Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 214, de 14/05/1997
PDF





CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1997 VI Legislatura Núm. 214



CONSTITUCIONAL



PRESIDENTE: DON GABRIEL CISNEROS LABORDA



Sesión núm. 6



celebrada el miércoles, 14 de mayo de 1997



ORDEN DEL DIA:



Ratificación de las Ponencias designadas para informar las siguientes
iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley reguladora de las emisiones y retransmisiones de
competiciones y acontecimientos deportivos. (Número de expediente
121/000033) (Página 5958)



--Proposición de Ley de reforma de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de
agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. (Número de
expediente 127/000003) (Página 5958)



Resolución de la Comisión sobre el escrito del Grupo Parlamentario
Socialista solicitando la comparecencia de diversas personalidades en
relación con el proyecto de Ley reguladora de las emisiones y
retransmisiones de competiciones y acontecimientos deportivos. (Número de
expediente 121/000033) (Página 5958)



Emitir dictamen, a la vista del informe de la Ponencia, sobre las
siguientes iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley reguladora de las emisiones y retransmisiones de
competiciones y acontecimientos deportivos. (Número de expediente
121/000033) (Página 5970)



Página 5958




--Proposición de Ley de reforma de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de
agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. (Número de
expediente 127/00003) (Página 6022)



Se abre la sesión a las diez y diez minutos de la mañana.




RATIFICACION DE LAS PONENCIAS DESIGNADAS PARA INFORMAR LAS SIGUIENTES
INICIATIVAS LESGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY REGULADORA DE LAS EMISIONES Y RETRANSMISIONES DE
COMPETICIONES Y ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS. (Número de expediente
121/000033.)



--PROPOSICION DE LEY DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA 9/1982, DE 10 DE
AGOSTO, DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE CASTILLA-LA MANCHA. (Número de
expediente 127/000003.)



El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión de la Comisión Constitucional
correspondiente al miércoles 14 de mayo, para deliberar y dictaminar
sobre el orden del día que figura en poder de todos ustedes.

Ruego a los señores portavoces que trasladen a la Mesa, por escrito, la
relación de las sustituciones que se hayan producido en sus grupos. No es
preciso que lo hagan ahora, pero sí antes de que se produzca la adopción
de cualquier acuerdo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 113 del Reglamento, en
relación con la resolución de la Presidencia del Congreso de 23 de
septiembre de 1986, vamos a proceder a la ratificación de las ponencias
designadas para informar dos iniciativas legislativas.

La Ponencia encargada de informar el proyecto de ley reguladora de las
emisiones y retransmisiones de competiciones y acontecimientos
deportivos, de acuerdo con las comunicaciones formuladas a los servicios
de la Cámara por los distintos grupos, está integrada por los señores:
Fernández de Troconiz Marcos, Mato Adrover, González Pérez, Solé Tura,
Nieto González, Alcaraz Ramos, López de Lerma i López, González de
Txabarri Miranda, Rivero Baute y Rodríguez Sánchez.

¿Queda ratificada por la Comisión la composición de esta Ponencia?
(Asentimiento.)
En el punto segundo del orden del día, de acuerdo con las mismas
previsiones reglamentarias a que hacía referencia antes, la Ponencia
encargada de informar la proposición de ley de reforma de la Ley Orgánica
9/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha,
quedó integrada por los señores: Rupérez Rubio, Martínez-Villaseñor
García, Alarcón Molina, González Revenga, Díaz-Cano del Rey, Ríos
Martínez, Silva Sánchez, Uría Echevarría, Mauricio Rodríguez y Rodríguez
Sánchez.

¿Queda ratificada por la Comisión dicha Ponencia? (Asentimiento.)



--RESOLUCION DE LA COMISION SOBRE EL ESCRITO DEL GRUPO PARLAMENTARIO
SOCIALISTA SOLICITANDO LA COMPARECENCIA DE DIVERSAS PERSONALIDADES EN
RELACION CON EL PROYECTO DE LEY REGULADORA DE LAS EMISIONES Y
RETRANSMISIONES DE COMPETICIONES Y ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS. (Número de
expediente 121/000033.)



El señor PRESIDENTE: Entramos en el punto 3 del orden del día, resolución
de la Comisión sobre el escrito del Grupo Parlamentario Socialista
solicitando la comparecencia de diversas personalidades en relación con
el proyecto de ley reguladora de las emisiones y retransmisiones de
competiciones y acontecimientos deportivos.

En relación con este punto, la Mesa de la Cámara, en su reunión de ayer,
calificó dos escritos de solicitud de comparecencias presentados por el
Grupo Parlamentario Popular y por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya. El del Grupo Parlamentario Popular, que
figura en la documentación de que disponen los señores comisionados, se
presentó el pasado viernes, mientras que el del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya lo fue el pasado lunes. Ambos,
insisto, fueron objeto de calificación por la Mesa de la Cámara en su
reunión de ayer.

Como SS. SS. saben, en virtud de las previsiones reglamentarias
pertinentes, la Comisión no estaría en condiciones de deliberar ni de
tomar acuerdos sobre ninguna iniciativa, documento o acto parlamentario
que no hubiera sido conocido por los señores comisionados con 48 horas de
antelación, si bien es cierto que, dada la declaración del procedimiento
de urgencia por parte de la Mesa de la Cámara a este proyecto en virtud
de la solicitud del Gobierno, podría interpretarse que bastaría con 24
horas para la toma en consideración de dichos documentos. Sin embargo,
esta Presidencia no desea imponer una interpretación en el mejor de los
casos polémica y somete a la Comisión la posibilidad de incorporar a la
solicitud, a efectos de su deliberación



Página 5959




y de la adopción de acuerdos, ambos documentos, el de la solicitud de
comparecencias del Grupo Parlamentario Popular y el de la solicitud de
comparecencias del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, a falta de reparo u objeción por parte de los distintos
señores portavoces de los grupos que integran esta Comisión. (El señor
López de Lerma i López pide la palabra.)
Señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, naturalmente, no tengo
ningún inconveniente, atendiendo las causas y las características que S.

S. ha expuesto, sólo presento la siguiente obviedad. Los tres grupos
parlamentarios a los que usted ha aludido han hecho un uso legítimo del
Reglamento y, en un trámite posterior, podía hacerse ese mismo uso
legítimo por parte de los grupos parlamentarios que hasta la fecha no lo
han hecho; por ejemplo, el Grupo Mixto, Coalición Canaria, PNV o el Grupo
Catalán. Nuestro grupo quisiera tener el mismo tratamiento, para un
trámite sucesivo, que el que S. S. nos somete a consideración y con el
que yo estoy de acuerdo. En todo caso, se debería abrir un plazo de
presentación de posibilidades de nuevas comparecencias. Digo más. Las
comparecencias van en unos debates denominados habitualmente trabados, es
decir, que, en principio, los comparecientes vienen a informarnos sobre
su parecer en torno a un proyecto de ley y en torno a la situación que
trate ese proyecto de ley. Normalmente, ese trámite se hace cuando está
abierto el plazo de presentación de enmiendas, porque el objetivo es
ilustrarnos sobre el proyecto enviado por el Consejo de Ministros. Me
parece un tanto extraño que, informado el proyecto por la Ponencia y,
previsiblemente, dictaminado por esta Comisión, las comparecencias tengan
lugar después, cuando ya ha habido el debate de totalidad, ha habido el
debate en la Ponencia y se ha realizado el dictamen de la Comisión. Con
todo, no tengo nada que objetar a lo que S. S. expone, simplemente quiero
decir que nuestro grupo se reserva la posibilidad reglamentaria de
presentar, en su caso, una solicitud de comparecencias que reclamamos que
tenga el mismo tratamiento favorable que requiere ahora el señor
Presidente, al que nos sumamos gustosamente.




El señor PRESIDENTE: Ciertamente, señor López de Lerma, su intervención
ha llegado mucho más allá de mi pretensión. Yo pretendía simplemente la
obtención de su asentimiento o de un reparo u objeción a la toma en
consideración de esas iniciativas. Porque estamos en el preámbulo o en el
umbral, no hemos entrado en el punto tercero, que se refiere a la
solicitud de comparecencia, donde, sin duda, tendrían acogida las
reflexiones que ha hecho el señor López de Lerma y otras coincidentes o
contradictorias.

Señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Desde el Grupo Parlamentario Vasco
compartimos las reflexiones que ha realizado el señor López de Lerma.

Entendemos que es un trámite bastante inusual y singular el que se nos
propone. El Grupo Parlamentario Vasco anuncia que no va a solicitar
ninguna comparecencia, porque entiende que es una polémica y un análisis
que está suficientemente contrastado y del que tiene suficiente
información para poder dictaminarlo.

En consecuencia, quisiéramos subrayar lo singular de la iniciativa y
anunciar que el Grupo Parlamentario Vasco no va a usar ese derecho que le
asiste como grupo parlamentario para solicitar esas comparecencias.




El señor PRESIDENTE: Señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Comparto plenamente la posición del Grupo Catalán
y del Grupo Vasco.

Nosotros también tendríamos interés en solicitar alguna de las
comparecencias, si la secuencia con la que se tramitara este proyecto de
ley fuera otra. Las comparecencias tienen siempre como objetivo
enriquecer la posición de los diferentes grupos políticos a la hora de
plasmar determinadas enmiendas. Si se ratifica por la Comisión que las
comparecencias van a venir con posterioridad al dictamen de esta
Comisión, renunciamos a esa posibilidad que tenemos, porque va a aportar
poco al dictamen final; si, por contra, se planteara cualquier otro tipo
de situación en el debate de la Comisión de hoy, donde se posibilitara
que el dictamen de la Comisión se postergara, nosotros estaríamos
interesados, al objeto de fijar definitivamente nuestra posición sobre
temas muy importantes, en solicitar comparecencias de determinadas
personalidades que están relacionadas con el mundo del fútbol
profesional.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez.




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Nosotros no haremos uso de esa posibilidad,
pero estamos de acuerdo con los planteamientos hechos por el señor López
de Lerma.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: ¿Habrá posibilidad de intervenir posteriormente?



El señor PRESIDENTE: La Presidencia ha fracasado en la pretensión de que
los señores portavoces se limitasen a manifestar su asentimiento u
objeción a la toma en consideración de esas dos iniciativas digamos de
maduración procesal reglamentaria dudosa, pero por supuesto que habrá
segundo turno, señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Intervendré después, señor Presidente.

Ahora simplemente quiero decir que, por nuestra parte, no hay ninguna
objeción a que se puedan tramitar estas comparecencias solicitadas por el
Grupo Parlamentario Popular y por el Grupo Federal de Izquierda Unida, lo
cual viene a demostrar lo que siempre dijo el Grupo Socialista, que era
necesario, que era conveniente y bueno que se produjeran



Página 5960




comparecencias en esta Comisión, comparecencias que dieran luz a esta ley
que vamos a tramitar. (El señor Fernández de Troconiz Marcos pide la
palabra.)



El señor PRESIDENTE: El señor Troconiz es solicitante de las
comparecencias; dudo que pueda tener la voluntad de manifestar reparo u
objeción alguna.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, a los efectos
del artículo 72.1 en relación con el 73, quiero consumir un turno a favor
de por qué creo que se deben someter a consideración las comparecencias
formuladas por mi grupo. En la medida en que los demás portavoces han
tenido ocasión de intervenir, mostrando su asentimiento o disentimiento,
en definitiva su posición en relación con este punto del orden del día,
me parece legítimo hacer una intervención al respecto.




El señor PRESIDENTE: Lo es, sin duda, y si insiste le doy el uso de la
palabra en este momento, pero estamos en condiciones de abrir un debate
sobre la pertinencia o no del conjunto de las solicitudes de
comparecencia.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Insisto, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: En el pleno de esta Comisión que
hemos de calificar con ocasión de la ley que estamos debatiendo como un
pleno a quince, he de manifestar por qué nuestro grupo plantea este tipo
de comparecencias, después del trámite normal de petición de
comparecencias en la tramitación de un proyecto de ley. Normalmente, en
la tramitación de un proyecto de ley, y así sucede habitualmente con el
de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
correspondiente, se suelen plantear las comparecencias en el trámite de
enmiendas, inclusive antes de que se abra el trámite de enmiendas, para
ilustrar a las señoras y señores Diputados respecto a las enmiendas que
pueden ser formuladas. En este caso, por parte del Grupo Socialista se
formuló la petición de comparecencias después de cerrado el trámite de
enmiendas, con la intención de que se hiciese antes del trámite de
Ponencia. A nosotros no nos parecía adecuado y en esta medida entendíamos
que no era necesario ilustrar a la Cámara con comparecencias de personas
ajenas a la casa, autoridades, personalidades del mundo social, del mundo
deportivo, del mundo económico, del mundo de la radiodifusión, del mundo
del deporte, después de concluido el trámite de presentación de
enmiendas. Ahora bien, y en la medida en que nos pareció también adecuado
y oportuno, por qué no --si se deseaba que hubiera comparecencias por qué
no hacerlo--, una vez que entre todos lo decidimos, en ese trámite
procedimental es cuando nos planteamos celebrarlas. En este sentido,
agradecemos al resto de los demás grupos parlamentarios que accedan a que
se incluya en el orden del día nuestra petición de comparecencias. Una
vez que entremos en la celebración de las comparecencias en particular,
me gustaría, señor Presidente, si usted lo tiene a bien, volver a
intervenir para intentar llegar a un acuerdo en cuando a las
comparecencias a celebrar.




El señor PRESIDENTE: Retengo de su intervención la expresión de su
gratitud a los restantes grupos parlamentarios por la buena disposición
con que han acogido la petición. (El señor Nieto González pide la
palabra.)
¿A qué efectos, señor Nieto?



El señor NIETO GONZALEZ: A los efectos de que conste en el «Diario de
Sesiones» lo que realmente sucedió y no lo que ha dicho el portavoz del
Grupo Popular.

El Grupo Parlamentario Socialista presentó la solicitud de comparecencias
el 24 de abril y el plazo de presentación de enmiendas terminó el 25 de
abril. Por tanto, se presentó antes de la terminación del plazo de
presentación de enmiendas.

Esta es la aclaración que quería hacer.




El señor PRESIDENTE: Vamos a entrar ya en el punto 3 del orden del día.

Como saben SS. SS., este trámite de solicitud de comparecencias está
albergado por el artículo 44 del Reglamento y, como sin duda recordarán
los señores comisionados, no en la constitutiva, sino en la primera de
las reuniones ordinarias de esta Comisión, se produjo el acuerdo de
delegación en la Mesa de la resolución sobre la procedencia o
improcedencia de la celebración de tales comisiones. La Mesa interpretó
coincidentemente los términos de esta delegación, como venía siendo usual
en las anteriores legislaturas y como es práctica coincidente en la mayor
parte de las comisiones: que la Mesa está facultada para resolver,
estimando o desestimando las solicitudes de comparecencia cuando en el
seno de la misma se produce unanimidad. Si, por el contrario, esta
unanimidad no se registra, la Comisión avoca para sí el conocimiento del
trámite y consiguientemente la adopción del acuerdo y la resolución.

Celebrada el pasado miércoles a las 15,45 de la tarde la reunión de Mesa,
se pudo verificar que no existía esa unanimidad y consiguientemente es al
pleno de la Comisión al que le corresponde deliberar y adoptar acuerdo
sobre la pertinencia de las solicitudes de comparecencias requeridas.

Consiguientemente, daría la palabra, en primer término, al firmante de la
primera solicitud de comparecencia, portavoz del Grupo parlamentario
Socialista, don Jerónimo Nieto, a estos efectos.




El señor NIETO GONZALEZ: El Grupo Parlamentario Socialista hizo ante esta
Comisión la solicitud de comparecencias de una serie de personalidades
del mundo de la comunicación, del deporte, consumidores, usuarios,
etcétera, y lo hizo basándose en el artículo 44.4. Son comparecencias
que, según este artículo, deben producirse a los efectos de informar y
asesorar a la Comisión.

La solicitud de comparecencias fue presentada en tiempo y forma, como
decía hace un momento en mi anterior



Página 5961




intervención, antes de terminar el plazo de presentación de enmiendas. En
el Grupo Parlamentario Socialista siempre pensamos que estas
comparecencias debieran producirse en esta Comisión antes de emitir
dictamen del proyecto de ley que vamos a comenzar a debatir en la sesión
de esta mañana. Lo hemos venido diciendo sistemáticamente, lo dijimos en
el trámite de Ponencia y lo queremos decir hoy, porque nos parece que lo
normal es que los comparecientes vengan a esta Comisión, informen a la
Comisión, hagan luz sobre el contenido del proyecto de ley que vamos a
debatir y que los grupos parlamentarios puedan hacer uso de la
información que trasladen los comparecientes a esta Comisión.

Ha insistido el Grupo Parlamentario Popular, que es el que sostiene al
Gobierno y es el mayoritario en la Cámara y en esta Comisión, en que las
comparecencias debieran producirse después de que la Comisión emita
dictamen, en razón a que se cumplan los plazos para que, en una fecha
determinada, el proyecto de ley pueda entrar en el orden del día de
Pleno, cosa que a nosotros no nos parece ni bien ni mal, sino simplemente
algo extraño. Quisiera aclararlo, señor Presidente.

Nosotros consideramos que celebrar las comparecencias después de la
emisión del dictamen por parte de la Comisión va en contra de todos los
precedentes que existen en esta Cámara. No hay precedente alguno, a lo
largo de las últimas legislaturas, que avale que se puedan producir
comparecencias después del dictamen de la Comisión. Nos parece, señor
Presidente, que hacerlo de esta forma es forzar el Reglamento y los usos
parlamentarios en esta casa y nos da la impresión, y algo más que la
impresión, de que el Grupo Parlamentario Popular analiza el Reglamento en
este punto con dos ópticas muy distintas. Analiza el Reglamento, ahora
que es partido de Gobierno, con una óptica absolutamente diferente a
aquella con que lo analizó y lo utilizó durante la época en que fue
oposición. Además, creemos que hacerlo de esta forma, señor Presidente,
señores comisionados, no solamente es ir en contra de los precedentes y
los usos de esta Cámara, no solamente es ir en contra del uso normal del
Reglamento, sino que es ir en contra del sentido común, señor Presidente.

Tiene muy poco sentido que hagamos comparecer a veinte, treinta,
cuarenta, cincuenta, personalidades relacionadas con el contenido del
proyecto de ley que queremos debatir para que nos expliquen, nos aclaren,
nos iluminen, sobre su contenido y que les hagamos comparecer después de
haber emitido dictamen la Comisión. Creemos que esto es, insisto, ir en
contra del sentido común. Esa es la realidad.

Sin embargo, el Grupo Parlamentario Socialista, el otro día, en
conversaciones con otros grupos, especialmente con el Grupo Parlamentario
Popular, como lo que queremos es que la sociedad civil venga a esta
Comisión y explique, a través de sus portavoces, qué opina, qué criterio
les merece el contenido de este proyecto de ley, llegamos a aceptar
incluso la propuesta de que se emitiera antes el dictamen y que después
se celebraran las comparecencias, acordando incluso reducir su número.

Hoy, nos encontramos con que el propio Grupo Parlamentario Popular y otro
grupo de esta Cámara han presentado, eso sí, fuera de todo plazo, fuera
de los períodos de presentación de enmiendas, dos nuevos listados de
comparecientes. En el Grupo Socialista nos llegamos a entender a qué está
jugando en este caso --permítanme la expresión, jugando entre comillas--
el Grupo Parlamentario Popular en relación con este proyecto de ley.

Evidentemente, sí lo sabemos, pero no sabemos muy bien a qué están
jugando con las comparecencias, pues primero quieren que no se produzcan
las que pide el Grupo Socialista y ahora ellos hacen una petición igual
de amplia o más que la que presentamos nosotros en su momento.

Por tanto, señor Presidente, puesto que parece ser que todos los grupos
quieren que haya comparecencias, por nuestra parte no hay ningún problema
para que se produzcan después de la emisión del dictamen por la Comisión,
pero seguimos insistiendo, y con esto termino, en que esto es ir en
contra de todos los precedentes habidos en esta Cámara, es forzar el
Reglamento y, sobre todo, es ir en contra del sentido común, como decía
antes.




El señor PRESIDENTE: Señor Nieto, sin la menor pretensión contradictoria
y respetando, por supuesto, todos los juicios formulados por S. S., sí
tengo que rechazar desde mi responsabilidad de Presidente que esta
práctica suponga ningún tipo de violencia reglamentaria. Puesto que las
comparecencias aparecen reglamentadas en el artículo 44 con carácter
autónomo, no se contempla reglamentariamente la vinculación de las
comparecencias con el trámite legislativo ordinario. En consecuencia,
sólo en términos políticos o metafóricos, como quiera S. S. calificarlos,
pero en ningún caso en términos reglamentarios, cabría hablar ni de
extemporaneidad ni de violencia del Reglamento.

Vamos a dar la palabra, primero, a los solicitantes de turnos de
comparecencia.

Señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Abundando en las palabras
manifestadas con anterioridad por la Presidencia, he de manifestar que lo
que prevé el artículo 44 del Reglamento es comparecencias sin más, sin
establecer el momento procedimental en el cual deben formularse, deben
aceptarse y para qué deben servir. Deben servir para aquello que, en cada
caso, en cada momento y en cada lugar, los diferentes grupos
parlamentarios estimen oportuno, adecuado y útil, bien para ilustrar a
las señoras y señores Diputados, bien para ilustrar a la sociedad, a los
efectos de que se forme opinión pública al respecto. Esto sí sería bueno,
pero desgraciadamente no puede hablar el ilustre comentarista del
Reglamento de 1971 y bueno sería que también comentase el Reglamento
vigente de 1982.

En este sentido, señor Presidente, y volviendo a lo manifestado por el
señor Nieto, he de decir lo siguiente: Es reglamentario pedir las
comparecencias en cualquier tiempo y en cualquier momento. Se viene a
decir que antes de agotar el tiempo de presentación de enmiendas. Un día
antes. Realmente, no parece adecuado, desde un punto de vista de lógica
normal de acontecimientos, con un día de antelación.




Página 5962




Considerando que, además, debe ser calificado por la Mesa, considerando
que, además, deben celebrarse las comparecencias, considerando que,
además, deben formularse las enmiendas, es absolutamente imposible, en un
orden normal y lógico de las cosas, aunque también comprendo
perfectamente que se puede pensar de manera diversa, que en un día se
pueda celebrar esta serie tan engorrosa de trámites procedimentales.

En definitiva, yendo a la cuestión que nos mueve, el Grupo Socialista
formula sus comparecencias no a los efectos de presentar enmiendas, sino
de que se pueda ilustrar adecuadamente la Ponencia antes de emitir su
informe. En esta medida, hemos de señalar que, en cuanto las
comparecencias no sirven para formular juicio a los efectos de poder
formular enmiendas, nos parece que el objetivo fundamental de las
comparecencias es ilustrar a la opinión pública acerca del sentido de
este proyecto, esperemos que ley, sobre emisiones y retransmisiones de
acontecimientos y competiciones deportivas. En este sentido, señor
Presidente, nos parece bueno cualquier momento para que se celebren las
comparecencias, porque no obsta en absoluto a que las comparecencias
puedan servir de freno u óbice a la tramitación normal del procedimiento
y a la elaboración del correspondiente informe de Ponencia en su día.

Ahora, para que se lleve a efecto el dictamen de la Comisión, nos parece
razonable que, a continuación y una vez que se admitan las comparecencias
que tengan por menester admitir las señoras y señores Diputados, se
proceda a renglón seguido a dictaminar el proyecto de ley por parte de
esta Comisión.

Entrando en el fondo de las comparecencias, repito las palabras que
pronuncié en mi intervención anterior. ¿Por qué reiteramos que se
celebren ahora comparecencias? Lo reiteramos, señor Presidente, porque,
en la medida en que no nos parecía adecuado procedimentalmente en el iter
legislativo que se produjesen las comparecencias con anterioridad al
informe de la Ponencia, y sólo a efectos de informe de Ponencia, pero en
la medida también de que llegamos al acuerdo de que sí es bueno que se
celebren comparecencias, en esta medida, en el momento procedimental
oportuno y en el cual podemos realizarlo, procedemos a plantear las
comparecencias que solicitamos.

Y me gustaría llamar la atención a los diferentes grupos parlamentarios
sobre que estamos absolutamente abiertos, a pesar de que tal vez no sea
procedimentalmente oportuno, a escuchar a otros grupos parlamentarios que
quieran introducir nuevas comparecencias además de las ya planteadas, a
los efectos de conseguir un elenco global de todos los sectores sociales
para que informen a esta Comisión.

En este sentido, las comparecencias que solicita el Grupo Socialista,
tanto como las que solicitamos nosotros e Izquierda Unida, que en su
petición de comparecencias se suma a las ya solicitadas por ambos grupos
parlamentarios, básicamente se ciñen a grupos de medios de radiodifusión,
autoridades en la materia y sectores sociales posiblemente implicados.

Estamos absolutamente dispuestos a reducirlas. Más aún, si no por vía de
comparecencias, por aligerar el trámite parlamentario, si los demás
grupos no entienden necesario proceder a dichas comparecencias, nosotros
nos sumaremos gustosísimos a cualquier de las posiciones que se quieran
adoptar al respecto. Señor Presidente, si los demás grupos lo tienen a
bien y se acepta la celebración de comparecencias, nos gustaría que se
suspendiese la Comisión a los efectos de poder discernir entre los
diferentes grupos parlamentarios cuáles son las que se deben celebrar
dentro del elenco global de todas las solicitadas.




El señor PRESIDENTE: Por el grupo solicitante, Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya, tiene la palabra la señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: En primer lugar, nuestro grupo se sumó a la
petición inicial de comparecencias para que se celebraran antes del
dictamen de la Comisión, en la primera reunión, porque entendíamos que
era bueno tener en cuenta la participación de sectores que podrían quedar
directa o indirectamente afectados por esta regulación. En ese contexto
también aceptamos un posible consenso, del que nos informaban tanto el
Grupo Parlamentario Socialista como el Grupo Popular, respecto a la
reducción del número de comparecencias y a que fueran posteriores al
dictamen de la Comisión. Ante las peticiones de comparecencias del Grupo
Popular y habiendo expresado ya de forma oral que estábamos dispuestos a
consensuarlas, nos pareció oportuno mantener una petición de
comparecencias, sobre todo para tener las mismas posibilidades en la
participación y el análisis. No obstante, nosotros estaríamos dispuestos
a consensuar con el resto de los grupos tanto el número como los plazos,
por lo que procedería un receso de cinco o diez minutos para acordar
tanto las comparecencias pedidas como las que se quisieran formular.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos no solicitantes de comparecencias que deseen
intervenir en este debate? (Pausa.)
El señor González de Txabarri tiene la palabra.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: El Grupo Parlamentario Vasco, como
he indicado en mi anterior intervención, no va a solicitar comparecencias
ni ahora ni después. Eso explica meridianamente cuál es su postura al
respecto.

En relación a las propuestas que se realizan y a las posibilidades que se
abren en este debate, el Grupo Parlamentario Vasco quiere significar que,
siendo reglamentaria la propuesta que se hace, tal y como ha explicado el
señor Presidente, posición que compartimos, debiera evitarse que el uso
reglamentario de esta posibilidad se convierta en un show, es decir, que
se utilice como un espectáculo mediático --nunca mejor dicho--, como una
táctica de filibusterismo parlamentario en orden a demorar aún más el
trámite de esta ley. Estamos discutiendo matices entre los portavoces de
los grupos parlamentarios: si son tres, cuatro o cinco meses las
posibilidades de ampliación que tiene este tema. Si se usan tácticas de
filibusterismo vamos justo



Página 5963




al corazón de la ley, imposibilitando los objetivos que la misma
contempla.

Señor Presidente, la posición del Grupo Parlamentario Vasco, al igual que
la del Grupo Popular, es la de que no se celebren comparecencias. En todo
caso, si esas comparecencias pueden iluminar alguna posición, como decía
el portavoz del Grupo Socialista, bienvenida sea la iluminación a
posteriori, por lo que no nos opondríamos. Un trámite que no permite
después la presentación de nuevas enmiendas, una vez que ya están
presentadas, convendrá con nosotros, señor Presidente, que es un trámite
un tanto singular, aunque reglamentario.




El señor PRESIDENTE: Convengo efectivamente.

Señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Nuestro grupo quiere manifestar en
primer lugar, el reconocimiento explícito de lo que objetivamente es muy
cierto, que el Grupo Parlamentario Socialista presentó una solicitud de
comparecencias a los efectos de que sirvieran como información y
asesoramiento a la Comisión Constitucional para este proyecto de ley, de
acuerdo con el artículo 44 del Reglamento, solicitud que se hizo antes de
que finalizara el plazo de presentación de enmiendas. Desde el
reconocimiento explícito a esta realidad objetiva, nuestro reconocimiento
consecuente de que se ha actuado no sólo de acuerdo con el Reglamento,
sino impecablemente de acuerdo con los precedentes y los usos
parlamentarios que hasta la fecha se han utilizado.

Estoy de acuerdo con el señor Presidente en que la expresión forzar el
Reglamento no es oportuna. La Presidencia ha sido absolutamente exquisita
en la formación de este orden del día y, por tanto, sólo la puedo
aceptar, desde la libertad de expresión, enfatizando los conceptos. En
consecuencia, estoy de acuerdo con lo que dice el señor Presidente. Pero
no es menos cierto, como ha dicho el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista, que va en contra de los precedentes, que no hay usos
parlamentarios que avalen esta actuación y que, además, es ir un poco en
contra del sentido común. Me atrevo a decir --porque éste es mi
pensamiento-- que las comparecencias solicitadas por el Grupo Socialista,
por el Grupo Popular y por Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya lo
han sido de acuerdo con el artículo 44 para informar y asesorar a la
Comisión, pero que no serán comparecencias informativas y de
asesoramiento, sino un auténtico desfile de estrellas, porque se van a
producir después de informado y dictaminado el proyecto, tras su
elevación al Pleno por la avocación ya aceptada. Como digo, será un
auténtico desfile de estrellas: cada parte trae las suyas para exhibirlas
y, a continuación, permanecer en sus propios posicionamientos.

El señor Fernández de Troconiz dice no sólo que está dispuesto a
consensuar un listado entre los tres grupos que han propuesto las
comparecencias, en el que nosotros en ningún caso vamos a pronunciarnos
sino que vamos a permanecer al margen de este consenso que nos parece
acertado y sensato, sino, incluso, que está dispuesto a aceptar que en
estos momentos los grupos que no hemos pedido comparecencias podamos
hacerlo, dado que por su parte no habría inconveniente alguno. Desde el
agradecimiento al señor Fernández de Troconiz, sólo quiero señalar que el
artículo 44 del Reglamento dice expresamente que las Comisiones pueden
celebrar comparecencias de personas para informar y asesorar --no para
desfilar-- por el conducto de la Presidencia de la Cámara y, por tanto,
con el concurso automático de la Mesa, que es la receptora del escrito.

Por eso, he sobrepasado la petición concreta --seguro que tiene razón el
señor Presidente-- y he dicho que nuestro Grupo parlamentario se reserva
esa posibilidad que, como ha dicho el señor Presidente, es atemporal --el
Reglamento no cita tiempos concretos, aunque sí hay precedentes que
indican que son antes de cerrar el plazo de presentación de enmiendas, y
se reserva también la posibilidad de pedir un nuevo plazo de presentación
de enmiendas. Si todos estamos de acuerdo en que las comparecencias son
para informar y para asesorar, que es lo que dice el Reglamento, y no
para hacer un desfile de estrellas, lo más lógico es que después de esa
información y de ese asesoramiento recapacitemos y mejoremos nuestras
posiciones políticas respecto de ese proyecto de ley. Yo no sé, señor
Presidente, si en este trámite lo más oportuno sería solicitar de la Mesa
del Congreso de los Diputados que nos dijera qué plazo establece para la
presentación de nuevas solicitudes de comparecencias y, consecuentemente,
si se abre un nuevo plazo de presentación de enmiendas, porque también en
ese sentido hay usos y antecedentes parlamentarios de ampliación de
nuevos plazos de presentación de enmiendas después de comparecencias. Lo
digo, señor Presidente, porque, como ha expuesto el señor Nieto, cabe
perfectamente solicitar a la Mesa en estos momentos que se pronuncie
sobre la oportunidad de abrir un plazo de presentación de solicitudes de
comparecencias para que todos los grupos parlamentarios estén en una
situación de igualdad ante el Reglamento, y la consecuencia lógica de
abrir un nuevo plazo de presentación de enmiendas al amparo de lo que
asesoren e informen, no del desfile de los comparecientes que vengan.




El señor PRESIDENTE: Señor López de Lerma, sin duda S. S. tiene memoria
de precedentes parlamentarios más rica que la mía. Desde luego, a mí no
se me alcanza la reapertura de un plazo de presentación de enmiendas una
vez informado el proyecto de ley, convocado y establecido un orden del
día por unanimidad, en el que se incluye el dictamen de ese proyecto de
ley. Hasta donde me alcanza la memoria, señor López de Lerma, no tengo
recuerdo de precedentes. A la vista de las intervenciones, estaría en
condiciones de formular una propuesta concreta y de resumir las
posiciones que aquí se han expuesto. (El señor Solé Tura pide la
palabra.)
Tiene la palabra el señor Solé Tura.




El señor SOLE TURA: Señor Presidente, nuestro grupo cree que las
expresiones del señor López de Lerma son muy pertinentes por la siguiente
razón. Para que tengamos todos las cosas claras y sepamos exactamente a
qué



Página 5964




atenernos, este proyecto de ley viene condicionado por un factor
fundamental, y es que el Gobierno y el Grupo Parlamentario Popular desean
que se vea en el Pleno en una fecha concreta y determinada, que es el 29
de mayo. Por consiguiente, todo lo que estamos discutiendo ahora aquí
sobre plazos, sobre presentación de enmiendas, sobre propuestas de
comparecencias, viene condicionado por este hecho. Normalmente, la
interpretación del artículo 44 debería ser la que ha dicho el señor López
de Lerma, porque si el citado artículo dice que se puede pedir la
presencia de autoridades y funcionarios públicos por razón de la materia
objeto del debate, a fin de informar a la Comisión, o la comparecencia de
otras personas competentes en la materia, a efectos de informar y
asesorar a la Comisión, se entiende que informar y asesorar a la Comisión
es para que ésta pueda completar su debate con esa información. Si
nosotros hoy terminamos el debate de las enmiendas, ¿de qué nos van a
informar para nuestro propio debate? La Comisión termina su labor justo
en el momento en que termina la aprobación del informe y, en
consecuencia, el resto, lo que vaya a ocurrir entre hoy y la semana que
viene --hasta el día 28, a las doce de la noche, pongamos por caso-- es
un desfile de comparecencias que no van a aportar nada a esta Comisión,
porque ésta habrá terminado sus trabajos. En consecuencia, ni
asesoramiento ni nada de lo que dice el artículo 44, señor Presidente;
absolutamente nada.

¿Por qué ha ocurrido esta inversión de la lógica temporal de las
comparecencias? Por lo que antes decía. Cuando el Grupo Socialista
presentó, a su debido tiempo, una lista de comparecencias se nos dijo que
era un intento de alargar la discusión; salió incluso la palabra
filibusterismo. Para demostrar que no pretendíamos eso, acabamos
aceptando algo que no teníamos que haber aceptado en realidad, ni nuestro
grupo ni ninguno, y es invertir los términos en el sentido de decir:
primero discutamos, aprobemos el informe, y luego que vengan a
asesorarnos. La prueba de que es así es que el Grupo Parlamentario
Popular, que se oponía y no le gustaba nada nuestra petición de
comparecencias, una vez ha resuelto el problema del tiempo, una vez ha
tenido claro que el tiempo va a ser el que desea, aporta otra lista de
comparecencias, igual de larga que la nuestra o incluso más larga. En
este momento tenemos una gran cantidad de comparecencias que van a servir
para que oigamos a personas que tienen algo que decirnos, que nos
ilustrarán personalmente a nosotros, pero no como Comisión, porque la
Comisión ya no necesitará ser asesorada por nadie una vez ha cumplido el
trabajo que se le pide.

Esta es realmente la situación, señor Presidente. Por consiguiente,
cuando el señor López de Lerma dice que habría que explorar la
posibilidad de reabrir el tiempo de presentación de enmiendas, está
diciendo algo absolutamente sensato. Una de dos: estas comparecencias
sirven para asesorar e ilustrar a la Comisión, o no sirven para nada. Esa
es la situación a que hemos llegado. Para demostrar que no se trataba de
nada de lo que se nos imputaba, habíamos dicho: mantendremos eso e,
incluso, estamos dispuestos a rebajar el número de las comparecencias,
que eran inicialmente de 32, a lo que se preste toda la Comisión. Con
gran sorpresa constatamos que no sólo no se van a reducir, sino que se
triplican. Esto quiere decir que no se les da la mínima trascendencia,
porque esta Comisión sabe perfectamente que desde el punto de vista
legal, desde el punto de vista reglamentario, esas comparecencias no van
a servir absolutamente para nada. Pueden servir quizás a efectos
mediáticos, pero eso no nos interesa. Nos interesa que la Comisión pueda
tener los datos suficientes para poder resolver con rigor y con claridad
un problema tan complicado como el que tenemos ante nosotros. Esta es la
cuestión, señor Presidente. Por consiguiente, nuestro grupo se suma a lo
que ha dicho el señor López de Lerma, porque es exactamente la pura
verdad, la pura razón y la pura sensatez.




El señor PRESIDENTE: El señor Fernández de Troconiz tiene la palabra, y
cerramos el turno de intervenciones sobre este punto.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Se dice por el portavoz del Grupo
Socialista que las comparecencias no sirven para nada y que no pueden
ilustrar a la Comisión. Se habrían podido pedir las comparecencias en el
plazo oportuno y haberlas realizado durante la presentación de enmiendas
--plazo, por cierto, que ha durado nada menos que 21 días--, con
suspensión del plazo para la presentación de enmiendas, pero no se hizo
así. Nos es difícil calibrar y adecuar suficientemente el que ahora se
quiera achacar nuestra posición procedimental a la lógica rapidez del
procedimiento, pero no olviden, señoras y señores diputados, que por
parte de la Mesa de la Cámara este proyecto de ley ha sido declarado de
urgente tramitación. Si realmente se entiende que las comparecencias no
sirven para nada, aunque nosotros entendíamos que era bueno para ilustrar
a la opinión pública, estamos ante un diálogo de sordos. Señor
Presidente, en cuanto se entiende que las comparecencias no sirven para
nada a esta Comisión, según acaba de decir el portavoz del Grupo
Socialista, nosotros renunciamos a todas las que hemos presentado y nos
oponemos a que se celebre este trámite para impedir el desarrollo
procedimental del proyecto de ley.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, la Presidencia ha
quedado informada de su posición, pero no renuncia a recapitular las
manifestaciones que aquí se han vertido sobre algunos de los hechos
reconocidos con toda notoriedad por el señor Nieto y por el señor Solé
Tura en el curso de sus intervenciones.

Yo dudo mucho, señor Solé Tura, sin pretender introducir desde la
Presidencia elementos contradictorios, que la intervención del señor
López de Lerma corra en auxilio de sus tesis, porque el señor López de
Lerma ha planteado nada más y nada menos que una eventual reapertura del
plazo de enmiendas; circunstancia que en ningún caso estuvo en el ánimo
de las peticiones de comparecencia del Grupo Socialista, que pretendía,
eso sí, introducirlas, entre el plazo de enmiendas y el dictamen.

Como el señor Nieto ha hecho explícita referencia a ello, me siento
autorizado a manifestar ante la Comisión que, con posterioridad a la
celebración de la Mesa, se desarrollaron



Página 5965




intensos contactos entre los grupos parlamentarios con vistas a intentar
salvar la dificultad que se había advertido en la reunión de la Mesa. En
aras de esa búsqueda de entendimiento, propiciada siempre por esta
Presidencia, se había alcanzado un principio de acuerdo sobre la
aceptación de la celebración del trámite de comparecencias, justamente
condicionada a que su evacuación no supusiera una demora inusitada en la
tramitación del proyecto de ley. Ignoro absolutamente, señor Solé Tura,
si el Gobierno tiene especial interés o no en que este proyecto de ley se
incluya en el orden del día del Pleno del próximo día 29. Lo que sí le
puedo ilustrar a S. S. es que esta Presidencia no tiene el interés sino
el deber de dar cumplimiento a un mandato de la Mesa de la Cámara que
atribuye a este proyecto carácter de urgencia.

Sobre la introducción de las comparecencias previas al dictamen, sin
buscar terminologías que pueden considerarse peyorativas y que han sido
utilizadas también por el señor González de Txabarri en esta reunión,
provenientes de la ciencia política sobre la voluntad o intención de
determinados trámites, tendrán que convenir SS. SS: conmigo en que si
hacemos preceder la celebración y evacuación de las comparecencias al
dictamen de la Comisión, produciríamos, de hecho, un absoluto vaciamiento
del mandato que esta Comisión tiene de dar trámite, en el plazo de un
mes, es decir, la mitad del plazo ordinario de dos meses que el
Reglamento establece. Es por la observancia de ese plazo por lo que la
Presidencia tiene que velar y va a velar.

Permítame, señor Fernández de Troconiz, una reconsideración. No se les
oculta a SS, SS. que el trámite de comparecencias supone, desde el punto
de vista de intendencia parlamentaria y de servicios de la Cámara, un
esfuerzo muy considerable: disponibilidad de los horarios de los señores
taquígrafos, disponibilidad de salas, tramitación de las comparecencias,
etcétera. Sobre la base de ese preacuerdo, por esta Presidencia se han
desarrollado numerosas gestiones a lo largo de estos días para allanar
todas esas dificultades. La Comisión dispone de todas las jornadas
hábiles de la próxima semana --mañana del lunes, tarde del lunes, mañana
del martes, mañana del miércoles, tarde del jueves, mañana y tarde del
viernes-- para la celebración de las comparecencias, si así lo decidiera
y lo resolviera. Sin entrar en el carácter de la explotación mediática o
desfile de estrellas, yo entiendo que contribuir a la formación de la
opinión pública, desde el punto de vista parlamentario, no es algo que
deba considerarse desdeñable, ni mucho menos. Quiero decirles que, desde
el punto de vista de intendencia parlamentaria, sí que estaríamos en
condiciones de evacuar el trámite de comparecencias.

En ese plano de conversaciones, con una gran compensación y gran
sensibilidad, por parte del Grupo Parlamentario Socialista se produjo una
reducción sustancial de su petición inicial, de 32 a 15. Yo exhortaría en
este momento, antes de la formación de la decisión, a los otros grupos
proponentes, al Grupo Popular y al Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, a operar una reducción correlativa de sus
peticiones. Estamos en condiciones de resolver las comparecencias, pero
no, salvo que los grupos formalmente lo soliciten y su posición resulte
mayoritaria, de alterar el orden del día y no entrar en el dictamen de la
Comisión de forma inmediata.

El señor Fernández de Troconiz tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, le reitero lo
que espero que hayan tomado buena nota la señora taquígrafa y la señora
estenotipista: nosotros retiramos la solicitud de comparecencias y nos
oponemos a que éstas se celebren en la medida en que el grupo que inicia
el trámite considera que es inútil.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, sólo en razón de su veteranía, el
señor Solé Tura, antes de cerrar el tema (Risas.)



El señor SOLE TURA: Señor Presidente, me ha sorprendido la reacción del
representante del Grupo Popular. Debe tener en muy poca estima la lista
de comparecencias cuando la presenta y la retira con tanta velocidad.

Quiero decir que la considero inútil desde el punto de vista de lo que
dice el Reglamento, es decir, desde el punto de vista del asesoramiento y
la información de los miembros de la Mesa, a efectos de elaboración de su
dictamen. No son inútiles evidentemente a otros efectos, para que la
Cámara pueda recibir lo que los comparecientes puedan aportarnos.

No sé exactamente cuál es el mecanismo para transmitir eso a la
iniciativa siguiente, porque la instancia siguiente es el Pleno. Si la
Comisión, como tal, ya ha hecho su dictamen y el Pleno va a operar sobre
ese dictamen, lo que no veo con claridad es cómo se transmite todo el
caudal de información que nos puedan dar los comparecientes al propio
Pleno. Ese es el problema. (La señora Sabanés Nadal pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: ¿Señora Sabanés?



La señora SABANES NADAL: Señor Presidente, nosotros queremos mantener
nuestra oferta inicial, que es consensuar una lista de comparecencias de
aquellos grupos que mantenemos el criterio de que se celebren
comparecencias antes del Pleno, por lo que pedimos al resto de los grupos
que lo voten a favor.




El señor PRESIDENTE: Señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, deseo hacer
notar a SS. SS. el supuesto de que esta misma mañana esta Comisión
dictamine un proyecto de ley y la semana que viene, tal y como ha
indicado el señor Presidente, podamos tener aquí una serie de
comparecencias que iluminen a todas las señorías, diciendo la barbaridad
de lo que acabamos de dictaminar, cuando no tenemos posibilidad
reglamentaria alguna de retrotraernos sobre nuestros propios hechos en
esta Comisión. Creo que es un dislate parlamentario que tenemos que tener
en consideración previamente a la votación, señor Presidente.




Página 5966




El señor PRESIDENTE: Señor González de Txabarri, le recuerdo que en todo
caso quedaría pendiente el trámite de dictamen por el Pleno, más la
tramitación posterior en el Senado.

¿Ha sido retirada en su integridad? (Asentimiento. El señor Nieto
González pide la palabra.)
¿A qué efectos pide la palabra, señor Nieto?



El señor NIETO GONZALEZ: Para solicitar a la Presidencia --que, por
cierto, nos ha ilustrado ampliamente de lo que ha sucedido en estos
últimos días sobre los contactos y conversaciones que ha habido-- un
pequeño receso para que podamos llegar a un posible acuerdo, si fuera
factible. Si me permite el señor Presidente, me gustaría hacer una
aclaración.




El señor PRESIDENTE: ¿Es imprescindible, señor Nieto?



El señor NIETO GONZALEZ: Creo que sí, porque el gran argumento que se ha
dado en la intervención --no quiero polemizar con la Presidencia de la
Mesa-- es que los plazos que marca el Reglamento, cuando se tramita la
ley por el procedimiento de urgencia, son los que son.

Quiero también manifestar ante la Comisión, para que quede constancia en
el «Diario de Sesiones», que el Grupo Parlamentario Socialista siempre ha
estado a disposición del resto de los grupos y del grupo mayoritario para
que esos plazos se cumplieran. Nosotros creemos que se pueden cumplir
invirtiendo el procedimiento, así lo hemos dicho siempre y lo seguimos
manteniendo hoy, a pesar de que tengamos que llegar al acuerdo al que
tengamos que llegar. Se pueden hacer previamente las comparecencias y,
después, emitir el dictamen de la Comisión. Hecho de esta forma, se puede
llegar perfectamente al día 29, que es la fecha mágica del Gobierno, para
que esta ley entre en el Pleno de la Cámara. Nosotros creemos que se
puede invertir el procedimiento sin ningún problema y llegar a ese tiempo
que es el tiempo del Gobierno, no el nuestro.

Quería hacer esta aclaración a los efectos de que conste en el «Diario de
Sesiones».




El señor PRESIDENTE: Señor Nieto, si yo he hecho esas manifestaciones
aclaratorias, lo ha sido, sin duda, porque S. S., con su intervención, me
había facultado para ello.

Su señoría, en la reunión de Ponencia, se hizo acreedora a mi imputación
de taumaturgia, cuando ofrecía ese calendario mágico, y hoy tengo que
reproducirle también ese juicio. En todo caso, se accede a esa petición
de receso, sin que los señores comisionados abandonen el recinto de la
Comisión.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCO: Señor Presidente, con anterioridad
al receso que usted ya ha concedido, al cual nosotros nos oponemos en la
medida en que entendemos que no conduce a nada... (Rumores.)
El señor PRESIDENTE: Por favor, silencio, señores comisionados.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCO: Nosotros, señor Presidente, hemos
retirado una petición de comparecencia. Si los demás grupos
parlamentarios quieren parlamentar entre ellos a efectos de qué
comparecencias deben llevarse a cabo, nos parece correcto, pero desde
luego, nosotros no nos sumamos a esa petición de celebración de
comparecencias.

En cuanto a la alteración del orden del día que acaba de formular el
señor Nieto, quiero decir que nos oponemos expresamente, por cuanto ya ha
sido discutido hasta la saciedad que era absolutamente imposible, dentro
de una tramitación parlamentaria normal a que se celebren las
comparecencias con anterioridad al dictamen de la Comisión.




El señor PRESIDENTE: Queda retirada la solicitud de comparecencias del
Grupo Popular.

No ha escuchado esta Presidencia una petición formal de alteración del
orden del día. No ha tomado en consideración esa petición. En todo caso,
por razones de cortesía parlamentaria, accedemos a la celebración del
receso durante unos minutos, solicitando que sean lo más breves posible y
sin que los comisionados abandonen la sala. (Pausa.)



El señor PRESIDENTE: Señores comisionados, vamos a reanudar la sesión.

¿Los señores portavoces de los grupos parlamentarios solicitantes de
comparecencias están en condiciones de hacer llegar a esta Presidencia la
relación estilizada? (El señor López de Lerma i López pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, abusando de su
amabilidad y para una cuestión de orden que creo que no es menor,
quisiera consumir un par de minutos, si usted me autoriza.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Al hilo de la intervención del señor
Fernández de Troconiz, tras la cual el Grupo Parlamentario Popular ha
retirado su lista de comparecencias, una intervención que, lógicamente,
obedecía a la realizada anteriormente por el señor Solé Tura y que
avalaba la tesis del Grupo Parlamentario Popular, manifestada por el
señor Fernández de Troconiz, en el sentido de que retiraban sus
solicitudes porque en la Comisión se observaba un clima según el cual las
comparecencias no iban a ayudarnos a formar criterio ni a asesorarnos,
propongo, señor Presidente, abusando de su amabilidad y abusando quizá
del conjunto de la Comisión, que esta retirada formal, que tiene una
argumentación detrás que la avala y que ha sido manifestada en dos
ocasiones, no se dé por hecha. (Rumores.) Porque si existe el concurso de
los grupos parlamentarios creo, señor Presidente, que la suma de las



Página 5967




distintas comparecencias en este listado consensuado que usted sugería en
su intervención podría no iluminar, sino ilustrar mejor --que es
distinto-- a la Comisión en el momento procesal oportuno y de acuerdo con
el Reglamento y, lógicamente, con la ordenación del orden del día que la
Presidencia nos ha sugerido.

Por tanto, formulo expresamente la petición de que la retirada, basada en
intervenciones, se ponga de nuevo sobre la Mesa para intentar consensuar
entre los tres grupos un listado común.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López de Lerma. En alguna medida S.

S. ha actuado como portavoz del señor Fernández de Troconiz.

Tiene la palabra el señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Nos encontramos ante una cosa extraña y confusa,
pero vamos a ver si es posible encontrar una solución.

Lo que ha expresado el señor López de Lerma creo que queda recogido en
las propuestas que vamos a hacer tanto el Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya como el Grupo Parlamentario
Socialista. Nosotros hemos sometido la lista que teníamos a una sesión
rápida de adelgazamiento y la hemos dejado reducida a un tercio,
aproximadamente. De ese tercio de comparecencias que vamos a mantener,
seis de ellas eran comparecencias solicitadas por el Grupo Parlamentario
Popular y también por el Grupo Parlamentario Socialista, eran
coincidentes. Por tanto, al menos en la propuesta que nosotros vamos a
hacer, quedan recogidas parte de las comparecencias solicitadas por el
Grupo Parlamentario Popular al ser coincidentes con las nuestras. Creo
--porque todos lo hemos hablado y posteriormente lo expresará la portavoz
de Izquierda Unida-- que en la propuesta que presenta Izquierda Unida
también sucede algo parecido. Por lo tanto, el Grupo Parlamentario
Socialista considera que una parte importante de las comparecencias
solicitadas por el Grupo Parlamentario Popular, a pesar de haber retirado
su propuesta, al ser coincidentes con las nuestras o con las de Izquierda
Unida, quedan recogidas. Desde nuestro punto de vista, las dos propuestas
que vamos a hacer son suficientes, pero tampoco nos vamos a oponer a una
nueva inclusión. Podríamos aceptar una nueva inclusión, no pasaría nada,
pero creemos que están suficientemente representadas las propuestas
hechas por el Grupo Parlamentario Popular.




El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia, naturalmente dentro del marco y de
los límites reglamentarios, tiene una obsesión, que es alcanzar un
acuerdo unánime sobre la celebración de comparecencias e intenta
impulsarla, de suerte que los extremos finales de su intervención nos
allanan esa posibilidad. Se lo agradezco, señor Nieto. (La señora Sabanés
Nadal y el señor Fernández de Troconiz Marcos piden la palabra.)
Tiene la palabra la señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: Nuestro grupo reduce también las comparecencias
solicitadas, habida cuenta que además nosotros asumíamos en nuestra
petición de comparecencias tanto las que había formulado el Grupo
Parlamentario Socialista, y consta expresamente en nuestra petición, como
las del Grupo Parlamentario Popular. En todo caso, nosotros hemos
introducido dos comparecencias que había solicitado expresamente el Grupo
Parlamentario Popular, pero que además las había asumido nuestro propio
grupo. Tampoco tendríamos inconveniente en que se introdujera alguna más.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés y señor Nieto...




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: ¿Puedo hablar yo, señor
Presidente?



El señor PRESIDENTE: Sí, señor Fernández de Troconiz. He advertido su
petición de palabra, pero ruego al señor Nieto y a la señora Sabanés que
hagan llegar a la Mesa estas relaciones adelgazadas de comparecencias.

Tiene la palabra el señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, agradeciendo las
palabras del señor López de Lerma, quiero manifestar a la Comisión que
cuando nosotros hablamos lo hacemos absolutamente en serio, y cuando
rechazamos las peticiones de comparecencia porque consideramos inútil que
se celebren lo reiteramos absolutamente. Independientemente de la
inutilidad del trámite, porque se ha dicho así y no precisamente por
nosotros, no nos oponemos a que se celebren comparecencias y, de acuerdo
con la lista, si consideramos que refleja lo que nosotros entendemos que
debe ser satisfactorio para que la opinión pública tenga un juicio de
valor suficientemente claro, expresivo y de contenido suficientemente
amplio, estaremos a favor de que se celebren este tipo de comparecencias.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, no se ha manifestado S.

S. sobre el ofrecimiento concreto formulado por el señor Nieto y la
señora Sabanés.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, es que no
conozco las comparecencias puesto que han dejado muy reducidas las
inicialmente previstas, y en esta medida no puedo manifestarme.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, en la línea de buena
voluntad --y sé que estoy abusando de su bondad y de todos mis compañeros
comisionados-- que usted ha manifestado y que explicita con sus actos,
creo que sería oportuno un pequeño receso de unos minutos (Rumores.--El
señor Castellano Cardalliaguet: De seis días.) para que el Grupo
Parlamentario Popular conociera cuáles son las aportaciones que hacen de
su listado los grupos Socialista e Izquierda Unida, para ver si se puede
consensuar el tema de la mejor manera posible. Si no lo creen oportuno,
señor Presidente, dé por retirada esta cuestión.




Página 5968




El señor PRESIDENTE: Señor López de Lerma, sobre el asiento podemos
alcanzar el acuerdo de forma perfectamente explícita y con la fehaciencia
de los señores taquígrafos de las peticiones que se formulen.




La señora SECRETARIA (Almeida Castro): De las señoras.




El señor PRESIDENTE: De las señoras taquígrafas, discúlpeme, señora
Secretaria.

Señores Diputados, auxilien la tarea de quienes consensúan no diré que
con su silencio, pero por lo menos con su murmullo.

Pongo en conocimiento de los señores comisionados que se van a reponer
las existencias de agua que se encontraban agotadas e incluso de café, a
requerimiento de la señora Secretaria.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Estamos conformes con las
peticiones de comparecencias formuladas por ambos grupos parlamentarios,
pero para enriquecer adecuadamente el elenco de personalidades que se
mantienen aquí, y en la medida fundamental y básica de que el Grupo
Socialista prevé la comparecencia tan sólo de la representación de dos
cadenas de televisión autonómicas, de dos terceros canales, entiendo que
sería adecuado y conveniente, para completar todo el elenco, una de dos:
o que compareciese el representante de todas ellas, es decir de la
Federación de Organismos de Radio y Televisión Autonómicos, Forta, o bien
todos y cada uno de los directores generales o máximos representantes de
las diferentes televisiones autonómicas del tercer canal.

También nos parece importante la comparecencia como autoridad fundamental
en la materia de asuntos deportivos del Secretario de Estado de Deportes,
y asimismo, y en la medida de que se pide la comparecencia por ambos
grupos parlamentarios de diferentes profesores universitarios, nos parece
absolutamente lógico, normal y necesario que comparezca el Decano de la
Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de
Madrid, que nos parece absolutamente independiente, y no quiero hacer
juicios de valor en relación con las comparecencias formuladas por los
demás grupos parlamentarios. Y en lo que se refiere a las asociaciones
representativas de consumidores y usuarios, que no sólo fuese la Unión de
Consumidores de España, sino también la Organización de Consumidores y
Usuarios.




El señor PRESIDENTE: Restituya, por favor, a la Presidencia, la relación
de comparecientes.

Voy a dar lectura a la composición definitiva del elenco de
comparecientes, y obviamente pueden rectificarme los señores portavoces
si omito alguna referencia o incluyo a alguien que no debiera estar.




La señora SECRETARIA (Almeida Castro): ¿No han llegado a un acuerdo?
El señor PRESIDENTE: Señora Almeida, por favor, ayúdeme a mantener el
orden y no lo perturbe.

La composición del elenco de comparecientes quedaría integrada por las
siguientes personalidades o autoridades: señor Director General de
Radiotelevisión Española; señor director general o máximo representante
de la Forta; presidente o máximo representante de Antena 3; director
general o máximo representante de Tele 5; director general o máximo
representante de Canal Plus; director general o máximo representante de
TV3; director general o máximo representante de Canal Sur; director
general o máximo responsable de Telemadrid; director general o máximo
responsable de Canal Nou; director general o máximo responsable de
Euskaltelebista.




El señor NIETO GONZALEZ: En el listado no están esos nombres. ¿De dónde
salen?



El señor PRESIDENTE: Permítame terminar la lectura.

Estos nombres salen de la petición del señor Fernández de Troconiz, señor
Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Señor Presidente, tras la retirada del listado
de comparecientes del Grupo Parlamentario Popular, la intervención del
señor López de Lerma, la de la Diputada Inés Sabanés y la mía, hemos
llegado al acuerdo de incluir en el listado del Grupo Socialista y en el
listado del Grupo de Izquierda Unida una serie de sugerencias. En la
lista que yo he presentado no aparecen esas sugerencias y en la que ha
presentado Izquierda Unida, tampoco. Por tanto, no sé qué lista está
leyendo el Presidente.




El señor PRESIDENTE: Señor Nieto, y de facultar al señor Fernández de
Troconiz para que recogiera, en virtud de la intervención del señor López
de Lerma, alguna de las propuestas que aparecían y que estaban claramente
implícitas en la de la señora Sabanés, puesto que había una remisión a la
totalidad de las solicitudes presentadas por el Grupo Parlamentario
Popular. Mi única sorpresa es que yo he creído entender que la presencia
del Director General o máximo representante de la Forta excluía la de la
totalidad de las autonómicas.




El señor NIETO GONZALEZ: Eso pensaba yo también. Excluía las peticiones
de otras televisiones autonómicas formuladas por el Grupo Parlamentario
Popular. Así lo he interpretado yo. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: No es la interpretación de la Presidencia y, desde
luego, no es la interpretación avalada por el escrito del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Cataluña, que claramente
concluye con una remisión a todas las comparecencias recogidas en el
escrito 23646, que es el del Grupo Parlamentario Popular, señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: No entiendo nada, señor Presidente.




Página 5969




El señor PRESIDENTE: Estoy seguro de que, por pequeño que sea el esfuerzo
de comprensión que haga, lo entenderá.

No sé si había mencionado al director general o máximo responsable de
TVG, Televisión Gallega. Don Angel María Villar, presidente de la
Federación Española de Fútbol; don Ernesto Segura de Luna, presidente de
la Federación Española de Baloncesto; don Rafael Blanco Perea, presidente
de la Federación Española de Natación; don Antonio Baró Armengol,
presidente de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, don Pedro Antonio
Martín Marín, Secretario de Estado para el Deporte; don Pedro Galindo
Vegas, presidente de la Federación Española de Restaurantes, Cafeterías y
Bares; el señor presidente o secretario general de la Unión de
Consumidores de España; don Enrique Bustamante, profesor de la Facultad
de Periodismo de la Universidad Complutense; el señor presidente del
Tribunal de Defensa de la Competencia; el ponente español del Parlamento
Europeo para la modificación de la Directiva de Televisión sin Fronteras;
el señor presidente de la Confederación de Asociaciones de Jubilados,
Pensionistas y Mayores, Cajuma; el señor presidente de la Organización de
Consumidores y Usuarios, y el decano de la Facultad de Ciencias de la
Información.




El señor GUERRA GONZALEZ: Es la lista entera.




El señor PRESIDENTE: No es la lista entera, señor Guerra.

El catedrático de Derecho Constitucional de la UNED, don Antonio Torres
del Moral; el señor secretario general de Comisiones Obreras del sector o
rama de la comunicación; el señor secretario general de la Unión General
de Trabajadores de la misma rama de comunicación; don Pedro Pérez,
presidente de la Vía Digital, y el presidente de la Organización de
Consumidores y Usuarios.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Falta Lina Morgan. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: ¿Quiere formular el señor Castellano una aportación
formal en ese sentido?



El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Era un comentario.




El señor PRESIDENTE: Se somete a la votación de la Comisión el acuerdo
sobre la celebración de las comparecencias. (El señor Solé Tura pide la
palabra.)
El debate está cerrado, señor Solé Tura.

Procedemos a la votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39; en
contra, uno; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la celebración de comparecencias. (El
señor Solé Tura pide la palabra.)
Al parecer, se me solicita la palabra para la explicación de no voto por
parte del señor Solé Tura.

El señor SOLE TURA: Señor Presidente, yo he votado, de modo que explico
mi voto y el de mi grupo.

Señor Presidente, hemos votado porque no queríamos complicar más las
cosas, pero la verdad es que ha sido una lista insólita. Lo digo con
todos los respetos a la Presidencia, a la que no atribuyo ninguna
responsabilidad. Según habíamos entendido, el problema consistía en que
los dos grupos que no habían retirado su petición de comparecencias
harían una refundición de las mismas, cosa que se ha hecho, e intentarían
incluir el máximo número de las comparecencias que había solicitado el
grupo que sí ha retirado su lista. Sin embargo, sin que nos hayamos
enterado de ningún otro paso en este proceso tan extraño, hemos
comprobado que un grupo no había retirado nada, puesto que se ha incluido
en la lista una serie de comparecencias que estaban previstas en la lista
retirada, pero no las otras. Al final, como era tan difícil dilucidar lo
que estaba retirado y lo que no, en definitiva de qué se trataba, hemos
votado que sí, pero comprenda, señor Presidente, que estamos inmersos en
un mar de dudas procedimentales porque ya no sabemos si lo que se retira
se vuelve a retirar o se recompone sin que se sepa exactamente cómo. En
definitiva, estamos en una situación que esperamos que se aclare cuando
entremos en la discusión de la ley porque, si seguimos por esta vía, al
final no sabremos qué vamos a aprobar.




El señor PRESIDENTE: Señor Solé Tura, ayúdeme a salir de ese mar de dudas
procedimentales en lugar de sumergirnos en él.

Sí quiero subrayar que todos los grupos han hecho reducciones sustantivas
de sus peticiones iniciales. Confío que el «Diario de Sesiones» dé la
razón a esta Presidencia, aunque he de advertir que tanto el señor Nieto
como explícitamente la señora Sabanés han hecho el ofrecimiento de la
reconsideración de la lista por parte del Grupo Popular. (El señor Solé
Tura pide la palabra.)
¡Por favor, señor Solé!



El señor SOLE TURA: De todas maneras, constará en acta que el Grupo
Popular no ha retirado su lista. ¿O no?



El señor PRESIDENTE: Constará en acta lo que conste de nuestras propias
manifestaciones.




El señor SOLE TURA: Que quede claro que...




El señor PRESIDENTE: Señor Solé Tura, estoy en uso de la palabra.

Constará claramente que por parte de todos los grupos se han producido
reducciones sustanciales de las peticiones iniciales de comparecencia.




El señor SOLE TURA: Exactamente, pero quedará claro que el Grupo Popular
no ha retirado su lista, sino que la ha reducido, o sea, que la ha
reintroducido.




El señor PRESIDENTE: Para cualquier lector del «Diario de Sesiones» será
tan obvio que lo que no acabo de entender es el alcance de la
intervención de S. S., señor Solé Tura.




Página 5970




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Intervengo a los efectos de
explicar el voto del Grupo Parlamentario Vasco, que es el único negativo,
tal y como he explicado al comienzo de la sesión. Una vez visto cómo se
ha desenvuelto el consenso, uno se hace mucho menos partidario de los
consensos, señor Presidente, porque a la vista está que, por querer
arreglar un problema, se van a generar ocho. Creo que es un espectáculo
poco edificante. Llevamos casi dos horas en esta Comisión enredando cada
vez más la madeja, y si al inicio de la Comisión el voto del Grupo
Parlamentario Vasco era contrario a que se celebrasen estas
comparecencias por razones suficientemente expuestas, a estas alturas,
señor Presidente, es doblemente negativo.




EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME DE LA PONENCIA, SOBRE LAS
SIGUIENTES INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY REGULADORA DE LAS EMISIONES Y RETRANSMISIONES DE
COMPETICIONES Y ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS. (Número de expediente
121/000033.)



El señor PRESIDENTE: Vamos a pasar al punto cuarto del orden del día:
Dictamen de la Comisión sobre el proyecto de ley reguladora de las
emisiones y retransmisiones de competiciones y acontecimientos
deportivos.

Recabo la colaboración de los señores portavoces para ordenar un debate
de suyo enredado, puesto que, pese a la brevedad del proyecto de ley,
están vivas la totalidad de las enmiendas inicialmente presentadas, en
virtud de los términos convencionales en que se desarrolló el trabajo del
informe de la Ponencia. Es decir, la Comisión se encuentra en la
situación de desarrollar el trabajo que comúnmente se desarrolla en el
seno de la Ponencia, de suerte que la Presidencia estará muy atenta a la
reconvención de que ha sido objeto por el señor Solé Tura en orden al
riesgo de que, en algún momento, en razón de la complejidad del debate,
pudiera suscitarse alguna duda acerca de lo que estuviéramos realmente
votando.

En primer término, antes de adentrarnos en el debate, someto a la
consideración de la Comisión la posibilidad de considerar aceptadas e
incorporadas al informe, sin necesidad de debate ni de votación --subrayo
lo de sin necesidad de votación, porque sería grave que la Comisión
pretendiera enmendar la plana del órgano competencial, que es la Mesa de
la Cámara, para calificar el carácter de orgánico--, todas aquellas
enmiendas que directamente conciernen a la calificación de orgánica del
proyecto o a la disposición final cuarta. En consecuencia,
consideraríamos aprobadas por asentimiento la enmienda número 1 del Grupo
Parlamentario Vasco; parcialmente la enmienda número 50, del Grupo
Parlamentario Socialista, y digo parcialmente, señor Nieto, porque me
refiero exclusivamente al adjetivo orgánica, pues el resto de la enmienda
número 50, que alude a la denominación del proyecto, sigue viva y en su
momento se producirá su defensa por parte del señor portavoz; la enmienda
número 16, del Grupo Parlamentario Vasco; las enmiendas números 39 y 41,
del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; la
enmienda número 62, del Grupo Parlamentario Socialista; la enmienda
número 69, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; y la enmienda
número 85 del Grupo Parlamentario Popular.

¿Asiente la Cámara a esta modalidad reglamentaria? (Asentimiento.)
Exactamente en los mismos términos, por asentimiento, sometería a
conocimiento de la Comisión la decisión sobre la supresión del proyecto
de ley, informe de ponencia --que en este caso se trata del mismo
concepto--, de la disposición final cuarta, que era la que atribuía el
carácter de ley orgánica. Queda suprimida del informe de la ponencia la
disposición final cuarta.

Me hacen llegar SS. SS. alguna inquietud respecto a la hora de las
votaciones. Comprendan ese deseo de claridad y de buen orden de la
Presidencia y, en consecuencia, tal y como el debate llega a nuestras
manos, no tenemos más remedio que someter a examen y votación uno por uno
los artículos, no podemos acumular las votaciones del conjunto de los
mismos. Sí podemos, naturalmente, para el buen orden de la actividad de
SS. SS., para aquellos que estén requeridos por otras actividades
parlamentarias, señalar una hora para la fijación de votaciones de los
artículos números 1 y 4, que por razón de su parentesco conceptual
consideraríamos conjuntamente y votaríamos después también conjuntamente.

Me temo que no estaremos en condiciones de votar los artículos números 1
y 4 al menos antes de la una y cuarto, de suerte que hasta esa hora
salvaguarda esta Presidencia que no se producirán votaciones.

En este punto, antes de adentrarnos en la consideración del articulado,
tengo que recabar la intervención de un portavoz del Grupo Parlamentario
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. Su Señoría, sin duda, debe
saber por qué. Como sabe quizá la Comisión, el Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya ha presentado dos familias de
enmiendas o formulaciones alternativas a todos y cada uno de los
artículos del proyecto. No sé si el Grupo Parlamentario de la Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya tiene el propósito y la voluntad de
defender una y otra fórmula alternativa. Me hace expresivos gestos el
señor Alcaraz de que no. Lo que sí quería llevar a su ánimo es que en el
caso de que pretendieran defender unos y otros --lógicamente votados los
primeros y, en su caso, aprobados-- lo que no podríamos bajo ningún
concepto es someter a votación la segunda familia, llamémoslo así, de
enmiendas de Izquierda Unida.

A los efectos de fijar su posición con respecto a sus propias enmiendas,
tiene la palabra el señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ MASATS: Como usted bien ha dicho se trataría, en
principio, de defender en bloque y sucintamente aquella serie de
enmiendas que se derivan del



Página 5971




texto articulado que compuso la enmienda de totalidad con texto
alternativo derrotada en el Pleno. Nosotros la hemos descompuesto en
enmiendas alternativas a los distintos artículos, y me parece, si no me
equivoco --me puede usted corregir en caso contrario, señor Presidente--,
que son 10: la 20, 22, 24, 25, 28, 30, 32, 34, 35 y 36. Pretendemos que
se voten en bloque, en función de que intentamos, como ya dijimos en
Pleno donde estas enmiendas fueron derrotadas inmisericordemente, cambiar
de terreno de juego, tal como allí expusimos, pretendiendo ampliar el
horizonte de la ley en un debate de tantísima importancia como éste al
que estamos todos sujetos en un momento en que las cosas no están claras.

Pensamos, señor Presidente, que precisamente esta ley, junto a la ley que
hablaba de la transmisión de televisión digital por satélite, conocida
como ley de los descodificadores, está en la base de una parte de la
crispación actual, una crispación, si se quiere, muy superestructural y
que afecta muchísimo más a unos grupos que a otros --desde luego al
nuestro muy poco--, pero que implican una base argumental que a veces no
aparece en primer término, y con respecto a la cual vamos a hacer unos
brevísimos comentarios. Esta serie de argumentaciones, que está en la
base de estas leyes, parece ser que ha causado incluso presuntas
amenazas, que si así se han producido nosotros también condenaríamos,
porque aunque fuesen amenazas referidas al presidente de una empresa,
pueden afectar a la libertad de expresión; repito, si es que estas
amenazas así se hubiesen producido. En todo caso, también han supuesto,
señor Presidente, no hay que negarlo, una tremenda campaña en contra de
la fuerza que yo en este momento represento, campaña de enorme magnitud,
como en ningún otro momento de la historia de este país en los últimos 60
años había sufrido esta fuerza política en función de su libertad de voto
en el Pleno y en función de los criterios que expuso de manera
argumental. Una campaña de enorme trascendencia que nosotros hemos
aguantado resignadamente, como siempre, pero sin que esto nos conduzca a
un silencio, porque nosotros vamos a seguir votando de manera autónoma e
independiente, en función de nuestros criterios y de los programas que se
conocen de antemano, como haremos acto seguido en el resto de las
votaciones que aquí se produzcan a partir de la una y cuarto. Por tanto,
aquí denuncio esa campaña.

Señor Presidente, pensamos que esta crispación superestructural, muchas
veces artificial, está implícita en la lucha por la alternancia que se ha
desatado, una lucha que parece pasar, según todos los indicios, por el
intento de controlar políticamente la comunicación de una parte, lucha
que también está atravesada, sin duda, por intereses comerciales de
primera magnitud y, por tanto, por una lucha comercial indudable. Esta
lucha se produce fundamentalmente por la falta de regulación, con
respecto a los temas que aquí nos traen, similar, por otra parte, a la
que ocurría en el tema del cable. Ante aquella falta de regulación casi
total se produjo una carrera que conduce a la dialéctica del más fuerte,
la lucha por la vida o por ocupar espacios cuanto más aprisa y con mayor
volumen mejor. Se ha establecido una carrera y, a nuestro juicio, se
podían haber establecido (de hecho ya se estaban estableciendo, tanto en
el terreno del cable como en éste, el de la transmisión por la nueva
tecnología digital) posiciones de dominio e incluso de abuso de dominio,
posiciones con respecto a contratos de exclusividad o de mercados
cautivos que nosotros hemos criticado suficientemente. En este sentido se
han producido muchísimas tensiones, incluso también improvisaciones con
respecto a la ley que hoy nos ocupa.

Nuestro punto de vista, señor Presidente, lo vamos a exponer hoy aquí con
total tranquilidad, aunque sabemos que está atravesado por una coyuntura
política cambiable, cambiante y resbaladiza, porque es posible que como
dato parlamentario tengamos en cuenta la negociación parlamentaria que
hoy se va a producir, pero sin perder de vista (aunque se me podría decir
que no es un dato parlamentario, pero sí político) la entrevista que el
próximo viernes van a mantener los señores Aznar y Pujol, que sin duda
lleva en el macuto esta ley de retransmisiones deportivas. En todo caso,
nuestro cuerpo argumental va a permanecer tal cual lo veníamos
manteniendo, con independencia de que estamos abiertos al diálogo y a
cualquier tipo de transacción, pero dando a entender que, efectivamente,
la negociación debía ser estrictamente parlamentaria y que no funcionara
como moneda de cambio de la presunta gobernabilidad.

Por tanto, nuestro punto de vista, señor Presidente, iría en dos
direcciones fundamentales: en primer lugar, en la preservación del
interés público y en que la nueva tecnología, que comprime mucho la
imagen y se transforma de hecho en una televisión de pago, no supusiese
el principio de una dinámica donde la comunicación fuese distinta según
los estratos sociales a los que se perteneciera. En consecuencia,
nosotros vamos a luchar porque haya un suficiente volumen de televisión
en abierto, de televisión gratuita, teniendo en cuenta, además, que según
la ley y la Constitución que nos ampara la televisión es un servicio
público esencial. Esto como primer punto de vista. El segundo punto de
vista es la necesidad de preservar una comunicación democrática, no
cautiva de cara al futuro próximo, y teniendo en cuenta las nuevas
tecnologías. Desde esta perspectiva, también hemos tenido en cuenta la
necesidad de hacer leyes que tengan una cierta duración, un ámbito
adecuado, una cierta seguridad jurídica. Reiteramos que el proyecto que
se nos ha presentado peca de coyunturalidad, si se me permite la
expresión, y de cierta improvisación. Acota excesivamente la realidad, la
restringe y se reduce, a nuestro juicio, a los hechos deportivos y,
singularmente, a los hechos futbolísticos y, por tanto, no tiene en
cuenta toda la realidad, que puede ser una realidad de interés público en
muchísimos de sus sectores o en muchísimos de sus aspectos, o de interés
general, como se dice en la ley. Por otro lado, a la hora de señalar los
hechos de interés público y los listados o catálogos correspondientes, la
ley se fija en un organismo que no nos parece, en absoluto, adecuado,
llámese Consejo Superior de Deportes o como después se dijo en el debate
de Pleno, esa especie de comisión directiva del Consejo Superior de
Deportes. Nos parece que no es un organismo objetivo, no está integrado
teniendo en cuenta criterios de pluralidad, y se puede convertir,



Página 5972




con muchísima facilidad, en juez y parte de la serie de decisiones que
hay que tomar a partir de ahora en estos terrrenos.

Por tanto, estas 10 enmiendas, señor Presidente, tienen este doble
enfoque que yo resumo, terminando mi intervención. Primer enfoque,
cambiar de terreno. No sólo tener en cuenta los hechos deportivos como
hechos susceptibles de ser catalogados como de interés general o de
interés público, que es el concepto que nosotros mantenemos en el
proyecto alternativo. Por tanto, tenemos en cuenta hechos de índole
deportiva pero también de índole social, política, cultural, etcétera, y
ampliamos en este sentido muchísimo el campo de juego. Y en segundo
lugar, pensamos que hay que crear ya en este país, de cara a los
problemas que aquí se suscitan y se recogen y de cara también a los
contenidos audiovisuales y a todo tipo de control democrático de esta
situación, que se nos está escapando de las manos, un consejo de la
comunicación. Hace unos días, el Presidente del consejo catalán de lo
audiovisual hacía una llamada en esta dirección: habría que crear un
consejo de la comunicación. Nosotros hablamos de uno integrado por 36
personas, una parte de ellas de extracción parlamentaria y otra parte
representantes de organizaciones y sectores presuntamente afectados por
esta regulación. En definitiva, nos parece una entidad mucho más
adecuada, tanto en el tema de las retransmisiones futbolísticas, como en
el tema de las retransmisiones deportivas, o cualquier retransmisión que
se haga a partir de ahora, teniendo en cuenta los dos puntos de vista
esenciales en los que nos vamos a basar: en primer lugar, que cualquier
retransmisión pertenece al criterio de que la televisión es un servicio
público esencial y, en segundo lugar, que hay hechos que se deben
retransmitir teniendo en cuenta que son hechos de interés público en
función de los criterios que también se señalan en la ley y en la
alternativa que hemos presentado.

Por tanto, presentamos estas enmiendas tal como hicimos en el Pleno, lo
que nos ahorra bastante tiempo. Mantenemos estas enmiendas
fundamentalmente por la necesidad de crear el consejo de la comunicación,
y en todo caso, si el señor Presidente decide que se voten en conjunto,
tampoco nos vamos a oponer.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Alcaraz, por su intervención,
que además es una aportación muy sustantiva para la simplificación del
debate.

¿Turno en contra de la intervención del señor Alcaraz? (Pausa.)
¿Fijación de posición por parte de los grupos? (Pausa.) El señor
Fernández de Troconiz tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Realmente, el debate en relación
con las enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, en las que desgrana e incorpora los
diferentes artículos de la ley al texto articulado, que ya fue objeto de
debate en el Pleno el Congreso, también es reiterativo. Por consiguiente,
señor Presidente, simplemente he de referirme al contenido de la
intervención que tuvimos en el Pleno del Congreso de los Diputados, en el
sentido de no considerar adecuado y oportuno el sentido amplio que se le
quiere dar, por parte de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, a este
proyecto de ley. Entendemos, sin embargo, que es absolutamente digno de
consideración y muy loable la extensión, como acontecimiento de interés
general, a competiciones y acontecimientos deportivos, y tal vez sería
preciso y muy interesante el que empezáramos todos a reflexionar a partir
de este momento sobre si debían incorporarse al concepto de interés
general. Y también debería extenderse, no cuando los operadores
interesados quisieran hacerlo, sino necesaria y fundamentalmente a través
del servicio público de televisión, a algún tipo de acontecimientos
culturales, políticos y sociales, que desde luego debían ser objeto, por
su interés general, de conocimiento por parte de todos los receptores de
televisión en España. Pero realmente no nos parece ahora el momento
oportuno ni prudente de hacerlo; nos parece que requiere mucha más
meditación, mucha más reflexión, más aún si consideramos que incluso hay
grupos parlamentario que consideran que el proyecto de ley presentado por
el Gobierno es excesivamente precipitado y no tiene la meditación
suficiente en lo que se refiere a la declaración sólo de interés general
de acontecimientos o competiciones deportivas. Por consiguiente, nos
parece prudente, sin perjuicio de que consideremos que es loable, la
intención expresada por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya.

Por otra parte, en lo que se refiere al consejo de la comunicación, que
es el segundo bloque fundamental en lo que se refiere a la enmienda en su
día de devolución con texto alternativo y ahora las enmiendas parciales
que formula el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tenemos
que manifestar, asimismo, que no nos parece éste el momento adecuado, sin
perjuicio de que, lógicamente, y a través de una proposición de ley,
pueda tomarse en consideración la creación de un amplio consejo de la
comunicación, que lógicamente desborda absolutamente lo que es el
planteamiento del proyecto de ley formulado en este caso por el Gobierno,
que se ciñe exclusivamente a acontecimientos y competiciones deportivas
de interés general y también a una regulación, bien es cierto un poco
parca, de la llamada modalidad de televisión de pago por consumo, de pago
por ver.

Por consiguiente, señor Presidente, nuestro voto va a ser negativo a las
enmiendas de devolución con texto alternativo, ahora incorporadas al
diferente articulado de la ley, formuladas por el Grupo de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, sin desmerecer absolutamente el
encomiable trabajo desarrollado para elaborar este complejo proyecto
alternativo, digno absolutamente de merecer nuestro respeto y nuestra
atención para un futuro próximo inmediato.




El señor PRESIDENTE: El señor Alcaraz, en turno de réplica, tiene la
palabra.




El señor ALCARAZ MASATS: Señor Presidente, simplemente quiero subrayar un
hecho jurídico, a nuestro juicio muy importante: que cualquier ley que
salga del debate



Página 5973




a partir de ahora, a partir del próximo Pleno, que me parece que es el
día 29, cualquier ley que no contenga un organismo independiente a la
hora de regular y de analizar la situación de retransmisiones deportivas
o retransmisiones en general, cualquier organismo que no contenga esa
entidad de la que nosotros hablamos en nuestro texto, no sería aceptado
por nuestra parte sea el consejo de la comunicación, o cualquier comisión
o consejo que se recoge en otro tipo de enmiendas, como las del Grupo
Vasco o las del Grupo de Coalición Canaria. Aparecería, a nuestro juicio,
un proyecto de ley absolutamente partido, absolutamente injustificado
desde el punto de vista de que el organismo que va a regular y vigilar
democráticamente una serie de hechos no es un organismo absolutamente
independiente, con criterios objetivos de cara a regulaciones
importantísimas que hay que producir a partir de estos momentos. Dejamos
sentado este principio para que se tenga en cuenta a partir de ahora
durante el debate parlamentario que vamos a tener en esta Comisión y
posteriormente en el Pleno.




El señor PRESIDENTE: El señor Fernández de Troconiz tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, intervengo a los
efectos simplemente de clarificar o adelantar un tanto el debate que
sostendremos a lo largo de esta mañana en relación a un consejo plural,
independiente y amplio, separado del Consejo Superior de Deportes, en lo
que se refiere a la calificación de eventos de competiciones o
acontecimientos deportivos como interés general. Nosotros hemos formulado
enmiendas transaccionales a todos y cada uno de los artículos y demás
disposiciones de la ley, en el intento de buscar, como anuncié en su día
en el Pleno de la Cámara, el más amplio consenso posible en orden a este
proyecto de ley, que nos parece digno de este papel, de tener en torno a
sí el más amplio acuerdo posible de los diferentes grupos parlamentarios
de la Cámara. Efectivamente, nosotros señalamos en una enmienda
transaccional, recogiendo a su vez la enmienda formulada a su vez por el
Grupo Vasco (PNV), la creación de un consejo para las emisiones y
retransmisiones deportivas que faculta al Gobierno para su creación, como
también establece expresamente la enmienda formulada por otro grupo
parlamentario. Brindamos aquí a los demás grupos parlamentarios la
posibilidad de llevar a efecto un amplio acuerdo en cuanto a cuál debe
ser la composición de esta comisión para las emisiones y retransmisiones
deportivas.




El señor PRESIDENTE: Obviamente, cuando a la una y cuarto se produzcan
las votaciones, empezaremos por el bloque de las diez enmiendas
defendidas por el señor Alcaraz.

Entramos ya en la consideración de las enmiendas, artículo por artículo,
con arreglo a la metodología que he anunciado. La ordenación interna de
las enmiendas dentro de cada artículo y en razón, insisto, de que no
disponemos propiamente de un informe de la ponencia, exhumando las viejas
doctrinas Lavilla y Peces-Barba de ordenación de los debates, no va a
tener lugar la defensa de las enmiendas con arreglo al criterio formal de
prestación anterior o de mayor a menor de los grupos, sino atendiendo a
la materialidad de las enmiendas, defendiéndose primero aquellas que
estén más lejanas, que impugnen más frontalmente el espíritu y la
literalidad del proyecto y, aunque existan enmiendas presentadas también
por el Grupo Parlamentario Popular, ni qué decir tiene que al señor
portavoz del Grupo Popular le toca el oficio de cirineo del proyecto de
ley y, consiguientemente, de defensor del texto de la ponencia.

Hechas estas precisiones, daría la palabra, en consecuencia, para la
defensa de su enmienda número 51 al artículo 1, al portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista, señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Señor Presidente, haré referencia a la enmienda
número 51 y también a la enmienda número 50, en lo que se refiere a la
modificación del título, si le parece al señor Presidente, no
refiriéndome a la parte orgánica, que ya está aceptada.




El señor PRESIDENTE: Vamos a dejarlo para el final del artículo.




El señor NIETO GONZALEZ: De acuerdo, señor Presidente.

Señor Presidente, señorías, el Grupo Parlamentario Socialista ha
presentado una serie de enmiendas a este proyecto de ley, pocas, pero el
hilo conductor de todas ellas es muy claro; quizá en la que voy a hacer
referencia ahora, que es la enmienda número 51, es aún más claro todavía.

El objetivo que persiguen las enmiendas del Grupo Parlamentario
Socialista es que en el proyecto de ley quede perfectamente claro, en el
supuesto de que se aprobasen el conjunto de enmiendas parciales que
presentamos al proyecto y, por tanto, ésta, la número 51, el ámbito de
este proyecto de ley que, tal como lo ha redactado el Gobierno y enviado
a esta Cámara, nos parece confuso, empleando una expresión suave, aparte
de parecernos otras cosas, a las que no voy a hacer especial referencia,
puesto que ya se debatió en el Pleno y habrá ocasión de volver a incidir
sobre ellas en el Pleno, ya que está avocada su tramitación para el
Pleno. Por tanto, en relación con nuestras enmiendas, el hilo conductor
de las mismas es el siguiente.

Tratamos de evitar que se regule de manera general la relación entre las
diversas entidades y modalidades televisivas; tratamos además de evitar
que haya un desarrollo general del principio de la libertad informativa,
que creemos que está regulado en otros sitios y que no ha lugar insistir
aquí en ello. Creemos fundamentalmente que debe regularse de manera
específica y concreta el método de definición de los acontecimientos
deportivos de especial relevancia, a los efectos de su emisión y
retransmisión, por radio o por televisión, partiendo de los principios y
preceptos jurídicos que están en vigor o en fase de modificación en la
Unión Europea, porque también es cierto que hemos tenido en cuenta las
modificaciones que se están introduciendo en estos momentos en la
directiva comunitaria de Televisión sin Fronteras, que está en una fase
muy



Página 5974




avanzada de modificación. Por tanto, ése es el criterio de las enmiendas
y lo es el de esta enmienda número 51.

La enmienda número 51 del Grupo Socialista plantea, recogiendo el
espíritu y la letra de las modificaciones introducidas en la directiva
comunitaria de Televisión sin Fronteras, que en el proyecto de ley
debería de existir un catálogo de acontecimientos de especial relevancia
social, a los efectos de que estos acontecimientos fuesen retransmitidos
en abierto, nunca en codificado, y para todo el territorio español. La
propuesta que hacemos en esta enmienda es la existencia de este catálogo;
insisto en que la propuesta la hacemos teniendo en cuenta y recogiendo el
espíritu y la letra de las modificaciones que es están introduciendo en
la directiva comunitaria de Televisión sin Fronteras. Proponemos un
catálogo muy simple, de acontecimientos muy singulares de una especial
relevancia que consideramos que deberían estar en el texto de la ley y no
dejar al criterio de ese consejo o de ese órgano que la propia ley crea,
la elaboración de este catálogo. Creemos que este catálogo puede ser
ampliable a través de ese consejo o de esa comisión, pero deberían
existir una serie de acontecimientos de especial relevancia que figurasen
en el propio texto de la ley. Estos acontecimientos, a juicio del Grupo
Socialista, son los siguientes: los juegos olímpicos, tanto de verano
como de invierno; el campeonato del mundo de las selecciones nacionales
de fútbol y de baloncesto; la Eurocopa de selecciones nacionales de
fútbol y baloncesto; la final de la Copa de Su Majestad el Rey de fútbol
y de baloncesto; la Vuelta Ciclista a España; las finales de las
diferentes competiciones europeas por clubes en las que participe un
equipo español de fútbol o baloncesto y los encuentros relevantes en que
participen las diversas selecciones nacionales de cualquier deporte.

Creemos que es un catálogo sencillo de acontecimientos de gran relevancia
social, insisto, que deberían contemplarse en el proyecto de ley.

Al mismo tiempo, en la enmienda proponemos la posibilidad de ampliación
de este catálogo, y la propuesta que hacemos es que se lleve a cabo, a
través de una comisión de reciente creación en la Ley de Ordenación de
las Telecomunicaciones, como es la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones. Consideramos que la propuesta que hace el Gobierno,
la que se contempla en el proyecto de ley, no es, desde nuestro punto de
vista, lo suficientemente plural o alejada de los órganos del Gobierno
como para que se deba residenciar; el proyecto dice que sea el Consejo
Superior de Deportes. Creemos que es un organismo totalmente dependiente
de la Administración y, por tanto, no lo consideramos adecuado para ser
el organismo que amplíe este catálogo, y residenciamos esa posibilidad en
la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Proponemos también en
nuestra enmienda que esta modificación se haga anualmente, una vez al
año, para que tanto los que organizan los acontecimientos deportivos como
los operadores que puedan tener interés en transmitirlos sepan a qué
atenerse con antelación suficiente. Proponemos que esa modificación se
haga antes del 1.º de julio de cada año, es decir, antes del comienzo de
la temporada de cualquier deporte, que se realiza, como SS. SS. saben,
después del verano. Por tanto, queremos que al comienzo del verano cada
año quede, de una forma clara y definida, marcado ese catálogo de
acontecimientos. Proponemos además que se envíe el correspondiente
catálogo de acontecimientos, ampliado o modificado por la Comisión del
Mercado de las Telecomunicaciones, a la Comisión de Educación de esta
Cámara para su conocimiento y que, con carácter inmediato, una vez
aprobada, se envíe a la Comisión Europea para su conocimiento y efectos.

Creemos que ese catálogo elaborado, ampliado o modificado por esta
Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones debe hacerse sobre la base
de unos criterios muy claros y muy objetivos. Esas modificaciones
solamente podrían hacerse en base a dos criterios: tratarse de
acontecimientos deportivos excepcionales y de especial relevancia para la
sociedad, en la Unión Europea o en todo el territorio español, o una
parte importante del mismo, y que, en todo coso, estén organizados con la
antelación suficiente por aquellos organizadores de acontecimientos
deportivos que tengan capacidad legal para vender los derechos de los
mismos en el supuesto de que quieran hacerlo. Creemos, además, que para
la modificación en el sentido de ampliación de este catálogo, la Comisión
del Mercado de las Telecomunicaciones debería siempre consultar
previamente al Consejo Superior de Deportes, a las entidades
organizadoras de acontecimientos deportivos, a los operadores
audiovisuales y a las organizaciones de consumidores y usuarios. Este es
el contenido de la enmienda número 51, del Grupo Parlamentario Socialista
que, aparte de delimitar el ámbito de aplicación de esta ley, marca los
criterios a seguir para la elaboración del catálogo, define la comisión
que a nuestro juicio debe hacerlo, etcétera, de tal forma que, de
aceptarse esta enmienda, los artículos 1 y 4 del actual proyecto de ley
quedarían contenidos en esta enmienda presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de su enmienda número 2 al artículo
1, tiene la palabra el Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco, señor
González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Una vez salvada la discusión en
torno al carácter orgánico de la ley y aceptadas, como ha quedado claro
al inicio de esta Comisión, las enmiendas 1 y 16 del Grupo Parlamentario
Vasco que solicitaban la supresión del carácter orgánico de la misma, las
siguientes enmiendas que presenta el Grupo Parlamentario Vasco a este
proyecto de ley inciden básicamente en la creación de un órgano
independiente que determine el catálogo de aquellas emisiones que deban
recoger el carácter que pretende dar a algunos eventos deportivos este
proyecto de ley.

Señor Presidente, las enmiendas de este Grupo Parlamentario Vasco están a
medio camino entre lo que presenta el Gobierno y sostiene el Grupo
Parlamentario Popular y aquellas que han sido defendidas por el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya en su turno
anterior. Por eso me ha llamado la atención cuando en el ordenamiento del
debate el señor Presidente ha indicado



Página 5975




que el Grupo Parlamentario Socialista es el que está más alejado del
turno anterior y ha ordenado el debate en torno a ese criterio. Yo creo
que si la enmienda a la totalidad era la planteada por el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, las enmiendas
que están más cerca de los contenidos defendidos por el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya son
precisamente las del Grupo Parlamentario Vasco.

Manifestamos también la necesidad de que se cree un órgano independiente
que califique estos acontecimientos; denominamos en nuestra enmienda 18 a
este órgano como consejo para las emisiones y retransmisiones deportivas,
porque le damos un carácter plural, incluyendo todos los agentes que
pueden tener participación en este tipo de decisiones y lo ubicamos ahí
como una disposición final porque creemos que es su sitio, autorizando al
Gobierno a crear ese órgano. Creo que el debate está bien ordenado, y, al
manifestar el Presidente que los artículos 1 y 4 son sustancialmente
iguales, está dando pie a indicar que básicamente una redacción conjunta
de los dos artículos es lo más oportuno. Así lo solicitamos nosotros en
nuestras enmiendas porque, si no se podría dar pie, y esto lo
consideramos en la enmienda número 2, a que pueda existir más de un solo
catálogo. De una lectura ingenua o no suficientemente bien informada de
las intenciones del redactor del proyecto de ley, se podría deducir que
puede existir más de un catálogo si se leyesen alternativa o
continuamente los artículos 1 y 4.

Lo que debe quedar claro en las enmiendas transaccionales que se formulen
a lo largo del debate es que de lo que estamos hablando es de que exista
un solo catálogo, que es lo que propone la enmienda número 2 del Grupo
Parlamentario Vasco. Por eso propone la refundición en un solo precepto
de los artículos 1 y 4 de la ley, porque de lo que se trata, como se
indica en la exposición de motivos, es de que exista un solo catálogo y
que no se dé pie a otras opciones o a otras lecturas o posibilidades.

Desde el Grupo Parlamentario Vasco entendemos que la directiva de
Televisión sin Fronteras es un punto de referencia inexcusable para la
confección de este catálogo y, para situar el punto que ahora estamos
abordando en sus justos términos, deben recogerse aquí los criterios
mínimos de referencia de esta directiva. Una vez establecido que se cree
un consejo independiente que no sea gubernamental, que sea plural, donde
confluyan las distintas posiciones que puedan tener incidencia para el
Grupo Parlamentario Vasco una segunda posición, que está recogida en esta
enmienda 2, es indicar la periodicidad con que este consejo pueda adoptar
las medidas.

Recordará el señor Presidente que al inicio de este debate, cuando el
Gobierno anunció la remisión de este proyecto de ley a la Cámara, se
estaba hablando de que el Consejo Superior de Deportes todas las semanas
nos podía ir diciendo qué partido iba a retransmitir el sábado o el
domingo. Nos encontramos en este momento en una situación completamente
distinta; el Grupo Parlamentario Vasco propone que semestralmente se
elabore un catálogo, lo cual da una distancia, da un perspectiva a los
acontecimientos y pone las cosas en definitiva en su sitio.

Nosotros entendemos que este proyecto de ley puede sufrir variaciones
sustanciales sólo con la aceptación de estos dos criterios. Una vez
aceptado el carácter no orgánico del proyecto de ley, uno de los temas
que fue objeto de este debate en el Pleno ha decaído ya. Si, en segundo
lugar, somos capaces de establecer, según nos ha anunciado el Grupo
Parlamentario Popular en su anterior intervención, que estamos en
condiciones de crear un consejo de retransmisiones deportivas que sea
plural e independiente, todas aquellas críticas de intervencionismo,
todas aquellas críticas de oportunidad, de que la aparición esté marcada,
etcétera, caen por su propia base y estamos realizando alteraciones
sustanciales en los contenidos del proyecto de ley. La enmienda que el
señor Presidente ha solicitado que defienda el Grupo Parlamentario Vasco
va en esa línea de que quede expresado con suficiente claridad que el
catálogo es único, que la periodicidad debe ser suficiente como para
abordar los temas con antelación y para dar la impresión de que ni
siquiera un consejo independiente puede tener a todos los ciudadanos
atentos todas las semanas para ver si va a retransmitir un partido de
fútbol de la Real Sociedad o del Atlético de Bilbao.




El señor PRESIDENTE: Señor González de Txabarri, voy a hacerle dos
mínimas precisiones puesto que ha aludido a la ordenación del debate por
esta Presidencia. Ciertamente, las más lejanas en espíritu, puesto que
plantean nada menos que una diferencia de objeto sobre el proyecto de
ley, eran las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya el bloque de enmiendas que ha sido
defendido ya por el señor Alcaraz; el segundo bloque de enmiendas parte
ya de una asunción de ese objeto propio. Si le sirve argumentalmente para
sus fines me parece bien que utilice el criterio de la Presidencia
respecto a la proximidad de los artículos 1 y 4, ya que es claro que
están conceptualmente emparentados. No he dicho tanto como que fueran
idénticos, señor González de Txabarri.

Para la defensa de su enmienda número 21, tiene la palabra la portavoz
del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




La señora SABANES NADAL: Señor Presidente, en primer lugar nuestra
enmienda 21 sí respeta de alguna manera la estructura de la ley que se
plantea en el texto del Gobierno, únicamente hace referencia al ámbito de
aplicación. Eso no quiere decir que las intervenciones que han formulado
el portavoz del Grupo Socialista, en lo que ha hecho referencia a su
enmienda 51, como en la enmienda número 2 del Partido Nacionalista Vasco
no tengan puntos de similitud no con esta enmienda nuestra, pero sí con
la enmienda número 27, que defenderemos en nuestro turno porque
entendemos que tiene mejor comprensión la ley si su primer artículo
define el ámbito de aplicación. Nosotros yendo más allá de eso, no es en
ese artículo --porque no lo consideramos conveniente-- donde
especificamos cuál sería el organismo que debería regular. Entendemos que
estrictamente estamos hablando de un ámbito de aplicación que crearía un
nivel de confusión importante, si bien es



Página 5976




cierto que también en su momento, cuando defendamos el interés general,
la necesidad de catálogo y quién tendría la capacidad de elaborar los
catálogos, inevitablemente nos tendremos que volver a acercar a los
planteamientos que se han hecho por ambos grupos en este sentido.

En este artículo y en la enmienda 21 nos referimos exclusivamente a lo
que es el ámbito de aplicación de la ley En este contexto, aparte de
corregir algunos errores semánticos, pretendemos modificar la redacción
de la letra a) porque, según viene dispuesto en la ley, no se ajusta a lo
que posteriormente dice que hace referencia. Dice que de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley del Deporte, de 1990. Si nos fijamos, la ley dice que
se trate de acontecimientos o competiciones oficiales de carácter
profesional y ámbito estatal. Esto, además de no ajustarse literalmente a
lo que dice la Ley del Deporte, es confuso, por cuanto parece que nos
estamos refiriendo sólo --a no ser que nos estuviéramos refiriendo
solamente a eso-- a competiciones de carácter profesional. Y yo no creo
que sea éste el caso, porque eso impediría que se incluyera en el
catálogo de interés general, por ejemplo, una competición de natación, en
un momento dado, al no tener ese carácter. Por tanto, como no considero
que es eso lo que quiere decir la ley, queda mejor redactado en nuestra
enmienda, que hace referencia a lo que sí dice la ley, que se refiere a
espectáculos deportivos oficiales de ámbito estatal o de carácter
profesional. Entiendo que ésa es una corrección que no debería tener
demasiados problemas.

En cuanto a la letra c) que pretendemos introducir, va relacionado de
alguna manera con lo que sería la capacidad de catalogar, pero en este
caso introducimos la ampliación de la posibilidad de actuación en
acontecimientos deportivos también de carácter internacional y que
tuviera excepcional relevancia. Nos parece que, puesto que vamos a
regular en esta ley el interés general, de alguna manera no parece lógico
exceptuar de la posibilidad de catalogación, y, por tanto, lo tendremos
que introducir en el ámbito de aplicación, por ejemplo, la final de un
mundial de fútbol por el hecho de que no se clasificara España, porque se
podría dar esa situación si aceptáramos la lógica de este proyecto. Las
correcciones que se hacen van en este sentido para que posteriormente,
cuando vayamos al catálogo, podamos realmente incluir aquello que se
puede considerar de interés excepcional. De todas formas, me parece que
en algunas otras enmiendas de otros grupos, que no son realmente del
ámbito de aplicación, se recoge por lo menos una parte de lo que plantea
Izquierda Unida en esta enmienda.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda número 44, suscrita
por el señor Rodríguez Sánchez y la señora Lasagabaster, del Grupo
Parlamentario Mixto, el señor Rodríguez tiene la palabra.




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Desde la perspectiva del Bloque Nacionalista
Galego y de Eusko Alkartasuna, consideramos que sería importante concebir
el debate sobre esta ley privándola de toda esta parafernalia
supuestamente constitucional, en las alusiones al artículo 9.2
fundamentalmente e incluso al artículo 20.d). Decimos esto porque resulta
bochornoso para nosotros que a estas alturas se esté discutiendo la
regulación de las emisiones y retransmisiones de competiciones y
acontecimientos deportivos como si realmente fuese un obstáculo que
impide que se desenvuelvan plenamente los derechos y libertades
constitucionales reconocidos. Pensamos que si se le quita el carácter de
ley orgánica sería bueno que en la exposición de motivos se olvidasen
estas alusiones tan grandilocuentes, pero que, en definitiva, no sirven
más que de cobertura y, para eso, minusvalorando la importancia de estos
artículos de la Constitución, para algo que es un problema exclusivamente
económico y de atracción de amplios sectores de la población que todos
sabemos que tienen hoy el fútbol como uno de los narcóticos
fundamentales, al margen de otro tipo de valoraciones.

Dicho esto, bajando al terreno de lo concreto, y para no aludir a ningún
elemento trascendente, nuestras tres enmiendas, una al artículo 1.º y dos
al artículo 4.º, pretende desvincular del Gobierno el órgano que va a
decidir cuáles son los acontecimientos de interés general, es decir, que
no sea un apéndice exclusivo, de carácter gubernativo. Por eso eliminamos
el Consejo Superior de Deportes y consideramos que sería interesante la
constitución de un comité de retransmisiones deportivas compuesto por
tres elementos básicos, porque no se trata tanto de la independencia, en
abstracto, de los organismos o de los órganos que se creen como de su
pluralismo, que responden a mentalidades e intereses diferentes y, en
definitiva, a la realidad plural del Estado español, lógicamente con un
control democrático. Pensamos que ese órgano debería estar constituido
por tres sectores fundamentales: las comunidades autónomas que tengan
televisiones propias, el Consejo Superior de Deportes, como un órgano
dependiente del Gobierno y personas designadas por el Congreso de los
Diputados. No se prejuzga qué tendrían que hacer las comunidades
autónomas para designar a sus representantes, que por supuesto se podría
hacer con carácter totalmente democrático y no gubernativo. En esta
combinación estaría el secreto de un órgano, conflictivo seguramente pero
plural, que tuviera que tomar decisiones que contentasen a la mayoría
sobre un tema tan conflictivo desde el punto de vista económico, de la
incidencia y del control social.

De las otras dos enmiendas, una es puramente técnica, para adecuar el
artículo 4.º a esta propuesta que hacíamos en el artículo primero, y la
otra pretende dejar claro que las comunidades autónomas y sus
televisiones son Estado y que no se les puede marginar a través de ningún
tipo de declaración de cobertura de la totalidad del territorio del
mismo. Por eso, como figura un apartado 4 que habla de que los operadores
que no cubran la totalidad del territorio del Estado tendrán que pasar
por una serie de requisitos, quiero dejar claro que en un sentido
diferente también vale, que las televisiones autonómicas por propia
iniciativa pueden efectivamente obtener retransmisiones con carácter
exclusivo sólo con ceder a otros operadores su retransmisión a nivel de
ámbito estatal.

En cierto modo, estas dos enmiendas, de una manera sesgada o no total,
incluso en algún caso, tenemos que reconocerlo,



Página 5977




superando a las nuestras, han sido tenidas en cuenta. Sólo quiero decir
que en el caso de lo contemplado por el Gobierno con respecto a ese
consejo para las emisiones y retransmisiones deportivas, si bien se
acepta su carácter plural e incluso autonómico y local, sigue siendo, en
cierta manera, un órgano vinculado al Gobierno en cuanto que posiblemente
va a ser el que va a designar a estas representaciones, por más plurales
que sean. Creemos que era mejor nuestra posición, pero vemos que en este
sentido las transaccionales mejoran sin duda el texto original.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez Sánchez, le preciso que la
pretensión de la Presidencia era acumular las votaciones de los artículos
1.º y 4.º, no su debate. Ha hecho también S. S. la defensa de las
enmiendas 45 y 46, pero, en su caso, cuando nos adentremos en el artículo
4.º, si quiere volver a hacer uso de la palabra, se la concederé.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y para la
defensa de su enmienda número 88, tiene la palabra el señor López de
Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, no recuerdo que en la
exposición motivada con que ha introducido el debate la Presidencia se
citara nuestra enmienda 87; si lo ha sido, pido excusas al señor
Presidente. Es una enmienda que expone la necesidad de suprimir los
enunciados de los artículos.




El señor PRESIDENTE: No lo ha sido, efectivamente, porque entendía que
podía ser objeto de una consideración global no sé en qué momento
sistemático.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Entonces, aprovechando el momento, señor
Presidente, si me lo permite, simplemente voy a justificarla en sus
propios términos, diciendo que no es una práctica habitual titular los
artículos de una ley y, en todo caso, sí lo es en los títulos y, si los
hubiere, en los capítulos. Por esto presentamos esta enmienda, que doy
por defendida en este trámite, señor Presidente.

En relación a la enmienda 88, al artículo 1.º, que es el que estamos
debatiendo en este momento, sugiere suprimir el apartado 2 de este
artículo. ¿Qué hace este apartado? Como se ha puesto de manifiesto, no
hace otra cosa que citar el organismo que va a calificar las
circunstancias que se enuncian en el apartado 1 de este artículo 1.º, que
en el proyecto enviado por el Gobierno es el Consejo Superior de
Deportes. Además, dice que la calificación de esas circunstancias la hará
el Consejo Superior de Deportes mediante un procedimiento que
reglamentariamente se determine y previo informe de las entidades
organizadoras de las competiciones. Nosotros entendemos que no es preciso
el enunciado de un reglamento a posteriori a los efectos de calificar
estas circunstancias, porque una remisión genérica de la ley --que, por
otra parte, ya se realiza en el trayecto final del proyecto-- a lo que es
una potestad lógica, que es la reglamentaria del Gobierno a partir de una
ley aprobada por las Cortes Generales, ya es suficiente y, por tanto,
sobra ese procedimiento expreso de calificación de circunstancias.

Oída con atención, tanto la intervención del señor González de Txabarri,
en nombre del PNV, como la del señor Fernández de Troconiz, en nombre del
Grupo Parlamentario Popular, me uno a ambas intervenciones y entiendo que
ambos grupos están abiertos a reconsiderar si el Consejo Superior de
Deportes es el órgano más apropiado para esa calificación.

Nuestro grupo, que no ha presentado ninguna enmienda de sustitución de
ese organismo por otro, estaría dispuesto a participar en un consenso que
se pudiera arbitrar sobre quién debe calificar esas circunstancias.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Fernández de Troconiz, que
deberá defender la enmienda número 76, del Grupo Parlamentario Popular, e
impugnar en la medida en que desee hacerlo o asumir en la medida en que
pueda hacerlo las enmiendas de los restantes grupos parlamentarios, en
razón de esa condición de defensor del texto de la Ponencia que le hemos
atribuido de oficio.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Hemos procurado a lo largo de este
proyecto de ley formular una serie de enmiendas transaccionales que ya
han sido objeto de distribución a los diferentes portavoces de los
distintos grupos parlamentarios, indicándoles y rogándoles que tengan
estas enmiendas transaccionales como meramente enunciativas porque no
dejan de ser un borrador, toda vez que el ordenador de que está dotado
este Diputado no tiene la rapidez suficiente como para haber pasado a
limpio, por decirlo así, todas las enmiendas transaccionales en el
pequeño plazo de tiempo que he tenido para realizarlo, sin perjuiciode lo
cual, poca variación hay en las enmiendastransaccionales,cuyo borrador he
pasado a SS. SS., con lo que posteriormente será el texto definitivo que
propondré a los diferentes grupos parlamentarios para ser sometido a su
consideración como enmiendas transaccionales, intentando llegar a un
acuerdo entre todos a los efectos de buscar el mayor acuerdo
parlamentario posible.

En el artículo 1, que en principio trata del ámbito de aplicación de la
ley, nosotros, al igual que el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), proponemos la supresión de los títulos de todos los artículos a
los efectos de no inducir a confusiones posibles. Nos parece razonable y
adecuado, en cuanto el contenido de cada artículo es suficientemente
expresivo de aquello que quiere reflejar, de aquello que quiere
normativizar.

Respecto a este artículo 1 hay dos elementos discrepantes y
fundamentalmente divergentes. Por una parte, la enmienda número 51, del
Grupo Parlamentario Socialista, y el texto del proyecto de ley remitido
por el Gobierno, así como las enmiendas formuladas por los demás grupos
parlamentarios. Realmente lo que el Grupo Parlamentario Socialista
plantea es un elenco de acontecimientos y competiciones no deportivas,
sino de especial relevancia social --es la nomenclatura que utiliza--,
haciendo una enumeración exhaustiva y taxativa de cuáles deben ser estos



Página 5978




acontecimientos de especial relevancia social. Lógicamente, por una
parte, discrepamos en lo que se refiere a cómo designar este tipo de
acontecimientos o competiciones y tampoco estamos de acuerdo en lo que se
refiere a realizar una enumeración taxativa y por ley. Nos parece más
adecuado y correcto que se realice por un órgano, órgano que nosotros, en
principio, a través del proyecto de ley remitido por el Gobierno,
proponíamos que fuese el Consejo Superior de Deportes; posteriormente,
mediante una enmienda, pensamos que podría ser interesante que lo
realizase no el Consejo Superior de Deportes, sino un órgano específico,
plural, dentro del mismo, cual es la comisión directiva del Consejo
Superior de Deportes. Dado que efectivamente nos parece necesario que sea
un órgano independiente y que recoja las aspiraciones de los diferentes
sectores sociales implicados en la materia, creemos que debe ser este
órgano el que lo realice. En esta medida --y ya lo adelanto, como dije
anteriormente--, nos parece adecuado, oportuno y útil recoger la enmienda
formulada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) en el sentido de
crear un consejo para las emisiones y retransmisiones deportivas que
nosotros recogemos también en una de las enmiendas transaccionales y que
posteriormente someteremos al acuerdo de los diferentes grupos
parlamentarios.

Señor Presidente, señoras y señores Diputados, no se nos oculta que es
difícil la defensa de un texto que se propone en relación a un solo
artículo cuando está imbricado en el resto de los artículos cuyas
enmiendas transaccionales proponemos a la Comisión, sin perjuicio de lo
cual, señor Presidente, voy a formular la enmienda transaccional que
presenta mi grupo a las enmiendas 2, del PNV; 21, de Izquierda Unida; 44,
del Grupo Mixto; 75 y 77, del Grupo Popular, y 87 y 88, del Grupo Catalán
(Convergència i Unió).

Quiero indicar a la señora Sabanés que en efecto puede que
seaexcesivamenterestrictivoalapartado a) del artículo 1 del antiguo
proyecto de ley. Sin embargo, queremos recoger una mayor amplitud en un
nuevo apartado c) que introducimos mediante la enmienda transaccional que
proponemos. La Presidencia también tiene el texto de las enmiendas
transaccionales propuestas y voy a proceder a la lectura de este artículo
1, porque tiene una pequeña modificación, de mero matiz, a los efectos de
lograr concordancia con el artículo 4. Diría así: Artículo 1. Las
disposiciones de la presente ley son aplicables a las retransmisiones o
emisiones realizadas por radio o televisión de acontecimientos o
competiciones deportivas en las que concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
a)Que sean oficiales, de carácter profesional y ámbito estatal, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del
Deporte.

b)Que correspondan a selecciones nacionales de España.

c)Que tengan especial relevancia y trascendencia social.

Así, señor Presidente, quedaría redactada la enmienda transaccional que
sometemos a la consideración de la Comisión.

El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, ¿ha introducido alguna
modificación sobre el texto que obra en poder de la Presidencia?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Sí, señor Presidente. La letra c)
quedaría, como he leído, de la siguientes manera: c) Que tengan especial
relevancia y trascendencia social.




El señor PRESIDENTE: Se añade «social».

¿Tienen conocimiento todos los grupos de la enmienda transaccional
formulada por el portavoz del Grupo Parlamentario Popular? ¿Obra en su
poder?
¿Desea el señor Nieto hacer un turno de réplica? (Pausa.)
¿Desean los señores portavoces fijar posición con respecto a la enmienda
transaccional que les ha sido ofrecida por el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular? (Pausa.)
Tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, acepto en nombre
del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) la enmienda transaccional
planteada por el Grupo Parlamentario Popular, que recoge lo que el Grupo
Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) entendía razonable. En consecuencia,
retiramos la enmienda correspondiente.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: El texto de este artículo tiene la corrección y
el matiz que hacíamos en el apartado a), puede componer la ampliación del
apartado c) y, por tanto, nosotros lo aceptamos y retiraríamos la
enmienda número 21.

Respecto al tema del consejo de las emisiones y retransmisiones
deportivas será discutido en otras enmiendas, de la misma forma que la
parte del artículo 51 que proponía el Grupo Parlamentario Socialista, que
pasa al interés general.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, ¿está en condiciones de
esclarecer las dudas formuladas por la señora Sabanés?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: La dificultad de la discusión
artículo por artículo conlleva a este tipo de circunstancias y
situaciones. La recomposición adecuada de los textos hace que
necesariamente lo que se refiere a la creación del consejo para las
emisiones y retransmisiones deportivas pase a una disposición final, que
sería la disposición final quinta.




El señor PRESIDENTE: ¿Resulta satisfactoria la aclaración para la señora
Sabanés? (Asentimiento.)
Señor Rodríguez Sánchez. (Pausa.)
Perdóneme, señor Rodríguez Sánchez, ¿cómo interpreto su gesto: que no
quiere hacer uso de la palabra o que retira la enmienda número 44?



Página 5979




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Como la enmienda número 44 tiene un contenido
que no aparece recogido para nada en este caso, me referiré a ella en la
disposición adicional. Por tanto, ahora me abstengo de intervenir.




El señor PRESIDENTE: No la someteré a votación, señor Rodríguez.

Señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Muy brevemente, señor Presidente.

Doy por retirada la enmienda número 88, por aceptación de la
transaccional ofrecida por el Grupo Parlamentario Popular.




El señor PRESIDENTE: Señores comisionados, tanto el señor López de Lerma
como el señor Fernández de Troconiz en sus intervenciones han dedicado
alguna consideración a la defensa de las enmiendas 75 y 87, defensa que
pensaba hacer de oficio esta Presidencia, y con ello la Presidencia marca
claramente su criterio favorable a la tesis postulada por las enmiendas
números 75 y 87, que pondríamos a votación.

Para ilustración de la Comisión, diré que, como saben, los grupos
parlamentarios Popular y de Convergència i Unió enmiendan, a través de
sus escritos 75 y 87, la práctica de rotulación de los artículos, por
entenderla técnicamente defectuosa, inadecuada para un proyecto de ley y,
en todo caso, manifiestamente inadecuada para un proyecto de ley de esta
longitud, que no distingue títulos y capítulos.

Yo solicito la autorización de su grupo para dar por defendidas estas
enmiendas, con la salvedad de que lógicamente su aprobación determinaría
el decaimiento de otras enmiendas y de ahí los términos de solicitud. Las
enmiendas son la número 3, del Grupo Parlamentario Vasco, que postula una
modificación del título del artículo 2; la 52, del Grupo Parlamentario
Socialista, que propone en los mismos términos una modificación del
título 2 y de la 56, del Grupo Parlamentario Socialista, que postula una
modificación del título del artículo 5.

Esta Presidencia se sentiría muy aliviada conociendo el criterio del
señor Nieto sobre estas dos enmiendas y obviamente del señor González de
Txabarri, que está igualmente afectado por las mismas.




El señor NIETO GONZALEZ: En lo relativo a los rótulos de los artículos,
no hay ninguna objeción. Sí la hay en cuanto a la transaccional ofertada
por el Grupo Parlamentario Popular, en relación con una serie de
enmiendas que no son ninguna de las nuestras.

¿Puedo hacer ahora una intervención?



El señor PRESIDENTE: Por supuesto, señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: La verdad es que el artículo 1 y el artículo 4
están íntimamente ligados. Nosotros hemos presentado dos enmiendas: una
que hace referencia al artículo 1.º y otra al artículo 4. La enmienda del
artículo 4.º es de supresión y la del 1 incorpora alguno de los preceptos
contenidos en el artículo 4 del proyecto.

Para nosotros tiene muy poco sentido entrar a considerar la enmienda
transaccional referida exclusivamente al artículo 1, si no lo hacemos en
relación con la transaccional que también ofrece el Grupo Parlamentario
Popular a una serie de enmiendas que afectan al artículo 4.

Es verdad que nosotros hablamos de un catálogo y de un consejo que es el
que puede ampliar ese catálogo. Hablamos también de unos criterios que
deben tenerse en cuenta para la modificación de ese catálogo y al mismo
tiempo de una serie de consultas previas a unos organismos antes de que
la comisión pertinente, en el caso que planteábamos nosotros, la Comisión
del Mercado de las Telecomunicaciones, elaborase ese catálogo.

Consideramos que, aparte de todo eso que se recoge en gran parte entre
las transaccionales al artículo 1 y 6, en las enmiendas 2 y 18, del Grupo
Parlamentario Vasco, hay algo que no aparece en ninguna de ellas, o al
menos no lo he visto, ya que la lectura que he hecho ha sido rápida, y es
cuándo debe hacerse ese catálogo, en qué tiempo, porque la enmienda del
Grupo Parlamentario Vasco decía que se hiciera semestralmente. Nosotros
hablamos de que se haga anualmente. Hay otros grupos que también lo
plantean de forma anual y en unas fechas determinadas. No veo en ninguna
de las dos transaccionales que aparezca la consideración de anual,
semestral o con una fecha de referencia. Si apareciera esa referencia
posiblemente estaríamos en condición de aceptar estas propuestas
transaccionales que hace el Grupo Parlamentario Popular, pero no lo vemos
por ningún lado y nos preocupa porque crearía una tremenda inseguridad,
tanto a los organizadores de los acontecimientos como a los operadores
que quisieran retransmitir los acontecimientos deportivos, puesto que
quedaría al criterio del consejo. Nosotros creemos que esta condición
debe quedar prefijada en la propia ley y no al criterio que
reglamentariamente el Gobierno dé al consejo.




El señor PRESIDENTE: Entiendo que la mayor parte de las observaciones
formuladas por el señor Nieto son fruto inevitable del fraccionamiento
del debate que, por razones metodológicas, esta Presidencia ha estimado
muy pertinente imponer. Sin embargo, sin duda, el señor Troconiz se
encontrará en condiciones de despejar alguna de las dudas o reservas
manifestadas por el señor Nieto.

Antes, señor González de Txabarri, ¿autoriza a esta Presidencia para
someter en su momento a votación las enmiendas 75 y 87, de supresión de
los títulos?



El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: ¡Cómo no, señor Presidente!



El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Solicito que se den por retiradas
las enmiendas 76 y 75, en la medida que son objeto de transacción en
todas las transaccionales



Página 5980




que formulamos pidiendo la supresión de los títulos de todos los
artículos.

Respondiendo al señor Nieto, quiero decir que, si hubiera leído la
transacción que proponemos al artículo 4, vería que está previsto que el
catálogo se elabore antes del inicio de cada temporada, recogiendo sendas
enmiendas de Convergència i Unió, Coalición Canaria y parcialmente del
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).




El señor PRESIDENTE: No anticipen acontecimientos conceptuales de la
sustancia normativa de los artículos siguientes.

Pasamos a examinar las enmiendas al artículo 4.

Para la defensa de la enmienda número 55, única enmienda del Grupo
Socialista al precepto, tiene la palabra el señor Nieto. (El señor López
de Lerma i López pide la palabra.)
Señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: ¿A qué artículo se refiere?



El señor PRESIDENTE: Al artículo 4. Nos adentramos en las enmiendas al
artículo 4; por eso he dado la palabra al señor Nieto para la defensa de
la enmienda número 55, dado ese emparentamiento conceptual que el señor
González de Txabarri con tanta vehemencia ha subrayado.




El señor NIETO GONZALEZ: La enmienda 55, del Grupo Parlamentario
Socialista, propone la supresión del artículo 4.

Ya explicaba en mi anterior intervención que esta enmienda no tiene
ningún sentido, no se puede explicar, si no va ligada a la anterior, a la
que presentamos al artículo 1, porque lo que hacemos a través de las dos
enmiendas es la refundición en un solo artículo del contenido que el
proyecto de ley distribuía en dos artículos, en el 1 y 4. En ese sentido,
la exposición que hice antes en defensa de la
enmienda número 51 sirve para la explicación que pueda dar a la
enmienda 55 a través de la cual suprimimos el artículo 4.

En la enmienda 51 y en ésta lo que plantea el Grupo Parlamentario
Socialista es que, aparte del catálogo al que me he referido antes, que,
insisto, sería razonable que estuviera en el proyecto de ley, podíamos
haber considerado la inclusión de algún acontecimiento más o la exclusión
de alguno de los propuestos, porque sí creemos que hay ciertos
acontecimientos muy especiales, muy singulares y relevantes, en línea con
lo que dice la Unión Europea a través de la directiva de televisión sin
fronteras... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia pretende escuchar al señor Nieto,
pero no lo consigue porque no oye.

Continúe, por favor.




El señor NIETO GONZALEZ: Decía que tratábamos de recoger en el contenido
de se artículo, fusión del 1 y el 4 del proyecto, una indicación muy
clara y explícita de la modificación que se está introduciendo ahora en
la directiva comunitaria de Televisión sin Fronteras, que hace referencia
a algunos acontecimientos de especial relevancia. La propia directiva
comunitaria cita los Juegos Olímpicos. En ese sentido, nosotros
introducimos también estos acontecimientos.

Por otro lado, a la hora de enmarcar el contenido de la propuesta,
consideramos que no tenía sentido la división en los artículos en el
proyecto de ley; la propuesta de un catálogo y de un organismo que fuese
el encargado de revisar este catálogo. Me remito a la intervención
anterior en el sentido de que consideramos que debe existir un catálogo,
incluido ya en el artículo nuevo 1, propuesto por nosotros; que ese
catálogo sea revisable anualmente y que esté condicionado a una serie de
criterios, que exponemos en la enmienda número 51 y que son los que marca
la propia directiva comunitaria. Por otro lado, el Grupo Popular y otros
grupos, a través de una enmienda transaccional, aceptan que el organismo
sea plural. Consideramos que el Consejo Superior de Deportes es un órgano
vinculado al Gobierno y ni la comisión directiva de este organismo ni el
organismo en su conjunto tienen un sentido plural, sino que, insisto, es
un órgano del Gobierno, de la Administración.

La creación de una comisión ad hoc para la vigilancia y elaboración de
este catálogo, que propone el PNV a través de las enmiendas 2 y 18, y que
denomina Consejo para las emisiones y retransmisiones deportivas, tiene
tanta validez como la que proponíamos nosotros a través de la Comisión
Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones. Vamos a participar en el
consenso en lo que se refiere a este organismo nuevo, plural,
desvinculado del Gobierno, en el que van a participar no solamente las
televisiones sino los deportistas, los usuarios, etcétera, tal como se
indica en la enmienda 18 del PNV. Con estos términos puede quedar
perfectamente entendida y defendida la posición del Grupo Socialista
pidiendo la supresión del artículo 4, porque entendemos que, con la
enmienda 51, queda gran parte de su contenido incluido en el artículo 1.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las enmiendas números 7 y 8, del
Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el señor González de
Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Quisiera manifestar la
satisfacción de este grupo parlamentario porque respecto a sus enmiendas
fundamentales se está suscitando el consenso en esta Comisión. El que se
acepte este organismo plural es un elemento determinante, tanto por su
composición como por la orientación de esta Comisión, que altera
básicamente todas las críticas que se han hecho a este proyecto de ley.

Respecto a las enmiendas 7 y 8, existe otro tema importante para el Grupo
Parlamentario Vasco. La redacción de este proyecto de ley está hecha con
demasiada determinación por parte de Televisión Española, por entender
que la única televisión pública del Estado es Televisión Española.

Incluso en su literalidad se usa el término Telediario como genérico para
dar a entender todo tipo de retransmisiones informativas. Sé muy bien,
señor Presidente, que el



Página 5981




Diccionario de la Lengua Española, en su última edición, ha aceptado esa
acepción. Sabe usted bien lo difícil que les resulta a los académicos
ponerse al día en sus consideraciones. Cualquier ciudadano, al uso de la
terminología mediática, sabe que, cuando hablamos de Telediario, estamos
viendo el Telediario de Televisión Española. Toda la redacción del
proyecto de ley --es sólo un botón el que intento resaltar-- está
realizada desde la perspectiva de que en este Estado sólo se cuenta con
una televisión pública, denominada Televisión Española.

Las enmiendas que ahora defendemos intentan manifestar a SS. SS. que en
este Estado existen otras televisiones públicas, como las autonómicas. En
estas enmiendas se trata de matizar sus derechos, de entender sus propias
coberturas, que existen parámetros económicos y retransmisiones que
realizan estas televisiones en lenguas distintas al castellano. Son
supuestos que no están contemplados en el proyecto de ley, que considera
a Televisión Española como única televisión del Estado. Es un proyecto de
ley monolingüe, que entiende que las únicas coberturas de retransmisión
de eventos deportivos son las estatales. No contempla la posibilidad de
que las comunidades autónomas con titularidad en materia de televisión
pública puedan crear órganos homónimos al que se establece en el proyecto
de ley para poder retransmitir acontecimientos de carácter general o de
una cierta trascendencia dentro del ámbito de su propia comunidad. Pueden
existir comunidades que entiendan que existan eventos deportivos que son
de interés para sus ciudadanos. En todo caso, debería existir posibilidad
de que las comunidades autónomas, en el uso de sus competencias, pudieran
establecer que existen eventos deportivos de carácter general o, en su
caso, pudieran crear, si lo estiman oportuno, órganos homónimos al de
este proyecto de ley. Estas enmiendas, señor Presidente, contienen
propuestas dirigidas a entender el carácter plurilingüe del Estado, que
existen otras televisiones que pueden tener estas posibilidades, y abre a
las comunidades autónomas la posibilidad de crear órganos homónimos o
calificar algunos acontecimientos deportivos de interés general dentro
del ámbito de su propia comunidad.




El señor PRESIDENTE: Para defensa de la enmienda número 27, tiene la
palabra la señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: En primer lugar, nuestra enmienda 27 plantea la
necesidad de un catálogo de acontecimientos deportivos, tema sobre el que
hay consenso de bastantes grupos. En segundo lugar, con independencia de
lo que se vaya a hacer posteriormente o dónde la ubicamos, esta enmienda
propone que ese catálogo se realice con la suficiente antelación a través
del Consejo de la comunicación. En todo caso, estaríamos dispuestos a
aceptar el modelo del Partido Nacionalista Vasco o del Grupo Mixto, o una
enmienda transaccional entre el modelo que propone el Partido
Nacionalista Vasco y el del Partido Socialista, que podría ir a una
comisión dentro del mismo órgano, como sugería el Partido Socialista. No
estamos de acuerdo en que sea un organismos gubernamental el que
confeccione con la suficiente antelación el catálogo de acontecimientos
deportivos.

Solicitamos que se realice con la suficiente antelación, pero que no
pueda tener carácter sobrevenido, es decir, que no se pueda catalogar a
posteriori de interés general lo que ya está catalogado. Fijamos
criterios que nos parecen necesarios para el interés general y los
concretamos en acontecimientos de primer orden, como pudieran ser unas
olimpiadas y en acontecimientos de especial tradición, como una
competición de ciclismo, un maratón o una vuelta ciclista, por ir al
ámbito más amplio que habíamos propuesto. El resultado es que tengan
trascendencia a efectos de participación.

Somos el único grupo que propone que el catálogo necesariamente debería
contemplar que lo que estamos haciendo con la declaración de interés
general es dar prioridad a un deporte o sector. Pedimos que la
catalogación de interés general cuente con elementos de reequilibrio a
favor de otros deportes que no están en la órbita del deporte
profesional, que necesitan por tanto especial protección, siendo la mejor
protección el que figuren catalogados también como acontecimientos de
interés general. El Partido Socialista fija una serie de criterios
objetivos en su enmienda 51. Nosotros estaríamos de acuerdo si los
criterios se fijan de antemano en la ley o, por lo menos, se ponen
ejemplos para que quede claro a qué nos estamos refiriendo. Si no, tal y
como está redactado el proyecto de ley, el interés general puede ser
cualquier acontecimiento.

También estaríamos de acuerdo en introducir un concepto de CiU: que sean
de programación regular, pero no frecuente, que está en línea con nuestra
postura, en la que decimos que las competiciones de carácter regular en
ningún caso se pueden catalogar de interés general, y que si concurrieran
circunstancias excepcionales se acudiría a un mecanismo de recomendación
por ese Consejo. Con las aportaciones del Grupo Catalán, el PNV, el
Partido Socialista y con nuestros propios criterios, se podría fijar
aquello que consideramos que debería ser de interés general.

Queremos manifestarnos sobre un artículo 4 bis, que propone el Grupo
Popular, en el que estaríamos en la línea de transaccionar una oferta que
dijera que el sistema de elección que se pudiera arbitrar garantizará el
suficiente nivel de calidad e interés en los acontecimientos catalogados.

No estaríamos de cuerdo en el estricto sentido en el que se plantea, por
lo que significa en la situación actual.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez Sánchez, entendemos que las
enmiendas números 45 y 46 han sido defendidas. (Asentimiento.)
Para la defensa de las enmiendas números 63 y 64, tiene la palabra el
portavoz del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Permítame, señor Presidente, que en esta primera
intervención, dado que hemos enlazado los artículos 1 y 4, fije las
enmiendas de Coalición Canaria, como han hecho los grupos que me han
precedido en el uso de la palabra, entendiendo que el mayor tiempo que
pueda consumir va a servir para una mayor clarificación



Página 5982




en el tratamiento de cada una de ellas, e incluso en las que estamos
dispuestos a llegar a una transacción con el resto de los grupos.

El objetivo básico que se debe contemplar en el proyecto es la
periodicidad con la que deben de fijarse los distintos acontecimientos de
interés general. Hay una enmienda de Coalición Canaria a este artículo 4,
en la que hacemos referencia a que estos acontecimientos deben de fijarse
al inicio de cada una de las temporadas.

¿Quién debe elaborar ese catálogo de acontecimientos de interés general?
Queremos lograr un consenso entre los distintos grupos, en el sentido de
que sea un órgano plural el que tenga la capacidad y la competencia de
declarar cuáles son los acontecimientos de interés general. Nos acercamos
mucho a algunas de las fórmulas propuestas por algunos de los grupos
parlamentarios, pero este tema también puede ser objeto de transacción.

Otra de las filosofías que inspira nuestras enmiendas es la de
posibilitar que las retransmisiones que se hagan en abierto no estén
cerradas a uno de los operadores, sino que puedan ser también ofrecidas
por las televisiones de pago en las mismas condiciones; es decir, no debe
ser restringida la emisión de un gran acontecimiento exclusivamente a una
determinada televisión, sino que puede ser ofertada por una televisión de
pago que puede, en este caso, renunciar al cobro de su canon.

En cuanto a la emisión de publicidad en las televisiones de pago, si
queremos que sea posible acercar la televisión de pago al ciudadano, que
esté al alcance de las familias de economía más modesta, tenemos que
intentar que sea una televisión económica. En la medida en que los
grandes acontecimientos no puedan generar ingresos por publicidad,
estaremos alejando esta posibilidad de llegar a los ciudadanos.

Otro de los puntos importantes es reforzar el papel de las comunidades
autónomas, en orden a la declaración de acontecimientos de interés
general que tengan una incidencia especial en el ámbito de su territorio.

Apoyamos totalmente aquellas que hacen una defensa del derecho a que esas
emisiones puedan utilizarse en la lengua de esa comunidad.

Por último, otro de los pilares en los que apoyamos nuestras enmiendas es
garantizar que el fútbol profesional pueda ser sostenido sin aportaciones
de dinero público. Este es un tema importante, porque si estamos hablando
de acontecimientos de interés general, qué duda cabe que todos estamos
pensando en la liga de fútbol profesional. En estos momentos existe un
equilibrio entre las emisiones en abierto y la posibilidad de ver
acontecimientos a través de la televisión de pago. Creemos que es
oportuno que el Gobierno intente regular las retransmisiones deportivas
ante hechos novedosos, como los que han empezado a aparecer en el
mercado, como puede ser la televisión digital o la de pago, pero siempre
con la base de un equilibrio entre los espectáculos que se pueden ofrecer
en abierto y los que se pueden ofrecer a las televisiones de pago. Para
nosotros ese equilibrio en estos momentos existe.

No se nos ha aclarado suficientemente, y nos preocupa mucho --si
estuviera en condiciones, nos gustaría que nos lo aclarara el portavoz
del Grupo Popular dado que no tuvimos oportunidad de discutirlo en el
Pleno del Congreso, cuando se debatieron las enmiendas de totalidad-- si
existe algún compromiso del Gobierno para compensar a las sociedades
deportivas anónimas, en el supuesto de que se lesionen los derechos
adquiridos en estos momentos por los distintos clubes; si no se considera
el carácter retroactivo de los contratos; y si existe algún compromiso
del Gobierno de financiar con otro tipo de fórmulas a los clubes respecto
a la reducción del IVA o el dinero de las quinielas. Avanzo que no
estaríamos en condiciones de apoyar ninguna de las propuestas que estén
orientadas a que con el dinero de todos los españoles se pague la liga
llamada pomposamente de las estrellas, donde se mueven miles de millones
de pesetas, que en estos momentos puede ser sostenida por un sector de la
población, que es aquel al que le gusta el fútbol, en una situación
realmente envidiable.

Con esas bases estamos dispuestos a llegar a todas las transacciones que
nos ofrezcan. Valoramos muy positivamente el tremendo esfuerzo que ha
hecho el señor Troconiz, como portavoz del Grupo Popular y como ponente
en este proyecto de ley, proponiendo enmiendas transaccionales a las de
los distintos grupos parlamentarios, ya que nos parecen un avance muy
importante que nos va a permitir una mayor diligencia en la tramitación
del proyecto. En nuestra opinión, esas transacciones que nos ofrece el
portavoz del Grupo Popular cambian en prácticamente un 90 por ciento el
texto presentado por el Gobierno, lo cual dice mucho del texto presentado
inicialmente.

Con ese espíritu retiramos las enmiendas al artículo 4, puntos 4, 1.4 y
1.b), dado que estamos de acuerdo con la transacción que se propone.




El señor PRESIDENTE: En su momento, señor Rivero.

Para la defensa de las enmiendas números 91, 92, 93 y 94, tiene la
palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Son cuatro enmiendas a los distintos
apartados, hasta el número de 4, que integran el artículo 4 que ahora
estamos debatiendo.

La enmienda número 91, al apartado 1 del artículo 4, propone modificar el
texto enviado por el Consejo de Ministros. Nosotros introducimos algunos
conceptos que nos parecen de auténtico calado, pues son trascendentes
para el contenido de la ley y, sobre todo, para la aplicación posibilista
de la misma. Cuando el Gobierno nos dice que el Consejo Superior de
Deportes, o el órgano que convengamos alternativamente en esta Comisión,
incluya en un catálogo de competiciones o acontecimientos deportivos de
interés general algunas celebraciones, establece que ese catálogo va a
ser elaborado periódicamente. Nosotros encontramos incertidumbre e
indefinición en esa expresión, periódicamente, porque no entendemos cómo
se puede traducir en el tiempo si no lo acotamos hoy aquí, en el Congreso
de los Diputados. Por eso, sugerimos que la inclusión de los
acontecimientos deportivos de interés general en el catálogo se efectúe
siempre al inicio de cada temporada deportiva, porque los eventos son
distintos y para



Página 5983




cada evento deportivo la temporada es igualmente distinta. Por ejemplo,
una liga de fútbol se organiza a caballo de dos años naturales. Una
vuelta ciclista a España se organiza en el año natural. Un campeonato de
tenis, por ejemplo Conde de Godó, se organiza anualmente. Por tanto, cada
acontecimiento deportivo susceptible de ser de interés general tiene su
propia ordenación temporal, por eso hablamos de temporada deportiva,
porque, siendo indefinida, es concreta su aplicación posterior por parte
del Consejo Superior de Deportes u órgano que lo sustituya, su inclusión
en el correspondiente catálogo.

Por otra parte, dije en la intervención del debate de totalidad de este
proyecto de ley --y lo reitero hoy-- que el texto remitido por el Consejo
de Ministros requiere precisiones terminológicas sustantivas. A lo largo
del proyecto de ley a partir de ese artículo, nos encontramos con que el
Gobierno nos habla sólo de operadores televisivos. Se olvida de algo muy
importante, que es que el propio Gobierno, en su Real Decreto 1 del año
en curso, en su primera decisión como Consejo de Ministros, define al
operador como titular de servicios de accesos, con lo cual se olvida de
la figura del programador, persona física o jurídica, en su caso, que
elabora y gestiona contenidos audiovisuales. En otras palabras, señor
Presidente, el Gobierno habla de plataformas de operadores y se olvida,
pongamos por caso, de Televisión Española. Es un olvido imperdonable que
nuestro grupo desea corregir mediante la introducción de los dos
términos, tanto operadores como programadores, porque ambos actúan a
veces unilateralmente y a veces en cooperación. Por eso, hacemos esa
modificación en el artículo 4. Además, en ese artículo introducimos que
los acontecimientos deportivos que tengan una especial relevancia y
trascendencia social, cosa que ya hemos discutido en el artículo 1, que
ahora recogemos nuevamente en el artículo 4 --de ahí, supongo, entre
otras cosas, la ligazón, que ha hecho con acierto el señor Presidente,
entre el 1 y el 4--, se celebren con periodicidad pero no frecuentemente.

Porque si bien periodicidad y frecuencia podrían parecer términos
sinónimos, sólo falta leer el diccionario de la Real Academia de la
Lengua Española para darse cuenta de que no lo son, que marcan distancias
y que precisamente concretan lo que en el texto encontramos como algo que
falta para ayudar a la decisión que en su día el Consejo o el órgano
correspondiente tome respecto del catálogo y de la temporada deportiva.

En relación a la enmienda número 92, que, como saben SS. SS., lo es al
apartado 2 del artículo d), proponemos suprimir la letra d) de este
artículo 2; es decir, que en los criterios de inclusión de
acontecimientos o competiciones deportivas en el reiteradamente citado
catálogo, se suprima el criterio de trascendencia de los resultados
deportivos a efectos de participación en competiciones internacionales.

Nos basamos en dos motivos: uno muy objetivo, que es que la normativa
europea no contempla tal criterio. Lo que no contempla la normativa
europea difícilmente debe contemplar la normativa española, si es que
respetamos --como, ciertamente, hacemos-- la unidad de dirección de la
Unión Europea sobre las normativas de cada uno de los Estados miembros.

Pero es que, además, esa expresión «trascendencia de los resultados
deportivos a efectos de participación en competiciones internacionales»
no es otra cosa en la práctica que un interés general sobrevenido. Es
decir, no estaba previsto en el catálogo, no estaba discutido y aprobado
por el Consejo o el organismo pertinente, y de golpe y porrazo
--permítame la expresión coloquial, señor Presidente-- a ver qué equipos
de la liga de fútbol van a jugar en la UEFA, a ver qué dos equipos pueden
ser campeones y, por tanto, jugar en la Copa de Europa, y eso va a tener
una traducción que va a alterar el catálogo en función de los partidos,
de sus resultados, de las clasificaciones, e incluso de las posibilidades
finales del golaveraje. Por tanto, es un interés general sobrevenido no
contemplado en la normativa europea.

En la enmienda número 93, al apartado 3 de este artículo 4, respetamos
cuando sugiere el Gobierno, aunque discrepamos de la igualdad reiterada
de competiciones o acontecimientos deportivos. Creemos que los
acontecimientos deportivos ya albergan las propias competiciones, pero
éste es un tema menor, estrictamente expositivo en una ley. Lo que sí
añadimos es que en las competiciones deportivas, en las que en una
jornada oficial se discuten dos o más encuentros, al menos uno de ellos
sea emitido en abierto, en las condiciones citadas con anterioridad en el
artículo 4.1.2.

En cuanto a la última enmienda, la número 94, al punto 4 de este artículo
4, respetando cuanto sugiere el Consejo de Ministros, el Gobierno
concreta esa precisión a la cual yo me refería tanto hoy como en el
debate de totalidad. Cuando habla de que los operadores o programadores
de televisión cuyas emisiones no cubran la totalidad del territorio del
Estado podrán adquirir derechos exclusivos de retransmisión, con la
obligación de ceder los mismos en régimen de pública concurrencia a todos
los demás operadores, a los efectos de extender las emisiones al
expresado ámbito territorial, lo que no se concreta es que debe haber una
contraprestación económica justa, correcta. No es lo mismo que una
televisión autonómica adquiera unos derechos, en principio para todo el
Estado pero que en función de su competencia estatutaria, constitucional
y legal actúa exclusivamente en un ámbito territorial, y cargue con todo
un supuesto económico que luego debe ceder en régimen de pública
concurrencia, y que, a lo mejor, en esa pública concurrencia se ponen de
acuerdo uno o dos operadores para ir a la baja, con lo cual ha hecho una
apuesta económica que va en sentido contrario a las posibilidades reales.

Por ello nosotros decimos que la contraprestación económica no debe ser
inferior a la que corresponda al porcentaje de población del territorio
de cobertura del operador o del programador concurrente, en su caso, y
ello respecto al conjunto del territorio del Estado. En el caso de que
ningún operador o programador esté interesado en adquirir los derechos
para el resto del territorio, queda sin efecto la obligación de cobertura
impuesta en el punto 3 anterior.

Por estos motivos, señor Presidente, hemos presentado las enmiendas.




El señor PRESIDENTE: Concluimos el debate del artículo 4 dando la palabra
al señor Fernández de Troconiz,



Página 5984




al que no le arriendo la ganancia, porque le toca defender sus enmiendas
al artículo 4, números 77 y 78. Asimismo, entiendo que la enmienda número
79 correspondería a este punto en razón de su materia.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Como usted quiera, señor
Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández de Troconiz.

Y, naturalmente, fijar posición, responder, en su caso, o asumir las
numerosas enmiendas presentadas a este artículo por los distintos grupos
parlamentarios.

El señor Fernández de Troconiz tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Créanme, señor Presidente, señoras
y señores Diputados, que a veces resulta extraordinariamente difícil
intentar compaginar las diferentes enmiendas formuladas por los
diferentes grupos parlamentarios para ahormar un texto que pueda
concentrar las aspiraciones de todos ellos. Incluso, en este caso, hemos
tenido que atentar contra el movimiento ondulatorio, pero todo sea en
aras de intentar llegar al mayor consenso posible. Y digo lo del
movimiento ondulatorio por estas frases que ha dicho antes el señor López
de Lerma acerca de la periodicidad y la frecuencia, porque, como todos
ustedes saben, todo lo que es periódico es frecuente, pero no siempre lo
que es frecuente es periódico. Sin embargo, se plantea que sí sea
periódico pero que no sea frecuente, lo cual es un galimatías un tanto
difícil de comprender, y pobre intérprete de esta ley cuando tenga que
hacerlo así. De todas maneras, todo sea en aras del consenso
parlamentario.

Señor Presidente, en este artículo 4 se plantea, en relación al artículo
1 también, cómo debe procederse a la declaración de determinados
acontecimientos y competiciones deportivas de interés general incluidas
en el catálogo correspondiente; con qué periodicidad debe de hacerse esta
inclusión en el catálogo; quién debe formular este catálogo; qué
criterios deben tenerse en cuenta para la valoración de este catálogo; la
previsión de supuestos especiales de inclusión en el catálogo, en el
supuesto de que sean derechos exclusivos adquiridos por alguna cadena de
televisión cuyo ámbito territorial no se extienda a todo el territorio
nacional. Asimismo queremos recoger enmiendas muy interesantes
formuladas, por una parte, a la explicitación de la temporada en la cual
deba realizarse el catálogo, así como concretar de una manera más precisa
los criterios económicos de la contraprestación en el caso de
televisiones de las llamadas autonómicas, es decir, de las titulares del
tercer canal de televisión.

También procedemos a recoger las magníficas dicciones, que siempre
superan el proyecto de ley, que formulan las enmiendas de Izquierda
Unida. Asimismo, procuramos amalgamar las diferentes ambiciones y
tendencias formuladas por los diferentes grupos parlamentarios en sus
enmiendas, y en este caso quiero hacer mención a una enmienda formulada
por el Grupo Vasco que recogemos expresamente en esta enmienda
transaccional, si bien con una cierta matización en el sentido de que
este interés general debe ser también retransmitido si hubiera operadores
interesados en hacerlo en las diferentes lenguas oficiales en las
comunidades autónomas que tengan reconocida alguna lengua más aparte del
castellano.

Por todo lo cual, señor Presidente, vamos a intentar una transacción con
las enmiendas números 7 y 8, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); 27,
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; 45 y 46, del Grupo Mixto; 51
y 55, del Grupo Socialista, y 63 y 64, de Coalición Canaria. Al portavoz
de este último grupo he de decirle que en lo referente a las posibles
compensaciones económicas a los equipos de fútbol, a la retroactividad o
no de la ley, me imagino que tendremos ocasión de dirimirlo a lo largo
del debate. Me permitirá el señor Rivero que obvie ahora la discusión al
respecto, la argumentación de las teorías que mantiene y defiende el
Gobierno y este grupo parlamentario, a efectos fundamentalmente de no ser
reiterativo en las argumentaciones que dé y que puedan plantearse en un
momento en que los diferentes grupos parlamentarios fijemos nuestra
posición sobre un mismo frente común. Aparte de las enmiendas números 63
y 64, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, intentaría
transaccionar las enmiendas números 75, 77 y 78, del Grupo Popular, que
en este momento doy por retiradas, señor Presidente, y con las enmiendas
números 87, 91, 92 y 94, del Grupo Catalán (Convergència i Unió), no con
la enmienda número 93, en la medida en que mencionaré su transacción
cuando defienda nuestra enmienda número 79, que prevé la creación de un
nuevo artículo 4 bis, y que defenderé con posterioridad a esta enmienda
transaccional. Quiero adelantar que invito a la señora Sabanés a que me
presente por escrito su enmienda, a los efectos de poder afinar
adecuadamente la transacción que plantea a nuestra enmienda número 79,
que prevé la creación de un nuevo artículo 4 bis.

Dicho lo cual, señor Presidente, paso a dar lectura a la enmienda y ruego
a los señores portavoces que presten atención, en cuanto incluyo alguna
modificación sobre el texto que previamente les planteé antes de que se
iniciara la Comisión. Diría así: Artículo 4.1. Tendrán la consideración
de catalogados como de interés general las competiciones o
acontecimientos deportivos que por su relevancia y trascendencia social
se celebren con periodicidad, pero no frecuentemente, se incluyan en el
catálogo que a tal efecto elabore al inicio de cada temporada de cada
deporte y cada seis meses el consejo para las emisiones y retransmisiones
deportivas, previo informe preceptivo de la comisión directiva del
Consejo Superior de Deportes y audiencia de las entidades organizadoras,
de los operadores, programadores, usuarios y demás interesados, en la
forma que reglamentariamente se establezca.

Señor Presidente, permítame que en este instante haga un inciso, sin
perjuicio de que continúe posteriormente con la lectura de la transacción
que propongo. La razón de decir al inicio de cada temporada de cada
deporte es que los diferentes deportes tienen inicio de temporadas
diferentes, cosa que he de confesar a la Comisión que ignoraba antes de
esta reunión, y por eso no lo planteé antes. Quiero decirles



Página 5985




también que establecemos el plazo de realizarlo cada seis meses a los
efectos de que no se contemplen organizaciones de cada temporada
deportiva, puesto que, como todas SS. SS. creo que saben --yo, al menos,
también lo ignoraba con anterioridad--, los inicios de cada temporada
deportiva son diversos en función de los distintos deportes, por lo cual
parece oportuno dar un plazo máximo de reunión de esta comisión para las
emisiones y retransmisiones deportivas, de forma y manera que no se esté
reuniendo permanentemente, así como dar seguridad también a programadores
u operadores --y verán que recogemos la enmienda formulada por el Grupo
Catalán (Convergència i Unió) en esta aguda, neta y técnica distinción
entre operadores y programadores-- dento de lo que pueden ser titulares
de los derechos de retransmisión o emisión deportiva. Con esto, señor
Presidente, señoras y señores Diputados, creemos que se recoge de una
manera adecuada y suficiente. Siempre al inicio de cada temporada y cada
seis meses en que se produzca la posible modificación de este catálogo de
acontecimientos o competiciones deportivas.

Señor Presidente, si me lo permite, prosigo con la lectura de esta
enmienda transaccional. Tendría un segundo apartado del siguiente tenor:
2. A efectos de lo previsto en el número anterior, para la inclusión en
el catálogo de competiciones o acontecimientos deportivos de interés
general deberán tenerse en cuenta al menos los siguientes criterios: a)
Atracción sobre la audiencia de los operadores de radio y televisión. b)
Importancia en el ámbito deportivo nacional. c) Tradición de la
competición o acontecimiento.

3.Las competiciones o acontecimientos deportivos de interés general
deberán retransmitirse en directo, en emisión abierta y para todo el
territorio del Estado. No obstante, por razones excepcionales y cuando
así se prevea en el catálogo a que se refiere el apartado 1, podrán
emitirse con cobertura diferida total o parcial.

4.Los operadores o programadores de televisión cuyas emisiones no cubran
la totalidad del territorio del Estado podrán adquirir derechos
exclusivos de retransmisión, con la obligación de ceder los mismos en
régimen de pública concurrencia a todos los demás operadores o
programadores, a los efectos de extender la transmisión al expresado
ámbito territorial, sin perjuicio de los acuerdos que puedan existir
entre operadores y programadores.

La contraprestación económica no será inferior, salvo acuerdo en
contrario, a la que corresponda al porcentaje de población del territorio
de cobertura del operador o programador concurrente respecto a la del
conjunto del territorio del Estado, aplicado al coste del derecho de
retransmisión.

En caso de que ningún operador o programador esté interesado en adquirir
estos derechos, quedará sin efecto la obligación de cubrir todo el
territorio del Estado.

5.Con el fin de atender a las diferentes lenguas oficiales del Estado,
todas las competiciones o acontecimientos deportivos catalogados de
interés general podrán ser retransmitidos en dichas lenguas en las
correspondientes comunidades autónomas. Si el titular de los derechos no
desea realizarlo, deberá ceder sus derechos a favor de los demás
operadores o programadores interesados en régimen de pública
concurrencia, sin que la contraprestación económica pueda ser inferior al
porcentaje que se determine reglamentariamente en función de la posible
audiencia.

Señor Presidente, éste es el texto de la enmienda transaccional que
sometemos a la consideración de la Comisión.




El señor PRESIDENTE: ¿Obra en poder de todos los señores portavoces?
(Asentimiento.)
Señor Fernández de Troconiz, tenga la bondad de hacer llegar a la Mesa la
enmienda transaccional con las correcciones que he advertido en su
lectura con respecto al texto que anteriormente conocíamos.

Con la mayor brevedad posible, vamos a dar un turno para que los señores
enmendantes repliquen la intervención del señor Fernández de Troconiz, o
bien fijen su posición respecto a la transacción ofrecida.

Si concluyéramos antes de las catorce horas y quince minutos,
convocaríamos la Comisión de nuevo a las cuatro de la tarde. Si, por el
contrario, rebasáramos esa hora límite, sería a las cuatro y media.

Tiene la palabra el señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: La enmienda transaccional que ofrece el Grupo
Popular no afecta a la enmienda del Grupo Socialista, por lo que nosotros
mantenemos para su votación la enmienda.

Quisiera hacer al menos dos o tres observaciones sobre el contenido de la
transaccional. En su conjunto, creemos que la redacción es bastante
confusa, y desde nuestro punto de vista me atrevería a decir, en voz no
muy alta, que la interpretación de este texto en los términos en que está
redactada la transaccional puede crear cierta inseguridad jurídica.

En segundo lugar, nos parce muy bien lo de al inicio de cada temporada de
cada deporte, pero no entendemos esa expresión de: y en un máximo de seis
meses. Nosotros creemos que hay que ir al período anual, hay que fijar
una fecha, tal como indican las normas comunitarias.

Desde luego, no tiene nada que ver con los criterios a los que hace
referencia la normativa comunitaria de Televisión sin Fronteras, porque
aquí se dice que a los efectos de la inclusión en el catálogo se tendrán
en cuenta tres criterios: atracción sobre la audiencia de los operadores
de radio y televisión, importancia en el ámbito deportivo nacional y
tradición de la competición o acontecimiento. Creemos que esto no dice
prácticamente nada, y sin embargo no se hace referencia a un criterio muy
importante, que es que, en todo caso, estos acontecimientos --así lo
indica la normativa comunitaria y así lo decíamos nosotros en nuestra
enmienda-- estén organizados con suficiente antelación por aquellos
organizadores de acontecimiento deportivos que tengan capacidad legal
para vender los derechos de los mismos. Es decir, que tiene que tenerse
en cuenta un criterio que garantice tanto los derechos de los que
organizan los acontecimientos como los de aquellos que puedan adquirir
los derechos de retransmisión. Además, debería



Página 5986




hacerse referencia a su importancia no solamente, como se dice, en el
ámbito deportivo nacional, sino también a su importancia o su relevancia
social en el ámbito de la Unión Europea, en parte de la Unión Europea, en
todo el territorio español o en parte del mismo.

Por estas tres cuestiones, sobre todo la de fondo que planteaba al
principio, es una transacción que el Grupo Socialista no va a apoyar.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Nos encontramos sin ningún género
de dudas con una transacción compleja. Hay que reconocer al señor
Fernández de Troconiz la voluntad de querer aceptar todos y cada uno de
los matices que se han manifestado a lo largo del debate y su capacidad
para realizarlo. El Grupo Parlamentario Vasco entiende que no se pueden
sostener las dos posiciones, por una parte, el indicar que tienen que ser
muchos los datos que deben de incluirse en este artículo, y, por otra,
que su redacción es compleja; indudablemente.

Nosotros retiramos las dos enmiendas que habíamos planteado a este
artículo porque los contenidos de las mismas están recogidos en la
transacción que ha leído el señor Fernández de Troconiz. Entendemos que,
una vez constituido un consejo independiente, es razonable que se
establezca el período mínimo semestral en el que dicho consejo deba
reunirse. Y, por otra parte, que se establezca un segundo parámetro en
relación a cada un de las temporadas deportivas. El señor Fernández de
Troconiz no había caído en la cuenta de que las enmiendas que el Grupo
Parlamentario Vasco presentaba estaban en conexión con la realidad de
cada una de las temporadas deportivas, tenor que se ha introducido en el
último momento en la redacción que se había distribuido previamente por
escrito.

Por todo ello, señor Presidente, retiramos las enmiendas y agradecemos al
Grupo Popular la receptividad que ha tenido con las enmiendas que había
presentado a este artículo el Grupo Parlamentario Vasco.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés, tiene la palabra.




La señora SABANES NADAL: Nosotros entendemos el esfuerzo que se ha
realizado para recoger algunas de las aportaciones que hacíamos en
nuestra enmienda número 27, pero tenemos que hacer algún matiz importante
sobre los criterios que se establecen. En lo que hace referencia a los
criterios de atracción sobre la audiencia de operadores y
radiotelevisión, no entendemos que deba ser un concepto determinante en
el tema del interés general, tal como nosotros lo entendemos, si bien
aceptamos ese concepto de atracción de la audiencia para otro apartado
que discutiremos posteriormente, el que hace referencia a la emisión de
un partido en abierto semanalmente. Nosotros entendemos que ese criterio
tiene más que ver con la tradición que con lo que nosotros como concepto
consideramos de interés general.

Se dice que si el titular de los derechos no desea realizar la
retransmisión en una lengua deberá ceder los derechos a los demás
operadores o los podrá compartir. No acabo de entender bien esta
enmienda. Nosotros, en principio, mantenemos nuestra enmienda 27, sin que
ello sea óbice para que finalmente aceptemos alguna transaccional que
concrete mejor esta redacción.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez Sánchez, en relación con las
enmiendas 45 y 46, tiene S. S. la palabra.




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Nosotros vamos a aceptar la enmienda
transaccional que propone el Partido Popular, a partir de la aceptación
de todas las enmiendas que, en relación con esta cuestión, planteaban
otros grupos parlamentarios, especialmente el Grupo Parlamentario Vasco y
el Grupo Parlamentario Catalán. Lo hacemos en función sobre todo de los
apartados 3, 4 y 5, que posibilitan la actuación de las televisiones de
las comunidades autónomas, en concreto operadores y programadores que no
cubren todo el territorio del Estado, en el marco de esta ley,
defendiendo sus intereses y además ejerciendo también el derecho al uso
de las lenguas que no son el español.

Como la transacción mejora sensiblemente nuestra propuesta, vamos a
apoyarla sin ningún género de dudas.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Intervengo para manifestar el apoyo del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria a la enmienda transaccional propuesta
por el portavoz del Grupo Popular, dado que recoge básicamente los
objetivos a los que hacía referencia en mi primera intervención, y lo
hace con mucha precisión en lo que se refiere al catálogo de
acontecimientos de interés general; a que se elabore por temporadas; a
que lo elabore un consejo plural, como es el de las emisiones y
retransmisiones deportivas. Se fijan criterios, entendemos que acertados,
para plasmar cuáles son los acontecimientos de interés general; habla de
las emisiones en diferido, que nos parece un dato importante para
aquellos acontecimientos que por razones de horario no se puedan emitir
en directo, y refuerza el papel de las comunidades autónomas. Por tanto,
prestamos nuestra conformidad a la enmienda transaccional y retiramos
nuestras enmiendas números 63 y 64.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: En primer lugar, quiero manifestar
nuestro reconocimiento al Grupo Parlamentario Popular y especialmente a
su portavoz, el señor Fernández de Troconiz, por el esfuerzo que ha
realizado para intentar conjugar mediante una nueva redacción la posición
de seis grupos parlamentarios, ni más ni menos, algo que seguro que debe
ser absolutamente complejo, por no decir muy difícil.




Página 5987




En segundo lugar, aceptamos la transaccional, señor Presidente, entre
otras cosas, porque al menos respecto de nuestro grupo parlamentario, lo
que hace es recoger sustantivamente las aportaciones, las sugerencias,
las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).

En tercer lugar, quiero manifestar que, en consecuencia, retiramos
nuestras enmiendas 91, 92, 93 y 94, señor Presidente.

Sin embargo, hay un cuarto punto del que quisiera dejar constancia en el
acta, para no implicar todavía más la ya compleja y difícil labor de
ordenación no del debate sino de la votación que hace el señor
Presidente. Queremos dejar constancia en el acta de nuestra discrepancia
en el apartado 1 que se nos sugiere, cuando después de hablar del
catálogo a elaborar al inicio de cada temporada, lógicamente en función
de cada deporte --como muy bien dice el señor Fernández de Troconiz y yo
ya anuncié en la defensa de mis enmiendas--, lo concreta en seis meses.

Esa concreción --conste en el acta-- a nosotros no nos gusta, y si no
pedimos la votación separada es para no complicar la tarea del señor
Presidente. ¿Por qué no nos gusta? Porque esa concreción de seis meses
puede comportar la revisión de los criterios que ha utilizado ese
organismo al inicio de la temporada deportiva y en función de los
aconteceres de esa temporada deportiva, con lo cual no estamos
suprimiendo lo que nosotros denunciábamos del interés general sobrevenido
que figuraba en el artículo 4.2.d), sino que enmarcamos ese interés
general sobrevenido de seis en seis meses, y pondré algún ejemplo. La
Vuelta Ciclista a España --si no recuerdo mal y, si no es así, que sea
rectificado este portavoz-- se celebra en el segundo semestre, pero es
igualmente cierto que la temporada ciclista se inicia el día 1 de enero,
porque es una temporada anual; es un ejemplo. Otro ejemplo es que
normalmente tanto los programadores como los operadores hacen la
adquisición de derechos no sólo por temporadas sino por grupos de
temporadas, por períodos de temporadas, y el azar y las virtudes
deportivas de cada cual administran la temporada, y lo que se produce
mediante este acotamiento de los seis meses es una gran incertidumbre no
sólo para los clubes y las sociedades deportivas sino, sobre todo, para
los programadores y operadores que han adquirido de esas sociedades y de
esos clubes el derecho a emitir.

Por tanto, con esa discrepancia que queremos, reitero por tercera vez,
que conste en acta, a los efectos oportunos para el día posterior a la
jornada de hoy y en el trayecto del proyecto de ley hacia el Senado, y
para ahorrar mayores quebraderos de cabeza al señor Presidente, con esa
salvedad concluyo mi intervención.




El señor PRESIDENTE: ¿Está el señor Fernández de Troconiz en condiciones
de intentar esclarecer algunas de las reservas de la señora Sabanés y del
señor López de Lerma e, incluso, de integrar al Grupo Parlamentario
Socialista en el consenso, puesto que ha hecho claras aproximaciones al
mismo?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Lo procuraré, señor Presidente.

He de comenzar por las últimas palabras del señor López de Lerma para
manifestarle que no debe inquietarse en absoluto. Es más, estamos
dispuestos a transigir la transacción en el sentido de que se elimine la
limitación que se señala de cada seis meses. Nos parecía más propio y que
daba una mayor garantía a los diferentes operadores y programadores que,
como máximo, pudiera establecerse un catálogo cada seis meses, puesto que
ciertamente es criterio previo y preliminar que se realice el catálogo al
inicio de cada temporada. Y si el catálogo se realiza al inicio de cada
temporada, es imposible que este catálogo se modifique a lo largo de la
misma. El criterio para fijar la limitación de los seis meses es el de
reforzar, en la medida que existen diferentes temporadas deportivas, a
los efectos de que este consejo no pueda reunirse todos los días, todas
las semanas o con una periodicidad no frecuente o excesivamente
frecuente, sino en un período normal de tiempo. Ese es exclusivamente el
sentido. Pero si usted tiene algún tipo de reticencia, tengo que decirle
que en absoluto hacemos cuestión de que se reúna con un máximo de cada
seis meses; se trata, simplemente, de garantizar más los derechos de
programadores, operadores y de los posibles medios en conflicto para que
no existan problemas al respecto, pero no tenemos el más mínimo
inconveniente en retirar la limitación de la reunión cada seis meses.

En lo que se refiere, señora Sabanés, a los operadores que emitan en
diferentes lenguas en los territorios del Estado en que hay varias
lenguas cooficiales, he de decirle que lo que plantea la enmienda
transaccional es simplemente lo que sigue: si el operador o programador
titular de los derechos de retransmisión en este territorio en castellano
y en la lengua de que se trate no desea retransmitirlo o emitirlo en
dicha lengua, debe cederlos a algún otro programador u operador que esté
interesado en realizar esta emisión o retransmisión en la lengua en
cuestión. Es decir, se trata exclusivamente de garantizar que aquellas
personas que desean contemplar, ver, visionar, el acontecimiento o
competición deportiva en su lengua vernácula cooficial en ese territorio
autónomo puedan hacerlo de esta manera.

En lo que se refiere a los criterios que se puedan establecer, créanme,
señoras y señores diputados, que es imposible conciliar los diferentes
criterios manifestados por los distintos señores diputados y por los
diferentes grupos parlamentarios. Todos los criterios son encomiables,
pero, en principio, hemos optado por acudir a los siguientes. En cuanto
partimos de acontecimientos de interés general que deben ser
retransmitidos en abierto,



Página 5988




en directo y para todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las
excepciones en que se prevé su posible emisión en diferido, debe tratarse
de acontecimientos que tengan la máxima audiencia --no posible, sino la
máxima-- que justifique el que se emitan en abierto, en directo y para
todo el territorio del Estado, y en esta medida señalamos como criterio
la atracción sobre la audiencia. Pero, evidentemente, atracción sobre la
audiencia no de cualquier deporte sino que han de ser deportes que tengan
la importancia deportiva suficiente para ser tenidos en consideración y
para que sean declarados de interés general, es decir que sean
retransmitidos en abierto, en directo y para todo el territorio del
Estado. Por supuesto, también nos parece un criterio muy importante a
tener en cuenta la tradición de este evento deportivo pero la tradición
del evento deportivo realmente se subsume en lo que pueda significar
atracción sobre la audiencia, porque difícilmente podemos pensar en un
acontecimiento que tenga una gran audiencia si, a su vez, no tiene
tradición. Podrán ser elucubraciones sobre una posible audiencia o
atractivo sobre una audiencia mayoritaria por parte del público español,
pero realmente no pasa de la hipótesis. Nos parece que son tres criterios
suficientes y tres criterios válidos. Sin perjuicio de lo cual, no nos
engañemos, señoras y señores diputados, será el tiempo por venir, será el
consejo que se cree (bien sea el consejo para las retransmisiones o
emisiones deportivas, que parece que existe un amplio consenso para su
creación, bien sea el consejo representativo de los intereses sociales,
tanto de los sectores deportivos, fundamentalmente de los usuarios y
consumidores, de operadores, programadores y profesionales en la materia)
el que decida en cada caso cuáles serán los eventos deportivos que deben
ser retransmitidos en abierto, en directo y para todo el territorio del
Estado. Por ello, señor Presidente, considero suficientemente explicitada
y explicada la posición de nuestro grupo parlamentario; simplemente
quiero decirle al señor López de Lerma que si acepta la explicación de
nuestro grupo, muy bien, y si no negociamos la transaccional en el
sentido de eliminar cualquier tipo de referencia a un plazo temporal
máximo de seis meses.




El señor PRESIDENTE: Si he entendido bien, señor Fernández de Troconiz,
se trataría de eliminar la expresión «y cada seis meses». Obviamente, los
señores --no me refiero a los portavoces de los Grupos Parlamentarios
Socialista e Izquierda Unida que han manifestado su propósito de someter
a votación sus enmiendas-- González de Txabarri, Rivero y Rodríguez han
efectuado su conformidad y su retirada en función de otra formulación
anterior. Consiguientemente, necesitaría conocer su criterio antes de
tomar en consideración su propuesta.

Tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, creo haber comprendido
las razones que motivan ese acotamiento temporal a que se ha referido el
señor Fernández de Troconiz. Entiendo que es multitransaccional y no
quisiera con mi intervención herir las posiciones de otros grupos
parlamentarios. Por ello quiero, entre otras cosas --y reitero ahora, no
sólo para ayudar al Presidente, sino para evitar ciertas reticencias--,
que conste en el «Diario de Sesiones» mi discrepancia.

La argumentación que me da el señor Fernández de Troconiz respecto a que
sea al inicio de la temporada de cada deporte, es lógica, porque, como ha
dicho muy bien, cada deporte tiene su temporada en el tiempo. Creo que no
es necesario introducir la expresión «cada seis meses» porque, quiérase o
no, puede inducir a que esa comisión u organismo pueda rectificar su
propia planificación inicial. En esto está basada mi reticencia. Pero
como conozco y acepto la complejidad de la multidireccional de la
transaccional, la complejidad de la votación, la complejidad de pisotear
la posición de algún grupo parlamentario, sólo deseo que conste mi
argumentación por si en el trayecto posterior mi grupo quiere acotar esta
terminología, suprimirla o mejorarla.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, en ningún caso
de la lectura de la enmienda transaccional presentada por el señor
Fernández de Troconiz se puede entender en nuestra opinión, la
posibilidad manifestada por el señor López de Lerma de que por el
concepto del parámetro semestral se pueda revisar un catálogo previamente
realizado respecto a la temporada de deportes de cada uno de éstos. Esta
interpretación no parece derivarse de la lectura del texto.

Mi grupo parlamentario sólo sería partidario del mantenimiento del
parámetro semestral, porque desde esa perspectiva un órgano que es
plural, dado que estamos hablando tanto de períodos y frecuencias, tendrá
una referencia temporal añadida a la de las temporadas de deporte. Desde
las comunidades autónomas se emite en ello. Aunque sea un órgano plural,
al ser de composición tan compleja podía darse el supuesto de que,
dependiendo de cada una de las temporadas deportivas, la presidencia de
dicho consejo no tuviera un parámetro de referencia para ir convocando
ese consejo con una periodicidad determinada. Yo creo que esta
periodicidad del semestre viene a coadyuvar el correcto funcionamiento de
este consejo y aunque tampoco hacemos de ello un casus belli, como ha
indicado el señor Fernández de Troconiz, la postura del Grupo
Parlamentario Vasco es que si la supresión de ese parámetro ayuda a un
mayor consenso, nosotros estamos en esa disposición, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: La Presidencia ha entendido la disponibilidad del
grupo proponente que ha hecho la transacción, pero ha entendido también
los términos exclusivamente a efectos de constancia en el «Diario de
Sesiones» a que ha hecho referencia el señor López de Lerma. En
consecuencia, creo que introduciríamos mayores elementos de complejidad
si pretendiéramos tomar en consideración dicha cuestión ya que el señor
López de Lerma manifiesta y explícitamente no lo ha pretendido.

En consecuencia, señoras diputadas, señores diputados, vamos a entrar, al
fin, en las votaciones. (El señor Fernández de Troconiz Marcos: Falta
debatir el artículo 4 bis.)
Soy plenamente consciente de que falta, lo que ocurre es que S. S. ha
dicho en su intervención que la defensa del artículo 4 bis se produciría
en relación con la enmienda número 93, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) y el señor López de Lerma ha retirado
explícitamente la enmienda número 93. En consecuencia, ha entendido esta
Presidencia, salvo que me haga ver otra cosa el señor Fernández de
Troconiz, que estábamos perfectamente



Página 5989




en condiciones de votar los artículos 1 y 4 y de comenzar la sesión de la
tarde por el examen de la propuesta del Grupo Parlamentario Popular de un
nuevo artículo 4 bis.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, no es que quiera
abusar de las explicaciones dadas por la Presidencia o quiera forzar una
reunión a las cuatro y media en lugar de a las cuatro, porque aunque la
discusión de este artículo va a ser breve, siempre pasaríamos del límite
horario de las dos y cuarto. Creo, señor Presidente, que este artículo 4
y la enmienda número 93 del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió) están íntimamente relacionados con el resto del texto del
articulado. En este sentido, señor Presidente, nos parecería adecuado
pasar a la discusión de la enmienda 86 del Grupo Parlamentario Popular en
relación con el artículo 4 bis.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, señor Fernández de Troconiz.

Tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, me excuso por el error
cometido y agradezco al señor Fernández de Troconiz que me haya
rectificado, porque ciertamente tiene toda la razón del mundo; iban
unidas.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, señor López de Lerma, no está
retirada la enmienda número 93 del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) porque su contenido se vincula con la propuesta del
artículo 4 bis nuevo.

Sostenida la enmienda 79 del Grupo Parlamentario Popular, para su defensa
tiene la palabra el señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, voy a defender
las enmiendas números 79 y 87 del Grupo Parlamentario Popular.

Planteamos la creación de un nuevo artículo 4 bis, que trata de declarar
de interés general, sin necesidad de su inclusión en el catálogo, al
menos un partido de cada jornada en aquellas competiciones deportivas que
se disputan en el sistema de Liga o Copa. En este sentido --y don
Jerónimo Nieto me dirá que ellos quieren garantizar no un encuentro, sino
dos--, nosotros nos conformamos en esta enmienda con garantizar que al
menos un encuentro de cada jornada, de los que se disputan por este
sistema de competiciones dentro de los de Liga o Copa, deba ser
retransmitido en abierto, en directo y para todo el territorio del Estado
en el supuesto de que exista algún operador o programador interesado en
realizarlo así y en garantía de que se realice esta opción de que al
menos uno y sólo uno tenga la consideración de interés general en este
tipo de acontecimientos. También se establece que en el supuesto de que
haya un sistema de reparto establecido entre los diferentes operadores
titulares de los derechos de emisión o retransmisión, en este sistema de
reparto prime el criterio de elección, en primer lugar, para aquel
operador que proceda a realizar el sistema de retransmisión en directo,
en abierto y para todo el territorio del Estado. Sin perjuicio de lo
cual, señor Presidente, convendría realizar, de acuerdo con la enmienda
que he entregado a la Mesa, las siguientes matizaciones. La enmienda
quedaría redactada en los siguientes términos. El apartado 1 quedaría
igual, con la eliminación del título del artículo; el artículo pasaría a
denominarse artículo 5. El apartado 2 diría: «... los operadores o
programadores interesados en la retransmisión en abierto...». Lo demás
quedaría igual. Se sustituyen las palabras «operador u operadores» por
las palabras «los operadores o programadores interesados». Por último el
apartado 3 diría lo siguiente: «... Será aplicable en este supuesto lo
establecido en el artículo 4, apartados 4 y 5.» Sin más.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, ruego haga entrega de
la enmienda a la Mesa.

En este turno hemos invertido los términos ordinarios y al señor
Fernández de Troconiz le corresponde, en primer término, defender su
propia enmienda. En consecuencia, voy a conceder la palabra a todos los
portavoces para que fijen posición sobre el contenido de la misma.

Tiene la palabra el señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Señor Presidente, ya hemos empezado el debate y
quizá haya que continuarlo, pero creo que deberíamos haberlo dejado para
esta tarde porque es un asunto que nos va a llevar algún tiempo.

El Grupo Parlamentario Popular a través de la enmienda 79 pretende dos
cosas que, además, son contradictorias. Si no, me gustaría que el
portavoz del Grupo Parlamentario Popular me explicara que no existe
contradicción. Yo creo que sí y profunda. A través del apartado 1 del
nuevo artículo 4 bis, introducido a través de la enmienda, se pretende
que en las competiciones de Liga o Copa se considere un partido de
interés general o no se considere, pero si se considera un partido de
interés general, este partido debería incorporarse al catálogo. Esa
inclusión en el catálogo ¿quién la debe realizar? Según lo que vamos a
aprobar --supongo yo que saldrá con votos suficientes por lo que se
refiere al artículo 4--, hemos creado un consejo para las emisiones y
retransmisiones deportivas. Este consejo es el que debe elaborar el
catálogo, si quitamos lo de cada seis meses, al inicio de cada temporada
y por un período anual. Bien, se puede incluir o no un partido de Copa o
uno de Liga, vamos a ir al supuesto de que se incluya; en el punto
siguiente se dice que el operador u operadores interesados en la
retransmisión en abierto de este encuentro tendrán derecho preferente de
elección. Derecho preferente de elección, ¿de qué? ¿Van a ser los
operadores los que elijan el encuentro de la competición de Copa o Liga
que debe ser retransmitido en abierto? ¿Va a ser la comisión o el consejo
para las emisiones y retransmisiones deportivas el que incluya en el
catálogo uno de estos encuentros? Si se incluye en un catálogo uno de
estos encuentros no hay por qué hablar de derecho preferente por parte de
ninguno de los operadores. Está incluido en el



Página 5990




catálogo y punto. Por tanto, se emite en abierto, y se emite en abierto
según los criterios generales que vamos a aprobar en los artículos
anteriores.

Yo no sé con qué sentido está redactado este nuevo artículo 4 bis. Bueno,
está redactado como el conjunto de la ley. La ley se elabora después de
la indigestión de la Nochebuena de 1996 y la elaboración y redacción de
la misma está como está. Yo pensaba que esta redacción iba a ser mejor
puesto que la ha hecho el Partido Popular hace unos días, después de que
han pasado tres o cuatro meses desde la Nochebuena de 1996, pero intenta
introducir la misma confusión. Intenta, además, crear aquí una redacción
contradictoria y crear nuevamente inseguridad jurídica. Esto sí que crea
inseguridad jurídica.

No tiene ningún sentido el punto 2 de la enmienda 79 del Grupo Popular.

Podía tener sentido el punto 1 que dice que uno de los partidos de la
Liga o Copa se declare de interés general. Punto. Se incorpora al
catálogo e incorporado al mismo se transmite en abierto, de acuerdo con
los criterios generales que vamos a aprobar en los artículos 1 y 2. Lo
otro, ¿para qué? ¿Para crear confusión? ¿Contra quién va dirigido este
punto 2? Me gustaría que el portavoz del Grupo Popular me explicara
contra quién va el punto 2 de la enmienda 79 que estamos discutiendo en
este momento. Sí que sé a favor de quién va el punto 1. El punto 1 va a
favor de la retransmisión en abierto de un partido de Copa o Liga.

Nosotros somos partidarios de uno y, si quiere más, de otro más, de dos,
como le decía en el debate que tuvimos el otro día en el Pleno del
Congreso. Por tanto, en relación con el punto 1, si usted quiere nos
ponemos de acuerdo no en uno, en dos, pero, por favor, dígame en contra
de quién está redactado el punto 2 de esa enmienda 79 a través de la cual
ustedes pretenden crear un artículo 4 nuevo.




El señor PRESIDENTE: Sin entrar para nada en las consideraciones de
fondo, la razón de haber entrado en el examen era por la vinculación con
la enmienda número 93 del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió).

Tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Quiero manifestar la aceptación de la
enmienda transaccional que nos propone el señor Fernández de Troconiz,
con un añadido que probablemente se le haya olvidado en la lectura. En el
apartado 1, línea 4, cuando se habla de «operador», también debe
incorporarse «o programador», porque el apartado 2 así lo dice, por tanto
lo reitera. Estoy hablando del artículo 5, apartado 1 línea 4 donde dice:
algún operador o programador interesado en hacerlo. Acto seguido en el
apartado 2 se habla del operador u operadores interesados en la
retransmisión, por tanto va de suyo que aquí ha habido un olvido. ¿No es
verdad, señor Fernández de Troconiz? (Asentimiento.)
Por lo demás, retiro, ahora sí, la enmienda número 93.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: Como he manifestado antes, en los criterios de
interés general no introducíamos el término de audiencia, porque
entendíamos que podía ser una distorsión y porque en la actualidad el 80
por ciento de la programación en televisión se dedica al fútbol y un 5
por ciento al deporte femenino. De esto viene que nosotros quisiéramos
seguir dando a través del interés general, además reforzado con este
artículo, el tema de la priorización del fútbol porque entendemos que
afecta de forma negativa al conjunto del sistema deportivo. Por tanto,
teniendo en cuenta que afectaría al mantenimiento de nuestra enmienda
anterior y a esta enmienda, entendemos que es bueno y aceptamos que, por
especial tradición en este país o por atracción de la audiencia, se
garantice un partido abierto de Liga o Copa cada jornada. Ahora bien,
también entiendo que, por rigor, deberíamos de decir exactamente lo que
queremos, es decir, que garantizamos un partido de fútbol masculino de
primera división y de la Liga profesional. Creo que debemos concretar lo
que estamos diciendo porque todos sabemos a lo que nos referimos. Estamos
haciendo una ley y, por tanto, debemos concretar qué es lo que nos lleva
a esa conclusión. Yo creo que no es el interés general; en todo caso lo
que ocurre es que la situación es como en este país. Por eso nosotros
pretendíamos introducir cierta racionalidad al hablar de reequilibrio, al
contemplar un sistema deportivo de forma global, viendo cómo le afecta la
sistemática y reiterada priorización, protección y superprotección del
fútbol masculino en este país.

Nosotros ofrecemos una transaccional al punto 2 del artículo que estamos
tratando que, aceptando esta lógica del fútbol en la que estamos
inmersos, diría: Los sistemas de elección que se pudiera arbitrar
garantizarán, en todo caso, que el partido que se emita en abierto
responda a criterios de calidad e interés suficiente para todos los
usuarios.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés, ¿tiene la bondad de hacer llegar a
la Presidencia su aportación por escrito?
Señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Quiero manifestar el acuerdo del
Grupo Parlamentario Vasco en relación a la redacción que se propone, que
no está haciendo otra cosa más que darle garantía jurídica al actual
status de retransmisión en abierto de los partidos de fútbol de Liga
profesional. Llevamos varios años con un consenso entre programadores y
operadores en relación a este tema y en definitiva lo que plantea el
Grupo Parlamentario Popular es dar garantía jurídica a una situación de
muchos años y que es un hábito en el Estado, limitando el uso de ese
derecho a emisión en abierto al indicar que el partido que se puede
permitir en abierto es uno, no dos ni tres. Dado que ésta es la práctica
de los últimos años, y que parece que existe un amplio consenso en los
operadores en dicho sentido, no podemos más que apoyar esta enmienda.




El señor PRESIDENTE: Señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Para manifestar mi conformidad con la enmienda
transaccional y, por tanto, compartir



Página 5991




los argumentos esgrimidos por el portavoz del Grupo Catalán y el Grupo
Vasco. Entendemos que esto da mayor garantía a los usuarios de que todos
los domingos, al menos, haya un partido en abierto. Además nos parece
sensato que tengan la posibilidad de escoger qué partido se emite en
abierto aquellos operadores que retransmitan en esa condición. Con esto
se trata de mantener la situación de equilibrio a la que antes hacía
referencia en el tema de retransmisiones deportivas.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez.




El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Para una cuestión de prudencia elemental. No
acabamos de entender cómo se puede incrustar un artículo como éste en una
ley que supuestamente dice defender los derechos de la población --cuanto
más derecho mejor-- a visionar acontecimientos de interés general. Como
eso tiene un carácter, aunque sea para consolidar la actual situación,
muy restrictivo, pero, sobre todo, porque no le vemos el sentido de
regular hasta este extremo algo que en todo caso sería una decisión de
ese consejo tan plural y democrático, nos vamos a abstener, porque no
acabamos de entenderlo dentro del espíritu de la ley.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, cerramos el debate con
la manifestación de su aceptación de las inclusiones propuestas por el
señor López de Lerma, cuyo apartado 1, línea cuatro, diría: Siempre que
haya algún operador o programador interesado.

Por parte de la señora Sabanés ha habido la pretensión de sustituir el
punto 2 por lo siguiente: Los sistemas de elección que se pudieran
arbitrar garantizarán que el partido que se emita en abierto responda a
criterios de calidad e interés suficiente para todos los usuarios.

¿Es correcto, señora Sabanés? (Asentimiento.)
Señor Fernández de Troconiz, pronúnciese sobre ambas propuestas.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, aceptamos ambas
transacciones. He de añadir que no contestaré al señor Nieto porque no
voy a responderle a la pregunta que me formula, ya que considero que es
capciosa. Cuando pregunta a quién queremos perjudicar, me recuerda
muchísimo a esa pregunta que realiza el fiscal a la testigo: ¿Le sigue
pegando a usted su marido? Mire usted, se trata de preguntas que en
cuanto se admite la pertinencia de la pregunta se está dando respuesta
satisfactoria a los propios interrogantes, por lo que no se puede entrar
a responder al respecto.

Por otra parte, en cuanto a su dicción permanente «y nosotros, uno más»,
he de contarle --me imagino que a usted también le pasaría-- que, cuando
éramos niños, nos parábamos unos cuantos delante de una juguetería por
tiempos de Navidad, decíamos yo me pido ése y otro contestaba: Tú ya no
te lo puedes pedir porque ya me lo he pedido yo. En esta medida, señor
Nieto, tengo que decirle que no podemos entrar en la discusión de uno
más, uno más, porque no acabaríamos nunca. La discusión no me parece
pertinente ni adecuada, sobre todo nos nos conduciría a ningún fin.

Por consiguiente, entendemos y reiteramos que nos parece adecuado, dada
la tradición que existe en nuestro país, que al menos un partido, de Liga
o Copa deba ser retransmitido en directo, en abierto y, al hilo del
artículo anterior, sea considerado como de interés general para todo el
territorio del Estado. Me agrada enormemente que se hayan sumado a esta
posición los demás grupos parlamentarios con excepción del suyo.




El señor PRESIDENTE: Ahora, señoras y señores diputados, transmitiéndoles
el ruego encarecido de las señoras taquígrafas de que guarden silencio
para poder desarrollar su trabajo, tengo peticiones de palabra de los
señores Nieto y López de Lerma.




El señor NIETO GONZALEZ: Simplemente iba a pedirle la lectura de las
enmiendas presentadas y recordarle al señor Fernández de Troconiz que en
estos momentos se emiten en abierto dos partidos de Liga cada semana. Se
lo recuerdo por si no lo sabía. Por eso le decía que en contra de quién
estaba el punto número 2 de su enmienda.




El señor PRESIDENTE: Por lo que hace referencia exclusivamente al primer
punto, obviamente esta Presidencia tiene el propósito de dar solemne
lectura a los textos transaccionales antes de que se produzca la votación
sobre los mismos.

Señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, seguramente porque
este portavoz andaba en otros menesteres de la tarde, no acabo de ver el
alcance de la transaccional que presenta Izquierda Unida. Por tanto, pido
a la Presidencia que someta a votación separada esa transaccional que
creo que no converge --permítame la palabra viniendo de un convergente--
con la transaccional que nos ha sugerido el señor Fernández de Troconiz.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, tiene que pronunciarse
de nuevo.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: En aras de intentar un mayor
consenso en esta transacción, propondría que, en la redacción propuesta
por nuestro grupo al apartado segundo, se añadiese: y que se garantice la
calidad... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: ¿Qué ocurre, señor Fernández de Troconiz? ¿Ha
abortado su intervención?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, me imagino que
usted sabe lo que es una crisis glucémica, que es lo que me pasa a estas
horas de la mañana, de la tarde o de la hora del día en que quiera usted
que estemos.




Página 5992




No acierto a comprender la discrepancia que puede haber en una redacción
o en otra del apartado segundo. Yo pretendía que se conjuntasen ambas
para intentar una redacción conjunta.




El señor PRESIDENTE: La discrepancia es clara, señor Fernández de
Troconiz. Ciertamente, respecto a la formulación que usted ha aportado en
el artículo 5.2, a la que han manifestado su conformidad distintos
portavoces, desde el punto de vista de contenido no acabo de ver que
tenga gran cosa en común con la propuesta de Izquierda Unida. Cuando
estaba oyendo a la señora Sabanés, he entendido que lo que estaba
pretendiendo era la introducción de un nuevo punto.




El señor GUERRA GONZALEZ: No, no, era de sustitución.




El señor PRESIDENTE: No sabe hasta qué punto le agradezco su auxilio,
señor Guerra, pero ha quedado perfectamente claro que no se trataba de
acumular sino de sustituir.

En consecuencia, oída la manifestación del señor López de Lerma o vistos
los gestos de los señores portavoces del fondo, que son suficientemente
elocuentes, tengo la necesidad de emplazar al señor Fernández de Troconiz
a que manifieste su aceptación o rechazo a la propuesta de la señora
Sabanés, en la clara interpretación de que es una propuesta alternativa y
no acumulativa.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: ¿Le importa, señor Presidente,
repetirme lo que dice la propuesta de la señora Sabanés? Voy a coger mis
papeles a ver si encuentro la propuesta originaria y, en función de eso,
poder responderla adecuadamente.




El señor PRESIDENTE: No me importa en absoluto. Diría: Los sistemas de
elección que se pudieran arbitrar garantizarán que el partido que se
emita en abierto responda a criterios de calidad e interés suficiente
para todos los usuarios.

Para ilustración de la Comisión, el artículo 5.2 decía: Los operadores o
programadores interesados en la retransmisión en abierto de este
encuentro tendrán derecho preferente de elección en el sistema de reparto
de encuentros de una misma jornada de cada competición, frente a los
operadores que emitan en otros sistemas.

Ciertamente, se trata de materias diversas.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, en la medida en
que en principio me satisface la adición que propone la señora Sabanés,
he de manifestar que mantenemos el criterio establecido en la
transaccional previamente presentada a los efectos de lograr el máximo
acuerdo, que parece que se recaba de la antigua redacción y no de la
nueva.




El señor PRESIDENTE: Someteremos a votación, como enmienda de adición, la
propuesta de la señora Sabanés.

La señora SABANES NADAL: Yo la he planteado como enmienda de sustitución.

No me opondría a que se haga como enmienda de adición, pero en este caso
nuestro grupo se abstendría en el resultado final y mantendría su propia
enmienda.




El señor PRESIDENTE: Por favor, ahora sí que reclamo la máxima atención
de la Comisión y el mayor silencio.

Vamos a proceder a las votaciones. En primer término, vamos a someter a
votación las enmiendas números 20, 22, 24, 25, 28, 30, 32, 34, 35 y 36 en
una votación conjunta. Son todas ellas enmiendas del Grupo Parlamentario
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, defendidas por el señor
Alcaraz al comienzo de la sesión, como recordarán, que respondían a una
perspectiva conceptual distinta que pretendía ensanchar sustancialmente
el objeto del propio proyecto de ley.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro;
en contra, 22; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

A continuación, sometemos a votación las enmiendas, sustancial, o
literalmente coincidentes, números 75, del Grupo Parlamentario Popular, y
87, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), que, como
recordarán SS. SS., postulaban la supresión de todos los títulos del
proyecto de ley, los que aparecen como rótulos en la cabecera de cada uno
de los artículos.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Pasamos a continuación a votar las enmiendas vivas del artículo 1.

Rectifíquenme SS. SS. si mi recapitulación no es correcta.

Han sido retiradas las enmiendas números 2, del Grupo Parlamentario
Vasco; 21, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya; 76, del Grupo Parlamentario Popular, y 88, del Grupo
Parlamentario Catalán.

Permanece viva la enmienda 44, del Grupo Parlamentario Mixto, defendida
por el señor Rodríguez Sánchez, pero ha manifestado su deseo de que no
fuera puesta a votación en este instante, sino en el momento en que
sistemáticamente alcancemos la materia sobre la que versa su enmienda.

¿Es correcta la interpretación, señor Rodríguez Sánchez?



El señor RODRIGUEZ SANCHEZ: Sí, señor Presidente. De todas maneras, no
tengo ningún inconveniente en que se vote ahora, porque así aligeramos el
proceso.




El señor PRESIDENTE: Yo no puedo suplantar la voluntad del señor
enmendante. Lo único que le iba a pedir es que, en todo caso, si no la
votábamos, me recordase el momento en el que procesalmente correspondía.




Página 5993




¿Qué hacemos? ¿La someto a votación? (Asentimiento.)
Asimismo, queda viva la enmienda número 51, del Grupo Parlamentario
Socialista.

Enmienda número 51, del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 22.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 44, del señor Rodríguez Sánchez, en razón de su
insistencia.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en
contra, 22.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Pasamos a votar la enmienda transaccional, que reza de este tenor:
Artículo 1. Las disposiciones de la presente ley son aplicables a las
retransmisiones o emisiones realizadas por radio o televisión de
acontecimientos o competiciones deportivas en las que concurra alguna de
las siguientes circunstancias: a) Que sean oficiales, de carácter
profesional y ámbito estatal, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. b) Que correspondan a las
selecciones nacionales de España. c) Que tengan especial relevancia y
trascendencia social.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26;
abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Pasamos a la votación de las enmiendas presentadas al artículo 4 y a la
propuesta del 4 bis nuevo, del Grupo Parlamentario Popular.

Han sido retiradas, si la recapitulación de esta Presidencia es correcta,
las enmiendas números 7, del Grupo Parlamentario Vasco; 91, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); 63, del Grupo Parlamentario
de Coalición Canaria; 45, del Grupo Parlamentario Mixto; 64, del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria; 77, del Grupo Parlamentario Popular;
92, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); 46, del Grupo
Parlamentario Mixto; 78, del Grupo Parlamentario Popular; 93, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); 94, del mismo grupo; y 8,
del Grupo Parlamentario Vasco.

Quedan, en cambio, vivas, y deben ser sometidas a votación en razón a las
manifestaciones de sus autores, las enmiendas 55, del Grupo Parlamentario
Socialista, y 27, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya.

¿Es correcto, señora Sabanés? (Asentimiento.)
Votamos la enmienda 55, del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en
contra, 22; abstenciones, cinco.

El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Pasamos a continuación a votar la enmienda número 27, del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro;
en contra, 22; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Vamos a dar lectura al complejo artículo 4.

Artículo 4. 1. Tendrán la consideración de catalogados como de interés
general las competiciones o acontecimientos deportivos que, por su
relevancia y trascendencia social, se celebren con periodicidad, pero no
frecuentemente, se incluyan en el catálogo que a tal efecto elabore al
inicio de cada temporada, de cada deporte, y cada seis meses el consejo
para las emisiones y retransmisiones deportivas, previo informe
preceptivo de la Comisión directiva del Consejo Superior de Deportes y
audiencia de las entidades organizadoras, de los operadores,
programadores, usuarios y demás interesados en la forma que
reglamentariamente se establezca.

2.A efectos de lo previsto en el número anterior, para la inclusión en el
catálogo de competiciones o acontecimientos deportivos de interés general
deberán tenerse en cuenta al menos los siguientes criterios: a) atracción
sobre la audiencia de los operadores de radio y televisión; b)
importancia en el ámbito deportivo nacional; c) tradición de la
competición o acontecimiento.

3.Las competiciones o acontecimientos deportivos de interés general
deberán retransmitirse en directo, en emisión abierta y para todo el
territorio del Estado. No obstante, por razones excepcionales y cuando
así se prevea en el catálogo a que se refiere el apartado 1, podrán
emitirse con cobertura diferida, total o parcial.

4.Los operadores o programadores de televisión cuyas emisiones no cubran
la totalidad del territorio del Estado podrán adquirir derechos
exclusivos de retransmisión con la obligación de ceder los mismos en
régimen de pública concurrencia a todos los demás operadores o
programadores, a los efectos de extender la transmisión al expresado
ámbito territorial, sin perjuicio de los acuerdos que puedan existir
entre operadores y programadores. La contraprestación económica no será
inferior, salvo acuerdo en contrario, a la que corresponda al porcentaje
de población del territorio de cobertura del operador o programador
concurrente respecto a la del conjunto del territorio del Estado aplicado
al coste del derecho de retransmisión. En caso de que ningún operador o
programador esté interesado en adquirir estos derechos, quedará sin
efecto la obligación de cubrir todo el territorio del Estado.

5.Con el fin de atender a las diferentes lenguas oficiales del Estado,
todas las competiciones o acontecimientos deportivos catalogados de
interés general podrán ser retransmitidos en dichas lenguas en las
correspondientes comunidades autónomas. Si el titular de los derechos no
desea realizarlo, deberá ceder sus derechos a favor de los demás
operadores o programadores interesados en régimen de pública
concurrencia, sin que la contraprestación



Página 5994




económica pueda ser inferior al porcentaje que se determine
reglamentariamente en función de la posible audiencia.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en
contra, 14; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.




El señor SOLE TURA: Querría explicar el voto, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: ¿Me permite que terminemos las votaciones?



El señor SOLE TURA: Es que quiero explicar nuestro voto.




El señor PRESIDENTE: Para explicación de voto, tiene la palabra el señor
Solé Tura.




El señor SOLE TURA: Señor Presidente, la verdad es que el artículo, tal
como ha quedado, dentro de su complejidad, es algo mejor que el original;
por consiguiente, no tenemos nada en contra de eso. Pero hemos votado en
contra, señor Presidente, por el mantenimiento del concepto de los seis
meses, porque nos parece que esto puede convertir en gran parte todo el
conjunto del artículo, ya de por sí complicado, en papel mojado. Por esa
razón hemos votado en contra.




El señor PRESIDENTE: Me complace mucho, señor Solé Tura, que la
impugnación del artículo se contraiga a un extremo tan concreto.

Voy a leer el artículo, que de momento vamos a denominar 4 bis) nuevo.

Por cierto, señor Troconiz, dé por retirada su enmienda respecto a la
ordenación, puesto que confiamos esa tarea a los diligentes servicios de
la Cámara.

Diría: 1. En el supuesto de las competiciones deportivas de liga o copa,
se considerará de interés general un encuentro por cada jornada, que
deberá se retransmitido en directo, en abierto y para todo el territorio
del Estado, siempre que haya algún operador o programador interesado en
hacerlo.

2.Los operadores o programadores interesados en la retransmisión en
abierto de este encuentro tendrán derecho preferente de elección en el
sistema de reparto de encuentros de una misma jornada de cada
competición, frente a los operadores que emitan en otros sistemas.

3.Será aplicable en este supuesto lo establecido en el artículo 4,
apartados 4 y 5.

En razón de la intervención de la señora Sabanés, voy a proceder a votar
separadamente el epígrafe 2 y conjuntamente el artículo 5 (4 bis), puntos
1 y 3.

Votamos el artículo 4 bis) nuevo, apartados 1 y 3.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40;
abstenciones, una.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Votamos, finalmente, este artículo 4 bis) nuevo, epígrafe 2.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en
contra, 14; abstenciones, cinco.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Muchísimas gracias por su esfuerzo y por su colaboración.

La sesión se reanudará a las cinco menos cuarto de la tarde.

Se suspende la sesión.




Eran las dos y cincuenta y cinco minutos de la tarde.




Se reanuda la sesión a las cuatro y cincuenta minutos de la tarde.




El señor PRESIDENTE: Reanudamos los trabajos de dictamen del informe de
la ponencia del proyecto de ley reguladora de las emisiones y
retransmisiones de competiciones y acontecimientos deportivos. Como
recordarán SS. SS., hemos deliberado, debatido y votado los artículos 1 y
4 y ahora nos adentramos en el artículo 2.

En orden a las enmiendas presentadas a dicho artículo debemos considerar
decaídas por la votación de las enmiendas de esta mañana la enmienda
número 3, al título, del Grupo Parlamentario Vasco, y la enmienda número
52, del Grupo Parlamentario Socialista, al título. Asimismo fue rechazada
en su momento la enmienda número 22, del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.

En consecuencia, ateniéndonos ya a las enmiendas vivas, para la defensa
de la enmienda número 53, suscrita por el Grupo Parlamentario Socialista,
tiene la palabra su portavoz señor Solé Tura.




El señor SOLE TURA: la enmienda 53 que proponemos intenta resolver algo
que ya está solucionado, que es no considerar de ninguna manera que este
tema tenga algo que ver con el artículo 20 de la Constitución. Como digo,
ya está resuelto. Lo que proponemos es una fusión entre los actuales
artículos 2 y 3 de modo que ciertos aspectos queden más concretados, como
son los llamados carruseles y, en general, la información de este tipo.

Creo que la enmienda se justifica por sí misma y no es necesario dedicar
mucho más tiempo a explicarla.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda número 23, del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la
palabra la señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: Señor Presidente, con la enmienda 23 sólo
proponemos correcciones gramaticales, pidiendo correspondencias en tiempo
presente, porque entendemos que el derecho a la información no es una
innovación



Página 5995




de esta ley y queda mejor recogido de este modo. Tampoco nos supondría
demasiado problema aceptar las enmiendas que se expresan en términos
parecidos.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de las enmiendas números 4 y 5, a
los apartados 1 y 2 de este artículo, tiene la palabra el señor González
de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, una vez aceptada
la enmienda 3, como ha indicado muy bien el señor Presidente, también la
enmienda 4 tiene una redacción sobre el mantenimiento de la coherencia
con las conclusiones del informe de los servicios jurídicos del Congreso
de los Diputados por el carácter orgánico de la ley, que supongo que será
matizado en lo que respecta a la cita que se hace en este artículo 2.1 al
artículo 20.1.d) de la Constitución, que en coherencia debiera matizarse
también dentro de las decisiones que se han tomado esta mañana.

En relación con los carruseles deportivos desde el Grupo Parlamentario
Vasco hacíamos constar la necesidad de que se fijara un porcentaje sobre
el quantum de uso de las imágenes de esos acontecimientos deportivos en
los servicios informativos. Participamos del conjunto de contenidos que
presenta el proyecto de ley. Sin embargo, quisiéramos llamar la atención
a SS. SS. en relación a que dejar abierto este tema a su desarrollo
reglamentario pudiera llevar al absurdo de que todo un informativo, que
no un telediario, señor Presidente, pudiera estar compuesto por imágenes
deportivas de actualidad. Desde esa perspectiva, para evitar ese absurdo,
sin mayor pretensión que indicar la necesidad de fijar un límite,
indicábamos en esta enmienda que sería razonable que el tiempo total de
la suma de estos breves extractos que las distintas televisiones puedan
usar en los servicios informativos no pudiera superar en su conjunto el
15 por ciento de dedicación habitual de cada uno y, en consecuencia, las
imágenes obtenidas para estos resúmenes no pudieran utilizarse como
imágenes de archivo en programas posteriores, porque estaríamos
desvirtuando el objetivo del propio proyecto de ley.

Esto y no otra cosa es lo que pretenden las enmiendas números 4 y 5.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda número 89, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor
López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Es una enmienda que, como conocen SS.

SS., trata de modificar tanto la redacción como el propio enfoque del
artículo 2 de este proyecto de ley. Pretende alterar, por lo tanto, el
orden del precepto empezando por señalar los límites de cesión de los
derechos de retransmisión que, precisamente, tienen su marco como derecho
a la información en el artículo 20.1. apartado d) de la vigente
Constitución española.

En segundo lugar, la pretensión de nuestra enmienda es la de distinguir
entre el derecho a la información deportiva y el derecho de acceso a los
estadios y recintos deportivos. Entendemos que en el proyecto que nos ha
enviado el Consejo de Ministros, es decir, el Gobierno, se confunden
ambos derechos, siendo absolutamente distantes, aunque puedan confluir. A
partir del derecho a la información nace el derecho de acceso, no al
revés. Este último derecho, el de acceso a los estadios y recintos
deportivos, creemos que no puede regularse por ley ni imponerse a los
particulares. Otra cosa es que se exija que se les facilite a los medios
una información suficiente sobre los acontecimientos que se producen en
dichos recintos deportivos. De igual manera ocurre, por ejemplo, en este
Congreso de los Diputados, donde todos los medios de comunicación tienen
derecho a recibir la información de los acontecimientos parlamentarios en
Pleno, pero, en cambio, es la propia Cámara, el propio Congreso, el que
no les permite el acceso al hemiciclo y les facilita simplemente la
información solicitada. De esta manera se ofrece la información mediante
un servicio que, por supuesto, es gratuito.

En tercer lugar, nuestra enmienda lo que hace es suprimir la expresión
«espacios informativos de carácter general», porque es tan amplia y
genérica que induce a confusión al prever el propio proyecto de ley
enviado por el Consejo de Ministros programas deportivos especializados y
proteger el derecho a la información, vehiculada a través de telediarios
y diarios radiofónicos de los que nada tenemos que decir, sino, todo lo
contrario, proteger en la misma línea del Gobierno.

Por último, la enmienda tiene en cuenta que ni todos los operadores o
programadores disponen de medios técnicos para acceder a los
numerosísimos recintos deportivos con la finalidad de obtener imágenes
para breves extractos --ésta es la expresión del texto enviado por el
Consejo de Ministros--, ni la propia dimensión de los recintos deportivos
puede facilitar esa tarea. Por ejemplo, es muy distinto el Camp Nou, por
nombrar uno, que un pabellón polideportivo donde juegan los primeros
equipos de baloncesto. Es decir, el acceso a los recintos, lógicamente en
función de la propia dimensión de los recintos, es un exceso posibilista,
en un caso, absolutamente restringido, en el otro, por obviedad. Esta
problemática que explicito se subsana hoy precisamente por acuerdos
privados entre programadores y operadores que se ceden recíproca y
mutuamente imágenes. Eso es lo que pretende, en líneas generales, señor
Presidente, nuestra enmienda.




El señor PRESIDENTE: Para defender el texto de la ponencia y fijar
posición respecto de las enmiendas, tiene la palabra el señor Fernández
de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: En este artículo 2, se regula en
términos generales lo ya previsto en el artículo 20.1.d) de la
Constitución, en el sentido de regular el derecho de acceso de los
diferentes medios de comunicación a los recintos o estadios donde se
celebran acontecimientos o competiciones deportivas. Hemos procurado
recoger dentro de esta transaccional, que asimismo sometemos a la
consideración de la Comisión --que ya ha sido objeto de reparto a los
diferentes miembros de la misma, sus portavoces, y a la Mesa-- el más
amplio consenso



Página 5996




posible, como ya he reiterado esta mañana a lo largo de la tramitación de
este proyecto de ley, entre las enmiendas formuladas por los distintos
grupos parlamentarios.

Nuevamente, reconocemos las magníficas aportaciones que realiza Izquierda
Unida desde el punto de vista semántico, gramatical, temporal en cuanto a
los tiempos utilizados, que son de enorme importancia y de enorme
transcendencia en relación al sentido final de la ley que estamos
elaborando aquí ahora. En este sentido, recogemos todas las indicaciones
que se realizan por parte de las enmiendas formuladas por el Grupo de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

En relación con las enmiendas formuladas por el Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió) suprimimos la expresión «espacios
informativos especializados o generales», por considerarla excesivamente
amplia, y nos ceñimos a decir nada más «telediarios y diarios
radiofónicos». No así hemos de suprimir la expresión telediario y diarios
radiofónicos por cuanto la expresión telediario está recogida a partir de
la vigesimoprimera edición del Drae, que es lo que antes se llamaba
Diccionario de la Real Academia Española, que efectivamente recoge
telediario como de tele y diario, información de los acontecimientos más
sobresalientes del día transmitida por televisión. Bien es cierto que no
venía recogida en la vigésima edición. (Risas.) Los tiempos cambian, los
modismos cambian, la lengua cambia aunque, evidentemente, los conceptos
permanecen, pero, en definitiva, como se trata de expresarse a través de
los signos semánticos en cada momento vigentes, nos parece adecuado
hablar de telediario cuando es una forma de expresión suficientemente
conocida y puede incluso ser significativa desde el punto de vista de
llevar a efecto un apócope de lo que puede significar informativos
diarios de carácter general, por lo que no podemos aceptar la enmienda
formulada por el Grupo Parlamentario Vasco.

Por otra parte, también es preciso señalar aquí por qué rechazamos o no
aceptamos las enmiendas que a este respecto formulan tanto el Grupo
Socialista como el Grupo Vasco, PNV, en relación a la limitación de los
espacios televisivos, porque realmente el contenido de la enmienda de
transacción que formulamos es básicamente idéntico a la enmienda antes
defendida por el Diputado Solé Tura por parte del Grupo Socialista junto
con la enmienda también defendida por el señor González de Txabarri, por
parte el Grupo Parlamentario Vasco, PNV, en el sentido de que
consideramos que no es adecuado en una ley establecer tiempos máximos en
que se pueda dar cabida a estos breves espacios informativos para recoger
la información diaria de los acontecimientos deportivos. En su caso, nos
parece más adecuado dejarlo a su desarrollo reglamentario para poder
establecer con precisión y con la adecuada posibilidad de cambio en el
tiempo cuánto debe ser el máximo espacio temporal de espacios
informativos, en general contemplados en conjunto global del tiempo del
telediario o del diario radiofónico, cuánto el tiempo máximo
individualizado que puede corresponder a estos espacios.

Estamos dispuestos, si lo tienen a bien, a que formulen la
correspondiente enmienda transaccional en lo que se refiere a la
autorización del Gobierno para el desarrollo reglamentario de esta ley
para introducir de manera plausible y adecuada el que especialmente se ha
de proceder al desarrollo y ejecución reglamentarios de esta ley, en lo
referente a lo que signifiquen los tiempos máximos de que se puede
disponer para que deban ser considerados y no sujetos a contraprestación
económica los espacios informativos dentro de los telediarios y diarios
radiofónicos, y cuál deba ser el tiempo máximo en comparación con el
total que deben suponer estos espacios informativos.

Dicho lo anterior, señor Presidente, voy a proceder a la lectura, sin
perjuicio de que ya ha sido objeto de reparto a todos los portavoces y
también a la Mesa, de una enmienda transaccional que formulamos a las
enmiendas 4 y 5 del Grupo Parlamentario Vasco, PNV; número 75 del Grupo
Parlamentario Popular, que ya ha sido objeto de votación con anterioridad
en relación a la supresión del artículo 87 y 89; también en relación con
lo mismos del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); número
23 del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya y
número 53 del Grupo Parlamentario Socialista. Diría así: Artículo 2.1. La
cesión de los derechos de retransmisión o emisión tanto si se realiza en
exclusiva como si no tiene tal carácter, no puede limitar o restringir el
derecho a la información reconocido en el artículo 20.1.d) de la
Constitución, teniendo derecho los medios de comunicación social a
acceder a los estadios y recintos deportivos con la finalidad de hacer
efectivo tal derecho.

2.El ejercicio del derecho de acceso a que se refiere el número anterior,
cuando se trate de la obtención de noticias o imágenes para la emisión de
breves extractos libremente elegidos en telediarios y diarios
radiofónicos, no estará sujeto a contraprestación económica, sin
perjuicio de los acuerdos que puedan formalizarse entre programadores y
operadores.




El señor PRESIDENTE: Señor Solé Tura.




El señor SOLE TURA: A nosotros nos parece interesante la enmienda
transaccional, pero insiste en vincular el derecho a la información
deportiva con el artículo 20.1 de la Constitución. Eso es volver al tema
de los derechos fundamentales y por consiguiente volver al concierto de
ley orgánica, y creo que no tiene nada que ver, es absolutamente
innecesario. Aquí estamos hablando de un problema de libre competencia
entre agentes que operan en un mercado, y ése es realmente el fondo del
asunto. Por consiguiente, lo que nos interesa es que todos estemos de
acuerdo, todos; nadie se ha opuesto a decir que todos tendrán derecho a
acceder a los estadios y recintos deportivos con la finalidad de realizar
su tarea informativa. Pero también estamos de acuerdo con el PNV cuando
dice: cuidado que esto no se convierta luego en una forma de crear un
programa alternativo prácticamente gratis. Por consiguiente, se trata de
encontrar el punto de equilibrio exacto. Creo que todas las enmiendas van
por ahí y que en general la enmienda transaccional no resuelve este
problema.

Es muy importante que se hable de extractos; nosotros ponemos una
tasación de minutos incluso, pero estaríamos de acuerdo en que se trate
de breves; en definitiva se trata



Página 5997




de que sean extractos para ilustrar pero no para crear programas
alternativos.

Insisto en que sería importante no vincular esto con el artículo 20 de la
Constitución, que no tiene nada que ver; no estamos ante un problema de
derechos fundamentales a la información, estamos ante un problema
exclusivamente de organización del mercado entre agentes que operan a
distintos niveles.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: Mantendremos el redactado de nuestra enmienda
porque entendemos que recoge perfectamente lo que nosotros pretendíamos,
que es que quede claro que el derecho a la información no es una
innovación de esta ley.




El señor PRESIDENTE: Señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: En estas dos enmiendas tenemos
esos tres puntos. El referido a la discusión académica, de si la última
edición del Diccionario de la Real Academia dice lo que dice, doctores
tiene la santa madre iglesia; no vamos a replicar, y lo retiramos.

En referencia a la cita que se hace al artículo 20.1 de la Constitución,
entendemos que es razonable que se quite, ya que, a estas alturas del
debate, una vez que está de esta forma, habría que conceder más
importancia que la que ha ofrecido el señor Fernández de Troconiz a las
intervenciones de los distintos grupos parlamentarios porque el texto
recogería los mismos contenidos si la cita se eliminara.

En referencia a la transacción que se solicita por parte del Grupo
Parlamentario Vasco en relación a la fijación de una cuota o porcentaje
para estos breves extractos, entendemos que es razonable la remisión que
se puede hacer al reglamento, siempre que el grupo que sostiene al
Gobierno asuma el compromiso de que ésa es la voluntad que, en su caso,
el Gobierno debía de recoger en el reglamento que desarrollará después
esta ley.




El señor PRESIDENTE: ¿Señor López de Lerma?



El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, muy brevemente.

Acepto complacido la enmienda transaccional que ha presentado el Grupo
Parlamentario Popular y, en consecuencia, retiro mi enmienda número 89.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, en consecuencia, sus
propuestas transaccionales han tenido éxito con respecto a la enmienda
número 89, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y a la
enmienda número 4, del Grupo Parlamentario Vasco (PNV); no tanto así la
número 23, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, ni a la propia enmienda número 5, del Grupo Parlamentario
Vasco, parcialmente.

Por tanto, señor Fernández de Troconiz, ¿estaría en condiciones de
ofrecer una nueva formulación de su enmienda transaccional que diera
satisfacción a estas pretensiones?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Sí, señor Presidente. Siempre y
cuando el señor López de Lerma se ha manifestado conforme con la
redacción anterior de la propuesta, yo propondría... (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, un momento.

Señor Alcaraz, discúlpeme. Las condiciones acústicas de esta sala son
especialmente nefastas y reiteradamente las señoras taquígrafas me están
haciendo indicaciones de su enorme dificultad para seguir el debate.

Les ruego que permanezcan en silencio, aunque sé que es muy difícil. En
todo caso, musiten, pero no hablen, por favor. (Risas.)



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, volviendo al
hilo del argumento que tenía en trance de exponer a SS. SS., podría
suprimirse perfectamente la alusión al artículo 20.1 de la Constitución,
porque es conocido suficientemente y reiterado por todos los señores
diputados que el derecho a la información está reconocido en el artículo
20.1 de la Constitución, y no merece la pena hacer reiteraciones o
alusiones, no ya inútiles, sino sobreabundantes, a la Constitución, pues
muchas veces nos amparamos en ella para querer defender cosas que, a lo
mejor, la Constitución ni siquiera quiso mantener o decir. Por
consiguiente, no tenemos ningún inconveniente en hacer esa supresión, por
cualquier referencia o por cualquier tipo de connotaciones con el ya
desechado carácter de ley orgánica por parte de este proyecto de ley. Y
que no se entienda ni muchísimo menos se pueda pensar por alguien que el
artículo 2.º de este proyecto de ley lo que quiere es inventar o
introducir ex novo una regulación de lo que debe ser el derecho a la
información. Considero que las señoras y señores diputados entienden que
el derecho de acceso a los estadios y recintos donde se celebran
acontecimientos y espectáculos o competiciones deportivas viene derivado
del ejercicio del derecho a la información. Pero es conocido por todos
que no hay absolutamente ningún inconveniente en que sea suprimida la
expresión «reconocido en el artículo 20.1.d) de la Constitución» que se
señala en la línea tercera del primer apartado del artículo 2.º de esta
enmienda transaccional que formulamos. Me imagino que no habrá reparos
por parte de los grupos parlamentarios, por lo que quedaría redactado de
la siguiente manera: «Artículo 2. 1. La cesión de los derechos de
retransmisión o emisión, tanto si se realiza en exclusiva como si no
tiene el carácter, no puede limitar o restringir el derecho a la
información, teniendo derecho los medios de comunicación social a acceder
a los estadios y recintos deportivos con la finalidad de hacer efectivo
tal derecho.»



El señor PRESIDENTE: ¿Se autoriza a la Presidencia a formular una
redacción algo más correcta? Porque, señor



Página 5998




Fernández de Troconiz, se habla en una línea sucesivamente del derecho a
la información, teniendo derecho, con la finalidad de hacer efectivo tal
derecho. Yo sugeriría esta redacción: «La cesión de los derechos de
retransmisión o emisión, tanto si se realiza en exclusiva como si no
tiene tal carácter, no puede limitar o restringir el derecho a la
información. Para hacer efectivo tal derecho, los medios de comunicación
social dispondrán de libre acceso a los estadios y recintos deportivos.»
¿Señor López de Lerma?



El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, estoy de acuerdo. O
bien, punto y seguido: «En consecuencia, los medios de comunicación
social tienen derecho a acceder a los estadios», etcétera. Entonces
colocamos la palabra «derecho» mucho más allá, que es la pretensión, me
parece, del señor Presidente, ante tanta palabra «derecho».




El señor PRESIDENTE: ¿Señor González de Txabarri?



El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, agradecemos al
señor Fernández de Troconiz y al Grupo Popular la cintura política que
han demostrado y, en consecuencia, ahora sí retiramos las enmiendas
números 4 y 5.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés, ¿la enmienda número 23 sigue viva
después de estas aproximaciones?



La señora SABANES NADAL: No. Retiramos la enmienda, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Señor Solé Tura, se ha producido una aproximación
sustancial a sus pretensiones. ¿Retiramos la enmienda número 53 o la
sometemos a votación?



El señor SOLE TURA: Señor Presidente, la enmienda número 53, como va
vinculada a una visión diferente, porque unifica los artículos 2.º y 3.º,
yo la dejaría viva.




El señor PRESIDENTE: ¿Señor Fernández de Troconiz?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, a los efectos de
reiterar, en relación a la retirada de enmiendas formulada por el señor
González de Txabarri, en representación del Grupo Vasco (PNV), que es
voluntad de este grupo que la disposición final tercera, que se refiere a
la autorización del Gobierno para el desarrollo y ejecución por vía
reglamentaria de esta ley, regule lo que se refiere a los tiempos máximos
de emisión para no ser considerados como contraprestación en el
porcentaje máximo en lo que se refiere a la totalidad de los telediarios
o diarios radiofónicos.

El señor PRESIDENTE: Obviamente, la Presidencia no hace cuestión de su
propia redacción o redactado. ¿Cuál considera el señor López de Lerma
preferible? (Risas.)



El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Estoy de acuerdo con ambas, señor
Presidente. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: Señor González de Txabarri, se han ofrecido
redacciones alternativas en la línea de la mejora gramatical.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Estoy de acuerdo con ella, señor
Presidente. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: En consecuencia, votamos, en primer término, la
enmienda número 53, del Grupo Parlamentario Socialista, única viva al
artículo 2.º



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en
contra, 21; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Pasamos a la votación del texto de la enmienda transaccional al artículo
2.º, con la formulación final de que ha sido objeto, para lo que voy a
proceder a su lectura, como hacíamos esta mañana: «Artículo 2. 1. La
cesión de los derechos de retransmisión o emisión, tanto si se realiza en
exclusiva como si no tiene tal carácter, no puede limitar o restringir el
derecho a la información. Para hacer efectivo tal derecho, los medios de
comunicación social dispondrán de libre acceso a los estadios y recintos
deportivos. 2. El ejercicio del derecho de acceso a que se refiere el
número anterior cuando se trate de la obtención de noticias o imágenes
para la emisión de breves extractos libremente elegidos en telediarios o
diarios radiofónicos, no estará sujeta a contraprestación económica, sin
perjuicio de los acuerdos que puedan formalizarse entre programadores y
operadores.»
Se somete a votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23;
abstenciones, 11.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda aprobada la redacción
transaccional ofrecida al artículo 2.º He dicho 23 votos a favor para no
considerar los dos votos in itinere, atendiendo a la sugerencia del señor
Belloch.

Entramos en el examen del artículo 3.º
El artículo 3.º cabe deducir que podremos tramitarlo en no más allá de 20
ó 25 minutos, con la colaboración de sus señorías. Por tanto, lo
votaríamos inmediatamente después de su dictamen.

Para la defensa de la enmienda número 54, del Grupo Parlamentario
Socialista, al artículo 3.º, tiene la palabra el señor Solé Tura.




El señor SOLE TURA: Señor Presidente, no exige ninguna explicación dicha
enmienda. Como he dicho antes, queremos eliminar el artículo 3 porque lo
hemos fundido



Página 5999




en sus elementos claves en el artículo 2 de nuestro proyecto. Por
consiguiente, si proponemos la supresión del artículo 3 es exactamente
para no repetir. Se trata simplemente de mantener esa fusión.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 26, del Grupo Parlamentario Federal
de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Tiene la palabra la señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: En nuestra enmienda número 26 introducimos,
básicamente como concepto, que se encuentren entre los titulares de los
derechos los que puedan autorizar este tipo de programas.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 6, del Grupo Parlamentario Vasco
(PNV), al apartado 3.

Tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Esta enmienda añade dos matices al
texto original del proyecto de ley. El primero, en coherencia con las
enmiendas que el Grupo Parlamentario Vasco (PNV) había presentado al
artículo 2.º, indicando que hay que tener en consideración la cobertura
territorial del operador, en su caso, ya que el proyecto de ley, en
origen, había sido redactado desde la posición de las televisiones del
Estado y existen otras posibilidades de cobertura territorial de
retransmisión de estos acontecimientos deportivos. El segundo matiz es
que, una vez admitida esa posibilidad, el coste de adquisición de los
derechos en ese supuesto tiene que ser significativamente menor que la
consideración general que hace el proyecto de ley. No se puede cobrar, en
consecuencia, lo mismo a una televisión de ámbito estatal que a una
autonómica ni a una de ámbito local, en el supuesto que se contempla en
el proyecto de ley.

En coherencia con las enmienda antes defendidas, éstas son las dos
aportaciones que pretende nuestra enmienda número 6.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 90, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió).

Para su defensa, tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Muy rápidamente, señor Presidente. Queda
defendida en los propios términos en los que se fundamenta.




El señor PRESIDENTE: Gracias por su intervención y por su brevedad.

Tiene la palabra el señor ponente del Grupo Parlamentario Popular para
fijar posición respecto a estas enmiendas.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: No sé qué prisas les han entrado a
ustedes, como consecuencia de que estemos en una sesión vespertina en vez
de en una sesión matutina, en relación con este proyecto de ley. A pesar
de que los artículos 1, 4 y 4 bis tenían una importancia fundamental y
decisiva en relación al proyecto de ley, ello no empece en absoluto la
importancia de los artículos 2.º y 3.º del proyecto de ley que son objeto
de debate en la actualidad.

Señor Presidente, en el artículo 3.º de este proyecto de ley hemos
intentado nuevamente realizar una amalgama para compaginar las diferentes
enmiendas formuladas por los distintos grupos parlamentarios en el
sentido de realizar un texto con el mayor consenso posible. En este
sentido, formulamos una enmienda transaccional a las enmiendas números 6
del Grupo Parlamentario Vasco (PNV); 75, del Grupo Parlamentario Popular;
87 y 90, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y 26, del
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

Lamentablemente, en relación con la enmienda número 54, del Grupo
Parlamentario Socialista, no presentaremos ninguna transaccional en
cuanto prevé la supresión del artículo correspondiente. Bien es cierto
que el Grupo Parlamentario Socialista preveía la incorporación del
contenido de este artículo 3.º al artículo1.º, que ha sido objeto de
debate en la mañana de hoy.

Proponemos, decía, una adición con la que intentamos amalgamar las
diferentes inquietudes manifestadas por los grupos políticos, que
consistiría en la siguiente redacción. Artículo 3.º Apartado 1: «Los
titulares de los derechos de explotación audiovisual de los
acontecimientos o competiciones deportivos, ya sean clubes, sociedades
deportivas, programadores u operadores, podrán autorizar las emisiones y
retransmisiones por radio y televisión de programas deportivos
especializados no comprendidos en el artículo 2.2 de la presente ley. 2.

Los programas a que se refiere el número anterior se realizarán sobre la
base de las imágenes o noticias obtenidas, directa o indirectamente, en
los recintos donde se celebren los acontecimientos deportivos y darán
derechos a una contraprestación económica a favor de los correspondientes
titulares. 3. Si se autorizan las emisiones y retransmisiones a que se
refiere el número 1, los titulares de los derechos deberán facilitar las
imágenes o el acceso de los equipos profesionales necesarios para
realizar los programas a cualquier operador o programador interesado
mediante el abono, en su caso, de una contraprestación económica que se
fijará en función del tiempo total emitido, de la franja horaria de
emisión, de la importancia del acontecimiento deportivo, de la cobertura
territorial de la emisión y, en su caso, del coste de adquisición de los
derechos.»



El señor PRESIDENTE: En el texto que obra en poder de esta Presidencia,
en la línea tercera del apartado 1 puedo leer: «... podrán autorizar las
emisiones y retransmisiones...». Sin embargo, al dar lectura S. S. ha
dicho: «... las emisiones o retransmisiones...» ¿Qué versión es la real?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, es un lapsus del
lector, no es un lapsus del texto. Tiene usted razón, como siempre, señor
Presidente. (Risas.)



Página 6000




El señor PRESIDENTE: Como casi nunca. Por tanto, debe decir «... las
emisiones y retransmisiones...».

En consecuencia, daremos la palabra por su orden a los distintos señores
enmendantes. Al señor Solé Tura el señor Fernández de Troconiz ya le ha
manifestado que no estaba en condiciones de hacer transacción con sus
propuestas. En primer lugar, intervendrá la señora Sabanés, del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, en relación
con su enmienda 26.




La señora SABANES NADAL: Nosotros aceptaríamos la enmienda.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor González de Txabarri, en
relación con la enmienda número 6.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: El Grupo Parlamentario Vasco (PNV)
también la acepta y, en consecuencia, retira su enmienda número 6.




El señor PRESIDENTE: ¿Está el señor López de Lerma en condiciones de
intervenir? Se trata de saber si la lectura del texto transaccional
satisface la pretensión de la enmienda 90 de su grupo parlamentario.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Sí, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Entiendo retiradas las enmiendas números 26, del
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; 90, del
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y 6, del Grupo
Parlamentario Vasco (PNV). Se mantiene para su votación la enmienda
número 54, del Grupo Parlamentario Socialista.

Se somete a votación esta última enmienda.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en
contra, 21; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Como la lectura de la enmienda al artículo 3.º en su nueva redacción ha
sido muy reciente por parte del señor Fernández de Troconiz, pido a la
Comisión que me haga gracia de reproducirla. ¿Puedo obviarla o doy
lectura a dicho artículo? (Denegaciones.)
En consecuencia, sometemos a votación el artículo 3.º del proyecto de ley
en la formulación de la enmienda transaccional a que ha dado lectura el
señor Fernández de Troconiz.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25;
abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

No consideramos el voto errático del señor Belloch.

Entramos, señorías, en la consideración de las enmiendas al artículo 5.º.

Ya ha decaído la número 56, del Grupo Parlamentario Socialista al título,
y la número 28, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, que ha sido derrotada en la votación conjunta de esta mañana.

En primer lugar, tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista para la defensa de su enmienda número 57.




El señor SOLE TURA: Señor Presidente, nuestra enmienda tiene la misma
lógica que las anteriores, es decir, nuestro conjunto de enmiendas
configura un proyecto distinto, mucho más condensado, que hace que lo que
son actualmente los artículos 5.º y 6.º intentemos reducirlo a un par de
párrafos. Entendemos que esta ley no es para regular la televisión de
pago ni pago con consumos, es otro concepto. Se trata de establecer las
reglas para que unos agentes que actúan en un mercado libre, regulen sus
relaciones, pero nada más. Por consiguiente, lo que se refiere a la
regulación global de las televisiones de pago lo reducimos a dos aspectos
que ya están contenidos en otra parte del artículo en su texto inicial, y
decimos: A los efectos de esta ley, las adquisiciones de derechos para
retransmisiones deportivas por televisión en sus diversas modalidades de
pago --y no entramos en qué consisten--, se sujetarán a las siguientes
condiciones:
1)Quedan excluidos, en todo caso, los acontecimientos deportivos de
especial relevancia social a que se refiere el artículo 1.º de esta ley.

2)En el supuesto de las competiciones deportivas de liga o copa, no
podrán retransmitirse por este sistema la totalidad de los partidos o
encuentros correspondientes a cada jornada.

Esto es algo que estaba regulado en otros puntos del texto inicial.

Puesto que lo hemos reconsiderado y reorganizado el sentido es éste, pero
insisto en que es un punto que prácticamente coincide con lo que dice el
texto inicial a este respecto concreto.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de su enmienda número 9, tiene la
palabra el portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), señor González
de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Dado que en las modificaciones del
artículo 4.º están recogidas las pretensiones que tenía como objetivo
esta enmienda número 9, la retiramos.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda número 29, al
apartado 2.a) de este artículo 5.º, tiene la palabra la señora Sabanés.




La señora SABANES NADAL: Una parte de esta enmienda ha sido tratada ya
esta mañana. No obstante, nuestra enmienda excluye aquellas competiciones
o espectáculos que aun habiendo sido declarados de interés general,
ningún operador hubiera adquirido los derechos en las condiciones
planteadas en el artículo 4.º. Esto se justifica para evitar que se
pudiera dar la paradoja de que aquellos espectáculos o competiciones --y
presentamos la enmienda



Página 6001




en el sentido del reequilibrio-- cuya retransmisión se pretende proteger
porque son declarados de interés nacional, no sean retransmitidos ni
siquiera por televisión de pago.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda número 65, el señor
portavoz del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria tiene la palabra.




El señor RIVERO BAUTE: Proponemos una enmienda de supresión al artículo
5.º fundamentada en lo siguiente. En el apartado 1 se establece la
aplicación de los artículos 1.º, 2.º y 3.º a la televisión de pago.

Entendemos que es innecesario porque ya se deduce de los mismos.

Por lo que respecta al apartado 2, debe ser suprimido porque es contrario
a la libertad de empresa. Se refiere a aquellos acontecimientos de
interés general y la posibilidad que tienen las televisiones de pago de
poder emitir esos acontecimientos. Consideramos que el apartado 2.b) es
innecesario puesto que se refiere a acontecimientos relevantes, un
partido de liga o copa, que se encuentran ya regulados en artículos
anteriores.

Por tanto, dado que la regulación que se propone en este artículo 5.º ya
está prevista en otros anteriores, proponemos la supresión del mismo.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 95, al apartado b), del punto 2, del
artículo 5.º. Para defenderla, tiene la palabra el señor López de Lerma i
López, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Esta enmienda se justifica por sus
propios términos, porque tienen concordancia con otra presentada
anteriormente relativa al artículo 4.º. Por tanto, la retiro de acuerdo
con la transacción que se ha producido en el llamado artículo 4.º bis.




El señor PRESIDENTE: Me ha sorprendido porque dicha enmienda
transaccional todavía no ha sido ofrecida por el señor Fernández de
Troconiz respecto al artículo 5.º
El señor Fernández de Troconiz tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Este es un artículo en el que la
conjunción de los diferentes grupos parlamentarios hace enormemente
sencillo intentar llegar a una trasacción. En la medida en que el
contenido del artículo ha sido recogido en otros artículos de este
proyecto de ley, que esperamos vea pronto la luz como ley, y en la medida
en que algún miembro de la Mesa se adelanta a lo que va a manifestar este
portavoz dentro de unos segundos, he de decirle, señor Presidente, que
formulamos una enmienda de trasacción con las enmiendas números 9, del
Grupo Parlamentario Vasco (PNV); con la 28 y 29, del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; con la número 57,
del Grupo Socialista; con la número 65, de Coalición Canaria; con la 75 y
80 del Grupo Parlamentario Popular --bien es cierto que la número 75 ha
sido objeto de votación esta mañana--, y con la 95, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), en el sentido de proponer
este enjundioso texto a la Comisión: se suprime el artículo. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: La única que quedaría viva es la enmienda número 57,
del Grupo Socialista. Dada la llana aceptación por parte del señor
ponente de la generalidad de las enmiendas, habría que conocer la suerte
que destinamos, según la iniciativa de sus propios titulares, a la
enmienda número 57, del Grupo Parlamentario Socialista.




El señor SOLE TURA: Señor Presidente, esa enmienda se puede suprimir,
pero como tiene su vinculación con el conjunto de otras enmiendas que
hemos presentado, preferiríamos mantenerla viva aun a reserva de
retirarlas todas en su debido momento.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, debo someter a votación la enmienda
número 57, del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en
contra, 21; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

¿Entiende la Presidencia que quedan retiradas la totalidad de las
restantes enmiendas supervivientes al artículo? (Asentimiento.)
Consiguientemente, someto a votación la supresión del artículo 5.º del
informe de la Ponencia.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad la supresión.

Vamos a entrar en el examen del artículo 6.º, al que tiene presentadas
enmiendas, en primer término, el Grupo Parlamentario Socialista.

Tiene la palabra, para la defensa de la enmienda número 58, el señor Solé
Tura.




El señor SOLE TURA: Señor Presidente, presentamos una enmienda de
supresión de este artículo 6.º, que coincide, por otro lado, con otras
enmiendas de otros grupos que piden exactamente lo mismo, porque
entendemos que esta ley no tiene por qué regular algo tan concreto como
es la modalidad de pago por consumo en sus diversos aspectos.

Estamos tratando relaciones entre agentes que tienen cada uno su propia
entidad, entre ellas la de pago por consumo. Por consiguiente, es un
artículo que no añade ni resuelve nada, más bien complica las cosas, por
lo que consideramos necesario suprimirlo.

Aparte de esto, el punto 3 de este artículo intenta regular algo que no
se puede, como es el problema de la inserción de ningún tipo de
publicidad directa en tales retransmisiones, ni en los intervalos de las
mismas, cosa que va en contra de la legislación existente.




Página 6002




El señor PRESIDENTE: Discúlpenme, le había parecido entender a esta
Presidencia que el Grupo Parlamentario Socialista pedía el
fraccionamiento del tiempo para que intervinieran los dos portavoces en
defensa de esta enmienda.

El señor Nieto tiene la palabra.




El señor NIETO GONZALEZ: Quería hacer un llamamiento al Grupo
Parlamentario Popular, porque no me voy a cansar e insistir en ello. He
visto que han iniciado un buen camino, pidiendo la retirada del artículo
5, y yo les animaría a que continuaran por esa senda y retirasen también
el artículo 6. La verdad es que, en su conjunto, éste es un proyecto de
ley bastante sin sentido --lo decía esta mañana e insisto en ello--,
producto de una indigestión de la Nochebuena de 1996, y así salió la
redacción.

Tienen que darse cuenta SS. SS. de que el artículo 6 pretende algo
absolutamente distinto a aquello sobre lo que hemos venido trabajando
hasta ahora, la declaración de una serie de acontecimientos deportivos
como acontecimientos de interés general o de especial interés o de gran
relevancia, para buscar un mecanismo o una comisión que elaborase un
catálogo para que estos acontecimientos de gran interés sean
retransmitidos en directo para el conjunto de la población.

El artículo 6 lo que regula son las modalidades de televisiones de pago.

Evidentemente, uno de los grandes objetivos de esta ley es intentar ir en
contra --porque es una ley hecha en negativo, no en positivo-- de unos
determinados acuerdos que se produjeron en la Nochebuena de 1996. El
artículo 6 pretende ni más ni menos que, mediante una ley como la que
estamos tramitando, romper la posible exclusividad en la contratación que
lleve a cabo un operador cualquiera con aquel que organiza un
acontecimiento deportivo. Es decir, desde el punto de vista legal,
pretende imposibilitar que exista un contrato entre dos partes, entre
aquel que organiza, porque tiene los derechos, un acontecimiento
deportivo y aquel que adquiere en relación con éste los derechos para
retransmitir este acontecimiento o espectáculo deportivo. Además, en su
apartado 3 va mucho más allá y prohíbe la publicidad en todos los
momentos y no sólo, como parece lógico y razonable, durante la emisión
directa de los acontecimientos deportivos, sino en los intervalos de la
misma, en clarísima contradicción con la Ley de Publicidad en vigor.

La verdad es que creemos que la publicidad está suficientemente regulada
en nuestra legislación como para no tener que entrar en ella, creemos que
no tiene sentido alguno hacerlo. Por tanto, le decimos al Grupo
Parlamentario Popular que siga por la senda que ha iniciado hace un
momento y acepte la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista pidiendo la supresión de este artículo. Y esto es algo que no
sólo pide el Grupo Parlamentario Socialista, porque el Grupo
Parlamentario Vasco también tiene dos enmiendas presentadas en las que
pide la supresión de sus apartados 2 y 3, que son los que dicen algo,
porque el apartado 1 no dice nada. Por tanto, hay una coincidencia con
las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Vasco y nosotros, en
aras al consenso y al acuerdo en la Comisión, estaríamos en disposición
de retirar nuestra enmienda y apoyar las suyas, si llegamos a un
entendimiento, o al revés, pedirle que retire las suyas y llegue a un
acuerdo con la nuestra, para que de esta forma ayudemos a seguir el buen
camino que hace un momento ha iniciado el Grupo Parlamentario Popular
retirando el artículo 5, al que pedimos que retire también el artículo 6,
porque, insisto, creemos que este artículo en nada ayuda, absolutamente
en nada, a la hora de definir una serie de acontecimientos deportivos de
interés general que deban ser retransmitidos o emitidos en directo para
el conjunto de la población; no ayuda en nada a que hayamos creado a
través de este proyecto de ley una comisión que sea la encargada de
elaborar y vigilar ese catálogo; no ayuda en nada a que los espectadores
en general reciban más o menos fútbol u otro tipo de acontecimientos
deportivos en abierto, y lo que está haciendo, exclusivamente, es poner
piedras en el camino a algo que ya está hecho, a algo que ya existe, a
una serie de acuerdos existentes en la sociedad española entre una serie
de operadores de televisión y una serie de clubes de fútbol que tienen
perfecto derecho a llegar a acuerdos entre ellos. Desde luego, este
artículo no contribuye sino a entorpecer estas relaciones a las que estoy
haciendo referencia y en nada ayuda al conjunto de la población a la hora
de definir o dejar de definir qué acontecimientos son de especial interés
y, por tanto, deban ser emitidos en abierto al conjunto de la población.

Insisto y termino, señor Presidente, señores del Grupo Popular, retiren
este artículo 6 y la ley saldrá ganando algo. Clarificaremos algo, si es
posible; ya veremos cuando la leamos al final, pero creemos que esta ley
lo único que va a contribuir es a que aumenten los pleitos una vez que
esté aprobada, porque lo único que crea es confusión. Si lo que se
persigue es eso, digámoslo. (El señor Belloch Julbe: Pero crea puestos de
trabajo.--Risas.) Posiblemente crea puestos de trabajo, es verdad, pero
es cierto que lo único que va a hacer este proyecto de ley, cuando se
convierta en ley, es llevar más trabajo a los juzgados, estoy plenamente
convencido de ello, y creo que en este Parlamento no deberíamos propiciar
eso, sino más bien lo contrario.




El señor PRESIDENTE: En todo caso, sería ante los juzgados de lo civil,
lo que es tranquilizador. (Risas.)
Para la defensa de las enmiendas números 10 y 11, a los apartados 2 y 3
del artículo 6 del proyecto, tiene la palabra el señor González de
Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Constituye una verdadera
satisfacción para el Grupo Parlamentario Vasco el observar la vehemencia
y fruición de otros portavoces en la defensa de las enmiendas que a este
proyecto de ley ha presentado el Grupo Parlamentario Vasco. Le aseguro,
señor Presidente, que es altamente gratificante. En todo caso, me
permitirá que use mi turno para defenderlas, aunque han sido
magníficamente defendidas por el señor Nieto.

El Grupo Parlamentario Vasco también entiende que este artículo debiera
tener una nueva redacción y manifiesta



Página 6003




su disponibilidad, tal como ha indicado el señor Nieto, a encontrar un
nuevo punto de equilibrio en este artículo que es un nudo gordiano del
propio proyecto de ley.

En principio, no estamos en contra de que la televisión de pago pueda ser
regulada en este proyecto de ley y por eso solicitábamos la supresión de
los apartados 2 y 3 y no del apartado 1 que, aunque puede ser evidente,
tiene una significación que figure. Es decir, que el proyecto de ley
recoja la posibilidad de la emisión en pago por consumo creemos que no es
reconocer una banalidad o incluir una verdad de perogrullo, porque la
dimensión de ese reconocimiento va más allá. En todo caso, entendemos que
lo que es razonable en otros sectores de la sociedad, en el mundo
industrial, en el mundo económico, también debe serlo en el mundo de la
televisión y en el tema de la adquisición de derechos, si se quiere
establecer desde la perspectiva de la propiedad intelectual. En ningún
caso se puede garantizar un derecho cuando una obra de propiedad
intelectual no existe o cuando es expectativa de derecho. Creo que a la
hora de analizar este artículo, nos tenemos que situar en las
perspectivas que son razonables: en la propiedad intelectual o en el
mundo económico e industrial. Desde esa perspectiva, entendemos que la
redacción de este artículo 6 debe ser mejorada de una forma
significativa.

Se entiende menos, señor Presidente, el apartado 3, en relación a la
publicidad. No se entiende el interés en regular la no inserción de
publicidad directa durante las retransmisiones, ni siquiera en sus
intervalos, si, aceptadas las condiciones por el eventual cliente de la
televisión de pago, puede esto significar una reducción de la tarifa del
abonado. En todo caso, y viendo los contenidos de las distintas enmiendas
que formulan los diferentes grupos parlamentarios a este artículo 6, tal
y como ha significado el señor Nieto, entendemos que es razonable avanzar
en una redacción más matizada y, en lo que respecta al Grupo
Parlamentario Vasco, entiende razonable que se recoja la perspectiva de
la televisión de pago, pero que recoja también criterios que son usuales
en el mundo económico, en el mundo industrial o, en su caso, en el mundo
de la propiedad intelectual.




El señor PRESIDENTE: La señora portavoz del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya tiene la palabra para la defensa
de la enmienda 31.




La señora SABANES NADAL: Evidentemente, señorías, nos encontramos ante el
artículo y ante el punto más conflictivo que conforma este proyecto de
ley. En el bloque de enmiendas que nosotros planteábamos al estricto
texto del Gobierno pretendemos introducir una enmienda que viene a
regular el artículo de otra manera. El Gobierno incluye el artículo con
una estructura de tres apartados, un apartado que define el pago por ver,
un apartado 3 que prohíbe la publicidad y que nosotros entendemos que
probablemente hubiera sido preferible que se incorporara a la legislación
específica sobre publicidad en televisión y, finalmente, incluye un
apartado 2 que, aunque ha habido alguna modificación, decía que cualquier
operador que aceptara las contraprestaciones económicas establecidas por
los clubes o sociedades anónimas deportivas podría realizar la
retransmisión mediante la modalidad de pago por consumo, y que en todo
caso las contrataciones serían iguales por prestaciones o servicios
equivalentes.

Señorías, esta regulación es una novedad importante sobre la situación
actual respecto a cómo se regulan estos temas en Europa y respecto a la
situación con que tradicionalmente este sector y esta modalidad se
debería regular. Este apartado quiere decir que prohíbe taxativamente la
posibilidad de negociar exclusivas.

En primer lugar, nosotros hemos presentado una enmienda para que en todo
caso sean los titulares de los derechos los que puedan negociar. El
sistema de regulación que se plantea, que es algo así como tarifario, de
tarifas, de tal manera que cumpliendo estas prestaciones cualquier
operador tiene derecho, nosotros no lo compartimos en absoluto.

Entendemos que ese sector específicamente y en este apartado que estamos
regulando no tiene por qué ser incompatible con la negociación de
exclusividades, eso sí, es lógico que las exclusividades reúnan una serie
de condiciones que genéricamente se tienen en cuenta a la hora de
negociarlas.

Por tanto, nosotros hemos presentado una enmienda en el sentido de que,
para poder realizar esta retransmisión, los operadores negociarán con los
titulares de los derechos, respetando los principios de pluralidad y
libre concurrencia, tanto las condiciones de la oferta como el abono de
las contraprestaciones económicas que pudieran corresponder. Nos parece
que habría que tener en cuenta algunos criterios: la estabilidad
económica --aquí hay un error que, si me permiten, corrijo: no nos
referíamos a los titulares de los derechos, sino de los clubes y de las
sociedades anónimas deportivas--, la viabilidad de la competición, el
interés de los usuarios, las condiciones de retransmisión y la
importancia del acontecimiento o espectáculo deportivo.

¿A qué apunta exactamente la enmienda de Izquierda Unida? Todos aquellos
que se manifiestan con una gran preocupación por lo que puede pasar o no
puede pasar, deberían prestar especial atención, porque esta enmienda,
tal y como la plantea Izquierda Unida, resta enormemente importancia al
debate sobre la retroactividad, en tanto que no cuestiona el sistema
actual de modalidades de contratación. No lo cuestiona, dice que se
debería hacer en unos términos, dice que sería bueno que se hiciera en
determinadas circunstancias y de determinada manera, pero no está
incidiendo, no está planteando una ruptura como la que plantea la
regulación del Gobierno, que plantea una ruptura importante a la que nos
oponemos, entre otras razones, porque nosotros estamos convencidos de que
una norma de rango legal como ésta difícilmente iba a llegar a a
interferir en una práctica empresarial que ya está estandarizada.

Nosotros entendemos que es muy complicado imaginar en estos momentos un
mercado televisivo en el que todos los operadores puedan programar las
mismas retransmisiones de los mismos acontecimientos y en el mismo
momento en que se están celebrando. A corto plazo, las contraprestaciones
económicas o tarifas que se fijaran por los titulares de los derechos
descenderían, lo



Página 6004




que muy probablemente conllevaría, finalmente, una autorregulación de ese
sector al margen de la propia ley.

En segundo lugar, este descenso del precio de las retransmisiones
provocaría una insostenible situación financiera en los clubes de fútbol,
cuya supervivencia podría volver a recaer en la órbita de lo público
mediante un incremento de su participación en la recaudación de las
quinielas, ventajas fiscales, etcétera.

Por último, es evidente que, admitiendo la lógica por la que el Gobierno
ha regulado este artículo, sí habría que contrastarlo inevitablemente con
los contratos ya negociados, que se tendrían que ver a la fuerza
desvirtuados.

Por tanto, ¿qué es lo que nosotros hemos pretendido con esta enmienda que
pensábamos que, además, podía ser susceptible de consenso? En primer
lugar, nosotros pretendemos reflexionar de verdad sobre cómo se debería
regular esta modalidad, no solamente en cómo afectaría una regulación,
tal y como han hecho otros grupos planteando que da igual qué regulación
se vaya a hacer porque lo único que importa es si se le va a aplicar o no
retroactividad a la regulación. No da igual. Es importante concretar qué
tipo de regulación se propone. No da lo mismo, es muy diferente; una
cuestión incide negativamente sobre un sector; una cuestión puede
desvirtuar a la larga y puede provocar una crisis importante tanto en el
sector deportivo profesional como en el fútbol, de forma que no sepamos a
la larga qué es lo que estamos diciendo, y, además, no sigue la tónica de
ninguna relación que en este sentido se esté haciendo en ese mismo
sector, en Europa y en esos mismos momentos.

Por tanto, sí era importante decir cómo íbamos a regular ese artículo.

Tan obsesionados hemos estado con si se iba a aplicar o no con
retroactividad, que en absoluto hemos pensado cómo se debía regular
realmente este apartado. Además, nosotros hemos creído que esta filosofía
que debe hacer compatible los diferentes derechos y las distintas
polémicas que en este momento están en concurrencia, debería situarnos en
otra batalla. Debería situarnos en una batalla bastante más razonable
sobre este artículo. Además, nosotros fijamos con mucha claridad que
habría que respetar los principios de publicidad y libre concurrencia,
pero queremos que se nos diga si hay que fijar más condiciones.

Estaríamos dispuestos incluso a aceptar que el consejo de
retransmisiones, que vamos a aprobar posiblemente por unanimidad, en un
plazo de un año elevara un informe y contrastara en qué punto y de qué
manera toda la regulación que estamos haciendo en este momento se
correspondería con la situación actual, aparte de lo que nosotros
regulemos, sin menoscabo de la actuación sobre los contratos de los
tribunales de defensa de la competencia o, en su caso, de la Comisión de
la Comunidad Económica Europea.

Por consiguiente, nosotros estamos absolutamente convencidos de que
haremos mal si planteamos un sistema de regulación que, entre otras
cosas, es absurdo en sí mismo y nadie lo está utilizando; es un sistema
de regulación que consiste en decir que cada partido tiene un precio, lo
compra quien quiere y en el mismo momento que ese partido se da en el
estadio además se puede dar, mediante la modalidad de pago por ver, por
cinco plataformas; es un sistema que no es bueno ni es malo, a mi modo de
ver, es absurdo y no tiene viabilidad.

Por tanto, lo que debía haber centrado el debate es cómo se tendría que
regular este apartado. A partir de ahí, habría que pensar en
retroactividad o no. En todo caso, yo digo y mantengo que la regulación
de este artículo por parte de nuestro grupo no implica tener que definir
hoy qué pasa con la retroactividad, porque el sistema es compatible con
lo que se está haciendo. Si no lo es, lo dirán los tribunales de defensa
de la competencia o, en su caso, la Comisión de la Comunidad Económica
Europea que, de cualquier forma, tendrían que corregir algunos términos o
algunos aspectos de los contratos. En ese sentido, estaríamos dispuestos
a decir que, en un año, esta Comisión evalúe lo que está pasando y el
grado de cumplimiento de la normativa, pero entendemos que el debate
debería estar en la regulación y no sólo en fijar si le va afectar a no
sé quién: ¿si le afecta, no es bueno el sistema y, si no le afecta, sí es
bueno? El sistema no es bueno, no es una buena regulación y deberíamos
intentar hacer una regulación que finalmente fuera capaz,
fundamentalmente, de hacer compatibles los derechos de los usuarios, la
estabilidad económica de las sociedades anónimas deportivas, la
pluralidad y los diferentes aspectos que teníamos que tener en cuenta.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés, al comienzo de su intervención, ha
hecho referencia a que en la formulación de su enmienda se había
deslizado alguna errata y que estaba en condiciones de rectificarla.

¿Podría precisarlo?



La señora SABANES NADAL: En el apartado a), que habla de la estabilidad
económica de los titulares de los derechos, nos referíamos concretamente
a la estabilidad económica de clubes y sociedades anónimas deportivas.




El señor PRESIDENTE: Por esta Presidencia queda amparada esa
rectificación, que era errata de hecho.

Para la defensa de su enmienda número 66, tiene la palabra el señor
Rivero, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.




El señor RIVERO BAUTE: La enmienda de Coalición Canaria a este artículo
está dirigida básicamente al apartado 3, en lo que se refiere a la
prohibición de inserción de publicidad en las retransmisiones deportivas
cuando se realicen por la modalidad de pago.

Nos parece que, una vez que tenemos garantizado el poder emitir en
abierto los acontecimientos relevantes, los acontecimientos de interés
general, lo que debe interesarnos es poder ofrecer a los usuarios la
mayor cantidad de acontecimientos a través de las televisiones de pago.

Una vez garantizado el primer principio, parece que eso es lo que nos
debe preocupar. Si queremos acercar la televisión de pago a los usuarios
y que esto sea posible y razonable desde el punto de vista económico, es
necesario que los operadores de esta modalidad puedan insertar
publicidad, puesto que, si se generan ingresos mediante la publicidad,



Página 6005




estarán mucho más al alcance de los usuarios las cuotas que se les pidan.

Por tanto, con esta enmienda a este artículo, pretendemos limitar esa
prohibición a la inserción de publicidad mediante los acontecimientos
retransmitidos por la televisión de pago.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor López de Lerma para la
defensa de su enmienda número 96 al apartado 2 del presente artículo 6.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: En el inicio de la defensa de nuestra
enmienda nuestro grupo parlamentario quisiera reiterar algo que quedó
escrito en el «Diario de Sesiones» cuando el debate de totalidad, que es
lo siguiente: Nosotros mantenemos coincidencias con el texto que nos
propone el Gobierno, como se ha podido apreciar en la mañana de hoy, pero
también mantenemos discrepancias respecto de algunos contenidos. Nuestra
voluntad inicial y actual, como supongo que todos los comisionados habrán
podido comprobar, es la de intentar mejorar el texto y ofrecer todos
conjuntamente una buena ley a la ciudadanía; una ley que sea positiva
ante un problema que se está debatiendo en estos momentos en toda Europa
y que tenga la duración que corresponde a toda buena ley. Dijimos que
deseábamos ser solución, que jamás queríamos ser problema, y que
queríamos trabajar en una línea posibilista para alcanzar la coincidencia
final global del proyecto de ley desde una discrepancia inicial,
igualmente global, respecto del proyecto de ley.

Sin embargo, como se ha puesto aquí de manifiesto tanto por la
intervención del portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, como por la
señora portavoz del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, estamos abriendo lo que yo denomino la segunda parte del
proyecto de ley, y aquí es donde o lo tomas o lo dejas. Es decir, aquí se
plantea la disyuntiva de o todo globalmente, por tanto retroactividad no,
o simplemente nada. Ya dije, y reitero, que la propuesta del Gobierno,
del Consejo de Ministros, si no era oportuna en el tiempo, porque quizá
lo que nos aconsejaba la lógica, el sentido común, era esperar y ver lo
que deciden el Parlamento y la Comisión Europea para, luego, hacer la
trasposición correspondiente a nuestro Derecho interno (y quizá fuera
mucho más sensato esto, yo creo que lo es), al menos era lógica, porque
el Gobierno tenía que impulsar la legislación sobre algo como es el
interés general respecto de acontecimientos y competiciones deportivas.

También dije, y reitero hoy, que la propuesta del Gobierno va mucho más
allá que el propio objeto que especifica, expone, desarrolla, en la
memoria del proyecto de ley, mucho más allá, por supuesto, que el propio
título de la ley y mucho más allá de la propia exposición de motivos que
introduce este proyecto que estamos debatiendo.

Por tanto, nuestro acuerdo con que la importancia social de las
retransmisiones audiovisuales de los acontecimientos deportivos exige,
por una parte, proteger el derecho a la información, como se ha puesto de
manifiesto y acabamos de votar; acuñar el concepto de interés general,
que lo estamos acuñando a lo largo de este debate; asegurar que las
competiciones y acontecimientos de interés general así considerados se
emitan en directo y en abierto, y en diferido por lo que también acabamos
de acordar, y crear el correspondiente catálogo que va a administrar un
organismo que, a estas alturas del debate, no sabemos cuál será ni cómo
será su composición. Pero en el debate de totalidad no acertábamos a
comprender, y no lo acertamos hoy, por qué, una vez regulado todo esto
--cuya necesidad es evidente, aunque bien pudiéramos esperar, reitero, a
ver lo que nos dice la Unión Europea--, el Consejo de Ministros nos
propone que, además, aprovechemos el viaje para ordenar una nueva
televisión --que es la denominada digital, hemos de hablar claro--
mediante un producto final socialmente sustantivo y económicamente
sustancioso, como es la retransmisión de competiciones y acontecimientos
deportivos en la modalidad de pago por consumo, arbitrando condiciones,
enunciando supuestos, negando inserciones de publicidad, como se ha
puesto de manifiesto en algunas de las enmiendas, etcétera.

Yo no voy a decir que el Gobierno no esté en su derecho, no lo voy a
decir porque, de acuerdo con la Constitución, al Gobierno le compete,
entre otras cosas, impulsar una norma legal, una ley que reglamente todo
lo que le parezca oportuno al Gobierno, y a lo que el Parlamento dé o no
su aprobación, su visto bueno, en este caso los sucesos deportivos
denominados de interés general.

Sí digo que la intención de este proyecto de ley (repito que su objetivo
inicial, su objeto central en la memoria enviada por el Consejo de
Ministros, en la exposición de motivos y en la propia titulación, es
otro) es definir el interés general en la retransmisión en abierto y en
directo de los acontecimientos deportivos. Lo que se dice es que se
incluye en este proyecto de ley algo que desvirtúa ese objetivo original
que, reitero, compartimos totalmente. Por tanto, estamos ante una
contradicción conceptual evidente, porque aceptamos la relevancia o
trascendencia social de ciertos sucesos deportivos a los que vamos a
calificar de interés general, vamos a catalogarlos y va a ser
administrado ese catálogo por un órgano, el que vayamos a crear más
adelante. Ahora entramos en el artículo 6.º y nos vamos directos a
regular en otro 50 por ciento de este proyecto de ley lo que es de
interés particular. No es de interés general, no es de interés social. No
sé, pero creo que el acierto y la oportunidad no acompaña esa propuesta.

Sí sé que, a partir de la propuesta de tener dos proyectos en uno, se
crea una confusión y su origen se halla en esa contradicción conceptual.

Como ya dije en el Pleno, en política no hay nada peor que la confusión.

También las confusiones que se derivan de leyes mal redactadas o mal
enfocadas.

Dicho esto, he de remarcar que nuestra enmienda al artículo 6.º, que
aparece como enmienda menor, si se quiere leer, tiene mucho que ver, todo
que ver, con una enmienda que hemos presentado, creando una disposición
transitoria, mediante la cual, en caso de aprobarse, las disposiciones de
esa futura ley no afectarían ni a la vigencia ni al ejercicio de todos
los derechos legalmente adquiridos mediante contratos celebrados antes
del día 21 de febrero de



Página 6006




1997, que es cuando el Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley.

Entendemos que no pueden verse afectadas por una nueva normativa derechos
que en su día fueron establecidos en un marco legal vigente, a través de
contratos que se celebraron antes de la aprobación en Consejo de
Ministros de este proyecto de ley. En caso contrario, quedarían
afectadas, lesionadas gravemente, situaciones y previsiones ya generadas
anteriormente, de acuerdo con un marco legal establecido, el que existe
hoy, pero que ahora, quiérase o no, se intenta modificar al introducir en
este proyecto de ley una vía distinta, que es la sustantiva social y
económicamente sustanciosa, que es la digital.

Señor Presidente, en estos términos justifico nuestra enmienda número 98
que, reitero, tiene su correspondencia natural y, si me permiten la
expresión, su amparo en la disposición transitoria a la que he aludido,
más que en el propio texto de nuestra enmienda.




El señor PRESIDENTE: En cualquier caso, volveremos sobre su enmienda
número 98, señor López de Lerma. Estábamos en la consideración de la
enmienda número 96, de bastante más alcance que el que su aparente
modestia pudiera hacer suponer.

Tiene la palabra el señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: ¡Ay, señoras y señores Diputados,
al 6.º hemos llegado! Y estamos en una ley que tiene 6.º, pero no 9.º
Evidentemente, señor Nieto, nosotros, conservadores, necesitamos un 6.º,
pero no desvirtúa, en absoluto, ni muchísimo menos, empece, que esta ley
tenga este artículo 6.º, que se refiere al denominado pago por visión,
pago por consumo. La introducción de una nueva modalidad de retransmisión
de señales de televisión (cual es la televisión por pago, es decir,
aquella modalidad de televisión reciente en que un mismo recipiendiario
de señales de televisión puede discriminar entre diferentes programas en
un mismo tiempo e, inclusive, un mismo espectáculo puede visionarlo a
través de diferentes aspectos, de diferentes elementos que pueden
proporcionarse) realmente nos parece algo novedoso y digno de ser
regulado. Por consiguiente, es oportuno, es necesario y así se hace por
el Gobierno.

Al defender su enmienda número 98, que tiene relación con este tema, el
señor López de Lerma ha hecho un gran alegato en función de
retroactividad o no retroactividad. Realmente la enmienda que presenta el
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) a este punto que
estamos debatiendo ahora no tiene ni mucho menos la envergadura que le ha
querido dar el señor López de Lerma y que, por supuesto, discutiremos
cuando hablemos de la disposición transitoria nueva que ellos formulan a
este proyecto de ley. Espero, además, ilustrar a SS. SS. a efectos
también de lo que representa la adquisición y ejercicio de los derechos
en esta materia porque, guste o no, estamos hablando de propiedad
intelectual de reciente regulación. Espero ilustrar a SS. SS.

adecuadamente a los efectos de lo que supone la adquisición de derechos
en materia de propiedad intelectual. También quiero recordar a SS. SS., a
los efectos de fechas, acuerdos del Consejo de Ministros y el siempre
olvidado normalmente por los particulares, y nunca bien comprendido,
artículo 1.227 del Código Civil, cuando tengamos ocasión de iniciar el
debate de estas disposiciones transitorias.

Nosotros en este artículo 6.º, independientemente de la regulación
general de lo que puede significar el pago por visión --es importante
conocer de qué se trata, de qué estamos hablando--, planteamos un sistema
de emisión por parte de operadores de pago por visión que garantice el
sistema de libre concurrencia entre los diferentes operadores, de forma
que el usuario del pago por consumo, del pago por visión, sea cual sea al
que esté abonado, pueda recibir todos y cada uno de los programas a que
se refiere el artículo 1.º de la Ley sin necesidad de cambiar de
operador, como consecuencia del abono que pueda tener también. En
definitiva, porque a través de un mismo modem, de un mismo captador de
señales digitales, puede obtener las diferentes señales pagando el mismo
precio, sin necesidad de tener que abonarse a diferentes operadores. Por
consiguiente, nos parece de enorme trascendencia para el consumidor
final. Nos parece enormemente ventajoso, para el visionador habitual de
imágenes televisivas en la modalidad de televisión por pago, que pueda
acceder a cualquiera de los operadores en esta materia, en este sector
audiovisual que constituye un mercado fundamental importantísimo para el
consumidor español hoy día.

En aras también de conseguir una reducción de precios posibles al
espectador final de este tipo de espectáculos deportivos, consideramos
que es adecuado y puede ser útil la supresión del apartado tercero de
este artículo, en el sentido de la prohibición inicial de publicidad a
través de un sistema de televisión, porque puede redundar en una
reducción de los precios correspondientes. Y en aras también de llegar a
un acuerdo, formulamos una enmienda transaccional, que lo sería con las
números 10 y 11, del Grupo Vasco (PNV); con la número 66, del Grupo de
Coalición Canaria; con las 81 y 82, del Grupo Parlamentario Popular; y
con la 96, del Grupo Catalán (Convergència i Unió), en el sentido de
adecuar de manera suficiente lo que pueda significar no sólo clubes o
sociedades anónimas deportivas, sino hablar en general del titular de los
derechos de retransmisión o emisión. En este sentido, el primer párrafo
quedaría redactado tal cual, y el segundo párrafo quedaría redactado en
la enmienda transaccional que nosotros proponemos de la siguiente forma:
Cualesquiera operadores que acepten las contraprestaciones económicas
establecidas por los titulares de los derechos podrán realizar la
retransmisión mediante la modalidad de pago por consumo. En todo caso,
las condiciones de contratación serán iguales para prestaciones o
servicios equivalentes.




El señor PRESIDENTE: Nos corresponde emprender de nuevo la tarea de
jornaleros legislativos para conocer las posiciones de los distintos
grupos parlamentarios, no ciertamente la enmienda número 58 del Grupo
Parlamentario Socialista que proponía la supresión llana y simple del
conjunto del artículo. No creo que sea necesario conocer



Página 6007




la no comprensión de su pretensión por parte de la enmienda transaccional
a la que se nos acaba de dar lectura.

Para manifestar la posición con respecto a la enmienda que nos ha sido
aportada, la señora Sabanés, del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra.




La señora SABANES NADAL: Nuestro grupo no va a aceptar la enmienda
transaccional que nos acaba de ser aportada, por cuanto mantiene lo que
nosotros venimos reiterando acerca de que no nos parece bien esa
regulación en el artículo 6.º. Mantiene la idea, aunque haya una parte de
los contratos, de los nuevos contratos, que no se pudiera ver afectada,
de que se va a ir a un sistema tarifario, de libre concurrencia. Creemos
que se puede y se debe salvaguardar la libre concurrencia y la publicidad
sin imposibilitar la contratación racional de exclusivas con arreglo a
las normas de la competencia, que es como funciona ese sector.

Yo no conozco ningún sitio en donde funcione un tipo de regulación como
la que se nos propone aquí. No es viable. Nos empeñaremos y la
incluiremos, pero no es viable.

En todo caso, nosotros aceptaríamos lo que se proponía añadir a nuestra
enmienda 42. No entendemos que se pueda hablar de si hay o no
retroactividad. Es un añadido que, si quiere lo expongo ahora o, si no
después. Tiene que ver con este artículo, pero sería una transaccional.




El señor PRESIDENTE: Llamo la atención de S. S. de que la enmienda que
estamos considerando es la 31. La 42 tendrá oportunidad de defenderla en
relación con la 98 del Grupo Parlamentario Popular.




La señora SABANES NADAL: Entonces no aceptamos la transaccional.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Hay que reconocer habilidad al
portavoz del Grupo Popular en la formulación de transacciones. No estamos
hablando en puridad de una enmienda transaccional; estamos hablando de la
aceptación de la enmienda número 11 del Grupo Parlamentario Vasco y de la
96 del Grupo Parlamentario Catalán. Es decir, se da la vuelta al
calcetín. No se acepta la enmienda número 11 del Grupo Parlamentario
Vasco y sí la 96 del Grupo Parlamentario Catalán, ante lo que no podemos
estar de acuerdo.




El señor PRESIDENTE: No está de acuerdo con que se suprima la enmienda
número 11.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: No podemos estar de acuerdo con
que no se acepte nuestra propia enmienda y sí la 96 del Grupo
Parlamentario Catalán.

El señor PRESIDENTE: El señor Rivero tiene la palabra.




El señor RIVERO BAUTE: La transaccional recoge lo que pretendía Coalición
Canaria para suprimir la referencia a la prohibición de insertar
publicidad.




El señor PRESIDENTE: El señor López de Lerma tiene la palabra.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Acepto, como ha hecho el señor González
de Txabarri, con mucho gusto que el Grupo Parlamentario Popular, y en
concreto el señor Fernández de Troconiz, ha realizado un gran esfuerzo
durante todo este debate, y supongo que lo seguirá haciendo hasta el
final, como nos ha sido anunciado públicamente, para acercar posiciones.

Siendo cierto que la transaccional acoge nuestra pretensión respecto a
este artículo 6.º, es igualmente cierto que no teniendo, como dice el
señor Fernández de Troconiz, la envergadura que se desprende de mi
anterior intervención, tiene una correspondencia con la disposición
transitoria que aportamos con nuestra enmienda 98.

Por lo tanto, señor Presidente, admitiría de buen grado la transaccional
si el Grupo Parlamentario Popular me dijera en estos momentos que está
dispuesto a aceptar la disposición transitoria, por la que no va a haber
efectos retroactivos para los derechos que están vigentes. En el caso de
que no la acepten, yo tampoco admitiré esta enmienda transaccional y
mantendré mi enmienda. Según las enmiendas que queden vivas, daré mi voto
en justa correspondencia con mi criterio que, sustantivamente, es el de
la enmienda 98.




El señor PRESIDENTE: Señor López de Lerma, le recuerdo que la
transaccional a que ha dado lectura el señor Troconiz reproduce
literalmente su enmienda 96.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, ya sé leer. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: Como comprenderá, señor López de Lerma, su propuesta
de aceptación condicional planta a esta Presidencia dificultades casi
insuperables. En este punto, razonablemente deberíamos, sin votar,
profundizar en lo que nos resta del proyecto de ley, abandonando el
criterio de votación por artículos que veníamos manteniendo hasta ahora.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, me ha interpretado
correctamente. Le iba a decir que simplemente quería que se lo
transmitiera al Grupo Popular, como presidente neutral de esta Comisión.

(Risas.) Me parece mucho más acertada la propuesta que usted ha hecho de
esperar y ver. Por lo tanto, estoy dispuesto a aceptar su sugerencia,
señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Está claro lo que me preguntaban SS. SS. desde los
escaños. Porque de no operar en



Página 6008




este sentido no progresaríamos en la búsqueda o consecución de acuerdos.

En esa dirección es en la que hemos venido trabajando esta mañana.

El señor Fernández de Troconiz tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, quiero
manifestar al señor López de Lerma que nosotros votaremos a favor de esa
enmienda 96 a menos que la retire, en cuyo caso, evidentemente, sería
imposible.

En la enmienda transaccional que hemos dado lectura aceptamos
literalmente la enmienda formulada por el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió). Evidentemente, si no es retirada, aunque no sea
votada a favor por su proponente, ciertamente seguiremos apoyando la
enmienda presentada.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, no me causa ninguna
sorpresa lo que me está indicando el señor Fernández de Troconiz. Es
absolutamente congruente con la posición que ha mantenido en su enmienda
transaccional. Por lo tanto, es lógico que voten mi enmienda. Pero la
lógica está en votar la disposición transitoria, es decir, la enmienda
98, que es el auténtico paraguas de la que yo presento al artículo 6.º,
por una razón muy sencilla que todos ustedes comprenderán como buenos
parlamentarios. Nosotros enmendamos siempre los artículos que nos va
proponiendo el Gobierno y, en justa correspondencia, formulamos enmiendas
que recogen lo que es sustantivo en un discurso político que va
presentando distintos frentes a medida que se presentan artículos. Por lo
tanto, las enmiendas del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida están
relacionadas entre sí, como las del Grupo Parlamentario Popular y como
las mías naturalmente, señor Presidente. Por eso, me parece acertada su
propuesta y, en caso contrario, aceptaría que se sometiera a votación el
artículo 6.º. El Grupo Parlamentario Popular que haga lo que le parezca
oportuno, que yo también lo haré.




El señor PRESIDENTE: Ruego que los señores portavoces auxilien a esta
Presidencia con su criterio en orden a resolver el dilema planteado.

Señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: El Grupo Parlamentario Vasco
acepta la enmienda transaccional que ha presentado el Grupo Parlamentario
Popular, lo que da pie a ser votada favorablemente, tal como ha pedido su
portavoz. Si el Grupo de Convergència i Unió mantuviera viva su enmienda
número 96, también la votaríamos a favor. Lo que procede es que se siga
con el ritmo de trabajo. Lo que tenga que llegar ya llegará. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: Señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Aunque sustancialmente estamos de acuerdo con la
transaccional presentada, tampoco vemos mal, sino todo lo contrario, la
propuesta de la Presidencia y del portavoz del Grupo Catalán en el
sentido de que, en aras al consenso que se está buscando en la
tramitación de este proyecto de ley, se remita la votación de este
artículo 6.º al debate de la disposición transitoria a que hacía
referencia el señor López de Lerma.




El señor PRESIDENTE: Señor Solé Tura.




El señor SOLE TURA: Señor Presidente, nosotros también estaríamos en esta
misma línea que acaba de expresar el portavoz del Grupo de Coalición
Canaria, puesto que el firmante de esta enmienda que se va a poner a
discusión, el Grupo Parlamentario Catalán, opina que hay una vinculación,
y tiene razón, entre un aspecto y otro. Sería justo que, una vez
discutida la enmienda, sigamos sin proceder a una votación ahora, hasta
que lleguemos a la otra, o avancemos en la otra para que se pueda
producir esta visión complementaria. Creo que sería útil para todos.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Realmente, no sé por qué se deben
vincular unas enmiendas a otras. Se podía haber formulado la enmienda al
propio artículo, indicando la oportunidad adecuadamente. En todo caso, el
máximo mentor del Reglamento, que está a su izquierda, señor Presidente,
puede subsanarlo personalmente. De acuerdo con lo que señala el
Reglamento, los proyectos de ley se debaten artículo por artículo,
disposición tras disposición, y en esta medida la enmienda no es la que
hace intercambiar o cambiar el sentido del debate del proyecto, sino que
es el proyecto que se somete a discusión el que es objeto de
determinación del procedimiento en función del cual se procede al debate.

Por consiguiente, si hasta ahora hemos debatido artículo por artículo,
sigamos haciéndolo así. ¿Que se quiere introducir esta enmienda y se
quiere discutir esta enmienda con este artículo? Muy bien, de acuerdo,
discútase esta enmienda con este artículo, pero esto no empece en
absoluto, señor Presidente, a que se vote este artículo y las enmiendas
presentadas por separado.




El señor PRESIDENTE: Señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Con mucho gusto me voy a someter al
criterio de la Presidencia sin discutirlo.

Sólo quiero hacer una puntualización porque me parece de necesidad: que
hubiera aplicado esta misma tesis el señor Fernández de Troconiz esta
mañana cuando el señor presidente ha unido la discusión del artículo 1.º
con el artículo 4.º. Es exactamente el mismo planteamiento que yo hago:
unir el artículo 6.º con la disposición transitoria.

¿Por qué lo ha hecho el señor presidente? Según mi interpretación, y, si
no, me corrige, porque ha encontrado que había, primero, una correlación
y que lo sustantivo estaba en el artículo 4.º y no en las enmiendas del
artículo 1.º. Esto es lo que he interpretado. Por lo tanto, la
argumentación que ahora hace el señor Fernández de Troconiz,



Página 6009




siendo correcta, es exactamente contraria a lo acontecido esta mañana.




El señor PRESIDENTE: Señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Precisamente quería hacer esa misma precisión del
señor López de Lerma. En el debate de este mismo proyecto de ley en la
mañana de hoy han unido también dos artículos porque se entendía que
concurrían las mismas intenciones. Por lo tanto, desde nuestro Grupo
entendemos que estamos en una situación similar a la de la mañana de hoy.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, quiero indicar a
los señores portavoces del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió) y del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria que no se trata de
debatir en un momento procedimental u otro. El desarrollo de la discusión
lo marca el articulado del proyecto, que es lo que se somete a debate
informado por la Ponencia.

Sin embargo, si ustedes creen oportuno y adecuado debatir conjuntamente,
además de las enmiendas estrictamente al artículo 6.º del proyecto de
ley, las del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y del
Grupo Parlamentario de Coalición Canaria que incorporan una nueva
disposición transitoria, por nuestra parte no hay inconveniente, pero
esto no quita ni empece en absoluto a que se debata una disposición
transitoria que no existe como tal en el proyecto de ley. Por supuesto,
estamos de acuerdo con que, dentro del artículo 6.º, se incorpore también
el debate de otra enmienda que, en principio, no estaba prevista a este
artículo del proyecto de ley.

Es decir, que dentro del artículo 6.º podemos debatir todas las enmiendas
que SS. SS. tengan por conveniente y también las votemos dentro del
artículo que estamos en este momento en trance de discutir y, más tarde,
de votar.




El señor PRESIDENTE: Incluso las que postulan la disposición transitoria
nueva.

Obviamente, la Presidencia está ya iluminada por el criterio de los
distintos señores portavoces. Es evidente que hemos pretendido, en razón
de la claridad conceptual, sobre todo, de un proyecto de ley, y de un
debate que se nos presentaba singularmente enmarañado, buscar esa
racionalización, y a ese criterio se ha debido la tramitación conjunta de
los artículos 1.º y 4.º, que a esta Presidencia le resultaba evidente su
emparentamiento, mientras que, por el contrario, esta otra vinculación
nos ha surgido de las intervenciones de la señora Sabanés y del señor
López de Lerma, fundamentalmente.

En consecuencia, vamos a proceder a escuchar la defensa de las enmiendas
42, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya;
la 98, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y, en
relación con ellas, las propuestas que puedan surgir en torno a la
enmienda 84, del Grupo Parlamentario Popular. Acto seguido procederemos a
la votación de las enmiendas al artículo 6.º, a la disposición
transitoria nueva, y los correspondientes dictámenes.




El señor RIVERO BAUTE: Quería hacer una aclaración, señor Presidente.

Parece que la enmienda de Coalición Canaria, como disposición adicional,
está también vinculada a la nueva propuesta de debate de la transitoria
de Convergència.




El señor PRESIDENTE: No, señor Rivero, la enmienda que menciona S. S.

hace referencia al objeto propio de la disposición adicional y es la
enmienda 70. El problema es que probablemente la calificación como
adicional es un poco confusa.

En este punto, daría la palabra a la señora Sabanés para la defensa de su
enmienda 42.




La señora SABANES NADAL: En principio, la enmienda 42 estaba a expensas
de lo que fuéramos a regular en los artículos 4.º, 5.º y 6.º, por cuanto
que preveíamos que si se producían modificaciones contractuales que se
derivaran de la aplicación de estos artículos se precisaría acuerdo entre
las partes implicadas, sin que en ningún caso el Estado asumiera directa
o indirectamente la compensación por perjuicios económicos.

En el caso de que hubiéramos aceptado una lógica de regulación diferente,
fundamentalmente en lo que afecta al artículo 6, nosotros quizás
hubiéramos retirado esta disposición transitoria. Habida cuenta de que
esta mañana también se ha aceptado una redacción del artículo 5.º, que
hablaba del derecho de elección y que sí ha sido aceptada por los grupos
mayoritarios de la Cámara, vamos a mantener el contenido de esta
enmienda, en lo que afecta a los artículos 4.º, 5.º y 6.º
De todas formas, proponemos una transaccional, que iría muy ligada a lo
que era nuestra enmienda con referencia al artículo 6.º, que diría que el
consejo de las retransmisiones deportivas, en un período no inferior a un
año ni superior a dos a partir de la entrada en vigor de esta ley,
elevará informe preceptivo al Gobierno y a la Comisión de Educación y
Cultura del Congreso de los Diputados sobre la adecuación de la situación
en relación a la nueva legislación, y efectuará de oficio las oportunas
recomendaciones a los respectivos titulares de los derechos, todo ello
sin perjuicio de aquello que pudiera disponer en su momento sobre los
contratos en vigor el Tribunal de Defensa de la Competencia y, en su
caso, la Comisión de la Comunidad Europea. En todo caso, quiero decir que
si se acepta la transaccional que presentamos, sería de acumulación a
nuestra redacción de la enmienda número 42. Sólo hubiéramos suprimido la
primera parte de la enmienda, en el caso de que la regulación del 6
nuestro hubiera sido aceptado, cosa que no ha ocurrido.




El señor PRESIDENTE: No sabemos si lo ha sido porque no ha podido ser
puesta a votación, señora Sabanés.




Página 6010




La señora SABANES NADAL: Prevemos que no lo va a ser.




El señor PRESIDENTE: Tenga la bondad de hacer llegar a la Mesa la nueva
redacción ampliada de su enmienda número 42, señora Sabanés.

Para la defensa de su enmienda número 98, tiene la palabra don Josep
López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, esta enmienda trata,
como ya he mencionado, de introducir una disposición transitoria, por
tanto, una disposición nueva, por la que --cito literalmente--: «Las
disposiciones de la presente ley no afectarán la vigencia y el ejercicio
de todos los derechos legalmente adquiridos mediante contratos celebrados
antes del día 21 de febrero de 1997.»
Quiero manifestar que la fecha del 21 de febrero del presente año no es
una fecha cualquiera; es la fecha en la que el Consejo de Ministros
aprueba el proyecto de ley y, por tanto, se conoce por la opinión pública
por dónde van a ir los tiros, en expresión coloquial, es decir, por dónde
va el parecer no sólo del Gobierno, sino del Parlamento y, en
consecuencia, pueden suscitar movimientos que estarían bajo el paraguas
--digámoslo así-- de la actual normativa legal, aprovechándose del
trayecto parlamentario de esta propuesta que nos viene del Consejo de
Ministros. De ahí que nosotros fijemos la fecha de 21 de febrero de 1997
para que las cosas queden --dicho en expresión coloquial-- muy claras,
muy nítidas, nada sorprendentes y que no provoquen ninguna suspicacia.

¿Qué entendemos nosotros? Nosotros entendemos que mediante una nueva
normativa, ésta, no podrán verse afectados aquellos derechos que han sido
legalmente adquiridos, es decir, derechos derivados de una legislación
vigente, derechos derivados de la aplicación correcta de esa legislación
vigente, que se contemplan en contratos que se celebran, y vienen
aplicándose además, antes de la aprobación por el Gobierno de este
proyecto de ley reguladora de las emisiones y retransmisiones de
competiciones y acontecimientos deportivos. Por eso reitero la fecha del
21 de febrero de 1997. En caso contrario, es decir, en el caso de que la
voluntad del texto que va a ser enviado al «Boletín Oficial del Estado»
--si obtiene mayoría en esta Cámara-- fuera exactamente la contraria, o
sea, afectara derechos legalmente adquiridos en el marco de unos
contratos celebrados bajo una legislación vigente hoy todavía, de los que
nadie ha dicho que estuviera ni mal redactados ni mal aplicados, en caso
contrario, repito, lógicamente quedarían afectadas situaciones y
previsiones generadas con anterioridad al proyecto de ley enviado por el
Gobierno, con anterioridad a la vigencia de este texto que en su día será
ley, y siempre de acuerdo con el marco legal establecido, que han
originado en el marco legal establecido vigente, reitero, derechos de
retransmisión que deben respetarse por el propio principio constitucional
de irretroactividad de las normas.

Voy a la Constitución, señor Presidente, y quiero recordar dos o tres
cosas no menores. Primero, que la Constitución bajo la cual desarrollamos
todo nuestro quehacer legislativo, y en todo caso el Tribunal
Constitucional, nos dice si lo hacemos bien o si lo hacemos mal. Dice la
Constitución en su artículo 38 que se reconoce la libertad de empresa, y
se reconoce además en el marco de la economía de mercado, y yo lo quiero
subrayar de manera expresa en relación a los que se han autodenominado
conservadores. Y dice además la Constitución que los poderes públicos
--por tanto también este Parlamento-- garantizan y protegen su ejercicio,
el ejercicio de la libertad de empresa y el ejercicio de esa libertad en
el marco de la economía de mercado, y además esos poderes públicos no
sólo garantizan y protegen el ejercicio, sino también la defensa lógica
de la productividad. ¿Qué más dice la Constitución? En el artículo 33 se
reconoce, el derecho a la propiedad privada y, quiérase o no, los
contratos existentes, vigentes, en ejercicio, que se aplican, celebrados
con anterioridad al acuerdo del Consejo de Ministros y, por supuesto, con
anterioridad a este debate parlamentario, pertenecen a ese mundo global
del derecho a la propiedad privada. El artículo 33 nos dice además que
nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos; tampoco los derivados
de unos contratos celebrados bajo una normativa legal y que nadie ha
considerado contrarios a esa normativa legal. Nadie, repito, podrá ser
privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad
pública o de interés social. Yo no veo en ningún apartado del proyecto
que nos envía el Consejo de Ministros que se quiera privar de esos bienes
y derechos, justificándolos en una utilidad pública o un interés social,
pero sí observo con preocupación que se va no por una línea muy
transparente, tampoco por la más rectilínea, sino poco a poco, y yendo
artículo por artículo, hacia una privación de bienes y derechos sin la
declaración de utilidad pública, lo cual comportaría la correspondiente
indemnización, de acuerdo con el artículo 33, punto 3, de nuestra
Constitución y siempre de acuerdo con lo dispuesto por las leyes, en este
caso, por la Ley de Expropiación Forzosa. Lo contrario sería, pura y
simplemente, una incautación; creo que ésta es la palabra concreta desde
la vertiente jurídica constitucional. Eso dice nuestra Constitución. Pero
hay más cosas, señor Presidente, que explicaré, abusando de su amabilidad
en la administración del tiempo.

Como saben SS. SS. ha habido una discusión en el Parlamento Europeo
(también la ha habido en la Comisión Europea) acerca de lo que estamos
tratando inicialmente, es decir, sobre las emisiones y retransmisiones de
competencias y acontecimientos deportivos de interés general. Como
también saben SS. SS., ha habido discrepancia frontal en algunos casos
entre el Parlamento Europeo y la propia Comisión Europea. Esa
discrepancia se ha podido solventar con una posición común, es decir,
mediante el acercamiento de posturas discrepantes, posturas incluso
contradictorias, pero con la voluntad, que yo alabo, de llegar a una
posición común en el seno del Consejo. ¿Qué dice esta posición común que
ya es conocida por todo el mundo? Que los Estados miembros garantizarán
que los organismos de radiodifusión sometidos a su jurisdicción, no
ejercerán los derechos exclusivos que hayan adquirido después --subrayo



Página 6011




explícitamente la palabra después-- de la fecha de la publicación de la
presente directiva. Eso es lo que dice. Por tanto, la posición común del
Consejo, después de la conversación entre el Parlamento y la Comisión es
que, en todo caso, la normativa que se va a dictar por el Parlamento
Europeo, al parecer el 15 de junio y días después por la Comisión, va a
tratar del día después, no de los días anteriores. Por lo tanto, la
normativa va a tener su aplicación, como es lógico, sobre lo que se vaya
a contratar después, no sobre los derechos derivados de los contratos
existentes o preexistentes en el momento de la aprobación de la
directiva.

En el considerando 35. 15. 4. se dice que con el objeto de evitar
adquisiciones expeculativas de derechos con vistas a eludir medidas
nacionales es necesario aplicar dichas disposiciones a contratos
introducidos después de la publicación de la presente directiva y a los
acontecimientos correspondientes que se produzcan en la fecha de su
aplicación. Lógicamente, también cuando se renueven los contratos que
anteceden a la publicación de la presente directiva o qué contratos se
consideran nuevos, como es obvio, normal y lógico. En todo caso, la
posición común del Consejo, una vez pronunciado el Parlamento y una vez
pronunciada la Comisión y el texto consensuado entre el Consejo y el
Parlamento Europeo, es que no hay retroactividad, como es lógico, en los
contratos preexistentes, sino que se administra el futuro y no se altera
el pasado. Además, en el proyecto de directiva comunitaria que nace a
partir de esa posición común del Consejo y del Parlamento Europeo, la
normativa en la que se está trabajando --yo tengo una copia, está fechada
en Bruselas el 21 de abril, y no cito el fax-- dice que los Estados
miembros garantizarán que los organismos de radiodifusión sometidos a su
jurisdicción no ejerzan los derechos exclusivos que hayan sido adquiridos
después de la publicación de la directiva, no antes de la publicación ni
tan siquiera después de normativas semejantes sobre las que en estos
momentos estamos trabajando para redactar una ley.

En una interpretación del problema de la retroactividad dice el Consejo
que la directiva se limita --cito textualmente-- a establecer una única
nueva obligación a cargo de los Estados miembros. Y dice literalmente,
señorías, que se trata de una obligación que no tiene carácter
retroactivo, puesto que los Estados miembros deben adoptar medidas para
evitar en el futuro, no en el pasado, ni tan sólo en el presente, en el
futuro, la ilusión de la normativa nacional por parte de los operadores
desde otros Estados miembros, etcétera.

Posteriormente se enumeran una serie de medidas que no voy a explicitar
porque creo, señor Presidente, que he consumido mi tiempo. Pero sí quiero
subrayar nuevamente que tanto la posición común del Consejo y del
Parlamento, como el proyecto muy avanzado de directiva que se va a
someter el día 15 de junio al Parlamento y días después al Consejo, hacen
referencia al problema de la retroactividad, y dicen que se trata de una
obligación que no tiene carácter retroactivo.

Señor Presidente, creo que mis argumentos ya han sido expuestos de manera
suficiente como para avalar mi enmienda.

El señor PRESIDENTE: Para defender la enmienda número 70 del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria tiene la palabra el señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Señor Presidente, voy a evitar a SS. SS. la
repetición de los argumentos jurídicos y legales que ha esgrimido el
señor López de Lerma; él los ha expuesto mucho mejor de lo que yo sería
capaz, y nuestro grupo comparte en todo los términos la exposición que ha
realizado.

Nos preocupa muy especialmente la rescisión de los contratos que existen
en estos momentos con los clubes. En la intervención de esta mañana dije
que esta cuestión puede suponer un varapalo importante para la economía
de las sociedades anónimas deportivas españolas y, por lo tanto, no se
cumpliría uno de los objetivos manifestados en la exposición de motivos,
que es crear estabilidad en los clubes desde el punto de vista
financiero.

Señalaba esta mañana que también era importante despejar la duda de si el
Gobierno había garantizado a las distintas sociedades anónimas deportivas
alguna fórmula para resarcirles de los perjuicios que les pudiera
ocasionar desde el punto de vista económico en el supuesto de que el
proyecto de ley que estamos tramitando se aprobara en los términos que
está planteado en estos momentos. Nosotros intuimos que existe algún
acuerdo del Gobierno con las distintas sociedades anónimas para compensar
la pérdida que puede suponer la rescisión de los contratos actuales. En
esa hipótesis --y me gustaría que el señor Fernández de Troconiz me lo
aclarara--, se rompería la situación actual de equilibrio que hay en
estos momentos en el fútbol profesional, ese equilibrio que nos permite
ver, por una parte, los grandes acontecimientos deportivos de interés
general o relevantes en abierto y, por otra parte, mantener la
parafernalia que rodea a la Liga del fútbol profesional, a la Liga de las
estrellas, pagándola aquellos a los que les gusta el fútbol. Si se
rescienden los contratos, repito, nosotros prevemos la ruptura de ese
equilibrio. Nos parece una auténtica atrocidad que en este momento se
juegue en España a política de nuevos ricos; España es el país donde
mejor se paga a jugadores y entrenadores, parece que sobra el dinero por
todas partes cuando tenemos tres millones de parados. (El señor
Vicepresidente Vera Pro, ocupa la Presidencia.) Nos podría parecer una
mayor atrocidad que esa Liga, la Liga de las estrellas, que esas
cantidades mareantes de las que se habla en el fútbol tuvieran que ser
financiadas con recursos públicos, con recursos de todos los españoles.

Por lo tanto, nuestra principal objeción a que no se respeten los
contratos firmados está fundamentada en que presumimos que en estos
momentos existe un acuerdo del Gobierno con los distintos clubes de
fútbol para compensarles mediante la rebaja del IVA y el dinero de las
quinielas las pérdidas que este proyecto de ley les pudiera ocasionar.

Por tanto, mantenemos esta enmienda porque respeta los contratos
firmados. Entendemos que es mucho más precisa porque hace referencia,
como la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), a la fecha de la celebración del Consejo de
Ministros



Página 6012




en el que se apruebe la ley, y tiene una mayor precisión. Estaríamos
dispuestos a negociar una enmienda transaccional y, en el caso contrario,
llegaríamos a un acuerdo para retirar la nuestra y apoyar la suya puesto
que persigue el mismo objetivo y, sin embargo, tiene una mayor
contundencia desde el punto de vista jurídico.




El señor VICEPRESIDENTE (Vera Pro): Para la defensa de la enmienda número
84 del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Fernández
de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, la enmienda
número 84 está retirada y sustituida por la enmienda transaccional que
nosotros planteamos. Pero voy a consumir un turno para explicitar la
posición de nuestro grupo en relación a la transitoriedad que se quiere
dar a este proyecto de ley, para lo cual, señoras y señores Diputados, no
puedo por menos que ilustrar a SS. SS. acerca de las disposiciones
transitorias supletorias que se aplican a nuestro ordenamiento, en
defecto de las expresamente establecidas en cualquier ámbito. En este
sentido y en materia de contratos y derechos, hemos de remitirnos a la
legislación supletoria general, a la legislación supletoria común que
viene constituida por las transitorias del Código Civil, en este caso las
disposiciones transitorias segunda y cuarta.

En relación a la disposición transitoria segunda del Código Civil,
establece claramente, como me imagino conocerán SS. SS., que los actos y
contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Código
Civil y que sean válidos de acuerdo con esta legislación, surtirán todos
sus efectos de acuerdo con la misma. Por consiguiente, entendemos que en
relación con los contratos existentes basta con esa disposición
transitoria que se aplica supletoriamente, como en general con todo
nuestro ordenamiento jurídico. Este proyecto de ley no afecta en absoluto
a los contratos celebrados y que sean válidos de acuerdo con la
legislación vigente, en relación a derechos adquiridos, señoras y señors
Diputados, que, a diferencia de lo que se refiere a los contratos
celebrados, no se refiere a relaciones entre particulares, no se refiere
al establecimiento de derechos, obligaciones o de crédito, sino que se
refiere a derechos ejecutables. En este sentido la disposición
transitoria cuarta del Código Civil es también clara y paladina y
establece si no en estrictos términos, en términos parecidos, lo que a
continuación voy a decir a las señoras y señores Diputados. Dice que los
derechos adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor del Código
Civil subsistirán en la extensión y en los términos que les reconoció la
legislación precedente y sujetándose a las disposiciones del Código Civil
en lo relativo a procedimiento, ejercicio y duración de estos derechos.

El ejercicio de estos derechos no significa sino las normas
procedimentales en función de las cuales deben ejercerse estos derechos.

No significa extensión y término de los derechos que subsisten, de
acuerdo y con las garantías que establecía la legislación precedente.

Por consiguiente, no llegamos a comprender por qué se quieren introducir
estas disposiciones transitorias en este proyecto de ley que no hace sino
distorsionar el conjunto y el entramado de lo que significa la
transitoriedad de nuestro ordenamiento jurídico y no aportan nada nuevo.

Y no sólo eso, sino que son más restrictivas de la transitoriedad general
establecida en el Código Civil. ¿Por qué establecer una fecha y no la
entrada en vigor de la ley para dar la transitoriedad o no a los derechos
adquiridos? Porque habla de vigencia y ejercicio. El ejercicio no
significa nada en cuanto al ejercicio de un derecho. No significa ningún
contenido económico para un derecho. Lo que da contenido económico a un
derecho es la extensión de este derecho, los términos del mismo. El
ejercicio no es sino el procedimiento en función del cual se ejerce. Y
más aún si tenemos en cuenta que en este caso concreto son contratos que
no se han incorporado a escritura pública y tampoco se han entregado a
ningún funcionario público por razón de su oficio --gracias a Dios espero
que ninguno de los intervinientes en este documento haya pasado a mejor
vida, es decir, haya fallecido--. Por consiguiente, difícilmente pueden
tener eficacia frente a terceros estos contratos en virtud de lo
establecido en el artículo 1.227 del Código Civil.

Son disposiciones transitorias que no acertamos a comprender su razón de
ser y hemos de oponernos a ellas, puesto que ya las disposiciones
transitorias del Código Civil son suficientemente expresivas y se aplican
supletoriamente no a este proyecto de ley, sino a cualquier proyecto de
ley que no prevea una retroactividad específica, especial y superior a la
ya establecida en nuestro ordenamiento jurídico. ¿Por qué es así, señoras
y señores diputados? Porque estamos hablando de derechos de propiedad
intelectual. Venimos hablando siempre en términos muy genéricos de
derecho a emisiones y retransmisiones de acontecimientos y competiciones
deportivas. Creo que es preciso enmarcar estos derechos dentro de su
significación jurídica, dentro de la naturaleza jurídica de estos
derechos. Podemos enmarcarlos dentro de tres derechos diferentes y
fundamentales a la luz de nuestra legislación vigente sobre propiedad
intelectual: derecho de autor, derecho de productor de programas
audiovisuales o derechos del emisor de la radiodifusión. Es difícil
incardinarlos dentro del complejo general de derechos de autor que además
puede provocar y provocará --estoy convencido-- en un futuro conflictos
importantes cara a los derechos, a las remuneraciones que puedan obtener
los intervinientes, los ejecutantes de la obra, en este caso concreto los
deportistas y los árbitros que intervienen en el acontecimiento
deportivo. Es difícil pensar en derechos de autor por cuanto los
intérpretes en general no han prestado su consentimiento a que se emitan
o retransmitan los derechos de imagen relativos al juego que vienen
produciendo y, por otra parte, es difícil pensar y dilucidar a quién
corresponde el derecho de autor, en cuanto que no hay un productor único
de la obra. Además el derecho de propiedad intelectual, tanto el derecho
moral de autor cuanto el derecho a la explotación de la obra, nace en el
momento en que la obra se ejecuta, y la misma se ejecuta en el momento en
que estamos hablando de acontecimientos y competiciones deportivas, en el
momento en que se desarrolla el espectáculo deportivo. Por



Página 6013




ello, no podemos hablar de derechos adquiridos puesto que no hay
derechos; podemos hablar de expectactivas de derecho.

Por consiguiente y a la luz de la interpretación que he hecho a SS. SS.

de lo que significa la transitoriedad en nuestro ordenamiento jurídico,
de lo que significan las disposiciones transitorias del Código Civil, de
lo que significa el derecho de propiedad intelectual en nuestro
ordenamiento, consideramos absolutamente superfluas estas disposiciones
transitorias y no vamos a votar a favor de las mismas.




El señor VICEPRESIDENTE (Vera Pro): Tiene la palabra el señor López de
Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Quería consumir un turno de réplica a la
amable exposición que ha hecho el señor Fernández de Troconiz. (El señor
Presidente ocupa la presidencia.)
Señor Fernández de Troconiz, usted puede explicar, especificar y
concretar. Pues bien dígame: ¿sí o no a esta disposición transitoria?
Porque ésa es la cuestión. Dice que el derecho vigente legisla que los
derechos subsistirán. Muy bien, que se establezca así. Se ha pasado esta
mañana y parte de la tarde --y le honra-- presentando enmiendas
transaccionales multidireccionales y curiosamente en este momento se
olvida de su hábito de presentación de enmiendas transaccionales.

Presénteme una enmienda transaccional donde quede recogido que esos
derechos van a subsistir. Presentar una más no origina mayor esfuerzo que
el derivado de la voluntad política de aceptar que no hay retroactividad
sobre los contratos en vigor.

No hay más norma superior que la Constitución. ¿Y qué me dice del
artículo 38 de la misma cuando dice que después de reconocer la libertad
de empresa se garantiza y protege su ejercicio y la defensa de la
productividad? Tiene que decirme que está de acuerdo, y si está de
acuerdo con este principio constitucional, debe estar de acuerdo con
nuestra propuesta de disposición transitoria. ¿Qué me dice del artículo
33 de nuestra Constitución, donde se reconoce el derecho a la propiedad
privada y se dice expresamente que nadie podrá ser privado de sus bienes
y derechos si no es mediante la correspondiente indemnización? Por tanto,
si está de acuerdo busquemos la transaccional para que esos derechos
subsistan.

¿Qué me dice del acuerdo que ha habido entre el Parlamento y el Consejo
de la Unión Europea en el que se dice que no hay retroactividad? ¿Qué me
dice de la directiva que está preparando don Marcelino Oreja,
perteneciente al Partido Popular, donde expresamente se dice que se trata
de una obligación que no tiene carácter retroactivo? Lo cito
literalmente. Si tan seguro está de que los derechos que en ese momento
se están ejerciendo, derivados de unos contratos firmados en el marco
legalmente establecido en esos momentos, van a subsistir, ¿por qué no me
propone una transaccional? Si no lo plantea, he de pensar libremente --y
no quiero ofenderle-- que el propósito del Grupo Parlamentario Popular y
del Gobierno es incidir retroactivamente sobre esos contratos, sobre sus
términos y, sobre todo, sobre sus ejercicios, favoreciendo aquello que
hemos denominado la segunda plataforma digital. Eso es lo que debo pensar
y no quiero pensarlo. Se lo digo así de claro. Por eso le animo a que me
presente una enmienda transaccional en los términos en que ha defendido
su posición, que son términos muy correctos y además amparados por el
Derecho. Sin embargo, si los derechos subsistirán, digámoslo; redacte una
transaccional. Ha fabricado tantas y tan buenas que seguro que ésta puede
ser mejor que las anteriores.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor López de Lerma, es bien
simple, a esta ley --y miramos la transitoria que usted quiera, la
disposición transitoria primera-- se le aplicarán especialmente las
disposiciones transitorias segunda y cuarta del Código Civil. Me parece
que es la transitoriedad normal, la transitoriedad general que se utiliza
en las leyes, sin necesidad de hacer una remisión explícita a la misma.

Por eso decía que me parece que huelga el establecimiento de
disposiciones transitorias específicas cuando el Código Civil, que se
aplica supletoriamente a todas las demás leyes cuando no hay supuestos
específicos de regulación, así lo establece, pero puesto que así lo
plantea se lo digo expresamente. En la disposición transitoria primera,
como enmienda transaccional, se aplicarán las disposiciones transitorias
segunda y cuarta del Código Civil. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Pido un pequeño suplemento de paciencia a la
Comisión. Vamos a intentar dar la mayor ligereza a lo que nos resta de
debate, pero son SS. SS. bien conscientes de que estamos en los momentos
de mayor dificultad de acuerdo en torno a este proyecto.

En consecuencia, volvemos atrás, sobre el artículo sexto. (El señor
González de Txabarri Miranda pide la palabra.)
¿Señor González de Txabarri?



El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, creo que lo que
ahora corresponde es votar.




El señor PRESIDENTE: Obviamente, si volvemos atrás es para producir las
votaciones del artículo 6.º, pero tenía que recapitular que a este
artículo se ha propuesto una formulación transaccional en cuya virtud...




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: No, señor Presidente, no hay una
transaccional. En el artículo 6.º, el apartado 1 queda tal cual. En el
apartado 2 hemos manifestado que admitimos la enmienda 96, de
Convergència i Unió, y en el apartado 3 decimos que admitimos la enmienda
11, del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), y la 66, del Grupo Parlamentario
de Coalición Canaria.




Página 6014




El señor PRESIDENTE: Aclarada la precisión. Como tal transaccional las
hemos venido calificando, aunque no tuvieran ese carácter sino el de
aceptación llana y simple de enmiendas sostenidas.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Retiramos nuestra enmienda 82,
señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Es obvio, señor Fernández de Troconiz.

Se ha manifestado la retirada de las enmiendas números 10 y 11, del Grupo
Parlamentario Vasco (PNV); números 81 y 82, del Grupo Parlamentario
Popular, y por el señor Rodríguez Sánchez ha manifestado el ruego de que
se sometiese a votación --creo que se lo ha confiado al señor González de
Txabarri-- a efectos de su presentación en Pleno, su enmienda número 47,
que pretende simplemente la supresión parcial del apartado 3; es una
enmienda de alcance muy limitado. Señor Rivero, ¿sometemos a votación la
enmienda 66 o queda retirada?



El señor RIVERO BAUTE: Señor Presidente, estamos de acuerdo en cómo queda
el artículo 6.º, por lo que queda retirada.




El señor PRESIDENTE: Queda retirada.

Creo que la enmienda 96, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió)...




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, la argumentación no es
suficiente como para poder aceptar la enmienda transaccional. Tengo la
sospecha de que aquí hay un camelo.




El señor PRESIDENTE: Desde luego esta Presidencia no ampara el camelo. Lo
que queda claro es que la enmienda ha sido incorporada por el Grupo
Parlamentario Popular, por el señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Solicito votación separada de los
apartados 1, 2 y 3 del artículo 6.º del proyecto de ley.




El señor PRESIDENTE: Muy bien. Votaremos primero las enmiendas.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, entiende este portavoz
que el señor Fernández de Troconiz retira la transaccional.




El señor PRESIDENTE: Es evidente.

Enmienda número 58, del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 18; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Al haberse producido 18 votos a favor, 18 en contra
y tres abstenciones, el artículo 88 de nuestro Reglamento dice: «Cuando
ocurriere empate en alguna votación, se realizará una segunda y, si
persistiere aquél, se suspenderá la votación durante el plazo que estime
razonable la Presidencia.» No sigo leyendo porque hace referencia a la
votación en Pleno. «En las votaciones en Comisión se entenderá que no
existe empate cuando la igualdad de votos, siendo idéntico el sentido en
el que hubieren votados todos los miembros de la Comisión pertenecientes
a un mismo grupo parlamentario, pudiera dirimirse ponderando el número de
votos con que cada grupo cuente en el Pleno.»
Ruego al señor Letrado que nos los pondere.




El señor BELLOCH JULBE: El resultado es el mismo.




El señor PRESIDENTE: Han votado a favor el Grupo Parlamentario
Socialista, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y el
Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, en total 161 Diputados. Lo han
hecho en contra el Grupo Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario
Vasco (PNV), en total 161 Diputados.

En consecuencia, en aplicación de lo previsto en el artículo 88.1 se
entiende desechada la enmienda que había sido sometida a votación.

Enmienda número 31, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida Iniciativa
per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 18; abstenciones, 18.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Entiendo que después de la manifestación del señor López de Lerma no
ponemos a votación su enmienda 96 y pasamos, en consecuencia, a votar el
texto del proyecto de ley.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, cuando lo disponga, la
enmienda 96 debe ser sometida a votación, porque la he mantenido
expresamente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor López de Lerma. Había interpretado
mal su explicación.

Enmienda número 96, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36;
abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, falta por votar
la enmienda número 11, del Grupo Parlamentario Vasco (PNV).




El señor PRESIDENTE: Las enmiendas 10 y 11, del Grupo Parlamentario Vasco
(PNV), estaban retiradas.




Página 6015




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, no es así al
haberse retirado la transaccional.




El señor PRESIDENTE: Discúlpeme, señor González de Txabarri, lo habían
sido en la fase originaria. En este momento, sólo la enmienda 10 está
retirada.

Enmienda número 11, del Grupo Parlamentario Vasco (PNV).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36;
abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

La enmienda número 66, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, ¿ha
sido retirada?



El señor RIVERO BAUTE: Señor Presidente, al retirarse la transaccional,
hay que votarla.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, señor Rivero.

Enmienda número 66, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, al
apartado 3.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36;
abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, queda pendiente
de votar el apartado 1 del proyecto de ley.




El señor PRESIDENTE: Dice así: Artículo 6.1. «Se entiende por pago por
consumo a los efectos de esta ley el abono de las contraprestaciones
económicas fijas y variables establecidas por la recepción
individualizada de determinados programas o retransmisiones.»
Sometemos a votación el número 1 de este artículo 6.º



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en
contra, 14.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado. Es obvio que, en razón de las
enmiendas votadas, no procede tomar en consideración ninguno de los otros
dos epígrafes.

Pasamos a votar las enmiendas que postulaban una disposición transitoria
nueva por el orden en que han sido expuestas. En primer término,
sometemos a votación la enmienda 42, del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 18; abstenciones, 18.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Sometemos a votación la enmienda 98, del Grupo Parlamentario Catalán de
Convergència i Unió.

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 18; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, en virtud de la interpretación
concordada de los apartados 1 y 2 del artículo 88 del Reglamento, y si el
señor Nieto no pone en cuestión la votación que me ha ofrecido el señor
Vicepresidente de su grupo, que ha sido en esos términos, queda rechazada
por las mismas causas que anteriormente habíamos formulado respecto a la
enmienda que había sido objeto de igual resultado.

Por último, corresponde someter a votación la enmienda número 70.




El señor NIETO GONZALEZ: Señor Presidente, pido la palabra.




El señor PRESIDENTE: La tiene su señoría.




El señor NIETO GONZALEZ: Perdón, señor Presidente, yo he contado
diecisiete votos. No sé si estaré equivocado o no.




El señor PRESIDENTE: Diecisiete son los integrantes del Grupo
Parlamentario Popular, que están en su totalidad, más el del Grupo
Parlamentario Vasco.




El señor NIETO GONZALEZ: He contado mal; son dieciocho los que hay.




El señor PRESIDENTE: Sin duda, tenga la certeza de que ha contado mal.

Normalmente lo hace muy bien, pero en esta ocasión no lo ha hecho.




El señor NIETO GONZALEZ: Igual que el señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación la enmienda número 70, del
Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en
contra, 18; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada y, en consecuencia, quedan
desestimadas las propuestas de una disposición transitoria nueva.

Estamos, por tanto, en condiciones de abordar el examen del artículo 7.º
Para la defensa de la enmienda número 59 tiene la palabra el portavoz del
Grupo Parlamentario Socialista. (Rumores.) Si los portavoces del Grupo
Parlamentario Socialista tienen la bondad de prestarme su atención
repararían en que les estoy concediendo la palabra para la defensa de su
enmienda número 59.

El señor Solé Tura tiene la palabra.




El señor SOLE TURA: Señor Presidente, la damos por retirada. (Rumores.)



Página 6016




El señor PRESIDENTE: Señores Diputados, estamos en sesión. Tengan la
bondad de guardar silencio.

Enmienda número 33, del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya. La señora Sabanes tiene la palabra.




La señora SABANES NADAL: Señor Presidente, con esta enmienda pretendemos
introducir una corrección en el artículo 7.º, y por coherencia con las
motivaciones que acompañan nuestra enmienda al artículo 2.º del proyecto
de ley lo único que sustituimos es lo regulado en los artículo 2.3 y 5.1.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco, y para la defensa
de sus enmiendas números 12, 13 y 14, tiene la palabra el señor González
de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Como observarán, de los contenidos
de estas tres enmiendas se deduce que son enmiendas que matizan distintos
cambios que se han venido realizando y que ya han sido aceptados en las
votaciones en esta Comisión, por lo cual no voy a insistir en ellas y,
además, entendemos que hay que hacer algunas modificaciones en este
proyecto de ley en relación con el arbitraje para conciliarlo con que sea
posible su necesaria voluntariedad, aspecto que ha sido suficientemente
remarcado en el debate. Por tanto, no voy a insistir en ello y las voy a
dar por defendidas.




El señor PRESIDENTE: El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria ha
presentado varias enmiendas, y entre ellas la número 67, a los apartados
uno y dos. Tiene la palabra el señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Señor Presidente, voy a ser muy breve. Son
enmiendas que están en coherencia con otras anteriores. Por tanto, las
doy por defendidas.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 97, del Grupo Parlamentario Catalán
de Convergència i Unió. Tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, hemos presentado esta
enmienda por la misma justificación, porque entendemos que no es correcto
el sometimiento obligatorio al arbitraje desde el punto de vista
constitucional.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, ¿tiene la bondad de
fijar su posición en nombre de la Ponencia?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Entendemos que en este artículo
7.º, por una parte, se hace la remisión normativa, general y genérica en
relación a cuál debe ser la legislación de amparo y protección de los
derechos establecidos en esta ley, fundamentalmente en lo relativo al
derecho de acceso a estadios y recintos deportivos. Y, por otra parte, se
establece un arbitraje por parte del Tribunal de Defensa de la
Competencia, al amparo del artículo 25.d) de su ley reguladora, de 17 de
julio de 1989. Este apartado prevé que se podrán someter al arbitraje del
Tribunal de Defensa de la Competencia aquellos supuestos que expresamente
así se establezcan en la ley, y en este caso prevé el sometimiento al
arbitraje del Tribunal de Defensa de la Competencia de los posibles
conflictos derivados de la aplicación de esta ley. Bien es verdad que, de
acuerdo con el artículo 24 de la Constitución, el arbitraje nunca puede
ser forzoso, por cuanto todos los españoles tienen derecho al juez
ordinario predeterminado por la ley, y en esta medida ese arbitraje debe
ser siempre voluntario. Así, para adecuarlo a los textos de las
modificaciones de los artículos que hemos introducido con anterioridad,
proponemos una nueva redacción de los apartados primero y segundo desde
el punto de vista de la enmienda transaccional en función del articulado
que ha sido objeto de votación con anterioridad y para salvar este
defecto constitucional de este proyecto de ley. Esta posible enmienda
transaccional tendría la siguiente redacción: Apartado 2. «Los conflictos
derivados de la aplicación de esta ley, y especialmente los relativos a
los artículos 3.2, 4.2, 4.4, 4.5 y 6.2, podrán someterse al arbitraje del
Tribunal de Defensa de la Competencia en los términos previstos en el
artículo 25.d) de la Ley 16/1989, de 17 de julio, sin perjuicio de la
aplicación de esta última cuando los hechos constituyeren prácticas
restrictivas de la competencia. Se entenderá aceptada la sumisión al
arbitraje si no se manifiesta expresamente lo contrario por alguna de las
partes dentro de los veinte días siguientes a la notificación de la
formalización del arbitraje ante el Tribunal de Defensa de la
Competencia.»
Queda suprimido el apartado 3 en que se sujetan a lo establecido en la
Ley reguladora de la publicidad las posibles infracciones de lo dispuesto
en el apartado 3 del artículo 6.º, ya que, en la medida en que ha sido
objeto de supresión, también debe decaer lo que se preveía previamente en
el apartado 3 de este artículo 7.º del proyecto de ley. La Mesa ya tiene
el texto de esta enmienda.




El señor PRESIDENTE: En esta ocasión concreta, no, señor Troconiz.

El Grupo Socialista ha retirado su enmienda. En consecuencia, querríamos
oír la opinión de los portavoces de los distintos grupos parlamentarios
enmendantes respecto a si la enmienda propuesta por el señor Fernández de
Troconiz satisface las pretensiones mantenidas en sus enmiendas.

El señor González de Txabarri tiene la palabra.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: En el caso del Grupo Parlamentario
Vasco así es y, en consecuencia, retiramos nuestras tres enmiendas.




El señor PRESIDENTE: El señor Rivero tiene la palabra.




El señor RIVERO BAUTE: Estamos de acuerdo con la propuesta, señor
Presidente.




Página 6017




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, queda retirada la enmienda número
67.

Señor López de Lerma, tiene la palabra.




El señor LOPEZ DE LERMA I LOPEZ: Señor Presidente, estoy de acuerdo con
la transaccional ofrecida por el señor Fernández de Troconiz, y retiro la
enmienda núme-ro 97.




El señor PRESIDENTE: Tenemos la dificultad de que nos queda por conocer
la posición del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya en relación con la enmienda 33 y su portavoz no se encuentra en
la sala. El resto de las enmiendas se han visto retiradas. Vamos a dar
unos segundos a la señora Sabanes.




La señora ALMEIDA CASTRO: Nuestro grupo admite la transaccional.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, retira la enmienda. Muchas gracias
señora Almeida, portavoz ocasional e in itinere, como usted dice, del
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.

A efectos de recapitulación y del buen orden del debate, quedan retiradas
las enmiendas 32, 59, 12, 33, 67, 15, 83, 97 y 14.

Pasamos a votar la formulación del artículo 7.º, apartados 1 y 2, en los
términos en que se ha dado lectura por parte del señor Fernández de
Troconiz.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20;
abstenciones, siete.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

La enmienda 34 ha sido objeto de debate y votación con el conjunto de las
del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; la
35, asimismo; la 86 es retirada de oficio por esta Presidencia, y se
encomienda esa tarea a los servicios de la Cámara, por lo que entramos en
la disposición adicional.

A la disposición adicional ha presentado la enmienda número 60 el Grupo
Parlamentario Socialista, para cuya defensa doy la palabra al señor
Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Queda defendida en sus propios términos. Era
exclusivamente un cambio terminológico. Proponíamos la sustitución de la
expresión «interés general» por «especial relevancia social». Insisto en
que era un cambio terminológico y queda defendida en sus propios
términos.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 17, del Grupo Parlamentario Vasco
(PNV). Tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, entendemos que
la referencia a las comunidades autónomas no está suficientemente
explicitada en el texto del proyecto de ley. El texto que propone el
Grupo Parlamentario Vasco (PNV) se adecua más correctamente, con más
rigor, al papel constitucional que las comunidades autónomas desempeñan
en este Estado. En consecuencia, en coherencia con todas aquellas
enmiendas que hablaban de televisiones autonómicas, de coberturas
territoriales, de derechos y lenguas nacionales distintas del castellano,
esta enmienda viene a complementar todo ese conjunto, entendiendo que
establece con mayor rigor el ámbito de adecuación, repito, de las
competencias que las comunidades autónomas tienen al respecto.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 68, del Grupo Parlamentario de
Coalición Canaria.




El señor RIVERO BAUTE: Para no repetir argumentos esgrimidos
anteriormente por el portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), la doy
por defendida.




El señor PRESIDENTE: Enmienda número 37, del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. Para su defensa, tiene la
palabra la señora Almeida.




La señora ALMEIDA CASTRO: La defendemos en sus propios términos, a la
vista de que nuestro portavoz no está en este momento disponible.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Fernández de Troconiz para
expresar la posición de la Ponencia.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: En este sentido, formulamos una
enmienda transaccional con la número 17 del Grupo Vasco (PNV), y la
número 68, del Grupo de Coalición Canaria, no siendo posible hacerlo así
con la número 37, de Izquierda Unida, en la medida en que prevé la
supresión de la disposición adicional, y con la número 60, del Grupo
Socialista, que prevé la sustitución, como ha dicho antes el señor Nieto,
de la expresión «interés general» por «relevante interés social».

A efectos de conjugar el sentido de las enmiendas con el texto del
proyecto de ley, proponemos la siguiente redacción: Disposición
adicional: «Las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus
competencias específicas, podrán determinar los acontecimientos
deportivos que consideren de interés general en su respectivo ámbito
territorial, que deberán retransmitirse en directo, en emisión abierta y
para todo el territorio de la comunidad autónoma.»



El señor PRESIDENTE: ¿Satisface su pretensión, señor González de
Txabarri?



El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Por supuesto, señor Presidente.

Retiramos la enmienda número 17.




El señor PRESIDENTE: ¿Y la suya, señor Rivero?



Página 6018




El señor RIVERO BAUTE: Estamos de acuerdo con la transaccional, señor
Presidente. Por tanto, retiramos también nuestra enmienda.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, vamos a proceder a votar la
enmienda número 60, del Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en
contra, 20; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Procedemos a votar a continuación la enmienda número 37, del Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en
contra, 20; abstenciones, 11.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Pasamos a votar el texto de la disposición adicional aportado por el
señor Fernández de Troconiz, que reza de este tenor: Disposición
adicional: «Las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus
competencias específicas, podrán determinar los acontecimientos
deportivos que consideren de interés general en su respectivo ámbito
territorial, que deberán retransmitirse en directo, en emisión abierta y
para todo el territorio de la comunidad autónoma.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20;
abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Ahora ya nos podemos adentrar en la deliberación sobre las disposiciones
finales. A la primera se han presentado dos enmiendas, la número 39, del
Grupo Parlamentario de Izquierda Unidas-Iniciativa per Catalunya. (El
señor Fernández de Troconiz Marcos pide la palabra.)
Tiene la palabra el señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Perdón, señor Presidente, ¿no le
importa que se discuta antes la enmienda número 84 del Grupo
Parlamentario Popular, que propone una nueva disposición transitoria?



El señor PRESIDENTE: Discúlpenme, señorías, existe una propuesta de nueva
disposición transitoria suscrita por el Grupo Popular, la enmienda número
84. Para su defensa, doy la palabra al señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: La enmienda que formulamos con el
número 84, que propone la creación de una disposición transitoria, prevé
la creación de un precepto que podemos calificar de inocuo, en la medida
en que se trata exclusivamente de recordar la vigencia de la disposición
transitoria tercera de la Ley del Deporte de 15 octubre de 1990, a los
efectos de que la vigencia de esta ley no pueda inducir a confusión en
cuanto a la vigencia de esta disposición. No tiene otro alcance, señor
Presidente.




El señor PRESIDENTE: ¿Peticiones de palabra sobre esta propuesta?
Tiene la palabra el señor López de Lerma.




El señor LOPEZ DE LERMA Y LOPEZ: En primer lugar, quiero mostrar mi
sorpresa por la contradicción que supone negarse a admitir que la ley
diga que no hay retroactividad sobre los contratos y la propuesta de
reiterar lo que hoy ya es vigente a través de una ley tan ordinaria como
la Ley del Deporte. La propuesta que nos hace el Grupo Parlamentario
Popular, cambiando el sujeto de ubicación, es literalmente lo que dice la
disposición tercera de la Ley del Deporte, con lo cual no entiendo el
planteamiento del Grupo Parlamentario Popular.

Ante un tema de gran trascendencia jurídico-constitucional y además
jurídico-directiva europea como es el tema de la no retroactividad sobre
contratos realizados y ejercitados bajo la legalidad vigente, no quiere
el Grupo Parlamentario Popular incluir en la ley lo que me parece que es
una necesidad evidente, si no queremos provocar pleitos, permítanme la
expresión, a punta de pala, y, en cambio, ahora va a reiterar
literalmente, cambiando el sujeto de ubicación, lo que ya está vigente en
una ley que es la Ley del Deporte. No entiendo el planteamiento que hace
el Grupo Parlamentario Popular, no entiendo su coherencia, más bien
subrayo su absoluta incoherencia, más todavía cuando el plan de
saneamiento del fútbol profesional a que se refiere esta propuesta está a
punto de ser agotado.

Se dice explícitamente que, entre los conceptos de ese plan de
saneamiento para restaurar al erario público lo que ha avanzado a favor
de los clubes, están parte de los beneficios que generen las
retransmisiones por televisión de las competiciones organizadas,
etcétera. No entiendo cómo se reitera en un tema absolutamente menor que
está vigente, intrascendente porque tiene plazo fijo de caducidad, y en
un tema absolutamente mayor en el que está en juego la propia
constitucionalidad o no de todo el proyecto de ley, se dice que no que
esto sobra. Por tanto, señor Presidente, quiero manifestarme en contra de
esta propuesta.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Nosotros también queremos manifestar nuestra
posición contraria a este precepto que pretende introducir el Grupo
Popular. Permítame una expresión, quizá dura, pero es una nueva pedrada
la que se da a través de esta iniciativa del Grupo Popular en relación
con los contratos vigentes en estos momentos entre los clubes de fútbol y
una serie de televisiones. Se pretende retrotraer la situación a momentos
anteriores, donde la Liga de Fútbol Profesional era la que estaba
negociando los derechos de retransmisión. Señor Fernández de Troconiz,
creo que están ustedes obsesionados con ciertas cosas y además están
obsesionados también con dar más trabajo a los tribunales. Si
introdujésemos en la ley esta disposición



Página 6019




transitoria, estaríamos haciendo lo mismo que hemos dicho hace un
momento: va a haber pleitos en los tribunales de forma abundante por
estos temas.

A través de esta iniciativa, que en un principio parece que es inocua y
tiene razón el señor López de Lerma cuando dice que ya está regulada en
la Ley del Deporte y, por tanto, no sería necesario traerla aquí, si la
traen es porque persiguen otro objetivo. No es para recordarnos que
existe un plan de saneamiento del fútbol y que el plan de saneamiento de
fútbol se paga por varias vías, lo dice la Ley del Deporte. Se paga a
través del dinero procedente de las retransmisiones televisivas que
generan derechos a la Liga de Fútbol Profesional, a través de las
quinielas y a través de otros instrumentos. Pero usted sabe muy bien (y
el compañero que tiene sentado a su lado, que es el portavoz de estos
temas, seguro que lo sabe porque hace unos días lo ha expresado en estos
términos en la Comisión de Educación y Cultura) que el plan de
saneamiento del fútbol se está pagando en estos momentos única y
exclusivamente con el dinero procedente de las quinielas. El 7,5 por
ciento del dinero procedente de las quinielas se destina al plan de
saneamiento del fútbol, y con ese porcentaje sobra dinero. No se aplica
totalmente el 7,5 por ciento, porque en su momento, cuando se hizo el
plan de saneamiento, los ingresos por quinielas eran menores que los
actuales. En estos momentos se han disparado los ingresos por quinielas y
ese 7,5 por ciento genera recursos suficientes como para pagar, año tras
año, el plan de saneamiento del fútbol e incluso sobran aproximadamente
1.800 millones cada año.

Por tanto, si el objetivo que ustedes perseguían era ése, que estuviese
garantizada la financiación del plan de saneamiento del fútbol, no es
necesario, por las razones que les estoy dando. Si persiguen lo otro,
está claro que es otra nueva maniobra para ir en contra de aquellas
empresas operadoras de televisión que han firmado acuerdos con los clubes
y a través de esta disposición transitoria pretenden reabrir quién tiene
el derecho a firmar los acuerdos, los clubes o la Liga del Fútbol
Profesional. Eso en su momento se dilucidó ante los tribunales, y la
situación, aunque no está clara del todo, está aceptada por todas las
partes, por los operadores, por la Liga, por los clubes, por todo el
mundo. Por tanto, no queramos introducir más conflicto en este proyecto
de ley. Si ustedes, como dicen tantas veces, y se les llena la boca, no
quieren introducir conflictos sino que, al contrario, quieren aportar
soluciones positivas y legislar en bien del interés general, retiren
también esta disposición transitoria, que lo único que va a crear es
conflicto. Lo mismo que lo va a crear lo que no acabamos de aprobar hace
un momento, esa enmienda que presentaba el Grupo de Convergència i Unió.

Si la hubiéramos aprobado, evidentemente lo que abunda no daña, y hubiera
quedado claro que esta ley no significa la retroactividad en relación con
los contratos existentes.

Es más, señor Fernández de Troconiz, decía que la ley no va a ir en ese
sentido, que los contratos están firmados hasta el año 2003 y que se van
a respetar. Tampoco he entendido la urgencia del proyecto de ley. Si los
contratos duran hasta el 2003, no sé qué sentido tiene la urgencia. Lo
mismo que no sé que sentido tiene esta enmienda que presentan ustedes
para mantener el plan de saneamiento del fútbol, salvo que persigan otros
objetivos, como crear conflicto entre la Liga, los clubes y los
operadores de televisión, que tienen adquiridos derechos con unos y con
otros.

Termino e insisto: retiren esta enmienda, que es lo mejor que podrían
hacer para llevar tranquilidad al sector.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: Quiero manifestar nuestro desacuerdo con la
enmienda transitoria presentada por el Grupo Parlamentario Popular. Se
dice en la exposición de motivos que uno de los objetivos de la presente
ley es garantizar la independencia de los clubes y, por tanto, evitarles
riesgos en su estabilidad financiera. Las medidas de financiación de
saneamiento del fútbol profesional están previstas, como se ha señalado
por anteriores portavoces que me han precedido en el uso de la palabra,
en la Ley 10/1990, del Deporte, y se concreta en un convenio de
saneamiento firmado entre el Consejo Superior de Deportes y la Liga de
Fútbol Profesional que está vigente hasta el año 2002. En la cláusula
decimoséptima de ese convenio se dice expresamente que salvo prórroga,
por acuerdo de ambas partes.

En la Ley 10/1990 del Deporte y en el convenio de saneamiento se prevén
también otro tipo de ayudas a las distintas sociedades anónimas
deportivas, en definitiva, a los clubes de fútbol. Por tanto, nosotros
entendemos que es en ese marco, en el de la Ley del Deporte y en el del
convenio firmado actualmente entre el Consejo Superior de Deportes y la
Liga de Fútbol Profesional, donde deben regularse los derechos que tengan
los clubes de fútbol y no en este proyecto de ley.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, tengo la impresión de
que S. S. se ha visto contradicho. ¿Quiere hacer un turno de réplica?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Sí, señor Presidente.

Realmente, considerábamos, y seguimos considerando, que esta disposición
transitoria es inocua. Lamento que el señor Nieto no tenga las ventajas,
como también me gustaría tenerlas yo, de Superman para tener visión de
rayos X y poder ver detrás de las cosas. He de decirle que no se oculta
nada detrás de todas nuestras aseveraciones y detrás del articulado de
los proyectos de ley que formulamos aquí; en absoluto, señor Nieto.

Créame, se lo aseguro. Convengo con usted en que posiblemente no conciba
que nosotros hagamos las cosas claramente y sin necesidad de tapujos. Sin
embargo, ¡allá usted! He de reiterarle que no quiera ver segundas
intenciones ni cosa que se le parezca en este asunto. Tan es así que
procedemos, de acuerdo como usted ha dicho antes, y para no ser
reiterativo, a retirar la enmienda 84.




El señor PRESIDENTE: Como verán, la argumentación sí tiene efectos
suasorios. Acabamos de tener una excelente



Página 6020




demostración de las virtudes de la vida parlamentaria. Queda retirada la
enmienda 84, del Grupo Parlamentario Popular, que proponía una
disposición transitoria nueva.

Entramos en las disposiciones finales. Señor Fernández de Troconiz,
¿quiere fijar la posición de su grupo y de la ponencia respecto a la
disposición final primera?



El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, espero que el
señor Nieto no quiera ver segundas intenciones en esta disposición final
primera del proyecto de ley. Realmente, si la anterior era inocua, ésta
es lógica y normal en todos los proyectos de ley que pueden afectar a las
competencias de comunidades autónomas. Por consiguiente, me parece que es
una disposición absolutamente normal en cuanto a la argumentación
constitucional en función de la cual se dicta el proyecto de ley.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, vamos a votar la disposición final
primera, que hace referencia al título competencial y dice: «La presente
ley se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1 1.ª y 27.ª
de la Constitución.» Era el título competencial y no era el carácter
orgánico lo que se contemplaba en esta disposición final.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

A la disposición final segunda, que hace referencia al régimen de Derecho
supletorio, está presentada la enmienda número 61, del Grupo
Parlamentario Socialista. El señor Nieto tiene la palabra.




El señor NIETO GONZALEZ: La damos por defendida en sus términos,
Presidente.




El señor PRESIDENTE: Señora Sabanés, ¿qué enmiendas entiende que están
vigentes a estas alturas del debate?



La señora SABANES NADAL: La enmienda 40, de supresión, la doy por
defendida.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, a pesar de que
puede parecer un precepto un tanto redundante en cuanto que señala un
derecho supletorio, que en principio podía entenderse como tal
directamente, creemos que no está de más la incorporación a un bloque
normativo específico sin necesidad de especiales referencias por parte
del bloque remitente. Nos parece no sólo que no es abundante y, por
consiguiente, no dañino, sino que añade un plus a efectos interpretativos
específicos dentro del bloque normativo, cual es el de defensa de la
competencia, defensa de los consumidores y usuarios y condiciones
generales de la contratación.




El señor PRESIDENTE: Ponemos a votación la enmienda número 61, del Grupo
Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en
contra, 22.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votamos la enmienda número 40, del Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en
contra, 22.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Ponemos, por último, a votación el proyecto: «En lo no previsto en la
presente ley, será de aplicación lo dispuesto en la legislación de
defensa de la competencia, de defensa de los consumidores y usuarios y de
condiciones generales de contratación.»



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en
contra, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Como la enmienda número 39 nos reaparece en relación con la disposición
final tercera, remitimos su solución a los servicios de la Cámara y
ponemos a votación el texto del informe de la ponencia y proyecto de ley.

Se trata del desarrollo reglamentario: «Se autoriza al Gobierno a dictar
cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución
de la presente ley.»



Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Como SS. SS. saben, la disposición final cuarta la hemos suprimido esta
mañana por acuerdo unánime, primero de la ponencia y después de la Mesa
de la Cámara, de no atribuirle tal carácter de orgánico a esta ley.

Por último, votamos la disposición final quinta, que hace referencia a la
entrada en vigor, porque no ha sido objeto de enmiendas: «La presente ley
entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Existe una propuesta de disposición final sexta nueva, integrada en la
enmienda número 18, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV). Para su
defensa, tiene la palabra el señor González de Txabarri.




El señor GONZALEZ DE TXABARRI MIRANDA: Señor Presidente, nos retrotraemos
casi al inicio del debate



Página 6021




porque esta enmienda, que el Grupo Parlamentario Vasco entendía que
estaba razonablemente ubicada en estas disposiciones finales, lo que
propone es la creación del consejo para las emisiones y retransmisiones
deportivas, circunstancia que ha sido aceptada prácticamente por todos
los grupos parlamentarios a lo largo del debate, en la medida en que la
propuesta inicial del proyecto de ley acerca de que fuese un órgano
gubernamental, como el Consejo Superior de Deportes, se ha sustituido, a
efectos de calificación, por un órgano plural en el que estén integrados
los distintos agentes que intervienen en todo este proceso.

En el Grupo Parlamentario Vasco entendemos que es razonable que la
determinación de los eventos a incluir en este catálogo se haga por un
órgano independiente, creado ad hoc, en el que la incidencia
gubernamental sea menos intensa que la que recoge la redacción propuesta
en el proyecto de ley.

En consecuencia, la propuesta que realiza el Grupo Parlamentario Vasco es
menos intervencionista, es más plural, es más integradora de los
distintos agentes que intervienen en estos procesos al constituir un
órgano que es plural, participativo y que debe ser representativo de los
diferentes sectores afectados, y donde evidentemente debe tener cabida
también el Consejo Superior de Deportes. Yo creo que está suficientemente
debatido; goza del respaldo de la mayoría de los grupos parlamentarios,
por lo que hemos podido deducir del debate, y no voy a ser reiterativo,
señor Presidente, a estas alturas.




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: Señor Presidente, ya tuvimos
ocasión de manifestar esta mañana nuestra conformidad con el texto de la
enmienda propugnada por el Grupo Parlamentario Vasco en relación a la
creación de una nueva disposición final, que pasaría a tener la
numeración de quinta, en el sentido de autorizar al Gobierno para la
creación de un consejo para las emisiones y retransmisiones deportivas,
de acuerdo además con la propia composición que establece el Grupo
Parlamentario Vasco, y que, en todo caso, este órgano tenga la
composición que allí se indica, representada al menos por un miembro
designado por cada uno de los sectores implicados. Nos parece correcta la
enmienda en este sentido, y procederemos a su apoyo.




El señor PRESIDENTE: Antes de pasar a la votación de la enmienda, procedo
a su lectura: «Se autoriza al Gobierno para la creación del consejo para
las emisiones y retransmisiones deportivas, del que formarán parte, en
todo caso, una representación de las autoridades gubernativas deportivas
de ámbito estatal y autonómico; de las federaciones; de las ligas
profesionales; de las distintas asociaciones de deportistas
profesionales; de las entidades organizadoras de las competiciones y
acontecimientos deportivos; de los medios de comunicación social,
públicos y privados; y de las asociaciones de usuarios y consumidores.»
Procedemos a votarla.

Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Procede en este momento que demos la palabra al señor portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista para que defienda la enmienda número 50,
presentada al título del proyecto, que propone que pase a denominarse «de
ley reguladora de las emisiones y retransmisiones de competiciones y
acontecimientos deportivos de especial relevancia social». Hemos aceptado
en parte la enmienda, en lo que suponía simplemente la supresión del
carácter orgánico, pero queda vivo el resto de la pretensión del Grupo
Parlamentario Socialista de modificar la denominación del proyecto.

Para su defensa, tiene la palabra el señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Esta enmienda, como ha dicho bien el Presidente,
tenía dos partes. En una, proponíamos la supresión de la palabra
«orgánica» del proyecto de ley, que ya ha quedado contemplado, y, en
otra, la sustitución, la incorporación o el añadido de una frase de tal
forma que quedase el título del proyecto redactado en los siguientes
términos: «Proyecto de ley reguladora de las emisiones y retransmisiones
de competiciones y acontecimientos deportivos de especial relevancia
social».

Este último evidentemente tiene pleno sentido, teniendo en cuenta las
enmiendas que ha presentado el Grupo Parlamentario Socialista y, en el
supuesto de que hubiesen sido aprobadas todas ellas, la ley resultante
hubiera regulado exclusivamente aquellos acontecimientos deportivos de
especial relevancia social.

Evidentemente, se han aprobado otras cosas, por lo que entiendo que este
título no encajaría con el contenido del proyecto de ley dictaminado por
esta Comisión, aunque ha sufrido modificaciones muy notables, como la
desaparición del carácter orgánico del proyecto y la inclusión de
importantes modificaciones, tanto en relación con la elaboración del
catálogo de acontecimientos con la inclusión de una nueva comisión más
plural al margen del Gobierno, como la regulación de otros
acontecimientos (en lo que estamos totalmente en desacuerdo) y lo
referido a las televisiones de pago, etcétera; pero evidentemente es un
proyecto de ley que ha desvirtuado completamente el que envió el Gobierno
en su momento a esta Cámara; ha quedado, por tanto, profundamente
modificado el proyecto que envió el Gobierno con prisas, que se ha tenido
que debatir por trámite de urgencia, que lo hemos tenido que dictaminar
además antes de que se produjeran una serie de comparecencias que en
buena lógica debieran haberse producido en esta Comisión antes de la
elaboración del dictamen, pero que, al fin y al cabo, ha sido dictaminado
hoy con una serie de inclusiones --insisto-- que van más allá de la
regulación que nosotros pretendíamos hacer, que era aquella que se
refiriese única y exclusivamente a una serie de acontecimientos
deportivos de gran relevancia y el tratamiento que éstos debieran tener
en las emisiones y retransmisiones a través de radio y televisión.

Dicho esto, lo sometemos a votación, teniendo en cuenta que no va a ser
aprobado. Simplemente lo hacemos



Página 6022




para ser coherentes con lo que hemos hecho a lo largo de todo el día,
manteniendo nuestras enmiendas y sometiéndolas a votación.




El señor PRESIDENTE: Se procede a la votación de la pretensión del Grupo
Parlamentario Socialista de modificar el título del proyecto.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, nueve;
en contra, 22.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Restan las enmiendas a la exposición de motivos. La de más alcance es
probablemente la enmienda número 49, del Grupo Parlamentario Socialista,
por lo que procedo a darle la palabra de nuevo al señor Nieto.




El señor NIETO GONZALEZ: Esta enmienda da una redacción completa a la
exposición de motivos, y también, teniendo en cuenta el contenido de las
enmiendas presentadas, era coherente con el conjunto de las enmiendas,
pero en estos momentos no tiene sentido; por tanto, queda retirada.




El señor PRESIDENTE: Queda retirada, señor Nieto.

Enmienda número 71, a la exposición de motivos, del Grupo Parlamentario
de Coalición Canaria. Para su defensa, tiene la palabra el señor Rivero.




El señor RIVERO BAUTE: La doy por defendida en los términos planteados.




El señor PRESIDENTE: Por último, hay tres enmiendas a la exposición de
motivos, párrafos sexto, séptimo, duodécimo, y propuesta del
decimotercero-bis, nuevo, enmiendas números 72, 73 y 74, del Grupo
Parlamentario Popular. Para su defensa, el señor Fernández de Troconiz
tiene la palabra.




El señor FERNANDEZ DE TROCONIZ MARCOS: El objeto de estas enmiendas se
refiere exclusivamente a cohonestar el texto de la exposición de motivos
en relación con enmiendas formuladas por el Grupo Parlamentario Popular
que han sido de aceptación por parte de esta Comisión. Por consiguiente,
son puramente correcciones al texto inicial de la exposición de motivos
para que no esté en desacuerdo con el texto del proyecto de ley que
acabamos de aprobar.

Por otra parte, en relación con la enmienda número 71, de Coalición
Canaria, le propondría una enmienda transaccional al señor Rivero. En el
párrafo segundo de la exposición de motivos, después de la expresión «del
mercado» continuaría el texto sustituido por la siguiente dicción: que
lesionen la libertad de concurrencia de los operadores, de los medios de
comunicación audiovisual, desde el punto de vista estrictamente
deportivo. Tales situaciones de restricción del mercado y de
concentración de derechos exclusivos pueden condicionar el normal
desarrollo de la competición y pueden afectar a la estabilidad financiera
e independencia de los clubes.

Asimismo, señor Presidente, me veo en el trance de presentar una enmienda
en Comisión verbal y escrita, y también tienen conocimiento de ella los
señores portavoces de los diferentes grupos parlamentarios, con el objeto
de conciliar la exposición de motivos con la enmienda transaccional al
artículo 4 y la nueva disposición final quinta, que crean la figura del
consejo para las emisiones y retransmisiones deportivas, que hace
necesario modificar la exposición de motivos en los siguientes términos:
Así, en el párrafo octavo de la exposición de motivos que figura en el
proyecto de ley, se sustituiría in fine la expresión Consejo Superior de
Deportes por lo siguiente: consejo para las emisiones y retransmisiones
deportivas, nuevo órgano cuya creación se encomienda al Gobierno, y que
debe ser representativo de los diferentes sectores afectados.

Asimismo, en el párrafo duodécimo de la exposición de motivos del
proyecto de ley se sustituiría la expresión «Consejo Superior de
Deportes» por «Consejo para las emisiones y retransmisiones deportivas».




El señor PRESIDENTE: Señor Fernández de Troconiz, naturalmente debe
entregar el texto a esta Presidencia. Hemos interpretado que se trata
exclusivamente de acomodar el texto de la exposición de motivos a las
normas que ya han sido aprobadas.

Me queda por oír el criterio del señor portavoz del Grupo Parlamentario
de Coalición Canaria sobre la propuesta integradora que le ha hecho el
señor Fernández de Troconiz.




El señor RIVERO BAUTE: Señor Presidente, quiero manifestar la conformidad
de mi grupo con la enmienda transaccional planteada por el señor
Fernández de Troconiz.




El señor PRESIDENTE: En consecuencia, sometemos a votación las enmiendas
números 72, 73 y 74, en la reformulación de que han sido objeto por parte
del señor Fernández de Troconiz en este acto.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22; en
contra, ocho; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.




-- PROPOSICION DE LEY DE REFORMA DE LA LEY ORGANICA 9/1982, DE 10 DE
AGOSTO, DE ESTATUTO DE AUTONOMIA DE CASTILLA-LA MANCHA. (Número de
expediente 127/000003.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, nos introducimos en el punto 5 del orden
del día; Dictamen de la proposición de ley de reforma del Estatuto de
Castilla-La Mancha.

A este proyecto se presentaron 59 enmiendas de los Grupos Parlamentarios
Popular, Socialista e Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. De estas
59 enmiendas, fueron aceptadas en su literalidad 56 de ellas y, respecto
a



Página 6023




dos enmiendas del Grupo Popular e Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, se procedió a hacer una transacción con otra presentada por el
Grupo Popular, por lo que el informe fue aprobado por unanimidad de la
Ponencia y en estos términos se ofrece a la consideración de la Comisión.

En consecuencia, por esta Presidencia se va a dar sucesivamente la
palabra a aquellos grupos parlamentarios que han contribuido a la
formación de este acuerdo por orden de su importancia numérica.

En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el
señor Martínez-Villaseñor.




El señor MARTINEZ-VILLASEÑOR GARCIA: Señor Presidente, señorías, dada la
hora en que nos encontramos, voy a ser especialmente breve, pero tendrán
que comprender que, como castellano-manchego, constituye para mí un alto
honor intervenir hoy ante la Comisión Constitucional, en nombre propio y
en el de mis compañeros de Ponencia Javier Rupérez y José Alarcón,
fijando la posición del Grupo Popular en defensa de la reforma del
Estatuto de Castilla-La Mancha.

Nuestra comunidad accedió a su autonomía en el ya lejano 1982, con la
aprobación, por las Cortes Generales de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de
agosto. (El señor Vicepresidente, Vera Pro, ocupa la Presidencia.)
Recientemente, sus Cortes regionales aprobaron, por unanimidad de todos
los grupos presentes en las mismas, un texto que elevaron a las Cortes
Generales como proposición de ley y cuya toma en consideración fue
aprobada por el Pleno del Congreso, encontrándonos en este momento en el
desarrollo del oportuno trámite reglamentario para su aprobación.

Los grupos parlamentarios, en el ejercicio de su responsabilidad de
estudio y perfeccionamiento del texto recibido, presentaron, como
manifestaba el señor Presidente, un total de 59 enmiendas que, pese a que
pueda parecer elevado, no alteraba ningún aspecto sustancial ni de
contenido material ni del espíritu la reforma que inspiró el consenso en
las Cortes castellano-manchegas. Es más, las enmiendas presentadas por
los Grupos Parlamentarios de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya,
Socialista y Popular coincidían en el respeto a la voluntad de los
proponentes, significando que la inmensa mayoría deben ser consideradas
enmiendas técnicas de mejora de redacción, en unos casos, y en otros, de
perfeccionamiento de la técnica legislativa o sistemática conducentes a
ubicar correctamente en el articulado las competencias a asumir, con el
contenido adecuado para lograr el más escrupuloso respeto a nuestra Carta
Magna, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Los trabajos de la Ponencia han estado presididos por el espíritu de
consenso, lo que ha llevado a que la inmensa mayoría de las enmiendas
presentadas han sido incorporadas en su literalidad, y en las escasas que
no han corrido esa misma suerte, se ha recogido su espíritu, hasta tal
punto que los tres grupos parlamentarios enmendantes encontramos
plasmados los fundamentos de nuestras pretensiones, dando lugar a que el
informe de la Ponencia haya sido aprobado por unanimidad.

El contenido de esta reforma del estatuto de Autonomía de Castilla-La
Mancha contempla dos partes claramente diferenciadas: la que hace
referencia a la reforma institucional, de un lado, y de otro, a la
ampliación de competencias que se asumirán por la comunidad autónoma.

El denominador común, tanto del texto originario como del elaborado por
la Ponencia, es la profundización del autogobierno del pueblo
castellano-manchego en el marco y con pleno respeto a la Constitución
española.

Entre los aspectos institucionales, sin pretender ser exhaustivo, podemos
señalar cuestiones tales como posibilitar la ampliación de los períodos
ordinarios de sesiones de las Cortes; aumentar el número de Diputados;
introducir la limitación de mandatos del Presidente de la Junta de
Comunidades; la facultad de plantear la cuestión de confianza, así como
la moción de censura y la disolución anticipada de las Cortes de
Castilla-La Mancha. Tanto la moción de censura como la cuestión de
confianza y la disolución anticipada de las Cortes, establecen una
casuística que salvaguarda el equilibrio entre los poderes ejecutivo y
legislativo de la comunidad autónoma y, al mismo tiempo, pretende evitar
cualquier uso abusivo de las facultades que le son reconocidas en esta
reforma del estatuto. También se le otorga nivel estatutario al Consejo
consultivo, como superior órgano consultivo de la Junta de Comunidades y
de las corporaciones locales de la comunidad autónoma.

En el aspecto competencial, se afronta una sustantiva ampliación como
medio de profundizar en el ejercicio de la capacidad de autogobierno que,
a partir de la entrada en vigor de esta reforma estatutaria, tendrán las
instituciones de Castilla-La Mancha. Se contemplan 32 bloques de
competencias exclusivas de la comunidad autónoma, nueve bloques de
competencias de desarrollo legislativo y de ejecución en el marco de la
legislación básica del Estado y 15 bloques competenciales de función
ejecutiva. Asimismo, se atribuye la capacidad para convenir con el Estado
la adscripción de una unidad del Cuerpo Nacional de Policía para el
ejercicio de la competencia de vigilancia y protección de los edificios e
instalaciones de la comunidad autónoma.

Por último, se incorpora una disposición adicional que reconoce la
capacidad de las Cortes Generales para coordinar la celebración de
procesos electorales.

Se trata, en suma, de un texto que eleva sustancialmente la capacidad de
autogobierno de Castilla-La Mancha en pro de su mayor auge en el seno de
la España plural y enriquecedora que la Constitución configura integrada
por nacionalidades y regiones.

Para lograr esas aspiraciones que se plasman en el texto, el Grupo
Popular pide a todas SS. SS., miembros de esta Comisión, que se sumen
votando a favor del texto recogido en el informe de la Ponencia y que hoy
vamos a votar.




El señor VICEPRESIDENTE (Vera Pro): Tiene la palabra, por el Grupo
Socialista, el señor González Revenga.




El señor GONZALEZ REVENGA: Señor Presidente, dado lo avanzado de la hora,
voy a ser especialmente breve.




Página 6024




Mis primeras palabras, en representación del Grupo Parlamentario
Socialista, son para expresar nuestra satisfacción por el alto nivel de
consenso conseguido por los grupos parlamentarios en la elaboración del
informe de la Ponencia de la proposición de ley de reforma de la Ley
Orgánica del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

Desde las Cortes de Castilla-La Mancha, nos llegó una propuesta de
reforma de su Estatuto con el sello de la unanimidad, del consenso y del
acuerdo de todas las fuerzas políticas representadas en aquel Parlamento.

En la Ponencia y en la Comisión Constitucional de esta Cámara, hemos
logrado alcanzar ese mismo nivel de acuerdo y de consenso y, por ello,
todos debemos felicitarnos.

En esta Cámara, en la Ponencia y en esta Comisión Constitucional hemos
logrado alcanzar ese mismo nivel de acuerdo y de consenso y por ello
todos debemos felicitarnos. Sin duda alguna los ciudadanos a quienes
representamos desde nuestras diferentes opciones políticas prefieren el
consenso y el acuerdo entre nosotros antes que el enfrentamiento y el
desacuerdo. En esta Ponencia y en esta Comisión, desde las diferentes
enmiendas presentadas y a través del debate y la transacción, lo hemos
logrado plenamente.

Esta reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha, la tercera desde 1982,
es muy importante para el desarrollo del autogobierno de los
castellano-manchegos. La modificación estatutaria permitirá adecuar el
marco normativo competencial a una nueva realidad social y a las demandas
generadas por el propio desarrollo autonómico. La reforma propuesta
amplía el techo competencial y profundiza en el autogobierno de los
castellano-manchegos.

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a partir de la aprobación de
esta ley, asumirá más competencias y, por tanto, más responsabilidad con
sus ciudadanos, con el objetivo de prestarles más y mejores servicios.

Esta reforma, además, amplía la capacidad de control del Parlamento
regional sobre el Ejecutivo al eliminar limitaciones al trabajo
parlamentario, como son los topes establecidos con el período de
sesiones. Así pues, el Parlamento regional tendrá mayor capacidad
legislativa y de control sobre el gobierno regional.

La reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha, que cuenta con el consenso
de todos, permitirá ampliar el número de Diputados. El Parlamento de
Castilla-La Mancha en la actualidad es uno de los más limitados en número
de escaños en relación con el número de habitantes. Por tanto, esta
reforma beneficiará el grado de proporcionalidad y conllevará una mayor
pluralidad política en su seno. Espero que el espíritu que se ha
mantenido en la Ponencia y en esta Comisión Constitucional satisfaga, por
una parte, los anhelos de las Cortes de Castilla-La Mancha, porque el
consenso que lograron en su Parlamento es el que hemos mantenido y
profundizado en el Congreso de los Diputados. Y es muy importante ese
espíritu de colaboración y de acuerdo porque puede ser un buen precedente
para las propuestas de reforma de otros estatutos de autonomía
provenientes de comunidades autónomas regidas por el artículo 143 y que
esta Cámara debatirá en los próximos meses.

Concluyo, señor Presidente, reiterando mi felicitación a todos los grupos
parlamentarios y nuestra satisfacción por el consenso conseguido,
deseando que la reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha, cuya fiesta
regional se celebra el próximo 31 de mayo, vea pronto la luz.




El señor VICEPRESIDENTE (Vera Pro): Por el Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la palabra la señora
Almeida.




La señora ALMEIDA CASTRO: Izquierda Unida de Castilla-La Mancha tiene que
felicitarse porque las reformas autonómicas, y más cuando se está en este
quehacer autonómico que todos estamos viviendo desde nuestro texto
constitucional, se hayan hecho con las mayores bases de consenso. Creemos
que --como decía el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista-- ése
debe ser el intento para que en todas las cuestiones autonómicas prime
más la posibilidad de consenso que el vencimiento partidista de
cualesquiera de las opciones. Nos felicitamos de ese consenso y en ese
sentido vamos a apoyar con verdadera ilusión las reformas que se han
hecho, aunque sabemos que el consenso siempre lleva a cuestiones en las
que no estamos totalmente de acuerdo. Destacarlas no significa romper ese
consenso, sino poner un horizonte de búsqueda para nuevos techos
competenciales que creemos que tiene que tener Castilla-La Mancha. (El
señor Presidente ocupa la Presidencia.)
No estamos de acuerdo con algunas enmiendas que se han pactado entre el
PP y el PSOE en este Estatuto y por los respectivos gobiernos sobre el
techo competencial, que todavía queda limitado en Castilla-La Mancha en
relación con otras comunidades autónomas. Nosotros creemos que deben
tener un derecho estatutario similar, como policía, centros
penitenciarios, referéndum, gestión del sector público, planificación
democrática, etcétera. A nuestro entender, falta también recoger las
instituciones tradicionales que no se han incorporado en este Estatuto.

No compartimos --aunque conste en el consenso, pero lo queremos decir
así-- la capacidad limitada de disolución de las Cortes, y mucho menos
que se pueda realizar desde las Cortes Generales una agrupación de
procesos electorales, cosa que no sucede en otras comunidades autónomas.

Esperemos que en todas las comunidades se vaya evolucionando hacia esto y
que no sea un elemento discriminatorio hacia Castilla-La Mancha, sino un
avance mayor en el resto de las comunidades. Pero en este momento ese
techo de disposición desde las Cortes Generales nos parece limitativo
para esa comunidad, cuando no existe en otros estatutos o en otras
comunidades con mayor desarrollo autonómico.

Queríamos garantizar --y es una vieja aspiración de nuestro grupo-- una
mayor proporcionalidad en el sistema electoral, que en una parte y por
los compromisos habidos se puede dar, pero nosotros seríamos partidarios
de una circunscripción regional junto a la provincia, que acumulara el
número de votantes y que diera ese sentido de mayor proporcionalidad.

Pero esta renuncia la hemos hecho a favor del consenso.




Página 6025




Queremos también recordar a los grupos mayoritarios, tanto de la Cámara
autonómica como en ésta, que ese consenso obliga a que los grupos de la
Cámara autonómica de Castilla-La Mancha --porque ha sido pactado, como
decía el portavoz socialista-- incrementen el número de Diputados, la
distribución proporcional de los mismos al número de habitantes para que
sea más ágil el trabajo en la comunidad autónoma. También hemos de
destacar que se hubiera respetado el consenso conseguido en Castilla-La
Mancha, aunque se ha roto, y que ello signifique que, aunque no se haya
realizado todavía la reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha, en el
sistema electoral regional lleguemos a ese acuerdo y que cuanto antes se
incremente el número de Diputados de 47 a 59; que la distribución de ese
incremento se haga proporcionalmente al número de habitantes y, por
tanto, a los votos obtenidos. Ese es un emplazamiento que desde Izquierda
Unida queremos hacer, tanto al PP como al PSOE en Castilla-La Mancha,
para que una vez que entre en vigor esta reforma se haga cuanto antes y
se realice también a la mayor brevedad la reforma de la ley electoral
regional, que esperemos que tenga vida en este período ordinario de
sesiones, de septiembre a diciembre. Para ello, en virtud del consenso
obtenido, les solicitamos el consenso necesario para llevarlo a cabo
también en la comunidad.




El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias, señora Secretaria de la
Comisión. Sin duda los restantes grupos parlamentarios tendrán
oportunidad de expresar su posición y adherirse a este consenso en la
sesión del Pleno.

Vamos a someter a votación, en primer lugar, el artículo único de la
propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.

En segundo lugar, sometemos a votación la exposición de motivos.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

En pocas ocasiones como en ésta se siente un presidente de Comisión en el
deber moral de expresar su reconocimiento y gratitud a los señores
funcionarios de la Cámara, a los supervivientes de los representantes de
los medios de comunicación que todavía nos asisten con su presencia y a
todas las señoras Diputadas y señores Diputados por su diligencia, por su
laboriosidad y por su leal voluntad de colaboración con esta Mesa y esta
Presidencia.

Permítanme recordarles que las comparecencias se sustanciarán a partir
del próximo lunes día 19, a las doce de la mañana. Confío que el próximo
viernes ya en los servicios de la Comisión Constitucional encuentren
ustedes algún avance del calendario completo de dichas comparecencias.

Se levanta la sesión.




Eran las ocho y treinta minutos de la noche.