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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 190, de 16/04/1997
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1997 VI Legislatura Núm. 190



CONSTITUCIONAL



PRESIDENTE: DON GABRIEL CISNEROS LABORDA



Sesión núm. 5



celebrada el miércoles, 16 de abril de 1997



ORDEN DEL DIA:



Ratificación de las ponencias designadas para informar las siguientes
iniciativas legislativas:



--Proyecto de Ley del Gobierno. (Número de expediente 121/000025)
(Página 5300)



--Proposición de Ley Orgánica reguladora de la cláusula de conciencia de
los periodistas, reconocida en el artículo 20.1.d) de la Constitución
Española. (Número de expediente 122/000011) (Página 5300)



--Proposición de Ley reguladora de la objeción de conciencia y de la
prestación social. (Número de expediente 122/000024) (Página 5300)



--Proposición de Ley Orgánica sobre financiación de los partidos
políticos. (Número de expediente 122/000027) (Página 5300)



--Proposición de Ley Orgánica sobre financiación de los partidos
políticos. (Número de expediente 122/000031) (Página 5300)



Página 5300




--Proposición de Ley Orgánica sobre financiación de los partidos
políticos. (Número de expediente 122/000032) (Página 5300)



--Proposición de Ley Orgánica sobre financiación de los partidos
políticos. (Número de expediente 122/000033) (Página 5300)



--Proposición de Ley Orgánica sobre financiación de los partidos
políticos. (Número de expediente 122/000038) (Página 5300)



Propuesta de creación de una Subcomisión sobre RTVE, para el estudio de
un nuevo modelo de televisión y radio, de titularidad pública y cobertura
estatal, a los efectos de dotar al Ente Público Radiotelevisión Española
(RTVE) de un marco financiero estable y proponer las modificaciones del
Estatuto de la Radio y Televisión aprobado por la Ley 4/1980, de 10 de
enero, que se consideren necesarias. Formulada por el Grupo Parlamentario
Popular. (Número de expediente 158/000029) (Página 5301)



Protocolo y proyecto de Convenio de colaboración suscrito entre la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Comunidad de Madrid y la
Comunidad de Castilla y León, en materia de extinción de incendios
forestales. Formulado por la Comunidad Autónoma de Castilla y León
--Junta--. (Número de expediente 93/000006) (Página 5305)



Emitir dictamen, a la vista del Informe elaborado por la Ponencia, sobre
la proposición de Ley Orgánica reguladora de la cláusula de conciencia de
los periodistas, reconocida en el artículo 20.1.d) de la Constitución
Española. Presentada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya. (Número de expediente 122/000011) (Página 5308)



Se abre la sesión a las doce y cinco minutos del mediodía.




RATIFICACION DE LAS PONENCIAS DESIGNADAS PARA INFORMAR LAS SIGUIENTES
INICIATIVAS LEGISLATIVAS:



--PROYECTO DE LEY DEL GOBIERNO. (Número de expediente 121/000025.)



--PROPOSICION DE LEY ORGANICA REGULADORA DE LA CLAUSULA DE CONCIENCIA DE
LOS PERIODISTAS, RECONOCIDA EN EL ARTICULO 20.1.d) DE LA CONSTITUCION
ESPAÑOLA. (Número de expediente 122/000011.)



--PROPOSICION DE LEY REGULADORA DE LA OBJECION DE CONCIENCIA Y DE LA
PRESTACION SOCIAL. (Número de expediente 122/000024.)



--PROPOSICION DE LEY ORGANICA SOBRE FINANCIACION DE LOS PARTIDOS
POLITICOS. (Número de expediente 122/000027.)



--PROPOSICION DE LEY ORGANICA SOBRE FINANCIACION DE LOS PARTIDOS
POLITICOS. (Número de expediente 122/000031.)
--PROPOSICION DE LEY ORGANICA SOBRE FINANCIACION DE LOS PARTIDOS
POLITICOS. (Número de expediente 122/000032.)



--PROPOSICION DE LEY ORGANICA SOBRE FINANCIACION DE LOS PARTIDOS
POLITICOS. (Número de expediente 122/000033.)



--PROPOSICION DE LEY ORGANICA SOBRE FINANCIACION DE LOS PARTIDOS
POLITICOS. (Número de expediente 122/000038.)



El señor PRESIDENTE: Buenos días, señoras y señores Diputados, se abre la
sesión.

En primer término, reclamo la atención de los señores portavoces en turno
de lo que podríamos llamar diario de avisos. Como saben, mañana está
convocada la ponencia informante de la proposición de ley de objeción de
conciencia y prestación social sustitutoria. Debo advertir que, de
conformidad con los acuerdos adoptados sucesivamente en dos reuniones de
la Mesa y portavoces, esta reunión es a los solos efectos de que la
ponencia forme criterio sobre el carácter orgánico o no de dicha
proposición de ley, cuestión sobre la que, en una lectura más atenta de
la proposición, se suscitó a esta Presidencia esa inquietud, que
advertimos que fue ampliamente compartida por los integrantes de la Mesa
y por los señores portavoces. De suerte que ése es objeto de esa reunión
y si se conviniera en el carácter orgánico, deberíamos interrumpir en ese



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punto su tramitación, elevar nuestra consulta a la Mesa del Congreso,
que, como saben, es el único órgano competente para calificar el carácter
orgánico o no.

En segundo lugar, en este punto informal de diario de avisos, reclamo la
atención de los señores portavoces sobre la circunstancia de que esta
Comisión va a recibir a una delegación del Parlamento eslovaco.




La señora SECRETARIA (Almeida Castro): Los eslovacos ya vinieron.




El señor PRESIDENTE: Efectivamente, señora Secretaria, del Parlamento
checo. La embajada de la República Checa nos sugiere la semana
comprendida entre los días 5 y 11 de mayo, de suerte que, de un modo
informal, sin necesidad de convocatoria de los portavoces a tal fin, sino
en el curso de lo que nos resta de sesión plenaria, confío que alcancemos
el acuerdo para transmitir a la Dirección de las Relaciones
Parlamentarias de la Cámara la fecha que resulte más idónea para la
celebración de este encuentro.

Entrando ya en la consideración formal del orden del día, los puntos 1 a
8 consisten en la mera ratificación de las ponencias designadas para
informar un conjunto de iniciativas legislativas que están sometidas a la
consideración de esta Comisión. Las ponencias, de acuerdo con las
comunicaciones llegadas a los servicios de la Comisión y provenientes de
los distintos grupos, quedarían compuestas en los siguientes términos.

Voy a dar lectura de su composición y, salvo que me hagan alguna
reclamación los señores portavoces para introducir alguna rectificación,
se entenderán ratificadas por asentimiento.

La ponencia encargada de informar el proyecto de ley del Gobierno estaría
compuesta por los señores Trías Sagnier, la señora Fernández González y
señor López-Medel Bascones, del Grupo Popular; los señores Jover Presa y
Suárez Pertierra, del Grupo Socialista; el señor Silva Sánchez, del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); el señor Alcaraz Ramos, del
Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; el señor
Mardones Sevilla, por el Grupo de Coalición Canaria; la señora Uría
Echevarría, por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y el señor
Rodríguez Sánchez, por el Grupo Mixto.

Ratificamos, asimismo, la ponencia encargada de informar la proposición
de ley reguladora de la cláusula de conciencia de los periodistas, a cuyo
dictamen vamos a proceder en el último punto del orden del día de esta
misma sesión: los señores Muñoz-Alonso y Ledo, Vera Pro y Baón Ramírez,
por el Grupo Parlamentario Popular; el señor Jover Presa y la señora
Conde Gutiérrez del Alamo, por el Grupo Parlamentario Socialista; el
señor Alcaraz Ramos, por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya; señor Silva Sánchez, por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); el señor Mauricio Rodríguez,
por el Grupo de Coalición Canaria; la señora Uría Echevarría, por el
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y el señor Rodríguez Sánchez, por el
Grupo Parlamentario Mixto.

La ponencia encargada de informar la proposición de ley reguladora de la
objeción de conciencia y de la prestación social, que, reitero, está
convocada para mañana a las cinco de la tarde, estaría integrada por los
señores Trías Sagnier, Bermúdez de Castro Fernández y Fernández de Mesa
Díaz del Río, por el Grupo Parlamentario Popular; la señora Del Campo
Casasús y el señor Barrero López, por el Grupo Socialista; el señor
Alcaraz Ramos, por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa
per Catalunya; el señor Campuzano i Canadès, por el Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió); el señor Mardones Sevilla, por el Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria; la señora Uría Echevarría, por el
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) y la señora Lasagabaster Olazábal,
por el Grupo Parlamentario Mixto.

Por último y como es razonable, los grupos han facilitado los nombres de
los mismos ponentes para informar el conjunto de proposiciones de ley
tomadas en consideración sobre financiación de los partidos políticos
que, como saben SS. SS., son cinco, versando sobre el mismo objeto. La
ponencia para informar todas y cada una de estas proposiciones de ley
quedaría compuesta por el señor Del Burgo Tajadura, el señor Trías
Sagnier y el señor La Puerta Quintero, por el Grupo Parlamentario
Popular; el señor Gimeno Marín y el señor Fernández Marugán, por el Grupo
Parlamentario Socialista; el señor Santiso del Valle, por el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; el señor López
de Lerma i López, por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió); el señor Mardones Sevilla, por el de Coalición Canaria; el señor
González de Txabarri, por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y la
señora Lasagabaster Olazábal por el Grupo Parlamentario Mixto.

¿Alguna consideración u objeción sobre esta composición de ponencias?
(Pausa.) Se somete al asentimiento de la Comisión la ratificación de las
mismas. (Asentimiento.) Quedan ratificadas. Muchas gracias, señores
Diputados.




La señora SECRETARIA (Almeida Castro): El punto 5 es el mismo que el 4.




El señor PRESIDENTE: No, señora Secretaria, el punto 4 es el 122/27, y el
resto comprende a los números 31, 32, 33 y 38. Me remito a los números de
expediente porque son, como les decía, cinco iniciativas de distintos
grupos versando, eso sí, sobre el mismo objeto.




--PROPUESTA DE CREACION DE UNA SUBCOMISION SOBRE RTVE, PARA EL ESTUDIO DE
UN NUEVO MODELO DE TELEVISION Y RADIO, DE TITULARIDAD PUBLICA Y COBERTURA
ESTATAL, A LOS EFECTOS DE DOTAR AL ENTE PUBLICO RADIOTELEVISION ESPAÑOLA
(RTVE) DE UN MARCO FINANCIERO ESTABLE Y PROPONER LAS MODIFICACIONES DEL
ESTATUTO DE LA RADIO Y TELEVISION APROBADO POR LA LEY 4/1980, DE 10



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DE ENERO, QUE SE CONSIDEREN NECESARIAS. FORMULADA POR EL GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR. (Número de expediente 158/000029.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto 9 del orden del día, debate y
votación de la propuesta de creación de una subcomisión sobre
Radiotelevisión Española, para el estudio de un nuevo modelo de
televisión y radio de titularidad pública y cobertura estatal, a los
efectos de dotar al Ente Público Radiotelevisión Española de un marco
financiero estable y proponer las modificaciones del estatuto de la radio
y la televisión aprobado por la Ley 4/1980, de 10 de enero, que se
consideren necesarias.

Como saben, este punto del orden del día debe tramitarse aplicando la
resolución de la Presidencia de la Cámara de 26 de junio de 1996, que
dispone que la iniciativa podrá ser presentada por un grupo parlamentario
--el grupo proponente, se entiende, que en este caso ha sido el Grupo
Parlamentario Popular--, que esta iniciativa debe ser examinada y votada
por la Comisión, pudiendo los grupos parlamentarios intervenir para fijar
posiciones, por un tiempo máximo de diez minutos, y en el caso de que
dicha propuesta resultase aprobada, se eleva al Pleno de la Cámara, que
se pronuncia sobre la misma sin debate, normalmente en los precedentes lo
ha sido por asentimiento.

Consiguientemente, para la defensa de la proposición, tiene la palabra,
en primer lugar, el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, señor
Peñalosa, y a continuación intervendrán los grupos, de menor a mayor.




El señor PEÑALOSA RUIZ: Señor Presidente, señorías, el pasado 26 de
febrero el nuevo director general de Radiotelevisión Española, en su
primera comparecencia ante la Comisión de Control Parlamentario del ente
público, consideraba la conveniencia de alcanzar un gran pacto de Estado
en torno a Radiotelevisión Española, su viabilidad futura y su
estabilidad financiera; un pacto de Estado en el que participaran la
propia Radiotelevisión Española, las Cortes Generales, el Gobierno, los
agentes sociales e incluso otras instituciones representativas; un pacto
de Estado, de acuerdo con el tenor literal de las palabras del director
general, que defina el modelo, las funciones y los objetivos de la
radiotelevisión pública, al que habrán de adaptarse de forma ineludible
las dimensiones de Radiotelevisión Española como empresa y que
constituirá el marco de referencia al que ajustar los presupuestos de
gasto; un pacto de Estado también que plantee una reforma del estatuto de
la radio y televisión en España que le haga válido para gestionar la
nueva televisión, la televisión del nuevo siglo.

Sobre estas ideas principales giraba la invitación del director general
en la fecha de esa comparecencia, como recordarán perfectamente los
miembros de la Comisión de Control de Radiotelevisión Española y
cualquier otro Diputado que haya tenido la curiosidad de acercarse al
«Diario de Sesiones» de aquella fecha. Esta invitación fue acogida
favorablemente por parte de todos los grupos parlamentarios
intervinientes, que en esa ocasión fueron todos los de la Cámara. Y así,
todos los grupos, insisto, sin excepción, si bien es cierto también que
con distintos grados de entusiasmo, mostraron su voluntad, su disposición
a obtener dicho acuerdo y a alcanzar esos mismos objetivos.

Pues bien, señorías, como consecuencia del desarrollo de aquella sesión,
de la propuesta lanzada por el director general de Radiotelevisión
Española y la respuesta positiva expresada por todos los grupos
parlamentarios, el Grupo Popular registró esta iniciativa parlamentaria
que nos ocupa y que no tiene ni persigue otra virtualidad que la de
servir de cauce reglamentario a esa parte del pacto de Estado, no menor
y, a nuestro juicio, sí de una notable trascendencia política y
seguramente también legislativa, que nos afecta a los grupos políticos,
que nos afecta a los representantes parlamentarios.

Creemos sinceramente que la creación de una subcomisión parlamentaria
destinada específica y concretamente a debatir el futuro de
Radiotelevisión Española es el mejor método de trabajo para obtener éxito
en el diseño de ese futuro y para superar las diferencias que surjan como
resultado de los distintos planteamientos que se puedan realizar e
intentar obtener el consenso que este encargo lleva aparejado. La
subcomisión parlamentaria se ha mostrado ya durante esta legislatura como
un instrumento eficaz y adecuado para abordar cuestiones de un gran
calado político y social, para abordar cuestiones de una extrema
complejidad, como seguramente lo es esta también que tiene que ver con el
futuro de la radiotelevisión pública en nuestro país.

El ámbito de la subcomisión puede servir para situar la discusión al
margen de las coyunturales peripecias, de los coyunturales
enfrentamientos políticos a los que tampoco es preciso en modo alguno
renunciar y que pueden continuar teniendo todo su sentido en las sesiones
ordinarias de la Comisión de Control Parlamentario de Radiotelevisión
Española que, como SS. SS. saben, se celebra por decisión reglamentaria
todos los meses, pero en todo caso la subcomisión que proponemos --y ésta
es una idea clave de nuestro planteamiento inicial-- quiere reclamar para
el Parlamento el mayor protagonismo en la definición del modelo y en el
establecimiento de un marco financiero estable para Radiotelevisión
Española. En este mismo sentido, debo aludir al texto de la moción
aprobada por todos los grupos parlamentarios durante el último Pleno de
la Cámara y que redunda en el papel principal del Parlamento en la
definición del modelo de radiotelevisión pública, a la aprobación de los
mecanismos necesarios para su financiación y en el estudio y valoración
de las reformas que puedan y deban acometerse en el estatuto de 1980. De
acuerdo con esta moción, que fue objeto de una enmienda transaccional que
modificó la pretensión inicial del grupo proponente, el Gobierno debe
elaborar un informe relativo a los problemas principales de
Radiotelevisión Española para su remisión a la Cámara.

Por nuestra parte, creemos que es en el seno de esta subcomisión que
ahora tratamos donde más útil y más provechosa puede ser la evacuación y
el debate de ese informe del Gobierno y es en este mismo estadio
parlamentario donde también nos parece más útil y provechoso el debate



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y la definición que los grupos puedan hacer del futuro de Radiotelevisión
Española, desde la perspectiva clara también de que ese acuerdo será sólo
una parte del pacto al que es preciso sumar las fuerzas sociales y en el
que es imprescindible contar con la estrecha y permanente colaboración
del Gobierno y de la dirección general de Radiotelevisión Española. Esta
mañana, por tanto, queremos subrayar, señorías, por encima de cualquier
otra consideración, los elementos comunes, la coincidencia en la elección
del procedimiento de trabajo y en la consecución de unos objetivos que
todos compartimos. Por tanto, no tenemos ninguna intención de marcar
distancias, de calificar el origen de los problemas, de señalar
culpables, de eludir responsabilidades o de criticar ninguna gestión.

Creo que la exposición de motivos que antecede a la solicitud de creación
de esta subcomisión es meramente descriptiva de la situación actual y
trata sencillamente de situarnos respecto a la importancia de acometer el
estudio de un nuevo modelo de televisión y radio de titularidad pública
y de cobertura estatal. También creo que los detalles de composición y el
compromiso de elaboración de un dictamen son los habituales en este tipo
de propuestas.

Inicialmente, nuestro grupo había considerado oportuno crear esta
subcomisión en el seno de la Comisión de Control Parlamentario de RTVE.

La Mesa de la Cámara ha optado por considerar que esta subcomisión debe
crearse en la que en este momento estamos, la Constitucional, lo que
también no parece bien, porque hoy nos parece que lo más importante de
todo es dar un paso más en ese consenso básico que ya se ha reflejado en
dos importantes actos parlamentarios anteriores y que, tratándose de lo
que tratamos, tiene una relevancia añadida y no muchos antecedentes.

Por todo ello, señor Presidente, solicito a los miembros de la Comisión
Constitucional el voto favorable para la creación de una subcomisión, al
amparo de la resolución de la Presidencia del Congreso, de 26 de junio de
1996, que se ocupe a la mayor brevedad posible, porque la urgencia
también es evidente, de encontrar soluciones aceptables para los graves
problemas de Radiotelevisión Española.




El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia no advierte la presencia en la
Comisión de ningún representante del Grupo Parlamentario Mixto. En
consecuencia, por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la
palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Con gran brevedad, señor Presidente, porque
este portavoz, en nombre del Grupo de Coalición Canaria, en todos los
debates habidos en estos meses pasados, concretamente en febrero y marzo,
ya ha expresado su testimonio de voluntad de sustituir con una nueva
normativa el obsoleto estatuto de la radio y la televisión de 1980. Se
expresó así en el mes de febrero, en la comparecencia del nuevo director
general del Ente Público RTVE, cuando propuso un pacto de Estado --como
certeramente ha recordado el portavoz del Grupo Parlamentario Popular,
que trae la iniciativa--. Cuando habló de un pacto de Estado este
Diputado le señaló que ese pacto de Estado debía ser siempre hecho en
sede parlamentaria, discutido y consensuado en lo posible por todas las
fuerzas políticas del Congreso de los Diputados. Cuando tuvimos ocasión
de debatir la iniciativa que tuvo lugar con respecto a la interpelación
urgente y la moción consecuente, también consideramos como pieza
fundamental para este trabajo el informe que el Gobierno nos deba elevar.

Señorías, en Coalición Canaria entendemos que es ya una necesidad
política imperiosa de esta Cámara encontrar los puntos de coincidencia,
los puntos de convergencia comunes que nos lleven, de una vez por todas,
a pacificar cualquier atisbo de polémica o de crispación que se derive de
la gestión o de los resultados del Ente Público RTVE. Entendemos que en
el propio preámbulo de la propuesta que trae la iniciativa del Grupo
Popular se contiene el diagnóstico de la patología que está afectando
actualmente al ente público; por un lado, todo lo que es buscarle un
marco financiero estable a su situación de crisis económica y financiera;
por otro y fundamentalmente, creo que la Comisión Constitucional tiene
una naturaleza de idoneidad, como bien ha señalado la Mesa de la Cámara,
para que esta subcomisión, más que desarrollarse en el marco de la
Comisión de Control Parlamentario de RTVE, lo haga en el marco de la
Constitucional, porque se vuelve un poco, históricamente, a los debates
políticos de esta Cámara de los años 1979 y 1980, cuando por fin se llegó
a estipular el que hoy califico de obsoleto estatuto de la radio y la
televisión. Por tanto, cuando se debe entrar en esta cuestión política,
a ese sentido de responsabilidad se quiere sumar Coalición Canaria, por
lo que con el apoyo de nuestro voto positivo vamos también a dar nuestro
sentido de amparo a todos los argumentos que aquí se establecen para
votar afirmativamente la creación de esta subcomisión.




El señor PRESIDENTE: Doña Margarita Uría Echevarría tiene la palabra en
nombre del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).




La señora URIA ECHEVARRIA: Señor Presidente, el portavoz habitual en los
temas que hacen referencia a Radiotelevisión Española es mi compañero el
Diputado don Joxé Joan González de Txabarri, pero en su ausencia
expresaré yo el sentir de mi grupo, que coincide con lo por él sostenido
con motivo de la interpelación y consiguiente moción debatida en días
pasados en el Pleno de la Cámara con ocasión de la interpelación, repito,
presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

Somos conscientes de la situación de crisis que padece Radiotelevisión
Española y uno de los temas fundamentales que se debatió con ocasión de
esa interpelación y moción fue la posibilidad de que hubiese acuerdo
entre los grupos mayoritarios para llegar a lo que se ha llamado un pacto
de Estado sobre Televisión Española. Mi compañero manifestó su
escepticismo sobre este pacto e instaba al Gobierno para que, haciéndose
eco de las palabras del señor Vicepresidente Primero, se constituyese o
no la subcomisión, se pusiese cuanto antes a trabajar. No obstante,
compartimos



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el diagnóstico de que la actual situación es grave y por eso, pese a este
escepticismo manifestado de que la creación o no de la subcomisión no
debe paralizar al Gobierno a la hora de actuar, la creación de esta
subcomisión va a contar con el apoyo del Grupo Parlamentario Vasco por
cuanto entendemos que sí es razonable poner cuanto esté de nuestra parte
para ayudar a superar esta crisis. Lo que sí querríamos es que el plazo
sea razonable y lo más breve posible para que también, repitiendo la
misma expresión empleada por mi compañero señor González de Txabarri en
el Pleno, se saje cuanto antes, evitando que el enfermo se nos vaya a ir
para cuando se decida intervenir.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), don Ricard Burballa tiene la palabra.




El señor BURBALLA I CAMPABADAL: También tomo la palabra en esta Comisión
en nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ocupando
la voz que normalmente tiene nuestro grupo en esta Comisión que la del
Diputado señor López de Lerma, por tratarse de un tema que afecta al
futuro modelo de la radiotelevisión pública en España, un problema que a
nuestro grupo siempre le ha suscitado honda preocupación.

Entendemos que la propuesta de pacto de Estado realizada por el director
general del ente en su presentación pública ante esta Cámara el día de su
comparecencia, el 26 de febrero, es un camino en el cual se debe abundar
y en el cual ciframos nuestras esperanzas, no nuestras expectativas
ilusionadas pero sí nuestras esperanzas que siempre han sido las de
encontrar un marco estable de financiación para RTVE. Más que hablar de
entusiasmos, nuestro grupo prefiere hablar de responsabilidad, de
responsabilidad de todos, para evitar que RTVE continúe siendo un motivo
de enfrentamiento de los grupos parlamentarios. Entendemos que esta
subcomisión puede ser un marco idóneo para el trabajo complejo
--reconocido este extremo por los grupos mayoritarios y también por el
nuestro-- de encontrar una salida a una situación audiovisual que no es
la misma de hace diez años, en la cual la sociedad española reclama
seguramente a la radiotelevisión pública cosas distintas de las que hace
diez años reclamaba a un servicio público esencial.

Por tanto, señor Presidente, señorías, nuestro grupo va a apoyar esta
propuesta del Grupo Popular de creación de esta subcomisión de RTVE, en
el convencimiento de que con ello contribuimos a avanzar en un modelo de
radiotelevisión pública que sirva para la inmensa mayoría de los
ciudadanos y que dé verdaderamente satisfacción a su sentido de servicio
público.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, don Manuel Francisco Alcaraz Ramos tiene
la palabra.




El señor ALCARAZ RAMOS: Creo que hoy se imponen intervenciones breves,
como así lo ha entendido también el resto de portavoces, no sólo porque
seguramente existen más coincidencias que divergencias, sino porque,
incluso, hablar poco y ponerse a trabajar ya en este tema es en sí mismo
todo un símbolo. Creo que se ha perdido muchísimo tiempo, años
seguramente, en que se ha dejado deteriorar la situación existente en la
televisión pública española sin querer buscar soluciones adecuadas, quizá
porque en el modelo ideológico de algunos no entraba la defensa en sí de
la televisión pública, quizá porque otros preferían tenerla congelada,
buscando otros intereses. Creo que esa fase se puede empezar a superar y,
por tanto, es bueno y nos felicitamos de que exista consenso en el
trabajo y de que Radiotelevisión Española y la televisión en general deje
de convertirse en un arma arrojadiza.

También nos felicitamos por la idoneidad del marco parlamentario que
garantiza la transparencia y la pluralidad en eso que hemos dado en
llamar cuestión de Estado, porque si no existe transparencia ni
pluralidad, ciertamente no va a ser una cuestión de Estado. Si esta
subcomisión es el instrumento ideal, bienvenida sea. No deja de ser
paradójico que aun cuando la comunicación en general y la televisión en
particular sean un elemento absolutamente trascendental en la vida
cultural y económica del país en el Parlamento no exista ninguna comisión
que se dedique a estos temas monográficamente, cuando existen otras,
digamos, pensadas para cuestiones también importantes en la vida del
Estado, pero que no tienen la misma actualidad ni urgencia. Por tanto,
supliendo este déficit reglamentario, si esta subcomisión es el
instrumento adecuado, bienvenida sea.

Vamos a ir a la subcomisión precisamente a cumplir con lo que dice la
proposición, a solucionar las dos grandes lacras, los dos grandes
problemas que han minado los cimientos mismos de la existencia y del
futuro de una radiotelevisión pública en España: por un lado, la crisis
de financiación y, por otro, la crisis que supone la falta de un marco
legal estable. Por tanto, sin que ello suponga adelantarnos a las
conclusiones finales a que llegue la subcomisión, es fácil entender que
la primera es que la subcomisión va a tener que trabajar en asegurar ese
marco estable de financiación, y no poner un mero parche que dé respuesta
al problema puntual aunque inmenso que existe en la actualidad, y en
elaborar un nuevo estatuto de radiotelevisión, que, por cierto --y creo
que es bueno recordarlo en esta sesión--, no afecta sólo a
Radiotelevisión Española, sino que de alguna manera sirve de marco para
todo el sistema de la radio y la televisión en España, pública y privada,
cosa que a menudo se olvida y no es bueno, siquiera sea porque
Radiotelevisión Española se encuentra, por así decirlo, en el marco de un
ecosistema informativo determinado y, sin tenerlo en cuenta, no vamos a
encontrar soluciones. De alguna manera, ese estatuto de la radio y la
televisión debería ser una suerte de título preliminar de una especie de
código de la comunicación, que alguna vez habrá que plantearse si no
conviene hacer, al estilo de los grandes códigos, para regular una
materia tan importante.

La única conclusión global para nosotros es que esta subcomisión debe
profundizar en el carácter público de Radiotelevisión Española, con una
financiación pública, sea la que sea, y desgubernamentalizada; que se
acabe la



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confusión entre televisión y televisión pública, cuyo órgano fundamental
de gestión, que es la dirección general, depende del Gobierno. Creo que,
por una vez, ya que se toma esta decisión, merece la pena jugar a largo
plazo, no quedarse en el regate corto. Yo creo que es bueno --y con esto
concluyo-- coincidir en las buenas intenciones, sin olvidar que de buenas
intenciones está empedrada la gestión televisiva, lo que en demasiadas
ocasiones --casi siempre-- no se compadece con sus resultados.

En cualquier caso, vamos a apoyar con ilusión y sin ninguna reserva la
constitución de esta subcomisión, yendo con ánimo constructivo, pero
también con ánimo vigilante, con el fin de que se respete la pluralidad,
para que, como digo, haya más televisión pública ahora, durante los
trabajos de la subcomisión y después de la subcomisión. Que nadie piense
que podríamos caer en algún tipo de trampa, algo así como sanear lo
público para luego privatizar --desde luego, en ese juego no íbamos a
entrar en ningún caso--, y, finalmente, como ya se ha indicado por otro
portavoz, esperamos que esto no se dilate --aunque entendemos que no se
puede ir con prisas-- de forma que no sirva para nada. Por consiguiente,
vamos a acudir a la subcomisión con ánimo constructivo y vigilante; vamos
con ilusión y esperamos que todos los grupos seamos capaces de estar a la
altura que supone este reto.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra su portavoz, el señor Solé Tura.




El señor SOLE TURA: Nuestro grupo valora el consenso, que considera que
es fundamental para adentrarnos en un debate de estas dimensiones. Desde
ese punto de vista, nos parece importante que todos los grupos hayan
subrayado lo mismo, es decir, que todos se hayan mostrado partidarios de
avanzar por la vía de la discusión y del acuerdo. En ese sentido, nuestro
grupo aportará todo lo que pueda. Sin embargo, debo decir también que el
método con el que hoy nos estamos enfrentando a este problema nos parece
discutible por varias razones, una de las cuales ya ha sido señalada por
otro interviniente.

Hace una semana se aprobó en el Pleno del Congreso una moción sobre
Radiotelevisión Española en la que se instaba al Gobierno a que remitiera
a esta Cámara un informe acerca de los problemas de Radiotelevisión
Española, etcétera. No sé si la respuesta del Gobierno es esa
subcomisión. Aparentemente no, porque la subcomisión fue planteada con
anterioridad. Se dirigió a la Comisión de Control de RTVE; la Mesa del
Congreso la dirigió hacia nuestra propia Comisión y ahora nos encontramos
con esta subcomisión, pero, insisto, sin saber exactamente si esto es o
no el cumplimiento de la moción que se aprobó en el Pleno hace unos días.

Como ya tenemos el ejemplo de otras subcomisiones que se han creado, por
ejemplo, ayer mismo, la de parejas de hecho, y el método de la
subcomisión más bien ha servido para dilatar los debates y,
concretamente, las soluciones, estamos algo perplejos, porque nos parece
que se está abusando del método de las subcomisiones, no sólo en este
terreno sino en otros y, como antes decía, nos parece un mal método de
funcionamiento y, sobre todo, un método que contribuye a alargar los
problemas sin encontrar una solución clara. Si la subcomisión se pone en
marcha, nuestro grupo participará y colaborará con el máximo interés,
pero precisamente porque nos asaltan tantas dudas respecto a lo que ha
ocurrido, a lo que ocurre y a lo que puede ocurrir, nuestro grupo se
abstendrá en la votación.




El señor PRESIDENTE: Como saben SS. SS., este procedimiento no es
contradictorio y, en consecuencia, no ha lugar a turnos de réplica o
dúplicas. En la medida en que el señor Solé Tura pudiera haber planteado
alguna dificultad de orden reglamentario, quiero ratificar que, como S.

S. sabe, la iniciativa de la creación de la subcomisión fue anterior en
el tiempo al debate de esa interpelación y de la moción subsiguiente.

Esta Presidencia no está en condiciones de anticipar ninguna decisión de
la Mesa de la Cámara sobre la suerte que corra después ese informe que el
Gobierno ha de rendir, pero parecería razonable que se remitieran
justamente al conocimiento de la subcomisión que se crea. Por mi parte,
lo que sí puedo asegurarle y a lo que sí me puedo comprometer es a que la
voluntad de esta Presidencia será la de imprimir al trabajo de esa
subcomisión el ritmo más diligente que quepa. Es cierto que la propuesta
de la creación de la subcomisión no contiene un plazo concreto para la
conclusión de sus trabajos, pero esta omisión está suplida por la norma
de la Presidencia que regula este tipo de subcomisiones que con carácter
general y supletorio establece el plazo máximo de seis meses para dar
término a su tarea.

En consecuencia, someto a la consideración de la Comisión la creación de
una subcomisión para el estudio de un nuevo modelo de televisión y radio
de titularidad pública y cobertura estatal en los términos en que fue
solicitada por el Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22;
abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la creación de la subcomisión.




--PROTOCOLO Y PROYECTO DE CONVENIO DE COLABORACION SUSCRITO ENTRE LA
JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA
COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON, EN MATERIA DE EXTINCION DE INCENDIOS
FORESTALES. FORMULADO POR LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y LEON
--JUNTA--. (Número de expediente 93/000006.)
El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto siguiente del orden del día. Se
trata de una iniciativa relativamente



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inusual; por eso, permítanme que haga alguna consideración reglamentaria
previa.

Como ustedes saben, nuestra Constitución alberga la posibilidad de que se
suscriban convenios de cooperación entre comunidades autónomas; según la
naturaleza y el objeto propio de estos acuerdos de cooperación, pueden
limitarse a la mera notificación a las Cortes Generales o estar
sometidos, como es el caso de la iniciativa que nos ocupa, a la necesidad
de su autorización formal. La peculiaridad más significativa de estas
iniciativas, es decir, de la autorización de los acuerdos de cooperación,
es que, como saben, su tramitación debe comenzar en el Senado y sólo
producida la aprobación por el Senado es cuando se ofrece a la
consideración de esta Cámara. A partir de la eventual aprobación del
otorgamiento de la autorización por esta Comisión, la iniciativa se eleva
al Pleno, donde sigue el trámite de los debates de totalidad.

No ha sido manifestada a esta Presidencia por ninguno de los portavoces
de los grupos presentes en la Comisión la intención de oponerse a dicha
autorización, por lo cual, salvo que me hagan ver alguna objeción o
reparo en este momento, pasaríamos a darle trámite, como hemos hecho con
el punto anterior, con un turno de fijación de posiciones por parte de
aquellos grupos que desearan hacerlo y que tendría lugar de menor a
mayor. Persistiendo la ausencia del Grupo Mixto, y circunstancialmente
también en este momento la del portavoz del Grupo Parlamentario de
Coalición Canaria, en el caso de que el señor Mardones se incorporase
pediría el permiso de la Comisión para alterar el orden de menor a mayor.




La señora URIA ECHEVARRIA: En este caso, el Grupo Vasco no intervendrá.




El señor PRESIDENTE: El Grupo Vasco no va a intervenir, tampoco el Grupo
Parlamentario de Convergència i Unió.




El señor TRIAS SAGNIER: El señor Mardones ha hecho un gesto que yo
interpreto como que tampoco iba a intervenir, pero no puedo garantizarlo.




El señor PRESIDENTE: No nos excedamos en la interpretación gestual del
señor Mardones y confiemos en que se incorpore en el curso del examen de
este punto del orden del día.

Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, tiene la palabra doña Cristina Almeida.




La señora ALMEIDA CASTRO: Intervengo muy brevemente para decir que
nuestro grupo, por supuesto, va a apoyar este protocolo. Nos parece un
tanto extraño, como ya ha advertido la Presidencia, que estas cuestiones
vengan también a nuestra Comisión, pero reglamentariamente es como se ha
indicado.

Nosotros no vamos a poner ninguna pega a los acuerdos de las comunidades
y del Senado respecto a esta materia de extinción de incendios
forestales, para no quedarnos sin árboles, etcétera. Nuestro grupo va a
apoyarlos e intervenimos sólo para destacar esa necesidad de diálogo
entre las comunidades.




El señor PRESIDENTE: Señora Almeida, yo he subrayado lo inusual de la
iniciativa pero, por el contrario, recabo en plenitud la competencia de
la Comisión Constitucional para conocer de este tipo de iniciativas.

Además, no creo que, constitucional y reglamentariamente, cupiera otro
tipo de atribución distinta, sea cual sea el objeto del acuerdo de
cooperación.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Iñiguez
Molina, don Joaquín.




El señor IÑIGUEZ MOLINA: Voy a ser muy breve también. Estoy de acuerdo
con la manifestación última de la Presidencia de recabar para esta
Comisión todos los convenios que se suscriban entre las comunidades
autónomas, como establece claramente el artículo 145 de la Constitución
y el 166 del Reglamento.

La importancia de la colaboración y la cooperación entre las distintas
comunidades que componen el Estado español no precisa, en términos
generales, un gran esfuerzo dialéctico porque responde a uno de los
principios generales del desarrollo y desenvolvimiento de la política
administrativa. En esta materia que nos ocupa los términos de exigencia
son mayores porque se trata de la lucha contra los incendios forestales,
naturales o provocados, que suponen una catástrofe ecológica y económica.

Esto hace que, en muchas ocasiones, puesto que hay una exigencia legal,
incluso a los particulares, de colaboración y de ayuda en las distintas
normas y reglamentos de lucha contra incendios, sea necesaria y exigible
la aportación de ayudas por parte de todos para extinguir los incendios.

En este caso, es obvio que, en materia de incendios forestales, las
diversas comunidades autónomas se están prestando ayuda en los casos en
que se producen catástrofes. Así, en años tan decisivos como 1994, cuando
se produjeron las mayores catástrofes por incendios, la Comunidad de
Castilla-La Mancha colaboró de manera importante con Valencia, Andalucía,
Murcia y Madrid, sin necesidad de ningún convenio ni acuerdo.

Estos convenios y acuerdos se hacen precisos y convenientes
fundamentalmente por una razón. Hasta ahora, estas colaboraciones se
habían producido en relación con la extinción de incendios, pero hay algo
tan importante o más que la extinción, que es la prevención de los
incendios, lo que no se venía produciendo. La colaboración entre las
distintas comunidades respecto a prevención de incendios podía ser
ocasional, pero esto es algo fundamental en este convenio, de lo cual nos
congratulamos.

El título del convenio es el de: en materia de extinción de incendios,
pero en él ya se habla de prevención de incendios forestales y considera
de interés común establecer unos mecanismos de colaboración que permitan
hacer frente, de un modo coordinado, a siniestros de esta naturaleza,
especialmente en las zonas limítrofes, con un mayor aprovechamiento de
los recursos disponibles. Así, el artículo 1.º fija como objeto del
convenio tanto la prestación



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del servicio de extinción como la prevención y seguridad de los mismos.

Este convenio establece tres tipos fundamentales de ayudas; una ayuda
recíproca en la zona de asistencia y socorro, que la define en dos
kilómetros a partir de la línea divisoria entre las comunidades, en las
cuales se regula cómo han de producirse estas ayudas, en la central de
comunicaciones, etcétera, pero, sobre todo, establece una actuación
inmediata sin necesidad de petición de ayuda, que se obtiene en los demás
supuestos. Una interpretación de este convenio nos hace ver que no se
refiere exclusivamente a estas zonas de asistencia y socorro inmediato en
estos dos kilómetros, sino que están previstos implícitamente, respecto
a los gastos que se produzcan, dos clases de incendios: los que afectan
a estas zonas inmediatas de los dos kilómetros y los que afectan a
cualquier zona de la comunidad autónoma que necesita ayuda, que tendrá
que soportar los gastos producidos.

En este convenio se establece fundamentalmente la cooperación práctica y
técnica por medio de redacción de programas y proyectos, ejercicios de
maniobras conjuntas, formación profesional y asesoría técnica, reuniones,
encuentros y seminarios e información en documentación y publicaciones.

Estas son las materias más importantes que se desarrollan por medio de
este convenio. El único problema que vemos es que el convenio tenía como
límite temporal el 31 de diciembre de 1996. Por razones de tramitación
parlamentaria, nos encontramos con que estamos ya en 1997 y aún no se ha
ratificado. Afortunadamente, tiene una prórroga automática anual, por lo
que esperemos que pueda resolverse antes de la campaña de incendios, pues
es muy importante.

No sólo votaremos la aprobación de estas colaboraciones por medio de
convenios entre las distintas comunidades sino que, además, nos gustaría
que se produjese entre todas las comunidades limítrofes pues, como digo,
lo importante no es la extinción de los incendios sino la prevención. Nos
encontramos con que se está dedicando en la actualidad mucho más dinero
del que se ha destinado anteriormente, con lo que se ha reducido
extraordinariamente este año el número de incendios producidos, aunque no
sólo se ha debido a esto sino también a cuestiones climatológicas.

Los incendios forestales producidos tienen un 47 por ciento de incidencia
en el conjunto de España, pero en la región castellano-manchega sólo
tienen un 15 por ciento. La información a la gente y la formación de las
personas conducen a la prevención de los incendios, con lo que nos
evitaríamos las catástrofes naturales que provocan y los esfuerzos
tremendos que se realizan para su extinción. Por tanto, vamos a votar
favorablemente el convenio.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra
doña Sandra Moneo.




La señora MONEO DIEZ: Señorías, intervengo en esta Comisión, en nombre de
mi grupo, para anunciar, en primer lugar, el voto favorable con que el
Grupo Popular va a ratificar la autorización que, desde el Senado, se
otorga a la conclusión del protocolo y proyecto de convenio de
colaboración, suscrito entre la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, la Comunidad de Madrid y la Comunidad de Castilla y León en
materia de extinción de incendios forestales.

Permítanme que, en primer lugar, muestre nuestra satisfacción de que
comunidades autónomas de distinto signo hayan llegado a un pronto acuerdo
para firmar un convenio en una materia tan importante y en ocasiones tan
de triste actualidad como es la extinción de incendios que, por otra
parte, afecta a todo el territorio nacional.

El Grupo Popular, asimismo, se congratula de que este acuerdo se haya
obtenido con total respeto a los principios constitucionales y
estatutarios que afectan a esta materia. En este sentido, nuestra
felicitación a las comunidades autónomas que han preparado este acuerdo
porque lo han hecho con total respeto a la Constitución y a los estatutos
de autonomía. Como SS. SS. conocen, este protocolo y proyecto de convenio
llega a esta Comisión Constitucional siguiendo el trámite legislativo
establecido por el artículo 74.2 de la Constitución en relación al
artículo 145 de la misma. Del contenido de este artículo 145 se desprende
la existencia de dos tipos de acuerdos entre comunidades autónomas: los
previstos en los estatutos de autonomía (convenios para la gestión y
prestación de servicios propios de las comunidades contratantes que
regulan los supuestos, condiciones y efectos que van a cumplir) y los
denominados expresamente acuerdos de cooperación.

El protocolo y proyecto de convenio que hoy debatimos viene calificado
por el Senado como un acuerdo de cooperación, a los efectos de lo
dispuesto en el citado artículo 145 y en el 138 del Reglamento del
Senado. Es significativo que dentro del plazo reglamentariamente
establecido por la Cámara Alta --así queremos resaltarlo--, no se han
formulado propuestas relativas a este acuerdo ni por los Senadores ni por
aquellos grupos parlamentarios de la Cámara, lo cual nos hace pensar en
un consenso de los grupos.

Podríamos entrar a debatir si este acuerdo afecta a la autonomía que la
Constitución reconoce y garantiza a las comunidades autónomas y a los
principios que inspiran el Título VIII de la Constitución. A juicio del
Grupo Popular, acuerdos de cooperación de este tipo no dañan ninguno de
los principios expuestos anteriormente, sino que constituyen un
valiosísimo instrumento en manos de comunidades autónomas para lograr un
enriquecimiento de su ámbito material de actuación, así como un factor
decisivo en el futuro desarrollo regional.

Es acertado, a nuestro entender, que los estatutos de autonomía, así como
los reglamentos de las Cámaras --lo establecen tanto el artículo 166 del
Congreso, como los artículos 131 a 139 del Senado--, hayan entregado a
las Cortes la potestad de calificar uno a uno los convenios. Es una
salvaguarda lógica y, a la vez, un reconocimiento de la trascendencia que
éstos pudieran tener en un futuro.

Señorías, el hecho de que se hayan traspasado las competencias en la
materia a diferentes comunidades autónomas no puede suponer en ningún
momento un desentendimiento de las comunidades autónomas y sus
administraciones.




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Al contrario, la responsabilidad entre las comunidades se debe hacer
efectiva siempre en el respeto a la Constitución y a los estatutos de
autonomía.

Por todo ello, y considerando la autorización que desde el Senado se ha
otorgado para proceder a la conclusión de este convenio, el Grupo Popular
va a votar a favor del mismo.




El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia somete a la voluntad de la Comisión
el otorgamiento de la autorización para suscribir el protocolo y proyecto
de convenio de colaboración entre la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, la Comunidad de Madrid y la Comunidad de Castilla y León, en
materia de extinción de incendios forestales, previamente autorizado por
el Senado.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.




--EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA,
SOBRE LA PROPOSICION DE LEY ORGANICA REGULADORA DE LA CLAUSULA DE
CONCIENCIA DE LOS PERIODISTAS, RECONOCIDA EN EL ARTICULO 20.1.D) DE LA
CONSTITUCION ESPAÑOLA. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE
IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA PER CATALUNYA. (Número de expediente
122/000011.)



El señor PRESIDENTE: Estaremos en condiciones de entrar en el último
punto del orden del día para dictaminar la proposición de ley orgánica
reguladora de la cláusula de conciencia de los periodistas reconocida en
el artículo 20.1 d) de la Constitución en el momento en que se incorpore
a la Comisión el señor ponente del Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya; de suerte que, sin moverse de
sus asientos, no vamos a dar ni siquiera rango de suspensión formal y
vamos a esperar unos segundos la incorporación del señor Alcaraz.

(Pausa.) Señores portavoces, ocupen sus escaños. Los señores portavoces
están de acuerdo en que la brevedad de la discusión de la proposición de
ley permite que ordenemos el debate con una única intervención por parte
de cada uno de los grupos; intervención que, en consecuencia, los señores
portavoces deben utilizar tanto para fijar su posición con respecto al
informe de la Ponencia como para defender aquellas discrepancias que se
articulen después en forma de enmiendas y fijar posición respecto a las
enmiendas de otros grupos.

Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), tiene la palabra doña Margarita
Uría.




La señora URIA ECHEVARRIA: Quiero empezar la intervención felicitándome
por el amplio consenso obtenido en la Ponencia a la hora de abordar el
desarrollo del artículo 20 de la Constitución, relativo a las garantías
del ejercicio del derecho de los profesionales de la información, si bien
lamento que nada más se haya abordado, por no haber sido tomado en
consideración la otra parte por el Pleno de la Cámara, la regulación de
la cláusula de conciencia y haya quedado al margen la regulación del
secreto profesional.

A nuestro juicio, la libertad de expresión comprende los derechos de los
profesionales del periodismo, entendiendo como tales a los que se
dediquen permanentemente a esta profesión, con las condiciones que se
establecen legalmente para ello, a su independencia y libertad de
opinión, incluida la cláusula de conciencia.

En relación con el texto aprobado por la Ponencia, me gustaría señalar
que lamenté que, pese a haberse adoptado como artículo 1.º el texto de
una enmienda presentada por el Grupo Vasco, la número 1, sin embargo,
ésta quedase recortada en un aspecto que, a mi modo de ver, es
importante. Quiero llamar la atención de la Comisión por si los grupos
considerasen oportuno el incluir este añadido. Se dice en el artículo 1.º
que la cláusula de conciencia es un derecho constitucional de los
profesionales de la información que tiene por objeto garantizar la
independencia en el ejercicio de su función profesional. El texto de la
enmienda tenía un añadido que, además de garantizar la independencia en
el desempeño de su función profesional, decía que lo era también ante los
ciudadanos. Este añadido es importante porque señala este derecho de
acceder libremente al conocimiento que es transmitido como derecho de la
colectividad. La regulación referida sólo al punto de vista de los
profesionales y no del conjunto de la ciudadanía deja cojo el contenido
del derecho que se está desarrollando, que es el derecho a la
información.

Añadiré un aspecto más que es objeto de otra enmienda de mi grupo, que
parcialmente se ha admitido, pero a la que le resta un apéndice que
también tiene interés. Es el punto 3 de la enmienda número 2 que
presentaba mi grupo, que incluía la posibilidad de que se acogiesen
también a la cláusula de conciencia los periodistas ante cualesquiera
hechos que evidencien una pretensión empresarial de la que se deduzca
impedimento o limitación del pluralismo político y social en un Estado de
Derecho. Nos parecía interesante la inclusión de una cláusula de este
estilo, puesto que entendemos que la libertad de expresión es un derecho
fundamental del que gozan por igual todos los ciudadanos y que les
protege frente a cualquier injerencia de los poderes públicos que no esté
apoyada en la ley, o incluso frente a ella si ésta intentara poner otros
límites distintos de los que la Constitución admite. Siendo estos valores
del pluralismo político y social en un Estado de Derecho fundamentales,
nos parecía interesante recogerla expresamente en el artículo tanto
tratándose de empresarios públicos como de grupos empresariales privados.

Con ello, creo haber fijado la postura de mi grupo.

Sólo nos resta manifestar nuestra satisfacción por el amplio consenso
obtenido en la tramitación en la Ponencia.




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El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), tiene la palabra el señor López de Lerma (Pausa.) Gracias, señor
López de Lerma.

Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, tiene la palabra el señor Alcaraz.




El señor ALCARAZ RAMOS: Ante todo, entenderán que muestre mi más profunda
satisfacción, en nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya, porque esta vieja proposición de
Izquierda Unida reciba hoy un impulso decisivo. Aquello que había sido
defendido por este grupo en anteriores legislaturas con diversas suertes,
normalmente en su conclusión final siempre adversa, vamos a ver en ésta
cómo llega a buen puerto. Quiero señalar, de manera extraordinariamente
breve, que esa satisfacción no deriva sólo de haber conseguido un pequeño
triunfo en sede parlamentaria, sino que, como entenderán ustedes, es algo
más importante y es que hoy vamos a ver confirmado cómo todos los grupos
acaban dando la razón a Izquierda Unida cuando ha defendido que el
artículo 20 compone un complejo normativo que tiende a asegurar en unas
condiciones determinadas de desarrollo de los medios informativos, de
modernidad en las relaciones de comunicación, etcétera, que viene a
determinar, digo, la importancia de que los profesionales de la
información tengan unos derechos subjetivos que, a su vez, sirvan para
fines globales.

Como ha hecho la señora portavoz del Partido Nacionalista Vasco,
lamentamos que el Pleno de la Cámara no tuviera a bien la toma en
consideración de la ley gemela de ésta, que era la del secreto
profesional, pero no merece la pena, en un día de satisfacción,
lamentarnos demasiado por lo que pudo haber sido y no fue.

Insisto en que hoy estamos dando un impulso notable a algo que, sirviendo
ante todo a los profesionales de la información --título o denominación
que ahora va a recibir en la ley, superando el que me parece entrañable,
pero demasiado cerrado, de periodistas, que hasta ahora habíamos venido
utilizando--, va a servir también al conjunto de los ciudadanos. Como no
podía ser de otra manera, también es motivo de satisfacción el que se
haya llegado, tanto en lo que queda de tramitación en esta Cámara como
posteriormente en el Senado, a niveles importantes de consenso. Esto es
algo relevante cuando hablamos de leyes que tienen que ver con derechos
fundamentales.

En mi intervención en el Pleno --tuve el honor de llevar la tramitación
de esta proposición-- ya advertía que el Grupo Parlamentario de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya hacía la oferta a la Cámara de una
proposición clásica e importante para nosotros, pero que estábamos
absolutamente abiertos a la incorporación de propuestas de otros grupos
parlamentarios. Estamos tratando de acotar una materia que, como es
conocido por SS. SS., nunca ha sido regulada legalmente en España y, por
tanto, las aportaciones desde los leales conocimientos jurídicos, desde
las interpretaciones políticas de cada cual, vendrían siempre a
enriquecer esta nueva regulación y no iban a tomarse como confrontación
frente a nuestra propuesta. Este ha sido el espíritu que nos ha animado.

En el trabajo en la Ponencia se han incorporado elementos provenientes de
todos los grupos que presentaron enmiendas, lo cual es bueno y positivo.

Espero que ése siga siendo el espíritu que tengamos que permita una
votación unánime, cuando llegue la hora de la votación en los plenos.

Simplemente quisiera dejar constancia de que la enmienda del Grupo Vasco
a la que ha hecho referencia la señora Uría, que integra en el contenido
del derecho la posibilidad de que los profesionales de la información se
nieguen también a actuar de manera que atente al pluralismo político,
social, etcétera, va a ser apoyada por nuestro grupo si es defendida en
otra fase del procedimiento; sobre todo porque para nosotros tiene una
especial significación en el ámbito de las empresas públicas de radio y
televisión. Igualmente, vamos a defender como voto particular el párrafo
4 del artículo 2.º del texto de la proposición que presentamos, que dice:
... el respeto al contenido y a la forma de la información elaborada...

(se está diciendo que los periodistas tienen derecho al respeto al
contenido y a la forma de la información elaborada), en caso de que se
produjeran alteraciones, la información solamente podrá difundirse con el
nombre, pseudónimo o signo de identificación de un informador si,
previamente, éste otorga su consentimiento.

Se ha objetado que, hoy en día, la información suele ser el resultado
último de un proceso de trabajo colectivo en el que intervienen numerosos
profesionales. Ya tuvimos algún debate en la Ponencia, sin llegar a
consenso en este punto concreto. Seguramente esto es cierto en los
grandes medios de comunicación, en muchos niveles de la información
periodística, pero entendemos que todavía quedan muchísimos niveles de
medios de comunicación en los que no sucede, en los que la actividad
concreta de un profesional todavía es determinante en la información.

Cuando estamos regulando un derecho constitucional, como ahora dice el
artículo 1.º, hay que garantizar la posibilidad de que ese informador
pueda invocar esta ley cuando se le intente manipular aquello que ha
escrito. El que sea un hecho propio de la sociología de la información
actual que se tienda más a la elaboración colectiva de la información no
es un obstáculo decisivo para que pueda seguir existiendo el derecho del
periodista o informador que entienda que su información ha sido
manipulada. A efectos de facilitar el trabajo para posteriores debates
indicaría que, en consonancia con la nueva estructura de la proposición
que sale de la Ponencia, pasaría a ser un nuevo artículo 4.º, en caso de
que SS. SS. votaran favorablemente este voto particular.

Si es aceptada esta proposición que yo hago ahora de admisión de la
enmienda del Partido Nacionalista Vasco, como del voto particular que
acabo de indicar, nos encontraríamos con una ley suficiente, muy
interesante que viene a solucionar, al menos en lo básico, los problemas
que están planteados o se puedan plantear en el futuro.

Por tanto, reitero mi satisfacción. Reitero la esperanza de que se siga
produciendo el consenso y reitero, en definitiva, la felicitación a todos
los grupos parlamentarios por el trabajo realizado, por las enmiendas
presentadas. Agradezco



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sinceramente, en nombre de nuestro grupo, que una propuesta nuestra haya
tenido esta acogida por parte de los demás grupos parlamentarios.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el señor Jover.




El señor JOVER I PRESA: Voy a ajustarme, lo más estrictamente que pueda,
a su recomendación y en esta intervención me referiré a las enmiendas que
mi grupo considera que todavía están vivas, después del informe a la
Ponencia, y fijaré posición, no sobre el texto de la proposición, que ya
lo hicimos cuando la tomamos en consideración, sino sobre las
modificaciones que la Ponencia ha introducido en la misma, dejando claro
que son modificaciones importantes, al menos de estructura. Toda la
estructura de la proposición ha cambiado y, en algún aspecto, también son
modificaciones de contenido. ¿Por qué digo esto? Para empezar, se ha
suprimido el artículo primero y se ha sustituido por otro que dice cosas
diferentes; no digo que esté mal hecho, pero es una sustitución
importante. El artículo primero, como es sabido, pretendía fijar el
ámbito subjetivo de aplicación de la ley, y ahora eso ha desaparecido y
en su lugar aparece otra cosa que intenta ser una definición del derecho.

Además, en el artículo segundo se ha cambiado también totalmente la
estructura, fundamentalmente en dos aspectos; primero, se ha modificado
el apartado segundo, en el sentido de confiar como presupuesto
habilitante --valga la expresión--, para el ejercicio de la cláusula de
conciencia, el traslado del periodista a otro medio dentro del mismo
grupo empresarial y, al mismo tiempo, se ha suprimido, como se acaba de
decir, el apartado cuarto, que es el que se refiere al respeto, al
contenido y a la forma de la información elaborada.

Nosotros, señor Presidente, estamos absolutamente en desacuerdo con esa
última supresión. Nos parece que esto es lo mínimo, es el contenido
mínimo de un derecho de la cláusula de conciencia, que al periodista se
le garantice el respeto a la información que ha elaborado y que si esta
información tiene alteraciones sustanciales, por lo menos no pueda
difundirse más que con el nombre o el seudónimo de un periodista, si éste
ha dado su conformidad. Esta supresión del apartado cuarto, señor
Presidente, mi grupo no la acaba de entender y, por supuesto, está en
contra.

De acuerdo con todo ello, señor Presidente, estoy en condiciones de decir
que mi grupo retira en este momento las enmiendas 14 y 16, por considerar
que, en espíritu, han sido incorporadas al texto de la ponencia, y
retiramos también la enmienda número 15 --que era una enmienda de
supresión--, porque, al haberse suprimido el artículo al que hacía
referencia y sustituirlo por otro, ya no tiene sentido la enmienda como
tal, aunque después me referiré a este tema. Aunque antes prefiero
escuchar lo que diga el grupo mayoritario, seguramente también
retiraremos la enmienda número 13 al artículo primero, que, repito, ha
sido sustituido por otro, eliminando cualquier referencia al ámbito
subjetivo de aplicación de la ley.

Señor Presidente, el artículo primero de la proposición lo que pretendía
era definir con la máxima precisión posible, a los efectos de esta ley,
qué se considera como periodista. Esto ha desaparecido y yo ya sé por
qué, todos lo sabemos, porque parece que esta definición en ciertos
sectores, sobre todo de escuelas de periodismo, planteaba problemas, no
tanto a efectos de aplicación de la cláusula de conciencia, sino a
efectos de la definición de lo que es periodista. A mí me parecía que
este problema quedaba resuelto con las enmiendas que presentaron el Grupo
Popular, nuestro grupo e Izquierda Unida, que decían: a los solos efectos
de esta ley, se considerará profesional de la información... Porque lo
que no podemos hacer es definir lo que se entiende como profesional de la
información, no es la razón de ser de esta ley. Me parecía y me sigue
pareciendo que con estas enmiendas que, repito, son tanto del Grupo
Popular, como de Izquierda Unida, como de mi grupo, quedaba resuelto el
problema. La ponencia no lo entendió así, y probablemente, una vez oídas
las explicaciones que se den a este respecto, mi grupo también estará de
acuerdo con esa interpretación, pero, insisto, prefiero oírlas, porque lo
que se ha colocado en su lugar, el nuevo artículo primero del informe de
la ponencia, señor Presidente, a nosotros no nos acaba de satisfacer.

Primero, es una obviedad. Dice: La cláusula de conciencia es un derecho
constitucional de los profesionales de la información. Esto es evidente.

Y después añade: que tiene por objeto garantizar la independencia en el
desempeño de su función profesional. Y yo aquí asumo todo lo que acaba de
decir la señora Uría, porque esto fue fruto de una enmienda del PNV, pero
retocada, y al retocarla ha perdido buena parte de su sentido.

Yo quiero recordar, señor Presidente, que la Constitución, cuando habla
de la cláusula de conciencia, la conecta directamente con la libertad de
información, no tanto con la independencia de los profesionales como con
la necesidad de que se respete el derecho de todos los ciudadanos a
recibir información veraz. Y esto yo creo que es importante, señor
Presidente, porque --quiero insistir-- la cláusula de conciencia está en
el 20.1.d), no en el 20.1.a). No está cuando se habla de libertad de
expresión; está solamente cuando se reconoce el derecho a la libertad de
información, que es una cosa muy diferente. Y yo quiero insistir en que
la propia exposición de motivos ya hace referencia a esta cuestión y toda
esta proposición de ley, a mi juicio, tiene un sentido realmente
positivo, porque ciertamente se enmarca dentro de esa doctrina que todos
asumimos y que el Tribunal Constitucional ha remachado, de que los
derechos privados de los periodistas o de quien sea; no son solamente
derechos individuales de los medios, son algo más; son valores que tienen
una dimensión institucional. Ha dicho el Tribunal Constitucional que son
necesarios para la configuración de una opinión pública libre, y por eso
son más que simples derechos individuales. En ese sentido, la deferencia
que hacía la enmienda inicial del PNV a la equidad y a los derechos de
los ciudadanos, creo que era muy adecuada y no estoy muy de acuerdo con
que se haya suprimido. Por tanto, señor Presidente, respecto a esto
esperamos la información que nos den otros grupos para decidir si
finalmente retiramos nuestra enmienda número 13, o no.




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Por el contrario, mantenemos la enmienda número 17, porque era una
enmienda que solamente pretendía acabar de precisar el sentido del
apartado cuarto del artículo segundo. El apartado cuarto del artículo
segundo en la proposición decía: El respeto al contenido y a la forma de
la información elaborada --como un derecho de los profesionales--. Y
añadía: En caso de que se produjeran alteraciones, la información
solamente podrá difundirse con el nombre, seudónimo o signo de
identificación de un informador si previamente éste otorga su
consentimiento. Nuestra enmienda lo único que pretendía era decir:
alteraciones sustanciales, porque el que haya una alteración gramatical
de una letra, de una coma, de una pequeña frase, esto no nos parece que
sea importante. En todo caso, queremos, señor Presidente, que se mantenga
este apartado cuarto, y como ya el representante de Izquierda Unida ha
expresado su voluntad de mantenerlo como voto particular, insisto en que
votaremos a favor de su voto particular y además proponemos, como
transacción --y así no haría falta hacer dos votaciones--, que el grupo
proponente incorpore dentro del voto particular la expresión
sustanciales, que es lo que dice nuestra enmienda, y yo creo que con ello
todos ganaríamos.

Para acabar, señor Presidente, voy a referirme a una última cuestión, que
ya no es tanto una enmienda como fijar posición respecto a otra
modificación que ha realizado el informe de la ponencia, concretamente la
modificación que se ha introducido en el apartado segundo del Título II,
a la cual me refería antes. En este apartado, el texto de la proposición
decía: La rescisión de la relación jurídica con la empresa editora
cuando, a iniciativa de la dirección del medio de comunicación, se
produzcan modificaciones de las condiciones de trabajo que supongan un
perjuicio grave para su integridad profesional y deontológica. Nosotros
habíamos presentado una enmienda de supresión de este apartado porque nos
parece que este tema ya está recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

Si hablamos de condiciones de trabajo, como dice el texto de la
proposición, este tema ya está recogido en el Estatuto de los
Trabajadores. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar
la extinción del contrato: a) las modificaciones sustanciales en las
condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación
profesional o en menoscabo de su dignidad. Es incluso más amplio que el
texto de la proposición. Por eso y no por otra razón, proponíamos la
supresión. La ponencia lo que ha hecho ha sido cambiarlo y y sustituirlo
por algo que es bastante diferente, que es el problema del traslado, y
dice exactamente: Cuando la empresa le traslade a otro medio del mismo
grupo que por su género o línea suponga una ruptura patente con
orientación profesional del informador.

Por supuesto, ya sabemos todos a qué estamos refiriéndonos y a mi grupo
le parece que está muy bien que esto se incorpore, porque muchas veces
los medios tienen una forma muy clara de castigar al profesional díscolo,
se le traslada bien a otro medio del mismo grupo empresarial o bien a
otra sección, y, por poner el ejemplo más dramático, más drástico, al
profesional de política internacional le ponen en deportes o en
información taurina, que es una manera de destruirle. Nos parece muy bien
que esto esté aquí; lo que pasa es que la redacción final que se ha
introducido a mí me plantea algunas dudas, y yo espero que en trámites
posteriores, en Pleno o incluso en el Senado, la podamos afinar. Por dos
razones. Primero, porque dice: traslado a otro medio del mismo grupo. Y
si es dentro del mismo medio ¿no vale? Porque se le puede castigar y se
le puede perseguir igual sin llevarle a otro medio, dentro del mismo
medio. Yo creo que sobre ese tema hay que reflexionar. Estamos hablando
de una sección a otra dentro del mismo medio, que puede ser un castigo
tan justificado, tan duro como llevarle a otro medio del mismo grupo
empresarial. Y en otro sentido, señor Presidente, a mí me gustaba más el
texto inicial de la enmienda del Grupo Popular, que fue el que originó
este apartado segundo, porque el texto original de la enmienda del Grupo
Popular decía: que suponga una ruptura patente con la trayectoria
profesional del informador. Y aquí se ha sustituido «trayectoria» por
«orientación». A mí me parece que eso es introducir conceptos bastante
indeterminados. Lo que es la trayectoria profesional de una informador es
bastante claro, se puede probar. No olvidemos que muchas veces esos temas
plantearán sobre todo problemas de prueba. Cuando se vaya al juzgado de
lo social para ver si el despido es improcedente o no, habrá problemas de
prueba muy importantes y problemas de cargo de la prueba. Introducir las
palabras más precisas que nos sea posible es bueno. A mí me gustaba más
que dijera: trayectoria profesional del informador, como decía la
enmienda del Grupo Parlamentario Popular que sirvió de base a este texto,
que orientación. ¿Qué orientación, la que ahora dice que tiene, la que él
se inventa o cuál? Son temas que pongo sobre la mesa porque espero que se
pueda discutir sobre ellos --no ahora que no es el momento-- sino en
trámites posteriores.

Quiero insistir en que sólo dejamos viva para debate la enmienda a que me
refería antes, ya que posiblemente retiremos la número 13 en función de
los argumentos que se nos den.

Para acabar, mi grupo y yo también queremos felicitarnos porque, por fin,
esta Cámara está en condiciones de aprobar uno de los derechos
constitucionales que estaba todavía por desarrollar de nuestra
Constitución, uno de los pocos, creo que es el único que queda, después
de un trámite parlamentario largo y complejo de dos legislaturas.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Jover, por su muy ilustrativa
intervención.

Quiero llamar la atención de la Comisión sobre el hecho de que la
Comisión es soberana. He oído bastantes remisiones a sucesivos trámites
procesales y, desde luego, de las posiciones hasta el momento, señor
Baon, se deduce la existencia de bastantes coincidencias y de
discrepancias relativamente poco significativas como para que no estemos
en condiciones de aceptar cualquier propuesta transaccional que pudiera
derivarse de la intervención del representante del Grupo Parlamentario
Popular.

Antes de dar la palabra al señor Baon, en nombre del Grupo Parlamentario
Popular, querría conocer el criterio del señor portavoz del Grupo
Parlamentario de Izquierda



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Unida-Iniciativa per Catalunya sobre el emplazamiento concreto en
relación con la enmienda número 17, del Grupo Parlamentario Socialista.




El señor ALCARAZ RAMOS: La aceptaríamos, incorporándola a nuestro texto.




El señor PRESIDENTE: Incorporaría el término sustanciales y, en
consecuencia, damos por retirada la enmienda número 17, del Grupo
Parlamentario Socialista. Por favor, señor Alcaraz, haga llegar a la Mesa
la nueva formulación de su voto particular y remodule (Risas.), module,
rectifique o corrija, como SS. SS. quieran, pero acoja la propuesta del
señor Jover.

Cuando pasemos a las votaciones, dado que nos hemos encontrado con una
ponencia muy creativa, para evitar cualquier automatismo en la votación,
daremos lectura, uno a uno, a los artículos, así como a las enmiendas que
puedan estar vivas en relación con esos artículos, en razón de los
cambios de sistemática que se han introducido.

Hechas esas salvedades, el señor Baon tiene la palabra.




El señor BAON RAMIREZ: Sustituyo en este trámite al profesor Muñoz-Alonso
que en mi grupo se ha venido ocupando de todos estos debates durante las
tres últimas legislaturas.

Sin el menor ánimo contradictorio --para no alargar mucho el debate y
dejar, en todo caso, para otro trámite esa controversia o esa
confrontación que en muchos casos se ha suscitado, quiero explicar esto
para que se entienda cuál es la postura del Grupo Parlamentario
Popular--, en primer lugar, contaría aquella anécdota del estreno de una
obra de teatro, de un autor novel, en que el crítico de un periódico
obsequió el estreno con una crítica muy breve, diciendo: Esto ¿por qué?
La verdad es que pienso que dieciocho años después de aprobarse la
Constitución esto todavía no se ha regulado. Y no se ha regulado no por
insensatez de los gobiernos anteriores, tanto el de UCD como el
socialista, sino porque la cláusula de conciencia es un refuerzo
doctrinal de un derecho fundamental, quizá de tercera generación,
enriquecido con el paso del tiempo. Y esto, que pudo ser un derecho
fundamental --no lo sé, dudo que lo haya sido alguna vez; en cualquier
caso es constitucional porque figura en la Constitución--, no es más que
un derecho auxiliar complementario de un derecho fundamental.

No entremos en la discusión de si es de primera, de segunda o de tercera
generación. Lo cierto es que aquí hay una hipérbole, incluso en la
exposición de motivos de Izquierda Unida, como proponente, cuando lo
presentó ante el Pleno, que no nos puede llevar a que la regla de la
unanimidad sea la regla de cierta necedad; decir que esto era un derecho
fundamental o constitucional y una de las novedades más significativas
del Derecho constitucional contemporáneo. La verdad es que esto no tiene
más antecedente legal que el de 1935, en Francia, donde ya están de
vuelta de ese planteamiento, sobre todo en las nuevas fórmulas de
comunicación. Eso no se comprende. No se comprende, sobre todo, porque
que esté en la Constitución tampoco quiere decir --y es un argumento
adicional-- que tenga que ser perfecto y tenga que ser un mandato que hay
que desarrollar. No, y no pasa nada. No pasa nada porque hemos
desarrollado, por ejemplo, el Consejo Económico y Social y todos hemos
visto cómo la negociación para la reforma del mercado laboral y de la
contratación laboral se ha hecho al margen de ese Consejo. Y también se
habla de planificación, etcétera.

No quiero insistir sobre ese tema y, en cambio, sí quiero volver al
principio general de que la mejor ley de prensa es la que no existe. Pero
ya que existe unanimidad respecto a un acuerdo, vamos a ver cómo lo
hacemos, sobre todo porque no debemos sublimar esta garantía y adornar a
los periodistas de unas cualidades casi sacerdotales, no. Esto no se
entiende en el mundo anglosajón, no se entiende en Inglaterra; no se
entiende y lo voy a explicar muy fácilmente. En Fleet street no se
entiende que pueda haber una cláusula de conciencia para una alteración
de la línea editorial de un periódico, porque para los dos mil y pico
empleados del periódico The Sun, que ha cambiado de orientación y en
lugar de apoyar al señor Major, a los tories, va a apoyar a los
laboristas, ¿qué supone eso, que podrían, en el supuesto de que en
Inglaterra hubiesen adoptado esta cláusula, pedir la resolución de sus
contratos con la indemnización correspondiente? Es absurdo. Yo lo
entiendo así, con todo respeto, y lo dice alguien que es parte integrante
de esa profesión periodista, en mi doble especialidad, que me hace morir
a veces, como al asno de Buridan, por no saber si atender a la abogacía
o al periodismo, por no saber qué prioridad darles.

En cualquier caso, no quiero entretenerme más y sí pasar a la explicación
del informe de la ponencia que mi grupo hace suyo. Y lo hace suyo, bien
es cierto, sobre la base de otras enmiendas; la propuesta inicial de
Izquierda Unida, que es el proponente originario, y la incorporación o de
la aportación de otros enmendantes.

Por ser sistemáticos, me parece que hay que suprimir esa grandilocuencia
de la exposición de motivos de una ley orgánica de decir: una de las
novedades más significativas del Derecho constitucional comparado
contemporáneo. ¡Y de los grandes expresos europeos! Eso hay que quitarlo
como sea de la exposición de motivos. Y propongo una enmienda in voce,
porque el día que se reunió la ponencia no lo aprecié.

Entro en el articulado. En el articulado, evidentemente, se ha querido
una definición finalista. Si entramos en una definición descriptiva
acotamos en perjuicio todo lo que no está dentro de la definición, y me
explico. Es mucho mejor decir para qué sirve la cláusula de conciencia y
dejar el ámbito subjetivo lo más general posible. Proponemos decir:
profesionales de la información, porque, si no, nos vamos a internar en
un bosque de definir qué es periodista, que es una expresión muy castiza
pero que deja fuera a los que no escriben en periódicos. Creo que la
prudencia indica que es mejor dejar esa fórmula general y someterla al
ámbito de interpretación de los jueces, porque si damos otras pautas creo
que podemos crear un grave conflicto en una profesión que ahora mismo
tiene excedentes de personal



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para satisfacer todos los medios de comunicación del tercero, del primero
y del segundo mundo.

Artículo segundo. También haría una propuesta in voce. Me voy a explicar
antes. Este artículo ha querido fijar la dicotomía en que se establece la
cláusula de conciencia, es decir como alteración ideológica de los medios
de comunicación. Ese pudo ser su origen en Francia, en el año 1935, donde
había una prensa muy combativa, que cambiaba de manos y entonces era una
garantía para que los periodistas no se quedasen en la calle, para que
esos medios no fuesen un cañón giratorio que hiciese un instrumento del
ius variandi laboral que diese una inseguridad a la libertad de
expresión. Respecto del primer apartado, cuando cambia ideológicamente la
empresa, creo que habría que decir: cuando el medio de comunicación en el
que estén, en vez de adscritos, vinculados laboralmente. En eso coincido
con la señoría Uría, ya que tiene un contenido laboral, es una cláusula
laboral que afecta al ius variandi del Derecho laboral y no podemos
constitucionalizar una parte dogmático-procesal del Estatuto de los
Trabajadores. En el primer apartado, en el apartado a), diría: cuando en
el medio de comunicación al que estén vinculados laboralmente; suprimir
«adscritos».

Ahora voy a dar una respuesta en relación con el apartado b), cuando un
profesional es trasladado de otro medio. Voy a explicar por qué
sustituimos la palabra «trayectoria» por la palabra «orientación». Las
biografías profesionales de periodistas más cuajadas son las de aquellos
que han pasado por todos los medios y por todas las especialidades, por
todas las áreas: sucesos, deportes; ése es el periodista que está
curtido. Toda esa variedad de trabajos constituye su trayectoria, que es
un movimiento a quo, con un origen profesional; ha sido de deportes, ha
sido de sucesos, etcétera. Cambiar eso sería una penalización. No; si la
trayectoria de este señor resulta que ha sido magnífico en deportes, ¿por
qué no lo voy a llevar a deportes ahora mismo aunque esté haciendo
información política? Lo objetivo de tal manera que el pobre no puede
decir nada; si en efecto ha sido cronista o enviado especial en mil
acontecimientos deportivos, no puede decir nada. Por eso, es mejor la
orientación, desde ahora hacia el futuro, en función de la especialidad
que se tiene ahora. Y es cierto que estamos mirando los medios de
titularidad pública o los grupos que tienen distintas empresas, que sólo
pueden ser en holding, porque si tienen personalidad jurídica distinta es
muy difícil. Queremos decir eso y prometo que vamos a estudiar los
cambios, la variabilidad que pueda haber de esos profesionales dentro de
una misma empresa; prometo estudiarlo, pero no estoy seguro, mientras que
de lo que he dicho sí lo estoy. Es decir, el mejor castigo para alguien
que es plumífero, como se dice vulgarmente dentro de la profesión, es
mandarle a un medio que desconoce, radio o televisión, donde tiene que
iniciar un aprendizaje ex novo.

Respecto al artículo tercero, han hecho una reserva de defensa de una
enmienda. Yo no quiero ser contradictorio, pero el cajón de sastre que es
el artículo tercero incluye todas las alteraciones de las reglas
deontológicas profesionales y alterar un artículo de un periódico, una
información, con la malsana idea de desnaturalizar ese principio de
objetividad periodística, sin duda es un incumplimiento de una regla
deontológica. Entonces, ¿para qué precisarla? Hoy es muy usual en los
grandes medios en las grandes revistas, mandar a un país a tres o cuatro
captadores de información para que luego llegue el príncipe de la
redacción y se ponga a redactar lo que han recogido los demás redactores
de infantería, por así decirlo. Eso es muy usual y claro que puede haber
cambios. Tiene que haber una intención deliberada, dolosa. Yo sé que ésta
es una fórmula de brochazo que engloba todas las otras reglas, pero que
entiendo mucho más prudente, mucho más práctica que la de incidir en los
casos concretos y prácticos, entre otras cosas porque a la objeción, a la
enmienda que sostiene Izquierda Unida manteniendo un punto cuatro en ese
sentido, yo le puedo añadir otras cinco o seis muy usuales y que suponen
alteración de las condiciones de trabajo, sobre todo en la obra de un
informador.

A las disposiciones derogatoria y final no hay enmiendas, no tienen
alteración y, por supuesto, se mantienen.

El Grupo Parlamentario Popular quiere retirar la enmienda número 12, que
me parece un disparate, pero también el buen escribano echa un borrón. Se
dice que en aquellas empresas en las que estén constituidas sociedades de
redacción, éstas podrán ejercitar las acciones previstas en una ley para
los periodistas individualmente. Esto es un disparate. Esto es un derecho
individual y no puede haber un derecho colectivo, como es una sociedad de
redactores, que se subrogue en un derecho individual. Por tanto, lo
retiramos de puntillas, sin hacer mucho ruido, en la idea de que las
sociedades de redacción, los consejos de redacción son instrumentos,
organizaciones que redactan las normas de estilo y las normas
deontológicas y aquí no cabe constitucionalizar ni subvertir lo que ha
querido el constituyente.

Esa es la postura del Grupo Popular, al que no le duelen prendas
reconocer algunos errores que ha cometido y que deja para el trámite de
Pleno la reflexión conjunta de otras enmiendas formuladas.




El señor PRESIDENTE: Entiendo, señor Baon, que las enmiendas del Grupo
Popular números 9, 10 y 11 han quedado incorporadas sustancialmente al
texto del informe.

No sé si he interpretado bien al señor Baon --aparte de su declaración de
buenas intenciones-- en cuanto a la consideración de las enmiendas que se
han anunciado en el curso del debate, en cuanto a su reconsideración de
cara al debate de esta proposición de ley en el Pleno; por cierto, está
incluida provisionalmente --lo pongo en conocimiento de SS. SS.-- en el
orden del día de la próxima sesión plenaria.

Al margen de las buenas intenciones, digo, he creído entender que el
señor Baon proponía una modificación con carácter transaccional ya en
este momento en cuanto a la redacción del artículo segundo, apartado a),
que diría: cuando en el medio de comunicación con el que estén
laboralmente vinculados se produzca un cambio sustancial de orientación
informativa o línea ideológica. ¿Se entiende



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por parte de los restantes grupos parlamentarios que esta enmienda tiene
carácter transaccional y es susceptible de incorporarse en este momento?
(Asentimiento.)



El señor ALCARAZ RAMOS: Y también a la exposición de motivos.




El señor BAON RAMIREZ: Allí se dice que una de las novedades más
significativas del Derecho constitucional comparado contemporáneo es el
reconocimiento del derecho de los profesionales de la información a la
cláusula de conciencia.




El señor PRESIDENTE: El dueño de la iniciativa y proponente está muy
encariñado con subrayar la novedad significativa.




El señor ALCARAZ RAMOS: El problema, si se me permite la broma, es que,
después de la intervención del señor Baon, yo nunca había visto a nadie
defender una ley con tan poco convencimiento; da la sensación de que está
cometiendo un pecado. No voy a ponerme a defender el texto de mi grupo,
pero si a la grandilocuencia de mi grupo se oponen frases como aquella de
que la mejor ley de prensa es la que no existe, que es igual, como decía
en un debate en el que también estaba el señor Jover, que aquella otra
frase de que el mejor indio es el indio muerto, uno no sabe qué pensar,
si el señor Baon, con ese tipo de recortes conseguirá no sólo cargarse
las enmiendas de su propio grupo, sino, por vía de eliminación parcial,
llegar al Senado sin que la ley exista. Si ése va a ser el precio del
consenso, desaparezca el barroquismo de la exposición de motivos.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias por su generosa disposición.

Semánticamente, no sé; conceptualmente, las frases de que la mejor ley de
prensa es la que no existe y el único indio bueno es el indio muerto, no
tienen el menor parentesco conceptual. (Risas.) Pido la comprensión y la
atención de los señores portavoces.




El señor SOLE TURA: Puestos a ver errores, hay uno que no tiene mayor
significación, puesto que está en el informe, pero en la página 2 del
informe, en el último párrafo, se dice: ... de un derecho de los
periodistas a participar en la elaboración de informaciones contrarias a
los principios éticos. Supongo que se refiere a un derecho de los
periodistas a negarse a participar.




El señor PRESIDENTE: Me habla de la página 2 del informe, ¿no es así? Lo
digo a los efectos de que el señor letrado tome nota y lo corrija porque,
evidentemente, la voluntad de la Comisión no versa sobre la literatura
del informe, sino sólo sobre el anexo dispositivo de esa proposición de
ley.

¿Entiendo los gestos denegatorios del señor portavoz del Grupo Mixto,
Bloque Nacionalista Galego, en el sentido de que sus enmiendas están
sustancialmente incorporadas por la Ponencia y, consiguientemente, no
desea que sean sometidas a votación? (Pausa.--La señora Uría Echevarría
pide la palabra.)
¿Señora Uría?



La señora URIA ECHEVARRIA: Señor Presidente, aun lamentando que no se
hayan recogido algunos de los aspectos de las enmiendas 2 y 3 de mi
grupo, entiendo que no hay trámite para que sean ahora aceptadas. Sin
embargo, han sido recogidos otros aspectos en una transaccional, por lo
que entiendo que no hay posibilidad de votación separada.

Respecto de la enmienda número 1, que ha sido recogida en parte en el
artículo 1, me ha parecido, por las intervenciones de los Grupos
Socialista e Izquierda Unida, que aceptarían la adición de la expresión
«y ante los ciudadanos». También he constatado que algún otro grupo la
votaría. Por tanto, sí me gustaría que se someta a votación el texto
íntegro de nuestra enmienda número 1, que podría pasar a sustituir la
redacción que ha quedado del artículo.




El señor PRESIDENTE: Señora Uría, yo soy más comprensivo de sus
pretensiones de lo que resulta a su propia señoría. Podemos someter a
votación de la Comisión el fragmento no incorporado de su enmienda número
1 al artículo 1 y la enmienda número 2 al artículo 2.3, en los términos
que S. S. entienda convenientes. Lo único que le agradecería es que
hiciera llegar a la Mesa por escrito el tenor literal de la enmienda tal
y como queda para proceder a su lectura antes de someterla a votación.




La señora URIA ECHEVARRIA: En el caso del artículo 1, sería sustituir el
texto que figura en el informe de la Ponencia por la enmienda número 1
íntegra del Grupo Nacionalista.




El señor PRESIDENTE: ¿No le bastaría con la incorporación de la coletilla
«y ante los ciudadanos»?



La señora URIA ECHEVARRIA: Hay otra referencia a la equidad que también
me gustaría mantener.




El señor PRESIDENTE: Muy bien. Su señoría es dueña de su enmienda.

¿Qué pasa con el artículo 2.3, señora Uría?



La señora URIA ECHEVARRIA: Me gustaría mantenerlo.




El señor PRESIDENTE: Perfectamente. Será sometido a votación. ¿La
enmienda número 2 hace referencia al artículo 2?



La señora URIA ECHEVARRIA: Tal y como ha quedado redactado el artículo,
pasaría a ser un apartado c) del artículo 2.




El señor PRESIDENTE: ¿Pero es al artículo 2? (Asentimiento.) Es para el
momento procesal de someterlo a votación.




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En cambio, el voto particular en la nueva versión transaccional de los
grupos parlamentarios Socialista e Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, como proponen un nuevo artículo, lo someteremos a votación una
vez hayamos votado los tres de los que actualmente consta la proposición
y antes de la disposición derogatoria.

Se somete a votación, en primer término, la enmienda número 1 del Grupo
Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), defendida por doña Margarita Uría.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en
contra, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda.

Voy a dar lectura al artículo 1 para someterlo a votación.

El artículo 1, en virtud del informe de la Ponencia, queda así: La
cláusula de conciencia es un derecho constitucional de los profesionales
de la información, que tiene por objeto garantizar la independencia en el
desempeño de su función profesional.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.

Pasamos al examen y consideración del artículo 2. En primer término vamos
a someter a votación la enmienda al artículo 2, defendida por doña
Margarita Uría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres;
en contra, 30; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Voy a dar lectura al artículo 2, con la modificación transaccional que se
ha producido en el curso del debate. Diría así:
Artículo 2.1.En virtud de la cláusula de conciencia, los profesionales de
la información tienen derecho a solicitar la rescisión de su relación
jurídica con la empresa de comunicación en que trabajan.

a)Cuando en el medio de comunicación con el que estén laboralmente
vinculados se produzca un cambio sustancial de orientación informativa o
línea ideológica.

b)Cuando la empresa le traslade a otro medio del mismo grupo que,
por su género o línea, suponga una ruptura patente con la orientación
profesional del informador.

2.El ejercicio de este derecho dará lugar a una indemnización que no será
inferior a la pactada contractualmente o, en su defecto, a la establecida
por la ley para el despido improcedente.

Este es el informe de la Ponencia en lo que al artículo 2 se refiere.

Procedemos a su votación.

Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad. (El señor Solé Tura
pide la palabra.)
Dígame, señor Solé Tura.




El señor SOLE TURA: Para una cuestión de detalle. En el apartado 1 b)
tiene que decir: cuando la empresa les traslade.




El señor PRESIDENTE: Efectivamente. Tenía la intención de hacérselo ver
así al señor letrado clandestinamente, señor Solé Tura, pero su
intervención lo aclara. En todo caso, se entiende que la manifestación de
voluntad de la Comisión se refiere a «les traslade». Entiendo que la
gramática siempre está por encima incluso de la soberanía popular.

(Varios señores Diputados: ¡No, no!) Pues yo tenía entendido que la
Cámara de los Comunes podía hacer cualquier cosa menos convertir a un
hombre en mujer, pero ustedes pueden convertir también el género y el
número. Me parece excesiva esa interpretación asamblearia de la
soberanía.

El artículo 3 diría así: Los profesionales de la información podrán
negarse motivadamente a participar en la elaboración de informaciones
contrarias a los principios éticos de la comunicación sin que ello pueda
suponer sanción o perjuicio.

Se somete a votación.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.

A continuación, sometemos a votación el voto particular que postula la
incorporación de un artículo 4, que rezaría así:
Los profesionales de la información tienen derecho al respeto al
contenido y a la forma de la información elaborada. En caso de que se
produjeran alteraciones sustanciales, la información solamente podría
difundirse con el nombre, pseudónimo o signo de identificación de un
informador si previamente éste otorga su consentimiento.

Como saben, esta enmienda resulta de la transacción entre los Grupos
Parlamentarios Socialista y de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en
contra, 18.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

La disposición derogatoria establece que quedan derogadas todas aquellas
disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Ley
Orgánica.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.




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Disposición final: La presente Ley Orgánica entrará en vigor al día
siguiente al de su publicación el «Boletín Oficial del Estado».




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada asimismo por unanimidad.

Sus señorías me hacen gracia de la lectura de la exposición de motivos,
que obra en poder de todos los comisionados, pero hago la salvedad de que
en sus líneas dos y tres, debido a la generosidad del señor Alcaraz, ha
quedado suprimido el inciso: Una de las novedades más significativas del
Derecho constitucional comparado contemporáneo. Por ello se inicia la
exposición de motivos con la afirmación: La Constitución española de 1978
ha introducido en su parte dogmática el reconocimiento del derecho de los
profesionales de la información, etcétera.

Votamos la exposición de motivos.

Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Queda concluido el trámite de debate y dictamen de la proposición de ley
122/11 sobre cláusula de conciencia de los profesionales de la
información.

Ruego a los señores portavoces de los grupos parlamentarios, cuyas
enmiendas se han sometido a votación, que formulen en tiempo y forma el
escrito para su elevación ante el Pleno.

Les reitero que mañana a las cinco de la tarde los señores ponentes de la
proposición de ley de objeción de conciencia y prestación social
sustitutoria están convocados para una reunión, a los solos efectos de
formar criterios sobre el carácter orgánico o no de dicha iniciativa, por
lo que les encarezco su puntual presencia.

Muchas gracias.

Se levanta la sesión.




Era la una y cincuenta y cinco minutos de la tarde.