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DS. Senado, Pleno, núm. 28, de 23/03/1994
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Año 1994 V Legislatura
Núm. 28



CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
SENADO



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN JOSE LABORDA MARTIN



Sesión del Pleno



celebrada el miércoles, 23 de marzo de 1994



ORDEN DEL DIA:



--Propuesta de acuerdo al Pleno del Senado en relación con la imposición
de las sanciones previstas en el artículo 23.2 y concordantes del
Reglamento del Senado (número de expediente 505/000001).




Conocimiento directo por el Pleno de proyectos y proposiciones de Ley
remitidos por el Congreso de los Diputados:



--Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario por
importe de 10.475.298.000 pesetas, para compensar los déficit de
explotación de los ferrocarriles de vía estrecha (FEVE), correspondientes
a los ejercicios de 1989 y 1990 (publicado en el «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Senado, Serie II, número 20, de fecha 3 de marzo de
1994) (número de expediente S. 621/000020) (número de expediente C. D.

121/000024).




Dictámenes de Comisiones sobre proyectos y proposiciones de Ley remitidos
por el Congreso de los Diputados:



--De la Comisión de Presupuestos, en relación con el proyecto de Ley
sobre concesión de dos créditos extraordinarios, por importe acumulado de
6.844.812 miles de pesetas, al Ministerio de Industria y Energía, con
destino a la Empresa Nacional Hulleras del Norte, S. A. (HUNOSA), y a la
sociedad Minas de Figaredo, S. A. (publicada en el «Boletín Oficial de
las Cortes Generales», Senado, Serie II, número 16, de fecha 18 de marzo
de 1994) (número de expediente S. 621/000016) (número de expediente C. D.

121/000018).




Toma en consideración de proposiciones de Ley del Senado:



--Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el Código Penal en
lo referente a escuchas telefónicas y se adiciona un nuevo artículo
relativo a la escucha y grabación de las conversaciones no públicas por
los particulares. (Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Senado)
(publicada en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie
III-A, número 12, de fecha 18 de febrero de 1994) (número de expediente
622/000009.




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Conocimiento por el Pleno de Tratados y Convenios Internacionales
remitidos por el Congreso de los Diputados:



--Acta por la que se modifica el Protocolo sobre los Estatutos del Banco
Europeo de Inversiones y se faculta al Consejo de Gobernadores para crear
un Fondo Europeo de Inversiones, firmada en Bruselas el 25 de marzo de
1993. Se tramita por el procedimiento de urgencia (publicado en el
«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie IV, número 45,
de fecha 3 de marzo de 1994) (número de expediente S. 610/000045) (numero
de expediente C. D. 110/000056).




--Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa para evitar
la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta, hecho en Madrid el 26 de octubre de 1993 y Protocolo. Se
tramita por el procedimiento de urgencia (publicado en el «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie IV, número 46, de fecha 9
de marzo de 1994) (número de expediente S. 610/000046) (número de
expediente C. D. 110/000071)



--Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el
almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción,
hecha en París el 13 de enero de 1993, así como declaración a formular
por España (publicado en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Senado, Serie IV, número 30, de fecha 16 de febrero de 1994) (número de
expediente S. 610/000030) (número de expediente C. D. 110/000027).




--Convenio entre el Reino de España y la República de la India para
evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de
impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Nueva Delhi el 8
de febrero de 1993 (publicado en el «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Senado, Serie IV, número 31, de fecha 16 de febrero de 1994)
(número de expediente S. 610/000031) (número de expediente C. D.

110/000028).




--Convenio de cooperación espacial entre el Reino de España y los Estados
Unidos de América, firmado en Madrid, el 11 de julio de 1991 (publicado
en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie IV, número
32, de fecha 28 de febrero de 1994) (número de expediente S. 610/000032)
(número de expediente C. D. 110/000031).




--Acuerdo para la protección y fomento recíprocos de inversiones entre el
Reino de España y la República Arabe de Egipto, firmado en Madrid el 3 de
noviembre de 1992 (publicado en el «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Senado, Serie IV, número 33, de fecha 23 de febrero de 1994)
(número de expediente S. 610/000033) (número de expediente C. D.

110/000032).




--Canje de Notas modificativo del Tratado General de Cooperación y
Amistad entre España y la República Argentina de 3 de junio de 1988, de
fechas 30 de septiembre de 1992 y 23 de diciembre de 1992 (publicado en
el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie IV, número
34, de fecha 23 de febrero de 1994) (número de expediente S. 610/000034)
(número de expediente C. D. 110/000033).




--Informe sobre actividades de la Comisión de peticiones en el período
ordinario de sesiones septiembre-diciembre de 1993 (publicado en el
«Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie I, número 87, de
fecha 8 de marzo de 1994) (número de expediente 871/000001).




Mociones:



--Del Grupo Parlamentario Coalición Canaria del Senado, por la que se
insta al Gobierno para que en las negociaciones de la Unión Europea con
Marruecos y resto de Estados del Magreb se hagan compatibles los
intereses generales comunitarios y españoles con los propios de un
territorio ultraperiférico y singularizado en el acervo comunitario como
lo es el Archipiélago canario, en materia de protección a sus
producciones agrícolas de exportación, en especial, tomates y flores
cortadas (publicada en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Senado, Serie I, número 57, de fecha 21 de diciembre de 1993) (número de
expediente 662/000029).




--Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergencia i Unió,
por la que el Senado insta al Gobierno para que presente ante las Cortes
Generales los proyectos de transposición de las Directivas comunitarias
relativas a la protección de los derechos de los consumidores (publicada
en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie I, número
48, de fecha 30 de noviembre de 1993) (número de expediente 662/000023).




--Del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del Senado, por la que el
Senado insta al Gobierno para que no incremente en 1994 las tarifas en el
coste de los servicios de los Puertos Canarios (publicada en el «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie I, número 57, de fecha 21
de diciembre de 1993) (número de expediente 662/000030).




Página 1347




SUMARIO



Se reanuda la sesión a las diez horas y cinco minutos.




Propuesta de Acuerdo al Pleno del Senado en relación con la imposición de
las sanciones previstas en el artículo 23.2 y concordantes del Reglamento
del Senado (Página 1349).




Este punto del orden del día se realiza en sesión secreta.




CONOCIMIENTO DIRECTO POR EL PLENO DE PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY
REMITIDOS POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



Proyecto de Ley sobre concesión de un crédito extraordinario por importe
de 10.475.298.000 pesetas, para compensar los déficit de explotación de
los ferrocarriles de vía estrecha (FEVE), correspondientes a los
ejercicios de 1989 y 1990 (Página 1349).




Se aprueba por asentimiento de la Cámara.




El señor Presidente anuncia a la Cámara que queda definitivamente
aprobado por las Cortes Generales el proyecto de Ley.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY REMITIDOS
POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



De la Comisión de Presupuestos, en relación con el proyecto de Ley sobre
concesión de dos créditos extraordinarios, por importe acumulado de
6.844.812 miles de pesetas, al Ministerio de Industria y Energía, con
destino a la Empresa Nacional Hulleras del Norte, S. A. (HUNOSA) y a la
sociedad Minas de Figaredo, S. A. (Página 1349).




Se aprueba por asentimiento de la Cámara.




El señor Presidente anuncia a la Cámara que queda definitivamente
aprobado por las Cortes Generales el proyecto de Ley.




TOMA EN CONSIDERACION DE PROPOSICIONES DE LEY DEL SENADO



Proposición de Ley Orgánica por la que modifica el Código Penal en lo
referente a escuchas telefónicas y se adiciona un nuevo artículo relativo
a la escucha y grabación de las conversaciones no públicas por los
particulares (Página 1350).




El señor Ortí Bordás presenta la proposición de ley. No se consumen
turnos a favor ni en contra de su toma en consideración. En turno de
portavoces, hacen uso de la palabra los señores Caballero Moya, por el
Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos; Barbuzano González, por el Grupo
de Coalición Canaria; Codina i Castillo, por el Grupo Catalán en el
Senado de Convergència i Unió; Ortí Bordás, por el Grupo Popular, y Galán
Pérez, por el Grupo Socialista. Los señores Ortí Bordás y Galán Pérez
intervienen de nuevo en virtud del artículo 87.




Se aprueba la toma en consideración de la proposición de Ley por 220
votos a favor y 1 en contra.




CONOCIMIENTO POR EL PLENO DE TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
REMITIDOS POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Acta por la que se modifica el
Protocolo sobre los estatutos del Banco Europeo de Inversiones y se
faculta al Consejo de Gobernadores para crear un Fondo Europeo de
Inversiones, firmada en Bruselas el 25 de marzo de 1993. Se tramita por
el procedimiento de urgencia (Página 1357).




No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa para evitar
la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta, hecho en Madrid el 26 de octubre de 1993 y Protocolo. Se
tramita por el procedimiento de urgencia (Página 1358).




No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el
almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción,
hecha en París el 13 de enero de 1993, así como declaración a formular
por España (Página 1358).




Página 1348




No habiéndose consumido turnos a favor ni en contra, en el de portavoces
hace uso de la palabra el señor Barreiro Gil.




Se aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




Convenio entre el Reino de España y la República de la India para evitar
la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta, y sobre el patrimonio, hecho en Nueva Delhi el 8 de
febrero de 1993 (Página 1359).




No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




Convenio de cooperación espacial entre el Reino de España y los Estados
Unidos de América firmado en Madrid el 11 de julio de 1991 (Página 1359).




No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




Acuerdo para la protección y fomento recíprocos de inversiones entre el
Reino de España y la República Arabe de Egipto, firmado en Madrid el 3 de
noviembre de 1992 (Página 1360).




No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




Canje de Notas modificativo del Tratado General de Cooperación y Amistad
entre España y la República Argentina de 3 de junio de 1988, de fechas 30
de septiembre de 1992 y 23 de diciembre de 1992 (Página 1360).




No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




Informe sobre actividades de la Comisión de Peticiones en el período
ordinario de sesiones septiembre-diciembre de 1993 (Página 1360).




La señora Fernández Arias, Presidenta de la Comisión, presenta el
informe. No se hace uso del turno de portavoces.




MOCIONES



Del Grupo parlamentario Coalición Canaria del Senado, por la que se insta
al Gobierno para que en las negociaciones de la Unión Europea con
Marruecos y resto de Estados del Magreb se hagan compatibles los
intereses generales comunitarios españoles con los propios de un
territorio ultraperiférico y singularizado en el acervo comunitario como
lo es el Archipiélago canario, en materia de protección a sus
producciones agrícolas de exportación, en especial, tomates y flores
cortadas (Página 1361).




El señor Barbuzano González defiende la moción. En turno de portavoces,
hacen uso de la palabra los señores Cuevas González, por el Grupo Mixto;
Gangoiti Llaguno, por el grupo de Senadores Nacionalistas Vascos; Ferrer
i Roca, por el Grupo Catalán en el Senado de Convergència i Unió; Aguirre
Gutiérrez, por el Grupo Popular, y Segura Clavell, por el Grupo
Socialista.




Se aprueba la moción del Grupo de Coalición Canaria por 223 votos a favor
de los 223 emitidos.




Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, por
la que el Senado insta al Gobierno para que presente ante las Cortes
Generales los proyectos de transposición de las Directivas comunitarias
relativas a la protección de los derechos de los consumidores (Página 1369)



El señor Ibarz i Casadevall defiende la moción. El señor Gangoiti Llaguno
consume un turno a favor. No se hace uso del turno en contra. En turno de
portavoces, hacen uso de la palabra los señores Travieso Darias, por el
Grupo de Coalición Canaria, y Rodríguez Gómez, por el Grupo Popular, así
como la señora Sancho Antonio, por el Grupo Socialista. Vuelve a
intervenir el señor Ibarz i Casadevall.




Se aprueba la moción del Grupo Catalán en el Senado de Convergència i
Unió por 224 votos a favor de los 224 emitidos.




Del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del Senado, por la que el
Senado



Página 1349




insta al Gobierno para que no incremente en 1994 las tarifas en el coste
de los servicios de los Puertos Canarios (Página 1374).




El señor Travieso Darias defiende la moción. En turno de portavoces,
hacen uso de la palabra los señores Petrizan Iriarte, por el Grupo Mixto;
Gangoiti Llaguno, por el Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos; Cambra
i Sánchez, por el Grupo Catalán en el Senado de Convergència i Unió;
Ramírez Pery, por el Grupo Popular, y Bonilla Rodríguez, por el Grupo
Socialista.




Se aprueba la moción del Grupo de Coalición Canaria, por 122 votos a
favor, 109 en contra y 1 abstención.




Se levanta la sesión a las catorce horas y quince minutos.




Se reanuda la sesión a las diez horas y cinco minutos.




El señor PRESIDENTE: Buenos días, señorías.




--PROPUESTA DE ACUERDO AL PLENO DEL SENADO EN RELACION CON LA IMPOSICION
DE LAS SANCIONES PREVISTAS EN EL ARTICULO 23.2 Y CONCORDANTES DEL
REGLAMENTO DEL SENADO (505/000001).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a un nuevo punto del orden del día:
Propuesta de acuerdo al Pleno del Senado en relación con la imposición de
las sanciones previstas en el artículo 23.2 y concordantes del Reglamento
del Senado.

Tal y como anuncié ayer, este punto del orden del día se va a desarrollar
en sesión secreta. Ruego que adopten las disposiciones para cumplir este
precepto del Reglamento.




Comienza la sesión secreta.




Se reanuda la sesión pública.




El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión pública.




CONOCIMIENTO DIRECTO POR EL PLENO DE PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY
REMITIDOS POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS:



--PROYECTO DE LEY SOBRE CONCESION DE UN CREDITO EXTRAORDINARIO POR
IMPORTE DE 10.475.298.000 PESETAS, PARA COMPENSAR LOS DEFICIT DE
EXPLOTACION DE LOS FERROCARRILES DE VIA ESTRECHA (FEVE), CORRESPONDIENTES
A LOS EJERCICIOS DE 1989 Y 1990 (PUBLICADO EN EL «BOLETIN OFICIAL DE LAS
CORTES GENERALES», SENADO, SERIE II, NUMERO 20, DE FECHA 3 DE MARZO DE
1994) (S. 621/000020) (C. D. 121/000024).




El señor PRESIDENTE: Punto cuarto del orden del día: Conocimiento directo
por el Pleno de Proyectos y Proposiciones de Ley remitidos por el
Congreso de los Diputados.

Proyecto de ley sobre concesión de un crédito extraordinario por importe
de 10.475.298.000 pesetas, para compensar los déficit de explotación de
los ferrocarriles de vía estrecha, correspondientes a los ejercicios de
1989 a 1990. Se publicó en los Boletines correspondientes con fecha 3 de
marzo de 1994.

No se han presentado enmiendas a este proyecto y, por tanto, se ha
incluido en el orden del día del Pleno directamente.

¿Algún grupo parlamentario quiere hacer uso del turno de portavoces?
(Pausa.)
Entiendo, por tanto, que podría ser aprobado por asentimiento de la
Cámara. ¿Es así? (Pausa.)
Muchas gracias.

Se declara, pues, aprobado por asentimiento y, por tanto, definitivamente
aprobado por las Cortes Generales el proyecto de ley sobre concesión de
un crédito extraordinario por importe de 10.475.298.000 pesetas, para
compensar los déficit de explotación de los ferrocarriles de vía
estrecha, correspondientes a los ejercicios de 1989 y 1990.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY REMITIDOS
POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS:



--DE LA COMISION DE PRESUPUESTOS, EN RELACION CON EL PROYECTO DE LEY
SOBRE CONCESION DE DOS CREDITOS EXTRAORDINARIOS, POR UN IMPORTE ACUMULADO
DE 6.844.812 MILES DE PESETAS, AL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, CON
DESTINO A LA EMPRESA NACIONAL HULLERAS DEL NORTE, S. A. (HUNOSA) Y A LA
SOCIEDAD DE MINAS DE FIGAREDO, S. A. (S. 621/000016) (C.D. 121/000018).




El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto quinto del orden del día: Dictamen
de la Comisión de Presupuestos, en relación con el proyecto de ley sobre
concesión de dos créditos extraordinarios, por un importe acumulado de
6.844.812 miles de pesetas, al Ministerio de Industria y Energía, con
destino a la Empresa Nacional Hulleras del Norte y a la Sociedad Minas de
Figaredo,



Página 1350




publicado en los Boletines correspondientes, con fecha 18 de marzo de
1994.

A este proyecto se presentaron enmiendas, pero no han sido sostenidas
como votos particulares para su defensa en el Pleno de la Cámara.

Abrimos el debate a la totalidad. Turno de portavoces. (Pausa.)
Solicito de la Cámara su opinión sobre si este proyecto puede ser
aprobado por asentimiento. (Pausa.)
Se declara, pues, aprobado por asentimiento y, por tanto, definitivamente
aprobado por las Cortes Generales, el proyecto de ley sobre concesión de
dos créditos extraordinarios, por un importe acumulado de 6.844.812 miles
de pesetas, al Ministerio de Industria y Energía, con destino a la
Empresa Nacional Hulleras del Norte, HUNOSA, y a Minas de Figaredo,
Sociedad Anónima.

Muchas gracias.




TOMA EN CONSIDERACION DE PROPOSICIONES DE LEY DEL SENADO:



--PROPOSICION DE LEY ORGANICA POR LA QUE SE MODIFICA EL CODIGO PENAL EN
LO REFERENTE A ESCUCHAS TELEFONICAS Y SE ADICIONA UN NUEVO ARTICULO
RELATIVO A LA ESCUCHA Y GRABACION DE LAS CONVERSACIONES NO PUBLICAS POR
LOS PARTICULARES (622/000009).




El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto sexto del orden del día: Toma en
consideración de proposiciones de ley del Senado.

Proposición de ley orgánica por la que se modifica el Código Penal en lo
referente a escuchas telefónicas y se adiciona un nuevo artículo relativo
a la escucha y grabación de las conversaciones no públicas de los
particulares. Se publicó en los Boletines correspondientes con fecha 18
de febrero de 1994.

En el plazo abierto al respecto, no se presentó ninguna proposición de
ley alternativa. Por tanto, vamos a someter a debate y votación la
presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

Para la defensa de la toma en consideración, tiene la palabra el Senador
Ortí Bordás.




El señor ORTI BORDAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías: el artículo 18.3 de la Constitución garantiza el derecho al
secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales,
telegráficas y telefónicas, haciendo una especial referencia que, sin
resolución judicial, no puede limitarse este derecho.

El derecho al secreto de las comunicaciones se inscribe en uno más
amplio, como es el derecho a la intimidad, y ambos derechos, y su
protección, vinculan a todos los poderes públicos sin excepción y, muy en
particular, al Gobierno y a la Administración del Estado.

Ha habido un desarrollo --si bien insuficiente-- del precepto en
cuestión. En 1982, se aprobó la Ley Orgánica de protección del derecho al
honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen. Dos años
más tarde, en 1984, se aprobó también la Ley Orgánica de tipificación
penal de la colocación ilegal de escuchas telefónicas.

Sin embargo, este desarrollo del precepto constitucional en cuestión no
ha garantizado de forma suficiente y satisfactoria el bien jurídico que
se trata de proteger. Son muchas, señorías, las conductas que atentan
contra el derecho al secreto de las comunicaciones y el derecho a la
intimidad y, sin embargo, no tienen una respuesta penal, como múltiples
son los medios instrumentales a través de los cuales se puede llevar a
cabo una intromisión ilícita en el ámbito de las comunicaciones, o de la
intimidad de la persona.

Estamos experimentando un importante desarrollo tecnológico en el campo
de las comunicaciones, que no ha ido acompañado de un desarrollo paralelo
en el terreno de la protección de los derechos fundamentales del
ciudadano. Por tanto, existe un desfase entre la garantía del secreto de
las comunicaciones y del derecho a la intimidad y los medios técnicos que
cada día salen al mercado y que pueden invalidarla y que de hecho, lo
están haciendo.

No hace falta que enumere, ni muchos menos de forma exhaustiva, los
múltiples procedimientos actualmente existentes para vulnerar los dos
derechos en cuestión: la vía telefónica, la vía radio, la telefonía
móvil, la telefonía inalámbrica, los emisores de ambiente, los micrófonos
que transmiten las conversaciones que se realizan alrededor, etcétera.

Hoy en día, la panoplia de medios técnicos e instrumentales que facilitan
la intromisión ilícita en el ámbito de la intimidad y de la comunicación
de la persona es prácticamente infinita.

Ante ello, se produce una situación absolutamente preocupante, ya que a
diario se evidencia con escándalo que se están vulnerando tales derechos.

Ya no se trata de que autoridades o funcionarios sin la debida
autorización judicial puedan realizar interceptaciones telefónicas, o de
que un particular, por un motivo concreto, en un momento determinado,
vulnere el secreto de las comunicaciones de otro. De lo que se trata,
señores, es de que hay establecidas auténticas redes de información y de
escucha ilegal en nuestro país, que están exigiendo una decidida
actuación por parte del Legislativo.

Hace poco tiempo, en el Congreso de los Diputados, el Secretario General
de mi Partido, señor Alvarez Cascos, hizo una enumeración de la serie de
hechos que vienen sucediendo en nuestro país en este orden de cosas. Voy
a hacer referencia a ella, señalando que en mayo



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de 1990, José Marco, hoy Presidente del Gobierno de Aragón, instaló
dispositivos antipinchazos en su despacho. En junio de 1990 hubo un
pinchazo en el teléfono de la Brigada de la Policía Judicial de Sevilla.

En julio de 1991 se produjo otro pinchazo en el teléfono del Director de
Televisión en Cataluña. En diciembre de 1991 tuvo lugar otro nuevo en los
teléfonos del Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y
de un juez barcelonés. En marzo de 1992 se descubrió un espionaje
telefónico en el domicilio de un destacado periodista. En junio de 1992
hubo una denuncia de escuchas en la sede madrileña de Izquierda Unida. Y
en 1993 asistimos atónitos a la trama que se descubrió en Barcelona. Pero
es que este mismo año, en los escasos dos meses y medio transcurridos,
resulta que ha habido casos auténticamente espectaculares en este orden
de cosas que yo quisiera sintetizar en uno que me parece verdaderamente
alarmante: el espionaje telefónico al que han estado sometidas las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el País Vasco, y muy
especialmente en el Acuartelamiento de Intxaurrondo por parte de una
organización criminal, por parte de una banda terrorista como ETA. Todo
esto ha producido --como no podía ser de otra forma-- una auténtica
alarma social, extremadamente amplia, peligrosamente profunda y, en
definitiva, sumamente grave.

Para muchos, falta una debida adecuación entre las libertades formales y
las libertades reales, y para el conjunto de la sociedad española hay una
sensación generalizada de desconfianza en relación con la garantía de los
derechos de los que estamos hablando. Aceptada esta realidad patológica,
aceptado el hecho de que muchas conductas contrarias a los derechos en
cuestión gozan hoy en día de una absoluta impunidad, entiendo que es
necesario ofrecer una respuesta adecuada, y que esta respuesta tiene que
ser, ante todo y sobre todo, una respuesta en el orden legislativo,
haciendo posible que el avance tecnológico esté acompañado por un
paralelo avance en las medidas de protección de los bienes jurídicos a
los que estamos haciendo referencia.

Por lo que se relacionan con las escuchas telefónicas ilegales, la ya
citada Ley Orgánica de 1984 introdujo en el Código la tipificación
concretada en los artículos 192 bis y 497 bis. Ahora bien, la aplicación
práctica de estos preceptos y su escasa eficacia ha puesto de manifiesto
la necesidad de adecuar las penas previstas en los mismos a la realidad
actual, que es muy distinta a la realidad en este campo de 1984, y, por
otra parte, la conveniencia de ir a una regulación más amplia de estas
cuestiones, dando respuesta penal a conductas que, pese a atentar contra
el derecho a la intimidad, hoy en día son atípicas desde el punto de
vista penal.

El Gobierno ha afirmado en alguna ocasión que en España existen
instrumentos normativos suficientes para hacer frente a esta situación.

Incluso ha llegado a afirmar con su proverbial optimismo que nuestro
ordenamiento jurídico es uno de los ordenamientos jurídicos más completos
en la materia. Yo puedo asegurar a sus señorías que esto no es así, ni
mucho menos; muy al contrario, puede afirmarse que el ordenamiento
jurídico español no es de los más estrictos, ni es tampoco de los más
rigurosos y, por tanto, no es de los que más defienden el secreto de las
comunicaciones y el derecho a la intimidad. Por tanto, no es posible
realizar una comparación favorable a nuestro Derecho positivo si
estudiamos la legislación penal actualmente vigente en el mundo, y muy en
particular en Europa.

Un destacado Profesor ha podido entonces afirmar que el legislador
español, no obstante los nuevos tipos penales incluidos en el Códido
durante los últimos años, se ha quedado a mitad de camino en la
protección de la intimidad de las conversaciones. Se castiga ahora a la
autoridad, funcionario público o agente de éstos que, sin la debida
autorización judicial, intercepte las comunicaciones por teléfono, así
como al que para descubrir secretos o la intimidad de otros intercepte
comunicaciones telefónicas sin su consentimiento, pero no se ha previsto
como conducta delictiva la grabación de declaraciones privadas por
teléfono o por cualquier otro medio. En la legislación europea se protege
mejor la intimidad.

Y es absolutamente cierto, tan cierto que mi Grupo se ha visto obligado a
presentar la Proposición de ley cuya toma en consideración estamos
debatiendo, Proposición de ley que, en definitiva, persigue la agravación
de las penas actualmente previstas en los artículos 192 bis y 497 bis del
Código. ¿De qué forma? Nosotros entendemos que el supuesto que contempla
el artículo 192 bis las conductas han de ser castigadas con prisión de 1
a 4 años y con inhabilitación especial para cargo o empleo público de 6 a
12 años, y que en el supuesto que contempla el artículo 497 bis --que es
el mismo del 192 bis, pero realizado por particulares-- la autoría se
castigue con la pena de prisión de 6 meses a 2 años.

Esta modificación, señorías, tiene su origen en los escasos efectos
disuasorios de las penas actualmente vigentes en nuestro Código, que han
permitido los escándalos a los que se nos está habituando de
interceptación ilegal de comunicaciones telefónicas, ya sea por motivos
políticos, ya sea por motivos comerciales, ya sea por motivos de
espionaje industrial, ya sea por motivos de atesorar y en un momento
determinado utilizar información sobre ejecutivos o directivos, o ya sea
por motivos de extorsión.

En segundo lugar, nuestra Proposición de ley pretende que se dé una
respuesta penal a la divulgación de lo descubierto en interceptaciones
telefónicas realizadas con autorización judicial. Hasta el momento, y
según los repetidos artículos 192 bis y 497 bis, tan sólo se castiga a la
autoridad, al funcionario o al particular que intercepte las
comunicaciones telefónicas de otro



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sin autorización judicial, y la divulgación posterior, si se produce,
siempre en el supuesto de estar actuando sin autorización judicial.

Nosotros creemos que esta novedad que planteamos en nuestra Proposición
de ley viene a garantizar y a reformar convenientemente en el Código el
bien jurídico que tratamos de proteger.

Y, en último lugar, nuestra Proposición de ley pretende también que se
tipifique la escucha y grabación en cualquier forma y realizada por
particulares de conversaciones no públicas entre dos o más personas sin
consentimiento de las mismas, y tanto si el autor participa en dichas
conversaciones como si no participa.

De esta forma, la Proposición de ley que en nombre del Grupo
Parlamentario Popular me honro en defender ante la Cámara persigue, ante
todo y sobre todo, el ampliar y hacer más rigurosa la regulación actual
con objeto de evitar cualquier posible conducta capaz de vulnerar el
derecho al secreto de las comunicaciones y el derecho a la intimidad de
los españoles. Y esto tiene no solamente la base de la situación anómala
que en este sentido se está viviendo en nuestro país, sino también el
fundamento que proporciona la tendencia del Derecho comunitario europeo a
dar una protección equivalente a los derechos a los que estamos haciendo
referencia en todo el ámbito de la Unión Europea. Se trata, señorías, y
ya termino, de satisfacer debidamente y sin más dilación una necesidad
auténtica, una necesidad real, una necesidad generalizada y una necesidad
sentida, ante la cual el legislador no puede ni debe permanecer
indiferente.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Senador.

Vamos a abrir el turno en contra.

Recuerdo a los señores Senadores y a los Grupos que, en virtud de la
aplicación de la nueva norma que rige para el debate de mociones, quien
intervenga en cualquiera de los dos turnos del debate general no
intervendrá en el turno correspondiente a los Grupos Parlamentarios como
portavoz. (El señor Bayona Aznar pide la palabra.)
Tiene la palabra, Senador Bayona.




El señor BAYONA AZNAR: Gracias, señor Presidente.

Por supuesto, nuestro Grupo está de acuerdo con lo que dice la
Presidencia, pero en este caso estamos en una Proposición de ley.




El señor PRESIDENTE: ¿He dicho moción? Es proposición de ley.

Muchas gracias por la corrección en el «Diario de Sesiones». Que conste
que es el portavoz socialista quien enmienda la plana al Presidente.

(Risas.)
La especificación que acabo de hacer tiene relación con las mociones, no
con lo que estamos viendo en estos momentos. El Presidente debería haber
estado más atento.

Vamos a abrir los turnos a favor y en contra correspondientes a esta toma
en consideración. (Pausa.)
Turno de Portavoces. (Pausa.)
El señor Caballero tiene la palabra por el Grupo Parlamentario de
Senadores Nacionalistas Vascos.




El señor CABALLERO MOYA: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, intervengo brevemente para mostrar nuestro apoyo a la
proposición de ley que presenta el Grupo Parlamentario Popular.

El problema y la preocupación que constituye el núcleo y razón de la
modificación que se propone, esto es, la actual impunidad en unos casos y
la inadecuada regulación en otros de las conductas contempladas en la
proposición de ley que nos ocupa, es compartida por todos nosotros.

Es cierto que el hecho de hallarnos ante la pronta tramitación de un
nuevo Código Penal podría llevarnos a la conclusión de que esta parcial
regulación no debe ser tomada en consideración si no es en el contexto de
aquella reforma global. Pero no es menos cierto que estamos ante una
proposición de ley cuya finalidad es proteger un derecho fundamental
insuficientemente regulado.

Frente a ello no caben más argumentos que el de la urgencia de su
protección, el de la absoluta necesidad de que el legislador aborde
decididamente la labor de establecer y regular los mecanismos para su
necesaria salvaguardia, máxime cuando en la reforma que se propone se
contemplan y se tipifican hechos y conductas no previstas en el vigente
Código Penal.

Por todo ello, por su urgencia, por ser una proposición cuya oportunidad,
desde nuestro punto de vista, no tiene discusión, anunciamos la postura
favorable del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

El señor Barbuzano tiene la palabra.




El señor BARBUZANO GONZALEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, después de la magnífica exposición que ha hecho nuestro
compañero, Senador Ortí Bordás, sobre la vulneración de este derecho a la
comunicación, poco tiene que decir este Senador.

Tampoco creemos que podamos aportar nada nuevo hacia la preocupación y la
sensación de indefensión que tiene, yo no diría toda, gran parte de la
sociedad en cuanto a esta vulneración de un derecho a la intimidad, del
derecho a la imagen, que espero que algún día también se trate, sobre
todo de la imagen de los políticos



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--lo digo claramente para que se me escuche--, pues percibimos que existe
una tremenda preocupación en la sociedad.

Los medios de comunicación, unas veces con razón, otras veces con
noticias no contrastadas debidamente, nos colocan en situaciones
desagradables, en situación de desazón, de tal forma que los ciudadanos
vemos que esa parte de la Constitución que se refiere a nuestros derechos
está algo diluida, poco defendida. Esta sensación la tienen todas sus
señorías, no creo que valga la pena profundizar más en ello.

Nuestra posición, en cuanto a la toma en consideración de la proposición
de ley, no ha variado. Consideramos que la proposición de ley es un
trabajo serio que se ejecuta, que puede contener algunas imperfecciones,
pero para eso está el trámite parlamentario. Por tanto, debemos dar
nuestro apoyo a esa proposición que ha presentado el señor Ortí Bordás en
nombre del Grupo Parlamentario Popular.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

El señor Codina tiene la palabra por el Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado de Convergència i Unió.




El señor CODINA I CASTILLO: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, en aras de la brevedad, voy a fijar la posición del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió de una forma
muy escueta puesto que la exposición que ha hecho el representante del
Grupo Parlamentario Popular coincide ampliamente con nuestros
planteamientos.

Nos parece que la preocupación que ha llevado al Grupo Parlamentario
Popular a presentar ante esta Cámara la toma en consideración de esta
proposición de ley, es oportuna; por tanto, más allá de otros intereses,
nos conviene apoyar una propuesta como la que acaba de hacer el Senador
Ortí Bordás.

¿Qué es lo que propone en definitiva? Lo que está haciendo --si se me
permite, entre comillas-- es endurecer dos artículos que estaban
previstos en la Ley, el 192 bis y el 497 bis, y la adición de un nuevo
artículo, un 497 ter, que ampara y protege a parte de la población que no
quedaba suficientemente clarificado en los dos artículos que el Código
Penal ya había contemplado.

No voy a hacer un repaso de la conveniencia, que ha hecho muy bien el
Senador Ortí. Queda sobre nuestra propia preocupación de una forma
específica los últimos hechos acaecidos con las escuchas de «La
Vanguardia», concretamente en la ciudad de Barcelona, no porque fueran ni
más ni menos importantes, sino por lo escandaloso de los mismos.

Nuestra posición hubiera sido la de no votar a favor, porque ayer mismo
el Ministro de Justicia anunciaba a la Cámara la modificación del
conjunto del Código Penal. Pero no es menos cierto que el interés y la
conveniencia de la sociedad y a partir de la sociedad que esta misma
Cámara, como uno de sus órganos de representación se preocupe por estos
temas, nos ha hecho variar nuestra posición inicial, junto a un hecho que
tampoco podemos dejar pasar, y es que en el Congreso de los Diputados
hace escasamente un mes hubo, primero, una interpelación, después una
moción aprobada por unanimidad por todos los miembros de la Cámara, hubo
una propuesta alternativa del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió de modificación de aquella misma moción, y
finalmente, en aras del consenso, se logró que saliera también aquella
moción por unanimidad; moción que obligaba al Gobierno, en el término de
un mes, a hacer las modificaciones pertinentes. Razón por demás, por el
incumplimiento que se produjo de aquel compromiso, que hoy demos apoyo a
esta propuesta que nos hace el Grupo Parlamentario Popular.

Por tanto, ante la realidad y la necesidad de los hechos, ante un
incumplimiento por parte del Gobierno y, más allá aún, ante una necesidad
social y absolutamente convincente y de que en aras del consenso todos
los Grupos de la Cámara vamos a votar favorablemente, hemos decidido
cambiar nuestra intención inicial de voto y votar favorablemente la
propuesta del Grupo Parlamentario Popular.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Codina.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Ortí
Bordás.




El señor ORTI BORDAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Las intervenciones realizadas por los portavoces de los distintos Grupos
Parlamentarios esta mañana en la toma en consideración de la proposición
de ley que estamos debatiendo, creo que evidencian al menos cuatro cosas
muy concretas. En primer lugar, que el Código es actualmente incapaz de
ofrecer una defensa eficaz ante los ataques a la intimidad, por una
parte, y los ataques al secreto de las comunicaciones, por otra, que
están produciéndose en nuestro país facilitados, además, por el enorme
avance tecnológico que se está experimentando día día.

La segunda conclusión a la que yo pienso que acabamos de llegar es a que
hay que proteger penalmente, de forma más intensa, la esfera íntima y
secreta de la persona, cualesquiera que luego sean las posiciones que se
adopten, vía de enmiendas, sobre el texto concreto de la proposición de
ley que nuestro Grupo ha presentado y defendido esta mañana ante la
Cámara. Y esto no es en absoluto extraño. No es en absoluto extraño,
porque todo el mundo está de acuerdo --y podría enumerar muchos autores,
pero me limito a citar al profesor



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Castro-- en que precisamente la protección civil específica que el
Derecho positivo ha dado al problema de la vulneración del derecho a la
intimidad proviene no sólo del carácter más programático que eficaz de
las declaraciones de derechos constitucionales, que es un fenómeno por
otra parte universal y bien conocido por todas sus señorías, sino que
fundamentalmente obedece al hecho de la insuficiencia de las sanciones
penales en nuestro país. Y ante esta insuficiencia de las sanciones
penales en nuestro país para proteger al bien jurídico que nos interesa,
es precisa esa respuesta del legislador a la que hacía apelación hace
unos momentos.

La tercera conclusión a la que creo se ha llegado es a la de que, pese a
las buenas razones que aparentemente se pudieran esgrimir al respecto, es
bien cierto que no se puede ni debe postergar a la futura reforma del
Código Penal una cuestión tan apremiante, tan socialmente alarmante, como
ésta, sobre todo, porque estas referencias a la futura reforma del Código
Penal, son referencias que se vienen produciendo en esta Cámara y también
en el Congreso de los Diputados desde hace no pocos años sin que, por una
parte, se haya protegido mejor el secreto a las comunicaciones y el
derecho a la intimidad y sin que tampoco, por otra, y como por cierto es
evidente, se haya procedido ya de una vez a esa tan esperada reforma.

La cuarta conclusión es la de que nosotros, los miembros de esta Cámara,
en este aspecto no debemos incurrir en lentitud. Y yo quiero decirle a la
Cámara que la protección al derecho a la intimidad ha sido lenta en no
pocos países del área continental europea e, incluso, en los países del
centro de Europa, pero también les podría ofrecer textos a sus señorías
de las múltiples lamentaciones que esta lentitud ha producido, pongo por
ejemplo, en el legislador alemán, o en las más destacadas personalidades
del Derecho Penal germano, que han confesado sentirse no sólo
preocupadas, sino incluso avergonzadas por el tiempo que perdieron a la
hora de defender algo tan inherente a la persona como es el derecho a la
intimidad.

Y estas cuatro conclusiones me llevan a exteriorizar mi coincidencia con
el representante de los Senadores Nacionalistas Vascos que ha subido a la
tribuna, Senador Caballero, en el sentido de que, efectivamente, nos
encontramos con un problema que es una situación patológica pero, por
otra parte, con un problema añadido: el problema añadido de la regulación
penal insuficiente. Y esto es algo que ya obliga moral y políticamente al
legislador a tomar posición.

Ha hecho también referencia el señor Caballero --referencia en la que por
cierto le ha acompañado el portavoz de Convergència i Unió, señor
Codina-- a algo en lo que yo he empleado muy poco tiempo en mi inicial
intervención. Me refiero a la novedad que supone el que mi Grupo presente
una proposición de ley en la que se pretende adicionar al Código un
artículo 497 ter. Esta novedad no puede ni debe pasar desapercibida por
la Cámara, porque esto es algo que nos va a colocar en la línea penal en
la que hoy día están situados los países más adelantados, no sólo del
área anglosajona, sino también del área continental europea.

Coincido una vez más con el Senador Barbuzano --y el señor Senador me
aceptará que esto empieza a ser ya costumbre tanto en Comisión como en
Pleno-- en que existe una enorme preocupación. Pero no es sólo que exista
una enorme preocupación, es algo mucho más importante: se ha producido en
España una auténtica epidemia de vulneración del secreto de las
comunicaciones y una no menos auténtica epidemia de vulneración del
derecho a la intimidad. Yo digo que hay que acabar con esta lamentable
locura que azota a España de norte a sur y de este a oeste, en donde todo
el mundo cree, si no tener derecho, al menos, tener facilidad para
interceptar las comunicaciones telefónicas del próximo o para romper la
intimidad de los demás. Y hay que decir que esto no es posible, que esto
es algo que el legislador español tiene que afrontar. De todos los países
europeos, señor Barbuzano, al menos de todos los países europeos
comunitarios, mucho me temo que el nuestro sea el país en donde menos se
respete el secreto de las comunicaciones telefónicas y el derecho a la
intimidad de los ciudadanos.

En cuanto a lo manifestado por el señor Codina en nombre de Convergència
i Unió, quiero manifestar que, efectivamente, se trata de eso. Se trata
de endurecer las penas actuales porque se han mostrado absolutamente
insuficientes y carentes del menor efecto disuasorio, y se trata también,
de ampliar la regulación para hacer, no digo lo que han hecho, y desde
hace ya bastantes años, por cierto, los norteamericanos, que es un Pueblo
que se distingue precisamente por la defensa del derecho a la intimidad,
sino para hacer lo que han hecho otros países europeos de nuestro
contorno.

Deseo agregar, y ya termino señorías, que en el preámbulo de nuestra
Constitución se introdujo con el consenso de todas las fuerzas políticas
una expresión ciertamente notable, ciertamente significativa, y me atrevo
a decir que ciertamente definitoria: se habló de democracia avanzada.

Pues bien, la prueba capital, la prueba definitiva, la prueba del nueve
de si una democracia es o no avanzada, en gran parte reside en el hecho
de si esa democracia protege y garantiza debidamente la esfera o el
ámbito íntimo y personal del hombre. Ha llegado la ocasión de que
nosotros, legisladores de este país, hagamos buena la expresión del
preámbulo de nuestra Constitución y aportemos nuestra modesta
colaboración para convertir en cierta la expresión, que no es retórica,
de que vivimos en una democracia avanzada.

Muchas gracias. (Aplausos en los escaños de la derecha.)



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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Senador.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador Galán.




El señor GALAN PEREZ: Con la venia, señor Presidente.

Subo a esta tribuna para fijar la posición de mi Grupo, el Grupo
Parlamentario Socialista, respecto a la toma en consideración de la
proposición de Ley que tan brillantemente ha defendido hace unos minutos
el Senador Ortí Bordás, una proposición de Ley que, como él ha
explicitado y como se recoge en su misma exposición de motivos, pretende
mejorar la protección del secreto de las comunicaciones a que se refiere
el artículo 18.3 de la Constitución y, en definitiva, el derecho a la
intimidad, fundamentalmente reforzando la protección penal de este
derecho con una agravación de las penas previstas en los artículos 192
bis y 497 bis del actual Código Penal, artículos que se introdujeron,
como él ha señalado y recordado, por la Ley Orgánica 7/1984, incluyendo
estas tipificaciones específicas, por una parte, entre los delitos
cometidos por los funcionarios públicos contra el ejercicio de los
derechos de las personas reconocidos en las leyes y, por otro, en la
tipificación de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos y,
a su vez, ampliando los tipos penales que protegen realmente este derecho
al secreto de las comunicaciones y, en definitiva, a la intimidad de las
personas.

Quisiera decir, por lo que respecta a la oportunidad de esta proposición
de Ley, que me parece evidente el progresivo deterioro de la preservación
de estos derechos importantes de la persona, como consecuencia
fundamentalmente de la insuficiencia de una protección a que da lugar
nuestro actual Código Penal, elaborado en un momento en que era
imprevisible la evolución de las técnicas de comunicación, lo que ha
generado que existan unas variables tales en cuanto a la posibilidad de
interrumpir el secreto de las comunicaciones y diría que no sólo
telefónicas, sino de cualquier otro tipo, puesto que cada día son más
modernas las técnicas a que hace referencia la posibilidad de
comunicación entre las personas y, a su vez, ampliar la tipificación
penal de estas conductas.

Por tanto, por lo que hace referencia a la oportunidad, nuestro Grupo
ratifica la posición que ya mantuvo en el Congreso de los Diputados el
día 8 de febrero al votar, por unanimidad con los demás Grupos, el punto
tercero de aquella moción, consecuencia de interpelación que defendió el
Diputado Rogelio Baón y que fue apoyada para que, sin esperar a la
tramitación de la reforma del Código Penal, tantas veces anunciado, que
estuvo ya en las Cámaras, que inició su tramitación en el Congreso de los
Diputados en la pasada Legislatura y que no vio ultimada esa tramitación
como consecuencia de la disolución de las Cámaras, venga a mejorar
notablemente, como ya lo hace en sus artículos, el contenido de esta
protección legal a este importante derecho recogido en el artículo 18.3
de la Constitución.

Por lo que hace referencia al contenido de esta proposición de Ley, sin
pretender anticipar un debate que ya tendremos en su momento en esta
Cámara, sí quiero hacer referencia a algunas leves indicaciones.

Por un lado, me ha extrañado que en esa ampliación de conductas que
proteger o en esta tipificación nueva que aborda el Grupo Popular, no
sólo en este artículo 497 ter, de nueva creación, sino también en el
párrafo tercero que añade al artículo 192 bis y al 497 bis, intentando
recoger de una manera expresa la divulgación o revelación de aquellos
secretos que se descubren mediante escuchas telefónicas autorizadas
judicialmente, no he visto abordar temas de interceptación, por ejemplo,
de comunicaciones por la vía de imagen o cualquier otra fórmula de
telecomunicación, fax, etcétera. Creo que debemos aprovechar esta
reforma, esta proposición, para abordarlo adecuadamente, es decir, para
ampliar el tipo de comunicaciones a que debe referirse la protección
penal.

Por otra parte, en lo que hace referencia a ese párrafo tercero que se ha
incorporado a los artículos 192 bis y 497 bis, creo que el Grupo Popular
no ha tenido en cuenta que pretende sancionar penalmente conductas que de
alguna manera ya están tipificadas en el actual Código Penal. Por
ejemplo, le aconsejaría al Senador Ortí Bordás que leyera el actual
artículo 367 del vigente Código Penal, donde hay una referencia clara a
esta cuestión, porque es difícil que con autorización judicial se
intercepte una comunicación telefónica, es decir, se produzca un pinchazo
o una escucha y no sea un funcionario, y, si no es funcionario, será
abogado o procurador, por lo que quedaría también protegido en el
artículo 360. Es decir, creo que la regulación que se contempla en el
anteproyecto del Código, en los artículos 394 y siguientes, puede ser más
coherente que esos párrafos terceros que se han añadido a estos
artículos.

Por último, tengo que decirle que el artículo 497 ter nuevo que se
incorpora hace referencia a temas muy variados y a mi juicio es, desde el
punto de vista técnico, manifiestamente mejorable. En primer lugar,
porque tipifica penalmente algo que nosotros creemos que debe descartarse
en todo momento como tipificable penalmente. Si lo lee con detenimiento
el párrafo primero se verá que se tipifica, sencillamente, «el que
escucha o registra», por tanto no se refiere al que escucha y registra.

Así pues, la mera escucha de cualquier conversación no pública entre
otras personas es castigada con la pena de prisión de seis meses a dos
años. Me parece que esto es absolutamente inviable. Todos somos reos de
este delito que aquí aparece sencillamente si nos sentamos en un parque y
oímos lo que están conversando los señores que están en la parte de atrás
de ese mismo banco. Creo que es absolutamente un exceso que debe
corregirse.




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Por otro lado, en el párrafo segundo de este nuevo artículo creo que el
Grupo Popular no ha tenido en cuenta la doctrina firme, sentada por el
Tribunal Constitucional, sobre que se considera perfectamente
constitucional y, por tanto, no es tachable de ilicitud en ningún caso la
grabación de una conversación privada por parte de uno de los
interlocutores. No entro para nada en la divulgación o en la utilización
que después se haga de esta grabación, respecto de lo que sí podría ser
necesaria una previsión o una posible tipificación. Pero en cuanto a la
grabación, entre otras, la sentencia del Tribunal Constitucional 114/84,
de 29 de noviembre, sienta una firme doctrina relativa a su total
licitud.

Y por último --y con esto termino, señor Presidente, señorías--, se
contempla otra serie de conductas en los apartados 1 y 3 de este artículo
497 ter que creo que mal se compadecen con ese principio de intervención
mínima que debe inspirar el Derecho Penal. Me parece que no siempre el
recurso a la vía penal es la mejor o, a veces aquí lo parece, la única
garantía de la adecuada protección de los derechos constitucionales. Si a
las alturas en las que estamos se debe reformar o revisar la Ley 1/1982,
de protección al honor, a la intimidad y a la propia imagen, revisemos
esa Ley, si consideramos insuficiente la protección que dispensa, pero no
llevemos el principio de norma mínima que debe inspirar una adecuada
regulación penal a los extremos absolutamente, a mi juicio, excesivos que
en la proposición de Ley se contienen.

Quiero felicitar al Grupo Parlamentario Popular por la iniciativa,
agradecer la posición de todos los Grupos, apoyar esta proposición y
decir de antemano que, pareciéndonos oportuna y adecuada la iniciativa,
nuestro Grupo pretende que su contenido se parezca más a lo que hoy día
son los artículos 198, 199 y 200 y 394 y siguientes de lo que era el
anteproyecto que estuvo ya debatiéndose en el Congreso de los Diputados
que a esta iniciativa del Grupo Parlamentario Popular cargada de buena
voluntad, pero cargada, igualmente, de incorrecciones, deficiencias y
excesos de tipo técnico absolutamente reprobables. (El señor Ortí Bordás
pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, senador Galán.

Senador Ortí Bordás, deduzco de la lectura de sus labios que me pide la
palabra por el artículo 87 del Reglamento.

Su señoría tiene la palabra.




El señor ORTI BORDAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Me hubiera parecido una descortesía no contestar al portavoz de la
minoría mayoritaria en la Cámara por el simple hecho de que los turnos
son como son y no de otra manera.

Amparándome en la benevolencia del señor Presidente en la aplicación del
artículo 87 del Reglamento, quiero felicitarme en nombre de mi Grupo de
que coincidamos con el Grupo Parlamentario Socialista y, concretamente,
con su portavoz, el señor Galán, en la oportunidad de la proposición de
ley orgánica que hemos presentado ante la Cámara.

En segundo término, quiero hacer referencia a esas dificultades que el
Senador Galán ha advertido en relación a nuestras propuestas de
ampliación del Código. Tengo que decir que no hay nada excesivamente
nuevo en el artículo 497 ter que proponemos, sino que simplemente es la
traslación al derecho positivo penal español de algo que desde hace
muchos años --como antes he indicado-- está perfectamente resuelto en los
Estados Unidos de América, por poner un ejemplo de un país avanzado
democráticamente y en la defensa de las libertades, y que está ahora
mismo tipificado también en el artículo 368 del Código Penal francés, en
los artículos 179 bis y ter del Código Penal suizo, y en el Código Penal
belga. Por tanto, esto no debe de sorprender, ni mucho menos atemorizar
al Grupo Parlamentario Socialista, porque es algo habitual en la
legislación penal europea y anglosajona de hoy en día.

Hay otra cuestión, sin embargo, que me interesa dejar bien clara. Nuestro
artículo 497 ter plantea y soluciona un problema que no está resuelto en
modo alguno en el artículo 497 bis, porque si el señor Galán tiene la
amabilidad de fijarse en mis razonamientos, el artículo 497 bis vigente
es un precepto en el que se exige la existencia de un elemento subjetivo
del injusto consistente en que la actuación ha de realizarse para
descubrir los secretos o la intimidad de los otros. Hay otros muchos
supuestos que no tienen la finalidad de descubrir un secreto que deben de
estar protegidos.

Además, y para que el Senador Galán no esté preocupado, si se lee con
atención nuestra propuesta, verá que pretendemos no que se persiga de
oficio esta conducta, sino que la misma sea única y exclusivamente
perseguible a instancia de parte, con lo cual mi Grupo también se
inscribe en la moderna tendencia del Derecho Penal europeo de que los
delitos contra el derecho a la intimidad deben de ser perseguibles
únicamente a instancia de parte. Esta es una consideración muy importante
que el Grupo Parlamentario Socialista, en su momento, a la hora de
enmendar el texto concreto, debiera tener en cuenta.

Pero hay --y ya termino-- una última consideración. Lo que aquí se
pretende proteger no es el contenido de una conversación, sino lo
comunicado, que es muy distinto, señorías: lo comunicado con
independencia de su contenido, con independencia de que este contenido
sea íntimo o no, con independencia de que el repetido contenido tenga
relevancia pública o carezca de ella, y con independencia, en fin, de que
disponga de trascendencia social o no.




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Ha hecho alusión el Senador Galán a algo tan importante como el principio
de intervención mínima en el moderno Derecho Penal, y esto es tan
relevante que no tengo más remedio que referirme a ello. Efectivamente,
hay un principio de intervención mínima en virtud del cual la legislación
penal no puede invadir campos donde no se lesionen derechos de terceros o
donde no exista nocividad social. Por tanto, no se pueden dar respuestas
penales a situaciones que no lesionan o que no ponen en grave peligro un
bien jurídico de carácter individual, o que no entran en el radio de
acción de lo que podríamos denominar --insisto-- nocividad social. Pero,
señor Galán, si alguna cosa hoy, aceptada como usted ha aceptado la
alarma social, tiene nocividad social, si alguna cosa hoy está en peligro
y si alguna cosa hoy se vulnera es precisamente el bien jurídico de
carácter individual, representado por el secreto de las comunicaciones y
por el derecho a la intimidad que tiene todo ciudadano español. De forma
que el principio de intervención mínima juega en muchos campos, pero
desde luego no en éste. (El señor Vicepresidente, Rigol i Roig, ocupa la
Presidencia.)
Señor Galán, usted tiene una gran cultura, de base, por cierto,
literaria, y yo le quiero recordar que Oscar Wilde decía que todos los
norteamericanos dictan conferencias, y añadía Oscar Wilde: será por el
clima. Pues bien, no es por el clima por lo que el Grupo Parlamentario
Popular viene presentando iniciativas en esta materia desde 1988, es
decir, después de transcurridos los primeros cuatro años de vigencia de
la Ley Orgánica de 1984, de tipificación penal de la colocación ilegal de
escuchas telefónicas. ¿Por qué hace esto? Porque hay una auténtica
necesidad social que ha evidenciado mi Grupo en el senado en 1991
defendiendo en la tribuna una proposición de ley orgánica para agravar
las penas de los artículos 191 bis y 197 bis, que ha evidenciado también
mi Grupo en el Congreso en noviembre del pasado año presentando una
interpelación al Gobierno sobre el estado patológico, escandaloso y
alarmante que en esta cuestión se encontraba nuestro país, y que ha
tenido prolongación hace tan sólo mes y medio en el Congreso de los
Diputados con la defensa de una moción cuyo punto tercero, como aquí ha
recordado el señor Codina, fue aprobado y que hoy posibilita que
nosotros, al aceptar la toma en consideración de esta proposición de ley
del Grupo Parlamentario Popular, estemos evidenciando la voluntad
política de resolver un problema que nadie se ha inventado, aunque
algunos con su inactividad lo hayan agravado. (Aplausos en los escaños de
la derecha.)
Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señor Ortí
Bordás. (El señor Galán Pérez pide la palabra.)
Por el artículo 87 tiene también la palabra el Senador Galán.




El señor GALAN PEREZ: Gracias, señor Presidente.

Voy a hablar por el artículo 87 y no por el 87.000 no sé cuántos. Es
decir, emplearé dos minutos.

Senador Ortí Bordás, no voy, en modo alguno, a entrar en la anticipación
del debate de la tramitación de esta moción al que su última intervención
me quiere llevar. Pensaba, sencillamente, al igual que usted, que hay que
agravar las penas de los artículos 192 bis y 497 bis, y estamos de
acuerdo. El tipo de agravación que ustedes proponen para esas penas es
prácticamente idéntico al que nosotros creemos que debe de producirse.

En cuanto a la ampliación de tipos, yo pensaba que era más importante
tratar de la preservación del derecho al secreto de las comunicaciones de
las personas jurídicas, al abordar temas de los nuevos medios de
telecomunicación, etcétera, que andar por el camino de ese 497 ter. Pero
en modo alguno voy a anticipar esa discusión y sólo voy a decirle al
representante de la minoría más importante de la oposición que en su
momento discutiremos con absoluta intensidad estos temas porque a la
defensa de las libertades, señor Ortí Bordás, no va usted a pretender a
estas alturas darnos lecciones al Grupo Parlamentario Socialista.

(Aplausos en los escaños de la izquierda.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señoría.

Vamos a someter a votación, a efectos de su toma en consideración, la
proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el Código Penal en lo
referente a escuchas telefónicas y se adiciona un nuevo artículo relativo
a la escucha y grabación de las conversaciones no públicas por
particulares.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 221; a
favor, 220; en contra uno.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Se aprueba.




CONOCIMIENTO POR EL PLENO DE TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
REMITIDOS POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS:



--ACTA POR LA QUE SE MODIFICA EL PROTOCOLO SOBRE LOS ESTATUTOS DEL BANCO
EUROPEO DE INVERSIONES Y SE FACULTA AL CONSEJO DE GOBERNADORES PARA CREAR
UN FONDO EUROPEO DE INVERSIONES, FIRMADA EN BRUSELAS



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EL 25 DE MARZO DE 1993. SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA. (S.

610/000045) (C. D. 110/000056.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Pasamos al séptimo apartado del
orden del día en su punto número 26: Conocimiento por el Pleno de
tratados y convenios internacionales remitidos por el Congreso de los
Diputados.

El punto 26 es el Acta por la que se modifica el Protocolo sobre los
Estatutos del Banco Europeo de Inversiones, y se faculta al Consejo de
Gobernadores para crear un fondo Europeo de Inversiones, firmada en
Bruselas el 25 de marzo de 1993. Se tramita por el procedimiento de
urgencia.

No se han presentado propuestas en relación a esta acta, dentro del plazo
que al efecto se señaló, por lo cual se ha procedido a su directa
inclusión en el orden del día del Pleno de la Cámara.

¿Turno a favor? (Pausa.)
¿Turno en contra? (Pausa.)
¿Turno de portavoces? (Pausa.)
¿Puede entenderse aprobado por asentimiento? (Pausa.)
Así se aprueba y así consta y se autoriza en este acto que el Gobierno
pueda prestar su consentimiento para obligarse por medio del Acta por la
que se modifica el Protocolo sobre los Estatutos del Banco Europeo de
Inversiones y se faculta al Consejo de Gobernadores para crear un Fondo
Europeo de Inversiones, firmada en Bruselas el 25 de marzo de 1993.




--CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA PORTUGUESA PARA EVITAR
LA DOBLE IMPOSICION Y PREVENIR LA EVASION FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS
SOBRE LA RENTA, HECHO EN MADRID EL 26 DE OCTUBRE DE 1993 Y PROTOCOLO. SE
TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA. (S. 610/000046) (C.D.

110/000071.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Pasamos al punto 27. Convenio
entre el Reino de España y la República Portuguesa para evitar la doble
imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la
renta, hecho en Madrid el 26 de octubre de 1993 y Protocolo. Se tramita
por el procedimiento de urgencia.

Tampoco se han presentado propuestas en relación a este convenio, por lo
cual se ha decidido incluirlo directamente en el orden del día del Pleno
de la Cámara.

¿Turno a favor? (Pausa.)
¿Turno en contra? (Pausa.)
¿Turno de portavoces? (Pausa.)
¿Puede entenderse aprobado por asentimiento? (Pausa.)
Queda aprobado y así consta. Por tanto, se autoriza en este acto que el
Gobierno pueda prestar su consentimiento para obligarse por medio del
convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa para evitar
la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta, hecho en Madrid el 26 de octubre de 1993 y Protocolo.




--CONVENCION SOBRE LA PROHIBICION DEL DESARROLLO, LA PRODUCCION, EL
ALMACENAMIENTO Y EMPLEO DE ARMAS QUIMICAS Y SOBRE SU DESTRUCCION, HECHA
EN PARIS EL 13 DE ENERO DE 1993, ASI COMO DECLARACION A FORMULAR POR
ESPAÑA. (S. 610/000030) (C.D. 110/000027.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Pasamos al punto 28 del orden del
día. Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el
almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción,
hecha en París el 13 de enero de 1992, así como declaración a formular
por España.

Tampoco se han presentado propuestas en relación a esta convención.

¿Turno a favor? (Pausa.)
¿Turno en contra? (Pausa.)
¿Turno de portavoces? (Pausa.)
Tiene la palabra el Senador Barreiro.




El señor BARREIRO GIL: Con su venia, señor Presidente.

Discúlpenme sus señorías por pretender robarles dos escasos minutos sobre
esta cuestión, pero no parecería lógico que pasase por la Cámara un
documento de la importancia fundamental que tiene el que vamos a aprobar
ahora, autorizando al Gobierno para que suscriba, sin que, al menos,
hiciésemos constar que somos conscientes de su tramitación.

Además, como ustedes saben, respecto a este asunto estamos en puertas de
celebrar un centenario. En 1899 la conferencia de La Haya supuso la
primera ocasión en época contemporánea de que la Comunidad Internacional
adoptase actuaciones frente al uso de las armas químicas. Es cierto que
han pasado cien años, que cien años son demasiados años, que un siglo es
demasiado tiempo para que no sintamos la vergüenza de tener que
justificar el tránsito temporal excesivamente largo para dotar a la
humanidad de un instrumento legal, político como éste, que la proteja de
los efectos criminales de un artilugio de la guerra.

Nuestra juventud es evidente para que recordemos como una vivencia propia
para la utilización de estos



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instrumentos en la Primera Guerra Mundial. Y aunque los documentos y
testimonios históricos sobre esta cuestión son sumamente abundantes, no
podemos olvidar la vergüenza general de la humanidad ante los genocidios,
los crímenes y la innecesaria destrucción de vidas humanas con armas
químicas.

Se ha trabajado intensamente sobre ello. En 1925 el Tratado de Ginebra
supuso la concreción de la primera prohibición de su uso. No bastó. Y
hasta 1972 la Comunidad Internacional no ha sido capaz de aprobar el
convenio sobre la prohibición del desarrollo, producción, almacenamiento
de armas bacteriológicas, biológicas y toxínicas y sobre su destrucción.

En estos últimos veinte años el movimiento pacifista mundial ha reclamado
insistentemente la aprobación de esta Convención que ahora vamos a
aprobar.

Creo que es un compromiso moral más que político que hoy prestemos
nuestro apoyo a la Convención. Yo sé que no es tradición de esta Cámara
que sobre los tratados, convenios o convenciones internacionales se
sustancien debates políticos de envergadura, ni siquiera de medio tono.

Han de disculparme si les digo que es una tradición que me disgusta
profundamente, que no voy a intentar romperla ahora, sin previo aviso, de
golpe e inopinadamente.

Háganme la gracia de que no entre en el contenido del tratado. Perdónenme
si en las palabras que voy a decir hay un juicio de valor de desinterés
por parte de la Cámara. Les ruego encarecidamente que lean la Convención
y llegarán sus señorías al convencimiento que yo tengo de que es un
documento fundamental para la dignidad moral de los parlamentarios del
mundo.

Se ha tardado un siglo, en buena parte porque los Parlamentos del mundo
hemos estado ausentes de la presión moral que nos requiere la lucha por
la paz. Nos hemos limitado a las proclamas, a alguna que otra declaración
de valor, pero hemos estado prácticamente ausentes de la tarea cotidiana
de la promoción de instrumentos jurídicos de defensa y de la paz como
éste.

Creo que hoy hacemos una aportación a la apuesta en valor moral de la
esperanza de la humanidad. Le ruego que le presten su apoyo y su
atención. El Gobierno queda obligado por ello, entre otras cosas, a
constituir una autoridad nacional que vele por el cumplimiento de sus
obligaciones. No es éste el trámite ni la forma parlamentaria de instar
al Gobierno a nada, pero sé que sus señorías pueden estar de acuerdo
conmigo en que digamos al Gobierno que le instamos a constituir
inmediatamente esa autoridad nacional y yo les insto a sus señorías a que
compartan conmigo el compromiso de convertirnos ya en una autoridad moral
que vele por el compromiso de las obligaciones de nuestro Gobierno y de
los demás. Hay miles de conciencias en el mundo que agradecerán nuestro
esfuerzo.

Muchas gracias. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Barreiro.

Solicito a la Cámara su aprobación por asentimiento. (Pausa.)
Así es y así consta y se autoriza en este acto que el Gobierno pueda
prestar su consentimiento para obligarse por medio de la Convención sobre
la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el
empleo de armas químicas y sobre su destrucción, hecha en París el 13 de
enero de 1993, así como declaración a formular por España.




--CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE LA INDIA PARA
EVITAR LA DOBLE IMPOSICION Y PREVENIR LA EVASION FISCAL EN MATERIA DE
IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO, HECHO EN NUEVA DELHI EL 8
DE FEBRERO DE 1993. (S. 610/000031) (C. D. 110/000028.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Punto 29 del orden del día:
Convenio entre el Reino de España y la República de la India para evitar
la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Nueva Delhi el 8 de
febrero de 1993.

No se han presentado propuestas. No habiendo turno a favor, en contra y
de portavoces, pido a la Cámara que sea aprobado por asentimiento.

(Pausa.)
Así es y así consta y, por tanto, se autoriza en este acto que el
Gobierno pueda prestar su consentimiento para obligarse por medio del
Convenio entre el Reino de España y la República de la India para evitar
la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Nueva Delhi el 8 de
febrero de 1993.




--CONVENIO DE COOPERACION ESPACIAL ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, FIRMADO EN MADRID EL 11 DE JULIO DE 1991. (S.

610/000032) (C. D. 110/000031).




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Punto número 30: Convenio de
cooperación espacial entre el Reino de España y los Estados Unidos de
América, firmado en Madrid el 11 de julio de 1991.

No se han presentado propuestas y no habiendo turnos a favor, en contra y
de portavoces, pido a la Cámara que sea aprobado por asentimiento.

(Pausa.)
Así es y así consta y, por tanto, se autoriza en este acto que el
Gobierno pueda prestar su consentimiento para obligarse por medio del
Convenio de cooperación espacial entre el Reino de España y los Estados
Unidos de América, firmado en Madrid el 11 de julio de 1991.




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--ACUERDO PARA LA PROTECCION Y FOMENTO RECIPROCOS DE INVERSIONES ENTRE EL
REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA ARABE DE EGIPTO, FIRMADO EN MADRID EL 3 DE
NOVIEMBRE DE 1992. (S. 610/000033) (C. D. 110/000032.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Punto 31: Acuerdo para la
protección y fomento recíprocos de inversiones entre el Reino Unido de
España y la República Arabe de Egipto, firmado en Madrid el 3 de
noviembre de 1992.

No hay propuestas en relación con este Acuerdo. Y no habiendo turno a
favor, en contra y de portavoces, pido a la Cámara que sea aprobado por
sentimiento. (Pausa.)
Así es y así consta y, por tanto, se autoriza en este acto que el
Gobierno pueda prestar su consentimiento para obligarse por medio del
Acuerdo para la protección y fomento recíprocos de inversiones entre el
Reino de España y la República Arabe de Egipto, firmado en Madrid el 3 de
noviembre de 1992.




--CANJE DE NOTAS MODIFICATIVO DEL TRATADO GENERAL DE COOPERACION Y
AMISTAD ENTRE ESPAÑA Y LA REPUBLICA ARGENTINA DE 3 DE JUNIO DE 1988, DE
FECHAS 30 DE SEPTIEMBRE DE 1992 Y 23 DE DICIEMBRE DE 1992. (S.

610/000034) (C. D. 110/000033.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Punto número 32: Canje de notas
modificativo del Tratado General de Cooperación y Amistad entre España y
la República Argentina de 3 de junio de 1988, de fechas 30 de septiembre
de 1992 y 23 de diciembre de 1992.

No han sido presentadas propuestas en relación con este Canje de notas.

No hay turno a favor, en contra y de portavoces, por lo que pido a la
Cámara que sea aprobado por asentimiento. (Pausa.)
Así es y así consta, y por eso se autoriza en este acto que el Gobierno
pueda prestar su consentimiento para obligarse por medio del Canje de
notas modificativo del Tratado General de Cooperación y Amistad entre
España y la República Argentina de 3 de junio de 1988, de fechas 30 de
septiembre de 1992 y 23 de diciembre de 1992.

Los puntos 33 a 42 han sido excluidos de este orden del día.




--INFORME SOBRE ACTIVIDADES DE LA COMISION DE PETICIONES EN EL PERIODO
ORDINARIO DE SESIONES SEPTIEMBRE-DICIEMBRE DE 1993. (871/000001.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Pasamos al punto número 43, que
es el informe sobre actividades de la Comisión de Peticiones en el
período ordinario de sesiones septiembre-diciembre de 1993.

¿El Presidente de la Comisión nos puede indicar quién hará el informe?



La señora FERNANDEZ ARIAS: Yo misma, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Tiene su señoría la palabra.




La señora FERNANDEZ ARIAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, en el curso de la sesión celebrada el día 21 de febrero de 1994
la Comisión de Peticiones aprobó el informe correspondiente a las
actividades desarrolladas en el período de sesiones comprendido entre los
días 1 de septiembre y 31 de diciembre de 1993.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 195 del Reglamento del Senado, la
Comisión de Peticiones acordó en esa misma sesión elevar a la Presidencia
de la Cámara el informe de referencia, donde se ofrece relación de
peticiones presentadas de las decisiones que se adoptaron sobre las
mismas y de las contestaciones recibidas de las autoridades a que se
trasladaron.

Durante el período de sesiones a que se contrae el presente informe, la
Comisión ha recibido un total de 25 peticiones. Dichas peticiones han
dado lugar a los trámites siguientes, cuya totalidad no coincide con la
de peticiones presentadas, puesto que una misma petición da lugar en
algunos casos a dos o más trámites simultáneos o sucesivos y, por otra
parte, han sido recibidas después de la última reunión de la Comisión,
previa a las vacaciones parlamentarias y, por tanto, se estudiarán en el
inicio del segundo período de decisiones.

Archivo: Sin perjuicio de dar conocimiento a los peticionarios, si hay en
el escrito datos que lo permita, por no tener carácter de petición,
faltarles las indicaciones indispensables para conocer su objeto, no
tener otra finalidad que su conocimiento por la Comisión o tratarse de
reiteraciones en temas resueltos anteriormente por ésta, sin que se
aporte ningún elemento o juicio nuevo, se han archivado cuatro asuntos.

Traslado a comisiones del Senado por referirse a temas que pueden se
objeto de iniciativa de los señores Senadores, han sido dos.

Traslado a departamentos ministeriales. Se han trasladado dos peticiones
al Ministerio de Administraciones Públicas, dos al de Asuntos Exteriores,
uno al de Asuntos Sociales, uno al de Cultura, uno al de Defensa, dos a
Economía y Hacienda, tres a Educación y Ciencia, uno a Interior, seis a
Justicia, tres a Sanidad y Consumo, dos a Trabajo y Seguridad Social.

A otros organismos se han trasladado: un asunto al Consejo General del
Poder Judicial y un asunto al Rector Magnífico de la Universidad
Complutense.




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Voy a dar lectura de los asuntos tratados en la Comisión: La Iglesia del
Dios Universal presenta un asunto relativo a la revocación de las normas
legales establecidas en la Ley orgánica del Poder Judicial.

Don José Llera Carrasco, relativo a todo el colectivo médico de
especialistas sin título o generalistas que realizan funciones de
especialistas.

Don Juan Antonio Amilibia Gómez, relativo a un indulto de su condena,
basándose en la enfermedad incurable que padece.

La Junta Coordinadora de los Excombatientes de la Guerra Civil Española
solicitan pensión para todos los españoles intervinientes en la Guerra
Civil, sin discriminación de grado.

La Organización de Profesionales Autónomos, relativa a los efectos de la
entrada en vigor de la Orden 26 de noviembre de 1992, por la que se da
cumplimiento para 1993 y 1994 a lo dispuesto en el Reglamento del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como el Reglamento
del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Don Miguel Llarena González, sobre el funcionamiento del Colegio Mayor
Universitario San Juan Evangelista de Madrid.

La Asociación Pro-Libertad de Creencias, relativa a la vigencia de la
llamada resolución «Cottrell» y su aplicación a todos los grupos
religiosos, incluida la Iglesia Católica, en las condiciones de igualdad
presentes en nuestra Constitución.

Don Jesús Fortea Pérez da una serie de razones en las que aduce no querer
que sea reelegido como Defensor del Pueblo don Alvaro Gil Robles y Gil
Delgado.

Doña Carlota Gómez Blanco, sobre determinadas reformas del régimen
retributivo de los Secretarios Judiciales.

Don Carlos Aros y Sánchez, relativa a un escrito del Jefe de la Policía
Local de Lloret de Mar, apoyando al Juez de Instrucción número 2 del
partido judicial de Blanes (Girona), contra el que se ha iniciado un
expediente.

Doña Aurelia Lorente Lamarca, una petición idéntica a la de doña Carlota
Gómez Blanco, relativa al régimen retributivo de los Secretarios
Judiciales.

La Comisión de Seguimiento de las Organizaciones Españolas de Kassel
solicitan que no se cierre la oficina Sociolaboral Española de Kassel, en
Alemania.

Don José Luis Ortiz-Cañabate y Puig-Mauri, sobre un posible conflicto de
competencias con el Consejo General del Poder Judicial, al haber asumido
el Tribunal Supremo atribuciones propias del Senado.

Don Angel Delgado Navarrete, relativa a la solicitud de que se interese
de la Administración Sanitaria Andaluza el cumplimiento del Ordenamiento
jurídico vigente, que obliga a respetar sus derechos.

De doña Alicia E. Jurado Sepúlveda no se considera una petición.

Don Francisco F. del Valle, sobre la desaparición de la expresión de la
«profesión» en todo género de documentos oficiales.

Don Carlos Cortés Sánchez, sobre el acatamiento, con carácter total, de
las dos sentencias firmes de la Magistratura Central de Trabajo de
Berlín.

Don Adolfo Lindoso Moral, relativo a la revalorización de la pensión que
recibe, en aplicación de determinados preceptos.

Amnistía Internacional, sobre la comparecencia ante el Senado de la
esposa del desaparecido José Ramón García Gómez.

Don Ernesto Noval García, sobre la disolución de la Corporación Municipal
de Estepona.

Doña Remedios Aguilar Ramírez, relativa a una resolución para un caso
médico de excepcional gravedad y complicación.

Don Antonio Miguel Llarena González, sobre determinadas mejoras para el
mejor funcionamiento de los procesos electorales en el archipiélago
canario.

Don Antonio Miguel Llarena González, relativa a la creación de una
biblioteca para la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.

Y don Domingo Sanabria Martín, sobre la derogación de las normas legales
para la concesión de nuevas oficinas de farmacia.

No se ha observado variación significativa en el número y ritmo de
contestaciones recibidas, por lo que la Comisión entiende que siguen
siendo válidas las conclusiones de anteriores informes respecto a la
eficacia de su labor en lo relativo al ejercicio del derecho de petición.

Dado el número de peticiones que deben trasladarse a otros organismos, la
Comisión se ha preocupado del seguimiento de las mismas y a dicho efecto
se cuenta con expedientes individuales de cada petición, siempre
actualizados, que permiten consultar y conocer en todo momento el estado
de la tramitación.

Nada más y muchas gracias, señorías, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senadora
Fernández Arias.

Turno de portavoces. (Pausa.) Damos, pues, por sustanciado el punto 43
del orden del día.




MOCIONES:



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO COALICION CANARIA DEL SENADO, POR LA QUE SE
INSTA AL GOBIERNO PARA QUE EN LAS NEGOCIACIONES DE LA UNION EUROPEA CON
MARRUECOS Y RESTO DE ESTADOS DEL MAGREB SE HAGAN COMPATIBLES LOS
INTERESES GENERALES COMUNITARIOS Y ESPAÑOLES CON LOS PROPIOS DE



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UN TERRITORIO ULTRAPERIFERICO Y SINGULARIZADO EN EL ACERVO COMUNITARIO
COMO LO ES EL ARCHIPIELAGO CANARIO, EN MATERIA DE PROTECCION A SUS
PRODUCCIONES AGRICOLAS DE EXPORTACION, EN ESPECIAL TOMATES Y FLORES
CORTADAS (622/000029).




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Pasamos al apartado noveno,
mociones. La primera es la del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria
del Senado, por la que se insta al Gobierno para que en las negociaciones
de la Unión Europea con Marruecos y resto de Estados del Magreb se hagan
compatibles los intereses generales comunitarios y españoles con los
propios de un territorio ultraperiférico y singularizado en el acervo
comunitario, como lo es el archipiélago canario, en materia de protección
a sus producciones agrícolas de exportación, en especial tomates y flores
cortadas.

Para su defensa, tiene la palabra el Senador Miguel Angel Barbuzano.




El señor BARBUZANO GONZALEZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, con esta moción que hemos presentado se insta al Gobierno a que
persevere en la defensa de las producciones hortofrutícolas canarias,
fundamentalmente el tomate, ante la invasión que está teniendo lugar en
los países de la Unión Europea con las producciones de tomate,
fundamentalmente de Marruecos.

Y teniendo todo el tiempo del mundo --se me han concedido veinte
minutos--, no puede este Senador sustraerse a la oportunidad única que
tiene de explicar a sus señorías por qué estamos en esta situación.

Canarias, desde su conquista, terminada allá por 1498, debido
precisamente a la organización jurídico-administrativa que se implantó
por los conquistadores, que luego se repitió durante largos años en
América, en base a los cabildos, se estructuró económicamente,
erróneamente sin duda, en base a monocultivo.

Sucesivamente, y para no cansarles, fueron los vinos, conocidos en todo
el mundo, y las vicisitudes de guerra, etcétera, hacen improductivo ese
monocultivo, por lo que viene la emigración, que es la otra constante del
archipiélago canario cada vez que el monocultivo falla, con dos o tres
millones de canarios diseminados por América. Después de los vinos, la
cochinilla, la orchilla y, últimamente, el plátano.

Esa forma de desarrollar su economía, en base a monocultivos, le ha hecho
frágil, tremendamente dependiente de vaivenes exteriores, incluso a vece
ni siquiera controlables por el Estado, lo que ha producido una tremenda
emigración, con períodos de verdadera supervivencia, de verdadera miseria
en dichas islas.

Esto se intenta remediar en parte en 1853, creo recordar, con el Decreto
de puerto franco promulgado por un insigne Ministro, Bravo Murillo, un
Ministro que, aunque vivía en el Paseo de la Castellana, tenía una
determinada clarividencia con todos los territorios del Estado.

Comienza la etapa del plátano y, para no cansarles, llegamos hasta hoy
día, cuando se le presenta a España la necesidad política y económica de
entrar en las tres Comunidades Europeas, la CEE, la CECA y la CEA, y
arrastra, lógicamente, a un territorio como son las Islas Canarias en esa
adhesión, porque se adhiere el Estado, no un territorio.

Debido a que es un archipiélago, un territorio fraccionado en islas,
debido a las especificidades de su economía, debido casi al monocultivo
del plátano, un incipiente turismo y una reducidísima industria
prácticamente inexistente, que no aporta ni siquiera el 4 por ciento al
PIB de las islas, Canarias entra con un protocolo diferenciado dentro de
la Adhesión de España a las Comunidades Europeas. Eso significa que
comienza a retroceder la agricultura; retrocede, evidentemente, la
industria; la competencia europea afecta a su comercio y a su monocultivo
del plátano, y al no estar dentro de las políticas comunes como la PAC,
Política Agrícola Común, y la de pesca, se queda fuera de subvenciones,
de precios, de las posibilidades de ayudas a reconversiones, etcétera. A
todas esas situaciones añádasele la «fabulosa», entre comillas,
descolonización que efectúa el Estado español del Sáhara. El Sáhara,
frontera geopolítica y, en cierta medida, participante del desarrollo del
archipiélago. Se descoloniza el Sáhara, como todos conocemos; Marruecos
se acaba adueñando de unas aguas, si no jurídicamente sí «de facto», que
históricamente eran un banco de pesca para Canarias; desaparece la flota
de pesca; la adhesión a las Comunidades Europeas sólo reserva el mercado
nacional para el plátano, el plátano no tiene ninguna posibilidad de
desarrollo más que este mercado y los 600 millones de kilogramos que se
enviaban al mercado nacional se reducen a la cifra actual, 300 y pico
millones de kilogramos, llegándose a una situación casi límite en el
desarrollo de Canarias. Producto de ello es que los canarios le plantean
al Estado reformar de nuevo su estatus económico y fiscal, que venía del
Decreto de Bravo Murillo de 1853, y lo que está hoy en debate son las
bases económicas, porque las fiscales ya las aprobamos en 1991.

Voy a hablarles coloquialmente, porque podría llenarles a ustedes de
datos, de las negociaciones del GATT y de cifras de importaciones, pero
creo que aquí estamos hablando de política y tratamos de llegar al meollo
de la cuestión. La situación del tomate, que, como digo, era de fuera de
temporada, como se dice vulgarmente, prácticamente era un desarrollo
hortofrutícola rentable en diferentes islas; donde más intensivo era el
cultivo, mayor rentabilidad económica se obtenía y, por lo menos, era un
desarrollo que tenía un cierto futuro. Pero empieza a funcionar eso que
llaman fundamentalismo



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magrebí o musulmán, como lo quieran denominar; empieza la inmigración en
la Unión Europea de personas del Magreb por el trasvase y las diferencias
de desarrollo económico de uno y otra, y los europeos comienzan a ponerse
muy nerviosos con ese tema. y, como siempre, el país desarrollado mira al
tercer mundo no para un trasvase Norte-Sur que desarrolle el Sur para que
puedan comer y vivir mejor; no, se le envían unas «perras» y estése usted
calladito y quietito donde está y no me venga a dar la lata a mi país.

Esto es lo que ocurre hoy con las producciones del tomate,
fundamentalmente, de las flores y, posiblemente dentro de muy poco, lo
poco que exportamos de pimientos o de habichuelas --judías verdes, como
les llaman aquí--, etcétera.

¿Qué ocurre con Marruecos? En esencia, para no decir que se han duplicado
las posibilidades de exportación de Marruecos a la Unión Europea, lo que
ocurre es que la Comunidad es débil y España, que está dentro de la Unión
Europea, es débil ante las presiones de Marruecos en materia de pesca
--por hablar de las cosas fundamentales-- y en materia de productos
hortofrutícolas, fundamentalmente el tomate; es débil ante el chantaje
permanente y la presión permanente del Reino de Marruecos.

En este punto, quisiera dejar bien claro que esto no significa que no
estemos absolutamente convencidos en Canarias de que hay que tener
solidaridad con el pueblo marroquí, al que conocemos mejor que muchos, y
que pasan más hambre que en Bolivia. Por tanto, hay que ser solidario con
ese pueblo, pero no con sus gobernantes, que chantajean permanentemente a
la Unión Europea y, dentro de ella, a España.

Los acuerdos paulatinos de pesca, el que celebró España en 1983 y los
sucesivos que ha celebrado la Unión Europea con Marruecos, han ido --no
adrede, sin duda, sino su propia concepción-- en contra de la pequeñísima
flota pesquera artesanal canaria, porque el máximo barco que tenía
Canarias era un bou de pesca, prácticamente un bermeano, no tenía una
flota del otro mundo; las flotas grandes son de Andalucía y de Galicia,
que son las Comunidades que pescan allí, así como cubanos, chinos,
sudafricanos, uruguayos, argentinos, estadounidenses. Canarias no tenía
esa gran flota, pero tenía una flotita, y el archipiélago tiene que vivir
de la suma de pequeños desarrollos y no de monocultivos, y ése era un
pequeño desarrollo. Pues bien, los sucesivos acuerdos de pesca, primero
de España y, una vez que entramos, de la Unión Europea con Marruecos se
han cargado la pequeña flota, excepto 10 ó 12 barcos sardinales que van a
la sardina a la costa de Africa. Se adueñó Marruecos de las aguas, no
sólo de las de ellos, indebidamente, según el Derecho Internacional, sino
de las del Sáhara también, y hasta mató a pescadores españoles, y todavía
no se ha dicho cuándo. Yo les puedo decir cuántos y hasta los nombres de
los barcos.

Al ser Canarias un archipiélago, al no poseer recursos naturales, al
tener una orografía endemoniada y un cierto desarrollo mayor, sin duda,
que el de Marruecos, los costos de producción del tomate son superiores.

Por eso, con un archipiélago no queda más remedio que ser solidario. Así
de claro. Como lo es, por ejemplo, el Reino Unido con las Malvinas, o con
la Isla de Wight, o con las Helgoland, o con las Seychelles, o como se
fue, en su día, con Madagascar, etcétera, porque como son territorios
alejados y absolutamente ninguno tiene recursos naturales, debiendo
dedicar los pocos monocultivos que tienen a la exportación para poder
obtener algún recurso, sin duda no les queda más remedio que acudir a la
solidaridad del Estado donde están integrados. Así de claro. Hay que ser
conscientes, por ejemplo, de que en la Península se pagan 25 ó 30
pesetas, aproximadamente, por un metro cúbico de agua, y en las islas,
250 pesetas el metro cúbico de agua, porque no la hay. Luego se tiene que
ser solidario; se tiene que ser solidario, u otra cosa que no quiero
decir en esta tribuna.

Esta moción, más que rellenar un tiempo, más que hacer una iniciativa
parlamentaria que los colme a ustedes de datos, de PIB, PNB, el GATT I,
el GATT II, Lomé I, Lomé II, etcétera --lo podríamos hacer algún día--,
lo que intenta es hacer llegar a la conciencia de ustedes que el artículo
138.1 de la Constitución no está puesto por gusto. Que la contemplación
del hecho insular es una cosa seria que sale continuamente cada vez que
hablamos de cualquier producción que se amenace, de cualquier parcela de
desarrollo, por pequeña que sea, que se amenace en el archipiélago.

El archipiélago no puede vivir, como dicen algunos, de la panacea de un
POSEICAN, es decir, de un proyecto especial de inversiones y de
desarrollo para Canarias. No puede vivir sólo de eso. Tiene que vivir de
un cacho de turismo, de un cacho de desarrollo de turismo; tiene que
vivir de un cacho de desarrollo de agricultura, aunque sea chico; tiene
que vivir de un cachito más chiquito de desarrollo de una pequeña
industria de poca superficie, de poco consumo de agua y de alto «cash
flow» de alta tecnología; tiene que vivir de un cachito pequeñito, sin
duda, de desarrollo de una flota autóctona de pesca que vaya a caladeros
tradicionales. No puede pensarse en una flota canaria que pueda ir al
Golfo de Guinea, a Angola, a Terranova o al Gran Sol. El archipiélago
tiene que vivir, y no estoy diciendo ninguna cosa extraña, de sumas de
pequeños desarrollos. Si no, se quedará como hoy, viviendo casi
exclusivamente --aventurados dicen que se está cerca del 85 por ciento de
sus posibilidades económicas de desarrollo-- del turismo. ¡Y que no se
acabe! Yo no quiero que Yugoslavia siga igual. ¡Por Dios¡, no piensen
eso, pero nos ha venido de maravilla. Que siga así, porque por lo menos



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del turismo estamos comiendo. Lo demás, la suma de los pequeñitos
desarrollos que hemos tenido después de que se dictara la Ley 30/1972,
que es una modernización de su sistema económico y financiero que parte
del Decreto de Bravo Murillo, está amenazado de muerte.

El plátano está, después de conseguir una OCM, una organización común de
mercados, amenazado seriamente en sus costos, en sus precios, en el
mercado, en la comercialización y tiene un techo de años. El tomate tiene
serias amenazas. A Marruecos se le va a autorizar casi el doble de su
exportación a la Comunidad; no tiene precios de entrada; los calendarios
no son adecuados para defender la producción de tomate canario, etcétera.

Los empresarios industriales canarios están debatiendo y presionando a
Bruselas para que se hagan un POSEICAN industrial.

El turismo está como está, y todo aquel que conozca esta industria sabe
que es una de las más aleatorias e inestables que se puedan establecer.

En manos del tour-operadores extranjeros mañana puede costar cinco duros
menos el viaje a Ceilán, y pueden irse tres o cuatro millones de los 8,2
millones --acogemos más turismo que México-- que recibimos el pasado año,
a Ceilán o a Miami. ¡Pobre Canarias, si esto sucede!
Voy a terminar ya. No les voy a decir lo que insta la moción porque
pienso, siendo benigno, que todos la habrán leído. No les canso con su
lectura. Se insta a la defensa de esos intereses. Se insta a la defensa
de un territorio del Estado colocado en una zona geopolítica caliente,
tremendamente caliente, en la que cualquier problema grave, económico o
social que allí suceda, y no soy alarmista, puede tener consecuencias
insospechadas.

No les pido su voto afirmativo, les pido su profunda reflexión sobre lo
que les he dicho.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador
Barbuzano.

En turno de portavoces y por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la
palabra el Senador Cuevas González.




El señor CUEVAS GONZALEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a ser muy breve. Aunque mi amigo, compañero y portavoz del Grupo
Parlamentario de Coalición Canaria del Senado no me haya pedido el voto,
después del buen discurso que ha hecho y en prueba de la solidaridad de
Andalucía con todos los pueblos y, en este caso, con Canarias, vamos a
apoyar sin ningún tipo de problemas la moción.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Cuevas.

Por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, tiene la
palabra el Senador Gangoiti.




El señor GANGOITI LLAGUNO: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a intervenir muy brevemente para fijar la posición del Grupo
Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, que va a ser de apoyo a
la moción presentada por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del
Senado.

Somos conscientes, tal y como se ha explicado aquí, de que la economía de
las Islas tiene unas características especiales. Hay una serie de
productos que se han mencionado, como el plátano, el tomate y las flores,
que son terriblemente sensibles para el presente y para el futuro de la
economía de las islas.

Hay que tener en cuenta que el tomate y las flores son unos de los
productos que más se exportan en las Islas Canarias. Teniendo en cuenta
esta situación, ¿qué es lo que ocurre ahora? Ocurre que la Comunidad
Económica Europea pretende llegar a un acuerdo libre de comercio con
Marruecos y ese acuerdo, si no se toman las medidas oportunas, puede ser
perjudicial para los intereses canarios.

Creo que habría que recordar, en primer lugar, el carácter insular y
ultraperiférico de las Islas Canarias a nivel comunitario y, en segundo
lugar, que antiguamente la Comunidad, porque es algo que padecimos
nosotros hasta la Adhesión a la Comunidad Económica Europea en 1986,
garantizaba a sus socios que primero se defendían a capa y espada los
productos de la propia Comunidad y luego se llegaba a acuerdos con países
terceros. Ahí está el famoso término de la preferencia comunitaria que se
acuñó ya en el año 1965 y que iba dirigido básicamente a la agricultura.

Por tanto, existiendo esa preferencia comunitaria, teniendo en cuenta que
se han duplicado las exportaciones de tomates de Marruecos hacia Europa,
teniendo en cuenta la importancia que tienen esos productos en la
economía canaria y teniendo en cuenta que las exportaciones marroquíes a
la Unión Europea se producen con un cierto «dumping» social, porque
vienen de un país donde no existen libertades sindicales como en el resto
de los países que conformamos la Unión Europea, todos convendremos en que
es necesario que la propia Unión Europea defienda la preferencia
comunitaria y, en definitiva, los productos canarios. Por eso, vuelvo a
insistir en ello, anunciamos nuestro voto favorable a esta moción.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Gangoiti.

Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador Ferrer i Roca.




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El señor FERRER I ROCA: Muchas gracias, señor presidente.

En nombre de mi Grupo, señorías, voy a realizar el turno de fijación de
posición sobre la moción presentada por el Grupo Parlamentario de
Coalición Canaria del Senado. Lo primero que recuerdo es algo que los
especialistas de todo el mundo vienen afirmando cada día con una
sospechosa coincidencia, y es, como dicen ellos, que el mundo es ya hoy
una única plataforma estratégica; es decir, que los cambios nos afectan a
todos. Tradicionalmente, los cambios fueron industriales. Pero hoy los
cambios no solamente son industriales, son también agrícolas. Estos
cambios afectan a todas las latitudes, a todos los países y a todos los
continentes.

En este panorama de gran mutación del escenario internacional, hay que
recordar que se produce una transferencia tecnológica muy marcada que
salta todas las fronteras, que, por otro lado, hoy son ya inesistentes en
la mayor parte de los casos y que, además, se forman grandes bloques de
cooperación. Es decir, que el escenario mundial ha sufrido y va a
experimentar grandes cambios, y esto, evidentemente, interpela a todos, a
los canarios y a todos los demás pueblos que compartimos este Estado, a
la Unión Europea, a los pueblos africanos, sencillamente, a todo el
mundo. Hay que destacar un dato muy positivo, aunque enseguida diré que
este dato muy positivo representa, como es natural, un desafío muy
directo para nosotros. El dato positivo es que esta transformación
significa arrancar de la miseria a los países que habíamos denominado del
tercer mundo, los cuales, rápidamente, han iniciado un proceso sostenido
de aumento de sus posibilidades, de sus condiciones de vida. Pero este
proceso, que se produce en Asia, que se produce en Africa, que se produce
en muchas otras partes del mundo, nos interpela muy directamente porque
nos exige una reformulación de nuestra competitividad, una reformulación
de nuestras producciones.

En el Mediterráneo, concretamente, este escenario mundial se reproduce de
una manera muy significativa y, como se ha venido diciendo tantísimas
veces, lo que ocurre en la ribera Sur y lo que ocurre en la ribera Norte
tiene muy pocos puntos de contacto, son escenarios muy distintos. En un
escenario relativamente pequeño podemos observar en miniatura lo que
ocurre en el escenario internacional, y allí vemos presentes a los países
en vías de desarrollo, o que han iniciado ya una primera etapa de
desarrollo, y países en pleno desarrollo. No hay que decir --o quizá sí
haya que recordar-- que este escenario minúsculo pero significativo del
Mediterráneo tan próximo nos interpela porque es un problema social y
político evidentísimo.

Esto es lo que explica que la Unión Europea haya buscado y busque el
acuerdo y la cooperación con los países del Magreb.

La moción presentada por Coalición Canaria insta a que sean compatibles
los intereses generales de Canarias con los intereses generales de la
Unión Europea y a que se salven estos intereses en una vía de
cooperación.

Yo debo recordar aquí que la semana pasada, en una comparecencia del
Ministro Solana ante la Comisión de Asuntos Exteriores, se habló de esta
cuestión, y cuando el representante de Coalición Canaria interpeló al
Ministro y éste dio explicaciones sobre cuál ha sido la posición del
Gobierno en la negociación de estos acuerdos aún no cerrados de la Unión
Europea, pareció que el representante de Coalición Canaria se sentía
satisfecho porque en este momento los intereses generales --y,
concretamente, en lo relativo a tomates y flores cortadas-- estaban
salvados. O sea, que compartimos totalmente la preocupación y votaremos
favorablemente esta moción, y lo haremos así por dos razones, señorías.

En primer lugar, porque creemos que es absolutamente justo hacer
compatibles los intereses, como nos propone Coalición Canaria, pero,
además, porque es un motivo magnífico para recordarnos cuál es el desafío
general en el que estamos todos inmersos, que es el nuevo panorama
internacional que nos interpela a todos y que no deja a nadie con la
completa seguridad de que sus producciones vayan a ser válidas dentro de
veinte años, y que exige una profunda transformación, una constante
mutación y un constante aumento de la competitividad.

Por estas dos razones, señor Presidente, vamos a votar favorablemente
esta moción.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señoría.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra su señoría.




El señor AGUIRRE GUTIERREZ: Señor Presidente, señorías, al fijar la
posición del Grupo Parlamentario Popular no puedo dejar de hacer en mi
intervención un breve recorrido histórico a lo largo de los últimos años
narrando el desarrollo de los últimos acuerdos y cambios que ha habido en
la política de relaciones entre la Europa comunitaria y Marruecos y
algunos Estados más del Magreb.

Como sabrán sus señorías, desde el mes de febrero del año 1992 se está
negociando el establecimiento de un acuerdo de librecambio entre el Reino
de Marruecos y la entonces la Comunidad Económica Europea, acuerdo que
podría servir en un futuro próximo para Argelia y Túnez también.

Como antecedentes cabe señalar que ya hubo un primer Tratado entre la
Comunidad Europea y Marruecos en el año 1976, modificado con
posterioridad en 1988,



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y con nuevas concesiones a Marruecos como consecuencia de la ampliación
de la Comunidad Económica Europea entonces con la incorporación de España
y Portugal, volviendo a ser modificado este acuerdo parcialmente en el
año 1992 con la política mediterránea renovada de la Comunidad Económica
Europea, ello también con nuevas concesiones comerciales a Marruecos y a
parte de países del área mediterránea.

El acuerdo euromagrebí, que en un principio estaba previsto que entrara
en vigor el 1 de enero de 1997, pretende que se eliminen, como ha
apuntado el señor Barbuzano, los obstáculos de carácter arancelario y no
arancelario en las importaciones de productos agrarios procedentes del
Reino de Marruecos que se efectúen a los países miembros de la UE. A su
vez, Marruecos eliminaría en un período de doce años cualquier
protección, tal como el derecho de aduanas o la exención reguladora para
productos que importe de la Unión Europea. A nuestro juicio, este acuerdo
tendrá la consecuencia final de que Marruecos exportará, en en principio,
gran número de producciones hortofrutícolas --tomates, cítricos, patatas,
flores, fundamentalmente-- y otros muchos en el futuro, con graves
perjuicios, por consiguiente, para la agricultura mediterránea española
y, especialmente, para las Islas Canarias. Al tiempo, no cabe duda de que
Marruecos importará cereales, carne, leche, principalmente, pero, por
desgracia, tal y como están las cosas, no de nuestro país debido a que no
disponemos de suficientes cuotas lácteas, la producción de carne está
regular y, por consiguiente, tampoco somos excedentarios en cereales y
difícilmente nos beneficiaríamos de estos intercambios. Por el contrario,
sí lo harían países del Centro y del Norte de Europa.

Como ya dije al principio, este tipo de acuerdo de librecambio con los
países del Norte de Africa son netamente favorables para el conjunto de
los países integrantes de la Unión Europea y, muy especialmente, como
dije antes, para los del Centro y los del Norte de Europa, por razones
que todos conocemos. En primer lugar, se logra un desarrollo económico y
social de los países del Norte de Africa, fundamentalmente para
estabilizar el flanco Sur de la Unión Europea. En segundo lugar, se
evitaría con ello, en parte, la presión migratoria, que usted apuntaba,
de mano de obra procedente de estos países, que tienen unas tasas de
desempleo elevadísimas y, por consiguiente, un fuerte paro, con unos
salarios de miseria que hacen que la gente esté deseando salir de su país
hacia el Norte, como son España y el resto de los países comunitarios.

Con la elevación de este nivel de vida en la población de estos países se
frenaría, al menos en parte, la desestabilización generada por el
desarrollo del fundamentalismo islámico, también apuntado por el Senador
Barbuzano.

Con el aumento de la agricultura hortofrutícola el desarrollo se logra en
muy poco tiempo, por eso algunos países europeos del Norte están
incidiendo en la hortofruticultura, porque las inversiones serían
grandes, se promocionarían de inmediato las exportaciones hacia Europa,
fundamentalmente de Francia, de Alemania y de Holanda, que les enviarían
semillas, abonos, productos fitosanitarios, maquinaria, etcétera.

Asimismo, cuando los países del Magreb elevaran su nivel de vida, las
divisas producidas por las exportaciones hortofrutícolas hacia mercados
europeos servirían para que , de regreso, importaran productos de Europa,
como apuntaba antes, de carne, leche y cereales y, en una fase posterior,
bienes de consumo como cualquier país desarrollado, tales como
electrodomésticos y automóviles.

Estas ventajas, a nuestro entender, no se ven enfrentadas más que a un
inconveniente --inconveniente menor para el conjunto de países de la UE--
que afecta casi exclusivamente --insisto una vez más en ello-- a los
agricultores hortofrutícolas españoles y, en especial, a los de las Islas
Canarias, Levante y provincias costeras andaluzas: la feroz competencia
que estas exportaciones marroquíes suponen hoy en día --y en el futuro
nos ocurrirá lo mismo con el resto de los países del Magreb-- para
nuestras producciones mediterráneas.

El sector hortofrutícola español no puede, pues, competir con los mismos
niveles de precios que ofrecen los productos de Marruecos por las
siguientes circunstancias: costes de mano de obra baratísimos (en
Marruecos no existen costos sociales); el agua para la agricultura, que
tan difícil y tan cuesta arriba se les está poniendo a los agricultores
españoles, en Marruecos es prácticamente gratis o la obtienen con unos
costes mínimos debido a que en ese país el sector hortofrutícola es
prioritario; los costes o los «input» de producción, por ejemplo, los
abonos, semillas, fertilizantes, etcétera, serían mucho más baratos que
en España ya que los comprarían a precios internacionales y sin
impuestos; y, por último, el hecho de que no existe conflictividad
laboral en ese país.

Por otro lado, cabe destacar que, como consecuencia de los acuerdos del
GAT, es posible que se proteja la producción española de tomate,
berenjena y calabacín a partir del 1 de enero de 1995 --no en 1994, como
apuntó el señor Ministro-- al ampliarse los precios de referencia al
período comprendido entre el 1 de enero y el 1 de abril de cada año. En
la actualidad, estos precios de referencia empiezan a tener efecto a
partir del 1 de abril, con lo cual, nuestros productos, en comparación
con los de países como Marruecos --donde se obtienen productos
extratempranos--, no cuentan con una cobertura que los proteja de la
competencia desleal que se les está haciendo.

Por consiguiente, si ese adelanto se llega a establecer el 1 de enero
como fecha para establecer los precios



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de referencia, a Marruecos ya le supone una preocupación. De ahí que yo
comparta que se solicite del Gobierno que defienda aún mejor --porque
hasta ahora no lo ha hecho bien-- los intereses agrarios españoles y,
dentro de ellos, los de Canarias, porque seguramente Marruecos va a poner
sobre la mesa este problema ya que con esa medida se pueden ver
claramente limitadas sus exportaciones aunque, por otro lado, si eso se
llega a aplicar, sólo está previsto, como decía antes, para el tomate, la
berenjena y el calabacín, ya que la flor cortada no entra en ese marco de
referencia.

Por consiguiente, el Grupo Popular, que va a votar afirmativamente esta
moción, seguirá denunciando de modo contundente el Tratado que hasta
ahora ha mantenido el Gobierno español, al no haber defendido éste
adecuadamente los intereses que tan seriamente se han visto perjudicados,
ya que, aunque el acuerdo a firmar con Marruecos no establece tácitamente
la zona de librecambio para los productos agrícolas, sí hay que señalar
que, a su amparo, va a mejorar de manera importante el acceso de dichos
productos agrícolas marroquíes a los mercados comunitarios, toda vez que
en los propios documentos de la Comisión Europea se habla de la
liberalización de mercados.

Por último, y en razón de reafirmar nuestro voto positivo a esta moción,
quiero mencionar aquí el acuerdo que mediante resolución tomó hace breves
fechas el Parlamento Europeo, acuerdo por el que solicita de la Comisión
que se modifiquen urgentemente los sistemas de precios y los calendarios
de importación con el fin de proteger la producción comunitaria de
tomate, y más especialmente, la producción española de dicha hortaliza
que, según ellos, ha sufrido una fuerte crisis en esta campaña debido,
sobre todo, a la entrada de productos de terceros países. Está claro a
qué terceros países alude el Parlamento Europeo. Además, ha pedido que
cualquier nueva concesión para la importación de este producto vaya
precedida de los correspondientes mecanismos de protección, calificando
de crítica la situación de dicho sector.

Termino, señor Presidente, señorías, haciendo una solicitud: las
concesiones para lograr acuerdos no siempre deben hacerse a costa de los
mismos, en este caso, a costa de los agricultores canarios y de los del
Levante español.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Aguirre.

Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el Senador Segura Clavell.




El señor SEGURA CLAVELL: Señor Presidente, señoras y señores Senadores,
este interviniente consume este turno de portavoces, en representación
del Grupo Parlamentario Socialista, a efectos de llevar a cabo una serie
de consideraciones que pretenden justificar, con el mayor rigor posible,
la posición favorable al proyecto de resolución que contiene la moción
presentada por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.

Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista ha leído con detenimiento,
como lo hace con todas las mociones que se presentan ante esta Cámara, su
fundamentación y es una moción con la que coincidimos globalmente, al
igual que coincidimos con el proyecto de resolución.

La fundamentación de la moción empieza diciendo que en la reciente
comparecencia del señor Ministro de Asuntos Exteriores --como es lógico,
hace referencia a la fecha en que se presentó-- ante la Comisión Mixta
Congreso-Senado para la Unión Europea y en diversas respuestas del
Gobierno a preguntas sobre la situación del tomate español ante las
negociaciones comunitarias con el Reino de Marruecos, se ha remarcado lo
avanzado de las conversaciones dirigidas a suscribir un Acuerdo de Libre
Comercio con dicho Estado, extensible al resto del Magreb, en la «lógica
de la Asociación», como remarcó el señor Ministro.

Desde una perspectiva de política comunitaria y de estrategia exterior
española, los procesos de negociación y de relaciones positivas con el
Magreb nos parecen necesarias y no son cuestionables. En efecto,
coincidimos con el contenido de la Exposición de Motivos y también con el
del proyecto de resolución.

El proyecto de resolución que vamos a votar, a efectos de que lo tengamos
muy claro, dice lo siguiente: «El Senado insta al Gobierno para que en
las negociaciones de la Unión Europea con Marruecos y el resto de Estados
del Magreb se hagan compatibles los intereses generales comunitarios y
españoles con los propios de un territorio ultraperiférico y
singularizado en el acervo comunitario como lo es el archipiélago
canario, en materia de protección a sus producciones agrícolas de
exportación (en especial, tomate y flores cortadas).

Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista va a votar a favor. ¡Cómo no
íbamos a hacerlo así! Y lo hacemos con la satisfacción de que se trata de
una iniciativa que está en la justa línea de coherencia que ha mantenido
el Grupo Parlamentario Socialista en ambas Cámaras de las Cortes
Generales, y en la lógica del trabajo diplomático que nuestros
representantes de las Cortes Generales, del Estado español en la Unión
Europea, a través de los dos Comisarios que le representan y a través de
la propia Diplomacia del Estado en las negociaciones que se celebran en
los foros internacionales, han venido manteniendo a lo largo de los
últimos años.

También lo hacemos porque lo que se plantea está en la línea de una
resolución aprobada por unanimidad en el último Pleno, como consecuencia
de una moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. Aquella
moción instaba al Gobierno a que se elevara



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a la Comisión Europea la solicitud de modular el período que sirve para
calcular las referencias cuantitativas a que se refiere el Reglamento de
la propia Comisión Europea número 1.442/93, y a que plantee a la Unión
Europea la exigencia de un compromiso firme para la reforma de la
organización común del mercado --la OCM-- de frutas y hortalizas, según
el Reglamento del Consejo de las Comunidades Europeas número 1.035/72. Se
trata de dos resoluciones específicas recogidas en el «Diario de
Sesiones» de esta Cámara, de fecha 10 de marzo pasado, que, insisto,
fueron aprobadas por unanimidad y que se encuentran en la línea de lo que
plantea la moción del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.

No podemos olvidar que esta moción se presentó en el Registro de la
Cámara a finales de noviembre de 1993 y que a lo largo del mes de
diciembre de dicho año se produjo la práctica culminación de estas
negociaciones en la Ronda del GATT, en la que se adoptaron importantes
acuerdos que afectan a todo el sector hortofrutícola español y,
particularmente, al del Levante peninsular y al canario.

Dichas negociaciones del mes de diciembre han dado una importante
satisfacción a los sectores productivos españoles, ya que se consiguió la
integración de la agricultura en el GATT, un mejor asentamiento con un
marco de disciplina claro y pactado, con un reforzamiento del sistema de
solución de diferencias y una eliminación de las soluciones unilaterales.

También se ha conseguido que en la política agrícola común del GATT se
impida ese hostigamiento, esa presión que se venía realizando como
consecuencia de la existencia de una serie de sistemas de protección en
el mundo del comercio internacional. Asimismo, se ha logrado la
modificación de los calendarios de aplicación de los precios de
referencia en el sector de frutas y hortalizas. A este respecto, uno de
los objetivos esenciales consistía en la ampliación de los calendarios de
los precios de entrada de tomates, pepinos y calabacines aplicables a las
importaciones de países terceros. Y, en efecto, los actuales precios de
referencia se transformarán en precios de entrada y los calendarios de
aplicación se ampliarán a los meses de enero, febrero y marzo, lo que
constituía, como digo, una de las reivindicaciones esenciales de los
sectores productivos tomateros españoles.

Por lo que se refiere a la flor cortada, quisiera indicarles, en primer
lugar, que el Reino de Marruecos y los restantes países del Magreb no
constituyen, por ahora, una amenaza para las exportaciones canarias de
dicho producto, dado que el consumo total de importaciones de la
Comunidad Europea actualmente es de 92.000 toneladas, de las que 24.000
proceden de Israel, 21.000 de Colombia y 20.000 de Kenia. Marruecos ha
exportado a la Comunidad Europea flor cortada por un reducido volumen de
2.300 toneladas, de las que la mitad se destinan al mercado francés
tradicional.

Por otro lado, la protección del plátano ha ido avanzando a lo largo de
los últimos años como consecuencia de la obtención de la organización
común de mercados, que si bien tiene en estos momentos determinados
problemas de ajuste, existe la voluntad política de resolverlos, tal como
se ha puesto de manifiesto en diferentes foros.

Tampoco quiero hacer referencia a ninguna de las características que se
le dan a la Comunidad Canaria en desarrollo del concepto de territorio
ultraperiférico, que se reflejan en el Derecho comunitario y en el
POSEICAN, en lo que al régimen de abastecimiento se refiere. A este
respecto, hace unos diez días, en la Comisión Mixta Congreso-Senado para
las Comunidades Europeas, durante prácticamente cuatro horas consecutivas
se llevó a cabo un análisis específico de la singularidad de la Comunidad
Canaria. Basta con leer el «Diario de Sesiones» de ese día, en el que se
analizaron exhaustivamente el desarrollo del POSEICAN, los aspectos
positivos y los problemas del mismo, así como los vinculados al convenio
euromagrebí.

Creemos, pues, que no cabe la más mínima duda --y que tampoco la tiene
ningún otro Grupo parlamentario-- acerca de la necesidad de firmar
acuerdos con el Magreb. Tengo en mis manos la comunicación de la Comisión
--de la que, obviamente, no es el momento de hacer un análisis-- al
Consejo y al Parlamento Europeos, de mayo de 1992, sobre el futuro de las
relaciones entre la Comunidad y el Magreb, Resolución que impulsó el
Comisario español, señor Matutes, y que fue aprobada por unanimidad. El
nuevo concepto de asociación euromagrebí se recoge íntegramente en un
documento, cuya lectura recomiendo a todas sus señorías por su interés.

Por otro lado, según señala la prensa de hoy, el Presidente del Grupo
Popular, señor Aznar, ha prometido en Casablanca que apoyará un acuerdo
de asociación de Marruecos con la Unión Europea. Así se señala
textualmente en la prensa aunque puede tener deformaciones, ya que,
obviamente, no es un documento dogmático. Asimismo, el señor Aznar ha
dicho: Vamos a contribuir a perfeccionar las relaciones de Marruecos con
la Unión Europea elevando a nivel de asociación lo que ahora es simple
cooperación. Y lo ha dicho en desarrollo del acuerdo comunitario
correspondiente. Y continúa: Buscaremos zonas complementarias que, en
situación de equilibrio, beneficien por igual a Marruecos y a la Unión
Europea. Quiero dar un nuevo impulso económico, político y cultural a las
relaciones con Marruecos.

Este Senador socialista se identifica globalmente con esa coherente
declaración, que incluye planteamientos que se produjeron en el seno de
la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Comunidades Europeas o en las
Comisiones de Asuntos Exteriores del Congreso y



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el Senado, en las que se han analizado los contenidos del futuro convenio
euromagrebí.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Señoría, le ruego que concluya.




El señor SEGURA CLAVELL: Sí, señor Presidente.

Por tanto, ¿qué Senador no va a coincidir con un planteamiento mediante
el que se recomienda y se insta al Gobierno para que haga llegar a los
negociadores comunitarios el deseo de que en la negociación entre la
Unión Europea y el Magreb se defiendan todos y cada uno de los intereses
de los sectores productivos españoles de una u otra Comunidad? ¿Qué
parlamentario español no va a defender y hacer bandera de un
planteamiento de esta índole? Pues bien, eso es lo que viene haciendo el
Gobierno y es lo que ha explicado con claridad en cada una de sus
comparecencias en las Cámaras a través de los Ministros competentes en la
materia.

Por consiguiente, vamos a votar algo que está en la línea de lo que tanto
el Gobierno como el Senado han manifestado reiteradamente a lo largo de
los últimos meses.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señoría.

Vamos a someter a votación la Moción del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria del Senado, por la que se insta al Gobierno para que en las
negociaciones de la Unión Europea con Marruecos y resto de Estados del
Magreb se hagan compatibles los intereses generales comunitarios y
españoles con los propios de un territorio ultraperiférico y
singularizado en el acervo comunitario como lo es el Archipiélago
canario, en materia de protección a sus producciones agrícolas de
exportación, en especial tomates y flores cortadas.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultados: Votos emitidos, 223;
a favor, 223.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Ha sido aprobado por unanimidad.

Muchas gracias. (Aplausos.)



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALAN EN EL SENADO DE CONVERGéNCIA I UNIO POR
LA QUE EL SENADO INSTA AL GOBIERNO PARA QUE PRESENTE ANTE LAS CORTES
GENERALES LOS PROYECTOS DE TRASPOSICION DE LAS DIRECTIVAS COMUNITARIAS
RELATIVAS A LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
(662/000023).




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): A continuación, pasamos al punto
número 45 que es la Moción del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
de Convergència i Unió, por la que el Senado insta al Gobierno para que
presente ante las Cortes Generales los proyectos de trasposición de las
Directivas comunitarias relativas a la protección de los derechos de los
consumidores. (Rumores.)
Ruego a sus señorías silencio, por favor.

El Senador Manuel Ibarz tiene la palabra.




El señor IBARZ I CASADEVALL: Muchas gracias, señor Presidente. (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Un momento señoría.

Por favor, silencio. Ruego a sus señorías que estén en sus escaños en
silencio.

Su señoría puede empezar.




El señor IBARZ I CASADEVALL: Muchas gracias, señor Presidente. (El señor
Vicepresidente, Ortí Bordás, ocupa la Presidencia.)
Señorías, a menudo desde esta Tribuna hablamos de la población activa o
de la opinión pública o del pueblo español, pero muy pocas veces hacemos
referencia a los consumidores, único concepto que hoy por hoy engloba la
totalidad de la población del Estado, tenga o no la condición de español
y sea cual fuere su edad o condición. Consumidores lo somos todos sin
excepción. En tal condición, los ciudadanos somos el sujeto y el objeto
de toda la actividad económica y constituimos la base en la que se
sustenta la producción de bienes y servicios.

En la sociedad postindustrial la actividad productiva se basa en el
consumo, del que se nutre el tejido económico del país, siendo la
capacidad económica del consumidor, el bolsillo del ciudadano dicho en
términos coloquiales, la fuente que alimenta directa o indirectamente
toda la actividad empresarial
Este papel de motor de la actividad económica ha hecho que el consumidor
sea el objeto, cuando no el objetivo, de lo que denominamos mercado,
entendido como el conjunto de ciudadanos capaces de comprar un producto o
utilizar un servicio. Dicha concepción abstracta del consumidor ha pasado
a constituir uno de los ejes de la ciencia económica que lo ha erigido en
el centro de sus estudios y del que ha derivado un sinnúmero de
disciplina cuya aplicación ha permitido que hoy hablemos de la sociedad
de consumo como uno de los hitos históricos de la humanidad que ha
permitido el acceso de los ciudadanos a bienes y servicios, cuyo disfrute
se tiende a asociar con un ideal de felicidad. Pero la dicha de consumir,
enfrentada a la necesidad de producir, tiende a sumir al consumidor en
una situación de clara desventaja. Las denominadas reglas



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del mercado centran su interés en las condiciones que deben regir la
competencia entre los agentes productores de bienes y servicios, y no en
los requerimientos de los ciudadanos a los que van dirigidos.

En un mercado competitivo, la supervivencia de las empresas comporta
exigencias no siempre fáciles de conciliar con los derechos e intereses
legítimos del consumidor, el cual una vez satisfechas sus necesidades
básicas es compelido a tener nuevas necesidades que, una vez satisfechas,
generan otras nuevas y así sucesivamente hasta agotar su capacidad de
consumir o incluso superarla.

La inversión de sumas ingentes en la utilización masiva de medios
encaminados a la persuasión ha evidenciado gradualmente la indefensión de
los ciudadanos ante esta lucha, a veces despiadada, para ganar su
voluntad. La competencia y sus reglas, elevadas a rango de norma de
conducta, se han revelado insuficientes para evitar abusos y fraudes en
la lucha por el mercado y en la medida que se abre y liberaliza impele a
un mayor número de agentes económicos a obviar las necesidades reales de
los ciudadanos de cuya capacidad de consumo se nutren. La progresiva
mejora de las técnicas de persuasión colectiva, la capacidad de los
medios de comunicación de masas para influir en la opinión y en los
hábitos de consumo de la ciudadanía y la aparición sucesiva de productos
o servicios susceptibles de dañar la libertad, la integridad física o los
intereses económicos de los ciudadanos ha llevado históricamente a los
Estados de nuestro entorno económico a establecer medidas tendentes a
salvaguardar sus derechos.

El Estado Español no ha sido una excepción en este proceso y, aunque con
un cierto retraso con respecto de otros Estados europeos, incorporó la
defensa de los consumidores y usuarios en la Constitución de 1978. Así,
su artículo 51 establece el mandato de que los Poderes Públicos
garanticen la defensa y protejan la seguridad, la salud y los legítimos
intereses económicos de los consumidores y usuarios.

La aprobación de diversas medidas legislativas, entre las que es de
destacar la Ley 26/1984, Ley General para la Defensa de los Consumidores
y Usuarios, constituye un paso importante en el cumplimiento de este
imperativo. Pero lo cierto es que tras la entrada de España como miembro
de pleno derecho de la Comunidad Europea, y de forma muy especial tras la
ratificación del Tratado de Maastricht, se hace preciso dar un paso más
en el sentido apuntado por el artículo 129 a) del Tratado de la Unión e
incorporar los derechos del consumidor al concepto de ciudadanía europea
en su plenitud. Para ello es preciso que en el seno del mercado único,
una vez desaparecidas las fronteras interiores, los ciudadanos y también
los empresarios del Estado Español gocemos de un ordenamiento jurídico
armonizado que equipare nuestros derechos como consumidores y garantice
las condiciones de competitividad que igualen las condiciones de la
concurrencia entre las empresas. El proceso de construcción de la unidad
europea ha supuesto que la política estatal en materia de consumo haya
quedado inexorablemente ligada a las directrices y normas comunitarias,
sin olvidar que una parte de la potestad normativa del Estado corresponde
con carácter exclusivo a las Comunidades Autónomas.

En este marco legal, corresponde a la Administración del Estado promover
los adecuados instrumentos de cooperación para hacer eficaces las
políticas de protección al consumidor, producir las normas relativas a
los ámbitos de sus competencias exclusivas e intervenir en la elaboración
de las disposiciones comunitarias y su trasposición al ordenamiento
jurídico del Estado.

En las actuales circunstancias de crisis económica, la política de
consumo ha de contribuir decisivamente a la transparencia del mercado y
permitir la consecución de dos objetivos fundamentales: el aumento de la
calidad de los productos y servicios y la contención de los precios.

A nadie se le oculta que la opacidad de algunos sectores de nuestra
actividad económica, unida a la casi inexistente cultura de la calidad,
sólo favorece la pervivencia de empresas y actividades que especulan con
la minoración de costes, derivada de la producción, por debajo de norma,
o con las condiciones privilegiadas de concurrencia, derivadas de una
ineficiente aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia,
ocasionando una distorsión de las condiciones de mercado que imposibilita
el surgimiento y el mantenimiento de empresas realmente competitivas, con
evidente riesgo de convertir la realidad económica del Estado en un
mercado basura en el que campen por sus respetos los bienes y los
servicios que no tengan cabida en la Europa de la Unión. Para que ello no
ocurra es preciso establecer los mecanismos legales y administrativos que
impidan o sancionen la pervivencia de situaciones, prácticas, productos y
servicios que no se ajusten a los imperativos del mercado interior, y
para ello qué mejor medio que armonizar la legislación del Estado
mediante la trasposición de las directivas comunitarias, que el propio
Estado ha sancionado o ha contribuido a elaborar.

Bien es cierto que desde la fecha de presentación de esta moción, a
principios del mes de noviembre, hasta el día de hoy, el Gobierno ha
traspuesto la Directiva 88/314, relativa a la indicación de precios de
los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios, mediante la
promulgación del Real Decreto 2.160/1993, de 10 de diciembre, y ha
presentado ante el Congreso de los Diputados el proyecto de Ley para la
trasposición de la Directiva 84/374, relativa a la responsabilidad civil
por los daños causados por productos defectuosos. Nos felicitamos por
ello. Pero no es menos cierto que en materia de protección de los
derechos de los consumidores



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restan por trasponer un buen número de directivas de indudable
trascendencia. Entre otras, son de destacar las relativas a consumo
energético de aparatos de uso doméstico, control oficial de productos
alimenticios, viajes combinados, vacaciones combinadas y circuitos,
multipropiedad, seguridad general de los productos, crédito al consumo,
cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, que del
solo enunciado de sus títulos cualquier ciudadano puede intuir la
importancia de que el Estado español se dote de instrumentos jurídicos
que igualen las condiciones de acceso de los consumidores al mercado de
productos, bienes y servicios.

El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió
entiende que converger con el resto de Europa no consiste sólo en
aproximar los parámetros macroeconómicos, sino también en igualar las
condiciones de vida de nuestros ciudadanos a las que son comunes a los
residentes en los restantes países de la Unión. Creemos que el hecho de
ser ciudadano español no ha de comportar el deber de soportar los costes
de la ineficiencia de algunos de nuestros sectores económicos, ni mucho
menos una minoración de los derechos de que gozan el resto de ciudadanos
europeos. Para converger necesitamos competir en igualdad de condiciones,
y para ello es preciso que se incorporen al ordenamiento jurídico del
Estado las directivas comunitarias que articulan el mercado único, en el
que los consumidores puedan tener niveles homogéneos de protección y las
empresas estén obligadas a cumplir las mismas o similares normas. Este es
el sentido de la moción que el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
de Convergència i Unió formula y para cuya aprobación este Senador pide
el voto favorable de los restantes Grupos Parlamentarios de la Cámara.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Muchas gracias, Senador Ibarz.

Para turno a favor, tiene la palabra el señor Gangoiti.




El señor GANGOITI LLAGUNO: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a intervenir muy brevemente para expresar la posición del Grupo
Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, de total apoyo a la
moción presentada por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió.

Todos somos conscientes de que desde hace bastante tiempo, desde 1975,
antes de que se produjera nuestra adhesión a la Comunidad Económica
Europea, la Comunidad empezaba ya a dar los primeros pasos en todo lo
relativo a la defensa y protección del consumidor. Posteriormente, cuando
se produce nuestra adhesión en 1986, uno de los problemas con los que se
encuentra el Estado español es que en todos los temas relativos a la
defensa del consumidor existía un desfase importante en nuestra
legislación respecto a la legislación comunitaria. Con la aprobación del
Acta Unica Europea, y con el hecho del concepto de la Europa de los
Ciudadanos, la política de defensa del consumidor toma un mayor relieve
todavía a nivel europeo, y con ese Mercado Unico se llevan a cabo una
serie de directivas por parte de la Comunidad Económica Europea.

Hay que tener en cuenta que esta política del consumidor está basada
principalmente en proteger al ciudadano en temas de salud, de seguridad,
en su derecho a reclamar, y tenemos que ser conscientes también de que el
64 por ciento del PIB de los Estados de la Comunidad se dedica al
consumo. Por tanto, nosotros creemos que es necesario cumplir la
normativa de la Unión Europea, y en ese sentido, tal y como propone el
Grupo Catalán, que haya una trasposición de esa legislación europea a la
nuestra.

Para acabar, querría decir que, teniendo en cuenta que las directivas
comunitarias marcan un marco --valga la redundancia-- que luego hay que
desarrollar, en el desarrollo de las mismas se debe tener presente de
quién es la competencia en cada uno de los casos, si es del Estado o es
de las Comunidades Autónomas, para que sea aquella institución que tenga
la competencia correspondiente la que lleve a cabo el desarrollo de esa
directiva, sin que se invoquen, ni mucho menos, planes de ordenación
general de la economía.

Por tanto, y con esto acabo, nosotros anunciamos el voto favorable a la
moción que presenta el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Gracias, Senador Gangoiti.

¿Turno en contra? (Pausa.)
Al no existir turno en contra, pasamos a abrir el turno de portavoces.

Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del Senado, tiene la
palabra el señor Travieso.




El señor TRAVIESO DARIAS: Gracias, señor Presidente, únicamente quiero
mostrar la posición de mi Grupo, que va a votar favorablemente la moción
del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Muchas gracias, Senador Travieso.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Rodríguez
Gómez.




El señor RODRIGUEZ GOMEZ: Muchas gracias, señor Presidente.




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Señorías, el Tratado de la Unión ha sido un importante hito en el
desarrollo de la dimensión humana de la Comunidad. La parte segunda,
Ciudadanía de la Unión, es decisiva, y aunque sea el aspecto político lo
más importante en la configuración de dicha ciudadanía, el apartado
social del ciudadano perfecciona esa nueva forma política que es la
Europa comunitaria, ya Unión Europea.

El artículo 3 ha extendido las competencias de la Comunidad,
estableciendo una serie de políticas nuevas, entre ellas la señalada en
el apartado s), una contribución al fortalecimiento de la protección de
los consumidores, que cobra especial relevancia en 1992 al reconocer al
consumidor su derecho a la protección y una fundamentación expresa en el
Tratado como política comunitaria. El artículo 129 a) 1 y 2 establece las
medidas y las acciones que deben tomarse en este ámbito, sin excluir que
los Estados miembros adopten medidas de mayor protección.

Hoy se presenta en esta sesión una instancia al Gobierno por parte del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió para que
se asegure la protección de esos derechos mediante la trasposición de
importantes directivas relativas a consumidores. Ya ha hablado el señor
Ibarz claramente sobre el importante número de directivas sin trasponer,
por lo que vamos a obviarlas en este caso.

Nos parece razonable el texto de la moción al decir que la atención
comunitaria por este derecho contrasta con el escaso desarrollo
legislativo y la poca diligencia del Gobierno en la trasposición de estas
directivas, causando graves inconvenientes a ciudadanos o empresas, que
ya no permanecen inactivos.

Así, la no trasposición de estas Directivas de productos defectuosos y de
créditos al consumo ha sido ya denunciada en el mes de noviembre ante la
Comunidad Europea por la Unión de Consumidores.

Voy a referirme a directivas y a tutela de derechos comunitarios,
siguiendo prácticamente una cita de un interesante texto de Manuel
Delgado Iribarren, Letrado de las Cortes Generales:
Una de las características de las normas que componen un orden jurídico
es su diferente grado de eficacia. Junto a principios propios generales o
disposiciones programáticas, otros reconocen derechos o intereses
legítimos, también en el ordenamiento jurídico comunitario, y no es
excepcional, pues, que los particulares y las empresas se vean
directamente afectados.

Esta doctrina ha sido sostenida por el Tribunal de Justicia de las
Comunidades Europeas reiteradamente, a partir de una resolución de 1963,
el caso Van-Gend. A partir de entonces el Tribunal de Justicia exige,
para que un derecho o una obligación dirigida a un ciudadano o a una
empresa por una norma comunitaria goce de eficacia, de efecto directo,
que esté formulada en términos claros, precisos y con una fundamentación
completa e incondicional.

La importancia de esta doctrina es clara. Es el caso de las directivas y
decisiones dirigidas a los Estados en que el Tribunal de Justicia ha
llevado aún más lejos esta doctrina.

Las directivas son normas cuyo efecto primordial es obligar al Estado
destinatario a hacer algo o a no hacer en el caso de las decisiones, en
un plazo dado normalmente, a dictar normas de trasposición o desarrollo,
normas que sí serán ya obligatorias para los ciudadanos. La directiva,
pues, es la norma base y la trasposición la de desarrollo.

La doctrina sobre el efecto directo limitado de las directivas consiste
en reconocer dicha eficacia si se cumplen los requisitos antes
mencionados, términos claros, precisos, completos e incondicionales,
siempre que haya transcurrido el plazo dado al Estado para su ejecución o
con anterioridad si se ha anticipado. La eficacia, pues, es limitada y
hay que recabarla ante los poderes públicos.

Pero el Tribunal de Justicia de las Comunidades ha ampliado todavía más
esta doctrina al reconocer que la disposición de una directiva, no
desarrollada por el Estado en el plazo debido puede afectar a otros
particulares, en la medida en que incluya una regulación incompatible con
una norma nacional que la va a impedir funcionar. Distingue el Tribunal
con sutileza este deber.

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre tutela
comunitaria mantiene la doctrina Francovitz, que el derecho comunitario
impone el principio según el cual los Estados están obligados a reparar
los daños causados a los particulares por las violaciones de este derecho
que les sean imputables. Esta exigencia de responsabilidad lo es, por
supuesto, ante los tribunales nacionales.

Los recurrentes en el caso Francovitz pidieron a los tribunales
italianos, y éstos presentaron una cuestión prejudicial ante el Tribunal,
una indemnización por no haber desarrollado el Estado italiano una
directiva relativa a protección de trabajadores y lo consiguieron. Hay
obligación por parte de los Estados de cumplir en tiempo y forma con la
normativa comunitaria y no están desprotegidos los ciudadanos ni las
empresas. El Gobierno español debe cumplir con esta obligación, y en
temas de consumo, en los que está en juego la salud e incluso la vida de
los consumidores, todavía con más perfección y más puntualidad.

Señor Presidente, esto me sirve para enlazar con el último argumento, que
es el de la Comisión Mixta. España tiene, como el resto de los países de
la Comunidad, una Comisión Especial, que es la Mixta para las Comunidades
Europeas, aunque ya en fechas próximas la vamos a cambiar de nombre y le
ampliaremos las funciones, que debía encargarse de la vigilancia y el
control del Gobierno en temas comunitarios cuyo funcionamiento



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se ha regido hasta ahora por lo establecido en su artículo 5.3.

Hay un apartado en la todavía vigente reglamentación, que es el «e) donde
se dice que esta Comisión podrá elabora informes sobre propuestas de
reglamentos, directivas o decisiones que la Comisión de las Comunidades
Europeas presente al Consejo de Ministros, naturalmente de España.

Desde su creación en 1985, desde su puesta en funciones reales en 1986
hasta ayer, los miembros de esta Comisión no hemos visto un solo
reglamento, una sola directiva, una sola decisión. Digo hasta ayer porque
ayer tuvimos la suerte de oír hablar por primera vez de la Directiva
sobre Fondo de Garantía de Pensiones. Por tanto, no hemos tenido la
oportunidad de discutir ni de emitir nuestro parecer, y no por falta de
diligencia de los miembros, sino porque --y lo creo con sinceridad-- el
deseo del Gobierno era que este apartado no funcionase. Es el déficit
democrático del que algunas veces me han oído hablar aquí, no referido
sólo a las instituciones comunitarias, sino a nuestras instituciones,
también al Gobierno.

Parece que la insistencia de nuestro Partido, las razones claras y, por
qué no, también el sentido común, que aunque tarde ha vuelto a todos, va
a solucionar definitivamente estas situaciones.

Señor Presidente, señorías, la consecución de un ordenamiento homogéneo y
completo de protección de los consumidores, la vertebración de la
sociedad en asociaciones y organizaciones de consumidores, la garantía de
los derechos fundamentales de los consumidores, entre ellos la
reclamación y la potenciación de sistemas arbitrales de consumo como
forma prejudicial no vinculante, son principios que aprueba y apoya el
Partido Popular.

Por tanto, mi Partido político, el Partido Popular, va a apoyar la
instancia hecha por el Gobierno Catalán de CiU para que el Gobierno
cumpla con sus obligaciones respecto a la Comunidad, y quiere felicitar y
agradecer al Senador Ibarz su propuesta.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Gracias, Senador Rodríguez Gómez.

La señora Sancho Antonio tiene la palabra por el Grupo Parlamentario
Socialista.




La señora SANCHO ANTONIO: Muchas gracias, señor Presidente.

Estén tranquilos sus señorías que no les voy a leer un tratado de
Derecho, simplemente en mi primera intervención en esta Cámara haré uso
de la palabra lo más brevemente que pueda, como portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista, en relación con la moción presentada en esta
Cámara por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
Unió, que se refiere a las actividades encaminadas a incorporar a nuestro
derecho interno determinadas directivas comunitarias que se refieren a la
protección de los consumidores.

El Grupo Parlamentario Socialista está de acuerdo con el contenido de la
moción y, por tanto, anuncio que nuestro voto va a ser favorable.

Apoyaremos esta moción por varias razones, me referiré solamente a dos:
Una, que tiene que ver con el marco político que debe encuadrar toda
acción de gobierno y, la otra, que se refiere a la actuación política en
sí.

En primer lugar, vamos a votar a favor porque creemos en la cultura del
pacto. Entendemos que para las grandes líneas de actuación de gobierno
debe existir un compromiso político común, un consenso general, sobre
todo, cuando se refiere a políticas que supongan la mejora del servicio y
de la calidad de vida de los ciudadanos, como es en este caso la adopción
de fórmulas únicas de protección a los derechos de los consumidores.

El Gobierno Socialista es, por supuesto, el más interesado en que los
ciudadanos españoles, como consumidores, tengan las mismas oportunidades
e igual protección que el resto de los ciudadanos de los Estados
comunitarios, porque es una de las facetas de la dimensión social del
espacio comunitario que los socialistas defendemos.

Ante las posibles diferencias que pudieran existir, tanto en la
legislación como a la hora de la práctica, hemos de adoptar todas las
fórmulas precisas para alcanzar la normalización a nivel comunitario y
obtener así las ventajas de nuestra integración en Europa, dotando de
instrumentos adecuados a todos los poderes públicos, al Estado, a las
Comunidades Autónomas y a la Administración Local, porque hay que tener
en cuenta también que toda política de consumo ha de ser contemplada con
una dimensión interterritorial, dada la distribución de competencias
entre Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.

Pero también es un ámbito que no se reduce sólo a la relación entre el
Estado y las Comunidades Autónomas, sino que estamos en un ámbito de
libre circulación de mercancías que exige reforzar todavía más los
niveles de garantía y de protección al consumo.

En definitiva, son normas establecidas, instrumentos generadores de
progreso que tienen como objetivo tanto producir una mayor información
como generar una mejor protección a los ciudadanos.

Todo esto se debe traducir en una serie de criterios de actuación y, por
qué no, en una serie de pautas de conducta más allá de las definiciones
particulares que deben ser prioritarias para toda fuerza política. Una de
ellas es la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en todos sus
aspectos, lo que se traduce en una mayor modernidad, un mejor desarrollo,
en definitiva, el avance social de un país.




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En segundo lugar, apoyaremos esta moción, presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, porque
coincide plenamente con la actividad normativa de trasposición de
directivas que ha venido desarrollando el Gobierno socialista. Es una
tarea que ha estado haciendo el Gobierno de manera permanente cumpliendo
con las obligaciones que asumió como consecuencia de nuestro ingreso en
la Comunidad Europea.

Y, en este sentido, quiero recordarles, señoras y señores Senadores, que
ya en la pasada legislatura los contenidos de algunas de las Directivas
que aún quedan pendientes se incorporaron a proyectos de ley que
decayeron a causa de la disolución de las Cámaras. Así ocurrió con la
Directiva 85/374 sobre responsabilidad por los daños causados por
productos defectuosos y con las Directivas sobre el crédito al consumo.

Aunque los calendarios de desarrollo han sufrido alteraciones, está clara
la dirección por la que queremos avanzar. Y, en este sentido, he de
anunciar a sus señorías que ya se ha aprobado en el Consejo de Ministros
la remisión de nuevo a las Cortes del proyecto de ley de responsabilidad
civil por los daños causados por productos defectuosos, y que están en
redacción los nuevos textos de proyectos de ley correspondientes a los
contenidos de algunas de las Directivas pendientes sobre crédito, al
consumo y sobre seguridad general de productos. Igualmente, se está
procediendo a incorporar al anteproyecto de ley de condiciones generales
de contratación, el contenido de la Directiva 93/13 sobre cláusulas
abusivas en los contratos celebrados con los consumidores. Es decir, como
verán sus señorías, sigue siendo voluntad de este Gobierno finalizar los
proyectos de trasposición y así ir avanzando hacia la adaptación a la
legislación comunitaria de toda nuestra normativa en materia de consumo.

Aún con la brevedad que necesariamente conlleva mi intervención, les
agradezco en nombre de mi Grupo, la especial sensibilidad, paralela en
efecto con la nuestra, y la concurrencia que demuestran en este tema
porque entiendo que existiendo como existe una coincidencia de opinión en
la importancia, la presentación de esta moción tiene como objetivo su
interés por conseguir la meta final, ese objetivo que, en definitiva, ha
de ser una aportación más hacia la construcción de una Europa de los
ciudadanos, en la que los derechos políticos, sociales y económicos de
todos progresen hacia unos niveles más altos de bienestar social.

Muchas gracias. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Gracias, Senadora Sancho Antonio.

(El señor Ibarz i Casadevall pide la palabra.)
Me solicita y tiene la palabra el Senador Ibarz.




El señor IBARZ I CASADEVALL: Muchas gracias, señor Presidente.

Sólo quiero decir unas breves palabras para agradecer a los Grupos
Parlamentarios representados en esta Cámara el voto favorable que han
anunciado a la moción. Creo que este gesto tiene una especial relevancia
hoy por el hecho de que en el día de ayer tuvo lugar en Barcelona la
Conferencia Sectorial de Consumo que, bajo la Presidencia de la Ministra
de Sanidad y Consumo, reunió a la totalidad de los Consejeros
responsables de áreas de consumo de las Comunidades Autónomas del Estado
para debatir y aprobar el Plan Estratégico de Protección al Consumidor
para el período 1994-1997. De este Plan Estratégico se deduce la voluntad
del Gobierno del Estado, así como de las Comunidades Autónomas, de velar
por la coordinación y cooperación necesarias para hacer posible un
régimen de protección a los Consumidores en todas las Comunidades del
Estado, con el respeto riguroso a las competencias exclusivas de las
Comunidades Autónomas que las tienen conferidas.

En este sentido, no me queda sino reiterar la coincidencia de nuestro
Grupo con el sentir general de los Grupos Parlamentarios de esta Cámara y
agradecer el voto a esta iniciativa.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Gracias, Senador Ibarz. (El señor
Vicepresidente, Rigol i Roig, ocupa la Presidencia.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Vamos a someter a votación la
moción presentada por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió por la que el Senado insta al Gobierno para que
presente ante las Cortes Generales los proyectos de trasposición de las
Directivas comunitarias relativas a la protección de los derechos de los
consumidores.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 224, a
favor, 224.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Esta votación ha sido aprobada
por la unanimidad de los presentes. (Aplausos).




--DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE COALICION CANARIA DEL SENADO, POR LA QUE EL
SENADO INSTA AL GOBIERNO PARA QUE NO INCREMENTE EN 1994 LAS TARIFAS EN EL
COSTE DE LOS SERVICIOS DE LOS PUERTOS CANARIOS. (662/000030.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Pasamos al último punto, el
número 46, del orden del día, que es la moción que presenta el Grupo
Parlamentario de



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Coalición Canaria del Senado por la que el Senado insta al Gobierno para
que no incremente en 1994 las tarifas en el coste de los servicios de los
puertos canarios.

Para su defensa tiene la palabra el Senador Travieso Darias.




El señor TRAVIESO DARIAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, quisiera iniciar mi intervención recordando la anterior
intervención... (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Espere un momento, señoría, a que
se haga un poco de silencio en la Cámara. (Pausa.)
Puede su señoría continuar.




El señor TRAVIESO DARIAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Decía que quería comenzar recordando la anterior intervención de mi
compañero de Grupo Parlamentario, el Senador Barbuzano, que entiendo que
ha sido brillante y emotiva, en la defensa de otra moción debatida esta
misma mañana. El Senador Barbuzano decía que Canarias está compuesta de
pequeños sectores de producción que hay que defender porque todos son
estratégicos para nosotros. Y yo hoy voy a hablar aquí de uno de esos
pequeños sectores de producción; un sector de producción que para
nosotros es importantísimo dentro de la pequeña escala en la que nos
movemos, por su peso específico de nuestra economía y, por otra parte,
por su influencia en el resto de los sectores, porque todas las
mercancías que entran o salen de Canarias necesariamente tienen que ir
por los puertos.

En Canarias, la función de intercambio fundamental pasa por los puertos.

Si en el desarrollo económico de cualquier región es necesaria una oferta
suficiente, atractiva y de calidad en infraestructuras que garanticen la
comunicación y ésta puede ser variada --puertos, aeropuertos, carreteras,
ferrocarriles, etcétera--, nosotros dependemos prácticamente de los
puertos. Las producciones del archipiélago dependen sustancialmente de
las infraestructuras y servicios portuarios. En los territorios
continentales la función de intercambio puede cumplirse alternativamente
con otro tipo de infraestructuras, en Canarias esto no puede darse,
nuestra dependencia de los puertos se acentúa.

Históricamente los grandes puertos canarios han tenido la posición de
motores y propulsores de la economía de la región; es más, el sistema
económico de la isla de Gran Canaria está basado en su puerto. Asimismo,
como indicó el propio señor Meneses, Presidente de las autoridades
portuarias de Santa Cruz de Tenerife, el puerto es el termómetro que mide
la temperatura de la economía en Canarias. Fíjense ustedes la importancia
que tiene para nosotros este tema.

Hasta ahora los puertos canarios han estado en una situación
relativamente privilegiada, sobre todo respecto a los terceros países de
la zona de Canarias, como Madeira, la costa atlántica de Marruecos,
Mauritania y Senegal. Estamos en medio de una ruta comercial, aunque
alejados de las grandes rutas marítimas. Sus instalaciones son las
mejores de los puertos de la zona y hasta hace poco sus precios eran
realmente competitivos.

El señor Meneses decía que el puerto es el termómetro que mide nuestra
temperatura, y ahora mismo ese termómetro en la zona de mercurio tiene
una parte del virus de la fiebre y es el propio termómetro el que nos
está dando un poquito de fiebre.

Y me explico. Todos los analistas y sectores productivos coinciden en
resaltar la difícil situación por la que atraviesan los puertos canarios,
con la caída en el volumen del tráfico y el descenso generalizado en los
niveles de actividad. Los puertos canarios, según muchos profesionales
del sector, están pasando por el peor momento de su historia. Y voy a dar
algunos datos concretos.

El tráfico ha caído en Las Palmas el 4,25 por ciento y en Tenerife el
2,63 por ciento en los últimos años, según datos de la autoridad
portuaria. Desde hace más de diez años, especialmente, durante el último
quinquenio, existe una progresiva y creciente paralización de la
afluencia de buques y operaciones de carga y descarga, reparaciones
navales suministro de combustible, etcétera. Entre los años 1990 y 1992
el número de buques mercantes ha bajado en más de un 17 por ciento y el
tonelaje que entra ha descendido un 18 por ciento, lo que contrasta con
los datos del «Lloyd Register», según el cual la flota mercante mundial
se ha incrementado en un 30 por ciento desde 1975 y ha crecido un 2,9 por
ciento en 1992 respecto de 1991. El tráfico mundial crece y nosotros
bajamos.

Los transbordos han desaparecido en la práctica, mientras que en los años
1973 y 1974 llegaron a las 400.000 toneladas. En estos últimos tres años
hemos perdido más de 2.800 buques y más de ocho millones de toneladas de
registro bruto. El tráfico de pasajeros se redujo en más de un 16 por
ciento en el pasado año respecto del anterior. El sector de los talleres
de reparación naval está en profunda crisis. Desde 1982 ha desaparecido
en Las Palmas entre el 60 y el 70 por ciento de los suministradores de
buques y en la actualidad sólo mantienen su negocio unas 15 empresas,
ocho de las cuales están en paro técnico. En los últimos años los
proveedores de buques han reducido su volumen de negocios en 150.000
millones de pesetas. Muchos empresarios están pensando en trasladar su
empresa a otros puertos de la zona, como el de Agadir. Y uno de los
factores que inciden en la pérdida de competitividad de los puertos
canarios, sin duda, es el elevado marco tarifario que se aplica, aunque
también hay que reconocer



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que no es el único factor determinante del declive en nuestros puertos,
ya que en ello inciden muchos factores, tanto tecnológicos, como
políticos, como administrativos.

En el aspecto del sector pesquero ha influido mucho en la pérdida de los
caladeros tradicionales la política europea con los países ribereños
africanos, de sociedades mixtas, el abandono de la flota de países
terceros, por motivos políticos, económicos o ideológicos. Y en el
aspecto del sector mercante han influido las innovaciones tecnológicas
respecto al aumento de autonomía de los buques, a los cambios registrados
en los sistemas de transportes de carga, con buques de mayor capacidad,
la tendencia a la «containerización» y, por tanto, a la baja de
manipulación de mercancías. Lo cierto es que todos estos factores han
influido para que nuestros puertos se vacíen, para que hayan perdido su
condición de plataforma de tránsito para pasar a ser puertos de
aprovisionamiento interior, y para que se haya producido una paulatina
desinternacionalización del tráfico canario.

No cabe duda de que hay aspectos internos del propio puerto que ayudan a
que sea poco competitivo, pero también es cierto que uno de los factores
es el del marco tarifario.

La oferta de servicios portuarios está sumida en un proceso de inflación
de costes, muchas veces derivado de la inactividad. Las actuales tarifas
no son nada baratas. No olvidemos que llevamos varios años de fuertes
subidas, por lo que una nueva podría afectar sensiblemente a nuestro
tráfico marítimo, como también a la economía canaria. Los problemas de
lejanía hacen que los costes de transporte incidan en cualquier actividad
que se desarrolle en las Islas y repercutan directa y gravosamente en el
coste de la vida y el crecimiento del PIB de las mismas.

Como decía bien el otro día en el Congreso el Diputado señor Nadal, del
Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, en un momento de crisis como
el que vivimos, y sobre todo para los sectores y territorios
estratégicos, no se pueden elevar los costos, pues así se pierde
competitividad y es un momento en el que se aconseja moderación en la
inversión. Es fundamental que los servicios, aprovisionamiento y tarifas
sean absolutamente competitivos y dispensados a la mayor brevedad
posible. Existe un clamor unánime contra las subidas de las tarifas
portuarias por parte de empresarios, consignatarios, usuarios y
sindicatos. Los puertos cumplen en Canarias una función de mercado y la
intervención pública sólo se justificaría si con ello se dotase de mayor
eficacia a estos mercados.

En las regiones insulares los precios de los servicios portuarios
tenderán a ser siempre más altos que en territorios continentales y la
Administración Pública debe adoptar las medidas pertinentes a fin de
hacer más competitivos estos mercados, como es la modificación del
régimen tarifario.

Los buques suelen acudir a los puertos que ofrecen mejores condiciones
económicas, siempre y cuando cumplan unos estándares mínimos en los demás
factores y, en general, los puertos canarios son considerados los mejores
de su zona de influencia, salvo por sus precios, poco competitivos. Según
los datos de todos los estudios, el coste de estancia en puerto, por
ejemplo, en Algeciras, Rotterdam y Gibraltar son más baratos que los
puertos canarios. En los costes de atraque en muelle, Algeciras,
Barcelona y Rotterdam también son más baratos que los puertos canarios.

En conjunto, los costes de estancia y atraque, en los puertos de
Barcelona, Algeciras, Rotterdam y Gibraltar son más baratos que en los
puertos canarios, en porcentajes que van de un tres a un 60 por ciento.

El mandato de la disposición adicional duodécima de la Ley de puertos no
se ha cumplido. En ella se decía que la aplicación de las tarifas se
reduciría en las Islas Canarias con respecto a lo que se aplica en el
resto del territorio nacional, al considerar la insularidad y
alejamiento. A excepción de determinadas bonificaciones en la tarifa T-1,
o de la aplicación de menores coeficientes en la T-3, en conjunto, se
incumple la norma.

Las tarifas que se aplican por servicios generales y específicos en los
puertos canarios son las mismas que se aplican en el resto del Estado.

Incluso, en algunos supuestos son más elevadas las tarifas en Canarias
que en algunos otros puertos del Estado. Una prueba palpable de ello es
que en los últimos años ha descendido el número de buques y el tonelaje
de mercancías y, por el contrario, han aumentado los beneficios de los
puertos.

En 1992 el puerto de La Luz tuvo beneficios de unos 1.800 millones de
pesetas y el de Tenerife unos 1.475 millones. En los últimos cinco años
se estiman unos beneficios de los puertos canarios del Estado de más de
10.000 millones de pesetas. Por la autoridad portuaria se indica
constantemente que es necesaria la subida para poder hacer frente a las
inversiones de infraestructuras. En este sentido hago mías las
manifestaciones de los señores Nadal y Fabra en el Congreso de los
Diputados respecto a que en los tiempos de crisis hay que mirar por la
competitividad y hay que ser moderados en las inversiones, contando para
ello con los sectores afectados.

También quiero indicar que aquí no se está hablando para nada de que
parte de esas inversiones están subvencionadas por Europa, con fondos
FEDER y de otros programas. Lo que ocurre es lo que muy bien explicó el
Diputado señor Andreu, de Izquierda Unida, que con la Ley de puertos las
autoridades portuarias se segregan de forma importantísima del entorno
social. El puerto no es un fin en sí mismo, sino un elemento básico



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de desarrollo industrial, como lo ven en algunos puertos españoles, como
el de Algeciras o Bilbao, como una necesidad para la creación de puestos
de trabajo e industrias en su entorno. En la formación de tarifas debe
participar el conjunto del cuerpo social. Y nosotros tenemos claro que
esto sólo lo logramos cuando los puertos se transfieran a las Comunidades
Autónomas, donde hay mayor sensibilidad para ver toda la problemática de
los puertos y la incidencia en la economía de las distintas áreas.

Hay que revisar todo el marco tarifario de los puertos españoles. En esto
creo que estamos todos los Grupos Parlamentarios de acuerdo. Vamos a
apuntar una idea para estudio de los distintos Grupos: la creación de una
comisión especial en el Senado para estudiar el problema de nuestros
puertos, de su competitividad, de su marco tarifario y de su estrategia
de futuro, porque estamos seguros de que el conjunto de puertos españoles
está perdiendo competitividad con respecto a los puertos de terceros
países.

Nosotros no queremos un trato diferente al del resto del Estado, pero
nuestra situación es dramática y no perjudicamos a ningún otro puerto
español. Necesitamos que no suban los costes de nuestros puertos.

Nosotros, con la moción que presentamos, estamos seguros de habernos
quedado todavía cortos y ya lo apuntábamos así en el cuerpo de la moción.

Incluso, habría que plantearse bajar las tarifas para ser competitivos en
este sentido. Pero había mucha premura a la hora de presentar la moción y
decidimos quedarnos como estábamos este año y ver qué soluciones se
pueden dar para el conjunto de puertos del Estado español.

En parte, estamos de acuerdo con algunos aspectos de la Orden Ministerial
referente a tarifas, por ejemplo, con que se modifique la base de la
tarifa G-2, por supuesto. Ya era hora de que se tomara en cuenta el
calado del buque y no la profundidad del muelle, porque los muelles
canarios tienen mucha profundidad. El de Las Palmas creo que está sobre
20 metros y la media de los puertos del Estado español está sobre ocho
metros.

Hay un marco tarifario elevado, muchas veces no sólo por las tarifas en
sí mismo sino por los trucos que se utilizan por parte de las autoridades
portuarias para aplicarlas. Lo que decía antes lo viene a mostrar
claramente: menos buques, menos tonelaje y más ingresos en los puertos.

Tenemos claro que esto hay que rebajarlo, que con ello no se soluciona
toda la problemática de los puertos, pero que mantener las tarifas como
están en estos momentos es importante para no seguir dañando nuestra
economía y competitividad.

Por supuesto, la Orden es legal, pero que no se nos diga que no se puede
modificar o que sería mejor pedir la modificación de esa Orden. Nosotros
les instamos a que no se apliquen las tarifas de los costes de los
servicios a los puertos canarios. Si para ello hay que hacer un anexo,
como propuso el Diputado del Grupo Popular para el puerto de Tarragona en
el Congreso, o si para ello el Gobierno tiene que modificar la Orden, que
lo haga.

Nosotros pretendemos un pronunciamiento político de esta Cámara en el
sentido de que en los puertos canarios no se incrementen las tarifas para
este año, que se tomen las medidas legales que sean y si, aplicando las
tarifas en algunos aspectos rebajan los costes, que se apliquen esas
rebajas, pero en lo que implique subida, que no se aplique, que se
modifique como sea.

Por eso, y para terminar, solicito de todos los Grupos Parlamentarios el
apoyo a esta moción.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Travieso
Darias.

En turno de portavoces, por el Grupo Parlamentario Mixto tiene la palabra
el Senador Petrizán.




El señor PETRIZAN IRIARTE: Muchas gracias, señor Presidente.

Intervengo brevísimamente para anunciar la posición favorable a esta
moción por parte del Grupo Parlamentario Mixto.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Petrizán.

Por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, tiene la
palabra el Senador Gangoiti.




El señor GANGOITI LLAGUNO: Muchas gracias, señor Presidente.

Dado lo avanzado de la hora, voy a ser también muy breve para decir que
el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos va a votar a
favor de esta moción de Coalición Canaria.

Pensamos que, tanto en la moción como en las explicaciones que ha dado el
portavoz del Grupo, existen razones suficientes para que no se produzca
esa subida en las tarifas de los puertos canarios. De las tres mociones
que hemos tenido hoy, dos son sobre Canarias; estamos viendo los
problemas concretos que tienen algunos sectores canarios, la amenaza en
cuanto a su competitividad, como en este caso de cara a los puertos, en
concreto el de Las Palmas y el Puerto de la Luz. Por tanto, a la vista de
la cuenta de explotación y los beneficios que tienen esos puertos,
pensamos que no se justifica, de ningún modo, la subida de las tarifas.

Por consiguiente, votaremos a favor de la moción del Grupo Parlamentario
de Coalición Canaria del Senado.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Gangoiti.




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Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador Sixte Cambra.




El señor CAMBRA I SANCHEZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, intervengo muy brevemente para exponer la posición de apoyo por
parte de nuestro Grupo a esta moción presentada por el Grupo de Coalición
Canaria, y ello por dos motivos fundamentales: Por un lado, porque
consideramos razonable que no se aumenten las tarifas portuarias este año
dada la actual situación económica. De hecho esta posibilidad ya está
contemplada en la orden ministerial de 17 de enero de 1994, en la que se
prevé la posibilidad de no aumentar, e incluso disminuir las tarifas en
función de la rentabilidad obtenida por cada uno de los puertos en 1993 y
la prevista para los años 1994 y 1995.

El segundo motivo es por coherencia con la moción que se aprobó
recientemente en la Comisión de Industria del Congreso de los Diputados
con el voto a favor del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió, por
la que se insta al Gobierno a reducir las tarifas del Puerto de
Tarragona.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Cambra.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Ramírez
Pery.




El señor RAMIREZ PERY: Gracias, señor Presidente.

No quiero hablar mucho. Ya que ustedes son tan amables de escucharme, yo
voy a ser igual de amable siendo breve.

El Grupo Parlamentario Popular piensa que el asunto de los puertos
canarios es un tema muy importante, es una de las tres bases en que se
asienta la economía canaria. No queremos, sin embargo, hacer un discurso
lacrimoso. Queremos y vamos a apoyar la moción de nuestros compañeros de
Coalición Canaria, que estamos seguros de que si se han quedado cortos
--como dicen ellos mismos--, no ha sido por su culpa, sino por la propia
biografía de la moción que han presentado. En efecto, la han presentado
mucho antes de que saliera la orden de 17 de enero de 1994.

De lo que no cabe duda es de que la Ley de Puertos de 24 de noviembre de
1992 nos está causando a los canarios un perjuicio grave. El Grupo
Parlamentario Popular, que va a apoyar esta moción, tiene que poner un
pero, y quiere anunciar que va a presentar una moción en profundidad, no
solamente en el Senado, sino también a nivel de Gobierno autonómico, en
la que se van a estudiar en profundidad todos estos problemas que están
afectando a los puertos canarios, y fundamentalmente al Puerto de la Luz,
que es el puerto cabecera de las islas Canarias.

Todos sabemos --como hemos oído hace poco a un compañero nuestro-- la
diversidad de puntos que hay que discutir, la diversidad de tarifas, de
costes, de organización interna del puerto --y eso no lo digo yo, sino
que lo dice la autoridad del puerto, muy poco sospechosa de ser más amiga
nuestra que de otras personas--. En consecuencia, como todo eso hay que
discutirlo y estudiarlo muy en profundidad, y como queremos que, además,
nuestro pueblo canario sepa quién está dispuesto a estudiarlo y quién no,
dejamos esto sobre la mesa, damos las gracias a todos por su atención, y
les anunciamos que vamos a votar positivamente.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas, Senador Ramírez Pery.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Bonilla.




El señor BONILLA RODRIGUEZ: Señor Presidente, señoría, intervengo en
nombre del Grupo Parlamentario Socialista para fijar la posición de mi
Grupo con respecto a la moción que presenta el Grupo de Coalición
Canaria.

El Grupo Parlamentario Socialista es consciente de la importancia que
para la Comunidad canaria tiene el transporte en general y el marítimo en
particular. De aquí, que el apoyo de la Administración al sector
portuario de la Comunidad canaria haya sido una prioridad importante para
el Gobierno de la nación, teniendo la voluntad firme de que este apoyo ha
de ser una constante permanente de cara al futuro.

El artículo 68 de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante establece que
los ingresos de las autoridades portuarias deberán responder al objetivo
de lograr la rentabilidad global del sistema portuario y de cada uno de
los puertos. A tal fin, la suma de sus productos en el conjunto del
sistema y en el de cada entidad portuaria deberá cubrir, al menos, los
siguientes gastos: primero, los de explotación, conservación y
administración propios de las entidades públicas portuarias; segundo, las
cargas fiscales y, en su caso, los intereses de los préstamos recibidos;
y tercero, la depreciación de sus bienes e instalaciones, junto con una
rentabilización de la inversión neta de sus activos fijos.

Dicho artículo es perfectamente coincidente con las recomendaciones de la
Comunidad Europea, que preconiza la imputación de los costes portuarios a
los usuarios, incluidos los costes infraestructurales y los costes
exteriores, estableciendo criterios muy restrictivos a la hora de
concebir las ayudas del Estado.

Pues bien, en el ejercicio de 1992, el resultado de explotación de las
autoridades portuarias de Las Palmas y Tenerife fue el siguiente: Por lo
que se refiere a la autoridad



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portuaria de Las Palmas, en ventas e ingresos se obtuvieron 4.770
millones de pesetas; en gastos corrientes, 1.874 millones de pesetas; el
resultado bruto fue de 2.896, y la amortización de 1.021 millones de
pesetas, siendo su resultado neto de 1.874 millones de pesetas. En dicho
ejercicio, la inversión realizada fue de 3.200 millones de pesetas, lo
que pone en evidencia el desequilibrio de la inversión con los recursos
generados.

De la autoridad portuaria de Tenerife resultó el siguiente balance:
ventas e ingresos, 3.223 millones de pesetas, en gastos corrientes, 1.091
millones de pesetas; el resultado bruto fue de 2.182 millones de pesetas
y la amortización de 655 millones de pesetas, siendo su resultado neto de
1.476 millones de pesetas. La inversión realizada fue de 2.500 millones
de pesetas, con lo que tenemos que concluir que la generación de recursos
es también insuficiente para cubrir la inversión realizada en aquel
puerto.

En el ejercicio de 1993 la situación fue muy similar.

En Las Palmas de Gran Canaria hay prevista una inversión de 2.908
millones de pesetas, Habiéndose producido una caída del tráfico --como ha
dicho antes el senador de Coalición Canaria--, del 4,52 por ciento,
acumulado de enero a diciembre de ese año.

En Santa Cruz de tenerife, la inversión prevista para 1994 es de 2.282
millones de pesetas y el tráfico ha bajado en 2,63 por ciento en el mismo
período al que me he referido anteriormente.

Podemos incluir, por tanto, que en los puertos canarios se está
produciendo una inversión muy importante, con lo que se están superando
las limitaciones de competencia en términos de infraestructuras, que no
puede ser cubierta exclusivamente con los recursos generados en la islas,
lo que obliga a aportaciones compensatorias del resto de los puertos del
Estado.

Por otra parte, en el ejercicio de 1993 se ha producido una nueva
adaptación de la vida útil de los activos fijos portuarios para adaptarla
a los criterios definidos por diversas organizaciones internacionales que
se ocupan de la materia y a los utilizados por otros puertos de la
Comunidad Europea.

La consecuencia contable de esta situación ha supuesto unas pérdidas
extraordinarias, contabilizadas al 1.º de enero de 1993, que se
cuantifican en 5.554 millones para la autoridad portuaria de Las Palmas y
de 971 para la utilidad portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

Además de lo anterior, la citada adecuación de las vidas útiles de los
activos fijos portuarios supone un incremento de los gastos anuales de
amortización, que en el ejercicio de 1993 supondrán para la autoridad
portuaria de Las Palmas 1.622 millones de pesetas, frente a la dotación
de 655 millones correspondientes al ejercicio anterior.

No obstante lo anterior, en la disposición adicional decimosegunda en la
propia ley de puertos de 1992 se dispone que las condiciones de
alejamiento o insularidad de los puertos canarios, así como su
competitividad con los puertos extracomunitarios de países
geográficamente próximos a la Comunidad Canaria, deberán ser tenidas en
cuenta en la determinación de las tarifas por los servicios prestados en
aquellos puertos.

En todo caso, a los efectos de las tarifas, tendrá un especial
tratamiento la circunstancia de doble insularidad concurrente en el
tráfico marino entre las islas de Tenerife y Gran Canaria,
respectivamente, con las no capitalinas, así como las de éstas entre sí.

Indica, asimismo, la disposición adicional --a la que anteriormente he
hecho referencia-- que lo dicho se hará sin perjuicio de los objetivos de
rentabilidad general de los activos portuarios y de la autofinanciación
de los gastos, que, con carácter general, establezca el Gobierno para el
conjunto del sistema portuario del Estado español.

Por ello, en el borrador de la orden del Ministerio de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente, se incluyen las bonificaciones siguientes:
Primero, los coeficientes de operaciones aplicables a las tarifas T-3
«mercancías», son en los puertos canarios, la mitad que en los
peninsulares.

Segundo, se establece la gratuidad de la tarifa T-3 aplicable a
mercancías que realizan tránsito con destino u origen de la mercancía en
otro puerto de la misma autoridad portuaria insular.

Tercero, se establece la congelación indirecta de las tarifas aplicables
a los vehículos automóviles, en régimen de acompañamiento o equipaje.

Cuarto, se establece respecto a la tarifa T-3 una reducción del 70 por
ciento a la pesca congelada realizando tránsito marítimo o de transbordo.

Quinto, se establece la gratuidad de los servicios generales que el
puerto cubre a través de la tarifa T-1 «entrada y estancia de barcos»,
cuando los buques efectúan exclusivamente operaciones de avituallamiento
en fondeo y mientras duren estas operaciones.

Y sexto, cuando los buques realicen operaciones de embarque, desembarque
o tránsito de mercancías, efectuando navegación de cabotaje, abonarán el
54 por ciento respecto de lo que abonan en los puertos peninsulares del
Estado.

A todas estas bonificaciones y mejoras hay que añadir las que rigen con
carácter general para todo el sistema portuario, como, por ejemplo, el
cambio de base de la tarifa T-2 «Atraque», cobrándose en función del
calado del buque, en vez de hacerlo en función de la profundidad del
muelle. Supondrá para el conjunto de las autoridades portuarias de la
Comunidad Canaria una disminución de ingresos del orden de 150 millones
de pesetas.




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Así pues, para todo el sistema portuario, el incremento de algunas de las
tarifas del servicio portuario previsto en 9,5 por ciento queda reducido
con las bonificaciones contempladas a un 2,8 por ciento de media; cifra
muy inferior a la hora de contabilizar y aplicar las bonificaciones
específicas contempladas anteriormente por lo que se refiere a Canarias.

Podemos concluir, por tanto, que el borrador de orden ministerial, a la
que alude la moción del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, es
respetuoso con la legislación vigente y no supone incremento tarifario
del 4 por ciento en los puertos canarios, como se afirma en la misma.

En la moción presentada por este Grupo Parlamentario se vincula
directamente la reducción que se ha producido en ciertos tráficos a la
carestía de las tarifas portuarias o a sus incrementos. Esta afirmación
no se confirma con un análisis detallado de las circunstancias de cada
tráfico que, en el ámbito de las flotas pesqueras al que parece referirse
la moción cuando se menciona la paralización naval, ha desaparecido la
flota soviética por razones obviamente ajenas a aquellas autoridades
portuarias y la flota marroquí, requerida por la normativa de su país a
operar en sus propios puertos.

En consecuencia, señoría, no son las motivaciones tarifarias las que han
hecho que estos tráficos hayan desaparecido de los puertos de Tenerife y
Las Palmas.

Por otra parte, las instalaciones de reparación naval en los puertos de
Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife han tenido un fuerte apoyo de las
autoridades portuarias respectivas, a través de bonificaciones en los
cánones a pagar y en la realización de sus inversiones específicas.

La aprobación de esta moción, señorías, y por las razones apuntadas,
produciría de hecho la descapitalización de los puertos canarios, con
efectos contrarios a los que el Senador firmante de la misma pretende.

Por una parte, pérdida de competitividad por insuficiencias
infraestructurales y, en segundo lugar, consecuentemente, caída de los
tráficos, más allá de lo que resulta asumible en momentos de
ralentización de la economía española en este momento coyuntural.

Históricamente los puertos de Canarias nunca se han beneficiado de ningún
tipo de bonificación tarifaria; ha sido a partir de la entrada en vigor
de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante cuando se ha empezado a
contemplar la singularidad de los puertos canarios, considerando su
lejanía e insularidad.

En consideración a esta situación singular, los puertos canarios se están
beneficiando de bonificaciones tarifarias específicas y concretas,
manifestando detalladamente con nitidez y objetividad anteriormente.

Tal como manifestó en el trámite parlamentario de la Ley de Puertos y de
la Marina Mercante el Senador Segura Clavell, los puertos de Canarias no
son una realidad marítimo-terrestre en sí misma, sino que su relación con
el entorno social y su incidencia en la economía canaria es vital para
aquella Comunidad.

En este sentido cabe señalar la vocación portuaria que históricamente ha
manifestado el pueblo de Canarias. En atención a este reconocimiento
histórico y por los motivos anteriormente expresados, seguimos
manteniendo una especial consideración con el sector portuario de
Canarias, aplicando las bonificaciones tarifarias que nos permite la
normativa vigente.

No obstante, señorías, el Grupo Socialista se va a oponer a la moción que
presenta el Grupo de Coalición Canaria, por considerar que su objetivo ya
se está cumpliendo en la medida en que se están aplicando las
bonificaciones tarifarias y, en segundo lugar, que el borrador elaborado
por el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, al que
hace referencia la moción, en ninguno de sus apartados se menciona la
subida de las tarifas portuarias. Muy al contrario, dicha orden modifica
el contenido de la Orden Ministerial en vigor, disminuyendo algunas
tarifas, lo que se traducirá en una disminución de los ingresos, con el
consiguiente ahorro para los usuarios de los servicios que se prestan en
los puertos canarios y que son competencia del Estado.

Y para terminar, señor Presidente, quiero poner de manifiesto la voluntad
política e institucional del Gobierno de la Nación para conseguir los
objetivos que el sistema portuario nos demanda. Primero, competitividad
en el ámbito de la Unión Europea y con los países limítrofes y, en
segundo lugar, lograr los objetivos de eficacia en la gestión y
prestación de los servicios portuarios demandados.

A modo de conclusión, señorías, queremos manifestar la sensibilidad
política del Grupo Socialista para con la realidad portuaria de Canarias,
habiéndose adoptado medidas concretas que ya están repercutiendo
positivamente en la economía de los usuarios de los puertos del Estado en
las Islas Canarias.

Gracias, señor Presidente. (Aplausos en los escaños de la izquierda.)



El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Bonilla.

Vamos a someter a votación la moción del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria en el Senado, por la que el Senado insta al Gobierno para que no
incremente en 1994 las tarifas en el coste de los servicios de los
Puertos Canarios.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 232; a
favor, 122; en contra, 109; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada. (Aplausos.)
Se levanta la sesión.




Eran las catorce horas y quince minutos.