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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 275, de 20/10/2009
 


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
IX LEGISLATURA
Serie D: GENERAL
20 de octubre de 2009

Núm. 275


ÍNDICE

Composición y organización de la Cámara

Comisiones, Subcomisiones y Ponencias

041/000015 Baja de doña María Mercedes Coello Fernández-Trujillo y designación de don Rafael Herrera Gil como Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Socialista en la Comisión de Trabajo e Inmigración...
(Página 5)

Baja de don Rafael Herrera Gil y elección de doña María del Carmen Juana Achutegui Basagoiti como Secretaria Primera de la Comisión de Trabajo e Inmigración... (Página 5)

Baja de doña Elvira Cortajarena Iturrioz y elección de doña María Remedios Elías Cordón como Vicepresidenta Primera de la Comisión de Trabajo e Inmigración ... (Página 5)

041/000020 Baja de don Rafael Simancas Simancas y designación de don José Andrés Torres Mora como Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Socialista en la Comisión de Cultura... (Página 5)

Secretaría General

292/000023 Convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de una plaza de Ayudante Técnico Sanitario/Diplomado Universitario en Enfermería en el Gabinete Médico del Congreso de los Diputados. Relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos... (Página 5)

Personal

299/000003 Personal eventual como Asistente para la atención de los señores Diputados de los Grupos Parlamentarios del Congreso.
Nombramiento... (Página 12)

Control de la acción del Gobierno

Proposiciones no de Ley

Comisión Constitucional

161/001266 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre la modificación del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y de la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales...
(Página 12)

Página 2


Comisión de Interior

161/001282 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre accesibilidad de los edificios electorales... (Página 14)

Comisión de Defensa

161/001271 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre modificación de la Ley de la Carrera Militar... (Página 15)

Comisión de Fomento

161/001265 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre costes de la ampliación de los puertos estatales de A Coruña y de Gijón... (Página 23)

161/001267 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al retraso en la ejecución del corredor Barreiros-Ferrol, en concreto, el tramo competencia del Estado Barreiros-San Cibrao y problemas con el trazado presentado... (Página 24)

161/001268 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la implantación de una red pública de estaciones de bicicletas emplazadas en estaciones de ferrocarril... (Página 25)

Comisión de Industria, Turismo y Comercio

161/001272 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al apagón analógico previsto para el 3 de abril de 2010 y a los problemas de las poblaciones situadas en las denominadas "zonas de sombra"... (Página 26)

Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

161/001278 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, en relación con el sector de la leche de vacuno... (Página 26)

161/001279 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la adopción de medidas urgentes para estabilizar el sector productor de la patata en España y conseguir un posicionamiento fuerte en la Unión Europea... (Página 28)

Comisión de Cultura

161/001269 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre actualización de las normas que regulan la relación laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos públicos y del régimen de seguridad social aplicable a los mismos... (Página 29)

Comisión de Igualdad

161/001273 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre memoria de la esclavitud, reconocimiento y apoyo a la comunidad negra, africana y de afrodescendientes en España ... (Página 30)

161/001283 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre indicadores de género... (Página 32)

Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad

161/001277 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la adaptación paulatina de los diferentes billetes de euros con la señalización en Braille... (Página 33)

Comisión no permanente sobre Seguridad Vial y Prevención de Accidentes de Tráfico

161/001270 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre modificación del proyecto de la A-27 entre Tarragona y Valls... (Página 33)

Página 3


Preguntas para respuesta oral

Comisión de Fomento

181/002003 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macías Arau (GC-CiU), sobre estado de ejecución del proyecto "Rotonda N-2 TM. De Bell-Lloc d'Urgell", incluido en el anexo de inversiones regionalizadas para Cataluña de los Presupuestos Generales del Estado de 2007... (Página 34)

181/002004 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre estado de ejecución del proyecto "N-152, Ribes de Freser-La Molina (PC) (18,2 Km)", incluido en el anexo de inversiones regionalizadas para Cataluña de los Presupuestos Generales del Estado de 2007... (Página 35)

181/002005 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre estado de ejecución del proyecto "Redacción del proyecto del tramo de conexión con Navarra de la autovía Pamplona-Huesca-Lleida", incluido en el anexo de inversiones regionalizadas para Cataluña de los Presupuestos Generales del Estado de 2007... (Página 35)

181/002006 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre estado de ejecución del proyecto "Proyecto constructivo del Morrot, ampliar a litoral", incluido en el anexo de inversiones regionalizadas para Cataluña de los Presupuestos Generales del Estado de 2007... (Página 35)

181/002007 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre estado de ejecución de la transferencia corriente destinada a la "Remodelación y mejora de la antigua N-340 en l'Ampolla", incluido en el presupuesto de gastos del Ministerio de Fomento de los Presupuestos Generales del Estado de 2007... (Página 35)

181/002008 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre previsiones y situación de las obras de desdoblamiento de la carretera N-340... (Página 35)

181/002009 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre previsiones y situación de las obras de desdoblamiento y mejora de la carretera N-260 (Eje Pirenaico)... (Página 35)

181/002010 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre previsiones y situación de las actuaciones pendientes en infraestructuras viarias del entorno de la ciudad de Reus (Tarragona)...
(Página 36)

181/002011 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre problemas ocasionados por la anulación del contrato con la empresa adjudicataria de las obras del tercer carril de la AP-7 entre Maçanet y Fornells... (Página 36)

181/002012 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre estado de tramitación del proyecto constructivo del tercer y cuarto carril del tramo Fornells-Vilademuls en la AP-7...
(Página 36)

181/002013 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre estado de tramitación de los proyectos de los enlaces de Fornells, Sant Gregori y Vilademuls en la AP-7... (Página 36)

181/002014 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre nivel de cumplimiento de los plazos temporales previstos en el convenio entre el Ministerio de Fomento y la concesionaria Acesa para la construcción del tercer carril de la AP-7 en el tramo El Vendrell-Tarragona... (Página 36)

181/002015 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre nivel de cumplimiento de los plazos temporales previstos en el convenio entre el Ministerio de Fomento y la concesionaria Acesa para la construcción del tercer carril de la AP-7 en el tramo Maçanet-La Jonquera... (Página 36)

Página 4


181/002016 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre opinión del Ministerio de Fomento en relación al proyecto europeo New Opera... (Página 37)

181/002017 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre posibilidades de que se realice la autoprestación de los servicios de las terminales ferroviarias a cargo de los operadores ferroviarios... (Página 37)

Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

181/002018 Pregunta formulada por el Diputado don Joaquín María García Díez (GP), sobre razones para no haber publicado la orden ministerial por la que se prorroga el contrato homologado tipo del sector lácteo...
(Página 37)

181/002019 Pregunta formulada por el Diputado don Joaquín María García Díez (GP), sobre previsiones acerca de la demanda de exclusión del etiquetado de los vinos sin denominación de origen ni indicación geográfica protegida para las vinífereas autóctonas gallegas... (Página 37)

Preguntas para respuesta escrita

Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en la Comisión de Educación, Política Social y Deporte... (Página 38)

Página 5


COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS

041/000015

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la designación por el Grupo Parlamentario Socialista, con fecha 5 de octubre de 2009, de don Rafael Herrera Gil como Portavoz Adjunto de dicho Grupo en la Comisión de Trabajo e Inmigración, y, como consecuencia, de la baja en dicho cargo de doña María Mercedes Coello Fernández-Trujillo.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la elección en la sesión del día 6 de octubre de 2009 de doña María del Carmen Juana Achutegui Basagoiti como Secretaria Primera de la Comisión de Trabajo e Inmigración. Dicho cargo estaba vacante con efectos desde el pasado día 5 de octubre de 2009, por manifestación de voluntad de renuncia al cargo de don Rafael Herrera Gil.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la elección en la sesión del día 6 de octubre de 2009 de doña María Remedios Elías Cordón como Vicepresidenta Primera de la Comisión de Trabajo e Inmigración. Dicho cargo estaba vacante con efectos desde el pasado día 9 de septiembre de 2009, por manifestación de voluntad de renuncia al cargo de doña Elvira Cortajarena Iturrioz.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


041/000020

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la designación por el Grupo Parlamentario Socialista, con fecha 23 de septiembre de 2009, de don Andrés Torres Mora como Portavoz de dicho Grupo en la Comisión de Cultura, y, como consecuencia, de la baja en dicho cargo de don Rafael Simancas Simancas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


SECRETARÍA GENERAL

292/000023

RESOLUCIÓN DE 13 DE OCTUBRE DE 2009 DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE AYUDANTE TÉCNICO SANITARIO/DIPLOMADO UNIVERSITARIO DE ENFERMERÍA, POR LA QUE SE APRUEBAN Y HACEN PÚBLICAS LAS RELACIONES PROVISIONALES DE CANDIDATOS ADMITIDOS Y EXCLUIDOS AL CITADO PROCESO SELECTIVO

De conformidad con lo establecido en la base quinta de la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de una plaza de Ayudante Técnico-Sanitario/Diplomado Universitario de Enfermería, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 14 de mayo de 2009, la Comisión de Selección, en su reunión de 13 de octubre de 2009, ha acordado lo siguiente:

Primero.


Aprobar y publicar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el citado proceso selectivo, que figuran como Anexos I y II a la presente Resolución, que se expondrán en el tablón de anuncios del Congreso de los Diputados y en la página Web de la Cámara y se publicarán en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Sección Congreso de los Diputados.


Segundo.


De conformidad con la base quinta de la convocatoria, los aspirantes excluidos expresamente, así como los

Página 6


que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (Sección Congreso de los Diputados) a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.


La subsanación de los defectos deberá realizarse mediante la presentación del escrito de subsanación y, en su caso, documentación correspondiente, según el modelo que consta como Anexo III a esta Resolución, en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados (calle Cedaceros, planta 6.ª, edificio Ampliación I, 28071 Madrid), en días laborables, excepto sábados, de diez a catorce horas, o bien remitiéndolo en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Madrid, 13 de octubre de 2009.-El Presidente de la Comisión, Jaime Javier Barrero López.


ANEXO I

Relación provisional de aspirantes admitidos

Apellidos y nombre;DNI

Aguado Francisco, Isabel.;09313486-G

Aguilera Uceda, Verónica.;50095743-H

Ajejas Bazán, María Julia.;51414475-E

Alonso Álvarez, Paloma.;32704518-J

Alonso Blasco, Sara.;17704293-C

Alonso Chacón, David.;09812491-R

Alonso Fernández, María Dolores.;50107703-H

Alonso Núñez, Josefa.;44433094-S

Álvarez García, Esther Francis.;11857274-S

Álvarez González, Raquel Marta.;04170469-V

Álvarez Martínez, Rosa María.;07508789-W

Álvarez Morales, María Verónica.;53104916-D

Álvarez Romero, Eva María.;52247066-J

Aquesihuallpa Hualpa, Miriam Ruth.;51457406-N

Aragón Sánchez, Nuria.;04208690-N

Aranda Segador, Carlos.;75707193-W

Arce Arana, Verónica.;16072965-J

Arcos García, Ana Isabel.;07864912-Q

Arévalo Alonso, Gema.;08931967-D

Atencia Ruiz, Amelia.;53655986-E

Ávila Lusquiños, Rebeca.;71638974-T

Bahíllo Calle, María Jesús.;14248226-W

Bahón Martín, Fernando.;50193162-D

Balaguer López, María Teresa.;20820107-R

Ballesteros Cárcel, Almudena.;51407651-Y

Barbas Monjo, Miguel Ángel.;51456398-Q

Bayón Velasco, María Luz Fe.;50935965-G

Bazán Fernández, María Pilar.;02883473-D

Baztarrica Martín, Cristina María.;28611725-R

Bellido Sierra, María Adoración.;70881832.H

Bendito Romero, Laura.;51060519-J

Berdeal Narciso, Juan Carlos.;33994570-H

Berdión Marcos, Vanesa.;70877736-Q

Bermejo Castillo, María Teresa.;01817310-B

Bikdeli Siyavosh, Dorrin.;05305606-N

Blanco Vicario, Elvira.;13115490-Q

Blasco Arias, María Cristina.;04584311-C

Borge Dafonte, Susana.;11075414-V

Borlán Pazos, María Fernanda.;00818089-W

Borraz Suárez, Patricia.;02273044-T

Bravo Pérez, María Piedad.;33989864-G

Brazales Hernández, Ana María.;50186345-T

Burrueco Pastor, Remedios.;44768051-T

Bustos Sepúlveda, Marta.;03871574-F

Cabrerizo de Escribano, Elena María.;52861885-L

Cabrerizo Sanz, María del Pilar.;03121447-W

Cáceres Delgado, Cristina.;31708449-M

Calabria Díaz-Cano, Raquel.;02642546-F

Calvo Enjuto, María Inmaculada.;51618167-A

Cámara González, Lorena.;03459266-C

Cantera Alonso, Ana María.;71935882-R

Cantero Ruiz, Manuela.;77337998-S

Canto Gallego, Ana Isabel.;53047388-G

Cañizares Pozo, Gracia Katia.;50744680-X

Carballo Día, María José.;28938739-R

Carbonell Gómez de Zamora, Raquel.;03878323-V

Carcedo Santos, Laura.;13146946-P

Caro Marcos, Susana.;51415198-D

Carracedo Martín, María Rosa.;11948483-Y

Carrasco Gómez, Sandra.;52878358-R

Carretero Díaz, Miguel Ángel.;50283807-B

Carriles Villanueva, Irene.;52619667-Z

Casado Araúzo, Lucinia.;13082861-R

Castañeda Sánchez, Eduardo.;02908801-Z

Castejón Rastrojo, Olga.;50102195-F

Castillo Serrano, María Teresa.;44168175-X

Cervera Alberola, María José.;25418108-A

Chacón Recio, Miguel Ángel.;04177574-S

Checa Carpintero, Beatriz.;01924700-Z

Chinarro Laboudigue, Chantal.;06570922-Y

Cidón Manso, María Felicia.;00397721-M

Cobo Mena, Alejandra María.;52537901-J

Página 7


Apellidos y nombre;DNI

Coca Pérez, Vicente.;01925180-B

Colimón García, Esther.;75875037-S

Comino Rivas, María de los Ángeles.;02541293-T

Cordón Soto, María del Carmen.;80075701-M

Cordón Soto, Miguel.;80082903-P

Cortés Veintimilla, Nuria.;73581775-Z

Crémer Alonso, Cintia.;71439330-L

Davidson Fernández, Alexandra Manuela.;50189578-J

De Blas Fernández, Yolanda.;50122955-K

De Gea Guillén, Blas Ignacio.;34824855-A

De la Fuente de la Fuente, Laura.;47072513-T

De la Fuente Guitart, María Rosa.;00799757-R

De Pablo Pozas María, Victoria.;05235626-K

De Prado Casado, Cristina.;03456226-Q

De Santos Jiménez, Judit.;70245890-A

Del Moral Córdoba, María Mercedes.;70640053-S

Del Pozo García, Margarita.;02898853-W

Del Río Arranz, Laura.;09331508-V

Díaz Álvarez, Gema María.;52965328-P

Díaz Vidal, Sara.;70932737-R

Díez Frutos, Cristina.;47450900-Z

Domínguez Martín, Ana Belén.;70883690-J

Domínguez Martín, José Ubaldo.;07244899-Z

Domínguez Pérez, María Luisa.;47024857-T

Escavias de Carvajal Pereda, María del Carmen.;51049508-L

Escribano Vallés, María Begoña.;03882841-G

Escuredo Fernández, Susana.;71513825-V

Espíritu Jiménez, Elena.;47034472-R

Esteban Gómez, Joaquín.;51642071-X

Failde Blanco, Javier.;78874711-Y

Fernández Fernández, Cristina.;50127389-Q

Fernández Fernández, María de los Ángeles.;11941654-P

Fernández Fernández, Rosa María.;51663424-L

Fernández Garcés, Mónica.;03882352-K

Fernández García, Antonia.;24249858-S

Fernández García, Noelia.;53407828-B

Fernández Martínez, María Teresa.;11729095-S

Fernández Morales, Juan Carlos.;50151469-S

Fernández Ordoño, Raquel.;52866552-V

Fernández Prada, María Soledad.;45084954-D

Fernández Samaniego, Ernesto Alejandro.;09308145-E

Fernández Sánchez, Enrique.;02625850-D

Fernández Vadillo, Rebeca.;50983374-X

Fernández-Clemente Plaza, María.;46855728-J

Ferrera Ahijado, María Pilar.;50817393-C

Ferrero Rodríguez, José Luis.;50936131-D

Fidalgo Romero, Ana.;47046133-R

Fonseca López, Isabel.;50186786-G

Francia Matías, Mercedes.;07865590-G

Franco Ferrari, Patricia Claudia.;05417156-N

Frigolet Mayo, Pilar.;53109577-R

Fuentes Mora, Carlos.;02898705-S

Fuentes Praena, Antonia.;50966977-N

Gallego Paredes, Francisco Bartolomé.;23003006-Q

García Álvarez, Sonia.;50466393-T

García Berdún, Almudena.;47499069-K

García Bueno, María Goretti.;71423057-F

García Flórez, Nuria.;11081034-W

García Gallego, María del Carmen.;76730336-J

García García, María Almudena.;02099744-M

García González, Ana Isabel.;52990360-Q

García Hernández, María Flor.;51393228-G

García Marín, Beatriz.;77348381-W

García Martín, Antonio.;50154800-B

García Martín, María de Los Reyes.;11812325-P

García Navarro, María Luz.;04564015-X

García Rivero, Josefa Casilda.;11783642-Y

García Rodríguez, Adoración.;05420698-N

García Rodríguez, Montserrat.;34976716-H

García Sánchez, Daniel.;35481989-G

García Vicente, Jezabel.;48531186-J

García-Baquero, Alonso Esther.;46857856-W

García-Mauriño Mundi, Cristina.;28776157-Y

Garrido Larios, Miriam.;50201761-Y

Gil Velasco, Araceli.;03465844-C

Girón Molina, Vicente.;04576146-C

Gómez Cobos, Laura.;76128426-J

Gómez Gallardo, José Luis.;52364056-W

Gómez Hernán, María Celia.;12747988-P

Gómez Neo, Rosa María.;02519779-Z

Gómez Pérez, Isabel María.;43814328-H

Gómez Prieto, María Pilar.;05411929-Y

Gómez Rufete, María Dolores.;51946899-L

González Caballero, Javier.;30593333-K

González Cordero, María Nieves.;12399453-S

González García, Raquel.;06565853-C

González Sánchez, Jesús.;07982816-E

González Sanz, Jimena.;71144342-Y

González Villar, Victoria Eugenia.;34960535-Y

Gonzalo Guijarro, Begoña.;53436136-Y

Granados Martín, Mónica.;50439132-V

Güil Cortés, Francisco José.;75231626-Y

Guillén Mayoral, Elena.;46869524-D

Guirao Salas, Juana Teresa.;27454478-E

Gutiérrez Ruiz, Raquel.;46868236-D

Hermoso Sedeño, Marta.;47676232-S

Hernández Escribano, Sonia.;20267054-Y

Hernández Gismero, María Ángeles.;07486063-T

Hernández Martín, Marta María.;52410637-P

Página 8


Apellidos y nombre;DNI

Hernández Rodríguez María Auxiliadora.;25673551-P

Hernández-Gil Alonso, Ana María.;50889769-S

Herrera Peláez, Silvia.;48345935-G

Herrera Villardón, Mónica.;12335250-M

Herreras Muñoz, María Sonia.;44901912-R

Herruzo Grande, María Josefa.;02897405-A

Hidalgo Alcaraz, María de los Ángeles.;28783787-T

Higuero Álvarez, María Isabel.;13152777-C

Humanes Esteban, Verónica.;03871728-T

Ibáñez López, María del Pilar.;18419889-V

Isla Cobeta, Jorge.;02643977-N

Jiménez Arcos, Juan.;24209574-G

Jiménez Hernando, Ruth.;46885380-H

Lacruz García, Ana Belén.;73082491-Z

Lambea Doncel, Óscar.;02248573-R

Lapeña Ramos, Elena.;50881202-G

Lillo Calvo, Ana María.;50088163-M

Lizuain Echeverria, Ydoya.;50447414-L

López Fresneña, María del Carmen.;13130993-V

López García, María del Prado.;04225780-J

López Gómez, María.;48320676-E

López González, Óscar.;36122939-J

López López, Gemma María.;48996401-F

López Martínez de Pinillos, Rafael.;05380993-M

López Navarro, Agustín.;45630871-K

López Nieto, Nuria.;51372144-B

López Rodríguez, María Jesús.;34987998-F

López Sampedro, Marta.;70804273-S

López de Armentia Aisa, María del Pilar.;51400109-P

Lorenzo Martín, María Yeanete.;78675522-C

Loureiro Barrientos, María Goretti.;34896379-C

Lozano García, Julia.;34823627-V

Lozano Marchán, Luis.;75864467-W

Lujano Arenas, Amparo.;26028480-R

Madrigal Ybarro, Mariel Araceli.;50894557-L

Mancebo Recio, Elena.;50106826-S

Mangas Vellarino, Isabel Antonia.;22741178-C

Manglano Thovar, María de la Concepción.;51449640-C

Manuyama Pacaya, Laura.;51458323-D

Marchante López, Manuel.;11808530-P

Marín Úbeda María, Victoria.;02910537-W

Márquez Téllez, Guadalupe.;74869003-R

Marroquí Rodríguez, María Ascensión.;52778760-Q

Martín Amorós, Sonsoles.;50674116-X

Martín Antonio, Ana.;06583474-T

Martín Barroso, Vanesa.;02670716-W

Martín Blanco, Beatriz.;02906095-E

Martín Pérez-Serrano, Ana Belén.;50858733-Y

Martín Ponce, Susana.;14617532-C

Martín Viñuela, Carlos.;52410783-Q

Martínez Cano, Sara.;50882573-H

Martínez Diestro, Paloma.;01933200-G

Martínez Domingo, Santiago.;14626559-P

Martínez García, Natalia.;02648634-T

Martínez Jareño, María Isabel.;52112005-P

Martínez Laserna, Miriam.;04606411-V

Martínez Tárrega, Amelia.;22565260-Y

Martínez Valeros, María Julia.;22932865-W

Martínez-Cava Villamor, Laura.;53021886-D

Mateo Cienfuegos, María Salud.;51383065-F

Mateos-Aparicio Palacios, Ángela María.;71216722-M

Medina Díaz, Pilar.;01928229-R

Merino Reguera, Beatriz.;03887555-A

Micha Nsang, Tarsicio.;05393621-Y

Molina Muñoz, Sara Julia.;02900672-G

Molina Pérez, José Manuel.;74662757-L

Montadas Fernández, Fernando Carlos.;02637155-K

Moral Velasco, Amparo.;50708255-V

Morales Cabrero, Ana María.;50166943-X

Morán Barrero, María Isabel.;71420936-W

Morán Martín, Julia.;04184144-F

Moreno Amparado, José Antonio.;00795543-L

Moreno Antelo, Ana.;08794251-V

Moreno Crespo, Antonio.;22668278-F

Moreno González, Vanessa.;02271290-V

Moreno Rodríguez, Cristina.;51941715-X

Moreno Rodríguez, Jesús.;53421497-H

Moreno Santa Cruz, María Estela.;02497408-E

Muñoz Fraile, Marta.;50698539-F

Muñoz Garcinuño, María Victoria.;70811048-M

Murillo García, Cristina Victoria.;50085911-F

Nares Ballano, María Nuria.;16798690-L

Negro Lasheras, Gloria María.;38146764-E

Nuño Vázquez-Garza, Lope María.;35254343-N

Orgaz Morales, Raúl.;11832879-T

Ortiz Pica, Marta.;50191524-G

Ortiz Wic Paula, María.;30942490-S

Pacheco Rentero, María Goretti.;28943684-R

Palomino Tinoco, Ubaldo Luis.;44036629-R

Parrado Sánchez, María Silvia.;50832808-W

Peleteiro Álvarez, Silvia.;36136957-R

Peña Otero, David.;33998745-F

Peña Pérez, Natalia.;52558002-N

Peralta Carreño, Carlos.;75135729-L

Pérez Bellón, Laura.;47451846-V

Pérez Casado, Elena.;50887954-V

Pérez García, Enrique.;46890150-G

Pérez Guisado, Raúl Elías.;77330295-V

Pérez-Vico Contreras, Alba María.;28825134-Q

Pernil López, María.;29490043-H

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Apellidos y nombre;DNI

Pinedo Crespo, Cristina.;44684851-Z

Pinedo Velázquez, María Teresa.;33475236-R

Pita Juárez, María.;34898006-Z

Poblete Piedrabuena, Jesús.;22556543-Y

Prado Calvete, Marina Marta.;50817292-B

Prieto Manga, Alicia.;71451994-X

Ramírez Patiño, María Dolores.;50866252-G

Ramos Alcázar, Francisco Javier.;05607851-Z

Reyes Sánchez, Juan Antonio.;74716540-M

Rico Sobrino, Beatriz.;47488564-G

Ripoll Muñoz, María Asunción.;29047298-T

Risent García, Patricia.;73586307-S

Rivas Rodríguez, Félix.;70041187-T

Rivera Gallardo, Cristina Esperanza.;51660187-W

Robles Rangil, María Paz.;51914918-P

Robles Tejedor, Noelia.;51926801-T

Rodríguez Camacho, Patricia Monserrat.;05669689-M

Rodríguez Fernández, María del Carmen.;20261692-A

Rodríguez Fernández, Trinidad.;07833928-J

Rodríguez Moreno, Abraham.;02907693-X

Rodríguez Ortega, Ana María.;34839191-X

Rodríguez Truque, María José.;33507646-G

Rojo Santiago, María Nieves.;38443328-R

Román de Miguel, Eva.;02544848-J

Román Martínez, Alicia.;52875502-C

Romero Cabrera, Daniel.;50874987-E

Romero García, Fe Susana.;00799357-S

Romero Guerrero, Rosario María.;75749778-Z

Royo de la Torre, María del Pilar.;33501781-G

Ruano García, Rosa María.;50304111-Y

Rubiño García, Concepción.;74731049-R

Rubio Holmeda, Nuria.;22750515-L

Rubio Villaseca, David Tomás.;50204165-H

Ruiz Arrué, Neli María.;52005397-M

Ruiz Entrecanales, Carolina.;00409685-D

Ruiz Prieto, María del Pilar.;50726348-D

Ruiz Sáez, Lluís.;25378076-Z

Sainz-Pardo Rodríguez, María José Celia.;03075808-H

Salvo Alonso, José Luis.;53108239-C

San José Arribas, Carmen Alicia.;12404320-Y

Sancha Núñez, Marta.;03469338-H

Sánchez Castro, Sara.;53138427-D

Sánchez García, David.;04195125-V

Sánchez García, Rocío Belén.;71416418-S

Sánchez Maldonado, María Teresa.;00691791-C

Sánchez Manuelovna, Carina.;50213365-H

Sánchez Sánchez, Marta.;12382960-J

Sandoval Gómez María Carmen.;50956664-A

Santos Hidalgo, Sonia.;07515814-N

Saorín Verdejo, José Manuel.;29041003-F

Sarrado García, Isabel Pilar.;25484058-N

Sendín Masero, María del Carmen.;02093579-G

Serrano Muñoz, María del Pilar.;53020050-J

Serrano Rincón, Alicia.;28964554-X

Sierra Sánchez, Iván.;51415951-A

Silva Herrera, Susana Mercedes.;02668321-E

Sobrino Miranda, Gumersinda.;03434256-B

Soldevilla de la Esperanza, María del Pilar.;53042343-L

Solís Carpintero, Leticia.;09029053-N

Soriano Izquierdo, Marcos.;26217797-M

Tajuelo Expósito, Antonio.;25978783-F

Tapia Casellas, Cecilia.;11840566-M

Tazón Diego, María de los Reyes.;72070459-M

Tello Prieto, Esperanza.;52967997-D

Toril Coca, Sandra.;08943225-C

Toro Ruiz, Francisco Javier.;34018489-V

Torrado López, Juan Carlos.;44783282-M

Torres Morales, Julia.;02619830-S

Torres Moreno Cid, María Dolores.;53138826-V

Traid Rubio, Irene.;18421888-S

Urzainqui Senosiain, Leyre.;72803294-Z

Vadillo Martínez, Pedro Blas.;09205252-P

Valois Rojas, Iris Violeta.;50558780-L

Vázquez Almendral, David.;76116097-N

Vázquez Martín, María Yolanda.;02613570-B

Vázquez Molina, Carlos.;01809720-B

Vázquez Molina, María Concepción Matilde.;01811643-W

Vela Vásquez, Corina Isabel.;51476218-X

Velasco Muñoz, Sonia.;03466617-B

Vico Díaz-Parreño, Gema.;52984949-X

Villanueva Gil, Helena.;11847257-A

Villena Rumbaoa, Irene Beatriz.;40999357-V

Viñas Vicente, José Luis.;09303452-K

Wic Serrano, María Luisa.;30423413-W

Yugo Mariblanca, María Inmaculada.;52959513-N

Zárate Torres, Eleazar.;08946597-B

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ANEXO II

Relación provisional de aspirantes excluidos

Apellidos y nombre;DNI;Motivo de exclusión

Alepuz Aleixandre, María José.;20820060-T;B

Barrantes Campón, Santiago.;28941871-M;B

Cabanillas González, Daniel.;78525894-F;B

Castellón Morillas, Alicia.;77327228-D;B

De Santos Jiménez, Olalla.;03467264-Z;B

Del Amo Merino, Laura.;44909109-E;B

Díez Gómez, Nuria Soledad.;02549421-D;B

González García, Alberto.;04187622-N;B

Hernández Blas, Raquel.;53416524-J;D

Hernández Roizo, Casildo.;50293203-T;C

Ipo Martín, Juan Carlos.;05272611-E;A B

Jaurrieta Suescun, María Ángeles.;15828988-C;B

Martín Ludeiro, Alicia.;02257569-G;B

Navarro Rodríguez, María Cristina.;70871545-N;C

Olmo Baena, María.;45310636-S;B

Pérez Lavilla, Francisco José.;02191406-N;B

Torregrosa Mejías, Sara.;46697275-F;C

Zaragoza García, Ignacio.;50217447-Y;B

Motivos de exclusión

Código y descripción del motivo de exclusión

A. No poseer o no haber declarado poseer el título de Diplomado Universitario en Enfermería o equivalente.


B. No haber firmado la solicitud.


C. No constar que la solicitud se haya presentado dentro del plazo establecido.


D. No haber asumido el compromiso de firmar el correspondiente contrato e incorporarse al servicio de la Secretaría General del Congreso de los Diputados en el plazo de un mes a contar desde la notificación del acuerdo de la Mesa de la Cámara autorizando su contratación.


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ANEXO III

Escrito de subsanación de defectos

Apellidos y nombre: ..................................................................................................
.........................


D.N.I. n.º: ......................................................


(Cumplimentar únicamente los apartados correspondientes al motivo o motivos por los que haya sido excluido.)

MOTIVO DE LA EXCLUSIÓN;

A;?;Señalar la titulación académica (título de Diplomado Universitario en Enfermería o equivalente) que posee el aspirante y que le habilite para concurrir a este proceso selectivo, con su denominación oficial exacta.
(En su caso, aportar copia de la documentación acreditativa de dicha titulación.)

..................................................................................................
.....................................................


B y D;?;Firmar la declaración que se transcribe a continuación: El abajo firmante DECLARA:

- Que reúne los requisitos establecidos en la base tercera de la convocatoria.


- Asimismo se COMPROMETE a probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud, así como, en caso de resultar seleccionado, firmar el correspondiente contrato e incorporarse a su puesto de trabajo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del acuerdo de la Mesa por el que se autoriza su contratación.


En ....................., a ........ de ...................... de ...........


(Firma del interesado)

C;?;Deberá acreditar la presentación de la solicitud dentro del plazo establecido en la convocatoria (entre los días 15 de mayo y 3 de junio de 2009), mediante copia de la solicitud donde conste la fecha de entrada en el registro correspondiente.


El abajo firmante declara que son ciertos los datos consignados en el presente escrito, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos declarados cuando sea requerido para ello.


En ................................................., a ........... de ........................................... de ...........


(Firma del interesado)

EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE AYUDANTE TÉCNICO SANITARIO/DIPLOMADO UNIVERSITARIO EN ENFERMERÍA EN EL GABINETE MÉDICO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (CONVOCATORIA DE 30 DE ABRIL DE 2009, BOE DE 14 DE MAYO DE 2009)

Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados. Calle Cedaceros, planta 6.ª, edificio Ampliación I, 28071 Madrid.


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PERSONAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.° del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 7 de octubre de 2009, el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a las personas que a continuación se relacionan, a propuesta del Excmo. Sr. D. Eduardo Madina Muñoz, con efectos de 7 de octubre de 2009 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistentes para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista:

Doña Roser MERLOS I BORRULL.


Doña Luz Berta LÓPEZ CRESPO.


Don José Vicente ESPINO ASENJO.


Doña Irene CAPAPÉ FERNÁNDEZ.


Don Guillermo QUERO RESINA.


Don Diego DÍAZ ORTIZ.


Doña Cristina FERNÁNDEZ MENDO.


Doña Carolina DE MIGUEL GONZÁLEZ.


Doña Amuitz GARMENDIA MADARIAGA.


Don Alberto SERNA BARRERO.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO

PROPOSICIONES NO DE LEY

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y, considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Comisión Constitucional

161/001266

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds presenta la siguiente Proposición no de ley sobre la modificación del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y de la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, para su debate en la Comisión Constitucional.


Exposición de motivos

El Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y de la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, define, en su artículo 4, profesión regulada como "aquella actividad o conjunto de actividades profesionales para cuyo acceso, ejercicio o modalidad de ejercicio se exija, directa o indirectamente, estar en posesión de determinadas cualificaciones profesionales, en virtud de disposiciones legales, reglamentarias o administrativas".


En el Anexo VIII aparece un amplio listado de profesiones reguladas entre las cuales no aparece la profesión de sociólogo y politólogo, a pesar de contar con titulación oficial y colegio profesional, con una larga tradición en nuestro país y disposiciones legales, reglamentarias o administrativas, como muchas de las que se encuentran en dicho listado como "profesión regulada". Este hecho ha merecido la disconformidad de, entre otros, el Col·legi de Politòlegs i Sociòlegs de Catalunya.


El hecho de no estar incluido en dicho listado dificultará el reconocimiento profesional de los profesionales

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con titulación española cuando deseen ejercer en otro país de la Unión Europea como Sociólogos o Politólogos.


La situación planteada, tal y como ya puso de manifiesto el dictamen del Consejo Económico y Social de 26 de julio de 2007, afecta a la totalidad de los profesionales de la sociología y la politología en ejercicio actualmente y a los miles de estudiantes de dichas carreras que verán recortadas sus oportunidades profesionales en el futuro.


Estas dos profesiones cuentan, desde hace años, con el suficiente reconocimiento institucional y profesional. Así, en el año 1960, el Decreto 2454/1960, de 22 de diciembre, aprobó los primeros Estatutos del Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas. Posteriormente, la graduación de la primera promoción de sociólogos, al crearse la licenciatura de Sociología en la Facultad de la Universidad Complutense (Plan de Estudios de 1974) en el año 1977 le llevó a transformarse en Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología. Sus Estatutos fueron aprobados por Real Decreto 2826/1980, de 22 de diciembre, y modificados posteriormente por el Real Decreto 974/1995, de 16 de junio, que son los actualmente en vigor.


En Catalunya, a partir de la primera promoción de licenciados en Sociología y Ciencias Políticas y de la Administración de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universitat Autónoma de Barcelona, se crea el Col·legi de Doctors i Llicenciats en Ciéncies Polítiques i Sociología de Catalunya (Decreto 173/1989, de 23 de julio). La última modificación de sus Estatutos se realiza por JUS/967/2007 publicado en el "Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya" núm. 4857, de 5 de abril de 2007.


En los Estatutos de 2007 se establece (Art. 1) que... "El Il·lustre Col·legi de Politòleg i Sociòlegs de Catalunya (antes Col·legi de Doctors i Llicenciats en Ciéncies Polítiques i Sociología de Catalunya) es una corporación de derecho público, dotada de personalidad jurídica propia y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus finalidades..."; su finalidad (Art. 4)... "es la de trabajar para que la actuación de las personas colegiadas responda a los intereses y a las necesidades de la sociedad en relación con el ejercicio profesional y especialmente garantizar que el ejercicio profesional se adecue a la normativa, a la deontología y a las buenas prácticas, y que se respeten los derechos y los intereses de las personas destinatarias de la actuación profesional.
Tiene como finalidad la ordenación, la representación y la defensa de la profesión de los intereses profesionales de las personas colegiadas".


Las profesiones de sociólogo y politólogo deberían estar incluidas en el artículo 115 del Real Decreto 1837/2008, en el que se basa la relación de profesiones del Anexo VIII, que dice textualmente: "Título expedido por la autoridad competente de un Estado miembro que acredita que el titular ha superado un ciclo de estudios postsecundarios de una duración mínima de cuatro años". Todas las Facultades españolas que expiden títulos oficiales de licenciados en Ciencias Políticas y de la Administración o en Sociología cumplen esta condición. Concretamente, las Facultades de Ciencias Políticas y Sociología de la Universitat Autónoma de Barcelona (UAB), de la Universitat Pompeu Fabra (UPF), de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) impartirán los nuevos grados oficiales de Ciencias Políticas y de Sociología con una duración de cuatro años.


Para el acceso a los distintos cuerpos de funcionarios de la Administración del Estado y de las comunidades autónomas (Carrera Diplomática, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, Técnico Superior de Administración, Analista de Políticas Públicas, Analista de Opinión Pública, Analista Político, etc.) estas profesiones están en igualdad de condiciones que las licenciaturas de Derecho, Ciencias Económicas, Psicología, etc., profesiones que figuran en el citado Anexo VIII del Real Decreto 1837/2008, existiendo, además, numerosas plazas que se convocan en las administraciones locales y autonómicas con perfiles de sociólogo y politólogo.


Por otra parte, el artículo 11.1 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) establece que, en las Juntas Electorales de Zona, los vocales pueden ser licenciados en Derecho o en Ciencias Políticas o en Sociología, equiparando de hecho la aptitud de nuestras carreras para ejercer esa importante función con la de los licenciados en Derecho, profesión que también figura en el elenco del Anexo VII del Real Decreto 1837/2008.


Así, en el ámbito de la empresa privada, los perfiles profesionales de sociólogos y politólogos están especialmente solicitados para desarrollar tareas de investigación sociológica de mercado, mediación y resolución de conflictos, gestión y dirección de proyectos sociales, consultoría y asesoría, gestión y dirección de proyectos internacionales y europeos, gestión y dirección de recursos humanos, gestión de evaluación de proyectos, etc.


Todos estos perfiles profesionales están ampliamente definidos y consensuados en el Libro Blanco del Título de Grado en Ciencias Políticas y de la Administración, Sociología y Gestión y Administración Pública elaborado por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).


También se hace hincapié en el hecho que el Col·legi de Politòlegs i Sociòlegs de Catalunya y, por extensión, las profesiones de sociólogo y politólogo están ampliamente representadas y reconocidas por los distintos niveles de la Administración. Muestra de ello es la participación del Col·legi de Politòlegs i Sociòlegs de Catalunya en distintos consejos y/u órganos consultivos promovidos por la Administración Pública. A modo de ejemplo, Observatorio Catalán del Civismo de la Generalitat de Catalunya, Consejo de la Dependencia y

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Autonomía Personal de la Diputación de Barcelona, Consejo de Participación y Bienestar Social de la Diputación de Barcelona, Consejo Consultivo sobre Nuevas Políticas Públicas de Familia de la Diputación de Barcelona, Consejo de Participación y Bienestar Social de la Diputación de Barcelona, Consejo de Bienestar Social del Ayuntamiento de Barcelona, Consejo para el Ahorro de Energía y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Barcelona, etc.


La buena salud de la Sociología y la Ciencia Política en España es indiscutible. Así lo demuestra la existencia de numerosos sociólogos y politólogos de renombre y reconocimiento internacional.


Por todo ello se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar ante esta Cámara, en un plazo máximo de treinta días, una modificación del Real Decreto 1837/2008, con el objetivo de incluir en su anexo VIII las profesiones de sociólogo y politólogo."

Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2009.-Joan Herrera Torres, Diputado.-Gaspar Llamazares Trigo, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.


Comisión de Interior

161/001282

A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre accesibilidad de los edificios electorales, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos

La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, acogió el principio de accesibilidad universal según el cual todos los entornos, productos y servicios han de reunir las condiciones para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas.


El compromiso del Partido Socialista y del Gobierno de la Nación con el desarrollo de esta Ley y la implementación de las medidas que la misma establece es indudable. Así, toda la legislación aprobada en los años de gobierno socialista contempla el tratamiento transversal de la discapacidad. Asimismo, en el Programa Electoral de 2008 el PSOE se comprometía, incluso, a acortar los plazos máximos establecidos en la LIONDAU para hacer efectiva la accesibilidad universal y se articulaba la necesidad de erigir el Gobierno de España y su Administración como ejemplo de accesibilidad. Nada haría más visible este compromiso que trasladarlo al ámbito electoral.


En dicho ámbito también se han producido avances. En este sentido se pueden citar el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, que ya imponía que los locales donde se verifique la votación han de reunir las condiciones necesarias para tal fin y, en especial, deberán ser accesibles a las personas con movilidad limitada (artículo 1.1). Asimismo, la Ley Orgánica 9/2007, de 8 de octubre, de modificación de la Ley 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General y sus normas de desarrollo; el Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, y la Orden del Ministerio del Interior 3817/2007 han articulado un completo sistema que permita a las personas con discapacidad visual ejercer su derecho de sufragio activo en condiciones de igualdad con el resto de los ciudadanos.


No obstante, es necesario ir un paso más allá, seguir avanzando en la mejora de las condiciones de las personas con discapacidad en los procesos electorales.


Desde las organizaciones representativas de las personas con discapacidad se ha demandado, en este sentido, la necesidad de mejoras en el acceso a los edificios electorales, mediante la eliminación de las barreras que lo dificulten, a la información electoral y a las papeletas y mesas electorales, cabinas electorales habilitadas e, incluso, transporte adaptado hasta los centros donde se realice la votación. Todo ello en orden a favorecer el voto en este colectivo que, en muchas ocasiones, ve incrementar sus niveles de no participación precisamente por estas dificultades.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, teniendo en cuenta los criterios negociados con las organizaciones representativas de las personas con discapacidad, aclare la aprobación de la normativa sobre las condiciones de accesibilidad y no discriminación que garantice la plena igualdad de trato de las personas con discapacidad en los procesos electorales."

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Carlos González Serna, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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Comisión de Defensa

161/001271

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión

AUTOR: Grupo Parlamentario Mixto.


Proposición no de Ley sobre modificación de la Ley de la Carrera Militar.


Acuerdo:

Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que se insta al Gobierno al ejercicio de su iniciativa legislativa en la materia, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Defensa. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González, de Unión Progreso y Democracia, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para modificar la Ley de la Carrera Militar, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos

1.° Antecedentes: La Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal Militar.


Fue la primera normativa constitucional de la función pública militar y la que estructuró al personal de las fuerzas armadas en distintos cuerpos y escalas. Dentro de cada Cuerpo, los militares fueron agrupados en escalas superiores, medias y básicas, según el grado formativo exigido para el ingreso en ellas y de las facultades profesionales asignadas. Las escalas superiores de los cuerpos generales comprendían los grados de teniente a teniente coronel (alférez de navío a capitán de fragata en la Armada), a los que se accedía, según esa Ley de 1989, fundamentalmente por antigüedad, reservándose los sistemas de selección y elección para los ascensos a coronel y general (capitán de navío y almirante en la Armada).
Las escalas medias comprendían los grados de alférez, teniente y capitán (alférez y teniente de navío en la Armada) y las escalas básicas, sargento, sargento primero, brigada, subteniente y suboficial mayor.


El acceso a las indicadas escalas era mediante ingreso por oposición en las academias militares respectivas y entre quienes tuvieran los mismos niveles de estudios requeridos en el sistema formativo. Se estableció asimismo un sistema de promoción interna de las escalas básicas a las medias y de las escalas medias a las superiores.


Posteriormente, se aprobó la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, que sustituyó la de 1989, actualizándola, pues fue necesario dar urgente respuesta al déficit de tropa y marinería provocado por la suspensión del servicio militar obligatorio y su sustitución por tropa profesional. Este cambio dio lugar a un sistema en que todo el personal se vinculaba a las Fuerzas Armadas por una relación de servicios profesionales que comprendía a los militares de carrera, que constituyeron los cuadros de mando con una relación de servicios de carácter permanente. Los militares de complemento, que completaban los anteriores con una relación de servicios de carácter temporal, y los soldados y marineros, vinculados en igual forma a los ejércitos, por una relación de servicios de carácter temporal. Los ascensos al empleo superior en las escalas de suboficiales y oficiales se producían, según esta Ley, con ocasión de vacante en la escala correspondiente y siempre que se cumpliesen las condiciones establecidas: mínimos de permanencia en el empleo anterior o, en su caso, haber superado los cursos de capacitación requeridos, todo ello en un sistema con las siguientes modalidades:

a) Antigüedad según el orden del escalafón, siendo éste el régimen ordinario de ascenso.


b) Selección en que un porcentaje de las vacantes previstas para cada ciclo de ascensos se cubría por orden de evaluación, un porcentaje de los evaluados quedaba retenido en el empleo hasta una nueva evaluación y el resto ascendía por orden de escalafón.


c) Elección para el ascenso a General.


Es de mencionar que el ascenso por antigüedad a Comandante de la escala superior de oficiales, con reordenación de promociones, se basó en la necesidad de proceder a una nueva evaluación de las mismas, dado carácter directivo que dentro de las Fuerzas Armadas tenían los oficiales de esa escala, siendo su nivel de exigencia mayor que para los componentes del resto de las escalas.


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Se procedió, en la ya expresada Ley, a cambiar la terminología en las escalas superior y media, que pasaron a denominarse escala superior de oficiales y escala de oficiales, pero conservando idénticos los requisitos exigidos para el ingreso, distinto en uno y otro caso, como diversa era la oposición de ingreso en las academias, el periodo de formación en éstas de cinco años para los oficiales de la escala superior y de tres para la escala de oficiales (antes escala media), recogiéndose en las titulaciones militares la misma contraposición del sistema educativo general entre licenciados e ingenieros superiores, a que se asimilan los títulos militares de los oficiales de la escala superior e ingenieros técnicos o diplomados universitarios para los integrantes de la escala media.


Finalmente, la normativa en vigor, la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, en adelante la LCM, regula los aspectos del régimen de personal para que las Fuerzas Armadas estén en las mejores condiciones de cumplir las misiones definidas en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Defensa Nacional 5/2005, de 17 de noviembre. Afirma la precitada Ley, en su Preámbulo, que tratará de asegurar la calidad del personal en unas FAS modernas y altamente tecnificadas y por ello se intentará alcanzar la excelencia tanto en la etapa formativa corno en la selección de los más cualificados para el ascenso y de los más idóneos para el desempeño de los distintos cometidos. La Ley basa el desarrollo de los componentes de los ejércitos fundamentalmente en dos valores acordes con los tiempos: el mérito y la capacidad profesional.


2.° La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.


La actual Ley de la Carrera Militar (LCM) satisface uno de los objetivos de la Directiva de la Defensa Nacional 1/2004, en el sentido de reformar la carrera militar adoptando una estructura de cuerpos y escalas renovada, con sistemas de ascenso y promoción que incentiven la dedicación y el esfuerzo profesional.


A la hora de la verdad, esa Ley ha causado y mantiene graves tensiones y enorme malestar en la oficialidad desde su anteproyecto, no habiendo satisfecho a nadie en su texto definitivo y perjudicando seriamente a determinados sectores de la oficialidad. Al cuerpo de suboficiales, termina de castrarlo profesionalmente, creando profundos agravios comparativos y situaciones de injusticia manifiesta, que originan en todos, oficiales y suboficiales, un enorme desánimo y malestar que en nada favorece a este importante y numeroso colectivo.


Cuestiones tales como profundas modificaciones en la antigüedad de los profesionales de las Fuerzas Armadas con postergaciones en ascensos o la obligación encubierta de cursos no adaptados al vigente sistema educativo son algunos de los aspectos más significativos de una caótica y oscura manera de instrumentalizar una nueva estructura de la carrera militar.


Todas ellas están intensamente imbricadas y resulta difícil separar causas y consecuencias de las diferentes medidas. Sin embargo, hay algo común a todas ellas y es el descontento generalizado que están produciendo en los oficiales y suboficiales y los numerosos casos de injusticias y agravios que vulneran la constitucionalidad de la propia Ley.


A continuación se analizan algunos aspectos más relevantes de la LCM, según el siguiente esquema:

A) Oficiales.


En primer lugar, la disposición transitoria cuarta (DTr 4.ª) regula la constitución de los nuevos cuerpos y escalas establecidos en la LCM. El apartado 7 de la misma se refiere a los oficiales de los cuerpos generales y del cuerpo de especialistas de cada uno de los tres ejércitos, disponiendo que para su integración en la nueva escala única, denominada en adelante de "oficiales", los procedentes de la hasta ahora escala superior accederán a ella directamente, siendo, sin embargo, voluntaria la integración de los oficiales, procedentes de la antigua escala media (denominada así hasta 1999). Contempla la precitada disposición que los oficiales que no hayan renunciado a esa incorporación podrán realizar un curso de adaptación.


La enseñanza militar está integrada en el sistema educativo general español desde la Ley 17/1989, que en su artículo 32.2 estableció, por primera vez, que la enseñanza militar se integraba en el sistema educativo general y reconociendo que la incorporación a la escala superior suponía la obtención de una titulación equivalente a Licenciado, Ingeniero o Arquitecto y que la incorporación a la escala media la obtención de la titulación equivalente a Técnico Especialista, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico. Este reconocimiento de las titulaciones de las dos escalas de oficiales fue reconocido igualmente en el artículo 51.2 de la Ley 17/1999, del Régimen del Personal de las FAS. La vigente LCM mantiene en su artículo 43.1 la integración del sistema de enseñanza militar en el sistema educativo general. Como novedad incluye, en su artículo 44, que dentro de la enseñanza de formación de oficiales se establece una parte general conducente a la obtención de un título de Grado universitario del sistema educativo general. El Real Decreto 1393/2007, en su artículo 12.d), establece en el nuevo espacio de enseñanza superior universitaria los títulos de Grado, Máster y Doctor. La titulación de Grado tendrá duración de contenidos de 240 créditos. La titulación de Grado exigirá además la realización de un trabajo de fin de grado, orientado a las competencias de la titulación. El plan de estudios en vigor para los oficiales superiores del Cuerpo General consta, por ejemplo, en la Armada, de 330 créditos, y el de la escala de oficiales de 204 créditos, teniendo en cuenta únicamente los que tienen carácter académico. A los ya expresados créditos académicos es necesario añadir los créditos totales asignados a instrucción

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y adiestramiento, resultando ser de 450 créditos para la escala superior y de 240 créditos para la de oficiales.


La LCM establece, además, que el ya expresado curso de adaptación tendrá carácter de actualización a los efectos previstos en el artículo 90.2 de dicha Ley y los cursos contemplados en este artículo son cursos de actualización, y sólo particulariza los necesarios para el ascenso a los empleos de Teniente Coronel y Cabo Mayor.


Es preciso recordar que el sistema de convalidaciones de estudios del sistema educativo general, en el que está integrada la enseñanza militar, exige que se deban de superar las materias previstas para alcanzar cada titulación. Estas materias son las contenidas en el respectivo currículo académico, materializadas en los planes de estudios. Por tanto, el curso de adaptación deberá contemplar todas aquellas materias previstas en el plan de estudios de la escala superior, que no hayan superado los procedentes de la escala de oficiales, y atender estrictamente al principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución Española, y al criterio de convalidaciones de estudios del sistema educativo general, sin tener en cuenta los créditos no realizados en las áreas de instrucción y adiestramiento.


Por otra parte, la LCM no establece que la integración de las escalas superior y de oficiales sea efectiva mediante una convalidación, aun cuando el artículo 66 contempla esta posibilidad con carácter general.
Así pues, o se procede al sistema de las convalidaciones o, por tanto, deberá exigirse la superación de todas las materias no cursadas por los oficiales de procedencia de la antigua escala media, que van a ser capacitados para desempeñar los cometidos asignados a la actual escala superior. Este criterio puede incluso quedar dentro del ámbito de cada ejército, como queda dentro del ámbito de cada ministerio el establecer los requisitos académicos para las titulaciones profesionales de ingenieros, arquitectos, etc.


El curso de adaptación previsto en la LCM y regulado en la O.M. 54/2008 homologa a los procedentes de la escala de oficiales para las funciones actuales de la escala superior, apreciándose una diferencia no sólo curricular en contenido de materias, sino de prácticas, trabajos y niveles de conocimiento de idiomas y de preparación física; sin embargo, el número de créditos contemplados para ello es de 64, cuando la diferencia real en la formación de ambas escalas es de 158 créditos.


Resulta paradójico, por contrario a lo que la Ley preconiza sobre la excelencia profesional militar y el principio de mérito y capacidad, que la integración sea prácticamente gratuita y masiva de los oficiales a la escala superior, pues hay que tener en cuenta que las diferencias de formación y desarrollo de carrera entre los componentes de una y otra escala son notables: sistema de ingreso diferente (selectividad universitaria y oposición), duración de la carrera en las academias (de cinco cursos para los oficiales superiores y de tres cursos para los demás oficiales), y de reconocimiento de títulos en el sistema educativo general.


No resulta vano añadir que el legislador ha previsto para todos los funcionarios públicos, en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y en su disposición transitoria tercera (DTr. 3.ª), que se distinguirán dentro del Grupo A dos subgrupos, el Subgrupo Al (antiguo Grupo A) y el Subgrupo A2 (antiguo Grupo B); es decir, hace una clara diferenciación entre los que para su ingreso se les exigió el Titulo de Licenciado o equivalente (Grupo Al) y los que ingresaron sólo con una Diplomatura Universitaria (Grupo A2) y no dice que todos formaran un nuevo y único escalafón. Sin embargo, esta previsión, que con carácter general realiza el legislador para todos los funcionarios públicos, parece no tenerla en cuenta con los militares de carrera, pese a que en el Preámbulo de la Ley 39/2007 (LCM) se diga que "se incorporarán los principios y normas de aplicación general al personal al servicio de la Administración General del Estado, establecidos de acuerdo con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público...".


En segundo lugar, la LCM establece en la ya indicada disposición transitoria cuarta, apartado 12, un criterio de proporcionalidad para ordenar en un único escalafón a los oficiales de las distintas procedencias, utilizando una fórmula matemática para ello [C=(P-0,5)/N].
Al aplicar la expresada fórmula se obtendrá un coeficiente y con él se ordenará directamente a todos los oficiales. Aun cuando la retórica empleada en el texto legal hace constante mención a conceptos como: "FAS modernas y altamente tecnificadas", "potenciar el mérito y la capacidad de sus miembros e incentivar su preparación y dedicación profesional", "el mérito y la capacidad que darán origen a la correspondiente clasificación de los evaluados"... , sorprende que dentro de la nueva ordenación no se tengan en cuenta cursos, capacidades ni méritos de los oficiales, sino únicamente su puesto en el actual escalafón y lo que es más importante, que este nuevo escalafonamiento depende únicamente del número de miembros de su escala de procedencia. Causa también perplejidad el criterio adoptado por el legislador al emplear la misma fórmula para los tres ejércitos, por lo que, al ser muy diferente el número de componentes de las escalas de los mismos, así como su trayectoria profesional, el resultado de la integración es muy diverso según el ejército donde se aplique. Así, el resultado es diametralmente opuesto en el Ejército de Tierra y en la Armada.


Es muy importante destacar la trascendencia vital y profesional que el orden de escalafón tiene en la vida del militar: se condicionan destinos, ascensos, elección y tipo de cursos, en fin, todo tipo de expectativas profesionales.


La cuestión de la nueva ordenación de la escala única de oficiales, tal y como viene recogida en la LCM, causa graves injusticias en el personal militar, que será de nuevo escalafonado y constituye una afrenta a la

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dignidad de aquellos que serán postergados, sin que medie para ello una sanción extraordinaria por pérdida de puestos en el escalafón, según prevé el artículo 18 de la Ley Orgánica 7/2007, de 2 de julio, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas: Son sanciones disciplinarias extraordinarias: La pérdida de puestos en el escalafón, la pérdida definitiva de la aptitud aeronáutica, la suspensión de empleo y la separación del servicio. Y así lo confirma el artículo 23 de la LCM: "El escalafón es la ordenación por empleos y antigüedad de los militares profesionales pertenecientes o adscritos a una escala. Su orden sólo podrá alterarse en aplicación de lo previsto en esta Ley (es decir, cuando los ascensos se producen por los procedimientos de elección, selección o concurso-oposición) y en las leyes penales y disciplinarias militares".


Desde una perspectiva jurídica se entiende que la referida medida de ordenar el nuevo escalafón puede ser motivo de inconstitucionalidad, pues equipara las graves postergaciones en el escalafón de muchos oficiales superiores a sanciones disciplinarias de carácter extraordinario, siendo manifiesta la infracción del artículo 25 de la Constitución: "Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa". No es de recibo afirmar, como lo hace la mentada Ley en su artículo 23, que reconoce en su apartado 3 que se trata de una postergación legal o una sanción impuesta directamente por la citada disposición transitoria, ya que el legislador no puede imponer directamente sanción alguna sin violar el principio de división de poderes y los artículos 103 y 24 de la Constitución, que condicionan la imposición de penas o sanciones muy graves a los militares, como al resto de los ciudadanos, a la previa tramitación de un proceso penal o disciplinario y la posibilidad de reaccionar judicialmente frente a su imposición, garantía judicial efectiva que aquí, escandalosamente, se omite plenamente. La injusticia que se causará de aplicarse la Ley en los términos que resultó aprobada alcanza tintes dramáticos cuando comprobamos que existen en los tres ejércitos oficiales que llevados de su afán de superación, con una gran capacidad de trabajo y de sacrificio, siendo ya militares con años de servicio, superaron las pruebas de acceso y los dos cursos restantes en su formación en las respectivas academias militares para integrarse con pleno derecho, desde la escala media a la escala superior. Ahora, con esta nueva Ley, se verán postergados por sus antiguos compañeros de la escala de oficiales. Es más, se da la paradoja de que habiendo superado una serie de oficiales del Ejército del Aire la oposición para el cuerpo de suboficiales, posteriormente de oficial para la escala media y finalmente para la escala superior, cursando los cinco años de academia en San Javier, se ven sobrepasados en su escalafón, tras la aplicación de la actual Ley, por sus doscientos y pico de compañeros de la escala media antigua, pues no se les contabilizan los años de mínima permanencia exigidos por la Ley. Esto crea, además, extrañas discriminaciones, como es este caso con la escala de complemento, donde sí computan dicha antigüedad. No cabe duda que esta Ley, en base a lo expuesto, no contempla la mejor forma de premiar el esfuerzo, el mérito y la capacidad. Viene a colación lo establecido en el artículo 62 de la Ley al afirmar con rotundidad que el Ministerio de Defensa impulsará y facilitará los procesos de promoción que permitan el cambio de escala de los militares que cumplan los requisitos; y en esos procesos se valorarán los méritos, incluido el tiempo de servicios. Es precisamente todo lo contrario a lo que indica este artículo lo que está sucediendo con estos oficiales, a los que se les está proporcionando un trato injusto, pues precisamente su promoción a la escala superior ha sido gracias al trabajo, al estudio y a un enorme sacrificio personal y familiar y la recompensa recibida es sin embargo la postergación en su escala.


En tercer lugar, La LCM reduce el sistema de ascenso por antigüedad a los ascensos de teniente a capitán y de sargento a sargento primero, contemplando como sistema de ascenso para el resto de los empleos el de "concurso" y "concurso-oposición". Esta modalidad de ascenso funcionaria tan sólo ha sido prevista en la toda la historia de la función pública española para las oposiciones entre notarios, que permitía a éstos pasar de las notarías de tercera a las de segunda y primera categoría, así como para acceder a la condición de catedrático de Universidad desde la de profesor titular, recientemente sustituida por los sistemas de habilitación directa por acreditaciones de una agencia evaluadora, ANECA.


No es difícil imaginar que en unos años el Ejército español, inmerso en misiones de paz y humanitarias bajo el mandato de las Naciones Unidas y OTAN, desplace un colectivo de cuadros de mando que tengan que compaginar el duro cumplimiento de sus misiones en el exterior con la preparación de concursos-oposiciones para ascender.


B) Suboficiales.


El tratamiento del personal militar con categoría de suboficial pasa en la presente Ley de 2007 de manera casi inadvertida. Tras reconocer que constituyen, eso sí, "el eslabón fundamental en la estructura orgánica y operativa de las Fuerzas Armadas", poco más. Pésimo tratamiento a un colectivo tantas veces olvidado como minusvalorado, ello a pesar de que sin su fundamental intervención en las tareas de mando, control y mantenimiento, las Fuerzas Armadas (en adelante FAS) dejarían de ser operativas y escasamente funcionales.


Lo cierto es que las expectativas profesionales que les brindó la Ley 13/1974, a la Escala Básica de poder promocionar hasta el empleo de comandante/teniente coronel, fue suprimida posteriormente por la entrada en vigor de la Ley 17/1989. Cuando ingresaron en las Fuerzas Armadas, su proyección podía llegar hasta el empleo de teniente coronel, porque si se cumplían

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veinticinco años de servicio activo se ascendía a la escala media de oficiales. La posterior ley 17/1999 tampoco arregló esta situación, con lo que se produjo una mayor acumulación de personal en la escala de suboficiales. Ahora, aquellos que entraron con el horizonte de teniente coronel no sólo no llegarán nunca a ese puesto por sucesivas leyes que sólo les han perjudicado, sino que además no se retirarán a los cincuenta y seis años, sino que lo harán a los sesenta y uno, con lo que no pocos estarán más de veinte años en el empleo de subteniente en el E. de Tierra y otros muchos no llegarán ni siquiera al empleo de Brigada en el E. del Aire, con la consiguiente frustración y pérdida de moral. La LCM, para tratar de paliar esta castrante situación, ha establecido en la DTr.
7.ª:

1.º Que a los suboficiales qué actualmente están en activo y adquirieron el empleo de sargento a la fecha de entrada en vigor de la Ley 17/1989, podrán obtener el empleo de teniente de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, cuando pasen a la situación de reserva si lo solicitan previamente, con efectos económicos desde la fecha de ascenso.


2.º Permite ese ascenso de teniente e ingreso en las escalas de oficiales al personal que se encuentre también en la situación de reserva a la fecha de entrada en vigor de esta nueva Ley, aunque con antigüedad de 1 de enero de 2008.


Se da entonces la curiosa e injusta paradoja de que los sargentos y brigadas que estaban en la situación de actividad, están ascendiendo a tenientes al pasar a la situación de reserva y sin embargo, los que permanecen en activo siguen con sus mismos empleos de suboficial. Esta situación tiene una notable repercusión económica en el devengo de trienios, de derechos pasivos, etc., en el grupo A2, pues la antigüedad de oficial para el retiro será considerable para éstos en detrimento del personal que sigue en actividad, que devengará ya indicados conceptos retributivos en la categoría de suboficial, con la consiguiente pérdida económica por seguir trabajando.


Así las cosas, los suboficiales que permanecen en activo, solo ascenderán al final de su vida militar con una categoría inferior y menores retribuciones y derechos que sus compañeros que optaron por dejar el servicio activo y pasar a la reserva. Esta situación supone un atentado a la razón, pues resulta a todas luces difícil de asimilar que un funcionario de la misma escala que otro, más moderno que él y que además no está en servicio activo, pueda percibir unas retribuciones superiores a su compañero funcionario que presta sus servicios día a día en su puesto de trabajo, cotizando además derechos pasivos y perfeccionando trienios de un grupo superior, de aquél que está en servicio activo.


A mayor abundamiento y como colofón del dislate jurídico provocado con la Ley de 2007, la Directiva del T. Gral. JEME de 24/03/2008 (02/08 EME-DIVLOG.), encomienda a los suboficiales de la Escala Básica (renombrada como de Suboficiales), de empleos de brigada y subteniente los cometidos de jefe de sección, hasta ahora desempeñados por los tenientes de la escala de oficiales, ello, ante la escasez de tenientes.
Es decir, los suboficiales de empleo de brigadas y subtenientes desempeñarán los cometidos que actualmente vienen desempeñando los oficiales, pero el ascenso sólo lo obtendrá el personal en reserva.


La DTr. 4.ª, apdo. 8), establece que el 1 de julio de 2009, se incorporarán a las nuevas escalas de suboficiales, según empleo y antigüedad, tanto los procedentes de cuerpo general como los especialistas. El "atasco" que se va a originar en esa escala única, donde se encontrarán integrados un suboficial de Infantería con otro de Informática o Mecánica, tiene consecuencias imprevisibles. Hay que tener en cuenta que si los miembros del Cuerpo General, agrupados en Escala Superior de Oficiales, Escala de Oficiales y Escala de Suboficiales, tienen como "cometidos la preparación y empleo de la fuerza y del apoyo a la fuerza", para el desempeño de dichos cometidos ejercen el mando y las funciones de mando, de administración y logísticas, de apoyo al mando, técnico-facultativas y docentes relacionadas con los mismos; sin embargo, los miembros del Cuerpo de Especialistas, agrupados en Escala de Oficiales y Escala de Suboficiales, "tienen como cometidos el mantenimiento, abastecimiento, gestión de recursos y, en su caso, manejo de sistemas de armas, equipos y demás medios materiales en el ámbito de sus Ejércitos, así como en el de otros organismos del Ministerio de Defensa y de sus Organismos autónomos". Resulta evidente que ambos cometidos son absolutamente diferentes, como distintos son sus planes de estudios para sus incorporaciones al Cuerpo General y al de Especialistas.


Estimar que los miembros de la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Especialistas, ope legis, tienen la formación necesaria para incorporarse a la Escala de Suboficiales del Cuerpo General, establecida en la LCM, vacía de contenido todos los planes de estudio de la enseñanza militar de formación, en particular, la formación recibida por los miembros de la Escala de Suboficiales del Cuerpo de General, regulada por la Ley 17/1999. Por tanto, para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo General, establecida en la LCM, seria necesario y con carácter previo, la adecuada especialización de los miembros de la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Especialistas, a los efectos de completar su preparación y con el objeto de facultarles para ejercer los cometidos asignados y propios del citado Cuerpo General.


La LCM, silencia por otra parte, para este fundamental colectivo, las posibilidades de promoción, estatuto profesional y ámbito de sus responsabilidades, abandonándolos a los criterios directivos de la jerarquía militar.


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El Estado debe velar por los intereses de sus miembros. El cuerpo de suboficiales, lamentablemente no siente esa tutela, pues cada Ley promulgada desde 1989, ha truncado, si ello era posible aún más, sus expectativas profesionales al padecer continuos recortes en sus derechos: eliminación del ascenso a oficial por promoción interna; sucesivos retrasos en las edades de pase a la reserva (de 56 a 58 y ahora a los 61); asignación de cometidos de oficiales aún cuando les cercenan ese derecho; retraso en su ascenso a teniente al pasar a la reserva (de 56 a 58); agravio por el ascenso a teniente producido en el personal en reserva más moderno y más joven que otros suboficiales en activo; etc.


La LCM está creando además una discriminación negativa directa contraria a toda la legislación referente a las personas con discapacidad de la que España está a la vanguardia y a un elemental derecho de reparación y reconocimiento hacia aquellas personas que en acto de servicio o por terrorismo cayeron heridos y no pudieron ascender a Oficial por tener congelados irregularmente sus ascensos. La administración militar pone trabas y olvida a su propio personal herido, lesionado o mutilado en acto de servicio, aumentando la decepción de unas personas que han adquirido su discapacidad al servicio del Estado y que nunca solicitaron su separación de las FAS sino que fueron retirados a consecuencia de las lesiones adquiridas en el cumplimiento de su deber.


La Disposición Adicional Décima (D.Ad. 10.ª) de dicha Ley 39/2007, reconoce las injusticias y agravios cometidos durante tantos años con el personal del Cuerpo de Suboficiales, Escala Auxiliar y Cuerpo Auxiliar Especialistas, y trata de dar solución, ascendiéndoles a los empleos que legalmente les correspondían con las nuevas antigüedades. En esta medida reparadora se incluyen a los Oficiales en retiro. No obstante, la redacción dada a precitada Disposición no es afortunada y da pie a interpretaciones que están dando lugar a una discriminación directa y negativa: uno mediante una exclusión moral y temporal, porque se excluye a los Subtenientes, de las tres últimas promociones, que no ascendieron durante el período 1987-1999, en el que los ascensos estaban congelados pero que fueron retirados por haber resultado lesionados o heridos en acto de servicio o por acción terrorista. Es decir, pasaron a retiro sin haber ascendido a los empleos que ahora se está reconociendo que deberían haber alcanzado antes de su retiro. Y, otra, mediante una interpretación jurídica restrictiva y anómala de la norma por parte del Ejército de Tierra al considerar que aquellos integrantes del Cuerpo de Mutilados, retirados por incapacidad permanente en acto de servicio, que estaban exentos por Ley de realizar los cursos de aptitud, no cumplen las condiciones establecidas en la Disposición décima por no haber realizado los citados cursos. Es decir, por una parte se viene a reconocer los derechos recogidos en la Ley 13/1974 y por otra se ignora otra Ley vigente en aquel momento por la cual se les eximía y no se les permitía hacer los cursos de aptitud, ascendiendo al hacerlo el que le precedía.


Por ello, en aras de los principios de equidad y no discriminación que contempla nuestro ordenamiento jurídico, es necesario adoptar todas aquellas medidas que corrijan los efectos perjudiciales que esta norma produce al personal militar incapacitado en acto de servicio en el Ejercito de Tierra.


C) La enseñanza militar: el acceso a los centros docentes

Si bien la cuestión de la integración de las diversas escalas en una única escala de oficiales y otra de suboficiales es un gran problema al corto y a medio plazo, especialmente para los afectados, la mayor dificultad a largo plazo y de carácter estratégico que plantea la Ley 39/2007, de la carrera militar es el acceso a las escalas de oficiales y suboficiales.
La LCM supone un cambio radical de la forma de acceso hacia un sistema que puede conducir a las Fuerzas Armadas españolas a un grave problema en la calidad de sus recursos humanos en las escalas claves para su labor.


Este grave problema tiene su origen en diversos factores, como son la posible inconstitucionalidad de la LCM, la fragilidad del planeamiento de los efectivos de oficiales y suboficiales y los problemas de carácter financiero derivados de su aplicación. A continuación se analizan cada uno de estos factores.


a) Probable inconstitucionalidad de la LCM.


Es necesario recordar que el ingreso en los centros docentes militares de formación, tras superar los estudios correspondientes, permite alcanzar el empleo de oficial o suboficial con la condición de militar de carrera con carácter indefinido en la Administración Pública, siéndole aplicable, cuando así se disponga, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. A esto hay que añadir que los alumnos en los centros militares de formación tienen gratuitos los estudios, incluyendo matricula, alojamiento y manutención; la posibilidad de obtener un título de grado universitario, en el caso de los oficiales, o de técnico superior en FP, en el caso de los suboficiales, y el cobro de un sueldo desde el primer día de ingreso en el centro de formación.


El sistema por el que aún se sigue accediendo a estos centros militares de formación, conforme a la Disposición transitoria segunda de la LCM, es el recogido en el Capítulo III de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, que prevé, según su artículo 63, el acceso mediante concurso, oposición o concurso-oposición libres con un sistema de selección que incluye pruebas adecuadas al nivel y características de la enseñanza militar que se va a cursar. La normativa que desarrollaba esta Ley establecía

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un sistema de acceso mediante un examen de ingreso con carácter de oposición.


Gracias a estas pruebas se garantiza el acceso a los centros docentes militares de aquellos aspirantes más capacitados, cumpliéndose a rajatabla los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad (artículo 103.3 de la Constitución española), independientemente de la procedencia geográfica o educativa de los aspirantes.


El capítulo III de la LCM y la normativa posterior sobre el acceso a las escalas de oficiales fija que a partir de 2010 se ingresará en los centros docentes militares de formación para oficiales según la Nota de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, artículo 14 del Real Decreto 1892/2008, que es una media ponderada de la Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (hasta ahora conocida como Selectividad) y de la Nota media de Bachillerato. A la escala de suboficiales se accederá según la nota media de Bachillerato.
En ninguno de los dos casos se plantea ninguna prueba de carácter específico para el acceso fuera de un reconocimiento médico, unas pruebas físicas y un test psicotécnico.


Con la LCM y su desarrollo normativo, se pasará de un examen común a todos los aspirantes a la escala correspondiente a considerar como referencia la Nota de admisión a la Universidad, en el caso de los oficiales, o la media de Bachillerato, en el caso de los suboficiales. Según el artículo 56.1 de la LCM, este sistema de ingreso garantiza los principios de mérito y capacidad. Como se va a demostrar a continuación, dichos principios constitucionales no son respetados.


La nota de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado es la determinante para el acceso a la escala de oficiales. Ésta, ya se ha mencionado, es una media ponderada de la Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (la Selectividad) y de la nota media de Bachillerato. Vayamos analizando cada una de ellas:

La Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado hasta ahora conocida como Selectividad está organizada de forma independiente, aunque respetando ciertos principios rectores comunes, por cada una de las autoridades educativas de las 17 comunidades autónomas.
Es decir, existen 17 sistemas de examen de Selectividad diferentes más Ceuta y Melilla. Incluso el número de asignaturas de las que se examinan los estudiantes son diferentes según la comunidad autónoma tenga o no lengua cooficial al castellano. Existe aquí un primer indicio de que no son comparables las notas de la nueva Selectividad de estudiantes provenientes de distintas comunidades autónomas, es decir, se conculcan los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso por razón geográfica.


En cuanto a las notas de Bachillerato, el informe PISA 2006 (Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos) de la OCDE, que examina el rendimiento de alumnos de 15 años en áreas temáticas clave, recogía la gran diferencia entre las comunidades autónomas en cuanto a la calidad de los respectivos sistemas educativos, evidenciando diferencias de hasta 39 puntos en media, entre las 10 autonomías españolas que solicitaron su evaluación, y de hasta 44 en Ciencias. De estos datos se deduce que no es ni mucho menos igual la calidad de los sistemas educativos de las diferentes comunidades autónomas. Si no es comparable la calidad de los sistemas, tampoco son comparables las notas de Bachillerato de los distintos sistemas, luego por razones geográficas se vuelven a conculcar los mencionados principios.


Y no solo eso. Es de sobra conocido que determinados centros educativos inflan las notas de sus alumnos mientras que otros exigen más a la hora de poner una calificación. Ante las indudables ventajas de estudiar en un centro docente militar de formación (matrícula, alojamiento, manutención, título de grado universitario o de técnico superior en FP, un sueldo desde el primer día de ingreso y contrato indefinido con la Administración Pública) existen incentivos a que algunos centros se especialicen en el acceso y "garanticen" en cierta medida el acceso mediante unas notas más elevadas de lo normal.


Por tanto, nos encontramos con 17 Bachilleratos diferentes, con 17 pruebas de Selectividad diferentes y con centros educativos con incentivos a inflar notas. No se puede sustentar en bases tan endebles el acceso a la condición de oficial. De hacerlo, se conculcarán los principios igualdad, mérito y capacidad puesto que no se evalúan éstos de igual forma en una comunidad autónoma que en otra.


Estas mismas razones, salvo las relativas a la prueba de Selectividad, son perfectamente aplicables para probar la falta de constitucionalidad en el acceso a los centros de formación de suboficiales.


b) La fragilidad del planeamiento de los efectivos de oficiales y suboficiales.


Es necesario, para entender la magnitud del problema, tener presente la nueva forma de acceso cuya constitucionalidad se ha criticado con anterioridad. Pero no es solo su posible inconstitucionalidad el problema, sino que con el cambio de sistema los alumnos llegan al primer curso con una absoluta disparidad de niveles, cosa que con el régimen de acceso por oposición no ocurría ya que los que lograban superar la prueba tenían unos conocimientos mínimos bastante altos. De implantarse el nuevo sistema, esto ya no será así.


En el caso concreto de los oficiales, es muy probable que este hecho genere unos índices de abandono de estudios similares a los de las carreras técnicas comparables: de entre el 40 y el 60 por ciento. A ello hay que añadir la dificultad para gestionar al volumen de repetidores de curso que sin duda se producirán. Todo ello sin tener en cuenta la dificultad añadida que va a suponer la superación de las enseñanzas de grado correspondientes a la vez que aquéllas específicas de su condición

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militar y las plantillas de oficiales y suboficiales necesarias.


Por tanto, el Ministerio de Defensa tendrá serias dificultades a la hora de calcular el número de alumnos que han de incorporarse cada año a los centros de formación para que, pasados 5 años, éstos lleguen a cubrir de forma adecuada las necesidades de plantilla. La probabilidad de herrar en los cálculos es elevadísima.


c) Problemas de carácter financiero

Como se ha demostrado con anterioridad, el número de alumnos que ingresen en primero ha de ser superior al de las necesidades para cubrir éstas ante repetidores y bajas. Además, parece ser que en segundo curso existe una suerte de examen de nivel para comprobar que se han alcanzado unos conocimientos mínimos. Luego entre primero y segundo el número de alumnos debe ser claramente superior y tener presentes posibles repetidores tanto al no superar la prueba de nivel como en los últimos cursos, habitualmente más difíciles.


Estos motivos harán que el número de alumnos sin ninguna duda se elevará con respecto al número que existe en la actualidad. Este mayor número de alumnos implica unos costes mayores por su manutención, alojamiento y vestuario, aparte de la adecuación de instalaciones y un más numeroso personal. Pero, a todo ello hay que añadir el coste en términos de matricula universitaria que supondrá para el Ministerio de Defensa la adscripción de estos alumnos a las respectivas universidades o centros de FP. En consecuencia, más alumnos y más coste por alumno que en una época de crisis y de enormes restricciones presupuestarias, donde la enseñanza militar va a requerir unas inversiones ingentes que además no entrañarán ninguna mejora en la calidad de los cuadros de mando sino más bien todo lo contrario. De no realizarse tales inversiones, la reforma será un fracaso total y dejará gravemente dañados a los Ejércitos durante un largo periodo de tiempo.


D) Efectos retributivos

La Disposición Final Tercera (DF 3.ª), modifica a efectos retributivos las equivalencias entre los empleos militares y los grupos de clasificación de los funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas haciendo equivalentes:

De General de Ejército a teniente el Subgrupo A1.


De Alférez y suboficial mayor a sargento: Subgrupo A2.


Esta Disposición Final resulta incongruente con el artículo 21.2 en que se incluyen a los Alféreces dentro del Cuerpo de Oficiales, causando un agravio más y una discriminación de un sector de la oficialidad. Si bien la LCM prevé la desaparición de este empleo, mientras exista un solo oficial alférez, deberá ser tratado retributivamente como tal.


Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, a la vista de lo expuesto, a modificar en el más breve plazo posible la Ley de la Carrera Militar en lo siguiente:

1. Que el Curso de Adaptación a realizar por los componentes de la escala de oficiales que voluntariamente opten a la integración en la escala única de oficiales, tenga la entidad en materias, tanto generales como específicas y los créditos correspondientes que permitan la equiparación con los créditos ya superados por los oficiales de la escala superior, pudiendo convalidarse aquellas asignaturas cuyos programas hayan sido ya superados en cursos anteriores.


2. Que la reordenación en la escala única de oficiales, entre los procedentes de la escala superior y de la escala de oficiales que hayan superado el curso de, adaptación, se haga por orden de antigüedad en el empleo.


3. Modificar la Disposición Transitoria Cuarta 4.ª, apartado 7, subapartado h), eliminando lo referente al subapartado g) y dando una nueva redacción en dicha Disposición y apartado, al subapartado g), encaminada a corregir el grave perjuicio ocasionado a los más de doscientos alféreces de los cuerpos generales y de especialistas de forma que se produzca su ascenso conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Primera.


4. Que se compute el tiempo de servicio en la Escala de Oficiales, a los que hubieran superado las oposiciones de ingreso en la escala superior.


5. Dar una nueva redacción al final del primer párrafo del punto 1, de la Disposición Adicional 10.ª Indicada disposición resulta de aplicación a los oficiales de las Escalas auxiliares de infantería, caballería, artillería, ingenieros, intendencia, sanidad, farmacia y veterinaria y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra que se encontraban en servicio activo en cualquier empleo el día 21 de abril de 1974, fecha de entrada en vigor de la Ley 13/1974, de 30 de marzo, de organización de las Escalas básica de suboficiales y especial de jefes y oficiales del Ejército de Tierra, que declaró a extinguir a aquellas.
Quedan excluidos los que no realizaron o no superaron el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas, debiendo añadir: "excepto aquellos que por la legislación vigente estaban eximidos de realizarlos".


6. Añadir un nuevo párrafo al punto 4, de la DA 10.ª, con el texto siguiente: "Los suboficiales procedentes del Cuerpo de Suboficiales en situación de retiro por incapacidad permanente producida en acto de servicio o por terrorismo, podrán solicitar en el plazo de seis meses el empleo y antigüedad asignados al que les siguiera en el escalafón o en el curso de aptitud para el acceso a dichas escalas que figure en esa reordenación por encontrarse en servicio activo o reserva y siempre con el límite de que no suponga un empleo y antigüedad

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posteriores a la fecha en que el afectado cumplió 61 años de edad y a que las fechas de antigüedad en los empleos resultantes de la reordenación sean anteriores a la fecha en que cada uno paso a la situación de retiro".


7. Añadir a la Disposición Adicional 10.ª, que el cómputo temporal a los efectos de trienios y de derechos pasivos serán computados al personal militar desde la fecha en que obtuvieron la aptitud para el acceso a la escala auxiliar y al cuerpo auxiliar de especialistas, siendo sus efectos económicos desde el 1 de enero de 2008.


8. Modificación del punto 1, de la Disposición Transitoria 7.ª, a su vez modificada por la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, para el año 2009, en el sentido de hacer extensivo el ascenso a todos los suboficiales, en la reserva, cuando cumplan 58 años, pues no hay razón objetiva razonable para conceder el ascenso a unos y denegárselo a otros. Así se eliminaría también el agravio existente en los subtenientes en activo, más antiguos en relación con los que ascendieron en la reserva, que se les concedió la antigüedad de 1 de enero de 2008. Asimismo, aquellos suboficiales que estando en activo, se encuentren ya sobrepasados en el ascenso al empleo de teniente por el personal en situación de reserva que tenían el mismo o inferior empleo, podrán ascender a teniente de la escala de oficiales, a petición propia.


9. Añadir que los suboficiales que obtuvieron un título oficial de grado universitario ascenderán por promoción interna a través de un concurso de mérito y capacidad sin límites de edad ni de empleo alcanzado, dentro de los cupos que el Ministerio de Defensa determine para el ascenso a oficial y que no deberá ser inferior al 25% del total de plazas ofertadas.


10. El Ministerio proporcionará becas y ayudas al estudio, de los suboficiales que pretendan la promoción interna a oficial.


11. Los suboficiales, tanto por las funciones y trabajos que desarrollan como por su formación, les corresponde la titulación de formación profesional.


12. Modificar el art. 51, en el sentido de implementar la formación de los suboficiales, con la creación de Centros Universitarios de la Defensa en las Escuelas de suboficiales, para aquellos alumnos que deseen completar los créditos necesarios para la obtención de un título de grado universitario y poder optar por promoción interna a la escala de oficiales.


13. Añadir que a los suboficiales del E. del Aire se les restaurará el derecho a la promoción que les concediera la Ley 18/1975, de 2 de mayo, de Reorganización del Arma de Aviación y la Ley 146/1963, de 2 de diciembre, de Reorganización del Cuerpo Auxiliar de Oficinas Militares del Aire.


14. Que los suboficiales que desempeñen funciones propias de oficial, por carencia de estos en las Unidades, perciban sus retribuciones en base a tal función y no al empleo que ostentan en ese momento.


15. Que las escalas de suboficiales de los cuerpos generales se mantengan separadas de las escalas de suboficiales de especialistas.


16. El Gobierno publicará con carácter anual, los cupos de pase a la situación de reserva por antigüedad, en número suficiente con la finalidad de facilitar al pase a dicha situación de las promociones más antiguas. Esta medida descongestionará los empleos de brigada a sargento, ahora saturados, programando adecuadamente el ascenso en los empleos de tropa profesional, lo cual abrirá nuevas expectativas profesionales a las promociones más modernas, incrementando la moral del personal militar.


17. Modificar la Disposición Transitoria Sexta, suprimiendo la frase de "a partir de la entrada en vigor de esta ley", de forma que el ascenso en reserva sea extensible para el personal militar de los empleos indicados en dicha Disposición, aún cuando se encontraran en reserva con anterioridad a la entrada en vigor de la LCM.


18. Los oficiales con empleo de alférez, mientras exista dicho empleo, serán incluidos retributivamente en el Subgrupo A1, por coherencia al ser su categoría de oficial. Por ello, la Disposición final tercera deberá ser modificada en este extremo.


19. Derogar todo el Capítulo III, del Título IV de la LCM y seguir aplicando, gracias a la Disposición Transitoria Segunda de la LCM, el Capítulo III de la Ley 17/1999 de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas y su normativa posterior, con el acceso mediante oposición como se ha realizado hasta ahora.


20. Reformar el Real Decreto 1892/2008 para que contemple el modo especial de acceso a los centros universitarios de la defensa mediante oposición tal y como se realiza a día de hoy, así como aprobar otro Decreto para hacer lo propio para el acceso a la FP de los suboficiales."

Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de septiembre de 2009.-Rosa Díez González, Diputada.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Fomento

161/001265

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario ER-IU-ICV, presenta la siguiente Proposición no de Ley, sobre costes de la ampliación de los puertos estatales de A Coruña y de Gijón, para su debate en la Comisión de Fomento.


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Diversos puertos de competencia estatal han sido objeto de obras de ampliación, las cuales se han ejecutado y siguen aún en marcha con variada casuística.


En algunos casos se han alcanzado sobrecostes muy importantes, de cientos de millones de euros. Se han justificado estos aumentos en diversas imprevisiones, temporales, modificación técnica de proyectos para su mejora y adecuación a la nueva normativa.


Las ampliaciones del coste no han sido en general objeto de nueva licitación, lo que vulnera la normativa europea, según la legislación comunitaria. Esto ha sido manifestado en un informe interno de la Dirección General de Mercado de 27 de marzo de 2009, que indica que las modificaciones del contrato para el caso del Puerto de Gijón son incompatibles con la Directiva 93/38/CE/CE, en su artículo 20 (2). En dicho informe también se precisa que, revisado el contrato inicial de oficio, era incompatible con el artículo 4 (2) de la misma norma. La Dirección General de Política Regional ya había advertido este extremo en un informe de 23 de julio de 2008.


Los sobrecostes de las obras del Puerto de Gijón llegan a 251 millones de euros.


El Puerto de A Coruña registra en sus obras de ampliación los sobrecostes más importantes, que alcanzan 283 millones de euros.


Esta situación refleja como mínimo graves errores de ingeniería, de planificación, de control, de proyecto, de fijación de precios y de procedimiento de adjudicación, lo que impide alcanzar financiación europea para la globalidad de los proyectos.


Estos sobrecostes, al no haber sido licitados, pervierten el sistema de adjudicación y decisión de precio inicial que sigue la Administración, en este caso de Puertos del Estado.


Por todo ello se presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Fomento a iniciar una investigación interna y auditoría de las obras de ampliación de los puertos de competencia estatal afectados por sobrecostes importantes, como es el caso de La Coruña y Gijón, investigando el procedimiento inicial de licitación, la contratación, y todo lo relativo al posterior incremento del coste, presentando los resultados de la investigación al Congreso para su conocimiento y, en su caso, procediendo a depurar las responsabilidades correspondientes."

Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2009.-Joan Herrera Torres, Diputado.-Gaspar Llamazares Trigo, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.


161/001267

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado Francisco Xesús Jorquera Caselas (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y ss. del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente proposición no de Ley relativa a retraso en la ejecución del corredor Barreiros-Ferrol, en concreto, el tramo competencia del Estado Barreiros-San Cibrao y problemas con el trazado presentado, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos

Coincidiendo con la decisión de fijar un trazado interior para la A-8, la Xunta de Galicia y el Ministerio de Fomento acordaron en el año 2001 la construcción de una vía para conectarla con Ferrol por la costa, el denominado corredor Barreiros-Ferrol. Un corredor que en su tramo Barreiros-San Cibrao sería ejecutado por la Administración central, y se marcaba como fecha de entrada en funcionamiento el horizonte de 2008.


Siempre se mantuvo la fecha mencionada para la puesta en servicio de este vial. En ese sentido, la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados, y a iniciativa del BNG, aprobó por unanimidad que el vial entraría en funcionamiento antes de terminar el año 2008.


En la misma línea, se manifestó la Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, en diciembre de 2004, después de reunirse con una delegación de alcaldes de A Mariña , donde afirmó que era un objetivo del Gobierno que en el 2008 estuviesen ejecutados los 30 kilómetros del trazado del corredor que son competencia estatal, el tramo Barrreiros-San Cibrao.


A pesar de que los distintos ejercicios presupuestarios desde 2004 incluían partidas para esta infraestructura, en la actualidad la única actuación realizada en relación a este vial, es la presentación de un Estudio Informativo en el que se fija el trazado.


Una propuesta de trazado que fue sometida al trámite de Exposición Pública en julio del presente año 2009, y al que se han presentado diversas alegaciones por parte de los tres ayuntamientos afectados, así como por parte de diversos colectivos sociales y políticos. Las alegaciones presentadas por los ayuntamientos de Cervo, Burela y Foz contaron con el respaldo unánime de todos los grupos que conforman la corporación local.


Un aspecto que al BNG le preocupa especialmente del trazado presentado es que incluya un trazado colindante con el área de protección BIC de la catedral de San Martiño de Mondoñedo en Foz. Este trazado provocaría un grave impacto visual, dado que contempla la construcción de un viaducto de 40 metros de altura a tan sólo 100 metros de la citada catedral.


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La catedral de San Martiño de Mondoñedo es una joya del románico en el Estado español que se debe preservar, proteger y cuidar, evitando impactos de infraestructuras como la mencionada.


Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1. Agilizar la construcción del tramo Barreiros-San Cibrao del Corredor Ferrol-San Cibrao, y a tal fin, establecer plazos temporales y partidas presupuestarias.


2. Establecer un diálogo con los ayuntamientos por los que discurre el Corredor para aprobar un trazado que tenga en cuenta sus alegaciones y satisfaga las demandas vecinales.


3. Contemplar un trazado que evite el impacto sobre la catedral de San Martiño de Mondoñedo en Foz y su área de protección BIC."

Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2009.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/001268

A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tenemos el honor de dirigirnos a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley, sobre la implantación de una Red pública de estaciones de bicicletas emplazadas en estaciones de ferrocarril para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos

Todos los años, del 16 al 23 de septiembre se celebra en toda Europa la que se dio en llamar "Semana de la Movilidad", en la que este año colaboran 2102 municipios afectando a más de 220 millones de europeos. De ellos, 366 son municipios y ciudades españolas en las que viven unos 20 millones de personas.


Todas estas ciudades organizan varias jornadas de actos y celebraciones que promocionan de una u otra manera el uso del transporte público y alternativo, siempre en contra del uso intensivo e irracional del vehículo privado.


Este año, los actos se destinan a la lucha contra el cambio climático bajo el lema de "Mejora el clima de tu ciudad". Se trata de promover políticas ambientalmente sostenibles y otros medios de transporte menos contaminantes, entre los que se encuentra un medio como la bicicleta, auténtico protagonista de la Movilidad en las ciudades, las cuales han venido desarrollando una política de apoyo, desde hace décadas, en distintos países de nuestro entorno pese a contar con menos condiciones climáticas y orográficas de las que ofrece la mayoría del territorio español.


Tratándose de la lucha por el clima, ciudades españolas como Barcelona, Valencia, Sevilla, etc., cuentan con unas condiciones ideales para una acción en profundidad que impulse la extensión de la bicicleta como medio de transporte cotidiano para acceder a los centros de trabajo, de ocio o comerciales.


Para una promoción eficaz de este medio de transporte ecológico y económica, la Administración Pública debe ir por delante de la situación generando políticas que fomenten la extensión del mismo. Existe una cierta polémica sobre la posibilidad de llevar la bicicleta propia en el tren o en el metro, dada la incomodidad y situaciones de peligro que se aducen en contra de ello, por ello una adecuada red de estaciones de bicicletas públicas conectadas tanto a paradas de metro como de estaciones de RENFE-ADIF que hagan innecesario viajar con las bicicletas privadas, máxime aún cuando son ya varias las ciudades que cuentan o están implantando un sistema público de alquiler de bicicletas.


Alrededor de las grandes ciudades suele haber zonas metropolitanas por donde discurren redes de cercanías que utilizan millones de ciudadanos.
El Estado, a través de ADIF, tiene una gran posibilidad de aportar una solución fundamental que por una parte podría eliminar la anterior polémica, y por otra contribuiría a la extensión del uso de la bicicleta habilitando espacios donde cada Ayuntamiento o la propia ADIF procuren un sistema de aparcamiento para bicicletas privadas que los viajeros puedan ahí estacionarlas y recuperarlas a la vuelta de su trayecto.


Los usuarios tendrían así unas plazas donde dejar sus bicicletas aparcadas de forma segura, sabiendo que en su destino pueden tener una bicicleta del Sistema Público a su disposición en la estación de RENFE o de Metro correspondiente, y al final de la jornada recogerán su bicicleta con la que de nuevo regresarán a su domicilio.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:

1. Que dentro de sus competencias, ADIF adopte como objetivo la implantación de puntos de aparcamiento y recogida, de bicicletas de los Sistemas Públicos de Bicicletas que los municipios y ciudades en los que presta servicio puedan poner en marcha.


2. Adoptar un Plan estatal que asegure que tal iniciativa llegue a todos los grandes municipios y áreas

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metropolitanas mediante los correspondientes convenios y acciones de coordinación que mejor contribuyan a los acuerdos con los distintos municipios."

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-José Luis Ábalos Meco, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Industria, Turismo y Comercio

161/001272

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado Francisco Xesús Jorquera Caselas (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y ss. del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente proposición no de ley relativa al apagón analógico para el 3 de abril de 2010 y problemas de las poblaciones situadas en las denominadas "zonas de sombra", para su debate en Comisión.


Exposición de motivos

El 3 de abril del año 2010 se producirá la última y tercera fase del apagón analógico, de modo que todas las emisiones serán a través de la TDT, la televisión digital terrestre.


Sin embargo, existen una serie de problemas sobre esta cuestión que todavía no tienen una solución clara y definida. En concreto, nos referimos a las denominadas "zonas de sombra", lugares a los que no puede llegar la TDT. Es el caso de unos 7.000 habitantes de la provincia de Lugo, aproximadamente el 2% de la población, que no podrán sintonizar la TDT por vivir en las conocidas como "zonas de sombra".


Una de las posibles soluciones que se ofrecen es la de transmitir la señal vía satélite. Aún así, los afectados por esta situación tendrán que estar durante un tiempo sin poder ver televisión puesto que no se puede solicitar la colocación de antenas hasta que no se produzca el apagón analógico. Sin olvidar que los costes por la instalación de la antena correrán a cargo de los usuarios.


Este problema afecta asimismo a la recepción de la TDT de pago que tampoco se ve en las "zonas de sombra", aunque en este caso se desconocen las posibles soluciones ya que no se puede recibir vía satélite.


La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y de la Sociedad de Información promueve un Plan de Actuaciones de Apoyo a colectivos con riesgo de exclusión en los Proyectos de Transición de la Fase 1 del Plan Nacional de Transición. Dicho Plan de Apoyo tiene por objeto la puesta en funcionamiento de mecanismos de información preferente, protección y especial atención dirigidos a los integrantes de aquellos colectivos que presentan un especial riesgo de exclusión durante el proceso de transición tecnológica de la televisión analógica a la digital.


Como parte de las actuaciones previstas en el Plan se incluye la distribución de un sintonizador TDT a los ciudadanos para su uso durante 4 años en base a una serie de requisitos: residir en uno de los municipios afectados por la Fase I del Plan Nacional de Transición a la TDT, pertenecer a uno de los colectivos beneficiarios del Plan y no haber sido beneficiario de este Plan de Apoyo a través de Asociaciones o CC.AA.


Un Plan que muy bien podría incluir ayudas o subvenciones a los ciudadanos que viven en las poblaciones situadas en las "zonas de sombra".


Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

- Adoptar las medidas técnicas precisas para solucionar el problema de la no recepción de la TDT en las poblaciones situadas en las denominadas "zonas de sombra", tanto en lo que afecta a la TDT convencional como a la de pago.


- Garantizar la adopción de las posibles soluciones antes del definitivo apagón analógico del 3 de abril de 2010 e informar a los ciudadanos afectados.


- Incluir a los ciudadanos afectados por este problema en las actuaciones contempladas en el Plan de Actuaciones de Apoyo a colectivos con riesgo de exclusión, a fin de contemplar ayudas y subvenciones que eviten que los ciudadanos asuman el coste íntegro por la colocación de antenas específicas.


- Promover una campaña de información, en colaboración con la Xunta de Galicia, en los ayuntamientos afectados por la no recepción de la TDT a fin de ofrecer toda la información necesaria a los ciudadanos afectados."

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

161/001278

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, en relación con el sector de la leche de vacuno, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos

El sector de la leche de vacuno aporta en torno a un 10 % de la Producción Final Agraria de la Unión

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Europea y un 6% en lo que respecta a la producción española. Es una actividad económica tradicional en Europa y en particular en España donde cuenta en la actualidad con 24.000 explotaciones que producen unos 6 millones de toneladas de leche.


La producción aunque se distribuye prácticamente por todo el territorio nacional, la mayor parte, el 80%, se concentra en cinco Comunidades Autónomas: Galicia, Castilla y León, Asturias, Cataluña y Cantabria, territorios que mantienen un sector que ha ido reestructurándose en los últimos quince años, con una importante reducción de explotaciones y animales. Esta reestructuración ha provocado en España un importante cambio en el sector productor, más de 140.000 explotaciones a principios de los años 90 y 1.500.000 vacas de ordeño han dado paso a las actuales 24.000 explotaciones y a menos de 900.000 vacas. Estas explotaciones, no obstante, han incrementado considerablemente la productividad individual, sobre todo haciendo importantes inversiones en instalaciones y en la adquisición de cuota, ya que la regulación comunitaria ha mantenido contingentada la producción.


En el contexto europeo, España ha sido un Estado donde se ha mantenido un importante desequilibrio entre producción y consumo, desde la integración en la Comunidad Europea. En concreto la producción ajustada a la cuota asignada se sitúa en 6 millones de toneladas frente a un consumo que ha ido incrementándose hasta situarse en la actualidad en unos 9 millones de toneladas. Esta diferencia se ha ido cubriendo con leche de otros Estados, fundamentalmente de Francia.


A partir de finales de 2007, el precio de la leche experimentó una tendencia decreciente en general en toda la Unión Europea, aunque ciertamente desde unos niveles anormalmente altos en esa campaña por la subida mundial de las materias primas, a este hecho también hay que añadir la gran incertidumbre que se ha creado con el anuncio de la liberalización del mercado y la supresión del sistema de cuotas al final de la campaña 2014/2015, con un sistema de incrementos continuados del 1% en cinco campañas, para devaluar el sistema. Esta situación se complica más en España por su desequilibrio entre consumo y cuota asignada.


Los efectos de la bajada continuada del precio de la leche que han llegado a no cubrir los costes de producción en muchas explotaciones, la sustitución del suministro de leche nacional por leche de otros Estados miembros y la descapitalización de las explotaciones, al devaluarse la cuota, pone en riesgo el sector productor en importantes zonas tradicionales europeas y especialmente en España, zonas que por otra parte carecen de alternativas productivas.


Esta situación está motivando reacciones en el sector productor, en las Administraciones de los Estados y en las Instituciones Comunitarias. De hecho la Comisión Europea se ha visto obligada a hacer un seguimiento continuado de la evolución del sector y a proponer medidas para recuperar la estabilidad en este mercado.


En este segundo semestre de 2009, en el seno del Consejo de Ministros de la Unión Europea se están debatiendo planteamientos para el sector lácteo, liderados por Francia y Alemania, que consideran las propuestas de la Comisión muy insuficientes y no evitan una desaparición a gran escala de las explotaciones de leche, ya que se basan fundamentalmente en la prórroga de las compras públicas de intervención y las posibilidades que tienen los Estados miembros para aplicar los fondos de la Política Agrícola Común para concentrarlos en este sector.


Sin embargo, con el gran problema que se está padeciendo en España, en gran parte fruto a los desequilibrios entre producción y consumo, no se ve una posición clara del Gobierno de la Nación ante esta situación, es más, la titular del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, va a remolque en Europa, sin pensar que este problema puede que no tenga solución en lo que queda de año y por lo tanto se extienda al próximo, correspondiendo a España la Presidencia de la Unión Europea. Ni siquiera está interviniendo en su propio país con medidas activas y concretas, dejando a las Administraciones de las Comunidades Autónomas que actúen de forma individualizada en sus territorios, como es el caso de Asturias, Castilla y León y Galicia, que están apostando por mantener y potenciar un tejido económico ligado a la actividad ganadera en sus zonas productivas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:

1.º Adopte medidas de contención del gasto y apoyo financiero, tales como rebaja en el sistema de módulos, incremento de los gastos de difícil justificación en el IRPF en estimación directa, no aplicación del IBI y exención en las cuotas a la Seguridad Social durante el ejercicio presente. En el capítulo financiero se insta al Gobierno a una refinanciación de los créditos vigentes solicitados por los ganaderos con rebaja sensible del tipo de interés en la nueva financiación.


2.º Lidere en el Consejo de Ministros de la Unión Europea la orientación de las propuestas para dar solución al sector del vacuno de leche en Europa y anuncie que incorporará a las prioridades de su Presidencia, en el primer semestre de 2010, actuaciones conjuntas en los Estados miembros para garantizar la viabilidad de las explotaciones lecheras en las zonas de producción tradicional.


3.º Proponga al Consejo de Ministros de la Unión Europea la congelación de las decisiones de incremento lineal de cuotas a partir de la campaña 2010/2011 y la suspensión de la desaparición de las mismas, hasta no tener estabilizado el sector europeo.


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4.º Plantee un programa de reestructuración para cesar en esta actividad y reasignar la cuota adquirida hacia explotaciones con mayor posibilidad de viabilidad. Este programa podría financiarse en el marco de los Programas de Desarrollo Rural, con fondos públicos estatales. Específicamente en España incorporando a estos programas además de financiación pública estatal, la financiación FEADER que no puede gastarse en el Programa Nacional de la Red Rural.


5.º Incorpore urgentemente en España un mecanismo que permita liberalizar las cesiones temporales y las transferencias de cuota entre particulares, para facilitar el redimensionamiento de las explotaciones en los próximos años.


6.º Inste a la Comisión Europea a aprobar a la mayor brevedad posible las modificaciones de los Programas de Desarrollo Rural que han incluido actuaciones con el nuevo reto comunitario del sector lácteo.


7.º Ponga en marcha un programa de etiquetado obligatorio de los productos lácteos para que el consumidor conozca el origen de la materia prima, acompañado de un programa de promoción de los productos lácteos en España, en las cadenas de distribución.


8.º Aporte una ayuda de estado bajo el régimen de mínimos a los ganaderos de leche de España, como una ayuda puente en 2009, para circulante en las explotaciones lecheras, hasta que éstos puedan percibir las ayudas de la aplicación en España de la Política Agraria Comunitaria, adoptada en la Conferencia Sectorial de abril de 2009."

Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2009.-María Soraya Sáenz de Santamaría y antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a la adopción de medidas urgentes para estabilizar el sector productor de la patata en España y conseguir un posicionamiento fuerte en la Unión Europea, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos

La patata es un cultivo tradicional en las zonas frescas de España y en los principales regadíos de nuestro país ya que encaja perfectamente en las rotaciones de cultivo y se adapta a la distinta climatología de nuestra geografía. La superficie de cultivo en nuestro país ha seguido una tendencia decreciente y prueba de ello es que de las más de 300.000 hectáreas que se cultivaban a mediados de los años ochenta sólo quedan actualmente unas 85.000 hectáreas. La producción consecuentemente también ha disminuido siendo actualmente de unos 2.400.000 toneladas, de los cerca de 6 millones que se han llegado a producir.


España ha sido uno de los principales productores de patata de la Unión Europea, pero ha ido perdiendo peso descolgándose de los grandes productores que cuentan con una buena organización productiva desde hace muchos años: Alemania, Holanda, Francia y Reino Unido, que se han convertido también en los principales suministradores para los principales centros de consumo en la Unión Europea.


El cultivo de la patata en España se caracteriza fundamentalmente por una fuerte especialización hacia la patata de media estación y tardía.
Aproximadamente el 80% de la producción de este tubérculo es de recolección en el segundo semestre del año, coincidiendo también con las grandes producciones europeas. Se concentra además, este tipo de producción, en tres Comunidades Autónomas: Castilla y León, Galicia y una parte de Andalucía, en contraposición con la producción extratemprana y temprana, que representa el 20% restante y se localiza fundamentalmente en Andalucía.


El consumo interno se sitúa en torno a los 4 millones de toneladas, cubriéndose el déficit con importaciones, fundamentalmente de Francia, que representa en torno al 70% de este suministro.


A pesar de que los rendimientos se han ido incrementando considerablemente, llegando a producciones de más de 40 toneladas por hectárea en las principales zonas de producción. La situación de este cultivo es de una gran inestabilidad con altibajos en los precios percibidos, de una manera cíclica. Actualmente es uno de los cultivos de regadío con mayores costes de producción y presenta grandes problemas estructurales desde el punto de vista de la producción y la comercialización, con una falta de concentración de la oferta y carencia de interprofesional y de poder negociador en los distintos eslabones de la cadena de valor hasta llegar al consumidor.


La falta de regulación comunitaria, no hay que olvidar que este sector es de los pocos que carecen de organización común de mercado en la Unión Europea, también ha contribuido a la inestabilidad, demostrando una enorme debilidad con el sector productor centroeuropeo que cuenta con potentes organizaciones de productores y una buena concentración de la oferta.


La situación que se está viviendo en la actual campaña es especialmente grave con precios que no cubren los costes de producción, solapamiento de producciones tempranas con media estación, incremento de las producciones, falta de estructura para escalonar la recogida, y la amenaza de una fuerte posición en los mercados españoles de patata francesa. Esta situación requiere definitivamente una actuación nacional, para garantizar esta actividad económica en las áreas rurales del territorio español y conseguir un sector puntero y competitivo.


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Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar medidas urgentes para estabilizar el sector productor de la patata en España y conseguir un posicionamiento fuerte en la Unión Europea, con los siguientes planteamientos:

1.º Incluir dentro de las prioridades de la presidencia española de la Unión Europea en el primer semestre de 2010 la incorporación de la patata a una organización común de mercados europea, con mecanismos del tipo de los empleados en el sector de frutas y hortalizas, donde primen actuaciones estructurales de concentración de la oferta.


2.º Elaborar un Plan Nacional de Ordenación del Sector de la Patata que tenga como objetivo fundamental reforzar la posición del agricultor y equilibrar la cadena de valor. En este Plan se deberá incluir un régimen de ayuda nacional para la constitución o reordenación de organizaciones de productores de patata, con un volumen de producción que les permita una adecuada concentración de la oferta, incorporado además sistemas de autorregulación en los casos de exceso de producción o bajadas de precio, sistemas de almacenamiento y Fondos de Compensación intercampañas. Así mismo, deberá incluirse en el Plan un mecanismo que permita adaptar las producciones atendiendo a las variedades y a los distintos tipos de suelo con arreglo a las demandas del mercado tanto de producto en fresco como transformado.


3.º Crear un marco básico interprofesional que permita concentrar las relaciones entre productor y transformador-comercializador.


4.º Determinar un contrato tipo para patata en fresco y transformada.


5.º Financiar campañas de comunicación y promoción nacional de la patata con dos objetivos:

Primero, dirigido hacia el mensaje de un alimento básico y natural, que puede utilizarse en una dieta sana y equilibrada, poniendo en valor sus atributos nutritivos, y

Segundo, para generar una cultura de apreciación de la calidad de la patata más allá del aspecto exterior que pueda tener, favoreciendo un mayor conocimiento de las variedades existentes en nuestro país y sus aptitudes culinarias."

Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2009.-Jesús Merino Delgado, Diputado.-María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Cultura

161/001269

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta para su discusión en la Comisión de Cultura, una proposición no de Ley relativa a los artistas cuyo medio fundamental de vida es la actividad artística ejercida en público de forma discontinua.


Antecedentes

Las relaciones laborales especiales de los artistas cuyo medio fundamental de vida es la actividad artística, y ésta se lleva a cabo mediante contratos de corta duración, llamados "bolos", padecen diversos problemas que es preciso abordar. El Real Decreto 1435/1985, junto a la legislación laboral vigente y la aplicación subsidiaria del Estatuto de los Trabajadores, dan una respuesta adecuada a las relaciones esporádicas de artistas cuyo medio fundamental de vida no es la actividad artística, y también para aquellos cuyas relaciones dentro de este marco son de carácter indefinido o bien de larga duración con un único empleador. En cambio no resuelve las necesidades de quienes dedicándose a actividad artística la ejercen de la forma discontinua.


En este último caso, las relaciones pueden llevarse a cabo entre un empleador cuya actividad principal no es la contratación de artistas, y un artista que por la propia concepción legal de su figura es un trabajador por cuenta ajena. La experiencia demuestra en este sentido que el empleador a menudo incumple, ya sea por ignorancia o por la complejidad del sistema, sus obligaciones en materia de afiliación y cotización de los trabajadores que para él prestan los servicios artísticos. Es por ello que la normativa vigente debería modificarse a los efectos de garantizar a los artistas-trabajadores afectados la plena realización de sus derechos, así como al mismo tiempo, facilitar a los empleadores el cumplimiento de sus obligaciones.


Resulta necesario garantizar a los artistas cuyo medio fundamental de vida es la actividad artística y ésta es ejercida públicamente de forma intermitente, aquellos derechos y prestaciones que se garantizan a todos las trabajadores por cuenta ajena, ya que en muchos casos carecen de la cobertura de prestaciones de seguridad social suficiente para ellos y sus familiares.


Esta reclamación ya se manifestó e incluyó durante la tramitación de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, al incorporarse una Disposición adicional, en concreto la decimoquinta, sobre relación laboral y de seguridad social de

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los artistas en espectáculos públicos. Dicha disposición comprometía al Gobierno a proceder, en el plazo de un año, a la actualización de las normas que regulan la relación laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos públicos y del régimen de Seguridad Social aplicable a los mismos. Sin embargo el plazo de tiempo previsto ha finalizado y el Gobierno no ha procedido a efectuar la citada actualización.


Por ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a cumplir con la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, y proceda a la actualización de las normas que regulan la relación laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos públicos y del régimen de seguridad social aplicable a los mismos, a fin de facilitar la generación de carreras de cotización con la menor intermitencia posible y de adecuar dichas normas a las nuevas modalidades de prestación de servicios."

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Comisión de Igualdad

161/001273

A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre Memoria de la esclavitud, reconocimiento y apoyo a la comunidad negra, africana y de afrodescendientes en España, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos

La esclavitud y la trata de esclavos, en particular la trata transatlántica, fueron tragedias atroces en la historia de la humanidad, no sólo por su barbarie sino también por su magnitud y carácter organizado. Junto a ello, el colonialismo que ha llevado al racismo, a la discriminación racial, la xenofobia y todas las formas conexas de intolerancia que todavía persisten en nuestro mundo, requiere de las sociedades del siglo XI reconocer y condenar los sufrimientos causados a todas sus víctimas, e impedir que ocurran de nuevo.


Tras la abolición de la esclavitud, reconociendo la tragedia y honrando a sus víctimas, y persistiendo aún todavía la aberrante criminalidad de la trata de personas y de los trabajos forzados como nuevas formas de esclavitud que afectan especialmente a mujeres y menores, el instrumento internacional para luchar contra cualquier forma de discriminación y de racismo está enmarcado por la universalización de la igualdad y su especificación en la no discriminación que proclama la Declaración Universal de los Derechos Humanos.


Ambos conceptos, igualdad y no discriminación, han sido profundizados a través de diversos instrumentos internacionales que persiguen la impunidad y penalizan la violación o transgresión de dichos derechos fundamentales y que, a su vez, promueven políticas para hacer efectivos los derechos inalienables que acompañan a toda persona, sin que, como establece el artículo 14 de nuestra CE "pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Entre dichos instrumentos cabe citar la Convención para la Eliminación contra todas las Formas de Discriminación Racial que entró en vigor en 1969.


Sin lugar a dudas, la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las formas conexas de Intolerancia y la Declaración acordada en su seno, celebrada en Durban en el 2001, constituye el referente más cercano y explícito en relación al reconocimiento de la memoria histórica y la condena de la esclavitud y del compromiso político de la comunidad internacional y de los Estados que la conforman. En este sentido, el ejemplo y la heroica lucha del pueblo de Sudáfrica contra el "apartheid", a favor de la igualdad y la justicia en un clima de democracia, imperio de la ley y respeto a los derechos humanos, junto al papel central de los pueblos y gobiernos de África, así como del importante papel que la sociedad civil ha jugado en los esfuerzos movilizadores en este largo proceso, alientan el espíritu de esta importante Declaración.


Junto a la condena de la esclavitud y de la trata transatlántica de esclavos, del colonialismo, de los efectos y la persistencia de esas estructuras y prácticas que contribuyen a desigualdades sociales y económicas duraderas en muchas partes del mundo de hoy, la Declaración de Durban reconoce que "el apartheid y el genocidio, en derecho internacional, constituyen crímenes de lesa humanidad..." afirmando que "... donde quiera y cuando quiera que ocurrieron deben ser condenados y ha de impedirse que ocurran de nuevo". Por su parte, el Programa de Acción de dicha Conferencia contiene una larga lista de políticas y medidas que inspiran la labor de los Estados y de las organizaciones de la sociedad civil al respecto, en las sociedades avanzadas.


Por otra parte, no debemos olvidar que, junto al reconocimiento formal de los derechos individuales y para que la libertad y la igualdad sean realmente efectivas,

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se sitúan la necesaria promoción de las condiciones que lo hagan posible, la remoción de "... los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud..." y la participación ciudadana, tal y como se recoge en el artículo 9.2 de nuestra norma fundamental, la Constitución Española.


A dicho mandato responden los importantes avances producidos en el contexto de las políticas de la UE y muy especialmente en nuestro país a lo largo de estas últimas legislaturas, en materia de género y promoción de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres; para el reconocimiento derechos de las personas con discapacidad y en situación de dependencia; de los derechos de gays y lesbianas y la eliminación de los obstáculos que, por razones de identidad sexual, discriminaban a estas personas en nuestro ordenamiento jurídico y sistema de convivencia; respecto de las políticas de integración de los colectivos de inmigrantes y el reconocimiento de sus derechos de ciudadanía.


Reflejo de estas realidades diversas y de las políticas de participación e integración acometidas, es importante subrayar asimismo la existencia de determinados mecanismos que se han venido poniendo en marcha para profundizar en el impacto y alcance de las medidas adoptadas y concitar la implicación de la sociedad e impulso de la responsabilidad de los distintos poderes públicos. Cabe citar en este ámbito más específico, la vigencia del Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración 2007-2010 o el establecimiento del Consejo para la Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico. La tramitación de un próximo Proyecto de Ley de Igualdad de Trato, anunciado por el Presidente del Gobierno en el último Debate del Estado de la Nación, se sitúa asimismo en esta línea progresiva y comprometida con los avances en materia de profundización democrática y de derechos de la ciudadanía en nuestro país.


Coherentemente, la política de cooperación internacional al desarrollo española, como expresión de la solidaridad internacional, también se estructura a través de sus correspondientes acciones y programas en las distintas regiones y países, incorporando este mismo enfoque de derechos con la perspectiva y aspiración de contribuir a la igualdad formal y real para todas las personas.


Desde dicha concepción, los derechos y las realidades de la diversidad de las poblaciones afrodescendientes en los países receptores de la AOD española aparecen integrados en los objetivos y programas del Plan 2008-2012 de la Cooperación Española, con especial referencia a la región de América Latina y del Caribe, en la que aproximadamente se contabilizan 150 millones de personas que pertenecen a dichos colectivos, representando entre un 20 y un 30% de su población. Es importante subrayar que contamos con una AOD española cuyo volumen creciente de recursos asignados, es fruto asimismo del compromiso firme del Gobierno, del impulso y consenso parlamentario y del conjunto de la sociedad española. Asimismo y como señalaba el Presidente del Gobierno en la última Asamblea de Naciones Unidas celebrada en septiembre 2009 la prioridad de la cooperación española en África implica el compromiso de nuestro país, de la ciudadanía española, con continente que ha estado demasiado tiempo desposeído en la historia de la Humanidad: el continente africano.


En este sentido, cabe subrayar por último, cómo los compromisos y las orientaciones de nuestra política exterior y de cooperación están estrechamente interrelacionados con nuestras propias políticas internas de desarrollo de derechos sociales y de ciudadanía antes mencionadas que, en consecuencia, fundamentan y motivan la presente iniciativa.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"1. El Congreso de los Diputados, a través de la Comisión de Igualdad, desea rendir homenaje a los millones de personas que, colectiva e individualmente, tuvieron el coraje y la convicción moral de luchar por la abolición de la esclavitud en el mundo entero, condena dichas prácticas, así como la trata de esclavos y la esclavitud perpetrada contra el pueblo africano.


Junto a ello, reafirma el necesario compromiso colectivo y firme de erradicar el tráfico de personas y de todas las formas de esclavitud moderna que aún persisten en nuestros días.


2. El Congreso de los Diputados subraya por tanto la importancia de luchar contra el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación para lograr un mundo más igualitario, e insta al Gobierno a:

a. La elaboración y presentación de un Proyecto de Ley integral de Igualdad de Trato, dirigido a prevenir y eliminar cualquier manifestación de discriminación persistente en nuestra sociedad, a la vez que fomente el reconocimiento y la gestión de la diversidad como activo social, impulsando y completando el marco legislativo europeo.


b. Incluir en los trabajos del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico, así como en el marco de la Estrategia Nacional e Integral de lucha contra el Racismo y la Xenofobia, medidas para promover el respeto, conocimiento, reparación y recuperación de la memoria histórica e intercambio entre el colectivo africano y de afrodescendientes de la diáspora en nuestro país, fomentando la integración y tejido asociativo de dichos colectivos que comparten una cultura y están unidos por una conciencia de identidad, en las correspondientes actividades de sensibilización y participación ciudadana.


c. Apoyar el trabajo por la equidad étnica y de género de las mujeres africanas y afrodescendientes,

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fortaleciendo el desarrollo de políticas públicas, servicios y propuestas de acción en este ámbito, así como en el de las políticas de integración de sus niños y niñas.


d. Seguir priorizando la cooperación española al desarrollo con África, especialmente relacionados con los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), la lucha contra la pobreza, los efectos de la crisis alimentaria o del cambio climático, con enfoque de derechos humanos y de igualdad de género, promoviendo asimismo el codesarrollo y el empoderamiento de las diásporas, de conformidad con las directrices en materia de emigración y desarrollo contempladas en el III Plan Director 2009-2012.


e. Asimismo y de conformidad con el citado Plan Director de la Cooperación española, integrar y promover el respeto a la diversidad cultural en los procesos de desarrollo como prioridad horizontal, con el fin de contribuir a crear sociedades más incluyentes apoyando desde esta perspectiva aquellas iniciativas destinadas a recuperar el patrimonio antropológico e histórico, las prácticas y tradiciones locales, el desarrollo socio-cultural de dichas poblaciones, especialmente a través de la investigación, la promoción cultural y la educación.


f. Apoyar la integración de las cuestiones relacionadas con las poblaciones afrodescendientes en las agendas internacionales en las que España participa activamente."

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-José Vicente Muñoz Gómez, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/001283

A la Mesa del Congreso de los Diputados

En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre indicadores de género, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Motivación

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, reconoce que la igualdad formal, plenamente reconocida ante la Ley, se ha mostrado insuficiente en muchos ámbitos. A fin de contrarrestar esta situación, en 2007 las Cortes Generales aprobaron dicha ley en la que se establecieron numerosos instrumentos para impulsar las políticas de igualdad.


Esta Ley, junto con el Plan Estratégico para la Igualdad de Oportunidades 2008-2011, han supuesto un cambio de enfoque en el funcionamiento y desarrollo de los trabajos en las Administraciones Públicas con el objeto de eliminar las brechas de género que pudieran existir previamente.


Con la creación del Ministerio de Igualdad, el Gobierno se ha puesto a la altura de las exigencias de la ciudadanía en cuanto a la atención precisa contra la discriminación de las mujeres. A lo largo de estos años, se han implementado unos modelos necesarios para las políticas de igualdad con un respaldo presupuestario permanente. Además, se han establecido marcos de cooperación con las Comunidades Autónomas y entes locales exigidos para optimizar esfuerzos y recursos destinados a estas políticas.


Es clave poder medir el impacto que estas políticas públicas tengan en la consolidación del proceso de implantación del mainstreaming de género y en la superación de las discriminaciones de las mujeres por razón de sexo. De tal modo lo recoge la propia LO 3/2007 en su artículo 20, en el que se incluye la perspectiva de género dentro de las estadísticas y estudios elaborados por los poderes públicos.


De este modo, hemos observado cómo las Administraciones Públicas se han visto en la necesidad de contar con unos indicadores que nos permitan identificar la situación de hombres y mujeres en la economía, la política y la sociedad. En algunos casos, el mero desagregamiento por sexo de los indicadores que han venido utilizándose tradicionalmente muestra esta realidad, aunque no siempre de modo eficaz para visibilizar la complejidad social que sitúa a hombres y mujeres en posiciones desiguales ya que no han sido formuladas desde una perspectiva de género.


La actuación de los poderes públicos en este campo, por otra parte, creará pautas y modelos a seguir por empresas privadas y organizaciones sociales involucradas en la generación, análisis, seguimiento o evaluación de este tipo de información.


Continuar en esta tarea de creación de nuevos indicadores que clarifiquen situaciones de desventaja de las mujeres es, por tanto, imprescindible para el análisis, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en la evolución de la igualdad de oportunidades.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a seguir impulsando, en colaboración con las Comunidades Autónomas, ayuntamientos, empresas privadas y organizaciones sociales, la revisión y construcción de indicadores de género y su inclusión en estudios y estadísticas."

Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2009.-Carmen Montón Giménez, Diputada. Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad

161/001277

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a la adaptación paulatina de los diferentes billetes de euros con la señalización en Braille, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos

Aprovechando la Presidencia Europea que le corresponde al Reino de España el primer semestre de 2010, sería conveniente instar a la adaptación paulatina de los diferentes billetes de euros con la señalización en Braille, con el objeto hacerlos más accesibles a las personas invidentes de la Unión Europea.


Sería factible ir fabricando estos nuevos billetes según se vaya autorizando por el Banco Central Europeo.


En España, debido a la actividad principal que desarrolla la Once (la venta del cupón) mayormente por personas invidentes, se hace necesario realizar muchas transacciones de billetes.


Para los invidentes en general, a efectos de cobro, devoluciones de importes y al uso habitual en cualquier transacción económica con billetes, sería de gran utilidad, para evitar equivocaciones o engaños, que suelen ser costosos, el poder detectar los billetes con su lectura en Braille.


Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que durante su Presidencia al frente de la Unión Europea proponga la adaptación paulatina, a medida que se vayan fabricando nuevos billetes en los distintos Estados integrantes de la Unión Europea, que estos se confeccionen con la escritura en Braille."

Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de octubre de 2009.-Francisco Vañó Ferre, Diputado.-María Soraya Sáenz de Santamaría Antón, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión no Permanente sobre Seguridad Vial y Prevención de Accidentes de Trabajo

161/001270

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante la Comisión no permanente de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley para garantizar una entrada directa de la A-27 en el polígono petroquímico de Tarragona manteniendo la seguridad vial que supone otra entrada específica para los municipios de El Morell y La Pobla de Mafumet.


Antecedentes

El Polígono Petroquímico Norte de Tarragona es el destino de una media de 230 camiones/día (con puntas de 300) que transportan mercancías sujetas, muchas de ellas, al ADR, y que se dirigen, la mayoría, a las áreas de carga y descarga que están situadas al Norte del referido Polígono. Su acceso al polígono se realiza a través de una carretera local, en un tramo de 4 kilómetros, que comparte tráfico con los vecinos de La Pobla de Mafumet y El Morell que la utilizan para sus desplazamientos diarios hacia la N-240.


Esta situación provoca una situación grave de inseguridad vial, en una doble vertiente: la confluencia de un alto volumen de tráfico pesado con los desplazamientos diarios de los vecinos próximos al polígono y otra, por la existencia de una carretera que dificulta el acceso y la evacuación del polígono en caso de emergencia.


La necesidad de garantizar la seguridad vial exige que una industria excepcional como la petroquímica de Tarragona pueda tener un acceso directo en el Norte mediante la nueva autovía A-27, entre Tarragona y Valls. Para ello, los camiones que acceden al polígono petroquímico deberían disponer de una entrada directa distinta a la prevista para todos los automóviles que acceden a los municipios colindantes, sin que este nuevo acceso directo signifique la supresión de ninguno de los accesos ya previstos a los municipios como El Morell, La Pobla de Mafumet, el Perafort o la Secuita.


Sin duda, no tiene sentido mantener este tráfico pesado por una carretera local y que continúe recorriendo más de cuatro kilómetros para dirigirse a un punto que, de construirse el enlace al que nos referimos, se encontraría a unos centenares de metros.


Estamos todavía a tiempo de encontrar esta solución y es urgente hacerlo, ya que se han iniciado las obras de esta autovía. No hacerlo así supondría un grave riesgo para la seguridad vial y para todos los habitantes de la zona, riesgo que debe evitarse a partir de la construcción

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de esta vía de acceso directo en la zona norte del Polígono de la Petroquímica.


Su construcción, además, supondría una mejora muy significativa de los accesos al Polígono Petroquímico, por cuanto constituiría una segunda salida para vehículos y personas en caso de accidente químico, al tiempo que -también en estos casos- facilitaría el acceso rápido e inmediato de los Bomberos y demás servicios de auxilio y emergencia.


El actual proyecto contempla una rotonda a la altura del municipio de Constantí, para dar salida/entrada a la Autovía de todo el tráfico que va/viene de Reus y de Constantí que se hallaría a unos centenares de metros del recinto vallado de la refinería. Con una pequeña ampliación del actual proyecto, que contemple la construcción de un vial de acceso a la refinería, se conseguiría descongestionar los actuales accesos al Polígono (al segregar el tráfico con destino exclusivo a la refinería) y dotar a la refinería de una vía alternativa de evacuación en caso de emergencia.


Consideramos, por ello, que sería también de especial interés y relevancia ampliar el ámbito de actuación del actual proyecto, para que se contemplara la construcción de un vial de acceso a la refinería.
Actualmente la refinería tiene una única salida, que es el vial que la comunica con la T-750. Cualquier incidencia que afectara a esta carretera supondría el colapso de esta única vía de salida. Actualmente, en el día a día, es normal encontrar retenciones en las horas de entrada y salida del personal del complejo y se incrementa este problema cuando hay trabajos extraordinarios como paradas o grandes inversiones. La autovía, además, será el enlace natural entre la refinería y Puerto de Tarragona y concentrará todo el tráfico de vehículos privados y camiones que genera la actividad industrial, incluso los tráficos extraordinarios y los de emergencia.


Parece pues razonable aprovechar el Proyecto de construcción de A-27 para ejecutar las obras de construcción del referido vial de acceso a la refinería.


El proyecto constructivo de la autovía contempla un tramo de la misma, en el término municipal de El Morell -aguas abajo del municipio- sobre una plataforma o talud de unos 7 metros de altura. Los informes técnicos encargados por el Ayuntamiento concluyen que el actual diseño comporta un riesgo más que probable de inundaciones, al impedir el desagüe natural de dichas aguas y provocar la retención de las mismas, con la consiguiente inundación de la parte sur del municipio y del propio Complejo Petroquímico. Desgraciadamente ya existen precedentes de estas inundaciones en el año 2006 y los informes parecen demostrar que se agravará está situación si se construye la A-27 con el diseño actual.


De acuerdo con la Agencia Catalana del Agua, el Ayuntamiento ha encargado un estudio topográfico de detalle, para determinar la posible problemática y las soluciones a la misma, que se comunicarían al Ministerio de Fomento para que las incorporara al proyecto de Autovía.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, con la máxima urgencia y por razones de seguridad, modifique el proyecto de la A-27 entre Tarragona y Valls con objetivo de incorporar las siguientes actuaciones:

1. La realización de una entrada directa de la autovía A-27 al Polígono Norte de la Petroquímica de Tarragona, manteniendo las rotondas previstas en los proyectos actuales y que permita evitar la confluencia de camiones con dirección a la petroquímica con ciudadanos que acceden a los municipios de El Morell y La Pobla de Mafumet.


2. La construcción de un vial de acceso a la refinería.


3. Aplicación de las soluciones propuestas poro Ayuntamiento de El Morell al tramo de autovía en su término municipal, con el fin de evitar que la A-27 pueda provocar inundaciones al municipio y al complejo petroquímico.


4. Incorporar la financiación necesaria en los Proyectos de ley de Presupuestos Generales del Estado correspondientes."

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL

La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Comisión de Fomento

181/002003

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

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Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿En qué estado de ejecución se encuentra el proyecto "2007 17 38 0824 Rotonda N-2 TM. De Bell-Lloc d'Urgell", incluido en el anexo de inversiones regionalizadas para Catalunya de los Presupuestos Generales del Estado de 2007?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002004

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿En qué estado de ejecución se encuentra el proyecto "2007 17 38 3762" "N-152, Ribes de Freser-La Molina (PC) (18,2 Km)", incluido en el anexo de inversiones regionalizadas para Catalunya de los Presupuestos Generales del Estado de 2007?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002005

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿En qué estado de ejecución se encuentra el proyecto "2007 17 38 4182 Redacción del proyecto del tramo de conexión con Navarra de la autovía Pamplona-Huesca-Lleida" incluido en el anexo de inversiones regionalizadas para Catalunya de los Presupuestos Generales del Estado de 2007?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002006

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿En qué estado de ejecución se encuentra el proyecto "2007 17 38 4184" "Proyecto constructivo del Morrot, ampliar a litoral", incluido en el anexo de inversiones regionalizadas para Cataluña de los Presupuestos Generales del Estado de 2007?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002007

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿En qué estado de ejecución se encuentra la transferencia corriente destinada a la "Remodelación y mejora de la antigua N-340 en l'Ampolla", incluida en el presupuesto de gastos del Ministerio de Fomento, de los Presupuestos Generales del Estado de 2007?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002008

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿Cuáles son las previsiones y la situación actual de las obras de desdoblamiento de la carretera N-340?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002009

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

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Texto:

¿Cuáles son las previsiones y la situación actual de las obras de desdoblamiento y mejora de la carretera N-260 (Eje Pirenaico)?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002010

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿Cuáles son las previsiones y la situación de la ejecución de las actuaciones pendientes en infraestructuras viarias del entorno de la ciudad de Reus (Tarragona)?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002011

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿Cuáles han sido los problemas que han conllevado la anulación del contrato con la empresa adjudicataria de las obras del tercer carril de la AP-7 entre Maçanet y Fornells?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002012

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿Cuál es el estado de tramitación del proyecto constructivo del tercer y cuarto carril del tramo Fornells-Vilademuls en la AP-7?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002013

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿Cuál es el estado de tramitación de los proyectos de los enlaces de Fornells, Sant Gregori y Vilademuls en la AP-7?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002014

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿Cuál es el nivel de cumplimiento de los plazos temporales previstos en el convenio entre el Ministerio de Fomento y la concesionaria Acesa para la construcción del tercer carril de la AP-7 en el tramo El Vendrell- Tarragona?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002015

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Página 37


Texto:

¿Cuál es el nivel de cumplimiento de los plazos temporales previstos en el convenio entre el Ministerio de Fomento y la concesionaria Acesa para la construcción del tercer carril de la AP-7 en el tramo Macanet-La Jonquera?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002016

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿Cuál es la opinión del Ministerio de Fomento en relación al proyecto europeo New Opera?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/002017

Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento

Diputado don Pere Macias i Arau

Texto:

¿Cree el Ministerio de Fomento posible la autoprestación de los servicios de las terminales ferroviarias a cargo de los operadores ferroviarios?

Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de octubre de 2009.-Pere Macias i Arau, Diputado.


Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

181/002018

Grupo Parlamentario Popular en el Congreso

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

Diputado don Joaquín García Díez

Texto:

¿Cuáles son las razones que esgrime el Gobierno para no haber publicado, a la fecha de esta pregunta, la Orden Ministerial por la que se prorroga el contrato homologado tipo del sector lácteo?

Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2009.-Joaquín García Díez, Diputado.


181/002019

Grupo Parlamentario Popular en el Congreso

Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca

Diputado don Joaquín García Díez

Texto:

¿Cuáles son las previsiones inmediatas del Gobierno respecto a la demanda de exclusión del etiquetado de los vinos sin denominación de origen ni indicación geográfica protegida (vinos sin DOP ni IGP) para las viníferas autóctonas gallegas, de acuerdo con la lista de variedades que se acompaña?

Lista:

Blancas: Albariño, Godello, Treixadura, Loureira, Caíño Branco, Torrontés, Lado, Dona Branca y Branca de Monterrei.


Tintas: Mencia, Loureiro tinto, Ferrón, Caíño Tinto, Caiño Bravo, Caiño Longo, Mouratón, Pedral, Brancellao, Merenzao, Sousón y Espaderiro.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de octubre de 2009.-Joaquín García Díez, Diputado.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

La Presidencia de la Cámara, a solicitud de su autor, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Educación, Política Social y Deporte, las preguntas al Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y al Sr. Diputado preguntante y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


Página 38


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de octubre de 2009.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


RELACIÓN DE PREGUNTAS

Núm. expte.: 184/057217.


Núm. registro: 71562.


Autor iniciativa: Vázquez Abad, Jesús (GP); Elorriaga Pisarik, Gabriel (GP).


Objeto iniciativa: Objetivos previstos en el artículo 3 de la Ley 29/2005, de Publicidad y Comunicación Audiovisual, para las campañas institucionales de publicidad y comunicación, incluidas en el Plan de acción 2009 para el apoyo y la modernización de la Universidad pública española, aprobado en el marco de la Estrategia Universidad 2015.


Publicación: "BOCG. Congreso de los Diputados", serie D, núm. 193, de 28 de abril de 2009, pág. 341.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/002023.


Núm. expte.: 184/057218.


Núm. registro: 71563.


Autor iniciativa: Vázquez Abad, Jesús (GP) Elorriaga Pisarik, Gabriel (GP).


Objeto iniciativa: Procedimiento de contratación seguido en la ejecución del Plan de acción 2009 para el apoyo y la modernización de la Universidad pública española, aprobado en el marco de la Estrategia Universidad 2015.


Publicación: "BOCG, Congreso de los Diputados", serie D, núm. 19, de 28 de abril de 2009, pág. 342.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/002024.


Núm. expte.: 184/057219.


Núm. registro: 71564.


Autor iniciativa: Vázquez Abad, Jesús (GP) Elorriaga Pisarik, Gabriel (GP).


Objeto iniciativa: Difusión a través de los medios de comunicación de la campaña correspondiente al Plan de acción 2009 para el apoyo y la modernización de la Universidad pública española, aprobado en el marco de la Estrategia Universidad 2015.


Publicación: "BOCG. Congreso de los Diputados", serie D, núm. 19, de 28 de abril de 2009, pág. 342.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/002025.

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