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BOCG. Senado, apartado I, núm. 108-741, de 08/09/2011
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I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS


REFORMA CONSTITUCIONAL


Proposición de Reforma del artículo 135 de la Constitución
Española.


(600/000001)


(Cong. Diputados, Serie B, núm. 329



Núm. exp. 100/000001)


NO ADMISIÓN A TRÁMITE DE ENMIENDAS


PRESIDENCIA DEL SENADO


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día 6 de septiembre
de 2011, al amparo del artículo 36.1.c) del Reglamento del Senado, ha
acordado, en relación con la Proposición de Reforma del artículo 135 de
la Constitución Española, no admitir a trámite las siguientes
enmiendas:


– Del Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrés,
las enmiendas:


● número 4, por estar ya formulada en la enmienda
número 3 del mismo Grupo Parlamentario.


● número 5, en la medida en que postula una reforma
de un artículo del Título Preliminar para cuya reforma se exige el
procedimiento agravado del artículo 168 de la Constitución.


● número 6, en la medida en que postula una reforma
que exige la aplicación del artículo 168 de la Constitución.


● número 11, por suponer una alteración del
procedimiento de reforma constitucional contemplado en el Título X de la
Constitución.


– Del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas,
la número 21 en la medida en que postula una reforma que exige la
aplicación del artículo 168 de la Constitución.


Asimismo, la Mesa ha acordado que el plazo para la
presentación de eventuales solicitudes de reconsideración, de conformidad
con el artículo 36.2 del Reglamento del Senado, finalizará a las 20 horas
del día de hoy.


Palacio del Senado, 6 de septiembre de 2011.—P.D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.