATIFICACION. (Número de
expediente 110/000006.)



El señor PRESIDENTE: Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar, hecha en Montego Bay el 10 de diciembre de 1982 y declaraciones
interpretativas que España va a formular en el momento de a ratificación.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 272; a
favor, 272.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad el dictamen de la
Convención de Naciones Unidas.




--ACUERDO RELATIVO A LA APLICACION DE LA PARTE XI DE LA CONVENCION DE
NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR, DE 10 DE DICIEMBRE DE 1982,
HECHO EN NUEVA YORK EL 28 DE JULIO DE 1994. (Número de expediente
110/000007.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo relativo a la aplicación de la parte XI de
la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de
diciembre de 1982, hecho en Nueva York del 28 de julio de 1994.

Comienza la votación. (Pausa.)



Página 1295




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275, a
favor, 274; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda, en consecuencia, aprobado el dictamen sobre
el Acuerdo referido.




--CONVENIO INTERNACIONAL DE LAS MADERAS TROPICALES, 1994, HECHO EN
GINEBRA EL 26 DE ENERO DE 1994. (Número de expediente 110/000008.)



El señor PRESIDENTE: Convenio Internacional de las Maderas Tropicales,
1994, hecho en Ginebra el 26 de enero del mismo año.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275; a
favor, 275.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad el Convenio
anteriormente mencionado.




--ACUERDO CONSTITUTIVO DEL INSTITUTO INTERNACIONAL PARA LA DEMOCRACIA Y
LA ASISTENCIA ELECTORAL, HECHO EN ESTOCOLMO EL 27 DE FEBRERO DE 1995
(art. 94.1). (Número de expediente 110/000009.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo constitutivo del Instituto Internacional
para la Democracia y la Asistencia electoral, hecho en Estocolmo el 27 de
febrero de 1995.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275; a
favor, 275.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen por unanimidad.




--TRATADO DE AMISTAD, BUENA VECINDAD Y COOPERACION ENTRE EL REINO DE
ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE TUNEZ, HECHO EN TUNEZ EL 26 DE OCTUBRE DE 1995.

(Número de expediente 110/000010.)



El señor PRESIDENTE: Tratado de amistad, buena vecindad y cooperación
entre el Reino de España y la República de Túnez, hecho en Túnez el 26 de
octubre de 1995.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 275, a
favor, 272, abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen relativo al Convenio de
referencia.




--CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DEL ECUADOR PARA EL
CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES, FIRMADO EN QUITO EL 25 DE AGOSTO DE
1995. (Número expediente 110/000011.)



El señor PRESIDENTE: Convenio entre el Reino de España y la República del
Ecuador para el cumplimiento de condenas penales, firmado en Quito el 25
de agosto de 1995.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 280; a
favor, 280



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.




--DENUNCIA DEL CANJE DE NOTAS DE 13 DE MAYO DE 1960, CONSTITUTIVO DE
ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y GRAN BRETAÑA SOBRE SUPRESION DE VISADOS (Número
expediente 110/000012.)



El señor PRESIDENTE: Denuncia del canje de notas de 13 de mayo de 1960,
constitutivo del acuerdo entre España y Gran Bretaña sobre supresión de
visados.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 278; a
favor, 278.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.




--PROTOCOLO AL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y CANADA, DE 10
DE NOVIEMBRE DE 1986, FIRMADO EN OTTAWA EL 19 DE OCTUBRE DE 1995. (Número
de expediente 110/000013.)



El señor PRESIDENTE: Protocolo al Convenio de Seguridad Social entre
España y Canadá, de 10 de noviembre de 1986, firmado en Ottawa el 19 de
octubre de 1995.

Comienza la votación. (Pausa.)



Página 1296




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 279; a
favor, 278; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen sobre el Convenio
referenciado.




--ACUERDO COMPLEMENTARIO GENERAL DEL CONVENIO BASICO DE COOPERACION
TECNICA ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, PARA LA
FINANCIACION DE PROGRAMAS DE COOPERACION Y ANEXO, FIRMADO «AD REFERENDUM»
EN SAN SALVADOR EL 14 DE FEBRERO DE 1995 (Número de expediente
110/000014.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo complementario general del Convenio básico
de cooperación técnica entre el Reino de España y la República de El
Salvador, para la financiación de programas de cooperación y anexo,
firmado «ad referéndum» en San Salvador el 14 de febrero de 1995.

Comienza la votación (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 280; a
favor, 279; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda aprobado el dictamen sobre el
Acuerdo citado.




--ACUERDO SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA ENTRE EL GOBIERNO
DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE ESLOVENIA, HECHO EN
MADRID EL 16 DE NOVIEMBRE DE 1995. (Número de expediente 110/000015.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo sobre transporte internacional por carretera
entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de
Eslovenia, hecho en Madrid el 16 de noviembre de 1995.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 279; a
favor, 278; en contra, uno.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen sobre el Acuerdo
referido.




--ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA FRANCESA PARA LA CONSTRUCCION Y EXPLOTACION DE LA SECCION
INTERNACIONAL DE UNA LINEA FERROVIARIA DE ALTA VELOCIDAD ENTRE ESPAÑA Y
FRANCIA (VERTIENTE MEDITERRANEA), FIRMADO «AD REFERENDUM» EN MADRID EL 10
DE OCTUBRE DE 1995, Y DEL CANJE DE NOTAS VERBALES DE 4 DE DICIEMBRE DE
1995 Y 9 DE ENERO DE 1996 POR EL QUE SE SUBSANAN ERRORES EN EL TEXTO
ORIGINAL. (Número de expediente 110/000016.)



El señor PRESIDENTE: Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el
Gobierno de la República Francesa para la construcción y explotación de
la sección internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre
España y Francia (vertiente mediterránea), firmado «ad referéndum» en
Madrid el 10 de octubre de 1995, y del canje de notas verbales de 4 de
diciembre de 1995 y 9 de enero de 1996 por el que se subsanan errores en
el texto original.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 281; a
favor, 281.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.




--CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA PORTUGUESA PARA LA
CONSTRUCCION DE UN PUENTE INTERNACIONAL SOBRE EL RIO CAYA ENTRE LAS
LOCALIDADES DE BADAJOZ (ESPAÑA) Y ELVAS (PORTUGAL), FIRMADO «AD
REFERENDUM» EN MADRID EL 18 DE ENERO DE 1996. (Número de expediente
110/000018.)



El señor PRESIDENTE: Convenio entre el Reino de España y la República
Portuguesa para la construcción de un puente internacional sobre el río
Caya entre las localidades de Badajoz (España) y Elvas (Portugal),
firmado «ad referéndum» en Madrid el 18 de enero de 1996.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 282; a
favor, 281; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda aprobado el dictamen de la
Comisión sobre el convenio citado.




--SEGUNDO Y TERCER PROTOCOLO ANEXOS AL ACUERDO GENERAL SOBRE COMERCIO DE
SERVICIOS, ANEJO AL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACION



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MUNDIAL DEL COMERCIO (OCM) --MARRAKECH. 15 DE ABRIL DE 1994--, HECHOS EN
GINEBRA EL 6 DE OCTUBRE DE 1995. (Número de expediente 110/000019.)



El señor PRESIDENTE: Segundo y tercer protocolo anexos al acuerdo general
sobre comercio de servicios, anejo al acuerdo por el que se establece la
Organización Mundial del Comercio (OCM), hecho en Marrakech el 15 de
abril en 1994, hechos en Ginebra el 6 de octubre de 1995.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 283; a
favor, 281; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda aprobado el dictamen de la
Comisión sobre los referidos protocolos.




--TRATADO DE EXTRADICION ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA ORIENTAL
DE URUGUAY, FIRMADO EN MADRID EL 28 DE FEBRERO DE 1996. (Número de
expediente 110/000020.)



El señor PRESIDENTE: Tratado de extradición entre el Reino de España y la
República Oriental de Uruguay, firmado en Madrid el 28 de febrero de
1996.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 280; a
favor, 279; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda aprobado el dictamen sobre el
Tratado de extradición citado.




--TRATADO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE PANAMA SOBRE
TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS, FIRMADO EN MADRID EL 20 DE MARZO DE
1996. ((Número de expediente 110/000022.)



El señor PRESIDENTE: Tratado entre el Reino de España y la República de
Panamá sobre traslado de personas condenadas, firmado en Madrid el 20 de
marzo de 1996.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 283; a
favor, 283.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el dictamen de la Comisión sobre el
Tratado entre el Reino de España y la República de Panamá.




--CANJE DE NOTAS, DE FECHAS 26 DE DICIEMBRE DE 1995 Y 22 DE ENERO DE
1996, CONSTITUTIVO DE ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y ESTADOS UNIDOS POR EL QUE SE
PRORROGA EL ACUERDO ENTRE AMBOS PAISES SOBRE COOPERACION CIENTIFICA Y
TECNICA EN APOYO A LOS PROGRAMAS DE EXPLORACION LUNAR Y PLANETARIA Y DE
VUELOS ESPACIALES TRIPULADOS Y NO TRIPULADOS A TRAVES DEL ESTABLECIMIENTO
EN ESPAÑA DE UNA ESTACION DE SEGUIMIENTO ESPACIAL, FIRMADO EN MADRID EL
29 DE ENERO DE 1964. (Número de expediente 110/000023.)



El señor PRESIDENTE: Finalmente, canje de notas de fechas 26 de diciembre
de 1995 y 22 de enero de 1996, constitutivo de acuerdo entre España y
Estados Unidos por el que se prorroga el Acuerdo entre ambos países sobre
cooperación científica y técnica en apoyo a los programas de exploración
lunar y planetaria y de vuelos espaciales tripulados y no tripulados a
través del establecimiento en España de una estación de seguimiento
espacial, firmado en Madrid el 29 de enero de 1964.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 284; a
favor, 284.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el canje de notas referido.

Punto VII del orden del día: debates de totalidad de convenios
internacionales.

Al no haber tenido ninguna enmienda de totalidad a los convenios
contemplados con los números 53 a 6l, que iban incluidos en el punto VII,
en consecuencia no tienen debate en el Pleno.




DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY SOBRE HABILITACION DE NUEVAS FORMAS DE GESTION DEL
INSALUD. (Número de expediente: 121/000006.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto VIII del orden del día: Debates de
totalidad de iniciativas legislativas, en el que nos corresponde debatir
el proyecto de ley sobre habilitación de nuevas formas de gestión



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del Insalud, proyecto procedente del Real Decreto-ley número 10, de 17 de
junio de 1996, al que se han presentado dos enmiendas de totalidad.

La primera de ellas ha sido formulada por el Grupo Socialista del
Congreso, con texto alternativo. Para su defensa ante el Pleno y
exposición de texto alternativo, tiene la palabra, la señora Amador.

(Rumores.--Varios señores Diputados abandonan el salón de sesiones.)
Señorías, les ruego que si han de abandonar el hemiciclo lo hagan en
silencio para que pueda comenzar la exposición de la Diputada del Grupo
Socialista. (Continúan los rumores.) Señorías, les ruego que no hagan
pasillo en el hemiciclo. (Pausa.) Por favor, señora Conde, señora Ortiz,
señora Cunillera. Señorías, les ruego que no hagan pasillo en el
hemiciclo, que lo hagan fuera del mismo, bien en la parte de atrás o en
el pasillo central, para que pueda continuar la sesión con la debida
atención de quienes permanecen en los escaños.

Cuando quiera, señora Amador.




La señora AMADOR MILLAN: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, subo a la tribuna, en nombre del Grupo Socialista, para
defender la enmienda a la totalidad, con texto alternativo, al proyecto
de ley sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Insalud,
proyecto de ley procedente del Real Decreto-ley 10/1996, de 17 de junio.

En efecto, señorías, proponemos la sustitución de este proyecto por el
texto completo alternativo que mi grupo ha presentado ante esta Cámara.

Nos encontramos, señorías, ante un debate trascendente... (Rumores.) El
señor PRESIDENTE: Un momento, señora Amador.

¡Señorías, guarden silencio! (Pausa.)
Señora Conde, señorías. Doña Rosa Conde, por favor; señora Rubiales, si
no les importa... Gracias.

Puede continuar.




La señora AMADOR MILLAN: Gracias, señor Presidente.

Decía que nos encontramos ante un debate trascendente; trascendente por
el fondo de la cuestión objeto del proyecto de ley y del texto
alternativo y trascendente porque vamos a tener ocasión de conocer hoy y
aquí el verdadero alcance de las declaraciones políticas de este Gobierno
y del grupo que le apoya en materia de política sanitaria. Vamos a tener
ocasión hoy de comprobar cómo el Grupo Parlamentario Popular hace
coincidir o no sus declaraciones políticas en materia sanitaria con las
decisiones que se adoptan en esta Cámara, que por tanto se traducen en
normas.

Señorías, vamos a hablar de la transformación del modelo organizativo del
Sistema Nacional de Salud; vamos a tratar de la necesidad de dotar a la
asistencia sanitaria pública de un soporte organizativo más adecuado a la
naturaleza de las prestaciones y capaz de acomodarse mejor a las demandas
sociales, que sin duda son cada vez más exigentes en este ámbito; vamos a
debatir, por tanto, sobre la transformación de una organización
administrativa, la sanitaria, recordando para ello, sin embargo, que las
organizaciones administrativas son meros instrumentos al servicio de unos
fines, los que la Constitución señala al Estado en su conjunto.

La reforma de las estructuras orgánicas nunca puede ser un fin en sí
misma y el riesgo de desorientación que la ignorancia de este principio
comporta es tanto mayor cuanto más profunda sea la remodelación
emprendida. Operaciones tan difíciles como supone siempre la propuesta de
mejoras en organizaciones complejas, no se deben abordar, señorías,
simplemente con el objetivo de mejorar la gestión, porque lo decisivo, lo
trascendente, es que una gestión más eficaz permite acortar el
desequilibrio entre lo que deben hacer los poderes públicos por
imperativo constitucional y lo que realmente se está haciendo.

Estas consideraciones tienen especial importancia en el ámbito de los
principios rectores de la política social y económica que definen el
modelo de Estado social adoptado por nuestra Constitución, un modelo en
clara contraposición al arquetipo de Estado liberal, propio de otras
épocas históricas, porque un principio rector es, al mismo tiempo, un fin
que nunca se consigue plenamente, pero que jamás debe perderse de vista.

Ello enmarca la actuación de los poderes públicos, dotándole de la
imprescindible coherencia.

Pues bien, señorías, entre tales principios rectores, el derecho a la
protección de la salud es uno destacado, y su efectividad, señorías, no
se consigue con la pasividad de los poderes públicos. No se consigue,
desde luego, con la inhibición de los poderes públicos, sino que requiere
una actuación tutelar de éstos a través de medidas preventivas y una
actuación directamente prestadora mediante la organización de los
servicios necesarios, como la propia Constitución recuerda y ordena.

El derecho a la protección de la salud, señorías, vinculado al derecho
fundamental a la vida, exige que la enfermedad no sea una situación
jurídicamente protegible, ni siquiera indiferente, y por eso los poderes
públicos deben poner todos los medios a su alcance para combatir esa
situación. Por tanto, señorías, nos encontramos ante un ámbito de
actuación pública en el que la mejora de los sistemas organizativos, en
la medida en que va a ser capaz de mejorar esa gestión, es determinante.

No es un debate instrumental, es un debate de fondo que afecta al modelo
sanitario que estamos defendiendo.




Página 1299




Por eso, cuando se nos plantea por el Gobierno la necesidad de modernizar
esas estructuras administrativas y se nos dice que se trata de mejorar la
gestión, de flexibilizar la gestión, de modernizar los instrumentos de
gestión, mi grupo, señorías, ha expuesto desde el primer debate su
acuerdo con estos objetivos. Y el acuerdo de mi grupo parlamentario con
el objetivo de seguir mejorando los instrumentos de gestión en el Sistema
Nacional de Salud es coherente con el texto alternativo presentado a este
proyecto de ley que hoy defiendo.

Nuestro texto, en efecto, contempla la posibilidad de que por las
administraciones públicas responsables de la asistencia sanitaria en
nuestro país se autorice la constitución de entidades de titularidad
pública, dotadas de personalidad jurídica propia, para la gestión directa
de los centros y servicios sanitarios. Este es el núcleo fundamental del
texto que hoy defiendo. Prevé el texto el desarrollo que nos parece
imprescindible, el desarrollo reglamentario y en un plazo acotado, y que
necesariamente ha de hacer referencia, en primer lugar, a las fórmulas
jurídicas de todas las admitidas en derecho que podrán adoptar estas
entidades de titularidad pública, al régimen de garantías exigible para
hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a las prestaciones sanitarias
en condiciones de igualdad, el régimen financiero de la entidad pública,
el régimen de personal aplicable a quienes presten servicios en esas
entidades, los órganos de dirección, el régimen de asunción y cobertura
de responsabilidades. Nos parece, señorías, fundamental que se definan
estos extremos en la norma que desarrolle esta ley. Constituye, por
tanto, este núcleo de regulación una regulación básica, armonizadora, que
ha de ser desarrollada y que, de hecho, puede ser desarrollada con
garantías adicionales por todas las comunidades autónomas. Al propio
tiempo, se contempla que el instrumento de creación de cada entidad
pública, sea cual sea éste, ha de reflejar y regular las condiciones y
las garantías señaladas anteriormente.

El texto contiene una salvaguarda expresa de los derechos y obligaciones
del Insalud en cuanto entidad gestora de la Seguridad Social y,
naturalmente, una referencia expresa a las competencias, a las facultades
reguladoras, de las administraciones públicas sanitarias. Nuestro texto
alternativo, señorías, pretende sustituir al proyecto de ley que, como ya
he dicho, trae causa del decreto-ley número 10/1996, aprobado por el
Gobierno en este año, corregido cuarenta y ocho horas después por la vía
sorprendente de corrección de errores, y que constituye un lamentable
ejemplo de precipitación, de irresponsabilidad y de torpeza normativa por
parte del Gobierno. Y digo torpeza, señorías, porque, en el debate para
la convalidación del decreto-ley celebrado en esta Cámara, el propio
Ministro de Sanidad, cuya ausencia hoy lamento, expresó de manera
contundente que el objetivo que se proponía el Gobierno con esta norma
era dotar al Insalud, y, por extensión, al Sistema Nacional de Salud, de
instrumentos de gestión pública no burocrática, más modernos, más
flexibles, más descentralizados, y que la privatización era un fantasma.

Y dijo también el señor Ministro de Sanidad, y leo textualmente: No
queremos que quede ninguna suspicacia, ninguna duda sobre el alcance de
nuestros propósitos, los del Gobierno, y si en el trámite del decreto-ley
como proyecto de ley podemos mejorar la redacción, clarificarla y
eliminar cualquier sospecha de duda, estamos dispuestos a hacerlo y lo
haremos con mucho gusto.

Este es el trámite. Ha llegado el momento de que las declaraciones en el
ámbito de la política sanitaria del Ministro de Sanidad, de los altos
cargos del Ministerio de Sanidad, se correspondan con sus decisiones. Ha
llegado el momento de aclarar un texto que ofrece todas las dudas, que
posibilita cualquier interpretación, que es técnicamente oscuro, que abre
la puerta, señorías, no se sabe bien a qué, porque no se puede modificar
la estructura de la organización sanitaria en un decreto de artículo
único como el que analizamos, pero, en todo caso, que abre la vía a la
transformación del modelo. La entrada de la gestión, la titularidad
privada en el modelo sanitario público, señorías, es una transformación
sustancial del modelo, y yo vuelvo a afirmar ante esta tribuna, con toda
la seriedad, pero con toda la contundencia, que el texto del decreto-ley,
del que trae causa este proyecto de ley, posibilita la entrada de
entidades privadas, de titularidad privada, en la gestión de los
servicios sanitarios. Y como eso es así, señorías, y como el Gobierno nos
dice que eso no es lo que quiere, yo espero que hoy quede clarificada
definitivamente esta cuestión.

Porque desde el comienzo de esta legislatura, señorías (ha ocurrido en
otros ámbitos, pero en el de la política sanitaria es especialmente
preocupante), no se explica bien cuál es la razón que está impulsando al
Gobierno, a sus máximos representantes, a generar un desasosiego
permanente respecto al sistema sanitario público.

No se puede entender cómo, tras las afirmaciones del Gobierno en esta
Cámara y de su Ministro de Sanidad, esas declaraciones pueden ser
compatibles con otras hechas por responsables políticos de primera fila.

Cómo es posible que un secretario de Estado, jefe de la Oficina
Presupuestaria, con sede en la Presidencia del Gobierno, acabe de
anunciar a este país que los hospitales públicos van a ser objeto de
comercio, que se va a medir su rentabilidad económica y que, si resulta
que no es satisfactoria, van a ser vendidos a la iniciativa privada o
cerrados. Señorías, éstos no son fantasmas ni argumentos traídos por una
retórica de dialéctica política; señorías, éstas son afirmaciones
realizadas hace pocos días, que coexisten con esta permanente voluntad,



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expresada por el Ministro de Sanidad, de mantener el sistema sanitario
público, sus principios fundamentales, consolidarlo y mejorar su
funcionamiento.

Si eso es lo que el Gobierno pretende, señorías, el texto elaborado por
el Grupo Parlamentario Socialista atiende a esos objetivos. Parte de la
aceptación de que es necesario seguir mejorando, seguir reformando el
sistema sanitario público (por cierto, una reforma que se inició en el
año 1986, con la promulgación de la Ley General de Sanidad), pero
defendiendo un modelo, señorías, en el que creemos, que ha conseguido un
sistema sanitario del que el Gobierno actual está haciendo reconocimiento
permanente y que, por tanto, no estamos dispuestos a que, a través de
normas jurídicas mal redactadas, mal pensadas, mal aprobadas o mal
interpretadas, los principios de ese modelo se tambaleen. Y no estamos
dispuestos, señorías, en el Grupo Socialista porque nadie en esta
sociedad está dispuesto a retroceder en lo conseguido respecto al modelo
sanitario público.

A la hora de hablar de su mejora y modernización, somos los primeros en
apoyarla; a la hora de introducir elementos que, lejos de modernizar, lo
que hacen es dar un paso en blanco hacia no se sabe dónde, el Grupo
Parlamentario Socialista va a expresar, ahora y en cada ocasión que sea
precisa, su rotunda oposición, y, eso sí, lo va a hacer de la manera
constructiva en que lo está haciendo hoy, presentando un texto
alternativo para el que yo pido el apoyo de esta Cámara.

Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos.) El señor PRESIDENTE:
Gracias, señora Amador.

Se ha presentado también un texto alternativo, enmienda de totalidad, por
el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, para
cuya defensa tiene la palabra, en nombre del grupo proponente, la señora
Maestro.




La señora MAESTRO MARTIN: Gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Diputados, desde el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya se ha planteado, como no podía ser de otra
manera, una enmienda a la totalidad de devolución del Real Decreto-ley
10/1996 y presentado un texto alternativo, que no solamente es
alternativo porque así se define en el reglamento cuando aparece un texto
completo desde planteamientos y con contenidos diferentes a los que
propone el Gobierno, sino porque, en realidad, el texto propuesto por
Izquierda Unida se coloca claramente en las antípodas de los
planteamientos que el Gobierno pretende conseguir con este real decreto.

Nosotros no pensamos, señora Amador, que haya problemas técnico-jurídicos
en el real decreto que propone el Gobierno. El real decreto que plantea
la gestión por fundaciones, empresas privadas, cualquier ente con
titularidad jurídica, es un decreto que plantea la introducción --ese
podrán no tiene límites jurídicos, no tiene límites políticos-- de la
gestión privada y, evidentemente, la posibilidad de que la titularidad
pública de los servicios sanitarios pase a manos privadas. Pero nosotros
entendemos que no es la reglamentación de los entes públicos de Derecho
privado la que corresponde al concepto y a la esencia de unos servicios
sanitarios públicos, sino, como se ha repetido por parte de mi grupo
parlamentario en otras ocasiones, la filosofía compartida por el Grupo
Parlamentario Socialista --entonces en el Gobierno-- y el actual Gobierno
del PP, se reflejó, mejor que en ninguna otra norma o planteamiento, en
el real decreto-ley de 1991, de funcionamiento del Insalud, anterior a la
presencia en el Ministerio de Sanidad de la señora Amador, por el cual se
separaba la financiación de la provisión de servicios sanitarios públicos
y, por tanto, se arbitraba la fórmula fundamental; era realmente la llave
para la plena penetración del mercado en el sistema sanitario. En el
mencionado real decreto se planteaba, además, con toda claridad, el
criterio de gestión empresarial para los servicios sanitarios públicos,
de titularidad pública y con provisión pública, pero funcionando con
criterios de ahorro, con criterios de beneficio, en detrimento,
evidentemente, de la calidad.

El Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya está
convencido de que el sistema sanitario público necesita una reforma
profunda, una reforma abortada en la Ley General de Sanidad de 1986 que,
como se ha repetido en diversas ocasiones desde esta tribuna, no es el
principio de reforma sanitaria alguna, sino el final de un proceso de
intencionalidad de reforma, por parte del Partido Socialista, que
coincidió con su techo en la aprobación de la Ley General de Sanidad de
1986, ya que, a partir de ese momento, se producen disminuciones
importantísimas en las inversiones en infraestructuras sanitarias
públicas, un deterioro en las relaciones laborales en los trabajadores de
la sanidad pública, introduciendo, de forma masiva, la precariedad en el
empleo, que ha hecho que, aún hoy, a finales de 1996, doce años después
del real decreto de reforma de estructuras básicas de salud, casi una
generación después, todavía no supere la cobertura de la población, con
el nuevo modelo de atención primaria, el 65 por ciento.

Decía que el sistema sanitario público necesita reformas en profundidad.

Necesita, en primer lugar, definir, con toda claridad, criterios de
financiación, gestión y provisión pública de servicios; criterios de
satisfacción de las necesidades sanitarias y sociales de la población.

Estamos metidos, señorías, en una dinámica sin sentido, en una dinámica
ilógica, en la cual, los servicios sanitarios se desarrollan. Cada vez
crece más el gasto sanitario y cada vez nos alejamos más de la
satisfacción de las necesidades de la población.




Página 1301




La presión de la industria privada, la poderosísima presión de la
industria farmacéutica, de la industria de equipos sanitarios, ha metido
el desarrollo del sistema sanitario por cauces en los cuales el sesgo
asistencial en detrimento de la prevención y promoción de la salud, la
provisión de atención sanitaria, cada vez más agresiva, en detrimento de
los cuidados sociosanitarios, y el uso injustificado de una tecnología
que cada vez resuelve menos y es más costosa para las finanzas públicas,
es algo que hay que parar, señorías. Sin embargo, precisamente el real
decreto del que nos ocupamos va exactamente en dirección contraria. Yo
afirmo desde aquí que esos criterios de beneficio privado, con los
cuales, lógicamente, trabajan las empresas de equipos técnicos
sanitarios, con los que trabaja la industria farmacéutica, con los que
trabaja la sanidad privada, van a hundir cada vez más el sistema
sanitario en una lógica ajena a las necesidades de la población, ajena a
la mejora a los indicadores de salud y directamente relacionada con la
obtención de beneficios en la sanidad pública. Porque hay dos elementos
que juegan y son complementarios: por un lado, la disminución del gasto
real en inversiones y en gastos de reposición que modernicen el sistema
sanitario y, por otro lado, una partida creciente de los Presupuestos
Generales del Estado, que son gestionados o van, finalmente, a manos de
empresas privadas.

El deterioro de la sanidad pública no es un invento de esta portavoz,
señorías. Estamos iniciando una reforma sanitaria en profundidad que ha
hecho que, en los países de nuestro entorno en los cuales se han aplicado
medidas como éstas, que partían de un gasto sanitario y de unas
infraestructuras sanitarias muy superiores a las nuestras, en el plazo de
cinco años haya que hablar de selección de riesgos y, por tanto, de
selección de pacientes en la sanidad pública. Porque se dan paradojas,
señorías, en el sistema sanitario que hacen que, tanto en nuestro país,
en estudios realizados en Barcelona, como en los realizados en otros
países, se den exactamente las mismas condiciones. El 5 por ciento de la
población consume el 50 por ciento de los servicios sanitarios; el otro
50 por ciento, sólo consume el 3 por ciento.

¿Qué hace una empresa privada? ¿Qué hace una aseguradora privada para
obtener beneficios de la gestión de los servicios sanitarios públicos?
Evidentemente expulsar, como sea, a ese 5 por ciento que consume el 50
por ciento, y atraer, como sea, a ese 50 por ciento que sólo consume el 3
por ciento. Y hay medidas eficacísimas para conseguirlo. La primera, la
presión sobre los profesionales de la salud.

Yo denuncio aquí, señorías, que el sistema retributivo basado en el
reparto de beneficios que rompe el criterio de caja única de la Seguridad
Social, convierte a los jefes de servicio en pequeños empresarios, a los
cuales, sin control alguno sobre la calidad de su atención, se les
plantean incrementos retributivos en función del ahorro conseguido.

¿Ustedes cómo creen que un jefe de servicio de un hospital va a conseguir
el ahorro? Evidentemente, intentando que los ingresos se produzcan en
aquel sector de la población que menos gastos detrae cuando tiene que ser
atendido en el sistema sanitario. Eso produce la selección de riesgos,
señorías. Se convierte a los trabajadores del sistema sanitario público
en cómplices de una política que al final no tiene criterio alguno
relacionado con la salud y tiene todos los criterios relacionados con la
obtención de beneficios sanitarios.

La experiencia está ahí, señorías, fuera de nuestro país y dentro de
nuestro país. ¿A nadie se le ocurre en esta Cámara pensar, a la hora de
votar favorablemente a este real decreto, o en contra de esta enmienda a
la totalidad con texto alternativo, qué ha sucedido, por qué? ¿Es por una
cuestión fatídica, o por un hado divino, el que aquellas comunidades
autónomas que más han avanzado en la gestión privada o en la
privatización de los servicios sanitarios ( tres comunidades autónomas
surtidas, en cuanto a la responsabilidad política de quienes las están
dirigiendo), como Cataluña, Andalucía y Galicia, sean las que han
disparado el gasto sanitario? Son aquellas que están facturando el doble
de lo que costaban antes los servicios sanitarios, a través de la
introducción de sociedades anónimas. ¿Para gestionar qué, señorías? ¿Para
gestionar la atención domiciliaria a las personas mayores o a los
enfermos crónicas? No, señorías. Eso no da dinero. Eso se queda para el
sistema sanitario público.

El Medtec, en Galicia, está gestionando exclusivamente alta tecnología, y
no toda, sino aquella que exige menor tiempo y, por tanto, mayor
capacidad de realizar más actos técnicos en un menor plazo de tiempo.

Estamos, señorías, o están, quienes estén, siendo cómplices de un enorme
simulacro ideológico que viene desde muy lejos. Las presiones privadas en
la sanidad pública están organizadas desde Gobiernos de la UCD, para
intentar, desde los medios de comunicación, hacer llegar a la población
ideas como algo que está metido en las mentes de las gentes, y en ese
sentido señorías, a los que defienden este método les reconozco la
eficacia. ¿La gente qué dice de la sanidad pública? Que es muy
burocrática. ¿Saben ustedes cuál es la diferencia en costes
administrativos entre sistemas públicos y privados? El sistema público
tiene en costes administrativos el 3 por ciento de su presupuesto y en
los sistemas privados el 20 por ciento. Sin embargo, se ha hecho creer a
la población que la sanidad pública es muy burocrática. Se ha hecho creer
a la población que el sistema sanitario público no se puede sostener; que
nadie puede en estos momentos mantener un gasto sanitario público como el
que tenemos, cuando, a la hora de compararnos con la media de la Unión
Europea, saben ustedes que estamos en porcentaje



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de gasto público en relación al PIB por lo menos un punto por debajo.

Pero no es suficiente esto, porque arrastramos una deuda histórica de
insuficiencia de infraestructuras, de recursos humanos, con respecto a
los países europeos que desarrollaron sus grandes servicios nacionales de
salud después de la Segunda Guerra Mundial. ¡Claro que la sanidad pública
es financiable! ¡Claro que, si me lo permiten ustedes, es financiable la
educación pública y el sistema público de pensiones! Aquí no hay crisis
fiscal del Estado, señorías, lo he repetido en otras ocasiones; aquí hay
una carrera desmesurada hacia la desfiscalización de las rentas del
capital. Se está construyendo un escenario de crisis fiscal para que,
ante la disminución de los ingresos del Estado y la necesidad por encima
de cualquier otra necesidad social de cumplir los criterios de
convergencia del Tratado de Maastricht, haya que llegar a la conclusión
de que, si los ingresos del Estado disminuyen y el déficit debe ser muy
pequeñito, no sólo el tres por ciento, sino tendiendo a cero, al final no
hay dinero para pensiones, no hay dinero para sanidad, no hay dinero para
educación. Y permítanme que señale otra curiosidad: ¿por qué en políticas
de pleno empleo o con muy bajo nivel de paro, como las llamadas políticas
del bienestar, nadie cuestionaba el importantísimo incremento del gasto
público en servicios sociales, incluidos los sanitarios y los educativos?
¿Saben ustedes por qué? Porque en ese momento de pleno empleo la
reproducción de la fuerza de trabajo necesitaba población sana y
cualificada. En estos momentos, con un paro estructural admitido en
nuestro país de más del 20 por ciento y de más del 10 por ciento de
promedio en la Comunidad Económica Europea, que nadie con sentido común,
nadie con dos dedos de frente, crea jamás que va a disminuir
sustancialmente. Esa es la estrategia de la confusión.

El paro estructural, la exclusión de una proporción creciente de la
población está instalado profundamente en la lógica del funcionamiento
económico. Por tanto, claro que para el Estado, que necesita el
funcionamiento económico del incremento creciente de beneficios, es una
carga, es una lacra la proporción creciente de la población en paro, es
una lacra mantener servicios sanitarios públicos universales, porque ya
no necesitamos a la totalidad de la población, ya no necesitamos la
reproducción de la mano de obra y mano de obra cualificada del conjunto
de la población, ya no interesan sistemas universales y gratuitos en el
momento del uso de la sanidad y la educación. Es una lógica profunda. Por
eso, cada vez que intervengo en esta tribuna, no puedo dejar de recordar
que, hablando de sanidad, primero tenemos que hablar de economía. Que hay
una lógica por encima de la lógica de los diferentes ministerios de
sanidad, de las necesidades sociales de la población, que adecua, de una
manera clarísima, el modelo sanitario a las necesidades del
funcionamiento del sistema económico.




El señor PRESIDENTE: Señora Maestro, le ruego vaya concluyendo.




La señora MAESTRO MARTIN: Voy terminando, señor Presidente.

Por eso en este momento, señorías, las políticas, las ideologías, los
discursos que avanzan son los discursos de sálvese quien pueda y que cada
cual, el que sea capaz, el que sea eficiente, el que no sea un inútil o
un vago, que participe en la financiación de los servicios sanitarios, y
el que no, que reciba las consecuencias de su incapacidad o de su
vagancia.

Nosotros creemos, señorías, que la separación entre el sistema público y
el sistema privado es una exigencia de primer orden para mantener la
calidad del sistema sanitario público. En nuestro país se ha producido
una participación creciente, vía conciertos, vía privatizaciones de
servicios, de la participación privada en la sanidad pública, parasitando
económicamente la sanidad pública, produciendo disminuciones
importantísimas de la calidad y maniatando el desarrollo del sistema
público.

Nosotros creemos que uno de los elementos fundamentales es la separación
total entre el desempeño de las funciones de trabajadores y profesionales
de la sanidad en el sistema sanitario público y en el privado. Entendemos
que no es fácil conseguirlo en un plazo corto de tiempo, pero en nuestra
opinión es un criterio básico, es un principio de primer orden. Quienes
mayor responsabilidad tienen en el funcionamiento de los hospitales,
quienes imprimen con su capacidad de dirección de los procesos sanitarios
el ritmo de trabajo son quienes están incumpliendo todas las leyes de
incompatibilidades habidas y por haber y están disminuyendo su capacidad
de trabajo en la sanidad pública para desarrollar la sanidad privada, y a
ustedes lo único que se les ocurre es hacerles pequeños empresarios para
así aumentar su interés por el trabajo en la sanidad pública. Nosotros
creemos que las incompatibilidades deben ser absolutas, que los
profesionales tienen que estar pagados suficientemente. Pero yo les
aseguro, señorías, que aun imaginándose los aumentos retributivos más
grandes que se puedan dar en este país, siempre estarán por debajo de los
niveles de calidad y de cantidad de trabajo producido en la sanidad
pública derivada de esa separación entre el sistema público y el sistema
privado.

Señor Presidente, termino diciendo que, evidentemente, dado los tiempos
que corren, mi grupo parlamentario no tiene grandes esperanzas de haber
conseguido trasladar los argumentos que recorren esta enmienda de
totalidad de texto alternativo a sus mentes y que, por tanto, se
produjera un cataclismo y se votara



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este texto alternativo. De todas maneras, no duden, señorías, de que la
soledad de Izquierda Unida respecto a la lógica de la calidad del sistema
sanitario público va a mantenerse pese a quien pese. Las mayorías no
siempre garantizan la razón, desde luego en este caso no, y el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya continuará en
esta línea de criterios básicos de servicio social esencial para el
funcionamiento de la sociedad, como es el servicio sanitario público,
aunque sea triste que a finales del siglo XX tengamos que estar luchando
por lo que, desde nuestro punto de vista y desde el más estricto sentido
común, sigue siendo evidente.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Maestro.

Ha solicitado un turno en contra de las enmiendas de totalidad el Grupo
Parlamentario Popular. Para su defensa tiene la palabra el señor Echániz.




El señor ECHANIZ SALGADO: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, en nombre del Grupo Parlamentario Popular y haciendo uso del
turno en contra, quiero una vez más poner de manifiesto el compromiso de
mi grupo, y del Gobierno al que presta soporte, con los principios y los
aspectos fundamentales del servicio público sanitario que consideramos
indeclinable y elemento sustantivo de fundamento constitucional.

Precisamente por eso, porque la mejor forma de defender el sistema
sanitario es modernizarlo, adecuarlo a las nuevas circunstancias y a los
nuevos problemas, es por lo que el Gobierno presentó este proyecto de ley
que eleva, en definitiva, a rango de normalidad la situación existente,
la situación de acomodación a la Ley General de Sanidad de los cambios
organizativos que han surgido en los diferentes ámbitos sanitarios de
nuestro país.

Tenemos, señorías, un modelo organizativo en la sanidad que es rígido,
que es burocrático, que está anquilosado y que desde luego está desfasado
en muchos casos, con pocas posibilidades, además, para adaptarse a un
entorno tan cambiante, tan sofisticado a la vez y tan complejo como es el
de la sanidad; un modelo que carece de incentivos, que no tiene
estímulos; un modelo, en definitiva, que obedece a controles formales en
los que es absolutamente imposible y absolutamente irrelevante el hecho
de que se consiga, al final, el objetivo perseguido en contra de la
lógica que deben tener las empresas de servicios, que deben basarse
esencialmente en los resultados. Esto es lo que ha hecho, señorías, que
en gran medida exista en estos momentos un trato no suficientemente
personalizado en la relación del médico con el paciente y, desde luego,
unas listas de espera mayores de las deseables. Es además, señorías, un
modelo ajeno a las nuevas exigencias de una sociedad en la que la
libertad se concreta cada día en poder elegir. Es un modelo al que el
peor servicio que se le puede prestar en estos momentos es dejarlo como
está, con todos sus problemas, con todas sus dificultades, con todas sus
carencias. Por eso no podemos, señorías, apoyar estas enmiendas de
totalidad, porque es indispensable en estos momentos ampliar las formas
organizativas de gestión que diseñó la Ley General de Sanidad y
contemplar no sólo la gestión directa sino también, señora Amador, la
indirecta a través de entidades públicas sujetas a Derecho privado, a
través de otros entes públicos dotados de personalidad jurídica propia y
diferentes a los que califica el artículo 6 de la Ley General
Presupuestaria. Además, se mantiene con este texto la posibilidad
prevista en la Ley General de Sanidad de gestión y de administración a
través de cualquier tipo de entidad creada por personas físicas o por
personas jurídicas privadas, mediante acuerdos o convenios, entidades,
señorías, como las fundaciones, las empresas públicas o los consorcios.

Se trata, por tanto, de avanzar en la incorporación de mecanismos de
gestión empresarial adecuados esencialmente al carácter de prestación de
la administración sanitaria, no obstante siempre su naturaleza pública.

Tengo que decirle, señora Maestro, que no lo ha entendido. Que no se
trata de criterios de mercado; que se trata sencillamente de mejorar la
eficacia y la eficiencia, que se trata, en definitiva, de mejorar la
rentabilidad social de la ingente cantidad de recursos que dedicamos en
este país a la sanidad y que con estas fórmulas que hoy presentamos se
pueden optimizar. Con este proyecto de ley, señora Maestro, no se altera
ni la titularidad --permítame-- ni la financiación del Sistema Nacional
de Salud. Lo que pretende este proyecto de ley es adecuar la organización
con los servicios a los principios de eficacia, a los principios de
economía y a los principios de flexibilidad que se recogen ya en el
artículo 7º de la Ley General de Sanidad.

Quiero decirle que el texto que presenta el Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya es reiterativo y regresivo, si
me permite. Es reiterativo porque sus artículos 2 y 4 ya están recogidos,
por si no lo sabe, en la Ley General de Sanidad, en la Ley de
Incompatibilidades y en el Real Decreto de hospitales y, por tanto, es
innecesario volver a regular esta materia. Es regresivo porque invalida,
señora Maestro, los artículos 66 y 67 y el capítulo 2º, título IV,
artículos 89, 90, 91 y 94 de la Ley General de Sanidad.

Por último, quiero decirle que el actual Sistema Nacional de Salud no es,
desgraciadamente, el que mejores resultados ofrece en relación coste
eficacia; desgraciadamente no. Es probable que si usted hubiera asistido
anteayer a la subcomisión para la reforma de la sanidad hubiese podido
escuchar a tres cualificados consejeros de comunidades autónomas explicar
los problemas



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con los que viven cada día, las importantes bolsas de ineficiencias, las
capacidades ociosas que es necesario optimizar. Así que, señora Maestro,
partiendo de análisis equivocados no se puede llegar a conclusiones más
que erróneas.

En la exposición de motivos del texto que ha presentado la señora Amador,
del Grupo Parlamentario Socialista, afirma que tenemos un modelo moderno.

Tengo que decirle a la señora Amador que un modelo moderno es aquel en el
que los ciudadanos juegan un papel preponderante, un papel de adulto y no
pasivo o cautivo en el que, en definitiva, tienen verdadera importancia
la elección y la participación de ciudadanos y profesionales. Un modelo
moderno, señora Amador, es aquel en el que los profesionales tienen
capacidad de proyección profesional, que desgraciadamente no tienen en
estos momentos.

También afirma que la financiación pública asegura por una parte la
solvencia y por otra la equidad. Tengo que decirle que tampoco es cierto.

La financiación pública no garantiza la solvencia. Prueba de ello es la
dificultad por la que han pasado en los últimos años la sanidad y otro
buen número de servicios de financiación pública. La solvencia de nuestro
sistema sanitario, señora Amador, sólo se garantizará con un presupuesto
que no genere desviaciones, con una buena gestión y, desde luego, con
instrumentos como los que hoy presentamos en nuestro texto de ley.

Tampoco garantiza la equidad, señora Amador, ya que de otra forma no
existirían en estos momentos las listas de espera en la sanidad pública.

Y tengo que decirle que todo lo que no sea que el dinero siga al paciente
es poco equitativo.

Más adelante, el Grupo Parlamentario Socialista afirma que toda
organización que garantice los derechos de protección de la salud debe
ser pública en puridad. Y eso tampoco es verdad. Hay muchos países como
Canadá, Holanda o la República Federal de Alemania que reconocen el
derecho a la protección de la salud y que no tienen modelos como el que
la señora Amador defiende. También dice que la experiencia acumulada
permite afirmar que el modelo de un sistema nacional de salud es el que
mejor cumple esta condición. Yo no sé a qué experiencia se refiere. Desde
luego, no ha repasado usted el último informe de la OCDE sobre los
sistemas sanitarios europeos.

Su proposición de ley, señora Amador, no es, en definitiva, una
regulación mínima, como dice en su exposición de motivos. Este texto
constituye, según su disposición adicional segunda, legislación básica
del Estado y, por tanto, ha de aplicarse al ámbito de todo el Estado. Por
ello modifican la Ley General de Sanidad. Luego, nada de regulación
mínima. En el apartado 1 deja usted fuera a las fundaciones, que nos
parece una figura esencial por la naturaleza de su patrimonio, destinada
a un fin sin ánimo de lucro como es el hospital. En los apartados 2 y 3
incluye usted diferentes cuestiones como la definición concreta de las
fórmulas jurídicas, aspectos relativos a lo que podríamos llamar el
estatuto del servicio y otras cuestiones instrumentales, como el régimen
de personal, que no deben ser objeto de la ley y en los que, además,
señora Amador, no hay que inventar cosas nuevas. El régimen jurídico de
las entidades públicas viene ya regulado por la Ley de Contratos de la
Administración Pública y por la Ley General Presupuestaria; en el caso de
los consorcios, por la Ley de Bases de Régimen Local y por la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas; y el régimen jurídico
de las fundaciones, como usted bien sabe, por la Ley de Fundaciones.

No se preocupe, señora Amador, porque no hay reserva de ley, y no sólo se
tendrán en cuenta los mecanismos de control sino que se exigirán. Eso sí,
señora Amador, un control que permita la gestión y no que la dificulte a
priori. Y desde luego existirá, como no puede ser de otra manera, un
adecuado marco de garantías. Quisiera subrayar en este punto algo también
para tranquilidad del Grupo Parlamentario Socialista. El texto que hemos
presentado utiliza fórmulas iguales, absolutamente iguales o equivalentes
a las del artículo 7.2 de la Ley de Ordenación Sanitaria de Cataluña, a
las del artículo 7.3 de la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario de
Castilla y León, a las del artículo 13.2 de la Ley de Creación del
Servicio Riojano de Salud, a las del artículo 30 del Servicio de Salud
del Principado de Asturias, a las del artículo 7.2 de la Ley de Creación
del Servicio Balear de Salud, a las de los artículo 4 y 5 de la Ley de
Creación del Servicio Sanitario de la Región de Murcia y a las de los
artículo 49, 50 y 51 de la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias. Y
también, señora Amador, que las figuras objeto de nuestro texto
legislativo ya las tienen en estos momentos en el País Vasco, en
Cataluña, en Andalucía, en Galicia, en Canarias o en Murcia, sin que en
ninguno de estos sitios se haya privatizado nada y a plena satisfacción
de los ciudadanos. Además, como usted bien sabe, están implantados en
otros países miembros de la Unión Europea similares al nuestro como Gran
Bretaña o Suecia.

Se trata, por tanto, señorías, de poder hacer gestión pública, pero sin
el corsé del Derecho administrativo, que se ha demostrado ampliamente
eficaz para muchas cosas pero no para algo tan dinámico o tan sofisticado
como es la sanidad. Quisiera también poner de manifiesto que sólo de esta
manera avanzaremos realmente en la separación de funciones que ya todo el
mundo defiende, en la autonomía de los centros sanitarios y en la libre
elección del ciudadano. Lo público, señora Amador, se caracteriza, a
tenor de lo dispuesto por la jurisprudencia constitucional, por dos
principios básicos: en primer lugar, la equidad en el acceso y, en
segundo lugar, la financiación pública. Lo demás, señora Amador, son
fórmulas jurídicas, previstas perfectamente



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en nuestro ordenamiento jurídico, que no producen ningún problema de
constitucionalidad y desde luego tampoco de privatización. Un servicio
público, señorías, se define por quién es el garante de que el servicio
llegue a los ciudadanos y también por el origen público de la
financiación, no por las titularidades ni por la gestión. De otra forma,
algunos servicios, como la educación, no podrían ser satisfechos con
medios puramente propios de la Administración. En cualquier caso, lo que
debe prevalecer siempre, señorías, es el criterio de satisfacción de las
necesidades de los ciudadanos.

Para terminar, quisiera subrayar que estas medidas son compatibles,
refuerzan nuestro sistema sanitario, consolidan nuestro Sistema Nacional
de Salud y mantienen los beneficios de universalidad y de principio
básico de equidad en el acceso, a la vez que lo modernizan y lo
potencian.

Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos.) El señor PRESIDENTE:
Muchas gracias, señor Echániz.

Señora Amador, tiene la palabra.




La señora AMADOR MILLAN: Gracias, señor Presidente.

Señorías, la intervención del portavoz del Grupo Popular, consumiendo el
turno en contra en este debate de totalidad, ha sido francamente
clarificadora para los que teníamos dudas --y lo expreso con toda
claridad, dudas, no certezas-- respecto a cuál era la intención del
Gobierno y del grupo que le apoya en esta materia. Me parece que poco
tienen que ver las aclaraciones que acaba de hacer ante esta tribuna con
lo expresado por el Ministro de Sanidad en el debate al que me he
referido anteriormente.

El señor Echániz se refiere, cuando habla de la sanidad, a empresas de
servicios basadas en los resultados, y yo quiero expresar aquí con toda
claridad la más absoluta y firme oposición al planteamiento que se acaba
de hacer. Señor Echániz, no es verdad que por llamarse empresas se
garantice una gestión más eficaz; no es verdad. Y me voy a permitir
recordar ante esta Cámara algún dato ilustrativo, que vamos a tener
ocasión de explicar con claridad para que la sociedad española sepa de
qué estamos hablando.

En el período que va de 1989 a 1992, el gasto sanitario público se
incrementó en un 45,7 por ciento. Recuerdo a SS.SS. que en ese período se
produjo la universalización del derecho a la sanidad pública, con la
extensión de la asistencia a siete millones de ciudadanos. En ese mismo
período, señorías, las primas de las compañías aseguradoras privadas se
incrementaron un 91 por ciento; un 91 por ciento frente al 45,7 del gasto
público. Pero en el período 1993/94, el siguiente período, el gasto
sanitario público ha crecido un 8,2 por ciento y las primas de las
compañías aseguradoras han crecido un 23,6 por ciento. Estos datos,
extraídos de la memoria estadística de seguros privados que edita el
Ministerio de Economía y Hacienda y que son oficiales y públicos, parece
que cuestionan esa afirmación tan reiterada, tan contundente, de que por
llamarse empresas la sanidad se gestiona mejor. No es verdad, señores del
Grupo Popular; no es verdad. Los costes de administración del sistema a
los que se acaba de hacer referencia son del 2,8 en el sistema sanitario
público; en las compañías privadas son del 15 por ciento. Ya está bien de
invocar esas frases que pretenden ser contundentes pero que no responden
a la realidad que los datos tercamente reflejan.

Por tanto, señores del Grupo Popular, el Grupo Socialista hoy considera
que hemos avanzado notablemente, porque hemos clarificado definitivamente
cuál es el planteamiento del Gobierno y del grupo que le apoya cuando
habla de mejorar la gestión. Señor Echániz, no aceptamos la gestión
indirecta de los servicios públicos sanitarios. Lo ha entendido
perfectamente. Defendemos la gestión directa, no la gestión indirecta que
da lugar a la entrada de entidades de titularidad privada. Basta una
lectura somera de cuál es el marco de la gestión indirecta en la Ley de
Contratos Públicos que S.S. acaba de invocar para entender que no estamos
hablando del instrumento idóneo para los servicios sanitarios, como no lo
es la fundación, señor Echániz. No lo es porque es de titularidad
privada; no lo es porque no se puede sustituir el ejercicio de un
servicio público por una entidad benemérita, porque las fundaciones no
están pensadas para sustituir a la Administración en la prestación de un
servicio público. No están pensadas para eso y basta leer la Ley de
Fundaciones.

Por tanto, señores del Grupo Popular, constatamos con preocupación que
las intenciones expresadas respecto a la modernización del sistema no
quieren decir lo mismo que nosotros cuando hablamos de modernizar el
sistema. No quieren decir lo mismo; quieren decir cambiar el modelo. Como
nuestros textos son públicos --están al alcance de todo el mundo-- y el
texto alternativo presentado por el Grupo Socialista responde exactamente
a los objetivos que ustedes han anunciado, esta sociedad va a tener
conocimiento de que cuando hablan de modernizar la gestión lo hacen de
una transformación del modelo a la que, les aseguro, el Grupo Socialista
se va a oponer frontalmente. Y para que quede claro, yo creo que este
debate ha sido muy útil.

Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Amador.




La señora Maestro tiene la palabra por cinco minutos para un turno de
réplica.




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La señora MAESTRO MARTIN: Gracias, señor Presidente. Intentaré no
sobrepasarlos.

Sinceramente tengo que decir que en el debate que está transcurriendo
esta mañana yo no me he sorprendido como la señora Amador. Hace tiempo
que está perfectamente claro qué quieren decir los poderes económicos,
qué quieren decir las políticas neoliberales cuando hablan de
modernización. Evidentemente hablan de una modernización incompatible con
los derechos sociales de todas y de todos los ciudadanos. Hablan de una
modernización en el sentido de transformar sistemas de servicios sociales
públicos con criterios tan antiguos como los que caracterizaron el
liberalismo en el siglo XIX, con unos criterios de mercado que nunca han
cumplido el funcionamiento de las leyes de la oferta y de la demanda de
los que hablaron Adam Smith y David Ricardo, cuando realmente el sistema
económico, la concentración de poder, la capacidad de influencia sobre
los diferentes poderes determina que la demanda sea la que se adecue a la
oferta. Esa es la modernización, señora Amador. Yo no me he sorprendido,
en absoluto, de que el Gobierno del Partido Popular, con el apoyo de la
derecha nacionalista, hable de modernizar, cuando de lo que se trata es
de retrotraer el funcionamiento de la sociedad a los criterios de que
cada cual se resuelva sus problemas y que el Estado no está para sostener
a la totalidad de la población.

Frases tan hermosas como la de que el dinero siga al paciente, señor
Echániz, son suficientemente demostrativas de algo que usted niega. Me
parece que a estas alturas del debate, señores del Partido Popular, hay
que hablar con claridad. Ustedes introducen el criterio del beneficio en
la sanidad pública a través de la gestión con empresas privadas y con
fundaciones. ¿Qué es eso de que el dinero siga al paciente? Es evidente
que son políticas, son lógicas y son discursos que se instalan
profundamente en criterios de mercado. Está bien. Han ganado las
elecciones, sus apoyos les garantizan mayorías parlamentarias suficientes
y ustedes gobiernan, pero no cometan la ingenuidad de intentar enmascarar
sus planteamientos.

Señor Echániz, ¡claro que con la enmienda de totalidad de texto
alternativo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya se modifica la
Ley General de Sanidad! Es que esto es un proyecto de ley, y ustedes han
pretendido modificar la Ley General de Sanidad con un real decreto. Las
leyes modifican las leyes, señor Echániz. Los reales decretos mal
utilizados, perversamente utilizados, sin criterios de urgencia ni
necesidad como plantea la Constitución, son una manera artera de
violentar la soberanía manifestada a través de las Cámaras en el
funcionamiento normal del Poder Legislativo expresado en la Constitución
Española.

Sepa usted señor Echániz, y señores del Grupo Popular, que hemos
lamentado mucho no contar con el apoyo de otros grupos de la Cámara,
significativamente del Grupo Socialista, para haber podido plantear un
recurso de inconstitucionalidad contra este real decreto que viola, a
nuestro juicio, partes fundamentales de la Constitución Española y así
haber impedido, con el amparo del Tribunal Constitucional, que una de las
reformas más profundas que se han hecho en este país desde los tiempos de
la dictadura esté avanzando y pueda legitimarse esta mañana aquí. Todos
los datos informan, señor Echániz, de que no solamente en ningún país del
mundo --y para algo tendría que valer la experiencia-- se ha demostrado
que la gestión privada, que la empresa privada sea más eficiente que la
gestión pública, sino más bien exactamente todo lo contrario. Se ha
demostrado que la privatización dispara el gasto público en detrimento de
la calidad. Es decir, aumenta el nivel de gasto ¿haciendo qué? En la
medida en que los beneficios circulan a manos privadas el detrimento de
la calidad se produce.

Señoras y señores Diputados, al Grupo Popular no le gusta, pero el
paradigma del modelo hacia el que se avanza es el modelo de Estados
Unidos, con un 20 por ciento de la población sin ningún tipo de cobertura
sanitaria, con un 40 por ciento de la población con una cobertura parcial
y con un gasto sanitario social, el mayor del mundo, de un 13 por ciento
del producto interior bruto, no el de nuestro país, sino el producto
interior bruto americano. Pero no hay que ir tan lejos a buscar
diferencias. Se han hecho estudios sobre el funcionamiento de centros de
salud públicos y privados en Tarragona. Se ha demostrado que el coste por
acto médico en un centro público es más bajo que el del privado y, sobre
todo, aunque no es tema de hoy, de este real decreto, se dispara el gasto
farmacéutico.




El señor PRESIDENTE: Señora Maestro, le ruego que vaya concluyendo.




La señora MAESTRO MARTIN: Termino en este momento, señor Presidente.

El gasto farmacéutico es dos mil pesetas más por habitante en el centro
privado más caro que en el centro público con una peor utilización de los
fármacos. Por tanto, señorías, mayorías parlamentarias mandan.

Esta mañana tengo que decir que se inicia o se continúa, señora Amador,
porque hay cosas que no ha hecho usted pero que se han hecho por
Gobiernos socialistas que son el principio del fin al que nos estamos
acercando en cuanto a los criterios de rentabilidad social inherentes y
esencialmente vinculados al funcionamiento del servicio sanitario
público, como es la gestión empresarial con criterios que ustedes
introdujeron. Se empieza a perder, señora Amador, cuando se acepta la
filosofía del enemigo. La elección del mal menor es siempre la filosofía
de los derrotados. De todas maneras, la vida sigue, la población va a
valorar exactamente



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qué es lo que supone la modernización del Partido Popular, y
probablemente nos encontremos casos como los que están sucediendo en
Galicia, que la población prefiere estar con una cama de su familiar en
un pasillo de un hospital público que ser atendido urgentemente en un
hospital privado en el que nadie garantiza la calidad de las
prestaciones.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Maestro.

Señor Echániz, tiene la palabra.




El señor ECHANIZ SALGADO: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, señora Maestro, el Gobierno del Partido Popular no va a
privatizar la sanidad, aquí no va a haber un sistema sanitario como en
Estados Unidos. Se lo puedo decir más alto, se lo puedo decir más fuerte,
pero desde luego no se lo podemos decir ya más claro. Estoy seguro de que
a ustedes les gustaría mucho que tuviésemos un sistema sanitario como el
de Estados Unidos para de esa manera poder hacer una guerra santa contra
el Gobierno, pero desde luego no lo vamos a hacer. Y si esa es toda la
oposición que ustedes van a ser capaces de hacer a lo largo de esta
legislatura, nosotros estaremos encantados, pero no nos van a convencer
con su ímpetu de que privaticemos de ninguna manera.

Este Gobierno ha hecho una apuesta clara por consolidar nuestro Sistema
Nacional de Salud y, sobre todo, por modernizarlo. Este Gobierno y su
grupo parlamentario tiene un compromiso serio con este servicio público y
quiere prestarlo en condiciones de excelencia y en condiciones de máximo
nivel de calidad. Por ello hemos presentado este texto legislativo, para
tener instrumentos más modernos con los que cumplir el principio
constitucional de protección de la salud, que es lo que más nos importa.

Nuestro grupo parlamentario se asombra de que cuestione S.S. la gestión
indirecta, cuando no la cuestiona en la prestación de la educación u
otros servicios sociales a la tercera edad, a la infancia o a la
población reclusa. Servicios que tienen características muy similares al
sanitario y principios muy similares al de la prestación de la asistencia
sanitaria. Por ello desde el Grupo Parlamentario Popular nos preguntamos
a qué se debe concretamente ese dogmatismo y ese prejuicio mal entendido
en materia de sanidad.

Señora Amador, el marco de garantías del modelo de organización está
suficientemente patente en el espíritu y en la letra de la ley y también
el desarrollo reglamentario en su disposición final. Además, es el mismo
que existe ya en muchos centros que están funcionando en el país. No se
preocupe S.S., esté tranquila, ya que ustedes no nos van a adelantar en
la defensa de los derechos de los ciudadanos. Somos nosotros los primeros
interesados en que el sistema funcione, que funcione bien y, además, que
sea eficaz, justo, solidario, viable y que tenga controles y garantías
para todos. Si hay que tomar medidas en estos momentos, señora Amador, es
porque el modelo no funciona bien, porque tiene deficiencias y porque ha
sufrido un importante deterioro en los últimos años.

Nos parece muy bien que presenten este texto alternativo. Pero con todo
respeto y toda consideración tengo que decirle que probablemente hubiera
sido mejor haberlo presentado hace seis meses, porque usted hubiera
tenido más credibilidad y, además, lo hubiera podido sacar adelante en
esta Cámara. Y me gustaría también que S.S. nos hubiese podido explicar a
qué obedecen sus contradicciones. ¿Por qué, señora Amador, critican este
proyecto y a la vez mantienen el Hospital Costa del Sol de Marbella,
dependiente del Servicio Andaluz de Salud, bajo la gestión de una
empresa?
¿Por qué, señora Amador, han creado una empresa para gestionar también en
Andalucía los servicios de urgencia? ¿Por qué, señora Amador, están
estableciendo conciertos singulares con población asignada, con grupos
empresariales privados, como el de la Sierra Norte de Cádiz? ¿Por qué,
señora Amador, el ex consejero de Salud de la Comunidad Autónoma de
Madrid, señor Sabando, solicitó en su día la fórmula del consorcio para
gestionar dos áreas de salud en Madrid? ¿Por qué en el País Vasco, donde
ustedes forman parte del Gobierno, se están aplicando estas formas de
gestión --y con bastante éxito, tengo que decirlo-- y, sin embargo, no
dicen nada? ¿Por qué, señora Amador, el portavoz de sanidad del Partido
Socialista en Galicia ha aparecido estos días haciendo declaraciones en
contra de una empresa pública creada por la administración gallega y
apoyando a varias clínicas privadas? Me gustaría que nos contestase a
estas preguntas.

Quiero decirle que nosotros aplaudimos esas iniciativas que ustedes han
tomado en algunas comunidades autónomas y que tratan de hacer más
moderno, más útil y satisfactorio el sistema sanitario, pero no vengan
después aquí a rasgarse las vestiduras, porque son ustedes los que
incurren en confusión, incurren en incoherencia y, desde luego, en muchas
contradicciones.

Termino, señor Presidente, afirmando que con este proyecto de ley
tratamos de establecer un principio de mayor amplitud en las formas
jurídicas que promuevan el sentido de la responsabilidad en el marco de
una organización tan compleja como es la sanitaria. Y desde luego
queremos contribuir a hacer efectiva la separación progresiva entre las
competencias de financiación, de autoridad y de compra de servicios
sanitarios con las de gestión y provisión, en la medida en que está
demostrado ampliamente que la integración vertical de estas funciones no
incentiva ni el logro de los objetivos



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ni la evaluación ni la consecución de unos óptimos resultados.

Por ello, porque ya se ha dicho aquí que atrincherarse en sistemas
rígidos, en sistemas burocráticos, en sistemas ineficaces y costosos y
desde luego desfasados es la mejor forma, señora Amador, de dar al traste
con nuestro Sistema Nacional de Salud y porque nosotros no queremos dar
al traste con él, es por lo que vamos a votar en contra de las enmiendas
de totalidad.

Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Echániz.

¿Grupos que desean fijar posición en este debate? (Pausa.) Por el Grupo
Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Vázquez.




El señor VAZQUEZ VAZQUEZ (don Guillerme): Muchas gracias, señor
Presidente.

Señoras y señores Diputados, intervengo para fijar la posición del BNG
sobre las enmiendas a la totalidad con texto alternativo que hoy estamos
debatiendo. Vamos a apoyar ambos textos alternativos al proyecto del
Gobierno sobre nuevas formas de gestión del Insalud, aunque con distinto
grado de coincidencia con uno y otro texto.

Estamos seguros de que nos enfrentamos hoy a un debate trascendente que
está en el ámbito de la sociedad, relativo a cuál es la definición del
modelo sanitario que se quiere para un determinado Estado, en este caso
para el Estado español, si un modelo sanitario público o un modelo
sanitario privado. Nosotros también pensamos que estamos en un momento en
el que hay que definirse políticamente con claridad al respecto, y así lo
hacemos. También estamos seguros de que las indefiniciones y las tibiezas
lo único que hacen es abrir la puerta a los intentos privatizadores que
sufrimos.

Nosotros ya expresamos nuestra opinión sobre el Real Decreto-ley que
pretende implantar el Gobierno sobre nuevas formas de gestión del Insalud
y estamos convencidos de que lo único que persigue es un objetivo básico,
que es avanzar en la privatización del sistema sanitario público y
también en los servicios sociosanitarios. Para eso nos propone introducir
fórmulas de gestión que permitan meter cuñas en el actual sistema.

El Grupo Popular hace constantes profesiones de fe de que de ninguna
manera pretende privatizar el sistema. Pero es que no basta con hacer
profesiones de fe, hay que actuar en la práctica. Y la práctica nos
indica que lo que se intenta es privatizar ese sistema. El BNG, por
suerte o por desgracia, se viene oponiendo desde hace mucho tiempo a los
deseos privatizadores del señor Romay. Nos conocemos de antiguo.

Para nosotros es evidente que el sistema sanitario debe ser público
porque es el único capaz de garantizar la asistencia sanitaria
igualitaria a todos los ciudadanos. Además, la asistencia sanitaria
privada demostró a lo largo de la historia la incapacidad para garantizar
ese derecho a la salud a todos. Estas fórmulas no mejoran la gestión y ya
están experimentadas en la práctica. El único abaratamiento de costes que
producen --si lo producen-- es a expensas de los derechos laborales y de
los salarios de los trabajadores. En todo caso es a la inversa, estas
fórmulas lo único que hacen es aumentar la burocracia y encarecer los
costos del sistema. Lo único que se está persiguiendo es entregar a la
iniciativa privada parte del sistema sanitario y recursos públicos para
beneficio de los sectores privados. No sé si estamos intentando
privatizar parte del sistema o ya estamos intentando privatizarlo todo.

Las declaraciones del señor Barea cuando nos está proponiendo ya con
claridad --porque el señor Barea es sincero-- que se lleve a cabo la
privatización de los hospitales públicos cuando no sean rentables, desde
luego extiende la preocupación mucho más sobre las verdaderas intenciones
del Gobierno del Partido Popular.

Nosotros insistimos en que no nos oponemos a que exista o coexista un
sector privado con la sanidad pública, siempre y cuando el sector privado
se las entienda como pueda y no dependa o no esté viviendo a expensas de
los fondos públicos, que sí que se detraen de la asistencia sanitaria
pública.

Apoyamos la enmienda del Grupo Socialista, aunque debemos decir que nos
parece peligroso, dado los tiempos que corren, admitir este tipo de
fórmulas de gestión con personalidad jurídica propia, aunque sean de
titularidad pública. El Grupo Socialista intenta en su propuesta limitar
la extensión de estas fórmulas a alguno o algunos centros y fijar las
condiciones en que se podrían implantar, pero para nosotros son
preocupantes estas fórmulas, aunque estamos dispuestos a que nos explique
cuál es el alcance de las mismas, porque una vez introducidas es muy
difícil su limitación, más aún en un contexto en el que muchas
comunidades autónomas y el Gobierno central están regidos por personas
que sí están a favor de la privatización clara de la sanidad. Por tanto,
sí que estamos anteun problema político y no tanto ante unproblema
técnico, y el BNG sí que opta por un modelo claro de un modelo sanitario
público.

La enmienda de la totalidad que presenta Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya se acerca bastante más a lo que nosotros defendemos. Sin
embargo, aunque se me está acabando el tiempo, yo quisiera hacer una
pequeña matización con toda cordialidad a la señora Maestro. Yo no
quisiera que quedara en esta Cámara la impresión de que es Galicia una de
las comunidades autónomas que más gastan en sanidad y que, de alguna
manera, detraería del conjunto del Estado el gasto sanitario. Hay en
nuestro país un aumento de gastos debido a la mala gestión y a la
introducción de este tipo de fórmulas,



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pero conviene recordar que en Galicia el tanto por ciento del gasto
sanitario estatal estuvo durante muchos años por debajo del tanto por
ciento de la población protegida. Además, tenemos otro tipo de factores,
como el envejecimiento mayor de la población o la dispersión geográfica,
que encarecen la asistencia sanitaria. Yo no quisiera que la señora
Maestro nos colocara al mismo nivel que otras comunidades autónomas
porque nuestras realidades son totalmente diferentes.

Dicho esto con toda cordialidad, vamos a apoyar la enmienda de texto
alternativo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, porque
coincidimos fundamentalmente en la defensa de un modelo público en lo
referido a titularidad, financiación, gestión y provisión de servicios y,
además, porque el texto que ustedes plantean introduce propuestas muy
interesantes que a nosotros nos parecería que se deberían aplicar a la
sanidad ya.

Con esto termino, señor Presidente. Vamos a apoyar ambas enmiendas,
aunque con distinto grado de aceptación del contenido de las mismas.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Vázquez.

Por el Grupo Parlamentario Canario, tiene la palabra el señor Gómez
Rodríguez.




El señor GOMEZ RODRIGUEZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, me levanto para expresar brevemente la posición del Grupo de
Coalición Canaria sobre el proyecto de ley de habilitación de nuevas
formas de gestión del Insalud, procedentes del breve Real Decreto
10/l996, de 17 de junio. Lo titulo breve porque, evidentemente, así lo
es. Consta de un solo artículo, un solo párrafo, con una sola disposición
derogatoria y una única disposición final. Pero, a pesar de la unicidad,
tiene un gran contenido que considero trascendente, porque, continuando
la línea de la Ley General de Sanidad 14/l986, de 25 de abril, admite la
libertad de empresa en el sector sanitario conforme se expresa en el
artículo 38 de la Constitución. Me estoy refiriendo a los artículos 66,
67, 89, 90, 93 y 94 del citado texto legal. Ahora se pretende ampliar las
formas organizativas de la gestión, que abarcan no sólo la gestión
directa, sino también la indirecta, a través de entidades públicas
sujetas al Derecho privado y a través de otros entes públicos, incluidas
las fundaciones.

El Grupo de Coalición Canaria reitera la defensa del carácter público de
la sanidad, pero también queremos dar un espaldarazo a la situación
actual y aprovechar las ventajas tanto de la gestión pública como de la
gestión privada.

No admitimos la privatización dominical de la sanidad. Solamente estamos
hablando del aprovechamiento de las ventajas de la gestión. En el sector
público, señorías, y aquí se sabe muy bien en esta Cámara, se aprobó en
su día un plan general de contabilidad que vino desde el sector privado,
y también del sector privado hemos tomado los derechos y las normas sobre
presupuestos que hacen que hoy la contabilidad no sea solamente
financiera sino de gestión.

No olvidemos también, señorías, que en todos los países donde está
implantado el sistema sanitario público, los costos y los costes se van
elevando sin parar. Lo que importa, señores, es que nos fijemos en el
destinatario. ¿Quién es el destinatario del servicio de salud? El
ciudadano, y el ciudadano tiene una protección constitucional, tanto en
la salud como en la sanidad. Lo que nosotros queremos es dar opción al
ciudadano para que pueda ejercer sus derechos y ver al sector privado
exclusivamente como sustitutivo, suplementario y alternativo. Por
ejemplo, como una forma de solucionar las vergonzosas listas de espera,
que se producen exclusivamente en los sistemas públicos sanitarios y que
tenga el ciudadano la posibilidad de que, pasado un tiempo, pueda acudir
a otra institución, pública o privada, para poder ejercer los derechos
que le otorga la Constitución Española.

Vuelvo a reiterar que nosotros apoyamos decididamente el carácter público
y universal de la sanidad como parte integrante e irrenunciable del
logrado Estado del bienestar. Reconocemos que habrá que inyectar en el
breve texto algunas dosis de reiteración a favor de lo público, lo cual
haremos en las enmiendas parciales que serán discutidas en su día, pero
ello no quiere decir que aceptemos las enmiendas a la totalidad, por lo
que votaremos en contra de las mismas.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Gómez Rodríguez.

Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la palabra la señora
Aguirre.




La señora AGUIRRE URIBE: Señor Presidente, señorías, voy a intervenir, en
nombre del Grupo Vasco, para fijar nuestra posición sobre las enmiendas a
la totalidad al proyecto de ley que hoy debatimos, presentadas por los
Grupos Socialista e Izquierda Unida. Anuncio nuestro voto en contra y voy
a intentar razonarlo pero, antes de comenzar el razonamiento, me gustaría
decir a la señora Maestro que, aunque vamos a votar en contra de las
enmiendas a la totalidad, yo no me siento parte de ninguna formación de
la derecha nacionalista.

Como decía, voy a intentar razonar nuestro voto, en nombre del Grupo
Vasco, indicando que las previsiones de crecimiento de la demanda de
prestaciones sanitarias, por razones epidemiológicas, demográficas y
tecnológicas, con el consiguiente aumento de sus costos,



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en el marco de unos recursos económicos limitados, y a corto plazo
insuficientes, han forzado a los poderes públicos del ámbito occidental a
consideraciones estratégicas sobre medidas para aumentar la eficiencia de
los sistemas sanitarios como uno de los elementos clave para la
supervivencia de los servicios públicos de salud.

En coincidencia con nuestro documento Osasuna Zaindut y lo previsto en el
anteproyecto de ley de ordenación sanitaria de Euskadi, la mayoría de las
propuestas que se han realizado en nuestro entorno con objeto de
incrementar la eficiencia siguen dos líneas fundamentales. Por una parte,
separar las funciones de financiación de las de provisión de servicios
sanitarios, introduciendo el concepto de contratación o compra como
elemento de control y, por otra, permitir a los provisores las fórmulas
organizativas más adecuadas introduciendo elementos de flexibilidad que
permitan, desde la complejidad de las prestaciones sanitarias, mayor
responsabilidad de los agentes en los resultados de salud que pretenden
las prestaciones, lo que implica, señorías, mayores grados de autonomía
organizativa, con la posibilidad de utilizar todas aquellas fórmulas
jurídicas que consigan sensatas previsiones de aumento de la eficiencia.

El proyecto de ley sobre nuevas formas de gestión recoge, desde nuestro
punto de vista, ambas líneas de reflexión ampliando el abanico de
fórmulas de gestión y administración vigentes y permitiendo al
financiador público que la provisión se realice por gestión directa o por
gestión indirecta, a través de acuerdos o convenios con otro tipo de
entidades que no sean públicas. De las diferentes modalidades que en la
provisión puedan realizarse se deducirán las distintas fórmulas que
relacionen entre sí financiación y provisión, cuyo carácter contractual
adquiere una función claramente de control cuantitativo, cualitativo y
económico de las prestaciones puestas a disposición de los beneficiarios
del sistema.

Quiero indicar, porque hay que dejarlo claro, que la política sanitaria,
el modelo sanitario, no constituye en ningún caso una concepción técnica
o social autónoma. Es el fiel reflejo del modelo de sociedad y del
subsiguiente concepto de salud, conceptos ambos, creo que coincidirán
señorías conmigo, totalmente ideológicos. En la realidad social que es la
Unión Europea, donde todas las políticas macroeconómicas están
coordinadas, las diferencias entre las ideas de progreso y las que no lo
son radican en el propugnado grado de desarrollo de la protección social
y en la intensidad de la redistribución de la renta por parte de los
poderes públicos. A nadie se le escapa, señorías, que la sanidad pública
conforma una buena parte del núcleo duro de ambas políticas.

Para nuestro grupo político es esencial la defensa de un modelo sanitario
público, cuyas características básicas e irrenunciables son las de un
sistema capaz de satisfacer las necesidades sanitarias del conjunto de la
población bajo las premisas de universalidad, equidad y calidad de sus
prestaciones, así como la racionalidad a que nos conduce la
administración de los recursos públicos disponibles. Defendemos un
sistema de protección de la salud que sea universal, solidario,
equitativo y de calidad, en el que los usuarios no sean tratados sólo
como pacientes sino como ciudadanos con derecho a utilizar unos servicios
sanitarios de calidad humana y técnica, y en el que los profesionales
sanitarios se sientan más integrados en una organización flexible,
comunicativa, que reconozca los logros de quienes le dedican su trabajo y
estimulan su desarrollo tanto personal como profesional.

La valoración que hace el Grupo Vasco (PNV) del Sistema Nacional de Salud
es positiva, más allá del déficit y de los problemas de funcionamiento.

En poco tiempo --y no es descubrir nada nuevo-- hemos pasado de una
cobertura sanitaria claramente deficitaria a su implantación como
prestación universal. Naturalmente esta valoración que hacemos no puede
en modo alguno entenderse como un complaciente conformismo, sino como la
base de partida para la adopción de las imprescindibles medidas
reformadoras que corrijan desequilibrios y deficiencias para garantizar
su plena viabilidad de futuro.




El señor PRESIDENTE: Señora Aguirre, le ruego que vaya concluyendo.




La señora AGUIRRE URIBE: Termino en seguida, señor Presidente.

En la corrección de las deficiencias que el sistema presenta no deben
tenerse en cuenta como único referente las razones de naturaleza
económica, sino el proyecto social que se pretende construir.

Afortunadamente en las democracias la política está por encima de la
economía, aunque bien es cierto que el margen de maniobra se está
estrechando.

En su conjunto la sanidad, además de ser un sector presupuestariamente
importante, constituye un instrumento básico de solidaridad y un sector
económico que produce valor y riqueza, contribuyendo a la estabilidad de
los niveles económicos tanto por la actividad que genera como por la
fuerza laboral que emplea.

También quiero decir, señorías, que este proyecto de ley no privatiza
nada, sino que se configura como un instrumento para facilitar el aumento
de la eficiencia y rentabilidad social del sistema sanitario.

Por último quiero dejar claro que en nuestra comunidad autónoma de
Euskadi no vamos a utilizar las nuevas fórmulas de gestión que permite
este proyecto de ley, porque el 95 por ciento del sistema de salud vasco
es público y en el territorio histórico de Alava, al que yo represento,
el 100 por ciento es público. Este



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proyecto lo defendemos en función de que hay otras comunidades que para
su ordenación sanitaria necesitan contar con otros instrumentos nuevos,
porque la historia y las trayectorias de creación de servicios no se
pueden borrar.

Por todo ello, señorías, anuncio el voto negativo de nuestro grupo a las
enmiendas a la totalidad presentadas por el Grupo Socialista y por el
Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Aguirre.

Por el Grupo Parlamentario Cataláqn (Convergència i Unió), tiene la
palabra la señora Riera.




La señora RIERA I BEN: Gracias, señor Presidente.

Señorías, intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) para anunciar que vamos a votar en contra de las
enmiendas a la totalidad presentadas al proyecto de ley sobre
habilitación de nuevas formas de gestión del Insalud, defendidas hoy en
esta Cámara por el Grupo Socialista y por Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

Vamos a votar en contra, entre otras razones, para ser consecuentes y
coherentes con nuestra convalidación al Real Decreto-ley, aunque ya
anunciamos en su día que no obstante ser convalidado, íbamos a presentar
una enmienda.

La enmienda socialista de texto alternativo que se propone constituye una
injerencia inadmisible, señora Amador, en las facultades de
autoorganización que los estatutos de autonomía respectivos reconocen a
las comunidades autónomas, artículo 9º.1 del Estatuto de Cataluña, en el
caso de la Generalitat, como también una invasión muy clara de las
competencias que los artículos 149.1.17ª de la Constitución y 17 del
Estatuto de Autonomía de Cataluña atribuyen a la Generalitat en materia
de sanidad interior y muy especialmente las facultades atribuidas en el
epígrafe 4 de este precepto estatutario.

El texto alternativo que propone el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Cataluña exige en su artículo 1º que en el ámbito de
todo el Sistema Nacional de Salud la titularidad, la financiación, la
gestión y la provisión de servicios sanitarios sean públicos, situación
que choca frontalmente con el principio de separación entre la
financiación del sistema sanitario, que es público, y la gestión y la
provisión de servicios, que puede ser pública y privada, principio que ha
inspirado la Ley 15/1990, de 9 de julio, de Ordenación Sanitaria de
Cataluña. Por otra parte, este principio también ha inspirado la
ordenación sanitaria de otros países que consideramos desarrollados y que
tienen en buen aprecio la sociedad del bienestar.

Señorías, sus enmiendas se basan fundamentalmente en que este proyecto de
ley quiere modificar un aspecto que para ustedes es innegociable, que es
el modelo organizativo vigente. Ustedes estiman que, de aprobarse el
proyecto de ley, el Sistema Nacional de Salud corre grave peligro. Nos
recuerdan que el esfuerzo, la solidaridad de varias generaciones, la
acción de los poderes públicos han hecho posible implantar en estos años
un modelo moderno del Estado del bienestar que tiene en el Sistema
Nacional de Salud uno de sus pilares básicos.

Señorías, sinceramente, no dudo de la voluntad de sus respectivos grupos
políticos en defender un bien tan preciado para la sociedad. Solamente
pido por parte de SS.SS. que presuman en nuestro grupo parlamentario la
misma voluntad. Nosotros tampoco, señora Amador, nos sentimos
identificados con una derecha ultraliberal. En ningún caso el modelo
sanitario catalán puede recibir este calificativo.

Señorías, ha quedado de manifiesto que en esta Cámara, en los grandes
temas, en las grandes definiciones de lo que tiene que ser el Sistema
Nacional de Salud, hay voluntad de consenso; de ahí la creación de la
subcomisión en la Comisión de Sanidad. Por lo tanto, no nos engañemos,
todos los grupos políticos de esta Cámara estamos de acuerdo y
coincidimos en la bondad del sistema. Lo que ocurre es que, mientras
ustedes opinan, por ejemplo, que el sistema no debe cuestionar su base
organizativa, otros, como nuestro grupo, opinamos que es totalmente
necesario tomar decisiones e introducir reformas estructurales en el
Sistema Nacional de Salud, que permitan el mantenimiento y la mejora, en
lo posible, de la actual prestación sanitaria que reciben todos los
ciudadanos del Estado español.

Nuestro grupo defiende que las medidas organizativas y de gestión tienen,
en el contexto de un proyecto de transformación, un carácter
instrumental. No se trata de defender el medio, sino de alcanzar el fin.

El fin es dar un buen servicio a los ciudadanos y corresponsabilizar a
todos los agentes del sistema con los objetivos de equidad, eficiencia y
calidad, que nosotros pensamos que debe garantizar el sistema con la
financiación pública.

Como dijo el conseller de Sanitat de la Generalitat de Catalunya, Eduard
Rius, en la comparecencia de anteayer en la subcomisión de Sanidad, lo
que define el carácter público del sistema no está determinado por la
forma jurídica en que éste se organiza, sino, básicamente, por la
naturaleza de la función, por el origen público de los recursos, por la
financiación y, en el caso concreto del Sistema Nacional de Salud, por la
igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a la asistencia. Por este
motivo, Convergència i Unió opina que es necesario superar el debate
social público-privado y afrontar con valentía los cambios de naturaleza
jurídica que sean necesarios, que permitan una mayor capacidad de
gestión. Los consorcios, las empresas públicas y los convenios y
contratos de cesión de gestión



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son ejemplos de algunas de las posibilidades que creemos que vale la pena
estudiar y considerar.

Termino, señor Presidente.

Señorías, es importante que las decisiones que tomemos en esta Cámara
sean coherentes con el fin que perseguimos y tengan muy presente la
realidad del conjunto nacional del Estado.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Riera.

Vamos, en consecuencia, señorías, a proceder a las votaciones de las dos
enmiendas de totalidad, que exigen votación separada por ser textos
alternativos y, en su caso, con posterioridad, a dos avocaciones para
deliberación y votación final por el Pleno; una, referida al proyecto de
ley que acaba de debatirse y, otra, a la ampliación del servicio
farmacéutico de la población.

Comenzamos votando la enmienda de totalidad, de texto alternativo, del
Grupo Socialista del Congreso, al proyecto de ley sobre habilitación de
nuevas formas de gestión del Insalud.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 306; a
favor, 133; en contra, 173.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda rechazado el texto
alternativo propuesto por la enmienda de totalidad del Grupo Socialista.

Votación de la enmienda de totalidad, con texto alternativo, planteada y
propuesto por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, sobre el mismo proyecto de ley de
habilitación de nuevas formas de gestión del Insalud.

Comienza la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 304; a
favor, 15; en contra, 287; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada, en consecuencia, la enmienda de
totalidad y el texto alternativo propuesto por el Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




AVOCACIONES POR EL PLENO:



El señor PRESIDENTE: La Mesa de la Cámara, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 149.1 del Reglamento, acordó proponer al Pleno
la avocación de la deliberación y votación final del proyecto de ley
sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Insalud, del que
acaban de debatirse dos enmiendas de totalidad.

¿Aprueba el Pleno la avocación de este proyecto de ley? (Asentimiento.)
Entiendo que queda así aprobado por asentimiento.

De la misma manera, la Mesa, y con base en el mismo precepto
reglamentario, propone al Pleno la avocación de la deliberación y
votación final del proyecto de ley de aplicación del servicio
farmacéutico a la población.

¿Lo aprueba así el Pleno? (Asentimiento.) Se entiende, en
consecuencia, también aprobado por asentimiento.

Se levanta la sesión.




Eran las once y diez minutos de la mañana.