DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 278, de 30/04/2015
cve:
DSCD-10-PL-278
CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE
Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 278
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JESÚS POSADA MORENO
Sesión plenaria núm. 261
celebrada el jueves,
30 de abril de 2015
ORDEN DEL DÍA:
Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios
internacionales:
? Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de Granada
sobre supresión recíproca de visados para titulares de pasaportes
diplomáticos, hecho en Nueva York el 22 de septiembre de 2014. «BOCG.
Cortes Generales», serie A, número 375, de 6 de marzo de 2015. (Número de
expediente 110/000156) ... (Página5)
? Tratado de extradición entre el Reino de España y la República
Socialista de Vietnam, hecho en Madrid el 1 de octubre de 2014. «BOCG.
Cortes Generales», serie A, número 376, de 6 de marzo de 2015. (Número de
expediente 110/000157) ... (Página5)
? Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y
la República Socialista de Vietnam, hecho en Madrid el 1 de octubre de
2014. «BOCG. Cortes Generales», serie A, número 377, de 6 de marzo de
2015. (Número de expediente 110/000158) ... (Página5)
? Protocolo del acuerdo de estabilización y asociación entre las
comunidades europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la Antigua
República Yugoslava de Macedonia, por otra, para tener en cuenta la
adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, hecho en Bruselas
el 18 de julio de 2014. «BOCG. Cortes Generales», serie A, número 378, de
6 de marzo de 2015. (Número de expediente 110/000159) ... (Página5)
? Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de
la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por
otra, hecho en Bruselas el 27 de junio de 2014. (Número de expediente
110/000160) ... (Página5)
? Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de
la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República
de Moldavia, por otra, hecho en Bruselas el 27 de junio de 2014. «BOCG.
Cortes Generales», serie A, número 384, de 13 de marzo de 2015. (Número
de expediente 110/000161) ... (Página5)
? Convenio entre el Reino de España y el Sultanato de Omán para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta y su Protocolo, hecho en Mascate el 30 de abril de 2014.
«BOCG. Cortes Generales», serie A, número 385, de 13 de marzo de 2015.
(Número de expediente 110/000162) ... (Página5)
Debates de totalidad de iniciativas legislativas:
? Proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las
garantías procesales. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, número
138-1, de 20 de marzo de 2015. (Número de expediente 121/000138) ... (Página9)
? Proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la
regulación de las medidas de investigación tecnológica. «BOCG. Congreso
de los Diputados», serie A, número 139-1, de 20 de marzo de 2015. (Número
de expediente 121/000139) ... (Página9)
? Solicitud de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales de prórroga
hasta el 7 de septiembre de 2015, del plazo para la conclusión de los
trabajos de la Subcomisión para abordar el problema de la violencia
contra los niños y la niñas. (Numero de expediente 154/000012) ... (Página34)
Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación)
Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios
internacionales. (Votación)
Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votación)
Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios
internacionales... (Página5)
Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de Granada
sobre supresión recíproca de visados para titulares de pasaportes
diplomáticos, hecho en Nueva York el 22 de septiembre de 2014... (Página5)
Tratado de extradición entre el Reino de España y la República Socialista
de Vietnam, hecho en Madrid el 1 de octubre de 2014... (Página5)
Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y
la República Socialista de Vietnam, hecho en Madrid el 1 de octubre de
2014... (Página5)
Protocolo del Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades
Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la Antigua República
Yugoslava de Macedonia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la
República de Croacia a la Unión Europea, hecho en Bruselas el 18 de julio
de 2014... (Página5)
Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la
Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por
otra, hecho en Bruselas el 27 de junio de 2014... (Página5)
Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la
Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de
Moldavia, por otra, hecho en Bruselas el 27 de junio de 2014... (Página5)
Convenio entre el Reino de España y el Sultanato de Omán para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta y su Protocolo, hecho en Mascate el 30 de abril de 2014...
(Página5)
Para fijar su posición sobre determinados convenios intervienen el señor
Nuet Pujals, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Xuclà
i Costa, Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); Sáez Jubero,
del Grupo Parlamentario Socialista, y Beneyto Pérez, del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.
Debates de totalidad de iniciativas legislativas.... (Página9)
Proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para
la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías
procesales... (Página9)
Proyecto de ley Orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la
regulación de las medidas de investigación tecnológica... (Página9)
El señor ministro de Justicia (Catalá Polo) presenta a la Cámara los
proyectos de ley de referencia.
En defensa de las enmiendas a la totalidad de devolución y en turno de
fijación de posiciones intervienen las señoras Fernández Davila y Jordà i
Roura, y los señores Álvarez Sostres, Baldoví Roda y Urbina Fernández,
del Grupo Parlamentario Mixto; Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario
de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, y De la Rocha Rubí, del Grupo
Parlamentario Socialista.
En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Esteban Bravo, del
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Díez González, del Grupo
Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; así como los señores Jané i
Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Conde
Bajén, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
El señor secretario (Gil Lázaro) da lectura a la declaración institucional
firmada por todos los grupos en apoyo al pueblo de Nepal por el terremoto
sufrido en los últimos días.
Solicitud de prórroga de subcomisiones... (Página34)
La Presidencia somete al Pleno la solicitud de prórroga hasta el 7 de
septiembre de 2015 de los trabajos de la Subcomisión para abordar el
problema de la violencia contra los niños y las niñas, constituida en la
Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, lo que se aprueba por
asentimiento.
Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes. (Votación.) ... (Página34)
Sometida a votación la moción consecuencia de interpelación urgente del
Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre
medidas para revocar el acuerdo del Consejo de Ministros de 13/03/2015,
que niega la extradición solicitada por las autoridades argentinas de
personas acusadas de graves crímenes realizados durante la dictadura
franquista, se rechaza por 34 votos a favor, 174 en contra y 100
abstenciones.
Sometida a votación la enmienda transaccional firmada por todos los grupos
a la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas que debería adoptar el
Gobierno para eximir de la presentación del impuesto sobre sociedades a
las pequeñas entidades sin ánimo de lucro, se aprueba por 305 votos a
favor.
Dictámenes de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios
internacionales... (Página5)
Sometido a votación el acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el
Gobierno de Granada sobre supresión recíproca de visados para titulares
de pasaportes diplomáticos, hecho en Nueva York el 22 de septiembre de
2014, se aprueba por 289 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones.
Sometidos a votación conjunta el resto de convenios que figuran en el
orden del día, son aprobados por 303 votos a favor y 1 abstención.
Debates de totalidad de iniciativas legislativas. (Votación.) ... (Página9)
Sometidas a votación conjunta las enmiendas a la totalidad de devolución
al proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las
garantías procesales, se rechazan por 121 votos a favor más 1 voto
telemático, 122; 174 en contra más 2 votos telemáticos, 176, y 13
abstenciones.
Sometida a votación la solicitud de avocación por el Pleno del proyecto de
ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la
agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías
procesales, se aprueba por 308 votos a favor más 1 voto telemático, 309,
y 2 votos telemáticos en contra.
Sometidas a votación conjunta las enmiendas a la totalidad de devolución
al proyecto de ley Orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la
regulación de las medidas de investigación tecnológica, se rechazan por
121 votos a favor más 1 voto telemático, 122; 174 en contra más 2 votos
telemáticos, 176, y 13 abstenciones.
Se levanta la sesión a las doce y cinco minutos del mediodía.
Se reanuda la sesión a las nueve de la mañana.
DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS
INTERNACIONALES.
? ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE GRANADA
SOBRE SUPRESIÓN RECÍPROCA DE VISADOS PARA TITULARES DE PASAPORTES
DIPLOMÁTICOS, HECHO EN NUEVA YORK EL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2014. (Número de
expediente 110/000156).
? TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA
SOCIALISTA DE VIETNAM, HECHO EN MADRID EL 1 DE OCTUBRE DE 2014. (Número
de expediente 110/000157).
? TRATADO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y
LA REPÚBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM, HECHO EN MADRID EL 1 DE OCTUBRE DE
2014. (Número de expediente 110/000158).
? PROTOCOLO DEL ACUERDO DE ESTABILIZACIÓN Y ASOCIACIÓN ENTRE LAS
COMUNIDADES EUROPEAS Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA ANTIGUA
REPÚBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA, POR OTRA, PARA TENER EN CUENTA LA
ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DE CROACIA A LA UNIÓN EUROPEA, HECHO EN BRUSELAS
EL 18 DE JULIO DE 2014. (Número de expediente 110/000159).
? ACUERDO DE ASOCIACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y LA COMUNIDAD EUROPEA DE
LA ENERGÍA ATÓMICA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y GEORGIA, POR
OTRA, HECHO EN BRUSELAS EL 27 DE JUNIO DE 2014. (Número de expediente
110/000160).
? ACUERDO DE ASOCIACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y LA COMUNIDAD EUROPEA DE
LA ENERGÍA ATÓMICA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA REPÚBLICA
DE MOLDAVIA, POR OTRA, HECHO EN BRUSELAS EL 27 DE JUNIO DE 2014. (Número
de expediente 110/000161).
? CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL SULTANATO DE OMÁN PARA EVITAR LA
DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS
SOBRE LA RENTA Y SU PROTOCOLO, HECHO EN MASCATE EL 30 DE ABRIL DE 2014.
(Número de expediente 110/000162).
El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.
Comenzamos con el punto del orden del día correspondiente a los dictámenes
de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre convenios internacionales que
tienen números de expediente del 110/000156 a 110/000162. Son los puntos
29 a 35 del orden del día. Algunos grupos han manifestado su deseo de
intervenir por el tiempo fijado en Junta de Portavoces y que ellos
conocen. Comenzamos por el Grupo de Unión Progreso y Democracia y tiene
la palabra la señora Lozano.
La señora LOZANO DOMINGO: Muchas gracias, presidente.
Señorías, con brevedad me voy a referir exclusivamente de los distintos
convenios internacionales al Acuerdo de asociación con Georgia que a mi
grupo parlamentario le parece especialmente significativo porque se
encuadra en un marco político especial e importante para afianzar las
relaciones con este país, acelerar la asociación política y promover la
integración económica, no solo entre la Unión Europea y Georgia sino
también entre la propia España y Georgia. Consideramos que es un esfuerzo
y que la firma seguirá impulsando las reformas políticas y
socioeconómicas, así como facilitando la aproximación a la Unión Europea
que Georgia necesita. Saludamos también que este país colabore en asuntos
de cooperación policial y para la lucha contra el crimen organizado y el
terrorismo, aspecto especialmente importante si tenemos en cuenta las
dificultades de las relaciones entre Georgia y Rusia. Quiero recordar
especialmente que Rusia sigue ocupando las regiones georgianas de Abjasia
y Osetia del Sur, lo cual viola normas y principios del derecho
internacional y asimismo que se han practicado operaciones de limpieza
étnica y cambios demográficos por la fuerza en zonas bajo control
efectivo de la fuerza de ocupación rusa.
La Unión Europea hace tiempo que ha dedicado grandes esfuerzos en Georgia
y para darse cuenta de que las negociaciones sobre el acuerdo de
asociación han progresado rápidamente y que la Unión Europea ha
encontrado un buen socio no hay más que ver distintas resoluciones del
Parlamento Europeo, como la de 3 de septiembre de 2008, sobre la
situación en Georgia; la de 20 de mayo de 2010, sobre la necesidad de una
estrategia de la Unión Europea para el Cáucaso meridional y la de 7 de
abril de 2011, sobre la revisión de la política europea de vecindad en su
dimensión oriental. Sin embargo, queremos también aprovechar este trámite
para hacer un llamamiento en cuanto a que se ha de vigilar la capacidad
para cumplir los correspondientes compromisos adoptados, siempre teniendo
en cuenta la situación y la ambición específica de Georgia. Necesitamos
reafirmar que la participación activa de Georgia y su compromiso con los
valores y principios compartidos, como la democracia, el Estado de
derecho, la buena gobernanza y el respeto de los derechos humanos, son
esenciales para garantizar un impacto sostenible en el desarrollo del
país. Creemos también que son necesarias mejoras adicionales en el ámbito
de las reformas en el sistema judicial, los derechos laborales, la
integración de las minorías y especialmente los derechos de las mujeres.
Como conclusión, el acuerdo de asociación creemos que da un paso más en
la colaboración no solo española sino también europea con un socio
importante de la región y reafirma el compromiso de la Unión y de España
por la promoción de sus valores fundamentales más allá de sus fronteras.
Por tanto, votaremos a favor de este acuerdo así como de los restantes
que se someten a la consideración de la Cámara.
Muchas gracias, presidente.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Lozano.
Por el Grupo de La Izquierda Plural tiene la palabra el señor Nuet.
El señor NUET PUJALS: Gracias, señor presidente.
Hemos solicitado la votación separada del punto 35 del Convenio entre el
Reino de España y el Sultanato de Omán. Algunos dirán que es un convenio
fiscal y, por lo tanto, cómo nos podemos oponer a un convenio fiscal;
pero, precisamente, no queremos que se vea como algo normal que España y
el Sultanato de Omán firmen un convenio fiscal y nada más, porque no
tenemos muchas oportunidades de hablar del Sultanato de Omán. Hoy tenemos
una y vale la pena aprovecharla.
¿Qué tenemos ante nosotros? Evidentemente, uno de los países del Consejo
de Cooperación del Golfo, una de las monarquías absolutas de los países
del Golfo. Estamos hablando de un sultán que gobierna de forma absoluta
con un Parlamento que tiene algunas atribuciones. Pero tienen que saber
que este Parlamento solo lo eligen en voto 190.000 ciudadanos de los 3
millones de habitantes que tiene el Sultanato de Omán. Por lo tanto, no
estamos hablando ni mucho menos de un país democrático. En España lo
conocemos bien. El rey don Juan Carlos hace un año visitaba el Sultanato
de Omán y uno de los asiduos de ese país es nuestro ministro de Defensa,
señor Morenés. Asesoramos al Sultanato de Omán en temas militares y en
otros más. Por lo tanto, tenemos una relación muy estrecha con ese país.
Hay que recordar también que Omán no ha suscrito ninguno de la mayoría de
los convenios internacionales sobre derechos humanos. Además, hay una
realidad denunciada por la mayoría de las organizaciones no
gubernamentales de derechos humanos, algunas españolas pero otras con
sede permanente en El Cairo, que después de la Primavera Árabe y la ola
de protestas que a partir del año 2011 se da también en Omán, el Gobierno
pasa a decretar una serie de leyes, de decretos-ley, de tipo represivo
que lo que han hecho, realmente, es endurecer tanto el Código Penal como
la Ley procesal para intentar que no haya libertad de opinión ni libertad
de expresión. Esa es la realidad con la que nos encontramos; un país no
democrático con el cual no podemos, normalmente, firmar convenios como si
estuviésemos hablando de otro país, porque entonces estaríamos olvidando
los derechos humanos y las libertades que en Omán se conculcan todos los
días.
Muchas gracias. (Aplausos).
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Nuet.
Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió tiene la palabra el señor
Xuclà.
El señor XUCLÀ I COSTA: Gracias, señor presidente.
Señorías, intervengo por parte de mi grupo parlamentario para fijar,
básicamente, nuestro interés y anunciar el apoyo al conjunto de tratados
internacionales destacando, especialmente, la importancia de que apoyemos
en estos momentos el tratado internacional respecto al libre comercio de
Macedonia con el resto de Estados miembros de la Unión Europea, a raíz de
las consecuencias de la incorporación de un viejo socio de Macedonia como
es Croacia. Con lo cual, la ratificación del convenio referido a
Macedonia trae causa ?la liberalización del comercio de destacados
productos? directamente de la incorporación de Croacia a la Unión
Europea. Además, es un buen momento para apoyar a Macedonia cuando
Macedonia ?estoy seguro de que los compañeros presentes en el hemiciclo
que siguen con interés estos países lo conocen? está viviendo una grave
crisis institucional que requiere precisamente del apoyo, en forma de
ratificación esta mañana, a este tratado internacional. Es una crisis
institucional caracterizada por el boicot de la minoría en el Parlamento,
por el que, siguiendo la vía del Parlamento albanés de hace unos años, la
oposición en el Parlamento simplemente no toma parte en la actividad
parlamentaria; y una crisis institucional caracterizada por el escándalo
del conocimiento de que en los últimos cuatro años y medio el Gobierno y
la mayoría de los políticos de Macedonia habían sido grabados
sistemáticamente en su vida pública y en su vida privada; práctica
absolutamente inapropiada e inoportuna que espero que no se practique en
otros Estados donde prevalece el Estado de derecho.
También es un buen momento, señorías, para apoyar el tratado internacional
referido a Moldavia y a las relaciones entre Moldavia y la Unión Europea.
Moldavia es un país a las puertas de un país muy conocido y muy apoyado
por la comunidad moldava como es Rumania, que da un gran apoyo a Moldavia
por razones históricas que no es necesario comentar. Sin embargo, ahora
que hablamos tanto de conflictos congelados, ahora que hablamos de Osetia
del Sur, de Abjacia o de Nagorno-Karabaj es bueno recordar que el
conflicto congelado más antiguo es el de Transnistria y que sin duda la
ayuda desde la Unión Europea gracias a ese tratado internacional a
Moldavia es una ayuda a la consolidación de uno de los países más pobres
de Europa pero con perspectiva europea; ayuda que se ha alcanzado por la
liberalización de los visados y de la estabilidad que supone un nuevo
Gobierno salido de las urnas el pasado otoño, que evitó que
definitivamente un partido prorruso llegara al Gobierno cuando en la
encuestas estaba muy cerca de conseguirlo. En estos momentos hay una
coalición entre parte de los liberales y los socialistas sin mayoría
absoluta y a la espera de la celebración muy pronto, dentro de semanas,
de elecciones municipales. Después seguramente ?allí todos se llaman
liberales? los liberales de verdad, tras las conversaciones que están
teniendo con el Gobierno, van a conformar definitivamente un Gobierno de
estabilidad. Moldavia ha sido ganada después de esas elecciones para la
causa proeuropea y la ratificación de este convenio es claramente un
apoyo muy valorado por Moldavia después de la gran apuesta que hizo la
Unión Europea con la liberalización de los visados.
Finalmente, también quiero hacer una referencia al tratado internacional
referido a Georgia, quizás no con el entusiasmo incondicional de la
portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra porque precisamente
los años de relación y de deseo de que las cosas vayan bien con Georgia
me han hecho llegar a la conclusión de que las cosas son un poquito más
complicadas. A Georgia la hemos intentado ayudar, como a Ucrania, y
quizás el sobreesfuerzo de algunas administraciones de la otra parte del
Atlántico por intentar hacer dos Estados muy cercanos en Georgia y en
Ucrania ha tenido efectos contraproducentes. En Georgia el cambio de
Gobierno no es solo cambio de Gobierno sino casi cambio de régimen.
Georgia tiene una nueva mayoría; una mayoría que mantiene su candidatura
para la Unión Europea y que mantiene sus compromisos del partenariado
oriental de la Unión Europea, pero Georgia es un país que requiere aún de
mucha ayuda, y con este instrumento, con este tratado internacional, se
le proporciona para mejorar en sus estándares de institucionalización, de
lucha contra la corrupción y de creación de un sistema judicial moderno,
fiable y no politizado.
En este marco, señorías, nosotros vamos a apoyar el conjunto de los
tratados, incluso al del Sultanato de Omán porque no hay mejor forma de
empezar una exposición de motivos que decir: Con esto se trata de mejorar
el trato comercial, pero aprovechando que el río pasa por debajo del
puente vamos a votar que no por otros motivos que no traen causa del
contenido de este tratado internacional. Cuando tengamos que hablar de
derechos humanos y Omán lo vamos a hacer en Pleno y en Comisión, pero
ahora nosotros, señorías, vamos a apoyar el conjunto de los tratados
porque votamos la materia, el articulado, la sustancia de ellos.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Xuclà.
Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Sáez Jubero.
El señor SÁEZ JUBERO: Gracias, señor presidente.
Señorías, en nombre de nuestro grupo parlamentario anunciamos nuestro voto
favorable a los convenios que hoy sometemos a votación, como es siempre
posición de nuestro grupo parlamentario. Permítanme en todo caso destacar
algunas de las cuestiones que se han planteado en el debate consecuencia
de estos convenios. Mi grupo parlamentario considera positivos los
convenios que se someten a votación de asociación de la Unión Europea con
Georgia y Moldavia, países de la vecindad este de la Unión Europea, sobre
todo en un momento de crisis en Ucrania y en un momento en el que la
Unión Europea se está planteando la revisión de su política de vecindad,
con un documento inicial de la alta representante de la Unión Europea
para política exterior, señora Mogherini, y la necesidad de aunar nuestra
política de vecindad con nuestra política exterior y de seguridad común.
También ha hecho referencia el portavoz de La Izquierda Plural al convenio
entre el Reino de España y el Sultanato de Omán que ?aunque ya se haya
dicho conviene subrayarlo? hace referencia a la doble imposición y a
prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta y su
protocolo. Mi grupo parlamentario lo considera positivo. En cuanto a
argumentar el porqué de un voto positivo ?a pesar de los argumentos que
ha utilizado el portavoz de La Izquierda Plural que nada tienen que ver
con este convenio? hay que decir que con los países como Omán, con los
que mantenemos una relación bilateral y tenemos oficina diplomática en
Mascate, debemos procurar ese tipo de convenios y aprobarlos.
Señorías, todo ello sin perjuicio de que debemos ser muy exigentes en
materia de derechos humanos, también con nuestro Gobierno. Mi grupo
parlamentario viene denunciando que estamos dando pasos atrás como país
en la defensa de los derechos humanos, justo en el momento en el que
España tiene esta responsabilidad en el Consejo de Seguridad de Naciones
Unidas. Comporta algunas de las cuestiones que se han dicho hoy como, por
ejemplo, nuestra preocupación por que España haya incrementado la venta
de armas en un momento muy complicado en Oriente Medio. Debemos ser
exigentes en materia de derechos humanos. Hoy el Gobierno tiene una buena
oportunidad con la visita del presidente Al Sisi a España. Es una buena
oportunidad, a pesar de que es una agenda a criterio de nuestro grupo
parlamentario muy económica, para que en las reuniones políticas se
traslade al presidente de Egipto la necesidad del respeto a los derechos
humanos en Egipto. Recientemente, el Gobierno ha tenido otra oportunidad
que, a nuestro juicio, ha desaprovechado en Indonesia. Ciertamente, ayer
nos comentó el secretario de Estado que el ministro García-Margallo había
cancelado su visita a Indonesia, pero era una buena oportunidad para que
el Gobierno condenase la pena de muerte en Indonesia haciendo una defensa
más clara de los derechos humanos.
Por último, le recuerdo al Gobierno que sería muy necesario que, a pesar
de que la legislatura está ya muy avanzada, presentara el II Plan de
derechos humanos para reforzar esa posición de España clara y contundente
en esa materia en un momento ?repito? en el que España tiene
responsabilidades en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Sáez Jubero.
Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Beneyto.
El señor BENEYTO PÉREZ: Muchas gracias, señor presidente.
Qué mejor manera, precisamente, señor Sáez, de expresar el rechazo a las
condenas de muerte en Indonesia que cancelar un viaje oficial previsto
por el ministro de Asuntos Exteriores. Ha sido un gesto muy claro del
compromiso de este Gobierno con los derechos humanos en el mundo, como lo
es en
general con todas las situaciones en las que se violan los derechos
humanos. Ayer tuvimos la comparecencia del secretario de Estado en la que
expresó claramente su voluntad de aprovechar hoy durante la visita de Al
Sisi las conversaciones bilaterales para expresar de nuevo nítidamente la
posición de este Gobierno en materia de derechos humanos.
Lo que nos trae en estos momentos a la tribuna es la ratificación de una
serie de convenios, dos de ellos con Vietnam. Quiero señalar ese
horizonte de la política exterior española que es Asia, donde este
Gobierno está marcando una serie de hitos principales, el último el viaje
reciente del ministro a India. De los dos convenios con Vietnam uno es un
convenio de extradición y otro hace referencia al traslado de personas
condenadas.
También tenemos la ratificación de dos acuerdos de asociación de la Unión
Europea con Georgia y Moldavia. Efectivamente, estamos en la vecindad
este ?el nuevo marco de relaciones con estos países a través del Consejo
de Europa? y seguimos de una manera muy estrecha cuál es la situación.
Ambos países precisan del apoyo continuado de la Unión Europea y de los
países que forman parte de la misma para ir dando los pasos necesarios
hacia su plena integración, si no en la Unión Europea, sí en ese ámbito
más amplio que crean los acuerdos de asociación y de una manera más
específica la vecindad este. Lo mismo ocurre en relación con Macedonia,
donde la estabilización es necesaria, por lo que el Protocolo del acuerdo
de estabilización y asociación por la entrada de Croacia en la Unión
Europea va a ayudar a llevar a cabo estos objetivos. Se plantea la
ratificación del convenio en relación con Granada para la supresión de
visados para pasaportes diplomáticos, así como del convenio aquí
comentado por parte de La Izquierda Plural con Omán sobre la doble
imposición y evasión fiscal.
Omán es un país con una situación muy particular. Gobernada por los Qaboos
desde el inicio de su independencia, tiene problemas de sucesión del
sultán actual. Es una rama del Islam, la rama ibadí; sin embargo, tiene
una importante minoría de chiitas y de suníes y una composición étnica
muy variada, como así lo muestra el número de idiomas que se hablan
además del oficial: el swahili, el urdu, el baluchi y el farsi. Pero Omán
tiene sobre todo unas relaciones exteriores particularmente
privilegiadas, por un lado, con Irán y, por otro, con Estados Unidos, con
Turquía y con India y Pakistán. Por tanto, Omán, discretamente, juega una
diplomacia esencial en este tablero cambiante, complejo, en el que se
mueve el mundo árabe desde hace varios años y, en particular, en estos
momentos. Se ha tensado la relación con Arabia Saudí por la intervención
en el Yemen, pero Omán debe jugar en el Consejo de Cooperación del Golfo
una función moderadora que hasta ahora en muchas ocasiones no ha podido o
no ha querido jugar.
El acuerdo de cooperación existente con la Unión Europea y el acuerdo de
libre comercio que se negocia desde hace bastantes años no han avanzado.
En estos momentos es una buena ocasión para que España estreche sus
relaciones con este país, que es el quinto en la península arábiga con
mayores reservas de hidrocarburos, y este convenio es una buena ocasión
para hacerlo. Es la ocasión ?al igual que sucede con Egipto y otros
países en donde puede haber la necesidad de identificar violaciones de
derechos humanos?, para que se haga desde la diplomacia y no con el
cierre de puertas o dando la espalda. La diplomacia es la mejor manera de
engagement, de imbricar, de conversación, de ir cambiando las
situaciones. Esto es lo que hacen los convenios, en particular el
convenio con Omán, que hoy venimos a ratificar.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Beneyto.
DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:
? PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL
PARA LA AGILIZACIÓN DE LA JUSTICIA PENAL Y EL FORTALECIMIENTO DE LAS
GARANTÍAS PROCESALES. (Número de expediente 121/000138).
? PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO
CRIMINAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS PROCESALES Y LA
REGULACIÓN DE LAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA. (Número de
expediente 121/000139).
El señor PRESIDENTE: Vamos con el siguiente punto del orden del día y,
como acordamos en Junta de Portavoces, vamos a debatir de forma acumulada
las enmiendas presentadas al proyecto de ley de modificación de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el
fortalecimiento de las garantías procesales y las presentadas al proyecto
de ley orgánica de modificación de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías
procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.
Esto es, los proyectos se van a debatir conjuntamente.
Para su presentación conjunta tiene la palabra el señor ministro de
Justicia.
El señor MINISTRO DE JUSTICIA (Catalá Polo): Señor presidente, señorías,
las dos normas que protagonizan este debate de totalidad responden a una
misma iniciativa, que resulta ya inaplazable al afectar al procedimiento
penal que, como saben, fue concebido a finales de siglo XIX. Hace ya
mucho por lo tanto que urge una puesta al día de la vertiente procesal de
nuestro derecho penal tanto en los medios como en los fines, toda vez que
es obvio que la sociedad española es muy distinta en su manera de vivir,
en sus preocupaciones y en las demandas a los poderes públicos y a la
justicia. Esta es sin duda una meta relevante para todos los actores del
sistema judicial, yo me atrevería a decir que para el conjunto de la
sociedad de acuerdo con el compromiso del Gobierno de ofrecer un adecuado
servicio público a los ciudadanos. El hecho, por otra parte, de que la
reforma sea parcial ?por eso es una reforma y no otra cosa?, no le resta
en mi opinión trascendencia pues busca el doble propósito de satisfacer a
los operadores jurídicos al incrementar la certeza del sistema mediante
la incorporación de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del
Tribunal Supremo y también satisfacer a las muy legítimas exigencias de
la sociedad, que reclama que los responsables de delitos graves sean
juzgados en un tiempo razonable y que el patrimonio defraudado sea
recuperado dentro lógicamente del respeto a los derechos fundamentales de
las partes.
Lejos de suponer una improvisación, esta reforma se integra en un proyecto
más amplio en consonancia con las ya acometidas Ley orgánica del Poder
Judicial o el Código Penal con la voluntad siempre de alcanzar ese
equilibrio entre eficacia y eficiencia y garantía de los derechos de las
personas investigadas. También este proyecto de ley es hereditario de
muchos trabajos previos, de comisiones de expertos, incluso de proyectos
elaborados por el Gobierno anterior y en los últimos años de los
anteriores gobiernos socialistas. Por lo tanto como no es una reforma
improvisada también es económicamente viable, lo cual no es un aspecto
menor en el contexto actual. La ausencia de costes denota precisamente la
responsabilidad del Gobierno, que ha buscado un modelo de actualización
del sistema procesal sin repercutir en los Presupuestos del Estado esta
mejoría.
Como reconocen las propias enmiendas presentadas, la tramitación de los
proyectos ha servido también para mejorar el articulado inicial
recogiendo sugerencias efectuadas por los órganos consultivos ?el Consejo
General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y el dictamen
del Consejo de Estado?, empezando por ejemplo en la conveniencia de
desgajar el proyecto en dos textos, uno de carácter orgánico y otro de
carácter ordinario. Por lo tanto queda clara la voluntad del Gobierno de
escuchar a los operadores jurídicos en lo que significa una mejora de
nuestro proceso penal en un contexto de diálogo y de búsqueda de
consenso.
Señorías, la reforma tiene tres objetivos fundamentales: agilizar la
justicia, fortalecer las garantías procesales de los investigados y
promover la regeneración democrática y la lucha contra la corrupción.
Seguramente todos coincidiremos en que nuestra justicia penal necesita
funcionar con arreglo a unos principios de mayor agilidad. Desde que se
inicia un procedimiento hasta que llega el primer día del juicio oral,
transcurre en la actualidad un tiempo excesivo, plazo que alguna vez se
puede justificar por la especial complejidad pero que en muchas ocasiones
no tiene una razón objetiva. El motivo no es seguramente la inacción de
los jueces y los fiscales sino una serie de causas que perjudican a
todos: perjudican a las víctimas, que no hallan solución a su demanda de
justicia; perjudican al investigado, que ve alargarse también la
incertidumbre de su situación procesal. Estos factores que prolongan el
procedimiento tienen que ver con la acumulación de causas, que dan lugar
a macroprocesos, con burocracia innecesaria, con escasez de mecanismos de
resolución anticipada y la tendencia a agotar todas las diligencias de
instrucción en esta fase. Por lo tanto para abordar la reforma es preciso
sin duda diseñar una respuesta global y no un análisis separado como
algunas de las enmiendas han planteado.
La generación de procedimientos complejos compuestos de diferentes piezas
separadas en las conocidas coloquialmente como macrocausas entraña una
dilación en el tiempo absolutamente inaceptable tanto para las víctimas
como para los investigados. Este fenómeno, muy vinculado a la
delincuencia más grave y a la corrupción, debe ser corregido para
conseguir el enjuiciamiento de los responsables en un plazo razonable. La
sociedad no quiere que las personas que forman parte de un proceso estén
inmersos en eternos procesos de investigación, sino que se les juzgue de
forma efectiva y cuando proceda sean condenados, y esa es la verdadera
lucha contra la impunidad. Se trata por lo tanto de establecer como
regla general que a cada delito le corresponda un procedimiento y para
ello se fijan los supuestos objetivos de la conexidad. La medida no es
rígida y, por tanto, permite que sea el fiscal quien pueda proponer y el
juez el que pueda decidir la valoración final y acuerde lo procedente en
el caso de que sea necesaria alguna acumulación. Estrechamente vinculada
con esta medida se encuentra la limitación de los plazos de la
instrucción, que consideramos también que es una medida vital para
agilizar esta fase. Se nos hacen básicamente dos críticas: una, que la
limitación de los plazos pueda impedir el adecuado desarrollo de las
investigaciones y, dos, que no dejemos claro el incumplimiento de los
plazos y sus consecuencias. Pues bien, señorías, los seis meses fijados
para las causas sencillas y los dieciocho meses para las de especial
complejidad no son tiempos establecidos caprichosamente, responden a un
estudio minucioso de la realidad actual de nuestros tribunales. La media
de duración de la fase de instrucción se halla, según los datos del
Consejo General del Poder Judicial, en torno a doscientos cuarenta y
cinco días y ello tiene, por tanto, una lectura clara: los tiempos
escogidos son realistas y esos tiempos, además, en ningún caso permitirán
el mero y directo archivo de las actuaciones. Lo que buscamos, por tanto,
es instaurar una nueva forma de trabajo donde el plazo cuente, donde el
tiempo sea un factor a tener en cuenta, donde el juez y el fiscal tengan
que hacer un esfuerzo por revisar las causas pendientes y darles el
impulso procesal que corresponda. Por eso, tiene razón de ser que
corresponda al fiscal la evaluación de la situación y la solicitud al
juez sobre la prórroga de los plazos o la transformación de una causa
sencilla en una causa compleja. Por consiguiente, estamos apostando por
una nueva forma colaborativa de llevar la investigación basada en un
principio de corresponsabilidad entre el acusador público y el órgano
judicial.
Junto a estas medidas ?todas ellas van formando un escenario lógico de
colaboración?, hay otras dos que también son relevantes a los efectos de
una mayor agilidad: una es la conservación policial de los atestados sin
autor conocido, que normalmente carecen de trascendencia a los efectos
del control judicial y que ahora suponen hasta un 40% de los asuntos que
llegan a los juzgados de instrucción sin otro resultado que un papeleo
burocrático que poco aporta al ciudadano y sobrecarga la actividad de
jueces y fiscales. Son precisamente los jueces y los fiscales los que han
alentado y solicitado este cambio, al tiempo, lógicamente, que han
solicitado a través de sus informes algunas excepciones a las reglas,
excepciones que han sido contempladas. Así, por ejemplo, nunca se
aplicará esta conservación policial de atestados si el delito denunciado
lo es contra la vida, la integridad física o la libertad e indemnidad
sexual y, en todo caso, las autoridades policiales informarán de las
investigaciones realizadas a las setenta y dos horas si estas fueron algo
más que las meras comprobaciones. La otra medida, señorías, es la
creación de un procedimiento por aceptación de decreto o una especie de
procedimiento monitorio penal. Está pensado para delitos de menor entidad
castigados con multa o prisión sustituible por multa en los que se puede
agilizar de manera muy relevante el procedimiento sin por ello mermar en
absoluto las garantías procesales. El fiscal podrá proponer una pena
reducible, como en el caso de los juicios rápidos, hasta en un tercio. Si
el investigado acepta, el escrito del fiscal se convertirá, con el
control de garantías del juez, en una sentencia condenatoria. No es solo
un procedimiento para juicios de tráfico, señorías, porque su campo de
actuación es mucho más amplio y permitirá a quienes han cometido un
delito menor y no tienen antecedentes, acceder a una justicia rápida.
Muchos de los que critican esta propuesta, este modelo, y señalan que es
innecesario, fueron también los que en el año 2002 rechazaron un
procedimiento novedoso como fue el juicio rápido, por el que hoy se
resuelven aproximadamente el 78% de los delitos de tráfico, más del 43%
de los juicios de violencia de género y más del 20% de otros
procedimientos. Por tanto, esta reforma que ahora se plantea no hace sino
avanzar, mejorar y profundizar en esta línea de agilización de la
justicia.
Les decía, señorías, que el segundo objetivo, además de la agilización, es
el fortalecimiento de las garantías procesales y de la seguridad
jurídica. España tiene que cumplir, como es evidente, con sus deberes con
la Unión Europea y trasponer la directiva comunitaria sobre asistencia
letrada con la que se completa la adecuación de nuestro derecho interno
al derecho europeo que afecta a detenidos e investigados: la Directiva de
Información, la Directiva de Traducción e Interpretación y la Directiva
de Asistencia Letrada, como digo. No hay, pues, ninguna descoordinación,
sino todo lo contrario, una integración global de todas las directivas
comunitarias, porque todas ellas se van complementando; podríamos decir
que vamos a disponer de un auténtico estatuto del investigado. También
hay previstas, no lo olvidemos, señorías, futuras directivas de la Unión
Europea. La más importante entre todas ellas, que, de acuerdo con el
calendario de trabajo de la Unión, posiblemente esté aprobada para
finales de este año, es la directiva de presunción de inocencia, respecto
a la cual el Parlamento Europeo ha tomado posición y ha informado en las
pasadas semanas. Por tanto, recordaré a sus señorías que sería muy
conveniente conocer el estado de los debates, las posiciones mantenidas
por los distintos grupos parlamentarios en el Parlamento Europeo en torno
a cuestiones tan debatidas en los últimos días, como son la presunción de
inocencia y el derecho a un juicio justo. Señorías, la nueva regulación
de la situación jurídica del detenido, por tanto, se refuerza, es más
garantista. Esas garantías se refuerzan cuando nos hallamos ante la
excepción de la detención o la prisión incomunicada, que no significarán
ya la restricción de todos los derechos tradicionalmente limitados, sino
solo de aquellos que el juez considere proporcionados a la situación del
investigado. La nueva regulación pone fin a cualquier duda de
interpretación sobre el alcance de una figura tan importante ?como los
abogados han puesto de manifiesto?, como es el derecho a la entrevista
reservada, que ahora se extiende expresamente al momento previo al
interrogatorio policial.
Hay también en la reforma una modificación terminológica, cuyo alcance
trasciende más allá del mero formalismo, porque atribuye una nueva
significación a la posición procesal del sujeto en cada etapa del
procedimiento. Se trata, como saben, señorías, de desterrar la expresión
de imputado, que ha adquirido una carga peyorativa mucho mayor de la que
técnica y jurídicamente le corresponde. En la práctica forense, como
saben, imputar es comunicar a un sujeto que ha sido denunciado o es
objeto de pesquisas, sin valoración alguna de elementos indiciarios de
culpabilidad. Sin embargo, dado que en la práctica se ha extendido la
creencia de que esto es así, con esta reforma buscamos la mayor precisión
técnica a la hora de referirnos al sujeto investigado. Un sujeto será
llamado así, investigado, cuando recaigan sobre él sospechas que están
siendo analizadas en la fase de instrucción, y pasará a denominarse
encausado cuando concluya la investigación, cuando, en su caso, se le
atribuya indiciariamente un hecho delictivo. En este segundo caso sí hay
ya una valoración de los hechos que no concurren, como es evidente, en el
meramente investigado y, por tanto, su tratamiento razonablemente ha de
ser distinto en cada etapa del proceso. Para la identificación de estas
nuevas denominaciones hemos contado con la colaboración de una comisión
de mejora del lenguaje jurídico, en la que participan expertos de la Real
Academia Española, de la fiscalía, de distintos ámbitos académicos, que
han hecho una magnífica labor de asesoramiento para encontrar estas
nuevas denominaciones, investigado y encausado, que superan y mejoran
notablemente la denominación actual de imputado.
Otro de los elementos, señorías, que quisiera destacar en esta
intervención es el de los medios de investigación empleados. Una vez más,
tengo que recordar que estamos reformando una ley que tiene su origen en
1882 y que, como gran novedad en esta materia, se refería a las
comunicaciones postales y telegráficas. No hace falta que recuerde todo
lo que en este terreno está actualmente fuera de la regulación, desde los
dispositivos de captación de imagen hasta el registro remoto de sistemas
de almacenamiento de datos o los ordenadores, y no hay, como saben,
señorías, mayor inseguridad jurídica que la que procede de la ausencia de
regulación. Por eso, era acuciante traer a un texto normativo, a nuestro
derecho positivo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina
del Tribunal Constitucional. Es evidente que las nuevas formas de
delincuencia requieren una legislación eficaz y una legislación moderna
que se ponga del lado del Estado de derecho para hacer frente a esta
delincuencia, y aquí se define mediante una jurisprudencia muy
consolidada, un modelo de investigación equilibrado y respetuoso con las
garantías de los investigados, a la vez que eficaz para las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado; un modelo de investigación que responde
a los principios de especialidad, excepcionalidad, idoneidad, necesidad y
proporcionalidad, todos ellos perfectamente definidos, todos ellos con
control judicial, y que respeta los derechos a la intimidad, al secreto
de las comunicaciones y a la protección de datos. Todas las medidas,
señorías, deberán acordarse, como saben, mediante un auto motivado del
juez de instrucción y además tendrá una duración de tiempo limitada
acorde con las necesidades de la instrucción. Todo ello, insisto, sin
olvidar el deber de motivación judicial de todas y cada una de las
resoluciones que se adopten en esta materia, donde evidentemente se
fundamentará la medida que se adopte.
Este segundo objetivo de la reforma, el fortalecimiento de las garantías,
se completa con dos mejoras con importantes consecuencias para los
ciudadanos, pues generan cauces para satisfacer pretensiones puntuales:
una es la generalización de la segunda instancia penal, que supondrá que
todo condenado sin excepción podrá ver su condena revisada por un
tribunal colegiado en segunda instancia; la otra es la inclusión como
causa de revisión de las sentencias condenatorias el haber obtenido una
sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que pueda reconocer la
vulneración de derechos vinculados al proceso. Ambas carencias, la
segunda instancia penal y el cauce para la sentencia del Tribunal Europeo
de Derechos Humanos, como conocen señorías, estaban acarreando hasta
ahora condenas a nuestro país y era muy necesario resolverlo. Como esto
es difícilmente criticable, se nos objeta una supuesta
inviabilidad económica de estas medidas. Les aseguro que ha sido objeto de
análisis, de estudio detallado, y de ello ha resultado que los tribunales
afectados están en general por debajo de los módulos que establece el
Consejo General del Poder Judicial y, por tanto, tienen capacidad
suficiente para asumir la nueva carga de trabajo que, evidentemente, se
producirá de manera progresiva en el futuro y que, en su caso,
justificará la dotación de nuevas plazas o la creación de una sala ad hoc
de apelación cuando ello sea necesario; todo ello está perfectamente
evaluado e identificado en términos de tiempo y cargas de trabajo por
parte del ministerio y del Consejo General del Poder Judicial.
Señorías, este Gobierno ha dado, a lo largo de muy diversas reformas,
absoluta prioridad a lo que es el tercer objetivo de esta reforma que
presentamos: la lucha contra la corrupción; para ello hemos impulsado
muchas medidas de regeneración democrática en distintos ámbitos con el
fin de fomentar la ejemplaridad y el buen funcionamiento de las
instituciones. Así, en el marco procesal, aparece en el proyecto de
reforma la nueva figura del decomiso, que ha sido parcialmente
introducido por la reforma de la Ley 10/1995 del Código Penal y que se
completa ahora con esta nueva reforma de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal. Como saben, tratamos de favorecer que en los delitos con un
trasfondo patrimonial, más allá de que el condenado cumpla por supuesto
con la condena que le corresponda, el Estado trabaje también para
recuperar el patrimonio robado y lo coloque al servicio de la sociedad,
sea para el abono de las indemnizaciones a las víctimas que en su caso
procedan, para el desarrollo de programas sociales o bien para la lucha
contra la delincuencia organizada. Estas medidas se encuentran en la
línea de la tolerancia cero contra la corrupción, suponen poder
aprehender todo el patrimonio del condenado por determinados delitos
graves cuando su propietario no pueda justificar el origen de ese
patrimonio; implica también habilitar los cauces legales para que esa
ocupación del patrimonio pueda hacerse de manera rápida, de manera ágil y
extenderse incluso a los bienes que hayan podido ser puestos a
disposición de terceros; constituye igualmente una oportunidad para
dirigirse contra el patrimonio del encausado aun cuando no pueda ser
enjuiciado por el delito original, siempre que se den unos supuestos
tasados y con las debidas garantías para el mismo en caso de que
finalmente pudiera demostrarse la licitud de la procedencia del
patrimonio. En todo caso, señorías cumplimos también en esta regulación
con la obligación de trasponer a nuestro derecho antes de octubre de 2015
la directiva comunitaria sobre esta materia. No lo debemos estar haciendo
tan mal cuando en la última reunión del grupo de trabajo para la
trasposición de esta materia en el ámbito de la Unión Europea, el
Ministerio de Justicia de España fue felicitado por la Comisión Europea y
puesto como ejemplo para el resto de los países de la Unión. Estas
medidas se complementan en la reforma que hoy se presenta con la creación
de una oficina de recuperación y gestión de activos, que tendrá la
naturaleza de auxiliar de la justicia en la tarea de gestión y
realización de todos los bienes embargados y decomisados. En definitiva,
la reforma pretende reconvertir el patrimonio del delincuente en una
oportunidad económica para la sociedad.
Termino ya, señorías, pero no sin antes volver a recordar el propósito de
la iniciativa conjunta que mediante estos dos proyectos de ley ha traído
a esta Cámara el Gobierno: modernizar los medios y modernizar los fines.
Hay que modernizar los medios porque no podemos seguir con un
procedimiento penal con una estructura del siglo XIX, que desconoce
aspectos esenciales de la investigación desde los medios tecnológicos a
los efectos de los juicios paralelos. También hay que modernizar los
fines, porque de lo que en última instancia se trata es de dar
satisfacción a la demanda social de una justicia penal más ágil, más
transparente y que no diluya su efecto, sobre todo muy especialmente en
los casos relacionados con la corrupción por el mero transcurso del
tiempo. Es una reforma reflexiva, una reforma dialogada con los
operadores jurídicos y pensada para un ejercicio de una justicia más
eficaz. Cada una de sus medidas y todas ellas en su conjunto dan
respuesta a los principales problemas detectados en nuestro sistema,
constituye una solución plausible, acorde con nuestra Constitución y con
el resto del ordenamiento jurídico, y busca un objetivo concreto y
mensurable del que estamos seguros se beneficiarán todos los ciudadanos
y, en particular, todos los operadores jurídicos.
Muchas gracias. (Aplausos).
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor ministro.
A estos dos proyectos de ley se han presentado hasta siete enmiendas a la
totalidad. Vamos a comenzar por el Grupo Mixto y, como siempre, algunos
defenderán su enmienda y otros intervendrán en turno de fijación de
posición, pero en este mismo bloque. En primer lugar, tiene la palabra la
señora Fernández Davila.
La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Gracias, señor presidente.
Señor ministro, la esperada reforma de la justicia penal que se concreta
en estos dos proyectos de ley que hoy debatimos supone, desde el punto de
vista del Bloque Nacionalista Galego, un tímido cambio en la normativa
procesal muy alejado del cambio radical que desde sectores jurídicos se
está demandando. Usted, señor ministro, sabe que es reciente el debate en
diversos foros jurídicos sobre la necesidad de una modificación profunda
del proceso penal. Sin embargo, la mayor parte de las propuestas
aportadas por estos foros han de esperar, dado que el proyecto de ley
aprobado por el Gobierno se ciñe a abordar determinadas mudanzas
normativas, dejando al margen cualquier compromiso de ampliación y
modernización de medios materiales y humanos en la Administración de
Justicia. Es realmente inconcebible que se pretenda mejorar el
funcionamiento de un servicio público cuando no se acompaña memoria
económica para asegurar su implantación y se pretenda que sea a coste
cero la modernización de la justicia penal, gravemente aquejada por los
recortes aplicados en los servicios públicos. Con esta propuesta apenas
habrá una variación sustancial en la tramitación de los procesos penales,
sobre todo en lo referente a la demora y dilaciones que sufren los
mismos, pues la simple imposición de un límite temporal máximo no
conllevará por sí mismo la celeridad en la instrucción si no va
acompañada de un refuerzo de medios materiales de los juzgados y
fiscalías. Al contrario, señor ministro, desde nuestro punto de vista
provocará la finalización abrupta e incompleta de múltiples casos,
favoreciendo de ese modo más a la parte sobre la cual pesan indicios de
haber cometido delitos, que al funcionamiento de la Administración de
Justicia.
Nada se avanza en estos proyectos en aspectos expresados por expertos y
los propios jueces como la dedicación exclusiva para casos complejos de
delitos de corrupción o económicos, la supresión de aforamientos, los
límites a los indultos o la creación de juzgados especializados en
determinados delitos, particularmente en la delincuencia económica. Por
el contrario, determinadas medidas se acogen parcialmente, con lo que su
éxito y eficacia serán limitados o incluso contraproducentes. En
concreto, la petición de reducción de la fase de instrucción penal,
avalada por la mayoría de la judicatura y profesionales del derecho, iba
asociada a un aumento de dotación de medios adecuados y no solo al
establecimiento de un plazo aleatorio. De este modo, en opinión del
Bloque Nacionalista Galego, es cuestionable, a la vista de los proyectos
de ley que estamos debatiendo, que vaya a ser efectiva la agilización
procesal propugnada a través de la fijación de un límite legal cuando lo
que realmente permitiría esa mayor celeridad en la instrucción criminal
sería más juzgados especializados, equipos de especialistas y auditores
de apoyo y jueces en exclusiva para desentrañar los casos más complejos,
algo que queda totalmente al margen de esta reforma penal. La lucha
contra la corrupción organizada, así como la compleja criminalidad de
esta época, requiere de recursos económicos, medios personales y
materiales que ?insisto? estos proyectos de ley no garantizan. Es
imposible alcanzar ese objetivo parcheando la actual legislación procesal
criminal, introduciendo aleatoriamente algunas medidas deseables, pero
manteniendo una parte importante de un corpus procesal criminal
anquilosado, con un régimen de recursos proceloso y una carga de trabajo
en los órganos judiciales que no se pretende reducir con más medios a su
alcance para investigar hechos delictivos. Con este enfoque, en opinión
del Bloque Nacionalista Galego ?insisto?, esta reforma, aunque contemple
algún aspecto positivo, está abocada al fracaso, al relegar las
ineludibles e inaplazables modificaciones tanto en la política
presupuestaria destinada a la Administración de Justicia, como a la hora
de abordar una radical reforma de la justicia criminal.
Ante el complicado escenario que atraviesa la Administración de Justicia,
particularmente la justicia penal, este proyecto de ley de modificación
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las
garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación
tecnológica, nos parece decepcionante. Es una clara oportunidad perdida,
señor ministro, que implicará que se prolongue por más tiempo su
inmersión en esa penosa situación de limitadísimos medios para efectuar
su labor con eficacia, lo que motiva nuestra petición de devolución de
estos proyectos de ley.
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Fernández.
Por el Grupo Mixto, tiene la palabra la señora Jordà.
La señora JORDÀ I ROURA: Señor ministro, señoras y señores diputados,
todas las leyes que en el ámbito de justicia ha aprobado el Partido
Popular van en una misma línea. De hecho, forman parte del mismo corpus
ideológico neoliberal. Con este proyecto de ley el Gobierno del Partido
Popular continúa con su labor de recortar derechos y en definitiva de
privatizar la justicia, todo ello desde la más absoluta
improvisación legislativa. El Gobierno del Partido Popular ha eludido su
responsabilidad y, en lugar de presentar un nuevo código procesal penal,
incapaz de lograr consensos, presenta reformas parciales de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, unas reformas que pretenden facilitar la
impunidad de los imputados por corrupción. En lugar de facilitar la
dedicación exclusiva de los jueces en los casos de corrupción, ustedes
sencillamente limitan la duración de los plazos de instrucción, todo ello
bajo la necesidad de agilizar la tramitación de los procesos penales.
Pues bien, a nuestro entender, la verdadera solución no es la limitación
de los plazos de instrucción, sino que lo que realmente se requiere es
aumentar los medios personales y materiales a disposición de la justicia.
En lugar de invertir en justicia, pretenden, señor ministro,
descongestionar los juzgados y tribunales a costa de la impunidad de los
imputados.
Por otro lado, tampoco compartimos la regulación de la intervención de las
telecomunicaciones. El Gobierno ha dado marcha atrás y, a diferencia de
lo contemplado en el anteproyecto de ley, no amplía el catálogo de
delitos en los que el Ministerio del Interior o el secretario de Estado
de Seguridad pueden acordar la intervención de las telecomunicaciones.
Sin embargo, la regulación de la posibilidad de que pueda acordarse la
incomunicación de un detenido, supone una vulneración de las garantías
que deben asistir a las personas que son privadas de su libertad
ambulatoria y puede suponer también una vulneración de su derecho de
defensa. Finalmente, nos genera muchas dudas el carácter extensivo de
algunas medidas de investigación, como es la posibilidad de que se puedan
colocar dispositivos electrónicos que permitan la captación y grabación
de las comunicaciones, incluso en el domicilio particular de la persona
que se está investigando.
Señor ministro, señorías, muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Jordà.
Tiene la palabra el señor Álvarez.
El señor ÁLVAREZ SOSTRES: Gracias, señor presidente.
Se presentan en esta Cámara dos proyectos de ley, uno de ley orgánica y
otro de ley ordinaria, que modifican sustancialmente la Ley de
Enjuiciamiento Criminal, para agilizar, según dice la exposición de
motivos, la justicia penal, fortalecer las garantías procesales del
investigado y regular ciertas medidas de investigación tecnológica,
adaptándolas a las actuales. Anticipo, señor ministro, que votaré en
contra de las enmiendas a la totalidad. Primero, porque esta ha sido mi
actitud constructiva en todas las ocasiones precedentes, pero, en segundo
lugar, por considerar que estamos ante la modificación de unas normas
vigentes desde 1882, lo que refleja una consistencia jurídica muy alta,
al mismo tiempo que se demanda socialmente una adaptación al paso del
tiempo y a nuestras circunstancias, que sí han cambiado, lo que no
implica la aceptación sin más del proyecto presentado, al que siempre se
pueden presentar las enmiendas correspondientes, porque, en mi opinión,
si se dejan tal como están, los proyectos no van a servir o van a servir
con dificultad para agilizar la justicia. Y si lo consigue es a cambio de
dejarse en la cuneta ciertos principios inspiradores de procedimiento
penal de carácter garantista. Se regulan unas instrucciones más cortas,
aunque puede haber una prórroga de año y medio en causas complejas, pero
la norma, pasados esos plazos que de por sí rompen el principio de
agilidad, nos lleva a un limbo indeterminado con el genérico: razones que
lo justifiquen, que tiende a crear la posibilidad de arbitrariedad de las
garantías procesales.
Quiero referirme también al denominado proceso por aceptación de decreto,
que quizás sea la medida más insatisfactoria que se introduce al ser, por
otra parte, la más innovadora, pero se ciñe a delitos que llevan
aparejados tan solo penas de privación del derecho a conducir vehículos
de motor y ciclomotores, y estos supuestos son, en mi opinión, un abanico
muy pequeño de la cantidad de tipos penales que tenemos en el código. En
cambio, me parece bien resuelta la instalación de la doble instancia
penal en el artículo 846, por el que cristaliza una larga reivindicación
para dificultar la siempre difícil casación. Y también me resultan
interesantes los asuntos que se sostienen en las partes correspondientes
al decomiso. No cabe duda de que los ciudadanos aspiran desde hace años a
que haya una justicia eficaz, donde sus derechos sean garantizados en
plazos razonables, pero la evaluación de la realidad procesal nos indica
que no basta solo con modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sino
que es absolutamente necesario, señor ministro, dotar a los juzgados
españoles de los medios materiales, humanos e informáticos para agilizar
los procesos judiciales. Con nuestra proporción de once jueces cada
100.000 habitantes estamos muy lejos de la proporción de diecinueve de
media europea. Gran parte de la reforma viene determinada por la
regulación de las comunicaciones telefónicas, abandonando la idea de
intervenir las comunicaciones sin autorización judicial que, como ha
dicho en su dictamen el Consejo General del Poder Judicial y el
Consejo Fiscal, son de dudoso encaje constitucional. (La señora
vicepresidenta, Villalobos Talero, ocupa la Presidencia).
Termino. En definitiva, luces y sombras en una reforma sin abordar la
definitiva elaboración de una ley procesal que se ajuste a nuestro tiempo
y dé respuesta a una criminalidad, que esa sí que evoluciona, y a una
dotación de recursos, como he dicho antes, acorde con el volumen de
instrucciones.
Muchas gracias, señor ministro.
La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Álvarez.
Por el mismo grupo, señor Baldoví.
El señor BALDOVÍ RODA: Muchas gracias, señora presidenta.
Señor ministro, el partido con mayor número de imputados por corrupción es
el que cuenta con mayoría suficiente para imponer leyes que recortan la
democracia, que atacan la libertad de expresión ?solo hay que recordar
que ayer mismo usted sugirió multas para los medios de comunicación? y
recortan también el derecho de manifestación; y con la de hoy dificultan
a nuestro entender la investigación de la corrupción. Si este partido
legisla la consecuencia es previsible, que se les ocurra la gran idea de
cambiar el nombre a los imputados, condición en la que ustedes baten
récords históricos ?estamos de acuerdo?, solo hay que leer los periódicos
de hoy por poner un ejemplo. Cambian «imputados» por «investigados» y
«encausados». Así, en lugar de resolver la corrupción le cambiamos el
nombre y santas pascuas, como si un truco semántico fuera a resolver la
legítima preocupación que tiene la gente sobre la facilidad con la que se
nos roba en este país y la dificultad con la que se juzga. Ese es el
problema que se ha de resolver, uno de los olvidados de esta reforma: que
los corruptos tienen muchos más medios que fiscales y jueces. Si los que
investigan no tienen siquiera los mismos medios que los que delinquen los
corruptos siempre llevarán ventaja. Sobre la necesaria mejoría de medios
técnicos, incremento de personal, medios probatorios no hay nada de nada.
Se pretende que se acelere la instrucción pero sin mejorar los medios.
¿Cómo se hace entonces más rápido? A costa de la calidad del trabajo de
la justicia y en consecuencia favoreciendo la impunidad. El objetivo de
la regulación, como se lee perfectamente, es que las instrucciones
caduquen, obligando a la presentación tres días antes del vencimiento del
plazo de una solicitud de ampliación. Han creado un instrumento de
impunidad para la corrupción, y esa es la consecuencia de un partido que
a veces parece la zorra que cuida a las gallinas. Lo deseable sería una
menor preocupación por los tiempos y mayor por los medios, que a buen
seguro, si fueran más, mejores y más modernos, acortarían la instrucción.
Además, algunas instrucciones, si no hubieran contado con la personación
del Partido Popular intentando alargar el proceso y boicotearlo, también
habrían durado menos. ¿Hace falta recordarles que el Partido Popular tuvo
que ser expulsado de la causa de la trama Gürtel y que el juez Ruz cita
una decena de momentos en los que representantes del PP en la causa
?supuestamente acusadores? actúan en favor de imputados como el
extesorero Luis Bárcenas, su esposa o el exdiputado nacional Jesús
Merino?
Acabo. Todos estamos de acuerdo en la necesidad de contar con una ley
procesal penal que agilice el proceso penal pero esta reforma es evidente
que ni aspira a ello ni lo va a lograr, carente de incremento
presupuestario, carente de medidas de apoyo y mejora, porque solo es una
reforma estética, a nuestro entender.
La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor Baldoví.
El señor BALDOVÍ RODA: Por tanto, desde Compromís-Equo anunciamos nuestro
voto a favor a las enmiendas de devolución.
Muchas gracias, señora presidenta.
La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Baldoví.
Señor Urbina.
El señor URBINA FERNÁNDEZ: Señora presidenta, señorías, hoy tenemos ante
nosotros un nuevo capítulo de los recortes en libertades y derechos
fundamentales que lleva a cabo el Gobierno de España, esta vez de la mano
de la reforma, entre otras, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se
podrían decir muchas cosas sobre estas reformas ?muchas han sido ya
anticipadas por los diputados que me han precedido en el uso de la
palabra?, sin embargo desde Amaiur queremos resaltar dos de ellas porque
las consideramos de especial gravedad. La primera es el recorte que
supone esta reforma en los derechos
fundamentales, como la inviolabilidad del domicilio o el secreto de las
comunicaciones. La segunda es una que ya hemos traído en numerosas
ocasiones a esta Cámara y que consideramos que es injustificable que no
se haya modificado. Me refiero a mantener el régimen de detención
incomunicada.
Con respecto a la primera, ciertamente asusta las facilidades que se
otorga a la Policía para inmiscuirse en la vida privada de las personas,
ya sea escuchando y viendo lo que se produce dentro de los domicilios de
las personas investigadas, ya sea entrando en sus comunicaciones (e-mail
o cualquier otro método). Entendemos que esto es inaceptable; esto no
tiene ninguna justificación. Se está facilitando realmente que la Policía
se pueda inmiscuir en algo que es sagrado para las personas, su
intimidad. Vístanlo ustedes como quieran, pero realmente se va a
posibilitar que la Policía pueda oír en el domicilio de las personas todo
aquello que quiera y que no quiera de quien considere oportuno. Señorías,
nos encontramos ante un evidente Estado policial puro y duro, sin límite.
Alguno de ustedes dirá: No, no, tiene límites: control judicial. Ya, lo
que pasa es que aquí llueve sobre mojado; y quienes por desgracia tenemos
experiencia en determinados juzgados, la Audiencia Nacional ?que, a la
postre, va a ser quien aplique la mayoría de las veces este tipo de
medidas por los delitos a los que principalmente van a ir destinados?, ya
sabemos, salvo honrosas excepciones, del rigor jurídico a la hora de
adoptar este tipo de resoluciones que afectan a principios fundamentales
?léase entradas y registros; escuchas; cierre de periódicos, de radios;
detención de militantes políticos; etcétera-. Todo el mundo sabe que en
la Audiencia Nacional el Ministerio del Interior manda, y manda mucho.
Por lo tanto, hace tiempo que ya no cuela esto de la independencia
judicial. Hace poco tuvimos un episodio significativo al respecto ?que
también trajimos a la Cámara?, cuando magistrados del Tribunal Supremo
denunciaron presiones del Gobierno para que se interpretase cierta
normativa europea en un determinado sentido, como finalmente ocurrió. Por
lo tanto, hace tiempo que esto de la independencia judicial quedó muy
lejos en el Estado español. Cuando se habla de control judicial,
permítasenos ponerlo no en duda sino constatar que eso, en la mayoría de
las ocasiones, no ocurre. Por lo tanto, carta blanca en la actuación
policial, o lo que es lo mismo El show de Truman dirigido por el señor
Fernández Díaz.
Hablaba de una segunda cuestión, la detención incomunicada. Tendremos
opción de profundizar en este tema en los siguientes trámites de la
presente reforma. Todos los Gobiernos de España han mantenido de manera
injustificada esta detención incomunicada. Desde Europa, desde Naciones
Unidas ?ayer mismo se supo? nuevamente les han requerido para que pongan
fin ?no que lo modifiquen, que se anule? a esa detención incomunicada,
que se derogue esa detención incomunicada. Hablaba de dos aspectos
significativos de cuál es la calidad democrática en el Estado español.
Señores, recorte de libertades en nombre de la libertad. Eso es lo que
nos proponen ustedes, por eso desde Amaiur votaremos a favor de las
enmiendas a la totalidad a la presente reforma.
La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Urbina.
Pasamos al Grupo de La Izquierda Plural. Para presentar su enmienda tiene
la palabra el señor Llamazares.
El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señora presidenta.
Cuanta más pompa y circunstancia utiliza el Gobierno para la presentación
de sus iniciativas legislativas menos contenido tienen estas iniciativas
de reforma. Ya ha dicho el propio ministro que es una reforma. Por
supuesto no es una nueva ley que tenga que ver con el proceso penal del
siglo XXI; es una reformilla de la ley del siglo XIX. Lo que es peor, ni
siquiera es una reformilla; estamos ante un retoque de esa ley que a
todas luces el propio ministro considera obsoleta. Decía que corre pareja
la prosopopeya con la falta de contenido de las leyes, pero también la
falta de contenido de las iniciativas legislativas del Gobierno corre en
paralelo con la avalancha legislativa. Esta iniciativa forma parte de una
avalancha de treinta leyes que nos esperan de aquí al final de la
legislatura y habría que decir que quien mucho abarca poco aprieta, y en
este caso estamos ante una legislación simbólica del Gobierno en una
larga campaña electoral.
Vayamos a la iniciativa que pretende reformar el procedimiento penal, y en
la que nada de eso ocurre. A todo esto, si hubiera un coste del
procedimiento legislativo el Gobierno sería realmente la ruina. En el
procedimiento legislativo de la Ley de interrupción voluntaria del
embarazo ?informes, estudios, proyecto?, nada de nada. En relación con la
reforma del procedimiento penal nos encontramos ante una situación
similar. Los grupos parlamentarios que estamos en esta Cámara tuvimos el
dudoso honor de tener una comida con el anterior ministro ?digo dudoso
honor porque fue la única, y nos hubiera gustado tener una relación más
intensa y quizás menos lúdica?, en la que nos presentó unos informes
sesudos precisamente sobre la modificación del procedimiento penal; de
ellos nunca más se supo. Esta modificación
no tiene nada que ver con lo que nos proponían en aquellos informes, que
imagino que habrán costado algo al erario público y que habrán
significado algo para la inteligencia del ministro de Justicia y del
Ministerio de Justicia. Lo fundamental, que era cambiar la instrucción
para que quien instruyera fuera el fiscal en vez del juez y convertir al
juez en un juez de garantías ?lo fundamental era eso, eso es adecuar el
procedimiento penal español al procedimiento penal del siglo XXI y de
nuestro entorno?, nada. Vayamos a lo parcial ?el señor ministro considera
que es una reforma parcial y yo digo que es un retoque?, que es agilizar
el funcionamiento del procedimiento judicial y por otra parte incrementar
las garantías. Volvemos a lo mismo de antes. Es el ministerio de la paz
cuando realmente es de la guerra, el del amor cuando es el del conflicto.
En este caso ni agilización ni garantías, ninguna de las dos cosas se
producen como consecuencia de la iniciativa del Gobierno; muy al
contrario, hay más burocratización y menos garantías en el procedimiento
penal, según la propuesta del Gobierno. Esa es la opinión global de mi
grupo parlamentario sobre esta iniciativa.
Me gustaría comenzar hablando del lugar que ocupamos los miembros del
Congreso de los Diputados ?yo dejaré de serlo en los próximos días, y lo
siento porque he tenido una buena experiencia en esta Cámara?, de qué
papel nos toca a las diputadas y diputados en esta materia. Ya creo que
ni siquiera de convidados de piedra, nos sentimos burlados directamente.
Cuando usted habla de consenso, me pregunto quién es el señor Senso que
está con usted ?con Senso?, porque acuerdo político no ha habido ninguno:
ni con los operadores jurídicos, ni con los grupos parlamentarios, pero
?lo que es peor? ni con ustedes mismos. Últimamente las comisiones y las
ponencias del Congreso de los Diputados son un debate entre ustedes
mismos o, mejor dicho, entre sus parlamentarios y el teléfono desde el
cual el Ministerio de Justicia da instrucciones contradictorias.
(Aplausos). Esta es la realidad, una chapuza jurídica continua que pone
al Congreso de los Diputados a los pies de los caballos continuamente. En
ponencia y en comisión el Gobierno hace decenas de enmiendas, a veces
cientos, las incorpora al texto, que no conoce ni el propio Gobierno, y
los grupos parlamentarios es como si estuvieran mirando al tendido,
señorías. Es inaceptable ese procedimiento, que se ha instalado en el
funcionamiento de la Cámara; en particular, este es el último ministerio
en el que se debería hacer, ya que debería ser el ministerio de la
seguridad jurídica. Pues el ministerio de la inseguridad jurídica es el
Ministerio de Justicia del Gobierno del Partido Popular, que nos
convierte a los parlamentarios no en convidados de piedra sino en
burlados de piedra.
Señorías, esa es la posición de mi grupo parlamentario que lleva a la
presentación de esta enmienda de totalidad, porque no vemos un cambio
sustancial en el procedimiento penal, aunque nos parece imprescindible y
necesario para actualizar el funcionamiento de la justicia, porque las
medidas que se nos proponen son de retoque, parciales, en muchos casos
inconexas y en otros claramente regresivas. Vayamos a ellas. En primer
lugar, qué se hace para sustituir ?en mi opinión de manera negativa? el
procedimiento penal en el cual debería ser el fiscal el que lo
instruyera. El Gobierno se considera impotente para llevar a cabo esa
modificación creo que por dos razones: en primer lugar, porque el
Gobierno no es un Gobierno reformista ?no es cierto, se pongan ustedes
como se pongan? y, en segundo lugar, porque el Gobierno teme algo que
viene aparejado a la instrucción del fiscal: la exigencia de la
ciudadanía y de los grupos parlamentarios de que la fiscalía sea autónoma
respecto al Gobierno. Claro, como eso no lo quieren, se mantiene al
fiscal no como instructor sino como acusador. El Gobierno introduce un
elemento novedoso, convierte al fiscal ?con la excusa de agilizar el
procedimiento? en una suerte de gestor que le dice al juez si se pasa o
se queda corto en el tiempo de la instrucción. Es inaceptable, es una
injerencia inaceptable en la soberanía y en la independencia del Poder
Judicial. Esta es otra de las pasiones del Gobierno. El Gobierno tiene
una pasión fundamental que es la del poder, por tanto se injiere en
cuanto puede en la independencia y en la autonomía tanto de la justicia
como de la fiscalía. Tiene otra pasión, que es la del mercado, por eso
cada vez que puede convierte un servicio público en un servicio de
mercado o en una justicia de mercado, en el que entran los notarios, los
registradores, los procuradores, todos los operadores que están en la
justicia y que le sirven al Gobierno para ese proceso corporativo y de
privatización, que ?repito? es otra de sus pasiones. Una de las
fundamentales que tiene que ver con sus problemas es la injerencia en la
independencia del Poder Judicial y la conversión del fiscal no en
instructor sino en gestor de la agenda de los jueces ?recuerden el debate
que hubo en esta Cámara sobre los secretarios judiciales? con el
eufemismo de la agilización de los procedimientos. Señorías, esa
propuesta no agiliza los procedimientos; no los agiliza a un año o a
dieciocho meses, no es cierto. El problema no es ese. Dice el señor
ministro que el problema son las macrocausas. No, es el de la complejidad
de las causas y la falta de recursos, que no se solucionan con una
intervención burocrática
de la fiscalía. Es evidente que no se soluciona así. Por tanto, seguiremos
teniendo los mismos problemas de dilación en las causas que pretende
solucionar el Gobierno.
El Gobierno, en esta dialéctica, que antes he mencionado, de retocar en
vez de reformar, hace lo mismo respecto de la ética. El país tiene un
grave problema de ética civil en cuanto a la corrupción. El Gobierno,
lejos de adoptar medidas firmes contra la corrupción ?el decomiso parece
ser que es la gran medida de esta ley contra la corrupción?, recurre a la
estética. Vamos de la ética a la estética. El imputado es investigado y,
en un procedimiento ya avanzado, encausado. ¿Ustedes creen realmente que
eso cambia algo de fondo? ¿No hubiera sido mucho mejor, como les he dicho
en la primera parte de mi intervención, abordar de verdad una reforma del
procedimiento penal y atribuir a la fiscalía el papel de instrucción y al
juez el papel de garantías? No señor, no hacemos lo fundamental. Nos
dedicamos a retocar la ley y en algunos casos únicamente a eufemismos,
porque es un eufemismo sustituir imputado por investigado. En definitiva,
va a haber no cientos de imputados sino cientos de investigados, y eso no
lo van a poder evitar ustedes, como tampoco que eso esté en los medios de
comunicación. Ya decía Plutarco que las derrotas no cambian por el hecho
de matar al mensajero; bueno, ustedes han decidido matar al mensajero
para ocultar su derrota en materia ética. No lo van a conseguir, la
derrota ética está servida; por mucha mordaza a los ciudadanos y por
mucho que hagan con el mensajero no van a conseguir que la ciudadanía
considere que eso no ha ocurrido o que perdone esas actitudes, en todo
caso, reprochables.
La cuestión, por tanto, relativa a la agilización de la justicia ha
quedado ya valorada. Sobre la falta de garantías y lo que usted llama
incremento de garantías judiciales, señoría, nosotros no lo vemos.
Fíjese, aquí habría también una línea roja para decir si ustedes dan un
salto en las garantías o se quedan en las que hoy existen, bastante
precarias. Ahí está la incomunicación de los presos. La prisión
incomunicada es la que define si ustedes siguen las directrices de
Naciones Unidas, la jurisprudencia europea, que les pide que deroguen la
prisión incomunicada, o si siguen ustedes con la prisión incomunicada.
Pues no, la prisión incomunicada continúa como parte de una legislación
de excepción que ustedes no quieren dejar al margen. Tiene mucho que ver
con la ley mordaza, con la reforma del Código Penal y con su ?entre
comillas? legislación antiterrorista. (Aplausos). Mantienen esta medida
de prisión incomunicada aunque la matizan, es cierto; pero no obedecen la
instrucción, las indicaciones que hacen en otras directivas, que
trasponen en segunda instancia y en otras. En esta ley no obedecen las
instrucciones ni de Naciones Unidas ni de la jurisprudencia europea, que
les plantean la necesidad de derogar este tipo de incomunicación. Dice
usted que matizan ?bueno, algunas cosas para bien y otras para mal? esa
prisión incomunicada. No va a haber comunicación ?por eso se llama
prisión incomunicada, por eso se mantiene?; no va a haber asistencia
letrada y se va a mantener durante un tiempo inaceptable, en nuestra
opinión. Es decir, todo aquello que nos reprochan y que dicen que es la
antesala del maltrato, la antesala también de la impunidad en ocasiones
en relación con el maltrato y la tortura, por desgracia, se va a
mantener; igualmente se mantendrá una nube oscura sobre el Gobierno y
sobre la política española ?creo que de manera totalmente injusta? por la
conservación de este modelo que, en nuestra opinión, empaña el
procedimiento judicial y también la garantía en las prisiones para los
penados o para los que van a ser encausados o acusados ?no sé muy bien-.
Esas son las valoraciones a grandes trazos de mi grupo parlamentario.
Querría terminar mi intervención haciendo la referencia, como dije antes,
al procedimiento no ya al judicial sino parlamentario. Le ruego, señor
ministro, que no nos someta a este ridículo. No nos someta a este
ridículo a los parlamentarios que presentamos enmiendas para intentar
mejorar los textos legales y que vemos con sorpresa que los
procedimientos de ponencia y Comisión son solamente para sanar los
problemas de sus proyectos, para incorporar las autoenmiendas. No nos
someta a los parlamentarios al ridículo, porque en definitiva está
sometiendo también las leyes a la inseguridad jurídica y al ridículo.
Esta ley no será ya la de enjuiciamiento criminal del siglo XXI, no lo va
a ser. Será el retoque de la del siglo XIX. Señor ministro, que no sea
una ley de esas que nos tengamos que avergonzar tanto por su contenido,
porque ni agilice ni dé más garantías, como por su forma, porque de
alguna manera signifique una nueva razón para la inseguridad jurídica en
nuestro país.
Muchas gracias. (Aplausos).
La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor Llamazares.
Creo que usted ha dicho en su intervención que posiblemente sea la última
suya en esta Cámara. Le quiero decir que el conjunto de la Cámara le
echará de menos. Ha sido usted un gran parlamentario. (Aplausos).
Por el Grupo Parlamentario Socialista, para presentar su enmienda, señor
De la Rocha.
El señor DE LA ROCHA RUBÍ: Señora presidenta, señorías, señor ministro de
Justicia, quiero también iniciar mi intervención con una denuncia firme
sobre la manera de legislar que en materia de justicia están imponiendo
el Gobierno y el Grupo Parlamentario Popular a esta Cámara; una manera de
legislar que supone un gran fraude de ley, una burla al Parlamento; una
manera de legislar que supone la vulneración de los derechos de los
parlamentarios de poder enmendar y participar en los proyectos de ley que
en esta materia tan importante ?todas son importantes, pero más las que
afectan a la justicia, a la seguridad de los españoles? tienen los que
usted nos trae. Muchos de los proyectos de ley ?la mayoría? que el
Gobierno presenta en el Congreso en esta área son radicalmente cambiados
a lo largo de su tramitación por el propio Gobierno mediante las
enmiendas del Grupo Parlamentario Popular, impidiendo, como se ha dicho,
que los demás grupos podamos enmendarlos, intentar mejorarlos, exponer
nuestra opinión sobre lo que son los verdaderos textos legislativos del
Gobierno. Anteayer se aprobó en Comisión el proyecto de ley de
jurisdicción voluntaria. El Grupo Parlamentario Popular presentó
doscientas enmiendas; ¡doscientas, señorías! Anteriormente, en el del
Código Penal, ciento ochenta enmiendas presentó el Grupo Parlamentario
Popular, es decir el Gobierno; se cambia un proyecto por otro. Como no
están ustedes de acuerdo, porque se han incorporado ustedes más
recientemente, retiro los proyectos anteriores y presento unos proyectos
nuevos. No vayamos con esta aceleración e improvisación que genera
inseguridad jurídica. Ayer o anteayer hubo una situación en parte
bochornosa por esta aceleración e improvisación. Una cosa, señor
ministro, señores del Grupo Parlamentario Popular, es la mayoría absoluta
y otra el fraude al Parlamento. Yo también les pido, les exijo que
cambien estas formas. (Aplausos). Su mayoría legítima les permite imponer
sus criterios, pero con garantías para el funcionamiento parlamentario.
Paso ya al tema que nos traen a debate, una reforma de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal en dos proyectos de ley, uno de la parte orgánica
en los temas relativos a garantías y derechos fundamentales, y otro
ordinario sobre tramitación y presunta agilización de los procedimientos.
Lo primero que tengo que decirle, señor ministro, es que estos proyectos
de ley son la expresión de un gran fracaso, otro más, como el del
Registro Civil. Un incumplimiento más de un compromiso, que era la
presentación de una reforma global de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
que anunciaron pomposamente el Gobierno y el anterior ministro Gallardón.
Recordemos ?lo ha recordado usted? que la actual Ley es de 1882, y
entonces en su exposición de motivos aquel gran jurista liberal que fue
Alonso Martínez ya decía: Hemos conseguido ?entonces? introducir el
principio acusatorio en el plenario; no hemos podido llegar a más. Y
apuntaba: Habrá en algún momento otro Gobierno que lo haga, que cambie el
modelo de instrucción. A lo largo de estos años de democracia se ha ido
introduciendo el principio acusatorio en el procedimiento de menores, en
el procedimiento de jurado, en las medidas cautelares de las diligencias,
y el último Gobierno socialista aprobó un anteproyecto de ley de reforma
global de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, un proyecto preparado por
una muy solvente comisión de expertos, que incluso fue informado por
algunos órganos jurisdiccionales. Y ustedes, con la soberbia derivada de
la mayoría absoluta, y de una especie de adanismo jurídico ?aquí se
empieza todo desde cero?, despreciaron aquel anteproyecto y prefirieron
encargar un nuevo proyecto a otra comisión de expertos; en principio
porque ustedes estaban en contra de la investigación por el fiscal, y lo
anunciaron a lo largo de años, siempre estaban en contra de la
investigación por el fiscal, para llegar al final a la misma conclusión:
efectivamente hay que introducir un sistema de instrucción en que la
investigación la lleve el fiscal, con un juez de garantías, pero ya sin
tramitar en esta legislatura. Y nos traen una reforma muy parcial, en
gran medida improvisada, y con contradicciones; con contradicciones
porque algunos de sus contenidos los han sacado de ese borrador de la
comisión de expertos, y otros de medidas que han ido adoptando y con
elementos que se cruzan entre unas y otras contradictoriamente.
Empiezo por el proyecto de ley orgánica que regula un conjunto de materias
que afectan a derechos fundamentales del sospechoso, del detenido, y a
sus garantías. Algunas de sus previsiones referidas al derecho de defensa
y otras a las intromisiones en la intimidad y en las comunicaciones a las
que me referiré después, pero que tal como están concebidas pueden
afectar en su aplicación al derecho a un proceso con todas las garantías.
Son algunas de esas medidas y algunas de sus excepciones reminiscencias
inaceptables de ese más amplio intento del anteproyecto de ley de que el
ministro del Interior pudiera pincharnos los teléfonos a cualquier
ciudadano sin autorización judicial, expresión de una concepción
policial, de una concepción autoritaria en la que el equilibrio entre
libertad y seguridad se inclina muchas veces, demasiadas veces a favor de
la policía y en contra de las garantías del proceso, en la misma línea de
la Ley de Seguridad Ciudadana, de la reforma del Código Penal, y parece,
señor ministro ?se lo digo con cierta sorpresa?, que en la línea a la que
se ha adherido usted en las últimas
veinticuatro horas con esa petición de sanción a los medios de
comunicación que publiquen informaciones judiciales, en un intento ?no se
sabe si consciente o inconsciente? de limitar la libertad de información,
para encubrir quizá algunos de los problemas muy graves de corrupción que
tiene el partido del Gobierno.
Empiezo por el derecho a la defensa, el derecho a la asistencia de
abogado. Decía hace un momento que ustedes improvisan, que modifican
leyes de una manera completamente acelerada, y aquí tenemos un primer y
claro ejemplo de eso que acabo de decir. Se modifican dos artículos
importantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el artículo 118 y el
artículo 520, que regulan el derecho a la asistencia de abogado. Miren
ustedes, señorías, estos dos mismos artículos acaban de ser modificados
por una ley que acaba de publicarse anteayer, y que todavía no ha entrado
en vigor, la ley que modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal en
materia relacionada con intérpretes y jurados, y ahora se dice que hay
que trasponer una nueva directiva de 2013. Señoría, esa directiva del
2013 ya se conocía cuando se hizo la modificación anterior, y ya entonces
mi grupo les dijo aquí, en la Cámara: hay que trasponer esa directiva;
vamos a incorporarla. Y ustedes vuelven a modificar en este proyecto de
ley, en esta nueva reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, un
artículo que acaban de modificar y que todavía no ha entrado en vigor.
Además dicha directiva garantiza el derecho del imputado o del detenido a
tener una entrevista con su abogado ?lo ha mencionado usted? incluso
antes de su interrogatorio judicial, algo que es novedoso en nuestro
sistema policial y judicial, algo que incrementa las garantías del
detenido. Sin embargo ustedes ?y no lo ha mencionado en su intervención?
introducen unas excepciones generalizadas. La policía puede impedir la
entrevista previa del detenido con su abogado cuando exista una necesidad
urgente, que decide la propia policía, y no solo en casos de terrorismo o
en casos de delitos ejecutados por bandas armadas, sino en cualquier tipo
de delitos, incluso en los leves, y esto, señorías, es una limitación
inadmisible de ese derecho fundamental, que hay que aplicar interpretando
también la directiva europea, y que va a significar en la práctica la
ineficacia de la previsión del derecho a dicha entrevista previa.
El proyecto de ley orgánica también incluye un conjunto muy amplio de
regulaciones sobre intromisión en la privacidad del investigado en un
proceso penal, regulaciones que no estaban incorporadas a nuestro
ordenamiento jurídico, salvo en algunas facetas muy escuetas, que el
Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y algunos tribunales
internacionales en materia de derechos humanos ya nos habían dicho que
había que regular de una mejor manera. No solo la correspondencia escrita
y telegráfica, no solo las comunicaciones telefónicas y telemáticas, sino
algunas medidas muy singulares: por ejemplo, la grabación de
comunicaciones orales mediante dispositivos electrónicos, incluido el
domicilio, el pinchazo en la mesilla de noche, el pinchazo en el cuarto
de estar de una casa por un tiempo muy amplio; o la utilización de
dispositivos electrónicos para captación de imágenes o para seguimiento y
localización de un sospechoso; o el registro de ordenadores, del
almacenamiento masivo de información de la vida privada de cada uno, algo
que en esta sociedad de la comunicación y de la ordenación informática
tenemos todos en nuestro ordenador; incluso se llega más allá, el
registro remoto de equipos informáticos mediante la utilización de
troyanos. Es verdad que era necesario introducir esta regulación, que era
como he dicho antes un requerimiento de la jurisprudencia, que se estaba
aplicando la interpretación que los tribunales Supremo y Constitucional
venían afinando a falta de regulación legal. Pero dado que se trata de
una manera directa de medidas que inciden en derechos y libertades
fundamentales de los ciudadanos, la regulación requiere cautela, mesura,
prudencia y proporcionalidad, señor ministro. Se regula efectivamente la
intromisión policial, con carácter general, con autorización judicial,
pero se hace con algunos elementos manifiestamente inadecuados e incluso
claramente desproporcionados para lo que son intromisiones en las
comunicaciones y en la intimidad personal. La proporcionalidad en materia
penal tiene valor constitucional, en sus vertientes de necesidad, de
idoneidad, y sobre todo de mínima afectación, porque los poderes públicos
tienen la obligación de garantizar el ejercicio pleno del derecho a la
libertad de comunicaciones y a la intimidad. ¿Cuáles son esas
limitaciones que ustedes introducen y que son en nuestra opinión
claramente desproporcionadas? La primera, la duración. Se contempla que
para algunas de estas medidas excepcionales la duración sea de tres
meses, prorrogables hasta dos años; hasta dos años de seguimiento, hasta
dos años de escuchas, hasta dos años de captación de imágenes, lo que por
otra parte, señor ministro, no guarda relación con la duración deseada
para agilizar los procesos de instrucción. Dice usted, en la otra ley ?es
verdad que son dos leyes distintas?, y lo ha dicho desde la tribuna: hay
que agilizar los procesos, las diligencias no deben durar más de seis
meses prorrogables o dieciocho meses en causas complejas. Pero la
intromisión por la policía, la aplicación de estas medidas, puede durar
hasta dos años, y probablemente es que derivan de textos distintos, que
ustedes han incluido de una manera improvisada y acelerada.
Pero más grave aún es la falta de proporción de estas medidas, algunas
?repito? tan intensas de intromisión en la intimidad como puede ser poner
un pinchazo telefónico en la mesilla de noche o en la sala de estar del
domicilio de una familia o una persona, que se pueden aplicar a un número
amplísimo de delitos, no solo a los delitos graves, como ha venido
diciendo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. No es compatible con el
principio de proporcionalidad de estas medidas permitir la adopción de
injerencias de esta gravedad para delitos castigados con penas máximas de
hasta tres años; hay una parte muy importante de delitos menores en
nuestro código que el propio Código Penal llama menos graves que tienen
penas entre seis meses y tres años. Son delitos graves en nuestro
ordenamiento jurídico los que tienen penas de más de cinco años, y
ustedes introducen estas medidas para delitos que pueden tener hasta tres
años, repito, con una intromisión tan intensa como la escucha directa en
un domicilio que incluso puede afectar a la familia y a terceros no
investigados. Lo mismo ocurre en los casos en que por razones de urgencia
la policía puede proceder, sin autorización judicial, a la colocación de
dispositivos o medios técnicos de seguimiento o de captación de imágenes,
o al examen de los datos contenidos en un ordenador que la policía pueda
interpretar que, por razón de urgencia, los puede leer, entrando así en
la vida privada de una persona sin autorización judicial, y para
cualquier delito aunque sean delitos que no son graves, menos graves, y
con unos plazos además ajustados, y sin embargo amplios según la propia
policía. Señor ministro, para medidas menos intensas que estas,
cualquiera que conozca un poco esta materia y que haya leído o se haya
documentado en libros, tratados y artículos, sabe que en el año 2004 el
Tribunal Constitucional alemán, en una famosa sentencia de 30 de marzo de
2004, declaró la inconstitucionalidad, según el canon de
constitucionalidad alemán, de una ley que permitía la escucha directa en
el interior del domicilio, por la desproporción e intensidad de la
injerencia en la intimidad de la vida familiar para delitos que no fueran
graves o muy graves. También nos preocupa e inquieta la regulación de los
hallazgos casuales, enormemente abierta, aunque sea con autorización
judicial a posteriori, que permite tal como está regulado en nuestra
opinión indagaciones generalizadas e inquisitoriales que luego se pueden
traducir en la apertura de procesos penales.
Me voy a referir ahora al proyecto de ley ordinario y a su medida estrella
para la agilización de la justicia: la reducción del plazo máximo de la
instrucción a seis meses o a dieciocho para las causas que se declaren
complejas. Señor ministro, esta medida es simplemente un brindis al sol,
es una medida propagandística, porque usted mismo sabe que va a ser
completamente ineficaz, puesto que los dos proyectos de ley dicen ?lo ha
repetido usted desde la tribuna? expresamente que ninguna de las medidas
supondrá más medios materiales ni personales. Ha reconocido usted aquí
algo que no se desprende del proyecto, y es que los asuntos se alargan no
por la inacción de los jueces y magistrados; efectivamente no es que los
jueces quieran que los asuntos se alarguen y duren ilimitadamente, el
problema es que las causas son complejas y no tienen medios materiales o
personales internos en la oficina judicial, y externos de profesionales,
para llevarlos adelante. Y si no hay más medios el pretender que las
causas se terminen simplemente porque lo dice la ley es una medida
ineficaz, pero no solo ineficaz, sino que es una medida que puede ser
temeraria. La lucha contra la corrupción requiere incremento de
dotaciones de medios personales y materiales, de más profesionales que
sepan leer las contabilidades de grupos de empresas, que sepan
interpretar las modificaciones y los cambios entre cuentas corrientes,
que sepan indagar en los entramados societarios, eso es necesario y
fundamental, no simplemente decir que, pasado un determinado plazo,
termina la causa. Es verdad que se posibilitan las prórrogas limitadas
solo a instancia del fiscal, pero, ¿qué ocurre si pasan los plazos? ¿Qué
ocurre si caduca esa instancia que es el plazo o su prórroga? Pueden
ocurrir dos cosas: una, que se termine la instrucción, pero que se
termine precipitadamente o sin finalización efectiva, que no se puedan
practicar ?lo dice el proyecto? determinadas diligencias de
investigación, o que se incumplan los plazos, y en ambos supuestos, con
grave riesgo de que muchos delincuentes queden en la impunidad. Y dentro
de la lógica de su medida no se entiende que solo se reconozca la
solicitud de prórroga al Ministerio Fiscal, y no al propio instructor o a
la acusación particular, al perjudicado. Parece como si, señor ministro,
se desconociera la realidad práctica de los juzgados, incluso de los
fiscales. En muchos casos, en la mayoría de los casos los fiscales no se
enteran, no conocen la existencia de una causa hasta pasado mucho tiempo
sencillamente porque no les dan traslado, y menos aún conocen cuáles son
los plazos en que se está desarrollando esa causa. Y si son solamente
ellos los únicos que pueden pedir la prórroga los efectos perversos y las
consecuencias probablemente no queridas, no quiero yo imputarle un
objetivo temerario a usted mismo, pero los efectos de la temeridad de la
medida serán muy graves. Esta medida, tal como está planteada, es en mi
opinión un absoluto despropósito.
En la misma línea hay otras modificaciones que usted plantea para acelerar
los procedimientos y disminuir la carga de trabajado de los juzgados,
todas con deficiencias por su rapidez en la formulación. Por ejemplo, la
nueva regulación de la conexidad. Nosotros estamos de acuerdo en que es
necesario buscar vías para que esas causas muy complejas, esas
macrocausas se puedan trocear y dividir. El Tribunal Supremo lo ha
apuntado en recientes autos, la fiscalía está ya moviéndose en esa
dirección en determinados momentos, pero no se entiende que sea solo el
fiscal el que pueda instar ese troceamiento o esa no unificación de la
investigación de varios delitos en la misma causa, y no el juez
instructor también de oficio, o no la acusación, o no determinados
imputados que quieran también que su parte, su trozo o su tramo se pueda
ver por un lado. Todo este poder que ustedes le dan al fiscal, señor
ministro, se corresponde a un modelo de instrucción distinto, se
corresponde al modelo de instrucción que debemos implantar en nuestro
país, una instrucción en que el eje de la investigación la lleve el
fiscal, pero con el modelo de instrucción en que es el juez el impulsor
de la causa, el impulsor de la investigación, privarle al juez de poder
él adoptar ese tipo de decisiones, o privárselo a la propia acusación
particular, al perjudicado, es sin duda un grave error.
Lo mismo se podría decir de la medida referida a los atestados sin autor
conocido. Sin duda es razonable evitar el colapso de los tribunales,
evitar que entren montones de procedimientos. La persona que va por la
calle y le han pegado un tirón en el bolso ?quien le ha pegado el tirón
ha salido corriendo? va a la policía, lo denuncia, y no es posible saber
quién es la persona que lo ha hecho. Son muchas las denuncias que se
hacen sencillamente para cubrir ante la compañía de seguros que uno ha
presentado denuncia. Pero ustedes hacen una regulación sin garantías
judiciales. Ustedes dicen que se podrá abrir por los jueces o fiscales.
¡Si es que no hay ninguna vía! ¡Es una decisión unilateral de la policía,
sin que haya ninguna vía de que los jueces o fiscales puedan tener un
mínimo control, aunque sea global, de cuáles son los casos sin autor
conocido! Parece, tal como está regulado, que lo que se persigue es
disminuir la estadística sobre el volumen de trabajo de los juzgados.
Señor ministro, usted dice que el proceso por aceptación de decreto, el
proceso monitorio ?acelero ya porque se me pasa el tiempo? mejora. En la
práctica forense y en la práctica judicial los que somos abogados y hemos
estado decenas de años pisando los juzgados sabemos que hay dos vías, dos
técnicas que son manifiestamente mejores que esta. Una, es el juicio
rápido, y la otra, es la práctica forense de las conformidades que se
negocian entre el fiscal y los abogados. Ustedes hacen aquí un
procedimiento que podría ser una especie de resumen de todo ello, pero
con una rigidez que solo el decreto del fiscal, la propuesta del fiscal
es innegociable e inmatizable. Denle ustedes más flexibilidad. No hagan
ustedes ese poder tan absoluto del fiscal del que rezuman todas sus
reformas cuando no hemos cambiado el modelo de investigación, y por tanto
no hay un juez de garantías que sea el que neutralice o al menos
garantice la equidad y el equilibrio en el proceso.
Dos últimas cosas y termino, señora presidenta. Nosotros compartimos la
necesidad de la generalización de la segunda instancia penal, del recurso
de apelación frente a las sentencias dictadas en instancia por las
audiencias provinciales o por la Audiencia Nacional, recurso que se
sustanciará ante las salas de lo Civil y Penal de los tribunales
superiores de justicia. Se trata sin duda de una necesidad de nuestro
sistema, que nos ha costado como país denuncias ante organismos
internacionales por no existir esa segunda instancia penal. Pero hacen la
propuesta sin aportar más medios materiales y sobre todo personales, y ni
siquiera incluyen a la fiscalía. Es verdad que en la memoria anexa al
proyecto de ley figura un cuadro con el número de procedimientos que han
ido siguiendo los años anteriores las salas de lo Civil y Penal de los
tribunales superiores de justicia, pero cuando uno analiza los datos de
esa memoria ve que al menos tres comunidades autónomas, tres tribunales
superiores, el de Madrid, el de Andalucía y el de Cataluña, van a tener
un desbordamiento de recursos de apelación. Ustedes hacen un análisis no
ya moderado, pero sí ?no me atrevo a decir ridículo? absolutamente
minimalista. El recurso de apelación es universal, y los abogados van a
plantear recursos de apelación por supuesto con mucha más generalización
que los recursos de casación. Va a haber mucha más carga de trabajo, y
atribuir las apelaciones a las salas de lo Civil y Penal?
La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Señor De la Rocha.
El señor DE LA ROCHA RUBÍ: Termino ya, señora presidenta.
Atribuir los recursos de apelación a las salas de lo Civil y Penal, en
muchos casos sin más medios y sin más fiscales que puedan hacerse cargo
de ellos, va a llevar a la ineficacia o al alargamiento de los procesos.
El último punto, muy sintético, que quiero comentar es el del cambio de
denominación que se plantea: imputado por investigado o encausado, según
el momento en que se encuentre la instrucción, para aludir con el término
investigado, como usted bien ha señalado, a las personas a las que se
abre una investigación sin atribución de conductas punibles. Tanto el
anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal, que aprobó el anterior
Gobierno socialista, el último, como el borrador de Código Procesal
Penal, que la comisión de expertos que ustedes constituyeron hizo,
planteaban un cambio de denominación, una búsqueda de nuevas figuras en
función de un cambio de modelo de la instrucción, pero en ambos casos en
el marco de una reforma global del proceso penal, no a través de una
reforma puntual, de una reforma tan simple, tan directa, que por el
momento en que se plantea responde únicamente a criterios de oportunismo
del Gobierno del Partido Popular ante la avalancha de imputaciones por
corrupción por las que se ve sacudido.
Mi grupo parlamentario ha presentado dos enmiendas de totalidad que
postulan la devolución al Gobierno de estos dos proyectos de ley. Uno,
porque más que fortalecer las garantías procesales viene a imponer una
regulación que responde, en algunas facetas importantes, a un modelo
autoritario y vulnera esas garantías. Y otro, porque más que agilizar la
justicia promueve medidas improvisadas y deficientes que pueden conducir
a la impunidad de muchos delincuentes, y a un nuevo bloqueo de los
tribunales de justicia.
Muchas gracias. (Aplausos).
La señora VICEPRESIDENTA (Villalobos Talero): Gracias, señor De la Rocha.
En turno de fijación de posiciones, en primer lugar, por el Grupo Vasco,
PNV, tiene la palabra el señor Esteban.
El señor ESTEBAN BRAVO: Señora vicepresidenta, señoras y señores
diputados, coincido con algunos de los anteriores intervinientes en que
no me parece nada oportuna y desde luego no está haciendo ningún favor al
parlamentarismo la dinámica de leyes por embudo a las que nos está
sometiendo el grupo mayoritario. Han fijado un calendario y no sé en qué
están pensando para la próxima legislatura, probablemente tienen claro
que no estén en el Gobierno, y que desde luego no van a tener mayoría
absoluta, y están decididos a hacer una reforma unilateral de leyes que
mi grupo entiende que deberían tener un consenso amplio. Se trata además
de una reforma exprés de leyes que deberían necesitar un tiempo de reposo
y maduración para proceder a su modificación. Creo que se equivocan, creo
que es un error, creo que están haciendo daño al parlamentarismo. Están
modificando provisionalmente para que luego haya que volver a corregir
muchas cosas. Y luego está esa sensación ?que creo que tenemos todos? de
que el Gobierno no está seguro de lo que está presentando. De otra manera
no se puede entender que pase, como en el proyecto de ley de jurisdicción
voluntaria, que haya más de doscientas enmiendas presentadas por el grupo
que apoya al Gobierno, que como conocemos los mecanismos no han sido
originales del Grupo Parlamentario Popular, y se sobreponen a la voluntad
del Gobierno, sino que son modificaciones, correcciones redactadas por el
Gobierno que se las pasa al Partido Popular para que nos las imponga a
golpe de mayoría absoluta al resto de los parlamentarios, pero sin
permitirnos además debatir sobre ellas, porque no es sobre ese texto
sobre el que hemos presentado las enmiendas, sino sobre otro muy
diferente. No es bueno para el parlamentarismo, no es una actitud
constructiva, y no busca, no puede buscar el consenso. En ese sentido
coincido plenamente con el contenido ?desde luego en las formas impecable
como siempre? del discurso que ha hecho el señor Llamazares, al que
quiero mencionar específicamente, porque una vez más ha dejado claro que
es la oratoria parlamentaria en el hemiciclo, y en el contenido lo ha
clavado. Estamos absolutamente de acuerdo con lo que él manifestaba.
Por resumir ?porque tengo menos tiempo?, en cuanto al proyecto de ley
orgánica que han presentado de modificación de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal el objetivo principal debería de haber sido trasponer al
ordenamiento interno la Directiva 48/2013 de la Unión Europea, y no lo
consiguen. Es más deliberadamente buscan que no se produzca una
trasposición en los términos de la misma. Al final lo que están haciendo
es prolongar las modificaciones que hicieron en el Código Penal, ahora
manteniendo en los propios términos lo dispuesto en el artículo 527 en la
Ley de Enjuiciamiento Criminal con respecto a la legislación
antiterrorista. Nosotros no estábamos de acuerdo con esa modificación del
Código Penal, pero es que además han perdido una ocasión excelente,
estupenda de normalizar el ordenamiento jurídico español para quitarle su
carácter excepcional, porque aquí seguimos manteniendo los períodos de
incomunicación de cinco días, la necesidad de acudir a abogados de
oficio, la imposibilidad de comunicación con terceros, ese plazo de
setenta y dos horas que en la propia Constitución se planteaba de forma
excepcional, y que ha devenido en algo habitual, corriente, y que lo
tenemos que tomar como algo normal; todo eso no está
de acuerdo con lo que ordena la directiva europea, que establece el
derecho a designar libremente abogado, a solicitar la asistencia jurídica
gratuita, de hecho a no prestar declaración si no se desea hacerlo,
etcétera. Todos los derechos que consigna la directiva se hacen sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 527 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, y tal y como está redactado es la coletilla a la modificación
de la Ley Antiterrorista, confirmando lo que ya había de excepcional en
la legislación antiterrorista, incluso anterior, en el viejo Código
Penal. No podemos estar de acuerdo. Por otra parte la directiva establece
que las comunicaciones entre investigado/encausado y su abogado tendrán
carácter confidencial. Eso tampoco ocurre así en la legislación
antiterrorista española.
La segunda parte de este proyecto de ley orgánica se supone que pretende
incorporar a la prueba judicial y a los métodos de investigación las
tecnologías más modernas. El problema es que sí se ha buscado esto pero,
a nuestro modo de ver, no se ha meditado suficientemente el hecho de
poner límites también a esas nuevas tecnologías. Está bien que se
incorporen, evidentemente no estamos en el año 1880, a finales del siglo
XIX, pero desde luego estas tecnologías pueden ser muy invasivas de la
intimidad personal y habrá que ponerles un límite. Y esos límites no
quedan bien definidos y para nosotros son demasiado escasos cuando, por
ejemplo, se permite colocar un micrófono para grabar conversaciones
privadas en cualquier lugar a partir de que el supuesto delito tenga pena
de tres años de prisión. Nos parece una medida mínima y que no es acorde
con la gravedad de la intromisión en la esfera íntima. Además, no solo
esa colocación de dispositivos o medios técnicos, sino llevar a cabo el
examen de datos contenidos en un dispositivo puede realizarse por la
policía sin necesidad de autorización judicial, con un argumento que nos
parece de lo más laxo, que se aprecie un interés constitucional legítimo
por parte de la policía. No me sentiría muy tranquilo si es el señor
Fernández el que tiene que medir el interés constitucional legítimo con
respecto a los actos que yo pueda estar realizando, no estaría muy
tranquilo. Ya sé que a las veinticuatro horas se tiene que comunicar al
juez, pero para entonces ya se ha intervenido mi ordenador portátil o ya
se ha colocado en cualquier lugar de mi vivienda un micrófono. ¿Por parte
de quién? Por parte de la policía. ¿Sin autorización judicial? Sin
autorización judicial.
La intervención de las comunicaciones es prorrogable a dos años, señor
ministro, y sin embargo ustedes recortan la instrucción. Dicen que la
instrucción dura habitualmente seis meses. Por cierto, en este punto le
tengo que comentar ?aunque corresponde a otra ley, a la 138? que ustedes
dicen ?lo ha dicho en su discurso? que la media actual de un
procedimiento de instrucción es de 245 días pero lo reducen a seis meses,
que no son 245 días sino 182. Hay dos meses de diferencia entre la media
y lo que proponen. ¿Qué ocurre, que los jueces, que los secretarios
judiciales no trabajan lo suficiente y se puede reducir así, sin más, sin
necesidad de que se incremente la planta judicial? Sobre todo, teniendo
en cuenta que las garantías y los derechos del justiciable se juegan
mucho en el periodo de instrucción y la planta judicial en España es una
de las más reducidas a nivel europeo proporcionalmente. ¿Qué pasa que
aquí, porque lo dice la ley, se van a poder reducir los plazos sin que
eso afecte a las garantías? No nos parece muy claro. (El señor presidente
ocupa la Presidencia). A lo que iba, con respecto a la ley orgánica, las
intervenciones de las comunicaciones son prorrogables a dos años y, sin
embargo, la instrucción será de seis meses o, como mucho, dieciocho
meses. Parece que hay ahí un desfase llamativo que no debería ser tal.
En cuanto a la ley 138, intentan que no se produzcan esas macrocausas. Es
verdad que a veces se han generado macroprocesos y que eso ha llevado a
que se prolongue en el tiempo su enjuiciamiento, pero a ver si va a
resultar peor el remedio que la enfermedad. Porque si ustedes quieren
abrir una causa específica por cada delito, la multiplicación de asuntos
que deberán atender los jueces en el orden jurisdiccional penal va a ser
exponencial. Además, puede contribuir a que los ciudadanos no puedan ver
en su conjunto las grandes tramas de corrupción que están caracterizando
estos últimos años y estos últimos tiempos, porque en la relación que
hace este proyecto de ley de los delitos conexos para que sean
enjuiciados conjuntamente, se olvida ubicar a esas grandes tramas de
corrupción. Sinceramente, a veces es mucho más positivo, a efectos de la
justicia, ver la foto de conjunto que no ver causa específica por causa
específica. Por otra parte, la eliminación de la conexidad produce a
veces efectos no deseados, por ejemplo, la imposibilidad de refundición
de penas y, por tanto, el alargamiento de la duración de las mismas, algo
manifiestamente adecuado en un Estado que tiene el régimen de retribución
penal más alto en Europa, aún más después de las últimas reformas a las
que nos empujó el partido mayoritario en esta Cámara. Ya me he referido
antes a los plazos para la práctica de las diligencias de instrucción,
que parecen llamativos, más aún cuando el propio ministro ha manifestado
que la media actual son 245 días
y que, desde luego, tal y como queda claro en la exposición de motivos, no
se van a incrementar ni los medios ni la planta judicial en absoluto.
Otro de los puntos importantes, otro de los puntos estrella ?y con esto
concluyo? es el 803.bis, que se podría llamar monitorio penal,
estableciendo un proceso por aceptación de decreto. La verdad es que para
nosotros resulta cuando menos discutible esta parcial desjudicialización
del proceso penal, en el que se transfieren al ministerio fiscal
determinados asuntos que no están en su dimensión constitucional.
Evidentemente, su función debería ser instar a la acción de la justicia,
pero que fije cuáles tienen que ser los términos de una pena ?que ya sé
que esa pena debe ser aceptada por la persona encausada y, si no, entrará
el juez en su proceso? y darle unas atribuciones al ministerio fiscal que
no están contempladas en el texto constitucional, puede parecer
exorbitado y no parece adecuado que pueda resolver algunos asuntos
amparados por la tutela judicial efectiva consagrada en el artículo 24 de
la Constitución. Sin embargo, tal y como han dicho otros portavoces, se
ha desperdiciado la ocasión ?quizá porque el ministerio no se ha atrevido
a entrar en una modificación más profunda de la ley, que hubiera
requerido más tiempo? de transformar el proceso de instrucción en un
proceso más acorde con el de otros países europeos y de nuestra esfera,
de manera que al ministerio fiscal se le hubieran podido dar atribuciones
que, en nuestra opinión, hubiesen reducido el plazo de enjuiciamiento y
de sentencia sin que se pudieran ver dañadas las garantías
constitucionales de los encausados. Señor ministro, por lo tanto, no
pueden gozar de nuestro apoyo estas reformas que usted plantea, y de
manera especial la ley orgánica que nos ha presentado.
Con esto acabo mi tiempo ajustadísimo, señor presidente, cero segundos.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Pues se lo agradezco de verdad, señor Esteban, y creo
que se lo agradecen todos los diputados.
Por el Grupo de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra la señora
Díez.
La señora DÍEZ GONZÁLEZ: Gracias, presidente.
Señor ministro, si esto fuera el Parlamento británico, si en esta
frustrada reforma del Reglamento a la que hemos asistido se hubieran
aprobado algunas de las propuestas que llevábamos, entre otros, mi grupo
parlamentario, usted tendría la obligación en este momento, y yo el
derecho, de plantear preguntas sobre temas de actualidad y usted de
contestar; preguntas sobre temas de actualidad que tengan que ver con su
propia intervención. Así pues, aunque no es el Parlamento británico y
aprovechando que usted está presente, le quiero formular directamente
unas preguntas que esta misma mañana hemos registrado para su respuesta
por escrito. Usted dijo ayer que como mecanismo para evitar filtraciones
judiciales durante la investigación e instrucción, cabrían dos
posibilidades: sancionar al funcionario que posee la información o
sancionar al medio que publica esta información; una medida que, en
principio, dijo usted ?entre comillas? que el Gobierno no piensa llevar a
cabo pero que cabría debatir. Le quiero preguntar, en nombre de mi grupo:
primero, ¿puede asegurar el Gobierno, usted, que no piensa sancionar a
los medios de comunicación que divulguen informaciones procedentes de
instrucciones judiciales sin que existan pruebas fehacientes de que hayan
vulnerado la ley al publicarlas? Incluso, ¿quiere usted reflexionar sobre
presuntas multas o sanciones a medios de comunicación que hayan publicado
cuestiones que no sean delictivas, que no vulneren la ley al ser
publicadas? Porque usted también habló de hacer esa reflexión. ¿Está
reflexionando sobre eso? Segundo, ¿ha valorado el ministerio, usted, el
ministro, el conflicto existente entre su propuesta y el artículo 20 de
la Constitución? Tercero, ¿considera usted, señor ministro, que destinar
recursos a sancionar a los medios de comunicación, en lugar de perseguir
e investigar casos de corrupción, es más beneficioso para la justicia?
Estas preguntas y una respuesta que sería inmediata ocurriría en esta
Cámara si esto fuera el Parlamento británico, pero claro, si esto fuera
el Parlamento británico ninguno de mis compañeros parlamentarios le
habrían tenido que recriminar a su ministerio su comportamiento a la hora
de tramitar las leyes, porque ustedes no se habrían atrevido desde el
Gobierno, y particularmente desde su ministerio, a practicar el
antiparlamentarismo, que es lo que han practicado en todas las leyes que
han llegado desde el Ministerio de Justicia durante toda la legislatura.
Ustedes han ejercido un desprecio absoluto al Parlamento y a sus normas;
a sus normas de tramitación de las leyes y de control al Ejecutivo. No
solamente han despreciado a los grupos parlamentarios de la oposición,
sino que han despreciado a su propio grupo parlamentario. Quienes estamos
en ponencia y en Comisión hemos visto cómo mientras los parlamentarios de
su grupo trataban de llegar a acuerdos, de plantear enmiendas y de lograr
determinadas
posiciones transaccionales con el resto de grupos parlamentarios, les
llegaban e-mails de última hora con una posición contraria del propio
Gobierno. Han despreciado la labor y el trabajo de sus propios
parlamentarios, que han pasado unos apuros verdaderamente notables en su
relación con el resto de fuerzas parlamentarias. Han ejercido su tarea
como Gobierno con una absoluta falta de responsabilidad, con un trato
vejatorio hacia la institución parlamentaria y, por tanto, también para
el sistema democrático en su conjunto. Por eso reitero con mis palabras
todo lo dicho por mis colegas en las intervenciones anteriores.
Verdaderamente es una vergüenza cómo se comporta su ministerio, es una
vergüenza cómo desprecia a este Parlamento. Aunque ha dicho en su
intervención eso de que no hay improvisación en su forma de
comportamiento ni en sus leyes, creo que está demostrado justo lo
contrario ?dime de qué presumes y te diré de qué careces?, está
demostrada la improvisación jurídica y está demostrado que en lo que no
improvisan es en burlarse del Parlamento. Eso lo llevan a conciencia, en
eso verdaderamente son unos expertos, y lo hacen porque quieren, no
porque se despisten. En eso, efectivamente, no improvisan, simplemente le
faltan al respeto al Parlamento, creen que sobramos y por eso actúan de
esa manera.
En relación ya ?y muy brevemente? con los dos proyectos de ley cuyas
enmiendas a la totalidad se someten a consideración en este momento, mi
grupo parlamentario no ha presentado enmiendas a la totalidad pero
compartimos una buena parte de las reflexiones que han hecho mis colegas,
el resto de grupos parlamentarios y también los que han presentado las
enmiendas a la totalidad. Si estuviéramos hablando de un ministerio que
se hubiera comportado de otra manera en relación con el trato
parlamentario, podríamos pensar que de aquí a que termine la tramitación
de estas dos leyes cabría, por la vía de las enmiendas, introducir las
reformas necesarias, porque hay algunos aspectos de estas dos leyes que
usted ha dicho que no son de fondo, no los ha calificado como un mero
retoque, pero en el fondo eso es lo que son. Podríamos pensar que en la
tramitación podrían tener éxito las enmiendas que el conjunto de los
grupos vamos a presentar, pero la experiencia nos demuestra justamente lo
contrario. Los trámites de las leyes que vienen de su ministerio lo único
que han conseguido ha sido empeorarlas. Como ya han dicho otros
parlamentarios, nos solemos encontrar con decenas o centenares de
enmiendas que llegan de su grupo si no es en la tramitación de Comisión o
ponencia en el Congreso, sí en el Senado, por la vía de las
transaccionales o con sus propias autoenmiendas, por lo que suele
parecerse poquísimo el texto sobre el que debatimos al texto que nos
llegó a la hora de hacer las enmiendas principales. Por tanto, no tenemos
ninguna esperanza de que en el trámite de enmiendas ?aunque,
naturalmente, haremos nuestras enmiendas? se resuelva ninguno de los
problemas. Por eso, apoyaremos la retirada y devolución al Gobierno, y
apoyaremos las enmiendas de totalidad, aunque no hemos presentado otro
texto, porque no tenemos ninguna esperanza de que en su tramitación se
resuelvan algunas de las cuestiones planteadas sobre las que sí,
sucintamente, quiero decir cuál es nuestra posición.
En relación con la primera de las leyes, la 121, el Gobierno ha abandonado
las principales intenciones que anunció al inicio de la legislatura.
Desaparece toda la reforma relativa a la planta judicial, así como ?ya se
ha dicho? la reforma en la fase de instrucción por la que se pretendía
otorgar a la fiscalía el protagonismo principal. Nos parecen dos malas
decisiones. No enfatizaré más en ellas porque ya han sido tratadas con
anterioridad y comparto las reflexiones, en particular la que ha hecho el
señor Llamazares de La Izquierda Plural y la del portavoz del Grupo
Socialista. Sí quiero detenerme un momento para mostrar la oposición de
mi grupo a la forma en que se ha llevado a cabo la regulación de la
fijación de plazos máximos de instrucción, pues deja en manos del
ministerio fiscal la potestad de solicitar la prórroga al juez
instructor, en sus manos exclusivas, y no así al resto de partes en el
proceso, lo cual es, a nuestro juicio, inaceptable, sobre todo teniendo
en cuenta el papel que juegan en el proceso otras partes como los
perjudicados, la acusación popular o la Abogacía del Estado. Con este
texto, todos ellos quedarían sujetos a la voluntad del fiscal, que si lo
solicita, funciona y si no lo solicita, el proceso se muere; la voluntad
del fiscal que, por otro lado, en algunas causas penales ni siquiera
participa activamente en la instrucción o bien tiene un criterio
diferente del de los perjudicados. Hay cantidad de ejemplos; le pondré
uno bien reciente, el caso de Caja Segovia y el Torreón de Lozoya, en el
que todos los perjudicados están en contra y quieren que siga el proceso
abierto y el fiscal es el único que lo quería parar, aunque ahora,
afortunadamente, no lo ha podido parar. No se ha parado porque los
perjudicados han podido actuar. Si saliera adelante la reforma tal y como
ustedes la plantean, el fiscal que no es parte, que no ha participado en
el procedimiento y que tiene una posición contraria a todos los demás
personados, podría paralizar el procedimiento porque los demás no
tendrían la capacidad de seguir manteniéndolo.
Respecto a la segunda ley, la ley orgánica, es verdad que introduce
mejoras ?no vamos a negar que se mejoran cuestiones y por eso no hablaré
sobre ellas?, pero existen serias dudas sobre alguno de los extremos
regulados, de la misma forma que he manifestado respecto del proyecto
anterior. Algunas ya se han puesto de manifiesto por parte de otros
intervinientes y sobre ellas también me voy a referir. Sin duda, es
necesario actualizar la ley procesal penal para ponerla en relación con
la actualidad tecnológica de nuestros días, pero ello no debe servir para
introducir determinadas medidas que pueden vulnerar ?y, de hecho, en el
texto actual vulneran? derechos constitucionales de los ciudadanos. Señor
ministro, debe hacerse especial hincapié por las posibles dudas de
inconstitucionalidad que pueda presentar el contenido del apartado 3 del
artículo 588 ter, en el que se prevé que, en casos de urgencia, en el
supuesto de que dichas investigaciones se realicen para la averiguación
de delitos relacionados con la actuación de bandas armadas o elementos
terroristas y en los que existan razones fundadas ?que ya no sean ni
bandas armadas ni elementos terroristas? que hagan imprescindible dicha
interceptación de las comunicaciones telefónicas, se habilite la
posibilidad de que la misma pueda acordarla el ministro del Interior o,
en su defecto, el secretario de Estado de Seguridad y no necesariamente
la autoridad judicial. Estamos absolutamente en contra de esta decisión.
Las dudas de constitucionalidad surgen, ya que en el artículo 18.3 de la
Constitución no se deja ningún espacio intermedio a la aplicación e
interpretación de dicho precepto. Sí, ustedes después lo comunican; dicen
que se comunica al juez en las veinticuatro horas siguientes, pero esas
veinticuatro horas previas de impunidad no están permitidas en nuestro
texto constitucional. Por tanto, esta cuestión debe desaparecer en su
actual redacción porque es incompatible con el texto constitucional, no
hay ninguna necesidad y no hay garantías para el conjunto de los
ciudadanos.
Como le decía anteriormente, ministro, si este fuera otro Parlamento, si
ustedes tuvieran otro comportamiento, estas cuestiones que acabo de
señalar y otras muchas podrían ser enmendadas en el trámite que se abre a
partir de hoy, salvo que ustedes acepten las enmiendas a la totalidad y
sean devueltas al Gobierno. Pero ustedes ya han probado que no aceptan
colaboración ni enmiendas de nadie, salvo las que imponen a su propio
grupo parlamentario. Decía el señor Llamazares que tiene mucho interés en
saber quién es el señor senso; esta parlamentaria también tiene muchísimo
interés en saberlo para conocer con quién hacen ustedes el acuerdo para
burlar al Parlamento de forma continuada.
Gracias, presidente. (Aplausos).
El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Díez.
Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor
Jané.
El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, señor ministro de Justicia,
señoras y señores diputados, hoy llega a la Cámara un debate de totalidad
para reformar parcialmente la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Quiero
recordar que estamos ante una normativa del año 1882, de hace ciento
treinta y tres años. Decía el ministro en su intervención inicial que
esta era una reforma inaplazable y que urgía una puesta al día del
procedimiento penal. Compartimos ese diagnóstico inicial; debemos
reformar el procedimiento penal y así lo hemos reclamado Convergència i
Unió desde hace varias legislaturas. Estamos de acuerdo, señor ministro,
en que debe afrontarse esa reforma del proceso penal y por este motivo
?solo por este motivo? Convergència i Unió no ha presentado enmiendas a
la totalidad de devolución, porque nos parecía que podría ser
contradictorio reclamar una reforma que llevamos años demandando y que
cuando se intenta llevar a cabo, le pidiéramos al Gobierno que se
devolviera. Queremos aprovechar el trámite parlamentario para entrar en
el contenido de la reforma, pero no estamos de acuerdo en devolver al
Gobierno un proyecto de ley que veníamos reclamando desde hace tantas
legislaturas. Ello no significa, señor ministro, que vayamos a compartir
el contenido concreto de los dos proyectos de ley que hoy ha presentado
ante esta Cámara.
Lo han dicho ya otros portavoces y nos sumamos a ello: hay una serie de
preceptos de estos proyectos de ley que abren dudas sobre su
constitucionalidad, que pueden lesionar derechos fundamentales, que
pueden lesionar un derecho tan fundamental como el del artículo 18.3 de
la Constitución, que garantiza el secreto de las comunicaciones Ya en el
año 1978 se recogía: ?y en especial de las postales telegráficas y
telefónicas, salvo resolución judicial. Aquí no hay excepciones, señor
ministro, siempre es necesaria la autorización judicial y nos tememos lo
peor de la aplicación práctica de algunos preceptos de los proyectos de
ley que hoy estamos debatiendo. Nos tememos lo peor, porque en el caso
del derecho fundamental de tener una autorización judicial antes de
interceptar las telecomunicaciones ?y hoy, en el siglo XXI, es cierto,
debemos adaptarnos a muchas formas nuevas de telecomunicaciones, de
comunicaciones electrónicas, que todas ellas siempre requieren esa
autorización judicial?, ustedes dicen en el proyecto:
en caso de urgencia. Bueno, en caso de urgencia, pero ¿cuántas veces lo
hemos visto en los decretos-leyes? En caso de extraordinaria y urgente
necesidad, dice la Constitución, y después se abusa del decreto-ley: todo
es urgente, todo es inaplazable. Y aquí la Constitución ni tan siquiera
abre la posibilidad de ?en caso de urgencia?: siempre debe prevalecer el
secreto de las comunicaciones y solo puede alterarse si hay autorización
judicial.
Por lo tanto, entendemos que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deben
realizar su trabajo, deben cumplir unos protocolos, pero nos preocupa que
esta nueva normativa pudiera llegar a legitimar intervenciones
telefónicas, como decía de manera brillante el señor De la Rocha, que se
pudiera llegar en determinados delitos, que tampoco son tan graves pero
que tienen una pena máxima de tres años, a interceptar la vida íntima de
las personas. Incluso en algunos de estos preceptos la prórroga de la
medida va mucho más allá de lo que se podría considerar razonable; se
puede ir prorrogando y tener interceptado un teléfono o poner un
micrófono en el domicilio de una persona durante dos años, y esto puede
llevar a lo que se ha venido en conocer como phishing, la intervención
prospectiva, aquello de poner un micrófono durante mucho tiempo. Puede
pasar que en ese momento no se haya cometido un delito, pero en tanto
tiempo a lo mejor un día interceptan una comunicación que puede dar lugar
a un delito futuro para el cual no se había autorizado inicialmente la
puesta de ese dispositivo. ¿Y cómo afecta a la intimidad, señor ministro,
si se graban conversaciones en el interior de domicilios y, además de las
conversaciones de la persona investigada, se graban las de los familiares
que conviven con él? ¿Dónde está la privacidad? Esto puede causar alarma,
una mala utilización de ello puede causar alarma. Y nos tememos que en
ocasiones, desde las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cumpliendo
protocolos muy estrictos, se lleguen a realizar actuaciones de un rigor
externo de cara a la publicidad de la actuación que no es el aconsejable.
Hoy mismo, el Diari de Tarragona, en portada: El colegio de abogados
critica las detenciones-espectáculo en Reus. Esto es una noticia de
portada de hoy. Porque, es cierto, hay una orden de intervenir, pero se
hace un desarrollo mediático de unas detenciones que va más allá de lo
que sería aconsejable para realizar esa actuación judicial, que debe
realizarse pero puede que puede llevarse a cabo de forma más discreta,
más serena, sin causar un efecto de pena de telediario que todos
conocemos la repercusión que tiene.
Nosotros estamos de acuerdo, señor ministro, en cambiar la terminología,
lo hemos hablado más de una vez. El término imputado ?y usted lo ha
explicado muy bien en el debate inicial? está estigmatizado, y para el
conjunto de la sociedad, si de una persona dicen que ha sido imputada, ya
hay una clara sensación de culpabilidad hacia esa persona y no estamos
preservando su presunción de inocencia. Es cierto, y lo compartimos, que
una imputación puede venir de una simple denuncia y que la imputación ni
tan siquiera obedezca a indicios de veracidad sobre unos hechos que aún
no han sido investigados, pero de repente hay esa denuncia, el juez
imputa para citar a declarar a esa persona con las debidas garantías y
una asistencia letrada, y nos encontramos con que esa persona, sobre la
que ha recaído una falsa denuncia en muchísimas ocasiones, después ha
sido imputada y para el conjunto de la ciudadanía, esa imputación, porque
no se ha explicado de manera clara lo que significa, lleva aparejada una
presunción, no de inocencia sino de culpabilidad. Por tanto, estamos de
acuerdo, señor ministro, en ese cambio terminológico. Alguien puede
pensar que ese cambio no obedece a razones estrictamente de política
criminal, pero ese cambio, el cambio de imputado a investigado, refleja
mejor lo que está pasando en esa fase preliminar: no se ha abierto aún
una causa contra esa persona, simplemente se le está investigando, porque
han llegado unas denuncias, y se le cita, por si de ello pudieran
derivarse actuaciones delictivas, para que acuda a testificar con una
asistencia letrada. Entendemos que se ha trasladado mediáticamente el
término imputado de una manera que no es la más adecuada, por tanto, en
ese aspecto estamos de acuerdo.
Estamos de acuerdo además, señor ministro, en que los atestados policiales
sin autor conocido, cuando se trata de delitos que no tienen una gran
entidad, no tengan necesariamente que llegar a la dependencia judicial,
con el tiempo que con ello se pierde, para acabar simplemente en nada ?se
lo venía reclamando Convergència i Unió?, como también estamos de acuerdo
en evitar esos macroprocesos que nunca llegan a unos tiempos razonables.
El proyecto de ley intenta dar a cada supuesto su procedimiento, sin ir
acumulando piezas separadas que acaban con unas macrocausas que hacen muy
difícil la gestión de un proceso judicial con las debidas garantías y con
la debida celeridad, porque la celeridad no entiende de esos procesos tan
dilatados en el tiempo. Entendemos que esas reglas de conexión pueden
revisarse para evitar esas macrocausas y ganar en celeridad. Compartimos
su intento de fijar unos plazos máximos que pueden prorrogarse, pero no
compartimos, señor ministro, que quien
decida si se van a prorrogar o no sea solo el ministerio fiscal. ¿Y el
juez que está llevando la investigación? Porque esta reforma es parcial,
no es esa reforma global de proceso penal en la que se quería dar al
fiscal el protagonismo en la investigación, sino que lo va a seguir
teniendo el juez. Y si en esa instrucción el procedimiento lo tiene el
juez y no el fiscal, no entendemos congruente que sea solo el fiscal ?y
no las partes ni los propios jueces que lo están conociendo? el que pueda
llegar a realizar y a solicitar esa prórroga. Sobre todo, no entendemos
que sea congruente, señor ministro, que se intente buscar plazos más
ágiles, que se intente, de manera muy loable, garantizar la doble
instancia penal ?estábamos incumpliendo directivas?, la doble instancia
penal garantizada sin dar más medios. ¿No damos más medios a la
justicia?, ¿no damos más medios personales y materiales?, ¿no vamos a
dotar de más personal?
Usted hoy en su intervención inicial se congratulaba de que esto no vaya a
tener coste; es decir, ausencia de coste; no repercute en los
presupuestos presentados. Pues no lo compartimos, debería repercutir;
esto debería comportar costes presupuestarios, porque un nuevo proceso
penal exige más medios, más garantías y, por tanto, exige necesariamente
que demos al proceso penal un mayor protagonismo garantista y de agilidad
y, para ello, más medios para la fiscalía, más medios para la judicatura,
más medios para la justicia en general. Nos hubiera gustado, señor
ministro, que no estuviera esa disposición adicional que dice que esto no
va a comportar coste alguno, porque aquí necesitamos un esfuerzo
presupuestario mayor. Tenemos que dedicar más recursos a la justicia.
Usted decía que vamos a adaptarnos a las directivas comunitarias, y es
cierto. Estamos haciendo un nuevo estatuto del investigado. Usted ayer
estaba ?coincidimos? en la presentación de un libro sobre la historia de
la abogacía española, un libro de contenido en el que se pone en valor la
función de los abogados. En ese acto ?seguí con atención su discurso,
señor ministro? se puso claramente en valor la función profesional de un
abogado, esa función noble de la asistencia letrada. También nos tememos
que en este proyecto de ley, al hablar del estatuto del investigado, de
esa nueva regulación del estatuto del investigado, en ocasiones por
razones de urgencia la asistencia letrada pueda esperar. El Consejo
General de la Abogacía nos ha hecho llegar ya propuestas de enmiendas
pidiendo que no existan excepciones; no se puede querer cumplir unas
directivas pero después abrir siempre la puerta a los casos
excepcionales, porque al final lo que es excepcional acaba siendo
demasiadas veces una norma que se aplica con asiduidad y nosotros no lo
compartimos, señor ministro. Pedimos que siempre se preserve esa
asistencia letrada. Se dice que se va a informar al detenido de todas las
actuaciones que versan sobre él, sin embargo, también se abre una
excepción: pero puede excepcionalmente no realizarse. No lo compartimos
tampoco. Busquemos esas enmiendas que el Consejo General de la Abogacía
nos ha hecho llegar a los distintos grupos parlamentarios porque
entendemos que van en la dirección correcta.
Señor ministro, le pedía más medios. ?Termino ya-. Ustedes dan esa segunda
instancia a los tribunales superiores de Justicia en la apelación a lo
que son sentencias de la audiencia provincial y quería recordar que, en
el caso de Cataluña, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
necesita más medios. Para implementar lo que estos dos proyectos de ley
prevén, necesitamos, señor ministro, más medios, más recursos, más
personal y más inversiones. Por tanto, está muy bien venir hoy aquí y
cumplir con esa asignatura de presentar unos proyectos de ley largamente
reclamados, pero debemos hacerlo con las mayores garantías.
Señor presidente, señorías, agradezco a todos los portavoces sus
intervenciones, pero de manera muy especial hoy al señor Llamazares,
portavoz de su grupo en la Comisión de Justicia, que ha tenido una
trayectoria impecable en esta Comisión y en todos los debates
parlamentarios. Podemos coincidir o no con el señor Llamazares pero
siempre se ha expresado con corrección y con un buen estilo
parlamentario. En Convergència i Unió le deseamos, señor Llamazares, lo
mejor en sus nuevas propuestas y nuevos destinos políticos con los que va
a presentarse próximamente.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Jané.
Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Conde.
El señor CONDE BAJÉN: Con la venia, señor presidente.
Señorías, desde el comienzo de esta legislatura el Gobierno de España y el
grupo parlamentario que le sostiene, en cuyo nombre tomo hoy la palabra,
decidió acometer un ambicioso plan de reformas. Entre ese plan de
reformas, incuestionablemente, las reformas relativas a la Administración
de Justicia ocupaban un papel señalado. Ello ha hecho posible que la
Comisión de Justicia haya tramitado una enorme cantidad
de reformas legislativas y que hayamos tratado de dar un impulso tremendo
a la agilización de la justicia porque, indudablemente, la justicia que
no es rápida, se dice como lugar común, no es justicia. Con este espíritu
abordamos ya, desde el mes de marzo, la reforma integral de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal que era algo que venía siendo sentido desde hacía
mucho tiempo por las distintas fuerzas políticas. Hemos querido que esa
Ley de Enjuiciamiento Criminal nueva que ha de sustituir a la de 1882,
que tiene ya ciento treinta y tres años, por tanto, llegue a tener, al
menos desde el punto de vista de la vocación, tan larga vida como aquella
a la que sustituye y, para ello, es incuestionablemente necesario contar
con un amplio consenso político; ese consenso político de momento no
existe, pero ello no nos puede impedir acometer las reformas
imprescindibles y urgentes que la legislación procesal penal española
viene requiriendo. Como dice el adagio, lo mejor a veces es enemigo de lo
bueno. Y siendo lo mejor sin duda hacer un nuevo Código Procesal Penal,
no deja de ser bueno introducir en la legislación penal una serie de
reformas para abordar materias que son ya de extraordinaria urgencia:
materias relativas a la protección de derechos y libertades
fundamentales, materias que han sido tratadas por nuestros tribunales de
la jurisdicción ordinaria, por el Tribunal Constitucional e incluso por
el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que han avisado a España de la
imperiosa necesidad de reformar nuestras leyes procesales penales para
dar el debido cumplimiento a los compromisos no solo de la Constitución,
sino a los compromisos asumidos por España en convenios internacionales,
que son también derecho interno.
Por eso el Gobierno ha remitido hoy a la Cámara dos proyectos de ley que
regulan materias que no pueden seguir esperando para ser introducidas en
nuestro ordenamiento. La razón de que sean dos proyectos de ley obedece
precisamente al talante del Gobierno ?que hoy yo quiero agradecer en
nombre del Partido Popular? de hacer útiles los informes preceptivos que
la ley impone para mejorar el proceso legislativo. En este sentido, el
Consejo de Estado en su informe recomendó al Gobierno separar en dos
proyectos distintos para tratar en ley orgánica aquellas materias que son
de tal naturaleza y en ley ordinaria las que a ella le incumben. Los
debatimos hoy conjuntamente pero tienen, como es evidente, naturaleza muy
distinta.
En el primero se pretende la transposición de la Directiva 2013/48 de la
Unión Europea y del Consejo para dar mayores garantías y proteger mejor
los derechos y libertades fundamentales del detenido, para permitirle
mejor información sobre aquello de que se le está acusando, para
permitirle mejor el ejercicio del derecho de defensa, para permitirle
también comunicar con terceros; y se modulan las circunstancias
excepcionales en relación con las cuales exclusivamente se permite la
restricción de este derecho. Asimismo, se regula una cuestión que
naturalmente no pudo haber previsto nuestra legislación de 1882 como es
la detención en aeronaves o incluso en naves, dado el fenómeno de la
piratería y la presencia de naves de pabellón de soberanía española en el
ejercicio de misiones militares en distintos puntos de globo. Sus
señorías sin duda recordarán cómo, desde un punto de vista analógico,
hubo de darse una construcción legal a las detenciones que practicó la
Marina española en las operaciones de Somalia, por ejemplo, y que hoy
tendrán traslado de derecho positivo a nuestra legislación procesal.
(Rumores).
Señorías, otro de los asuntos de los que el Gobierno se ocupa en este
proyecto de ley es el de las nuevas tecnologías. Las nuevas tecnologías
están produciendo la capacidad de cometer delitos de una manera
absolutamente impensable para el año 1882. Pero al mismo tiempo permiten
a la justicia, permiten al Estado, la mejor averiguación de las
circunstancias del delito y de la identidad de los delincuentes, y no
sería razonable que no se pudieran aprovechar esas oportunidades para
hacer de nuestro país un país más seguro. España es un país seguro, es
uno de los países más seguros de la Unión Europea; nuestra tasa de
delincuencia es la tercera parte de la de Suecia, por ejemplo, pero
queremos seguir haciendo un país seguro al tiempo que queremos ser
impecablemente respetuosos con los derechos y libertades fundamentales
que los españoles tienen, y a eso obedece este proyecto de ley, a hacer
combinables estos dos valores: seguridad por una parte y libertad por
otra; garantías de los ciudadanos y seguridad de los ciudadanos. A esto
obedece, por ejemplo, la regulación estricta de procedimientos de
registro nuevos, como los de almacenamiento masivo de datos, como la
destrucción de datos así obtenidos o, por ejemplo, desde el otro punto de
vista, el seguimiento e interceptación de comunicaciones; todos ellos
sometidos a garantía judicial y sometidos, sobre todo, al criterio que
preside toda la reforma de la ley remitida por el Gobierno, que es el
criterio de la proporcionalidad. Naturalmente, las facultades que la ley
otorga no se otorgan ?en contra de lo que algunos de los portavoces han
sostenido en esta tribuna? a la policía como tal, no es la policía la que
por sí y ante sí toma la decisión de acometer las medidas que la ley
permite, sino que permite a la autoridad judicial el recurso a la Policía
judicial para que utilice las técnicas de averiguación del delito.
Señorías, será siempre un juez quien acuerde las medidas de las que aquí
estamos hablando, salvo naturalmente en situaciones de excepcionalidad,
como aquellas que recoge el artículo 579, párrafos dos a cuarto, de la
actual Ley de Enjuiciamiento Criminal introducida por una modificación de
la Ley Orgánica 4/1988, es decir, que permite que por circunstancias de
extraordinaria necesidad y en relación con delitos especialmente graves
como son los de terrorismo, etcétera, se puedan instalar escuchas
telefónicas sin la previa autorización judicial. Por otro lado, en
relación con la ley ordinaria era imprescindible acometer medidas de
agilización procesal y era imprescindible como ha expuesto perfectamente
el Gobierno el procedimiento autónomo de comiso, la generalización de la
segunda instancia o la regulación del recurso extraordinario de revisión.
Son medidas todas ellas que sin duda agilizarán la Administración de
Justicia. (Continúan los rumores).
No necesito decir que el Grupo Parlamentario Popular votará en contra de
las enmiendas a la totalidad propuestas. Lo hará porque creemos que este
es un buen proyecto de ley. Tengo que decir aquí en nombre del Grupo
Parlamentario Popular que nuestra voluntad es hacer de estos dos
proyectos de ley dos leyes que gocen de un amplio consenso. Estamos
absolutamente abiertos a las sugerencias vía enmienda que sus señorías
propongan. Hemos decidido, junto con el resto de los grupos de la Cámara,
que pueda haber una serie de audiencias de expertos en sede de la
Comisión que nos permitan enriquecer el texto y que nos permitan
mejorarlo. Muchas de las sugerencias que aquí se han hecho desde la
tribuna no han sonado mal en los bancos del Grupo Parlamentario Popular y
estamos, lo digo con franqueza, absolutamente abiertos a escucharlas.
(Rumores). Me dirijo en concreto al señor De la Rocha, portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista en este asunto. Señoría, comprendo que
representando como representa su señoría al principal grupo de la
oposición, ha de presentarse una enmienda a la totalidad como es práctica
y uso parlamentario y más cuando nos acercamos al final de la
legislatura; pero si analizamos la intervención de su señoría verá que no
estamos tan distantes ni en las materias a regular ni en el modo en cómo
hacerlas, y que probablemente serán cuestiones de cantidad, de grado y de
matiz las que separen las posiciones del Grupo Parlamentario Popular y
del Gobierno de las Grupo Parlamentario Socialista. Nosotros nos
comprometemos con sinceridad a estudiar con mente abierta las propuestas
que así se hagan. Espero que a usted le autoricen en su grupo
parlamentario a llegar a transacciones y compromisos con el Grupo
Parlamentario Popular. (Continúan los rumores). Espero que la
flexibilidad que nosotros mostramos pueda mostrarla su señoría de
contrario, pero permítame que en absoluto pueda aceptar que se hable de
fraude al Parlamento por el hecho de que se admitan enmiendas en el
trámite legislativo; que se hable de falta de respeto al Parlamento
cuando el Parlamento admite la presentación de enmiendas por parte del
grupo mayoritario.
Señoría, los diputados del Grupo Socialista no son más diputados que los
del Grupo Popular ni disfrutan de mejores derechos que los parlamentarios
del Grupo Popular ni nos están vedadas a nosotros facultades
parlamentarias esenciales, como es el derecho a la enmienda, que goza su
señoría, y precisamente lo que pone en valor la circunstancia de que se
hayan admitido doscientas enmiendas del Grupo Parlamentario Popular
revela, en todo caso, la amplitud de criterio que el Grupo Popular tiene
y la libertad de acción de la que al respecto goza. (Rumores).
Siendo hoy el último día en el que el señor Llamazares interviene en esta
tribuna, no quisiera yo con la acidez de mis palabras perturbar tan
grande efeméride. Déjeme que le diga simplemente, señoría, que no puedo
entender cómo del tenor de su discurso puede sostener al tiempo que la
fiscalía debe ser la que instruya las causas y demostrar semejante
desconfianza hacia la fiscalía. ¡No entiendo la contradicción, señor
Llamazares! Como no entiendo que pueda decir que, tal y como está
configurada la fiscalía en este momento, no pueden concedérsele
determinado tipo de facultades que la ley otorga y no lo comprendo por la
sencilla razón, señorías, de que el ministerio fiscal como tal está
regulado en la Constitución sin variación desde el año 1978. Y lo
entiendo menos aún porque la Ley reguladora del estatuto orgánico del
ministerio fiscal, aprobada en la pasada legislatura, recibió el voto
favorable del grupo que usted representa cuando en la Comisión celebrada
el 9 de mayo de 2007 Izquierda Unida votó a favor de la norma que hoy
regula dicho estatuto orgánico, momento en el cual su señoría era nada
más y nada menos que el portavoz del Grupo de Izquierda Unida. Luego
semejante contradicción, señoría, no puedo entenderla. Dejémoslo aquí
?insisto? por tratarse hoy del día que se trata.
El señor Esteban, del Partido Nacionalista Vasco, ponía de manifiesto la
necesidad de adecuar el plazo máximo de instrucción de las causas
penales, teniendo en cuenta que el ministro había hablado de doscientos
cuarenta y cinco días de media de instrucción de una causa penal, pero lo
cierto es que se refiere a todas y cada una de ellas y el proyecto de ley
distingue entre las complejas y las sencillas. Las
complejas tienen una duración máxima de dieciocho meses y las sencillas de
seis; luego se está por encima de la media.
Por último, señorías, la señora Díez ha planteado una serie de cuestiones
ajenas a este debate. Empezaba diciendo que si este fuera el Parlamento
británico y no el español? (Continúan los rumores).
El señor PRESIDENTE: Por favor, ruego silencio para que se pueda oír al
orador.
El señor CONDE BAJÉN: Se lamentaba la señora Díez de que este fuera el
Parlamento español y no el británico, cosa normal porque hace poco
también se lamentaba de que ella había fundado un partido para Dinamarca
y no para España. No me extraña, debe ser un modo singular de hacer
campaña, ir quejándose de las instituciones y del país en el que uno
vive. En fin, cada uno es muy dueño de actuar como quiera. Señoría, lo
que es evidente ?quiero contestarle aquí? es que ni el Gobierno ni el
Partido Popular tienen la más mínima intención de sancionar a ningún
medio de comunicación por el hecho de que existan filtraciones de
sumarios. Lo que el ministro hizo ayer, y con toda razón, es manifestarse
sobre un asunto que está de plena actualidad en Europa, dado que en este
momento en la Comisión de Libertades Públicas del Parlamento Europeo se
está discutiendo una directiva relativa precisamente a esta materia, una
materia que lleva el título del refuerzo de ciertos aspectos de la
presunción de inocencia y del derecho a estar presente en el propio
juicio en los procesos penales, directiva en relación con la cual el
grupo parlamentario de la señora Díez, del que forma parte, ha presentado
enmiendas que precisamente pretenden que se eviten las filtraciones
contenidas en los sumarios. Sin embargo, señora Díez, lo que no puedo
aceptar es que hable de desprecio del Gobierno a su grupo parlamentario
porque no es cierto. Que se hable de desprecio al parlamentarismo no
puedo aceptarlo, sobre todo, de una persona como usted, porque si alguien
ha demostrado desprecio a su propio grupo parlamentario, tanto aquí como
en el Parlamento Europeo, es exactamente su señoría. (Aplausos).
Señorías, termino. Esta ley no es el código de justicia penal que quería
el Partido Popular. Nosotros no renunciamos a hacer otro Código Procesal
Penal cuando llegue el momento, pero estas dos leyes, cuyas enmiendas a
la totalidad hoy debatimos, son imprescindibles para ir mejorando la
calidad de la justicia penal en España. Señorías, la ley que hoy
pretendemos modificar, que data del año 1882, tenía una magnífica
exposición de motivos redactada por el ministro Alonso Martínez.
(Rumores).
El señor PRESIDENTE: Señor Conde, le ruego que acabe.
El señor CONDE BAJÉN: Termino, señor presidente.
Decía Alonso Martínez: La sociedad debe marchar como la naturaleza,
gradualmente, y no a saltos. Los progresos jurídicos deben irse
eslabonando si han de encarnar las costumbres del país. Este es un buen
eslabón para tener una buena ley procesal penal y, por tanto, pido a sus
señorías que no acepten las enmiendas a la totalidad presentadas.
(Aplausos).
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Conde.
En dos minutos procederemos a votar. (Pausa).
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL. (Número de expediente 140/000028).
El señor PRESIDENTE: Se ha presentado a esta Presidencia, firmada por
todos los grupos, una declaración institucional de apoyo al pueblo de
Nepal. Va a proceder a su lectura el secretario primero.
El señor SECRETARIO (Gil Lázaro): Con la venia, señor presidente.
Declaración institucional de apoyo al pueblo de Nepal: El Congreso de los
Diputados transmite toda su solidaridad y todo su apoyo al pueblo de
Nepal por el terremoto sufrido en los últimos días y que está afectando a
una parte muy importante de su población. Nepal es un país lejano pero
amigo y que en estos momentos sentimos muy cerca. Lamentamos la pérdida
de tantas vidas humanas y la situación de extrema emergencia que vive el
país. Frente a esta catástrofe, que ha golpeado duramente Nepal, el
Congreso de los Diputados insta a la comunidad internacional a activar
todas aquellas iniciativas y acciones necesarias de apoyo a este cercano
país; un apoyo que por parte española se está activando y gestionando, de
manera decidida y comprometida, desde el Gobierno junto con otras
administraciones públicas. Nuestro más sentido apoyo y solidaridad.
(Aplausos).
? SOLICITUD DE LA COMISIÓN DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE PRÓRROGA
HASTA EL 7 DE SEPTIEMBRE DE 2015, DEL PLAZO PARA LA CONCLUSIÓN DE LOS
TRABAJOS DE LA SUBCOMISIÓN PARA ABORDAR EL PROBLEMA DE LA VIOLENCIA
CONTRA LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS. (Número de expediente 154/000012).
El señor PRESIDENTE: De conformidad con lo acordado en la Junta de
Portavoces, someto al Pleno de la Cámara la prórroga, hasta el 7 de
septiembre de 2015, del plazo otorgado para la conclusión de sus trabajos
a la subcomisión para abordar el problema de la violencia contra los
niños y las niñas, constituida en el seno de la Comisión de Sanidad y
Servicios Sociales. (Asentimiento).
Se acuerda por asentimiento.
MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES. (VOTACIÓN):
MOCIÓN CONSECUENCIA DE INTERPELACIÓN URGENTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE
IU, ICV-EUIA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL, SOBRE MEDIDAS PARA REVOCAR EL
ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 13/03/2015, QUE NIEGA LA EXRADICIÓN
SOLICITADA POR LAS AUTORIDADES ARGENTINAS DE PERSONAS ACUSADAS DE GRAVES
CRÍMENES REALIZADOS DURANTE LA DICTADURA FRANQUISTA. (Número de
expediente 173/000208).
El señor PRESIDENTE: Moción del Grupo de Izquierda Plural sobre medidas
para revocar el acuerdo del Consejo de Ministros, de 13 de marzo de 2015,
que niega la extradición solicitada por las autoridades argentinas de
personas acusadas de graves crímenes realizados durante la dictadura
franquista. Se va a votar en sus propios términos.
Comienza la votación. (Pausa).
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308; a
favor, 34; en contra, 174; abstenciones, 100.
El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
? DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ), SOBRE LAS MEDIDAS
QUE DEBERÍA ADOPTAR EL GOBIERNO PARA EXIMIR DE LA PRESENTACIÓN DEL
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES A LAS PEQUEÑAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO.
(Número de expediente 173/000209).
El señor PRESIDENTE: Moción del Grupo Catalán de Convergència i Unió sobre
las medidas que debería adoptar el Gobierno para eximir de la
presentación del impuesto sobre sociedades a las pequeñas entidades sin
ánimo de lucro. Hay un texto transaccional presentado por todos los
grupos parlamentarios y es el que vamos a votar.
Comienza la votación. (Pausa).
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 305; a
favor, 305.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.
DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS EXTERIORES SOBRE CONVENIOS
INTERNACIONALES. (VOTACIÓN):
? CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL SULTANATO DE OMÁN PARA EVITAR LA
DOBLE IMPOSICIÓN Y PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS
SOBRE LA RENTA Y SU PROTOCOLO, HECHO EN MASCATE EL 30 DE ABRIL DE 2014.
(Número de expediente 110/000162).
El señor PRESIDENTE: En cuanto a los dictámenes de la Comisión de Asuntos
Exteriores sobre convenios internacionales votamos, en primer lugar, el
convenio entre el Reino de España y el Sultanato de Omán para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos
sobre la renta y su protocolo hecho en Mascate el 30 de abril de 2014.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 304; a
favor, 289; en contra, 12; abstenciones, 3.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.
? ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE GRANADA
SOBRE SUPRESIÓN RECÍPROCA DE VISADOS PARA TITULARES DE PASAPORTES
DIPLOMÁTICOS, HECHO EN NUEVA YORK EL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2014. (Número de
expediente 110/000156).
? TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA
SOCIALISTA DE VIETNAM, HECHO EN MADRID EL 1 DE OCTUBRE DE 2014. (Número
de expediente 110/000157).
? TRATADO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y
LA REPÚBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM, HECHO EN MADRID EL 1 DE OCTUBRE DE
2014. (Número de expediente 110/000158).
? PROTOCOLO DEL ACUERDO DE ESTABILIZACIÓN Y ASOCIACIÓN ENTRE LAS
COMUNIDADES EUROPEAS Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA ANTIGUA
REPÚBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA, POR OTRA, PARA TENER EN CUENTA LA
ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DE CROACIA A LA UNIÓN EUROPEA, HECHO EN BRUSELAS
EL 18 DE JULIO DE 2014. (Número de expediente 110/000159).
? ACUERDO DE ASOCIACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y LA COMUNIDAD EUROPEA DE
LA ENERGÍA ATÓMICA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y GEORGIA, POR
OTRA, HECHO EN BRUSELAS EL 27 DE JUNIO DE 2014. (Número de expediente
110/000160).
? ACUERDO DE ASOCIACIÓN ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y LA COMUNIDAD EUROPEA DE
LA ENERGÍA ATÓMICA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA REPÚBLICA
DE MOLDAVIA, POR OTRA, HECHO EN BRUSELAS EL 27 DE JUNIO DE 2014. (Número
de expediente 110/000161).
El señor PRESIDENTE: Resto de los dictámenes de la Comisión de Asuntos
Exteriores sobre convenios internacionales.
Comienza la votación. (Pausa).
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 304; a
favor, 303; abstenciones, 1.
El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados todos ellos.
DEBATES DE TOTALIDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS. (VOTACIÓN):
? PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL
PARA LA AGILIZACIÓN DE LA JUSTICIA PENAL Y EL FORTALECIMIENTO DE LAS
GARANTÍAS PROCESALES. (Número de expediente 121/000138).
El señor PRESIDENTE: Votación conjunta de las enmiendas a la totalidad de
devolución al proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de
las garantías procesales, presentadas por los Grupos Parlamentarios Mixto
(señor Tardà y señora Fernández), de La Izquierda Plural y Socialista.
Hay tres votos emitidos telemáticamente.
Comienza la votación. (Pausa).
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308 más
3 votos telemáticos, 311; a favor, 121 más 1 voto telemático, 122; en
contra, 174 más 2 votos telemáticos, 176; abstenciones, 13.
El señor PRESIDENTE: Vamos a votar ahora la solicitud de avocación por el
Pleno de la Cámara de la deliberación y votación final de este proyecto
de ley. Hay tres votos emitidos telemáticamente.
Comienza la votación. (Pausa).
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308 más
3 votos telemáticos, 311; a favor, 308 más 1 voto telemático, 309; en
contra, 2 votos telemáticos.
El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.
? PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO
CRIMINAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS PROCESALES Y LA
REGULACIÓN DE LAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA. (Número de
expediente 121/000139).
El señor PRESIDENTE: Votación conjunta de las enmiendas a la totalidad de
devolución al proyecto de ley orgánica de modificación de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías
procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica,
presentadas por los Grupos Mixto, señor Tardà, La Izquierda Plural y
Socialista. Hay tres votos emitidos telemáticamente.
Comienza la votación. (Pausa).
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 308 más
3 votos telemáticos, 311; a favor, 121 más 1 voto telemático, 122; en
contra, 174 más 2 votos telemáticos, 176; abstenciones, 13.
El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas de totalidad.
Se levanta la sesión.
Eran las doce y cinco minutos del mediodía.
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