El Pleno del Congreso de los Diputados rechazó hoy la devolución al Gobierno del proyecto de reforma de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que inicia de este modo su trámite parlamentario y pasa a la Comisión de Justicia para el debate y votación de las enmiendas al articulado.
Con 13 votos a favor y 323 en contra, quedaron rechazadas las enmiendas de totalidad presentadas por los Grupos Parlamentarios Mixto, Vasco (EAJ- PNV) y de Esquerra Republicana-Izquierda Unida- Iniciativa per Catalunya Verds.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, defendió ante el Pleno este proyecto de Ley Orgánica, que endurece las penas por delitos como los de agresión de corrupción, fiscales, urbanísticos y se tipifican nuevos delitos como el de piratería, acoso laboral e inmobiliario.
El Gobierno argumenta, en su exposición de motivos, que en “en el ordenamiento jurídico español la rehabilitación y la reinserción social del delincuente constituyen el objetivo prioritario del sistema de penas, y en particular de la pena privativa de libertad”.
“Es notorio, sin embargo, que determinados perfiles criminológicos se hacen más resistentes a ese efecto rehabilitador de la pena, en la medida en que ésta no resulta suficiente o adecuada para excluir un elevado riesgo de reincidencia, ya sea porque la inclinación delictiva del sujeto aparece vinculada a determinados trastornos de personalidad o de conducta, como la indemnidad sexual, ya sea porque —como sucede en el caso de los terroristas— su actuar se enmarca en una actitud de índole pretendidamente ideológica”.
Por ello, el proyecto introduce una nueva medida denominada libertad vigilada, que se inserta naturalmente en el régimen general de dichas medidas de seguridad, algunas de las cuales (prohibición u obligación de residir, permanecer o presentarse en determinados lugares o de acercarse a determinadas personas, o de someterse a ciertos tratamientos, etc.) se integran y se refunden en ese concepto común.