El Pleno insta al Gobierno a reforzar el principio de solidaridad del sistema público de pensiones y a adoptar medidas para que no se consideren unidad económica los supuestos de familiares en segundo o tercer grado de consanguinidad que convivan en un centro asistido o residencia para mayores.
Además, exige que se revisen los expedientes en los que se hubiera extinguido la pensión no contributiva por esa consideración. Esta iniciativa nace por el caso de una mujer que dejó de percibir una pensión no contributiva cuando su hermana, beneficiaria de una pensión de viudedad, ingresó en la misma residencia de mayores.
La Administración gestora consideró que, por el hecho de convivir en un mismo lugar, ambas formaban parte de la misma unidad familiar y, por tanto, se computaban las rentas de las dos hermanas. De este modo, superaban el límite establecido en la Ley General de la Seguridad Social, con el efecto de la extinción de la pensión no contributiva que percibía la afectada.